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LOCALES

Pucallpa, Jueves 05 de diciembre 2013

Hieren a exalcalde de Iparía en desalojo El profesor Roberto Silvano Rengifo, exalcalde de la Municipalidad Distrital de Iparía, resultó con heridas causadas por un perdigón de goma, en su glúteo y brazos, durante el desalojo de la ancianita indígena Rosa Robledo. Ahora permanece intervenido, junto a 3 personas más, en la comisaría de Pucallpa, por resistencia a la autoridad. También resultaron heridos, en su pierna y abdomen, los hermanos Christian y Jimmy Utia Romero. Leónidas Romero Robledo, el primo de ambos, además de las heridas, terminó con un corte en el pulgar de su mano derecha, cuando pretendía evitar que la policía lo intervenga. LOS HECHOS

Eran las 5:30 de la mañana, cuando un escuadrón de la policía llegó hasta Prolongación 7 de Junio, para dar cumplimiento al lanzamiento de su vivienda a la ancianita Rosa Robledo, por una deuda hi-

potecaria que mantenía desde hace más de 20 años, luego de que unos inescrupulosos sujetos falsificaran su firma y presentaran un documento a una entidad financiera. El exalcalde Silvano Rengifo, el martes 3 de diciembre llegó a la casa de la ancianita, donde pasó la noche. No pudo imaginar que al día siguiente, por la mañana, tendría que salir en defensa de la mujer. Al ver que los hijos y nietos de Rosa Robledo enfrentaban a la policía tratando de evitar el desalojo, e incitado por la cólera, se sumó al conflicto. Sin embargo, los agentes del orden, que daban cumplimiento al mandato judicial y

temían salir heridos por los flechazos con que los amenazaban los familiares de la anciana mujer, optaron por disparar perdigones de goma, para disuadirlos y evitar una tragedia. Cabe indicar que el último intento de desalojo fue frustrado, porque los familiares de Rosa Robledo defendieron el predio con arpón, arcos y flechas. FUERON DETENIDOS

Regidores, por unanimidad:

Informan funcionarios de SEDENA

Ratifican a Chino Morí

Pobreza extrema, corrupción y ataques cibernéticos afectan la seguridad nacional

Los regidores de ambas bancadas, oficialista y de oposición, por unanimidad rechazaron por segunda vez el pedido de vacancia contra el alcalde Guillermo Chino Mori, promovido por el ciudadano Alcides Quesada. Este último sostiene que Chino Mori habría celebrado un contrato con un estudio jurídico donde presuntamente era accionista el exgerente de asesoría jurídica del municipio, Remberto Torres García. El 21 de octubre del presente año, el administrador Alcides Quezada López ingresó a través de mesa de partes de la secretaria general, la solicitud de vacancia en el cargo del alcalde Chino Mori, por supuestamente haber incurrido en la causal señalada en el numeral 9 del artículo 22º de la Ley Organiza de Municipalidades, en concordancia con el artículo 63º del mismo cuerpo legal. La solicitud fue materializada en virtud a la contratación del Estudio Jurídico y Consulto-

ría Administrativa Malca SCRL, para la defensa externa de funcionarios de la Municipalidad Distrital de Manantay. El 3 de mayo del 2011 se adjudicó la buena pro a dicho Estudio Jurídico, por un monto de S/. 45,000.00 nuevos soles. Por otro lado, los solicitantes sostuvieron que el objeto del contrato es ilegal e ilícito, ya que resultaba improcedente que se destine dinero de las arcas municipales para la defensa de funcionarios. Sin embargo, en sesión extraordinaria Nº 12-2013, del 03 de diciembre del 2013, con 08 votos en contra, los regidores de Manantay desestimaron el pedido de vacancia. Chino Mori agradeció el respaldo unánime del Concejo Municipal. Manifestó asimismo que “es una prueba más para seguir trabajando por mi pueblo. Responsablemente y con mayor transparencia, lograré que la población siga confiando en su autoridad”, finalizó. (Miller Murrieta)

La corrupción, ataque cibernético, tráfico ilícito de drogas, delincuencia común y organizada, amenazas biológicas y químicas, desastres naturales y antrópicas, pandemias y epidemias, degradación del ambiente, minería ilegal, pobreza extrema, conflictos sociales, tráfico ilícito de armas, trata de personas e inestabilidad jurídica, son las amenazas que atentan contra la seguridad nacional a nivel local, regional y nacional. Esta información se detalló durante la exposición realizada en el Centro de Operaciones de

Emergencia Regional por parte de funcionarios de la Secretaria de Seguridad y Defensa Nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, quienes dieron a conocer los alcances del Decreto Legislativo 1131 y del 1129 referido al Sistema de Defensa Nacional. Se reiteró que la seguridad nacional es tarea de todos. Compete a las fuerzas armadas, policiales, aéreas, instituciones públicas y población en general para ello se trabajará en la formación de una cultura de seguridad y defensa.

Goreu pagará a servidores de salud por CAS El Gobierno Regional de Ucayali ha dispuesto acciones específicas para atender el pago de los servidores de salud contratados bajo la modalidad de Contrato Administrativo por Servicios – CAS, correspondiente a los meses de octubre y noviembre, incluido el mes de diciembre, anunció Lutgardo Gutiérrez Valverde, gerente regional de Desarrollo

Social. A la fecha se trabaja la documentación para cumplir con el pago de las remuneraciones, viendo las partidas presupuestales, informó a los trabajadores del Hospital Amazónico y otras unidades ejecutoras de salud. Gutiérrez Valverde subraya que cuando hay una necesidad no presupuestada se tiene que recu-

Presentaran “diagnóstico de género en la Amazonía” La viceministra de la Mujer, Marcela Huaita Alegre, participará en el panel de comentarios a la presentación del “Diagnóstico de Género en la Amazonía”, estudio realizado por el Programa ProDescentralización de la Agencia

de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Consejo Interregional Amazónico, con el fin de mejorar la gestión descentralizada de servicios públicos en

Jr. Fitzcarrald # 384 - Pucallpa E-mail: ahorauca@diarioahora.pe parias_ahora@yahoo.es

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El exalcalde y los otros tres heridos ingresaron al área de emergencia del Hospital Regional de Pucallpa. Unos minutos después, los galenos confirmaron que se trataba de heridas leves, por lo que media hora más tarde fueron dados de alta. Pero cuando abandonaban el nosocomio, fueron intervenidos por la policía y trasladados a la comisaría de Pucallpa, donde permanecieron durante todo el día, luego de que el fiscal de turno ordenara sus detención, por el delito de resistencia a la autoridad. Sus familiares reprocharon la conducta del Ministerio Público, y aseguraron que se trata de un manto de impunidad con el que quieren cubrir las acciones de la policía, que cometió abuso de autoridad. PERMANECERÁ FUERA DE SU CASA Con sus pollos, patos y pe-

rros, la ancianita Rosa Robledo, entre lágrimas, aseguró que permanecerá fuera de su casa, hasta que las autoridades se ablanden y entiendan que fue víctima de una injusticia orquestada por su ex yerno Lizardo Felipe Flores Lazaro, que falsificó su firma para que su propiedad avale un préstamo hipotecario. Ella se quedó sentada sobre las tablas de su cuja, en la vereda de la calle. “Dios perdone a todas las personas que me están causando tanto daño. Que hagan lo mismo con los policías que buscando cumplir con su labor agredieron e hirieron a mis familiares. Yo ya los perdoné. Ellos me jalonearon y derribaron a la tierra, sin el más mínimo remordimiento, como si no tuviesen abuela. Ahora, para cubrir sus delincuencial accionar, denunciaron a mis nietos”, finalizó la ancianita. (Miller Murrieta)

Marco Lozano Oliart, director de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil refirió que en Ucayali se registran diversos delitos que amenazan la seguridad de la región y obstaculizan su desarrollo, como el narcotráfico, terrorismo, delincuencia, delitos cibernéticos, tra-

ta de blancas, entre otros. Agregó que cada instancia de gobierno, direcciones regionales, gobiernos provinciales y distritales, tienen la obligación de implementar una oficina de especializada de defensa nacional para estar preparados ante cualquier eventualidad.

rrir a una serie de modificaciones presupuestales con la aprobación del Ministerio de Economía y Finanzas y el acompañamiento de la Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali. Recalcó que en el transcurso de los próximos días se les cancelará y que el pago correspondiente al mes de diciembre está garantizado. El Gobierno Regional de Ucayali responderá como

pliego a las necesidades de los trabajadores de salud contratados bajo la modalidad de CAS. Se requiere aproximadamente un millón 181 mil nuevos soles, por ello se trabajará con los saldos presupuestales. En el caso del Hospital Regional de Salud la deuda asciende a 385 mil nuevos soles, Hospital Amazónico 451 mil, la Unidad Ejecutora de Padre Abad 335 mil nuevos soles.

salud, educación y ambiente para el beneficio de las poblaciones marginales. Participará la representante de USAID y jefa de la Oficina de Iniciativas Democrática, Cara Thanassi, la coordinadora del Programa ProDescentralización de USAID, Cecilia Aldave, la direc-

tora ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Ucayali, Antonia Hinostroza Gómez, entre otros. La presentación se iniciará a las diez de esta mañana en las instalaciones del Ucayali River Hotel.

Redacción: 579672 - *407088 Juan Castillo jccastillo141@hotmail.com - jccastillo.juan@gmail.com ahoraucagrafico@hotmail.com Oscar Cordova oscarcordova_5@hotmail.com - oscar.cordova@speedy.com http://facebook.com/DiarioAhora / http://www.diarioahora.pe


Pucallpa, Jueves 05 de diciembre 2013

LOCALES

Hijo de alcalde Pérez Collazos

Denuncia familia de motosierrista

Provoca accidente de transito y se da a la fuga Jorge Leónidas Pérez Aguilar, hijo mayor del alcalde provincial Segundo Leónidas Pérez Collazos, provocó un accidente de tránsito ayer en horas de la mañana, cuando pretendía ganar la vía preferencial. Pérez Aguilar ocasionó que un vehículo Tico, con cuatro pasajeros, chocara frontalmente contra los neumáticos traseros de su moderno auto. Ramiro Panduro Pinedo (31), chofer del Tico de placa B3H-290, a quien no le asistió ningún paramédico del Serenazgo, despavorido por el susto, contó que Jorge Leónidas cruzó la vía preferencial a excesiva velocidad, y que por eso no pudo frenar a tiempo, impactando así la parte trasera del auto de Pérez Aguilar. Por suerte nadie salió herido, pero el retoño del burgomaestre abandonó por unos minutos la escena del choque, alegando que iría a conseguir apoyo para el chofer del Tico. Cuando retornó, se limitó a subir rauda-

mente a su auto Nissan de placa U1A-014 color gris, e ingresar de forma obediente a la comisaría de Pucallpa. El accidente ocurrió ayer a las 9:30 de la mañana, en el cruce de la avenida San Martín con el jirón Huáscar, frente al casino del Ucayali River Hotel. Los serenos trasladaron el Tico a la comisaría, donde al parecer ambos choferes llegaron a un buen acuerdo, porque unos minutos más tarde, el mis-

mo patrullero de los serenos llevó el vehículo a un taller, seguido por el auto Nis-

Propietarios retiraron bloques de cemento que impedían ingreso

Pretenden reabrir exlocal Sasquias

Luego de 5 meses de que la Municipalidad Distrital de Yarinacocha clausurara definitivamente el local, por ser reincidente, los propietarios de “exSaskias”, pretendieron reabrir sus puertas, en la tarde de ayer. Pero la Subgerencia de Comercialización de Yarinacocha y el fiscal de Prevención del Delito de ese distrito, llegaron al lugar, luego de ser alertados por la población de que en el mencionado local se estaban retirando los pe-

san. Hasta la dependencia policial también se apersonaron el hombre de seguridad del alcalde Segundo Pérez Collazos, y el gerente de seguridad ciudadana, Mayor PNP (R) Miguel Alejandro Rojo Alzamora, que mostraron cara de pocos amigos a los medios de comunicación. Uno de ellos incluso mencionó: “Por un simple choque hacen tanta alarma”. Sin embargo, el chofer del Tico le recriminó, pues: “qué hubiera pasado si alguien salía mal herido”. El agente del orden que ha intervenido el accidente, indicó que no ameritaba una sanción, toda vez que ambos choferes arreglaron las diferencias. Jorge Leónidas prefirió mantenerse en silencio. Pese a que buscamos su réplica, esquivó a los hombres de prensa. (Miller Murrieta)

sados bloques de cemento que se colocaron al momento de la clausura. “Los propietarios pretendieron hacer caso omiso a las disposiciones emanadas de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, en un operativo realizado con el Ministerio Público y la PNP. Se basaron en el silencio administrativo, aduciendo que no se les notificaron los hechos. No es posible reabrir el local, a menos que un juez lo ordene”, dijo el funcionario municipal Darío Gutiérrez Díaz. A. Segovia.

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Lo asesinan por 300 soles

Tras la muerte de Marcial Eduardo Lino (37), asesinado con dos machetazos en el distrito de Honoria, provincia de Puerto Inca, región Huánuco, su familia sostiene que fue asesinado por tener una deuda de 300 soles. Durante el velorio realizado ayer, en el jirón 2 de Mayo, distrito de Yarinacocha, los deudos denunciaron que la

muerte de su hermano se debe a un presunto ajuste de cuentas, ya que éste tenía una deuda con el propietario de la madera. Los familiares de Eduardo Lino esperan que la policía aclare pronto los motivos de la muerte, ya que el sujeto a quien sindican tiene antecedes por el mismo delito. A. Segovia.

Air Majoro Una Linea Diferente...

Para evitar decomiso municipal

Moradoras sacrifican cerdos Dos mujeres cuyas viviendas fueron intervenidas por el personal de la Subgerencia de Comercialización de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, por tener un criadero de cerdos, sacrificaron a sus animales, para evitar que el personal municipal los decomisara. En un operativo municipal, los funcionarios, junto a la fiscal de Prevención del Delito, Gilmarita Sánchez, llegaron

hasta el jirón Nueva Luz de Fátima, (Yarina), en donde iniciaron un operativo que tuvo como objetivo decomisar los cerdos que se vienen criando en pleno casco urbano. Darío Gutiérrez, subgerente de comercialización de dicha comuna, dio a conocer que en la primera vivienda intervenida, las propietarias optaron por sacrificar a sus animales, evitando así su decomiso municipal, “pero que es-

to no hace que ellas se escapen de las sanciones y la de-

nuncia por resistencia a la autoridad”. A. Segovia.

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Pucallpa, Jueves 05 de diciembre 2013

CRU conforma comisión

Avanzan las gestiones de Produce Ucayali parte civil y la Contraloría. Por ello exhortó al pleno a esperar los resultados de las investigaciones, para luego seguir un proceso según su procon cinco votos a favor y tres pio criterio. La consejera Indiabstenciones, y solicitarán al ra Ursia, quien también estuGoreu una rendición de cuen- vo presente, no pudo definir tas sobre los gastos realiza- su posición. “Estoy de acuerdo en la investigación, pero dos a partir del 2012. Unos días antes, la Contralo- también estoy de acuerdo ría General de la República con el consejero Orison”, exhizo pública la detección de plicó. que funcionarios y exfuncio- Por su lado, Celin Cushi Vásnarios del Gobierno Regio- quez, consejero de Atalaya, nal de Ucayali, habrían utili- declaró que la Comisión dezado recursos del canon pe- be “desenmascarar” a los funtrolero y sobrecanon, para cionarios, pues existe incumpagar a personas que no la- plimiento en la zona rural por boran en dicha entidad, origi- parte del Gobierno Regional. nando un perjuicio económi- “El Goreu no es solo el casco co a la comunidad, de más urbano: se olvidaron de las comunidades nativas, casede 354 mil soles. En la ceremonia de confor- ríos y centros poblados. Exismación de la comisión, el con- ten gastos exorbitantes en sejero Orison Leveau Bartra actividades de desarrollo comanifestó que su abstención munal, en deporte y otros, pese debe a que dicha comi- ro falta más atención a los insión entorpecería las investi- dígenas”, indicó. (Miller Mugaciones que realizarán la rrieta)

Investigarán uso de fondos Goreu

Los consejeros regionales Nilo Maguiña Vásquez, Manuel Poblete Vega y Celin Cushi Vásquez, integrarán la Comisión Especial para la revisión de los estudios económicos y gastos en las actividades de deporte, desarrollo comunal

y apoyo a entidades públicas que realizó el Gobierno Regional de Ucayali (Goreu). El consejero delegado Edwin Acho, juramentó a los tres miembros de dicha Comisión, que presidirá Nilo Maguiña. Ellos fueron elegidos

Nieto de anciana indígena

Acusó de agresión a Cdte. PNP Zamudio

Ketty Romero Robledo, madre del menor, aseguró que cuatro policías al mando del superior Zamudio, alcanzaron a su hijo en el

Irwin TR, de 15 años de edad, acusó al comandante PNP Félix Alberto Zamudio Fuentes Rivera, jefe del Escuadrón VerdePucallpa, de haberlo agredido física y psicológicamente durante el desalojo de su abuelita indígena Rosa Robledo. Asegura que Zamudio Fuentes lo agredió afuera del predio. El menor mostró a la prensa la hinchazón en su brazo, y los hematomas en su abdomen y piernas. Sostiene que éstas son producto de la golpiza que le propinó el agente policial, cuando quiso evitar que ingrese al domicilio de su abuela, que en ese momento era desalojada de su predio, en Prolongación 7 de Junio (exTacorita).

