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LOCALES
Jueves 31, de Enero del 2019
Quería retomar la relación, y por poco se consume un feminicidio
Exconviviente ataca a machetazos a mujer Una madre de tres hijos, de nombre María Olinda Tananta Martínez, fue atacada a machetazos por su exconviviente, identificado como Osmer Tapullima. El terrible hecho sucedió en la asociación de vivienda Satélite y fue considerado como un intento de feminicidio. El agresor le propinó cortes a la mujer en diferentes partes del cuerpo con el arma blanca que se observa en las imágenes. Un familiar estuvo en el lugar pero no pudo impedir este suceso. El indeseable la agarró y no la soltaba, ni la sangre que emanaba de los cortes que le había hecho se detenía. Sus tres menores hijos Lima, ene. 30. Inscribir sus nombres originarios en su Documento Nacional de Identidad (DNI) y otros documentos es ahora posible para más de 35,000 peruanos de la etnia amazónica shipibo-konibo, gracias al listado de nombres que consigna el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Este listado de nombres forma parte de la publicación “Tesoro de Nombres Originarios ShipiboKonibo”, editado por el Reniec, que constituye el sétimo libro de la serie “Tesoro de Nombres Originarios” que comenzó el año 2012, y el primero lanzado este año. En la presentación de este importante texto de consulta, el secretario general del Reniec, Rafael Rodríguez Campos, destacó que con esta publicación el Reniec contribuye a garantizar a los ciudadanos su condición de sujetos de derecho. Asimismo, el Reniec
vieron la terrible escena y tampoco pudieron hacer nada, pues el sujeto estaba decidido a todo. El victimario se entregó en la comisaría de La Banda de Shilcayo, y con ánimos de justificar el despreciable hecho, dijo que los celos y el estado de ebriedad en que se encontraba lo condujeron a dicha situación. VECINOS TRATARON DE IMPEDIR AGRESIÓN A MUJER En tanto, Amelia Salas, una vecina de la asociación de vivienda Satélite, refirió que intentaron detener al agresor, inclusive antes que le propine los golpes y las heridas; pero les fue imposible, debido a que Osmar Tapullima estaba fuera de sí, ya que incluso los amenazó con atacarles con su machete. La sorprendida vecina vio cómo el desquiciado sujeto atacaba a la mujer con quien compartía la casa. Fue ella misma quien llevó a la herida hasta el hospital de La Banda de Shilcayo. (R. Gatica)
Más de 35,000 peruanos shipibo-konibo pueden registrar sus nombres originarios en su DNI ejerce sus funciones aplicando el enfoque intercultural, dado que reconoce en la diversidad una oportunidad para establecer lazos con los pueblos originarios del Perú. “El objetivo de los ' Te s o r o s d e N o m b r e s Originarios' se enmarca en la promoción del uso de los nombres originarios para preservar la antroponimia de los pueblos indígenas, así como para inscribir su correcta escritura en los registros civiles”, manifestó el funcionario. Agregó que este libro es un esfuerzo del Reniec para promover el derecho al nombre y a la identidad entre los miembros de los pueblos
Provías habilita carril en vía Pedro Ruiz-Chachapoyas
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Estuvo abandonado durante varios años y era guarida de gente de malvivir
Recuperan Bulevar de La Paz y la Escalinata Después de muchos años de permanecer abandonada, el área de parques y jardines de la Municipalidad Provincial de San Martín por fin viene cambiándole la cara al Boulevard de la Paz y la escalinata, ubicado en pleno centro de la ciudad de Tarapoto. Provistos de baldes de pintura y algunas herramientas, los obreros de esta área vienen mejorando las condiciones de este boulevard, el cual se había vuelto lugar de concentración de gente de mal
vivir que en las noches suelen hacer de las suyas. Mauro Trigozo Paredes, subgerente de gestión ambiental de la comuna provincial, señaló que dichos trabajos lo vienen realizando gracias al convenio de cooperación institucional que firmaron con una conocida cooperativa de la ciudad, la cual les ha dotado de materiales e insumos para que puedan realizar este trabajo de recuperación. (R. Gatica)
Tres personas murieron intoxicadas en un bus que quedó atrapado en una vía de Condesuyos
indígenas, así como para reconocer y fortalecer una ciudadanía intercultural en constante proceso de construcción. “En esa
perspectiva, el Bicentenario de la Independencia debe encontrarnos diversos e identificados”, enfatizó.
Amazonas, ene. 30. Se habilitó un carril en el kilómetro 27 de la c a r r e t e r a Pe d r o Ruiz–Chachapoyas, ubicada en el sector Tingorbamba, en la región Amazonas. Esta vía resultó afectada por un huaico, informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Personal de Provías Nacional continúa trabajos de limpieza con maquinaria pesada. En la tarde del pasado lunes 28 de enero, a consecuencia de las fuertes lluvias que se vienen registrando en la zona, se produjo un huaico que afectó vías de comunicación, en el tramo Pedro Ruiz–Chachapoyas, en los
kilómetros 21, 28 y 29, en el distrito de Jazán, provincia de Bongará, precisó el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci). Po r s u p a r t e , e l C e n t r o d e Operaciones de Emergencia Sectorial del Ministerio del Interior, de acuerdo a su Reporte de Emergencia/Desastre Nº 093 del 29.01.19, indicó que personal de la Comisaría del distrito de Jazán, realizó las coordinaciones con IIRSA Norte, cuyo personal ejecutó labores de limpieza y recuperación de la vía afectada a las 07:00 horas con apoyo de su maquinaria pesada, culminando los trabajos ayer a las 20:30 horas.
