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PODERJUDICIAL
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COORDINACION DE LOSJUZGADOS DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPUBLlCA Allan. 0046-JUNlO-2021 Ext. 0027-JUNJO-2021
ORDEN JUDICIAL DE ALLANAMIENTO
Magistrada KENYA S. ROMERO SEVERINO, Jueza Coordinadora Interina de los Juzgados de la lnstrucci6n del Distrito Nacional, en funciones de Jueza de la lnstrucci6n, para las Medidas Escritas, ha dictado la siguiente Resoluci6n: VISTA: La instancia de solicitud de allanamiento recibida por cste dcspacho recibida a las once horas Y cuarenta minutos de la maiiana (11:40am) del dia veintiocho (28) del mes de junio del aiio dos mil veintiuno (2021) , suscrita por el LCDO. WILSON MANUEL CAMACHO, Procurador Adjunto, Titular de la Procuraduria Especializada de Persecuci6n de la Corrupci6n Administrativa (PEPCA), en contra de los ciudadanos JEAN ALAIN RODRIGUEZ, RAFAEL ANTONIO MER.CEDE MARTE, ALFREDO ALEXANDER SOLANO AUGUSTO, RAFAEL STEFANO CANO SACCO, JAVIER ALEJANDRO FORTEZA IBARRA, JONNATHAN JOEL RODRIGUEZ IMBERT, JENNY MARTE PENA, ALEJANDRO MARTIN ROSA LLANES, BRAULIO MICHAEL BATISTA REYES. MARJA JOSEFINA AZAR DIAZ, JOHANNATAN LOANDERS MEDINA REYES, ALTAGRACIA GUILLEN CALZADO, JONNATHAN JOEL RODRIGUEZ IMBERT, MIGUEL JOSE MOYA, JAVIER ALEJANDRO FORTEZA IBARRA, AMELIA ISABEL ESCANO, MERCEDES CAMELIA SALCEDO DISLA, JENNY MARTE PENA. RONNY RAFAEL CORPORAN, FRANCIS RAMIREZ MORENO, NEY ERNALDO CACCAVELLI GUEVARA Y ALTAGRACIA GUILLEN CALZADO, de generates descritas en la instancia, en cl marco de una investigaci6n por presunta violaci6n a las disposiciones de los articulos 146, numeral I, de la Constituci6n Dominicana (corrupci6n), articulos 123 , 124, 166, 167, 265 y 266, 405 del C6digo Penal Dominicano (coalici6n de funcionarios, prevaricaci6n, asociaci6n de malhechores y estafa contra el Estado), articulo 3, patTafo, de la Ley 712 de fecha 27 de junio del 1927 (desfalco) que modifica los articulos 171 y 172 de! C6digo Penal, articulos 5, 6 y 10 de la Ley No. 53-07, sobre Clirnenes Delitos de Alta Tecnologia de la Ley No. 53-07, sobre Crimenes Delitos de Alta Tecnologia (C6digos de acceso, acceso ilicito, daiio o alteraci6n de datos, sabotaje), articulo 1 y 2 de la Ley 448-06 (Sobomo) y los articulos 2.11, 2.15, 2.26, 3.1 , 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 7, 9.2 y 9.4 de la Ley No. 15517, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (lavado de activos, circunstancias agravadas del lavado). Asi como los articulos 3 (a), (b) y ( c), 4, 5, 8 (b), 18 y 19, 26, 31 y 32 de la Ley No. 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes de! Tnifico llicito de Drogas y Sustancias Controladas y Otras lnfracciones Graves (para los hechos de lavado antes <lei 2017. VISTOS: El articulo 44 numeral I de la Constituci6n de la Rep11blica Dominicana. Los articulos 175, 179, 180, 182, 183, 186, 188 y 189 de! C6digo Procesal Penal de la Repttblica Dominicana; RESULTA: Que el ministerio p6bli_co p_lantea en sost~n a su_ solicitu~ los siguientes aspectos: a) La Procuradulia Especializada de Persecuci6n de la Corrupci6n Admimstrattva (PEPCA), Ilene abterta una mvestigaci6n en contra de Jean Alain Rodriguez, Rafael Antonio Mercede Marte, Alfredo Alexander Solano Augusto,_ Rafael Stefano Can6 Sacco, Javier Alejandro Fmteza Ibarra y Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, por el hecho de es~os actuar en conJtmt~ P'.tra defraudar a_l Estado, rnediante distintas maniobras para la sus tracci6n de fondos provenientes de la Procuraduna_ ?eneral de la Republica, en benefic10 propio y de terceros vinculados, asi corno la utilizaci6n de acciones para encubrir sus actuac1ones 11Jcttas, en lo~ s1_gmentes_ aspectos: Caso Dio SRL: En fee ha dieciseis ( 16) de febrero del aiio 2018, fue firrnado entre la Procuraduria General de la Republtca Dorn1mcana como entidad conh•atai t . t d por el Seiior Jonnathan Joel · · dm' · · F' . '" 1 e, rep1 esen a a Rodriguez Imbert en su cahdad de Director A 1msu·at1vo Y manctero de la 1·nst'tu •, 'd d DesatTollo Individuo & · ·, ' d I . 1 c10n y 1a enll a , . _. Orgamzacion / D1O, S.R.L., como provee~or, represe?ta a por e S_e nor Miguel Jose Moya t _ t de servicio para capac1tac1on personal Procuraduria General de_la Repubhca referenc1a: Procuraduna-CCC-CP-2018-000l el cual tenia como objeto lo siguiente: "El Proveedor, por med10 dcl presente contrato se comprornete a suministrar- y I .d · d ' vez se compromete a · ·, · 'd • • a entt a contratante, a su , contratar los servicios de capac1tac1on, para que sean 1rnpart1 os una sene de talleres y . . ., ra el personal de la , · · · · · p ·bl · I Ob' · d . semmanos de formac1on, pa , Procuraduna General de la Republica/Mm1stcno u tco, cone ~etivo e mod1ficar 11 ·b·t . · ntos incongruentes . · d · ' a t os, act1tudes y comportamte con la misi6n institucional, desarrolland.o un alto mvel e cornpromiso con logros signif' 1. · . d d tas deseadas ... ".El ·· I · · Ii. . bl ·d . tea 1vos y prornovten o con uc ago acordado para la prestac1on de ta servicio, ic est a eci O en tres m11lones sete .· ·1 ctiati·ocientos pesos P .' 1· d (03) c1entos vemte y oc 110 1111 _ inicanos (RD$3 728 400.00), el cual set ia rea tza o en tres cuotas mensuale d . , . a enta y dos 1111I dom 5 ' ' · I , · f . e un m1llon dosc1entos cu r ' ochocientos pesos dominicanos (RD$ I. 242,800.00), die 10s pagos ueron realtzados media t 1 I ues Nos 013337 de fecha 27/03/20 I 8, 038434 de fecha 04/05/2018, 03890 I de fecha 22/06/2018, finnados por el entonc:tp~-oc~-a~~~'hencral la Rept1blic<1 Jean
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tl~nrtRo;gue: ~anchez Director Administrativo y _Financiero de la Procuraduria General de la Republica Jonnathan Joel Rodriguez P~o:ur· ~s a e ante en ech~ dieciocho_ (18! de_ J~Illo del 2018, fue renovado el servicio de capacitaci6n _para el personal de la aduna General de l_a Republica/ M1msteno Publico, por un monto de tres millones setec1entos vemt1ocho mil , cuatrocientos (RD$3, ?28,~00.00), el cual de igual modo fue pagado en tres (03) cuotas, de un mill6n doscientos cuarenta Y dos mil ochocientos pesos dommicanos (RD$ I, 242,800.00), mediante _los cheques marcados con los Nos. 0398 I 6 de fecha 18/10/20 I 8, 39819 de fecha 18/10/2018 y 39820 de fec~a 18/1~/2018. En fecha d1ec1s1ete (17) de octubre de! ano 2018, el investigado Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, elabor6 un documen~o t1tulado Reconocumento de deuda", en el cual afiima que la sociedad Desarrollo. lndividuo & Organizaci6n /010 SRL, desarroll~ durante el penodo abarcado desde el quince ( 15) de agosto hasta el quince ( 15) de octubre del ano 2018, talleres sabre mtegrac!on a los fines de fortalecer el clima laboral entre las empleados de la Procuraduria General de la Republica/Ministerio Publico, promov1endo conductas deseadas y desarrollando un alto nivel de compromiso, evidenciandose de acuerdo al mismo, la prestaci6n de servicios mediante los inforrnes emitidos par la Direcci6n de Gesti6n Humana., siendo el monto total de lo adeudado dos millones cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos pesos dominicanos, (RD$2,485,600.00), justificando el derecho a pago correspondiente a los meses agosto/septiembre y septiembre /octubre del 2018, luego de esto, se realizaron pagos mediante los cheques Nos. 039834 de fecha 19/10/2018 y 039836 de fecha 19/10/2018, ambos par valor de un mil16n doscientos cuarenta y dos mil ochocientos pesos dominicanos (RD$ 1, 242,800.00), a favor de DIO SRL, par concepto de pago por talleres impartidos durante las periodos del quince (15) de agosto al quince (15) de septiembre de! 2018 y quince (15) de septiembre al quince (15) de octubre del 2018. Los referidos informes de servicios de capacitaci6n para el personal de la Procuraduria General de la Rep. Dom. / Ministerio Publico, fueron elaborados por la Direcci6n de Gesti6n Humana de la Procuraduria General de la Republica, el primero correspondiente por los meses de abril y mayo, firmado por la Senora Faride Guerrero, en su calidad de Directora de dicha dependencia, los correspondientes par los meses de mayo y junio, junio y julio, agosto y septiembre firrnados de orden par la Senora Catherine Albania Ventura Antigua, quien desempenaba la funci6n de Subdirectora de Gesti6n Humana, mientras que el infonne de julio y agosto se encontraba sin firrna, los cuales tienen anexos un listado de presencia, que de acuerdo a las informaciones preliminares corresponden a otras capacitaciones impartidas al personal de la Procuraduria General de la Republica e incluye personal que refiere no Imber participados en las mismas. En fecha trece (13) de noviembre del ano 2018 el Senor Victor Lora Imbert, quien ocupaba el cargo de Director General de Carrera de! Ministerio Publico, solicit6 al entonces Director Administrativo y Financiero de la Procuraduria General, Jonnathan Rodriguez Imbert, talleres y seminarios para el desa1Tollo de personal de! Ministerio Publico, para tales fines en fecha seis (06) de febrero del ano 2019, fue firmado el contra to de servicio de capacitaci6n especializada con el Senor Miguel Jose Moya, mediante el cual se comprometia a brindar los servicios de capacitaci6n especializada para el personal del Ministe1io Publico, acordando el monto de tres mill ones setecientos veintiocho mil cuatrocientos pesos domini canos (RD$3,728,400.00). En fecha veintiocho (28) de marzo de! a_no 20 I9, la Procuraduria General de la Republica realiz6 las transferencias BC-B10155 y BC-B10156, cada una por valor de un m1llon dos~1entos cuarenta y dos mil ochocientos pesos dominicanos (RD$!, 242,800.00), por servicios de capacitaci6n, siendo estas transferenc1as ~uto1izadas y aprobadas por Jonnathan Rodriguez Imbert y Jean Alain Rodriguez Sanchez, dando constancia de la prestaci6n de los serv1c1os de capacitaci6n, el Senor Victor Lora Imbert, sin ningun tipo de soporte sabre las fechas en que fueron impartido~ l~s tallere_s_ o el personal que asisti6 a Ios mismos. En fecha diecisiete ( 17) de diciembre del 2019, la Procuraduria General de ~a Repubhca, emitio el cheque marcado con el No. 043645 yen fecha treinta (30) de _enero del 2020 el cheque No. 044046 a favor de la ent1dad DIO SRL: ambos ?or un valor de un mi116n doscientos cuarenta y dos mil ochoc1entos pesos dominicanos (RD$!, 242,800.00), por tal,leres sabre mtegrac,on para fortalecer el clima laboral institucional, impa'.