Boletín Histórico DE
PUERTO RICO. FUNDADOR-DIRECTOR
Dr. CAYETANO COLL Y TOSTE Doctor en Medicina y Cirujfa.—Fundador y primer Director del Hospital de la Monserrate, en Arecibo.—Ex-Médico forense de la Real Audiencia de Puerto Rico.—Historiador de Puerto Rico.—Presidente de la Sociedad de la Historia.—Correspondiente de la Real Academia Española de la Historia.—Correspondiente de la Academia Nacional de la Historia, de Cuba, y de la de Venezuela.— Vice-Director de la Academia Antillana de la Lengua. —Académico de ndmero de la de Medicina. Ex-Gobernador Regional de Puerto Rlco.—Ex-Sub-Secretario de Agricultura, Industria y Comercio.—Ex-Delegado a la Cámara Autonomista. —Ex-Secretario de r1acienda.—Ex-Secretario Civil del Gobierno Militar Americano. — Ex-Commissioner of Interior. — Ex-Delegado a la Cámara de Representantes.—Ex-Superintendente de Boy's Charity 8chool.—Ex-Presidente del Ateneo Puertorriqueño.—Ex-Presidente de la Socled 'd de Escritores y Artistas.— Comendador de la Real Ot r. 4merlcana de Isabel la Católica.— Caballero de la Orden VeL:v 'una de Bolívar.—Autor de las obras laureadas Co. ' n Puerto Rico, Prehistoria. de Puerto Rico, La Instrucción Pública en Puerto Rico hasta 1898 y dei Tratamiento de la Fiebre Amarilla, Repertorio Histórico de Puerto Rico, Reseña del estado social, económico y político de la Isla de Pto. Rico al tomar posesión de ella los Estados Un dos y otras obras más.
TOMO IV
SAN JUAN, PUERTO RICO.
1917. TIP. CANTERO, FERNANDEZ R CO.
PUERTORRIQUEÑOS
ILUSTRES
RUIZ BELVIS POR CAYETANO COIL Y TOSTE.
(1829-1867.)
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El patriota segundo Ruíz Belvis nació en Hormigueros, el aíro de 18_'9. Era hijo de una de aquellas familias patriarcales, que formaron el núcleo primitivo de nuestras poblacioues. Después (le hacer sus estudios primeros en Puerto Rico, pasó a perfecciouadarse en ellos a Caracas y a Madrid. En la patria de Bolívar se hizo bachiller y en la de Ilaoiz y Velarde ahogado, siendo uno de los compañeros de aula (le gran Castelar. Cuando estudiaba en Madrid hizo la versión del francés al castellano de la parte de la obra de .)uan de Laet, que trata de Puerto Rico y que publicó luego Alejandro Tapia en su Biblioteca Histórica. Regresó Ruiz Belvis a su país en los tiempos agrios del coloniaje. Temperamento activo y batallador, pronto fué tachado de sospechoso por la policía del general Marchesi. Betances encontró en Ruíz Belvis un alter ego para la sociedad abolicionista que fundó secretamente. También fueron correligionarios para luchar y combatir la tirantez del régimen imperante de aquella época. En la ancha frente de Ruíz Belvis no fulguraron iiiás que pensamientos redentoristas. Heredó siervos e inwediatameute fueron manumitidos por su generoso corazón, opinando como buen legista con el sabio rey Alfonso que decía la serridumbre es la ,aós vil la más despreciada ensa que entre los homes puede ser. Como síndico del Concejo Municipal de Mayaguez fué Ruiz Belvis una inteligencia al servicio (lit pueblo, defensor entusiasta de -los intereses procomunales. Un edil modelo. Y lo prueba el siguiente hecho histórico. Eu llna visita que hizo el general Messiva a Mayaguez. en 1864, presidiendo el Avuntamieuto, quiso disponer ilegalmente de filos fondos de la Corporación; todos los concejales cedieron a la presióu de la primera autoridad de la Isla, pero el síndico don segundo Ruiz Belvis se opuso
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tenazmente, y el Gobernador lo destituyó arbitrariamente de sU popular cargo. Como pasa idénticamente ahora con los Alcaldes y Jueces Municipales que no son gratos a Santa Catalina. El año 1866 fué electo Ruiz Belvis para informar al Gobierno s endo Ministro de Ultramar don Antonio Cánovas del Castillo, sobre las reformas antillanas. Tuvo por compañeros en tan patriótica emprensa a los ilustres patricios don José Julián Acosta y don Francisco Mariano Quiñones. Estos tres abolicionistas formaron un verdadero triángulo redentor contra la avaricia de los esclavistas, que pretendían sostener la esclavitud a todo trance en la pequeña antilla, yen la acrisolada y virtuosa tenacidad de estos tres criollos inmortales se estrellaron todas las combinaciones maquiavélicas de los negreros. El informe que presentaron los tres comisionados al Gobierno de Madrid, el 10 de Abril de 1867, es una página de oro de nuestra regional historia. Así opinaron los grandes tribunos Castelar y Labra en sus discursos parlamentarios sobre la abolición de la esclavitud en las Antillas; dedicando frases altamente encomiásticas a nuestros justicieros informadores de 1867. No admitían estos hombres de acerado temple ninguna clase de reformas en su país, que no se iniciara con la supresión d'la esclavitud. De vuelta a la colonia no le fué posible a Ruiz Belvis vivir en ella. Aquella atmósfera política le axficiaba. Amaba la libertad y por doquiera la veía ultrajada. Solfa decir como Juan Jaeobo Rousseau : el hombre ha nacido libre y en todas partes lo encuentro entre cadenas. Tras la marca de sospechoso que tenía de antaño le agregaron sus enemigos politicos, después que supieron había sido el alma mater del célebre Informe, casi todo por él redactado, los motes de agitador y filibustero. Pronto fué comprendido Ruiz Belvis en la proscripción que lanzó el gobernador Marchesi contra distinguidos puertorrique¡los, con motivo de la rebelión de artilleros en la tarde del 7 (le Junio de 1867. Antes de este inicuo atropello había tenido ya el ilustre criollo un choque personal con el coronel Balboa, comandante militar del distrito de Mayaguez. Y por fin se ylé precisado a expatriarse, no aceptando el sitio fijado por el Gobernador. Por la bahía de Guánica se hizo a la mar en demanda ile la isla danesa San Thomas, y de allí hizo rumbo a Nueva York. Viaje penoso de ostracismo, que tenía el alivio de la compañía de su amigo Betances. En Nueva York se separaron los íntimos compatriotas. ¡Cuánta tristeza y pesadumbre había sobre sus espíritus! Betances se dirijió hacia Santo Domingo, de donde marchó luego a París; y Ruiz Belvis hizo rumbo a Chile, por cuya progresista república tenia grandes simpatías. Al llegar a Valparaiso le sorprendió la muerte, la terrible intrusa, en una triste noche del mes de Noviembre de 1867. Pero, para Ah! Valparaiso Valle del paraiso nuestro desgraciado compatriota valle de la tumba. ¡ Que contrastes misteriosos de la suerte cruel! i Habremos de exclamar
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AYUDA AL CONVENTO DE SAN rBANCISCO.
con el trágico Esquiles, que el rigor del hado es invencible? No! Creer en la fatalidad es negar el libre albedrío, lo más hermoso que posee el hombre despues de la inteligencia. La pérdida de Ruiz Belvis fué una desgracia para su país, pero ya el patriota le había dado al dragón de la esclavitud la mortal lanzada; y la República Española seis años después hizo desaparecer por completo de la pequeña Antilla este padrón de ignominia. En Valparaiso, reposan aún los restos de Ruiz Belvis. ¡ Gloria eterna a su memoria venerada!
REAL CÉDULA DISPONIENDO QUE AL CONVENTO DE SAN FRANCISCO DE PUERTO RICO SE LE AYUDE CON CERA Y VINO.
(Del Archivo Nacional de Cuba.) Aranjuez, 1° de Julio de 1765.
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Julio E. Ponce de León, Jefe del Archivo Nacional.—Certifico: que en el libro cuarto de Reales Cédulas de Contaduría General que comprende desde el año de mil setecientos sesenta y cinco hasta mil setecientos sesenta y nueve, existe una Real Cédula de fojas ciento noventa y cinco á ciento noventa y seis vuelta, que copio Integra á continuación.—"Junio 1° de 1765.— El R. E. I.—Oficiales de mi Real Hacienda de la Isla y Ciudad de San Juan de Puerto Rico Por Fr. Pedro Alvares de la orden Francisco y secretario de la Comisaría Oral. de Indias de se ha presentado un memorial y dos testimonios en nombre del Convento de la propia orden de esa Ciudad, haciendo presente, que sin embargo de estar mandado por Real Cédula de treinta de Mayo de mil setecientos treinta y quatro se satisfaciese perfectamente á sus religiosos la limosna de arroba y media de vino al año á cada uno de los sacerdotes, y cera y aceite que fuese necesaria para el culto Divino, no ha tenido efecto lo perteneciente á la cera por haveros negado á su paga, suponiendo que en la expresada cédula no se comprehende esta, y el aceite juntos. sino una de estas dos especies solamente, siendo tan exencial una como otra para el fin de la enunciada gracia, y subsistiendo los mismos motivos de pobreza que motivaron su concesión me ha suplicando, fuese servido de mandaros satisfacer asi como el vino, y el aceite la cera correspondiente ,y haviendose visto lo referido en mi consejo de las Indias con lo expuesto por mi Fiscal, ha parecido ordenaros y mandaros como lo executo contribullais al mencionado convento de San Francisco de esa ciudad con la cer que necesita para las Misas, Monumento de Juebes Santo, y r novacion del San Tíssimo en la conformidad que solicita con arr glo á lo mandado por- el enunciado despacho que asi es Vt -
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Juntad, fecha eu Aranjuez á primero de Junio de mill setecientos sesenta v cinco.—Yo El Rey.—Por mandado del Rey Ntro. Sor. Tomás del Mello.—Es conforme á la Real orden de su contenido á que me remito.—Puerto Rico cinco de Agosto de mill setecientos sesenta y cinco.D. Manuel Ignacio de Areyzaga. Es conforme al original (le su contenido que para este efecto me exhibieron los señores oficiales de la Real Hazienda el Libro <le tomar razon de donde la saque á que nre remito, y en fe de ello lo signo y firmo eu Puerto Rico ú veinte y seis de Marzo de mil setecientos sesenta y seis.—Signado.—En testimonio de verdad.— José Cestero.—Escrivano de Real Hazienda.—Y á petición del Sr. Cayetano Coll y Toste expido la presente en la Habana a ocho de Enero de mil novecientos diez y siete.Julio C. Ponce de León. LOS TIEMPOS COLONIALES. CIRCULAR PARA LOS TENIENTES A GUERRA EN EL I)ESEMPEÑO DE SU CARGO. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Puerto Rico 11 de Enero de 1832. Durante la visita de la Isla que acabo de concluir, he notado los muchos abusos, corruptelas é informalidades con que varios Tenientes á Guerra han procedido en el desempeño de su delicado encargo, puesto que en el examen que se ha practicado de los protocolos y documentos públicos he observado los defectos, en muchos de ellos, (le haber los Jueces otorgado escrituras en papel blanco habilitado para este efecto y en papel del sello 40; no han cuidado de salvar antes rle las firmas lo que en ellas se ha añadido, quitado, testado ó enmendado. Tienen aun documentos públicos sin las firmas de los testigos de asistencia y hasta de los mismos otorgantes. Mantienen en ellos, en pliegos y medios pliegos, escrituras interesantes sin siquiera haberlas unido en forma (le registro ó protocolo; no han puesto al margen de este y al pie rle cada escritura si se han sacado copias con espreeion del día, de la clase de papel y del sugeto ú quien se hubiesen dado; no han foliado los protocolos ni han puesto las certificaciones con fecha del día 31 de Diciembre de cada año de los folios y de loes docurneutos que eomprenden; en algunos pueblos se han continuado en un mismo legajo informal las escrituras de dos, tres, cuatro y mas años, y en lo general no están aquellos bien encuadernados, ni custodiados como corresponde. También he advertido que algunos Tenientes á Guerra han cortado sumarios con imposicion de multas á los reos ó con condenacion de las costas; é igualmente he notado que al fallecimiento de algún vecino se
7 han introducido oficiosamente en las casas mortuorias á exigir la cédula 6 memoria de su última voluntad para elevarla á testamento, y han procedido seguidamente á hacer los inventarios judiciales contra la voluntad de los herederos.—Si en la parte judicial he advertido los abusos, ilegalidades y descuidos referidos, no los he hallado menos en la administrativa y económica. La dirección de caminos arbitrarios sin solidez, ni utilidad, ocupando á los vecinos en las épocas en que precisamente 6 habian de senibrar los frutos 6 recoger las cosechas; la imposition de multas por las faltas de concurrencia al trabajo, sin graduar la causa que las motivó, la posibilidad del multado para satisfacerla y la mayor ó menor malicia en no haber concurrido; el monopolio con la matanza de reses, contra la tan repetidamente prevenido por el Gobierno; lo escesivo de los derechos, qúe con diversidad tie cuotas cobran los Tenientes á Guerra por los juicios verbales en algunos pueblos, la facilidad con que proceden á formar sumarias en casos leves, que causan graves perjuicios en la moral pública, al paso que la ruina del encausado; el modo informal en conciben los recibos que dan á los interesados por cualquiera cantidad que pagan, bien de derechos, multa, repartos ú otras c°ausas;'el abuso con que se practica el Servicio Urbano, rebajando individuos al capricho y ejercitándolos en objetos agenos de su Instituto; el cobrarse carceleje á los presos en algunos pueblos, consentirse galleras fuera (le poblado y carnicerías en los barrios sin estar autorizados para permitirlas; la tolerancia con los vagos, y en la entrada de forasteros y extrangeros; el consentimiento que he notado en pesas y medidas que no son las prevenidas por la ley; el modo arbitrario con que en algunos partidos se han emprendido obras públicas sin la aprobación superior, 6 se han variado de lo que estaba resuelto; la data de tierras que algunos Tenientes á Guerra han adjudicado sin autoridad para ello; el obligar á algunos propietarios á que midan sus predios y saquen sus títulos del Gobierno; y otros á este tenor han Ilau►ado la atencion de esta Superioridad, que no quiere se repitan semejantes ejemplares en grave perjuicio de los fieles habitantes de esta Isla, en descrédito de los mismos Jueces, y contra lo tan repetidamente prevenido por el Gobierno en las muchas circulares que tengo expedidas, en precaucion de varios de los casos referidos, en cumplimiento de las leyes y de la obligacion en que me constituye el delicado empleo con que me ha honrado S. M.— Y si bien he hallado los referidos motivos para dictar las diversas providencias que tengo acordadas, n►e ha sido al mismo tiempo muy satisfactorio haber encontrado en muchos de loa pueblos de la Isla caminos trabajados con solidez y comodidad y otras obras públicas concluidas perfectamente, y en toda ella un aumento extraordinario en la riqueza agrícola, origen de la del Estado, y primera fueute de la prosperidad de las naciones.—Para evitar, pues, la repeticion de los enumerados abusos, que se han podido cometer bien á la sombra de la falta de reglas en algunas materias, de ignorancia ó de arbitrariedad en otras, he dispuesto se que
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observen religiosamente las siguientes resoluciones por los Tenientes á Guerra de esta Isla: 1.—Los Tenientes á Guerra v Escribanos harán conservar bien y encuadernar los protocolos antiguos, numerando todas sus fojas y acreditando por certificacion, que agregarán á cada uno, el número total d estas y de las escrituras que contengan. 2.—A fin de evitar fraudes y uniformar en lo sucesivo los registros, se llevarán estos por cuadernillos de cinco pliegos del papel del sello 3°, entrelazados unos con otros, advirtiéndose á los Tenientes á Guerra y Escribanos que no tienen facultades para habilitar papel de otro sello ni del comun ; que cuanto se añada, quite, teste ó enmiende en las escrituras, ha de salvarse antes de las firmas; que por ningun pretesto se omitan estas, bien sean las de las partes, sin las que no tiene fuerza el instrumento, bien la de los testigos de asistencia, qne con el Juez hacen las veces de Escribanos; que al margen de los protocolos y el correspondiente al pie de cada escritura se haga constar si han (lado copias de ellas, en que día, en que papel y á que persona, poniendo en ellas los Jueces y Escribanos, bajo su firma los derechos que han llevado, y que el día 31 de Diciembre de cada año cierren los protocolos, certificando á su final el número de las fojas y documentos de que se conpongan y que no han pasado otros para sus registros, añadiendo al principio ó al fin un indice para mejor facilitar después su busca, bajo las penas que las leyes tienen señaladas contra los que faltan á dichas solemnidades. 3.—Los Tenientes á Guerra se abstendrán en lo sucesivo de sobreseer en ningun sumario, porque esto es propio de la jurisdiccion ordinaria, á quien deben retnitirlos, poniendo los reos á su disposicion. 4.—Por pretexto alguno se mezclarán en los testamentos en los inventarios de los que fallecen dejando herederos mayores, de cuyo riesgo será la formacion de estos, como lo dice el párrafo 68 del artículo 8° del Directorio, lo mismo que lo será la presentacion á la Justicia ordinaria para que apruebe ó desapruebe los dichos inventarios por ellos practicados, entendiéndose dicha prohibición aun en el caso de muerte intestada, pues deben dejarse los bienes íntegros á los herederos, según la pragmática de 6 de Febrero de 1776, sin intervenir la Justicia en los inventarios, á menos que aquellos sean menores ó estén ausentes de la isla, como lo explica el párrafo 64 (lel propio artículo 8º del Directorio. Todo sin perjuicio del zelo que está encargado á los Tenientes á Guerra y á los Escribanos sobre las herencias tranversales y prevencion que deberán hacer á los albaceas y herederos para que acuden con los inventarios al tribunal de la Intendencia. (1) 5.—Los Jueces ordinarios no espedirán comisiones á personas de extraña jurisdiccion, ni aun del mismo pueblo para donde las determinen, precisamente han de conferirlas á los Tenientes á Guerra, y solo en el caso de que las partes recusen (1) El Dictorio está publicado en el t. 1^ pág. 87 del Boletin Eiatórico de Puerto Rico.—C7. y T.
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legalmente á estos, tendrá lugar el nombramiento de comisionado, que lo será el Sargento mayor, pero ha de haber causa probada no bastando la sola escepcion de los interesados. 6.—Para evitar las informalidades que se han advertido en el modo de oir las demandas verbales, costos que por ellas se exigen á las partes, y su registro, deberán los Tenientes á Guerra llevar un cuaderno de papel del sello 30 donde sienten todos los juicios que pasen por ante él. A este acto deberá asistir el Escribano, donde lo hubiere, y en su defecto los testigos de asistencia, y concurrirán como está mandado, dos hombres buenos elegidos por las partes, y todos firmarán el acta, que resolverá el Teniente á Guerra. Los costos de un juicio verbal será de dos reales para el Juez, dos para el Urbano que cite al demandado, y el valor del papel que se invierta en entender el juicio. No tendrá fuerza ninguna decision que no conste en el referido cuaderno con las formalidades referidas. 7.—No se podrá formar espediente sobre demandas de cien pesos abajo, precisamente han de concluirse las de esta clase en juicio verbal. Los Tenientes á Guerra no tienen jurisdicción sino para instruir las primeras diligencias en la parte criminal, pasándolas con los reos á la jurisdiccion ordinaria, y las que esta les cometa en lo civil, en clase de comisionados. S.—Llevarán también los referidos Tenientes á Guerra un cuaderno de papel comun en que sienten las multas que impongan con arreglo al Bando de Policía, circulares, reglamentos y leyes, espresando el día, la cantidad, persona, motivo porque se impone y aplicacion dada á la multa, y todos los meses pasarán al Gobierno una relacion circunstanciada, la cual se insertará en la Gaceta de Gobierno, y en el pueblo la fijarán por ocho días, para conocimiento público. Ningnn Teniente á Guerra podrá aumentar el valor de las multas, ni imponerlas arbitrariamente; deberán sujetarse á lo que está determinado sobre este punto, consultando las dudas eu los casos que les ocurran. 9.—Para evitar en adelante los perjuicios que se han ocasionado á algunos vecinos porque dieron parte de robos que habían experimentado de animales suyos ó agenos, indicando quienes fueron los agresores, por haberles exigido los costos de íos sumarios, se previene que todo sumario de ladron de reses se practicará de oficio si el criminal no tuviere con que satisfacerlo, y nunca se gravará con gasto alguno al dueño ni denunciador de res ó reses robadas, salvo en el caso (le resultar falsa la queja 6 denuncia; quedando al agraviado el derecho para repetir contra el calumniador. 10.—Las reglas establecidas contra los dueños de reses 6 bestias sueltas se observarán con la mayor escrupulosidad, haciendo á aquellos que paguen la multa establecida, silos animales se llevaren á la carcel, y los perjuicios que hubiesen causado en las siembras, ú juicio de peritos. 11.—De todo derecho que paguen los vecinos, bien sea por Subsidio, gastos públicos, tierras, cualquiera reparto vecinal, multas ó costas de expedientes ú sumarios, deberán dar al inte-
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recado un recibo circunstanciado en que conste la persona, la cantidad, el objeto y la fecha en que se dé; toda omisión que se advierta en esta parte será un cargo para el Teniente á Guerra, cuya pena la graduará el Gobierno hasta la deposicion del destino, según la malicia que se advierta. 12.—No se puede repartirse á los vecinos cantidad alguna sin la previa aprobación superior; el Juez que lo practique devolverá duplo de lo que hubiese recibido. 13.—Tampoco mantendrán los Jueces en su poder ningún fondo público; todo lo que recauden por gastos públicos, derecho de matanza, donde esté impuesto, multas, subscripciones, donativos ó reparto vecinal se depositará en una persona de arraigo y honradez conocida, que nombrará la Junta de Visita y aprobará el Gobierno. El Juez no tendrá otra intervention, que hacer se satisfagan con dichos fondos todas las atenciones á que están destinadas, visando los recibos. El Depositario rendirá la cuenta á fin de ario al Teniente á Guerra, el que la pasará al Gobierno, quedando derogada la Circular de 13 de Enero de 1824, número 94, en que se prevenía rendir esta según formulario, al cual ha de arreglarse el Depositario. Se autoriza desde luego á la Junta de Visita de cada pueblo para que elija Depositario, dando cuenta para la aprobacion. 14.—\o se recibirán tampoco el Subsidio, ni derecho de tierras que tendrán en su poder los recaudadores, los cuales son los responsables, y los que en todo tiempo han (le responder á la Intendencia le su importe, cuya autoridad dispondrá los pagos tine hayan de hacerse y las demás medidas económicas de su ramo; pero los Tenientes á Guerra prestarán cuantos auxilios se les pilan para el efectivo y oportuno cobro de todas las contribucioues, lando parte de su estado al Gobierno y á la Intendencia en sus respectivos casos, y tendrán la mitad del tanto por ciento de reenulacion. La otra mitad es para los recaudadores. 15.—Sienílo extraordinarios los abusos que se cometen en los repartos de todas clases, é indispensable un arreglo que los evite, se declara: que el Subsidio no podrá repartirse á ningún pobre, jornalero ó artesano: que únicamente pagaráu este derecho los propietarios, labradores, mercaderes y tenderos, con suriquezas, y según el reparto que al efecto hagan las jecion á personas que la Intendencia tiene dispuesto: esta disposicion no regirá en el presente aüo, por estar ya hechos los repartos de las contribuciones. Los gastos públicos los satisfará todo vecino (le cualquiera clase y condicion que sea, á regulacion de sus bienes, y el que no los posea, cargándole la mitad de lo que pague el que de aquellos haya satisfecho menos. El derecho de tierras lo pagarán únicamente los propietarios de terrenos, quitándose el abuso que hay de repartir eú algunos pueblos éu montamiento. Esta medida de justicia está fundada en que el Subsidio es el equivalente del Diezmo y de la Alcabala, cuyos dere chos no pagaba ningún pobre; en que todos disfrutan del beneficio de la ' iglesia y seguridad pública, y á todos corresponde sufrilr esta carga, y que el derecho de tierras es un impuesto so
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bre los terrenos y no sobre la riqueza, y debe pagarlo únicamente el dueño (le aquellas. Cualquiera otro reparto que se eche al vecindario para Iglesia, Casa (le Rey, Casa del Párroco, cementerio ú otro equivalente, ha de verificarse previamente sobre la base del Subsidio. 16.—Para el servicio de Urbanos deberán estar inscriptos todos los individuos del vecindario desde la edad de 16 á 60 ailos, sin excusa de clase ni eondieion. Unicamente los menores y mayores de aquella edad, los inútiles y los aforados, están exceptuados de este alistamiento general. El Urbano á quien le toque el servicio, que se dirá, y el que consta del particular reglameuto, está á su arbitrio el poner otro que lo desempeñe por él, pero no será de la incumbencia del Teniente á Guerra ni del `argento mayor este particular convenio, ni deben zelar otra cosa que el que la Guardia se halle en el lugar detallado con la fuerza prevenida, y que los que la componen sean urbanos del Partido. 17.—La obligation de la Guardia Urbana es la de custodiar los presos, conducirlos al pueblo inmediato, llevar el correo y citar á los vecinos que llame el Teniente á Guerra. Por cada citacion á un vecino demandado al Tribunal se pagará al Urbano que la desempeñe dos reales por aquel, b en su caso por el que exija el comparendo. Si fuere de oficio, ningún extipendio se satisfará. 18.—En nada se altera lo prevenido en el reglamento particular de Urbanos, cuyo contenido ha de observarse escrupulosamente. Solo al Comandaute de Departamento. Teniente á Guerra y Sargento mayor de Urbanos se les permite una ordenanza de estos. 19.—La luz para el Cuerpo de Guardia urbano ha (le proveerse de los gastos públicos. Por ningún pretexto se rebajará urbano alguno con este ú otro motivo. 20.—Tamlocc se cobrará carcelaje á los presos; es de la obligation de la Guardia Urbana custodiarlos y conducirlos; y de consiguiente se prohibe la corruptela de semejante exaccion que en algunos pueblos estaba en práctica. 21.—No se permitirá mas gallera que la establecida en el Pueblo. Cuantas haya en los campos se destruirán inmediatamente, pues no sirven de otra cosa que de rochelas de vagos, distracciou de hijo4 de familia y esclavos, y no se jugará sino en los dial, á las horas y bajo las reglas que contiene el particular teglamento. 22.—Otro de los -abusos mas comunes en los pueblos de esta isla es el que hacen algunos Jueces eon la matanza de reses, á pesar de las terminantes órdenes que se han expedido contra semejantes manejos. La matanza queda absolutamente libre; todo vecino puede beneficiar sus reses en término, dia y al precio que tenga por conveniente, sin que se le lleve nada por la licencia, que ha de ser precisamente del pueblo y sin otra obligacien que presentarse al Juez á manifestarle la res 6 reses que va á matar, para que se anoten eus señas y quede responsable si
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fuere persona de arraigo, 6 de fiador en caso contrario, por si resultare las res robada, ó estuviere enferma, 6 fuere vaca prefiada y no hembra horra. Ninguna otra intervención tendrá el Juez en este negocio, y la de que en los pueblos donde se pague algún arbitrio tenga efecto su examen y cobro. 23.—Las carnicerías serán establecidas por los vecinos con los gastos públicos, lo mismo que los útiles correspondientes, á sotavento de la población, y ninguna gabela ni derecho se pagará por su uso. 24.—Se encarga muy particularmente á los Tenientes á Guerra el cumplimiento más exacto de las circulares sobre Vagos, entrada de extrangeros y forasteros (sin permiso de este Gobierno) y su tolerancia contra lo expresamente mandado; en la inteligencia, que en lo sucesivo se hará efectiva la responsabilidad á dichos Jueces de la inobservancia que se les advierta en esta parte. 25.—No permitirán en sus tribunales en las demandas que han de suscitarse sobre ventas y compras de frutos otras medidas que las de Castilla, cuyos padrones se dieron por el Ayuntamiento de esta Capital á todos los pueblos; con arreglo á ellas decidirán los juicios. 26.—Los referidos Tenientes á Guerra no tienen facultad alguna para adjudicar terrenos realengos á ningun vecino; este es nn abuso sunutinente perjudicial y usurpatorio de la autoridad á quien S. M. lo tiene cometido. El que falte en adelante á esta disposicion sufrirá la correspondiente pena, quedando nula la data que hubiese hecho. Tampoco se obligarán á los vecinos que posean terrenos de antiguo á que saquen los títulos, pero si les harán ver los perjuicios que pueden seguirles de no practicarlo, y cuanto asegurarán sus intereses si lo amparan con tales docuutentos. 27.—l'or regla general, los Milicianos, aforados y matricula(los están libres de toda carga concejil, de alojamiento y bagajes, y (le asistir á los trabajos de caminos y otras obras públicas personalmente, pero no lo están con relation a la riqueza que posean cuando esta sufra alguna carga, en cuyo caso reportarán la quc les corresponda con los demás vecinos, y cuando fuese de mucha utilidad algún trabajo público, acudirán á él, prévio el consentimiento de los respectivos gefes del fuero. 28.—Para que se complete el incalculable beneficio que ha de recibir el vecindario con el establecimiento de los caminos, y que en parte disfruta ya en algunos pueblos donde se ha trabajado con tenon y conocimiento, se encarga á los Tenientes á Guerra que tanto las composiciones que se hagan en lo sucesivo como las nuevas aperturas se verifiquen con solidez, levantando el terreno de los caminos, zanjeáudolos para la salida de las aguas y rellenándolos de cascajo, pues de nada sirve que se hagan en ellos las recorridas con barro y piedra, cuyo resultado es ponerlos intransitables en tiempo de agua; piedra menuda y arena forman nn sólido, y desagües á los lados evitan que se encharquen y destruyan. Convencidos los vecinos que los caminos son un
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canal indispensable para la riqueza de la isla, nada omitirán á fin de lograrlo del modo propuesto, cuidándose que en las épocas de siembra y cosecha no se distraiga al vecindario para estas ni otras obras de comunidad. Pero es indispensable tener presente que los labradores de caña todo el año lo emplean en las labores, y no harían nada en los caminos por aquel principio, y pesarían sobre el pobre que menos necesita de ellos, y de los que no tienen ninguna propiedad. Para evitar esto se adoptará el siguiente cuidado: Todos los Urbanos personalmente deben asistir á la composicion y apertura de los caminos, y el que no lo practique por ocupación ú otro incidente cuuando se le cite, entrará en otro turno al trabajo: es libre á un Urbano poner otro en su lugar: los hacendados pueden igualmente poner hombres por su cuenta en el trabajo y alquilar yuntas de bueyes cuando sean necesarias. Como no igualarla esto aun al rico con el pobre, todos los propietarios rurales á prorrata, según la base del Subsidio, contribuirán con lo que se gaste en la composicion de los caminos de su jurisdicción: con este fondo, qué manejará la Junta de Visita y dirigirá el Teniente á Guerra, se pagará el rancho de los trabajadores y el costo de las herramientas, quedando así nivelados el rico con el pobre, pues este ofrece bastante con sus brazos en beneficio de los que realmente son interesados en el buen estado de los caminos. Mas adelante podrá arreglarse este interesante punto. si se logra establecer sólidamente este ramo que puede sostenerse por medio de peage. 29.—Los Tenientes á Guerra no permitirán exista un solo propietario de tierras en su Distrito que no tenga sembrado lo menos dos cuerdas de frutos menores. Al que observen que no cumple con este deber lo amonestarán primera y segunda vez, y si careciese de otra industria lo remitirán como vago a disposicion (le! Gobierno, y no estando en este caso, se dará el terreno por vaco para acomodar á otro vecino laborioso. 30.—Las Juntas de Visita se compondrán del Teniente á Guerra, Párroco, Sargento mayor, Comandante de Cuartel, Subdelegado de Marina, Administrador ó Receptor de Real Hacienda y seis vecinos de los de más .arraigo y antigüedad. Sus funciones no son otras que informar al gobierno sobre las materias que les encargue, y sin orden del mismo Gobierno no podrán reunirse para tratar sobre ningun asunto, pues si bien ha correspondido esta medida económica al objeto con que fué establecida, no tiene representacion alguna pública, ni puede salir de la esfera de accidental para ilustrarcion de la primera autoridad de la isla en los asuntos que tenga por conveniente oirlas. 31.—A estas disposiciones y á las circulares existentes arreglarán los Tenientes á Guerra el desempeño de sus destinos; en la inteligencia que las contravenciones que se adviertan les serán cargos que estarán sujetos y á sus resultados. Las que corresponda adoptar, rectificar ó variar, establecida que sea la Real Audiencia, en la parte judicial tendrán efecto luego que aquel Tribunal entre al ejercicio de sus funciones. 32.--Por tres Domingos consecutivos se leerá esta Circular al
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LA CONJURA DE 1835 EN PUERTO RICO.
vecindario, se pasarán ejemplares de ella á todas las autoridades y se insertará en la Gaceta. Puerto Rico 11 de Enero de 183'.--Miguel de la Torre.
RECTIFICACIONES HISTÓRICAS. LA CON.IUR A DE 1835 EN PUERTO RICO POR CAYETANO COLL Y TOSTE. Villa Los Pinos, Abril 4 de 1914. Sr. don Mariano Abril. — San Juan. Mi estimado amigo: paso a satisfacer su atenta carta de 30 de Marzo, en la que me hace la siguiente consulta: "Por satisfacer la curiosidad de un amigo de la Isla, que ha leído en La Verdad, en el índice de Actas Capitulares, que publica, esto: Año 1835.—Octubre 30.—"Se acuerda celebrar una funcion de gracias á Nuestro Señor Sacramentado por habernos librado, el dia de San Rafael, 24 de los corrientes, de que todos hubiéramos sido víctimas, según la conspiracion que se descubrió."—Yo supongo se refiere á la conspiración militar en que se vieron complicados los Andino y los Vizearrondo. Pero, para dar mayor seguridad al que me pide el dato, desearía su autorizada opinión.—Su afectísimo, Mariano Abril." La Constitución de Cadiz, después de los fusilam ientos del ario 24, año del Terror, quedó arrinconada por los absolutistas, bajo el poderío de la protección oficial del tirano Fernando VII. Menguados estaban los liberales y de capa caída. La representación Nacional era un mito, con los Realistas en la cumbre y los Constitucionales en la hondonada. A pesar de que el 18 de Octubre de 1823 había sucumbido la Constitución de Cádiz, los liberales no se daban por vencidos, Hablan sido tratados como criminales los hombres más eminentes de la nación. Funcionaron las proscripciones, suplicios y asesinatos jurídicos. Y el patíbulo levantó su siniestra faz. Pero, nada de eso intimidó a la grey liberal, y la augusta diosa cíe la Libertad con su clámide ensangrentada se erguía triunfante en medio de aquel caos de horrores y tiranías. Corrió el tiempo. Cayó el monarca español en la decrepitud. Enfermó y el ministro Calomarde le arranca hábilmente la implantación de nuevo de la Ley Sálica, ley de origen francés, traída a Espa$a por Felipe V, que excluye de reinar a las hembras, y que Carlos IV, había derogado, volviendo a la ley clásica española para la sucesión al trono. El 1'artido Carlista, que ya estaba en embrión, tomó gran incremento. Pero Fernando VII no murió en aquellos momentos como todos creían, mejoró, y dió lugar a
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15 que llegaran a la cámara real don Francisco de Paula y doña María Carlota, hermana de la reina. La venida de Andalucía de estos infantes cambió el aspecto de los acontecimientos. La varonil princesa llamó a su presencia al desleal ministro Calomarde, le increpó con dureza, arrancó de sus manos el decreto fatal del moribundo rey, lo hizo pedazos y abofeteó al culpable favorito. Muere el rey el año de 33 y su hermano don Carlos dirige un Manifiesto al ejército. Viene la guerra civil y surge Zumalacarregui y Espartero. La fatricida guerra es empeñada y el ministro Martínez de la Rosa, en 20 de Mayo (le 1835 pide a las naciones aliadas de España intervengan. Francia y Portugal están dispuestas a intervenir, pero Inglaterra se opone. Vienen los pronunciamientos militares. Cardero, oficial del Regimiento de Aragón, provoca en la Corte la sublevación del 18 de Enero de 1835, que dió lugar al asesinato de Conterac, capitán general de Madrid. Tras este motín militar, vino la insurrección del 15 de Agosto del mismo año. La 1'enínsula era presa de una alta fiebre. Absolutistas y liberales se destrozaban, envolviendo al país en una horrorosa conflagración. Natural era que en la pequeña Antilla se estuviera al tanto de lo que ocurría en España, y en la tropa y en los empleados del Gobierno había partidarios de uno y otro bando. Tan es así, que solían oírse gritos, entre los soldados, de ; Viva Zumalacarregui! y el opuesto de ¡ Viva Cristina! Eu el Regimiento de Granada, había un capitán, muy liberal, llamado don Pedro Loizaga. Y la noche del 19 al 20 de Octubre, estando de guardia, hizo preparar una cena, en la que tomaron parte los sargentos Antonio I)íaz, Antonio Abril, Francisco Rodríguez, Luis Balderrana y Alonso Vázquez, y el cabo Antonio Pérez; y después de cenar prorrumpieron en aclamaciones de ¡ Viva Isabel Segunda! ¡ Vive Loizaga! El General Latorre, al siguiente (lía, metió en el Morro al capitán Loizaga, lo que produjo en el Regimiento que tenia veinte años de estar aquí de guarnición, hondo descontento. Se corrió la versión que los amigos de Loizaga iban a sacarle de la prisión violentamente, auxiliados por soldados del Regimiento y algunos paisanos, y a proclamar luego la Constitución del año 12 y marchar contra la Fortaleza a obligar al absolutista Latorre a que la jurase y la proclamase en toda la Isla. El general Latorre embarcó para España, bajo partida de registro, en la goleta polacra Pal►na, al capitán I). Pedro Loizaga y a Miguel González, José Domínguez, Manuel Raya, dou Agustín Torralba, José Balduena y Miguel de los Santos. Fueron trasladados a Cuba, depuestos, los sargentos 1)iaz, Abril, Rodríguez, Balderrama y Vázquez, y el cabo Antonio Pérez, y el soldado Pedro García. Y por sospechosos, fueron trasladados a la Habana varios sargentos, cabos y soldados del mismo Regimiento. Síntesis de todo esto: una tempestad dentro de un vaso de agua. Pero el genaral Latorre, soldado ducho y absolutista furibundo sabia sacar partido y le sacó puntas a las libaciones y exaltación liberal del capitán Loizaga y sus entusiastas amigos. Desde
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luego el 25 de Octubre de 1835 lanzó una proclama a los leales habitantes de esta Capital, y otra, enérgica, al ejército, y ordenó se formara proceso contra los delincuentes; y echó a rodar la bola de nieve. Como la Cruz y la Espada siempre han marchado de acuerdo en esta Antilla respecto a tales asuntos, no tiene nada de particular,'que el Gobernador eclesiástico, en Sede vacante, le hiciera la barba al astuto general. El fantasma que los aterrorizaba, era la Constitución de Cádiz, cuyo Centenario han celebrado los espafioles hace poco como una gran gloria nacional, pero que en aquellos tiempos se le temía más que al viajero del Ganjes. Por eso, amigo Don Mariano, rezan las Actas Capitulares de la Catedral, que San Rafael en la noche del 24 de Octubre de 1835, libró a nuestros antepasados (le ser víctimas de una gran conspiración. El Regimiento de Granada se quedó resentido con el atropello y las proscripciones del general Latorre, y en 1838, siendo gobernador de la Isla el general Don Miguel López Baños, los sargentos Francisco Salinas y Ezequiel Santillana secundaron los planes de Don Juan y Don Andrés Vizcarrondo y Don Buenaventura Quiñones para insurrecionarse y proclamar aquí la Constitución de Cádiz. Descubierto el complot, los Vizcarrondo pudieron fugarse a Venezuela. El desgraciado Don Buenaventura fué preso y llevado a una de las bóvedas del Castillo del Morro; y en la mañana del 14 de Agosto de 1838 aparació ahorcado con un pañuelo y las sogas de su hamaca en su prisión. Se ahorcó aquel ilustre prócer puertorriqueño? Lo ahorcaron? El misterio más profundo envuelve este trágico fin. Los capitanes de Milicias Don Lorenzo Vizcarrondo y Don Pablo Andino, complicados en esta causa criminal por sus enemigos políticos, fueron declarados por el gobierno de Madrid "absueltos libremente sin que la formación de aquel proceso pudiera servirles en ningún tiempo de nota en su carrera ni en su buena opinión y fama." A los pobres sargentos Salinas y Santillana, amantes de la Constitución de Cádiz, como buenos andaluces, en la mañana del 6 de Octubre de 1840, se les dió garrote vil y afrentoso en el campo del Morro. Suplicios inútiles. Los demás sargentos, cabos y soldados, complicados en este proceso, fueron echados a presidio por dos años. El Regimiento de Granada quedó en cuadro y fué disuelto por orden del Ministro de la Guerra. Queda usted complacido, buen amigo, y soy suyo cordialmente, Cayetano Coll y Toate.
17 REAL ORDEN APROBANDO LA CREACIÓN DEL PUEBLO DE YAUCO.
(Copia facilitada por Don Pedro de Auyelia.) Buen Retiro 29 de Febrero (le 175(.
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EL REY.—Don Fernando Pacheco, vecino del pueblo de Nuestra Señora del Rosario de Yauco y Teniente á Guerra de él. Don Felipe de Estenor, mi gobernador y capitán general de esa isla de San Juan de Puerto Rico, en carta de 31 de Enero del año pasado dió cuenta con testimonio de haber en ella una poblacion de mas de cien vecinos, entre la Villa de San German y el pueblo de Ponce, establecida bajo el nombre de Nuestra Señora del Rosario de Yauco, á cuya imagen tienen edificada una Hermita (1) en la que mantienen un Capellan, que les suministra el pasto espiritual; pero que estando la referida poblacion distante como seis leguas de la espresada Villa de San German, y siéndoles á sus vecinos muy incómodo el venir á ella para asistir á las funciones de la Iglesia y demas precisiones de su obligacion, deseando lograr este beneficio con mas facilidad, determinaron reducirla á Pueblo, á cuyo fin oN dieron poder para que en su -nombre, y como vecino de los más distinguidos de ella, solicitaseis con el mencionado Gobernador la licencia correspondiente; y enterado éste del sitio y terreno de la citada poblacion y de lo importante del referido Pueblo para la defensa y custodia de esas costas y puertos, teniendo tambien presente lo prevenido por las Leyes y Cédulas espedidas el año de niil setecientos y treinta y tres, en que se aprobó al Gobernador, que entonces era de esa isla, la del Pueblo de Añasco, y se le encargó el fomento y aumento de poblacion en ella; y condescendióse á la pretension dandoos la licencia para establecer el Pueblo en el expresado sitio de Yauco, debajo de las reglas prevenidas por Reales Leyes, en cuya observancia luego que estuvo deslindada la jurisdiccion y otorgadas las fianzas, os señaló terreno para el Pueblo, su Iglesia, plaza y calles, y formó dos Compañías Milicianas con los correspondientes Oficiales, á quienes despachó sustitutos; y atendiendo á las buenas circunstancias que concurren en vos, y al mérito que hicisteis en la espresada Comision, os confirió el de Teniente á Guerra del mismo Pueblos así para que alentaseis á los vecinos en esa fundacion, como para que los dirijieseis, gobernaseis y administraseis justicia cuando la necesidad mediante a la distancia que hay á la Villa de San German, donde reside un Cabildo Secular con dos Alcaldes ordinarios, segun todo consta del testimonio de autos que acompañó pidiendo mi Real aprobacion. Y hablendose visto en mi Consejo de las Indias la citada carta y (1) >ehé erigida ea 175L—C. y T. 42
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MUERTE DE D. BUENAVENTURA QUIÑONES.
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testimonio con lo que en su inteligencia expuso mi Fiscal, y consultándose sobre ello he resuelto aprobar la mencionada creacion; y manifestaron, como lo ejecuto, mi gratitud por lo que os habeis dedicado á conquistarla; y porque es tan útil al servicio de Dios y mio, el que se prosigan estas fundaciones en esa isla, ordeno, que acompañando al Gobernador de ella y arreglandoos en todo á lo dispuesto por las Leyes, fomenteis con igual esfuerzo que en la presente, las demas que conviniere aumentar, eligiendo para ello los parajes que parezcan mas apropósito, á cuyo fin por despacho de este día se previene lo conveniente al referido Gobernador por ser así mi voluntad. — Fecha en el Buen Retiro, á veinte y nueve de Febrero de mil setecientos cincuenta y seis.1'O EL REY.—Por mandado del Rey, nuestro señor, José Ignacio Goyeneche.—Hay tres rúbricas.—A Don Fernando Pacheco, Tei'.iente á Guerra del pueblo de Nuestra Señora del Rosario de Yauco en la Isla de Puerto Rico.
