Skip to main content

MADRID ICAM OTROSÍ Nº4 noviembre 2025

Page 1

Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid

Nº 4 / XII 2025

NÚMERO ESPECIAL

El Estado de Derecho en tensión: análisis de un fenómeno global Especial Estado de Derecho: Editorial, reportaje especial y Dossier jurídico | Entrevistas: Enrico Letta, Siofra O´Leary, Lorenzo Cotino y Nancy Hernández | Estudio: Los MASC y la Ley de Eficiencia Procesal, a examen |


{ Editorial }

Estado de Derecho: una causa que interpela a la abogacía En un momento de transformaciones vertiginosas y crecientes desafíos a la arquitectura democrática global, presentamos este número especial dedicado al Estado de derecho en el mundo. Lo hacemos con la convicción de que el derecho no es solo un sistema de normas, sino el tejido que permite a las sociedades vivir con dignidad, justicia y libertad. Y también —de forma inseparable— con la conciencia de que defender el Estado de derecho es hoy una tarea urgente, ineludible y profundamente nuestra: de la abogacía.

ción del Estado de derecho en los últimos cinco años, que permite situar estos análisis en su marco global. En él se identifican tendencias internacionales y regionales y todo ello, sustentado en datos actualizados de fuentes como el World Justice Project o la Comisión Europea.

Este análisis, más allá de su valor académico o informativo, llega en un momento clave. La erosión del Estado de derecho no suele producirse de golpe ni de forma espectacular. Ocurre, en muchas ocasiones, Roberta Poza Cid mediante reformas aparentemente Diputada del ICAM y Presidenta legales, pero destinadas a debilitar El núcleo de este número lo constidel Consejo Editorial de OTROSÍ los contrapesos, instrumentalizar tuye un dossier jurídico de alto valor las instituciones o intimidar a quieanalítico, elaborado por especialisnes se interponen en ese camino. tas de referencia en las distintas diEs, en definitiva, la suma de dinámimensiones del Estado de derecho. A cas que generan grietas en los cimientos normatitravés de sus artículos se abordan, desde una persvos del sistema. pectiva crítica y comprometida, los principales retos jurídicos e institucionales que atraviesan las democracias contemporáneas. El objetivo de este dossier Y frente a ello, la abogacía no puede ni debe guardar es generar una mirada jurídica ambiciosa, comprosilencio. metida y con capacidad de diagnóstico sobre una amenaza que ya no es abstracta ni ajena. Una llaDesde el ICAM defendemos una concepción actimada a la reflexión profesional frente a la progresiva va de nuestra profesión: la abogacía como columna normalización de lo excepcional. vertebral de la democracia. No solo como operadora técnica del Derecho, sino como garante de los DeEste dossier cuenta, entre otras colaboraciones desrechos Fundamentales, de la separación de poderes tacadas, con la excepcional aportación de Edmundo y de la legalidad frente a cualquier forma de abuso. González, diplomático, académico y presidente electo de Venezuela, cuya trayectoria en defensa de los deEl dossier, al igual que las voces internacionales que rechos humanos y la democracia ha sido reconocida recogemos, nos recuerda que los abogados han sido, recientemente por el Ilustre Colegio de la Abogacía de en muchos contextos, la última línea de defensa frenMadrid (ICAM) mediante una distinción especial conte a la autocratización. Y han sido también el primer cedida por su compromiso con una transición pacífiobjetivo de regímenes autoritarios que comprenden, ca en su país. Su contribución refuerza la dimensión con razón, que una abogacía independiente y valieninternacional de este número, y nos recuerda que la te es un obstáculo para el poder sin límites. defensa del Estado de derecho es una causa global, que necesita voces valientes y convicciones firmes Por eso esta revista reafirma su vocación no solo de allí donde más se pone a prueba. reflejar la realidad jurídica, sino de formar parte activa de la respuesta democrática. Porque no hay Estado Como complemento contextual a este dossier, prede derecho sin abogados independientes, comprosentamos un informe comparado sobre la evolumetidos y conscientes de la importancia de su papel. 3


{ Editorial } Este número especial se enriquece, además, con entrevistas a voces clave del derecho internacional, como Siofra O’Leary, expresidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, o Nancy Hernández, presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y con conversaciones con referentes del pensamiento político y constitucional europeo como Enrico Letta —ex primer ministro de Italia, académico y decano en IE University—, quien analiza los desafíos institucionales de la Unión Europea frente a la polarización democrática y los cambios geopolíticos; y Lorenzo Cotino, catedrático de Derecho Constitucional y nuevo presidente de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ofrece una visión experta sobre el impacto de la inteligencia artificial y la digitalización en el marco de los derechos y libertades.

Asimismo, el número incorpora una encuesta de especial interés sobre los MASC (Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos) y su impacto en el ejercicio de la abogacía, así como un análisis crítico de la recién aprobada Ley 1/2025, que plantea importantes incertidumbres tanto jurídicas como operativas. Finalmente, un reportaje inspirador da voz al nuevo emprendimiento joven dentro de la abogacía madrileña, testimonio de una generación que conjuga vocación jurídica, impulso innovador y compromiso cívico. En definitiva, una mirada plural y comprometida, con la que Otrosí reafirma su vocación de ser foro de reflexión jurídica, herramienta de defensa institucional y plataforma abierta al futuro de la profesión.

§

4


5


{ Equipo } Consejo de honor

Yolanda Quintana

Mª de Puelles Valencia, Dolores Alemany Pozuelo, Adrian Thery Martí, Manuel Castellanos Piccirilli, José Antonio Badillo Arias, Enrique Ortega Burgos, Santiago Mediano Cortés, Esperanza Marcos Juárez, José Mª Elias de Tejada Casanova, Coloma Armero Montes, Rafael Mateu de Ros Cerezo, Luis Mosquera Montero-Rios, Manuel Fco. Quintanar Diez, Myriam I. González Navarro, Alejandro Touriño Pena, Gabriel Casado Ollero, Juan Carlos Alfonso Rubio, Carlos Ulecia Palacios, Francisco J. Alegría MartínezPinillos, Carlos Peña Rech, Rodrigo González, Javier Puyol Montero).

Coordinador Otrosí

Diseño Otrosí

Jaime Gómez Ximénez de Sandoval

Mar Núñez (NOEZ, Oficina de diseño para la innovación social)

Eugenio Ribón, J. M.Alonso, Sonia Gumpert, Luis Martí

Consejo editor - Presidenta Roberta Poza Cid

Consejo editor – Vocales Ester Mocholí, Javier Mata, Emilio Ramírez

Directora de Políticas Públicas y Comunicación

Responsable web y comunicación a colegiados

Portada

Irene Lozano Letelier

Ilustración: Gregori Saavedra Producción: The Mushroom Company

Responsable redes sociales, innovación y nuevos formatos

Maquetación

Irene Jiménez Duque

Editorial MIC

Consejo asesor Otrosí

Contacto Redacción Otrosí gabinetedeprensa@icam.madrid

§

Junta de Gobierno (Isabel Winkels, José Ignacio Monedero, Dolores Fernández, José Ramón Couso, Ana Buitrago, Mabel Klimt, Teresa Mínguez, Juan Manuel Mayllo, Gabriel Rodríguez) SSJJ ICAM. (Ignacio de Luis). Presidentes/as de secciones ICAM (Elia Esteban y García-Aboal, Rubén Martín de Pablos, Juan A. García Jabaloy, Jacobo Teijelo Casanova, Alberto Dorrego de Carlos, Elisa González Ferreriro, Rebeca Martínez Fariñas, Santiago Fernández Lena, Manuel Lamela Fernández, Nazareth Romero Sánchez-Miguel, Elena Sevila Sánchez, Pedro Claros Alegría, Alberto Torres López, Irene Mª Briones Martínez, Mónica Montero Casillas, Geraldine Bethencourt Rodríguez, Atanasio González Pastrana, Maritza Iliana Núñez Osorio, Álvaro Pascual Morcillo, Oriol Armengol Gasull, Mª Beatriz Saura Alberdi, Begoña Fernández Rodríguez, Pilar López-Aranguren Velarde, Manuel Sánchez de Diego Fernández de la Riva, Mercedes Asorey Martín, José María Mohedano Fuertes, Nicolás Perez-Serrano Jáuregui, Joaquín García-Romanillos Valverde, Francisco García Ortells, Ángel Ledesma Calicó, Iciar Bertola Navarro, María Teresa Nadal Charco, Enrique Arnalado Benzo, Antonio Muñoz Vico, Erika Torregrossa Acuña, Cristina Izquierdo Sans, José Ramón Moratalla Escudero, Sara Molina Pérez-Tomé, Francisco García Gómez de Mercado, José Ignacio Saldarriaga Alonso, Juan Manuel Campo Cabal, Paloma Zabalgo Jiménez, Nuria Amarilla Mateu, Estela Martín Estebaranz, Celia Herrero Canto, Roberto Spinetti, Andrea Sirimarco, Ana Gómez Hernández, Bernardo Ruiz Lima, Amparo Quintana García, Marlen R. Estévez Sanz, Helena Soleto Muñoz, Ana Barreira López, Mariano Casado Sierra, Mª Dolores de Cospedal García, Luis Gabriel González Rodríguez, Nicolás GonzálezCuellar Serrano, Fco. Javier Fdez.-Lasquetty Quintana, José

Publicidad y Patrocinios Silvia Prieto silviap@icam.madrid

Benita Espadas (MIC) coordinador@editorialmic.com

Impresión MIC

DEPÓSITO LEGAL M-54116-2008 © 2025 Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Todos los derechos reservados. Las opiniones expresadas por nuestros colaboradores en estas páginas son de su exclusiva responsabilidad y no coinciden necesariamente con la línea editorial de Otrosí

6


{ Sumario }

{3} Estado de Derecho: una causa que interpela a la abogacía Editorial de Roberta Poza Cid, diputada del ICAM y Presidenta del Consejo Editorial de OTROSÍ

{10} Reportaje especial: El Estado de Derecho en tiempos de autocracia Una oleada autoritaria global desborda las costuras jurídicas de las democracias, inmersas en su mayor crisis en décadas

{24} “El Estado de Derecho se ve a menudo erosionado por el uso creativo del lawfare y la captura constitucional” Entrevista a Siofra O’Leary, expresidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

{32} “La captura o politización del sistema de Justicia es la amenaza más grave al Estado de Derecho” Entrevista a Nancy Hernández, presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

{41} Dossier: El Estado de Derecho en tensión: análisis de un fenómeno global Juristas y especialistas internacionales analizan las causas estructurales detrás del retroceso del Estado de derecho en el mundo

{76} “Vivimos una alineación de planetas sin precedentes para impulsar una mayor integración europea” Entrevista a Enrico Letta, ex primer ministro de Italia y autor del Informe sobre el Mercado Único

{85} Estudio: Los MASC, a examen 9 de cada 10 abogados madrileños suspenden la Ley de eficiencia, según el primer estudio para medir su impacto realizado por el ICAM

{96} “Queremos que la Agencia no diga solo ‘no’, sino que muestre cómo hacer las cosas bien” Entrevista a Lorenzo Cotino, presidente de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

{105} Reportaje: La generación que está reinventando la abogacía El emprendimiento irrumpe como opción profesional entre los jóvenes juristas que buscan nuevas formas de ejercer la profesión

{118} “La Biblioteca del ICAM es hoy un ecosistema jurídico, cultural y digital al servicio de la abogacía” Entrevista a Emilio Ramírez, diputado Bibliotecario del ICAM, responsable del área de Extranjería y copresidente del Observatorio de Derechos Humanos

{126} Vida Colegial: así ha sido 2025 La Junta de Gobierno ha desplegado una intensa actividad orientada a la defensa de la abogacía y al cumplimiento de su programa, con los colegiados y colegiadas siempre en el centro de la agenda del ICAM

{146} Cerrar filas en torno al Estado de Derecho Tribuna del decano del ICAM, Eugenio Ribón, sobre la importancia de una abogacía firme, comprometida y consciente de su papel como garantía última de la legalidad

7


{ Protagonistas } Manuel Aragón Catedrático emérito de Derecho Constitucional y magistrado del Tribunal Constitucional (2004–2013). Ha sido director del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y presidente del Consejo Económico y Social de Madrid. Autor de más de doscientos trabajos y una docena de libros, es Doctor honoriscausa en México y Colombia. Académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. José Miguel Barjola Periodista especializado en información jurídica, escribe regularmente en la sección Legal de Cinco Días y Noticias Jurídicas, del grupo Aranzadi LA LEY, así como en el diario EL PAÍS. Su cobertura sobre derecho concursal fue reconocida por la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC). Joaquim Bosch Magistrado, ha sido portavoz nacional de Juezas y Jueces para la Democracia (2012-2016). Colabora habitualmente en publicaciones jurídicas y medios de comunicación. Ha escrito el libro “La patria en la cartera. Pasado y presente de la corrupción en España” (Ariel, 2022). Su última obra es “Jaque a la democracia. España ante la amenaza de la deriva autoritaria mundial” (Ariel, 2024). Lorenzo Cotino Hueso Catedrático de Derecho Constitucional en la Universitat de Valencia, ha sido magistrado suplente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y vocal del Consejo de Transparencia. Su investigación se centra en los derechos fundamentales, la protección de datos y el impacto de la inteligencia artificial en el Derecho. En 2025 asumió la presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Alberto Dorrego Socio de Eversheds Sutherland, donde es responsable del Área de Derecho Público. Letrado de las Cortes Generales (en excedencia) y vocal permanente de la Comisión General de Codificación, fue director general para la Modernización de la Administración de Justicia. Preside la sección de Derecho Administrativo del ICAM. Noah Feldman Jurista y académico estadounidense, es catedrático de Derecho en Harvard, donde preside la Society of Fellows. Especializado en la intersección entre tecnología, gobernanza, ética y Derecho, es también un referente en Derecho constitucional y religión. Asesoró en la redacción de la Constitución iraquí y fue testigo ante el Congreso en el primer proceso de impeachment contra Donald Trump. Es columnista en Bloomberg y colabora habitualmente en medios como The New York Review of Books. Francisco Fonseca Morillo Doctor en Derecho y profesor titular de Derecho Internacional Público en la Universidad de Valladolid. Ha sido director de la Representación de la Comisión Europea en España, director general adjunto en la DG de Justicia y Consumidores y miembro del gabinete de los comisarios Marcelino Oreja y António Vitorino. Actualmente dirige el Instituto de Estudios Europeos de la Universidad de Valladolid. Diego García-Sayán Abogado y político peruano, es una de las voces más reconocidas en el ámbi8

to de los derechos humanos y la justicia internacional. Ha sido juez y presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como ministro de Justicia y de Asuntos Exteriores del Perú. Entre 2016 y 2022 fue relator especial de Naciones Unidas para la independencia judicial. Actualmente dirige la Comisión Andina de Juristas. Edmundo González Urrutia Diplomático y analista internacional venezolano, fue embajador de Venezuela en Argelia y Argentina, así como director general de Política Internacional en el Ministerio de Asuntos Exteriores. En 2024 fue candidato presidencial unitario de la oposición y ha sido reconocido internacionalmente como presidente electo de Venezuela. Albertico Guinto Sierra Abogado penalista con más de treinta años de trayectoria. Actual presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM), ha impulsado la proyección internacional de la institución y el fortalecimiento de la cooperación con colegios de la abogacía de otros países. Ha coordinado la Comisión de Derecho Penal del INCAM y dirige su propio despacho de litigio penal. Nancy Hernández López Abogada costarricense con más de treinta años de trayectoria en el ámbito judicial y académico. Fue magistrada de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Costa Rica, donde impulsó reformas para mejorar el acceso a la justicia y dictó sentencias pioneras en materia de igualdad y derechos fundamentales. En 2022 fue elegida jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo que preside desde 2024.


{ Protagonistas } Celia Herrero Cantó Abogada especializada en regulación financiera y prevención del blanqueo de capitales, asociada en la Unidad de AML Regulation & Intelligence de BBVA. Es presidenta de la Sección de Iniciación Profesional del ICAM y directora de la revista Futuro Legal. Vicepresidenta “Young” de Women in a Legal World, fue reconocida en 2025 como “Mejor Abogada Joven del Año” en los I Premios Economist & Jurist Group. Enrico Letta Político y académico italiano, fue primer ministro de Italia entre 2013 y 2014 y líder del Partido Democrático de 2021 a 2023. En 2024 presentó a petición del Consejo Europeo el informe sobre el futuro del mercado único. Actualmente preside el Instituto Jacques Delors y es decano de la Escuela de Política, Economía y Asuntos Globales de IE University. Carlos Malamud Catedrático de Historia de América en la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) e Investigador Principal para América Latina en el Real Instituto Elcano. Reconocido entre los “50 intelectuales iberoamericanos más influyentes”, es miembro de la Academia Nacional de la Historia de Argentina. Su obra se centra en la historia política latinoamericana de los siglos XIX y XX y en las relaciones EspañaAmérica Latina. Araceli Mangas Martín Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la Universidad Complutense de Madrid. Premio Pelayo para Juristas de Reconocido Prestigio

(2021). Doctora honoris causa por la Universidades de Salamanca, Córdoba (Argentina) y Nebrija. Premios de Castilla y León y “Julián Marías” de Madrid en Humanidades. Académica numeraria de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Miembro del Patronato del Real Instituto Elcano. Teresa Mínguez Diputada 6.ª de ICAM y responsable del Área Internacional. Es directora legal, oficial de cumplimiento e integridad de Porsche Ibérica, S.A. para España y Portugal. Solicitor en Inglaterra y Gales (desde 2004) y ganadora del premio “Top 50 Women” de Iberian Lawyer (2023) y del galardón al equipo in-house del año en Automoción y Transporte (2025). Síofra O’Leary Jurista irlandesa, fue jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (2015–2024) y su presidenta entre 2022 y 2024, siendo la primera mujer en ocupar ese cargo. Licenciada en Derecho por la University College Dublin y doctora por el European University Institute, desarrolló su carrera académica en Cambridge, Cádiz, Dublín y en el College of Europe (Brujas). Actualmente es investigadora Hauser/Remarque en la Universidad de Nueva York. Yolanda Quintana Periodista con más de treinta años 9

de experiencia dirigiendo la comunicación de organizaciones, está especializada en tecnología y su impacto social y político. Autora de varios libros y numerosos artículos, en la actualidad es directora de Comunicación y Políticas Públicas en el ICAM. Emilio Ramírez Diputado Bibliotecario del ICAM, donde es responsable del Área de Extranjería y copreside el Observatorio de Derechos Humanos. Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, es diplomado en Derecho Canónico y en Criminología. Dirige el despacho Ramírez-Crespo y ejerce como profesor de Derecho Civil en varias universidades. Gabriel Rodríguez Leva Diputado 10º de la Junta Gobierno del ICAM y responsable del área de Abogacía Joven. Presidente del Consejo Nacional de Estudiantes de Derecho (2017–2021), en 2025 fue seleccionado en la Lista Nova 111 como uno de los profesionales menores de 35 años con mayor proyección en España. Ha sido asociado en el área de Inmobiliario y Urbanismo en un despacho de abogados. Manuel Villoria Mendieta Catedrático de Ciencia Política y director del Observatorio en Buena Gobernanza en la Universidad Rey Juan Carlos. Ha publicado más de doscientos trabajos sobre ética pública, corrupción y administración. En 2025 fue nombrado presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.


{ Reportaje especial }

El Estado de Derecho en tiempos de autocracia Una oleada autoritaria global desborda las costuras jurídicas de las democracias, inmersas en su mayor crisis institucional en décadas

10


La regresión del Estado de derecho se acelera. A lo largo y ancho del planeta, la presión creciente sobre los sistemas democráticos se manifiesta en el debilitamiento de los contrapesos institucionales, el deterioro de la independencia judicial, la pérdida de libertades y la instrumentalización del Derecho como herramienta al servicio del poder. Este reportaje aborda los factores estructurales de un fenómeno que está socavando el orden legal desde dentro. Texto: Jaime Gómez

En los últimos diez años se han producido en el mundo más autogolpes de Estado que en cualquier otra década desde el final de la Segunda Guerra Mundial. Cuando, hace apenas un año, el presidente Yoon Suk Yeol decretó la ley marcial en Corea del Sur, el país asiático fue el último en engrosar una lista que suma 46 episodios desde 1945, el 37% de los cuales se concentran en los últimos ocho años. A diferencia de los golpes militares tradicionales, los autogolpes son rupturas institucionales promovidas desde el propio poder ejecutivo con el objetivo de concentrar autoridad y desactivar los contrapesos democráticos. Y tienen una inquietante tasa de éxito: cuatro de cada cinco logran su propósito, frente a una media del 50% en los golpes clásicos, según los datos recogidos en la base de datos Colpus creada por los profesores John Joseph Chin y Joe Wright.

tion. En su informe de 2025, WJP revela un empeoramiento en el 68% de los 142 países analizados en los últimos doce meses, frente al 57% observado en 2024, lo que confirma una aceleración del deterioro institucional a escala global. El auge del autoritarismo, caracterizado por el debilitamiento de los contrapesos institucionales y la contracción del espacio cívico, actúa como fuerza transversal de erosión en un proceso que afecta de forma especialmente intensa a cuatro de las principales dimensiones evaluadas por este índice: las limitaciones al poder gubernamental, la apertura institucional, los derechos fundamentales y el sistema de justicia. En el delicado sistema de pesos y contrapesos que sustentan el equilibrio de poderes en los regímenes democráticos, 99 países experimentaron un deterioro provocado por los límites impuestos a los poderes legislativo y judicial, así como por una pérdida de independencia en los mecanismos de auditoría y supervisión.

Lo llamativo de este fenómeno es que encaja, casi al milímetro, con el diagnóstico que dibujan los principales estudios internacionales sobre la salud del Estado de derecho en el mundo: el deterioro institucional se está acelerando, afecta a todo tipo de países —incluidas las democracias consolidadas— y su principal motor no son las guerras ni los golpes militares, sino formas más sutiles de cooptación institucional: el avance de la autocracia.

También la cultura del gobierno abierto ha retrocedido en el 66% de los países analizados, con un descenso sostenido de la participación cívica y del derecho de acceso a la información. El impacto sobre los derechos fundamentales no es menor: en dos de cada tres estados se han documentado restricciones crecientes a la libertad de expresión, de opinión, de reunión y de asociación.

Así lo refleja el Índice del Estado de Derecho que elabora anualmente el World Justice Project (WJP), una organización independiente y multidisciplinar impulsada en 2006 por la American Bar Associa11


{ Reportaje especial }i Por último, la justicia civil ha empeorado en el 68% de los países, en gran parte debido a lentitud creciente de los procedimientos judiciales, a la pérdida de eficacia de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos y a una mayor interferencia del poder político. Estos resultados coinciden a grandes rasgos con los hallazgos del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA Internacional), una ONG internacional con sede en Estocolmo fundada en 1995 por 14 estados miembros para apoyar y fortalecer las instituciones y los procesos democráticos en todo el mundo. En el informe sobre el Estado Global de la Democracia 2025, esta organización alerta sobre un clima internacional de “incertidumbre radical” que está poniendo a prueba la resiliencia del sistema incluso en democracias históricamente consolidadas como Estados Unidos. El estudio evalúa el desempeño democrático a partir de cuatro grandes dimensiones: representación, derechos, Estado de derecho y participación. De las cuatro categorías, la que registró un peor resultado global fue la del Estado de derecho. En 2024, 71 países (41%) registraron un bajo rendimiento en esta materia, y en 32 de ellos se produjo un declive respecto al año anterior. Europa concentró el 38% de estos retrocesos, seguida por África, América, Asia y el Pacífico, y Asia Occidental. El deterioro más pronunciado dentro de esta categoría se dio en el factor de independencia judicial. En la categoría de derechos, el mayor retroceso global se produjo en libertad de prensa,

seguido de libertad de expresión, igualdad económica y acceso a la justicia. La libertad de prensa empeoró en 43 países, casi una cuarta parte (24,9%) de los analizados, lo que constituye el declive más amplio registrado en este factor desde 1975 y supone una grave amenaza para la rendición de cuentas pública y la participación política informada. También el Índice de la Democracia (Democracy Index) que elabora anualmente la Unidad de Inteligencia del grupo The Economist, apunta a una consolidación de una tendencia regresiva. La nota media mundial cayó a 5,17 —la más baja desde que comenzó a elaborarse el índice en 2006—, y el número de democracias reconocidas se redujo a 71, tres menos que el año anterior. Por primera vez, menos de la mitad de la población mundial vive en algún tipo de régimen democrático (45%), y apenas un 6,6% lo hace en una democracia plena. El deterioro, según el índice promoviso por el semanario británico, se concentra en los fundamentos del sistema: libertades civiles, pluralismo político y funcionamiento institucional. En contraste con la mejora sostenida en participación política registrada entre 2010 y 2022, los últimos dos años muestran signos de agotamiento también en esta dimensión. La categoría que obtiene la peor puntuación es la de funcionamiento del Gobierno, lastrado por el bloqueo político, la corrupción, la opacidad y la pérdida de confianza ciudadana. La cartografía del deterioro institucional revela contrastes importantes. Mientras Europa Occidental y Oceanía siguen 12

copando la parte alta de los listados, otras regiones presentan descensos preocupantes. América Latina, con retrocesos en 19 de los 23 países analizados, concentra algunos de los casos más graves, según el Índice del Estado de Derecho de WJP. Solo Uruguay y Costa Rica figuran como democracias plenas en el índice de referencia que publica The Economist, mientras que Chile, República Dominicana, Argentina, Brasil, Colombia y Panamá son consideradas democracias defectuosas. El resto se agrupan en la categoría de sistemas híbridos (Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala,


Estado de Derecho

Honduras, México, Paraguay y Perú) o autoritarios (Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela). En cuanto a Estados Unidos, aunque solo ha retrocedido una posición en el índice de WJP hasta el puesto 27 que ocupa en 2025, figura entre los países donde más ha empeorado el Estado de derecho en el último año, con un declive de un 2,8%, empatado con México y solo por detrás de Togo, Mozambique, Sudán y Rusia. En un informe publicado este año por la American Bar Association, la abogacía estadounidense describe una situación alarmante: “Nuestra democracia

está en peligro. Muchos consideran que el Estado de derecho está amenazado y que, de hecho, nos encontramos en medio de una crisis constitucional. Incluso la actual Administración debe admitir que está decidida a forzar los límites de las normas legales y constitucionales”. Y en Europa, Hungría, Bulgaria, Grecia, Croacia y Rumanía ocupan los puestos más bajos del ranking regional. En los últimos 12 meses, el retroceso en la calidad democrática ha sido especialmente acuciado en Hungría (-2%) y en Eslovaquia (-2,3%), que ocupa la posición número

36. En la parte alta, Dinamarca, Noruega, Finlandia, Suecia y Alemania lideran la tabla.

Autocratización, un proceso endógeno En el informe “25 años de autocratización: ¿democracia truncada?”, de 2025, el Instituto V-Dem (Variedades de la Democracia) pone cifras a una “ola mundial de autocratización” que ha llevado a la democracia a sus horas más bajas. Por primera vez en más de 20 años, en el mundo hay más autocracias (91) que democracias (88). El desequilibrio es mucho mayor desde el punto de vista demográfico: el 72% de la población mundial vive actualmente en países donde la calidad de la democracia está en declive, una cifra no vista desde el año 1978. De acuerdo a esta organización, que estudia desde la Universidad de Gotemburgo la evolución de la democracia en todo el mundo, la censura de los medios de comunicación, el socavamiento de los procesos electorales y la represión de la sociedad civil son las estrategias más populares por quienes lideran esta deriva autoritaria global, un itinerario autocrático por el que transitan actualmente 45 países, entre los que figuran democracias formalmente consolidadas como Argentina, India, Indonesia, México o Corea del Sur, y estados no tan lejanos como Grecia, Hungría y Rumanía. El estudio distingue cuatro tipos de regímenes políticos: autocracias cerradas, autocracias electorales, democracias electorales y democracias liberales. Las primeras carecen de elecciones

13


{ Reportaje especial }i

14


Estado de Derecho

15


{ Reportaje especial }i competitivas y de libertades básicas como las de expresión o asociación. Las segundas celebran elecciones multipartidistas, pero no cumplen las condiciones mínimas para considerarlas libres y justas. Las democracias electorales sí cumplen esas garantías básicas, y las liberales van más allá, al incorporar límites efectivos al poder del Ejecutivo, independencia judicial y protección sólida de los derechos civiles. Existe, además, una “zona gris”, con países donde los datos disponibles presentan márgenes de incertidumbre que impiden clasificarlos con claridad. El tipo de régimen más común en términos demográficos es hoy la autocracia electoral, donde viven el 46% de los habitantes del planeta (unos 3.700 millones de personas). En este grupo se encuentran algunos de los países más poblados, como India, Pakistán, Etiopía o Indonesia. Por su parte, las autocracias cerradas reúnen al 26% de la población mundial, alrededor de 2.100 millones de personas, en países como China, Vietnam, Coreal del Norte o Cuba. En el extremo opuesto, las democracias liberales apenas albergan al 12% de la población mundial (unos 900 millones de personas), lo que representa su mínimo histórico en los últimos cincuenta años. Esta caída se debe tanto al descenso en el número de países que cumplen los estándares más exigentes de calidad democrática, como al estancamiento demográfico de las regiones donde aún se mantienen. Las democracias electorales representan el 16% de la población mundial. A finales de 2024,

los países más poblados en esta categoría eran Brasil, México y Nigeria, aunque los dos últimos se sitúan en la zona gris, es decir, en el umbral entre democracia electoral y autocracia electoral, según el grado de incertidumbre en los datos.

Debilitamiento de la independencia judicial Vaciar de contenido la función de control de los tribunales mediante reformas legales, sanciones disciplinarias selectivas o la colonización de los órganos de gobierno judicial forma parte de cualquier manual de instrucciones para minar desde dentro un Estado de derecho. La consecuencia es una justicia menos autónoma, más vulnerable a la presión política y menos capaz de proteger los derechos fundamentales frente a otros poderes del Estado. A escala internacional, el Índice de WJP constata un retroceso sostenido en los indicadores vinculados a la independencia judicial. En los últimos cinco años, el 65% de los países ha empeorado en esta categoría, con especial intensidad en Asia Central, África Subsahariana y América Latina. La manipulación de los procesos de nombramiento, la falta de garantías en la carrera judicial o las interferencias del poder ejecutivo en casos sensibles son prácticas cada vez más extendidas. En el ámbito latinoamericano, esta deriva se refleja en episodios como el asedio a los tribunales constitucionales en El Salvador, los intentos de controlar el poder judicial en Guatemala o los conflictos por la renovación de altas magistraturas en Argentina. 16

Uno de los casos más preocupantes es el de México, donde la reforma judicial aprobada en 2024 —que establece, entre otras medidas, la elección por voto popular del poder judicial al completo—, ha suscitado un fuerte rechazo entre los operadores jurídicos dentro y fuera el país azteca. Para el presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, Albertico Guinto Sierra, la reforma conlleva “la sustitución de la independencia judicial por la obediencia y lealtad política”, poniendo en peligro la protección de los derechos fundamentales cuando se encuentren en conflicto con los intereses del gobierno. “Aunque se presenta como un esfuerzo para combatir la corrupción y democratizar la justicia, en realidad solo favorece al oficialismo en la concentración del poder, debilitando la democracia constitucional”, apunta en estas mismas páginas. En Estados Unidos, el Tribunal Supremo, tradicionalmente garante de los grandes principios constitucionales, atraviesa un periodo de fuerte controversia. Sus fallos más recientes en cuestiones como el aborto, la fiscalización del poder presidencial o los derechos electorales reflejan una creciente alineación ideológica que ha deteriorado su imagen pública. La confianza ciudadana en el alto tribunal, según las encuestas periódicas de Gallup y Pew Research, se sitúa por debajo del 40%, uno de los niveles más bajos registrados en las últimas décadas. En Europa, las encuestas del Eurobarómetro realizadas en 2025 muestran que la percepción de


Estado de Derecho

la independencia judicial varía de forma significativa entre Estados miembros. Mientras en países como Finlandia, Dinamarca, Irlanda, Países Bajos, Luxemburgo y Suecia el nivel de independencia percibida se mantiene especialmente alto, con valores superiores al 75%, en Croacia, Bulgaria y Polonia se sitúa por debajo del 30%. El último informe de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho no pierde de vista a Hungría, donde continúan produciéndose presiones indebidas sobre algunos jueces dentro del propio poder judicial. En Polonia, la restauración de las garantías judiciales aprobada en el Parlamento aún no ha entrado en vigor, a la espera de que se pronuncie el Tribunal Constitucional.

En España, la valoración de la independencia judicial continúa siendo baja a pesar de la renovación del CGPJ. Entre sus recomendaciones, la Comisión Europea destaca la reforma del sistema de nombramiento, en línea con los estándares europeos. También aboga por finalizar y aplicar la reforma del Código Penal, así como por reforzar el estatuto del fiscal general, incluyendo la desvinculación de su mandato del Gobierno.

Instrumentalización del Derecho y deterioro normativo Uno de los síntomas más inquietantes y menos visibles del deterioro del Estado de derecho es la pérdida deliberada de calidad

17

normativa. Esta degradación se manifiesta a través de prácticas legislativas opacas, reformas improvisadas, normas ambiguas o procedimientos acelerados que obstaculizan el control parlamentario y la participación ciudadana. Más de 60 países han registrado en el último año un retroceso significativo en indicadores clave como la previsibilidad de las normas, el debido proceso en la producción legislativa y la ausencia de arbitrariedad del Gobierno, lo que refleja un patrón global de deterioro. Así, el Índice del Estado de Derecho constata que incluso en sistemas democráticos consolidados, el uso abusivo del decreto-ley, la omisión de trámites consultivos o la introducción de enmiendas legislativas ajenas


{ Reportaje especial }i al objeto del debate han debilitado la seguridad jurídica, especialmente en materias sensibles como derechos fundamentales, libertades públicas o transparencia institucional. Esta instrumentalización del Derecho adopta modalidades diversas según los contextos. En Europa, la Comisión Europea ha documentado prácticas preocupantes en varios Estados miembros. En su último informe, denuncia la tramitación de reformas relevantes sin consultas públicas, la acumulación de competencias normativas en órganos ejecutivos o la utilización de procedimientos parlamentarios abreviados para evitar informes de órganos consultivos como los Consejos de Estado nacionales. En países como Hungría, Polonia o Rumanía, estas dinámicas se han traducido en cambios legales que han limitado la autonomía judicial o recortado derechos ciudadanos sin el debido debate parlamentario. España no escapa a esta tendencia. Informes como el elaborado por la Fundación Hay Derecho advierten del uso reiterado del decreto-ley, de la proliferación de proposiciones de ley con origen parlamentario —sin memoria económica ni dictámenes preceptivos— y de la tramitación de enmiendas in extremis sin conexión temática con la norma principal. Esta forma de legislar, aunque formalmente legal, vulnera el principio de legalidad material y alimenta la percepción de arbitrariedad. El presidente de esta Fundación, Segismundo Álvarez, escribía en OTROSÍ hace unos meses que “Una legislación ingente, compleja, técnicamente deficiente e

inestable produce gravísimos daños a nuestra seguridad, libertad y prosperidad económica”. En esa misma línea, el catedrático Manuel Aragón, emérito del TC y autor de referencia en materia de Derecho Constitucional, denuncia en las páginas de esta revista la degradación de las leyes parlamentarias causada por el falseamiento del procedimiento legislativo, el uso criticable de las enmiendas intrusas y el fraude consistente en utilizar las proposiciones de ley para huir de los requisitos que tendría presentarlas como proyecto de ley. “La escasa meditación y la defectuosa técnica en la preparación de las iniciativas legislativas gubernamentales (o de los partidos que le apoyan), la apelación constante al procedimiento de urgencia, la extrema limitación temporal de la presentación de enmiendas y de la deliberación parlamentaria, están produciendo unas leyes de escasa calidad con merma de la seguridad jurídica que las prescripciones legales deben proporcionar”, afirma Aragón. En Estados Unidos, la litigiosidad institucional ha aumentado exponencialmente tras la investidura presidencial, con más de 500 demandas contra actos ejecutivos en ámbitos tan variados como la política migratoria, los aranceles, los derechos fundamentales o el clima. Según el seguimiento realizado por el centro Just Security, actualizado a diario, en el momento de redactar este reportaje, el 50% de los litigios sigue pendiente de resolución judicial y cerca de 120 casos han logrado algún tipo de bloqueo total o parcial de las medidas impugnadas. Hasta la 18

fecha, ningún caso ha concluido con una sentencia firme favorable a los demandantes, lo que refleja tanto la complejidad de los procesos como los obstáculos estructurales para frenar la agenda ejecutiva por la vía judicial.

Corrupción estructural y opacidad institucional La corrupción no es solo un fenómeno ético o económico. En su dimensión estructural, representa una de las formas más nocivas de degradación del Estado de derecho, ya que socava los fundamentos institucionales y distorsiona el principio de igualdad ante la ley. Allí donde la corrupción se convierte en una práctica sistémica, el Derecho pierde su capacidad de organizar el poder público y proteger los derechos ciudadanos, y se impone una lógica clientelar que erosiona la legitimidad democrática. El índice de WJP identifica este fenómeno a través de un indicador específico, “ausencia de corrupción”. Según sus datos, aunque a nivel global se ha registrado una ligera mejora respecto al año anterior, el 41 % de los países evaluados sigue mostrando signos de retroceso en esta categoría. Las regiones más afectadas son América Latina, Asia Meridional y África Subsahariana, donde el clientelismo político, la impunidad de las élites y la captura de organismos públicos son prácticas persistentes que bloquean cualquier intento de regeneración institucional. En el caso de la Unión Europea, la Comisión ha activado me-


Estado de Derecho

canismos de condicionalidad presupuestaria frente a Estados miembros en los que se detectan prácticas de corrupción institucional, especialmente vinculadas al uso de fondos europeos y a la independencia de las fiscalías. Aunque la mayoría de los Estados miembros ha aprobado estrategias nacionales, reforzado unidades especializadas y mejorado la cooperación entre cuerpos policiales, fiscalías y tribunales, persisten lagunas significativas en la regulación de los conflictos de intereses, la actividad de lobby o la financiación de partidos. La Comisión constata además un bajo índice de condenas firmes en casos de corrupción de alto nivel, lo que debilita la confianza ciudadana en la equidad del sistema. En España, si bien los

niveles de corrupción estructural son menores que en otras latitudes, persisten déficits preocupantes de transparencia en la gestión de fondos públicos, una débil fiscalización parlamentaria y una limitada autonomía de los organismos de control. El Democracy Index 2024, por su parte, refiere una correlación directa entre los regímenes autoritarios o híbridos y los mayores niveles de corrupción percibida. Allí donde los controles institucionales son débiles, el poder se ejerce sin rendición de cuentas y los recursos públicos se utilizan con criterios opacos, se reproduce una lógica de apropiación del Estado por parte de determinados grupos. El informe destaca además cómo la corrupción estructural alimenta el escepticismo ciudadano, 19

debilita el cumplimiento voluntario de las normas y favorece la aparición de movimientos populistas que capitalizan el malestar social. Manuel Villoria, presidente de la flamante Autoridad Inde-

La proliferación de campañas de desinformación, las injerencias extranjeras en procesos democráticos y la manipulación de algoritmos informativos configuran un nuevo escenario de riesgos difusos


Estado de Derecho

pendiente de Protección del Informante (un organismo público en funcionamiento desde septiembre de 2025”, explica el vínculo estructural entre la corrupción y el debilitamiento del Estado de derecho, dos fenómenos que se retroalimentan. “La corrupción, como abuso de poder con incumplimientos legales, pero también morales, es un factor clave para explicar el deterioro de la confianza en nuestras instituciones. La propia concepción del Estado de derecho como un marco de expectativas sobre el comportamiento de los poderes públicos, explica también la percepción de la corrupción, pues esta incorpora incumplimientos morales como los que se derivan del desprecio a los valores que fundamentan dicho Estado de derecho”. De ahí, concluye Villoria, esa correlación tan sólida entre ambas variables. “A más incumplimiento del Estado de derecho, mayor percepción de corrupción; a mayor percepción de corrupción, menor cultura de la legalidad y mayor deterioro del Estado de derecho.”

Amenazas híbridas y desinformación La proliferación de campañas de desinformación, las injerencias extranjeras en procesos democráticos y la manipulación de algoritmos informativos configuran un nuevo escenario de riesgos difusos, difícilmente encajables en las categorías clásicas del Derecho público, pero con efectos directos sobre la calidad democrática y la confianza ciudadana.

El World Justice Project alerta en su índice de 2025 sobre el deterioro sostenido en el ámbito de los Derechos Fundamentales, que agrupa la libertad de expresión, el derecho a la información y la protección frente a la censura. Desde 2016, este indicador ha retrocedido en más del 80% de los países, con caídas particularmente acusadas en América Latina, Asia y Europa del Este. Este retroceso no siempre responde a legislaciones restrictivas, sino a entornos mediáticos degradados, discursos polarizantes y pérdida de integridad informativa en el debate público. En su índice global sobre el estado de la democracia, The Economist señala subraya cómo el auge de medios digitales no regulados, el uso de bots y granjas de contenidos, la opacidad de las plataformas y la pérdida de centralidad del periodismo profesional han creado un ecosistema especialmente vulnerable a la manipulación. En paralelo, el informe describe una polarización creciente y una pérdida de consenso sobre los valores democráticos esenciales. La cultura política mundial — que mide el apoyo ciudadano a la democracia frente a modelos tecnocráticos o autoritarios— ha caído de 5,73 en 2008 a 5,25 en 2024. Los datos sugieren un distanciamiento creciente entre ciudadanía y sistema democrático, especialmente entre las generaciones más jóvenes, más proclives a aceptar “alternativas no democráticas” ante la frustración con los sistemas políticos actuales. La Comisión Europea, en su informe sobre el Estado de Derecho 2025, identifica como riesgo específico la difusión de 21

campañas de desinformación orquestadas desde el exterior, especialmente en procesos electorales. Además, señala la necesidad de una mayor transparencia algorítmica y de reforzar los mecanismos de verificación informativa. En los Estados miembros con mayores niveles de polarización política, estas amenazas han derivado en ataques a la integridad electoral, cuestionamientos a la independencia judicial o campañas sistemáticas de desprestigio contra las instituciones. En España, el Departamento de Seguridad Nacional (DSN) tiene identificadas las campañas de desinformación como “grave amenaza para los procesos electorales” y, destaca “por su potencial peligrosidad” las estrategias de desinformación de actores extranjeros “tanto estatales como no estales, que desarrollan aparatos de propaganda con la intención de polarizar a la sociedad y minar su confianza en las instituciones”.

