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Jueves, 5 de marzo 2026

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JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

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MI NACIÓN / 5

Obligan al Ejército a entregar informes cruciales de los 43

MI NACIÓN / 3

Convoca la CNTE a un paro de tres días en todo el país

ESCALAELCONFLICTO

CONTINÚANATAQUES

EN MEDIO ORIENTE

Autoridades de Turquía advirtieron ayer de la neutralización por parte de la OTAN de un misil balístico disparado desde Irán. En tanto, este último país mantiene su connato bélico con Israel y Estados Unidos, por lo que Medio Oriente continúa bajo el asedio de fuego, el cual suma cinco días de intercambios constantes y con varias naciones de la región involucradas. MUNDO / 6

MI CIUDAD / 2

Exigen castigo ejemplar en contra de los franciscanos

Presentan Decálogo por la Democracia y hay “Plan B”

# La presidenta Claudia Sheinbaum subrayó que este es el nombre con que mandó la iniciativa de reforma electoral al Congreso, al tiempo que descartó que vaya a ser una derrota en caso de no lograr su aprobación.

# Desde su “mañanera”, dijo que, si no logra la luz verde, se trabaja en un mecanismo secundario, del cual no ofreció más detalles; esta propuesta al ser constitucional, requiere mayoría calificada. MI NACIÓN / 4

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DEMARZO DE 2026

Operativos dejan 78 personas detenidas

La Secretaría de Marina dio a conocer los resultados del operativo “Refuerzo CDMX” durante febrero, el cual en conjunto con autoridades capitalinas registró 78 arrestados y más de ocho toneladas de autopartes incautadas.

Editor: Israel Campos Montes / israel.campos@diariodeméxico.com

SIN ACEPTAR MEDIACIÓN DEL GOBIERNO

Pide Fundación Haghenbeck amonestar al refugio animal

# Demandan que se les finquen responsabilidades por maltrato animal

REDACCIÓN

@DDMexico

La Fundación Antonio Haghenbeck solicitó formalmente a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) la aplicación inmediata de sanciones penales, administrativas y ambientales contra el Refugio Franciscano. Esta exigencia surge tras cumplirse 80 días desde que la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (Sedema) y la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) documentaron actos de crueldad animal e infracciones ecológicas en el predio de esta organización ubicado en el kilómetro 17.5 de la carretera México-Toluca, en la colonia Lomas de Vista Hermosa, alcaldía Cuajimalpa de Morelos. De acuerdo con los representantes legales de la fundación, la falta de una determinación de responsabilidades por parte de las autoridades debilita el Estado de derecho y proyecta un mensaje de permisividad ante la ocupación ile-

# Aseguran que existen las pruebas contundentes de varios delitos.

gal de terrenos y el maltrato. El inmueble afectado, de 5 mil metros cuadrados, está catalogado como Área de Valor Ambiental (AVA), lo que implica un régimen de protección especial para su flora y fauna que habría sido vulnerado.

EL LLAMADO DE CLARA BRUGADA

A LA MEDIACIÓN DELPROBLEMA

La semana pasada, Clara Brugada Molina, jefa de Gobierno, instó a ambas instituciones a establecer convenios “profundos y definiti-

Chimalpopoca No. 38, Col. Obrera, Ciudad de México 06800

Conmutador: 55 5442-6500

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Edictos: 55 5442-6509

Redacción: 55 5442-6528

vos” para concluir la disputa legal. La mandataria enfatizó que el objetivo central debe ser la protección de los cientos de perros y gatos que fueron rescatados en un operativo judicial realizado el pasado 7 de enero tras denuncias de maltrato.

Brugada Molina incluso ofreció el apoyo de su administración para servir como puente y evitar que las diferencias institucionales sigan afectando a los animales. No obstante, aclaró que, para cual-

Federico Bracamontes Gálvez† FUNDADOR

Federico Bracamontes Baz PRESIDENTE

Omar S. González omar.gonzalez@diariodemexico.com DIRECTOR EDITORIAL

Israel Campos Montes israel.campos@diariodemexico.com EDITOR GENERAL

quier posibilidad de reintegración de los ejemplares al refugio, se deben cumplir requisitos estrictos impuestos por la PAOT y la FGJCDMX para garantizar que no se repitan situaciones de negligencia.

POSTURA DE LOSDENUNCIANTES Y RUIDO POLÍTICO DELASUNTO

Pese al llamado al diálogo, la Fundación Haghenbeck advirtió que “la ley no es negociable”. Argumentaron que no puede haber acuerdos mientras la Fiscalía no resuelva la judicialización de los actos de crueldad documentados, y consideraron preocupante que el gobierno capitalino contemple restablecer el refugio en un predio que aún se dirime en juzgados y no posee uso de suelo.

El conflicto también genera controversia política debido a que se reveló que César Cravioto Romero, titular de la Secretaría de Gobierno local (Secgob), fue en el pasado inquilino de una propiedad de la Fundación Haghenbeck. No obstante, el funcionario rechaza la existencia de un conflicto de interés, al tiempo que la fundación pide que cualquier acercamiento con la jefatura de Gobierno se realice a través de interlocutores imparciales.

Jesica Cadena jesica.cadena@diariodemexico.com JEFA DE DISEÑO

Redacción redaccionddm@diariodemexico.com

# Desde el 25 de febrero

todo el bombeo del

Aumentan el envío de agua a CDMX antes de ‘calorones’

REDACCIÓN @DDMexico

Con el objetivo de mitigar los efectos de la temporada de calor y la disminución de lluvias, el Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México (OCAVM), en conjunto con las administraciones de la Ciudad de México y el Estado de México, acordó incrementar el flujo de agua proveniente del Sistema Cutzamala hacia la región. Esta medida busca garantizar el recurso durante los meses más críticos del estiaje. Desde el pasado 25 de febrero, el bombeo pasó de 13.9 a 15.2 metros cúbicos por segundo, lo que representa un repunte del 9.3 por ciento en el suministro.

DIARIO DE MÉXICO, diario de información general, es editado por Editorial DDM, S.A. de C.V., con reserva de derechos al uso exclusivo número 04-2001052413165300-101. Certificado de licitud de Título 06788 y Certificado de Licitud de contenido 07299, otorgados por la comisión calificadora de publicaciones y revistas ilustradas de la secretaria de Gobernación. Editor responsable Consuelo Oyuki Zapata Torres. Domicilio de Publicación, Calle Chimalpopoca #38, Colonia Obrera, CP 06800, alcaldía Cuauhtémoc, CDMX. Impreso en Cía. Periodística Esto, S.A. de C.V. con dirección en Guillermo Prieto #7, Colonia San Rafael, CP 06470, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX. Distribuidor del periodico: Distribuidora Dabeli SA de CV (Arredondo e Hijos ) Iturbide 18-D, Colonia Centro Alcaldia Cuauhtemoc, CP 06040, CDMX. Periodicidad de la publicación: Lunes a Viernes.

CUARTOSCURO
subió
Cutzamala.

# La Coordinadora insiste en la abrogación de la Ley del ISSSTE de 2007

REDACCIÓN

@DDMexico

El magisterio disidente se prepara para su primera gran movilización del año. La Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) formalizó el anuncio de un paro nacional de 72 horas, el cual se llevará a cabo del próximo 18 al 20 de marzo. Durante esta jornada de protesta, el gremio sindical no sólo afectará las actividades escolares, sino que contempla una fuerte presencia en las calles, principalmente en la Ciudad de México y estados con base sólida como Chiapas, Michoacán y Oaxaca.

La jornada comenzará formalmente el miércoles 18 de marzo a las 9:00 horas con una caminata masiva en la capital del país. El contingente partirá desde el Ángel de la Independencia con destino al Zócalo, siguiendo una ruta que probablemente impactará arterias fundamentales como:

» Paseo de la Reforma.

» Avenida Juárez.

» Eje Central Lázaro Cárdenas.

» Calle 5 de Mayo.

Se prevén afectaciones significativas en el transporte público, especialmente en la Línea 7 del Metrobús, y se espera la instalación de un plantón o campamento en el primer cuadro de la ciudad tras la llegada del contingente.

# El problema afecta a más de 76% de los adultos en México.

Matan a tiros en Colima a líder ganadero

Samuel González Rodríguez, de 69 años, quien apenas el pasado domingo ganó la reelección a la dirigencia de la Asociación Ganadera de Cuauhtémoc, en Colima, fue acribillado por la noche del martes cuando viajaba en su camioneta.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Editor: Israel Campos Montes / israel.campos@diariodeméxico.com

MANTIENEN EXIGENCIAS

Prepara CNTE un paro de labores de 72 horas

LAS PETICIONES CENTRALES DEL MAGISTERIO AÚN NO CAMBIAN

El trasfondo de esta movilización radica en lo que los profesores consideran un incumplimiento de acuerdos previos alcanzados con el gobierno federal a finales de 2025.

# ENTRE SUS DEMANDAS PRINCIPALES DESTACAN:

» Reforma de Pensiones:

La abrogación de la Ley del ISSSTE de 2007 para eliminar el modelo de cuentas individuales administradas por Afores y regresar a un sistema solidario de pensiones.

» Educación: La derogación de las reformas educativas implementadas tanto en el sexenio de Enrique Peña Nieto (2012-2018) como en el de Andrés Manuel López Obrador (2018-2024).

» Diálogo Directo: La instalación de una mesa de negociación con la Presidencia de la República y la resolución de demandas específicas por sección, como el cese de descuentos salariales por participar en protestas.

REDACCIÓN @DDMexico

En el marco del Día Mundial de la Obesidad, que ayer se conmemora, especialistas del sector salud lanzaron una advertencia contundente: en México, este problema se convirtió en una enfermedad normalizada, cuyo alcance real aún no es reconocido

MATICES POLÍTICOS E INTERNACIONALES

La estrategia de la CNTE para este 2026 también incluye una dimensión política exterior. Los dirigentes anunciaron “visitas de cortesía” a diversas embajadas, entre ellas las de Cuba y Venezuela, con el fin de manifestar su rechazo a

lo que denominan agresiones del “imperialismo y fascismo” en regiones como América Latina y Medio Oriente.

Mientras tanto, la organización continuará con su labor de “brigadeo nacional” para sumar a otros sectores laborales que cotizan al ISSSTE, advirtiendo

que este paro de tres días podría ser la antesala de una posible huelga nacional si sus demandas no son atendidas.

Cabe resaltar que el curso de las acciones para los días 19 y 20 de marzo será definido en una asamblea que se llevará a cabo la tarde del mismo miércoles 18.

Alerta a expertos normalización de obesidad

por la sociedad como debería. Las cifras son alarmantes, esta condición afecta a más de 76% de la población adulta y supera el 35% en niños y adolescentes. Contrario a la creencia popular que vincula el sobrepeso exclusivamente con la alimentación ex-

cesiva o la falta de disciplina, los expertos aclaran que se trata de una afección multifactorial. Su origen puede encontrarse en elementos genéticos, fisiológicos y ambientales, lo que la convierte en una patología de alta complejidad médica.

La agencia española de noticias EFE citó ayer a la doctora Carmen Celeste, quien, en un evento realizado en el Museo de Memoria y Tolerancia, calificó al sobrepeso como la “madre de muchas enfermedades”, debido a su relación directa con cerca de 200 padecimientos.

# Con antelación, los profesores del gremio disidente montaron un campamento en el Zócalo capitalino.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

# Morena por sí solo no cuenta con los votos necesarios para avalarla

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo dio a conocer los detalles de su propuesta de reforma electoral, la cual envió ayer pasadas las 13:00 horas a la Cámara de Diputados bajo el nombre de “Decálogo por la Democracia”.

Esta iniciativa constitucional busca transformar el sistema de representación política, optimizar los recursos públicos y adaptar las normativas a los retos tecnológicos actuales.

Uno de los cambios más profundos de la propuesta radica en la integración del Poder Legislativo. La mandataria reiteró en su “mañanera” de este miércoles en Palacio Nacional, que propone la eliminación de la representación proporcional en el Senado de la República, manteniendo sólo la mayoría y la primera minoría por entidad federativa.

Mientras que en la Cámara de Diputados, plantea que los 200 escaños de representación proporcional no se designen mediante listas de partidos. En su lugar, establece que una mitad se otorgaría a los candidatos que obtuvieron las votaciones más altas sin haber ganado su distrito, mientras que la otra parte se decidiría por voto directo de la ciudadanía.

“Sí, le llamamos el decálogo por la democracia. Es una reforma constitucional. En el caso de los 200 de representación proporcional ahora no se definirán en una circunscripción; el PAN tiene 10 por ciento de la votación, tendrá los mejores posicionados y los otros 100 son electos de manera directa… En el Senado desaparece la representación proporcional”, sostuvo.

QUIEREN MAYOR AUSTERIDAD Y UNA VIGILANCIA FINANCIERA

Con base en el decálogo, se contempla una reducción de 25% en el presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral (INE), a los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples) y a los partidos políticos. Asimismo, se pretende blindar la transparencia de las campañas mediante una fiscalización más estricta, fortaleciendo el vínculo operativo entre el INE y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

REGULACIÓN DE LA INTELIGENCIA

ARTIFICIAL Y NOTICIAS FALSAS

Ante el avance de la tecnología, la reforma incluye el uso regulado de la Inteligencia Artificial (IA) en la propaganda electoral. Sheinbaum Par-

Van por la modernización de carreteras

Autoridades de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y el Fondo Nacional de Infraestructura, transformarán las carreteras con inversiones que, en conjunto, sumarían 260 mil millones de pesos.

NECESITAN MAYORÍA CALIFICADA

Envía Sheinbaum reforma electoral a la Cámara baja

# Desde su “mañanera” de ayer, la jefa del Ejecutivo federal, expuso que su propuesta fue catalogada como un “Decálogo por la Democracia”.

# LOS 10 PUNTOS CLAVE DE LA INICIATIVA

La propuesta integral presentada por Sheinbaum Pardo se resume en los siguientes ejes:

» Nueva elección de representación proporcional.

» Recorte del 25% al gasto electoral.

» Mayor fiscalización (vínculo INE-UIF).

» Voto en el extranjero para diputaciones proporcionales.

» Reducción de tiempos en radio y televisión.

» Regulación de la Inteligencia Artificial en propaganda.

» Cómputos distritales iniciando el mismo día de la elección.

» Fortalecimiento de la democracia participativa.

» Prohibición del nepotismo.

» No reelección.

do explicó que no se trata de censura, sino de obligar a que cualquier anuncio creado con estas herramientas incluya un distintivo claro para informar al electorado y evitar la propagación de noticias falsas.

PLANEA VISITAR MAÑANA GUADALAJARA

Sheinbaum Pardo confirmó que mañana viernes se trasladará a Guadalajara, Jalisco. Esta visita se produce en un momento crítico para la entidad, que recientemente se convirtió en el punto central de una ola de violencia que afectó a diversas regiones del país tras el fallecimiento del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), Nemesio Rubén Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, durante una operación militar.

La muerte del capo el pasado 22 de febrero desencadenó enfrentamientos y actos vandálicos en la capital jalisciense, incluyendo la quema de vehículos, gasolineras y bloqueos en vías de comunicación. El saldo de estos choques armados contra las fuerzas federales fue de 25 elementos de la Guardia Nacional fallecidos y más de 30 presuntos criminales abatidos.

Redacción

PREPARA UN PLAN “B” POR SI NO PASA, PERO DESCARTA DERROTA Sheinbaum Pardo dio a conocer que trabaja en la elaboración de un “Plan B”, en caso de que la reforma electoral no sea avalada en el Congreso. Acto seguido comentó que si no logra luz verde, no será una derrota, dado que para ella es “una victoria” presentar esta iniciativa a la que se comprometió desde su campaña y que será decisión de

los partidos si la aprueban o no. “Es una victoria porque estoy presentando una propuesta que me pidió la gente que presentara completa y ya quien la quiera aprobar, pues será visto por la gente. Y ya, así de sencillo”, anotó. De esta forma enfatizó que su planteamiento busca fortalecer la democracia, permitiendo que los representantes sean elegidos por el pueblo y no por cúpulas partidistas.

“Avanzar en la democracia no tiene nada que ver con un partido de Estado, no tiene que ver con regresiones en la democracia. La democracia es el poder del pueblo, es la representación del pueblo. Entonces, estamos llevando a que se vote también la representación proporcional”, pronunció. Finalmente, Sheinbaum Pardo subrayó que esta iniciativa responde a las demandas ciudadanas y que la responsabilidad de su análisis y posible aprobación recaerá ahora en el Congreso de la Unión.

LA CUATROTÉ CARECE DE VOTOS SUFICIENTES PARA LA LUZ VERDE Aunque Morena cuenta con la mayoría legislativa en ambas Cámaras del Congreso, sus números no son suficientes para aprobar por sí solos la reforma, por lo que sí o sí necesita de sus aliados para concretarla.

Basta recordar que las reformas constitucionales requieren por ley que se apruebe con mayoría calificada, es decir, las dos terceras partes de los sufragios de los legisladores presentes al momento de la votación.

Salen connacionales de Medio Oriente Derivado de la tensión por el conflicto bélico en Medio Oriente, hasta ahora van 279 mexicanos evacuados desde Israel, Jordania, Emiratos Árabes Unidos, Líbano y Catar, así lo informó ayer la Presidencia de la República.

UNA VICTORIA JURÍDICA

Ordenan a Defensa dar archivos de inteligencia del caso de Ayotzinapa

# Esta exigencia surge tras las investigaciones llevadas a cabo por el GIEI

REDACCIÓN

@DDMexico

En un paso significativo hacia el esclarecimiento de los hechos ocurridos en 2014, el Poder Judicial de la Federación emitió una sentencia que obliga a la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) a liberar toda la documentación generada por sus órganos de inteligencia en Iguala, Guerrero, durante 2014, año de la desaparición de los 43 normalistas.

La resolución, dictada por el impartidor de justicia Alan Arriola Padilla el pasado 19 de febrero de 2026, responde a un juicio de amparo (1350/2023) promovido por los padres y madres de las víctimas. El fallo establece que el Ejército debe facilitar el acceso a una brecha de información que comprende al menos 853 folios. Toda esta exigencia de docu-

mentos surge tras las investigaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), que en su informe final reveló la existencia de comunicaciones internas del Centro Regional de Fusión de Inteligencia (CFRI) que no fueron entregadas íntegramente.

Fue así que Arriola Padilla determinó que la falta de continuidad en la numeración de los documentos no es prueba de su inexistencia, sino un indicio de que están bajo resguardo militar y han sido omitidos deliberadamente. Refirió que esta falencia representa un incumplimiento al decreto presidencial de 2018, que mandata a todas las instituciones federales a cooperar totalmente con la investigación.

