5 / Galardón Javier Garicano recibe la Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía 20 / Entrevista Francisco Javier Carranza, presidente de la Audiencia Provincial de Valladolid
ABOGADOS DE VALLADOLID Revista semestral del Iltre. Colegio de Abogados de Valladolid / 2.O SEMESTRE 2019
25 años de la AMAV
3 4 5 9 10 ABOGADOS DE VALLADOLID COMISIÓN DE REVISTA Allende Bolaños, Irache Álvarez Álvarez, Araceli Aparicio Gutiérrez, Marta Blázquez Manzano, Laura Castro Manzanares, Carmen Escalera Alonso, Carlos Gallego Velloso, Cristina García Barroso, Tania Hernández García, Juan Ignacio Vielba Serrano, Mónica COLABORAN Abad Muñiz, Jesús Burgos, Piluca Juste, Marta Diez Roig, Jesús María Herrero, Fernando Ruanova Aranaz, Ana María Velasco Fernández, Segundo EDITA ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALLADOLID C/ Torrecilla, 1. 47003 Valladolid Tel.: 983 010 900 E-mail: comisionrevista@icava.org www.icava.org DISEÑO Y MAQUETACIÓN Rasgo Audaz, Sdad. Coop. ASESORÍA DE REDACCIÓN Valor Creativo Comunicación DEPÓSITO LEGAL VA 48-2012
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EDITORIAL CARTA DEL DECANO NOTICIAS DE INTERÉS PARA LOS COLEGIADOS COLABORACIONES Payasos y familias, por Fernando Herrero ANÁLISIS Las indemnizaciones por infracción marcaria, por Jesús Mª Díez Roig MOMENTOS 25 años de colegiación. 25 años de profesión, por Carlos Escalera REPORTAJE La condena a garrote vil en España, por Ana María Ruanova A FONDO Causas de extinción del uso de la vivienda familiar, por Jesús Abad ALMANAQUE Por Carmen Castro ENTREVISTA Francisco Javier Carranza, por Marta Juste UN DÍA EN… Las Cortes de Castilla y León, por Marta Juste AGRUPACIONES COMISIONES EL COLEGIADO OPINA Por Marta Aparicio EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Cuando el Estado tiene que ponderar vidas, por Araceli Álvarez EN EL CAFETÍN DEL COLEGIO Con José Luis Antolín, oficial mayor del ICAVA, por Piluca Burgos ACTUALIDAD Plataformas y ataúdes, por Juan Ignacio Hernández VIDA COLEGIAL ESCAPADAS Jerusalén, la cuidad santa, por Mónica Vielba ENCUADERNADOS Jerónimo Gallego, por Piluca Burgos JURIDÍCAMENTE INCORRECTO Por Segundo Prada
ABOGADOS DE VALLADOLID / Editorial / 3
EDITORIAL LUCHA POR LA CONCILIACIÓN EN LA ABOGACÍA Pasado el Congreso de la Abogacía Española nos ha tocado a todos volver a una realidad que nos ha abofeteado duramente con la pérdida de nuestra queridísima compañera, secretaria del ICAVA, Blanca Montes. Una realidad que, descarnadamente, nos ha mostrado lo efímero de nuestra existencia, de la vida, y la suerte que tenemos de seguir aquí sin ningún mérito, nada más que por puro azar. Somos abogados y abogadas que, además de dedicarnos en cuerpo y alma a nuestra dura y amada profesión, nos nutrimos de diversas esferas vitales que no debemos dejar de atender para poder sentirnos completos, dentro de las posibilidades y necesidades personales de cada uno; porque, además de abogados, somos personas. La dificultad e incluso, en ocasiones, la imposibilidad de conciliar nuestra vida personal y familiar con la laboral, nos condiciona a la hora de tomar decisiones fundamentales, y nos limita en muchos ámbitos que son especialmente relevantes desde un punto de vista personal, cometiendo el error de minusvalorarlos e ignorarlos ante la presión que nos devora en nuestro día a día laboral. Nuestra vida está repleta de responsabilidades, demandas, estudio, plazos, juicios, LexNET, y numerosos problemas a los que no dejamos de darle vueltas, incluso durante las largas noches de insomnio que acaban, antes o después, asolándonos. En el mes de noviembre pasado, el Consejo General de la Abogacía Española
anunció que estaba ultimando una propuesta de reforma de diversas leyes en la que había estado trabajando durante el último año, que permita una auténtica conciliación para los que integramos nuestro colectivo, con medidas como la desconexión digital de los juzgados durante los períodos vacacionales y que las vistas se suspendan en caso
Además de dedicarnos en cuerpo y alma a nuestra dura y amada profesión, nos nutrimos de diversas esferas vitales que no debemos dejar de atender para poder sentirnos completos de enfermedad grave, defunción o maternidad. Sin embargo, irónicamente —porque en casa del herrero, cuchillo de palo— quien ha tomado la iniciativa respecto a esta cuestión en nuestro beneficio no ha sido nuestro colectivo, sino el juez-magistrado del Juzgado de lo Social 14 de Madrid que, en su sentencia del pasado 4 de julio, ha cuestionado a nuestro Tribunal Constitucional la constitucionalidad del artículo 162.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, planteando que este —que da por notificado cualquier
acto de comunicación correctamente hecho por LexNET, incluso surtiendo todos los efectos legales transcurridos tres días sin que el destinatario acceda a su contenido—, nos convierte a abogados y procuradores en “esclavos de LexNET”, esclavos del ordenador, sin derecho ni a descanso ni vacaciones y obligándonos a estar conectados en nuestros despacho a la espera de que el órgano judicial envíe una notificación. Concluye el magistrado que este artículo de la LEC no garantiza nuestro descanso necesario para a salud, que viene recogido en el artículo 40 de la Constitución. Como colectivo necesitamos replantearnos qué posición ocupamos en este campo de batalla en el que estamos todos los diversos agentes de la justicia, y hacer valer también nuestros derechos. No debemos caer en el error de pensar que nuestra condición de autónomo nos esclaviza hasta tal punto que no podemos hacer nada más que oír, ver y callar, mientras el mundo evoluciona y cambia vertiginosamente. No debemos permanecer impasibles ni dejarnos avasallar en este juego en el que no nos tienen en cuenta, pero en el que somos imprescindibles. Es el momento de pensar y actuar, porque si no hacemos nada ahora, seguiremos pasándonos la vida entre papeles y estos, al final de nuestros días, no nos van a servir para rellenar nuestra mochila vital de buenos recuerdos, que son lo único que nos vamos a poder llevar a donde, inevitablemente, tenemos que ir.
ABOGADOS DE VALLADOLID / Carta del Decano / 4
JAVIER GARICANO, DICIEMBRE DE 2019
Carta del
Decano
Terminamos un 2019 de emociones encontradas. El año del Congreso de Valladolid ha sido también el año que nos ha dejado Blanca Montes. Tal como señalábamos en el número de la revista que le dedicamos casi en exclusiva al Congreso, este no puede quedar tan solo en tres días de mayo, sino que nos debe permitir avanzar en la adaptación de la profesión a los tiempos que corren. Por su parte, la marcha de Blanca tampoco nos debe llevar a olvidar cuanto bueno hizo por todos nosotros. En este tiempo en la abogacía institucional, he coincidido y coincido casi a diario con muchos compañeros y compañeras, todos ellos con implicación en mayor o menor medida en la vida colegial, pero nunca he conocido a nadie que afrontase cualquier obligación, por ardua o farragosa que resultase, con la ilusión y la alegría que transmitía Blanca Montes. Alguien me dijo en estos momentos de tristeza provocados por su partida que, en un mundo de grises, Blanca siempre aportaba color. Por eso, para que las generaciones venideras de compañeros puedan tener presente su ejemplo, hemos colocado una placa en la Secretaría del Colegio que recuerda su entrega y compromiso. Estaréis conmigo en que mientras recordemos a los que nos han dejado, siempre estarán con nosotros. Os puedo asegurar que, mientras cualquiera de quienes hemos compartido Junta de Gobierno con ella continúe ostentando responsabilidades colegiales, Blanca seguirá formando parte de esta aventura, y su ejemplo nos ayudará a seguir trabajando por y para la abogacía vallisoletana. No quiero dejar de agradecer a Purificación Palmero, que acompañó a Blanca en la Secretaría de la Junta de Gobierno durante los últimos meses de su vida, su trabajo en un momento personal tan duro. Creedme que si ser decano de este Colegio es un privilegio, mucho más lo es poder compartir
esta labor con personas como ellas. También quiero dar las gracias a Cristina Miguélez que, en un momento difícil, ha demostrado su vocación de servicio colegial, dando un paso al frente y haciéndose cargo de la Secretaría. Mientras tanto, seguimos esforzándonos para mejorar el día a día de la abogacía: estamos trabajando para elaborar un nuevo estatuto colegial, para lo que hemos creado un grupo de trabajo con cuantos compañeras y compañeros han mostrado interés; queremos modernizar la gestión del turno de oficio para permitir la justificación de turnos desde nuestros despachos, y la definitiva implantación de la centralita de guardias, y tratar de seguir mejorando en la formación y en la atención a los colegiados. Debemos también hacer un esfuerzo para que todos conozcamos el nuevo código deontológico. Para seguir siendo lo que siempre hemos sido, es imprescindible respetar las normas deontológicas de la profesión y para ello, obviamente, debemos conocerlas y vigilar su aplicación desde los colegios. No puedo despedirme sin recordar que este es el año en el que también nos han dejado compañeros muy queridos, como Manuel Merino y Fernando García-Delgado, colegiado de honor, cuya labor como presidente del Consejo de la Abogacía de Castilla y León consiguió cohesionar a todos los colegios de la Comunidad y lograr con ello que la voz de la abogacía castellano y leonesa fuera una sola. Con el agradecimiento para todos los colegiados y colegiadas del ICAVA, por vuestro trabajo e implicación en la vida colegial, así como por vuestro empeño en servir a la sociedad haciendo cada día mejor esta profesión, solo me queda desearos un feliz y próspero año 2020, en el que el ejemplo de los que nos dejaron nos ayude a ser cada día un poco mejores.
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NOTICIAS DE INTERÉS
PARA LOS COLEGIADOS
RECONOCIMIENTOS
La Abogacía Española condecora a Javier Garicano con la Gran Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía El decano del Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA), Javier Garicano Añíbarro, recibió la Gran Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía durante la fiesta del Colegio, que se celebró el pasado 15 de noviembre. La distinción, concedida por el pleno del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) en junio, reconoce los innumerables méritos del letrado, especialmente su labor y compromiso en la organización del XII Congreso Nacional de la Abogacía, celebrado en Valladolid en mayo. La cita, que sentó las bases de la transformación tecnológica de la profesión, reunió en la capital del Pisuerga a más de 2.500 profesionales, una cifra que sitúa al congreso como el más grande de la última década. Tan solo cinco profesionales cada año reciben este galardón por “haber prestado servicios realmente extraordinarios a la Abogacía y sus instituciones”, como recoge el reglamento de régimen interior del Consejo. La distinción de Garicano se suma a las recibidas por los antiguos decanos del ICAVA Jesús Gómez-Escolar y Enrique Sanz FernándezLomana en 1997 y 2018, respectivamente. El primero de ellos ejerció como secretario general del Consejo, mientras que Sanz fue presidente y vicepresidente de la comisión especial para la redacción del Nuevo Estatuto General de la Abogacía Española
Julio Sanz Orejudo, Javier Garicano y Victoria Ortega
del CGAE. En 2019, el pleno del Consejo General de la Abogacía Española también ha galardonado al decano del Colegio de Abogados de Lleida, Jordi Albareda; al exdecano del
Colegio de Abogados de Burgos, Joaquín Delgado; al exdecano del Colegio de Abogados de Sevilla, José Joaquín Gallardo; y a la exdecana del Colegio de Abogados de Ferrol, Nieves Santomé.
El decano del ICAVA recibe la Cruz al Mérito Policial El decano del ICAVA, Luis Garicano, recibió el pasado 2 de octubre la Cruz al Mérito Policial con distintivo blanco, durante los actos de celebración del día del patrón de la Policía Nacional, festividad de los Santos Ángeles Custodios. El acto, que se desarrolló en la Feria de Muestras de Valladolid, contó con la participación del presidente de las Cortes de Castilla y León, Luis Fuentes; el consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Jesús Julio Carnero, y el subdelegado del Gobierno en Valladolid, Emilio Álvarez. La conmemoración consistió en un homenaje a la bandera, la entrega de 43 condecoraciones de la Orden al Mérito Policial con distintivo blanco, de la cruz al mérito policial con distintivo rojo, de cinco diplomas de reconocimiento y el homenaje a los fallecidos en acto de servicio.
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DÍA DE LA JUSTICIA GRATUITA
Las solicitudes al turno de oficio se mantienen en el primer semestre de 2019 excepto las de violencia de género que crecen un 15% Los 538 abogados que forman actualmente el turno de oficio de Valladolid, once más que el año anterior, tramitaron 3.720 expedientes en el primer semestre de 2019; una cifra muy similar a la del mismo periodo de 2018 (3.762), por lo que se prevé que el turno finalice el año con la resolución de más de 7.000 asuntos. De los 3.720 expedientes tramitados el primer semestre del año en Valladolid, el 64 % corresponde a asuntos penales (2.366), el 25 % a civiles (932) y el 11 % restante se reparte entre contenciosoadministrativo, militares, sociales o extranjería. Las cifras son muy similares a las del mismo periodo de 2018, a excepción de Violencia de Género contra la Mujer que suben un 10 % y pasan de 317 a 352 solicitudes, según los datos del Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA). La inversión de 2018 en Asistencia Jurídica Gratuita en Valladolid aumentó un 39 % respecto al año anterior, ya que se ha pasado de 1.509.995 euros en 2017 a 2.098.041 euros. A pesar de que el número de asuntos atendidos se mantiene, la subida de un 30 % de las retribuciones de los abogados de oficio, tras 15 años congeladas, ha permitido incrementar la inversión. Pese al aumento de las remuneraciones, un abogado de oficio percibe actualmente una retribución media de 142,29 euros por asunto, una cifra muy por debajo de la que se maneja en los despachos. Los letrados del turno llevan años reivindicando que el Estado mejore sus retribuciones y que los pagos no
se realicen con retraso, que han superado los cinco meses en el último año. Aun así, en Valladolid el sentimiento de labor social de la abogacía está muy arraigado y casi la mitad de los letrados ejercientes del ICAVA están inscritos en el turno de oficio. “La mejor recompensa es saber que la sociedad valora nuestro trabajo. De hecho, cada año recibimos más expedientes de delitos graves —los que se tratan en la Sala de lo Penal de la Audiencia—. Estos han aumentado en un 50% este semestre, pasando de 4 en el primer semestre de 2018 a 8 en 2019”, explica el responsable del turno de oficio del ICAVA. Más hombres que mujeres De los 1.241 abogados del ICAVA, el 43 % está inscrito en el turno de oficio, un porcentaje muy superior a la media nacional que se sitúa en el 32 %. Un año más, este servicio lo forman en Valladolid más hombres que mujeres, un 57 % frente a un 43 %. Castilla y León cuenta con un total de 2.248 abogados de oficio, un 44 % de los 5.093 ejercientes, lo que sitúa a la Comunidad también muy por encima de la media nacional; en cuanto a sexos, Castilla y León está muy equilibrada, 55 % hombres y 45 % mujeres. A 31 de diciembre de 2018, los 83 colegios de abogados de España tenían censados 143.205 letrados ejercientes, lo que supone que más del 32 % de los abogados está prestando el servicio. Prácticamente, uno de cada tres abogados está adscrito al turno de oficio.
Lectura del manifiesto a la puerta de los juzgados
Juan José Campesino
Alejandro Olea
Juan José Campesino y Alejandro Olea, galardonados el Día de la Justicia Gratuita El Colegio de Abogados de Valladolid celebró el viernes 12 de julio el Día de la Justicia Gratuita con distintos actos: una concentración a las puertas de los juzgados de Angustias para reivindicar más medios para el turno de oficio; la presentación de la Guía práctica de justicia gratuita para la abogacía de oficio, elaborada por los letrados de Valladolid; y la entrega de los diplomas en reconocimiento a la sensibilidad demostrada y la labor realizada en pro de los servicios de asistencia jurídica gratuita, que este año han sido concedidos al jefe superior de Policía de Castilla y León, Juan José Campesino Tejero, “por su apoyo y comprensión hacia los profesionales del turno de oficio en la asistencia a los detenidos y extranjeros”, y a Alejandro Olea Merino, “por su eficaz gestión de los servicios de turno de oficio y asistencia jurídica gratuita y su ejemplar dedicación durante más de 25 años”.
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En este contexto, el tribunal indica: “En este caso no nos encontramos ante la existencia de un mercado en el que entren en juego las reglas de la libre competencia, que constituye el presupuesto objetivo para poder aplicar la prohibición contenida en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, referida a aquellas conductas que impidan, restrinjan o falseen la competencia”. Después de analizar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, la Sala concluye que los acuerdos, decisiones o recomendaciones colectivas o prácticas de los colegios de abogados o, como en este caso, del Consejo General de la Aboga-
La sala destaca que este servicio lo prestan letrados específicamente formados para llevar a cabo las asistencias
Fachada del Tribunal Supremo
SENTENCIA
El Tribunal Supremo considera que los abogados de oficio no están sometidos a las normas de competencia La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado tres sentencias en las que establece que el servicio de asistencia jurídica gratuita que prestan los abogados del turno de oficio, cuya organización compete a los colegios de abogados, no está sometido a las normas de la competencia. En una de las sentencias, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la Administración del Estado, y confirma el fallo de la Audiencia Nacional que anuló una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados de la Competencia en la que se imponía al Consejo General de la Abogacía una multa de 59.983 euros por una infracción cometida en la gestión del servicio de asistencia jurídica
gratuita. En otra sentencia, el Tribunal Supremo confirma la anulación de una sanción de 30.000 euros al Colegio de Abogados de Guadalajara también por conductas anticompetitivas. La Sala destaca que este servicio lo prestan letrados específicamente formados para asistir a quienes se les reconoce el derecho a la justicia gratuita y que, en el marco de la relación profesional entablada, el beneficiario del turno de oficio no tiene posibilidad de designar a su letrado ni de fijar o pactar su remuneración, que es sufragada por el Estado. Añade que la naturaleza jurídica de la actividad de la asistencia jurídica gratuita es de servicio público de carácter prestacional.
cía Española, “son susceptibles de vulnerar las reglas de la libre competencia cuando inciden en la regulación del ejercicio profesional de los abogados que corresponde a la actuación en el mercado de libre prestación de servicios de defensa y asesoría jurídica, en cuanto se refiere a la oferta de servicios profesionales prestados y a las condiciones de remuneración de los mismos”. Y matiza que “cuando se trata de los servicios profesionales prestados por abogados del turno de oficio, al amparo de la Ley 1/1996, de 13 de enero, de asistencia jurídica gratuita, no resultan aplicables las normas comunitarias o nacionales de competencia”. La sentencia explica que, en el marco regulador de la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita por los abogados, no concurren las notas determinantes de la aplicación del principio de libre competencia. Este se sustenta en la idea de base económica de que el mercado se rige por la ley de la oferta y de la demanda y, por tanto, debe estar abierto a la iniciativa empresarial, con el objetivo de que se produzca un funcionamiento equilibrado del mismo, en beneficio de los consumidores. El Tribunal Supremo afirma que “en el ámbito de prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita, los abogados no compiten entre sí, no existe libertad de contratación de los servicios profesionales del abogado, ni libertad para fijar los honorarios, ni hay propiamente retribución que deba satisfacer el cliente, al corresponder al Estado la obligación jurídica de compensar adecuadamente el trabajo realizado al servicio de la Administración de Justicia”.
