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Boletín FISCAL – del 14 de mayo de 2019
Boletines Oficiales UE. Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la introducción de medidas técnicas detalladas para el funcionamiento del régimen definitivo del IVA de tributación de los intercambios entre Estados miembros
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UE. Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Directiva del Consejo relativa a una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS)[COM(2016) 683 final — 2016/0336 (CNS)] — Propuesta de Directiva del Consejo relativa a una base imponible común del IS Guipúzkoa. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por la que se declara la nulidad parcial del art. 100.1 de la Norma Foral 2/2005 General Tributaria del Territorio
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Histórico de Gipuzkoa.
El Notariado informa Compraventa de viviendas. Los británicos siguen siendo los extranjeros que más
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inmuebles compran en España
Consulta de la DGT de interés IS. Deducibilidad fiscal del deterioro de un crédito: el aplazamiento y garantía acordada
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después del cierre no se tiene en cuenta para la calificación a final de año
Actualidad del TC de interés Ley 7/2019. El TC admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por más
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de 50 diputados del PP contra la Ley 7/2019 de medidas urgentes en vivienda y alquiler
Actualidad del Ministerio de Trabajo de interés Pág. 6
Registro de jornada. Publicada la Guía
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C 159 10 de mayo de 2019
[ver]
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la introducción de medidas técnicas detalladas para el funcionamiento del régimen definitivo del IVA de tributación de los intercambios entre Estados miembros [COM(2018) 329 final-2018/0164 (CNS)] [ver texto aprobado el 12 de febrero de 2019] Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Directiva del Consejo relativa a una base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades (BICCIS)[COM(2016) 683 final — 2016/0336 (CNS)] — Propuesta de Directiva del Consejo relativa a una base imponible común del impuesto sobre sociedades[COM(2016) 685 final — 2016/0337 (CNS)] ( DO C 434 de 15.12.2017 )
Boletín 14-05-2019, Número 89 Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco por la que se declara la nulidad parcial del art. 100.1 de la Norma Foral 2/2005 General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa. [pdf] … declaramos la nulidad del artículo 100.1 de la Norma Foral 2/2005, general tributaria de Gipuzkoa en cuanto dispone «Quedan excluidos de lo dispuesto en este apartado los procedimientos de gestión iniciados mediante declaración o autoliquidación».
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El Notariado informa Los británicos siguen siendo los extranjeros que más inmuebles compran en España Según los datos del Centro de Información Estadística del Notariado -que recopila la información de las escrituras
Compra de
autorizadas por los cerca de 3.000 notarios españoles -, la
inmuebles: los
compraventa de vivienda por extranjeros experimentó en el segundo semestre de 2018 un crecimiento interanual del 1,4%.
británicos, los extranjeros que más compran Fuente: web Notariado Fecha: 13/05/2019 Enlace: Nota
• Las compras por extranjeros crecen un 1,4% en el segundo semestre 2018 • Destacan la fuerte subida de los compradores marroquíes (27,8%) y argentinos (27,4%) y la caída de los suecos (-27,1%) Se registraron 50.249 operaciones, un 18,2% de las transacciones totales de ese periodo. Los británicos (15,3%) siguen siendo los que mayor peso tienen sobre el total de compradores extranjeros. Los incrementos más significativos se produjeron en Asturias (29,1%) y Castilla y León (26,8%). Las mayores disminuciones se produjeron en Canarias (-15,3%) y Baleares (-13,5%). El precio promedio por metro cuadrado de las operaciones repunta su crecimiento hasta el 1,8% interanual. Los precios cayeron con mucha fuerza en Extremadura (-31,0%) mientras que la mayor subida se produjo en Navarra (15,7%). La mayoría de extranjeros que compra un inmueble acude a un notario por el control de legalidad que realiza y la seguridad jurídica que aporta la escritura pública. VER ESTADÍSTICAS AL COMPLETO
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Consulta de la DGT de interés IS. Sobre la deducibilidad fiscal del deterioro de un crédito cuando se pacta aplazamiento y garantía después del cierre del ejercicio Consulta V295-19 de 13/02/2019 Hechos:
Deducibilidad fiscal
Contribuyente que un importante cliente le ha dejado de pagar una deuda que
del deterioro de un
se acumuló de enero a marzo de 2017. Dicho cliente ha presentado solicitud de pre-concurso a un Juzgado Mercantil al objeto de estudiar un plan de
crédito: el
viabilidad y concretar un concurso de continuidad.
aplazamiento y
La sociedad consultante está en negociación para firmar un contrato de aplazamiento de pago con dicha sociedad mercantil deudora, a cambio de que ésta le conceda una garantía real sobre un inmueble de su propiedad y de esta forma poder ejecutar la garantía en caso de repetición de su nuevo impago.
garantía acordada después del cierre no se tiene en cuenta
A 31 de diciembre de 2017 la situación que tenía el deudor era el impago de la deuda por impago de más de seis meses desde el vencimiento de la obligación.