DERECHO A LA VERDAD SOBRE TRAMADE CONFIDENCIALIDAD

Uno de los puntos más relevantes de la sentencia es el reconocimiento del derecho de las familias y de la sociedad a conocer la verdad. Bajo

esta premisa, el juzgado determinó que la información solicitada no puede ser reservada bajo criterios de confidencialidad o seguridad nacional, dado que el interés público de esclarecer un crimen de esta magnitud es preponderante.

Esta victoria jurídica es impulsada por las familias de los estudiantes, con el respaldo de organizaciones como el Centro Prodh, Tlachinollan, Fundar y Serapaz. La demanda fue presentada en agosto de 2023 ante la falta de avances en la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia (COVAJ) y la persistente negativa de las autoridades militares a transparentar sus archivos.

Con este fallo, se refuerza la orden emitida previamente en septiembre de 2023, que prohíbe a las fuerzas armadas destruir, ocultar o alterar cualquier material vinculado al caso. La entrega de estos 853 folios se considera vital para entender el contexto criminal de Iguala y el destino final de los jóvenes normalistas.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Pactan gobierno y FIFA seguridad de camino al Mundial

REDACCIÓN

@DDMexico

Bajo la directriz de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el gabinete de seguridad de México sostuvo una reunión estratégica con delegados de la FIFA para establecer las bases de protección de cara a la próxima cita mundialista.

Omar García Harfuch, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), encabezó ayer el encuentro donde se delinearon acciones conjuntas para la sede que México comparte con Estados Unidos y Canadá.

El esfuerzo de coordinación involucró a diversas dependencias federales, incluyendo a la Secretaría de Gobernación (Segob), la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) y la Secretaría de Marina (Semar). Asimismo, se sumaron a las mesas de trabajo los responsables de seguridad de la Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León, estados que albergarán los encuentros deportivos en territorio nacional.

Durante la sesión, los funcionarios analizaron los esquemas de inteligencia y prevención de delitos, así como las estrategias de despliegue operativo que se activarán durante la competencia. El objetivo central es asegurar un entorno de paz tanto para la población local como para los miles de visitantes que arribarán al país para este evento internacional.

ESTABILIDADENELSECTOR TURÍSTICO

A la par de estos preparativos, las autoridades reportan un panorama positivo para el sector hospitalario. Clara Brugada Molina, jefa de gobierno de la Ciudad de México, informó por aparte, también ayer, que no se han registrado cancelaciones masivas de reservaciones en hoteles, lo que refuerza la confianza en la organización del evento.

“Eso no es así. No hay cancelaciones masivas rumbo al mundial. Hubo algunas liberaciones de habitaciones como parte de la planeación que tenían algunos países que pensaban que sus equipos iban a quedar aquí en México en los encuentros de fútbol, pero no representan absolutamente ningún problema”, afirmó en entrevista con medios, tras la instalación del Gabinete de coordinación con alcaldías.

# Ayer las autoridades federales y del organismo de futbol dialogaron sobre las garantías en el país.

# La medida judicial busca que se esclarezcan cada uno de los hechos ocurridos en septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero.
ESCANEA PARA IR AL SITIO WEB

Rodríguez elogia la “amabilidad” de Trump

La presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, agradeció ayer al mandatario de Estados Unidos, Donald Trump, por su “amable disposición” de trabajo conjunto en una agenda que “fortalezca la cooperación binacional”.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Editor: Omar González / omar.gonzalez@diariodeméxico.com

ESCALA CONFLICTO A SUELO TURCO

EU mantiene posibilidad de invasión terrestre en Irán

# La portavoz de la Casa Blanca, Karoline Leavitt, aseveró que cualquier medida para concluir la guerra sigue “sobre la mesa”

EFE

@DDMexico

En una fase crítica de la operación “Furia Épica”, la Casa Blanca endureció ayer su postura al no descartar el envío de tropas terrestres a territorio iraní.

Aunque la administración del presidente Donald Trump sostiene que, de momento, esta opción no integra el plan inicial de la ofensiva, la portavoz Karoline Leavitt enfatizó que “nunca descartaré opciones militares en nombre del presidente” ni del comandante en jefe.

Esta ambigüedad estratégica busca mantener todas las herramientas de presión disponibles, asegurando que para el mandatario cualquier medida necesaria para concluir el conflicto sigue “sobre la mesa”.

EL CÁLCULO DE UNA GUERRA DE “VARIAS SEMANAS”

Pese a la retórica de una resolución rápida, los mandos militares han comenzado a ajustar las expectativas temporales. El secretario de Guerra estadounidense, Pete Hegseth, señaló que la campaña contra la República Islámica podría extenderse hasta por ocho semanas, un marco de tiempo superior al sugerido inicialmente por el mismo Trump. Por su parte, el secretario de Estado, Marco Rubio, vaticinó que

pronto se percibirá un cambio significativo en el “alcance y la intensidad de estos ataques”, enfocados primordialmente en desmantelar la capacidad nuclear de Irán. Desde la Casa Blanca se proyecta optimismo respecto a la efectividad de la operación. Según Leavitt, la capacidad de Irán para disparar misiles balísticos ha sufrido una caída drástica del 86% desde el primer día de combates. Trump, a través de sus plataformas oficiales, ha garantizado que la ofensiva continuará hasta destruir el programa de misiles, la Marina y la infraestructura atómica iraní, advirtiendo que la “gran

oleada” de ataques podría lanzarse muy pronto. Para respaldar esta promesa, el gobierno asegura poseer un suministro “prácticamente ilimitado” de armas y arsenales estratégicos ubicados en localizaciones desconocidas para la opinión pública mundial.

MISIL IRANÍ INTERCEPTADO EN TURQUÍA

La tensión ha cruzado las fronteras de los combatientes directos, alcanzando a Turquía, miembro clave de la OTAN. Las defensas antiaéreas de la Alianza interceptaron un misil balístico iraní sobre

en conferencia de prensa.

el Mediterráneo oriental, cuyos restos cayeron en el municipio de Dörtyol, en la provincia de Hatay. Aunque el incidente no dejó víctimas ni daños materiales, representa el primer evento de este tipo en suelo turco desde el inicio de las hostilidades el pasado sábado. El Ministerio de Defensa turco informó que el proyectil atravesó el espacio aéreo de Irak y Siria antes de ser neutralizado. Si bien no se confirmó el objetivo exacto, expertos señalan que la trayectoria coincide con un posible ataque hacia la base militar de Incirlik, un enclave logístico vital que alberga unidades estadounidenses y don-

de España mantiene desplegada una batería de misiles Patriot.

LA RESPUESTA DIPLOMÁTICA Y EL ARTÍCULO 5

Ante la caída de restos de proyectiles en su territorio, el gobierno turco advirtió que no dudará en defender su soberanía y responderá a “actitudes hostiles” bajo el marco del derecho internacional. No obstante, el secretario de Guerra de Estados Unidos., Pete Hegseth, ha descartado —por ahora— que el incidente sea suficiente para activar el Artículo 5 de la OTAN, que obliga a una respuesta bélica conjunta ante un ataque a un aliado.

# Karoline Leavitt, vocera de la presidencia de Estados Unidos, habló ayer

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AVISOS Y CONVOCATORIAS

DIARIO DE MÉXICO JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉX ICO, JUZGADO: 17° DE LO CIVIL, EXP. No. 358/2019, SECRETARÍA “B”. Se emplaza RUFINO SALGADO MENEZ

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, dentro del expediente 358/2019, promovido por TENA ROMERO JOSÉ EUGENIO en contra de SUPREME EMPACK S.A. DE C.V. Y/ SALGADO RUEDA JUAN ANTONIO, SALGADO MENEZ RUFINO Y WAGUI ZACARIAS CLAUDIA EUGENIA El C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO POR MINISTERIO DE LEY DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ordeno emplazar al demandado RUFINO SALGADO MENEZ lo siguiente: PRESTACIONES A) El pago de la cantidad de $4’556,491.22 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 22/100 M.N.) a título de suerte principal. B) El pago de los intereses moratorios a razón del Costo Porcentual Promedio de Captación que emite mes a mes Banco de México, más cinco puntos en forma mensual, causados desde que los ahora codemandados incurrieron en mora y hasta que hagan pago total del principal y los demás accesorios legales, cantidad que habrá de cuantificarse en la sección de ejecución de sentencia en este procedimiento. C) El pago de los gastos y las costas que se originen y desprendan del presente procedimiento y hasta su total terminación. En la Ciudad de México, a veintiséis de abril de dos mil diecinueve. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, a quien se le tiene desahogando en tiempo la prevención ordenada mediante proveído de fecha nueve de abril del año en curso, por lo que se procede a dictar auto admisorio en los términos siguientes: Se tiene por presentado a PORTAFOLIO DE NEGOCIOS S.A. DE C.V. SOFOM ER por conducto de sus endosatarios en procuración, demandando en la vía EJECUTIVA MERCANTIL de SUPREME EMPACK S.A. DE C.V., SALGADO RUEDA JUAN ANTONIO, SALGADO MENEZ RUFINO Y WAGUI ZACARIAS CLAUDIA EUGENIA, el pago de la cantidad de $4’556,491.22 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS 22/100 M.N.) por concepto de suerte principal así como intereses, gastos, costas y demás accesorios legales. Y con fundamento en los artículos 150 a 152, 159, 167 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y del 1391 al 1396, 1399 al 1401 del Código de Comercio reformado por decreto publicado el trece de junio del año dos mil tres, 322, 432 al 468 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se admite la demanda en la vía y forma propuestas, requiérase a los demandados para que en el acto de la diligencia hagan pago al actor o a quien sus derechos represente de la cantidad reclamada y sus accesorios legales y no haciéndolo, embárguense bienes de su propiedad suficientes para cubrir la deuda más intereses, gastos y costas, y pónganse en depósito de la persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora, practicado que sea el aseguramiento, con entrega de las copias simples exhibidas de la demanda y demás documentos apercibiendo a dichos codemandados para que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de esta jurisdicción territorial y en caso de no hacerlo las subsecuentes y aún las de carácter personal les surtirán efectos por Boletín Judicial, esto con fundamento en el artículo 1069 del Código de Comercio. Por señalado el domicilio para oír y recibir notificaciones, por autorizadas a las personas que menciona para los fines que indica, por ofrecidas sus pruebas las que se reservan para ser admitidas o no en el momento procesal oportuno. Se hace del conocimiento de las partes que una vez concluido el juicio se procederá a la destrucción del mismo dentro del término de NOVENTA DÍAS NATURALES contados a partir de la notificación que se haga del presente proveído, esto con fundamento en el artículo 15 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Poder Judicial de la Ciudad de México. Se hace del conocimiento de las partes que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, motivado por el interés de que las personas que tienen algún litigio cuenten con otra opción para solucionar su conflicto, proporciona los servicios de mediación a través de su Centro de Justicia Alternativa, donde se les atenderá en forma gratuita, la mediación no es asesoría jurídica, El Centro se encuentra ubicado en Avenida Niños Héroes número 133 Colonia Doctores Delegación Cuauhtemoc, Ciudad de México, C.P. 06500, con el teléfono 5134-11-00 exts. 1460 y 2362, Servicio de Mediación Civil Mercantil 5207-25-84 y 5208-33-49 Correo Electrónico mediación.civil.mercantil@tsjdf.gob.mx.-Notifíquese. Lo proveyó y fi rma LA C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL Licenciada MARÍA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ, ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado JUAN RAÚL VALDOVINOS HERNANDEZ, que autoriza y da fe.- DOY FE. 358/2019 En la Ciudad de México, a dieciocho de agosto del dos mil veintiuno. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta del C. JOSÉ EUGENIO TENA ROMERO, con el que se le tiene exhibiendo la Escritura Pública número 113,887 de fecha veinticuatro de junio del año en curso, pasada ante la fe del Licenciado ALFREDO AYALA HERRERA, Titular de la Notaría Pública número 237 de la Ciudad de México, de la que se desprende EL CONTRATO DE CESIÓN ONEROSA DE DERECHOS DE CRÉDITO Y LITIGIOSOS que celebraron por una parte PORTAFOLIOS DE NEGOCIOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA “LA PARTE CEDENTE y de otra parte el señor JOSÉ EUGENIO TENA ROMERO “LA PARTE CESIONARIA”, respecto de los derechos de crédito, materia del presente juicio; NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a la parte demandada, la correspondiente cesión de derechos de crédito reales y personales derivados del pagaré, así como los derechos litigiosos de presente juicio, lo anterior en virtud de que la comentada cesión de derechos implica una sustitución de acreedor, misma que debe hacerse del conocimiento de la enjuiciada a efecto de que esté en aptitud de cumplimentar sus obligaciones conforme a derecho corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2036 del Código Civil Federal, de Aplicación Supletoria a la Materia Mercantil; procédase a elaborar la cédula de notificación correspondiente, y hecho que sea túrnese la mismas al C. Actuario adscrito a fin de que sirva practicar la diligencia ordenada en líneas que anteceden a la codemandada WAGUI ZACARIAS CLAUDIA EUGENIA; y tomando en consideración que el domicilio de los codemandados JUAN ANTONIO SALGADO RUEDA, RUFINO SALGADO MENEZ y SUPREME EMPACK S.A. DE C.V., se encuentra fuera de la jurisdicción de la suscrita juzgadora, con los insertos necesarios gírese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE OCOYOACAC, ESTADO DE MÉXICO, para que de encontrarlo ajustado conforme a derecho y en auxilio de las labores de este H. Juzgado se sirva cumplimentar la presente determinación; se concede al juez exhortado un plazo de treinta días para la diligenciación del exhorto de mérito; se hace del conocimiento que dicha requisitoria en cumplimiento al acuerdo 36-48/2012 y 50-09/2013 emitido por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, será firmado por al C. Secretaria Conciliadora adscrita. Proceda el personal adscrito a realizar la anotación respectiva en el Libro de Gobierno, así como el cambio de carátula de éste expediente respecto al nombre del hoy actor siendo actualmente

JOSÉ EUGENIO TENA ROMERO para los efectos legales a que haya lugar; gírese atento oficio a la C. Directora de la Oficialía de Partes Común para Juzgados y Salas del poder Judicial de la Ciudad de México, a efecto de que de no tener inconveniente legal alguno haga la aclaración en la base de datos a su cargo respecto del nombre de la parte actora; se le tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, se le tiene autorizando a las personas que menciona para los fines que indica.- Notifíquese. Lo proveyó y firma LA C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL Licenciada MARÍA DEL ROSARIO MANCERA PÉREZ, ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado JUAN RAÚL VALDOVINOS HERNÁNDEZ, que autoriza y da fe.DOY FE. 358/19 En la Ciudad de México, a dieciocho de febrero de dos mil veinticinco. En cumplimiento a la Ejecutoria pronunciada en el Juicio de Amparo 1472/2023 por el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, misma que causo ejecutoria por auto de seis de febrero del año en curso, así como al auto de diecisiete de febrero del presente año, dictado por el Juzgado de Distrito antes citado, se deja insubsistente la diligencia de requerimiento, embargo y emplazamiento practicada al codemandado RUFINO SALGADO MENEZ, el día veintiocho de junio de dos mil diecinueve, así como todo lo actuado en el presente juicio, únicamente por cuanto hace al quejoso, atento a lo anterior, en reposición del procedimiento y toda vez que el enjuiciado tiene su domicilio fuera de la jurisdicción del suscrito, con los insertos necesarios GÍRESE ATENTO EXHORTO AL C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE OCOYOACAC, ESTADO DE MÉXICO, para que en auxilio de las labores de éste Juzgado se sirva ordenar al Actuario de su adscripción que emplace a juicio al demandado RUFINO SALGADO MENEZ en términos de lo ordenado por auto de veintiséis de abril de dos mil diecinueve, debiendo el Actuario practicar dicha diligencia con las formalidades establecidas en los artículos 1061, 1393, 1394 y 1396 del Código de Comercio, así como en los artículos 309, 310, 311, 312 y 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia mercantil, y realizar la certificación en el acta relativa, describiendo cuáles son los anexos documentales con los que corrió traslado; lo que se ve robustecido con el criterio jurisprudencial denominado: EMPLAZAMIENTO. DEBE CONSIDERARSE VÁLIDO SÓLO CUANDO AL REALIZAR LA CERTIFICACIÓN RELATIVA, EL NOTIFICADOR DESCRIBE CUÁLES SON LAS COPIAS DE LOS DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTARON A LA DEMANDA CON LAS QUE CORRE TRASLADO. Registro digital: 2022118. Instancia: Primera Sala. Décima Época. Materia(s): Civil. Tesis: 1a./J. 39/2020 (10a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 78, Septiembre de 2020, Tomo I, página 204. Tipo: Jurisprudencia; se faculta al C. Juez exhortado para que con plenitud de jurisdicción ordene que se practiquen cuantas diligencias y actuaciones sean necesarias para su debido y total cumplimiento, incluyendo acordar promociones, girar oficios dentro de su jurisdicción, habilitar días y horas inhábiles, ampliar el término concedido para su diligenciación, decretar medidas de apremio, todo ello bajo su más estricta responsabilidad y de acuerdo a su legislación; y con fundamento en el artículo 105 fracción IV del Código de Procedimientos Civiles, se le concede un plazo de treinta días para la diligenciación del exhorto de mérito; se hace del conocimiento que dicha requisitoria en cumplimiento al acuerdo 36-48/2012 y 50-09/2013 emitido por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, será firmado por al C. Secretaria Conciliadora adscrita. En consecuencia, gírese atento oficio al REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, a fin de que proceda a cancelar la anotación de inscripción del embargo ordenado, y que refiere la diligencia de veintiocho de junio de dos mil diecinueve respecto del bien inmueble inscrito en el folio real 9446390 mismo que se encuentra a nombre del demandado RUFINO SA LGADO MENEZ debiendo acompañarse a dicho comunicado copia certificada por duplicado de la diligencia de embargo así como de la ejecutoria de amparo, lo que deberá realizar toda vez que se trata de cumplimiento de ejecutoria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 197 de la Ley de Amparo, el cual establece que: “Todas las autoridades que tengan o deban tener intervención en el cumplimiento de la sentencia, están obligadas a realizar, dentro del ámbito de su competencia, los actos necesarios para su eficaz cumplimiento y estarán sujetos a las mismas responsabilidades a que alude este Capítulo”, así como a lo dispuesto por el artículo 192 de la citada Ley de Amparo que en su parte considerativa señala que: “...Las ejecutorias de amparo deben ser puntualmente cumplidas... apercibida que de no hacerlo así sin causa justificada, se impondrá a su titular una multa que se determinará desde luego y que, asimismo, se remitirá el expediente al tribunal colegiado de circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso, para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación; con el apercibimiento que de no hacerlo le será impuesta una multa por la cantidad de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.). Así mismo se previene a la parte actora para que en el TÉRMINO DE TRES DÍAS exhiba las copias de traslado correspondientes, y hecho que sea dese cumplimiento al emplazamiento ordenado en líneas que anteceden.- Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Interino, Licenciado VÍCTOR IVÁN CHÁVEZ ROSEY, ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada MÓNICA MIREYA FALCÓN NÚÑEZ, que autoriza y da fe. Doy Fe En la Ciudad de México, a nueve de enero de dos mil veintiséis. Agréguese a sus autos el escrito de la parte actora, se tienen por hechas sus manifestaciones, y toda vez que del contenido de las diligencias actuariales de trece de agosto y veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco se desprende que el Actuario es atendido por una persona que a través de la puerta dice ser el demandado, negándose a abril debido a que esas instrucciones tiene de su abogado, por lo que existe la presunción fundada que el domicilio en el que se actúa, es el domicilio del demandado RUFINO SALGADO MENEZ, con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena emplazar al demandado RUFINO SALGADO MENEZ mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por TRES VECES CONSECUTIVAS, en el periódico EL MILENIO por considerarse de circulación amplia y de cobertura nacional, y en periódico DIARIO DE MÉXICO por considerarse de cobertura local, así como en el Boletín Judicial, haciéndosele saber que deberá contestar la demanda dentro del término de TREINTA DÍAS, quedando a su disposición las copias de traslado exhibidas en la Secretaria de Acuerdos “B” del Juzgado Décimo Séptimo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, y se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo con fundamento en lo dispuesto por el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles de Aplicación supletoria a la Materia Mercantil, y las notificaciones subsecuentes les surtirán sus efectos por medio del Boletín Judicial de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1069 del Código de Comercio. Los edictos ordenados deberán contener una relación sucinta de las prestaciones reclamadas, así como del auto admisorio de demanda y demás relacionados; sin que en el presente caso sea aplicable el criterio jurisprudencial denominado EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 1070 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, ADMITE SER INTERPRETADO CONFORME CON EL DERECHO DE AUDIENCIA, TUTELADO POR EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL, EN EL SENTIDO DE QUE DEBE REALIZARSE UNA INVESTIGACIÓN MÁS AMPLIA PARA LOCALIZAR EL DOMICILIO DEL DEMANDADO. Registro digital: 2024699. Instancia: Primera Sala. Undécima Época. Materia(s): Civil, Constitucional. Tesis: 1a./J. 31/2022 (11a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 13, Mayo de 2022, Tomo III, página 3290. Tipo: Jurisprudencia, toda vez que en el presente caso se actualiza la hipótesis de que si se tiene conocimiento de que el domicilio en el que se intenta realizar el emplazamiento es en el que se encuentra el demandado, por lo que no es necesario un procedimiento de investigación del domicilio de éste, siendo innecesario girar oficios para su localización.- Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Séptimo de lo Civil de Proceso Escrito, LICENCIADO VÍCTOR IVÁN CHÁVEZ ROSEY, ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada MÓNICA MIREYA FALCÓN NÚÑEZ, que autoriza y da fe. Doy Fe.