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DOCUMENTAL claro ejemplo de civismo y valentía, ya que fueron capaces de aparcar sus diferencias ideológicas para luchar juntos por un objetivo común: acabar con la dictadura y conseguir un Estado democrático en España. Tras el éxito de ‘Las Maestras de la República’, la directora, guionista y productora Pilar Pérez Solano busca “recuperar la memoria” de otro colectivo profesional que consiguió “transformar la sociedad”, el de los abogados que lucharon por la democracia durante la Transición española. (Fuente: Abogacía Española)
TRIBUNALES
Cristina Almeida, Francisca Sauquillo y Pilar Pérez Solano
La defensa, por la libertad, presentada a concurso en la Semana Internacional de Cine de Valladolid En la Gala Inaugural de la 64 Semana Internacional de Cine de Valladolid (SEMINCI), en el Teatro Calderón, se presentó el documental La defensa, por la libertad, en el que colaboran el Consejo General de la Abogacía y la Mutualidad de la Abogacía, y que participa en la sección DOC. España. Asistieron a la gala, además de la directora, Pilar Pérez Solano, varios intervinientes del documental como Cristina Almeida y Francisca Sauquillo, así como la presidenta de la Abogacía, Victoria Ortega; el presidente de la Mutualidad de la Abogacía, Enrique Sanz, y el decano del Colegio de Abogados de Valladolid, Javier
NOMBRAMIENTO
Guillermo Castro, árbitro del Tribunal Español de Arbitraje Deportivo por el Comité Olímpico Español. El Comité Olímpico Español ha nombrado árbitro del Tribunal Español de Arbitraje Deportivo (TEAD) al que fuera presidente de la Federación de Orientación de Castilla y León (FOCYL), Guillermo Castro. El TEAD es el órgano de resolución mediante arbitraje de las cuestiones litigiosas que se susciten en materia deportiva.
Garicano. El acto fue presentado por el humorista y actor español, Pablo Carbonell. El documental dirigido por Pilar Pérez Solano, ganadora de un Premio Goya en 2014 por Las maestras de la república —producido por Transit Producciones Audiovisuales y coproducido por RTVE— recoge la historia de la abogacía española desde mediados de los 60 a 1978. La cinta narra la historia de la abogacía comprometida con la libertad, de aquellos que fueron encarcelados por ejercer su profesión con dignidad, los que perdieron su vida salvajemente asesinados —como ocurrió en Atocha 55— y los que dieron un
El Ministerio de Justicia mueve juzgados para hacer hueco al nuevo Social 5 El juzgado de lo Social 5 de Valladolid entrará en funcionamiento a partir del 2 de enero de 2020, lo que supondrá reducir el atasco que sufre esta jurisdicción, reducir las fechas de los señalamientos de los juicios y agilizar los procesos de conciliación entre trabajadores y empresarios previos a la vista oral. Los traslados no implican dispersión judicial al ser los movimientos entre dos sedes ya en activo en Valladolid, el quinto juzgado de lo Social se instala en Angustias, de este modo se mantiene toda la jurisdicción en el mismo edificio, lo que obliga al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria a trasladarse por sexta vez, en este caso, de Angustias a la sede del Rosarillo. El Ministerio de Justicia tiene como prioridad para el año que viene la creación de un nuevo Juzgado de Primera Instancia, sería el número 16, especializado en asuntos de Familia, con la finalidad de agilizar los retrasos que sufren estos juzgados. El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ), José Luis Concepción, considera insuficiente la atención que a este territorio se le da, recordando que en el año 2018 no se creó ningún órgano judicial y señalando que de las 78 nuevas plazas judiciales anunciadas para todo el territorio nacional este año solo tres se crearán en Castilla y León, lo que considera insuficiente para paliar las necesidades.
DECESOS
Compañeros fallecidos DOñA BLANCA MONTES RINCóN (DEP) DON MANUEL MERINO BEATO (DEP) DON FERNANDO GARCíA-DELGADO GARCíA (DEP)
ABOGADOS DE VALLADOLID / Colaboraciones / 9
Payasos y familias En la cartelera vallisoletana, últimamente tres películas han relacionado el crimen de forma diferente con situaciones específicas. It. Capítulo 2 está basada en la novela de Stephen King. Joker, en los cómics de Batman. Parásitos es un guion original del extraordinario artista coreano Bong Joon-ho. Las dos últimas son excelentes films y la primera citada un buen producto y una interesante historia. En It y Joker el asesino se viste con la imagen del payaso. Esas caras pintadas son siempre inquietantes, ocultan las facciones y muestran casi siempre una sonrisa maléfica aunque deriven luego en la risa. Joker nos cuenta la historia de un pobre hombre, maltratado por todos, un psicópata, que quiere hace reír y no lo consigue. Resulta curioso que el payaso protagonista de Joker sea diferente, más humano, que en las películas de Batman. El creado por King es producto de la fantasía, de esas turbulentas ficciones que caracterizan al novelista que ha creado un mundo aterrador. En las dos partes de It el payaso se enfrenta con niños y adultos, un mundo infernal frente a un mundo real, unas de las características de este autor prolífico que ha sacudido las listas de libros más leídos. Desde la secuencia de la primera parte de It en la que el niño es atraído por el siniestro payaso al subsuelo donde mora, esta cara pintarrajeada es el signo del mal, un mal que no se deriva de ninguna lógica, sino de la propia naturaleza de los humanos. Así debe entenderse más allá de las culpas individuales que en este caso no existen. Si King ha originado muchas películas, el cómic de Batman ha hecho lo propio y Gotham, la imaginaria ciudad, se ha convertido en algo real. Una ciudad con las fuerzas del mal en plena ascensión y la presencia de un héroe para combatirlas. El cómic lleva muchos años viviendo y las variaciones se han producido, como también en el cine, en este último caso con una progresiva maduración que elude el posible infantilismo y presenta cada vez unos argumentos más negros con
el trabajo de realizadores como Tim Burton o Christopher Nolan. Joker es a la vez la conclusión y el comienzo de la historia. El payaso que funciona como anunciante en la calle es agredido por unos jóvenes que le golpean y le rompen el cartel publicitario. En un momento determinado se convierte en un psicópata y asesina a tres ejecutivos en la magnífica secuencia del metro. Es la primera vesania que se multiplica con la muerte de su madre, también trastornada, y con la del divo de la televisión. Ya es el Joker y su nombre de pila cae en el olvido. Desde entonces será el Joker, un inteligentísimo criminal que traerá en jaque a Gotham y al propio Batman, ese justiciero que de niño vio morir a su padre. En esta película lo vemos. Bruce Wayne acompaña
Tres películas han relacionado el crimen de forma diferente It. Capítulo 2, Joker y Parásitos
a sus padres por la alborotada ciudad y un sujeto con máscara de payaso los dispara y mata. La venganza de Bruce se hará efectiva unos años después, cuando se convierta en un paladín de la justicia y tenga que luchar contra traficantes, asesinos, y el supercriminal Joker, en esa ciudad de Gotham que hoy se ha convertido en paradigma de todas las
Por Fernando Herrero
ciudades del mundo en las que el vicio tiene su hábitat. Coincidiendo con la faz del payaso está la lucha de clases en el contexto de riqueza, pobreza, desigualdad y rebelión. Parásitos, una excepcional película coreana, premio de Cannes, desde un juego de espacios magistral nos enseña las vivencias de la familia rica, la pobre y los encerrados del sótano de la primera, todavía más miserables. El juego de espacios es también el juego de relaciones personales. Los pobres consiguen con malas artes desplazar a los sirvientes de la familia Clark y sustituirlos. En el momento de la ausencia de los amos reciben la visita de la antigua ama de llaves y descubren que el marido de esta lleva más de cuatro años viviendo en el sótano al que se accede secretamente. Desde esa secuencia se endurece la historia, el odio y la envidia aparecen y la violencia toma el mando, que culmina en la atroz secuencia de la barbacoa, una fiesta de cumpleaños en la que todo se resuelve de forma sangrienta. El patriarca de la familia pobre ataca al de la familia rica en unas imágenes que surgen de otra cuando este último hablaba por teléfono en el automóvil conducido por el primero. El sótano de la lujosa mansión, ahora vacía, acogerá al asesino, que no saldrá de allí a pesar de los deseos y el ‘plan’ de su hijo que nunca tendrá efecto. Para Bong Joon-ho su realizador, la lucha de clases tiene siempre un perdedor. El cine y el crimen siempre estuvieron muy unidos. El público ama la violencia de las imágenes con una morbosa demasía. Que la risa y el humor del payaso sean vencidos por su transformación en odio y violencia es una constatación anormal pero significativa. Que las familias actúen con igual violencia cuando se produce el conflicto muestra un mundo insolidario y peligroso. Películas importantes con actores magníficos que hacen más sugerente un universo que puede desintegrarse. El cine asume la realidad del mal en la ficción como reflejo de lo que ocurre en la realidad de cada día.
ABOGADOS DE VALLADOLID / Análisis / 10
Las indemnizaciones por infracción marcaria Por Jesús María Díez Roig, abogado
Todos sabemos que quien tiene registrada una marca tiene derecho a impedir que otros la utilicen para comercializar productos o servicios ajenos, es lo que conocemos como el ius prohibendi, pero muchas veces ese derecho viene acompañado por la posibilidad de que cualquier vulneración o infracción sobre un derecho de propiedad industrial que esté válidamente registrado, dé derecho, a su vez, a la correspondiente indemnización. Este derecho alcanza no solo respecto de aquellos signos distintivos, palabras, logotipos o imágenes que sean idénticos o semejantes, sino también a aquellos otros que no siendo idénticos a la marca registrada, puedan generar un riesgo de confusión en el consumidor; puesto que igualmente estaría viéndose perjudicado el titular de una marca cuando otro utilizase signos susceptibles de ser confundidos con los suyos. La duda surge a la hora de valorar y cuantificar la indemnización a la que pudiera tener derecho el titular de una marca o de cualquier otro derecho de propiedad industrial y que se podría reclamar y cómo se podría cuantificar o valorar el daño que ese tercero ha ocasionado con la vulneración del derecho de marca Las respuestas se encuentran en la vigente ley 17/2001 de 7 de Diciembre de Marcas y más concretamente en art. 41.1 b) y que enlaza con la responsabilidad extracontractual (art. 1.902 Cc). El art. 42 de la Ley de Marcas establece como especialidad en materia de signos distintivos una serie de presupuestos exigidos para que se genere la obligación de indemnizar daños y perjuicios al titular de la marca violentada: 1. Quienes, sin consentimiento del titular de la marca, realicen alguno de los actos previstos en las letras a y f del artículo 34.3, así como los responsables de la primera comercialización de los productos o servicios ilícitamente marcados, estarán obligados en todo caso a responder de los daños y perjuicios causados.
2. Todos aquellos que realicen cualquier otro acto de violación de la marca registrada sólo estarán obligados a indemnizar los daños y perjuicios causados si hubieran sido advertidos suficientemente por el titular de la marca o, en su caso, la persona legitimada para ejercitar la acción acerca de la existencia de ésta, convenientemente identificada, y de su violación, con el requerimiento de que cesen en la misma, o cuando en su actuación hubiere mediado culpa o negligencia o la marca en cuestión fuera notoria o renombrada. En la legislación marcaria, se establecen dos tipos de indemnizaciones que adquieren gran importancia y que en algún caso provocan una gran dificultad a la hora de ejecutar una sentencia favorable y cuya interpretación por los tribunales no es pacífica, distinguiendo en primer lugar la indemnización establecida en el art 43.5 de la ley de Marcas, que establece un criterio fijo para cuantificar la indemnización cuando se infringen los derechos del titular de una marca. Por lo tanto, aunque nuestra jurisprudencia exige por regla general la necesidad de probar el quantum del daño cuya reparación se pide, la Ley de Marcas constituye una especialidad que hace inaplicable dicha regla general (Lex specialis derogat lex generalis). De conformidad con el al art. 43.5 Ley de Marcas se permite la cuantificación de la indemnización de daños y perjuicios mediante la aplicación de un porcentaje fijo del 1 por ciento sobre la cifra de negocios realizada por el infractor con los productos o servicios ilícitamente marcados: 5. El titular de la marca cuya violación hubiera sido declarada judicialmente tendrá, en todo caso y sin necesidad de prueba alguna, derecho a percibir en concepto de indemnización
de daños y perjuicios el 1 % de la cifra de negocios realizada por el infractor con los productos o servicios ilícitamente marcados. El titular de la marca podrá exigir, además, una indemnización mayor si prueba que la violación de su marca le ocasionó daños o perjuicios superiores, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados anteriores. Esta regla especial, libera al titular de la marca cuyo derecho ha sido infringido de la cuantificación del daño. Basta con aplicar el 1 por ciento sobre la cifra de negocios que haya obtenido el infractor en uso del producto o servicio utilizando la marca infractora. Conviene precisar que cuando el término infractor ha sido utilizado como denominación social, dicho porcentaje legal del 1 por ciento podrá aplicarse sobre la cifra total de facturación de la empresa infractora. Incluso podremos presumir que todos los ingresos de la empresa infractora
ABOGADOS DE VALLADOLID / Análisis / 11
se han obtenido con violación de marca, si coincidiese su objeto sociedad con la actividad de la empresa titular de la marca infringida. Correspondería al infractor acreditar que una parte de dichos ingresos se han obtenido por actividad diferente a la que figura inscrita en el Registro Mercantil como su objeto social. Una cuestión más controvertida es la denominada indemnización coercitiva que suele dar muchos problemas a la hora de determinar su cuantía y el dies a quo para el inicio de su cómputo. La indemnización coercitiva tiene como finalidad, una vez que los términos de la condena a la cesación de los actos de violación de la marca son claros (o pueden inferirse fácilmente, dados los términos en que el litigio se ha planteado), incitar al ejecutado, que voluntaria y conscientemente los ignora, a respetarlos. La doctrina general sobre la indemnización coercitiva, es aquella que procede por cada día que pase sin que el demandado dé cumplimiento a una sentencia de condena. Se trata de un concepto poco claro. Por una parte, en el texto del precepto habla de indemnización, mientras que su rúbrica reza “indemnización coercitiva”. Es decir, que mientras por una parte parece destinado a “sancionar” al condenado que persista en la actividad ilegítima, por otra su función es de naturaleza indemnizatoria. Que sea una cosa u otra no es baladí, porque si es “sanción”, concebida como una especie de “daño punitivo”, el titular del derecho de marca violado podrá exigir, además, la indemnización de los daños causados por la continuación de la actividad ilegítima, mientras que si es indemnización,
sustituirá a tal pretensión. De otra parte, esta indemnización es “coercitiva” o “punitiva”, en el sentido de que para recibir una cantidad por este concepto, el perjudicado no estará obligado a acreditar daño alguno. En tal caso, más que de indemnización, estaríamos ante una sanción económica de naturaleza punitivo-disuasoria en favor del titular de derecho de marca (multa privada), por una conducta del infractor del derecho de marca que habría de calificarse de intolerable o particularmente antisocial, lo que constituye uno de los presupuestos de la aplicación de los daños punitivos. Dos presupuestos son necesarios para que proceda fijar una indemnización coercitiva: a) que la sentencia dictada en el procedimiento por infracción de marca haya condenado a la cesación de los actos de violación de la misma; y b) que los actos infractores no hayan cesado. En tal caso, y promovida la ejecución de la sentencia condenatoria (pues el importe de la indemnización se ha de fijar, según el precepto referido, en fase de ejecución de sentencia), el tribunal fijará una indemnización (cuyo destino, por tanto, es ser entregada a la parte ejecutante) coercitiva (pues tiene por finalidad impulsar al ejecutado a la cesación de los actos de infracción), con las siguientes circunstancias: a) su importe mínimo no podrá ser inferior a 600 euros por día; b) el díes a quo (día a partir del cual surgirá la obligación de indemnizar) será fijado en ejecución; y c) díes a quem será el día que se produzca la cesación efectiva de la violación. El Juzgado de lo Mercantil de Alicante de Marcas y Diseños Comuntarios, en asunto de controversia de marca Comunitaria ya se pronunció al respecto: “El Tribunal comienza por establecer la doctrina general sobre la indemnización coercitiva, aquella que procede por cada día que pase sin que el demandado dé cumplimiento a una sentencia de condena. La sentencia advierte al respecto: ‘Dos presupuestos son necesarios para que proceda fijar una indemnización coercitiva: a) que la sentencia dictada en el procedimiento por infracción de marca haya condenado a la cesación de los actos de violación de la misma; y b) que los actos infractores no hayan cesado. En tal caso, y promovida la ejecución de la sentencia condenatoria (pues el importe de la indemnización se ha de fijar, según el precepto referido, en fase de ejecución de sentencia), el Tribunal fijará una indemnización (cuyo destino,
por tanto, es ser entregada a la parte ejecutante) coercitiva (pues tiene por finalidad impulsar al ejecutado a la cesación de los actos de infracción), con las siguientes circunstancias: a) su importe mínimo no podrá ser inferior a 600 euros por día; b) el díes a quo (día a partir del cual surgirá la obligación de indemnizar) será fijado en ejecución; y c) díes a quem será el día que se produzca la cesación efectiva de la violación’”. Como quiera que todo daño punitivo tiene un componente de disuasión, es preciso que la cuantía fijada en ejecución de sentencia sea lo suficientemente elevada como para desaconsejar al condenado a continuar con la conducta ilegítima, pues los 600 euros de que habla el precepto es una cantidad mínima. El artículo 44 de la ley de Marcas se limita a decir que cuando se condene a la cesación de actos de violación de una marca, el tribunal fijará una indemnización cuyo importe y momento a partir del cual deberá satisfacerse se “fijará en ejecución de sentencia”. Por tanto, parece la concreción del importe y la fecha de inicio de la obligación de pago queda diferida al momento de ejecución de sentencia, lo cual ofrece graves inconvenientes, dado el tiempo que puede transcurrir entre el pronunciamiento de la sentencia y el auto dictado en ejecución de sentencia fijando la cuantía. Estas dificultades no han pasado desapercibidas para el legislador en la ley de Patentes (Ley 24/2015), que en su art. 74.4 ha previsto dos momentos procesales, el primero es la sentencia en la que se condena al infractor a cesar en su conducta, en la cual se fijará una indemnización coercitiva hasta que cese la conducta. En su consecuencia, el perjudicado ya dispone de un titulo ejecutivo, tal cual dice el 517.2-1 de la LEC y aun cuando no sea firme, obtener la ejecución provisional de la condena (art.526 LEC). El segundo momento procesal es la ejecución de la sentencia, donde se fijará definitivamente la cuantía de la indemnización y el día a partir del cual se devenga a favor del perjudicado. Y en este punto las resoluciones de los tribunales son dispares y lo único que puedo dar es mi opinión, que no es otra que el establecimiento del dies a quo sería el de la firmeza de la sentencia dictada y en la que se ordena la cesación, con independencia de que la sentencia se ejecutara provisional o definitivamente, porque se pudiera dar el caso, como de hecho se da frecuentemente, de que la sentencia sea recurrida en Casación y mientras tanto el infractor pudiera seguir utilizándola sin ningún tipo de consecuencia, con lo cual se podría dejar vacía de contenido la sentencia, salvo que se inste la precitada ejecución provisional.
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25 años de colegiación, 25 años de profesión Por Carlos Escalera, abogado Difícil resumir 25 años de ejercicio. En el ICAVA, nos ponen una medalla. Acompañará al primer carnet de abogado, al de 1994. Coincide con el 25 aniversario de la Agrupación de Mujeres Abogadas. ¿Qué hago? ¿Un repaso, un homenaje? Solo lo más destacado. Voy a la hemeroteca. Pregunto a compañeros y envío un email. Hace 25 años que empezamos “los del 94”, colegiados 1.825 a 1.954. Desde la primera jura, 17 de enero, hasta la del 20 de diciembre de 1994, una de las “añadas” más numerosas y aún activas, a caballo entre el siglo XX y el XXI. Pasamos del teléfono “góndola” al Android sin darnos cuenta. Del sobre al email y al WhatsApp. Internet. Nuevas tecnologías. El despacho virtual. Los primeros tecno-esclavos. De los escritos a máquina, al Windows. No hay torres ni enormes monitores, hay pantallas planas y portátiles. Adiós libros, revistas, boletines, suscripciones. Los Aranzadis son attrezzo de despacho. Tenemos CD con bases de datos; el BOE, la jurisprudencia y formularios están en internet. No redactamos artesanales y literarias demandas, tenemos el “corta pega”. Lo que no sepamos, lo buscamos gratis en ‘las fuentes de sabiduría’: Google, Wikipedia. O preguntamos en las redes sociales. Allí hay muchísimos grupos de abogados, ¡y de jurados populares! La Administración de Justicia dijo “adiós, papel”. Los juicios se graban. El secretario (ahora llamado letrado) levantando acta con un boli Bic ya es historia. Estos 25 años se han ido muy rápido. ¿Cómo recordar uno por uno los grandes acontecimientos, los grandes nombres? ¿Quién nos representará dentro de un siglo? ¿A quién escoger? No sabría. ¿Al primer presidente negro de U.S.A.? Un político. Un papa. Un deportista. Un científico. ¿Por qué no un terrorista? Bin Laden. Sin duda. Hemos tenido 5 Presidentes. De F. González a P. Sánchez. Nos dejó A. Suarez. Vimos el final de ETA. Abdicó Juan Carlos I y reina Felipe VI. Dijimos adiós a la peseta, y recibimos con recelo al euro en el 2002. La población ha envejecido, se ha mezclado. Inmigrantes y emigrantes. Nos hemos vuelto urbanitas, más laicos, plurales, tolerantes. Hay
diversidad de religiones, matrimonios gais y multirraciales. ¿Y en Valladolid? De todo. Dicen que el AVE fue el mayor hito. El primero llegó en el 2007 y nos iba a revolucionar. ¡Vendrán los abogados de Madrid! Pues nos vamos a la capital. Ir y venir en una hora. Cierto. Pero ni llegó la temida invasión, ni conquistamos la Villa. En 1996 inauguramos el nuevo Colegio. Polémica, sobre todo por su coste. Se le llamó faraónico. Al tiempo, se estrenan los juzgados de la Calle Angustias. El primer día ya se quedaban pequeños y la calefacción no funcionaba. Se crean los juzgados de lo Contencioso, los de lo Penal, y con ellos “la dispersión judicial”. Más desde el 2009, porque se inauguran los de Nicolás Salmerón. Y la Ciudad de la Justicia no llega nunca.
