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Miércoles, 15 de abril de 2026

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MI NACIÓN / 3

Pronostica FMI una ‘suave recuperación’ económica este año

MI CIUDAD / 2

Exigirán protección contra el sarampión a los “pamboleros”

MIÉRCOLES

15 DE ABRIL DE 2026

AÑO 77

NÚM. 19571

CIUDAD DE MÉXICO

$5.00

MUNDO / 6

Conversan Líbano e Israel en EU rumbo a una paz histórica

SENTENCIAN AUTORIDADES COSTO DE TORTILLA NO INCREMENTARÁ

Pese a especulaciones sobre un ajuste en el valor de este insumo de la dieta local, la Secretaría de Agricultura y Profeco confirmaron que no hay justificación económica para elevarlo. Tras ello, dijeron que con un monitoreo activo en 603 establecimientos, está garantizado que el promedio se mantenga entre 23 y 25 pesos por kilo. MINACIÓN / 5

Caen 41% los homicidios en el país, señala SESNSP

# Entre septiembre de 2024 y marzo de este año, los asesinatos diarios bajaron de 86.9 a 51.4, aseguró ayer Marcela Figueroa Franco, titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

# La funcionaria expuso en la “mañanera” que hay reducción de 52% en la incidencia delictiva general desde 2018 y resaltó que el secuestro descendió 36% y el robo de vehículo con violencia 56.4%. MI NACIÓN / 4

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Sin lesionados

pese a fuga de agua en ÁO

Luego de la fuga de agua registrada en la colonia Torres de Potrero, alcaldía Álvaro Obregón, el gobierno capitalino y de la demarcación informaron que no hubo personas heridas, pero si nueve hogares con afectaciones.

Editor: Israel Campos Montes / israel.campos@diariodeméxico.com

# Las autoridades llaman a tener calma, dado que el virus aún sigue activo

REDACCIÓN

@DDMexico

Apesar de que la propagación del sarampión en la Ciudad de México se considera actualmente bajo control, las autoridades capitalinas informaron que la enfermedad aún mantiene una presencia activa con un registro de entre seis y ocho nuevos contagios cada día.

Por este escenario, Clara Brugada Molina, jefa de Gobierno, instó a la ciudadanía a mantener las medidas de prevención y completar los esquemas de inmunización para evitar un repunte en las cifras.

En rueda de prensa, la mandataria detalló que desde el inicio de esta contingencia sanitaria —finales de 2025—, la Secretaría de Salud local (Sedesa), encabezada por Nadine Gasman Zylbermann, ha confirmado un total de 806 casos positivos.

Y, agregó, que, del total de personas afectadas, 63 pacientes han requerido atención hospitalaria debido a complicaciones, mientras que, lamentablemente, suman hasta ahora dos fallecimientos.

Brugada Molina reconoció que la gestión de este brote representa el desafío de salud pública más significativo en lo que va de su administración —comenzó en octubre de 2024—, destacando que, a

RESALTAN JORNADAS DE INMUNIZACIÓN

Tenemos bajo control

el sarampión: Brugada

pesar de la complejidad, se ha logrado contener la expansión masiva del virus.

DETALLANLA CAMPAÑA MASIVA DE VACUNACIÓN ENLAENTIDAD

Respecto a la inmunización, sostuvo que la estrategia de respuesta tiene como eje central una intensa jornada de inmunización que acumula 3 millones 900 mil dosis aplicadas.

Entre los logros más destacados de esta estrategia se encuentran:

» Cobertura lograda: Han inoculado al 67% de la población objetivo, que comprende el rango de edad de los cero a los 49 años.

» Capacidad de respuesta: En el pico de la jornada, se logró la aplicación de 57 mil vacunas en un sólo día a través de una red de más de 150 centros distribuidos en toda la capital del país.

» Metas superadas: La cifra de fármacos inyectados superó la meta inicial que se había fijado en 2.4 millones de unidades.

Chimalpopoca No. 38, Col. Obrera, Ciudad de México 06800

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# La estrategia de inyección está activa debido a ligeros contagios.

QUIERENSEGURIDADRUMBOAL

MUNDIAL DE LA FIFA 2026

Debido a la proximidad del Mundial de Futbol, el cual tendrá su juego inaugural el próximo 11 de junio en el Estadio Banorte, antes Estadio Azteca, ha marcado el ritmo de las acciones preventivas. Es así que el gobierno capitalino aseguró que la campaña de vacunación permanecerá vigente durante el evento deportivo para proteger tanto a residentes como a visitantes.

Federico Bracamontes Gálvez† FUNDADOR

Federico Bracamontes Baz PRESIDENTE

Omar S. González omar.gonzalez@diariodemexico.com DIRECTOR EDITORIAL

Israel Campos Montes israel.campos@diariodemexico.com EDITOR GENERAL

Brugada Molina enfatizó la importancia de recibir el torneo internacional con una población robustamente protegida y adelantó que se solicitará que los turistas y asistentes que arriben a la Ciudad de México cuenten con su inmunización correspondiente.

La mandataria reiteró que, aunque los indicadores muestran estabilidad, es imperativo que los habitantes de la ciudad no abandonen las precauciones sanitarias.

Jesica Cadena jesica.cadena@diariodemexico.com JEFA DE DISEÑO

Redacción redaccionddm@diariodemexico.com

# Las corridas de los trenes otra vez operan como de costumbre.

Regresa a la normalidad el Metro tras lograr pacto

REDACCIÓN @DDMexico

Tras una jornada de intensas afectaciones para miles de usuarios, las autoridades del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema de Transporte Colectivo (SNTSTC) lograron un acuerdo definitivo para restablecer la operación total en las 12 líneas de la red.

La resolución se dio luego de una reunión entre Adrián Rubalcava Suárez, director del Metro, y Fernando Espino Arévalo, cabeza del gremio de trabajadores. Uno de los alcances conseguidos es que se dará de forma puntual el presupuesto.

DIARIO DE MÉXICO, diario de información general, es editado por Editorial DDM, S.A. de C.V., con reserva de derechos al uso exclusivo número 04-2001052413165300-101. Certificado de licitud de Título 06788 y Certificado de Licitud de contenido 07299, otorgados por la comisión calificadora de publicaciones y revistas ilustradas de la secretaria de Gobernación. Editor responsable Consuelo Oyuki Zapata Torres. Domicilio de Publicación, Calle Chimalpopoca #38, Colonia Obrera, CP 06800, alcaldía Cuauhtémoc, CDMX. Impreso en Cía. Periodística Esto, S.A. de C.V. con dirección en Guillermo Prieto #7, Colonia San Rafael, CP 06470, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX. Distribuidor del periodico: Distribuidora Dabeli SA de CV (Arredondo e Hijos ) Iturbide 18-D, Colonia Centro Alcaldia Cuauhtemoc, CP 06040, CDMX. Periodicidad de la publicación: Lunes a Viernes.

CUARTOSCURO

Fallece segunda persona por miasis

Autoridades sanitarias de Oaxaca confirmaron la muerte de un adulto mayor a causa de miasis humana provocada por el gusano barrenador, marcando así el primer deceso por esta infección en el estado y el segundo a nivel nacional.

DIARIO DE MÉXICO MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Editor: Israel Campos Montes / israel.campos@diariodeméxico.com

LLAMA A SER CAUTELOSOS

Proyecta FMI una ligera alza del PIB

# El organismo mundial habló sobre la debilidad registrada el año pasado

REDACCIÓN

@DDMexico

El Fondo Monetario Internacional (FMI) revisó al alza, aunque de manera marginal, sus proyecciones de crecimiento para la economía de México, anticipando una “suave recuperación” tras el difícil desempeño registrado el año anterior. Según su reciente informe de “Perspectivas Económicas Globales”, el organismo internacional estima ahora que el Producto Interno Bruto (PIB) del país se expandirá 1.6% durante 2026, lo que representa un incremento de una décima respecto a lo proyectado en el mes de enero.

EL CONTEXTO DE RECUPERACIÓN

Este ligero optimismo surge tras un 2025 marcado por un notable estancamiento económico, año en el que el crecimiento nacional apenas subió 0.6%, lo cual resultó por debajo de las expectativas. El FMI atribuye la debilidad del ciclo previo a una combinación de factores internos y externos, destacando la consolidación fiscal, la implementación de una política monetaria restrictiva y las dificultades derivadas de las tensiones comerciales, elementos que en conjunto han frenado el dinamismo de la segunda economía más grande de Latinoamérica.

Para el mediano plazo, las noticias también muestran una mejoría moderada. El organismo elevó su previsión para 2027 a 2.2%,

ajustando la cifra previa de 2.1% que se manejaba hace tres meses.

CONTRASTES DE PROYECCIÓN CON EL GOBIERNO Y LA OCDE

A pesar de la revisión al alza, las cifras del FMI se mantienen por debajo de las expectativas oficiales del Gobierno de México. La Secretaría de Hacienda y Crédito público (SHCP) maneja proyecciones significativamente más ambiciosas, estimando un crecimiento de entre 1.8 y 2.8% para este año, y un rango de entre 1.9 y 2.9% para 2027.

Producto de esta discrepancia, el FMI adopta una postura de cautela frente a las estimaciones gubernamentales.

Por otro lado, el panorama del FMI resulta más alentador que

el de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Este último organismo espera que México crezca únicamente 1.3% este año, a pesar de haber mejorado también su pronóstico en una décima respecto a diciembre.

La OCDE sustenta esta visión en el impacto potencial de los conflictos en Medio Oriente, aunque reconoce que las mejores proyecciones sobre la economía de Estados Unidos podrían actuar como un contrapeso positivo para México.

ALERTAN FACTORES EXTERNOS Y LA ESTABILIDAD DE LOS PRECIOS Un elemento crítico en el análisis económico actual es el entorno geopolítico. Édgar Amador Zamora, titular de la SHCP, seña-

# El Fondo

Monetario

Internacional es optimista, aunque pide no confiarse.

ló recientemente que, a pesar del incremento global en los precios del petróleo —impulsado por los conflictos que involucran a Estados Unidos e Israel contra Irán—, el gobierno federal no planea modificar sus metas de crecimiento por el momento.

Esta postura sugiere una confianza en la resiliencia de la estructura económica interna frente a la volatilidad energética internacional.

En resumen, aunque los organismos internacionales coinciden en una mejora del entorno económico mexicano, la velocidad de esta recuperación sigue siendo objeto de debate, con un FMI que apuesta por un avance pausado, pero constante hacia lo que sucedería en 2027. EFE

# Las autoridades encontraron lavado de dinero en los casinos.

Desmantelan

UIF y EU una red con nexo a criminales

REDACCIÓN / EFE

@DDMexico

Autoridades mexicanas suspendieron casinos y presentaron denuncias contra abogados vinculados a líderes del narcotráfico tras detectar operaciones irregulares de lavado de dinero.

En una acción coordinada tras las sanciones emitidas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) intensificó sus operativos contra una red de financiamiento ligada al Cártel del Noreste (CDN).

Las medidas incluyen la suspensión de actividades de casinos, denuncias penales y el bloqueo de cuentas de individuos clave para la organización criminal.

CAPOS Y SUS ESTRUCTURAS

Entre los señalados destaca el abogado Juan Pablo Penilla, a quien se acusa de colaborar con Miguel Ángel Treviño Morales, exlíder de Los Zetas, facilitando su control criminal incluso bajo custodia. Penilla también ha sido ligado legalmente con Ismael “El Mayo” Zambada García. Junto a él, fue sancionado Eduardo Javier Islas, apodado “Crosty”, identificado como traficante de gente a EU.

4 MI NACIÓN

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

# La autoridad federal destacó a marzo pasado como el mejor en 11 años

POR ISRAEL M. CAMPOS MONTES @DDMexico

Marcela Figueroa Franco, titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), informó que el promedio diario de homicidios dolosos en México experimentó una reducción de 41% entre septiembre de 2024 y marzo de 2026. Durante la “mañanera” de ayer en Palacio Nacional, comentó que esta disminución representa que se cometen, en promedio, 35 asesinatos menos cada día en comparación con el inicio del periodo de referencia.

“Presentaremos el reporte de incidencia delictiva al 31 de marzo de 2026 con información de las 32 fiscalías estatales del país. A 18 meses del inicio de la presente administración. En cuanto a homicidios dolosos a nivel nacional destaca una disminución de 41 por ciento del promedio diario respecto a diciembre de 2024, 35 homicidios dolosos menos al día, se pasó de un promedio de 86.9 casos diarios a 51.4”, anotó Figueroa Franco.

Con base en los datos presentados, marzo de 2026 se posicionó como el mes con la menor incidencia de este delito en los últimos 11 años.

Asimismo, dijo que el primer trimestre de este año cerró con un promedio de 50.8 casos cada 24 horas, que representa el número más bajo registrada para un periodo similar desde 2016.

No obstante, pese a esta tendencia a la baja, la violencia sigue focalizada geográficamente. El informe de la servidora pública revela que siete entidades concentran el 50.2% del total de homicidios en el país:

» Guanajuato: 9.2%.

» Chihuahua: 8.3%.

» Baja California: 8%.

» Morelos: 6.4%.

» Guerrero: 6.3%.

» Estado de México: 6%.

» Oaxaca: 5.9%.

DETALLAN EL ÉXITO REGIONAL DE NUEVO LEÓN Y ZACATECAS

Entre los estados con mejorías notables, Figueroa Francio destacó a Nuevo León, que logró reducir su promedio diario de homicidios en 74%, pasando de cinco casos al día en septiembre de 2024 a 1.29 en marzo de este año. Otros descensos significativos que dio a conocer fue en Zacatecas, donde hay una caída de 89%

Matan a exedil de San Miguel del Puerto Francisco Fidel Gijón Vásquez, alias “Pancho Jijón”, fue asesinado tras ser atacado por sujetos armados mientras participaba como padrino en una boda en la cabecera municipal de la cual fue alcalde en dos ocasiones.

CASOS SE CONCENTRAN EN SIETE ESTADOS

Reconoce SESNSP 35 menos homicidios a nivel nacional

desde su punto más crítico, así como en Quintana Roo (74%) y Guanajuato (63%).

DESEMPEÑO DE OTROS DELITOS DE ALTO IMPACTO EN EL PAÍS

Siguiendo con el balance de seguridad, también mostró una tendencia descendente de 52% en delitos de alto impacto en el comparativo entre 2018 y el primer trimestre de 2026.

En el último año, sostuvo la titular del SESNSP las siguientes reducciones:

» Secuestro: -36%.

» Robo de vehículo: -27%.

» Extorsión: -17.7%.

» Feminicidio: -14.9%.

Por el contrario, reconoció que el único ilícito que mostró un ligero incremento fue el robo a casa habitación con violencia, el cual subió 2.2% en el comparativo anual. Finalmente, enfatizó que estos resultados reflejan una “tendencia sostenida a la baja” en la incidencia delictiva nacional.

VAN MÁS DE MIL DETENIDOS POR EXTORSIÓN: GARCÍA HARFUCH

Al tomar la palabra en la misma rueda de prensa, Omar García

Harfuch, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), dio a conocer que, como parte de la Estrategia Nacional contra la Extorsión, hasta el momento van mil 100 personas detenidas en 24 de 32 estados del país, con lo que recalcó que se evitó que este delito continúe afectando a comerciantes, productores y familias en distintas regiones del país.

Del mismo modo, manifestó que han atendido más de 180 mil llamadas en el número 089, lo que permite evitar que la gran mayoría de los intentos de extorsión se consumen.

“Gracias a las carpetas iniciadas por las denuncias ciudadanas y al trabajo coordinado de las fiscalías y las instituciones de seguridad se han detenido a más de mil 100 personas extorsionadores en 24 entidades del país. Además, se han atendido más de 180 mil llamadas en número 089, lo que ha permitido evitar que la gran mayoría de los intentos de extorsión se consumen”, expresó.

EXPLICA CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA NUEVA ESCUELA DE MANDO

Por otro lado, García Harfuch habló de la creación de la primera Escuela de Mando, que forma parte de la Estrategia Nacional de Seguridad, por lo que abundó que

el proyecto “tiene como objetivo fortalecer la profesionalización de las policías estatales y municipales, así como desarrollar capacidades para atender de manera integral los factores que generan la violencia y aumentar la coordinación entre el Gabinete de Seguridad y las entidades federativas”.

“La presidenta instruyó que dentro de la Academia Nacional de Seguridad se instalará la Escuela de Mandos, con el propósito de homologar por primera vez,

LIGAN A LA FAMILIA

CUARTOSCURO

# El gobierno federal asevera que actualmente existen 51.4 homicidios cada 24 horas.

la formación y los conocimientos de la Secretaría de la Defensa Nacional de la Secretaría de Marina, la Guardia Nacional, la Secretaría de Seguridad de Protección Ciudadana y el Centro Nacional de Inteligencia, así como, por supuesto, también recoger muy buenas prácticas que hay en algunas policías. El objetivo es contar con mandos altamente preparados para atender a la ciudadanía en materia de seguridad pública”, apuntó García Harfuch.

MICHOACÁN CON EL SECUESTRO DE EDIL DE TAXCO Y SU PADRE

Por otro lado, García Harfuch mencionó que el grupo delictivo La Familia Michoacana es el responsable del secuestro del alcalde de Taxco de Alarcón, Juan Andrés Vega Carranza, y de su padre, quienes fueron rescatados el pasado lunes por la tarde en un operativo que conjuntó a fuerzas federales y locales. Durante la matutina, el funcionario informó que existen indicios sólidos que apuntan a la participación de la organización delictiva con presencia en Guerrero y el Estado de México. Y, explicó que el padre del munícipe fue interceptado mientras circulaba por la carretera Taxco-Cuernavaca el pasado 11 de abril, sin que hubiera una negociación económica. Por lo anterior, se inició un operativo que resultó en el hallazgo de su vehículo el 12 de abril; posteriormente, el presidente municipal realizó una búsqueda y más tarde, también fue reportado como no localizado.

