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Viernes, 25 de septiembre de 2026

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WWW.DIARIODEMEXICO.COM VIERNES

MI CIUDAD / 2

25 DE SEPTIEMBRE DE 2026 AÑO 77 NÚM. 19686 CIUDAD DE MÉXICO $5.00

Caen presuntos miembros de “Los Mojarras” con armas y drogas en Tlalpan

Repuntan colegiaturas y la inflación crece a 3.42%

# El inicio del ciclo escolar impulsó el indicador en la primera mitad de septiembre, toda vez que los costos de educación privada en primaria subieron 5.85% y en secundaria 5.33%, reveló ayer un informe del Inegi.

# Otro factor que incide en el repunte a tasa anual, según el organismo, es el de los perecederos como el jitomate (+22.79%), alimento que dijo, impacta en el costo de vida de miles de mexicanos. MI NACIÓN / 3

MI NACIÓN / 4

ESCANEA PARA LEER LA NOTA

EFE

Sheinbaum defiende las encuestas de Morena pese a las denuncias del PT

MUNDO / EDICIÓN WEB

Vuelven a plantar a Netanyahu en la ONU, vacían sala en su participación

LIMAN ASPEREZAS

ESCANEA PARA LEER LA NOTA

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y su homólogo chino, Xi Jinping, exhibieron sintonía y cordialidad en una cumbre en Washington, pese a las crecientes tensiones entre las dos mayores potencias mundiales por los aranceles, la guerra de Irán, el futuro de Taiwán y la competencia por la inteligencia artificial. MUNDO / WEB

EFE

EFE

RECEPCIÓN HISTÓRICA EN CASA BLANCA


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Cae un hombre por agredir a conductor

DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

ESPECIAL

Oficiales de la policía capitalina detuvieron a un operador de transporte público que, presuntamente participó en la agresión en contra de un automovilista en Avenida Revolución, colonia Mixcoac, alcaldía Benito Juárez.

Editor: Israel Campos Montes / israel.campos@diariodeméxico.com

TRAS OPERATIVO Y CATEO

REDACCIÓN @DDMexico

E

n un despliegue de seguridad e inteligencia realizado en la alcaldía Tlalpan, elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) aprehendieron a dos hombres identificados como Ricardo “N”, de 26 años, y Luis “N”, de 37 años, presuntos integrantes del grupo criminal conocido como “Los Mojarras”. Según la corporación citadina, la intervención policial tuvo lugar en la calle Bienestar, dentro de la colonia San Miguel Ajusco, donde oficiales realizaban patrullajes de prevención y detección de delitos de alto impacto. Durante el recorrido, los agentes observaron a ambos sujetos a bordo de un vehículo; uno de ellos portaba un arma de fuego a la vista, mientras que el segundo manipulaba bolsas plásticas habitualmente utilizadas para la distribución de estupefacientes.

# Raúl Basulto, titular de la Secretaría de Obras y Servicios.

Crece tensión por skatepark

ASEGURAMIENTO DE ARMAMENTO Y DOSIS DE DROGA

Ante la posible comisión de un delito, los efectivos aplicaron una revisión preventiva conforme a los protocolos institucionales. En la inspección se decomisó un arma de fuego larga provista con 10 cartuchos útiles y un arma corta con 11 cartuchos de uso efectivo.

Asimismo, les aseguraron un total de 253 dosis de posibles sustancias ilícitas, distribuidas de la siguiente manera:

REDACCIÓN @DDMexico

ESPECIAL

# Buscan imputarlos por extorsión, cobro de piso, secuestro y narcomenudeo

CUARTOSCURO

Golpe a célula de Los Mojarras en Tlalpan

» 89 bolsitas con hierba con características propias de la marihuana. » 64 empaques con una sustancia sólida similar a la metanfetamina. » 100 dosis de probable cocaína.

Aunado al cargamento de droga y el armamento, los elementos de la SSC confiscaron dos teléfonos celulares, una libreta con anotaciones y dinero en efectivo.

# Ambos fueron aprehendidos en la colonia San Miguel Ajusco. Tras el hallazgo, ambos implicados fueron remitidos junto con lo incautado ante el Ministerio Público, autoridad encargada de definir su situación jurídica. OPERACIÓN VINCULADA A UN CENTRO DE ACOPIO ILEGAL

Las indagatorias de la SSC y cruces de información oficial relacionan a los detenidos con el grupo delictivo “Los Mojarras”, una organización acusada de cometer extorsión, cobro de piso, secuestro y narcomenudeo en colonias de Tlalpan y diversos

sectores de la Ciudad de México. Además, la SSC asevera que el inmueble localizado en la calle Bienestar no sólo funcionaba como punto de distribución, sino que era utilizado para cocinar estupefacientes y refugiar a personas con adicciones. Finalmente, las investigaciones refieren que los imputados operaban bajo el mando de un cabecilla de la banda que continúa dirigiendo las actividades ilícitas desde el interior del Reclusorio Norte, en complicidad con otros colaboradores de la estructura criminal.

Mientras Raúl Basulto Luviano, titular de la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México (Sobse), afirma que la reposición del parque de patinaje de San Antonio Abad, demolido debido a la construcción de la Calzada Flotante de Tlalpan, se encuentra pausada debido a que la empresa seleccionada para el proyecto no cuenta con los documentos normativos requeridos, el comité de la organización Espacio Sobre Ruedas denuncia que la burocracia frena este espacio. Basulto Luviano asevera que la compañía estadounidense California Skate Park carece del papeleo necesario para participar. Sin embargo, Carlos Zúñiga, coordinador del Museo del Skate México e integrante de la citada agrupación, dice que “todo está en cancha de la Sobse” y agrega que si la dependencia quita “esos candados absurdos burocráticos, se verían beneficiados”.

Federico Bracamontes Gálvez†

Omar S. González

Jesica Cadena

FUNDADOR

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Federico Bracamontes Baz PRESIDENTE

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Israel Campos Montes

Redacción

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Congela Banxico en 6.50% la tasa de interés Van cuatro meses que el referencial sigue en dicho porcentaje, luego del recorte que aplicó el Banco de México en mayo pasado y tras conservar en sus siguientes tres reuniones —ayer la más reciente— de política monetaria la cifra.

CUARTOSCURO

DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Editor: Israel Campos Montes / israel.campos@diariodeméxico.com

# Según datos de primera quincena de septiembre

CIFRAS DEL INEGI A TASA ANUAL

Incrementa inflación a 3.42%, colegiaturas frutas y verduras suben

REDACCIÓN @DDMexico

SUBYACENTE Y NO SUBYACENTE

Al descomponer la estructura del indicador, el índice de precios subyacente —el cual excluye bienes y servicios cuyos precios presentan alta volatilidad o no responden de forma directa a las fuerzas del mercado— reportó un aumento de 0.17% a tasa quincenal, situando su variación anual en 3.79%. Mientras que al interior de esta medición, los precios de las mercancías mostraron un incremento de 0.13%, en tanto que el rubro de servicios avanzó 0.21% en el mismo periodo. Por su parte, el índice de precios no subyacente, que integra a los productos agropecuarios, energéticos y tarifas guberna-

# Reportan que el regreso a clases y el aumento en el costo de las colegiaturas pega a los bolsillos.

ESPECIAL

D

urante la primera mitad de septiembre, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró 146.10 puntos, lo que representó un incremento de 0.33% con respecto a la quincena inmediata anterior, siendo el alza de colegiaturas, frutas y verduras, de los principales factores del encarecimiento. Con este avance, la inflación general anual se ubicó en 3.42%, superando lo registrado al cierre de agosto, cuando escaló a 3.26%, reveló ayer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Asimismo, el pago escolar privado superó este porcentaje general, toda vez que en el nivel básico rebasó el 5%, aunque en licenciatura fue mucho menor, puesto que estuvo por arriba del 1%. Basta recordar que a pesar de que la actual escalada en el costo de vida significa la octava quincena consecutiva con rebote, el indicador se mantiene dentro del rango objetivo permanente establecido por el Banco de México (Banxico), que es de 3% con un intervalo de variabilidad de más o menos un punto porcentual.

mentales, registró un incremento de 0.88 % quincenal. Este comportamiento estuvo determinado en gran medida por los productos agropecuarios, los cuales crecieron 1.71 %, impulsados fuertemente por el segmento de frutas y verduras, que repuntó 3.38% en dos semanas y acumula un aumento anual de 7.91%. Respecto a los insumos energéticos, el reporte técnico precisa que “dentro del índice no subyacente, los precios de energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno aumentaron 0.24%”. LOS AJUSTES ESCOLARES

Con base en el Inegi, el encarecimiento en el presupuesto de los

hogares estuvo liderado por el jitomate, que sufrió una pronunciada variación quincenal de 22.79 %. A esta presión inflacionaria se sumaron la cebolla con un repunte de 8.61%, el gas doméstico LP con un alza de 1.97% y la carne de pollo con un incremento de 1.53%. Asimismo, el comienzo del ciclo escolar repercutió de forma directa en el gasto familiar a través del ajuste en las colegiaturas y servicios educativos. El reporte también colocó entre los genéricos con mayor incidencia positiva a la educación primaria, con una subida de 5.85% quincenal, la formación secundaria con 5.33% y los estudios de nivel universitario con 1.10%.

A este fenómeno se le llama en economía, la enfermedad de los costos de Baumol y se refiere a una tendencia de que los costos crezcan más rápido que la inflación general debido al estancamiento de la productividad en sectores intensivos de mano de obra Completan la lista de productos con variaciones al alza los alimentos cocinados (0.48%), los establecimientos de loncherías, fondas, torterías y taquerías (0.25%) y la vivienda propia (0.12%). SERVICIOS PROFESIONALES DAN UN RESPIRO EN EL MES PATRIO

A pesar de las presiones observadas en alimentos y educación, diversos rubros registraron reduc-

ciones quincenales que mitigaron el impacto sobre el bolsillo de los consumidores. La mayor baja se observó en los servicios profesionales, los cuales descendieron 16.50%. En el renglón de los perecederos y bienes de consumo habitual, se registraron contracciones significativas en la papa y otros tubérculos (-6.69%), el aguacate (-4.02%), la naranja (-3.95%) y el tequila (-2.91%). De igual forma, bajaron de precio artículos de higiene personal y del hogar como los pañales (-1.00%), los productos para el cabello (-0.93%), los suavizantes y limpiadores (-0.60%), además de las tarifas del autobús foráneo (-0.72%) y el costo de los automóviles (-0.26%).


DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

# Aunque la presidenta resaltó el método de las encuestas a nivel estatal REDACCIÓN @DDMexico

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo evitó pronunciarse sobre el desencuentro entre Morena y el PT en torno a la definición de virtuales abanderados y la construcción de alianzas para los procesos electorales de 2027, al tiempo que defendió el uso de encuestas. Durante su conferencia matutina remarcó que no intervendrá en las discusiones internas de los partidos. Al ser cuestionada por los reclamos de integrantes del PT —quienes han solicitado “piso parejo” y planteado reflexiones sobre la continuidad de la coalición—, Sheinbaum Pardo deslindó a la Presidencia de la controversia. “No me voy a meter, la verdad. Son temas de la alianza electoral que está haciendo Morena y que opine la presidenta de Morena (Ariadna Montiel Reyes), diputados y diputadas”, manifestó la jefa del Ejecutivo. DEFENSA DEL MÉTODO DE LOS SONDEOS DE OPINIÓN

Pese a abstenerse de opinar sobre los arreglos bilaterales entre ambas fuerzas políticas, la jefa del Ejecutivo federal respaldó el procedimiento que el oficialismo utiliza habitualmente para designar sus liderazgos territoriales. En ese contexto, subrayó que la selección mediante sondeos de opinión se encuentra contemplada en la normatividad interna del movimiento. “Lo que es importante aquí es el método que en su momento deci-

ELECCIONES 2027

Descarta Sheinbaum intervenir en diferendo entre Morena y PT dió Morena en sus estatutos y con sus alianzas, que son las encuestas”, enfatizó la gobernante. Asimismo, sostuvo que dicho mecanismo otorga legitimidad a quienes encabezan las estructuras locales. “Entonces quien surja de la encuesta pues es quien representa para coordinador o coordinadora de un estado, de un municipio de un distrito y ese es el esquema que se ha utilizado siempre”, remarcó. NEGOCIACIONES RUMBO A COMICIOS DE 2027

El distanciamiento ocurre mientras Morena, el PT y el PVEM buscan estructurar su plataforma conjunta para competir en las 17 elecciones a la gubernatura previstas para 2027. Aunque las dirigencias acordaron en junio pasado avanzar en unidad, se estableció de igual forma que la concreción de coaliciones y la asignación de espacios se definirían de manera particular en cada entidad federativa. Frente a las inconformidades expresadas desde el petismo respecto a la distribución de espacios en los estados, la mandataria reiteró que el asunto debe encauzarse exclusivamente a través de los canales partidistas. “Pero ya el tema particular de la alianza entre el PT y Morena ya que lo defina Morena”, concluyó.