Tres personas fallecieron en un bus de la empresa Reyna que se dirigía de Arequipa a la localidad de Yanaquihua, en la provincia de Condesuyos. Según el fiscal adjunto de Chuquibamba - Condesuyos, Giovanni Mattos, el bus quedó atrapado en una laguna que se formó por la caída de lluvias en los últimos días. El conductor intentó avanzar y habría provocado que el motor emita una gran cantidad de gases tóxicos que ingresaron a la cabina y provocó la muerte del propio conductor y de sus dos ayudantes. El hecho ocurrió a la medianoche de ayer y recién hoy en la mañana llegó la ayuda a la zona ubicada a ocho horas de Arequipa. Diez personas tuvieron que recibir atención médica porque presentaban cuadros de intoxicación. El fiscal Mattos, informó a RPP, que las víctimas fueron identiicadas como Julio César Mamani Huanca, David Huacachiri Alferez y Martín Roque Quispe. Sus cuerpos fueron trasladados a la morgue de
Chuquibamba. Uno de los pasajeros contó que después de que el bus quedó varado, se produjo una intensa humareda al interior del bus, algunos rompieron los vidrios de las ventanas para salir. En tanto, el subprefecto de la provincia de Condesuyos, Wily Hanampa, dijo que las vías de comunicación en su jurisdicción están en malas condiciones y recomendó a las empresas de transportes suspender su servicio mientras no se hagan los arreglos. El bus de la empresa Reyna de placa V4B - 956, fue retirado del lugar con ayuda de maquinario pesada. Relación de heridos César Mamani Mamani (34) Alfonso Quispe Quispe (47) César Gabino Purguaya Rojas (24) Jesús Edgar Coa Ilaquita (24) Isaac Santos Taco Cari (38) Lizardo Quispe Quispe (32) Raymundo Leonidas Soto Soncco (45) Adrian Mayhua Sencia Eduardo Montesinos Mayhua (33) Cecilia Chávez Carpio de Alfaro Nicanor Jimenez Huaculle (26)
SAN MARTÍN
Jueves, 31 de enero del 2019
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Municipio tarapotino
Demolerá viviendas a punto de colapsar
Personal de defensa civil en coordinación con la oficina de fiscalización de la Municipalidad provincial de San Martín, llegó hasta la cuadra 2 del jirón Ramón Castilla, con el fin de notificar y pedir al propietario de una vivienda antigua que proceda a demoler la infraestructura por considerarla un peligro para los transeúntes.
Daniel Flores Flores, secretario Técnico de defensa civil Tarapoto, señaló que con esta visita, era la segunda vez que notificaban al propietario de la vivienda, Dijo que al no tener respuesta positiva decidieron proceder a notificarlo a través del área de infraestructura para su demolición. Asimismo, el secretario Técnico de Defensa Civil de San Martín, indicó que en Tarapoto existen tres viviendas que tendrán que ser demolidas por considerarse riesgosas. Al no tener una opción positiva de los dueños, la misma municipalidad provincial de San Martín, mediante área de infraestructura tendrá que hacerlo.(Yur Abanto)
En audiencia realizada en el penal moyobambino
Confirman condena de cárcel para funcionarios de la MPM
Moyobamba, enero 30 (especial).- La sala penal de Apelaciones de Moyobamba, decidió ratificar la condena de 4 años y 8 meses de cárcel efectiva impuesta en primera instancia contra ex funcionarios de la municipalidad de Moyobamba, Freddy Luis Cárdenas Vásquez, Dante Luis Vásquez y Cronwel Asenjo Vega, por el delito contra la administración pública en la figura de negociación incompatible. Con dicha resolución quedó confirmada en segunda instancia la responsabilidad penal de los ex funcionarios, acusados de haber concertado todos ellos para defraudar al Estado, es decir a la comuna moyobambina, en el marco de una licitación pública para la adquisición de maquinaria pesada a fin de favorecer a la empresa Tracto Camionetas USA S.A.C. De su parte, Mardonio Del Castillo Reátegui, ex alcalde,
Exigen al GRSM elevar a nivel 2-II al hospital Rioja
Trabajadores médicos de Rioja reclaman al GRSM elevar de nivel resolutivo al hospital a 2-II
Confirman condena de cárcel para funcionarios de la MP
responderá su conducta en nuevo juzgamiento a realizarse pronto. Del Castillo habría mostrado interés en la adquisición de dichos vehículos que como se ha expresado fueron adquiridos de manera irregular. El tribunal estableció el pago por concepto de reparación civil la cantidad de 40 mil soles, monto que pagarán en forma solidaria a favor de la municipalidad provincial de Moyobamba. (J. Canales) Moyobamba, enero 30 (especial).- Trabajadores médicos del hospital de la ciudad de Rioja, marcharon pacíficamente para exigir a la nueva gestión regional, que agilice sus requerimientos de elevar del Nivel 2-I al nivel 2-II al hospital riojano. El pedido se sustenta en el hecho de que el referido hospital tiene un incremento considerable de pacientes, según manifestó Amelia Guevara Granda, dirigente del sindicato. Señaló que para atender a los pacientes de casos complejos deben viajar hasta la ciudad de Tarapoto arriesgando sus propias vidas. Este problema debe terminar con la falta de más personal médico, y que pasa por una decisión política de los gobernantes de turno. Explicó que la categoría de un hospital se eleva de acuerdo a sus niveles de complejidad. Dichos establecimientos se dividen según las características funcionales que posean, que en conjunto, determinan su capacidad resolutiva, respondiendo a realidades socios sanitarias similares y diseñados para enfrentar demandas equivalentes. Agregó que los niveles de complejidad del establecimiento de salud, responden a las necesidades de salud de los mismos usuarios a quienes atienden. Para que se realice una categorización eficaz, se consideran varias etapas (J. Canales)
Hoy jueves 31 de enero en el Castillo de Lamas:
Rioja, Moyobamba, Lamas, Tarapoto y Yurimaguas Lanzan oficialmente el Carnaval Amazónico Delegaciones de las provincia de Rioja, Moyobamba, Tarapoto, Lamas y Yurimaguas (región Loreto), realizarán hoy jueves 31 de enero el lanzamiento oficial del Carnaval Amazónico 2019 – Región San Martín. El lanzamiento se llevará a cabo a partir de las 10 de la mañana en los jardines del Castillo de Lamas. A este evento fueron invitados el alcalde de Lamas ing. Onésimo Huamán Daza, el director de Turismo, Dr. Ricardo Mendoza Hildebrandt, el director regional de Cultura, Periodista Luis Alberto Vásquez Vásquez y la Vice Gobernadora Regional Dra. Nohemy Petronila Aguilar Puerta. El evento tiene por finalidad, consolidar las fiestas tradicionales de la región y trabajar de manera conjunta con los gobiernos locales, para la promoción turística y fortalecimiento de la identidad cultural. Asimismo, que dentro del calendario de fiestas; el Carnaval, es uno de los eventos más unificadores, color, alegría, diversión y creativa que se cele-
bra en la región. Tiene un origen social e histórico y es una expresión de la cultura que reúne música, danza, disfraces, procesiones y espectáculos; en varios estilos y con personajes pintorescos (diablos, chivos, patotas, carnavalón y otros) en toda la región; quienes serán los anfitriones todo el mes de febrero. Tomás Cotrina Trigozo, uno de los difusores de la tradicional fiesta de carnaval de Lamas, dijo que la celebración de los carnavales se ha convertido en una de las insignias del escenario empresarial. La llegada de visitantes por el Carnaval Riojano ha aumentado en un 60 % en los últimos años y sigue creciendo anualmente. También con la afluencia de diferentes turistas se genera un economía local, como restaurantes, artesanías, hotelería, entre otros muy viable y sostenible respaldada por el talento, la experiencia, las habilidades y el conocimiento, que son casi exclusivos de las ciudades de nuestra región San Martín. (M. Sandoval).