Valorizada en más de 3 mil 500 soles

DEFFS dona madera a A.H. Villa Jesús

4 mil pies tablares de madera motoaserrada, valorizada en más de 3 mil 500 Nuevos Soles, donó la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre de Ucayali (DEFFS), a los moradores del asentamiento humano Villa Jesús de Yarinacocha, ubicado en el centro poblado menor San Pablo de Thusmo. “Treinta y dos piezas de quinilla (volumen 1,408) y 134 de la especie Capirona (volumen 2,592) servirán para la construcción de un local comunal

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cruce de Sáenz Peña con Prolongación 7 de Junio, y que luego comenzaron a golpearle con su cachiporra, hasta derribarle al suelo. “¿Cómo puede el Estado tener policías agresivos, que se metan con un menor de edad?”, declaró la mujer, enfadada por lo ocurrido. Afirma además que el comandante PNP pisó el rostro de su hijo con su borceguí, y que ya tiene fotos con las cuales denunciará al agente. El comandante PNP Félix Alberto Zamudio Fuentes Rivera, jefe del Escuadrón Verde, negó las acusaciones, e indicó que solo cumplieron con desarrollar la diligencia en orden, sin maltratar a nadie, ni mucho menos al menor. Indica que a éste lo estarían utilizando para mellar la imagen policial. (Miller Murrieta)

donde se desarrollarán, entre otras actividades, reuniones y talleres de capacitación a beneficio de más de 90 familias que habitan en el lugar”, refirió el director de la DEFFS, Marcial Pezo Armas. Agregó que está entrega se debe al apoyo social dispuesto por el mandatario regional. “Luego de un proceso previo de evaluación que realizó el personal técnico de la dirección, se procedió a atender la necesidad de los moradores del referido A.H. Cuando culmine esta obra, los especialistas se encargarán de corroborar que los bienes transferidos hayan tenido un buen uso”, remarcó. Por su parte, Rigoberto Vela Paz, quien desempeña el cargo de fiscal de este asentamiento humano, indicó que la mano de obra no calificada para la construcción del local comunal, será asumida por los mismos moradores. A. Segovia.

Pucallpa tendrá Terminal pesquero El Gobierno Regional de Ucayali, a través de la oficina de Programación e Inversiones, aprobó el estudio de pre inversión de “Instalación de terminal pesquero en la ciudad de Pucallpa, región Ucayali”, a pedido de la Dirección Regional de Producción de Ucayali (Produce). El director regional de Produce, Biólogo Richar Ferre Rodríguez, manifestó en una entrevista que lo que se persigue con este proyecto es dotar de condiciones adecuadas a la ciudad para el desembarque y comercialización de pescado al por mayor.

“Este proyecto contempla una adecuada zona de desembarque, con una infraestructura moderna donde se pueda comercializar pescado en estado fresco, refrigerado o seco-salado, permitiendo además un mejor control del recurso pesquero”, aseveró el profesional. Agregó que la misión del sector Producción es fomentar y promover el desarrollo de actividades pesqueras, acuícolas e industriales, convirtiéndolas en eficientes y competitivas, con un horizonte de mayor posicionamiento en el mercado interno y externo.

Declaran improcedente pedido de ampliación de vacancia

Seguirá en el cargo Loiber Rocha Pinedo La solicitud de ampliación de vacancia del alcalde Loiber Rocha Pinedo, y de los regidores Jorge Solís López y Delsi Vera Rojas, por las causales de nepotismo y restricciones de contratación, fue declara improcedente, por el Pleno del Concejo Municipal. El pedido de vacancia, que fue presentado por Elí Martínez Santillán Vilca, incumple varios requisitos formales, tales como falta de legitimidad e interés para obrar, ausencia de conexión lógica entre los hechos y el pedido, entre otros. Ello porque dicho pedido versa sobre hechos que ya fueron ana-

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lizados y rechazados mediante Acuerdo de Concejo N° 1802013, del 15 de octubre del 2013, y declarados consentidos y firmes mediante Acuerdo de Concejo N° 194-2013, del 13 de noviembre del 2013. También pide la ampliación de vacancia por supuestas irregularidades cometidas en el período 2007 – 2010. Sin embargo, dichos hechos no han ocurrido en la actual gestión. Santillán Vilca denunció además a Delsi Ver Rojas, por supuestos actos de nepotismo cometidos en un período donde ella no era regidora.

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Pucallpa, Jueves 05 de diciembre 2013

Deja choque de bus de Turismo Central y camión en la Oroya

Cinco muertos y ocho heridos

De vía principal que conduce a El Radar

Moradores piden arreglo Inmediato Los moradores de los distintos asentamientos humanos que utilizan la vía principal de acceso a la zona de El Radar y el sector de La Florida, se encuentran mortificados desde hace buen tiempo, debido a que las autoridades de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, no cumplen con arreglar la indicada vía. Varios moradores expresaron que en repetidas oportunidades han pedido al municipio que arregle esta vía, sin contar con una

respuesta, y que cuando llueve se forma un barrizal, impidiendo el ingreso de vehículos y moradores de los diferentes asentamiento humanos. Es por ello que piden a las autoridades que se dé el enripiado de esta vía principal, obra que beneficiará a los asentamientos Eva Medina, 23 de Marzo, Isabel la Católica, La Inmaculada, Jesús de Nazaret, Bolognesi, Caserío La Florida y otros. (J. Linares)

Se inicia en febrero, anuncia alcalde Díaz Paredes

Construcción del bulevar Yarinacocha

Edwin Díaz Paredes, alcalde del distrito de Yarinacocha, ayer anunció el inicio de la construcción del tan esperado bulevar, a orillas del lago del mismo nombre. La autoridad detalló que la construcción se iniciará indefec-

tiblemente en febrero del 2014. Durante su corta estadía en la capital, el burgomaestre, en compañía del presidente del gobierno regional, Jorge Velásquez, alcanzaron la aprobación del anhelado sueño del pueblo yarinense, que contará con una inversión de 66 millones de soles. Esto marca un hito en el desarrollo social, económico y turístico del distrito. El alcalde también logró que se apruebe la pavimentación de la avenida Yarinacocha, principal vía del sector. Dicha obra se iniciará en la avenida Sáenz Peña, y se extenderá hasta el jirón 3 Octubre. La inversión para esta obra superará los 75 millones de soles.

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Edwar Ramón Tacuri (40), Luis Horacio Bendezú Véliz (38), Noelia Medrano Yuri (32), Raúl Pineda Torres (52), Yessica Inuma Cayruha (21), Roxanna Inuma Cayli (2).

Cinco muertos y ocho heridos dejó el choque de un camión de placa B8A-865 con la parte delantera de un bus de la empresa Turismo Central (C3T963) que se dirigía de Pucallpa a Huancayo, en el kilómetro 13.7 de la Carretera Central, sector de Casaracra, en la provincia de La Oroya (Junín). Según Manuel Huamaní Berrospi, de 51 años, chofer del camión que se dirigía de Huancayo a Tarma, el bus iba a excesiva velocidad, por lo que al intentar evitar chocar frontalmente con este hizo un giro que originó que se empotrara con la parte delantera. Las víctimas fueron identificadas como Jair Ángel Ramón Medrano (10), Eutronio Melgar Huatnalaya, Yolanda Majipo Ahuanari, John Franco Sánchez Ríos y un NN. En tanto que los heridos son Margarita Granados Maldonado, de 39 años; Raúl Palomino Rivera (32-chofer del bus),

Facultad de Derecho UNU instalará comité consultivo con participación de grupos de interés Para cumplir con el estándar 94 para su futura acreditación, la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Ucayali instalará su comité consultivo conformado por representantes de instituciones públicas y privadas que tienen relación con la Facultad, por cuanto sus egresados cubren plazas técnicas en estas instituciones, informó su decano José Aponte Lozada. Para efectos de constituir su comité consultivo está invitando a representantes del Poder Judi-

cial, Ministerio Público, Defensoría Pública, direcciones regionales, Defensoría del Pueblo, Gobierno Regional de Ucayali, municipalidades provinciales y distritales, empresas públicas importantes de la región Ucayali. La primera reunión con los grupos de interés para elegir a la junta directiva del comité consultivo tendrá lugar en la sala principal del rectorado de la UNU el viernes seis de diciembre. Estarán presentes el Rector Roly Baldoceda Astete, la Vi-

cerrectora Académica Otilia Hernández Panduro, el decano de la Facultad José Aponte Lozada, así como representantes del comité interno de calidad académica y acreditación de la Facultad y grupos de interés. Su función será informar sobre las actividades que realiza la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas con miras a su acreditación, en aspectos académicos, investigación, proyección y extensión universitaria, en cumplimiento de estándar 94 que precisa “la carrera profesional de Derecho y Ciencias Políticas cuenta con un comité consultivo integrado por los principales representantes de los grupos

de interés”. Para ello vamos a aprobar una resolución autorizando su creación e instalación, precisa José Aponte Lozada. También En cumplimiento de otro estándar está encaminada la instalación de la Asociación de Egresados de la facultad de Derecho y Ciencias Políticas que se encargará de relacionarse permanentemente con los egresados que requieran apoyo para realizar cursos de maestría y doctorado, así como garantizar su participación en el cogobierno a través de la Asamblea Universitaria, Concejo Universitario y Consejo de Facultad.

NOTIGR Á FICAS En región Ucayali

Para personeros, candidatos y observadores de las elecciones municipales 2014

Presentan experiencias exitosas de ecoclubes escolares

JNE pone a disposición herramienta informática

La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali, y la Dirección Regional Sectorial de Educación Ucayali, evaluaron las experiencias exitosas de los ecoclubes escolares. Esta evaluación se realizó con la visita de Angie Campos, consultora de USAID-Perú, y de Sonia Ríos de Daza, coordinadora de USAID en Ucayali, quienes visitaron 13 instituciones educativas de la región. Cabe indicar que los ecoclubes han sido organizados, equipados y fortalecidos a través del proyecto “Fomento de la Educación Ambiental para las Provincias de la Región. Entre las instituciones educativas focalizadas se encuentran las I.E. Virgen María, El Trébol, Niño Jesús, Jorge Chávez, Hipólito Unánue, Victoria Barcia Boniffati, El Comercio, Sor Anneta de Jesús, Elías Aguirre, Coquis Herrera, Refugio de Esperanza, Faustino Maldonado y Gustavo Prevost. También visitaron el “Bosque de Niños”. Las actividades realizadas por los miembros de los ecoclubes escolares son complementadas por sus facilitadores y los directores de sus respectivas instituciones educativas, en el marco del enfoque ambiental para el desarrollo sostenible. Los ecoclubes forman parte de la gestión pedagógica. Las II.EE de toda la región deben conformarlos, para realizar diferentes actividades de cuidado del medio ambiente, dentro y fuera de los planteles.

El Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo (JEE), pone a disposición de los personeros legales de los partidos políticos, alianzas regionales y organizaciones políticas de la región Ucayali, la herramienta informática “Sistema de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales del proceso de Nuevas Elecciones Municipales de marzo de 2014”. Dicha herramienta les permitirá iniciar el proceso de inscripción de su lista de candidatos, y conocer con anticipación las observaciones a cada uno de ellos, evitando así eventuales errores en las solicitudes de inscripción que se presenten. Para hacer uso del registro y la clave con que se accederá a la herramienta en mención, los personeros legales deberán constituirse a la sede del JEE, sito en el Jr. 9 de Diciembre N° 663 distrito de Callería. Dicha aplicación se encuentra disponible en la página web del JNE (www.jne.gob.pe).

Llamado a tomar medidas de prevención ante lluvias y vientos

Alerta meteorológica en Ucayali Un llamado a ser precavidos en esta temporada del año, ante las lluvias y fuertes vientos, hizo el grupo de trabajo de Gestión de Riesgos de Desastres. Dicho grupo tuvo en consideración el pronóstico hecho por el SENAMHI, que indicó que en todo el territorio del departamento de Ucayali habrá precipitaciones acompañadas de tormentas eléctricas, e intensificación de vientos hasta 50 KM/H. Las indicadas precipitaciones caerían del martes 3 de diciembre, al jueves 05 de diciembre del presente año. Por ello, el Director Regional de Salud recomendó a los responsables de los Centros de Prevención y Control de Emergencias y Desastres (COE), utilizar el sistema de radio y telefonía, y reportar a la población sobre la alerta meteorológica y el peligro inminente.

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Pucallpa, Jueves 05 de diciembre 2013

Qali Warma y DREU

Supervisan distribución de alimentos en II.EE Muy temprano ayer, llegó a nuestra ciudad la Supervisora Macroregional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Ella, cuyo nombre es Edith Culqui, hizo una visita inopinada en la oficina de dicho programa en nuestra región, a fin de programar supervisiones fortuitas a los centros educativos que se benefician con el desayuno alimentario del Estado. Este trabajo se desarrolló de forma conjunta con el director regional de Educación de Ucayali,

Por violación de domicilio

Denuncian a jefa de personal de la UGEL Olga Camila Silvano Rengifo (62), realizó una denuncia penal contra la jefa de personal de la UGEL de Coronel Portillo, por irrumpir en su propiedad, ubicada en la cuadra cuatro del Jr. 7 de Junio, el pasado 23 de noviembre. Agregó que presentó una denuncia ante la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo. Sin embargo, la denuncia podría haberse tomado como una cuestión personal, pues Olga Silvano afirma que la jefa de perso-

nal de la UGEL María Calle Serrano, se opondría a que su hermana, Dama Amada Silvano Rengifo, quien a la vez es directora nombrada en el jardín Semillitas N°225, en Nueva Requena, regrese a su puesto de trabajo, del que se ausentó por motivos de salud. “Llevé la constancia de descanso médico a la UGEL de Coronel Portillo. Allí me atendió la Jefa de Personal, quien aparentemente estaría a favor de que la directora encargada se quede

Pedro Rivero Paredes, y con el coordinador regional de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza, Richad Avila Escudero, quienes estuvieron acompañados del coordinador Territorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS Ucayali, Héctor Galiano Cerna, y el jefe de la Unidad Territorial de Qali Warma - Ucayali, Ricardo Mendoza Torres. Dichos funcionarios visitaron las instituciones Faustino Medrano - N° 64753, en donde el director hizo el pedido de más raciones de alimentos para atender a la totalidad de alumnos, exAplicación - N° 65003, y José Galvez Egusquiza N° 64359, en donde los docentes recibieron recomendaciones para el mejor manejo, manipulación, almacenamiento y distribución de los desayunos. (J.Linares) en reemplazo de mi hermana. No solo eso, sino que estaría tratando de que la documentación de mi hermana no sea recibida, pese a que la misma jefa de personal me recomendó entregar la documentación en el domicilio de la profesora encargada”, declaró. Olga Silvano hizo un llamado a la directora de la UGEL- Jenny Pajuelo, para que habrá haga una investigación a dicha funcionaria, que no debería dar favoritismo a nadie. Agregó que hasta la fecha recibe amenazas de la docente, quien le indica que botará a su hermana del Magisterio. (J. Linares)

Beneficiará a más de tres mil asegurados

EsSalud inaugura posta en Aguaytía Un total de tres mil 604 asegurados se benefician con la atención que se brinda en el nuevo local de la Posta Médica de Aguaytia, perteneciente a la Red Asistencial Ucayali de EsSalud. El nuevo local de la mencionada posta, se sitúa en el Jr. Cahuide Nº 219, en la Junta Vecinal Alonso Abad, en Aguaytia. Los asegurados disponen de siete consultorios: 1 de medicina general,

2 de enfermería, 2 de obstetricia, 1 de odontología y 1 de sala de partos, además de tópico, farmacia, admisión y sala de espera. Al respecto, el doctor Luis Alberto Vicente Yaya, director de la Red Asistencial Ucayali, informó que el nuevo local representa una mejora, debido a sus modernos ambientes y a su mayor espacio para brindar atención a los asegurados.(J.Linares)

De teléfonos públicos a móviles

Reducen tarifas de llamadas

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), aprobó reducir en un 9% la tarifa de las llamadas de teléfonos de uso pú-

blico de Telefónica del Perú, a cualquier celular. La medida determina que desde ayer, cada 76 segundos de comunicación desde un teléfono público a un celular, cuesta 0.50 de nuevo sol. La decisión dinamizará el tráfico de llamadas de teléfonos fijos a celulares, beneficiando a los usuarios de 230 mil teléfonos públicos, que estaban operativos en el Perú al cierre de junio del 2013. Asimismo, se espera que por efecto de la competencia, los precios de las llamadas de teléfonos fijos de cualquier operadora de teléfonos públicos hacia celulares, también se reduzcan. De incumplir las disposiciones de Osiptel, la empresa operadora será sancionada, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas y en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.

Del 18 al 20 de diciembre

Exposición de pinturas de ESFA

Estudiantes y profesores de la Escuela Superior de formación Artística “Eduardo Meza Saravia”, del 18 al 20 del presente mes participa-

rán en la Sala Anual de Exposición de Pintura. Esta actividad cultural artística tendrá lugar en la sala de exposiciones de la biblioteca municipal, a partir de las 7 de la noche del primer día de exposiciones. Ricardo Palma Vargas, director de la citada Escuela, afirmó que en esta exposición participarán más 20 estudiantes de pintura, e igual cantidad de docentes. También informó que hace unos días atrás, los estudiantes de la Esfa Eduardo Meza Saravia, intercambiaron experiencias con estudiantes de la escuela de música Daniel Alomía Robles.

