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Mini Boletín FISCAL 20/11/2020 - www.gabinetedelaorden.com

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20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario

Índice M

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Boletines oficiales

Resolución del TEAC de interés

BOE 20/11/2020 NÚM 305 COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Juego. Ley 2/2020, de 14 de octubre, de suspensión de títulos habilitantes

de

nuevos

locales

y

otras

medidas

complementarias en materia de juego y apuestas.

Procedimiento económico-administrativo. Cómputo del plazo para la interposición de reclamaciones relativas a la obligación de expedir y entregar factura que incumbe a empresarios y profesionales [PÁG. 5]

[PÁG. 2] COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas

Sentencia del TSJ de Madrid de interés

urgentes. Ley 3/2020, de 27 de octubre, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de modificación de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de servicios sociales de Canarias. [PÁG. 2]

ICIO. A efectos del dies a quo del cómputo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de ingresos indebidos

del

Impuesto

sobre

Construcciones,

Instalaciones y Obras, en aquellos casos en los que las obras no se ejecutan por desistimiento del solicitante, es necesario que exista un acto expreso de desistimiento o renuncia por el solicitante de la licencia de obras, o un acto formal de declaración de la caducidad de la licencia

DOGC 20/11/2020 NÚM 8276 CATALUNYA. Agència Tributària de Catalunya. RESOLUCIÓ VEH/2938/2020, de 15 de novembre, per la qual es publica el model de certificat d'idoneïtat dels vehicles clàssics en l'àmbit de l'impost sobre les

por parte del Ayuntamiento, pues tales actos suponen la constancia de que la obra no se va a ejecutar y que, por tanto, no se va a realizar el hecho imponible del citado impuesto [PÁG. 6]

emissions de diòxid de carboni dels vehicles de tracció mecànica i se'n determina la forma de presentació. [PÁG. 3]

Actualidad de la Comisión Europea Fiscalidad: la Comisión insta a ESPAÑA a transponer la

DOGV 20/11/2020 NÚM 8957

Directiva sobre las prácticas de elusión fiscal relativas a VALENCIA. MEDIDAS COVID-19. DECRETO 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de

las asimetrías híbridas [PÁG. 7]

Actualitat Generalitat de Catalunya

octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por los Decretos 16/2020, de 5 de noviembre, y 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, y se prorroga otra medida. [PÁG. 4]

MEDIDAS COVID-19. Comença l’obertura progressiva d’activitats el 23 de novembre (encara no publicat en el DOGC) – PLA D’OBERTURA PROGRESSIVA D’ACTIVITATS [PÁG. 8]


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario

Boletines oficiales BOE 20/11/2020 NÚM 305

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Juego. Ley 2/2020, de 14 de octubre, de suspensión de títulos habilitantes de nuevos locales y otras medidas complementarias en materia de juego y apuestas. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. Ley 3/2020, de 27 de octubre, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de modificación de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de servicios sociales de Canarias.


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario DOGC 20/11/2020 NÚM 8276

CATALUNYA. Agència Tributària de Catalunya. RESOLUCIÓ VEH/2938/2020, de 15 de novembre, per la qual es publica el model de certificat d'idoneïtat dels vehicles clàssics en l'àmbit de l'impost sobre les emissions de diòxid de carboni dels vehicles de tracció mecànica i se'n determina la forma de presentació.

