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SOU-003 Cobro penalización en CDT V4/Publico

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SOU-003 V.4 Clasificación: PÚBLICA

Cálculo para el cobro de penalización en un Certificado de Depósito a Término. Formula del cálculo: Monto x Días restantes al vencimiento x Tasa de penalización = Valor de Penalización 360

Tabla con Tasas de penalización Plazo del CDT

Rango de días de 1 a 30 días de 31 a 60 días de 61 a 90 días

Lempiras 5.00% 5.00% 5.00%

Dólares 3.00% 3.00% 3.00%

CDT 180 días

de 1 a 60 días de 61 a 120 días de 121 a 180 días

5.00% 5.00% 5.00%

3.00% 3.00% 3.00%

CDT 270 días

de 1 a 90 días de 91 a 180 días de 181 a 270 días

5.00% 5.00% 5.00%

3.00% 3.00% 3.00%

de 1 a 120 días CDT Bonos de caja 360 días de 121 a 240 días de 241 a 360 días

5.00% 5.00% 5.00%

3.00% 3.00% 3.00%

CDT 90 días

Condiciones: a) El cliente tiene un período de hasta 5 días calendario después del vencimiento para cancelar el CDT sin ninguna penalización. b) La forma del cálculo de penalidad por Cancelación Anticipada del Certificado de Depósito a Plazo se efectuará conforme a los días restantes aplicándolo a los intereses devengados. En caso de que estos no sean suficientes, Banco del Pais, S.A. estará facultado para aplicar la diferencia de la penalidad al capital.


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