El trabajo de los abogados de oficio mereció como galardón uno de los dos Premios de Derechos Humanos concedidos por el Consejo de la Abogacía Europea (CCBE) Pasamos del concepto de abogado de oficio “de beneficencia”, a una impecable dedicación y preparación. Se han creado nuevos y especialísimos turnos. Nos han dado un premio por “la Segunda Oportunidad”. Es tu 25 cumpleaños. ¿Recuerdas tu primer asunto? ¿Tu primer despacho? ¿Tu primera guardia? ¿Cuántas veces te has planteado dejarlo? ¿Tus crisis? Desde 1994 ¡cuántas crisis! Han caído políticos, notarías, bancos, dogmas intocables... ¿Recordáis la oleada de quiebras? Hoy se llaman concursos. Fue la primera consecuencia de “la crisis”. Las crisis para nosotros son especialmente significativas. Pensemos en la del ladrillo. Se decía: “Unos ven crisis, otros una oportunidad”. Y así fue. Hubo quien encontró un filón en ella. Supuso una fuente de ingresos, que muchos pensaron inagotable. Todas las
materias tenían acogida. Dinero para todos. Riqueza. Inmigración, más población, más consumo. Préstamos. Abundancia de trabajo. Por supuesto, más delincuencia, mafias. No será deseable, pero es más dinero para los penalistas, y un incremento de turnos. Cuando se acabó, vinieron los despidos. Y un inmenso atasco en los juzgados de lo social. No había tiempo ni espacio para resolver. Llegaron los ERE., reducciones de jornada… La reforma laboral, la del Estatuto de los Trabajadores, la Ley de la Jurisdicción Social 36/2011. Los laboralistas ‘se forraron’. Luego los desahucios. Sucedieron al boom de las hipotecas. Las cláusulas suelo y las preferentes. El gran negocio del derecho bancario. De nuevo atascos, y se crean juzgados específicos. Perdimos la fe y la confianza en el sistema bancario y también en la política: la corrupción. Escándalos y grandes juicios. En estos 25 años nuestra profesión ha dado un vuelco. Nos hemos adaptado y evolucionado con nuestros tiempos. ¡Y padecido con ellos! ¿Nadie recuerda las “tasas”? Asistimos a la incorporación de la mujer a la abogacía. Ya no sorprende el término “abogada”. Nuestra Presidenta es mujer y nosotros hemos tenido una Decana. Vimos nacer a LexNET, las sedes electrónicas de las páginas web oficiales. Convivimos con nuevos operadores: Graduados sociales, API, gestores, asesores y mediadores. Han caído grandes tabús: los precios son libres. Hay publicidad, con grandes despachos que se anuncian en la televisión. La profesión se especializa desde un inicio: el examen de acceso, los másteres, las prácticas profesionales. La sociedad ha cambiado el concepto que tenía de los abogados y de la justicia. La prensa y las televisiones han mediatizado los juicios en función de los personajes. Hay jueces y abogados estrella. Con la tele, todos somos jueces, abogados, fiscales, jurados y verdugos. En la pantalla se ha condenado o absuelto incluso antes de sentarse en el banquillo. ¿Juicios mediáticos? En 1994 llegan al banquillo la Pantoja, Julián Muñoz y Maite Zaldívar, y las bolsas de basura. Tenemos a la Manada, o mejor aún, Urdangarín y la infanta. Por lo intocable de los personajes,
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Colegiados de 1994
el caso Nóos batió el récord de expectación. Técnicamente no tienen gran trascendencia, los hay mucho más complejos: cualquiera de los grandes procesos por corrupción. Hemos visto declarar a singulares testigos: presidentes y vicepresidentes de Gobierno. En 1997, el caso FILESA consideró probada la financiación ilegal del PSOE. Finalizó el juicio de Luis Roldán, exdirector de la Guardia Civil. Asistimos al caso GAL: la guerra sucia contra ETA. También tuvo juicios el PP. Hemos seguido en riguroso directo la histórica declaración de Rajoy en la Audiencia Nacional. La trama ‘Gürtel’, y su sentencia trajo una moción de censura y un nuevo Ejecutivo. Recientemente, el juicio del procés fue transmitido en directo desde el Tribunal Supremo. Los juicios, mediáticos, o no, calan profundamente en la sociedad y generan debates. La pequeña Mari Luz, de 5 años, agredida sexualmente y asesinada. Sus padres iniciaron una campaña en favor del endurecimiento de las penas para estos crímenes. Cadena perpetua, prisión permanente… A todos nos suenan los nombres de Marta del Castillo y de Miguel Carcaño, exnovio confeso de asesinato, y Samuel Benítez, alias ‘el Cuco’. Hoy su cuerpo sigue sin aparecer. Y sin olvidar terribles muertes por violencia de género, tenemos las ocurridas dentro del ámbito familiar: José Bretón denunció la desaparición de sus hijos. Por venganza a su mujer, los mató. Asunta fue asesinada por sus padres, Rosario Porto y Alfonso Basterra. Son nombres que resuenan en la memoria colectiva, como José Enrique Abuín, el Chicle, unido al de Diana Quer. Andrés Mayo, el violador del chándal, condenado a 106 años de cárcel en 1991 que salió en el 2002. Y volvió a ser condenado en el 2007. Otro gran debate: ¿qué hacer con los violadores reincidentes? Nos suenan el de la Vall D’Hebron, el del Ensanche, el del ascensor, condenado a 2.728 años de cárcel y liberado
al aplicar la doctrina Parot. Los juicios por corrupción política han ocupado portadas y páginas. Nombres propios se han popularizado. El Bigotes. Bárcenas y superan en fama a asesinos como el Mataviejas, a los escándalos de pederastas, a robos… No hemos tenido el juicio de la Colza, pero sí vivimos episodios muy importantes de la historia judicial. Tal vez, por encima
Las crisis son muy importantes para todos, pero para los abogados son especialmente significativas de todos, el juicio por excelencia haya sido el celebrado en el 2008 por los atentados del 11-M. Terrorismo, portadas de periódicos, debates mediáticos. Investigaciones complejas. Peritajes. Miles de folios, de horas. La sociedad conoció la labor del Ministerio Publico en la acusación, la del juez. Y también conoció a los abogados de oficio. Una figura que destacó por encima de todos. Imposible celebrar el juicio sin abogados. Y los acusados no tenían. El “de oficio” sale a la luz y la opinión pública ve su coste personal y económico, lo que supone para un letrado desempeñar esta labor. Uno de los sumarios más grandes de nuestra historia judicial y el trabajo de los abogados de oficio mereció como galardón, uno de los dos premios de Derechos Humanos concedidos por el Consejo de la Abogacía Europea (CCBE). La candidatura fue propuesta por el Consejo General de la Abogacía Española. Todo ha cambiado. El formato del DNI, el pasaporte, el carné de conducir (desde
el 2005, carné por puntos) Hemos sufrido la invasión de las tarjetas: de la sanitaria a la de pago. Dicen que el dinero desaparecerá. Hoy ya pagamos con el teléfono. Y todos estos cambios se reflejan en las leyes. Imposible enumerar todas las reformas. De citar alguna, pensaría en Ley de Enjuiciamiento Civil Ley 1/2000, que dio un vuelco completo al procesal civil o en la reforma del Código Civil de 2005, cuando nació el divorcio exprés y se modificó permitiendo el matrimonio entre personas del mismo sexo. Pero tal vez, los más profundos cambios fueron en el derecho penal y en su aplicación. Pienso en la llamada Ley del menor, la ley del Jurado o la del Estatuto de la Víctima. Apenas colegiados, se publica el Código Penal de 1995, que llegará hasta la Ley Orgánica 1/2015, el vigente Código Penal. A la par, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ha tenido que ir adaptándose a estas reformas. Desaparecen las faltas, se crean los juicios por delitos leves, (nos ha costado no decir “juicio de faltas”) los juicios rápidos, las sentencias en conformidad. Se fijan límites a la instrucción judicial, o se cambia el término ‘imputado’ por el de ‘investigado’. Las macrocausas se dividen. Se regula el registro y la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, los SMS, el correo electrónico y los mensajes de WhatsApp. Se modifica la atención a los detenidos. El abogado podrá entrevistarse con ellos antes de que declaren. Y sin querer olvidar ninguna materia, finalizar diciendo que el mayor cambio, vino de la mano de Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Se creó un juzgado específico, turnos de oficio especiales. El término “orden de protección” nos es familiar y cotidiano. Su repercusión en la sociedad y en las leyes civiles y penales es por sí solo motivo de tesis doctoral.
ABOGADOS DE VALLADOLID / Reportaje / 14
La condena a garrote vil en España
Por Ana Mª Ruanova Aranaz, abogada
La pena de muerte, por suerte, ya no forma parte de nuestro ordenamiento jurídico, y es por ello que podemos explicar un poco su historia sin un nudo en la garganta y sin que nos tiemblen las manos. El garrote vil fue introducido en España como único método de ejecución legal por el rey Fernando VII. Este, en desacuerdo con toda disposición literal, reinstauró la horca —Decreto de 4 de Mayo de 1814— pero finalmente, debido a la presión social, cedió y determinó la definitiva adopción del garrote en 1832: “Para señalar con este beneficio la grata memoria del feliz cumpleaños de la reina mi muy amada esposa — Mª Cristina de BorbónDos Sicilias—”. Había tres tipos de garrote: el noble, el ordinario y el vil, que simplemente se diferenciaban por su puesta en escena, pero en definitiva, por mucha distinción que hubiera, a la hora de la verdad el reo se encontraba ante el mismo collarín metálico que arrebataría su vida. Esta absurda distinción provenía del Antiguo Régimen y se abolió en 1848. El Código Penal español de 1848 establece en su artículo 89 que “la pena de muerte se ejecutará en garrote sobre un tablado”, eliminando cualquier otra distinción o método de ejecución. La Constitución Española de 1978 abolió la pena de muerte, manteniéndose en el Código de Justicia Militar para tiempos de guerra. En 1983, España ratificó el II Protocolo de las Naciones Unidas y el VI Protocolo Europeo. Algunos de los últimos ajusticiados a garrote en España El anarquista catalán Salvador Puig Antich y el alemán Georg Michael Welzel, ejecutados el mismo día en el año 1974 con escasos minutos de diferencia, fueron los últimos de una larga lista. La heroína liberal Mariana Pineda; el bandido Luis Candelas; el cura Merino; el Sacamantecas o Higinia Balaguer, autora del crimen de Fuencarral y la última ejecutada en público
Había tres tipos de garrote: el noble, el ordinario y el vil, que simplemente se diferenciaban por su puesta en escena en Madrid, son algunos de los ajusticiados a garrote vil. Aún hubo un condenado más en 1977, José Luis Cerveto, conocido como el asesino de Pedralbes, pero fue finalmente indultado.
Me quiero centrar y ahondar un poco más en el último ajusticiado por este mismo método en Valladolid, que fue Pedro Morejón Fernández, el Mosco, obrero agrícola, soltero de 21 años. El 5 de diciembre de 1952 en Villamuriel de Campos —Valladolid— se aburría junto a su casa cuando una vecina cruzó junto a su puerta cuando venía de misa y recordó que la solitaria mujer acababa de vender hacía poco una tierra, por lo que la estranguló. El Tribunal calificó los hechos como robo con homicidio y le condenó con las agravantes de desprecio de sexo en la propia morada de la ofendida y alevosía, ante el carácter “joven y hercúleo” del agresor. La Sala Segunda del Tribunal Supremo se limitó a confirmar la sentencia, lo que hizo que se esfumara la penúltima posibilidad para evitar el garrote. Cerrada la vía judicial, solo quedaba el auxilio de la política, marcada en la época por la ejecución de sentencias que pretendían mostrar una ejemplaridad a los ciudadanos, haciendo presagiar escasas esperanzas. La Cofradía de la Piedad, cuya labor de asistencia y amparo a los penados era tradicional desde su fundación, ayudó también al Mosco cuando, en la madrugada del
14 de febrero de 1955, compartió con él la última cena y se hizo cargo de su cuerpo. Con sus arcas se pagó el nicho para su sepultura y la tuvo en propiedad durante 30 años. Como es tradicional en la Semana Santa de Valladolid, los abogados nos encontramos en la Audiencia Provincial con esta cofradía para indultar —cuando se puede— a un reo y continuar la procesión con los cofrades, el decano, compañeros, miembros del Colegio de Médicos y demás autoridades.
ABOGADOS DE VALLADOLID / Reportaje / 15
Imagen de uno de los dos juegos de garrote que se conservan en la biblioteca de la Audiencia Provincial de Valladolid
A los 40 años de la abolición de la pena de muerte en España (por la Constitución de 1978), algunas audiencias españolas comienzan a rescatar de sus trasteros los garrotes para exhibirlos en sus vitrinas. La vida y la muerte forman parte de nuestra existencia como seres humanos, no para poder disponer de la vida y la muerte a nuestro antojo, sino porque es parte de nuestra naturaleza. La muerte como condena, como castigo ante la comisión de un delito, ha sido desterrada, porque va en contra de nuestra Constitución y de todo nuestro ordenamiento jurídico.
Las penas hoy en día tienen como finalidad la corrección, reinserción, rehabilitación y arrepentimiento del delincuente y nunca se llegaría a esta finalidad con la muerte del reo.
La Cofradía de la Piedad, cuya labor de asistencia y amparo a los penados era tradicional desde su fundación, ayudó también al Mosco
La muerte es ineludible pero incierta; algún día sucederá aunque no pensemos demasiado en ello, porque no sabemos cuándo se acabará el reloj del tiempo para nosotros. Cuando ese momento pierde la incertidumbre y pasa a ser cierto, el condenado sabe que su momento ha llegado, que van a poner fin a su vida de una manera terrible y sin posibilidad de retorno; es necesario hacer estas reflexiones y no dejarse llevar por la ira ante hechos que acontecen a diario. Finalizo con la frase de Víctor Hugo que dice: “¿Y qué queréis enseñar con vuestro ejemplo? Que no hay que matar. ¿Y cómo enseñáis que no hay que matar? Matando”.
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Causas de extinción del uso de la vivienda familiar: La mayoría de edad de los hijos y la conviencia del cónyuge custodio con una nueva pareja Por Jesús Abad Muñiz, abogado y vicepresidente de la Sección de Derecho de Familia del ICAVA Hace poco más de un año nuestro Tribunal Supremo, en su sentencia 641/2018 del Pleno de la Sala Primera sobre derecho de familia, de 20 de noviembre, concretó por primera vez el efecto que produce la convivencia del cónyuge custodio con una nueva pareja en relación al derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio en cuanto causa de extinción de su uso. Antes también se había pronunciado sobre la mayoría de edad de los hijos en cuanto causa de extinción de dicho uso. La mayoría de edad de los hijos Antes de dicha sentencia, el Juzgado de Primera Instancia 10 de Valladolid, dictó otra en septiembre de 2017, que resolvió a favor de la extinción del uso de la vivienda familiar por alcanzar la hija la mayoría de edad, aun sin independencia económica. Este motivo estimado por dicha sentencia fue el primero de los esgrimidos para justificar la solicitud de modificación de medidas; pero además, se alegaron otros dos: que la vivienda era propiedad privada del esposo y que al cabo de unos años la progenitora custodia había contraído nuevo matrimonio e introducido en la vivienda familiar a su segundo marido. La sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, de 15 de marzo de 2018, ratificó la del Juzgado de Primera Instancia pero añadió los otros dos argumentos para justificar el cese del uso de la vivienda. De esta manera, la Audiencia Provincial de Valladolid se anticipaba a esa sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre
de 2018. La diferencia estriba en que la Audiencia Provincial de Valladolid esgrimió esta circunstancia como un argumento añadido, sin extenderse más; mientras que el Tribunal Supremo ha profundizado sobre la cuestión en aras de justificar que la introducción de un tercero hace perder el carácter familiar de la vivienda y, por ende, procede acordar la extinción de este uso que se atribuyó a uno de los cónyuges. Antes de referirnos a esta en concreto, merecen mencionarse otras resoluciones relevantes de nuestro Alto Tribunal referidas a la mayoría de edad como causa de extinción del uso de la vivienda familiar. Así, la sentencia 624/2011, de 5 de septiembre, cuya doctrina ha sido reiterada por otras posteriores, concluyó, en relación con la mayoría de edad de los hijos a quienes se atribuyó el uso de la vivienda familiar que, alcanzada esta “deja en situación de igualdad a marido y mujer ante este derecho, enfrentándose uno y otro a una nueva situación que tiene necesariamente en cuenta, no el derecho preferente que
resulta de la medida complementaria de guarda y custodia, sino el interés de superior protección, que a partir de entonces justifiquen, y por un tiempo determinado. Y es que, adquirida la mayoría de edad por
La protección del menor que otorga el artículo 96 del Código Civil no es extensible una vez alcanzada la mayoría de edad los hijos, tal variación objetiva hace cesar el criterio de atribución automática del uso de la vivienda que el artículo 96 establece a falta de acuerdo entre los cónyuges, y cabe plantearse de nuevo el tema de su asignación, pudiendo ambos cónyuges
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La decisión del hijo mayor sobre con cuál de los padres quiere convivir no puede considerarse como si ostentase algún derecho de uso sobre la vivienda familiar
instar un régimen distinto del inicialmente fijado por la minoría de edad de los hijos, en concurrencia con otras circunstancias sobrevenidas”. Igualmente sus sentencias de 16 de septiembre, 24 de octubre y 21 de diciembre de 2016, así como las de 19 de enero y 23 de enero de 2017, vinieron a concretar que la protección del menor que otorga el artículo 96 del Código Civil, en su párrafo primero, como concreción del principio del favor filii, al atribuir el uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad y, consecuentemente, al cónyuge con quien se queden, no es extensible una vez alcanzada la mayoría de edad. Para ello argumenta que los hijos mayores de edad carecen de la protección y asistencia incondicional que sí tiene los menores, que deriva, además, del mandato constitucional. Tampoco, arguye, cabe vincular el derecho
de uso de vivienda familiar con la prestación alimenticia prevista en el artículo 93.2 del Código Civil, respecto de los hijos mayores que convivan en el domicilio familiar y carezcan de ingresos propios. En estos casos, la prestación alimenticia a favor de los mayores de edad, la cual comprende el derecho de habitación, ha de fijarse según lo dispuesto en los artículos 142 y siguientes del Código Civil, que regulan los alimentos entre parientes, de manera que se puede satisfacer de dos formas: mediante la inclusión de la cantidad necesaria para habitación, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ello. Y añaden que “en el entendimiento de que la decisión del hijo mayor sobre con cuál de los padres quiere convivir, no puede considerarse como si el hijo mayor de edad ostentase algún derecho de uso sobre la
vivienda familiar, de manera que dicha elección conllevara la exclusión del otro progenitor del derecho a la utilización de la vivienda que le pudiera corresponder”. La conviencia del cónyuge custodio con una nueva pareja Esta sentencia de 20 de noviembre de 2018 advierte que nunca antes se había pronunciado directamente la Sala, habiéndose resuelto la cuestión de la presencia de un tercero en la vivienda familiar con la rebaja del importe de las pensiones alimenticias (sentencia 33/2017, de 19 de enero) en congruencia con lo planteado en el recurso. Pues bien, el Tribunal Supremo estima que: 1. La introducción de un tercero en la vivienda en manifiesta relación estable
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de pareja con la progenitora que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, aspecto que se examina, cambia el estatus del domicilio familiar, ya que pierde su naturaleza para servir su uso a una familia distinta a la que el progenitor no custodio no tiene obligación alguna de mantener. Lógicamente, no se niega que puedan establecerse nuevas relaciones de pareja con quien se estime conveniente, lo que se cuestiona es que esta libertad se utilice en perjuicio de otros, en este caso del progenitor no custodio. Una nueva relación de pareja por parte del progenitor que tiene atribuido el uso y disfrute de la vivienda que constituyó el domicilio familiar constituye una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día a la hora de atribuir dicho uso y que, en relación a lo que aquí se cuestiona, se deberán tener en cuenta, sin perder de vista ese interés de los hijos, que es el que sirvió de título de atribución del uso, al amparo del artículo 96 del Código Civil, pero este por sí solo es insuficiente para resolver los problemas asociados al uso del domicilio familiar, advirtiéndose la insuficiencia de este para resolver este y otros problemas asociados al uso del domicilio familiar. 2. El Tribunal, siendo consciente de la minoría de edad de los hijos, recuerda su sentencia 221/2011, de 1 de abril, que formuló la doctrina siguiente: “la atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad es una manifestación del principio del interés del menor, que no puede ser limitada por el Juez, salvo lo establecido en el Art. 96 CC”, para advertir a
La convivencia de un tercero en la que fuera vivienda familiar puede ser una variable determinante para acordar la extinción del uso
continuación que hay dos factores que eliminan el rigidez de la norma. Por un lado, el carácter no familiar de la vivienda sobre la que se establece la medida, entendiendo que una cosa es el uso que se hace de esta vigente la relación matrimonial y otra diferente es que pueda calificarse como familiar dicho uso si no sirve a los fines del matrimonio porque los cónyuges no cumplen con el derecho y deber propio de la relación. Por otro, que el hijo no precise de la vivienda por satisfacerse sus necesidades de habitación por otro medios. 3. Y señala que la solución que da la sentencia recurrida no vulnera el interés del menor, como contrariamente sostenía el Ministerio Fiscal, ni contradice la jurisprudencia del Tribunal Supremo, porque el derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Cabe concluir que lo relevante de esta sentencia es que nuestro Tribunal Supremo ha tratado un tema sobre el que, como dice expresamente la Sala de lo Civil, nunca antes se había pronunciado: los efectos de la convivencia del progenitor custodio que tiene atribuido el uso de la vivienda familiar junto a sus hijos menores, con una nueva pareja. No se nos escapa que estas situaciones son cada vez más frecuentes y que plantea situaciones muy complicadas y conflictivas que reclamaban una respuesta por parte de nuestro Alto Tribunal. Por fin la tenemos: la convivencia de un tercero en la que fuera vivienda familiar ha de valorarse como una variable determinante para acordar la extinción del uso, sin que ello implique desatender el interés de los menores.