EN LA CIUDAD DE MÉXICO A 28 DE ENERO DEL 2026

LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LIC. MONICA MIREYA FALCON NUÑEZ RÚBRICA.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

CARTELERA JURÍDICA

CURSO

Los procedimientos administrativos digitales y la inteligencia artificial, 2a. 2026

Del 12 al 23 de marzo de 2026, de 17:00 a 21:00 horas.

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FE DE ERRATAS:

Por un error involuntario, esta licitación que debió ser publicada el 4 de marzo de 2026, es publicada hoy 5 de marzo de 2026.

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 19° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 769/2024, SECRETARÍA “A”.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL promovido por BBVA MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO en contra de FARMERS AND MERCHANTS BANK OF LONG BEACH Y DOLGUA, S.A. DE C.V., número de expediente 769/2024, El C. Juez Décimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Licenciado JOSÉ ANTONIO ÁLVAREZ VELÁZQUEZ, dictó unos acuerdos que a la letra dicen: AUTO DE PREVENCIÓN Ciudad de México, a nueve de julio del año dos mil veinticuatro. Con el escrito de cuenta y anexos que remite Oficialía de Partes Común para Juzgados y Salas del Poder Judicial de la Ciudad de México, y toda vez que por razón de turno le correspondió conocer del presente asunto a este Juzgado, lo que se desprende del sello que obra en la foja uno anverso del escrito de demanda y de la lista que de asuntos nuevos remite dicha dependencia, en consecuencia, fórmese el expediente número 769/2024 y regístrese como corresponde en el Libro de Gobierno. Guárdense en el seguro del Juzgado los documentos exhibidos. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 325 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Materia Mercantil, en relación 1079 fracción VI del Código de Comercio se previene al promovente para que dentro del término de TRES DÍAS cumpla con los requisitos que se les señala, apercibido que en caso de no hacerlo dentro del plazo antes indicado, no se dará curso a su demanda. Prevención que consiste en lo siguiente: 1.- Que aclare el rubro de su escrito de demanda, respecto del nombre de la parte actora toda vez que la señala como BBVA MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO y en el párrafo primero lo señala como BBVA MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MEXICO (anteriormente BBVA BANCOMER SOCIEDAD ANÓNIMA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER), esto para la debida identificación del expediente. 2.Que exhiban una copia de la demanda para integrar el cuaderno de Medidas Precautorias que señala. 3.- Asimismo deberán exhibir copia simple en dos tantos del ocurso en el que desahoguen su prevención, los que formarán parte de los traslados respectivos.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, Licenciado JOSÉ ANTONIO ÁLVAREZ VELÁZQUEZ, ante la Ciudadana Secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada Araceli Laura Cabrera Sánchez, con quien actúa, autoriza y da fe. DOY FE. ACUERDO ADMISORIO Ciudad de México, a dos de Agosto del año dos mil veinticuatro. ---Agréguese a los autos del expediente 769/2024, el escrito de cuenta; se tiene al promovente desahogando la prevención contenida en auto de fecha nueve de julio del año dos mil veinticuatro, en los términos expresados, en consecuencia, se procede a proveer el escrito inicial de demanda y el escrito de cuenta, en los siguientes términos: Se tiene por presentado a: BBVA MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO, por conducto de su apoderado MARIO FRANCISCO PESQUERA OSTOS, personalidad que acredita y se le reconoce al tenor de la copia certificada del instrumento notarial número 121,890 de fecha veintiséis de julio del año dos mil dieciocho, pasado ante la fe del Notario Público número 137 de la Ciudad de México, la que se manda agregar a los autos para constancia Una vez que comparezcan las demás personas que señala, se proveerá lo conducente a su personalidad. Se le tiene señalando como domicilio el que indica para oír y recibir notificaciones, para los efectos legales a que haya lugar. Se le tiene autorizando a los profesionistas que menciona, en términos de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 1069 del Código de Comercio, quienes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto por dicho precepto legal, por lo que hace a acreditar en la primera diligencia en que intervengan, que se encuentran facultados para ejercer la profesión de licenciado en derecho. Por autorizadas a las personas que menciona para los fines que precisa. Se le tiene demandando en la VÍA ORDINARIA MERCANTIL de: FARMERS AND MERCHANTS BANK OF LONG BEACH y DOLGUA, S.A. DE C.V., las prestaciones que reclama, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1377, 1378, 1379, 1380 y demás relativos del Código de Comercio, ordenándose emplazar a los demandados con las copias de la demanda y documentos exhibidas debidamente selladas, cotejadas y rubricadas, para que conteste dentro del término de QUINCE DÍAS, prevéngase a la demandada por conducto del Secretario Actuario, para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de esta Ciudad, apercibida que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, les surtirán sus efectos por medio de Boletín Judicial, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1069 y 1070 del Código de Comercio. Por ofrecidas las pruebas que indica, las que se reserva proveer respecto de su admisión para el momento procesal oportuno.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, Licenciado JOSÉ ANTONIO ÁLVAREZ VELAZQUEZ, ante la Ciudadana Secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada Araceli Laura Cabrera Sánchez, con quien actúa, autoriza y da fe. DOY FE. OTRO ACUERDO Ciudad de México, a veintiocho de enero del año dos mil veintiséis. ---Agréguese a los autos del expediente número 769/2024, el escrito presentado por el apoderado de la parte actora, por hechas las manifestaciones que refiere, téngase por agotado el domicilio que indica, para emplazar a la codemandada que refiere y tomando en consideración que no se ha localizado a la codemandada en los domicilios señalados en autos para ser emplazada, en consecuencia, como lo solicita, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, proceda el personal de apoyo a elaborar los edictos, a efecto de emplazar, a la codemandada DOLGUA, S.A. DE C.V., en cumplimiento al proveído de fecha dos de agosto del año dos mil veinticuatro y este proveído, debiendo publicarse dichos edictos por tres veces consecutivas: en los Periódicos “LA RAZÓN” y “EL DIARIO DE MÉXICO”, haciéndole saber que deberá comparecer ante este Juzgado Décimo Noveno Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, a contestar la demanda dentro del término de TREINTA DÍAS HÁBILES, posteriores a la fecha de la última publicación de los edictos, quedando a su disposición las copias de traslado de la demanda y demás documentos exhibidos en la misma, ante la Secretaría de Acuerdos “A” de este Juzgado, para que los reciban en cualquier día y hora hábil, previa toma de razón que dejen en actuaciones.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, Licenciado JOSÉ ANTONIO ÁLVAREZ VELÁZQUEZ, ante la Ciudadana Secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada Araceli Laura Cabrera Sánchez, con quien actúa,

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 24° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 868/2019, SECRETARÍA “B”.

En los autos de la tercería excluyente de dominio promovida por GRECIA ISELA VALDEZ HIDALGO en relación al juicio EJECUTIVO MERCANTIL del expediente número 868/2019 promovido por BARAJAS NAVARRO JOSE GUADALUPE en contra de BARAJAS RODRIGUEZ JESUS ALEJANDRO de lo Civil de la Ciudad de México a dictado una resolución que a la letra y en lo conducente dice (n): Ciudad de México, nueve de abril de dos mil veinticuatro.---Con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan fórmese el cuaderno correspondiente y se tiene a la C. GRECIA ISELA VALDEZ HIDALGO, interponiendo tercería excluyente de dominio respecto del bien embargado en los autos del juicio principal, consistente en el inmueble ubicado en la calle de HAMBURGO NÚMERO 14, INTERIOR 306, COLONIA JUÁREZ, ALCALDÍA CUAUHTEMOC, CIUDAD DE MÉXICO C.P. 06600, y con fundamento en los artículos 1362, 1363, 1367, 1368, 1370, 1371 y demás relativos del Código de Comercio, con las copias simples exhibidas córrase traslado al demandante y a la demandada en el principal, por el término de tres días a cada uno para que manifiesten lo que a su derecho convenga, evacuado que sea dicho traslado el suscrito Juez decidirá si hay méritos para estimar necesaria la tercería. Tomando en consideración que el domicilio del C. JOSE GUADALUPE BARAJAS NAVARRO, se encuentra fuera de la Jurisdicción de éste Juzgado, con los insertos y anexos necesarios, gírese atento exhorto al C. Juez Mixto de Ecatepec de Morelos, Estado de México, a fin de que en auxilio de las labores de éste Juzgado, se sirva correr traslado a la parte actora en el juicio principal conforme a lo antes expuesto. Se otorga plenitud de Jurisdicción al C. Juez exhortado para esa encomienda y de modo enunciativo más no limitativo podrá acordar todo tipo de promociones tendientes a la diligenciación del propio exhorto, hacer uso de las medidas de apremio que estime pertinentes autorizadas por su legislación procesal local, habilite días y horas inhábiles, expida copias certificadas, gire oficios, y en general a todo lo necesario para la diligenciación de dicho exhorto. Asimismo, se concede a la parte actora el plazo de treinta días hábiles para comparecer ante la autoridad exhortada para la diligenciación del exhorto de referencia, contados a partir de la fecha de su radicación, en el entendido de que su incomparecencia determinará la caducidad del propio exhorto. Se solicita al C. Juez exhortado se sirva devolver el exhorto directamente a esta autoridad jurisdiccional exhortante, con domicilio en Avenida Niños Héroes, número 132, Torre Norte, Sexto Piso, Colonia Doctores, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720; lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo 12-02/2018 emitido en sesión de fecha 19/01/2018, por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México.- Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Interino Vigésimo Cuarto de lo Civil de Proceso Escrito, Licenciado ROBERTO YAÑEZ QUIROZ, ante el C. Secretario de Acuerdos “B”, Licenciado OMAR GARCÍA REYES, quien autoriza y da fe. Doy fe. En la Ciudad de México a veinte de febrero del dos mil veintiséis. Agréguese a los autos de la tercería el escrito de GRECIA ISELA VALDEZ HIDALGO tercerista, por hechas las manifestaciones a que se refiere, visto el estado procesal que guardan los presentes autos, toda vez que no ha sido posible la localización al ejecutado JESUS ALEJANDRO BARAJAS RODRIGUEZ, en consecuencia con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena emplazarlo a juicio por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas, en el periódico LA CRÓNICA, así como en EL DIARIO DE MÉXICO, concediéndose el término de CUARENTA DÍAS para que conteste la demanda, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo se tendrá por contestada en sentido negativo, atento a lo dispuesto por el artículo 271 del Código citado, aplicado supletoriamente a la materia mercantil, debiéndose insertar a los edictos el auto que admitió la tercería en que se actúa en los términos que dispone el artículo 128 del referido Código, para los efectos legales a que haya lugar; quedando a su disposición las copias simples de traslado en la Secretaría “B” de este Juzgado.- NOTIFÍQUESE. LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C. JUEZ VIGÉSIMO CUARTO DE PROCESO ESCRITO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MAESTRA LIZZET URBINA ANGUAS, ASISTIDA DEL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LICENCIADO OMAR GARCIA REYES, QUE AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. OMAR GARCIA REYES RÚBRICA.

DAVID COSTILLA MACEDO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 61° DE LO CIVIL, EXP. No. 198/2024, SECRETARÍA “B”.

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por BBVA MEXICO INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO BBVA MEXICO en contra de DAVID COSTILLA MACEDO, JUZGADO SEXAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL MAESTRO JONATHAN ÁNGEL MORELOS MALDONADO, Ciudad de México, a diecinueve de enero de dos mil veintiséis. VISTOS los autos para resolver en SENTENCIA DEFINITIVA, el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por BBVA MÉXICO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO en contra de DAVID COSTILLA MACEDO, expediente número 198/2024, la cual se dicta al tenor de lo siguiente “...” PRIMERO.- Ha sido procedente la VÍA ESPECIAL HIPOTECARIA, en donde la parte actora BBVA MÉXICO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA MÉXICO acreditó su acción y el demandado DAVID COSTILLA MACEDO se constituyó en rebeldía. SEGUNDO.- Se declara el vencimiento anticipado del plazo concedido, para el pago del crédito otorgado a la parte demandada, en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Interés y Garantía Hipotecaria de fecha cinco de julio de dos mil dieciocho. TERCERO.- Se condena a la demandada a pagar a la actora la cantidad de $458,387.83 (Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Ochenta y Siete Pesos 83/100 Moneda Nacional), por concepto de suerte principal, lo que deberá cubrir la parte demandada a la actora, en un término de CINCO DÍAS hábiles, contados a partir de que cause ejecutoria la presente sentencia. CUARTO.- Se condena a la parte demandada a pagar a la actora el importe de $34,187.86 (TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE PESOS 80/100 M.N.), por concepto de intereses ordinarios vencidos al treinta de septiembre de dos veintitrés. QUINTO.- Se condena a la parte demandada a pagar a la actora el importe de $45.51 (CUARENTA Y CINCO PESOS 51/100 M.N.), por concepto de intereses moratorios a una tasa del 9% (nueve por ciento) anual, desde el mes de junio dedos mil veintitrés, más los que se sigan causando hasta la total solución del adeudo. SEXTO.- Se condena a la parte demandada al pago de las costas causadas en esta instancia. SÉPTIMO.- Guárdese copia autorizada en el legajo de sentencias respectivo.OCTAVO.- Notifíquese. NOVENO.- En términos del artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, deberá de notificarse a la parte demandada los puntos resolutivos del presente fallo, los que deberán publicarse por dos veces de tres en tres días el Boletín Judicial o en el periódico “El Diario de México”. ASÍ, DEFINITIVAMENTE lo resolvió y firma el SECRETARIO DE ACUERDOS EN FUNCIONES DE JUEZ del Juzgado Sexagésimo Primero de Proceso Escrito de lo Civil en la Ciudad de México, MAESTRO JONATHAN ÁNGEL MORELOS MALDONADO, ante la C. Secretaria de Acuerdos “A”, Licenciada ROCÍO ANGELINA CALVO OCHOA, con quien actúa y da fe. Doy fe

C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” LIC. ROCIO ANGELINA CALVO OCHOA. Ciudad de México a 28 de enero del 2026. RÚBRICA.

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DIARIODE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

F-28847

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 29° CIVIL DE PROCESO ORAL Y DE TUTELA DE DERECHOS HUMANOS DE LA CDMX, EXP. No. 931/2024, SECRETARÍA “A”.

SIMÓN NIZRRI COHEN, RENNE SCHOENFELD NEGRIN DE NIZRRI, UNIÓN DE INQUILINOS DE AVENIDA JOSÉ MARTÍ 251 A.C.

