Lima, 25 de mayo de 2024
RESOLUCIÓN Nro. (…)-2024 - (…)
VISTOS: El Informe Nro. (…) de Precalificación para apertura de PAD del secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios […]; […]. CONSIDERANDO: Que, […] Que, […] Que, […] Conforme a las antes indicadas normas, se procede a cumplir con cada uno de los fundamentos de estructura de PAD: I. La identificación del servidor o ex servidor civil procesado, así como del puesto desempeñado al momento de la comisión de la falta Nombres y Apellidos
Roger Cáceres Arce
DNI Nro.
40661255
Dirección domiciliaria
Av. Cesar Vallejo 1511, Lince – Lima
Puesto desempeñado al momento de la Asistente Administrativo I comisión de la falta Unidad Orgánica al momento de la Oficina de Logística comisión de la falta Régimen laboral
Decreto legislativo 276
Condición laboral
Nombrado
II. La falta disciplinaria que se imputa, con precisión de los hechos que configurarían dicha falta Se imputa la falta contenida en el artículo 98.2, literal d) del Reglamento de la Ley del Servicio Civil consistente en “d) Agredir verbal y/o físicamente al ciudadano usuario de los servicios a cargo de la entidad”. En este sentido, con fecha 15 de enero de 2024, el investigado agredió verbalmente al usuario JAVIER MEZA LINARES al momento de presentar su recurso de apelación, situación que fue en presencia de dos servidores […], además, de ser presentada la denuncia por el agredido quien se ratificó, luego de realizar una constatación policial en el mismo día de los hechos acaecidos a horas 11 am.