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Clasificados

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LUNES 21 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

12 CLASIFICADOS

CLASIFICADOS DIVERSOS

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LEGAL 13

AVISOS LEGALES AVISO DE SOLTERIA Se hace de público conocimiento que la señora LUDOVINA ALMONTE CEBALLOS, dominicana mayor de edad con cedula de identidadyelectoralNo.402-3762821-5,domiciliadayresidenteenlacalleRamónMellaNo.27,deVillaMella,MunicipioSantoDomingo Norte, República Dominicana, no ha contraído matrimonio civil, católico ni cristiano, en este país ni en ningún otro, por lo que ha sido y sigue siendo soltera, PRIMERO: QUE AL MOMENTO DE ADQUIRIR EL TITULO DE LA PROPIEDAD QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION : UN SOLAR NO. 4192, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. 1, DEL DISTRITO NACIONAL, SANTO DOMINGO, SOLAR QUE TIENE UNA EXTENSIÓNSUPERFICIALDESEISCIENTOSTREINTICUATRO(634)METROSCUADRADOS(MTS2),OCHENTICUATRODECÍMETROSCUADRADOS (84), Y ESTÁ LIMITADO AL NORTE, CALLE YAGUA; AL ESTE, AV. DE LOS MANGOS; AL SUR, SOLAR NO. 16; Y AL OESTE SOLARES NOS. 13 Y 14, IDENTIFICADOS CON EL NO. 93-1217, SEGUNDO: NO ESTABA CASADA EN SU PAÍS DE ORIGEN REPÚBLICA DOMINICANA, NI EN NINGÚN OTRO PAÍS DEL MUNDO, NI POR LA VÍA CIVIL, NI POR LA VÍA ECLESIÁSTICA, POR LO QUE LA SRA. LUDOVINA ALMONTE CEBALLOS, DECLARA QUE ENTRE LAS FECHAS 01/09/1992 HASTA EL 01/03/1993 SU ESTADO CIVIL ERA DE SOLTERA.

DR. EVARISTO COCO , Notario publico , Matricula No. 2655 Fc357916

AVISO DE DECRETO DE CAMBIO DE NOMBRE En cumplimiento de las disposiciones de la ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, y sus modificaciones, se hace saber que: mediante Decreto No. 028512, de fecha nueve (09) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016), el Presidente del la República autorizo a la Sra. LUCIA DEL CARMEN ESTEVEZ, dominicana, soltera, ama de casa, titular de la cedula de identidad y electoral No. 0310097993-3, domiciliada y residente en la Carretera Janio Km.4, casa No. 3, Jaguita de Pastor, Santiago, R. D., a cambiar su nombre por el de ANA LUCIA ESTEVEZ. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, hoy día 19 del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018)

Licda. Olga Ortega A. Abogada Apoderada FC357986

PUBLICACION DE DIVORCIO

PERDIDA DE CERTIFICADO

Para conocimiento general de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis, se hace de público conocimiento informar lo siguiente: Que en fecha Treinta (30) de abril del año Dos Mil Catorce (2014), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, en sus atribuciones civiles, dictó la Sentencia No. 0464-2018-SCIV-00033, cuyo dispositivo copiado textualmente expresa: FALLA: PRIMERO: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra del señor Wilmy Reinaldo Mejía Medrano, por falta de comparecer, no obstante citación. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores Wilmy Reinaldo Mejía Medrano y Yolainy Duran Ramírez. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial Del Estado Civil correspondiente. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al Ministerial Jorge Starling Tiburcio Hernández, Alguacil Ordinario de este tribunal, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. (Fdos.) Licdo. Juan de la Cruz Paulino Ynoa, Juez Presidente y Licda. Dhariana Abreu Cruz, Secretaria Interina. Que la aludida sentencia fue pronunciada por el Oficial de Estado Civil del Municipio de Constancia, Provincia La Vega, República dominicana, el día 18 días del mes de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), según consta en el Libro de Divorcios No. 00001, folio No. 0071, bajo el Acta No. 000036, año 2018, según Sentencia número 0417-2017-SCIV-00256 de fecha veintiséis (26) del mes de diciembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), la presente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito el día Dieciocho (18) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).-

Se pone en conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Deposito en el BANCO AGRICOLA No. 1260 074069-3, a nombre de la señora MARIA GISELA ALONZO DE LA CRUZ, por la suma RD$33,000.00, de fecha 11/ 12/ 17.

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO De conformidad con el artículo 22 de 1a Ley 1306-Bis, sobre divorcio, del 21 de Mayo del 1937, se hace de público conocimiento que el señor JOSE BELARMINIO ALMONTE (parte demandante), dominicano, mayor de edad, casado, portador la cedula de identidad y electoral No. 001-0301657-2, domiciliado y residente en la Autopista de San Isidro, calle penetración edificio No.2 apt.101, sector Amalia, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. FELIX DAMASO MERCEDES, dominicano, mayor de edad, abogado, soltero, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-1067790-3, tel.: 809-975-8553 y 809424-1299, con estudio profesional abierto en 1a calle primera, No. 137, sector Libertador de Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; lugar donde el demandante hace domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto; HACE SABER Y LE ADVIERTE a su legítima esposa, la señora ELVIRIA FELIZ TEJEDA, dominicana, mayor de edad, con cedula de identidad según acta de matrimonio No.005995-019, cuyo último domicilio conocido era en la Calle No. 34, casa número 13, sector Villas Agrícola, Distrito Nacional, República Dominicana; que a falta de información relativa al lugar de su residencia y domicilio actual, el día jueves 24 de mayo del ano 2018, se procederá a emplazar en acción de divorcio, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, cuya ubicación es, sito: en la intersección formada por las calle Fabio Fiallo esquina calle Beller, sector Ciudad Nueva, Distrito Nacional, República Dominicana; para que comparezca a la audiencia que se celebrará a estos fines, en la 7ma sala de la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de primera instancia para asuntos de familia del Distrito Nacional, el día Martes que contaremos a cinco (05) del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018), a las nueve horas de la mañana (9:00 AM), el cual está ubicado en un salón del primer nivel del inmueble que está en la calle Socorro Sánchez esquina Santiago No. 68, sector Gazcue, Distrito Nacional, Republica Dominicana.