AVISO DE SERVICIO PÚBLICO SE PERDIÓ UN ARTEFACTO ELECTRÓNICO MUSICAL DENTRO DE UN MALETÍN VERDE DE LA MARCA KEMPER, EL DÍA LUNES 21-01-2019 A LAS 10:20 AM, EN EL PUERTO D E E M B A R Q U E D E L AEROPUERTO EN UN MOTOCAR ROJO POR FAVOR A LA PERSONA QUE E N C O N T R O E L A R T E FACTO APERSONARSE A LAS INSTALACIONES RW T E L E V I S I O N Q U E E S TA E N L A AV:CIRCUNVALACIÓN 1119 –TARAPOTO O LLAMAR A LOS TELEFONOS, 945331022 O AL FIJO 042 587586 , SE BRINDARA UNA EXCELENTE RECOMPENSA.
LOCALES
Jueves 31, de Enero del 2019
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN
ORDENANZA MUNICIPAL N° 026-2018-A/MPSM.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2019-A/MPSM
“Año de la lucha contra la Corrupción y la Impunidad”
Tarapoto, 18 de Diciembre del 2018
Tarapoto, 29 de enero de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN. POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de San Martín en sesión ordinaria celebrada el día 09 del mes de Noviembre del 2018, mediante Acuerdo de Concejo N° 110-2018 ha aprobado lo siguiente. CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 194° de la constitución política del Perú, en concordancia al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipales, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 83, numeral 1.2 dispone que es función específica de las Municipalidades Provinciales, establecer las normas respecto del comercio ambulatorio; de igual forma en el artículo 46° de la misma norma se determina la capacidad sancionadora de las municipalidades. Así mismo, conforme al artículo 82 numeral 15 de ley en mención esta Entidad tiene competencia para fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes. Que, la ciudad de Tarapoto se ha convertido en un destino turístico importante a nivel nacional, lo que significa el incremento de los servicios turísticos, formales e informales, por lo que se hace necesario regular específicamente esta actividad comercial a fin de proteger a los turistas que visitan la ciudad, respecto del potencial riesgo que significa contratar servicios en la vía pública; con la finalidad de lograr una actividad turística local sostenible conforme a lo dispuesto en el artículo 73° numeral 4.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas Municipales, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 artículo 9 inciso 8. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 009-2014-MPSM se aprobó el Control de las actividades informales de turismo en la provincia de San Martín, donde se prohíbe la comercialización de servicios turísticos de cualquier índole en la vía pública o establecimientos no autorizados. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 020-2009-A/MPSM se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Provincial de San Martín (RAS), norma que, si bien es cierto contempla en su cuadro de infracciones y sanciones las que corresponden al comercio en la vía pública; no contempla las referidas específicamente las relacionadas con la oferta de servicios turísticos en la vía pública, por lo que es necesario incorporar al RAS las infracciones y sanciones relacionadas con la oferta de servicios turísticos en la vía pública, en el entendido que esta práctica propicia la informalidad, con riesgo potencial para los turistas. Que, con Informe N° 234-2018- SGDE-GDEGAT/MPSM e Informe N° 322- 2018-GDEGAT/MPSM a Solicitud de la Comisión de Educación, Cultura y Turismo de la Ordenanza Municipal N° 009-2014-MPSM, se propone la modificación del cuadro de infracciones y sanciones para actividades informales de ser vicios turísticos en el distrito de Tarapoto. Que, en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente ordenanza. ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 009-2014-A/MPSM, E INCORPORA AL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES(CUIS) EL CONTROL DE LAS ACTIVIDADES INFORMALES DE TURISMO EN LA PROVINCIA DE SAN MARTÍN EN EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) APROBADA POR ORDENANZA MUNICIPAL N° 020-2009-A/MPSM. ARTICULO 1°: Modifíquese el Artículo Quinto de la Ordenanza Municipal N° 009-2014-A/MPSM, el cual queda redactado conforme al siguiente texto: ARTICULO QUINTO: INFRACCIONES Y SANCIONES a. Las acciones de imposición de sanciones están a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización. b. La aplicación de sanciones se realizará conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 020-2009-A/MPSM, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad Provincial de San Martín, o norma que la reemplace. c. Las personas naturales y/o jurídicas que presten servicio, que utilicen captadores o jaladores y/o que infrinjan las disposiciones contenidas en la presente ordenanza serán sancionadas solidariamente con el prestador del servicio o el titular de la empresa de turismo formal o informal al que representa o promociona. d. La Municipalidad Provincial de San Martín, a través del área de la Sub Gerencia de Policía Municipal y Fiscalización de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización podrá efectuar los actos de supervisión y fiscalización con participación de la Policía Nacional del Perú y Ministerio Público. ARTICULO 2°: Modificar el Artículo Sexto de la Ordenanza Municipal N° 009-2014-A/MPSM, el mismo que será redactado de la siguiente manera: ARTICULO SEXTO: Incluir el siguiente cuadro de Infracciones y Sanciones en la Ordenanza Municipal N° 020-2009-A-MPSM, modificada con Ordenanza Municipal N° 0192017-A/MPSM que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad Provincial de San Martín.
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN SERVICIOS RELACIONADOS AL TURISMO
ESCALA
DESCRIPCION
10.1
10.2
Utilizar y/o contratar captadores (jaladores) fuera del local autorizado, espacios públicos, terminales u otros, para ofertar y/o comercializar servicios de transporte, alojamiento u otros de servicios turísticos con la finalidad de captar clientes.
MUY GRAVE
MULTA PERSONA NATURAL
1 UIT
MULTA PERSONA JURIDICA
REINCIDE NCIA (Persona Natural o Jurídica)
2 UIT
3 UIT
MEDIDA COMPLEMENTAR IA
Primera Vez: Clausura por 10 días de local de empresa solidariamente responsable. Reincidencia : Clausura Definitiva de local de empresa solidariamente responsable.
Ofertar, comercializar y/o prestar servicios turísticos de transporte, alojamien to, alimentación y relacionados en la vía pública.
MUY GRAVE
1 UIT
2 UIT
3 UIT
Por entregar material de promoción de servicios turísticos área de uso público del distrito de Tarapoto.