En los autos del juicio ORAL CIVIL, promovido por BALLESTEROS SÁNCHEZ RAFAEL en contra de SIMON NIZRRI COHEN, RENNE SCHOENFELD NEGRIN DE NIZRRI, JOSÉ SCHOENFELD NEGRIN, VITORIA SCHOENFELD NEGRIN DE NISAN, DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO y UNION DE INQUILINOS DE AVENIDA JOSÉ MARTÍ 251 A.C., con número de expediente 931/2024, el ciudadano Juez Vigésimo Noveno Civil de Proceso Oral y de Tutela de Derechos Humanos, Licenciado en Derecho JOEL MARTÍNEZ GONZÁLEZ, dictó unos autos para su debido cumplimiento que en su parte conducente dicen: En la Ciudad de México, a veintidós de enero del año dos mil veintiséis, El Ciudadano Secretario de Acuerdos de este Juzgado, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 81, fracción II, de la ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, da cuenta al ciudadano Juez Vigésimo Noveno de lo Civil de la Ciudad de México, con una promoción y copias simples del mismo para integrar traslado, presentada en la Oficialía de Partes de este Juzgado el veintiuno de enero del año dos mil veintiséis, acompañada del proyecto de acuerdo correspondiente. CONSTE. Ciudad de México, a veintisiete de enero del año dos mil veintiséis.--- Agréguese a sus autos el escrito de JOSE CARLOS CORTES AGUILAR, mandatario judicial de la parte actora, vistas sus manifestaciones y constancias de autos de los que se advierte que a la fecha no se tiene domicilio de los codemandados para efectos de emplazamiento, no obstante que se han realizado todas las gestiones idóneas y necesarias para la localización de éstos, así como el contenido de los informes rendidos por las Autoridades Administrativas que obran en autos, como lo solicita, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 111 fracción II y III, 122 fracción II y 977 del Código de Procedimientos Civiles, se ordena emplazar y citar a la parte demandada SIMÓN NIZRRI COHEN, RENNE SCHOENFELD NEGRIN DE NIZRRI, UNIÓN DE INQUILINOS DE AVENIDA JOSÉ MARTÍ 251 A.C. mediante EDICTOS, los cuales se publicaran por tres veces, de tres en tres días en el periódico “EL DIARIO DE MÉXICO” el cual es de cobertura local, así como en el BOLETÍN JUDICIAL debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles; haciéndoles del conocimiento que deberán presentarse dentro del término de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación que se realice de los edictos para darse por emplazados y reciban sus copias de traslado, y a partir de ese momento tendrán NUEVE DÍAS para dar contestación a la demanda, en los términos ordenados en proveído de trece de diciembre de dos mil veinticuatro; quedan en la Secretaría de Acuerdos a disposición de la parte demandada las copias simples exhibidas para correr traslado. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Oral y de Tutela de Derechos Humanos de esta Ciudad, Licenciado en Derecho JOEL MARTÍNEZ GONZÁLEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado JOSÉ OSCAR DÍAZ CASTAÑEDA que autoriza y da fe. ---OTRO ACUERDO MAS--- En la Ciudad de México a diez de diciembre del año dos mil veinticuatro, el Ciudadano Secretario de Acuerdos “A” de este Juzgado, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 81, fracciones II y IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, DA CUENTA a la Ciudadana Juez Vigésimo Noveno de lo Civil de Proceso Oral y de Tutela de Derechos Humanos con una comparecencia de fecha nueve de diciembre de dos mil veinticuatro, acompañados del proyecto de acuerdo respectivo. CONSTE. En la Ciudad de México, a once de diciembre del año dos mil veinticuatro, el Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado JOSÉ OSCAR DÍAZ CASTAÑEDA, CERTIFICA QUE: El término de TRES DÍAS, que se concedió a la parte actora para desahogar la prevención dada mediante proveído de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, TRANSCURREN DEL VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE AL DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO. DOY FE. Ciudad de México, a trece de diciembre del año dos mil veinticuatro. Agréguese a sus autos la comparecencia de la parte actora de fecha nueve de diciembre de dos mil veinticuatro, en consecuencia, se procede a proveer el escrito de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro lo cual se hace en los siguientes términos; Se tiene al C. RAFAEL BALLESTEROS SÁNCHEZ parte actora por su propio derecho, a quien se le tiene desahogando en tiempo y forma la prevención decretada en auto dictado el veinticinco de noviembre del año dos mil veinticuatro, misma que desahogó en todos sus términos. […] Se tiene por presentado a RAFAEL BALLESTEROS SÁNCHEZ por su propio derecho, demandando en la VÍA ORAL CIVIL de SIMÓN NIZRRI COHEN, RENNE SCHOENFELD NEGRIN DE NIZRRI, JOSÉ SCHOENFELD NEGRIN, VICTORIA SCHOENFELD NEGRIN DE NISAN, UNIÓN DE INQUILINOS DE AVENIDA JOSÉ MARTÍ 251 A.C. Y C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, las prestaciones que precisa en su demanda. Se admite la demanda en la vía y forma propuesta, lo anterior con fundamento en los artículos 969, 971, 980 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, así como el artículo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México. Con las copias simples exhibidas debidamente selladas, cotejadas, foliadas y rubricadas, córrase traslado y emplácese a la parte demandada MEDIANTE NOTIFICACIÓN PERSONAL en términos del artículo 979 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal aplicable a la Ciudad de México, para que dentro del plazo de NUEVE DÍAS, de contestación por escrito a la demanda instaurada en su contra, apercibido que de no hacerlo se presumirán confesados los hechos de la demanda que se dejaron de contestar, en términos del artículo 984 del Código Adjetivo Civil. Por lo que se ordena la elaboración de la correspondiente CÉDULA DE NOTIFICACIÓN y túrnese con los insertos necesarios al C. SECRETARIO ACTUARIO de la adscripción, a fin de que se sirva dar cumplimiento a lo ordenado en este proveído. […] Asimismo, en términos del artículo 1001 del Código de Procedimientos Civiles para esta Ciudad, por medio del presente se hace del conocimiento de las partes, que aquella que deje de asistir sin justa causa al lugar, día y hora, que en su caso se señale para que tenga verificativo la AUDIENCIA PRELIMINAR, se le impondrá una sanción de $3,000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 M.N.), toda vez que es necesaria la presencia de las partes pa etapas de conciliación de las partes por conducto del juez, para la fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos y la fijación de acuerdos probatorios. Lo anterior, atendiendo a la suerte principal reclamada y a la capacidad económica de las partes, como un dato objetivo que se desprende del expediente y en atención a que dicha medida se encuentra dentro de los parámetros establecidos en el precepto legal citado. [...] NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Noveno en Materia Civil de Proceso Oral y de Tutela de Derechos Humanos de la Ciudad de México, Licenciado JOEL MARTÍNEZ GONZÁLEZ, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos, Licenciado JOSÉ OSCAR DÍAZ CASTAÑEDA que autoriza y da fe.

Ciudad de México a 30 de enero de 2026. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”. LIC. JOSÉ OSCAR DÍAZ CASTAÑEDA RÚBRICA.

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EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 21° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 15/2024. NOTIFICACIÓN A: MIG INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE.

En el expediente 15/2024, relativo al juicio ORAL MERCANTIL, promovido por LUIS GERARDO GONZÁLEZ SOJO, en contra MIG INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, la C. Jueza Vigésimo Primero Civil de Proceso Oral del Poder Judicial de la Ciudad de México, dictó los siguientes autos: “…Ciudad de México a catorce de enero de dos mil veintiséis. Agréguese al expediente número 15/2024, la promoción electrónica de cuenta de la parte actora y, como lo solicita, para que tenga verificativo la diligencia ordenada en auto de fecha cinco de Septiembre de dos mil veinticinco, se señalan las DIEZ horas del día DIEZ de MARZO de dos mil VEINTISÉIS, debiéndose preparar la misma, como se ordena en el auto de fecha trece y siete de Noviembre pasado, por lo que se ordena elaborar los edictos correspondientes. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. JUEZA VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Licenciada ARLEN VILLEGAS GÓMEZ, ante la C. Secretaria de acuerdos, Maestra LETICIA IRENE DÍAZ VÁZQUEZ que autoriza y da fe. Doy Fe. OTRO AUTO Ciudad de México a trece de Noviembre de dos mil veinticinco. Agréguese al expediente número 15/2024, la promoción electrónica de cuenta del apoderado de la parte actora, por medio del cual se le tiene desahogando la vista que se le mandó dar por auto de fecha siete de los corrientes y como lo solicita, para que tenga verificativo la diligencia ordenada en auto de fecha cinco de Septiembre de dos mil veinticinco, se señalan las DIEZ horas del día CATORCE de ENERO de dos mil VEINTISÉIS, debiéndose preparar la misma, como se ordena en el auto de fecha siete de Noviembre pasado, por lo que se ordena elaborar los edictos correspondientes; debiendo publicarse los edictos en el Diario de México y Diario Imagen por tres veces consecutivas. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. JUEZA VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Licenciada ARLEN VILLEGAS GÓMEZ, ante la C. Secretaria de acuerdos, Maestra LETICIA IRENE DÍAZ VÁZQUEZ que autoriza y da fe. Doy Fe. OTRO AUTO *Ciudad de México a siete de Noviembre de dos mil veinticinco. Agréguese al expediente número 15/2024, la promoción electrónica de cuenta de la parte actora y una vez que indique cuáles son los periódicos de su elección, se acordara lo conducente a petición de parte interesada. Sin perjuicio de lo anterior, se hace del conocimiento del promovente, que las publicaciones deberán ser en días hábiles y tres veces consecutivas (en el entendido que son una tras otra, sin interrupción). Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. JUEZA VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Licenciada ARLEN VILLEGAS GÓMEZ, ante la C. Secretaria de acuerdos, Maestra LETICIA IRENE DÍAZ VÁZQUEZ que autoriza y da fe. Doy Fe. OTRO AUTO *Ciudad de México a veintidós de Septiembre de dos mil veinticinco. Agréguese al expediente número 15/2024, la PROMOCIÓN ELECTRÓNICA de cuenta de la parte actora y como lo solicita, se aclara el auto de fecha cinco de los corrientes, debiendo quedar en su parte conducente como siguiente: …“AUTO DE EJECUCIÓN CON EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA, a fin de que la parte condenada MIG INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE dé cumplimiento a lo condenado mediante cuarto resolutivo de la sentencia definitiva dictada en fecha cinco de marzo del año dos mil veinticinco”… Y: …“requiérase a la parte demandada MIG INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, para que en el acto de la diligencia”… Quedando intocado el resto del auto. Por lo anterior, se ordena elaborar de nueva cuenta los edictos respectivos. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. JUEZA VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Licenciada ARLEN VILLEGAS GÓMEZ, ante la C. Secretaria de acuerdos, Maestra LETICIA IRENE DÍAZ VÁZQUEZ que autoriza y da fe. Doy Fe. OTRO AUTO En la Ciudad de México a cinco de septiembre del año dos mil veinticinco. Con fundamento en los artículos 1347 y 1390 bis 50 del Código de Comercio, en este acto se dicta AUTO DE EJECUCIÓN CON EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA, a fin de que la parte condenada MIG INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE dé cumplimiento a lo condenado mediante cuarto resolutivo de la sentencia definitiva dictada en fecha cinco de marzo del año dos mil veinticinco y haga pago a la parte actora, LUIS GERARDO GONZÁLEZ SOJO, y/o quien sus derechos legalmente represente de devuelva la cantidad de $6,150,000.00 (SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de suerte principal, resultando el total de los pagos realizados por la parte actora, por la compra del inmueble materia de la presente controversia, apercibida la parte demandada que en caso de no pagar la cantidad indicada en el momento del requerimiento, se procederá al EMBARGO DE BIENES DE SU PROPIEDAD y con su producto se hará pago a la parte actora, conforme lo dispone el artículo 1347 del Código de Comercio, mismos que quedarán en depósito de la persona que bajo su más estricta responsabilidad designe la parte actora en el acto de la diligencia. Con fundamento en los artículos 1068 fracción IV y 1070 del Código de Comercio, se ordena el requerimiento de pago por medio de edictos, mismos que serán publicados en el periódico el DIARIO DE MÉXICO y DIARIO IMAGEN, que serán publicados por TRES VECES CONSECUTIVAS, así mismo con fundamento en los artículos 1392, 1393, 1394, 1395 y 1393 del Código de Comercio, requiérase a la parte demandada MIG INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, para que en el acto de la diligencia que tendrá verificativo a las DOCE HORAS DEL DÍA CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, en el local de este juzgado y haga pago de la cantidad de $6,150,000.00 (SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), y en caso de no hacerlo, embárguense bienes suficientes de su propiedad que cubran lo reclamado, lo que se pondrá en depósito de la persona que bajo su más estricta responsabilidad designe la parte actora en el acto de la diligencia, por lo que queda citada la demandada para que se presente en el día y hora antes señalada, en el inmueble ubicado en AVENIDA PATRIOTISMO NÚMERO 230, PISO DIEZ, COLONIA SAN PEDRO DE LOS PINOS, ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, C.P. 03800, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. Apercibida la parte demandada que, de no comparecer en la citada fecha, el derecho para señalar bienes pasará a la parte actora, quien deberá estar presente el día y hora antes indicado. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Vigésimo Primero de lo Civil de Proceso Oral de la Ciudad de México, Licenciada en Derecho Arlen Villegas Gómez, ante la Secretaria de Acuerdos, Maestra en Derecho Leticia Irene Díaz Vázquez, con quien actúa y da fe. DOY FE…”

EL C. SECRETARIO CONCILIADOR.

En términos del acuerdo General 42-29/2010 emitido por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión plenaria de fecha dieciocho de agosto de dos mil veinte, en el cual determinaron los “LINEAMIENTOS PARA LA DELEGACIÓN DE DIVERSAS FUNCIONES JURÍDICO ADMINISTRATIVAS A LAS SECRETARIAS O SECRETARIOS CONCILIADORES, Y LAS SECRETARIAS O SECRETARIOS DE ACUERDOS, ADSCRITOS A LOS JUZGADOS CIVILES DE PROCESO ESCRITO, CIVILES DE PROCESO ORAL Y CIVILES DE CUANTÍA MENOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO”., firma el Licenciado Mario Humberto Barbosa González, Secretario Conciliador comisionado al Juzgado Vigésimo Primero Civil de Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de México.

LICENCIADO MARIO HUMBERTO BARBOSA GONZÁLEZ. RÚBRICA.

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EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 17° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 1687/2024, SECRETARÍA “B”.

A LOS QUE SE CREAN CON DERECHO A HEREDAR EN LA PRESENTE SUCESIÓN:

Ante este Juzgado Décimo Séptimo Familiar de la Ciudad de México, se tramita el Juicio INTESTAMENTARIO a bienes de OBREGON JASSO HECTOR, expediente 1687/2024, Secretaría “A” y por autos de fechas veintiuno de noviembre en relación a lo ordenado en auto de fecha once de octubre ambos del dos mil veinticuatro, se ordenó publicar edictos, con fundamento en el artículo 807 del Código de Procedimientos Civiles, anunciando su muerte sin testar, denunciada por FERNANDO OBREGON JASSO, hermanos del autor de la presente sucesión, radicado con fecha cuatro de diciembre del dos mil veintitrés; debiendo comparecer en este Juzgado dentro del término de CUARENTA DÍAS las personas que se crean con igual o mejor derecho a heredar en la presente sucesión a deducir sus posibles derechos hereditarios.

En la Ciudad de México a 17 febrero de 2026.

LA CIUDADANA SECRETARIO DE ACUERDOS “B”

LICENCIADA DIANA ROCIO CASTILLO MEJIA RÚBRICA.

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EDICTO

EDICTO

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JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 11° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 1662/2023, SECRETARÍA “B”.

En auto de catorce de octubre de dos mil veinticinco, dictado en la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA a bienes de JIMENEZ RIVERA LUIS expediente 1662/2023, el C. Juez Décimo Primero de lo Familiar, ordenó fijar edictos a fin de anunciar la muerte sin testar de la autor de la sucesión, para que comparezcan ante este juzgado en el término de CUARENTA DÍAS, a reclamarla; aquellos que se crean con igual o mejor derecho a heredar en la presente sucesión, denunciada por ALFREDO JIMENEZ RIVERA como hermano del de cujus.

CIUDAD DE MÉXICO, 1 DE DICIEMBRE DE 2025. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

LIC. ALEJANDRA LETICIA ACEVEDO ALONSO. RÚBRICA.

F-28855

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 8° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 748/2003, SECRETARÍA “A”.

EL C. JUEZ OCTAVO DE LO FAMILIAR EN LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO BRUNO BENITO GARCIA MENDOZA, EN LOS AUTOS DE LA JURISDICCIÓ N VOLUNTARIA DE PEREZ MONTIEL GERARDO, EXPEDIENTE NÚMERO 748/2003, SECRETARÍA “A”, DICTO LOS PROVEÍDOS DE LAS SIGUIENTES FECHAS: CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISIETE DE ENERO DEL DOS MIL VEINTISÉIS.- A sus autos el escrito del Licenciado MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ ANGUIANO, adscrito a la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General de la República, a quien se le tiene haciendo las manifestaciones que refiere. Visto su contenido, se instruye a la persona encargada de realizar los edictos ordenados en proveídos de uno de diciembre del dos mil veinticinco, los que deberá poner a disposición de los CC. MARCELA MARTÍNEZ DEL VALLE y/o ARIADNA GABRIEL A PÉREZ MARTÍNEZ y/o ANA GEORGINA PÉREZ MARTÍNEZ y/o ALÁN GERARDO PÉREZ MARTÍNEZ, para su debida diligenciación; requiriéndose a éstos para que dentro del término de TRES DÍAS contados a partir de la puesta a disposición y/o la fecha en que los recojan, exhiban los acuses respectivos; apercibidos que de no hacerlo se les impondrá como primera medida de apremio una multa por la cantidad de ONCE MIL PESOS, por desacato a un mandato judicial y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 62, 73 y 114 fracción V del Código de Procedimientos Civiles. Como lo solicita el promovente, expídansele copia certificada de todo lo actuado en el presente procedimiento, previa toma de razón que por su recibo deje asentada en autos. En cuanto a lo que se pide en el cuarto punto petitorio, resérvese para proveer como corresponda en el momento procesal oportuno. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Octavo de lo Familiar de Proceso Escrito de la Ciudad de México, LICENCIADO BRUNO BENITO GARCÍA MENDOZA, en unión de la C. Secretaria de Acuerdos “A”, MAESTRA ELISA ACEVEDO SOLÍS, quien da fe.- CIUDAD DE MÉXICO, A UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICINCO.- A sus autos el escrito de MARCELA MARTÍNEZ DEL VALLE, ARIADNA GABRIELA, ANA GEORGINA y ALÁN GERARDO de apellidos PÉREZ MARTÍNEZ, a quienes se les tiene autorizando el DOMICILIO que indica para oír y recibir notificaciones, haciendo de su conocimiento que para el caso de no existir dicho domicilio o ser inexacto, de negativa a recibirlas en el señalado o de que la persona buscada deje de habitar el mismo sin hacer designación de nuevo domicilio, aquellas notificaciones que este juzgado haya ordenado expresamente de carácter personal así como las subsecuentes le surtirán por boletín judicial; ello con fundamento en los artículos 112 y 113 del Código de Procedimientos Civiles. Se tiene a los promoventes imponiéndose del expediente en que se actúa; por designada a la C. MARCELA MARTÍNEZ DEL VALLE como Representante Común de los mismos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53 del Código antes invocado. Como lo solicitan, elabórense y póngase a disposición de los ocursantes los edictos ordenados en los proveídos de veintiocho de septiembre del dos mil doce y nueve de junio del dos mil quince para su debida diligenciación. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Octavo de lo Familiar de Proceso Escrito de la Ciudad de México, LICENCIADO BRUNO BENITO GARCÍA MENDOZA, en unión de la C. Secretaria de Acuerdos “A”, MAESTRA ELISA ACEVEDO SOLÍS, quien da fe. México, Distrito Federal, a nueve de junio de dos mil quince.- Visto el contenido de la certificación que antecede, se asienta una llamada de atención al Licenciado MARCO ANTONIO RAMOS ZEPEDA, por la omisión en el cumplimiento de sus obligaciones, en especial a aquellas, contempladas en el artículo 58 fracciones II y VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en relación con el 66, 67 y 89 del Código de Procedimientos Civiles.-/ Agréguese a sus autos el escrito de cuenta para que obre como corresponda, por hechas las manifestaciones a que se contrae MARCELA MARTÍNEZ DEL VALLE, atento al contenido de las mismas, así como al de las constancias que integran el expediente en que se actúa, se instruye a la persona encargada del turno para que elabore los edictos ordenados en proveído dictado el veintiocho de septiembre de dos mil doce.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma El c. Juez Octavo, Licenciado LUÍS ENRIQUE DOMINGUEZ ALZUA, por ante le Secretario MARCO ANTONIO RAMOS ZEPEDA, con quien actúa, autoriza y da fe.- ---México, Distrito Federal, a veintiocho de septiembre de dos mil doce. ---Agréguese a sus autos el pedimento de cuenta, suscrito por la Representación Social adscrita a este H. Juzgado, visto lo solicitado por el mismo, así como el estadio procedimental de este asunto. con fundamento en el numeral |272 B y 684 del Código Adjetivo Civil, se regulariza el presente asunto en los siguientes términos: se declara insubsistente proveído dictado con fecha de doce de julio y dos de agosto, ambos de dos mil once visible a fojas 2 y 3 del Tomo II debiéndose estarse los interesados a lo acordado en autos dictados con fecha seis de agosto y cuatro de septiembre ambos de dos mil tres, visibles a fojas 20 y 28 del Tomo I; asimismo mediante notificación personal requiérase a la señora MARCELA MARTINEZ DEL VALLE de cumplimiento a lo dispuesto por el proveído de fecha dieciséis de junio de dos mil tres, lo anterior en razón de que los edictos diligenciados al estado de Guerrero, en términos del auto del doce de enero del año próximo pasado en relación con el proveído dictado el veintidós de abril de dos mil ocho, a fojas 334 del Tomo I y fallo interlocutorio del veinte de la anualidad referida, dictado por la Tercera Sala familiar en el Toca de recurso 1385/2008, de los cuales se corrige que los edictos efectuados no reunieron los requisitos del artículo 122 de Código de Procedimientos Civiles, visible a fojas 421 del Tomo I, por lo que una vez cumplido lo anterior, se acordará lo correspondiente a las publicaciones que cada año debe realizar la / referida depositarla y/o representante del presunto ausente, y dar debido cumplimiento a los numerales 666, 669 y 610 del Código Civil; dese vista al C. Agente del miniarlo Público de la adscripción a fin de que manifieste lo que a su representación Social competa en términos del numeral 69 del Código Adjetivo de la materia. Notifíquese. Lo proveyó y firma el Juez Octavo de lo Familiar en el Distrito