Para mejora de atención

Essalud contratará 46 especialistas

Todo está listo para que en el más breve plazo se inicie la convocatoria para el desplazamiento, promoción y contrataciones de plazas P1 de médicos especialistas que laborarán en el Hospital II y Postas de la Red Asistencial Ucayali. Así lo dio a conocer el médico Luis Alberto Vicente Yaya, funcionario de EsSalud. Las convocatorias se realizarán en cumplimiento de las normas institucionales, y serán publicadas en la página web institucional de dicha entidad, donde se detallarán las fechas de postulación y los perfiles de cada especialista. Según Vicente Yaya, los 46 especialistas ingresarán a laborar de acuerdo a un plan de necesidades, para cerrar brechas y fortalecer la atención especializada de los asegurados

en la Región Ucayali. Esto permitirá mejorar la atención de pacientes de neumología, oftalmología, dermatología, neurocirugía, gastroenterología, nefrología, infectología, pat o l o g í a c l í n i c a , o r t o p edia/traumatología, geriatría, otorrinolaringología y reumatología. También se convocarán a 03 cirujanos, 02 cardiólogos, 04 internistas, 03 ginecólogos, 03 anestesiólogos, 02 pediatras, 02 radiólogos y 03 emergencistas. Del total de médicos contratados, 12 prestarán servicios en las Postas de Alamedas, Manantay, Campo Verde, Aguaytia, Atalaya y Contamana, en las especialidades de medicina de familia y cirugía. (J.Linares)

En A.H Nuevo Magdalena

Colocan primer tubo del sistema de desagüe El día de ayer, Segundo Pérez Collazos, alcalde provincial de Coronel Portillo, y los vecinos del AH Nuevo Magdalena, en emotiva ceremonia colocaron simbólicamente el primer tubo de lo que será el moderno sistema de desagüe que beneficiará a cerca de 300 familias del referido asentamiento humano. Con una inversión que supera el millón 252 mil nuevos soles, esta importante obra, que tiene un plazo no mayor a 120 días, contempla la instalación de 2,670 m de redes recolectoras de desagües, 257 conexiones domiciliarias y 38 buzones de concreto. Además contempla la construcción de una cámara de bombeo, que contará con una electrobomba sumergible, y otra de reserva. También incluye una línea de impulsión, de 4,530 m de tubería PVC. Las aguas residuales se trasladarán a través de la línea de impulsión, desde la cámara de bombeo, hasta el empalme de la red

de aguas residuales, ubicada en la Habilitación Urbana Municipal, y finalmente tendrá como destino la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales. Una de las vecinas del lugar, la Ing. Gladys Rojas, exhortó a los demás moradores a conectarse a las redes colectoras de desagüe, ya que de esa manera se estará cuidando el medio ambiente, evitando las enfermedades respiratorias a consecuencia de los fuertes olores producidos por los desechos orgánicos en los caños. Por su parte Edgar Mendizábal Nieto, regidor y vecino del AH Nuevo Magdalena, resaltó que los dirigentes estuvieron tras este proyecto cerca de 11 años, y que la actual gestión edil lo hace realidad, para el beneficio de los más de 1,300 habitantes. A todos y cada uno de ellos les pide comprometerse con el cuidado de esta obra, y a aportar -a través de sus tributos- al crecimiento de la ciudad. (J. Linares)


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Pucallpa, Jueves 05 de Diciembre 2013

09 - AVISOS -ACTUALIDAD

Entre la comunidad universitaria

Fumigan y limpian mercado municipal de Tahuanía

UNU fomenta el arte y la cultura

La Municipalidad Distrital El Alcalde de Tahuanía de Tahuanía y el Centro de Raúl Rios Arechaga Salud limpiaron fumigaron el mercado municipal de Bolognesi Alto, logrando recoger dos toneladas de basura que fueron depositadas en el botadero municipal. En la jornada participaron los comerciantes que brindaron facilidades al personal de la municipalidad para el buen desarrollo de su trabajo. Posterior a la limpieza se efectuó el baldeado de todo el ambiente con abundante jabón y desinfectante, luego fumigaron para controlar la proliferación de moscas, zancudos, cucarachas y roedores, animales portadores de peligrosas enfermedades. El alcalde del distrito de Tahuanía, Raúl Ríos Arechaga, dijo que a través de esta acción se está combatiendo el zancudo transmisor de la malaria y el dengue. Justamente en esta época de invierno los zancudos tienden a incubar y reproducirse en lugares húmedos y ambientes cerrados; por eso se dispuso la fumigación del mercado municipal, acción que continuará en los próximos días en domicilios, locales públicos y privados.

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Región Ucayali. Culmina diciendo que los grupos artísticos de la UNU están dispuestos a colaborar en cada una de las actividades que realizan las instituciones públicas y privadas de Pucallpa, previa coordinación

Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR

Presidencia del Consejo de Ministros

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A través de su Departamento de Arte la Universidad Nacional de Ucayali da oportunidad a sus estudiantes a practicar danzas, canto, adiestrarse en el manejo de instrumentos musicales, participar en talleres de pintura y ser parte del coro universitario. Sin costo alguno les damos la oportunidad de aprender danzas amazónicas, costa y sierra. Las clases totalmente gratuitas se realizan los días martes, miércoles y jueves. Solo deben tener muchas ganas de cantar, bailar y adiestrarse en el manejo de instrumentos musicales, precisa Carlos Rojas Carranza, jefe del Departamento de Arte de la Universidad Nacional de Ucayali. Está a disposición de todos los estudiantes nuestros talleres de guitarra, flauta dulce y órgano electrónico. Solo tienen que acercarse al Departamento de Arte para inscribirse gratuitamente. El arte y la cultura son herramientas importantes que contribuyen a la formación integral de los estudiantes universitarios que deben aprovechar sus ratos libres para participar en cada uno de nuestros talleres, enfatiza Carlos Rojas Carranza. Por el momento dichos talleres solo están a disposición de los estudiantes de la Universidad Nacional de Ucayali. En la actualidad el coro está ensayando para amenizar las actividades programas para celebrar los 34 años de creación de la Principal Casa de Estudio Superior de la

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La Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) pone en conocimiento de la comunidad en general que, el órgano instructor de dicha Dirección estará presente en la ciudad de Pucallpa el día 16 de diciembre del presente año, por lo que los administrados incursos en Procedimientos Administrativos Únicos no concluidos en primera instancia que deseen solicitar la realización de una Audiencia de Informe Oral, conforme lo estipula el artículo 23.5 del Reglamento del PAU aprobado por Resolución Presidencial 007-2013-OSINFOR, podrán requerir su realización en la fecha antes señalada hasta el 13 de diciembre de 2013, mediante una carta simple dirigida al Director de la Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre, adjuntando copia simple del DNI del titular (si es persona natural) o de poder vigente (si es persona natural o jurídica); dicho documento puede ser presentado en la Oficina Desconcentrada del OSINFOR en la ciudad de Pucallpa o en la Sede Central de la ciudad de Lima. Mayor información comunicarse a los correos electrónicos ntapia@osinfor.gob.pe y/o frivero@osinfor.gob.pe o directamente en las oficinas del OSINFOR ubicadas en la Av. Javier Prado Oeste N° 694 Magdalena del Mar - Lima o en el Jr. Progreso Nº 102, esq. con Jr. Inmaculada – Pucallpa. Lima, 02 de diciembre de 2013 Danny O. Peñaloza Macha Director (e) DSPAFFS OSINFOR

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Pucallpa, Jueves 05 Diciembre 2013

AVISOS - ACTUALIDAD

En conjunto con PNP

Realizan operativo a camiones cisternas El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería en la región (Osinergmin Ucayali), intervino a los camiones cisternas que traen combustibles desde Lima. Este operativo se realizóconjuntamente con la Policía de Carreteras, en

Aguaytía. Las cisternas intervenidas trasladan combustibles de Lima a Pucallpa, y de Pucallpa a diferentes grifos ubicados en el eje de la carretera Federico Basadre. “Los objetivos del operativo fueron verificar el uso del

EXPEDIENTE N° 267 - 2011 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por el Banco de Crédito del Perú contra Wagner Fernando Lomas Ramírez, sobre obligación de dar suma de dinero, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Coronel Portillo a cargo de la Doctora Erika Martel Del Risco, secretario Dr. Alfredo Ahuanari Manihuari, ha dispuesto sacar a remate público en Primera Convocatoria el siguiente inmueble: DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS: Inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Proyecto Integral La Paz Mz. 38 Lote 09 Sector Roca Fuerte, Distrito de Manantay, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, con un área de 316.00 m2. cuyos linderos y medidas perimétricas se detallan en la Partida Electrónica N° 19000842 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ucayali. VALOR DE LA TASACION Y PRECIO BASE: Valorizado en la suma de S/. 18,828.35, siendo la base de la postura para el presente remate, la suma de S/. 12,552.23. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: Señalándose para el día 19 de Diciembre del año 2013 a horas 12;30 del medio día, en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Coronel Portillo sito en el Jr. Manco Cápac 234 distrito de Callería Pucallpa. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: El Martillero Público Sr. Germán José Casapía Soto, Juez Dra. Erika Martel Del Risco y el secretario Alfredo Ahuanari Manihuari. PORCENTAJE PARA PARTICIPAR DEL REMATE: Los interesados oblar el 10% de la tasación y presentaran su arancel para ser considerados como postores, con números de expedientes y generales de Ley. En caso de ser personas jurídicas presentaran copia del RUC y poderes vigentes. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con lo previsto por en Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. GRAVAMENES: Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú, inscrito en el Asiento 00004 de la Partida N° 19000842. Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú, inscrito en el Asiento 00005 de la Partida N° 19000842. Alfredo Elmer Ahuanari Manihuari - Secretario Judicial Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Coronel Portillo. (05 al 12.12) - F/. 6873

EDICTOS Ante el Primer Juzgado Especializado en Familia de la Provincia de Coronel Portillo que despacha el Doctor Jonatan Orlando Basagoitia Cárdenas, Especialista Legal: JESSENIA TAFUR RIOS, en el Expediente 01028-2013-0-2402-JR-FC-01, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, seguido por KATTY KARINA GARCIA REATEGUI contra SUCESION CARLOS CABELLO VASQUEZ se h dispuesto lo siguiente: ADMITIR a trámite la demanda incoada, sobre DECLARACION JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE HECHO, interpuesta por KATTY KARINA GARCIA REATEGUI contra la SUCESION DE DON CARLOS CABELLO VASQUEZ, conformada por el adolescente NELSON JESUS CABELLO GARCIA, debiendo sustanciarse en la vía de proceso de CONOCIMIENTO; concediéndose al demandado el plazo de TREINTA DIAS HABILES a fin de que cumpla con contestar la demanda bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en el proceso y continuar en ese estado; Especialista Legal: JESSENIA TAFUR RIOS. Pucallpa, 28 de Noviembre de 2013.- 1° Juzgado Especializado en Familia de la Provincia de Coronel Portillo. CORTE SUPERIOR DE JUSTOICIA DE UCAYALI. Jessenia Tafur Ríos Secretaria Judicial Primer Juzgado Especializado en Familia de la Provincia de Coronel Portillo. (04 al 06.12) - B/. 8349

EDICTO EXP. N° 007-2013-CI, el Señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali - Contamana, Doctor NERIO LAZO QUEVEDO. mediante Resolución N° 01, de fecha 05 de Marzo del dos mil trece, ha resuelto ADMITIR a trámite la presente demanda incoada por TONY RODO LOPEZ MALDONADO, en representación de APOLINARIO JIMENEZ VALLE Y OTROS, contra ATILIO TAPULLIMA CACHIQUE, JUAN DANIEL OCHAVANO AMASIFUEN, DOLORES GUERRA MURAYARI, WILMER SALDAÑA ESPINOZA, JAVIER ZARATE MAYORA, JUAN CASTRO DEL AGUILA, LUZ ANGELICA ACHO PIZANGO,MARIO ARIRAMA AJON, JUAN DE LA CRUZ HUANSI ROBALINO, MANUEL DAHUA SINARAHUA, JOSE HILARIO NOLORVE GUERRA, JAVIER NOLORVE GUERRA, CLAUDIO TELLO DAHUA, MARIO TELLO DAHUA, JOEL ALDO GONZALES TAPAYURI, TULIO TAPULLIMA CACHIQUE, ARMILDO TAPULLIMA CACHIQUE, NESTOR TAPULLIMA CASTILLO, JORGE AMARINGO FLORES, sobre REINVINDICACION DE DOMINIO, la que deberá tramitarse en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, teniendo por ofrecidos los medios probatorios que se indican y confiérase TRASLADO a la parte demandada por el plazo improrrogable de TREINTA DIAS hábiles, a fin de que pueda ABSOLVER LA DEMANDA, bajo apercibimiento de ser declarados en rebeldía, conforme a lo dispuesto en el art. 458° del Código Procesal Civil, debiendo publicarse en los diarios “El Peruano’’ y “Ahora’’. Contamana, 12 de Noviembre del 2013. Fernando Quispe Veintemilla - Secretario Judicial Juzgado Mixto - Contamana. (3 al 05.12) - B/. 8342

Dirección Regional de Energía y Minas se reunirá con los vecinos SBS:

supervisión a cooperativas IntervienenMásConsorcio de ahorro protegerá a clientes Ucayali y Petroleum Perú SAC ríos Nuevo Progreso Santa Ana, Inca Garcilaso de la Vega, El Boquerón, Puerto Azul y Guayabal de la provincia de Padre Abad También anunció que el trece de diciembre Gobierno Regional de Uca-

yali y Ministerio de Energía y Minas realizarán el taller “proceso de formalización en la minería aluvial”. Esta actividad tendrá lugar en el Colegio de Ingenieros del Perú -sede Pucallpa.

REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA

Camión Cisterna GPS en estos vehículos, y la correcta trasmisión de datos para su ubicación, así como detectar el desvío de combustibles en la región”, informó el ingeniero Ricardo Domínguez Morales, jefe de Osinergmin Ucayali. La acción policial estuvo al mando del SOT1 PNP Cabrera, y los efectivos Chávez y Saavedra. Estos operativosseguirán en los próximos días, y se ejercerán sobre los camiones cisternas que provienen de Lima, con combustible para la planta de Petroperú en Pucallpa. También se ejercerá sobre los camiones que salen hacia los grifos de la carretera Federico Basadre, principalmente a los que van hacia La Divisoria. SU DIARIO FAVORITO

A las cuatro de esta tarde la Dirección Regional de Energía y Minas sereunirá con los vecinos y moradores de la Restinga y Sky Acuático en el distrito de Yarinacocha con el propósito de informar de la intervención de la empresa Consorcio Ucayali en la zona y las facilidades que dará a los lugareños, informó Roque López Mathews. El director regional de Energía y Minas anunció que del ocho al once de diciembre se realizarán talleres informativos con la participación de representantes de la empresa Petroleum del Perú SAC con la finalidad de informar sobre sus actividades que involucrará a los case-

SUCESION INTESTADA Por ante el Notario de esta ciudad de Pucallpa Eudocio Raúl Salazar Martínez, con Oficio Notarial en el Jirón Coronel Portillo N° 439 de esta ciudad, se ha apersonado doña DORIS LAYSECA PANDURO, quien solicita Sucesión Intestada de su madre ESTELA PANDURO RENGIFO, fallecida el 06 de Octubre de 2013, en el Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, quien tenía su último domicilio en esta ciudad, a fin que se le declare como heredera universal a DORIS LAYSECA PANDURO. Lo que se publica a in de que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Pucallpa, 04 de Diciembre de 2013. E. Raúl Salazar Martínez - Abogado - Notario de Pucallpa. (05.12) - B/. 8354

SUCESION INTESTADA Ante mi, Ovidio Telada Huamán, Abogado - Notario de Pucallpa, Oficina Jirón Tarapacá 933-Callería-Ucayali; MARIO EDISON MONTOYA MONTESINOS, solicita Sucesión Intestada que vida fuera madre ROSA GLORINDA MONTESINOS DE MONTOYA, fallecido AB Intestada:12:Noviembre:2013, en Distrito Callería - Ucayali y señalando último domicilio Habitual Jirón Zavala 517 - Pucallpa, Distrito Callería, Provincia Coronel Portillo y Región Ucayali y de conformidad con los Artículos 13 y 41 de la Ley N° 26662, se publica a fin de que los que tengan derechos los hagan valer en la forma establecida por Ley. Pucallpa, 04 de Diciembre del 2013. Dr. Ovidio Telada Huamán Abogado - Notario de Pucallpa (05.12) - F/. 6877

SUCESION INTESTADA Ante este Oficio Notarial se ha presentado don JAM GUTIERREZ GONZALES, solicitando en calidad de hijo y el de sus hermanos OLMEDO GUTIERREZ GONZALES, JOEL GUTIERREZ GONZALES, LALY GUTIERREZ GONZALES, EVILA GUTIERREZ GONZALES, JOSE GUTIERREZ GONZALES, LIZ GUTIERREZ GONZALES Y MARIA LUISA GUTIERREZ GONZALES y de don JOSE GUTIERREZ TORRES, en calidad de cónyuge, la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su madre doña MARIA LUISA GONZALES SILVA, quien falleció el 23 de Setiembre del año 2009 en el Distrito de Yarinacocha, Provincia Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, se hace el presente aviso para que se presenten las personas que se crean con derecho a la herencia en la Oficina del Notario Público Doctora Giovanna Merino Reyna Campodónico, Oficina Jirón Coronel Portillo N° 480-Pucallpa. Pucallpa, 03 de Diciembre del 2013. Dra. Giovanna Merino Reyna Campodónico - Abogado Notario Pública. (5.12) - B/. 8352

En el proceso N° 00299-2010-0-2402-JP-CI-03, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE HUANCAYO S.A. contra GLORIOSA RAMIREZ TAMINCHI, ORCAR CEFERINO RICO ORDINOLA, ELSA GENOVEVA CORAS FELIX y FROILAN ANIBAL MATAMOROS SOTO, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Yarinacocha, que despacha el Juez Rafael Abel Espinoza Calderón, Secretaria Liliana Salas Rojas, convoca a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente inmueble: DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS: Inmueble ubicado en el Jr. 15 de Febrero, Asentamiento Humano, Proyecto Integral La Paz Mz. 12 - Lt. 08 Sector Roca Fuerte, Distrito de Manantay, Provincia de Coronel Portillo y Departamento de Ucayali, con un Area de 282.00 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritas inscrita en la Partida N° P19000495 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Pucallpa - Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa. VALOR DE TASACION Y PRECIO BASE: Inmueble valorizado en la suma de S/. 9,024.00 (NUEVE MIL VEINTICUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES) fijándose la base del remate para la primera convocatoria con las deducciones de ley en la suma de S/. 6,016.00 (SEIS MIL DIECISEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: Señalándose para tal efecto el día DIECINUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL TRECE a horas DOS DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en el local del Juzgado sito en el Jr. Manco Cápac N° 234. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Público, Germán Casapía Soto. PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Los interesados deberán oblar el 10% de la valorización para ser considerados como postores y la correspondiente tasa judicial por concepto de prescripción en remate. GRAVAMENES: 1. Embargo inscrito en el Asiento 00005 ordenado por el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Coronel Portillo, hasta por la suma de S/. 36,000.00 (Treintiseis Mil y 00/00 Nuevos Soles), en el proceso seguido Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. sobre Obligación de Dar Suma de Dinero - Expediente N° 00299-2010. 2. Embargo inscrito en el Asiento 00006 ordenado por el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Coronel Portillo, hasta por la suma de S/. 50,000.00 (Cincuenta Mil y 00/00 Nuevos Soles), en el proceso seguido Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. sobre Obligación de Dar Suma de Dinero - Expediente N° 00704-2010. 3. Embargo inscrito en el Asiento 00007 ordenado por el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Coronel Portillo, hasta por la suma de S/. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/00 Nuevos Soles), en el proceso seguido Banco de Crédito Del Perú, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero Expediente N° 00471-2011. Pucallpa, 28 de Noviembre del 2013. Liliana Salas Rojas - Secretaria Judicial Tercer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Coronel Portillo (2 al 9.12) - B/. 8333

