AGRUPADOS&JUDICIAL.
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2025
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DUMA S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a los Estatutos Sociales, DUMA S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria de accionistas para el día 30 de diciembre del 2025, a las 10:00 AM, primera convocatoria y 11:00 AM segunda convocatoria, en la sede social de la sociedad, sita en la calle PTE. FRANCO ESQ/ COLÓN para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1- Designación de un Presidente y Secretario de la Asamblea 2-Lectura, consideración y aprobación de la Memoria del Directorio, Informe del Síndico, Balance General; Cuadro Demostrativo de Ganancias y Pérdidas correspondientes al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024. 3-Consideración de los Resultados del Ejercicio 2024 y su distribución 4- Elección de los miembros del Directorio y Síndico. 5- Designación de las personas que firmarán el Acta de Asamblea. EL DIRECTORIO97904 /19/12/2025 CONVOCATORIA. El directorio de la sociedad comercial que gira en esta plaza bajo la denominación de SG Transportes S.A. con RUC 80061169-1 con Domicilio en la Casa de las Calles Santa Rosa Nº 143 c/ 15 de Agosto de la ciudad de Ñemby Departamento Central República del Paraguay, de conformidad a los estatutos sociales y a las leyes vigentes llama a Asamblea General ordinaria de accionistas para el día lunes 05 de enero del año 2026 a las 19:00 Hs. para considerar el siguiente orden del día correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024 Orden del Día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea 2. Lectura y consideración del Balance General, cuadro de pérdidas y ganancias, Memoria anual de Directorio e informe del síndico correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3. Elección de directores y síndico. 4. Fijación de remuneración de directores y síndico. 5. Asuntos varios. Se recuerda a los accionistas lo dispuesto en los estatu-
tos sociales y en Art.1079 del código civil vigente97909 /17/12/2025 CO N VO C AT O R I A PAR A A SA M B LE A GENERAL ORDINARIA. De conformidad con lo establecido en el Estatuto Social de YGUAZÚ CEMENTOS S.A., S.A. , el Directorio convoca a los señores accionistas a Asamblea General Ordinaria, a celebrarse el día lunes 12 de diciembre 2025, en el domicilio social sito en Av. Artigas N° 1921, Piso 2, Edificio Automotor, Asunción, a las 10:00 horas en primera convocatoria y, en caso de no reunirse el quórum legal, a las 11:00 horas en segunda convocatoria, para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1) Constitución de la Asamblea, designación del Presidente y de un accionista que oficiará de Secretario, ambos con obligación de suscribir el acta respectiva. 2) Consideración y aprobación de la distribución de utilidades acumuladas de ejercicios anteriores, provenientes de reservas facultativas. 3) Designación de accionistas para suscribir el acta de la Asamblea. EL DIRECTORIO”. 97936 17/12/2025 ASAMBLEA GENERAL EX TR AORDINARIA . MOLINS S.A. convoca a Asamblea General Extraordinaria a llevarse a cabo el día 27 de Diciembre del año 2.025, a las 09:00 horas, sito en la Av. Teodoro S. Mongelos de la Ciudad de Hernandarias, orden del día: 1-Designación del Presidente y Secretario de la Asamblea 2-Aumento de Capital 3-Modificación Parcial del Estatuto 4-Nombramiento de un Accionista para suscribir el Acta, conjuntamente con el Presidente y Secretario de la Asamblea. 97974- 14 al 18/12 ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. MOLINS S.A. convoca a Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día 27 de Diciembre del año 2.025, a las 14:00 horas, sito en la Av. Teodoro S. Mongelos de la Ciudad de Hernandarias orden del día: 1-Designación del Presidente y Secretario de la Asamblea 2-Emisión e Integración de Acciones. 3-Nombramiento de un
Accionista para suscribir el Acta, conjuntamente con el Presidente y Secretario de la Asamblea. 97975- 14 al 18/12
recuerda a los accionistas lo dispuesto en los estatutos sociales y en Art.1079 del código civil vigente98003 /20/12/2025
WINTOK SOCIEDAD ANÓNIMA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CONVOCATORIA El Directorio de WINTOK Sociedad Anónima RUC 80159810-- 9 convoca a sus 80159810 Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día miércoles 31 de diciembre del 2025 a las 09 09::00 hrs. en el local social, para tratar lo siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Elección del Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Elección y remuneración de Directores Titulares. 3. Elección y remuneración de Síndicos Titular y Suplente. 4. Designación de accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Nota: Se recuerda a los señores Accionistas que, para la participación de la Asamblea según los Estatutos Sociales, deberán depositar sus acciones en la Empresa con tres días de anticipación a la fecha fijada. EL DIRECTORIO98000/20/12/2025
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “AIRAM S.A.” Convocase a los accionistas de “AIRAM S.A.” a la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, a realizarse en fecha 30 de Diciembre de 2025, a las 8:00 horas en primera convocatoria y a las 8:30 horas la segunda convocatoria en su domicilio social; sito en la calle Avenida Gervasio Artigas N° 2025, Edificio Automotor Center, 3er. Piso; de la ciudad de Asunción, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de un presidente y secretario de la Asamblea. 2) Modificación del Estatuto Social. 3) Designación de los accionistas para suscribir el Acta de la Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas, lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho de asistencia a la Asamblea. Asunción, 12 de Diciembre de 2025- 98005 20/12/2025
CONVOCATORIA. El directorio de la sociedad comercial que gira en esta plaza bajo la denominación de BALADI TRANSPORTES S.A. con RUC 80136306-3 con Domicilio en la Casa de las Calles Juan Pablo II N° 9002 esquina 3 de febrero de la ciudad de Ñemby Departamento Central República del Paraguay, de conformidad a los estatutos sociales y a las leyes vigentes llama a Asamblea General ordinaria de accionistas para el día lunes 05 de enero del año 2026 a las 19:00 Hs. para considerar el siguiente orden del día correspondiente al primer ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024 Orden del Día: 1. Elección de presidente y secretario de asamblea 2.Lectura y consideración del Balance General, cuadro de pérdidas y ganancias, Memoria anual de Directorio e informe del síndico correspondiente al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2024. 3. Elección de directores y síndico. 4. Fijación de remuneración de directores y síndico. 5. Asuntos varios. Se
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS “AIRAM S.A.” Convocase a los accionistas de “AIRAM S.A.” a la Asamblea Ordinaria de Accionistas, a realizarse en fecha 30 de Diciembre de 2025, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 10:30 horas la segunda convocatoria en su domicilio social; sito en la calle Avenida Gervasio Artigas N° 2025, Edificio Automotor Center, 3er. Piso de la ciudad de Asunción, para tratar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de un Presidente y Secretario de Asamblea. 2) Elección de miembros del Directorio. 3) Emisión e Integración de Acciones. 4) Asuntos Varios Societarios. 5) Designación de los accionistas para suscribir el Acta de la Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas, lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho de asistencia a la Asamblea. Asunción, 12 de Diciembre de 2025- 9 8 0 0 6/ 20/12/2025 ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. Conforme a los Estatutos Sociales, se
convoca a los señores accionistas de PALMA ALTA S.A. a Asamblea General Ordinaria de Accionistas, para el día 27 de diciembre de 2025 a las 09:00 hs., en el local social sito en la Carretera, Urbanización Ramiro 8m. km. 13,5 lado Monday Ruta PY 02, de Minga Guazú, para tratar los siguientes puntos del orden del día: 1-Establecer la Asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, estado de resultados y el informe del síndico, correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de los periodos 2022, 2023 y 2024 respectivamente. 3-Destino de las Utilidades. 4-Elección de miembros del directorio y designación de síndico, titular y suplente. 5-Retribución de directores y síndicos. 6-Designación de dos accionistas para suscribir el Acta de Asamblea. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en los Artículos 1.084, 1.085 del Código Civil y de los Estatutos Sociales. No habiendo otro punto que tratar se da por finalizado el acto, siendo las 15:10 hs.
del mismo día y mes. El Directorio. 97980- 16 al 20/12 VENTURE SA RUC 80022723- 9 . En la Ciudad 80022723de Asunción a los 12 días del mes de diciembre del dos mil veinticinco siendo las 15 hs se reúne el Directorio de Venture SA, la Señora Renate Dickel Behr, el Señor Euldado Ramirez y el Síndico el Señor Luis Franco se reúnen para tratar el único Orden del Día: Llamado de Asamblea Ordinaria de Accionistas Toma la palabra la Sra. Renate Dickel Behr, y pone a consideración el llamado a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas el día 5 de enero de 2026 a las 9:00 hs, para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Emisión de acciones. 3. Designación de dos accionistas que suscriban el acta de asamblea conjuntamente con el presidente y el secretario de la asamblea.La propuesta es analizada por los Directores y aprueban por unanimidad la propuesta de la Sra. Renate Dickel Behr. No habiendo otro tema a
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JUDICIAL.
