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FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA










ANTONIO
HOLGUIN ACOSTA
VICEPRESIDENTE DE RELACIONES INSTITUCIONALES
FRANCO CARREÑO
DIRECTOR GENERAL
MANUEL PÉREZ PAZ Y PUENTE COORDINADOR DE ASUNTOS JURÍDICOS E INSTITUCIONALES
JOSÉ GUILLERMO SILVA AGUILAR DIRECTOR JURÍDICO
ROMINA RAYES EL KANTAR COORDINADORA LEGAL
JUAN CARLOS CELAYETA DIRECTOR COMERCIAL Y DE RELACIONES INSTITUCIONALES
COORDINADORA DE CONTENIDOS
HILDA NUCCI GONZÁLEZ
ARMANDO KASSIAN DIRECTOR DIGITAL
COORDINACIÓN DE OPERACIONES CREATIVAS CLAUDIA RIEGO
EDICIÓN GRÁFICA
EMMANUEL ORTIZ / NELLY VEGA
EDICIÓN
ISABEL OLAYA / ANGELA PÉREZ
DISEÑO
MIRIAM
OCARIZ / EDUARDO MENDOZA
CONSEJO CONSULTIVO / ADRIANA GREAVES / ALBERTO NAVA / / ALIL ÁLVAREZ ALCALÁ / AMBROSIO MICHEL / / ANTONIO HOLGUÍN TINOCO / / ANTONIO PRIDA / ARMANDO CISNEROS OROPEZA/ / BERTHA ELENA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ / / BRUNO PACHECO ÁLVAREZ / CLARA LUZ ÁLVAREZ / / CLAUS VON WOBESER / CLAUDIA DE BUEN / / DIEGO VALADÉS / EBER BETANZOS / / ESTEFANÍA MEDINA / FRANCISCO ARROYO VIEYRA / / GUILLERMO VALLS ESPONDA / JAVIER MARTÍN / /JORGE NADER KURI / JOSÉ ARTEMIO ZÚÑIGA MENDOZA / / JOSÉ LUIS AYOUB PÉREZ / JOSÉ LUIS CERVANTES MARTÍNEZ / JOSÉ MARIO DE LA GARZA /JOSÉ RAMÓN COSSIO / JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA / / JULIO HERNÁNDEZ BARROS / LETICIA BONIFAZ / / LIGIA GONZÁLEZ / LILIA MÓNICA LÓPEZ BENÍTEZ / / LUIS DE LA BARREDA / LUIS PEREDA / / LUIS RAÚL GONZÁLEZ / MAURICIO JALIFE / / MANELICH CASTILLA CRAVIOTTO / MIGUEL ONTIVEROS / / OMAR GARCÍA HARFUCH / RAFAEL GUERRA ÁLVAREZ / / RAFAEL RUIZ MENA / RAÚL ARROYO / / RAÚL CONTRERAS / RICARDO GARDUÑO LÓPEZ / / RICARDO SODI / SEGUNDO GARCÍA / SERGIO ALONSO RODRÍGUEZ / SERGIO HUACUJA / SERGIO LÓPEZ AYLLÓN / / VÍCTOR OLEA /
MDD EL MUNDO DE DERECHO, Número 11, Julio-Agosto de 2026. Revista Bimestral de Circulación Pagada y Controlada, editada y publicada por OPERADORA Y ADMINISTRADORA DE INFORMACIÓN Y EDITORIAL, SA de CV, Avenida Insurgentes Sur 1271 O cina 202, Colonia Extremadura Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México. CP 03740. Editor Responsable; JOSÉ GUILLERMO SILVA AGUILAR. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo: 04-2023-121413375600-102. Certi cado de Licitud de Titulo y Contenido: 17650. Registro en el Padrón Nacional de Medios Impresos de la Secretaría de Gobernación: Pendiente. Impresa por: LITOPROCESS, SA de CV., Calzada San Francisco Cuautlalpan 102A, Colonia San Francisco Cuautlalpan, Naucalpan de Juárez, Estado de México, CP 53569 Distribuida por: Omar Gutiérrez Rivero, Lago Chiem No. 142, Interior A 4, Colonia Anáhuac I Sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, CP 11320
En México, buena parte de la discusión pública sobre seguridad gira en torno a los índices delictivos, los enfrentamientos entre grupos criminales o los escándalos de corrupción que ocupan los titulares. La narrativa oficial y mediática suele presentar el fenómeno como un asunto de cuarteles, operativos, detenidos y hechos violentos. Esa lectura, sin embargo, oculta una verdad estructural sobre la que pocas veces nos detenemos a reflexionar: el factor que posibilita que todos esos fenómenos se presenten y se perpetúen es el dinero. Mientras el Estado mexicano no sea capaz de desarticular la infraestructura financiera que convierte recursos ilícitos en poder económico y político, cualquier estrategia de seguridad será, en el mejor de los casos, una contención temporal. Ninguna organización criminal existe únicamente para ejercer violencia. La violencia es un instrumento, no el objetivo último. Detrás del narcotráfico, la trata de personas, la extorsión, el tráfico de armas, el contrabando o la corrupción existe siempre una lógica económica. De hecho, el narcotráfico es apenas una de las facetas de lo que entendemos como crimen organizado, que ha diversificado sus campos de acción e injerencia para proteger e incrementar los recursos que generan sus actividades ilícitas, incursionando, además, en actividades y mercados lícitos. Mientras esos recursos puedan incorporarse sin mayores obstáculos a la economía formal, las organizaciones criminales conservarán la capacidad de expandirse, corromper instituciones y capturar espacios de poder.
Ese proceso de incorporación de recursos de origen delictivo a la economía formal es, en esencia, lo que

Jul-Ago / 2026
antonio.holguin@elheraldodemexico.com
conocemos como lavado de dinero y lo que nuestra legislación denomina operaciones con recursos de procedencia ilícita, conducta tipificada en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. No se trata de un delito menor ni de un asunto técnico reservado a los contadores forenses o al sector financiero. Es el mecanismo que permite que la violencia se traduzca en dominación territorial, que la corrupción se institucionalice y que el Estado de derecho se convierta en una ficción en regiones completas. Combatir estas operaciones no consiste únicamente en perseguir delincuentes, sino en impedir que las ganancias obtenidas mediante actividades ilícitas se conviertan en patrimonio aparentemente legítimo. El
dinero ilícito necesita dejar de parecer ilícito: debe recorrer un camino que le permita ingresar al sistema financiero, adquirir inmuebles, constituir empresas, invertir en negocios o participar en actividades económicas legales. Interrumpir ese recorrido es precisamente el objeto de las políticas de prevención del lavado de dinero, y es un terreno en el que las autoridades mexicanas han centrado sus esfuerzos.
Cuando los recursos provenientes del delito ingresan a la economía formal no sólo fortalecen financieramente a las organizaciones criminales, también distorsionan mercados, desplazan a las empresas que compiten legalmente, elevan de manera artificial el valor de ciertos bienes, financian redes de corrupción y amplían la influencia del crimen organizado sobre autoridades y sectores económicos. El efecto último lo resiente la sociedad, las personas quedan en una situación más vulnerable para convivir pacíficamente y desarrollar su vida de forma libre y plena. Dicho de otro modo, el lavado de dinero convierte la ilegalidad en poder y debilita la posición de quienes apuestan por el imperio de la ley y por las instituciones democráticas. No podemos permitir que los grupos y las élites dominantes en el ámbito económico sean aquéllos cuya fuente de generación y acumulación de riqueza es el delito, la violencia y el incumplimiento de la ley. De ahí que los principales organismos internacionales hayan modificado la forma de enfrentar a la delincuencia organizada. Durante muchos años la estrategia consistió en perseguir personas; hoy el consenso —recogido en las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional y en instrumentos como las convenciones de Palermo y de Mérida— apunta a seguir la ruta del dinero y atacar estructuras patrimoniales. Quien controla los recursos controla también la capacidad operativa de las organizaciones criminales.
En ese contexto, México ha venido construyendo un andamiaje normativo cada vez más robusto: el tipo penal del artículo 400 Bis, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su reciente reforma, el régimen de identificación del bene-
ficiario controlador incorporado al Código Fiscal de la Federación, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera. Las obligaciones impuestas a las instituciones financieras y a quienes realizan actividades vulnerables buscan precisamente cerrar espacios a quienes pretenden ocultar el origen de recursos obtenidos mediante la comisión de delitos. El pendiente, sin embargo, no está tanto en el diseño normativo como en su eficacia. La enorme distancia que existe entre el número de avisos y reportes que se generan cada año y el número de sentencias condenatorias firmes por operaciones con recursos de procedencia ilícita revela un sistema que acumula información, pero que rara vez la transforma en consecuencias jurídicas. A ello se suman zonas de opacidad persistentes —el uso intensivo de efectivo, el sector inmobiliario, las sociedades constituidas para terceros, los activos virtuales— y una supervisión desigual entre sujetos obligados. Cerrar esa brecha entre norma y resultado es, hoy, una de las tareas más urgentes de la política de seguridad y de justicia del país.
Ninguna legislación resulta suficiente, además, cuando la sociedad permanece ajena al problema. El combate al lavado de dinero no puede descansar exclusivamente en las autoridades, requiere ciudadanos informados, empresarios comprometidos y profesionistas conscientes de que la legalidad también se protege desde las decisiones cotidianas.
Muchas operaciones ilícitas comienzan con conductas que, aisladas, parecen inofensivas, prestar una cuenta bancaria para recibir depósitos, constituir empresas para terceros, aceptar pagos cuyo origen nadie cuestiona, simular operaciones comerciales o adquirir bienes a nombre de otras personas. En numerosas ocasiones estas prácticas se justifican como simples favores familiares o relaciones de confianza, sin advertir que pueden convertirse en mecanismos para ocultar recursos provenientes de actividades delictivas y, eventualmente, en responsabilidad penal para quien las realiza.
Cada ciudadano tiene la posibilidad de contribuir a una economía más
transparente, exigir comprobantes fiscales, desconfiar de operaciones excesivamente lucrativas, documentar el origen de sus recursos y rechazar esquemas financieros opacos. Ninguna de estas acciones parece extraordinaria, pero en conjunto sostienen la cultura de legalidad que resulta indispensable para cualquier Estado democrático.
El lavado de dinero constituye el punto de encuentro entre prácticamente todas las formas de criminalidad. Los recursos provenientes de la corrupción, el narcotráfico, la evasión fiscal, la trata de personas o el tráfico de armas terminan siguiendo rutas similares para ocultar su origen. Atacar esas operaciones significa golpear simultáneamente múltiples expresiones del fenómeno criminal. Por eso, prevenir el lavado de dinero no debe entenderse únicamente como una política financiera, es una política de seguridad, de desarrollo económico y, sobre todo, de fortalecimiento institucional. La delincuencia organizada no sólo disputa territorios, también disputa mercados, empresas, contratos públicos e, incluso, la confianza de los ciudadanos en sus instituciones. Cada peso de origen ilícito que logra incorporarse a la economía formal representa una victoria para quienes viven al margen de la ley y una derrota para quienes cumplen las reglas. Las democracias no se debilitan únicamente cuando aumenta la violencia, también se erosionan cuando el dinero ilícito logra infiltrarse silenciosamente en la economía, corromper instituciones y normalizar la ilegalidad. Seguir la ruta del dinero no significa, entonces, combatir un delito financiero, significa defender la legalidad, proteger la economía y preservar la confianza que sostiene a toda sociedad democrática. En un entorno nacional e internacional tan exigente como el actual, México enfrenta la necesidad de redimensionar la manera en que ha encarado este problema y el desafío de actuar con mayor eficacia y pertinencia en su prevención y sanción, en un esfuerzo conjunto entre autoridades y sociedad que deje atrás la violencia y la ilegalidad, y que garantice que el poder económico no quede en manos de quien transgrede la ley y vulnera nuestros derechos.

CUANDO EL COMPLIANCE NO ES UN TRÁMITE, SINO
LO QUE DECIDE SI ENTRAS
AL JUEGO PARA ATRAER
CAPITAL GLOBAL AL PAÍS
SANDRO GARCÍA
ROJAS CASTILLO
ACADÉMICO EN LA UP Y EL ITAM
Hay una variable silenciosa que no suele aparecer en los grandes titulares de la política empresarial, pero que dicta, con una precisión quirúrgica, el destino del capital global. No tiene nombre en la conversación cotidiana, pero habita en el centro de cada decisión de inversión: se llama riesgo de cumplimiento. Y en este 2026, México ha dejado de verlo como un manual de oficina para entenderlo como lo que realmente es: un tema de precio. Cuando un fondo de inversión o una corporación multinacional eva-
lúa dónde invertir, elabora un perfil de riesgo del país. Ese perfil no se alimenta de discursos ni de buenas intenciones. Se alimenta de hechos verificables, públicos y comparables.
Uno de los factores que más peso tiene en ese perfil es la posición del país ante el Grupo de Acción Financiera Internacional, mejor conocido como GAFI. Este organismo —del que México es miembro— evalúa qué tan bien funciona el sistema de un país para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. La transición del cumplimiento técnico a la efectividad operativa es el paso de la adolescencia a la madurez institucional; ahora el mundo observa qué estamos construyendo con él. Debemos entender que el cumplimiento no es un gasto, es una señal de mercado. Es el lenguaje con el que le decimos al mundo que nuestros procesos resisten el escrutinio, que nuestra estructura de gobierno no es un decorado y que la integridad es nuestra práctica cotidiana. En un entorno donde las instituciones compiten por capitales globales, la diferencia entre estar o no en la conversación se
Cuando un fondo o multinacional decide dónde invertir, crea un perfil de riesgo del país basado no en discursos, sino en hechos verificables, públicos y comparables
mide en la solidez de nuestras relaciones de corresponsalía. Ese canal vital, que permite el flujo de remesas y comercio, es el termómetro más sensible: si la confianza se rompe, el canal se cierra sin previo aviso ni segunda oportunidad.
Hoy, la inteligencia artificial (IA) es el nuevo estándar. Pero aquí reside la vanguardia: el verdadero liderazgo no está en la velocidad del algoritmo, sino en su explicabilidad. No podemos permitir “cajas negras” que decidan el destino financiero de una persona sin una base ética. La IA debe ser trazable; si un algoritmo bloquea una cuenta, debemos ser capaces de explicar el “por qué humano” detrás de la decisión binaria. La ética algorítmica es,

CUMPLIMIENTO es la condición para acceso al mercado global.
EFECTIVIDAD ante el GAFI como indicador de confianza.
TRANSPARENCIA del beneficiario controlador para atraer capital.
ÉTICA Y TRAZABILIDAD de la IA en decisiones financieras.
INCLUSIÓN FINANCIERA como barrera al mercado gris.
RESILIENCIA ORGANIZACIONAL frente a ciberataques y crisis.
en 2026, la máxima expresión de la responsabilidad corporativa.
La identificación del beneficiario controlador ha dejado de ser una mera sugerencia para convertirse en el pilar de la honestidad corporativa. Romper las cascadas de estructuras opacas que ocultaban a los dueños del dinero ilícito es nuestra mayor victoria contra la corrupción. Al final del día, el cumplimiento es un compromiso
con la transparencia que se sostiene por sí solo, incluso cuando nadie está mirando. La pluma del cumplimiento escribe hoy la historia de nuestra viabilidad económica. Y esa historia, para que sea inmortal, debe escribirse con la tinta de la integridad real, no con la apariencia técnica.
En 2026, México enfrenta su examen más riguroso ante el GAFI. Pero más allá de las listas grises o de los indicadores técnicos, lo que nos estamos jugando es nuestra reputación de cristal. La confianza es un activo que tarda décadas en construirse y segundos en romperse. No podemos permitirnos un cumplimiento “de papel”, donde los manuales brillan en el estante mientras la práctica camina por senderos de informalidad.
La vanguardia hoy no es solo digital, es social. El verdadero desafío es la inclusión financiera como arma contra el lavado de dinero. El lugar más seguro para el criminal es el mercado gris; por ello, cada persona que traemos a la formalidad es una puerta que le cerramos al delito. El cumplimiento proactivo es, en esencia, un acto de patriotismo económico. Es decidir que vale la pena invertir en México porque sus reglas son claras, predecibles y, sobre todo, humanas. No nos miden por el esfuerzo, nos miden por el sistema que somos capaces de demostrar.
La evolución del compliance en México ha pasado de la reacción alérgica a la estrategia vital. En esta breve reflexión sobre el panorama actual, destaca un cambio de paradigma: el oficial de cumplimiento ya no es un auditor de archivos, sino un gestor de resiliencia.
Amo contar cuentos porque, en el fondo, el oficial de cumplimiento moderno debe ser precisamente eso, un narrador de la realidad institucional. No basta con entregar reportes de operaciones inusuales; hay que saber contar la historia. Aquí es donde el compliance se vuelve profundamente humano. Detrás de cada reporte no hay solo números; hay historias de una fenomenología delictiva que lacera a nuestra sociedad. El lavado de dinero es el combustible que alimenta industrias del dolor: el tráfico de fentanilo, la trata de personas y la
extorsión. Cuando un oficial de cumplimiento detecta una anomalía, está ayudando a desarticular la logística financiera de organizaciones que son verdaderas holdings del crimen.
En 2026, el profesional de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento (GRC) ha mutado en un Digital Compliance Officer, un estratega que supervisa proveedores tecnológicos y gestiona la cultura ética en entornos hiperconectados. Cumplir ya no es “tachar casillas”; es construir resiliencia organizacional para que, incluso ante un ciberataque o una crisis de reputación, el sistema siga operando con integridad.
Los comités de inversión del mundo ya resolvieron la pregunta de dónde poner su dinero cuando el entorno es incierto: en un sistema predecible. Donde las reglas son las mismas hoy que el año que viene. Donde el cumplimiento no es un esfuerzo de imagen, sino una práctica que se sostiene por sí sola.
El verdadero desafío es entender que el riesgo tiene un precio invisible. Un país percibido como débil en sus controles, paga más por su deuda, atrae inversores de menor calidad y condena a sus ciudadanos a un sistema financiero más caro. Por el contrario, un sistema robusto, que abraza la transparencia del beneficiario controlador y la ética algorítmica, se convierte en un imán de capitales sostenibles. La integridad no es un lujo; es la única estrategia de supervivencia en un mundo que ya no acepta excusas. El Estado de Derecho es esencial porque refleja una métrica de cumplimiento de todo un sistema. Al final del camino, el cumplimiento es un acto de fe en la viabilidad de nuestro país. La pluma del cumplimiento escribe hoy la historia de nuestra solvencia moral y económica. No nos miden por el esfuerzo, nos miden por el sistema que somos capaces de demostrar. Para que nuestra labor sea inmortal, debe estar escrita con la tinta de la integridad real, no con el barniz de la apariencia técnica. La pluma está en nuestras manos: como país, como empresa, como profesionistas, como ciudadanos. Asegurémonos de que lo que escribamos sea digno de perdurar.
PARA ENFRENTAR EL CRIMEN ORGANIZADO, DONALD TRUMP HA IMPLEMENTADO DOS ESTRATEGIAS HACIA LA DEFENSA NACIONAL DEL PAÍS VECINO; LOS RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA
SON EL PRINCIPAL RECTOR EN ESTE PROCEDIMIENTO OPERATIVO
JUAN CARLOS ABREU Y ABREU
MAESTRO EN HUMANIDADES
POR LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC Y DOCTOR EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA
La política de seguridad de Estados Unidos bajo la segunda gestión de Donald Trump, con el firme objetivo de enfrentar al crimen organizado transnacional, ha quedado perfilada por virtud de dos documentos rectores; primero, la Estrategia de Seguridad Nacional de los Estados Unidos de América (National Security Strategy of the United States of America), y luego, la Estrategia Nacional para el Control de Drogas (National Drug Control Strategy). Leídas de manera conjunta, ambas estrategias permiten identificar una transformación sustantiva, pues

cifra el desplazamiento del eje clásico del combate al narcotráfico hacia una lógica de seguridad nacional en la que el lavado de dinero adquiere innegable centralidad.
En la Estrategia de Seguridad Nacional, el crimen organizado pasa de verse como un fenómeno estrictamente criminal para asumirse como una colosal amenaza que erosiona la soberanía, distorsiona mercados y compromete la estabilidad interna de ese país. Este giro conceptual implica una ampliación del campo de acción del Estado norteamericano, en la medida en que la seguridad ya no se circunscribe a la defensa militar o a la política exterior, sino que integra un espectro más amplio de dimensiones económicas, financieras y sociales.
En esta tesitura, la Estrategia de Seguridad Nacional incorpora como premisa fundamental que las organizaciones criminales operan como
1. CONGELAMIENTO de activos, designación de entidades y ampliación de regímenes sancionatorios con efectos extraterritoriales.
2. INTEGRACIÓN de inteligencia financiera con capacidades militares y de seguridad. Hibridación entre política económica y estrategia de defensa.
3. PRESIÓN sobre terceros países —en particular, América Latina— para alinear sus marcos regulatorios y operativos con prioridades estadounidenses.
sistemas complejos, cuya resiliencia depende, en gran medida, de su capacidad para movilizar, ocultar y reinvertir los recursos financieros de origen ilícito. El lavado de dinero, en consecuencia, deja de ser un delito accesorio para convertirse en infraestructura básica del poder de las redes