EXPEDIENTE N° 424-2011 PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por el Banco de Crédito del Perú contra Rocío Navarro Pastor y Fernando Arista López, sobre obligación de dar suma de dinero, el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yarinacocha a cargo de la Juez Dra. Gloria Sabrina Santillán Sánchez, Secretaria Milca Tinoco Silva, ha dispuesto sacar a remate público el siguiente inmueble: DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS: Inmueble ubicado en el Centro Poblado Area Urbana de Yarinacocha (Ampliación Puerto Callao Etapas I, II, III, IV) Mz. 1001, Lt. 03 Etapa Cuarta, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali, con un área de 120.00 m2. cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritos en la Partida N° P19030308 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Ucayali. VALOR DE LA TASACION Y PRECIO BASE: Valorizado en la suma de S/. 10,099.58 (Diez Mil Noventa y Nueve con 68/100 Nuevos Soles), siendo la base de la postura para el presente remate, la suma de S/. 6,733.12 (Seis Mil Setecientos Treinta y tres con 12/100 Nuevos Soles). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: Señalándose para el día 12 de Diciembre del 2013 a horas 03:00 pm. en el local Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yarinacocha, sito en Jr. 07 de Junio N° 324-Yarinacocha (Ref. Frente a la Plaza de Armas de Yarinacocha y al costado del Banco Azteca). FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Público Sr. Aldo Martin Zamora Millones, Juez Dra. Gloria Santillán Sánchez, Secretaria Milca Tinoco Silva. PORCENTAJE PARA PARTICIPAR DEL REMATE: Los interesados deberán oblar el 10% de la tasación y presentar su arancel para se considerados como postores, con número de expediente y generales de ley. En caso de ser personas jurídicas presentaran copias de RUC y poderes correspondientes. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con lo previsto con el decreto supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV. GRAVAMENES: El que deriva del presente proceso. Embargo en forma de inscripción a favor del ejecutante Banco de Crédito del Perú, inscrito en el Asiento D00003 de la Partida N° 19030308. Milca Tinoco Silva - Secretaria Judicial Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yarinacocha(29 al 05.12) - F/. 6837


Pucallpa, Jueves 05 de Diciembre 2013

ACTUALIDAD -AVISO- 11

Presidente Ollanta Humala presenciará inicio de operaciones de lote petrolero en Loreto

El Presidente Ollanta Humala.

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La Biblia no es solo un Libro, sino es la voz de Dios

JUEVES 05 DICIEMBRE DEL 2013 Si temiereis al Señor y le sirviereis, y oyereis su voz, y no fuereis rebeldes a la palabra del Señor… haréis bien. 1 Samuel 12:14 ¿Menosprecias las riquezas de su benignidad, paciencia y longanimidad, ignorando que su benignidad te guía al arrepentimiento? Romanos 2:4

ARRESTO DE REBELDES En el siglo 18 en Escocia, durante las persecuciones contra los reformados, John Welsh se extravió en las montañas cuando iba a una reunión cristiana que tendría lugar al día siguiente .Cuando cayó la noche, vio una casa a lo lejos. ¿Sería la casa de un amigo o de un adversario? A Welsh no le quedó otro remedio que llamar a la puerta. Pronto las palabras de su anfitrión le confirmaron que había entrado en casa de un declarado enemigo de los reformados. Este hombre trataba de hacer comparecer ante los tribunales a un cierto John Welsh, de quien todo el mundo alababa su celo. Sin protestar, Welsh se conformó con decir: «Estoy de camino para arrestar a los rebeldes, y sé dónde encontrar a John Welsh. Si quiere acompañarme, se lo entregaré mañana» Al día siguiente los dos hombres partieron juntos. Podemos imaginar la sorpresa de este anfitrión cuando se halló en medio de personas que estaban reunidas para

rendir culto al Señor. Y su sorpresa debió ser mayor aún, cuando vio que aquel a quien había alojado la noche anterior tomaba lugar entre la asistencia y predicaba con un poder dado por Dios mismo. Cuando finalizó la predicación, el hombre se acercó a Welsh y le dijo: «Ayer me dijo que iba a arrestar a los rebeldes. Yo formo parte de ellos. ¡Me rebelé contra Dios, pero su gracia es más fuerte, y fue ella la que me atrapó!». ’’Vidas cambiadas que impactan otras Vidas’’ Pucallpa PASTOR: HERNÁN JARA Iglesia: ’’VIDA EN CRISTO’’ AA.HH. Primavera I Etapa Mz. 1 - Lt. 07

Horario: Martes: 7.00 - 8.30 pm. Mièrcoles: 7:30 - 9:00 pm. Sàbados: 7:30 - 9:00 pm. Domingos: 5:00 - 7:00 pm.

Lima, dic. 04 (ANDINA). El Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, visitará mañana las instalaciones del lote petrolero 67, en la región Loreto, para presenciar el inicio de operaciones de producción de crudo por parte de la empresa Perenco Perú Petroleum Limited. Estará acompañado por la autoridad regional de Loreto, Yván Vásquez Valera; el ministro de Energía y Minas, Jorge Merino; y el presidente de Perenco, Francois Perrodo. El acto comenzará a las 12:20 horas en el campamento de Facilidades de Carga y Descarga Curaray (FCDC), de la empresa Perenco en el Lote 67, ubicado en los distritos de Napo y Tigre, entre las provincias de Maynas y Loreto, a 350 kilómetros al noroeste de Iquitos, capital de Loreto, el departamento más grande del país. El jefe de Estado llegará a la zona para la apertura simbólica de la válvula de descarga de petróleo crudo hacia una barcaza de transporte y la extracción del primer barril de petroleo con fines comerciales. Es un área donde no se ha operado anteriormente. Debido a problemas climatológico, el Mandatario peruano no pudo viajar este miércoles al Lote 67 como lo tenía previsto. La inversión actualizada en el Lote 67 a octubre del 2013 asciende a 711.9 millones de dólares. Con la presencia del presidente Humala, Perenco iniciará operaciones en este lugar con una producción de 1,000 barriles de petróleo (crudo) por día (BPD) para el 2013; el 2014 aumentará la capacidad a 6,000 BPD y se espera que la producción alcance los 12,000 BPD en el 2015. En el 2017 se estima llegará a los 35,000 BPD y en 2018 alcanzará su pico de producción de 60,000 BPD, según la Secretaría de Prensa de la Presidencia. Perenco Perú Petroleum Limited apoyó el proyecto del Buque Tópico BAP Pastaza, habiendo atendido a unas 90,000 personas y además desarrolla proyectos productivos con las comunidades de los ríos Napo, Curaray y Arabela.

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI ORDENANZA REGIONAL N° 023-2013-GRU-CR POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI El Consejo Regional del Gobierno Regional de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867, sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013 y demás normas Complementarias, en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de Octubre del 2013; y. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, que son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Art. 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dispone que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 (en adelante, L.O.G.R.), además de establecer la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Regionales y determinar sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, estipula en el punto 2 del artículo 10º, inciso f), como competencia compartida la difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales. Que, en tal sentido, el inciso a) del artículo 47º de la L.O.G.R., señala dentro de sus funciones específicas, la de: formular, aprobar, ejecutar y administrar las políticas regionales en materia de educación y cultura, en su respectiva jurisdicción; Que, conforme lo dispone el artículo 91º del D.S. No. 096-2005-RE los Gobiernos Regionales podrán crear su propia Orden, con la finalidad de condecorar a las personas que hayan realizado una destacada contribución a la Región. Que, actualmente el Gobierno Regional de Ucayali carece de una norma que reconozca y resalte de manera honorífica, y que otorgue la correspondiente distinción por los logros obtenidos y /o acciones realizadas a las personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, así como a las entidades públicas o privadas que, hubiesen contribuido a los fines, objetivos, desarrollo y/o progreso de la sociedad, dentro de su jurisdicción; Que, en tal sentido, el presente Proyecto de Ordenanza que crea la Condecoración “Región Ucayali” y además, establece las categorías de a) Gran Caballero; b) Ciudadano(a) Distinguido(a), c) Visitante Ilustre; d) Hijo(a) Predilecto; e) Honor al Intelecto; definiéndose los requisitos o condiciones respectivas para cada una de las categorías; correspondiendo su aprobación, disposición y entrega de la condecoración al Presidente Regional. Que, por tales consideraciones y, siendo que, es una norma que va a dirigida a resaltar y distinguir las acciones y obras que conlleven hechos meritorios tanto de autoridades y de ciudadanos, lo cual contribuye al desarrollo y cumplimiento de los objetivos del Gobierno Regional de Ucayali, que a la fecha carece de dicha normatividad. De conformidad con lo dispuesto por el anexo 8) del Art. 192º de la Constitución Política del Estado, Texto reformado y por el Inc a) del Art. 15º, Art. 37º y Art. 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, con el voto unánime de sus Consejeros en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de octubre del 2013, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- CRÉASE la Condecoración “REGIÓN UCAYALI”, como máxima distinción honorífica que el Gobierno Regional de Ucayali otorga a las personalidades e instituciones públicas y privadas que con su trayectoria personal, profesional, empresarial, probada vocación humanista, intelectual o artística, hayan brindado servicios extraordinarios a nuestra región y el País, o por acción u obra que destaquen sus antes conocidas cualidades y que de ellos resulten motivo de reconocimiento por su contribución a los fines, objetivos, desarrollo y progreso de la región Ucayali; ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional la aprobación del Reglamento que Crea la Condecoración ”Región Ucayali” el mismo que constan de IV capítulos, 07 artículos y 04 Disposiciones Finales, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación regional y a la Oficina de Sistemas su difusión a través del Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe), ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa al primer día del mes de octubre del año dos mil trece

POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los nueve días del mes de octubre del año dos mil trece

(05.12)


Pucallpa, Miércoles 04 de diciembre 2013

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2013-MPCP Pucallpa, 06 de noviembre del 2013. EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo, mediante Expediente Interno Nº 27056-2013 que contiene el Informe N° 330-2013MPCP-GSCyTU-SGTTU, del 29 de agosto de 2013, Informe N° 062-2013-MPCP-GPPR-SGR, del 06 de septiembre de 2013, Informe Legal N° 1567-2013-MPCP-GM-GSCyTU-SGTTU/CAPCH, de fecha 10 de septiembre de 2013, Informe N° 351-2013-MPCP-GGCyTUSGTTU, del 11 de septiembre de 2013, el Dictamen N° 01-2013-MPCP-SR-CP-CSCDCTyT de fecha 04 de noviembre del 2013 y el Proveído Nº 230-2013-MPCP-SES.ORD-SG sobre el Acuerdo Nº 230-2013 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 021-2013 de fecha 05 de noviembre del año 2013, y; CONSIDERANDO: Que mediante Expediente Interno N° 24909-2013, generado por el Informe N° 330-2013-MPCP-GSCyTU-SGTTU, del 29 de agosto de 2013, la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano, remite a la Sub Gerencia de Racionalización, el sustento técnico y Proyecto de Estacionamiento Vehicular Temporal en el Distrito de Callería. Que mediante Informe N° 062-2013-MPCP-GPPR-SGR, del 06 de septiembre de 2013, la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, emite su evaluación técnica (conforme a lo que le compete) respecto del proyecto Estacionamiento Vehicular Temporal en mención, indicando que surge la necesidad de regular dicha actividad, sin embargo esto no podría darse en la forma propuesta por la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte Urbano, que propone un Reglamento, pues no existe previamente una norma municipal con rango de ley aprobada para darle reglamentación, por ende, lo correcto es que debe regularse a través de una ordenanza municipal por ser la norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal y por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servidores de Estacionamiento Vehicular Temporal y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (art. 40° de la ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972). Asimismo, mediante Expediente Interno N° 26276-2013, generado por el Informe Legal N° 1567-2013-MPCP-GM-GSCyTUSGTTU/CAPCH, de fecha 10 de septiembre de 2013, el Asesor Legal adscrito a la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte Urbano, remite a su superior, el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Estacionamiento Vehicular Temporal, opinando por la viabilidad del referido proyecto, sugiriendo se derive a la Alta dirección para su estudio y aprobación, cumpliendo además, con anexar el texto del proyecto de la ordenanza en referencia. Que mediante Informe N° 351-2013-MPCP-GGCyTU-SGTTU, del 11 de septiembre de 2013, el Sub Gerente de Tránsito y Transporte Urbano de la MPCP, remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para efectos de estudio y opinión. Preliminarmente revisado que fuera el proyecto de Ordenanza Municipal del Damero y estacionamiento Vehicular, con todos los aspectos que contiene, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante la Carta Múltiple N° 001-2013-MPCP-GM-GAJ, del 19 de septiembre de 2013, que generara el Expediente Interno N° 27056-2013, remitió el Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el damero de la Ciudad de Pucallpa, el Ordenamiento de Zonas Rígidas y Habilitadas para el Estacionamiento Vehicular Temporal, aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal y Fomenta la Implementación y Mejoramiento de Playas de Estacionamiento Privadas, a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, así como a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a efectos que dicha unidades orgánicas, evalúen el proyecto, y alcancen sus opiniones y aportes. Que estando a ello, mediante Informe N° 179-2013-MPCP-GAT, del 20 de septiembre de 2013, el Gerente de Acondicionamiento Territorial de la MPCP, informa que respecto al artículo 22, título V, Capítulo I – del Fomento del Servicio de Playas de Estacionamiento Privado:… en cuanto a la exoneración del pago de 100%, a este artículo se debe adicionar que “solo están afectos al pago de Revisión por la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos, la misma que se efectúa en la cuenta corriente del Colegio de Arquitectos – CAP y del Colegio de Ingenieros – CIP, según D.S. N° 008-2013-VIVIENDA, artículo 12°, numeral 12.7”, aporte que ha sido incluido en el texto de la ordenanza, conforme a lo expuesto por el Gerente de la GAT. Que así también, mediante Informe N° 394-2013-MPCP-GM-GSPyGA, del 20 de septiembre de 2013, el Gerente de Servicios Públicos y Gestión Ambiental de la MPCP, advierte que el objeto y la finalidad del Proyecto de Ordenanza, solo está enfocado al ordenamiento del tránsito vehicular y su respectiva gestión en la cuadrícula del Damero, y siendo el concepto Damero más amplio, sugiere que el proyecto de ordenanza sea “Damero de la Ciudad de Pucallpa – primera etapa “Ordenamiento de las Zonas Rígidas y Habilitadas para el Estacionamiento Vehicular, Aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular y Fomenta la Implementación y Mejoramiento de Playas de Estacionamiento Privadas”.” Que expone el Gerente en mención que la administración de los espacios públicos no es solamente el ordenamiento vehicular y su gestión, sino también velar por la limpieza, por ello no se está considerando en el presente proyecto de ordenanza como mínimo, normas técnicos del servicio de limpieza pública en la cuadrícula del Damero, sugiriendo se considere en el proyecto de ordenanza y se implemente una adecuada estrategia de recolección de lugares determinados, horarios establecidos para recojo y barrido, logrando de esta manera un espacio ordenado y limpio a la vez, planteando como norma los siguientes puntos: a) La limpieza de los espacios públicos y el recojo de los residuos procedentes de los mismos deberá ser realizada por la MPCP con la frecuencia conveniente opera la adecuada sanidad y estética del espacio público, dando la publicidad necesaria de las características del servicio para el conocimiento de los vecinos y usuarios. b) Por la naturaleza de la zona se requerirá incrementar personal y equipos para el buen y correcto cuidado, preservación y mantenimiento. c) Debido a la concentración de público y comerciantes se deberá establecer turnos continuos de personal encargado para el barrido, recojo de residuos sólidos y su disposición final, a fin de mantener siempre limpia la zona de reglamentación especial, este recojo tendrá un horario determinado por la Municipalidad. d) Los comerciantes y moradores de la zona establecida solo podrán sacar la basura en bolsas negras 15 minutos antes de la hora establecida de acuerdo al cronograma. e) La MPCP dotará al damero de depósitos de basura, uniformes, ubicándolos en calles, parques y espacio públicos, y es obligación de los transeúntes depositar en ellos los desperdicios y basura. Que sobre la apreciación y sugerencia aportadas por el Gerente de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, es de precisarse que si bien su posición se encuentra justificada, en lo que respecta a la limpieza pública dentro del Damero, los extremos relacionados al incremento de personal y la adquisición de equipos para un servicio continuo, escapan del objetivo principal del proyecto de ordenanza municipal sub materia, en todo caso, atendiendo a la idea de la limitación que tendría el proyecto del Damero sólo para fines del tránsito y del estacionamiento vehicular, correspondería para los fines que dicha gerencia pretende, que en disposición complementaria, se encargue a dicha gerencia tomar todas las previsiones del caso a efectos que la zona delimitada y que conforma el Damero de la ciudad de Pucallpa, permanezcan en óptimas condiciones de limpieza y salubridad, encargándole incluso la proyección de normas reglamentarias que permitan administrar y/o controlar en mejor formar los aspectos de competencia de la gerencia en mención. Del mismo modo, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, mediante el Informe N° 1238-2013-MPCP-GM-GSAT-SGCR, del 20 de septiembre de 2013, emitido por la Sub Gerencia de Control y Recaudación, expone que en el artículo 22° se establece que la aplicación de la ordenanza alcanza a toda persona natural o jurídica que desee instalar, implementar o mejorar una playa de estacionamiento destinada a la dotación de espacios vehiculares para establecimiento ubicados dentro del Damero, ya edificados o por edificarse bajo autorización municipal. Dichas personas naturales o jurídicas que, bajo los alcances de la presente ordenanza, deseen invertir en la edificación de playas de estacionamiento vehicular en el Damero de la ciudad de Pucallpa, tendrán como incentivo la exoneración del pago de arbitrios municipales en un 100% teniendo dicha medida una vigencia de 5 años. La Sub Gerencia de Control y Recaudación de la GSAT, había sugerido que la exoneración no sea del 100%, sino del 50% por los arbitrios de limpieza pública, y respecto de parques y jardines y serenazgo, que el pago sea total, asimismo indica que el periodo debería reducirse, al respecto, y luego de las coordinaciones del caso, la Alta Dirección ha dispuesto conservar la propuesta de exoneración inicial, es decir el 100% de los arbitrios (todos los conceptos que lo componen) y por un término de cinco (5) años. Por su parte la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, también perteneciente a la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, observa que en el segundo párrafo del artículo 2° se establece: “ninguna persona natural o jurídica pública o privada, o autoridad política, administrativa, policial, militar o de índole religioso, está exenta de acatar los alcances de la presente norma municipal, salvo en los extremos de las exoneraciones dispuestas en el artículo 22° de la presente ordenanza”. Sin embargo, acota la sub gerencia en mención, que lo dicho no tiene congruencia, pues esta ordenanza también alcanza a las personas naturales o jurídicas que deseen instalar, implementar o mejorar una playa de estacionamiento, por lo que sí resulta aplicable a éstos. En cuanto a esta observación, se está procediendo a variar lo siguiente: Dice: “Artículo 22°.- la aplicación de la presente ordenanza municipal alcanza a toda persona natural o jurídica…” Debe Decir: “Artículo 22°.- la aplicación del presente título alcanza a toda persona natural o jurídica…” Que con la observación formulada por la Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, en este extremo, quedaría superada, y su sugerencia, implementada. Así también, en cuanto a lo que observa respecto al fomento del servicio de playas de estacionamiento privadas, sugiere que debería especificarse que el incentivo es para personas naturales o jurídicas que deseen implementar o mejorar playas de estacionamiento destinadas a brindar servicio privado de dotación de espacios y cuidado de vehículos dentro del Damero de la ciudad, sugerencia que se ha recogido para la mejora del texto del proyecto normativo. Asimismo, opinó que la exoneración ofrecida respecto de los arbitrios municipales, debía limitarse sólo al 50% y por 2 años prorrogables por Decreto de Alcaldía, y sólo respecto del concepto de limpieza pública y barrido de calles, mas no a los demás arbitrios como serenazgo, parques y jardines, sin embargo, como se ha referido en lo que corresponde a la propuesta de la Sub Gerencia de Control y Recaudación, luego de efectuadas las coordinaciones del caso, la Alta Dirección ha dispuesto conservar los términos de la propuesta inicial, conforme a lo ya expuesto. Finalmente sugiere que para que los interesados accedan al beneficio de la exoneración, los beneficiarios tendrán que acreditar la construcción o el mejoramiento de la playa de estacionamiento, con la respectiva licencia. Sobre esto último, se está procediendo a agregar al texto del proyecto, que sólo se aplica a quien acredite en la vía regular y con la licencia de edificación correspondiente la construcción o con la de funcionamiento pre existente, el mejoramiento de dicho establecimiento. Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, establece que la Municipalidades Provincial y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que “las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, el artículo 9°, numeral 8) de la Ley N° 27972, dispone que corresponde al Concejo Municipal “aprobar, modificar o derogar las