tratar se levanta la sesión siendo las 15.30 hs.- 98024 /20/12/2025 SG3 SHIPPING GROUP SG3 SA 80022113 80022113--3 . En la Ciudad de Asunción a los 12 días del mes de diciembre del dos mil veinticinco siendo las 16 hs se reúne el Directorio de SG3 SHIPPING GROUP SA, la Señora Renate Dickel Behr, el Señor Euldado Ramirez y el Síndico el Señora Silvia Lafuente se reúnen para tratar el único Orden del Día: Llamado de Asamblea Ordinaria de Accionistas Toma la palabra la Sra. Renate Dickel Behr, y pone a consideración el llamado a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas el día 5 de enero de 2026 a las 11:00 hs, para tratar el siguiente orden del día: 1. Designación de Presidente y Secretario de Asamblea. 2. Emisión de acciones. 3. Designación de dos accionistas que suscriban el acta de asamblea conjuntamente con el presidente y el secretario de la asamblea. La propuesta es analizada por los Directores y aprueban por unanimidad la propuesta de la Sra. Renate Dickel Behr. No habiendo otro tema a tratar se levanta la sesión siendo las 16.30 hs.- 98025 98025 /20/12/2025 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. El Directorio de LAS SAGAS REAL ESTATE DEVELOPMENT S.A., en uso de sus atribuciones convoca a los accionistas de la firma a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 29 de diciembre del 2025, a las 09:00 hora primera convocatoria y 10:00 hora segunda convocatoria. En el local de la sociedad ubicado entre Calle Lima y República de Chile a 4 cuadras de la Ruta internacional nro 2, para tratar el siguiente orden del día: 1-designación de un presidente y secretario de asamblea. 2-Modificación de Estatutos / Art. 1080 Ccp. Aumento o Disminución de Capital. 3-Elección de dos accionistas o sus representantes para firmar el Acta de Asamblea. Nota: De conformidad al estatuto social, se recuerda a los Señores Accionistas que, para participar válidamente de la Asamblea General Extraordinaria, deberán depositar sus acciones en la caja de la Sociedad o una constancia
de un Banco que la misma están depositadas en dicha institución, con un día de anticipación al de la realización de la Asamblea. El Directorio. 98059- 16 al 20/122 20/1 ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De la conformidad al Art.21 de los Estatutos Sociales, llámase a Asamblea General Ordinaria a los Señores Accionistas de GETSEMANI S.A. con RUC Nº 80087697-0, a realizarse el día lunes 05 de enero de 2026, a las 07:10 horas, en el local social, Avda. Ita Yvate c/ Avda. Adrian Jara, Edificio La Roca, Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay, orden del día: 1-Designación de un secretario de Asamblea. 3-Elección de directores, síndicos y presidente del directorio. 4-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el secretario y el presidente. Observación: Se recuerda a los Señores Accionistas sobre el Art. 23 de los Estatutos Sociales y el Art. 1.084 del Código Civil. El Directorio. 98076- 17 al 21/12 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA EMPRESA CREDITO AMIGO S.A. a celebrarse el día 29/12/2025, a las 10:00 horas en primera convocatoria, y una hora después en segunda convocatoria en caso de no reunir el quórum legal para la realización de la primera, en el domicilio social sito en la Calle Alberdi 475, en la ciudad de Asunción, para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA: 1.Desginación del presidente y secretario de Asamblea; 2.Aumento de capital; 3. Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea correspondiente. 98018/20/12/2025 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA EMPRESA CREDITO AMIGO S.A. a celebrarse el día 29/12/2025 , a las 13:00 horas en primera convocatoria, y una hora después en segunda convocatoria en caso de no reunir el quórum legal para la realización de la primera, en el domicilio social sito en la Calle Alberdi 475, en la ciudad de Asunción, para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA:1.Desginación del presidente y
secretario de Asamblea; 2.Emisión de acciones; 3. Designación de accionistas para suscribir el acta de asamblea correspondiente. 98018/20/12/2025 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS CONVOCATORIA. El Directorio de LA INDEPENDENCIA DE SEGUROS S.A., S.A., en virtud a la disposición del Art. N° 26 del Estatuto Social vigente, y del Art. N° 1.081 del Código Civil Paraguayo, convoca a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS para el día Martes 06 de Enero de 2026, a las 09:00 horas en primera convocatoria y a las 10:00 horas en segunda convocatoria, en las oficinas de la Compañía Aseguradora, sito en la calle Juan E. O'leary Nº 409, Edificio Parapiti 1er. Piso Asunción, Paraguay; para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1- Nombramiento de las autoridades de la Asamblea.-2- Designación del representante del accionista mayoritario ante el Directorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 12° del Estatuto Social, y su remuneración.-3- Designación de dos accionistas para la suscripción del Acta de Asamblea.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. N° 27 del Estatuto Social: Las Asambleas Generales serán presididas por el Presidente del Directorio y en su ausencia por la persona que la Asamblea designe de entre los accionistas y representantes de los accionistas presentes. El Presidente de la Asamblea nombrara un secretario de la Asamblea que podrá ser o no un Accionista o representante de accionista. Las actas serán firmadas por el Presidente, el Secretario y dos Accionistas o representante de accionista, nombrado por la Asamblea, en el Libro de Actas correspondiente.- Nota: De acuerdo con el Art. N° 23 del Estatuto Social, los Señores Accionistas deberán depositar sus acciones (3) tres días antes de la Asamblea, en la administración de la Compañía, para tener derecho a asistir a la misma. El Directorio.-98022/21/12/2025 ASAMBLEA GENERAL DE ORDINARIA. El Directorio de PROMISOL DEL PARAGUAY S.A. con RUC N ̊ 80086619-3 con-
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voca a Asamblea General Ordinaria, de accionistas a llevarse a cabo el día 05 de enero de 2026, en el local social de la firma, Edificio Santa María III, sala 204, Paraná Country Club, 8:00 hs., en primera convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de asamblea periodo 2024. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio e informe del síndico periodo 2024. 3-Aprobación de estados de resultados patrimoniales y balance general del año 2024. 4-Remuneración del directorio y elección del nuevo directorio. 5-Distribución de utilidades. 6-Designación de dos accionistas para firmar el acta de asamblea, conjuntamente con el presidente y el secretario de asamblea. 98112- 17 al 21/12
AUMENTO DE CAPITAL.. Por Escritura Pública TAL Nº 490 de fecha 12/11/2025, autorizada por el Esc. Abraao Jubilo Silva Monteiro, se formalizó el Aumento de Capital de la firma Mundoscania SRL, a la suma de Gs. 950.000.000 y la Emisión de cuotas por Gs. 940.000.000, modificándose así el artículo sexta del Estatuto Social. - Inscripto en la Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 13762, Serie Comercial, bajo el Nº 4, Folio 35, en fecha 28/11/2025. 98113- 17 al 19/12
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 77 de fecha 26//09 26 09//2025 2025,, autorizada por el Not. PÚBLICO OMAR S. Vázquez Samudio, se constituye la firma denominada: PHARMA VISION SOCIEDAD ANÓNIMA Administración: Presidente: Vladimir Riveros Diarte. VICEPRESIDENTE: MIRTA Elizabeth Diarte Vecca, Objeto: Actividades de distribución de productos medicinales,Consultora en General. C A PI TA L SOCIAL: 100.000.000. GS. INSCRIPTO EN LA D. G. R. P. EN LA Sección de Registro Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 47 47..380. SERIECoSERIECo-
mercial, en fecha: 2 6 / 1 1 / 2 0 2 5 . 97977/17/12/2025 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública Nº 78 de fecha 26//09 26 09//2025 2025,, autorizada por el Not. PÚBLICO OMAR S. Vázquez Samudio, se constituye la firma denominada: VISION IMPERIAL SOCIEDAD ANÓNIMA Administración: Presidente: Vladimir Riveros Diarte. VICEPRESIDENTE: MIRTAElizabeth MIRTAElizabeth Diarte Vecca, Objeto: Actividades de distribución de productos medicinales, Consultora en General. C A PI TA L SOCIAL: 100.000.000. GS. INSCRIPTO EN LA D. G. R. P. EN LA Sección de Registro Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica N° 47 47..328. SERIECoSERIEComercial, en fecha: 2 1 / 1 1 / 2 0 2 5 . 97978/17/12/2025 97978 /17/12/2025 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD.Por SOCIEDAD. Por Escritura N°.49 de fecha 12/11/2025, pasada ante el Esc. Pub. Herminio Sosa Gavilán, fue constituida la Sociedad denominada FERTILAND PARAGUAY S.A., S.A., Domicilio: Minga Guazú, Alto Paraná, República del Paraguay. Duración: 100 años. Objeto: Impor., export., comercialización de insumos agrícolas y agroquímicos en general. Director Presidente: Sr. Helio Francisco Pinto. Capital Social: Gs.1.400.000.000, Integrado el 10% del Capital Social. Inscripto en el Reg. P. Jurídicas y Comercio, M atr ícula Jur ídic a N°.47408, serie "Comercial", bajo el Nº.1. Folio 01-14, de fecha 09/12/2025. 98039- 16 al 18/12 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por escritura n°403 de fecha 30/11/2023 ante la Esc. Monica Beatriz Rousillon Fernández fue constituida la sociedad VIDARENA S.A. S.A . domicilio: en la casa n°4926 de la calle Quesada, edificio Atlas 6º piso, Asuncion, Duración 99 años. Objeto principal: Actividades Inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados. Socios: Cesar Ramiro Yambay Pereyra, Ricardo Javier Ugarriza Tosco, Jorge Ramiro Yambay Lohman y Jairo Yambay Lohman. Capital Social Gs.1.000.000.000 Inscripta en la Direccion Gral. De los Registros Publicos
Seccion Personas Juridicas y Comercio. Matricula Juridica n°42887 Serie Comercial, Entrada nº13493859, Inscripto bajo el N°1, Folio 1/17 Fecha 28/12/2023 98063/18/12/2025 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. SUSTENTA PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA: Por E.P. Nro. 235 de fecha 29/10/2025, formalizada ante la N.P. María Jackeline Bolla, con reg. nro. 951, se constituyó la firma SUSTENTA PARAGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA.. La misma estableNIMA ció domicilio en Asunción, Paraguay y cuenta con una duración de 99 años. Su objeto social principal es: dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero, a todo acto lícito de comercio, además, su capital emitido es de Gs. 50.000.000. De esta E.P. se tomó razón en la D.G.R.P., Secc. Personas Jurídicas y Comercio bajo el nro. 1, folio 1, Serie Comercial, de fecha 0 7 / 1 1 / 2 0 2 5 . 98062/18 98062/ 18// 12 12//2025 CONSTITUCION DE SOCIEDAD.de SOCIEDAD. de la firma ACAY VENTURE S.A., Domicilio: Hernandarias, Alto Paraná. Duración: 99 años. Objeto: Actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, impor., expor., distribución y comercialización de toda clase de bienes. Directorio: Representante Legal: Luis Fernando Miracca Fernández. Síndico Titular: Alexandra Pabla Madeline Gómez Sánchez Morales. Capital Social Emitido y S u s c r i p t o : Gs.3.500.000.000. Capital Integrado: Gs.10.000.000. Individualización de la escritura de constitución: E.P. Nº 652 de fecha 20/11/2025, autorizada por la N.P. Melisa Rebeca Soto Medina, inscripta en la D.G.R.P., Sección de Personas Jurídicas y Comercio, con Matrícula Nº 47.364, Serie Comercial, bajo el Nº 1, folio 1/16, en fecha 02/12/25; y, con Matrícula de Comerciante N° 13.407, folio 13. 407, en fecha 09/12/2025. 9807117 al 19/12 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Esc. Púb. Nº 68 del 20/10/2025, por ante la N.P. Luna M. Ramirez R., fue formalizada la Constitución de la Socie-
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dad CONESUL GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA ANÓNIM A D omicilio: Colonia Panambi, Ciudad de Santa Rita. Duración: 99 años. Objeto: Producción, Industrialización y distribución de todo tipo de legumbres, cereales, granos y semillas leguminosas y oleaginosas, así como al cultivo, provisión, acopio, transformación, transporte y comercialización. capital social: gs. 15.000.000.000. socios: Cristina Souza de Apodaca. André R. Lui. Jaime L. de Souza Leite Síndico: Alfredo Ramírez R. Insc. en la D.G.R.P. Sección P.J. y C. Mat. J. Nº 47.407, Serie: Comercial, bajo Nº 1, Folio 1, el 25/11/2025. Mat. de Com. bajo el N° 13446, fecha 12/12/2025. 98077- 17 al 19/12 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. de la firma FUTURA MIND SOCIEDAD ANÓNIMA, ANÓNIMA , Escritura Pública Nº 173, fecha 11/11/2025, Esc. Pub. Amanda Carla Ortiz Fariña. Socios: Francisco Javier Aquino Ojeda y Olidia Soledad Villalba Ríos; en sus caracteres de presidente y vicepresidente. uso de la firma social: Francisco Javier Aquino Ojeda, en forma individual. en caso de Ausencia Olidia soledad Villalba Ríos. Domicilio: Calle 3 C/Avda. Rca. de Bolivia, Km. 6, Fracción Villa Elvira, Barrio 29 de Setiembre de Ciudad del Este. Duración: 99 años. Objeto: actividad jurídica y contable en general, consultoría y serv. generales; Capital Suscripto: Gs. 300.000.000. C apit al Integr ado: 300.000.000; Inscripción: Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Nº 47392, Serie Comercial, bajo el Nº 1, Folio 1, en fecha 04/12/2025; Matrícula de Comerciante Inscripto bajo el Nº 13432; Folio 13432, en fecha 11/12/2025. 98109- 17 al 19/12 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. de la firma CRECER INVEST SOCIEDAD ANONIMA, ANONIMA , Escritura Pública Nº 163, fecha 05/11/2025, Esc. Pub. Amanda Carla Ortiz Fariña. Socios Clever Bermanne Correia Gondim, y Cleide Alves de Almeida; uso de la firma social: Presidente y Vicepresidente. en forma Indistinta. Domicilio: Avda. Amado Benítez del Edificio Residencial Eco-Villa, Torre II, Oficina 104, Barrio