DOMINGUEZ ALZUA Licenciado LUIS ENRIQUE. Doy fe.- México, Distrito Federal, a doce de enero de año dos mil once ---A sus autos el escrito de cuenta y publicaciones de edictos que se acompañan, sin lugar a acordar de conformidad lo solicitado en virtud de que dichas publicaciones no reúnen los requisitos del artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles, en consecuencia, deberá darse íntegro cumplimiento a lo ordenado en proveído de fecha dieciséis de junio del año dos mil tres.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Octavo de lo Familiar ante la C. Secretaria de Acuerdos “A” Doy Fe. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL DIECISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRES ---SE TIENE POR PRESENTADA A LA C. MARTINEZ DEL VALLE MARCELA PROMOVIENDO DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR LOS MOTIVOS QUE SE INDICAN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 648, 649 Y 652 DEL CÓDIGO-CIVIL EN RELACIÓN CON LOS NUMERALES 893, 894 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, FÓRMESE EXPEDIENTE Y REGÍSTRESE EN EL LIBRO DE GOBIERNO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA. SE ADMITEN A TRAMITE LAS PRESENTEN SEÑALADO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES DOCUMENTOS Y VALORES. POR AUTORIZADOS LOS LICENCIADOS Y PASANTES EN DERECHO A QUE SÉ, HACE MENCIÓN, EN TÉRMINOS DEL PÁRRAFO CUARTO DEL ARTICULO 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PREVINIÉNDOSELES PARA QUE EN LA PRIMERA/ DILIGENCIA EN QUE INTERVENGAN EXHIBAN SU CEDULA PROFESIONAL O CARTA DE PASANTE. ASÍ COMO FOTOCOPIA SIMPLE DE LA MISMA Y SE REGISTREN EN EL LIBRO DE PROFESIONISTAS DE COTE JUZGADO PARA QUE SE LES ASIGNE EL NÚMERO CORRESPONDIENTE, APERCIBIDOS QUE, EN CASO DE NO HACERLO ASÍ, PERDERÁN LA FACULTAD A QUE SE REFIERE DICHA AUTORIZACIÓN, Y. ÚNICAMENTE TENDRÁN LAS QUE SE INDICAN EN/EL PÁRRAFO SÉPTIMO DEL PRECEPTO LEGAL ANTES INVOCADO. CÍTESE POR EDICTOS AL C. GERARDO PEREZ MONTIEL MISMOS QUE DEBERÁN SER PUBLICADOS EN EL DIARIO MÉXICO”, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, HACIENDO DE SU CONOCIMIENTO QUE DEBERÁ PRESENTARSE ANTE ESTE. JUZGADO EN UN TERMINO DE CINCO MESES. ASIMISMO, ATENTO A LAS MANIFESTACIONES DE LA OCURSANTE GÍRESE ATENTO EXHORTO AL C. COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE COYUCA DE CATALÁN. ESTADO DE GUERRERO, PARA QUE EN AUXILIO DE LAS LABORES JUZGADO ELABORE LOS EDICTOS Y SE REALICEN LAS PUBLICACIONES DE LEY EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA LOCALIDAD EN LOS TÉRMINOS ANTES MENCIONADOS Y REMITA DICHO EXHORTO A LA BREVEDAD POSIBLE, ASIMISMO. SE FACULTA AL C. JUEZ EXHORTADO PARA QUE ACUERDE LO NECESARIO A FIN DE CUMPLIMENTAR LO ORDENADO EN EL PROVEÍDO QUE MOTIVA EL PRESENTE EXHORTO. EN CUANTO A LO DEMÁS SOLICITADO DESE LA INTERVENCIÓN QUE CORRESPONDA AL C. AGENTE DEL MINISTERIO” PUBLICO DE LA ADSCRIPCIÓN PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SU REPRESENTACIÓN SOCIAL CORRESPONDA. GÍRESE ATENTO OFICIO AL C. PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA PARA QUE DE NO HABER INCONVENIENTE LEGAL ALGUNO, REMITA A LA BREVEDAD POSIBLE Y A COSTA DE LA PARTE INTERESADA COPIAS CERTIFICADAS DE TODO LO ACTUADO EN LA INVESTIGACIÓN REALIZADA PARA LA LOCALIZACIÓN DEL SEÑOR GERARDO PEREZ MONTIEL, O BIEN MANIFIESTE LAS CAUSAS LEGALES QUE TENGA PARA NO HACERLO. GÍRESE OFICIO AL C. DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A EFECTO DE QUE EN CASO DE NO EXISTIR INCONVENIENTE LEGAL ALGUNO, SE PONGAN A DISPOSICIÓN DE LA SEÑORA MARICELA MARTINEZ DEL VALLE, LOS SALARIOS QUE HASTA EL MOMENTO NO HAYAN SIDO COBRADOS Y QUE CORRESPONDAN AL SEÑOR GERARDO PEREZ MONTIEL, POR LOS SERVICIOS PRESTADOS EN DICHA DEPENDENCIA Y LOS QUE SE SIGAN DEVENGANDO HASTA EL MOMENTO EN QUE CAUSE BAJA, PREVIA RAZÓN Y RECIBO QUE AL RESPECTO SE OTORGUE, DEBIENDO

INFORMAR A ESTE JUZGADO EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO CON ANTERIORIDAD Y REMITIENDO EN SU CASO COPIA AUTORIZADA O INFORME DETALLADO, EN ATENCIÓN A QUE LOS ALIMENTOS SON DE ORDEN PÚBLICO, DE EXTREMA NECESIDAD Y TOMANDO EN CONSIDERACIÓN DE QUE EXISTEN MENORES DE EDAD A QUIENES DEBEN SUMINISTRARSE LOS ALIMENTOS CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 940, 941 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. GUÁRDESE EN EL SEGURO DEL JUZGADO LOS DOCUMENTOS EXHIBIDOS.- NOTIFÍQUESE LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C. JUEZ INTERINA OCTAVO DE LO FAMILIAR LICENCIADA MARIA INÉS E. ESTRADA GONZALEZ ANTE LA SECRETARIA DE ACUERDOS “A” POR MINISTERIO DE LEY.- DOY FE.LA SECRETARIA DE ACUERDOS “A” MTRA. ELISA ACEVEDO SOLÍS RÚBRICA.

F-28902

DIARIODE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

CARTELERA JURÍDICA

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Informes al +52(55) 5622 7474 ext. 85204 y 85205.

Si usted desea anunciar su evento en este espacio, comuníquese al teléfono 54426523 o al correo electrónico: redaccionddm@gmail.com

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 41° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 402/2025, SECRETARÍA “B”. EMPLAZAMIENTO A: TERESA MARTÍNEZ VIUDA DE RUÍZ

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por RUÍZ CASTAÑEDA CARLOS; RUÍZ CASTAÑEDA LORENZO; RUÍZ CASTAÑEDA URIEL; RUÍZ CASTAÑEDA JULIANA JAQUELINA; RUÍZ CASTAÑEDA NOHEMÍ y RUÍZ CASTAÑEDA RAFAEL, en contra de TERESA MARTÍNEZ VIUDA DE RUÍZ y C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, expediente 402/2025, Secretaría “B” la C. Juez dictó proveídos que en lo conducente dicen: “(...)” Ciudad de México, a cinco de septiembre de dos mil veinticinco. “(...)” se tiene por presentados a los promoventes, por su propio derecho, demandando en la VÍA ORDINARIA CIVIL de TERESA MARTÍNEZ VIUDA DE RUÍZ y DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, las prestaciones que se refieren en el escrito inicial de demanda. “(...)” se admite a trámite la demanda en la vía y forma propuesta. “(...)” se les previene para que señalen domicilio, para oír y recibir notificaciones, dentro de esta competencia, “(...)” autoricen que las notificaciones personales, puedan realizarse por cualquier medio de comunicación o vía electrónica, para lo cual deberán proporcionar o señalar los números telefónicos, correos electrónicos o cualquier otro medio para la recepción de mensajes de texto (SMS) y aplicaciones de mensajería móvil (WhatsApp, Messenger, Telegram, entre otras) para realizar lo anterior. “(...)” Ciudad de México, a ocho de diciembre de dos mil veinticinco. “(...)” y visto el contenido de los informes rendidos por diversas dependencias de los cuales se desprende que no fue posible localizar a la parte demandada, “(...)” procédase a emplazar a la parte demandada TERESA MARTÍNEZ VIUDA DE RUÍZ por medio de edictos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial y el periódico Diario de México, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, para que comparezca en el plazo de TREINTA DÍAS hábiles a recibir los traslados correspondientes y dentro de ese término a contestar la demanda instaurada en su contra, término que empezará a contar a partir del día siguiente hábil de la última publicación, quedando las copias de traslado a su disposición en el Juzgado, apercibida que de no hacerlo dentro del término conferido las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, le surtirán efectos por medio de Boletín Judicial y por Edictos cuando así corresponda, en vista de lo anterior queda sin efectos el término de quince días concedidos en el auto admisorio para dar contestación a la demanda. “(...)” Notifíquese.- Así lo proveyó y firman electrónicamente la Jueza Cuadragésimo Primero de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, Maestra ANA MERCEDES MEDINA GUERRA, ante su C. Secretario de Acuerdos “B”, Licenciado GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO, que da fe. DOY FE. Ciudad de México, a 10 de diciembre de 2025 SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LIC. GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO. RÚBRICA.

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 54° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 1045/2013, SECRETARÍA “A”.

EMPLAZAMIENTO A LA C. MARTHA LETICIA

ZAMORA ORTEGA.

En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES

RENUEVA S.A. DE C.V. en contra de ZAMORA ORTEGA MARTHA LETICIA expediente número 1045/2013, el C. Juez Quincuagésimo Cuarto de lo Civil de Proceso Escrito del Poder Judicial de la Ciudad de México, dictó el siguiente autos cuya parte conducente dicen: LA SECRETARIA da cuenta al C. Juez con el escrito presentado ante esta oficialía de partes con fecha diez de diciembre en curso, turnado a la secretaria de acuerdos con esa misma fecha.Doy fe. Ciudad de México, a diez de diciembre del año dos mil veinticinco. Ciudad de México, a diez de diciembre del año dos mil veinticinco. “...Se ordena emplazar a juicio de la demanda MARTHA LETICIA ZAMORA ORTEGA, por medio de edictos que se deberán publicar por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS en el boletín judicial y en el periódico denominado EL DIARIO DE MÉXICO DE MÉXICO, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndoles saber que cuentan con VEINTE DÍAS para dar contestación a la demanda planteada en su contra, con el apercibimiento que de no hacerlo así, se tendrán por negados los hechos de la demanda reconvencional planteada en su contra, lo anterior con fundamento en el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles de esta ciudad y se ordenara que las subsecuentes notificaciones incluyendo las de carácter personal les surtan efectos por listas del boletín judicial con fundamento en los artículo 113 y 637 del ordenamiento legal citado e incluso se les hace de su conocimiento, que quedan a su disposición las copias de traslado en la Secretaría “A” de este juzgado…”

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” MTRA. LOURDES RUBÍ MIRANDA IBÁÑEZ. RÚBRICA.

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EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 67° DE LO CIVIL, EXP. No. 1062/2024, SECRETARÍA “B”. En los autos del juicio Ordinario Civil, promovido por GONZALEZ ANAYA ESTHER, en contra de SIXTO MONTIEL ROBLES, SU SUCESIÓN Y JOSE LUIS NUÑEZ CISNEROS, exp. No. 1062/2024, se dictó un auto que a la letra dice: En la Ciudad de México a CINCO DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTISÉIS.” ...publíquense los edictos ordenados en auto de veintiocho de octubre del dos mil veinticinco en el periódico DIARIO DE MÉXICO...”. OTRO AUTO: En la Ciudad de México a VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTICINCO...” “...atento a lo establecido en los artículos 111 y 122 del Código de Procedimiento Civiles aplicable en la Ciudad de México, como lo solicita, emplácese a juicio al codemandado SIXTO MONTIEL ROBLES SU SUCESIÓN POR CONDUCTO DE SU ALBACEA JULIO MONTIEL MOCTEZUMA, mediante EDICTOS que deberán publicarse por tres veces, de tres en tres días tanto en el boletín judicial como en el periódico EL HERLADO DE MÉXICO, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndosele saber a la demandada referida que quedan a su disposición en la Secretaría “B” de este Juzgado las copias de traslado de la demanda y anexos exhibidos, debidamente sellados, foliados y cotejados, por un término de VEINTE DÍAS HÁBILES contados del día siguiente al de la última publicación del edicto y que cuenta con un plazo de quince días posteriores al vencimiento del término señalado para producir su contestación a la demanda entablada en su contra por ESTHER GONZÁLEZ ANAYA, derivado del juicio ORDINARIO CIVIL, radicado ante este Juzgado Sexagésimo Séptimo de lo Civil, bajo el expediente 1062/2024...” “...con el apercibimiento que en caso de omitir su contestación se seguirá el juicio en su rebeldía...” “...NOTIFÍQUESE. Así lo proveyó y firma electrónicamente el JUEZ SEXAGÉSIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO EUSTORGIO MARÍN BARTOLOMÉ, asistido de la Secretaria de Acuerdos “B”, Licenciada JENIFFER ALINE LANDA RUEDA, quien firma, da fe y certifica que el presente auto se firmó vía Sistema Integral de Gestión Judicial (SIGJ), con la Firma Judicial del personal actuante. Doy Fe.---“...PRESTACIONES. 1).- El reconocimiento del mejor derecho y la declaración judicial de GONZÁLEZ ANAYA ESTHER es legítima propietaria y mantiene pleno dominio en torno al Departamento 11 once, del inmueble localizado en la Calle de Smetana #9, Colonia Vallejo, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07870, de esta Ciudad de México. 2).- El decreto para la desocupación y entrega formal, legal, física y material del Departamento en cuestión...” “...3).- La disposición y declaración de invalidez y nulidad absoluta de cualquier acto jurídico o instrumento relacionado con el referido Departamento...” “...4).- El establecimiento y señalamiento para el pago de la capitalización de rentas desde la fecha en que se ha venido ocupando el multicitado Departamento 11 once, hasta el día en que se realice la desocupación y entrega conducente; y de igual manera, para el pago de frutos civiles originados por la posesión ilegítima del bien raíz de mérito...”.

LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”.