·_tido a los empleados de la Procuraduria General de la Repubhca, tomand~ coma base el documento titulado "Reconocimiento de deuda, de fecha diecisiete (17) de octubre de! ano 2018, elaborado p~r el mveS(lgado Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, el cual reconocia la deuda por la impartici6n de talleres por los periodos pagados mediante los cheques del qumce (15) de agosto al quince (! ) de septiembre de! 2018 y 5 quince ( 15) de septiembre al quince ( 15) de octubre de! 2018, los cuales fucron pagados confonne al concepto de los cheques Nos. 039834 de fecha 19/10/2018 y 039836 de fecha 19/10/2018. RESULTA: Que en fecha veintid6s (22) de febrero _de! 2020, fue suscrit~ el_ contrato de servicio de capacitaci6n especializada, Ref. Procuraduria-CCC-CP-2020-001, entre la Procuraduna Gen~ral de la Republi_ca, representada por Jonnathan Joel Rodriguez Imbert y M' uel Jose Moya en representaci6n de Desarrollo de lnd1v1duos Y Organizac1ones D!O SRL b' t de brindar los serv1c1os de ig Id IM' . t . P'bl' o/ REF P ' cone I o ~e o I · las capacitaci6n especializada para ~I persona e mis eno u ic ·. rocuraduria -CCC-CP-2020-000 I, a los fines de forta ece1 destrezas para el manejo de obJet1vos comune_s, desarrolla.do un alto nivel de comprorniso con lo!!ros significativos, promoVJend_o_ las conductas deseadas, por un monto de cuatro m11lones setec1entos setenta md pesos dominicanos (RD$4 770,000.00). En fecha die~i_s1ete ( 17) de junio de! 2020, el investigado Victor Lora Imbe_rt, en su,~al1dad Ide_ Director General de Carrera de! Ministerio Publico, em1110 una certificaci6n hacienda constar haber recibido los serv1c10~ de ta_dere~ so/~;tados para el personal de! Ministerio Publico, de igual manera, sin ningun tipo de soporte sabre las fechas en que fueron imparll os as a cres o el personal que asisti6 a las mismos, solo tomando coma
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las rd facturas Nos. B ~00000056,_ BI 500000057 y B 1_50,0000058, emitidas por DIO SRL, firmadas por la Senora Sara Maria Fernandez a o, en repres_entacion de la enttdad. En focha ve1nt1dos (22) de junio del aiio 2020, fue reahzada la transferencia BC-Bi 2627, por un monto_ de cuatro mtllones setectentos setenta mil pesos dominicanos (RD$4, 770,000.00), a favor de la enttdad DIO SRL, aprobada por el tnVeSltgado Jonnathan Joel Rodriguez _Imbert, para el pago de las facturas Nos. Bl 500000056, B 1500000057 YB I500000058, par impartir los talleres, sobre el maneJo d: cnsts, hdernzgo, toma de decisiones y actividad de integracion, im_partido a los empleados de la Prncuraduna General de la Repubhca, esto sm contar con un aval de quc verdaderamente se hayan realtzados tales capacitaciones en el penodo de marzo-mayo, 2020. Como pa11e de las acciones antes enunciadas, se realizaron distintos procesos de comparacion de precios, realtzados por el Com1te de Compras y Contrataciones de la Procuraduria General de la Republica, conformado por Victor Lora Imbert Jon~athan Rodriguez Imbert, Maricell Silvestre Rodriguez, Felix Rosario Labrada e Isis Tapia Steffany, en los cuales la unica entidad qu; pa111c1paba Y resultaba adjudicataria era DlO, SRL. De igual form a, se destaca la participacion del Senor Alfredo Alexander Solano Augusto, quien desempefiaba la funci6n de Subdirector Financiero de la institucion y solicito el pago de varios montos a la referida empresa. lrregularidades en los procesos de compras de la Procuraduria General de la Rep(tblica: Los investigados Rafael Stefano Cano Sacco y Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, en sus condiciones de Director de Gabinete y Director General Administrative, respectivamente, de la Procuraduria General de la Republica, tenian una incidencia directa respecto al manejo irregular para la escogencia de las empresas que ganaban licitaciones, teniendo la funcion el Senor Rafael Antonio Mercede Marte, quien era encargado del Departamento de Contabilidad, de calcular y recoger cantidades en efectivo, que eran llevadas en bultos a su oficina y luego entregados al Seiior Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, de igual modo, se destaca el pago de entidades para agilizar las pagos par parte de la Procuraduria General de la Republica, par servicios prestados a la institucion. Estas situaciones se presentaban en procesos coma los relatives al Plan de Humanizacion de\ Sistema Penitenciario, en el cual las empresas fueron escogidas de manera directa, existiendo una reparticion en cuanto a las beneficios por las entidades comerciales escogidas, Alfredo Alexander Solano Augusto, conjuntamente con Johannatan Loanders Medina Reyes, Encargado de la Division de Compras, les loco lo referente a las pozos septicos de este proyecto, micntras que a la Senora Amelia Escano, Encargada del Departamento de Compras y Contrataciones, recibi6 los beneficios del equipamiento medico, por su parte la Senora Jenny Marte Pena, Encargada de Proyectos del Plan de Humanizacion del Sistema Penitenciario, obtuvo beneficios por la parte de construccion, decidiendo todo esto el investigado Rafael Stefano Cano Sacco, de igual modo, las investigados Jonnathan Joel Rodriguez Imbert y Rafael Antonio Mercede Marte, sacaron provecho economico a traves de la compra de uniformes que eran parte del Plan, como tambien lo hizo Alfredo Alexander Solano AU!,'l!Sto, con la instalacion de las camas. Respecto a la adquisicion de alimentos para los privados de libertad del Sistema Penitenciario, se conformaron grupos que tenian las indicaciones de establecer quienes no podian ganar las licitaciones, un miembro de los mismos eran la Senora Rainiery Elizabeth Medina Sanchez, quien era encargada de almacen de la Procuraduria General de la Republica, conjuntarnente con la Senora :iviercedes Camelia ,Salcedo, Coordinadora Adrninistrativa de! Modelo Penitenciario, realizaban visitas para verificar que las entidades part1c1pantes no cumphan con las requ1sttos y se les instruia que la desaprobaran, tomando como parametro temas como la iluminaci6n y la ,limpieza. Otro de los mvolucrados en los procesos de compras irregulares, era Franci~ Ramirez Moreno, Tecnico de Compras, el cual tenta maneJo sobre los procesos irregulares del Plan de Humanizacion del Sistema Pemtenc iano, entre otros en los que hubo manejos fraudule~tos COllJUntam~nte c_on Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, Johannatan Loanders Medina Reyes, Amelia Isabel Escaiio Mieses, Altagracia Guillen, e Isis tap'.a.EI mvesttgado Rafael Stefano Cano Sacco, prevaleciendose de su funci6n de Jefe de Gabinete, beneficio a traves de la empresa Soluc,ones Integradas Mazur Baez E!RL a su socio Daniel Elias Manzur Baez, mediante ordenes de compra por varios mill?nes _de pesos que fueron emitidas por la 'Procur'aduria General de la Republica Dominicana, configurandose una estafa agravada,_segun el mte;;0 gatono ,reahz~do a la ciudadana Ruinery Elizabeth Medina Sanchez, en el cual esta afirrno al Ministedo Publico que "Soluc1ones ~anzur no presto nmgun servicio, pero cobro aproximadamente RD$50,000,000 y que a ella le hicieron repettr la soltc1tud de pago corno 4 o 5 veces porque ellos stempre querian algo diferente. RESULTA- Entradas ficticias y adulteradas al almacen de la Procuraduria General de la Repu' bl ' ·L _ Ra·in·iery Elizabeth Medina • . R A . tea. a senora . Sanchez, a solicitud de Johannatan Loande'.·s Medma Reyes , a a_e1 ntomo Mercede Marte, Jonnathan Joel Rodriguez lmbe1t , Altagracia Guillen, Francis Ramirez Moreno, pr~cedta a realtzar entradas m~ales medtante facturas al almacen de la Procuraduria General de_ I~ Republica, sobre productos o mercanc1as que n,o llegaban o que_ 1,legaban tncompletas, siendo parte de esta maniobra el invest1gado Jav1e1 Alejandro Forteza Ibarra, Director de Tecnologta de la Infonnac1on, cl cual em11ta certificaciones de que supuestamente equipos entra~an a dicho departamento, siendo esto fatso. Para est?s fines, eran em1ttdas _cert1ficac1ones ficticias dandose esta situaci6n con equtpos, mercancias y materiales de construcci6n. En cspectfico resre;o a la ~w?st~ada Altagracia Guille~ la misma result6 beneficiada de estas acciones, con materiales de construcci6n comprados pol~ a rocu;:i~1;~a {i"er~I de la Republic;, con los cuales esta hizo arreglos_en bienes de su propiedad, conforme a lo establec1do por a test1go ry iza eth Medina Sanchez, quien era la encargada de rectbtr