La hora de la abogacía Frente a la erosión de los contrapesos democráticos y la normalización del conflicto institucional, la abogacía está asumiendo un papel cada vez más protagónico en la defensa del Estado de derecho, identificando las amenazas sistémicas que afectan a la justicia, denunciando los retrocesos normativos e institucionales y articulando respuestas colectivas ante el debilitamiento de los principios constitucionales. La International Bar Association (IBA) expresó el pasado mes de marzo su “profunda preocupación” por la erosión del Estado


{ Reportaje especial }i de derecho en democracias consolidadas como Estados Unidos, advirtiendo sobre los ataques al poder judicial, a los medios y a la propia profesión jurídica como pilares esenciales de la democracia. En paralelo, la American Bar Association (ABA) lideró una declaración conjunta, firmada por más de 50 colegios de abogados en respuesta al intento de socavar el libre ejercicio de la abogacía. El Colegio de la Abogacía de Madrid se adhirió de inmediato a esta respuesta colectiva, publicando un comunicado en el que condenaba “toda forma de presión o señalamiento contra los operadores jurídicos que ejercen sus funciones con independencia y sometimiento pleno a la legalidad”.

Esta línea de actuación no es nueva. El ICAM ha interiorizado la defensa del Estado de derecho como uno de sus fines esenciales, tanto en sus estatutos como en su práctica institucional. En noviembre de 2023, la Junta de Gobierno aprobó una Declaración Institucional en defensa de la separación de poderes, el valor de la justicia independiente y el respeto a la función jurisdiccional, una iniciativa avalada recientemente por la justicia como legítimo ejercicio de sus competencias colegiales. Además, el ICAM contribuye anualmente a los informes de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho, proporcionando una visión técnica desde dentro del sistema judicial

22

español. También en el ámbito internacional, la Declaración de Madrid, firmada al cierre de la I Cumbre Iberoamericana, refleja el compromiso de la corporación madrileña con la protección efectiva de los valores democráticos, la independencia judicial y la garantía de los derechos fundamentales frente a cualquier forma de deriva autoritaria o instrumentalización del Derecho. En el último Congreso de la Unión Internacional de Abogados, celebrado en octubre en México, el decano Eugenio Ribón propuso avanzar hacia una acción coordinada entre colegios de abogados de distintos países mediante tres líneas estratégicas: la creación de observatorios colegiales internacionales


Estado de Derecho

que alerten ante amenazas a la independencia judicial; la promoción de una participación técnica activa de la abogacía en los procesos de reforma legislativa; y el impulso decidido de la educación jurídica de la ciudadanía como base imprescindible para fortalecer la cultura democrática. En palabras del decano: “En un tiempo en que el Estado de derecho se ve amenazado en demasiadas latitudes, y donde las fronteras de la injerencia política se difuminan, los colegios de abogados tenemos una obligación clara: no mirar hacia otro lado”.

•

The Global State of Democracy 2025: Democracy in the Face of Uncertainty. IDEA Internacional. Estocolmo. Disponible en: https://www.idea.int

•

Declaración de Madrid – Cumbre Internacional ICAM 2025: Iberoamérica. Adoptada el 6 de junio de 2025. Disponible en: https://web.icam.es

•

Final Report of the ABA Task Force for American Democracy (2025). American Bar Association. Disponible en: https://www. americanbar.org

•

Executive Orders Litigation Tracker (2025). Just Security – NYU School of Law. Disponible en: https:// www.justsecurity.org

• •

Chin, J. J. & Wright, J. (2024). Self-Coups Since 1945: A Global Database. Colpus Project. Disponible en: https://www.colpus.org

Special Eurobarometer 534: Perceived Independence of the National Justice Systems in the EU (2025). Comisión Europea. Disponible en: https://europa.eu/eurobarometer

•

Informe sobre el Estado de Derecho en la Unión Europea – Edición 2025. Comisión Europea. Dirección General de Justicia y Consumidores. Disponible en: https://ec.europa.eu/ info

•

Statement on Threats to the Rule of Law and the Legal Profession (2025). International Bar Association (IBA). Disponible en: https://www.ibanet.org

•

Aragón Reyes, M. (2025). La situación del Estado de Derecho en España. Revista OTROSÍ, ICAM.

•

Villoria Mendieta, M. (2025) Corrupción y Estado de Derecho. Revista OTROTROSÍ, ICAM.

•

Guinto Sierra, A. (2025). El deterioro de la independencia judicial en México y América Latina. Revista OTROSÍ, ICAM.

Fuentes: •

Rule of Law Index 2025. World Justice Project. Washington, D. C. Disponible en: https://worldjusticeproject.org Democracy Index 2024: Age of Conflict. The Economist Intelligence Unit. Londres. Disponible en: https://www.eiu.com

•

Democracy Report 2025: 25 Years of Autocratization: Democracy Interrupted? University of Gothenburg - Varieties of Democracy (V-Dem), Gothenburg, Sweden. Disponible en: https://www.vdem.net/documents/60/Vdem-dr__2025_lowres.pdf

•

Informe 2024 sobre calidad normativa en España: análisis del deterioro legislativo y sus consecuencias institucionales. Fundación Hay Derecho. Disponible en: https://www. hayderecho.com

•

Informe Anual de Seguridad Nacional 2025. Departamento de Seguridad Nacional. Presidencia del Gobierno de España. Disponible en: https://www. dsn.gob.es

•

Informe Estado de Derecho y Seguridad Jurídica en Iberoamérica (2025). Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Disponible en: https://web.icam.es

23


{ Entrevista }i

«El Estado de Derecho se ve a menudo erosionado por el uso creativo del lawfare y la captura constitucional» 24


{ Entrevista }

Síofra O’Leary Texto: Jaime Gómez Fotos: CIDH

El Estado de derecho constituye una piedra angular para la defensa de la democracia, los derechos humanos y la seguridad jurídica. En un contexto internacional cada vez más complejo, los tribunales regionales desempeñan un papel decisivo como garantes frente a eventuales abusos de poder.

Desde hace tiempo, la jurisprudencia de los dos tribunales europeos —el de Estrasburgo y el de Luxemburgo— viene señalando un deterioro del Estado de derecho en países como Hungría, Polonia, Rumanía o Bulgaria, con signos preocupantes de regresión también en otros Estados miembros como Eslovaquia o la República Checa.

En este marco, OTROSÍ entrevista a Síofra O’Leary, expresidenta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y actualmente investigadora Hauser/ Remarque en la Universidad de Nueva York, para conocer su visión sobre la situación actual, el papel del Tribunal de Estrasburgo en la protección del Estado de derecho y las medidas que considera esenciales para reforzar la resiliencia institucional en Europa.

Este deterioro se manifiesta de forma más clara en intentos directos, tanto políticos como legislativos, de socavar la independencia judicial, limitar el margen de actuación de la oposición y de la sociedad civil, controlar o amenazar a medios de comunicación anteriormente independientes e incluso interferir en la libertad académica. En el espacio jurídico del Convenio, que incluye a 46 Estados parte —nueve de los cuales son países candidatos al ingreso en la Unión Europea—, la situación no es más alentadora. Por ejemplo, las restricciones al trabajo de abogados y miembros de la sociedad civil, así como las detenciones y condenas ilícitas de opositores, han sido objeto de asuntos contra Azerbaiyán y Turquía durante muchos años.

Los informes recientes sobre el Estado de derecho alertan de un retroceso generalizado, con debilitamiento de la separación de poderes, una menor protección de los derechos fundamentales y sistemas de justicia que no responden plenamente a las necesidades de la ciudadanía. ¿Cuál es su diagnóstico?

Antes y después de su expulsión del Consejo de Europa en 2022, numerosas sentencias contra Rusia han demostrado cómo un Estado puede asfixiar progresivamente el espacio político —y buena parte del espacio personal de la ciudadanía— mediante un entramado de normas legales que se idean y endurecen con el tiempo. Hoy en día, el Estado

Es importante ser al mismo tiempo clarividentes y mesurados al evaluar la naturaleza y el verdadero alcance del retroceso del Estado de derecho, tanto en los 27 Estados miembros de la Unión Europea como en los 46 Estados parte en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. 25


{ Entrevista } de derecho se ve a menudo erosionado por el uso creativo del lawfare y la captura constitucional. Y todo parece indicar que el “manual ruso” de asfixia está aplicándose ahora en Georgia a una velocidad alarmante.

tura y del sistema judicial. Si bien todos los miembros de la sociedad son responsables de preservar el Estado de derecho, aquellos que, por su experiencia profesional, conocen mejor sus vulnerabilidades, asumen una responsabilidad aún mayor.

Además de las medidas que restringen los derechos civiles y políticos clásicos, se observa también una tendencia en varios países europeos a interferir en los derechos y libertades de las minorías sexuales, e incluso retrocesos en materia de igualdad de protección para las mujeres. Resulta significativo, por ejemplo, que Hungría, Eslovaquia y la República Checa no hayan ratificado el Convenio de Estambul.

Precisamente, el Informe Anual sobre el Estado de Derecho de la Comisión Europea analiza los avances en materia de justicia, lucha contra la corrupción, libertad de los medios e independencia institucional, al tiempo que advierte de desafíos persistentes en algunos Estados miembros. ¿Cuáles considera que son hoy las principales amenazas al Estado de derecho en Europa?

En conjunto, el diagnóstico de que existen problemas estructurales serios en materia de Estado de derecho en Europa es, por desgracia, acertado.

Una de las amenazas más graves que afrontan actualmente tanto la democracia como el Estado de derecho es, por un lado, el auge del populismo y de formas de gobierno cada vez más autoritarias y, por otro, la incapacidad para comprender las dinámicas sociales y políticas que han propiciado ese giro populista, así como la falta de respuesta ágil y eficaz por parte de los partidos políticos y del conjunto de la sociedad ante la pérdida de confianza que estas tendencias suelen reflejar.

En cuanto al otro aspecto de su pregunta, es decir, la percepción de que los sistemas de justicia no responden a las expectativas ciudadanas, las encuestas del Eurobarómetro muestran una gran disparidad en la percepción de independencia judicial entre los distintos Estados miembros. La autoridad de los tribunales no depende únicamente del respeto a la separación de poderes por parte del Ejecutivo y el Legislativo. Depende, ante todo, de que los jueces —y demás operadores jurídicos— honren los principios de independencia e imparcialidad, y trabajen con diligencia, sin miedo ni favoritismos, para interpretar, aplicar y hacer respetar el Derecho. Y, por supuesto, es fundamental que cuenten con los medios suficientes para ello.

El principio de confianza mutua es esencial para el funcionamiento de la Unión Europea —desde la orden de detención europea hasta el reconocimiento de resoluciones judiciales—, de modo que cualquier disfunción en los sistemas de justicia de los Estados miembros, que afecte al Estado de derecho, ya sea consecuencia de un giro populista o no, repercute en todos los Estados de la Unión.

Por tanto, no deberíamos limitarnos a señalar con el dedo a los Estados de Europa Central y del Este, sino también reconocer y corregir cualquier pérdida de confianza ciudadana en la judicatura o cualquier amenaza al Estado de derecho que se dé en nuestros propios entornos.

¿Qué papel juegan los tribunales frente a esa desafección hacia las instituciones y la instrumentalización del discurso contra la justicia? Como antigua jueza, me preocupa especialmente el riesgo de que la ciudadanía sea víctima de estrategias políticas diseñadas deliberadamente para debilitar la independencia y la eficacia de los sistemas judiciales o para minar la confianza pública en los mismos. En tiempos de creciente populismo y autoritarismo, los tribunales —encargados de aplicar normas orientadas precisamente a contrarrestar esas tendencias, proteger a las personas frente a la arbitrariedad estatal y garantizar el respeto a la democracia y al Estado de derecho— se convierten inevitablemente en blanco de ataques políticos o sociales.

El Informe 2025 sobre el Estado de Derecho de la Comisión Europea recogía, en su capítulo dedicado a España, preocupaciones en torno a declaraciones de responsables políticos sobre jueces concretos, así como sobre las protestas de asociaciones de jueces y fiscales en relación con la reforma de la justicia. Estas últimas son cuestiones de interés público, sobre las que el debate resulta necesario y legítimo. No obstante, la forma y el momento en que los jueces se pronuncian pueden también proyectar una imagen negativa sobre el conjunto de la judica26


{ Síofra O’Leary } hoy vincula a 46 Estados y protege los derechos y libertades de unos 700 millones de personas dentro del espacio jurídico del Convenio.

Quienes buscan eludir o desmantelar los contrapesos institucionales inherentes a una democracia funcional suelen presentar a los jueces como parte de una élite alejada de la ciudadanía, y tachan de ilegítimas aquellas resoluciones judiciales que hacen valer exigencias constitucionales o convencionales por considerar que van contra la mayoría. Este tipo de desinformación perjudica gravemente al interés público, pero estamos viendo hasta qué punto puede calar y consolidarse.

Muchos de los Estados que se adhirieron al Convenio tras la caída del Muro de Berlín eran antiguas repúblicas soviéticas inmersas en una compleja —y a veces incómoda— transición del autoritarismo a la democracia. En otro momento y por otras razones, España vivió también su propia transición y se reincorporó a la familia europea. Para todos los Estados parte, pertenecer al Convenio Europeo de Derechos Humanos constituye una condición imprescindible para la adhesión a la Unión Europea.

Para resistir este tipo de ataques, los jueces y los sistemas judiciales deben mantenerse por encima de cualquier reproche. Eso exige tener plena conciencia de la naturaleza y el alcance de sus responsabilidades, así como de los límites de su función jurisdiccional, y ofrecer respuestas judiciales en tiempo oportuno.

Hoy asistimos con preocupación a la deriva de ciertos Estados de Europa Central y del Este, seducidos por formas de democracia iliberal que pretenden debilitar y controlar precisamente aquellas instituciones que fueron concebidas para salvaguardar la integridad estructural y el funcionamiento efectivo de la democracia y la sociedad civil. Ante esta situación, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha venido respondiendo, en cientos de sentencias, tanto a violaciones individuales del Convenio como a los problemas sistémicos que las originan.

En este contexto, ¿qué papel desempeña el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la protección del Estado de derecho? El pasado 4 de noviembre se celebró el 75º aniversario del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Se trata de un instrumento jurídico pionero, adoptado inicialmente por doce Estados firmantes en el periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial, que

27


{ Entrevista } ¿De qué manera pueden sus sentencias contribuir a corregir retrocesos institucionales y a fortalecer la democracia y los derechos humanos en los Estados miembros del Consejo de Europa?

impugnado la prolongada omisión del Parlamento en la renovación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal también ha conocido de asuntos particularmente delicados sobre restricciones a la libertad de expresión, disolución de partidos políticos o tratamiento de personas acusadas y condenadas por delitos de terrorismo. Ya se trate de la admisión de pruebas, del desarrollo del proceso penal o de las condiciones de detención, el Tribunal ha subrayado en todos los casos qué exige el respeto al Estado de derecho en su dimensión más amplia.

Bajando del plano abstracto al concreto, en una serie de casos recientes contra Polonia, presentados por jueces y ciudadanos cuyos puestos o procesos judiciales se vieron afectados por las reformas impulsadas por el anterior Gobierno, el Tribunal ha apreciado múltiples violaciones de los artículos 6, 8 y 10 del Convenio, relativos al derecho a un juicio justo, al respeto de la vida privada y a la libertad de expresión.

A pesar de los avances, persisten zonas grises en la protección del Estado de derecho, como la ejecución desigual de las sentencias o la insuficiencia de medios en algunos sistemas judiciales nacionales. ¿Cuáles son, a su juicio, las principales limitaciones a las que se enfrenta el Tribunal en este terreno?

En el caso de Hungría, el Tribunal ha declarado la existencia de violaciones del artículo 10 tras las sanciones impuestas a parlamentarios por interrumpir el debate de unos proyectos legislativos a los que se oponían, así como por el cese anticipado del presidente del Tribunal Supremo a raíz de sus críticas a determinadas reformas legislativas que afectaban a la independencia judicial.

En primer lugar, la no ejecución de las sentencias judiciales —ya sean nacionales, europeas o internacionales— debería suscitar una seria preocupación en términos de respeto al Estado de derecho.

En lo que respecta a España, el Tribunal ha concluido que se vulneró el derecho de acceso a la justicia de un grupo de jueces españoles que había

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado miles de sentencias relativas a la falta de

28


{ Síofra O’Leary } ejecución o a la ejecución tardía de resoluciones judiciales nacionales. Tal y como ha reconocido el propio Consejo de Europa, esta situación “representa un peligro importante para el respeto del Estado de derecho, mina la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial y pone en entredicho la credibilidad del Estado” (Burmych y otros c. Ucrania, nº 46852/13, sentencia de 12 de octubre de 2017).

financiación adecuada puede provocar demoras excesivas en los procedimientos civiles y penales, lo que —además de socavar la confianza ciudadana— ha dado lugar a numerosas sentencias del TEDH que declaran la vulneración del artículo 6 del Convenio Europeo, relativo al derecho a un proceso equitativo. El propio Tribunal Europeo ha sufrido durante muchos años una situación de seria y prolongada infradotación presupuestaria, a pesar de su carga de trabajo y de su papel esencial para el buen funcionamiento de los sistemas de justicia en todo el espacio jurídico del Convenio. Afortunadamente, el presupuesto del Tribunal fue ampliado tras la IV Cumbre antes mencionada. Sin embargo, aún no ha alcanzado una posición institucional y financiera suficientemente independiente dentro del Consejo de Europa, acorde con su función crucial y con el volumen de asuntos que gestiona.

Para el Consejo de Europa, cuya razón de ser es precisamente garantizar el respeto de la democracia representativa efectiva, los derechos humanos y el Estado de derecho, el incumplimiento o la ejecución irregular de las sentencias del Tribunal —cuya supervisión corresponde al Comité de ministros y a los Estados demandados— constituye una fuente de preocupación muy grave. Lamentablemente, algunos países están adoptando una actitud de “selección a la carta” en su cumplimiento del Derecho internacional, eligiendo qué sentencias están dispuestos a ejecutar e ignorando el resto.

Cualquier juez europeo podrá confirmar que una inversión adecuada en los sistemas de justicia beneficia no solo al tejido empresarial y al comercio, sino también al bienestar social, la vida familiar, la salud pública, la seguridad, la educación, la vivienda y la igualdad. Las personas responsables de asignar los recursos públicos deberían tomarse muy en serio estas demandas de financiación.

Ahora bien, no creo que este problema persistente pueda calificarse como un “ángulo muerto”. Hace tiempo que está plenamente identificado. La necesidad de ejecutar las sentencias del TEDH fue mencionada hasta en dieciséis ocasiones en la Declaración y el Anexo sobre el Tribunal adoptados en la IV Cumbre del Consejo de Europa, celebrada en 2023. En ese foro, los 46 Estados parte se comprometieron a redoblar esfuerzos para garantizar una ejecución completa, efectiva y rápida de las resoluciones del Tribunal.

Muy a menudo, el Estado de derecho se pone a prueba precisamente en la garantía de los derechos fundamentales —como la libertad de expresión, la igualdad ante la ley o el acceso efectivo a la justicia—. A su juicio, ¿dónde se sitúan hoy las tensiones más urgentes en Europa, y qué sentencias recientes del Tribunal destacaría como especialmente relevantes para reforzar tanto los derechos fundamentales como la resiliencia democrática?

Corresponde ahora al Comité de ministros y a los propios Estados dar seguimiento a ese compromiso, velando por que se respete la autoridad del Tribunal y por que las sentencias se ejecuten de forma oportuna, tanto en su letra como en su espíritu. El incumplimiento de ese deber supondría, en definitiva, no tomarse en serio el Estado de derecho que la organización pretende defender.

Hay tantos ejemplos posibles que no sabría por dónde empezar. La guerra en Ucrania es, sin duda, el más elocuente en la actualidad. En la sentencia dictada en Ucrania y Países Bajos c. Rusia, en 2025, el Tribunal aplicó el Convenio Europeo de Derechos Humanos —un “instrumento constitucional del orden público europeo”— para declarar la responsabilidad de la Federación Rusa por múltiples violaciones de derechos humanos desde la invasión del Este de Ucrania en 2014 y la posterior intensificación de las operaciones militares en 2022.

Más allá del cumplimiento de las sentencias, ¿qué otros déficits estructurales comprometen el funcionamiento de los sistemas de justicia en Europa? En cuanto a la insuficiencia de medios en los sistemas judiciales nacionales, se trata de una preocupación reiteradamente expresada por presidentes de tribunales supremos de toda Europa. La falta de 29


{ Entrevista } Por último, aunque no por ello menos importante, en casos contra diversos Estados —incluidos Italia, Croacia, Bulgaria o Moldavia— el Tribunal ha apreciado violaciones del Convenio cuando las autoridades nacionales no actuaron de manera eficaz, o ni siquiera actuaron, ante amenazas o situaciones de violencia doméstica. Puede parecer sorprendente vincular los casos de violencia doméstica con cuestiones relativas al Estado de derecho y la resiliencia democrática. Sin embargo, en el centro de estos asuntos está el derecho de las mujeres a la igualdad en la protección de la ley, lo que sitúa plenamente estas violaciones en el ámbito del Estado de derecho.

En otra sentencia contra Rusia, de febrero de 2025, el Tribunal concluyó que la persecución penal y administrativa de personas y medios de comunicación por supuestamente “desacreditar” al ejército ruso o difundir “noticias falsas” sobre las acciones de la Federación Rusa en Ucrania desde 2022 vulneró varios artículos del Convenio, incluido el artículo 10 sobre libertad de expresión (Novaya Gazeta c. Rusia). En los últimos meses, el Tribunal ha reiterado que la detención ilegal de líderes de la oposición turca como Selahattin Demirtaş sigue constituyendo una vulneración del Convenio. Fallos similares se han dictado en relación con la detención, enjuiciamiento y condena de otras figuras de la oposición en Turquía (Osman Kavala), así como en Rusia (Alexei Navalnyy) y Azerbaiyán (Ilgar Mammadov).

Todo lo anterior constituye solo una muestra del abanico de protecciones que ofrece el Convenio y de la respuesta del Tribunal a las demandas individuales que recibe.

En recientes sentencias contra Ucrania, Rumanía, Polonia y Rusia, el Tribunal ha reafirmado su consolidada jurisprudencia según la cual los Estados parte del Convenio deben ofrecer algún tipo de reconocimiento legal a las parejas del mismo sexo, dejando a cada Estado la decisión sobre la forma concreta que debe adoptar dicho reconocimiento.

Desde su experiencia, ¿qué medidas o estrategias deberían priorizarse para fortalecer el Estado de derecho y hacerlo más resistente frente a los desafíos actuales?

30


{ Síofra O’Leary } informados, ya que se verán llamados a realizar complejos equilibrios entre derechos individuales e interés colectivo.

Una vez más, mi respuesta remite a la relación esencial entre Estado de derecho, democracia y derechos humanos. Juntos conforman una suerte de trinidad laica que ha definido a las democracias más igualitarias, tolerantes y pluralistas en las que mi generación tuvo el privilegio de formarse y crecer. Considero que debemos priorizar aquellas medidas que garanticen que las generaciones futuras puedan beneficiarse en igualdad de condiciones de instrumentos como el Convenio Europeo de Derechos Humanos y de constituciones nacionales basadas en los mismos valores. Permítame señalar tres estrategias que, a mi juicio, merecen ser impulsadas.

En tercer lugar, hace ya casi cinco décadas, en el caso Airey c. Irlanda (nº 6289/73, 9 de octubre de 1979), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoció que el artículo 6 del Convenio implica el derecho de acceso al tribunal. Para que ese derecho sea práctico y efectivo, no puede estar reservado a los sectores acomodados de la sociedad: debe ser accesible también para las personas en situación de pobreza o exclusión. Además, una justicia tardía puede equivaler a una justicia denegada. Como ya se ha indicado, los sistemas judiciales necesitan estar suficientemente dotados de recursos para poder responder con agilidad a las demandas legales de la sociedad, y los jueces deben mantenerse siempre vigilantes respecto a su propia independencia, imparcialidad y a la autoridad de los tribunales que integran.

En primer lugar, la sucesión de crisis —financiera, migratoria, de Estado de derecho y de democracia— debería llevarnos a una reflexión seria sobre la necesidad de renovar alguna forma de educación cívica o democrática. En una reciente sentencia dictada en un caso alemán, el Tribunal subrayó “la enorme importancia, desde la perspectiva del interés público, de enseñar y educar a los niños, de forma creíble, en los valores de la libertad, la democracia, los derechos humanos y el Estado de derecho” (Godenau c. Alemania, nº 80450/17, 29 de noviembre de 2022, § 54). Son pocos los ciudadanos europeos que reflexionan hoy sobre las libertades y los valores que han beneficiado a nuestras sociedades en los últimos cincuenta años. Y menos aún quienes se detienen a pensar cómo sería la vida sin ellos. Sería trágico que la falta de memoria histórica, el desapego creciente hacia la vida pública o una renovada susceptibilidad ante la retórica populista nos llevaran, en Europa, a perder —o incluso a ceder voluntariamente— aquello por lo que tantas generaciones lucharon con esfuerzo.

Educación democrática, integridad electoral y sistemas de justicia eficaces serían, en mi opinión, las prioridades clave para fortalecer la resiliencia democrática de las generaciones presentes y futuras.

§

En segundo lugar, de conformidad con el artículo 3 del Protocolo nº 1 del Convenio, las elecciones en los Estados europeos deben ser libres, justas, celebrarse con regularidad y reflejar la voluntad del pueblo. Sin embargo, las nuevas tecnologías, los grandes conglomerados tecnológicos y las redes sociales han transformado la forma, el momento y el contenido de la información que reciben hoy los votantes. La Unión Europea ha adoptado diversas medidas para contrarrestar las amenazas que estos cambios pueden suponer para la democracia. En algún momento, los jueces nacionales y europeos deberán pronunciarse sobre estas medidas y sobre los desafíos que pretenden abordar. Para ello, será imprescindible que estén debidamente 31


“La captura o politización del sistema de Justicia es quizá la amenaza más grave al Estado de Derecho” 32


{ Entrevista }

Nancy Hernández Texto: Jaime Gómez Fotos: Corte IDH

la ciudadanía. ¿Cómo valora usted este diagnóstico en el contexto de América Latina y el Caribe?

América Latina y el Caribe es una de las regiones del mundo donde más se ha deteriorado el Estado de derecho en el último año, con señales preocupantes en materia de independencia judicial, lucha contra la corrupción y acceso a la justicia. A diferencia de tiempos pasados, la principal amenaza al Estado de derecho ya no emana de los cuarteles, sino de dinámicas internas que operan desde dentro del sistema democrático, debilitando sus garantías con apariencia de legalidad.

El diagnóstico es atendible y, en buena medida, refleja una preocupación real y un problema endémico de la región. En América Latina y Caribe se observan señales de erosión institucional actualmente: concentración de poder, debilitamiento del sistema de pesos y contrapesos, presiones sobre la independencia judicial, así como el uso instrumental del derecho penal y administrativo. A esto se suman factores estructurales que agravan la situación: desigualdades históricas, violencia organizada, altos niveles de impunidad y el aumento de la desinformación, que tensan el funcionamiento ordinario de las instituciones y afectan de manera desproporcionada a grupos históricamente excluidos.

En este contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos desempeña un papel clave como instancia regional de protección frente a los abusos de poder. Más allá de resolver controversias, el tribunal ha consolidado estándares jurídicos que orientan la actuación de los poderes públicos, refuerzan las garantías procesales y promueven reformas estructurales en defensa del Estado de derecho.

¿A qué se debe este retroceso democrático? Por una parte, existe una herencia de las dictaduras latinoamericanas que conllevaron a interferencias arbitrarias entre los poderes y que, en muchos casos, aún persisten. Aunque hemos vivido procesos de redemocratización, de manera cíclica observamos iniciativas que nos recuerdan nuestro pasado autoritario y que debilitan los avances democráticos y la separación efectiva de los poderes. Por otra parte, las dificultades relacionadas con la capacidad de los sistemas judiciales constituyen un problema estructural cada vez más urgente. Ofrecer justicia no es suficiente; es necesario ofrecer justicia oportuna, especialmente en

Sobre estos desafíos y el alcance de esa labor, la presidenta de la Corte ofrece en esta entrevista su visión sobre la situación actual en la región y las estrategias necesarias para fortalecer la resiliencia institucional frente a los riesgos que amenazan a las democracias latinoamericanas. Diversos informes recientes sobre el Estado de derecho alertan de un retroceso generalizado en la separación de poderes, en la protección de los derechos fundamentales y en la capacidad de los sistemas judiciales para responder a las necesidades de 33


{ Entrevista } permanencia y remoción de jueces y fiscales. La sustitución arbitraria de magistrados o la manipulación de procesos disciplinarios compromete la función de control y genera un efecto disuasorio sobre quienes deben fiscalizar al poder.

contextos de graves violaciones de derechos humanos, ya que existe una relación directa entre impunidad y repetición de los hechos. En muchos países el acceso a la justicia continúa siendo desigual, marcado por factores como la discriminación estructural, la falta de recursos y la presión política sobre operadores judiciales. Lo anterior profundiza las brechas ya existentes en materia de derechos.

Otra amenaza sería el uso abusivo de estados de excepción y de la fuerza pública por los Estados. La región ha mostrado una tendencia preocupante a normalizar medidas extraordinarias. Persisten prácticas de represión violenta de la protesta social, vigilancia excesiva y limitaciones arbitrarias a la libertad de expresión, que erosionan el espacio cívico.

No obstante, la región también cuenta capacidades estatales y sociales relevantes. Hay marcos constitucionales robustos, sistemas judiciales consolidados, órganos de control activos y sociedades civiles vigilantes que impulsan la rendición de cuentas. El desafío, por tanto, no es solo de diagnóstico, sino de reconstrucción de confianza.

Asimismo, la corrupción sistémica y opacidad en la gestión pública mina la confianza ciudadana y distorsiona el acceso equitativo a los bienes públicos. La falta de transparencia en contrataciones, compras estatales y megaproyectos afecta no solo la eficiencia económica, sino también la legitimidad institucional y la garantía de los derechos fundamentales.

¿Cuáles son, a su juicio, las principales amenazas al Estado de derecho en la región? La captura o politización de instituciones de control, en particular del sistema de justicia es quizá la amenaza más grave. La Corte IDH ha afirmado que la independencia judicial es un pilar esencial del Estado de derecho y exige garantías en el nombramiento,

La impunidad estructural por la falta de investigación diligente y sanción efectiva de graves

34


{ Nancy Hernández } proyecta hacia la transformación de los sistemas institucionales mediante estándares vinculantes que orientan la actuación de todos los poderes públicos.

violaciones de derechos humanos sigue siendo un problema relevante. La Corte IDH, desde su primera sentencia Velásquez Rodríguez vs. Honduras (1988), ha sostenido que el deber de investigar, juzgar y sancionar es una obligación internacional de acuerdo con la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. La persistencia de estructuras de impunidad, especialmente en casos de violencia estatal, corrupción o violaciones en perjuicio de grupos históricamente vulnerables, socava la confianza en la justicia y perpetúa patrones de abuso.

En ese sentido, la Corte actúa como barómetro democrático al consolidar estándares interamericanos sobre independencia judicial, debido proceso, libertad de expresión, participación política, igualdad y protección de grupos en situación de vulnerabilidad. La Corte no solo resuelve controversias, sino que fortalece el ecosistema democrático, reafirmando que la vigencia de los derechos humanos es condición indispensable del Estado de derecho.

Por otro lado, la criminalidad organizada, a través de la penetración de grupos criminales en estructuras institucionales constituye una amenaza directa al monopolio legítimo de la fuerza y al ejercicio imparcial del poder. Los Estados deben adoptar medidas de debida diligencia frente a contextos de violencia y crimen organizado, garantizando la protección efectiva de las personas más vulnerables. En varios países, la connivencia entre el crimen organizado y agentes estatales ha derivado en violaciones masivas de derechos humanos y en la pérdida de control territorial.

¿De qué manera sus sentencias pueden contribuir a frenar retrocesos institucionales y a reforzar la democracia y los derechos fundamentales? Por un lado, existe un impacto concreto del cumplimiento de la decisión para el Estado para lo cual las medidas fueron ordenadas. Por otro lado, gran parte de la labor de la Corte está relacionada al impacto a través del instituto de control de convencionalidad, cuando las autoridades y órganos estatales incorporan la jurisprudencia interamericana en sus normativas, políticas públicas y decisiones. Además, una de las mayores herramientas de la Corte radica en sus medidas de reparación integral a las víctimas, que van mucho más allá de la indemnización económica prevista por los tribunales nacionales, sino que buscan reestablecer derechos, transformar estructuras y garantizar la no repetición de violaciones de derechos humanos. Por lo tanto, el Tribunal contribuye para transformaciones concretas frente a los desafíos en materia de derechos humanos que enfrenta la región.

El deterioro de la deliberación democrática por desinformación y manipulación digital debilita la capacidad de la ciudadanía para ejercer un control racional del poder. La libertad de expresión e información es un elemento esencial para el debate público. No obstante, la proliferación de campañas de desinformación y el acoso digital, intensificado con las nuevas tecnologías, reducen el pluralismo de ideas y facilitan narrativas autoritarias. Finalmente, los retrocesos en los derechos de comunidades indígenas, afrodescendientes y rurales, especialmente en contextos socioambientales constituyen una amenaza relevante actual. Los conflictos relacionados a las presiones extractivistas han intensificado las violaciones al derecho a la consulta previa, la propiedad colectiva y el territorio ancestral. En casos emblemáticos como Saramaka vs. Surinam, la Corte ha establecido estándares sobre el consentimiento libre e informado y la protección del ambiente. En este contexto, ¿qué papel juega la Corte IDH en la defensa del Estado de derecho?

Por ejemplo, los casos Gadea Mantilla vs. Nicaragua (2024) y Capriles Radonski vs. Venezuela (2024) son precedentes recientes importantes para reforzar la protección de las democracias. Las sentencias ponen de relieve estándares internacionales con relación a las obligaciones estatales relacionadas a promover procesos electorales transparentes, imparciales y con mecanismos efectivos de impugnación.

En el escenario actual, la Corte desempeña un papel central y cada vez más decisivo en la defensa del Estado de derecho en América Latina y el Caribe. Su contribución no se limita a los análisis de violaciones concretas de derechos, sino que se

Asimismo, el mecanismo de supervisión de cumplimiento y las medidas provisionales permiten respuestas rápidas frente a riesgos graves, especialmente en escenarios de crisis institucional, amenazas a operadores de justicia, ataques a 35


{ Entrevista } de que los Estados cumplan más o menos medidas, sino de cómo lo hacen, teniendo en cuenta que, en general, las medidas de reparación de no repetición enfrentan más obstáculos para su cumplimiento.

comunidades indígenas o violencia contra personas defensoras y periodistas. Estas herramientas funcionan como alertas tempranas regionales, capaces de generar presión internacional y habilitar acciones de protección urgentes.

Asimismo, están las restricciones presupuestarias y logísticas estatales, las cuales inciden en la oportunidad y amplitud del seguimiento de las decisiones de la Corte. En muchos casos, las instituciones nacionales operan con presupuestos o capacidades técnicas limitadas, lo que dificulta la creación de mecanismos estables de cumplimiento de decisiones. Esto se vuelve evidente en ámbitos que requieren inversiones (como reformas estructurales, programas de reparación o fortalecimiento de sistemas de justicia) donde la falta de recursos o de planificación administrativa retrasa la ejecución. A ello se suman déficits de coordinación interinstitucional dentro de los Estados, que hacen que las decisiones no siempre encuentren una ruta administrativa eficaz para hacerse realidad en el terreno.

Persisten, sin embargo, ángulos muertos en la protección del Estado de derecho . Inicialmente, existe una limitación basada en los propios límites de la jurisdicción de la Corte Interamericana, teniendo en cuenta que el Tribunal solo puede conocer los casos de Estados que han reconocido su competencia contenciosa en los marcos de la Convención Americana. Con relación a los Estados que se encuentran bajo la jurisdicción de la Corte Interamericana, es relevante mencionar que un elemento importante en el diálogo entre el Derecho internacional y el Derecho interno está relacionado con la falta de mecanismos coercitivos a nivel internacional Así, el cumplimiento de las decisiones de los tribunales internacionales depende también de la buena fe y del compromiso de los Estados. Sin perjuicio de ello, pongo de relieve que las sentencias no pueden quedarse como declaraciones de mera voluntad de cada país, especialmente frente a graves violaciones de derechos humanos. El cumplimiento de las obligaciones internaciones es responsabilidad de los Estados. A lo largo de su trayectoria, la Corte ha observado impactos significativos en la región a partir del cumplimiento de las medidas ordenadas. Si bien el Sistema Interamericano ha avanzado de manera notable en la consolidación de estándares y en la protección de los derechos humanos, aún persisten límites al alcance de la Corte.

Un tercer aspecto tiene que ver con los límites inherentes a la jurisdicción contenciosa. La Corte solo puede conocer de los asuntos que los Estados someten a su competencia y de los casos que llegan mediante la Comisión. Esto implica que la agenda del Tribunal está parcialmente condicionada por factores externos, y que no siempre puede pronunciarse sobre situaciones estructurales o emergentes a menos que exista un caso concreto que las habilite. En cuarto lugar, es necesario reconocer que los tiempos procesales no siempre dialogan con la urgencia de determinadas crisis. Situaciones de graves violaciones, conflictos sociales o deterioro acelerado del Estado de derecho demandan respuestas inmediatas. Sin embargo, incluso con mecanismos como las medidas provisionales, los procesos requieren análisis rigurosos y garantías procesales que consumen tiempo.

¿Cuáles son esas limitaciones? En primer lugar, el cumplimiento interno de las sentencias y de las medidas provisionales sigue siendo desigual. Esto ocurre, por un lado, por debilidades institucionales (por ejemplo, marcos normativos incompletos o falta de mecanismos de coordinación entre poderes del Estado) y, por otro, por insuficiente voluntad política. En ciertos contextos, la implementación de decisiones interamericanas se percibe como un costo político y no como una obligación jurídica, lo que ralentiza o incluso bloquea los avances. La implementación de las medidas ordenadas es, en algunas ocasiones, realizada de manera parcial o tardía. No se trata únicamente

Por último, muchos de los desafíos más profundos que enfrenta la región tienen un carácter altamente sistémico: corrupción estructural, penetración del crimen organizado, retrocesos democráticos, o complejos conflictos socioambientales. Estos fenómenos exceden el alcance directo de una sentencia judicial, pues requieren políticas públicas sostenidas, coordinación interinstitucional y voluntad política continua, tanto a nivel nacional como regional. Frente a ello, la labor de la Corte debe complementarse con estrategias de diálogo permanente con los Estados, 36


{ Nancy Hernández } observar el panorama regional, se advierten varios focos críticos y sensibles que, aunque no siempre son recientes, se han vuelto más intensos y complejos en los últimos años. ¿Cuáles son esos puntos críticos? En primer lugar, uno de los focos más críticos en la región continúa siendo la independencia judicial y la protección efectiva de jueces, fiscales y otros operadores de justicia. En varios países, las dinámicas políticas y los incentivos institucionales generan presiones que afectan la estabilidad en los cargos, la previsibilidad de los procesos disciplinarios y la capacidad de los sistemas judiciales para actuar sin interferencias. Por ello, la Corte Interamericana ha enfatizado estándares sólidos sobre la inamovilidad, las garantías profesionales y la protección frente a represalias. Un segundo ámbito donde las tensiones del Estado de derecho se manifiestan con especial claridad es el de la libertad de expresión y la seguridad de periodistas y comunicadores. La región enfrenta no solo episodios graves de violencia, sino también formas más sutiles de censura, estigmatización o restricción indebida del debate público. Ante este panorama, la Corte ha reiterado de manera expresa la prohibición de censura previa y el deber reforzado de los Estados de proteger a las personas periodistas, subrayando que sin un flujo libre de información no es posible el escrutinio ciudadano ni la rendición de cuentas democrática.

fortalecimiento de capacidades institucionales y un involucramiento activo de la sociedad civil. Pese a ello, la experiencia reciente demuestra que el diálogo con las altas cortes nacionales, los organismos internacionales, la academia y la sociedad constituye una vía cada vez más eficaz para amplificar el impacto de las decisiones interamericanas. Esa cooperación multinivel permite que los estándares se integren mejor en el plano interno y que las sentencias se conviertan en herramientas útiles para fortalecer el Estado de derecho.

Un tercer espacio particularmente sensible es el relacionado con los derechos de las personas privadas de libertad, un grupo que se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad por estar bajo custodia estatal. El hacinamiento, la violencia intracarcelaria, la falta de acceso a servicios de salud, agua potable y condiciones mínimas de dignidad constituyen problemas persistentes en numerosos países de la región. La Corte ha subrayado que los Estados, al privar a una persona de libertad, asumen un deber especial de protección, lo que incluye garantizar su integridad física y psíquica, prevenir abusos y asegurar condiciones compatibles con el respeto a la dignidad humana.