Santa Ana de Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay,, Duración: 99 años. Objeto principal: Consultoría, comisionista y administración de empresas en general, comercio y servicios generales; Capital Suscripto: Gs. 350.000.000. Capital Integrado: 350.000.000.; Inscripción: Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Nº 47369, Serie Comercial, bajo el Nº 1, Folio 1/17, en fecha 02/12/2025; Matrícula de Comerciante Inscripto bajo el Nº 13403; Folio 13403, en fecha 09/12/2025. 98110- 17 al 19/12 CONSTITUCION DE SOCIEDAD. Por Escritura Pública N° 131, de fecha 10/11/2025, ante la Escribana Pública Laura Diana Martínez Melgarejo, se procedió a la constitución de la sociedad denominada EQUITY SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada en la ciudad de San Lorenzo. Duración: 99 años. Actividad Principal: Desarrolladora inmobiliaria, constructora, inmobiliaria, administración de inmuebles, todo lo referente a lo inmobiliario y construcción en general. Capital Social: 2.000.000.000. Inscripta en registros públicos de Comercio, bajo el n° 1 folio 1/18 serie B, de fecha 20/11/2025 e inscripta en el registro público de comercio bajo el número 47282, serie comercial con entrada n° 15280123 de fecha 20/11/2025. 98118 19/12/2025 IN SCRIP CIÓ N DE SOCIEDADES PARA "ITAMAR SOCIEDAD ANONIMA"98125 ANONIMA" 98125 19//12 19 12//2025 IN SCRIP CIÓ N DE SOCIEDADES PARA SAUCE GROUP IMPORT SOCIEDAD ANONIMA 98126 - 19 19//12 12//2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco e interina del Sexto Turno, Abg. Cynthia Rossana Pineda Morel, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés
en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELVA ROSALI AVALOS BARBOZA y LUIS ALBERTO SOSTOA CHAPARRO,, en los autos CHAPARRO caratulados: “ ELVA ROSALI AVALOS BARBOZA C/ LUIS ALBERTO SOSTOA CHAPARRO s/ Disolución de la Comunidad Conyugal” Exp. N° 161. AÑO 2024, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Abg. Sixto Raúl Melgarejo, Actuario Judicial. Ciudad del Este, 4 de julio de 2025. 97428- 3 al 17/12 DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL YLABORAL DEL PRIMER TURNO E INTERINO DEL JUZGADO DE IGUAL CLASEY JURISDICCION DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE CAACUPE DR.GERMAN SANTIAGO BERNAL, cita y emplaza por 15 días a los que tienen interés enreclamar derechos contra la disolución conyugal formada por los Sres. YENIA MARIA ELIZABETH SANTACRUZ LOPEZ Y JORGE ANTONIO DUARTE CANDIA para que, en el término de “30” Treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones en el juicio caratulado “YENIA MARIAELIZABETH SANTACRUZ LOPEZ Y JORGE ANTONIO DUARTE CANDIAS/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL . ”. Exp.Nro. 407/2025.-CAACUPE, 26 de Noviembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este – EDICTO que el mismo cuenta con elCódigo QR, por lo cual, para tener certeza de que
este documento es válido, deberáutilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria laautenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -Por ante mí la Secret ar ia A u to r iz ante ADRIANA FERNANDEZ en uso de lasatribuciones conferidas en la Ley Nº 4 9 9 2 / 2 0 1 3 . 97437/17/12 97437/17/ 12/2025 /2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE SAN IGNACIO GUAZÚ CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE MISIONES, REPÚBLICA DEL PARAGUAY, ABG. ALBERTO RENE MELGAREJO GUIRLAND, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos FERNANDO AGUSTIN MERELES VILLALBA C/ MARIA ZULM A SAR ABIA CORONEL S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 la Ley N° 1/92. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. ANTONIO LOURENZO PEDROZO, Actuario Judicial. SAN IGNACIO GUAZÚ, 28 de Agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97478 /18/12/2025
DISOLUCIÓN CONYUAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abog. LILIO FRANCO BOBADILLA RODRIGUEZ, en los autos caratulado: "ELVIO PASTOR INSFRAN ALFONSO Y AGUSTINA RAMIREZ ARMOA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL,". Expte. N° 162, Año 2025. Secretaría 2, cita y emplaza por quince veces a quienes tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos ELVIO PASTOR INSFR AN ALFONSO con Cédula de Identidad Nº 4.610.037 Y AGUSTINA ARMOA RAMIREZ, con Cédula de Identidad N° 4.877.268, para que en el término de TREINTA DÍAS contados desde la última publicación del presente edicto, comparezcan ante éste Juzgado a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92, de Reforma Parcial del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. Abog. RUTH NOEMI OCAMPOS H. Actuaria Judicial. SAN ESTANISLAO, 2 de Diciembre de 2025.- 97476 /18/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CELSO RAMÓN ARCE ANTU-
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NEZ y CRISTINA ALVAREZ BENITEZ, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VÁZQUEZ.PEDRO JUAN CABALLERO, 4 de Noviembre de 2025-97496/ 18/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos AMADO BENITEZ BOGADO y SANDRA ELIANA SERNA CANO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 4 de diciembre de 2025 Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de
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JUDICIAL.
la Corte Suprema de Justicia. 97516- 5 al 19/12 1DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, Departamento del Amambay, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CARMEN SILVIA LOPEZ VERA y LEONOR GALEANO CANTERO, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. ANNY GREGORIA ACOSTA G.- PEDRO JUAN CABALLERO, 28 de Julio de 2025 - 97547 19/12/2025 DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AMAMBAY, ABG. BERNARDO MONGELOS ARCE, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar créditos o derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Michely Fabiana Servían Roble y Cristian Adilson Minella Britez para que en el término de 30 días, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor, de conformidad al artículo 614 inc. c) del Código Procesal Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 05, a cargo del Actuario Judicial Abg. Pedro B. Benítez Noguera.- PEDRO JUAN CABALLERO, 2 de Diciembre de 2025.1 9/12 /2025 975 48/ 19/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DE LA REPUBLICA, SEDE MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos VIDAL ORTIZ e YLSA ELIZABETH ESQUIVEL DE ORTIZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 02 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 29 de Mayo de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 / 2 0 1 9 . 97553/19/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JORGE ESPINOL A MEDINA Y NILZA CAMARGO DE ESPINOLA para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 DE LA LEY 1/92. EL JUICIO CARATULADO JORGE ESPINOLA MEDINA Y NILZA CAMARGO DE ESPINOLA S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL AÑO 2025Nº207, RADICA EN LA SECRETARIA N°1 DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL 1° TURNO, DE LA CIUDAD DE DR. J. EULOGIO ESTIGARRIBIA. ABG. SILVIO PAUL CANO RAGGINI. ACTUARIO JUDICIAL – SECRETARÍA N.º 1. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA , 28 DE
NOVIEMBRE DE 2025. 97567/19/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno e Interino del Décimo Octavo Turno de la Capital, MARTIN DIEGO ACOSTA CONDE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos SILVANA ANTONIA MARTINEZ NUÑEZ y EDGAR MANUEL PERALTA GALEANO para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 y el Art. 614 inc. c) del C.P.C.- El juicio radica en la Secretaría N° 36 a mi cargo.- Abog. Julio D. Cabral Almada (Actuario Judicial). - Asunción. 02 de diciembre de 2025.97577/19/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos S E RG I O DAMIAN ORTELLADO GARCIA y NIDIA BEATRIZ SEGOVIA OSORIO, OSORIO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 3 de Diciembre de 2025. Dra. ADELA BENITEZ RAMOS - Actuaria Judicial.-Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 / 2 0 1 9 . 97608/19/12/2025
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Concepción, Abogada CELSA ESTELA SANGUINEZ DE GALIANO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos “GLADYS GRACIELA FERNANDEZ DE MELGAREJO y EMILIANO MELGAREJO MARTINEZ” para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N° 3, a cargo de la Actuaria Judicial Abg. Leticia López Gill. Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia. CONCEPCION, 3 de Diciembre de 2025 . 97721/24/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE VILLARRICA, Abog Vanessa Miño Fernández en los autos caratulados: "HENRIK KONSTA N T I N GASSER MULLER C/ LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL", que por providencia de fecha 05 de noviembre de 2.025, ha dispuesto la notificación a la parte demanda Sra. LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY de la iniciación del presente juicio disponiendo su publicación por el término de quince veces, bajo apercibimiento de designarle al Defensor de Ausentes de esta Circunscripción, conforme al Art. 141 del C.P.C.-VILLARRICA 6 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por:
María Claudia Demattei D uar te(Ac tuaria). 97747/24/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ISMAEL NOGUERA PEREIRA y BLANCA ESTELA ARMOA,, para que en el ARMOA término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente, modificado por la Ley 1/92 Art. 55. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 9 de Diciembre de 2025. Abg. JUAN ALCIDES ONIEVA. Actuario Judicial.-Secretaria N° 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 / 2 0 1 9 . 97795/25/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos Claudia Viviana Ferreira Servían y Cristhian Benítez Fariña, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. Mirian Ortiz Yurtz, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 25 de Noviembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el
Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 / 2 0 1 9 . 97811/25/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSÉ TADEU DE MENDONCA y LOURDES ROMERO DE MENDONCA y, y, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VÁZQUEZ.PEDRO JUAN CABALLERO, 28 de Noviembre de 2025- 97879 /26/12/2025 DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIUDAD DE CAACUPÉ Dr. GERMAN SANTIAGO BERNAL, cita y emplaza por 15 veces a los que tienen interés en reclamar derechos contra la disolución conyugal formada por los esposos "MARIA ELENA LEGUIZAMON DUARTE Y JUAN CARLOS ESCOBAR QUIÑONEZ” en el juicio caratulado: “MARIA ELENA LEGUIZAMON DUARTE CONTRA JUAN CARLOS ESCOBAR QUIÑONEZ, S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”. Exp. N° 316/2.025. Sec.N°01. CAACUPE, 31 de Octubre de 2025 Se hace saber al destinatario de este – EDICTO - que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2025
1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Por ante mí la Secretaria Autorizante TERESA PARQUET DE GAUTO en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 49 9 2 /2013 .9789 5 /27/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SAN JUAN NEPOMUCENO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPÁ, ABG. CARLOS ALBERTO ROJAS C., en los autos caratulados: "ANA DE JESUS MERELES RIVAS C/ DIEGO ARMANDO RODRIGUEZ ESPINOLA S/DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES", cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos: ANA DE JESUS MERELES RIVAS Y DIEGO ARMANDO RODRIGUEZ ESPINOLA,, para que en perenNOLA torio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil. El Juicio radica en la Secretaría N° 1, a cargo de la Abog. LEONIDA ESTER PEREIRA.-SAN JUAN NEPOMUCENO, 10 de Diciembre de 2025..- 97916 /27/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez Penal de Garantías de Carapeguá e Interino del Juzgado de Primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de Paraguarí, Abg. Hilario Francisco Bustos Martínez, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar a derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos OLGA MABEL BORDON DE DUARTE y NARCISO DUARTE RUIZ DIAZ para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuestos en el Art.55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. PARAGUARI, 18 de Noviembre de 2025. Abg. Denise Raquel Galeano
Actuaria Judicial.97920 /27/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. El juez de primera instancia en lo civil, comercial y laboral del primer turno de la ciudad de Caacupé Dr. Germán Santiago Bernal, cita y emplaza por 15 veces a los que tienen interés en reclamar derechos contra contra la disolución conyugal formada por los esposos LORENA ESPERANZA ROJAS VERA y DIEGO MATIAS DELGADO MORALES, MORALES, en el juicio caratulado: LORENA ESPERANZA ROJAS VERA y DIEGO M ATIA S DELGADO MORALES s/ disolución y liquidación de la comunidad conyugal, Exp. N° 430/2.025. Sec.N°01. Caacupé, 11 de diciembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario Judicial del Juzgado conforme Acordada 13 66/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Por ante mi la Secretaria Autorizante Teresa Parquet de Gauto en uso de las atribuciones conferidas en la Le y N °49 9 2 /2 0 1 3 . 98104/31/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Tumo, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposas TEODORA TORRES ROMERO Y CANDIDO PAREDES MORINIGO, MORINIGO, para que, en el término de 30 dias, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 1/92. El juicio caratulado "TEODORA TORRES ROMERO Y CANDIDO PAREDES MORINIGO S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL-AÑO 2025-N° 182.-", radica en la secretaria N°1 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Tumo de la ciudad de Dr. J. Eulogio Estigarribia.