Por Noemí López Vázquez

Atienden nuevo siniestro en Veracruz

Tras las intensas lluvias del lunes en Veracruz, Petróleos Mexicanos puso en marcha un protocolo para contener y retirar restos de hidrocarburo detectados en cuerpos de agua de los municipios de Coatzintla y Poza Rica.

RESPUESTA CONTUNDENTE

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Niegan Sader y Profeco alza en precio de tortilla

# El Consejo Nacional de la Tortilla afirma que hay déficit de 16% en el sector

REDACCIÓN

@DDMexico

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), en conjunto con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), descartaron categóricamente cualquier incremento inminente en el costo de la tortilla.

Según informaron ambas instancias, no se han registrado variaciones en el precio del maíz en grano ni de la harina de maíz que sirvan como argumento técnico para encarecer este alimento básico en la dieta nacional.

Asimismo, indicaron que la mayoría de los actores de la industria, incluyendo las principales empresas harineras y asociaciones de la masa y la tortilla, se mantienen dentro del Acuerdo Nacional Maíz-Tortilla.

Precisaron que este mecanismo busca no sólo preservar los precios actuales, sino también lograr una reducción progresiva de los mismos conforme evolucionen las condiciones del mercado.

Organismos como la Cámara Nacional del Maíz Industrializado (Canami) y la Unión Nacional de Industriales de la Masa y la Tortilla (UNIMT) se sumaron a

este pronunciamiento, calificando como infundadas las versiones del Consejo Nacional de la Tortilla (CNT), sobre posibles alzas.

Las organizaciones enfatizaron que mantener costos accesibles es un compromiso social prioritario para el sector.

Al corte de abril de 2026, los costos promedio registrados son los siguientes:

» Promedio nacional: Entre 23 y 25 pesos por kilo.

» CDMX y Estado de México: Entre 22 y 24 pesos.

» Zona norte y fronteriza: Se ubica entre los 30 y 32 pesos.

» Supermercados: Se mantiene en un rango de 17 a 18 pesos.

HABRÁ VIGILANCIA FEDERAL Y REITERAN PRECIOS VIGENTES

Para garantizar el cumplimiento de estos acuerdos, la Profeco intensificó sus operativos de supervisión a través del programa “Quién es Quién en los Precios”, monitoreando de manera permanente 603 establecimientos en todo el país.

Dicho organismo manifestó que estas revisiones tienen como fin detectar aumentos injustifica-

dos y asegurar que las básculas entreguen kilos completos a los ciudadanos.

POR UNA ESTRATEGIA INTEGRAL DE SOBERANÍA ALIMENTARIA

Por instrucción de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la Sader y Profeco enfatizaron que el gobierno trabaja en el ordenamiento de toda la cadena de producción, fomentando la comercialización directa para fortalecer el ingreso de los productores y proteger el bolsillo de las familias.

Y, apuntaron, que el objetivo central de estas políticas es avanzar hacia la soberanía alimentaria del país y evitar que especulaciones sin sustento afecten el poder adquisitivo de la población.

DISCREPA EL CONSEJO NACIONAL DE LA TORTILLA CON CUATROTÉ

A partir de este miércoles 15 de abril de 2026, el bolsillo de las familias mexicanas enfrentaría un nuevo golpe: el precio de la tortilla de maíz aumentaría entre dos y cuatro pesos por kilo.

Esta advertencia fue realizada por el CNT, organismo que señala un déficit de 16% en el sector que hace insostenible mantener los costos actuales en diversas regiones del país.

De acuerdo con Homero López García, presidente del CNT, la ra-

zón inmediata de este ajuste es el aviso de la empresa Maseca sobre un incremento de 450 pesos en la tonelada de harina de maíz, lo que impacta directamente en 25 centavos por cada kilo producido. No obstante, este no es el único factor; el sector arrastra un rezago de costos acumulado durante los últimos meses.

Entre los insumos que han mostrado alzas significativas destacan:

» Combustibles: La gasolina sube hasta tres pesos por litro en días recientes, encareciendo fletes y movilidad.

» Insumos básicos: El gas, el papel grado alimenticio, las refacciones y el mantenimiento general también han registrado ajustes al alza.

» Mano de obra: Los productores se ven obligados a elevar los salarios para que el empleo en una tortillería formal sea atractivo frente a los apoyos económicos de los programas sociales gubernamentales.

PERSISTE EL DILEMA DE LA INFORMALIDAD Y REGULACIÓN

El sector formal denuncia una “competencia desleal” que ha cre-

cido en los últimos 15 años. Las tortillerías informales, que operan sin pagar impuestos, seguro social o licencias de Protección Civil y Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), logran vender el kilo hasta en 18 pesos, afectando la viabilidad de los negocios establecidos que deben cubrir gastos fijos y normativos.

Ante este escenario, el CNT solicita formalmente al gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo que combata el comercio informal para estabilizar el mercado.

Bajo este escenario, el líder del sector aclaró dos puntos fundamentales para los consumidores: Profeco no tiene facultades para sancionar o fijar precios, dado que es un mercado liberado y el aumento responde a costos de producción reales.

El Acuerdo Nacional Maíz-Tortilla firmado en 2025 es voluntario; por lo tanto, no impide que las tortillerías ajusten sus precios si sus insumos, como la harina de Maseca, se encarecen.

Finalmente, mientras Maseca lidera el alza de la harina, se reportó que el grupo Minsa decidió, por el momento, no incrementar sus precios, lo que podría generar variaciones dependiendo del p roveedor de cada establecimiento.

# El costo del insumo oscila entre los 22 y 24 pesos por kilo; en algunos llega hasta $35.

León XIV manda indirecta a Trump

El papa León XIV afirmó que Dios “no está con los malvados, con los prepotentes, con los soberbios; el corazón de Dios está con los pequeños y los humildes”, un día después de que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, acusara al pontífice de ser “débil” en política exterior.

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Editor: Omar González / omar.gonzalez@diariodeméxico.com

# Con la mediación de Estados Unidos, ambos gobiernos pactan nuevos encuentros para buscar el fin de las hostilidades

REDACCIÓN

@DDMexico

Los gobiernos de Israel y del Líbano acordaron volver a reunirse en una fecha y lugar aún por determinar, tras las conversaciones de paz celebradas en Washington bajo la mediación de Estados Unidos. El portavoz del Departamento de Estado, Tommy Pigott, confirmó que todas las partes consintieron iniciar negociaciones directas en un futuro cercano.

En el encuentro de ayer, que duró dos horas y media, participaron el embajador israelí Yechiel Leiter y su homóloga libanesa Nada Hamadeh Moawad, contando con la presencia del secretario de Estado norteamericano, Marco Rubio. El objetivo principal es poner fin a los ataques israelíes en territorio libanés.

DEMANDAS DE LAS DELEGACIONES Y EXCLUSIÓN DE HIZBULÁ

Estas conversaciones representaron el encuentro de más alto nivel entre ambas naciones desde 1993, aunque el grupo chií Hizbulá fue excluido de las mismas. Durante el diálogo, Israel exigió el desarme de todos los grupos terroristas no estatales, refiriéndose a Hizbulá, y reiteró su intención de resolver cuestiones pendientes para una paz duradera.

Por su parte, el Líbano reclamó un alto el fuego inmediato y el respeto a las condiciones de cese de hostilidades de 2024, las cuales garantizan la integridad territorial y plena soberanía del país.

CONTEXTO DEL CONFLICTO Y MEDIACIÓN DE EU

La Administración de Donald Trump ha insistido en que cualquier acuerdo debe pactarse directamente entre los dos gobiernos

ISRAEL Y LÍBANO

Dialogan en Washington en busca de la paz

con mediación estadounidense, rechazando vías paralelas. Tras la reunión, el embajador israelí sostuvo que ambos países están “unidos” en la lucha contra Hizbulá.

Este proceso diplomático ocurre tras seis semanas de enfrentamientos que han resultado en más de 2 mil muertos y más de un millón de desplazados en el Líbano. El Gobierno de Benjamín Netanyahu justifica sus incursiones y

ataques como respuesta al lanzamiento de cohetes por parte del grupo islamista.

DISCREPANCIAS SOBRE

EL ALTO AL FUEGO

A pesar de las negociaciones, Israel se ha negado a incluir al Líbano en la tregua declarada recientemente con Irán y ha continuado sus ataques. Las diferencias entre las delegaciones son profundas:

mientras el Líbano busca un cese de hostilidades para dialogar, Israel exige una “zona de seguridad” en el sur del Líbano. Esta zona permitiría a Israel controlar la franja de territorio comprendida entre su frontera y el río Litani.

REACCIONES Y VISIÓN

ESTRATÉGICA A LARGO PLAZO

El líder de Hizbulá, Naim Qassem, calificó estas conversaciones como

mediador del encuentro.

“sin sentido” y señaló que un cambio de estrategia requeriría un consenso interno previo en el Líbano. Por otro lado, Marco Rubio describió el encuentro como una “oportunidad histórica”. Según el secretario de Estado, el enfoque no es solo alcanzar un alto el fuego momentáneo, sino encontrar una solución permanente a las décadas de influencia de Hizbulá en la región.

# El secretario de Estado de EU, Marco Rubio, fue el

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AVISOS Y CONVOCATORIAS

EDICTOS Llámanos:

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 18° DE LO CIVIL, EXP. No. 1505/2024, SECRETARÍA “A”. EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS (A): CARLOS MENDOZA ESTUPINIAN y SOCORRO QUIROZ HERNANDEZ. EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL PROMOVIDO POR LAURA PATRICIA ALMAZAN LIERA EN CONTRA DE CARLOS MENDOZA ESTUPINIAN, SOCORRO QUIROZ HERNANDEZ, MARIA DE LOURDES LIERA OLMOS, REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EXPEDIENTE 1505/2024; EL C. JUEZ DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD DE PROCESO ESCRITO. LICENCIADO MARCIAL ENRIQUE TERRON PINEDA. ORDENO EMPLAZAR A LOS CODEMANDADOS CARLOS MENDOZA ESTUPINIAN Y SOCORRO QUIROZ HERNÁNDEZ, MEDIANTE EDICTOS AL TENOR DE LOS SIGUIENTES PROVEÍDOS QUE EN LO CONDUCENTE DICEN: CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTITRÉS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS. “...”, PROCÉDASE A LA ELABORACIÓN DE LOS EDICTOS ORDENADOS EN AUTOS DE UNO DE JUNIO Y VEINTICUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS PARA SER PUBLICADO POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL PERIÓDICO DIARIO DE MÉXICO, “...”,.- CIUDAD DE MÉXICO A VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.--AGRÉGUESE A SUS AUTOS EL ESCRITO DE CUENTA “…”, PROCÉDASE A LA ELABORACIÓN DE LOS EDICTOS ORDENADOS EN RESOLUCIÓN DE FECHA UNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, EN LOS MISMOS TÉRMINOS A QUE REFIERE DICHA RESOLUCIÓN, Y LOS CUALES DEBERÁN SER PUBLICADOS POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL PERIÓDICO “DIARIO DE MÉXICO”., “...”, CIUDAD DE MÉXICO A UNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.--- “...”, ATENDIENDO AL CONTENIDO DE LAS CONSTANCIAS QUE INTEGRAN LAS PRESENTES ACTUACIONES DE LAS QUE SE DESPRENDE LA IMPOSIBILIDAD PARA EMPLAZAR A LOS CODEMANDADOS CARLOS MENDOZA ESTUPINIAN Y SOCORRO QUIROZ HERNÁNDEZ, TODA VEZ QUE NO SE LOCALIZÓ DOMICILIO ALGUNO “...”, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 122 FRACCIÓN II DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO, SE ORDENA DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO MEDIANTE RESOLUCIÓN ADMISORIA DE FECHA SIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS MEDIANTE EDICTOS QUE DEBERÁN PUBLICARSE POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO “...”, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, “...”, HACIENDO DEL CONOCIMIENTO DE LOS CODEMANDADOS ANTES MENCIONADOS QUE LAS COPIAS SIMPLES PARA LOS TRASLADOS CORRESPONDIENTES SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARÍA “A” DE ÉSTE H. JUZGADO Y QUE SE LES CONCEDE EL TÉRMINO QUE SEÑALA EL PROVEÍDO ADMISORIO ALUDIDO MÁS TREINTA DÍAS HÁBILES PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA., “...”,.CIUDAD DE MÉXICO, A SIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.- “...”, SE TIENE A: LAURA PATRICIA ALMAZAN LIERA, POR SU PROPIO DERECHO, DEMANDANDO EN LA VÍA ORDINARIA CIVIL EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN DE PRESCRIPCIÓN POSITIVA DE CARLOS MENDOZA ESTUPINIAN, SOCORRO QUIROZ HERNÁNDEZ, MARIA DE LOURDES LIERA OLMOS Y REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LAS PRESTACIONES QUE INDICA EN EL PROEMIO DE SU ESCRITO DE DEMANDA, MISMA QUE SE ADMITE A TRÁMITE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 255, 256, 258, 259 Y DEMÁS RELATIVOS DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA ESTA CIUDAD, EN CONSECUENCIA CON LAS COPIAS SIMPLES EXHIBIDAS PARA EL TRASLADO, PROCÉDASE A NOTIFICAR Y EMPLAZAR A LAS PARTES ENJUICIADAS EN EL DOMICILIO QUE SE INDICA EN EL ESCRITO DE CUENTA, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS DEN CONTESTACIÓN A LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA Y HAGAN VALER LAS EXCEPCIONES Y DEFENSAS QUE TUVIERE PARA ELLO, “...”, PREVÉNGASE A LAS PARTES DEMANDADAS PARA QUE SEÑALEN DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DENTRO DE LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE ESTE H. JUZGADO, O EN SU CASO PROPORCIONEN DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO A FIN DE RECIBIR NOTIFICACIONES PERSONALES; APERCIBIDOS QUE EN CASO DE NO HACERLO LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES INCLUSIVE LAS DE CARÁCTER PERSONAL LES SURTIRÁN POR MEDIO DE LA PUBLICACIÓN QUE SE HAGA EN EL BOLETÍN JUDICIAL, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 111, 112 Y 113 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE LA CIUDAD DE MÉXICO. “…”, CONSTE. DOY FE. CIUDAD DE MÉXICO, 25 DE FEBRERO DE 2026. C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”. LICENCIADA KARLA JACKELINE ÁLVAREZ FIGUEROA. RÚBRICA.

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DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

F-29117

EDICTO PARA NOTIFICAR

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 21° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 929/2024, SECRETARÍA “C”. A ROOM BROKER NETWORK, SOCIEDAD ANONIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE

En los autos relativos al juicio EJECUTIVO MERCANTIL ORAL promovido por LUISA CONESA LABASTIDA en contra de SERGIO ENRIQUE SÁNCHEZ CURIEL GUZMÁN expediente 929/2024, ante este juzgado 21º Civil de Proceso oral: Avenida Patriotismo, número 230, piso 10, colonia San Pedro de los Pinos, alcaldía Benito Juárez, C.P. 03800.--- (...) Ciudad de México, a veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. A sus autos el escrito de cuenta presentado por la actora por conducto de su apoderado, a quien se le tiene desahogando la vista ordenada en proveído del dieciocho de septiembre de dos mil veinticinco, por lo que como lo solicita, mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL en el domicilio que señalado por el promovente, hágase del conocimiento a ROOM BROKER NETWORK, SOCIEDAD ANONIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, el estado de ejecución que guardan los presentes autos, a fin de que manifieste lo que a su interés convenga conforme lo dispuesto en el artículo 473 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria la Código de Comercio. (...) OTRO AUTO: --- (...) Ciudad de México a tres de marzo de dos mil veintiséis. A sus autos el escrito presentado por la actora por conducto de su apoderado, y vistas las actuaciones, de las que se advierte que se ignora el domicilio de ROOM BROKER NETWORK, SOCIEDAD ANONIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, aunado a que ya se agotó su búsqueda en el domicilio convencional, así como mediante informes de dependencias públicas; con fundamento en el artículo 1070 párrafos primero y quinto del Código de Comercio, se ordena notificar a dicha sociedad el estado de ejecución que guardan los presentes autos, mediante la publicación de EDICTOS, que se realicen por TRES VECES consecutivas, en el periódico de circulación amplia, y de cobertura nacional, el HERALDO DE MÉXICO, y en el periódico local de la Ciudad de México, el DIARIO DE MÉXICO, para que, dentro del término de TRES DÍAS siguientes en que surta efectos la publicación del último edicto, manifieste lo que a su interés convenga, conforme lo dispone el artículo 473 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria la Código de Comercio. (…) NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la Juez Vigésimo Primero de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, LICENCIADA ARLEN VILLEGAS GÓMEZ, ante la Secretaria de Acuerdos Maestra Leticia Irene Díaz Vázquez, con quien actúa y da fe. Doy fe.---

MAESTRA LETICIA IRENE DÍAZ VÁZQUEZ C. SECRETARIA DE ACUERDOS “C”. RÚBRICA.