ABOGADOS DE VALLADOLID / Almanaque / 19
Almanaque Por Carmen Castro Manzanares, abogada
23 DE ABRIL Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor Para los amantes de los libros, el día 23 de abril es una fecha especial, porque ese día fallecieron Garcilaso de la Vega (en el año 1536), Miguel de Cervantes (en el año 1616, según el calendario gregoriano) y William Shakespeare (también de 1616, pero según el calendario juliano, por lo que el día no es, en realidad, el mismo que el de la muerte de Cervantes). En todo caso, esta coincidencia fue la que hizo que, cuando se decidió conmemorar el Día Mundial del Libro, se escogiera dicha fecha. Sin embargo, no siempre fue así: según un Real Decreto aprobado y firmado por Alfonso XIII en 1926, inicialmente el día escogido fue el día 7 de octubre, aniversario de la fecha en la que se creía que había nacido Cervantes. No obstante, las dudas sobre la fecha real de tal efeméride y la meteorología del mes de octubre, que dificultaba
realizar cualquier tipo de celebración en el exterior, hicieron que, cinco años más tarde, la conmemoración se trasladase al día 23 de abril. Desde entonces, en España se generalizó la celebración del Día del Libro ese día. No fue hasta 1995 cuando el Gobierno de España, a propuesta de la Unión Internacional de Editores, propuso a la UNESCO que se celebrase el Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor, con el objetivo de fomentar la cultura y la protección de la propiedad intelectual por medio de los derechos de autor, propuesta que fue aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en París el 15 de noviembre de 1995.
Panorámica de la Biblioteca Pública de Castilla y León
El día 23 de abril fallecieron Garcilaso de la Vega (1536), Miguel de Cervantes (1616) y William Shakespeare (también en 1616)
5 DE JUNIO Día Mundial del Medio Ambiente Cambio climático —o, más aún, emergencia climática—, desertificación, contaminación, destrucción de la capa de ozono… Todas estas cuestiones están hoy, sin duda, en la primera página de la agenda política y social, pero esta preocupación sobre el medio que nos rodea —primero bajo el nombre de “medio humano” y solo luego como “medio ambiente”— fue prácticamente inexistente hasta finales de los años 60. Y no fue hasta 1972 cuando, bajo el auspicio de las Naciones Unidas, se celebró la primera gran conferencia sobre cuestiones relativas al medio ambiente. Este evento —la conferencia de Estocolmo o conferencia sobre el Medio Humano— tuvo lugar del 5 al 16 de junio de aquel año e incluyó en su programa cuestiones tan relevantes como la planificación y ordenación de los asentamientos humanos y de los recursos naturales desde el punto de vista
Mural en Mindelo (Cabo Verde)
Del 5 al 16 de junio de 1972 se celebró la conferencia de Estocolmo, la primera gran conferencia sobre cuestiones relativas al medio ambiente de la calidad del medio, la definición de los denominados “agentes contaminantes” y la
Fuente bibliográfica principal: • http://www.un.org/
lucha contra los mismos o los aspectos educacionales, informativos, sociales y culturales de las cuestiones relativas a la calidad del medio. Como continuación a esta conferencia, el 15 de diciembre de ese mismo año la Asamblea General de las Naciones Unidas, “reafirmando la obligación de la comunidad internacional de tomar medidas para proteger y mejorar el medio y, en particular, la necesidad de una continua colaboración internacional a este efecto”, aprobó la resolución A/RES/2994 en virtud de la cual designaba el 5 de junio —fecha coincidente con el primer día de desarrollo de la Conferencia— como Día Mundial del Medio Ambiente. Además, ese mismo 15 de diciembre la Asamblea aprobó también otra resolución que condujo a la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.
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E N T R E V I S TA
FRANCISCO JAVIER CARRANZA PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
“Iniciaré un sistema de alertas en el que un juez nos trasmitirá las discrepancias en las resoluciones de la Audiencia” El presidente de la institución designará de inmediato delegados en cada una de las jurisdicciones para unificar criterios Tras una larga carrera desarrollada en juzgados de toda España, Francisco Javier Carranza tomó posesión como presidente de la Audiencia Provincial de Valladolid el 20 de septiembre de 2019. Su periodo de aprendizaje en primera instancia e instrucción, que él mismo califica de “absolutamente necesario”, le permite asumir el cargo con un gran “bagaje de experiencia”. Presente en la carrera judicial desde 1991, Carranza ha sido profesor en la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados y la Universidad de Vigo, de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA) y de la Universidad de Valladolid. Además, es coautor de obras como Criterios judiciales de aplicación de Enjuiciamiento Civil y autor de un gran número de artículos doctrinales sobre el proceso monitorio. Carranza llega al cargo, en sustitución de Feliciano Trebolle, tras ser elegido el pasado mes de julio por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), frente a los candidatos Ignacio Martín Verona, Emilio Vega González e Ignacio Segoviano. Pregunta.— ¿Cómo encaja su experiencia previa en juzgados de primera instancia e instrucción en esta nueva etapa como presidente de una Audiencia Provincial? Respuesta.— Es una experiencia previa absolutamente necesaria. No entiendo un juez que no empiece por un juzgado de pueblo, donde tienes que hacer casi de todo. Luego llegas a una ciudad y ahí desarrollas el grueso de tu carrera. Yo estuve 18 años como juez
tribunal colegiado y hay un intercambio muy fructífero de opiniones que se traducen en la sentencia. P.— ¿Qué destacaría de la labor de su predecesor, Feliciano Trebolle? R.— Hay dos aspectos que definen a Feliciano Trebolle: el personal y el profesional. No puedes entender el uno sin el otro. En lo personal, Feliciano es una persona absolutamente abierta, con una bonhomía tremenda, con un trato exquisito con los compañeros. En el aspecto profesional, ha sido un presidente muy brillante e hiperactivo. Marcaba un nivel de exigencia muy importante y es indudable que me va a servir de guía. P.— ¿Qué medidas concretas llevadas a cabo por Trebolle piensa asumir? R.— En primer lugar, la forma en la que ha trasmitido la imagen de los jueces a la Carranza en su despacho de la Audiencia Provincial de Valladolid ciudadanía. Nunca dejó de hablar de nuestro trabajo, porde primera instancia en Valladolid. Es un baque somos unos grandes desconocidos y es gaje de experiencia. Yo califico a la primera importante trasmitir el verdadero trabajo de instancia de heroica y sufrida. Es la base y el la justicia. Por otro lado, la idea de hacer de fundamento de la justicia y sin ella el sistema Valladolid una ciudad puntera en el terreno se derrumbaría porque son los primeros que de la justicia. afrontan los problemas, solos. P.— Dentro de su programa de gobierno, P.— ¿La forma de trabajar entonces es ¿qué es lo primero que le interesa llevar muy diferente? a cabo? R.— Aquí adoptas una postura más pausaR.— Hay tres ejes que voy a poner en marda, más reflexiva. Se tiene más tiempo para cha con carácter más inmediato: el proresolver, se puede hacer con más calma y tocolo de buenas prácticas procesales, la tienes la ayuda inestimable de tus compafigura de la mediación y la reunificación ñeros. Pasas de estar solo a estar con un de sedes. Pero todo eso va acompañado
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“La mayor celeridad se puede conseguir con más medios, pero la justicia ha sido la gran olvidada de la democracia española” Pregunta.— Uno de los puntos de su programa propone que los jueces eviten las sentencias farragosas. Respuesta.— Con los protocolos de prácticas procesales me refería tanto al trabajo de los jueces como al de los letrados. Supone consensos por ambas partes para establecer unos mínimos razonables que nos faciliten el trabajo. Es muy frecuente que los abogados y procuradores hagan escritos kilométricos, donde no se identifica bien lo que se pide. Esto aumenta el tiempo de lectura, de análisis y retrasa el trabajo de los jueces. Por otro lado, los jueces muchas veces utilizamos el corta-pega y estamos aumentando la extensión de las sentencias innecesariamente. Además, parece que seguimos en la época del “considerando”. El razonamiento jurídico es muy complicado, lleno de matices, pero se pueden hacer sentencias más concisas.
P.— ¿Cree que haciendo las sentencias más comprensibles los ciudadanos tendrán una visión más cercana de la justicia? R.— Es uno de los factores que puede contribuir, aunque no sería el único. Tiene que haber más apertura, más conocimiento y llevar alguna vez al Consejo General del Poder Judicial la idea de que hay que desarrollar campañas para ofrecer la verdadera imagen de la justicia.
Francisco Javier Carranza en la entrada a la Audiencia Provincial de Valladolid
P.— La labor de concisión, que supone un gran esfuerzo, ¿no ralentizaría también de alguna manera los tiempos de trabajo? R.— Es verdad que hacer más cortos los actos orales es precisamente más trabajoso y difícil de elaborar. Pero el buen abogado consigue comprimir las ideas esenciales en
de otras medidas, como la unificación de criterios para intentar que no haya unas discrepancias absolutas, en la medida que se pueda, entre secciones civiles y penales, entre la Audiencia y los juzgados de primera instancia, siempre respetando la independencia judicial. P.— ¿Cuáles serán los primeros pasos en este sentido? R.— Estoy a punto de designar lo que llamo delegados, a efecto de unificación de criterios, en cada una de las jurisdicciones. Será un juez que nos trasmita posibles discrepancias o contradicciones que haya detectado en las resoluciones de la Audiencia. Tiene que haber un sistema de alertas, que pretendo iniciar con carácter inmediato. P.— El antiguo colegio del Salvador de Valladolid es ya propiedad de la Sareb. ¿La Plaza de la Justicia será una realidad en breve? R.— Ahora hay que redoblar esfuerzos ya ante del Ministerio de Justicia. Ahora no tiene ninguna dotación presupuestaria, tendría que empezar los trámites desde el principio con la organización de un presupuesto, la licitación de la obra. Esperemos que este proceso se lleve a cabo en un plazo razonable para poder tener por fin una Plaza de la Justicia.
el menor tiempo posible. Supone un esfuerzo especial porque es mucho más fácil dar vueltas en torno a una misma idea que ir directamente a la cuestión. Pero la práctica hace que la concisión se convierta en un estilo que se puede manejar con precisión y naturalidad. P.— ¿Cuál serán las principales funciones del servicio de mediación civil y de familia que quiere llevar a cabo? R.— Mi deseo es referenciar este servicio a la presidencia para tener una perspectiva general de la mediación en Valladolid. En el ámbito penal está funcionando muy bien, pero no en el civil o mercantil. Sospecho que parte de la abogacía contempla la mediación como un enemigo laboral y no se implica suficientemente en esta cuestión. Es otro instrumento para resolver conflictos sin tener que acudir al largo y prolijo camino de la jurisdicción y eso hay que trasmitirlo a los abogados. Pero también hay que convencer a los jueces, que ahora lo perciben como un trámite que tienen que realizar y que no sirve para nada porque el asunto vuelve a ellos. Estoy convencido de que la mediación es casi el único medio que tenemos ahora para reducir la carga de trabajo de los tribunales. P.— ¿Tiene pensado realizar alguna labor conjunta con el ICAVA para mantener la buena relación que tiene con el Colegio? R.— Una no, muchas. Empezando con la mediación. Es absolutamente necesaria la intervención de vuestro decano, Javier Garicano, y del resto de abogados y los procuradores. Todos tienen que estar implicados: colaboraremos en la mediación, en el tema del protocolo y en cosas que propongan.
P.— La ciudadanía suele tener generalmente una visión de la justicia como un proceso lento. ¿Cuánto tiempo cree que es razonable para dictar sentencia? R.— Si reducimos drásticamente los tiempos podríamos incurrir en el peligro de reducir las garantías de la justicia. Es verdad que hay unos estándares mínimos que se pueden cumplir y que, aplicando protocolos, multiplicando el número de jueces, podríamos reducir los tiempos de respuesta. En España, no son malos, pero nuestra ratio de jueces es exactamente la mitad que en Europa. La mayor celeridad se puede conseguir con más medios, pero la justicia ha sido la gran olvidada de la democracia española. Seguimos a la cola de muchas otras administraciones. P.— Contó en su toma de posesión que su padre le dijo que ojalá algún día llegase a presidente de la Audiencia Provincial de Valladolid. ¿Con su nombramiento ha materializado el sueño de su padre? R.— Él expresó un deseo que era más un reto. No era en absoluto duro, pero era siempre positivo y nunca se conformaba. Me costó 30 años, pero es lo que me debía costar. Fue un reto y yo lo cumplí. Estoy enormemente satisfecho por ello. P.— Y ahora que ha llegado a la presidencia, ¿le hubiera lanzado un nuevo reto? R.— Estoy seguro. Pero yo me doy por satisfecho. P.— Es aficionado a la poesía. Con un cargo tan exigente, ¿tendrá tiempo para seguir escribiendo? R.— No deja casi tiempo para escribir, pero saco ratos sueltos. Creo que en esta vida no todo es el trabajo y hay que tener siempre un portillo abierto a otras cosas. No solo soy juez, soy persona, escribo de los sentimientos, de la vida, y me dejo llevar por la sentimentalidad. El juez al final decide conforme a la ley, pero el que está sentado enfrente es un ser humano, con sus defectos y sus virtudes, con sus sensibilidades.
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Parte de la Comisión de la Revista visita el hemiciclo, presidido por el mosaico de los cántaros
UN DÍA EN...
Las Cortes de Castilla y León La sede está situada en el barrio de Villa del Prado de Valladolid desde el 14 de noviembre de 2007, tras 24 años en el castillo de Fuensaldaña Las Cortes de Castilla y León, ubicadas desde el 14 de noviembre de 2007 en su actual sede de Valladolid, llaman la atención por su clara apertura a la ciudadanía. Cuando el visitante atraviesa sus puertas de entrada, se encuentra con una franja destacada en el impoluto suelo, cuya función es precisamente guiar sus pasos en dos posibles direcciones: hacia el registro o hacia el hemiciclo, al que se puede acceder como invitado los días de pleno. Cada semana, además, las Cortes dan la bienvenida a unas 500 personas gracias a su programa de visitas guiadas, que
refuerza ese perfil abierto de la institución. Y esa apertura del organismo público hacia el exterior, hacia su entorno, se hace patente también a su vez en la estructura del edificio, con un evidente aprovechamiento de la luz natural; e incluso en el uso de materiales de la Comunidad, como la piedra leonesa de Boñar, utilizada en ese camino que da la bienvenida a los visitantes. El recorrido por las distintas dependencias del edificio remarca ese claro carácter de representación de Castilla y León que poseen las Cortes. Un gran número de obras de
Por Marta Juste, periodista
artistas castellanos y leoneses pueblan las paredes y rincones de la edificación como un reflejo de la historia y las costumbres de la Comunidad. Como no podía ser de otra forma, las distintas salas de trabajo llevan nombres como ‘Campos de Castilla’ o ‘Cortes de León’. Sin duda, el elemento más destacado del edificio es el corazón de las Cortes de Castilla y León, el hemiciclo, un volumen cúbico situado en el centro de la construcción. Dos alas de hormigón blanco flanquean este espacio, en las que se sitúan, por una parte,
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Las abogadas del ICAVA contemplan una reproducción del breviario de Isabel la Católica en la biblioteca
los espacios dedicados a la administración y, por otra, aquellos de carácter representativo, como las salas de comisiones y de ponencias. Los 81 procuradores que conforman, en la actual X legislatura, la Cámara de Castilla y León se reúnen en pleno dos veces al mes. Las bancadas del hemiciclo, espacio que alberga estas sesiones plenarias, se ocupan siempre atendiendo a la misma distribución, que marca el reglamento: los grupos parlamentarios de izquierda a la izquierda, los de la derecha a la derecha y el resto en el espacio intermedio. Presidiendo cada pleno, sobre la Mesa de las Cortes se sitúa el mosaico de los cántaros, uno de los primeros vestigios de vida en lo que hoy es Valladolid, y a su vez un nuevo elemento que conecta el diseño del edificio con su entorno. Sin embargo, el trabajo diario de las Cortes se desarrolla principalmente en los espacios administrativos y en las comisiones, compuestas por un número reducido de procuradores según su competencia. Las comisiones permanentes son aquellas encargadas de resolver asuntos relacionados con materias como la agricultura, la economía, la cultura, la educación o la sanidad, entre otras muchas. En ocasiones, varias de ellas deben reunirse en el mismo espacio para tratar asuntos que competen a distintas
materias al mismo tiempo, por lo que la relación entre los distintos grupos es muy habitual. Los trabajadores de las Cortes El personal que cada día realiza su labor en las Cortes de Castilla y León no solamente se compone de los procuradores electos, sino también de funcionarios, trabajadores eventuales, interinos y contratados, que actualmente superan el centenar. El carácter legislativo de la Cámara a su vez hace
necesaria la presencia de un cuerpo de letrados especializados que ofrecen apoyo de servicio jurídico. Su trabajo es fundamental para el buen funcionamiento de las Cortes y, por ello, siempre hay un letrado presente en los plenos y en las comisiones para asesorar principalmente sobre las normas del parlamento. El día a día en las Cortes de Castilla y León ha ido evolucionando con la llegada de las nuevas tecnologías. Un claro ejemplo es el trabajo de los encargados de publicaciones,
El equipo de la Comisión de la Revista junto al presidente de las Cortes, Luis Fuentes Rodríguez
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Vista de la sala de comisiones ‘Cortes de León’
La Comisión de la Revista recorre los pasillos del edificio, que albergan numerosas obras de arte
que ya no transcriben las sesiones en directo desde el hemiciclo, sino que tanto estas como las comisiones, de nuevo con un claro objetivo de transparencia y apertura a los ciudadanos, se transmiten en tiempo real a través de Internet. La vida en las Cortes se completa con una biblioteca de ámbito universitario, que sirve de apoyo al trabajo de los procuradores. Existen convenios con universidades castellanas y leonesas para que sus estudiantes, especialmente los de Derecho, puedan consultar los ejemplares custodiados en la sede. La colección cuenta con fantásticas piezas, como una reproducción facsímil del Beato de Liébana o una edición original de la Constitución Española de 1978.
