El artículo 78 de la Carta Magna establece que la educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias y, en el sistema público, gratuitas y costeadas por el Estado. En la educación estatal, incluida la superior, la ley mandata a que el gasto público no sea inferior al 8 % anual del producto interno bruto.
A pesar de que esta asignación presupuestaria es significativa, el Ministerio de Educación Pública (MEP) deja en manos de actores privados múltiples actividades. Desde la formación docente, el fortalecimiento de las Juntas Administrativas de educación hasta el diseño de contenidos curriculares, son ámbitos en los que el MEP ha aceptado e incluso promovido la participación del sector privado y de grupos empresariales.