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Revista 'Urbis Noticias' n.º 122

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José Manuel Casañ

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Publica

Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana

Dirección

Amadeo García Zahonero

Edición

Quintín Ruiz Díaz

Consejo de Redacción

Juan Carlos Clement Ardila, María José Valero Vicent, Ana Carmen Olaso Pérez y Fermín Valero Moreno

Diseño y maquetación

Josep Medina Torres

Administración

Sede del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana

Plaza Crespins, 3

46003 Valencia

Teléfono: 96 315 31 32

Publicidad y artículos

E-mail: prensa@cafv.es

Teléfono: 96 315 31 32

Móvil: 669 76 69 19

Impresión

Logik Graphics

Esta publicación se distribuye gratuitamente entre los administradores de fincas colegiados de la Comunitat Valenciana, así como entre entidades y profesionales relacionados con los mismos.

La Dirección de la revista y el Consejo de Redacción no se responsabilizan de los artículos u opiniones expresadas en estas páginas por sus colaboradores.

ISSN: 2341-0191

Depósito Legal: V-1272-1997

Durante décadas hemos pensado que la tecnología nos ayudaría a trabajar menos. Cada nueva herramienta prometía lo mismo: procesos más rápidos, gestiones más simples, comunicaciones más ágiles.

Pero la realidad suele ser otra.

Ya en el siglo XIX, el economista William Stanley Jevons observó una curiosa paradoja: cuando una herramienta nos permite trabajar más rápido, rara vez terminamos trabajando menos. Lo que ocurre, en realidad, es que terminamos haciendo más trabajo.

Es una paradoja que hoy cobra más sentido que nunca.

La inteligencia artificial (IA) está empezando a entrar en los despachos profesionales. Permite redactar comunicaciones con más claridad, resumir actas largas, preparar circulares, ordenar información o responder consultas con mayor rapidez. En términos de productividad, es una herramienta extraordinaria. Pero conviene hacerse una pregunta: ¿qué haremos con el tiempo que ganemos?

La experiencia nos dice que no lo dedicaremos necesariamente a trabajar menos. Lo más probable es que ese tiempo se llene con más gestión, más consultas, más comunidades, más información que procesar. Cuando algo se vuelve más eficiente, también se vuelve más frecuente.

LaIApuedeayudarnosaredactarcirculares,resumiractas,organizar información o responder consultas con mayor rapidez. Sin duda, es una herramienta extraordinaria que mejorará la productividad de muchos despachos.

¿Qué ocurrirá con el tiempo que aparentemente vamos a ganar? Probablemente no trabajaremos menos. Posiblemente ocurra justo lo contrario: más eficiencia generará también más actividad, más atención, más frentes que abarcar.

Por eso, el verdadero desafío no será solo aprender a usar estas nuevas herramientas. El verdadero reto será saber gestionar la eficienciaenunbeneficiorealparanosotros.Porquelaeficaciamalentendida puede convertirse en una trampa silenciosa: más rapidez, más capacidad… y una agenda que nunca termina.

Sin duda, estamos viviendo una etapa de transición tecnológica en nuestra profesión muy ilusionante, pero no solo vamos a tener queformarnosenesasnuevasherramientas,tambiénseránecesario que esas herramientas no nos terminen de convertir en sus servidores. Y, para eso, también hace falta formación.

Os comunicamos que ya estamos preparando la próxima edición del Curso Francisco Brotons, que este año se celebrará los días 23y24deoctubreenlaciudaddeValencia.Buenaprimaveraatodos.

SUMARIO

Editorial..............................................................................................................

Tribuna................................................................................................................

Actualidad........................................................................................................

VII Premio Especialı́ssim

Cuando compartir visión también es avanzar como profesión. Reflexiones tras la Jornada Manuel Roberto. M.ª José Valero

Del certificado al criterio profesional. El reto energético que interpela a la administración de fincas. M.ª José Valero

Entrevista a Salvador Lara, decano del Colegio de Arquitectos de la Comunitat Valenciana

Confesiones de un administrador sin oficina (y por qué quizá tú también deberías romper el papel). Alfonso G. Martínez

Confianza, profesión y liderazgo femenino en la administración de fincas. Eva Llorens

Ciberseguridad en la administración de fincas: un riesgo creciente que ya es una realidad. Eduardo Gil

Estación de recarga en aparcamientos: un problema comunitario. José Luis Mur

Lucentum.........................................................................................................

VI Curso de Oficial Habilitado e Iniciación a la Administración de Fincas

Curso de Mediación

El precio de la vivienda en TeleElx

Seminario de la Unión Profesional de Alicante (UPA)

Valentia

Academia de Formación de Empleados de Despachos de Administración de Fincas. Sebastián Cucala

Hasta siempre, amigos. Rafael Peguero

VERI*FACTU. Saida Mañas

Conocer el seguro. Josep Sarrión

Cuando la inteligencia artificial llama a la puerta de la comunidad. Luis López

Superpymes para Administradores de Fincas: cuando la formación empresarial seadapta a la realidad del administrador de fincas. Mateo Ibáñez

Cuando las incidencias te desbordan. Ronny Presente

Nueva app del Colegio

Castillion

Formación en inteligencia artificial

Aniversario de Castellón Plaza

Asesoría Jurídica........................................................................................

La protección jurídica frente a la contaminación acústica en el ámbito domiciliario. M.ª Dolores Delgado de Molina

El plazo de ejercicio de la acción para reclamar la reparación de filtraciones. Víctor Puig

Cuando un grupo de propietarios quiere convocar una junta, ¿puede convocarla directamente o antes tiene que pedir al presidente que convoque?

Fernando Lerma

Información

En imágenes

Convenios

↑ Mercedes Aznar

Lanecesidaddecaptartalentoy,sobretodo,deretenerlo abarca actualmente todas las capas de la sociedad. Evidentemente, los colegios de administradores de fincas no son una excepción, puesto que también necesitan profesionales que combinen conocimientos especializados, competencias digitales y, muy importante, habilidades interpersonales, requisito indispensable para los profesionales colegiados, pero también en otras áreas que requieren de un talento adecuado al puesto a cubrir como puedan ser comunicación y marketing, legislación y normativa, pero también, personal de apoyo administrativo.

Como en todos los sectores, existe una demanda de profesionalización del sector con el objetivo de ofrecer serviciosdecalidad,siempreadaptadosalacomplejidadcambiantedelanormativaenvigor.Esporelloporloqueseimpulsa la necesidad de contar con personal cualificado, algo que, en ocasiones, es difícil de encontrar.

EnelcasodelosadministradoresdefincasenValencia y Castellón, existe una necesidad de contratación debido a lademanda de profesionales cualificados y especializadosen todas las áreas de gestión de los despachos. Por ese motivo, el Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón y Florida Universitària llevan años colaborando en el desarrollo de formación especialista que ayude a una capacitación continua de sus profesionales.

Por otro lado, se ha evidenciado una necesidad de talentoenlagestiónadministrativadelosdespachos.Lacontratación de alumnado en prácticas no termina siendo la mejor opción porque provienen de titulaciones generalistas, no conocen realmente lo que es un despacho de administración de fincas y, en muchos casos, acaban buscando otra posibilidad de empleo.

Por ello, se lanza conjuntamente el Curso Especialista en Gestión Administrativa para Administraciones de Fincas para preparar técnicamente al personal de apoyo administrativo.Elpropósitodeestaformaciónesqueelalum-

nado adquiera conocimientos de gestión aplicados a la administracióndefincas,que,finalmente,podránimplementar en un período de prácticas. Cabe destacar que el alumnado que demuestre capacidades y talento para desarrollar esta actividad laboral podrá ser contratado a continuación. Tanto el Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón como Florida Universitària están volcados en una empleabilidad de talento con calidad.

EsteprogramaestádestinadoatituladosdeGradoMediodeGestiónAdministrativayGradoSuperiordeAdministración y Finanzas que deseen acceder a este sector laboralmente. Por ello, los módulos que se trabajarán a lo largo delcurso,yqueseimpartiránenlasededelColegio,sonlos siguientes:

1. Introducciónalaprofesiónyestructuradeundespacho

2. Plataformas profesionales (Fynkus, GESFINCAS.NET e IDS Fincasplus)

3. Gestión de incidencias y relación con proveedores

4. Atención al cliente profesional

5. Herramientas digitales del día a día

6. Preparación para el empleo y bolsa de trabajo

7. Prácticas profesionales

Es, sin duda, una oportunidad muy valiosa para que el alumnado joven pueda acceder al mercado laboral en condiciones óptimas dentro de un sector profesional con una alta demanda de empleo. Un objetivo que es siempre la base primordial del modelo educativo desarrollado en Florida Universitària.

ACTUALIDAD PREMIO ESPECIALÍSSIM

↑ Las Falleras Mayores de Valencia presideron el acto
↑ Asistentes ↑ José Manuel Casañ, premio Especialı́ssim 2026

La ciudad de Valencia vivió una emotiva tarde con motivodelaentregadelPremioEspecialíssim2026,unacita que,ensuséptimaedición,sehaconsolidadocomounode los actos culturales previos a las Fallas.

El evento reunió a numerosas autoridades y representantes institucionales. Entre los asistentes se encontraban la consellera de Justicia, Nuria Martínez; la teniente de alcalde del Ayuntamiento de València, María José Ferrer; el concejal de Cultura, José Luis Moreno; el teniente coronel de la Delegación de Defensa en la Comunitat Valenciana, Ángel García; así como representantes de Unión Profesional de Valencia y de distintos colegios profesionales.

El galardón, impulsado por el Colegio de Administradores de Fincas de ValenciaCastellón junto a la Federación de Fallas de Sección Especial, distingue cada año a un valenciano ilustre cuya trayectoria haya destacado en ámbitos como las artes, las ciencias o el deporte. La ceremonia, celebrada tradicionalmente en la sede colegial, cuenta con la presencia de las Falleras Mayores de Valencia, que presiden el acto y hacen entrega del reconocimiento.

En esta edición, el jurado decidió por unanimidad conceder el premio al músico y compositor valenciano José Manuel Casañ, en reconocimiento a sus más de cuatro décadas de trayectoria vinculada a la música.

El Premio Especialíssim, creado en 2020, ha distinguidoenanterioresedicionesadestacadaspersonalidadesdel panorama valenciano como el prestigioso bioquímico Santiago Grisolía (2020), la oncóloga e investigadora Ana Lluch (2021), el campeón paralímpico Ricardo Ten (2022), la cantanteycompositoraSoledadGiménez(2023),lapirotécnica Reyes Martí (2024) y el escritor Santiago Posteguillo (2025).

Además del reconocimiento institucional, el galardón incluye una dotación económica de 1.000 euros destinada aunainiciativasolidaria.Enestaocasión,Casañdecidiódo-

nar la cuantía a Cáritas Benetússer, en agradecimiento por la labor de ayuda y asistencia prestada a los vecinos tras los efectos de la reciente dana.

Un gesto que refuerza el carácter solidario de un premio que, edición tras edición, rinde homenaje al talento valencianoyasucompromisoconlasociedad.Elactoconcluyó con un vino de honor compartido por autoridades, falleras, invitados y patrocinadores como Caixa Popular, Visalia y Ascensores Domingo.

↑ Junta de Gobierno del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón con las Falleras Mayores de Valencia
↑ Juan Escrivá y Pere Borrego fueron los mantenedores

CUANDO COMPARTIR VISIÓN

TAMBIÉN ES AVANZAR COMO PROFESIÓN.

REFLEXIONES TRAS LA JORNADA MANUEL ROBERTO

El pasado 13 de marzo, en Madrid, tuvimos la oportunidad de participar en una jornada impulsada por Manuel Roberto dirigida a juntas de gobierno de colegios de administradores de f incas de toda España. Más allá del formatoodelcontenidoconcreto,lajornadadejóunaideaclara: la profesión necesita, hoy más que nunca, espacios de reflexión compartida y visión estratégica.

Los colegios profesionales desempeñamos un papel quevamuchomásalládelagestiónordinariaodelcumplimiento normativo. Somos, o deberíamos ser, agentes activosdeevolucióndelaprofesión,capacesdeanticiparnos,de generar criterio y de acompañar a nuestros colegiados en un entorno cada vez más exigente, complejo y cambiante.

En ese contexto, encuentros como este tienen un valor especial. No tanto por ofrecer respuestas cerradas, sino por plantearlaspreguntasadecuadas:¿quétipodeprofesionales queremos contribuir a formar?, ¿cómo ayudamos a que losdespachosseansosteniblesycompetitivos?,¿quépapel deben jugar los colegios en el desarrollo empresarial y humano de los administradores de fincas? Y de la mano de Irene Gil, vicepresidenta 3.ª del colegio de Cádiz y directora de la Comisión de Formación del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE),

hanvenidoairesnuevos,permitiendounosespaciosdediálogo y reflexión muy enriquecedores.

