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Cuotadecompensación militarsefijasegúnsueldo
CORTE DICE QUE LA FAMILIA O TERCEROS NO DEBEN PAGAN POR INDEPENDIENTES.
Redacci N
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La Corte Constitucional acaba de tomar una decisión clave para miles de colombianos que están prestos a definir su situación militar al fallar una Acción de Tutela, al establecer que si el joven es económicamente independiente, la cuota de compensación militar se fijará con base en el sueldo que este recibe y no el de sus padres o de su núcleo familiar
Con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, la Sala dijo que es “inaceptable” que esa cuota se mida teniendo en cuenta las rentas o el patrimonio de terceros y no del joven, cuando es independiente
“Ni los padres ni terceras personas son sujetos pasivos de este tributo ni están obligados a responder por (el joven), quien acreditó su inde- pendencia económica y al ser el obligado tributariamente sobre las bases que argumentó el Distrito Militar, estaría desprovisto de mecanismos para hacer responder soli- dariamente a otros, debiendo entonces cancelar la cuota calculada con base en ingresos y patrimonio ajeno, sobre los que no tiene poder de disposición”, dice el fallo
La decisión de 43 páginas se tomó al estudiar el caso de un joven de 27 años que no había podido resolver su situación militar y que ya no dependía de sus padres y a