¿En qué medida la fragilidad institucional está intensificando los desafíos o abriendo nuevos frentes en materia de derechos humanos? Entiendo que estamos enfrentando un momento en el que están regresando desafíos sobre violaciones de derechos humanos que ya estamos trabajando en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde hace varios años, como el acceso a la justicia, la violencia de género, el derecho al territorio y de consulta previa de los pueblos indígenas, la discriminación contra personas LGTI+, la libertad de expresión y otros temas, así como nuevos debates relacionados a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y las nuevas herramientas tecnológicas, por ejemplo. Al

Asimismo, las tensiones vinculadas al uso de la fuerza estatal en contextos de protesta y movilización social se han vuelto especialmente visibles. En distintos escenarios, la falta de protocolos adecua37


38


{ Nancy Hernández } Para fortalecer el Estado de derecho en América Latina, es fundamental priorizar la protección de las instituciones democráticas. Esto incluye garantizar la estabilidad de los poderes, promover mecanismos de control y fiscalización efectivos y el sistema de frenos y contrapesos, con una cultura pública que valore la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas. En este proceso, la jurisprudencia y el seguimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han sido claves para orientar estándares, enfrentar prácticas de retroceso y ofrecer un marco de referencia común para los Estados. A partir de ello, considero que hay varias estrategias que deberían ser prioritarias si aspiramos a construir sistemas democráticos más resilientes frente a los desafíos actuales.

dos, la capacitación insuficiente o la ausencia de controles efectivos ha derivado en intervenciones desproporcionadas que afectan derechos como la vida, la integridad personal y la libertad. La Corte ha sido clara en precisar los límites al uso de la fuerza, los principios de necesidad y proporcionalidad, y las obligaciones de investigación cuando se producen abusos. Estos estándares cumplen una doble función: orientan la actuación de las fuerzas de seguridad y, al mismo tiempo, fortalecen la legitimidad democrática de las instituciones al promover respuestas estatales respetuosas del derecho a la protesta y del espacio cívico. Otro foco relevante se encuentra en las afectaciones a pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y rurales por actividades extractivas e infraestructura. La expansión de tales proyectos sin mecanismos adecuados de diálogo, transparencia y evaluación de impactos ha intensificado conflictos socioambientales y generado vulneraciones profundas. Al respecto, la Corte ha consolidado criterios cada vez más precisos sobre la consulta previa, la evaluación de impactos sociales y ambientales, participación efectiva de las comunidades y las salvaguardas necesarias para proteger territorios y medios de vida. Estas decisiones no solo buscan evitar daños irreparables, sino también fortalecer el reconocimiento de la diversidad cultural y la corresponsabilidad estatal en la gestión sostenible del desarrollo.

Un primer ámbito indispensable es el blindaje efectivo de la independencia judicial, que debe entenderse como un conjunto de garantías concretas. Esto implica revisar y fortalecer los métodos de nombramiento y remoción, asegurar carreras judiciales, proteger la estabilidad en los cargos e implementar sistemas disciplinarios que operen con independencia e imparcialidad. La Corte Interamericana ha recordado en sus casos que la autonomía del poder judicial constituye un pilar del Estado de derecho y que, sin jueces y fiscales protegidos frente a presiones políticas o represalias, la justicia no puede actuar como un verdadero contrapeso democrático. Por ejemplo, en el Caso Reverón Trujillo vs. Venezuela, la Corte Interamericana recordó la relevancia de las garantías contra las presiones externas para la independencia judicial.

Finalmente, la Corte ha seguido desarrollando en su actuación las medidas de reparación de no repetición, en contextos donde las violaciones de derechos humanos responden a patrones históricos o a fallas sistémicas. Estas medidas —que pueden abarcar reformas institucionales, capacitación de funcionarios, creación de mecanismos de supervisión, fortalecimiento del acceso a la justicia o generación de políticas públicas integrales— apuntan a transformar las causas profundas de las vulneraciones y no únicamente a ofrecer reparaciones individuales. A partir de tales medidas, la Corte contribuye a fortalecer el Estado de derecho, promoviendo prácticas sostenidas que reduzcan la recurrencia de abusos y aumenten la resiliencia democrática de los países de la región.

En segundo lugar, es esencial avanzar hacia políticas integrales de lucha contra la corrupción, que combinen transparencia activa, publicación de datos abiertos, sistemas sólidos de compras públicas y mecanismos efectivos de control social. La corrupción erosiona la confianza ciudadana, desvía recursos públicos y debilita la institucionalidad democrática. Aquí, los estándares interamericanos en materia de acceso a la información, deber de motivación y responsabilidad estatal ofrecen un marco útil para orientar reformas administrativas y herramientas de supervisión que permitan a la ciudadanía monitorear el ejercicio del poder. Otro componente clave para robustecer el Estado de derecho se encuentra en la regulación adecuada del uso de la fuerza y en la existencia de cadenas reales de rendición de cuentas. La región ha enfrentado episodios graves de violencia estatal, por

Desde su experiencia, ¿qué medidas o estrategias deberían priorizarse para fortalecer el Estado de derecho en América Latina y hacerlo más resiliente frente a los desafíos actuales? 39


{ Entrevista } espacios de poder, incentivan violencia. Con ese enfoque integral, es posible asegurar que la libertad de expresión y la defensa de los derechos humanos puedan ejercerse sin temor, y que las instituciones democráticas se fortalezcan en lugar de retraerse.

ejemplo, en contextos de protesta, lo que demuestra la necesidad de protocolos claros, capacitación permanente y sistemas de investigación que funcionen sin interferencias. La Corte Interamericana ha sido enfática en exigir que los Estados investiguen de manera diligente y autónoma cualquier abuso. Estos estándares deben traducirse en políticas públicas que prevengan abusos del uso de la fuerza estatal y que protejan el espacio cívico.

Junto a ello, considero crucial promover educación cívica y alfabetización mediática para enfrentar la desinformación y las narrativas que polarizan o erosionan la legitimidad institucional. La cultura democrática no se sostiene únicamente con normas e instituciones; requiere ciudadanía informada, capaz de evaluar críticamente la información y de participar de manera activa en la vida pública para garantizar una democracia saludable.

En cuarto lugar, es indispensable fortalecer fiscalías, defensorías públicas y sistemas periciales, asegurando recursos adecuados, profesionalización continua y métricas de desempeño que permitan evaluar su impacto y calidad. Sin instituciones capaces de investigar, acusar, defender y producir pruebas con rigor y autonomía, el sistema de justicia pierde eficacia y legitimidad. La experiencia interamericana muestra que la debilidad de estas instituciones contribuye a la impunidad y a la perpetuación de patrones estructurales de violación de derechos.

Finalmente, el fortalecimiento del Estado de derecho se beneficia de mecanismos de cooperación judicial regional, especialmente frente a fenómenos como el crimen organizado transnacional, la trata de personas o la corrupción estructural. La experiencia interamericana muestra que muchas violaciones de derechos tienen raíces transfronterizas o sistémicas y requieren respuestas coordinadas y planes de cumplimiento verificables, así como medidas estructurales de reparación capaces de transformar la institucionalidad de fondo y no solo corregir situaciones individuales.

Otro eje fundamental consiste en mejorar los marcos normativos y los mecanismos prácticos de consulta y participación en proyectos con impacto social y ambiental. Los conflictos socioambientales que atraviesan la región tienen raíces profundas en la falta de información, transparencia y diálogo adecuado con las comunidades involucradas. La Corte Interamericana ha desarrollado criterios claros sobre consulta previa, evaluación de impactos y salvaguardas ambientales, que pueden servir como hoja de ruta para que los Estados gestionen el desarrollo con legitimidad social y respeto a los derechos colectivos. Específicamente en el Caso La Oroya vs. Perú, la Corte Interamericana examinó la contaminación ambiental derivada de actividades industriales y sus efectos. La sentencia delimita las obligaciones del Estado con relación a regular, supervisar, prevenir y remediar los impactos ambientales.

Todas estas estrategias deben enmarcarse en un horizonte común: la consolidación del control de convencionalidad, la elaboración de planes de cumplimiento verificables y la implementación de evaluaciones periódicas de impacto. De esa manera, los estándares interamericanos no se quedan en decisiones judiciales aisladas, sino que se convierten en herramientas vivas para orientar políticas públicas, fortalecer instituciones y garantizar que el Estado de derecho pueda responder de manera eficaz y democrática a los desafíos contemporáneos y promover buenas prácticas.

También es prioritario avanzar en una protección integral de periodistas y defensores de derechos humanos, grupos especialmente expuestos en un contexto de retrocesos democráticos y criminalidad organizada. La experiencia regional muestra que las agresiones contra estos actores no solo buscan silenciar voces críticas, sino que erosionan el debate público y debilitan la capacidad de la sociedad para supervisar a las instituciones. Por ello, deben adoptar medidas preventivas efectivas, investigar de manera pronta e independiente cualquier agresión y combatir los discursos estigmatizantes que, desde

§

40


{ Dossier }

El Estado de Derecho en tensión: análisis de un fenómeno global Juristas y especialistas internacionales abordan los desafíos que enfrenta el Estado de derecho en distintas regiones del mundo. Desde las tensiones institucionales en Europa y América Latina hasta las amenazas internas en democracias tan consolidadas como EE.UU., los artículos combinan el análisis comparado con una mirada estructural sobre fenómenos como la autocratización, la erosión de la independencia judicial, la corrupción sistémica o la fragilidad de los contrapesos frente a las nuevas dinámicas geopolíticas.. Coordinación: Roberta Poza, Jaime Gómez y Víctor Gamero 1. Entre el autoritarismo y el caos global Araceli Mangas Martín

6. El deterioro de la independencia judicial en México y América Latinas Albertico Guinto Sierra​​

2. La defensa del Estado de Derecho en la Unión Europea Francisco Fonseca Morillo

7. El último baluarte ​Noah Feldman

3. Situación actual del Estado de Derecho en España Manuel Aragón

8. El Estado de Derecho y el futuro de la democracia Joaquim Bosch​

4. Iliberalismo y Estado de Derecho en América Latina Carlos Malamud

9. Corrupción y Estado de Derecho Manuel Villoria

5. Colapso institucional y geopolítica del autoritarismo: el caso de Venezuela Edmundo González

10. Amenazas a la libertad de prensa Yolanda Quintana 11. Fronteras del Estado de Derecho: justicia transicional Diego García-Sayán

41


{ Dossier }i

Entre el autoritarismo y el caos global

Araceli Mangas Martín Catedrática de Derecho Internacional Público, Universidad Complutense de Madrid.

El siglo XX acogió las dos guerras más terroríficas sufridas por la Humanidad. No obstante, supo reaccionar haciendo del uso de la fuerza armada el más grave ilícito atribuible a un Estado. Se puso fin, así, a las adquisiciones de soberanía territorial mediante la conquista, legales durante miles de años. La paz se erigió en el gran valor desde 1945 con todas sus virtudes: derechos humanos, desarrollo y, —tras la caída del Muro de Berlín y la implosión de los regímenes comunistas—, democracia. La apertura a los nuevos valores propició procesos democratizadores en todos los continentes durante casi 25 años (1989-2015) y arraigo del Estado de derecho como condición de la democracia. Sin embargo, hechos de gran transcendencia vividos en los últimos años han roto aquella espiral positiva en todos los continentes. La Gran Recesión de 2008-2016 generó desconfianza en la democracia entre las clases medias occidentales, perdedoras en la globalización. Comenzaron a ser visibles signos de freno e involución. No en continentes lejanos,

no, en la Unión Europea. Polonia y Hungría iniciaron su giro hacia la autocracia en 2010-12 con las victorias electorales de partidos autoritarios dispuestos a servirse de la democracia para vaciarla. Es lo que hacen todas las autocracias actuales de derechas e izquierdas. La UE respondió con paños calientes, incapaz de utilizar los deficiente mecanismos de sanción del art. 7 TUE, dejando campar por libre a los gobiernos autoritarios. Y durante la pandemia, el Estado de derecho fue la víctima colectiva. Los gobernantes democráticos descubrieron el poder del miedo para gobernar sin controles parlamentarios y judiciales. La fascinación por líderes autoritarios contagió las democracias occidentales normalizando la idea de que las democracias diluyen las energías de los líderes. Así, Trump (2017-2021, primer mandato) en EE.UU. o Boris Johnson (20192022) en el Reino Unido. El Brexit se considera paradigma del populismo —manipulación, demagogia, desinformación— y autoritarismo al pretender doblegar las normas y tradiciones británicas en el proceso parlamentario de la retirada. Pocos años después, tanto partidos de derecha extrema como de izquierda extrema, en Europa, en Asia, en América han confluido en un proceso global prescindiendo de las políticas socioliberales y vaciando las constituciones: el autoritarismo competitivo. En Occidente se consideraba un dogma de fe que libre mercado y prosperidad solo eran posibles con democracia. China, siendo un Estado autoritario, ha logrado prosperidad y ser una potencia 42

global. Es el modelo útil para muchos Estados y ejecutivos de empresas en todos los continentes. La democracia ya no es condición sine qua non para una economía de mercado eficiente y para el crecimiento económico. En 2014 y 2022 Rusia decidió volver a la doctrina zarista de la seguridad extensiva invadiendo toda Ucrania. Hubo otros usos de fuerza (en Georgia, junio 2008) como réplica al uso ilegal de fuerza por la OTAN contra Serbia en 1999 y la ruptura de su integridad territorial en Kosovo (febrero, 2008). Rusia tomó nota de que la OTAN y la UE sí pueden romper la regla sagrada de la Carta de la ONU (no usar la fuerza contra otros Estados, art. 2.4). Con el propósito de poner en Kiev un gobierno afín a sus dictados e intereses, Moscú se ha anexionado territorios conquistados por la fuerza en 2014 y otros no conquistados todavía. Rusia, al margen del derecho humanitario bélico, ha cometido actos que podrían ser calificados en un futuro de crímenes contra la humanidad (matanzas de civiles en poblaciones ocupadas, secuestro de decenas de miles de menores para su reeducación y militarización como soldados contra su patria). Desde enero de 2025, con el segundo mandato de Trump, Estados Unidos se unió a Rusia como Estado exponente del autoritarismo y del rechazo a las reglas del Derecho internacional. Trump ha optado por aumentar su territorio a costa de otros Estados: o se le entrega lo exigido o lo logrará por la fuerza. Panamá aceptó sus condiciones en el Canal y no les invadirán. Groenlandia, territorio autónomo bajo soberanía danesa,


El Estado de Derecho en tensión

si no se le entrega será invadido, a pesar de ser Dinamarca un fiel aliado en la OTAN. Canadá está amenazado. EE.UU. se ha desligado de normas esenciales: prohibición de uso de fuerza armada, respeto a la integridad territorial o las reglas de comercio internacional sobre aranceles (vigentes desde 1947). EE.UU. se desliga de sus pactos militares animando a Rusia: no se considera aludido por sus ataques d a Polonia o Rumania u otros Estados. EE.UU. sostiene que tener poderosos ejércitos apodera a un Estado para imponer sus intereses sobre Estados débiles. Y muestra impotencia frente a Rusia —con carta blanca para atacar—. El caos. Rusia nunca fue una democracia; pero EE.UU. era una democracia sólida que hoy ya no se diferencia de la autocracia rusa, venezolana, nicaragüense, húngara, turca, salvadoreña, o bielorrusa o del Israel de Netanyahu o del Marruecos invasor del Sahara. Polonia fue hasta 2024 el ejemplo de fusión de los dos poderes clásicos —gobierno y parlamento— con el guardián de la constitución anulando los controles o contrapesos. Esa sumisión de los poderes al gobierno se ha extendido a otros Estados de la UE y a grandes potencias como EE.UU.: los gobiernos exigen actuaciones subordinadas del parlamento y del tribunal constitucional como un solo ariete. La democracia son meras elecciones periódicas. Los gobiernos autoritarios se apartan de las normas constitucionales (aprobación del presupuesto, votación de la confianza). Sus políticas cabalgan al margen de las competencias y procedimientos jurídicos, se apoderan de las instituciones y las utilizan

contra la oposición, revocan los procedimientos de control y contrapesos, prescinden de los órganos de consulta y prácticas de cortesía institucional o de las normas que exigen decidir colegiadamente para la validez del acto. En las autocracias hay siempre interferencia y acoso al poder judicial, amenazas a los medios de comunicación, ayudas sin fin a los medios afines; con frecuencia, expulsiones masivas de extranjeros residentes regularmente y de migrantes irregulares incluso a terceros países donde son detenidos (entregas extrajudiciales); ejecuciones extrajudiciales de presuntos narcotraficantes sin opción de detención (EE.UU.), reinterpretación de la Constitución para multiplicar el mandato presidencial (Venezuela, Rusia, Bielorrusia, Nicaragua, El Salvador, Turquía, tentativa clara en EE.UU…), etc. En Reino Unido, el premier B. Johnson ordenó el cierre del Parlamento y negó el control judicial de la retirada, aunque los tribunales vencieron. Pulsos parecidos en Estados Unidos que se desliga de tratados sin denuncia previa y persigue a la Corte Penal Internacional y sus abogados sin autorización del Senado. Netanyahu decretó en Israel que Gobierno y Parlamento podían cambiar las sentencias de los tribunales en 2024. Sin olvidar los gobiernos de coalición con extremistas antisistema por toda Europa, de Suecia a España pasando por Países Bajos, Finlandia o Austria. Hoy la política interna y exterior se decide por un poder absoluto individual que no se atiene a reglas ni a las previsiones de acción colegiada en los consejos de ministros. A los gobernantes hoy les basta su voluntad: Princeps legibus solutus est (el príncipe no está sujeto a la ley). Absolutismo, 43

según el Diccionario panhispánico del español jurídico, es el “régimen político en el que una autoridad domina todas las manifestaciones del poder del Estado, que puede ejercer sin límites”. Sinónimos: “autocracia, totalitarismo, dictadura, cesarismo, tiranía”. Las modernas autocracias no proceden de un golpe de Estado militar. Son elegidas en las urnas: en el poder retuercen las reglas democráticas y bloquean la separación de poderes. Defienden que todos los poderes, desde el parlamento a los jueces y la misma oposición, deben servir al presidente. Algunas autocracias son sinuosas como V. Orban en Hungría, dispuesto al pacto y compra de votos si ello le permite conservar el poder a toda costa (más de 15 años). No es el único en Europa. Analistas y académicos ven un riesgo de severa confrontación por la parsimonia e indolencia de las instituciones y gobiernos europeos para defender nuestra independencia y seguridad frente a agresores comerciales (EE.UU.) o militares (Rusia): se intuye algo importante por llegar. El instinto occidental de calmar los conflictos y no actuar a tiempo ha enviado una señal confusa: los Estados de la UE pueden socavar la democracia, debilitando y dividiendo a la UE, y agresores como Rusia o EE.UU. o Israel o Marruecos pueden confiar en su impunidad. El vicepresidente Vance dejó claro en Múnich que van a por la UE. Rusia también. Hoy el neototalitarismo está por todas partes: son variados los Hitler de nuestro tiempo dispuestos, de momento solo, a invadir Estados. Grave involución de la civilización.

§


{ Dossier }i

La defensa del Estado de Derecho en la Unión Europea

Francisco Fonseca Morillo Profesor de Derecho Universidad de Valladolid

Casi todos los principios sobre los que se fundó la Unión están tensionados. Esta advertencia de M. Draghi en su discurso de recepción del Premio Princesa de Asturias 2025, es también de aplicación a la situación en los países de la UE en lo que se refiere a los valores sobre los que se ha fundado la misma desde su creación hace 75 años e inscritos en el artículo 2 del TUE desde 1993, debido a la emergencia de ataques a las tres ideas centrales en las que se basan los mismos: el principio de legalidad, la tutela judicial efectiva y las garantías de seguridad jurídica. Estos ataques vienen por parte de las llamadas “democracias iliberales”, representadas a nivel gubernamental en varios países de la UE, con ataques frontales a la aceptación misma de que exista un Estado de derecho propio a escala de la UE que deba ser protegido a dicho nivel; y, de manera menos explícita,

por la tentación creciente de considerar que en democracia el ganador de las elecciones debe poder interpretar los principios constitucionales de manera subjetiva y en función de sus intereses políticos, alejándose del normativismo clásico en lo que se conoce como “constitucionalismo líquido” y que, como mínimo, supone una erosión del principio clave de la separación de poderes. Y esto es una novedad que no emergió hasta principios de este siglo, cuando se formó en Austria un gobierno de coalición en el que el FPO planteaba propuestas que eran un riesgo claro para los valores del artículo 2 y que se agudizó con la llegada al poder en Hungría del partido Fidesz en 2010 y, en 2014, del partido Ley y Justicia en Polonia. Para ambos, la UE no podía inmiscuirse en la organización y el sistema político interno de los Estados de la UE, incluso si las mismas eran contrarias a los valores y principios de la UE, contestando además el principio de primacía del Derecho de la UE. En este contexto, ¿cuál es el instrumental o “caja de herramientas del que dispone la UE para exigir el cumplimiento con los valores del artículo 2, valores que, en palabras del TJUE no constituyen una mera enunciación de orientaciones de naturaleza política, sino que forman parte de la propia identidad de la Unión (…) comportando obliga44

ciones jurídicas vinculantes para los Estados (…) constituyendo una obligación de resultado para los Estados que deriva directamente de su pertenencia a la Unión (sentencias C-156/21 Hungría v. Parlamento Europeo y Consejo, y C-157/21 Polonia v. Parlamento Europeo y Consejo de 16 de febrero de 2022). Estos mecanismos se basan en una doble línea de actuación: mecanismos de alerta y prevención; y sanciones como ultima ratio. De acuerdo con los Tratados, el único instrumento explícito del que se dispone es el mecanismo de sanciones del artículo 7 TUE, el cual se divide en dos etapas: una primera en la que, ante la existencia de riesgo claro de violación grave de los valores del artículo 2, el Consejo puede dirigir recomendaciones formales al Estado para corregir la deriva; y una segunda fase en la que, constatada la violación, el Consejo Europeo puede autorizar por unanimidad la imposición de sanciones de naturaleza financiera o política. Este mecanismo se concibió más como “un arma de disuasión nuclear” que como “un arma de utilización efectiva” y se ha comprobado, con la apertura de sendos procedimientos contra Polonia y Hungría en 2017 y 2018, que han dormido “el sueño de los justos” sin llegar a ninguna conclusión en el seno del Consejo; y ello a pesar de la bienintencionada propuesta de la


El Estado de Derecho en tensión

Comisión en 2014 estableciendo una Marco de Estado de Derecho consistente en una especie de fase precontenciosa en la que la Comisión se esfuerza en un diálogo con el Estado implicado para corregir las derivas antes de abrir el procedimiento formal del artículo 7. Por ello, dentro de esta caja de herramientas, la Comisión ha insistido en crear mecanismos de prevención, entre los cuales el más potente es el ciclo anual del Estado de derecho, inaugurado en 2020 y que constituye un mecanismo de “name and shame”, donde la Comisión analiza conjuntamente y en diálogo con todos los actores políticos, institucionales y sociales implicados a nivel nacional, la fotografía de la situación en los 27 Estados (y en los cuatro candidatos en fase de negociación), dividida en cuatro grandes ejes: los sistemas judiciales y su independencia frente a los otros poderes del Estado; los marcos nacionales de lucha contra la corrupción y su eficacia; el estado de la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación; y los controles y equilibrios institucionales y su repercusión en la mejora de la calidad de la legislación. Evidentemente, este ciclo anual se ha convertido en un instrumento central, con vocación de ser la rampa de lanzamiento para acciones concretas por parte de las instituciones europeas, pero sus límites son los propios de su naturaleza “descriptiva”, aunque sus recomendaciones anuales ponen ciertamente presión en las administraciones nacionales, como se ha visto en el caso español en lo referente al proceso de renovación última del CGPJ.

Por ello, y ante sus insuficiencias, la UE, de manera proactiva, ha decidido defender el Estado de derecho más allá de la letra de los Tratados por dos vías: La primera, a través de la labor del TJUE como garante del respeto en la interpretación y aplicación del Derecho de la UE, abriendo una vía teleológica de interpretación mediante la cual se puede condenar a países porque sus ataques al estado de Derecho implican que no hay una garantía de una tutela judicial efectiva por un juez independiente y afecta a la seguridad jurídica del tráfico mercantil en el Mercado Interior. No cabe aquí un análisis pormenorizado de la evolución de la jurisprudencia en defensa del Estado de derecho, desde la sentencia pionera de 2018 en el caso de los “Jueces portugueses” hasta la más reciente de abril de 2025 sobre los límites del Gobierno de Malta para decidir sobre la ciudadanía de los inversores. Pero se puede afirmar que la misma ha consolidado dos principios objeto de control jurisdiccional: la obligación de los Estados de garantizar la independencia sustantiva judicial sin interferencias, incluyendo lo que concierne a sus medios y estructuras adecuadas; y el principio de no regresión, en base al cual los Estados no pueden modificar su legislación reduciendo la protección de los valores del artículo 2, en tanto exigencia para disfrutar de sus derechos en el marco de la UE. Además, esta jurisprudencia ha desarrollado un principio de acción procesal, a saber, la exigencia del diálogo judicial en el espacio europeo, diálogo basado en los principios de confianza 45

mutua y de cooperación leal entre jurisdicciones nacionales y europeas. En segundo lugar, y ante el bloqueo programado del mecanismo actual del artículo 7, la UE ha dado un paso trascendental con la aprobación del nuevo mecanismo de condicionalidad presupuestaria en 2020 que permite congelar fondos europeos cuando se afecta al respeto de los valores del artículo 2 y para proteger así los intereses financieros de la UE. La eficacia de este mecanismo horizontal, una vez rechazadas por el TJUE en las sentencias de febrero de 2022 ya citadas, las peticiones de nulidad presentadas en paralelo por Hungría y Polonia, ha demostrado ser, con su procedimiento centralizado para congelar fondos y subvenciones del presupuesto de la UE y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Next Generation EU), clave para responder efectivamente a ataques a los valores de la UE, como demuestra su aplicación contra Hungría en 2022 y todavía vigente, que ha supuesto una congelación en torno al 55% de los créditos aprobados en los presupuestos de la UE en su favor, así como en los desembolsos que a Hungría y Polonia les corresponden en el marco del Next Generation EU y que hoy siguen bloqueados en el caso de Hungría, salvo en una proporción muy pequeña. En conclusión, la UE en materia de `protección de sus valores fundacionales —democracia, Estado de derecho y respeto de los derechos humanos— está llevando a cabo en estos años una labor de contención política, jurídica y democrática protegiéndo


{ Dossier }i a los ciudadanos y a los propios Estados de las derivas iliberales y de ataques internos y externos contrarios a dichos valores. Pero hay que reconocer que sigue existiendo un gran talón de Aquiles, el de la incapacidad de hacer funcionar en la práctica el mecanismo sancionador del artículo 7 TUE, motivado tanto por el poder bloqueante de la unanimidad, como por la reticencia (inconfesable) de los Estados a que haya un verdadero mecanismo coercitivo común europeo que “se entrometa en exceso” en la realidad política interna del funcionamiento y las disfunciones de nuestros sistemas democráticos nacionales.

pueda pedir su anulación ante el Tribunal. Esto no es utopía, es una manera de emular el famoso “whatever it takes” de Mario Draghi en 2012, pero aplicado a un área que representa la legitimidad democrática de la UE y los derechos de los ciudadanos europeos.

§

Por ello, no se puede seguir postergando una discusión de naturaleza constitucional sobre, como nos lleva señalando reiteradamente el TJUE (en particular en el caso Reppublika de 2021), la manera de establecer en los Tratados que la obligación sine qua non para poder pertenecer a la UE del respeto a los valores del artículo 2, consagrada en el artículo 49 del TUE y que guía todos los procesos de integración de los países candidatos a entrar en la UE, mantenga su vigencia como exigencia de permanencia en la UE cuando ya se es miembro de ella, aplicando de manera “constitucional” el principio de cooperación leal. Más allá de la posibilidad de establecer mecanismos de expulsión o de suspensión como, por ejemplo, existen en el Consejo de Europa, como mínimo hay que reformar el mecanismo del artículo 7 para que pueda funcionar de manera “automática” con sistemas de super mayoría cualificada y, por supuesto, atribuyendo al TJUE un nuevo rol para que el Estado 46


{ Dossier }i

Situación actual del Estado de Derecho en España Un peligro que se cierne sobre sus dos elementos principales: la legislación y la jurisdicción. Y, por encima de ellos, se sitúa un fenómeno principal que los abarca: la inaplicación o falseamiento de la propia Constitución. Pero sobre esto último volveré después. Manuel Aragón Catedrático emérito de Derecho Constitucional. Magistrado emérito del Tribunal Constitucional

Lo primero que conviene afirmar es que el Estado de Derecho es un elemento indisociable de la democracia constitucional. De manera que, sin aquél, la democracia constitucional no puede funcionar, y si ésta tiene problemas, el Estado de derecho se resiente, necesariamente. Hoy, la democracia constitucional, en España, está atravesando un período de franca decadencia, causada por el sectarismo y la excesiva polarización política, la ausencia de consenso, el deterioro del parlamento, el intento de colonización política de las instituciones de control y el mal funcionamiento de los partidos. No obstante, esa degradación de nuestra democracia constitucional, que propicia, inevitablemente, una situación de riesgo para nuestro Estado de derecho, no ha logrado aún, afortunadamente, desmantelarlo. Nuestro Estado de derecho resiste, pero no cabe desconocer que está en peligro.

Comencemos por la legislación. Hoy asistimos a la erosión de la ley, reflejada, en primer lugar, en el abuso de los decretos-leyes, que de normas excepcionales se han convertido en normas prácticamente ordinarias, esto es, en un modo ordinario de legislar. Hace tiempo que vengo denunciando esta postergación de la ley, suplantada por la legislación gubernamental de urgencia, con vulneración del art. 86 de la Constitución y con desprecio de las garantías que el procedimiento legislativo parlamentario impone. En segundo lugar, por la degradación de las mismas leyes parlamentarias, causada por el falseamiento del procedimiento legislativo, el uso criticable de las enmiendas intrusas y el fraude consistente en utilizar las proposiciones de ley para huir de los requisitos que tendría presentarlas como proyecto de ley. La escasa meditación y la defectuosa técnica en la preparación de las iniciativas legislativas gubernamentales (o de los partidos que le apoyan), la apelación constante al procedimiento de urgencia, la extrema limitación temporal de la presentación de enmiendas y de la deliberación parlamentaria, están produciendo unas leyes 48

de escasa calidad con merma de la seguridad jurídica que las prescripciones legales deben proporcionar. No conviene olvidar que la seguridad jurídica es, además de un elemento esencial del Estado de derecho, una condición indispensable para el adecuado funcionamiento de las relaciones sociales y económicas. Detengámonos ahora en la jurisdicción. En España, por obra de un buen sistema de acceso a la carrera judicial basado en el mérito y la capacidad, la justicia ordinaria mantiene su solvencia, aunque está aquejada de excesiva lentitud que, mediante reformas procesales adecuadas, convendría resolver. Requisito indispensable para la existencia del Estado de derecho es la independencia judicial, tanto subjetiva (de cada juez) como objetiva (del Poder Judicial en su conjunto), lo que resulta una realidad en España, como cualquier observador objetivo de la Administración de Justicia puede apreciar. Y junto con la independencia, también está asegurada la imparcialidad (mediante un sistema reglado de abstenciones y recusaciones). Es cierto, sin embargo, que esa independencia e imparcialidad están hoy amenazadas, no sólo por algunas propuestas de reforma sobre el acceso a la carrera judicial que, si prosperasen, podrían ponerlas en


El Estado de Derecho en tensión

riesgo evidente, sino también por los continuos ataques que los jueces reciben por parte de algunos políticos, incluyendo, reprochablemente, a parlamentarios e incluso a miembros del Gobierno. Una situación insólita en un Estado de derecho y que, cuanto antes, debiera terminar. Como debiera terminar también, por su conexión inmediata con la Administración de Justicia, la muy reprochable politización actual de la Fiscalía General del Estado. Relacionado con la jurisdicción ordinaria está el problema del Consejo General del Poder Judicial, cuya previsión constitucional no es, en principio, inadecuada, pero que su desarrollo, a partir de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, vino a malograr la naturaleza y sentido de esa institución, sin que la Sentencia del Tribunal Constitucional 108/1986 le pusiera remedio. La atribución, por aquella Ley Orgánica, de la elección de todos los miembros del Consejo a las Cortes Generales (que la Constitución de ninguna manera imponía) derivó en un reparto por cuotas políticas que, desde entonces, se ha mantenido, dotando de una apariencia de politización a dicho órgano y dando lugar a penosos retrasos (el último de más de cinco años) en la renovación de los miembros que lo componen. En cuanto que al Consejo General del Poder Judicial se le atribuye por la Constitución el gobierno del Poder Judicial, resulta incuestionable que, para ejercer correctamente esa función, el Consejo ha de gozar de la misma independencia que el Poder Judicial tiene. Esta es la cuestión que ahora se debate

como consecuencia del acuerdo, auspiciado por la Unión Europea, que dio lugar a la última renovación del Consejo: que 12 de sus miembros, siguiendo los estándares europeos, sean elegidos directa y exclusivamente, por los jueces y magistrados, solución que, en días pasados, es la que ha estimado correcta la Comisión de Venecia. Es deseable, y a mi juicio necesario, que la Ley Orgánica del Poder Judicial se reforme de acuerdo con aquella regla, que asegura la debida independencia política del órgano. Como también sería deseable y necesario que la potestad de designación de los altos cargos de la jurisdicción ordinaria que se atribuye al Consejo se atenga a un procedimiento reglado, objetivo, que elimine o limite drásticamente la arbitrariedad. Nuestro Estado de derecho necesita, sin duda alguna, esa reforma. Ni que decir tiene que la misma independencia que los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria han de tener, se exige para al más alto tribunal de España, el Tribunal Constitucional, cuyo modo de composición no está mal diseñado en la Constitución, pero cuyo resultado práctico plantea algunos problemas, derivados de que los 8 miembros del mismo elegidos por el parlamento (4 por el Congreso y 4 por el Senado) lo han sido hasta ahora (con la única excepción de los primeros magistrados cuando, en 1980, se constituyó el Tribunal) mediante un reparto por cuotas políticas y no por consenso (que implicaría, necesariamente, vetos mutuos entre los partidos políticos que concurren en la obtención del mínimo de los 3/5 requeridos para la elección). Esto no ha generado, inevitablemente, y por regla general, una falta real 49

de independencia e imparcialidad de los magistrados, pero sí una “apariencia” de politización y parcialidad que no ha hecho ningún bien al Tribunal. Volver al auténtico consenso para la elección parlamentaria de los magistrados resulta, pues, necesario y urgente para el prestigio de una institución que es, sin duda, la más decisiva para la conservación en España del Estado de derecho pues debe controlar la aplicación fiel de la Constitución por parte de todos los poderes del Estado, incluido, por supuesto, el propio legislador. La Constitución corona al ordenamiento, y por ello, resulta la pieza fundamental para dotarlo de coherencia. Nuestra democracia constitucional tiene graves problemas, y también los tiene (aunque menos graves) nuestro Estado de derecho, pero esos problemas no derivan de defectos de la Constitución, sino de su inaplicación o falseamiento por los poderes ejecutivo y legislativo. Tomarse la Constitución en serio, hacer política con lealtad constitucional y asegurar, jurisdiccionalmente, que ello será así, es, pues, el único camino para salgamos de la lamentable situación que hoy tenemos. De ahí la urgente necesidad de que, al menos, los dos grandes partidos destierran el sectarismo y la polarización y logren el consenso necesario para adoptar, por fin, las reformas, normativas y de la práctica política, que nuestro Estado necesita.

§


{ Dossier }i

Iliberalismo y Estado de Derecho en América Latina liquidando lo poco que aún subsiste de la política tradicional. En América Latina, el retroceso del Estado de derecho es evidente. Según el Índice de Democracia de 2024, de The Economist, solo Uruguay y Costa Rica eran democracias plenas, aunque la última cayó un puesto. Es posible que el populismo del presidente Rodrigo Chaves le esté pasando factura. Carlos Malamud Catedrático de Historia de América en la UNED. Investigador principal del Real Instituto Elcano

Los avances del populismo y del iliberalismo están arrinconando el Estado de derecho no solo en América Latina sino también en todo el mundo. En la búsqueda de ejecutivos cada vez más omnipotentes, como en Estados Unidos desde el regreso de Donald Trump, los pesos y contrapesos propios de un sistema representativo y con plena división de poderes se van relegando a un lugar marginal. En este proceso se busca simultáneamente subordinar a los jueces y parlamentarios a la voluntad de los caudillos, con las menores contrapartidas posibles. En América Latina, que ya cuenta con sistemas presidencialistas fuertes, este deslizamiento autoritario resulta mucho menos complicado. Esto se ve facilitado por el deterioro de la política y de los sistemas de partidos y el auge de las redes sociales, que están

En la categoría de democracias defectuosas están Chile, República Dominicana, Argentina, Brasil, Colombia y Panamá, mientras que el resto de países tiene sistemas híbridos (Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Paraguay y Perú), cuando no autoritarios (Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela). Pero, como apunta el último Informe del Latinobarómetro, una de las características de las democracias latinoamericanas es su resiliencia, su capacidad de no sucumbir ante los ataques del populismo y del iliberalismo, lo que da margen para un cierto optimismo. En América Latina, Cuba, Nicaragua y Venezuela, los sospechosos habituales, conforman el círculo autoritario por excelencia. Sus sistemas políticos, especialmente los de los dos últimos, se han venido deteriorando en grado sumo. Los esfuerzos pasados de convocar elecciones aparentemente igualitarias, o con un cierto barniz de respeto a las reglas, han dado paso al fraude absoluto (Venezuela) o a la per50

secución abierta de candidatos o partidos opositores (Nicaragua). Sobre Cuba, Jorge Domínguez se pregunta qué se puede decir de un país en cuyas elecciones parlamentarias participa un solo partido y con un número de candidatos igual al número de escaños. En esta lista de los autoritarios hay que agregar a Haití debido a la omnipresencia del narcotráfico y del crimen organizado. A esto se suma su debilidad institucional, que ha convertido al país en un Estado fallido. Tampoco se puede olvidar a El Salvador, cuya deriva dictatorial es cada vez más clara. En el conjunto de sistemas híbridos, además de El Salvador merecen especial atención México, Honduras y Ecuador, en este orden. El presidente salvadoreño Nayib Bukele prometió el milagro de acabar con la violencia y el crimen organizado. Para cumplirlo jibarizó el Estado de derecho, vulneró sistemáticamente los derechos humanos y el trabajo de los jueces. La justicia, subordinada al Poder Ejecutivo, devino una mera farsa, donde el debido proceso es solo un recuerdo del pasado. Se reformó la ley de Crimen Organizado para mantener en prisión a más de 88.000 personas acusadas de pandilleros o cómplices y detenidas a partir de 2022. Se busca realizar en los próximos dos años más de 600 juicios masivos para “regularizar” la situación procesal de este gran colectivo. Al extender


El Estado de Derecho en tensión

el régimen de excepción, Bukele dijo que le traía sin cuidado que lo llamaran dictador. Es más, para él los términos “democracia, institucionalidad, transparencia, derechos humanos, Estado de derecho suenan bien y son grandes ideales”, pero solo se usan “para tenernos sometidos”. La reforma judicial en México, diseñada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y ejecutada por Claudia Sheinbaum ha terminado por subordinar la Justicia a Morena, el partido gobernante, y, por tanto, al Poder Ejecutivo, con todas sus implicaciones. Si a ello le agregamos la absoluta superioridad parlamentaria de Morena, tras desactivar los mecanismos de control electoral y a una mala interpretación de la ley, la concentración del poder en sus manos es casi absoluta y preanuncia un mayor deterioro del sistema de pesos y contrapesos, acompañado del vaciamiento de agencias claves de control. En Honduras hay sobradas sospechas de que desde el poder se está preparando un fraude de grandes dimensiones para perpetuar a Libre (Libertad y Refundación), el partido oficialista, al mando del país, dando paso a un régimen cada vez más autoritario. En Ecuador, con el argumento bukelista de luchar contra el crimen organizado y el narcotráfico, el presidente Daniel Noboa ha llamado a una consulta popular cuyo mayor objetivo es convocar una Asamblea Constituyente que no solo liquide cualquier vestigio del correísmo, sino que también incremente los poderes del presidente. Federico Steinberg, en un análisis del Real Instituto Elcano,

cita a Stacie Goddard y Abraham Newman y su idea de que el mundo podría encaminarse hacia el llamado neomonarquismo (neo-royalism), en alusión a los reyes absolutistas previos al orden westfaliano. Un rápido recorrido por América Latina muestra una fuerte presencia del nepotismo, cuando no de estrategias matrimoniales o incluso de verdaderas dinastías para mantenerse en el poder. Nicaragua, donde los vástagos de Daniel Ortega y Rosario Murillo, la pareja gobernante, ocupan lugares preminentes en el organigrama gubernamental, es un caso destacado, pero no el único. En Honduras la presidenta Xiomara Castro es la mujer del expresidente Manuel Zelaya, verdadero factótum del Gobierno. En Venezuela, “Nicolasito” Maduro apunta como el gran sucesor de su padre y en Argentina, por sus propias limitaciones, Máximo Kirchner ha sido incapaz de asumir plenamente ese papel. Para Giuliano da Empoli, autor de La hora de los depredadores, el mundo político moderno ha visto despuntar numerosos casos de depredadores disruptivos que quieren transformar el sistema gracias a la generación de un verdadero milagro. No en vano, el último y reciente libro del presidente argentino Javier Milei se llama La construcción del milagro. Ahora bien, sus más que frecuentes errores políticos, plasmados en su derrota electoral en la provincia de Buenos Aires, han cuestionado claramente la posibilidad de una acción milagrosa. Si bien Milei aún no ha iniciado una deriva claramente autoritaria, su desprecio por las leyes e instituciones y la prerrogativa que le permite gobernar por decreto son factores de 51

preocupación y vigilancia. Pese a ello, Milei insiste en que más allá de su estilo desaforado y de sus constantes insultos y agresiones, no ha violado “ni una sola ley”. El común denominador para que esta gran transformación se produzca, para que se consolide la concentración del poder en manos del presidente es que hay que acabar con los códigos y las reglas que venían sosteniendo el orden tradicional. En una etapa previa esto se hizo con reformas constitucionales que instauraban la reelección, en algunos casos permanente, pero hoy se recurre a métodos mucho más sofisticados. Estos incluyen la condena a las élites y al establishment, lo que supone un ataque sistemático contra los códigos, las reglas y las leyes en general, lo que a su vez implica una grave amenaza para el Estado de derecho.