LIC. JENIFFER ALINE LANDA RUEDA. Ciudad de México, a 17 de febrero de 2026 RÚBRICA.

55 6803 21 76

F-28858

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 4° CIVIL DE PROCESO ESCRITO, EXP. No. 374/2025, SECRETARÍA “B”. PARA EMPLAZAR A: JUAN IGNACIO TORRES DURAN

En cumplimiento a lo ordenado por auto de tres de febrero de dos mil veintiséis. Deducido del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por TECNOLOGIA EN SISTEMAS DE APOYO, S.A. en contra de JUAN IGNACIO TORRES DURAN, expediente 374/2025 la C. Juez Cuarto de lo Civil de Proceso Escrito de esta Ciudad, ordenó emplazar por EDICTOS a JUAN IGNACIO TORRES DURAN, cuyo contenido es del tenor literal siguiente: “...En la Ciudad de México, a tres de febrero de dos mil veintiséis. Agréguese a sus antecedentes el escrito del C. JOSE ROBERTO BENITEZ ACUÑA, mandatario judicial de la parte actora, se tiene por desahogada la vista que se le dio al ocursante por auto de veintitrés de enero de dos mil veintiséis, relativa la cédula sin diligenciar, en términos de las manifestaciones vertidas en el escrito de cuenta, para los efectos legales a que haya lugar. Por otra parte, como lo solicita, con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, emplácese al demandado JUAN IGNACIO TORRES DURAN, por medio de edictos los cuales deben publicarse por tres veces, de tres en tres días, debiendo medicar entre cada publicación dos días hábiles en el Boletín Judicial y en el periódico “DIARIO DE MÉXICO”, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndole saber que debe presentarse, dentro del término de TREINTA DÍAS ante este Juzgado, a contestar la demanda y oponer las excepciones y defensas que tuviere, así como a señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, quedando a su disposición en este juzgado las copias de traslado respectivas por el término precisado, bajo apercibimiento para el caso de que se abstengan de dar contestación a la demanda, con fundamento en el artículo 271 de la ley adjetiva, se les tendrá por contestada la demanda en sentido negativo y las notificaciones aún las de carácter personal les surtirán efectos por medio de Boletín Judicial con apoyo en el artículo 637 del mismo ordenamiento legal. Se ordena vincular de inmediato el presente acuerdo con la correlativa promoción, con la finalidad de que el expediente digital coincida con el físico. En cumplimiento a la circular CJCDMX-08/2022 de veintidós de febrero del año en curso, se le hace del conocimiento a las partes: “Se hace constar, que todas las actuaciones judiciales del presente expediente han sido digitalizadas y obran en el expediente digital, integrando fielmente como el físico, gozando ambas versiones de los mismos efectos legales”...-NOTIFÍQUESE- LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C. JUEZ CUARTO DE PROCESO ESCRITO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO LICENCIADA FLOR DE MARÍA HERNÁNDEZ MIJANGOS ANTE EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LICENCIADO RAUL CALVA BALDERRAMA.- QUE AUTORIZA Y DA FE.- DOY FE...” ATENTAMENTE

Ciudad de México, a 09 de febrero de 2026 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DE LA

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EDICTOS

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

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EDICTO

PARA NOTIFICAR

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 64° DE LO CIVIL, EXP. No. 677/2022, SECRETARÍA “A”.

En los autos del juicio VÍA DE APREMIO promovido por ALMACENADORA SUR, S.A. DE C.V. ORGANIZACIÓN AUXILIAR DE CRÉDITO en contra de GRANOS Y SEMILLAS UNO SPR DE R.L. DE C.V., NEVAREZ OLIVAS ULISES, NEVAREZ OLIVAS ANAIS expediente número 677/2022, el C. Juez Sexagésimo Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México dicto un auto que a la letra dice.- CIUDAD DE MÉXICO, A TREINTA DE ENERO DE DOS MIL VEINTISEIS. Dada nueva... “y toda vez que el proveído que antecede fue omiso en cuanto a proveer respecto a la publicación de edictos en el Estado de Chihuahua, en consecuencia, gírese exhorto con los insertos necesarios al C. JUEZ COMPETENTE EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, para que en auxilio de las labores de este Juzgado, se sirva realizar la publicación de los edictos ordenados en proveído de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, en los Tableros de Avisos de ese Juzgado, en la Receptoría de Rentas y/o Secretaría de Finanzas o su similar en ese lugar y en el periódico de mayor circulación de la localidad que expresamente señale el Juez exhortado, para la publicación de los edictos ordenados, concediendo el término de SIETE DÍAS MÁS, para la publicación de los edictos ordenados, es decir, por tres veces consecutivas. Facultándose al C. Juez exhortado con plenitud de jurisdicción, para habilitar días y horas inhábiles, expedir copias certificadas, tener por señalados nuevos domicilios, autorizar personas y en general acordar todo tipo de promociones tendientes a la diligenciación del presente exhorto, concediéndole el término de TREINTA DÍAS para su diligenciación. En cumplimiento a la circular número 78/2009, relacionada con el acuerdo plenario número 71-64/2009, emitido por el H. Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México,...” NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma electrónicamente el C. Juez Juzgado Sexagésimo Cuarto de lo Civil en la Ciudad de México, Lic. JUAN CARLOS GONZALEZ GONZALEZ, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 111 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México ante el C. Secretario de Acuerdos. Mtro. en Derecho. JORGE ROBERTO MAYAGOITTIA MIGUEL., con quien actúa.- DOY FE. CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTIOCHO DE ENERO DE DOS MIL VEINTISEIS. Agréguese a sus autos el escrito de GENARO AVILA ANAYA, Apoderado Legal de la parte actora,... “se ordena publicar el auto admisorio de fecha seis de julio de dos mil veintidós y el presente proveído por tres veces consecutivas en el periódico de circulación amplia y de cobertura nacional, siendo este el periódico el “El Universal”, así como en un periódico local de esta Ciudad de México que es el “Diario de México”, haciéndole saber que deberá comparecer ante este Juzgado dentro el término de TREINTA DÍAS siguientes a la publicación del último edicto de mérito a recibir las copias de traslado correspondientes, para dar contestación a la demanda dentro del plazo de CINCO DÍAS, más OCHO DÍAS ADICIONALES el que empezará a contar a partir del día siguiente al del que reciba dicho traslado...” NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma electrónicamente el C. Juez Juzgado Sexagésimo Cuarto de lo Civil en la Ciudad de México, Lic. JUAN CARLOS GONZALEZ GONZALEZ, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 111 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México ante el C. Secretario de Acuerdos, Mtro. en Derecho. JORGE ROBERTO MAYAGOITTIA MIGUEL., con quien actúa.- DOY FE. Ciudad de México, a seis de julio del año dos mil veintidós. ---Con el escrito de cuenta... “se tiene por presentado a la persona moral denominada ALMACENADORA SUR, S.A. DE C.V., ORGANIZACIÓN AUXILIAR DEL CREDITO,...” tramitando la VÍA DE APREMIO en contra de GRANOS Y SEMILLAS UNO S.P.R. DE R.I. DE C.V., ANAIS NEVAREZ ILIVAS y de ULISES NEVAREZ OLIVAS. Atento a lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 500, 501, 504, 506, 632, 633, y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, MEDIANTE NOTIFICACIÓN PERSONAL hágasele saber a la demandada la iniciación del Procedimiento,...” Notifíquese.- Lo proveyó y firma el Juez Sexagésimo Cuarto de lo Civil en la Ciudad de México, Licenciado OSCAR NAVA LOPEZ, ante la Secretaria de Acuerdos *A*, Licenciada PATRICIA MINERVA CABALLERO AGUILAR, con quien actúa.DOY FE.

SECRETARIO DE ACUERDOS “A”

LIC. JORGE ROBERTO MAYAGOITTIA MIGUEL. RÚBRICA.

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EDICTOS

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

En cumplimiento a lo ordenado en proveído de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, dictado en el juicio de amparo 901/2025-I, promovido por Eréndira Berenice López Gutiérrez, apoderada legal de la quejosa “COMPROMISO QUE SUMA VALOR, S.A.P.I. DE C.V., S.O.F.O.M., E.N.R.”, contra el acto del “Magistrado Unitario Licenciado Jorge Ponce Martínez, adscrito a la Novena Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México” y otra autoridad, consistente en la resolución de diez de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en el toca penal USA 236/2025; con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, se ordena el emplazamiento a juicio de la tercero interesada INMOBILIARIA RAYBACK S.A. DE C.V., por edictos, los cuales, se deberán publicar por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para el efecto de que comparezcan ante este Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, por sí, o por apoderado que pueda representarlo, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición en la Secretaría correspondiente las copias de traslado; apercibido que en caso de no presentarse dentro del término establecido para ello, se tendrá por hecha la notificación en su entero perjuicio.

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 1° DE LO FAMILIAR, EXP. No. 773/2024, SECRETARÍA “A”.

En cumplimiento a lo ordenado en autos veinte de febrero del dos mil veintiséis, dictado en los autos del juicio TESTAMENTARIO A BIENES DE SEVILLA BLANQUET JOSÉ ÁLVARO Y/O SEVILLA BLANQUET ELICEO, expediente 773/2024, giro a usted el presente, por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en el BOLETÍN JUDICIAL y en el “DIARIO DE MÉXICO”, a fin de que hacerle saber al C. Juventino Sevilla Pineda, la radicación del presente juicio sucesorio, para que comparezca a deducir los posibles derechos hereditarios que le pudieran corresponder; haciéndole saber que cuenta con el término de CUARENTA DÍAS para comparecer, apercibido que en caso de no hacerlo dentro del término señalado, SE PROVEERÁ LO CONDUCENTE. Reitero a Usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

“SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN” CIUDAD DE MÉXICO, A 23 DE FEBRERO DE 2026. SECRETARIA DE ACUERDOS “A” DEL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LIC. JUAN GUADALUPE MORENO GALVÁN RÚBRICA.

CIUDAD DE MÉXICO A, 9 DE FEBRERO DE 2026. EL SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LIC. ALEJANDRO LUCERO HERNÁNDEZ. RÚBRICA. F-28867

CARTELERA JURÍDICA

DIPLOMADO

Diplomado Derecho para no juristas 11ª. edición, 2026

Del 12 de marzo al 26 de noviembre de 2026, de 17:00 a 21:00 horas. Mixta (Presencia y/o A distancia).

Costo: $20,000.00 M. N. Evento dirigido al público en general.

Informes al +52(55) 5622 7474 ext. 85204 y 85205.

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F-28873

FE

DIARIODE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

CURSO

Derechos de la Infancia: Dilemas y Perspectivas, 2026

Del 22 de mayo al 13 de junio del 2026, de 16:00 a 20:00 horas. Aula virtual Instituto de Investigaciones Jurídicas. Costo: $6,000.00 M. N. Dirigido al público en general. Informes al 555622 7474 ext. 85204 y 85205

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EDICTOS

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 3° CIVIL DE PROCESO ORAL, EXP. No. 203/2025, SECRETARÍA “A”. En autos del juicio ORAL CIVIL, promovido por DEL ANGEL HUERTAS MARIA ESTELA en contra de GRUPO INMOBILIARIO SARE, S.A. DE C.V. Y SARE BIENES RAICES, S.A. DE C.V. expediente número 203/2025, ante este Juzgado TERCERO CIVIL DE PROCESO ORAL, UBICADO EN PATRIOTISMO 230, SAN PEDRO DE LOS PINOS, ALCALDÍA BENITO JUAREZ, C.P. 03800, CIUDAD DE MÉXICO El C. Juez Lic. Salvador Ramírez Rodríguez ha dictado auto de veinte de noviembre de dos mil veinticinco que en su parte conducente dice: ---AUTOS---(...) CIUDAD DE MÉXICO, VEINTE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (...)(...) Con fundamento en el artículo 122 fracción II, del Código de procedimientos Civiles para la Ciudad de México, atendiendo a que no se cuenta con domicilio cierto de la demandada, se ordena emplazar a juicio a GRUPO INMOBILIARIO SARE, S.A. DE C.V. Y SARE BIENES RAÍCES. S.A. DE C.V., por medio de EDICTOS, mismos que se publicarán por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS EN EL BOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIÓDICO “DIARIO DE MÉXICO”, DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES, haciéndole saber que cuenta con un término de TREINTA DÍAS contados a partir de la última publicación de edictos para presentarse al local del juzgado y recoger las copias de traslado que quedan a su disposición en el local de este Juzgado; y dentro de los NUEVE DÍAS siguientes de contestación por escrito a la demanda instaurada en su contra, ante este Juzgado Tercero Civil de Proceso Oral, atento a lo que determina el artículo 983 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, la cual se deberá ajustar a lo previsto por el artículo 985 del Código procesal de la materia. En la inteligencia que, en caso de no dar contestación, se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles. Debiendo insertarse en el edicto respectivo, una síntesis del auto admisorio de la demanda. En la inteligencia que en caso de no dar contestación, se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles. (...)---OTRO AUTO---(...) CIUDAD DE MÉXICO, VEINTE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (...)(...) Se tiene por presentado a DEL ANGEL HUERTAS MARIA ESTELA, por su propio derecho, demandando en la vía ORAL CIVIL de GRUPO INMOBILIARIO SARE, S.A. DE C.V. Y SARE BIENES RAICES, S.A. DE C.V., el cumplimiento de las prestaciones reclamadas, por lo que con fundamento en los artículos 969, 971, 980, 982, 983 del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, se admite la presente en la vía y forma propuesta. Con las copias simples exhibidas debidamente selladas, cotejadas y foliadas córrase traslado y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de NUEVE DÍAS de contestación por escrito a la demanda instaurada en su contra, ante este Juzgado Tercero Civil de Proceso Oral, atento a lo que determina el artículo 983 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, la cual se deberá ajustar a lo previsto por el artículo 985 del Código procesal de la materia. Apercibida la parte demandada que de no producir su contestación oportunamente se declarará precluido su derecho para hacerlo y se presumirán confesados los hechos de la demanda que se dejaren de contestar con fundamento en el artículo 984 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México. Asimismo, se previene a la parte demandada para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Jurisdicción de este Juzgado (...) SECRETARIA DE ACUERDOS “A” DEL JUZGADO

TERCERO CIVIL DE PROCESO ORAL LIC. NALLELY MARURE ÁLVAREZ RÚBRICA.

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EDICTO

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 18° DE LO CIVIL, EXP. No. 334/2023, SECRETARÍA “B”.

EMPLAZAMIENTO A: DAVID NEGRETE ANDRADE

En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por ZARIÑAN MARTINEZ MARIA EMMA, SU SUCESIÓN., en contra de LOZANO VAZQUEZ LUIS ÁNGEL; NEGRETE ANDRADE DAVID y C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO., EXPEDIENTE 334/2023, EL C. JUEZ DÉCIMO OCTAVO DE LO CIVIL DICTO UNOS AUTOS QUE EN LO CONDUCENTE DICEN: “... Ciudad de México, veinte de febrero de dos mil veintiséis...” “...como lo solicita, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal hoy Ciudad de México, se ordena emplazar al codemandado DAVID NEGRETE ANDRADE, mediante edictos que serán publicados en el Boletín Judicial y en el periódico “DIARIO DE MÉXICO”, por tres veces de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, haciéndoles saber que se les concede un término de CUARENTA DÍAS para que se manifiesten en relación con la demanda incoada en su contra, dentro de los cuales se encuentra el término concedido para que produzcan su contestación a la demanda y queda a su disposición las copias de traslado correspondientes en la Secretaría “B” de este Juzgado...” “... Ciudad de México, treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés...” “...Téngase por presentada a ZARINAN MARTÍNEZ MARÍA EMMA, por su propio derecho; señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica, así como por autorizado al profesionista que menciona y demás personas que nombra con posterioridad para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos, tal y como refiere en el de cuenta...” “...Demandando en la vía ORDINARIA CIVIL de LOZANO VAZQUEZ LUIS ÁNGEL; NEGRETE ANDRADE DAVID y C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, las prestaciones que se reclaman en su escrito de demanda por los motivos que indica. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 255, 256, y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal hoy Ciudad de México, se admite la demanda en la vía y forma propuesta, y con las copias simples exhibidas córrase traslado y emplácese a los codemandados por los medios legales establecidos en la legislación civil, observando en todo momento los lineamientos establecidos en los artículos 114, 116, 117 y demás relativos y aplicables del Código procesal de la materia, así como procurando vigilar al máximo lo establecido en el artículo 1º de Nuestra Carta Magna, así como los Tratados internacionales y Principio Pro Homine...”

CIUDAD DE MÉXICO A 27 DE FEBRERO DE 2026 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” LIC. JOEL MORENO RIVERA RÚBRICA.

F-28886

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JUZGADO: 15° DE LO CIVIL, EXP. No. 29/2013, SECRETARÍA “A”. En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por HERNANDEZ DELGADILLO IRMA en contra de DERLY RIVAS ALVARADO, expediente número 29/2013, de la Secretaría “A”, El C. Juez Décimo Quinto Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, dictó un auto que a la letra dice: Ciudad de México, a once de diciembre de dos mil veinticinco. Agréguese a sus autos el escrito de la mandataria judicial de la parte actora a quien se le tiene haciendo sus manifestaciones; sin que haya lugar a acordar de conformidad su solicitud por no resultar procedente en derecho, debiendo estar y cumplir con lo ordenado en autos de fecha doce de febrero de dos mil diecinueve, ocho de junio de dos mil veintidós y catorce de octubre de dos mil veinticuatro, por lo que a fin de evitar futuras nulidades y ajustarse a lo ordenado en el proveído citado en último término, se ordena que dichos autos sean notificados al demandado DERLY RIVAS ALVARADO le sean notificados por medio de edictos que se publiquen por tres veces de tres en tres días en el Boletín Judicial y en el periódico “DIARIO DE MÉXICO”. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Quinto Civil de Proceso Escrito en la Ciudad de México, Maestro en Derecho J. Encarnación Lozada Cielos, ante el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado Luis Espinosa Juárez, con quien actúa y da fe. DOY FE. OTRO AUTO. Ciudad de México a doce de febrero de dos mil diecinueve. Agréguese a sus autos el Oficio número 13290 que remite la C. Directora del Archivo Judicial de este Tribunal, se tiene por recibidos los autos principales en un cuaderno constante de 80 fojas, con fundamento en lo dispuesto por la fracción IV del artículo 114 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL hágase del conocimiento de LA PARTE ACORA la llegada y radicación de los presentes autos, por lo que elabórense las cédula de notificación correspondientes y túrnense al C. Notificador Ejecutor adscrito a este juzgado para que se avoque al cumplimiento de lo aquí ordenado. Y toda vez que de las gavetas de documentos del Seguro del Juzgado se desprende que no se encuentran los documentos base de la acción, y en virtud del estado procesal que guardan los autos, se deja de continuar con el presente asunto hasta en tanto la parte actora proporcione los datos con que fueron remitidos al Archivo Judicial. Glósese al principal el expedientillo formado para que obre como corresponda, y una vez hecho lo antes ordenado, se acordará lo que en derecho proceda. Se hace del conocimiento de las partes, y del público en general que conforme a la publicación del Boletín Judicial número 8 de fecha diecisiete de enero de /dos mil dieciocho, la Suscrita Juez ha sido adscrita a partir de esa fecha a este juzgado, por lo que, a partir de ese momento, es que la signante toma conocimiento de cada uno de los asuntos que se tramitan. El C. Secretario de Acuerdos Licenciado Israel Yescas González, con fecha 01 de febrero de 2018, se1 adscribió al que suscribe a este juzgado- Lo QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCUILO 115 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Décimo Quinto de lo Civil, DOCTORA LETICIA MEDINA TORRENTERA, ante el Secretario de Acuerdos Israel Yescas González, con quien actú y da fe.- Doy fe. OTRO AUTO.- Ciudad de México a, ocho de junio del año dos mil veintidós. Téngase por recibido el oficio número 51163, mediante el cual la C. Directora del Archivo Judicial de este H. Tribunal, remite los autos principales constante en 130 (ciento treinta) fojas; en consecuencia, mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL A LAS PARTES, hágase del conocimiento de la llegada y radicación de los presentes autos. OTRO AUTO.- Ciudad de México, a catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, por hechas sus manifestaciones, dígasele que deberá estarse a lo ordenado en proveído de fecha veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, toda vez que la notificación a la parte demandada deberá hacerse en términos del artículo 114 fracción III del Código de Procedimientos Civiles, toda vez que en el presente asunto se dejó de actuar por más de seis meses.