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dichos materiales para la instituci6n. De igual modo, la investigada Amelia Isabel Escario Mieses, Encargada de! Departamento de Compras Y. Contrataciones, utiliz6 su funci6n para su provecho y de familiares , con productos y equipos comprados con fondos de la Procuraduna General de la Republica. Utilizaci6n irregular de fondos operativos: Respcclo a los fondos operativos de la Procuraduria General de la Republica, de acuerdo a la testigo Rainiery Elizabeth Medina Sanchez, se daba la practica de crear los mismos a nombre de empleados para ser utilizados discrecionalmente, como el caso de! investigado Ronny Concepcion, Coordinador Operativo de! Departamento de Servicios Generales, el cual conjuntamente con Altagracia Guillen, hacian uso de esta modalidad, colocando una mayor cantldad de personal de! que se iba utilizar para una deterrninada actividad, con fondos que debian ser para dietas y lraslados. Lo mismo ocurria con el investigado Miguel Reynoso Genao, lngeniero Supervisor de la Division de Mantenimienlo, el cual tenia acceso a un fondo operativo de RD$300,000.00 pesos, el cual era dividido en RD$! 50,000.000 para los trabajos de la Procuraduria General de la Republica y RD$ I 50,000.00 en beneficio propio. Movimiento politico Renovacion: El movimiento politico Renovacion, era una plataforrna de apoyo para el Partido de la Liberacion Dominicana, que era ditigido por el investigado Jean Alain Rodriguez, cuando el mismo ocupaba el cargo de Director de! Centro de Exportaci6n e Inversion de la Republica Dominicana (CEI-RD), el cual, al ser nombrado Procurador General de la Republica, paso a ser dirigido por Rafael Stefano Can6 Sacco. Durante el transcurso de la campaiia politica para las elecciones de! ario 2020, fueron nombrados en distintas zonas de! pais, unos empleados denominados enlaces comunitarios, los cuales no eran mas que activistas politicos pagados por la Procuraduria General de la Republica. Se destaca ademas que mobiliario, equipos y materialcs utilizados por el referido movimiento politico, salieron de fondos de la Procuraduria General de la Republica, de igual manera, hicieron uso de vehiculos incantados para hacer trabajos de la campaiia politica. Las tareas de los en laces comunitarios, asi como de las actividades politicas real izadas, eran coordinadas por el Departamento de Coordinaci611 lnstitucional de la inslitucion. Sobreevaluaci6n en instrumentos para el area de antropologia e irregularidades en el proceso de estructuracion del laboratorio de ADN para el lnstituto Nacional de Ciencias Forenses (!NACIF): En el aiio 2019 la Procuraduria General de la Republica adquiri6 instrumentos para el area de antropologia del Jnstitulo Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), por un valor de RD$2, 948, 277. 20, de este monto fue donado RD$! , 703, 984.90 por la Agencia Espanola de Cooperaci6n Internacional para el Desarrollo (AECJD) y RD$ 1.244.292. 30, por cuenta de la Procuraduria General de la Republica, como parte de! proyecto de "Mejora de la Eficacia de la lnvestigaci6n Criminal _en Republica Dominicana, Fase Ill" .Como parte de! proceso de donaci6n de! monto antes establecido, la Agencia Espanola de Cooperac1on Internacional para el Desarrollo (AECID), estableci6 que se realizara una auditoria externa, la cual fue ejecutada por PY Accounting Services SRL, presentando el hallazgo siguiente: "En fecha siete (07) de octubre de! ario 20 I 9 se adquirieron instrumentos para el area de antropologia para el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (JNACIF), por monto de 28,258.46 euros a una tasa de 60.30 para un total de RDSl,703 ,984, en Ia adquisici6n de estos instrumentos cumplieron con el debido proceso de la Ley No. 340-06 de Compras Y Contratac1ones de Bienes, Servicios, Obras, pero aun asi extendimos nuestro alcance de auditoria con el fin de satisfacernos de la ev1denc1a presentada, para esto procedimos a realizar una comparacion de precios (cotizaciones), debido a que_ entendiamos que en los eqwpos adqumdos habia una sobreevaluaci6n en Ia compra de los mismos, dando como resultado una d1ferencia de alrededor de_ 21,624 curos para un monto total de RD$ l ,303,956 equivalente de 4 veces por encima de! valor comparable, cabe destacar que esta d1ferenc1a en prectos corresponde a una cotizaci6n intemacional con sus impuestos incluidos. La comparaci6n de precios a nivel local , la diferencia co_r~esponde a un 59% por encima de! valor de compra por un monto de 16,609 euros equivalente a RD$ I, 003, 188.00. L_os material es adquindos corresponden a equipos medicos como un mandibulomelro, labia osteometrica para el laboratorto, calibre o compas de corredera graduado (t1po Martin) y compas de rama curvas puntas redondeadas (0600), cuyos valores al ser comparados con el preci_o real de! mcrcado representan una sobreevaluacion respecto al precio por el cual fueron comprados por Ia Procuradu~ia Gen:ral de la Republic~, s1endo pagados por cl mandibulometro y la tabla osteometrica para el Iaboratorio, con los fondos de Ia Agencia Espanola de Cooperac1on Internacional para el Dcsarrollo (AECID), RD$l ,703 ,984 _90 , pudiendo haberse comprado por RD$1 ,335,702.l2, mientras que por el calibre o compas de corredera graduado (tipo Martin) y compas de rama ~urvas puntas redondeadas (0-600), fue pagado RD$ 1.244.292. 30,_con fondos de la Procuraduria General de la Republica, los cuales podtan se~ comprados por RD$ I, I 21 ,160.30. En fechas nueve (09) y dtez ( I0) de sept1embre de! aiio 2019 D t d Contabilidad reahzo 1 · do por eI mvest1ga · · do Jonna th an Rodnguez · el pago por estos equipos autonza y aprobad 0 , e epartamen po e dor General de la · '· · , d I . s 1·d . M • . por el entonces rocura . Republica Jean AJam Rodnguez Sanchez, a ,avor e a empresa up 1 01 a ed1ca de! Ca11.-b l . sult6 bcneficiada, ' - • ·· · I ·· e. a refenda empresa re producto de un proced1m1enlo de comparac1 on de precms para a contratac1on de adquisici6n d . d I b t rio para ser utilizados en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF),_ ?n la _que la ?mpresa Suplidora Medicea e!~t ~~!ib: afu~~aounica oferente, siendo llevado esle proceso por Juan Joel Pol, Encargado Admmtstrallvo y Fmanc1ero de! INACIF, Jenn'fi . p - .,T' ico del Departamento de Compras y Amelia Escaiio, Encargada de! Departamento de Compras de la Procuraduria General d~ ,: R:;ibli::,n
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REPUBL!l'A ll0Ml1'1CINA
POD ER JUDICIAL COORDINACION DE LOS JUZGADOS DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITO E 10 NACIONAL n . ~eferente al lab~ratorio de A.DJ:~ de! instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), la Pr~cW:~duria General de la Republica, sohcito a la Prestdencta de la Republtca, un monto ascendente al USO$ J,000 000.00, para la adqms1c1on de los equipos y adecuaci6n locativa pa:a la puesta en funcionamiento del referido laboratorio. En el desarrollo del proceso, el INACIF a pesar de haber realizado a la Procurnduna General de RepubHca, las especificaciones de los equipos ncccsitados, recibi6 otros que no cumplian con Ios requenm1ent_o~, coma el equ1po cons,stente en SClEX modelo GeXP, por lo quc la instituci6n en la persona de su Director Ing. Francisco Gerdo, sohc1to que le fuera cambiado siendole enviado en sustituci6n el Analizador Genetico AB! 35000, por la empresa First Medical Depot by Guzman. La empresa First Medical Depot by Guzman, cscogida para prcstar el servicio de asesoria, construcci6n, adquisici6n, eqmpam1ento Ypuesta en marcha del Laboratorio de identificaci6n AON, no cumpli6 en su totalidad con los servicios por los cuales fueron contratados, estando a la fecha el mismo sin funcionar debido a que no cuenta con todos los equipos necesarios para su funcionamiento. A pesar de ello, en fecha trece (13) de marzo del 2019, la entonces subdirectora del INACIF Emely C. Ramirez, emiti6 una certificaci6n en la que estableci6 que la instituci6n recibi6 con satisfacci6n los servicios realizados por la empresa First Medical Depot by Guzman, por concepto de adecuaci6n de espacio y obra requerida para el laboratorio de AON del INACIF, lo cual resulta ser fatso, ya que las adecuaciones no cumplian con el requerimiento para la realizaci6n de AON en el INACIF, y luego de dicha certificaci6n, hubo que realizarse una nueva adecuaci6n, quedando fallos tecnicos que imposibilitan el uso del laboratorio a la fecha.