DECRET LLEI 33/2020, de 30 de setembre, de mesures urgents en l'àmbit de l'impost sobre les emissions de diòxid de carboni dels vehicles de tracció mecànica i de l'impost sobre les estades en establiments turístics, i en l'àmbit pressupostari i administratiu. Article 2 Modificació de la Llei 16/2017, de l'1 d'agost, del canvi climàtic, pel que fa a l'impost sobre les emissions de diòxid de carboni dels vehicles de tracció mecànica. 2.2 S'afegeix un apartat 3 a l'article 45 de la Llei 16/2017, de l'1 d'agost, del canvi climàtic, amb la redacció següent: “3. Els vehicles clàssics gaudeixen de la bonificació del 100% de la quota íntegra. 3.1 Té la consideració de vehicle clàssic el que compleix tots els requisits següents: a) Té una antiguitat mínima de 30 anys en la data de meritació. b) El seu tipus específic, definit en la legislació nacional o comunitària corresponent, s'ha deixat de produir. c) El seu estat de manteniment és correcte des d'un punt de vista històric, resta en el seu estat original i no s'han modificat de forma substancial les característiques tècniques dels seus components principals. 3.2 Per gaudir de la bonificació, el o la contribuent ha d'aportar un certificat d'idoneïtat emès pel club o associació automobilística corresponent. Per obtenir el certificat el o la contribuent ha d'aportar al club o associació la documentació següent: - Permís de circulació del vehicle, llevat que el vehicle no en disposi per estar exposat en un museu. - Fotografies actuals de l'exterior, de l'interior i del motor del vehicle. - Document acreditatiu del compliment dels requisits de l'apartat 3.1, signat per la persona que sigui responsable de la inspecció ocular esmentada en el club o associació al qual pertany el propietari o propietària del vehicle. Aquest certificat d'idoneïtat l'ha de validar la Federació Catalana de Vehicles Històrics amb caràcter previ a la presentació a l'Administració tributària. El certificat té una validesa de 10 anys, si no hi ha canvi de titularitat del vehicle, supòsit en el qual l'ha de renovar la nova persona titular. El director o directora de l'Agència Tributària de Catalunya ha d'aprovar, mitjançant resolució, el model del certificat d'idoneïtat i la forma de presentar-lo a l'Agència Tributària de Catalunya.” Disposicions addicionals Primera Exigibilitat de l'impost L'impost sobre les emissions de diòxid de carboni dels vehicles de tracció mecànica, regulat per la Llei 16/2017, de l'1 d'agost, del canvi climàtic, és exigible per a tots els vehicles subjectes a l'impost a partir del 31 de desembre del 2020, i resta sense efecte l'impost meritat en l'exercici del 2019.


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario DOGV 20/11/2020 NÚM 8957

COMUNIDAD DE VALENCIA. Presidencia de la Generalitat. DECRETO 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por los Decretos 16/2020, de 5 de noviembre, y 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, y se prorroga otra medida. DECRETO Primero Se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, y prorrogada por los Decretos 16/2020, de 5 de noviembre, y 17/2020, de 12 de noviembre, del president de la Generalitat, hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020, en los términos especificados en los mismos. Segundo Se prorroga la declaración de confinamiento de los municipios de Elda y Petrer, establecida en el apartado segundo del Decreto 16/2020, de 5 de noviembre, del president de la Generalitat, durante un período de catorce días naturales, contados a partir del momento que se determina en la disposición final única de este decreto. DISPOSICIÓN FINAL Única. Efectos 1. La prórroga adoptada en el apartado primero del presente decreto surtirá plenos efectos desde las 12:00 horas del día 20 de noviembre de 2020. 2. La prórroga establecida en el apartado segundo del presente decreto surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 21 de noviembre de 2020. Contra el presente decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario

Resolución del TEAC de interés Procedimiento económico-administrativo. Cómputo del plazo para la interposición de reclamaciones relativas a la obligación de expedir y entregar factura que incumbe a empresarios y profesionales RESUMEN: Fecha: 21/10/2020 Fuente: web de la AEAT Enlace: Resolución del TEAC de 21/10/2020

