Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018
Boletines Oficiles Modelo 202. Corrección de errores de la Orden HAC/941/2018, de 5 de septiembre, por la que se modifican la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre
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Sociedades . Catalunya. RESOLUCIÓ VEH/2352/2018, de 9 d'octubre, sobre l'ús del sistema de codi segur de verificació i per la qual es creen segells electrònics de l'Agència Tributària de Catalunya. Catalunya. RESOLUCIÓ VEH/2353/2018, de 9 d'octubre, per la qual es dona publicitat al Protocol número 1 de desenvolupament del Conveni de 8 de març de 2017 entre l'Agència Tributària de Catalunya i l'Ajuntament de Barcelona per a la recaptació en període executiu d'ingressos tributaris i altres ingressos de dret públic de l'Ajuntament de Barcelona. Catalunya. RESOLUCIÓ VEH/2354/2018, de 9 d'octubre, per la qual es dona publicitat al
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Protocol número 1 de desenvolupament del Conveni de 10 d'abril de 2017 entre l'Agència Tributària de Catalunya i l'Ajuntament de Sabadell per a la recaptació en període executiu d'ingressos tributaris i altres ingressos de dret públic de l'Ajuntament de Sabadell. Catalunya. RESOLUCIÓ VEH/2355/2018, de 9 d'octubre, per la qual es dona publicitat al Conveni de col·laboració entre el Departament de la Vicepresidència i d'Economia i Hisenda i l'Agència Tributària de Catalunya per a l'atenció telefònica a través del 012. Guipúzkoa. IRPF. Resolución de 10 de octubre de 2018, de las Juntas Generales de Gipuzkoa, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto Foral-Norma 2/2018, de 17 de julio, por el que se modifica la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en lo relativo al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. [pdf]
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Guipúzkoa. Modelo 763. Orden Foral 485/2018 de 15 de octubre, por la que se aprueba el modelo 763 de autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales, y se determinan la forma, plazo y lugares de presentación.[pdf]
Consultas de interés IRPF. Retribución administradores. La valoración de las remuneraciones en especie (cesión vehículos, cesión uso de viviendas, préstamos a interés inferior, etc) se efectuará conforme a lo establecido en el art. 43.1 de la LIRPF. No resultará aplicable a los administradores las exenciones establecidas en el art. 42.2 de la LIRPF (vales comida, servicios de guardería, …, etc..)
La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018 IS. La entidad consultante, es una sociedad que tiene por actividad lo que se conoce en inglés como el "crowdfunding" o "crowdlending", esto es, el uso de una o varias
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plataformas digitales para financiar a los solicitantes.
Auto del TS de interés IIVTNU. Se pregunta si quien se obliga por pacto o contrato el pago del IIVTNU tiene legitimación activa para recurrir en vía administrativa.
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Sentencia de la AN de interés IS. Deducción para evitar la doble imposición interna. La aplicación de la deducción para evitar la doble imposición interna sobre las rentas derivadas de la transmisión de participaciones se calcula únicamente sobre los beneficios generados por la entidad participada.
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018
Núm. 251 Miércoles 17 de octubre de 2018 Corrección de errores de la Orden HAC/941/2018, de 5 de septiembre, por la que se modifican la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, y la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país. [pdf] Advertidos errores en el contenido de la página 88847 (anexo II, parte 1) del BOE número 223, del 14 de septiembre de 2018, en la publicación de la Orden HAC/941/2018, de 5 de septiembre, …
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 7728 (17/10/2018) RESOLUCIÓ VEH/2352/2018, de 9 d'octubre, sobre l'ús del sistema de codi segur de verificació i per la qual es creen segells electrònics de l'Agència Tributària de Catalunya.
RESOLUCIÓ VEH/2353/2018, de 9 d'octubre, per la qual es dona publicitat al Protocol número 1 de desenvolupament del Conveni de 8 de març de 2017 entre l'Agència Tributària de Catalunya i l'Ajuntament de Barcelona per a la recaptació en període executiu d'ingressos tributaris i altres ingressos de dret públic de l'Ajuntament de Barcelona.
RESOLUCIÓ VEH/2354/2018, de 9 d'octubre, per la qual es dona publicitat al Protocol número 1 de desenvolupament del Conveni de 10 d'abril de 2017 entre l'Agència Tributària de Catalunya i l'Ajuntament de Sabadell per a la recaptació en període executiu d'ingressos tributaris i altres ingressos de dret públic de l'Ajuntament de Sabadell.