MUY GRAVE en
0.5 UIT
1 UIT
3 UIT
El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria del concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Martin celebrada el 28 de enero de 2019, el Oficio N° 007-2019-GG/SAT-T, el Informe legal N° 019-2019-OAJ/MPSM, Informe N° 018-2019-GPP-MPSM, Dictamen N° 001-2019-COEPP-MPSM y CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que las Ordenanzas, son las normas de carácter general de mayor jerarquía, en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la Organización interna, la regulación, Administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; las cuales tienen rango de ley de conformidad con el numeral 4) del Artículo 200° de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el artículo 18° de la Ley N° 27037 “Ley de Promoción a la Inversión en la Amazonia”, en concordancia con el Artículo 3° del Decreto Supremo N° 031-99-EF, que reglamenta el beneficio dispuesto en el Art. 18° de la indicada Ley, Las Municipalidades de la Amazonia establecerán anualmente, el porcentaje de deducción de dicho beneficio, tomando en consideración, entre otros criterios los valores unitarios de edificación que formule la Dirección Nacional de Urbanismo y aprueba anualmente el Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento para las diferentes zonas del país, así como la ubicación y usos del predio. Que, de conformidad al literal a) del numeral 3.1 del artículo 3° de la mencionada Ley, el Departamento de San Martin se encuentra comprendido en la zona de la Amazonia, consecuentemente la Municipalidad Provincial de San Martin se encuentra comprendida en los alcances de la referencia Ley. Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 031-99-EF establece que el beneficio tributario dispuesto en el artículo 18° de la Ley 27037, es aplicable solo para efectos de la determinación de Impuesto Predial e Impuesto de Alcabala. Que, mediante Resolución Ministerial 370-2018-VIVIENDA de fecha 28-10-30/oct/2018 el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento aprobó los Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones para la Selva para el año 2019 y mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 544-20108-GRSN/GR de fecha 27/oct/2018, se aprobó los Valores arancelarios para el Distrito de Tarapoto, correspondiente al ejercicio fiscal 2019. Que, por Decreto Supremo N 298-2018-EF el Valor de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2019, ha sido establecido en CUATRO MIL DOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,200.00). Que, en cumplimento con lo dispuesto en la Ley de Inversión de la Amazonía N° 27037 y lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 031-99-EF, la Municipalidad Provincial de San Martin, dentro de su Política de Desarrollo Sostenible, promueve el desarrollo de la Amazonía con el Plan Integral de la Gestión Municipal, asimismo mantiene la necesidad de ejercer una adecuada Administración, respecto a los tributos que administra, tomando en cuenta la real situación económica por la cual atraviesa la Amazonía peruana y considerando que se debe mantener y/o elevar la capacidad contributiva del poblador; razón por la cual es necesario establecer la deducción en función al porcentaje a aplicarse al valor del predio gravado con el Impuesto Predial e Impuesto de Alcabala para el ejercicio 2019, utilizando los criterios técnicos validos en base a los dispositivos legales acotados; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú por el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los señores regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA EL PORCENTAJE DE DEDUCCIÓN DEL VALOR DE LOS PREDIOS, PARA EFECTOS TRIBUTARIOS, CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2019, DISPUESTO EN EL ARTICULO 18° DE LA LEY N° 27037.
Primera Vez: Clausura por 10 días de local de empresa solidariamente responsable. Reincidencia : Clausura Definitiva de local de empresa solidariamente
10.3
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Primera Vez: Clausura por 10 días de local de empresa solidariamente responsable.
ARTÍCULO PRIMERO.- Fijar el porcentaje que la Municipalidad Provincial de San Martin deberá deducir del valor del predio (Autovalúo) según los siguientes tramos:
Hasta 15 UIT Más de 15 UIT Hasta 60 UIT Más de 60 UIT
Más 63,000.01 hasta 252,000
5%
Mas de 252,000.01
1%
ARTICULO SEGUNDO. - Encargar al Servicio de Administración Tributaria Tarapoto (SAT-T) el cumplimiento de la presente Ordenanza, a Secretaria General y a la Oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de San Martin su debida publicación. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley. ARTICULO CUARTO.- DEROGUESE todo dispositivo o norma Municipal que se oponga en todo o en parte a la presente Ordenanza Municipal. REGISTRE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.
AVISO LEGALES
ARTICULO 3°: ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización a través de la Sub Gerencia de Policía Municipal y Fiscalización la implementación y cumplimiento del proyecto de ordenanza, así como el registro de infractores al control de las actividades informales de turismo en la ciudad de Tarapoto. ARTICULO 4°: DISPONER que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. ARTICULO 5°: DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. ARTICULO 6°: ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza Municipal, conforme a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
15 %
La base imponible afecta al impuesto, será el valor del predio resultante después de efectuada la deducción del porcentaje que corresponda según el cuadro procedente de acuerdo a la Tabla de Valores Unitarios Oficiales de Edificación que establece la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2018 y Aranceles que aprueba el Gobierno Regional de San Martin.
Reincidencia : Clausura Definitiva de local de empresa solidariamente responsable.
Por tanto,
Hasta 63,000
Alonso de Alvarado 1263
EL Diario AHORA publica otros avisos legales al amparo del artículo 167 de CODIGO PROCESO CIVIL, que establece lo siguiente la publicación: EDICTOS REMATES - ORDENANZAS, etc se hace en el diario oficial o de mayor circulación del lugar.
LOCALES
Jueves 31, de Enero del 2019
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2019-MPSM
ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2019-MPSM
“Año de la lucha contra la Corrupción y la Impunidad”
“Año de la lucha contra la Corrupción y la Impunidad”
Tarapoto, 29 Enero de 2019.
Tarapoto, 29 de Enero de 2019.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN:
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN:
POR CUANTO:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Martín, en Sesión Ordinaria celebrada con fecha 28 de enero de 2019, trató el Dictamen N° 001-2019-COEPP-MPSM, emitido por la Comisión Ordinaria de Economía, Planificación y Presupuesto, lo cual adjunta a) Informe Legal N° 019-2019-OAJ/MPSM Y b) Informe N° 019-2019-GPP-MPSM; y
El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Martín, en Sesión Ordinaria celebrada con fecha 28 de enero de 2019, trató el Dictamen N° 001-2019-COEPP-MPSM, emitido por la Comisión Ordinaria de Economía, Planificación y Presupuesto, lo cual adjunta a) Informe Legal N° 019-2019-OAJ/MPSM, b) Informe N° 020-2019-GPP-MPSM; y
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme al artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar el interés moratorio y las sanciones respecto de os tributos que administren;
Que, conforme al artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derecho y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, conforme al artículo 52° del mismo cuerpo normativo, los gobiernos locales administran las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios; y por excepción los impuestos que la Ley les asigne;
Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio;
Que, conforme al artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derecho y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; Que, conforme al Oficio N° 007-2019-GG/SAT-T, de fecha 14 de enero de 2019, el Servicio de Administración Tributaria de Tarapoto SAT-T, propone proyecto de ordenanza municipal que otorgaría incentivo tributario a los contribuyentes que realicen pagos puntuales de sus tributos municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, en el año 2019;
Que, el artículo 13° del mismo T.U.O. establece que las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto;
1.1. Contribuyente Puntual.- Es aquel contribuyente que cancela oportunamente sus arbitrios municipales durante el mes de vencimiento y su pago trimestral del impuesto predial 2019. 1.2. Contribuyente moroso.- Es aquel contribuyente que no se encuentra al día en el pago oportuno de sus arbitrios municipales del año 2019, así como de su impuesto predial 2019, desde el mes de su vencimiento inclusive. 1.3. Pronto Pago.- Es el pago al contado por adelantado del total de sus tributos municipales del periodo 2019. 1.4. Pago Puntual.- Pago oportuno de los arbitrios municipales durante su mes de vencimiento. 1.5. Inquilino.- Persona que arrienda una vivienda o parte de ella para habitarla por un periodo determinado.
