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La actividad legislativa en Puerto Rico entre 1933-1940 descripción de un banco de datos

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La actividad legislativa en Puerto Rico entre 1933 – 1940: descripción de unos bancos de datos por Iyari Ríos González, Ph. D.


Este ensayo tiene como propósito presentar al usuario unos bancos de datos que registra la actividad legislativa que ocurrió en la Asamblea Legislativa de Puerto Rico entre 1933 y 1940. Ella ofrece información descriptiva en torno a todos los proyectos de ley, resoluciones conjuntas y resoluciones concurrentes que fueron radicados durante dicho periodo histórico tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado. Recopilé los datos durante el proceso de investigación para mi disertación doctoral donde examiné como se articularon los programas de gobierno que presentaron en la década de 1930 el Partido Unión Republicana y el Partido Socialista para elaborar un proyecto económico de país. Para construir los bancos de datos usé los libros de actas de cada uno de los cuerpos parlamentarios, los libros con los proyectos de ley, las resoluciones conjuntas y las resoluciones concurrentes tal cual se presentaron originalmente por los legisladores y también los libros con las leyes aprobadas. Este ensayo está dividido en cuatro partes. En la primera se ofrece un contexto histórico de la situación política y económica del país para que el usuario de los bancos de datos conozca la coyuntura social y algunos de los problemas que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico interesaban atender con las medidas presentadas en la Cámara de Representantes y en el Senado. En la segunda parte discuto los diferentes instrumentos que utilizaban los legisladores para presentar en los cuerpos parlamentarios sus ideas para atender los problemas que enfrenta el país. Además explico el trámite legislativo que cada una de esa medidas debía seguir para ser avalada. En la tercera parte abordo las fuentes primarias que usé para la construcción de los bancos de datos y describo la información que contiene el mismo como también sus características principales. Mientras, en la última parte señalo el uso que ofrecí a los bancos en el proceso de investigación para mi tesis doctoral y algunos de los hallazagos principales como resultado de

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ese análisis. También ofrezco sugerencias sobre estudios que podrían realizarse con dicha información. Coyuntura social en que se presentan las piezas legislativas contenidas en los bancos de datos En la década de 1930 la situación económica, política y social en Puerto Rico era convulsa. En 1929 había iniciado la Gran Depresión y en la Isla este evento tuvo un impacto muy severo. Entre 1930 y 1933 la producción y el ingreso per cápita se redujo 1; mientras que, simultáneamente, la inflación2 y la tasa de desempleo subió3. La agricultura fue uno de los principales sectores que se afectó en la economía insular. 4 Sin embargo, en la industria azucarera apenas se sintieron los efectos de dicha crisis pues tanto la actividad productiva como los beneficios generados por ella aumentaron en ese periodo.5 Una de las razones de mayor peso que explica el desempeño de la industria azucarera durante esa crisis económica fue la redistribución de los ingresos entre los recursos productivos. En términos generales, se observó una merma en la remuneración que recibieron los trabajadores.6 A la misma vez, aumentó el pago de intereses y rentas que recibían otros agentes económicos mientras los desembolsos por concepto de dividendos sobre acciones permanecieron

1 Véase estimados en Harvey Perloff, Puerto Rico’s Economic Future. A Study in Planned Development. Chicago: The University of Chicago Press, 1950, p. 160. 2 Véase James L. Dietz, Historia económica de Puerto Rico, 1ra edición en español, traducción Yvette Torres Rivera, Río Piedras: Ediciones Huracán, 1989, pp. p. 157.

3 Véase Carlos R. Zapata Oliveras, “Situación económica de Puerto Rico durante la Coalición”, Parte II, Horizontes, Vol. 24, Núm.. 47, 1980, p. 52. 4 Véase Dudley Smith, Puerto Rico's Income, Washington D.C.: Association of Sugar Producers of Puerto Rico, 1943, p. 19. 5 Véase Thomas Mathews, La política puertorriqueña y el Nuevo Trato, traducción Antonio J. Colorado, 1ra edición en español, Río Piedras: Editorial Universitaria, 1970, p. 135. 6 Dietz, op. cit., p. 158.