Desde el Consejo General de Colegios de AdministradoresdeFincasdelaComunitatValenciana,llevamostiempo convencidos de que la excelencia técnica, siendo imprescindible, ya no es suficiente. El administrador de fincas de hoy necesita también capacidad de gestión, liderazgo, visión económica, habilidades de comunicación y toma de decisiones, y esto mismo es aplicable a las juntas de gobierno de los diferentes colegios. Porque el colegio ya no es un lugar donde los colegiados deben acudir por obligación acolegiarse,sinoqueselesexigeproactividad,unaentidad de derecho público que les aporte valor.

Escuchar antes de diseñar, adaptar antes de impartir y aplicar antes de acumular contenidos.

La jornada celebrada en Madrid, sobre todo en su segundaparte,conectóprecisamenteconestaideadefondo: compartir experiencias entre colegios, contrastar enfoques yaprenderunosdeotrosesunadelaspalancasmáspotentes para fortalecer el conjunto de la profesión. No se trata de replicar modelos sin más, sino de construir una visión común desde la diversidad territorial y organizativa.

El futuro de los colegios de administradores de fincas pasa, en gran medida, por reforzar su papel como acompañantes estratégicos del colegiado, ayudándole no solo a cumplir, sino a crecer; no solo a resolver, sino a anticiparse; nosoloaejercer,sinoaliderarsupropioproyectoprofesional.

En este camino, jornadas como la impulsada y que llevan el nombre de un presidente (Manuel Roberto), con una visión y amor por esta profesión, son una invitación clara a seguir avanzando desde la colaboración, la reflexión y el compromisocompartido.Porquecuandoloscolegioscomparten visión, la profesión en su conjunto da un paso adelante. Creyendo y creciendo en esta certeza seremos capaces de ofrecer los mejores servicios colegiales.

María José Valero i Vicent

Secretaria técnica del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana

↑ Miembros de la Junta de Gobierno de Alicante
↑ La Junta de Gobierno de Valencia-Castellón en Madrid

DEL CERTIFICADO AL CRITERIO PROFESIONAL.

EL RETO ENERGÉTICO QUE INTERPELA A LA ADMINISTRACIÓN DE FINCAS

↑ Durante la jornada del IVE

Jornada sobre ahorro energético y pasaporte de edificios

Noqueremosqueesteartículoseaunacrónicamásde una jornada celebrada el pasado 12 de marzo para hablar delcertificadodeahorroenergéticoydelpasaportedeedificios. Porque hablar hoy de ahorro energético y de pasaporte de edificios no es hablar de documentos, ni de trámites, ni siquiera únicamente de normativa. Es hablar de un cambio de paradigma que afecta de lleno a la forma en que se gestionan los edificios y, por extensión, a la propia función del administrador de fincas.

Desde esta perspectiva se plantean también las tres acciones formativas previstas para 2026 dentro del proyecto One Click Reno (OCR): no como sesiones aisladas, sino comopartedeunareflexiónmásampliasobrehaciadónde avanza la profesión y qué papel quiere ocupar en este nuevo escenario.

La creciente presión normativa que soportan las comunidades de propietarios —y, por ende, los administradores de fincas— es evidente. Más normativa, más obligaciones, más responsabilidades. Una realidad que, en ocasiones,puederesultaragobiante,inclusoasfixiante.Perotam-

biénesciertoquelosretosylasdificultadespueden—ydeben— entenderse como oportunidades: oportunidades para mejorar, para especializarse, para abrir nuevas líneas de negocio y, sobre todo, para consolidarse como el profesional de cabecera del que ninguna comunidad puede prescindir.

Esto es especialmente evidente en materia de sostenibilidad, eficiencia energética y rehabilitación del parque edificado.Unámbitoqueduranteañosfuepercibidocomo técnicooaccesorioyquehoysehaconvertidoenunacuestiónestratégica.Yanosetratasolodecumplir,sinodeanticipar, planificar y acompañar.

En este contexto se enmarca la jornada celebrada el pasado mes de marzo, una sesión que sirvió para constatar una realidad compartida: el debate energético ha dejado de ser una cuestión de futuro para convertirse en una exigencia del presente. Ha venido para quedarse. Y la pregunta que debemos hacernos como colectivo profesional es clara:¿vamosaliderarloovamosadejarqueotroslohagan por nosotros?

De la obligación normativa a la toma de decisiones

Duranteaños,elcertificadoenergéticohasidopercibido, en muchos casos, como un requisito formal: necesario para determinadas operaciones, pero con escaso recorrido práctico en la vida diaria de las comunidades. Sin embargo, el escenario ha cambiado.

Hoy, la información energética de un edificio es una herramienta de decisión. Permite identificar carencias, priorizar inversiones, acceder a ayudas y, sobre todo, explicar a los propietarios por qué determinadas actuaciones ya no son opcionales, sino necesarias. El verdadero valor del certificado no reside solo en su emisión, sino en su lectura profesional y en su correcta contextualización.

Esaquídondelafiguradeladministradordefincasadquiereunadimensiónrenovada:nocomotécnicoenergético, sino como intérprete, mediador y facilitador entre la informacióntécnica,lanormativaylarealidadsocialyeconómica de cada comunidad.

El pasaporte de edificios: pensar a medio y largo plazo

Si el Certificado de Eficiencia Energética (EPC), aporta una fotografía del estado actual, el Certificado de Ahorro Energético (CAE), una alternativa para reducir los costes de la inversión en renovación; el Pasaporte de Renovación de Edificios (RP) introduce algo todavía más relevante: la planificación.

Frente a actuaciones aisladas, reactivas o condicionadas únicamente por la urgencia, el pasaporte propone una hoja de ruta, una visión progresiva y ordenada de la rehabilitación. Un enfoque especialmente valioso en un parque edificatorio envejecido, donde las comunidades necesitan certezas, tiempos y prioridades claras.

No se trata de hacerlo todo a la vez, sino de tener una estrategia:saberpordóndeempezaryhaciadóndeavanzar.

Desde esta perspectiva, el pasaporte de edificios no es solo un instrumento técnico, sino una oportunidad para profesionalizar aún más la gestión, reforzar la confianza de los propietarios y dotar de coherencia a las decisiones que se adoptan en junta.

El administrador de fincas como agente de cambio

Uno de los consensos más claros que se desprenden del debate es que la transición energética no se producirá únicamente desde la norma o la subvención. Requiere profesionales capaces de acompañar el cambio, de explicarlo,

de traducirlo y de hacerlo viable.

El administrador de fincas se encuentra en una posición privilegiada para asumir este papel. Conoce el edificio, conoce a los propietarios, conoce los tiempos reales de la toma de decisiones y realiza el seguimiento del mantenimiento y la conservación de la comunidad. Su intervención resulta clave para evitar bloqueos, generar confianza y transformar la obligación en oportunidad.

Formarse en estos ámbitos no es, por tanto, una opción complementaria,sinounainversióndirectaenelvalordela profesión.

Formación para anticipar, no solo para cumplir

Las próximas jornadas formativas están pensadas precisamente para ofrecer espacios que no se limiten a explicar qué exige la norma, sino que ayuden a comprender el porquéyelparaquédeestosinstrumentosy,especialmente,cómotrasladarlosalascomunidades.Nopara«meterlos por los ojos», sino para asesorar con criterio, rigor y responsabilidad.

El interés suscitado y el debate generado evidencian queelsectorestápreparadoparadarunpasomás,siempre que disponga de herramientas claras, criterios sólidos y acompañamiento profesional.

La combinación del plan estratégico que ofrecen los RP con las oportunidades que aportan los CAE permite al administrador de fincas plantear a las comunidades un modeloderehabilitacióndiferente:unmodeloenelqueno solo se cumple la normativa, se gana confort y se reduce el consumo —y, con ello, los costes—, sino en el que también se generan ingresos que facilitan abordar las reformas necesarias de forma progresiva y escalonada.

Desde el Colegio, la apuesta por este tipo de iniciativas responde precisamente a ese objetivo: no solo informar, sino posicionar al administrador de fincas como un actor imprescindibleenelprocesodemodernizaciónysostenibilidad del parque residencial.

Porque el reto energético no va de certificados.

Vadecriterio,planificaciónyresponsabilidadprofesional.

Al final de este artículo incorporamos el código QR facilitado por el IVE, para que podáis inscribir a aquellas comunidades —hasta un máximo de 100— a las que, como administradoresdefincas,queráisofrecerestavisiónestratégica de la conservación y la renovación de sus edificios.

M.ª José Valero i Vicent

Gerente del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

ENTREVISTA A SALVADOR LARA, DECANO DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA

Salvador Lara, elegido decano del Colegio de Arquitectos de la Comunitat Valenciana, habla sobre la profesión de arquitecto y su vinculación con la administración defincas,opinasobrelaspolíticasurbanísticasyreflexiona sobre el sector en un momento donde la mano de obra en la construcción escasea más que nunca.

Pregunta: ¿Cómo cree que percibe la sociedad valenciana la figura del arquitecto?

Respuesta:Lafuncióndelarquitectoesmuyamplia,es la profesión que se encarga de diseñar el hábitat para los ciudadanos.Elhábitatesunadelascosasmásbásicaspara laspersonas,deahíque,anivelsocial,elvalordelarquitecto sea tan relevante: se preocupa por hacer una arquitectura quecuida,quesana,quepermitealaspersonassermásfelices y vivir mejor.

P: ¿Cree que hoy en día se consigue esa función social de la arquitectura?

R: Desde el Colegio siempre estamos dispuestos a ayudar cuando se nos requiere. Entre los peritos judiciales, por ejemplo, hay muchos arquitectos. Este año, además, se ha demostrado más que nunca dentro del Plan Territorial de Emergencia para asistir a las más de 12.000 familias que han pedido una inspección de su vivienda para asegurar queestabanenunazonaseguratraslatragediadeladana. Hemos colaborado con el Instituto Valenciano de la Edificación para atender esa demanda social.

P: ¿Cómo ha sido esa labor del Colegio de Arquitectos tras la dana?

R: En la fase postemergencia, los arquitectos municipales han comenzado a tener reuniones para sintetizar so-

↑ Salvador Lara, decano COACV

luciones que debían implementarse en la zona afectada por la dana para que sea más difícil que vuelva a suceder. Han trabajado en silencio, en talleres, en grupos de trabajo para coordinar las acciones de los ayuntamientos… El Colegio les ha dado cobijo. Como decano, estoy muy satisfecho, porque nuestros colegiados han estado a la altura en el peor momento. De hecho, los voluntarios han recibido el Premio Arquitecto Lluís Comerón Graupera por su labor. Han actuado de técnicos y de acompañantes psicológicos. Ahora, como decía, falta completar esa labor y que se puedan sintetizar unas normas para un nuevo planeamiento urbanístico en la zona afectada. No se puede planificar igual que hasta ahora porque volverá a pasar lo mismo.

P: ¿Cómo se pueden articular esas propuestas?

R: Estamos ya en la fase de plantear propuestas claras y eficaces, pero desde nuestra posición nos toca pedir que secreelaplataformalegalquepermitallevarestascuestiones adelante porque ahora cada ayuntamiento tiene su propio planeamiento. Esa descoordinación ha hecho que en toda la zona del sur de Valencia se haya producido una conurbación que fue solidificando una banda paralela al mar y eso ha funcionado como un dique de contención. Hay que dejar aliviaderos. Este tipo de episodios pueden volveraocurrirydebemostrabajarconjuntamenteparareducir los daños y evitar la pérdida de vidas humanas.

Esa plataforma tiene que concretarse en modo de oficina metropolitana de planeamiento para la reconstrucción urbana. Pero esa oficina solo la puede impulsar la Administración y dotarla de normas de funcionamiento. En ella deberían trabajar conjuntamente arquitectos, ingenieros industriales, ingenieros agrónomos, de telecomunicaciones por los temas de avisos de emergencias a nivel metropolitano… Esa oficina es lo que tenemos como reivindicación más clara. Si no se crea, no podremos hacer nada.

P:Otrasdelascuestionesquepreocupanhoyendíaen la edificación es la falta de mano de obra para la construcción y reforma.

R:Losmotivossontantoestructuralescomosobrevenidos.Lacuestiónestructuralesquenohahabidoformación adecuada. Los estudiantes se han ido a la graduación universitaria y eso puede perjudicar a la calidad de la arquitectura porque es bueno que haya muchos arquitectos pero no lo es que no haya fontaneros, por ejemplo. Es un problema marco que no había existido hasta ahora. Los jóvenes tampoco quieren practicar este tipo de profesiones porque sondurasynosonatractivas.En2008,lascrisisinmobiliaria hizo que desaparecieran muchas pequeñas empresas, ha habido concentración en manos de fondos de inversión y grandes empresas. Esa concentración ha sido negativa y a eso se ha añadido, recientemente, el problema de la dana, puesahorahayunademandabrutaldepequeñosprofesionales. Están muy cotizados porque son pocos. Está pasandodetalmaneraquelasobrasseestánencareciendoentre un 22% y un 27% aquí en Valencia, y en España, no menos de un 12%.

P:Hablemosdeesepuntoencomúnquetienenlosarquitectos y los administradores de fincas: los edificios. ¿Cuál es la vida útil actual de un edificio?