Que, el artículo 15° del mismo texto legal, regula la forma de pago del impuesto predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, mediante Informe N° 010-2019-GRCOF/SAT-T, la Gerencia de Registros, de Cobranza Ordinaria y Fiscalización del SAT-T, determina que por el costo del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al ejercicio fiscal 2019, el Contribuyente deberá abonar la suma económica ascendiente a S/ 3.66 (Tres y 66/100 Soles) por la Cartilla de Obligaciones tributarias 2019, y adicionalmente debe abonar S/ 2.13 (Dos y 13/100 Soles), por cada hoja Adicional de HR; S/ 1.19 (Uno y 19/100 Soles) por cada hoja adicional de PU; y S/ 1.01 (1 y 01/100 Soles) por cada hoja adicional de PR; Que, del mismo modo el referido informe establece el pago mínimo del impuesto predial 2018 equivalente al 0.6% de la UIT vigente (S/. 25.20 Soles), y determina el cronograma de pago para el impuesto predial y arbitrios municipales 2019; Que, mediante Oficio N° xxx-2019-GG/SAT-T, de fecha xx de enero de 2019, el Servicio de Administración Tributaria de Tarapoto SAT-T, remite proyecto de ordenanza municipal que Determinaría el monto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2019; establece el pago mínimo del impuesto predial 2019 y Determina el cronograma de pago para el impuesto predial y arbitrios municipales 2019; Que, mediante Dictamen N° 001-2019-COEPP-MPSM, de fecha 23 de enero de 2019, la Comisión Ordinaria de Economía, Planificación y Presupuesto, recomienda aprobar el proyecto propuesto por el Servicio de Administración Tributaria de Tarapoto SAT-T;
2. Vigencia:
APROBÓ, por UNANIMIDAD, la siguiente:
2.1. El incentivo tributario de PAGO PUNTUAL mantendrá su vigencia del día siguiente de publicación hasta el 31 de DICIEMBRE de 2019. 2.2. El incentivo tributario de PRONTO PAGO mantendrá su vigencia del día siguiente de publicación hasta el 31 de JULIO de 2019.
ORDENANZA MUNICIPAL QUE DETERMINA EL MONTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2019; ESTABLECE EL PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL 2019 Y DETERMINA EL CRONOGRAMA DE PAGO PARA EL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2019.
Que, conforme al Dictamen N° 001-2019-COEPP-MPSM, de fecha 23 de enero de 2019, la Comisión Ordinaria de Economía, Planificación y Presupuesto, recomienda al Concejo Municipal la aprobación de la Ordenanza Municipal que otorgaría incentivo tributario a los contribuyentes que realicen pagos puntuales de sus tributos municipales de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo, en el año 2019, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA INCENTIVO TRIBUTARIO POR PRONTO PAGO Y PAGO PUNTUAL A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO Artículo 1°.- APROBAR el incentivo tributario de pronto pago y pago puntual a favor de los contribuyentes de los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques Y Jardines Y Serenazgo, el mismo que se aplicará de conformidad con las siguientes disposiciones: 1. Definiciones:
3. Beneficios: 3.1. Descuento por pago puntual. - Se descontará el 15% en el pago, al monto insoluto de la cuota del mes actual de vencimiento de los arbitrios municipales 2019.
Artículo 1.- DETERMINAR en S/ 3.66 (Tres y 66/100 Soles) el monto anual que deberán abonar los Contribuyentes por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal 2019, tratándose de una sola unidad predial. Los contribuyentes deberán abonar adicionalmente:
3.2. Descuento por pronto pago: 3.2.1. Durante todo el mes de febrero. - Se descontará el 25% por el pago al contado y por adelantado del total de los arbitrios municipales del año 2019. Para acceder a este beneficio deberá tener previamente la condición de contribuyente puntual. 3.2.2. Desde el 01 de marzo hasta el 31 de Julio de 2018.- Se aplicará un descuento del 20 % por el pago al contado del total de los arbitrios municipales del año 2019. Para acceder a este beneficio deberá tener previamente la condición de contribuyente puntual. 3.3. Condición de Inquilino. - Para el caso de los inquilinos que sólo pagan arbitrios V municipales deberán cumplir las siguientes condiciones concurrentes: 3.3.1. El predio que alquila debe encontrarse al día en el pago de sus arbitrios municipales previamente para acceder al beneficio durante el periodo en curso. 3.3.2. Adjuntar copia del contrato de arrendamiento del predio y presentar en Formato RF-07 en Mesa de Partes del SAT-T, como una declaración de inquilinos. Esto le permitirá poder acceder a cualquiera de los beneficios tributarios regulados en esta ordenanza.
a) b) c)
S/. 2.13 (Dos y 13/100 Soles) por cada hoja adicional de HR. S/ 1.19 (Uno y 19/100 Soles) por cada hoja adicional de PU. 1.01 (1 y 01/100 Soles) por cada hoja adicional de PR.
Artículo 2.- ESTABLECER el monto mínimo a pagar en el ejercicio fiscal 2019, por concepto de impuesto predial, asciende a la suma de S/. 25.20 (Veinte y cinco y 20/100 Soles), equivalente al 0.6 % de la UIT vigente. Artículo 3.- DETERMINAR el Cronograma de Pago para el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2019 (Anexo N° 1), el mismo que en forma adjunta forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Tarapoto - SAT-T, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Asimismo, se disponga su publicación en la página web de la Municipalidad Provincial de San Martín y en el portal de transparencia correspondiente.
Artículo 2°. - ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Tarapoto SAT-T, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Asimismo, se disponga su publicación en la página web de la Municipalidad Provincial de San Martín y en el portal de transparencia correspondiente.
POR LO TANTO
Artículo 3°. - PRECISAR, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
REGISTRE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.
REGISTRE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.