§


{ Dossier }i

Colapso institucional y geopolítica del autoritarismo: el caso de Venezuela

Edmundo González Presidente electo de Venezuela

El presidente electo y diplomático venezolano analiza en este texto las claves del desmoronamiento institucional de Venezuela y su reflejo en la escena internacional: litigios millonarios, pérdida de soberanía, criminalización y colapso del orden jurídico son expresiones de una degradación sistémica que sitúa al país como caso paradigmático en un contexto global de erosión del Estado de derecho. Para analizar la delicada situación en la que se encuentra el Estado venezolano, es esencial entender que sus instituciones están hoy usurpadas por unos individuos que no solo han cometido toda clase de crímenes, sino que además han implantado un régimen antidemocrático que lesiona sistemáticamente los intereses de nuestra nación. De forma tal que de ser un país cuya acción internacional jugaba un papel constructivo en el ejercicio de la convivencia con

las naciones; en la articulación de iniciativas a favor del equilibrio internacional; en la defensa de la libertad y la democracia; en la promoción de los derechos humanos; en la consolidación de la integración hemisférica y en iniciativas dirigidas a la búsqueda de la paz, Venezuela ha pasado a desarrollar una estrategia internacional con un marcado perfil ideológico, orientada a la construcción de una nueva geopolítica mundial y a la profundización, proyección y expansión de la llamada “Revolución Bolivariana”. Valga agregar que todo lo anterior conforma un espacio de acción que es ajeno a la tradición pacifista del país y nos ubica en un escenario de creciente vulnerabilidad. Dicho de otro modo, se adelantó una estrategia radical que significa no sólo el quiebre de los principios que orientaron la política exterior del Estado venezolano durante los gobiernos democráticos, sino la sustitución del esquema tradicional de inserción internacional de Venezuela, construido durante la democracia y basado en políticas consensuadas, para convertirla, más bien, en una plataforma de expansión continental del llamado modelo político “bolivariano”. No obstante, los venezolanos vamos a recuperar las instituciones de nuestro Estado y a ponerlas al servicio del interés y la soberanía nacional. Pero para ello es importante comprender cómo llegamos a la situación 52

actual, y cómo el régimen imprimió un giro radical a la política exterior que la democracia venezolana mantuvo durante la segunda mitad del siglo XX. Entre los sellos distintivos de aquella encomiable tradición diplomática cabe señalar, por ejemplo, la Doctrina Betancourt, por la que nuestro país suspendía sus relaciones diplomáticas con cualquier régimen que tomara o ejerciera el poder por vías antidemocráticas y dictatoriales. Destaco también nuestra labor de fortalecimiento del diálogo, la paz y las transiciones a la democracia en Centroamérica, el Cono Sur y España; al igual nuestra política de asilo a los refugiados que huían de las diversas dictaduras del hemisferio. Durante décadas mantuvimos una sabia posición ante los conflictos en el Medio Oriente, donde muchos países eran nuestros socios en el seno de la OPEP. Del mismo modo, nuestra participación en los foros multilaterales siempre fue constructiva, marcada por el respeto del derecho internacional, la defensa y promoción de los derechos humanos y el respeto a la soberanía de los Estados. Nuestra ayuda al desarrollo fue, asimismo, encomiable. Pero con el régimen en el poder, se inició una aproximación sistemática hacia diversos grupos subversivos que practicaban


El Estado de Derecho en tensión

el terrorismo para combatir a gobiernos democráticamente constituidos. Ya desde el año 1999 la polémica saltó entre los gobiernos de países tradicionalmente muy cercanos a Venezuela, tales como España, Colombia, Perú y los Estados Unidos, por el cobijo que comenzó a brindarse en nuestro territorio nacional a ciertos terroristas provenientes de esos u otros países. En paralelo comenzaron a sellarse acuerdos de índole militar, energética y geoestratégica con Cuba, Rusia y China. Los préstamos chinos, el armamento ruso y la inteligencia cubana fueron manifestaciones concretas de este giro radical. De igual modo, en los conflictos del Medio Oriente, el chavismo no sólo asumió una posición militante a favor de las fuerzas políticas de origen chiíta, sino que comenzó a desplegar también una posición abiertamente anti-israelí. Otro factor que también tiene ramificaciones internacionales es la posición asumida ante diversas dinámicas del crimen organizado. Por un lado, la abierta simpatía profesada hacia las FARC y el ELN colombianos abrieron las puertas para el impune tráfico de cocaína en territorio venezolano, afectando la integridad de nuestros cuerpos de seguridad del Estado. Por otro lado, la explotación irregular de toda clase de minerales en Venezuela devasta zonas completas de nuestra tierra, mientras que el éxodo masivo de venezolanos ha servido para que organizaciones como el Tren de Aragua se conviertan en verdaderas transnacionales del crimen.

A todo ello se suma la expropiación o expulsión de capitales extranjeros provenientes de Europa, Norteamérica y Sudamé rica; capitales que hasta ese momento habían contado con todas las garantías de la ley pero que, desde entonces, y como consecuencia del desmontaje de nuestro Estado de derecho, dieron origen a prolongados y costosos litigios internacionales que conllevan la pérdida de miles de millones de dólares. Todo este giro radical de vocación antioccidental y delictiva estuvo enmarcado dentro de una vehemente retórica antiimperialista y nacionalista que, no obstante, no se vio jamás reflejada en una verdadera defensa de la soberanía, el territorio y el interés nacional. Muy por el contrario, las consecuencias de ese negativo giro son terribles para nuestro país. El régimen en cuestión ha lesionado nuestro prestigio internacional y despilfarrado la mayor parte de nuestros recursos durante más de dos décadas. Hoy luchamos por mantener el control de nuestras infraestructuras en el extranjero, mientras observamos con preocupación el deterioro sistemático de nuestra posición diplomática ante el litigio por la soberanía del territorio Esequibo, en disputa con Guyana, el cual forma parte de los intereses y objetivos nacionales permanentes del Estado y del pueblo venezolano, que siempre ha considerado al Acuerdo de Ginebra de 1966 como el marco jurídico político para la búsqueda de soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de esa controversia. El tema se encuentra en las instancias de la Corte Internacional de Justicia. 53

El espinoso tema de la delimitación de las áreas marinas y submarinas en el Golfo de Venezuela ha sido, por tiempos, un factor de perturbación y de animosidad en las relaciones bilaterales con Colombia hasta que se acordó el Acta de San Pedro Alejandrino que vino a “desgolfizar” las relaciones entre los dos países. Destaquemos que por muchos años esas diferencias se encauzaron por medio del diálogo bilateral aún en momentos de tensiones políticas, y que más allá de las discrepancias coyunturales, los gobiernos democráticos privilegiaron las coincidencias económicas y políticas tanto en el plano bilateral como multilateral. Además, sufrimos el modo en el que este régimen ha contribuido a acentuar perversas dinámicas del crimen organizado transnacional, mientras su dirigencia es acusada ante tribunales internacionales por violar derechos humanos y cometer crímenes de lesa humanidad. En este sentido, el proceso que se desarrolla actualmente en la Corte Penal Internacional reviste máxima relevancia. Se han aportado allí los testimonios de más de 8.000 víctimas y sus familiares, con el apoyo de varios gobiernos extranjeros, organizaciones de derechos humanos y los informes elaborados por la Comisión de Determinación de los Hechos de Naciones Unidas. Recordemos que durante los últimos 26 años, y según reportan diversos organismos especializados, más de 315.000 personas han sido asesinadas, incluyendo


{ Dossier }i más de 20.000 ejecuciones extrajudiciales. Por razones de orden político, durante la última década más de 18.000 personas han sido detenidas de forma arbitraria, a menudo siendo víctimas de desapariciones forzadas, malos tratos y torturas. La persecución política se ejerce incluso fuera del territorio nacional, tal como sugieren diversos crímenes aún por esclarecer. El asesinato del teniente Ronald Ojeda en Chile, o el reciente atentado ejecutado en Bogotá contra dos activistas venezolanos, son señales de alerta que no pueden pasar desapercibidas para la comunidad internacional. En la Venezuela de hoy, más que presos políticos, deberíamos quizás hablar de rehenes;

personas secuestradas a las que el régimen usa como fichas de canje. Una situación que, en la práctica, se extiende en diversa medida a toda la población nacional. Pero por esa misma razón el pueblo de Venezuela, profundamente amante de la libertad, se ha levantado de modo casi unánime para ejercer, con todo el peso de su fuerza ciudadana, la soberanía popular y nacional que le corresponde. La incontestable victoria del 28 de julio de 2024 fue el fruto de una organización ciudadana sin precedentes; una organización que ha socavado irreversiblemente la base de apoyo del régimen, y que ahora se apresta para concretar el cambio tan anhelado.

54

Para ello, Venezuela cuenta con su liderazgo electo y legítimo, que se mantiene en pie de lucha dentro y fuera del país. Junto a nuestra valiente María Corina, y gracias a la lucha de tantos millones de ciudadanos comprometidos con Venezuela, nuestro país volverá a ser libre más pronto que tarde, y contará con un gobierno legítimo que represente y defienda dignamente su soberanía e interés nacional ante la comunidad internacional. El Nobel a María Corina ratifica que nuestra causa es justa y que nuestra estrategia es correcta.

§


El Estado de Derecho en tensión

El deterioro de la independencia judicial en México y América Latina

Albertico Guinto Sierra Presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM)

El auge del populismo en América Latina, durante las últimas décadas, ha significado un reto para la supervivencia de la democracia y el Estado de derecho en la región. La llegada al poder de grupos políticos que manipulan y radicalizan a los ciudadanos aprovechando la desidia de los gobiernos precedentes, permite su consolidación en las diversas estructuras de gobierno, debilitando la división de poderes, los mecanismos de fiscalización y límites al poder, no solo para bloquear el acceso a las fuerzas de oposición, sino para atrincherarse contra la propia ciudadanía una vez que solo quedan las promesas de cambio incumplidas.

Las vías democráticas prestablecidas favorecen que los grupos populistas alcancen el control de los poderes ejecutivo y legislativo. Sin embargo, el Poder Judicial representa la principal barrera frente al ejercicio arbitrario del poder, especialmente cuando tiene a su cargo el control de constitucionalidad, como salvaguarda esencial que garantiza que las decisiones políticas y legislativas no trasciendan los derechos adquiridos. Esta situación representa un riesgo potencial a la independencia judicial. I.

Impacto en América Latina de la falta de independencia judicial

En el caso de Venezuela, la gravedad de la falta de independiencia judicial se evidenció con el desa cato a los resultados de las elecciones celebradas el 28 de julio de 2024. El Consejo Nacional Electoral adjudicó la victoria a Nicolás Maduro, decisión que fue ratificada por el Tribunal Supremo, cuyos miembros mantienen una clara afinidad con el régimen gobernante. Este hecho refleja la ausencia de autonomía entre las instituciones encargadas de velar por la transparencia y legalidad del proceso electoral, lo que pone en entredicho la voluntad popular y el respe-

to a los principios democráticos. Es el resultado de la indiferencia ante la destrucción de las instituciones estatales que imponen límites al poder, con especial énfasis en la independencia judicial. Otros casos relevantes incluyen lo sucedido en Honduras en el año 2015, cuando la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el artículo del Código Penal que penaba la promoción de las reformas constitucionales que impedían la reelección1. En El Salvador, reformas similares se basaron en un fallo judicial de 2021 que abrieron paso al gobierno actual para conseguir este objetivo, luego de haber removido a los integrantes de la Sala Constitucional de la Suprema Corte y haber designado miembros afines al oficialismo2. II.

La situación de México

En el caso de México, luego de implementar una reforma paradigmática en materia de derechos humanos en el año 2011, consolidada a través del juicio de amparo como recurso efectivo a cargo de un poder judicial, quizás perfectible, pero funcional e independiente; ha pasado a un estado de retroceso constitucional, con la implementación de diver-

1 Cfr. Mejía R., Joaquín A. [coord.], La reelección presidencial en Centroamérica: ¿Un derecho absoluto?, Luis efrén Ríos Vega [prologu.], Honduras, Guaymuras, p. 83, [en línea] URL: https://www.corteidh.or.cr/tablas/r38379.pdf. [Consulta: 06 de octubre de 2025]. 2 Disponible en: https://www.oas.org/fr/CIDH/jsForm/?File=/en/iachr/media_center/PReleases/2025/156.asp&utm_content=country-slv#:~:text=Distribution%20List,%2C%20legislative%2C%20and%20municipal%20elections. [Fecha de consulta: 24 de octubre de 2025]. 55


{ Dossier }i sas reformas en materia jurídica de carácter regresivo. En diciembre de 2024 se introdujo una reforma a la Constitución que trajo aparejada la desaparición de siete organismos constitucionales autónomos, comprometiendo la transparencia y el acceso de la ciudadanía a la información pública para poder ejercer un debido control y fiscalización del Gobierno. Además, se reformó el artículo 19 de la Carta Magna para incrementar el catálogo de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, aun cuando existen dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México que la declaran inconvencional. No obstante, la reforma judicial publicada el 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación representa, sin duda, el cambio más perjudicial en la estructura institucional mexicana en los últimos años, al punto de que tanto la Organización de las Naciones Unidas como la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos han manifestado su preocupación por alejarse de los estándares internacionales para la independencia judicial, el acceso a la justicia y el Estado de derecho3. Sin que ello haya sido óbice para su implementación. La reforma al poder judicial trae aparejada la sustitución de la independencia judicial por la obediencia y lealtad política, lo que pone en riesgo inminente la protección de los derechos funda-

mentales cuando se encuentren en conflicto con los intereses del gobierno. Citando a Luigi Ferrajoli: “no hay garantía jurisdiccional de los derechos sin jueces independientes”4. A estas preocupaciones se suma el contexto legislativo en el que se aprobó la Reforma, en desacato a varias medidas de suspensión emitidas por el Poder Judicial de la Federación dentro de los Juicios de Amparo promovidos en su contra, así como lo precipitado de su discusión en el Congreso y su pronta implementación.

constitucional y convencional en beneficio de los gobernados y no de los intereses políticos o de la propaganda oficialista.

Entre los principales cambios está la elección popular de las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas, Magistrados y Jueces tanto a nivel local como Federal; cuyas candidaturas serán propuestas y filtradas por los poderes de la Unión, lo que sin duda entra en conflicto con el principio constitucional de división de poderes. Esto resulta especialmente problemático en un contexto donde el Congreso cuenta con una sobrerrepresentación de la coalición política que también ostenta el poder Ejecutivo, otorgándoles un amplio margen en la toma de decisiones.

Esta reforma significa la destrucción efectiva de la división de poderes y la independencia judicial, elementos fundamentales para el Estado de derecho. Aunque se presenta como un esfuerzo para combatir la corrupción y democratizar la justicia, en realidad solo favorece al oficialismo en la concentración del poder, debilitando la democracia constitucional. Como se demostró en el caso de Bolivia, la elección popular de los juzgadores de poco sirve para corregir los errores del sistema.

Otros cambios criticables, entre muchos, a la reforma son: la creación del Tribunal de Disciplina, cuyas facultades generan preocupación sobre la independencia judicial, así como la previsión de los “jueces sin rostro” para los asuntos de delincuencia organizada, figura rechazada por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

§

A diferencia de otros cargos públicos, el poder judicial no está concebido como un poder político de corte mayoritario. No puede deberse a la popularidad de sus decisiones, sino a su imparcialidad e independencia. Solo así podrá aplicar el derecho de forma justa, acorde al mandato

3  Vid. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, México: CIDH advierte posibles afectaciones en la independencia judicial, el acceso a la justicia y el Estado de Derecho frente a la aprobación de la reforma judicial, 12 de septiembre de 2024 [en línea] URL: https://www.oas.org/es/cidh/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2024/213.asp [Consulta: 06 de octubre de 2025]. 4 Ferrajoli, Luigi, “La reforma judicial mexicana: como se destruye el estado de derecho”, Revista Jueces para la Democracia. Información y Debate, Número 113, julio 2025, p. 103 [en línea] URL: https://dialnet.unirioja.es/ejemplar/709355 [Consulta: 06 de octubre de 2025], ISSN [1133-0627]. 56


El Estado de Derecho en tensión

El último baluarte probable que el Tribunal Supremo mantenga su resolución en apelación.

Noah Feldman Catedrático de Derecho en la Universidad de Harvard

Desde que Donald Trump fue investido el 20 de enero, mis días suelen desarrollarse del siguiente modo: me despierto y consulto mi teléfono para conocer la última acción ejecutiva sin precedentes anunciada por la administración Trump. Hago algunas averiguaciones e intento determinar si dicha acción es legal. (Por lo general, no lo es). Llamo a colegas que son expertos en el área del Derecho que se está ignorando —inmigración, agencias independientes, financiación federal a la ciencia, empleo, libertad de expresión, y demás—. Organizo mis ideas y redacto un breve ensayo para mi columna de opinión en Bloomberg en el que explico qué tiene de erróneo esa medida y por qué importa. Casi siempre concluyo con una predicción sobre lo que harán los tribunales una vez que se presente una demanda. Si un tribunal inferior ya se ha pronunciado, analizo lo que ha dicho y evalúo si es

El principio que aquí importa es el Estado de derecho. Trump es el presidente elegido democráticamente, y tiene la autoridad, igualmente democrática, para ejercer el poder inherente al cargo conforme a sus preferencias políticas, por muy moralmente repulsivas que sean. Lo que no tiene es autoridad para sobrepasar los límites constitucionalmente definidos del poder presidencial. En términos sencillos: sus acciones no pueden violar la ley. La institución que importa aquí son los tribunales. A día de hoy, el registro de litigios de Just Security recoge 192 causas legales interpuestas contra la administración Trump, todas ellas activas salvo cuatro. En muchas de ellas, un tribunal federal de distrito ha dictado una orden inicial para congelar temporalmente o revertir una acción ejecutiva presuntamente ilegal. Varias de estas órdenes han sido ya revisadas por tribunales federales de apelación. Solo seis han llegado al Tribunal Supremo y han sido decididas. En la primera de ellas, un tribunal de distrito sostuvo que la administración Trump no podía negarse a pagar las cantidades adeudadas a contratistas de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) por trabajos ya realizados. 57

En una sentencia no firmada, con cinco votos a favor y cuatro en contra, el Tribunal dejó en pie la decisión del tribunal inferior. El juez Samuel Alito, en su voto particular discrepante, se declaró “estupefacto” por la decisión. Le apoyaron los jueces Clarence Thomas y Neil Gorsuch —los otros dos conservadores acérrimos del tribunal—, así como el juez Brett Kavanaugh. En la mayoría se situaron las tres juezas liberales del tribunal, Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson; el presidente del Tribunal Supremo, John Roberts; y la jueza que actualmente ocupa la posición clave como centro ideológico del Tribunal, Amy Coney Barrett. Barrett, protegida y antigua secretaria del fallecido juez Antonin Scalia, no es una centrista moderada como lo fue en su día la jueza Sandra Day O’Connor ni una especie de filósofo de la dignidad como el retirado juez Anthony Kennedy. Es una textualista y originalista profundamente conservadora. También es, como demuestra la evidencia de sus cuatro años en el Tribunal, alguien verdaderamente comprometido con el Estado de derecho. En los recientes casos sobre órdenes ejecutivas que han llegado al Tribunal, a veces ha votado con el bloque liberal (como en el caso que impugnaba la deportación de presuntos pandilleros venezolanos), y otras con los conservadores (como en el caso en que el Tribunal anuló una orden de un tribunal infe-


El Estado de Derecho en tensión

rior que obligaba a la administración Trump a continuar con unas subvenciones educativas estatales). En teoría, el Congreso dispone de herramientas para contener los excesos del poder ejecutivo: puede convocar audiencias, legislar, ejercer funciones de supervisión, utilizar el control presupuestario. En la práctica, el Congreso, actualmente controlado por los republicanos, ha mostrado poco interés en ejercer su autoridad sobre las actuaciones de la administración Trump. La sanción definitiva que puede aplicar el Congreso —el proceso de impeachment y la destitución del cargo— parece hoy prácticamente ineficaz. Durante su primer mandato, Trump fue sometido a juicio político en dos ocasiones por la Cámara de Representantes, y en ambas el Senado se negó a condenarlo. En las dos ocasiones, la votación se produjo siguiendo de cerca las líneas partidistas. Aquí es donde nos encontramos: el destino de la república constitucional depende, en buena medida, de los tribunales. Los votos decisivos en muchos tribunales federales inferiores, así como en el Tribunal Supremo, recaen en jueces y magistrados nombrados por Trump. Durante su primer mandato, delegó muchas de sus nominaciones judiciales en la conservadora Federalist Society, que en su declaración de principios sostiene: que el Estado existe para preservar la libertad, que la separación de los poderes del gobierno es central para nuestra Constitución, y que es, de forma enfática, función y deber del poder judicial decir lo que la ley es, no lo que debería ser.

El compromiso de la judicatura conservadora con la libertad, el constitucionalismo y la legalidad va a ser puesto a prueba como nunca antes. Si un número suficiente de jueces y magistrados conservadores se mantiene fiel a los principios declarados por la Federalist Society, la república —espero— sobrevivirá a la presidencia de Trump. Si la administración pierde suficientes casos relevantes, Trump y sus partidarios sin duda llegarán a lamentar haber confiado anteriormente en la Federalist Society. El resto de nosotros tendremos que reconocer que fue una suerte que Trump no eligiera personalmente a sus jueces. Para los liberales, la lección fundamental de nuestra situación actual debería estar clara: el poder judicial es el último baluarte de nuestra estructura constitucional y de nuestros derechos fundamentales. Sin un poder judicial independiente, eficaz y legítimo, compuesto por jueces que crean en el Estado de derecho, una democracia constitucional moderna no puede sostenerse. Según la teoría subyacente de la democracia constitucional, el pueblo gobierna, y los tribunales, al igual que el legislativo y el ejecutivo, sirven a los deseos del pueblo. En la práctica, sin embargo, el pueblo no actúa casi nunca de manera directa. De hecho, “el pueblo” es una construcción abstracta, por momentos inspiradora y por momentos aterradora, dependiendo de cuál sea o se imagine que sea la opinión pública. El Congreso, elegido por el pueblo dividido en distritos y estados, y el presidente, elegido por todo el pueblo a través del Colegio 59

Electoral, son las ramas de la democracia estadounidense que deben responder ante el pueblo. Sin embargo, ninguna de las dos parece, en este momento, interesada ni capacitada para sostener la democracia constitucional. El poder judicial, que no es elegido y no responde directamente ante el pueblo, sí lo está. Si suena obvio que la democracia constitucional necesita a los tribunales, es porque durante aproximadamente setenta y cinco años esa ha sido la opinión de casi todos los pensadores liberales en materia constitucional. Esa era comenzó en 1943, cuando, en un caso en el que se sostenía que no se podía obligar a los estudiantes a saludar a la bandera, el juez Robert Jackson escribió para el Tribunal Supremo que: el propósito mismo de una Declaración de Derechos era sustraer ciertos temas de los vaivenes de la controversia política, colocarlos fuera del alcance de mayorías y funcionarios, y establecerlos como principios legales que deben ser aplicados por los tribunales. La opinión de Jackson dio inicio al compromiso moderno con un constitucionalismo específicamente judicial, porque asignó a los tribunales la función de proteger los derechos fundamentales frente a las mayorías populares. Este compromiso alcanzó su punto culminante con las decisiones del Tribunal de Warren que anularon la segregación racial, establecieron procedimientos para proteger a los acusados en procesos penales, y expandieron de forma dramática las libertades individuales. En la sentencia Obergefell de


{ Dossier }i 2015, esta visión de la función constitucional de los tribunales llevó a una mayoría de jueces a reconocer el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo bajo la fórmula de la “igual dignidad” desarrollada por el juez Kennedy. Sin embargo, en los años posteriores a Obergefell, la ortodoxia liberal sobre la función del poder judicial en una democracia constitucional comenzó a ser objeto de una crítica sostenida por parte de los progresistas, especialmente desde la academia jurídica. La esencia de su argumento —que puede rastrearse hasta la crítica progresista al activismo judicial conservador de las décadas de 1910 y 1920— era que los tribunales son instituciones intrínsecamente antidemocráticas que tienden a servir a los intereses de los poderosos más que a los del pueblo. Esta crítica, dirigida a la legitimidad del Tribunal Supremo como institución, se intensificó durante el primer mandato de Trump, cuando logró nombrar a tres jueces que consolidaron una mayoría conservadora en el Tribunal. Como resultado, no era en absoluto probable que el tribunal ampliara derechos en un futuro cercano, y se preveía que revocaría Roe v. Wade, entre otros precedentes liberales. Antes y después de que eso ocurriera, destacados pensadores progresistas pidieron ampliar (o “llenar”) el Tribunal con nuevos jueces —liberales— en caso de que los demócratas obtuvieran la mayoría en la Cámara de Representantes y el Senado. Un componente adicional del ataque progresista contra el Tribunal ha provenido de acti-

vistas de la sociedad civil que han acusado de corrupción a algunos de los jueces conservadores. Han puesto el foco en viajes regalados a varios jueces, así como en la omisión por parte del juez Thomas de declarar la compra de la modesta vivienda de su madre —de la cual era copropietario junto con otros dos familiares— por parte de un multimillonario tejano amigo suyo. Al señalar que el Tribunal Supremo, casi de forma única entre los órganos judiciales, no está legalmente sometido a un código de ética, estos activistas han pedido la adopción de dicho código y la creación de un órgano externo que supervise las decisiones de los jueces sobre su recusación en casos donde pudiera haber conflicto de intereses. Muchos observadores, tanto de izquierdas como de derechas, ven estas propuestas de reforma como parte de un esfuerzo progresista más amplio por socavar la autoridad del Tribunal ante su giro ideológico hacia el conservadurismo. Para ser claros: las decisiones conservadoras emitidas por el Tribunal Supremo en la primera mitad de la década de 2020 constituyen una revolución constitucional. Esta revolución, que he analizado a lo largo de los años, se ejemplifica no solo con la sentencia Dobbs de 2022, que revocó Roe, sino también con otras decisiones de gran repercusión que han ampliado el derecho a portar armas, desmontado cincuenta años de jurisprudencia sobre la separación entre Iglesia y Estado, y revocado doctrinas consolidadas que exigían deferencia judicial hacia la interpretación razonable que hacían las agencias administrativas de los textos legales ambi60

guos. Creo que estas decisiones fueron claramente erróneas, y en algunos casos desastrosamente erróneas. Sin embargo, hay una diferencia importante entre criticar las sentencias que conforman la revolución constitucional conservadora del Tribunal y cuestionar la legitimidad del propio Tribunal como institución. Lo primero se basa en una visión liberal, centrada en los derechos, sobre cómo debe interpretarse la Constitución. Lo segundo depende de la muy dudosa proposición de que Estados Unidos estaría mejor sin un Tribunal Supremo independiente, activo y ocasionalmente activista —incluso si ese activismo es conservador—. La forma correcta de sopesar el lugar del Tribunal Supremo en nuestra democracia constitucional es identificar sus funciones centrales tal como han evolucionado, y preguntarse, respecto a cada una de ellas, si esas funciones podrían ser cumplidas eficazmente por otras instituciones. Antes de tratar de socavar su legitimidad, deberíamos preguntarnos: ¿cuál es la alternativa? El Tribunal actual tiene tres tareas esenciales: proteger el Estado de derecho, formular los estándares que garantizan la libertad y la igualdad en Estados Unidos, y supervisar el sistema de democracia electoral. Es discutible que, en el momento fundacional, el Tribunal Supremo tuviera más de una de estas funciones —la primera, quizá—. Pero eso no debería importar a quien comprenda que los sistemas constitucionales evolucionan con el tiempo, y por tanto rechace el originalismo constitucional en su versión más simplista. La


El Estado de Derecho en tensión

pregunta que debemos hacernos es: ¿qué función cumple hoy el Tribunal Supremo en nuestra democracia, y qué institución la cumpliría si se socavara su legitimidad? En este momento, está meridianamente claro que ninguna otra institución está capacitada para cumplir cualquiera de estas tres funciones esenciales. Ciertamente, la administración Trump parece dispuesta a desafiar el Estado de derecho, ignorar los derechos individuales y subvertir las elecciones democráticas. El Congreso parece incapaz o no dispuesto a impedir todo esto. Si el poder judicial no garantiza el Estado de derecho, no defiende la libertad y la igualdad, y no supervisa la democracia constitucional, nadie lo hará. Los progresistas necesitan comprender —y reconocer con urgencia— la enorme importancia del Tribunal Supremo en el cumplimiento de estas funciones, y abandonar de una vez por todas el esfuerzo autodestructivo y contraproducente de presentar al Tribunal como inherentemente ilegítimo solo porque es capaz de emitir decisiones conservadoras gravemente erróneas. Si ni siquiera el papel central del Tribunal Supremo en la protección de la democracia constitucional frente a Trump puede demostrar este punto, nada podrá hacerlo. No tengo ninguna duda de que el Tribunal Supremo, tal como está constituido actualmente, está haciendo un trabajo terrible en la protección de los derechos fundamentales a la libertad y la igualdad. La decisión Dobbs es un ejemplo elocuente: revocó un derecho básico a la autodeterminación reproductiva que implica

tanto la libertad individual como la capacidad de participar en igualdad de condiciones en la vida civil y económica. Y, sin embargo, en lo que respecta a garantizar la equidad básica de los resultados electorales, el Tribunal no ha fracasado por completo. Se negó a secundar la negativa de Trump a aceptar los resultados electorales en 2020. En la antesala de las elecciones de 2024, el Tribunal no dio ninguna señal de estar dispuesto, en modo alguno, a permitir que Trump utilizara maniobras legales para reclamar una victoria en caso de haber sido derrotado. Discrepo profundamente de buena parte de la jurisprudencia del Tribunal sobre el derecho al voto, especialmente de su decisión de 2013 que desmanteló las disposiciones de supervisión previa de la Ley de Derecho al Voto (Voting Rights Act). Sin embargo, la democracia electoral sigue funcionando en Estados Unidos, a pesar de las amenazas extraordinarias que enfrenta por parte de Trump. El Tribunal merece parte del mérito. Esto nos lleva a la protección del Estado de derecho, la más antigua y más importante de las funciones del Tribunal Supremo, y la que hoy está más directamente en juego en medio del asalto de Trump al concepto mismo. En el núcleo del Estado de derecho, tal como se entiende en su forma moderna estadounidense, se encuentra la proposición de que el poder judicial, y no el poder ejecutivo, debe tener la última palabra sobre el significado de la Constitución y de las leyes federales. Una vez más, no importa si este era o no el arreglo previsto por los constituyentes. El principio de supremacía judi61

cial quedó establecido al menos desde la crisis de Little Rock de 1957–1958, cuando el presidente Dwight Eisenhower envió a la 101.ª División Aerotransportada para hacer cumplir los fallos judiciales sobre desegregación escolar, y el Tribunal Supremo, en el caso Cooper v. Aaron, proclamó su supremacía en materia constitucional. En el momento de escribir este artículo, la administración Trump, en sus comunicaciones oficiales, aún no ha reconocido haber violado directamente una orden judicial. Lo que ha hecho, repetidamente, es acercarse de manera exasperante a esa línea, tal vez incluso cruzándola en algunos casos, mientras lo niega formalmente. Por ejemplo, la administración deportó a 238 presuntos pandilleros venezolanos a El Salvador el 15 de marzo, a pesar de que el juez de distrito James Boasberg había ordenado no hacerlo y había dispuesto que se hicieran regresar los aviones si ya estaban en vuelo. Y en el caso ante el Tribunal Supremo relativo a los contratos de USAID, la administración Trump alegó inicialmente que su impago no estaba sujeto a la orden del juez de distrito. Mientras tanto, algunos miembros de la administración, como el vicepresidente J.D. Vance, han hecho declaraciones que parecen estar cuidadosamente formuladas para ser interpretadas por sus partidarios como amenazas directas a la autoridad judicial. Vance, por ejemplo, declaró en X (antes Twitter) que “a los jueces no se les permite controlar el poder legítimo del Ejecutivo”. Esto es cierto en un sentido estrictamente formal: el poder judicial está obligado


{ Dossier }i a reconocer la autoridad constitucional del presidente. Pero la afirmación de Vance resulta engañosa en la medida en que omite que la magnitud del poder legítimo del Ejecutivo es precisamente determinada por el poder judicial. Vance empeoró aún más las cosas al afirmar que “si un juez intentara decirle a un general cómo llevar a cabo una operación militar, eso sería ilegal” y que “si un juez tratara de ordenar a la fiscal general cómo ejercer su discreción como fiscal, eso también sería ilegal”. Una decisión judicial que excediera los límites de un análisis constitucional correcto no sería “ilegal” en el sentido ordinario de la palabra. Sería simplemente incorrecta, y por tanto susceptible de revisión por el Tribunal Supremo. En marzo, Trump pidió la recusación del juez Boasberg del caso de deportación de venezolanos. El presidente del Tribunal Supremo, John Roberts —un institucionalista convencido que busca preservar la legitimidad de los tribunales— respondió rápidamente con una inusual declaración pública: “la destitución no es una respuesta adecuada al desacuerdo con una decisión judicial”. Roberts entendió que el lenguaje de Trump pretendía intimidar al poder judicial, y trató de contrarrestarlo. El presidente del Tribunal tiene razón en estar preocupado por la retórica antijudicial de Trump, que apunta al peligro más serio que podría avecinarse: la desobediencia abierta por parte del Ejecutivo a una orden judicial. Eso equivaldría a negar que los tribunales tienen la autoridad

final en la interpretación y aplicación del Derecho federal. Si llegara a producirse una desobediencia de ese tipo, los tribunales disponen de algunas herramientas, pero en la práctica podrían tener una utilidad limitada frente a un poder ejecutivo decidido. En caso de que un tribunal dictamine que un funcionario que violó deliberadamente una orden judicial es culpable de desacato penal, ese funcionario podría ser indultado por el presidente. Una sentencia por desacato civil podría conllevar la imposición de multas económicas al funcionario, y en teoría un tribunal podría ordenar su detención hasta que se cumpla con el pago. Pero la detención, en circunstancias normales, la llevarían a cabo los U.S. Marshals, que forman parte del poder ejecutivo y dependen del Departamento de Justicia, y podrían recibir instrucciones de Trump para no cooperar con el poder judicial. Los tribunales podrían intentar ordenar a otra persona que hiciera cumplir su orden contra un funcionario del Ejecutivo. Pero si Trump ordenara al personal del Ejecutivo proteger al funcionario declarado en desacato civil, parecería poco probable que un tercero pudiera obligarlo a presentarse bajo custodia judicial. Una situación así —en la que un tribunal ordena a la administración Trump actuar, y esta se niega rotundamente— constituiría casi con certeza una auténtica crisis constitucional. El término “crisis constitucional” es descriptivo, no jurídico. No existe una definición oficial en la Constitución, ni en la legislación federal, ni en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Yo defino una crisis constitucional 62

como una situación en la que la Constitución no ofrece una respuesta clara y definitiva a un problema básico de gobernabilidad, y las figuras políticas enfrentadas están dispuestas a llevar sus posturas enfrentadas hasta el límite. El ejemplo clásico estadounidense fue la negativa de Richard Nixon a acatar partes de las citaciones judiciales emitidas para obtener las grabaciones del caso Watergate. En situaciones como esa, nadie puede predecir con certeza cuál será el resultado. Una solución de compromiso podría resolver la crisis, o una de las dos partes podría imponerse. El Comité Judicial de la Cámara de Representantes aprobó tres artículos de impeachment contra Nixon, acusándolo, entre otros delitos y faltas graves, de ignorar la orden. Nixon entregó algunas partes de las grabaciones, pero no otras, y posteriormente dimitió antes de que la Cámara pudiera votar su destitución. Un desenlace así parece extremadamente improbable en cualquier enfrentamiento entre Trump y los tribunales. Si Trump se impusiera en un enfrentamiento con los tribunales, sería devastador para el Estado de derecho. Tal vez algunos miembros del público protestarían. Pero es difícil imaginar que eso alterara el curso de acción de Trump. Es probable que en otros países se expresaran consternación y condena, pero, nuevamente, parece poco probable que a Trump le importara. Se podría pensar —y esperar— que los mercados reaccionaran con seria preocupación. El Estado de derecho protege no solo a las personas, sino también a la propiedad. Sin embargo, también es concebible que los mercados estimen


El Estado de Derecho en tensión

que la hipotética desobediencia de Trump se limitaría a asuntos no económicos, y permanezcan indiferentes. Al fin y al cabo, los mercados funcionan incluso en muchos países autocráticos. Y el Estado de derecho parcial, restringido a cuestiones económicas, no es algo desconocido en la historia, ni en el presente. Si los tribunales se impusieran, y Trump cediera a su presión en un caso concreto pero permaneciera en el cargo, podría no pagar ningún precio significativo. Sus opositores ya lo consideran un

dictador potencial. A sus partidarios podría no importarles su desobediencia, especialmente si finalmente recula. Trump podría no tener mucho que perder si decide experimentar con la desobediencia a las órdenes judiciales, incluso si eso precipita una crisis. Como observó célebremente Alexander Hamilton, el poder judicial “no tiene influencia sobre la espada ni sobre la cartera... y debe depender en última instancia del auxilio del brazo ejecutivo incluso para que sus fallos tengan eficacia”. Eso significa, en última instancia, 63

que el Tribunal Supremo necesita que el presidente crea —o al menos actúe como si creyera— que violar su interpretación de la ley supondría quebrar el orden constitucional. Nos guste o no, la legitimidad del Tribunal Supremo es ahora el baluarte más importante de nuestra frágil democracia constitucional. Publicado originalmente como «The Last Bullwark» en The New York Review of Books, 15 de mayo. © 2025 NOAH FELDMAN

§


{ Dossier }i

El Estado de Derecho y el futuro de la democracia

Joaquim Bosch Magistrado

Hasta hace pocos años, en el mundo occidental la democracia pluralista liberal parecía un sistema político consolidado, sin apenas detractores, sin alternativas creíbles. Pero la revolución digital está modificando nuestras vidas. Las transformaciones tecnológicas están afectando de manera creciente a las estructuras económicas, a nuestra realidad social, a los altavoces de comunicación pública y también a los sistemas institucionales. Y unos de los signos más alarmantes de este cambio de época es que, en casi todos los países, se está incrementando el número de personas que piensan que la democracia no es un buen sistema político, según reflejan los estudios de opinión. La historia de la democracia es la historia de una larga conversación sobre cómo limitamos, distribuimos o controlamos los espacios de poder, a través de las herramientas del Estado de derecho. En contraste con regímenes dictatoriales o

autocráticos, en los que el abuso de poder es la regla general, los sistemas democráticos parten de perspectivas igualitarias, que se desarrollan a través de actuaciones legitimadas por la decisión de la mayoría. Sin embargo, los cargos elegidos o nombrados están siempre sujetos a un sistema de frenos, pesos y contrapesos. Como apuntó Ferrajoli, todo poder que no cuenta con límites se convierte en un poder salvaje, que puede arrasarlo todo a su paso. La democracia implica que quienes obtienen la victoria en unas elecciones tienen la responsabilidad de gobernar. Sin embargo, esta premisa se complementa con otra general: quienes no han ganado tienen derecho a poder gobernar en el futuro. Esta posibilidad de alternancia democrática se convierte en ilusoria si desde la acción de gobierno se anulan en la práctica los derechos fundamentales que integran el núcleo del sistema político, si se adultera la neutralidad de los organismos electorales o si se coloniza el poder judicial con la finalidad de evitar el control independiente sobre los gobernantes. Como han explicado Levitsky y Ziblatt, en el siglo XXI las democracias no mueren a manos de militares armados, sino mediante la acometida de líderes electos que ejecutan desde dentro la demolición autoritaria del sistema político pluralista. El 64

derrumbe del sistema democrático se articula desde sus pilares interiores. Las nuevas dinámicas autocráticas se caracterizan por un desmontaje gradual de los principios que integran la separación de poderes, el Estado de derecho y el respeto a la diversidad ideológica. En el ámbito de la UE, Hungría se ha convertido en el laboratorio más avanzado de estas experiencias autoritarias, que cuentan con el aplauso y la imitación de destacados dirigentes políticos en el territorio europeo. Y, sobre todo, la última victoria de Trump en Estados Unidos puede comportar efectos aún más inquietantes en el mundo, por el papel central de este país a escala internacional. De hecho, el avance de las prácticas trumpistas de disolución de los límites institucionales está activando como oposición principal al propio poder judicial norteamericano. Precisamente, la idea más repetida desde al actual gobierno estadounidense se refiere a la proclama (inaceptable) de que obtener el triunfo en unas elecciones le concede la facultad de no acatar las resoluciones de organismos no electos, como los tribunales. A Donald Trump le resulta indiferente que, en clave constitucional, la judicatura sea la encargada de velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico, la competente para proteger los derechos de las personas y la responsable de evitar los atropellos del poder político.