ESPECIAL

Confirma García Harfuch captura de Edgar Valeriano, “El Kamoni”

# Este masculino fue detenido en Michoacán, informaron.

ESCANEA PARA IR AL SITIO WEB

CUARTOSCURO

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MI NACIÓN

REDACCIÓN @DDMexico

Omar García Harfuch, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), confirmó la detención en Michoacán de Edgar Valeriano “N”, alias “El Kamoni”, señalado como jefe regional del Cártel de Tepalcatepec y uno de los principales generadores de violencia en la entidad. De acuerdo con el reporte de ayer del funcionario, la aprehensión se concretó el pasado 23 de septiembre en el municipio de Tepalcatepec, como resultado de trabajos desarrollados por la inteligencia militar en articulación con la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) México, unidad adscrita a la Agencia de Investigación Criminal

# La mandataria ayer en su conferencia en Palacio Nacional.

(AIC) de la Fiscalía General de la República (FGR). Según García Harfuch, el capturado enfrenta una orden de aprehensión provisional con fines de extradición hacia Estados Unidos por delitos relacionados con el narcotráfico. Y, precisó que, por información que condujera a su localización, las autoridades de la Unión Americana ofrecían una recompensa de tres millones de dólares. Mientras que, en México, adelantó el titular de la SSPC, se buscará imputar a este individuo por la producción y distribución de drogas sintéticas y con extorsiones a empresarios del sector citrícola. García Harfuch apuntó que en la operación participaron elementos del Ejército Mexicano, Guardia Nacional y personal de la AIC


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DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

AVISOS Y CONVOCATORIAS 1/3

EDICTOS

F-30444

55 6803 21 76

edictos@diariodemexico.com

EDICTO EMPLAZAMIENTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 7° DE LO CIVIL, EXP. No. 157/2023, SECRETARÍA “A”. MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ UTRILLA

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F-30255

EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL DE EXHORTOS TIPO DOS, NÚMERO UNO. EXPLOTADORA AGRÍCOLA MORELENSE, S. DE R.L En el JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL SÉPTIMO DISTRITO JUDICIAL CON SEDE EN JONACAPETEPEC DE LEANDRO VALLE, ESTADO DE MORELOS bajo el número de EXPEDIENTE CIVIL NÚMERO 251/2024-1, relativo al exhorto número 17163/2026 relativo la VÍA ORDINARIA CIVIL acción de NULIDAD ABSOLUTA de lo escritura pública número 1856 mil ochocientos cincuenta y seis, de fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis; y demás prestaciones que enuncia en el capítulo respectivo promovido por RAFAEL GARCÍA PIMENTEL CARAZA, por su propio derecho y en su carácter de albacea de la sucesión o bienes de CARMEN BRANIFF LASCURAIN también conocida como CARMEN BRANIFF VIUDA DE GARCÍA PIMENTEL y/o CARMEN BRANIFF Y/O CARMEN BRANIFFD contra LUIS ANDRÉS BERNAL MARTÍNEZ DEL CAMPO, también conocido como LUIS ANDRÉS BERNAL Y MARTÍNEZ DEL CAMPO, PIERO SANDRO BERNAL MARTÍNEZ DEL CAMPO, PABLO ANTONIO BERNAL MARTÍNEZ DEL CAMPO también conocido como PABLO ANTONIO BERNAL Y MARTÍNEZ DEL CAMPO, DOLORES BERNAL MARTÍNEZ DEL CAMPO también conocida como DOLORES BERNAL Y MARTÍNEZ DEL CAMPO; NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DE LA QUINTA DEMARCACIÓN NOTARIAL DEL ESTADO DE MORELOS; EXPLOTADORA AGRÍCOLA MORELENSE, S. DE R.L.; NOTARIO PÚBLICO 87 DE LA CIUDAD DE MÉXICO; DIRECTOR DEL INSTITUTO DE SERVICIOS REGISTRALES Y CATASTRALES DEL ESTADO DE MORELOS; DIRECTOR DE CATASTRO DEL MUNICIPIO DEL MUNICIPIO DE JANTETELCO, MORELOS; SUBDIRECTOR DEL ARCHIVO GENERAL DE NOTARIAS DEL ESTADO DE MORELOS y SUBDIRECTOR DEL ARCHIVO GENERAL DE NOTARIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en virtud de haberse acreditado el desconocimiento del domicilio de la demandada persona moral EXPLOTADORA AGRÍCOLA MORELENSE, S. DE R.L, se ordenó emplazar por medio de edictos en términos de los autos de fechas veinticinco de febrero y veintidós de mayo del dos mil veintiséis. En consecuencia, por este conducto se le emplaza a la persona moral EXPLOTADORA AGRÍCOLA MORELENSE, S. DE R.L concediéndole un plazo de TREINTA DÍAS a partir de la última publicación a efecto de que conteste la demanda, quedando a su disposición en la primera secretaria de acuerdos las copias de traslado de la demandada y sus anexos. AUTOS: “...ADMISIÓN DE LA DEMANDA Téngase por presentado a RAFAEL GARCÍA PIMENTEL CARAZA, por su propio derecho y en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de CARMEN BRANIFF LASCURAIN también conocida como CARMEN BRANIFF VIUDA DE GARCÍA PIMENTEL y/o CARMEN BRANIFF Y/O CARMEN BRANIFFD…” “...demandando en la VÍA ORDINARIA CIVIL acción de NULIDAD ABSOLUTA de la escritura pública número 1856 mii ochocientos cincuenta y seis, de fecha treinta y uno de agosto de dos mii dieciséis; y demás prestaciones que enuncia en el capítulo respectivo...” “...encontrándose arreglada su demanda conforme a derecho se admite la misma en la vía y forma propuesta. Fórmese y Regístrese expediente en el Libro de Gobierno. Con el juego de copias simples del escrito inicial de demanda, documentos anexos y ocursos de cuenta 3406 y 3602, debidamente cotejadas con su original, se ordena por conducto de la actuarla de la adscripción, correr traslado y emplazar a los demandados...” “...para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS contesten la demanda instaurada en su contra, debiendo requerirles para que señalen domicilio procesal para oír y recibir notificaciones en el lugar de residencia de este Juzgado, es decir Jonacatepec de Leandro Valle, Morelos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo así, serón declarados rebeldes, presumiéndose confesados los hechos de la demanda que dejaron de contestar, y, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se les harón y surtirán efectos por medio del Boletín Judicial que edita este H. Tribunal...” “...emplácese a la parte demandada EXPLOTADORA AGRÍCOLA MORELENSE, S. DE R.L., por medio de la publicación de edictos, publicándose éstos por tres veces, de tres en tres días, en el Boletín Judicial que edita el Poder Judicial del Estado de Morelos y en el periódico de mayor circulación del Estado de Morelos, de igual forma se ordena la publicación de edictos en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México y en periódico o diario de circulación en la Ciudad de México de mayor circulación, dejándose las copias simples de traslado a su disposición ante la Primera Secretaria de Acuerdos, haciéndole saber que se le concede un plazo de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación para contestar la demanda entablada en su contra, apercibido que de no hacerlo se tendrá por contestada la demandada en sentido negativo; asimismo, requiérasele para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar de residencia de este Juzgado, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se les harán y les surtirán efectos por medio del Boletín Judicial que edita el Poder Judicial del Estado de Morelos...”. CIUDAD DE MÉXICO, A 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2026. SUBDIRECTORA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL TIPO 2 DE EXHORTOS NÚMERO 1. LICENCIADA ERENDIRA LASCARI MUÑOZ RÚBRICA.

En autos del juicio VÍA DE APREMIO, promovido por BANCO ACTINVER SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO ACTINVER ACTUANDO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN Y FUENTE DE PAGO 4659 en contra de MIGUEL ANGEL HERNANDEZ UTRILLA expediente número 157/2023 de la Secretaria “A”, el C. Juez Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México en cumplimiento a lo ordenado por proveídos de fechas DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS, ordenaron lo siguiente: ---- “...y toda vez que se han agotado los domicilios proporcionados por diversas dependencias, como lo solicita, emplácese mediante edictos al C. MIGUEL ANGEL HERNANDEZ UTRILLA, en términos del auto de fecha veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, mismo que deberá publicarse en el Boletín Judicial y en el periódico “Diario de México”, los que deberán ser publicados por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, debiendo mediar entre cada publicación DOS DÍAS HÁBILES, de conformidad con la fracción II del artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, haciéndosele saber al demandado que quedan a su disposición las copias simples del traslado correspondiente por el término de TREINTA DÍAS en la Secretaría de Acuerdos “A” y deberá contestar la demanda en un término de QUINCE DÍAS contados a partir de que surta efectos el término para recoger las copias de traslado, apercibido que en caso de no contestar la demanda se le tendrá por contestada en sentido negativo; asimismo, deberá señala domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones dentro de ésta jurisdicción, ya que de no hacerlo, las notificaciones incluso personales le surtirán por medio de Boletín Judicial, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar ---VEINTICUATRO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTITRÉS--- Por presentada a BANCO ACTINVER SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO ACTINVER ACTUANDO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN Y FUENTE DE PAGO 4659, por conducto de su apoderada legal TERTIUS SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO ACTINVER, quien a su vez comparece por conducto de su apoderado legal FELIPE MEDINA CASTILLO, personalidad que se les reconoce en términos de las copias certificadas del testimonio notarial 66,524 de fecha veintitrés de junio de dos mil veintiuno, otorgado por el Lic. Gerardo González Meza Hoffmann Notario Público 69 de la Ciudad de México visible a página 1 y, del testimonio notarial 9,520 de fecha cinco de julio de dos mil veintiuno, otorgado por el Lic. Rafael Salvador Garza Zambrano Notario Público 137 del Estado de Nuevo León visible a página 3. Por señalado como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el que indica. Por autorizadas a las personas que menciona para oír notificaciones, así como para recoger documentos y valores. Exigiendo en la VÍA DE APREMIO de MIGUEL ANGEL HERNANDEZ UTRILLA, la ejecución forzosa de convenio de fecha siete de octubre de dos mil dieciséis, con número de registro MP-MCM223/340/2016, celebrado ante el Mediadora Privada Lic. ERIKA BERENICE AGUILAR CELIS con número de registro 223 ante el Centro de Justicia Alternativa de este H. Tribunal. Con fundamento en lo dispuesto por los articulos 500, 504, 505, 506, 533 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en relación con el artículo 50 y 51 de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal, se admite la demanda en la vía y forma propuesta, en consecuencia con las copias simples selladas y cotejadas, constitúyase el Secretario Actuario en el del ejecutado y, requiéraseles para que en el término de CINCO DÍAS MAS OCHO DÍAS en razón de la distancia comparezcan a este H. Juzgado, a efecto de que acredite haber dado cumplimiento al convenio, apercibido que de no hacerlo dentro del término concedido para ello se procederá a la ejecución forzosa en los términos y condiciones en él pactados Y toda vez que el domicilio del ejecutado, se encuentra fuera de la Jurisdicción de este Juzgado, gírese atento EXHORTO al c. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUAREZ, ESTADO DE QUINTANA ROO, para que en auxilio de las labores de este juzgado se sirva dar cumplimiento a lo ordenado en el presente proveído, para acordar promociones que le presente la parte actora, expedir copias certificadas, recibir y ratificar firmas para convenio, girar oficios a toda clase de autoridades administrativas, civiles o judiciales, así como aplicar las medidas de apremio que estime necesarias para el cumplimiento de su cometido. Concediéndole al juzgado exhortado veinte días para dar cumplimiento al presente proveído. Se precisa al órgano exhortado que el notificador al momento de materializar el emplazamiento deberá certificar en su razón actuarial la descripción de los documentos con los cuales correrá traslado, así como el número de fojas que les entrega y que se encuentran debidamente cotejadas foliadas y selladas. De igual forma, se previene al demandado para que al producir su contestación señalen domicilio en esta Ciudad, para oír y recibir notificaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, apercibidos que, de no hacerlo, las notificaciones personales les surtirán efectos por Boletín Judicial. Asimismo, deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos dentro de esta jurisdicción, apercibidos que, de no hacerlo todas las notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán efectos mediante Boletín Judicial, con fundamento en los artículos 112 del Código Procesal de esta Ciudad.- Lo proveyó y firma en forma electrónica certificada, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, el C. Juez Séptimo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México LIC. YAIR DUARTE CRUZ en unión del C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado EDUARDO BENITEZ GARCIA, quien autoriza y da fe. Doy fe…”.--ATENTAMENTE. Ciudad de México, a 17 de agosto del 2026. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”. LIC. EDUARDO BENITEZ GARCIA RÚBRICA.