‘Formas para el espíritu de Castilla’, de Venancio Blanco
Un edificio adaptado al siglo XXI Tras 24 años en el castillo de Fuensaldaña, de 1983 a 2007, las Cortes de Castilla y León se trasladaron a su actual sede, obra del arquitecto granadino Ramón Fernández Alonso. La nueva ubicación ofrece los avances y funcionalidades necesarios para la vida parlamentaria y administrativa; sin embargo, no faltan pequeños detalles, como la forma almenada de las bancadas del hemiciclo, que recuerdan al anterior recinto de las Cortes. Aunque proyectado como un edificio adaptado, característica que le valió un
premio de la Fundación Aspaym de Valladolid, el diseño original no contaba con un hemiciclo preparado para procuradores con discapacidad física. Por lo tanto, en 2019 se han realizado mejoras de adaptabilidad tras la elección como representante por Burgos de Noelia Frutos, que se desplaza en silla de ruedas. Aunque “ha sido difícil cumplir la normativa”, como señala el presidente de las Cortes de Castilla y León, Luis Fuentes Rodríguez, en la actualidad la cámara cuenta con rampas y una tribuna completamente accesible.
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AGRUPACIÓN DE LA
Abogacía Joven de Valladolid El año 2019 ha sido muy intenso para nuestra Agrupación. Desde la Junta Directiva de la Agrupación de la Abogacía Joven hemos tratado de seguir facilitando la integración en la vida colegial de los compañeros y compañeras recién incorporados, así como de fomentar la relación a través de la organización de actividades tanto a nivel formativo como de carácter lúdico.
desde dentro, el desarrollo de las guardias del turno de oficio. Finalmente, dentro de las actividades formativas queremos destacar la jornada relativa a ‘Marketing Digital en los Despachos’, organizada en colaboración con la Comisión TIC del Colegio, en la que contamos con la experta en Comunicación y Marketing para la abogacía Lidia Zommer.
Formación Aproximadamente con periodicidad mensual hemos celebrado los ya tradicionales Cafés o Vermús Jurídicos, que, como cada año, han tratado materias de lo más diverso: negligencias médicas, despidos, modificaciones de medidas en materia de familia, imprudencia en la conducción de vehículos a motor, el nuevo código deontológico, violencia de género, arrendamiento de vivienda, la tarjetas revolving, los delitos de revenge porn, las herencias, las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal… Además, bajo el título ‘Conociendo el turno de…’ se han desarrollado sendas reuniones informales para acercar a los nuevos agrupados y agrupadas las claves de turnos tan específicos como el de extranjería y el de penitenciario o el de menores, impartidos por nuestros compañeros Ana Arranz y Juan Luis Barón, respectivamente. El objetivo de estas charlas, celebradas con anterioridad a los cursos que, al respecto, organiza anualmente el Colegio, era conocer de primera mano el funcionamiento de dichos turnos. Asimismo, y relacionado con el turno de oficio, se ha continuado con la ‘Bolsa de acompañamiento en guardias’, con el fin de que los nuevos agrupados conozcan,
Actividades lúdicas En el apartado de actividades lúdicas queremos destacar el ya tradicional ‘Curso de catas’, así como la comida de casetas con motivo de la celebración de las Ferias y Fiestas de la Virgen de San Lorenzo de 2019; sin olvidarnos del escape room al que acudimos en el mes de febrero, de la cena de verano (celebrada en el Hotel Meliá Recoletos) y del brindis navideño que organizamos el pasado mes de diciembre. Por otro lado, con el fin de fomentar las relaciones colegiales fuera del rigor jurídico de nuestra profesión, también hemos acudido al campo de rugby de Pepe Rojo a presenciar un partido entre el Club VRAC Entrepinares y el equipo Hernani CRE. Además, como novedad este año, desde la Agrupación hemos organizado dos proyecciones de cine. Así, con motivo del Día de la Mujer el 7 de marzo se proyectó el clásico La sal de la tierra, de H. Biberman, en el salón de actos del Colegio, contando con la presencia del director de la Cátedra de Cine de la Universidad de Valladolid, Javier Castán, y de nuestra compañera y presidenta de la Agrupación de Mujeres Abogadas, Rosa Gil. Y el día 27 de noviembre, esta vez con motivo del Día Internacional de la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer y en colaboración con el Observatorio Legal del ICAVA —colaboración que se plantea como el pistoletazo de salida de una nueva actividad periódica que, bajo el nombre de ‘Cine Jurídico’, consistirá en la proyección de películas seguidas de un coloquio—, se proyectó la película El Cairo 678, del director egipcio M. Diab, interviniendo en el posterior coloquio el magistrado Miguel Ángel Martín Maestro. Próximos retos Este año que comienza es un año muy especial para nuestra Agrupación, ya que cumplimos 30 años. Nos hace mucha ilusión celebrar este aniversario y ya estamos preparando con ilusión distintas actividades con las que conmemorarlo. En todo caso, no nos olvidamos de lo esencial, que es trabajar día a día para poder contribuir a que la abogacía joven siga mejorando. Además, no queremos dejar pasar la oportunidad de reconocer y agradecer la labor de todos los ponentes y compañeros y compañeras que, de manera desinteresada, han hecho posible el desarrollo de todas las actividades reseñadas. Asimismo, os damos la bienvenida a quienes este año os habéis incorporado a la Agrupación y os queremos agradecer vuestra participación en las actividades que con tanta ilusión hemos preparado desde la Junta Directiva. Os animamos a que sigáis participando en las mismas, por lo que estaremos deseosos de escuchar vuestras propuestas sobre temas para cafés o vermús jurídicos u otras sugerencias de actividades. No olvidéis que desde la Junta Directiva estamos a vuestra entera disposición.
Café Jurídico del pasado mes de octubre impartido por el abogado Javier Álvarez
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De izquierda a derecha: Esperanza Vazquez Boyero (directora general de la Mujer en la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León), las presidentas de la AMAV y Mª Victoria Soto Olmedo (concejala de educación, infancia e igualdad del Ayuntamiento de Valladolid)
25 años trabajando por los derechos de la mujer AGRUPACIÓN de MUJERES ABOGADAS de VALLADOLID (AMAV) A mediados de 1994 un grupo de compañeras promovieron la constitución de la Agrupación de Mujeres Abogadas (AMAV) dentro del seno de nuestro Colegio de Abogados. Hasta entonces, en el ámbito estatal, solo existían comisiones de Mujeres y no en todos los colegios profesionales de la abogacía, sino únicamente en los grandes. Con su constitución el objetivo que perseguían las compañeras fundadoras era la promoción de la defensa de los derechos de las mujeres desde su ámbito de actuación como abogadas. Tras la redacción de los Estatutos y su aprobación por la Junta de Gobierno del Colegio, se constituyó la primera Junta Directiva a finales del mes de junio de 1995, siendo la primera presidenta, Mª Jesús DiezAstraín Foces. Tras ella, otras compañeras han asumido la presidencia de la Agrupación colaborando de manera esencial para que su andadura fuera eficiente y real: Mercedes González Campa, Victoria Delgado, María Concepción Garcimartín, María Isabel Rodríguez y Rosa Gil. Uno de los primeros objetivos de la Agrupación fue la creación de un turno de asistencia a mujeres víctimas de agresiones sexuales, en lo que se trabajó muy duro para su consecución. Para ello, se propuso a la Junta de Gobierno unas bases suficientemente sólidas y justificadas, debido a que el punto de partida era completamente innovador: por primera vez se planteaba la asistencia, no a un presunto delincuente, sino a la víctima. Por razones evidentes, eran únicamente abogadas compañeras las que
participaban en dicho turno, lo que, lógicamente, fue muy discutido, hasta que se constató el carácter altruista de las compañeras que iban a prestar esas asistencias. Para la adecuada prestación y calidad del servicio de atención a las víctimas, organizamos unas jornadas de formación que fueron el punto de partida de la andadura de la Agrupación en el año 1995, contando
Uno de los primeros objetivos de la agrupación fue la creación de un turno de asistencia a mujeres víctimas de agresiones sexuales con muy pocos medios: el teléfono móvil de una compañera y muchísimo entusiasmo, ingrediente fundamental que siempre ha caracterizado a todas las agrupadas. Después de estos inicios, a finales de 1996, la Agrupación suscribió un convenio con la Diputación Provincial para cubrir la asistencia en toda la provincia, financiando esta los desplazamientos de las compañeras. A partir del año 1998, y una vez que empezaron a hacerse visibles los malos tratos a las mujeres y a cambiarse, por fin, las conciencias, se amplió la asistencia prestada las víctimas de malos tratos, formalizando en el mes de julio de 1998 otro
convenio con el Ayuntamiento de Valladolid para garantizar la asistencia de sus ciudadanas. Aunque hoy parezca mentira, lo cierto es que entonces, y desgraciadamente, la asistencia que prestaban las compañeras agrupadas únicamente llegaba hasta la ratificación de la denuncia. No obstante, la labor de la letrada agrupada iba más allá de lo profesional y continuaba con el acompañamiento a las mujeres durante todo el procedimiento, yendo con ellas incluso a la sala de vistas como público, para que no se sintieran solas y abandonas al albur de una burocracia judicial que las empequeñecía y victimizaba —aún más—. La eliminación de esa limitación, de ese muro, fue el objetivo principal de las negociaciones que la Agrupación mantuvo con la Junta de Castilla y León, que finalmente cristalizaron en el año 1999 con la consecución de un nuevo convenio para el desarrollo de este servicio, cubriendo también la asistencia jurídica en los procedimientos penales, previo compromiso por parte de la Junta de la implantación del turno en todos los colegios de Castilla y León. Así, cuando se formalizó el convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de la Abogacía Española para la implantación en los colegios de abogados de servicios de asistencia jurídica especializada a víctimas de violencia doméstica, Valladolid fue una de las diez ciudades en las que inicialmente se aplicó, sobretodo porque que poseía la infraestructura y los medios técnicos y personales suficientes para incorporar este
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nuevo servicio, ya que el habló del consentimiento. turno venía funcionado La Agrupación ha estadesde nueve años atrás do presente en los actos gracias al trabajo y escelebrados por Ayuntafuerzo de las compañeras miento en el Día contra la de la Agrupación. Con la Violencia de Género, tanto entrada en vigor de la en el año 2018 como en Ley Integral el turno pasó noviembre del 2019. A lo a ser el que se conoce largo del año 2018 nuescomo turno de violencia tras compañeras Susana de género, cuya implantaAyala y Rocío Fernández, ción no resultó complicaen cumplimiento de los da debido a la experiencia objetivos de la beca para en la atención a mujeres la que la Agrupación las víctimas. seleccionó, han llevado a Una vez instaurado el cabo el análisis y estudio turno de violencia de géen los juzgados de Instrucnero, la Agrupación ha ción y Penal, así como en seguido asistiendo a las nuestra Audiencia Provinmujeres víctimas de agrecial, de los procedimiensiones sexuales, excluidas tos seguidos por Violencia del ámbito de aplicación de de Género, cuyos resultala Ley Integral, hasta que dos se han plasmado en se suscribió en el año 2017 un riguroso estudio. un contrato entre el ConseEl 31 de enero de jo de la Abogacía de Castilla 2019 intervino nuestra y León y la Junta de Castipresidenta en la ponencia lla y León para garantizar organizada por el Ayuntala asistencia jurídica a las miento de Valladolid sovíctimas de agresiones y/o bre ‘Menores: Sexualidad, abusos sexuales en toda la Acta original de la constitución de la agrupación y folleto con sus estatutos Pornografía y Redes’. En Comunidad Autónoma. marzo de 2019 se realizó No solo la Agrupación ha dedicado su un curso de defensa personal a cuyas jorLa agrupación promueve los esfuerzo a la asistencia jurídica a las víctimas nadas asistieron varias compañeras y comde violencia doméstica, de género y agresiopañeros que disfrutaron y aprendieron a derechos de la mujer para la nes sexuales, sino que en el cumplimiento partes iguales. El 14 de marzo de 2019 se integración plena, con igualdad celebró un Café Jurídico sobre ‘Libertad de de sus fines, especificados en el artículo 3 de los estatutos de la Agrupación, de “promode oportunidades, en todos los Prensa, versus Derechos de las Mujeres’, ver la defensa de los derechos de la mujer en el que participó la periodista Beatriz ámbitos de la sociedad para la integración plena de la misma, con Sanz Olandia, vicepresidenta de la Asociaigualdad de oportunidades, en todos los ámción de Periodistas Feministas de Castilla y bitos de la sociedad”, ha realizado, organiLeón. El 11 de junio nuestra presidenta fue zado y participado en cursos, jornadas, actos múltiples actos y organizando cursos. Así, una de las ponentes de la Jornada sobre institucionales, mesas redondas, congresos, en octubre de 2018, participamos en el VII la Ley de Violencia de Género del Ayunse han presentado ponencias y representanCongreso del Observatorio contra la Violentamiento de Valladolid, en que se analizó do a la Agrupación. Por supuesto, siempre cia Doméstica y de Género. El 6 de noviem‘La ley de violencia de género 15 años ha colaborado con el Colegio de Abogados, bre de 2018 se celebraron elecciones y se después: luces y sombras. Modificaciones porque es parte del mismo. formó la Junta Directiva de la Agrupación pendientes’. El 27 de junio de 2019, para Han sido 25 años de trabajo, compromipor las compañeras Rosa Gil (presidenta), celebrar el 25 aniversario de la AMAV, nos so y esfuerzo de muchas compañeras que, María Isabel Rodríguez (vicepresidenta), reunimos en un emotivo acto en el Code manera desinteresada, han aportado su Cristina Gallego (vocal 1.ª), María Conceplegio de Abogados en el que se conmegranito de arena para que la igualdad de ción Garcimartín (vocal 2.ª), María Teresa moró el trabajo hecho en común durante género dejara de ser mera palabrería y crisCorral (vocal 3.ª), María del Villar Arribas tantos años, y se reconoció la entrega y talizara en hechos, en leyes y en derechos. (tesorera) y Elisabeth Cejudo (secretaria). disposición de todas las presidentas de la Todas somos la Agrupación, todas somos Posteriormente, en el 17 de junio de 2019 AMAVA, que acudieron al evento. A conpasado, presente y futuro de la lucha por se celebraron elecciones parciales para el tinuación disfrutamos de una estupenda el cambio. puesto de vocal 2ª, presentándose Verónica fiesta en el Casino. Reincorporadas de las Rodríguez y Rocío Fernández y resultando vacaciones, hemos organizado el curso de Seguimos trabajando elegida la primera. El 16 de noviembre de violencia celebrado en el mes de octubre y La Agrupación, como viene haciendo des2018 nuestra presidenta acudió a la Jornada nuestra presidenta asistió a las VII Jornadas de siempre, ha estado presente durante de Comisiones Obreras ‘Empoderamiento de Abogados y Abogadas de Violencia de el último año en numerosas convocatorias económico de las mujeres frente a la vioGénero durante los días 3 y 4 de octubre efectuadas por diversas instituciones, el lencia de género’ realizada por la Secretaría en Las Palmas de Gran Canaria, así como Ayuntamiento de Valladolid, la Diputación de Mujer y Políticas de Igualdad. También a Bruselas los días 19 y 20 de noviembre y la Junta de Castilla y León. También ha ese mes de noviembre de 2018 se orgarepresentando a la AMAV en una reunión seguido trabajando en sus objetivos, desanizó un Café Jurídico en el que la magisde asociaciones de mujeres de Valladolid rrollando diversas actividades, acudiendo a trada María Teresa González Cuartero nos con el grupo socialista europeo.
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Comisiones Co m is ió n TI C LA COMISIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL ICAVA, TIC Una vez que ha pasado el congreso Nacional de la Abogacía, en el que la comisión TIC tuvo desde meses antes enfocado su trabajo para intentar que todos los compañeros de Valladolid llegasen lo mejor informados y preparados posible ante los retos de los nuevas tecnologías, es hora de volver a la idea de que la Comisión TIC se consolide como una herramienta de ayuda actualizada para la abogacía vallisoletana en todo lo referente a nuevas tecnologías, y que todos los compañeros/as tengan una mirada puesta en lo que podamos aportar para ayudarles. Queremos destacar que durante meses hemos estado enviando a todos los compañeros por múltiples canales lo que en día denominamos PERLAS TECNOLóGICAS, con las que pretendíamos afrontar de forma sencilla y rápida varios temas de interés, intentando concretar y explicar ayudas de las que podemos servirnos en nuestro trabajo diario. En este sentido, recordaros que podéis acceder a ellas de nuevo en la web colegial. Entre las perlas más interesantes, destacar las de registro electrónico común, compartir archivos, blockchain, mediación electrónica, registro civil online, testamento digital, smart contracts, procesadores de texto online y contratación electrónica. También nos gustaría destacar entre las jornadas realizadas por TIC, por la gran
afluencia de compañeros, la relativa al DERECHO PENAL Y NUEVAS TECNOLOGíAS, en la que don José María Crespo, magistrado del Juzgado de Instrucción 1, nos habló de los delitos más importantes cometidos por medios informáticos y electrónicos y todo lo relacionado con la prueba, y don Victoriano Panizo, Inspector Jefe de la Policía Nacional en Valladolid, nos explicó cuestiones relativas a la obtención, petición y preservación de la prueba electrónica en el proceso penal. Una actividad que queremos recordar a todos, pues seguimos intentando impulsarla desde TIC, y que contó con una masiva afluencia, lo que denota el interés de todos vosotros, fue el taller conjunto que preparamos para explicar SIGA (Sistema Integral de Gestión de la Abogacía), y su utilización, así como el uso de las bases de datos que tiene el Colegio adquiridas, y EL CLUB ICAVA. No solo queremos fomentar su utilización, sino recordaros las ventajas de estas aplicaciones, de las que gran número de compañeros ya se están beneficiando. Para finalizar recordaros que en el blog y en nuestra cuenta @COMISIONTIC seguimos acercando novedades: tramitación de accidentes de tráfico; apoderamiento online; incidencias lexnet; protección de datos, etc. Siempre abiertos a cualquier sugerencia, estamos aquí para ayudaros.
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Ab og ac ía Co mi sió n pa ra la De fe ns a de la
LA ABOGACÍA Y EL NUEVO CÓDIGO DEONTOLÓGICO Aprovechando la magnífica difusión que ofrecía el XII Congreso Nacional de la Abogacía, celebrado en el mes de mayo en nuestra ciudad, se presentó durante el mismo el nuevo Código Deontológico, cuyas principales novedades resultan de la adaptación de una profesión, con profundas raíces en la tradición, a los cambios políticos y sociales obrados en los últimos tiempos. Sin apartarse en modo alguno de esos principios básicos que deben regir una profesión de la trascendencia e importancia de la abogacía, este nuevo Código introduce novedades en la regulación de la publicidad, la libre competencia, y la adaptación a las tecnologías de la información y la comunicación. A su vez, perviven como principios fundamentales de la Abogacía valores de tanta trascendencia en el ejercicio de la profesión como la independencia, la libertad, la dignidad, la integridad, el servicio, el secreto
profesional, la transparencia y la colegialidad. Este nuevo Código constituye así una magnífica oportunidad para que todos los profesionales de la abogacía hagamos un concienzudo repaso a las virtudes que deben adornar cualquier actuación letrada, cuales son la honradez, la probidad, la rectitud, la lealtad, la diligencia y la veracidad. Estas son, en terminología del propio Código, la causa de las necesarias relaciones de confianza con el cliente y la base del honor y la dignidad de la profesión. Dignidad entendida como modo de comportamiento que debe impregnar todas las actividades profesionales de quienes ejercen la abogacía ya que ésta está al servicio del ser humano y de la sociedad. Por eso, debe preservar no solo la propia, sino la de sus clientes, de sus compañeros y de los contrarios, tratándoles con distinción, deferencia y respeto, sin olvidar que sus actuaciones se reflejan en la profesión entera.