Abg. Silvio Paul Cano Raggini. Actuario Judicial-Secretaria N.º 1. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 12 de Noviembre de 2025. 98105/31/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “ ROMINA NUÑEZ ROMERO C/ FAUSTO DALCIN VIEIRA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”,, para que en el térGAL” mino de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARÍA AUXILIADORA, 20 de Junio de 2025.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 / 2 0 1 9 . 98121/31/12/2025 DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Actuario de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Segundo Turno, Abg. Armando Juan José Figari Romero cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos, el Sr. DESI-
DERIO CORONEL BRITEZ contra la Sra. MARIA MAGDALENA ORTIZ DE CORONEL para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. Asunción. 15 de diciembre de 2025. Firmado digitalmente por: Armando Juan José Figari Rom ero (A c tuario). 98123/31/12/2025
D I S O LU C I Ó N DE SOCIEDAD. BORN STAR PARAGUAY S.A. RUC: 80102714-4 Por escritura pública N° 109, de fecha 04 de noviembre del 2025, ante la escribana Rosa Elena Di Martino Ortiz, se realizó la Disolución de sociedad de la firma “BORN STAR PARAGUAY S.A.”. Inscripta en el Registro Público en la Sección de Personas Jurídicas y Comercio, bajo el N° 2, Serie COMERCIAL, Folio 21, Sección Comercio, en fecha 11/11/2025, DRFS N° 118.349 en fecha 06/11/2025, con el objeto de Disolver la Sociedad. 97996 /18/12/2005
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE VILLARRICA, Abog Vanessa Miño Fernández, en los autos caratulados; "HENRIK KONSTANTIN GASSER MULLER C/ LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY S/ DIVORCIO VINCULAR",, que por VINCULAR" providencia de fecha 05 de noviembre de 2.025, ha dispuesto la notificación a la parte demanda Sra. LIMPIA CONCEPCION BENITEZ GARAY de la iniciación del presente juicio
disponiendo su publicación por el termino de quince veces, bajo apercibimiento de designarle al Defensor de Ausentes de esta Circunscripción, conforme al Art. 141 del C.P.C.VILLARRICA, 6 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por: María Claudia Demattei Duart e ( A c t u a r i a ) . 97746/24/12/2025 EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO, SECRETARIA N° III DE LA CIUDAD DE CAAGUAZÚ Abg. LAURA MERCEDES GONZALEZ CRISTALDO, en los autos caratulados: OL AF MAROHN C/ ELIAS AQUINO S/ OBLIGACIÓN DE HACER ESCRITURA PÚBLICA N° 134 AÑO 2024., cita y emplaza al señor ELIAS AQUINO con C.I Nº 731.625,para que se presente a tomar intervención en el plazo perentorio de veinte días, a computarse desde el día siguiente de la última publicación, bajo apercibimiento de designarle como representante al Defensor de Ausentes con quien se entenderán las actuaciones del proceso de conformidad a lo dispuesto en el Art. 141 del C.P.C. El presente Juicio radica en la secretaria a mi cargo de la Abg. GLORIA VILLALBA – Actuaria Judicial.- CAAGUAZU, 29 de Octubre de 2025. Firmado digitalmente por GLORIA MABEL VILLALBA AREVALO S ( AC T UA R I A) . 97790/25/12/2025 EDICTO. EL JUEZ DE PRI-
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MERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abogado HUGO EMILIO FARIÑA SILVERO, cita y emplaza por (15) veces al Señor JUAN PEDRO ROMERO, a fin de que en el plazo de 30 dias, se presente ante éste Juzgado; a estar en el juico: "ANTONIO OSCAR SERAFINI LEON C/ JUAN PEDRO ROMERO S/USUCAPIÓN",, ExpeS/USUCAPIÓN" diente N° 110, Año: 2025, bajo apercibimiento de designarsele como representante a la Defensora de Ausentes. El juicio radica en la secretaria N° 3 a mi cargo de la Abg. CYNTHIA MERELES, Actuaria Judicial. SAN ESTANISLAO, 10 de Diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 / 2 0 1 9 . 97807/25/12/2025 EDICTO DE ESCISIÓN. A los fines dispuestos en los art. 1193 del Código Civil y arts. 113, 115, 118 y pertinentes de la Ley 1034/83 “Del Comerciante”, se hace saber por cinco veces alternadas durante diez días la decisión tomada por la firma VIT SOCIEDAD ANÓNIMA, con sede social en la ciudad de Asunción, en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de 97911
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JUDICIAL.
fechas 9 de octubre de 2025, donde se resolvió la escisión de la firma VIT SOCIEDAD ANÓNIMA, resultando en una disminución de capital para la misma y en la constitución de una sociedad independiente que girará bajo la denominación DIGITALMENTE SOCIEDAD ANÓNIMA. El Compromiso Previo de Escisión de la firma VIT SOCIEDAD ANÓNIMA fue suscripto en fecha 10 de septiembre de 2025 y aprobado por unanimidad en las Asamblea General Extraordinarias de Accionistas de fecha 9 de octubre de 2025, juntamente con los estados contables y balance de escisión de la sociedad, documentos que están a disposición de los que acrediten interés legítimo, en la sede social por el plazo legal establecido en el art. 113 y art. 118 de la Ley 1034/83 "Del Comerciante" para que los mismos puedan formular oposiciones. La escritura pública de la escisión será autorizada por un notario público una vez transcurrido el plazo legal. 97820/19/12/2025 EDICTO. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARÍA AUXILIADORA, ABOG. R . EVELIN CABRER A PAREDES, SECRETARÍA N°2, CARGO DE LA ABOG. MIRIAN ORTIZ YURTZ, cita y emplaza por quince veces al Sr. PABLO BARTH a fin de que se presente en los autos caratulados: “SIGFRIDO KÜHNER PARZ C/ PABLO BARTH S/ USUCAPIÓN”, AÑO 2025, Nº226, ello bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere dentro del plazo respectivo que comenzará a computarse a partir del día siguiente a la última publicación, se le designará como representante al Defensor de Ausentes. A continuación, se transcribe el proveído de fecha 08 de octubre de 2025. “De conformidad a lo dispuesto en el Art. 141 del C.P.C., ordenase la publicación de los edictos por quince veces en los diarios ULTIMA HORA y LA NACIÓN de la capital por todo el término de Ley, a los efectos de citar y emplazar al demandado PABLO BARTH para que se pre-
sente ante este Juzgado a objeto de contestar la demanda, bajo apercibimiento de que, en caso de no presentarse, se le designará un Defensor de Ausentes”. Firmado: Abog. R. Evelin Cabrera Paredes (JUEZA). MARÍA AUXILIADORA, 10 de Diciembre de 2025.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97844/26/12/2025 EDICTO. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL NOVENO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA CAPITAL, ABG. MAFALDA MARÍA CAMERON LUQUE, ha dispuesto se cite por edictos a la parte demandada, NATALIA CARINA CARDOZO ARANDA, por quince veces, que se publicarán en los diarios “ABC COLOR” y “LA NACIÓN”, para que comparezcan por sí o por apoderado a estar en el presente juicio caratulado “DESARROLLADORA URBANA S.A. C/ NATALIA CARINA CARDOZO ARANDA S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO”, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere dentro del término establecido, se continuará los trámites en rebeldía y se tendrá por constituido su domicilio en los estrados de la secretaría del Juzgado en atención a lo dispuesto en el Art. 48 del C.P.C. El juicio radica en la Secretaría N° 18 a mi cargo. ABG. YAMILE A. MAGGI (ACTUARIA JUDICIAL) ASUNCION, 3 de Diciembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 13 6 6/201 9 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.-97851/26 cia.-97851/ 26// 12 12// 2025
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CONVOCATORIA DE ACREEDORES.EL JUZACREEDORES.EL GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ALDO ANDRES ESPINOLA MELGAREJO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 555, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ALDO ANDRES ESPINOLA MELGAREJO con C .I. N° 3 .7 78.342.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ALDO ANDRES ESPINOLA MELGAREJO Con C.I. N° 3.778.342.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel- LIBRESE OFICIOS.-. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del proto-
colo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -97939/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA N.º 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “EMILCE MARIELA COLMAN COLMAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 558, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de EMILCE MARIELA COLMAN COLMAN con C.I. N° 4.418.927.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de EMILCE MARIELA COLMAN COLMAN con C.I. N° 4.418.927 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel-
11.- LIBRESE OFICIOS 12.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --97944/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “GREGORIA DAVALOS DE DOMINGUEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 282, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la accionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de GREGORIA DAVALOS DE DOMINGUEZ con C.I. N° 795.639.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de GREGORIA DAVALOS DE DOMINGUEZ con C.I. N° 795.639 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con
garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- 11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . ---97948/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente car atulado: “LAURA ELIZABETH GRANELLI QUINTANAS/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 280, de fecha 11 de Diciembre de 2025 , cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la accionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LAURA ELIZABETH GRANELLI QUINTANA con C.I. N° 3.211.407.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspon-
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diente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LAURA ELIZABETH GRANELLI QUINTANA con C.I. N° 3.211.407y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- 11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . -97953/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LAUR A PATRICIA PEREIRA FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 560, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LAURA PATRICIA PEREIRA FERREIRA con C.I. N° 2.165.868.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de
treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LAURA PATRICIA PEREIR A FERREIRA C.I. N° 2.165.868 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.10.- LIBRESE OFICIOS. -11.-NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL- 12.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . -97940/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 2, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ANUNCIA PEREIRA ALVAREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 575, de fecha 12 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ANUNCIA PEREIRA ALVAREZ con C.I. N° 1.168.995.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San
Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ANUNCIA PEREIRA ALVAREZ Con C.I. N° 1.168.995 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. -10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --97945/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LIMPIA CONCEPCION FERNANDEZ DE BAEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 564, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LIMPIA CONCEPCION FERNANDEZ DE BAEZ con C.I. N° 3.726.244.-DETERMINAR
que la convocataria no es comerciante.- 4.-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LIMPIA CONCEPCION FERNANDEZ DE BAEZ Con C.I. N° 3.726.244 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. -10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- 11.-LIBRESE OFICIOS. – 12.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . -97949/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LUZ MAGALI GONZALEZ INSFRAN S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 563, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto
sigue: 1.-TENER por presentado a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUZ MAGALI GONZALEZ INSFRAN con C.I. N° 5.704.682.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUZ MAGALI GONZALEZ INSFRAN Con C.I. N° 5.704.682 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.- LIBRESE OFICIOS. -11.-NOTIFICAR POR CEDUL A EN SOPORTE PAPEL-12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -97954/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER
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TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “SUSANA VEGA PRIETO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 557, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentad a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de SUSANA VEGA PRIETO con C.I. N° 3.339.933.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de SUSANA VEGA PRIETO Con C.I. N° 3.339.933 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.- LIBRESE OFICIOS.-11.-NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL-12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL
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JUDICIAL.