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EDICTOS DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

EDICTOS

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F-30452

EDICTO.-

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F-30296 Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 7° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 10/2025, SECRETARÍA “B”.

EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 22° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 1787/2021, SECRETARÍA “A”.

A QUIEN CORRESPONDA.

En los autos del juicio INTESTAMENTARIO a bienes de REYES MARTÍNEZ ODILÓN, quien falleció el veintiocho de febrero del dos mil tres, en la Ciudad de México, expediente número 1787/2021, el C. Juez Vigésimo Segundo Familiar de la Ciudad de México, Maestro MARCO ANTONIO HERNÁNDEZ MIRANDA con fecha dieciocho de junio del dos mil veintiséis; ordenó publicar Edictos a efecto de llamar a quienes se crean con igual o mejor derecho a heredar, haciéndoles saber que deberán presentarse ante este juzgado en la Secretaria “A” dentro de un término de CUARENTA DÍAS a partir de la última publicación, asimismo que la persona que denuncio el presente juicio son; IGNACIO, MARIA DEL CARMEN, ANA MARIA y MARIA GUADALUPE todos de apellidos REYES MARTINEZ, hermanos del autor de la presente sucesión REYES MARTÍNEZ ODILÓN.

Ante este Juzgado se presentaron JOSÉ ALFONSO AGUERO GONZÁLEZ, GUADALUPE RICARDO AGÜERO GONZÁLEZ Y JUAN CARLOS AGÜERO GONZÁLEZ, a denunciar el juicio INTESTAMENTARIO a bienes de AGUERO GONZÁLEZ SONIA, de las siguientes generales: NOMBRE (S): SONIA APELLIDO PATERNO: AGUERO APELLIDO MATERNO: GONZÁLEZ APELLIDO DEL CÓNYUGE: --NACIONALIDAD: MEXICANA ESTADO CIVIL: SOLTERA LUGAR DE NACIMIENTO: CIUDAD DE MÉXICO. EDAD: 53 AÑOS PADRES: ALFONSO AGÜERO Y GLORIA GUILLERMINA GONZÁLEZ. FECHA DEL FALLECIMIENTO: 19 DE SEPTIEMBRE DE 2020. Haciéndose saber a las personas que se crean con derecho a heredar, el fallecimiento de la autora de la sucesión sin testar, los nombres y grados del parentesco de los que reclaman la herencia para que dentro del término de CUARENTA DÍAS comparezcan al local de este Juzgado a deducir sus derechos hereditarios

CIUDAD DE MÉXICO A 19 DE AGOSTO DEL 2026. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. LOURDES HERNÁNDEZ VILLARREAL. RÚBRICA.

MÉXICO, D.F., A 27 DE MAYO DEL 2025. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS. LIC. SANDRO EDUARDO SORIA BERNAL RÚBRICA.

A QUIENES SE CREAN CON IGUAL O MEJOR DERECHO A HEREDAR.

EDICTOS

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EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 42° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 293/2025, SECRETARÍA “A”. En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL ORAL, promovido por BODEGAS LA NEGRITA, S.A. DE C.V. en contra de INTERNATIONAL BRAND SPIRITS, S.A. DE C.V., expediente 293/2025, la C. JUEZA CUADRAGÉSIMO SEGUNDO CIVIL DE PROCESO ORAL CIVIL, dictó unos autos, los cuales en su parte conducente dicen: “...CIUDAD DE MÉXICO, A DIECIOCHO DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO…” “...PREVENCIÓN. Con fundamento en el artículo 1390 Bis 12 del Código de Comercio, se apercibe a la promovente para que, dentro del término de TRES DÍAS, desahogue una prevención consistente en: 1. EXHIBA copia de traslado de la demanda electrónica junto con su constancia de EVIDENCIA CRIPTOGRÁFICA, así como de los documentos que presente; completas y legibles para la demandada. 2.Con fundamento en el artículo 1061 fracción V del Código de Comercio, EXHIBA el RFC de la parte actora y de la demandada o manifieste bajo protesta de decir verdad las razones por las cuales se encuentra impedida para hacerlo. 3. EXHIBA el original del pagare en el cual funda su acción con su respectivo endoso, Debiendo anexar UN juego de copias simples de su escrito de desahogo y aclaración, para efectos de correrle traslado su contrario, apercibido que, de no cumplir con la misma dentro del término señalado, no se dará curso a la demanda que se plantea, ordenando que se archive el expediente…” “...CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO...” “…AUTO DE EXEQUENDO. TENIENDO ESTE AUTO EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA, requiérase a INTERNATIONAL BRAND SPIRITS, S.A. DE C.V. en el domicilio señalado, para efectos de su emplazamiento, para que en el momento de la diligencia hagan pago del adeudo reclamado y no haciéndolo embárguensele bienes suficientes de su propiedad que basten a garantizar lo pretendido, los cuales quedarán en depósito de la persona que bajo su más estricta responsabilidad señale la actora, hecho lo anterior, con las copias simples exhibidas debidamente selladas, rubricadas, cotejadas y foliadas CÓRRASE TRASLADO Y EMPLÁCESE a los demandados, en términos de lo dispuesto por los artículos 1390 Ter 5 y 1394 y 1396, del ordenamiento legal invocado en segundo término y hágase entrega de la Cédula de Notificación que contenga la orden de embargo, así como de la copia de la diligencia practicada, para que dentro del término de OCHO DÍAS, contesten la demanda, refiriéndose concretamente a cada hecho, oponiendo las excepciones que se prevén en los artículos 1397, 1398, 1403; y conforme

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a las reglas previstas en los artículos 1390 Bis 16, 1390 Bis 20, 1399 y 1400 del Código de Comercio…” “…CIUDAD DE MÉXICO A DOCE DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTISÉIS…” “…Como lo solicita la parte actora con fundamento en el

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artículo 1070 quinto párrafo, del Código de Comercio y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena emplazar a la parte demandada INTERNATIONAL BRAND SPIRITS, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL, por medio de EDICTOS, que se publicaran por tres veces consecutivas en el periódico EL UNIVERSAL de circulación nacional y en el periódico el DIARIO DE MÉXICO, de circulación local.- Se fijará además en la puerta de este Juzgado una copia íntegra de la resolución por todo el tiempo del emplazamiento, debiendo de contestar la demanda en su contra dentro del término de TREINTA DÍAS, y de no señalar domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones, dentro de esta Jurisdicción, las subsecuentes aun las de carácter personal le surtirán mediante el boletín judicial. Quedando a su disposición en la Secretaria “A” se éste Juzgado las copias de traslado correspondientes en el domicilio del Juzgado 42 Civil de Proceso Oral, ubicado en Avenida Patriotismo 230, piso 14, Colonia San Pedro de los Pinos, Alcaldía Benito Juárez en la Ciudad de México. Vistas sus demás manifestaciones a que se contrae, como lo solicita, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio y 535 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México de aplicación supletoria al Código de Comercio, requiérase a la parte demandada INTERNATIONAL BRAND SPIRITS, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL para que comparezca en el local de este Juzgado Cuadragésimo Segundo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, que se encuentra ubicado en el piso 14, del edificio de Avenida Patriotismo número 230, colonia San Pedro de los Pinos, Alcaldía Benito Juárez del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a las DIEZ HORAS DEL DÍA SIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTISÉIS, para que en el acto de la diligencia, haga pago a la parte actora BODEGAS LA NEGRITA. S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DE SU APODERADO O REPRESENTANTE ELGAL de la cantidad de e $2’400,000.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), como suerte principal, más accesorios legales que se reclaman, y en caso de no hacerlo embárguensele bienes suficientes de su propiedad que cubran lo reclamado, lo que se pondrá en depósito de la persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora en el acto de la diligencia, apercibiéndosele que en caso de no hacerlo en el acto de la diligencia o de no comparecer a la misma diligencia, el derecho a señalar bienes de su propiedad para garantizar el monto de lo reclamado, pasará a la parte actora, dicho requerimiento, deberá hacerse MEDIANTE EDICTOS que se publicarán por tres días consecutivos en el BOLETÍN JUDICIAL, fijándose la cedula en los Tableros de Aviso de este Juzgado…”

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EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO CIVIL DE PROCESO ORAL. LIC. VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ RÚBRICA.


EDICTOS DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 7° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 1200/2023, SECRETARÍA “B”.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 17° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 246/2012.

En este Juzgado se tramita el Juicio CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR, ALIMENTOS, GUARDA Y CUSTODIA promovido por ROJAS MARTÍNEZ MARÍA GUADALUPE en contra de HILARIO PÉREZ MERIDA: Ciudad de México, a quince de mayo de dos mil veintiséis. ---Agréguese a sus autos el escrito de cuenta, se tiene por presentada a la parte actora MARIA GUADALUPE ROJAS MARTINEZ haciendo las manifestaciones que indica como lo solicita visto el estado procesal que guardan los presentes autos con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles emplácese al demandado HILARIO PEREZ MERIDA, por medio de edictos mismos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial y en el Periódico “DIARIO DE MÉXICO” haciendo saber al demandado que deberá comparecer ante la Secretaria de Acuerdos “B” de este juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS a darse por recibidos de las copias de traslado de la demanda instaurada en su contra a efecto de que de contestación a la misma dentro del término de Ley. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE AL DEMANDADO. NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma electrónicamente el LICENCIADO JUAN MIGUEL APIPILHUASCO LARA, actuando en funciones de JUEZ SÉPTIMO DE LO FAMILIAR EN PROCESO ESCRITO, DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA FAMILIAR DE PROCESO ESCRITO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ante el C. Secretario de Acuerdos “B” Licenciado SANDRO EDUARDO SORIA BERNAL, que autoriza y da fe. Doy fe.

En cumplimiento a lo ordenado en audiencia de fecha veinte de agosto de dos mil veintiséis, dictado en el juicio TESTAMENTARIO a bienes de FIGUEROA TARANGO FERNANDO, con número de expediente: 246/2012, EL C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO DE LO FAMILIAR, ordenó la publicación de Edictos por TRES VECES, de tres en tres días, en el periódico DIARIO DE MÉXICO y en el BOLETÍN JUDICIAL, para que SE NOTIFIQUE PERSONALMENTE A LOS SEÑORES GIUSSEPINA CASTIGLIONE SPALETTA, TINA LAZZARO CASTIGLIONE y JEAN PIERRE HESSMANN CASTIGLIONE, AMANDA ELENA DE GUADALUPE FIGUEROA TABOADA a efecto de que, comparezca a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISÉIS, apercibidos que en caso de no hacerlo así, se nombrará albacea, asimismo, deberán manifestar domicilio dentro de esta jurisdicción para oír y recibir notificaciones, en el entendido que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones personales, les surtirán por medio de Boletín Judicial, notificaciones personales que deberán de hacerse por medio de edictos que se publiquen en el boletín judicial y periódico Diario de México, por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, lo anterior con apoyo en el artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles. Ciudad de México, a 27 de agosto de 2026. ATENTAMENTE EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO FAMILIAR DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. MTRO. JUAN JOSUE MONDRAGON ARAUJO. RÚBRICA.