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DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

CARTELERA JURÍDICA

CURSO

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EDICTOS

F-29193

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 3° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 716/2024. En los autos del juicio Ejecutivo Mercantil promovido ante el Juzgado: Tercero Civil de Proceso Oral, ubicado en: Avenida Patriotismo 230 piso 6 Colonia San Pedro de los Pinos C.P. 03800 Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, promovido por BANCOPPEL, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE en contra de NUECES FINK, S.A. DE C.V. Y ROBERTO RENATO GARDEA RUIZ expediente número 716/2024, el C. Juez dicto los siguientes autos En la Ciudad de México a nueve de marzo de dos mil veintiséis. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta presentado por SILVIA ESMERALDA

RODRÍGUEZ RUELAS, mandataria judicial de la parte actora. y tomando en consideración las diligencias practicadas en autos, de las cuales se advierte la imposibilidad de localizar a NUECES FINK, S.A. DE C.V. Y ROBERTO RENATO GARDEA RUÍZ en los domicilios señalados, ni en los proporcionados por diversas dependencias; en consecuencia, como lo solicita el promovente, se ordena emplazar a los codemandados NUECES FINK, S.A. DE C.V. Y ROBERTO RENATO GARDEA RUIZ, por medio de edictos, en los que se deberá insertar la parte conducente del auto admisorio, como lo dispone el artículo 1070 del Código de Comercio, mismos que se publicarán TRES VECES CONSECUTIVAS en el periódico “DIARIO DE MÉXICO” así como en “DIARIO IMAGEN”. Ordenándose elaborar los edictos antes indicados, debiendo ponerse a disposición de la parte actora para su debido diligenciamiento. NOTIFÍQUESE.- Así lo proveyó el C. Juez Tercero Civil de Proceso Oral en esta Ciudad. Licenciado SALVADOR RAMÍREZ RODRÍGUEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado HECTOR DANIEL ZAVALETA ZARATE quien autoriza y da fe.- Funcionarios que firman de manera electrónica. ---OTRO ACUERDO--- En la Ciudad de México a tres de octubre de dos mil veinticuatro. Téngase por asentada la constancia que antecede, con conocimiento de las partes par los efectos a que haya lugar. Con el expediente de cuenta, documentos y copias simples que se acompañan, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número de expediente 716/2024.Guárdese en el Seguro del Juzgado los documentos exhibidos como base de la acción, para su debido resguardo. Se tiene por presentado a BANCOPPEL, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, por conducto de su apoderada ANAYELI RODRIGUEZ RIVAS personalidad que acredita y se le reconoce en términos de la copia certificada del instrumento número 106,628 (ciento seis mil seiscientos veintiocho) de fecha veintidós de marzo de dos mil diecinueve, otorgada por el Notario Público número 110 (ciento diez) de la Ciudad de México Licenciado JAVIER CEBALLOS LUJAMBIO, el cual previo pago de derechos que por su recibo obre en autos a costa del promovente devuélvase el exhibido en el escrito inicial, por conducto de las personas autorizadas para tal efecto, previa toma de razón e identificación que otorguen al respecto, debiendo agregarse la copia cotejada del mismo en el seguro del Juzgado. Se le tiene demandando en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL de NUECES FINK, S.A. DE C.V. Y ROBERTO RENATO GARDEA RUIZ, el cumplimiento de las prestaciones que se menciona en su demanda. La Vía Ejecutiva Mercantil es procedente, toda vez que se trata de una contienda derivada de un documento que trae aparejada ejecución en términos de lo que dispone el artículo 1391 del Código de Comercio en relación con el artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito y la suerte principal se encuentra dentro de los supuestos que refiere el artículo 59 fracciones I, V y VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México. En consecuencia SE ADMITE la demanda de conformidad con el Acuerdo General 45-17/2024 de veintiuno de mayo de dos mil veinticuatro, emitido por el Consejo de la Judicatura de esta Ciudad, dictándose auto de exequendo con efectos de mandamiento en forma, por lo que requiérase a la demandada en el domicilio que proporciona el ocursante para que en el acto de la diligencia haga pago de la cantidad de $100,000,000.00 (CIEN MILLONES PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por concepto suerte principal y demás prestaciones reclamadas, y en caso de no hacerlo embárguense bienes suficientes de su propiedad que cubran lo reclamado, los gastos y las costas, lo que se pondrán en depósito de la persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora en el acto de la diligencia. Y con las copias simples exhibidas, debidamente selladas y cotejadas, emplácese a los codemandados para que en el término de OCHO DÍAS mas SIETE en razón de la distancia, haga pago de las prestaciones reclamadas o se oponga a la ejecución si tuviere alguna excepción para ello, produzca su contestación, ya que de lo contrario, se le tendrá por confeso de los hechos de la demanda que deje de contestar, siempre y cuando el emplazamiento se haga directamente con él, sus representantes o apoderados y en caso de entenderse con otra persona, se tendrá por contestada en sentido negativo, lo anterior con apoyo en lo dispuesto por el artículo 329 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al de la materia mercantil, debiendo señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de esta jurisdicción, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán en los términos previstos en los artículos 1069 y 1070 del ordenamiento legal citado. Así mismo, y tomando en consideración que el domicilio de los codemandados NUECES FINK, S.A. DE C.V. Y ROBERTO RENATO GARDEA RUIZ se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado, gírese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN DELICIAS CHIHUAHUA, EN TURNO, para que en auxilio de las labores de este H. Juzgado proceda a dar cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, facultando al C. Juez exhortado para acordar todo tipo de promociones y con plenitud de jurisdicción practiquen cuantas diligencias sean necesarias para dar cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, concediéndoseles a los Jueces exhortados un término de veinte días para su diligenciación contados a partir del día siguiente de su recepción ante la autoridad competente, quedando a disposición de la parte interesada para que lo reciba por conducto de las personas autorizadas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1072 del multicitado Código. Se tienen por ofrecidas las pruebas que indica, cuya admisión se reserva para acordar en el momento procesal oportuno. Asimismo, se requiere a la parte demandada a efecto de que al dar contestación a la demanda, exhiba copia simple del Registro Federal de Contribuyentes, copia de identificación oficial y copia de la Clave única de Registro de la Población, o en su caso manifieste bajo protesta de decir verdad que carece de dichos registros porque no esté obligado a la inscripción en los padrones correspondientes, lo anterior, toda vez que el presente juicio se encuentra dentro de las reformas del día veinticinco de enero del año dos mil diecisiete al Código de Comercio, lo anterior con fundamento en el artículo 1061 fracción V del Código adjetivo antes mencionado. En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo número 05-19/2020, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, se les requiere a las partes para que designen y autoricen cuenta de correo electrónico por el cual puedan realizarse las notificaciones personales. De igual forma se hace del conocimiento de las partes que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, motivado por el interés de que las personas que tiene algún litigio cuenten con otra opción para solucionar su conflicto, proporciona los servicios de mediación a través de su Centro de Justicia Alternativa, donde se le atenderá en forma gratuita, la mediación no es asesoría jurídica. El centro se encuentra ubicada en Av. Niños Héroes número 133, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal 06500, con el teléfono 51341100 extensiones 1460 y 2362. Servicio de mediación civil mercantil 52072584 y 52083349, mediación.civil.mercantil@tsjcdmx.gob.mx mediación.familiar@tsjcdmx.gob.mx. En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo 15-37/2019, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión ordinaria celebrada el día quince de octubre del año dos mil diecinueve; con toda atención hago de su conocimiento que este órgano Colegiado determinó que sin perjuicio de las acciones que actualmente se llevan a cabo por cuanto hace a los expedientes susceptibles de ser destruidos, en específico en aquellos asuntos en los cuales la parte enjuiciada se constituya en rebeldía, en el acuerdo respectivo donde se haga del conocimiento de las y los interesados sobre la posibilidad de la destrucción del expediente una concluido en su totalidad, se deberá agregar que la misma procederá previa la digitalización correspondiente, con lo cual, se genera seguridad jurídica de analizarse a la postre la legalidad de la diligencia de emplazamiento. NOTIFÍQUESE. Así lo proveyó el C. Juez Tercero Civil de Proceso Oral en esta Ciudad Licenciado SALVADOR RAMIREZ RODRIGUEZ, ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada MARIA DEL REFUGIO ROCHA CASTAÑEDA quien autoriza y da fe. Funcionarios que firman en forma digital.

LIC. HECTOR DANIEL ZAVALETA ZARATE RÚBRICA.

DIARIODE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

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EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 9° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 9/2025, SECRETARÍA “A”.

Emplazar a: C. MARGARITA JUÁREZ SANTILLÁN

En los autos del expediente número 9/2025, derivado del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por HUMBERTO EDUARDO MUJICA PARRA Y MARICARMEN MUJICA LUNA en contra de MARGARITA JUAREZ SANTILLAN, C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, FRANCISCO SALAZAR GONZALEZ, EDUARDO MUJICA CASTILLO y ESTEBAN MUJICA CASTILLO, la C. Juez Noveno Civil de Proceso Escrito en esta Ciudad, dictó autos que se establecen: “...Ciudad de México, a dos de marzo del dos mil veintiséis. (...) con fundamento en el artículo 272-G del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, se regulariza el presente juicio, toda vez que mediante proveído de diecinueve de los corrientes (...) “...emplazar a la codemandada C. MARGARITA JUÁREZ SANTILLAN, por edictos que se publicaran por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial y en el periódico “EL DIARIO DE MÉXICO”, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndose saber al codemandado citado que debe presentarse dentro del término de CINCUENTA DÍAS contados a partir de la última publicación aludida en líneas que anteceden, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, lo anterior con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, apercibida que de no contestar dentro del término aludido o de que no señale domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones, las subsecuentes notificaciones le surtirán en términos de lo dispuesto por el artículo 637 del Ordenamiento legal...”, se hace la aclaración antes precisada para los efectos a que haya lugar, debiendo formar el presente proveído parte integrante del citado en líneas que anteceden, por lo que elabórense los edictos ordenados. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Noveno de lo Civil Doctora en Derecho MARYCARMEN DELGADO VILLAGRÁN, ante la C. Secretaria de Acuerdos, Licenciada MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ, que autoriza y da fe. Doy fe…” “...Ciudad de México, a diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. (…) se ordena emplazar a la parte demandada MARGARITA JUÁREZ SANTILLÁN., por edictos que se publicaran tres veces consecutivas en los periódicos “EL MILENIO” de circulación Nacional y “DIARIO DE MÉXICO” de circulación local en la Ciudad de México, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio y 122 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al de Comercio, debiendo contestar la demanda instaurada en su contra dentro del término de TREINTA DÍAS, apercibido que de no contestar dentro del término legal concedido y de no señalar domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones, las subsecuentes aún las de carácter personal le surtirán efectos por Boletín Judicial, lo anterior con fundamento en el artículo 1069 del ordenamiento legal en cita. (…) NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma la Juez Noveno Civil de Proceso Escrito, Doctora en Derecho MARYCARMEN DELGADO VILLAGRÁN, ante la Secretaria de Acuerdos licenciada MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ, quien autoriza y da fe. Doy Fe…” “...Ciudad de México a veintitrés de enero de dos mil veinticinco. (...) se tiene por presentados a MUJICA PARRA HUMBERTO EDUARDO y MUJICA LUNA MARICARMEN por su propio derecho, (…) se le tiene demandando en la VÍA ORDINARIA CIVIL a JUÁREZ SANTILLÁN MARGARITA, C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SALAZAR GONZÁLEZ FRANCISCO, MUJICA CASTILLO EDUARDO y MUJICA CASTILLO ESTEBAN las prestaciones que indica, se admite a trámite la demanda con fundamento en lo dispuesto por los artículos 255, 256 y 258 del Código de Procedimientos Civiles, con las copias simples exhibidas, selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese a los demandados para que dentro del término de QUINCE DÍAS HÁBILES produzcan su contestación, apercibidos que en caso de no hacerlo, se les tendrá por presuntivamente confesos de los hechos de la demanda, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 del Código Adjetivo Civil. Se previene a los demandados para que señalen domicilio en ésta Ciudad de México para oír y recibir notificaciones, apercibidos de que, en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán efectos por su publicación en el Boletín Judicial, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 113 del ordenamiento legal antes mencionado. Y toda vez que manifiesta bajo protesta de decir verdad desconocer el domicilio de los demandados JUÁREZ SANTILLÁN MARGARITA y SALAZAR GONZÁLEZ FRANCISCO, con fundamento en la fracción II del artículo 122 del Código procesal citado, gírense atentos oficios al Instituto Nacional Electoral, al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México a través de la Primera Secretaría de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este Poder Judicial, a fin de que informen si en sus archivos consta algún domicilio de los demandados citados, a fin de estar en posibilidad de emplazarla a juicio.- Asimismo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 22 Bis del Código procesal citado, se ordena llamar a juicio a MUJICA CASTILLO FERMÍN, para que le pare perjuicio la sentencia que se llegue a dictar en el presente juicio, por lo que con las copias simples exhibidas, selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese al tercero llamado a juicio para que dentro del término de QUINCE DÍAS HÁBILES produzca su contestación, apercibido que en caso de no hacerlo, se le tendrá por presuntivamente confeso de los hechos de la demanda, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 del Código Adjetivo Civil. (...) Hágase la corrección en la carátula y libro de gobierno de éste Juzgado, y mediante atento oficio, del conocimiento de la Oficialía de Partes Común para Juzgados y Salas del Poder Judicial de la Ciudad de México, que los demandados en éste juicio son JUÁREZ SANTILLÁN MARGARITA, C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SALAZAR GONZÁLEZ FRANCISCO, MUJICA CASTILLO EDUARDO, MUJICA CASTILLO ESTEBAN y tercero llamado a juicio MUJICA CASTILLO FERMÍN. Por último, se les tiene desistiéndose de la prestación marcada con la letra B para los efectos legales a que haya lugar. (...)”. NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma la Juez Noveno de lo Civil de Proceso Escrito Interina, Licenciada OLIMPIA GARCÍA TORRES ante la Secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ, con quien actúa autoriza firma y da fe.- DOY FE .-…”

C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ. RÚBRICA.

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EDICTOS

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA DE TRABAJO EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

En los autos del juicio de amparo 4026/2025-VI, promovido por INMOBILIARIA PRAMAROCAS, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado, en contra del acto de la JUNTA ESPECIAL “G” (ANTES NÚMERO CATORCE) DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE Y SU ACTUARIO, derivado del expediente laboral 553/2022, hoy se ordenó emplazar por edictos a la tercera interesada SARA QUIROZ RICO y se concedió un término de treinta días contados a partir de la última publicación para que comparezca a juicio a hacer valer sus derechos y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidas que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista.

Ciudad de México, 20 de Marzo de 2026. Licenciado Sergio Tizoc López Luna. Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México. RÚBRICA. F-29137

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 9° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 9/2025, SECRETARÍA “A”.

Emplazar a: C. FRANCISCO SALAZAR GONZÁLEZ.

En los autos del expediente número 9/2025, derivado del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por HUMBERTO EDUARDO MUJICA PARRA Y MARICARMEN MUJICA LUNA en contra de MARGARITA JUAREZ SANTILLAN, C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, FRANCISCO SALAZAR GONZALEZ, EDUARDO MUJICA CASTILLO y ESTEBAN MUJICA CASTILLO, la C. Juez Noveno Civil de Proceso Escrito en esta Ciudad, dictó autos que se establecen: “...Ciudad de México, a veintisiete de febrero del dos mil veintiséis. (...) se ordena emplazar al codemandado C. FRANCISCO SALAZAR GONZÁLEZ, por edictos que se publicaran por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial y en el periódico “EL DIARIO DE MÉXICO”, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndose saber al codemandado citado que debe presentarse dentro del término de CINCUENTA DÍAS contados a partir de la última publicación aludida en líneas que anteceden, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, lo anterior con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, apercibida que de no contestar dentro del término aludido o de que no señale domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones, las subsecuentes notificaciones le surtirán en términos de lo dispuesto por el artículo 637 del Ordenamiento legal en cita. Quedando a su disposición en la Secretaría A de este Juzgado las copias de traslado correspondientes. En los términos expuestos, elabórese por la persona encargada del turno adscrita a la Secretaría “A”, los edictos correspondientes. Para tal efecto, se ordena al C. Encargado del Archivo de este H. Juzgado, turnar en tiempo y forma el presente. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Noveno de lo Civil Doctora en Derecho MARYCARMEN DELGADO VILLAGRÁN, ante la C. Secretaria de Acuerdos, Licenciada MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ, que autoriza y da fe. Doy fe…” “...Ciudad de México a veintitrés de enero de dos mil veinticinco. (...) se tiene por presentados a MUJICA PARRA HUMBERTO EDUARDO y MUJICA LUNA MARICARMEN por su propio derecho, (...) se le tiene demandando en la VÍA ORDINARIA CIVIL a JUÁREZ SANTILLÁN MARGARITA, C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SALAZAR GONZÁLEZ FRANCISCO, MUJICA CASTILLO EDUARDO y MUJICA CASTILLO ESTEBAN las prestaciones que indica, se admite a trámite la demanda con fundamento en lo dispuesto por los artículos 255, 256 y 258 del Código de Procedimientos Civiles, con las copias simples exhibidas, selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese a los demandados para que dentro del término de QUINCE DÍAS HÁBILES produzcan su contestación, apercibidos que en caso de no hacerlo, se les tendrá por presuntivamente confesos de los hechos de la demanda, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 del Código Adjetivo Civil. Se previene a los demandados para que señalen domicilio en ésta Ciudad de México para oír y recibir notificaciones, apercibidos de que, en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán efectos por su publicación en el Boletín Judicial, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 113 del ordenamiento legal antes mencionado. Y toda vez que manifiesta bajo protesta de decir verdad desconocer el domicilio de los demandados JUÁREZ SANTILLÁN MARGARITA y SALAZAR GONZÁLEZ FRANCISCO, con fundamento en la fracción II del artículo 122 del Código procesal citado, gírense atentos oficios al Instituto Nacional Electoral, al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México a través de la Primera Secretaría de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este Poder Judicial, a fin de que informen si en sus archivos consta algún domicilio de los demandados citados, a fin de estar en posibilidad de emplazarla a juicio.- Asimismo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 22 Bis del Código procesal citado, se ordena llamar a juicio a MUJICA CASTILLO FERMÍN, para que le pare perjuicio la sentencia que se llegue a dictar en el presente juicio, por lo que con las copias simples exhibidas, selladas y cotejadas, córrase traslado y emplácese al tercero llamado a juicio para que dentro del término de QUINCE DÍAS HÁBILES produzca su contestación, apercibido que en caso de no hacerlo, se le tendrá por presuntivamente confeso de los hechos de la demanda, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 271 del Código Adjetivo Civil. (...) Hágase la corrección en la carátula y libro de gobierno de éste Juzgado, y mediante atento oficio, del conocimiento de la Oficialía de Partes Común para Juzgados y Salas del Poder Judicial de la Ciudad de México, que los demandados en éste juicio son JUÁREZ SANTILLÁN MARGARITA, C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SALAZAR GONZÁLEZ FRANCISCO, MUJICA CASTILLO EDUARDO, MUJICA CASTILLO ESTEBAN y tercero llamado a juicio MUJICA CASTILLO FERMÍN. Por último, se les tiene desistiéndose de la prestación marcada con la letra B para los efectos legales a que haya lugar. (…)”. NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma la Juez Noveno de lo Civil de Proceso Escrito Interina, Licenciada OLIMPIA GARCÍA TORRES ante la Secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ, con quien actúa autoriza firma y da fe.- DOY FE.-…”

C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. MARIELA MARIBEL ALDANA CRUZ. RÚBRICA. F-29209 1/2

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DIARIODE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

CARTELERA JURÍDICA

DIPLOMADO

Actualización Código Nacional de Procedimientos

Civiles y Familiares, 2a. edición 2026

Del 19 de mayo al 29 de octubre del 2026, de 18:00 a 21:00 horas.