R: Depende mucho de cómo se haya proyectado y de cómo se haya construido. Ni siquiera se puede decir que puedan perdurar más los edificios más caros, porque a veces las construcciones más baratas se realizan con técnicas tradicionales que están más consolidadas. Pero es cierto que cada vez hay más tendencia de construir con sistemas sostenibles, que duren más, que tengan menos mantenimiento. Y, sobre todo, ese componente activo de la calidad de la construcción cada vez es más frecuente y también son más frecuentes los controles de calidad de la edificación. Nos aseguramos de que los ensayos garantizan más la calidad del producto final. Un ejemplo de buenas prácticaseselproyectoquehaganadoelnuevopremiodelColegiodeArquitectosparaedificiosquemejormantenimiento hayan hecho. Este año se ha otorgado a la Avenida Cataluña 1 y 3, en Valencia. En este edificio, con la colaboración de su administrador, aplicaron un sistema de revestimiento superficialqueañadíaresistenciatérmicaalavezquerenovaban toda la fachada.

P: ¿Qué importancia tiene para los arquitectos la existencia de un colegio profesional?

R:Elcolegioprofesionaltieneunadoblefunción:laclásica de constituirse como lugar de encuentro, compartir experiencias, que es la idea antigua del gremio, y la segunda función es constituirse como grupo social y profesional portador de una labor social que se nos reconoce con una legislación que también nos obliga a ejercerla. Nosotros reclamamos tener esa labor social, así como los canales para poder ejercerla adecuadamente.

P: ¿Cuántos arquitectos colegiados hay en la Comunitat Valenciana?

R: En estos momentos, entre 6.100 y 6.200 aunque hay algunos jubilados y otros con poca actividad. Ejercientes, actualmente, unos 5.200.

P: ¿En qué intervenciones actúa el arquitecto de manera conjunta con el administrador de fincas?

R: Mejoras de las viviendas, de las zonas comunes, facilitar accesibilidad, comunicaciones del edificio, telecomunicaciones, medidas de protección contra incendios… y también en cuestiones de ornato público.

P: ¿Cuántos arquitectos contemplan la administración de fincas como salida profesional?

R:Haydemanda.ElColegiodeMadrid,porejemplo,tiene un curso de especialización de administrador de fincas para arquitectos. Es una salida que es bastante interesante porque es verdad que hay muchos arquitectos y esta salida profesional es buena y también bonita. En Valencia vamos a hablar con el Colegio de Administradores de Fincas para poder impartir ese curso de especialización. Nos llevamos muy bien los dos colegios y sería una buena iniciativa.

CONFESIONES DE UN ADMINISTRADOR SIN OFICINA

(Y POR QUÉ QUIZÁ TÚ TAMBIÉN DEBERÍAS ROMPER EL PAPEL) ACTUALIDAD

Si hace 20 años alguien me hubiera dicho que acabaría administrando comunidadessinoficina,sinpapelysin informático, habría pensado que estaba hablando del edificio del al lado en una película de ciencia ficción. Y, sin embargo, aquí estamos: con más tecnología que metros cuadrados, más automatizaciones que archivadores y más líneas de código que bolígrafos. ¿Suena extremo? Puede. ¿Funciona? Mucho más de lo que imaginas.

El punto de partida suele ser siempre el mismo: los administradores de fincas vivimos rodeados de tareas repetitivas, montañas de documentación y un flujo constante de comunicacionesquenoperdonandespistes.Duranteaños, las soluciones parecían dos: más personal o más horas de trabajo, pero… ¿te cuento un secreto? Ninguna era sostenible. La tecnología, en cambio, empezó colándose tímidamente: primero en forma de programas de contabilidad, después con plataformas web y hoy con herramientas capaces de reducir tareas de horas a minutos.

Pero llegar a ese nivel no es cuestión de moda ni de empezar por el tejado digital. El primer paso es uno que muchos subestiman: papel cero. Sin una estructura documentaldigitalsólida,cualquierintentodeautomatizarointroducir inteligencia artificial (IA) es como querer instalar fibraópticaenunacueva.Elarchivodigitalenlanubenoes solocomodidad;eslibertadoperativa,controltotalyacceso inmediato a la información desde cualquier lugar.

Tras el archivo viene el gran olvidado: tu software de administración. Muchos administradores buscan soluciones mágicas en cursos de IA mientras utilizan su programa al 20% de su potencial pero, sin un dominio profundo de tu herramienta principal, da igual cuántos modelos lingüísticos abras: seguirás apagando fuegos. Elegir un software potente —aunque requiera curva de aprendizaje y estar en la nube, sea web o sea bajo escritorio remoto— marca la diferencia entre sobrevivir y escalar.

El siguiente peldaño es transformar tu canal de comunicación. El teléfono, el papel y las visitas improvisadas son, literalmente, agujeros negros de productividad. El correo electrónico,bienestructurado,puedeseroro.Malgestionado, sí, es un ladrón de tiempo. Pero cuando entra la IA conectada a tu email —clasificando, borradores automatizados, respuestas propuestas, análisis de tono, organización inteligente—, pasa de ser un pozo en el que nos ahogamos a ser un cohete.

Y después llega la verdadera recompensa: poder trabajar desde cualquier parte del mundo con las mismas capacidades que en un despacho físico. Esto no significa renunciar a tener oficina si te gusta, sino conseguir que no sea necesaria. La nube, combinada con un buen software, te da esa independencia.

Las automatizaciones (RPA y DPA) son la guinda, no la base. Útiles, potentes, pero peligrosas si se intentan usar sin tener los cimientos previos. Igual que la IA: en nuestro sector tiene casos de uso útiles —redacción de textos, análisis de documentación, interpretación de comunicaciones, generación de informes—, pero si tardo más con un GPT que con una plantilla, el problema no es la tecnología, es la falta de criterio.

La digitalización real no empieza con la IA, sino mucho antes: en el archivo, en el software, en los procesos y en la disciplina. Cuando esos pilares son firmes, entonces sí, la IA multiplicatuproductividad.Perosinesasbases,soloañade caos.Laclavenoestenermástecnología,sinotenerlaadecuada y saber usarla. Y ese camino, aunque exija desaprender hábitos y tomar decisiones que en otro momento hubiesen sido impensables, lleva a un destino claro: trabajar menos, controlar más y ganar libertad. Porque, al final, la verdadera innovación no es ser más techie, sino ser más eficaz.

Alfonso G. Martínez

Administración de Fincas Martínez-Reina www.martinezreina.com

CAF Málaga

CONFIANZA, PROFESIÓN Y LIDERAZGO FEMENINO

EN LA ADMINISTRACIÓN DE FINCAS

Cuando pensamos en la administración de fincas, solemos pensar en números, incidencias, obras, juntas o presupuestos. Sin embargo, quienes ejercemos esta profesión sabemos que nuestro trabajo va mucho más allá: consiste, ante todo, en gestionar confianza.

Nuestro despacho cuenta con más de 40 años de trayectoria. Fue fundado por Luis Vicente Llorens Bernardino en una época en la que la administración de fincas se apoyabaprincipalmenteeneltratopersonal,enelconocimiento directo de las comunidades y en una relación cercana conlosvecinos.Aquellaformadetrabajar,basadaenlaproximidad y la responsabilidad, ha sido siempre el pilar sobre el que se ha construido nuestro despacho.

Hace ya más de 15 años que trabajo con mi padre. Durante todo este tiempo he tenido la oportunidad de trabajar codo con codo con el fundador, aprendiendo no solo la parte técnica de la profesión, sino también algo mucho másimportante:lamaneraderelacionarseconlascomunidades, la importancia de la confianza y el compromiso que suponegestionarelpatrimoniocolectivodetantasfamilias. El cambio generacional en nuestro caso no ha sido difícil, pero sí largo y natural. Tanto que, después de cuatro añosdesuinicio,hoyendía,elfundadorsiguepasandopor el despacho. Ya no con la intensidad de antes, pero con esa presencia que recuerda constantemente de dónde venimos y los valores con los que empezó todo.

Este proceso de transición también ha coincidido con una transformación profunda del sector. En estos años hemospasadodeundespachollenodearchivadores,papeles y carpetas a una gestión completamente digitalizada. La incorporación de nuevas tecnologías ha permitido mejorar la organización, el control económico, la trazabilidad de la información y la comunicación con las comunidades.

Sinembargo,hayalgoquenohacambiadoconelpaso deltiempo:laconfianzasiguesiendoelejecentraldenuestra profesión.

En este contexto de evolución también se ha producido otro cambio significativo: la presencia cada vez mayor de mujeres al frente de despachos de administración de fincas.

Dirigir una junta de propietarios no siempre es una tareasencilla.Esunespaciodondeconfluyeninteresesdistintos,opinionesdiversasydecisionesque,enmuchasocasiones, afectan de forma directa al futuro de un edificio. En mi experiencia profesional, como mujer al frente del despacho, he podido comprobar que en ocasiones el nivel de justificación que se exige a nuestras decisiones es mayor.

Hay explicaciones, criterios técnicos o decisiones de gestión que, cuando eran planteadas por mi padre, se aceptaban con mayor naturalidad. Hoy, en algunos casos, requieren más argumentos, más detalle y más demostración técnica. Es una realidad que muchas profesionales del sector reconocerán.

Lejos de interpretarlo únicamente como una dificultad, también ha supuesto una oportunidad para mejorar. Nos ha llevado a reforzar la transparencia, a documentar mejor los procesos, a anticipar dudas y a organizar el despacho con un mayor nivel de coordinación y control. Endefinitiva,noshaimpulsadoaelevaraúnmáselnivelde gestión.

En un momento en el que surgen nuevas herramientas tecnológicas y modelos de gestión cada vez más automatizados, creemos que el verdadero valor de nuestra profesión sigue estando en la cercanía. Conocer a las comunidades, entender sus problemas y acompañarlas en la toma de decisiones importantes es algo que ninguna tecnología puede sustituir.

Transcurridos40añosdesdeel iniciodeldespacho,seguimos trabajando con la misma filosofía que lo vio nacer: cercanía, responsabilidad y confianza.

Hoy lo hacemos con nuevas herramientas, con nuevos retos y con una presencia cada vez mayor de mujeres liderando despachos, equipos y proyectos dentro de la administración de fincas.

Porquelaevolucióndenuestraprofesióntambiénpasa porreconocerelpapeldetantasmujeresque,desdelagestión, la responsabilidad y el compromiso, están contribuyendo a fortalecer y modernizar este sector.

Cada paso que damos en la profesión, cada despacho que evoluciona y cada comunidad que confía en nuestro trabajo forman parte también de ese camino colectivo hacia una profesión más igualitaria, profesional y preparada para los retos del futuro.

CIBERSEGURIDAD EN

LA

ADMINISTRACIÓN

DE FINCAS: UN RIESGO CRECIENTE QUE YA ES UNA REALIDAD

La digitalización ha transformado profundamente la forma en la que los administradores de fincas gestionan las comunidades. Pagos a proveedores, comunicación con propietarios,gestióndocumentalocontabilidadserealizan hoyprincipalmenteatravésdeherramientasdigitalesydel correo electrónico.

Sinembargo,estaevolucióntambiénhatraídoconsigo un nuevo riesgo que muchos despachos todavía subestiman: los ciberataques.

Desde Medicop, correduría de seguros especializada enriesgosprofesionales,hemosobservadodurantelosúltimos años un incremento significativo de los incidentes de seguridad que afectan directamente a administradores de fincas. Solo en 2025, registramos más de 15 avisos de ataques en este sector, algunos de los cuales provocaron pérdidas superiores a 30.000 euros.

La mayoría de estos incidentes no fueron ataques sofisticados contra servidores o sistemas complejos. En muchos casos se trató de algo mucho más simple: la manipulación de comunicaciones digitales para provocar transferencias fraudulentas.

ElfraudedelcambiodeIBAN:elataquemásfrecuente

Uno de los ataques más habituales en el sector consiste en la interceptación de facturas de proveedores.

Elciberdelincuenteconsigueaccederalcorreoelectrónico del administrador o del proveedor (normalmente mediante phishing o robo de credenciales). Una vez dentro, monitoriza las comunicaciones hasta localizar una factura pendiente de pago.

En ese momento, modifica el documento o envía una nuevafacturaindicandounnúmerodecuentabancariadiferente, controlado por el propio atacante.

Cuando el despacho realiza la transferencia, el dinero ya no llega al proveedor real, sino al ciberdelincuente. Este tipo de fraude, conocido como fraude por manipulación de transferencias, es actualmente uno de los más extendidos en sectores donde se gestionan pagos recurrentes, como ocurre en la administración de comunidades.

El phishing dirigido:cuandoelataqueparececompletamente real

Otrodelosriesgosmásfrecuenteseselphishingdirigido.

A diferencia de los correos fraudulentos masivos que todoshemosvistoalgunavez,losataquesactualessonmucho más sofisticados. Los delincuentes investigan previamentealaempresa,asusproveedoresoinclusoalospresidentes de comunidad.