MUERTE DE DON BUENAVENTURA QUIÑONES. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Comandancia del Morro.—Excmo. Sr.—En este momento se acaba de hallar a don Buenaventura Quiñones ahorcado con un pañuelo y las sogas de la hamaca. No he querido tocar su cadáer hasta que V. E. determine.—Dios guarde a V. S. muchos años. --Puerto Rico 14 de Agosto de 1838.—Luís Bermudez de Castro. —Excmo Sr. Capitan General y Gobernador de esta Isla. Pase inmediatamente al Fiscal de la causa para que se proceda al reconocimiento del cadáver por dos facultativos, y resultando cierta la muerte, se ponga en la causa testimonio de la diligencia y se deposite el dicho cadáver para darle sepultura.— López Baños.—Juan López de Ochoa, Secretario. Reconocimiento del cadáver de D. Buenaventura Quiñones.— En la plaza de Puerto Rico a los catorce días de Agosto de mil ochocientos treinta y ocho, el señor Fiscal, con noticia que tuvo de que Don Buenaventura Quiñones se había encontrado ahorca(lo en la bóveda del Morro, donde se halla preso, pasó acompaliado de mí, el secretario á dicha bóveda, con los testigos capitan de Milicias Don Joaquín Acosta, ayudante del Morro Don Frandseo Bolarin y los facultativos Don Joaquín Bosch y Don José Cantero, y habiendo reconocido ef cadáver, se encontró ser el de I)on Buenaventura Quiñones, vestido con una levita y pantalon gris, medias blancas y zapatos de color encarnado, suspenso de una hamaca que había recogido fuertemente y en su parte media había amarrado un pañuelo de seda encarnado y blanco con un lazo corredizo al que se colgó por el cuello; detrae se encontró una silla, lo que da á entender que debió ponerse de pié sobre ella para descolgarse, y habiendo dicho señor inmediatamente recibido juramento, según fórmula, á los facultativos Don Joaquín
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Bosch y Don José Cantero, y al capitan Don Joaquín Acosta, al teniente Don Francisco Bolarín de decir verdad, ofrecieron todos cuatro y cada uno por sí de hacerlo en lo que fueren preguntados, y habiendolo sido el facultativo Don Joaquín Bosch, estando de manifiesto el cadáver, que diga despues de reconocido si esta muerto aquel hombre, y si la muerte le ha provenido de algnn accidente: dijo, que después de haber reconocido el cadáver muy á su satisfaccion, que aquel hombre estaba nsuerto, que su muerte había sido producida por estrangulacion, que los motivos que tenía para creerlo así, eran haberlo encontrado pendiente de inca hamaca tirante, de cuyo centro partía un pañuelo de seda formando lazo corredizo que daba vuelta por su cuello y le apretaba fuertemente; y despues de descolgado y puesto sobre un catre y reconocido todo su cuerpo no presentaba mas lesion que la fuerte impresion de dicho pañuelo en el cuello y algunas manchas lívidas por el cuerpo, efecto de la aglomeraeion (le la sangre.—Habiendo hecho la misma pregunta al facultativo I)on .losé Cantero, despues de haber reconocido el cadáver, dijo lo mismo que su compañero, y ambos segun su leal saber y entender afirman que el hombre que han reconocido, murió por la estrangulacion que produjo el pañuelo apretado, privando la iutroducciou de aire en los pulmones y la c•irculacion de la sangre, en lo que se afirman y ratifican bajo el juramento lsecho.—Habiendo despues preguntado á 1)ou Joaquin Acosta y Don Francisco Bolariu conocian al hombre que está muerto, despues de haberlo reconocido dijeron, que aquel cadáver era de 1)ou Buenaventura Quiñones, a quien couociati muy bien.—Y habiendose recogido por dicho señor Fiscal la hamaca y el pañuelo en que se encontró suspenso el cadáver, reseñandoles con la letra A. niaudó dicho señor Fiscal quedase el cadáver depositado eu la bóveda para entregarlo á su familia, y para que conste por diligencia, lo firmo con los dos facultativos y los dos testigos, de que certifico. — José María Rarrnírez.Dr. Joaquín Bosch.-Dr. José Cantero.— Francisco Bolarín.--Joaquín Acosta.--Manuel Loureyro. (1)
(11 Un simple reconocimiento no es suticiente para afirmar que uu sujeto se ha ahorcado. Es preciso praeth•ar la autopsia jurídica V reconocer bien las vfsceras. Un sujeto purdc ser suspendido de una hamaca eon aparece un suicidio un paluelo corredizo al cuello contra su voluntad : donde positivamente has un homicidio o mejor dicho un asesinato. Tambien puede ser estrangulado uu sujeto antes de ahorcarle. Comuumeute esto es lo que se hace antes de stti?pemnlerlo por ser dificil colgar a un sujeto vivo. Eu este caso se necesita que sean varios los agresores. T es mas fácil que el crimen deje rastro. Esta es una cuestión interesautlsima de Medicina legal. Ta el profesor Tardieu se queja de la confusión que reina entre algunos autores acerca de la muerte por estrangulación, suspension o sofocación.—C. y T.
20 CARTA DEL LICENCIADO DE LA GAMA AL EMPERADOR. (Archivo de Indias.Patronato.Eat. 2°, Caj. 1°, Legajo 2/24.) Puerto Rico, Febrero 15 de 1521. Muy Alto e Muy Catholico Principe e Muy Poderoso Cesar, Rey e Señor.—A veinte e cinco días de octubre del afeo pasado, me embió a mandar V. M. por~su provysion, que venido el almirante don Diego Colon, le entregase las varas de la Justycia, e que yo entendiese en lo tocante a los yndios; yo ansi lo fice e fago, aunque la buena governacion e buen tratamiento de los yndios, es mucho ynconveniente no tener, el que los obiese de governar, poder para castigar a los que mal los tratase, cevil e cryminalmente, lo qua! yo e escrito al Cardenal para que lo mande proveer. Asi mermo se pusieron los yndios que V. M. tenia encomendado, en libertad, e fasta agora tienen por pueblo la mesura estancia que de V. M. tenían, por estar en conversacion de arisptianos; quería poner los demas questaban vacos e los que mas vacasen, conforme a una provysion de V. M. quel Cardenal me embió de la qua! a suplicado esta ysla para ante V. M. dando muchas cabras porque no se debia fazer, e yo suspendí la eaecucion della fasta lo embiar a consultar con el lycenciado Figueroa, e espero la respuesta; todo lo que se acordare e fyciere sobrello, se fará saber a V. M. Algunos vecinos e moradores desta ysla se le an quitado los yndios por no los tratar bien; anse depositado en otras personas fasta ver la respuesta de Figueroa, e se fuga lo que a servycio de V. M. e bien de los yndios convenga. (1) A esta ysla llegó al puerto de Sant Xerman, ocho dias deste mes de Febrero, un armada que iba a la provincia de Paria, que embia el Almirante e Juezes de apelacion, que risiden en la ysla española, a fazer cierta guerra a ciertos caciques, que se revelaron e mataron algunos arisptianos e ciertos frailes; disze que ansi mermo va a poblar e llevar Xustycia nombrada por el Almirante. Bartolomé de las Casas, capellán de V. M. llegó ansi mesmo en este medio tiempo, a esta cibdad de Puertorrico, con el despacho que de V. M. trae para poblar la dicha provyncia e sus comarcas, que va a facer su armada a la ysla española; fallase muy confuso; está esperando que llegue a este puerto la dicha armada para les requerir que se vuelva. El Adelantado Joan Ponce de Leon parte de esta yala a veinte deste mes con otra armada a poblar a la ysla Florida e descubrir en sus comarcas. Nuestro Bellor guarde el Muy Alto e Muy Cesareo e Muy Catholico estado de V. M. e aumente con acrecentamiento de mu(1) Cuando el Emperador Carlos V ordenó por real cédula la libertad absoluta de los indios los encomenderos suplicaron contra ella, en las islas y en el continente, pero el Emperador la blso cumplimentar.—C. y T.
REAL CÉDULA CONFIRMANDO A JUAN PONCE DE LEON.
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chos mayores reynos e señorios. — De la cibdad de Puertorrico desta ysla de Sant Xuau, a quince de Febrero de mill quynientos veynte e un arios.--De V. M. muy humilde siervo e vassallo que sus muy reales manos e pies besa.. —El Lycenciado de la Game.— Rubricado.
REAL CÉDULA CONFIRMANDO A JUAN PONCE DE LEON EN LA CAPITANIA DE LA ISLA DE SAN JUAN. (Archivo de Yndias.—Indiferente, libr. 6°—Reg. en pral.) Madrid, 22 de Julio de 1517. LA REYNA Y EL REY.—Reverendos, etc.: Juan Ponce de Leon nos hizo relacion por su peticion, diciendo que á él le fué fecha una merced por el Rey, nuestro señor, padre é abuelo, que aya santa gloria, é por mi la Reyna, de la Capitana de la ysla de Sant juan, con salario de cinquenta mil maravedis en cada un año, en remuneracion de los muchos servicios é gastos que en la dicha ysla abia fecho; por ende, que nos suplicaba la mandásemos confirmar la dicha merced con el dicho salario, el qual le mandásemos pagar de aqui adelante segund que hasta aqui se habia fecho, porque de otra manera, no se lo pagarían los nuestros oficiales de la dicha ysla, e que sobrello proveyésemos, como la nuestra merced fuera; é consultado con los nuestros Gobernadores, fué acordado que debiamos mandar dar esta nuestra cédula para vosotros en la dicha razon, por la qual vos encargamos é demandamos que luego que veades lo susodicho, é conforme á la ynstruccion nuestra que llevásteis, lo proveays é remedieis como vierdes que mas convenga, y de manera que el dicho Juan Ponce no reciba agravios de que tenga razon de quejarse.—Fecha en Madrid, á 22 de Julio de 1517.—(F. Cardinalis). — Señalada de Zapata y Carvajal y refrendado de Varacaldo.
22 CARTA A S. M. DE-LOS SEÑORES OFICIALES DE SAN JUAN AVISANDO LOS MALES QUE CAUSABA EN AQUELLA TIERRA UN CORSARIO FRANCES Y DE HABER QUEMADO LA VILLA DE SAN GERMAN. (Archivo de Fndias.—Patronato.—Eat.
2O,
Co). 1", Leg. 3.)
Puerto Rico, Junio 15 de 1329.
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S'aera Cathodica Cesárea Magestad.—En una flota que por el mes de abril llegó á este puerto, recibirnos una carta que V. M. nos mandó escribir quera su respuesta de otra que nosotros abiamOs escripto V. M. al tiempo que la nao ynglesa anduvo en• trestas yslas, en la qual suplicabanrós mandase V. M. proveer se fyciese en este puerto alguna defensa e se proveyese de artylleria e otras armas necesarias; e agora V. M. disze ahernos escripto antes de agora a nosotros e tambien al governador e ofyciales quen esta ysla rresiden, por donde abremos sabido lo questá proveydo; fasta agora no emos visto carta en que V. M. nos escriba cosa tocante a ellos; e lo mesmo disten el governador e ofyciales. Por el n(es de noviembre ymbiamos a roan de castellanos, procurador delta cibdad, a la corte de V. M., a negociar ciertas cosas, que por los capitulos e ynstruccion que llevó, V. M. abrá visto que conrbiene mucho al servycio de V. M. e bien (le la ysla; e escribimos a V. N. de como un corsario francés ahia andado por entre estas yolas, e de lo que abia fecho, eu especial de como asoló e quemé la Villa de 'ant Sermon; e si no fuera por el aviso que deta cibdad les dimos, fycieran mucho mas daño, porque tomaran a los vezinos en sus casas pacyficos, sin tener pensamiento que franceses tibian de venir estas partes. Suplka►nos a V. M: mande despachar al dicho procurador con toda brevedad, con el recabdo que convenga para la seguridad de la ysla e de queu ella abitar, e mire V. M. cuanto conviene tener segura esta ysla ques la llave de todas, por ser en el parare ques como por otras emos vnformado a V. M.; e de cada dia se van los vezinos Mella e otras personas; e combenia que V. M..faga merced e dé libertades a los vezinos, para animarlos a que pueblen, e (011(0 en esta ysla no ay otra granxeria Binó son las minas, que con mucho trabaxo se coge el oro e a mucha costa, porque los que lo cogen so11 e para esto si fuere V. M. servido fazer m er-cedes a los vezinos que tuvieren casas pobladas en la cibdad o villa con que sean de texa, e no de para, que puedan libremente traer Besos reynos los esclavos que obieren menester para sus fariendas e granxerias, sin pagar las lycencias ni otros derechos; e Gesta manera estarian los pueblos muy poblados, e pues serian pnehlos los que al presente no lo parescen par aber p0cus vezinos; e el provecho que redundaba a los vezinos faziendoles V. M. esta merced, es que con los dineros que compran
23 aquí tres negros de los mercaderes que los traen, comprarian en Castilla diez, con que se podrian muy bien remediar. (1) Una de las cosas que combenían que oviese en esta ysla para la noblecer e que oviese trato en ella, seria aber en ella quatro o cinco yngeuios de azucar; e como sean muy costosos, non ay nin guno que ose emprender a lo fazer, sino fuese faziendo V. M. merced de mandar prestar de sus rentas alguna cantidad por cierto tiempo, dando fianzas bastantes para los volver; e con eso estaría la ysla muy poblada e abria trato en ella e asentarian muchos que tienen los pensamientos en yrse, con ver que las faziendas delta ysla no son perpetuas para dexar a sus herederos. V. M. lo manda ver e proveer en ello lo que fuere servydo. Nuestro Señor la vida e muy real estado de V. M. aumente con acrescentan►iento de muchos mas reynos e señorios, a su santo servycio.—l►esta cibdad de Sant Xoan de Puertorrico de la ysla de Sant Xoan, a quinze dias de xunio de mill quynientos e vevnte e nueve años.—De Vuestra Sacra Catholica Cesarea Magestád, sus muy umildisimos vasallos que sus muy reales pies e manos besamos.—El licenciado de la Ganar.Ramirez de Vargas. —Baltasar de Castro.—Rubricado. CARTA A S. M. DE LOS OFICIALES DE SAN JUAN.
CONCESION A CRISTOBAL MONTORO DE LA PLAZA DE FIEL EJECUTOR DE LA CIUDAD DE PUERTO RICO, EN REMUNERACION DE SUS SERVICIOS; Y OPOSIC1ON DEL CABILDO A DARLE POSESION DEL CAROO.—AÑO DE 1515. (Archivo de 1'ndias.Pápeles para agregar á la Audiencia de santo Domingo.)
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Este es traslado, bien é fielmente sacado, de una escriptura de testimonio, eseripta en papel é signada de escribano público, segund por ella parescia, fecho en esta guisa: En la cibdad de Puertorrico delta ysla de Sant juan de las yndias del mar oceano, en treinta é un días del mes de julio, año del nascimiento de Nuestro Salvador Xesuchristo de mill é quinientos é quince años, en este dia sobre dicho, podria ser a hora de tercia, poco mas ó menos, estando en el Cabildo ayuntamiento, campana tañida, segund que lo han de uso é de costumbre, los señores Gerónuno de Merlo é Francisco de Cardona, alcaldes ordinarios, é Andrés de Haro é Antonio sedeño é Baltasar de Castro é Diego de Arce é Fernando Mogollón, regidores en presencia de mí Juan Pérez, escribano público del dicho Cabildo, paresció y presente el dicho Cabildo un ombre, que se dixo por su (1) Este parrafo prueba que en 1529 la esclavitud de loe negros en Castilla era una institución eoetal.—C. y T.
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CONCESIÓN A CRISTORAL MONTORO.
nombre C1•i4toral de iloutoro, C dió é presentó ante los dichos señores Yusticia é Regidores, é leer hizo por mí el dicho escribano dos provisiones del Rev é de la Reyna, nuestros señores, ambas á dos de un thenor, eseriptas en papel é fi rmadas de su Real nombre, é señalados con su Real sello (le cera colorada é refrendadas de Lope Conchillc;s, su secretario, é libradas de los (lel su muy al. Consejo, segund por ellas parescia, su thenor de las quales es este que se sigue: Don Fermpido, por la gracia de l)ios, Rey de aragon, de las dos secilias, de xernsalelu, de valencia, de maliorca, de Cerdeña, de Córcega, conde de barcelona, señor de las yndias, yslas é tieira-firme clel mar occeano, duque de atenas é de neopatria, conde de rusellon é de cerdania, marques de oristan é de gociano, gobernador é administrador destos reynos de Castilla por la serenisinia Reyna é princesa, wi muy cara é niuy amada hija: Por quinto para que las cibdades, villas é logares de las yslas Española é de Sant jean fuesen wexor regidas é gobernadas, Yo he mandado proveer, que los oficios de regimientos é otros, que en ellas han cíe aver, sean perpetuos, y he proveido del número de los regidores, en la cibdad cle Puertorrico, quees en la ysla de Sant Juan, é hasta agora no se ha proveido el oficio de Fiel Executor della, puesto que allá lo usa la persona que ha seido nombrada,é a la Reyna é princesa, mi muy cara é muy amada hija, é a mf pertenesce la provision del dicho oficio; por ende, acatando la suficiencia é abilidad de vos Cristoval de Mont oro, é los servicios que me aveis fecho, y entendiendo ser ansi cumplidero á mi servicio, es mi merced é voluntad, por lo que á mf toca, que seais nil Fiel Executor de la dicha cibdad de Puertorrico, de la dicha ysla de Sant juan, é vos, é no otra persona alguna, useis del dicho oficio en todos los casos é cosas á él anexos é concernientes; é por esta wi carta mando al Concexo, tustieia, regidores, cavalleros, escuderos, oficiales é onces buenos de la dicha cibdad de Puertorrico, que xuntos en su Cabildo é ayuntamiento, seund que lo han de uso o de costumbre, tomen é reciban de vos el dicho Cristoval de Mon toro el xurameuto é solenidad que en tal caso se requiere é debeis hacer, el quid ansi hecho, vos ayas é reciban é tengan por mi [Fiel E.reeutor de la dicha cibdad, é usen con vos eu el dicho oficio y en todos los casos é cosas á él anexos é concernientes, C vos guarden é fagan guardar todas las honrras, gracias é mercedes, franquezas é libertades y exenciones, preminencias, prerogatives, innuniidades, qué por razon del dicho oficio vos deben ser guardadas, é vos recudan é fagan recudir con todos los derechos é salarios C otras cosas al dicho oficio anexas é pertenecientes, segnnd é como por razon del dicho oficio vos debe ser guardado é recndidq, de todo, bien é cumplidamente, en guisa que vos no mengüe ende cosa alguna, é que en ello ni en parte dello embargo ni contrario alguno vos non poogan ni consientan poner; cá Yo, por la presente, vos recibo é hé por recibido al dicho oficio é al uso é exercicio dél, é vos doy poder é facultgd para lo usar é exercer, caso que por los susodichos é por algunos dellos á él no seais recibido; la gual dicha merced vos
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fago con tanto, que al presente no seais clérigo de corona, é si algund tiempo paresciere que lo sois, ayais perdido é perdais el dicho oficio, é quede baco para Yo facer dél merced á quien mi voluntad fuere, é han de tomar la razon desta mi carta los oficiales de la Casa de la Contratacion de las Yndias, que resibden en la cibdad de sevilla; y los unos nin los otros non fagadea ni fagan ende al, por alguna manera, so pena de la mi merced é de diez mill maravedis para la mi Cámara, á cada uno que lo contrario hiciere.—Dada en Valbuena, á veinte é dos dial del mes de otubre, año del nascimiento de nuestro salvador Xesucristo de mill é quinientos é catorce años.—Yo el Rey.—Yo Lope Conchillo, secretario de Su Alteza, la fiz escribir por su mandado.— I en las espaldas de la dicha provision real de Su Alteza estavan escriptos ciertos nombres é firmas é lo siguiente: Fonseca, arzobispo é obispo.—Registrada.Prancisco de los Cobos.—Por Chanciller, Valenzuela.—Asentóse esta provision de S. A. en los libros de la C. de la C. de Sevilla, en diez é seis dias del mes de enero de mill é quinientos é quince años.—El doctor .iIatienzo.Pedro de Isasaga.—Juan López de Reealde. Doña Juana, por la gracia de Dios, Reyna de Castilla, de leo», de granada, de toledo, de galicia, de sevilla, de córdova, de murcia, de jahen, de los algarves, de Algecira, de gibraltar, de las yslas de canarias é de las yndias, yslas é tierra-firme del mar ocean, Princesa de aragon é delas dos secilias, de xerusalem, archiduquesa de austria, duquesa de borgoña é de brabante, é condesa de flandes é de tirol, señora de vizcaya é de molina, etc.: Por quanto, para que las cibdades, villas é logares de las yslas española é Sant juan fuesen mexor regidas é gobernadas, Yo he mandado proveer que los oficios de regimientos é otros que en ellas ha de aver fuesen perpetuos; y he proveido del número de los regidores, en la cibdad de I'uertorrico, que es la ysla de Sant juan, é hasta agora no se ha proveido el oficio de Fiel Executor della, puesto que allá lo usa la persona que ha sido nombrada, é al Rey mi Señor é padre, é a mi pertenece la provision del dicho oficio; por ende, acatando la suficiencia é avilidad de vos Cristoval de Montoro y los servicios que me aveis fecho, es mi merced é voluntad, por lo que a mi toca, que seaia mi Fiel Executor de la dicha cibdad de Puertorrico de la dicha ysla de Sant juan, é vos, y non otra persona alguna, ueeis del dicho oficio en todos los casos é cosas á él anexas é concernientes; é por esta mi carta mando al Concejo, Xusticia é regimiento, cavalleros, escuderos, oficiales é ornes buenos de la dicha cibdad tie I'uertorrico, que, xuntos en su Cavildo é ayuntamiento segund que lo han de uso é de costumbre, tomen é reciban de vos el dicho Criatoval de Montoro el xuramento é solenidad que en tal caso se requiere é debeis hacer, el qual ansí fecho, vos ayan é reciban é tengan por mi Fiel Executor de la dicha cibdad, é usen con vos en el dicho oficio y en todos los casos é cosas á él anexos é concernientes, é vos guarden é faltan guardar todas las onrras, gracias, mercedes, franquezas é libertades y esenciones, preminencias, prerrogativas é inmunidades, que por raso» del dicho oficio vos deben ser guar-
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dadas, é vos recudan é faltan recudir con todos los derechos é salarios é otras cosas al dicho oficio anexas é pertenescientes, segund é como por razon del dicho oficio vos debe ser guardado. usado é recudido, de todo, bien é cumplidamente, en guisa que vos non mengüe ende cosa alguna, é que en ello, ni en parte dello, embargo ni contrario alguno vos non pongan, ni consientan poner, cá Yo por la presente vos, doy poder é facultad para lo usar é exercer, caso que por los susodichos ó por algunos dellos á él no seais recebido; la qual dicha merced vos falto con tanto, que al presente no sexis clérigo de corona, é si en algund tiempo paresciere que lo sois, ayais perdido é perdais el dicho oficio é quede vaco, para Yo poder hacer merced dél á quien ¿ni voluntad fuere; é an de tomar la razon desta mi carta en los libros de la Casa dela Contratacion de las yndias de la cibdad de Sevilla los nuestros oficiales della ; y los unos nin los otros non fagades ni fagan ende al, por alguna manera, so pena de la mi merced é de diez mill maravedis para la Cámara, á cada uno que lo contrario ficieren.—Dada en Valbuena, á veinte é dos Bias del mes de otubre, alío del nasciniiento de Nuestro Salvador tesuchristo de mill é quynieutos é catorce aros.—Yo cl Rey.—Yo Lope Conchillos, Secretario de la Reyna nuestra Señora, la fiz escribir por mandado del Rey su padre; y en las espaldas (le la dicha provision real de S. A. estaban escriptos ciertos nombres é firmas é lo siguiente:Fonseca, arzobispo é obispo. — Registrada, Francisco de los Cobos.—l'or Chanciller, Valenzuela.—Asentóse esta provision de S. A. en los libros de la C. de la C. de Sevilla, en diez é seis dias del mes de enero de mill é quinientos é quince años.— El doctor ifaticn:o.—Pedro de Isasaga.—Juan Lopez de Recalde. Ansi presentadas en la manera que dicho es, luego el dicho Cristoral de Montoro dixo, que les pidia é requería, é .pidió é inquirió, vean las dichas provisiones de Sus Altezas, é fagan é cumplan lo que por ellas les mandau,é que si ansi lo hicieren, farán lo que Sus Altezas mandan; donde no, que protestaba, é protestó, aquello que le conviene protestar; é pidiólo por testimonio. E luego los dichos señores vieron las dichas provisiones, é las tomaron en sus manos é besaron é pusieron sobre sus cabezas, é dijeron que las ohedescian é obedescieron, como á cartas é mandado de sus Reyes é Señores naturales, á quien Dios, nuestro señor, deje vivir é reinar por muchos é largos tiempos; en quanto al cumpliluieuto deltas, dixerou que ellos lo verán é farán lo que convenga á servicio de Sus Altezas. Y luego dende á poco de hora, paresció el dicho en el dicho Cabildo Martín Ysasaga,, procurador del dicho Cabildo, é dixo, que les pidia é requería que, l►or quanto la relacion se hizo á Su Alteza no fué conforme á lo que acá se usa en razon del dicho oficio, no fué verdadera, porque en esta ysla na á abido tal Fiel Executor, salvo solamente Fiel cadañero, que facia lo que el Cabildo le mandaba; é que si se diese lugar á que fuese é obiese Fiel Executor, seria mucho perjuicio de los vecinos é moradores delta ysla, por ser tierra nueva, é se dá oeasiou de ser muy fatigados, é que della Su Alteza seria deservido; por tanto, por las causas susodichas, dizo que les pidia
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é requería que en el cumplimiento de las dicha s provisiones se sobresean é supliquen dello á Sus Altezas, é le fagau de todo entera relacion del deservicio que dello se le sigue é del (laño que los vecinos y moradores de esta ysla recibieran, si lo susodicho se cumpliese, é que si ansi lo hicieren, farán lo que deben é son obligados; lo contrario faciendo, dixo que protestava, é protestó, todos los daños, pérdidas é menoscabos que á los dichos vecinos é moradores se le recrecieren; é pidióle por testimonio. E los dichos señores dixeron que lo oían é darán su respuesta. E despues de lo susodicho, en tres días del mes de agosto del dicho año, los dichos señores. Justicia é regidores dixeron que, repondiendo al obedescimiento de las dichas provisiones presentadas por el dicho Cristobal de .lfoatoro, que respondían é respondieron lo contenido en un escripto fi rmado de sus nombres, el theuor del qual dicho escripto es este siguiente: El Concejo, Justicia é regidores delta cibdad de 1'uertorrico decimos que, por quanto en el Cabillo delta cibdad ante nos fueron presentadas dos provisiones de SUS Altezas que facen merced á Cristobal de Montoro del oficio de Field Eceeutor delta dicha cibdad, é mandan al Concejo, Yusticia é regidores, cavalleros, escuderos, oficiales é ornes buenos delta dicha cibdad que por tal Fiel Ereeutor lo reciban é tengan, recibiendo dél el xuramento é solemnidad que en tal caso se requiere, segund mas largo Sus Altezas por las dichas provisiones reales lo mandan, las quales, ansi presentadas en el dicho Cabildo, por nosotros fueron obedescidas ron el acatamiento é soleuu►idad que debianmos, como á cartas provisiones de nuestros reyes e Seilores naturales, segund que por ante el escribano de nuestro Cabildo pasó el tal obedescimiento, é quanto al cum plimiento. diximos que lo verian►os é fariamos lo que conviniese al servicio de bus Altezas; é fecho el dicho auto, por el procurador del Concejo desta cibdad nos fué pedido é requerido que, quanto al cumplimiento de las dichas provisiones, sobreseyésemos é hiciesemos relacion á Sus Altezas del deservido que dello Sus Altezas se les seguiría é del daño que los vecinos é moradores desta ysla recibierian, si el sobre dicho fuese recibido por tal ¡"idl E.rec rfor é á ello se diere lugar, por las causas que para ello expresó, segund que toda ello mas enteramente pasií ante el escribano (le nuestro Cabildo, v porque en razon delo susodicho entre nos ha sido platicado, éy abiendo sobre ello acordado, considerando los inconvenientes que podrían resultar; fallamos que, si el dicho i'ristoral de Afoutoro al otra persona alguna fuese recibido al dicho oficio de Firl L'.reentor é usase dél, que dello á Sus Altezas se le siguiria u►ucho desservicio, é á los vecinos é moradores delta ysla mucho daño é perjuicio, por las razones siguientes: Lo uno, porque en esta ysla es nuevamente poblada, é si los moradores é personas de trato fuesen fatigadas por una persona que el tal oficio tuviese, como se espera é cree lo serian, cesaria el trato delta ysla, y cesado esto, Sus Altezas recibirían deservicio é sus rentas disminuirian. Lo otro, porque se puede creer que teniendo juzgado el dicho oficio y estando en una persona sola sin tl►ener acompañados,
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podrian facer muchos fraudes para con los dichos moradores é personas tratantes, ansi de cohechos como otros semejantes, porque en la cibdad de Sevilla donde hay fieles egecutores 6 en otras partes puédese sufrir por ser mucha la poblacion é comunidad, é demas ay numero de fieles egecutores é con ellos asiste un Teniente de asistente 6 Corregidor, por manera que abiendo número de fieles egecutores é juntados para el juzgado del dicho oficio, no puede aber los fraudes 'é cohechos engaños que podría aber en esta cibdad 6 en otras partes, donde fuese proveido una persona, é no mas, del dicho oficio. Lo otro, porque las dichas provisiones reales paresce Sus Altezas aber proveydo del dicho oficio de Fiel Executor por falsa que hasta agora lo ha usado persona que ha sido nombrada por las Xusticias é regidores desta ysla, lo qua! no se fallará en verdad que de tal oficio fuese proveydo persona alguna por las dichas Xusticias é regidores, salvo solamente oficio de Fiel, é no Executor, ni tenia juzgado alguno, sino facia como Fiel aquello que convenia al servicio de Sus Altezas, faciendo relacion al Cabildo de las cosas que convenian, y el dicho Cabildo sobre ello mandaba. lo que se debia facer conforme al servicio de Su Alteza, y fasta agora así se ha usado, é no ha habido Fiel Executor, salvo solamente Fiel, como dicho es. Por las quales razones, é por cada una dellas, y por las que mas entendemos espresar ante Sus Altezas, no conviene a su real servicio que el dicho oficio de Fiel Executor sea recibido en esta ysla, salvo solamente Fiel para que faga y entienda en aquello que los otros fieles que fasta aqui ha habido en ella han entendido; por lo qua! suplicamos á Sus Altezas ansi lo manden cumplir, pues á su real servicio ansi conviene, no dando lugar á que los vecinos y moradores y estantes en esta ysla sean maltratados ni fatigados por ninguna vik, pues dello recibirian Sus Altezas desservicio, fasta tanto que sobre ello mande proveer como fuese su servicio.—Suplicamos dello para ante Su Magestad, é suspendemos el cumplimiento dello; é esto damos por nuestra respuesta. —Gerónimo de Merlo,Francisco de Cardona.Fernando Mogollon.—,Juan Ponce de Leon.—Diego de Arce.—Antonio Sedeño.— Andrés de Haro.Baltaaar de Castro. E de todo esto, en como pasó, el dicho Cristoval de Montoro dixo, que pidia, é pidió, a mi el dicho escribano público é del Concejo sobredicho se lo diera por fee é testimonio, para guardar á conservacion de su derecho, é dile ende este, segund va é ante mi pasó, que es fecho de los dichos dial é mes é año susodicho.—E yo, Juan Pere:, escribano público é del Concejo delta cibdad de Puertorrico, lo fiz escribir é fiz aquí este mio sino, é só testigo.— (Hay un signo.)— Fecho é sacado fué este dicho traslado del dicho del testimolLió original encorporado, en la noble villa de Valladolid, estando en ella el Consejo de Sus Altezas, á veinte é seis dias del mes de Marzo, año del nascimiento de Nuestro Salvador Xesuchristo de mill é quinientos é diez é ocho años, siendo presentes por testigos a lo ver sacar é concertar= Bartolomé Sánchez é Juan .Garufa de Alxedo, joyeros, vecinos (le Valladolid, é Sebastian de
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Medina, secretario estantes en la corte. E yo, Diego González de Oviedo, escribano de Bus Altezas é su notario público en la su corte, é en todos los sus reynos é señorios, en uno con los dichos testigos, presente fui al sacar é leer deste traslado con la escriptura oreginal, e va cierto é fielmente sacado, é lo escribi en estas tres hojas de pliego de papel entero con mas esta plana en que va mio signo, que es a tal, en testimonio de verdad.—(Hay un signo.) —Diego González de Oviedo, escribano. (1) LA LAPIDA DEL MORRO. UNA CARTA AL DR. COLL Y TOSTE. San Juan, Puerto Rico, Octubre ? de 1916. Señor doctor Cayetano Coll y Toste, San Juan. Ilustre puertorriqueño y querido Historiador de Puerto Rico: Le molestamos de sus múltiples atenciones para pedirle un favor en nombre de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico y con relación a nuestro proyecto de la Lápida del Morro. Deseamos que usted nos diga los nombres y apellidos de las 16 personas que estuvieron presas bajo las bóvedas del Castillo del Morro y de qué manera debe constar este suceso inscrito en el bronce, para conocimiento exacto de las futuras generaciones. Con cordial afecto nos suscribimos de usted sus atentos amigos y consecuentes admiradores, Pedro R. de Diego, Presidente; J. E. Levis, Secretario. CONTESTACIÓN DEL DR. COLL Y TOSTE. Villa Los Pinos, Octubre 8 de 1916. Sres. Pedro R. de Diego y J. E. Levis. — San Juan. Mis estimados amigos: he recibido la carta consulta de ustedes y paso a satisfacerla. Las personas detenidas y encarceladas en el Castillo del Mo(1) Este documento prueba que los Cabildos o Municipios, aunque no de origen popular y si nombrados por la Corona, una vez constituidos tenían sus tueros y el mismo Rey los respetaba. En Castilla en los pueblos de realengo el Rey nombraba Alcaldes, para que en su representación administrasen la justicia. Esta prerrogativa real se la concedieron loe Reyes Católicos al gran Almirante. A Ovando le concedió el monarca el derecbo de suspender el cumplimiento de una R. O. si veía que no convenía su ejecución.—De aquí se origina el célebre Cúmplale de los Virreyes, Capitanes (ferales y Alcaldes ordinarios. Facultad que duró basta 1998 que cesó el dominio español en las Antillas. Y a esta merced real es acogió el Cabildo de la Vüia de Caparra, en 1616, para no dar posesión a Cristóbal en la ciudad.—C. y T: de Montoro de la plaza de Field
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rro el 87, cuando el Boycotting contra el comercio español y la erección de la sociedad secreta "La Torre del Viejo" fueron diez y seis. Unos estaban complicados e11 aquellas maquinaciones irlandesas y otros no. Ni don Roman ni Cepeda ni el doctor Carbonell estaban juramentados. Me consta de buena fuente histórica. La intención siniestra de la camarilla del general Palacios fué aprovechar aquella oportunidad que le presentaban los autores del Boycotting, para darle un golpe mortal al Partido Autonomista floreciente. Para los retrógados reaccionarios ultramarinos, la AutonoInfa y la Independencia eran sinónimos. 1)e ►110(10, que veían a todo autonomista como un solapado filibustero encubierto. Hay que tener en cuenta, que el gobernador Sanz, en 1874, empezó a cercenar al pueblo puertorriqueño las libertades y derechos que le concediera la República Española en 1873; y esto se acentuó cuando el general Martínez Campos en el Pacto del Zanjón ofreció a los insurrectos cubanos en 1878 las reformas de que gozaba Puerto Rico. Desde entonces, seguimos perdiendo libertades y derechos. Y por fin, vino la protesta en forma de sociedades secretas. Los gobiernos de la Restauración borbónica, con D. Antonio Cánovas del Castillo por mentor, fueron opuestos a la Libertad de las Antillas considerándola como sinónima de Independencia, y tal proceder trajo copio secuela obligada la última guerra cubana y la catástrofe colonial. Bien lo pronosticó Don Roman Baldorioty de Castro en su discurso de 1870 en las Cortes Constituyentes y Don Rafael M de Labra en su discurso parlamentario de 10 de .Tulio de 1871. Discursos que levantaron una .polvareda terrible. Sobre todo, cuando el valiente tribuno criollo lanzó esta frase: "Espero de la mayoría de esta Cámara justicia para mi pals, justicia y justicia, á pesar de los que no la quieren." Y también levantaron gran controversia estas del señor Labra: "Siempre los enemigos de la libertad en América, han sido los enemigos de la libertad en España." Cualquier tiempo, amigos míos, es oportuno para rendir homenaje de gratitud a los hombres que sufrieron persecuciones por las libertades patrias. La religión de los recuerdos es muy sagrada. En la historia de las sociedades humanas hay días luminosos y de amor y días entenebrecidos y de pesares. No se deben olvidar ni los unos ni los otros, para buena enseñanza (le las generaciones que suben. Si un gobernante español, agrio, y mal aconsejado, cometió una injusticia tremenda, otro gobernante español, liberal y generoso, reparó la falta cometida por su antecesor. Además, la Real Audiencia Territorial, desde el primer momento, no estuvo al lado de Palacios. Este, iracundo, prescindió del Juez de Ponce y siguió la causa contra los autonomistas puertorriqueños por lo militar. Y el Gobierno Central de Madrid, tan pronto tuvo conocimiento del inicuo atropello, depuso por cable al irascible gobernante y restableci6se el orden. España, pues, está por encima de todo esto, y la verdad histórica debe resplandecer en letras de bronce para que sepan los tiranos, que en todos pueblos. los tiempos, tienen la escecración de
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La lápida que se va a fijar en los paredones del Castillo del Morro, para eterna recordación a las generaciones futuras, puede llevar esta sencilla y severa inscripción: "Por orden del gobernador Don Romualdo Palacios fueron presos el día 9 de Noviembre de 1887 en estas cuatro bóvedas inmediatas, por su acendrado amor a las libertades del país, los patriotas autonomistas señores Román Baldorioty de Castro, Francisco Cepeda, Antonio E. Molina, doctor Manuel A. Zavala, Ramón Marín, Santos Negroni, doctor Salvador Carbonell, Santiago R. Palmer, Dr. Tomás Vázquez, Pedro María Descartes, Epifanio Presas, Rodulfo Figueroa, José Vicente González, Ulises I)almau, Cristino Aponte y Bruno Negrón. Por orden del gobernador interino don Juan Contreras, de acuerdo con la Real Audiencia Territorial, fueron puestos en libertad la noche del 24 de Diciembre del mismo año.—Recuerdo y homenaje de la Asociación de periodistas de Puerto Rico.—San Juan 24 de diciembre de 1916. De mi correspondencia referente a este asunto, les copio un párrafo de una carta de uno de los presos más distinguidos, que estuvo en aquellas prisiones: "Existe un episodio que prueba el amor a la dignidad personal de nuestros jíbaros. La noche que entramos en el Castillo se nos pasó lista. A cada cual se le llamó por su titulo de Doctor o Licenciado, enunciado antes del nombre propio. Al llamar solamente a Epifanio Presas, que coincidió con la vuelta de la hoja del pliego que contenía la lista, reinó profundo silencio, nadie contestó. El Coronel de Estado Mayor, señor Cortés, reiteró el llamamiento en la misma forma. Todos, entonces miramos y señalamos, para que contestara, al señor Presas, y el Coronel, dirigiéndose a él, le dijo:—Es usted? A lo cual, el preso contestó con dignidad :—"Yo soy don Epifanio Fresas, aunque estoy en la desgracia". El Coronel rectificó diciendo :—"Perdone, señor, ha sido una omisión involuntaria." Y lo llamó en alta voz:—Don Epifanio Presas. A lo que éste contestó en seguida :—Servidor de usted.—Se trataba de un pobre pulpero, pero era un gran patriota." Entre esa pléyade de puertorriqueños presos, estaba el vehemente periodista español don Francisco Cepeda, asturiano, que en las horas dolorosas de la Colonia se puso del lado de los criollos, al igual que ese otro asturiano liberal, nuestro Don Manuel Fernández Juncos, siempre a nuestro lado, y a quien Dios conceda luengos años de vida para honra de su patria y utilidad de la nuestra. Me repito de ustedes, cordialmente amigo. Cayetano Coll y To8te. Sr. Dr. Cayetano Col! y Toste, Historiador de Puerto Rico. Ilustre y respetable am igo: En la última asamblea celebrada por esta Asociación de Periodistas el 19 del pasado mes de Diciembre, por unanimidad fué
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su
acuerdo expresar a usted públicamente las gracias por el magnf8co documento con que ha honrado a esta Asociación en el proyecto de vital interés que llevamos adelante, titulado: La lápida del Morro. Por la prensa periódica se habrá enterado que la inscripción de dicha lápida será de acuerdo con las indicaciones que usted bondadosamente indicara en el documento de referencia. Solo, y en justicia, se ha agregado la parte que ha tomado en estos empeños el noble pueblo puertorriqueño. Usted dice muy bien: "Cualquier tiempo es oportuno para rendir homenaje de gratitud a los que sufrieron por las libertades patrias." Los hombres de la Asociación de Periodistas se impusieron voluntariamente el deber en lo que respecta a los presos del Morro, y aguardaron en silencio el momento de la bonanza. Se sabia que habiamos de ser combatidos, pero ninguno de nosotros pensó un instante en que podría haber en todo esto la menor ofensa para la vieja madre España, unida a nosotros por profundos víncúlos de Comunión espiritual, lo único que queda cuando ya entibiadas las pasiones, calla la pluma y habla tan sólo el corazón. Asistimos a una segunda etapa de nuestra vida de pueblo débil, pero habremos de conseguir la fortaleza que necesitamos, en la noble herborización de los santos recuerdos de la Patria. La Asociación de Periodistas ocupa puesto de luchas y sacrificios y sabrá cumplir su deber. Querido Historiador y venerable amigo: inspiran estas líneas, la sinceridad de nuestro afecto, unida a la expresión del más profundo reconocimiento. Tengo el honor de saludarle respetuosamente, J. E. LEPI&, Secretario. San Juan, 4 de Enero de 1911.
33 INTERPELACIÓN DEL BRIGADIER I)ON LUIS PADIAL, DIPUTAI)O ¡'OR PUERTO RICO, EN LAS CORTES CONSTITUYENTES DI•: 186(1 Y SUS CONSECUENCIAS. SESIÓN DEL 13,DE NOVIEMBRE.