Aula virtual Instituto de Investigaciones Jurídicas Costo: $18,000.00 M.N. Evento dirigido al público en general. Informes: 555622 7474 ext. 85204.

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F-29152

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 12° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 421/2024.

NOTIFICAR A: CASA MARZAM, S.A. DE C.V. EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN PROVEÍDO DE FECHA DIEZ DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, DICTADO EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 421/2024, RELATIVO AL JUICIO ORAL MERCANTIL, PROMOVIDO POR PSICOFARMA, S.A. DE C.V. EN CONTRA DE CASA MARZAM, S.A. DE C.V., SE ORDENÓ NOTIFICAR POR EDICTOS A CASA MARZAM, S.A. DE C.V., PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE CINCO DÍAS HAGA PAGO VOLUNTARIAMENTE A LA ACTORA DE LA CANTIDAD DE $41,042.696.22 (CUARENTA Y UN MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 22/100 M.N.), COMO REMANENTE DE LA CANTIDAD A QUE SE LE CONDENÓ A PAGAR MEDIANTE CONVENIO DE FECHA VEINTITRÉS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO, APERCIBIDA QUE DE NO HACERLO SE DICTARÁ AUTO DE EJECUCIÓN CON EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA EN SU CONTRA.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. LIC. LUZ EDITH VELARDE BERNAL. RÚBRICA.

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F-29050

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 25° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 1590/2022, SECRETARÍA “B”.

SE LLAMA A JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON IGUAL O MAYOR DERECHO A HEREDAR.

En los autos del juicio INTESTAMENTARIO, a bienes de ORDOÑEZ VALLE ALFONSO, la C. Juez Vigésimo Quinto de lo Familiar de la Ciudad de México con fundamento en el artículo 807 del Código de Procedimientos Civiles, se ordenó mediante autos de fechas diecinueve de enero del año dos mil veintiséis y diez de septiembre del año dos mil veinticinco la publicación del presente donde se anuncia la muerte sin testar del de cujus, llamando a juicio a las personas que se consideren con igual o mejor derecho a reclamar la herencia, manifestando nombre, grado y parentesco dentro del término de CUARENTA DÍAS contados a partir de la publicación del último edicto. Siendo las denunciantes de la presente sucesión las C. ESTELA FRANCISCA LEYVA ORDOÑEZ y BLANCA MARINA FEREGRINO LEYVA.

Ciudad de México, a 03 de febrero del 2026. C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” HABILITADA DEL JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO LIC. MITCHELL HERNÁNDEZ MIRANDA RÚBRICA.

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 25° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 196/2024, SECRETARÍA “C”.

EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN en Sentencia Definitiva de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco, y auto de fecha cuatro de diciembre de dos mil veinticinco; PRONUNCIADO EN EL JUICIO ORAL CIVIL PROMOVIDO POR SISTEC LFC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, tramitado dentro del expediente 196/2024; LA C. JUEZ ORDENO LO SIGUIENTE: «...Ciudad de México, a veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS, para resolver en SENTENCIA DEFINITIVA los autos, audio y video del juicio ORAL CIVIL, promovido por SISTEC LFC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra de SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, expediente 196/2024. RESUELVE: PRIMERO. Ha sido procedente la Vía ORAL CIVIL, en donde la parte actora SISTEC LFC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE acreditó su acción en contra de SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE se constituyó en rebeldía, en consecuencia, SEGUNDO. Se condena a SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE a pagar a la parte actora SISTEC LFC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE por conducto de quien sus derechos represente la cantidad de $468,000.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de pagos que recibió indebidamente. Lo que deberá efectuar en un plazo de CINCO DÍAS contado a partir del siguiente de aquel en que surta efectos la notificación de esta resolución, con el apercibimiento que, en caso de no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa de la misma. TERCERO. Se condena a SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE a pagar a la parte actora SISTEC LFC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE por conducto de quien sus derechos represente los intereses al 9% (nueve por ciento) anual respecto de $234,000.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) a partir del veintidós de marzo de dos mil veintitrés asimismo respecto de la cantidad de $234,000.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) desde el veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, mismos que se causarán hasta el pago total de la suerte principal, lo que se cuantificará en el incidente de ejecución de sentencia respectivo. CUARTO. La presente resolución NO CAUSA PERJUICIO a la tercera llamada a juicio ZETRAC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. QUINTO. No se hace especial condena en gastos y costas en el presente juicio. SEXTO. Se tiene por notificadas a las partes en términos de lo dispuesto en el artículo 990 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, ahora Ciudad de México. SÉPTIMO. Notifíquese este fallo definitivo a SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE mediante edictos publicados tres veces de tres en tres días en el periódico EL DIARIO DE MÉXICO y en el Boletín Judicial. ASÍ, Definitivamente juzgando, lo resolvió y firma la Juez Interina del Juzgado Vigésimo Quinto de lo Civil de Proceso Oral del Poder Judicial de la Ciudad de México licenciada ANA CRISTINA MENDOZA MARTÍNEZ, quien actúa ante la Secretaria de Acuerdos “C”, licenciada ANA SARAHÍ HERNÁNDEZ RAMÍREZ, que autoriza y da fe.- Doy fe.-...» «...Ciudad de México, a cuatro de diciembre del año dos mil veinticinco. Agréguese a sus autos el escrito de OSCAR EMMANUEL CORTES RAMÍREZ apoderado legal de la moral actora, visto su contenido y con fundamento en el artículo 272-G del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, ahora Ciudad de México, se aclara la sentencia de veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco en los siguientes términos: Se aclara el resultando número 1 en su inciso a) donde se estableció lo siguiente “...en perjuicio de m Trepreseñtada...”, siendo lo correcto “en perjuicio de mi representada...”. Asimismo, en el primer párrafo de la página doce de la sentencia definitiva de mérito se dijo “...SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SA DE...” siendo lo correcto “...SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE CAPITAL SA DE CV...”. También en el segundo párrafo de la página diecisiete de la sentencia de mérito se dijo “desde el veintiocho de marzo de dos mil veinticinco” siendo lo correcto “...desde el veintiocho de marzo de dos mil veintitrés...”. Por último, se aclara que en la totalidad de la sentencia definitiva de veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco se asentó como nombre de la moral tercera llamada a juicio como “ZETRAC SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE” siendo lo correcto “ZETRAK SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”. Aclaraciones que deberán de formar parte integral de la sentencia de veinticuatro de noviembre de dos mil veinticuatro...»

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “C” DEL JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LICENCIADA ANA SARAHI HERNÁNDEZ RAMÍREZ RÚBRICA.

F-29098

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

F-29187

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EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 8° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 454/2024, SECRETARÍA “B”.

JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO

En los autos dictados en el juicio ORAL MERCANTIL promovido por IM MESOAMERICANA, MX, S.A.P.I. DE C.V. SOFOM E.N.R. en contra de ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO y LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO, expediente 454/2024, el C. Juez Octavo Civil de Proceso Oral dictó diversos autos, que en su parte conducente dicen: Ciudad de México, nueve de marzo de dos mil veintiséis. “...se le tiene proponiendo como periódicos para que sean publicados los edictos ordenado en auto del día diecinueve de febrero del año en curso; siendo un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional “EL SOL DE MÉXICO” y en un periódico local “DIARIO DE MÉXICO”; por lo tanto, elabórense los edictos en mención, para cada codemandado, a efecto de hacer del conocimiento de los codemandados ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., JUAN MANUEL SÁNCHEZ ALFARO y LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO, que deberán de presentarse ante este juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación que se realice de los edictos para recibir el traslado, a fin de que dentro de los NUEVE DÍAS POSTERIORES a que se presenten y reciban el traslado correspondiente o fenecido el término de los treinta días, produzcan su contestación; quedando en la Secretaría de Acuerdos “B”, a disposición de la demandada, las copias simples exhibidas para correr traslado para que disponga de ellas...” Ciudad de México, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. “...el escrito de cuenta de MA. PATRICIA VARELA LOZADA Apoderada General para pleitos y cobranzas de la parte actora, visto su contenido, como lo solicita se precisa el auto admisorio de fecha trece de agosto del año en curso, toda vez que se asentó como nombre del codemandado ENDEAVOR TECHNOÑOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., debiendo ser lo correcto ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., precisión que se realiza con fundamento en el artículo 1390 Bis del Código de Comercio, para los efectos legales a que haya lugar, debiendo formar parte integral el presente acuerdo del auto admisorio...” Ciudad de México, a trece de agosto de dos mil veinticuatro “...Se tiene por presentada a IM MESOAMERICANA, MX, S.A.P.I. DE C.V. SOFOM E.N.R., por conducto de su Apoderado General para Pleitos y Cobranzas MA. PATRICIA VARELA LOZADA, Apoderada General para pleitos y cobranzas...” “... demandando en la VÍA ORAL MERCANTIL de 1.- ENDEAVOR TECHNOÑOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., 2.- JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO y 3.- LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO el pago de la cantidad de $18,950,547.10 (DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 10/100 M.N.) por concepto de suerte principal más otras prestaciones accesorias que reclama. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 5, 6 Bis, 75, 78, 1049, 1050, 1055, 1057, 1061, 1069, 1075, 1077, 1077, 1090, 1194, 1198, 1390 Bis, 1390 Bis 1, 1390 Bis 11, 1390 Bis 13 del Código de Comercio y artículo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, se admite a trámite la demanda y con las copias simples exhibidas, córrase traslado y emplácese a los codemandados, a fin de que dentro del plazo de NUEVE DÍAS ocurran a producir su contestación por escrito, apercibidos que, de no llevarlo a cabo, se procederá en términos del artículo 1390 Bis 20 del Código de Comercio. Se requiere a los codemandados para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de éste Juzgado en el entendido que las resoluciones judiciales pronunciadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto sin necesidad de formalidad alguna a quienes estén presentes o debieron haber estado, de conformidad con los artículos 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22 ambos del Código de Comercio...”

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. LIC. CARLA SIMÓN VÁZQUEZ. RÚBRICA.

EDICTO

F-29186

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 8° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 454/2024, SECRETARÍA “B”.

ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V.

En los autos dictados en el juicio ORAL MERCANTIL promovido por IM MESOAMERICANA, MX, S.A.P.I. DE C.V. SOFOM E.N.R. en contra de ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO y LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO, expediente 454/2024, el C. Juez Octavo Civil de Proceso Oral dictó diversos autos, que en su parte conducente dicen: Ciudad de México, nueve de marzo de dos mil veintiséis. “...se le tiene proponiendo como periódicos para que sean publicados los edictos ordenado en auto del día diecinueve de febrero del año en curso; siendo un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional “EL SOL DE MÉXICO” y en un periódico local “DIARIO DE MÉXICO”; por lo tanto, elabórense los edictos en mención, para cada codemandado, a efecto de hacer del conocimiento de los codemandados ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., JUAN MANUEL SÁNCHEZ ALFARO y LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO, que deberán de presentarse ante este Juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación que se realice de los edictos para recibir el traslado, a fin de que dentro de los NUEVE DÍAS POSTERIORES a que se presenten y reciban el traslado correspondiente o fenecido el término de los treinta días, produzcan su contestación; quedando en la Secretaría de Acuerdos “B”, a disposición de la demandada, las copias simples exhibidas para correr traslado para que disponga de ellas...” Ciudad de México, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. “...el escrito de cuenta de MA. PATRICIA VARELA LOZADA Apoderada General para pleitos y cobranzas de la parte actora, visto su contenido, como lo solicita se precisa el auto admisorio de fecha trece de agosto del año en curso, toda vez que se asentó como nombre del codemandado ENDEAVOR TECHNOÑOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., debiendo ser lo correcto ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., precisión que se realiza con fundamento en el artículo 1390 Bis del Código de Comercio, para los efectos legales a que haya lugar, debiendo formar parte integral el presente acuerdo del auto admisorio...” Ciudad de México, a trece de agosto de dos mil veinticuatro “...Se tiene por presentada a IM MESOAMERICANA, MX, S.A.P.I. DE C.V. SOFOM E.N.R., por conducto de su Apoderado General para Pleitos y Cobranzas MA. PATRICIA VARELA LOZADA, Apoderada General para pleitos y cobranzas...” “... demandando en la VÍA ORAL MERCANTIL de 1.- ENDEAVOR TECHNOÑOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., 2.- JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO y 3.- LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO el pago de la cantidad de $18,950,547.10 (DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 10/100 M.N.) por concepto de suerte principal más otras prestaciones accesorias que reclama. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 5, 6 Bis, 75, 78, 1049, 1050, 1055, 1057, 1061, 1069, 1075, 1077, 1077, 1090, 1194, 1198, 1390 Bis, 1390 Bis 1, 1390 Bis 11, 1390 Bis 13 del Código de Comercio y artículo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, se admite a trámite la demanda y con las copias simples exhibidas, córrase traslado y emplácese a los codemandados, a fin de que dentro del plazo de NUEVE DÍAS ocurran a producir su contestación por escrito, apercibidos que, de no llevarlo a cabo, se procederá en términos del artículo 1390 Bis 20 del Código de Comercio. Se requiere a los codemandados para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de éste Juzgado en el entendido que las resoluciones judiciales pronunciadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto sin necesidad de formalidad alguna a quienes estén presentes o debieron haber estado, de conformidad con los artículos 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22 ambos del Código de Comercio...”

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. LIC. CARLA SIMÓN VÁZQUEZ. RÚBRICA.

F-29188

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 8° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 454/2024, SECRETARÍA “B”.

LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO

En los autos dictados en el juicio ORAL MERCANTIL promovido por IM MESOAMERICANA, MX, S.A.P.I. DE C.V. SOFOM E.N.R. en contra de ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO y LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO, expediente 454/2024, el C. Juez Octavo Civil de Proceso Oral dictó diversos autos, que en su parte conducente dicen: Ciudad de México, nueve de marzo de dos mil veintiséis. “...se le tiene proponiendo como periódicos para que sean publicados los edictos ordenado en auto del día diecinueve de febrero del año en curso; siendo un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional “EL SOL DE MÉXICO” y en un periódico local “DIARIO DE MÉXICO”; por lo tanto, elabórense los edictos en mención, para cada codemandado, a efecto de hacer del conocimiento de los codemandados ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., JUAN MANUEL SÁNCHEZ ALFARO y LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO, que deberán de presentarse ante este juzgado dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación que se realice de los edictos para recibir el traslado, a fin de que dentro de los NUEVE DÍAS POSTERIORES a que se presenten y reciban el traslado correspondiente o fenecido el término de los treinta días, produzcan su contestación; quedando en la Secretaría de Acuerdos “B”, a disposición de la demandada, las copias simples exhibidas para correr traslado para que disponga de ellas...” Ciudad de México, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. “...el escrito de cuenta de MA. PATRICIA VARELA LOZADA Apoderada General para pleitos y cobranzas de la parte actora, visto su contenido, como lo solicita se precisa el auto admisorio de fecha trece de agosto del año en curso, toda vez que se asentó como nombre del codemandado ENDEAVOR TECHNOÑOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., debiendo ser lo correcto ENDEAVOR TECHNOLOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., precisión que se realiza con fundamento en el artículo 1390 Bis del Código de Comercio, para los efectos legales a que haya lugar, debiendo formar parte integral el presente acuerdo del auto admisorio...” Ciudad de México, a trece de agosto de dos mil veinticuatro “...Se tiene por presentada a IM MESOAMERICANA MX, S.A.P.I. DE C.V. SOFOM E.N.R., por conducto de su Apoderado General para Pleitos y Cobranzas MA. PATRICIA VARELA LOZADA Apoderada General para pleitos y cobranzas...” “... demandando en la VÍA ORAL MERCANTIL de 1.- ENDEAVOR TECHNOÑOGIES SYSTEMS, S.A. DE C.V., 2.- JUAN MANUEL SANCHEZ ALFARO y 3.- LEOBARDO GREGORIO FRAGOSO PORTILLO el pago de la cantidad de $18,950,547.10 (DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 10/100 M.N.) por concepto de suerte principal más otras prestaciones accesorias que reclama. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 5, 6 Bis, 75, 78, 1049, 1050, 1055, 1057, 1061, 1069, 1075, 1077, 1077, 1090, 1194, 1198, 1390 Bis, 1390 Bis 1, 1390 Bis 11, 1390 Bis 13 del Código de Comercio y artículo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, se admite a trámite la demanda y con las copias simples exhibidas, córrase traslado y emplácese a los codemandados, a fin de que dentro del plazo de NUEVE DÍAS ocurran a producir su contestación por escrito, apercibidos que, de no llevarlo a cabo, se procederá en términos del artículo 1390 Bis 20 del Código de Comercio. Se requiere a los codemandados para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de éste Juzgado en el entendido que las resoluciones judiciales pronunciadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto sin necesidad de formalidad alguna a quienes estén presentes o debieron haber estado, de conformidad con los artículos 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22 ambos del Código de Comercio...”