LICDO. FELIX DAMASO MERCEDES Abogado del demandante FC357978

PUBLICACION DE DIVORCIO Conforme el Art. 42 de la ley 1306-Bis sobre divorcios en la Rep. Dominicana, y sus modificaciones se hace de público conocimiento que en fecha 4 de MAYO del año 2018 la SEGUNDA SALA de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega dictó la sentencia no. 209-2018-SSEN-00350, cuyo dispositivo dice así: FALLA : PRIMERO: admite el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos AMELFIS MIOSSOTTIS PAYANO CIPRIAN Y PEDRO FLORES FLORES, conforme el acto de estipulaciones de divorcio instrumentado por el Notario Público de los del número para el Municipio de La Vega LICDO. RAMON ALEJANDRO AYALA LOPEZ, en fecha veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018) , transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena a la parte más diligente que comparezca por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, a los fines de hacer pronunciar el divorcio que se admite por la presente sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades del caso. TERCERO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, y firma. Magistrada Ircania Victoria Hernández Trinidad, Jueza Presidenta Y Josefina Paulino Batista, Secretaria. Fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 2da. Circunscripción municipio LA VEGA, transcrito en el Libro de registro de Divorcios No.3; folio 41; Acta no.221 en fecha 15 de mayo del año 2018. La Vega, Rep. Dominicana, a los 21 días del mes de mayo del año 2018.

LICDO. WADY M. CUEVA ABREU ABOGADO (AC-13233-PC-2/2)

AVISO DE NOTIFICACION DE DEMANDA DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES A REQUERIMIENTO del Sr. RANDY BYRON TEVIS WRIGHT, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2059784-9, domiciliado en la ciudad de Jarabacoa, provincia La Vega, quien hace formal elección de domicilio para todas las consecuencias legales del presente acto en el de su abogada apoderada, LICDA. TANYA BADÍA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 050-0040408-6, con estudio profesional abierto en la Plaza La Confluencia, 2do nivel, módulo 204, sector Avenida General Norberto Tiburcio, en la ciudad y municipio de Jarabacoa, provincia La Vega., teléfono (809) 365-9316, en la ciudad y municipio de Jarabacoa, provincia La Vega SE ADVIERTE por este medio a la Sra. ROSARIO BATISTA ESPINAL, aún legítima esposa del Sr. RANDY BYRON TEVIS WRIGHT, que cumpliendo con las disposiciones del Art. 22, párrafo, de la ley 1306-Bis de Divorcio, que a falta de comunicación de su parte sobre su paradero y domicilio o residencia actual, se procederá en fecha 24 de mayo del 2018 a emplazarle en acción de divorcio por ante el fiscal del Tribunal Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial La Vega, ubicado en el Palacio de Justicia de la ciudad de La Vega, entre las calles Monseñor Panal y García Godoy, celebrando audiencias la Segunda Sala de la Cámara Civil en uno de los salones de la tercera planta del indicado Palacio de Justicia; tribunal que ha fijado audiencia para conocer de la demanda de divorcio por la causa determina de incompatibilidad de caracteres incoada por RANDY BYRON TEVIS en contra de ROSARIO BATISTA ESPINAL para el día 26 de junio del 2018 a las 9:00 horas de la mañana. El último domicilio conocido de la indicada Sra. ROSARIO BATISTA ESPINAL es la calle Mario Nelson Galán, Urb. Medina, después del taller de Nicolás, 2do nivel, entre las calles C/3 y C/7 de la ciudad y municipio de Jarabacoa, provincia La Vega. En la ciudad y municipio de Jarabacoa, Provincia La Vega, Rep. Dominicana, a los 21 días del mes de mayo del año 2018.

Licda. VERONICA DAMARIS SANTOS DE GALVAN Abogada (AC-13235-CEA-DEV)

(AC-13237-PC-21-22-23/05/2018)

PUBLICACION DE DIVORCIO Para conocimiento general de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis, se hace de público conocimiento informar lo siguiente: Que en fecha Treinta (30) de abril del año Dos Mil Catorce (2014), la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, en sus atribuciones civiles, dictó la Sentencia No. 0464-2018-SCIV-00033, cuyo dispositivo copiado textualmente expresa: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto en contra de la señora Mayelin Natalia Fernández Tejada, por falta de comparecer, no obstante citación legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores Ruddy José Almonte Vásquez y Mayelin Natalia Fernández Tejada. TERCERO: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial Del Estado Civil correspondiente. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento y COMISIONA al Ministerial Jorge Starling Tiburcio Hernández, Alguacil Ordinario del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Constanza, para que notifique la presente sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. (Fdos.) Licdo. Juan de la Cruz Paulino Ynoa, Juez Presidente y Licda. Ana Gutiérrez Peralta, Secretaria. Que la aludida sentencia fue pronunciada por el Oficial de Estado Civil del Municipio de Constancia, Provincia La Vega, República dominicana, el día 18 días del mes de mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), según consta en el Libro de Divorcios No. 00001, folio No. 0073, bajo el Acta No. 000037, año 2018, según Sentencia número 0464-2018-SCIV-00033 de fecha seis (06) del mes de marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), la presente publicación ha sido autorizada por el Abogado Infrascrito el día Dieciocho (18) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).-

LICDO. WADY M. CUEVA ABREU ABOGADO (AC-13233-PC-1/2)

LICDA. TANYA BADÍA Abogada

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO DE LA DEMANDADA. Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del párrafo único del artículo No. 22 de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio, por medio del presente aviso, el señor RODNEY DALE ADAMS, Canadiense, mayor de edad, casado, portador del Pasaporte No. HK425535, domiciliado y residente en El Proyecto las Duna Uvero Alto caso No.9-3B, Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia; ADVIERTE a su legitima esposa, la señora NANCY ELIZABETH FELIZ MORBAN, mayor de edad portadora de la cedula no.002-0135019-6, cuyo último domicilio conocido es en la calle Manzana 42 casa No.03, Pueblo Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia, que procederá por medio de su abogados, los LICDOS. ELOY BELLO PEREZ y ALEXANDRA DIAZ DIAZ, dominicanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad y electorales Nos.023-00265549 y 028-0093763-9, con estudio profesional abierto de manera permanente en la Plaza La Realeza local número 9-A de la Avenida España en Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia; en donde hace elección de domicilio para los fines y consecuencias legales del presente divorcio, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, mediante notificación que se hará en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha Veintinueve (29) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las Once (11:00 A. M.) horas de la mañana, a fin de que comparezca en la forma legal y por ministerio de abogado, a la audiencia que en atribuciones civiles y en materia de divorcio, celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha Trece(13) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las NUEVE (9:00 A. M.) horas de la mañana, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la Planta Alta del Palacio de Justicia, del Municipio de Higüey, Situado en la Avenida Agustín Guerrero esq. Beller. En la ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los Dieciséis (16) días del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. ELOY BELLO PEREZ Por si y por la Lic. ALEXNADRA DIAZ DIAZ Abogados Apoderado