Los documentos de Donald Trump contra el crimen organizado son la Estrategia de Seguridad Nacional de los Estados Unidos de América y la Estrategia Nacional para el Control de Drogas
criminales. La respuesta del gobierno estadounidense, luego entonces, no se limita a la persecución del delito y sus perpetradores, sino que amplía sus horizontes y privilegia la disrupción de flujos financieros internacionales mediante inteligencia, sanciones económicas y coordinación entre las diversas agencias del gobierno.
Esta postura se deja ver con mayor claridad en la Estrategia Nacional para el Control de Drogas, donde el narcotráfico está explícitamente vinculado con categorías propias de la seguridad nacional, como el terrorismo. La noción de “narcoterrorismo” articula un discurso que justifica el uso de herramientas extraordinarias —incluidas capacidades militares y de inteligencia— para enfrentar a los cárteles. En este marco, el componente financiero adquiere un carácter prioritario, toda vez que desmantelar redes de lavado de dinero equivale a neutralizar la capacidad operativa de estas organizaciones.
Ambas estrategias convergen en tres líneas de acción en materia de operaciones con recursos de procedencia ilícita: (i) la intensificación del uso de instrumentos financieros
coercitivos, como el congelamiento de activos, la designación de entidades y la ampliación de regímenes sancionatorios con efectos extraterritoriales; (ii) la integración de inteligencia financiera con capacidades militares y de seguridad, lo que sugiere una creciente hibridación entre la política económica y la estrategia de defensa; y, (iii) la presión sobre terceros países —particularmente en América Latina— para alinear sus marcos regulatorios y operativos con las prioridades estadounidenses.
México ocupa un lugar central en el escenario. Las estrategias lo identifican como un nudo primordial en las cadenas de valor del narcotráfico, tanto en la producción y tránsito de drogas sintéticas como en la articulación de redes financieras ilícitas. Esta caracterización no es meramente descriptiva, conlleva implicaciones operativas, pues se anticipa un incremento en la cooperación bilateral en materia de inteligencia financiera, orientada a rastrear flujos transfronterizos y desarticular esquemas de lavado, incluidos aquéllos basados en comercio internacional, mientras se observa una tendencia a condicio-
nar dicha cooperación a resultados concretos en la persecución de estructuras criminales.
El énfasis en la extraterritorialidad y en la adopción de medidas unilaterales por parte de Washington introduce fricciones con los principios de soberanía y jurisdicción nacional. La designación de organizaciones criminales como entidades terroristas no sólo tendrá efectos jurídicos en Estados Unidos, sino que reconfigurará operaciones en territorio mexicano, incluyendo el tratamiento de activos, transacciones y actores vinculados directa o indirectamente con dichas organizaciones.
Priorizar el efecto coercitivo sobre el desarrollo de capacidades institucionales locales plantea interrogantes sobre la sostenibilidad de los resultados. La experiencia comparada sugiere que la disrupción de flujos financieros ilícitos requiere no sólo de herramientas de sanción, sino también de marcos regulatorios robustos, sistemas de supervisión eficaces y cooperación internacional basada en confianza mutua. En ausencia de estos elementos, las redes criminales tienden a adaptarse, desplazando sus operaciones hacia jurisdicciones o sectores menos regulados.
En suma, las estrategias estadounidenses actuales configuran un paradigma en que el combate al narcotráfico se articula crecientemente en torno al control de las finanzas ilícitas. Para México, esto implica tanto oportunidades como desafíos. Por un lado, la posibilidad de fortalecer mecanismos de cooperación y acceso a inteligencia financiera avanzada; por otro, la necesidad de gestionar las presiones derivadas de una política exterior estadounidense que privilegia la unilateralidad y la securitización del fenómeno criminal.
El desarrollo de esta agenda en los próximos años dependerá, en buena medida, de la capacidad de ambos países para equilibrar intereses de seguridad con principios de legalidad y soberanía. En ese delicado punto de intersección se definirá no sólo la eficacia del combate al lavado de dinero, sino también la naturaleza de la relación bilateral en materia de seguridad.
LA NUEVA PLATAFORMA NORMATIVA QUE IMPULSA
EL CRECIMIENTO ECONÓMICO EN EL PAÍS SE TRADUCE EN LA LEY PARA EL FOMENTO DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA PARA EL DESARROLLO CON BIENESTAR
VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ
MAESTRO EN ADMINISTRACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS POR LA UNIVERSIDAD DE COLUMBIA, NY.
En este año 2026, se ha consolidado en México el consenso sobre la necesidad de impulsar mayor crecimiento económico. Para ello, además del comercio y de las exportaciones -en particular hacia los Estados Unidos-, México requiere aumentar sustantivamente la inversión.
Como punto de partida, resulta valioso tener un marco jurídico que establezca una agenda muy amplia de alternativas para que los particulares participen en inversiones junto con el gobierno. Por estas razones, ha nacido un nuevo instrumento jurídico que funge como la plataforma de impulso de la inversión en México: la recientemente expedida Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de abril de 2026.
La ley establece como objeto el de regular mecanismos de inversión para

la infraestructura pública estratégica. Para el desarrollo de los proyectos, la ley contempla en su artículo 11 las figuras de Vehículos de Propósito Específico. En particular, será posible desarrollar los proyectos mediante la conformación de fideicomisos públicos o privados; mandatos; sociedades anónimas; sociedades anónimas promotoras de inversión; sociedades anónimas promotoras de inversión bursátil o sociedades anónimas bursátiles con participación pública, privada, social y, por ende, mixta.
Los proyectos ejecutados mediante dichos vehículos se instrumentarían a su vez, mediante esquemas precisamente de participación mixta, contemplados en el artículo 23, tales como las contrataciones a largo plazo, con la entidad de gobierno que corresponda y según la naturaleza del proyecto; contrataciones de inversión mixta o algunos otros, tales como coinversiones, asociaciones, subcontrataciones, constitución de empresas mixtas o estructuración de vehículos financieros diversos.
La ley obliga en su artículo 26 a que estos esquemas de participación mixta contemplen lo siguiente: condiciones de financiamiento, reglas
La Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar regulará mecanismos de inversión para la infraestructura pública estratégica
de operación y mantenimiento, régimen de aportaciones, distribución de riesgos, gobernanza, recuperación de la inversión, destino de los activos y mecanismos de supervisión y seguimiento. Así como la ley pretende abrir una multiplicidad de vehículos y esquemas con participación mixta de los sectores público, privado y social para promover la inversión, enuncia también en su artículo 45 un abanico
ILUSTRACIÓN: ELIHU GALAVIZ

amplio de sectores en los que será posible participar, tales como los de comunicaciones, transportes, agua, medio ambiente, energía, salud, educación, ámbito urbano, turístico, parques industriales, tecnologías, competitividad nacional y tantos otros como fuere necesario.
La aprobación y elegibilidad de los proyectos de inversión, junto con sus esquemas, contratos y mecanismos para funcionar y rendir cuentas, estará a cargo de un Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura, establecido en el artículo 42. Dicho Consejo será presidido, según el artículo 66, por la Presidenta de la república, con la integración de las secretarías siguientes: Hacienda; Marina; Defensa; Medio Ambiente; Energía; Economía; Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;
La aprobación y elegibilidad de los proyectos de inversión estarán a cargo de un Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura
Anticorrupción; al igual que Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; además de Banobras y la Consejería Jurídica. Tendrá también invitados permanentes. El Consejo se auxilia de un Comité y contará con una Secretaría Ejecutiva, según lo dispuesto por el artículo 69.
Esta ley cuenta con un amplio espectro de supletoriedad para consolidar certeza normativa en el campo de las inversiones. Por ello, el derecho
LA LEY CONTEMPLA en su Art. 11 figuras de Vehículos de Propósito Específico.
DICHOS VEHÍCULOS se instrumentarían en esquemas de participación mixta (Art. 23). LA LEY OBLIGA en su Art. 26 a que estos esquemas contemplen ciertas características.
EL ART. 45 ENUMERA una extensa variedad de sectores habilitados para participar. HABRÁ un Consejo de Planeación para aprobar los proyectos de inversión (Art. 42).
EL CONSEJO será presidido, según el Art. 66, por la Presidenta de la república.
de la inversión se completa con las leyes relativas a los ámbitos administrativo, civil y mercantil; de presupuesto, deuda y contabilidad gubernamental; de contrataciones públicas; así como los esquemas normativos vigentes en los sectores de caminos, transporte y autotransporte federal; sector eléctrico y de hidrocarburos; además, otros específicos, según el sector de que se trate.
Finalmente, este marco normativo de la inversión comienza a ser fortalecido con cuerpos reglamentarios, tales como el decreto para la autorización inmediata de inversiones, publicado el 4 de mayo de 2026. El cierre de este nuevo orden jurídico de inversiones ha sido redondeado con el Reglamento de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, publicado el 8 de mayo de 2026.
Es así que con este orden jurídico para la inversión se ha construido una plataforma básica que pretende orientar las políticas en este renglón y contar con un referente de confianza para que la infraestructura y la industria tengan un marco que estimule las inversiones con criterios de rentabilidad y, por ende, el mayor crecimiento económico de México.
EL ILÍCITO ES UNO DE LOS MÁS GRAVES Y CRECIENTES; EN EL PRIMER TRIMESTRE DE 2026, SE REGISTRARON 28 MIL 104
CARPETAS DE INVESTIGACIÓN, LO QUE SE TRADUCE EN MÁS DE 29 MIL VÍCTIMAS

MTRO. ENRIQUE ALBERTO ROCHA BOBADILLA
COORDINADOR ACADÉMICO DE LA LICENCIATURA EN INTELIGENCIA ESTRATÉGICA. RRESPONSABLE DEL LEGAL TECH LAB DE LA FACULTAD DE DERECHO, AMBAS EN LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC MÉXICO
ILUSTRACIÓN: ALEJANDRO OYERVIDES
Abuso de confianza Fraude Otros delitos contra el patrimonio
Se ha dicho que el fraude es el delito de nuestro tiempo. Como demostración, la incidencia de este ilícito es la mayor entre los delitos contra el patrimonio. De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), el fraude es el delito más denunciado desde 2015 y ha alcanzado más de 114 mil denuncias en un solo año. En lo que va de 2026, las cifras publicadas para el primer trimestre ya suman 28 mil 104 carpetas de investigación, y ha alcanzado a más de 29 mil víctimas.
Nada más en 2025, el Centro Nacional de Respuesta a Incidentes Cibernéticos CERT-MX de la Guardia Nacional, identificó mil 610 sitios web fraudulentos que aparentaban servicios de gobierno, 513 que simulaban pertenecer al sector financiero y 93 engañosos que se hacían pasar por servicios privados. Según el Informe Anual de Actividades de la Guardia Nacional 2025, la Policía Cibernética gestionó "la desactivación de 2 mil 216 sitios web que usurpaban la identidad de diversas instituciones para fraudes, propagaban códigos maliciosos y obtenían datos personales y financieros".
A pesar de estas acciones, la judicialización de casos de fraude electrónico es extraordinariamente baja, pero sobre todo no se hace pública. Mientras la incidencia delictiva re-
Tan sólo en 2025, el Centro Nacional de
Respuesta a Incidentes Cibernéticos CERT-MX de la Guardia Nacional identificó mil 610 sitios web fraudulentos que aparentaban servicios de gobierno
gistra las carpetas de investigación abiertas cada mes, no hay un registro actualizado mes a mes sobre los delitos llevados a los tribunales, debido a que los Censos Nacionales de Impartición de Justicia a cargo del INEGI se publican de manera anual. Además, no todos los juzgados y tribunales del país publican una estadística de las causas penales, y los que lo hacen tampoco distinguen entre las formas de defraudación electrónica contra los fraudes tradicionales.
En 2023, se iniciaron 114 mil 458 investigaciones por fraude. De ésas, únicamente derivaron 7 mil 881 causas penales a nivel estatal y federal. A su vez, en 2024, se iniciaron 113 mil 824 carpetas de investigación, pero únicamente se judicializaron 8 mil 229 causas penales. De éstas sabemos que en 2024 se emitieron 2 mil 937 sentencias de procedimiento abreviado y 315 sentencias de juicio oral a nivel federal, pero el Censo Nacio-
nal de Impartición de Justicia Estatal no distingue las sentencias emitidas según el tipo de delito.
Es decir, más de 200 mil carpetas de investigación por fraude no llegaron a ningún tribunal, sino que se quedaron en las fiscalías federal o estatales. Estos datos reflejan que la falta de acceso a la justicia en los delitos de fraude digital se concentra principalmente en las fiscalías. Un problema inicial es la competencia de qué fiscalía debe investigar el delito y sobre si la fiscalía tiene facultades para investigar fraudes cometidos por medios electrónicos. En 2024, la Secretaría de Gobernación realizó un estudio de los delitos cibernéticos tipificados en el país, de los que se destacan algunos hallazgos:
No se considera que el fraude constituya un delito cibernético a nivel federal.
• El fraude cometido por medios electrónicos sólo tiene tipos penales o penalidades especiales en siete entidades (Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima y Durango).
• 24 entidades de la República no contemplan el uso de medios electrónicos como elementos constitutivos de fraude o como formas del fraude con una penalidad especial.
Fraude Totales
2023 2024
Carpetas de investigación
Causas penales iniciadas
Conclusiones ante juez de control
Conclusiones en juicio oral
Carpetas de investigación sin judicializar
La falta de un tipo de fraude electrónico en los códigos penales no impide su investigación, porque el tipo de fraude básico debería ser suficiente para perseguirlo
• Mientras algunas entidades usan expresiones como "manipulación informática, alteración de programas sistematizados, del empleo no autorizado de datos o artificio semejante", otras únicamente prevén "la homonimia, parecido físico o similitud de la voz", sin mencionar los medios digitales.
La falta de un tipo de fraude electrónico en los códigos penales no impide su investigación, porque el tipo de fraude básico debería ser suficiente para perseguirlos. pero los tipos penales estatales que se refieren al acceso indebido a dispositivos o plataformas del sistema financiero entran en conflicto con los delitos cibernéticos previstos en el Código Penal Federal, porque la facultad exclusiva para legislar sobre servicios financieros pertenece al Congreso de la Unión.
Por otra parte, existe mucha confusión desde la presentación de la denuncia. Muchas personas confunden el medio para cometer el delito con el delito en sí mismo. Cuando una persona busca información sobre los fraudes electrónicos, normalmente encuentra las formas de ataque en que se comete, todas en su denomi-
nación en inglés: fishing, spear fishing, smishing, vishing, whaling, SIM swapping, CaaS, SaaS, RaaS o AaaS. Estas categorías de ataque y modus operandi de los ciberdelincuentes abarcan en su mayoría, los medios para obtener información (credenciales de acceso) para cometer los fraudes electrónicos, pero no constituyen el fraude digital en sí mismo.
NO SE CONSIDERA que el fraude constituya un delito cibernético a nivel federal.
SE CONSIDERAN penalidades especiales en Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima y Durango.
24 ENTIDADES no contemplan el uso de medios electrónicos como elementos constitutivos de fraude o formas del fraude con una penalidad especial.
ESTADOS TIPIFICAN la suplantación de identidad como delitos autónomos.
27 18
ENTIDADES REGULAN los delitos cibernéticos previstos en el Código Penal.
Aunque algunos de estos hechos encuadrarían en los delitos contra sistemas informáticos previstos en el Código Penal Federal, su regulación a nivel estatal únicamente se prevé en 18 entidades de la República. Un avance importante consiste en que 27 entidades tipifican la suplantación o usurpación de identidad como delitos autónomos, lo que permite investigar estos delitos sin que se tenga que actualizar un fraude ni un perjuicio patrimonial. Todavía será necesario incorporar este desglose a los censos de impartición de justicia o a las estadísticas de los poderes judiciales para tener bases sólidas con qué evaluar la efectividad en la judicialización de este delito.
En síntesis, el reto que nuestro país tiene por delante en los casos de fraude electrónico pasa por:
Armonizar la legislación nacional para que el delito de fraude sea perseguible en todos los ámbitos y por cualquier medio de ataque.
• Homologar los delitos de acceso a los sistemas y dispositivos informáticos, y de usurpación de identidad, e incorporarlos en los códigos penales de los Estados que faltan, para que
ALGUNAS ENTIDADES usan expresiones como “manipulación informática”; otras, sólo prevén la homonimia sin mencionar medios digitales.
sean perseguibles, incluso antes de que se cometan fraudes contra las personas.
• Desglosar en los registros de la incidencia delictiva los fraudes electrónicos.
Incorporar a las estadísticas judiciales el desglose de los delitos de fraude electrónico, acceso a sistemas informáticos y usurpación de identidad, sea en los censos del INEGI o en los datos abiertos de los poderes judiciales para que cualquier persona conozca el avance en el acceso a la justicia contra estos delitos.

CON
Y OTRA DE MENOR CAPITAL EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, LA REGULACIÓN ACTÚA IGUAL PARA AMBOS CASOS
GABRIELA SALAZAR Y MELINA CABRERA
GABRIELA SALAZAR ES PROFESORA DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO E INVESTIGADORA EN LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
MELINA CABRERA ES ABOGADA FINANCIERA EGRESADA DEL ITAM
Cuando en septiembre de 2018 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió las Disposiciones de carácter general en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT) aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) (las “Disposiciones”), el sector fintech mexicano apenas comenzaba a tomar forma. Casi siete años después, el ecosistema ha crecido y madurado, y con él emerge una pregunta que el mercado ya no puede ignorar: ¿tiene sentido que una fintech con activos menores al 0.1% del segmento enfrente las mismas cargas regulatorias que un jugador que concentra más de un tercio del sistema?
Las Disposiciones, ancladas en las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), cubren un amplio espectro: políticas de identificación y conocimiento del cliente, monitoreo de
operaciones, reportes regulatorios, estructuras internas de cumplimiento, auditorías anuales, capacitación y sistemas automatizados de detección de operaciones inusuales, internas preocupantes o relevantes. El marco no es del todo rígido. Las Disposiciones contemplan ciertos ajustes de proporcionalidad del lado de los clientes: permiten medidas simplificadas de identificación para clientes de bajo riesgo —cuentas de personas físicas de nivel 1 y 2 y transferencias internacionales dentro de límites específicos en UDIS—; aunque si esos límites se exceden, el expediente completo es obligatorio conforme al artículo 11. Las ITF con menos de 25 personas también quedan exentas de constituir el Comité de Comunicación y Control previsto en el artículo 46. Pero fuera de esos supuestos, el marco regulatorio mantiene obligaciones estructurales homogéneas para todas las ITF: la política de conocimiento del cliente basada en riesgos del artículo 34, el programa de capacitación y difusión, los sistemas automatizados, la auditoría anual de cumplimiento. Las condiciones operativas de cada institución —su tamaño, su volumen de transacciones, su perfil de riesgo real— no modifican esas obligaciones. Y ahí está la raíz del problema.
Los números cuentan la historia con más claridad que cualquier argu-

El
sector fintech mexicano es el conjunto de empresas que combina las finanzas y la tecnología para ofrecer servicios financieros digitales
mento teórico. En octubre de 2024, la CNBV publicó por primera vez datos históricos sobre el desempeño de las ITF mexicanas, lo que constituyó un hito de transparencia para el sector. Las cifras al cierre de 2023 revelan una concentración operativa que hace difícil sostener la lógica de un régimen único para todas las instituciones. En el segmento de fondos de pago electrónico, tres instituciones —STP, Mercado Pago y SPIN by OXXO— concentraban el 35.42%, el 30.10% y el 12.16% de los fondos emitidos, respectivamente. Juntas controlaban más del 77% del segmento, según la publicación histórica de la CNBV de octubre de 2024. En el otro extremo, docenas de Instituciones de Fondos

de Pago Electrónico (IFPE) operaban con participaciones por debajo de 1%. Al cierre de 2023, de las 50 IFPE autorizadas, sólo 37 se encontraban en operación activa. La brecha entre los grandes y los pequeños no es de grados: es de órdenes de magnitud. En el segmento de financiamiento colectivo, la asimetría es aún más marcada. Los activos totales del crowdfunding mexicano son marginales frente a los fondos de pago electrónico y minúsculos frente a la banca tradicional. Dentro de ese universo acotado, tres instituciones —Play Business (22.26%), Cien Ladrillos (13.39%) y Yo Te Presto (12.50%)— concentraban casi la mitad del segmento. Al cierre de 2023, de las 21 instituciones de financiamiento colectivo autorizadas, sólo 17 estaban en operación.
La conclusión que surge de estos datos no es ideológica: es técnica. Una institución que moviliza más de 35% de los fondos de pago electrónicos del país no tiene el mismo perfil de riesgo PLD/FT que una que opera con el 0.01%. Y si el riesgo no es el mismo,
ESTABLECER un sistema en combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
NORMAS PARA EVITAR el financiamiento a las armas de destrucción masiva.
PUNTOS DESTACADOS: monitoreo de operaciones, reportes regulatorios, auditorías anuales.
la pregunta obligada es por qué la regulación sí lo es.
El argumento tampoco contradice los estándares internacionales, los refuerza. La Recomendación 1 del GAFI establece que las medidas para prevenir o mitigar el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, deben ser proporcionales a los riesgos identificados y que ese enfoque basado en riesgo debe ser el fundamento esencial para la asignación eficaz de recursos en todo el régimen PLD/FT. El propio GAFI admite que cuando los
países identifiquen riesgos menores, pueden permitir medidas simplificadas bajo ciertas condiciones. La proporcionalidad, en este caso, no es una concesión, es el principio rector (“Las 40 Recomendaciones del GAFI” ubicadas en el enlace: https://www. cnbv.gob.mx/PrevencionDeLavadoDeDinero/Documents/RecomiendacionesGAFI2012.pdf).
El debate, entonces, no es si las fintech deben cumplir con el régimen PLD/FT, deben hacerlo. La cuestión es si tiene sentido calibrar esas exigencias en función de la Evaluación Basada en Riesgos (EBR) que las propias ITF ya están obligadas a elaborar, o en función de niveles operativos previamente definidos. El marco regulatorio es, sin duda, un activo del sector: brinda certeza jurídica y genera confianza entre usuarios e inversionistas, pero cuando las cargas regulatorias no guardan proporción con el riesgo real de cada entidad, ese activo puede convertirse en un freno, especialmente para los jugadores más pequeños, que ya de por sí operan con recursos limitados.
El precedente ya existe dentro del propio marco: hay medidas simplificadas para ciertos tipos de clientes. Extender esa misma lógica a las instituciones reguladas —en función de su tamaño, volumen operativo y perfil de riesgo— sería coherente con el espíritu del enfoque basado en riesgo que el GAFI promueve. Un régimen proporcional no requiere reinventar el marco: necesita darle consecuencias reales a los datos que las propias ITF ya están obligadas a producir.
Proporcionalidad no es sinónimo de exención. No implica ausencia de controles ni relajación del cumplimiento. Significa que las exigencias regulatorias se calibren conforme a la realidad operativa y al riesgo efectivo de cada entidad, asegurando que los recursos, tanto de las ITF como de las autoridades supervisoras, se concentren donde el riesgo realmente lo demanda. La tendencia de los últimos años habla por sí sola: el ritmo de nuevas autorizaciones ha disminuido de forma sostenida desde el pico de 2023, y el número de solicitudes entrantes también se ha contraído. El ecosistema fintech mexicano está mandando una señal que vale la pena escuchar.
LA EXPERIENCIA HA DEMOSTRADO QUE NO ES SUFICIENTE EL ARRESTO DE LÍDERES DE CÁRTELES. LA CLAVE RADICA EN EL DESMANTELAMIENTO DE SU PATRIMONIO QUE IMPIDA CONTINUAR CON SU EXPANSIÓN
MTRO. GUILLERMO ULISES HUERTA RAMÍREZ
ESPECIALISTA EN INTELIGENCIA FINANCIERA, PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO, RECUPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS ILÍCITOS, RESPONSABILIDAD PENAL EMPRESARIAL Y CRIMINAL COMPLIANCE
Durante décadas, la estrategia contra el crimen organizado se concentró principalmente en la captura de líderes criminales y en los aseguramientos de droga. Sin embargo, la experiencia internacional demuestra que las organizaciones criminales poseen una gran capacidad de adaptación y reemplazo operativo. Mientras sus estructuras financieras permanezcan intactas, su capacidad de corrupción, violencia y expansión continúa vigente.
Hoy, uno de los debates más relevantes en materia de seguridad y combate al lavado de dinero es la recuperación de activos ilícitos. Diversos gobiernos, particularmente Estados Unidos, han fortalecido sus estrategias para afectar las finanzas criminales mediante investigaciones