Co mi sió n de l Tu rn o de Of ici o
DEL TURNO DE OFICIO Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS La celebración del XII Congreso Nacional de la Abogacía en nuestra ciudad, con la muy activa participación del decano, Junta de Gobierno, personal y compañeros del ICAVA, no puede quedarse en un simple dato histórico. Esa abogacía transformadora de la que tanto se habló durante mayo de 2019 debe ser una realidad en todos los ámbitos de la profesión, y no una mera declaración de intenciones. De tal modo que también podamos decir en la prestación de los servicios de turno de oficio y justicia gratuita que “fuimos presente, somos futuro”. Con este incuestionable compromiso de transformación, se está trabajando intensamente para poder aplicar en este ámbito los avances tecnológicos, de tal forma que supongan no solo una mejor prestación de estos servicios, sino sobre todo una mayor agilidad y facilidad en la gestión de los mismos para los profesionales, fundamentalmente en dos aspectos: en los servicios de guardia
y en la justificación de las intervenciones. Sin duda, la modificación del sistema tradicional de localización del profesional durante los servicios de guardia va a requerir de un esfuerzo por parte de todos hasta que logremos adaptarnos al nuevo sistema de centralita a implementar, que tiene como gran ventaja la objetividad, y como contrapartida, su gran inconveniente, la impersonalidad. La otra mejora tecnológica vendrá de la mano de la justificación de las intervenciones derivadas de los servicios de justicia gratuita por el propio profesional a través del SIGA (Sistema Integral de Gestión de la Abogacía), lo cual va a suponer una mayor comodidad y rapidez, pero también una mayor asunción de responsabilidad en la gestión de las actuaciones devengadas. El compromiso y esfuerzo de todos nos llevará, sin duda, a una mejora constante en la prestación de tan importantes servicios.
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ca Co m is ió n D eo n to ló gi LA OBLIGACIÓN DE ENTREGA DEL TRABAJO AL CLIENTE Y LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sobre la obligación de suministrar al cliente el trabajo encargado, cuando no han sido abonados los honorarios por el servicio (incluso cuando la posibilidad de cobrarlos es remota por cualquier circunstancia), podemos distinguir tres situaciones: Documentos facilitados por el cliente: no existe ninguna duda de que no pueden retenerse bajo ninguna circunstancia. Puede y debe dejarse copia en el despacho. Documentos obtenidos por el letrado para el cliente: igual suerte deben correr justamente por la identidad del último destinatario. Hay que extremar las precauciones para evitar devenir responsable solidario de honorarios que puedan quedar
pendientes a favor de terceros —otros profesionales, procuradores, peritos— dejando claro que la relación de estos es directa con el cliente. Documentos elaborados por el abogado: si son objeto del encargo, deben entregarse y cobrarse los correspondientes honorarios; si hubo dudas respecto de la posibilidad de cobro, al recibir el encargo se pudo haber hecho uso del derecho a pedir provisión de fondos. Existe —evidentemente— una actividad intelectual en tal elaboración que, en casos especiales, podría incluso registrarse para la oportuna protección, pero esa propiedad no es oponible al que realizó el encargo, aunque sí a terceros.
S e c c ió n d e E x tr a n je rí a
TURNO DE ASILO EN ICAVA Desde que se creó el turno específico de Protección Internacional dentro del turno de oficio de extranjería en el ICAVA, hace poco más de un año, se han atendido por parte de los abogados y abogadas que lo forman a 35 personas, de las cuales 21 han sido asistidas en los diez primeros meses del año 2019. Como consecuencia de la demanda social, y en particular en la ciudad de Valladolid, se antoja fundamental el esfuerzo realizado por parte de los 19 profesionales que lo componen, que no solo tienen implicación jurídica sino también social y moral una vez que escuchan el relato vital, siempre duro, de
los demandantes de protección internacional, que a veces es difícil de entender y sobre todo de asimilar en el mundo de comodidades en el que vivimos. El trabajo del Colegio junto con el de los abogados y abogadas, así como los demás profesionales que pertenecen a distintas asociaciones y ONG específicas de la materia, forman una unidad de ayuda a los demandantes de asilo clave para el auxilio integral de los mismos. Hay mucho que mejorar, mucho que coordinar, pero con la implicación demostrada seguro que se dan pasos hacia la mejora del turno.
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S e c c ió n d e F a m il ia
LA SECCIÓN DE DERECHO DE FAMILIA DEL ICAVA VUELVE A ESTAR ACTIVA Con unos 100 colegiados inscritos, pretende participar en la formación especializada y servir de punto de encuentro entre los compañeros que se dedican a esta materia. Desde el mes de julio de 2019 y por iniciativa de nuestro compañero Jaime Sanz se ha reactivado la actividad de esta Sección que en su día fue impulsada por Carlos Gallego. En Asamblea General se ha decidido ampliar el objeto de la Sección al derecho de sucesiones. Nuestro principal objetivo consiste en la formación participativa y se plasma en las reuniones que con periodicidad mensual se celebran en la sede colegial. En ellas, y en coordinación con la Comisión de Formación, se imparte una ponencia sobre una materia que luego es sometida a debate entre los presentes para que se aporte una visión práctica, y se concluye revisando la última jurisprudencia del Tribunal Supremo. Se propondrán también cursos monográficos. En la web del ICAVA se puede acceder a un resumen de estas charlas, siempre que
sean aportadas por el ponente, y se está elaborando una selección de jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como de la Audiencia Provincial de Valladolid. Para estas actividades contamos con el entusiasmo que han mostrado los compañeros inscritos y su ofrecimiento desinteresado de colaboración en la elaboración de esta base de información de resoluciones judiciales. No podemos olvidar que en esta rama del derecho necesitamos tanto conocimientos legales como sensibilidad con el cliente y un trato cercano con el abogado de la otra parte. En ese sentido, reunirnos tantos compañeros a veces con intereses encontrados y poner en común nuestras experiencias y expectativas sirve para facilitar las futuras relaciones entre nosotros. Finalmente, y dentro del ámbito colegial, tenemos especial interés en servir de cauce de transmisión de nuestros problemas e inquietudes para el resto de operadores en esta materia.
Se cc ión de Pe ni te nc iar io
XXI ENCUENTROS SOAJPENITENCIARIO Los XXI Encuentros de los Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria se celebraron en Barcelona, los días 7 y 8 de noviembre, en la sede el Colegio de la Abogacía de Barcelona. Destacaron los talleres efectuados sobre salario por trabajo, derecho a la información, medios de comunicación y su acceso a prisión e instrucciones sobre centros de inserción social, así como las ponencias realizadas sobre el cumplimiento de resoluciones privativas de libertad en otros países de los que
dictan sentencia, la responsabilidad civil y acceso al tercer grado y el derecho a la salud en el medio penitenciario. La ponencia marco titulada ‘40 años de la Ley Orgánica General Penitenciaria’ fue defendida por Mercedes Gallizo Llamas y Iñaki Rivera Beiras. Los encuentros finalizaron con la lectura de conclusiones y comunicaciones en el salón de actos de la cárcel Modelo, un lugar cuya visita es recomendable para entender el pasado, presente y futuro del derecho penitenciario.
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El colegiado opina Por Marta Aparicio Gutiérrez, abogada El 19 de junio de 2019 una sentencia del Tribunal Constitucional, creando doctrina, permitió sostener que la prisión provisional, cuando el proceso penal concluya con un pronunciamiento de absolución, da lugar a indemnización por los perjuicios irrogados, de modo automático y en todos los casos. El Tribunal Supremo, en este mes de octubre, haciéndose eco de esta doctrina, dicta la primera sentencia en dicho sentido.
El Tribunal Supremo, en aplicación de la doctrina del Constitucional, ha establecido que la prisión preventiva indebida da derecho a indemnización al perjudicado “en todos los supuestos de absolución por cualquier causa”. ¿Considera que van a verse afectadas las decisiones judiciales a la hora de decretar la prisión provisional? Las respuestas recibidas han sido unánimes al considerar que en ningún modo van a verse influenciadas las decisiones judiciales. Un participante aclara que la prisión provisional la decreta el juez de instrucción, previa petición expresa del Ministerio Fiscal o de alguna parte personada como acusación particular; eso sí, sería dicho juzgado “quien tiene que valorar” si procede o no adoptar esta medida, atendiendo a las circunstancias previstas en la ley. “No es algo automático —nos matiza— sino una decisión meditada y razonada”. Y es que muchos habéis apelado a la profesionalidad de los jueces. Una opinante explica que la Ley de Enjuiciamiento Criminal fundamenta la adopción de esta medida cautelar en “criterios de necesidad y proporcionalidad”. De este modo, asegura: “Al ser una medida restrictiva de derechos tiene que tener en cuenta muchos factores, pero no creo que uno de ellos sea, a partir de la sentencia indicada, una posible reclamación en un futuro”.
Opinión coincidente con otra compañera que también estima que los criterios para adoptar esta medida son los marcados por la ley y no “el posible temor de una futura reclamación administrativa de daños y perjuicios”. En modo idéntico se explica otra colegiada: “Creo en la profesionalidad de los jueces que decretan la prisión provisional, de manera excepcional, si se dan los supuestos establecidos en el momento de la detención y no pensando en lo que pueda pasar en un futuro”. Rotunda ha sido la respuesta de otro compañero ante esta cuestión: “En absoluto —asegura—, en general los jueces españoles son muy reacios a enviar a la gente a prisión provisional”. Manifiesta que esta decisión a veces es “poco compartida por la opinión pública e incluso por profesionales jurídicos”, porque como continúa diciendo: “Los magistrados tienen razones que el resto de los mortales solemos desconocer, pero creo que en caso alguno influirán tales bagatelas”. Nos transmite un opinante que la adopción de la prisión provisional por un juez “no conlleva ninguna responsabilidad judicial”, matiz por el que considera que “en modo alguno” las decisiones judiciales pueden verse afectadas por la última sentencia del Tribunal Supremo. Finalmente, una compañera, reafirmando las opiniones expuestas, nos comenta que en lo que puede derivar este tipo de resoluciones es en generar nuevos asuntos jurídicos en los despachos, pues “facilita el camino para la interposición de futuras reclamaciones indemnizatorias a la administración”.
En el próximo mes de enero se van a cumplir cuatro años ya desde la implantación obligatoria de presentación de escritos y notificaciones por vía telemática; por ello, como segunda cuestión nos interesaba conocer algunas anécdotas vividas, así como un pequeño balance de este tiempo de rodaje.
¿Qué experiencias positivas o negativas ha tenido desde
la implantación del sistema de comunicación procesal por medios telemáticos? En las respuestas recibidas las hay de todo tipo, dependiendo evidentemente de la vivencia personal de cada uno. Comenzaremos por las positivas, donde la mayoría coincide en la inmediatez y rapidez de los trámites. “El sistema ha mejorado mucho durante todo este tiempo —nos aclaran— y se ha ido corrigiendo alguna que otra incidencia inicial”. Y, aunque “eventualmente” se sigue produciendo algún fallo informático, como resalta un compañero, ello no es óbice para reconocer la “bondad del sistema”. Incluso compañeros menos expertos en el mundo de la informática han alabado este método y comentan que, aunque cuentan con apoyo en su despacho para ese tipo de cuestiones, no han tenido ningún problema para dirigirse en casos puntuales al propio juzgado y solicitar ayuda. También hay quien ha solicitado ayuda al ICAVA. “Influye que este colegio ayuda mucho”, asegura un colegiado, al tiempo que agradece personalmente a Miguel Ángel, nuestro informático, “su eficiencia y disposición” para socorrer a cualquier abogado en estos trances. Otra persona contesta a nuestra pregunta que la implantación del sistema de comunicación procesal por medios telemáticos “puede poner en peligro la presencia del procurador, dado que, al realizarse las notificaciones directamente al letrado, se puede suplir la intervención de aquel”. Y, como aclara a continuación: “El cliente, deseoso de ahorrarse costes del procedimiento, nos solicita que prescindamos de dicho profesional”. Continuando con comentarios favorables, un compañero apunta que “además de ganar agilidad en la presentación”, por el hecho de que el sistema admita el acceso en horario de tarde, permite organizar mejor el despacho, lo que “finalmente redunda en una mejor eficiencia en todos los ámbitos”. En cuanto a las experiencias negativas, una compañera manifiesta tener “mucho cuidado” de irse de viaje en periodo hábil, pues le
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preocupa no poder acceder a LexNET cuando está de vacaciones. De hecho, comenta que ha limitado alguna salida por este motivo, pues la intranquiliza “no poder controlar las notificaciones”. “No quiero depositar su trabajo en un compañero de confianza, pues sería un compromiso para él”, explica.
¡Participa!
Otro colegiado nos ha advertido de que, como en la actualidad LexNET no guarda “eternamente” los documentos en la bandeja de recibidos, tuvo su experiencia negativa cuando recibió y firmó una notificación y el sistema se deshizo de ella a los pocos días. Asegura, tras haberse llevado “un pequeño disgusto”, que ha aprendido a guardar siempre en el momento de su recepción todas las notificaciones en el expediente correspondiente. “No hay mal que por bien no venga”, se resigna.
esté plenamente reinsertado en la sociedad, sino también —matiza— que haya reparado totalmente los daños a la víctima, y que haya pedido perdón públicamente”. “El indulto no debe tener nunca una función de animar a delinquir a terceros”, advierte.
Un opinante dice no entender por qué si lo que quieren es instaurar un sistema telemático global, luego solicitan que el abogado aporte las copias de los escritos y documentos en papel. “Es absurdo duplicar los trámites”, expone. Y en este sentido, una compañera nos ha hecho participes de la siguiente anécdota vivida en un juicio, en la celebración de la vista de un procedimiento ordinario en primera instancia: “Cuando en el desarrollo de la prueba testifical solicité a su señoría que se le exhiba al testigo una serie de documentos obrantes en el procedimiento. El juez, tras varios intentos, manifiesta no poder hacerlo al tener un ordenador obsoleto y pesar mucho el documento que quiere exhibir”. Y comenta que “lo más curioso” es que terminó siendo recriminada por el juez por no haber llevado la documentación en papel a la vista. Acabamos con dos aportaciones de compañeros que, aunque valoran positivamente la introducción de los medios telemáticos, coinciden en no entender por qué en el territorio nacional existen distintas aplicaciones paralelas a LexNET: “Vereda en Cantabria, Avantius en Navarra, JustiziaSip en el País Vasco o e-justicia.net en Cataluña”. Uno de ellos explica que se debería mejorar la numerosa diversidad de medios telemáticos, porque “tanta variedad de aplicaciones, sumadas al resto de plataformas de distintas administraciones, complica de forma importante la eficacia de los medios telemáticos”. No cabe duda que es opinión interesante que podía dar lugar a un nuevo debate.
Finalizamos la sección con una figura que ha dado lugar a muchos debates
en estos días, tras la reciente sentencia del procés:
¿En qué casos crees que está justificada la concesión del indulto por el Ministerio de Justicia? Antes de entrar al fondo de las respuestas recibidas, matizamos que, como todo el mundo conoce, el indulto lo otorga el rey a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Sin duda sabemos que el indulto, como una causa excepción de extinción de la responsabilidad criminal, es una figura que no deja indiferente a nadie y así ha quedado demostrado con las contestaciones recibidas. Ni siquiera las opiniones proindulto son iguales; las expuestas por nuestros compañeros tienen muchos matices diferentes. Por ejemplo, un compañero muestra su conformidad a la concesión del indulto, “única y exclusivamente” en el supuesto que la pena tenga que cumplirse después de haber pasado muchos años desde la comisión del delito y “el condenado sea ocasional y esté plenamente reinsertado socialmente”. Otro, en cambio, considera que, para el otorgamiento de esta medida de gracia, se debe requerir “no ya sólo que el condenado
Para otro compañero, “a los condenados por delitos graves no se les debería conceder el indulto”, pues deberían, al menos, cumplir parcialmente la pena impuesta. “De lo contrario estaríamos mandando un mensaje muy negativo a la sociedad”, señala. Sin embargo, para otro colegiado esta medida debería ser obligatoria cuando alguien que tiene que cumplir una condena pendiente “se ha rehabilitado y la entrada en prisión le perjudicaría gravemente”. Para otros, como esta colegiada que contesta, no se debe tener en cuenta el tipo del delito, “sino las circunstancias personales del condenado” y siempre tener muy presente la voluntad de la víctima, “a la que hay que escuchar”. Las posiciones que se muestran contrarias al indulto también son diversas. Por ejemplo, una colegiada manifiesta que “por encima de todo” deben respetarse los derechos de la víctima. Por ello no se muestra muy favorable a estos “tipos de decisiones graciosas”, pues uno “se puede terminar olvidando de las víctimas”, y son a los que verdaderamente hay que proteger. Otra compañera comenta que se trata de una “concesión totalmente influida por la situación política del momento en el país”. Esta misma idea nos la transmite otro opinante, que lo considera “un tema político” que “no debería estar contemplado en nuestro ordenamiento”. Contundente respuesta hemos recibido de otro participante, que considera que “nunca debería concederse el indulto”, y que es una figura que “debería desaparecer” del ordenamiento jurídico, porque se trata de “una concesión oportunista”.