Ciudad de México a 19 DE MAYO DE 2026 C. SECRETARIO DE ACUERDOS DE LA SECRETARIA “B” LIC. SANDRO EDUARDO SORIA BERNAL RÚBRICA.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 10° DE LO FAMILIAR.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 30° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 172/2024, SECRETARÍA “A”.

CABALLERO SANTIAGO ADALBERTO VS. ERIKA PAULLADA NUÑEZ CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR EXP. No. 1075/2012 ACUMULADO AL EXPEDIENTE 1409/2004 PAULLADA NUÑEZ ERIKA VS CABALLERO SANTIAGO ADALBERTO CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR SECRETARIA “A” Ciudad de México, a treinta y uno de agosto del dos mil veintiséis. ---Dada cuenta con los presentes autos y toda vez que del informe remitido por el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL a foja 188 de autos se advierte que el domicilio encontrado pertenece al último domicilio laboral, de conformidad con los artículos 81, y 272-G del Código de Procedimientos Civiles vigente en esta Ciudad, ya que por principio nadie puede prevalerse del error, debiendo subsanarse en el momento en que aparezca, por tanto, se regulariza el procedimiento y como lo solicita la parte demandada en escrito presentado en este juzgado con fecha dos de julio del dos mil veintiséis, con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, NOTIFÍQUESE A FERNANDO CABALLERO PAULLADA, POR MEDIO DE EDICTOS que se publiquen por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial de este H. Tribunal y en el periódico “Diario de México”, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, a fin de hacer de su conocimiento la tramitación de la presente controversia para que dentro del término de OCHO DÍAS manifieste lo que a su derecho convenga y en caso de requerir pensión alimenticia deberá acreditarlo de manera fehaciente. Asimismo, se hace del conocimiento que el presente expediente se encuentra a su disposición en la Secretaría “A” de este Juzgado para su consulta. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la C. Juez Décimo de lo Familiar en la Ciudad de México, LICENCIADA KARLA DENISE ESCAMILLA ESTRADA ante la secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada VANESSA SOLANO PÉREZ, que autoriza y da fe. DOY FE. Reitero a usted mi más atenta y distinguida consideración. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN CIUDAD DE MÉXICO, A 03 DE SEPTIEMBRE DE 2026. EL C. SECRETARIO CONCILIADOR DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO FAMILIAR DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. DE CONFORMIDAD AL “ACUERDO GENERAL 38-41/2012. LIC. MAURICIO MORALES MONTES. RÚBRICA. En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo 38-41/2012, emitido por el Consejo de la Judicatura del Distrito federal, en sesión plenaria Ordinaria celebrada el día dos de Octubre del año dos mil doce, que considera lo prórroga de forma indefinida para autorizar los efectos previstos en el acuerdo general 43-24/2012, emitido en sesión de fecha veintinueve de mayo del año en curso, en el cual se aprobaron los “Lineamientos del programa piloto para la delegación de diversas funciones jurídico administrativas a los Secretarios Conciliadores adscritos s los Juzgados del Distrito Federal en Materia familiar.

DEMANDADA: CORSECOM GRAFICAS, S.A. DE C.V.

INDUSTRIAS

En cumplimiento a lo ordenado por auto dictado el ocho de julio del año en curso en el juicio ORAL MERCANTIL, promovido por EUROPLAST, S.A. DE C.V. en contra de CORSECOM INDUSTRIAS GRAFICAS, S.A. DE C.V., del expediente 172/2024: CIUDAD DE MÉXICO, A OCHO DE JULIO DEL DOS MIL VEINTISÉIS. Agréguese a sus autos el escrito de David López Palma, apoderada de la parte actora; por hechas sus manifestaciones y como lo solicita, elabórense lo edictos y publíquense por TRES VECES CONSECUTIVAS en “El Diario de México” y “Diario Imagen”; asimismo se da el término de TREINTA DÍAS a la demandada moral CORSECOM INDUSTRIAS GRAFICAS, S.A. DE C.V., para dar contestación a la demanda instaurada en su contra, así como señalar domicilio en la jurisdicción de la Ciudad de México. Ciudad de México, a diecinueve de abril del dos mil veinticuatro. Se tiene por presentada a DAVID LÓPEZ PALMA, en su carácter de apoderado de la sociedad actora, EUROPLAST, S.A. DE C.V., lo que acredita y se le reconoce en términos del instrumento notarial número 2820 y 26380, exhibidos en el escrito inicial y escrito de cuenta. Se tiene por señalado el domicilio que se indica, únicamente para oír las notificaciones personales que el procedimiento oral autoriza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22, del Código de Comercio. Se tiene a la sociedad accionante, EUROPLAST, S.A. DE C.V., demandando en la vía ORAL MERCANTIL, y en ejercicio de la acción de pago de pesos, de CORSECOM INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A. DE C.V., el pago de la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 40/100 M.N., por concepto de Suerte Principal, más los Intereses, Gastos y Costas, reclamados. Con fundamento en los artículos 78, 86, 1055, 1390 Bis 2, 1390 Bis 4, 1390 Bis 8 y 1390 Bis 11 del Código de Comercio, así como 105, Fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de esta Ciudad, se admite a trámite la demanda planteada, en la vía y forma propuesta; así también, con fundamento en el artículo 1390 Bis 13, del Código de Comercio, que rigen entre otros el Juicio Oral. En el entendido, de que quedan a su disposición en la secretaria de acuerdos A, del Juzgado Trigésimo de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, las copias traslado, sito en Avenida Patriotismo número 230, Piso 12, Colonia San Pedro de los Pinos, Alcaldía Benito Juárez, 03800, Ciudad de México. Ciudad de México a 31 de agosto del 2026. EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LIC. MANUEL MEZA GIL. RÚBRICA.

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EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 23° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 41/2026.

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EDICTO.-

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A LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON IGUAL O MEJOR DERECHO A HEREDAR. EN EL JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SE ENCUENTRA RADICADO EL JUICIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE CRUZ VIOLETA OROZCO MALDONADO, EXPEDIENTE 41/2026, QUIEN FALLECIÓ EL DÍA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE EL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, MISMO QUE FUE DENUNCIANDO POR SARA MENESES OROZCO, EN SU CARÁCTER DE HERMANA, EN EL CUAL MEDIANTE AUTO DE FECHA VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS, SE ORDENÓ LLAMAR A LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON IGUAL O MEJOR DERECHO A HEREDAR PARA QUE COMPAREZCAN AL LOCAL DE ESTE JUZGADO A RECLAMAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, DENTRO DEL TÉRMINO DE CUARENTA DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN. “SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN”. CIUDAD DE MÉXICO, A 13 DE AGOSTO DE 2026. EL C. SECRETARIO CONCILIADOR DEL JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO FAMILIAR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LIC. SABINO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ RÚBRICA. 3/3

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EDICTO

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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 65° DE LO CIVIL, EXP. No. 49/2020, SECRETARÍA “A”.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 28° CIVIL DE PROCESO ORAL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA CDMX, EXP. No. 401/2021.

CONSTRUCTORA HOSTOTIPAQUILLO, S.A. DE C.V. EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, SEGUIDO POR SEMESI, S.A. DE C.V., EN CONTR A DE CONSTRUCTOR A HOSTOTIPAQUILLO, S.A. DE C.V., EXPEDIENTE NÚMERO 49/2020, EL C. JUEZ SEXAGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DICTO PROVEÍDOS QUE A LA LETRA DICEN: “…Ciudad de México, a dieciocho de febrero del año dos mil veintiséis. ---Vista la certificación que antecede, se tiene por acusada la rebeldía en que incurrió la demandada al no haber hecho pago voluntario de las cantidad condenada en el segundo punto resolutivo de la Sentencia Interlocutoria de fecha primer de octubre del año en curso; en consecuencia, túrnense los presentes autos al C. Actuario de este Juzgado, a efecto de que requiera a la parte demandada para que haga pago a la actora de las cantidades de $2’133,102.84 (DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL CIENTO DOS PESOS 84/100 M.N.), a que fue condenada en el segundo punto resolutivo de la Sentencia Interlocutoria de fecha primer de octubre del año en curso y, en su caso de no hacerlo, embárguensele bienes de su propiedad bastantes a garantizar el pago de lo condenado.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. JUEZ SEXAGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO JULIÁN ENRÍQUEZ ESCOBEDO, ante el C. Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado Javier Gil Ramírez, que da fe…” “…Ciudad de México, a veintiocho de mayo del año dos mil veintiséis. ---Vista la certificación que antecede, se tiene por acusada la rebeldía en que incurrió la demandada al no haber hecho pago voluntario; en consecuencia, túrnense los presentes autos al C. Actuario de este Juzgado a efecto de que requiera a la parte demandada para que haga pago a la actora de las cantidades de $9’695,923.85 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS PESOS 85/100 M.N.) y $1’939,184.77 (UN MILLÓN NOVECIENTOS TREINTA y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS 77/100 M.N.), y, en caso de no hacerlo, embárguensele bienes de su propiedad bastantes a garantizar el pago de lo condenado.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. JUEZ SEXAGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO JULIÁN ENRIQUEZ ESCOBEDO, ante el C. Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado Javier Gil Ramírez, que da fe…” “…Ciudad de México, a seis de agosto del año dos mil veintiséis. ---Agréguese a sus autos el escrito del mandatario judicial de la actora; se ordena publicar por edictos los proveídos de requerimiento de pago de fechas dieciocho de febrero y veintiocho de mayo, ambos del año en curso y el presente, en los periódicos “LA JORNADA” Y “DIARIO DE MÉXICO”, publicaciones que deberán efectuarse TRES VECES CONSECUTIVAS. Se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE SEPTIEMBRE PRÓXIMO, para llevar a cabo en el local de este Juzgado la DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO.NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. JUEZ SEXAGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO JULIÁN ENRÍQUEZ ESCOBEDO, ante el C. Secretario de Acuerdos “A”, licenciado Javier Gil Ramírez, que da fe…” C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” LIC. JAVIER GIL RAMIREZ. Ciudad de México, a 27 de agosto del 2026. RÚBRICA.

Notifíquese a: ALEJANDRO LUNA CASTAÑEDA Que en los autos relativos al juicio EJECUTIVO MERCANTIL ORAL bajo el número de expediente 401/2021 promovido por AGUAYO REYES MIGUEL ÁNGEL en contra de ALEJANDRO LUNA CASTAÑEDA, DICTÓ UNO AUTO DE FECHA NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS QUE EN SU PARTE CONDUCENTE A LA LETRA DICEN: (…) con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se notifica a ALEJANDRO LUNA CASTAÑEDA, por medio de edictos, que con fecha quince de agosto del año dos mil veinticuatro, se admitió a trámite el incidente de Ejecución y Liquidación de Sentencia promovido por la parte actora, por lo que se ordena notificar dicho acuerdo por medio de edictos lo cuales deberán publicarse tres veces consecutivas en el periódico “DIARIO DE MÉXICO” y en el periódico “DIARIO IMAGEN” haciéndosele saber al demandado que dentro del término de TREINTA DÍAS HÁBILES deberá acudir a este Juzgado ubicado en: Avenida Patriotismo número 230, Piso 11, Colonia San Pedro de los Pinos, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03800, a recibir las copias de traslado de dicho incidente y que cuenta con el término de TRES DÍAS contados a partir del último día con que cuenta para comparecer al Juzgado a recibir los traslados para dar contestación al mismo, debiendo señalar domicilio en la jurisdicción de este Juzgado, apercibido que en caso de no hacerlo, se le tendrá por rebelde y por perdido su derecho para hacerlo valer con posterioridad, así como las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal le surtirán por BOLETÍN JUDICIAL, con fundamento en el artículo 1068 fracción II del Código de Comercio […] ---OTRO AUTO DE FECHA QUINCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO--- […] Se le tiene promoviendo INCIDENTE DE EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA, mismo que se admite a trámite y con el mismo se ordena dar vista a la parte demandada corriéndole traslado con la copia que del mismo se acompaña, para que, dentro el término de TRES DÍAS, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA DEMANDADA ALEJANDRO LUNA CASTAÑEDA. Ello con apoyo en la jurisprudencia 2019792, epígrafe NOTIFICACIÓN DEL AUTO QUE ADMITE EL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES EN JUICIOS MERCANTILES ORDINARIOS O EJECUTIVOS. DEBE ORDENARSE DE MANERA PERSONAL A LA CONTRAPARTE DE QUIEN LO PROMOVIÓ. NOTIFÍQUESE. PERSONALMENTE A LA PARTE DEMANDADA ALEJANDRO LUNA CASTAÑEDA. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Octavo Civil de Proceso Oral y Extinción de Dominio de la Ciudad de México, licenciado José Agustín Pérez Cortés, ante el C. Secretario de Acuerdos licenciado José Alberto Martínez Fragoso, quien autoriza y da fe. DOY FE. […] CIUDAD DE MÉXICO A VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. EL SECRETARIO DE ACUERDOS ADSCRITO AL JUZGADO VIGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL Y EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LICENCIADO JOSÉ ALBERTO MARTÍNEZ FRAGOSO RÚBRICA.


