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Mini Boletín 27/03/2019

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019

Boletines oficiales COMUNIDAD DE MADRID. Tributos. Ley 6/2018, de 19 de diciembre, de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.

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GIPUZKOA. Orden Foral 177/2019 de 22 de marzo, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del IRPF y del IP correspondientes al período impositivo 2018, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso.

Resolución del TEAC de interés LGT. Compensación a instancia de parte. Se plantea si puede instarse por parte del obligado tributario la compensación de una deuda tributaria estatal con un crédito

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reconocido por otra Administración Pública.

Consulta de la DGT IRPF. Los gastos de guardería que no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos podrán formar parte de la base de la deducción del art.

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81 de la LIRPF.

Actualitat del Govern BREXIT. El Govern crea la Finestreta Brexit per assessorar les empreses catalanes que exporten al Regne Unit

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Sentencia del TSJUE España. El TJUE se pronuncia sobre las cláusulas de vencimiento anticipado de las hipotecas.

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Sentencias de TS de interés IRPF. Aplicación de la exención regulada en el art. 7. f) de Ia Ley del IRPF a una pensión de invalidez satisfecha por Suiza. No es aplicable.

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IRPF. Cooperativa de viviendas, en virtud del cual el socio asume el compromiso de adquirir la propiedad de la vivienda mediante el ejercicio de la opción de compra, siendo las cantidades abonadas a cuenta del pago de la citada vivienda: se aplica

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la deducción por adquisición de vivienda

Nota de Prensa Derechos de autor. El Parlamento aprueba las nuevas normas sobre derechos de autor en internet

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Núm. 74 Miércoles 27 de marzo de 2019 La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019 COMUNIDAD DE MADRID Tributos. Ley 6/2018, de 19 de diciembre, de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre. [pdf]

Boletín 27-03-2019, Número 59 DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS. Orden Foral 177/2019 de 22 de marzo, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio correspondientes al período impositivo 2018, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso. [pdf] El plazo de presentación de la autoliquidación será el comprendido entre el 15 de abril y el 1 de julio, ambos inclusive, del año 2019.

La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019

Resolución del TEAC de interés Compensación a instancia de parte. Se plantea si puede instarse por parte del obligado tributario la compensación de una deuda tributaria estatal con un crédito reconocido por otra Administración Pública. Resolución del TEAC de 20/03/2019

Compensación de una

Criterio: La compensación de deudas regulada en el artículo 71 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, solo puede realizarse respecto de créditos reconocidos por la Hacienda Pública estatal cuando concurra en un mismo obligado la condición de acreedor y deudor de la misma.

deuda tributaria Enlace: Resolución del TEAC

Fecha: 25/01/2019 CONSULTA/LGT

Unificación de criterio

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019

Consulta de la DGT de interés IRPF. Compatibilidad entre las rentas en especie de los vales guardería con la deducción por guardería. La asociación consultante agrupa empresas emisoras de vales de servicios,

como

vales

de

guardería,

que

se

entregan

por

determinadas empresas como retribución a sus empleados, para costear los gastos en guarderías en que incurren dichos empleados. Consulta V0156-19 de 24/01/2019 Compatibilidad entre la exención prevista en el artículo 42.3.b) 1 y la deducción por guarderías del artículo 81 de la LIRPF. Según el artículo 42.3.b) de la LIRPF estarán exentas las retribuciones del trabajo no dinerarias que, cumpliendo los requisitos del artículo, consistan en el pago por las empresas de los gastos de guardería de sus trabajadores, mediante la entrega a los empleados de vales que se

Los gastos de guardería que no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos podrán formar parte de la base de la deducción del art. 81 de la

aplican a costear los gastos de dicha naturaleza. Por lo que respecta a la deducción, el artículo 61 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE de

LIRPF. Enlace: Consulta

4 de julio), con efectos desde el 1 de enero de 2018, ha modificado el artículo 81 de la Ley del impuesto, estableciendo un incremento de la deducción por maternidad prevista en dicho artículo de hasta 1.000 euros anuales adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la

Fecha: 24/01/2019 CONSULTA/IRPF

deducción por maternidad hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados, con los límites y requisitos establecidos en el referido artículo, entre los que se establece en el último párrafo del apartado 2 de dicho artículo que “A estos efectos se entenderán por gastos de custodia las cantidades satisfechas a guarderías y centros de educación infantil por la preinscripción y matrícula de dichos menores, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos por aplicación de lo dispuesto en las letras b) o d) del apartado 3 del artículo 42 de esta Ley.” De acuerdo con la redacción anterior, los gastos de guardería que no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos podrán formar parte de la base de la deducción. Por ello, en la medida en que los gastos de guardería satisfechos por medio de vales guardería no cumplan los requisitos establecidos para la aplicación de la exención del artículo 42.3.b) de la Ley del