Artículo 5.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Jueves 31, de Enero del 2019
Estudiantes de secundaria ya no serán calificados con notas de 0 a 20
Al igual que ya ocurre en inicial y primaria, a partir de este año las calificaciones en las libretas de los estudiantes de secundaria se expresarán en letras y ya no en notas de 0 a 20, como se hacía tradicionalmente. Esta forma de evaluación, que regirá también en escuelas privadas, En audiencia pública, los especialistas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), escucharán y darán solución a las obser vaciones, reclamos y sugerencias de la ciudadanía de los distritos de Tarapoto, Morales y Banda de Shilcayo, en la provincia de San Martín. La actividad se realizará el próximo viernes 1 de febrero en la Oficina Registral de Tarapoto, ubicada en el jirón Alfonso Ugarte N° 744 – 746 - 748, en el marco del programa 'Sunarp te Escucha'. 'Sunarp te Escucha' forma parte de las estrategias institucionales de apertura hacia nuestros usuarios, estableciendo canales de comunicación eficientes con el objetivo de mejorar el servicio que brindan las Oficinas Registrales y Receptores de la Región San Martín.
permitirá a los padres saber con mayor precisión cuáles son las competencias y debilidades de sus hijos, indicaron el ministro de Educación, Daniel Alfaro, y Susana Helfer, viceministra de Gestión Pedagógica en declaraciones a la agencia Andina.
LMS, LS, LB y LI A diferencia de la numeración del 0 al 20, ahora la calificación en secundaria tendrá cuatro escalas: LMS (Logro Muy Satisfactorio), LS (Logro Satisfactorio), LB (Logro Básico) y LI (Logro Inicial). Para ello, los docentes de secundaria recibirán capacitación a partir de
febrero, a fin de que se familiaricen con la nueva forma de evaluación. "La calificación con números no permite evidenciar cuál es el nivel del logro alcanzado por el estudiante; en cambio, con la nueva escala los padres podrán ver en qué falta reforzarlos y qué habilidades priman en sus hijos", dijo Helfer Cuando se requiera definir la ubicación de los primeros puestos y el tercio superior, se hará la equivalencia numérica a los calificativos obtenidos por el estudiante en las áreas curriculares de la siguiente manera: Logro Muy Satisfactorio = 4, Logro Satisfactorio = 3, Logro Básico = 2 y Logro Inicial = 1.Este dato es importante en caso se requiera postular a una beca para estudiar en una institución superior. En tanto, el ministro Alfaro adelantó que se han sostenido algunas conversaciones con representantes de universidades para en el futuro cambiar los clásicos exámenes de admisión por una evaluación por competencias, lo que permitirá reforzar la decisión de la carrera elegida por el o la estudiante.
En audiencia pública se dará solución a las quejas
Sunarp escuchará sugerencias y reclamos de pobladores de la provincia de San Martín Por medio de estas audiencias públicas, los especialistas establecen contacto directo con los usuarios para recibir comentarios, quejas y sugerencias del servicio obtenido; además se les informa y orienta sobre los procesos registrales. Liderarán la apertura del diálogo el jefe de la Zona Registral N° IIISede Moyobamba, Alberto Urueta Mercié, y el jefe de la Unidad Registral, Oscar Matta Núñez; quienes estarán acompañados de
ESTUDIO JURIDICO Dr. JORGE VARGAS RAMIREZ ABOGADO (Ex Magistrado Superior, con estudios de Maestría y Doctorado) ASESORIA Y DEFENSA GARANTIZADA en: Asuntos PENALES, Querellas y Violencia Familiar. Asuntos CIVILES, Familia, Tributario y Contencioso-Administrativos. Ejecución de Garantías y Cobranzas. SANEAMIENTO de inmuebles. OF. PRINCIPAL: Jr. CAPIRONA N. 133 –TARAPOTO. FONOS: 942789731– 998498238; 939080565. TELE-FAX: 042- 588267 * Jirón COMERCIO Nº 106 – VILLA SAN JOSÉ DE SISA- EL DORADO. FONO: 939-080565; 998- 498238. * Jr. PROLONGACIÓN LORETO Nº 498- JUANJUI - Mariscal Cáceres. FONO: 979 -484018; 998-498238 * EMAIL: jorvarami@Hotmail.com - jorvarami @yahoo.es
Más de 39 años al servicio de la Justicia
funcionarios del área registral y de Catastro. To d o s e l l o s a c o g e r á n l a s
inquietudes de los asistentes desde las 10:00 a.m. hasta las 12 del mediodía.
MÉDICO PEDIATRA Dr. Wilfredo Pozo Tovar CMP 13980 RNE 6713 Crecimiento y desarrollo Nutrición – Enfermedades del niño y del adolescente – Alergias Pediatra del INSN – Breña (Ex Hospital Del Niño) Jr. Federico Sánchez 193 – Tarapoto
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A sus 74 años, el fundador de Huawei quiere salvar a su hija y a la empresa De joven, Ren Zhengfei, el discreto fundador del gigante chino de las t e l e c o m u n i c a c i o n e s Huawei,sobrevivió a la escasez de alimentos. Hoy enfrenta otro desafío: el de salvar a su empresa y a su hija, acusados por la justicia estadounidense. El patriarca de 74 años creó la compañía en 1987. La convirtió en un mastodonte planetario con 180 mil empleados en 170 países, 206 millones de celulares vendidos en 2018, y una facturación de 100 mil millones de dólares. Pero las acusaciones presentadas esta semana por el departamento de Justicia estadounidense contra la empresa amenazan con hacer tambalear su imperio y dejar a su hija, Meng Wanzhou, directora financiera de Huawei, tras las rejas. Los anuncios de Washington son un duro golpe para la empresa, que justo había lanzado una campaña en la prensa para mejorar su imagen. Incluso Ren Zhengfeise expuso en primera línea para rechazar las acusaciones de espionaje que emanan de Occidente. "Debo expresarme para que nuestros clientes nos entiendan", indicó este mes en la prensa china. "Estoy obligado" a hablar, subrayó, citando al servicio de comunicación de Huawei que evocaba un periodo de "crisis". Su hija, Meng Wanzhou, fue detenida en Canadá a principios de diciembre. Está acusada de fraude bancario y de violar las sanciones contra Irán. Una primera audiencia de extradición está prevista en marzo. La justicia estadounidense acusa a Huawei de robar secretos tecnológicos del operador de telecomunicaciones T-Mobile USA. A pesar de los problemas con Estados Unidos, Huawei presentó crecimiento en 2018 y actualmente es el segundo fabricante de móviles en el mundo. 'Persona 1' Oficialmente no se acusa de nada a Ren Zhengfei. Pero el ex ingeniero militar, al frente de una fortuna estimada en 3,400 millones de dólares según Forbes, es citado en el acta de procesamiento estadounidense. En éste, identificado como "Persona1", habría "declarado erróneamente" en 2007 a agentes del FBI que su empresa nunca estuvo en relación