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EDICTOS DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

CARTELERA JURÍDICA

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EDICTOS Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 24° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 838/2025, SECRETARÍA “B”

COLOQUIO

Convocatoria para participar en el Primer Coloquio Nacional de Estudiantes de Posgrado y Personas Investigadoras sobre la Desaparición de Personas en México Del 12 al 13 de noviembre de 2026, de 9:00 a 15:00 horas. Dirigido al público en general. Informes al +52(55) 5622 7474 ext. 85210 y 85211.

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---En los autos del juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE GARCIA OLIVERO EVANGELINA, Expediente Número 838/2025, el C. Juez ordenó que por este conducto se notifique a ANTONIO VIEYRA HERNANDEZ, la radicación del presente juicio, que tiene un término de TRES DÍAS para comparecer a deducir los posibles derechos hereditarios que pudieren corresponderle, quién deberá, proporcionar domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado, apercibido que en caso de omisión, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, le surtirán efectos por Boletín Judicial.

Si usted desea anunciar su evento en este espacio, comuníquese al teléfono 54426523 o al correo electrónico: redaccionddm@gmail.com

CIUDAD DE MÉXICO A 31 DE AGOSTO DEL 2026. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” LIC. BLANCA ESTELA VALDEZ SANTAMARIA RÚBRICA.

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Llámanos tel : 55 5442 6509 | 55 5442 6500 edictos@diariodemexico.com

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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO DECIMO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 20° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 651/2019.

1. MERCANTIL DE PRODUCTOS MORELOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; 2. EL CLÁSICO DE MORELOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y 3. BENJAMÍN ANDRÉS CALDERÓN MENDOZA

EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ORAL, PROMOVIDO POR VENTAS CELESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN CONTRA DE MARÍA GREGORIA LÓPEZ ALVA y JOSÉ GUADALUPE HERNÁNDEZ SALAZAR, EXPEDIENTE 651/2019, El C. Secretario de Acuerdos en Funciones de Juez del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, Licenciado Román León Ríos, ordenó la notificación a la codemandada MARÍA GREGORIA LÓPEZ ALVA, respecto del incidente. Ciudad de México, a siete de agosto del año dos mil veintiséis. Agréguese al expediente 651/2019, el escrito del representante legal de la parte actora, vistas las constancias de autos de las que se desprende que no se advierte un diverso domicilio de LOPEZ ALVA MARIA GREGORIA, por lo que no ha sido posible hacerle de su conocimiento el acuerdo de siete de agosto de dos mil veinticinco, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, notifíquesele mediante edictos publicados en el “DIARIO DE MÉXICO” y “EL HERALDO DE MÉXICO”, tres veces consecutivas, a fin de que comparezca a este juzgado, dentro del término de VEINTE DÍAS a recibir las copias de traslado del incidente de liquidación, contados a partir del día siguiente de la última publicación que se realice y se encuentren en posibilidad de dar contestación al mismo; quedando a su disposición en la Secretaría “A”, las copias de traslado correspondientes y contando con el término de TRES DÍAS para producir su contestación, contados a partir del día siguiente en que venza el plazo previsto inicialmente, o bien de que reciban las copias de traslado respectivas. EXPEDIENTE 651/2019 CIUDAD DE MÉXICO, A SIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO. Agréguese a sus autos, el escrito, presentado por el apoderado legal de la parte actora, a quien se tiene iniciando INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES MORATORIOS, mismo que se admite a trámite, con fundamento en los artículos 1346, 1348, 1349 y 1404 del Código de Comercio y mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL dese vista a la demandada LOPEZ ALVA MARIA GREGORIA Y HERNÁNDEZ SALAZAR JOSÉ GUADALUPE, para que dentro del término de TRES DÍAS manifiesten lo que su derecho corresponda sobre el incidente en comento; notificación personal que se ordena, atento al contenido de la jurisprudencia por contradicción, misma que es de observancia obligatoria en términos de lo previsto por el artículo 217 de la Ley de Amparo y que a la letra cita: “NOTIFICACIÓN DEL AUTO QUE ADMITE EL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES EN JUICIOS MERCANTILES ORDINARIOS O EJECUTIVOS. DEBE ORDENARSE DE MANERA PERSONAL A LA CONTRAPARTE DE QUIEN LO PROMOVIÓ.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 14610/2025, PROMOVIDO POR BANCO MONEX, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, MONEX GRUPO FINANCIERO, SE ADMITIÓ LA DEMANDA CONTRA 1. MERCANTIL DE PRODUCTOS MORELOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; 2. EL CLÁSICO DE MORELOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y 3.BENJAMÍN ANDRÉS CALDERÓN MENDOZA, EN LA QUE LA ACTORA RECLAMA EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL: LA DECLARACIÓN DE VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE DE TRES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO POR PARTE DE LOS CODEMANDADOS; EL PAGO DE $14´999.500.00 (CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL; EL PAGO DE $145,150.62 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA PESOS 62/100 MONEDA NACIONAL) POR CONCEPTO DE INTERESES ORDINARIOS GENERADOS DESDE LA FECHA DEL INCUMPLIMIENTO AL TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, MÁS LOS QUE SE SIGAN GENERANDO HASTA EL PAGO TOTAL DE LA SUERTE PRINCIPAL; EL PAGO DE $497,489.35 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 35/100 MONEDA NACIONAL) POR CONCEPTO DE INTERESES MORATORIOS GENERADOS DESDE LA FECHA DEL INCUMPLIMIENTO AL TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, MÁS LOS QUE SE SIGAN GENERANDO HASTA EL PAGO TOTAL DE LA SUERTE PRINCIPAL Y EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS. POR LO QUE SE ORDENÓ EMPLAZAR A LOS CODEMANDADOS POR EDICTOS, HACIENDOLES SABER QUE DEBERÁN PRESENTARSE A ESTE JUZGADO DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN PARA DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA QUEDANDO EN EL JUZGADO LA DEMANDA DE MÉRITO Y ANEXOS, APERCIBIDAS QUE EN CASO DE NO HACERLO DENTRO DE DICHO TÉRMINO, POR SÍ O POR QUIEN PUEDA REPRESENTARLAS, SE CONTINUARÁ CON EL PROCEDIMIENTO EN SU REBELDÍA, HACIÉNDOLE LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL POR MEDIO DE LISTA, QUE SE FIJARÁ EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO. CIUDAD DE MÉXICO, 21 DE AGOSTO DE 2026. LIC. JUAN JOSÉ MORENO SOLÉ. SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. RÚBRICA.

CIUDAD DE MÉXICO A 12 DE AGOSTO DE 2026 LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS LICENCIADO HERIBRANT PEDRAZA MEZA. RÚBRICA.


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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 35° DE LO CIVIL, EXP. No. 957/2024, SECRETARÍA “A”. A: ELISEO PERALTA MONTIEL.

Demandada: Yolanda Lugo Becerra. Se le hace saber que en el auto de catorce de agosto de dos mil veinticinco, dictado en el juicio oral mercantil 628/2025-III, se admitió a trámite la demanda promovida por Retrofin, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Maurice Pierre Duval Barranco en contra de Yolanda Lugo Becerra y Jesús Esaú García Lugo; asimismo, mediante el proveído de cuatro de septiembre de dos mil veintiséis, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordenó notificar por medio de edictos a la codemandada Yolanda Lugo Becerra, lo que en la vía oral mercantil se le reclama a usted y al diverso codemandado: A. La declaratoria judicial de rescisión del contrato de arrendamiento puro de equipo, de conformidad con lo establecido en las cláusulas DÉCIMA CUARTA y DÉCIMA QUINTA del documento base de la acción. B. El pago de $590,751.66 (quinientos noventa mil setecientos cincuenta y un pesos 66/100 M.N.) por concepto de rentas y seguro no pagados en los términos de la cláusula CUARTA del contrato de arrendamiento puro de equipo base de la acción. C. El pago del Impuesto al Valor Agregado generado por cada una de las rentas y seguro no pagados. a la tasa del 16% de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado. D. El pago de Intereses moratorios a la tasa del 3% mensual, causados desde la fecha en que el demandado ha incurrido en mora respecto del cumplimiento de la obligación de pago a su cargo, y hasta el momento en que la prestación principal sea totalmente pagada, mismos que serán liquidados en ejecución de sentencia y que encuentran sustento en la cláusula QUINTA del contrato de arrendamiento puro de equipo base de la acción. E. La devolución del equipo arrendado, en términos de lo estipulado en el último párrafo de la cláusula DÉCIMA CUARTA del contrato de arrendamiento puro de equipo base de la acción. F. El pago de las penas convencionales establecidas en la cláusula DÉCIMA SEXTA del contrato de arrendamiento puro de equipo, consistentes en: (i) 3 (tres) rentas mensuales en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente CONTRATO. (ii) El 5% (cinco por ciento) del valor de la renta mensual pactada en este contrato por cada día que demore en hacer la entrega del bien arrendado. El monto de dichas penas convencionales será liquidado en ejecución de sentencia. G. EI pago de los gastos y costas que se generen con motivo de la tramitación del presente juicio, los cuales serán cuantificados en ejecución de sentencia. Se hace de su conocimiento que conforme a lo dispuesto por el artículo 1390 bis 14 del Código de Comercio y el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deberá presentarse la codemandada Yolanda Lugo Becerra ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, dentro del plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, contado a partir del siguiente al que surta efectos la última publicación de los edictos ordenados, para que conteste por escrito la demanda instaurada en su contra, oponiendo las excepciones y defensas que tuviere para ello; asimismo, deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México. Con el apercibimiento de que de no comparecer, se procederá en términos de lo dispuesto por los artículos 1390 bis 16 y 1390 bis 20 del Código de Comercio, y se proseguirá el juicio en todas sus etapas legales. Las notificaciones que se ordenen en el asunto se harán siguiendo las reglas del numeral 1390 Bis 10 de la citada legislación, quedando a su disposición en la secretaría de este Juzgado, copia simple de la demanda y de los documentos base de la acción. Ciudad de México 4 de septiembre de 2026 Angélica Muñoz Luna Secretaria adscrita al Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México. RÚBRICA. 1/2

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EDICTOS Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 24° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 622/2025, SECRETARÍA “B”. A QUIEN CORRESPONDA Dentro de los autos del juicio sucesorio INTESTAMENTARIO a bienes de REYES VERDEJO NORA EUGENIA, con número de expediente 622/2025, el C. Juez ordenó ANUNCIAR la muerte sin testar de REYES VERDEJO NORA EUGENIA, así como que las personas que denuncian la presente sucesión son CELIA MÉRIDA, FRIDA ISABEL y LIVIA RUTH de apellidos REYES VERDEJO, en su carácter de hermanas de la de cujus, a fin de que las personas que se crean con derecho a heredar comparezcan ante este Juzgado en el término de CUARENTA DÍAS a deducir sus derechos, contados a partir de la última publicación. CIUDAD DE MÉXICO A 20 DE AGOSTO DEL 2026. EL C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” LIC. BLANCA ESTELA VALDEZ SANTAMARIA. RÚBRICA.