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inalterados.7 Además, el Gobierno de Puerto Rico se encontraba entonces en una situación fiscal muy precaria. En 1932 tenía un deficit presupuestario considerable y la deuda pública crecía de forma rápida.8 Sobre el 75% de los bonistas eran inversionistas de EEUU.9 La Gran Depresión había develado límites y contradicciones del modelo económico insular. Los trabajadores se organizaron para protestar y luchar por unas mejores condiciones de trabajo y el Partido Nacionalista inició la lucha armada contra la ocupación norteamericana de Puerto Rico. Hubo una polarización social. El ordenamiento vigente perdió credibilidad. La metrópoli adoptó nuevas políticas para ofrecer atención al malestar existente en el país. El Nuevo Trato fue la doctrina que fijó los parámetros de referencia para la adopción de un programa económico que interesaba atender la crisis transformando la estructura productiva de Puerto Rico mediante una mayor participación del gobierno en el mercado. Se llamó Plan Chardón. Miembros del Partido Liberal tuvieron una injerencia en la concepción del mismo. Un conjunto de organizaciones comerciales e industriales en el país expresaron descontento con las políticas nuevotratistas y su aplicación a la Isla. Ellas no simpatizaban con el Plan Chardón y obstaculizaron su implementación pues entendían que el mismo constituía una amenaza a la propiedad privada y la libertad de empresa. Desde su perspectiva, cualquier programa de recuperación económica debía tener como principios rectores los pilares del sistema capitalista. En este coyuntura política, económica y social una coalición electoral constituida por el Partido Unión Republicana y el Partido Socialista ejerció el control de la Asamblea Legislativa. Los primeros representaban principalmente los intereses de los propietarios de capital en la Isla. 7 Smith, op. cit., p. 18. 8 Véase Bolívar Pagán, Historia de los partidos políticos puertorriqueños (1898 – 1956), Volumen II, San Juan: Librería Campos, 1959, p. 49. 9 Véase Puerto Rico Policy Commission, Report of the Puerto Rico Policy Commission, s.l.: s.n., 1934 p. 81.

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Mientras que los segundos aspiraban representar los intereses de trabajadores. Analizando las piezas legislativas que se radicaron en la administración de la Coalición Republicana Socialista entre 1933 y 1940 – y que están registradas en los bancos de datos que describo en este ensayo – los usuarios pueden conocer diversos aspectos de la conducta de los partidos políticos y sus miembros en la Asamblea Legislativa en sus intentos de ofrecer soluciones a los problemas del país.

Las piezas legislativas y el trámite legislativo Las piezas legislativas son uno de los instrumentos principales que utilizan los representantes y senadores para impulsar sus ideas, proponer soluciones a los problemas del país y elaborar las políticas públicas. En términos generales, existen tres tipos diferentes de medidas. Estas son los proyectos de ley, las resoluciones conjuntas y las resoluciones concurrentes. Los proyectos de ley son radicados cuando existe interés que la medida promovida sea permanente y tenga una vigencia ilimitada. Según sus propósitos, se han identificado varios tipos. Los proyectos locales son iniciativas para tratar asuntos específicos de un lugar particular. Usualmente se presentan para atender necesidades de distritos que representa el autor de la medida.

Los proyectos privados están dirigidos a satisfacer intereses de una persona o

institución particular. Los mismos han sido considerados por los peritos en la materia como legislación de privilegio.10 Mientras los proyectos nacionales tienen como objetivo abordar temas que inciden en todo el país.11

10 Los “proyectos locales” y “proyectos privados” fueron unos conceptos definidos y utilizados por Néstor Rigual. Véase Néstor Rigual, El poder legislativo de Puerto Rico, Río Piedras: Editorial de la Universidad de Puerto Rico, 1961, pp. 179 – 180 y 184 – 185, respectivamente.

11 El “proyecto nacional” es término que he creado para señalar medidas de interés de toda la población del país. 4


La resolución conjunta se utiliza para impulsar iniciativas que son de carácter transitorio. Su vigencia cesa de manera inmediata una vez que se cumple el propósito para el cual se originó. Mientras, la resolución concurrente se usa para regular el gobierno interno del cuerpo legislativo. También se emplea para realizar algún tipo de expresión que no se interesa tenga fuerza de ley o para consignar las solicitudes efectuadas por parte de los representantes y los senadores.12 Los proyectos o resoluciones por petición son medidas presentadas a instancias de ciudadanos o instituciones. En tales casos, el legislador que se ofrece para radicar la pieza no está comprometido necesariamente a defender la misma; incluso, tiene la libertad de oponerse a ella.13 Para aprobarse una de esas medidas, ellas debían realizar el siguiente trámite legislativo. Durante la administración de la Coalición Republicana Socialista, la Asamblea Legislativa se reunía en sesión ordinaria solamente una vez al año. Dicha sesión tenía una duración de 60 días. Esta siempre comenzaba el segundo lunes de febrero y culminaba no más tarde del 15 de abril. 14 Los proyectos de ley y las resoluciones conjuntas se debían radicar durante los primeros 40 días de la sesión ordinaria. Las iniciativas que atendían el presupuesto gubernamental así como las resoluciones concurrentes no tenían tal restricción. Ellas podían presentarse en cualquier momento. Las medidas podían radicarse en cualquiera de los cuerpos legislativos. Sin embargo, aquellas vinculadas con asuntos contributivos iniciaban su trámite en la Cámara de Representantes. Una vez eran presentadas se enviaban a unas comisiones permanentes para ser