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Adulteraci6n y forrnateo de la data de inforrnaci6n de los departamentos administrativos de la Procuraduria General de la Republica: La Procuraduria General de la Republica en su organigrama institucional existe la Direcci6n de Tecnologia de la Informaci6n y Comunicaci6n (DTIC), la cual se encarga del mantenimiento de la infraestructura tecno16gica, las bases de datos, los sistemas informaticos, telematicos y de telecomunicaciones gestionando eficicntemente los riesgos y asegurando la provision continua de los servicios tecno16gicos de la lnstituci6n. El investigado Javier Alejandro Forteza Ibarra ingres6 a laborar en la Procuraduria General de la Republica en fecha 16 de agosto del aiio 2016 y designado por el Exprocurador Jean Alain Rodriguez para desempeiiar la funci6n de Director de Tecnologia de la Jnforrnaci6n y Comunicaci6n (DTIC) hasta septiembre de! afio 2020. El investigado Javier Alejandro Forteza Ibarra durante el desempeiio de sus funciones, especificamente en fecha 20 de Febrero del aiio 2020, elimin6 de manera intencional la base de datos de los servidores, encripto la data de los servidores y de los backup conectados en linea; asi como tambien, fue alterada y forrnateada la data de inforrnaci6n de los departamentos administrativos, coma son Portal Web institucional, impedimentos de salida, sistema administrativo; se borr6 la data almacenada en el correo lnstitucional del dominio pgr.gob.do, donde se encontraban alojados los datos y usuarios de los fiscales y personal administrativo; la base de datos de la Direcci6n de Prisiones, Departamento de Extradiciones, Control de Evidencias y Bienes Incautados, Contabilidad, Tesoreria, Trasportaci6n y Activo Fijo; entre otras dependencias de la Procuraduria General de la Republica. A raiz de! proceso de inventario llevado a cabo a partir del 16 de agosto del aiio 2020, por la gesti6n de la Procuradora General de la Reptiblica, Mag. Miriam German Brito, el cual da cuenta de un dispositivo bloqueador de sefial tipo mochila y el equipo antidrone numero de referencia 9125073554, con serial JD01460008094076113, comprado a la compai\ia Aldelay Groupe, S.R.L, por la suma de Tres Millones Novecientos Setenta y Cuatro Mil Ciento Cincuenta Y Seis pesos con 76/100 centavos (RD$3,974,156.76) cuya solicitud de compra la reiter6 la senora Vilmi Duran, asistente de! ExProcurador General, Jean _Alain Rodriguez en fecha 27 de Julio de 2020, supuestamente para ser utilizados en labores de investigaci6n cuando asi la fiscalia lo requieran. El seiior Javier Forteza Ibarra Director de DITC, fue quien recibi6 el citado equipo emitiendo una certificaci6n de fecha 13 de _Agosto de ~020, _afinnando que este e~uipo se lo habia entregado al Despacho del Procurador en fecha 12 de Agosto de 2020, n_o ~ncontra~dose rnngun reg1stro oficial de esta supuesta entrega y mucho menos tos equipos de forrna fisica en ninguna dependencia ddMm1steno Pubhco, menos en el Departamento de Tecnologia de ta Jnformaci6n y Comunicaci6n que gestiono la compra de d1chos eqmpos, el cual hasta la fecha se encuentra desaparecido. El Centro Nacional de Ciberseguridad representado par Carlos L. Leonardo, Director del Equipo de Respuesta a Jncidentes Cibemeticos CSIRT-RD coma parte de las Jabores preventivas, remiti6 !res alertas durante las fechas 02-09-2019 (No. CSJRTRD-AV-OOlOSl- 29082 019); el 21-02-2020 (No.lnc-01035-M7G8 2!0_22020) y el _28-0~-2020 (No. Inc _OI096-H4N9 28052020), relacionados con alertas dirigidas al Director de Tecnologia de la Inforrnac16n y Comurncac1on de la PGR, el ~nvestJgado Javier Alejandro Forteza Ibarra, inforrnando las vulnerabili~ades detectadas a las serv1c1os http: / /pgr.gob.do /, en el cual se mcluyeron algunas recomendaciones d. . donde se advertia un · · · · , .. de Ia PGR , espec1'fi1camente pc=·t· Y alerta temprana sabre mfecc1ones a Ios s1stemas m,orrnat1cos d reme iactones, . .. d uan·os internos y . _ . . . • . . .. .. 1 1en o 1a expos1c1on e us .. ocastonar dano al portal web, a redes botnets que mfectaron con cod1gos mahc1osos penni·ti·e d d d una estacton de · d I · n o e1 contra 1 remoto es e comandos las IPs relacionadas con la PGR, en las cuales nmb'llna e as cJtadas alertas no c.ll d' . t·gado Forteza El · · · · , ·· d ' " eron aten 1das par e1 mves 1 · dia sabado 16 de Febrero de! afio 2019, vanos se~1c10s m,mmat1cos e la Procuraduria General de la Re ublica fueron afectados par nd instrucciones directas del director de DTIC, el senor Javier Aleja ro_ Forteza Ibarra atctid· d p · d ci'ones tecnicas y · , eJecutar, · ' ten oI a -una Esene e IacMart1'nez y por el operativas que no debto las cua Ies fiueron advertt·das par eJ cncargado de Servidor h t y t .. d I p es, e senor nmanue encargado de OperacionesnC, el Ing. Jorge fsaa_c Van der ors en u1,1, .e a rocuraduria General de la Re tiblica. A mediados de! aiio 2018 se deterrnin6 que el mvest1gado Javier Alejandro Fortcza Ibarra crco un acceso tlicito en I . . .. de la Procuraduria e s1ste111a m ,onnauco
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REPUilUCA l>C)MJNJCANA
PODERJUDICIAL COORDINACION DE LOS JUZGADOS DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITO NACIONAL
General de_ la Republica, denominado Keylogger, para monitorear desde cualquier lugar y de manera rcmota, las PC utilizadas en areas admiru st ratJvas Y por los fiscales, logrando tomar control de las infonnaciones de Ios procesos penaJes, asi como tambien facilitar el b . · a Im?cenados en los discos · Rorra_d0 de . orrna_cion duros. Durante la gcsti6n del ExProcurador Gene'.~! de la Republica ' Jean Alain odnguez, el m~est1ga_do Javier AleJandro Forteza Ibarra realiz6 procesos de contrataciones para capac1tac1on y cursos especializados para el personal adm1mstrat1vo que labora en la Direcci6n de Tecnologia de la Infonnaci6n y Comunicaci6n, los cuales no fueron impartidos al citado personal, asi como tambien, la alteraci6n en los precios por compras de equipos inforrnaticos y de telecomunicaciones. Cabe destacar que de acuerd_o a las declaracioncs de la testigo Raineiry Elizabeth Medina Sanchez, establece q?e el borrado de las citadas mforrnac1oncs fueron eJecutadas por el investigado Javier Alejandro Fortcza Ibarra, incluyendo las mforrnac1ones de la base de datos de! area de Almacen de la Procuraduria General de la Republica. La afectaci6n ocasionada a la PGR debido a la actividad delictiva deliberada e ilegitima manifiesta y cjecutada por el investigado Javier Alejandro Forteza Ibarra en el desempeiio de sus funciones en calidad de Director de Tecnologia de la lnformaci6n y Comunicaci6n, ocasion6 a traves del acceso iiicito en los sistemas infonnaticos instalados en la Procuraduria General de la Republica, la alteraci6n, borrado y eliminaci6n de datos en las servidores, Ia eliminaci6n y alteraci6n en la base de datos, en los sistemas infom1aticos, programas inforrnaticos y discos duros se encuentran tipificados en las nonnas contenidas en las articulos 5, 6, IO parrafo y 11 de la Ley 53-07 sabre Crimenes y Delitos de Alta Tecnologfa, a saber: Alteraci6n de c6digos de acceso, acceso ilicito, Dano o alteraci6n de datos y sabotaje. De igual manera, la conducta delictiva asumida por cl investigado Javier Alejandro Forteza Ibarra, encuentra alcance norrnativo de canicter intemacional, contenidas en el Convenio sobre la Ciberde!incuencia, de fecha 23 de noviembre de 2001, vigente en la Republica Dominicana, la cual define el fraude infonnatico como: ... actos deliberados e ilegitimos que causen perjuicio patrimonial a otra persona mediante: a. la introducci6n, alteraci6n, borrado o supresi6n de datos infonnaticos, b. cualquier interferencia en el funcionamiento de un sistema inforrnatico, con la intenci6n dolosa o delictiva de obtener, de fonna ilegitima, un beneficio econ6mico para uno mismo o para otra persona. De igual modo, involucrado a las acciones realizadas por Javier Alejandro Forteza Ibarra, se encucntra el Senor Ney Emaldo Caccavelli Guevara, quien desempatiaba el cargo de Encargado de Seguridad de la lnforrnaci6n de la Direcci6n de Tecnologfa de la Procuraduria General de la Republica, el cual tuvo una partfcipaci6n directa en la creaci6n del acceso ilfcito en el sistema informatico de la fnstituci6n, denominado Keylogger, para el monitoreo desde cualquier lugar y de manera remota, las computadoras utilizadas en areas administrativas y par las fiscales.