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por SCOTIABANK INVERLAT SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, en contra de ELISEO PERALTA MONTIEL, expediente 957/2024, el C. Juez Trigésimo Quinto de lo Civil de esta Ciudad, dictó proveído de fecha doce de agosto de dos mil veintiséis y diecinueve de septiembre de dos mil veinticuatro, que en su parte conducente dice: Se tiene por presentada a ELVIRA NERIA RODRÍGUEZ en su carácter de apoderada de SCOTIABANK INVERLAT SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT Se le tiene demandando a nombre de su representada en la vía ESPECIAL HIPOTECARIA de ELISEO PERALTA MONTIEL las prestaciones que indica en su escrito inicial de demanda. Haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS para que produzca su contestación dentro del mismo término, señale domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado, oponga excepciones y defensas, aporte las pruebas que tuviera, apercibido que en caso de no hacerlo así en el término concedido se le tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, y el juicio se seguirá en su rebeldía, así como las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal le surtirá sus efectos por BOLETÍN JUDICIAL, con fundamento en el artículo 637 del Código Procesal antes citado. Y al efecto quedan a su disposición las copias simples de la demanda y sus anexos en la Secretaria “A” de éste JUZGADO TRIGÉSIMO QUINTO CIVIL, ubicado en: Avenida Niños Héroes número 132, Torre Norte, octavo Piso, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc. Código Postal 06720, Ciudad de México. 2/2

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Ciudad de México, a 14 de agosto de 2026 EL C. SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS “A” LIC. IRVIN MICHEL ARROYO BARRERA.

EDICTO. Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 12° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 740/2024, SECRETARÍA “B”.

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EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 17° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 1671/2019, SECRETARÍA “A”. Que en los autos del juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de PÉREZ JIMÉNEZ MARINO, en el expediente 1671/2019. En fecha SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS, se dictó un auto cuya parte conducente dice “...Ciudad de México a siete de agosto de dos mil veintiséis. ---Téngase por hecha la certificación que antecede para los efectos legales a que haya lugar, ahora bien y por cuanto hace al ocurso de cuenta se provee en los siguientes términos: Agréguese al CUADERNO PRINCIPAL el escrito signado por SILVIA PÉREZ JIMÉNEZ con la personalidad reconocida en autos, por hechas las manifestaciones y visto su contenido, así como constancias de autos de las que se advierte que no se ha notificado a JOSÉ LUIS PÉREZ CASTRO, el contenido de la sentencia dictada en fecha veintitrés de enero de dos mil veintitrés por lo tanto como se solicita se ordena que dicha notificación se realice mediante la publicación de edictos, los cuales se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el boletín judicial y en el periódico DIARIO DE MÉXICO, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndole saber que, en fecha veintitrés de enero de dos mil veintitrés se dictó sentencia interlocutoria en al que se resolvió lo siguiente: “… PRIMERO.- Se declaran como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la presente sucesión intestamentaria a bienes de PÉREZ JIMÉNEZ MARINO a sus HERMANOS los CC. ISRAEL, FRANCISCA ELIZABETH, VALENTIN, APOLONIO (HOY SU SUCESIÓN), CARMEN y SILVIA todos de apellidos PEREZ JIMÉNEZ, de conformidad con los artículos 1630 y 1602 fracción I, del Código Civil, en relación con el 799 del Código de Procedimientos Civiles, ambos para esta Ciudad de México. ATENTAMENTE SECRETARIA DE ACUERDOS “A” POR MINISTERIO DE LEY DEL JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO FAMILIAR DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LICENCIADA DIANA ROCÍO CASTILLO MEJÍA RÚBRICA.

En los autos derivados del Juicio INTESTAMENTARIO a bienes de RAMOS RAMOS PATRICIO expediente 740/2024, Secretaría “B”, el C. Juez Décimo Segundo de lo Familiar de la Ciudad de México, MAESTRA MONTANDON SPINOSO ROSSINA. Se dictan las siguientes actuaciones que en lo conducente dice: Ciudad de México, a cinco de mayo del año dos mil veintiséis. ELABORACIÓN DE EDICTOS: Con relación al requerimiento que plantea, como lo solicita, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 807 del Código de Procedimientos Civiles, publíquense los edictos respectivos, por DOS VECES de DIEZ en DIEZ DÍAS, en el Boletín Judicial y en el periódico EL DIARIO DE MÉXICO, anunciando la muerte del autor de la presente sucesión RAMOS RAMOS PATRICIO, así como el nombre y grado de parentesco del que reclama la herencia, llamando a los que se crean con igual o mejor derecho a heredar, para que comparezcan al local de este Juzgado a reclamar lo que a su derecho convenga, dentro del término de CUARENTA DÍAS, contados a partir de la última publicación.NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma electrónicamente la Jueza Décimo Segundo de lo Familiar en esta ciudad MAESTRA MONTANDON SPINOSO ROSSINA, quien actúa asistida de la Secretaria de Acuerdos “B” Licenciada NALLELY JIMÉNEZ ALTAMIRANO, con quien actúa, autoriza y da fe. ---Ciudad de México, a seis de mayo de dos mil veinticuatro ---RADICACIÓN.Se tiene por presentadas a AMBROCIA CONCEPCION RAMOS RAMOS Y DIEGA MARGARITA RAMOS R AMOS denunciando la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de PATRICIO RAMOS RAMOS. Con fundamento en los artículos 799, 800 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para esta ciudad, se radica el presente juicio sucesorio. ---ACUERDOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.- En cumplimiento al Acuerdo número 05-19/2020, de fecha trece de abril del dos mil veinte, se REQUIERE y EXHORTA a las y los justiciables y a sus representantes para que en el término de TRES DÍAS proporcionen y autoricen que las notificaciones personales pueden realizarse por cualquier medio de comunicación o vía electrónica. Para ello, deberán señalar los números telefónicos, correos electrónicos o cualquier otro medio para la recepción de mensajes de texto (SMS) y aplicaciones de mensajería móvil (WhatsApp, Messenger, Telegram, entre otras). ---NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el JUEZ DÉCIMO SEGUNDO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DOCTOR CARLOS ENRIQUE SÁNCHEZ APARICIO, ante la SECRETARIA CONCILIADORA, MAESTRA BLANCA FEREGRINO TREJO, quien autoriza y da fe. Ciudad de México, a 14 de mayo del 2026. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”. LIC. NALLELY JIMÉNEZ ALTAMIRANO. RÚBRICA.

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EDICTO: Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 29° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 427/24. SE EMPLAZA A MANUEL TREJO MALDONADO En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por OLMEDO SOSA PABLO, en contra de TREJO MALDONADO MANUEL, expediente número 427/24. El C. Juez Vigésimo Noveno de lo Civil de proceso escrito de la Ciudad de México, por auto de fecha trece de julio del dos mil veintiséis y con fundamento en el artículo 122, fracción II del Código de Procedimientos Civiles ordenó hacerle saber al demandado mencionado por medio de edictos, que por auto admisorio de fecha veintiséis de abril del dos mil veinticuatro, la parte actora OLMEDO SOSA PABLO, le demanda en Juicio Ordinario Civil las siguientes prestaciones: 1. La declaración de la prescripción positiva respecto del inmueble materia de la litis. 2. Que declare a la parte actora como propietario del bien inmueble materia de la litis 3. Se ordene la inscripción correspondiente en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de la Ciudad de México 4. Se cancele la inscripción correspondiente en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de la Ciudad de México, en virtud de que dicho inmueble se encuentra a nombre de la parte demandada 5. El pago de los gastos y costas que se generen por la tramitación del presente juicio. Esto a fin de que se presente en la secretaría A de este juzgado dentro del término de treinta días hábiles a partir del día siguiente de la última publicación de los edictos, a recibir las copias de traslado para dar contestación a la demanda, dentro del plazo de QUINCE DÍAS posteriores, a partir del día siguiente del que reciba las copias de traslado. EL. C. SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. JUAN DE LA CRUZ ROSALES CHI RÚBRICA.

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CARTELERA JURÍDICA

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CONGRESO

III Congreso “Los usos del Derecho como medio de control social” Del 28 al 30 de octubre de 2026, de 11:00 a 14:00 horas. Presencial y/o a distancia, a elegir. Evento gratuito. Dirigido al público en general. Informes al 555622 7474 ext. 85210 y 85211.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 12° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 188/2026, SECRETARÍA “B”.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVO Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE QUERÉTARO.

En los autos del Juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de ENRIQUE DUARTE HERNANDEZ, con número de expediente 188/2026, Secretaría “A”, la C. Jueza Décimo Segundo de lo Familiar de la Ciudad de México, MAESTRA ROSSINA MONTANDON SPINOSO mediante audiencia de fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintiséis, ordenó un auto que a la parte conducente dice: “…En la Ciudad de México, siendo las diez horas con treinta y dos minutos del día dieciocho de agosto de dos mil veintiséis, día y hora señalados para que tenga verificativo la AUDIENCIA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 801 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA LA ENTIDAD...” “...con la finalidad de anunciar la muerte sin testar de ENRIQUE DUARTE HERNANDEZ informando que MA. AURESTELA DUARTE MONDRAGON -en su calidad de media hermana- es la persona que denuncia el juicio, así como que ISIDRA DUARTE HERNANDEZ, DANIEL DUARTE HERNANDEZ, MA. AURESTELA DUARTE MONDRAGON Y BEJAMIN DUARTE MONDRAGON acreditaron su entroncamiento con el autor de la sucesión, en su calidad de hermanos y medios hermanos, siendo quienes se creen con derecho a heredar en el presente juicio llamando a los que se crean con igual o mayor derecho para que comparezcan a éste Juzgado a reclamarla dentro de cuarenta días naturales…” “…Con lo que se cierra la presente diligencia, siendo las once horas con diez minutos de la fecha en que se actúa, firmando en ella los que intervienen en unión de la C. JUEZA DÉCIMO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MAESTRA ROSSINA MONTANDON SPINOSO Y LA C. SECRETARIA CONCILIADORA, MAESTRA BLANCA FEREGRINO TREJO, con quien actúa autoriza y da fe. Doy fe…” “…Ciudad de México, a veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. ---Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, recibidos en Oficialía de Partes de este Juzgado el veinticuatro de marzo del año en curso, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda…” “...RADICACIÓN.- Se tiene por presentada a MA. AURESTELIA DUARTE MONDRAGON denunciando la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de ENRIQUE DUARTE HERNANDEZ. Con fundamento en los artículos 799, 800 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para esta ciudad, se radica el presente juicio sucesorio…” “...ACUERDOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.- En cumplimiento al Acuerdo número 05-19/2020, de fecha trece de abril del dos mil veinte se REQUIERE y EXHORTA a las y los justiciables y a sus representantes para que en el término de TRES DÍAS proporcionen y autoricen que las notificaciones personales pueden realizarse por cualquier medio de comunicación o vía electrónica. Para ello, deberán señalar los números telefónicos, correos electrónicos o cualquier otro medio para la recepción de mensajes de texto (SMS) y aplicaciones de mensajería móvil (WhatsApp, Messenger, Telegram, entre otras)…” “... NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma la JUEZA DÉCIMO SEGUNDO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MAESTRA ROSSINA MONTANDON SPINOSO ante la SECRETARIA CONCILIADORA, MAESTRA BLANCA FEREGRINO TREJO quien autoriza y da fe…” Ciudad de México, a 17 de septiembre del 2026. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”. LICENCIADA NALLELY JIMÉNEZ ALTAMIRANO RÚBRICA.