12 Para las resoluciones conjuntas y las resoluciones concurrentes véase Rigual, op. cit., pp. 191, 196. 13 Para el uso de los proyectos y resoluciones por petición véase Rigual, op. cit., p. 94. 14 Inicialmente la Ley Jones de 1917 dispuso que la Asamblea Legislativa celebrara sesiones ordinarias cada dos años. Sin embargo, no había término para recesar. Entonces las sesiones duraban meses. La ley fue enmendada en 1927. Véase ibid., p. 63.

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evaluadas.15 Existían también comisiones especiales. Ellas se organizaban para atender a asuntos específicos. Cada cuerpo legislativo tenía sus propias comisiones. 16 El presidente determinaba su composición. También tenía la prerrogativa de decidir a cuál de ellas iba a ser referida cada una de las medidas. Dichas comisiones estaban constituidas por legisladores de los diferentes partidos políticos y su tarea era producir un informe recomendando las acciones a tomarse con la pieza referida.17 Tras el informe de la comisión, la medida se discutía en el cuerpo legislativo que la produjo. Si sus integrantes avalaban la misma con mayoría absoluta 18 entonces era enviada a la otra cámara. Allí continuaba en un trámite similar. Sus miembros podían rechazar, enmendar o aprobar la pieza. Si los cuerpos legislativos no concurrían en las enmiendas convocaban al Comité de Conferencias. El Presidente de la Cámara de Representantes y el Presidente del Senado designaban a los integrantes que representarían a cada uno de los cuerpos en los trabajos que efectuaría el comité. Tenían como objetivo principal lograr acuerdos en torno a las diferencias que existían entre ellos. En caso que tampoco pudieran alcanzar entendidos, se sustituían algunos de los conferenciantes o se nombraba a un nuevo comité para que continuara 15 Las piezas legislativas podían considerarse por la asamblea en pleno sin haber sido evaluada por comisión alguna pero debía autorizarse por la mayoría de los legisladores. Véase ibid., pp. 95 – 96.

16 En la Cámara de Representantes las comisiones permanentes eran la Comisión de Agricultura, Industria y Comercio; la Comisión de Beneficencia y Sanidad; la Comisión de Gobierno Insular y Municipal; la Comisión de Hacienda; la Comisión de Instrucción Pública; la Comisión Jurídica Civil; la Comisión Jurídica Penal; la Comisión de Obras y Terrenos Públicos; la Comisión de la Policía, Servicio Civil y Elecciones; la Comisión de Reglamento, Impresos y Estilo y la Comisión del Trabajo. En el Senado las comisiones permanentes eran la Comisión de Agricultura, Industria y Comercio; la Comisión de Gobierno Insular, Municipal y Elecciones; la Comisión de Gobierno Interior, Reglamento y Asuntos Especiales; la Comisión de Hacienda; la Comisión de Impresos, Leyes Copiadas y Registradas; la Comisión de Instrucción y Trabajo; la Comisión Jurídica; la Comisión de Nombramientos; la Comisión de la Policía y Servicio Civil; la Comisión de Sanidad y Beneficencia y la Comisión de Terrenos, Servicios Públicos y Minas. 17 Véase Rigual, op. cit., pp. 69 – 71. 18 Para tener mayoría absoluta debía recibir los votos de la mitad más uno de los miembros del cuerpo legislativo.