Artículo 42. Rentas en especie. ... 3. Estarán exentos los siguientes rendimientos del trabajo en especie: ... b) La utilización de los bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado. Tendrán esta consideración, entre otros, los espacios y locales, debidamente homologados por la Administración pública competente, destinados por las empresas o empleadores a prestar el servicio de primer ciclo de educación infantil a los hijos de sus trabajadores, así como la contratación, directa o indirectamente, de este servicio con terceros debidamente autorizados, en los términos que reglamentariamente se establezcan. 1

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019 impuesto antes reproducido, lo que ocurriría, por ejemplo, cuando no se tratara de retribuciones en especie por corresponder a mediaciones en el pago, a dichos gastos podría resultarles de aplicación la deducción prevista en el citado artículo 81 de la Ley del impuesto, en la medida en que se cumplan los requisitos previstos en dicho artículo.

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019

Actualitat del Govern El Govern crea la Finestreta Brexit per assessorar les empreses catalanes que exporten al Regne Unit La consellera d’Empresa i Coneixement, Àngels Chacón, ha assegurat que “volem acompanyar les empreses en la reflexió i la preparació dels seus plans d’actuació perquè des del primer minut del nou escenari estiguin llestes i siguin competitives”. •

La iniciativa, que s’articula a través d’ACCIÓ, té per

objectiu que les empreses catalanes preparin plans de contingència per encarar el procés de sortida del Regne Unit

Finestreta Brexit

de la Unió Europea. •

La Finestreta Brexit inclou un servei d’assessorament

personalitzat, suport en destí des de l’oficina d’ACCIÓ a Londres, una eina d’autodiagnosi online sobre el grau d’exposició al Brexit, acompanyament per exportar a nous mercats alternatius i l’organització de jornades pràctiques

Enllaç: Nota

Fecha: 25/03/2019 NOTICIES/BREXIT

arreu del territori. •

Actualment 3.374 empreses catalanes exporten al Regne Unit i hi ha 461 filials catalanes al

país. Llegir més

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019

Sentencia del TSJUE de interés El TJUE se pronuncia sobre las cláusulas de vencimiento anticipado de las hipotecas

Cláusula de

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 26 de marzo de

vencimiento

2019 «Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Artículos 6 y 7 — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario — Declaración del carácter parcialmente abusivo de la cláusula — Facultades del juez nacional en relación con una cláusula

anticipado: no cabe conservar parcialmente la cláusula cuando sea abusiva

calificada de “abusiva”— Sustitución de la cláusula abusiva por una

Enlace: Sentencia

disposición de Derecho nacional» En los asuntos acumulados C-70/17 y C-179/17,

Fecha: 29/11/2018

que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 267 TFUE, respectivamente, por el Tribunal Supremo, mediante auto de 8 de febrero de 2017, recibido en el Tribunal de Justicia el 9 de febrero de 2017, y por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Barcelona, mediante auto de 30 de marzo de 2017, recibido en el Tribunal de Justicia el 7 de abril de 2017, en los procedimientos entre Abanca Corporación Bancaria, S.A., y Alberto García Salamanca Santos (C-70/17), Los artículos 6 y 7 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, deben interpretarse en el sentido de que, por una parte, se oponen a que una cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario declarada abusiva sea conservada parcialmente mediante la supresión de los elementos que la hacen abusiva, cuando tal supresión equivalga a modificar el contenido de dicha cláusula afectando a su esencia, y de que, por otra parte, esos mismos artículos no se oponen a que el juez nacional ponga remedio a la nulidad de tal cláusula abusiva sustituyéndola por la nueva redacción de la disposición legal que inspiró dicha cláusula, aplicable en caso de convenio entre las partes del contrato, siempre que el contrato de préstamo hipotecario en cuestión no pueda subsistir en caso de supresión de la citada cláusula abusiva y la anulación del contrato en su conjunto exponga al consumidor a consecuencias especialmente perjudiciales.