Por éste, publicarse por tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en un periódico local del Estado de Querétaro, y en los estrados de este Juzgado, se ordena emplazar por este medio a Túneles y Obras Mineras, S.A. de C.V., demandada en el Juicio Oral Mercantil 217/2024, promovido por REFACCIONES NEUMÁTICAS DE LA PAZ, Sociedad Anónima de Capital Variable; prestaciones: a) El pago de la cantidad de USD $14,848.55 (catorce mil ochocientos cuarenta y ocho dólares 55/100 moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), por concepto de SUERTE PRINCIPAL. b) El pago de la cantidad de USD $2,375.77 (dos mil trescientos setenta y cinco dólares 77/100 moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), por concepto de impuesto al valor agregado resultante de la suma total de las facturas reclamadas. c) El pago de los INTERESES MORATORIOS al tipo legal computado desde la fecha en que incurrió en mora. c) El pago de GASTOS Y COSTAS derivados de la tramitación del presente juicio.” Hechos: 1… 2… 3. Con motivo del objeto de mi ponderdante, los CC. JUAN CARLOS MAGAÑA Y ALFREDO QUINTANA FLORES, en su carácter de vendedores de mi poderdante concretaron la compraventa y adquisición de nuestros productos y servicios con la razón social Túneles y Obras Mineras, S.A. de C.V., iniciando la relación comercial el 7 de marzo del año 2011,... 6.- ...la demandada quedó comprometida a pagar su deuda para con mi ponderdante, y al no hacerlo se les requirió el pago por la vía extrajudicial, pero hasta la presente fecha se ha negado a hacer el pago del monto referente a las facturas descritas... toda vez que ha habido mala fe de la parte demandada para no cubrir el pago reclamado a REFACCIONES NEUMÁTICAS DE LA PAZ, Sociedad Anónima de Capital Variable., el cual asciende a la cantidad de $14,848.55 (catorce mil ochocientos cuarenta y ocho dólares 55/100 moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) cantidad que se reclama son considerar el Impuesto Al Valor Agregado IVA)...” Que a la fecha el actor desconoce el lugar de residencia de la parte reo Túneles y Obras Mineras, S.A. de C.V., toda vez que ya no fue localizada en el domicilio señalado. Emplazándole por este medio a fin de que se presente ante este Juzgado ubicado en Avenida Fray Luis de León número 2880, Edificio “B”, tercer piso, Colonia Centro Sur, en la Ciudad de Querétaro, Querétaro, dentro del término legal de (30) treinta días (por así haberse dispuesto en el auto de veintidós de mayo de dos mil veintiséis), contados a partir del siguiente al de la última publicación, previsto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio, conforme lo dispuesto por su numeral 1063, a contestar demanda por sí, Apoderado o Gestor Oficioso; de igual forma se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad a fin de recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes se harán por lista que se publica en los estrados de este Juzgado, quedando a su disposición en la secretaría del juzgado copia de la demanda, escrito aclaratorio y anexos respectivos. Querétaro, Querétaro, veintidós de mayo de dos mil veintiséis. Atentamente. Licenciado Salvador Arroyo Barboza Secretario del Juzgado Tercero del Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro. RÚBRICA.

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Doblete de Haaland da triunfo a Noruega Un doblete de Erling Haaland, que contabiliza más goles que partidos con su selección, permitió a Noruega arrancar su andadura en la Liga de Naciones con una sufrida victoria (3-2) sobre una Dinamarca que soñó con dar la sorpresa en Oslo, pero no le alcanzó al final.

EFE

DEPORTIVA PARA MAÑANA

VS MÉXICO

POR IRAM MARTÍNEZ @DDMexico

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afael Márquez, quien debutó en la Selección Mayor en 1997 de la mano de Velibor Milutinovic, dará un paso muy importante al pasar de máximo referente en la defensa del cuadro nacional a director técnico del Tricolor. NUEVA RESPONSABILIDAD Tras su exitoso paso por Europa, y su regreso al futbol mexicano, Rafael Márquez se retiró de las canchas para tomar lugar en el banquillo, donde también adquirió experiencia en el viejo continente para, finalmente, integrarse al cuerpo técnico de Javier

DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Editor: Gibran Carrasco Guerra / jorge.carrasco@diariodemexico.com Diseño: Jesica Cadena

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DEBUT EN LA GRANDE

Turno de ‘El Kaiser’ Aguirre como auxiliar técnico durante la Copa del Mundo 2026. La oportunidad, pactada desde antes del campeonato mundial, se volvió realidad luego de la eliminación del tricolor de la Copa del Mundo 2026, la cual se formalizó el 8 de julio con el nombramiento y el 10 de septiembre con su presentación y la de su cuerpo técnico, quienes debutarán al mando de la selección mañana por la tarde. DURO DEBUT Su primer reto será frente a Colombia, una selección que se ha enfrentado a México en 23 ocasiones, llevándose la victoria en 10, dejando siete

empates, y solo seis victorias para el equipo mexicano. Tomando en cuenta el último enfrentamiento entre estas selecciones, en octubre del 2025, donde Colombia goleó 4-0 a México con goles de Jon Lucumí, Luis Díaz, Jefferson Lerma y Johan Carbonero, más el historial negativo de México, podría considerarse que a Rafa le tocó un primer rival de alta dificultad. Sin embargo, considerando la reciente Copa del Mundo, el escenario cambia un poco, pues ambas selecciones salieron eliminadas en octavos de final, con un desempeño que, para algunos, quedó a deber del lado colombiano.

BAJAS IMPORTANTES Siguiendo con el desempeño reciente, el cuadro mexicano destaca frente a Colombia en la contundencia delantera, pues en la Copa del Mundo México marcó 10 goles, mientras que Colombia apenas llegó a cinco tantos, sin embargo, la dupla que ocasionaba el peligro mexicano, Jiménez y Quiñones, no estarán disponible para este encuentro. México no será el único que tenga ausencias importantes, pues Colombia disputará la fecha FIFA sin Luis Díaz y dará inicio a un proceso sin James Rodríguez, quien se retiró de la selección el pasado 15 de septiembre. EFE

# Rafael Márquez disputará su primer partido como director técnico de la Selección Nacional de México

COLOMBIA

» ESTADIO M&T Bank Stadium » HORA 19:00

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DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

ARTE, CULTURA Y ENTRETENIMIENTO

FOTO: EFE

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Del Toro y Cuarón estarán en el FICM El Festival Internacional de Cine de Morelia (FICM), el encuentro más relevante del séptimo arte en México, presentó su programación oficial para su vigesimocuarta edición, que se celebrará del 16 al 25 de octubre, y contará con Guillermo del Toro y Alfonso Cuarón.

Coeditor: Aarón Cruz Soto / aaron.cruz@diariodemexico.com / Diseño: Lluvia Alonso

‘CARNAVAL DE LUZ’

Un legado que sigue sonando POR ALEJANDRO ÁVILA PEÑAX @DDMexico

L

a banda de rock más importante de Irlanda, U2, lanzará el próximo 13 de noviembre su nuevo material discográfico ‘Carnaval de Luz’; dieciseisavo álbum de estudio del cuarteto de rock que este 25 de septiembre celebra 50 años de trayectoria. Su nueva obra musical rompe un silencio de 9 años luego de que en 2017 publicaron ‘Songs of Experience’. En su próximo disco, la banda ha forjado una colección de 12 canciones, donde

destaca ‘Torn’, la última grabación vocal de la recién fallecida Dolly Parton, la reina de la música country. EL SUEÑO DE UN MUCHACHO DE DUBLÍN El 25 de septiembre de 1975, un joven de nombre Larry Mullen Jr. tuvo un sueño, formar una banda de rock, tocar temas feroces y, si Dios lo permitía, dominar al mundo siendo la máxima agrupación de la historia. El muchacho pegó un anunció en el tablón de su escuela en Dublín, donde manifestaba que necesitaba de músicos para cumplir sus sueños. Fue así que, Bono, The Edge y Adam Clayton acudieron a este llamado, y en la cocina de su casa se dio el primer ensayo de una de las leyendas de la música. Cinco décadas después, aquel impulso adolescente transformó la música

popular, consolidando una devoción inquebrantable que ha sobrevivido al paso del tiempo con el mismo espíritu indomable de sus inicios. UN ‘CARNAVAL’ GRABADO ENTRE FE Y RESISTENCIA A cincuenta años de aquel encuentro inaugural, el grupo rompe su pausa con una obra de 12 canciones descrita como desordenada, provocativa y sagrada. Producido por Jacknife Lee, ‘Carnaval de Luz’ explora temas de espiritualidad, libertad y resistencia humana. En este trabajo resalta de manera conmovedora ‘Torn’, una emotiva composición de corte country coescrita por la banda y que representa la última grabación vocal de la legendaria Dolly Parton antes de su fallecimiento. La canción, que

aborda las rupturas familiares, incluye además la guitarra pedal steel de Daniel Lanois. SONIDOS GLOBALES Y SELLO MEXICANO El grupo ya ha presentado dos adelantos cargados de potencia sonora: ‘Street of Dreams’ y la infecciosa ‘Silencio’. Destaca la conexión visual con México, ya que el video oficial de ‘Street of Dreams’ fue grabado en escenarios del Centro Histórico de la Ciudad de México, mientras que el videoclip de ‘Silencio’ fue filmado también en la capital mexicana bajo la dirección del dúo Cliqua. El álbum suma aportaciones de Brian Eno y Martin Garrix. A medio siglo de su fundación, U2 reafirma que la música sigue siendo un acto de fe, vida y esperanza.

FOTO: UNIVERSAL MUSIC

# U2 conmemora su trayectoria con un nuevo álbum que rompe un silencio de 9 años y reúne el espíritu combativo y espiritual que ha acompañado a la banda


ESCENA DIARIO DE MÉXICO VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

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‘HOMBRE AL AGUA’

# Esta cinta sigue a un salvavidas cubano que, tras entrar al mundo de un empresario mexicano, descubre que la riqueza puede convertirse en una jaula dorada POR ALEJANDRO ÁVILA PEÑA @DDMexico

A veces el destino actúa de formas inesperadas, trazando caminos que desafían nuestras expectativas. En ‘Hombre al Agua’, película dirigida y protagonizada por Gael García, se presenta una melancólica fábula sobre las encrucijadas de la existencia. La historia sigue a Camilo, un noble salvavidas cubano que rescata de morir ahogado a Abel, un acaudalado empresario mexicano encarnado por Jorge Salinas. En gratitud, Abel lo invita a compartir su vida de opulencia. Sin embargo, la oportunidad soñada de cambiar de rumbo pronto se revela como un plan diseñado en beneficio del magnate. EL ESPEJISMO DEL LUJO Camilo accede a comodidades impensadas, pero el costo de esa aparente fortuna es la paulatina pérdida del

control sobre su propia existencia. Gael García construye a un protagonista con sólidos principios que no se deja contaminar por los privilegios. A pesar de las tentaciones, el personaje demuestra que el verdadero valor moral radica en la humildad y la modestia. De esta manera, la riqueza se convierte en una jaula dorada que amenaza con borrar su esencia original. La cinta cuestiona si la opulencia representa libertad o si constituye un sutil sometimiento que obliga a renunciar a la autonomía.

La cinta destaca por un manejo de cámara preciso con tomas de acercamiento que invitan a una aproximación íntima a la vida del personaje. Asimismo, la dirección emplea un recurso de metaficción al integrar películas dentro de la película, publicidad política y telenovelas para borrar la frontera entre realidad y representación, apoyado en una estructura que transita por constantes cambios de tono entre la comedia absurda, el drama familiar, la sátira social y el thriller político.

UN ESCENARIO DE MÁSCARAS Y PODER ECONÓMICO Al integrarse a este entorno adinerado, Camilo descubre un mundo donde la política, la empresa y las relaciones son escenarios de actuación. La cinta evidencia la diferencia entre elegir nuestro rol e interpretar un guion escrito por alguien más. Entre comedia y sátira social, la frontera entre realidad y ficción se vuelve cada vez más delgada. Además, la magnética interpretación de Jorge Salinas aporta una ambición orgánica. Las marcadas diferencias de clase muestran cómo el poder económico intenta determinar el destino ajeno.

LIBRE ALBEDRÍO: DECIDIR HACIA DÓNDE NADAR A pesar de las presiones externas, la fuerza de voluntad emerge como el pilar fundamental. La metáfora del agua cobra un sentido profundo: no basta con sobrevivir en la existencia, sino que resulta vital decidir hacia dónde nadar. Aunque el destino plantee escenarios imprevistos, no somos sus esclavos, pues seguimos siendo los directores de nuestros actos. La obra cuestiona hasta qué punto estamos dispuestos a cambiar para adaptarnos sin perder nuestra verdadera identidad.