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con las negociaciones hasta realizar un trato. Logrado un compromiso en el comité se notificaba a cada cuerpo legislativo para su aprobación. Si no se alcanzan un arreglo o una de las partes no quería conferenciar, la medida no se aprobaba. 19 Una vez el instrumento era ratificado por la Cámara de Representantes y por el Senado se refería para la firma del Gobernador. Este evento permitía qque se convirtiera en ley.20 El Primer Ejecutivo podía no avalar la medida. En tal caso, era devuelta con sus objeciones al cuerpo de origen.21 La Asamblea Legislativa, al reconsider la pieza, tenía varias posibilidades. La primera alternativa era no actuar sobre ella. En dicha situación la iniciativa no sería aprobada. La segunda alternativa era enmendarla para atender señalamientos realizados por el Gobernador. Mientra la tercera opción era ratificarla a pesar de las reservas que pudiera tener la rama ejecutiva. Para tales propósitos, la medida debía ser avalada por dos terceras partes de los legisladores tanto en la Cámara de Representante como en el Senado. Sin embargo, toda pieza legislativa que haya sido aprobada por el Gobierno de Puerto Rico estaba sujeta al veto del Presidente de EEUU. Este tenía 90 días para decidir cual sería su proceder. El tiempo comenzaba a transcurrir desde el momento que la medida se somete a su consideración. Si no expresaba su decisión en ese periodo de tiempo entonces entraba en vigor inmediatamente. El Congreso de EEUU podía desaprobar cualquier ley insular aún cuando hubiese sido autorizada por la Asamblea Legislativa, el Gobernador de Puerto Rico o el Presidente de EEUU. 19 Véase Rigual, op. cit., pp. 106 – 107. 20 Usualmente el Gobernador tenía un plazo de 10 días para firmar una pieza legislativa después de haber sido recibida. La medida se convertía en ley en caso de no tomar acción durante ese periodo. Si la sesión terminaba mientras él estaba considerando la misma entonces tenía 30 días para ofrecer su aval. Si no la firmaba recibía un veto de bolsillo. Para los diferentes tipos de vetos en el trámite legislativo véase Ley Jones, Artículo 12 y Artículo 34. 21 La excepción era el veto de bolsillo. En tal instancia la pieza no es devuelta. Para los vetos de bolsillo véase loc. cit.

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Todas las leyes comenzaban a regir a los 90 días después de su aprobación a menos que la Asamblea Legislativa dispusiera de otra cosa mediante el voto de dos terceras partes de los miembros de cada cuerpo. La única excepción era las leyes en torno al presupuesto gubernamental. La vigencia de las mismas es inmediata. En caso que asuntos de interés público no fueran atendidos durante las sesiones ordinarias, el Gobernador poseía la autoridad para requerir la celebración de sesiones extraordinarias. En ellas solamente podían tomarse en consideración temas que estuviesen contenidos en la convocatoria. Su duración era 14 días. Entre 1933 y 1940 fueron citadas seis sesiones extraordinarias. Todas las piezas legislativas que se presentaran durante una sesión extraordinaria de la Asamblea Legislativa tenían que seguir un trámite similar al observado en las sesiones ordinarias. No había excepción para proyectos de ley, resoluciones conjuntas ni resoluciones concurrentes. Cada una debía ser evaluada y aprobada por ambos cuerpos parlamentarios antes de ser enviada al Gobernador de Puerto Rico para su consideración y aval. 22 Las fuentes legislativas y los bancos de datos La información contenida en los bancos de datos la recopilé de diferentes fuentes primarias. Estas incluyen los Libros de Actas de la Cámara de Representante, los Libros de Actas del Senado, los libros que contienen los textos íntegros de todos los proyectos de ley, resoluciones conjuntas y resoluciones concurrentes presentadas por los legisladores así como los libros de leyes aprobadas. Todos estos documentos se encuentran disponibles en la Biblioteca Legislativa de Puerto Rico. La única excepción es el Libro de Actas del Senado de 1940. Dicho

22 Para normativas de las sesiones extraordinarias en la Asamblea Legislativa véase la Ley Jones, Artículo 33. 8


documento está desparecido. En ninguna de las bibliotecas del país que consulté tenían disponible el mismo en su colección. Para recopilar la información necesaria de las piezas presentadas durante dicho año así como su tracto legislativo utilicé las otras fuentes primarias antes mencionadas. Los Libros de Actas de la Cámara de Representantes y los Libros de Actas del Senado registran la actividad de todos los legisladores en cada uno de esos cuerpos parlamentarios y resumen las incidencias diarias al documentar el trámite legislativo – incluyendo las discusiones – en torno a los proyectos de ley, las resoluciones conjuntas y las resoluciones concurrentes. Los libros de los proyectos de ley, resoluciones conjuntas y resoluciones concurrentes contienen el texto íntegro de cada una de estas iniciativas tal cual fue radicada originalmente por el legislador. No incluye las enmiendas realizadas posteriormente durante el trámite legislativo. Mientras los libros de leyes recopilan todos los proyectos de ley y resoluciones conjuntas como fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa y firmadas por el Gobernador de Puerto Rico. En este caso el documento final incluye todas aquellas enmiendas autorizadas por los legisladores. En los libros no se incluyen las resoluciones concurrentes porque ellas no necesitan el aval del Primer Ejecutivo. Utilizando estos documentos creé un registro con datos de todas las piezas redactadas. Durante el periodo histórico estudiado se presentaron en la Asamblea Legislativa 11,546 medidas. En la Cámara de Representantes se radicaron 6,949; mientras, en el Senado fueron 4,597.