La DGT:
para la calificación a final de año
IS: A este respecto, la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de créditos derivadas de las posibles insolvencias de los deudores dependerá de que se cumpla alguna de las circunstancias contenidas en las letras a) a d) del apartado 1 del artículo 13 de la LIS, previamente transcrito, y siempre que no concurra ninguna de las situaciones recogidas en los números 1º a 3º del mismo. Según se manifiesta en el escrito de consulta, a 31 de diciembre de 2017 ha transcurrido el plazo de seis meses desde el vencimiento de la obligación
Fuente: web AEAT Fecha: 1 /02/2019 Enlace: Consulta CONSULTA/IS
de pago de la deuda del cliente de la consultante, de manera que, supuesto que el ejercicio económico de la consultante coincida con el año natural, de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 13 de la LIS, la pérdida por deterioro de los créditos derivada de las posibles insolvencias de los deudores que hubiera podido reconocer contablemente la consultante (sin que se analice en la presente contestación el tratamiento contable del citado deterioro) sería deducible en el período impositivo 2017. Lo anterior siempre que no concurra ninguna de las excepciones a la deducibilidad de la pérdida por deterioro que establece el apartado 1 del artículo 13 de la LIS sobre las cuales no es posible pronunciarse al no disponer de información al respecto. Por otra parte, la posibilidad que se plantea en el escrito de consulta en cuanto a un aplazamiento de la deuda total y la concesión de una garantía real sobre un 25% de la misma, no se tiene en consideración a efectos de lo señalado, puesto que en el período impositivo a que se entiende que se refiere la cuestión planteada, 2017, aún no habían tenido lugar estas circunstancias.
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Actualidad del TC de interés El TC admite a trámite el recurso de
Recurso de
inconstitucionalidad presentado por más de 50 diputados del PP contra la Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler
inconstitucionalidad admitido contra la
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de
Ley 7/2019 de
inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del Grupo
medidas en materia
Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados contra el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de
de vivienda y alquiler
vivienda y alquiler.
Fuente: web Tribunal
El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda y documentos
Constitucional
presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que puedan personarse y formular las alegaciones que estimen convenientes.
Fecha: 13/05/2019 Enlace: Providencia
Los recurrentes alegan que la norma impugnada no respeta el presupuesto habilitante establecido en el art. 86.1 CE, que exige la extraordinaria y urgente necesidad ni las materias vedadas a los decretos-leyes, por afectar al deber de contribuir (art. 31.1 CE).
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Actualidad del Ministerio de Trabajo El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social publica la guía sobre el registro de jornada Desde la publicación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, se han recibido en la Dirección General de Trabajo diversas consultas en materia de registro de jornada. Por ello, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ha elaborado este documento con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, en el que se recogen criterios, a mero título informativo, en relación con este deber formal empresarial, sin
Publicada la Guía sobre el registro de jornada Fuente: web del Ministerio Fecha: 13/05/2019 Enlace: Nota de prensa
perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social. Guía en formato PDF en archivo adjunto
La Guía Contiene: A. Preguntas relativas al ámbito de aplicación del registro horario regulado en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET) 1. ¿A qué tipo de trabajadores, sectores profesionales y empresas se aplica el registro horario previsto en el artículo 34.9 ET?. 2. ¿A quién corresponde la obligación de registro en el caso de trabajadores cedidos por una ETT? ¿Y en el caso de subcontratación? B) Preguntas sobre el contenido y el sistema de registro 1. ¿Se considera como tiempo de trabajo efectivo la totalidad del transcurrido entre el horario registrado de inicio y finalización de la jornada diaria? ¿Cómo se registra la jornada de los trabajadores que se desplazan a otros centros o empresas clientes, así como las jornadas partidas u otras interrupciones?? 2. ¿Qué medios pueden ser utilizados para el cumplimiento de la obligación de registro de la jornada? 3. ¿Pueden las empresas establecer unilateralmente sistemas propios de registro de jornada? 4. ¿Qué se entiende por consulta a los efectos de cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 34.9 ET? ¿Es necesario alcanzar un acuerdo en todo caso? C) Preguntas sobre conservación y acceso al registro 1. ¿Es necesario contar con algún medio concreto de conservación? ¿Qué es lo que tiene que ser objeto de conservación? 2. ¿Qué significa que los registros permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social? ¿Hay que entregar copias a los trabajadores o a los representantes legales? D) Preguntas sobre el registro de horas extraordinarias
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