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. LIC. CARLA SIMÓN VÁZQUEZ. RÚBRICA.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

En los autos del juicio ejecutivo mercantil 331/2017, promovido por Banco Ve por Más, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Ve por Más, se dictó el siguiente auto que en lo conducente dice: “Ciudad de México, veintitrés de noviembre de dos mil veintidós. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta signado por Gerardo Navarro Barriga en su carácter de apoderado de la actora, personalidad que tiene reconocida en autos; en su atención, como lo solicita, con fundamento en los artículos 1068, fracción IV, 1070, del Código de Comercio, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al código mercantil citado, se ordena notificar a los terceros interesados Moisés Gopas Kopeliovich, Lili Lobaton Abadi, Alberto Sutton Lobaton y Salvador Laniado Lobatón, por medio de edictos a costa de la actora, los cuales deberán publicarse en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en un periódico local en la Ciudad de México que señale la actora, por tres veces consecutivas, que en el presente asunto, el treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve, entre otras cosas, se condenó a los codemandados Yardas y Metros, Sociedad Anónima de Capital Variable, en su carácter de acreditante y Textiles Met, Sociedad Anónima de Capital Variable, Jaime Abadi Amkie y Salomón Abadi Zonana, en su carácter de obligados solidarios, a pagar a la actora Banco Ve por Más, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Ve por Más, la cantidad de $11’694,725.20 (once millones seiscientos noventa y cuatro mil setecientos veinticinco pesos 20/100), por concepto de suerte principal, así como las cantidades de $24,692.22 (veinticuatro mil seiscientos noventa y dos pesos 22/100) y $30,320.03 (treinta mil trescientos veinte pesos 03/100), por concepto de intereses ordinarios e intereses moratorios, respectivamente, cuantificados al veintisiete de octubre de dos mil dieciséis, resolución definitiva que guarda la calidad de cosa juzgada; asimismo, que en el presente juicio, se encuentran embargados los derechos de los inmuebles con folios reales 1162376, auxiliar 62, 1384357, auxiliar 9, 9217992 auxiliar 1 y 16, y 9214852, auxiliar 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26 y 27. Atento a lo anterior, se hace del conocimiento de los terceros interesados, deberán presentarse ante este juzgado dentro del plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a efecto de comparecer al presente asunto, de ser su deseo, a deducir sus derechos, apercibidas que de no hacerlo, se les harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Con motivo de lo anterior, queda a disposición de los mencionados terceros interesados, en la Secretaría de este Juzgado, copia simple del escrito de registro 12629 y de los veintisiete certificados de libertad de gravámenes que se adjuntaron al citado ocurso. En consecuencia, se pone a disposición de la parte actora los edictos de mérito, para su publicación, por lo que una vez recibidos, fíjese en la puerta de este órgano jurisdiccional, una copia íntegra del mismo por todo el tiempo del emplazamiento. NOTIFÍQUESE, POR EDICTOS A LOS TERCEROS INTERESADOS MOISÉS GOPAS KOPELIOVICH, LILI LOBATÓN ABADI, ALBERTO SUTTÓN LOBATON, SALVADOR LANIADO LOBATÓN. Así lo proveyó y firma el licenciado Eduardo León Sandoval, Juez Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, ante el licenciado Guillermo González Castillo, Secretario con quien actúa y da fe.”

CIUDAD DE MÉXICO, 23 DE NOVIEMBRE DE 2022.

EL SECRETARIO.

LIC. GUILLERMO GONZÁLEZ CASTILLO.

SECRETARIO DEL JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. RÚBRICA.

DIARIODE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

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F-29195

EDICTOS.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 40° DE LO CIVIL, EXP. No. 127/2024, SECRETARÍA “A”.

En los autos del juicio de EJECUTIVO MERCANTIL, expediente 127/2024, promovido por OPERADORA DE HOSPITALES ANGELES S.A. DE C.V. en contra de MARTIN MANUEL REIGOSA ROJAS, LA C. JUEZ LICENCIADA AIDE DEL CARMEN GALAN LOPEZ DEL JUZGADO 40º DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA DICE: Ciudad de México, a veintisiete de febrero del año dos mil veintiséis.--- A sus autos el escrito de PABLO MARTINEZ GONZALEZ mandatario judicial de la parte actora, vistas las constancias de autos y como lo solicita con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, procédase a practicar el requerimiento ordenado al demandado en el auto de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil veinticinco, mediante la publicación de los edictos respectivos, por TRES VECES CONSECUTIVAS, en los periódicos DIARIO DE MÉXICO y LA CRÓNICA DE HOY, para los efectos legales conducentes. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la C. JUEZA CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADA AIDE DEL CARMEN GALAN LOPEZ, quien actúa asistida de la C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LICENCIADA MARIA VERÓNICA SILVA CHAVEZ, con quien actúa y da fe. DOY FE.--OTRO AUTO---Ciudad de México, a veintiséis de septiembre del año dos mil veinticinco.--- A sus autos el escrito de PABLO MARTINEZ GONZALEZ mandatario judicial de la parte actora, vistas las constancias de autos y como lo solicita se procede a dictar AUTO DE EJECUCIÓN en los siguientes términos: En cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo SEGUNDO de la Sentencia Definitiva de fecha veintitrés de mayo del año en curso, misma que HA CAUSADO EJECUTORIA, REQUIÉRASE PERSONALMENTE a REIGOSA ROJAS MARTIN MANUEL, para que en el término de CINCO DÍAS haga pago de manera voluntaria a la parte actora o a quien sus derechos represente, de la cantidad de $494,619.02 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS 02/100 M.N.), por los conceptos descritos en dicha resolución, bajo el apercibimiento que en caso de no hacerlo se procederá conforme a derecho. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A REIGOSA ROJAS MARTIN MANUEL mediante su publicación en el Boletín Judicial. Lo proveyó y firma la C. JUEZA CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADA AIDE DEL CARMEN GALAN LOPEZ, quien actúa asistida de la C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LICENCIADA MARIA VERÓNICA SILVA CHAVEZ, con quien actúa y da fe. DOY FE. CIUDAD DE MÉXICO A 18 DE MARZO DEL AÑO 2026. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”. LIC. MARIA VERONICA SILVA CHAVEZ. RÚBRICA.

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 23° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 370/2022, SECRETARÍA “C”. En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL ORAL promovido por EDENRED MÉXICO, S.A. DE C.V. en contra de MASTER SHOPING PAUL, S.A. DE C.V. Y MANUEL MEJÍA ACEVES, expediente Número 370/2022, el C. Juez dictó los siguientes acuerdos que en parte conducente dicen “[…] Ciudad de México, treinta de junio de dos mil veintidós... Se tiene por presentada a EDENRED MÉXICO, S.A. DE C.V., por conducto de SERGIO HUGO MONTAÑO REYES, personería que acredita y se le reconoce en términos del instrumento notarial que para tal efecto exhibe. […] […] Demandado en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL ORAL de MASTER SHOPING PAUL, S.A. DE C.V. Y MANUEL MEJÍA ACEVES, el pago de la cantidad de $900,000.00 (NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), por concepto de suerte principal, y demás prestaciones que se mencionan en el escrito inicial, misma que se admite a trámite en la vía y formas propuestas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1391 fracción IV, 1392, 1393, 1394, 1395, 1396 y demás aplicables del Código de Comercio, se dicta auto de ejecución con efectos de mandamiento en forma. […] […] Debiendo advertir la demanda lo establecido en el artículo 1390 BIS 13 del Código de Comercio en relación al ofrecimiento de pruebas. […] […] Ciudad de México, a veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. Agréguese a sus autos el escrito del endosatario en procuración de la parte actora, como lo solicita y considerando el estado del procedimiento, del que es advierte que no fue posible localizar a los codemandados, a pesar de haberse girado oficios para la localización de sus domicilios , conforme a lo previsto en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena el emplazamiento de MASTER SHOPING PAUL, S.A. DE C.V. y MANUEL MEJÍA ACEVES, por medio de edictos, para lo cual publíquese en forma sucinta, conforme a lo dispuesto en el artículo 128, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, aplicado supletoriamente al de Comercio, el auto de treinta de junio de dos mil veintidós (foja veintiuno) y el presente proveído, por TRES VECES consecutivas en los PERIÓDICOS DIARIO DE MÉXICO y DIARIO IMAGEN, haciéndose saber a los codemandados que quedan en la Secretaria del Juzgado, las copias simples de traslado para que se instruyan del presente juicio, apercibida que de no dar contestación a la demanda instaurada en su contra dentro del término concedido, se tendrá por contestada la misma en sentido negativo, en términos del artículo 332, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al de Comercio. Conforme al artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al señalado en primer término, se hace del conocimiento de los codemandados que deben presentarse dentro del término de 30 (TREINTA DÍAS) contados a partir del día siguiente al de la última publicación, comparezcan ante la persona Secretaria de Acuerdos o Secretaria Actuaria adscritas a este JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO a recibir sus copias de traslado de la demanda y los documentos anexos a la misma, relacionados con el Juicio EJECUTIVO MERCANTIL ORAL sobre PAGARÉ promovido por los actores EDENRED MÉXICO, S.A. DE C.V. en contra de MASTER SHOPING PAUL, S.A. DE C.V. y MANUEL MEJÍA ACEVES, la cual fue admitida por esta autoridad judicial por auto de fecha treinta de junio de dos mil veintidós (foja veintiuno) bajo el número de expediente 370/2022 Una vez trascurrido el plazo mencionado, con o sin la comparecencia de las codemandadas, se les concede a éstas el termino de 8 (OCHO DÍAS) contados a partir del día siguiente del vencimiento para su comparecencia, para que contesten la demanda incoada en su contra y proporcione domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo en tiempo y forma determinados se tendrá por contestada en sentido negativo, con fundamento en el artículo 332, último párrafo, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al de Comercio y se seguirá el juicio en rebeldía por lo que las subsecuentes notificaciones incluidas las personales le surtirán efectos por Boletín Judicial de acuerdo al artículo 1390 bis 10, del Código de Comercio. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, aplicado supletoriamente al de Comercio, deberá realizarse el requerimiento ordenado en auto de treinta de junio de dos mil veintidós (foja veintiuno) por tres días consecutivos en el Boletín Judicial y fijando la cédula en los estrados de este Juzgado, surtiendo sus efectos dentro de tres días y una vez verificado lo anterior, se procederá enseguida al embargo, con conocimiento de la demanda. […]”

SILVIA KARINA FERNÁNDEZ LÓPEZ. SECRETARIA DE ACUERDOS “C” RÚBRICA.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS

“SOLUCIONES PARA EL BIENESTAR PATRIMONIAL, S.C. DE R.L. DE C.V.”

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, 35, 36 y 37 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, así como en los artículos trigésimo cuarto al trigésimo séptimo de las Bases Constitutivas de la sociedad (según constan en los instrumentos notariales ACTA 19719, ESC 17807, ESC 81911 y ESC 83781), se convoca a los socios de la sociedad denominada “SOLUCIONES PARA EL BIENESTAR PATRIMONIAL SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE” a la Asamblea General Ordinaria de Socios bajo los siguientes términos: I. DATOS DE CELEBRACIÓN

Fecha: lunes 27 de abril de 2026.

Domicilio: Ignacio Vallarta número 1, interior 504, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. Primer Convocatoria: 09:00 horas. Segunda Convocatoria: 10:00 horas. En caso de no reunirse el quórum legal en la primera, esta se celebrará válidamente con los socios que concurran.

II. ORDEN DEL DÍA

Apertura de la Sesión: Lista de asistencia, verificación del quórum legal e instalación formal de la Asamblea.

Gestión Operativa (Consejo de Administración): Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del informe correspondiente al ejercicio social 2025, el cual deberá detallar: Actividades realizadas: Informe pormenorizado del objeto social durante el periodo.

•Estatus de la Membresía: Reporte del número de socios activos al cierre del ejercicio.

•Vínculos Comerciales: Convenios generados y alianzas estratégicas.

•Desarrollo Institucional: Resumen de eventos y capacitaciones impartidas.

•Resultados Generales: Evaluación cualitativa y cuantitativa del impacto de la cooperativa.

•Situación Financiera: Presentación, análisis y, en su caso, aprobación de los Estados Financieros del ejercicio 2025, incluyendo:

•Análisis Operativo: Reporte detallado de ingresos y egresos.

•Desempeño: Estado de resultados y flujo de efectivo.

•Tesorería: Informe de la situación bancaria actual.

•Activos Circulantes: Estado de la cartera de cobranza y cuentas por recuperar.

•Función de Vigilancia: Presentación y discusión del informe del Consejo de Vigilancia respecto a:

•Dictamen Financiero: Revisión integral de los estados financieros presentados por la administración.

•Legalidad: Evaluación del cumplimiento normativo, estatutario y fiscal.

Gestión de Mejora: Observaciones y recomendaciones para el ejercicio en curso.

Aprobación de Resultados: Votación formal de los socios para la aprobación de los resultados financieros y la gestión de los órganos de gobierno.

Planeación Financiera (Ejercicio 2026): Presentación y aprobación del presupuesto anual:

Proyecciones: Ingresos proyectados y gastos estimados.

Crecimiento: Plan de inversiones estratégicas para el nuevo periodo.

Gobierno Corporativo: Ratificación y/o designación de los miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia.

Protocolización: Designación de delegado especial para formalizar el acta ante fedatario público.

Clausura: Cierre de la Asamblea.

III. PUBLICIDAD Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Se informa a los socios que la presente convocatoria se realiza con catorce días naturales de anticipación (excediendo el mínimo legal de siete). Los informes, estados financieros y documentos referidos (incluyendo los testimonios de las Bases Constitutivas mencionados) estarán a disposición de los socios para su consulta en el domicilio social a partir de la publicación de este aviso.

Atentamente, MARÍA RUTH SUÁREZ ÁVILA Presidente del Consejo de Administración “SOLUCIONES PARA EL BIENESTAR PATRIMONIAL, S.C. DE R.L. DE C.V.” Ciudad de México, a 6 de abril de 2026. RÚBRICA.

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MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

F-29202 1/3

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 8° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 203/2024, SECRETARÍA “A”.