MARIA GISELA ALONZO DE LA CRUZ Propietaria FC357980

PUBLICACIÓN DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De conformidad con el Art. 92, Párrafo III de la Ley 108-05, Sobre Registro Inmobiliario y los Reglamentos de Registro de Títulos de fecha 23 de Marzo del año 2005, se hace de público conocimiento que se ha EXTRAVIADO el Certificado de Título de Propiedad, Matricula No. 0400006927, QUE AMPARA EL DERECHO DE PROPIEDAD DE UNA PORCIÓN DE TERRENO CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE NUEVE PUNTO CINCUENTA Y OCHO POR CIENTO (9.58%), DE LA PARCELA NO. 23-REFUNDIDA-3, D.C. NO. 07, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE FANTINO, PROVINCIA SANCHEZ RAMIREZ, a nombre de JUAN HERMOGENES SALDAÑA JAQUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 087-0008459-6. JUAN HERMOGENES SALDAÑA JAQUEZ Propietario FC357984

AVISO PERDIDA TITULOS UNIVERSITARIOS

Se han pedido los Títulos universitarios del Sr. Víctor Manuel Rodríguez Peralta, Ced. De identidad No. 0010556584-0, de Universidad UTESA registrado bajo el No. 7240, folio 590 libro de grados y títulos No. 3, de fecha 12/10/1997 de la carrera de Licenciatura en Derecho y de la Universidad UCE registrado bajo el No. 4016, folio 118 del libro de grados y títulos de fecha 18/7/1985, de la carrera de Comunicación Social. FC357991


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14 LEGAL AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

Para general conocimiento, se hace saber que HA SIDO FIJADA, para el día LUNES que contaremos a DIECIOCHO (18) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 A.M.) por ante la PRIMERA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en uno de los apartamientos de la segunda (2da.) planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antiguo Sector La Feria), ubicado en la calle Hipólito Herrera Billini esquina calle Juan de Dios Ventura Simó, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional E-401, identificada como 309455684263 : E-401, matrícula No.0100259785, del condominio NUEVAS TERRAZAS I, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 1.09% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-060, del bloque 00, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 11.50 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-05-04-001, del bloque 05, ubicado en el nivel 04, destinado a Apartamento, con una superficie de 90.00 metros cuadrados y un SECTOR COMÚN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-05-05-001, del bloque 05, ubicado en el nivel 05, destinado a Terraza, con una superficie de 38.00 metros cuadrados. El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la Republica Dominicana No. 189-11 de fecha 16 de julio del 2011,en perjuicio del(la) señor(a) NATHALY TAVAREZ, dominicana, naturalizada norteamericana, mayor de edad, soltera, empleada privada, provista del pasaporte americano y el social security números 452705972 y 580-29-4372, domiciliada y residente en Estados Unidos de América; y con domicilio de elección en la avenida Monumental No.4, Condominio Residencial Nuevas Terrazas, apartamento E-401, Edificio 5-E, Bloque 5, nivel 04, sector La Ceyba, Distrito Nacional; a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No. 218, Sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; debidamente representada por su Gerente General, Lic. Francisco Eugenio Melo Chalas, dominicano, mayor de edad, casado, Licenciado en Finanzas, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0089907-9; Asociación que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las LICDAS. JUDITH TEJADA CUELLO y JANNETTE SOLANO CASTILLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos.001-1294853-4 y225-0011853-8, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, sector Gascue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; lugar donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la) embargado(a) el día 19 de abril del 2018 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de(la) deudor(a), inscrito en las oficinas del Registro de Títulos del Distrito Nacional el día 08 de mayo del 2018. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS CON 87/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,188,272.87),que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de los abogados del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por las Abogadas del persiguiente, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día veintiuno(21) de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

Para general conocimiento, se hace saber que HA SIDO FIJADA, para el día JUEVES que contaremos a CATORCE (14) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la Avenida Ramón Matías Mella No. 103, Segundo Piso, esquina calle Altagracia, Villa Mella, Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional 33-101, identificada como 400502687100:33-101, matrícula No.4000298432, del condominio LAS BIENAVENTURANZAS M-C 2, ubicado en SANTO DOMINGO NORTE, SANTO DOMINGO, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela de 0.61% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un Sector Propio identificado como SP-10-01-101, ubicado en el nivel 01, del bloque 10, destinado a APARTAMENTO, con una superficie de 70.38 metros cuadrados; un Sector Común de Uso Exclusivo identificado como SE-10-01-002, ubicado en el nivel 01, del bloque 10, destinado a PATIO, con una superficie de 3.64 metros cuadrados.” El(los) inmueble(s que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana No. 189-11 de fecha 16 de julio del 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) DARIO RAFAEL ENCARNACION RESTITUYO y LISANNA DANIELLY ESPINAL MARTINEZ, dominicanos, mayores de edad, solteros, empleados privados, con domicilio elegido en la Avenida Penetración Norte, Residencial Bienaventuranzas Norte, 2da Etapa, Manzana C, Tipo F, Edificio Núm. 33, Apartamento Núm.101, Primer Nivel, Ciudad Modelo, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 2230078018-0 y 402-2291283-0, a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No. 218, Sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; debidamente representada por su Gerente General, Lic. Francisco Eugenio Melo Chalas, dominicano, mayor de edad, casado, Licenciado en Finanzas, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0089907-9; Asociación que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las LICDAS. JANNETTE SOLANO CASTILLO Y JUDITH TEJADA CUELLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos. 225-00118538 y 001-1294853-4, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, Sector Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional, y ah-doc en la Avenida Hermanas Mirabal Km. 10 1/2, del Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo (sucursal de la Asociación La Nacional de Ahorros y Préstamos), donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la)(los) embargado(a)(s) el día diecinueve (19) de abril de 2018 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de(la)(los) deudor(a)(es) e inscrito en las oficinas del Registrador de Títulos de la Provincia Santo Domingo el día siete (7) de mayo de 2018. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de UN MILLON SEISCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$1,610,559.37), que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de los abogados del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

Licdas. Judith Tejada Cuello y Jannette Solano Castillo -Abogadas del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez &Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gascue FP97477

Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional Ad-Hoc: Avenida Hermanas Mirabal Km. 10 1/2, del Municipio Santo Domingo Norte FP97478