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Distracci6n de fondos publicos a !raves de bienes incautados y decomisados: Continuando con el desarrollo de la investigaci6n, a menos de siete dias de cesar en sus funciones de Procurador General de la Republica, el investigado Jean Alain Rodriguez Sanchez, se coalicion6 junto a Jos funcionarios de la Procuradmia General de la Rcpublica, Jonnathan Joel Rodriguez Imbert y Alejandro Martin Rosa Llanes, Director de la Unidad de Custodia y Administracion de Bienes lncautados del Ministerio Publico, para emitir de manera ilegal el cheque No.001239 de fccha 13 de Agosto de! 2020, desde la cuenta especializada de Lavado de Activos de la P.G.R. por valor de treinta y cuatro millones quinientos veinte y dos mil trecientos sesenta Y cuatro pesos con treinta centavos (RD$34,522,364J0), a favor de FIRE CONTROL SYSTEMS, SRL, RNC: 1-31-05278-9, bajo el supuesto de "reembolso de gastos por penalidad incmridos por la empresa FIRE CONTROL SYSTEMS, SRL, par remodelaci6n, terrninaci6n Y costos asociados del inmueble ubicado en la Calle Las Ceibas, No.5, Bella Vista, Santo Domingo, Distrito Nacional, segun articulo 6.2 Y I0.2 del acuerdo de Alquiler y ocupaci6n". Resulta que la relaci6n entre la Procuraduria General de la Republica (PGR) Y Fire_Control Systems, SRL surge a rafz del inmueble ubicado sobre una porci6n de Terreno con una superficie 1,179.15 metros cuadrados 1dent1ficada con la m_atncula_ No.0100135910, dentro del inmueble el solar 5, Manzana 3028, DC 0 1, Ubicado en la ca lie Las Ceibas, No.5, Bella Vista, D1stnto Nac1onal, que esta a nombre de( Estado Dominicano, en virtud de decomiso por el caso Quirino. Para la ':misi6n del cheque No.001239, por_ valor_ de treinta y cuatro millones quinientos veinte y dos mil trecientos sesenta y cuatro pesos con tre1~ta centavos (RD$34,522,364.30), mcurr_,~ron en las maniobras fraudulentas siguientes, alteraci6n, supresi6n y suplantac(6n del contrato or1gmal_de Acuerdo de Cu stodia Y Ocup?c1on de Bien Inmueble, de fecha 31 de octubre del 2019, el cual consta de seis pagmas deb1damente rubncada por las partes, Pro~uraduna General de la Republica Dominicana, RNC: 401007371, representada par el Lie. Alejandro Rosa Llanes, D1_rector de la Umdad de Custodia y Administracion de Bienes lncautados de la Procuraduria y autorizado por Lie. Jonnathan Rodnguez Imbert, Di.rector Administrativo y Financiero de la Procuraduria y FIRE CONTROL SYSTEMS, SRL, RNC: 1-31-05278-9, representada p~r Hector Antonio Genman Done. En virtud del Acuerdo de Custodia y Ocupaci6n de Bien Inmueble, de fecha 31 de octubre del 2019, ent1 egaron en custodia para su ., . bl bi·cado en Ja Calle · · · · · J I • ' ocupac1on e1 1nmue e u Las Ceibas, No.5, Bel la_ Vista, Sant? D?m1~go, D1str1to Nacion a , _a a emp:es~ Fire Control Systems, RNC· 1-31-05278-9, a traves de este acuerdo las partes convm1eron segun e1 ai:t1culo uno_ (I) del refendo _acto .1und1co que, La Segunda Parte .FIRE CONTROL SYSTEMS) recibia confonne el inmueble con la finahdad de ut1hzarlo en su cahdad de custodia s6!o par fi d ( . de vivienda no · · · I · b , I ·I I d a mes e y uso exc 1us1vo , m alqutlar o, n1 su •,1qm ar o en to o o en parte s· I . . ·ro de La Primera Pudiendo dedicarlo a otro uso, m cederlo, , · · · ) c · · , in e consenturnento escn Parle (Procuradurfa General de la Rcpubltca Domm1cana . omo compcnsac1on por el uso Lu S d p , iensual la suma de · · · 0 00) d · FIRE CONTROL cgun a arte pagana n ' veinticinco mil pesos domm1canos (RD$.25, 00 . ' a enias SYSTEMS declara aceptar el inmueble en su actual
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REl'UBLICA DUMINIC,•INA
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NACIONAL nd co ici6n Y dice que es responsable de los costos asociados con las reparaciones por daiios al inmueble durante su uso, (Ver 2.2 de ac~erdo), tam_bien acepto las condiciones estipuladas en el articulo 7, donde le prohibian vender, arrendar o alterar el inmueble, en el 3articulo 13, pagma 18, las partes pactaron que la vigencia de! acuerdo seria de cuatro (4) anos a partir de! 3 I de octubre del 2019 hasta el 0 de oc~bre del aiio 2023, de igual forrnan pactan en el articulo 14 que para la terminaci6n del acuerdo el unico requisito es notificar la terrnmacion_ con treinta dias de anticipaci6n, tambien la Segunda Parte reconoce que la Procuraduria Genernl de la Republica Dominicana puede culmmar el acuerdo en cualquier momento, aun durante la vigencia del acuerdo, sin que esto const1tuyera alguna responsabilidad para la Procuraduria General de la Republica Dominicana. El sustento utilizado como justificaci6n para la emisi6n de! emisi6n de! cheque No.001239, por valor de treinta y cuatro mill ones quinientos veinte y dos mil trecientos sesenta y cuatro pesos con treinta centavos (RD$.34,522,364.30), son 1- comunicaci6n de fecha 05 de marzo de! 2020 Alejandro Rosa, Director de la Unidad de Custodia y Administraci6n de Bienes lncautados de! Ministerio Publico, le expresa a FIRE CONTROL SYSTEMS que debe entregar el inmueble a mas tardar el dia 5 de abril de! 2020, bajo el falso supuesto, que seria puesto en venta mediante publica subasta, cosa que nunca ocurri6, 2- comunicaci6n de fecha 20 marzo del 2020, mediante la cual FIRE CONTROL SYSTEMS, solicit6 que por concepto de remodelaci6n y adecuaci6n les fuera pagado la suma de treinta y cuatro millones quinientos veinte y dos mil trecientos sesenta y cuatro pesos con treinta centavos (RD$.34,522,364.30), que supuestamente habia incurrido a esos efectos, 3- lnforrne No.19070031 de fecha 17 de marzo 2020, sobre gastos de construcci6n, acompaiiado de sus partidas y valores, relativo a la remodelaci6n de Casa La Ceiba, rea!izado por la empresa FIRE CONTROL SYSTEMS, RNC: 131 -052789, empresa cuyo objeto social es realizar suministros, dise1ios, compra y venta e instalaciones para el control de incendios, tanto en el exterior coma interior de las edificaciones, sin dejar de resalta que eslo solo es una cotizaci6n, que no reune formalidades fiscales y que se trala de la misma empresa a quien le entregaron en custodia el inmueble, lo cual no constituye ningun soporte valido de los gastos incurridos. 4- una certificaci6n de fecha 25 de marzo 2020 de Vicente Garcia Moronta, quien establece que hizo los trabajos de remodelaci6n y qu e los gastos incurridos hacienden a la suma de RD$.34, 522,364.30, 5- Un informe de fecha 3 de abril del 2020 realizado por Alejandro Martin Rosa Llanes, Director de la Unidad de Custodia y Administraci6n de Bienes lncautados del Ministerio Publico, dirigido al entonces Procurador General de la Republica, Jean Alain Rodriguez Sanchez, sobre recomendaci6n autorizaci6n de pago de penalidad por terrninaci6n anticipada de acuerdo, donde este ultimo, le coloca el manuscrito "aprobado debido cumpli6 proceso legal" junta a la firrna de Jean Alain Rodriguez, lo cual demuestra que reviso el proceso y autorizo a que se realizara el cheque para materializar el pago fraudulento, y 6Contrato sobre Acuerdo de Alquiler y ocupaci6n de Bien lnmueble de fecha de fecha 31 de octubre de! 2019, el cual consta de siete pagina de ocho, paginas debidamente rubricada por las partes, Procuraduria General de la Republica Dominicana, RNC: 401007371 , representada por el Lie. Alejandro M. Rosa Llanes, Director de la Unidad de Custodia YAdministraci6n de Bienes lncautados de la Procuraduria y FIRE CONTROL SYSTEMS, SRL, RNC: 1-31-05278-9, representada por Hector Antonio German Doiie. Las condiciones fijadas en el Contrato sobre Acuerdo de Alquiler y ocupaci6n de Bien lnmueble de fecha de fecha 31 de octubre de] 2019, se contraponen con el contrato inicial de Acuerdo de Custodia y Ocupaci6n de Bien Inmueble, de fecha 31 de octubre de] 2019, y solo fue utilizado como maniobra fraudulenta para estafar la instituci6n gue dirigian y al Estado Dominicano, logrando a !raves de este subterfugio juridico ]a emisi6n de] cheque No.001239, por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTE y DOS MIL TRECIENTOS SESENTA y CUATRO PESOS CON TREINTA CENTAVOS (RD$.34,522,364.30). Mediante este_ acto juridico (acto ilegal), suprimieron y agregaron clausulas nuevas, logrando de este modo suplantar el antenor para lo cual msertaron mforrnaciones falsas a las contenidas en el contrato original (Acuerdo de Custodia y Ocup~ci6n _de_Bien _I~mueble), tal es que caso d_e_l Por Cuanto 6 que no existia en el contrato original, en este caso insertaron que la Procuraduna tema 1_nt_enc1on_ de finahzar la construcc1on del imnueble (objeto de los presentes hecbos), a los fines de que el mismo se encontrara en cond1c1ones opttmas para su alqu1ler y eventual futura vent a lo cual FIRE CONTROL . I .. I ·1 I. bl a, par SYSTEMS mostro interes en finahzar a construcc1on Y a 9~ 1ar e mmue e, presentando una cotizacion que asciende a Treinta y Seis Millones de Pesos (RD$.36,000,000.00j, cosa que de_snaturahza el proceso de comp~_Y_contrataciones que establece la Ley, al pretender entregar por este med10 una c?nstrucc1on de un b1en mmueble, contmuando con el anahs1s del contrato nos encontramos que cambiaron el obieto de] mismo yen su art1culo I, establecen que lo ceden temporalmente para construcc,·o·n t . ., d' •onamt'ento en su , · Y Sets · M'II errnmacmn y aeon , I ones de Pesos (RD$ 36 OOO ,OOO artfculo 1.3 amplfan acuerdan quc los gastos son Tremta OO) d' t 1c1 ta de descuento · a FIRE CONTROL SYSTE MS , en su a1t1cu · Io 9 otorgan al· contr , , . '.que me de Alquiler' la PGR pagana . dtand'e cuo•os en conlrato .. era 'de cuatro anos, • en su arttculo · Ioco Iocan una pena I'd d · ·, a1o una v1gencia e , 1ez an trato , original ongmal I a por terrnmac1on anticipada · · · hemos VIS · to como los invesftgad , cosaJ que no 1.o tema 1 con Sanchez Ex• con algunas puntuahzac1ones de las tantas que conttenen, R d e'guez ' · Jonnathan Joel Rodnguez · · dr Maitm · Rosa LLanes d os ean . A1am o n c,·o·n inicialpara , Procurador de la Repubhca, Im bert YAl CJan · la suma de tremta · y cuatro 111 1·11 ones quuuentos · · , esnatura 1.1zaron 1a conven uatro pesos con intentar sustracr de las alcas pub!Jcas veinte y dos . nu 1 trec1entos sesenta y c treinta centavos (RD$34,522,364.30).