OSCAR ANTONIO PÉREZ GIL BRETÓN

En los autos dictados en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL ORAL promovido por SALOMÓN ENERGY PARTNERS, S.A.P.I. DE C.V. contra OSCAR ANTONIO PÉREZ GIL BRETÓN, expediente 203/2024, el Juez Octavo Civil de Proceso Oral dictó unos autos el dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, seis de noviembre, dos de diciembre de dos mil veinticinco y tres de marzo de dos mil veintiséis, que dicen: ---Ciudad de México, a dieciocho de abril de dos mil veinticuatro.--- ... Se tiene por presentado a SALOMON ENERGY PARTNERS, S.A.P.I. DE C.V., [...] demandando en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL ORAL a -OSCAR ANTONIO PEREZ GIL BRETON Las prestaciones que se reclaman y con fundamento en los artículos 150, 151, 152 y 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, 1390 Ter al 1390 Ter 15 y 1390 Bis 2 al 1390 Bis 13 del Código de Comercio, se dicta auto con efectos de mandamiento en forma para que por conducto del C. Actuaria adscrita al Juzgado, se requiera a la parte demandada en su domicilio a fin de que en el acto de la diligencia haga pago a la actora o a quien sus derechos represente la cantidad de $1,199,700.77 (UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS PESOS 77/100 M.N.), por concepto de suerte principal y demás accesorios que se demandan y en caso de no hacerse el pago respectivo, embárguense bienes propios del (os) demandado (s) que basten a garantizar el pago de las prestaciones reclamadas, poniéndolas en depósito de persona que bajo su responsabilidad designe la actora. Acto seguido con las copias simples exhibidas debidamente selladas y cotejadas, córrase traslado al (los) demandado (s) emplazándolo (s) para que dentro del término de OCHO DÍAS siguientes al requerimiento de pago, al embargo, en su caso, y al emplazamiento, conteste la demanda, refiriéndose a cada hecho, oponiendo las excepciones que se prevén en los artículos 1397,1398 y 1403 y conforme a las reglas previstas en los artículos 1390 Bis 16, 1390 Bis 20, 1399 y 1400. Guárdese en el Seguro del Juzgado el documento que se exhibe como base de la acción. Se requiere a los codemandados para que señale domicilio dentro de la jurisdicción de éste Juzgado en el entendido que las resoluciones judiciales pronunciadas en las audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto sin necesidad de formalidad alguna a quienes estén presentes o debieron haber estado, de conformidad con los artículos 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22 ambos del Código de Comercio. Téngase por presentadas las pruebas de la parte actora, mismas que se reservan para la calificación sobre su admisibilidad o no para el día y hora que este Juzgador señale para la celebración de la Audiencia Preliminar a que refiere el artículo 1390 Bis 32 del Código de Comercio… NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Octavo Civil de Proceso Oral, Licenciado JUAN ÁNGEL LARA LARA ante la C. Secretaria de Acuerdos, Licenciada MARÍA ESTHER GONZÁLEZ ORDOÑEZ, con quien actúa, autoriza y da fe.---Ciudad de México a seis de noviembre de dos mil veinticinco.--- ...se ordena requerir de pago, embargar y emplazar al demandado OSCAR ANTONIO PÉREZ GIL BRETÓN mediante EDICTOS los cuales se publicaran tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, […]; haciéndole del conocimiento que deberá de presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación que se realice de los edictos para que reproduzcan su contestación; queda en la Secretaría de Acuerdos “A” a disposición de la demandada las copias simples exhibidas para correr traslado y disponga de ellas y; que posterior a ello cuentan con el término de OCHO DÍAS para dar contestación a la demanda. […]. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Octavo Civil de Proceso Oral Licenciado JUAN ÁNGEL LARA LARA, ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada MARÍA ESTHER GONZÁLEZ ORDOÑEZ, con quien actúa, autoriza y da fe.---Ciudad México, a dos de diciembre de dos mil veinticinco.--- Agréguese a los autos el escrito de MARÍA FERNANDA ROJAS TRABULSI, apoderada general para pleitos y cobranzas de la parte actora, visto su contenido y toda vez que señala los periódicos “EL SOL DE MÉXICO” y “EL DIARIO DE MÉXICO” en los cuales deba de practicarse la publicación de los edictos, dese cumplimiento a lo ordenado en proveído de seis de noviembre de dos mil veinticinco. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Lo proveyó y firma el Juez Octavo Civil de Proceso Oral, Licenciado Juan Ángel Lara Lara, ante la Secretaria de Acuerdos, Licenciada María Esther González Ordoñez, con quien actúa, autoriza y da fe. Doy fe.---Ciudad México, a tres de marzo de dos mil veintiséis. Agréguese a los autos el escrito de MARÍA FERNANDA ROJAS TRABULSI apoderada general para pleitos y cobranzas de la parte actora, [...] como se solicita se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA SIETE DE MAYO DE DOS MIL VEINTISÉIS para que tenga verificativo en el Local del Juzgado la diligencia de requerimiento de pago y embargo [...]. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Lo proveyó y firma el Juez Octavo Civil de Proceso Oral, Licenciado Juan Ángel Lara Lara, ante la Secretaria de Acuerdos, Licenciada María Esther González Ordoñez, con quien actúa, autoriza y da fe. Doy fe.--SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. MARÍA ESTHER GONZÁLEZ ORDOÑEZ. RÚBRICA.

DIARIODE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

2/3

F-29196

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 43° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 976/2024, SECRETARÍA “B”.

A: SERGIO TORRES CHARLES Y JOSEFINA AMÉRICA DE JESÚS CUELLAR

En los autos del juicio ORAL MERCANTIL promovido por OPERADORA DE HOSPITALES ÁNGELES en contra de SERGIO TORRES CHARLES Y JOSEFINA AMÉRICA DE JESÚS CUELLAR expediente 976/2024, EL JUEZ CUADRAGÉSIMO TERCERO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DICTÓ LOS SIGUIENTES ACUERDOS QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICEN: CIUDAD DE MÉXICO, A CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS. Agréguese a los autos del expediente 976/2024, ...SE ORDENA DAR CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA DIEZ DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO, POR EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES CONSECUTIVAS, en el periódico “DIARIO DE MÉXICO” que es de circulación amplia y de cobertura nacional y en el periódico denominado “DIARIO IMAGEN” que es el circulación local, a fin de que comparezcan los demandados SERGIO TORRES CHARLES y JOSEFINA AMÉRICA DE JESÚS CUELLAR, al local de este Juzgado CUADRAGÉSIMO TERCERO CIVIL DE PROCESO ORAL en la Ciudad de México, con domicilio en: AVENIDA PATRIOTISMO NÚMERO 230, PISO 14, COLONIA SAN PEDRO DE LOS PINOS, CÓDIGO POSTAL 03800, CIUDAD DE MÉXICO, y; A) Dentro del término de TREINTA DÍAS, a recibir las copias de traslado y de aquellos documentos acompañados a la misma debidamente selladas, rubricadas y cotejadas tal y como lo establece el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al de Comercio, las que quedarán a su disposición en Secretaría de Acuerdos “B” de este Juzgado... En el entendido que, en caso de que concluya el término antes referido, se tendrá por precluido su derecho para hacerlo, continuando el juicio en su rebeldía. B) Ahora bien, en el supuesto de que comparezcan a recibir el traslado en el término antes indicado, contarán con NUEVE DÍAS, para dar contestación a la demanda instaurada en su contra, con el apercibimiento que de no hacerlo así se seguirá el presente juicio en su rebeldía, y señalen domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado, para oír y recibir las notificaciones que esta autoridad determine deban hacerse en forma personal, con el apercibimiento que de no hacerlo, le surtirán efectos por medio del Boletín Judicial, en el entendido que con excepción del emplazamiento; las determinaciones se le notificarán por medio del Boletín Judicial en términos de lo dispuesto por el artículo 1390 Bis 10 y 1390 Bis 22 del Código de Comercio. CIUDAD DE MÉXICO, A DIEZ DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO... Se tiene por presentada a OPERADORA DE HOSPITALES ÁNGELES, S.A. DE C.V. por conducto de sus apoderados legales LUIS YASSER MARTÍNEZ SANDOVAL y PABLO MARTÍNEZ GONZÁLEZ personalidad que se les reconoce y acreditan en términos de la escritura número 47,093 de fecha nueve de noviembre de dos mil veintiuno, misma que obra en el seguro del juzgado, demandando en la VÍA ORAL MERCANTIL de SERGIO TORRES CHARLES y JOSEFINA AMÉRICA DE JESÚS CUELLAR, las prestaciones que indica en su demanda... De conformidad con los artículos 1390 Bis 10 y Bis 14 del Código de Comercio, con las copias simples exhibidas debidamente selladas, rubricadas, cotejadas y foliadas, CÓRRASE TRASLADO Y EMPLÁCESE A LA PARTE DEMANDADA, para que dentro del término de NUEVE DÍAS comparezca ante este juzgado a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo, se procederá en términos de lo que dispone el numeral 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio... NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma la Jueza Interina Cuadragésima Tercera Civil de Proceso Oral, Licenciada GRETA ILIANA GARCÍA ORTIZ, ante la C. Secretaria Conciliadora LICENCIADA LILIA ANGÉLICA GONZÁLEZ MORALES, en funciones de la Secretaria de Acuerdos, conforme al Artículo 84 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con quien actúa y da fe. DOY FE.

CIUDAD DE MÉXICO, A 18 DE MARZO DE 2026

C. Secretaria Conciliadora, en funciones de la Secretaria de Acuerdos, conforme el Artículo 84 de la Ley Orgánica del Poder Judicial LIC. LILIA ANGÉLICA GONZÁLEZ MORALES RÚBRICA.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 11° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 196/2025, SECRETARÍA “C”. En los autos del juicio ORAL CIVIL, expediente número 196/2025, promovido por CORTEZANO MONTERO PAULA en contra de JULIO GONZÁLEZ MELÉNDEZ y al REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, a efecto de dar cumplimiento en sus términos al auto admisorio de fecha SIETE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO, la C. Juez Décimo Primero de lo Civil de Proceso Oral en la Ciudad de México, ordenó en proveído de fecha CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS, emplazar a la parte demandada JULIO GONZÁLEZ MELÉNDEZ, por medio de EDICTOS que a costa del actor deberán publicarse por TRES VECES, de TRES en TRES DÍAS, en el BOLETÍN JUDICIAL y en el periódico “DIARIO DE MÉXICO” debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndole saber a la parte demandada la tramitación del presente juicio quedando a disposición del mismo en la Secretaría “C” de éste Juzgado las copias simples de traslado por un término de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente en que surta efectos la última publicación, para que las recoja y dé contestación a la demanda dentro de los NUEVE DÍAS posteriores, la cual deberá reunir los requisitos de los artículos 980 y 985 del Código de Procedimientos Civiles, así como señalar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la competencia de este Juzgado, APERCIBIDA que en caso de no hacerlo se le tendrá por contestada la demanda en sentido negativo y el juicio se continuará en su rebeldía, conforme lo dispone el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles para esta Ciudad.

CIUDAD DE MÉXICO, A 06 DE MARZO DE 2026. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “C” DEL JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL Lic. David Roberto Mercado Rojas. RÚBRICA.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS

“BIENESTAR

SEGURO VELSUA, S.C. DE R.L. DE C.V.”

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, 35, 36 y 37 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, así como en los artículos trigésimo cuarto al trigésimo séptimo de las Bases Constitutivas de la sociedad (según constan en los instrumentos notariales ACTA 18710, ESC 81949 y ESC 17809), se convoca a los socios de la sociedad denominada “BIENESTAR SEGURO VELSUA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE” a la Asamblea General Ordinaria de Socios bajo los siguientes términos: I. DATOS DE CELEBRACIÓN

Fecha: lunes 27 de abril de 2026.

Domicilio: Ignacio Vallarta número 1, interior 504, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Primer Convocatoria: 12:00 horas.

Segunda Convocatoria: 13:00 horas. En caso de no reunirse el quórum legal en la primera, esta se celebrará válidamente con los socios que concurran.

II. ORDEN DEL DÍA

Apertura de la Sesión: Lista de asistencia, verificación del quórum legal e instalación formal de la Asamblea.

Gestión Operativa (Consejo de Administración): Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del informe correspondiente al ejercicio social 2025, el cual deberá detallar:

Actividades realizadas: Informe pormenorizado del objeto social durante el periodo.

•Estatus de la Membresía: Reporte del número de socios activos al cierre del ejercicio.

•Vínculos Comerciales: Convenios generados y alianzas estratégicas.

•Desarrollo Institucional: Resumen de eventos y capacitaciones impartidas.

•Resultados Generales: Evaluación cualitativa y cuantitativa del impacto de la cooperativa.

•Situación Financiera: Presentación, análisis y, en su caso, aprobación de los Estados Financieros del ejercicio 2025, incluyendo:

•Análisis Operativo: Reporte detallado de ingresos y egresos.

•Desempeño: Estado de resultados y flujo de efectivo.

•Tesorería: Informe de la situación bancaria actual.

•Activos Circulantes: Estado de la cartera de cobranza y cuentas por recuperar.

•Función de Vigilancia: Presentación y discusión del informe del Consejo de Vigilancia respecto a:

•Dictamen Financiero: Revisión integral de los estados financieros presentados por la administración.

•Legalidad: Evaluación del cumplimiento normativo, estatutario y fiscal.

Gestión de Mejora: Observaciones y recomendaciones para el ejercicio en curso.

Aprobación de Resultados: Votación formal de los socios para la aprobación de los resultados financieros y la gestión de los órganos de gobierno.

Planeación Financiera (Ejercicio 2026): Presentación y aprobación del presupuesto anual:

Proyecciones: Ingresos proyectados y gastos estimados.

Crecimiento: Plan de inversiones estratégicas para el nuevo periodo.

Gobierno Corporativo: Ratificación y/o designación de los miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia.

Protocolización: Designación de delegado especial para formalizar el acta ante fedatario público.

Clausura: Cierre de la Asamblea. III. PUBLICIDAD Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Se informa a los socios que la presente convocatoria se realiza con catorce días naturales de anticipación (excediendo el mínimo legal de siete). Los informes, estados financieros y documentos referidos (incluyendo los testimonios de las Bases Constitutivas mencionados) estarán a disposición de los socios para su consulta en el domicilio social a partir de la publicación de este aviso.

Atentamente, RICARDO VELÁZQUEZ LUNA Presidente del Consejo de Administración “BIENESTAR SEGURO VELSUA, S.C. DE R.L. DE C.V.” Ciudad de México, a 6 de abril de 2026. RÚBRICA.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS “SOCIALIX COOPREX, S.C. DE R.L. DE C.V.”

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, 35, 36 y 37 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, así como en los artículos trigésimo cuarto al trigésimo séptimo de las Bases Constitutivas de la sociedad (según constan en los instrumentos notariales ACTA 66687), se convoca a los socios de la sociedad denominada “SOCIALIX COOPREX, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE” a la Asamblea General Ordinaria de Socios bajo los siguientes términos:

I. DATOS DE CELEBRACIÓN

Fecha: viernes 24 de abril de 2026.

Domicilio: Ignacio Vallarta número 1, interior P1A, colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Primer Convocatoria: 10:00 horas.

Segunda Convocatoria: 11:00 horas. En caso de no reunirse el quórum legal en la primera, esta se celebrará válidamente con los socios que concurran.

II. ORDEN DEL DÍA

Apertura de la Sesión: Lista de asistencia, verificación del quórum legal e instalación formal de la Asamblea. Gestión Operativa (Consejo de Administración): Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del informe correspondiente al ejercicio social 2025, el cual deberá detallar: Actividades realizadas: Informe pormenorizado del objeto social durante el periodo.

•Estatus de la Membresía: Reporte del número de socios activos al cierre del ejercicio.

•Vínculos Comerciales: Convenios generados y alianzas estratégicas.

•Desarrollo Institucional: Resumen de eventos y capacitaciones impartidas.

•Resultados Generales: Evaluación cualitativa y cuantitativa del impacto de la cooperativa.

•Situación Financiera: Presentación, análisis y, en su caso, aprobación de los Estados Financieros del ejercicio 2025, incluyendo:

•Análisis Operativo: Reporte detallado de ingresos y egresos.

•Desempeño: Estado de resultados y flujo de efectivo.

•Tesorería: Informe de la situación bancaria actual.

•Activos Circulantes: Estado de la cartera de cobranza y cuentas por recuperar.

•Función de Vigilancia: Presentación y discusión del informe del Consejo de Vigilancia respecto a:

•Dictamen Financiero: Revisión integral de los estados financieros presentados por la administración.

•Legalidad: Evaluación del cumplimiento normativo, estatutario y fiscal.

Gestión de Mejora: Observaciones y recomendaciones para el ejercicio en curso.

Aprobación de Resultados: Votación formal de los socios para la aprobación de los resultados financieros y la gestión de los órganos de gobierno.

Planeación Financiera (Ejercicio 2026): Presentación y aprobación del presupuesto anual:

Proyecciones: Ingresos proyectados y gastos estimados.

Crecimiento: Plan de inversiones estratégicas para el nuevo periodo.

Gobierno Corporativo: Ratificación y/o designación de los miembros del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia. Protocolización: Designación de delegado especial para formalizar el acta ante fedatario público.

Clausura: Cierre de la Asamblea.

III. PUBLICIDAD Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

DIARIODE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 38° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 42/2023, SECRETARÍA “B”. SE EMPLAZA A: ALBERTO JUÁREZ JASSO.

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por GARCÍA GUTIÉRREZ CARLOS, en contra de ALBERTO JUÁREZ JASSO, expediente 42/2023, el C. JUEZ TRIGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, dictó el siguiente auto que en su parte conducente dice: CIUDAD DE MÉXICO A CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS. “...” toda vez que de actuaciones se advierte que no se localizó domicilio alguno del demandado ALBERTO JUÁREZ JASSO, “...” procédase a emplazar a juicio al demandado, por medio de edictos que se publicarán por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS en el BOLETÍN JUDICIAL y en el periódico “DIARIO DE MÉXICO” debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndose saber que debe presentarse dentro de un término de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición las copias para el traslado correspondientes a la demandada en la Secretaría de Acuerdos “B” del Juzgado. “...” NOTIFÍQUESE. “...” CIUDAD DE MÉXICO A VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS. “...”Se tiene por presentado a GARCÍA GUTIERREZ CARLOS por derecho propio, “...” demandando en la VÍA ORDINARIA CIVIL de ALBERTO JUAREZ JASSO, las prestaciones que reclama “...” se admite la demanda en la vía y forma propuesta, “...” para que dentro del término de QUINCE DÍAS la conteste “…” NOTIFÍQUESE. “...”

En la Ciudad de México a 04 de marzo de 2026. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS. “B” LIC. ANGÉLICA MARÍA HERNÁNDEZ ROMERO. RÚBRICA.

EDICTO.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Ciudad de México, 27 de febrero de 2026.

En los autos del juicio de amparo directo número D.C. 590/2025, promovido por Miguel Ángel Arellano Vargas, contra actos de la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y del Juzgado Décimo Primero de lo Civil de la Ciudad de México, cuyo actos reclamados derivan del toca 628/2021/1 y del juicio ordinario civil 512/2021; y toda vez que se desconocen los domicilios de los terceros interesados Sergio Ernesto Saldúa Téllez, Plutarco García Jiménez y Diana Contreras Torres, en autos se ha ordenado emplazarlos a juicio por edictos, los que se publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los Periódicos de mayor circulación en toda la República, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo tanto, quedan a disposición de los terceros interesados antes mencionados, en la Secretaría de este órgano jurisdiccional, copia simple de la demanda y sus anexos; asimismo se les hace saber que cuentan con el término de treinta días hábiles que se computarán a partir del día hábil siguiente a la última publicación de los edictos de mérito, para que acudan ante este Tribunal Colegiado por conducto de su representante o apoderado legal, para los efectos que refiere el artículo 181 de la citada Ley, y hagan valer sus derechos si a su interés conviniere y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibidos que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por lista en este Tribunal.