directa con una empresa iraní. "Las actividades criminales mencionadas en este acta de acusación son de al menos 10 años y nos llevan hasta la dirección de la empresa", subrayó el lunes Matthew Whitaker, el secretario de Justicia interino estadounidense. Washington impulsa desde el año pasado una intensa campaña para disuadir a sus aliados occidentales de utilizar los equipos de Huawei, en nombre de la seguridad nacional que se vería amenazada por el grupo chino. Esta desconfianza hacia la empresa proviene en parte del pasado militar de Ren Zhengfei. Ren Zhengfei se incorporó a las Fuerzas Armadas durante la Revolución cultural (1966-1976) cuando en el país reinaba "el caos", explicó en enero a la prensa extranjera. Por ser ingeniero se incorporó a un equipo a cargo de reestructurar una fábrica textil en la pequeña ciudad de Liaoyang (noreste), en donde las temperaturas pueden caer hasta -20 ºC. Repollo y rábanos "No recibíamos verduras frescas. Teníamos que poner en conserva repollo o rábanos recolectados en el otoño. Y contentarnos con eso durante seis meses", contó. Sus antecedentes como ingeniero militar fueron destacados. Se incorpora al Partido Comunista Chino (PCC) y asiste en 1982 al Congreso quinquenal como representante. "Soy el padre de Meng Wanzhou, por ello la extraño mucho", contó. "Cuando era niña yo era militar, y estaba ausente once meses por año". Sobre Ren Zhengfei pesan varias sospechas, como su pasado militar, interpretado como prueba de que tiene estrechos vínculos con las Fuerzas Armadas y el gobierno chino. Huawei rechaza estas acusaciones y subraya que no hay "ninguna prueba" de que el gigante de las telecomunicaciones plantea un problema de seguridad nacional. Sin embargo, Polonia detuvo en enero a un empleado de la empresa por sospechas de haber espiado a cuenta de China. La compañía lo despidió y desmintió todo vínculo con su actuación. Pero a pesar de la ofensiva estadounidense, Ren Zhengfei declaró en enero que seguía esperando una "colaboración" con Estados Unidos.
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EL Diario AHORA publica otros avisos legales al amparo del artículo 167 de CODIGO PROCESO CIVIL, que establece lo siguiente la publicación: EDICTOS REMATES ORDENANZAS, etc se hace en el diario oficial o de mayor circulación del lugar.
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La cLa congresista de Frente Amplio tropezó con una de las gradas del hemiciclo y cayó. Tuvo que ser auxiliada por sus colegas y sacada en silla de ruedas previo a la votación sobre Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia. Congresista María Elena Foronda tuvo que se sacada en
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN “Año de la lucha contra la Corrupción y la Impunidad”
ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2019-MPSM Tarapoto, 29 Enero de 2019. POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Martin, en Sesión Ordinaria celebrada con fecha 28 de Enero de 2019, visto el Informe Legal N° 018-2019-OAJ/MPSM, Informe N° 013-2019-GPP-MPSM, Dictamen N° 001-2019-COEPP-MPSM, presentado por la Comisión Ordinaria de Economía, Planificación y Presupuesto, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA VIGENCIA DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES APROBADAS MEDIANTE ORDENANZA N° 031-2017-A/MPSM, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, REAJUSTADAS AL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR-IPC Artículo 1.- Objetivo. La presente Ordenanza tiene por finalidad aprobar para el ejercicio fiscal 2019, la vigencia de los Arbitrios Municipales del año 2018 en el Distrito de Tarapoto, aprobado por Ordenanza Municipal N° 031-2017-A/MPSM, pero reajustado con la Variación del índice de Precios al Consumidor-IPC acumulado al ejercicio 2018, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 69-ES del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N°156-2004-EF. Artículo 2.- Alcances. Los Arbitrios Municipales a los que se refiere la presente Ordenanza y que serán generados para su aplicación al ejercicio fiscal 2019, son los siguientes: a) Arbitrio de Limpieza Pública; conformado por el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos y el Servicio de Barrido de Calles. b) Arbitrio de Parques y Jardines. c) Arbitrio de Serenazgo. Artículo 3.- Determinación de la tasa. El importe final de la tasa a aplicar será de 2.58% valor de referencia que corresponde a la variación anual del índice de Precios al Consumidor (IPC) para la Capital del Departamento de San Martín - Moyobamba, cifra que aprueba oficialmente el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) al cierre del ejercicio fiscal 2018. Artículo 4.- Implementación y administración de la recaudación. Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza al Servicio de Administración Tributaria de Tarapoto - SAT-T para su correcta aplicación y difusión. Artículo 5.- Vigencia. La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el diario de avisos judiciales de la localidad.
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Estudiantes de secundaria ya no serán calificados con notas de 0 a 20
silla de ruedas del Pleno del Congreso, luego de sufrir un tropiezo con una de las gradas. La parlamentaria de Frente Amplio salió de su curul y tuvo el accidente en las graderías del extremo derecho del hemiciclo. La congresista fue atendida por sus colegas de diversas bancadas, quienes la ayudaron a levantarse del suelo y la colocaron en una silla ruedas. La congresista no tuvo heridas de gravedad. El incidente se dio minutos antes de que el pleno votara por el dictamen de la Comisión de Constitución. La medida no fue aprobada pues solo obtuvo 56 votos a favor, 11 en contra y 19 abstenciones, cuando requería de al menos 66 votos. El congresista de Alberto Oliva, titular de la comisión de Justicia y congresista de Peruanos por el Kambio, pidió la suspensión de la sesión en donde se iba a votar el dictamen de la Comisión de Justicia sobre la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). La congresista María Elena Foronda es recordada por contratar a Nancy Madrid Bonilla, una exterrorista del MRTA que trabajó como su asistente y personal de confianza en su despacho parlamentario. El escándalo estalló en 2018 y los parlamentarios pidieron el desafuero de la congresista ya que lo consideraban una falta grave. Sin embargo, congresistas de Nuevo Perú opinaron que se trataría de un "error" y logró su permanencia en el Parlamento.