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Ednl eMIde~arrollo ~e las inve stigaciones respecto a los manejos irregulares en la Unidad de Custodia Y Administracion de Bienes Incautados e m1steno Pubhco de 1gual manera b. 1· d · · ·, · · b lB · B · Su rv· ' . ' _, son _ie 1vo e mvest1gac1on, los Senores Braulio Mic ae at1sta anas, el cual fungia como st d pe isor de_e a dep7ndencia Y la Se_nora M_ana Josefi?a Azar Diaz, Ia cual ostentaba Ia calidad de Encargada Administrativa, Ios cuales e acuerdo a mforrnaciones que maneJa el Mm1steno Publico resultaron beneficiados de! uso de los bienes Y recursos de esla unidad en be~e~cm propio. En la prese_nte investi_gacion se hace necesario quc el Juez autorice Ios allanamientos indicados en el dispositivo de esta sohcitud, en vutud d~ que ~~1slen sufic1enles elementos de prueba, para soslencr razonablemenle, que los antes mencionados se encucntran vmculados en su parllc1pac1on para sustraer fondos de Ia Procuraduria General de Ia Republica en provecho propio y de terceros, asi como ~amb,en, d~da la complejidad y gravedad de Ios hechos antes mencionados, podrian sustraerse y deslruir pruebas y obstaculizar Ia presente 111vesllgac1on.
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RESULTA: Como elemenlos de soslen a la pretension facilitan: Acta de fnterrogatorio realizado a Miguel Jose Moya, defecha (OJ) de febrero def a,1o 202 l. Para probar: La declaraci6n def investigado sobre /a no impartici6n de capacitaci6n Y lalleres por parte de/ mismo Y su empresa D!O SRL, a la Procuradurfa General de /a Rep,iblica. Certiflcaci6n No. PGR-DGA: 0004-2021 defecha siete (07) de abril de/ ano 2021 de la Direcci6n General Administrativa de /a Procuradurfa General de la Republica. Para probar: Los pagos realizados a la entidad DIO SRL, por las supuestas capacitaciones y talleres impartidos. Cheque No. OJ 3337 de fixha 27/03/2018, de la Procuradurfa General de la Rep,iblica, Cta. Control de Multas, a favor de DIO, SRL, Cheque No. 038434 de fecha 04/05/2018, de la Procuraduria General de la Rep,ib/ica, Cta. Funcionamiento, a favor de D!O, SRL, Cheque No 038901 de fecha 22/06/2018, de la Procuradurfa General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a.favor de DJO, SRL, Cheque No. 039816 defecha 18/10/2018, de la Procuradurfa General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a.favor de DJO, SRL, Cheque No. 39819 defecha 18/10/2018, de la Procuraduria General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a favor de D/O, SRL, Cheque No. 39820 de.fecha 18/10/2018, de la Procuraduria General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a favor de D/O, SRL, Cheque No. 039834 de.fecha 19/10/20/8, de la Procuraduria General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a favor de D!O, SRL, Cheque No. 039836 de fecha 19/10/2018, de la Procuradwia General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a.favor de D!O, SRL, Cheque No. 043645 defecha 17/12120/9, de la Procuradwia General de la Republica, Cta. Funcionamienlo, a favor de D!O, SRL, Cheque No. 044046, de fecha 30/01/2020, de la Procuraduria General de la Republica, Cta. Funcionamiento, a favor de D/O, SRL. Para Probar: Los pagos rea/izados por Jean Alain Rodriguez co11juntame11te con Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, a la entidad D!O SRL, por las capacitaciones y talleres 110 impartidos, en la Procuraduria General de la Republica. Certiflcaci6n defecha diecisiete (17) dejunio de/ aiio 2020,firmada por Victor Lora Imbert, sobre la realizaci6n de talleres impartidos por D!O SRL. Para probar: La certijicaci6n emitida por el investigado, sobre la realizaci6n de /os supues/os talleres sin sustento sobre su realizaci6n o participantes en el mismo. Acta de interrogatorio realizado a Rainiery Elizabeth Medina Sanchez, enfecha trece (13) de marzo de/ ano 2021. Para Probar: Las irregularidades cometidas a lo inferno de la Procuraduria General de la Republica, con el man~o ji-audulento de los fondos de la instilucion, con la participaci6n de Jean Alain Rodriguez, Rafael Antonio Mercede Marie, Alfi-edo Alexander Solano Augusto, Rqfae/ Stefano Can,, Sacco, Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, Javier Alejandro Forteza Ibarra. Auditoria al Proyecto de Mejora de la Eficacia de la lnvestigacio11 Criminal en la Repub/ica Dominicana, Fase 111, realizado P&Y Accounting Services SRL. Para Probar: Las sobreevaluacio?es para compra de los instru111entos para el area de antropologia de/ fnstituto Nacional de Ciencias Forenses (!NACIF).Autonzac,onpara solzc1t11d de /ransferencia bancaria defecha diez (IO) de octubre de/ ano 2019 a favor de Suplidora Medica de/ Caribe SRL. Para probar: la autorizaci6n de pago por parte de Jean Alain Rodriguez y Jonnathan Joel Rodriguez Imbert, sabre los i11s/111mentos sobreevaluados.