patrimoniales, aseguramientos, sanciones económicas e intercambio de inteligencia, orientados a privar a las organizaciones criminales de los recursos que sostienen sus operaciones. La lógica es clara: no solamente perseguir a los delincuentes, sino afectar el patrimonio que les permite operar, expandirse y corromper instituciones. Asimismo, la experiencia estadounidense muestra que las investigaciones financieras han incorporado mecanismos jurídicos que permiten, dentro de su marco normativo, generar esquemas de cooperación procesal con personas sujetas a investigación o integrantes de organizaciones criminales. En determinados casos, las fiscalías pueden celebrar acuerdos de colaboración o procedimientos asociados a criminal forfeiture, facilitando la entrega, renuncia o recuperación de activos ilícitos como parte de procesos judiciales. Más allá de la sanción penal, estos mecanismos buscan debilitar la capacidad financiera de las estructuras criminales y acelerar la recuperación patrimonial por parte del Estado.
A pesar de ello, los resultados internacionales continúan siendo limitados. De acuerdo con estimaciones retomadas por organismos internacionales especializados en recuperación de activos, los países logran interceptar y recuperar menos del 1% de los flujos financieros ilícitos a nivel mundial. Asimismo, las evaluaciones internacionales muestran que una gran parte de las jurisdicciones aún presenta niveles bajos o moderados
PRIMER EJE
FORTALECER el uso eficiente de las herramientas en la legislación mexicana.
LA EXTINCIÓN de dominio puede convertirse en un mecanismo fundamental.
MEJORAR la identificación patrimonial y la trazabilidad financiera.
REFORZAR la administración eficiente de los activos recuperados.
SEGUNDO EJE
CENTRARSE en la cooperación bilateral entre México y Estados Unidos.
RECUPERACIÓN de activos derivados de investigaciones transnacionales.
ACTIVAR investigaciones financieras y operaciones contra el narcotráfico.
Con lo anterior, EU ha asegurado y recuperado recursos de grupos criminales mexicanos.

La
lógica es clara: no solamente perseguir a los delincuentes, sino afectar el patrimonio que les permite operar, expandirse y corromper instituciones
de efectividad en materia de localización y recuperación patrimonial.
La dimensión económica del problema también evidencia la magnitud del desafío. Diversas estimaciones internacionales sostienen que el lavado de dinero representa entre l 2% y 5% del Producto Interno Bruto mundial. En términos económicos, los recursos ilícitos que circulan anualmente alcanzarían dimensiones comparables a algunas de las economías más grandes del planeta, lo que demuestra que el lavado de dinero no constituye únicamente un problema criminal, sino también un fenómeno con impactos económicos, institucionales y de seguridad global.
En este escenario, México enfrenta la necesidad de consolidar una política más efectiva de recuperación de activos. El país cuenta con herramientas jurídicas relevantes como el aseguramiento de bienes, el abandono, el
SE INTERCEPTAN y recuperan los fondos ilícitos en el mundo. -1%
decomiso y la extinción de dominio. Sin embargo, en múltiples ocasiones los bienes asegurados permanecen durante años bajo procesos administrativos complejos, deteriorándose o perdiendo valor sin generar beneficios concretos para las instituciones o para la sociedad.
El primer eje estratégico debe enfocarse en fortalecer el uso eficiente de las herramientas previstas en la legislación mexicana. La extinción de dominio puede convertirse en un mecanismo fundamental para afectar las capacidades financieras de las organizaciones criminales, siempre que exista una adecuada coordinación entre autoridades ministeriales, inteligencia financiera y administración de bienes asegurados. Asimismo, resulta indispensable fortalecer la identificación patrimonial, la trazabilidad financiera y la administración eficiente de los activos recuperados.
El segundo eje estratégico debe centrarse en la cooperación bilateral entre México y Estados Unidos para la participación y recuperación de activos derivados de investigaciones transnacionales. Una cantidad considerable de recursos vinculados con organizaciones criminales mexicanas es actualmente asegurada, recuperada o sometida a procedimientos patri-
moniales en territorio estadounidense como resultado de investigaciones financieras y operaciones contra el narcotráfico y el lavado de dinero. En este contexto, México debe impulsar mecanismos más sólidos de cooperación internacional y asistencia jurídica mutua que permitan participar en la distribución de bienes recuperados cuando exista intercambio de información, inteligencia financiera o colaboración institucional en las investigaciones.
La recuperación compartida de activos podría fortalecer instituciones de seguridad, programas de prevención, atención a víctimas y proyectos orientados a reconstruir el tejido social.
La recuperación de activos representa uno de los instrumentos más importantes para debilitar estructuralmente al crimen organizado. El verdadero impacto contra estas organizaciones no solamente se alcanza mediante detenciones, sino afectando sus finanzas, su capacidad operativa y el poder económico que sostiene sus redes de corrupción.
El combate al lavado de dinero exige comprender que seguir la ruta del dinero puede ser más eficaz que seguir únicamente la ruta de la droga.
EN LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, SE ESTABLECE QUE LA FIGURA NOTARIAL TIENE LA FACULTAD DE AVISAR SOBRE OPERACIONES “VULNERABLES”

DR. MARCO ANTONIO ESPINOZA ROMMYNGTH
NOTARIO 97 DE LA CDMX, CATEDRÁTICO DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO Y DE LA UNAM
La razón de ser del notario es proveer de seguridad jurídica a quien solicite su servicio. Hace constar en su protocolo compraventas, poderes, testamentos, notificaciones, creación de personas morales y muchos, muchos actos jurídicos más. En su actuar tiene que observar parámetros éticos más estrictos de los que rigen a la mayoría de los abogados, puesto que debe ser imparcial y no favorecer a un compareciente sobre otro. Su función conjuga y es una bisagra entre lo público y lo privado. Presta un servicio que es privado y se autodetermina a su leal saber y entender siguiendo los límites de la legalidad aplicable a su función. Al estar dotado de fe pública, todo lo que hace constar se presume como cierto y verdadero, salvo prueba en contrario.
Blande el poder del Estado con su firma y su sello, autorizando y dándo-
le autenticidad a los actos privados, volviéndolos públicos y oponibles a cualquier tercero con la inscripción en Registro Público de las escrituras que lo requieran.
El notario también es coadyuvante y colaborador con las diversas dependencias y autoridades gubernamentales, ya sean judiciales o administrativas e, incluso, las electorales.
Participa en programas sociales dando asesoría jurídica gratuita y aceptando una reducción en sus honorarios para hacer su servicio más accesible a la ciudadanía. Fortalece el Estado de Derecho y las finanzas públicas con la recaudación de impuestos federales y locales.
La relación entre las autoridades es íntima e ineludible, y su colaboración constante, inevitable. Vigila y tutela intereses privados y públicos por igual, en el marco de la legalidad.
Se menciona muy a menudo en medios y es comúnmente citada su participación en la prevención de actividades del crimen organizado, principalmente en lo que se refiere al blanqueo de capitales.
Esto se volvió relevante dentro del marco establecido por los com-
La participación del notario en el combate al crimen organizado se extiende tanto a la prevención del terrorismo como a la defensa de la seguridad nacional
promisos internacionales adoptados por México en el año 2000 en la Convención de Palermo y como parte del Grupo de Acción Financiera Internacional, también identificado como GAFI, por sus siglas.
El Gobierno de México llevó a cabo una serie de reformas legislativas y políticas públicas para dar cumplimiento a las recomendaciones dadas por GAFI, que se cristalizaron en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita, en 2012. Posteriormente se afinaron los detalles de la normatividad respectiva con su Reglamento y las Reglas de Carácter General, en conjunto con toda la reglamentación secundaria
ILUSTRACIÓN: ELIHU GALAVIZ

que se ha establecido desde entonces.
Un aspecto que no es comúnmente resaltado y que en ocasiones se olvida es que la aplicabilidad de la mencionada Ley y toda la regulación secundaria no se limita al crimen organizado entendido como narcotráfico.
La participación e importancia que tiene el notario en el combate al crimen organizado con el cumplimiento de la mencionada Ley y de sus obligaciones respectivas se extienden tanto a la prevención del terrorismo como a la defensa de la seguridad nacional que conllevan.
La Ley identifica claramente en su artículo 17 a lo largo de sus fracciones las actividades económicas que se consideran “vulnerables” para que sean financiadas o participen en ellas recursos del crimen organizado y de financiamiento al terrorismo.
Los prestadores de servicios de fe pública, como los notarios, tienen enumeradas en la fracción XII aquellas operaciones en las cuales tienen que considerar vulnerables o reportables, y en las que deben de cumplir las obligaciones impuestas por la Ley, de las cuales destacan el integrar un expe-
BLANDE EL PODER del Estado con su firma y su sello.
ES COLABORADOR con las diversas dependencias gubernamentales.
PARTICIPA en programas sociales dando asesoría jurídica gratuita.
diente de cada solicitante del servicio, identificar a los comparecientes y dar avisos de dichas operaciones.
En el reporte de cumplimiento de 2021, GAFI indicó que México apenas ha cumplido a cabalidad 10 de las 40 recomendaciones que se le dieron y aceptó como parte de sus compromisos internacionales, 22 las ha cumplido en su mayoría y siete parcialmente. En un solo aspecto se indica que no se ha cumplido en absoluto (el resumen de dicho reporte es información pública, disponible en www.fatf-gafi.org/ en/countries/detail/Mexico.html )
Las que destacan de cumplimiento parcial son, para sorpresa de nadie, aquéllas que se refieren tanto a dar
avisos y de la diligencia para identificar a usuarios de las actividades vulnerables.
Esto se debe a que la normatividad establece un piso muy bajo sobre el cumplimiento de obligaciones, y nos corresponde a los gatekeepers de las actividades vulnerables el no conformarnos con ello.
En mi experiencia personal, profesional y práctica diaria, esto se hace principalmente de dos maneras:
a) La primera es manteniendo un sistema informático eficiente que esté sincronizado y cruzado con las bases de datos gubernamentales sobre crimen organizado, prevención de lavado de dinero y del terrorismo nacionales, que a su vez están enlazadas con el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos y con INTERPOL.
b) De tal manera que al capturar en el sistema un solicitante del servicio con la información y documentación obtenida en el proceso de integración de su expediente, va a dar una alerta al momento de dar de alta una operación o trámite, y se le tendrá que negar el servicio y avisar a las autoridades respectivas.
La segunda es utilizando tecnología de verificación y validación de identificaciones con medidas biométricas, de tal manera que hace extremadamente difícil el obtener la prestación de un servicio presentado documentos apócrifos o suplantando a otras personas. Esto parte naturalmente de la diligencia que se tenga al momento de integrar el expediente de cada compareciente. Estas dos salvaguardas tecnológicas que se pueden implementar en cualquier notaría son invaluables, debido a que el notario no es un mero prestador de servicios, y cumplir sólo con el mínimo legal; en mi opinión, es una contradicción con la nobleza de su función y con su propósito. Si los fedatarios realizamos de manera adecuada este aspecto de nuestra labor, colaboramos con pequeñas grandes acciones al mejoramiento de la economía nacional y la seguridad pública que tanto requiere nuestra patria.
FINANCIERO CUANDO EXISTAN INDICIOS DE LAVADO
DE DINERO SIN NECESIDAD DE UNA ORDEN JUDICIAL
BERTHA GRACIELA POMPA GARCÍA
ABOGADA POSTULANTE. VICEPRESIDENTA DE LA ACADEMIA MEXICANA DE DERECHO FISCAL. PROFESORA UNIVERSITARIA DE DERECHO FISCAL DE LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC, CAMPUS SUR
En la sesión del lunes 6 de abril de 2026, en una decisión dividida de seis a tres, al resolver la acción de inconstitucionalidad 58/2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloquee cuentas bancarias con “indicios suficientes” de lavado de dinero, sin ministerio público, sin orden judicial y sin que lo anterior derive de una petición realizada por una autoridad extranjera.

Una de las grandes implicaciones es que se debe contar con elementos razonables y suficientes para considerar que los movimientos realizados fueron con recursos de procedencia ilícita
Lo anterior, bajo una “justificación” de que el bloqueo de cuentas previsto en este esquema es una medida de naturaleza administrativa y preventiva, orientada a proteger el sistema financiero. Una de las grandes implicaciones que lo anterior conlleva y como bien lo señalaron los tres ministros que votaron en contra, es que se debe contar con elementos razonables y suficientes
para considerar que se trata de movimientos realizados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, debido a que al no existir una definición o elementos de precisión, se puede dejar a una persona física o moral inocente sin acceso a sus propios recursos, vulnerándose derechos fundamentales como la presunción de inocencia y la seguridad jurídica.
A pesar de lo anterior, debemos tener en cuenta que la SCJN reconoció la validez del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, por lo que, si bien es cierto que ya existían dos jurisprudencias de la Segunda Sala de la SCJN, en donde se había sostenido que la UIF sólo podía bloquear cuentas sin control judicial cuando se tratara de una petición realizada por una autoridad extranjera, el nuevo fallo reconoce que dicha autoridad administrativa tiene la

Al no existir una definición o elementos de precisión, se puede dejar a una persona física o moral inocente sin acceso a sus propios recursos, vulnerándose derechos fundamentales
facultad de bloquear operaciones financieras, inclusive cuando la solicitud derive de una fuente nacional sin previa autorización.
Y si a lo anterior le sumamos que la reforma a la Ley de Amparo de octubre de 2025, prevé que la suspensión en el juicio de amparo no procede contra el bloqueo de cuentas bancarias y sólo podrá permitirse la disposición
de recursos para ciertos pagos como salarios, pensiones o para asegurar la subsistencia de la persona titular de la cuenta, es que no se puede basar una determinación de afectación patrimonial y reputacional en criterios indeterminados.
Bajo la siguiente perspectiva, hoy más que nunca resulta de suma importancia contar con mecanismos de prevención como un compliance fiscal y de prevención de lavado de dinero, que permita garantizar la trazabilidad y la legitimidad de los recursos recibidos, puesto que, en caso de contar con reportes de operaciones “sospechosas o inusuales”, la UIF podría solicitar a los bancos, la incorporación a la lista de personas bloqueadas, y será responsabilidad de las personas sujetas a dicha condición, demostrar lo contrario.
CAUSAS PRINCIPALES
DEL BLOQUEO
INVESTIGACIÓN DE DELITOS
Presunción de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero).
ALERTAS INTERNACIONALES
Emitidas por agencias extranjeras (Departamento del Tesoro de EUA, como ejemplo).
ACTIVIDADES INUSUALES
Movimientos no correspondientes al perfil del usuario o Persona Expuesta Políticamente (PEP).
ESTE ARTÍCULO SE
ABORDAN ALGUNAS MODIFICACIONES A LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN
DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA
Y SU IMPACTO EN DIVERSAS ACTIVIDADES, RIESGOS
IVÁN ALEMÁN LOZA
EX VICEPRESIDENTE DE SUPERVISIÓN DE PROCESOS PREVENTIVOS EN LA CNBV
Apropósito de las reformas al Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de marzo de 2026, en este artículo se abordan algunas modificaciones que se consideran relevantes, en relación con las últimas reformas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado
Sin perjuicio del análisis o valoraciones de las reformas a ambos ordenamientos, las modificaciones resultaban necesarias al menos a la luz de las dos últimas evaluaciones mutuas –2018 y 2026– del Grupo de Acción
Financiera Internacional (GAFI) a México, como es sabido, para evaluar el cumplimiento y efectividad de sus 40 Recomendaciones; entre ellas, las recomendaciones 22 Debida diligencia del cliente y 23 Otras medidas, referidas a las Actividades y Profesiones no Financieras Designadas, es decir, a las llamadas Actividades Vulnerables (AV) en México, cuyo catálogo está en el artículo 17 de la Ley Antilavado
La naturaleza de las Recomendaciones del GAFI pertenece a lo que se conoce como Soft law o instrumentos no vinculantes, pero cuya relevancia es tal que no cumplirlas tiene serias repercusiones en los países que no las adoptan.

En este contexto, entre otros ejes, tuvieron lugar las reformas a la Ley Antilavado y su Reglamento, y no será la última ocasión que así ocurra.
En el abanico de las reformas y por razón del espacio en este escrito, por ahora abordo tres temas en los que, si bien no son homólogos –ni tendrían que serlo– al Sistema Financiero –
ILUSTRACIONES: ELIHU GALAVIZ
sector que desde hace varios años se ha consolidado las medidas–, en cierta forma guardan simetría por virtud de las Recomendaciones del GAFI: 1. Lista de cargos de Personas Políticamente Expuestas (PEP): la intención plausible es que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) elabore y mantenga actualizado el listado –actualmente existe un documento–, labor que no ha estado ni estará exenta de omisiones por la complejidad de mantener una base de datos actualizada a nivel Federal, entidades federativas y municipios o alcaldías.

No es suficiente un reglamento interior, organigrama o manual de organización, el análisis debe ser también funcional e inmediato después de cualquier reforma.
Asimismo, cabe señalar que algunos servidores públicos pueden desconocer la condición de PEP; del mismo modo, seguro las personas responsables de cumplimiento en las AV son expertas en materia antilavado, pero no necesariamente con el conocimiento en Derecho Administrativo que permita determinar cargos públicos y funciones.
El Reglamento indica que si las
El artículo 45 Ter del Reglamento prevé que, cuando las entidades financieras y las Actividades Vulnerables no puedan determinar si una persona es PEP, podrán consultar a la Unidad de Inteligencia Financiera
ACTUALIZAR LISTADO PEP a nivel federal, estatal y municipal. INSUFICIENTE EL REGLAMENTO INTERNO, organigrama o un manual de organización.
EXIGIR una actualización inmediata. SERVIDORES PÚBLICOS pueden desconocer la condición de PEP.
PROTOCOLOS Y CAPACITACIÓN en Derecho Administrativo para cumplimiento.
Entidades Financieras y las AV no puedan determinar si la persona de que se trate es PEP, podrán consultar a la Unidad de Inteligencia Financiera con la única finalidad de verificar si se encuentran en el listado.
Es de celebrar que la autoridad asuma esta labor; no obstante, en algunas ocasiones las Actividades Vulnerables tal vez “ni siquiera tendrán noción de que no tiene noción” sobre la posibilidad de que una persona sea PEP, lo que podría terminar en observación y eventual sanción.
Debe existir un enfoque distinto para lograr el cumplimiento sin mayor riesgo de sanción para la AV en aspectos que, incluso, la autoridad no puede controlar al 100%.
2. Imposición de sanción administrativa sin seguir el procedimiento administrativo sancionador de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA): el artículo 8, párrafo tercero, del Reglamento, indica que en caso de no ser atendido el requerimiento –u omitir proporcionar lo solicitado– de la información o documentación que el precepto refiere, en el plazo que se hubiese otorgado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) impondrá la sanción administrativa que corresponda, sin implementar el procedimiento sancionador a que se refiere la LFPA.
Este supuesto, en mi opinión, es claro en cuanto vulnera la garantía de audiencia y el debido procedimiento administrativo en forma de juicio para la imposición de la sanción. La lógica
Exonerar la aplicación de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para la imposición de sanciones no parece compatible con los parámetros de debida motivación y tutela judicial efectiva exigidos por la Constitución
de relevar el procedimiento administrativo pudo ser la referencia del artículo 35 de la Ley Antilavado –reformado en 2025– que refiere precisamente a la aplicación supletoria de la LFPA; sin embargo, a mi juicio no seguir un procedimiento diferenciado no soporta el análisis de conformidad constitucional.
En el Sistema Financiero, por ejemplo, ambos procedimientos, el de supervisión e imposición de sanción, están completamente diferenciados y es claro el ejercicio de derecho de audiencia en cada uno.
En forma análoga podría opinarse respecto del artículo 9, segundo párrafo, del Reglamento, que refiere a la imposición de sanción sin sujeción a la LFPA, ante la omisión de presentar información o documentación que desvirtúe observaciones del SAT.
3. Auditorías: la reforma de 2025 incorporó la obligación de quienes realicen Actividades Vulnerables de realizar una revisión por parte del área de auditoría o auditoría externa.
Es inherente a la función de auditoría que de ésta podrán desprenderse observaciones por desviaciones normativas de índole administrativo.
Los artículos 4, fracciones IV y XI, y 12 Bis, del Reglamento, refieren a la (i) facultad de vigilancia del SAT; (ii) facultad del SAT para requerir evidencia de la regularización, y (iii) obligación de la AV de conservar la evidencia de la auditoría y de la regularización de las inconsistencias.
Note el lector la mención de “regularización de inconsistencias”; es decir, de suyo, un informe con observaciones podría derivar en pro-

Las Actividades Vulnerables y sus asesores deben prepararse mediante instrumentos como:
MECANISMOS AUTOMATIZADOS de cumplimiento.
PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN especializados.
CON UN ENFOQUE basado en riesgos.
CONSERVACIÓN DE INFORMACIÓN y documentación por un plazo de diez años.
CRITERIOS RIGUROSOS de selección y formación de personal.
cedimiento administrativo sancionador, por lo tanto, la AV tendría que planear y prever mecanismo paralelo y prioritario de regularización antes de que el SAT ejerza sus facultades de vigilancia, precisamente para evitar o, al menos, reducir el importe de una posible multa.
Es decir, hacer uso del mecanismo de cumplimiento espontáneo a que se refiere el artículo 55 de la Ley Antilavado desarrollado, por cierto, en el recién incorporado artículo 55 Bis del Reglamento.
En suma, las reformas a la Ley Antilavado y al Reglamento ameritan mayor análisis jurídico y también recomendaciones de cómo lograr un mejor cumplimiento, alcanzando equilibrio con el costo regulatorio, toda vez que las obligaciones a partir de 2025 se quedarán y, todavía más, se van a fortalecer, por lo que las AV y los asesores tenemos que estar preparados para ello, por ejemplo: (i) mecanismos automatizados; (ii) capacitación; (iii) enfoque basado en riesgos; (iv) conservación de información y documentación por 10 años; (v) selección de personal.