Posteriormente envían correos electrónicos que parecen completamente legítimos, solicitando, por ejemplo:

• una transferencia urgente

• la actualización de datos bancarios

• la descarga de una factura

• o el acceso a un documento compartido

Con la llegada de herramientas de inteligencia artificial, estos ataques son cada vez más difíciles de detectar. Los correos están perfectamente redactados, utilizan información real y pueden incluso imitar el estilo de comunicación habitual de un proveedor o de un cliente.

El ransomware: cuando la información queda bloqueada

Un tercer riesgo cada vez más presente es el ransomware,untipodeataquequebloqueaelaccesoalos sistemas informáticos y a los datos del despacho.

Enesteescenario,todoslosarchivospuedenquedarcifrados: contabilidad de comunidades, documentación de propietarios, contratos o históricos de gestión.

El atacante exige entonces el pago de un rescate para recuperar la información.

Más allá del impacto económico directo, este tipo de incidentes puede provocar también:

• interrupción de la actividad del despacho

• pérdida de confianza por parte de las comunidades

• posibles responsabilidades legales por fuga de datos

Un sector especialmente expuesto

Los administradores de fincas manejan diariamente información sensible y flujos constantes de pagos, lo que los convierte en un objetivo atractivo para los ciberdelincuentes.

Además, muchos despachos cuentan con equipos pequeños y recursos tecnológicos limitados, lo que hace que los atacantes perciban este sector como más vulnerable que las grandes empresas.

La realidad es que hoy en día ninguna organización está fuera del radar de los ciberdelincuentes.

La importancia de la prevención y la respuesta rápida

Laprimeralíneadedefensafrenteaestosriesgossigue siendo la prevención: formación del personal, revisión de sistemas, doble autenticación o protocolos claros para la verificación de transferencias.

Pero incluso con las mejores medidas, ningún sistema es completamente infalible.

Porestemotivocadavezmásempresasestánincorporando también soluciones de protección financiera y asistencia especializada en caso de incidente.

Los seguros de ciberseguridad permiten cubrir aspectos clave como:

• respuesta inmediata ante ataques informáticos

• recuperación de datos y sistemas

• asesoramiento legal y gestión de crisis

• responsabilidad por fuga de datos

• pérdidas económicas derivadas de fraudes tecnológicos

Prepararse para un riesgo que ya existe

La ciberseguridad ya no es únicamente una cuestión tecnológica, sino también un elemento esencial de la gestión del riesgo empresarial.

En Medicop estamos ayudando a despachos de administradores de fincas a analizar su exposición a este tipo de amenazas y a implantar soluciones que permitan afrontar estos incidentes con garantías.

Porque en un entorno donde los ataques son cada vez más frecuentes y sofisticados, contar con un seguro de ciberseguridad especializado es hoy una pieza clave en la protección del despacho.

Eduardo Gil

Responsable de Ciberseguridad Medicop – Correduría de Seguros

ESTACIÓN DE RECARGA EN APARCAMIENTOS: UN PROBLEMA COMUNITARIO

En este tema, como en tantos otros, la casa se empezó poreltejado,aprobandoelartículo17.5delaLeydePropiedad Horizontal (LPH), por la que se facilita y permite la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos engarajescomunitarios,conlaúnicacondicióndecomunicarlo a la comunidad de propietarios. En realidad, la única condicióneraladeubicarloenlapropiaplazaindividualdel garaje.

Posteriormente, en el año 2014, se aprobó la ITC BT 52 del Reglamento Electrotécnico para baja tensión, que es la queregulaeldiseñodelainfraestructuraparalarecargade vehículos eléctricos. En ella, se obligaba a la preinstalación (del 25%) en edificios de nueva construcción y la necesidad de establecer ciertas previsiones en las instalaciones a realizar en edificios existentes.

La necesidad de preinstalación, en edificios de nueva construcción, se amplió al 100% el 26.05.2020 por el RD 542/2020.

El RD 450/2022 de 14 de junio, aprueba la ampliación del Código Técnico de la Edificación generando la sección HE 6. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, del Documento Básico correspondiente. En ella, se amplia la obligación de la preinstalación a los edificios existentes, siempre que se cumplan alguna de las siguientes condiciones en el aparcamiento: ampliaciones del 10% de la superficie, reforma en el 25% de la envolvente térmica, intervenciones que afecten a más del 50% de la potencia instalada.

El problema se profundiza en aquellos aparcamientos quedisponendeplazassincontadordeviviendadondeconectarse.Enestecaso,seplantealanecesidaddecoordinar las acciones sobre nuevos contadores y su ubicación, por un lado, y del control de la potencia del garaje, por otro.

Lassucesivasmodificacionesdelainstalacióneléctrica delaparcamientopuedenalcanzarelumbralparalaaplicación del DB HE6, obligando a la preinstalación de todo el aparcamiento, con cargo a la comunidad de propietarios, dado que se trata de una obligación normativa.

Larecientesentencia(n.º1745/2025de1.12.2025)delTribunalSupremo,ratificandoelcontenidodelartículo17.5de la LPH, establece que la comunicación previa resulta suficiente «en todo caso y salvo que se aprecie una afección innecesaria o desproporcionada en elementos comunes o entrañe un prejuicio para los demás copropietarios».

El pasado 10 de febrero, en el ciclo de los «Martes con Buena Energía», pudimos comentar las «Recomendaciones de seguridad en aparcamientos» elaboradas por la Fundación MAPFRE, la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos, así como varios ayuntamientos (Madrid, Barcelona, Valencia, Zaragoza), entre otras entidades e instituciones.

Estas recomendaciones establecen tres bloques: prevención y protección contra incendios (PCI), autoprotección y uso y mantenimiento. Aunque no se trata de una normativa de obligado cumplimiento, no se nos puede escapar la idea de que se trata del preámbulo de la misma. Además, lo que sí puede ocurrir es que se tome, este documento,comoelniveldeexigenciaparalarenovaciónocontratación de la póliza del seguro comunitario del aparcamiento.

Ante estas circunstancias, tenemos que concluir que, lassucesivasinstalacionesderecargaenungarajecomunitario van a afectar a las condiciones de seguridad de elementos comunes, renovación de póliza del seguro, pudiendo alcanzar el umbral señalado en el DB HE6, obligando a la preinstalación del total del aparcamiento.

Por tanto, la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos debemos considerarla como unproblemacomunitarioalahoradesuimplantaciónante las diferentes normativas y afecciones, actuales y futuras.

José Luis Mur Estada Ingeniero industrial Asesor del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

VI CURSO DE OFICIAL HABILITADO

INICIACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN DE FINCAS

Durante el mes de febrero de 2026, se llevó a cabo el VI CursodeOficialHabilitadoeIniciaciónalaAdministración de Fincas. En esta edición se hizo especial esfuerzo en formar a los oficiales habilitados en dos facetas superimportantes: la incorporación de las nuevas tecnologías que están revolucionando nuestra profesión, todas ellas con el ADN de la inteligencia artificial (IA), y un tema mucho más humano, desarrollar habilidades comunicativas, de liderazgo y, ante todo, la capacidad de la resolución de conflictos que aparecen en muchas ocasiones en las juntas de propietarios. Además, hemos reforzado con más horas lectivas la parte jurídica.

La figura del oficial habilitado está cobrando cada vez más relevancia dentro de los despachos de los administradores de fincas. En muchos casos, si no en todos, es la fórmula que los administradores de fincas usan para poder crecerensunegocio.Paraestosdespachos,comienzaaser difícil encontrar personal con unos conocimientos mínimos de administración de fincas, que se hace notorio en la

incorporación de trabajadores para las oficinas, pero lo es muchomás cuando se trata deestar preparados pararealizar juntas en las comunidades. No solo se necesitan conocimientos jurídicos, contables, fiscales o técnicos, es necesario que se tengan habilidades comunicativas y mucha cintura para dirigir una junta. En opinión de muchos administradores,estetemaesdecrucialimportanciaparapoder escalar su negocio y este tipo de perfiles suele escasear mucho en el mercado de trabajo.

Sin duda, la figura del oficial habilitado está en alza. Y desde COAFA, cada año, estamos tratando de formar a estos oficiales de una forma más completa y muy centrada en su principal labor: representar al administrador en las Juntas.

En esta ocasión, fueron 11 personas de diferentes despachoslasquellevaronacaboelcurso.Hayquemencionar quefueungrupomuyimplicadoydinámico.Y,porsupuesto, aprobaron todos con muy buena nota. Enhorabuena.

↑ Apertura de Belén Sánchez, vicepresidenta de COAFA
↑ Juanma Rodrı́guez, asesor de ingenierı́a de COAFA
↑ José Fernando Molina hablando de fiscalidad

CURSO DE MEDIACIÓN

Elpasado23deenero,comenzóelprimerodeunciclode cursos orientados tanto a formación y reciclaje de mediadores como, también, a aquellos administradores que quieran ejercer de conciliadores. El curso está dirigido por Joaquina García, directora del Instituto de Mediación de COAFA e impartido por Miguel Ángel Martínez, abogado, mediador, conciliador y profesor asociado de la Universidad de Alicante.

↑ Joaquina Garcı́a, directora del Instituto de Mediación de COAFA

EL PRECIO DE LA VIVIENDA EN TELEELX

Nuestra presidenta, María del Mar Rodríguez, participó como tertuliana en el programa matinal Día a día de TeleElx, a tenor del grave problema que sufrimos con el precioyelalquilerdeviviendas,realmentedesbocado. Participaron junto a ella el periodista Manuel Molina, el abogado inmobiliario Javier Espinosa y el exconcejal de Compromís, Félix Sánchez.

SEMINARIO DE LA UNIÓN PROFESIONAL

DE ALICANTE (UPA)

Nuestros compañeros José Climent y Francisco Tomás, secretario y responsable de Relaciones Institucionales de COAFA, respectivamente, participaron en el seminario Promoción de la competencia y colegios profesionales, organizado por la Unión Profesional de Alicante (UPA). El seminario concluyó con una comida de hermandad.

El seminario se celebró en el Palacio de Congresos del Colegio de Médicos de Alicante, donde 50 directivos de los 36 colegios profesionales integrados en UPA debatieron temas como la Organización y funciones de la Comisión de Defensa de la Competencia de la CV y los Códigos deontológicos y la reclamación de daño, para lo que se contó con las ponencias impartidas por Carlos Gómez Asencio y José Miguel Corberá Martínez, vocales de la CDC. Asimismo, Emiliano Cerdá Esteve, jefe del Servicio de Defensa de la Competencia, explicó la organización y funciones de esta comisión.

La bienvenida y apertura de la jornada estuvo a cargo, respectivamente, de Herman Schwarzd, presidente del ColegiodeMédicos,ydeEncarnaMahiquesMiret,subdirectora general de Modelo Económico y Competencia de la Generalitat.

↑ Tertulia en TeleElx con la participación de la presidenta de COAFA
↑ Almuerzo tras el seminario

ACADEMIA DE FORMACIÓN DE EMPLEADOS DE DESPACHOS DE ADMINISTRACIÓN DE FINCAS

Estimado/a compañero/a,

Durante mucho tiempo venimos recibiendo información y peticiones de muchos de vosotros, solicitando ayuda del Colegio para cubrir plazas vacantes administrativas de los despachos, y también nos indicabais la dificultad de encontrar trabajadores preparados para nuestra actividad. Por ese motivo, y tras realizar los estudios pertinentes y buscar asesoramiento especializado, el Colegio tomó la decisión de crear algo nuevo y pionero: una academia de formación para personal administrativo de los despachos.

Esta academia persigue formar de manera específica y especializada a los alumnos titulados de ciclos formativos de FP en nuestra actividad, para que conozcan las herramientas que utilizamos y las peculiaridades de nuestro ámbito profesional, de forma que salgan de esta academia para poder incorporarse de inmediato al despacho que lo necesite, y con ello ganamos no dedicar tiempo y recursos de nuestros despachos para adaptar al trabajador a su puesto de trabajo.

Para todo ello, hemos creado una alianza con Florida Universitària, que tiene amplia experiencia enlaformaciónprofesionaldemáximacalidadyenlainserciónlaboraldesusalumnos,ytambiéncon IDS e IESA para formar en sus aplicaciones a los alumnos. Pero es fundamental la colaboración y el compromisodetodosloscolegiados,especialmentedetodosaquellosquequieranformarpartedela bolsa de prácticas y de la bolsa de trabajo.

Sin esta implicación que os pedimos, este proyecto no puede salir adelante, y no podremos atender la necesidad de aportar nuevos empleados cualificados a nuestros despachos.

¡Contamos con vosotros y os animamos a poneros ya en contacto con el Colegio para inscribir vuestro despacho en la bolsa de prácticas y de trabajo!

Escribe a: colegio@cafvc.es.

Os mando un cordial saludo,

Sebastián Cucala Crespo Presidente

HASTA SIEMPRE, AMIGOS

Tras casi 50 años de ejercicio profesional y más de 10 comoasesorjurídicodelColegiodeAdministradoresde Valencia-Castellón, he decidido colgar los hábitos y, por ello, quiero agradecer al Colegio que me haya brindado la oportunidad de desarrollar una actividad que me apasionaba y ahora me permita despedirme de todos vosotros por este medio.