(Del Arehiro particular de Call y Tn.ºtc.) El Sr. VJCEI'RESII)ENTE (Cantero) : El Sr. Padial tiene la palabra. El Sr. PADIAL: La he pedido para suplicar al señor Ministro de Ultramar se sirva decirme si puedo explanar la interpelacion que días pasados tuve la honra de anunciarle. El Sr. Ministro de ULTRAMAR (Becerra) : Pido la palabra. El Sr. VICEPRESIDENTE (Cantero) : La tiene V. S. El Sr. Ministro de ULTRAMAR (Becerra) : Estoy dispuesto á contestar á la interpelacion que anunció S. S., y por mi parte tendré la más viva satisfaccion en que S. S. la explane ahora mismo, si lo tiene por conveniente. El Sr. VI('EPRESII)ENTE (Cantero) : No teniendo inconveniente el Sr. Ministro de Ultramar en. que el Sr. Padial explane su interpelacion tiene S. S. la palabra con ese objeto. El Sr. I'AI)IAL: Conmovido y lleno de temor, señores 1)iputados, voy ÍI explanan• la iuterpelacion que he tenido la honra de anunciar, contando c•on la benevolencia de mi distinguido amigo el Sr. Ministro de Ultramar. Seré lo n►5s breve posible; no tengo el habito de la palabra, ni me he fauuiliarizado con las Asambleas: la nuestra es imponente por su nú►uero, por su calidad y por su augusto carácter, y pc►r lo mismo, yo impetro y espero la benevolencia de los hombres superiores que la componen. Conociendo sus nobles y generosas cualidades, aún n►e atrevo á esperar más de ellos: me atrevo á esperar su franco y leal apoyo para esta interpelacion, que implica una cuestion de estricta justicia, y que, sin la n►enor sombra de oposicion al Gobierno, es, á mi modo de ver, de alta conveniencia 1►ara el honor y para el progreso de la Nacion. Hace treinta y (los años, señores Diputados, que un error de la política peninsular excluyó de estos bancos á la legítima repieseutac•iou de las Antillas. Honor es hoy, y honor será en la historia para los hombres de la► revolucion de Setiembre la rt•aparicion en su seno ele los representantes (le una de ellas. Yo. como diputado por Puerto-Rico, soy el primero en reconocerlo, y en nombre de los habitantes de esta Isla que vengo ú representar, doy al Gobierno y á las (Yates las gracias más expresivas por este acto de sana política, que en el fondo es de para y extricta justicia. Pero ¿es á esto solo, Sres. i)iputados, es á exhibirnos en este augusto recinto ú lo que se limita nuestro deber? ¿ No debemos presentar ante los diputados de la Naeiou el estado social, po4 3
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lítico y económico de la Isla? ¿No debemos exponer el estado de su administracion, y pedir uno y otro dia al Gobierno y á las Cortes que, si hay males que remediar, abusos que corregir, leyes que dictar, los remedie, los corrija y las dicte? Pues tal es, Sres. 1)uptados, mi propósito, y tal es la obra, superior sin duda á mis fuerzas, para que os pido vuestro poderoso apoyo. El estado social de la Isla de Puerto Rico lleva en su seno la esclavitud, institucion que, por una verdadera desgracia, hoy es únicamente española, como lo ha dicho no há mucho tiempo el primer magistrado de la Nacion; institucion que "es el compendido de todas las iniquidades," como lo dice la sábia Europa por la voz de sus hombres mejores y más autorizados; institucion por fin que es antipática á los generosos instintos del pueblo español, y que pugna hasta avergonzarnos, con los principios, principios de eterna justicia, proclamados por la revolucion de Setiembre ante el mundo civilizado. Ni los hombres ilustres de esta Asamblea, ni el noble pueblo español desconocen estas verdades. Gracias á la iniciativa de mi particular amigo D. Julio Vizcarrondo, el Willberforce de la esclavitud española-, gracias á la palabra elocuente de los Sres. Figuerola, Moret, Rodríguez (1). Gabriel), Labra, Romero Giron, Castelar, Sanromá y tantos otros insignes patricios y hombres públicos, estas verdades han resonado en todos los ángulos de la Nacion, y han formado la conciencia pública en esta importante materia. Yo estoy convencido, profundamente convencido, Sres. Diputados, de que aquí no hay un solo hombre que no desee ardientemente tener la satisfaccion y la alta honra de poner término á esta institucion enemiga de la humanidad y humillante para la Nacion española. Estoy persuadido de que el Gobierno en general, como mi distinguido amigo el Sr. Ministro dé ultramar en particular, sienten en esta triste y vergonzosa cuestion del iuisuio modo que todos los hombres de alto corazon y de levantarlos pensamientos. Yo no dudo que se proponen resolverla; yo no dudo que propondrán en este lugar una solucion digna de sus nombres y digna tambien del momento histórico en que nos encontramos. Pero ¿á qué se aguarda? ¿Qué vacilaciones intempestivas se oponen al cumplimiento de este deber? Deber ineludible, y que es, sin duda, uno de los más bellos que puede caber en suerte á los hombres, y que ha tocado, por fortuna de todos nosotros, á esta ilustre Asamblea. Si en mis manos estuviera, y deseo consten estas mis palabras, tomar esta gran medida, inspiráudome en la noble y patriñtica conducta de mis amigos los comisionados de Puerto-Rico de 18(6, yo propondría á las Cortes que tienen la benevolencia de escucharme, la satisfaccion de la justicia por la abolition inmediata y siniultánea de la esclavitud, y la indemnizacion á los clue►ios de esclavos por pura equidad y conveniencia del momento. Yo confío que no faltarán en este recinto elocuentes, poderosas y autorizadas voces, que, unidas á mi débil voz, demuestren en su día las ventajas de este sistema y los graves, gravísimos
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inconvenientes que han traído siempre las medidas lentas y arbitrarias que de él se han apartado. Y cuando la codicia y la tiranía doméstica se levanten en estos bancos ( que ellas no abaudonaráu su triste Inision en estos días , vestidas con el majestuoso ropaje del patriotismo, y anuncien ruinas, catástrofes, sangrientas escenas; cuando, olvidando la dignidad de la Nacion, los sagrados fueros de la humanidad y el santo nombre de Dios, creador de los negros como de los blancos, para hablarnos únicamente de los sacos de café y de los bocoyes de azúcar, y confio tauibien en que aquellas voces elocuentes les responderán con energía : "Vuestros sofismas han concluido s„ odioso papel eii este inundo; la abolicion es la historia y la honra de nuestros días; su justicia, su necesidad y sus beneficios nos son conocidos; en adelante no llenareis de dolor el corazon (le las madres ven9iendo á los hijos; no llenareis de amargura á los hijos azotando en su presencia á sus padres; en adelante no tendr s abolida la moral, subyugada lá religion, envilecida la sociedad humana, por vuestros eselusivos y materiales intereses. Si propiedad santa hay en el mundo, la primera y la Iiiás sagrada es la que el hombre funda en su trabajo. 1d, pues, con el oro que pretendeis por vuestros siervos y que la \acion os otorga por pura equidad; pero sabed que el trabajo del Nombre negro no os pertenece, y que la noble y generosa \acion española ha proclamado la libertad en todos sus áulbitos y sabrá mantener el derecho igual entre todos sus hijos." 1)ia venturoso éste, legisladores ilustres; dia inmortal en la memoria de las gentes, porque llevareis la alegría (le la justicia á 43,000 esclavos, nacidos tollos bajo la bandera nacional, y la paz doméstica y la tranquilidad de la conciencia á una poblacion de 600,000 habitantes. ,Qué pueden pesar en la balanza de nuestra conciencia, ni la pasion ni el cálculo sórdido de .'100 esclavistas temerarios (que no hay más en Puerto-Rico) cuando hayais cunlplido vuestra noble uiinion, con honra de España, ante Dios y ante los hon►hres? El estado político de la isla de Puerto-Rico no es Inénos ofensivo :í la dignidad humana, ni Inénos contrario á los intereses permanentes de la \acion. Baste decir que hace muchos años que la Isla se rige por decretos provisionales, sin leyes tijas y sin interveucion Iiiuguna ni para nada de sus habitantes. Aún estos mismos decretos son anulados, desvirtuados ó eicmendados con frecuencia y al couapás de los intereses, más ó méuos bastardos, de los goberuautes irresponsables encargados de ejecutarlos. Una sombra del municipio, que ha sido siempre el último baluarte de la libertad española, ni una sombra siquiera de I►iputacion provincial, y el alejamiento sistemático de nuestra palabra en los Congresos de la \acion: lie ahí los elementos esencialmente negativos de nuestra (.'oustitucion política en las Antillas. El capricho más ó ménos ilustrado de un Ministro sin responsabilidad, la voluntad arbitraria de un gobernador militar más ó ménos despótico en sus actos y costumbres, sujeto á un simukiero de ea juic•ia►nieuto, que se llama entre nosotros juicio
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de residencia; en una palabra, la arbitrariedad gubernamental y la fuerza: hé aquí las leyes que rigen á la Isla de Puerto-Rico. !, Podemos esperar que así se formen ciudadanos cual convienen á la Nacion? ¿Es pátria de todos la que así trata á una parte de sus hijos? Seamos razonables, señores, y juzguemos el corazon humano por sus propias leyes y no por frases de vana convencion. La historia está abierta para decirnos con voz severa los tristes efectos que la injusticia ha producido y producirá siempre en circunstancias análogas. Por fortuna, señores, la historia nos dice tambien cómo se evitan estos efectos y cómo se crea el verdadero lazo nacional. Se evitan y se crea fundándolos en intereses recíprocos y permanentes. Hagamos pues, nuestro deber en este dia y borremos con actos de sensatez y cordura actos absurdos de otros tiempos. Derechos iguales en la gestion de los negocios de la Nacion; derechos iguales en la vida pública de la provincia; derechos iguales en los actos del municipio; garantías sólidas, seguridad perfecta para el individuo en la vida pública y privada; hé ahí, segun mi modo de ver, los principios justos de una nacionalidad perfecta y duradera. F esto no quiere decir que la identidad sea necesaria: que las formas varíen en la aplicacion con las condiciones geográficas, con los instintos locales y con las demás circunstancias que puedan caracterizar á la Isla, no es razon para que se disminuya ó mutile la libertad. Pienso, por el contrario, que, cuanto más ámplia sea ésta, tanto es más perfecta é íntima la nacionalidad á que se debe, y hé aquí por qué mis convicciones son decididamente favorables á la autonomía, que no es otra que la descentralixacion política y o(l ira inistratica. En este órden político, en efecto, se ensancha la vida pública de las provincias, sin disminuir en nada, antes fortificando, los lazos de interés recíproco con la madre Pátria, como lo evidencian eras magníficas sociedades que con gloria y utilidad de la Nacion británica se llaman el Canadá y la Australia. Y si por acaso la autonomía pudiera, segun pretenden algunos políticos de corta vasta ó de estrechas miras, ofrecer algun peligro ulterior respecto de estas grandes colonias, que tienen fecundos gérmenes para aspirar á ser Ilaciones, semejante eventualidad carece de signiticacion respecto de I'uerto-Rico, cuya corta extension y cuya e~easa poblacion y riqueza no le consienten aquellas aspiraciones. ;,Quién ignora allí estas verdades, por de mas sencillas y ya vulgarizadas? Los hombres que por desesperacion, por recurso extremo, han podido mirar hácia otros pueblos, esperando de ellos ilusoria proteccion ó fuerte amparo, tienen su alma puesta en la libertad, no en la bandera. Hagamos, pues, que sean libres en su propio suelo, y pronto los veremos volver de su brillante delirio á los brazos de la nacion, cuyos malos Gobiernos los han compelido al extravío. Si libertad, y libertad absoluta hemos pe-
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dido para el esclavo, seamos consecuentes pidiendo libertad sin trabas para los ciudadanos de una parte de la Nacion. 1\o olvidemos, señores, que así como la esclavitud doméstica ciega el entendimiento y corrompe las costumbres hasta la méduia de la sociedad, el despotismo gubernamental favorece la ignorancia, degrada los caractéres, anula el espíritu público. debilita el amor pátrio y rompe al cabo violentamente los lazos nacionales. Latamos muy lejos de esta► triste eventualidad en Puerto Rico; pero es preciso, es de nuestra esencial obligacion, restablecer el derecho sobre la base de la justicia, las leyes por encima de la voluntad de los hombres; es preciso en fin constituir la provincia y sustituir una situacion de gobierno fundada en los inmortales principios de la revolucion de Setienibre, á esa situacion de mando, que no tiene otro fundamento que la voluntad de los Borbones, ni otra razon de ser en la actualidad, que las ventajas que en ella encuentran todavía sus antiguos partidarios. Entre estos, señores, entre estos partidarios, clebeis contar en primer término á los negreros y á los esclavistas, más 6 ménos enmascarados. Ellos adoran lo pasado, por que funda sus aspiraciones á la riqueza en la servidumbre: ellos han defendido y ponderado hasta ayer las ventajas del siste►na. colonial con todas sus brutalidades, porque en él tiene su fundamento la esclavitud y los privilegios; ellos en fin varían de táctica hoy, pero no de planes, y pedirán libertades mutiladas, derechos irrisorios ó falseados, con la esperanza de volver más fácilmente atrás, ya con la restauracion, ya con las reacciones que en silencio neciamente anhelan. Os toca, pues, Sres. Diputados, dictar leyes políticas radicales, que, favoreciendo los intereses legítimos de todos los ciudadanos de la Isla, destruyan para siempre estas aspiraciones inhumanas, egoistas y antinacionales. Donde no hay ley, donde impera la arbitrariedad absoluta, donde no hay responsabilidad efectiva, ni siquiera responsabilidad moral, para contener al poder y á sus agentes, ¿puede esperarse una situacion económica fundada en la equidad? Ved lo que pasa allí: toda la ciencia económica de los que han gobernado la Isla de Puerto-Rico, ministros, gobérnadores, intendentes y subalternos, no han entrañado jamás otro pensamiento que el de aumentar los presupuestos de ingresos, ni otro plan que el de distribuir las rentas entre sus adeptos, sin consultar para nada la riqueza positiva de la Isla, sin beneficio real para la Nacion y sin de Puerto-Rico no hay utilidad ninguna para el país. En la caminos, no hay enseñanza pública: las iglesias están casi arruinadas; los ayuntamientos no tienen casas decentes; y sin ewbargo, las contribuciones suben á cerca de 7 millones y medio de escudos, que el país no puede pagar y que no paga. Sin ir más lejos, el general Sanz ha tenido que tratar con los contribuyentes de tan German, (le Fajardo y de otros pueblos. para obtener parte del cupo absurdo que se les había fijado, reconociendo que no debían pagar el resto. Todavía más: fué preciso autorizar al puel►lo de Fajardo para disponer de los fondos
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municipales, destinados á un objeto sagrado, con el flu de agraciar al Tesorero, á reserva de reintegrarlos cuando los contribuyentes pudieran. A" esta triste transaccion vinieron á parar tantas conmina(iones, tantos expedientes de apremio y tantas ejecuciones vejatorias como salieron de la intendencia, exigiendo lo iiuposible y produciendo un disgusto profundo, la alarma justificada de los propietarios y el acontecimiento sin consecuencias, pero significativo, de los desesperados de Lares. Y es tal, `res. I)ilnrtados, desórdeu económico que reina eu aquella Isla, que, á pesar de todo esto. el Tesorero está endeudado, sin crédito y sin esperanzas de llegar á una situac•ion de equilibrio, mientras no se ajusten los gastos á los ingresos posibles y los ingresos á la riqueza verdadera del país. Es. pues, de absoluta necesidad fundar el plan económico de la Isla en bases más sólidas, en principios de justicia, y contar para ello á un mismo tiempo con los sanos consejos de la ciencia y con la legítima interveuciou de lo contribuyentes. ¿ \o es cierto, `res. Diputados, que toda la revolucion moderna europea ha tenido por origen la necesidad de contener los desórdenes económicos de los poderes arbitrarios? Pues remediemos estos males en Puerto-Rico, antes de que las mismas causas produzcan allí los mismos efectos. He hablado hasta ahora, Sres. Diputados, del estado social, político y económico de la Isla de Puerto-Rico, y ciertamente todo el mundo puede deducir ya, y sin esfuerzo alguno, el estado general de su administraciou. Inútil sería detenerme en ello: empleados en su mayor parte ineptos para el cargo que desempef`ian, como lo han escrito oficialmente muchos gobernadores, altaIiería propia (le la irresponsabilidad, castigos infamantes, azotes á hombres libres, persecuciones y destierros sin proceso ni sentencia judicial, son hechos comunes que los Gobiernos más desatentados de la Península han tenido con frecuencia que desaprobar. \o quiero, `res. Diputados, entrar en consideraciones de otro úrden en este momento. Los gobiernos personales tienen un gravísimo mal, el de hacer personales tambien los ataques. No se escapará á la alta penetracion (le la Cámara que no debe continuar hablando sobre el estado de la administracion en Puerto"Rico, conocido su modo de ser, dadas las condiciones en que hoy se encuentra. Hagamos caso omiso (le eso, y pasemos un velo espeso que cubra tau tristísima y vergouzosa situacion. No pretendo, seilores, prolongar innecesariamente mi interpelaciou. Tenía el deber de presentar á vuestros ojos el estado general de la isla cle Puerto-Rico, y lo he cumplido. Debía dar las gracias á los hombres de la revolucion de Setiembre, por habernos abierto las puertas de este santuario de las leyes; y aunque en esto no hay más que justicia, lo he hecho por mí y por mi pafs con sinceridad. Voy á poner término ú esta interpelaciou.
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La Isla de Puerto-Rico, parte integrante de la Nacion española por la naturaleza y por la historia, no está constituida, y urge constituirla; no está bien gobernada, y tiene derecho á estarlo. No olvideis, legisladores ilustres, que así lo aconsejan sus méritos propios, los tiempos y las circunstancias todas que la rodean. Sus méritos, porque es difícil que halléis otra provincia en toda la Naciou que haya mantenido durante trescientos cuenta años su pabellon más ileso, su territorio más independiente dr 1 extranjero: contra su noble y desinteresado patriotismo y ante el valor y el denuedo de sus hijos, fueron á estrellarse en los pisados tiempos los Drake, los Boduinos, los Cumberland y los Alberconlbry. Ninguno, á pesar de sus huestes y de sus escuadras, pudo fi jar su estandarte en aquel pueblo de valientes; todos fueron ó vencidos 6 vergonzosamente rechazados. Sí, las almenas de mi pals se ostentan con orgullo libres de aquella mancha. Recordad tatnbien que, á principios de nuestro siglo, cuando el cation tronaba en la ancha base de los Andes; cuando aquellos mares estaban cuajados de corsarios é imponían terribles privaciones á nuestros padres; cuando los nombres de Bolívar, Sucre y San Martín fomentaban en América la insurreccion contra la madre pátria, en 181?, como en 1820, la Isla de Puerto-Rico practicó la libertad sin trabas y sin diferencias, bajo el imperio de las Constituciones democráticas de aquellos tiempos, y permaneció fiel á su honra y á sus tradiciones. Pensad que de entonces acá, Sres. Diputados, se han cometido con ella duras, incalificm!bles injusticias; tanto más dignas de pronta reparacion, cuanto que los tiempos actuales presentan á sus ojos el ejemplo irresisnaciones que la circundan y llevan á tible de la libertad en todos sus ámbitos, haciendo palpitar los corazones de sus hijos, esos torrentes de elocuencia que la revolucion ha hecho brotar en los lábios de la madre Pátria, y cuyas vibraciones se dilatan repitiendo en todas partes: "Libertad, libertad para todos los españoles." Emprendamos, pues, Sres. Diputados, esta obra de honra nacional y de trascendentales consecuencias. Devolvamos á 43,000 himibres su libertad natural. Reintegremos á 600,000 españoles e' sus legítimos derechos de ciudadanía, arrancaándolos de la situacion degradante en que los tiene colocados el despotismo del sistema colonial, desacreditado en toda Europa, é incompatible Comm nuestros principios y con nuestros tiempos. Que el Gobierno tenga, como es de alta política y de convenieucia, la iniciativa de esta importante obra; que señale un término corto, mejor cuanto más breve, y presente ante esta augusta Asamblea sus planes y proyectos, es el objeto de esta iliterpelacion. Todos conocemos la afiliacion política, el temple moral, las dotes de actividad y resolucion que enaltecen á mi el Sr. Ministro de Ultramar, v contando con el querido apoyo decidido que, así el Gobierno como los miembros todos de esta Cámara, prestan en todas ocasiones á los i tereses oprimido. es imposible, señores,-qne no llegue á lucir de una vez para siem-
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pre en la Isla de Puerto-Rico la era incontrastablemente nacional (le la justicia de la libertad. He dicho. El Sr. Ministro (le ULTRAMAR (Becerra ► : Pido la palabra. El Sr. VICEPRESIDENTE ((iarcía (Iomez de la tierna) La tiene V. S. L1 Sr. Ministro de CLTRAMAR (Becerra i : He de empezar, sc,iores Diputados, (laudo la enhorabuena á mi querido amigo el Sr. Padial, por haber cumplido, n►ás que con un derecho, con un deber; porque deber es corresponder las exigencias de la Pátria, defender los intereses de sits po(lerdautes y exponer aquí las necesidades (le sn país. ('umplido este que considero como uu deber de cortesía, he de (larle tambien las gracias por haberme proporcionado la ocasion de decir á los `res. Diputados lo que el Gobierno, y en particular el Ministro de Ultramar, piensan acerca de esta cuestion, y los trabajos que tienen hechos, que en breve término tratan de llevar á cabo, cumpliendo con su deber corno diputados de la Nacion española; como ciudadanos y como Ministros. Como diputados de la Nacion española, pO1-pie cuanto se Pátria, es refiere á la honra, á la integridad y al progreso de de la incumbencia de nuestra misiou; cumplimos un deber mirando por ellos, porque el progreso de la l'iitria es nuestro progreso; la civilizacion de la Pátria es nuestra civilizacion, y el bienestar de la Pátria es nuestro propio bienestar. Una (le las cosas porque debemos mirar con predilection, cumpliendo con este imperioso deber, es el estado (le nuestras provincias nitran►arinas, y deber (le los diputados por esas provincias es manifestar aquí cuáles son sus necesidades, cuál su poblaciou, cuál su riqueza, qué problemas hay que resolver, y cuál la manera más acertada de resolverlos. Sentado esto, he (le contestar muy ligeramente á las indicaciones que se ha servido hacerme Iui (ligno amigo el Sr. Padial. I ice S. S. "Los habitantes de la provineia española de Puerto-Rico tienen derechos como los demás españoles, y es preciso que tan►bién se haya hecho para ellos la revolution; es preciso que á ellos lleguen las reformas y los principios por la revolucion proclamados, y es preciso que disfruten, ni más ni Inénos, de las mismas ventajas, y soporten las mismas cargas que el resto de los españoles." Es verdad; pero añadía el Sr. Padial: "Si esto es exacto, si todos comprenden la necesidad de que así se realice, ¿por qué vacilaciones? ¿ Hay más que llevarlo á cabo?" Yo me he de permitir decir al Sr. l'adial que no hay aquí vacilaciones de ninguna especie: los hombres que han de cumplir con un deber, si tienen el sentimiento de ese deber y el sentimiento de honradez, no vacilan jamás. Puede haber otra cosa que no es vacilacion, que es la refiexion madura, concienzuda; que es la actitud resuelta, I►erc► prudente, pero reflexiva, para resolver los problemas más 6 nuevos complicados (lije sP presenten. El Sr. Padial sabe muy bien que las cuestiones mejor resueltas en teoría, cuando se I►resent:(n en la práctica, ofrecen dificul-
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tades que antes no se habían previsto. T aquí yo he de decir que no estoy conforme con los que dicen que uua cosa es la teoría y otra cosa la práctica, no; la práctica es la realizacion de la teoría, y si esta es buena, y vigorosa y exacta, tiene que estar de acuerdo con la práctica. No hay más si no que, muchas veces, se presentan dificultades del n►omento, del tiempo y del espacio, que es preciso vencer. Al hablar de la Isla de Puerto-Rico, la he llamado provincia española, y algunos Sres. 1iputados podrian hacer esta pregunta: ¿es más conveniente que agnella Isla sea una provincia española ó que sea una colonia como el Canadá de Inglaterra? Piré la razon de por qué he usado la palabra provincia. El Ministro de Ultramar ha creido conveniente para su mayor ilustracion ; nombrar una comision, en cuyo seno se encuentran gran parte de los Sres. Diputados por Puerto-Rico, para tratar las cuestiones que á aquel país se refieren, y esta comision, en votacion unánime, ha acordado, así lo ha propuesto al Ministro, que se considere á aquella Isla cono una provincia española. De aquí resulta, que en el proyecto de Constitucioli que para I'uertoRico tendré la honra de presentar dentro de pocos► días, probablemente en la sesion próxima, hay un articulo, el 1°, que empieza por considerar á I'uerto-Rico como provincia española. Señores, el sistema colonial es casi tan antiguo en el mundo como el hombre: la experiencia, pues, es muy larga; pero hay todavía mucho que aprender, y el hombre (le Estado, el estadista, se pregunta hoy si el problema ha sido resuelto por completo de la mejor manera posible en alguna (le las naciones que están consideradas como las primeras colonizadoras del mundo. 1'ara esto, lo primero que hay que hacer es ir siguiendo con detencion, paso á paso, los progresos que se han hecho en otras naciones cuyas colonias han sido las más prósperas y las de -más abundantes resultados. Pero dejando ahora aparte esta cuestion, que en otra ocasion tendré el gusto de tratar á fondo, me he de permitir, sin embargo, algunas indicaciones. Tres son los sistemas coloniales más generalmente conocidos: uno es el llamado, no con bastante exactitud, sistema inglés, porque esta gran nacion colonizadora tiene diferentes sistemas y los aplica á las colonias, teniendo en cuenta el estado de civilizacion, el mayor ó menor número de razas y de habitantes y otra porcion de circunstancias; así es que Inglaterra no emplea rigurosamente el mismo sistema en el Cauad►í, que en la Australia, que en la India, que en Gibraltar y que en otra porcion de puntos; pero puedo asegurar, en términos generales, que los principales sistemas seguidos en esta importante cuestiou son tres: uno que pudiéramos llamar sistema enteramente militar, con el cual las colonias son miradas casi como país conquistado, y se atiende Iuás que á todo á su defensa; este sistema es necesario segun las circunstancias, y es tambien conveniente para conducir á las colonias á un estado u►ás levantado y más próspero: otro sistema
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consiste en una especie de autonomía, tal como la tiene el Canadá, y por último, hay el sistema de la asimilad on. El sistema de la autonomía tiene sus ventajas y sus inconvenientes; pero hay una cosa que la prudencia aconseja y la cienda determina, y es que los habitantes de una colonia, que los habitantes de un país, que los habitantes de una provincia lejana de la metrópoli deben tener intervencion, por lo menos, en todo lo que se refiere á sus intereses; y en cuanto su intervencion legislativa, política, etc., yo creo que debe estar más ó menos determinada por el grado de civilization del país (le que se trate. Ahora bien: el sistema de asimilacion, seguido especialmente por una naciou muy semejante á la nuestra, que tiene una brillante historia en todo lo que se refiere a descubrimientos y colonias, y ya se habrá coniprendido que hablo de Portugal, ese sistema de asinilacion, fuerza es decirlo, tiene sus ventajas, pero talnbien sus graves inconvenientes; y yo entiendo que una asimilacion completa, absoluta, una identidad perfecta, encierra además algunas contradicciones; porque la Constitucion de un país, el modo de establecer las relaciones que ha de haber entre los gobernantes y gobernados, viene á corresponder á su grado de civilization, á sus costumbres, á sus hábitos, á sus condiciones de riqueza, de trabajo, etc., etc. Pues bien: de aquí resulta que, cuando dos paises no tienen identidad de ideas, cuando no tienen la misma cultura, el mismo progreso, la m isma identidad de raza: cuando el peligro de la defensa nacional es de otra especie, entonces la asimilacion completa y absoluta, y hacer que se rijan por la misma Constitution, puede envolver grandes inconvenientes y traer gravísimos perjuicios. Planteado en estos términos el problema, habria que pensar en un sistema que participara de los dos, y en el proyecto que, he de presentar nu►- pronto á las Córtes he creido resolver la cuestion presentándola bajo estas dos fases. Puerto-Rico es una provincia española: sus habitantes tienen los mismos derechos y deberes que los españoles, tienen la misma Constitucion, con las modificaciones que por las circunstancias especiales de aquella Isla hemos creido conveniente introducir, segun el leal saber y entender del ministro de Lltramar y el Gobierno. Y bueno es, señores, sentar una teoría. No es conveniente, no es riguroso, no es lógico, que una provincia lejana tenga los mismos grados de libertad que la metrópoli: puede haber manifestaciones de la libertad que sean más necesarias en la metrópoli que en la colonia, y puede tanibien haberlas, por el contrario, que convengan más á la colonia que á la metrópoli en una época dada. Partiendo, pues, de este principio, tendré el gusto de presentar á las Córtes el proyecto á que he aludido, que no es otra cosa que la Constitucion española con las modificaciones que hemos creido deber introducir en algunos de los artículos. Las (lificullades á veces nacen de falta de rigor en las palabras, de falta de exactitud en los términos. Cuando se habla de colonias antonóanicas, es lo mismo que si se hablara de unidad 6 federacion
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dentro de un país; porque no se concibe la unidad sin la centralizacion que todo lo mata; pero hay un término conciliatorio, que es dejar completa la unidad, y dejar á las colonias, á los paises ultramarinos, la intervencion exclusiva, por lo menos, en todo lo que se refiere á sus intereses, sin más que el veto de la Nacion. Así está resuelto el problema. Puerto Rico tiene tanta independencia como las colonias (le Inglaterra y además las ventajas de una provincia española. Yo no soy, señores, de los que se asustan cuando se habla de que esta ó la otra provincia piensa en su independencia; no solo no me asusto de eso, sino que voy más allá ; yo he de llamar las cosas por su nombre: todas las colonias del mundo ha de llegar un día que sean naciones independientes, y ; dichosa la uacion bajo cuya tutela las colonias se convierten en naciones! Pero, para esto, es preciso que las colonias lleguen á un grado de vinlidad y de civilizacion que les l,er:uita vivir por sí y hacer respetar su independencia; porque sin independencia no hay liberta•1 posible, no hay progreso no hay nada: la independencia es á las naciones lo que la dignidad al individuo, la primera condicion de su existencia. Ahora bien: á la provincia de Puerto-Rico, de que tratamos, no le ha llegado el caso de ser independiente; está muy lejos, por sus condiciones, tanto geográficas y geométricas, que pudiéramos llamar á las de extension, como (le civilizacion, de que le pueda ser necesaria, ni siquiera útil, semejante independencia: yo declaro, señores, que, si hubiera nacido en alguna de aquellas posesiones ultramarinas y me encontrara en la situacion de los que están hoy con las armas eu la mano, no pelearía por la independencia de Cuba ; porque Cuba sin España está perdida, no puede resolver las graves cuestiones que tiene que resolver, y yo tengo confianza en el porvenir de mi Pátria para creer que hemos de hacer lo necesario para que aquellos naturales puedan llevar con orgullo y con entusiasmo el nombre de españoles. (Bien, bien.) Señores: en la organizacion de nuestras Antillas hay varios problemas enlazados entre si, que no es propio más que de hombres de corazon apocado, que no es propio de hombres que tienen la conciencia de su debér el ocultar: los problemas y las dificultades, cuando se presentan, hay que abordarlos (le frente: si se puede, se resuelven; si no, la honradez aconseja decir que no se tienen medios para resolverlos; á nada conduciria el que nos valiéramos (le habilidades y de paliativos para alejar ú ocultar peligro, por más que se oculte, IIo deja de el peligro, porque existir. Nos ha hablado el Sr. Padial de la euestiou económica, y nos ha dicho que Puerto-Rico paga hoy 7 millones y medio de escudos aproximadamente: en el ante-proyecto de arreglo económico para aquella provincia, que el Gobierno presentará en breve á las Córtes, se rebaja un 30 por 100, poco más ó menos, de esta cantidad, con lo cual queda equipada, al menos muy aproximadamente, con las demás provincias de Esparta por lo que hace al impuesto. Y así debe ser, porque yo que creo que
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los habitantes de Puerto-Rico y de otras provincias ultramarinas Do son menos españoles ni menos dignos de derechos que los que viven en la Península; tampoco les puedo creer exentos de los mismos deberes; gozan de las mismas ventajas, y deben por consiguiente, contribuir con la misma cantidad, poco más 6 menos, á los gastos generales de la acion. El primer proyecto que el Góbierno traerá á las Córtes sobre este asunto se refiere á la cuestion política, uo porque haya creido que la política sea antes que la económica, 6 la económica antes que la política, que en realidad son cuestiones de tal manera enlazadas, que su separacion es como la separacion que se hace en ciertos ramos de la ciencia, una separacion puramente artificial con el objeto de entendernos mejor en el estudio: quien dice economía, dice política; no son cosas separadas: se refieren siempre á lo que se pudiera llamar, de una manera mis levantada, la verdadera política de un país; se ha empezado por la política, porque es preciso ante todo fi jar los derechos y deberes del ciudadano, la situacion del municipio y de la provincia, para saber las atribuciones que á cada cual corresponden y la relacion que debe unir á ambos con el Estado y entre s!. He hecho antes una afirmacion : he dicho que las provincias ultramarinas tienen los mismos deberes que las de la metrópoli y deben contribuir con las mismas cargas. ¿Por qué? Por una razon muy sencilla. ¿Qué es lo que debe pagar nu ciudadano al presupuesto? Una cantidad igual á los beneficios que recibe del Estado; y esto es aplicable á las provincias (le Ultramar lo mismo que á las de la Península. ¿Cuánto'debe, pues, pagar para sus gastos particulares y cuánto para la metrópoli cualquier provincia loor lejana que esté? En primer lugar, debe cubrir sus necesidades segun las voten sus mismos hijos, y deben despues contribuir á los gastos del Estado con una cantidad proporcional á la que paguen las demás provincias, ni más ni menos; esto es lo lógico, y esto es lo justo. Por la Constitucion española, las Diputaciones provinciales tienen una autoridad exclusiva en todo lo que se refiere á los intereses provinciales; pero es menester tener presente su sitllaclon y la distancia á que se encuentran del poder central: hay aquí una porcion de cuestiones que acaso no sepan, acaso ignoren cómo se puedan resolver las autoridades civiles, militares 6 judiciales, pero el remedio es fácil con el telégrafo y con las rápidas comunicaciones del día, el remedio consiste en preguntar al Gobierno, el cual resuelve como tiene por conveniente. ¿Pero se puede hacer esto con Puerto-Rico. Cuba ó Filipinas? l)e ninguna manera. Hé aquí el origen tle una modification importante que hay. que hacer en la organizacion provincial ultramarina: las autoridades all! deben tener una gran libertad de accion, de tal suerte, que asegurando la libertad individual, poniéndola fuera del alcance de los atentados del poder, pero no en tal grado que pueda peligrar la integridad del territorio, el órden nfiblieo y la seguridad general, sin los que la libertad es imposible, estén regobernadores superiores de aquellas j ros iuclas de ' estidos
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amplias facultades, consdltando estos con los cuerpos de la Isla, é inmediatamente poniendo en noticia del Gobierno la medida que adopte para en su caso exigirle la responsabilidad; porque en todo país libre y civilizado, por encima de cualquier hombre, de cualquier clase ó categoría, por encima de las mas elevadas personas, de las que más servicios hayan prestado al Estado; por encima tambien (le las multitudes, que las multitudes tambien se estravian, debe estar la ley: donde la ley no está por encima de todo, no hay país posible. (Bien, bien. Habia apuntado, por último, para concluir este punto, lo relativo al nombramiento de una comision para la hreparacion de este proyecto: el ministro ha creido necesario oir la opinion de las personas conocedoras de la localidad, porque un Gobierno no puede juzgar con acierto (le ninguna cosa sin oir los informes de los que tienen motivos para estar mejor enterados. De esa manera España habrá resuelto IIn problema doble, de esa manera podrá decir á todo el mundo: he hecho la asimilaclon y he dejado la autonomía; he dado la seguridad individual con dos condiciones: Primera, que el Orden público y la libertad marchen unidos; segunda, que pierdan toda esperanza los que pudieran pensar en aprovecharse de la mayor libertad de que hoy disfrutan para inferir una ofensa á la Patria en la integridad de su territorio. Por lo demás, hemos de resolver, yo lo espero así por el porvenir de mi l'átria, el siguiente problema; que en cuestiones de libertad, de seguridad y de progreso no tengan Cuba y Puerto-Rico nada absolutamente que desear ni que envidiar de la Nucion mús libre del mundo, ni de la gran república de los Esta(los-Unidos; pero que tampoco tengan nada que envidiar los intereses creados en aquel país; y al decir intereses creados á la sombra de la ley, que son siempre respetables, porque son una parte inherente de la personalidad humana, y quebrantar los intereses legítimos del individuo es quebrantar el interés de la colectividad, el interés de la Patria; y los intereses individuales son tambien los intereses de la Nacion, porque al fin la riqueza de los particulares no es ni más ni menos en su conjunto que la riqueza de los particulares no es ni más ni menos en su conjunto que la riqueza de la 1'atria. Viene la última cuestion, que si el ministro de Ultramar continúa en este puesto tendrá el gusto de Presentarla; viene una cuestion social, la cuestion de la esclavitud. He de decir yo de esta que antes que Iui inteligencia y los pocos conocimientos que en la ciencia tenga, Ini corazon la rechaza? No hay ninguno de vosotros que no sienta lo mismo. La esclavitud aparece como un hecho histórico de gran trascendencia. ¿ha sido necesaria, dadas las condiciones de la humanidad? ¿Hasta qué punto pudieron las naciones pasarse sin ella? ¿Fué una perversion del entendimiento humano? Problemas son estos en cuyo exámen no voy entrar ahora por no molestar vuestra atencion. Pero nos encontramos con la esclavitud. Es verdad que la ciencia la condena y la moral la rechaza; pero antes 3 por encima de todas ebtas consideraciones están las circunstancias, que imperiosa-
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mente dicen que no puede haber esclavitud, porque en cuestiones de teoría, de trabajo y de ciencia, entra tambien la moda, y ésta afortunadamente se de Zara tanibien contraria de la esclavitud. Hoy no solo no hay ningun espaiiol que quiera conservarla, sino que tengo la seguridad de que los mismos duetios de esclavos no la quieren; si así no pensaran, lo sentiría mucho. Nos encontramos, repito, con los hechos y circunstancias que reclaman imperiosamente que se resuelva ese problema, y se resolverá, porque especialmente despues de la guerra de los Estados-Unidos, la esclavitud no puede continuar en los países civilizados, y porque de lo contrario se resolverá por sí mismo ile una manera brusca; y cuando las naciones, partidos, razas ó colectividades de cualquier género que sean llegan al extremo de apelar á las armas, el mismo derecho, siquiera le revindiquen con justicia, desaparece ante la cuestion de fuerza. ¿Pero cómo hay que resolver la cuestion? ('ausando el menor número de perjuicios á aquellos á quienes la ley autorizó para adquirir una propiedad, dando la libertad Ii hilos séres que por ser humanos merecen tenerla, y IIo dejándoles en la miseria, que es tambien una'esclavitud como otra cualquiera. Ahí están si no los ejemplos de los Estados-Unidos, F'rallcia é Inglaterra. Cuando esas naciones han (lado libertad á los esclavos, no siempre han pasado estos á ser verdaderamente libres; porque nótese bien que, aparte de la libertad en general que las naciones consagran en sus Códigos políticos, hay otra libertad en el individuo que depende de él, y el que es ignorante, el que no es trabajador y honrado, no puede ser libre. ¿Qué nos dictaría el corazon en este momento si la resolucion de este problema dependiese de nosotros? ¿Hay esclavos en el mundo." Pues que inmediatamente sean libres los esclavos. Pero retlexionaudo diremos casi al punto; ¿y pasarán en seguida á la categoría de ciudadanos? ¿Los haremos libres para dejarles arruinados, fuera de toda civilizacion, ó para acabar con ellos? No, de ninguna manera. Envuelta en esta enestioll viene la de trabajo y riqueza. Instantáneamente no podemos hacerlo, porque no hemos de dejar abandonados á esos séres, no liemos de perturbar á la sociedad, no hemos de desconocer los derechos adquiridos, no hemos de llevar la pobreza á una provincia que es rica. Hay en la sociedad cuestiones de circunstancias que hay que tener en cuenta, porque despues de todo, las sociedades humanas no son más que una porcion de relaciones entre hombres; y tal vez examinada en el fondo la cuestion, la humanidad no ha descubierto hasta ahora otra manera de reformar su modo de existir sino por medio de eliminaciones. Sucede á veces que lo que en una época ha sido bueno y ha contribuido al progreso, y satisfacia las necesidades de una civilizacion dada y abria los derroteros por donde se marchaba á un grado mayor de saber y prosperidad, llega á no satisfacer estas mismas necesidades y á ser defectuoso y abusivo: euI otras ocasiones, las leyes, que determinan la manera de ser de una sociedad, encierra defectos fundamentales que sólo la experiencia y el progreso de las luces hacen percibir: entonces
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cuando la opinion se ha formado, se transforman, se modifican, y en fin, se eliminan en todo 6 en parte. Queda, pues, la cuestion de la abolicion gradual de la esclavitud. ¿Y de cuánto tiempo? Nuestro interés, el de la colonia y nuestros sentimientos nos aconsejan que ese tiempo sea el menor posible; pero no nos hagamos ilusiones. Se determina que, prévia la indemnizacion 6 en la forma en que se convenga, la abolicion de la esclavitud sea gradual. Este ensayo se ha hecho ya en otras naciones: ¿y qué nos enseña la experiencia? Los resultados han dicho, que al saber los esclavos que en un plazo más 6 menos breve iban á ser libres, y que ningun derecho tenían 'los amos sobre ellos, se han negado al trabajo, se han insurrecionado y- la emancipacion ha sido instantánea para mal de unos y de otros. Tan solo el Brasil, donde está verificándose actualmente una abolicion gradual, es una excepcion del principio que acabo de exponer. ¿Cómo hay que proceder por lo tanto? RápidaI►tente y de tal manera que el derecho del dueño no sea puesto en duda hasta que el esclavo sea hombre libre. Este es el problema que ha de resolver la España de 1869, y al efecto es preciso que, tanto los que tengan intereses comprometidos, como los que no los tengan, demuestren que si la Nacion es hoy la segunda por la extension é importancia de sus colonias, está á la altura de las primeras ep cuanto á los grados de órden, progreso y civilizacion en todas las provincias en que se habla la lengua española. He dicho. (Bien, bien: muestras generales de aprobacion.) El Sr. VICEPRESIDENTE (Garcia Gomez de la Serna) : El Sr. Padial tiene la palabra. El Sr. PADIAL: Doy las gracias á mi querido amigo el señor ministro de Ultramar por las benévolas frases que se ha servido dirigirme con motivo de mi interpelaeioD, y que además tienen por objeto darnos á conocer sus planes y proyectos con respecto á la forma en que han de resolverse cuestiones tan importantes y de tan trascendentales consecuencias para la Isla de Puerto-Rico, como la (le su Constitucion política y las relativas á la revolucion de sus problemas sociales y económicos. Yo que conozco, porque tengo motivos para conocer al •Sr. Becerra, de quien he tenido la honra de ser compañero de emigracion; yo qu€ conozco, repito, su espiritu liberal, su amor á la libertad, confío en que cuando vengan aquí sus proyectos de ley, podremos llegar á un acuerdo en la discusion, que haga desaparecer de esos proyectos los pequeños lunares que en Itti sentir los oscurecen. Yo he de entrar siempre en la discusion dispuesto á someterme á la razon, si se me convence de que estoy equivocado, porque no tengo otro deseo que el (le cooperar con la más entera buena fé á la ventura de uti pals, que no puede alcanzarse_ sin libertad. He dicho. El Sr. VICEPRESIDENTE (García forncz de la Serna) El Sr. Rodríguez tiene la palabra. El Sr. RUDRIGUEZ (D. Gabriel) : Señores diputados, debo empezar explicando mi intervencion en este debate. Desde la revolution de Setiembre, 6 por mejor decir, desde la apertura de
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las Córtes Constituyentes, pesó sobre los diputados de la Nacion, pesó sobre todos los que anr.,mos á nuestra Pátria, un veto moral que nos impedia ocuparnos de las cuestiones relativas á las provincias de Ultramar. Este veto I►►oral se ha levantado hoy. Desde el momento que el señor Ministro de Ultramar nos anuncia que va á traer la Cámara los proyectos relativos á aquellas provincias, y ha aceptado la interpelacion anunciada por el Sr. Padial, creo ya posible que las Córtes españolas se' ocupen de lo que interesa á aquellas provincias hermanas nuestras; y puesto que esa discusion es ya posible en la Asamblea, deber tenemos todos, y yo mas que nadie (no por lo que valga, sino porque he tenido alguna parte en el n►ovi►niento que fuera de la Cámara ha habido en estos Oltimos años respecto á estas cuestiones), de levantarme decir algunas palabras sobre la materia objeto del debate. Yo no hubiera querido hablar inmediatamente despues del señor ministro de Ultramar; quería haber usado del tercer turno en esta interpelacion. Creia que además del señor Padial pediría la palabra alguno de sus con►pañeros de diputacion por la Isla de Puerto-Rico. (Un señor diputado pide la palabra.) Me alegro casi de que no haya sucedido así, porque esto parece indicar que el Sr. 1'adial ha expuesto exacta y fidelisimamente las opiniones de todos sus eompa►ieros de diputacion. Levantado este veto moral, que nos obligaba por patriotismo á callar sobre estas cuestiones, no voy, sin embargo, á entrar á fondo en su exáu►en, porque no es oportuno el momento, sino á dar algunas breves explicaciones sobre lo que yo creo que en Puerto•Rico debemos hacer, y sobre lo que seguramente hará el Gobierno, porque esta animado de los sentimientos que animan á toda la Cámara acerca del problema, en mi concepto, más capital de aquellas provincias, que es el de la esclavitud, hecho que nos avergüenza ante la Europa y el inundo entero, cuestion que es preciso resolver en las Córtes de 1869; porque si estas Córtes se disolvieran sin haber hecho desaparecer la abominacion de la esclavitud, vol•erían►os cubiertos de vergüenza á nuestras casas. (Varios señores diputados: Bien, muy bien.) Que en la Isla de Puero-Rico se necesitan reformas, y reformas muy importantes, todo el mundo está conforme en ello; allí son precisas reformas políticas, económicas y sociales. Sobre la reforma política, el señor ministro de Ultran►ar nos ha dicho que va á trear quizá el lunes el proyecto de ley (le Constitucion de aquella isla. Yo estoy conforme con casi todas las ideas que ha presentado S. S. acerca de la Constitucion de nuestras proembargo preferido la autonovincias de Ultramar; hubiera, mía; soy partidario de este sistema, lo declaro francamente. Pero no soy pesimista en política; acepto siempre lo que más se acerque á la realizacion completa de mis ideas; y silos señores diputados ele Puerto Rico, como (lice el Sr. Becerra, opinan que conviene asimilarse aquella provincia á las demás de España, yo daré Ini voto á esa solucion, aunque no sea la ideal á que aspiro; porque, lo repito, me parece infinitamente superior el sistema
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inglés en el Canadá, la autonomía de las provincias que están lejos de la madre Pátria, y á que son difícilmente asimilables por sus diferentes condiciones á las provincias que viven cerca unas de otras, y son casi, iguales en todas las condiciones políticas, económicas y sociales. La urgencia de esta reforma tampoco necesita encarecimien to : nuestras provincias ultramarinas han sido administradas por el sistema de gobierno personal, y creo escusado combatir el gobierno personal en las Córtes Constituyentes. Por sábio, por virtuoso, por animado de buenos deseos que esté el gobernante en esa clase de gobiernos, no puede hacer más que daños, porque es imposible que un hombre, por grande que sea su inteligencia, pueda realizar las condiciones de derecho, las condiciones económicas en todos y cada uno de los múltiples detalles de la vida de una sociedad. Es facilísimo en los gobiernos personales el cometer inconveniencias, abusos, arbitrariedades y escándalos; y esto es lo que ha sucedido y sucederá siempre, sin que trate yo de dirigir cargos á nadie porque lo trae consigo el sistema; esto es lo que ha sucedido siempre en las provincias de Ultramar. Es, pues, necesario acabar con la arbitrariedad en las provincias ultramarinas, sea por medio de la asimilacion, sea por otro sistema; es preciso que aquellas provincias tengan una verdadera Constitucion ; es preciso que allí el ciudadano tenga asegurados sus derechos como los tiene en España, y que disfrute de todas las garantías de la libertad, sin las cuales el hombre no es hombre, y mucho menos hombre del siglo XIX. Respecto á reformas económicas, solo la cifra del presupuesto de Puerto-Rico dice lo bastante para que comprendamos cuán necesario es aplicar la•onto un remedio eficaz. En una provincia de seiscientos y tantos mil habitantes, que no tiene carreteras, que no tiene industria, cuyo comercio está vejado y limitado por trabas múltiples, pagarlo que paga PuertoRico es hacer imposible el desallorro de la riqueza y el progreso económico. En Puerto-Rico no hay más que veredas; apenas hay caminos, solo hay algunos trozos de cuatro 6 cinco leguas mal conservados. Si en la proporcion del presupuesto de Puerto-Rico pagara Espa• ña, todavía pagaríamos más de los 3,000 millones que pagamos; y si este presupuesto inmenso es casi insoportable para la madre Pátria, ¿cómo es posible que sea soportable en Puerto Rico? ¿Cómo es posible que aquella Isla continúe pagando 75 á 80 millones de reales? ¿Y esos millones se emplean á lo menos en vivificar aquella Isla? Evidentemente no. Tampoco dirijo cargos á nadie; es culpa del sistema: no se emplean en obras públicas; no se emplean en instruccion, porque allí apenas hay escuelas; no se emplean en nada de eso que hace crecer las fuerzas vivas, y que anmeuta su inteligencia y sus recursos: se emplea única y exclusivamente eu pagar empleados, á quienes se manda desde aquí para que vivan á costa de aquellos pueblos, los unos neceaa
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Barios, los más quizás innecesarios, y por consiguientes perjudiciales. Ese gran presupuesto se emplea y habrá de emplearse durante mucho tiempo en sostener allí un ejército considerable, porque un país tan mal gobernado ha de estar descontento; y cuando un pueblo está descontento no hay otro medio de sujetarlo que el empleo constante de la fuerza. El presupuesto de Puerto-Rico podrá reducirse mucho; y dada la libertad de comercio á aquellas islas y realizadas otra porcion de reformas que consisten en quitar trabas, no en dar más intervencion al Estado, es seguro que Puerto-Rico, no solo crecerá en riqueza y dignidad, sino que se estrechará más con la wadre Pátria, y no pensará ni por asomo en separarse de nosotros; y entonces en vez de tener el ejército que allí tenemos y que tanto cuesta, siendo menos temible la tendencia á la emancipacion de las provincias ultramarinas, bastará un ejército mucho Iuenos numeroso y por lo tanto más barato. Pocas palabras sobre la cuestion de la esclavitud. Yo bien sé que aunque se hagan todas las reformas, la Isla de Puerto-Rico i' será Jauja como oigo decir cerca de mi. Yo lo que quiero es que las provincias ultramarinas dejen de ser un padron de escándalo para el mundo y para nosotros; sé que con estas reforIuas se irá dando poco á poco á aquellos pueblos la vitalidad que necesitan: sé que irán creciendo poco á poco, como crecen siempre los intereses, porque maravillas repentinas, transformaciones de teatro en la esfera social no se han realizado nunca. No quiero entrar en exageraciones; huyo de ellas, y me encerraré siempre en lo práctico; pero mirando siempre al ideal, llevando siempre por criterio una idea de justicia, de alta conveniencia para aquella, provincias, como para todos los séres humanos. Y eutro, repito, en la cuestion de la esclavitud. Esta cuestion, sefiores diputados, es dificilísima de tratar: yo casi tengo iuiedo de tratarla, porque os confieso francamente que no puedo nunca hablar de ella á sangre fria. Sé que la discusion de esa cuestion nos expone á conflictos que pudieran surgir de ciertas palabras de ciertas resoluciones que aquí se adopten, y ese temor me hace entrar en lo poco que voy á decir en la cuestion de la e .clavitud, casi convulso, porque repito que en el momento que voy á tratar la cuestion de la esclavitud, mi sangre hierve, mi alm a se subleva y encuentro pocas todas las palabras duras y a4 erbas del Diccionario para censurar y condenar esa abominable institucion. Haré todos los esfuerzos posibles para no salir de los límites prudentes de que no debe salir nunca el legislador, y espero conseguirlo; pero invoco por la dificultad del asunto, la benevolencia de las Cortes. No he de entrar en una exposicion de las razones con que se combate la esclavitud; yo estoy seguro que no hay un solo individuo de esta Cámara que no combata cuino yo esa institucion abominable: estoy seguro de que no puede levantarse en el seno de estas Cortes nadie á decir que podemos y debemos conservarla. Y si no hay nadie que pueda decir esto, á qué perder el tiempo presentando argumentos contra la ins.