UNA DE LAS ESTAFAS QUE HA ADQUIRIDO MAYOR FRECUENCIA SE DA CUANDO UNA PERSONA UTILIZA ENGAÑOS, DOCUMENTOS FALSOS O SIMULACIONES DENTRO DE UN JUICIO COMERCIAL PARA MENTIR AL JUEZ Y LOGRAR UNA RESOLUCIÓN INJUSTA
MTRO. HORACIO BENJAMÍN PÉREZ ORTEGA
PROFESOR EN LA LICENCIATURA DE INTELIGENCIA ESTRATÉGICA Y LA MAESTRÍA EN CIENCIAS PENALES, AMBAS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC
Actualmente existe una práctica con cierto revestimiento legal que pone a prueba la fortaleza y la eficacia del sistema jurídico mexicano, así como de sus operadores. Es el caso concreto de la exigencia, por la vía judicial -acción cambiaria directa-, del pago de uno o varios pagarés por un endosatario en propiedad y, por ende, tenedor de aquéllos, los cuales no fueron suscritos por la parte demandada; es decir, existe falsificación de firma. Presentada la demanda y exhibidos los originales de los títulos de crédito citados, previo cumplimiento de los requisitos de ley, debe correrse traslado de aquélla a la parte demandada.
Es en este momento en donde la operación fraudulenta nuclear apare-
DEL FRAUDE PROCESAL
SIMULACIÓN DE ACTOS
JURÍDICOS
Creación de contratos, pagarés o deudas falsas para embargar bienes de una empresa.
ALTERACIÓN DE PRUEBAS
Modificación de fechas, montos o firmas en documentos mercantiles base de la acción.
TESTIGOS FALSOS
Testimonios fabricados que acrediten hechos comerciales que nunca ocurrieron.
ce: se trata de una diligencia de requerimiento, embargo y emplazamiento a juicio ejecutivo mercantil en la que si el actuario no encuentra a la parte demandada en la primera búsqueda en el lugar donde ésta se efectúa, está facultado para dejar un citatorio con


El funcionario judicial debe cerciorarse de que el lugar en el que se desarrolla la diligencia es el domicilio de la parte demandada
En la hora y el día indicados en el citatorio, ante la falta de pago, se podrán señalar bienes sujetos a embargo, como las cuentas bancarias del demandado
el propósito de que aquélla lo espere en el día y horario fijados en cierto intervalo.
No se debe pasar por alto que, entre otras obligaciones, el funcionario judicial debe cerciorarse de que el lugar en el que se desarrolla la diligencia es el domicilio de la parte demandada. En este contexto, el primer párrafo del artículo 29 del Código Civil Federal señala que por domicilio de una persona física se entiende “el lugar donde residen habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus negocios; en ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su defecto, el lugar donde se encontraren”
Lo relevante del asunto es que la legislación aplicable -artículo 1068 Bis, tercer párrafo, del Código de Comercio- permite al actuario dejar el mencionado citatorio en manos de un tercero -persona distinta a la parte demandada- tal como un pariente, empleado o doméstico del interesado o cualquier otro individuo que viva en el citado domicilio.
Para estos efectos, es suficiente que, en términos generales, la persona con la que se entienda la diligencia, distinta al demandado, afirme conocerla, expresar su relación con ella y que le consta que se trata del domicilio de aquélla.
Efectuado lo anterior, en la hora y el día indicados en el citatorio ante la falta de pago se podrán señalar bienes sujetos a embargo, como lo son las cuentas bancarias del demandado.
Como se ha mencionado, el punto nuclear de esta práctica ocurre duran-
te la diligencia de emplazamiento y tiene dos aspectos cruciales centrados en la persona con quien se entiende dicha diligencia:
1. Su colusión con la parte actora; es decir, el demandante, en su carácter de endosatario en propiedad de los títulos de crédito (titular absoluto del documento).
2. Su posterior omisión en hacer del conocimiento de la parte demandada de la existencia del referido citatorio, su participación y desarrollo en citada diligencia.
De tal suerte que, si el emplazamiento se califica judicialmente de legal, el juicio seguirá su curso en ausencia de la parte demandada que será declarada en rebeldía, hasta que se dicte la sentencia respectiva, la cual será probablemente dictada en su contra.
Con esta práctica ilegal se pone a prueba el sistema jurídico mexicano en cuanto a su capacidad de ofrecer a las víctimas de estos actos fraudulentos, vías idóneas y eficaces para su defensa, debido a que la contestación de la demanda -que le fue obstaculizada- se erige como el momento crítico en el que la parte demandada puede alegar y probar la falsificación de su firma que ostentan los títulos de crédito cuyo pago le es exigido.
En el supuesto que nos ocupa, las víctimas de este tipo de fraudes podrían iniciar la defensa de su patrimonio en riesgo mediante, entre otros, los siguientes caminos:
1. Incidente de nulidad de emplazamiento en materia mercantil. Siempre y cuando se “enteren” en tiempo de la existencia del juicio ejecutivo mercantil, con el fin de que se reponga el procedimiento y puedan desplegar su debida defensa en juicio. En caso de que dicho incidente se resuelva en su contra, procederá la apelación, y de confirmarse el fallo adverso, el juicio de amparo indirecto y, en su caso, el recurso de revisión de la sentencia de amparo.
2. Nulidad del juicio ejecutivo mercantil concluido.
3. Denuncia y/o querella ante el Ministerio Público competente respecto de hechos que la ley señala como delito de fraude procesal.
EN MEDIO DEL INTERÉS que ha generado el inicio de la primera evaluación obligatoria del T-MEC, no se puso tanta atención al hecho de que el gobierno de México firmó el Acuerdo Modernizado de Asociación Económica, Coordinación Política y Cooperación México-Unión Europea (Acuerdo Global Modernizado). Aún cuando queda pendiente su ratificación por parte del Parlamento Europeo y los congresos de los países que conforman la Unión Europea, así como por el Senado mexicano, lo cierto es que es un hecho que no puede considerarse menor. Éste es instrumento estratégico que fortalece el comercio exterior, fomenta la inversión, garantiza el respeto a los derechos laborales y protege el medio ambiente, a través de esquemas de cooperación y diversificación que probablemente contribuirán a equilibrar la dependencia que nuestro país tiene frente al T-MEC.
DIVERSAS OPINIONES encontradas generó la más reciente reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de junio de 2026. Si bien en aspectos tales, el Sistema de Justicia en Línea y el establecimiento de reglas para hacer más eficiente la tramitación de promociones, acuerdos, recursos, incidentes y sentencias podría decirse que en general se aceptó su su utilidad y conveniencia, en otros temas, como los relativos a la dismunición de plazos y la limitación de ciertos recursos legales, para varios especialistas en la materia, la reforma complica la defensa de los contribuyentes. Habrá que esperar a ver sus resultados para formar un juicio al respecto.
OTRA REFORMA que propició un amplio debate público fue la que se hizo a la Constitución para aplazar la elección de jueces, magistrados y otros cargos dentro del Poder Judicial de 2027 al 4 de junio de 2028. Aun cuando un argumento central para esta medida fue la carga operativa que implicaría organizar en 2027 las elecciones federales, locales y judiciales al mismo tiempo, lo cierto es que la refroma también contempló otros aspectos que la primera elección puso en evidencia que se tenían que revisar, por lo que será muy interesante dar seguimiento en los próximos meses a la forma como se termina de implementar esta reforma a efecto de constatar que cumpla con su objetivo de fortalecer el proceso de elección brindando mayores garantías y transparencia en beneficio de todas las personas.
DONDE HA HABIDO mucha actividad ha sido en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo Pleno resolvió varios asuntos relevantes en los últimos días. Una resolución que destaca en el ámbito de los derechos humanos, es la que emitió respecto de un caso vinculado a la Guardería ABC, en donde determinó que la acción penal por violaciones graves a derechos humanos es imprescriptible, aun tratándose de delitos culposos por omisión, máxime cuando se trate de afectaciones a derechos de niñas, niños y adolescentes. Un principio relevante que reitera criterios sotenidos por otras instancias internacionales y que vuelven a poner en el centro de la función jurisdiccional la protección de la dignidad humana.
DE IGUAL FORMA, coincidiendo con el Día Mundial del Medio Ambiente, emitió un criterio que en la práctica fortalece la vigencia del derecho a un medio ambiente sano, así como al acceso efectivo a la justicia en esa materia, al reconocer el interés legítimo de personas, comunidades y organizaciones sociales para promover juicios de amparo en defensa de ecosistemas; basta, para ello, que acrediten habitar o utilizar el entorno afectado sin que tengan necesariamente que acreditar un impacto directo e individualizado. Un aspecto que para muchos sería meramente procedimental pero que, en el terreno de los hechos, marcará una gran diferencia en la protección de los derechos humanos vinculados al medio ambiente.
QUIEN SUPONGA que instituciones como la Fiscalía General de la República (FGR) operan sin rumbo definido y objetivos, sería pertienete que revisaran el Plan Estratégico de Procuración de Justicia 2026-2029 que dicha dependencia publicó el pasado 22 de mayo de 2026. Este documento contiene la ruta de trabajo de la FGR para el periodo 2026-2029 y establece pautas para, entre otras cosas, orientar cómo la Fiscalía investigará delitos, perseguirá responsables, atenderá víctimas y reorganizará sus recursos. Este Plan Estratégico presenta una FGR que basará su funcionamiento en evidencia, priorización y resultados, por lo que habrá que tenerlo en cuenta cuando se revise o cuestione su operación y resultados.
SI BIEN MÉXICO aún no cuenta con una Ley General de Inteligencia Artificial, una iniciativa presentada en abril ante la Cámara de Diputados busca cambiar las cosas al crear un marco jurídico para el desarrollo, implementación y uso de sistemas de inteligencia artificial (IA) en los sectores público y privado bajo una óptica que trate de ser protectora de derechos humanos. Es evidente que es una legislación que se requiere con urgencia, pero no hay que perder de vista detalles como el que se pretenda regular la IA generativa, como los deepfakes y los sesgos algorítmicos, a partir de responsabilidades penales, cuestión que podría terminar vulnerando derechos. Se avisora un debate intenso en los próximos meses.
Y ENTRE TODAS las acciones que se están implementando con el objeto de frenar el robo y tráfico ilegal de combustibles, valdría la pena que no sólo se pusiera atención en el tema de la persecución de dichos delitos, sino también en todo lo relativo a su prevención. En este campo, retomar y fortalecer normativamente la utilización del control volumétrico, una tecnología y herramientas que el SAT ha querido impulsar desde hace algunos años para generar trazabilidad y transparencia en la cadena de valor del combustible, sería algo que tendría que apoyarse. Actualmente su utilización ya es una obligación fiscal, pero en la práctica sus efectos han sido limitados, pues entre otras cosas, la autoridad no ha contado con recursos suficientes para su verificación y vigilancia, además de que requiere personal preparado especialmente para ello. Una adecuada reglamentación específica de este tema podría ser la solución a los retos que enfrenta su implementación.
LAS ESTAFAS POR VÍA TELEFÓNICA O CORREOS ELECTRÓNICOS SE HAN CONVERTIDO EN UNA CONSTANTE EN MÉXICO Y, DESAFORTUNADAMENTE, VAN EN ASCENSO, AFECTANDO TANTO A USUARIOS COMO A INSTITUCIONES FINANCIERAS
JAIME VILLA ESCOBOSA
ABOGADO EGRESADO DEL ITAM CON DIVERSOS ESTUDIOS DE POSGRADO EN VARIAS INSTITUCIONES NACIONALES Y EXTRANJERAS
ILUSTRACIONES: ALEJANDRO OYERVIDES


Miércoles 22 de abril, 21:12 horas: recibo en mi celular una notificación de mi banco informando sobre una compra realizada con mi tarjeta de crédito por 32 mil 310.26 pesos en la tienda en línea de Apple. Cabe señalar que es frecuente que reciba, a través de mensajes de texto, WhatsApp o correos electrónicos, supuestos avisos de bancos (siempre de instituciones en las que tengo cuenta) alertándome sobre operaciones inexistentes para que me comunique y reconozca o desconozca la operación en cuestión. Inmediatamente busqué en mi cartera la tarjeta involucrada y llamé al banco para reportar y desconocer la compra. Fui afortunado, debido a que el monto me fue devuelto días después.
A la fecha, sigo sin identificar en qué momento pudieron haber accedido a la información de mi tarjeta o haberla clonado, puesto que tenía más de una semana sin utilizarla y no acostumbro contestar llamadas de números desconocidos. A casi tres semanas del incidente, la única posibilidad que viene a mi mente es que la tarjeta hubiera sido clonada ese mismo día mediante un dispositivo que acercan al cuerpo, a pocos centímetros del lugar donde se lleva el plástico. Nunca lo sabré.
Lo que sí sé, porque soy abogado financiero y fui director general Jurí-
Otra modalidad de fraude que afecta a usuarios y a instituciones es el robo de identidad, que ha escalado para convertirse en una de las variantes con mayor alcance institucional
dico en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), así como director general de Delitos y Sanciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) durante 10 años, y que mi práctica profesional independiente me ha llevado a representar a diversas instituciones ante la propia Condusef en controversias que se resuelven ante dicho organismo descentralizado, es que el fraude bancario va al alza y, en nuestro país, ha dejado de ser un riesgo aislado para convertirse en un problema sistémico que afecta tanto a usuarios individuales como a instituciones bancarias y a la confianza general en el sistema financiero.
criminales, tanto mexicanas como internacionales, están en todo momento al acecho de usuarios incautos para aprovechar cualquier descuido que les permita apropiarse ilícitamente de recursos.
Hay tres grandes modalidades de fraude en perjuicio de los usuarios que concentran la mayoría de los casos. No resultan tan complicadas de entender ni de prevenir; sin embargo, muchos clientes actuando de buena fe, se convierten con su actuar, en artífices, facilitadores y actores principales de dichas conductas ilícitas.
1. Cargos no reconocidos. Alguien usó los datos de tu tarjeta para comprar algo en internet. Puede haber ocurrido en una tienda con deficiencias de seguridad, en un cajero manipulado o en un sitio falso que parecía real.
2. La transferencia que tú mismo hiciste. El Sistema de Transferencias Instantáneas (SPEI) tiene una particularidad que muy pocos usuarios conocen: el nombre que aparece como destinatario no es un identificador real. Lo único que importa es el número de cuenta CLABE. Si ese número corresponde al de un estafador, el dinero llegará a éste, aunque el nombre indique “Palacio de Hierro” o “Aeroméxico”.
3. La llamada del “banco”. Ésta es la modalidad más recurrente, la de mayor crecimiento y la que más dinero mueve. Alguien te llama, sabe tu nombre, conoce el banco donde tienes cuenta y, a veces, incluso el saldo aproximado. Habla con el vocabulario exacto de un ejecutivo bancario. Te alerta sobre algo —un cargo sospechoso, una vulneración de tu cuenta o una investigación en curso— y, a partir de ahí, todo lo que te pide suena razonable.
DE FRAUDES reportados son por teléfono y sitios falsos. 76.9%
Los datos más recientes de la Condusef y de la CNBV permiten trazar un diagnóstico preciso: estamos ante un fenómeno en constante mutación, impulsado por la acelerada digitalización de los servicios financieros y por la creciente sofisticación de los esquemas delictivos. Bandas
76.9% de los fraudes reportados en México ocurren por esta vía: llamadas, mensajes y sitios falsos que imitan a instituciones reales, según datos dados a conocer por la empresa The Competitive Intelligence Unit (The CIU, 2025).
Los delincuentes saben que es mucho más fácil atacar a los clientes que a las instituciones bancarias,
porque éstas invierten cantidades millonarias para evitar o minimizar el riesgo de que sus propios sistemas sean vulnerados. Así, cuando el banco se percata de que hubo un acceso no autorizado a la cuenta, debe asumir —de hecho, lo hace— la responsabilidad y cubrir el monto indebidamente dispuesto. Sin embargo, cuando fue el propio usuario quien instruyó y ejecutó la operación, aun bajo engaño, es muy difícil que la institución asuma la pérdida, en virtud de que los sistemas del banco no fueron vulnerados por el delincuente, sino que fue el cliente quien proporcionó sus claves, número de identificación personal y demás información confidencial (rostro y firma digital) para facilitar la consumación del ilícito.
Los fantásticos teléfonos inteligentes, en los que los usuarios concentran información valiosa de sus finanzas y a través de los cuales realizan operaciones de la más diversa índole, se convierten en el objetivo principal de los ciberdelincuentes, debido a que no hackean la cuenta, sino que prácticamente “hackean” digitalmente a la persona, permitiendo la realización de innumerables operaciones en detrimento del patrimonio del propietario del dispositivo. Según reportes de la Condusef, en fraudes a través de banca móvil —la modalidad que más crece— solo se devuelve el 4.8% del dinero reclamado. Por cada 100 pesos robados, 95 se quedan sin recuperar.
Otra modalidad de fraude que afecta a usuarios, pero también a las instituciones es el robo de identidad, que ha escalado para convertirse en una de las variantes con mayor alcance institucional.
El mecanismo clásico consiste en abrir cuentas bancarias con documentos de identidad robados o falsificados. Una variante en expansión es el engaño mediante pretextos como devoluciones de impuestos o depósitos de programas sociales, a través de los cuales los delincuentes obtienen datos personales y abren cuentas a nombre de terceros sin su conocimiento (Mario Di Costanzo, expresidente Condusef, citado por Vanguardia, septiembre 2024).
Otra forma cada vez más frecuente se presenta cuando las institucio-
MUESTRA el catálogo de empresas falsas que simulan ser instituciones financieras reales.
DA A CONOCER el modus operandi más común que usan estafadores para engañar.
EN EL SITIO se reportan sospechas si se reciben llamadas, correos o mensajes inciertos.
nes otorgan créditos a delincuentes que usurpan la identidad de personas honorables. Depositan el monto del crédito a una persona que no lo solicitó, pero a una cuenta abierta con documentación falsa. El delincuente recibe el recurso y se lo lleva. El banco, al no recibir el pago demanda al usuario y lo boletina en burós de crédito. El usuario reclama que no solicitó ni recibió el crédito, por lo que al final la institución asume la pérdida.
La respuesta institucional al fraude bancario se articula a través de varios instrumentos. La Condusef opera el Portal de Fraudes Financieros, donde los usuarios pueden reportar teléfonos, páginas web, correos electrónicos e instituciones falsas identificadas. La CNBV supervisa el cumplimiento de las medidas de seguridad operativa que las instituciones están obligadas a implementar.
Una medida regulatoria relevante es el Monto Transaccional del Usuario (MTU), una regulación del Banco de México que impone límites diferenciados a las transferencias digitales. Su implementación, sin embargo, ha generado también nuevas oportunidades para el fraude: los delincuentes han comenzado a suplantar a representantes bancarios para convencer a usuarios de subir el límite de su MTU, cuando en realidad buscan obtener acceso a sus credenciales (El Financiero).
Actualmente, en México no existe un marco normativo específico y robusto que permita combatir de manera integral el phishing y los fraudes cibernéticos afines. La consultora The CIU ha señalado la necesidad de desarrollar legislación que contemple la tipificación específica de estos delitos
y habilite mecanismos de prevención como el bloqueo de números SPAM identificados (The CIU, junio 2025). El fraude bancario paulatinamente se desplaza hacia canales digitales —de 59% en 2018 a 71% en 2023— no es una tendencia pasajera sino la expresión de un cambio estructural en la forma en que opera el sistema financiero y, con él, la criminalidad financiera.
Para reguladores, instituciones y usuarios, los datos señalan prioridades claras:
Para los reguladores y autoridades:
La ausencia de tipificación específica del phishing y otras formas de fraude cibernético en la legislación penal deja a las víctimas en un limbo que favorece la impunidad. La coordinación entre la Condusef, la CNBV, el Banco de México, el Ministerio Público y la Policía Cibernética es indispensable para construir una respuesta a la velocidad de evolución del delito.
Para las instituciones:
La adopción de autenticación multifactor robusta, biometría conductual y monitoreo de transacciones atípicas reducen tanto el fraude como la exposición regulatoria y reputacional.
Para los usuarios:
Tener en cuenta que ninguna institución legítima solicita números de tarjetas, claves confidenciales, NIP ni instruye acciones en cajeros por teléfono.
Ante cualquier contacto no solicitado, la verificación debe hacerse a través de los canales oficiales de la institución, no respondiendo al contacto recibido.
• La consulta del SIPRES y el Buró de Entidades Financieras de la Condusef son herramientas gratuitas para verificar la legitimidad de cualquier institución financiera.
DEL DINERO reclamado es el que se devuelve. 4.8%
El fraude bancario es, en última instancia, un costo que siempre alguien tiene que pagar. La pregunta relevante no es si existe el problema, sino quién asume la responsabilidad de resolverlo.