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Para cada uno de estos instrumentos compilé información muy variada y útil que incluye año de la asamblea legislativa en la cual se radicó la medida 23; número de la asamblea legislativa24; tipo y número de sesión legislativa25; día de la sesión legislativa26; tipo de instumento legislativo27; número asignado al instrumento legislativo28; fecha de radicación del instrumento legislativo29; institución en la que se radicó el instrumento legislativo 30; afiliación política del autor o autores del instrumento legislativo 31; número de autores del instrumento

23 Se refiere al año natural en el cual se reunió la Asamblea Legislativa de Puerto Rico. 24 Entre 1933 y 1936 operó la 13ra Asamblea Legislativa. Entre 1937 y 1940 estuvo la 14ta Asamblea Legislativa. Dicha contabilización se realiza a partir de la Ley Foraker de 1900. Inicialmente la asamblea legislativa electa estaba en funciones solo dos años. Con la aprobación de la Ley Jones en 1917 el término se extendió a cuatro años. Véase Ley Foraker de 1900, Artículo 29 y Ley Jones de 1917, Artículo 29. 25 Existían únicamente dos tipos de sesiones legislativas. Estas eran la sesión ordinaria y la sesión extraordinaria. Durante el periodo histórico de 1933 a 1940 se celebraba una sesión ordinaria por año. Las sesiones extraordinarias eran convocadas a discreción del Gobernador de Puerto Rico. Véase Ley Jones de 1917, Artículo 33. 26 Las sesiones ordinarias se extendían desde el segundo lunes de febrero hasta no más tarde del 15 de abril de ese año Las sesiones extraordinarias tenían una duración de 14 días. Véase loc. cit. 27 Como señalé previamente, exiten tres tipos de instrumentos legislativos: proyecto de ley, resoluciones conjuntas y resoluciones concurrentes. 28 A cada uno de los instrumentos legislativos radicados se le asignaba un número para propósitos de identificación. Los mismos se identificaban mediante el tipo de proyecto, la institución donde se radicó, el número asignado y el año. 29 Generalmente las medidas legislativas eran radicadas durante los primeros cuarenta días de las sesiones ordinarias. En las sesiones extraordinarias la presentación de las mismas usualmente se realizaba en los primeros diez días. 30 Los instrumentos legislativos podían radicarse en la Cámara de Representantes o el Senado. Solo aquellos relacionados a asuntos contributivos tenían la restricción de presentarse inicialmente en la Cámara de Representantes. Véase Ley Jones de 1917, Artículo 33. 31 La afiliación política se refiere al partido político en el cual militaba el autor o los autores de la pieza legislativa. Entre 1933 y 1940 la Asamblea Legislativa tenía representación de tres partidos políticos. Estos eran el Partido Liberal, el Partido Socialista y el Partido Unión Republicana. A finales de la década de 1930 ocurrieron fisuras en cada una de esas colectividades que condujeron a la fundación de nuevos partidos políticos. Legislador en funciones que durante ese proceso se haya cambiado de partido político se identifica por el partido bajo el cual resultó inicialmente electo. Las piezas legislativas podían tener más de un autor. En casos que los autores no fueran del mismo partido político se utilizó el siguiente criterio. Medidas radicadas solo por republicanos y socialistas se identifican como “Coalición”. Aquellas que presentan miembros de otra colectividad con algún legislador coalicionista se denominan como “Varios”. Si al menos un legislador de cada partido firma la iniciativa entonces se le conoce como “Todos”.