51 titucion (le la esclavitud bajo el punto de vista del derecho, bajo el punto de vista económico y bajo el punto de vista social? Es. pues, completamente inútil que yo me detenga en este punto; solo indicaré algo acerca del estado en que la Isla de Puerto-Rico se encuentra, como todo pueblo donde existe la esclavitud; del estado en que ha de vivir forzosamente ese pueblo; del decaimiento moral de las razas que esclavizan, que es todavía más grande que el de las razas esclavizadas; del peligro que hay, no para los negros solo, sino para los españoles, para nuestra noble raza, en que sigamos todavía esclavizando á nuestros hermanos. Hay indudablemente nun pérdida del sentimiento moral en los pueblos donde la esclavitud existe; porque yo no concibo que se pueda leer con indiferencia, con tranquilidad, en las horas, por ejemplo, que se dedican á la lectura de los periódicos; yo un concibo que se pueda leer con tranquildad y con calma aquella cuarta página de los periódicos de Ultramar; que se pueda leer aquella página en que se anuncia la venta de niñas casi blancas, es decir, hijas quizá del que las vende; en que se anuncian ventas de negros separados de sus hijos y de sus esposas; en que se anuncia un ungüento bueno para curar las mataduras de los caballos y las heridas de los negros; no comprendo que pueda haber quien lea esos anuncios sin que se subleve é indigne su razon y su conciencia. 1Caturalmeute, el sentimiento se gasta, como se gasta todo, y al cabo de algun tiempo, lo que antes indignaba, parece indiferente; pero esta indiferencia es precisamente, señores diputados, la 'decadencia, el decaimiento del sentido moral. 4 lo que sucede respecto de estos anuncios, sucede tambien respecto de ciertos hechos, que se ven tambieu en los pueblos donde la esclavitud existe con indiferencia y calma, y que parecer accidentes ordinarios de la vida. i Con qué facilidad acude el hombre á sus manos, á ese medio brutal del golpe, en las provincias ultramarinas! ;Con qué facilidad, no ya el hombre, sino la mujer, ese ser sensible y delicado. hace lo que ha hecho cierta señora que ha matado ú su esclava aplicándola planchas enrojecidas en el cuello! (J'1 ,'r. Pernande j'ullin pide le palabra. l A esto se llega por el decaimiento del sentido moral, por esa degradacion de la raza que trae consigo la esclavitud y que es la justa pena de esa inmensa injusticia. Como estos hechos l►odria citar muchos, y citaré (pero será el único para no molestar á hi Cámara I una sentencia de la An diencia de Puerto-Rico, eu que se condena Íi seis meses de prisiou, que pueden redimirse con una multa de 10,000 rs., al hombre que ha hecho lo que voy á decir. Ñiiores diputados, ha habido uu amo, cuyo nombre no recordaré, porque no debe cit:u•se el nombre de ese amo en el recinto de las C'órtes españolas; ha habido uu amo que ha encerrado á un esclavo y lo ha tenido durante cinco años con las piernas puestas en uu cepo y sujetas con una fuerte barra de hierro; y de tal modo estaba asegurado el cepo y de tal manera la cerradura, que se ha oxidado, que para poder sacar al negro, Ilo pudiendo abrirla, fué preciso romperla. Ese homINTERPELACIÓN DEL BRIGADIER D. LUIS PADIAL.
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nos
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bre ha estado cinco años casi sin alimento, sin vestido, recibiendo azotes de cuando en cuando para que se fuera acostumbrando á su suerte: y ha sido sometido á ese castigo porque se le suponía altor de ciertos maleficios á que se atribuía la muerte de algunos otros esclavos de la misma hacienda. 1 esto que á nosotros nos subleva, á nuestros hermanos, á los hombres de nuestra raza que viven en Ultramar, por la costumbre, que desgasta, repito, la sensibilidad, no les ha sorprendido 6 indignado; ese horrible hecho les ha parecido bastante castigado con una prision correccional. Esto ha sucedido, y esta sentencia se ha dictado despues de la revolucion de Setiembre, cuando ya España había proclamado los derechos individuales, cuando había arrojado la dinastía de los Borbones, cuando se estaban haciendo las elecciones de diputados a Córtes, cuando nos preparábamos para venir aquí á consolidar la libertad de que por tanto tiempo ha carecido nuestro país. Nuestra obra sería incompleta si tuviéramos el egoismo de reservar la libertad para nosotros y no la extendiéramos á nuestros hermanos. Voy á concluir diciendo algunas palabras acerca de la gravedad de estas cuestiones. Es cosa muy comun oir fuera de este sitio, y yo creo que no está de más el que aquí nos hagamos cargo de ello; es cosa muy comun oir decir que las Córtes han perdido su vitalidad, y que no podrán ocuparse de las graves cuestiones que entrañan todos los asuntos de Ultramar. Conviene que se sepa que esto se dice, y conviene que esto se desmienta desde el seno de las Córtes Constituyentes. Estas Córtes no han perdido ni pueden perder su vitalidad; tienen todavía vida, y vida lozana, para tratar todas estas cuestiones de Ultramar, como todas las demás que es preciso que aquí tratemos. A estas Córtes sucede hoy una cosa natural; porque cuando se está bajo la presion de ciertos altos problemas, los cuales son quizá la clave de nuestra constitucion política futura, y de cuya revolucion penden los resultados y consecuencias de la revolucion, natural es, repito, que esta preocupacion impida, siquiera sea por el momento, en uno ó en muchos días, dedicar la atencion á otros asuntos que parecen menos importantes. Pero estoy seguro de que en el momento que estos altos problemas se resuelvan, las Córtes españolas dedicarán su atencion á las demás cuestiones de gravedad suma que tienen la obligation de resolver, y demostrarán de nuevo su vitalidad para triste deseagaño de los que se hacen la ilusion de que estamos muertos, y gozamos de buena salud. Las Córtes españolas harán entonces lo que deben hacer dentro y fuera del territorio de la metrópoli, afirmando las garantías de la libertad en la Península, y llevando esas garantías á las provincias de Ultramar. Yo creo que podemos decir á nuestros hermanos del otro lado del mar que hoy, puesto que la insurrecion cubana habia impedido que en las Córtes nos ocupásemos de sus asuntos, que hoy em pieza para ellos la revolucion de Setiembre. Hoy, mediante interpelacion del Sr. Padial y el discurso del señor Ministro de Ultramar anunciando algunos proyectos sobre la materia
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ocupa, sabrán nuestros hermanos que pronto, muy pronto, van á aplicarse en aquellos territorios las reformas hechas en la Península. Y la prontitud en esto, señores diputados, sin que yo entre ahora en las fórmulas concretas de las soluciones, es importante, sobre todo en la cuestion de la esclavitud. No olvideis que cada dia que pasa mueren, desaparecen de la superficie del globo séres humanos que no han llegado á vivir .como hombres; que si hubieran vivido algun tiempo más, 6 nosotros hubiéramos podido ser más activos, habrian podido gozar siquiera de algunos dias de libertad. Yo espero que las Córtes, recobrando su actividad, no perdida, sino adormecida momentáneamente por causas generales y justificadas, se ocuparán de hoy en adelante sin descanso de estas cuestiones, como de todas las demás que interesen á nuestro país, y que para esto la conciliacion de los partidos monárquicos (de la que tambien, como de la vitalidad de las Córtes, se dice infundadamente que está muerta) continuará fuerte y estrecha, para que podamos volver á nuestras casas diciendo que hemos realizado de una manera completa la gran mision que el país ha confiado á las Córtes Constituyentes de 1869. He concluido. El Sr. VICEI'RESIDENTE (García Gomez de la Serna) : El señor Vazques tiene la palabra. El Sr. VAZQUEZ OLIVA: Como el Congreso comprenderá, no Babia pensado tomar la palabra, por la poderosa razon de que no habia llegado la oportunidad de hacerlo. Fuérzanme, sin embargo, fi hablar, las manifestaciones que se han dirigido á los diputados por la Isla de Puerto-Rico. Sin costumbres parlamentarias, y sin conocimiento .de las prácticas del Parlamento, creía yo, no obstante, que una interpelacion que se dirigia á un señor ministro tenia solamente por objeto averiguar algun hecho 6 circunstancia sobre un asunto determinado, pero de ninguna -manera discutirlo, por completo. Hé aquí el motivo por qué los diputados por la Isla de PuertoRico, al tener conocimiento de que solo se iba á hacer una interpelacion al Gobierno, creyeron oportuno, respetando en su entender las costumbres parlamentarias, no,tomar la palabra para entrar en la discusion de las cuestiones que aquí despues han surgido: aquí tiene explicado el Sr. Rodriguez la causa de nuestro silencio. Y hasta cierto punto, yo me alegro infinito, de que se me haya provocado á tomar la palabra, porque el Sr. Rodríguez ha dado á entender que nuestro silencio podría interpretarse en el sentido de que nos hallábamos conformes con todo lo dicho por el Sr. Padial al . explanar su interpelacion, y yo, por mi parte, y sin responder de lo que opinen mis compañeros, pues no nos hemos puesto de acuerdo, puedo manifestar que no estoy conforme con muchas de las cosas dichas por el Sr. Padial. Cuando se traigan á las Córtes los proyectos _anunciados, entonces es cuando nosotros emitiremos nuestras opiniones y manifetaremos lo que creamos eonreuieute. con la verdadera independencia, con el vrdadero
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sentimiento de patriotismo español con que vienen animados los diputados de Puerto-Rico. El Gobierno lo sabe: para nosotros, todo por España y todo para España; y bajo esta base queremos todas las reformas; queremos la libertad; pero no deseamos nada que pueda ofender el nombre español, nada que pueda alejarnos iii separarnos de la madre Pátria. Ese es nuestro deseo. (Bien, bien-.) Repito, pues, que en lo que he manifestado antes, tiene el señor Rodríguez la esplicacion de por qué los diputados de Puerto-Rico hemos guardado silencio, porque, con error sin duda, creíamos que cn una interpelacion no podían discutirse ciertas cuestiones, que la discusion estaba reservada para cuando se presentaran los proyectos anunciados, que solo entonces podian aducir las razones que en pró ó en contra (le lo que se propusiera pudieran tener, y que en una interpelacion se reducia solo á preguntar á un señor ministro sobre un asunto determinado y concreto. Pero en mi opinion, y no digo que se haya hecho bien ni vial, porque no soy capaz tie juzgar la conducta seguida, á la interpelacion del Sr. l'adial se le ha (lado una latitud extraordinaria, enes con motivo de ella se han tocado diversas cuestiones: las politicas, las económicas y las sociales. El Sr. Ministro de Ultramar ha respondido con bastante amplitud al Sr. Padial; ha manifestado sus ideas, y ha dicho que pronto tendrá el gusto de presentar á las Córtes un proyecto de ley sobre la materia. Entonces es cuando, repito, que nosotros creíamos que debíamos discutir; sin embargo, no se ha esperado á ese tiempo, sino que ya se 1 an debatido importantísimos puntos. Graves, gravísimas por demíis, Sres. Diputados, son las cuestiones que aquí se han tocado, así las políticas, como las económicas, como las sociales. El Sr. Rodríguez ha dicho que no cree que haya en la Cámara un .solo diputado que defienda la esclavitud en el terreno social. Desde luego el Sr. Rodríguez puede estar absolutamente seguro de que ha dicho la verdad. La cuestiori no es deesenciasino de forma. Los mismos propietarios admiten la emancipacion ; y teniendo una verdadera abnegation, haciendo el sacrificio de sus intereses, admiten el principio, respetan la corriente. Yo lo digo en alta voz: los propietarios de Puerto-Rico no son esclavistas en sentido de querer que se sostenga la esclavitud; pero ante ese principio de filantropía, ante ese sentimiento humanitario, hay un principio de justicia, de eterna justicia; y después de todo, si la esclavitud es un padron de ignominia en Puerto-Rico, no han sido los habitantes de aquella Isla los que la han dado orígen, sino que ellos han adquirido esclavos á la sombra de una ley, y esta ley es obra de la Nacion española. No son los propietarios de Puerto-Rico los que tienen que responder, sino la Nacion española. Ellos, repito, admiten la emancipacion, están conformes con ella, la cuestion es que se verifique de una manera que no lastime, por lo menos que lastime lo Indios posible los intereses creados no por ellos, repito, sino por la ley, y no por el fraude porque en la Isla (le Puerto-
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Rico, Sres. Diputados, y sobre esto pueden SS. SS. tener la conviccion que produce la certeza, no hay un esclavo fraudulento. Pues bien: á eso es á lo que aspiran aquellos propietarios, y á lo que aspiran tambien los diputados de Puerto-Rico, á que. una vez aceptada In emancipation, se lleve á cabo en una forma que lastime lo menos posible esos intereses creados, no por ellos. vuelvo a decir, sino á la sombra de la Nacion Española. Yo no dudo, pues, confio mucho en que las Córtes españolas, cuando llegue la oportunidad, al lado de ese sentimiento de filantropía que tanto las honra, tendrán presente las razones de justicia y los principios de derecho. He concluido. (Bien, bien.) El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna ) Los señores Escoriaza y Hernández Arbizu han pedido la palabra, } no puedo concedérsela á no ser que piensen usarla para alusiones como diputados por la Isla de Puerto-Rico. El Sr. ESCORIAZA : La he pedido para alusiones como diputado por Puerto-Rico. El Sr. HERNANDEZ ARBIZU : Con el mismo objeto la he pedido yo. El Sr. VICEPRESIDENTE (Garcia Goluez de la Serna) : Pues tiene la palabra el Sr. Escoriaza. El Sr. ESCORIAZA : El Sr. Rodriguez parece que desea rectificar; y si el señor presidente no tiene inconveniente en que S. S. hable antes que yo, por mi parte no me opongo. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna ) Tiene la palabra para rectificar el Sr. Rodríguez. El Sr. RODRIGU EZ ( D. Gabriel) : Señores Diputados, yo no esperaba la especie de censura que me ha dirigido el digno compañero que acaba de hablar, en mi concepto, no hiera enterado de lo que son las interpelaciones. La interpelacion no tiene solo por objeto un diálogo del diputado con el Ministro: el Reglamento dice que podrán tomar parte en ella hasta tres diputados, y claro es que cada diputado tiene derecho á dar el giro que le parezca y crea conveniente á la materia que se discute. Las interpelaciones, por regla general (yo soy nuevo en el Parlamento, pero he sido algo curioso de la historia parlamentaria de nuestro país), las interpelaciones por regla general, se hacen precisamente para lo que estamos haciendo hoy: para dar ocasion á ciertas declaraciones públicas, á ciertas manifestaciones que lleven á conocimiento de todo el mundo el espíritu que domina en la Asamblea y las soluciones que podrán darse á una cues)ion determinada. Por consiguiente, estaba yo en mi derecho y ctimplia un deber: porque repito que, si bien fuera del Parlamento, hace muchos años que trabajo por la abolition de la esclavitud, y solo he callado durante los meses anteriores por efecto de las circunstancias, que nos imponian á todos un patriótico silencio. 1 al hablar no creo haber dicho nada que pueda ofender ni lastimar á ninguno de mis compañeros de Puerto-Rico. No creo tampoco que niñrIno de ellos defienda la esclavitud: lo he dicho antes: ;, cómo he de creer yo que haya aquí quien se
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atreva a ser partidario de la esclavitud? Eso no es posible; estoy seguro de que ningun diputado de Puerto-Rico, ni mañana de Cuba, cuando vengan á las Córtes, se declarará partidario de la esclavitud. Hoy en ningun Parlamento del mundo puede haber quien defienda tales ideas. La cuestion, pues, no es de doctrina; por eso no he hecho más que ligeras indicaciones acerca de los males de la esclavitud, dando si se quiere, un dasahogo á ese sentimiento que encuentra censurable el digno compañero que acaba de hablar. Creo como S. S. que el sentimiento no es á propósito para el estudio de las cuestiones políticas; pero cuando la conviccion se ha formado, es indispensable para realizar las reformas, y si no hay sentimiento y entusiasmo en las Asambleas legislativas, como en los individuos, es imposible realizar nada en la práctica. Dejemos, pues, á un lado el sentimiento para discutir: estamos conformes en esto; pero cuando la conviccioii se haya formado, tengamos entusiasmo, decision, energía, para hacer todo aquello de que estamos convencidos. Pocas palabras diré acerca de la cuestion de justicia ó injusticia de la esclavitud. Ya he dicho lo que sobre este punto pienso; ya he dicho que nunca, por nada ni por nadie, puede ser legitimado el acto de la esclavitud; pero yo no nie he negado á reconocer que no tienen la culpa los actuales dueños de esclavos de Puerto-Rico, y estoy de acuerdo con mi amigo el r. Padia!, que opinaba, no sé silo he dicho antes, pero lo digo ahora, en que hay motivos de equidad para darles indemnizacion por el valor de los esclavos. Pues qué, ¿si yo creyera que SS. SS., digo mal; si yo creyera que 'los actuales dueños de esclavos de Puerto-Rico eran los causantes de la esclavitud; si yo creyera que ellos eran los culpables de ese hecho, y no los herederos de crímenes anteriores, había de aceptar que se les diera indemnizacion? .,Habia de aceptar plazos, ni siquiera el estudio cle la cuestion en ese sitio? No; porque en este caso los dueños de esclavos serían criminales, y no era aquí donde debían ser juzgados, sino en los tribunales de justicia. Reconozco que hay necesidad de estudiar ese problema, y de resolverle con prudencia; reconozco que conviene por equidad indemnizar de algun modo á los actuales dueños de esclavos, inocentes del crimen que cometieron las pasadas generaciones; pero creo debe tenerse presente una cosa importante. Dado que el esclavo tiene un valor industrial, por desgracia, puesto que se ha de indemnizar á los dueños de la pérdida de ese valor, claro está que es preciso hacer sacrificios que han de pesar sobre todos, y es muy justo que una parte de ese sacrificio ha de ser soportado por los mismos dueños, dándoseles algo menos del valor industrial que tienen los infelices séres esclavizados. Cuando llegue el momento discutiremos estas cuestiones y llegaremos á un acuerdo justo y conveniente puesto que todos los señores diputados de Puerto-Rico, como españoles, están dispuestos á hacer cuantos esfuerzos sean neeesaril)s jmva eontl'ilulif ó la union
57 íntima de aquellas provincias con la metrópoli llevando allí la libertad que hemos conquistado. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna) : Para rectificar tiene la palabra el Sr. Vazquez. El Sr. VAZQUEZ OLIVA: El Sr. Rodríguez ha indicado que yo le habia hecho una censura: si la he hecho, suplico á mi compañero se sirva dispensarme, porque yo no he tenido-intencion 'le dirigirle ninguna censura. Yo únicamente decia que, aunque nuevo en las prácticas parlanientarias, tenia entendido que una intepelacion no daba derecho para entrar en el fondo de la cuestion . Eso quería yo decir, y eso creo que dije. Por consiguiente, mi ánimo no ha sido dirigir una censura á su señoría; sino contestar á una especie de cargo que yo creía nos hizo cuando dijo que los diputados de Puerto-Rico no habian tomado la palabra; y eso creía yo que era un cargo que S. S. nos dirigía. En este momento yo no puedo entrar CI► la cuestion ; dia llegará en que hablemos de ella; no creo que sea ahora la ocasion de tratarla, sino cuando se presente el proyecto de ley correspondiente. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna) : El Sr. Escoriaza tiene la palabra para una alusion personal. El Sr. ESCORIAZA : Señores diputados, dos sentimientos contrarios me embargan en este momento; y hasta tal punto, que no sé si podré decir las poquísimas palabras que me propongo dirigir al Congreso: el uno es que tengo la pena de ver que somos 10 representantes de Puerto-Rico, y desde el primer momento, como quien dice, que usamos de la palabra, es para decir cada uno lo contrario de lo que se ha indicado por sus queridos coinpañeros. El otro es para manifestar nil satisfaccion, que en este momento es grande, al ver, despues de treinta y dos años que fueron lanzados de este Parlamento los diputados de PuertoRico 1 porque, recordadlo bien: no es que no fueron admitidos, sino que fueron lanzados de este recinto, despues de haber jurado como diputados Constituyentes de las Cúrtes de 1836), que nos encontrarnos en este sitio. Yo no diré nada acerca de aquel hecho infausto para España, causa única de que se pueda hablar de españolismo; de españolismo, señores, cuando todos somos españoles, cuando todos debemos ser españoles cuando debemos considerar como una injuria al Parlamento español el que se estuviese hablando de españolismo. No hablaré, pues, de si soy ó no soy español: veinte y un años hace que vine á la Península; aquí me eduqué; aquí he hecho mi pobre carrera política; pero pobre y todo como es, para mí muy honrosa. Desde el momento en que esplanó su interpelacion el Sr. Padial, con lo cual estoy casi por completo conforme; y digo casi, porque ha sido siempre partidario de la autonomía, á mi ver mal entendida, y yo soy partidario por completo de la fórmula dada por el señor Ministro de Vltramar, es decir, que yo vengo sosteINTERPELACIÓN DEL BRIGADIER D. LUIS PADIAL.
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niendo en la prensa y en todas partes estas ideas, que yo quiero para Puerto-Rico el régimen igual, enteramente igual, al de las provincias Vascongadas; asimilacion política por completo, autonomía administrativa. En eso solo me diferencio en este punto del Sr. Padial. Pero hay otro punto, que es el punto negro, y negro es, porque de negros se trata. Yo veo con verdadera pena, con pena que me embarga el alma, que aquí se digan verdades, que por amargas que sean, son, sin embargo, verdaderas, como las que ha dicho mi ilustre y queridisimo amigo el Sr. Rodríguez. Quiero, pues, y deseo cuanto antes, porque el tiempo me parece siempre largo, que se trate la cuestion de la abolicion cle la esclavitud, porque quiero que las Córtes espailolas de 1809 se honren con ese título, que indudablemente no ha de ser el menor de los muchos gloriosos que lleva adquiridos hasta la fecha este Congreso, y que ha de adquirir en adelante: pero tambieu en este punto no estoy conforme con mi amigo el Sr. Padial; yo quiero la misma fórmula que la del señor Ministro de Ultramar: si se la hubiera dicho yo, de seguro que no lo hubiera expresado con más exactitud. Hay que buscar una solueiou, que es difícil, dificilísima, pero que al fin debe encontrarse, de que se haga la abolicion de la esclavitud lo más pronto posible, pero sin que el esclavo sepa que es libre hasta el momento de serlo. Esta es la única cosa grave que para mi tiene la abolicion de la esclavitud, la cínica ; porque la abolicion gradual ya sabemos los resultados que ha dado en todas partes, y la abolicion inmediata ya sabemos los graves inconvenientes que en si lleva. Pues vamos á inventar el medio de conciliar estas fórmulas. La abolicion lo más pronto posible, pero que no lo sepa el esclavo hasta el momento de ser libre (El Sr. Rodrígue: : Ese es el secreto) ; este es el secreto, como dice muy bien mi gneridisimo amigo el Sr. Rodríguez. Yero debo dar explicaciones acerca de mi silencio cuando el señor Padial ha hablado. Yo, francamente, no venia preparado, porque tengo la desgracia, que desgracia es, de no prepararme para hablar; venía, sin embargo, en la casi seguridad de tener que hablar, porque suponía que en la interpelacion se aludiría á los diputados de Puerto-Rico . Pero como el señor Padial, con un tacto esquisito, no nos ha alpdido, ni directa ni indirectamente; yo, francamente, creí que debia quedar en mi sitio sin hablar, y así me he estado. Mas desde el momento que el Sr. Rodríguez aludió á los diputados de Puerto-Rico, y que el Sr, Vazquez pedía la palabra, yo me dije: "ahora entro yo, porque el Sr. Vazquez nos va aludir;" y como el Sr. Vazquez sabia yo que no habia de conformarse de ninguna manera con el Sr. Padial, creí que esta era la ocasiou oportuna de decir que yo no estoy conforme con las ideas -del Sr. Padial, ni con las ideas del señor Vazques. No es esto decir que yo no esté conforme con lo que aquí se ha manifestado, porque despues de lo que aquí se ha dicho brevísimamente, sucintamente, todos sabemos lo que cada uno pensamos y queremos. Respecto del Sr. Padial á mí, la distancia es pequeñísima ; quizá nos separe tan solo pura y exelusivau►ente una cnes-
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tion de palabras: respecto á los demás dignos diputados de Puerto-Rico, nos diferenciamos en mucho, en punto á esas dos graves cuestiones que antes he indicado. Pero ya que me he levantado, espero de la benevolencia de la Cámara me permita decir dos palabras en corroboracion de la necesidad urgentísima de que el señor Ministro de Ultramar presente los proyectos de ley que aquí nos ha ofrecido, no solo el de la Constituciou, sino los económicos y administrativos. La situacion de Puerto-Rico, señores, es insostenible. Yo no vengo á hacer cargos á nadie, pero Inc basta decir, que despues de trece meses de haberse efectuado la revolntion de Setiembre, Puerto-Rico está en lreores condiciones, iufinitamente peores que las que tenia antes de la revolution. Es verdad que en la historia de Puerto Rico, como en la historia de las colonias, hay un hecho grave, inmensamente grave, y es que todo lo bueno que hay allí es debido, pásmese el Congreso, al absolutismo de Fernando VII. Desde el momento que la libertad brilló para España, brilló el despotismo más absurdo, más bestial para las colonias de España, y lejos de venir ganando, han ido perdiendo día por dia, momento por momento, instante por instante, hasta llegar á la situacion actual. Se asustaba el Sr. Rodríguez de ql~e el presupuesto de PuertoRico ascendiese de 75 á 80 millones, y no recordaba S. S. que ese presupuesto es exclusivamente para los gastos generales del país, y que no se aplica más que una parte insignificante de él á los gastos de Fomento y de Gobernacion. El Sr. VICEI'RESIDENTE (García Gomez de la Berna) Ruego al Sr. diputado considere que tiene pedida la palabra solo para una alusion, y que, sin embargo, ha entrado en el fondo de la cuestion. S. S. debe comprender que esta cuestion no es para tratarse de una manera incidental; (ha llegará en que se trate exclusivamente de ella, y entonces estarán en su lugar las consideracioues que cou tanta lucidez expone. El Sr. ESCORIAZA : Pues entonces me siento, señor presidente. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna) El Sr. Hernández Arbizu tiene la palabra para una alusion. El Sr. HERNANDEZ ARBIZU: Señores diputadós, dos consideraciones me mueven á molestar la atenciou del Congreso, dos consideraciones que ha iniciado el Sr. Rodríguez ( D. Gabriel ) : una de ellas es la iuterpretacion que ha querido dar al silencio de los diputados de Puerto-Rico, y otra la que se proponia eu su brillante discurso, de dar lugar á las manifestaciones de los diputados de Puerto-Rico, porque este era el objeto que se habla pi opuesto el Sr. Rodríguez. Ruego al Congreso se sirva dispensarme alguna amplitud, aeí como también se lo ruego al señor presidente. Cuando un país ha callado durante treinta y dos años: cuando ha estado alimentando esperanzas que no ha visto realizadas: cuando males que llevan de existencia siglos enteros; cuando I►ecesidndes que apremian por el n►omento, obligan á obrar, no n►e
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no
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parece, señores diputados, que esa pretension no tenga algun derecho, no me parece que esa pretension se pueda calificar de imprudencia. Yo pienso ocupar poco la atencion de los señores diputados; dada la altura en que se encuentra la discusion, no es posible hablar mucho. Si, pues, se trata de saber los diputados de Puerto-Rico piensan como el Sr. Padial, yo manifestaré que en lo político desean que desaparezca una situation á virtud de la cual la Isla de Puerto-Rico viene rigiéndose como una plaza sitiada durante cuarenta y cinco años. Téngase en cuenta que allí no rige el Código de Indias, que rige únicamente la real órden de 28 de Mayo de 1835, y que en esa real órden se autoriza al gobernador y capitan general para gobernar aquella Isla por el régimen que la Ordenanza establece para las plazas sitiadas, lo cual es la negacion de todo derecho. En un país donde rige esta legislacion, no hay seguridad individual, no hay garantía para el domicilio, no hay secreto para la correspondencia: yo deseo que desaparezca ese régimen. En lo económico, la situacion de Puerto-Rico es insostenible; tiene necesidades que debe satisfacer al momento. Va atravesando este país lince tres ó cuatro años por muchas desgracias. Vino primero un horroroso ieiuporal, despues la sublevacion de Lares, luego las ocurrencias de la Isla de Cuba, y por último, la revolution de Setiembre; y todos estos acontecimientos han tenido allí una influencia directa, han alejado de allí los capitales, han despertado la alarma, y la revolucion de Setiembre puso sobre el tapete una cuestion importantísima, cual es la cuestion social. Consecuencia de esto, que los capitales se han retirado, que la agricultura por lo mismo no cuenta con los recursos que antes; y la última consecuencia de ese fenómeno será la ruina y muerte, en sentido económico, de aquella Antilla, si las Córtes y el Gobierno mio resuelven pronto la cuestion. Téngalo entendido el Gobierno y la Cámara, y en consideracion á esto sírvanse resolver lo más pronto posible las cuestiones relativas á Ultramar. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna) z Ruego al señor diputado que recuerde tiene la palabra para una aluaiou. El Sr. HERNÁNDEZ ARBIZU : Concluyo: ya he dicho lo que me había propuesto. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Bernal : Tiene la palabra el Sr. Plaja. El Sr. PLAJA : Señores Diputados, con la timidez natural del que por primera vez se levanta á usar de la palabra, me levanto a ocupar brevemente vuestra atencion. Pero me alienta la idea de que no me negareis vuestra indulgencia, de que tanto necesito. Se ha dado á entender que todos los diputados de Puerto-Rico opinaban como mi compañero el Sr. Padial. Va dos 6 tres de éstos diputados han protestado que no era ese su modo de pensar, y en nombre de los restantes digo yo que distamos u nhay en Puertoeho de pensar cuino el Sr. Padial : pensamos ní
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Rico quien no piense lo mismo, que debe desaparecer la esclavitud; pero de la menara justa, racional y prudente que se ha anunciado por parte del Gobierno. Ahora voy á otra cosa. Estamos acostumbrados a oir siempre que se declama contra las autoridades de las Antillas. Yo no soy su defensor; yo no vengo á sostener que continúe el sistema allí seguido hasta aquí: quiero y pido las reformas desde luego. Pero me hago cuenta de que al zaherir á las autoridades, á quien se hiere es á mi amada Patria; porque ese lenguaje (no aludo á nadie, hablo con la mejor intencion del mundo ) que vimos usado por muchos, tiene una intencion muy diferente de la del que han usado los señores diputados que me han precedido en la palabra: lo que se pretende por algunos es desprestigiar á aquellas autoridades para imponer al país el desamor á la madre Pátria. ¿A qué viene el hablar siempre de la tiranía que hay en aquellos países, del mal gobierno y de los malos empleados? `í, señores, ha habido muy malos empleados; pero, ¿los hay aquí, mejores? Dígase si no hay prevaricaciones. Cuando aquí, en la Península, hay un mal Gobierno, se grita: ¡ abajo el Gobierno ! pero, señores, en las Antillas no se habla así. Allí hace dos años y medio viene tratándose de pervertir el espíritu bueno y leal de los puerto riqueños; y si bien es verdad que es pequeño el número d? los que así maquinan es grande su astucia y procuran imbuir en los leales habitantes de Puerto-Rico un espíritu anti español: esa es la verdad. Aquí, en España, cuando hay un mal Uohierno, se dice, por ejemplo, en Cataluña: ; afuera el Gobierno: ; viva, v. gr., el general Prim! Pero allí, señores, se dice: ;muera España! ¡ mueran los españoles y vivan los puerto-riqueños ! como hicieron en Lares. Confieso que me he expresado con un poco más de vehemencia que la que debía; pero discúlpeme la idea de que para mí, ante todo, es el amor de la Patria. Soy puerto-riqueño por esencia y potencia; allí me he criado, allí me he casado, de allí son mis hijos, y á aquella Isla debo cuanto soy y cuanto valgo. Pero por lo mismo que soy puerto-riqueño, soy español, y muy español. Creo, señores, que la Cámara está cansada, y me reservo hablar en este mismo sentido cuando se delatan estas cuestiones, que siento en el alma se hayan tocado hoy de esta manera. Ha dicho un orador que las provincias antillanas se animarán al saber esto; no, quien se animará serán los rebeldes de Cuba al saber las frases que aquí se han vertido, frases sumamente subversivas. ( Vario. señores diputados piden la palabra). Sí, porque no es momento oportuno para tratar esas cuestiones cuando nuestros hermanos, abandonando sus familias para ponerse al lado de sus hermanos de corazon en Cuba, y defender juntos el pabellon español; no es este el momento... El Sr. VICEPRESIDEI\TE (García Qomez de la Serna) : Está V. S. fuera de la alusion. El Sr. PLAJA: Yo lamento con toda mi alma las frases que aquí se han oído... El Sr. RODRIGUEZ (D. Gabriel) : Pido la palabra.
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El Sr. PLAJA: No he aludido al Sr. Rodríguez; si lo ha creído así, se ha equivocado. El Sr. VICEPRESIDENTE rarcía (lomez de la Serna) : El Sr. Escoriaza tiene la palabra para rectificar, y solo para rectificar. El Sr. ESCORIAZA: Para rectificar, y solo para rectificar la usaré; pero sin dirigir censura alguna, porque no tengo derecho, ni puedo, ni debo, ni quiero, á la presidencia; yo deploro en el alma que haya tan poca tolerancia con los desheredados hijos de Puerto-Rico, á quienes en este momento no se les permite latitud para que contesten á las graves frases que acaba de pronunciar el Sr. Plaja. El Sr. PADIAL: Pido la palabra para una alusion personal. El Sr. VICEIRESIDENTE (García Gonlez de la Serna) : La presidencia ha estado quizás escesivamente tolerante con V. S. y con sus compañeros, y este incidente no puede continuar así. Contráigase, pues, S. S. á la rectificacion, porque no debemos prolongar más, de la manera que va, este incidente. El Sr. ESCORIAZA: Termino en cuatro palabras. El Sr. Plaja ha dicho que no aludía al Sr. Rodríguez; necesariamente ha debido aludir á alguno de los tres diputados que hemos usado de la palabra. El Sr. PLAJA : No he aludido á S. S. El Sr. ESCORIAZA: Doy gracias al Sr. l'laja, y no tengo que decir más desde el momento que manifiesta que no me ha aludido. El Sr. PLAJA : Ni V. S. ni á nadie: he salvado las intenciones de todos. El Sr. ESCORIAZA: Repito las gracias el Sr. Plaja porque vuelve decir que no m e ha aludido al expresar que se habían vertido aquí palabras subversivas, que en vez de llevar aliento á nuestros hermanos de Cuba, se lo llevarían, por el contrario, á sus adversarios: y como yo había hablado antes, me consideraba aludido. Dice el señor I'laja que no, que no me ha aludido ni á mí ni á nadie; dispénseme que le diga que no alcanzo qué lábios son los que puedan haber vertido aquí las palabras subversivas á que S. S. se ha referido. Ha dicho S. S., y á esto quiero concretar mi rectificacion, que aquí se han dirigido cargos graves á las autoridades de PuertoRico y Cuba, y que lo que se hacia y se quería era debilitar allí el poder de España. Yo creo que nadie los ha dirigido, á lo aménos por mi parte; y no solo no nos hemos dirigido á las autoridades personalmente, sino que, por el contrario, hemos tratado de evitar nombrar á nadie, ni hablar de la situacion actual, reduciéndonos á hablar en general de la situacion que viene atravesando Puerto Rico desde 1836 hasta la fecha. No creo, pues, que haya zaherido á las autoridades; pero silos hechos zahieren, ahí están los hechos, que constan y son los siguientes: "Presupuesto de Puerto-Rico, 75 millones. Presupuesto de instruccion pública, 2,500 pesos." Además, en una provincia de 600,000 habitantes hay cuatro ayuntamientos que no tienen atribuciones
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de ninguna clase. Esta es la situation administrativa de la Isla de Puerto-Rico. Y respecto á la cuestion económica, ya ha manifestado el señor Arbizu que, á la vez que las clases activas cobran solo con un retraso de tres meses, á las pasivas se les están debiendo siete, ocho y diez meses. De consiguiente„ si se zahiere á las autoridades al manifestar esto, serán los hechos los que las zahieran; por mi parte no lo he verificado. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna) Hay varios señores diputados que han pedido la palabra con algun calor al oir algunas del Sr. Plaja ; pero despees que este señor diputado ha dicho que no ha aludido á nadie, creo que todos deben darse por satisfechos, y les ruego que pongan término á este incidente. El Sr. Rodríguez tiene la palabra. El Sr. Rodríguez tiene la palabra. El Sr. RODRIGUEZ (D. Gabriel) : He pedido la palabra creyéndome alildido; pero puesto que el Sr. 1'laja ha dicho que no habia aludido á ninguno de sus compañeros y ha rectificado la frase que antes pronunció, reconociendo que ninguno de los diputados que han tomado parte en esta cuestion ha pronunciado palabras subversivas, renuncio la palabra. El Sr. VICEI'RESIDE\TE (García Gomez de la Serna) : El señor Ministro de Ultramar tiene la palabra. El Sr. Ministro de ULTRAMAR (Becerra) : Si no hay inconveniente, podría el Sr. Vallin hacer uso de la palabra. El Sr. VICEPRESIDENTE (Garcia (Ioluez de la Serna) : El Sr. Fernandez Vallin tiene la palabra. El Sr. FERNANDEZ VALLIN : La Cámara sabe lo enemigo que soy de hacer discursos; sin embarro, tue veo en el dia de hoy en la triste necesidad de hablar. Mi muy querido amigo el Sr. Rodríguez ha lastimado (sin quererlo sin duda) en mi persona á los hacendados de la Isla de Cuba. (El .Sr. Rodríguez pide la palabra para rectificar) ; y lo que es más, el Sr. Rodríguez ha lastimado al bello sexo de la Isla de Cuba. La verdad, la política, sobre todo, y la galantería innata en todos los pechos nobles, me obligan á hablar en este momento. Yo no puedo méeos de negar rotundamente el hecho aducido por el Sr. Rodríguez en su brillante improvisation. Tan abolicionista como puede serlo S. S., y nótese esto, siendo, como soy, hacendado en Cuba, mo creo, sin embargo, que este era el momento ni el lugar de aducir un hecho violento é inexacto, que no se concibe pueda cometerlo ninguna dau►a cubana. Los señores diputados saben perfectamente cual es el tipo de la mujer cubana: la dulzura de la r►►ujer andaluza y la fiereza de la india. En el corazon noble de una mujer delicada y sensible no cabe, ni el conato del hecho inlnenano que S. S. ha citado. Y yo, en nombre de aquella sociedad, niego y protesto contra esa afirmaeion, que espero que el Sr. Rodríguez rectificará, porque rectificacion cabe en él. 1)espues de cumplido con este deber, voy á la alusion personallsima al diputado que se sienta aquí, y al diputado que es hacendado en Cuba.