El Estado de Derecho en tensión

En este ámbito, se está asentando el enfoque de que no hay barreras que no puedan ser traspasadas por el líder carismático, que además suele ser presentado como la más auténtica encarnación de la patria, desde los cánones del nacionalpopulismo autoritario. Desde esta perspectiva, quienes discrepan de este ideario no son adversarios legítimos, en el contexto del pluralismo democrático, sino enemigos a los que hay que apartar. Con esta visión maniquea también se arremete contra los órganos de contrapeso cuando cumplen sus funciones de vigilancia institucional. En el ámbito de las citadas transformaciones tecnológicas, reforzadas por las plataformas virtuales que hoy generan la mayor parte de la información y de la opinión, las nuevas concepciones políticas autoritarias ponen en jaque las bases de la democracia pluralista. En esas tensiones resulta de capital trascendencia la capacidad de resistir de los principios del Estado de derecho, desde parámetros de institucionalidad en sentido fuerte. Y estos conflictos también afectan a España, un país en el que las injerencias partidistas en el sistema judicial siempre han sido preocupantes, como nos indican reiteradamente los organismos del Consejo de Europa. Por otro lado, resulta significativo que en el otro extremo del tablero global nos encontremos con una potencia como China, un país que vulnera sistemáticamente los derechos humanos; además, ahora puede hacerlo con la colaboración esencial de los nuevos instrumentos tecnológicos que está forjando

la revolución digital, los cuales facilitan una injerencia superlativa incluso en la esfera más íntima de las personas. Debemos añadir el ideario igualmente nacionalpopulista de la Rusia de Putin: no existe la más mínima posibilidad de que este país pueda convertirse en una democracia liberal, sino todo lo contrario. El panorama internacional no parece especialmente favorable para el sistema democrático. Ante esta ola autoritaria, Europa debería configurarse como un núcleo global de defensa de la democracia, a pesar de las pulsiones internas que también se viven en los países del viejo continente. La respuesta habría de implicar una mejor regulación democrática de los espacios comunicativos que está construyendo la revolución digital. Hay que relacionar necesariamente estas plataformas con la difusión de discursos de odio, con el incremento de la polarización agresiva y con la propagación de narrativas antidemocráticas, a través de manipulaciones tecnológicas fraudulentas, que vulneran constantemente el derecho a recibir información veraz. Los países de la Unión Europea también deberían desarrollar al máximo la arquitectura institucional encargada de reforzar los mecanismos del Estado de derecho, de la separación de poderes y de la integridad institucional. Y España forma parte de este espacio europeo en el que deben plantearse iniciativas de rearme democrático. Resulta significativo constatar que los más reconocidos pensadores a nivel internacional nos están avisando de la gravedad de la situación, desde sensibili65

dades ideológicas muy distintas. Por ejemplo, tanto el politólogo Francis Fukuyama (que fue asesor del Partido Republicano estadounidense) como el filósofo Jürgen Habermas (cercano a la socialdemocracia alemana) nos advierten con firmeza de que la democracia está realmente en peligro en el mundo. Los juristas podemos aportar nuestros conocimientos para proteger las instituciones. No obstante, también resulta posible recorrer el camino contrario, para respaldar la involución autoritaria a través de nuevas reglas antidemocráticas, como ha ocurrido en algunos países. En mi opinión, las concepciones sobre la democracia pluralista, los derechos humanos y el Estado de derecho representan los estadios más elevados de nuestra civilización. Han permitido sentar las bases para asegurar las necesidades básicas de todas las personas, para evitar los excesos en el ejercicio del poder y para impedir cualquier forma de discriminación. Más allá de las respuestas de carácter político, entre las que debe incluirse la autocrítica de la democracia ante sus promesas incumplidas, el desarrollo institucional debería ser una de las claves para fortalecer nuestro sistema democrático en estos tiempos de visibles incertezas.

§


{ Dossier }i

Corrupción y Estado de Derecho te perseguibles, pero también aquellos que no violan la ley, pero sí violan las normas morales de la sociedad en cuestión e implican una privatización de las políticas públicas (Kaufmann y Vicente, 2011; Dincer y Johnston, 2020).

Manuel Villoria Catedrático de Ciencia Política y Presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante

El concepto de corrupción es complejo y con múltiples significados. En la antigüedad la corrupción se identificaba con la pérdida de valores morales en una sociedad, con su degradación ética. Hoy en día se tiende a concretar más y se conecta con un abuso de poder para beneficio privado incumpliendo las leyes. La definición que propongo, siguiendo a Rose y Peiffer (2019), trataría de conectar ambas visiones del fenómeno y sería: «el abuso de un cargo, recibido en fideicomiso, para obtener beneficios privados directos o indirectos, en violación de las leyes o los principios morales vigentes en la sociedad en cuestión». Esta definición establece límites amplios en cuanto a lo que se incluye y se excluye de la medición (Mungiu-Pippidi y Fazekas, 2020), lo que permite incluir casos de corrupción que son legalmen-

Por su parte, la Comisión Europea define el Estado de derecho con seis principios: la legalidad, que implica un procedimiento legislativo transparente, responsable, democrático y plural; la seguridad jurídica; la prohibición del ejercicio arbitrario del poder ejecutivo; la tutela judicial efectiva por parte de órganos jurisdiccionales independientes e imparciales con control judicial efectivo, lo que incluye la protección de los derechos fundamentales; la separación de poderes; y la igualdad ante la ley1. El respeto a todos ellos por parte de los poderes públicos es clave para que la ciudadanía confíe en las instituciones y asuma sus propios compromisos. Los lectores se preguntarán por qué, cuando estamos tratando el tema del Estado de derecho me empeño en considerar corrupción también la violación de las normas morales que una sociedad considera prevalentes y necesarias. La razón se basa en la propia capacidad de los legisladores para situar actos corruptos dentro o fuera de su marco de definición y, por ello, de persecución. Todos conoce-

mos cómo Berlusconi cambió los periodos de prescripción de las normas penales anticorrupción para quedar libre de algunos casos que le afectaban; o cómo se puede modificar la redacción de un delito como la malversación por razones de interés político, dejando fuera lo que antes estaba dentro del tipo penal. Más aún, uno de los problemas típicos de las democracias de países avanzados económicamente es el de la denominada corrupción legal; que consiste en la capacidad de conseguir, gracias a la financiación de campañas y partidos o la información privilegiada, que grupos de interés poderosos consigan leyes o contratos a su medida, quebrando la igualdad política y el derecho de todos los sectores sociales a que sus intereses sean considerados equilibrada e imparcialmente, en función de su aporte al interés general (Mendilow y Peleg, 2016). Por ello, ante los abusos que el poder político y económico pueden realizar en una sociedad con un Estado de derecho formalmente respetado, y las consecuencias que ello tiene sobre las personas que viven en esa sociedad, que poco a poco van desconfiando cada vez más del sistema, creo que es importante que el anclaje del respeto a la ley se sustente en una verdadera cultura de la legalidad y esta en valores cívicos. Ello implica

1  https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/policies/justice-and-fundamental-rights/upholding-rule-law/rule-law/ what-rule-law_es#:~:text=Ver%20ahora-,%C2%BFQu%C3%A9%20define%20el%20Estado%20de%20Derecho?,%C3%B3rganos%20jurisdiccionales%20independientes%20e%20imparciales. 66


{ Dossier }i una creencia compartida por la inmensa mayoría de la sociedad, incluidas las elites económicas y políticas, en la importancia de cumplir las leyes, una expectativa generalizada de que los demás las van a cumplir, y un rechazo inequívoco del incumplimiento de la legalidad o el abuso de su formalidad para atentar contra los principios de igualdad política e imparcialidad. En suma, la lucha de fondo contra la corrupción y la defensa del Estado de derecho deben tener su fundamento en la moral social y en la virtud cívica, de la que se deriva la cultura de la legalidad. Por desgracia, los datos indican que, en España, nuestras elites no dan ejemplo y la ciudadanía se distancia de ellas y, lo que es peor, de las instituciones que sustentan la democracia. Creo que sólo desde esa visión amplia de la corrupción y de las

existentes y, en todo caso, por debajo de la media europea (ver tabla 1).

múltiples exigencias del Estado de derecho se puede entender la baja confianza de la ciudadanía española en nuestras instituciones y la percepción que tiene sobre la corrupción existente. Aunque España sea un Estado de derecho formalmente sólido, los comportamientos de nuestros políticos y de las elites económicas muestran una preocupante falta de respeto a valores esenciales del Estado de derecho, como la igualdad política o la imparcialidad, además de atentar a menudo contra la separación de poderes o la transparencia.

Sin embargo, la percepción de que la corrupción está muy o bastante extendida es muy alta (ver tabla 2), bastante por encima de la media europea. Y la explicación está en que, aunque los sobornos sean bajos, los escándalos políticos son numerosos y los incumplimientos de valores esenciales, como la imparcialidad o la igualdad son muy elevados. En general, los actores clave del sistema político muestran comportamientos que la ciudadanía considera moralmente inadecuados y esto es parte del fenómeno de percepción de corrupción generalizado.

Veamos algunos datos. Para empezar, es importante tener claro que en España las encuestas sobre la exigencia de sobornos nos muestran datos muy positivos; España tiene niveles semejantes a los de los países nórdicos en cuanto al número de sobornos

Los efectos de esta percepción son muy dañinos para la confianza en las instituciones.

Tabla 1. Porcentaje de personas que reconocen que les han pedido un soborno SECTOR

UE 2025

España 2025

España 2024

DIFF. España 25-24

Funcionarios que expiden permisos para la actividad empresarial

12

0

0

=

Partidos políticos

9

0

0

=

Funcionarios que adjudican contratos públicos

9

2*

5

-3

Inspectores (salud y seguridad, construcción, trabajo, alimentación, control sanitaria y concesión de licencias)

8

0

6

-6

Fiscalía

7

0

0

=

Funcionarios que expiden permisos de construcción

7

0

4

-4

Los tribunales

6

0

0

=

Políticos en lost tres niveles de gobierno: central, autonómico y local

6

4**

2

+2

Policía y aduanas

4

2

0

+2

Los sanitarios

3

0

0

=

Empresas privadas

3

1

2

-1

La agencia tributaria

2

0

0

=

Securidad social y las autoridades del sector del bienestar

2

0

0

=

El sector educativo

2

0

0

=

Bancos e instituciones financieras

1

0

1

-1

No sé

4

3

3

=

Fuente: European Barometer Survey 561. 68


El Estado de Derecho en tensión

Hay una serie de factores que influyen en la confianza política, como la afiliación política; las actitudes hacia los titulares del cargo; las tendencias económicas, etc. Pero entre ellos, la corrupción y los escándalos son primordiales a la hora de erosionar la confianza política (entre otros, Anderson, y Tverdova, 2003). Además, los escándalos de un área de la actividad política afectan reputacionalmente a otras. Los efectos indirectos sobre la reputación se producen cuando las percepciones y actitudes de las personas hacia un actor concreto afectan a las percepciones y actitudes hacia otros. Por ejemplo, distintos estudios revelan que la insatisfacción con el Congreso conduce a la insatisfacción con los políticos y el gobierno en general (Hibbing y Theiss- Morse 1995). En este momento, los escándalos de corrupción, en un entorno de polarización, están omnipresentes en nuestra vida política y en los medios y redes sociales, y las consecuencias son terribles desde la perspectiva de las

actitudes ciudadanas frente a la política y a las instituciones democráticas. Por ejemplo, veamos los datos de confianza en los partidos políticos y en el parlamento (gráficos 1 y 2). Todo ello culmina con una visión de la ciudadanía sobre la buena gobernanza en España en claro deterioro (ver gráficos 3). Los datos muestran un declive en casi todos los indicadores clave. La correlación entre la percepción de que no se controla la corrupción y la de que el Estado de derecho se deteriora es muy alta. Pero, al tiempo, la calidad regulatoria y la efectividad gubernamental bajan también en la percepción ciudadana. Conclusiones. La corrupción, como abuso de poder con incumplimientos legales, pero también morales, es un factor clave para explicar el deterioro de la confianza en nuestras instituciones. La propia concepción del Estado de derecho como un marco de expectativas sobre el

Gráfico 1. Confianza en los partidos políticos 0,35 0,3 0,25 0,2 0,15 0,1 0,05 2006

2012

2016

2018

2020

2021

2022

2023

Fuente: Elaboración propia con datos de Eurobarometros 2006-2023

comportamiento de los poderes públicos con un fundamento axiológico innegable, explica también la percepción de la corrupción, pues esta incorpora incumplimientos morales como los que se derivan del desprecio a los valores que fundamentan dicho Estado de derecho. De ahí esa correlación tan sólida entre ambas variables. A más incumplimiento del Estado de derecho mayor percepción de corrupción, a mayor percepción de corrupción menor cultura de la legalidad y mayor deterioro del Estado de derecho.

Tabla 2. Percepción de la corrupción en España País

2005 2007 2009 2011 2013 2017 2019 2022 2023 2024 2025 Extendida extendida extendida extendida extendida extendida extendida extendida extendida extendida extendida

UE 2025

72%

75%

78%

74%

76%

68%

71%

68%

70%

68%

69%

España 2025

73%

83%

88%

88%

95%

94%

94%

89%

89%

90%

89%

Ranking en UE

17th

13th

10th

10th

4th

2nd

4th

6th

6th

7th

5th

Fuente: Eurobarometers on corruption 2005-2025

Tabla 3. Confianza en partidos políticos 2006

2012

2016

2018

2020

2021

2022

2023

España

31%

10%

10%

8%

7%

8%

10%

7%

Media UE

22%

18%

16%

19%

21%

18%

21%

21%

Fuente: Eurobarometros 69


{ Dossier }i Tabla 4. Confianza en el parlamento Países

2006

2012

Confío

No confío

España

41%

Media UE

39%

2016

Confío

No confío

46%

11%

53%

28%

2020

Confío

No confío

82%

17%

66%

32%

2023

Confío

No confío

77%

16%

35%

35%

Confío

Confío

No confío

76%

16%

78%

24%

70%

69%

33%

61%

37%

58%

Fuente. Eurobarometros

Bibliografía Anderson, Ch. J. and Tverdova, YV (2003). “Corruption, Political Allegiances, and Attitudes Toward Government in Contemporary Democracies.” American Journal of Political Science, 47: 91-109.

Gráfico 2. Confianza en el parlamento 90% 80% 70%

Dincer, Oguzhan, and Michael Johnston (2020). “Legal corruption?.” Public Choice 184 (3): 219–233.

60% 50% 40% 30% 20%

2006

2012

2016

2018

2020

2021

2022

2023

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

No confío

Confío

10% 0%

2025

No confío

2025

Fuente: Elaboración propia con datos de Eurobarometros 2006-2025

Gráficos 3. Good Governance Indicators World Bank

Hibbing, JR and Theiss-Morse, E. (1995). Congress as Public Enemy: Public Attitudes Toward American Political Institutions. Cambridge: Cambridge University Press. Kaufmann, Daniel, and Pedro C. Vicente (2011). “Legal corruption.” Economics & Politics 23 (2): 195–219. Mendilow, Jonathan and Ilan Peleg (eds.). 2016. Corruption and Governmental Legitimacy. A Twenty-First Century Perspective. Maryland: Lexington Books. Mungiu-Pippidi, Alina and Mihály Fazekas (2020) “How to define and measure corruption” Pp: 7-26 in Mungiu-Pippidi and Paul Heywood, A Research Agenda for Studies of Corruption. Cheltenham: Edward Elgar Publishing.

Source: WGI Spain’s data 2000-2023 in percentiles (https://www.worldbank.org/ en/publication/worldwide-governance-indicators) 70

Rose, Richard and Caryn Peiffer. 2019. Bad Government and Corruption. London: Palgrave Macmillan.


El Estado de Derecho en tensión

Amenazas a la libertad de prensa: el deterioro no tan silencioso del Estado de Derecho

Yolanda Quintana Periodista Directora de Comunicación y Políticas Públicas del ICAM

La libertad de prensa constituye un pilar esencial del Estado de derecho y una condición imprescindible para la deliberación democrática, la rendición de cuentas y el control del poder. En contextos democráticos consolidados como el español, su debilitamiento no se produce mediante mecanismos abruptos —como la censura directa o el cierre de medios—, sino a través de un deterioro progresivo, fragmentado y a menudo silencioso. Así, la acumulación de amenazas de diversa naturaleza afecta de forma estructural a los sistemas democráticos. Entre ellas destacan el uso abusivo de acciones judiciales, la opacidad institucional, las reformas legislativas regresivas, la vigilancia encubierta, la presión económica, la concentración mediática y la violencia y el hostigamiento contra periodistas, como vienen recogiendo

informes de organismos internacionales como la Comisión Europea o la OSCE, que están siendo vitales para visibilizar y contribuir a frenar estas vulneraciones.

amenazas directas e indirectas que enfrentan hoy los medios de comunicación y los periodistas comprometen gravemente estos fundamentos.

La libertad de prensa se reconoce ampliamente como uno de los indicadores clave de la calidad democrática y del funcionamiento del Estado de derecho. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha consagrado el papel de la prensa como “perro guardián” de la democracia, al considerar su labor indispensable para la fiscalización del poder político, económico y administrativo. Por tanto, su debilitamiento impacta no sólo sobre los periodistas, sino sobre el conjunto del ecosistema democrático.

Un aspecto central de esta erosión se encuentra en el plano legislativo. En los últimos años, varias reformas legales, presentadas como avances, han suscitado serias preocupaciones sobre su impacto real en la libertad de prensa.

El Estado de derecho contemporáneo se sostiene sobre cuatro pilares fundamentales: la rendición de cuentas, la separación de poderes y el control judicial, la transparencia institucional y el acceso a la información, y la garantía efectiva de los derechos fundamentales. La libertad de prensa opera de manera transversal sobre todos estos pilares. En términos de teoría democrática, su función se articula en tres dimensiones: el control horizontal, mediante la supervisión de los poderes públicos; el control diagonal, facilitando el escrutinio por parte de la sociedad civil; y la formación de una opinión pública plural y bien informada. Las 71

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en su informe sobre el anteproyecto de Ley del Secreto Profesional, ha advertido recientemente que el texto, lejos de blindar este derecho fundamental, introduce excepciones demasiado amplias y mal definidas. En particular, el artículo 6 permite levantar el secreto profesional en casos ambiguos, como cuando la fuente haya proporcionado información falsa o pueda causarse un perjuicio grave, sin requerir necesariamente una autorización judicial. Esta posibilidad, bajo interpretación administrativa, supone un retroceso respecto al marco actual y se aleja de lo establecido en el artículo 4 del Reglamento Europeo de Libertad de Medios (EMFA), que exige garantías estrictas ante cualquier injerencia. El propio Reglamento Europeo de Libertad de Medios (EMFA) es preocupante porque, que si bien reconoce formalmente la


{ Dossier }i protección del secreto profesional, incorpora cláusulas que permitirían a autoridades administrativas ordenar su levantamiento, socavando un principio hasta ahora considerado inviolable, como han advertido expertos como Borja Adusara. La reforma del derecho de rectificación representa otro frente controvertido. El mismo Adsuara insiste en que una regulación legítima de los nuevos entornos digitales no puede producirse a costa de reducir las garantías históricas del periodismo profesional. La equiparación entre periodistas sometidos a códigos deontológicos y actores digitales no regulados —como influencers o generadores de contenido— sin diferenciar responsabilidades ni protecciones, puede traducirse en un deterioro global del derecho a la información. En otro sentido, los medios vienen advirtiendo también frente a la utilización abusiva del derecho de rectificación para lograr la publicación de notas informativas ‘a pedido’, alejadas en ocasiones de estándares informativos esenciales. Así, en la práctica funciona como un “derecho de réplica” por el que los medios se encuentran obligados a publicar versiones independientemente de que sea veraces o no. Más allá de lo legislativo, persisten otras amenazas estructurales. En los últimos años se ha registrado un aumento en el uso de demandas estratégicas —conocidas como SLAPP, en sus siglas en inglés— utilizadas para silenciar a periodistas a través del desgaste económico y psicológico. Casos de demandas millonarias por supuestos daños al honor, querellas penales por

revelación de secretos e imputaciones desproporcionadas ilustran una tendencia preocupante. Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal y jurista de la la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) viene advirtiendo frente al uso del derecho penal contra periodistas: “la labor periodística de publicar hechos noticiables tras una contrastación diligente está amparada por la Constitución. No puede ser criminalizada por el hecho de que la fuente pudiera ser una hipotética filtración procedente de una instrucción penal”. Episodios de este tipo ponen de manifiesto cómo incluso en contextos democráticos se pueden activar mecanismos penales para intimidar al periodismo de investigación y disuadir la publicación de información de interés público. La falta de una legislación anti-SLAPP específica en España refuerza esta vulnerabilidad estructural y permite que el sistema judicial sea instrumentalizado para reprimir la libertad de expresión y de prensa. Simultáneamente, el acceso a la información pública sigue gravemente limitado. La pervivencia de una Ley de Secretos Oficiales de 1968 –y las graves deficiencias del proyecto en tramitación–, junto a las carencias operativas de la Ley de Transparencia de 2013, obstaculizan el derecho ciudadano a conocer la acción pública. La utilización del silencio administrativo, las respuestas fuera de plazo y la ausencia de mecanismos coercitivos contra quienes incumplen la obligación de informar constituyen una barrera recurrente. En el plano económico y estructural, la concentración mediá72

tica y las presiones financieras siguen debilitando el pluralismo informativo. La precariedad estructural del sector y su creciente dependencia de fuentes de financiación gubernamentales o privadas refuerzan un ecosistema vulnerable a las injerencias políticas o empresariales. En paralelo, las nuevas formas de censura en el entorno digital han introducido restricciones adicionales, menos visibles que la censura directa pero igualmente lesivas, como el uso de software de espionaje como Pegasus contra periodistas. Estas dinámicas tienden a normalizar un clima de presión y vigilancia incompatible con una sociedad democrática abierta. Otra manifestación alarmante de esta erosión es el hostigamiento verbal y acoso digital, particularmente contra mujeres periodistas. La violencia simbólica y física, muchas veces amplificada desde redes sociales, ha generado un efecto inhibidor que restringe la cobertura de temas sensibles y merma la disposición de las fuentes a colaborar. Organismos como la OSCE han subrayado la obligación positiva del Estado de proteger a los informadores frente a estas amenazas. No menos relevante es la situación de los medios públicos, cuya independencia editorial está en entredicho tanto en RTVE como en televisiones autonómicas donde se han documentado ceses, nombramientos cuestionados y presiones sobre contenidos. Por último, la irrupción de la inteligencia artificial generativa y su uso en la producción de contenidos informativos plantea nuevos desafíos: si bien es legítimo exigir


El Estado de Derecho en tensión

transparencia y etiquetado, cualquier intento regulatorio debe respetar el equilibrio entre veracidad tecnológica y libertad editorial. La acumulación de estas dinámicas tiene un impacto sistémico sobre el Estado de derecho. En primer lugar, debilita la rendición de cuentas: sin medios independientes y protegidos, el poder se ejerce sin control efectivo.

Además, la falta de transparencia y el debilitamiento del pluralismo informativo reducen la calidad del debate público y el ejercicio efectivo de derechos fundamentales. Frente a este escenario, urge una reacción normativa y política. La defensa de la libertad de prensa no constituye un interés sectorial, sino una defensa

73

activa y estructural del Estado de derecho. En este contexto, se vuelve urgente que las instituciones públicas, los actores sociales y la ciudadanía asuman un compromiso firme con la protección del periodismo independiente y plural como garantía indispensable para una democracia sólida y resiliente.

§


{ Dossier }i

Fronteras del Estado de Derecho: justicia transicional en contextos de vacío institucional distintos. El colapso del Estado o la captura institucional por redes criminales genera entornos en los que la justicia transicional no solo enfrenta obstáculos técnicos, sino que puede resultar impracticable.

Diego García-Sayán Abogado y político peruano. Exministro de Justicia y de Relaciones Exteriores

El jurista y ex relator especial de Naciones Unidas para la independencia judicial examina en este artículo los límites de la justicia transicional en contextos de Estado fallido, posconflicto o captura institucional. Más allá de las transiciones desde regímenes autoritarios hacia democracias consolidadas, el texto pone el foco en las dificultades para aplicar mecanismos de justicia cuando no existe institucionalidad ni garantías mínimas del Estado de derecho. Haití, Sudán, Siria o Irak son ejemplos de que la justicia sin instituciones resulta inviable. La justicia transicional ha emergido con fuerza en las últimas décadas como respuesta a violaciones masivas de derechos humanos, sobre todo en contextos de regímenes autoritarios que dan paso a procesos democratizadores. Sin embargo, existen otros escenarios que plantean desafíos radicalmente

La justicia transicional abarca el conjunto de procesos y mecanismos que una sociedad pone en marcha para afrontar el legado de violaciones masivas de derechos humanos. Su finalidad es garantizar la rendición de cuentas, servir a la justicia y lograr la reconciliación. Se articula en torno a cuatro áreas principales: justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición. Pero su aplicación no es uniforme: exige una adaptación creativa a las realidades institucionales, sociales y políticas de cada país. La experiencia demuestra que, en contextos de posconflicto, violencia persistente o destrucción institucional, los mecanismos clásicos no se sostienen sin un mínimo de institucionalidad. Esto no implica renunciar a la justicia, sino asumir que debe haber una secuencia adecuada: en muchos casos, antes de implementar mecanismos de justicia, es necesario construir o reconstruir un Estado capaz de sostenerlos y dar viabilidad real a tales mecanismos. Mientras se dan pasos para impulsar las medidas relativas a la justicia, la verdad y la reparación, parte de los legados que deben 74

preverse han de tener en mente no sólo los resultados específicos en esas tres áreas, sino también considerar el desarrollo gradual de las capacidades judiciales locales. Sin embargo, en el contexto de un Estado frágil existen grandes retos. No hay “fórmulas”, “modelos” o “tallas únicas” que seguir. Asumiendo la fragilidad como un hecho, parece obvio que las instituciones nacionales serán normalmente incapaces en estas circunstancias de asumir un papel central y de liderazgo. Incluso en una situación “ideal” de ayuda exterior masiva, porque las instituciones nacionales y locales serán normalmente incapaces de absorber esa ayuda masiva. El caso de Haití ilustra con crudeza este fenómeno. La destrucción institucional y el colapso del Estado han derivado en una crisis prolongada, marcada por el deterioro de los servicios públicos, la inseguridad y la creciente pérdida de control por parte del Estado sobre grandes áreas del país. En este contexto, la posibilidad de aplicar medidas de justicia transicional se ve seriamente comprometida. La ausencia de garantías mínimas convierte cualquier iniciativa en un riesgo de frustración o manipulación. El entorno institucional impone límites objetivos que no pueden ignorarse. Por ello, la construcción institucional es un paso previo im-


El Estado de Derecho en tensión

prescindible. En varios procesos recientes, como los de Sudán o la República Centroafricana, se ha intentado avanzar en mecanismos de justicia transicional sin una base institucional sólida. La experiencia muestra que esto termina generando frustración, inestabilidad y, en ocasiones, un nuevo ciclo de violencia. De igual forma, en contextos como Irak o Libia, los mecanismos de justicia han enfrentado enormes dificultades debido a la falta de independencia judicial, el sectarismo institucional o la inexistencia de marcos legales apropiados. El reto es cómo avanzar en justicia sin que las instituciones mínimas necesarias estén presentes o sean funcionales. En estos escenarios, el papel del derecho internacional y de los actores multilaterales se vuelve crucial. Cuando el Estado no garantiza los derechos fundamentales ni persigue a los responsables de crímenes, la comunidad internacional tiene el deber de actuar. El principio de complementariedad de la Corte Penal Internacional (CPI) parte precisamente de este presupuesto: cuando los Estados no pueden o no quieren juzgar, la comunidad internacional debe intervenir. Pero este principio debe articularse con una estrategia de fortalecimiento institucional, no como sustituto del Estado, sino como impulsor de su reconstrucción. Las comisiones internacionales o híbridas, como la Comisión contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) o la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), han mostrado que es posible un modelo de cooperación entre

organismos internacionales y estructuras estatales. Sin embargo, estos modelos también han enfrentado resistencias, especialmente cuando comienzan a afectar intereses establecidos. La sostenibilidad de estas iniciativas depende de su inserción en un proceso nacional más amplio, que involucre a las instituciones estatales y a la sociedad civil. Los procesos penales con garantías adecuadas y resultados visibles, los procesos de esclarecimiento de la verdad que puedan contribuir a que los ciudadanos comprendan los fallos institucionales o las responsabilidades individuales de graves violaciones que afectaron a muchas personas, y los programas de reparación que contribuyan a reparar las violaciones masivas de derechos, son necesarios como componentes cruciales para construir el Estado de derecho y contribuir a la democracia. Sin embargo, en un contexto de extrema fragilidad puede ser realista suponer que estas normas se cumplirán dudosamente. No obstante, la puesta en marcha de este proceso puede seguirse y apoyarse con mayor optimismo en la medida en que se promueva y apoye una interacción creativa y positiva entre las instituciones públicas y la sociedad civil. A fin de cuentas, el proceso crucial que puede conducir a la democracia implica dar los pasos adecuados y graduales para construir un sistema político en el que la participación y el pluralismo estén garantizados. Se trata de un proceso muy difícil de iniciar y de mantener. Existe una tentación histórica en el proceso de creación de instituciones: los “ganadores” del conflicto anterior tienden a ocupar una posición 75

hegemónica. Se trata de un reto importante si se pretende que las medidas de justicia transicional conduzcan a una sociedad democrática, participativa y tolerante. La democracia, la creación de instituciones y la paz como producto de un acuerdo y de procesos de pacificación son alternativas moral y políticamente superiores a la paz como resultado de la aniquilación de un adversario. Por ello, el Derecho Internacional y, en concreto, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, debe sostener que la paz es un derecho y que los Estados y la comunidad internacional deben hacer todo lo necesario para alcanzarla. Las medidas de transición pueden ser un componente fundamental para lograr ese fin.

§


“Vivimos una alineación de planetas sin precedentes para impulsar una mayor integración europea” 76


{ Entrevista }

Enrico Letta Texto: Teresa Mínguez Fotos: ACN

Enrico Letta (Pisa, 1966) es un referente en política europea, con experiencia como primer ministro, líder de partido, académico internacional y promotor del proyecto europeo moderno y una de las voces más escuchadas en Bruselas, especialmente desde que el Consejo Europeo le encomendara la elaboración del Informe sobre el Mercado Único.

Estamos siendo testigos de un cambio global. El mundo está cambiando y acelerándose. Mientras Estados Unidos y China invierten masivamente en innovación, defensa e inteligencia artificial, Europa corre el riesgo de quedarse atrapada en medio, con palabras ambiciosas, pero lenta en su capacidad de actuar. Y, sin embargo, seguimos creyendo firmemente en el proyecto europeo.

Ex primer ministro de Italia (2013–2014) y responsable de las carteras de Asuntos Europeos e Industria en distintos gobiernos transalpinos, el actual presidente del Instituto Jacques Delors y decano de IE University ha situado en el centro del debate político una tesis tan clara como inquietante: la Unión Europea corre el riesgo de volverse irrelevante si no avanza hacia una integración real en sectores estratégicos.

Creemos que Europa puede ser más que un mercado. Que es una comunidad de valores, de derechos, de visión. Pero eso requiere liderazgo: político, económico y también normativo. Como miembros de la profesión jurídica, entendemos que no puede producirse ninguna transformación importante sin una base normativa sólida. Pero también sabemos que detrás de cada norma hay una elección. Y ahora es el momento de tomar decisiones estratégicas, colectivas y valientes.

Convencido de que la credibilidad del proyecto europeo se juega en su capacidad de simplificar, integrar y asegurar el cumplimiento efectivo de sus normas, Letta reclama una reacción conjunta que supere las inercias nacionales y responda con determinación a los desafíos estratégicos de la próxima década.

En sus viajes por Europa ha tenido ocasión de presentar su informe ante gobiernos, parlamentos nacionales y foros académicos, recogiendo impresiones muy diversas. ¿Cómo valora su acogida?

Así lo defendió en una conferencia celebrada este año en la sede del Colegio de la Abogacía de Madrid, que sirvió de antesala a esta conversación, en la que alerta de los peligros que entraña la fragmentación normativa, denuncia la ineficacia del actual sistema de gobernanza para aplicar de forma uniforme el Derecho europeo y propone soluciones concretas.

Para mí hay dos tipos de reacciones especialmente reveladoras. La primera es una sorpresa generalizada: cuando presento el informe, siempre me dicen “pero en Europa ya estamos integrados, tenemos la 77


{ Entrevista } sión es clave seguimos fragmentados a nivel nacional. Así, limitamos la competitividad de nuestros campeones nacionales y evitamos la creación de verdaderos campeones europeos.

misma moneda”. Es una reacción de incredulidad, como diciendo: “si tenemos la misma moneda, significa que económicamente somos lo mismo”. Pero la realidad es que todo el esfuerzo que hicimos para tener una moneda común absorbió gran parte de la energía política, y luego decidimos descansar y no avanzar con la misma determinación en otros ámbitos.

¿Puede dar un ejemplo de un verdadero campeón europeo? El único ejemplo real que tenemos es Airbus: una empresa que no tiene bandera nacional, que es europea, y que por eso puede competir y ganar en el mundo. En los demás sectores, la bandera nacional se ha convertido en un techo, cuando hace 30 años era un motor.

¿Cuáles son esos ámbitos en los que Europa aún no está integrada? Hoy tenemos tres sectores clave —más uno—: telecomunicaciones, energía, servicios financieros, y además la defensa. Y todos estos ámbitos son esenciales no solo para la competitividad, sino también para la seguridad. Ahora bien, seguridad no significa únicamente armas: seguridad es un concepto más amplio. ¿Podemos decir que vivimos en un estado de seguridad cuando no somos independientes en energía, ni en finanzas, ni en conectividad?

¿Qué consecuencias tiene esa fragmentación? La fragmentación es un regalo para nuestros competidores: estadounidenses, chinos, indios. En defensa, por ejemplo, gastamos 140.000 millones de euros para ayudar a Ucrania, pero por la fragmentación terminamos comprando material militar estadounidense, turco o surcoreano, en vez de crear empleos en Europa. Lo mismo pasa con los pagos digitales: usamos tarjetas y plataformas americanas porque nunca hemos conseguido un “Airbus” de los pagos digitales en Europa.

Uno de los ejemplos más chocantes de esta dependencia lo dio Elon Musk cuando dijo a los ucranianos: “compórtense, si no, apago el sistema”. Esa frase refleja nuestra situación: alguien puede desconectarnos si no nos comportamos como quiere. Ese es el punto central de esta discusión: la necesidad de integrarnos no porque seamos fanáticos europeístas, sino porque necesitamos ser autónomos e independientes como europeos y como Estados miembros.

Entonces, ¿de qué trata realmente su propuesta? ¿Es ideológica o práctica? No se trata de una batalla ideológica, sino de competitividad, empleo y crecimiento. Proeuropeístas y soberanistas deberían estar juntos en esto.

Y la segunda reacción al informe, ¿cuál fue?

¿Qué soluciones concretas propone su informe?

La segunda gran sorpresa que recibo en las presentaciones es la siguiente: “Lo que usted dice es interesante, pero será imposible, porque con el sistema de gobernanza actual siempre habrá un país que vete y bloquee todo”. Pues bien, esta idea es falsa. En el mercado único, las decisiones se toman por mayoría, no por unanimidad, salvo en temas fiscales. En telecomunicaciones, energía o finanzas se puede decidir a 20, 22 o 24.

Propongo soluciones pragmáticas, sin necesidad de reformar los tratados. Por ejemplo, la creación de un “Estado virtual 28” con su propio derecho mercantil aplicable en toda Europa, como lo hizo Delaware en EE.UU., para simplificar la vida a las empresas. Otro ejemplo: sustituir las directivas por reglamentos, para evitar el “doble partido” en Bruselas y en los Estados, que genera distorsiones y burocracia. También subrayó la necesidad de despolitizar un poco la Comisión: en los últimos diez años no ha sancionado a los Estados por incumplimiento de directivas, lo que debilita el mercado único.

Entonces, ¿cuál es el verdadero problema? El problema es más bien cultural: muchos países prefieren no forzar, no imponer decisiones, y eso alimenta la percepción de que nada se mueve en Europa. Nuestra integración es asimétrica, y eso es un enorme problema. En sectores donde la dimen-

¿Ve ahora un momento propicio para estas reformas? 78


{ Enrico Letta }

Creo que la primera vulnerabilidad es la vulnerabilidad tecnológica. Está claro que la posibilidad que tiene Estados Unidos de invertir enormes cantidades de capital privado en el ámbito tecnológico está marcando la diferencia. Por eso está ganando la batalla de la inteligencia artificial y del espacio, dos temas que son absolutamente cruciales. Y la está ganando no con dinero público, sino gracias al capital privado.

Hoy vivimos una alineación de planetas sin precedentes para impulsar una mayor integración europea, incluida la presión exterior de EE.UU., que hace que incluso países históricamente reacios, como Dinamarca, estén cambiando de postura y apoyando más integración. Y no se trata solo de percepciones políticas: también desde las instituciones europeas se está lanzando un mensaje claro. En su Discurso sobre el Estado de la Unión de 2025, la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, anunció que presentará una hoja de ruta para completar el mercado único antes de 2028, estructurada en cinco prioridades: servicios financieros, energía, telecomunicaciones, la llamada ‘quinta libertad’ y la creación de un ‘28º régimen’. Es una señal muy importante porque demuestra que la Comisión comparte la misma urgencia que yo he señalado en mi informe. No basta con reconocer los problemas, ahora existe un compromiso concreto para abordarlos con un calendario y objetivos definidos.

Este es el gran cambio de los últimos años. Estábamos acostumbrados a pensar en el espacio y, como correlativo, en la NASA o en la Agencia Espacial Europea; a pensar en inteligencia artificial, y vincularla con inversión pública. Pero en realidad, en los últimos diez años, Estados Unidos ha conseguido multiplicar por cuatro la inversión en I+D e innovación. En mi opinión, ese es el punto más interesante, y la razón por la cual, para mí, el núcleo de todo está en la integración de los mercados financieros. Porque si no somos capaces de escalar ahí, seguiremos sin la energía y el motor necesarios. Seguiremos —como solemos hacer— pidiendo dinero a los bancos, y eso no basta.

Su informe subraya con fuerza la necesidad de una mayor autonomía estratégica europea. Desde su perspectiva, ¿cuáles son las vulnerabilidades actuales de Europa y cómo deberíamos afrontarlas? 79


{ Entrevista } ups buenísimas, pequeñas empresas, spinoffs universitarios... Son excelentes. El problema es que, cuando crecen, aparece un fondo estadounidense y, al final, se venden. Esto está pasando en todos los sectores.

Creo que este es el principal problema que tenemos hoy. Y esta es nuestra vulnerabilidad. ¿Cómo considera que deberíamos afrontarlo? Tomemos el ejemplo de los ahorros. Tenemos 27 mercados fragmentados. Sí, el español es suficientemente grande, el italiano también, el alemán… pero el resto son muy pequeños. Tenemos un mercado europeo de ahorro dividido en 27 partes, mientras que los estadounidenses tienen uno solo.

Por eso creo firmemente que tenemos que trabajar en esa dirección. Tenemos que cambiar el rumbo. Y es la única forma de detener esta vulnerabilidad. ¿Cómo puede la Unión Europea conciliar su alianza transatlántica con Estados Unidos con la creciente necesidad de actuar de forma autónoma en ámbitos como la defensa, la tecnología y la energía? ¿Debemos asumir que esa alianza ya no es válida o que no será igual?

La diferencia es que enviamos cada año 300.000 millones de euros al mercado estadounidense. Nuestros ahorros van allí. Y su mercado, a diferencia del nuestro —que es más conservador—, convierte los ahorros en acciones de empresas. Es decir, los transforma en energía para las empresas. Así que nuestros ahorros van a EE.UU., se convierten en capital para sus empresas, y luego esas empresas regresan a Europa y compran las nuestras con nuestro propio dinero. Ese eso es lo paradójico de todo esto.

No, yo creo que la alianza hay que mantenerla viva. Creo que la relación con EE.UU. es relación fundamental también de cara al futuro. La alianza con EE. UU. es estructural y estoy seguro de que va a continuar. El punto clave es que ser independientes y autónomos no significa estar en contra de EE.UU. Esta-

Sabemos lo que está ocurriendo, por ejemplo, en el sector espacial: en Europa tenemos muchas start-

80


{ Enrico Letta } en la historia del mundo: es la primera vez que un país africano preside el G20. Sudáfrica lidera el G20 este año. Su programa es muy interesante, están haciendo cosas muy interesantes, y para nosotros, los europeos, es fundamental dedicar energías a eso.

mos en una alianza positiva, pero necesitamos ser independientes y autónomos. Es la única manera. Hay muchos ámbitos en los que somos fuertes. Por ejemplo, el comercio: hoy en día es el terreno donde Europa es fuerte, y lo es gracias a nuestros padres y madres fundadores. Creo que deberíamos levantar un monumento a quienes crearon la Unión Europea y decidieron darle a Bruselas el monopolio de la política comercial.

Otro ejemplo, el Brexit. En mi opinión, fue realmente una tragedia. Lo fue por muchas razones, pero la más importante es que supuso un desperdicio extraordinario de energías, de dinero y de atención. Durante ocho años, todos —ellos y nosotros— estuvimos centrados en eso, malgastando energía. Y si tienes que concentrarte en un único tema, los demás pasan a ser menos prioritarios. Así es como funciona la vida.

¿Alguien se imagina al Gobierno actual de EE.UU. tratando con 27 Estados miembros, cada uno con una política exterior comercial distinta? Sería un desastre.