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RESULTA: Que de igual modo, el investigador solicita que de aulorizar allanamientos, tomando en cuenta el volumen de documenlaciones que el Ministerio Publico pretende ocupar, ~s _necesario que cl Juez de lnstruccion autorice de manera expresa. que el acta en la cual se hara conslar ta! registro. sea Ilenada de manera ?1g1tal y no manuscnla, a los fines de garantizar Ia celeridad de ta] diligencia, lomando en cuenla que la norrnativa procesal penal en su art1culo I39, eslablece que las m1smas se as1en1en por escrito, pero no exige Ia manera en que se hara. CONSIDERACIONES AL EXAMEN DE LA SOLiCITUD I. Que el Ministerio Publico solicita orde~ judicial para practicar allanamie_nto a los fines de secuestrar ob·ctos, dispositivos electronicos, documenlos fisicos y digitales, dmero as1 como cualqu1er ev1dencia relac1onada con los tipos penales descritos en la solicitud, en los Iugares relacionados a los ciudadanos JEAN ALAIN RODRIGUE~, RAFAEL ANTONIO MERCEDE MARTE ALFREDO ALEXANDER SOLANO AUGUSTO, RAFAEL STEFANO CAN~ SACCO, JAVIER ALEJANDRO FORTEZA IBARRA, JONNATHAN JOEL RODRiGUEZ IMBERT, JENNY MA.RTE PENA, ALEJANDRO MARTIN ROSA LLANES, BRAULIO MICHAEL BATISTA REYES, MARIA JOSEFINA AZAR DIAZ, JOHANNATAN LOANDERS MEDINA REYES, ALTAGRACIA
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REPlJBLTCA l)Cl MTNICANA
PODERJUDICIAL COORDINACION DE LOS JUZGADOS DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITO NACIO NAL
GUILLEN CALZADO, JONNATHAN JOEL RODRIGUEZ IMBERT MIGUEL JOSE MOYA, JAVIER ALEJANDRO FORTEZA IBARRA, ,AMELIA ISABEL E~CANO, MERCEDES CAMELIA SALCEDO DISLA, JENNY MARTE PENA, RONNY RAFAEL CORPORAN, FRANCIS RAMIREZ MORENO, NEY ERNALDO CACCAVELLI GUEVARA Y ALTAGRACIA GUILLEN CALZADO, de generales ~escritas en la solkitud, investigados por presunta violaci6n a las dispo_sici?nes de los articulos 123, 124, 166, 167 , 265 Y ~66, 405 ?el Cod1go Penal Domm1cano (coalici6n de funcion arios, prevaricaci6n, asociac10~ de malhechores y estafa contra el Es~ado ), arliculo 3, parrafo, de la Ley 712 de fecha 27 de junio del 1927 (desfalco) que modifica Ios art1culos 171 y 172 de! C6digo Penal, arliculos 5, 6 Y IO de la Ley No. 53-07, sobre Crim enes Delitos de Alta Tecnologia de la Ley No. 53-07, sobre Crimenes Delitos de Alta Te~nologia (C6digos de acceso, acceso ilicito, daiio o alteraci6n de datos, sabotaje), articulo I y 2 de la Ley 448-06 (Soborno) y los arl!culos 2. 11 , 2.15, 2.26, 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 7, 9.2 y 9.4 de Ia Ley No. 155-17, contra el Lavado de Aclivos y el Financiamiento del Terrorismo (lavado de aclivos, circunstancias agravadas del Javado). Asi como Jos a11iculos 3 (a), (b) Y (c), 4, 5, 8 (b), 18 y 19, 26, 31 y 32 de la Ley No. 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes de! Trafico !Jicilo de Drogas y Sustancias Conlroladas y Olras lnfracciones Graves (para los hechos de lavado antes de! 2017. 2. Que al examen de la naturaleza de la solicitud, confo1me los tern1inos de las articulos 60 y 73 del C6digo Procesal Penal de la Republica Dominicana, se desprende nuestra competencia para evaluar la petici6n planteada, a raz6n de que si bien, algunos el inmueble se encuentra fuera de nuestra jurisdicci6n territorial, no menos cierto es que Ia investigaci6n principal Y su origen se indica se materializaron en el Distrito Nacional, por lo cual somos competentes para decidir sobre el particular. 3. Que conforme los terminos del 175 del C6digo Penal de la Republica Dominicana, "Los funcionarios def Mi11isterio Publico o Ia Policia, pueden realizar registros de personas, lugares o cosas, cuando razonablemenle exislan motivos que permitan suponer la existencia de e/emenlos de prueba uti/es para la investigaci(m o el ocultamiento de/ imputado, de conformidad a las normas y previsiones de este c6digo. A su vez co1iforme los terminos def articulo 179 de/ C6digo Penal de la Rep,1blica Dominicana, sabre horario: "Los registros en /ugares cerrados o cercados, aunque sean de acceso al publico, solo pueden ser practicados entre las seis horas de la mmiana y fas seis horas de la tarde. Pueden realizarse registros en horas de la noche cuando el juez lo autorice de modo expreso mediante resoluci6n motivada ". 4. De los textos antes descritos se infiere la posibilidad sustantiva y procesal de someter al escmtinio del Juez de garantias este tipo de solicitudes, yen ese punto, de su examen se advierte legitimidad de nuestra intervenci6n, y el fundamento propuesto indica se trata de una solicitud util y necesaria la petici6n planteada para mejor desarrollo de la investigaci6n emprendida, por Io que procede autorizar al Ministerio Publico los allanamientos solicitados, conforme se consigna en la parte dispositiva. 5. Exponiendo el fiscal la necesidad de allanar en los lugares seiialados vinculados a las personas investigadas en horario noctumo, debido a Ia naturaleza de Ia investigaci6n y atendido a lo expuesto en el nrticulo que antecede, sobre que Ia ejecuci6n nocturna esta revestida de excepcionalidad, entendemos que dado el cuadro gen~ral _planteado se_ configuran presupuestos que le justifi can, a fin de resguardar el espacio familiar de las personas investigadas Y la pnvacidad de la dd,gencia, por lo que procede autorizar Ia nocturnidad solicitada, conforme se consigna en el dispositivo. 6. Jgualmente solicita el investiga_dor sea aut?ri zado el levantamiento del acta de allanamiento O registro de lugares en fonn ato digital y la extracci6n de Jos datos de eqwpos electrorncos encontrados en el refendo lugar, si fuere el caso a fi n de someterlos a peritaje correspondiente. 7. En cuanto al primer punto, da~a la naturalez~ de la investigacibn que apunla un cuadro de piezas a examinar voluminosas en cuanto a los tipos penales investigados, los d1versos dom1c1iios, el requenm,enlo taxat1vo de hacer coexistir sus actuaciones con las reglas de! debido partes procesales en el momenta que procesalmentc asi fuere ti . e ve mennado en Proceso que permita a todas las · · · II · menester re enrse, no s modo alguno con esta forma d1g11al, por lo que procede autonzar e evantam1ento y llenado de I d . n la modalidad 1 · · ·· I d as actas e a11 anam1en o e digital conforrne se cons,gna en la parte d1spos1uva. En cuanto a segun o aspecto relativo .• d d de los equipos ' . . · ·, . . a 1a extracc1on e Ios aIos electr6nicos encontrados en el refendo lugar s1 fuere el caso Y su remision a pentaJe correspond· t b legalidad de las Ia 1 ·1 · · 1· d sen I d ten e, e ve 1 o que cu re actuaciones debe permear todas y ca da una de Ias d1 1gencias rea 1za a e marco e Ia invest' ., d nnitido por la · · · d t · J m\lis· d d tgac1on, por tanto, estan ope nonna y sujetos Jos peritaJeS a saberes tecmcos, proce e au onzar e a ' is e atos contcnid . , . ncontrados en · ··J I J ft t Nacional de C' · os en equ1pos e1ectromcos e los referidos lugares, s1 fuerc el caso, y rem1t1r os sea a ns ' u o ' 1enc1as Forenses (INACIF) o a la Direcci6n Nacional de
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• nEJ>011uc,1 l)CJMJNJCANA
PODERJUDICIAL
COORDINACION DE LOS JUZGADOS DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITO , . de Alta T NACIONAL Cnmenes y Dehtos I ' (DIC T d · fi . ecno ogia A ) e acuerdo a la naturaleza de la infonnaci6n Y equ1pos levantados, rcspectivam ente ' con orme se constgna en la parte dispositiva de la decision. Portales motivos y vistos los articulos antes mencionados: RE S O L VE M O S: PRIMERO: Aut01izar al LCDO. WILSON MANUEL CAMACHO PERALTA, Procurador Adjunto, Titular de la Procuraduria Especializada de Persecuci6n de la Corrupci6n Administrativa (PEPCA), a practicar allanamiento tanto en el dia como en la noche en el lugar relacionado a las personas investigadas JEAN ALAIN RODIUGUEZ, RAFAEL ANTONIO MERCEDE MARTE, ALFREDO ALEXANDER SOLANO AUGUSTO, RAFAEL STEFANO CAN6 SACCO, JAVIER ALEJANDRO FORTEZA IBARRA, JONNATHAN JOEL RODIUGUEZ IMBERT, JENNY MARTE PENA, ALEJANDRO MARTIN ROSA LLANES, BRAULIO MICHAEL BATISTA REYES, MARIA JOSEFINA AZAR Di.AZ, JOHANNATAN LOANDERS MEDINA REYES, ALTAGRACIA GUILLEN CALZADO, JONNATHAN JOEL RODRIGUEZ IMBERT, MIGUEL JOSE MOYA, JAVIER ALEJANDRO FORTEZA IBARRA, AMELIA ISABEL ESCANO, MERCEDES CAMELIA SALCEDO DISLA, JENNY MARTE PENA, RONNY RAFAEL CORPORAN, FRANCIS RAMIREZ MORENO, NEY ERNALDO CACCAVELLI GUEVARA Y ALTAGRACIA GUILLEN CALZADO, de generales descritas en la glosa, a los fines de secuestrar objetos, dispositivos electr6nicos, documentos fisicos y digitales, dinero asi como cualquier otro tipo de evidencias relativos a los hech'os ilicitos investigados, en la direcci6n siguiente:
Jean Alain Rodriguez Sanchez:
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Avenida Gustavo Mejia Ricart No. 119-8, Condominio Galeria Residenciales, local 104, en el Ensanche Julieta, Santo Domingo, Distrito Nacion al. 18.4706103274341, -69.94390914785 I 85 Calle Severo Cabral, esquina Maximo Aviles Bionda, num . 34, Ensanche Julieta, Santo Domingo, Distrito Nacional. 18.4 7226904646171, -69.9464542194225. Calle Federico Geraldino, No. 92, Torre Luz 11, Apto. 901 , Piantini, Santo Domingo, Republica Dominicana. I 8.4774602059677, -69.93948391307002. Calle Pablo Neruda, num. 16, Edificio Gabriela XIX, apartamento 501, Piantini, Santo Domingo, Distrito Nacional. I 8.47262540984292, -69.93808696341954