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA

Para general conocimiento, se hace saber que HA SIDO FIJADA, para el día JUEVES que contaremos a VEINTIUNO (21) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la QUINTA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en uno de los apartamientos del Tercer (3er.) Piso del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antiguo Sector La Feria), ubicado en la calle Hipólito Herrera Billini esquina Calle Juan de Dios Ventura Simó, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional 201-B, identificada como 309492889573 : 201-B, matrícula No. 0100021814, del condominio RESIDENCIAL JUAN CARLOS V, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 5.0% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-02-003, ubicado en el nivel 02, del bloque 01, destinado a Apartamento, con una superficie de 134.70 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-015, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con una superficie de 11.50 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-01-033, ubicado en el nivel 01, destinado a Parqueo, con un superficie de 11.50 metros cuadrados.” El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana No. 189-11 de fecha 16 de julio de 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) GREGORIO MARTINEZ y MIRNA MARTINEZ, dominicanos, naturalizados norteamericanos, mayores de edad, casados entre sí, empleados privados, con domicilio elegido en la calle Heriberto Núñez No. 36, esquina Cul de Sac, Condominio Residencial Juan Carlos V, Apartamento 201-B, Urbanización Fernández, Santo Domingo, Distrito Nacional, portadores de los pasaportes americanos Nos. 096023075 y 097202339; a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No. 218, Sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; debidamente representada por su Gerente General, Lic. Francisco Eugenio Melo Chalas, dominicano, mayor de edad, casado, Licenciado en Finanzas, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0089907-9; Asociación que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las LICDAS. JANNETTE SOLANO CASTILLO Y JUDITH TEJADA CUELLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos. 225-0011853-8 y 001-1294853-4, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, Sector Gascue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la)(los) embargado(a)(s) el día veintitrés (23) de abril de 2018 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de(la)(los) deudor(a)(es), inscrito en las oficinas del Registro de Títulos del Distrito Nacional el día once (11) de mayo de 2018. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS CON VEINTIDOS CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,849,199.00), que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de los abogados del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por las Abogadas del persiguiente, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día veintiuno (21) de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

Para general conocimiento, se hace saber que HA SIDO FIJADA, para el día JUEVES que contaremos a CATORCE (14) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) por ante la SEGUNDA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, sito en uno de los apartamientos del Segundo (2do.) Piso del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antiguo Sector La Feria), ubicado en la calle Hipólito Herrera Billini esquina Calle Juan de Dios Ventura Simó, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Unidad funcional 5-C, identificada como 400413363105 : 5-C, matrícula No.0100262199, del condominio EDIFICIO TORRE DUO, ubicado en el Distrito Nacional, con un porcentaje de participación sobre las áreas comunes y la parcela del 4.35% y 1 voto en la asamblea de condómines, conformada por un SECTOR COMUN DE USO EXCLUSIVO identificado como SE-01-05-001, del bloque 01, ubicado en el nivel 05, destinado a Meseta A/A, con una superficie de 2.32 metros cuadrados; un SECTOR PROPIO identificado como SP-01-05-003, del bloque 01, ubicado en el nivel 05, destinado a Apartamento, con una superficie de 72.65 metros cuadrados y un SECTOR PROPIO identificado como SP-00-M1-010, del bloque 00, ubicado en el nivel M1, destinado a Parqueo, con una superficie de 12.50 metros cuadrados.” El(los) inmueble(s) que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana No. 189-11 de fecha 16 de julio de 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) MANUEL FERNANDO ECHEVERRI GONZALEZ, colombiano, mayor de edad, soltero, con domicilio elegido en la calle Agustín Lara Núm. 57, Torre Dúo, Apartamento 5-C, Ensanche Serralles, Santo Domingo, Distrito Nacional, portador de la cédula de identidad y electoral No. 402-2396055-6; a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, institución organizada de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 5897 del 14 de mayo de 1962 y sus modificaciones, con su asiento social y oficinas en la avenida 27 de Febrero No. 218, Sector El Vergel, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; debidamente representada por su Gerente General, Lic. Francisco Eugenio Melo Chalas, dominicano, mayor de edad, casado, Licenciado en Finanzas, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0089907-9; Asociación que tiene como abogadas constituidas y apoderadas especiales a las LICDAS. JANNETTE SOLANO CASTILLO Y JUDITH TEJADA CUELLO, provistas de las cédulas de identidad y electoral Nos. 225-00118538 y 001-1294853-4, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en el No. 158 de la calle Benito Monción, Sector Gascue, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, donde la persiguiente ha hecho elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales. El mandamiento de pago fue notificado al(la)(los) embargado(a)(s) el día veintitrés (23) de abril de 2018 y convertido en embargo inmobiliario de pleno derecho, por falta de pago de(la)(los) deudor(a)(es), inscrito en las oficinas del Registro de Títulos del Distrito Nacional el día once (11) de mayo de 2018. El persiguiente ha fijado el precio de primera puja sobre la suma de TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$3,157,165.87), que es el monto a que asciende actualmente la deuda en principal, intereses, cargos moratorios y accesorios, sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación. Todo subastador deberá depositar en manos de los abogados del persiguiente el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria establecida en la República Dominicana. Se advierte que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. De conformidad con el artículo 159 de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana, el deudor y los acreedores inscritos serán citados por acto de alguacil para presenciar la venta. Hecho y firmado por las Abogadas del persiguiente, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, hoy día veintiuno (21) de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del Persiguiente-

Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del Persiguiente-

Publicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional FP97479

Publicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Benito Monción No. 158, Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional FP97480

AVISO DE PÉRDIDA CERTIFICADO DE TÍTULO De conformidad con las disposiciones del Artículo no. 92, párrafo 3, de la ley de Registro Inmobiliario y del Artículo 83, del Reglamento General de los Registros de títulos, se hace de conocimiento público que se ha extraviado el certificado de Título No. 3000114794 (duplicado de Acreedor), que ampara el Derecho de Propiedad de la Parcela 210, solar Porción, Manzana A, B, C Y D, del Distrito Catastral 8, del Municipio de Bajos de Haina, con una extensión superficial de 117 mt2 (Metro cuadrados), propiedad de INVERSIONES GUTIERREZ. FC357979

AVISO DE MENSURA CATASTRAL En cumplimiento con el Art. No. 75, del Reglamento General de Mensuras Catastrales, se avisa a los colindantes, copropietarios y al público en general que el día 25 de mayo del año 2018, a las 09:00 a. m., horas de la mañana para el levantamiento Topográfico a realizarse deslindar una porción de terreno de 167.31 m2, dentro de la Parcela No. 137, del Distrito Catastral No. 4, del Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, amparada por la Constancia anotada en el Certificado de título no. 683255, libro 1603, folio 114, carretera Duarte Vieja, Casi Esquina Avenida los Beisbolistas, el Municipio de Santo Domingo Oeste. Propiedad de la señora JULIANA LAZALA UREÑA, representada por el Sr. RAMÓN CRUCETA LEONARDO. Expediente No. 663201802232.