ABOGADOS DE VALLADOLID / Extraordinario de revisión / 34
Cuando el Estado tiene que ponderar vidas El 5 de enero de 2003, un hombre armado secuestró una avioneta y comenzó a sobrevolar con ella el centro financiero de Fráncfort, amenazando con abalanzarse contra el Banco Central Europeo si no se atendían sus pretensiones; resultaban muy recientes los hechos del 11 de septiembre de Nueva York, y las alarmas se dispararon. Se desalojó el centro de la ciudad, y se situaron cerca de la avioneta dos aviones de caza y un helicóptero. Tras casi una hora de tensión, se comprobó que el secuestrador no era un terrorista, sino un hombre perturbado, que se dejó apresar una vez atendidas sus pretensiones. El anterior suceso, y los terribles atentados estadounidenses, motivaron la adopción por las autoridades alemanas de diversas medidas dirigidas a garantizar la seguridad del espacio aéreo, como la de la creación de un centro de coordinación para prevenir los peligros derivados del secuestro de aeronaves con el fin de ser utilizadas como armas kamikazes. A la vez, como resultado del temor a que se generalizasen dichas actuaciones terroristas, se aprobó la Ley de Seguridad Aérea, de 11 de enero de 2015, cuyo precepto —parágrafo— 14, resulta el protagonista de este artículo. La exposición de motivos de la ley daba a entender claramente que el apartado tercero de ese artículo 14 autorizaba a las autoridades alemanas a ordenar el uso de las armas para abatir el avión, aun en el caso de que en el mismo se encontraran pasajeros inocentes y el ataque les causara la muerte segura; se trata de una cláusula de ultima ratio que permitiría sacrificar la vida de las personas a bordo del avión —terroristas, tripulantes y pasajeros— a fin de salvar la vida de otras personas. Contra el anterior precepto se interpuso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional Federal alemán, por varias personas que viajaban regularmente en avión; la sentencia declara la nulidad del artículo 14 por vulnerar el derecho fundamental a la vida y la garantía constitucional de la dignidad humana, en la medida que resultase afectado cualquier inocente. La cuestión por tanto es si al Estado le
está permitido matar a un inocente para salvar a más de un inocente; o dicho de otro modo, si es el número de personas a salvar lo que cuenta a la hora de permitir dar muerte a otras. A lo largo de este artículo se expondrán los distintos argumentos y posturas que se han adoptado a favor o en contra de la actitud de optar por salvaguardar la vida de
Abatir el avión con inocentes a bordo, es cosificarles como partes del avión-arma unos pocos en detrimento de la de un grupo mucho mayor; si bien hemos de partir de reconocer humildemente, que el dilema se plantea como de difícil solución. El argumento de la dignidad humana: una vida vale lo mismo que cientos El artículo 1.1 de la Constitución alemana establece que “la dignidad del hombre es intangible. Respetarla y protegerla es obligación de todo poder público”. La importancia que otorga el legislador alemán a la dignidad, colocándola al inicio de la norma fundamental —en la Constitución española hay que esperar al artículo 10 para encontrarla— como objeto de respeto absoluto en la actividad política, contrasta con la
Principio de dignidad individual frente al principio de utilidad o mal menor en un escenario terrorista Por Araceli Álvarez Álvarez, abogada dificultad de definirla, delimitarla y precisar su significado jurídico. Los tribunales constitucionales de los países europeos han acudido a dos vías para interpretar este concepto: en algunas ocasiones, identificando acciones lesivas de la dignidad de la persona —su degradación, persecución, proscripción, etcétera—, y en otras, ensayando una definición de carácter general, inspirada, qué duda cabe, en las tesis de Kant, cuyo imperativo moral práctico reza: “obra de tal modo que uses a la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro, siempre como un fin al mismo tiempo y nunca solamente como un medio”. En ella se apoya la sentencia alemana que declaró inconstitucional el artículo 14 de la Ley de Seguridad Aérea: “la obligación de proteger y respetar la dignidad humana excluye en general hacer del hombre un simple objeto del Estado. Así, está sencillamente prohibido cualquier tratamiento del hombre por parte del poder público que ponga en cuestión su cualidad de sujeto, su estatus de sujeto de Derecho, desconociendo la consideración del valor que le corresponde por sí mismo, por el hecho de ser una persona”. A diferencia del resto de derechos fundamentales —cuyo alcance puede ser limitado bajo ciertas condiciones,siempre mediante ley y por fines legítimos—, la dignidad humana es absolutamente intangible, imponderable, no susceptible de limitación; las intervenciones estatales que afectan a la dignidad humana no admiten justificación alguna. El Tribunal alemán entiende que, permitiendo abatir un avión con inocentes a bordo, se está lesionando la dignidad que les corresponde como personas; se les está cosificando, transformando en partes de un avión que hay que evitar que sirva como arma y que, por tanto, hay que derribar. Al utilizarse su muerte como un medio para salvar a otras personas, al disponer el Estado de su vida, se les niega el valor que como hombres y mujeres individuales les corresponden por sí mismos, a su posibilidad de autodeterminarse en libertad. Otro de los argumentos utilizados para proscribir la orden de derribar el avión fue que el deber de no lesionar la vida prevalece
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sobre el deber de protegerla; la mayoría de la doctrina ya se había pronunciado sobre esta cuestión, estableciendo que el conflicto entre la obligación estatal de no intervenir en la vida de los ocupantes del avión y la obligación de proteger la vida de las personas que morirían en caso de consumarse el atentado kamikaze debía resolverse a favor de la primera. El hombre constituye un presupuesto de orden estatal: la primacía de la libertad del individuo se alza frente a cualquier limitación estatal. Resulta más evidente, aunque no se recoge de manera explícita en la sentencia, el argumento de la imponderabilidad de la vida humana; es ilícito ponderar vida contra vida, en función de cuántas personas vayan a morir si el Estado toma una u otra posición. Resulta inadmisible acudir a un cálculo utilitarista de las vidas de los ocupantes del avión y los de las personas en tierra firme. La dignidad humana prohíbe una ponderación en la que lo decisivo es si resulta un saldo positivo, por superar el número de las vidas salvadas al de las sacrificadas. Contra el derecho fundamental de la vida, los números no cuentan; cada vida tiene un valor absoluto. Varias vidas no valen más que una sola; cientos de vidas, miles de vidas, no son más valiosas que las de una sola persona. Por último, el Tribunal plantea, entre otras, dos razones más: el de la incertidumbre y el de la falta de consentimiento de los ocupantes del avión. Así, no cabe concluir con certeza que la aeronave fuera a ser utilizada contra la vida de los ciudadanos y este sea el único medio de defensa contra dicho peligro; cabe plantearse la posibilidad de que el secuestrador se arrepienta o no se atreva, o incluso, que logre ser reducido por los ocupantes del avión. Por otro lado, algún autor había sugerido que cabía entender que la mayoría de los secuestrados estaría de acuerdo con el derribo del avión, si supieran que así sería posible evitar la muerte de cientos o miles de personas; se sugería así que el consentimiento de los afectados excluiría la inconstitucionalidad de la intervención estatal. En consecuencia, siguiendo la tesis del Tribunal alemán, nunca el Estado debería dar la orden de derribar el avión; pasajeros inocentes podrían morir, si el terrorista cumple su amenaza, pero no serían asesinados. A su vez, otro grupo, mayor o menor, de ciudadanos también inocentes, moriría por el ataque del asesino. Teoría del mal menor: cuando los números sí que importan Resulta lógico que ante la sentencia del Tribunal se levanten voces discrepantes, defendiendo, sobre todo, un criterio que, intuitivamente, se nos presenta como más atrayente y lógico: que se pondere la vida, que el Estado decida en función de las vidas que puede salvar y las muertes que puede
Las decisiones del Estado se deben guiar por salvar el mayor número de vidas posibles provocar sus alternativas de decisión. Los argumentos a favor de anular el precepto que, para evitar atentados kamikazes, permita a una administración derribar aviones con inocentes a bordo no solo no convencen a muchos, sino que, además, son considerados peligrosos. La tesis según la cual al Estado no le está permitido ponderar vida contra vida —elegir la acción que maximice el número de vidas salvadas— conduce a resultados absurdos. Si el Estado debe proteger y respetar la vida humana en la medida de lo posible, sus decisiones se deberán guiar por maximizar la vida, por salvar el mayor número de vidas posibles, por causar el menor número de muertes; no cabe otorgar a una vida humana un valor infinito, su valor es finito, y dos vidas valen más que una. Es así como actúan de hecho normalmente los poderes públicos; pensemos en un ensayo clínico de un nuevo medicamento, en el que voluntariamente participaran cien personas incapaces que padecen una enfermedad mortal hasta la fecha. Se estima en un 1 % la probabilidad de que alguna de ellas fallezca por su participación, y en un 75 % la probabilidad de que el medicamento permita curar la enfermedad. Lo razonable, y lo que contempla el Derecho español, es que se resuelva en favor de la utilidad del experimento, en función del número de vidas que pueda salvar y de las muertes que pueda evitar: el experimento podrá ser autorizado
si “los beneficios esperados para el sujeto del ensayo y para la sociedad justifican los riesgos” (artículo 3.1 del RD223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos). Podemos igualmente imaginar un escenario aún más dantesco que el de los atentados que conocemos: el de un avión secuestrado por un terrorista, que amenaza con estrellarlo contra una central nuclear. Las consecuencias del mismo no serían solamente inmensurables en el presente, sino impredecibles en el futuro. ¿Debería el Estado permitir al terrorista cumplir su amenaza, por respetar la vida de los pasajeros del avión? A la necesidad de ponderar la vida humana, en un sentido meramente numérico, se añade una cuestión preventiva de seguridad colectiva, a la que el Estado obviamente ha de atender: frente a la misma, el mensaje que el Tribunal Constitucional alemán lanza a los terroristas es la de que el Estado dejará que cumplan su objetivo —si es el de sembrar el terror con una matanza de inocentes— antes de interceptar o derribar el avión, por su deber de respetar la vida de los pasajeros del mismo. No cabe duda de lo difícil que resulta decidir entre acudir al principio moral categórico o aplicar el principio moral de utilidad cuando de elegir entre salvar la vida de unos pocos o de miles se trata; lo teórico y lejano que parece el primero frente a lo atractivo, por instintivo, que se presenta el segundo. El Tribunal Constitucional alemán apostó por la dignidad individual; la época convulsa en la que vivimos seguramente hará que otros legisladores y tribunales tengan que tomar decisiones que conciernen a la conciencia; decisiones difíciles, pero necesarias.
ABOGADOS DE VALLADOLID / En el Cafetín del Colegio / 36
EN EL CAFETÍN Con
José Luis Antolín OFICIAL MAYOR DEL ICAVA Por Piluca Burgos, periodista
“Creo que la mujer aporta una visión distinta al Colegio; una mirada que necesitábamos” José Luis Antolín llegó al Colegio de Abogados de Valladolid con tan solo 16 años. Aquel ordenanza que hacía recados y atendía la conserjería, hoy se encarga de la gestión administrativa del colegio junto a un equipo —insiste— que permite que el ICAVA funcione como un reloj. Bromea sobre que su caso es como el de Alfonso Escámez, pero es plenamente consciente de que sin trabajo y sin una pizca de suerte, la de haber estado en el momento adecuado, no hubiera llegado hasta aquí. Hoy el Colegio no se entendería sin él, sin su cercanía, sin su memoria —asegura que se sabe el número de colegiado del 80 % de los letrados de Valladolid— y, por supuesto, sin su trabajo. Confiesa entre risas que a veces cuando llega a casa tiene que reflexionar y pensar que el Colegio no es suyo. Y es que cuando José Luis Antolín se jubile habrá estado medio siglo trabajando en el ICAVA.. Pregunta.— ¿Cuándo llegó aquí? Respuesta.— El 1 de febrero del 1986, me incorporé con 16 años al Colegio cuando estaba en el antiguo edificio, en la Audiencia. P.— ¿Cuál era su labor? R.— Yo entré de ordenanza y en aquella época, sobre todo, muchas gestiones en la calle, control de las togas y avisar de las vistas en la Audiencia Territorial. P.— Y de cuidar las togas a oficial mayor… ¿Lo hubiera pensado? R.— Con esa edad no tienes perspectiva de futuro, más bien lo que piensas es en hacerlo bien. Yo el primer día que vine a trabajar confieso que estaba asustado.
P.— ¿Se acuerda de ese primer día? R.— Perfectamente, celebraban un acto donde le entregaban una medalla —creo recordar— a Policarpo Cuevas Trilla. Estaba reunida toda la abogacía institucional con sus atributos. Imagínate el shock de un chaval cuando ve a todos de negro con sus medallas, sus puñetas… Pensaba para mis adentros, ¿dónde me he metido? P.— ¿Cómo se enfrenta un chaval de 16 años a un primer trabajo en una institución tan ancestral como un colegio de abogados? R.— Tenías que ser espabilado a la fuerza. Yo desde que entré doblaba la jornada. Era joven, estaba soltero y no me importaba hacer las horas que hiciese falta y todos los cursos que pudiese. P.— Una época muy distinta… R.— El número de profesionales era mucho más reducido, la situación económica del colectivo era en general boyante y las costumbres eran otras. Fíjate que eran habituales las propinas por cuidar las togas…. P.— Pero no siempre ha estado de ordenanza. R.— No, luego comencé a formar parte de la administración del Colegio y pasé prácticamente por todas las secciones: la biblioteca, el SOJ y el turno de oficio... Ahora llevo la gestión administrativa del Colegio como oficial mayor, pero con un equipo detrás que pone las cosas muy fáciles. Algunas veces meto gol, pero porque esa pelota me ha llegado de un buen pase.
P.— Quién se lo iba a decir a aquel ordenanza que iba a llegar hasta aquí… R.— Pues sí… Desde luego que me lo he trabajado, pero también entra en juego el azar. Ya se sabe que a veces hay que estar en el momento y lugar adecuado. Eso sí, la Junta de Gobierno te examina cada día, así que es difícil dormirte. P.— ¿Y es difícil adaptarse a un jefe nuevo cada cuatro u ocho años? R.— De verdad que para mí no ha sido complicado hasta ahora. Y eso que cada decano es bastante distinto al anterior. De Martín Descalzo, el primero que conocí, a Javier Garicano hay mucha distancia; cada uno pertenece a una época distinta. P.— ¿Se sabe el número de colegiado del decano? R.— Sí. P.— ¿Y de los últimos cuatro decanos? R.— Sí, por supuesto. Es más, me sé de memoria el número de colegiado de más del 80 % de los abogados (se ríe). P.— Calculo que cuando se jubile va a haber estado trabajando en el Colegio casi medio siglo. ¿Alguna vez ha llegado a pensar que el ICAVA era suyo? R.— Pues no te digo que no (bromea). Cuando uno lleva muchos años en un sitio, a veces hay que reflexionar para no olvidar que solo eres un colaborador del Colegio. Pero también es verdad que las relaciones personales con los colegiados para mí han traspasado la figura profesional, lo que no quita que, si un
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día hago las cosas mal, estoy seguro de que la institución actuaría como debe actuar. P.— Como dice el refrán: a veces donde hay confianza da asco. R.— La verdad es que el colectivo es muy prudente y, aunque tengamos mucha confianza, no se abusa. P.— O que tiene puestos al orden a los letrados. Seguro que en más de una ocasión le han venido a pedir permiso a usted antes que al decano… R.— Ja, ja, ja… No creas que no me hacen chistes. Confieso que me han llamado el brazo derecho del decano, el hermano pequeño del decano… Pero que conste que nada más lejos de mi intención que suplantar al decano, la carga debe ir con el cargo. P.— El hermano pequeño sería en otras épocas… R.— Eso es verdad. Antes veía a los decanos como personas de otra generación y resulta que ahora es de mi edad. Ningún colegiado era más joven que yo... He pasado de ser el chaval al señor. P.— ¿La figura del decano ha cambiado con el paso del tiempo? R.— En los últimos mandatos han sido mucho más cercanos. Del personal del Colegio, antes, era habitual que el responsable administrativo fuese el único que despachaba
con el decano, si bien con la llegada de Jesús Gómez Escolar se puso la mecha para modernizar el Colegio y ahora es muy diferente todo. Además, la labor del decano que conocí en mis inicios nada tiene que ver con las responsabilidades instituciones que conlleva actualmente el cargo.
R.— Quizá sea un colectivo que asume demasiados protocolos a la hora de actuar y por eso pierde agilidad. Todo va cambiando, pero tenemos que seguir trabajando para ser cada día más competitivos, y para conseguir una mayor visibilidad en la sociedad.
P.— Imagino que la proporción de mujeres también. ¿Cuántas letradas había en el ICAVA cuando llegó al Colegio? R.— Media docena y, aunque había unos mil colegiados, el colectivo habitual que se movía en los juzgados era de unos 150 en total. La proporción era muy pequeña. Además, había muchos colegiados de fuera, porque entonces para intervenir en las apelaciones de la Audiencia Territorial había que estar colegiado en Valladolid.
P.— ¿Cuáles son los mejores valores del colectivo? R.— Es un colectivo que gana muchísimo con la cercanía. Son unos profesionales empáticos y encantadores y creo que la incorporación de la mujer a la profesión ha hecho mucho en este sentido.
P.— ¿Cuándo se ha notado el verdadero impulso de la mujer en la abogacía? R.— No hace tanto, quizá en la última década es cuando verdaderamente han desembarcado las mujeres en el Colegio, y eso a pesar de tener como decana a Carmen Vela desde 1996 al 2000. Y con ellas hemos conseguido que se elimine la hegemonía del “traje de enterrador” que tenemos los varones en todos los sentidos. Creo que aportan una visión distinta al Colegio; una mirada que necesitábamos. P.— ¿En qué debería mejorar la abogacía?
P.— Defina el paso por el Colegio de los decanos que ha conocido R.— Antonio Martín Descalzo: los inicios; Mariano Vaquero García: el 400 aniversario del ICAVA; Jesus Gómez-Escolar: el arranque hacia el modelo del actual Colegio; Carmen Vela Alarcó: la puesta en marcha de la nueva sede; Enrique Sanz Fernández Lomana: la creación de las comisiones y la mejora en la gestión global del ICAVA; Jesús Verdugo Alonso: la Ley de Acceso y todo lo que supuso, y acometer diversas reformas en distintos servicios colegiales; Javier Garicano Añíbarro: actualmente en el cargo, si bien creo que la celebración del Congreso de la Abogacía en Valladolid supuso un hito tanto para el Colegio como para toda la abogacía vallisoletana.
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Plataformas y ataúdes Por Juan Ignacio Hernández García, abogado Después de más de tres décadas de ejercicio de la abogacía no hubiera imaginado hasta hace bien poco tiempo, cuáles serían los modelos de ejercicio en esta década del siglo XXI. Por eso, entendía imprescindible mi asistencia al XII Congreso de la Abogacía que se acaba de celebrar en Valladolid, en el que se trataron casi todas las materias relacionadas con la actualidad de la profesión. Quizás una de las pocas cuestiones que no figuraba en el amplísimo programa del Congreso era el ejercicio de la Abogacía dirigido a grandes colectivos de afectados. Apenas ha merecido algún comentario en alguna de las ponencias. En los últimos años, hemos visto cómo ha proliferado la creación y utilización de asociaciones y plataformas de ciudadanos en defensa de intereses que se han visto perjudicados por abusos o engaños variados. Así, en casos como el de Fórum Filatélico y Afinsa, Gescartera, las obligaciones preferentes, cláusulas suelo, clínicas iDental o los motores Volkswagen, han surgido estos movimientos, muchas veces desde los propios grupos de afectados, otras promovidos directamente desde despachos de
abogados, con la finalidad, supuesta, de defender los intereses de los consumidores afectados. Y, en paralelo, han crecido las asociaciones para la defensa de consumidores, como Facua, OCU, Ausbanc, Adicae o, más recientemente, Asufin. Casi todas ellas surgidas en el siglo XXI, y de forma poco espontánea.
Más de 6.000 familias se han podido ver afectadas por la supuesta estafa Detrás de esos movimientos de defensa de los consumidores no siempre nos encontramos con una entidad, con una persona jurídica, con una asociación, puesto que, en ocasiones, se constituyen meras plataformas, sin estructura interna, que no tienen más contenido que un conjunto de reivindicaciones dirigidos a un fin común. Las plataformas no requieren más que una buena campaña publicitaria, que, a veces,
no es necesario siquiera fomentar, puesto que es la sociedad, el grupo de afectados, el que hace, mediante el boca a boca, que un gran volumen de clientes con el mismo problema acudan al mismo despacho. Hablamos de marketing, de publicidad, y si al principio de este artículo mencionaba mi veteranía, no asumida, en la profesión, aquellos que lleven un buen número de años en el ejercicio de la abogacía sabrán que la publicidad, de cualquier tipo, hasta no hace mucho tiempo, finales del siglo XX, estaba prohibida. Y, también en este campo, estamos pasando de cero a cien en poco tiempo. Es cierto que el trabajo bien realizado siempre se nota, y este axioma no es diferente en este terreno de los colectivos de afectados, pues una buena programación, un proyecto, y la conveniente organización de la plataforma, serán sin duda premisas de una buena defensa de los intereses de los clientes, y, en consecuencia, de un buen ejercicio de la abogacía. Todo ello conllevará una atención adecuada a los clientes y una elaboración jurídicamente correcta de escritos y preparación de los juicios.
Instalaciones en Valladolid del tanatorio investigado en el caso Ignis
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La cara B En relación con estos colectivos, en nuestra ciudad estamos siendo testigos, desde comienzos del año 2019, de un caso de relevancia pública notable, con un gran número de afectados. Es el caso de los ataúdes, la denominada operación Ignis, la supuesta estafa realizada por una agencia funeraria, en los procesos de incineración, en los que se investiga posibles cambios en los ataúdes por otros de menor valor económico, procediendo a reutilizarlos posteriormente para otros servicios. La investigación, que al parecer venía realizándose desde varios años atrás, salió a la luz el día 31 de enero de 2019, con el registro del tanatorio de la citada funeraria, y la detención de la familia propietaria. No habían transcurrido 48 horas, y ya se había constituido una plataforma de afectados, curiosamente desde Madrid, a pesar de que, por razones obvias, los afectados son mayoritariamente de Valladolid, y el procedimiento se tramitará en su integridad en nuestra ciudad. El elevado número de afectados —alrededor de 6.000 incineraciones en el periodo ‘sospechoso’, con un número indeterminado de familiares perjudicados— ha provocado que sean muchos los despachos, sobre todo de nuestra ciudad, que cuentan entre sus clientes con familias afectadas, y ha generado la creación de plataformas de afectados, siempre, en este caso, de la mano de despachos de abogados, bien a iniciativa de los letrados, bien
de los propios clientes. La gestión de estos casos a través de plataformas de afectados puede ser un mecanismo eficaz, pues, sin duda, la semejanza en las situaciones de los perjudicados sirve para economizar, en los despachos, medios humanos y materiales, lo cual debería repercutir en la prestación del servicio también más económica. En el caso del tanatorio, han transcendido honorarios de varias plataformas ciertamente económicos. Aunque ello pueda suponer también una queja más del colectivo de abogados, acusando de ‘tirar’ los precios en la profesión. La unión de afectados es también positiva para buscar la atención mediática
La defensa de colectivos de afectados requiere una buena organización del despacho en los casos, asegurando una mayor repercusión pública. Aunque aquí está una de las posibles notas negativas, pues, si la relación con los medios de comunicación se organiza desde el propio despacho, se puede caer en la tentación de buscar más la visibilidad del profesional del derecho o del despacho colectivo, que de solucionar el problema a los clientes afectados. Por otro lado, y aunque, evidentemente, no es
uno de los objetivos de estas plataformas, para los órganos jurisdiccionales supone una simplificación en el trato con los profesionales, procuradores y abogados, aunque en el caso de los ataúdes será inevitable, dado el volumen de perjudicados, un ingente número de abogados personados en el procedimiento. En la gestión de las plataformas, en el trato con los clientes, no hay que olvidar que, ante nosotros, tenemos una persona con un problema importante. En el caso de los ataúdes, además, personas con los sentimientos a flor de piel, en los que se mezclan la pena y la rabia, y que tienen la sensación de haber sido engañados en un momento de especial fragilidad, y con este caso, vuelven a revivir el duelo del familiar perdido. Sabemos que en esas circunstancias, casi nadie busca dinero, lo material no puede curar su dolor. Tampoco debemos hacerlo nosotros. En un asunto con la transcendencia mediática que tiene el de la agencia funeraria y los ataúdes, surgen propuestas contrarias a la deontología de nuestra profesión, y, en concreto, al deber que nos obliga a guardar secreto de las actuaciones judiciales. Los medios de comunicación, ávidos de carnaza, solicitan información sobre trámites judiciales, y el acceso a la documentación de la instrucción. A veces, desgraciadamente, a la vista de lo sucedido en este caso, se cae en la tentación. ¡Cómo ha cambiado la profesión!