AVISOS

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Ordenanza y dejar sin efecto los acuerdos”. De otra parte el artículo 66° del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, señala que “las tasas municipales son los tributos creados por los concejos municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la municipalidad, de un servicio público o administrativo, reservado a las municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades”. Qué asimismo, el inciso d) del artículo 68° del antes referido Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que las municipalidades podrán imponer entre otras “las tasas por estacionamiento de vehículos: son las tasas que debe pagar todo aquel que estacione su vehículo en zonas comerciales de alta circulación, conforme lo determine la municipalidad del distrito correspondiente, con los límites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central”. Que estando al marco normativo detallado, es de colegirse, que el proyecto de ordenanza materia del presente informe legal, cuenta con suficiente respaldo jurídico para su aprobación por parte del concejo municipal de Coronel Portillo. Que sobre la aprobación de la tasa de estacionamiento vehicular, otras entidades ediles del Perú, han optado por regular dicho tributo, así, la Municipalidad de Santiago de Surco, mediante Ordenanza N° 433-MSS, del 23 de agosto de 2012, ha promulgado la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, para su circunscripción distrital, asimismo lo ha hecho el Concejo Municipal de Los Olivos, el cual mediante Ordenanza N° 367-CDLO, del 27 de abril de 2012, aprobó la ordenanza que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular aplicable a su circunscripción distrital. En ambos casos, dichas comunas se han amparado en lo dispuesto mediante Ordenanza Municipal N° 739-MML, del 26 de diciembre de 2004, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, norma la mencionada mediante la cual se establece los aspectos legales, técnicos y administrativos que deben observar las municipalidad distritales de la provincia de Lima para la determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la respectiva circunscripción. Que estando a lo anterior, es de establecerse que la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, ejerciendo su autonomía política, económica y administrativa para un asunto de su competencia (tránsito y transporte urbano), con sujeción al merco legal, no sólo cuenta con el respaldo legal propiciado por la Constitución Política del Perú, por la Ley Orgánica de Municipalidades y por el TUO de la Ley de Tributación Municipal, sino además, que cuenta con pertinentes antecedentes-referencias como los citados en el parágrafo anterior, dados en la República del Perú, y vigentes a la fecha, por lo que, atendiendo a la necesidad pública de establecer un orden en el uso racional y adecuado de los espacios públicos destinados al estacionamiento de vehículos en el centro de la ciudad de Pucallpa – Distrito de Callería, a la consecuente necesidad de fomentar la creación de establecimientos que permitan cubrir el previsible déficit de los estacionamientos en la vía pública, y con el afán de generar y mantener permanente la fluidez vehicular dentro del Damero de la ciudad de Pucallpa, la dación de la norma municipal materia del presente informe, se hace necesaria y se encuentra debidamente justificada; Que mediante Resolución N° 471-2013-JNE de fecha 22 de mayo del 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones dejo temporalmente sin efecto la credencial otorgada al señor Víctor David Yamashiro Shimabukuro como Alcalde de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, por el periodo que subsiste la causal de suspensión prevista en el artículo 25°, numeral 1, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en consecuencia ordenó convocar al Sr. Segundo Leónidas Pérez Collazos para que asuma el cargo de alcalde de esta Entidad Edil. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal por Acuerdo de Concejo N° 230-2013, del 06 de noviembre de 2013, aprobó la Ordenanza Municipal que: ESTABLECE EL DAMERO DE LA CIUDAD DE PUCALLPA, EL ORDENAMIENTO DE ZONAS RIGIDAS Y HABILITADAS PARA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL, APRUEBA LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Y FOMENTA LA IMPLEMENTACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO PRIVADAS. ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL DAMERO DE LA CIUDAD DE PUCALLPA, EL ORDENAMIENTO DE ZONAS RIGIDAS Y HABILITADAS PARA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL, APRUEBA LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Y FOMENTA LA IMPLEMENTACIÓN Y MEJORAMIENTO DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO PRIVADAS TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO ÚNICO GENERALIDADES Artículo 1.- OBJETO. La presente Ordenanza Municipal, tiene por objeto la regulación eficiente del tránsito en el centro comercial y financiero de la ciudad de Pucallpa, a través del ordenamiento del estacionamiento vehicular en determinadas zonas, la restricción de éste en otras, dándole mayor fluidez a las principales arterias del centro de la ciudad, así como brindado un servicio de estacionamiento vehicular temporal administrado por la entidad municipal, o en su defecto, por terceros debidamente capacitados y autorizados por ésta previo cumplimiento de la normativa vigente y aplicable al caso, así como a través del cumplimiento de las formalidades mínimas necesarias que el caso requiera en beneficio de la ciudad. Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCES: La presente Ordenanza Municipal es aplicable a toda la ciudadanía que habita, labora, estudia o ejerce comercio o manufactura de cualquier índole o dimensión, o que simplemente visita el centro de la ciudad, denominado para los efectos “Damero de la ciudad de Pucallpa” – Distrito de Callería, asimismo alcanza a las empresas privadas de cualquier rango o categoría, así como a las entidades del Estado o edificios públicos que se encuentren situados dentro de la delimitación del Damero, en la medida que a éstos últimos les corresponda. Ninguna persona natural, jurídica pública o privada, o autoridad política, administrativa, policial, militar o de índole religioso, está exenta de acatar los alcances de la presente norma municipal, salvo en los extremos de las exoneraciones dispuestas en el artículo 20° de la presente ordenanza. Tiene como alcances: 2.1. APROBAR Y ESTABLECER, en la jurisdicción de Coronel Portillo, Distrito de Callería, el tributo denominado tasa por estacionamiento vehicular temporal (EVT) por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento que brindará la municipalidad en las áreas de estacionamiento determinada y habilitadas para dicho fin. 2.2. REGULAR los aspectos técnicos, así como administrativos del servicio del estacionamiento vehicular temporal en la jurisdicción de Coronel Portillo, distrito de Callería, procurando el uso racional de la vía pública, en el marco de las normas establecidas en la Ley de Tributación Municipal y en la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 3.- DEFINICIONES Para la aplicación del siguiente proyecto, se considera las siguientes definiciones: a) DAMERO: Plano de la ciudad que está constituido por cuadras o manzanas, comprende parte del centro del casco urbano de la ciudad de Pucallpa distrito de Callería, que cuenta con mayor afluencia comercial, académica, cultural y financiera y que se encuentra delimitado dentro de vías específicas. b) ÁREAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL (EVT): son los espacios habilitados en la vía pública, por la autoridad municipal, para el estacionamiento vehicular temporal. c) ÁREAS RIGIDAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR: Son los espacios de vía debidamente señalados, donde está prohibido el estacionamiento vehicular las 24 horas del día y los sietes días de la semana. - ÁREA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL INAFECTO AL PAGO DE TASA: Son las zonas donde se está permitido el estacionamiento vehicular temporal, de manera libre. - ÁREA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL AFECTO AL PAGO DE TASA: consiste en un conjunto de (señalización, mantenimientos semestrales de la zona, la colocación de elementos informativos, el control del tiempo de estacionamiento y otros relacionados con el servicio) tendientes a propiciar el uso racional y ordenado de las zonas habilitadas para el estacionamiento temporal de vehículos. d) TASA POR EL COBRO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL: tributo municipal que se origina por el estacionamiento de un vehículo en los espacios de la vía pública, debidamente habilitados por la entidad edil. Es decir es el cobro que se hace por el beneficio individual obtenido y como consecuencia del costo que genera el mismo. Artículo 4.- BASE LEGAL: - Constitución Política del Perú - Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento - Ley N° 29461, Ley que Regula el Servicio de Estacionamiento Vehicular - Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal - Decreto Supremo N° 156-2004-EF, Reglamento de la Ley de Tributación Municipal, y normas conexas, modificatorias y complementarias vigentes. - Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito. - Manual de Dispositivos de Control de Tránsito, aprobado por Resolución Ministerial N° 210-2000-MTC/15.02 TITULO SEGUNDO CAPÍTULO I DEL DAMERO DE LA CIUDAD DE PUCALLPA Artículo 5.- Determinación e Identificación del Damero de la Ciudad de Pucallpa Establézcase el Damero de la ciudad de Pucallpa del Distrito de Callería, que comprende la parte central del casco urbano de la ciudad, el mismo que se encuentra dentro de los siguientes límites viales: Primer tramo Del ovalo de Sáenz peña, al Jr. 7 de Junio Cuadra N° 1. A la derecha por el Jr. Zavala Cuadras N° 7 y 8. A la izquierda por el Jr. Julio C. delgado Cuadras N° 1, 2 y 3. A la izquierda por el Jr. Libertad Cuadra 8. A la derecha por el Jr. Teniente García Cuadras 2 y 1. A la Derecha por el Jr. Sucre Cuadra 8. A la izquierda por el Pasaje Laguna. A la izquierda por la Av. San Martin Cuadra N° 7. A la derecha por el Jr. A. Vargas Guerra Cuadras N° 4, 3, 2. Segundo tramo A la izquierda por el Jr. 9 de Diciembre cuadras N° 6, 5, 4, 3, 2,1. Tercer tramo A la Izquierda por el Jr. Inmaculada cuadras N° 10 al 1. Cuarto tramo A la Izquierda la Av. Sáenz peña Cuadra N° 6 al 1. Artículo 6.- finalidad del Damero La Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, en atención a sus facultades y atribuciones de ley, ha previsto dotar al casco urbano de la ciudad de Pucallpa, distrito de Callería, que cuenta con mayor afluencia comercial, académica, cultural y financiera, de un instrumento normativo que permita en forma eficiente, justa e inmediata, ejercer la administración de los espacios públicos, específicamente en lo que respecta a las vías públicas y establecimientos privados que deben ser útiles para el estacionamiento vehicular a favor de la ciudadanía en general. Tiene por objeto, entre otros, identificar específicamente el área urbana sobre la cual la presente Ordenanza regulará con eficiencia el uso de las vías comprendidas dentro del área descrita en el artículo quinto, a fin que los usuarios de los medios de transportes permitidos en dicho radio (motos lineales, trimóviles, automóviles o camionetas), puedan hacer uso de los espacios viales (vías y estacionamientos públicos y privados) también en forma ordenada, que permita a la vez una mayor fluidez del tránsito dentro del Damero. CAPÍTULO II