RESOLUCIÓ VEH/2355/2018, de 9 d'octubre, per la qual es dona publicitat al Conveni de col·laboració entre el Departament de la Vicepresidència i d'Economia i Hisenda i l'Agència Tributària de Catalunya per a l'atenció telefònica a través del 012.
Miércoles, a 17 de octubre de 2018 Resolución de 10 de octubre de 2018, de las Juntas Generales de Gipuzkoa, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto Foral-Norma 2/2018, de 17 de julio, por el que se modifica la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en lo relativo al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. [pdf] Orden Foral 485/2018 de 15 de octubre, por la que se aprueba el modelo 763 de autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales, y se determinan la forma, plazo y lugares de presentación.[pdf]
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018
Consulta de la DGT de interés IRPF. Retribución administradores. La valoración de las remuneraciones en especie (cesión vehículos, cesión uso de viviendas, préstamos a interés inferior, etc) se efectuará conforme a lo establecido en el art. 43.1 de la LIRPF. No resultará aplicable a los administradores las exenciones establecidas en el art. 42.2 de la LIRPF (vales comida, servicios de guardería, prima de seguro médico, etc..) Consulta V1984-18 de 03/07/2018 Hechos: Residente fiscal en España, miembro del Consejo de Administración de dos sociedades (pertenecientes al mismo grupo), siendo también Consejero
Valoración de la remuneración en especie a los Administradores: se aplicará la valoración
Delegado de las dos sociedades. Tal como establece en los Estatutos el
específica en el marco
cargo de miembro del Consejo de Administración es retribuido. No tiene
de la LIRPF. No son
participaciones sociales. Tiene suscrito con ambas sociedades un contrato
aplicables las
de relación laboral especial de alto directivo. Para el desempeño de las funciones debe viajar con frecuencia a distintas filiales del grupo.
exenciones previstas
Se pregunta, entre otras cosas:
en la LIRPF
Tratamiento de las dietas y gastos de viaje por sus desplazamientos en el desempeño de sus funciones de alta dirección.
Fecha: 18/07/2018
En consecuencia: - Si la sociedad pone a disposición del miembro del órgano de administración los medios para que éste acuda al lugar en el que debe
Enlace: Consulta CONSULTA/IRPF
realizar sus funciones, es decir, proporciona el medio de transporte y, en su caso, el alojamiento, no existirá renta para el mismo, pues no existe ningún beneficio particular para el mismo. - Si la sociedad reembolsa al miembro del órgano de administración los gastos en los que ha incurrido para desplazarse hasta el lugar donde va a prestar sus servicios y éste no acredita que estrictamente vienen a compensar dichos gastos, o le abona una cantidad para que éste decida libremente cómo acudir, estamos en presencia de una renta dineraria sujeta a retención, siendo el tipo aplicable, como al resto de sus retribuciones, el previsto en el artículo 101.2 de la LIRPF. Tratamiento de las retribuciones en especie que perciba por el cargo de alta dirección: si resultan aplicables las reglas especiales de valoración previstas en el artículo 43 de la citada Ley. En el presente caso, de acuerdo con lo indicado anteriormente, al tratarse de retribuciones que se entienden comprendidas dentro de los rendimientos del trabajo previstos en el artículo 17.2.e) de la LIRPF, las retribuciones en especie acordadas en el contrato constituirán rendimientos del trabajo en especie pero no derivados de una relación laboral con la sociedad, y su valoración, como consecuencia de la modificación operada por la Ley 27/2014 anteriormente citada, se efectuará según lo establecido en el citado artículo
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018 43.1 de la LIRPF, incluyendo las especialidades que dicho precepto establece en su número 1º para los rendimientos del trabajo en especie. Sin embargo, no resultará aplicable lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 42 de la LIRPF al estar prevista su aplicación exclusivamente para rendimientos del trabajo en especie derivados de relaciones laborales.
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Consulta de la DGT de interés IS. La entidad consultante, es una sociedad que tiene por actividad lo que se conoce en inglés como el "crowdfunding" o "crowdlending", esto es, el uso de una o varias plataformas digitales para financiar a los solicitantes. Consulta V2107-18 de 17/07/2018 En concreto la actividad consiste en utilizar las plataformas digitales para que estas pongan en contacto inversores que tienen dinero para invertir
Crowdfunding. La entidad se dedica a
con multitud de empresas que buscan préstamos a tipo fijo a un plazo entre
utilizar plataformas
90 días y 3 años y a un tipo de interés competitivo.