HECTOR FCO. GRATEREAUX BOVES Agrimensor Contratista / codia 2582 Arg_hgratereaux@hotmail.com Tel.: (809) 981-6452 FC357983

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXPEDIENTE NO. 6642018014908 Vista la autorización de fecha 15 de Marzo del año 2018, emitido por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, a petición de los señores FIDEL MALDONADO SANTANA, LUCÍA ALTAGRACIA MALDONADO SANTANA, CARLOS MANUEL MALDONADO SANTANA, Y MARTIN MALDONADO SANTANA. Se avisa al público en general que el día 28 de Mayo del año 2018, a las 8:30 a. m. horas de la mañana, se le dará comienzo a los trabajos de mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 75-A-6, del D. C. no. 8, del Municipio de los Bajos de Haina, Distrito Municipal Quita Sueño, lugar Piedra Blanca, La Cerca, Provincia San Cristóbal, ubicado en la Carretera Sánchez, no. 130. Se avisa a todas las personas que tengan algún interés en el inmueble a deslindar, que deben comunicarlo a la dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este.

AGRIMENSOR HECTOR BÁEZ CARRERA CODIA NO. 14692 TEL.: 809-603-9057

AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE EXPEDIENTE NO. 6642018014894 Vista la autorización de fecha 15 de Marzo del año 2018, emitido por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este, a petición de los señores FIDEL MALDONADO SANTANA, LUCÍA ALTAGRACIA MALDONADO SANTANA, CARLOS MANUEL MALDONADO SANTANA, Y MARTIN MALDONADO SANTANA. Se avisa al público en general que el día 28 de Mayo del año 2018, a las 9:30 a. m. horas de la mañana, se le dará comienzo a los trabajos de mensura para deslinde de una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No. 75-A-6, del D. C. no. 8, del Municipio de los Bajos de Haina, Provincia de San Cristóbal, dicho inmueble está ubicado en la Calle San Francisco Peña Gómez, No. 77, Municipio de los Bajos de Haina, en el Distrito Municipal quita Sueño, Se avisa a todas las personas que tengan algún interés en el inmueble a deslindar, que deben comunicarlo a la dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Este.

AGRIMENSOR HECTOR BÁEZ CARRERA CODAI NO. 14692 TEL.: 809-603-9057

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 661201801542 Se avisa que el día 1 de junio 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en la parcela 35-B-3 D.C. 7 ubicada en la Sección Bacumi del municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 17/04/2018 propiedad de ROSA AURA CASTAÑOS INFANTE quedan citados los colindantes y demás interesados. GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13236-PC-1/7)


LUNES 21 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 661201801543 Se avisa que el día 1 de junio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en la parcela 229 D.C. 28 ubicada en Jima Arriba del municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 17/04/2018 propiedad de PADILLA HERMANOS Y ASOCIADOS S.R.L. quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 661201802166 Se avisa que el día 26 de mayo 2018 a las 2:00 p.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 16-A D.C. 7 ubicada tomando la calle Club de Leones casa no.4 sector Residencial Don Fidel municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 16/05/2018 propiedad de IVETTE DEL CARMEN JAQUEZ CASTILLO DE RAMOS quedan citados los colindantes y demás interesados.

GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA

FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO Agrimensor Contratista CODIA 8847

Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13236-PC-2/7)

LEGAL 15

(AC-13238-PC-1/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 661201801736 Se avisa que el día 30 de mayo 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 15-C D.C. 7 ubicada en la sección El Limoncito Distrito Municipal Angelina municipio La Mata Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 20/04/2018 propiedad de ADELINA SANTOS PAULINO quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 661201802164 Se avisa que el día 26 de mayo 2018 a las 11:30 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 18-A-2 D.C. 7 ubicada en calle Paco Saviñón de norte a sur después del Hospital Sigifredo Alba doblar a la izq. en la siguiente calle luego doblar a la der. recorrer 35m a la izq. sector La Altagracia municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 16/05/2018 propiedad de YNOSENCIA LORA CASTILLO DE MUÑOZ quedan citados los colindantes y demás interesados.

GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA

FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO Agrimensor Contratista CODIA 8847

Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13236-PC-3/7)

(AC-13238-PC-2/4)

PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO número 5376000492 emitido en fecha 22 de septiembre 2017 por el Banco Múltiple de las Américas S.A., por valor de Ciento Cincuenta y Dos Mil Dólares

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 661201801735 Se avisa que el día 30 de mayo 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 1-REF-F D.C. 7 ubicada en la sección El Limoncito Distrito Municipal Angelina municipio La Mata Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 20/04/2018 propiedad de OSVALDO CASTILLO RIVAS Y DEYANIRE CEPEDA MORALES DE CASTILLO quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 661201802165 Se avisa que el día 26 de mayo 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 6-C D.C. 7 ubicada en carretera Fantino-La Mata de oeste a este después local sindicato Chofere Fabio Morillo doblar a la izq. en el 1er. Camino Entrada los Cayucos llegar a la gallera los Cayucos y retroceder 25m. municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 16/05/2018 propiedad de FELIX HILARIO HILARIO quedan citados los colindantes y demás interesados.

GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA

FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO

Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13236-PC-4/7)

Agrimensor Contratista CODIA 8847 (AC-13238-PC-3/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL

AVISO MENSURA CATASTRAL

EXP. 661201801550 Se avisa que el día 1 de junio 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el saneamiento en el D.C. 28 ubicada en Piña Vieja a unos 100ml del Club Piña Vieja municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 17/04/2018 propiedad de JOSE FRANCISCO ZACARIAS PEÑA quedan citados los colindantes y demás interesados.

EXP. 661201802163 Se avisa que el día 26 de mayo 2018 a las 9:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 1-REF-B D.C. 7 ubicada en carretera Fantino-La Mata de oeste a este después centro cervecero Brisas del Canal doblar a la der. sgte. Camino recorrer 30m a la der. en sector San Miguel Arriba autorización de mensuras de fecha 16/05/2018 propiedad de JOSE DANIEL MUÑOZ SCOTO quedan citados los colindantes y demás interesados.

GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA

FRAN REINALDO FRANCISCO CASTAÑO

Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13236-PC-5/7)

Agrimensor Contratista CODIA 8847 (AC-13238-PC-4/4)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 661201802062 Se avisa que el día 4 de junio 2018 a las 8:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 293 D.C. 3 ubicada en la calle Principal Urb. Arrozal municipio La Mata Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 11/05/2018 propiedad de JOSE MIGUEL FARIAS DISLA quedan citados los colindantes y demás interesados. GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA

AVISO PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 451630, expedido por el Banco BHD, S. A., en favor de Elisa Tactuk Amor, en fecha 17 del mes de Mayo del 2016, por la suma de RD$401,666.69.