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AVISOS

DEL ORDENAMIENTO Y RESTRICCIONES DE ZONAS PÚBLICAS PARA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Artículo 7.- Regulación de las vías y áreas autorizadas para el estacionamiento vehicular temporal (EVT) y áreas rígidas dentro del Damero. La Municipalidad Provincial de Coronel Portillo brindará el servicio de estacionamiento vehicular temporal con todas las medidas de seguridad necesarias. Las calles destinadas al estacionamiento vehicular contarán con las especificaciones técnicas requeridas y habilitadas por la municipalidad. No afectaran por ningún motivo la libre accesibilidad a los ingresos de garajes, cocheras, bancos, hoteles, comisarias, hospitales, compañías de bomberos o cualquier otra entidad o edificio que preste servicios públicos o similares, etc. 7.1. ÁREAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL: Esta área está conformada por las siguientes vías: Vía 01 : En el Jr. 7 de Junio, de la cuadra N° 2 a la 10, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 02 : En el Jr. Ucayali, de la cuadra N° 2 a la 8, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 03 : En el Jr. 9 de diciembre de la cuadra N° 2 a la 5, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 04 : En el Jr. Coronel Portillo de la cuadra N° 3 a la 7, se podrá utilizar el lado Izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 05 : En el Jr. Raimondi de la cuadra N° 1 a la 7, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 06 : En el Jr. Huáscar de la cuadra N° 1 a la 7, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 07 : En el Jr. Atahualpa de la cuadra N° 7 a la 9, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 08 : En el Jr. Sucre, las cuadras N° 3, 5, 6 y 7, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 09 : En el Jr. Independencia las cuadras N° 3, 5, 6 7 y 8, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 10 : En el Jr. Libertad de la cuadra N° 4 a la 7, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 11 : En el Jr. Inmaculada las cuadras N° 1, 2, 3, 5, 6, 7 y 9, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 12 : En el Jr. Progreso la cuadra N° 1, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 13 : En el Jr. Tacna las cuadras N° 2 y 3, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 14 : En el Jr. Zavala las cuadras N° 6 y 7, se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 15 : En el Jr. Salaverry la cuadra N° 5 se podrá, utilizar el lado izquierdo en sentido de circulación como estacionamiento vehicular temporal. Vía 16 : En el Jr. Rafael de Souza única cuadra se podrá utilizar el lado izquierdo en el sentido circulación como estacionamiento vehicular temporal. 7.2. ÁREAS RÍGIDAS PARA EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL: A) ÁREAS RIGIDAS DEL LADO DERECHO DE LAS VÍAS PARA ESTACIONAMIENTO Son los espacios, en cuyos lados derecho y de conformidad con el Reglamento Nacional de Tránsito, está prohibido el estacionamiento vehicular temporal. Están comprendidas por las siguientes vías: Vía 01 : En el Jr. 7 de Junio, de la cuadra N° 1 a la 10. Vía 02 : En el Jr. Ucayali, de la cuadra N° 1 a la 8. Vía 03 : En el Jr. 9 de diciembre de la cuadra N° 2 al 6. Vía 04 : En el Jr. Coronel Portillo de la cuadra N° 1 al 7. Vía 05 : En el Jr. Raimondi de la cuadra N° 1 al 7. Vía 06 : En el Jr. Huáscar de la cuadra N° 1 al 7. Vía 07 : En el Jr. Atahualpa de la cuadra N° 1 al 9. Vía 08 : En el Jr. Sucre las N° 1, 2, 3, 5, 6 y 7. Vía 09 : En el Jr. Independencia de la cuadra N° 1 a la 8. Vía 10 : En el Jr. Libertad de la cuadra N° 1 a la 8. Vía 11 : En el Jr. Inmaculada la cuadra N° 1 a la 9. Vía 12 : En el Jr. Progreso de la cuadra N° 1 a la 6. Vía 13 : En el Jr. Tacna de la cuadra N° 1 a la 3. Vía 14 : En el Jr. Zavala de la cuadra N° 1 al 8. Vía 15 : En el Jr. Salaverry de la cuadra N° 2 a la 5. Vía 16 : En el Jr. Rafael de Sousa única cuadra. B) ÁREAS RIGIDAS PERMANENTEMENTES EN AMBOS LADOS DE LA VÍA. Son aquellas donde está prohibido el estacionamiento vehicular temporal en ambos lados de la vía. Esta área está compuesta por las siguientes vías: Vía 01: Jr. Tarapacá de la cuadra N° 1 a la 10. Vía 02: Jr. San Martin la cuadra N° 1 a la 7. Vía 03: Jr. Sucre la cuadra N° 4 y 8. Vía 04: Jr. Independencia la cuadra 4. Vía 05: Jr. Salaverry las cuadras N° 8, 7 y 6 (del Jr. 7 de Junio hasta el Jr. Ucayali). Vía 06: Jr. Sáenz Pña de la cuadra N° 1 a la 6. Vía 07: Jr. Tacna la cuadra N° 4. 7.3. ÁREA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR LIBRE DE TASA POR EVT. Son las áreas de los lados izquierdos de las vías, donde está permitido el estacionamiento vehicular temporal libre de la tasa por EVT. Esta área está conformada por las siguientes vías: Zona 01: En el Jr. Zavala, la cuadra N° 1 a la 4 y 8. Zona 02: En el Jr. Salaverry la cuadra N° 2 a la 4. Zona 03: En el Jr. Progreso la cuadra N° 2 a la 6. Zona 04: En el Jr. Libertad la cuadra N° 1. Zona 05: En el Jr. Independencia la cuadra N°1 y 2. Zona 06: En el Jr. Sucre la cuadra N° 1 y 2. Zona 07: En el Jr. Inmaculada la cuadra N° 4 y 8. Zona 08: En el Jr. Atahualpa la cuadra N°1 a la 6. Zona 09: En el Jr. Tacna la cuadra N° 1. Zona 10: En el Jr. Julio C. Delgado la cuadra N° 1. Zona 11: En el Jr. Requena cuadra N° 1. Zona 12: En el Jr. Contamana cuadra N° 1. Zona 13: Pasaje. Simón Bolívar la cuadra N° 1. Zona 14: En la Av. San Martin Cuadras N° 2 y 3 se podrá utilizar el Carril Derecho en el sentido de circulación como estacionamiento vehicular. Zona 15: En el Jr. 9 de Diciembre Cuadra N° 1. CAPÍTULO III DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Artículo 8.- Creación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal (EVT). Créase el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal, administrado por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, y que se prestará según lo dispuesto y regulado por la presente ordenanza municipal, pudiendo también prestar dicho servicio a través de otros medios, conforme a la normatividad vigente y aplicable al caso. Asimismo, encárguese a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano, la planificación y la ejecución de las tareas de difusión, concientización, prevención, educación, control, fiscalización y sanción, de los alcances de la presente ordenanza municipal, debiendo incorporarse al Régimen de Aplicación de Sanciones, las infracciones y sanciones que correspondan por el incumplimiento de cualquiera de los extremos normados en la presente ordenanza, por parte de cualquier miembro de la comunidad de usuarios de las vías públicas comprendidas dentro del Damero de la ciudad de Pucallpa, conforme a lo normado en el artículo 19° de la presente Ordenanza Municipal correspondiente a las infracciones y sanciones. De igual forma encárguese a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano, la elaboración del Reglamento de Prestación del Servicio EVT, el cual además deberá contener un capítulo destinado al procedimiento de reclamo el cual podrán usar los usuarios del servicio, a efectos de hacer saber a la administración los defectos o falencias del servicio con el propósito de su corrección y optimización en beneficio de la ciudad. Artículo 9.- Uso de la vía pública. La Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, promueve el empleo de mecanismos y técnicas de control y administración de los espacios y áreas públicas con el fin de optimizar su uso racional, procurando la fluidez del tránsito vehicular. Con la finalidad de lograr la racionalidad en el uso de la vía pública, la Municipalidad propugna que el beneficio por el uso temporal del espacio público por parte de vehículos particulares o de uso público, se transfiera a los mismos a través del cobro de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, entendiéndose para ésta, al cobro que se hace por el beneficio individual obtenido y como consecuencia del costo que genera el mismo. Es tarea de la municipalidad identificar el impacto que en la sociedad genera el estacionamiento temporal de vehículos en la vía pública, a fin de asignar los costos adecuados, procurando que aquellos que más se beneficien por el uso del espacio público, paguen lo que les corresponde de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Artículo 10.- Servicio de estacionamiento Vehicular Temporal. El servicio de estacionamiento vehicular temporal consiste en un conjunto de actividades destinadas a propiciar el uso ordenado de las áreas habilitadas para el estacionamiento temporal de vehículos y a la reducción de su impacto negativo en la ciudadanía. Forman parte del servicio la señalización de espacios, el mantenimiento periódico de las áreas, la colocación de elementos informativos, el control del tiempo de estacionamiento y la custodia de los vehículos. CAPÍTULO IV De la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal Artículo 11.- Tasa por estacionamiento vehicular temporal.

Pucallpa, Miércoles 04 de diciembre 2013

La tasa de estacionamiento temporal vehicular es el tributo municipal que se paga por el estacionamiento de un vehículo en las zonas habilitadas por la Municipalidad para la prestación del servicio de estacionamiento. Dicho servicio está orientado a otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento de sus vehículos y mantener el orden vial. El monto de la tasa a cobrar al contribuyente debe responder al costo de las actividades y gastos que la Municipalidad despliega con el fin de propiciar el uso ordenando de las zonas públicas habilitadas y la reducción de su efecto en la colectividad. Asimismo, debe contemplarse el beneficio que se obtiene del uso exclusivo del espacio público ocupado, considerando la demanda del mismo. El rendimiento de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, constituye renta de la municipalidad; dicho monto será destinado a financiar la implementación, mantenimiento y mejoramiento del servicio de estacionamiento vehicular temporal. Artículo 12°.- Estructura de Costos del Servicio La estructura de costos debe contener exclusivamente aquellos costos vinculados directamente con la prestación del servicio, tales como: a) Mano de obra. b) Materiales c) Señalización. d) Costos de implementación y mantenimiento del servicio. e) Costo asociado al uso temporal y exclusivo del espacio físico. f) Otros relacionados con el servicio. Artículo 13.- El Hecho Imponible Constituye hecho imponible de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, para la prestación del servicio de estacionamiento. La obligación tributaria, nace en el momento que el conductor estaciona su vehículo en los espacios habilitados para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal a partir de las 8:00 horas en que se inicie el servicio, lo cual implica la aceptación del servicio y sus condiciones. El servicio EVT se prestará en el horario de lunes a sábado de 8:00 a 20:00 Horas, con excepción de los jirones Atahualpa cuadra 8 y 9, jirón Salaverry cuadra 5 y Jr. Inmaculada Cuadras 1-3 y 5-7, cuyo horario será de 18:00 a 23:00 horas, no se cobrará estacionamiento vehicular los días domingos y feriados no laborables, no obstante todos los usuarios de las vías del Damero están en la obligación de respetar los espacios señalizados para el estacionamiento, bajo apercibimiento de aplicarse la sanción respectiva. Igualmente, los usuarios que prevean que el uso del servicio superará el horario establecido, deberán abonar por adelantado la tasa por EVT. Artículo 14.- Sujeto pasivo de la obligación Son sujetos pasivos al pago de la tasa en calidad de contribuyentes, los conductores de vehículos que usen o aprovechen eventualmente los espacios de las áreas habilitadas para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal - EVT; y en calidad de responsables solidarios, los propietarios de los referidos vehículos, de ser el caso. Artículo 15.- Determinación de la obligación de pago de la tasa y fijación de tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal. Apruébese la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular (EVT) la misma que constituye un tributo de realización inmediata, debiendo producirse su pago en el momento en que el conductor del vehículo estacionado decide abandonar la zona de estacionamiento vehicular. El monto será determinado en función al tipo de vehículo (automóviles - camionetas, trimóvil o moto lineal) y al tiempo que duró el estacionamiento. El estacionamiento de vehículos en área habilitada está exento al pago de la tasa, por los primeros diez (10) minutos de los primeros treinta (30) minutos del servicio (tiempo de tolerancia), transcurridos los cuales, se procederá al cobro de la tasa correspondiente, aun cuando no se utilice el total del tiempo establecido de treinta (30) minutos. Si el estacionamiento del vehículo excediera los treinta (30) minutos, el usuario deberá abonar el monto adicional que corresponda de acuerdo a lo dispuesto en la presente disposición legal. La tasa de estacionamiento vehicular temporal, de acuerdo al tipo de vehículo y espacio que ocupe, es la siguiente: 6.3.1. Tasa a cobrar por moto lineal: S/. 0.50 Nuevos soles; por 30 minutos, o fracción de los 30 minutos. 6.3.2. Tasa a cobrar por motokar: S/. 0.80 Nuevos soles; por 30 minutos, o fracción de los 30 minutos. 6.3.3. Tasa a cobrar por auto: S/. 1.00 Nuevo sol; por 30 minutos, o fracción de 30 los minutos. CAPÍTULO V DE LAS CONDICIONES DEL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Artículo 16.- Señalización de las zonas de estacionamiento. Corresponde la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, a través de su Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano, señalizar los espacios sujetos al pago de la tasa por estacionamiento vehicular temporal, para cuyo efecto deberá emplearse el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito para calles y carreteras del MTC. Tratándose del espacio (Para el caso de los jirones Atahualpa, Salaverry e Inmaculada, se aplica el criterio del inicio del nacimiento de la obligación, pero a partir de las 18:00 horas, dado el horario especial establecido para el servicio)destinado a personas con discapacidades o madres gestantes, se colocará un signo distintivo sobre un cuadrado de fondo azul en el espacio para estacionarse. El estos últimos casos los espacios deberán señalizarse de tal forma que se distinga claramente por quienes pueden ser ocupados. Artículo 17.- Difusión de información básica. Para el cobro de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, deberá publicitar en lugares visibles de los estacionamientos del Damero, la siguiente información: a. La Ordenanza Municipal que crea la tasa de estacionamiento temporal vehicular. b. El monto de la tasa aprobada por tipo de vehículo y por la unidad de medida aprobada. c. El tiempo de tolerancia. d. La unidad de medida. e. El horario y días de servicios sujetos a cobro de la tasa por EVT. f. El número de espacios habilitados en la cuadra, calle o avenida. g. El plano del Damero, con la leyenda respectiva y significado del color en las zonas señalizadas. h. Otros aspectos relevantes al servicio. Artículo 18.- Transparencia en el cobro de la tasa. La Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, deberá consignar en los tickets de pago/control del servicio EVT, los datos relevantes consignados en el artículo precedente. La consignación de los datos informativos en los tickets de pago/control constituye requisito para la exigencia del pago de la tasa correspondiente. La inobservancia por parte de la Municipalidad de la presente disposición, libera al contribuyente del pago de la tasa correspondiente. TÍTULO III CAPÍTULO ÚNICO De las Infracciones y Sanciones Artículo 19.- Infracciones y sanciones. Establézcase e incorpórese al Régimen de Aplicación de Sanciones, como infracciones y sanciones, las que se exponen en el subsiguiente cuadro, sin limitante a identificar y regular un mayor número de éstas. CODIGO 00.00.00.00

INFRACCIÓN Por negarse al pago de la tasa EVT.

SANCIÓN Multa

% UIT 2%

MEDIDA COMPLEMENTARIA Resolución de Sanción y registro en libro de infractores

00.00.00.00

Por estacionar un vehículo en un espacio destinado a otro tipo de vehículo. Por estacionar un vehículo en un espacio distinto al habilitado para dicho fin (veredas, jardines, etc.)

Multa

2%

Resolución de Sanción y registro en libro de infractores

Multa

2%

Remoción de vehículo por su seguridad, Resolución de Sanción, registro en libro de infractores

2% - 4% de acuerdo a la gravedad 2%

Resolución de Sanción, denuncia penal y acción civil de corresponder

00.00.00.00 00.00.00.00 00.00.00.00

Por agredir verbal o físicamente al personal responsable de la prestación del servicio EVT Por no acatar las normas del Damero en días domingos y feriados, y en los que corresponda acatar.

Multa Multa

Resolución de Sanción y registro en libro de infractores

Facúltese a los supervisores del servicio EVT, a levantar las actas de constatación de infracciones a la presente ordenanza, para efectos de la aplicación de la sanción correspondiente, precísese que dicho servidor podrá incluso solicitar el apoyo inmediato de la Policía Nacional del Perú, en caso las circunstancia lo ameriten. TÍTULO IV CAPÍTULO UNICO De las Exoneraciones Artículo 20.- Exoneraciones. Están exonerados al pago de la tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, los conductores de los vehículos oficiales que se encuentren cumpliendo sus funciones asignadas por ley o labores propias de su actividad, tales como: a) Gobierno Nacional, Regional o Local b) Las Fuerzas Armadas c) La Policía Nacional del Perú d) El Cuerpo General de Bomberos del Perú e) Las Ambulancias en general. f) Los propietarios o posesionarios residentes (casa - habitación) de inmuebles directamente afectados por la zona habilitada para el servicio EVT, respecto de una (01) plaza de estacionamiento, para lo cual deberán registrarse en la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte Urbano de la MPCP. Entiéndase como propietarios a los titulares de predios registrados en Registros Públicos y como poseedor a aquellos que se encuentren en uso del predio bajo autorización expresa del titular. g) Otros estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad pública, según autorización municipal. La exoneración dispuesta, sólo está referida al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal, mas no exonera a los entes precisados a cumplir las normas de orden para estacionamiento, lo contrario acarrea una infracción y la correspondiente sanción – multa. Precísese que los vehículos de las entidades mencionadas podrán excepcionalmente estacionarse en zonas rígidas siempre que las circunstancias lo justifiquen. TÍTULO V CAPÍTULO I DEL FOMENTO DEL SERVICIO DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO PRIVADAS Artículo 21.- La presente Ordenanza tiene también por finalidad fomentar el funcionamiento y/o el mejoramiento de playas de estacionamiento privadas, a fin de cubrir el déficit de estacionamientos que se originen con la implementación de la presente ordenanza. Artículo 22.- La aplicación del presente Título, alcanza a toda persona natural o jurídica que desee instalar, implementar o mejorar una playa de estacionamiento destinada a brindar el servicio privado de dotación de espacios vehiculares y cuidado de vehículos para establecimientos ubicados dentro del Damero, ya edificados o por edificarse bajo autorización municipal. Para estos fines, los interesados deberán acreditar su interés y derecho con su licencia de funcionamiento municipal, para el servicio comercial al público de “Playa de Estacionamiento”, no siendo aplicable los beneficios de fomento que norma el presente título, al uso privado no comercial de estacionamientos particulares. De igual forma, las personas naturales o jurídicas que, bajo los alcances del presente Título, deseen invertir en la edificación o el mejoramiento de playas de estacionamiento vehicular en el Damero de la ciudad de Pucallpa, tendrán como incentivo la Exoneración del pago del cien por ciento (100%) de los derechos administrativos (tasa municipal) para la obtención de Licencia de Edificación y Licencia Municipal de Funcionamiento respectivamente contemplados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, precisándose que dicha exoneración no afecta la obligación de pago por concepto de Revisión por la Comisión Técnica Cali-


Largo Jr. de calle Inmaculada (m)

