ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES DE PUERTO RICO
CASO NÚ1\iL NET-2020-0A-OOOl
A TODAS LAS COMI' AÑlAS DE ITLECOl\fUNICACIONES. CABLE TELEVISIÓN, VOZ SOBRE PROTOCOT.O DE INTERNET (VoIP)
--------------'
ASUNTO: APLICABILIDAD DE LA ORDEN EJECUTIVA NUM. OE-2020023 y EXTENSIÓN DE TÉRMINOS
ORDEN ADMINISTRATIVA LR presente Orden Administrativa se emite con el propósito de Rc1RrRr el Rlcance de IR Orden Ejecutivil Núm. OE-2020-023, Orden Ejecllfiva De La Gobenmdora De PuerTo Rico, HOII. Wanda Vá:::que: Garced, Para Viabili:::ar Los Cierres Necesarios GlIbernamellTales Y Pn"vados Para Combatir Los Efectos De! COl"Onavims (Covid-19) y Co¡¡frolar El Riesgo De ColITagio En llruesTra isla, (OE-2020-023). Así como, extender los ténninos jnrisdiccionRles y de cUlllplimiento que expiren duraule el período del 15 al 30 de marzo de 2020. Trasfondo EI15 de marzo de 2020 la HOll. Gobemadora de Puerto Rico, \Vauda Vázquez Garced, fimló la OE-2020-023. Esta Orden Ejeclltiva tiene como propósito viabilizar los cierres necesarios gubernamentales y pri"ados para combatir los efectos del COl"Omnirus (COVID-19) y controlar el riesgo de contagios en toda la Isla. LR OE-2020-023 en su Sección 7 dispone en su parte pel1iueule y citamos: "Las disposiciones de esta sección no aplicarán a personas debidamente idemijicadr¡s COII/O empleados de agencias de seguridad pllblica Oprivada, a ¡¡ivel esraUlI y federal, profesiouales de la salud, personal que labora en hospitales, farmacias, famlOcéutícas, instalaciones de biociencia o cel/tros de salud, personal que se enCllentl"e n·abajando en la cadena de distribución al por mayor y mamifacrura de bienes y alimemos, desde el origen !lasta los eSTablecimiell10s de vellla al cOl/sl/midor, persollnl que se el/cuentre trnbnjalldo COlI IIlílidades o illfraestmcrura critica, celllros de {famadas (caN cellter), persona! de p'ferTOS y aeropllertos, miembros de fa p,·ensa, o aquellos ciudadanos qlle esté¡¡ aTendiendo si1llaciol1es de emergencias o de snllld. ESTOS empleados eslarfÍn flIl1ori:ados a lransiwr en fas v/as públicas de camilla a Sil trabajo y regreso a Sil hogar en el horario qlle sea necesario." (ÉnfRsis nuestro)
Discusión El NET es In entidad encRrgRdR de implementar IR polítiCR públicR esbozRdR en el Artículo 1-2 de la Ley 213-19961 (Ley 213), seglUl enmendada, couocida como Ley de TelecoUlunicRciones de Puerto Rico de 1996, la CllRI reconoce el servicio de telecomunicaciones como uno esencial y CU)'fl prestación persigue un fin de alto interes público, Por lo que, la dispouibi1i{l.:'ld de servicios y lilCilidades de telecOlTIlUlicaciolle5, son cncomlcntlas ministeriales tleI NET. En estos momcntos, dondc sc ha dcclRl'Rdo una Pandemia R CRUsa del COVID-19 y sc ha decretRdo lUln emergencin tanto a nivel local como A nivel fedeml y mnndial, es necesRrio contar con uua infraestructma de te1ecOlUlUlicacioues robusta y que cualquier intelTupcióu en los sePlicios sea conegida de fomIR inmediata. Con respecto a los servicios esenciRles de telccoumnicRcioncs y la RplicRbilidad de IR OE-2020-023, el telmino de inji-aesfl"llClllra crítica se referirá a 1:1 infraestl1lctnra crítica de telecomunicaciones, tilles como: tones de telecomunicaciones, auleuas, microondas, oficinas centrilles, centros de Vigilancia de la red, cable, fibra óptica, módems. Sin que ello se entienda como una limitación al ténnino de infl"Resllllctllrn.
I 27 L.P,RA. § 265
I\TT_10!O-OA_lMlOl 1l)1OO31~
0,1.
PoIg. 1 <lt 2
Esta Ordell Ad"'illisfrmiva se emite a los fines de que todo aquel empleado de cualquiera de las compañías tle telecomunicaciones, televisión por cable y Volp, cuyos servicios sean necesarios fuera del horario dispuesto en la üE- 2020-023 puedan transitar de su trabajo a su residencia, de su rcsidencia a su trabajo, de su trabajo al lugar donde se requiera instalar, reparar, o continuación de sotelTado de líTleas de fibra óptic<l. Aquellas otras facilidades de servicios de telecomulllcaciones que necesiten proveer servicIO directo al ciudadano, lo harán a través de tul sistema tipo servicarro. Los centros de llamadas podrán continuar operando, tomando las dcbidas SII1vaguardas dc protección para así cviTar el contagio del COVID-19_ Además, con el propósito de garantizarle el debido proceso de ley, a todas las partes con casos pendientcs '! que deban radicar documentos pertinentes en los procedimielltos ante el NET, en los témJÍnos dispuestos medinnte órdenes, resoluciones, reglamentos, leyes nplienbles; y COllfOlllle a la nlcultad que uos eOlItlere la Ley 213, el NET extiende los térmiuos par<l presetl1flr docwnentos en todo procedimiento ante nuestra consideración. En consecuencia, se extienden los témlÍnos hasta tres días después del inicio de operaciones del NET. Los señalamientos de vistas y collierencias trausaccionales durante el período en que esta ageucia permanezca cerrada se entenderán cancelados y los mismos serán oportunamente reseñalados. Orden A tenor con In mnplin jurisdicción prirnmin sobre todos los sen/icios de telecomunicaciones, sobre todas las personas que tindall estos selVicios dentro del Estado Libre AsOCi:ldo de Pue¡10 Rico, y soble toda persona con un interés directo o indirecto en dichos servicios o compañía, esta hUlta RESUELVE y ORDENA:
El alcalice de lo OE-2020-023 COI/ respecto a los sen'icios esellciale.~ de te1ecollllfllicaciolles será cOllforme a lo displlesto ell la presente Ordel/ Adlll i I/istratim. A partir del 16 de lIIarw de 2020, se eXliendelllu~' tern,itws {¡asta fre~' dios desplló' del ¡lIicio de operaciolles del NE1: Lm' seliolallliel/loS de )'istas y cOl/ferencias transacciollales dllrallle el periodo ell que el NET permanezca cerrado se elttelldemll COI/celados y los lIIislllOS serál/ opurfUllamf!lIfe r~'ellalados.
NOTIFÍQUESE la presente Ordell Admillistratlva a través de la página de lllterliet del NET y sus redes sociales:
Así lo acordó el NET el15 de marzo de 2020.
Finnado Sandra Tones López Presidenta
Firmado Zaida E. Cordero López Comisionada Asocifldn