FL EI TA S AQ U I N O (JUEZA). -97941/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FERMINA PENAYO MENDEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 557, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentad a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FERMINA PENAYO MENDEZ con C.I. N°1.061.349.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FERMINA PENAYO MENDEZ Con C.I. N° 1.061.349 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel11.-LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos
electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -97946/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FREDDY MANUEL QUIÑONEZ BARRIOS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 554, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FREDDY MANUEL QUIÑONEZ BARRIOS con C.I. N° 4.738.215 .- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FREDDY MANUEL QUIÑONEZ BARRIOS Con C.I. N° 4.738.215.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.-NOTIFI-
CAR por cedula en soporte papel- 11.-LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O (JUEZA). -97951/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ TOM A S E L AD IO ROMERO GONZALEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 552, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de TOMAS ELADIO ROMERO GONZALEZ con C.I. N° 5.544.310.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de TOMAS ELADIO ROMERO GONZALEZ Con C.I. N° 5.544.310.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con
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garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10.-NOTIFICAR por cedula en soporte papel- LIBRESE OFICIOS.-12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . --97955/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “MIGUEL ANGEL LOPEZ RAMIREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 556, de fecha 10 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentada a la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de MIGUEL ANGEL LOPEZ RAMIREZ con C.I. N° 6.115.880.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDE-
NAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de MIGUEL ANGEL LOPEZ RAMIREZ Con C.I. N° 6.115.880.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel- LIBRESE OFICIOS.-. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --97942/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente car atulado: “DIEGO MIGUEL TROCHE SANABRIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 284, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocido la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de DIEGO MIGUEL TROCHE SANABRIA con C.I. N° 4.705.769.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quie-
bras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de DIEGO MIGUEL TROCHE SANABRIA Con C.I. N° 4.705.769.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . --97947/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FERNANDO ENRIQUE CARDOZO PAREDES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 282, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FERNANDO ENRIQUE CARDOZO PAREDES con C.I. N° 5.030.402.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES
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BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FERNANDO ENRIQUE CARDOZO PAREDES Con C.I. N° 5.030.402.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O (JUEZA). 97952/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “JOSE ALBERTO SILVA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 281, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de JOSE
ALBERTO SILVA con C.I. N° 4.213.432.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de JOSE ALBERTO SILVA Con C.I. N° 4.213.432.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR por cedula en soporte papel. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O ( J U E Z A ) . -97956/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “OSCAR RAFAEL DIAZ RIVEROS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 568, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue:
1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de OSCAR RAFAEL DIAZ RIVEROS con C.I. N° 4.345.922.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de OSCAR RAFAEL DIAZ RIVEROS Con C.I. N° 4.345.922.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FL EI TA S AQ U I N O (JUEZA). -97957/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº
1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ RENE M ARTINEZ CACERES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°561, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de RENE MARTINEZ CACERES con C.I. N° 3.653.192.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de RENE MARTINEZ CACERES Con C.I. N° 3.653.192.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) .
-97959/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LUIS JAVIER DUARTE JARA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°566, de fecha 11 de Diciembre de 2025 , cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LUIS JAVIER DUARTE JARA con C.I. N° 4.886.512 .- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LUIS JAVIER DUARTE JARA Con C.I. N° 4.886.512 .- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del proto-
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colo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO (JUEZA). -97961/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “CATALINO JOSE GARCIA CAÑETE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°567, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de CATALINO JOSE GARCIA CAÑETE con C.I. N° 3.602.956.3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de CATALINO JOSE GARCIA CAÑETE Con C.I. N° 3.602.956.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11
10 JUDICIAL. LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -97964/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “SILVANO RAMON MEZA DOMINGUEZS/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°570, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de SILVANO RAMON MEZA DOMINGUEZ con C.I. N° 651.958.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.- DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.- 6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de SILVANO RAMON MEZA DOMINGUEZCon C.I. N° 651.958.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que
corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -97958/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ANDRES AVELINO MENA CASTILLO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°572, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ANDRES AVELINO MENA CASTILLO con C.I. N° 4.975.039.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de
todos los juicios ejecutivos seguidos contra de ANDRES AVELINO MENA CASTILLO Con C.I. N° 4.975.039.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -97960/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 1, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “LIDIO SANDRO MENDEZ LARRAMENDIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N°571, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de LIDIO SANDRO MENDE Z LARRAMENDIA con C.I. N° 1.740.676..- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2025
desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de LIDIO SANDRO MENDE Z LARRAMENDIA Con C.I. N° 1.740.676..- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 LIBRESE OFICIOS. -12 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --97962/17/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “MIGUEL ANGEL GOMEZ RODAS S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 279, de fecha 11 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de MIGUEL ANGEL GOMEZ RODAS con C.I. N° 4.369.873.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San
Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de de MIGUEL ANGEL GOMEZ RODAS Con C.I. N° 4.369.873.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL.-11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --97965/17/12/2025 EDICTO. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del tercer Turno, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, de la Sexta Circunscripción Judicial – Alto Paraná, en los autos caratulados FIDENCIO CARDOZO QUINTANA Y MYRIAN ELIZABETH DUARTE DE CARDOZO C/ ROBERTO BIAGIONI S/ USUCAPIÓN, cita y emplaza al señor ROBERTO BIAGIONI., con C. I. N° 841.829, a comparecer en el presente juicio, por si o por apoderado, dentro del plazo de diez (10) días computado desde la última publicación, bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le nombrara como representante al
Defensor de pobres y ausentes de Turno. El juicio radica en la secretaria N° 6, a cargo del actuario Marcelo Ivan Benítez Colman. Ciudad del Este, 25 de Noviembre de 2025.- Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97968/28/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “MOISES ZARATE JARA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Año: 2025 N°555”, ha dictado el A.I Nº__1313__ de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 2025.97995/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “MARIO HERMENEGILDO ARAUJO FRANCO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Año: 2025 N°556”, ha dictado el A.I Nº __1314__ de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg.
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2025
Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 202597988/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “HAROLD DAVID DOLDAN CALVET S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Año: 2025 N°554”, ha dictado el A.I Nº __1312__ de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 202597989/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, en los autos: “CARLOS GAUTO CANDIA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Año: 2025 N°553”, ha dictado el A.I Nº_ _1311_ _de esta misma fecha, en el cual ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISIÓN de esta convocatoria. Asimismo, CITA a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. Dicha acción ha sido promovida ante la secretaria Nº 2, a cargo de la Actuaria, Abg. Liliana Mereles. SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 202597994/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE CAPITÁN BADO, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, ABG. CRISTHIAN ARIEL SÁNCHEZ ZARACHO; en los autos
caratulados: “LUIS MARIA RODRIGUEZ ORTIZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” EXP. N° 262 AÑO 2.025, ha dictado el A.I. N° 465 de fecha 11 de diciembre de 2025, por el cual se ordena la publicación por cinco veces, haciendo saber la ADMISION de esta CONVOCATORIA, a los acreedores, dicha acción es promovida por ante el Juzgado Civil, Comercial, Laboral de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Capitán Bado, secretaria N° 01 a cargo del Actuario Judicial Santiago Montanía Ferreira. CAPITAN BADO, 12 de Diciembre de 2025 98007/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “ROBERTO BENITEZ CANO S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. Nº 288, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de ROBERTO BENITEZ CANO con C.I. N° 5.065.698.- 3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de de ROBERTO BENITEZ CANO Con C.I. N° 5.065.698.- y el cese de los
descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --98038/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “FELICIANO MONTEFRI MARTINEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 289, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de FELICIANO MONTEFRI MARTINEZ con C.I. N° 3.882.775.-3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admi-