ATENTAMENTE MARCO ANTONIO RIVERA GRACIDA. SECRETARIO DEL DECIMOSEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. RÚBRICA.

Se informa a los socios que la presente convocatoria se realiza con catorce días naturales de anticipación (excediendo el mínimo legal de siete). Los informes, estados financieros y documentos referidos (incluyendo los testimonios de las Bases Constitutivas mencionados) estarán a disposición de los socios para su consulta en el domicilio social a partir de la publicación de este aviso. Atentamente, ALMA ANGÉLICA TORRES TÉLLEZ Presidente del Consejo de Administración “Socialix Cooprex, S.C. DE R.L. DE C.V.” Ciudad de México, a 1 de abril de 2026. RÚBRICA. F-29113 2/3

DIARIODE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

CARTELERA JURÍDICA

SEMINARIO

Seminario Permanente de Derecho Económico Circular 2026

Del 15 de abril al 18 de noviembre del 2026, de 11:00 a 13:00 horas

Modalidad mixta: Presencial y/o a distancia. A elegir. Evento gratuito. Evento dirigido al público en general. Informes: 555622 7474 ext. 85210 y 85211.

Si usted desea anunciar su evento en este espacio, comuníquese al teléfono 54426523 o al correo electrónico: redaccionddm@gmail.com

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 12° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 986/2025, SECRETARÍA “C”.

EMPLAZAMIENTO A: GRUPO INMOBILIARIO

FAMILIAR EE, S.A. DE C.V.

EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN PROVEÍDO DE FECHAS VEINTE DE MARZO DE DOS MIL VEINTISÉIS, DICTADOS EN EL AUTO DEL EXPEDIENTE 986/2025, RELATIVO AL JUICIO ORAL MERCANTIL, PROMOVIDO POR ESTRELLA OLIVIA JUÁREZ LECHUGA., EN CONTRA DE GRUPO INMOBILIARIO FAMILIAR EE, S.A. DE C.V., SE ORDENÓ EMPLAZAR POR EDICTOS A LA DEMANDADA A EFECTO DE HACERLE SABER QUE: EN AUTO DE FECHA OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, SE TUVO POR PRESENTADA A C. ESTRELLA OLIVIA JUÁREZ LECHUGA, POR PROPIO DERECHO, QUIÉN CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 1390 Bis 13 y 1390 Ter 3 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO DE COMERCIO, DEMANDÓ EN LA VÍA ORAL MERCANTIL DE GRUPO INMOBILIARIO FAMILIAR EE, S.A. DE C.V., EL PAGO DE LA CANTIDAD DE $812,340.00 M.N. (OCHOCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) POR CONCEPTO DE HONORARIOS Y MONTO DE LA CESIÓN DE DERECHOS OBJETO DE “EL CONTRATO, Y DEMÁS PRESTACIONES QUE SE RECLAMAN; POR TANTO CUENTAN CON UN PLAZO DE TREINTA DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DE ÉSTE EDICTO, PARA COMPARECER A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL A CONTESTAR LA DEMANDA INTERPUESTA EN SU CONTRA, OPONER EXCEPCIONES Y OFRECER PRUEBAS, APERCIBIDA QUE DE NO CONTESTAR DENTRO DEL TÉRMINO LEGAL CONCEDIDO, SE TENDRÁN POR CONTESTADA EN SENTIDO NEGATIVO; QUEDANDO A SU DISPOSICIÓN EN LA SECRETARÍA DE ACUERDOS “C” DE ESTE JUZGADO, LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA, Y DOCUMENTOS DEBIDAMENTE COTEJADOS, SELLADOS Y RUBRICADOS PARA EFECTOS

De ‘Reina de la salsa’ al rock and roll La legendaria, y ya fallecida, cantante cubana Celia Cruz, conocida como la ‘Reina de la salsa’ figura entre los artistas que serán incorporados al Rock & Roll Hall of Fame en 2026, que incluye a Phil Collins, Billy Idol e Iron Maiden, informó la organización.

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

ARTE, CULTURA Y ENTRETENIMIENTO

Coeditor: Aarón Cruz Soto / aaron.cruz@diariodemexico.com / Diseño: Lluvia Alonso

El corazón abierto del rap

# El rapero expone su lado más íntimo con ‘N.M.F.’ y redefine su narrativa emocional

POR AARÓNCRUZ SOTO

@DDMexico

En el rap, pocas cosas pesan tanto como lo que no se dicen. Pero en ‘N.M.F. (No Más Flores)’, Big Sempa decide hacer lo contrario: nombrarlo todo. El resultado no es un desahogo cualquiera, sino un quiebre emocional que redefine su discurso y coloca la vulnerabilidad en el centro de su música.

Lejos de la narrativa frontal que lo ha caracterizado, el rapero se adentra en una dimensión más melódica y confesional, donde el desamor no se grita, sino que se procesa. El resultado es una pieza que transita entre el hip hop y el R&B, construida desde la honestidad.

DESDE LA TRANSPARENCIA EMOCIONAL

‘No Más Flores’ no es un lanzamiento aislado, sino parte de El Buen Morro, un EP en el que el artista decide mostrarse sin filtros. “Es un EP donde nos abrimos completamente… literalmente me hice transparente para cantar todo esto”, explicó Big Sempa, al detallar el enfoque conceptual del proyecto.

La obra recorre distintas facetas de las relaciones humanas —amor, deseo, ruptura— desde una perspectiva que reivindica la sensibilidad masculina sin caer en clichés.

DEL BARRIO A LA MELODÍA

El acompañamiento del productor Daniel Muné ha sido clave para esta transición. Bajo su guía, el artista explora nuevas posibilidades vocales, integrando armonías y matices poco habituales en su discografía.

“Siempre he sido muy melódico… ahora me van a escuchar estirando notas, soltando más esta musicalidad”, señaló el rapero, subrayando la evolución de su propuesta.

Este cambio no implica una ruptura con su identidad, sino una expansión de su lenguaje musical hacia terrenos más accesibles sin perder profundidad.

EL RETO DE SENTIR Y DECIRLO TODO

Más allá de lo técnico, el desafío principal fue emocional. Big Sempa reconoce que abrirse de esta manera implicó enfrentarse a sus propias experiencias personales.

“Fue abrirme el corazón por completo… el mayor reto fue dejar todo lo que teníamos que dejar ahí”, confesó, evidenciando la carga emocional que atraviesa el sencillo.

CRECIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN EN LA ESCENA

El momento que atraviesa Big Sempa también está marcado por colaboraciones relevantes con figuras como Gera MX, Kevin y Maykyy, experiencias que han nutrido su visión artística y profesional.

“Fue transformador… entender otras formas de trabajar y crear”, señaló sobre estas alianzas, que lo posicionan en una etapa de consolidación dentro del rap mexicano.

BIG SEMPA

18 ESCENA

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

# Sacuden la escena con ‘Impala’, un cruce entre corridos tumbados y hip-hop

POR AARÓN CRUZ SOTO

@DDMexico

Hay colaboraciones que suman y otras que marcan dirección. ‘Impala’ pertenece a las segundas: un punto de encuentro donde Justin Morales y Millonario no solo cruzan estilos, sino que delinean una nueva forma de entender la música mexicana, donde el barrio, el experimento y la tradición conviven sin pedir permiso.

El sencillo representa el debut de Morales bajo el sello Universal Music, pero también un punto de inflexión creativo al apostar por una mezcla que dialoga entre los corridos tumbados y el hip-hop con naturalidad.

UNA CANCIÓN QUE

CAMBIÓ DE RUMBO

El origen de “Impala” revela la espontaneidad del proceso creativo. Lo que comenzó como un corrido tradicional terminó mutando hacia un terreno más urbano.

“Yo iba a hacer un corrido… pero terminó siendo rap”, explicó Justin Morales, evidenciando cómo la canción encontró su propia identidad en el camino y la decisión de sumar a Millonario no fue casual, sino estratégica: unir audiencias y potenciar el alcance del tema.

EL ENCUENTRO DE DOS MUNDOS

Para Millonario, la sorpresa fue inmediata. Lejos de lo que esperaba, encontró una base sonora cercana al trap con influencias del West

Coast estadounidense.

“Dije: ‘tengo que salir en esa rola’”, relató el rapero, quien no dudó en integrarse al proyecto tras escuchar la propuesta.

La colaboración, más allá de lo musical, refleja una lógica de suma: “De la unión se hace la fuerza”, resumió Morales.

HACIA UNA IDENTIDAD

DEL HIP-HOP MEXICANO

El valor de ‘Impala’ radica también en su propuesta estética. La incorporación de guitarras y estructuras propias de los corridos tumbados dentro del lenguaje del rap apunta a una búsqueda más amplia.

Millonario lo plantea con claridad: “Esta mezcla es como estamos encontrando la identidad del hip hop mexicano”.

Una reflexión que coloca a la canción dentro de un proceso mayor, donde la música urbana nacional busca definirse desde sus propias raíces, tal como ocurrió con el reguetón en Puerto Rico.

UN PUENTE GENERACIONAL

La colaboración también simboliza el encuentro entre dos generaciones. Para Justin Morales, trabajar con una figura que escuchaba años atrás representa una validación personal y artística.

“Hace años escuchaba al Millonario… ahora estoy colaborando con él”, compartió, subrayando el carácter aspiracional del proyecto.

Desde la otra orilla, Millonario reconoce el valor de esta conexión: “Es un orgullo que la nueva escuela se inspire en ti”.

JUSTIN MORALES Y MILLONARIO

Fusión urbana en ascenso

El telón sube, pero esta vez no es para escapar de la realidad, sino para enfrentarla. ‘El hubiera no existe’ es la nueva obra protagonizada por Violeta Isfel, una puesta en escena que expone la cruda realidad de la trata de personas en México. La producción, escrita por Humberto Astudillo, se basa en relatos y entrevistas construidos a partir de testimonios reales de víctimas.

Violeta Isfel profundizó sobre la historia de la obra, así como en su personaje, Rosy: una mujer atrapada en una red de explotación que, como tantas otras, cayó en la trampa sin darse cuenta, buscando una escapatoria. La obra da voz a cuatro personajes, incluido el de Isfel, interpretados también por Camila Rivas, Mary Rangel y Ana Pamela.

Violeta Isfel apuesta por un escenario con causa

RELATOS QUE INVITAN A HABLAR Y SENTIR

La actriz expresó que prepararse para el papel, junto a sus compañeros, ha sido complicado por la crudeza de los testimonios.

“La obra no es ficción pura, se basa en testimonios reales de víctimas que han sobrevivido a esta red de trata, historias que como madre marcan un antes y un después en mi vida, tanto profesional como personal”, mencionó.

La actriz reveló que, incluso durante los ensayos, al leer el guion, experimenta una sensación de encierro que, en sus propias palabras: “te parten el alma; hubo una escena en la que no paraba de llorar, mis compañeros me consolaban, pero me sentía atrapada, aprisionada”.

“Es fuerte lo que vives, te metes tan adentro del papel que en la escena cuando Rosy escapa, inevitablemente recordé la misma situación: escapando de la casa del padre de mi hijo; son momentos llenos de catarsis”, relató.

LA PUESTA EN ESCENA CON CONCIENCIA

El propósito de la actriz con este proyecto es ayudar a identificar situaciones donde aparentemente no hay “focos rojos” o peligros evidentes, enseñando a la audiencia a mantenerse alerta ante lo que podría parecer simple o inofensivo. En particular, hizo un llamado a padres de familia y jóvenes para utilizar la obra como punto de partida para conversaciones informadas.

“Padres de familia, lo que verán

en esta obra es información para que generen conciencia y tomen precauciones, sobre todo sobre lo que sí y lo que no se debe hacer ante una situación como la historia que estamos presentando”, comentó.

‘El hubiera no existe’ inicia

temporada hoy en el Foro Silvia Pasquel, con funciones todos los miércoles a las 20:00 horas.

“Quiero que mi legado sea el de una artista que no solo actuó, sino que usó su plataforma para cambiar realidades”, concluyó Isfel.

CORTESÍA

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Explora su espiritualidad con ‘Lucid Dreams’

# La cantante mexicana estrena la primera entrega de su trilogía conceptual ‘Visions’

POR MARÍAROLDÁN / EFE

@DDMexico

La cantante mexicana Danna presentó recientemente su nuevo miniálbum titulado ‘Lucid Dreams’, una obra de cinco canciones donde explora su faceta más espiritual. Este proyecto le ha permitido profundizar en su concepto como persona y mejorar su experiencia artística.

‘Lucid Dreams’ representa la primera entrega de un álbum conceptual más amplio llamado ‘Visions’, el cual se lanzará por partes durante este año. Actualmente, la artista trabaja en Madrid en las siguientes etapas de este material.

ALIANZA CONFIRMADA CON BELINDA

Danna aprovechó su estancia en la capital española para confirmar una colaboración con su compatriota Belinda. Ambas artistas han compartido tiempo en el estudio de grabación mientras Belinda participa en el rodaje de ‘Carlota’.

La cantante expresó su alegría por conectar con una colega de tantos años en la industria, describiendo el proyecto como algo “cool” e inclusivo para todos sus seguidores.

INSPIRACIÓN EN EL MUNDO ONÍRICO

El origen de este trabajo se encuentra en la fascinación de Danna por el cuadro ‘The Astral Body’ (2019), de Mark Rogers, que representa el alma saliendo del cuerpo durante

el sueño. Esta imagen la llevó a investigar el subconsciente y los sueños lúcidos para intentar capturar atmósferas de posibilidades infinitas en su música.

Tras experimentar un sueño lúcido, escribió el tema ‘Out of My Body’, donde se permitió explorar nuevos estilos y sonidos. Para Danna, compartir este espacio íntimo con sus seguidores, a quienes llama ‘dreamers’, es una forma de conectar más profundamente con ellos.

DIVERSIDAD DE GÉNEROS Y RAÍCES MEXICANAS

‘Lucid Dreams’ es una mezcla sonora que incluye pop, electrónica, R&B y cumbia. Entre las canciones destaca ‘Movie Star’, que aborda la transición de Danna de la actuación a la música, con un ritmo influenciado por su abuela.

Por otro lado, ‘You Could Be That Boy’ es un tema de desamor con raíces mexicanas donde la trompeta tiene un papel protagónico. El miniálbum se completa con las pistas ‘Lucid’ y ‘Again’, diseñadas para invitar al oyente a explorar cada detalle sonoro.

LA MÚSICA COMO TERAPIA Y AUTOCONOCIMIENTO

Para la artista, este proceso ha sido “terapéutico” y la ha llevado a cuestionar el significado de los sueños. Danna afirma que la música ha trascendido el plano laboral para convertirse en una práctica espiritual. Este proyecto ha sido fundamental para trabajar en su autoconcepto, mejorar su experiencia como creadora y fortalecer el respet o hacia sí misma como artista.

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

ELDATO RUMBOA

COPA DEL MUNDO2026

Irak regresa a la Copa del Mundo

Tras vencer a Bolivia en el repechaje, los iraquíes volverán a sentir la emoción de un Mundial en el mismo lugar que los vio gozarlo por última vez. México 1986 fue su primera y última participación, al no ganar ningún partido, quedó eliminado en la fase de grupos.

Editor: Gibran Carrasco Guerra / jorge.carrasco@diariodemexico co icco i c .coom Diseño: Jesica Cadena

BARCELONA

# Atlético Madrid avanzó a semifinales de la UEFA Champions League tras eliminar por tercera ocasión al Barcelona

POR IRAM MARTÍNEZ @DDMexico

El conjunto colchonero se complicó la eliminatoria frente a un Barcelona que sorprendió con un primer tiempo dominante y contundente que le alcanzó para empatar los Cuartos de Final.

Con un poco de error y un poco de acierto, Lamine Yamal puso el primer gol al minuto cuatro del partido, con un pase de Ferrán, Yamal quedó frente al arquero para poner el 2-1 en el marcador global.

Minutos más tarde, Ferrán, quien dio la asistencia para el primer tanto, apareció para marcar el empate de la eliminatoria, sorprendiendo en la línea defensiva, Ferrán recibió el balón, dio media vuelta y disparó al poste contrario de Musso, para poner a soñar a su afición.

ATLETI NO PERDONA

Barça fuera otra vez

DE VUELTA A LA REALIDAD

Al minuto 31, luego de una pausa por un golpe en la nariz de Fermín López, Marcos Llorente se llevó el balón por el costado para filtrar dentro del área a Lookman, que disparó al fondo del arco, recuperando la ventaja para los colchoneros.

VAR, PESADILLA CULÉ

A pesar de la pronta respuesta colchonera, el conjunto catalán no bajó los brazos e inició la segunda mitad con la misma intensidad, consiguiendo una anotación de Ferrán al 54, misma que terminó siendo anulada por fuera de lugar tras la revisión de la jugada.

En la recta final del encuentro, justo cuando ambos técnicos hicieron ajustes dentro de las alineacio-

nes, Eric García fue expulsado por una falta cometida sobre Sorloth, el árbitro revisó la jugada en el VAR y determinó expulsar al dorsal 24 del Barcelona.

Esta fue la segunda tarjeta roja para el conjunto catalán en la llave, la primera fue en el partido de ida con la expulsión de Pau Cubarsí.

INJUSTO RESULTADO

Hansi Flick, estratega del Barcelona, habló poco después de la eliminación de su equipo, sin embargo, fue claro en expresar su disgusto por el resultado, pues consideraba que su equipo merecía la clasificación.

“Estamos disgustados. Hemos hecho un fantástico partido en la primera parte. Hemos merecido más. Hemos merecido estar en semifina-

les. Estoy agradecido con la mentalidad de los jugadores. Estoy orgulloso de ellos”.