Agrimensor Contratista CODIA 27511 FC 357723

(AC-13236-PC-6/7)

AVISO MENSURA CATASTRAL EXP. 661201802075 Se avisa que el día 4 de junio 2018 a las 10:00 a.m. iniciaremos el deslinde en la parcela 1874 D.C. 7 ubicada en la calle Proyecto Bo. La Altagracia municipio Fantino Prov. Sánchez Ramírez autorización de mensuras de fecha 11/05/2018 propiedad de JOSE LUIS MOYA LAZALA E IRENE RAMIREZ PEREZ quedan citados los colindantes y demás interesados. GABINO ANTONIO PADILLA BALBUENA Agrimensor Contratista CODIA 27511 (AC-13236-PC-7/7)

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el Certificado Financiero No. B-322650, Expedido Por el BANCO BHD, S.A., en favor de BLASINA DE LA ROSA, en fecha 5 del mes de Julio del 2012, por la suma de RD$ 182,000.00. FC357489

(US$152,000.00) a favor de RAFAEL JOSE CANO Y FLOR MARIA ALMONTE SAINT HILAIRE. FC359793

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones establecida en el artículo 22, de la ley 1306-Bis y sus modificaciones sobre DIVORCIO, el señor Isidro Piña de la Rosa, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, casado, portador de cédula de identidad y electoral No. 001-1458539-1, domiciliado y residente en la calle Altagracia Valenzuela #04 de Villa Los Indios del Municipio de Padre Las Casas, quien tiene como abogado constituido y apoderado espacial al LIC. José Miguel De La Rosa, ADVIERTE, por el presente aviso a su legítima esposa la señora MIRTA GUTIÉRREZ MANZUR, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Altagracia Valenzuela #04 de Villa Los Indios del Municipio de Padre Las Casas, provincia Azua, que falta de información relativa a su actual domicilio y residencia a seguida de esta tres publicaciones de ley se procederá a EMPLAZARLA, en acción de Divorcio por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, de acuerdo a lo que establece el artículo 69 inciso 8 del Código de Procedimiento Civil (domicilio desconocido) se procederá a notificar en mano del Magistrado Procurador Fiscal de Azua el día 24 que será jueves del mes mayo del año 2018, cuya demanda será conocida por ante la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Azua, el día 13 del mes de junio del año 2018, a la Nueve (9) horas de la mañana, se efectuará a puerta cerrada en su local ubicado en la calle Av. Ramón Matías Mella Esq. Hermanas Mitas, Palacio de Justicia, 2do Piso. Presente publicación autoriza al infrascrito en su condición de abogado constituido y apoderado especial del cónyuge demandante el señor Isidro Piña De La Rosa. En la cuidad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los (17) días del mes de mayo del año 2018.

LIC. JOSE MIGUEL DE LA ROSA, Abogado Apoderado. FC 357952

AVISO DE NUEVA FECHA DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Ha sido aplazada para el día MARTES que contaremos a DIECINUEVE (19) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO (2018), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en el local donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas dicho tribunal, ubicado en la Segunda Planta del Palacio de Justicia de esta ciudad, sito en la intersección formada por las calles Agustín Guerrero y Beller, de la ciudad de Higüey, Provincia La Altagracia, la venta en pública subasta del(los) siguiente(s) inmueble(s): “Inmueble identificado como 506513263665, y sus mejoras, que tiene una superficie de 256.04 metros cuadrados, matrícula No. 1000041056, ubicado en HIGUEY, LA ALTAGRACIA.” El(los) inmueble(s que se acaba(n) de mencionar ha(n) sido embargado(s) de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana de fecha 16 de julio de 2011, en perjuicio del(la)(los) señor(a)(es) SANDY REYMUNDO ARRINDELL y BLANCA ALTAGRACIA TEJADA POUERIET DE ARRINDELL, dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, empleados privados, con domicilio elegido en la Manzana Núm. 17, calle Núm. 05, Casa Núm. 3, Ciudad La Palma, Higüey, Provincia La Altagracia, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos.028-0046348-7 y 028-00371292; a requerimiento de la ASOCIACION LA NACIONAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, y la venta en pública subasta se llevará a cabo bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, cuyo precio para las pujas ha sido fijado sobre la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON CUARENTA Y CINCO 45/100 CENTAVOS, MONEDA NACIONAL (RD$2,880,971.45), sin perjuicio de las partidas de intereses, recargos contractuales, gastos del procedimiento, costas y honorarios vencidos o por vencer, hasta la adjudicación, conforme al Pliego de condiciones, tal como fuera advertido en el aviso originalmente publicado en este periódico, en su edición de fecha veintitrés (23) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018). Hecho y firmado por los Abogados del persiguiente, en el Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018).

Licdas. Jannette Solano Castillo y Judith Tejada Cuello -Abogadas del PersiguientePublicación autorizada por: Escobal, Pérez, Rodríguez & Asocs. Oficina de Abogados y Notaría Calle Benito Monción No. 158, Sector Gascue, Santo Domingo, Distrito Nacional Ad-Hoc: Calle Agustín Guerrero No.53, Higüey, Provincia La Altagracia. FP97481


LUNES 21 DE MAYO 2018 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color rojo, año 1994, placa y registro K1168753, chasis MD902405619, a nombre de EMILIO HERNANDEZ GONZÁLEZ, cédula 001-0283304-3.

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Honda, color azul, año 1884, placa y registro K0410806, chasis C509419600, a nombre de WILLIAM JIMENEZ CASTILLO, cédula 001-1043686-2. FC357948

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo tipo carga, marca Kia, modelo Towner, año 1995, color blanco, placa L086889, chasis No. No. KN3HNP8D3SK006872, a nombre de ERNESTO ELIXANDER SANCHEZ REYES.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Toyota, modelo KZJ10L-GKPGT, año 2003, color Plateado, placa y reG040523, chasis gistro JTEBY25J800004579, a nombre de JUAN MARTINEZ ROSARIO, cédula 001-1215768-0.

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo automóvil privado, marca Hyundai, color gris, año 2011, placa No. chasis A748312, KMHEC41MBBA316426, a nombre de ELVIN FRANCISCO FELIZ PEREZ. FP 97347

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Mazda, modelo 929, año 1985, color marrón, placa y registro A060913, chasis JMZHB122400528780, a nombre de ELSON ALEXANDER RAMIREZ RAMIREZ, cédula 010-0086936-0. FC357933

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Ford, color plateado, año 2010, placa y registro G238974, chasis 1FMEU7DE5AUA64985, a nombre de COMEDORES ECONÓMICOS DEL ESTADO, RNC: 401-05251-2.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Chevrolet, color blanco, año 2012, placa y registro G406358, chasis 2GNFLEE52C6158474, a nombre de RAMONA MIRELYS NAVARRO CASTILLO.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Mitsubishi, modelo KH8WGRPZL, año 2009, color blanco, placa y registro G275978, chasis MMBGRKH809F002296, a nombre de COMEDORES ECONÓMICOS DEL ESTADO, RNC: 4-01-05251-2.