CON UN PLAN ESTRATÉGICO DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA, LA FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, ERNESTINA GODOY, ES CONTUNDENTE AL SEÑALAR QUE LA FGR TRABAJA PARA FORTALECER LA INSTITUCIÓN Y GARANTIZAR LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS
POR ISABEL OLAYA FOTOS: DANIEL OJEDA
Ante un panorama en el que la violencia asciende cada vez con mayor fuerza, situación que frena el crecimiento y desencadena estabilidad social, se erigen instancias que actúan en beneficio de la ciudadanía para otorgarle justicia pronta y efectiva, mediante estrategias que vayan un paso adelante de la delincuencia, como sucede con la Fiscalía General de la República (FGR), así lo expresa su titular, Ernestina Godoy, en una charla con El Mundo del Derecho
Para la fiscal federal, es preciso fortalecer la institución, actuar con inteligencia, hacer uso de la tecnología y crear sinergia con otras instancias porque, ante todo, lo más importante es la atención a las víctimas.
Fiscal, frente al México actual, ¿cuál considera que debe ser la prioridad de la Fiscalía General de la República en 2026?
Nuestra prioridad, sin duda, son las víctimas. En ese tenor, debemos consolidar una Fiscalía que investigue mejor, con mayor inteligencia y mejores resultados para el pueblo de México. La procuración de justicia no puede limitarse a reaccionar cuando un delito ya ocurrió; debe anticiparse, identificar patrones criminales y desarticular las estructuras que generan violencia, corrupción e impunidad.
Como lo planteamos en nuestro Plan Estratégico de Procuración de Justicia, debemos garantizar que las víctimas tengan acceso a una justicia pronta, efectiva y con pleno respeto a sus derechos. Trabajamos en una transformación profunda de la institución: fortalecer la investigación científica, el análisis de la información y la inteligencia policial, la coordinación interinstitucional y el uso de tecnología para enfrentar fenómenos delictivos cada vez más complejos.
Tenemos que investigar con mayor capacidad técnica, anticiparnos a las estructuras que permiten estos delitos y llevar ante los jueces casos sólidos, bien integrados y con pruebas científicas e irrrefutables.
Hoy la delincuencia organizada opera mediante estructuras financieras, redes empresariales, corrupción y
La autonomía es independencia técnica acompañada de coordinación institucional
La firmeza contra la impunidad debe caminar junto con la legalidad
esquemas tecnológicos cada vez más sofisticados, hay empresas fachada, contratos, cuentas, prestanombres, malos servidores públicos o particulares que participan en redes diseñadas para ocultar el origen de los recursos o para simular legalidad.
Nuestro compromiso es que la Fiscalía actúe con responsabilidad, con pruebas y con apego a la Constitución. La justicia no puede depender de presiones ni de coyunturas. Tiene que construirse con método, con investigación científica, pero sobre todo, con respeto a los derechos de todas las personas.
Para Ernestina Godoy, el rol más importante de la Fiscalía es indagar a fondo los delitos federales, frenar la impunidad y desarmar a grupos criminales, trabajar en beneficio de la ciudadanía para así sembrar la certeza de que habrá justicia cuando se realiza una denuncia.
¿Qué papel desempeña la Fiscalía en la situación actual de México?
Tenemos una responsabilidad fundamental en el fortalecimiento del estado de derecho. Nuestro papel es investigar los delitos federales, combatir la impunidad y contribuir a la paz mediante investigaciones eficaces que permitan desarticular organizaciones criminales y llevar ante los tribunales a quienes infringen la ley.
La procuración de justicia debe generar confianza ciudadana. Cuando las investigaciones son profesionales, transparentes y sustentadas en evidencia, se fortalece la legitimidad de las instituciones y se consolida la confianza en el sistema de justicia.

La Fiscalía debe ser una institución que dé certeza. La gente necesita saber que cuando denuncia, hay una autoridad que escucha, que investiga y que actúa conforme a la ley. También necesita saber que las investigaciones no se conducen con improvisación ni con criterios políticos, sino con pruebas contundentes.
Yo creo en una Fiscalía cercana al pueblo, técnica en sus investigaciones y humana en su trato con las víctimas. Por ello trabajamos de manera coordinada con el Gabinete de Seguridad, con otras autoridades y con las fiscalías del país, respetando siempre el ámbito de competencia de cada institución.
Fiscal, usted ha señalado que la Fiscalía debe actuar con autonomía, inteligencia institucional y visión de Estado. ¿Cómo se traduce ese compromiso en la conducción de la Fiscalía General de la República?

No perseguimos personas por su cargo, su filiación política o su posición pública; pero tampoco debe haber personas intocables"
La autonomía implica que la Fiscalía debe investigar con independencia técnica, con objetividad y con apego a la Constitución, pero no de manera aislada, sino en coordinación con otras instituciones.
La inteligencia institucional implica utilizar mejor la información estratégica, fortalecer las capacidades de análisis criminal, profesionalizar al personal e incorporar tecnología, investigación científica y capacidades periciales para comprender cómo operan las organizaciones delictivas y actuar de manera más eficaz.
Conducir la Fiscalía con visión de Estado significa pensar a largo plazo: fortalecer nuestras capacidades, mejorar nuestros procesos, coordinación interinstitucional, proteger derechos y combatir la impunidad sin vulnerar el debido proceso. Una institución fuerte no es la que actúa con estridencia, sino la que investiga bien, sostiene sus casos ante los jueces con pruebas contundentes y responde ante la ciudadanía.
Estamos impulsando una Fiscalía más moderna, especializada y cercana al pueblo, donde cada investigación contribuya a combatir la impunidad y fortalecer la legalidad.
NO PERSEGUIMOS PERSONAS
POR SU CARGO
Al preguntarle acerca del papel de la Fiscalía ante organizaciones que se dedican al contrabando de combustible, la fiscal es rotunda al decir que actúan con base en pruebas y no per-
seguir a los ciudadanos o empresas por su operación mercantil; lo mismo indica al cuestionarle sobre la duda de algunos sectores que temen que el combate a la corrupción se use políticamente.
Ahora que se han dado a conocer resultados importantes en contra de organizaciones criminales dedicadas al contrabando de combustible. ¿Cómo debe actuar la Fiscalía frente a empresas factureras, operaciones simuladas y esquemas financieros complejos?
En la FGR actuamos con especialización, inteligencia, coordinación, rigor jurídico y absoluto apego a la ley. Nuestras investigaciones están basadas en pruebas y nada más que puebas, cientos en muchos casos de ellas como las que refiere. Las empresas fachada, la emisión de comprobantes fiscales irregulares
o los esquemas de lavado de dinero requieren investigaciones multidisciplinarias donde participan ministerios públicos, policías ministeriales federales, peritos, analistas financieros y especialistas en inteligencia, así como otras instituciones.
Quiero decirlo con claridad: no se trata de perseguir a empresas ni a personas por su actividad económica; nuestro objetivo es identificar a quienes realmente diseñan, operan y se benefician de estos mecanismos ilícitos que dañan sensiblemente el patrimonio de las y los mexicanos.
Se trata de desarticular organizaciones criminales que utilizan estructuras corporativas para defraudar al Estado, que buscan ocultar recursos ilícitos o financiar otras actividades delictivas. La Fiscalía tiene la obligación de investigar y, si existen pruebas contundentes, como en estos casos, actuar en consecuencia.
Cuando se afecta el patrimonio de una institución o del Estado, hay una consecuencia social. Cada recurso desviado es dinero que pudo servir para salud, educación, seguridad, infraestructura o programas en beneficio del pueblo. Por eso la recuperación de activos debe ser parte central de una justicia eficaz.
Nuestra responsabilidad es seguir la ruta del dinero para poder identificar a quienes obtienen un beneficio económico ilícito, localizar bienes, asegurar activos y afectar la capacidad financiera de las organizaciones delictivas para devolverlos al Estado.
Algunos sectores temen que el combate a la corrupción se utilice políticamente. ¿Cómo responde a esa preocupación?
Quiero ser muy clara: nuestras indagatorias se inician por denuncias que nos llevan a investigar, con el apoyo de todo el andamiaje institucional para obtener indicios sólidos y datos de prueba contundentes para elaborar dictámenes periciales, realizar diligencias ministeriales, hacer entrevistas y llevar los casos ante la autoridad judicial, a fin de obtener órdenes de aprehensión y detener a quienes hayan violado la ley.
Nosotros no perseguimos personas por su cargo, su filiación política

La corrupción no solamente afecta recursos públicos; perjudica servicios y derechos
o su posición pública; pero tampoco debe haber personas intocables, ya sea por su influencia o por su poder económico, todo aquél que realice conductas fuera de la ley, será investigado.
La Fiscalía tiene que ser firme, pero no arbitraria, debemos actuar con objetividad, independencia, profesionalismo y pleno respeto al debido proceso.
La confianza pública se construye precisamente con investigaciones objetivas, no con expedientes fabricados ni con impunidad tolerada.
LOS RETOS
Sin duda, la actuación de la Fiscalía en el México actual es de gran relevancia por el papel que ha tomado la delincuencia organizada y el grado delictivo que afecta a todo el país; es por ello que la fiscal comparte a El Mundo del Derecho cuáles son los principales retos y planes de la institución que encabeza para este 2026 que está en curso:
El mayor reto es consolidar la transformación institucional plasmada en un nuestro Plan Estratégico para responder a formas de delincuencia cada vez más sofisticadas.
Este año seguiremos fortaleciendo la investigación de delitos relacionados con delincuencia organizada, corrupción, operaciones con recursos de procedencia ilícita, delitos fiscales, en materia de hidrocarburos, violación a la Ley de Armas de Fuego y explosivos, así como aquéllos que afectan la seguridad y el patrimonio nacional.
Continuaremos fortaleciendo la inteligencia institucional, la investigación científica, los servicios periciales, la coordinación con las entidades federativas y la profesionalización permanente del personal.
Y desde luego, poner a las víctimas en el centro. La procuración de justicia no puede ser distante. Debe orientar, proteger, informar y buscar la reparación del daño.
En delitos patrimoniales y de corrupción, el daño puede parecer abstracto, pero en realidad afecta familias, servicios públicos, instituciones y confianza social.
Fortalecer la integridad interna. Una Fiscalía que investiga corrupción debe tener controles propios, supervisión, rendición de cuentas y cero tolerancia frente a conductas indebidas dentro de la institución.
Nuestro objetivo es claro: lograr investigaciones más sólidas, judicializaciones exitosas, mayor recuperación de activos ilícitos para la reparación del daño, mejorar la atención a las víctimas y reducir significativamente la impunidad.
La transformación de la Fiscalía no se mide únicamente por el número de investigaciones iniciadas, sino por su capacidad para resolver casos complejos, desarticular organizaciones criminales y generar resultados que contribuyan a la seguridad, la justicia y la paz que demandan las y los mexicanos.
La firmeza contra la impunidad debe caminar siempre junto con la legalidad, la objetividad y el respeto a los derechos humanos.
Donde haya impunidad, habrá investigación. Donde haya crimen, habrá consecuencias.

MDD
En la plataforma alojamos las clases, pero también los alumnos consultan los materiales de consulta que usamos en cada uno de los cursos
EN UN CONTEXTO ABRAZADO CADA VEZ MÁS POR LAS NUEVAS
TECNOLOGÍAS, EL ESTUDIO DEL DERECHO SE ARROPA DE ESTAS HERRAMIENTAS PARA ALCANZAR EL NIVEL ÓPTIMO EN FAVOR DE LA SOCIEDAD ACTUAL
ISABEL OLAYA
FOTOS: PABLO LÓPEZ
El uso de la tecnología en la actualidad es indispensable en la mayoría de los ámbitos. La Educación y el Derecho no son la excepción, más aún cuando hacen sinergia para formar a los futuros abogados. Un ejemplo es la plataforma Inteli-iuris, enfocada a la “divulgación jurídica y creación de cultura jurídica, que también tiene diversos programas académicos. Uno de éstos es la maestría en Derecho, Regulación y Gobernanza Democrática, de la cual soy profesor”, señala José Roldán Xopa, doctor en Derecho, quien es integrante de esta plataforma. En este mundo cibernético en el que vivimos, Inteli-iuris emerge como una plataforma creada para el campo jurídico en México. El doctor Roldán
FORMA PARTE de la plataforma Inteli-iuris, enfocada a la divulgación jurídica.
DOCTOR EN DERECHO por la UNAM y profesor e investigador del CIDE.
INVESTIGADOR NACIONAL Nivel II del Sistema Nacional de Investigadores.
HA SIDO SERVIDOR público en la CDMX y en la Secretaría de Gobernación.
CATEDRÁTICO en diversas universidades, entre éstas, el ITAM.
Xopa conversó con El Mundo del Derecho sobre su oferta académica y su presencia en el ámbito jurídico en México.
Platíquenos acerca de la maestría en Derecho, Regulación y Gobernanza Democrática, por favor.
El propósito de la maestría es dar respuesta a una serie de cuestiones que pensamos que son importantes en el país. Atravesamos por una etapa en la cual hay un cambio de gobierno y esto supone un entendimiento distinto, no solamente del gobierno, sino de la relación entre éste y la sociedad. Siempre tiene, como es natural, cuestiones de tensión, de diferencia, de crítica. Aparte de que haya este tipo de procesos políticos, hay una constante que es cómo llevar a cabo la creación de mejores condiciones de desarrollo para el país, lo cual significa entenderlo en su pluralidad.
Independientemente de cuál sea el gobierno, el Derecho es importante porque es el referente común no sólo del ejercicio de las funciones del Estado, también de la justicia, la legislación y la administración, porque estas tres funciones tienen relación con la Cons-

titución o la ley. La siguiente cuestión es la relación que hay entre el gobierno y la sociedad, y es relevante porque el Derecho sigue marcando el cauce o la posibilidad de acción del Estado. Y, por otra parte, porque la sociedad, como es plural, el referente común tiene que ver con sus derechos: el derecho a la libertad de expresión, a la protección de sus datos personales, al debido proceso cuando hay una afectación administrativa; cuando hay una afectación a sus libertades, a la libertad personal o al patrimonio que posee. Y, por lo tanto, cualquier actuación tiene que ser conducida por el Derecho.
Y la otra cuestión es que no sólo basta tomar en consideración al Derecho en su forma, sino en cómo nos puede dar mejores condiciones. Un ejemplo: es crucial que el derecho al acceso al agua esté en la Constitución, regulado en la ley, pero si está en la ley y no tenemos agua en los hogares, en los comercios o en la industria, o si no contamos con agua de buena calidad en las casas o en los servicios públicos o en la industria, entonces no importa mucho su presencia en la ley si no la tenemos en la realidad.
Y ahí viene la otra parte, cómo en la realidad hacemos efectivos los derechos. Y la maestría tiene ese otro componente, no sólo conocer la norma, sino también cómo es trascendente que las instituciones administrativas estén bien organizadas para que nos den un buen servicio público de agua.
Lo que busca esta maestría es iluminar esos puntos que normalmente están oscuros. Cómo se organiza y funciona el Estado, pero pensando en qué resultados nos da la maquinaria pública.
El punto central de la maestría es cómo hacemos más corta la diferencia entre lo que nos dice la Constitución en el papel y lo que en la realidad no está, cómo podemos lograrlo.
Plataformas educativas y de divulgación hay muchas; sin embargo, la maestría que ofrece Inteli-iuris cuenta con aspectos especiales, tal como lo señala el doctor Rodán: “La maestría tiene varias cuestiones importantes. Uno, el programa en sí mismo con
énfasis en el Derecho, pero igual posee un elemento relevante en Economía. Y ahí hay una matriz llamada regulación que da un economista y un abogado; por lo tanto, hay una apreciación interdisciplinaria. Otro elemento importante es que nos enfocamos en la toma de decisiones.
“Lo que vemos es cómo se toman decisiones para diseñar regulaciones y en casos individuales. No solamente es ver la decisión como un acto de voluntad, de aquello que a un funcionario se le puede ocurrir cuando tiene un caso concreto, sino cómo la normativa establece un procedimiento para que se tomen decisiones basadas en evidencia, con información relevante; de tal manera que las decisiones tengan el contenido más adecuado para resolver cierto problema y que así haya una mayor información y un mejor juicio”.
¿Qué distingue a la maestría de Inteli-iuris de otros programas?
Yo creo que lo resumimos en los siguientes aspectos: el diseño del programa. Es distinto al que encontramos en otras opciones académicas que, por supuesto, también pueden ser buenas, pero tienen un componente, llamémosle, más tradicional.
Las maestrías que encontramos sobre Derecho son más jurídicas y, por lo tanto, están más enfocadas a mejorar o especializar los saberes jurídicos y las técnicas jurídicas de aplicación de la normativa. Nosotros también tenemos eso, pero nos importa mucho, por ejemplo, la argumentación jurídica.
Aquí entra la interdisciplina. Primero, materias relacionadas con regulación, que tienen un componente económico importante, pero también una parte matemática relevante, así como política pública.
Entonces, ¿por qué se nos dan estas dos cuestiones que son la parte más novedosa en el programa? Porque la política pública se refiere a cómo es posible identificar problemas públicos, cómo obtener información para conocerlos, cómo diseñarles distintas alternativas y cómo tomar aquélla que puede ser mejor si consideramos una diversidad de alternativas y que la elegida sea mucho más viable.

toma de decisiones.
El Derecho es importante porque es el referente común no sólo del ejercicio de las funciones del Estado, también de la justicia, la legislación y la administración
¿Qué significa actualmente estudiar una especialidad en Derecho?
Yo lo ubicaría en dos cuestiones. Uno, a los abogados, en particular que trabajamos en los tribunales o en empresas, en los despachos o en la administración pública, nos va dando herramientas para mejorar nuestro conocimiento y, por supuesto, el desempeño que tengamos en estos distintos ámbitos profesionales. Entonces, en eso hay un mejoramiento y buscamos que nuestro perfil de egresado tenga esta diferencia, en cuál es su situación cuando ingresa al programa y cuál es el avance que va teniendo hasta ser egresado.
Lo otro tiene que ver con el beneficio que obtenemos socialmente, porque no nos limitamos a la formación del egresado, sino en su formación dentro del contexto en el cual hay problemas y su participación en
el enfrentamiento, en la búsqueda de soluciones, en la presentación de propuestas en los conflictos que van más allá de su marco individual. Yo creo que vivimos en un país con muchas carencias en distintos ámbitos. Si vemos los datos, tanto del Índice de Desarrollo Humano como los de Transparencia Internacional que se publican cada año sobre cómo están los países en la percepción de corrupción, nosotros no estamos muy bien ubicados y eso nos da una idea de los problemas.
O la información que da a conocer INEGI año con año. Hace unos días acaba de publicar la encuesta de percepción sobre servicios públicos y en algunos casos no estamos muy bien, por ejemplo, en la percepción de confianza hacia el sector público y eso nos da una mayor información sobre los problemas.
Entonces, nos proporciona datos importantes de cómo estamos y yo creo que si ubicamos la información de cuáles son los problemas y los conocemos, podríamos tener una mejor idea de a dónde apuntar para mejorarlos. En un país con tantas carencias, una de las piezas importantes es cuál es nuestro capital humano, cómo desde nuestras capacidades
ubicamos el punto de apoyo para enfrentar problemas. Ésta es la apuesta: cómo mejorar o poner el granito de arena en el mejoramiento del capital humano. Ésa es una de las tareas que queremos hacer y hacerlo bien.
IA Y TECNOLOGÍA
Sin duda, las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial también se encuentran en la formación académica. El doctor Roldán responde, en específico, en relación con el Derecho.
¿Qué papel juegan las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial en el estudio del Derecho, sobre todo en la plataforma Inteli-iuris?
Muy importante. Primero, tiene que ver con la manera misma en la cual se da la maestría, que es en línea, y eso implica que estamos haciendo uso de la tecnología, lo que permite tener un alcance mayor. Nuestros alumnos en esta primera generación están ubicados en varias partes del país: Sonora, Ciudad de México, Oaxaca, Querétaro y eso ya es una virtud de la tecnología. La siguiente cuestión es que contamos con una plataforma en la que alojamos las clases; de modo que tenemos un sistema híbrido con clases presenciales, pero también es posible que los alumnos busquen la grabación en el sitio de alojamiento que cuenta con los materiales de consulta que usamos en cada uno de los cursos. Aquí, de igual modo, viene la cuestión de la inteligencia artificial. Uno de nuestros profesores, Víctor Carreón, que es un economista doctorado en Chicago y matemático, al igual que varios abogados, como un servidor, José Roldán, y dos magistrados de circuito, el magistrado Jean Claude y la magistrada María Amparo Hernández, hemos desarrollado un proyecto de inteligencia artificial especializado en Derecho que es capaz de realizar una serie de tareas, tales como el análisis y la evaluación de sentencias, y que además tiene una vertiente de educación. Entonces, la cuestión está en cómo colocamos la importancia de la inteligencia artificial; un aspecto relevante se vincula con el análisis de los macrodatos para obtener una serie de resultados que nos permitan conocer, por ejemplo, cómo están trabajando los tribunales federales.
En eso, tanto el profesor Carreón como el magistrado Jean Claude tienen un primer libro que nos muestra cuál es el estado de las cosas en el Poder Judicial Federal. Aquí hay una parte de la inteligencia artificial para búsqueda de información que nos genera conocimiento. Ésa es una primera importancia.
La siguiente es que con la inteligencia artificial podemos trabajar con esa información jurídica, particularmente en el caso concreto de sentencias, para evaluar de qué manera están trabajando los tribunales en el contexto de reforma judicial y, por supuesto, medir la calidad de las sentencias. Eso también nos permite tener información de si nuestro sistema judicial mejora, empeora o se mantiene igual. El otro asunto es el porqué de los resultados.
La tercera cuestión es que también nos permite trabajar con inteligencia artificial en el aprendizaje de los alumnos para resolver casos concretos. Es decir, la IA puede ser muy importante como un instrumento que nos dé elementos para tomar una decisión, pero es el ser humano el que resuelve. Por otra parte, también hay que tener alertas: todavía la IA alucina, le da por inventar datos y esto es un tema delicado cuando se trata de hacer un trabajo jurídico.
Concluyo: es inevitable considerar la inteligencia artificial, pero también es importante que los programas educativos que nosotros tenemos recalquen cuáles siguen siendo las responsabilidades del profesional en Derecho cuando usa la inteligencia artificial. El cliente busca un consejo profesional y tiene que ser también una actuación profesional responsable.
Un aspecto básico en la integración del abogado son los profesores. El doctor Roldán habla sobre este tema.
¿Cuál es el perfil de los profesores de la maestría en Derecho, Regulación y Gobernanza Democrática?
Por exigencias mismas de la Secretaría de Educación Pública, un programa de posgrado debe tener una planta de profesores con acreditación del grado.
Inteli-iuris se enfoca a la divulgación jurídica y creación de cultura jurídica con diversos programas académicos. Uno de éstos es la maestría en Derecho, Regulación y Gobernanza Democrática
Entonces todos nuestros profesores cuentan con maestría o doctorado. Uno de nuestros profesores es el ministro de la Corte, José Ramón Cossío Díaz. Tenemos también profesores con grado de doctor: el profesor Roberto Lara, que es doctor por la Universidad de Alicante y académico distinguido. Está el doctor Sergio López Aylión, doctor en Derecho, investigador nacional nivel 3; lo mismo que el doctor Cossío.
Está el doctor Luis Manuel Pérez de Acha, distinguido abogado litigante, doctor en Derecho por la Universidad Nacional. Está el doctor Luis Felipe Nava, doctor en Derecho por una universidad española; el doctor Javier Martín Reyes, doctor en Derecho por la UNAM e investigador nacional.
¿Y cómo acceder a esta maestría, doctor?
Nuestra próxima generación de maestría la abriremos en agosto de este año. Tenemos una página Web, una cuenta de Twitter y de WhatsApp; también un número telefónico.
Háblenos de la relación entre El Heraldo con esta plataforma, doctor.
Estamos muy contentos de que tengamos un convenio de colaboración con El Heraldo, creo que hay la posibilidad de potenciar lo que hacemos en Inteli-iuris y, por supuesto, trabajar en colaboración con El Heraldo nos tiene muy contentos y entusiasmados y, desde luego, por todo aquello que El Heraldo considere para sus propias plataformas y actividades, estamos en la mejor condición de colaborar con nuestro esfuerzo, con los profesores que participan con nosotros; esto nos pondría en una línea de colaboración muy fructífera.
PARA LOGRAR UNA EVALUACIÓN SATISFACTORIA ANTE EL GAFI, MÉXICO DEBE SEGUIR EL CAMINO DE ITALIA EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y COMBATE AL LAVADO DE DINERO, QUE CONSIGUIÓ
AL DESMANTELAR FINANCIERAMENTE AL HAMPA