sión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de FELICIANO MONTEFRI MARTINEZ con C.I. N° 3.882.775 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel.11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . -98042/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “HUGO A LE X I S BENITEZ ALLENDE S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 292, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de HUGO ALEXIS BENITEZ ALLENDE con C.I. N° 7.262.346.-3.-DETERMINAR que el convocatario no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de
acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de HUGO ALEXIS BENITEZ ALLENDE con C.I. N° 7.262.346 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel.11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --98044/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CO M E R C I A L DEL SEGUNDO TURNO SECRETARIA N.º 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “BEATRIZ SUSANA MONTIEL S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 290, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por reconocida la personería de la peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de BEATRIZ SUSANA MONTIEL con C .I. N° 7.061.644.-3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.4 .-DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado MARCIAL PAREDES
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BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.-DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio.-9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de BEATRIZ SUSANA MONTIEL con C.I. N° 7.061.644 y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia.-10-NOTIFICAR por cedula en soporte papel.11.-REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --98045/20/12/2025 CONVOCATORIA DE ACREEDORES. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº 3, de la Ciudad de San Pedro del Ycuamandyju. En el expediente caratulado: “NANCY A LI C I A MIGLIO DE ALVAREZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 291, de fecha 15 de Diciembre de 2025, cuanto sigue: 1.-TENER por presentado al peticionante en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado 2.- ADMITIR la convocatoria de acreedores de NANCY ALICIA MIGLIO
12 JUDICIAL. DE ALVAREZ con C.I. N° 2.370.958.- 3.-DETERMINAR que la convocataria no es comerciante.- 4.DESIGNAR como agente sindico para intervenir en este juicio al abogado M ARCIAL PAREDES BASUALDO, para el efecto librase oficio comisivo al Juzgado de Paz de San Roque.- 5.- DAR intervención al Ministerio Publico.6.-ORDENAR la publicación de edictos en el diario “LA NACIÓN”, de la capital por cinco días, de acuerdo con lo previsto en el art. 19 de la Ley de Quiebras.- 7.- FIJAR un plazo de treinta días, a computarse desde la última publicación del edicto, para que los acreedores comparezcan a verificar sus créditos. 8.- COMUNICAR la admisión al Registro General de Quiebras y a tal efecto LIBRAR el correspondiente oficio. - 9.- ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra de de NANCY ALICIA MIGLIO DE ALVAREZ Con C.I. N° 2.370.958.- y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia. 10. NOTIFICAR POR CEDULA EN SOPORTE PAPEL. -11 REGISTRAR. y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5 “conservación de documentos electrónicos”, del protocolo de Tramitación Electrónica, aprobada por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto del 2016, emanada de la Corte Suprema de Justicia. -: ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO ( J U E Z A ) . --98040/20/12/2025 EDICTO. Se hace saber que en los autos caratulados: MARCIAL RIVAS PEREIRA C/ MINISTERIO PÚBLICO S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA - AÑO 2025 Nº 186, el Juzgado de PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE CAAGUAZÚ, ha dictado el A.I.N° 736 del 4 de
diciembre de 2025, que en su parte resolutiva dispone: TENER, por iniciado el presente juicio de privación de eficacia jurídica promovida por los Sres. MARCIAL RIVAS PEREIRA y STELA MARY VILLALBA G. en relación a los cheques individualizados con los números 25000207, 25000208, 25000209 y 25000210 con cargo del Banco Familiar correspondiente a la Cuenta Corriente Nº 152317537 con montos de Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones) cada uno. Disponiendo la publicación por providencia del 11 de diciembre de 2025, por 15 veces corridos, haciendo saber de la misma a quienes pudieran tener interés que transcurrido los 30 días señalado por el Art. 1520 del C.C., sin mediar oposición, el Juzgado dispondrá la invalidación de los títulos respectivos en relación a todos.- FDO. ABG: LAURA MERCEDES GONZALEZ CRISTALDO (JUEZ).-CAAGUAZU, 15 de Diciembre de 2025.- FIrmado digitalmente por LEONARDO S OTO M EN D OZ A ( A C T U A R I O ) . 98101/31/12/2025
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS.Por ESTATUTOS. Por Escritura Pública Nº 312, de fecha 14/08/2025, pasada ante el Esc. Pub. José Martin Romero Maggi, se procedió a la Transcripción de Actas de Asambleas General Ordinaria, Extraordinaria y Ordinaria de accionistas y Modificación Parcial del Estatuto Social de la firma denominada SAN JOSE IMPORT EXPORT S.A. RUC Nº 80056321-2. Inscripta en la Dirección General de los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio, Matrícula Jurídica Nº 22500, Serie Comercial, inscripta bajo el Nº 3, folio 28, en fecha 24/11/2025. Inscripto de conformidad a la acordada CSJ Nº 1539/21. DTR Nº 4/21. 98010- 16 al 18/12 MODIFICACIÓN DE ESTATUTO. de la firma PERFIPAR S.A., Modificó sus estatutos sociales por Aumento de Capital, Emisión de Acciones y Representación Legal, alcanzando el Capital Social emitido, suscripto e integrado la suma de Gs.15.000.000.000. Indi-
vidualización de la Escritura de Modificación: E.P. Nº 456 de fecha 01/09/2025, y su complementaria E.P. Nº 661 de fecha 21/11/2025, ambas autorizadas por la N.P. Melisa Rebeca Soto Medina, e inscriptas en la Dirección General de los Registros Públicos, Secc. Personas Jurídicas y Comercio, como Mat. Jurídica Nº 17.649, Serie Comercial, bajo el Nº 3, folio 36; en fecha 22/10/2025. 97979- 16 al 18/12 MODIFICACIÓN. Por Esc. Pub. Nº 2.767 de fecha 04/11/2025, autorizada por el Notario Luis E. Peroni G. e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, el 25/11/2025. Reg. De Personas Jurídicas y Comercio, Matricula N° 31.248, bajo el N° 03, folio 22, Serie “COMERCIAL”; se ha resuelto la modificación del Art. N° 4 de los Estatutos Sociales de la firma GAIA S.R.L que se refiere al aumento del capital social fijado en la suma de Gs . 6 . 43 4 . 0 0 0 . 0 0 0 . 98064/18/12/2025 MODIFICACION DE SOCIEDAD.Por SOCIEDAD. Por Esc. Pub. Nº 35 de fecha 20/05/2025 autorizada por la N.P. Wilma Villalba Peralta, fueron modificados los estatutos sociales de la firma denominada “GM SA DE TRANSPORTES” S.A. S.A . por aumento de Capital, inscripta ante la D.G.R.P. Sección Personas Jurídicas y Comercio, con Matricula Jurídica Nº 36303, Serie Comercial, Bajo el Nº 2 al Folio 9 y sgts. en fecha 0 9 / 1 0 / 2 0 2 5 . 97908/19/12/2025 MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS CORPORACION AGARTHA S.A. MODIFICACIÓN DEL ART. 5TO Y 7MO° DEL E S TAT U T O SOCIAL. Por Escritura Pública N º 37 de fecha 06 de agosto de 2020, autorizada por la N.P. ASELA CONCEPCION QUEVEDO MARTINEZ. Conforme a transcripción del Acta de Directorio N° 06/2020 de fecha 30 de junio de 2020. Inscripción: Secciones Personas Jurídicas y Asociaciones, Mat. Jurídica N° 134, Serie SUACE, bajo el Nº 02 y al folio Nº 13-23, en fecha 20 de Agosto de 2020 y; Inscripción: Sección Comercio, Mat. Comercial N°: 134, Serie SUACE, bajo el
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N° 02 folio: N°: 1 al 10 en fecha 20 de agosto de 2020.-98078/19/12/2025
CIRCULAR. Se hace saber que en los autos c ar atula d o : “ LU I S ALBERTO SAMUDIO GIMENEZ S/MENSURA AÑO 2025 - Nº 216 - FOLIO 277” el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, por providencia de fecha 27 de noviembre de 2.025. Téngase por iniciado el juicio de MENSURA en los términos del escrito presentado sobre el inmueble individualizado con FINCA N° 3769 con PADRON N° 546 del Distrito de Caaguazú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, Quinta Sección, bajo el N° 2 al folio 7 y sgtes., en fecha 21 de agosto de 1.995 de conformidad a todo lo expuesto en el escrito presentado en forma electrónica. En consecuencia, dispóngase que se practique la mensura por el perito propuesto Lic. RAUL DIONICIO E S PI N O L A GODOY, con Registro M.O.P.C. N° 352 quien deberá dar cumplimiento a los trámites establecidos en el Art. 658 del C.P.C. y concordantes y a los requisitos de la Ley N° 6875/22, notificando a los colindantes con la debida antelación y con las formalidades establecidas en el artículo 7 c) de la referida Ley. Agréguese en forma electrónica los documentos presentados, previa autenticación por la Actuaria Judicial. Y ordénese la publicación los edictos en el diario LA NACIÓN de la Capital por el plazo de cinco días y con anticipación de diez días al inicio de las operaciones técnicas, para que los interesados puedan concurrir a presenciarlo por sí o por intermedio de representante. A los efectos de inicio de las operaciones técnicas de mensura señalar fecha para el día lunes 29 de diciembre del año 2025 a las 08:00 horas en la sala de audiencia del Juzgado, conforme lo establece el artículo 11 y el artículo 12 de la Ley N° 6875/22. Como se pide, constitúyase la Actuaria Judicial para que lleve adelante las operaciones de inicio de
los trabajos técnicos en el inmueble a mensurar situado en el Distrito de Caaguazú, para el día 29 del mes de diciembre del año en curso, a las 11 horas hs. Notifíquese por Cedula a las partes colindantes. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CAAGUAZU, 2 de Diciembre de 2025. Abg. FIDENCIA MARTINEZ RIVEROS, Actuaria Judicial. – 98021/20/12/2025 CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunicó a quienes puedan tener interés y en especial a las partes linderas, que el lunes 12 de enero del año 2026, a las 14:00 hs.; iniciaré las operaciones técnicas de mensura judicial de rectificación, de un inmueble, propiedad de LUCILA PAREDES DE ZORRILLA, ubicado en el Lugar denominado CAROVENI NUEVO, del distrito de ITAPE, Departamento de GUAIRÁ. Inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos con Finca Nº 614 (ITAPE), registrado en el Servicio Nacional de Catastro con Padrón Nº 26 (ITAPE). Cuyos linderos SEGÚN TÍTULO son: AL NORTE linda con Epifanio Zorrilla y Juan Cristaldo; AL SUR linda con Juan León Cristaldo; AL ESTE: linda con Camino Itape Villarrica. AL OESTE linda con Alejandro Zorrilla. Se aclara que con el trabajo de mensura in situ, estos linderos podrán ser confirmados, modificados, rectificados o ampliados según realidad en el terreno. La comisión fue conferida al suscripto por el Juez de Paz de la Circunscripción Judicial de Guaira; del Juzgado de Paz de San Salvador, Abog. CARLOS R. BARRETO BENITEZ. El expediente se tramita por ante la Secretaría de la Abog. ROSALIN REYES TROCHE, en el Juzgado de Paz de San Salvador. Las operaciones técnicas de mensura arrancarán del esquinero Sureste. Coordenada UTM zona 21 Sur; E=547923.05, N=7147127.53. GERARDO FLORENTINO ALARCON ROJAS, INGENIERO EN CIENCIAS GEOGRÁFICAS Reg. M.O.P.C Nº 812. MAT. N.º 826 C.S.J Y GERARDO JOSE ALARCON VILLALBA TÉCNICO EN CIENCIAS GEOGRÁFICAS. – 0982286460 – gerar.ala@gmail. com GERARDO F. ALARCON ROJAS ING. CIENCIAS GEOGRAFICAS Reg.