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Calle Rivera de! Rio, No. 13, Casa de Campo, La Romana, consistente en una villa vacacional. 18.402777550862762, -68.89922010814772 Calle Jose Amador Soler, Torre Logroval XVI, num. 56, apartamento B12, Piantini, Santo Domingo, Dist1ito Nacional. I 8.476675621450376, -69.94137174904917 Calle 14, num. OJ, Condominio Residencial Torre Sol De Oro, piso 6, apartamento 6-A, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional. I 8.474425271562335, -69.92838495918235 Calle Rio Arriba, s/n visible, Boulevard Altos de Chav6n, La Romana, con paredes en piedras y un poit6n de madera color marr6n. l 8.417940,-68.889229 Casa vacacional, numero no visible, ubicada en la Avcnida El Cacique, Bahia De Chavon La Romana, al !ado de solar baldio. 18.404272, -68.901657 '
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Avenida Enrique Jimenez Moya No. 69. La Julia, Distrito Nacional. 18.460803,-69.934059
Rafael Antonio Mercede Marte:
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n,:J>u 13uc1 IJOM!N!CANA
PODERJUDICIAL
C00RDINACI6N DE
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LOS JUZGADos DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITo NACIONAL Manzana B edificio 4 apartam t R . 101 18 D ommgo. . en°-69.99743233822757 , esrdencial Cam1en Renata III, Pantoja, Santo Domingo Oeste ' Santo .523543299227402,
Alfredo Alexander Solano Augusto:
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Calle Proyecto, n(1m. I, Torre Avalon, Apto 402 Ensanche Naco Santo Domingo De Guzman Distrito Nacional. 18.474337861303148, -69.921209413077;2 ' ' Av. Max Henriquez Urena, num. 113-A, Apto. C-4, Res. Flor Maria, Santo Domingo, Distrito Nacional. 18.468496301272623, -69.94624643145929 Av. Las Palmas, numero 60, Residencial La Florida, Edificio XV, Apto 1504, Herrera Santo Domingo Oeste, Santo Domingo. l 8.472498506067748, -69.98707322792934
Rafael Stefano Cano Sacco: •
Calle Rafael Augusto Sanchez #26, Edif. Indigo Ill, Apto. 602, Ens. Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional. 18.470213527477597, -69.93715536011614
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Calle Manuel E. Perdomo, num. 24, Apto. 3-B, Torre Arche, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional. I 8.48058275349278, -69.92409373892642
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Calle La Arboleda, num. 14, Esq. Luis Alberti, Apto. 50 I, Torre Blue O1, Ensanche Naco, Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional. I 8.47462764684473, -69.92402923017563
Alejandro Martin Rosa Llanes:
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Calle Plaza de Ia Cultura, No.304, Edificio Pierina VII, Apa,tamento 3-B, EI Millon, Distrito Nacional. 18.461236586658107, -69.95481579091759
Braulio Michael Batista Reyes: Calle 3ra, No. 11, FG II Residencial, apartamento 301, Los Jardines Del Sur, Distrito Nacional. I 8.44127390244258, -69.94840181766303
Maria Josefina Azar Diaz:
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Calle 5, esquina Roberto Pastoriza, No. 2, Condominio D28, Apartamento PH-70 I, Evaristo Morales, Distrito Nacional. I 8.465518467034737, -69.939505774922 I 8.
Johannatan Loanders Medina Reyes:
II
J
REl'{j JlLTCA noMJNJCANA
POD ER JUDICIAL COORDINACION DE LOSJUZGADOS DE LA INSTRUCCJON DEL DISTRITO
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NACIONAL · · 17 . · Qeste Provmcta nzana , casa num. 33, sector Jnvi, Los Alcarrizos, Santo Dornmgo ' 18.528794033178755, -70.03699065555644
Ma
santo
· Dommgo
·
Altagracia Guillen Calzado:
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Calle Prof. Aliro Paulino #18, Condominio Casas Altas, Apto. PH4-A, Ensanche Naco, Santo Domingo,
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Distrito Nacional. l 8.4806727860991 -69.92282234720523 Ave. Mexico, edificio num. 34, a;to. 204, sector Villa Francisca, Santo Domingo, Distrito Nacional.
•
l 8.477772093589866, -69.89083368225515 Calle Horacio B. Famman, Residencial Santo Domingo La Fe, Edif. B-4, Apto. 201, Santo Domingo, Distrito Nacional. 18.491262464 729704,-69.92709 I 2605654.
Jonnathan Joel Rodriguez Imbert:
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Calle Alberto Larancuent, No. 02, Edificio Rafael Eduardo, apartamento 401, Ensanche Naco, Distrito Nacional. 18.471605890238457, -69.92390734031426
Miguel Jose Moya:
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Calle Constanza No. 07, Jarabacoa. 19.130972, -70.641250.
Victor Manuel Lora Imbert:
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Apartamento No.701, de la Torre Villa Romana, ubicado en Ia calle Capitan Eugenio de Marchena, num.29, Santo Domingo, Distrito Nacional. I 8.469527600721744, -69.91550659168055
Javier Alejandro Forteza Ibarra:
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Calle Oloff Palmer, num. 22, edificio Leonardo l ro, apartamento IO I, Los Prados, Santo Domingo, Distrito Nacional. 18.472161461120137, -69.95580789562214 Calle Osvaldo Bazil, num. 14, edificio Albor, apa1tamento 2-B, Los Prados, Santo domingo, Distrito Nacional. 18.473094759973563, -69.95635319147891
Amelia Isabel Escafio:
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Calle Prolongaci6n Fuerzas Armadas No. 3 Santo Domingo De Guzman. Res Las Colinas De La Praderas Distrito Nacional. 18.464536873164423, -69.9618442614390I. '
Mercedes Camelia Salcedo Disla:
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REPUBLICA DOMTN JCANA
PODERJUDICIAL
COORDIN
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,
ACION DE LOSJUZGADos DE LA INSTRUCCION DEL DISTRITO NACIONAL
Calle Euc!ides Morillo, num. 05, edificio Ana Adela III, apartamento 30 I, A1rnyo Hondo, Distrito Nacional. 18 .4 87299893144222, -69.9442403836579 I.
Jenny Marte Peiia:
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Calle Ing. Carlos Arias, No. 10 Residencial LMP, Apto 2 B San Isidro, Santo Domingo Este. 18.489400,69.830283
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Calle Emile Boyrie De Moya, numero 24, apartamento C-7, Condominio Corina Vll, Evaristo Morales, Santo Domingo, Distrito Nacional. 18.4622581566793, -69.94579919633414 Calle Bonaire #84 esq. Masoneria, Plaza Francia I, Local 09, Ens. Ozama, Sto. Dgo. Este . 18.49067057374 784, -69.86856717973039
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Ronny Rafael Corporan: •
Calle Los Julio, num. 04, apartamento 301-E, Residencial Felipe IV, Tierra Liana, Santo Domingo Oeste, Santo Domingo. l 8.488343167807216, -69.98821896727 l l
Francis Ramirez Moreno: •
Calle Manzana 6, casa num.33, Residencial Las Mercedes, Los Alcan·izos, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo. l 8.5139636631761, -70.03030156217012
Isis Tapia Steffany:
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Calle Pedro Mir No. 9 Villa Tropicalia, Santo Domingo Este, Santo Domingo. 18.530878250055146, 69.82429466921067
Emily Cristina Ramirez Herrera:
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Calle Fabio Mota, No. 07, Edificio Rofi II, apartamento 7, Ensanche Naco, Distrito Nacional. 18.474821750627036, -69.92151627797409
Yovany Alfonso Feliz Roa
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Calle Marginal Norte, edificio 19, apa1tamento 1-A, Jardines de Alma Rosa, sector Alma Rosa, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo. I 8.484815587814875 , -69.85992285832104
Ney Ernaldo Caccavelli Guevara:
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I
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REl'Ulll.JCA DOMINI CANA
PO DER JUDICIAL COORDINACION DE LOS JUZGADOS DE LA JNSTRUCCION DEL DISTRITO NACIONAL
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Calle Biblioteca Nacional esquina Pedro Albizu No. 16, Yamibis X, apartamento Bl, El Millon, Distrito Nacional. 18.464 766,-69.955888
Miguel Angel Reynoso Genao: Calle Pico Duarte No. 08, Altos de Cancino, Santo Domingo Este. SEGUNDO: AUTORIZA la extraccicin de los datos de equipos electrcinicos encontrados en los referidos lugares y la realizacicin de los peritajes de lugar sea al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) o a la Direccicin Nacional de Crimenes y Delitos de Alta Tecnologia (DICAT) de acuerdo a la naturaleza de la infonnacicin y equipos levantados, respectivamente. TERCERO: AUTORIZA el levantamiento de las actas de allanamiento o registro de lugares en formato digital, confonne los motivos expuestos. CUARTO: PONE en conocimiento de que el ministerio publico solicitante lleve a cabo el allanamiento confonne a las disposiciones del articulo I 83 del Ccidigo de Proccsal Penal y que se le sea entregada copia del presente auto a cada uno de las investigados. QUINTO: EST ABLECE un plaza de quince ( 15) dias de vigencia de la presente autorizacicin, conforrne las motivos expuestos. Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Capital de la Republica Dominicana, a las 6:15 p.m. , de! dia veintiocho (28) de! mes de junio del aiio dos mil veintiuno (2021). KSRS.
PO DER JUDICIAL/ REPUBLICA DOMINICANA Kenya S. Romero Severino La integridad de este documento puede ser verificada en el siguiente enlace: https ://firma .poderjudicial .gob.do/inbox/app/poderjudicial/v/OYGC-31Z7-NY20-YB1J P ODER]Um CJAL Rn •Lnuc. , no,nx1c.\.-..:..\
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