ALICIA ARIADNA ARROYO RODRÍGUEZ
DOCTORANDA EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC DEL NORTE. CUENTA CON ESTUDIOS EN MATERIA DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA POR EL INACIPE
El pasado 11 de marzo de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió un comunicado, a través del cual informó que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) inició la visita in situ correspondiente a la Quinta Ronda de Evaluación Mutua para valorar el cumplimiento técnico y efectivo de México en materia de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, así como las acciones orientadas
a fortalecer la integridad del sistema financiero y la eficacia de las políticas públicas en esa materia.
En esta fase definitiva de la visita, los examinadores del GAFI no sólo revisan que las leyes mexicanas atiendan las recomendaciones del organismo (cumplimiento técnico), sino que realizan entrevistas a las autoridades mexicanas, encabezadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Fiscalía General de la República (FGR), así como representantes de instituciones financieras y del sector de actividades vulnerables para verificar el funcionamiento de los mecanismos implementados por México para prevenir el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (como se conoce al lavado de dinero en la norma mexicana) y el financia-
“La mafia no es invencible, sólo necesita que la sociedad se ponga en pie y levante la voz contra ella”
miento al terrorismo (cumplimiento efectivo).
En caso de que los resultados de la evaluación del GAFI para nuestro país no resulten satisfactorios, se corre el riesgo de que México ingrese a un listado de “jurisdicciones bajo seguimiento intensificado”, mejor conocida como “lista gris”, que de entrada implicaría un aumento significativo en los costos de transferencias internacionales, pues los bancos globales se

verían en la necesidad de incrementar sus medidas de seguridad para llevar a cabo transacciones financieras desde y hacia México.
El impacto en la inversión extranjera podría ser tan alto que muchos fondos de inversión tienen prohibido en sus estatutos operar en países donde derivado de los resultados de su evaluación, hayan sido incorporados a la “lista gris” del GAFI. Aunado a que los bancos globales como Bank of America, JP Morgan Chase&CO, Santander, entre otros, podrían cancelar cuentas a bancos mexicanos para evitar riesgos reputacionales.
Para evitar ser incorporado a una jurisdicción de riesgo, México debe responder a tres deficiencias críticas que el GAFI ha estado observando bajo su metodología de efectividad:
Si los resultados de la evaluación del GAFI no son satisfactorios para México, puede ingresar a un listado de “jurisdicciones bajo seguimiento intensificado”, mejor conocida como “lista gris”
1. Bajo número de sentencias condenatorias. El GAFI cuestiona por qué, a pesar de que la UIF recibe miles de reportes y avisos por parte de las entidades financieras y del sector de actividades vulnerables, hay pocas sentencias condenatorias por lavado de dinero. Concretamente, el extitular de la
UIF, Santiago Nieto, en abril de 2019, informó que sólo se tenían 22 sentencias condenatorias en materia de lavado de dinero, un resultado poco efectivo para una economía como la mexicana, que se encuentra entre las mejores 20 economías del mundo, por lo que es urgente que para que México mantenga esta posición, se demuestre que su sistema judicial es capaz de castigar el delito de lavado de dinero, no basta con prevenirlo o detectarlo.
2. Deficiencias en la identificación del Beneficiario Controlador. Derivado de las reformas publicadas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) el 16 de julio de 2025, así como el Reglamento de la LFPIORPI del 27 de marzo de 2026, se actualizaron las definiciones y los requisitos para la identificación de los Beneficiarios Controladores, atendiendo así la parte técnica que requiere GAFI. No obstante, México debe probar que el registro de quienes son los dueños de las empresas es veraz y accesible. La opacidad en las empresas fachada sigue siendo la mayor preocupación para los evaluadores.
3. Actividades vulnerables (sector no financiero). El GAFI ha prestado especial atención en sectores como los casinos, joyeros, inmobiliarias y notarios. En ese sentido, existe una percepción por parte de dicho organismo, de que estas actividades se encuentran menos vigiladas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien se encarga de su supervisión, que las instituciones financieras, por lo que estas actividades se encuentran susceptibles de ser vulneradas para utiliarse en la comisión de delitos como el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
A diferencia de evaluaciones anteriores, en esta Quinta Ronda de Evaluación Mutua, se está midiendo el cumplimiento técnico de nuevas
normativas, como la integración obligatoria de biometría en la Clave Única de Registro de Población (CURP) para el onboarding de clientes, una medida con la que México busca mitigar el robo de identidad y el uso de prestanombres.
Aunado a lo anterior, hechos como la declaratoria por parte del Departamento del Tesoro de EU al designar a los cárteles mexicanos como organizaciones terroristas en febrero de 2025; la intervención por parte de la CNBV a CI Banco, Intercam Banco y Vector Casa de Bolsa, a mediados de 2025, de procesar transacciones para organizaciones criminales para el Cártel de Sinaloa y el Cártel del Golfo, en el caso de Vector y CI Banco e Intercam de facilitar a empresas chinas el pago de precursores químicos para la fabricación de fentanilo; los escándalos de corrupción y presuntos vínculos con los cárteles de la droga, de Personas Expuestas Políticamente (PEP), como el caso de Diego Rivera Navarro, exalcalde de Tequila, Jalisco, el 5 de febrero de 2026; así como otros funcionarios en activo, recientemente investigados, obligó a las autoridades mexicanas a reforzar de inmediato los controles para el seguimiento de PEP.
En ese contexto, México enfrenta hoy una disyuntiva histórica semejante a la que Italia vivió hace algunos años: avanzar hacia la profesionalización plena de su sistema judicial, de modo que la aplicación de la ley refleje con claridad la solidez de su marco normativo, o resignarse a un estancamiento reputacional que, más allá de la esfera jurídica, podría erosionar su competitividad y credibilidad en la economía global.
ITALIA: DE CRISIS DE REPUTACIÓN A SOLIDEZ INSTITUCIONAL
La transformación de Italia constituye uno de los casos de estudio más fascinantes en el ámbito del cumplimiento normativo (compliance) y la justicia penal contemporánea. Para llegar al régimen de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo que hoy ostenta, el país tuvo que atravesar un proceso largo y complejo, marcado por crisis gubernamentales profundas y una voluntad política sin precedentes.

Italia comprendió que desarticular estructuras criminales requería más que encarcelar individuos: era necesario destruirlas financieramente
Durante más de dos décadas (1970-1990), Italia fue vista internacionalmente como un Estado altamente vulnerable al crimen organizado. La mafia siciliana, la célebre Cosa Nostra, arrastró al país a una guerra interna por el control del narcotráfico frente a otras organizaciones delictivas. Este escenario desembocó en el histórico “Maxiproceso de Palermo” (19861987), impulsado por el juez Giovanni Falcone y el magistrado Paolo Borsellino, en el que más de 300 mafiosos fueron llevados a juicio.
La confirmación de las sentencias provocó una reacción brutal: el 23 de mayo de 1992 Falcone fue asesinado en un atentado orquestado por la Cosa Nostra, y semanas después, el 19 de julio, Borsellino sufrió el mismo destino. Estos magnicidios sacudieron a la sociedad italiana, generaron una ola
de indignación y presión mediática y obligaron al Estado a emprender una ofensiva implacable que culminó con la captura del líder mafioso Salvatore Riina en 1993.
El legado de Falcone fue decisivo. Bajo su visión, Italia comprendió que desarticular estructuras criminales requería más que encarcelar individuos: era necesario destruirlas financieramente. Su principio: follow the money se convirtió en piedra angular de las investigaciones patrimoniales, estableciendo que “sin flujos económicos no hay crimen organizado”. A partir de ello, se introdujeron leyes que permitían la incautación y el decomiso de activos ilícitos, incluso antes de una sentencia definitiva, una forma temprana de extinción de dominio.
Aunque Falcone no participó directamente en la creación de las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF), su influencia fue fundamental en el desarrollo de los métodos de rastreo patrimonial y tipologías que hoy emplean estas instituciones. Por ello, puede considerarse simbólicamente como el padre de las UIF.
Los bienes confiscados a la mafia comenzaron a destinarse a cooperati-

vas sociales, transformando símbolos de poder criminal en activos comunitarios y reforzando la legitimidad del Estado. Paralelamente, se creó la Direzione Investigativa Antimafia (DIA), una fuerza policial especializada en combatir organizaciones criminales. El Banco Central de Italia recibió autonomía técnica para monitorear operaciones sospechosas con un nivel de detalle que hoy es considerado modelo estándar por el GAFI.
Italia dejó de concebir el lavado de dinero como un problema interno y se convirtió en un promotor activo de las normas internacionales. No sólo adoptó las 40 recomendaciones del GAFI, sino que las implementó con efectividad tangible. Se establecieron registros de beneficiarios finales altamente sofisticados, haciendo del sistema financiero un entorno hostil para la opacidad.
FORTALECER LA EFICACIA JUDICIAL
El éxito ante el GAFI se medirá en sentencias condenatorias firmes y en la desarticulación de estructuras financieras criminales, no en bloqueos temporales de cuentas.
CONSOLIDAR VIGILANCIA DE SECTORES
VULNERABLES
Joyeros, inmobiliarias, notarios y casinos. El SAT debe proveerlos de herramientas tecnológicas y capacitación para que cumplan con sus obligaciones sin comprometer operaciones.
IMPLEMENTAR REGISTRO DE BENEFICIARIOS
CONTROLADORES
Para garantizar transparencia en las estructuras corporativas y evitar que la opacidad sirva de refugio a actividades ilícitas.
tructura institucional sólida e inquebrantable frente al crimen organizado. Ése es precisamente el desafío que México enfrenta hoy: transformar la presión reputacional en una oportunidad histórica para fortalecer su marco legal e institucional.
MÉXICO ITALIA: CLAVE PARA FORTALECER INTELIGENCIA FINANCIERA
Mediante un comunicado oficial el pasado 23 de abril de 2026, la UIF informó que actualmente refuerza la cooperación internación con el gobierno de Italia y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través del Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia (UNICRI) y la Embajada de Italia en México para el combate al crimen organizado, la extorsión, el fraude, los delitos financieros y el lavado de dinero.
Como parte de la política integral del Estado mexicano en materia de prevención y combate al lavado de dinero, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Omar Reyes Colmenares, sostuvo una reunión de trabajo con destacados expertos italianos en la materia. Entre ellos, Vincenzo Lo Cascio, especialista en prisiones y crimen organizado a nivel global del UNICRI; el teniente coronel Luca Brioschi, agregado de Policía de la Embajada de Italia en México, y Martha Orozco, experta senior en materia penitenciaria del UNICRI. El encuentro tuvo como objetivo central fortalecer los mecanismos de colaboración entre México e Italia, para enfrentar la fenomenología del lavado de dinero.
Con el tiempo, gracias a leyes de emergencia, la profesionalización de sus instituciones y el respaldo ciudadano a las políticas de cumplimiento y cultura de la legalidad, Italia consolidó un sistema antilavado y contra el financiamiento al terrorismo maduro y sofisticado. Sus resultados, reconocidos por el GAFI, destacan por su efectividad y se han convertido en referente internacional.
Italia demostró que una crisis de reputación puede ser el detonante necesario para construir una infraes-
El UNICRI, organismo que trabaja dentro del Sistema de Naciones Unidas en México bajo el liderazgo de la coordinadora residente Allegra Baiocchi, desempeña un papel clave en la generación de conocimiento especializado y en la promoción de buenas prácticas internacionales. La participación de esta institución en la reunión refleja la importancia de articular esfuerzos multilaterales para enfrentar los riesgos globales que amenazan la estabilidad de los sistemas financieros y la seguridad de los Estados.
Durante el encuentro se abordaron esquemas de intercambio de información estratégica entre las instituciones participantes. Este tipo de cooperación permite identificar patrones de riesgo, detectar operaciones sospechosas y anticipar nuevas modalidades de delincuencia organizada. Asimismo, se discutió la implementación de procesos de capacitación recíproca, orientados a robustecer las capacidades institucionales en la identificación y mitigación de riesgos financieros. La formación conjunta de especialistas mexicanos e internacionales contribuye a elevar el nivel técnico de las investigaciones y a consolidar un marco de actuación homogéneo frente a amenazas transnacionales.
Uno de los puntos destacados fue la importancia de compartir buenas prácticas internacionales que permitan mejorar los modelos de prevención, detección y análisis de operaciones financieras vinculadas con actividades ilícitas. La experiencia acumulada por países como Italia en la lucha contra el crimen organizado ofrece lecciones valiosas para México, especialmente en lo relativo al rastreo de flujos financieros, la incautación de activos ilícitos y la cooperación interinstitucional. La adopción de estas prácticas fortalece la capacidad del Estado mexicano para enfrentar delitos complejos que trascienden fronteras y requieren respuestas coordinadas.
La cooperación internacional se enmarca en una política integral impulsada desde octubre de 2024, que articula la Inteligencia Financiera con la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y la política criminal. Esta visión se refleja en la incorporación de la UIF al Gabinete de Seguridad, lo que permite una coordinación más estrecha con las fuerzas de seguridad y las instancias de procuración de justicia. La integración de la inteligencia financiera en el diseño de políticas públicas representa un avance significativo en la construcción de un sistema más resiliente frente a los riesgos del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Este tipo de encuentros contribuye a reforzar la alineación de México con los estándares del Grupo de Ac-

Aunque México cuenta con un marco legal alineado a estándares internacionales, la efectividad sigue siendo su talón de Aquiles
ción Financiera Internacional (GAFI). La adopción total de sus recomendaciones y la implementación efectiva de sus lineamientos son fundamentales para garantizar la credibilidad del sistema financiero mexicano en el ámbito global. Además, consolidan la cooperación con socios estratégicos y fortalecen la capacidad del país para proteger la estabilidad e integridad de su economía frente a riesgos internacionales.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la UIF, ha reiterado su compromiso de continuar impulsando acciones de cooperación internacional en apego al marco jurídico vigente. El objetivo es prevenir el uso indebido del sistema financiero y contribuir al combate efectivo de redes delictivas que operan tanto a nivel nacional como internacional. La colaboración con organismos multilaterales y con países aliados constituye un pilar esencial para avanzar hacia un sistema financiero más seguro, transparente y confiable, tomando como referente el caso de éxito de Italia en la lucha contra el crimen organizado.
La reunión encabezada por Omar Reyes Colmenares con expertos de UNICRI y representantes de Italia refleja la voluntad del Estado mexicano de fortalecer sus capacidades institucionales mediante la cooperación internacional. El intercambio de información, la capacitación recíproca y la adopción de buenas prácticas internacionales son herramientas indispensables para enfrentar los retos que plantea la delincuencia organizada en el siglo XXI. Nuestro país avanza así, hacia la consolidación de un sistema de inteligencia financiera robusto, alineado con los estándares globales y capaz de proteger la integridad de su economía frente a riesgos transnacionales.
EL DESAFÍO
México enfrenta en 2026 un desafío crucial en materia de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Aunque el país ha logrado avances significativos en el cumplimiento técnico de las 40 Recomendaciones GAFI, la verdadera prueba no radica únicamente en la existencia de un marco normativo robusto, sino en la capacidad de demostrar resultados tangibles y efectivos. La inclusión en la llamada “lista gris” —jurisdicciones bajo monitoreo intensificado— representa un riesgo latente que podría afectar no sólo la reputación del país, sino también su estabilidad económica y la integración en los mercados financieros globales. En este sentido, México no puede conformarse con ser un espectador pasivo de su propia evaluación, sino que debe asumir un papel activo y estratégico para garantizar que sus instituciones funcionen con eficacia y credibilidad.
El estándar de éxito actual del GAFI se mide a través de los Resultados Inmediatos, que evalúan la efectividad real de las políticas antilavado Italia es un ejemplo de cómo la especialización judicial puede convertirse en una ventaja competitiva: jueces y fiscales altamente capacitados han permitido que las investigaciones financieras se traduzcan en sentencias firmes y en la desarticulación de estructuras criminales. En contraste, México aún enfrenta incertidumbre tras la Reforma al Sistema de Justi-

El GAFI ya no se interesa en cifras superficiales como el número de cuentas bloqueadas, sino en el impacto real: ¿cuánto dinero se ha logrado quitar al crimen organizado?
cia de 2024, la cual ha generado más dudas que certezas. La iniciativa de la legisladora Olga Sánchez Cordero, que propone priorizar la experiencia y las evaluaciones técnicas sobre el promedio académico en el acceso al Poder Judicial, apunta en la dirección correcta, pero requiere acompañarse de un fortalecimiento institucional que asegure que la justicia sea efectiva y disuasoria.
El éxito de una política antilavado no se mide por la cantidad de reportes de operaciones inusuales o avisos generados, sino por la capacidad del Estado para realizar análisis financieros que permitan desmantelar el músculo económico de las organizaciones criminales. El GAFI ya no se interesa en cifras superficiales como el número de cuentas bloqueadas, sino en el impacto real: ¿cuánto dinero se ha logrado quitar al crimen organizado?. En este sentido, aunque México cuenta con un marco legal alineado a estándares internacionales, la efectividad sigue siendo su talón de Aquiles. La diferencia con Italia no está en la ley, sino en
la certeza de la sanción. Mientras Italia ha consolidado un sistema judicial que garantiza consecuencias penales ineludibles, México aún proyecta vulnerabilidad frente a los evaluadores internacionales.
El impacto de la "lista gris" es profundo. Más allá de la reputación, implica un encarecimiento de las operaciones financieras internacionales, pues muchos bancos globales prefieren cerrar relaciones comerciales con países bajo monitoreo intensificado para evitar sanciones de sus propios reguladores. Esto genera un estigma financiero que limita la capacidad de atraer inversión extranjera y encarece el acceso al crédito internacional. Para México, las consecuencias serían devastadoras: afectación a la estabilidad de la moneda, reducción del crecimiento económico y pérdida de confianza de los mercados.
La muerte de Falcone y Borsellino no fue en vano. Italia comprendió que la solidez institucional es una ventaja competitiva y logró alejarse de cualquier sospecha de inclusión en la lista gris, garantizando que sus empresas operen globalmente sin fricciones. México debe aprender de esta experiencia y demostrar que su sistema preventivo es capaz de producir resultados efectivos.
La coordinación entre México e Italia puede ser un punto de inflexión. Replicar la solidez institucional italiana requiere acciones inmediatas
y concretas. En primer lugar, fortalecer la eficacia judicial: el éxito ante el GAFI se medirá en sentencias condenatorias firmes y en la desarticulación de estructuras financieras criminales, no en bloqueos temporales de cuentas. En segundo lugar, consolidar la inspección y vigilancia de sectores vulnerables como joyeros, inmobiliarias, notarios y casinos, que no pueden seguir siendo eslabones débiles. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe proveer herramientas tecnológicas y capacitación para que estos sectores cumplan con sus obligaciones sin comprometer su operación, pero bajo una supervisión basada en riesgos. En tercer lugar, implementar un registro de beneficiarios controladores que garantice transparencia en las estructuras corporativas y evite que la opacidad sirva de refugio para actividades ilícitas.
La Quinta Ronda de Evaluación Mutua del GAFI no es simplemente un examen técnico, sino una definición de identidad económica. México cuenta con la infraestructura legal y el talento profesional para convertirse en un referente regional en materia de cumplimiento. Sin embargo, debe demostrar voluntad política y rigor técnico para consolidar instituciones sólidas que generen confianza internacional. Seguir el camino italiano no es un lujo, sino una necesidad estratégica para garantizar que México permanezca como un destino confiable para la inversión y un actor íntegro en el sistema financiero global. La solidez institucional no se hereda: se construye día a día con decisiones firmes y con un compromiso real hacia la transparencia y la justicia. México se encuentra en un momento decisivo. La amenaza de la "lista gris" debe verse como una oportunidad para corregir debilidades y fortalecer su sistema financiero y judicial. El reto es demostrar que el país no sólo cumple con estándares internacionales en papel, sino que es capaz de traducirlos en resultados efectivos que protejan su estabilidad económica y mantener su posición como una de las 20 economías del mundo.
¡Es momento de actuar con determinación y construir la confianza que el sistema financiero global exige!
LA FIGURA NUEVA DE LA ESTRUCTURA JURÍDICA ASUME EL CONTROL DE LAS MATERIAS ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, DE RECURSOS HUMANOS Y DE LA CARRERA JUDICIAL CON EL FIN DE OPTIMIZAR LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA
POR ISABEL OLAYA
FOTOS: DANIEL OJEDA

