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CLASES DE TRABAJADORES CAS – LEY 32563

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Clases de Trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley

32563

José María Pacori Cari

Maestro en Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín

– Miembro Honorario del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco – Socio de la

Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Tipología del CAS

CAS a plazo indeterminado

Tipología del CAS

Actividades permanentes

CAS para suplencia

CAS a plazo determinado

CAS supeditado a la confianza

CAS por necesidad transitoria para:

Actividades temporales

Actividades de emergencia

Actividades en programas y proyectos especiales

CAS a plazo indeterminado

CAS a plazo indeterminado.

CAS, que previo concurso público de mérito, se celebra por tiempo indeterminado para el desarrollo de actividades permanentes.

Concurso público

Se admite el CAS a plazo indeterminado solo bajo dos (2) condiciones:

Actividades permanentes

Requisito del concurso público de méritos

Contrato indeterminado con concurso público

• Principio de mérito

• Garantiza la igualdad de acceso al empleo público

• Impide el ingreso por fraude o informalidad

Contrato indeterminado sin concurso público

• Nulidad del contrato

• Procedimiento irregular

Objeto: actividades permanentes

Actividades permanentes – Principio de primacía de la realidad

Concepto abierto – Se define caso por caso

Concurso simulados

Uso indebido del CAS temporal para funciones permanentes

CAS a plazo determinado

Suplencia

Actividades permanentes de necesidad transitoria

CAS a plazo determinado para:

Actividades temporales de necesidad transitoria

Actividades de emergencia de necesidad transitoria

Actividades en programas y proyectos especiales de necesidad transitoria

Temporalidad

La temporalidad del contrato CAS debe estar justificada por una “necesidad transitoria”.

CAS a plazo determinado no es libre, está tipificado.

Si no se acredita la causa objetiva el contrato es nulo

Si la necesidad transitoria no existe o es ficticia se incurre en nulidad

Solo procede cuando hay una causa objetiva, verificable y transitoria

La carga de la prueba de la justificación recae en la entidad pública

Suplencia

Reemplazo de un titular temporalmente ausente

• La duración depende de la ausencia del titular

• Es la excepción al tope de 5 años (plazo máximo de la contratación temporal)

• Caso: Titular en licencia sin goce de remuneraciones por 18 meses, CAS por suplencia durante ese periodo, aunque supere un año fiscal vía renovaciones.

Actividades permanentes de necesidad transitoria

La función es permanente, pero la necesidad concreta es transitoria (subidas de trabajo, contingencias operativas)

Exige motivación reforzada: ¿por qué es transitorio?

La permanencia de la función es diferente de la permanencia de la necesidad

Si el “refuerzo” se vuelve permanente año tras año, la causa desaparece.

Caso: Área de contabilidad (permanente) enfrenta cierre extraordinario por auditoría externa, se requiere CAS temporal para reforzar equipo por seis (6) meses.

Actividades temporales de necesidad transitoria

Temporalidad “pura”

Tanto la actividad como la necesidad son temporales

Digitalización de archivos durante ocho (8) meses, el CAS temporal es válido hasta culminar la tarea.

Emergencias de necesidad transitoria

Situaciones extraordinarias, imprevisibles y urgentes (desastres, crisis sanitarias)

• Requiere justificación objetiva de la emergencia (actos de declaración, informes técnicos)

La necesidad flexibiliza, pero no elimina control

• Caso: Inundación que afecta infraestructura municipal, CAS para brigadas de respuesta por el tiempo que dure la contingencia.

Programas y Proyectos especiales

Vínculos sujetos a programas / proyectos con inicio y fin, con financiamiento específico.

• La temporalidad deriva del ciclo de vida del proyecto

Riesgo de fraude: “proyectos” que se renuevan indefinidamente para cubrir funciones estructurales

• Caso: Proyecto de inversión pública con horizonte de 24 meses,

CAS vigente mientras el proyecto esté vigente.

Renovaciones

Cada renovación anual exige:

1. Persistencia de la causa; y,

2. Disponibilidad presupuestaria

Límite general: 5 años (excepto suplencia)

Uso indebido

Si la entidad

• Invoca causa inexistente, o

• Mantiene una “transitoriedad” ficticia

Se activa

• Nulidad (total o parcial)

• Indemnización tasada (1.5 RM/año, tope 12)

Carga de la prueba

Qué debe probar la entidad

• Documento que define la causa (resolución, informe técnico)

• Temporalidad concreta (plazo, hitos)

• Vinculación del puesto con esa causa

Qué puede probar el trabajador

• Permanencia real de la necesidad (años, mismas funciones)

• Renovaciones mecánicas sin nueva motivación

• Uso del CAS para plaza estructural

CAS supeditado a la confianza

Para realizar actividades en el entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos a cuya permanencia está condicionada.

• Ingresa sin concurso público de méritos

• Sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa

• Sujeto a la acreditación de los requisitos mínimos del puesto

Requisitos

CAS confianza

Entorno directo de funcionarios

Sin concurso

Por decisión discrecional

Con requisitos mínimos del puesto

Excepción al principio de mérito

Se permite ingresar sin concurso público

• Excepción expresa al principio de mérito

La discrecionalidad no es arbitrariedad, debe haber razón funcional (entorno directo)

• Debe poder explicarse por qué ese puesto requiere confianza

Caso: Asesor de despacho ministerial, designación directa válida, sin concurso

Muchas gracias

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