Y hoy, mi gran preocupación es que estamos comenzando una guerra transatlántica que tendrá las mismas consecuencias que el Brexit. Años centrados únicamente en esta relación transatlántica para tratar de defendernos, con la consecuencia de no invertir en lo que realmente es necesario: el resto del mundo.

Así que el punto clave es que, gracias a aquella decisión, hoy podemos reaccionar juntos en materia comercial. Y es la única forma, dadas las circunstancias actuales. Además, la reacción conjunta es también la única manera, porque nuestras economías están muy integradas. Tomemos como ejemplo el sector del automóvil. Cuando los planes arancelarios de EE. UU han puesto en peligro la industria automovilística alemana, alguien en Italia se alegraba mucho y decía: “¡Por fin los alemanes entenderán!” Pensaban que estábamos a salvo. Y entonces los trabajadores y las pymes del sector automotriz les explicaron cuánto del valor de un coche alemán se fabrica en Italia: una tercera parte. Eso significa que si él sector del automóvil alemán es destruido por los aranceles estadounidenses, las consecuencias en Italia serán desastrosas.

Tenemos que pensar que en los próximos diez años India será la próxima China. Así que tendremos a China y luego tendremos otra China. Y después tendremos otra India, que será Indonesia. Ese será el mundo en los próximos años. Y está claro, porque la demografía es una ciencia perfecta. Y nosotros estaremos en declive. Así que lo sabemos. Tenemos que actuar en esa dirección. El informe aboga por un enfoque más unificado de los mercados digitales, financieros y energéticos. ¿Cuáles son los principales obstáculos para lograr esa integración más profunda?

Y lo mismo en España, que cuenta con la mayor industria automovilística de Europa después de Alemania. Por eso creo que es importante entender que estamos todos juntos en esto y que debemos reaccionar de forma conjunta.

Creo que está claro que el principal obstáculo es la inercia nacional. Porque la situación actual es una situación en la que estamos perdiendo terreno, estamos desperdiciando oportunidades, pero también hay quienes están obteniendo más ventajas de las que les corresponden por su tamaño.

En el mundo fragmentado de hoy, donde las potencias regionales están reafirmándose y la gobernanza global parece más débil que nunca, ¿cómo puede la Unión Europea evitar quedar al margen de las grandes negociaciones geopolíticas?

Y hoy, el gran problema, la gran responsabilidad, está en manos de los grandes países europeos. Tenemos que llegar a un acuerdo entre los cinco grandes países para avanzar e integrarnos. Porque si esperamos ser 27 en todos los aspectos, será imposible. Necesitamos que los cinco grandes avancen.

Tenemos que ser abiertos y, al mismo tiempo, entender que el mundo hoy está en movimiento, que está cambiando. Este año la atención europea está centrada en el Gobierno de Trump, en su disputa con la Unión y en lo que está ocurriendo en Ucrania. Todos estamos olvidando que este es un año fundamental

Por ejemplo, en energía, el tema principal es el de las interconexiones de redes. La red eléctrica es el ma81


{ Entrevista } En mi informe incluí una propuesta: usar el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE). El MEDE es una herramienta que creamos durante la crisis, para emergencias. Y no lo hemos usado. ¿Por qué no lo usamos?

yor problema. Porque en materia energética, seremos muy buenos si somos capaces de interconectar nuestros sistemas. Está claro que no tenemos petróleo, no tenemos gas, pero si estamos interconectados, podemos aprovechar la diversidad de fuentes de energía. Y esa diversidad puede darnos cada día el equilibrio que necesitamos. Pero para lograrlo necesitamos interconexiones, y ese es un tema en el que tenemos que avanzar.

Mi propuesta es muy simple: usémoslo para financiar la Defensa. ¿Por qué no lo hacemos? ¿Por qué no vamos en esa dirección? Porque cada país tiene su propia visión interna y política muy limitada y la consecuencia es que no avanzamos.

Pasemos a defensa y soberanía. Europa siempre ha confiado en gran medida en la OTAN para su defensa colectiva. ¿Cree que el debate sobre la autonomía estratégica europea corre el riesgo de duplicar esfuerzos o se trata, finalmente, de construir una capacidad real de actuación cuando la OTAN no sea suficiente?

Si pudiera proponer una sola acción, simbólica pero concreta, que la Unión Europea debería adoptar de inmediato para relanzar el proyecto europeo, ¿cuál sería? Creo que esta idea del “estado virtual número 28”: un país virtual, miembro, para que las empresas eviten burocracias nacionales, es clave para avanzar en esa dirección. Es la forma de decir: superamos las diferencias, dotamos a la ciudadanía de una herramienta positiva, algo que puede ser útil para las personas. Porque al final, necesitas que haya gente diciendo: “Vale, tengo algo útil para mí”.

Me alegra hablar de este tema. Soy italiano, estoy en España, y nuestros dos países están en el centro del problema. Creo que por una razón muy sencilla: hay dos aspectos que compartimos. El primero es que, si se ordenase el gasto en Defensa, estaríamos al final de la lista, corriendo el riesgo de estar en segunda división. Estamos hablando de alcanzar un gasto en Defensa del 3% o 3,5%. En nuestros países esto es algo imposible, por el debate político interno y por el nivel de deuda. Significaría duplicar lo que gastamos ahora y, sinceramente, no veo cómo puede hacerse en los próximos años.

Necesitamos herramientas a nivel europeo de las que la gente pueda hablar en casa, durante la cena, diciendo: “Mira lo que ha hecho la Unión Europea, esto me beneficia”. Y eso sucede con esta propuesta, que forma parte del informe. La Comisión la ha lanzado, el comisario Alburquerque la presentó, y una parte de ella consiste, por ejemplo, en crear un “euro digital del ahorro”. ¿Qué significa eso? Dar a los ciudadanos ahorradores la posibilidad de obtener un mejor rendimiento.

Segundo: hay una total falta de conciencia sobre la amenaza. Mi impresión es que en España y en Italia la conciencia es cero. Sentimos que sí, que tenemos que hacerlo por los países bálticos, por Finlandia, pero estamos tan lejos de esa amenaza que no pensamos que sea real. Y en realidad, el problema no es estar geográficamente cerca. Porque sabemos muy bien lo que significan las amenazas asimétricas, las amenazas tecnológicas y todo lo demás. Sabemos, por ejemplo, que quienes promovieron el Brexit tenían presencia, y ahora entendemos por qué Rusia y otros actores influyeron en el proceso. Y tenían razón, porque con el Brexit crearon un caos en Europa. Y lo mismo ocurre con otros temas.

Hoy, nuestros rendimientos son más bajos que los que puedes obtener en EE.UU., porque al final no estamos organizados, no estamos trabajando en ello. Así que la idea de crear un instrumento europeo de ahorro que dé mayor rentabilidad es algo que puede ser muy bien percibido y recibido. Estas son herramientas concretas, que pueden ser bien acogidas por la ciudadanía. Su informe fue presentado hace solo unos meses, pero sabemos lo rápido que puede cambiar el contexto internacional. En su libro Europa: última oportunidad, usted trata temas similares. ¿Qué nuevas ideas o propuestas ofrece que no estén recogidas en su informe anterior?

Así que la única forma es hacerlo a nivel europeo, convencer a los Estados miembros de la necesidad de tener una capacidad fiscal común europea. Creo que tenemos que ser valientes para hacer algo juntos, y no solo permitir superar el Pacto de Estabilidad. 82


{ Enrico Letta } Unión Europea? ¿Y es China el elefante en la habitación?

Hay algo que ha evolucionado en mi reflexión. En el informe puse solo dos líneas, porque estábamos en abril del año pasado y, sinceramente, me parecía que incluso esas dos líneas eran demasiado. Y esas dos líneas eran sobre la creación de un mercado común en materia de Defensa con el Reino Unido.

El libro, para mí, es una herramienta muy interesante, porque es una forma de debatir, no solo dentro del grupo de expertos, sino realmente con la ciudadanía. He tenido muchos debates en Francia, porque el libro se publicó allí, y por supuesto en Italia. Y estoy muy contento de poder abordarlo también en España.

Hoy creo que tenemos que crear un mercado común de seguridad con el Reino Unido, Noruega e Islandia. Y tenemos que hacerlo muy rápido. Hay margen para hacerlo.

En el caso de China, ya que se menciona, el punto clave es una predicción muy fácil: China va a aprovecharse de todo este lío entre Europa y Estados Unidos.

Seguridad en un sentido amplio. La relación con el Reino Unido es un mensaje muy interesante para todos nosotros. Es la demostración de que las actuales políticas de EE. UU no son invencibles.

Y lo sabemos perfectamente. Sabemos que vamos a vernos obligados a reabrir un poco el canal de comunicación con China, y eso es algo que debemos hacer con mucha cautela. Pero está claro que forma parte del contexto.

También habla de la doble presión que sufre Europa por parte de Estados Unidos y Rusia. ¿Podría detallar en qué consisten esas presiones y qué implicaciones tienen para la soberanía de la

83


{ Entrevista } En su libro, usted advierte sobre el auge del nacionalismo y el populismo como amenazas existenciales para el proyecto europeo. ¿Cómo valora la situación actual? ¿Cree que la Unión Europea ha hecho lo suficiente para construir una identidad europea genuina?

Así que creo que es importante entender que, en el mundo actual, que es un mundo muy globalizado e interconectado, cada acción tiene consecuencias. Y ya no es como antes, cuando veías las consecuencias después de cinco o diez años. Un ejemplo. Hace poco estábamos en Estados Unidos con mis colegas decanos de escuelas de Asuntos Internacionales, debatiendo con todos los decanos de las grandes universidades estadounidenses y Trump acababa de llegar al Gobierno, hacía muy poco, no cinco años ni diez.

Sobre el populismo y el nacionalismo, creo que hoy también tenemos que intentar tener un enfoque que pueda ser un poco más positivo. No quiero que se me malinterprete, pero la cuestión es que hace algunos años todos los populistas en los distintos países europeos tenían en mente proponer el Italexit, el Frexit, el Dexit, porque el Brexit era una gran marca, positiva, y el Brexit ganó. Así que teníamos en todos los países este enfoque de salida. No en España, porque el Spexit no existía, pero en Italia existía el Italexit, en Francia el Frexit y en Alemania, el Dexit.

Y nos dijeron que ya habían visto las consecuencias inmediatamente. Y creo que la principal consecuencia para ellos será esta: decirle al mundo lo contrario de lo que EE. UU. dijo durante todo el siglo pasado. EE. UU. ganó el siglo XX porque le dijo al mundo: “Venid, compartimos con vosotros el sueño americano. Venid a Estados Unidos, y si sois buenos, si queréis trabajar, el sueño americano también será vuestro sueño”. Ese era un mensaje increíble, un mensaje ganador.

Hoy todas esas ideas disparatadas ya no están presentes. Incluso los partidos populistas hoy piensan que, al final, Europa está ahí, y que es mejor estar dentro y desde ahí, debatir sobre cómo trabajar con las distintas herramientas europeas. Yo lo veo como un gran paso adelante y creo que tenemos que considerarlo una mejora real. Y estoy absolutamente convencido de que debemos implicar a todos los partidos, porque cuando un partido está implicado, conoce lo que es el principio de realidad. El principio de realidad es más importante que cualquier otro aspecto.

El mensaje en esta nueva etapa política es: “Por favor, quedaos en casa. No vengáis a EE. UU. No os queremos aquí”. Y ese mensaje hoy asusta a estudiantes, profesores, investigadores, personas del mundo tecnológico. Todos nuestros colegas nos dijeron: “Tenéis una enorme oportunidad. Si creáis un buen entorno para atraer talento, podéis atraer primero a muchos profesores que hoy están en EE. UU. y quieren marcharse. Luego podéis atraer estudiantes, porque está claro que hoy, un estudiante internacional que debe decidir dónde pasar los próximos tres o cuatro años, necesita certeza y estabilidad en las políticas de inmigración. Y está claro que no es así. Ni siquiera para los europeos.

Para terminar, ¿cuál es su mensaje principal? Necesitamos una Europa más autónoma, más independiente y más integrada en sectores clave, porque solo así seremos competitivos y podremos garantizar nuestra seguridad en un sentido amplio. El resto del mundo espera que Europa defienda el Estado de derecho y actúe con coherencia.

Es evidente que tenemos una gran oportunidad. Porque esto está ocurriendo y está teniendo consecuencias ahora. No dentro de cinco años. Ahora, en este mismo curso académico.

§

Y por eso creo que es la demostración de que vivimos en un mundo globalizado. No es cierto que la globalización se haya acabado. La globalización está ahí. Todo está conectado. Y lo que ocurre tiene consecuencias. Y esas consecuencias tenemos que ser capaces de gestionarlas. Y tenemos que ser conscientes de ello y capaces de tomar las decisiones correctas. 84


{ Reportaje }

Los MASC a examen 9 de cada 10 abogados madrileños suspenden la Ley de eficiencia, según el primer estudio para medir su impacto realizado por el ICAM Un estudio pionero del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid mide la popularidad de la medida estrella del Ministerio de Justicia. La sensación general es de descontento entre los letrados: la disparidad de criterios procesales y la baja tasa de acuerdos son los primeros motivos de queja

Texto: José Miguel Barjola Sondeo: ICAM

85


{ Reportaje }i Los medios adecuados de resolución de conflictos (MASC) no convencen a la abogacía madrileña. En sus primeros meses de vida —la norma entró en vigor el 3 de abril—, la obligación de acudir a vías de acuerdo extrajudicial está generando más dolores de cabeza que alegrías entre los abogados de la capital. Ha sido la medida estrella del Ministerio de Justicia para desatascar los juzgados y promover la cultura del diálogo. Pero el primer sondeo que mide la popularidad de la Ley de Eficiencia, que acaba de elaborar el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) entre más de mil letrados, refleja un claro descontento. El 86% de los abogados suspende la idea de acudir obligatoriamente a los MASC. Y uno de cada dos profesionales (el 52% de los sondeados) otorga a la Ley de Eficiencia, el plan de Justicia para reducir la litigiosidad y las listas de espera, una demoledora nota de cero sobre diez. El cuestionario, que consta de nueve preguntas relacionadas con la Ley de Eficiencia, fue respondido por 1.164 colegiados. La encuesta estuvo abierta entre los meses de septiembre y octubre. La muestra la componen colegiados del turno de oficio (el 21%), de despachos de más de 100 abogados (el 4%), pero especialmente de firmas medianas y personales (el 89%). En el formulario, el 82 % afirmó que ha tramitado ya procedimientos judiciales por los cauces de la Ley de Eficiencia. Según los resultados del sondeo, el plan del Ministerio de Justicia parece haber conseguido el efecto contrario al esperado: más trabas que soluciones. O al menos esa es la percep-

En su experiencia, la ley ha supuesto: Mayor rapidez 4.3% Igual 5.7%

Más retrasos 90%

ción de los letrados. Es decir, si la idea era agilizar el papeleo judicial, más bien la sensación de los profesionales es la opuesta: la burocracia procesal se ha embarrado. Nueve de cada diez profesionales así lo afirma. La medida ha traído más retrasos en los tiempos judiciales, según la mayoría de los abogados encuestados (el 90% así lo afirma, 1.048 participantes). Y solo el 4,3% (50) cree que los MASC han traído mayor agilidad. En cambio, un 5,7% se decanta por pensar que los tiempos, en esencia, son los mismos. Cabe recordar que la Ley Orgánica de Eficiencia Procesal, la 1/2025, obliga a las partes inmersas en un conflicto civil o mercantil –no en todos los casos, pero sí en la mayoría– a acreditar haber intentado un arreglo amistoso como condición sine qua non para abrir las puertas del juzgado. Las opciones más conocidas son la oferta vinculante, la negociación, la conciliación, la mediación, la intervención de un experto o el derecho colaborativo. Se trata de un requisito de procedibilidad. Esto significa que las instancias judiciales tienen carta blanca para dar portazo al asunto si consideran que no 86

ha existido este acercamiento, incluso antes siquiera de abrir el expediente. El objetivo es desatascar unos tribunales y juzgados que dan señales de colapso. Un dato revelador del trabajo del ICAM es la tasa de éxito de los acuerdos. ¿En cuantas ocasiones los acercamientos llegaron a buen puerto? La pregunta no es baladí, pues refleja la razón de ser de la reforma, que no es otra que las partes hagan las paces y evitar el estrés de unos tribunales tensionados (hay juicios agendados a dos, tres y cuatro años vista). Pues bien, los resultados reflejan que los casos donde el arreglo se consiguió fuera de los muros de los tribunales fueron el 10%. En el resto de las experiencias, los diálogos fracasaron. Los datos son coherentes con los que arroja el Consejo General del Poder Judicial. El órgano de gobierno de los jueces publica cada tres meses las estadísticas que miden la carga de trabajo de los tribunales. Y los datos correspondientes al segundo trimestre del año, los primeros con la Ley de Eficiencia en vigor, arrojan un descenso de los ingresos en la jurisdicción civil del 10%.


Los MASC a examen

¿La actividad negociadora llevada a cabo con intervención de la abogacía de parte o de un tercero neutral como requisito de procedibilidad ha resuelto el conflicto de manera extrajudicial?

¿Percibe criterios uniformes en los juzgados sobre los requisitos de MASC? Sí, bastante homogénico 4.4%

Sí 9.2%

Parcialmente 23.9%

Muy dispersos 71.7% No 90.8%

Efecto ruleta rusa En el capítulo Seguridad Jurídica, el muestreo se detiene en una polémica que en los últimos meses ha protagonizado numerosos congresos y coloquios y ha sido trending topic en las redes sociales del sector legal: la variedad de criterios a la hora de aceptar o rechazar el requisito de procedibilidad. ¿Cuándo entender que el arreglo se ha intentado según la ley? ¿Qué papeles hay que aportar? Los juzgados han dudado a la hora de coordinar su respuesta. Y ello ha generado un clima de confusión, que recoge el estudio. Sobre esta espinosa cuestión, el decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, Eugenio Ribón, remitió una carta en abril al ministro Félix Bolaños donde advertía de la enorme “variedad de enfoques” a la hora de aplicar esta compleja norma procesal. Y anticipaba que existía el caldo de cultivo perfecto para crear desconcierto entre los letrados, porque no quedaban claros los criterios para considerar intentado el intento de arreglo. Por lo

que instaba al ministro a revisar el texto de la ley. “Imponer la obligatoriedad de los MASC sin reforzar y adaptar el resto de los medios nunca permitirá alcanzar el fin que todos compartimos: una Justicia verdaderamente eficiente”, subrayó Ribón en una tribuna que publicó en el medio Confilegal, en abril. “Utilizar los MASC sin un objetivo claro de entendimiento entre las partes, sin voluntad real de diálogo, convierte este paso en una formalidad vacía”. Porque “lejos de fomentar una auténtica cultura del acuerdo, esta medida solo añade una fase más al proceso, dilatando los tiempos y complicando aún más el acceso a una justicia efectiva”. El estudio del ICAM refleja el desconcierto que Ribón anticipó en abril: es palpable una evidente confusión entre los abogados por la dispersión de criterios procesales. El miedo radica en no cumplir con la documentación necesaria para dar por acreditado el intento de acercamiento, el gran temor de los abogados. Tres de cada cuatro abogados madri87

leños consideran los criterios de los juzgados “muy dispersos” (el 71.1%, un total de 835). El 23.9% (278 respuestas) los define como “parcialmente uniformes”. Mientras que solo un 4.4% creen que los requisitos de procedibilidad son “bastante homogéneos”. “La regulación es tan defectuosa que cada juzgado ha adoptado unos criterios respecto a su aplicación, dando lugar a soluciones dispares y en algunos casos disparatadas”, resume Juan Manuel Mayllo, diputado de la Junta de Gobierno del ICAM responsable de Justicia Gratuita. El experto pone como ejemplo “el caso del juzgado que inadmitió una demanda de conciliación porque no se le acreditaba el requisito previo de haber intentado la conciliación”. El diputado del ICAM recuerda que en el orden social la conciliación previa es obligatoria desde hace tiempo. Y estos juzgados “están colapsados”. “La obligatoriedad de los acuerdos rara vez da lugar a acuerdos”, zanja. Puede hablarse de un efecto “ruleta rusa procesal”. Cuando se


{ Reportaje }i ¿Ha tenido problemas para acreditar un intento de MASC ante los juzgados?

¿Qué modalidad de MASC te resulta más viable en la práctica? Opinión experta 1.2% Derecho colaborativo 1.6%

Negociación 34.5% No 49.3%

No 49.3%

Sí 50.7%

SíOferta 50.7% vinculante 44%

Mediación 8.2% Conciliación 10.5%

les pregunta si han tenido problemas para acreditar un intento de MASC ante el juzgado, uno de cada dos encuestados (el 50,7%) admitió haber encarado dificultades para aportar esta prueba. Cabe apuntar que, a finales de septiembre, el Decanato de los Juzgados de Madrid publicó un acuerdo muy esperado para poner orden y unificar los criterios de admisión. De esta forma, la Comunidad de Madrid ha seguido la estela de otros territorios, donde los jueces y los Letrados de la Administración de Justicia mostraban una forma de actuar dispar, y los decanatos se han visto obligados a poner orden con criterios unificadores. Otro dato que salta a la vista es que existe un problema de confianza. En términos generales, los abogados madrileños no creen que forzar un acuerdo sea la solución al atasco judicial ni a las listas de espera. El 57,5% califica la obligatoriedad de acudir a los MASC antes de demandar como “muy negativo”; el 26,2% como “negativo”. Mientras que las opiniones positivas o neutras solo copan el 16% de los resultados:

el 4.3% la definen como “muy positiva”, el 5% como “positiva” y el 7% como “neutra”. ¿Qué medio de resolución de conflictos es el más popular? El Ministerio de Justicia se ha marcado como objetivo promocionar métodos de arreglo no tan conocidos o infrautilizados, como la mediación o la intervención de un experto independiente. Pero el estudio refleja que los letrados prefieren, en términos generales, las opciones donde no interviene otro profesional (lo que puede ser lógico, pues es más rápido y evita encarecer el proceso). La investigación arroja que el método favorito es la oferta vinculante, que es elegido por una amplia mayoría (un 44%), que consiste en enviar una propuesta formal y confidencial a la parte contraria. Le sigue el intento de negociación, que se realiza entre las partes o sus representantes (un 34.5%). Y más distanciadas aparecen las opciones donde intervienen otros profesionales, como la conciliación (10.6%), la mediación (8.2%), otras opciones de derecho colaborativo (1.6%) y la opinión de un experto (1.2%). 88

Puntos de fricción En estos meses, la Ley de Eficiencia Procesal ha cosechado otras polémicas. Los abogados han detectado evidentes puntos de mejora a medida que la norma ha desplegado sus efectos. Por ejemplo, ha generado inquietud la posibilidad de imponer las costas procesales o sanciones si se rechaza de forma injustificada la propuesta de participar en un MASC. Sobre esta arista, el ICAM presentó una enmienda en noviembre para corregir este postulado. En concreto, los artículos 31 y 32 del Proyecto de Ley. El Colegio lo consideró “un obstáculo para la tutela judicial efectiva”. Pero la versión final de la norma no fue modificada en este sentido.

Derecho de Familia En estos días, ha sido palpable también el malestar que existe entre los profesionales que se dedican a los juicios de familia. El ICAM presentó una proposición no de ley para paralizar de forma urgente la aplicación de esta


Los MASC a examen

norma en este nicho. Denunciaba situaciones de desprotección en los menores envueltos en pleitos de fijación de custodia, pensiones de alimentos o regímenes de visitas y retrasos indebidos. “Los procedimientos de familia son absolutamente específicos, tienen una tramitación radicalmente distinta a cualquier procedimiento ordinario”, defendió este verano la vicedecana del ICAM, Isabel Winkels, tras registrar la iniciativa. “Son procedimientos especiales que no se pueden trocear. Deben tener una

continuidad y una atención específica”, reivindicó entonces. En el I Congreso de Familia y Sucesiones de ICAM, que tuvo lugar en octubre, Winkels insistió en esta idea: la exigencia de acreditar la negociación previa está provocando efectos contraproducentes en los pleitos familiares. “El 80% de los conflictos familiares se resuelven por acuerdo, según datos del Consejo General del Poder Judicial. Pero nos exigen no solo que tengamos capacidad de negociación, sino que la acreditemos”. Punto que “está

generando problemas serios”, expuso Winkels.

Los jueces hablan Los jueces también han abordado su propio diagnóstico sobre una ley que ha impactado de lleno en su día a día. La opinión general es que el proyecto es bienintencionado, pero quedará en agua de borrajas sin una dotación presupuestaria, ni un desarrollo que deje claro los requisitos de procedibilidad.

La opinión de los expertos

“Haría más hincapié en el valor de la reforma” Amparo Quintana Abogada, mediadora y copresidenta de la Sección MASC y del Observatorio MASC del ICAM

¿Cuáles son los puntos fuertes de esta reforma?

¿Son efectivos los MASC? Creo que aún es pronto para poder trazar unas conclusiones certeras y no sesgadas. Las disposiciones en este campo entraron en vigor el 3 de abril. Para esa fecha fue público y notorio que en los juzgados habían entrado muchísimas demandas presentadas antes de la entrada en vigor de la ley, para evitar el requisito de procedibilidad.

Son bastantes, a mi juicio. Por resumir, el requisito de procedibilidad me parece básico e interesante, algo que ya existe desde hace mucho tiempo en otros países. También es importante que, por primera vez, se regulan la conciliación privada y el derecho colaborativo y, asimismo, es muy positiva la sencillez y facilidad que establece para acreditar un intento de MASC sin resultado. Por último, la relevancia que se le otorga a la abogacía en el acompañamiento y asesoramiento a sus clientes cuando estos acuden a un MASC. ¿Cuáles son los puntos donde hace aguas? Varios, pero me centro en estos tres: la mezcla que hace entre MASC de 89

distinta naturaleza, máxime cuando consagra el principio de adecuación (a cada conflicto, su MASC) y gran parte de la abogacía desconoce las diferencias entre unos y otros. En segundo lugar, que no haya definido o regulado mínimamente la oferta vinculante confidencial, lo que podría evitar malentendidos que se están dando y el uso inadecuado de la misma. Y finalmente, que posponga para dentro de dos años la regulación de la mediación y/o negociación en materia administrativa. Si fuese el legislador, ¿cuál sería su propuesta? Haría más hincapié en el valor de la reforma, que no es más que potenciar la cultura del acuerdo a través de cualquier procedimiento negociador. Sin embargo, se percibe por ciertos sectores como un mero trámite procesal, algo que hay que hacer antes de entablar una demanda, con lo que también hace falta mucha pedagogía que contribuya a aclarar conceptos y desmontar prejuicios. Los MASC son para la ciudadanía y echo en falta campañas de difusión e información. §


Los MASC a examen

“No hemos notado los MASC”, atestigua Teresa García Villanueva, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Parla, en conversación con OTROSÍ. “Lejos de ver una disminución del trabajo, se han incrementado los asuntos que entran frente a los que teníamos el año anterior”. Villanueva, miembro del comité nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), admite que es posible que, pese al incremento de asuntos, los MASC estén ayudando a que el

tapón “no sea tan grande”. En uno y otro escenario, es difícil medir el éxito de los MASC sin registros que cuenten cuántos asuntos están llegando a buen puerto. Y en cualquier caso, para la jueza la norma fracasará “sin aumentar las plantillas del personal de los Tribunales de Instancia”. “Seguimos muy por debajo de la media europea”, apunta la magistrada. En España se da la paradoja de que, a pesar de que el presupuesto inicial por habi-

La opinión de los expertos

“Es indiscutible que el nivel de registro de asuntos ha disminuido” Álvaro Perea Letrado de la Administración de Justicia y profesor

que sí que se está notando cierto impacto general. Con todo, a nivel macro es muy pronto. Tenemos que esperar más tiempo, seguramente mínimo un año, hasta abril de 2026, tal vez algo más. Lo que sí es indiscutible es que el nivel de registro de asuntos judiciales ha disminuido. Ahora bien, la duda es si se trata de un cuello de botella o de un efecto positivo y real de la Ley Orgánica 1/2025. ¿Son efectivos los MASC? En alguna medida, sí. Los MASC, aunque su regulación admite algunas críticas, sí permiten una cosa interesante: eliminar el pleito sorpresivo. Sobre esa base, y unida a la idea que ofrece el hecho de que el acuerdo extrajudicial es más temprano y barato que la sentencia, creo

¿Cuáles son los puntos fuertes de esta reforma? Fundamentalmente que permite a las partes tomar conocimiento de la controversia antes de que la misma penetre en la esfera jurisdiccional, donde la sola inercia del proceso ya reduce las posibilidades de negociación. 91

tante en Justicia es mayor que en el resto de los países europeos, estamos rezagados en el ranking por número de jueces: actualmente hay 11,92 jueces por cada 100.000 habitantes y la media europea es de 22 jueces. Nuestro país ocupa el puesto 23 en esta lista. A la escasez de jueces hay que sumar un problema: los altos ratios de bajas voluntarias en la judicatura. Según un estudio de la AJFV, el 42% de los jueces que se jubilaron en 2024 lo hicieron por voluntad propia.

La idea general (cultura del acuerdo) es positiva y está implantada en otros países de forma exitosa, reduciendo los niveles de litigiosidad y la saturación de los sistemas judiciales. El problema es que España es un país poco negociador y, en general, existe cierta confusión con entender que toda solución necesita de un tercero inter partes, de un juez. Esto es un error. Los jueces están para juzgar problemas reales, no para ser utilizados como “hombres del saco” para adultos. ¿Cuáles son los puntos donde hace aguas? Seguramente en las pocas excepciones que se han hecho al requisito de procedibilidad. Pongo un ejemplo: los procedimientos monitorios de propiedad horizontal, en los que la imposición del MASC está incentivando la morosidad en las comunidades de propietarios en contra de todas las medidas legislativas de los últimos años; y el juicio de desahucio, donde ante un tema de máxima sensibilidad social como es todo lo que afecta a la vivienda no se entiende bien que un arrendador tenga que negociar con el inquilino que no paga su alquiler.


92


Los MASC a examen

Edmundo Rodríguez, portavoz de Juezas y Jueces por la Democracia (JJpD), opta por la prudencia. En su opinión, la norma tiene varios flancos débiles, pero su finalidad es “positiva”. Rodríguez cree que con el nuevo sistema han disminuido el número de demandas que llegan a instancias judiciales. Pero reconoce que hay materias donde exigir acudir a un MASC es “innecesario”.

aconsejaría que no se exigieran los MASC con carácter preceptivo, sino optativos. En supuestos de crisis familiar, la urgencia de amparar los derechos de los menores o el destino provisional de la vivienda desaconsejan que haya que acudir previamente a los medios adecuados de resolución de controversias”, señala el portavoz de JJpD.

En este punto coincide con la postura del ICAM. “La urgencia de las medidas a adoptar

El plan del ICAM

El MASC está bien como idea, pero tenemos que saber qué admite un MASC (por ejemplo, un proceso de familia) y qué no, porque la medida puede estimular el incumplimiento o generar mayor frustración en quien, al menos aparentemente, tiene la razón. Si fuese el legislador, ¿cuál sería su propuesta? Introduciría algunas excepciones más al requisito de procedibilidad y clarificaría algunas cuestiones dudosas como el tema de la confidencialidad o la relación bidireccional entre abogados cuando el asunto no está judicializado. También creo que en cuanto a la Oferta Vinculante Confidencial (art.17), que está siendo un MASC ampliamente utilizado, se debería concretar qué se entiende por “recepción efectiva” de la oferta. Ahora mismo la inseguridad jurídica es demasiada, como muestran los distintos acuerdos de unificación de criterios. Y es evidente que ciudadanía y Abogacía deben conocer a qué se exponen y cuáles son las reglas básicas en la formulación del MASC.

§

no colegiados, a través del portal Logalnet. Dispone de su propio servicio de MASC, mediaICAM, que puede solicitar cualquier ciudadano, empresa, institución u organismo. Una de las preguntas de la encuesta mide la popularidad de mediaICAM entre los colegiados. Un 70,4% afirmó conocer la existencia de este servicio.

§

En medio de la vorágine, el ICAM ha puesto a disposición de los profesionales varias herramientas para guiar a los profesionales en el uso de los MASC, y así no encallar el temido requisito de procedibilidad. La primera de estas acciones consistió en habilitar un portal web para aclarar dudas sobre la Ley de Eficiencia. El portal, en su primera semana operativa, registró más de 11.200 visitas, lo que demuestra tanto el impacto de la medida en el actuar de los letrados como la enorme inquietud que genera. El ICAM también registró en este periodo un total de 2.600 descargas del modelo para acreditar el intento de negociación previa. La institución, además, ha elaborado resúmenes prácticos por jurisdicción, ha abierto un buzón de quejas y consultas y ha diseñado un programa de cursos y charlas sobre este asunto. Asimismo, el Colegio, que también ha recogido multitud de quejas de los abogados por problemas técnicos con las plataformas Horus o Lexnet, ha lanzado una plataforma que facilita cumplir con los requisitos de la Ley 1/2025. Y ha puesto en marcha un servicio de comunicaciones electrónicas certificadas, disponible para colegiados y 93


{ Reportaje }i La opinión de los expertos

“El volumen de inadmisiones, que deben ser la excepción, es preocupante” Adrián Gómez Linacero Letrado de la Administración de Justicia

¿Son efectivos los MASC? Rotundamente no. Los MASC están provocando el efecto contrario al

pretendido, dirigiéndonos progresivamente hacia una justicia más lenta, costosa e insegura. Aunque no existen datos inequívocos, ya que no hay estadística judicial de inadmisiones (y debería añadirse), ni de acuerdos previos al proceso, la recopilación de datos que estamos haciendo algunos desde hace meses corroboran esa idea. Hace tan sólo unos días trascendió un dato especialmente ilustrativo: la directora del Servicio de Tramitación de Lorca certificaba a petición del Tribunal Superior de Justicia que, desde el 3 de abril de 2025, se habían producido 1.416 inadmisiones. No se indica cuáles son a causa de los MASC, pero el

volumen de inadmisiones, que deben ser la excepción, es preocupante. ¿Cuáles son los puntos fuertes de esta reforma? No podemos caer en el fatalismo. La reforma tiene puntos virtuosos y el trasfondo es loable, pero no el modo en que se ha implantado, ni la técnica legislativa empleada. La modificación legislativa introduce una facultad especialmente interesante para propiciar la eficacia de los acuerdos, concretamente la facultad de elevación unilateral a escritura pública del art. 12 LOMESPJ. Además, la figura del abuso del servicio público de justicia constituye una herramienta idónea para intentar combatir el exceso de litigiosidad en los procedimientos promovidos por consumidores, causa principal del atasco de la jurisdicción civil, sancionando a las empresas que no cumplan la reclamación extrajudicial en materias con doctrina reiterada

La opinión de los expertos

“El trabajo no ha disminuido, se ha incrementado” Teresa García Villanueva Magistrada y miembro del comité nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV)

¿Son efectivos los MASC? No hemos notado los MASC. Y lejos de ver una disminución del trabajo, se ha incrementado en cuanto a números de entrada frente a los que teníamos el año anterior. De todas formas, para tener los datos completos sería interesante ver si hay un registro sobre el número de asuntos que acceden a los MASC y los que se solucionan allí y no llegan al juzgado. 94

Es posible que pese al incremento de asuntos, los MASC estén ayudando a que éste no sea tan grande. Otro problema es que los MASC que no llegan a acuerdo no hacen más que retrasar la resolución de los casos. Serán pan para hoy y hambre para mañana en la Administración de Justicia. ¿Cuáles son los puntos fuertes de esta reforma? Como punto fuerte de la reforma destacaría la idea de tratar de evitar la judicialización. Hay supuestos en que, efectivamente, la mediación es necesaria y muy eficaz, tanto para acercar posturas como para incluso evitar un pleito futuro, como


Los MASC a examen

y a las empresas de consumidores (que no abogados) que instrumentalizan a éstos a través de agresivas campañas comerciales para incitar al litigio e instrumentalizar éste por las costas. ¿Cuáles son los puntos donde hace aguas? Vamos a ser muy concisos: la reforma hace aguas en toda su extensión. Por ser más concretos, la reforma introduce un régimen de acceso a la jurisdicción asentado en ideas oscuras e indeterminadas, caldo de cultivo idóneo de la discrecionalidad judicial, enemiga de la seguridad jurídica (lo que se ha agravado con el mosaico de acuerdos de juntas de LAJ y jueces). La reforma, además, estructura un nuevo sistema de costas procesales sobre conceptos indeterminados que hace inviable para la Abogacía cumplir con el desideratum del art. 6 LODD, según el cual el justiciable tiene derecho a

puede ser en procesos de divorcio o problemas de convivencia en una comunidad de propietarios. Aunque también es verdad que estos mecanismos ya existían, porque las partes podían acudir a mediación. En otros casos, los abogados intentan mediar entre sus clientes o dirigir reclamaciones extrajudiciales a la otra parte antes de interponer la demanda. ¿Cuáles son los puntos donde hace aguas? Está bien que se fomente la mediación o el arbitraje como medida alternativa a un proceso judicial y los costes derivados del mismo, pero de nada vale si el tiempo de espera es igual o superior al que hubiesen teni-

conocer el coste económico de un litigio en forma de costas procesales.

de la posesión en toda su extensión y propiedad horizontal.

Si fuese el legislador, ¿cuál sería su propuesta?

Además, el foco del legislador debería centrarse en los procedimientos que colapsan la jurisdicción: reclamaciones monitorias o de reclamación de cantidad de empresarios contra usuarios y de consumidores contra los primeros en ejercicio de alguna acción de nulidad. Los procedimientos de consumo antes indicados deberían concentrarse en unidades especializadas, liberando la jurisdicción civil, con técnicas de automatización de trámites y uso responsable de la IA en la preparación de sentencias, al ser materias homogéneas, junto con la implacable aplicación de la figura del abuso del servicio de justicia.

Sin lugar a dudas, convertir los MASC en voluntarios, con incentivos fiscales y económicos para fomentar los acuerdos. En segundo término, una eventual modificación legislativa debería pasar por alterar la regla de los MASC, de tal manera que, como se ha hecho en perspectiva comparada, sólo sean exigibles en determinados procedimientos con visos de transacción, a través de un elenco tasado, y no a la inversa, como actualmente ocurre, en que los MASC se han impuesto de modo indiscriminado en todo proceso sin tener en cuenta sus singularidades. Por último, los MASC deberían suprimirse, por clamor popular, en las siguientes materias: familia con menores, monitorios, recuperación

§

do de haber presentado la demanda. Toda reforma debe ir acompañada de una dotación presupuestaria que la haga eficaz, porque sobre el papel podemos resucitar unicornios.

incluso permitir, en algunos casos, dictar sentencias orales o la supresión de determinados trámites en el proceso. Esto agilizaría bastante sin que suponga una pérdida de derechos de las partes.

Si fuese el legislador, ¿cuál sería su propuesta con esta reforma?

§

El modelo ideal de justicia no pasa por retrasar aún más el proceso, sino por aumentar las plantillas del personal de los Tribunales de Instancia, así como el número de jueces y magistrados, que seguimos muy por debajo de la media europea pese a nuestra elevada tasa de litigiosidad. También podrían articularse mecanismos más eficaces en cuanto a la tramitación de procedimientos, 95


{ Reportaje }i

“Queremos que la Agencia no diga solo ‘no’, sino que muestre cómo hacer las cosas bien” 96


{ Entrevista }

Lorenzo Cotino Texto:Yolanda Quintana Fotos: Irene Lozano

presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos. Su experiencia combina universidad, judicatura, participación en organismos de transparencia. ¿Cómo influye esta visión multidisciplinar en su enfoque de la protección de datos?

Lorenzo Cotino (Valencia, 1972) es un jurista de reconocido prestigio en el ámbito de los derechos digitales y la protección de datos. Tras una dilatada trayectoria como catedrático de Derecho Constitucional y magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha sido designado en 2025 presidente de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en un proceso marcado por la compleja aritmética parlamentaria pero que culminó con un completo consenso político.

Es cierto que mi trayectoria me ha permitido acercarme a la protección de datos desde distintas perspectivas. Ese recorrido me ha dado una visión amplia, no centrada solo en el dato en sí mismo, sino en el conjunto de derechos que están en juego. A veces, cuando se aborda la protección de datos de forma muy especializada y exclusiva, se corre el riesgo de tener una mirada demasiado estrecha, “de túnel”. Para mí, lo esencial es entender que se trata de proteger a las personas, su dignidad y su privacidad —porque al final lo importante es las personas y la dignidad de quienes están detrás de estos datos—, pero ha de ser un derecho que ha de convivir en el mundo de innovación tecnológica y con otros derechos fundamentales.

Académico prolífico, divulgador y referente en la investigación sobre derechos fundamentales en el entorno digital, Cotino ha compaginado su labor universitaria con la judicatura y con responsabilidades en organismos de transparencia, lo que le ha permitido desarrollar una visión transversal sobre la protección de la privacidad en un ecosistema tecnológico cada vez más acelerado. Convencido de que la protección de datos no puede abordarse con una mirada de “visión de túnel”, reivindica un enfoque que combine la defensa de la dignidad de las personas con la innovación y el respeto al conjunto de los derechos fundamentales. Con esa premisa ha trazado las líneas estratégicas de su mandato al frente de la AEPD, donde aspira a reforzar la cooperación institucional y acercar la cultura de la privacidad a toda la ciudadanía.

Durante décadas trabajando en el ámbito de los derechos fundamentales, la inteligencia artificial y la tecnología, ¿qué papel debe jugar el Derecho, el Derecho en mayúsculas, en un ecosistema en el que todo esto entra en juego y, además, que evoluciona de forma tan veloz?