Los cambios en materia jurídica que se realizaron a raíz de la Reforma Judicial de 2024, originaron la desaparición del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y en sustitución a éste se formó el Órgano de Administración Judicial (OAJ) y el Tribunal de Disciplina Judicial.
En el marco de la reestructuración judicial, el OAJ opera como la máxima autoridad en gestión, enfocando sus esfuerzos en la eficiencia operativa y el régimen disciplinario. De este panorama que envuelve a la nueva instancia, conversó para El Mundo del Derecho, Néstor Vargas Solano, presidente del Órgano de Administración Judicial.
Al ser un órgano relativamente nuevo, que surgió con la reforma, ¿cuál es la función específica del Órgano de Administración Judicial?
Derivado de la Reforma Judicial, el legislador determinó que toda la parte jurisdiccional fuese responsabilidad de tres órganos: la materia electoral, por parte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y sus salas regionales; el Tribunal de Disciplina Judicial, que tiene que ver con toda la disciplina de los juzgadores, y la Suprema Corte de Justicia, que se enfoca a toda la responsabilidad y las atribuciones de la Suprema Corte. Entonces establecieron que quien debería de llevar la administración propiamente, tendría que ser un órgano de administración, y ésa es nuestra función.
Nosotros somos los que vemos todas las materias relativas a recursos humanos, materiales, financieros, toda la adquisición, la administración de inmuebles; todo lo que tiene que ver con la administración del Poder Judicial, pero también contamos con otras atribuciones: nos encargamos de la evaluación del desempeño del personal de carrera judicial, que son alrededor de 32 mil trabajadores, a diferencia del Tribunal de Disciplina, que se encarga de la evaluación del desempeño de los juzgadores, ellos se encargan de alrededor de mil 800 personas. También vemos todos los conflictos laborales que no dirime el Tribunal de Disciplina Judicial. Administramos, también, alrede-
NÉSTOR VARGAS
CUENTA con una maestría en Gobierno y Asuntos Públicos por la FLACSO.
LICENCIATURA EN DERECHO y especialidad en Derecho Electoral por la UNAM.
FUE TITULAR de la Consejería Jurídica y Servicios Legales de la CDMX con Claudia Sheinbaum.
FUE PRESIDENTE del Consejo General Electoral del DF entre 2006 y 2013.
ANTERIORMENTE fue el encargado del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Anáhuac.
dor de 900 juzgados, entre juzgados y tribunales. Todos los juzgadores del Poder Judicial de la Federación dependen orgánicamente de nosotros.
A propósito de esto último, ¿qué importancia tiene este órgano en la impartición de justicia del país?
Nosotros somos todos nuestros juzgadores, magistrados y jueces; es decir, quienes imparten toda la justicia federal en las 32 entidades federativas en materias administrativa, mercantil, civil, penal, del trabajo colectivo y del que tiene que ver con las empresas. Entonces, es muy completo, nosotros tenemos una administración de justicia muy importante. Imagínate, la Suprema Corte de Justicia tiene muchísimas controversias y acciones de inconstitucionalidad, muchísimos amparos en revisión y muchísimos otros recursos, pero no como lo que nosotros llevamos a cabo. Hay nueve ministros y nosotros tenemos alrededor de mil 800 juzgadores.
Al ser nuevo, ¿cuál es el reto que tiene el órgano?
Mostrarle a la ciudadanía que la decisión del legislador fue la más atinada, que separar lo administrativo de lo jurisdiccional fue lo más oportuno, lo más eficiente en beneficio de la impartición de justicia. Estamos ocupados en eso, administrando los recursos humanos, materiales y financieros de todo el Poder Judicial. Tenemos alrededor de 56 mil trabajadores en total, en todo el Poder Judicial. La Suprema Corte de Justicia MIL TRABAJADORES en total, en todo el PJ ENTRE juzgados y tribunales maneja el OAJ.
tiene aproximadamente 3 mil 500 trabajadores; el Tribunal Electoral, otros 3 mil; el Tribunal de Disciplina Judicial, cerca de mil personas y el resto son del Órgano de Administración Judicial; es decir, nada más de este órgano estamos hablando de 50 mil trabajadores, entre jueces, magistrados, juezas, magistradas, secretarios, oficiales, actuarios y administrativos. Tenemos, también, un presupuesto anual de 70 mil millones de pesos para todo el Poder Judicial y somos 56 mil trabajadores, de modo que es un reto muy importante la administración de todos estos recursos humanos, financieros y materiales.
En relación con lo anterior, ¿cómo se verá reflejado con la ciudadanía?
Nosotros pensamos que de la mejor manera que se puede reflejar es a partir de que el ciudadano sienta una justicia en donde se cumple el mandato constitucional. Una justicia pronta, expedita, rápida, eficiente, que no se tarde uno, dos, tres años en la resolución de las sentencias, sino que sea de manera inmediata. Y en eso estamos ocupados.
Por ejemplo, ahora hemos hecho un diagnóstico de todo el rezago judicial que es alrededor el 50% o 60% y hemos acudido a entidades federativas como Chiapas, Oaxaca y Estado de México en donde les hemos planteado a los juzgadores ese rezago. Y la verdad, la gran mayoría de los jueces y magistrados se ponen las pilas y empiezan a modificar sus métodos de trabajo a efecto de que los ciudadanos cuenten con una justicia más rápida. ¿A qué le llamamos rezago? Son aquellas resoluciones, aquellas sentencias que tardan más de 90 días. La normativa establece que las resoluciones deben salir en un término de 90 días, pero tenemos un 60% con más de lo establecido, entre 90, 180 y 360 días.
Ahora, ¿cuáles son los retos que enfrenta Néstor Vargas de manera personal, al ser el primer presidente de este órgano?
Lo que Néstor Vargas está buscando es demostrarles a todos aquellos escépticos que la reforma judicial sí era
necesaria y que estamos trabajando en ello. Yo soy abogado de profesión y llego como tal, como representante del Poder Ejecutivo.
Tú bien lo sabes, el Órgano de Administración Judicial está integrado por un representante del Poder Ejecutivo, tres de la Suprema Corte y uno del Senado. Entonces, como primer reto es trabajar de manera colegiada. Los órganos colegiados no son fáciles, tienen su complejidad; entonces hay que trabajar en un órgano colegiado a partir de la colegiación y de la toma de decisiones en que todos tengamos parte dentro de esta tarea de administrar.
Ése es el primer reto: trabajar de manera colegiada. El segundo es que no se nos caiga la administración, particularmente en tiempos de austeridad. Nosotros, el Consejo de la Judicatura, habíamos solicitado un presupuesto de 86 mil millones y el legislador nos redujo 16 mil millones. Entonces, tuvimos que ver de dónde recortábamos áreas que estaban un poco sobradas. La decisión fue no afectar la estructura organizacional de los juzgados y de los tribunales; es decir, no tocamos a nuestros jurisdiccionales, sólo a la parte administrativa.
Tenemos otros retos que para mí son muy importantes. Por ejemplo, desde el año 2013 estaba la obligación de la interconexión digital; es decir, que todas las autoridades de todo el país en los ámbitos ejecutivo, legislativo y judicial y en el de los organismos autónomos deben recibir las notificaciones vía digital, pero infortunadamente no se avanzó en ello.
Así que estamos buscando que todos los judiciales de las entidades federativas y los poderes legislativos federales, los organismos autónomos, los tribunales de justicia administrativa tanto federal como de las entidades federativas, estemos interconectados digitalmente. Son alrededor de 3 mil autoridades que deben tener la interconexión digital y es una tarea del órgano de administración judicial materializar esa tarea.
En el Poder Judicial se manejan muchísimos expedientes. Tenemos 952 órganos jurisdiccionales, si no me equivoco, imagínate todo el papel

que se maneja a diario, eso requiere también un sistema de archivos muy eficiente.
¿Qué piensa hacer el Poder Judicial en materia de la digitalización de los procesos judiciales?
Estamos con la interconexión digital, tenemos cuatro modelos, hay desde el hecho de que se establezca un convenio y aprovechemos la infraestructura que tiene cada una de las autoridades responsables o también que se suban a nuestro portal y ahí a partir de una contraseña y un mecanismo muy rápido y expedito pueden ya tener esa interconexión digital.
Particularmente nos ocupan mucho los más de 2 mil 500 municipios
que también deben de estar interconectados digitalmente, muchos de ellos no cuentan con la infraestructura tecnológica ni computadoras ni la red de Wi-Fi necesarias, por eso estamos habilitando esta posibilidad de que con un usuario y una contraseña accedan a la estructura tecnológica del Órgano de Administración Judicial y con eso estar comunicados más fácil y eficientemente. Hay un procedimiento muy específico a efecto de que tengamos todo digitalizado; de hecho, es nuestra prioridad.
Dentro de esta nueva etapa del Poder Judicial, uno de los puntos es sobre el papel que va a tener la carrera judicial Entiendo que para ustedes esto es prioritario.
Sí, estamos fortaleciendo la carrera judicial. A partir de la Escuela Nacional Judicial estamos implementando programas de capacitación e insistiendo mucho en talleres de formación; es decir, sí es muy relevante la doctrina, la jurisprudencia, la teoría del Derecho, pero también son muy importantes los talleres que te habilitan a hacer las cosas de una manera más eficiente; por ejemplo, en materia Penal: cómo hacer una buena audiencia de control, de formulación de la imputación, cómo llevar bien una audiencia en una etapa intermedia, cómo llevar bien una etapa de juicio, sobre todo por la visibilidad y la difusión que tienen este tipo de audiencias; entonces estamos insistiendo mucho en eso y fortaleciendo a partir de programas académicos sólidos.
La Escuela Judicial siempre ha tenido, tanto en la Suprema Corte de Justicia como en general en el Poder Judicial, un buen prestigio académico y queremos mantener eso con nuestros juzgadores que puedan dar clases; yo creo que los mejores profesores los tenemos en el Poder Judicial de la Federación, yo me atrevería a decirlo sin temor a equivocarme, porque ellos viven la justicia todos los días en la materia que tú quieras: penal, administrativa, laboral, civil, concursos mercantiles, etc. Estoy muy orgulloso de todo el personal de carrera que tenemos, muchísima gente con gran capacidad y profesionalismo que trabaja todos los días.

UNA
EL DOCTOR JAVIER ESPINOZA DE LOS
MONTEROS SÁNCHEZ, DIRECTOR INTERINO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC MÉXICO, EXPLICA LA EVOLUCIÓN EN LA ENSEÑANZA DE ESTA DISCIPLINA FRENTE A LOS NUEVOS TIEMPOS
POR ISABEL OLAYA
FOTOS: GUILLERMO O´GAM
Como toda disciplina social en constante desarrollo, el Derecho se ha transformado a la par que evoluciona la humanidad. De modo que la enseñanza basada en la memorización de los códigos ha pasado a un segundo plano para dar pie a la argumentación, interpretación y análisis.
Desde esta perspectiva, los nuevos juristas se forman en el camino de una enseñanza del Derecho dinámico y no estático como en los viejos tiempos, con el debido cuidado de no caer en la incertidumbre y la contradicción en la práctica profesional.
¿Cuál es el diagnóstico actual del Derecho y de la educación jurídica en la transformación de la enseñanza?
Existe una transformación, porque se han producido cambios en los ámbitos de la economía, la cultura y de las tecnologías. Esto ha producido una modificación en el modo de lo que
La ley no puede sustentarse en la soberanía del pueblo y violar derechos fundamentales, debe tener límites y ésos son los derechos fundamentales establecidos en las constituciones
se necesita enseñar al jurista. Podría comentar que es una transformación también en el ámbito de la concepción del Derecho, incluso, de los derechos fundamentales.
En primer lugar, lo que podríamos decir es que las transformaciones se han producido en el sentido de que el Derecho ya no se enseña con un carácter memorístico, como se venía produciendo; es decir, antes se basaba en los textos, también a pronunciar lo que decía la jurisprudencia, pero eso era un carácter meramente repetitivo y perdía esa dimensión dialógica, argumentativa.
Esto obedecía a la concepción del Derecho y tiene sus orígenes a partir del movimiento de la codificación. Ésta hace que el Derecho se identi-
fique con la ley, la cual viene organizada a través de un código. Estos, en el mundo moderno, tenían la función de textualizar toda una rama del Derecho, integrar todo ahí y, además, que fuera el único que monopolizara su creación; de ahí que los códigos se caracterizaran de una manera particular: para que ninguna otra entidad pudiera producir derechos, solamente el legislador.
Entonces, los jueces reconocen hoy que tienen que interpretar, argumentar, pero también los juristas lo hacemos. Esta concepción del Derecho, de la argumentación jurídica, hace y produce que la enseñanza del Derecho ya no sea más estática, sino que tenga un carácter dinámico, que se interprete, pero también interviene la observación. Ésa es una de las grandes transformaciones de la enseñanza del Derecho.
Sin embargo, la argumentación jurídica también tiene sus problemáticas, porque se habla de una argumentación que trata de convencer, de persuadir, pero eso significa que dos alternativas te pueden convencer, dos posibilidades son viables; entonces,

JAVIER ESPINOZA DE LOS MONTEROS SÁNCHEZ
DOCTOR en Formas de la Evolución del Derecho por la Universidad del Salento, Italia. EN 2026 fue nombrado director interino de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac México y ahora será el encargado del Instituto de Investigaciones Jurídicas de esta universidad.
en dónde queda la certidumbre del Derecho, porque un juez puede interpretar de forma diferente y darle otro significado a la norma.
Y esto, supongo, es más fructífero, más productivo para la enseñanza del Derecho
Claro, esto es muy importante. Otro nivel de análisis que impacta en la incidencia del Derecho es en torno a la enseñanza de los derechos fundamentales, que comenzó en el siglo XX y fue un parteaguas, debido a que son el soporte del ordenamiento jurídico, pero eso se produce a través del constitucionalismo democrático, de las transformaciones que se generan en la segunda mitad del siglo XX. Antes no era así, se consideraba que la relevancia de los derechos fundamentales estaba en el ámbito de su reconocimiento, su protección y garantía en el ámbito de la ley.
Los derechos fundamentales no eran la base del ordenamiento jurídico, sino la ley, pero su producción se da mediante un procedimiento legislativo, y éste siempre es el resultado de consensos, los cuales son cambiantes. Una lección de esto es que a la ley se le dota de cualquier contenido y eso generó los regímenes del nacionalsocialismo, en el cual se produce una violación de los derechos fundamentales a partir de una producción legislativa que se basa en consensos y, sobre todo, en el nombre del pueblo, que es el que le dota de contenidos a través de la ley y puede violar derechos fundamentales, esto nos
permite entender lo que está pasando en nuestros días.
La ley no puede sustentarse en la soberanía del pueblo y violar derechos fundamentales, debe tener límites y ésos son los derechos fundamentales establecidos en las constituciones. La nueva enseñanza de los derechos fundamentales es que son la base del ordenamiento jurídico que vinculan al poder público, al legislador, a los jueces, al ejecutivo, pero también a los particulares.
Sin embargo, hay otra problemática aquí. Existen autores que consideran que los derechos fundamentales son el punto de referencia de todo el ordenamiento jurídico, pero esos derechos fundamentales entran en conflicto, chocan; es decir, el derecho a la intimidad con el derecho a la libertad o el derecho de acceso a la información. De modo que se tiene que resolver este conflicto a través de lo que la teoría constitucional contemporánea concibe como ponderación, como una técnica que permite valorar el conflicto entre derechos fundamentales y elegir cuál es el que tiene que prevalecer.
Volvemos al mismo problema: es una argumentación que trata de convencer, y dónde está la verdad y dónde está la certeza, porque se puede convencer aquí de una forma y en otro lado de otra; genera, otra vez, estos grandes problemas.
¿Cuáles son los derechos fundamentales?
Existe un amplio catálogo de derechos fundamentales. Son, en realidad, derechos humanos que se establecen o se reconocen en las constituciones. Son, por ejemplo, el derecho a la igualdad, a la libertad, a la seguridad, a la intimidad, etcétera, pero no están todos establecidos precisamente en las constituciones. Además, estos pueden ser susceptibles de interpretación y a través de un derecho o de un principio más general derivar otro.
Hoy se ha deformado mucho esta idea, ¿de dónde salen o de dónde surgen? Anteriormente surgían a través de la idea de la autodeterminación, de que somos libres e iguales, pero el problema es cómo se entiende la libertad; si ésta se explica de forma

que somos libres de hacer cualquier cosa, entonces eso genera otra vez problemas de certeza en el Derecho.
¿Qué es lo que pasa precisamente en este Derecho moderno?
Que, así como decíamos que había consensos en el legislador y que producían el Derecho, hoy estamos atentos y atados en cierta manera a los consensos de los jueces que determinan qué son los derechos, y eso puede generar un problema de incerteza en el Derecho.
Yo quiero insistir en esto, el problema es, desde mi perspectiva, un derecho natural sólido humanista, que en realidad dé una dirección clara sobre cómo se debe de actuar. El humanismo que sustentamos aquí
en la Universidad de Anáhuac, en la Facultad de Derecho, es un derecho natural humanista, no indeterminado porque produce consecuencias de incertidumbre. Otro ámbito en el cual ha impactado la enseñanza del Derecho, es el tema de la emergencia de nuevas tecnologías.
LA ERA DIGITAL
No podemos negar que los tiempos actuales van de la mano de la innovación tecnológica y el ámbito del Derecho no está fuera de tal situación; sin embargo, el doctor Espinoza de los Monteros explica que los recursos digitales sólo deben usarse como herramienta, pues nunca sustituirán al jurista.