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Niego tambien al Sr. Rodriguez que en los campos de Cuba existan esos hechos escandalosos que se citan, esos hechos que solo caben en la imaginacion de los más entusiastas negrófilos. Yo diré tambien á S. S. que en este sitio se deben ahogar los sentimientos del corazou, que la cabeza debe dominar á éste; que los legisladores deben ser frios al tratar cuestiones tan candentes como la de la esclavitud, que necesita la mayor calma y el ánimo más sereno para ser tratada como se debe; que es precisa toda la frialdad de la estátua de la ley para resolver las cuestiones de Ultramar. Voy á concretarme á la cuestion objeto de este debate. Yo no puedo ménos de encomiar, como diputado de la nacion y hacendado de la Isla de Cuba, las bellísimas frases, las ideas prácticas y de gobierno del Sr. Ministro de Ultramar. Reciba S. S. mi humilde felicitacion. Sin embargo, dos sistemas nos ha presentado S. S. en la cuestion de Puerto-Rico: la descentralizacion, b sea lo que se ha llamado hasta el día la autonomía, y la asimilacion. El señor Ministro de Ultramar, en su buen deseo de acertar, y atendiendo á lo critico de las circunstancias de aquellas provincias, ha ideado un sistema ecléctico. Yo, señores, como palitico no reconozco el eclecticismo; entusiasta economista, he saludado con placer la economía política ecléctica. En política creo necesario u1I sistema ú otro. Los señores que han tomado parte en este debate han creído que el sistema existente en el Canadá es un sistema inglés: cuando el señor Ministro de Ultramar presente su pensamiento sobre las Antillas, me esforzaré en demostrar que es un error, y un error el considerar que el sistema del Canadá y el de la Australia es un sistema inglés, y probaré que es un aiatenla eminentemente español, que tiene su fuente en los Códigos españoles. La cuestion social, que por desgracia se ha tocado hoy aquí, creo que debe atacarse de frente. En este particular participo de la opinion del señor Ministro: cuando hay un peligro, debe abordarse de frente, no de una manera indirecta. La cuestion de la esclavitud es un peligro para las An tillas, y nosotros debemos abordar de frente esta cuestion y discutir francamente los dos sistemas, el de la abolicion inmediata ó mediata. No concibo, señores, cómo presentándose en las Córtes un pensamiento de abolicion inmediata, éste no llegue á América. Por lo tanto, creo que es un sueño el trabajo silencioso del señor Escoriaza. La abolicion es una cuestion eminentemente práctica por sí misma, y no cabe más que uno de dos sistemas: ó abolicion inmediata, ó abolicion mediata. Yo aplazo el emitir mis ideas sobre el particular para cuando venga esa cuestion aquí, para cuando esté sobre el tapete, para cuando se aborde francamente; y entonces verá la Cámara cómo los hacendados cubanos, y en especial el que tiene la honra de dirigirse las Cortes, entendemos que debe resolverse la cuestion de la esclavitud. Nada más tenia que decir.
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El Sr. VICEI'RESII)E\TE (García Gomez de la Serna) El Sr. Rodríguez tiene la palabra para rectificar. El Sr. ROI►RIGI.'EZ (D. Gabriel l : Con mucha brevedad, señor presidente. El Sr. Fernández Vallin me ha acusado de un crimen de lesa galantería. Yo confieso que no soy muy galante; pero, sin embargo, lo soy demasiado para permitirme dirigir ofensas fi las señoras. Al hacer consideraciones generales, refiriéndome despees á ciertos hechos escandalosos, hechos verdaderamente abominables, yo censuro seguramente el hecho y fi la persona que lo comete. Pero, ¿por qué razon ha de entender el Sr. Fernandez Valija que yo ofendo á todas las señoras de la Isla de Cuba, cuando solo me dirijo, no á la aeiaora, sino á la furia que hizo lo que antes cité? Y vuelvo á insistir en la exactitud de ese hecho, como de ello podrá convencerse el Sr. Fernandez Vallin despues de oirnae y de consultar cuantos datos tenga por conveniente. Así, pues, si contra mi voluntad he ofendido á las señoras de la Isla de Cuba, yo desde aquí les pido humildemente perdon, como se pide siempre á las señoras. 1\o ha sido tal mi ánimo: yo las admiro y respeto mucho, como admiro y respeto siempre al bello sexo, si no tanto como el Sr. Fernadez Vailin, acaso por tener una sensibilidad menos viva que la de S. S., lo bastante para no permitirme cometer la menor inconveniencia. (El Sr. Fernández Valliu pide la palabra.) Y concluyo afirmándome de nuevo en el hecho que antes recordé: no quería citar nombres de criminales en la Cámara; pero puesto que se pone en duda lo que digo, me veo en la precision de consignar el de la persona que cometió ese delito. Se llamaba la señora de Calleja: la causa del castigo fué el haberse bebido la esclava un vaso de leche; se formó causa á la señora, y el tribunal la condenó á reclusion : ella se escapó, y en la actualidad vive en los Estados-Unidos. Si el Sr. Fernandez `'allin tiene alguna duda sobre esto, puede dirigirse al ministerio de Ultramar, donde es seguro que encontrara los datos que con►prueban la exactitud de la cita. He concluido. El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gómez de la Serna) El Sr. Escoriaza tiene la palabra para rectificar. El Sr. ESCORIAZA : Dos palabras solo para rectificar al Sin duda alguna, 6 yo no he sabido exSr. Fernandez Val"• plicarme, 6 su señoría no me ha comprendido. Yo he dicho que estaba completameute de acuerdo con it fórmula del señor Ministro de Ultramar, que decía que el inconveniente de la abolition gradual comiste en que desde tl mouteuto en que el esclavo sabe que va a ser libre, lo es en realidad. Y yo digo: estoy conforme con la idea del señor Ministro ele Ultramar: no' es que yo no quiero que se sepa en Cuba lo que aquí discutimos; lo que yo quiero es que el esclavo no tenga derecho á decir que es libre más que cuando reciba la libertad. Esto es lo que tenia que decir. 45
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El Sr. VICEPRESIDENTE (García Gomez de la Serna) : El señor Ministro de Ultramar tiene la palabra. El Sr. Ministro de ULTRAMAR (Becerra) : Señores diputados, estoy seguro que en el sentimiento de todos vosotros, que en la impresion que tenéis en este momento dominan dos ideas encontradas. La una es que, á pesar del entusiasmo que en vosotros ha producido el observar que esta es la primera vez que se ha tratado en el Parlamento español la cuestion de una de nuestras provincias ultramarinas, de la provincia de Puerto Rico, se han mostrado al parecer tales diferencias, modos de ver tan opuestos, apreciaciones tan diversas, criterios tan distintos entre los mismos representantes de aquella Antilla. Y la otra, que tambien estoy seguro tenéis, es un sentimiento de benevolencia, porque esto prueba el entusiasmo de aquellas provincias, el entusiasmo de las Córtes Constituyentes y el entusiasmo de todos los españoles; porque allí donde hay una provincia española, allí donde hay siquiera un español, allí está representada la honra de España, la bandera de España, la integridad de nuestra Nacion y nuestro porvenir. Pues bien; esto era natural, porque es fruto del entusiasmo, es hijo de la necesidad que se siente tratándose de una cuestion que por si es delicada y difícil, y para cuya resolucion todos quieren buscar el mejor acierto, todos quieren encontrar el medio más seguro, la solucion más conveniente; y hé aquí por qué aparecen criterios diversos, diferentes opiniones y distintas maneras de ver. Mi amigo el señor Rodríguez estuvo en el fondo completamente de acuerdo con las soluciones que yo proponía: y no podía Inénos de ser así, puesto que perteneciendo los dos a la misma escuela, siendo el uno tan radical como el otro, teniendo el uno tanto patriotismo como el otro, el señor Rodríguez sabe, lo mismo que yo, distinguir lo que es un ideal de lo que es la práctica en un momento dado, sin renunciar por ello á sus opiniones. En resúmen, el Sr. Rodríguez sabe que en política se hace en un momento dado lo que se puede, y que se concede el grado máximo de libertad que el estado de civilizacion de un pueblo permite. Recomendaba mi amigo el Sr. Rodriguez al Sr. Padial, al Sr. Escoriaza y á los demás señores representantes de PuertoRico las prontas reformas, lo mismo políticas, que económicas, que sociales de aquella provincia española. Como yo me honro con la amistad de estos señores, yo sé que esta es una escitacion, y de ningun modo una reconvencion que pudiera envolver el más ligero cargo; pero al fin, como en todos los gobiernos libres los hombres que tienen la honra de ocupar estos puestos deben explicaciones claras, categóricas y terminantes de sus actos, bueno es que yo diga mi modo de ver en esta grave cuestion. Todo lo que es cambiar la manera de ser de un país; todo lo que es establecer las relaciones que han de existir entre los gobernantes y los gobernados; todo lo que es dar leyes o reglas, o Código fundamental, en el cual deben consignarse los derechos y deberes de los ciudadanos, la manera de ser del individuo y de
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la propiedad, todo eso requiere una gran reflexion, todo eso exige un detenido estudio y madurez, y sobre todo, impone la necesidad de tomar informes y practicar averiguaciones por medio de las personas que por sus condiciones y posicion estén más enterados de las necesidades y aspiraciones de aquel país. Y si es verdad que los principios eternos de la justicia son aplicables á todos los pueblos, lo es tambien que esos principios en ciertas circunstancias y en determinados momentos tienen que aplicarse y amoldarse á las necesidades del pueblo de que se trate. El Ministro de Ultramar, tan pronto como estuvieron en Madrid los señores diputados de Puerto-Rico, ha creado una comision que le propusiera todas las reformas, lo mismo políticas, que económicas, que sociales, que debieran introducirse en aquella Antilla. Despues de cumplir esa comision su encargo con el celo, patriotismo y dignidad que era de esperar de todos y cada uno de los individuos que la componían, el Ministro de Ultramar ha tenido que revisar y meditar sobre todos los trabajos, y ha puesto cuanto estaba de su parte para traer el fruto de sus estudios con la premura posible, y ofrece presentar pronto á las Córtes todos los proyectos que se refieren á la manera de ser, á la manera de vivir de la provincia de Puerto-Rico. Se 1►a hablado aquí del mal cumplimiento de los empleados de este O del otro Orden, de la mala administracion, sea civil, sea política, sea judicial: se ha hablado de escesos cometidos. Mi amigo el señor Rodriguez decia muy bien: yo no inculpo a nadie, esto será culpa del sistema. Pues bien, señores, ni á un Gobierno, ni á una Nacion, ni á un hombre honrado le cumple cuando ha cometido errores, negarlos: los hombres, como las naciones, cuando se equivocan, deben decirlo con franqueza. En mi opinion, el sistema colonial español ha adolecido y adolece de gravísimos defectos: á nosotros toca el reformarlos en la parte que se pueda, siempre con reflexion, siempre con madurez, pero con resolucion. Este sistema, sin embargo, que ahora no hemos de examinar porque no es el momento oportuno, ¿no tiene elementos, no tiene condiciou ninguna de existencia? ¿Es absurdo acaso? Pues á pesar de todos sus defectos, á pesar de tener que modificarle, tal vez reemplazarle, es lo cierto que al abrigo de ese sistema algunas de nuestras provincias ultramarinas han tenido un aumento de poblacion que puede compararse ventajosamente con la nacion más privilegiada, y han aumentado su riqueza en una proporcion que deja muy atrás la de los Estados-Unidos. De manera que ese sistema defectuoso, como yo creo que lo es, tiene, sin embargo, condiciones tales, que ha permitido un gran desarrollo en la riqueza y en la poblacion. Dicho sea esto en honra de nuestro país, que si ha cometido grandes errores, en cambio ha sido más humano, más civilizador que otras naciones de raza muy distinta de la Naciou española, y que pasan por más adelantadas que nosotros en el Orden de la civilization. ¿Queréis la prueba? Pues voy á presentárosla. Allí donde los españoles entendieron sus conquistas, allí donde otras naciones no han llegado á dominar,
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existe una raza indígena, pura ó cruzada con los españoles, salva alguna que otra exception. Pues bien, donde quiera que ha entendido sus conquistas la raza anglosajona, tal vez viendo en definitiva una cuestion política, tal vez por la mira egoista de tener una raza más fuerte, u(ás activa, más apta para la civilizacion, ha hecho desaparecer la raza indígena. Habrá conseguido los fines que tal vez se prop ía; pero es la verdad que lo ha hecho á costa de la humanidad. 1'or eso, donde ha habido y hay españoles, subsiste la raza indígena: díganlo las Repúblicas hispano-americanas; y donde se presenta la raza anglo-sajona, el indio desaparece. Esta esplicacion no supone que se hayan cometido grandes errores: los hay, y es natural que los haya mayores que aquí, porque aquellas posesiones están muy lejos de la Península, porque no ha habido hasta ahora publicidad, y porque no están bajo la influencia directa, no diré del Gobierno, sino de la opinión pública. Pero aunque hayamos de confesar que se han cometido errores, ¿hemos de creer que nuestras Antillas se hallan en el mismo estado que Cafreria? Pues también he de decir una cosa á este propósito, y es que en nuestras provincias ultramarinas se ha disfrutado siempre una libertad individual práctica, y que solo en muy contados casos se ha atropellado á algunos de sus habitantes. Es decir, que si por una parte la legislacion era defectuosa, por otra resultaba una tolerancia y una libertad práctica que quizá no se encileutre en otros paises. Sea dicho esto en honra de nuestro país. En cuanto á las autoridades que hoy y hace tiempo dirigen 1i>s destinos de aquellas provincias, claro está que el Gobierno de la Yacion tiene el convencimiento profundo de que cumplen con su deber; si así no fuera, no estarían allí. Se ha tratado aquí, como era natural, aunque por incidencia, del presupuesto que hoy rige en Puerto-Rico. Materia es esta que necesita un deteniilo estudio, y no es posible tratarla aquí como de pasada. Aquí vendrán los presupuestos, no solo de Puerto-Rico, sino de las icmás provincias ultramarinas, y entonces las Córtes examinarán e.os presupuestos, los estados de riqueza y poblacioll que tienen visas provincias, y con todos esos (latos podrá saberse si están más (I niénos recargados que las demás provincias españolas. Ya he resido además el gusto de decir a las Córtes Constituyentes que . u el anteproyecto de las reformas económicas se hace la rebaja del 30 por 100 en el presupuesto de Puerto-Rico. I'arecia que respecto de la esclavitud debía haber diversas opiniones, y en rigor no las hay, pues todos están conformes en que hay que resolver esta dificultad. Así, pues, conformes todos en este punto, debemos tratar, como con efecto trataremos, de resolver la cuestion de la esclavitud de la manera más conveniente para los intereses del país, y de la manera niás conveniente para los esclavos mismos. Bueno es, sin embargo, advertir que ahora solo tratamos de Puerto-Rico; y esta advertencia procede, porque una reforma que se refiera á la manera de ser, á la manera de vivir, á las relaciones entre gobernantes y gobernados, puede .er conveniente para Puerto-Rico, y puede no serlo para Filipi-
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nas; puede convenir á Cuba, y puede dañar á Fernando l'óo, como puede no ser conveniente que todas las colonias tengan el mismo grado de libertad que la metrópoli. Y al hablar de esto contestaré de paso á mi amigo el Sr. Vállin, á quien empiezo dando las gracias por las lisonjeras frases que me ha dirigido. Hablando C. S. de lo que habíamos propuesto aquí para Cuba y Puerto-Rico, y yo debo recordar á S. S. que hoy solo se trata de Puerto-Rico, porque yo no tengo la culpa. ni la tiene la Asamblea, ni la tiene el Gobierno, de que no estt n aquí presentes los diputados de la Isla de Cuba. Aquí se hallan solo los de Puerto-Rico, y yo creo que están muy lejos de tener la pretension de querer representar la Isla de Cuba. Nosotros tenemos gran deseo de que se hallen aquí los representantes de la Isla de Cuba; pero el estado en que aquel país se halla no lo ha permitido. Yo he consultado eon la dignisima autoridad superior de la Isla para saber si podían hacerse las elecciones; pero el estado de guerra no permite que se hagan las elecciones de manera que representen genuinamente la voluntad. las necesidades, las aspiraciones y los deseos de aquellos habitantes. Cuando la tranquilidad se restablezca, cuando esa voluntad pueda manifestarse libremente, se harán las elecciones y vendrán aquí los representantes de Cuba. Y hay otra razon para que lo hagamos así: Cuba tendrá todo lo que debe tener; lier(~ nosotros no concedemos lo que se nos pide por la fuerza. El honor de una nacion es como el de un individuo: á líi fuerza se contesta con la fuerza, y las explicaciones no se dan mientras se tienen las armas en la mano: cuando se apela á las armas se combate, y despues pueden venir las explicaciones. `enceremos, y despues llevaremos allí todas las reformas que sean necesarias para asegurar la suerte de aquel país, para conservar la integridad del territorio y para mirar por nuestro porvenir en el mundo, que alguno le espera, porque al fin existen e(► el mundo 40 millones de séres que hablan la lengua castellana. y resolverán, digo, lo que crean más conveniente á los intereses de nuestra Pátria, al honor de nuestro pabellon y al porvenir de nuestras provincias ultramarinas. El Sr. PREti1DENTE: El Sr. Fernandez Wallin tiene la palabra para rectificar. El Sr. FERNANDEZ VALLIN: Principio dando las gra~•ias al señor Rodríguez por las explicaciones que se ha servido dar relativamente al hecho aquí citado en la sesion de hoy, y accpti Cambien con mucho placer las palabras que me ha dedicado. Para rectificar al señor Ministro de Ultramar, solo dirt 1lo., palabras. Yo he comprendido perfectamente que el- proyecto 1° Constitucion será exclusivamente para Puerto-Rico; mc felicito por ello. La Isla (le Cuba aspira á una descentralizaeiou co n?' ta. Existen para el gobierno de las provincias ultramarinas doy, sistemas que se hallan el uno enfrente del otro. En sn (lía, y cn u •t se trate la cuestion, trataré (le probar que el sistema llaiu,i,l m inglés, vigente en el Canadá, es un sistema eminentemente e 'a-
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ñol. Hasta ese día, señor Ministro de Ultramar. He concluido. El Sr. Ministro de ULTRAMAR (Becerra) : Pido la palabra. El Sr. PRESIDENTE: Tiene V. S. la palabra. El Sr. Ministro de ULTRAMAR (Becerra) : Es para decir dos á mi amigo el Sr. Vallin, y me alegro muchísimo de que S. S. haya rectificado, porque esto me proporciona la ocasion de rectificar tambien otra apreciacion suya, de que me habla olvidado. Decía el Sr. Vallin: "El Ministro de Ultramar ha examinado los dos sistemas que hay en la materia: el uno llamado más 6 ménos propiamente inglés, y yo añado más 6 ménos propiamente autonómico y el otro de la asimilacion, y que despues habia adoptado un sistema ecléctico." Y proseguía S. S.: "En política no me gustan los sistemas eclécticos." El Sr. Vallin y los señores diputados comprenderán que tampoco me gustan á mí. Pero conviene hacer una observacion. El que yo propongo, ¿es un sistema ecléctico? El eclecticismo consiste en afirmar el sí y el no, en tomar el término medio entre dos extremos; y ciertamente no es un sistema filosófico el eclecticismo que consiste en afirmar que dos y cuatro son siete, como término medio entre unos que sostienen que suman seis y otros que defienden que suman ocho. Este no es verdadero eclecticismo, no es el eclecticismo filosófico que busca, no el término medio, sino el justo medio. Pero en la materia de que se trata preséntanse la cuestion de organizacion y la cuestion de relaciones entre las provincias ultramarinas y la madre Pátria. Yo creo que aquí hay, sobre todo, una confusion en el significado de las palabras: yo entiendo que puede haber al mismo tiempo asimilacion y autonomía. La asimilacion no ha de ser de tal manera que sean aplicables palabra por palabra y punto por punto á las provincias de Ultramar todas las disposiciones que mantienen la unidad entre las de la metrópoli. Y la autonomía, ¿para qué se da? Para que las Antillas puedan tratar de todos los asuntos que á ellas exclusivamente interesan: de modo, que la Isla de Puerto-Rico tendrá todas las atribuciones concedidas á las provincias peninsulares, mas algunas otras que la corresponden por su posicion particular. Recuerdo que se ha hablado en varias ocasiones de descentralizacion y de federacion, confundiendo estas palabras, sin comprender que puede existir una descentralizacion completa sin haber federacion 6 separacion. Pertenece á la provincia todo cuanto afecte á los intereses que Son de la provincia, y al municipio todo lo que se refiera á los que son del municipio, siempre que no choquen con los intereses generales, y pertenece al Estado todo lo que constituyen los intereses generales. Hé aquí, pues, la asimilacion hé aquí lo que es la autonomía; dejar á la provincia y al municipio ámplia libertad para disponer de sus intereses, pero sin romper la unidad nacional. Yo preguntaría á los señores de la extrema izquierda, si estuvieran sentados en la Cámara, si ellos con su federacion podrian asegurar al municipio y á la provincia esa independencia. Pues bien, ese sistema, que no diré
71 que es nuevo, aun cuando en ninguna parte lo he visto, es el que tratamos de aplicar á la Isla de Puerto-Rico. El Sr. SECRETARIO (Marqués de Sardoal) : Habiendo hablado tres señores diputados en el debate sobre la interpelacion, ¿se pasará á otro asunto? El acuerdo de las Córtes fué afirmativo. INTERPELACIÓN DEL BRIGADIER D. LII1s PADIAL.
La pregunta del Sr. Navarro y Rodrigo que sigue, se hizo y contestó no estando ya en el salon los diputados de Puerto-Rico. Las frases acentuadas del señor ministro, "en la inteligencia de que, por alta que sea la posicion del que falte, por grandes que sean sus glorias, y por muchos que sean sus merecimientos, en España, de hoy más, la ley está por encima de todos los hombres," fueron de grande efecto por su entereza: El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Navarro y Rodrigo tiene la palabra para dirigir una pregunta al señor Ministro de Ultramar. El Sr. NAVARRO Y RODRIGO: Ha tenido lugar esta tarde un debate grave y solemne, en que se han tratado cuestiones que afectan grandemente á nuestro porvenir en una y en otra Antilla. Hemos oído algunas exageraciones; yo creo que el patriótico y elevado discurso que ha pronunciado el señor Ministro de Ultramar será bastante correctivo para esas exageraciones: ha habido, sin embargo, una cosa un tanto velada, un tanto oscura, en los discursos de dos de los señores diputados que han tomado parte en el debate y que me obligan á dirigir una pregunta al Gobierno de S. A. el Regente. Creo haber oido al uno que Puerto-Rico se encontraba hoy en una situacion tristísima y vergonzosa, sobre la cual había que tender un tupido velo; y creo haber oído al otro, que hoy, despues de trece meses de revolucion, estaba Puerto-Rico en una situacion peor que en tiempo de Gonzalez Brabo. Yo pregunto al Gobierno, aunque la pregunta es ociosa desde el momento en que no ha aparecido en la Gaceta la separacion de aquellas autoridades: ¿está satisfecho el Gobierno de la conducta, de la tolerante administracion de aquellas autoridades en presencia de acontecimientos tan graves como los de Cuba, teniendo presente la proximidad de Puerto Rico á la grande Antilla, cuando tanto han trabajado los revolucionarios cubanos para llevar á Puerto-Rico el fuego de la insurrection, cuando se ha dicho tambien que los cubanos han trabajado para enviar refuerzos á los revolucionarios de España? ¿Está satisfecho el Gobierno de la conducta de aquellas autoridades? Por una coincidencia casual mañana sale el correo para las Antillas, y ya que puedan ir los ataques que se han dirigido á aquellas autoridades, bueno es que en todo caso vaya tambien la defensa: hé aquí el secreto de mi pregunta. El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Ministro de Ultramar tiene la palabra. El Sr. Ministro de-ULTRAMAR (Becerra) : La segunda vez
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que lie hablado creo haber tenido la houra de decir que el Gobierno se eu(outraba satisfecho de la conducta de las autoridades de Puerto-Rico; y esta afirmacion que el Gobierno hubiera hecho el~( uIáueamenle, agradezco á mi amigo el Sr. Navarro que me haya pro)nrcionado ocasiou (le reiterarla con la pregunta que ha tenido .1 bien dirigirme. 1'nra ello rei~etirC' mis palabras de antes: si ahora se preguntase al Gobierno si en las Antillas los empleados todos, de todos los órdenes, habían cumplido con su deber y no se habla cometido ningun abuso, le sería imposible responder con evidencia: se habrá cometido algun abuso mayor; pero lo que puedo asegurar es que el (iobierno está satisfecho del celo, del patriotismo con que hasta ahora han desempeñado sus funciones las autoridades superiores, y que está resuelto, y así lo ha comunicado á agilellas provincias. á hacer que todos cumplan con su deber; ea la ºnteliitenc•ia de que, por alta que sea la posicion dcl que falte, por grancic s que sean sus yla•ias, y por muchos que sean sus mereei►nientos, eu Gspai►a, de hoy más, la ley está por e►►cima de todos los hombres. Y por lo que hace á Puerto-Rico, debo añadir que la primera autoridad de la Isla ha encausado á algunos empleados porque ( Peyó que no liabian cumplido con su deber, lo cual es prueba de su celo y de su patriotismo, é indica que comprende la misioli que se le ha encargado y que responde á la confianza que en ella ha depositado el Gobierno. El Sr. NAVARRO Y RODRIGO: Pido la palabra. El Sr. PRG`I1)ENTE: La tiene V. S. El Sr., NAVARRO Y RODRIGO: Es simplemente para dar las gracias al señor Ministro de Ultramar y para anunciar que no esperaba yo menos (le su patriotismo.
73 PARTIDA DE BAUTISMO DEL PATRIOTA ROMAN BALDORIOTY DE CASTRO. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Yo, José García Alvarez, encargado del Archivo Parroquial de la Iglesia de tiara Pedro Múrtir (le Guaynabo, certifico :—Que al folio 122, vuelto, del tomo 5º de Bautismos, de este Archivo de nti cargo, existe la siguiente inscripción, que copiada literalmente, dice así: Eu este Pueblo (le San Pedro Martir de Guaynabo a catorce de Marzo de uiil ochocientos veinte y (los años: Yo, el Beneficiado I). Joaquiu Ramou Rodriguez, Cura Rector de él, Bautizé solemnemente, puse Oleo Crisma, y el nombre (le Roman, á un niño de quince días de nacido, H. N. de doña María Baldorioty, parroquiana, Blanca; Padrino D. Ramoti Fermín García, á quien advertí sus obligaciones, y espiritual parentesco, de que doy fe — Joaquín Ramon Rodríguez.—Rubricado.—Hay una nota marginal, que dice:—Que segun el adjunto documento, en 29 de Enero de 1837, fué este niño reconocido, por hijo natural, por don Juan de Castro, actual vecino de Cabo- rojo.Rodríguez.—Es copia fiel: y para que conste á petición del I)r. Coll y Toste. Historiador de Pto. Hico expido la presente certificación que sello y firmo en Guaynabo a diez de febrero de mil novecientos diecisiete.— José García Alvarez.—Rubricado.—Hay un sello que dice: Parroquia de San Pedro Jlártir.-Guaynabo.—(1).
(1) D. Román Bnldorioty de Castro estuvo escribiendo su nombre y apellidos usando la preposición de antes del apellido Castro hasta 1881 a 82. De esta ópoea en adelante suprimió la de hasta su muerte. No hemos podido determinar bien los motivos que indujeran a D. Román a tomar esta determinas-ión, pues como se ve por esta su partida de bautismo tenía legítimo derecho a usarla, pues su padre se llamaba Juan de Cash o. Tenemos autógrafos de D. Román, procedentes de Madrid, que tienen dicha de. Y más asan. autógrafos de sus iniciales, firmados R. B. de C.—En la Memoria preceutaila a la Comisión Provincial de Puerto Rico. cuando la Exposición Universal de Paris. eu 1567, publicada en la Imprenta de Acosta, el ario de 1SGS. firma "por el licenciado Román B. de Castro."—Nuestro ilustre prócer era rara hombre muy modesto y tal vez algún comentario de sus adversarios respecto a su humilde origen y la partícula de, que parece indicar noble quia, hizo que I). Román la suprimiera. — En la ('onstitución orgsíni+ a tiel Partirlo Autonomista proclamada en la Asamblea ile Ponce el ln de Marzo de 1647, fi rma nuestro viejo amigo como Presidente y suprime la 1e — Tambi(u su íntimo amigo D. José Julián la usó en sus comienzos. firiu:milo de Acosta y posteriormente la suprimió. Tal vez el carácter democrático de la (poca les indujera a tal determinación. —C. y T.
74 PUERTORRIQUEÑOS
ILUSTRES
VIDARTE SANTIAGO POR CAYETANO Cou Y TOSTE.
(1827- 1848) El poeta Santiago Vidarte nació en Yabucoa el año de 1827; en aquella región donde la espléndida naturaleza tropical con sus bullidoras y abundosas aguas y con la belleza de sus montañas azulosas, inclinó su mente á pensar y sentir. Equivocadamente algunos autores anotan al pueblo de Humacao como lugar de nacimiento del malogrado bardo. Hizo Vidarte sus estudios primeros en el Colegio de don Fernando Roig, plantel de enseñanza que ha tenido discípulos honradores de su memoria; y que prueban una vez más, que no es ahora que venimos á tener buenos Centros docentes, en Puerto Rico. En las fiestas públicas celebradas en la Capital, el año de 1839, con motivo de la terminación de la guerra civil carlista, se dispuso, entre otras cosas, la adjudicación de premios á los mejores trabajos caligráficos, que presentaran las escuelas de la Isla, llevándose la medalla de oro, de la citada escuela del Sr. Roig, el niño Santiago Vidarte. Ya se vislumbraba la superioridad intelectual del joven yabucoeño. Pasó Vidarte á estudiar jurisprudencia á la culta Barcelona, y era el ingenio más sobresaliente del florido haz de puertorriqueños que allí estudiaban, los que á menudo se reunían á cruzar impresiones en modesta alcoba, donde Alonso, Saez, Juan Bautista Vidarte, Vassallo, Cabrera y Carpegna hacían alegres gala de su imaginación tropical lozana, discutiendo puntos controvertibles de derecho, de medicina y de literatura. Don Manuel A. Alonso, uno de los contemporáneos de Vidarte, no titubea en darle el titulo de primer poeta puertorriqueño de su tiempo. El inspirado bardo no pudo dedicar al cultivo de la poesía más que dos años; y á juzgar por lo que produjo en tañ corto lapso de tiempo, hubiera llegado con su plectro de oro al pináculo de la gloria, si la muerte no le sorprende á la temprana edad de 21 años, siendo aún estudiante barcelonés. Pero, aunque no hubiera Vidarte producido otra composición poética que la titulada Insomnio, ella solo bastaba para coronarle con el laurel de Apolo. Palpita en sus gallardas estrofas el mena divinior, y se siente vibrar en sus sentidos acentos la expresión de una alma soñadora, que se deleita con los queridos recuerdos del terruño. Copiaremos de esta bella poesía las últimas estrofas, para que se vea que el alma del malogrado cantor era la de un patriota. Pulsó la broncínea cuerda, que después había de hacer célebres á nuestros queridos bardos Gautier y Padilla.
PUERTORRIQUEÑOS ILUSTRES.
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Se acerca la mañana, rompe el alba; Su luz de rosa por oriente brilla... Despierta, dulce bien, que pronto y salva Otro puerto verá nuestra barquilla. Despierta ya, alma mía, el tiempo avanza, Y, al asomar su disco el sol dorado, Verás, cual se dibuja en lontananza Verde gigante de metal preñado. Verás, cabe su planta orgullecida De flores un fantástico pensil, Donde rico de luz, amor y vida Ostenta sus primores el Abril. Y verás, más allá cuando velera Se vaya nuestra barca aproximando, Una peña blancuzca y altanera Que está del mar en brazos dormitando. ¡Ah, qué placer allí disfrutaremos!... Me mata el ansia; un siglo es cada hora... ¡ Cuánto tarda 'ese sol! Mi bien, boguemos, Que ya la luz se extingue de la aurora. Boguemos, si... ¡ Qué hermosa es la alborada! Qué bello ¿no es verdad? el Oceano Con su límpido azul. ¡Oh! canta inspirada Una canción al mundo americano. Mas, no, calla... ¿Columbras á lo lejos Una luz amarilla, un globo ardiente, Que brota de la mar en mil reflejos? Pues es él, que se anuncia por Oriente. El es, si, sí; ya estamos, mi paloma, ¡ Es el sol! ¿ No distingues con su brillo Aquel gigante que en el agua asoma? Pues se llama el gigante aquel Luquillo. Y ¿ ves, cabe su planta umbría, Fantástico jardín de flores rico, Donde vive el Abril, sirena mía? Pues el jardín se llama Puerto Rico. Cerca está el puerto. ¿ Ves la peña aquella Que está, del mar en brazos reposando; Vestida de castillos, rica, bella...? Pues es... ¡Poder de Dios, si estoy soñando!... Las primeras poesías de Santiago Vidarte están empapadas en el romanticismo de su época. Tienen colorido prestado. Después el genio poético de nuestro bardo rompe las trabas de la imitación, abandona un camino que no era el suyo, y conservando la entonación romancesca y siguiendo los impulsos de su corazón é ingenio, canta con naturalidad y galanura de estilo las bellezas de su país. El verso es fluido, las imágenes surgen con espontaneidad y un sentimiento puro y delicado domina la composición en medio de la sencillez y pureza del lenguaje. Cultivó la leyenda, y en la composición Las dos Flo-
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PUERTORIUQUE\OS ILUSTRES.
rea describe con soberbias pinceladas cuadros de costumbres puertorrique►ias; pero es de sentir que en medio de rasgos de un naturalismo espontáneo aparecen inspiraciones fantásticas á lo Hoffman. Conservamos una Dolora de Viciarte, en la que, cual habilidoso trovador, desarrolla un asunto sencillo y delicado con el ingenio picaresco y h um orístico del autor de ¡Quién supiera escribir! En las redondillas á una Jibarita, se revela la ternura de su joven corazón, y hay en ellas el gusto artístico del cantor de Licio y Galatea. Eu la poesía La nube, triste como uu canto (le Ossit►n, vibra la nota melancólica, como si presintiera el poeta su luctuosa y prematura muerte. Cual el hábil piloto busca el derrotero cierto. con su instinto de marino, cuando la cerrazón setentrional le oculta la polar estrella y las brújulas se entorpecen, así nuestro poeta, al sentir flaquear su espíritu, baja al fondo de la conciencia y en un grito arrobador produce su Plegaria; no pudiendo el escepticismo, que inficionaba el ambiente social respirado por Vidarte, apagar la lámpara de su fe. En nuestra incipiente literatura no podemos esperar de Vidarte estilo propio y originalidad. Roma, con sus brillantes poetas Virgilio, Horacio y Ovidio, fué una imitadora de Romero, Píndaro y Anacreonte; y es que los griegos tienen el honor inmortal de haber fundado las leyes del arte. En plena juventud enfermó Vidarte. En un sencillo camarín de una modesta casa de la ciudad condal, rodeaban los amigos el lecho del bardo moribundo. Todos sentían sobre sus almas entristecidas la pesadumbre de tan dolorosa pérdida. Sólo había allí un ser tranquilo y resignado y éste era Vidarte. I'oco á poco la muerte se fué apoderando del enfermo, que conservó la razón integra hasta los postreros instantes, sintiendo con serenidad cómo el ángel de la eterna noche plegaba las alas sobre su frente. Era el año 1848. ; Siempre el espíritu fuerte y elevado se revela en las circunstancias más difíciles de la vidal. - . REAL CÉDULA CONCEDIENDO AL ESCRIBANO ACORTA QUE USE EN LOS ESCRITOS EL TITULO DE DON. (Copia facilitada por el Lindo. D. Angel Acosta p Quintero.) San Ildefonso 18 de Julio de 1827. EL REY :—Por parte de Don Francisco de- Acosta, Notario de Reynos. Escribano público y de Gobierno y Guerra en la ciudad de San Juan Bautista (le Puerto Rico, se me han hecho presentes con documentos sus circunstancias personales, y la distiueion y lustre de las familias de que deriva, y cuyos individuos han obtenido empleos militares y políticos, siendo nobles, y descendientes los mas, de los primeros fundadores de poblaciones
REAL CÉDiLA CONCEDIENDO EL.TÍTrLO DE DOY.
a
77 de la Isla; y modernamente su abuelo Capitan y dos Tios Cadetes del Regimiento Fijo (le la misma, en mérito de lo cual ha solicitado la gracia de poder firmar con el distintivo de Don los instrumentos y actuaciones en que interviniere como tal Notario de Reynos. Escribano público y de Gobierno y Guerra: Examinada esta Instancia en mi Consejo de Cámara de las Yndias, eon lo expuesto por mi Fiscal; he venido en acceder a dicha solicitud. Y en su consecuencia mando a mi Gobernador Ca pitan General de la citada Isla de Puerto Rico; al Intendente de la misma, y demas Tribunales y Ministros a quienes corresponda, no pongan a dicho Don Francisco de Acosta, embarazo ni impedimento alguno en el goce de la expresada facultad de firmar con el distintivo de Don, todos los instrumentos y actuaciones en que interviniese como tal Notario de Reynos. Escribano público de Gobierno y Guerra; antes bien darán eu caso necesario las disposiciones convenientes a que tenga el devido efecto, Y de esta mi Cédula se tomará Razon en la Contaduría general de Valores y distribution de mi Real Hazienda, y en la del mi Consejo de las Yndias dentro de (los meses de su data; expresandose por la de Valores haber satisfecho la media annata correspondiente la cantidad de Inil seiscientos reales con que ha servido por esta gracia para la consolidacion de Vales, sin cuyas formalidades no ha de tener valor alguno: que asi es mi voluntad.—Fecha en San Yldefonso a diez y ocho de Julio (le mil ochocientos veinte y siete.—YO EL REY.—Por mandato (le! Rey Nuestro Señor. — Santo8 Sanc1 ez.—Se hallan tres rúbricas.—Derechos ciento y veinte reales plata.—Se halla una rúbrica.—S. M. concede a Don Francisco de Acosta, Notario de Reynos, Escribano público y de Gobierno y Guerra, en Puerto Rico, la facultad de firmar con el distintivo de Don. Toma de Valores,:—Toinose razon de esta Cédula escrita en dos fojas con esta, en la Contaduría General de Valores del Reyno, y consta que el interesado ha satisfecho por el - servicio de esta gracia, mil seiscientos reales, y (le media annata, cuarenta reales, vellon, como aparece a pliegos treinta del cargo pasado al Tesorero de Rentas de esta Provincia.—Madrid veinte y cuatro de Julio de mil ochocientos veinte y siete.Francisco Antonio de Gongora. Otra:—Tomose razon en la Coutaduria general de distribucion de Real Hacienda.—Madrid veinte y seis de Julio de mil ochocientos veinte y siete.—Antonio de Martínez. Otra:—Tomose razon en la Coutaduria general de America Septentrional.—Madrid veinte y siete de Julio (le mil ochocientos veinte y siete. Por ocupacion del Ñ iior Contador General. — Hipolito de Pedrosa. — 1 )erechos sesenta reales plata. — Se halla una rúbrica.—Reales derechos sesenta reales plata.—$e halla una rúbrica.—Derechos cuarenta y seis reales plata.—Se halla una rubrica. — Vida. — Se halla una rubrica. — Rodríguez.—Se halla una rubrica. Decreto :—Puerto Rico, y siete de Setiembre de mil ochocien-
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REAL CÉDULA CONCEDIENDO EL TÍTULO DE DON.
tos veinte y siete.—Tomese razon en las Reales Oficinas.—José Domingo Dias. Toma de razon :—Tomose razon a folio ciento uno del Libro quinto de Reales Titulos y Despacho Real Contaduria de Puerto Rico, diez y ocho de Setiembre de mil ochocientos veinte y siete.— Diego de Alegría.—Manuel de Lázaro y Martinez. Pedimento: — Excelentísimo Señor Gobernador y Capitan General: Don Francisco de Acosta: Escribano Real público de Gobierno y Guerra, a V. E. respetuosamente expone: que S. M. Q. D. G., se ha dignado concederle la gracia de poder firmar con el distintivo de Don, en todos los instrumentos y actuaciones en que interviniere, expidiendole su Real Cédula que solamente exhibe. Sírvase pues: V. E. acatarla, mandando se cumpla y execute en todas sus partes, y se tome de ella la razon necesaria.— Puerto Rico, Setiembre quince de mil ochocientos veinte y siete. Excelentísimo Señor: — Francisco de Acosta. Decreto: — 1'uerto Rico, quince de Setiembre de mil ochocientos veinte y siete.—Al Señor Asesor, Don Francisco Nicanor Santaella. — Latorre.—Don Manuel Coronado. Escribano Real de Gobierno auxiliar. Notifticacion :—En el mismo día notifiqué el auto que antecede al Escribano don Francisco de Acosta: doy fé:—Coronado. Diligencia:En el propio conduje esta instancia al Estudio del señor Asesor nombrado, doy fé.—Coronado. Auto :—Puerto Rico Setiembre quince de mil ochocientos veinte y siete.—I'or presente con la Real Cédula que se acompaña, la que se acata y obedece con las debidas formalidades. Guárdese, cumplase, y ejecútese su contenido en todas sus partes, insertese en la Gaceta de esta plaza para que llegue a noticia de todos los Tribunales y Jueces de la Isla; y devuelvase original al interesado para que acuda al Señor Intendente, a flu de que se sirva disponer la toma de razon en la Real Contaduría; e, igualmente la presentará al Excelentísimo Ayuntamiento para la toma de razon en sus libros y que tenga la debida constancia aquella corporacion y Jueces que en ella ahora existen y existieren, en lo sucesivo. — Latorre:—Santaella.Don Manuel Coronado:Escribano Real de Gobierno auxiliar. Notifieacion:—En el mismo dia notifiqué el auto que antecede a Don Francisco de Acosta, a quien entregué estas diligencias a los efectos corrientes, doy fé.—Coronado. Pedimento : Ecelentísimo Ayuntamiento: — Don Francisco de Acosta, Escribano Real y publico de Gobierno y Guerra, a V. E. respetuosamente expone :—Que S. M. se ha servido concederle la gracia de poder firmar con el distintivo de Don los documentos que autorizare por su Real Cédula, que con las debidas formalidades acompaño. En cuya virtud. A. V. E. Suplica se sirva mandar se tome de ella la razon necesaria en el Archivo de la Corporacion, y se me devuelva el original. Gracia que implora de la justificacion de V. E. Excelentisimo Señor.Francisco de Aeosta.—Sala Consistorial de Puerto Rico y Setiembre veinte y cuatro de mil ochocientos veinte y siete.—Tomese razon y devuel-
79 vase con la.nota que lo acredita.Romero, Aranzamendi, Hernaiz de Villafañe, Zepero, Fernandez, Salgado, Becerra, Pedro Rafael de Escalona, Secretario del Cabildo. Toma de razon :—Tomose razon de la Real Cedula y demas diligencias que la acompañan, desde el folio cuarenta y dos al cuarenta y cuatro del Libro cuarto destinado al intento: lo que certifico. Puerto Rico veinte y cuatro de Setiembre de mil ochocientos veinte y siete: — Pedro Rafael de Escalona, Secretario del Cabildo. Diligencia :—En el mismo dia entregué al interesado este expediente de que certifico.Escalona. Corresponde con el original de su contenido que devolví al interesado, a que me remito, vá fiel y legal; en fé de ello y en virtud de lo mandado hice sacar y saqué el presente, con advertencia que dicho original ocupaba en una Informacion el folio doce al diez y siete, que signo y firmo en Puerto Rico, quince de Julio de mil ochocientos veinte y siete.—Manuel Coronado. — Escribano Real de Gobierno Auxiliar. REAL ORDEN DA S. M. AL GOBERNADOR DE PTO. RICO.