FOTO: LA CORRIENTE DEL GOLFO

El precio de mantenerse a flote


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Facilitan escrituraciones a familias mexiquenses Toluca.- Para brindar certeza jurídica a familias respecto de su patrimonio, el gobierno de la maestra Delfina Gómez Álvarez cuenta con un programa de regularización dirigido a quienes adquirieron una propiedad a través del Infonavit o Fovissste y cuyo trámite quedó pendiente por la revocación, renuncia o fallecimiento del titular de la Notaría. María Teresa Hernández Mejía, titular de la Dirección General de Procedimientos y Asuntos Notariales, adscrita a la Consejería Jurídica, señaló que, tras escuchar y atender a la población mexiquense que enfrenta esta problemática, se identificaron casos con entre 15 y 50 años sin resolución. Explicó que, ante esta situación, la gobernadora Delfina Gómez Álvarez impulsó el Decreto Número 240, publicado el 17 de diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero de 2026, que contempla la regularización de viviendas de interés social, social progresiva, popular y media. “Con estas acciones también contribuimos al programa de vivienda social de nuestra presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, para avanzar en la regularización de las viviendas y garantizar un derecho de la ciudadanía. Es un

Construyen otro arcotecho en Cuautitlán Cuautitlán.- Con el propósito de mejorar las condiciones en las que niñas y niños desarrollan sus actividades escolares, el Gobierno Municipal de Cuautitlán, encabezado por la presidenta municipal Juanita Carrillo, dio el banderazo de inicio a la construcción de un nuevo arcotecho en la Escuela Primaria “Juana de Asbaje”. Durante el arranque de obra, la presidenta municipal destacó que la infraestructura educativa es una de las prioridades de su administración, por lo que se ha destinado presupuesto para atender las necesidades de los planteles educativos y generar espacios dignos, funcionales y seguros para la comunidad escolar.

El gobierno mexiquense facilita escrituraciones. esfuerzo integral en el que participan los gobiernos federal, estatal y municipales”, destacó María Teresa Hernández. Para resolver los trámites pendientes, el Gobierno del Estado de México coordina acciones con las notarías correspondientes y los ayuntamientos mexiquenses, particularmente en aspectos relacionados con el impuesto

sobre traslado de dominio. Como parte de este esquema, las familias cuentan con la exención del 100 por ciento en el pago de derechos por inscripción, certificaciones y emisión de testimonios ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM), así como con la participación gratuita de las y los notarios asignados.

Muy productiva la bancada del PRD: Omar Ortega Toluca.- Al calificar como positivo el balance de la bancada del PRD en el segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura mexiquense, el diputado y coordinador parlamentario Omar Ortega Álvarez resaltó que lograron la aprobación de nueve propuestas relativas a la despenalización del aborto, salud mental, educación emocional, prevención del suicidio, combate a adicciones, masculinidades positivas o corresponsables y conductas de odio en el sector educativo. En la reflexión del trabajo que abarcó del 5 de septiembre de 2025 y al 4 de septiembre de 2026, el vocal de la Junta de Coordinación Política compartió que su bancada, también integrada por la diputada Araceli Casasola Salazar, presentó 41 iniciativas y 5 puntos de acuerdo, por lo cual, afirmó que tienen una buena productividad. No obstante, señaló que el Congreso mexiquense se ha distinguido por dar celeridad a las iniciativas del gobierno federal.

Diagnostican oportunamente cáncer infantil Toluca.- Para favorecer el diagnóstico oportuno del cáncer infantil, el gobierno de la maestra Delfina Gómez Álvarez capacita al personal de salud del primer nivel de atención en la identificación de signos y síntomas de esta enfermedad, así como en la orientación a madres y padres de familia. Al inaugurar el Foro Estatal para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia 2026, Celina Castañeda de la Lanza, secre-

taria de Salud estatal, señaló que uno de los principales retos en la atención de este padecimiento es el diagnóstico tardío. Por ello, este encuentro académico está dirigido al personal médico de las distintas instituciones del sector salud de la entidad, particularmente a quienes tienen contactos directos con niñas, niños y adolescentes desde el primer nivel de atención, a quienes se les profesionaliza en los tópicos: De-

tección oportuna y panorama actual del Cáncer, el impacto emocional del diagnóstico: Acompañamiento a la familia, Navegando la enfermedad: Redes de apoyo y recursos socioeconómico, el rol de la sociedad civil: Juntos en la lucha contra el cáncer, calidad de vida: El cuidado integral más allá del tratamiento, el derecho al juego, la educación y la reinserción escolar, perspectivas y sobrevida actual en el cáncer infantil.

Aula digital entregó Pedro Rodríguez Villegas Atizapán.- El presidente municipal de Atizapán de Zaragoza, Pedro Rodríguez Villegas, entregó un aula digital en la Escuela Secundaria Oficial No. 308 “Mártires de Chicago”, con el propósito de fortalecer las herramientas tecnológicas a disposición de las y los estudiantes, esta entrega forma parte del programa de 221 aulas digitales que el Gobierno Municipal contempla entregar durante este año. Con esta acción, la administración municipal suma mil 20 equipos de cómputo entregados en lo que va

El alcalde Pedro Rodríguez Villegas entregó aula digital. del año. Como parte del programa de 221 aulas digitales, se tiene prevista la entrega de 4 mil 420 equipos en total,

con el propósito de contribuir a que las y los jóvenes atizapenses fortalezcan sus conocimientos y habilidades en el uso de herramientas de cómputo. “Yo siempre lo he dicho: la única diferencia que hay entre una escuela pública y una privada son las herramientas que nos dan para estudiar, hoy ustedes tienen un gran futuro por delante; esta herramienta, estoy seguro, les va a servir para seguirse superando. Quien no maneja una computadora tiene un futuro muy incierto”, destacó el alcalde, Pedro Rodríguez Villegas.


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Disminuyó extorsión en Cuautitlán Izcalli: SESNSP Cuautitlán Izcalli.- El delito de extorsión en Cuautitlán Izcalli disminuyó 36% de enero a agosto de 2026 frente al mismo periodo de 2024, último año de la administración municipal anterior, de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Durante los primeros ocho meses de 2024 se registraron 73 casos de extorsión en el municipio. En el mismo lapso de 2025 fueron 48 casos, y en 2026 se registraron 47. La cifra más reciente representa 26 casos menos que en 2024, lo que equivale a una reducción de 35.6%; y

significa un caso menos que el año pasado, una disminución de 2.1%. Este comportamiento se suma a la reducción de los delitos de alto impacto en el municipio: en el periodo enero–agosto de 2026, su incidencia fue 26% menor que en el mismo lapso de 2024 y 19% menor que en 2025.

Niegan privatización del Parque Naucalli Naucalpan.- El gobierno naucalpense, negó que haya construcciones o intento de privatizar el Parque Naucalli como circuló en algunas páginas digitales, sino el montaje de una estructura por temporada navideña. En boletín de prensa, se señaló que “Ante información falsa que ha comenzado a circular respecto a supuestas construcciones o una posible privatización del Parque Naucalli, el Gobierno de Naucalpan informa de manera categórica que no existe nin-

gún proyecto de esta naturaleza”. Las instalaciones que actualmente pueden observarse al interior del parque corresponden exclusivamente al montaje de una actividad recreativa de carácter temporal, por lo que no representan modificaciones permanentes, nuevas construcciones ni cambios en el uso del Parque Naucalli”. Esta actividad, añadieron, funcionará durante la temporada decembrina y, una vez concluida, las estructuras temporales

serán retiradas, manteniendo las áreas del parque destinadas a su uso habitual. El Gobierno de Naucalpan hace un llamado a evitar la difusión de información falsa o malintencionada que genere confusión entre la población. El Parque Naucalli no se privatiza y no tendrá construcciones permanentes derivadas de esta actividad. Seguirá siendo un espacio público para el encuentro, la recreación, la cultura y el disfrute de todas y todos.

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# OPINIÓN N COMENTARIOS RIOS LUIS MANUEL NOVELO

novvel_luis@yahoo.com.mx

Busca IEEM espacios electorales El Instituto Electoral del Estado de México busca contar con opciones de lugares susceptibles de ser utilizados para instalar las 170 Juntas y Consejos Electorales Distritales y Municipales, en espacios adecuados para su organización y funcionamiento rumbo a la Elección de Diputaciones y Ayuntamientos 2026-2027. En el sitio https://inmuebles.ieem.org.mx:8996/Registro2026, las personas propietarias o legítimas poseedoras de inmuebles disponibles para arrendamiento podrán proporcionar información sobre sus propiedades, a fin de que sean consideradas. Dichos espacios deberán contar con condiciones adecuadas para instalar y operar los órganos desconcentrados del IEEM. Se tomarán en cuenta aspectos como ubicación, superficie, distribución de los espacios, condiciones físicas, acceso a servicios básicos y disponibilidad durante el periodo requerido. Una vez más, José Couttolenc Buentello, dirigente del Partido Verde en el Estado de México, formará parte del Consejo Político de su partido a nivel nacional. Y es que el diputado ha dado buenos resultados en las urnas y en la formación de una estructura que nunca antes tuvo el PVEM en la entidad mexiquense.

El gobierno naucalpense negó privatización del Parque Naucalli.

Van 37 cocinas del Bienestar en colonias de Tlalnepantla Tlalnepantla.- Con la finalidad de fortalecer la seguridad alimentaria en el municipio, el Gobierno de Tlalnepantla, que encabeza el presidente municipal Raciel Pérez Cruz, mantiene en operación 37 Cocinas del Bienestar y proyecta la apertura de tres espacios adicionales antes de finalizar el año, además de estructurar la ampliación del presupuesto para el próximo ejercicio fiscal.

El compromiso de la administración y el impacto de este proyecto, el cual suma 565,797 raciones servidas en el presente año. Cada centro brinda atención diaria a entre 80 y 250 personas, registra la mayor afluencia entre adultos mayores y madres de familia que acuden por alimentos para sus familias. La ubicación de estos centros res-

ponde a un análisis de las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) e indicadores de vulnerabilidad social, aprovecha y rehabilita inmuebles municipales que se encontraban en desuso. Bajo la directriz del alcalde Raciel Pérez Cruz, el Ayuntamiento asume la inversión total del programa para la adquisición de insumos, mantenimiento y dignificación de las instalaciones.

En Ecatepec, la alcaldesa Azucena Cisneros Coss inauguró los andadores Laureles y Flor de San Juan de la colonia La Agüita, ubicada en lo alto de la Sierra de Guadalupe, en la región de San Andrés de La Cañada, que fueron transformados con murales multicolores que son una verdadera obra de arte, además de alumbrado público para contribuir a la seguridad de la zona. Ojalá estos espacios sean cuidados por los habitantes, porque sería un crimen que se vandalizaran estas creaciones artísticas. Muy activo anda el senador morenista Higinio Martínez Miranda. Lo mismo habla de futbol soccer, americano, beisbol, visitas diplomáticas de España, Corea; en entrevistas menciona su anhelo de ser gobernador del Edoméx y de su amado Texcoco. Desde que es presidente de la Mesa directiva del Senado de México, el texcocano anda imparable.


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ESCENA / 13 LA CORRIENTE DEL GOLFO

‘Hombre al Agua’ es una melancólica sátira sobre el lujo, las diferencias de clase y el libre albedrío U2 celebra cinco décadas de historia con ‘Carnaval de Luz’, un nuevo álbum que retoma el pulso de la banda irlandesa

ESCENA 12

50 AÑOS

DE ROCK, FE Y @U2

RESISTENCIA Rafael Márquez debuta en el VS banquillo del Tricolor ante Colombia

PARA MAÑANA » ESTADIO M&T Bank Stadium » HORA 19:00

» POR TV Canal 5, Azteca 7, TUDN, Vix, Claro Sports y Amazon Prime

EFE

ARENA / 11


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Viernes, 25 de septiembre de 2026 by Diario de México - Issuu