M.O.P.C Nº 812. MAT. Nº 826 C . S .J. 9809319/12/2025 CIRCULAR DE MENSURA JUDICIAL. Comunicó a quienes puedan tener interés y en especial a las partes linderas, que el día 10 de febrero del año 2026, a las 15:00 hs, daré inicio a las operaciones técnicas de mensura judicial para Unificación de Matrículas Fincas y Padrones de los inmuebles ubicados en el Distrito de Mariscal Estigarribia, Departamento de Boquerón, lugar denominado “La Patria”, identificados como:1) Finca 7.082 del Chaco, Padrón 19 de Gral. Eugenio A. Garay, hoy Padrón 6.071 de Mcal. Estigarribia; 2) Finca 7.083 del Chaco, Padrón 18 de Gral. Eugenio A. Garay, hoy Padrón 6.070 de Mcal. Estigarribia; 3) Finca 13.420 del Chaco, Padrón 642 de Gral. Eugenio A. Garay, hoy Padrón 6074 de Mcal. Estigarribia; 4) Matrícula Q01-1583, Padrón 6.297 de Mcal. Estigarribia; 5) Matrícula Q01-1021, Padrón 6.104 de Mcal. Estigarribia. Propiedad de GANADERA FORESTAL SANTA CATALINA S.A., en el expediente caratulado GANADERA FORESTAL SANTA CATALINA S.A. s/ Mensura, Expte. N° 109/2025-i, ubicado según título dentro de los linderos siguientes: Primer Inmueble: Al Norte: Lote Nº 98. Al Este: Derechos del Fondo Ganadero. Al Sur: Derechos del Fondo Ganadero y al Oeste: Proyecto Victoria. Segundo Inmueble: Al Norte: Lote Nº 97. Al Este: Lotes Nº 70 y 71. Al Sur: Fiscal y al Oeste: Lote N° 96. Tercer Inmueble: Al Norte: Lote N° 98. Al Sur: Lote Nº 95. Al Este: Calle. y al Oeste: Proyecto Victoria. Cuarto Inmueble: Al Norte: Derechos de la Señora Fadela Ammat, Grupo Molin, Grupo Parfex y Derechos Privados. Al Este: Derechos del Grupo Tranquilo Favero. Al Sur: Derechos del Grupo Tranquilo Favero y al Oeste: Derechos del Señor Mauro González. Quinto Inmueble: Al Norte: Derechos del Fondo Ganadero. Al Este: Derechos de Mustafa Yambai y Derechos de Gui Lucien Durand. Al Sur: Derechos de Gui Lucien Durand y al Oeste: Derechos de Hilda Rodríguez. La comisión de mensura fue conferida por el Juzgado de Primera Ins-
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tancia Multifuero, Mariscal Estigarribia de la Circunscripción Judicial de Boquerón, Juez Abg. Elbis Adan Bernal Gómez y al suscripto. El expediente se tramita en la Secretaría N° 1 a cargo del Actuario Judicial Abog. Raúl G. Marín Rodríguez. Las operaciones técnicas arrancarán en el esquinero Sur Este de la Finca 7083 con coordenadas UTM WGS84 Z20K. N 7615256.86, E 625279.61.Limpio 15 de diciembre del 2025. Ing. Emiliano Aranda A. Reg. M.O.P.C Nº 1619.C.S.J. 2875. Telef. 0971251538/ 0985-924121. Ing. Emiliano Aranda A. Reg. M.O.P.C Nº 1619 C.S.J. Nº 2875. 98103- 17 al 21/12
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY PARAGUAÍ TETÄYGUA AKÄPYROKY MBA ETEE MOAKAHA (11) Nro. Publicación: PY24116359 (43) Asunción, 12 de Diciembre de 2025. Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud: 24116359 (22) Fecha de Solicitud: 30/12/2024 15:04:07 (71) Solicitante: CARLOS MORINIGO Domicilio Solicitante: Choferes del Chaco 1323, departamento 11 A, Asunción, Paraguay (72) Inventor: CARLOS MORINIGO Domicilio Inventor: Choferes del Chaco 1323, departamento 11 A, Asunción, Paraguay (54) Título: COMPUESTO PARA CONTRACEPCIÓN EN MAMÍFEROS, POR PERFUSIÓN INTRA UTERINA. MÉTODO DE INGRESO A CAVIDAD UTERINA POR MEDIO DE CATÉTERES Y APLICACIÓN DEL PRODUCTO DEL CUERPO Y CUERNOS UTERINOS (74) Agente: Luis Emilio Pecci Díaz de Bedoya 816 (30) Prioridad/es (51) Int. CI 8: A 61F 6/14(2006.01) En cumplimiento al artículo 1 de la Ley N° 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que,
a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de Ley (57) Resumen: (379/24) La técnica es el acceso a la cavidad uterina vía transcervical, con catéteres acorde a especies y tamaño. Una vez se accede a la cavidad de la matriz, se perfunde el compuesto en el cuerpo y y cuernos de la misma. La cantidad varía acorde a las dimensiones anatómicas individuales. Farm. Berta Segovia Directora Interina Dirección de Patentes. – 98014/20/12/2025
ordena su publicación por el término de la Ley. (57) Resumen: (290/24). Se describen un método y un sistema para recuperar el calor de los gases de combustión calientes y utilizar dicho calor para regenerar un fluido de captura de CO2 usado. El sistema comprende, en orden descendente, una sección de enfriamiento, una sección de absorción, una sección de regeneración y una sección de reebullición. La invención presenta la adición de una bomba de calor configurada para recuperar calor de la sección de enfriamiento y proporcionar calor a la sección de reebullición. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes. 98116/20/12/2025
SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú, Abg. FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ISAAC MEDARDO DELVALLE BENITEZ.. El juicio radica en BENITEZ la secretaría N° 5 a mi cargo. CAAGUAZU, 2 de Diciembre PATENTE DE INVEN- de 2025. Abg. Fidencia MarCIÓN.(19) CIÓN. (19) DIRECCIÓN tinez Riveros, Actuaria JudiNACIONAL DE PROPIE- cial. – Se hace saber al destiDAD INTELECTUAL PARA- natario de este edicto que el GUAY / PARAGUÁI TETÃY- mismo cuenta con el Código GUA AKÃPYROKY MBA'ETEE QR, por lo cual, para tener MOAKÃHA (11) Nro. Publica- certeza de que este docución: PY2487426A (43) Asun- mento es válido, deberá utición, 3 de Octubre de 2025. lizar el lector del Código QR, Orden de Publicación de siendo ya en consecuencia, SOLICITUD de Patente de innecesaria la autenticación Invención (12) DATOS DE LA manual de la Actuaria del JuzSOLICITUD (21) Nº de Solici- gado conforme Acordada tud: 2487426 (22) Fecha de 1366/2019. 97712–/19/12/2025 Solicitud: 04/10/2024 12:21:49 (71) Solicitante: NEXTCHEM SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRITECH S.P.A Domicilio Solici- MERA INSTANCIA EN LO tante: Via di Vannina n. 88/94, CIVIL Y COMERCIAL DEL 00156 Roma, Italia, 1T (72) VIGÉSIMO TURNO DE LA Inventor: 1)ANDREA ORSE- CAPITAL, Abg. JUAN MARTTI; 2)PAOLO FELICI; y 3) TIN PALACIOS FANTILLI, por FABIO ENRICO GIAN- providencia de fecha 12 de FRANCO FERRARI Domicilio noviembre de 2025, dictada Inventor: 1) a 3) C/ o Via di en los autos caratulados: Vannina N. 88/94, 00156 " FLORIO FIGUEREDO Roma, Italia, 1T (54) Título: CABALLERO S/ SUCESIÓN MÉTODO Y SISTEMA DE INTESTADA". AÑO: 2024; CAPTURA DE DIÓXIDO DE N° 372; SECRETARIA N° 40, 40, CARBONO (74) Agente: Ana cita y emplaza por sesenta Cristina Garcia Palacios - 1880 (60) días a herederos y acree(30) Prioridad/es: IT dores de la sucesión del Sr. 102023000020580 – FLORIO FIGUEREDO CABA04/10/2023 (51) Int. Cl 8: B LLERO. V° B° Abog. VIDALIA 01D 53/14(2006.0l) En cum- NOEMÍ PEREIRA TOLEDO, plimiento al Artículo 1 de la Actuaria Judicial interina. Ley Nº 2593/05 que modifica Asunción, 04 de diciembre el Artículo 23 de publicacio- de 2025.-97734/19/12/2025 nes de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dis- SUCESIÓN. El Juez de PAZ pone que a partir de la fecha DE CURUGUATY del de la presente orden de publi- SEGUNDO Turno, Dr. cación, esta solicitud de MIGUEL ANGEL RIVEROS patente se hace pública y se STORM, cita y emplaza por
sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de "JUAN EDGAR VILLAMAYOR S/ JUICIO SUCESORIO AB-INTESTATO ".AÑO: ".AÑO: 2.025, N°: 135, FOLIO: 15". Curuguaty, 10 de noviembre de 2025. Abg. Rocío Rotela Meza, Actuaria Judicial. 97735/19/12/2025 SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ, EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, PENAL, NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE LA CIUDAD DE VILLA YGATIMI, MAG. ABG. MARIA GLORIA GIMENEZ DE SILVERO, cita y emplaza por 60 días por medio del Diario "LA NACION" a los herederos y acreedores de la sucesión de JOSEFINA GUERRERO DE MEDINA.-.- Villa Ygatimi, 09 MEDINA de diciembre de 2025.- -Abg. Hernán Javier Rolon Estigarribia, Actuario Judicial. 97736/19/12/2025 SUCESION. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Ñemby, Dr. Miguel Ángel Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DILUVINA CECILIA RUIZ GRANCE. Ñemby, 09 de diciembre de 2025. Cecilia Celeste Martínez López – A c tu a r ia J u d i cia l . 97739/19/12/2025 SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LAREPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JUAN DE ROSA BENITEZ. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 4 de Diciembre de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 97741/19/12/2025 SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "OSCAR
RAMON ROJAS", por providencia de fecha 20 de noviembre del año 2025, el juicio radica en la Secretaria a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 25 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A). 97742/19/12/2025 SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "RAMON MARIS RODRIGUEZ", por providencia de fecha 25 de noviembre del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 25 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A). 97743/19/12/2025 SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "LUIS ALBERTO GIMENEZ NAVARRO", por providencia de fecha 20 de noviembre del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 25 de Noviembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A). 97744/19/12/2025 SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abg. Norma Mabel Fleitas, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FAUSTINO SANABRIA DIAZ. El juicio radica en la Secretaría N° 03 a cargo de la Abg. Mercedes Ramírez, Actuaria Judicial. San Pedro de Ycuamandyyu, 4 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del
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Juzgado conforme Acordada 1366/2019.97745/19/12/2025 SUCESIÓN. Juez de Paz de Minga Guazú de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Maribel Concepción Rojas Martínez, cita y emplaza por sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de NICOLÁS OJEDA y CARMEN DUARTE DE OJEDA. El juicio radica en la Secretaría del Juzgado de Paz a cargo de la Actuaria Abg. Liz Maida Gauto González, Minga Guazú, 9 de diciembre de 2025. 97756- 11 al 20/12 SUCESIÓN .El .El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de TIBURCIO LUIS MANFREDI ORTIZ. Ñemby, 9 de diciembre de 2025. Celicia C. Martínez, Actuaria Judicial. 97796/20/12/2025 SUCESIÓN. LA JUEZA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL SEGUNDO TURNO DE CORONEL OVIEDO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAGUAZÚ, ABG. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MANUELA CUEVAS. CORONEL OVIEDO, 28 de Octubre de 2025. -Ante mí:Abg. Juan A. Onieva. Actuario Judicial - Secretaría Nº 3. -Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario Judicial del Juzgado conforme Acordada 1 3 6 6 /2 0 1 9 .97799/20/12/2025 SUCESIÓN. El Juez de Paz de Gral. R. Aquino ABG. RAMON S. RIOS CRISTALDO, cita y emplaza a herederos y acreedores de la suecsión del SR. CANUTO ACUÑA RAMIREZ Y EPIFANIA BENITEZ DE ACUÑA S/SUCESION ", ", por el termino de sesenta días, para ejercer sus legítimos derechos si las tuviere, FDO. ABG, ARNOLD RODAS RICARDO, ACTUARIO JUDICIAL. EL Expediente radica en la Secretaria General. E. Aquino, 09 de diciembre de 2025.97804/20/12/2025