REAL ORDEN DE S. M. AL GOBERNADOR DE PUERTO RICO CON MOTIVO DE SUS DESACUERDOS Y ATAQUES AL SEÑOR OBISPO. (Archivo de Indias. — Audiencia de Santo Domingo. Cartas.— Estante 85—e-6.-1. 21.) (Copia facilitada por Don Pedro de Elzaburu.) El Pardo, 13 de Marzo de 1782. RESERVADA.—Enterado el Rey del contesto de la carta de V. S. de 9 de Noviembre de 1780, número 18, y del testimonio con que la acompaña en razon de los robos, que supone, cometidos por el Reverendo Obispo de esa Diócesis de materiales y piedra labrada, para emplearlos en sus fábricas o en la del Hospital, o en otros fines: añadiendo estar este Prelado comprendido en otros feos excesos de muy antiguo por sus déspoticos e irregulares procederes, en luya actuacion caminó V. S. con acuerdo de su asesor Don Francisco Rafael de Monserrate. Ha causado en el piadoso ánimo y religiosidad de su S. M. la mayor admiration y extrañeza, la animosidad y estilo impío con que, contra lo que resulta del propio testimonio, se arroja V. S. a remitir a los pies del trono un libelo infamatorio, genérico y absoluto contra la venerable persona del Reverendo Obispo, profanando los sagrados principios de nuestra religion y atropellando todos los respetos civiles de moderation guardados a la sociedad. Eu cuyo sensible concepto me manda el Rey manifestar a V. S., como lo ejecuto de' su R. O. que S. M. ha oido con indignation y su-
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REAL ORDEN DE S. 11i. AL GOBERNADOR DE PTO. RICO.
nio desagrado su citada carta, (le que no hay ejemplar, asi en el modo como en la sustancia, que quede archivado para su perpetuo olvido: que para el mismo, remita V. S. inmediatamente el original del auto y declaracion de que acoinpailo testimonio: Que por ningún motivo ni acontecimiento vuelva V. S. a incurrir en. producir semejates libelos impíos e infamatorios, como el expresado, contra un Príncipe de la Iglesia, ni a repetir un atentado tan reprensible, por el que no toma S. M. otra providencia porque no se traluzca un detestable ejemplar, que quiere el Rey quede sepultado en el olvido.—Todo lo que participo a V. S. de orden de S. M. para su gobierno, correction y enn►ieuda y de hi de su Auditor Monserrate, a quién comprende igualmente y por la misma causa la indignación del Rey, como se lo hará V. S. entender de su R. O. —Dios gde. a V. .S. ms. as. El Pardo, 13 de Marzo de 1782.—Galves :—Sr. Gobernador de Puerto Rico. (1)
(1) El Obispo %imenez Perez prestó al Gobernador Dufresne el hospital que había construido para los pobres de la Capital, con sus rentas, limosnas y arbitrios píos, con motivo de la declaratoria de guerra de los ingleses. El edificio, en aquella época, era de una sola planta. Después en tiempos del intendente Don Alejandro Ramírez fué que se levantó la planta alta. Pasado el peligro de la guerra con los ingleses, X-imenez Perez reclamó la devolución de su hospital. El Gobernador no quiso devolverlo. Hubo altercados. Y Dufresne ordenó formar Expediente al Obispo por que se había tomado la libertad de coger las piedras de la Cantera de Casa Blanca sin permiso alguno. Se cruzaron oficios fuertes. El Gobernador trató al Obispo de ladrón; y cuando supo que el Consejero del Obispo era fray Ifiigo Abbad (el historiador) encausó a este también por tener un negrito sin la marca oficial, y, por tanto, introducido en la Isla de contrabando. Fray ISigo se fué a la Corte y no solo obtuvo completa reparación, sino que el Gobernador quedó destituido y suprimido el Carimbo o hierro con que se mareaba oficialmente a los negros.—El Coronel D. José Dufresne tomó el mando de esta Isla el 2 de Eenero de 1778 y cesó el O de Abril de 1783. Durante este período obtuvo el grado de Brigadier. — El Obispo fray Manuel %amenes Perez, monje benito del monasterio de Santa María la Real de i\ájera, natural dé Villa de Soto, fué hecho Obispo en 1770. Tomó posesión de esta Iglesia en 1772. Reedificó el Palacio Episcopal que estaba arruinado. Visitó dos veces su Obispado. Hizo un hospital para los pobres y falleció el 21 de Agostp de 1781.—Está sepultado su cadáver en la Catedral.—C. y T.
81 CARTA DEL OBISPO DE PUERTO RICO, D. FRAY DAMIÁN LÓPEZ DE RARO, A DON JUAN DIAZ DE LA CALLE. (Biblioteca Nacional, J. 36.) (Copia facilitada por D. José Julián Acosta.) Puerto Rico, Setiembre 27 de 1644. AVE MARIA. Por la relacion que irá con esta sabrá Vuestra Magestad no sobre mi viaje sino de cuanto pasa en esta Isla, donde á Dios gracias llegamos y quedamos con salud y alegremente pobres y si gustante de berla : el Sr. Secretario se la leerá á Vuserta Merced lo que yo é hallado por acá es que en todas partes tiene Vuestra Merced amigos, como quien siempre se ha ocupado en hacer bien: el Sr. D. Esteban comunicará con Vuestra Merced nuestros trabajos y demandas: Suplicole me haga fabor de guiarle y despacharlas como acostumbra, que tiempo vendrá en que yo pueda mostrar mi agradecimiento, ya que por ahora esté tan miserable como Vuestra Merced verá por mis memoriales; esta nao parte muy de prisa y no sé si llegará á España: con otra escribiré mas despacio: que I)ios guarde á Vuestra Merced con las felicidades que deseo,etta. Puerto Rico, Setiempre 27 de 1644.—Amigo y Capellan de Vuestra Merced.Fray Damián, Obispo de Puerto rico. Relation del viaje y embarcaeion y demas sucesos de Puerto Rico, por el Obispo. De Cádiz escribí a Vuestra Merced como quedaba embarcado con mi ropa y familia en la nao de Duorte y Corticos, en cuya camara de popa estube y dormi dos noches y en ellas esperimenté tantos riesgos que me vi obligado a dejarla y entrar en la de Ricardo Ruiz sin concierto alguno, no obstante que allá tenia pagado todo el flete; cuando al día siguiente tratamos de pasar la ropa y familia, tocaron a leba y no ubo lugar y yo vine con muchas incomodidades y la peor fué que juzgando beniamos en conserva de la flota en cuyo registro salimos y que á segundo dia nos podiamos mejorar y pasar la dicha ropa fué tan al contrario que a la noche perdimos de vista 36 naos, con que habiamos salido, porque así lo dispuso el inglés con ánimo de llegar algunos días antes a esta Isla como en efecto llegamos; tardamos en montar las Islas de Canarias 23 días (que suelen pasarse en seis) á causa de calmas y bientos contrarios: y de aquí nació que luego nos empezaron á tazar el agua que siempre vevimos caliente y a desseo: de la familia vinieron conmigo dos criados, un religioso y un esclabo, (1) y por ellos me pesaba mas que por mi; todos se (1) Por esta cita se comprueba la Esclavitud en España en 1644. r -O. 7 T. 46
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marearon al principio, sino fui yo, cosa que los admiró mucho siendo la primera embarcacion, y aunque algunos se sangraron y purgaron ninguno peligró por la misericordia de Dios, que en los navios de la flota fué grandisimo el trabajo, pues cuando llegaron á esta Isla dijeron habian echado al mar mas de veinte ó treinta de cada navio, y que venían muchos enfermos, tribulation que sintió grandemente el Sr. Obispo de la Nueba Segobia, como me dijo, habiendole hospedado en mi casa por verse obligado á asistirles y darles su comida; pasadas las Canarias me sobrevino un grande asco causado á mi ver de los malos mantenimientos y de la umedad y mala habitation del agua; y sobre no poder comer mas sabia muy mal bevida ; balime por la mañana de una jícara de chocolate y á medio día de un jigote de ave que pasaba sin gusto y sin mascar para conservar la vida, con alguna conserva, sin poder atravesar pan ni viscocho ni aun tablillas regadas de azocar y huebos; madrugaba mucho y procuraba hacer ejercicio y verdaderamente temí que si duraba mas tiempo dejara la piel; fué Dios servido que el dia de San Antonio de Padua trece de Junio á quien yo principalmente y todos los del navio nos habiamos encomendado y ofrecido la primera misa, tomamos este puerto, donde yo fui recibido no solo con todas las prevenciones que dispone el ceremonial Romano, uno con muchas demostraciones de singular alegría, con danzas y comedias, toros y cañas, que casualmente estaban prevenidas para la fiesta de dicho San Antonio á quien el dia siguiente digimos la Santa misa: cinco dias despues, llegó aquí la flota, donde fué fuerza dar fondo, y repararse de agua y mantenimientos y aligerar algunos enfermos que no podían pasar adelante; el cielo de esta Isla es muy bueno y claro; la vista de grande amenidad porque á un mismo tiempo se ben pedazos del mar con grandes espesuras de árboles que siempre están verdes y amenos: las casas son pocas, come 250, de teja, obra y canteria; los bujios son 100, cubiertos de paja, como allá de retama; y en todas, corrales con árboles frutales, que de la noche á la mañana nacen sin curiosidad y la hierba en la plaza, calles y cementerio, tan porfiada, que aunque luego que yo vine la cortaron para las cañas, ya está todo como un eaido, y de tal calidad, que sirbiéndose todos los dias de los Jumentos y de otros animales de carga en lugar de darles de comer les dan cuatro palos á medio día y cuatro á la noche y los embian á pacer por las calles y luego los vuelben á recojer para trabajar con ellos: El calor en estos tres meses que yo eccisto con ser caniculares no han sido tan grande como el de allá, por que ordinariamente corren unos aires que llaman aquí Brizas que son muy apacibles y muy sanos, vienen muchas llubias y á veces como aguaceros, sin pensar, estando el cielo sereno, porque pasa una nubecilla estando claro y sin ser vista de los que están en las casas por encima y deja caer el agua de modo que no sabemos de donde viene, y esto suele suceder en una casa y no en todas, y muchas veces al día, pero en acabando de caer se salen á la calle con zapatos blancos, por que es toda arenosa. Cuando es aguacero se suele llevar la brisa y nos deja en calma y con
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mismo calor que en Espafia por los caniculares, pero no son más; la gente es muy caballerosa y los que no vienen de la casa de Austria descienden del Delfin de Francia ú de Carlo Magno: la vecindad del lugar no llega á 200 vecinos, pero hay quien diga que de solo mugeres con negras y mulatas hay mas de 4,000: y éstas tan encerradas, que aun no salen á Misa, que si bien se atribuye mucho al encojimiento de las criollas, lo mas cierto es por la miseria y pobreza de la tierra, por que las más de ellas no alcanzan para mantos y vestidos: y son tan altivas que dándoselos de limosna un Obispo por que no perdiesen la misa muchas no los quisieron recibir y algunas que los recibieron no usaron de ellos por ser de anas cote. (1) —Los soldados son 300, aunque siempre faltan plazas; la Iglesia comenzó de sillería muy buena, pero jamás tubo con que poderse acabar, y dándose por desausiados sobre dichas paredes de silleria la hicieron de mampostería y mucho menor que la traza; será algo mejor que la de San Sebastián de esa Córte, la bóveda de la Capilla mayor es de piedra ecselentisima y el cuerpo de la Iglesia de buenas maderas y el retablo pobre como la fábrica; súbese á ella por gradas de piedra: y por los tres lados está cercada de una plazuela con parapetos de piedra de mampostería y sillería con algunas palmas de cocos, que la adornan; y la vista es al mar, al modo todo de Nuestra casa de Málaga, y del otro lado están las casas de la Dignidad con las mismas vistas, pero todo lo más principal de ellas derribado y quemado del holandes: de modo que despues que vine he tenido necesidad de labrar cocina y demas oficinas; estrella que me ha seguido desde que nací.—Temo entrar en la relacion de las demas cosas, por que son tan siniestras las relaciones de lo que allá me dijeron, y yo dejé dicho por su informacion en algunas visitas, que no sé como salir bien de ello, sino es con decir, que lo más fué mentira y antes de entrar en la relacion para que no se entienda que es llorar lastimas lo que dijere, quede por asentado que con la bondad del clima yo lo paso muy bien y con saluz, á Dios gracias, que como pájaro bobo no me aporreo en la jaula, y aunque hay algunos trabajos que para otros fueran intolerables, yo los ofrezco, á nuestro Sr. y los llevo con buen aliento y paciencia.—Esto supuesto está tan lejos de comerse la carne de valde en esta tierra y de matar las terneras á su voluntad los esclabos dejandose la carne en el campo, 6 ya por la ganancia de la piel, 6 ya por la golosina de las mollejas, como allá me habian mentido que se pasan muchos dias y aun se han pasado semanas, despues que yo estoy aquí, sin que se haya pesado Baca en la carneceria ni tocino ni otro género de Carne, en lugar de la cual se suelen pesar unas tortugas grandes del mar que acá llaman de cuyas conchas se hacen allá en Espafia los escritorios y contadores y tienen la carne como de baca, aunque es peor sustento, y de esta ha faltado tambien aun para mi familia si bien algunas personas (1) Anascote, del francés Anaacot; tela delgada de lana y asargada por ambos lados, de que usan para sus hábitos varias órdenes religiosas. También la emplean para sus vestidos las mujeres del pueblo en algunas provincias de España.—C. y T.
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me han presentado terneras y carneros, con que lo hemos pasado bien, á Dios gracias, que aunque pobremente la mesa siempre es de Obispo, de lo que da de si la tierra, porque con hacer dos 6 tres guisados de la ternera, alguna abe y dulces, que hay en abund~ncia, y con algunas frutas, que diremos después, está la familia contenta y bien mantenida ; pero en esta Isla siempre pasan mucho trabajo por no estar cierta la carne en la caruiceria todos los dial: la arrelde (1) bale 18 maravedis : no solia valer mas que 12, como en la ciudad de Santo Domingo; en este año han subido el precio por animar á los ganaderos y la pesan con tasa por que no se baya acabando.—La Ciudad está muy pobre, la moneda que en ella se gasta es de pobres, porque es de cobré, treinta y cuatro cuartos, mas delgados la mitad que loa de allá, dan por un Real: por el Real de á ocho lleban uno 6 dos reales de premio, y en toda la Isla no se hallarán 8,000 ducados de cuartos y 20,000 de plata, por que ha siete años que falta el Situado de S. M. y uno que traian aora dos años, de 60 mil pesos, lo coji6 el enemigo: yo entendí hallar 3 mil 6 4 mil ducados de la vacante y no he visto en dinero más que 1,000 reales de cuartos; de pesos de plata 200: por cuenta de diezmos me dan casabe, cada semana, para que coma la familia y los pobres; y es el pan de esta tierra, que la necesidad les ha enseñado á comerlo, pero á mi no me entra de los dientes adentro, aunque lo hacen de diferentes modos y ponen a la mesa uno que es el mas florido jaujao.—Por la Ciudad se vende pan de trigo atemporadas, conforme vienen las ocasiones de la arma; yo traje tres 6 cuatro barriles de España, muy buenos y muy floreados, de que al principio me hicieron rosquillas como en Sevilla pero con la umedad de la tierra se va corrompiendo de modo que el pan es muy malo como el que se vende cuando lo hay en la plaza; yo fui siempre mal comedor de pan y aora paso casi sin ninguno y no me hace falta porque de ordinario ay arroz en la mesa que lo lleva esta tierra que en muchas partes del mundo no tienen otro pan; no faltan algunos viscochos y una fruta que llaman plátanoa, de que hay grande abundancia y diferencia en los Campos, y es el sustento ordinario de los negros, y aun de muchos blancos pobres, porque los maduros les sirven de pan y y fruta y de los verdes asan como allá las patatas 6 zanaorias; los labradores los cuecen, como castañas, hacen muchos guisados de ellos, hecho en cazuelas morunas, es una comida sana, la carne es como Camuesa con olor de pera vinosa, despide la cáscara como una castaña asada con gran facilidad; otras frutas hay dulces pero muy sosas al gusto, la que llaman piña por que se parece á la de España es ecselente, pero no dura todo el año como los plátanos, sino tres 6 cuatro n►eses, la carne es como de limon dulce, con alguna punta de agrio, que parece á la carne de melocoton muy maduro, por las entrañas de que se hacen las ruedas tienen más carnosidad y sustancia; de lo que están llenos los campos es de Naranjos y limones y limas y cidras, todo silbestre, pero (1) Medida de peso, que se ha usado mucho en el país, principalmente en las carnicerías. Equivale a cuatro libras. El vocablo procede del Srabe arrau, que significa libra.—C. y T.
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lo que toca á las Naranjas dulces son mas grandes y mejores que las de allá, y las limas que he visto hasta aora han sido verdes y pequeñuelas, algunos limones que me han traído amarillos tienen la corteza muy fuerte y me parece que si los cultibaran fueran muy buenos y las limas dulces aunque me han traído algunas, no han sido waduras, de las agrias y de los limones pequeños se sirben ordinariamente en las mesas, las cidras son como las de allá, así de ellas como las calabazas, batatas y otras muchas frutas, que lleva el campo, hacen muy buenas conservas, por que no les duele el azúcar.—Todo lo que se compra y vende vale muy caro, una vara de vayeta cinco pesos, de tafetan sencillo 2, de ruan otros dos, un adorno de seda un real, por hechuras de unas medias 5 pesos, una mano de papel 4 reales, una libra de cera 20 reales, de el trabajo de un oficial dos pesos, de un peon un peso; y esto es cuando se halla, porque lo ordinario es mientras que no llega un navio faltar casi todo y los oficiales están como en lugar corto, una gallina lo ordinario 8 reales y cuando estubo aquí la flota valiera 10 y á 12, un pollo 4 reales y no siempre se halla, y lo peor que á mi vez tiene la Ciudad es que no hay una tienda donde poder embiar por nada, sino es que unos á otros truecan 6 benden 6 prestan lo que tienen, hasta lo que vale 10 maravedies : el pan de casabe vale real y medio cada torta que tendrá dos libras y media; el inaiz aunque no lo gastan en pan lo siembran y cojeo y vale 18 y 20 reales la fanega, allá la tierra adentro hay unas abes tan grandes como gallinas y en el sabor y la bondad como perdices á mi me han presentado tres 6 cuatro; pero 12 leguas de aqui dicen que hay muchas vandadas y que las matan á palos, pero la gente es tan holgazana que no quieren ir por ellas para venderlas y lo mismo pasa en los pescados, que aunque hay muchos y muy buenos, y yo los he provado, sobre venderlos muy caros no hay quien se aplique á la pesca; todo el trato de esta Isla y la cosecha es de xenxibre y está tan de capa caida que nayde lo compra ni lo quiere llevar á España; en el Campo hay muchas estancias y siete Ingenios de azúcar á donde muchos vecinos con sus familias y esclabos asisten la mayor parte del año como en los lugares de Toledo sus herederos. El año de 25, saqueó el enemigo esta Ciudad y se llevó hasta las. Escrituras de la Iglesia, y por que no le ofrecieron mucho dinero quemé muchas casas y entre ellas la de la dignidad, pero el mayor trabajo fué el de la tormenta y tempestad que sobrevino el año 42, por el mismo mes de Setiembre, que sucedió la de Burgos cuando derribó el crucero, por que aquí derribó la Iglesia y muchas casas, y en el campo arrancó muchos arboles y bujios y hizo tan grande estrago, que dejó esterilizada la tierra hasta hoy que va volviendo en sí, y es de modo que á todo cuanto falta se disculpa con la tormenta y viene a ser tormento para mi, porque en virtud de esto me faltan los diezmos (de que S.M. Dios le gde. ) me ha hecho gracia. De melones que tanto los habían alabado, no he visto mas que tres en todo este Verano, y estos han sido colorados y no como los buenos de allá,aun no he visto ubas, granadas me has presentado hoy dulces, medianas, pero nada se vende en la plaza de todo esto ; el trigo se ha sem-
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brado y ha provado bien en algunas partes de tierra, pero lo que secoje de ello y otras semillas que traen de España, cuando los vuelven á sembrar se desvanecen y quedan en berzas, y algunas semillas de la primera vez, también hay algun trato aunque pequeño de cueros como en Santo Domingo; y en conclusion lo mejor que tiene esta Ciudad son las brisas y el aire con que todos quedamos con salud á Dios gracias, por donde un hombre á quien pidió una Señora de Santo Domingo que le diese noticia verdadera de lo que era esta Ciudad, le respondió con este Soneto: 'Esta es Señora una pequeña Islilla falta de bastimentos y dineros, andan los negros, como en esa, en cueros, y hay mas gente que en la cárcel de Sevilla: aqui están los blasones de Castilla en pocas casas, muchos caballeros, todos tratantes en xenxibre y cueros los mendozas, guzmanes y el padilla; ay agua en los algibes si ha llovido, Iglesia Catedral, clérigos pocos, hermosas damas faltas de donaire, la ambicion y la embidia aqui an nacido, mucha calor y sombra de los cocos, y es lo mejor de todo un poco de ayre. Tambien me dijeron en esa corte, preguntando si habia médico y botica, que no se trataba de eso por que todos estaban sanos y morían de viejos, con que yo juzgué que venia al paraiso, pero el mes pasado enterramos mas de cincuenta y ha abido muchos enfermos, y estoy persuadido á que Iio se han muerto tanto de mal curados como de mal comidos, porque el sustento de los miserables es la baca y el carey, esto ha faltado muchos dias y nos tememos que ha de faltar en los que vienen; los animales-de-cerda de que tanto abundaba esta Isla con la tempestad del año 42, murieron los más y se retiraron á la espesura del monte, en tanto grado que habiéndose buscado para mi un lechoncillo en tres meses no se ha podido descubrir; el vino, el vinagre, el aseyte, el pan, con todo lo que es necesario para vestirse, viene por el mar, de Castilla ó de la nueba España, y aqui estamos tan sitiados de enemigos que no se atreven á salir á buscar en un barco porque luego los coje el olandes.—Aquí llegaron de la Isla Española dos fragatas, que llevaban socorro á la de S. Martin, habiendo salido tres porque la una hiba cargada de azucar para Cumaná y luego que se apartó la cogió el enemigo y echó la gente en el agua á 20 leguas de aqui, cuando yo llegué estaba sitiada la dicha Isla de San Martín y por la buena diligencia del Sr. Gobernador de esta, que les embió socorro á tiempo, que estaban ya para entregarse, levantaron el cerco; pero la voz general que corre es, que dichos corsarios quieren sitiar á Santo Domingo y acá estamos con cuidado de que no hagan allá el tiro y acá la suerte.—Muy grande es la necesidad que tienen estas Islas de
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varlovento de que no faltara en ellas la armada y pudiera hacer algunas presas de importancia y para sustentarse hacer S. M. que de la Isla de Santo Domingo poblaran esta de ganado Bacuno que como he dicho la tempestad del año 42 acabó casi todo, pero es tan fertil que con muy poco que la ausiliaran se volveria á poblar.—Mas dejando aparte esto que toca al Gobierno, la familia lo pasa alegremente porque lo que falta de el sustento se suple en abundancia con otros de este pals, como son plátanos, arroz, azucar, pescado naranjas dulces, que hay grande abundancia y algunas terneras, que se matan pero con la humedad y calor de la tierra no pasan á tercer día.—Luego que llegué traté de comfirmar, habiendo primero consagrado los olios de que tenian muchos necesidad, hize órdenes generales y particulares con el indulto de Su Santidad por que habia gran falta de Sacerdotes.— É comenzado á predicar, y trato de visitar y hacer sinodo, luego pasaremos á la Margarita y á Cumaná, si Dios fuese servido, y de alli me prometo que podremos hacer algun regalo de cacao y perlas, que de esta Isla no se que aya mas que xenxibre y alguna azucar; de esta partiremos con los amigos en recojiendo alguna moneda de los diezmos p acabo con este dulce la relacion de mi viaje, remitiendo lo demas á la carta.--En esta Isla se admitió el papel sellado, si se puede admitir, con esto se explica su pobreza. (1) (1) ro faltaron gentes que le atribuyeran al Obispo iras Damián López de Haro, el soneto epigramáticó, trascrito más arriba, que en vista de la propia relación del Prelado, debemos considerar anónimo.—Pronto surgió otro autor anónimo, que hizo la paráfrasis, recogiendo y devolviendo las injurias. Hilo aquí: "Vienen, Señora, a la puequefia islilla—detrás del oro y en busco de dineros —tratantes negros, que los traen en.eucros.—é hidalgos de la cárcel de .Sevilla.—Tenemos las costumbres de Castilla —y juzgamos á todos caballeros.—ya vendan el gengibre, o compren cueros.—los Mendozas, Guzmanes y el Padilla.—Del cielo un pastor nos ha llovido — sagaz y literato, como pocos,—que gana á nuestras bellas en donaire.—El cruel desengaño aquí ha nacido,—que mete miedo, como a niño el coco—y deshace castillos en el aire."—La réplica es valiente, como la tuvo andando los tiempos, en 1870, el conocido literato Manuel del Palacio, que en su libre titulado "Cien sonetos políticos, filosóficos, biográficos, amorosos, tristes y alegres," incluyó uno, referente a nuestra Isla, con ribetes de calco en el del célebre Obispo :—Helo aquí: "Este, que siglos ha, fué Puerto Rica--hoy debiera llamarse Puerto Pohre,—pues quien oro en él busca. ó plata ó cobre,—seguro tiene soberano mico. —Comer mofongo ó educar un chico,—morir de inercia aunque el esfuerzo sobre,—ver siempre en calma el piélago salobre—y no soltar jamás el abanico.—Tales son los placeres deliciosos—de este vergel de suegras y de suegros—do muchas tienen hijos y no esposos;—do no cesan del güiro los allegros—y son los negros sucios y asquerosos... —Y lo mejor de todo son los negros !"El poeta D. José G. Padilla hizo la paráfrasis de este insultante soneto: hélo aquí: "Este, que vate fué de númen rico—tanto ha llegado á menos y á tan pobre,—que, por lograr el mísero algón cobre,—hace en la sociedad papel de mico.—Pretende, cual la víbora, este chico—que entre sus labios la ponzofia sobre.—y el chiste inmundo, fétido y salobre—usa como en verano el abanico.—Un tiempo sus arpegios deliciosos—hacían bailar las suegras y los suegros—las esposas también y los esposos: mas hoy, de su guitarra los allegros—han llegado á tal punto en lo asquerosos—que á los blancos repugna y á los negros."--Parece que el prurito de insultarnos, en sonetos. no quedó adn satisfecho, porque el 20 de Enero de 1898 publicaba La Unión, periódico de la Capital, muy conservador, con el pomposo titulo de La
88 CONCESIONES DE FERRO-CARRILES Y TRANVIAS DE PUERTO RICO. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) TRANVIA I)E LA CAPITAL A RIO PIEDRAS. Por Real Orden número 78 de 18 de Febrero de 1878 se concedió autorización á Don Pablo Ubarri para establecer un tranvia de vapor entre San Juan y Rio Piedras, pudiendo utilizar la carretera del Estado y con carácter provisional el puente de San Antonio para el paso de la via. Esta concesion se hizo por el plazo de sesenta años, sujeta á los Reglamentos y Pliegos de condiciones generales para ferrocarriles, así como á las ordenanzas y reglas de policía impuestas á los deniás vehículos para el tránsito por la carretera. Velocidad máxima de las máquinas 15 Kms. por hora debiendo esta reducirse á 6 hms. en los sitios de peligro así como en los cruces de carreteras y otros caminos. TRANVIA DE CATADO A BAYAMÓN. Por Real órden número 73 de 20 de Febrero de 1881 se concedió autorización á Don Ramón Valdés para establecer un tranvia servido por máquina de vapor entre Cataño y Bayamón, con arreglo al. proyecto aprobado, utilizando la carretera del Estado. El plazo de la concesión es de setenta años, á cuya terminación las obras pasarán á ser propiedad del Gobierno. FERRO-CARRIL DEL LITORAL. Comprende las líneas de San Juan á Ponce de una parte por Mayagüez y de otra por Humacao y la de Humacao á Caguas concedidas por Real Decreto de 15 de Abril de 1888, prévia subasta dimiaióa de la eatdtua de Colón el siguiente epigrama con la firma del insigne poeta Leopoldo Cano: "Colón ha dimitido esta mañana,—pues, desde el pedestal, así decía :—Si lacéis mis tierras de la Especeria,--especie de región yankee africana ;—si Castilla renuncia a soberana—y da la 11bertad. .. de la anarquía--a los que en pago y muestra de hidalguía,—la maldicen en lengua castellana ;—si nada ha de ser nuestro en esta tierra —á quien dió nombre Américo Vespucio—primer Monroe por quien fui timado:—sl don Quijote ya no quiere guerra,—y triunfa Sancho Panza sobre el rucio,—¿qué hago yo aquí, cogiendo un constipado?"—Puerto Rico, 1893.—En el diario El Liberal, numero del 21 de Enero de 1898, se public6 la paráfrasis de este nuevo soneto insultante. La hicimos nosotros.—Séla aquí: "No dimite.—La estatua de Colón esta mañana,—así, con voz irónica decía:—No cultivéis tan sólo eapeceria—ní esta zona crema yankee ajricuna.—Castilla será siempre soberana—si con su amor destruye la anarquia;—obrar de esta manera es la hidalguía—legendaria en la raza castellana.—Si perseguís al hijo de esta tierra—que lleva mal el nombre de Vespueio --el que piensa timar serví timado.—Si peusais en la guerra por la guerra,-,-mal andaréis, Quijotes, en el rucio—y entonces si, que cojo un constipado 1"—C. y T.
CONCESIONES DE FERROCARRILES Y TRANVIAS.
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pública á Don Ivo Bosch y Puig. La concesión es por el plazo de 99 años y el Gobierno garantiza á la Compañía un producto líquido de 8 por ciento anual del Capital de 9,98,000 pesos en que se fijó en la subasta el costo total de las obras. De los productos de la explotación se conceden á la Compañía para gastos la cuarta parte mas una suma de 800 pesos por cada kilómetro explotado, considerfuidose el sobrante como beneficio líquido; cuando este es inferior al 8 por ciento del Capital incluido el Gobierno debe abonar al concesionario la diferencia y cuando dicho beneficio pasa del 8 % el exceso se divide por mitad entre el concesionario y el Gobierno. Se concedía además á la empresa la exencion de derecho de Aduana para todo el material necesario á la construccion y explotacion de las líneas y la cesion gratuita de los terrenos pertenecientes al Estado que se ocuparen con las obras. El plazo para la construction que era de seis años expiró en Mayo de 1894 sin que hasta la fecha se haya construído mas que unos 200 Kms. de los 546 que comprende la concesion. La Compañía solicitó oportunamente una prórroga sobre la qué no había llegado á resolverse nada definitivamente cuando tomó posesion de la Isla el Gobierno de los Estados Unidos. (1) FERROCARRIL DE AÑASCO A LARES. Por Real Orden número 115 de 6 de Marzo de 1896 se autorizó al Gobernador General para conceder permiso á la sociedad anónima "Compañía de via estrecha de Mayagüez" para el comienzo de las obras del ferrocarril de Añasco á Lares por terrenos de dominio público y bajo la responsabilidad del peticionario. Por decreto de 17 de Enero de 1898 se autorizó la explotación provisional del trozo comprendido entre Añasco y Alto Sano, único construido hasta la fecha. FERRO-CARRIL DE ARECIBO A LARES. Por Real Orden número 374 de 21 de Agosto de 1896 se concedió autorización á loa señores Roses y Compañía para construir nn ferrocarril de Arecibo á Lares pasando por Bayaney, con derecho á ocupar con las obras terrenos de dominio público. La concesión se otorgó por noventa y nueve años, dándose para la ejecucion de las obras, que aún no se han principiado, un plazo de cinco años.
(1) Este documento ea de la Fpoi'h del gobierno espafioL Posteriormente la Compañfa ha extendido mucho su via de explotación.—C. y T.
90 PARA LA HISTORIA DE LA ESCLAVITUD EN PUERTO RICO. Real cédula aboliendo el tráfico de negros con esta isla. (De la Gaceta Oficial.) Madrid 19 de Diciembre de 1817.
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EL REY.—La introduccion de negros esclavos en América fué una de las primeras providencias que dictaron mis augustos Predecesores para el fomento y prosperidad de aquellos vastos dominios, muy poco tiempo despues de haber sido descubiertos. La imposibilidad en que estaban los indios de ocuparse en diferentes trabajos útiles, aunque penosos, nacida del ningún conocimiento que tenían de las comodidades de la vida, y de los cortisimos progresos que entre ellos había hecho la sociedad civil, exigió por entonces que el beneficio de las minas y el rompimiento y cultivo de las tierras se entregaran a brazos mas robustos y activos. Esta providencia, que creaba la esclavitud, (1) sino que aprovechaba la que ya existia por la barbarie de los africanos para salvar de la muerte a sus prisioneros y aliviar su triste condicion, lejos de ser perjudicial para los negros de Africa, trasportados á América, les proporcionaba no solo el incomparable beneficio de ser instruidos en el conocimiento del Dios verdadero y de la única religion con que este supremo Ser quiere verse adorado de sus criaturas, sino tambien 4odas las ventajas que trae consigo la civilizacion, sin que por esto se les sujetara en su esclavitud á una vida más dura que la que traían siendo libres en su propio país. Sin embargo, la novedad de este sistema requería mucho detenimiento en sú ejecucion, y así fué que la introduccion de negros esclavos en América dependió siempre de permisos particulares que mis augustos Predecesores concedían según las circunstancias de los lugares y de los tiempos, hasta que la de negros bozales fué generalmente permitida, así en buques nacionales como extrangeros, por Reales Cédulas de veinte y ocho de Setiembre de mil setecientos ochenta y nueve y doce de Abril de mil setecientos noventa y ocho y veinte y dos de Abril de mil ochocientos cuatro: en cada una de las cuales se seíialaron diferentes plazos para dicha introduccion : Todo esto manifestaba bien claramente que la cristiana sabiduría de los Reyes consideraba siempre estas providencias como excepciones de la ley sujeta á condiciones variables. Aun no había espirado el concedido en la real cédula de veinte y dos de Abril de mil ochocientos cuatro, cuando la divina Providencia me restituyó al trono a que me había destinado y de que intentó pérfidamente despojarme un injusto usurpador. Las turbulencias y discusiones suscitadas en mis dominios de América durante mi ausencia fijaron (1)
No la creaba porque exlstta de hecho en Europa.—C. y T.
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desde luego mi soberana atencion : y meditando con incesante desvelo las providencias mas adecuadas para restablecer el buen órden en aquellos remotos paises, y darles todo el fomento de que son capaces, no tardé en advertir que habían variado enteramente las circunstancias que movieron á mis augustos Predecesores para permitir el tráfico de negros bozales en las costas de Africa, y su introduccion en ambas Américas. En ellas ha crecido prodigiosamente el número de negros indígenas, y aun el de los libres, á beneficio de la regulacion suave del Gobierno, y de la cristiandad y temple humano de los propietarios españoles: el de los blancos se ha aumentado mucho, y el clima no es tan perjudicial para esos como lo era antes de que las tierras se desmontasen y pusiesen en cultivo. Aun el bien que resultaba á los habitantes de Africa de ser trasportados á paises cultos no es ya tan urgente y exclusivo desde que una nacion ilustrada ha tomado sobre si la gloriosa empresa de civilizarlos en su propio suelo: al mismo tiempo la general cultura de Europa, y el espíritu de humanidad que ha dirigido sus últimas transacciones á restaurar el edificio que la depravacion del régimen del usurpador habia destruido hasta sus bases, han excitado un conato general entre los soberanos de Europa de ver abolido este tráfico: y en el Congreso de Viena, conviniendo en la necesidad de la abolicion, se ocuparon en facilitarlo por medio de las negociaciones mas amistosas con las potencias que tenían las colonias, encontrando en Mi aquella disposicion que era consiguiente á tan laudable empeño. Estas consideraciones movieron mi Real ánimo á informarme de personas instruidas y celosas de la prosperidad de mis Estados sobre los efectos que en ellos produciria la abolicion del tráfico de negros. Vistos sus informes, deseoso de asegurar el acierto de tanta trascendencia y gravedad, los remití á Ini Consejo de Vndias, con real orden de catorce de Junio de mil ochocientos quince, para que me consultara lo que se le ofreciese y pareciese. Agregados todos estos copiosos materiales y los antecedentes del asunto, y visto lo que el propio Supremo Tribunal me ha expuesto en su consulta de quince de Febrero de mil ochocientos diez y seis, correspondiendo á la confianza que en él tengo depositada, y conformándome en su parecer sobre la abolicion del tráfico de negros, y convenido con el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña é Irlanda, por un tratado solemne sobre todos los puntos de interés recíproco que versan en esta noble transacion, y hecho cargo de ser llegado el tiempo de la abolicion, conciliadós debidamente los intereses de mis Estados de América con los. sentimientos de mi Real ánimo y los deseos de todos los Soberanos mis amigos y aliados, he venido en resolver lo siguiente: Artículo 1.—Desde hoy en adelante prohibo para siempre á todos mis vasallos, así á los de la Peninsula como á los de América, que vayan á comprar negros en las cestas de Africa que están al norte del Ecuador. Los negros que fueren comprados en dichas costas serán lleclarados libres en el primer puerto de mis dominios á que llegare la embarcacion en que sean transportados: esta, con lo restante de su carga, será confiscada para mi
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mi
Real Hacienda, y el Comprador, el Capitan, el Maestre y Piloto, irremisiblemente condenados á diez años de presidio en las islas Filipinas. Articulo —La pena señalada en el articulo precedente no comprende al Comprador, Capitan, Maestre y Piloto de las embarcaciones que salgan de cualquiera puerto de mis dominios para las costas de Africa que están al norte del Ecuador antes del dia veinte y dos de Noviembre del presente año, á los cuales les concede adewás el plazo de seis meses, contados desde dicha fecha, para que concluyan sus expediciones. Artículo 3.—Desde el dia treinta de Mayo de mil ochocientos veinte, prohibo igualmente á todos mis vasallos, así á los de la Peninsula como á los de América, que vayan á comprar negros en las costas (le Africa que están al sur del Ecuador, bajo las mismas penas impuestas en el artículo primero de esta Real cédula; concediendo así mismo el plazo de cinco meses desde dicha fecha para que puedan completar sus viajes los buques que hubiesen sido habilitados antes de dicha fecha de treinta de Mayo de mil ochocientos veinte, en que ha de cesar totalmente el tráfico de negros en todos mis dominios, tanto en Espaliia como en América. Articulo 4.—Los que usando del permiso que concedo hasta treinta de Mayo de mil ochocientos veinte fueren á comprar ne• gros en las costas de Africa que están al sur del Ecuador, no podrán trasportar mas esclavos que cinco por tonelada del porte de su buque; y si alguno contraviniere á esta disposition, será castigado con la pena de perder todos los que trasporte, loécuales serán declarados libres en el primer puerto (le mis dominios á que arriba la embarcacion. Artículo 5.—Por el computo de cinco negros por cada dos toneladas no se hará cuenta con los que nacieren durante la navegacion, ni con los que fueren sirviendo en el buque en clase de marineros ó criados. Artículo 6.—Los buques extrangeros que introduzcan negros en cualquier puerto de mis dominios deberán hacerlo con sujecion á las reglas que se prescriben en esta Real Cédula; y en caso dá contravelicion serán castigados con las mismas penas que se señalan en ellas. Artículo 7.—Y siendo mi Real voluntad que todo lo referido se circule á mis dominios de América y Asia para su mas puntual observancia, lo comuniqué á mi Supremo Consejo de las Yndias por decreto sefi alado de mi Real mano con fecha de veinte .y dos de Setiembre próximo pasado; y publicado en el propio Tribunal en primero del corriente, se acordó su cumplimiento y que al mismo efecto se expidiese esta mi Real Cédula, por la cual Mando á mis ¶irreyes, Presidentes, Audiencias, Comandantes generales, Gobber»adores é Intendentes de las Yndias, sus islas adyacentes y de Filipinas, guarden, cumplan y ejecuten, y hagan guardar, cumplir y ejecutar cuanto queda ordenado en esta Mi soberana determinación, sin ir ni contravenir, ni permitir se vaya ni contravenga á su tenor en manera alguna, haciéndolo publicar por
CREACIÓN DEL PUEBLO DE SANTA ISABEL DE COAMO.
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Bando para el mismo fin no solo en las capitales, sino también en los demas pueblos cabezas de Partido de sus respectivos Distritos; y comunicándolo igualmente cada uno en su territorio á los Tribunales, Justicias, Autoridades y personas á quienes de cualquier modo incumbe su cumplimiento. Y de esta ini Real Cédula se tomará razon en las Contadurías generales del expresado mi Consejo.—Fecha en Madrid, á diez y nueve de Diciembre de mil ochocientos diez y siete.—YO EL REY.—Por mandado del Rey nuestro Señor.Esteban Varea.—Sor. Gobernador de Puerto Rico. CREACIÓN DEL PUEBLO DE SANTA YSABEL DE COAMO. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) En este nuevo pueblo de Santa Yaab4 de Coamo á los cinco días del mes de Octubre, de mil ochocientos cuarenta y dos años para efectos de dar el debido cumplimiento á lo que ordena el E. G. J. y C. Gl. J. de la Provincia Don Santiago de Mendez Vigo en oficio de veinte y ocho del po. po. de Setiembre, en el cual dispone su E. se ponga euI planta, la Junta de vecinos de este pueblo, dando la correspondiente aprobaciun en los Vocales de que debe componerse, previo el juramento de estilo, que se les exijirá en el acto de que ocupen el asiento que les corresponda, con este fin, y el de cumplimentar lo que ordena su E. se citaron los enunciados en el lugar de costumbre á saber: el señor Capitan Poblador que preside, don José María Colon, señor Sargento Mayor de las Milicias Urbanas don Vicente Colon y Pacheco, Síndico Procurador del Comun don José Placido Ramon Colon; Vocales, 1)on Juan José Cabrera, don Gaspar Alomar y Don Francisco Famania los que concurrido, se hizo, la lectura del citado Oficio y decreto de la Superioridad, procediendo el Sr. Presidente á lo demas, exigiéndoles el juramento de estilo, lo hicieron como corresponde ofreciendo por él llenar los huecos de sus atribuciones, ser fiel y constante á la Reina Nuestra Señora Doña Isabel Segunda: obediente a su Gobierno y Leyes, y mirar con el mayor odio á cuantos puedan entorpecer el respeto que se debe á su Real persona y Autoridades subarternas, como cumplimentar los preceptos de Nuestra Santa Religion: concluido este acto, ocuparon cada uno el asiento que le corresponde, quedando con esto creada la Junta de este pueblo.—Concluido el acto primero, estando todos en completa reunion, el Sr. Capitan Poblador, Presidente, tomó la palabra, y se expresó, manifestando á todos; que cree de precisa nece sidad el nombramiento de un individuo que desempeñe las funciones de Secretario de la Junta para que los acuerdos tengan aquella solidez que se exije por las disposiciones superiores, que este encargo cree debe ponerse en persona de los conocimientos necesarios, bien asalariándolo, ó bien, á un miembro de ella, que lo desempeñe interinamente inter se proponen á su E. arbitrio para la dotacion del primero que con este motivo lo propone á los
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CREACIÓN DEL. PUEBLO DE SANTA ISABEL DE COAMO.