He sido muy feliz todos estos años y he aprendido mucho, no solo de mis compañeros asesores, sino también de todos vosotros, porque es afrontando los centenares de supuestos prácticos que nos habéis ido planteando como realmente se aprende.

He sido muy afortunado al compartir y coordinar mi asesoramiento y sesiones de formación con el excelente equipodeasesoresentrelosquehaexistidounexcepcional clima de colaboración y ayuda. Mucho más intensa, como es lógico, con los excepcionales asesores jurídicos y buenos amigos,RemediosBaronayFernandoLerma,asícomocon los jefes de la asesoría jurídica, Victor Puig y, hasta su jubilación, Paco Nemesio, que nunca ejercieron de jefes frente a los asesores, sino como colaboradores y amigos. También con Maria Dolores Delgado de Molina, asesora jurídica de Alicante, enorme jurista y gran persona. A todos ellos, muchas gracias.

Tambiénagradecerelextraordinarioclimaquehaexistido con los rectores del Colegio, desde la junta con la que me incorporé como asesor, presidida por José Sales, como con la de Sebastián Cucala, que le sucedió y con todos sus miembros, al igual que con la gerente, María José Valero. Sin olvidarme de los trabajadores del Colegio que tanto me han ayudado.

Quiero finalizar esas letras pidiendo perdón por los erroresquehabrécometidoenestosaños.Elderechonoes una ciencia exacta y, aunque lo ideal sería tener respuestas o soluciones absolutamente seguras, desgraciadamente eso no existe. Os confieso que en muchas ocasiones algún administrador comenzaba su consulta indicando «Esto ya teloconsulté,peroquieroquemeloconfirmes».Y,paramis adentrosrezaba:«¡Socorro!,queledigalomismoqueledije entonces». Pero, además, todos cometemos errores y, con seguridad, os habré contado, involuntariamente, muchas mentiras

Mevoy,peroosaseguroqueestagratísimaexperiencia y vuestro cariño lo llevaré siempre conmigo.

Un fuerte abrazo a todos.

Rafael Peguero Perales
↑ Rafael Peguero Perales
↑ Emotivo homenaje al asesor jurı́dico Rafael Peguero

VERI*FACTU

RealDecreto1007/2023,de5dediciembre,porelqueseapruebaelReglamentoqueestablece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación

El RD 1007/2023 es la norma que regula como deben de ser los SIF y obliga a que, en el momento de expedición delafactura,generenyguardenoremitanalaAgenciaTributaria un resumen de la factura, llamado registro de facturación,quellevaincorporadounaseriedemedidasdeseguridadycontrol,comosonlahuelladigitaldesusdatos,la inclusión de información del anterior registro generado (lo que permite verificar que no hay saltos u omisiones) y, en su caso, la firma electrónica del emisor del mismo. Asimismo,obliganalosSIFaqueincluyanuncódigoQRenlafactura expedida, cuya lectura (por ejemplo, con la cámara de un teléfono móvil) permite a quien reciba dicha factura conocer fácilmente ciertos datos de esta, para su posible contraste con los datos remitidos o comprobación posterior.

Aunque VERI*FACTU es solo una de las dos modalidades por medio de las que se puede cumplir con la normativadesistemasdefacturación,engeneral,eltérminoVERI*FACTUseempleacomoexpresióncoloquialparareferirseal reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales (SIF), y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

¿Qué es un sistema VERI*FACTU y cuál es su finalidad?

Los productores y comercializadores de sistemas informáticos deben tener sus productos adaptados al RD 1007/2023 desde el 29 de julio de 2025.

Un sistema VERI*FACTU es aquel sistema informático de facturación que, cumpliendo con todas las obligaciones impuestasporelRealDecreto1007/2023,permitealobligado tributario remitir de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente todos los registros de facturación generados a la AEAT. La finalidad principal de estos sistemas es garantizar la trazabilidad, integridad y veracidad de los registros de facturación, facilitando el control tributario y la lucha contra el fraude fiscal.

¿Cuáles son las características técnicas y operativas de los sistemas VERI*FACTU?

Los sistemas VERIFACTU deben cumplir con especificaciones técnicas y funcionales detalladas en el reglamento,incluyendolaformacióndeuncódigoQRenlasfacturas y la remisión automática de los registros de facturación a la AEAT. Además, estos sistemas están exentos de la obligación de realizar la firma electrónica de los registros, siendo

↑ Saida Mañas

suficiente el cálculo de la huella o hash de los mismos. La opción por el sistema VERI*FACTU se entiende ejercida por el inicio sistemático de la remisión de registros a la AEAT, y se prolonga al menos hasta la finalización del año natural en que se haya producido el primer envío.

¿A quiénes resulta aplicable la obligación de utilizar sistemas VERI*FACTU?

La obligación de utilizar sistemas VERI*FACTU recae sobre los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS) y del IRPF que desarrollen actividades económicas y utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo sea para una parte de su actividad. Se consideran sistemas informáticos de facturación tanto los programas específicoscomolashojasdecálculoquepermitanlaentrada,conservación y procesamiento de la información de facturación. No están obligados quienes emitan facturas de forma manual.

La entrada en vigor del reglamento VERI*FACTU (RD 1007/2023)

LoscontribuyentesdelISdeberánteneradaptadossus sistemasinformáticosantesdel1deenerode2027yelresto delosobligados(contribuyentesdelIRPFquerealicenactividadeseconómicas,IRNRconestablecimientopermanente,entidadesenrégimendeatribuciónderentas)antesdel 1 de julio de 2027. Los requisitos principales incluyen la generación de registros de facturación con información mínimaobligatoria,lagarantíadeautenticidad,integridad,legibilidad, conservación, accesibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos y la capacidad de remisión inmediata a la AEAT. Existen excepciones para los sujetos acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).

¿Cuálessonlosrequisitostécnicosyfuncionalesexigidos a los sistemas de facturación?

Los sistemas informáticos de facturación deben generar, por cada factura, un registro con información mínima obligatoria, garantizar la autenticidad del origen, la integridad del contenido, la legibilidad, la conservación, la accesibilidad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los datos. Además, deben estar capacitados para remitir electrónica e inmediatamente los registros de facturación a la AEAT. Es obligatorio incluir en las facturas emitidas mediante sistemas VERI*FACTU la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU», con visibilidad adecuada. Los controles de gestión habituales y cualquier medio de prueba admitido en Derecho pueden emplearse para garantizar estos requisitos.

¿Existenexcepcionesoparticularidadesenlaaplicación del reglamento VERI*FACTU?

Quedan exceptuados de la obligación de aplicar el reglamento VERI*FACTU los sujetos acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) cuando la factura sea expedida por el destinatario o por un tercero. Además, el reglamento se aplica a todos los obligados tributarios que utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo sea para una parte de su actividad.

Saida Mañas Tapia

Asesora fiscal del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

Colaboran

CONOCER EL SEGURO

Siempre ha sido conveniente que el administrador de fincas conozca cómo se interpretan, aunque sea de manera somera, los condicionados de las pólizas de seguros.

Acontece un incendio en una vivienda situada en un edificiocomunidadeindependientedelosdaños(yaseverán), hay un desalojo preventivo ordenado por los bomberosdetodoslosvecinos,loscualesseencuentrandemanera imprevista en la calle. Estos acuden al administrador en busca de soluciones, acostumbrados como están a que esta figura solucione todos los problemas.

Es bueno que el administrador sepa que las pólizas de seguros,aunqueconciertaslimitaciones,recogenloquese llama inhabitabilidad. De momento, y hasta que haya noticias sobre la vuelta al edificio, se puede acudir a un hotel cercano sin coste alguno para el copropietario.

Esto es un breve ejemplo de una de las coberturas incluidas en las pólizas de seguros y que, a menudo, no se haceusodeella.Obviamente,unartículonodaparadescribirtodaslascoberturasyexclusiones(haysorpresas)delredactado de la citada póliza de seguros.

También es conveniente que los administradores se familiaricen con la jerga aseguradora:

• Infraseguro

• Franquicias

• Valor en nuevo o real

• Límites de póliza

• Concurrencia de seguros

• Suma asegurada

• Daño total y/o parcial

Y otros muchos más términos que le ayudarán a comprender, primero, y explicar, después, a los copropietarios determinadas actuaciones de los peritos y las aseguradoras.

Hemos nombrado el incendio, pero también tenemos daños por lluvia, viento, agua y un largo etcétera que es necesarioconocerconsuscoberturasyexclusionespara,repito, entender mejor el seguro.

Con la reciente dana se ha comprobado —en algún caso de manera dramática— lo que conlleva el desconocimiento de las pólizas de seguros con sus matices y controversias.Afechadepublicacióndeesteartículo,aúnquedan comunidades con siniestros sin resolver y estamos casi a año y medio de la dana.

También ha habido reclamaciones a los administradores relacionadas con el seguro, indemnizaciones e incluso infraseguros.Porotrolado,seguimosconladana,losdaños son asumidos por el Consorcio de Compensación de Seguros, el cual tiene su propio reglamento que es necesario conocer.

Al respecto el Colegio organizó el último trimestre de 2025 un curso sobre seguros con una duración de 20 horas (hubo una nutrida asistencia) donde se analizaron en profundidad las mencionadas pólizas de seguros y las diferentes actuaciones de los peritos.

Los administradores (y algún empleado) asistentes, al finalizar el curso, coincidieron en la conveniencia del mismo porque les ayudó a comprender mejor diferentes situaciones del día a día. El curso pretendió que los contenidos fueran eminentemente prácticos.

Es objetivo del Colegio repetir el mencionado curso ante la necesidad de que los colegiados no estén en desventaja cuando acontecen determinados siniestros en las comunidades y/o viviendas.

En el mencionado curso se ha insistido mucho en qué apartados de la póliza hay que leer detenidamente y en tener una idea bastante aproximada de por cuánto se deberíaasegurarunedificioensuconjunto,almargendelosseguros particulares.

También en marzo de este año se ha realizado una jornada técnica y práctica sobre el MASC de capital importanciaparaeladministrador,dadoque,antelascontinuascontroversiasconrespectoadañosmateriales,principalmente, con las aseguradoras, se han trazado unas pautas muy útiles en aras de solucionar las discrepancias para así evitar la vía judicial.

Josep Sarrión i Roig Professor de Assegurances

↑ Josep Sarrión

CUANDO LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LLAMA A LA PUERTA DE LA COMUNIDAD

La inteligencia artificial (IA) se está incorporando progresivamente a la actividad profesional de muchos sectores, y la administración de fincas no es una excepción. Herramientas basadas en IA permiten hoy redactar comunicacionesapropietarios,resumiractasdejuntas,analizarincidencias, preparar respuestas a consultas frecuentes o generar borradores de documentos jurídicos. Estas soluciones pueden mejorar notablemente la eficiencia de los despachosyreducirtiemposentareasadministrativas,perosu utilización también exige prudencia y conocimiento de los riesgos legales asociados.

El primer aspecto que conviene tener presente es que la IA debe utilizarse como una herramienta de apoyo al trabajo profesional, pero nunca como un sustituto del criterio del administrador de fincas. Los sistemas de IA generativa funcionan a partir de modelos estadísticos que generan respuestas plausibles basadas en grandes volúmenes de información, pero no garantizan la exactitud jurídica o técnica de sus resultados. Esto implica que cualquier documento o comunicación generada con estas herramientas debe ser revisada por el profesional antes de ser utilizada. Laresponsabilidadsobrelainformaciónenviadaapropietarios o sobre las decisiones adoptadas en la gestión de la comunidad siempre seguirá recayendo en el administrador. Uno de los principales riesgos asociados al uso de herramientas de IA se encuentra en el ámbito de la protección de datos personales. Los administradores de fincas gestionan habitualmente información sensible relativa a

propietarios, inquilinos o empleados de las comunidades, como datos identificativos, direcciones, teléfonos, información económica sobre cuotas o deudas, así como incidencias o conflictos vecinales. Introducir este tipo de información en herramientas de IA externas puede suponer que esos datos se transmitan a proveedores tecnológicos ubicados fuera de la Unión Europea o que se almacenen en servidoressobrelosqueeldespachonotienecontroldirecto. En estos casos podría producirse un tratamiento de datos personales sin las garantías exigidas por el Reglamento General de Protección de Datos.

Por este motivo resulta especialmente recomendable evitar introducir datos personales reales en herramientas de IA abiertas o de uso general cuando no exista una relación contractual clara con el proveedor que garantice el cumplimiento de la normativa de protección de datos. En muchas ocasiones es posible realizar consultas o generar borradoresutilizandoinformaciónanonimizadaoejemplos ficticios que no permitan identificar a ninguna persona. También conviene revisar las condiciones de privacidad de las herramientas utilizadas y, cuando sea posible, optar por versiones profesionales o empresariales que ofrezcan garantías adicionales de confidencialidad y seguridad de la información.