PÉRDIDA DE CHAPA: de automóvil privado, marca Honda, modelo Accord, año 2002, color negro, placa y A470103, chasis registro JHMCG56772C014262, a nombre de SORAIDA ANTONIA VARGAS MARTINEZ, cédula 081-0008068-1. Fp97451

PÉRDIDA DE PLACA: Vehículo marca Yamaha, placa K1122605, color plateado, chasis SA16J716807, tipo motocicleta, año 1994, propiedad de ERODDY MANUEL MATOS GUERRERO, cédula 402-1526802-6. FC 357896

PÉRDIDA DE CHAPA: de automóvil privado, marca Suzuki, modelo Swift, año 2012, color gris, placa y registro A723275, chasis ZC72S128406, a nombre de JOSEPH EMIL MENDOZA CEDEÑO, cédula 532-98628-2. FP97450

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Suzuki, color negro, año 2015, placa y registro K0507412, chasis LC6PAGA1XF0028761, a nombre de ANIBAL MEJÍA ZORRILLA, cédula 402-2600165-5

PERDIDA DE MATRICULA del Bote de Pesca no. BP-M67-602 SPM cuya embarcación tiene el nombre Moisés IV, Color Blanco con capacidad para 4 pasajeros, Marcado con el No. De Casco CHS03A15J324-98, a nombre del Señor Francisco Méndez Rosario. FC357977

PÉRDIDA DE PLACA: del automóvil marca Toyota Camry, color gris, año 2002, placa OC05896, chasis 4T1BE32K72U527535. FC97431

PERDIDA DE MATRICULA del bote de pesca de nombre “ ROMAIRY”, mat. BP-R24-886SBS, color blanco, de 18 pies de eslora 5 de manga y 3 de puntal propiedad del Sr. DOMINGO CASTILLO DE LOS SANTOS. mediante contrato de venta a su nombre. FC357990

PÉRDIDA DE PLACA: de automóvil privado, marca Toyota, color verde, año 2010, placa y registro A698820, chasis 2T1BU4EE2AC200524, a nombre de JUAN CARLOS FERNANDEZ GONZÁLEZ. FG 27023

PÉRDIDA DE MATRICULA: de carga, marca Peugeot, modelo Partner 170C, año 2012, color blanco blanquise, placa y registro L302775, chasis VF3GBWJYBCN500204, a nombre de MAGAS LAND IMPORT SRL.

PÉRDIDA DE PLACA: de jeep, marca Suzuki, año 2007, color plateado, placa y registro EG01780, chasis 2S3DA717X76118613, a nombre de COMEDORES ECONÓMICOS DEL ESTADO, RNC: 4-01-05251-2.

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “ ELOY”, mat. BPE156-1527SBS, color naranja y verde, de 18 pies de eslora 5 de manga y 2.5 de puntal propiedad del Sr. Eloy Calcaño Miguel para que en lo adelante figure a nombre del Sr. Carlos Manuel Medina Moya. FC357985

PÉRDIDA DE PLACA: de motocicleta, marca Yamaha, color Amarillo, año 1999, placa y registro K0006086, chasis MH33WL004WK126629, a nombre de ESTEBAN JUAN MATÍAS DEL ROSARIO.

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “ ROMAIRY”, mat. BPR24- 886SBS, color blanco, de 18 pies de eslora 5 de manga y 3 de puntal propiedad del Sr. ANDRES ACOSTA DE PEÑA, para que en lo adelante figure a nombre del Sr. DOMINGO CASTILLO DE LOS SANTOS. FC357987

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “ DON JUAN-II”, mat. BPD831641SBS, color naranja y verde, de 19.3 pies de eslora 5.1 de manga y 4.5 de puntal propiedad del Sr. CESAR ALBERTO DE LEON para que en lo adelante figure a nombre del Sr. YERMEN MORIS HENRIQUEZ. FC357988

CAMBIO DE PROPIETARIO del bote de pesca de nombre “ ERIEL”, mat. BP-E1691647SBS, color naranja y negro de 20 pies de eslora 6 de manga y 3 de puntal propiedad del Sr. MARCELINA GUERRERO para que en lo adelante figure a nombre del Sr. LEONILDO JHONSON BARETT FC357989

VENTA DE APARTAMENTO Por este medio se invitan a los señores: GEORGINA JIMENEZ DE DÍAZ, Céd. 001-0156312-0 y EUGENIO EMILIO DÍAZ PÉREZ, Céd. 001-0156146-2 o sucesores legales a presentarse por la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), a firmar renuncia de bien de familia y traspaso del Apto. 3B, tercer nivel, Edificio #1, Manzana H, Cancino Segunda, a favor de la señora BERKIS ANTONIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ. FC 357951

AVISO DE PERDIDA CERTIFICADOS DE TITULOS Por medio de la presente, y en cumplimiento con las disposiciones legales establecidas en la Ley No.108-05 sobre Registro Inmobiliario, promulgada en fecha 23 de marzo del 2005, y en el Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de público conocimiento que se han extraviado los siguientes documentos: (1) Certificado de Titulo No.65, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado Solar 003.6175 de la Manzana 2400 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio y Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 224.92 M2, ubicado en Santiago, República Dominicana, con los siguientes linderos: Al Norte, Solar No.003.6151; al Este, Solar No.003.6171; al Sur, Calle No.25, y al Oeste, Solar No.003.6173 (Libro 863, Folio 65), expedido en fecha 15 de noviembre de 2004, a favor de la entidad INMOBILIARIA BHD, S. A.; (2) Certificado de Titulo Matricula No.0200060364, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado Solar 003.6175 de la Manzana 2401 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio y Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 224.94 MZ, ubicado en Santiago, República Dominicana, (Libro 1483, Folio 190), expedido en fecha 25 de marzo de 2013, a favor de la entidad INMOBILIARIA BHD, S. A.; (3) Certificado de Titulo Matricula No.0200060341, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado Solar 003.6619 de la Manzana 2429 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio y Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 281.63 MZ, ubicado en Santiago, República Dominicana, (Libro 1483, Folio 189), expedido en fecha 25 de marzo de 2013, a favor de la entidad INMOBILIARIA BHD, S. A.; (4) Certificado de Titulo Matricula No.0200060354, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado Solar 003.6635 de la Manzana 2429 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio y Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 198.68 MZ, ubicado en Santiago, República Dominicana, (Libro 1483, Folio 204), expedido en fecha 26 de marzo de 2013, a favor de la entidad INMOBILIARIA BHD, S. A.; y (5) Certificado de Titulo Matricula No.0200060364, que ampara el derecho de propiedad del inmueble identificado Solar 003.6650 de la Manzana 2429 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio y Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 200.91 MZ, ubicado en Santiago, República Dominicana, (Libro 1483, Folio 214), expedido en fecha 26 de marzo de 2013, a favor de la entidad INMOBILIARIA BHD, S. A.