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Boletín FISCAL diario – miércoles, 27 de marzo de 2019

Sentencia del TS de interés IRPF. Aplicación de la exención regulada en el art. 7. f)2 de Ia Ley del IRPF a una pensión de invalidez satisfecha por el Departamento Federal de Finanzas de la Confederación Suiza Sentencia del TS de 14/03/2019 Criterios interpretativos que se fijan en esta sentencia sobre el artículo 7.f) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Tomando como punto de partida lo que ha sido expuesto en el anterior fundamento de derecho, los criterios interpretativos que

La pensión de invalidez satisfecha por Suiza no está

procede dictar son los que continúan: 1.- El reconocimiento de una pensión de invalidez en Suiza con un

exenta en IRPF Enlace: Sentencia

nivel del cien por cien no basta, por sí solo, para equiparar dicha pensión con una prestación de incapacidad permanente absoluta del sistema español de Seguridad Social; porque en aquel Estado, a diferencia de lo que acontece en España, no se distingue entre un grado

Fecha: 14/03/2019 SENTENCIA/IRPF

de incapacidad que está referida sólo a la profesión que ejercía el interesado (aunque la impida en la totalidad de los cometidos de esa profesión) y otro grado superior que se proyecta también sobre otras profesiones. 2.- La calificación de si una situación merece la consideración de incapacidad permanente absoluta corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social a través de los órganos reglamentariamente establecidos para examinar al interesado y emitir el correspondiente dictamen propuesta; y recae sobre el interesado la carga de aportar ante esos órganos todos los elementos que permitan probar cual fue la concreta situación que determinó la pensión extranjera cuya equiparación se pretenda con una pensión de invalidez absoluta del sistema español de Seguridad Social.

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Artículo 7. Rentas exentas.

… f) Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros

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Sentencia del TS de interés IRPF. Deducción por adquisición de vivienda habitual, art. 68.1 Ley 35/2006. Contrato de alquiler con opción de compra regulado en normativa autonómica como instrumento de acceso a vivienda; tiene derecho a la deducción cuando se ejerce la opción. Sentencia del TS de 13/03/2019 Cooperativa de viviendas, en virtud del cual el socio asume el compromiso de adquirir la propiedad de la vivienda mediante el

Cooperativa de viviendas, en

ejercicio de la opción de compra, siendo las cantidades abonadas a

virtud del cual el socio

cuenta del pago de la citada vivienda.

asume el compromiso de adquirir la propiedad de la

SE PREGUNTA: (i) Si resulta aplicable la deducción del artículo 68,1 LIRPF a un contrato

vivienda mediante el

de adhesión firmado con una Cooperativa de viviendas, en virtud del cual

ejercicio de la opción de

el socio asume el compromiso de adquirir la propiedad de la vivienda

compra, siendo las

mediante el ejercicio de la opción de compra, siendo las cantidades abonadas a cuenta del pago de la citada vivienda. El TS RESUELVE:

cantidades abonadas a cuenta del pago de la citada vivienda: SE APLICA LA

Dicho lo anterior ha de responderse afirmativamente a la primera de las cuestiones identificadas de interés casacional objetivo, en el sentido de que sí resulta aplicable la deducción

DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA

del artículo 68.1 LIRPF a un contrato de adhesión firmado con

Enlace: Sentencia

una Cooperativa de viviendas, en virtud del cual el socio asume el compromiso de adquirir la propiedad de la vivienda mediante el ejercicio de la opción de compra, siendo las cantidades abonadas a cuenta del pago de la citada vivienda.

Fecha: 13/03/2019 SENTENCIA/IRPF

SE PREGUNTA: (ii) Si para aplicar la citada deducción, las cantidades pagadas en concepto de renta por arrendamiento con opción de compra por plazo de diez años son equiparables a las cantidades pagadas a cuenta al promotor por la construcción de viviendas futuras que, en virtud del artículo 55.1 RIRPF es una operación asimilada a la adquisición de la vivienda siempre y cuando las obras finalicen en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión. El TS RESUELVE: Y respecto de la segunda cuestión ha de responderse que no existe equiparación del supuesto que contemplamos con el previsto en el art. 55 del RIRPF , en los términos en que se inquiere, sino que estamos ante un caso respecto de cantidades pagadas en concepto de renta por arrendamiento con opción de compra por plazo de diez años previsto expresamente por la normativa autonómica madrileña, que articula instrumentos jurídicos de adquisición de vivienda habitual a través, entre otros, de este mecanismo y que tiene cabida en los términos que el art. 68.1 de la LIRPF regula la deducción por vivienda habitual.

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Nota de Prensa El Parlamento aprueba las nuevas normas sobre derechos de autor en internet •

Las plataformas de internet serán responsables del contenido subido por los usuarios

•

Derechos de autor

Algunos contenidos, como memes y GIF, quedan excluidos de la directiva

•

Vínculos a noticias, acompañados de “palabras individuales o extractos

en Internet Enlace: Nota

muy breves” podrán compartirse libremente •

Los periodistas deben recibir parte de los ingresos por derechos de

Fecha: 26/03/2019

autor obtenidos por su empresa •

Requisitos menos estrictos para las compañías emergentes

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