Criterio: Conforme al artículo 235.1 de la Ley General Tributaria, tratándose de reclamaciones relativas a la obligación de expedir y entregar factura que incumbe a empresarios y profesionales, el plazo de un mes para la interposición de la reclamación económico-administrativa empieza a contarse transcurrido un mes desde que se haya requerido formalmente el cumplimiento de dicha obligación. Habiéndose requerido la emisión de la factura con fecha 2-12-2016, el plazo de un mes para que la reclamada cumpliera con la obligación que le incumbía finalizaba el 2-1-2017 y, desde el día siguiente a dicha fecha, comenzaba a computarse el plazo de un mes para la interposición de la reclamación ante el Tribunal Económico-administrativo Central, que se inició el 3-12017 y concluyó el 2-2-2017, puesto que es el día en que finalizaba el plazo de un mes computado de "fecha a fecha" y no era un día inhábil. Habiéndose presentado la reclamación el 17-2-2017, ésta se presentó fuera del plazo establecido en el artículo 235.1 de la Ley General Tributaria, por lo que debe inadmitirse la presente reclamación, conforme al artículo 239.4.b) de la Ley General Tributaria. Criterio ya señalado en Resolución de 23 de octubre de 2017 (RG 2495/2014 y 7239/2014).


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario

Sentencia del TS de interés ICIO. A efectos del dies a quo del cómputo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de ingresos indebidos del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en aquellos casos en los que las obras no se ejecutan por desistimiento del solicitante, es necesario que exista un acto expreso de desistimiento o renuncia por el solicitante de la licencia de obras, o un acto formal de declaración de la caducidad de la licencia por parte del Ayuntamiento, pues tales actos suponen la constancia de que la obra no se va a ejecutar y que, por tanto, no se va a realizar el hecho imponible del citado impuesto. RESUMEN: Fecha: 04/11/2020 Fuente: web del Poder Judicial Enlace: Sentencia del TS de 04/11/2020

Cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia es la siguiente: "[...] Determinar si a efectos de fijar el dies a quo del cómputo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de ingresos indebidos del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras - en aquellos casos en los cuales las obras no se ejecutan, por desistimiento del solicitante-, debe atenderse al transcurso del plazo de otorgamiento de la licencia o es necesario un acto formal de declaración de caducidad de la misma por parte del Ayuntamiento”. El TS: La respuesta, conforme a lo que hemos razonado, debe ser que a efectos del dies a quo del cómputo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de ingresos indebidos del ICIO, en aquellos casos en los que las obras no se ejecutan por desistimiento del solicitante, es necesario que exista un acto expreso de desistimiento o renuncia por el solicitante de la licencia de obras, o un acto formal de declaración de la caducidad de la licencia por parte del Ayuntamiento, pues tales actos suponen la constancia de que la obra no se va a ejecutar y que, por tanto, no se va a realizar el hecho imponible del citado impuesto.


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario

Actualidad de la Comisión Europea Fiscalidad: la Comisión insta a ESPAÑA a transponer la Directiva sobre las prácticas de elusión fiscal relativas a las asimetrías híbridas RESUMEN: Fecha: 30/10/2020 Fuente: web de la CE Enlace:

La Comisión ha decidido hoy enviar un dictamen motivado en el que recuerda a España que debería haber incorporado al Derecho nacional, a más tardar el 31 de diciembre de 2019, la Directiva contra la elusión fiscal relativa a las asimetrías híbridas [Directiva (UE) 2017/952 del Consejo por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164, conocida como «DEF 2»]. El objetivo de dicha Directiva es garantizar que las empresas multinacionales no puedan reducir artificialmente su obligación de pagar el impuesto sobre sociedades aprovechando las diferencias entre los sistemas fiscales de los Estados miembros y los de terceros países (las llamadas «asimetrías híbridas»). Si España no actúa en los próximos dos meses, la Comisión podría remitir el asunto al Tribunal de Justicia y pedirle que imponga sanciones por no haber incorporado la Directiva a su legislación nacional a su debido tiempo.


20 de noviembre de 2020

Boletín FISCAL Diario

Actualitat Generalitat de Catalunya MEDIDAS COVID-19. Comença l’obertura progressiva d’activitats el 23 de novembre (encara no publicat en el DOGC) – PLA D’OBERTURA PROGRESSIVA D’ACTIVITATS


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