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legislativo por partido político32; comisiones a las que fueron referidas para su estudio y evaluación el instrumento legislativo33; fecha de aprobación del instumento legislativo 34 y número de ley o resolución conjunta35. Además de esta información también se identifica en los bancos de datos la participación que tuvo individualmente cada uno de los representantes y senadores en la radicación de la medida. Para señalar que un legislador fue autor de una iniciativa coloqué bajo su nombre y en la celda que corresponde a la información de la pieza la palabra “Si”. De lo contrario, entonces coloqué “No”. Si el representante o senador no se encontraba ese años en funciones dejé el apartado en blanco. Durante 1933 y 1940 la Cámara de Representantes estaba constitutida por 39 legisladores. Mientras en el Senado habían 19. En dicho periodo histórico, 94 personas fueron legisladores. Hubo 72 representantes y 22 senadores. Sin tomar en consideración todas las personas que se desempeñaron como legisladores durante el periodo histórico estudiado, los bancos de datos contienen 18 indicadores para 11,546 medidas. Esto representa 207,828 piezas de información. Una copia para cada banco de datos está disponible electrónicamente en el programa Excel en la página digital del Sistema de Bibliotecas de la Universidad de Puerto Rico en Río Piedras. La dirección de la página digital es la siguiente http://biblioteca.uprrp.edu/BIBCOL/CPR.html Existen tres enlaces. En el primero está el banco de datos de la Cámara de 32 Para cada pieza legislativa se identica la cantidad de autores por cada partido político. 33 Usualmente los instrumentos legislativos se enviaban a una comisión para evaluación. A veces se referían a dos. Para atender tales casos, los bancos de datos contiene dos columnas tituladas Comisión 1 y Comisión 2. 34 Si el instrumento legislativo fue aprobado se indica la fecha en que se otorgó dicho aval. La misma corresponde al momento en el cual la medida es firmada por el Gobernador de Puerto Rico 35 A cada uno de los instrumentos legislativos aprobados se le asigna un número para propósitos de su identificación. Se identifican mediante el tipo de proyecto, el número asignado y el año. En los bancos de datos que se describen aquí la primera cifra representa al número asignado, la letra al tipo de proyecto aprobado y los últimos cuatro dígitos al año Por ejemplo, 1 – L1933 significa Ley 1 de 1933. Mientras 1 – R1933 significa Resolución Conjunta 1 de 1933.

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Representante. En el segundo el banco de datos del Senado y en el tercero el banco de datos de la Asamblea Legislativa. Podrá grabar en su computadora esa información para que pueda manejarla de la forma más conveniente que entienda según el análisis que desee realizar. Algunos hallazgos utilizando fuentes legislativas y los bancos de datos La información provista por las fuentes legislativas y recopilada en los bancos de datos que describí en la sección anterior la utilicé en la investigación que realicé para la tesis doctoral con el propósito de conocer conductas por parte de los representantes y senadores que pertenecían a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico que fue dominada por la Coalición Republicana Socialista entre 1933 y 1940. Algunos de los hallazgos encontrados fueron los siguientes: 

Entre 1933 y 1940 dos terceras partes de los representantes y de los senadores pertenecían a la Coalición Republicana Socialista. Esa mayoría le proporcionó poder para aprobar legislación sobre cualquier veto del Gobernador de Puerto Rico.

Los republicanos presidieron tanto la Cámara de Representantes como el Senado. Tales cargos les permitieron organizar la estructura administrativa de la Legislatura.

El Partido Unión Republicana nunca fue minoría en las comisiones económicas. Mientras, el Partido Socialista nunca tuvo mayoría exclusiva en alguna comisión.

La delegación republicana redactó la mayor cantidad de medidas entre 1933 y 1940. Al pasar los años su colaboración con la delegación socialista disminuyó.

La mayor parte de las piezas legislativas eran referidas a la Comisión de Hacienda. En ella y la Comisión de Agricultura, Industria y Comercio se observó 12


una primacía de medidas que eran radicadas por los miembros del Partido Unión Republicana. Mientras, los legisladores socialistas presentaron mayor proporción de piezas en las comisiones que abordaban asuntos vinculados a educación, trabajo y seguridad.

La tasa de aprobación de las piezas legislativas era mayor cuando algún miembro del Partido Unión Republicana se encontraba entre sus autores. Simultáneamente, el Partido Socialista presentaba en este indicador algunas de las cifras más bajas.