Ciudad de México a 11 de febrero del 2026

EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” DEL JUZGADO DECIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LIC. LUIS ESPINOSA JUÁREZ. RÚBRICA. F-28901 1/3

REVANCHA PERSONAL

La historia detrás de bbno$ y Diablo II

# De jugador castigado a colaborar con el infierno

Lo que comenzó como un recuerdo de infancia terminó convirtiéndose en un momento que cerró un ciclo. El cantante canadiense bbno$, conocido por su estilo irreverente y su presencia en internet, acaba de colaborar con uno de los videojuegos más influyentes de la historia: ‘Diablo II’.

La noticia llamó la atención incluso entre quienes no siguen de cerca el mundo de los videojuegos. No todos los días un artista recuerda que, cuando era niño, sus propios padres le desconectaban el internet para que dejara de jugar… y años después termina trabajando con esa misma franquicia.

Warlock’, que ha despertado el interés de veteranos y nuevos jugadores al introducir nuevas habilidades, desafíos y formas de experimentar el juego.

RECUERDOS Y LECCIONES DE VIDA

Sin embargo, uno de los momentos más llamativos de la charla no tuvo que ver con la colaboración ni con la música, sino con un recuerdo que muchos jugadores podrían entender. El cantante compartió una anécdota de cuando tenía apenas 10 u 11 años: confió en otro jugador para transferir un set completo de equipo dentro del juego… y lo perdió todo.

La experiencia, admite, lo dejó tan afectado que terminó llorando.

Aun así, hoy la recuerda como una lección sobre la confianza en los juegos en línea.

Durante una conversación con Diario de México, el músico contó que uno de los primeros impulsos que tuvo al confirmarse la colaboración fue llamar a su familia. Para él, el momento representó algo más que un proyecto profesional: fue una especie de revancha personal con el pasado gamer que marcó su adolescencia. Pero lo que más sorprendió al artista fue poder ver de cerca cómo se construye el universo del juego. Invitado por Blizzard, bbno$ tuvo la oportunidad de probar contenido antes que muchas personas, incluyendo al nuevo Warlock, un personaje que forma parte del contenido reciente que mantiene viva a la comunidad del título. Y es que, más de dos décadas después de su lanzamiento, ‘Diablo II’ sigue generando conversación. Parte de ello se debe a la expansión ‘Reign of the

Más allá de la nostalgia, el artista asegura que ‘Diablo II’ influyó en su forma de pensar: desde optimizar recursos hasta buscar pequeñas ventajas que hagan la diferencia, algo que, curiosamente, también aplica en su carrera musical.

La relación con el juego incluso llegó a México. bbno$ recordó con entusiasmo su último concierto en la Ciudad de México, donde asegura haber vivido una de las presentaciones más memorables del año. El público, dice, fue una de las razones por las que quiere volver pronto.

La colaboración entre música y videojuegos no es nueva, pero casos como este llaman la atención porque parten de una historia real: la de un fan que creció jugando y que, años después, terminó formando parte del universo que lo marcó. Y eso, incluso para quienes no conocen el juego, es una historia difícil de ignorar.

DIARIODE MÉXICO

JUEVES 5 DEMARZO DE 2026

Muere la actriz mexicana Ana Luisa Peluffo

La actriz mexicana Ana Luisa Peluffo, figura emblemática del cine nacional y con una carrera de más de siete décadas en cine, televisión y teatro, murió ayer en su rancho en el estado de Jalisco, a los 96 años de edad, según informó su familia a través de un comunicado.

Coeditor: Aarón Cruz So Soto to / aaronn.c.cruuz@z@diiaario i dememexixiccoo.ccoom / Diseño: Lluluviia a Aloonnsso

# En ‘Hoppers’, Mabel se transforma en robot animal y descubre un bosque lleno de aventuras, humor absurdo y lecciones sobre amistad

POR ALEJANDRO ÁVILA PEÑA

@DDMexico

Pixar Animation Studios se ha erigido durante décadas como un referente de la animación, con clásicos como ‘Toy Story’, ‘UP’ y ‘Los Increíbles’. Tras una etapa de resultados irregulares con títulos como ‘Soul’ o ‘Elementos’, su nueva entrega, ‘Hoppers: Operación Castor’, representa un retorno a la frescura narrativa. Bajo la dirección de Daniel Chong, creador de ‘Escandalosos’, la cinta confirma que el estudio aún puede reinventarse desde la diversión y la emotividad.

La premisa es tan descabellada como atractiva: científicos descubren cómo “saltar” la conciencia humana al interior de robots con forma de animales. Mabel, joven amante de la naturaleza, decide someterse al proceso y termina in-

‘HOPPERS: OPERACIÓN CASTOR’

ARTE, CULTURA Y ENTRETENIMIENTO

mersa en un ecosistema más complejo de lo imaginado. Desde ahí, Chong construye una de las historias más irreverentes y dinámicas del estudio en la última década.

VIAJE LOCO AL REINO ANIMAL

En lo técnico, Chong se aleja del realismo extremo y apuesta por un 3D de trazo “cartoon”, con personajes de rasgos expresivos y movimientos orgánicos. Las texturas del pelaje y el comportamiento animal generan situaciones que provocan carcajadas genuinas. La película abraza el absurdo con energía: robots desquiciados y tiburones voladores convierten cada secuencia en una sorpresa.

Destaca el Rey George, castor sabio que articula el mensaje central. Su figura representa la nobleza y la posibilidad de redención, equilibrando el caos humorístico con una reflexión sincera. Chong evita humanizar en exceso a los animales; respeta su instinto y, desde ahí, construye momentos cómicos y tiernos que conmueven.

AVENTURA SALVAJE CON CORAZÓN

Más allá del humor, ‘Hoppers’ es una fábula sobre fraternidad y amor. La relación entre Mabel y su abuela concentra los pasajes más emotivos. El trasfondo proecoló-

Fábula salvaje llena de risas y emoción

gico, la defensa del bosque, no cae en el sermón; el mensaje fluye desde la alegría y la aventura. Además, el filme subraya la importancia del diálogo y la escucha como vías para resolver conflictos colectivos. Con ritmo ágil y sin subtramas innecesarias, la historia mantiene su impulso hasta el final. ‘Hoppers: Operación Castor’ confirma a Chong como un creativo capaz de convertir una idea extravagante en una experiencia entrañable y vibrante. ‘Hoppers: Operación Castor’ es una carta de amor a la animación que demuestra que la imaginación no tiene límites cuando se busca hacer vibrar las emociones más profundas.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

‘THE BRIDE’

Romance gótico y electrizante

# Jessie Buckley y Christian Bale protagonizan la reinterpretación más audaz del universo de Mary Shelley en ‘The Bride’, dirigida por Maggie Gyllenhaal

POR ALEJANDRO ÁVILA PEÑA

@DDMexico

En su segunda incursión como cineasta, Maggie Gyllenhaal erige en ‘The Bride’ un trazado visual oscuro y audaz que se distancia de los convencionalismos de Hollywood. La película se presenta como una reinterpretación atrevida del clásico de Mary Shelley, situada en el Chicago de los años treinta, donde el monstruo de Frankenstein (Christian Bale), un solitario apasionado del cine, busca mitigar su soledad creando a una compañera junto a la Dra. Euphronios (Annette Bening). Lo que comienza como un anhelo de amor desesperado pronto se transforma en una espiral de violencia, persecución y tragedia.

“FRANKENSTEIN” DE ESTÉTICA PUNK ROCK

La narrativa de la cinta se cocina a fuego lento, con una fotografía que evoca el cine clásico mediante encuadres teatrales, iluminación contrastada y at-

mósferas góticas. Sin embargo, la propuesta de Gyllenhaal destaca por su hibridez: es un “Frankenstein” de géneros que fusiona el romance, el musical, el drama policiaco y la tragedia.

Esta estructura fragmentada y experimental puede resultar pesada para algunos espectadores, pero refuerza la frescura y la valentía del relato. Además, el tono estético de punk rock inyectado en ciertas secuencias genera una atmósfera visceral y explícita que evidencia la monstruosidad interna de los personajes, demostrando que esta no es algo estético, sino el resultado de acciones violentas e impulsivas. Desde lenguas arrancadas, golpes llenos de rabia y demás, la ferocidad corporal vista en pantalla eleva la narrativa a un escenario oscuro y frenético que intensifica la narrativa.

IDENTIDAD Y EMPODERAMIENTO

SOBRE LOS RESTOS

El pilar fundamental de la obra es la interpretación de Jessie Buckley como la novia, una actuación magnética que dota al personaje de una furia intensa y una ansiedad inquietante; Jessie, en cada escena se apodera del encuadre y lo hace suyo, evidenciando porque es de las mejores actrices de la actualidad. Gyllenhaal teje un personaje lleno de capas emo-

cionales que busca su identidad de forma reactiva ante el mundo. El encanto de la película reside en este personaje, quien enmarca el intenso relato en un frenesí de eventos que se intensifican conforme avanza la historia.

La novia no se define por etiquetas ni por su nombre de pila, sino que busca una libertad absoluta, alejándose incluso del control de la autora original, Mary Shelley. Este discurso electrizante empodera al personaje femenino, otorgándole una complejidad que trasciende el rol de simple acompañante y la posiciona como una entidad que forja su propia actitud.

RELATO MONSTRUOSO

La película emplea la metaficción desde su arranque para explorar la obra de Shelley, incorporando incluso a la autora como un ente neurológico que influye en la novia a través de encuadres que remiten a la pintura gótica victoriana.

Con un número musical inesperado y una narrativa poco convencional, ‘The Bride’ se consagra como una obra de romance gótico que abraza el exceso emocional para redimensionar a dos monstruos clásicos en una de sus mejores versiones cinematográficas.

18 ESCENA

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Se encuentra con su “yo” del futuro

# “Me gustaría que la industria musical valore la calidad sobre la cantidad”, advierte la cantautora argentina

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EÓN

POR BRANDON DÍAZ DE LEÓN @DDMexico

La cantautora argentina Yami Safdie regresará a la capital mexicana el próximo 21 de marzo para presentarse en el Lunario del Auditorio Nacional como parte de ‘Querida Yo Tour’, gira que acompaña el lanzamiento de su más reciente álbum. Días después, el 29 de marzo, también formará parte del cartel de Tecate Pa’l Norte.

INICIO DEL TRAYECTO

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paña el ente marzo, l cartel ndo en on can ade-

Yami, que comenzó cantando en fiestas infantiles, recuerda con cariño esa etapa: “Fue un gran primer trabajo. Estoy muy agradecida, me dio muchas cosas. La primera y más importante es mi director musical. En ese momento era mi jefe y quien operaba el sonido de estos shows. Fue el primer productor musical que conocí, tiene mucha experiencia. He aprendido muchísimo de él y al día de hoy es el director musical de mis shows en vivo”.

LA LLEGADA A REDES SOCIALES

El “salto al vacío” llegó en 2020, cuando decidió subir videos diarios a TikTok: “Por suerte, de poco en poco empecé a notar que llegaba gente nueva, que ganaba seguidores, que había gente que estaba interesada en escucharme cantar. Fue un experimento total a ciegas, pero salió bien y fue lo que hoy en día me trajo hasta acá”, añadiendo que México se convirtió pronto en uno de los territorios más activos en esta plataforma: “Ese cariño se siente muchísimo a través de las redes y lo pude confirmar la primera vez que fui y que conocí a los fans mexicanos, son espectaculares”.

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SEGUNDOS QUE CAMBIAN VIDAS

Sobre el papel de las redes sociales en la música, Yami Safdie considera que han transformado las opor-

VIDAS onsideas opor-

tunidades, aunque no han hecho el camino sencillo: “Yo creo que la idea de que es difícil sigue estando igual, pero las redes cambian por completo las reglas del juego. Cuando era chica no existía TikTok ni Instagram y pensaba: ¿cómo me van a descubrir? Hoy un video de 60 segundos te puede cambiar la

tunidades, aunque no el camino sencillo: “Yo do pero las red por las regl era no ex ni y pensab van a descubrir? 60 te vida por completo”.

CALIDAD SOBRE CANTIDAD

Al cuestionarle sobre los cambios que haría dentro del panorama musical, señala que todo parte de entender que se trata de una industria: “A mí me gustaría que no fuera todo tan rápido; me gustaría que se valore la calidad por sobre la cantidad. Cambiaría poder darle su lugar a cada obra dentro de la industria, que se las respete y se las trate de la misma manera”, puntualizando que no debería haber diferencias entre obras más complejas a algo que fue trabajado pensando más en ser un hit para la radio.

CAN que haría dentro de musical, señala que to entender que se trata dustria: “A mí me gus fuera todo tan rápido; que se valore la calida cantidad la industri respete y de e la mism puntua u liza debería más a a tra sa e p

SU ‘Y FUTU

SU ‘YO’ DEL FUTURO

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Auditorio Na ci on al , Y cribe un a c a rt a a su p asado. Al p ensar en ría a su ‘Yo’ del futu ro difícil del futu ro nada. Le ped iría un c ac om p a ñe en los mo ciles. Justamente ‘Q u hub i escuch a r h a ce un o s a de ci se gu más sabia y más exp que me dé un con se que me ay u d e a atrav mentos com pl icad os ”

En ‘Querida Yo’, material que presentará en el Lunario del Auditorio Nacional, Yamie le escribe una carta a su versión del pasado. Al pensar en lo que le diría a su ‘Yo’ del futuro, menciona: “Es difícil porque no me gustaría que mi yo del futuro me spoilee nada. Le pediría un consejo; aunque sea una pequeña guía que me acompañe en los momentos difíciles. Justamente ‘Querida Yo’ es lo que a mí me hubiera gustado escuchar hace unos años. Entonces me gustaría decirle a mi yo del futuro, que seguramente es más sabia y más experimentada, que me dé un consejo chiquito que me ayude a atravesar los momentos complicados”.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

# Los caminos de la ‘Carretera Fantasma’ trajeron de regreso a México a la española, que se presentará en uno de los festivales más importantes del país

POR BRANDON DÍAZ DE LEÓN

@DDMexico

Erin Memento abrirá el telón de Vive Latino el 14 de marzo a las 13:40 h en el Escenario Telcel. Su regreso a Ciudad de México no solo es para la presentación en el festival, ya que también habrá reencuentros significativos: “La ciudad me trata muy bien, me gusta caminarla y disfrutarla. También es un gusto ver amigos”, comenta la artista española que tuvo su último concierto en CDMX en abril del año pasado en Foro Indie Rocks.

EN SU MEJOR MOMENTO

La estadía de Erin en la capital también servirá para la grabación de su primer álbum de larga duración: “Siento que el momento es ideal. Cierro la etapa de ‘Carretera Fantasma’ en Vive Latino y lo nuevo lo grabo en el mismo lugar. Lo veo de una manera romántica: esta ciudad me da suerte. Me siento preparada, escribo mejor que nunca y siento que he dado los pasos suficientes para encarar un disco largo”. A través de redes sociales ha compartido un poco acerca del proceso.

LISTA PARA EL RETO

Ya formó parte del Vive Latino en su edición de Zaragoza. Sin embargo, asegura que la experiencia en México vibra de manera distinta: “Es el primer festival tan grande en el que participo y será el concierto más grande que voy a dar en la Ciudad de México. Tocamos pronto, pero compartir cartel con tanta gente es increíble y creo que pueden venir muchas cosas buenas a través de esto”, apuntando a que el próximo 14 de marzo sea un antes y un después en su carrera.

MISMA FILOSOFÍA

Sobre la preparación a uno de los conciertos más importantes de su trayectoria: “Lo preparo como cualquier otro concierto. Todos los escenarios son importantes y vamos a dar el mejor show posible. Es cierto que en festivales el formato es más reducido, pero estamos preparando alguna cosa especial. La banda es mi banda mexicana, somos cuatro en el escenario: batería, bajo, guitarra y yo. Estamos muy emocionados”.

CON HAMBRE DE ESCENARIO

Adelanta la energía con la que llega a Vive Latino: “Venimos hambrientos, con muchas ganas de tocar. Hace un año que no toco aquí y es un concierto muy importante. Vamos a defender las canciones y presentaremos una nueva que estará en el disco. Creo que es un paso firme en la ciudad”, siendo así un regreso que también funciona como carta de presentación de su nueva etapa.

Para cerrar, deja un mensaje al público mexicano: “Les invito a descubrir el proyecto con cariño, leyendo los textos y escuchando las canciones. El disco saldrá a finales de año y pronto empezarán a salir los singles. Ojalá podamos hacer un show en solitario aquí, me encantan las salas y tengo muchas ganas de volver”.

“Esta ciudad me da suerte”

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DEMARZO DE 2026

COPA DEL MUNDO2026

Mundial estrena formato en 2026

La Copa del Mundo 2026 será la primera en jugarse con 48 selecciones, 16 equipos más que en ediciones pasadas, esto también aumenta los partidos, de 64 a 104. Este nuevo formato, según la FIFA, tiene el objetivo de abrir el evento a países que no han podido participar.

Editor: Gibran Carrasco Guerra / jorge.carrasco@diariodemexico.com

Diseño: Jesica Cadena

# Grupo Orlegi negocia la venta del Atlas; hay varios interesados y la operación rondaría los 200 millones de dólares

POR GIBRAN C. G. @DDMexico

El futuro del Atlas Futbol Club entra en zona de definición.

Tras siete años bajo la administración de Grupo Orlegi, el club rojinegro atraviesa un proceso avanzado de venta que podría concretarse este verano. La institución que rompió una sequía de 70 años y conquistó un histórico bicampeonato está lista para cambiar de manos.

Entre los interesados destaca el empresario José Miguel Bejos, actual propietario de los Pericos de Puebla en la Liga Mexicana de Beisbol, aunque no es el único postor en la mesa.

NEGOCIACIONES ABIERTAS

Desde España, Alejandro Irarragorri, presidente del Consejo de Administración de Grupo Orlegi, confirmó que existen entre tres y cuatro grupos interesados en adquirir al Atlas. El proceso es gestionado por un

DEPORTIVA

CAMBIO DE DUEÑO

Rojinegros en venta

banco de inversión estadounidense y no hay exclusividad con ningún interesado.