Sr. Cotino, tras una dilatada trayectoria académica y judicial, llega como magistrado a la

Lo cierto es que en un mundo plenamente digital, en el que ya estamos y en el que seguiremos profundi97


{ Entrevista } con qué límites y garantías, porque la inteligencia artificial no puede aplicarse sin atender a la confidencialidad, la ciberseguridad y la protección de datos.

zando aún más —no solo por la inteligencia artificial, sino por muchos otros factores— es prácticamente impensable que no haya tratamientos de datos. Esto significa que la protección de datos está presente en casi cualquier actividad que realizamos en el entorno digital, y sitúa a esta Agencia en un papel central, con mucho que decir.

La protección de datos, bien entendida, no debe ser una barrera, sino un marco que facilite la investigación y la innovación. Una visión excesivamente restrictiva podría dificultar avances muy valiosos, por ejemplo, en la investigación biomédica. Por eso, tanto desde la Agencia como desde las autoridades autonómicas queremos fijar criterios claros y prácticos.

Ahora bien, eso no significa que sea el único derecho en juego. También están las libertades informativas, la transparencia o los valores democráticos que debemos proteger frente a fenómenos como la desinformación. La Agencia tiene como eje la protección de datos y la privacidad, pero en realidad estos derechos se encuentran en el centro de la mayoría de los desarrollos actuales.

El cumplimiento normativo es complejo, y lo es aún más para pymes, micropymes y startups. Por eso ofrecemos guías, notas técnicas, herramientas y un canal de consultas que funciona muy bien. Además, colaboramos estrechamente con los Delegados de Protección de Datos —varias decenas de miles en España— para hacer su función un poco más sencilla y acompañarles en este esfuerzo.

De hecho, el derecho a la protección de datos acaba siendo también un instrumento para salvaguardar otros derechos fundamentales. Por eso, en esta presidencia y en el plan estratégico de la Agencia que hemos presentado a las pocas semanas de nuestro nombramiento, queremos destacar otra idea esencial: apostar por una innovación responsable. La protección de datos no debe convertirse en una barrera que frene la innovación, sino en un marco que establezca hasta dónde se puede llegar y, al mismo tiempo, facilite su impulso. Porque la innovación, bien orientada, puede reforzar los derechos fundamentales, ya sea en la salud, en el ámbito laboral o en la vida cotidiana.

En el plan se menciona promover una agencia más predictiva y analítica. ¿Cómo se concretará, como ha mencionado, el promover el uso de inteligencia artificial y el análisis de datos dentro de la propia agencia? ¿Se prevé algún sistema de priorización automática de expedientes o de reclamaciones según su impacto y su urgencia? El primer eje, el de una “agencia inteligente”, no se refiere solo al uso de inteligencia artificial, sino también a la capacidad de mirar hacia el futuro. La Agencia está actualmente muy lastrada por más de 20.000 reclamaciones anuales; solo en este medio año han aumentado un 35%. Es una situación difícil de sostener, porque los recursos y los medios no están creciendo al mismo ritmo.

En definitiva, la protección de datos no debe entenderse como un freno natural a la innovación, sino como una garantía que la acompaña y la orienta en beneficio de la sociedad. En ese sentido, ¿qué líneas se están trazando en este plan estratégico para evitar que la protección de datos se perciba como un obstáculo empresarial?

Por eso, nuestra visión es concentrar los esfuerzos en lo más relevante e impactante en los derechos y en la innovación y no en lo más reiterativo. En los ámbitos en los que las reclamaciones son muy repetitivas, debemos evitar que esas dinámicas acaben bloqueando la actuación en los temas de mayor impacto. Y, al mismo tiempo, necesitamos mirar hacia adelante para anticipar por dónde vendrán los grandes desafíos en protección de datos.

No solo en el ámbito empresarial, también en todos los órdenes. En el plan estratégico hemos fijado como uno de los siete ejes la innovación. Queremos innovar también dentro de la propia Agencia, por ejemplo, utilizando inteligencia artificial siempre que sea posible y mostrando cómo hacerlo de manera responsable, cumpliendo con la protección de datos pero sin renunciar a su uso. Ese ejemplo queremos que sirva también para otros sectores, como el sanitario o la investigación, marcando hasta dónde se puede llegar y

Hablamos de una Agencia más inteligente no solo gracias a la robotización o la inteligencia artificial, e incluso al uso de sistemas automatizados de apoyo 98


{ Lorenzo Cotino } ¿Es eso lo que el plan estratégico de la Agencia plantea cuando menciona reforzar el “laboratorio de privacidad”?

a las auditorías y a supervisar el cumplimiento. También vamos a estimular nuestra división de innovación, que se dedica precisamente a identificar tendencias. Participamos en grupos de trabajo de enorme relevancia, como el de neurotecnologías —donde casi diría que somos líderes mundiales— y también en los vinculados a las tecnologías cuánticas, que tendrán un papel decisivo en materia de protección de datos.

Sí, está directamente relacionado. De hecho, uno de los proyectos estratégicos para este ciclo 20252030 es precisamente ese. Además de lo que ya hemos comentado sobre una “autoridad inteligente”, cada vez disponemos de más herramientas que permiten evaluar de manera masiva por dónde se producen los incumplimientos. No siempre tienen que derivar en sanciones, pero sí nos permiten identificar qué medidas preventivas pueden adoptarse. Un ejemplo son las herramientas de lectura automatizada de términos y condiciones de privacidad en páginas web, que ayudan a detectar si los incumplimientos son meramente formales o si afectan a cuestiones sustantivas, y a partir de ahí lanzar políticas adecuadas.

La idea, y esto es algo que queremos impulsar más, es buscar el apoyo de los mejores investigadores en privacidad de España y del extranjero. ¿Por qué? Porque precisamente para poder mirar al horizonte necesitamos ver hacia dónde van las tendencias. Y como tenemos estas limitaciones, vamos a explorar un camino que no se había explorado aún en la Agencia, que es colaborar en un laboratorio con quienes innovan en España y quienes están haciendo investigación en estas materias, que normalmente son universidades y centros de investigación, pero también fundaciones especializadas y profesionales especializados.

En cuanto a la innovación, queremos reforzar este músculo con la creación del llamado laboratorio de privacidad. Su objetivo es establecer relaciones constantes con centros de investigación. No existía

99


{ Entrevista } abierta a colaborar y, sobre todo, a estar al tanto de los problemas que afectan a unos y a otros.

hasta ahora en la Agencia, aunque hay experiencias similares en países como Francia o el Reino Unido. Nuestra ambición es unir a los principales investigadores en privacidad que existen en España, identificar quiénes son y abrir la puerta a la colaboración.

Precisamente quería preguntarle por esa cooperación e influencia estratégica. La cooperación institucional también está en el centro del plan. ¿Cómo se articularán los mecanismos de trabajo con la AESIA, la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, la CNMC —que también tiene competencias digitales—, en la aplicación de normas recientes como la DSA, y con las autoridades autonómicas e instituciones? ¿Y qué papel concede a la sociedad civil, las universidades y los sectores profesionales?

Para los centros de investigación, colaborar con la Agencia también es interesante: somos un referente en España, en Iberoamérica y en Europa. Ellos suelen contar con financiación propia para sus proyectos, pero muchas veces no la aplican a los temas más relevantes desde el punto de vista de la protección de datos. Nosotros podemos orientarles sobre cuáles son, porque tenemos conocimiento directo de las prioridades.

Sí, ese es otro de los ejes del plan estratégico: sistematizar todas las relaciones con quienes necesitamos entendernos y colaborar, tanto en el sector público como en el privado.

Así, una de las misiones del laboratorio será acercarnos a estos sectores y colaborar con ellos de distintas formas: en proyectos de investigación, en formación —másteres, programas especializados— y en otro tipo de iniciativas. Y no solo con universidades o centros de investigación: también con profesionales, asociaciones y Colegios, que a menudo desarrollan investigaciones muy útiles en sus ámbitos. Queremos que sepan que la Agencia está

En el sector público, hay muchas autoridades con competencias cercanas a las nuestras y, en otros casos, la normativa nos obliga directamente a coordinarnos. Pienso en el Reglamento de Inteligencia Artificial, el de Gobernanza de Datos, el de Publici-

100


{ Lorenzo Cotino } cimos soluciones alternativas. Todo ello lo consensuamos previamente con el Ministerio del Interior y con el propio sector hostelero. Ese es el camino que queremos seguir: antes de lanzar una guía, una nota técnica u otros instrumentos de gran impacto, comunicarlos previamente al sector afectado para conocer su visión.

dad Política, la futura Directiva sobre trabajadores en plataformas o en los espacios europeos de datos, como el de salud. Todos ellos mencionan expresamente a la Autoridad de Protección de Datos como parte de un ecosistema más amplio. Lo importante para nosotros es racionalizar esas relaciones y establecer una agenda clara: sentarnos a la mesa para definir qué acciones nos corresponden y cómo colaborar de manera armónica, porque el panorama legislativo no es sencillo. Ya hemos mantenido varias reuniones con la AESIA, con la que tenemos una excelente relación. La práctica dirá cómo se articula esa coordinación, porque nosotros somos Autoridad de Protección de Datos pero también de Vigilancia del Mercado en el Reglamento, mientras que la autoridad principal en ese terreno —afortunadamente para nosotros, porque no tendríamos capacidad suficiente— son ellos. Aun así, hay ámbitos de concurrencia que se irán perfilando. Lo mismo ocurre con la CNMC.

En definitiva, estamos hablando de decenas, incluso más de cien entidades públicas y privadas. Nuestro objetivo es racionalizar estas relaciones y priorizarlas, porque la Agencia también tiene sus limitaciones, pero creemos que esta cooperación es esencial. Usted ha advertido en alguna ocasión sobre esta pluralidad de normas, a la que ha calificado como mosaico normativo y la necesidad de, no solo articular la coordinación con otros organismos competentes o autoridades reguladoras para evitar vacíos regulatorios, sino también de dar certidumbre jurídica a quienes operan en el sector. ¿Cómo se plantea abordar este reto?

Hay muchísimos temas sobre los que re-

El derecho a la protección de datos, y todas las normas que lo rodean —muchas de ellas también de nuestra competencia— forman parte de un paquete digital de regulación de la Unión Europea cada vez más amplio. No se limita a la protección de datos, pero nos afecta directamente. Y lo cierto es que todo este entramado normativo resulta cada día más complejo.

flexionar en materia de inteligencia artificial y protección de datos. Creo que un elemento clave es tener siempre presente lo que llamamos el ciclo de vida de un sistema de inteligencia artificial

Con la abogacía y con los profesionales de la privacidad —que en muchos casos son juristas y, muy a menudo, abogados— hemos querido trabajar desde el primer momento. Nos hemos reunido ya desde el minuto cero y estamos muy abiertos a recoger sus propuestas, con la idea de elaborar una especie de estatuto que clarifique cuál es su posición dentro de las entidades. Esto es fundamental, porque estos profesionales necesitan estar reforzados en sus organizaciones: muchas veces soportan una sobrecarga de trabajo, no cuentan con una posición cómoda y, sobre todo, su tarea es cada día más difícil. Ya en septiembre se ha puesto en marcha un grupo de trabajo sobre los profesionales de la privacidad y espero que pronto comience a dar sus frutos.

En este esfuerzo estamos elaborando una agenda que ordene y priorice todas las relaciones con entes públicos, incluidos muchos ministerios en áreas como infancia o colectivos vulnerables, donde debemos estar presentes. Y no se trata solo de relaciones protocolarias: ya nos hemos reunido con la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante, dirigida por Manuel Villoria, y estamos planificando acciones conjuntas con la nueva Autoridad de Igualdad y No Discriminación. Hemos propuesto, por ejemplo, trabajar juntos en posibles discriminaciones derivadas de sesgos algorítmicos y su relación con la protección de datos. En el sector privado ya hemos dado algunas muestras. Hace poco publicamos una nota sobre el uso del DNI en hostelería. Dejamos claro que no es posible pedir una copia del documento y, además, ofre-

Para ello vamos a reforzar el canal del DPD y, sobre todo, a mantener un diálogo permanente. Si desde la Agencia lanzamos un producto —por ejemplo, 101


{ Entrevista } principio básico en protección de datos (artículos 12, 13 y 22 del RGPD) y también en el sector público, por exigencias de acceso y buen gobierno. Desde el diseño mismo de los sistemas debe garantizarse un mínimo de explicabilidad y transparencia, la resolución de la AEPD sobre la transparencia algorítmica del sistema BOSCO del bono social eléctrico, famoso por el caso CIVIO, es muy desconocida y de extraordinario interés.

una guía, que es una herramienta muy útil para todos los sectores al aportar seguridad jurídica— sin haber contado antes con ellos, corremos el riesgo de hacer un flaco favor. Por eso vamos a trabajar mucho en esa línea: en algunos casos cocreando desde el inicio, y en otros, asegurando al menos que puedan participar y dar su visión. Cada vez más abogados y despachos, además de actuar como DPOs, asesoran a empresas en el uso de inteligencia artificial en sus procesos y líneas de negocio. Usted ha señalado que no basta con mirar solo al artículo 22 del RGPD, sino al conjunto del recorrido en el que interviene el dato. ¿Qué mensajes daría a la abogacía en este nuevo papel?

Otra idea clave es tener en cuenta no solo el ciclo de vida, sino también el modelo o cadena de valor: quiénes participan en el proceso de un sistema de IA. Y esto es complejo, porque puede haber un proveedor que desarrolla el sistema, otros que aportan partes o entrenan el modelo, y finalmente una organización que lo implanta. Todo esto debe traducirse en términos de protección de datos: quién es responsable, quién es encargado y qué relaciones existen entre ellos. El régimen jurídico cambia radicalmente según se trate de un responsable o de un encargado del tratamiento.Pongo un ejemplo sencillo: una universidad, un hospital o un despacho de abogados contrata un sistema de inteligencia artificial. Es fundamental saber si quien lo contrata actúa como responsable y la empresa proveedora como encargada, o si, por el contrario, los datos que genera esa organización se utilizarán para seguir entrenando el sistema. Esa diferencia cambia por completo el marco jurídico y las responsabilidades. En definitiva: aclarar quién es responsable, quién es encargado y qué datos accede cada parte es esencial para cumplir adecuadamente la normativa.

Hay muchísimos temas sobre los que reflexionar en materia de inteligencia artificial y protección de datos. Creo que un elemento clave es tener siempre presente lo que llamamos el ciclo de vida de un sistema de inteligencia artificial. Y esto se relaciona con algo muy importante para cualquier profesional de la abogacía: que se le tenga en cuenta desde el minuto cero. Desde la concepción de un modelo de IA o de un tratamiento de datos, el abogado o el profesional de la privacidad debe estar presente. Porque, si llega tarde, se le percibe como un “stopper”, alguien que fiscaliza o frena. En cambio, si participa desde el principio, sus aportaciones pueden ser mucho más útiles y bien recibidas. Por eso es fundamental tener claro todo el ciclo de vida del modelo o aplicación. Una de las grandes dudas, por ejemplo, es qué datos pueden utilizarse para alimentar un sistema de inteligencia artificial. Aquí entra en juego el gobierno del dato: si no se alimenta con datos de calidad y veraces, el sistema no funcionará bien. Esto conecta directamente con el principio de calidad y de veracidad de los datos, y abre preguntas como hasta qué punto la corrección de los datos iniciales afecta a todo el tratamiento posterior. Muchas veces los datos de entrenamiento están anonimizados y, en principio, no se aplicaría la normativa de protección de datos. Pero si los resultados o inferencias que afectan a una persona son erróneos, entonces sí entra en juego el principio de calidad. Este es un ejemplo de cómo los principios de protección de datos deben proyectarse en cada fase del ciclo de vida de la IA.

Usted ha sostenido que la inteligencia artificial, además de impulsar la innovación, también puede poner en riesgo derechos fundamentales y generar nuevos colectivos vulnerables. ¿Podría darnos algún ejemplo y explicar cómo puede actuar la Agencia para protegerlos? La inteligencia artificial, como otras tecnologías disruptivas, impacta en muchos colectivos, y algunos resultan especialmente vulnerables. Los menores siguen siendo prioritarios: son perfilados por algoritmos, expuestos a plataformas y tienen menos capacidad de defensa. También debemos atender a mayores, personas con discapacidad o quienes sufren exclusión digital.

Además del principio de calidad, hay otros esenciales: la responsabilidad proactiva y, muy especialmente, la transparencia. La transparencia es un

Pero la IA crea además vulnerabilidades nuevas y dinámicas, que no responden a los colectivos “clási102


{ Lorenzo Cotino }

cos”. Perfila a grupos muy distintos entre sí —desde menores hasta profesionales consolidados— que, por determinadas circunstancias, quedan en situación de riesgo. El reto es identificar cómo actúan estas tecnologías y qué impactos generan para poder adoptar medidas preventivas.

Desde que llegué a la Agencia tomé conciencia de la magnitud de los frentes abiertos: casi todo lo que afecta a derechos, dignidad o valores democráticos pasa por tratamientos de datos, y eso nos obliga a estar presentes. Pero tenemos recursos limitados, así que debemos concentrarnos en lo esencial.

Por eso la Agencia seguirá trabajando con los colectivos vulnerables tradicionales, pero también estudiará estas nuevas formas de exclusión digital, en coordinación con organismos como la CNMC o el Departamento de Seguridad Nacional. Los desafíos son enormes: desde la protección de menores hasta la lucha contra la desinformación y su posible impacto electoral, pasando por la explotación económica de los datos, la publicidad o la relación entre propiedad intelectual y protección de datos.

Entre nuestras prioridades están la inteligencia artificial, los espacios de datos —especialmente en salud— y las nuevas tecnologías disruptivas con mayor impacto. A veces, incluso cuestiones que en principio no serían nuestro foco, como la desinformación, nos acaban implicando, porque la normativa europea así lo establece, por ejemplo con el reglamento de publicidad política. Nuestra idea es colaborar con otras autoridades y fijar prioridades claras. Un ejemplo concreto: ya este mismo otoño va a salir publicada la política de uso de inteligencia artificial generativa de la AEPD que esperemos que pueda ser también un ejemplo para el sector público. Queremos dejar claro que la Agen-

Entre tantos desafíos y dispersión de normas, ¿hay forma de priorizar? ¿Tiene usted en mente una especie de “mandamientos digitales” o agenda de prioridades? 103


{ Entrevista } ya hemos lanzado el plan estratégico que acaba articulándose en más de 200 medidas para los próximos años.

cia no es un mero guardián que dice “no”, sino que ofrece orientaciones para que las cosas se hagan bien. No se trata de prohibir, sino de explicar cómo es posible cumplir y avanzar con responsabilidad.

Mi objetivo es que, cuando acabe el mandato, la Agencia sea más conocida en España, Europa e Iberoamérica, más abierta a universidades, centros de investigación y profesionales, y vista no como un freno a la innovación, sino como una institución colaboradora para el cumplimiento normativo.

Con su amplia experiencia internacional en Europa y América Latina, ¿qué buenas prácticas de otros países podrían aplicarse en España y qué papel tendrá la cooperación internacional en su mandato?

Estos primeros meses han sido intensos, casi como volver a mis años de estudiante, con mucho trabajo y poca calidad de vida. Pero la ilusión por este proyecto hace que merezca la pena.

La Agencia tiene una división internacional con más de una docena de personas, centrada sobre todo en la Unión Europea. No se trata solo de recibir lo que dicta el Comité Europeo de Protección de Datos, sino de influir en sus decisiones, como hacen Francia u otros países. Queremos reforzar esa capacidad con más apoyo y trabajo previo para tener peso real en Europa.

Para cerrar, ¿qué consejo daría a un joven jurista que empieza su carrera en el ámbito de la protección de datos?

Al mismo tiempo, España tiene un papel estratégico en Iberoamérica. Desde hace más de veinte años lideramos la Red Iberoamericana de Protección de Datos como secretaría permanente, y ahora queremos reforzarla con una gestión más orientada a objetivos y resultados, impulsando a los trece países que la integran.

Llevo más de veinticinco años en el derecho digital y aún hoy veo las mismas oportunidades que cuando empecé a dar clases de Derecho de Internet. Entonces era un terreno inexplorado, y sigue habiendo muchísimo campo para especializarse. Un ejemplo: el caso Schrems. Cuando empezó a ser conocido, su impulsor aún estaba en tercero de Derecho, y hoy es una referencia mundial en protección de datos. Eso demuestra que incluso quienes empiezan pueden hacerse un hueco.

También participamos en foros internacionales más amplios, como la cumbre global de protección de datos, que este año se ha celebrado en Seúl, donde defendemos un modelo europeo. En definitiva, nuestra prioridad es consolidar la influencia en Europa y reforzar la cooperación con Iberoamérica, sin dejar de estar presentes en el debate mundial.

Mi consejo es que se lancen: colaborar con una startup, con una pyme, participar en debates, darse a conocer en redes. Es un ámbito inabarcable, lleno de retos, y con una potencialidad enorme para quienes quieran aportar.

Para terminar con una nota más personal: usted se ha definido como alguien apasionado por su trabajo. A lo largo de su trayectoria no solo ha destacado como jurista y académico, sino también por una intensa labor divulgadora, abierta y generosa, acercando el conocimiento de los derechos digitales a la sociedad. ¿Qué le motiva después de tantos años de carrera y cómo logra mantener vivo ese espíritu desde un cargo institucional tan exigente?

§

Vengo del ámbito académico, de la independencia universitaria, y para mí liderar una agencia independiente que protege un derecho fundamental es casi un sueño. Siempre fui muy activo en lo académico y divulgativo, pero en estos meses he comprobado que puedo trabajar aún más. En los primeros meses 104


{ Reportaje }

La generación que está reinventando la abogacía El emprendimiento irrumpe como opción profesional entre los jóvenes juristas que buscan nuevas formas de ejercer sin renunciar a los valores de la profesión.

Cada vez son más los profesionales que apuestan desde el inicio por tomar las riendas de su carrera profesional en el sector legal. Emprenden por convicción, no por descarte, y entienden el Derecho como un espacio para innovar, conectar con otras disciplinas y dar respuesta a necesidades que el modelo tradicional no siempre alcanza.

Texto: Jaime Gómez Fotos: ICAM

105


{ Reportaje }i Tres minutos. Ese es el tiempo que tiene cada finalista para explicar su proyecto ante el jurado. Una idea y un micro abierto para convencer en 180 segundos al jurado reunido en el patio del Colegio de la Abogacía de Madrid con motivo del I Festival de Emprendaymiento. No es una mesa redonda más. Se trata del Abogacía Innovation Pitch, un concurso impulsado por el ICAM para dar visibilidad a una nueva generación de abogados y abogadas dispuestos a repensar el ejercicio del Derecho. Entre las candidaturas finalistas hay propuestas tecnológicas que buscan anticipar cambios normativos o facilitar la gestión del despacho sin depender de servidores externos. Otras iniciativas se centran en el bienestar de los abogados, el asesoramiento a emprendedores, la atención jurídica en lenguas poco representadas o la creación de estructuras colaborativas con impacto social. Todas cuestionan, de

alguna manera, el modelo tradicional y plantean nuevas formas —más accesibles, más flexibles, más conectadas— de entender la profesión. “La abogacía sigue teniendo un fuerte componente vocacional, pero los jóvenes que llegan hoy a la profesión buscan algo más que una salida laboral: buscan una forma de ejercer con sentido, con autonomía, con herramientas actuales y con estructuras que les permitan crecer. Cuando esas condiciones no se dan, muchos optan por explorar otros caminos”, recuerda Gabriel Rodríguez, diputado del ICAM responsable de Abogacía Joven. Esa búsqueda de coherencia entre valores y práctica profesional es, en buena medida, lo que está empujando hacia el emprendimiento a un sector cada vez más nutrido de la abogacía joven, un colectivo integrado por más de 14.000 colegiados y colegiadas que representa el 19% del censo del ICAM.

Entre quienes han optado por ese camino destaca Rocío Bejarano. En su caso, la decisión de emprender no fue improvisada. “Cuando estaba en la universidad, ya decía que el día de mañana tendría mi propio despacho, mi propia firma”, afirma. Años después, tras pasar por distintos trabajos por cuenta ajena, la idea tomó forma. “Veía que no había sintonía entre el ejercicio de la abogacía que estaba desarrollando y cómo yo entendía esta profesión.” Esa distancia marcó el punto de partida de Jubero, un despacho especializado en Derecho de Familia, Infancia y negligencias médicas que también presta servicios de digitalización a otros profesionales del sector. Cuando presentó su proyecto en el ICAM, Bejarano centró su intervención en un problema cotidiano para muchos despachos: la dificultad para organizar expedientes, anticipar imprevistos procesales o localizar información sensible sin perder tiempo ni comprometer la privacidad. De esa necesidad surgió Plazín, un asistente virtual que se alimenta exclusivamente de los datos internos del despacho y que combina inteligencia artificial con sistemas de grafos del conocimiento para retener y aprovechar el trabajo acumulado. La propuesta, pensada desde la práctica real y no desde un laboratorio tecnológico, convenció al jurado y obtuvo el primer premio del certamen.

Una generación que se mueve en red La imagen clásica del profesional de la abogacía —despacho físico, toga y carrera en un gran bufe106


Reportaje

te— sigue vigente, pero empieza a proyectarse una visión alternativa en la base de la pirámide profesional. No se trata de una ruptura abrupta, sino de una transformación progresiva que aspira a reescribir los códigos de la profesión con nuevas formas de ejercer basadas en un orden diferenciado de prioridades. Esa nueva lógica está respaldada por un cambio generacional, que reconfigura también la idea de comunidad profesional. En lugar de las jerarquías clásicas, gana peso una lógica horizontal: redes sociales, plataformas colaborativas, canales de consulta jurídica, grupos de mentoría cruzada o apoyo emocional. Una nueva realidad cada vez más documentada. Un informe reciente de Deloitte sobre la Generación Z y los millennials, identifica tres factores clave que explican esta evolución: la búsqueda de flexibilidad, el deseo de autonomía y la necesidad de encontrar propósito en el trabajo. Según el estudio, el emprendimiento y el autoempleo no se perciben solo como salidas laborales, sino como estrategias deliberadas para configurar trayectorias más coherentes con esos valores. Además, el estudio constata una tendencia creciente entre los jóvenes a combinar proyectos propios con actividad por cuenta ajena, lo que exige un conjunto de habilidades cada vez más transversal: adaptación tecnológica, competencias interpersonales, capacidad de gestión emocional y tolerancia a la incertidumbre. Desde la academia, algunos trabajos apuntan que las moti-

vaciones emprendedoras de los jóvenes no son prioritariamente económicas, sino éticas. Valores como la sostenibilidad, el impacto social o la contribución al bien común son los principales predictores de la intención de emprender en esta franja de edad. Para una parte significativa de esta generación, montar un proyecto jurídico no es una forma de negocio, sino una forma de compromiso. En paralelo, los diagnósticos sobre la abogacía joven dibujan un desencaje que explica parte del empuje emprendedor. Un informe de la International Bar Association, elaborado tras la pandemia a partir de miles de entrevistas a escala global, advertía de una brecha entre lo que los jóvenes abogados esperan y lo que encuentran: una parte significativa se plantea incluso salir de la profesión en un horizonte de cinco años, y muchos refieren desgaste psicosocial desde el inicio de su práctica. En ese contexto, emprender opera tanto como vía de independencia profesional como de supervivencia emocional, al permitir ajustar 107

ritmos, cultura y propósito del proyecto jurídico a las necesidades de quien lo impulsa. Sobre la vocación emprendedora de las nuevas generaciones de profesionales, llama la atención una encuesta realizada a 691 jóvenes europeos de entre 17 y 26 años en 14 países, en la que el 62 % manifestaba su intención de crear su propia empresa en un plazo de tres a cinco años. Publicado en 2024 por el medio especializado EUStartups, el sondeo ponía también el foco en las motivaciones del emprendimiento juvenil: el 91 % de los encuestados valoraba el impacto social y medioambiental del negocio, un 58 % destacaba la generación de valor para la sociedad y un 57 % aspiraba a un mayor control sobre su tiempo de trabajo. Como obstáculos principales, identificaban la financiación, el conocimiento del mercado y la carencia de habilidades en finanzas o márketing. En otra consulta a las nuevas generaciones europeas, el Eurobarómetro revelaba por esa misma fecha que el 46 % de los jóvenes


{ Reportaje }i de entre 15 y 30 años en la UE se plantearía crear su propio negocio, aunque solo una minoría había dado algún paso concreto para ponerlo en marcha. Además de la insuficiencia de recursos y los riesgos financieros, la muestra destacaba la falta de competencias en materia de emprendimiento como uno de los principales obstáculos para que los jóvenes se conviertan en emprendedores.

coordinadora de la guía, destaca su valor como herramienta de apoyo para dar ese primer paso con mayor seguridad, con recursos prácticos y la experiencia de quienes ya han recorrido ese camino antes: cómo empezar, cómo encontrar clientes, cómo diferenciarse y cómo mantener la ética profesional en cada decisión son algunas de las cuestiones que se abordan en sus páginas.

Gabriel Rodríguez añade un impedimento más a la ecuación: el miedo al fracaso. “Desde el ICAM, queremos desmitificar esta barrera y fomentar una cultura donde el error se vea como una oportunidad de aprendizaje y crecimiento. Emprender en el ámbito legal no es solo posible, sino necesario para adaptarnos a los cambios constantes de nuestra sociedad”.

Desde la definición de un modelo de negocio viable hasta la selección de la estructura legal más adecuada, la guía insiste en la importancia de construir sobre bases sólidas. Propone herramientas como el Business Model Canvas para diseñar la propuesta de valor, recomienda validar el servicio con clientes reales antes de acometer grandes inversiones y advierte sobre errores frecuentes —como precios mal definidos o ausencia de planificación financiera— que pueden comprometer la viabilidad del proyecto.

Impulso institucional Con ese objetivo, el Colegio madrileño ha publicado este año la Guía ICAM de supervivencia para emprender en el sector legal. Concebida como una hoja de ruta para quienes deciden emprender su propio camino —ya sea creando un despacho, una boutique legal o impulsando proyectos jurídicos innovadores—, el documento condensa diez principios estratégicos elaborados a partir de la experiencia directa de abogados emprendedores y expertos en gestión jurídica. “Emprender no es sencillo: requiere visión, esfuerzo y mucha resiliencia. Pero también es una oportunidad de diseñar la carrera profesional a medida”, sostiene Celia Herrero. Como

Una parte esencial del enfoque es también cultural: el acompañamiento profesional. “Contar con el respaldo de entidades colegiales y con redes de apoyo marca la diferencia”, subraya la publicación. Innovar, en este contexto, no es sinónimo de ruptura, sino de adaptación. Así, se hace especial hincapié en que incorporar tecnología, metodologías ágiles o estructuras flexibles no puede hacerse a costa del rigor profesional. El secreto profesional, la deontología, la lealtad al cliente o la ética son aliados imprescindibles en cualquier proyecto que aspire a cambiar las cosas sin dejar de ser abogado. 108

Cartografía del emprendimiento legal joven Alineadas bajo todos estos parámetros, las propuestas participantes en el Pitch del ICAM contribuyen a esbozar una cartografía del emprendimiento joven en el sector legal. Una abogada que convierte su experiencia con el estrés profesional en un proyecto de salud emocional para juristas. Otra que traduce el mundo normativo para emprendedores digitales. Un abogado recién colegiado que inicia su carrera en solitario captando clientes desde Instagram. Un grupo de jóvenes juristas que desarrolla una herramienta de IA para anticipar cambios normativos, mientras otros trabajan en un asistente virtual que no depende de servidores externos. Los proyectos finalistas del concurso abarcan desde herramientas de eficiencia interna para despachos hasta iniciativas con una marcada dimensión social. No comparten una misma tecnología ni una misma estructura de negocio, pero sí un propósito común: responder a necesidades que la abogacía tradicional no siempre alcanza. En este nuevo ecosistema proliferan perfiles híbridos. Son juristas que manejan lo técnico, pero también fiscalidad, automatización, diseño de producto, comunicación digital o salud laboral. Tienen conocimientos jurídicos, pero también una comprensión práctica del contexto en el que operan empresas, emprendedores o trabajadores. Y entienden el asesoramiento no solo como respuesta a un problema, sino como anticipación y acompañamiento.


Reportaje

Buena parte de estas iniciativas nacen de recorridos biográficos muy personales: una mala experiencia como cliente, una dificultad vivida al inicio del ejercicio, una brecha que nadie estaba cubriendo, o simplemente la inquietud por trabajar de otra manera. No replican el esquema clásico de despacho, socio y jerarquía. Optan por estructuras más ágiles, colaborativas y, en muchos casos, unipersonales, donde la especialización y la claridad pesan más que el tamaño. También cambia la figura del cliente. Ya no se limita a quien solicita una defensa o un dictamen, sino a quien busca orientación para no equivocarse en los primeros pasos, para comprender el marco normativo o para moverse con seguridad en un entorno incierto. Por eso, muchos de estos proyectos no solo ofrecen servicios jurídicos: aportan contexto, formación, acompañamiento y herramientas que permiten a los usuarios operar con mayor autonomía.

El ganador del segundo premio en el concurso del ICAM, Jorge de los Reyes, explica que su proyecto nació de la sensación de que muchos emprendedores tecnológicos se enfrentan al marco jurídico sin orientación accesible y sin intermediarios capaces de traducir ese lenguaje a la realidad de un proyecto incipiente. De esa percepción surgió el nombre del proyecto, En Busca del Fuego, que define como un ecosistema vivo, diseñado para acompañar a quienes emprenden desde la vocación, no solo desde la urgencia, combinando formación estratégica, automatización práctica y asesoría legal aplicada al mundo real.

inteligencia artificial, desarrollo web, etc. También cuentan con una red social privada, una comunidad y un foro con soporte todos los días del año”, explica.

“Para ello creamos una plataforma privada donde tienen acceso a más de 600 horas de formación sobre temáticas que van desde la salud y el bienestar hasta la creación de agentes de

Un ejemplo de cómo el respaldo institucional es fundamental para acercar los proyectos más innovadores a quienes más y mejor pueden beneficiarse de ellos.

A menudo impulsados por profesionales con pocos años de colegiación, estos modelos comparten una aspiración transversal: ganar autonomía sin perder impacto, generar ingresos sin renunciar al propósito y trabajar de forma independiente sin desentenderse de la comunidad. En su conjunto, dibujan un paisaje emergente que no solo muestra hacia dónde se mueve la abogacía emprendedora, sino qué valores está priorizando esta nueva generación: adaptabilidad, claridad, ética y utilidad. Una abogacía que no quiere limitarse a interpretar la realidad, sino contribuir a transformarla. 109

Gracias a su participación en el festival de emprendimiento jurídico del ICAM, advertía en una entrevista posterior, su iniciativa fue descubierta por muchos compañeros que hoy forman parte de su comunidad. “Muchos compañeros vieron un espacio donde no solo formarse o digitalizar su práctica, sino también reconectar con el sentido profundo de su labor o reinventarse dentro de otros sectores como la salud, el bienestar o la tecnología”, concluía.

§


{ Reportaje }i

110


{ Tribuna }

La abogacía joven ante el reto de emprender: visión, compromiso y nuevas oportunidades plegando un conjunto de acciones precisamente para ayudar a los colegiados jóvenes a dar ese primer paso con mayor seguridad, con recursos prácticos y con el apoyo de quienes ya han recorrido ese camino antes.

Celia Herrero Cantó Coordinadora de Abogacía Joven ICAM. Presidenta de la Sección de Iniciación Profesional del ICAM Directora de ‘Futuro Legal’

La abogacía joven se enfrenta hoy a desafíos muy distintos a los de generaciones anteriores: un mercado más competitivo, un cliente más exigente, la digitalización acelerada y nuevas formas de ejercer la profesión.

Entre otras iniciativas, hemos creado el Festival EMPRENdayMIENTO; una guía práctica con todas las cuestiones más importantes para tener éxito; e iniciativas como el ciclo formativo Emprende con Causa, que impulsamos junto con la Fundación ICAM-Cortina. El objetivo no es otro que demostrar que sí se puede emprender en el sector legal. Que no hace falta esperar a tener veinte años de ejercicio, una red de contactos consolidada o una estructura

Es innegable que el emprendimiento es un gran reto, pero también cuenta con oportunidades únicas para innovar y liderar el cambio. Desde la Coordinación de Abogacía Joven del ICAM, queremos acompañar a quienes han decidido emprender su propio camino, ya sea creando un despacho, una boutique legal o impulsando proyectos jurídicos innovadores. Emprender no es sencillo: requiere visión, esfuerzo y mucha resiliencia. Pero también es una oportunidad de diseñar la carrera profesional que realmente quieres. Por eso, estamos des111

cerrada para poner en marcha una idea. Emprender es apostar por uno mismo y por una forma de ejercer la abogacía más cercana, flexible y adaptada a los tiempos. Desde Abogacía Joven ICAM seguiremos impulsando iniciativas que den voz, formación y herramientas a los jóvenes para crecer en un entorno en constante evolución. Porque en un momento en el que el sector jurídico se transforma a gran velocidad, necesitamos una abogacía capaz de anticiparse, de adaptarse y de aportar soluciones nuevas. Y en eso, la abogacía joven tiene mucho que decir.

§


{ Tribuna }

La abogacía joven ya no espera su turno

Gabriel Rodríguez Diputado del ICAM responsable de Abogacía Joven

Durante mucho tiempo, emprender en el sector legal parecía una opción residual. Una vía para quienes no encontraban encaje en estructuras tradicionales o para los pocos que se atrevían a abrir su propio despacho. Hoy, esa percepción ha cambiado. Cada vez son más los jóvenes abogados y abogadas que deciden comenzar su carrera profesional lanzando sus propios proyectos. Lo hacen con ideas propias, sí, pero sobre todo con la voluntad de ejercer el Derecho desde un enfoque distinto, más cercano a sus valores y a su forma de entender la profesión.

Algunos montan sus propios despachos de cero; otros desarrollan iniciativas híbridas que combinan Derecho y tecnología, impacto social o asesoramiento en nuevos nichos. Lo hacen con un enfoque propio, con herramientas digitales y con una visión del ejercicio profesional más flexible, más conectada con su generación y más orientada a aportar valor. Ese cambio no es solo generacional, también es cultural. Muchos de estos profesionales han crecido en entornos donde el cambio es constante. Han integrado la tecnología en su día a día, han aprendido a moverse entre distintos modelos laborales y han hecho de la formación continua una rutina más que

Desde el Colegio de la Abogacía de Madrid lo vemos con claridad: los menores de 35 años representan el 19% del censo colegial, con más de 14.200 letrados registrados. De ellos, el 56% está colegiado como ejerciente y un 62% trabaja por cuenta ajena. Y entre ellos, cada vez más apuestan por emprender, abrir camino por su cuenta o diseñar formas innovadoras de ejercer la abogacía. 112

una excepción. Son juristas con vocación y, sobre todo, con iniciativa y con una forma de ejercer que no encaja del todo en estructuras demasiado rígidas y pirámidales. En el ICAM creemos que ese impulso hay que acompañarlo. A veces basta con formación, orientación, referentes y, sobre todo, un entorno que legitime. No se trata de romantizar el emprendimiento, ni de ocultar sus dificultades. Emprender requiere esfuerzo, perseverancia y asumir riesgos. Pero también puede ser una vía poderosa para construir una carrera profesional con sentido, con autonomía y con impacto. Y, cada vez más, una vía real.