Pucallpa, Miércoles 04 de diciembre 2013

ficadora de Proyectos, conforme a lo normado por el artículo 12°, numeral 12.7 del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA. Asimismo, quedan exonerados del pago del (100%) de arbitrios municipales (limpieza pública, parques y jardines y serenazgo) dentro del Damero de la Ciudad de Pucallpa, teniendo dicha medida una vigencia de cinco (05) años, a partir de la vigencia de la presente norma legal municipal, periodo el cual estará sujeto a prórroga, lo cual podrá darse por Decreto de Alcaldía. Los incentivos en mención y sólo para la implementación o mejoramiento de estacionamientos con los fines antes expuestos, alcanzan a todas las personas naturales o jurídicas que se encuentran establecidas dentro del Damero de la ciudad de Pucallpa del distrito de Callería, o en las postrimerías de éste hasta un máximo de tres cuadras a partir del límite perimétrico del Damero. Para los efectos deberán acreditar su derecho a acceder a dichos beneficios, mediante la presentación de su licencia de obra o edificación para el caso de estacionamientos nuevos, o mediante su Licencia de Funcionamiento para el caso de los estacionamientos ya existentes. CAPÍTULO II De las Características de las Playas de Estacionamiento Privadas Artículo 23.- Las playas de estacionamiento Privadas, deberán cumplir con los siguientes parámetros mínimos: a. Cerco frontal de 2.50 m de altura mínima. b. Cerco perimétrico de 2.50m de altura mínima. c. Puerta de acceso de vehículos de 3.00m de ancho mínimo. d. Las puertas al abrir no deberán invadir las veredas o áreas públicas de circulación peatonal, así como el ingreso y salida de la Playa de Estacionamiento deberán estar debidamente señalizadas. e. Nivelación y tratamiento superficial del terreno a nivel de piso terminado. El piso de la playa de estacionamiento deberá ser de concreto, asfalto, ripio o tierra afirmada no gredosa, no se admitirá piso de greda, madera o similares. Deberá contar como mínimo con un servicio higiénico y un módulo o caseta de control de material liviano. f. Contar con un cartel que indique que las alarmas de los vehículos ingresantes a la playa de estacionamiento deben ser apagadas. h. El establecimiento deberá cumplir con las disposiciones de la Ley N° 29461, Ley que regula el Servicio de Estacionamiento Vehicular, por lo que deberá contar con un cartel en el cual se señale el máximo aforo vehicular del local. DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO PRIMERO.- Deróguese la Ordenanza Municipal N° 006-2011-MPCP, y toda aquella otra disposición normativa municipal de igual o menor rango jerárquico que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. ARTÍCULO SEGUNDO.- Encárguese a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano, a través de su Sub Gerencia de Tránsito y Transporte Urbano, el cumplimiento de la presente ordenanza municipal, para cuyo efecto y rigor total, se señala un plazo máximo e improrrogable de treinta (30) días naturales a partir de su promulgación, tiempo en el cual deberá difundirse en la población los alcances de la presente norma. Vencido el término, será exigible a todo ciudadano, el respeto de los espacios señalados para el estacionamiento vehicular temporal, así como el pago de la tasa por EVT que corresponda. Asimismo, encárgueseles el cobro de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal, así como el diseño y la implementación de los procedimientos administrativos necesarios, mediante los cuales se vayan a autorizar el uso racional del estacionamiento vehicular temporal a los residentes (con domicilio real - familiar) que resulten afectados con la dación de la presente norma. No están comprendidos en esta facilidad, quienes detenten una condición distinta a la de vivienda. De igual forma, CREÉSE el registro de empadronamiento de vecinos residentes dentro del Damero de la Ciudad de Pucallpa, a fin de aplicarse las facilidades que correspondan a su condición, así como el libro de inscripción de infractores a la presente disposición municipal. ARTÍCULO TERCERO.- Encárguese a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y a la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, en lo que les concierna, la reglamentación de la presente ordenanza en lo referente a la aplicación de los incentivos para el fomento de la inversión privada para la implementación de playas de estacionamiento para el servicio comercial público, dentro del damero de la ciudad, así como la adecuación de sus procedimientos para la atención de dichos trámites. ARTÍCULO CUARTO.- Encárguese a la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, tomar todas las previsiones del caso a efectos que la zona delimitada y que conforma el Damero de la ciudad de Pucallpa, permanezcan en óptimas condiciones de limpieza y salubridad, encargándole incluso la proyección de normas reglamentarias que permitan administrar y/o controlar en mejor formar los aspectos de competencia de la gerencia en mención. ARTÍCULO QUINTO.- Prohíbase el estacionamiento vehicular de cualquier vehículo en otro espacio que no sea el destinado al estacionamiento Vehicular Temporal (afecto o inafecto al pago de Tasa EVT) o que estando habilitado para EVT, no corresponda a su tipo de vehículo, bajo apercibimiento de removerse el mismo al Depósito Municipal por la seguridad de la unidad vehicular. Pagada que fuera la multa que genere la inobservancia a la presente norma municipal, podrá retirarse el vehículo de donde se encuentre custodiado. Ello conforme a lo normado y dispuesto por el artículo 299, inciso 2) del Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, que Aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito. ARTÍCULO SEXTO.- Facúltese a las municipalidades distritales del ámbito territorial de la Provincia de Coronel Portillo, a implementar en sus circunscripciones territoriales, el servicio de EVT en las vías públicas de las mismas, bajo los esquemas normativos de la presente ordenanza municipal, debiendo para dicho fin seguir el trámite de ratificación que corresponda. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Facúltese al señor Alcalde Provincial, a dictar, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones de carácter reglamentario, complementario y disciplinario-sancionador que resulten necesarias, para la implementación y aplicación de la presente ordenanza municipal. MANDO; Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANEXO ÚNICO AREA PINTADA (m2) Largo JUSTIFICACIÓN TÉCNICA PARA EL COBRO DE LA TASAJr.POR VEHICULAR TEMPORAL HuáscarESTACIONAMIENTO de calle (m) LINEA XIII. ANALISIS AREAS POTENCIASLES Y DEMANDA VEHICULAR M MK AU M MK AU SARDINEL DISCONTINUA DETERMINACION DEL NUMERO DEL TOTAL cuadra 1 DE VEHICULOS 82 33 11 POR 5 9.58 CUADRA 3.97 2.3 28.7 4.1 VEHICULOS POR CUADRA

IJĜĢHFĮ I Î Moto (M) Motokar (MK) Auto (AU)

ANCHO (m) 1 1.5 5

LARGO (m) 2.6 2.7 2.6

Cuadro 01. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Raimondi. ĤǾBĪ MÒÖ ŎŌŇÒ cuadra 1 cuadra 2 cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

M

84 70 85 110 110 101 76 636

33 27 34 86 68 42 24 314

MK AU 13 8 13 0 19 19 8 80

5 5 5 0 0 5 6 26

AREA PINTADA (m2) M 9.58 8.02 9.84 23.4 18.7 11.9 7.24 88.6

MK

AU

4.51 2.3 3.16 2.3 4.51 2.3 0 0 6.13 0 6.13 2.3 3.16 2.56 27.6 11.8

SARDINEL 29.4 24.5 29.75 38.5 38.5 35.35 26.6 222.6

TOTAL

LINEA DISCONTINUA 4.2 3.5 4.25 5.5 5.5 5.05 3.8 31.8

49.99 41.48 50.65 67.36 68.81 60.75 43.36 382.4

Cuadro 02. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Ucayali. ĤǾBĮ ŃMŘMÕÒ cuadra 2 cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 cuadra 8 TOTAL

VEHICULOS POR CUADRA

Largo de calle (m)

cuadra 2 cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 cuadra 8 cuadra 9 cuadra 10 TOTAL

VEHICULOS POR CUADRA

Largo de calle (m)

M MK AU 32 8 4 19 13 15 41 16 15 44 16 5 43 16 5 43 11 7 27 11 4 19 14 5 19 14 5 287 119 65

70 99 99 101 99 102 70 99 99 838

cuadra 3 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 cuadra 8 TOTAL

85 50 80 80 82 377

TOTAL

LINEA DISCONTINUA 4.6 4.55 4.55 4.55 4.9 4.6 4.6 32.35

54.05 53.39 53.39 53.39 58.01 55.09 55.09 382.4

AREA PINTADA (m2) TOTAL M 9.32 5.94 11.7 12.4 12.2 12.2 8.02 5.94 5.94 83.6

MK 3.16 4.51 5.32 5.32 5.32 3.97 3.97 4.78 4.78 41.1

AU SARDINEL 2.04 24.5 4.9 34.65 4.9 34.65 2.3 35.35 2.3 34.65 2.82 35.7 2.04 24.5 2.3 34.65 2.3 34.65 25.9 293.3

LINEA DISCONTINUA 3.5 4.95 4.95 5.05 4.95 5.1 3.5 4.95 4.95 41.9

cuadra 3 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

ĤǾBFBĨ ŎǾPÒÕÕŎ cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

82 82 86 87 87 424

VEHICULOS POR CUADRA

VEHICULOS POR CUADRA

M 42 42 46 47 47 224

M MK AU M MK AU SARDINEL 38 8 5 10.9 3.16 2.3 28.7 38 8 5 10.9 3.16 2.3 28.7 42 8 5 11.9 3.16 2.3 30.1 43 8 5 12.2 3.16 2.3 30.45 43 8 5 12.2 3.16 2.3 30.45 204 40 25 58 15.8 11.5 148.4

MK AU 10 5 10 5 10 5 10 5 10 5 50 25

Jr. Atahualpa

cuadra 7 cuadra 8 cuadra 9 TOTAL

70 80 80 230

42.52 54.95 61.48 60.46 59.4 59.77 42.03 52.62 52.62 485.9

AREA PINTADA (m2) LINEA DISCONTINUA 4.1 4.1 4.3 4.35 4.35 21.2

TOTAL 49.14 49.14 51.78 52.44 52.44 254.94

VEHICULOS POR CUADRA

cuadra 1 cuadra 2 cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

Largo de calle (m )

TOTAL

M MK AU M MK 35 17 2 10.1 5.59 31 20 2 9.06 6.4 31 20 2 9.06 6.4 97 57 6 28.2 18.4

82 82 80 82 85 80 80 571

VEHICULOS POR CUADRA M M K AU 33 11 5 33 11 5 31 11 5 33 11 5 36 11 5 31 11 5 31 11 5 228 77 35

9.58 9.06 9.58 10.4 9.06 9.06 66.3

3.97 2.3 3.97 2.3 3.97 2.3 3.97 2.3 3.97 2.3 3.97 2.3 27.8 16.1

28.7 28 28.7 29.75 28 28 199.85

48.65 48.65 47.33 48.65 50.63 47.33 47.33 338.6

4.1 4 4.1 4.25 4 4 28.55

VEHICULOS POR CUADRA

M 35 25 30 30 31 151

M MK AU M MK AU SARDINEL 32 8 6 9.32 3.16 2.56 29.75 23 4 3 7.21 2.04 1 17.5 28 27 8 6 8.02 3.16 2.56 27 8 6 8.02 3.16 2.56 28 28 8 6 8.28 3.16 2.56 28.7 137 36 27 40.9 14.7 11.2 131.95

AU SARDINEL 1.52 24.5 1.52 28 1.52 28 4.56 80.5

LINEA DISCONTINUA 3.5 4 4 11.5

45.21 48.98 48.98 143.2

AREA PINTADA (m 2) TOTAL M 9.58 9.58 9.06 9.58 10.4 9.06 9.06 66.3

MK 3.97 3.97 3.97 3.97 3.97 3.97 3.97 27.8

AU SARDINEL 2.3 28.7 2.3 28.7 2.3 28 2.3 28.7 2.3 29.75 2.3 28 2.3 28 16.1 199.85

LINEA DISCONTIN UA 4.1 4.1 4 4.1 4.25 4 4 28.55

MK AU 10 6 5 3 10 6 10 6 10 6 45 27

VEHICULOS POR CUADRA

Largo de calle (m)

AREA PINTADA (m2) TOTAL

LINEA DISCONTINUA 4.25 2.5 4 4 4.1 18.85

49.04 30.25 45.74 45.74 46.8 217.57

TOTAL

47.74 28.62 39.88 39.6 155.8

Cuadro 09. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Libertad. ĤǾBI ÒNÑǾPMŇ cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

Largo de calle (m) 84 82 86 82 334

VEHICULOS POR CUADRA M 35 31 35 31 132

MK AU 10 6 10 6 10 6 10 6 40 24

VEHICULOS POR CUADRA

AREA PINTADA (m2)

M MK AU M MK AU SARDINEL 32 8 6 9.32 3.16 2.56 29.4 28 8 6 8.28 3.16 2.56 28.7 32 8 6 9.32 3.16 2.56 30.1 28 8 6 8.28 3.16 2.56 28.7 120 32 24 35.2 12.6 10.2 116.9

TOTAL LINEA DISCONTINUA 4.2 48.64 4.1 46.8 4.3 49.44 4.1 46.8 16.7 191.68

Jr. Zavala

cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

Largo de calle (m)

48.65 48.65 47.33 48.65 50.63 47.33 47.33 338.6

VEHICULOS POR CUADRA

AREA PINTADA (m2) TOTAL

M MK AU M MK AU SARDINEL 54 17 6 15 5.59 2.56 43.75 27 8 5 8.02 3.16 2.3 28 81 25 11 23.1 8.75 4.86 71.75

125 80 205

LINEA DISCONTINUA 6.25 4 10.25

73.19 45.48 118.7

Cuadro 11. Detalle de distribución de vehículos en Jr. 9 de Diciembre. ĤǾBE ŇÑ Diciembre cuadra 2 cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 TOTAL

Largo de calle (m) 90 88 89 90 357

VEHICULOS POR CUADRA M 40 43 44 40 167

MK AU 10 5 10 5 10 5 10 0 40 15

VEHICULOS POR CUADRA

AREA PINTADA (m2)

M MK AU M MK AU SARDINEL 36 8 5 10.4 3.16 2.3 31.5 39 8 5 11.1 3.16 2.3 30.8 40 8 5 11.4 3.16 2.3 31.15 36 8 0 10.4 3.16 0 31.5 151 32 15 43.3 12.6 6.9 124.95

LINEA DISCONTINUA 4.5 4.4 4.45 4.5 17.85

TOTAL 51.82 51.8 52.46 49.52 205.6

Cuadro 12. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Tacna. Jr. Tacna

Largo de calle (m)

cuadra 2 cuadra 3 TOTAL

75 86 161

VEHICULOS POR CUADRA

AREA PINTADA (m2) TOTAL

M MK AU M MK AU SARDINEL 27 8 5 8.02 3.16 2.3 26.25 32 8 5 9.32 3.16 2.3 30.1 59 16 10 17.3 6.32 4.6 56.35

LINEA DISCONTINUA 3.75 4.3 8.05

43.48 49.18 92.66

Jr. Inmaculada cuadra 1 cuadra 2 cuadra 3 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 cuadra 9 TOTAL

Largo de calle (m) 95 95 55 94 85 90 96 610

AREA PINTADA (m2)

LINEA M MK AU M MK AU SARDINEL DISCONTINUA 32 17 5 9.32 5.59 2.3 33.25 4.75 32 17 5 9.32 5.59 2.3 33.25 4.75 18 8 3 5.68 3.16 1.78 19.25 2.75 32 17 5 9.32 5.59 2.3 32.9 4.7 27 13 5 8.02 4.51 2.3 29.75 4.25 32 8 5 9.32 3.16 2.3 31.5 4.5 32 17 5 9.32 5.59 2.3 33.6 4.8 205 97 33 60.3 33.2 15.6 213.5 30.5

TOTAL

55.21 55.21 32.62 54.81 48.83 50.78 55.61 353.1

TOTAL

AU 5 5 3 5 5 5 5 33

M 9.32 9.32 5.68 9.32 8.02 9.32 9.32 60.3

MK 5.59 5.59 3.16 5.59 4.51 3.16 5.59 33.2

LINEA AU SARDINEL DISCONTINUA 2.3 33.25 4.75 2.3 33.25 4.75 1.78 19.25 2.75 2.3 32.9 4.7 2.3 29.75 4.25 2.3 31.5 4.5 2.3 33.6 4.8 15.6 213.5 30.5

55.21 55.21 32.62 54.81 48.83 50.78 55.61 353.1

Cuadro 15. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Salaverry. Largo Jr. Salaverry de calle (m) cuadra 5 TOTAL

125 125

VEHICULOS POR CUADRA

AREA PINTADA (m2) TOTAL LINEA DISCONTINUA 6.25 6.25

M MK AU M MK AU SARDINEL 54 19 5 15 6.13 2.3 43.75 54 19 5 15 6.13 2.3 43.75

73.47 73.47

Cuadro 16. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Rafael de Sousa. Largo Jr. Rafael de de calle Sousa (m) cuadra 1 TOTAL

90 90

VEHICULOS POR CUADRA

AREA PINTADA (m2) TOTAL

LINEA M MK AU M MK AU SARDINEL DISCONTINUA 27 10 5 8.02 3.7 2.3 31.5 4.5 27 10 5 8.02 3.7 2.3 31.5 4.5

50.02 50.02

Cuadro 17. Calculo de Pintura en m2 para el estacionamiento vehicular. Largo AREA PINTADA (m2) Nº de de TOTAL JIRONES LINEA cuadras calles M2 M MK AU SARDINEL DISCONTINUA (m) 382.4 JR RAIMONDI 7 636 88.64 27.6 11.76 222.6 31.8 7 647 61.34 46.69 15.58 226.45 32.35 382.41 JR UCAYALI 9 838 83.62 41.13 25.9 293.3 41.9 485.85 JR 7 DE JUNIO 7 592 80.84 22.12 16.1 207.2 29.6 355.86 JR C PORTILLO JR ATAHUALPA 3 230 28.22 18.39 4.56 80.5 11.5 143.17 JR HUASCAR 7 571 66.28 27.79 16.1 199.85 28.55 338.57 4 327 33.64 12.64 10.24 114.45 16.35 187.32 JR INDEPENDENCIA 4 260 31.04 12.64 8.16 91 13 155.84 JR SUCRE 5 419 44.52 15.8 12.8 146.65 20.95 240.72 JR LIBERTAD JR ZAVALA 2 205 23.06 8.75 4.86 71.75 10.25 118.67 205.6 JR 9 DE DICIEMBRE 4 357 43.26 12.64 6.9 124.95 17.85 92.66 2 161 17.34 6.32 4.6 56.35 8.05 JR TACNA 7 610 60.3 33.19 15.58 213.5 30.5 353.07 JR INMACULADA 51.56 1 90 10.36 3.16 2.04 31.5 4.5 JR PROGRESO 73.47 JR SALAVERRI 1 125 15.04 6.13 2.3 43.75 6.25 50.02 JR RAFAEL DE SOUZA 1 90 8.02 3.7 2.3 31.5 4.5 TOTAL 71 6158 695.52 298.69 159.8 2155.3 307.9 3617.19

Cuadro 18. Cantidad de espacios públicos para el estacionamiento vehicular temporal según cuadra en el distrito de Callería. Í

VIA

CUADRA M

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41

44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69

Jr. Raimondi Jr. Raimondi Jr. Raimondi Jr. Raimondi Jr. Raimondi Jr. Raimondi Jr. Raimondi Jr. Ucayali Jr. Ucayali Jr. Ucayali Jr. Ucayali Jr. Ucayali Jr. Ucayali Jr. Ucayali Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. 7 de Junio Jr. C. Portillo Jr. C. Portillo Jr. C. Portillo Jr. C. Portillo Jr. C. Portillo Jr. Atahualpa Jr. Atahualpa Jr. Atahualpa Jr. Huascar Jr. Huascar