Otro aspecto que debe tenerse en cuenta es la confidencialidad de la información gestionada por los administradores de fincas. En el ejercicio de su actividad profesionalmanejandocumentaciónquepuedeserespecialmente

↑ Luis López

sensibleparalascomunidadesdepropietarios,comoreclamaciones judiciales, conflictos entre vecinos, informes técnicos, acuerdos económicos o estrategias de gestión. IntroducirestainformaciónensistemasdeIAsinlasdebidasgarantías puede comprometer el deber de confidencialidad que el administrador tiene frente a la comunidad. Por ello, resultaaconsejableaplicarsiempreuncriteriodeprudencia yevitarelusodeherramientasdeIApúblicasparatratarinformación que pueda considerarse reservada o estratégica.

Otro riesgo relevante es la posibilidad de que la IA genere errores o información incorrecta. Los sistemas de IA generativa pueden producir lo que técnicamente se conoce como alucinaciones; es decir, respuestas que parecen correctasperoquecontienendatosfalsos,interpretaciones erróneas o referencias jurídicas inexistentes. En el ámbito de la administración de fincas esto podría traducirse, por ejemplo, en citas incorrectas de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), interpretaciones equivocadas sobre acuerdos comunitarios o recomendaciones jurídicas que no se ajusten a la normativa vigente. Por esta razón, la información generadaporIAdebeconsiderarsesiemprecomounborrador inicial que requiere verificación antes de su utilización.

A pesar de estos riesgos, la IA puede ser una herramientamuyútilparamejorarlagestióndiariadelosdespachos de administración de fincas si se utiliza con criterio. Entre sus aplicaciones más interesantes se encuentran la redacción de comunicaciones estándar a propietarios, la elaboración de borradores de actas de juntas, la organización de incidencias o el análisis de grandes volúmenes de documentación. En estos casos el uso de la IA puede apor-

tar eficiencia y facilitar el trabajo administrativo, siempre que se mantenga una supervisión humana adecuada y se evite introducir información sensible innecesaria.

En este contexto, los despachos de administración de fincas deberían empezar a reflexionar sobre la forma en que integran la IA en su actividad diaria. Resulta recomendable establecer ciertas pautas internas de uso, formar al personalenelmanejoresponsabledeestasherramientasy definir qué tipo de información puede utilizarse en ellas y cuál debe mantenerse fuera de estos sistemas. De este modo será posible aprovechar las ventajas que ofrece la IA sin comprometer la seguridad de la información ni el cumplimiento de la normativa.

En definitiva, la IA representa una oportunidad interesante para mejorar la eficiencia y la organización del trabajo en la administración de fincas. Sin embargo, su utilización debe realizarse con prudencia, sentido crítico y respeto a las obligaciones legales que afectan a la actividad profesional. El verdadero valor de estas herramientas no reside en sustituir al profesional, sino en convertirse en un apoyo que permita al administrador dedicar más tiempo a las tareasdeasesoramientoygestiónquerealmenteaportanvalor a las comunidades de propietarios. No hay que olvidar que la IA nunca debe sustituir a la inteligencia humana.

Luis López Loma Abogado y asesor TIC del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

SUPERPYMES PARA ADMINISTRADORES DE FINCAS:

CUANDO LA FORMACIÓN EMPRESARIAL SEADAPTA A LA REALIDAD DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS

Recuerdo bien la primera conversación que mantuvimos con el Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón. Venían con una inquietud clara: sus colegiados dominaban a la perfección la parte técnica de su profesión, el marco legal de la propiedad horizontal, la gestión de comunidades, los conflictos vecinales… Pero se encontraban,confrecuencia,anteretosparalosquenadie les habíapreparado:cómoestructurarundespachoquecrezca deformasostenida,cómoliderarun equipo,cómonegociar con clientes o proveedores desde una posición de valor, cómo leer e interpretar sus propios números para tomar mejores decisiones…

Esa conversación fue el punto de partida. Y de ella nació Superpymes para Administradores de Fincas, un programa In Company diseñado desde cero por EDEM en colaboración con el Colegio para responder, de forma específica, a las necesidades reales de este colectivo profesional.

Un programa hecho a medida

EnEDEMllevamosañostrabajandoconempresasycolectivosprofesionalesquebuscan formación de gestión, no formación técnica. Lo que nos diferencia en el modelo In Companynoessoloelclaustrooloscontenidos,sinolametodología: antes de diseñar nada, escuchamos. Entendemos el sector, el perfil del alumno y sus fricciones cotidianas. Solo entonces construimos.

↑ Mateo Ibáñez

El resultado, en este caso, es un programa de 40 horas formativas distribuidas en 10 jornadas de 4 horas cada una, con sesión matinal en nuestras instalaciones de EDEM en elpuertodeValencia.Losbloquestemáticoscubren6áreas que, a nuestro juicio, son lasquemarcan ladiferenciaentre un despacho que sobrevive y uno que crece: estrategia y plan de negocio; liderazgo y gestión de equipos; finanzas y control de gestión; el arte de negociar; comunicación de alto impacto; e inteligencia emocional y mindfulness

Nadadecontenidogenérico.Cadamóduloestápensado para que un administrador de fincasloreconozcacomo propio: los casos prácticos hablan de despachos, las actividades de role-playing simuladas incluyen propietarios y juntas de comunidad, los números analizados son los de una actividad profesional independiente.

Dos ediciones y una alianzaque se consolida Haberllegadoyaalasegundaediciónnoesundatomenor. En formación In Company, la repetición es el mejor indicador de que algo funciona. Significa que los colegiados que pasaron por el programa lo valoraron, que el Colegio lo respalda y que existe una demanda real que va más allá de la novedad.

La relación con el Colegio ha sido, desde el primer momento, una relación de confianza mutua. Nos ha transmitido con honestidad qué necesitan sus colegiados, qué ha funcionadoyquépuede mejorar. Esa retroalimentación directaesloquepermitequeelprogramaevolucioneedición a edición. Desde EDEM, correspondemos con el mismo compromiso: no venimos a vender un producto estándar, sinoaconstruiralgoqueseaverdaderamenteútilparaeste colectivo.

Me atrevo a decir que esta colaboración es un ejemplo de lo que debería ser la relación entreunaescueladenegocios y un colegio profesional: no transaccional, sino estratégica. Compartimos el objetivo de que los administradores defincasdeValenciayCastellónsean mejores empresarios, además de mejores profesionales técnicos.

Unclaustro comprometidocon laaplicación real

Uno de los aspectos que más valoran los participantes eslacalidadyladiversidaddelclaustro.Paraesteprograma hemos contado con profesionales con una doble condición

que, en formación, no siempre es fácil de combinar: rigor académicoyexperienciapráctica real.

Rafael Martínez, con más de 15 años de experiencia en planificación estratégica, aborda cómo construir un plan estratégicorealparaundespachoprofesional.EvaChornet, Business Controller y fundadora de Hilarem, aterriza los conceptosfinancierosalcontexto específico de la actividad independiente. Eduardo Rosser, con más de dos décadas formando a equipos comerciales de algunas de las mayores empresas del país, ofrece herramientas concretas de negociación. Maribel Vilaplana, periodista y formadora de referencia, trabaja la comunicación de alto impacto desde la práctica. Y un equipo de coaches expertos, liderado por RemeEgeayMatthiasBeige,acompañaalosparticipantes en su desarrollo como líderes y gestores de equipos.

Cadadocenteconoceelcontextodelcolectivoalquese dirige. Eso no es un detalle menor: es lo que distingue una formación que transforma de una que simplemente se escucha y se olvida.

El compromiso de EDEM con los profesionales independientes

EnEDEMcreemosquelaformaciónengestiónempresarial no debería ser patrimonio exclusivo de los directivos de grandes corporaciones. Los pequeños y medianos empresarios, los profesionales autónomos, los titulares de despachos también se merecen acceso a herramientas de primer nivel, adaptadas a su realidad.

El programa Superpymes para Administradores de Fincas es, en ese sentido, coherente con la misión de nuestra escuela. Y la colaboración con el Colegio es un modelo que nos gustaría seguir replicando con otros colegios profesionales y asociaciones sectoriales.

Quedacaminoporrecorrer,yloafrontamosconlamisma actitud con la que empezamos: escuchando, aprendiendo del colectivo y mejorando con cada edición. MientraselColegiosigaconfiandoenestaalianza,EDEMseguirá poniendo lo mejor de sí para estar a la altura de esa confianza.

MateoIbáñez

Coordinador deFormaciónIn Company de EDEM Escuelade Empresarios

↑ Edem y Lanzadera en la Marina de Valencia
↑ Sede de EDEM

VALENTIA

CUANDOLASINCIDENCIASTEDESBORDAN

Una forma sencilla de ganar control en el despacho sin trabajar más horas

↑ Ronny Presente

Hay días en los que el despacho no se llena de trabajo, sino de incidencias. Una detrás de otra, sin parar. Empieza con una filtración en el garaje y, antes de cerrar ese correo, entra una llamada por el ascensor. Luego un mensaje por humedades. De fondo hay una sensación constante: algo se está quedando atrás.

No es que no se esté trabajando. Es que cuesta saber en qué punto está cada cosa: qué ya se ha movido, qué depende de terceros y qué está bloqueado. Esa falta de visión genera estrés, retrabajo y aumenta el riesgo de errores, incluso cuando el equipo está implicado y hace bien su trabajo.

Escenas que se repiten demasiado

La filtración del garaje se convierte en una cadena interminable: correos de vecinos, partes al seguro, fotos que faltan, informes que llegan tarde. Cada semana alguien pregunta cómo va y cada semana hay que volver a buscar el expediente para reconstruir la historia.

Elascensor«estáenello».Elproveedoresperapiezas,la comunidad espera respuestas y el despacho queda en medio, explicando una y otra vez lo mismo. Mientras tanto, otras incidencias siguen entrando.

Dentro del equipo nadie tiene la foto completa. Las incidencias viven repartidas entre correos, llamadas y en la cabeza de quien las lleva. Si esa persona no está, todo se frena. El problema no es la falta de implicación, sino una forma de organizar el trabajo que no ayuda a tener control.

Tres ideas sencillas que ayudan desde el primer día 1. Ver todas las incidencias de un vistazo

Tener un único tablero —físico o digital— donde aparezcan todas las incidencias abiertas cambia radicalmente la sensación del despacho. Con columnas simples como «Nuevas», «En gestión», «Pendiente de terceros» y «Resuelta», se deja de trabajar a ciegas. De repente se ve qué está blo-

queado, qué se está alargando demasiado y dónde se acumula trabajo.

2. Seguir siempre un mismo esquema básico

No todas las incidencias son iguales, pero casi todas necesitan los mismos pasos: registrar, informar,mover,hacerseguimientoycerrar.Tenereste esquema claro evita olvidos y reduce variaciones entre personas, aunque no haga falta documentarlo todo en detalle.

3. Observar sin complicarse

Cuando las incidencias están visibles, surgen preguntascasisolas:¿cuálessealarganmás?,¿quétipos generan más idas y vueltas?, ¿qué depende siempre de terceros? No hace falta medirlo todo; basta con empezar a mirar.

Para terminar

Estas ideas ya ayudan a ganar orden y a reducir parte delestrésdiario.Peroelverdaderocambionollegasolopor tener un tablero, sino por mirarlo y usarlo de forma constante. Dedicar unos minutos al día a revisar qué está abierto, qué está bloqueado y qué se puede cerrar marca la diferencia entre reaccionar todo el tiempo o llevar realmente el control.

En el próximo artículo veremos cómo una revisión diaria muy breve puede ayudar a que el despacho deje de ir a ciegas, incluso en los días más cargados.

Ronny Presente

Profesional con experiencia internacional en organización operativa y mejora de procesos en entornos industriales y de servicios, aplicada hoy al día a día de los despachos de administración de fincas.

LEAN Operations & Quality Coach

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FORMACIÓN EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL

AlfonsoG.Martínezllevólainteligenciaartificial(IA)aplicada a la administración de fincas a decenas de colegiados interesados en formarse en las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías a mediados de febrero en Valenciaylosdías5y6demarzoenCastellónyGandía,con la colaboración de Grupo LAE, IDS FincasPlus y RS Energía. La afluencia y el interés mostrado fue muy alto, lo que demuestra la disposición de los profesionales a mantenerse actualizados para seguir ofreciendo un servicio de calidad a las comunidades de propietarios.

Además, en vísperas del 8 de marzo, se aprovecharon ambas jornadas para reivindicar y celebrar el Día de la Mujer. Dos jornadas formativas de gran éxito.

↑ Jornada de IA en Valencia
↑ Formación de IA en el Real Casino de Castellón
↑ Asistentes en Castellón
↑ Ana Olaso presenta el curso en Gandı́a
↑ Asistentes en Gandı́a
← Dı́a de la Mujer

ANIVERSARIO DE 'CASTELLÓN PLAZA'

Castellón Plaza celebró siete años como referente informativo en la provincia

↑ Joaquı́n Garcı́a y Marı́a José Miralles en el aniversario

Castellón Plaza ha cumplido siete años de trayectoria consolidadocomounodelosreferentescomunicativos de la provincia. La cabecera del Grupo Plaza celebró en diciembre su aniversario con una gala en el Moll de Costa del Grau, un encuentro que reunió a más de 200 invitados, entre ellos los principales representantes institucionales, empresariales y sociales de Castellón.