ELVIS EDUARDO DURAN PICCINI, Abogado. FC357992

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES CON DOMICILIO DESCONOCIDO DE LA DEMANDADA. Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del párrafo único del artículo No. 22 de la Ley No. 1306-Bis sobre divorcio, por medio del presente aviso, el señor RODNEY DALE ADAMS, Canadiense, mayor de edad, casado, portador del Pasaporte No. HK425535, domiciliado y residente en El Proyecto las Duna Uvero Alto caso No.9-3B, Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia; ADVIERTE a su legitima esposa, la señora NANCY ELIZABETH FELIZ MORBAN, mayor de edad portadora de la cedula no.002-0135019-6, cuyo último domicilio conocido es en la calle Manzana 42 casa No.03, Pueblo Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia, que procederá por medio de su abogados, los LICDOS. ELOY BELLO PEREZ y ALEXANDRA DIAZ DIAZ, dominicanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad y electorales Nos.023-00265549 y 028-0093763-9, con estudio profesional abierto de manera permanente en la Plaza La Realeza local número 9-A de la Avenida España en Bávaro, Higüey, Provincia La Altagracia; en donde hace elección de domicilio para los fines y consecuencias legales del presente divorcio, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, mediante notificación que se hará en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha Veintinueve (29) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las Once (11:00 A. M.) horas de la mañana, a fin de que comparezca en la forma legal y por ministerio de abogado, a la audiencia que en atribuciones civiles y en materia de divorcio, celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en fecha Trece(13) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a las NUEVE (9:00 A. M.) horas de la mañana, la cual celebra sus audiencias en uno de los salones de la Planta Alta del Palacio de Justicia, del Municipio de Higüey, Situado en la Avenida Agustín Guerrero esq. Beller. En la ciudad de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, a los Dieciséis (16) días del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciocho (2018).

LIC. ELOY BELLO PEREZ Por si y por la Lic. ALEXNADRA DIAZ DIAZ Abogados Apoderado

AVISO DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la vigente Ley de Divorcio No. 136-Bis, se hace de conocimiento público que en fecha quince (15) días del mes de marzo del año dos mil diez y seis (2016). La Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles, dictó la Sentencia No. 2016/00764, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: DECLARA regular y valida en cuanto a la forma la presente demanda de Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, interpuesta por la Señora Mercedes Yuldania De Los Santos García, contra el señor Luis Ángel Ogando, por haber sido interpuesta con apego a las normas que rigen la materia. SEGUNDO: PRONUNCIA el defecto contra la parte demandada, señor Luis Ángel Ogando, por no comparecer ante este tribunal no obstante situación legal. TERCERO: En cuanto al fondo, ADMITE el Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, entre los señores Mercedes Yuldania De Los Santos García y Luis Ángel Ogando, con todas sus consecuencias legales, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía Del Estado Civil Correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio. QUINTO: COMISIONA al ministerial Boanerge Pérez Uribe, de Estrados de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para notificar la presente sentencia. SEXTO: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos. La sentencia que antecede ha sido pronunciada y transcrita por ante el Oficial del Estado Civil de la 6ta. Circunscripción, Distrito Nacional, en fecha veinte y nueve (29) de junio del dos mil diez y seis (2016), en el libro 00002, folio 0148, Acta No. 000173 del año 2016. La presente publicación ha sido autorizada por la abogada abajo firmante, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los siete (7) del mes de julio del 2016.

Lcda. Shadeska M. Trinidad Cueto, Abogada FC357981

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ESPAÑOL

Espacio de Aprendizaje sobre el uso correcto del idioma

LUIS DIAZ MARTINEZ ludimartinezz22@gmail.com

Pienso de que... y Se dio cuenta que... Suelen ser frecuentes en nuestro medio expresiones tales como Pienso de que el gobierno debería ser más claro en sus explicaciones... Opino de que solo deberían asistir tres o cuatro representantes... Se dio cuenta que no traía dinero para realizar el pago... Me olvidé que tenía que traer el ensayo... Para el común de la gente son oraciones totalmente correctas; pero, ¿es así? Desde el punto de vista gramatical, estamos ante dos fenómenos difíciles de erradicar, pero fáciles de explicar: dequeísmo en los dos primeros casos, y queísmo en los dos últimos. El dequeísmo es el uso «de la secuencia de que para introducir una oración subordinada que no admite ese régimen verbal; por ejemplo: Le dije de que viniera, en lugar de Le dije que viniera» (Diccionario Lengua Española, 2014). El queísmo, en cambio, es el uso «de la conjunción que, en lugar de la secuencia de que, como expresión introductora de ciertos complementos; por ejemplo: Me da la sensación que no han venido, en lugar de Me da la sensación de que no han venido» (DLE, 2014). Ambos usos están normativamente censurados. Como podemos notar, en el dequeísmo, la preposición de está sobrando; en el queísmo, por el contrario, la preposición de está faltando. Ahora bien, para saber si esta es necesaria o no, conviene sustituir la frase con «que» por un complemento nominal, con el fin de ver si permanece o no la preposición. Una manera sencilla es plantear la pregunta con la preposición. Por ejemplo: Me acuerdo de que eras muy travieso. ¿De qué me acuerdo? Me acuerdo de ello (de tus travesuras, de que eras muy travieso). Estoy seguro de que ayer arreglé la puerta. ¿De qué estoy seguro? Estoy seguro de algo (de que arreglé la puerta). No se dio cuenta de que lo perseguían. ¿De qué no se dio cuenta? No se dio cuenta de eso (de que lo perseguían). Queísmo y dequeísmo suelen ser dos fenómenos frecuentes entre los hablantes de distintas zonas hispanoamericanas; y para muchos es muy difícil evitarlos. En el dequeísmo aparece la preposición de delante de la conjunción que cuando sintácticamente no se exige. Al parecer esto se da ante hechos que el hablante los siente inseguros o los valora negativamente o son hechos con los que está en total desacuerdo. En cambio, cae en queísmo porque quiere evitar el dequeísmo. Ya hemos dicho cómo podemos reconocer si debe o no ir la preposición; así en los ejemplos del primer párrafo los enunciados Pienso de que... y Opino de que... son incorrectos porque no son posibles las preguntas ¿De qué pienso?, ¿De qué opino? En ambos casos solo son posibles ¿Qué pienso? Pienso que el gobierno debería ser más claro en sus explicaciones. ¿Qué opino? Lo mismo podríamos decir de Se dio cuenta que... y Me olvidé que... Si planteamos las preguntas ¿De qué se dio cuenta? y ¿De qué me olvidé? Tendremos Se dio cuenta de que no traía dinero para pagar y Me olvidé de que tenía que llamarte.


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