Con dicha información pude demostrar de forma precisa que el Partido Unión Republicana fue el grupo dominante en la coalición que realizaron durante esos años con el Partido Socialista. Fueron la delegación con más legisladores en la Cámara de Representantes y el Senado, presidieron los dos cuerpos legislativos y controlaron múltiples comisiones permanentes. Utilizaron sus destrezas para aprobar, enmendar o rechazar los proyectos y las resoluciones tomando en consideración la pertinencia de los mismos para los grupos que ellos representaban. Las medidas que eran firmadas por ellos tenían unas mayores probabilidades de convertirse en ley. Utilizando estos bancos de datos – junto con información obtenida a través de otras fuentes – concluí que la preparación profesional, la experiencia parlamentaria y el poder administrativo dieron al Partido Unión Republicana herramientas necesarias para que sus intereses se impusieran en el proyecto económico coalicionistas.36 Estos hallazgos fueron obtenidos en función del objetivo de la investigación que realicé. Sin embargo, las piezas de información que contienen los bancos de datos aquí presentados abre numerosas posibilidades para otras investigaciones en torno a la década de 1930 en Puerto Rico. 36 Para el trabajo de investigación véase Iyari Ríos González, La Coalición Republicana Socialista, 1933 - 1940: plataformas de gobierno y legislación para la economía de Puerto Rico. Un programa alterno al Plan Chardón, Universidad de Puerto Rico, Departamento de Historia, Tesis Doctoral, 2015.

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En la póxima sección abordaré algunos de esos posibles estudios que pueden realizarse sobre diferentes temas utilizando como información los datos contenidos en los bancos.

Posibilidades de investigaciones futuras usando los bancos de datos La investigación que hice para mi disertación doctoral usando los bancos de datos descritos tenía como propósito conocer como se articularon los intereses diversos que estaban representados en la Coalición Republicana Socialista para la elaboración de un proyecto económico alterno al Plan Chardón. Tal interés surgió luego de realizar una revisión de la historiografía de la década de 1930 y observar que la vasta mayoría de las investigaciones que estudian este periodo atienden principalmente temas relacionados a la Gran Depresión, el Nuevo Trato, el Partido Nacionalista y el movimiento obrero. Particular énfasis se ha prestado a figuras tales como Luis Muñoz Marín, Pedro Albizu Campos y Santiago Iglesias Pantín.37 Algunos de esos autores habían examinado la gestión gubernamental durante dichos años. Sin embargo, generalmente dirigían su atención a los asuntos relacionados con materia

37 Algunos artículos publicados sobre estos temas son A.G. Quintero Rivera, “El Partido Socialista y la lucha obrero triangular en las primeras décadas bajo la dominación norteamericana”, Revista de Ciencias Sociales, Vol. 19, Núm. 1, Marzo 1975, pp. 47 – 102; Silvia Álvarez Curbelo, “El discurso populista de Luis Muñoz Marín. Condiciones de posibilidad y mitos fundacionales en el periodo, 1932 – 1936” en Silvia Álvarez, et al (eds.), Del Nacionalismo al Populismo: cultura y política en Puerto Rico, Río Piedras: Ediciones Huracán, 1993, pp. 13 – 35 y María Dolores Luque de Sánchez, “Luis Muñoz Marín y el problema azucarero de Puerto Rico (1930 – 1940)” en Fernando Picó (ed.), Luis Muñoz Marín: Ensayos del Centenario, San Juan: Fundación Luis Muñoz Marín, 1999, pp. 153 – 186. Entre los libros y ensayos se hallan Juan Antonio Corretjer, El líder de la desesperación, Guaynabo: Liga Socialista Puertorriqueña, 1978; Gonzalo Córdova, Santiago Iglesias Pantín: creador del movimiento obrero de Puerto Rico, Río Piedras: Editorial Universitaria, 1980 y Taller de Formación Política, La cuestión nacional: El Partido Nacionalista y el movimiento obrero puertorriqueño (aspectos de la lucha económica y política de la década de 1930 – 1940), Río Piedras: Ediciones Huracán, 1982.

