Boletín FISCAL diario – viernes, 4 de enero de 2019
Boletines Oficiales COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS Decreto 42/2018, de 14 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2019 a efectos del cómputo administrativo.
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Castilla La Mancha. Orden 199/2018, de 17 de diciembre, de la Consejería Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban los modelos 042, 043,
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044 y 045 de la Tasa Fiscal sobre el Juego. [2018/15147]
Actualidad del Congreso de los Diputados Convenio entre el Reino de España y Rumanía para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la evasión y elusión fiscales y su Protocolo, hecho en Bucarest el 18 de octubre de 2017. Convenio entre el Reino de España y la República de Cabo Verde para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Madrid el 5 de julio de 2017.
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Convenio Multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016, así como Declaraciones y Reservas que España desea formular.
Auto del TS de interés IBI. Se pregunta si la SAREB es responsable por afección de bienes del IBI de los inmuebles cuyos préstamos le han sido transmitidos.
La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros
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Boletín FISCAL diario – viernes, 4 de enero de 2019
Núm. 4 Viernes 4 de enero de 2019 Decreto 42/2018, de 14 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2019 a efectos del cómputo administrativo. Artículo único. Se fija el calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos que regirá durante todo el año 2019 en la comunidad autónoma de las Illes Balears en los siguientes términos: a) Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de ámbito nacional y de esta comunidad autónoma que se indican a continuación: 1 de enero:
Año Nuevo.
1 de marzo:
Día de las Illes Balears.
18 de abril:
Jueves Santo.
19 de abril:
Viernes Santo.
22 de abril:
Lunes de Pascua.
1 de mayo:
Fiesta del Trabajo.
15 de agosto:
Asunción de María.
12 de octubre:
Fiesta Nacional.
1 de noviembre:
Día de Todos los Santos.
6 de diciembre:
Día de la Constitución.
25 de diciembre:
Día de Navidad.
26 de diciembre:
Segunda Fiesta de Navidad.
b) Asimismo, serán días inhábiles en cada municipio de las Illes Balears los días de sus respectivas fiestas locales, que constan en el anexo de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 3 de octubre de 2018 por la que se hace público el calendario laboral general y local para el año 2019 en el ámbito de las Illes Balears («BOIB» núm. 123, de 6 de octubre de 2018). c) Son días inhábiles de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a efectos de lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además de los sábados y domingos, los doce días previstos en el apartado a) anterior, en todo el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Por contra, a efectos de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, son hábiles los días previstos en el apartado b) anterior.
La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros
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Viernes, 4 de enero de 2019 Núm. 3 Orden 199/2018, de 17 de diciembre, de la Consejería Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban los modelos 042, 043, 044 y 045 de la Tasa Fiscal sobre el Juego. [2018/15147] La presente orden entrará en vigor el día 1 de abril de 2019 y será de aplicación a los hechos imponibles producidos a partir del 1 de enero de 2015.
La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico. Para cualquier aclaración póngase en contacto con nosotros
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Boletín FISCAL diario – viernes, 4 de enero de 2019
Actualidad del Congreso de los Diputados BOCG de 02/01/2019 C-109-2 Convenio entre el Reino de España y Rumanía para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la evasión y elusión fiscales y su Protocolo, hecho en Bucarest el 18 de
Dictamen de la
octubre de 2017. Dictamen de la Comisión.
Comisión del
C-106-2 Convenio entre el Reino de España y la República de Cabo Verde para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
Convenio
impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Madrid el 5 de julio de
Multilateral para
2017. Dictamen de la Comisión. C-104-2 Convenio Multilateral para aplicar las medidas relacionadas con
prevenir la erosión
los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el
de bases
traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016, así como Declaraciones y Reservas que España desea formular. Dictamen de la Comisión.
Enlace: BOCG 02/01/2019
Fecha: 02/01/2019
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Auto del TS de interés IBI. SE PREGUNTA SI LA SAREB es responsable por afección de bienes del IBI de los inmuebles cuyos préstamos le han sido transmitidos. Auto del TS de 05/12/2018 La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en precisar si la exclusión de responsabilidad
Auto admitido a
regulada en el artículo 29.4 de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación
trámite sobre el IBI de
y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión;
inmuebles
impide la declaración como responsable tributaria subsidiaria a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A.
transmitidos a la
respecto de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles adjudicados en
SAREB y la
un procedimiento de ejecución de préstamos hipotecarios, transmitidos previamente y de forma obligatoria en virtud de una disposición legal.
responsabilidad Enlace: Auto
Fecha: 05/12/2018
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