Entre los asistentes se encontraban también dos miembrosdelaJuntadeGobiernodelColegiodeAdministradores de Fincas de Valencia-Castellón: el vicepresidente, Joaquín García, y la vocal 6.ª, María José Miralles. La cita sirvió para poner en valor el camino recorrido desde el nacimiento de Castellón Plaza, el 17 de octubre de 2018, una etapamarcadaporelcompromisoconunperiodismoriguroso, cercano y de servicio público.

Elactodestacólalabordelacabeceraalahoradeacercar a la ciudadanía la actualidad en ámbitos como la economía, la política, la gestión municipal, la cultura, la sociedad o el deporte. Siete años en los que el medio ha sabido narrar los principales hitos de la provincia y de su tejido social.

La gala permitió, además, presentar las nuevas apuestas del diario en materia de innovación. Castellón Plaza aspiraaliderarenlaprovincialatransformacióndigitalylaintegracióndelainteligenciaartificial.Coneseobjetivoincorpora herramientas pioneras, como Sof-IA, un avatar creado conIAqueofreceráresúmenesdelasnoticiasmásrelevantes del día.

LA PROTECCIÓN JURÍDICA FRENTE A LA

CONTAMINACIÓN ACÚSTICA EN EL ÁMBITO DOMICILIARIO

La problemática derivada de las inmisiones acústicas constituye uno de los conflictos más frecuentes en el ámbito de la convivencia vecinal y de la propiedad inmobiliaria. En la práctica forense, resulta habitual que los profesionales del Derecho nos enfrentemos a reclamaciones de nuestros clientes, motivadas por ruidos procedentes del uso de elementos privativos o comunes de los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, así como por emisiones sonoras externas, originadas en actividades desarrolladas en el entorno urbano.

La intensidad, reiteración o persistencia de estas inmisionespuedellegaracomprometergravementeelderecho del ocupante de la vivienda a disfrutar de su domicilio con normalidad. Cuando el nivel de ruido excede los límites de tolerancia socialmente aceptables, el perjudicado se ve obligado a soportar una situación que altera de forma significativa sus hábitos de vida, su descanso y, en ocasiones, su propia salud.

La contaminación acústica ha dejado de ser una mera cuestión de convivencia para convertirse en un problema ambientalysanitariodeprimeramagnitud.NumerososestudiossitúanaEspañaentrelospaíseseuropeosconmayores niveles de exposición al ruido ambiental, circunstancia querespondeenparteafactoresculturales,climáticosyurbanísticos que favorecen una mayor actividad social compartida, muchas veces en horarios nocturnos o tardíos.

A ello se suma la elevada densidad edificatoria de muchas de nuestras ciudades, la falta de calidad constructiva de algunos edificios, y el desarrollo de actividades económicas, públicas y privadas, vinculadas al ocio y al turismo, factores que intensifican la conflictividad en materia acústica.

Desde el punto de vista normativo, el régimen jurídico básico de la contaminación acústica en España se encuentra establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, que incorpora al ordenamiento interno la normativa europea en materia de evaluación y gestión del ruido am-

biental. Esta norma se desarrolla, entre otras disposiciones reglamentarias, por el Real Decreto 1367/2007 de 19 de octubre, que establece los objetivos de calidad acústica y regula la zonificación, así como por la normativa autonómica y las correspondientes ordenanzas municipales.

También las comunidades autónomas han aprobado leyes específicas destinadas a la prevención y control de la contaminación acústica, que suelen complementarse con instrumentos de planificación como los mapas estratégicos de ruido o los planes de acción acústica. Y a nivel municipal, las ordenanzas reguladoras determinan horarios, niveles máximos de emisión y mecanismos de inspección y sanción administrativa.

No obstante, la protección frente al ruido no se agota en la normativa administrativa. El ordenamiento jurídico español ofrece diversas vías de tutela en el ámbito civil, constitucional, contencioso-administrativo, incluso a través de la jurisdicción penal en los casos más graves.

En el ámbito de la propiedad horizontal, el principal instrumento de reacción frente a las actividades generadoras de ruidos excesivos se encuentra en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Dicha disposición prohíbe al propietario u ocupante del inmueble desarrollar actividades que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. En tales supuestos, la comunidad de propietariospuedeejercitarladenominadaaccióndecesación,dirigida a poner fin a la conducta perturbadora.

En este contexto, la jurisprudencia ha reiterado que el hecho de que una actividad disponga de licencia administrativa o cumpla formalmente con las normas reglamentarias no impide la exigencia de responsabilidad civil cuando las molestias ocasionadas superan los límites de tolerancia exigibles en una convivencia normal.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha señalado reiteradamentequelosruidospersistentesodesproporcionados dejan de ser jurídicamente tolerables aun cuando procedan del desarrollo de actividades inicialmente lícitas. De este modo, el cumplimiento de las disposiciones administrativas no excluye la eventual responsabilidad civil cuando dichas medidas se revelan insuficientes para evitar un daño efectivo.

La evolución jurisprudencial de las últimas décadas ha puesto de relieve que determinadas inmisiones acústicas pueden trascender el ámbito de la mera molestia vecinal y alcanzarlacategoríadelesióndederechosfundamentales.

Ladoctrinaconstitucionalpartedelaconsideraciónde que el domicilio no es únicamente un espacio físico, sino también el ámbito en el que se desarrolla la vida privada y familiar de las personas. En consecuencia, las perturbaciones graves y prolongadas que impidan el disfrute normal de la vivienda pueden constituir una vulneración del derecho a la intimidad personal y familiar, y del derecho a la inviolabilidad del domicilio reconocidos en el artículo 18 de la Constitución.

Esta interpretación se encuentra influida por la juris-

prudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha reconocido en diversas resoluciones que la exposiciónprolongadaaniveleselevadosderuidopuedesuponer una injerencia ilegítima en el derecho al respeto del domicilio protegido por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La doctrina constitucional española ya fue claramente definida por la sentencia 119/2001 del Tribunal Constitucional, que reconoció que la contaminación acústica puede afectar a los derechos fundamentales a la integridad física y moral, a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio.

Enlosúltimosañoslajurisprudenciahareforzadolatutela frente al ruido, especialmente en los supuestos en los que la Administración pública no adopta medidas eficaces para prevenir o corregir situaciones de contaminación acústica.

Un ejemplo reciente se encuentra en la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 2 de junio de 2025, que analiza la responsabilidad derivada de la inactividad municipalantenivelespersistentesderuidoqueafectaban a diversas viviendas. El Alto Tribunal declaró que la indemnización por vulneración de derechos fundamentales debe atenderalperjuiciosufridoporquieneshabitanlavivienda, conindependenciadesuporcentajedetitularidaddominical sobre el inmueble.

Laresoluciónsubrayaquelalesiónproducidanoafecta únicamente al derecho de propiedad, sino a derechos fundamentales de carácter personal, como la intimidad domiciliaria o la integridad física y moral. Por ello, la cuantificacióndelaindemnizacióndebeorientarsearepararlaimposibilidad o grave dificultad de disfrutar del domicilio en condiciones normales.

Estalíneajurisprudencialconfirmaunatendenciaconsolidada: la contaminación acústica no solo genera responsabilidadcivilentreparticulares,sinotambiénresponsabilidad patrimonial de la Administración cuando esta incumple su deber de vigilancia y control.

La persistencia de ruidos excesivos puede provocar no solomolestiasmateriales,sinotambiénunimportanteper-

juicio de carácter moral. La jurisprudencia ha reconocido reiteradamente que la alteración del descanso, la ansiedad o el sufrimiento psíquico derivados de estas situaciones constituyen daños indemnizables.

En la práctica judicial, la determinación del quantum indemnizatorio corresponde a los órganos jurisdiccionales de instancia, quienes deben valorar las circunstancias del casoconcreto:duracióndelasmolestias,intensidaddelruido,reiteracióndelaconductadelinfractorylaactitudmostrada por este para poner fin a la situación.

Especial relevancia adquieren los informes periciales acústicos y médicos, que permiten acreditar tanto el nivel deruidocomosuimpactoenlasaludyenlacalidaddevida de los afectados.

Apreciamos en la última década una creciente sensibilización social frente a la contaminación acústica, que ha impulsado una evolución normativa y jurisprudencial orientada a reforzar la protección del ciudadano frente a estasinmisiones.Hoyresultapalmarioqueelderechoadisfrutar del domicilio sin perturbaciones graves forma parte del núcleo esencial de la intimidad personal y familiar. En consecuencia, cuando las emisiones sonoras superan los límites de tolerancia exigibles en una convivencia normal, el ordenamiento jurídico ofrece diversos mecanismos de reacción: la acción de cesación en el ámbito de la propiedad horizontal, la reclamación civil por daños y perjuicios y, en determinados supuestos, la tutela de derechos fundamentales.

La práctica judicial demuestra que la defensa eficaz frente al ruido exige una adecuada combinación de instrumentos administrativos, civiles y constitucionales. Solo mediante esta respuesta integral es posible garantizar que el domicilio continúe siendo, en términos jurídicos y materiales, el espacio de tranquilidad y seguridad que la Constitución pretende proteger.

M.ª Dolores Delgado de Molina Asesora jurídica del Colegio de Administradores de Fincas de Alicante

EL PLAZO DE EJERCICIO DE LA ACCIÓN PARA

RECLAMAR LA REPARACIÓN DE FILTRACIONES

Un tema recurrente que se plantea cuando se producen filtracionesescuáleselplazoquetieneelpropietarioo inquilino de un inmueble en propiedad horizontal para reclamar tanto sea la reparación de un elemento común, como la indemnización de los daños y perjuicios causados.

Lo primero que debe concretarse es que el plazo para ejercicio de la acción es de cinco años, dado el tenor literal del artículo 10.1, letra a) de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que establece el carácter obligatorio de los trabajos ylasobrasqueresultennecesarios«paraeladecuadomantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquieraotrasderivadasdelaimposición,porpartedelaAdministración, del deber legal de conservación».

El porqué de dicho plazo, y no el de un año previsto en el artículo 1968-2.º del Código Civil (CC), viene dado por tratarse de una obligación legal de la comunidad con el propietario, y con el arrendatario o usuario de un elemento común,queexcededelameraresponsabilidadcivilextracontractual exigible conforme a los artículos 1902 y siguientes delCC,yasílohavenidodeclarandolamásrecienteyconstante Jurisprudencia, destacando la sentencia del Tribunal Supremo 491/2018 de 14 de septiembre de 2018 (Roj: STS 3102/2018 - ECLI:ES:TS:2018:3102), de la que es ponente don Antonio Salas Carceller y que revoca una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que sostenía la tesis de que laexigenciadecumplimientodelaobligacióndeconserva-

ción del artículo 10.1 LPH estaba sujeta al plazo general de cinco años de las acciones personales y, sin embargo, la de exigencia de indemnización de los daños y perjuicios causados por dicho incumplimiento lo estaba al plazo de prescripción de un año propio de la responsabilidad extracontractual.

El Tribunal Supremo casó dicha sentencia de la Audiencia: «Para resolver la cuestión controvertida es necesariotenerencuentaquelaaccióndereclamacióndeindemnización de daños y perjuicios causados parte de la afirmación, no discutida, de que los daños y perjuicios que se dicen producidos nacen precisamente del incumplimiento de una obligación legal que a las comunidades de propietariosimponeelartículo10delaLeydePropiedadHorizontal en el sentido de llevar a cabo las obras que resulten necesarias para el mantenimiento y conservación de los elementos comunes, de modo que no causen daño alguno a otros bienes comunes o a los privativos. Se trata de una obligación legal, en el sentido a que se refiere el artículo 1089 del Código Civil, que no resulta asimilable a las derivadas de actos u omisiones ilícitas, que comprenden un ámbito distinto y a las que resulta de aplicación el plazo de prescripción anual del artículo 1968-2.º. No cabe disociar el plazo de prescripción para exigir el cumplimiento de las obligaciones legales del correspondiente a la acción para exigirlasconsecuenciasdañosasdedichoincumplimiento, porloquenopuedesercompartidalaposiciónsostenidaal respecto por la sentencia impugnada que, en consecuencia, habrá de ser casada puesto que la acción de reclamación de daños y perjuicios ejercitada no está prescrita al ser aplicable el plazo de cinco años, según la redacción del artículo 1964 del Código Civil que resulta aplicable».