14 JUDICIAL. SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DEL 2º TURNO DE CONCEPCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CONCEPCIÓN, a cargo del Abog. MIGUEL A. GONZALEZ SILVA, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de: “PEDRO ZAVALA CACERES y AGUSTINA DUARTE DE ZAVALA”.- CONCEPCION., 5 de Diciembre de 2025. Firmado digitalmente por: Lida Raquel Samudio Cuellar(Actuaria) 97815/20/12/2025 SUCESIÓN. El Juzgado de Paz Multifuero de la Circunscripción Judicial del Departamento de Guaira, a cargo del Abg. ELIGIO AMADO FIGUEREDO BOGADO, Juez de Paz Interino de la Ciudad de Natalicio Talavera, en los autos caratulados: "GERARDO FIGUEREDO DUARTE S/ SUCESION", cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la sucesión del causante GERARDO FIGUEREDO DUARTE, con C. I. № 2.400.407, secretaria Única a cargo del Secretario Judicial JUAN REINALDO VERA CASTELLANO. Natalicio Talavera, 24 de Noviembre de 2025. 97818/20/12/2025 SUCESION. La Juez de Paz en lo civil y comercial del Primer Turno de la Ciudad de Hernandarias, Abg. Ignacia Mabel Escobar, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de MARIA BEATRIZ ESPINOLA SARACHO s/ s/ Sucesión Intestada”. Exp. N°377, Año 2025.”, para que se presenten ante la Secretaria del Juzgado a cargo de la Abg. Dulce María Zorrilla Salinas, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias Juzgado de Paz, 6 de noviembre de 2025. 97828- 12 al 21/12 SUCESIÓN. El Juez de primera instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer turno de la Cordillera, Dr. JUSTO RAMOS ARRUA, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores del causante DIESMIDE BOGADO Y FRANCISCA RODRIGUEZ DE BOGADO en el juicio caratulado: “DIESMIDE BOGADO Y FRANCISCA RODRIGUEZ DE BOGADO S/ SUCESIÓN”. CAACUPE, 6 de Setiembre de 2024. Ante mí: Abog. NELLY INVERNIZZI PALMEROLA (Actuaria Judicial – Secretaría 05). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá
utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 97856/21/12/2025 SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. MAGALI ZAVALA CITA Y EMPLAZA POR 60 DÍAS A HEREDEROS Y ACREEDORES DE LA SUCESIÓN DE HUGO ALBERTO SOSA OJEDA. EL JUICIO RADICA EN LA SECRETARÍA 48 A CARGO DEL ACTUARIO JUDICIAL C ARLOS GALE ANO ARANDA. ASUNCIÓN, 10 DE DICIEMBRE DE 2025. 97859/21/12/2025 97859 /21/12/2025 SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA Y PENAL DE LA CIUDAD DE RAUL ARSENIO OVIEDO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL CAAGUAZU, ABG. GUIDO BAEZ ALVAREZ, en los autos caratulados: JUICIO: "ELIODORO NUÑEZ S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO" AÑO 2025, N° 61, FOLIO 72, cita y emplaza por sesenta (60) días a herederos y acreedores de la sucesión de ELIODORO NUÑEZ, NUÑEZ, El Juicio radica en el Juzgado de Paz en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia y Penal, de la Ciudad de Raúl Arsenio Oviedo, de la Circunscripción Judicial Caaguazú. Secretaria Unica a cargo del Actuario Manuel Giménez. Ante mí: MANUEL GIMENEZ Actuario ludicial. Abg. Guido Baez Alvarez, Juez de Paz. Raúl Arsenio Oviedo, 5 de diciembre de 2025. 97863/21/12/2025 SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del señor CARLOS RUBEN FRETES SANCHEZ, Ciudad del Este, 11 de diciembre de 2025. Abg. Celeste Arévalos Rolón (Actuaria Judicial, Secretaría N° 01). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. 97892- 13 al 22/12 SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y
Comercial del Vigésimo Segundo Turno e Interino del Décimo Octavo Turno de la Capital, Martín Diego Acosta Conde cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de la Sra. TERESA SEGOVIA. El juicio de referencia radica en la Secretaría N° 36 a mi cargo. Abg. Julio D. Cabral Almada, Actuario Judicial. Asunción, 10 de diciembre de 2025. 97910/22/12/2025 SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARCIAL COLMAN SAMUDIO. Ñemby, 25 de julio de 2025. Celicia C. Martínez, Actuaria Judicial. 97921/22/12/2025 SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circuscripcion Judicial de Guaira (Villarrica), Abg. Liza Maria Alfonso Vera, cita y emplaza por 60 (sesenta) días a los herederos y acreedores de la sucesión de VIVIANA MABEL PARRA GONZALEZ Y RICHARD SAMUEL LEIVA PARRA. Villarrica, 11 de diciembre de 2025. Cesar Rigoberto Battaglia, Actuario Judicial. 97963/23/12/2025 SUCESION. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Santa Rita 2do. Turno, Sría. Nº 3, Abg. Luis Osmar Meza Arevalos cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de MARINO RAITER S/ SUCESIÓN INTESTADA. EXPTE N° 187/2025. A cargo del Actuario Judicial Abg. Adolfo Patiño. Santa Rita, 12 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97966/23/12/2025 SUCESIÓN INTESTADA. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Cuarto Turno, Dra. Magali Zavala cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ELSA ESTELA ALE DE SILVEIRA y VIRGILIO ANTONIO SILVEIRA YUBERO. El juicio radica en
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Secretaría a mi cargo. Edgar Adrian Jara Mendoza, Actuario Judicial. Asunción, 12 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario/a del Juzgado conforme Acordada 1366/2020 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 97967/23/12/2025 SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ DE LA CIUDAD DE SAN CRISTÓBAL, DE LA VI CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ALTO PARANÁ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de VALDIR PELLIN SILVEIRA;; El juicio radica en SILVEIRA el Juzgado de Paz de San Cristóbal a cargo del Juez Abg. Luis Alfredo Samudio, y el Secretario Abg. Jorge Cuenca; San Cristóbal., 11 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/201. 97971- 14 al 23/12 SUCESIÓN. La Juez de Paz del Juzgado del Segundo Turno de la Ciudad de Hernandarias, Abg. Perla Rosana Garcete, cita y emplaza por el término de 60 días, a Herederos y Acreedores de la Sucesión de ENIO GEHRKE para que se presenten ante la Secretaria del Juzgado a cargo del Abg. Eduardo Trinidad, si así creyeren a sus derechos. Hernandarias., 11 de Diciembre de 2025. 97972- 13 al 23/12 SUCESIÓN. La Juez de Paz de Minga Guazú de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Maribel Concepción Rojas Martínez, cita y emplaza por sesenta (60) días a los herederos y acreedores de la sucesión de FREDI ISMAEL BRITEZ PANIAGUA. El juicio radica en la Secretaria del Juzgado de Paz a cargo de la Actuaria Abg. Liz Maida Gauto González, Minga Guazú., 9 de diciembre de 2025. 97973- 14 al 23/12 SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, ABG. BERNARDO MONGELOS ARCE,
cita y emplaza por sesenta días a los herederos, acreedores y todos los interesados en la sucesión de JUSTO ELÍAS MEDINA MOREIRA, para que se presenten a reclamar sus derechos. El juicio radica en la secretaría N° 05, a cargo del Actuario Judicial Abg. PEDRO B. BENÍTEZ NOGUERA.- PEDRO JUAN CABALLERO, 23 de Octubre de 2025-97998/ 25/12/2025 SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO DE CARAPEGUÁ, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE PARAGUARÍ, Abg. LIDA AUROR A SANCHEZ PEREIRA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de la causante MARIA FELICIA FERREIRA DE BRITEZ.-CABRITEZ.-CARAPEGUA., 4 de Diciembre de 2025. Firmado digitalmente por: Tania Lisset Ruíz Díaz Gaona(Actuaria) 98011/25/12/2025 SUCESION. LA JUEZA DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CIUDAD DE ITÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CENTRAL. ABG. ZULMA LILIANA ACUÑA DUARTE, Cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la SUCESIÓN de "MARTA FIGUEREDO GAUTO ", ", Itá, 9 de diciembre de 2025, Abg. PABLO CESAR OCAMPOS ORTIZ. (ACTUARIO JUDICIAL).-98026/25/12/2025 SUCESIÓN. EL ACTUARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PAZ, cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar sus derechos en la sucesión del causante ROLANDO CORONEL.-San CORONEL. -San Estanislao, 18 de julio de 2025.Abog Oscar Cantero Secretario de Juzgado de Paz. 98028/25/12/2025 SUCESION. EL JUEZ PENAL DE GARANTIAS DE LA CIUDAD DE CARAPEGUA E INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE PARAGUARI ABG. HILARIO FRANCISCO BUSTOS MARTINEZ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de DERLIS PATRICIO CACERES, el Juicio se encuentra en la Secretaría N°2 a cargo de la Actuaria Judicial ABG. MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ REYES. PARA-
GUARI, 12 de Diciembre de 2025.98032/25/12/2025 SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. CARINA RIOS DE COHENE cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de "JULIO QUITERIO GARCIA FLOR Y OTRA S/ SUSCESION INTESTADA AÑO 2.025 N° 248 FOLIO: 22", a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO. 15 de Diciembre de 2025. Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial. -Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.98034/25/12/2025 SUCESION. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Katueté, Circunscripción judicial de Canindeyú, abg. Josefina Gunsett Melgarejo, ordena la publicación de los edictos por diez (10) días, en un diario de gran circulación de la capital, citando a quien tenga interés para que se presente dentro del plazo de sesenta (60) días, contados desde la primera publicación, a reclamar sus derechos, en el juicio AMANDIO ZELFELD Y FEDE PASQUALI ZELFELD s/ Sucesión Intestada. Exp. Nº 154 Año 2025.”, que radica en la secretaría Nº02, a cargo del Actuario Judicial Abog. Justo Ariel Rojas Balbuena. Katuete, 15 de diciembre de 2025. 9805616 al 25/12 SUCESIÓN. – LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, Abg. NORMA MABEL FLEITAS, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de DANIEL IMLACH. El juicio radica en la Secretaría N° 02 a cargo de la Abg. PATRICIA BENITEZ, Actuaria Judicial. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 15 de Diciembre de 2025 Se hace saber al des-
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tinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 98066 -25/12/2025 SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abg. Norma Mabel Fleitas, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de JUAN ANDRES ROJAS. El juicio radica en la Secretaría N° 03 a cargo de la Abg. Mercedes Ramirez, Actuaria Judicial. San Pedro de Ycuamandyyu, 9 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. - 9808626/12/2025 SUCESIÓN.EL SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SAN JUAN NEPOMUCENO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAZAPÁ, ABG. CARLOS ALBERTO ROJAS C., cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de “ALBA YOLANDA ACOSTA DE DUARTE”. DUARTE”. El Juicio radica en la Secretaría Nº 1 a cargo de la Abog. LEONIDA ESTER PEREIRA.- SAN JUAN NEPOMUCENO, 12 de Diciembre de 2025- 98091 98091 /26/12/2025 SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de la Tercera Circunscripción Judicial de la República, JUAN PABLO ROMÁN TRIGO, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de ROMULO FLEITAS.. El juicio radica en FLEITAS la secretaría Nº 6 a mi cargo, Gilda Alicia Rojas Vigo (Actuaria Judicial). ENCARNACIÓN, 11 de Diciembre de 2025.98092 /26/12/2025 SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE SAN
PEDRO, Abg.LILIO BOBADILLA, cita y emplaza. por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de CECILIO JARA SANCHEZ. El juicio radica en la secretaría N°01 a cargo de la Abg. FATIMA CAROL MONTIEL, Actuario/a Judicial. SAN ESTANISLAO, 9 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-98111/26/12/2025 SUCESION .La .La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo Turno de Circunscripción Judicial de San Pedro, Abg. Norma Mabel Fleitas, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARIA ANA VILLALBA. El juicio radica en la secretaría N° 03 a cargo de la Abg. Mercedes Ramirez Cubilla, Actuaria Judicial. San Pedro De Ycuamandyyu, 11 de diciembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.98115/26/12/2025 SUCESIÓN. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Abg. Walter Mendoza cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de ROSENDA ROJAS y ANA ROJAS DE PERREN. Asunción, 27 de octubre de 2025. Ante mí: Oscar Bareiro, Actuario Judicial - Secretaría 15. 98120/26/12/2025 SUCESIÓN. El juez de primera instancia en lo civil y comercial del octavo turno, Dr. Walter Raul Mendoza Orue, cita y emplaza por 60 días a herederos y acreedores de la sucesión de NATIVIDAD DE MERCEDES FERREIRA VDA. DE CABALLERO, que tengan algun derecho o interes que reclamar contra la misma. Asunción, 4 de diciembre de 2025 Ante mi: Firmado digitalmente por: Alexis Nicolás Arturo Brambil l a ( A c t u a r i o) . 98122/26/12/2025
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