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Plataformas y ataúdes Por Juan Ignacio Hernández García, abogado Después de más de tres décadas de ejercicio de la abogacía no hubiera imaginado hasta hace bien poco tiempo, cuáles serían los modelos de ejercicio en esta década del siglo XXI. Por eso, entendía imprescindible mi asistencia al XII Congreso de la Abogacía que se acaba de celebrar en Valladolid, en el que se trataron casi todas las materias relacionadas con la actualidad de la profesión. Quizás una de las pocas cuestiones que no figuraba en el amplísimo programa del Congreso era el ejercicio de la Abogacía dirigido a grandes colectivos de afectados. Apenas ha merecido algún comentario en alguna de las ponencias. En los últimos años, hemos visto cómo ha proliferado la creación y utilización de asociaciones y plataformas de ciudadanos en defensa de intereses que se han visto perjudicados por abusos o engaños variados. Así, en casos como el de Fórum Filatélico y Afinsa, Gescartera, las obligaciones preferentes, cláusulas suelo, clínicas iDental o los motores Volkswagen, han surgido estos movimientos, muchas veces desde los propios grupos de afectados, otras promovidos directamente desde despachos de
abogados, con la finalidad, supuesta, de defender los intereses de los consumidores afectados. Y, en paralelo, han crecido las asociaciones para la defensa de consumidores, como Facua, OCU, Ausbanc, Adicae o, más recientemente, Asufin. Casi todas ellas surgidas en el siglo XXI, y de forma poco espontánea.
Más de 6.000 familias se han podido ver afectadas por la supuesta estafa Detrás de esos movimientos de defensa de los consumidores no siempre nos encontramos con una entidad, con una persona jurídica, con una asociación, puesto que, en ocasiones, se constituyen meras plataformas, sin estructura interna, que no tienen más contenido que un conjunto de reivindicaciones dirigidos a un fin común. Las plataformas no requieren más que una buena campaña publicitaria, que, a veces,
no es necesario siquiera fomentar, puesto que es la sociedad, el grupo de afectados, el que hace, mediante el boca a boca, que un gran volumen de clientes con el mismo problema acudan al mismo despacho. Hablamos de marketing, de publicidad, y si al principio de este artículo mencionaba mi veteranía, no asumida, en la profesión, aquellos que lleven un buen número de años en el ejercicio de la abogacía sabrán que la publicidad, de cualquier tipo, hasta no hace mucho tiempo, finales del siglo XX, estaba prohibida. Y, también en este campo, estamos pasando de cero a cien en poco tiempo. Es cierto que el trabajo bien realizado siempre se nota, y este axioma no es diferente en este terreno de los colectivos de afectados, pues una buena programación, un proyecto, y la conveniente organización de la plataforma, serán sin duda premisas de una buena defensa de los intereses de los clientes, y, en consecuencia, de un buen ejercicio de la abogacía. Todo ello conllevará una atención adecuada a los clientes y una elaboración jurídicamente correcta de escritos y preparación de los juicios.
Instalaciones en Valladolid del tanatorio investigado en el caso Ignis