digitales para poner
El artículo 5 define actividad económica como la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y de recursos humanos con la finalidad
en contacto
de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios,
inversores con
entendiendo que para el caso de arrendamiento de inmuebles existirá
empresas que buscan
actividad económica cuando para su ordenación se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.
financiación: es una
En el ámbito del IS, debe tenerse en cuenta la autonomía del concepto de
actividad sujeta al IS
actividad económica frente al mismo concepto regulado para otras figuras impositivas. En este sentido, el preámbulo de la LIS justifica la nueva
Fecha: 04/06/2018
inclusión de una definición de actividad económica, hasta entonces referenciada al IRPF, ante la necesidad de que el IS, que grava por
Enlace: Consulta
excelencia las rentas procedentes de actividades económicas, contenga una definición adaptada a la propia naturaleza de las personas jurídicas.
CONSULTA/IS
Por tanto, la interpretación del concepto de actividad económica en el ámbito del IS debe realizarse a la luz del funcionamiento empresarial societario, y puede diferir de la interpretación que se realice del mismo en el IRPF, por cuanto el mismo concepto puede tener finalidades diferentes y específicas en cada figura impositiva. En este sentido, precisamente, el artículo 3 del Código Civil, de aplicación en la interpretación de las normas tributarias, señala que “las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.”.
En el supuesto concreto planteado, de la información suministrada en el escrito de consulta se desprende que la consultante se dedica a la actividad consistente en utilizar plataformas digitales para estas pongan en contacto inversores con empresas que buscan financiación, lo que determina la existencia de una explotación económica que supone la ordenación por cuenta propia de medios materiales y/o humanos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. En conclusión, de los datos señalados en la consulta planteada, en este supuesto se deben entender cumplidos los requisitos señalados en el artículo 5.1 de la LIS a los efectos de determinar que la entidad desarrolla una actividad económica.
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018
Auto de interés IIVTNU. Se pregunta si quien se obliga por pacto o contrato el pago del IIVTNU tiene legitimación activa para recurrir en vía administrativa. Auto del TS de 03/10/2018 Precisar la cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, que consiste en:
Se pregunta al TS sobre si se reconoce o no legitimación activa
El TS admite el recurso que plantea:
para recurrir en vía
Determinar si se debe reconocer o no legitimación para recurrir en la vía contencioso-administrativa por ostentar un interés legítimo a quienes sin ser los sujetos pasivos asuman en virtud de pacto o contrato la
administrativa a quien sin ser sujeto pasivo
obligación tributaria principal de pago de un tributo local -como el
asuma por pacto el
impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza
pago del IIVTNU
urbana-, teniendo en cuenta, por un lado, que no está expresamente proscrita su legitimación para interponer el recurso de reposición tributario
Fecha: 03/10/2018
local y que dicho recurso agotará la vía administrativa previa en buena parte de
los
casos
-en
todos
los
que
no
existan
reclamaciones
Enlace: Auto
económicoadministrativas locales-; y, por otro lado, que el derecho a la tutela judicial efectiva impone a los tribunales la obligación de interpretar con
SENTENCIAS/ESPECIAL IIVTNU
amplitud las fórmulas que las leyes procesales utilicen en orden a la atribución de legitimación activa -principio pro actione -.
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Boletín FISCAL diario – miércoles, 17 de octubre de 2018
Sentencia de la AN de interés IS. Deducción para evitar la doble imposición interna. La aplicación de la deducción para evitar la doble imposición interna sobre las rentas derivadas de la transmisión de participaciones se calcula únicamente sobre los beneficios generados por la entidad participada.
La deducción para evitar la doble
Sentencia de la AN de 25/05/2018 En definitiva, la aplicación de la deducción no podrá hacerse teniendo en
imposición interna
cuenta los beneficios de las entidades en las que se participa indirectamente,
sobre las rentas
sino exclusivamente los generados y no distribuidos por la sociedad en la que
derivadas de la
la recurrente participa directamente, cuyas acciones se enajenan. Por tanto, la parte de renta imputable a plusvalías tácitas de cualquier elemento del
transmisión de
activo de la entidad cuya participación se transmite, no forma parte de la base
participaciones se
de deducción, sin perjuicio de que la doble imposición que se manifiesta en estas operaciones pueda corregirse en la entidad adquirente de la participación
cuando,
posteriormente,
establecidas en el artículo 30.4.e) del TRLIS.
se
cumplan
las
condiciones
calcula únicamente sobre los beneficios generados por la entidad participada Fecha: 25/05/2018 Enlace: Sentencia SENTENCIAS/IS
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