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AVISO LEGALES EL Diario AHORA publica otros avisos legales al amparo del artículo 167 de CODIGO PROCESO CIVIL, que establece lo siguiente la publicación: EDICTOS REMATES - ORDENANZAS, etc se hace en el diario oficial o de mayor circulación del lugar.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORALES OFICINA DE REGISTROS DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 250 DEL CÓDIGO CIVIL, HAGO SABER QUE ANTE EL SEÑOR ALCALDE SE HA PRESENTADO. DON: CLAUDIO ANGULO RODRIGUEZ, DE 31 AÑOS, IDENTIFICADO CON DNI N° 44083757, NATURAL DE SACANCHE, DE NACIONALIDAD PERUANO, CON DOMICILIO LEGAL EN JR. CIRCUNVALACION CUMBAZA N°298 - MORALES. Y DOÑA IVON VIVIANA TESÉN ZUÑIGA, DE 30 AÑOS, IDENTIFICADA CON DNI N°46267161, NATURAL DE DISTRITO OLMOS LAMBAYEQUE, DE NACIONALIDAD PERUANA, CON DOMICILIO LEGAL EN JR. CIRCUNVALACION CUMBAZA N°298 - MORALES. SOLICITANDO SE LES DECLARE EXPEDIDOS PARA CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EL DÍA 15 DE FEBRERO DEL 2019, A HORAS 12.00PM.PERSONAS QUE CONOZCAN CASUALES DE IMPEDIMENTO PODRÁN DENUNCIARLO DENTRO DEL TÉRMINO DEL 8 DE DÍAS Y EN LA FORMA PRESCRITA EN ARTÍCULO 253 DEL INDICADO CÓDIGO. CELIA SOFÍA PINEDO TORRES. JEFE DE REGISTRO CIVIL. MORALES 30 DE ENERO DEL 2019. 31*01 B/918
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ACTUALIDADES
Hoy culmina concurso CAS para plazas de trabajo en la Municipalidad Provincial de San Martín Un total de 176 postulantes al concurso CAS pasaron a la etapa de la entrevista personal, que la MPSM implementó para la convocatoria de puestos. Las entrevistas personales se iniciaron ayer miércoles 30 de enero de los Códigos 1 al 132019, y para hoy jueves 31, de los códigos 14 al 51. El comité de evaluación tiene
Jueves, 31 de enero del 2019
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Pero solo se presentaron 11 al concurso CAS que hoy culmina:
MPSM contratará 38 nuevos serenos tres miembros, Gian Pier Tochon, jefe de Recursos Humanos; Carlos Chira, gerente de Planeamiento y Presupuesto; y Martín Zambrano, gerente de Administración, quienes para elegir los 176 postulantes para la entrevista personal evaluaron 225 Currículos, de los cuales quedaron 176 aptos y 49 no
aptos para las entrevistas personales, de un total de casi 1200 que fueron tachados y anulados por no estar dentro de los lineamientos pedidos por el comité, donde solo había textos, DNI, y hasta certificado de Partida de Nacimiento, menos el Currículo de las personas. Serenazgo Mucho se habló de la convocatoria del Serenazgo, donde se pedía 38 plazas, pero solamente se presentaron 11 postulantes, y ellos se presentarán para la entrevista hoy jueves por la mañana. Para Serenazgo se necesita 78 plazas, de las cuales 40 están cubiertas, y se iban a contratar a 38; pero solo se presentaron 11, por lo que luego de la entrevista, previo análisis del Comité se realizará nueva convocatoria. El Comité recalcó que los aspirantes a Serenos deben estar en la entrevista personal para ser evaluados y ver si califican los parámetros establecidos, es decir no necesariamente los 11 pasarán la prueba. Resultados Los resultados se darán luego de la evaluación de las entrevistas, que puede ser el viernes por la noche o en su defecto el sábado por la mañana, y los ganadores ingresarán a trabajar en la MPSM el lunes 4 de febrero mediante la modalidad CAS.
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Carlín Castillo, “Shaolín del sur”:
Presenta a deportistas que debutarán en pelea profesional Carlos Castillo, cariñosamente conocido como “Saolín del sur”, presentó a los deportistas, que muy pronto estarán haciendo su debut en la pelea profesional de las artes marciales. Castillo, se dirigió a los conciudadanos sanmartinenses, a los aficionados de las Artes Marciales Mixtas, indicando que ha trabajado con miras a participar en eventos nacionales e internacionales, y ha llegado el momento de hacer realidad sus planes. Pide que la población acuda a los eventos que realizará, y así apoyar a nuestros deportistas que trabajan con seriedad, responsabilidad, y proyección. Los atletas que fueron presentados, de Tarapoto para el Perú y el mundo, a través del Facebook, quienes defenderán el nombre de la provincia y la región San Martín son: Marcos Hidalgo Reàtegui, Arón Bowé Paredes, Jhordan Coral Meléndez, Mikel Jair García Ushiñahua, Kim Cuco Coral y Beken Baure Sanchez Huansi. (M. Sandoval).
Para conocer gestión innovadora y sostenible que desarrollan las ciudades eslovenas y ser replicadas en la región:
Una delegación de San Martín se encuentra en Eslovenia En el marco del Programa Internacional de Cooperación Urbana (IUC) de la Unión Europea, una delegación de San Martín viajó el pasado lunes 28 de enero, a Ljubljana para reunirse con representantes del equipo de East Slovenia. La visita tiene lugar hasta el 1 de febrero y en ésta, San Martín tiene la oportunidad de conocer de primera mano la gestión innovadora y sostenible que desarrollan varias localidades eslovenas en temas como agricultura y producción sostenible de alimentos, protección del medio ambiente, redes de colaboración y turismo sostenible. Los componentes de la delegación de San Martín que viajaron a Ljubljana son la Jefe de la Oficina de Promoción de la Inversión Privada Sostenible del Gobierno de San Martín, Milagritos Ríos Chávez, el Vicepresidente de la Cámara de Comercio, Producción y Turismo,
Carlos Alberto López Ruíz, el Jefe del Área de Fiscalización de la Oficina Zonal de Transportes y Comunicaciones de Huallaga Central, Hans Billy Soria Guerra, el Docente Investigador de la Universidad Nacional San Martín- Tarapoto, Pedro González, la Gerente de la Asociación Verde Amazónico- AVA, Nilda Estela Guevara, y el consultor de Infyde, Jonatan Paton. Durante este intercambio, el equipo peruano se reunirá con la Ministra de Agricultura, Bosques y Alimentación de Eslovenia, Aleksandra Pivec, y con el Ministro de Economía, Desarrollo y Tecnología del país, Marjan Sarec. El Programa Internacional de Cooperación Urbana (IUC) de la Unión Europea tiene como objetivo apoyar a ciudades y regiones del mundo para conectarse y compartir soluciones sobre desarrollo sostenible. (M. Sandoval).
ESPECTÁCULOS
Jueves, 31 de enero del 2019
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AHORA MUNDO
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AHORA HOGAR
Jueves, 31 de enero del 2019
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PUPILETRAS
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CRUCIGRAMA
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DEPORTES
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