Posteriormente, la sentencia del Tribunal Supremo 114/2019 de 20 de febrero de 2019 (Roj: STS 511/2019 - ECLI: ES:TS:2019:511)citala anterior(491/2018),yañadequeeldies a quo de comienzo del plazo de ejercicio de esta acción, la consideración de los daños como permanentes («que se mantienen en el tiempo») o continuados («que no solo se mantienen, sino que se van agravando en cuanto su causa productora no cesa»), no es una mera cuestión fáctica, sino que alcanza efectos jurídicos en tanto que influye en la determinación del dies a quo para el comienzo del plazo de prescripción, siendo por otra parte incontestable que los dañosqueseproducenporfiltracionesdesdeunelemento superior continúan produciéndose y agravándose con el transcurso del tiempo hasta la subsanación de los defectos que dan lugar a los mismos, por lo que se podrán considerar como permanentes, como sostiene la Audiencia, pero también son continuados, pues se agravan por las sucesivas filtraciones que se producen en cada momento en que cae agua sobre la terraza superior. La aplicación de lo dispuesto por el artículo 1969 CC da lugar a que la fijación del dies a quo, en el caso de daños continuados, haya de coincidirconlafechaenquelosmismoscesany,enconsecuencia, cuando cabe cuantificar su alcance definitivo, pues es entonces —no antes— cuando la acción puede ejercitarse.

Lo que llama la atención de esta segunda sentencia es que haciéndose eco de la doctrina sentada en otras cinco resoluciones que a su vez cita, recuerda y concluye que,

ASESORÍA JURÍDICA

conforme al artículo 1969 del Código Civil, el comienzo del plazo de la prescripción de la acción es a partir de que «pudo ejercitarse», lo que concreta y determina en la fecha de consolidación del resultado definitivo, en los casos de daños continuados o de producción sucesiva, pero afirma que para ello no basta el conocimiento del daño definitivo, sinoqueademásserequierequeestédeterminadalaidentidad del responsable del daño a efectos de poder ejercer adecuadamente la acción, y concluye «siendo así que en el caso presente el demandante se dirigió en un primer momento la acción reclamatoria contra los propietarios de los pisossuperioreslosque,asuvez,demandaronalacomunidad; de modo que la responsabilidad de esta última solo fue judicialmente determinada cuando se dictó sentencia enelanteriorproceso,constandoquelapresentedemanda se interpuso cuando aún no había transcurrido el plazo de prescripción desde ese momento».

Con posterioridad, ha recaído la elocuente sentencia 295/2026 del Tribunal Supremo, de 24 de febrero de 2026 (Roj: STS 816/2026), que puntualiza dicha doctrina, distingue en esta clase de daños por humedades entre daños permanentes y daños continuados , afirmando que «el criterio para determinar si un daño ha de ser calificado como permanente o continuado, es si el origen y causa de los

mismos estaba perfectamente dictaminado», y en función de ello, determina el comienzo del plazo de ejercicio de las acciones personales, con especial estudio de las acciones de responsabilidad civil extracontractual, y las acciones de la Ley de Ordenación de la Edificación.

En definitiva, se ha de estar al caso concreto y las comunidadesdepropietariosdebenextremarlacautelaenel transcurso del plazo de prescripción de acciones en estos asuntos de filtraciones y humedades, desplegar la diligencia debida en la constatación de los hechos y sus causas, mediante informes periciales, y ejercitar, en su caso, las acciones correspondientes a través de uno de los medios alternativos de solución de conflictos que prevé la Ley Orgánica 1/2025, con el apoyo de los profesionales técnicos y jurídicos necesarios,acuyoefectonoestádemenosrecordar que los administradores de fincas colegiados tienen a su disposición los servicios de los asesores jurídicos y técnicos, así como el CEMEICO.

Víctor Puig Yñiguez Jefe de la Asesoría Jurídica del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón

CUANDO UN GRUPO DE PROPIETARIOS QUIERE CONVOCAR UNA JUNTA,

¿PUEDE CONVOCARLA DIRECTAMENTE O ANTES

TIENE QUE PEDIR AL PRESIDENTE QUE CONVOQUE?

En la Asesoría Jurídica, en muchas ocasiones se han formulado consultas respecto a la convocatoria de juntas por la cuarta parte de los propietarios o el 25% de la cuota del edificio.

Muchas veces se ha considerado que este número de propietarios podía convocar la junta directamente sin necesidad contar con el presidente.

El artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, apartados 1 y 2, dice así:

«1.La junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demásocasionesqueloconsidereconvenienteelpresidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.

2.La convocatoria de las juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación delosasuntosatratar,ellugar,díayhoraenquesecelebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietariosquenoesténalcorrienteenelpagodelasdeudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derechodevotosisedanlossupuestosprevistosenelartículo 15.2».

Hasta el momento este precepto ha sido interpretado en dos sentidos distintos:

• Unas sentencias realizan una interpretación literal del citado precepto, y consideran que si una cuarta parte

delospropietariosounnúmerodeestosquerepresente el 25 % de las cuotas quiere convocar junta debe solicitar al presidente que convoque y, si este no lo hiciera, es cuando los promotores podrían convocarla. Así, en las sentencias de la Audiencia de Las Palmas de 24 de mayo de 2012 y de 26 de abril de 2017, y en la de Alicante de 13 de abril de 2005.

• Encambio,otrassentenciasmantienenuncriteriomás flexible y no consideran necesario acudir previamente al presidente de la comunidad para convocar junta. Como ejemplo, sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 11 de junio de 2013.

Pero el pasado 2 de junio de 2025, el Tribunal Supremo dictó dos sentencias (números 867 y 868, en los recursos 1443/2020 y 2058/2021), en las que considera más acertada la primera de las interpretaciones.

Estassentenciaslofundamentanacudiendoalsentido literal del artículo 16:

«El precepto, al establecer en su apartado primero que lajuntase reunirá en las ocasiones en que lo “pida” la cuarta parte de los propietarios o un número de estos que represente al menos el25%de las cuotas de participación, no reconoce a dicha minoría una facultad deconvocatoriadirecta,sinolaposibilidaddesolicitarlareunión.Elverboempleado —“pedir”— implica una solicitud, no una actuación ejecutiva, y presupone necesariamente un destinatario, que no puede ser otro que el presidente, quien ostenta la competencia ordinaria paraconvocarlasjuntas, de conformidad con lo que dispone expresamente el apartado segundo del mismo artículo. En este se indica, de forma clara y sin ambigüedades, que “laconvocatoriade lasJuntasla hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión”. La expresión “en su defecto” no puede entendersecomounafórmulavacíanicomounmerorecursoestilístico: en el lenguaje jurídico tiene un sentido técnico claro, que remite a la subsidiariedad; es decir, a la habilitación de un sujeto secundario para actuar solo cuando el principal no lo hace. Por tanto, la legitimación de los promotores paraconvocarno es directa, sino condicionada a la previa inacción del presidente».

Por ello, a la vista de estas sentencias del Tribunal Supremo, se debe aconsejar a los propietarios que quieran promover la convocatoria de una junta que primero la soliciten al presidente, y si este no lo hiciera, ya podrían convocarla ellos. De lo contrario, otro propietario podría impugnar los acuerdos aprobados en dicha junta y que se declaren nulos.

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CONVENIOS

CONVERSIA Y EL COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE VALENCIA-CASTELLÓN

SIGUEN IMPULSANDO ACCIONES PARA PROMOVER EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO

El acuerdo establecido entre ambas entidades permite dar asesoramiento y apoyo especializado, tanto a los despachos de los administradores como a las comunidades

La actividad de los administradores de fincas colegiados sedesarrollaenunentornonormativocadavezmásexigente,quenosoloregulaelfuncionamientodesuspropios despachos, sino también la correcta adecuación legal de las comunidades de propietarios que gestionan. La constante evolución y complejidad de la normativa incrementan el riesgo de incumplimiento, lo que hace imprescindible contar con un sistema de coordinación eficaz que garantice la adecuación al marco legal, tanto del despacho como de las comunidades.

Asesoramiento experto, tranquilidad garantizada

Consciente de esta realidad, el Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón ofrece desde hace años a sus colegiados el respaldo y la experiencia de Conversia, legaltech líder a nivel nacional y referente en el sector de administradores de fincas, que cuenta con acuerdos con los principales colegios territoriales, así como con el Consejo General de CAF de España.

A través del Servicio Cobertura 360, Conversia proporciona una solución integral que centraliza la adaptación a diversas normativas mediante un único interlocutor, optimizando la gestión, reduciendo costes y aportando seguridad jurídica a los administradores.

Por otro lado, Conversia presta a las comunidades de propietarios asesoramiento en protección de datos personales,asícomoencoordinacióndeactividadesempresaria-

les(CAE),paraprevenirlosriesgosderivadosdelacontratación y subcontratación empresarial, y en prevención de riesgos laborales, de la mano de ASPY Prevención.

En este sentido, cabe destacar que elservicio CAE de Conversiaeselúnicodelmercadoqueincluye,sincoste,un seguro que cubre la responsabilidad civil por accidentes laboralesde trabajadores sin vínculo laboral con la comunidad de propietarios, proporcionado por Grupo Mutua de Propietarios.

Plan de acción y novedades previstas

Para este 2026, la colaboración entre Conversia y el Colegio de Administradores de Fincas de Valencia-Castellón va a permitir seguir proporcionando a los administradores actuaciones específicas y soluciones tecnológicas orientadas a optimizar la gestión del cumplimiento, facilitar su día a día, así como aportar mayor seguridad y confianza.

Por lo que se refiere a la presencia en eventos, Conversia participará como colaborador en el XIII Curso Francisco Brotons, que se celebrará el próximo mes de octubre en la ciudad de Valencia.

Alfonso Buhigas Arizcun Director Vertical Administradores de Fincas

La

digitalización redefine la gestión de las comunidades de propietarios

La gestión de comunidades de propietarios está experimentandounatransformaciónprofunda.Ladigitalización formayapartedeldíaadíademuchosdespachosdeadministración de fincas y está redefiniendo la manera en que se gestionan procesos, comunicaciones y documentación. Este cambio viene impulsado tanto por la evolución tecnológica como por un entorno regulatorio cada vez más digital, que exige a los profesionales adoptar nuevas herramientas para trabajar con mayor eficiencia, trazabilidad y seguridad jurídica.

Hoy, los administradores de fincas gestionan cada vez más información y comunicaciones que requieren rapidez, control y capacidad de respuesta. En este contexto, herramientas como la firma electrónica, la identidad digital o las comunicaciones electrónicas certificadas se han convertidoenaliadosclaveparamodernizarlagestióndelascomunidades y responder a las nuevas expectativas de propietarios, proveedores y administraciones públicas.

“La digitalización ya no es una opción, sino una herramienta clave para que los administradores de fincas puedan gestionar comunidades con mayor eficiencia, seguridad jurídica y transparencia”.

La incorporación de estas soluciones permite formalizar acuerdos, firmar contratos, gestionar autorizaciones o enviarcomunicacionesrelevantesdeformacompletamente digital, manteniendo el mismo valor jurídico que los procesos tradicionales en papel. Al mismo tiempo, facilita una gestión más ágil, reduce desplazamientos y optimiza el tiempo dedicado a tareas administrativas que tradicionalmente requerían presencia física o intercambio de documentación.

Para los propietarios, esta evolución también supone una mejora significativa en su experiencia. Poder firmar documentos desde el móvil, recibir comunicaciones de forma inmediata o acceder a información relevante en formato digital aporta comodidad y transparencia, y refuerza la confianza en la gestión profesional de la comunidad.

Aestatransformaciónsesumaunelementonormativoque ha cambiado la forma de relacionarse con la Administración. La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo

Común estableció que la Administración debe comunicarseelectrónicamenteconempresasyprofesionales.Paralos administradores de fincas, esto implica revisar con frecuencia distintos buzones electrónicos y sedes administrativas para no perder ninguna notificación oficial ni superar los plazos establecidos.

Cuando se gestionan numerosas comunidades, esta tarea puede convertirse en una carga administrativa relevante si no se dispone de herramientas adecuadas. En este contexto, la tecnología vuelve a desempeñar un papel fundamental. Soluciones como CAFirma (cafirma.com) permiten centralizar la recepción y gestión de notificaciones electrónicas procedentes de diferentes organismos públicos, facilitando su control y seguimiento y reduciendo el riesgo de que se produzcan vencimientos de plazos.

La evolución tecnológica también abre nuevas oportunidades para mejorar la eficiencia de los despachos profesionales. La digitalización de documentos, la automatización de procesos y el uso de servicios electrónicos de confianza permiten simplificar muchas tareas del día a día y dedicarmástiempoalagestión,elasesoramientoylaatención a las comunidades.

En Signaturit una empresa del grupo Namirial, prestadorlídereuropeoenservicioselectrónicosdeconfianza, trabajamos para acompañar a organizaciones y profesionalesenesteprocesodetransformación.Nuestroobjetivoesofrecersolucionesseguras,sencillasdeintegraryplenamentealineadasconelmarcolegalquepermitandigitalizar procesos como la firma electrónica, la verificación de identidad o las comunicaciones certificadas.

Porque cuando la tecnología se pone al servicio de los profesionales, se convierte en una herramienta clave para mejorar la eficiencia, reforzar la seguridad jurídica y seguir ofreciendo un servicio de calidad a las comunidades de propietarios.

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Revista 'Urbis Noticias' n.º 122 by Colegio Administradores de Fincas de Valencia y Castellón - Issuu