Sres. de la Junta, para que tratando y conferenciando lo mejor en beneficio del público y creacion de este Nuevo Pueblo se acuerde lo mas acertado: oidas las razones vertidas por el Sr. Capitan Poblador que preside, tanto el Caballero Síndico del Comun, como los demas Concejales, no han podido menos de conocer la legalidad de su fundamento, por cuya razon, procedieron acordar lo que juzgasen mas conveniente, y detenidose en un rato de conferencias, se acordaron proceder á su nombramiento, interinamente, entre los Concejales de esta Junta por medio de votacion, resultando electo Don Juan José Cabrera, el mismo que mirando el corto tiempo que ha transcurrido de la instalacion de este pueblo, y que para hacer el nombramiento en persona particular para que lo desempeñe, se hace indispensable asegurar el salario que debe asignársele, por medio (le arbitrio que se proponga á su E. se presto gustoso hacerlo de gratis, por cuya razon procedió en el acto á su desempeño, y acordando todos los señores de la Junta ya instalada, que impulsando copia de esta acta y por separado de cada particular, se remita á la Superioridad para su conocimiento. Eu cuyo estado, se suspendió todo, firmando dichos señores por ante mi el presente Secretario interino de que certifico.—losé María Colon.—Vicente Colon Pacheco.—losé Ramon Colon.—Gaspar Alomar.—Juan José Cabrera. Secretario interino."—Rubricado.
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ESTADO demostrativo de los esclavos que existían en Registro, hasta el 30 de Marzo de 1873 con exclusión de las bajas por todos conceptos.
(Del Archivo particular de Coll y Toste.) Departamentos
Sexos
Hasta 12 años
De 12 á 50
De 50 en adelante
Total
1° Capital,
Varones, Hembras,
314 302
1,493 1,265
117 72
1,924 1,639
2° Arecibo,
Varones, Hembras,
262 277
1,014 926
54 43
1,333 1,246
3° Aguadilla, Varones, Hembras,
353 378
1,004 938
94 40
1,451 1,356
4° Mayagüez, Varones, Hembras,
644 887
2,301 2,141
137 122
3,082 2,850
Varones, Hembras,
823 738
2,556 2,341
160 148
3,539 3,227
6º Guayama, Varones, Hembras,
472 496
1,642 1,622
202 174
2,316 2,292
70 Humacao, Varones, Hembras,
318 306
1,188 1,004
93 65
1,599 1,375
6,270
21,435
1,524
29,229
5° Ponce,
TOTALES,
RESÚMEN Varones, Hembras TOTALES,
3,186 3,084
11,198 10,237
860 664
15,244 13,985
6,270
21,435
1,524
29,229
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PARA LA HISTORIA LE LA ESCLAVITUD EN PTO. RICO.
RESOMEN GENERAL de los contratos de libertos celebrados hasta el 30 de Noviembre de 1873 con los que fueron sus dueños y con particulares, así como los inútiles, menores de doce años, y sexagenarios.
(Del Archivo particular de Coll y Toste.)
Contratados Registrados Contratados con sue duetos. con particulares. y no contratados. Totales. II$TICI$ 10
Distrito 3,144 29 Distrito 2,104 3° Distrito 3,836 TOTAL, 9,084
q9M$
II TICK
111151*
11U1 !$1511111$ $1911• i$ 151*. 11115$.
,109 2,131 1,142 138 2,016 189 9,869 798 1,797 1,716 34 1,289 5 7,743 679 2,358 780 178 1,945 3 9,779 2,586
6.286
3,638 350
5,250
197 27,391
DEMOSTRACIÓN Ascendió el total de esclavos hasta 30 de Marzo de 1873 á 29,229 Ascendió el total de libertos contratados, registrados, inútiles menores y sexagenarios excento de la contratación á ... ... . . . ... ... ... ... ... .. ... 27,391 Quedan pendientes hasta la fecha ... ... ... ... ... Se deducen los menores que aún quedan pendientes de registro de los 6,270 que existían ... ... ... ... Quedan sin contratar por ignorarse su paradero ... ...
1,838 1,020 818
97 CARTA DEL FI 51OO DIEGO ALVAREZ CHANCA AL CABILDO DE SEVILLA, DÁNDOLE CUENTA DEL SEGUNDO VIAJE DE CRISTÓBAL COLON, EN EL CUAL DESCUBRIÓ LA ISLA DE SAN JUAN.
(Con notas de Las Casas, Fernández Navarrete y Coll y Toste.) Publicamos íntegro este documento histórico (1), porque los autores, que se han ocupado de él, no están contestes en algunas de sus notas, principalmente Navarrete y Las Casas. Los escritores puertorriqueños, para dilucidar el punto electo por el Almirante en su arribada a Boriquén, han acudido á esta fuente histórica, y también están en desacuerdo, habiendo sacado, á veces, de una misma frase deducciones muy opuestas. El agua, por decirlo así, se ha revuelto tanto, que se necesita un filtro de Pasteur para descubrir las cristalinas linfas; por lo que preferimos publicar toda la epístola de Chanca con las anotaciones de don Martín Fernández Navarrete (2) y las del obispo de Chiapa Fray Bartolomé de las Casas (3), á entresacár frases en pro de nuestras opiniones. Además ponemos al lado de las notas de Navarrete y Las Casas, nuestra pobre opinión, de manera que el lector puede formar, perfectamente, criterio propio sobre los puntos que se debaten; máxime si se auxilia, en la cuestión del bojeo seguido por el crucero en el segundo viaje de Colón, de un mapa de las Antillas. Combatimos el parecer del señor Navarrete, en algunas de sus notas, descansando siempre en pruebas fehacientes. Y no-es de extraüar, que el ilustre académico sufriera equivocaciones en la magna obra, que se propuso llevar á cabo. Hoy mismo vemos al catedrático de Historia de la Universidad Central, don Emilio Castelar (4), suponer la agradable impresión que causaría á Colón y á sus compaileros, al llegar á Cuba, el cocotero (5) y el plá-
(1) Esta. carta tsé copiada por Fernández Navarrete de un códice, que poseía la real Academia de la Historia, escrito á mediados del siglo VI. La carta ocupaba desde la página 17 hasta la 31 del mismo códice.— C.yT. (2) Navarrete.—Colección de los viajes y descubrimientos que hicieron por mar los espaSoles.-1826. (3) Las Casas.—Historia general de las Indias.-1552. (4) Castelar. — Historia del descubrimiento de América. — 1892, pág. 371.. (5) Había cocoteros en la costo del mar del sur, en la provincia del cacique CMm4w; pero en las Antillas eran desconocidos.—C. y T. 41
9$
CARTA DEL FÍSICO DIEGO ALVAREZ CHANCA.
tano (1), cuando está probado hasta la saciedad ser plantas exóticas en las Antillas. El doctor don Joaquín Torres de Asensio, prelado doméstico de Su Santidad, al traducir del latín el pasaje de Mártir de Anglería, en que describe el Higüero, cuyas calabazas usan los indígenas para guardar bebidas, incurre también en el error de creer se tratase del Cocotero. La frase de Mártir en que considera el meollo de esa calabaza más amargo que la hiel, lo cree el señor Asensio debido á que los viajeros probaron el coco fuera de sazón, cuando sabemos que en los cocos, no maduros, y llamados vulgarmente Cocos de Agua, la comida interior es una tela blanca, semi-transparente y muy sabrosa al paladar. Y don Nicolás Estévanez, antiguo profesor del Ateneo militar de Madrid, asegura (2) que el pequeño grupo de islas de Barlovento llamado Santos, debe su nombre á la circunstancia de haber sido descubierto por Colón el día de Todos los Santos, cuando sabemos positivamente, que el 3 de noviembre, al amanecer, divisó por vez primera á Domínica, y que el primero de noviembre, día conmemorativo de Todos los Santos estaba aún el crucero sin divisar tierra alguna; viniendo á sospecharla el Almirante el 2 por la tarde. Y por este estilo muchos errores relativos á América. No es tan sólo respecto á Puerto Rico, que ha sufrido don Martín Fernandez Navarrete algunos errores. La ímproba tarea de recopilar y anotar los viajes verificados por los españoles en dos siglos era una empresa árdua, y aparejaba tropiezos y dificultades. Por eso vemos al Sr. Navarrete claudicar á veces. Al decidirse por cuál fuera la verdadera Guanahani, escoge á Gran Turk, ligereza imperdonable, como dice Montojo, en un hombre tan eminente como el sabio marino (3). Y al fijar el punto de Cuba donde arribara el Almirante, en su primer viaje, significa el puerto de Nipe; y el fluvial al cual bautizara Colón río de la Luna, al puerto de Banes. Equivocaciones de bulto; pues el puerto de Cuba, al cual puso Colón el nombre de San Salvador, y donde fondearon las carabelas en su primera exploradora empresa, fué en el de Gibara; y el rio de la Luna ftié el actual puerto de Mana-
(1) Dice Oviedo: "Estos plátanos los hay en todo tiempo del año; pero no son por su origen naturales de aquellas partes, porque de España fueron llevados los primeros, y hanse multiplicado tanto, que es cosa de maravilla ver la abundancia que hay dellos en las islas y en Tierra-firme." Pedro Mártir de Anglería (Década sexta, libro IX, cap. I) dice: "Ahora contemos de donde les fu é esta fruta (el plátano) á los españoles que habitan en aquellas tierras. Cuentan que primero la llevaron de aquella parte de Etiopía que se dice vulgarmente Guinea, donde es común y nace espontáneamente." Fray Tomás Berlonga, el año 1516, fué el primero que llevó el plátano de Canarias á la Española.—E1 vocablo plátano es de origen griego, de plátanos, derivado de platós. extenso, ancho. En latín, platanus y en provensal plataui. Banana es voz indo-antillana como enana, yuanana, etc. Los criollos de Huity dceian antiguamente banana.— C. y T. (2) Estévanez.—Geografía universal.-1389. (3) Patricio Montojo.—Las primeras tierras descubiertas por Colón. —1892.
CARTA DEL rfsICo DIEGO ALVAREZ CHANCA.
99 tI. Hechos comprobados sin dudas ni vacilaciones algunas por Varnhagen (1), Leyva (2) y Montojo (3). He aquí la Carta interesantísima del físico de la Armada, Diego Alvarez Chanca, dirigida desde la Isabela, al Cabildo de Sevilla: "Muy magnífico Señor (4) : Porque las cosas que yo particularmente escribo á otros, en otras cartas, no son igualmente comunicables como las que en esta escritura (5) van, acorde de escribir distintamente las nuevas de acá y las otras que á mí conviene suplicar á vuestra Señoría (6), é las nuevas son las siguientes: Que la flota que los Reyes Católicos, nuestros Señores (7), enviaron de España para las Indias é gobernación de su Almirante del mar Océano Cristóbal Colon por la divina permision, parte de Cádiz á veinte y cinco de Setiembre del año de (8) años, con tiempo é viento convenible á nuestro camino, é duró este tiempo dos días, en los cuales pudimos andar al pié de cincuenta leguas; y luego nos cambió el tiempo otros dos, en los cuales anduvimos muy poco ó no nada; plogó á Dios que pasados los días nos tornó buen tiempo, en manera que en otros dos llegamos á la Gran Canaria donde tomamos puerto, lo cual nos fue necesario por reparar un navío que hacia mucha agua, y estovimos ende todo aquel día, é luego otro día partimos é fizonos algunas calmenas, de manera que estovimos en llegar al Gomera cuatro 6 cinco días, y en la Gomera fué necesario estar algun día por facer prbvisioues de carne, leiia é agua la que más pudiesen, por la larga jornada que se esperaba hacer sin ver más tierra: ansí que en la estada de estos puertos y en un día después de partidos de la Gomera, que nos fizo calma, que tardamos en llegar fasta la isla de Fierro, estovimos diez y nueve 6 veinte días: desde aquí, por la bondad de Dios, nos tornó buen tiempo, el mejor que nunca (1) Varnhagen.—La verdadera Guanahani de Colón.-1884. (2) Leyva.—Herminio C. Leyva y Aguilera.—Estudio acerca del primer puerto visitado por Colón en la isla de Cuba.—Habana, 1890. (3) Montojo.—Ob. cit.. (4) Esta frase ha hecho suponer á algunos—El Diario Popular de Mayagiiez: Segundo viaje de Colón por Euskai-Erria—que la carta iba dirigida al Monarca. Magnífico Señor es un título de honor y de dignidad que desde el siglo V fué otorgado exclusivamente á los patricios. Colón al dirigirse á los Monarcas les decía: Cristianfsimos, y muy altos, y muy excelentes, y muy poderosos Príncipes, Rey é Reina de las Españas y de las islas de la mar, nuestros Señores, etc. También se estila decir siuiplemente, Señor.—C. y T. (5-) Esta palabra escritura no está usada en sentido de testimonio pbblico de Escribano. Equivale en esta carta al efecto de escribir, á la obra escrita; boy en este sentido es anticuada.—C. y T. (6) Si esta carta hubiera ido dirigida al Monarca; Chanca diría vuestra Alteza; hoy decimos vuestra Majestad. La frase vuestra Señoría ha quedado hoy sincopada en uaia, así como vuestra merced en el familiar usted.—C. y T. (7) Si la carta hubiera ido dirigida al Monarca diría aquí: que vuestra Alteza.—C. y T. (8) Igual vacío en el original. Debe decir, del año de 1493. (Navarrete).
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CARTA DEL FÍSICO DIEGO ALVAREZ CHANCA.
la
flota llevó tan largo camino, tal que partidos del Fierro á trece de Octubre dentro de veinte dias hobimos vista de tierra; y viéramosla á catorce ó quince si la nao Capitana fuera tan buena velera como los otros navios, porque algunas veces los otros navios sacaban velas porque nos dejaban (1) mucho atrás. En todo este tiempo hobimos mucha bonanza, que en él, ni en todo el camino, no hobimos fortuna, salvo la víspera de San Simón que nos vino una, que por cuatro horas nos puso en harto estrecho. El-primero Domingo después de Todos Santos, que fué á tres días de Noviembre, cerca del alba, dijo un piloto de nao Capitana: albricias, que tenemos tierra. Fué el alegría tan grande en la gente que era maravilla oir las gritas y placeres que todos hacían, y con mucha razon, que la gente venían ya tan fatigados de mala vida y de pasar agua, que con muchos deseos sospiraban todos por tierra. Contaron aquel dia los pilotos de la armada, desde la isla de Fierro hasta la primera tierra que vimos, unas ochocientas leguas; otros setecientos é ochenta, de manera que la diferencia no era mucha, é más trescientas que ponen de la isla de Fierro fasta Cádiz, que eran por todas mil é ciento; ansi que no siento quien no fuese satisfecho de ver agua. Vimos el Domingo de mañana sobredicho (2), por proa de los navíos una isla, y luego á man derecha pareció otra: la primera era la tierra alta de sierras (3) por aquella parte que vimos la otra (4) era tierra llana; también muy llena de árboles muy espesos, y luego que fué más de dia comenzó á parescer, á una parte é á otra, islas; de manera que aquel eran seis islas á diversas partes, y las más harto grandes. Fuimos enderezados para ver aquella que primero habiamos visto, é llegamos por la costa andando más de una legua buscando puerto para sorgir, el cual todo aquel espacio nunca se pudo hallar. Era en todo aquello que parescía delta isla todo montaña muy hermosa y muy verde, fasta el agua que era alegría en mirarla, porque en aquel tiempo no hay en nuestra tierra apenas cosa verde. Despues que allí no hallamos puerto acordó el Almirante que nos volviésemos á la otra isla que parescía á la mano derecha (5), questaba delta otras cuatro ó cinco leguas, (1) De esta frase se deduce que Chanca venta en la nao Marlgalante.—C. y T. (2) El 3 de Noviembre.—C. y T. (3) La Dominica, que llamó así por haberla descubierto en día Domingo. (Nay). (4) La Marigalante, que llamó así porque la nao en que iba Colón tenía este nombre (Nay.) —Era de extrañar que dada la religiosidad y amor á los Reyes, que tenia el Almirante, pusiera S la segunda isla invenida el nombre de su barco. El mapa de Juan de la Cosa nos saca de esta duda. Colón aprovechó el epíteto galante, que portaba la nao capitana, y lo unió al dulce de María, para dedicárselo á la Reina de los Cielos; y le pusó á la isla Banta María galante, como está trazado con hermosa letra gótica en la carta náutica del famoso piloto de la Niña. Queda, pues, en harmonía la verdad histórica con la piedad del genovés marino. ¡ Primera utilidad que nos reporta el mapa imperfecto y viejo, como le han llamado algunos, del maestre Juan de la Cosa !—C. y T. (5) Viniendo el crucero con rumbo de este á oeste la segunda lela que vid quedando á mano derecha fud Marigalante.—C. y T.
CARTA DEL FíSICO DIEGO ALVAREZ CHANCA.
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Quedó por entonces un navío en esta isla buscando puerto todo aquel día para cuando fuese necesario venir á ella, en la cual halló buen puerto é vido casas é gentes, é luego se tomó aquella noche para donde estaba la flota que había tomado puerto en la otra isla, (1), donde descendió el Almirante é mucha gente con él con la bandera Real en las manos, adonde tomó posesión por sus Altezas en forma de derecho. En esta isla había tanta espesura de arboledas, que era maravilla, é tanta diferencia de árboles no conocidos á nadie, que era para espantar, dellos con fruto, dellos con flor, ansi que todo era verde. Allí hallamos un árbol, cuya hoja tenía el más fino olor de clavos que nunca ví (2), y era como laurel, salvo que no era ansí grande; yo ansí pienso que era laurel su especia. Allí había frutas salvaginas de diferentes maderas, y de las cuales algunos no muy sabios probaban, y del gusto solamente tocándoles con las lenguas se les hinchaban las caras, y les venían tan grande ardor y dolor que parescían que rabiaban (3), los cuales se remediaban con cosas frias. En esta isla no hallamos gente nin señal della, creímos que era despoblada, en la cual estovimos bien dos horas, porque cuando allí llegamos era sobre tarde, é luego otro día de mañana (4) partimos para otra isla (51 que parescía en bajo de esta que era muy grande, fasta la cual delta que habría siete ú ocho leguas, llegamos á ella hacia la parte de una gran montaña que pareada que quería, llegar al cielo (6), en medio de la cual montaña estaba un pico mas alto que toda la otra montaña, del cual se vertían a diversas partes muchas aguas, en especial hacia la parte donde ibamos : de tres leguas paresció un golpe de agua tan gordo como un buey, que se despeñaba de tan alto como si cayera del cielo: pareada de tan lejos, que hobo en los navios muchas apuestas, que unos decían que eran peñas blancas y otros que era agua. Desque llegamos mas á cerca vídose lo cierto, y la más- hermosa cosa del mundo dever de cuán alto sedespeñaba é de tan poco logar hacía tal golpe de agua. Luego que llegamos cerca mandó el Almirante á una carabela ligera que fuese costeando á buscar puerto, la cual se adelantó y llegando á la tierra vido unas casas, é con la barca saltó el Capitán en tierra é llegó á las casas, en las cuales halló su gente, y luego que los vieron fueron huyendo, é entró en ellas, donde halló las cosas que ellos tienen, que no ha(1) En la Maripatante.—(Nav.) (2) Pimienta malagueta.—Caryophyllua pimienta.—C. y T. (3) De esto se infiere que sería la fruta del Manzanillo que produce efectos semejantes. (Nay.) —El fruto del Manzanillo (Hippomane manceniRa) contiene una pulpa blanda esponjosa, que puede muy bien causar la muerte del imprudente que se deje seducir por sus pérfidas apariencias y agradable perfume; al principio cuando se prueba, apenas tiene gusto alguno; luego se va percibiendo un sabor dulzaino muy cáustico, manifestándose pronto una írritacibn violenta en los labios, lengua y paladar.— C. y T. (4) El 4 4e Noviembre.—C. y T. (6) La Guadalupe.—(Nav.) (6) Arrlbarou á la parte de Guadalupe titulada, Baja tierra, sobre cuya cordillera central se destaca el volcán llamado del Azufre; cuyo cráter despide continuamente humo y á veces materias inflamadas.—C. y T.
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bían llevado nada, donde tomó dos papagayos muy grandes y muy diferenciados de cuantos se habían visto. Halló mucho algodon hilado y por hilar, é cosas de sus mantenimientos, é de todo trajo un poco, en especial trajo cuatro ó cinco huesos de brazos é piernas de hombres (1). Luego que aquello vimos sospechamos que aquellas islas eran las de Caribe, que son habitadas de gente que comen carne humana, porque el Almirante por las señas que le habían dado del sitio destas islas, el otro camino, los indios de las islas que antes habían descubierto, había enderezado el camino por descubrilas (2) porque estaban más cerca de España, y también porque por allí se hacía el camino derecho para venir á la Isla Española, donde antes había dejado la gente, á los cuales, por la bondad de Dios y por el buen saber del Almirante, venimos tan derechos como si por camino sabido é seguido viniéramos. Esta Isla es muy grande, y por el lado nos paresció que había de luengo de costa veinte y cinco leguas; fuimos costeando por ella buscando puerto más de dos leguas; por la parte donde íbamos eran montañas muy altas, á la parte que dejamos parescían grandes llanos, á la orilla de la mar había algunos poblados pequeños, é luego que veían las velas huían todos. Andadas dos leguas hallamos puerto y bien tarde. Esa noche acordó el Almirante que á la madrugada saliesen algunos para tomar lengua é saber qué gente era, no embargante la sospecha é los que ya (1) Juan Ignacio de Armas, en La fábula de los Curibes.-1884.— niega esta antropofagia: lo cual es ir contra la narración de todos los cronistas de los primeros tiempos de la conquista y colonización de América.—('. y T. (2) En el primer viaje del Almirante, los indios de Guanahani, le Indicaron hacia donde quedaban las islas (le los Caribes. Colón indudablemente las trazaría en su (arta, que venía fo;•maudo, y por eso en su segunda empresa modificó el derrotero en busca de ellas. Con tal motivo dice el padre Nazario en Guayanilla y la Histaria de Puerto Rico.1893. "..Conocía Colón las corrientes que le llevarían al n:nr Caribe en el segundo viaje y las que le alejaban de él en el Primero? —Pues no las conocla, y no hay derecho A exigirle al gran Naves ante tales conocimientos. ni interpolar una revelación. Y prueba de ello, que cuando marchó á España, en 1496, con las carabelas Niim y ;"anta ('en:, las corrientes y loa vientos le retuvieron en las islas de Barlovento. ]legando ñ escasear las provisiones de boca y teniendo que arribar A Guadalupe para adquirir casabe y otros frutos con resistencia de los indios. El ilustre cosmógrafo conocía las mareas; y este fenómeno del flujo y reflujo r veló á los pensadores de la antigüedad la atracción universal, muchos siglos antes que Newton descubriese las leyes de la gravitación. Aristóteles (lijo en su libro del Mundo, que las mareas siguen el movimiento de la luna; y en 167 echó Newton las bases de la teoría científica de las mareas en su obra: Itc los principios. La Academia de Ciencias de Paris abrió un concurso en 1738. Y por fin, Laplace dió una teoría completa de las mareas.--Pero las corrientes del Océano, que supone el presbítero Nazario conociese Colón "por conocimientos profundisimos ó una revelación luminosa" es casi estudio de nuestros días. Franklyn indicó la conveniencia de utilizar el termómetro para reconocer las corrientes y su origen. Humphry I►avy y Alejandro de Humboldt utilizaron el termómetro en este sentido con brillantes resultados. y pon• fi u, el ilustre comandante Maury, de la marina norteamericana, ha penetrado con una admirable sagacidad en los misterios del Gulf-fitream. Colón, aunque era un gran marino, uo podfa conocer, en su 10 y 29 viaje, la circulación de estas arterias, cuyo corasón estaba en el golfo mexicano, para esa época inexplorado.—C. y T.
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habían visto ir huyendo, que era gente desnuda como la otra que ya el Almirante había visto el otro viaje. Salieron esa madrugada ciertos Capitanes; los unos vinieron á hora de comer é trajeron un mozo de fasta catorce años, á lo que después se supo, é él dijo que era de los que esta gente tenían cativos. Los otros se dividieron los unos tomaron un mocliacho pequeño, al cual llevaba un hombre por la mano, é por huir lo desamparó. Este enviaron luego con algunos dellos, otros quedaron, é destos unos tomaron ciertas mujeres naturales de la isla, é otras que vinieron de grado que eran de las cativas. I)esta compañía se apartó un Capitan no sabiendo que se había habido lengua con seis hombres, el cual se perdió con los que con él iban, que jamás sopieron tornar, fasta que á cabo de cuatro días toparon con la costa de la mar, é siguiendo por ella tornaron á topar con la flota (1). Ya los teniamos por perdidos é comidos de aquellas gentes que se dicen los Caribes, porque no bastaba razon para creer que eran perdidos de otra manera, porque iban entre ellos pilotos, marineros que por la estrella saben iré venir hasta España, creíamos que en tan pequeño espacio no se podían perder. Este día primero que allí decendimos andaban por la playa junto con el agua muchos hombres é mujeres mirando la flota, é maravillándose de cosa tan nueva, é llegándose alguna barca á tierra á hablar con ellos, diciéndolos tamo tanto, que quiere decir bueno, esperaban en tanto que no salían del agua, junto con él moran, de manera que cuando ellos querían se podían salvar: en conclusión, que de los hombres ningunos se pudo tomar por fuerza ni por grado, salvo dos que se aseguraron é después los trajeron por fuerza allí. Se tomaron más de veinte mujeres de las cativas, y de su grado se venían otras naturales de la isla, que fueron salteadas é tomadas por fuerza. Ciertos ntoehachos captivos se vinieron á nosotros huyendo de los naturales (le la isla, que los tenían captivos. En este puerto estoviulos ocho días (2) ; causa de la pérdida del sobredicho Capitán, donde muchas veces salimos á tierra andando por sus moradas é pueblos, que estaban á la costa, donde ha(11 Fué I)iego Márquez, el veedor, que iba por Capitán de un navío, quien con ocho hombres más der:embarcó y se internó en la isla, sin licencia del Almirante, el cual con cuadrillas de gente y trompetas los hizo buscar en vano. Uno de los que se comisionaron con este objeto fué á Alonso de Hojeda con 40 hombres: y dijeron á la vuelta haber encontrado muchas plantas y cosas aromáticas, variedad de aves y caudalosos ríos. Los extraviados no pudieron regresar á sus navíos hasta el día S de Noviembre. —Las Casas.—Historia general de Indias.—C. y T. (2) Esta frase de Chanea no se puede tomar ad pedem litterae. Habiendo llegado á Guadalupe el día 4, bien tarde, los ocho días se cumplen el 12 también por la tarde; y á tales horas del día es inadmisible emprendiera el previsor Almirante viaje por entre un archipiélago desconocido. Zarpar el 13 por la mañana, es retener el crucero en aquella isla hasta una fecha que no guarda harmonía cm) las demás. Lo lógico es aceptar, que á causa del extravío de Márquez y sus compañeros, se perdió la semana esperándolos.—Las ('asas fija el rep;yeso (le los perdidos viajeros el día E de noviembre, y Fernando Colón anota que el domingo 10 levaron anclas, lo cual confirma nuestro aserto, de que se perdió la semana en Guadalupe. —El día 11 de noviembre, día de San Martín, estaba la armada frente á la isla que lleva el nombre del santo Obispo.--C. 7 T.
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liamos infinitos huesos de hombres, é los cascos de las cabezas colgados por las casas á manera de vasijas para tener cosas. Aquí no parescieron muchos hombres; la causa era, según nos dijeron las mujeres, que eran idas diez canoas con gentes á saltear á otras islas. Esta gente nos paresció más pulitica que la que habita en estas otras islas que habernos visto, aunque todos tienen las moradas de paja; pero estos las tienen de mucho mejor hechura, é más proveídas de mantenimientos, é parecce en ellas más industria ansi veril como femenil. Tenian mucho algodón hilado y por hilar, y muchas mantas de algodón tan bien tejidas que no deben nada á las de nuestra patria. Preguntamos á las mujeres, que eran cativas en esta isla, que qué gente era esta: respondieron que eran Caribes. Después que entendieron que nosotros ahorreciamos tal gente por su mal uso de comer carne de hombres, holgaban mucho, y si de nuevo traían alguna mujer 6 hombres de los Caribes, secretamente decían que eran Caribes, que allí donde estaban en nuestro poder mostraban temor dellos como gente sojuzgada, y de allí conocimos cuáles eran Caribes de las mujeres é cuales nó, porque las Caribes traían en las piernas en cada una dos argollas tejidas de algodón, la una junto con la rodilla, la otra junto con los tobillos: de manera que les hacen las pantorrillas grandes, é de los sobredichos logares muy ceñidas, que ésto me parecen que tienen ellos por cosa gentil, ansi que por esta diferencia conocemos los unos de los otros (1) . La costumbre desta gente de Caribes es bestial: son tres islas, esta se llama Turuqueira (2), la otra que primero vimos se llama Ceire, la tercera se llama Ay-Ay (3) ; estos todos son conformidad como si fuesen de un linaje (4), los cuales no se hacen mal: unos é otros hacen guerra á todas las otras islas comarcanas, los cuales van por mar ciento é cincuenta leguas á saltar con muchas canoas que tienen, que son unas fustas pequeñas de un solo madero. Bus armas son flechas en lugar de hierros: porque no poseen ningún hierro, ponen unas puntas fechas de huesos de tortugas los unos, otros de otra isla ,1, ponen unas espinas de un pez fechas dentadas, (1) En el Instituto Smithsonian de Washington, se conservan esculturas de madera de las islas Caribes con las señales de estas ligaduras de algodón en brazos y piernas.—C. y T. (2) Pedro Mártir de Anglerfa le llama Carucuería; pero tanto Mártir como Chanca en cuestión de nombres indígenas sufren sensibles equivocaciones. Los autores extranjeros escriben Sarukera. Oviedo, que tuvo oportunidad en La Española, donde escribió su Historia de las Indias, de tratar á la mayor parte de los compañeros de Colón del segundo viaje, anota Cibuqueyra. No existe la radical turu en ninguna de las palabras que se conservan del lenguaje Indo-antillano; y por el contrario, hay muchas que proceden de la raíz Giba ó liba, piedra. Los cronistas al recibir las nuevas voces de loso Indigenas las escribían poco más 6 menos como lea sonaban al oído y adaptándolas al alfabeto romano. Sibuqueyra, es el vocablo más afine con las etimologías: alba, piedra; que, tierra; i, agua; valiente, es decir: piedra, tierra y agua del valiente.— ra, corrupción de C. y T. (3) Esta ea Santa Cruz.—Chanca la llama la tercera, refiriéndose á la tercera en que desemharcan.—('. y T. (4) Todós los indios de las Islas de Barlovento pertenecían á la raza caribe, procedentes de Costa-firme; los de las grandes Antillas á la rama a,,uaca, procedentes de la América Meridional.
se
no
cal
CARTA DEL FÍSICO DIEGO ALVAREZ CHANCA. 5 105 anal que lo son naturalmente, á manera de sierras bien recias, que para gente desarmada, como son todos, es cosa que les puede matar é hacer harto daño; pero para gente de nuestra nación no son armas para mucho temer. Esta gente saltea en las otras islas, que traen las mujeres que pueden haber, en especial mozas y hermosas, las cuales tienen para su servicio, é para tener por mancebas, é traen tantas que en cincuenta casa ellos no parescieron, y de las cativas se vinieron más de veinte mozas. Dicen también estas mujeres que estos usan de una crueldad que paresce cosa increible; que los hijos que en ellas han se los comen, que solamente crían los que han en sus mujeres naturales. Los hombres que pueden haber, los que son vivos llévanselos á Bus casas para hacer carnicería dellos, y los que han muertos luego se los comen. Dicen que la carne del hombre es tan buena que no hay tal cosa en el mundo; y bien paresce porque los huesos que en estas casas hallamos todo lo que se puede roer todo lo tenían roído, que no había en ellos sino lo que por su mucha dureza no se podía comer. Allí se halló en una cociendo en una olla un pescuezo de un hombre. Los mochachos que cativan córtanlos el miembro, é sírvense dellos fasta que son hombres, y después cuando quieren facer fiesta mátanlos é córvenselos, porque dicen es buena para que la carne de los mochachos e de las mojeres comer. Destos mochachos se vinieron para nosotros huyendo tres, todos tres cortados sus miembros. E cabo de cuatro días vino el Capitan que se había perdido, de cuya venida estábamos ya bien desesperados, porque ya los habían ido á buscar otras cuadrillas por dos veces, é aquel día vino la una cuadrilla sin saber dellos ciertamente. Holgamos con su venida como si nuevamente se hubieran hallado (1) : trajo este Capitán con los que fueron con él diez cabezas entre mochachos y mojeres. Estos ni los otros que lós fueron á buscar, nunca hallaron hombres porque se habían huido, 6 por ventura que en aquella comarca había pocos hombres, porque según se supo de las mojeres eran idas diez canoas con gentes á saltear á otras islas. Vino él é los que fueron con él tan destrozados del monte, que era lástima de los ver: decían, prehabían perdido, dijeron que era la espesura guntándoles cómo de los árboles tanta que el cielo no podían ver é que algunos dellos, que eran marineros, habían subido por los árboles para mirar el estrella, é que nunca la podieron ver, é que si no toparon con el mar fuera imposible tornar á la flota. I'artimos desta isla
►c
(1) Las Casas fija la vuelta de Márquez el 8—El padre Nazario supone que el obispo de Chiapa no pudo estar asesorado por su padre Francisco de Casaus ó de las Casas, que vino en este viaje.—No necesitó el ilustrado Fray fartolomé, que su padre le refiriera esta empresa del Almirante. L Casas vino á América con el comendador Ovando y conoció á la mayor Darte de los viajeros de la segunda expedición. Además, su cita está de acuerdo, perfectamente, con la de don Fernando Colón, que anota, que los extraviados regresaron á las naves el viernes 8 de Noviembre.— C.yT.
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(a)
ocho días después que allí llegamos (1). Luego otro día, á medio día, vimos otra isla (_'), no muy grande, que estaría desta otras doce leguas; porque el primero día que partimos lo más del día nos fizo calma, fuimos junto con la costa desta isla, é dijeron las indias que llevábamos que no era habitada, que los Caribes la habían desplobado, é por esto no paramos en ella. Luego esa : á esa noche, cerca fiesta isla, fallamos unos tarde vimos otra bajos, por cuyo temor sorgimos (4), que no osamos andar fasta que fuese de día. Luego á la mañana paresció otra isla (5) harto grande: á ninguna destas nos llegamos por consolar los que habían en la Española, é no plogó á Dios, según que abajo parescerá (6). Otro día á hora de cou►er llegamos á una isla (7) é pareciónos mucho bien, porque parescía muy poblada, según las mu(1) Partieron el domingo 10 de Noviembre ( Nav. ) Fernando Colón opina también quepartieron el Domingo 10.—E1 padre Nazarío opina que el 12. Si tomamos la frase de Chanca al pié de la letra, y le suponemos eaai infalible, tenemos, que habiendo llegado á Guadalupe el día 4 bien tarde, el día 12 bien tarde se cumplen los ocho días, y no es admisible que el previsor Almirante ordenara levar anclas de noche, y menos que lo efectuara el día 13; por lo que opinamos que el crucero siguió el bojéo del Archipiélago, abandonando á Guadalupe, el domingo 10 por la mañaua.—C. y T. (2) La isla Monserrate. (Nav.) Juan de la Cosa lo anota en su carta: Santa Diaria de Manscrrat.—C. y T . (3) El Almirante la nombré Santa Afaría la Redonda. (Nav.) (4) El domingo 10 por la noche.—C. y T. (5) Santa María la Antigua. (Nav.) (6) Este párrafo de la carta de Chanca, algo obscuro, ha sido el que ha desorientado á don Martín Fernández Navarrete y al Pbro. Nazarío. —La armada, después de costear á Antigua el día 11, llegó el mismo día á San Martín, y el Almirante bautizó dicha isla con el nombre del santo Obispo que se venera ese día, ordenando el anclaje del crucero. Al otro día 12, al partir, sacaban las áncoras pedazos de coral, como reza la obra de don Fernando, el hijo de Colón. El padre Nazarío supone el crucero frente á San Martín, el 15; lo cual es inadmisihle. Nace este error de retener la armada en Guadalupe hasta el 12, ceñido á la frase de Chanca, de ocho días perdidos: frase que uo se puede tomar al pié de la letra, sino como una semana perdida, o error del narrante. Al padre Nazarío no le falta tiempo en el derrotero que traza, porque suprime la arribada á Santa Cruz, plenamente justificada con el mapa de Juan de la Cosa. Dice el plirroco de Guayaniila, pfig. 34: "Tengo delante un mapa general de los derroteros en los cuatro viajes de Colón, y eu él está descifrado el enigma de esta intercalación. ('olón estuvo en Santa Cruz en su cuarto viaje. Para colocar su descubrimiento en el segundo, es necesario violentar las expresiones, contexto y construcción de lo dicho por el narrador.—Vamos A probar lo equivocado que anda el investigador presbítero en estos conceptos. El mapa de Juan de la ('osa está trazado en 1,300 y trae á Santa Cruz delineado en el 2^ viaje del Almirante: y el 49 viaje lo verificó Colón saliendo de Cádiz el 0 de Mayo de 1302; el 15 de Junio llegaron Á Martinino (Martinica) y el 24 á Santa ('ru:. La cronología echa por tierra los cómputos del señor Nazarío y Causel.—C. y T. (7) La de Sun Martín. (Nav.) Error craso.—Esta es Santa Crug: es Ay-Ay: la tercera en que desembarcaron: lo dice el mismo Chanca al hablar cíe Guadalupe. Dice Fernando Colón: "par violencia del tiempo surgió el jueves 14 de Noviembre en una isla, en la cual mandó coger algdn indio para saber donde se hallaba: y mientras el batel volvía á la armada trayendo cuatro indias y tres niños que habían preso, encontró una canoa, en que Iban cuatro indios y una india, los cuales viendo que no podían huir bagando, se previnieron para defenderse, é hirieron á dos cristianos con las flechas, tirándolas con tanta fuerza y detreza, que la india pasó
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chas labranzas que en ella había. Fuinios allá é tomamos puerto en la costa: luego niandó el Almirante ir á tierra una barca guarnecida de gente para si pudiese tomar lengua para saber qué gente era, é también porque habíamos menester informarnos del camino, caso quel Almirante, aunque nunca había fecho aquel camino, iba muy bien encaminado, según en cabo paresció. yero porque las cosas dubdosas se deben siempre buscar con la mayor certinidad que haberse pueda, quiso haber allí lengua, de la cual gente que iba en la barca ciertas personas saltaron en tierra, é llegaron en tierra á un poblado de donde la gente ya se habla escondido. Tomaron allí cinco ó seis mujeres y ciertos mochachos, de las cuales las más eran también de las cativas como en la otra isla (1) porque también estos eran de los Caribes, según ya sabíamos por la relación de las mujeres que traíamos. Ya que esta barca se quería tornar á los navíos con su presa que habla fecho por parte debajo; por la costa venía una canoa en que venían cuatro hombres é dos mujeres é un mochacho; é desque vieron la flota maravillados se embebecieron tanto que por una grande hora estovieron que no se movieron sle un logar'easi dos tiros de lombarda de los navíos. En esto fueron vistos de los que estaban en la barca é de toda la flota. Luego los sle la barca fueron para ellos tan junto con la tierra, que con el embebecimiento que tenían, maravillándose é pensando qué cosa seria, nunca los vieron hasta que estovieron muy cerca dellos, que no les pudieron mucho huir aunque harto trabajaron por ello; pero los nuestros aguijaron con tanta priesa que no se les pudieron ir. Los Caribes desque vieron que el hoir no les aprovechaba, con mucha osadía, pusieron mano á los arcos, también las mujeres como los hombres; é digo con mucha osadía porque ellos no eran nifts de cuatro hombres y dos mujeres, é los nuestros mas de veinte é cinco, de los cuales firieron dos, al uno dieron dos flechazos en los pechos é al otro uno por el costado é si no fuera porque llevaban adargas é tablachutas, é porque los invistieron presto con la barca é les trastornaron su canoa, asaetearan con sus flechas los mas dellos. E después de trastornada su canoa quedaron en el agua nadando, é á las veces haciendo pié, que allí había unos bajos, é tovieron harto que hacer en tomarlos, que todavía cuanto podían tiraban, é con todo eso el uno no lo pudieron tornar sino nial herido de una lanzada que murió, el cual trajeron ansi herido fasta los navios. La diferencia destos á los otros indios en el otros hábito, es que los de Caribe tienen el cabello muy largo, son tresquilados é fechas cien mil diferencias en las cabezas de
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de Parte A parte un broquel." Concuerdan la relación de Fernando Colón y Chanca. El crucero al levar anclas, frente A flan Martín, el doce por la mañana, hizo rumbo al noroeste en busca de la Española y vientos contrarios le obligaron A recalar el juei•es 14, A medio dia, A Santa Cruz, por abatimiento ó caída de sotavento como diceu los pilotos. El Padre En el Nazario niega que la armada tocara en tanta Cruz en este viu mapa de Juan de la Cosa, está perfectamente señalada santa Cruz. F conste que esta carta corresponde, respecto A la Antillas, únicamente al primero y segundo viaje del Almirante y al bojeo lle Cuba cuando Juan de la Cosa acompañó A Colón en la Niiiia.—C. 7 T. (1) La Guadalupe.—C. y T.