Los empleados de la funeraria cambiaban supuestamente las cajas con las que incineraban los cadáveres
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Vida colegial NUEVOS COLEGIADOS
Nuevos colegiados: Cristian Belloso de Pedro; Luis Ángel Díez Sánchez; Guillermo Mateo Oyagüe; Joaquín A. Oncalada Moro; Luis Mª Santiago Santiago; Carlos Sanz Vela; Jorge Ordoñez Flores; Santiago Martín Enguidanos; Javier Díez Juarez; Laura Gutiérrez Blanco; Patricia Gurpegui González; Francisco J. González Álvarez; Irene Sánchez de la Parra Pérez; Luis Román Cañíbano; Sara Cano Ruiz; Elena Estrada Pérez; María Blanco Arribas; Roberto Rodríguez González; Jesús Rodríguez Menéndez; Ofelia Jiménez Ballesteros; Diego García Lázaro; María Hernández Granado; Ana Mª Domínguez López; Paula Prieto Madroño; Melany Navas Casado
CONDECORACIONES
Entrega de la Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía de Castilla y León
Entrega de la Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía de Castilla y León
a Jesús Verdugo Alonso
a Antonio García Quintana Pérez
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ENTREGA DE LAS MEDALLAS DE 25 Y 50 AÑOS
Arriba: Entrega de las medallas de 25 y 50 años. Izquierda: Coro ‘Alterum cor’
HOMENAJE A BLANCA MONTES Y TOMA DE POSESIÓN DE LA NUEVA SECRETARIA
Pedro y Marta, marido e hija de Blanca recogiendo la placa conmemorativa que el Colegio les entregó en su memoria
En recuerdo de nuestra compañera y amiga Blanca Montes: “Cada vez que sonriamos Toma de posesión del cargo de Secretaria por parte de Cristina Miguélez Sanz
nos acordaremos de ti, querida Blanca, porque siempre te recordamos sonriendo”
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FIESTA NAVIDEÑA EN EL SALÓN DE LOS ESPEJOS DEL TEATRO CALDERÓN
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ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Pedro Aranzadi y
Antonio María Fernández
Marta Gutiérrez,
Navares y Carlos Rodrí-
ganadores de la
guez-Monsalve Garrigos,
Legua Legal
ganadores del torneo de golf del ICAVA
Nuestros compañeros del nuevo equipo de fútbol ICAVA, que compite en la Liga de fútbol 7 de empresas de la Fundación Eusebio Sacristán, de tercera división. Campeones del torneo de la Guardia Civil en los campos de la Victoria
SOLIDARIDAD COLEGIAL
Colaboración con el Banco de Alimentos de Valladolid
Árbol solidario en favor de la asociación ‘We can be heroes’ contra el cáncer
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Jerusalén,
la ciudad santa
Vista panorámica de Jerusalen
Por Mónica Vielba Serrano, abogada Es considerada el lugar más sagrado del mundo, ciudad santa y el centro espiritual de las tres religiones monoteístas más importantes: cristianismo, judaísmo e islamismo. Para los cristianos, Jerusalén es la ciudad donde murió Jesucristo, para los musulmanes es el lugar donde el profeta Mahoma subió al cielo y para los judíos, el lugar donde Salomón construyó su primer templo sobre el altar del rey David. Millones de peregrinos acuden al año a la ciudad vieja amurallada, que ocupa una extensión de un kilómetro cuadrado, para
rezar en cada uno de los lugares relacionados con su fe. Es imprescindible explorar y perderse por las callejuelas de sus cuatro barrios (cristiano, musulmán, judío y armenio). Tan distintos entre sí y tan fascinantes a la vez. En el barrio cristiano, justo donde termina la Vía Dolorosa, que es el recorrido que hizo Jesús portando la cruz hasta el Calvario, es donde se encuentra situada la iglesia del Santo Sepulcro, construida en el interior de la roca del Monte Gólgota. Es el lugar donde, según las escrituras, tuvo lugar la crucifixión,
muerte y resurrección de Jesús. Dentro se encuentra el sepulcro de Jesús y la piedra donde fue ungido antes de ser sepultado. También alberga varias capillas, entre ellas destaca la de Santa Helena, una pequeña iglesia armenia con un precioso mosaico bizantino. Este lugar es un auténtico santuario de peregrinación. Está custodiado por los católicos, griegos ortodoxos y armenios ortodoxos. La explanada de las mezquitas, una plaza elevada en el extremo sureste de la ciudad vieja, es donde se emplazan dos de los
IMPRESCINDIBLE: El Muro de las Lamentaciones El Muro de las Lamentaciones es el lugar de oración más sagrado del judaísmo. Para acceder a él hay que pasar primero por un control de seguridad y vestir con recato. El ambiente es fascinante: frente al muro los fieles recitan la Torá, colocan sus manos sobre las piedras con 2.000 años de antigüedad y rezan sus oraciones. La zona frente al muro hoy funciona como una gran sinagoga al aire libre. Está abierto a cualquier persona y todos los días del año. Aparece dividido en dos partes, una pequeña zona al sur para las mujeres donde rezan en silencio y separadas, y una sección mucho mayor al norte para los hombres, el único requisito obligatorio para ellos es llevar la kipá en la cabeza (gorro ritual en forma de cúpula que sirve para cubrir la cabeza). Es curioso ver como judíos ortodoxos vestidos de negro con sus tirabuzones inclinan la cabeza para rezar y de vez en cuando tocan el muro y lo besan. Los viernes a la puesta de sol, una multitud celebra la llegada del sabbat. La ciudad se paraliza. Este día es un buen momento para la visita, pues el lugar está muy animado con familias enteras que cantan y bailan ebrios de fe. Es uno de los rincones más místicos y especiales que existen. Impresionante.
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Mercado de Mahane Yehuda
Iglesia del Santo Sepulcro
edificios más sagrados del islam. La cúpula de la Roca es un lugar de culto y oración donde, según la tradición, Abraham estuvo a punto de sacrificar a su hijo Isaac. Su cúpula dorada es uno de los lugares más representativos de la ciudad. En el mismo recinto se encuentra la mezquita de Al-Aqsa, la más grande de Jerusalén, que puede albergar a 5.000 personas. Para los musulmanes este es el tercer lugar sagrado más importante de su religión después de la Meca y Medina. Pasear en silencio por este lugar cargado de historia es un auténtico placer para los sentidos. Fuera de las murallas es visita obligada el monte de los Olivos, desde allí hay una panorámica espectacular del Jerusalén antiguo. Un lugar ineludible es el huerto de Getsemaní, con decenas de olivos centenarios, contiguo a la iglesia de Todas las Naciones donde se encuentra la Roca de la Agonía. Allí también se encuentra ubicada la iglesia de la Ascensión y el sepulcro de la Virgen María, una sencilla cripta subterránea, un lugar mágico pues está iluminado solamente con lámparas de aceite. El monte Sión es una colina situada al sur este de la ciudad vieja, que según las escrituras, se encuentra ubicado el
cenáculo, que es el lugar donde Jesús y sus discípulos celebraron la última cena. Hay un pequeño oratorio que señala el sitio donde, según la creencia judía, está enterrado el rey David. No hay que perderse el Museo de Israel, que alberga tesoros culturales que abarcan más de 5.000 años de antigüedad, ni el Museo de la Historia del Holocausto, ubicado en un paraje idílico, que consta de nueve galerías subterráneas unidas por un pabellón, donde se relatan los sucesos que condujeron al Holocausto, así como la historia del antisemitismo en Europa. Es imprescindible perderse por el mercado de Mahane Yehuda, los puestos están llenos de grandes piezas de halva (turrón de pasta de sésamo), encurtidos, pastas, semillas, especias y prácticamente cualquier cosa que pueda cultivarse en la zona. De noche, cuando cierran las tiendas, se trasforma en una zona de restaurantes y bares donde se puede disfrutar de su fantástico ambiente. Por todo ello, Jerusalén es una ciudad única que ofrece una experiencia sensorial y espiritual inigualable, donde es necesario visitar cada una de las iglesias, mezquitas y sinagogas.
¿SABÍAS QUE...? • La ciudad vieja tiene más de 2.000 sitios arqueológicos importantes • La longitud de la muralla que rodea la ciudad vieja es de 4,8 kilómetros, con siete puertas y más de 30 torres. • Según la Biblia, Jerusalén ha sido destruido dos veces, asediada 23, atacada 52, y capturada y recapturada 44 veces. • En el Monte de los Olivos se estima que hay alrededor de 150.000 tumbas judías que datan de varios siglos atrás. El cementerio Har Hazitim es el más antiguo del mundo. • La piedra más grande del Muro de las Lamentaciones tiene un peso de 400 toneladas. • Entre la población de Jerusalén destacan un 37 % de árabes y un 61 % de judíos. • El sabbat, el día sagrado para los judíos, dura desde el atardecer del viernes hasta la noche del sábado y no admite ningún tipo de trabajo, solo leer y rezar. • La mayoría de los judíos ortodoxos consagran su vida a los estudios religiosos. Son las mujeres las que trabajan y mantienen a la familia. La media de hijos es de siete por pareja. • Aunque oficialmente la capital de Israel es Tel Aviv, Jerusalén es donde se encuentra el parlamento, los juzgados, la vivienda del presidente y la del primer ministro. • Israel es el único país que ha revivido un idioma muerto, haciendo del hebreo uno de sus dos idiomas oficiales (el otro es el árabe). • Israel es el único país en el que el servicio militar es obligatorio para hombres y mujeres. • Israel tiene más museos, índice de lectura y publicación de libros per cápita que cualquier otro país en el mundo.
Judíos ortodoxos
Mezquita de la Roca
Lo mejor: En Jerusalén puedes experimentar como conviven tres religiones y tres culturas diferentes, lo que hace que sea una de las ciudades más fascinantes del mundo. Lo peor: La enorme cantidad de policías y militares armados que patrullan la ciudad.
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Jerónimo Gallego. Reportaje gráfico: Nacho Gallego
JERÓNIMO GALLEGO, ABOGADO Y ESCRITOR
“No hay nada que enmohezca como la pluma” Con 94 años de edad presenta su segundo libro, Consejo de guerra en tiempo de paz, un recopilatorio de historias basadas en hechos reales vividos por el escritor Por Piluca Burgos, periodista “Mi madre me metió la idea de escribir con cuatro años. Me decía: escribe seguido, porque no hay nada que enmohezca como la pluma”, y Jerónimo Gallego siguió los consejos de su progenitora a pies juntillas hasta conseguir que aquellos deberes que le ponía “para mejorar la expresión” tornaran en dos publicaciones narrativas que hoy leen sus biznietos.
Con 94 años su amor por las letras no se ha desvanecido, al igual que su vocación por la abogacía y su costumbre de disfrutar de unos churros del Toledo —quizá estos churros sean “el secreto” de la cordura y agilidad mental que demuestra, asegura uno de sus nietos con socarronería—. Jerónimo Gallego le profesaba una admiración superlativa a su madre y, aunque siempre quiso ser abogado
y asegura no saber por qué —en su familia no había ningún letrado—, estudió Magisterio para ser profesor, como ella. Pero nada más terminar la carrera empezó Derecho. “Yo tenía idealizada la profesión. Para mí ser abogado era ser un hombre justo”, explica con la ilusión intacta, y continúa: “Yo tenía el sentido de la justicia tan arraigado que he sufrido enormemente cuando la realidad de
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la vida me ha demostrado que a veces no se hace justicia”. Eso sí, asegura haber “encapsulado” el principio fundamental para ejercer la abogacía: “Mantener el ideal de la justicia por encima de todo”. “He rechazado asuntos porque no me parecían decentes, y he colaborado con mucho tiempo y trabajo en lo que consideraba causas justas, a sabiendas de que no me iban a provocar ni sosiego ni dinero”, cuenta orgulloso, al tiempo que confiesa que es “uno de los últimos románticos de esta profesión”. Sueños logrados Gallego, con 23 años, vivía de su sueldo como periodista en el Diario Regional, pero decidió invertir el poco tiempo que le sobraba en montar un despacho en la sala donde su padre impartía clases. Sus primeras clientas fueron unas “prostitutillas” que, al contrario de ruborizar a su padre, provocaron tal ilusión en él que no perdió un segundo en ir a buscar a su hijo hasta el Cine Coca para anunciarle que tenía unas clientas. “Lo qué corrí de vuelta a casa y lo que tuve que disimular después mi desazón para no parecer un novato…”, cuenta entre risas. Al poco tiempo se casó y montó el despacho en casa, pero las facturas todavía las pagaba el periodismo. “Todos tenemos sueños que imaginas despierto al acostarte, y llegar a ser abogado era el mío”, explica satisfecho este idealista nonagenario que,
aunque mantiene que para llegar a ser un buen profesional hay que “invertir mucho trabajo y esfuerzo”, admite que, con el paso de los años, alguna de sus líneas rojas se ha difuminado. “Estaba convencido de que un abogado debía vestirse de una manera determinada por el hecho de serlo y ahora no le doy la importancia de entonces”, relata, y admite que con el divorcio le ha pasado algo parecido. Con los años, Gallego se hizo más que
“El gran problema pendiente en el derecho de familia español es la guarda y custodia de los hijos y de la relación con los padres” un hueco entre la abogacía y ejerció como letrado rotal de la Iglesia, donde llevó centenares de causas canónicas. “Me he dedicado al derecho de familia primero por devoción y luego por afición”, asume. Hasta 1981 no había más matrimonio que el religioso y para no celebrar la unión canónica “casi había que hacer una declaración de apostasía”, lo que provocaba que la mayoría de las parejas optasen por la Iglesia. En aquella época —en palabras de Gallego—, el divorcio se vivió
como “una desintegración de la familia”, como la llegada de “un dragón galopando frente a la familia cristiana”. “Yo tenía una raíz religiosa muy fuerte y no lo podía interpretar de otro modo”, recalca, pero confiesa que ahora lo ve como “una solución absolutamente necesaria en muchas ocasiones”. No obstante, al momento insiste: “Está claro que el divorcio es un traumatismo que trae consecuencias sobre seres inocentes, que son los hijos. El gran problema pendiente en el derecho de familia español es la guarda y custodia de los hijos y de la relación con los padres”, sentencia. Publicidad de corista La sociedad evoluciona y la abogacía también. Con más de setenta años de acervo profesional, Gallego asegura que la profesión ha sufrido importantes cambios, pero que ninguno le ruboriza tanto como la publicidad de algunos despachos. “Cuando publicaba artículos sobre derecho en el periódico y ponía debajo: Jerónimo Gallego, abogado; llegaba el Colegio con su puritanismo y me advertía de que eso era publicidad. Yo obedientemente lo quitaba”, narra, y al instante reflexiona: “Pues nos hemos pasado al otro extremo, porque hoy en día existe una publicidad casi de corista por parte de algunos abogados. Es más, alguna de ellas me ha producido auténtico bochorno”. En cambio, hay otras cosas que con el paso de los años parecen no variar: la
Jerónimo Gallego y el abogado José María Tejerina en la presentación del libro
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mirada “ignorante” de la sociedad hacia determinados casos que defienden los abogados. “No todas las defensas se aceptan —señala—, pero la justicia se sustenta en el equilibrio de fuerzas”. “Si no hubiera fiscal no tendríamos que defender a un señor porque nadie le atacaría. En principio, un fiscal tiene más medios que un abogado y le va a poner en la peor situación con su acusación. El defensor debe hacer su trabajo, porque una vez que las fuerzas están equiparadas, el juego es limpio”, sintetiza. Eso sí, advierte con firmeza de que “como condición sine qua non nunca puede salir condenado un inocente o un dudoso”. “Si para salir absuelto mi defendido tiene que entrar en prisión un inocente, mi defensa sería una aberración”, sostiene. Precisamente bajo la premisa de que “un abogado no debe coger un caso que va en contra de su convicción personal” giraba su primer libro, Abogado defensor, editado en 2010. Gallego escribió una “novelita” que narraba cómo un abogado que había
“La realidad de la vida me ha demostrado que a veces no se hace justicia”
cometido un asesinato en legítima defensa, termina, por circunstancias de la vida, defendiendo al hombre acusado de cometerlo. “El abogado dedica su vida y su trabajo a esta defensa, pero ve que se le va de las manos. Al final, en el juicio oral, el abogado defensor termina por confesar”, resume su autor sobre este libro que pretende “demostrar que, a veces, por más que le buscas el camino a la justicia, no lo hay”. El pasado mes de septiembre, Jerónimo Gallego presentó su segundo libro, Consejo de guerra en tiempo de paz, que recopila varias de aquellas historias que escribía para mejorar la expresión y no dejar enmohecer la pluma. “Todas están basadas en hechos
Antes de que la memoria de don Jerónimo Gallego le sea infiel Anastasio Fernández, alcalde de Cortina del Valle; el opositor Sinforoso Pérez; Ramiro y su amada Eloísa; Ezequías Maroto sentado en el banquillo de los acusados y su famoso abogado Joaquín Alcañiz, y otros tantos son los protagonistas de los relatos del libro Consejo de guerra en tiempos de paz, de Jerónimo Gallego. A lo largo de ellos aparecen esos personajes que han resistido al olvido propio del inevitable y cruel paso del tiempo, aferrándose con fuerza a la memoria de su autor. Todos ellos ecos de episodios de los que fue testigo, el autor ha decidido finalmente liberarlos de tan largo cautiverio apelando, como dice, a la fidelidad de su memoria, para transportarnos a escenarios del siglo pasado, que muchos de los lectores ya no reconocen. Cada relato es una pildorita, una ventana que se abre para que el lector observe al asomarse, en
Jurídicamente incorrecto
blanco y negro, una escena inicialmente anodina a la que sorprende algún acontecimiento extraordinario que atrapa nuestra atención enredándonos en su curso hasta alcanzar su desenlace. Con un lenguaje propio de quien ha desarrollado su carrera profesional en la abogacía durante más de seis décadas, el texto expresa la seriedad propia del destinado esencialmente al foro, pero con un toque elegante de humor ácido que, además de divertirnos, atrae aquella melancolía compasiva suscitada por lo que nunca volverá, por el recuerdo de lo que en su día fuimos. Escrito no solo con la pluma de quien que ha vivido rica e intensamente sino también con la del que aún lo puede contar antes de que su memoria le traicione, Jerónimo Gallego nos invita a navegar con él por esta singladura amable a través de sus recuerdos.
reales. Yo he dado la mano al protagonista y los personajes de cada relato”, explica Gallego, quien recuerda al instante una de ellas: “Cuando acabé Derecho me compré un programa de judicatura para presentarme a unas oposiciones y estuve un mes estudiando intensamente. Cuando calculé lo que podía hacer en un año, pensé que no era mi camino”, cuenta todavía con estupor. Con las ideas ya claras de hacia dónde quería encaminar su profesión, aprovechó aquel momento para escribir un cuentecillo que recoge su último libro bajo el título ‘El último fracaso’, donde un opositor retiene durante casi treinta horas al tribunal simulando tener una pistola. Un total de diez historias amasadas a lo largo de toda una vida a la sombra de las letras, bien para plasmarlas en un periódico o bien en un escrito jurídico. Gallego no olvida el consejo que le dio su madre y escribe todas las tardes. Su próxima novela ya está en su mente: el robo a la caja fuerte del Banco Castellano, ocurrido en 1964 en Valladolid.