“Conozco muy bien a José Miguel Bejos, es un buen amigo, es un gran empresario… es una de las partes que están en el proceso, no estamos en exclusividad con nadie” afirmó Alejandro Iraragorri.

La declaración oficial confirma que el club está formalmente en venta y que la decisión dependerá de la propuesta financiera y estratégica más sólida.

EL PERFIL DE BEJOS

José Miguel Bejos es presidente de Mota-Engil México y desde 2018 incursionó en el deporte profesional al

adquirir a los Pericos de Puebla, equipo que logró el campeonato bajo su gestión. Su eventual llegada al Atlas significaría su ingreso a la Liga MX, luego de intentos previos por invertir en otros clubes del futbol mexicano.

Su perfil empresarial incluye experiencia en infraestructura deportiva, gestión exitosa en beisbol profesional y respaldo financiero para proyectos de largo plazo.

LA CIFRA Y EL PROCESO

Aunque no existe confirmación oficial, reportes financieros sitúan la operación cerca de los 200 millones de dólares. La asesoría corre a cargo de firmas como Moelis & Company, ADS y Weil, Gotshal & Manges LLP.

La venta incluiría derechos deportivos, infraestructura y la Academia AGA, considerada un centro de formación de clase mundial.

FIN A LAMULTIPROPIEDAD

Uno de los detonantes del movimiento es la regulación de la Liga MX que impulsa la eliminación de la multipropiedad. Grupo Orlegi también es dueño de Santos Laguna, por lo que la venta del Atlas responde a la necesidad de cumplir con los estatutos.

“Atlas ha sido un proyecto con temporalidad definida… hoy tiene estructura fantástica e infraestructura de primer mundo… tenemos que pasar la estafeta”, afirmó Irarragorri.

UN CICLO QUE SE CIERRA

Durante su gestión, Orlegi transformó la narrativa rojinegra: del desencanto histórico al bicampeonato y a una estabilidad institucional inédita. El grupo considera que el proyecto alcanzó su madurez deportiva y estructural.

La última palabra la tendrán la Asamblea de Dueños y la Federación Mexicana de Futbol. Atlas se acerca a un nuevo capítulo. La historia está por reescribirse.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DEMARZO DE 2026

La Real Sociedad a la final

# Los txuri-urdin ganaron el derbi vasco y sellaron su pase al juego definitivo tras vencer al Athletic

EFE

@DDMexico

Con un gol de penalti de Mikel Oyarzabal en el minuto 87, La Real Sociedad derrotó 1-0 al Athletic Club en Anoeta y selló su pase a la final de la Copa del Rey con un global de 2-0. El Athletic arrancó mejor, con un cabezazo cruzado de Berenguer al primer minuto que encendió la alerta. La Real, algo precipitada en los compases iniciales, fue equilibrando el trámite ante un estadio a rebosar y con notable presencia vizcaína.

DERBI CERRADO Y SIN CONCESIONES

Sancet rozó el mano a mano ante Marrero, pero Gorrotxategi apareció providencial. Soler también tuvo la suya en una transición clara que no logró culminar, mientras Berenguer volvió a probar sin éxito antes del descanso. Tras la reanudación, el Athletic asumió el control del balón. Iñaki Williams lo intentó, Sergio Gómez respondió firme y Valverde movió el banquillo con la entrada de Ruiz de Galarreta. El empuje rojiblanco encerró por momentos a la Real, aunque sin claridad definitiva. Los de Imanol también avisaron. Jon Martín cabeceó alto y Soler volvió a desperdiciar una ocasión tras pase picado de Oyarzabal. El partido se mantuvo en el alambre, con el Athletic necesitado de un gol que forzara la prórroga.

UN PENALTI CAMBIÓ TODO

En el último cuarto de hora llegó la jugada decisiva. A instancias del VAR, el árbitro señaló penalti por un agarrón sostenido de Ruiz de Galarreta sobre Yangel Herrera. Oyarzabal asumió la responsabilidad y no falló desde los once metros. Gol, explosión en Anoeta y billete a Sevilla. Aún hubo tiempo para más emociones. Oyarzabal volvió a exigir a Padilla y Marrero salvó el empate ante Vesga en el descuento. La Real resistió hasta el 95 para certificar la victoria.

El 1-0 en la vuelta y el 2-0 global colocan a la Real Sociedad en una final histórica. Será la primera que su afición podrá vivir en el estadio desde 1988, ya que la conquistada en 2021 se disputó sin público

Cristiano en duda para

@DDMexico

La presencia de Cristiano Ronaldo en el amistoso entre Portugal y México del próximo 28 de marzo está en duda. El delantero sufrió una lesión muscular con el Al-Nassr que podría dejarlo fuera del duelo programado para la Fecha FIFA y para la reinauguración del Estadio Azteca.

LESIÓN QUEPREOCUPA

El club saudí confirmó que el atacante portugués presenta una lesión en el tendón de la corva tras el partido ante Al-Feiha. El propio Al-Nassr informó que el ju-

el Azteca

gador ya inició un programa de rehabilitación y será evaluado de forma diaria.

El tiempo estimado de recuperación oscila entre dos y cuatro semanas, lo que pone en riesgo su presencia en los compromisos internacionales.

Las lesiones en el tendón de la corva afectan los músculos posteriores del muslo y suelen requerir una recuperación cuidadosa para evitar recaídas. La posible ausencia de Cristiano representa un golpe para la Selección de Portugal, que enfrentará a México el 28 de marzo y a Estados Unidos el 31 durante la misma Fecha FIFA. Si la evolución médica es favorable, Ronaldo podría regresar a la actividad el 3 de abril ante AlNajma, Mientras tanto, la incógnita sigue abierta. elló de La quiota-

# Cristiano en duda para duelo ante México.

DIARIO DE MÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Destaca Isaac Montoya con 5° lugar en aprobación ciudadana

Naucalpan.- El presidente municipal de Naucalpan, Isaac Montoya Márquez, continúa consolidando su liderazgo a nivel nacional al ubicarse en el quinto lugar entre los 150 alcaldes evaluados en el Ranking Mitofsky correspondiente a febrero de 2026, con una aprobación ciudadana de 57.2%. Luego que, en febrero de 2025, su antecesora dejó en el lugar 139 al municipio con solo el 36.6% de aprobación, hoy el Alcalde en un solo año logró escalar 134 lugares.

Con este resultado, el alcalde se posiciona en el Top 5 nacional y como el primer presidente municipal del Estado de México mejor evaluado, reflejo de un Gobierno cercano a la gente, con resultados visibles, tan solo en obra pública, en un año más de 150 obras entre estas la rehabilitación de un tramo del Periférico Norte con concreto hidráulico, la Avenida Minas Palacio, así como la Luis Donaldo Colosio, entre otras vialidades primarias.

Del mismo modo, impulsó un Plan Hídrico maestro para disminuir la dependencia del Sistema Cutzamala que la administración pasada alcanzó hasta un 75%, hoy se trabaja en una reingeniería hídrica a través de 11 obras con una inversión superior a los 87 millones de pe-

Analiza IEEM los procesos democráticos

Toluca.- Las consejeras del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), July Erika Armenta Paulino y Flor Angeli Vieyra Vázquez, participaron de manera presencial y virtual respectivamente, en las mesas de deliberación del Sistema de Consulta de la Estadística de las Elecciones (SICEE), del Instituto Nacional Electoral (INE), con el objetivo de analizar datos electorales, así como reflexionar sobre los procesos democráticos y el fortalecimiento de la igualdad en la representación política.

En el Centro Universitario Zumpango de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), la Consejera July Erika Armenta Paulino destacó que la información generada en los comicios debe transformarse en cifras y gráficas que permita al Poder Legislativo perfeccionar futuras convocatorias y procesos electorales.

sos que permitirá garantizar que el agua llegue a más hogares y renovar la infraestructura caduca y abandonada.

Dado que, una de las prioridades para el gobierno de Isaac Montoya es la seguridad, por primera vez en la historia de Naucalpan se adquirieron 250 nuevas patrullas y herramientas de última ge-

Isaac Montoya, alcalde de Naucalpan, ocupa 5° lugar en aprobación ciudadana.

neración para apoyar las acciones contra la delincuencia.

Además, se invierte en la construcción de un nuevo C4 que se conectará con más de 600 cámaras de video vigilancia que se instalan en el territorio municipal. Y a la fecha se cuenta con más de 300 Alarmas vecinales REMUS.

Aparatos auditivos entregó DIF Atizapán

Atizapán de Zaragoza.- Con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los atizapenses que presentan problemas de audición, la presidenta honoraria del Sistema Municipal DIF, Patricia Arévalo, hizo entrega de 50 aparatos auditivos a ciudadanos atizapenses que se acercaron a esta institución para solicitar dicho apoyo. “Cada aparato auditivo representa una nueva oportunidad para escuchar, comunicarse y reintegrarse plenamente a la vida diaria. Por ello, seguiremos tocando puertas y generando alianzas que nos permitan transformar vidas”, refirió Paty Arévalo, tras reiterar que uno de los principales objetivos de la institución es brindar atención cercana y oportuna a quienes más lo necesitan.

Esta acción fue posible gracias a la donación realizada por la Fundación Centro de Desarrollo Infantil, Mujeres, Niños y Futuro A.C., que se sumó al compromiso social del DIF Municipal para atender a personas en situación de vulnerabilidad, particularmente a quienes enfrentan dificultades auditivas que impactan su desarrollo personal, familiar y social. La Presidenta Honoraria del DIF agradeció a la referida fundación.

Llegó tanque terapéutico a URIS Cuautitlán

Cuautitlán.- Bajo los principios de la Cuarta Transformación, donde la salud es un derecho y no un privilegio, el gobierno municipal de Cuautitlán puso en operación el nuevo tanque terapéutico en la Unidad de Rehabilitación Integral (URIS), dependiente del Sistema Municipal DIF, consolidando una atención más humana, moderna y accesible para las familias.

La entrega fue encabezada por la presidenta municipal, Juanita Carrillo, y el presidente honorario del DIF Cuautitlán, Diego Reyna, acompañados por integrantes del Cabildo y la directora del DIF, quienes refrendaron su compromiso con el bienestar de los sectores más vulnerables del municipio.

Este tanque terapéutico, único en

la zona por su tecnología y capacidad, fue impulsado, como parte del fortalecimiento integral de los servicios de rehabilitación. Con medidas de 5.20 x 5.20 metros y una profundidad dentro de la norma de 1.50 metros, permitirá atender un sinfín de padecimientos como fracturas, lesiones neurológicas y alteraciones de la marcha.

Se reunió Azucena Cisneros con Omar García Harfuch

Ecatepec. La presidenta municipal de Ecatepec, Azucena Cisneros Coss, sostuvo una reunión de trabajo con el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García Harfuch, con el objetivo de fortalecer la coordinación institucional en materia de seguridad y consolidar la estrategia para la construcción de paz en el municipio. Durante el encuentro se revisaron los avances en materia de seguridad y se establecieron nuevas líneas de trabajo conjunto entre el gobierno municipal y autoridades federales, para seguir reduciendo la incidencia delictiva y garantizar mayor tranquilidad a las familias de Ecatepec. La alcaldesa destacó que la paz en Ecatepec es un tema de interés nacio-

nal, por lo que la coordinación con el gobierno de México, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, resulta fundamental para avanzar en una estrategia integral de seguridad. Entre los acuerdos derivados de la reunión destacan el fortalecimiento de

la capacitación de los cuerpos policiacos municipales, que contarán con el acompañamiento y apoyo de la fuerza de tarea de la Secretaría de Marina, así como mayor coordinación operativa con el Mando Unificado de la Zona Oriente. Azucena Cisneros subrayó que la estrategia de seguridad que se impulsa en Ecatepec ya muestra resultados contundentes. Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre febrero de 2024 y febrero de 2026 el municipio registró reducción histórica en delitos de alto impacto: Extorsión: disminución de 72% Homicidio doloso: disminución de 42% Robo de vehículos: disminución de 43%.

Reunión de trabajo sostuvo Azucena Cisneros con Omar García Harfuch.

DIARIODEMÉXICO

JUEVES 5 DE MARZO DE 2026

Está preparado el Estado de México

para la reforma

electoral: FVR

Toluca, Edomex.— El presidente de la Junta de Coordinación Política de la Legislatura mexiquense, Francisco Vázquez Rodríguez, afirmó que el Estado de México está preparado para una reforma electoral, ya que muchas de las propuestas impulsadas a nivel federal ya se aplican en la entidad, por lo que no ve riesgos para la democracia ni un intento de “agandalle”, como han acusado partidos de oposición. En entrevista, el diputado morenista comentó que toda reforma genera resistencia, “la democracia se fortalece cuando la mayoría decide. La reforma electoral no pone en riesgo la democracia; amplía la participación ciudadana”, y aseguró que el Estado de México seguirá avanzando en el marco de la transformación institucional del país. Francisco Vázquez, sostuvo que no existe aún una iniciativa formal presentada, por lo que llamó a esperar los términos antes de emitir juicios, porque primero e debe conocer la ley para poder criticarla, subrayó, al tiempo que defendió que las reformas electorales son parte natural de la evolución democrática del país.

El legislador morenista destacó que tanto la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, como la gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, cuentan con altos niveles de aprobación ciudadana, lo que demuestra que no requieren cambios legales para ganar elecciones, sino para atender demandas sociales.

En cuanto a la propuesta de reforma a la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), el diputado indicó que el papel de la Legislatura será escuchar todas las voces y esperar a que la iniciativa sea presentada formalmente.

Hay menos delitos dolosos en toda la entidad, dice DGA

Toluca.– Como resultado de los acuerdos y estrategias definidas en la Mesa de Paz que encabeza diariamente la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, el Estado de México registró en febrero de 2026 el mes con menor número de víctimas de homicidio doloso desde diciembre 2016, año de creación de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), al contabilizar 69 casos.

De los 110 meses comprendidos entre enero de 2017 y febrero de 2026, este último mes presenta la cifra más baja de víctimas. El punto más alto se registró en marzo de 2020, con 289 víctimas, lo que representa una disminución de 76 por ciento respecto a febrero de 2026.

Después del máximo histórico alcanzado en 2019, cuando se contabilizaron 2 mil 859 víctimas —equivalentes a 14.81 homicidios por cada cien mil habitantes—, la entidad inició una tendencia sostenida a la baja. En 2025 cerró con mil 312 casos,

frente a los 2 mil 539 registrados en 2019, lo que equivale a una reducción de 48 por ciento. En número de víctimas, la disminución fue de 46 por ciento, al pasar de 2 mil 859 en 2019 a mil 519 en 2025.

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2015 el Estado de México registró una tasa de 12.18 homicidios por cada cien mil habitantes, mientras que la media nacional fue de 13.17.

En los dos primeros meses de 2026 se han iniciado 157 carpetas por homicidio doloso: 88 en enero y 69 en febrero, este último con el menor registro mensual en los últimos nueve años.

Estos resultados derivan de la coordinación permanente en la Mesa de Paz, con la participación de la Secretaría de Marina, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Guardia Nacional, la Secretaría de Seguridad del Estado de México, la FGJEM y los 125 municipios de la entidad.

Diferendos territoriales no se deben tomar a la ligera: DSP

Cuautitlán Izcalli.- “El territorio no es un concepto abstracto, es un espacio donde las personas viven, trabajan, se organizan, participan social y políticamente y también ejercen sus derechos”, expresó el alcalde de Cuautitlán Izcalli, Daniel Serrano Palacios, acentuando que la discusión del diferendo por límites territoriales no debe tomarse a la ligera y puede redefinir la vida cotidiana de los habitantes. El pasado martes, en el marco de la comparecencia por el diferendo jurídico

En la Mesa de Paz se informó que hay menos delitos dolosos en la entidad. presentado por el municipio de Teoloyucan ante el Congreso del Estado de México, el Presidente Municipal de Cuautitlán Izcalli rechazó la opción de llegar a un acuerdo amistoso para resolver la desincorporación de una parte del municipio en favor de Teoloyucan, posicionamiento que secundó el Segundo Síndico del Ayuntamiento, Óscar Jaime Casillas Zanatta, quien acompañó en la comparecencia al alcalde.

El alcalde subrayó que la gente del polígono conocido como Puente Grande,

materia del diferendo jurídico, tiene un vínculo de 53 años con este municipio, el cual les ha brindado servicios públicos y les dota de certeza jurídica. Frente a la postura del municipio de Teoloyucan, que solicita que se corrijan los límites territoriales de Cuautitlán Izcalli para adjudicarse Puente Grande, se amplió la discusión por parte de legisladores de distintas fuerzas políticas, quienes coincidieron en la importancia de respetar los derechos y la identidad.

COMENTARIOS

LUIS MANUEL NOVELO

novvel_luis@yahoo.com.mx

Legislatura

La Legislatura mexiquense es un hervidero de iniciativas, propuestas, críticas y trabajo duro de legisladores de todas las bancadas, que saben de la importancia del año 2026, el puente del triunfo o la derrota de las elecciones del año 2027.

Es interesante lo dicho por el titular de la Jucopo Francisco Vázquez sobre la Reforma Electoral, al señalar que toda reforma genera resistencia, porque la democracia se fortalece cuando la mayoría decide, además de que con esta reforma se amplía la participación ciudadana. Y sí que ha habido resistencias, hasta de los propios.

El presidente municipal de Cuautitlán Izcalli Daniel Serrano acudió a defender el territorio izcallense que reclama el alcalde de Teoloyucan Luis Domingo Zenteno, el referente a Puente Grande, en donde por cierto, corre una historia urbana, de que cuando se amplió ese puente, los trabajadores encontraron ollas con centenarios y el entonces alcalde izcallense Axell García Aguilera se las habría pedido, lo cual ha sido desmentido por el también líder del transporte, quien una y otra vez ha dicho que eso es simple y sencillamente eso, una leyenda urbana. Pero volvamos al conflicto territorial, que defendió Daniel Serrano de manera firme, como lo debió haber hecho el exalcalde morenista Ricardo Núñez, quien perdió el territorio de San Mateo Ixtacalco, en un lío jurídico que aún tiene de cabeza a Cuautitlán Izcalli y Cuautitlán. Por eso, cuando el presidente izcallense señala que “el territorio no es un concepto abstracto, sino un espacio donde las personas viven, trabajan, se organizan, participan social y políticamente y también ejercen sus derechos. Por lo que el diferendo por límites territoriales no debe tomarse a la ligera y puede redefinir la vida cotidiana de un conjunto de habitantes”, los diputados que forman parte de la Comisión de Límites deben reflexionar sobre este tema de la vida cotidiana de la gente, más allá de intereses políticos, leyendas urbanas o temas partidistas, para que no vuelvan a cometer errores como el de San Mateo Ixtacalco.

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