El técnico alemán se limitó a opinar sobre la actuación arbitral de la noche y dejó en claro que el arbitraje no formaría parte de su discurso, pues estaba concentrado en felicitar a sus jugadores por el esfuerzo.

“No quiero hablar del árbitro. Seguramente a ustedes les interesa, pero a mí no”.

CERO Y VAN TRES

Con este triunfo, Atlético de Madrid elimina por tercera vez al Barcelona de la Champions League, y consigue regresar a las semifinales nueve años después de haber sido eliminado por el Real Madrid en la temporada 2016-17.

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

21 ARENA

INFIERNO VERDE

“Tri” cierra en Toluca Alcaraz avanza entre dudas

# México enfrentará a Serbia en Toluca como último ensayo previo al Mundial 2026

POR GIBRAN C. G.

@DDMexico

La Selección Mexicana ya tiene definido su último examen antes del Mundial 2026. El equipo dirigido por Javier Aguirre enfrentará a Serbia el próximo 4 de junio en el estadio Nemesio Díez, en Toluca, en un duelo que marcará el cierre de su etapa de preparación rumbo a la máxima cita.

ÚLTIMA PARADA ANTES DEL MUNDIAL

El anuncio fue realizado por Mikel Arriola, comisionado de la Federación Mexicana de Futbol, quien detalló que este encuentro será el colofón de una serie de partidos amistosos diseñados para afinar al equipo.

Toluca, ubicada a 2,600 metros sobre el nivel del mar, ofrecerá un escenario exigente en lo físico, similar al que el Tri enfrentará en territorio nacional durante el torneo.

CALENDARIO DE PREPARACIÓN

Previo al duelo ante Serbia, México sostendrá otros dos compromisos internacionales.

El primero será el 22 de mayo frente a Ghana en el estadio Cuauhtémoc de Puebla, mientras que el

segundo se disputará el 30 de mayo ante Australia en el Rose Bowl de Pasadena, California.

Estos encuentros forman parte de un plan que contempla enfrentar rivales de distintos estilos para llegar con ritmo competitivo al Mundial.

VENTAJA EN CONCENTRACIÓN

Arriola también destacó un aspecto clave en la preparación: el tiempo de trabajo con el plantel completo. Javier Aguirre podrá contar con sus jugadores desde el 6 de mayo, es decir, 45 días antes del debut mundialista.

Para facilitar esta concentración, el torneo Clausura se disputará sin seleccionados en su tramo final, una medida que busca optimizar el rendimiento del equipo nacional.

“Los jugadores de otras selecciones solo tendrán entre una semana y semana y media con sus entrenadores”, explicó el directivo, subrayando la ventaja que esto representa para México.

El Tri debutará el 11 de junio ante Sudáfrica en el Estadio Azteca, dentro del Grupo A. Posteriormente, enfrentará a Corea del Sur el 18 de junio y cerrará la fase de grupos contra República Checa el día 24.

Con calendario definido y preparación en marcha, México entra en la cuenta regresiva hacia el Mundial con la mira puesta en llegar en plenitud.

POR GIBRAN C. G.

@DDMexico

BARCELONA.- Carlos Alcaraz inició con victoria su participación en el Trofeo Conde de Godó. El español, segunda raqueta del mundo, se impuso 6-4 y 6-2 al finlandés Otto Virtanen en un duelo que resultó más exigente de lo previsto y que dejó sensaciones encontradas.

UN ARRANQUE INCÓMODO

El partido no fluyó para el murciano. Con 32 errores no forzados, una cifra poco habitual en su juego, Alcaraz batalló para encontrar ritmo ante un rival que apostó por la agresividad desde el saque y el resto. Virtanen, procedente de la fase previa, presionó con servicios de hasta 225 km/h y generó oportunidades de quiebre en los primeros juegos, aunque no logró concretarlas.

A pesar de la falta de precisión, Alcaraz sostuvo el pulso con experiencia. Con dificultades en el primer servicio y en los intercambios largos, logró mantenerse en pie hasta el 5-4. En ese momento, el español solicitó asistencia médica por molestias en la muñeca derecha. Tras la pausa, regresó para firmar el quiebre definitivo y cerrar el primer set 6-4, aprovechando los errores del finlandés en el cierre.

El segundo parcial mostró a un Alcaraz más ordenado. Tomó ventaja 2-0, cedió momentáneamente su saque, pero reaccionó de inmediato para recuperar el control del encuentro.

Virtanen logró sostener un juego más, pero el español no permitió que la sorpresa creciera. Con mayor solidez, firmó una última rotura sin ceder puntos para sellar el 6-2 definitivo.

El triunfo le permite avanzar a los octavos de final, donde enfrentará al checo Tomas Machac, quien eliminó al argentino Sebastián Báez.

Alcaraz cumple en el marcador, pero deja claro que aún debe afinar su juego si quiere aspirar al título en Barcelona.

EFE
# Carlos Alcaraz supera a Virtanen en Barcelona.

DIARIO DE MÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Partido de despedida de la Selección será en Toluca: DGA

Toluca.– En un hecho histórico, el Estado de México será sede del partido de despedida de la Selección Nacional rumbo a la Copa Mundial FIFA 2026, encuentro que disputará el 4 de junio ante Serbia en el Estadio Nemesio Diez, lo que posiciona a la entidad como protagonista del futbol internacional.

“Me llena de emoción compartirles que el Estadio Nemesio Diez será el escenario del partido de despedida de México contra Serbia, el próximo 4 de junio. Agradezco profundamente a la Federación Mexicana de Futbol la firma de este Convenio que permite traer eventos de talla internacional a tierra mexiquense”, indicó la gobernadora Delfina Gómez Álvarez en la presentación del partido realizada en Palacio de Gobierno.

Durante el anuncio, la gobernadora Delfina Gómez Álvarez presentó la estrategia “Estadio de México. Destino Futbolero”, un plan de obras de movilidad, infraestructura, seguridad, turismo y desarrollo social que ya iniciaron y que serán permanentes para mejorar la calidad de vida de las familias mexiquenses.

Como parte de esta estrategia, el gobierno estatal impulsa la reconstrucción y modernización de vialidades como

Supervisó

Isaac Montoya avances en Periférico

Naucalpan.- El presidente municipal, Isaac Montoya Márquez y el titular de la Junta de Caminos del Gobierno del Estado de México, Joel González Toral, constataron los trabajos Periférico Norte de la colocación del concreto hidráulico MR45, que ya presenta un avance de 75% en los 3.2 kilómetros de este segundo tramo que corresponde de los límites de Naucalpan con Tlalnepantla, hasta el Parque Naucalli. Los carriles laterales, que son intervenidos en el tramo de Naucalpan por el gobierno del alcalde Isaac Montoya, cuentan también con un avance de 80% en las banquetas nuevas, en esta intervención integral e histórica. El alcalde recalcó que tanto el tramo con concreto hidráulico, y la segunda etapa del inicio de Naucalpan, hasta el Parque Naucalli, en los carriles centrales de todo el Periférico, garantizan una vía más segura y en mejores condiciones.

Anunció Delfina Gómez Álvarez la presencia de la Selección Nacional de futbol.

Periférico Norte, la carretera Toluca-Tenango, el Macrolibramiento y la Vialidad Mexiquense, a fin de fortalecer la conectividad con el Aeropuerto AIFA, así como obras en mercados, plazas públicas, parques y espacios deportivos en los 125 municipios.

“Somos una entidad que se está transformando, y bajo el lema Estadio de México, esta es una gran oportunidad para mostrar al mundo la hospitalidad y la calidez que caracteriza a nuestro pueblo, pero en especial, la grandeza de nuestro Estado”, refirió la gobernadora Delfina Gómez Álvarez.

Sigue vigente lucha de mujeres: CRS

Valle de Méx.- La lucha de las mujeres sigue vigente y estamos en el centro de la defensa de México, dejó en claro la senadora Cristina Ruiz Sandoval, al participar en la presentación del libro “Guerreras de la Democracia”, cuyo contenido resalta la historia de mujeres que no se rindieron.

Acompañada del coordinador parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados, Rubén Moreira Valdez, la diputada Margarita Zavala y la Coordinadora del libro, Melissa Vargas Camacho, la dirigente estatal priista manifestó la importancia de que las mujeres se mantengan activas y predicando con fortaleza porque el país las necesita.

“México nos necesita a todas, sigamos luchando ante la adversidad donde ninguna camina sola; participar en política es de alto riesgo y de mucho valor, participar y crecer incómoda, vamos a seguir incomodando”, sostuvo ante el público que se dio cita en el recinto de San Lázaro para escuchar la historia de mujeres que ocupan espacios en la vida política, social y económica del país.

Productos artesanales deben internacionalizarse: PT

Toluca.- A iniciativa del diputado Isaac Josué Hernández Méndez (PT), en el Congreso local la diputada Yareli Anai Esparza Acevedo (PT) inauguró la expoventa de productos de personas artesanas de Ixtlahuaca, San Felipe del Progreso y Jiquipilco, además de Senegal, donde destacó la importancia de comercializar e internacionalizar los productos locales para hacer crecer al Estado de México.

En este sentido, la legisladora señaló que la riqueza cultural de la entidad debe proyectarse hacia otros países, por lo que reconoció la labor que realiza el diputado Josué Hernández, presidente de la Comisión de Asuntos Internacionales de la LXII Legislatura mexiquense, y celebró la presencia de personas artesanas extranjeras, al recalcar que la colaboración internacional permite transformar a la entidad.

En presencia de personas expositoras integrantes de la fundación ‘Vanessa y Sebastián A.C.’, reafirmó que el Poder Legislativo trabaja en favor de este sector para preservar sus tradiciones, ya que la Casa del Pueblo mantiene sus puertas abiertas para recibir a la ciudadanía e impulsar el consumo local, e invitó a la población a visitar la exposición que estará en el vestíbulo del Congreso local hasta el 17 de abril, de 9:00 a 18:00 horas.

Destacó Francisco Vázquez entusiasmo de mexicanos

Toluca.- El diputado José Francisco Vázquez Rodríguez, presidente de la Junta de Coordinación Política y la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, presidenta de la Directiva de la LXII Legislatura mexiquense, acompañaron a la gobernadora Delfina Gómez Álvarez al evento donde se anunció el partido de la Selección Mexicana de futbol contra Serbia, que se disputará el 4 de junio en el Estadio Nemesio Diez, en Toluca. Al respecto, el legislador Francisco Vázquez resaltó el creciente entusiasmo que se vive en México de cara a la competencia. Subrayó la importancia clave de la participación del gobierno estatal en un evento de esta magnitud y el respaldo de la Federación Mexicana de Futbol (FMF).

Ante personas servidoras públicas estatales, congresistas, funcionarias de la Federación Mexicana de Futbol (FMF) y deportistas, la gobernadora señaló que este evento denominado ‘Estadio de México, destino futbolero’, es una oportunidad para demostrar que la entidad es un destino turístico. Además, indicó que, con miras al evento deportivo, se están reconstruyendo vialidades importantes que conectan con el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.

Por su parte, Mikel Arriola, comisionado presidente de la FMF y presidente ejecutivo de la Liga MX, indicó que se eligió a la capital mexiquense, al señalar que la ciudad alberga al club Toluca equipo que ostenta 12 títulos de liga.

Francisco Vázquez destacó el entusiasmo de mexicanos por el futbol.

DIARIODEMÉXICO

MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2026

Atizapán de Zaragoza es un buen destino: Pedro Rodríguez

Atizapán de Zaragoza obtuvo el distintivo “Destino de Reuniones Estado de México”, reconocimiento que recibió el alcalde Pedro Rodríguez, el cual posiciona al municipio como uno de los principales puntos con infraestructura, conectividad y servicios especializados para albergar congresos, convenciones, ferias y encuentros corporativos.

“Siempre he dicho que lo importante no es llegar, sino trascender y el he-

cho de que hoy Atizapán sea reconocido es señal de que estamos dejando huella”, afirmó el Presidente Municipal Pedro Rodríguez en la ceremonia convocada por la Secretaría de Cultura y Turismo del Estado de México.

Durante su intervención, el Edil agradeció la voluntad de la gobernadora Delfina Álvarez de sumar esfuerzos y proyectar a la entidad mexiquense; “así como he logrado que Atizapán esté considerado como el municipio

con mejor percepción del estado, hoy es un orgullo saber que también podemos ser considerados como un gobierno que abre las puertas para que se generen reuniones empresariales que fortalezcan la economía, no nada más de Atizapán, sino del estado y por supuesto también a nivel nacional. Como parte de las ventajas competitivas del municipio, Rodríguez Villegas destacó su infraestructura educativa, con cuatro universidades.

Arrancó en Ecatepec la Semana de Bienestar animal “Huellitas”

Ecatepec.- “Tener una mascota es un acto de amor y responsabilidad”, aseguró la alcaldesa Azucena Cisneros, al arrancar la Semana de Bienestar Animal “Huellitas” de cero tolerancia al maltrato animal, así como para que las familias tomen consciencia sobre la importancia de que tener a un ser sintiente es una gran compromiso, ya que en Ecatepec hay una población de un millón de éstos y muchos de ellos en abandono.

En su conferencia semanal, la presidenta municipal Azucena Cisneros estuvo acompañada de jóvenes que participarán en estas jornadas que concluirán el 18 de abril, así como de perritos que han rescatado y serán dados en adopción, e indicó que dan continuidad a los programas de protección animal impulsados por la presidenta Claudia Sheinbaum y la gobernadora Delfina Gómez. Cisneros Coss aseguró que se cuenta con profesionales en bienestar animal y hay jornadas de esterilización, vacunación y habrá concursos desfile de perritos, todo esto para que la gente conviva y tome consciencia de ser responsables y también dar nuevas oportunidades de vida.

La alcaldesa, aseguró que hay un millón de perros y gatos en este municipio, muchos de ellos en situación de abandono, en jaurías y de ahí la importancia de atender esta problemática con macrojornadas de esterilización para una

Tlalnepantla .- El gobierno de Tlalnepantla encabezado por el presidente municipal Raciel Pérez Cruz, continúa posicionando al municipio como un referente en desarrollo económico y turístico a nivel estatal.

Gracias a la visión estratégica de la presente administración, la Ciudad de Tlalnepantla ha recibido el distintivo oficial que la acredita como Destino de Reuniones del Estado de México, un reco-

tenencia responsable, “porque dar agua y comida a una mascota no es suficiente, eso es maltrato”.

Adoptar es amar, aseguró al presentar este programa e informar de la buena labor de dos ambulancias caninas

nocimiento que refrenda el compromiso del alcalde por diversificar la economía local y fortalecer de manera integral el sector de servicios.

Bajo el gobierno de Raciel Pérez Cruz, Tlalnepantla ha evolucionado de su histórica vocación industrial hacia un modelo de competitividad moderna donde el turismo de negocios y convenciones juega un papel clave.

Esta transformación ha permitido

que atienden casos de perros heridos o enfermos, y aseguró que también se atiende el extremo animal, para que no se les trate de humanizar y se caiga en conductas que estresen o afecten a los seres sintientes.

# OPINIÓN

que el municipio contribuya significativamente con cerca del 12 por ciento del Producto Interno Bruto de la entidad, generando una importante derrama económica que se traduce en mayores oportunidades para la región.

La administración municipal ha impulsado políticas públicas orientadas al crecimiento con inclusión, promoviendo el fortalecimiento de la infraestructura y el desarrollo turístico.

COMENTARIOS

LUIS MANUEL NOVELO

novvel_luis@yahoo.com.mx

El PRI

Ahora se fue del PRI Carolina Monroy, que se suma a la lista de todas y todos los mexiquenses que obtuvieron cargos por el PRI y se han bajado del tren porque hablan de pérdida de ideales y valores en ese partido. Pero analicemos, si les ofreciesen una pluri (sobre todo una pluri) o un espacio público de esos que tanto han disfrutado, como una presidencia municipal, una diputación o quizá una gubernatura como Eruviel Ávila que se fue al Verde, con posibilidades de triunfo, pues se quedarían felices. Su queja siempre es contra el líder nacional Alejandro Moreno, pero sus verdaderas intenciones son alejarse del PRI, porque aplicaron la “ley del limón” de exprimir y tirar, y así le hicieron al tricolor Carolina Monroy, Alejandra del Moral, Fernando García Cuevas, Eruviel Ávila y muchos priistas que por intereses personales se fueron a otros partidos, lo cual es válido, pero que no pongan de pretexto que se sienten decepcionados, sino más bien se sienten desesperados por agarrar otro huesito. Carolina Monroy se fue a “Somos México”, en donde Guadalupe Acosta Naranjo le dio la bienvenida y aseguró que sin arrancar todavía y sin publicidad de ningún tipo llevan 6 por ciento de puntos de avance. Es decir, que el niño todavía no nace y ya camina. Se vale soñar.

Por cierto, en el Estado de México no se olvida el escándalo de presunta corrupción que salpica la titular de la Agencia Mexicana de cooperación Internacional para el Desarrollo ( Amexcid) Alejandra del Moral , toda vez que levantó ámpula entre quienes le creyeron el cuento aquel de que el morenista Higinio Martínez les daría espacios a diestra y siniestra por la entidad mexiquense. Y de investigarse a fondo y comprobarse esta presunta red de corrupción revelada por el periodista Manuel López San Martín , hasta el senador Higinio Martínez la va a desconocer. De hecho en redes sociales, muchos morenistas mexiquenses, exigieron que se transparente este asunto, porque aquello de la santificación al entrar en Morena debe desterrarse.

La alcaldesa Azucena Cisneros Coss arrancó la campaña de Bienestar Animal.
Nohemí Pineda Lira
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