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Confianza y Transparencia 02 - 26mar25

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Confianza y Transparencia

¿Sabías que existe una regulación que establece la necesidad de evaluar los riesgos de las misiones? ¡Así es! El Acuerdo SUGEF 2-10 “Reglamento sobre la Administración Integral de Riesgos” establece que previo al lanzamiento o presentación de nuevos productos o servicios, se debe realizar una evaluación de los riesgos asociados. Este requerimiento también es obligatorio cuando se trate del relanzamiento de un producto, servicio, proceso o sistema. También el Acuerdo CONASSIF 12-21 “Lineamientos al Reglamento de prevención del riesgo de legitimación de capitales, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva” indica que se debe identificar y evaluar los riesgos de LC/FT/FPADM que pudieran surgir con respecto al desarrollo de nuevos productos o servicios y nuevas prácticas comerciales, incluyendo nuevos canales de distribución y el uso de nuevas tecnologías o tecnologías en desarrollo de productos o servicios, tanto los nuevos como los existentes. Para algunos casos será necesario rendir una opinión ante la Junta Directiva sobre la evaluación de riesgos efectuada. Por tal motivo, existe el Foro Interdisciplinario de Áreas de Control (Foro de Riesgos en Misiones), integrado por representantes de las distintas áreas de control (Riesgo Operativo, Cumplimiento, Seguridad de la Información, Seguridad de Sistemas, Legal, Continuidad de Negocios, Contabilidad,


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