¿Hacia dónde va el Derecho?
Ha habido un desarrollo exponencial de las nuevas tecnologías, del conocimiento científico, el cual se expande constantemente y se vuelve a producir de forma rápida, porque la ciencia como sistema tiene una temporalidad muy dinámica. ¿Qué quiero decir con esto? Que el tiempo de la ciencia, el de la tecnología, no es el del sistema del Derecho, el cual no reacciona como las tecnologías, no a ese mismo paso.
¿Qué significa? Que las regulaciones del sistema del Derecho se ven constantemente rezagadas, alejadas de esa realidad o de esa transformación. El Derecho no se regula tan rápido como se transforma el conoci-
La argumentación jurídica hace y produce que la enseñanza del Derecho ya no sea más estática, sino que tenga un carácter dinámico, de interpretación
miento científico. Otra cuestión es que las tecnologías que han surgido han impactado en la forma en que practicamos y conocemos el Derecho. ¿A qué me refiero? Una Inteligencia Artificial (IA) te puede elaborar un contrato. También, si pones en la IA una jurisprudencia y le dices analízala, lo hace; así como para el análisis de lo que se conoce como justicia predictiva: ¿cuáles son las tendencias en que van a decidir los tribunales? Y en muchos otros ámbitos del Derecho. ¿Qué es lo que observamos? Que estas son herramientas de carácter complementario, pero no sustituyen al jurista; no se puede suplir el razonamiento del jurista.
Uno de los grandes retos es que la enseñanza del Derecho no puede negar que se utilicen estos elementos, pero siempre de forma complementaria y el profesor verificando que los alumnos, si bien los usan, tengan la capacidad de razonar e interpretar. Una de las cuestiones fundamentales es que los juristas debemos tener un conocimiento importante en competencias digitales, pero con límites éticos y ahí la idea del humanismo que en la universidad predicamos, la relevancia del uso ético de la Inteligencia Artificial.
FORMATIVO
Una de las características que distinguen a la Universidad Anáhuac de otras instituciones superiores es la formación humanista de sus egresados, la enseñanza de las leyes con una visión ética y el respeto a los derechos fundamentales, sin dejar de lado la innovación tecnológica.
¿Cuál es la visión de la Facultad de Derecho en la Universidad Anáhuac como modelo formativo?
Si bien las demás universidades nos informan en torno a cuáles son las técnicas, nos dan una formación jurídica
técnica, la Facultad de Derecho en la Universidad Anáhuac no solamente le toma importancia al aspecto técnico, de crear las competencias como jurista, sino también que esta formación tenga una dirección y que sirva a los demás, que sea ejercida con responsabilidad social y que tenga siempre como objetivo la centralidad y el respeto a la persona, a producir justicia. A mí me parece que esto es el gran diferenciador de nosotros frente a las demás ofertas académicas. Otro aspecto muy importante, en el cual formamos y hacemos conciencia, es que enseñamos a partir del término que se ha acuñado por el Papa Benedicto XVI, que se conoce como razón abierta: una forma de enseñanza, a través de la cual nosotros consideramos que el Derecho tiene una verdad, que se debe de enseñar a través de una perspectiva ética, que debe de tener un sentido y, sobre todo, que se debe dialogar con las demás ciencias, con las demás ramas del conocimiento del Derecho.
Para finalizar, ¿cuáles son sus retos como director interino de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac?
Nuestro reto es hacer frente a estas transformaciones sociales, que el Derecho se produzca con una dirección, con un sentido, enseñarlo así, porque si no, vienen grandes consecuencias. Otra de las cuestiones es el tema de la innovación; es decir, la facultad debe ser innovadora, pero se debe trabajar constantemente por estas transformaciones continuas en el ámbito de las tecnologías y de la ciencia. Y también creo que uno de los grandes retos es el tema de la ética, de la responsabilidad social.
Otro es seguir desarrollando una cultura jurídica fuerte ante las circunstancias de democracias, hoy que son muy complejas y frente a las cuales tenemos que aprender a consolidar y tener bien claros cuáles son los límites del poder, el respeto a los derechos fundamentales, a la división de poderes, a la imparcialidad judicial.
Nos vemos como una Facultad de Derecho con posicionamiento, que desarrolla en sus alumnos capacidades profesionales, pero también valores del humanismo.
DE SEGURIDAD Y FORTALECER LA DEBIDA DILIGENCIA, LAS INSTITUCIONES Y LAS POLÍTICAS
EFECTIVAMENTE LA EQUIDAD
DRA. ANA ELOÍSA HEREDIA GARCÍA
COORDINADORA DEL PROGRAMA ÚNICO DE ESPECIALIZACIONES EN DERECHO Y DIRECTORA DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y METODOLOGÍA, EN LA FACULTAD DE DERECHO, UNAM
La violencia de género es una expresión estructural de desigualdad y una violación de derechos humanos que afecta a las mujeres en distintos ámbitos. El reconocimiento del derecho a una vida libre de violencia, impulsado por La Convención de Belém do Pará y la jurisprudencia del Sistema Interamericano, ha establecido obligaciones estatales de prevención, sanción y erradicación de la violencia con enfoque de género e interseccionalidad. Asimismo, destaca la necesidad de transformar las políticas de seguridad y fortalecer la debida diligencia, las instituciones y las políticas públicas para garantizar efectivamente este derecho.
CONSTITUYE UNA FORMA estructural de discriminación y desigualdad.
CUALQUIER ACCIÓN basada en el género que cause daño físico, sexual o psicológico.
EL ESTADO DEBE prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres.
LA SEGURIDAD DEBE entenderse como un derecho fundamental.
En este contexto, la Convención de Belém do Pará reconoce el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y define la violencia de género como cualquier acción basada en el género que cause daño físico, sexual o psicológico en los ámbitos público o privado, incluidas conductas como la
Los casos Campo Algodonero, Fernández Ortega, Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco y Ascencio Rosario evidencian fallas estatales en prevención y acceso a la justicia
violación, la tortura, la trata, la prosti tución forzada y el acoso sexual.
Desde esta perspectiva, la se guridad debe entenderse como un derecho fundamental que incorpore transversalmente la perspectiva de género para visibilizar y atender las desigualdades que enfrentan las mu jeres. En consecuencia, las políticas públicas deben orientarse a prevenir y erradicar la violencia de género me diante estrategias integrales, institu cionales y culturales, en concordancia con los compromisos internacionales y la Agenda 2030. Se seleccionaron cuatro casos re sueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que eviden cian patrones estructurales de vio lencia de género y la responsabilidad internacional del Estado mexicano por incumplir sus obligaciones de prevención, investigación, sanción y reparación conforme a la Convención de Belém do Pará. Los casos muestran contextos de violencia feminicida, sexual e institucional, marcados por impunidad, falta de debida diligencia, abuso de la fuerza pública y barreras de acceso a la justicia, especialmen te en situaciones de vulnerabilidad e interseccionalidad.
A) Caso González y otras ("Campo Algodonero") vs. México. El caso surge de la demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado mexicano en 2007, deri vada de la desaparición y asesi nato de tres jóvenes en Ciudad Juárez, cuyos cuerpos fueron hallados en 2001 en un campo algodonero. La Corte Interame ricana analizó la responsabilidad internacional del Estado por su falta de prevención, búsqueda e investigación diligente frente a un contexto estructural de feminici dios y violencia de género. El caso


evidenció graves violaciones a los derechos a la vida, la integridad personal, acceso a la justicia y protección de la niñez, así como el incumplimiento de las obligaciones reforzadas previstas en la Convención de Belém do Pará. Caso Fernández Ortega y otros México. El caso fue sometido a la Corte Interamericana en 2009 a partir de la denuncia presentada por Inés Fernández Ortega, mujer indígena tlapaneca víctima de violación sexual y tortura por elementos militares en 2002. La Corte analizó la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la falta de investigación diligente, el uso indebido del fuero militar y las barreras estructurales que enfrentan las mujeres indígenas para acceder a la justicia. El caso evidenció una forma agravada de violencia de género interseccional y declaró violaciones a la integridad personal, la dignidad, las garantías judiciales y la protección judicial, en contravención de la Convención de Belém do Pará y de los estándares interamericanos sobre tortura y derechos humanos.
Caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco vs. México. El caso fue sometido a la Corte Interamericana en 2016 por hechos ocurridos durante los operativos policiales de 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco, donde 11 mujeres fueron detenidas arbitrariamente y sometidas a tortura física, psicológica y sexual por agentes estatales. La Corte analizó la violencia sexual como una forma de tortura y violencia de género utilizada para castigar, controlar y humillar, así como la falta de debida diligencia del Estado para investigar y sancionar a los responsables. El caso evidenció graves violaciones a la integridad personal, la libertad y el acceso a la justicia, reafirmando las obligaciones estatales de verdad, reparación integral y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Caso Ascencio Rosario y otros vs. México. El caso expone graves manifestaciones
La perspectiva de género y la interseccionalidad son esenciales para diseñar políticas públicas de seguridad
de violencia de género y violencia institucional, derivadas de la vulneración de derechos como la vida, la integridad personal, la dignidad, la igualdad, la salud y el acceso a la justicia. La Comisión Interamericana señaló la falta de debida diligencia del Estado para prevenir, investigar y sancionar los hechos, así como violaciones al derecho de acceso a la información y afectaciones a los familiares de la víctima. El caso evidenció deficiencias estructurales en la actuación estatal y motivó la solicitud de medidas de reparación integral y garantías de no repetición conforme a la Convención de Belém do Pará y los estándares interamericanos sobre tortura y derechos humanos.
En conclusión, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia exige al Estado obligaciones reforzadas de prevención, investigación, sanción y reparación conforme a la Convención de Belém do Pará y la jurisprudencia interamericana.
Los casos Campo Algodonero, Fernández Ortega, Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco y Ascencio Rosario evidencian patrones de violencia de género, impunidad y violencia institucional derivados de la actuación u omisión de autoridades y cuerpos de seguridad, mediante falta de prevención, uso excesivo de la fuerza, violencia sexual y negligencia investigativa.
En este contexto, la seguridad debe concebirse desde una perspectiva de género e interseccionalidad, orientada a garantizar igualdad, dignidad y protección efectiva para las mujeres mediante actuaciones estatales basadas en la debida diligencia, el respeto a los derechos humanos y el acceso efectivo a la justicia.
Un niño corre detrás de un balón en un parque. No ha leído el reglamento de la FIFA; ni sabe qué es la Junta Internacional de Asociaciones de Futbol (IFAB, por sus siglas en inglés). Sin embargo, sabe perfectamente cuándo hubo falta, cuándo alguien hizo trampa o cuándo un gol no cuenta. Algo parecido ocurre con el Derecho. Aunque solemos imaginarlo encerrado en tribunales y códigos, el Derecho también vive en nuestras intuiciones más simples: en la idea de juego limpio, en el reclamo contra la injusticia, en la necesidad de reglas para convivir juntos. Tal vez por eso el futbol y el Derecho se parecen tanto. Ambos tienen reglas, árbitros, sanciones, estrategias, interpretación y polémica. Ambos intentan poner orden en medio del caos. Ambos revelan algo profundamente humano: nuestra necesidad de convivir bajo ciertas reglas compartidas.
De esa intuición nació Futbol y Derecho, libro que busca explicar principios jurídicos a partir de escenas futbolísticas. No desde la solemnidad del aula, sino desde la emoción del estadio. Porque hay ocasiones en que un fuera de juego explica mejor en qué consiste interpretar una norma que
El libro propone una manera distinta de pensar en el Derecho, explicando a partir de escenas de futbol, la interpretación normativa, justicia, límites del poder y procesos con el tono emotivo del estadio

AUTORES: José María
Soberanes Díez y Francisco
Vázquez Gómez Bisongno
EDITORIAL: Porrúa
un tratado entero, y hay penales polémicos que ayudan a entender la cosa juzgada mejor que muchas clases de teoría del proceso. Así, el lector encontrará que el “gol fantasma” de Geoff Hurst en la final del Mundial de 1966 sirve para explicar la aplicación estricta de las normas; que el retiro lento y emotivo de una leyenda permite hablar de la prudencia; que el VAR permite comprender la importancia de los recursos procesales; o que la designación de árbitros ayuda a entender mejor la independencia judicial. En el libro aparecen Zidane,
Maradona, Guardiola, Mourinho, Julián Álvarez, Robben, el famoso tiki-taka del Barcelona, los galácticos del Real Madrid, la jugada prefabricada, la chilena, la media tijera, el Camp Nou lleno para una semifinal femenil, y hasta un balón naranja usado en un partido bajo la nieve. Pero detrás de cada escena futbolística hay una pregunta jurídica de fondo: ¿qué es la justicia?, ¿qué significa interpretar una regla?, ¿cómo se limita el poder?, ¿qué diferencia hay entre culpa y dolo?, ¿por qué existen los derechos sociales?
La idea no es convertir el futbol en un tratado jurídico, ni reducir el Derecho a una simple metáfora deportiva. Lo que buscamos es algo distinto: mostrar que las grandes preguntas jurídicas no están tan lejos de la vida cotidiana; que el Derecho no es sólo un conjunto de normas técnicas, sino una forma de organizar la convivencia humana en la justicia.
Pocas actividades muestran mejor la convivencia —con sus reglas, tensiones y pasiones— que el futbol. Quizá por eso millones de personas discuten una decisión arbitral como si fueran jueces constitucionales. Quizá por eso todos creemos saber cuándo hubo injusticia en un
partido. El futbol tiene algo que el Derecho a veces pierde: cercanía con las emociones humanas, pero el Derecho tiene algo que el futbol necesita constantemente: reglas, imparcialidad y límites. En el fondo, ambas realidades hablan de lo mismo: del conflicto y de cómo resolverlo; del juego limpio y de la trampa; del mérito, la sanción y la justicia. Porque al final, tanto en el futbol como en el Derecho, siempre hay algo en juego: a veces, un campeonato; en otras, la libertad,la igualdad o la dignidad de una persona. En los dos mundos se gana y se pierde, se reclama y se interpreta. Y en ambos, cuando las reglas desaparecen o no importan, el juego deja de ser justo. El legendario neerlandés Johan Cruff afirmó que “jugar al futbol es muy sencillo, pero jugar un futbol sencillo es la cosa más difícil que hay”. Justo es lo que se pretende con Futbol y Derecho, tender un puente entre esos dos mundos para que el entendimiento de lo jurídico sea simple. Además, hacerlo en un lenguaje accesible y cercano, porque el Derecho no debería ser un conocimiento reservado para especialistas; también puede aprenderse desde una cancha, una tribuna o en un gol al minuto 90.

La obra analiza los desafíos jurídicos de los derechos en el entorno digital frente a la inteligencia artificial, la privacidad y la violencia en redes sociales
La acelerada transformación tecnológica de las últimas décadas ha modificado profundamente la manera en que las personas ejercen sus derechos, interactúan socialmente y participan en la vida pública. En este contexto, los derechos digitales se han convertido en un tema central para el análisis jurídico contemporáneo, debido a los desafíos que plantean fenómenos como la inteligencia artificial, el tratamiento masivo de datos personales, la desinformación y las nuevas formas de violencia en entornos virtuales.

COORDINADORES:
Hilda Nucci González, Julieta Becerril Romero, Guillermo
A. Tenorio Cueto y Armando Tadeo Terán Ongay.
EDITORIAL: Tirant lo Blanch
Es una obra colectiva dedicada al estudio de las fiscalías como instituciones esenciales para la procuración de justicia y la consolidación del Estado constitucional de Derecho
La obra cuenta con la presentación de Víctor Oléa Peláez y el prólogo del Dr. Raúl Contreras Bustamante, elementos que fortalecen su relevancia académica e institucional.
A lo largo de sus capítulos, participan especialistas como Dr. Rodrigo Brito Melgarejo, Dr. Ricardo Alexis Uvalle Aguilera, Dra.
Elsa Ma. Agustina Valencia Parra, Dr. Marco Antonio Zeind Chávez, Dr. Rogelio Robles López, Mtro. Iván Adelchi Peña Estrada, Dra. Yvonne Georgina Tovar Silva, Mtro. Maximiliano González Solorio, Dr. Roberto Carlos Fonseca Luján y Dr. Gustavo Eduardo Castañeda Camacho, que ofrecen un recorrido histórico, concep-
Frente a este panorama, resulta indispensable reflexionar sobre la necesidad de construir marcos normativos capaces de garantizar la protección de la dignidad humana y las libertades fundamentales en el espacio digital.
El libro Los derechos digitales: riesgos y oportunidades, coordinado por Hilda Nucci González, Julieta Becerril Romero, Guillermo A. Tenorio Cueto y Armando Tadeo Terán Ongay, publicado por Tirant lo Blanch, ofrece un análisis de los derechos en el entorno digital.
La obra incorpora contribuciones de autores como Anahiby Becerril, Mario Cruz Martínez, Montserrat Olivos Fuentes, Eduardo Serdán Castro, Gisela Pérez Fuentes, Alexis Uvalle Aguilera, Enrique Rocha Bobadilla, Eduardo Gabriel Osorio Sánchez, Agustín Ramírez Ramírez, Tamara Hernández Juárez y Pablo Hooper Ramírez, quienes examinan cómo fenómenos como la inteligencia artificial, la
tual y práctico sobre las fiscalías mexicanas, así como por incorporar una visión comparada con instituciones de procuración de justicia de otros países. Su valor no radica únicamente en describir el estado actual de estas instituciones, sino en proponer rutas de fortalecimiento para que las fiscalías puedan cumplir eficazmente con su función constitucional. En suma, Fiscalías autónomas es una obra útil para juristas, académicos, estudiantes, servidores públicos y personas interesadas en comprender los retos actuales de la procuración de justicia en México.
desinformación y la explotación de datos personales transforman las bases del derecho contemporáneo.
A lo largo de sus capítulos, los autores abordan temas clave como el acceso y la neutralidad de la red, la privacidad, la libertad de expresión en redes sociales, el hostigamiento y la violencia digital, la desconexión digital y la gobernanza de internet, entre otros, destacando tanto riesgos como oportunidades; así, el enfoque colectivo articula diversas perspectivas teóricas y prácticas, enriqueciendo el debate jurídico actual.
Uno de los principales aciertos del libro es vincular los desafíos tecnológicos con la protección de la dignidad humana, subrayando la necesidad de marcos regulatorios sólidos y una ciudadanía digital informada. En conjunto, es una obra relevante que contribuye a la reflexión sobre los derechos digitales en el siglo XXI.

COORDINADORES: Dr. Marco Antonio Zeind Chávez y Dr. Rogelio Robles López.
EDITORIAL: Tirant lo Blanch y la UNAM

PARA PREVENIR Y COMBATIR

EL HUACHICOL SE HA CONVERTIDO EN UNA AMENAZA HACIA EL ESTADO MEXICANO, SI TOMAMOS EN CUENTA QUE ELLO SIGNIFICA UN PELIGRO PARA LA SEGURIDAD ENERGÉTICA DEL PAÍS, DE AHÍ LA IMPORTANCIA DE FRENARLO
LETICIA VILLEDA SUÁREZ
EMPRESARIA Y ESPECIALISTA EN DERECHO ENERGÉTICO.
El tráfico ilegal de combustible se ha convertido en un riesgo para la seguridad nacional, entendida como la “condición indispensable para garantizar la integridad y la soberanía nacional, libres de amenazas al Estado, en busca de construir una paz duradera y fructífera”, tal y como se define en el Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de México.
Bajo esta perspectiva, el robo de combustible y el delito o simulación fiscal que conlleva el tráfico ilegal del combustible conocido como huachicol, representan una amenaza al Estado mexicano, porque el delito fiscal que acompaña al huachicol es una acción ilegal que hace posible la sustracción de un activo estratégico de la nación como son los combusti-
bles, que mantiene una relación directa y de manera particular con la seguridad energética del país.
En el marco de las acciones que se deben de instrumentar para proteger al país de los riesgos y amenazas tanto externas como internas, podemos afirmar que el huachicol y todo su entramado de carácter delincuencial y los delitos fiscales que se llevan a cabo para su operación, han tenido un crecimiento y expansión sin medida, que desafortunadamente sus efectos y consecuencias han escalado hasta el grado de considerarse una variable que afecta al ámbito de la seguridad nacional, desde varias vertientes.
En primer lugar, sobre las acciones que deben de instrumentarse para preservar la soberanía nacional y defender al país frente a otros Estados o sujetos de derecho internacional, el huachicol en su modo de contrabando de combustible y esquema de evasión fiscal se ha convertido en uno de las
principales objetivos del Tesoro de los Estados Unidos, a través de su Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN), cuya misión es precisamente promover la seguridad nacional estadounidense con el uso estratégico de las facultades y la inteligencia financiera para salvaguardar su sistema financiero frente a actividades ilícitas, combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, en su comunicado del 30 de junio de 2026, en el que emite una alerta sobre el contrabando de combustibles y los esquemas de evasión fiscal de los cárteles en su frontera sur, señala que los cárteles mexicanos y otros actores delincuenciales tienen como la fuente más importante de sus ingresos las actividades relacionadas con el huachicol, que abarcan el robo de combustible y petróleo en México, el contrabando de petróleo crudo hacia Estados Unidos y el contrabando de combustible desde Estados Unidos hacia México mediante esquemas de evasión fiscal en el territorio mexicano, lo que se denomina robo fiscal de combustible o mejor conocido como huachicol fiscal.

También el Departamento del Tesoro estadounidense señala los diversos métodos para robar combustible y petróleo crudo a Petróleos Mexicanos, que se expende en el mercado negro y es introducido de contrabando a Estados Unidos bajo otra denominación para evitar controles, regulaciones e impuestos; y de manera inversa, del lado mexicano, huachicoleros contrabandean petrolíferos desde Estados Unidos mediante la frontera sur o puertos estadounidenses hacia México, a través de intermediarios que emiten facturas falsar para legitimar y comercializar el combustible ilícito.
Este entramado de ilícitos es un problema binacional y el mismo Departamento del Tesoro de nuestro vecino del norte, lo reconoce al señalar que distribuidores estadounidenses son cómplices de esta trama, al aprovechar sus relaciones con importantes refinerías y distribuidores de combustibles en territorio estadounidense para comprar y desviar combustibles a redes interconectadas de empresas fachada y empresas fantasmas estadounidenses y mexicanas en los sectores de transporte de mercancía, logística y otros, antes de ser introducidos a México, donde el Departamen-
El delito fiscal que acompaña al huachicol es una acción ilegal que hace posible la sustracción de un activo estratégico de la nación como son los combustibles
to del Tesoro estadounidense sugiere que entre una cuarta parte y un tercio de todo el combustible vendido en México podría ser ilícito.
Hasta aquí podemos apreciar que el huachicol en sus diferentes vertientes y, sobre todo, el huachicol fiscal, es un problema binacional, en que Estados Unidos no solamente lo considera como un asunto de Seguridad Nacional, sino que también está enfrentando este problema de manera interinstitucional, pues además de sus agencias de seguridad como la Administración para el Control de Drogas (DEA), la Oficina Federal de Investigaciones (FBI), Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI), el Departamento del Tesoro juega un papel clave en las acciones de inteligencia financiera para combatir los esquemas de contrabando de combustible.
MMDP perdió Pemex en 2025 por huachicol +23
Desde el lado mexicano, consideramos pertinente, que además de las tareas y el esfuerzo que llevan a cabo las distintas instituciones de seguridad y judiciales para enfrentar al huachicol en sus diferentes modalidades, es importante fortalecer las acciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en materia de regulación de los controles volumétricos, que está establecido en los anexos 21, 22 y 23 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal, haciendo de la medición un aliado fundamental para la lucha y prevención de la evasión fiscal y el huachicol. El objetivo principal es llevar un control claro y transparente de los combustibles, a fin de saber exactamente cuánto combustible entra, cuánto sale y cuánto queda almacenado, con su respectiva relación con las facturas o Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Esto permite evitar errores, pérdidas y actividades ilegales como la evasión fiscal y el huachicol. Cabe destacar que estos trabajos de medición se deben de llevar a cabo por empresas de reconocida experiencia, amplia trayectoria y respaldo técnico para garantizar el cumplimiento de la norma y evitar riesgos mayores.