1 2 3 4 5 6 7 2 3 4 5 6 7 8 2 3 4 5 6 7 8 9 10 3 4 5 6 7 7 8 9 1 2 3 4 5 6 7

Jr. Huascar Jr. Huascar Jr. Huascar Jr. Huascar Jr. Huascar Jr. 3 Independencia Jr. 5 Independencia Jr. 6 Independencia Jr. 7 Independencia Jr. 8 Independencia Jr. Sucre 3 Jr. Sucre 5 Jr. Sucre 6 Jr. Sucre 7 Jr. Libertad 4 Jr. Libertad 5 Jr. Libertad 6 Jr. Libertad 7 Jr. Zavala 6 Jr. Zavala 7 Jr. 9 de 2 Diciembre Jr. 9 de 3 Diciembre Jr. 9 de 4 Diciembre Jr. 9 de 5 Diciembre Jr. Tacna 2 Jr. Tacna 3 Jr. Inmaculada 1 Jr. Inmaculada 2 Jr. Inmaculada 3 Jr. Inmaculada 5 Jr. Inmaculada 6 Jr. Inmaculada 7 Jr. Inmaculada 9 Jr. Progreso 1 Jr. Salaberri 5 Jr. Rafael de 1 Sousa TOTAL DE ESPACIOS

33 27 34 86 68 42 24 28 27 27 27 34 33 33 32 19 41 44 43 43 27 19 19 38 38 42 43 43 35 31 31 33 33 31 33 36 31 31

LADOS DE LA VIA TOTAL DE IZQUIERDA EN DIRECCION AL TRAFICO ESPACIOS ESPACIOS POR VIA FORMA MK FORMA AU FORMA Perpendicular 13 Diagonal 5 Paralelo 51 Perpendicular 8 Diagonal 5 Paralelo 40 Perpendicular 13 Diagonal 5 Paralelo 52 Perpendicular 0 Diagonal 0 Paralelo 86 Perpendicular 19 Diagonal 0 Paralelo 87 Perpendicular 19 Diagonal 5 Paralelo 66 Perpendicular 8 Diagonal 6 Paralelo 38 Perpendicular 21 Diagonal 5 Paralelo 54 Perpendicular 21 Diagonal 5 Paralelo 53 Perpendicular 21 Diagonal 5 Paralelo 53 Perpendicular 21 Diagonal 5 Paralelo 53 Perpendicular 21 Diagonal 5 Paralelo 60 Perpendicular 21 Diagonal 4 Paralelo 58 Perpendicular 21 Diagonal 4 Paralelo 58 Perpendicular 8 Diagonal 4 Paralelo 44 Perpendicular 13 Diagonal 15 Paralelo 47 Perpendicular 16 Diagonal 15 Paralelo 72 Perpendicular 16 Diagonal 5 Paralelo 65 Perpendicular 16 Diagonal 5 Paralelo 64 Perpendicular 11 Diagonal 7 Paralelo 61 Perpendicular 11 Diagonal 4 Paralelo 42 Perpendicular 14 Diagonal 5 Paralelo 38 Perpendicular 14 Diagonal 5 Paralelo 38 Perpendicular 8 Diagonal 5 Paralelo 51 Perpendicular 8 Diagonal 5 Paralelo 51 Perpendicular 8 Diagonal 5 Paralelo 55 Perpendicular 8 Diagonal 5 Paralelo 56 Perpendicular 8 Diagonal 5 Paralelo 56 Perpendicular 17 Diagonal 2 Paralelo 54 Perpendicular 20 Diagonal 2 Paralelo 53

INICIO TERMINO

INTENSIDAD DETALLE DE LA DE TRAFICO ZONA VEHICULAR

Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo

19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 23:00 23:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00

Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial

53 49 49 47 49 52 47 47

09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 18:00 18:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00

Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial

alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta

Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular

20 11 11 11 11 11 11 11

32

Perpendicular

8 Diagonal

6 Paralelo

46

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

23

Perpendicular

4 Diagonal

3 Paralelo

30

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

27

Perpendicular

8 Diagonal

6 Paralelo

41

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

27

Perpendicular

8 Diagonal

6 Paralelo

41

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

28

Perpendicular

8 Diagonal

6 Paralelo

42

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

27 18 28 31 32 28 32 28 54 27

Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular

8 8 8 8 8 8 8 8 17 8

6 3 4 3 6 6 6 6 6 5

Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo

41 29 40 42 46 42 46 42 77 40

09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00 09:00

19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00 19:00

Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial

alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta

36

Perpendicular

8 Diagonal

5 Paralelo

49

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

39

Perpendicular

8 Diagonal

5 Paralelo

52

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

40

Perpendicular

8 Diagonal

5 Paralelo

53

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

36

Perpendicular

8 Diagonal

0 Paralelo

44

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

27 32 32 32 18 32 27 32 32 36 54

Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular Perpendicular

8 8 17 17 8 17 13 8 17 8 19

5 5 5 5 3 5 5 5 5 4 5

Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo

40 45 54 54 29 54 45 45 54 48 78

09:00 09:00 18:00 18:00 18:00 18:00 18:00 18:00 09:00 09:00 18:00

19:00 19:00 23:00 23:00 23:00 23:00 23:00 23:00 19:00 19:00 23:00

Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial

alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta alta

27

Perpendicular

10 Diagonal 5 Paralelo

42

09:00

19:00

Zona Comercial

alta

Perpendicular Perpendicular Perpendicular

2,313.00

Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal

Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal

Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal

2 5 5 5 5 5 5 5

HORARIOS

827.00

Paralelo Paralelo Paralelo

340.00

Zona Comercial Zona Comercial Zona Comercial

FÎ Í FĜĨ İ Î

UNIDA COSTO % CANTIDAD DE FRECUENCIA UNITARIO DEDICACION MEDIDA

COSTOS MENSUAL

ANUAL

A) COSTOS DIRECTOS

131,030.77 1,572,369.20

COSTO DE MANO DE OBRA

106,950.00 1,283,400.00

RECAUDADORES

FÎ Ĭ İ Î GĜÌ Ėİ ĜĪ HĖIĜĬ Chalecos con logotipo Gorros con logotipo Canguro Talonario de Tikets Tablero de papuntes Lapiceros Silbatos Fotocheck Reloj pulSera, pantalla digital

69 69 138 138 138 1,940 138 142 138 138 138

Persona / turno Persona / turno

LOCALES Ĭ ÑẄMÕÒŖMŃÒXŌŇÑŖŎŌMŒŇÑ parqueo horizontal Capataz Obreros Î ŐBÌ MØÞÒŌM Pintura tráfico, amarillo, blanco, azul y amarillo reflectivo Rodillo 7" Rodillo 3" Bandeja grande Bandeja mediana Lijas Espátula 4" Escobilla metálica Disolvente Wincha Escobas Tiza barra Tiza polvo

750.00

mensual mensual

100%

55,200.00

662,400.00

100%

51,750.00

621,000.00

unidad unidad unidad ciento unidad unidad unidad unidad

45.00 15.00 10.00 3.50 7.00 0.60 1.00 10.00

semestral semestral semestral mensual semestral bimestral semestral semestral

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

9,201.60 1,035.00 345.00 230.00 6,790.00 161.00 42.60 23.00 230.00

110,419.20 12,420.00 4,140.00 2,760.00 81,480.00 1,932.00 511.20 276.00 2,760.00

unidad

15.00

semestral

100%

345.00

4,140.00

persona 1,000.00 persona 850.00 persona 1,500.00

9,704.17

116,450.00

semestral semestral semestral

100% 100% 100%

166.67 1,700.00 250.00

2,000.00 20,400.00 3,000.00

389

gl

85.00

semestral

100%

5,510.83

66,130.00

50 50 20 50 40 20 50 195 15 20 10 100

unidad unidad unidad unidad unidad unidad unidad gl unidad unidad caja kg

20.00 3.50 15.00 7.00 2.00 5.00 4.00 30.0 15.00 7.00 4 40

semestral semestral semestral semestral semestral semestral semestral semestral semestral semestral semestral semestral

100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

166.67 29.17 50.00 58.33 13.33 16.67 33.33 975.00 37.50 23.33 6.67 666.67

2,000.00 350.00 600.00 700.00 160.00 200.00 400.00 11,700.00 450.00 280.00 80.00 8,000.00

207

unidad

300.00

anual

5,175.00 5,175.00

62,100.00 62,100.00

5,427.06

65,124.68

4,721.48

56,657.78

10%

804.90

9,658.80

B) COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS MANO DE OBRA INDIRECTA Gerente de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano Sub Gerente de Tránsito y Transporte Urbano Supervisores contratados Técnico administrativo MATERIALES Y UTILES DE OFICINA Engrampador metálico, capacidad 150 hojas perforador de metal para 40 pág. Grapas de 26/6 Clic chico Clic Jumbo wingo (CJx100) Papel bon 80 gramos a4 Papel carbón color negro, tamaño 5.1 mm 100 unid Folder Manila, tamaño oficio Sobre Manila, tamaño oficio Sobre Manila, tamaño A5 Fastener x 50 unid Lapicero Cintas Masking Tape (22mm x 20yds) Cuaderno Tamaño A4 de 80 hojas Cuaderno chico de 100 hojas cuadriculado Regla de 30 cm metálica Tampón azul Tinta para tampón azul Cinta scotch de 12mm x 66m Lápiz 2B Goma en barra Corrector tipo lapicero punta metálica plumones para pizarra punta gruesa, variados colores (Rojo, Azul, Negro) Mota mango de agarre para pizarra acrílica lavable Calculadora digital, funciones básicas Saca grapa Fechador núcleo de acero

1

Jornal

8,049.00

mensual

1

Jornal

6,582.91

mensual

20%

1,316.58

15,798.98

2 1

Jornal Jornal

850.00 900.00

mensual mensual

100% 100%

1,700.00 900.00

20,400.00 10,800.00

2

unidad

60.00

anual

100%

10.00

120.00

unidad

16.00

anual

100%

2.67

32.00

caja caja caja millar

2.00 0.60 2.40 22.00

anual anual anual anual

100% 100% 100% 100%

2.67 0.30 1.20 7.33

32.00 3.60 14.40 88.00

paquete

13.00

anual

100%

1.08

13.00

paquete

4.00

anual

100%

0.33

4.00

paquete

7.50

anual

100%

0.63

7.50

paquete caja unidad

4.50 5.50 0.60

anual anual anual

100% 100% 100%

0.38 0.92 2.50

4.50 11.00 30.00

docena

16.00

anual

100%

1.33

16.00

docena

27.00

anual

100%

2.25

27.00

1

docena

14.00

anual

100%

1.17

14.00

3 24 12

unidad unidad unidad

2.50 3.00 2.00

anual anual anual

100% 100% 100%

0.63 6.00 2.00

7.50 72.00 24.00

unidad

5.00

anual

100%

5.00

60.00

unidad unidad

0.50 1.50

anual anual

100% 100%

0.50 0.75

6.00 9.00

unidad

2.00

anual

100%

2.00

24.00

unidad

3.00

anual

100%

3.00

36.00

unidad

2.00

anual

100%

0.33

4.00

unidad

16.00

anual

100%

4.00

48.00

unidad unidad

1.50 50.00

anual anual

100% 100%

0.38 8.33

4.50 100.00

anual anual anual anual anual

Derecia Ción 25% 25% 25% 10% 10%

67.67

2 16 6 6 4 1 1 1 1 2 50 1 1

12 12 6 12

812.00

12

2 3 3 2

Bienes; Muebles y Equipos Computadora Impresora Epson Maquina pinta líneas Escritorio Silla para mesa de trabajo

1 1 1 1 4

OTROS GASTOS OPERATIVOS Chalecos con logotipo para supervisores Gorros con logotipo Tablero de apuntes Lapiceros cuaderno de apuntes Combustible gasolina / maq. Pinta líneas Repuestos / maq. Pinta líneas Aceite / maq. Pinta líneas Mantenimiento preventivo / maq. Pinta líneas

unidad 2,300.00 unidad 1,252.00 unidad 21,400.00 unidad 382.00 unidad 47.00

2 2 2 6 1

Servicio de energía eléctrica Servicio de agua Teléfono e internet

523.41

6,280.90

47.92 26.08 445.83 3.18 0.39

575.00 313.00 5,350.00 38.20 4.70

114.50

1,374.00

unidad

45.00

semestral

15.00

180.00

unidad unidad unidad unidad

15.00 7.00 0.50 5.00

semestral semestral semestral bimestral

5.00 2.33 0.50 2.50

60.00 28.00 6.00 30.00

10

gl

12.00

semestral

20.00

240.00

1

juego

350.00

semestral

58.33

700.00

0.25

gl

60.00

semestral

2.50

30.00

1

veces

50.00

semestral

8.33

100.00

150.00

2,400.00

1

Glob

50.00

mensual

50.00

600.00

1 1

Glob Glob

50.00 100.00

mensual mensual

50.00 100.00

600.00 1,200.00

C) COSTOS FIJOS

TOTAL

136,607.82

1,639,893.88

X. ESTIMACION DE INGRESOS Y TASA A COBRAR POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Ĩ ĜĪ HÎ GÎ È

MOTO (M) MOTOKAR (MK) AUTO (AU) TOTAL

Días Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

2313 827 340 3480

4 6 8 8

(D) Cantidad de espacios potencialmente M MK AU TOTAL 18,504 18,504 18,504 18,504 18,504 18,504

9,924 9,924 9,924 9,924 9,924 9,924

ĂĞÅPorcentaje de uso promedio en una semana MK

19.19% 21.99%

AU 31.89%

5,440 5,440 5,440 5,440 5,440 5,440

2 2 2 2

18,504 9,924 5,440 33,868

(E) Porcentaje de uso de los espacios por día M MK AU

(G) = (D)*(E) Cantidad de espacios usados efectivamente M MK AU TOTAL

33,868 33,868 33,868 33,868 33,868 33,868

19% 19% 19% 19% 19% 19%

21,307

13,093

32% 32% 32% 32% 32% 32%

3,551 3,551 3,551 3,551 3,551 3,551

2,182 2,182 2,182 2,182 2,182 2,182

1,735 1,735 1,735 1,735 1,735 1,735

7,468 7,468 7,468 7,468 7,468 7,468

10,409 44,808

(K) Costo total por la prestación del servicio en el periodo M

MK

AU

TOTAL

1,107,968 680,810 541,261 ÁÁÁÁÁÁÁÁÁ DDĊ,984.10 544,648.37 541,261.41 1,639,893.88

(L)= (K)(J)

(M)

Costo por cada espacio en 30 min M MK AU 0.50

22% 22% 22% 22% 22% 22%

(H) Cantidad de espacios usados efectivamente en una semana por cada 30 min. M MK AU TOTAL

(I) (J) = (H)*(I) Nº de Cantidad de espacios usados semanas efectivamente en el periodo por 30 min. en el periodo M MK AU 52

ANUAL

(A) (B) (C) (D) = (A)*(B)*(C) Nº de espacios físicos Nº de horas al día que Nº de Fracciones por cada Cantidad de espacios disponibles se presta el servicio 30 min. En una hora potenciales

VEHICULO

M

800.00

14

1 12 Ĉ

Señalización Vertical Letreros o paneles

3,480.00

IX. ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR.

PARQUEADORES

Cuadro 13. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Inmaculada. VEHICULOS POR CUADRA

95 95 55 94 85 90 96 610

MK 17 17 8 17 13 8 17 97

VEHICULOS POR AREA PINTADA (m2) Largo TOTAL Jr. Progreso de calle CUADRA (m) LINEA M MK AU M MK AU SARDINEL DISCONTINUA cuadra 1 90 36 8 4 10.4 3.16 2.04 31.5 4.5 51.56 TOTAL 90 36 8 4 10.4 3.16 2.04 31.5 4.5 51.56

43

LINEA DISCONTINUA 4.25 2.25 3.3 3.2 13

M 32 32 18 32 27 32 32 205

AREAPINTADA(m2)

Cuadro 14. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Progreso.

42

AREA PINTADA (m2)

M MK AU M MK AU SARDINEL 27 8 6 8.02 3.16 2.56 29.75 18 8 3 5.68 3.16 1.78 15.75 28 8 4 8.28 3.16 2.04 23.1 31 8 3 9.06 3.16 1.78 22.4 104 32 16 31 12.6 8.16 91

AREA PINTADA (m2)

Cuadro 06. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Huáscar. Jr. Huáscar

5 5 5 5 5 5 35

Cuadro 10. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Zavala.

Cuadro 05. Detalle de distribución de vehículos en Jr. C. Atahualpa. Largo de calle (m)

11 11 11 11 11 11 77

VEHICULOS POR CUADRA

85 45 66 64 260

Cuadro 04. Detalle de distribución de vehículos en Jr. C. Portillo. Largo de calle (m)

33 31 33 36 31 31 228

Cuadro 08. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Sucre. Jr. Sucre

Cuadro 03. Detalle de distribución de vehículos en Jr. 7 de Junio. Jr. 7 de Junio

Largo ĤǾB de calle Independencia (m)

AREA PINTADA (m2)

M MK AU M MK AU SARDINEL 28 21 5 8.28 6.67 2.3 32.2 27 21 5 8.02 6.67 2.3 31.85 27 21 5 8.02 6.67 2.3 31.85 27 21 5 8.02 6.67 2.3 31.85 34 21 5 9.84 6.67 2.3 34.3 33 21 4 9.58 6.67 2.04 32.2 33 21 4 9.58 6.67 2.04 32.2 209 147 33 61.3 46.7 15.6 226.45

92 91 91 91 98 92 92 647

82 80 82 85 80 80 571

Cuadro 07. Detalle de distribución de vehículos en Jr. Independencia.

VEHICULOS POR CUADRA

Largo de calle (m)

cuadra 2 cuadra 3 cuadra 4 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 TOTAL

TOTAL

cuadra 1 cuadra 2 cuadra 3 cuadra 5 cuadra 6 cuadra 7 cuadra 9 TOTAL

VEHICULOS POR CUADRA

0.80

1.00

M

MK

AU

(J) Cantidad de espacios usados efectivamente en el periodo por 30 min. M MK AU

0.50

0.80

1.00

1,107,968

Tasa a cobrar por cada 30 min

(Ñ) = (N) - (K) Ingresos - Costos 0.00

680,810

(O) = (N)/(K) Porcentaje de Cobertura 100.00%

100.00%

100.00%

541,261


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