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legislativa; en particular, la legislación relacionada con la ejecución del Nuevo Trato en Puerto Rico. También se habían analizado proyectos de ley que fueron sometidos por el Partido Liberal para facilitar la creación del marco legal necesario que permitiría poner en vigor al Plan Chardón. En las pocas ocasiones que se examinaba la legislación coalicionista solo se abordaba la gestión del Partido Socialista. Por dicha razón, decidí estudiar para mi investigación doctoral a la Coalición Republicana Socialista; incluyendo, el Partido Unión Republicana. En dicha investigación examiné única y exclusivamente proyectos de ley y resoluciones que tuviesen alcance nacional y hubiesen sido radicadas por legisladores republicanos o socialistas. Descarté los proyectos locales, los proyectos privados y cualquier otra pieza radicada por petición. La única excepción fueron las piezas sometidas por solicitud de alguna institución legislativa. Dirigí principalmente la atención hacia las medidas que atendían asuntos de relevancia económica. No me limité solamente a las iniciativas que fueron avaladas por el Gobernador de Puerto Rico. El interés era la legislación propuesta. Sin embargo, los bancos de datos presentados contienen información para otros estudios. Por ejemplo, a finales de la década de 1930, los tres partidos políticos que tenían representación en la Asamblea Legislativa sufrieron divisiones que produjeron el surgimiento de nuevos Mientras algunos títulos de tesis realizadas por estudiantes graduados del Departamento de Historia en la Universidad de Puerto Rico – Recinto de Río Piedras son Sonia Carbonell Ojeda, Blanton Winship y el Partido Nacionalista, 1934 – 1939, Universidad de Puerto Rico, Departamento de Historia, Tesis de Maestría, 1984; Manuel Rodríguez, La reforma liberal en el contexto colonial: el Nuevo Trato y el Fair Labor Standards Act en Puerto Rico, 1938 – 1940, Universidad de Puerto Rico, Departamento de Historia, Tesis de Maestría, 1996; José Rodríguez Vázquez, El sueño que no cesa: la nación deseada en el debate intelectual y político puertorriqueño, 1920 – 1940, Universidad de Puerto Rico, Departamento de Historia, Tesis Doctoral, 1998 y Max García Betancourt, La crisis de la banca puertorriqueña durante la depresión económica de los años 30 y la Corporación de Reconstrucción Financiera, Universidad de Puerto Rico, Departamento de Historia, Tesis de Maestría, 2003. Para tesis defendidas en universidades fuera de Puerto Rico véase Rafael Bernabé, Prehistory of the Partido Popular Democrático: Luis Muñoz Marín, the Partido Liberal and the Crisis of Sugar in Puerto Rico, 1930 – 1935 , SUNY Binghamton, Ph.D. Dissertation, 1989; Katia Gerab, A questao nacional em Porto Rico: o Partido Nacionalista (1922 – 1954), Universida de de São Paolo, Tesis de Maestría, 1992; Manuel Rodríguez, Power and Development: the Puerto Rico Emergency Relief Administration and the Emergence of a New Colonial Order, 1933 – 1936, Temple University, Ph.D. Dissertation, 2001.

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partidos. Algunos legisladores abandonaron sus colectividades para afiliarse a esas nuevas organizaciones. Estudiar el comportamiento legislativo de los representantes o los senadores que durante ese periodo histórico pertenecieron a más de un partido político es posible con estos bancos de datos. Solamente el usuario debe identificar el año en el cual el legislador cambió de partido para realizar el análisis correspondiente. Otra alternativa que ofrece la información contenida en los bancos de datos es estudiar la posible colaboración entre legisladores del mismo partido o partidos diferentes entre 1933 y 1940. Yo realicé un ejercicio similar pero a nivel institucional. Examiné la colaboración que hubo entre el Partido Unión Republicana y el Partido Socialista durante el primer cuatrienio coalicionista y la comparé con la observada en el segundo cuatrienio. Dicho análisis confirmó señalamientos efectuados por observadores de la época en la cual afirmaban que durante el periodo 1937 – 1940 hubo un cese de la cooperación entre esas dos colectividades por motivo de las posturas que cada una de ellas asumió con respecto a la necesidad de aplicar en el país la Ley de los 500 Acres. Realicé tal ejercició analizando el número de piezas legislativas para las cuales autores de cada partido coalicionista aparecían como autores de la medida. Se identifican en los bancos de datos en función de su autor bajo la categoría “Coalición”. También examiné la tasa de aprobación de las medidas redactadas por republicanos y las comparé con las redactadas por socialistas así como la proporción de leyes y resoluciones conjuntas aprobadas por la Asamblea Legislativa según la afiliación política del autor Estos son solo dos ejemplos de posibles investigaciones que pueden realizarse usando los bancos de datos presentados en este ensayo. Infinidad de estudios adicionales pueden efectuarse usando como apoyo principal o secundario la información diversa y variada que la misma contiene.

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Espero que estimule la indagación en torno a una década que considero vital en la historia del país pues representó un momento de crisis y transiciones que condujo a la redefinición de Puerto Rico como sociedad.

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La actividad legislativa en Puerto Rico entre 1933-1940 descripción de un banco de datos by La Colección Puertorriqueña - Issuu