§


{ Tribuna }

La corrupción en la contratación pública: reflexiones en el marco del proceso de revisión del derecho de la Unión Europea

Alberto Dorrego de Carlos Presidente de la Sección de Derecho Administrativo del ICAM

Existe una opinión generalizada en España de que la corrupción, los comportamientos anticompetitivos y, en general, las malas prácticas están fuertemente arraigadas en los procedimientos de contratación del sector público. Los recurrentes escándalos políticos que todos tenemos en mente contribuyen a intensificar esta percepción en la opinión pública, si bien —más allá de los casos mediáticos del momento— es un hecho objetivo que estamos ante un grave problema de nuestro sistema administrativo. En las “I Jornadas sobre Contratación Pública del ICAM”, los abogados especialistas en esta materia coincidimos en este diagnóstico pesimista. Existen malas prácticas ampliamente extendidas en la contratación del sector público, tanto en las Administraciones territoriales, en el nivel estatal, autonómico y local, como —sobre todo— en el

universo multiforme de entidades, organismos, empresas y personificaciones instrumentales que lo integran (4.847 entidades públicas incluidas en INVENTE en octubre de 2025). Obviamente, no siempre se trata de comportamientos corruptos en términos jurídico-penales sino de desviaciones en los procedimientos orientadas a favorecer a empresas concretas, como consecuencia de conflictos de interés, afinidades políticas o conveniencia de los gestores públicos. En muchas ocasiones, con la intención (más disculpable) de seleccionar la opción que se considera más idónea para el interés público, soslayando las rigideces de la normativa administrativa y el apretado corsé de los criterios de valoración objetivos. En todo caso, malas prácticas. También estuvimos de acuerdo los abogados de la Sección de Derecho Administrativo, reunidos en estas Jornadas, en que la asfixiante profusión de normas sobre los procedimientos de contratación pública no ha hecho más que incrementar la complejidad del sistema, haciéndolo cada día más ineficiente y costoso, sin contribuir en absoluto a reducir las malas prácticas. La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) es una de las más extensas de nuestro ordenamiento jurídico (347 artículos y 57 disposiciones adicionales) y ha sido reforma113

da —desde que entró en vigor en 2018— nada menos que en 27 ocasiones. Es raro el proyecto legislativo que transite por nuestras Cortes Generales sin incorporar alguna nueva ocurrencia regulatoria en materia de contratos públicos. Tampoco ha tenido utilidad alguna la proliferación de órganos de control y supervisión. Esto es, las múltiples agencias y fantasmagóricas oficinas antifraude superpuestas a los órganos que ya teníamos en nuestra legislación (juntas consultivas de contratación pública, tribunales administrativos de recursos contractuales, Tribunal de Cuentas y órganos autonómicos equivalentes) y a los controles propios del aparato jurisdiccional. Todos los cuales generan un volumen de información y jurisprudencia menor casi inmanejable para los operadores jurídicos. La inoperancia de los sistemas de control se evidencia simplemente examinando los datos contenidos en el capítulo sobre “Prevención y lucha contra la corrupción en la contratación pública” del Informe Anual de Supervisión 2024 de OIRESCON. Cada vez se encuentra más extendida entre los profesionales de este sector la sensación de que el enrevesado sistema de controles en la contratación pública opera como una red de pesca de malla. Es absurda-


{ Tribuna } mente fina para capturar hasta el más diminuto alevín (es decir, para identificar y perseguir las pequeñas irregularidades procedimentales), pero cuenta con grandes aberturas que permiten pasar sin ser enredados ni detectados a los grandes tiburones (esto es; las licitaciones diseñadas a medida, las evaluaciones técnicas dirigidas, las modificaciones contractuales fraudulentas, las ofertas coordinadas entre licitadores y otras técnicas de adulteración de los procedimientos). La revisión del derecho de la Unión Europea sobre contratos públicos Con todo, la presencia de corrupción y prácticas colusorias en los contratos públicos no es un mal específicamente español. En las Instituciones de la UE existe también una honda preocupación por este problema. Como es bien sabido, la Comisión lanzó a finales de 2024, como punto esencial de su programa político para la legislatura —inspirado en los célebres informes de E. Letta y M. Draghi—, un decidido plan de revisión de la legislación europea sobre contratos públicos y concesiones (básicamente el paquete de Directivas de 2014). En marzo de 2025 concluyó una primera consulta pública abierta a todos los stakeholders e interesados para recabar su valoración sobre la eficacia y resultados de este conjunto normativo tras diez años de vigencia. El pasado 9 de septiembre el Parlamento Europeo aprobó una importante Resolución sobre las líneas maestras que ha de tener este proceso de reforma legislati-

va (P10 TA (2025)0174) y el 14 de octubre la Comisión ha hecho público un “Staff Working Document” titulado “Evaluation of Directive 2014/23/EU on Concessions, Directive 2014/24/ EU on Public Procurement and Directive 2014/25/EU on Utilities” (SWD(2025) 333 final). En ambos documentos se expresa la enorme relevancia del problema de la corrupción en la contratación pública para las Instituciones de la UE. El SWD de la Comisión se refiere al Índice de Riesgo de Corrupción (CRI), un indicador de origen académico (debido a M. Fazekas) cuya finalidad no es tanto medir la corrupción verificada como el riesgo objetivo de que esta llegue a producirse. El CRI se construye asignando puntuaciones a determinados red flags como son las licitaciones con una sola oferta, la ausencia de publicidad, modificaciones contractuales opacas o carencias críticas de datos. Pues bien, el SWD estima que el coste del riesgo de corrupción en la contratación pública de la UE‑27 alcanzó 29.600 millones de euros entre 2016 y 2021. El propio CRI muestra una evolución en “U” durante el periodo: tras una disminución entre 2016 y 2018, el riesgo aumentó alrededor de un 10% entre 2019 y 2021. Este repunte se vincula, entre otros factores, a la presión de la pandemia sobre los procedimientos, la mayor utilización de figuras excepcionales y la persistente debilidad de la calidad de los datos publicados. EL SWD recuerda que, según el Eurobarómetro 2024, el 37% de los encuestados considera extendidos el soborno y el abuso 114

de poder entre responsables de adjudicar contratos públicos. De forma similar, el Barómetro Global de la Corrupción de Transparencia Internacional muestra que el 52% de los ciudadanos de la UE duda de que los contratos se adjudiquen competitivamente, y cree que con


{ Tribuna }

frecuencia intervienen sobornos o conexiones personales. El Eurobarómetro de empresas 2023 añade una dimensión operativa: el 27% de las compañías que han participado en licitaciones afirma que la corrupción les impidió ganar un contrato en los últimos tres años.

Principales vías de corrupción y riesgos de integridad en la contratación pública

realizar en las Jornadas del ICAM respecto a los procedimientos de licitación en España.

El SWD identifica las principales prácticas irregulares en la contratación pública, las cuales coinciden —en lo sustancial— con el análisis que tuvimos ocasión de

¿Cuáles son los principales mecanismos de corrupción?

115

En primer lugar, la elaboración de pliegos y prescripciones


116


{ Tribuna } técnicas “a medida”. El 61% de las empresas encuestadas (una clara mayoría) considera “bastante extendida” la práctica de redactar pliegos o especificaciones técnicas para favorecer a un proveedor concreto. Este sesgo restringe artificialmente la concurrencia, facilita resultados preconfigurados y reduce la calidad-precio. Es suma, genera un daño a los contribuyentes. En segundo término, la ausencia de neutralidad en la evaluación técnica de ofertas. Un 52% de las empresas licitadores en la UE percibe ampliamente extendidos los conflictos de interés (de distinto tipo: personales, económicos, políticos, etc.) en la valoración técnica de las ofertas. Esto es; las presiones y condicionamientos a los técnicos evaluadores. Este momento es crítico, ya que las posibilidades de obtener una revisión (administrativa o jurisdiccional) de los criterios técnicos aplicados por los valoradores son muy limitadas. En la jurisprudencia española, como sabemos todos los abogados que litigamos en este ámbito, se encuentra ampliamente asentado el principio de discrecionalidad técnica de la Administración, que determina que las decisiones de los órganos de valoración sean de facto irrevisables, salvo en supuestos de error manifiesto, notoria ausencia de motivación o grave inconsistencia en la aplicación de los criterios. En tercer lugar, las ofertas colusorias y la manipulación competitiva. La coordinación entre licitadores se percibe como generalizada por la mitad del tejido empresarial europeo.

Según la Comisión, la detección ex post se ve dificultada por la calidad irregular de los datos y la falta de integración de fuentes, mientras que la prevención ex ante se resiente cuando hay baja concurrencia. En cuarto lugar, el uso abusivo o expansivo de procedimientos excepcionales. El 46% de las empresas observa abuso de la urgencia para justificar procedimientos no competitivos o acelerados, y el 45% denuncia un mal uso de los procedimientos negociados. Aunque la urgencia está prevista normativamente, su empleo fuera de supuestos estrictos o sin justificación sólida disminuye la trazabilidad y abre espacios de discrecionalidad mal controlada. Finalmente (last but not least), las modificaciones contractuales sustanciales ex post. El 40% de las empresas indica cambios de condiciones tras la adjudicación como práctica muy problemática. Las modificaciones que alteran el equilibrio económico a favor del contratista, amplían de forma relevante el objeto o la duración o sustituyen a los actores sin base jurídica adecuada, pueden equivaler a adjudicaciones sin concurrencia, lesionando la transparencia e igualdad de trato (doctrina Succhi di Frutta del TJUE). Medidas propuestas para mejorar la situación El SWD plantea un conjunto sensato de líneas de mejora que combinan reformas normativas, refuerzo de la gobernanza, digitalización y profesionalización de los órganos de contratación. El hilo conductor de todas las reformas que se proponen por la 117

Comisión es la transparencia de los procedimientos. Nada hay que objetar a ello, en principio. Siempre y cuando el resultado de la reforma no acabe —nuevamente— en mayores cargas burocráticas, complicación de los procedimientos e incremento de los costes de licitación para las empresas. Como indicábamos al inicio, la mayor regulación no genera — por si misma— mayor integridad en los procedimientos administrativos. Muchas veces —paradójicamente— produce el efecto contrario: la red de malla se hace más tupida, pero los grandes agujeros del sistema permanecen. Los expertos participantes en las Jornadas del ICAM sobre contratación pública sugerimos algunas medidas sencillas para reflexionar en el contexto de reforma de la legislación de la UE. Creo que puede ser útil para el regulador europeo tomarlas en consideración. Una medida especialmente relevante sería acometer el proceso de reforma mediante reglamentos y no a través de directivas. No existe manera más simple y eficaz de eliminar barreras interiores que establecer una regulación uniforme e inmodificable por los Estados de los procedimientos de licitación y una interpretación única de los conceptos jurídicos (riesgo operacional, fuerza mayor, modificación sustancial, etc.).

§


“La Biblioteca del ICAM es hoy un ecosistema jurídico, cultural y digital al servicio de la abogacía” 118


{ Entrevista }

Emilio Ramírez Textos: Otrosí Fotos: Jaime Gómez

documental de gran valor. ¿Qué importancia tiene este patrimonio para el Colegio y para la abogacía madrileña?

En los últimos años, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha intensificado su compromiso con el fortalecimiento de los servicios que ofrece a la abogacía madrileña y a la ciudadanía en general. Desde la Biblioteca colegial, transformada en un centro de recursos accesibles, modernos y culturales, hasta el Área de Extranjería, convertida en un referente institucional, técnico y humano en la defensa de los derechos de las personas migrantes, así como lo que también se hace desde el Observatorio ICAM de DDHH que copreside, Emilio Ramírez tiende puentes entre la preservación del patrimonio histórico y el repositorio del saber del futuro. Pasado y futuro de la ciencia jurídica.

Es un verdadero tesoro, amén de testimonio de la Historia de España a través de sus forjadores jurídicos. La Biblioteca y el Archivo Histórico del ICAM no solo dan soporte al presente de la profesión, sino que conservan su memoria, que es la del Estado. Hablamos de fondos que datan de la segunda mitad del siglo XV en el caso de la Biblioteca y del Archivo histórico desde el siglo XVI. Son documentos únicos sobre la historia del Derecho y del propio Colegio, que nos conectan con generaciones de abogados y abogadas que nos precedieron. Preservar y poner en valor ese legado es mucho más que una obligación normativa o una responsabilidad institucional, también constituye una forma de reforzar nuestra identidad colectiva como profesión jurídica. Por eso hemos reforzado su conservación y seguimos trabajando en su digitalización progresiva, dando con ello acceso a tantos investigadores.

En los últimos meses hemos visto importantes novedades en la Biblioteca del ICAM. ¿Cuál es la visión detrás de estos cambios? La Biblioteca del ICAM es uno de los pilares históricos de la institución, y también uno de los más vivos. Desde la Junta de Gobierno hemos impulsado una transformación orientada a modernizar los servicios, sin descuidar un ápice la preservación del patrimonio histórico, ampliar el acceso a la información jurídica y generar espacios de encuentro cultural-científico para nuestros colegiados. Queremos que la Biblioteca sea útil, cercana y moderna, sin perder su esencia.

Una de las iniciativas más destacadas ha sido la puesta en marcha del nuevo servicio de prensa digital o el servicio “Biblioteca a la carta”. ¿Qué lo hace innovador? Con una gran acogida. El servicio de prensa permite a los colegiados consultar los diarios generalistas desde el propio catálogo digital de la Biblioteca. En cuanto a “Biblioteca a la carta” responde a una necesidad real: el acceso ágil y telemático a documen-

Más allá de los servicios actuales, la Biblioteca y el Archivo Histórico del ICAM atesoran un legado 119


{ Entrevista } tros colegiados de manera clara y accesible. La Biblioteca es un canal ideal para ello.

tos concretos. A través de este servicio, colegiados y alumnos del Centro de Estudios pueden solicitar la digitalización de capítulos de libros o artículos, que reciben en su correo. Es comodidad, rapidez y eficiencia, al servicio del conocimiento.

Una de las últimas incorporaciones al patrimonio cultural del Colegio ha sido el recién inaugurado Museo Histórico del ICAM. ¿Qué representa esta iniciativa para la institución?

¿Qué avances ha habido en cuanto a bases de datos jurídicas?

El Museo Histórico del ICAM es un proyecto largamente soñado y finalmente hecho realidad. Representa la voluntad de preservar y compartir con la ciudadanía el legado de una abogacía que ha estado presente en los grandes hitos jurídicos, sociales y democráticos de nuestro país. No es solo una muestra de objetos o documentos antiguos, sino una forma de conectar pasado, presente y futuro de la profesión. Queremos que sea un espacio vivo, de memoria y reflexión, que complemente el valor que ya aporta nuestra Biblioteca y Archivo. Frente a la velocidad y la volatilidad de lo digital, el museo ofrece profundidad histórica, contexto y permanencia.

Hemos renovado y ampliado los convenios con proveedores clave como vLex, Atelier, Tirant lo Blanch, y eLibro, entre otros. El objetivo es ofrecer acceso remoto a contenido jurídico de calidad. Además, estamos facilitando formación sobre el uso de estas plataformas para que los colegiados puedan sacarles el máximo provecho. En cuanto a actividades culturales, ¿qué papel juega el “Espacio Lectura” uno de los éxitos de este área? Es una de nuestras iniciativas más queridas. Se trata de encuentros abiertos entre colegiados y autores —muchos de ellos también abogados— en los que compartimos literatura, reflexión y experiencia profesional. No todo en el Derecho es jurisprudencia; también hay emoción, lenguaje, narrativa. Y el “Espacio Lectura” nos conecta con ese lado más humano y cultural. La cultura humanística fomenta el pensamiento crítico, la ética y la empatía, cualidades que son tan importantes como el conocimiento técnico.

Uno de los hitos recientes de la Biblioteca y del Archivo histórico del ICAM ha sido el hallazgo de una bula de indulgencia plenaria de 1695 escrita y firmada por el cardenal Albani —futuro Papa Clemente XI — en representación del Papa Inocencio XII. ¿Cómo se ha producido y qué supone para el Colegio? El hallazgo ha sido totalmente inesperado. La bula apareció en una caja fuerte que contenía documentación administrativa sin valor de finales del siglo XX. Sabíamos que existía gracias a un inventario de principios del siglo pasado, pero el expediente se consideraba perdido. Recuperarlo supone rescatar una pieza única de nuestro patrimonio documental y reafirma la importancia de la preservación de los fondos históricos del Colegio.

Se han llevado a cabo también obras en la Biblioteca. ¿Qué se ha hecho y con qué objetivo? Así es. Durante 2024 y 2025 hemos realizado obras de acondicionamiento y mejora de las instalaciones. El objetivo era doble: por un lado, adaptar los espacios a las nuevas necesidades tecnológicas y de accesibilidad; y por otro, ofrecer un entorno más cómodo y moderno para el estudio, la consulta y el trabajo individual o colaborativo. La reapertura fue muy bien recibida por los colegiados, y estamos muy satisfechos con el resultado.

¿Qué relevancia tiene esta bula para la historia de la abogacía madrileña y del propio Colegio? Se trata de una bula excepcional por su forma y contenido: está manuscrita en pergamino, dedicada expresamente al Colegio y acompañada de un certificado también manuscrito con sello de la Comisaria General de la Santa Cruzada, algo muy poco habitual en el siglo XVII. Además, revela el prestigio institucional alcanzado por el Colegio apenas un siglo después de su fundación, al reconocer indulgencias plenarias solo a sus miembros. En una época en la que la imagen de la abogacía era generalmente

Se ha firmado también un acuerdo con el BOE. ¿Qué implica este convenio? Firmamos un convenio con la Agencia Estatal BOE para fortalecer la difusión del conocimiento jurídico. Es un paso más en nuestra estrategia de acercar la normativa y la información legal relevante a nues120


{ Emilio Ramírez } yo académico. Ya estamos trabajando para que sus servicios, tanto físicos como digitales, estén plenamente integrados en la estructura universitaria, al servicio del alumnado, el profesorado y la comunidad investigadora. La experiencia acumulada en gestión documental, bases de datos jurídicas y apoyo a la formación continua será una fortaleza esencial en esta nueva etapa.

negativa, este documento muestra el papel decisivo del ICAM en la dignificación de la profesión. ¿Qué pasos va a seguir el Colegio tras su recuperación? Nuestra prioridad es garantizar su preservación y acceso público. La bula junto al resto de su expediente se digitalizará e incorporará al Repositorio del Patrimonio Documental del ICAM, con difusión en Hispana y Europeana, que ya reúne más de un millón de imágenes de documentos que recogen los más de cuatros siglos de historia del Colegio. Además, formará parte de la exposición permanente del Museo ICAM de la Abogacía.

En resumen, ¿cuál diría que es el mensaje para los colegiados? Que la Biblioteca está más viva que nunca, que es repositorio del saber jurídico, pero con construcción antropocéntrica, por y para ellos. Ya no es solo un espacio físico —que también hemos renovado—, sino un ecosistema digital, jurídico y cultural.

Y, mirando al futuro, ¿qué papel jugará la Biblioteca del ICAM en el marco del futuro centro adscrito universitario que el Colegio tiene previsto poner en marcha?

En cuanto al Área de Extranjería del ICAM, ha tenido una gran proyección en el último año. ¿Qué objetivos se ha marcado el Colegio en este ámbito?

La Biblioteca será una pieza estratégica dentro del futuro centro adscrito universitario del ICAM. No solo como centro de recursos bibliográficos, sino como núcleo de conocimiento, investigación y apo-

El fenómeno migratorio es hoy una de las realidades jurídicas más dinámicas y complejas. Desde el

121


{ Entrevista } ICAM hemos querido dar una respuesta sólida y útil tanto a los profesionales de la abogacía como a la sociedad en su conjunto. Nuestro objetivo ha sido reforzar el papel del Colegio como referente técnico, institucional y humano en materia de extranjería, y dotar a nuestros colegiados de herramientas eficaces para ejercer su labor con rigor y sensibilidad.

Una información fiable, actualizada y con enfoque jurídico es esencial en un entorno tan cambiante como el de la extranjería. Esto permite a los colegiados anticiparse a los cambios, interpretar mejor el contexto y ejercer su labor con más seguridad. La formación continua empieza por una buena información, y esa es una de nuestras prioridades.

Uno de los hitos recientes ha sido la celebración del I Congreso de Extranjería del ICAM. ¿Cuál es su balance?

En este contexto, ¿cómo valora el papel de la abogacía madrileña en materia de extranjería? Es un colectivo muy comprometido, técnicamente preparado y socialmente implicado. Lo vemos cada día, tanto en el Turno de Oficio como en el ejercicio privado. La abogacía de extranjería actúa en la primera línea de defensa de los derechos humanos, muchas veces en situaciones de gran vulnerabilidad. Por eso, desde el ICAM seguiremos respaldándoles con formación especializada, servicios eficaces y espacios de diálogo como el Congreso.

Muy positivo. Ha sido una iniciativa pionera, que superó todas las expectativas: agotamos plazas en tiempo récord y logramos reunir a más de un centenar de expertos para debatir el nuevo Reglamento de Extranjería y los grandes retos de la política migratoria en España. El Congreso permitió generar un espacio de reflexión técnica, pero también de reivindicación de principios: seguridad jurídica, coherencia normativa y, sobre todo, humanidad en la aplicación del Derecho de extranjería.

El derecho de extranjería aporta un valor fundamental para construir una sociedad más justa porque actúa como un puente entre el orden jurídico de un país y la dignidad de las personas que llegan desde otras realidades. La Abogacía es un actor clave en la protección de los más vulnerables.

¿Qué papel está jugando el ICAM en la facilitación de trámites electrónicos para colegiados? Un papel clave. Hemos reforzado y agilizado servicios como la tramitación electrónica a través de la plataforma MERCURIO a través de los Convenios: actualmente hay un total de 5.608 profesionales de ICAM adheridos a esta plataforma a través de la cual se presentan la mayor parte de las solicitudes de autorizaciones de estancia y residencia por régimen general.

En su intervención en la inauguración del Congreso mencionó que, además de conocimientos jurídicos, la abogacía de extranjería requiere sensibilidad y empatía. ¿Cómo se equilibra esa dimensión técnica y humana en el trabajo diario?

Igualmente se ha potenciado el acompañamiento en expedientes de nacionalidad por residencia. Las solicitudes de nacionalidad presentadas a través de la plataforma de abogacía a través del ICAM en lo que va de año son 5.216 hasta octubre y hay adheridos al Convenio un total de 1872 profesionales en Madrid.

Es un equilibrio delicado pero esencial. Los profesionales de la abogacía que ejercen en este ámbito saben que no basta con dominar la normativa: trabajamos con historias de vida, con personas que están en situación de vulnerabilidad, incertidumbre o dolor. Por eso siempre insisto en que, además de abogados, muchas veces somos psicólogos, mediadores, guías... El ICAM promueve esa doble dimensión —técnica y humana— a través de formación especializada, apoyo institucional y espacios como este Congreso, donde reforzamos tanto el conocimiento como el compromiso ético.

También gestionamos peticiones urgentes ante el Registro Civil Central en situaciones delicadas. Son servicios que no solo optimizan tiempos y procedimientos, sino que refuerzan la posición del profesional de la abogacía como garante de derechos fundamentales.

En lo que va de año, los más de 1.800 abogados y abogadas adscritos al Turno de Oficio de Extranjería han realizado más de 12.000 asistencias. ¿Qué representa este volumen de trabajo para el Colegio?

Otro aspecto destacable es la información periódica que se difunde desde el área. ¿Qué valor aporta este esfuerzo?

122


123


{ Entrevista } Representa un esfuerzo inmenso y, al mismo tiempo, un motivo de enorme orgullo. Cada asistencia es un derecho garantizado, una voz acompañada, una vida atendida. El Turno de Oficio en materia de extranjería está formado por profesionales altamente preparados, que asumen con responsabilidad una tarea que no siempre es visible, pero que tiene un impacto directo en la defensa de derechos fundamentales. Desde el ICAM estamos comprometidos con reconocer, dignificar y reforzar su labor.

La idea que los une es clara: la abogacía como servicio público. Ya sea defendiendo a una persona migrante, preservando el legado jurídico de nuestra profesión, o alzando la voz frente a vulneraciones de

Otro dato llamativo es el número de expedientes de nacionalidad que ha tramitado el ICAM: más de 2.000 este año. ¿Cómo valora la colaboración institucional en este ámbito? La colaboración institucional ha sido clave para canalizar de forma eficiente un volumen muy alto de solicitudes. El acuerdo que nos permite presentar los expedientes directamente a través del Colegio ha agilizado mucho el procedimiento y ha generado seguridad jurídica tanto para los profesionales como para los ciudadanos. Esto también forma parte del proceso de digitalización que estamos impulsando junto a otras instituciones, para hacer más accesible y ordenado el sistema. El dato es importante, pero lo que realmente cuenta es lo que hay detrás: miles de personas que, gracias a esa tramitación, pueden consolidar su proyecto de vida en España. Además de sus responsabilidades en Biblioteca y Extranjería, copreside el Observatorio ICAM de Derechos Humanos. ¿Qué papel juega esta iniciativa dentro del Colegio? El Observatorio es una herramienta esencial para que el ICAM actúe no solo como institución colegial, sino también como actor comprometido con la defensa de los derechos fundamentales, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras. A través del Observatorio analizamos situaciones de vulneración de derechos, impulsamos acciones públicas y colaboramos con organizaciones nacionales e internacionales. Nos permite elevar la voz de la abogacía cuando la dignidad humana está en juego. Estás al frente de áreas muy distintas, pero profundamente conectadas: la Biblioteca, la Extranjería y el Observatorio de Derechos Humanos. ¿Qué visión común guía tu trabajo impulsando estos espacios? 124


{ Emilio Ramírez } derechos humanos, siempre hay una vocación de servicio, de compromiso ético y de responsabilidad colectiva. Esa es la visión que compartimos desde el ICAM: una abogacía que no solo aplica el Derecho,

sino que lo humaniza, lo construye y lo pone al servicio de una sociedad más justa.

§

125


Vida colegial

El Decano del ICAM se reúne con el nuevo director y con el nuevo vicepresidente de la Fundación Abogados de Atocha para avanzar detalles del acto conmemorativo de 2025

El ICAM y su Fundación entregan a Cruz Roja la donación récord de 63.012 euros recaudada para los afectados por la DANA gracias a la solidaridad de los colegiados

El ICAM recuerda a los Abogados de Atocha y participa en el homenaje conmemorativo realizado por el 48º aniversario de su muerte

La experiencia de Isabel Winkels inspira a las abogadas jóvenes en el arranque de ‘Diálogos Inspiradores’

La primera promoción de expertos facilitadores del ICAM termina su formación: Una veintena de profesionales ya están preparados para prestar apoyo a personas con discapacidad en los procesos judiciales de la región

La Junta de Gobierno del ICAM visita el Colegio de Procuradores en un encuentro institucional

126


Enero - noviembre

Durante 2025, la actividad de la Junta de Gobierno y del ICAM ha estado marcada por una intensa agenda, la defensa activa de la profesión y el impulso de nuevas iniciativas avanzando en el cumplimiento de los com-

promisos del programa de gobierno. Los colegiados y colegiadas han estado en el centro de la vida colegial, consolidando al ICAM como una institución cada vez más cercana, abierta e influyente.

Eugenio Ribón en el Tribunal Supremo: “El secreto profesional pertenece al ciudadano y su vulneración es un ataque al Estado de Derecho”

El ICAM presenta una queja ante el Defensor del Pueblo por la exclusión de millones de personas vulnerables del derecho a la justicia gratuita

DEFENSA DE LA ABOGACÍA: Aforo completo en el taller del ICAM para ayudar a los colegiados a reportar incidencias y deficiencias de acceso a la justicia digital

El ICAM y ACIJUR firman un convenio de colaboración para impulsar la formación y la comunicación jurídica

El ICAM y el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México denuncian ante periodistas jurídicos españoles la situación del Estado de Derecho en México

La Diputada Roberta Poza comparece en el Parlamento Europeo como experta en el debate sobre el marco fiscal del sector financiero de la UE 127

El ICAM da la bienvenida a cerca de un centenar de letrados que se incorporan al Turno de Oficio


128


Enero - noviembre

El ICAM celebra su XII Cumbre de Mujeres Juristas con el foco en la regulación de la IA desde una perspectiva de derechos humanos para evitar los sesgos de género

Vicente Magro y Cristina Sancho, ganadores de los II Premios de Igualdad “Belén Landáburu y María Telo” y Liderazgo ‘Sonia Gumpert’ del ICAM

M. Emilia Casas, Medalla de Honor del ICAM: “El Derecho a una jubilación digna para la abogacía tiene que pasar de la constitución a la realidad”

129


130


Enero - noviembre

El Patronato de la Fundación ICAM Cortina aprueba las cuentas anuales abreviadas de 2024

El ICAM y la abogacía de empresa europea reivindican la protección del secreto profesional en el ámbito corporativo

El Decano del ICAM, Eugenio Ribón, asiste a la inauguración de la nueva ampliación del Palacio de Justicia de Getafe

El ICAM inicia una ronda de encuentros con grupos parlamentarios para impulsar una regulación clara sobre el Expediente Judicial Electrónico

El ICAM inaugura el Programa Executive Consejeros – Gobierno Corporativo consolidando su liderazgo en formación jurídica

Lorenzo Cotino desgrana en su primera intervención como presidente de la AEPD los retos de la Inteligencia Artificial en materia de protección de datos

Eugenio Ribón recibe en el ICAM a la presidenta de la Corte Iberoamericana de Derechos Humanos (CIDH), Nancy Hernández

I Encuentro de Derecho Digital del ICAM: El ICAM busca liderar la regulación responsable de la inteligencia artificial 131


132


Enero - noviembre

El ICAM presenta un nuevo número de Otrosí con claves para toda la profesión y un estudio pionero sobre la abogacía de empresa en un acto con aforo completo

El ICAM y ACIJUR analizan la Ley 1/2025 de eficiencia del Servicio Público de Justicia en su primer Explainer Jurídico

El ICAM pone en valor el perfil estratégico de la abogacía in-house en el primer gran estudio sobre esta profesión

Veinte nuevos expertos facilitadores formados por el ICAM ya pueden prestar apoyo en los procesos judiciales de la Comunidad de Madrid

PROGRAMA DE GOBIERNO: El ICAM impulsa la reforma de la contratación pública para garantizar el reconocimiento de los servicios jurídicos como servicios intelectuales

Más de cien letrados participan en el taller del ICAM sobre HORUS, justicia digital y la LO 1/2025

Cerca de 200 personas llenan el Patio del ICAM en la celebración de La Noche de los Libros

El Decano del ICAM recibe a los alumnos del Máster de Abogacía de la Universidad Cardenal Cisneros en su visita a la sede colegial

El ICAM presenta sus condolencias en la Nunciatura Apostólica por el fallecimiento del Papa Francisco 133

La Vicedecana del ICAM asiste al acto de presentación de los recursos audiovisuales de la Comunidad de Madrid para facilitar la accesibilidad en losJuzgados a personas con TEA


134


Enero - noviembre

I FESTIVAL EMPRENDAYMIENTO DE ABOGACÍA JOVEN ICAM Inspirar, conectar y abrir nuevas vías para ejercer el Derecho. Con ese objetivo, y bajo el lema “Emprendiendo la abogacía del futuro”, el ICAM reunió en mayo a expertos en innovación legal, emprendedores consolidados y profesionales del Derecho en un formato dinámico y participativo que alternó ponencias inspiradoras, talleres prácticos, concursos de ideas, espacios de networking, mesas temáticas y actividades interactivas. Un éxito de formato y contenido que agotó entradas en solo unos días. En el marco del Festival se presentó, además, la a primera Guía estratégica para emprender en el sector legal dirigida a la abogacía joven.

135


Vida colegial

Madrid se convierte en el epicentro del debate jurídico iberoamericano con la Cumbre Internacional del ICAM

El ICAM impulsa la Declaración de Madrid como instrumento de respuesta de la abogacía iberoamericana al deterioro institucional en la región

Edmundo González inaugura la Cumbre Internacional ICAM 2025 con una llamada urgente a defender el Estado de Derecho

El ICAM recibe el Sello Madrid Excelente por su innovación y transparencia en la gestión colegial

El Decano Eugenio Ribón defiende una banca más inclusiva, transparente y con garantías para el consumidor en el Congreso de los Diputados

El Decano, junto a SM El Rey Felipe VI, en la entrega del XV Premio Gumersindo de Azcárate concedido al Poder Judicial

El Decano del ICAM asiste al acto-homenaje por el 40º Aniversario del Tratado de Adhesión de España y Portugal a las Comunidades Europeas

El ICAM solicita la suspensión urgente de la Ley de Eficiencia en los procedimientos de familia que afecten a menores

136

El ICAM co-impulsa una iniciativa legislativa popular para reformar la Ley de Aguas que priorice la protección de vidas frente a inundaciones y sequías

El Decano del ICAM, Eugenio Ribón, felicita a Cristina Vallejo por su elección como nueva Decana del ICAB


Enero - noviembre

DÍA DE LA JUSTICIA GRATUITA El Patio del ICAM colgó cartel de aforo completo en un acto dedicado a poner en valor a la abogacía de oficio y visibilizar sus demandas más urgentes.

Eugenio Ribón y Manuel Marchena conversan en el ICAM sobre las amenazas que enfrenta la justicia en España durante la presentación del libro “La justicia amenazada”

DÍA INTERNACIONAL DEL ORGULLO LGTBI+ | El ICAM alza la voz con orgullo: la abogacía madrileña ya cuenta con un Plan de Igualdad LGTBI+ y un Protocolo específico frente al acoso

El ICAM rinde homenaje al Decano emérito del ICAM, Luis Martí Mingarro, con motivo de la publicación de su libro «Estudios sobre Derecho, Cultura y Justicia»

El ICAM reúne a la CNMC y a los verificadores de datos, en un encuentro de alto nivel, para trazar una hoja de ruta frente a la desinformación bajo el nuevo reglamento europeo EMFA

La Vicedecana del ICAM, Isabel Winkels, asiste a la entrega del Premio “Justicia más accesible” al proyecto de facilitadores judiciales de la Comunidad de Madrid

Eugenio Ribón entrega los Premios a la Innovación Jurídica ICAM 2025 en reconocimiento a la excelencia y la especialización de las Secciones

El Decano del ICAM, Eugenio Ribón, destaca el papel de los jóvenes juristas como esperanza y motor de la abogacía del futuro en la entrega de diplomas de los XXV Premios Jóvenes Juristas de Garrigues

El Decano ensalza la vocación y el compromiso de los futuros abogados en el solemne acto de graduación de la II Edición del Curso de Acceso a la Abogacía y la Procura del ICAM 137


138


Enero - noviembre

El ICAM propone al Congreso declarar inhábil el mes de agosto para presentar recursos administrativos y corregir una grave desigualdad jurídica

Conseguido: la sede de los juzgados de Familia de Francisco Gervás cuentan desde hoy con una nueva sala infantil

El Decano y la Vicedecana del ICAM asisten al acto de apertura del Año Judicial

Eugenio Ribón inaugura los Desayunos ICAM Avanza, un nuevo espacio estratégico para líderes de comunicación, marketing e innovación en la abogacía

Los colegiados y colegiadas comparten su verano en el marco del concurso “Verano sin togas” que logra reunir cerca de un millar de imágenes estivales con el lado más humano de abogacía

El ICAM ficha a Ricardo Alonso como Director General de su futuro Centro Universitario

El Decano del ICAM, Eugenio Ribón, visita a la abogacía de Madrid para escuchar sus inquietudes antes de la apertura del año judicial

El Decano Eugenio Ribón analiza en Lima los retos de la inteligencia artificial para el Estado de Derecho 139

El ICAM acerca a los jóvenes al mundo de la abogacía en el Día de las Profesiones celebrado en la Plaza de Colón

El Decano del ICAM aporta en el centenario del Colegio de Córdoba una mirada experta sobre la tutela colectiva de los consumidores en Europa y Argentina


140


Enero - noviembre

Presentación de la Guía de buenas prácticas para el uso de la IA | Los expertos del ICAM llaman a pasar de la curiosidad a la responsabilidad en el uso de la inteligencia artificial

Acto de Jura de nuevos letrados: El ICAM da la bienvenida a 300 nuevos profesionales y rinde homenaje a Antonio Garrigues por su defensa del Derecho como instrumento de concordia

El ICAM entrega un reconocimiento al presidente electo de Venezuela, Edmundo González, por su defensa de la democracia y los derechos humanos

El ICAM reconoce la trayectoria de más de 400 letrados y entrega su Medalla de Honor a tres figuras clave de la abogacía y el mundo jurídico

El ICAM celebra la graduación de sus Másteres y Cursos de Especialización, reafirmando su compromiso con la formación jurídica de excelencia El ICAM celebra un encuentro con los despachos y empresas distinguidos con el “Sello de Igualdad ICAM”

Eugenio Ribón presenta en Barcelona el primer estudio sobre la abogacía in-house en el marco del II Encuentro de Abogacía de Empresa ICAM-ICAB

El Decano del ICAM, Eugenio Ribón, refuerza en Perú los lazos de colaboración entre la abogacía madrileña y la iberoamericana y es nombrado Profesor Extraordinario Honorario por la Universidad Católica de Santa María de Arequipa

La Vicedecana del ICAM, Isabel Winkels, interviene en el 2025 Intermediate Congress de la FBE poniendo en valor el bienestar y la salud mental de la abogacía

141

J.R.Couso en la apertura del Curso Académico de la Universidad Villanueva, con Ester Mocholí como rectora


Vida colegial

I Congreso ICAM de Familia y Sucesiones I El ICAM reivindica secciones especializadas en familia en todos los nuevos Tribunales de Instancia y alerta sobre la negativa incidencia de los MASC

I Congreso de Extranjería del ICAM | El ICAM reivindica el papel de la abogacía en la defensa de los derechos migratorios ante el nuevo escenario normativo y social (2 medianas)

Arranca la segunda edición del Programa de líderes que marcarán el futuro del gobierno corporativo

La Vicedecana del ICAM, Isabel Winkels, asiste a la Cena de Gala inaugural del Legal Management Forum 2025

El ICAM en los Premios Puñetas de ACIJUR

El ICAM en los Premios Expansión Jurídico 2025 142


Enero - noviembre

Los Coros de la abogacía de Madrid, Barcelona y Valencia se unen en un concierto solidario en recuerdo de los compañeros afectados por la DANA

Abogacía Joven ICAM inicia con la CNMC una ronda de encuentros institucionales para acercar el sector público a los jóvenes profesionales del Derecho

La Vicedecana del ICAM interviene como representante de la abogacía en la jornada “Reflexiones desde la Justicia” de La Razón

69º CONGRESO UIA | Eugenio Ribón defiende en el Senado Internacional de Colegios de Abogados el papel de la abogacía institucional en la protección del Estado de Derecho

El Diputado Juan Manuel Mayllo pone el foco, en el IV Congreso UCM-ALTODO, en las reformas de eficiencia procesal y en su impacto en la tutela judicial efectiva

Presentación a empleados de “ICAM Digital”, el nuevo Plan de Transformación Digital para modernizar el Colegio

La Vicedecana y la Tesorera del ICAM intervienen en el 20º Congreso Jurídico de la Abogacía de Málaga

El ICAM, finalista del X Premio Hay Derecho por su defensa del Estado de Derecho 143

La presidenta del Comité LGTBIQ+ del ICAM, Lola Fernández, inaugura el acto de presentación de la estrategia de empleabilidad LGBTIQ+ y cumplimiento normativo de REDI y myGwork


Vida colegial

Eugenio Ribón reivindica en la XXI Conferencia Nacional de la Abogacía celebrada en Argentina el papel de la abogacía como “custodia silenciosa de la libertad

El ICAM y el ICPM presentan en el Congreso una iniciativa conjunta para garantizar la suspensión automática de vistas y plazos judiciales en caso de enfermedad o fuerza mayor del profesional

Reunión con UGT: ICAM refuerza su interlocución con los agentes sociales para impulsar una pasarela al RETA justa y digna

Eugenio Ribón defiende en el Supremo el derecho de defensa y el secreto profesional como pilares de la abogacía

ICAM Universidad da su primer gran paso: nace oficialmente como entidad jurídica y académica, adscrita a la Universidad Complutense

La Vicedecana del ICAM, Isabel Winkels, recibe el Premio Carlos Tovar 2025 por su destacada trayectoria en defensa de la infancia y el Derecho de Familia

La abogacía joven se reúne en la sede del ICAM para celebrar el lanzamiento del nuevo medio jurídico “Futuro Legal” 144


Enero - noviembre

Encuentros con despachos madrileños

Los Congresos de las secciones del ICAM

La Fundación ICAM Cortina 145


{ Tribuna }

Cerrar filas en torno al Estado de Derecho En un contexto internacional en el que resurgen discursos autoritarios, prácticas intimidatorias contra la abogacía y una preocupante desafección hacia las garantías procesales, es más importante que nunca recordar el papel irrenunciable que desempeñamos como profesión. La defensa no es una concesión del sistema; es la condición misma de su legitimidad.

Este número especial de OTROSÍ es, ante todo, una afirmación: la defensa del Estado de derecho no es una tarea delegable. Nos interpela como juristas, como ciudadanos y, especialmente, como institución colegial comprometida con la democracia y el servicio público.

La calidad de las leyes, la independencia de la justicia, la garanEugenio Ribón Cada vez que se socava el ejertía de los derechos y libertades Decano del Ilustre Colegio de la cicio libre e independiente de la o la existencia de contrapesos Abogacía de Madrid (ICAM) abogacía, no solo se daña a quien reales no son cuestiones abstracla ejerce, sino que se erosiona la tas. Son la base misma de nuestra base de confianza que sostiene al conjunto del Estaconvivencia. Y hoy, lamentablemente, también son do de derecho. objeto de erosión, cuestionamiento o amenaza en muchas partes del mundo. Los colegios de la abogacía —y en particular el ICAM, como mayor colegio de Europa— no pueden limitarse Como Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía a ser estructuras de representación profesional. Sode Madrid, quiero subrayar que no hay neutralidad mos —y debemos ser— instituciones democráticas al posible ante la deslegitimación del derecho como servicio activo de las libertades públicas. fundamento de nuestra vida común. No podemos permanecer impasibles ante procesos que debiliCuando defendemos el secreto profesional, cuando tan a los jueces, instrumentalizan las instituciones actuamos frente a vulneraciones del derecho de o menosprecian la labor profesional de quienes — defensa, no lo hacemos por interés gremial, sino por como los abogados y abogadas— dedicamos nuescompromiso constitucional. Porque donde no hay tra vida a defender la legalidad y los derechos. defensa, no hay justicia. Y donde no hay justicia, no hay democracia. Esta revista ha reunido voces de altísimo nivel jurídico, académico e institucional. Ha ofrecido Este número ha querido contribuir, con profundidad un diagnóstico honesto y plural de los riesgos que y perspectiva, a ese compromiso colectivo. Ahora enfrentamos. Y ha recordado que, frente a quienes nos toca a todos hacerlo realidad. Porque el Estado pretenden disolver la fuerza de la ley bajo la lógica de derecho no se preserva solo: hay que defenderlo. del poder, la abogacía debe ser resistencia, debe ser Y esa defensa empieza también aquí. dique, debe ser conciencia. Lo hacemos cada vez que recordamos que principios como el derecho de defensa y el secreto profesional no son privilegios gremiales, sino garantías esenciales de cualquier democracia que aspire a ser justa. Defender a la abogacía es también proteger los derechos de todos. Por eso, el Colegio seguirá interviniendo —con firmeza, serenidad y vocación de servicio público— allí donde el Estado de derecho requiera nuestra voz y nuestras actuaciones.

El papel de la abogacía no es menor en este tiempo de incertidumbre: somos garantes, mediadores y, en muchas ocasiones, los últimos en sostener el hilo de la legalidad cuando todo lo demás falla. Por eso debemos cerrar filas en torno a nuestros valores. Estar al lado de los jueces independientes. Defender la legalidad sin cálculos ni atajos. Y ejercer, como profesión, esa función social que nos otorga dignidad y responsabilidad.

146


147


148


Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid

Nº 4 / XII 2025


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
MADRID ICAM OTROSÍ Nº4 noviembre 2025 by editorialmic - Issuu