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cruces é de otras pinturas en diversas maneras, cada uno como se le antoja, lo cual se hacen con cañas agudas. Todos ansi los de Caribe como los otros es gente sin barbas, que por maravilla hallarás hombre que las tenga. Estos Caribes que allí tomaron venían tiznados los ojos é las cejas, lo cual me paresce que hacen por gala, é con aquello parescían más espantables; el uno destos dice que en una isla dellos llamada Cayre (1) , que es la primera que vimos, á la cual no llegamos, hay mucho oro; que vayan allá con clavos é contezuelas para hacer sus canoas, é que traerán cuanto oro quiesieren (2). Luego aquel d,ía (3) partimos delta isla, que no estaríamos allí más de seis ó siete horas, fuimos para otra tierra (4) que paresció á ojo que estaba en el camino que habíamos de facer: llegamos noche cerca de ella. Otro día (5) de mañana fuimos por la costa della: era muy gran tierra, aunque no era muy continua, que eran niás de cuarenta y tanto islones (6), tierra muy alta, é la más della pelada, la cual no era ninguna ni es de las que antes ni después habemos visto. Pareada tierra dispuesta para haber en ella metales: á ésta no llegamos para saltar en tierra, salvo una carabela latina llegó á un islon de éstos, en el cual hallaron ciertas casas de pescadores. Las indias que traíamos dijeron que no eran pobladas. Andovimos por esta costa lo más de este día, hasta otro día (7) en la tarde que llega-
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(1) Dominica; Cayrl, de los indigenas.—C. y T. (2) Esta aseveración es falsa. En Domínica no habla tal oro, como le dijo el indio á Chanca. Lo que se comprobó, después, en esa isla fué un buen lugar para tomar agua las naves que venlan de España mientras usaron ese derrotero. Oviedo en su Historia general de las Indiaa, lib. VI, cap. XIII, dice: Dicho tengo en otras partes que la isla Domínica es una de las islas de los indios caribes, la qual dista de la equinoctel catorce grados delta parte de la línea hacía nuestro polo ártico y en la parte del poniente della tiene una bahía buena y un muy buen rio, que llaman el Aguada, donde los más navíos que á esta Isla Española vienen de Castilla quando allí tocan, toman agua; mas muy sobre aviso é con las armas en la mana, por los indios bravos caribes que en aquella isla hay".—Este párrafo de Oviedo prueba también la costumbre de los marinos españoles de aquella época, de poner el nombre de aguada, á ciertos lugares útiles para surtirse de buena agua; justificando el calificativo que hoy lleva IA villa de la Aguada, en Puerto Rico.—C. y T. (3) El mismo jueves 14 de Noviembre.—C. y T. (4) Isla de Santa Cruz donde surgieron el jueves 14 de Noviembre (Nay.) Error craso.—El crucero al zarpar de Santa Cruz, á quien mareó nuestro académico 'Navarrete equivocadamente, 'con el nombre de San Martín, hizo rumbo al norte para corregir la caída de sotavento y fijar después el derrotero al noroeste como venia haciéndolo el Almirante al bojear el Archipiélago. Llegó de noche frente á Virgen Gorda. El día 15, de mañana, la costeó, y dándose con el archipiélago de islas Las Vírgenes envió cuarenta y seis hombres con naves ligeras a explorarlas y el crucero se mantuvo en alta mar por temor á los escollos, segiln refiere Pedro Mártir de Angleria.—C. y T. (6) El din 15 de Noviembre.—C. y T. (6) A la mayor de las islas llamó el Almirante Santa Ursula: y t todas las otras las once mil Vírgenes. (Nay.) que (7) El día 16 de Noviembre.—El Padre Nazario se inclina Colón 'pondría á buen recaudo la flota en la isla de Vieques."—La flota se mantuvo esa noche en alta mar d la torda tempore¡ando o sea al pairo. No perdió 12 horas en'ningén sentido, como pretende el padre Nazarlo; al
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mos á vista de otra isla llamada Bureuquen (1), cuya costa corrimos todo un día (2) : juzgábase que temía por aquella banda treinta leguas. Esta isla es muy muy hermosa y muy fértil á parecer: á ésta vienen los de Caribe á conquistar, de la cual llevan mucha gente; éstos no tienen fustas ningunas nin saben andar por mar (3) ; pero, según dicen estos Caribes que tomamos, usan arcos como ellos, é si por caso cuando los vienen á saltear los pueden prender también se los comen como los de Caribe á ellos (4). En un puerto (5) desta isla estovimos dos días, donde saltó mucha gente en tierra; pero jamás podimos haber lengua, que todos se fuyeron como gente temorizada de los Caribes. Todas estas islas fueron descubiertas deste camino, que fasta aquí ninguna dellas había visto el Almirante el otro viaje, todas son muy hermosas é de muy buena tierra; pero ésta paresció mejor á todos:
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contrario, la corriente ecuatorial le era favorable en el derrotero que llevaba; de manera, que en la mañana del 17 en lugar de perder tiempo, al pairo, lo ganó por la corriente de retorno del Gulf-stream.—C. y T. (1) Isla de Puert Rico, á la que llamó el Almirante San Juan Bautista. (Nav.)—Aquí rompe el padre Nazario con Chanca, pues, asevera se llamaba la isla Carib. El verdadero nombre indígena de la Isla era Roriquén.—C. y T. (2) El día 17 de Noviembre.—Hay que tener en cuenta que el precavido Colón no costeó la banda meridional de nuestra Isla como aco8tumbran hacerlo hoy nuestros marinos, conocedores del derrotero que llevan. La pérdida de la Santa María en las costas de Baity, durante el primer viaje, era una enseñanza que obligaba al ilustre marino á ser mas previsor aún en su segunda expedición, por llevar diez y siete velas, y tres de ellas de gran trasporte, que le hacían temer las cscollras y restingas, dirigiéndose, como dice Pedro Mártir de Anglerfa, por alta mar por temor d loa escollos. Por lo tanto, lógico es suponer que la armada corrió el sur de Boriquén, lo más alejada posible de tierra, y al notar frente á la punta Parguera el oleaje más grueso, que le acusaba la peligrosa costa de los Morrillos de Cabo-rojo, se echara más fuera aún, recurvando después, y volviendo su rumbo al norte en busca del fuerte de Navidad, en la Española, constante aspiración del Almirante.—C. y T. (3) Este es un error.—Los borfqueiioa sabían navegar en canoas como los haitianos, con quienes mantenían tráfico; especialmente con los indios del Higüey. Con estas mutuas relaciones, fué que tuvo conocimiento Juan Ponce de León, de las fértiles tierras y condiciones auríferas de Boriquén. Dice Oviedo, que la madre de Agüeybana, el cacique principal boriquense, "era buena mujer, é como era de edad, tenia noticia de las cosas acaecidas en la conquista é pacificación de la Isla Española, é como prudente continuamente decía é aconsejaba A su hijo é á los indios que fuesen buenos amigos de los chripstianos, si no querían todos morir Á sus manos."—C. y T. (4) Esta nota de antropofagia en los boriquenses es errónea; pues no la confirmó después la conquista, como sucedió con los indios de las islas de Barlovento y costas de Tierra-firme. Oviedo dice: "Estos flecheros deltas islas, que tiran con hierva, comen carne humana, excepto los de la isla de Boriquén."—C. y T. (5) Ensenada de Mayagüez. (Nav.)—Esta nota la puso don Martin Fernandez de Navarrete, el año de 1825, como opinión propia, equivocándose como lo verificó respecto A Cuba y Santo Domingo. Don José Julián de Acosta, al anotar, en 1SG8, la nueva edición de la Historia de PuertoRico de Fray Iñigo Abbad, siguió á Navarrete, como Al mismo lo couflesa, pág. 20. Lo mismo Vizearrondo en sus Elementos de Historia y Geografía de Puerto-Rico, (1863); y Janer en sus Elementos de cosmografía, y peografia de Puerto-Rico.—(1890). Cabe la honra A Bran, en su obra, Peerlo Rico y su historia (1892), de haber vuelto por los fueros de la verdad osla par, sostener la tradición oral, robustecer la opinión de curecida; Iñigo Abbad en su Historia de Puerto-Rico y de Stahl en Loa Indios borin-
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aquí casi se acabaron las islas que facia la parte de Espafía había dejado de ver el Almirante, aunque tenemos por cosa cierta que hay tierra más de cuarenta leguas antes de estas primeras hasta España, porque dos días que viésemos tierra vimos unas aves que llaman rabihorcadas, que son aves de rapiña marinas é no sientan ni duermen sobre el agua, sobre tarde rodeando sobir en alto, é después tiran su via á buscar tierra para dormir, las cuales no podrían ir á caer según era tarde de doce á quince leguas arriba, y esto era á la man derecha donde veníamos hasta la parte de España; de donde todos juzgaron allí quedar tierra, lo cual no se buscó porque se nos hacía rodeo para la vía que traímos. Espero que á pocos viajes se hallará. Desta isla sobredicha (1) partimos una madrugada, é aquel día antes que fuese noche, hobimos visto de tierra, la cual tampoco era conocida de ninguno de los que habían venido el otro viaje; pero por las nuevas de las indias que traíamos sospechamos que era La Española, en la cual agora estamos (2). Entre esta isla y la otra de Buriquen parescía lejos otra (3), aunque no era grande. Desque llegamos á esta Española, por el comienzo de ella era tierra baja y muy llana (4), del conocimiento de la cual aún estaban todos dubdosos si fuese la que es, porque aquella parte nin el Almirante ni los otros que con él vinieron habían visto, é aquesta isla como es grande es nombrada por provincias, é á esta parte que primero llegamos llaman Haytí (5), y luego á la otra provincia junta con queños (1889), devolviendo á la villa de la Aguada la gloria que le pertenece, de haber sido el sitio electo por el Almirante para pisar la tierra de Boriqul~n, y tomar agua la escuadrilla.—C. y T. (1) Puerto-Rico. (Nay. ) (2) El viernes 22 de Noviembre tomó el Almirante la primera tierra de la isla Española. (Nay.) (3) La Mona y Monito. (Nav.)—Juan de la Cosa en su carta náutica no traza estas islas, que indica Navarrete. Brau es de parecer que antes de dar anclaje, en uña bordada del crucero, subiendo el canal, divisaron la Mona. La isleta divisada no tenía importancia alguna, cuando el Maestre de hacer cartas no la signó en su mapa. Creemos se refiere Chanca á Cwheo (hoy Desecheo), "distante 11 6 12 mulas de la punta de San Francisco, é isla de bastante altura". (Antonio Cordero, piloto de la Armada.1831). Ningún cronista habla de la isla Mona en este viaje; únicamente aparece en la nota de Navarrete en 1825, y en los historiadores, que han seguido al académico compilador.—C. y T. (4) Cabo Engaño.—C. y T. (5) Esta palabra ha inducido al padre Nazarío (Ob. cit.) á creer que Colón desembarcó en la costa sur de la Española, lo cual es un gran error. Hayti no era provincia en los tiempos primitivos, como supone el párroco (le Guayanilla. Hayti, que significa tierra alta 6 montañosa, era el nombre primitivo de toda la isla; en la parte oriental la llamaban Quisqueya (madre de la tierra) ; y en la septentrional Bohío (lugar del señor). El doctor Chanca no tuvo tiempo hábil, entre su llegada á la Española y la redacción de su carta, para adquirir estas noticias geográficas, completamente dilucidadas en tiempos de Ovando, el comendador de Alcántara. Hayti estaba dividido antiguamente en cinco grandes cacicazgos, que loa espafioles les aplicaron,el nombre de provincias; y correspondían esos cinco territorios llamados: Magud, Marién, Maguana, Jaragua, é Higüey 6 Iguayºgua, respectivamente á los caciques principales: Guarione.c, Guacaººgari, Caonabb, BohecMo, y Cotubanamd. Sus límites son muy conocidos. ( Geografía fisico-hist6rica, antigua, y moderna de la isla de Santo Domingo, por Javier A. Gurídí (1871). El 22 por la mañana salió el
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111 esta llaman Xamaná, é á la otra Bohío, en la cual agora estamos; ansí hay en ellas muchas provincias porque es gran cosa, porque según confirman los que la han visto por la costa de largo, dicen que habrá doscientas leguas (1) : á mi me paresce que á lo menos habrá ciento é cincuenta, del ancho de ellas hasta agora no se sabe. Allá es ido cuarenta días ha á rodearla una carabela, la cual no es venida hasta hoy. Es tierra muy singular, donde hay infinitos ríos grandes é sierras grandes e valles grandes rasos, grandes montañas; sospecho que nunca se secan las yerbas en todo el año. Non creo que hay invierno ninguno en ésta nin en las otras, porque por Navidad se fallan muchos nidos de aves, dellas con pájaros, é deltas con huevos. En ella ni en las otras nunca se ha visto animal de cuatro piés, salvo algunos perros de todas colores como en nuestra patria, la hechura como unos gosques grandes (2) ; de animales salvajes no hay. Otrosí, hay un animal de color de conejo é de su pelo, el grandor de un conejo nuevo, el rabo largo, los piés é manos como de raton, suben por los árboles, muchos los han comido, dicen que es muy bueno de comer (3) ; hay culebras muchas no grandes; lagartos aunque no muchos, porque los indios hacen tanta fiesta dellos como haríamos allá con faisanes; son del tamaño de los de allá, salvo que en la hechura son diferentes, aunque en una isleta pequeña (4), que está junto con un puerto que llaman Monte Cristi, donde estovimos muchos días, vieron muchos días un lagarto muy grande que decían que seria de gordura de un becerro, é tan complido como una lanza, é muchas veces salieron por lo matar, é con la mucha espesura se les metía en la mar, de manera que no se pudo haber del derecho (5) . crucero de la bahía comprendida entre los cabos San Francisco y Boriquén de Puerto-Rico, y con ruta al noroeste, rumbo siempre preferido por Colón, en este su segundo viaje, avistó por la tarde cabo Engaño, tierra baja y muy llana, como dice Chanca y como asevera el ilustrado comodoro inglés Sir Robert H. Schomburk en su Tratado sobre puertos y anclaje de la isla de Santo Domingo (1881) .—C. y T. (1) Segdn Gurídí, Ob. cit., tiene de superficie le isla 8,000 leguas cuadradas; y de circunferencia 400, aumentando más de 200 si se cuentan las cortaduras de las costas. Segdn A. Boríus (Haití.-1888) corresponden á la actual Repdbllca de Haity 23,911 kilómetros cuadrados. (2) El Cronista Herrera dice que estos perrillos que no ladraban los llamaban los indios guaniquinajes. Este es un error del cronista de Indias, de Felipe II. Los perros gozques que no ladraban existían también en Cuba donde no hubo guaniquinajes ó mejor como dice Oviedo guabiniquinar. Las Casas anota guaminiquinaces. Estos perros mudos y pequeños les llamaban los indios, josibt y los utilizaban en la caza de animales salvajes, como el cori, quemi, mohui y jutía.—C. y T. (3) Esta descripción de Chanca corresponde á la jutía. Aún se conservan en las serranías de Bahoruco. En Cuba hay muchas variedades, la conga es la más grande y la de figura más parecida á la rata. (Capromya Furnieri). Hay una variedad llamada Capromys Poey, en honor al naturalista cubano don Felipe Poey.—C. y T. (4) Isla de Cabra, (Nav.)—Al N. O. del Puerto de Puerto-Plata.— C. y T. (5) La higuana.—Existen de más de una vara de largo en Santo Domingo, según Guridi. El señor Noda distingue la higuana de mar y la de tierra. Clavigero dice que hay dos especies, terrestre y anfibia. Oviedo
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Hay en esta isla y en las otras infinitas aves de las de nuestra patria, é otras muchas que allá nunca se vieron: de las aves domésticas nunca se ha visto acá ninguna, salvo en la Zuruquia (1) había en las casas unas ánades, las más dellas blancas como la nieve é algunas dellas negras, muy lindas con crestas rasas, mayores que las de allá, menores que ánsares (2). Por la costa desta isla corrimos al pié de cien leguas porque hasta donde el Almirante había dejado la gente, habría en este compás, que será en comedio ó en medio de la isla. Andando por la provincia della llamada 8amaná en derecho echamos en tierra uno de los indios quel otro viaje habían llevado vestido, é con algunas cosillas quel Almirante le había mandado dar. Aquel día se nos murió un marinero vizcaíno que había seido herido de los Caribes, que ya dije que se tomaron, por su mala guarda, é porque íbamos por costa de tierra, dióse lugar que saliése una barca á enterrarlo, é fueron en resguarda de la barca dos carabelas cerca con tierra. Salieron á la barca en llegando en tierra muchos indios, de los cuales algunos traían oro al cuello, é á las orejas; querían venir con los cristianos á los navios, é no los quisieron traer, porque no llevaban licencia del Almirante; los cuales desque vieron que no los querían traer se metieron dos dellos en una canoa pequeüa, é se vinieron á una carabela de las que se habían acercado á tierra, en la cual los rescibieron con su amor, é trajéronlos á la nao del Almirante, é dijeron, mediante un intérprete que un Rey fulano (3) los enviaba á saber qué gente éramos, é á rogar que quisiése moe llegar á tierra porque tenían mucho oro é le darían de ello, é de lo que tenían de comer: el Almirante les mandó dar sendas camisas é bonetes é otras cosillas, é les dijo que por que iba á donde estaba Guacaniarí (4) non se podría detener, que otro tiempo habría que le pudiese ver, é con esto se fueron. No cesamos de andar nuestro canino fasta llegar á un puerto llamado Monte-Chrieti, donde estovimos dos días para ver la disposición de la tiera porque no había parecido bien al Almirante el logar escribe: Tuana ; Don Fernando Col6n : Jiguana. Herrera: Aiguana aceptado por el Diccionario de la Academia. El vocablo indígena es jiguana, como dice el hijo del Almirante, por proceder de la radical jigua, que tenemos en muchas voces indias, como jiguaya, mayajigua, jiguaní, y otras.— C.yT. (1) 8tbuqueira.—Chanca en cuestión de nombres indígenas está muy desacertado.—C. y T. (2) Especie de ganso, que procede del Norte de América y viene Á invernar Á las Antillas. Anger liyperboreus. La especie negruzca se intitula: Anger Oambeiii.—El indio la llamaba guanana, y la domesticaba.— C. y T. (8) Este Rey fulano, Á que se refiere Chanca, era el cacique Guariosea, frente á cuyos dominios estaba la armada del Almirante. Bamand, pertenecía al cacicazgo de ófagud, cuyo régulo Guarlonea residía en la actual La Vega. Comprendía este cacicazgo :.desde cabo Rafael, línea recta al centro del Cibao por sobre la cadena de montafias que la rodean: de allí otra línea recta Á la punta Isabelina, en la cual fundaron los espafioles la ciudad Isabela: límites, al norte y este el mar; al sur el cacicazgo de ¡guayagua; al oeste, el cacicazgo de Martén, del cual era régulo Guacanagarl. —C. y T. (4) Guaeanagarl, segdn Fernando Colón y Oviedo.—C. y T.
113 donde había dejado la gente para hacer asiento. Descendimos en tierra para ver la disposicion : había cerca de allí un gran río (1) de muy buena agua; pero es toda tierra anegada é muy indispuesta para habitar. Andando veyendo el río é tierra hallaron algunos de los nuestros en una parte dos hombres muertos junto con el río, el uno con un lazo al pescuezo y el otro con otro al pié, esto fué el primero día (2). Otro día siguiente hallaron otros dos muertos más adelante de aquellos, el uno destos estaba en disposición que se le pudo conocer tener muchas barbas. Algunos de los nuestros sospecharon más mal que bien, é con razón, porque los indios son todos desbarbados, como dicho he. Este puerto está del lugar donde estaba la gente cristiana doce leguas (3) : pasados dos días alzamos velas para el lugar donde el Almirante había dejado la sobredicha gente, en compañía de un rey destos indios, que se llamaba Guacamarí (4), que pienso ser de los principales desta isla. Este día llegamos en derecho de aquel lugar; pero era tarde (5), é porque allí había unos bajos donde el otro día (6) se había perdido la nao en que había ido el Almirante, no osamos tomar el puerto cerca de tierra, fasta que otro día de pudiesen entrar seguramente: quemañana se desfondase (7) e
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(1) Río de Santiago. (Nay.) Este es el río que el Almirante en su primer viaje, y el martes 8 de Enero, puso el nombre de Rio de Oro y hoy se llama Yaque, cuya desembocadura sufre variantes, habiéndose corrido á la babia de Manzanillo, y los ribereños le han querido dirigir de nuevo por su antiguo cauce con trabajos de zanjeo y drenaje.—C. y T. (2) Según Fernando Colón el 25 de Noviembre.—El padre Nazario, ob. cit., pA. 78, dice: que fué "error en que estuvo don Juan Bautista Muñoz, al asegurar que, dejada la isla de San Juan, Colón llegó á Monte Christi el 25 de Noviembre." Muñoz sigue al hijo del Almirante, y no hay tal error. El 22 por la tarde llegaron los expedicionarios á cabo Engaño y siguiendo costeando, de este á oeste, pasaron frente á Samaná y el 25 llegaron á Monte Christi, , donde permanecieron dos días. Tampoco incurre Navarrete en equivocaciones, como pretende el párroco de Guayanilla, al hacer llegar la flota al puerto de Navidad el 27. EstA en ésto dpn Martín de acuerdo con don Fernando Colón.—C. y T. (3) Son 7 leguas solamente. (Nav.)—Son más de diez leguas.—C. y T. (4) Ouacanagari.—C. y T. (5) Surgió el Almirante á la entrada del Puerto de la Navidad, miércoles 27 de Noviembre, hacia la media noche y al die siguiente, á la tarde, entró en lo interior del puerto. (Nay.) (6) Debe decir, el otro viaje; porque hace referencia A la pérdida de la Santa Maria, cuyo naufragio tuvo efecto en el primer viaje.—C. y T. (7) Esta palabra desfondase es error de copista ó de Imprenta. En esta arribada no hubo naufragio de ninguna nave. Desfondar, es quitar á la nave el fondo. Tampoco creemos la usaba Chanca en sentido de desahogar el buque de alguna parte de la carga, pues en tal concepto usan los marinos el verbo deeobarrotor. Creemos que algún pendolista puso una f por una s.—Antiguamente se usaba mucho en la escritura la doble s; de modo que debe decir, dessondase. No hemos encontrado en los diccionarios modernos el verbo dessondar; pero la etimología nos ha dado la luz que necesitábamos para aclarar esta frase de Chanca. Dessondar es dessondar: des, partícula prepositiva, que entra en la composición de muchas voces; unas veces destruye la significación de su, simple y otras la aumenta: del latín des, di.. Sondar, verbo que procede del vocablo sonda, y éste del latín sub, bajo, y anda, onda: sub-undo, ex-undo, sands, sonda. Es decir, que no osaron tomar el puerto hasta que se sondase bien A la siguiente mañana.—C. y T. 48
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la
damos aquella noche no una legua de tierra. Esa tarde (1), viniendo para allí de lejos, salió una canoa en que parescían cinco ó seis indios, los cuales venían á prisa para nosotros. El Almirante creyendo que nos seguraba hasta alzarnos, no quiso que los esperásemos, é porfiando llegaron hasta un tiro de lombarda de nosotros, é parábanse á mirar, é desde allí desque vieron que no los esperábamos dieron vuelta é tornaron su vía. Después que sorgimos en aquel lugar sobredicho (2) tarde, el Almirante mandó tirar dos bombardas á ver si respondían los cristianos que habían quedado con el dicho Guacaniarí (3), porque también tenían bombardas, los cuales nunca respondieron ni menos parescían huegos (4) ni señal de casas en aquel lugar, de lo cual se desconsoló mucho la gente é tomaron la sospecha que de tal caso se debía tomar. Estando ansí todos muy tristes, pasadas cuatro ó cinco horas de noche, vino la misma canoa que esa tarde habíamos visto, é venía dando voces, preguntando por el Almirante a un capitan de una carabela donde primero llegaron trajéronlos á la nao del Almirante, los cuales nunca quisieron entrar hasta que! Almirante los hablase; demandaron lumbre para lo conocer, é después que lo conocieron entraron. Era uno dellos primo del Guacatnarí (5), el cua!'los había enviado otra vez. Después que se habían tornado aquella tarde traían carátulas de oro que Guacatnarí. (G) enviaba en presente; la una para el Almirante é la otra para un capitan que! otro viaje había ido con él. Estovieron en la nao hablando con el Almirante en presencia de todos por tres horas mostrando mucho placer, preguntándoles por los cristianos que tales estaban: aquel pariente dijo que estaban todos buenos, aunque entre ellos había algunos muertos de dolencia é otros de diferencia que había contecido entre ellos é que Guaeatnarí (7) estaba en otro lugar ferido en una pierna é por eso no había venido, pero que otro día vernia;
(1) La del mtércoles 27.— -C. y T. (2) Bahía de Caracol. (Nay.) En esta elección se equivocó el académico don Martín Fernández de Navarrete, como al señalar la de Mayagiicz, en Puerto-Rico, y la de Nipe, en Cuba. En la tarde del miércoles 27 se detuvo la escuadra frente á la entrada de la bahía de Punta Santa, hoy Cabo Haitiano. Allí cerca está un gran banco de arena sobre madrepórica base, donde enrayó la Santa María, en el primer viaje, y que en la actualidad hace peligrosa la entrada en esta espaciosa babia, como cuando la visitó Colón. El pravisor Almirante empleó todo el día 28 en dar anclaje á su escuadra, porque hizo preceder la toma de surgidero del continuo uso do la sondatesa y el escandallo, que en la carta del médico sevillano está tan desfigurado ese acto con la palabra ae desfoadvse. El viajero é historiador alemán Cronau, Ob. cit., ha hecho un croquis, trazado sobre el terreno, de esta balifa del lugar que ocupara el fuerte de Navidad, aldehuela de Guacanagarf, situación del rio Guarico, hoy Host de Cap, bancos madrepór eos, y lugares de anclaje de la Niña y del naufragio de la Santa María y en esta bahía fué que entró el Almirante en su segundo viaje y no en la de Caracol, como equivocadamente anota el señor Navarrete.—C. y T. (3) Guacanayarí.—C. y T. (4) Fuegos ó fogatas.—C. y T. (5, 6 y 7) GuacanagarL—C. y T.
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Fue
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115 porque otros dos reyes, llamado el uno Caonabó (1) y el otro Mayreni, habían venido á pelear con é que le habían quemado el logar; é luego esa noche se tornaron diciendo que otro día cernían con el dicho Guaca marl, é con esto nos dejaron por esa noche consolados. Otro día en la mañana (2) estovimos esperando que viniese el dicho Guaca m arí, é entre tanto saltaron en tierra algunos por mandato del Almirante, é fueron al logar donde solían estar, é halláronle quemado un cortijo algo fuerte con uu.! palizada; donde los cristianos habitaban, é tenían lo suyo quemado é derribado, é ciertas bernias (3) é ropas que los indios habían traído á echar en la casa. Los dichos indios que por allí parescían andaban muy cahareños, que no se osaban allegar á nosotros, antes huían; lo cual no nos pareció bien porque el Almirante nos había dicho que en llegando á aquel lugar salían tantas canoas dellos á bordo de los navíos á vernos que no nos podríamos defender dellos, é que en el otro viaje ansi lo facían; é como agora víamos que estaban sospechosos de nosotros no nos parescia bien; con todo halagándolos aquel día é arrojándolos algunas cosas, ansi como cascabeles é cuentas, hobo de asegurarse un su pariente del dicho Guacamarí é otros tres, los cuales entraron en la barca é trajéronlos á la nao. Después que le preguntaron por los cristianos dijeron que todos eran muertos, aunque ya nos lo había dicho un indio que llevábamos de Castilla que lo habían hablado los dos indios que antes habían venido á la nao, que se habían quedado á bordo de la nao con su canoa, preguntado á este pariente de pero no le habíamos creido. Guacanlarl quién los había muerto: dijo que Rey Caonabó.y (1) Este cacique era, segun los historiadores, de raza caribe; turbulento y desconfiado de los indios que ocupaban los inmediatos cacicazgos; era soberano de Maguano; su residencia estaba en la actual San Juan de la Maguano; su territorio comprendía: al este, el curso del río Jaina hasta el Cibao, al norte los cacicazgos de Magud y MariCn; al oeste el cacicazgo de Jaragua;y al sur, el mar. Caonabó, era marido de la célebre Anacaona. Sabedor de que Guacanagarí había hecho amistades con los venidos del turcy (el cielo) y les indicaba el Cibao como la comarca más aurífera, citó al cacique 3laircní, su dependiente, y con sus vasallos sorprendieron el fuerte de NaVidad y dieron muerte á Diego de Arana y su gente. Castigó A Guacanayarí incendiándole su ranchería. El 24 de Marzo de 1495 peleó con tenacidad y valor con los conquistadores. Sabedor el capitán Alonso (le Ojeda, de que el cacique se había acercado de noche á la Isabela para oir el toque de las campanas, le envió un parlamento, proponiéndole una visita al Almirante. Aceptada la visita, fuá Ojeda con algunos valientes al encuentro del temible Cacique; al pasar el río Yaque le invitó que se baúura y le ofreció después un par de grillos, como presente de Colón; caído el indio éu el ardid, le arrancó Ojeda de entre su acompatlamiento y le llevó á la Isabela montado en el arzón de su cabalgadura. Mientras estuvo en prisión se ponía de pié siempre que le visitaba Ojeda y miraba con indiferencia la entrada del Almirante y los demás jefes. Interrogado el por qué de este proceder, contestó: porque era el más valiente de ellos, que se había atrevido á ir á prenderle personalmente.— Al regresar Colón Á Espaüa se llevó á Caonabó, que murió en la navegación.—C. y T. (2) El 39 de Noviembre. El día anterior 29, fuá la visita del primo de Guacanagarf.—C. y T. (3) Bernia, s. f. capa de abrigo hecho de un tegido basto de lana, semejante al de las mantas y de varios colores. (Nay.)
CARTA DEL FÍSICO DIEGO ALVAREZ CHANCA. 116 el Rey Mayrení, é que le quemaron las casas del lugar é que estaban dellos muchos heridos, é también el dicho Guacamarí estaba pasado un muslo, y él que estaba en otro lugar y quél quería ir luego allá, á lo llamar, al cual dieron algunas cosas, é luego se partió para donde estaba Guaca marl. Todo aquel día los estovimos esperando, é desque vimos que no venían, muchos tenían sospecha que se habían ahogado los indios que ante noche habían venido, porque los habían dado á beber dos 6 tres veces de vino, é venían en una canoa pequeña que se les podría trastornar. Otro día de mañana salió á tierra el Almirante (1) é algunos de nosotros, é fuimos donde solía estar la villa, la cual la vimos toda que mada é los vestidos de los cristianos se hallaban por aquella yerba. Por aquella hora no vimos ningún muerto. Había entre nosotros muchas razones diferentes, unos sospechando el mismo Guacamarl fuese en la traicion 6 muerte de los cristianos, otros les parescia que no pues estaba quemada su villa, ansí que la cosa era mucho para dudar. El Almirante mandó catar todo el día donde los cristianos estaban fortalecidos por quél los había mandado que desque toviesen alguna cantidad de oro que lo enterrasen. Entretanto que ésto se hacía quiso llegar á ver á cerca de una legua do nos parescía que podría haber asiento para edificar una villa porque ya era tiempo, adonde fuimos ciertos con él mirando la tierra por la costa, fasta que llegamos á un poblado donde había siete ú ocho casas, las cuales habían desamparado los indios luego que nos vieron ir, é llevaron lo que pudieron é lo otro dejaron escondido entre yerbas junto con las casas, que es gente tan bestial que no tienen discrecion para buscar logar donde habitar, que los que viven á la marina es maravilla cuán bestialmente edifican, que las casas enderedor tienen tan cubiertas de yerba 6 de humedad, que estoy espantado como viven. En aquellas casas hallamos muchas cosas de los cristianos, las cuales no se creían que ellos hobiesen rescatado, ansí como una almalafa (2) muy gentil, la cual no se había descogido de como la llevaron de Castilla, é calzas é pedazos de paños, é una ancla de la nao quel Almirante había allí perdido el otro viaje, é otras cosas, de las cuales más se esforzó nuestra opinion ; y de acá hallamos, buscando las cosas que tenían guardadas en una esportilla mucho cosida é mucho á recabdo una cabeza de hombre mucho guardada. Allí juzgamos por entonces que sería la cabeza de padre 6 madre, 6 de persona que mucho querían. Después he oído que hayan hallado muchas desta manera, por donde creo ser verdad lo que allí juzgamos; desde allí nos tornamos. Aquel día venimos por donde estaba la villa, y cuando llegamos hallamos muchos indios que se habían asegurado y estaban rescatando oro: tenían rescatado fasta un marco: hallamos que habían mostrado donde estaban muertos once cristianos, cubiertos ya de la yerba que había crecido sobre ellos é todos hablaban por una boca que Caonabó é Mayren{ los habían muerto; pero con todo eso asomaban queja que los cristianos uno tenía tres mujeres, otro cuatro, donde
(1) (2)
2 de Diciembre.—C. y T. Manto moruno que cubre todo el cuerpo.—C. y T.
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creemos quel mal que les vino fué de zelos. Otro día de mañana, (1) porque en todo aquello no había logar dispuesto para nosotros poder hacer asiento, acordó el Almirante fuese una carabela á una parte para mirar lugar conveniente, é algunos que fuimos con él fuimos á otra parte, á do hallamos un puerto muy seguro é muy gentil disposicion de tierra para habitar, pero porque estaba lejos de donde nos deseábamos que estaba la mina de oro, no acordó el Almirante de poblar sino en otra parte que fuese más cierta si se hallase conveniente disposicion. Cuando venimos deste lugar hallamos venida la otra carabela que había ido á la otra parte á buscar el dicho logar ; en la cual había ido Melchor é otros cuatro ó cinco hombres de pr6. E yendo costeando por tierra salió á ellos una canoa en que vimos dos indios, el uno era hermano de Guacamaní, el cual fué conocido por un piloto que iba en la dicha carabela, é preguntó quién iba allí, al cual dijeron los hombres prencipales, dijeron que Guacamarí les rogaba que se llegasen á tierra, donde él tenía su asiento con fasta cincuenta casas. Los dichos prencipales saltaron en tierra con la barca é fueron donde él estaba, el cual fallaron en su cama echado faciendo del doliente ferido. Fablaron con él preguntándole por los cristianos: respondió concertando con la mesura razon de los otros, que era que Caonabó y Mayreni los habían muerto, é que á él habían ferido en un muslo , el cual mostró ligado; los que entonces lo vieron ansí les parescib que era verdad como él lo dijo: al tiempo del despedirse dió á cada uno dellos una joya de oro, á cada uno como le parescib que lo merescía. Este oro facían en fojas muy delgadas, porque lo quieren para facer carátulas é para poderse asentar en betún que ellos facen, si ansí no fuese no se asentaría. Otro facen para traer en la cabeza é para colgar en las orejas é narices, ansí que todavía es menester que sea delgado, pues que ellos nada de esto hacen por riqueza salvo por buen parescer. Dijo el dicho Guacamarí por señas é como mejor pudo, que porque él estaba ansí herido que dijesen al Almirante que quisiese venir á verlo. Luego que! Almirante llegó los sobredichos le contaron este caso. Otro día de mañana (2) acordó de partir para allá, al cual lugar llegaríamos dentro de tres horas, porque apenas habría dende donde estábamos allá tres leguas (3) ; ansí que cuando allí llegamos era hora de comer: comimos antes de salir en tierra. Luego que hobimos comido mandó el Almirante que todos los capitanes viniesen con sus barcas para ir en tierra, porque ya esa mañana antes que parti&emos de donde estábamos había venido el sobredicho su hermano á hablar con el Almirante, é a darle priesa que fuese al lugar donde estaba el dicho Guacamarl. Allí fué el Almirante á tierra é toda la gente de pro con él, tan ataviados que en una cibdad prencipal parescieran bien; llevó algunas cosas para le (1) 3 de Diciembre.—C. 7 T. (2) 4 de Diciembre.—C. y T. (3) Guacanagarí, con motivo de haberle incendiado su ranchería el terrible Caonabó, ocupaba otro lugar distinto del que tenia al este del rio Guarico.—C. y T.
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presentar porque ya había rescibido dél alguna cantidad de oro, é era razon le respondiesen con la obra é voluntad quél había mostrado. El dicho Guacamarí ansí mismo tenía aparejado para hacerle presente. Cuando llegamos hallámosle echado en su cama, como ellos lo usan, colgado en el aire, fecha una cama de algodón como de red; no se levantó, salvo dende la cama hizo el semblante de cortesía como él mejor sopo, mostró mucho sentimiento con lágrimas en los ojos por la muerte de los cristianos, é comenzó á hablar en ello mostrando como mejor podía, como unos murieron de dolencia, é como otros se habían ido á Caonabó á buscar la mina del oro é que allí los habían muerto, é los otros que se los habían venido á matar allí en su villa. A lo que parescían los cuerpos de los muertos no había dos meses que había acaecido. Esa hora él presentó al Almirante ocho marcos y medio de oro, é cinco ó seiscientos labrados de pedrería de diversos colores, é un bonete de la misma pedrería, lo cual me paresce deben tener ellos en mucho. En el bonete estaba un joyel, lo cual le dió en mucha veneration. Paréceme que tienen en más el cobre que! oro. Estábamos presentes yo y un zurugiano (1) de armada; entonces dijo el Almirante al dicho Guacamarí que nosotros éramos sabios de las enfermedades de los hombres, que nos quisiese mostrar la herida, él respondió que le placía, para lo cual yo dije que sería necesario, si pudiese, que saliese fuera de casa, porque con la mucha gente estaba escura é no se podía ver bien; lo cual él fizo luego, creo más de empacho que de gana: arrimándose á él salió fuera. Después de asentado, llegó el zurugiano á él é comenzó de desligarle; entonces dijo al Almirante que era ferida fecha con Ciba (2), que quiere decir co npiedra. Después que fué desatada, llegamos á tentarle. Es cierto que no tenía más mal en aquella que en la otra, aunque él hacía del raposo (3) que (1) Cirujano.—C. y T. (2) Ciba ó liba, significa piedra en el lenguaje indo-antillano. Conservamos algunos vocablos procedentes de esta rafz.--Cibao: de ciba, piedra, y ó montaña, montaña de piedra. Sibuqueira de Sibaquei -i: de ciba, piedra; que, tierra; i, agua; rl, valiente; es decir, piedra. tierra u agua del valiente. Fray Roman Palle habla de la cueva Cacibagiagua. Eu la parte occidental de Santo Domingo hay un lugar llamado Sibaguara. Y entre nuestros campesinos aún existe el vocablo aeboruco, corrupción de aibaoruco. Todavia se conservan en Santo Domingo dos palabras topográficas afines .á ésta; Cibao y Baoruco, aplicadas á terrenos elevados. Los Diccionarios nos aplican la voz arcabuco como para designar en América, lugar fragoso y lleno de maleza. Además el cronista Bernal Diaz del Castillo al narrar el naufragio frente á Trinidad, en la isla de Cuba, dice: "todos salimos descalabrados de los golpes de los ceborucoa y desnudos en carnes. Ya escapados con vidas de entre aquellos ceborucoa para ir á la villa de la Trinidad no había camino por la costa, sino malos países y ceborucoa, que así se dicen, que son las piedras con unas puntas que salen dellas que pasan las plantas de los piés." Vése por esta relación del cronista Bernal Diaz del Castillo conservado aún el valor de la palabra aeboruco á su radical alba, piedra, y aplicada á los peñascos y terrenos pedregosos de la costa del mar.—C. y T. Esta apreciación de Chanca, considerando al cacique Guacana(8) pari como falso, astuto 6 solapado, es gratuita. La conducta del régulo indígena cuando el naufragio de la Santa María le abonó en los juicios del Almirante, que se opuso á las pretensiones del padre Boil. Una contusión,
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las
le dolía mucho. Ciertamente no se podía bien determinar porque las razones eran iguales, que ciertamente muchas cosas había que mostraban haber venido á él gente contraria. Ansí mesmo el Almirante no sabía qué se hacer: parescióle é á otros muchos, que por entonces fasta bien saber la verdad que se debía disimular, porque después de sabida, cada vez que quisiesen, se podía dél rescibir enmienda. E aquella tarde se vino con el Almirante á naos, é mostrándole caballos é cuanto allí había, de lo cual quedó muy maravillado como de cosa extraña á él ; tomó colación en la nao é esa tarde luego se tornó á su casa: el Almirante dijo que quería ir á habitar allí con él é quería facer casas, y él respondió que le placía, pero que el logar era mal sano porque era muy húmedo, é tal era por cierto. Esto todo pasaba estando por intérpretes dos indios de los que el otro viaje habían ido á Castilla, los cuales habían quedado vivos de siete que metimos en el puerto, que los cinco se murieron en el camino, los cuales escaparon á uña de caballo. Otro día (1) estuvimos surtos en aquel puerto; é quiso saber cuándo se partiría el Almirante: le mandó decir que otro día (2). En aquel día vinieron á la nao el sobredicho hermano suyo é otros con él, é trajeron algún oro para rescatar. Ansí mesmo el día que allá salimos se rescató buena cantidad de oro. En la nao había diez mujeres de las que se habían tomado en las islas de Cariby; eran las más de ellas de Boriquén. Aquel hermano de Guaeainarí habló con ellas; creemos que les dijo lo que esa noche pusieron por obra, y es que al primer sueño muy mansamente se echaron al agua é se fueron á tierra, de manera que cuando fueron falladas menos, iban tanto trecho que con las bascas no pudieron tomar más de las cuatro, las cuales tomaron al salir del agua; fueron nadando más de una gran media legua. Otro día de mañana (3) envió el Almirante á decir á Guaca marl que le enviase aquellas mujeres que la noche antes se habían huido, é que luego las mandase á buscar. Cuando fueron hallaron el lugar despoblado, que no estaba persona en él: ahí tomaron mucho fuerte á afirmar su suspecha; otros decían que se habría mudado á otra poblacion quellos ansí lo suelen hacer. Aquel día estovimos allí quedos porque el tiempo era contrario para salir: otro día de mañana (4) acordó el Almirante, pues que el tiempo era contrario, que seria bien ir con las barcas á ver un puerto la costa arriba, fasta el cual habría dos leguas (5) para ocasionada por una pedrada. apareja A veces dolor intenso sin herida alguna. El tiempo se encargó de justificar á Guacanagari, pues siempre fué amigo de los españoles, y les auxilió con sus huestes en las insurrecciones de los otros caciques.—C. y T. (1) 5 de Diciembre.—C. y T. (2) 6 de Diciembre.—C. y T. (3) El 7 de Diciembre.—C. y T. (4) El 8 de Diciembre.—C. y T. (5) Puerto Deljtn 6 Bahiajá. (Nav.) El Almirante mandó á Melchor Maldonado con 300 soldados á recorrer la costa. Exploró este eapitfn la tierra hasta la boca del raque sin encontrar paraje á propósito para fundar la nueva ciudad. Reconoció á Bayajá, que llamó Puerto Real, y visitó allí un cacique dependiente de Guacanagari. Regresó Maldonado con estas noticias y Colón ordenó levar anclas.—C. y T.
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ver si habría dispusicion de tierra para hacer habitacion donde fuimos con todas las barcas de los navíos, dejando los navíos en el puerto. Fuimos corriendo toda la costa é también estos no se seguraban bien de nosotros; llegamos á un lugar de donde todos eran huidos. Andando por él fallamos junto con las casas, metido en el monte, un indio ferido de una vara, de una ferida que resollaba por las espaldas, que no había podido huir más lejos. Los desta isla pelean con unas varas agudas, las cuales tiran con unas tiranderas como las que tiran los mochachos las varillas en Castilla, con las cuales tiran muy lejos asaz certero. Es cierto que para gente desarmada que pueden hacer harto daño. Este nos dijo que Caonabó é los suyos le habían ferido, é habían quemado las casas á Guacamarí. Ansí quel poco entender que los entendemos á las razones equívocas nos han traído á todos tan afuscados que fasta agora no se ha podido saber la verdad de la muerte de nuestra gente, é no hallamos en aquel puerto dispusicion saludable para hacer habitación. Acordó el Almirante nos tornásemos para la costa arriba por do habíamos venido de Castilla (1) porque la nueva del oro era fasta allá. Fuénos el tiempo contrario, que mayor pena nos fué tornar treinta leguas (2) atrás que venir desde Castilla, que con el tiempo contrario é la largueza del camino ya eran tres meses pasados cuando descendimos en tierra (3) . Pingó á nuestro Señor que por la contrariedad del tiempo que no nos dejó ir más adelante, hobimos de tomar tierra en el mejor sitio y dispusicion que pudiéramos escoger, donde hay mucho buen puerto é gran pesquería (4), . de la cual tenemos mucha necesidad por el carecimiento de las carnes. Hay en esta tierra muy singular pescado más sano quel (1) De esta frase de Chanca se desprende claramente que llegaron aI fuerte de Navidad por la costa norte, y no por el sur, como pretende el padre Nazario ; pues de tener que desandar lo andado, con arreglo al derrotero del presbítero de Guayanilla, hubiera fijado el rumbo al oeste, y vemos, por el contrario, fijar la ruta al eate.—C. y T. (2) Con el derrotero al este, que la armada emprendió, tenía en contra los vientos alisios: lo que justifica la pesadumbre de Chanca en ir de Navidad al puerto de la Isabela; concordando perfectamente las 30 leguas, que anota el médico sevillano, con la distancia que hay de un punto Á otro de los signados por nosotros, si se tiene en cuenta las cortaduras de la costa. Exactitud que no se obtendría, metiendo la armada en bahía de Caracol como pretende Navarrete.—C. y T. (3) El día 9 de Diciembre abandonaron el puerto de Navidad—Guarico—y ya el mismo físico de la armada manifiesta haber sido penosa la navegación. La primera vez que dieron anclaje al crucero, en la bahía de Monte Christi, fué el 25 de Noviembre; el 27 siguieron viaje, pernoctando S la entrada del puerto de Navidad, y emplearon el 28 en tomar surgidero —Ahora bien, al abandonar Navidad y recorrer 30 leguas, con vientos contrarios, emplearían cuatro ó cinco días hasta fondear en el puerto de Isabela. Habiendo salido el 9 de Diciembre llegarían el 14. Desde este día hasta el 25 que desembarcaron, 6 1° de Enero que durmió en tierra Chanca, pregunta el padre Nazario: ¿Qué hizo la armada? Pues, nada, estarse en el puerto de la Isabela esas dos 6 tres semanas necesarias mientras se levantaban las rancherías, que constituyeron la incipiente ciudad de Isabela, antes de ordenar el desembarco de los colonizadores, viniéndose á celebrar misa en la nueva capilla el día 6 de Enero de 1493.— C. y T. (4) La Isabela, distante 10 leguas al Este de Monte CkrisU. (Nay.)
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es
de España. Verdad sea que la tierra no consiente que se guarde de un día para otro porque es caliente y húmeda, é por ende luego las cosas introfatibles ligeramente se corrompen. La tierra es muy gruesa para todas cosas: tiene junto un río prencipal é otro razonable, asaz cerca de muy singular agua: edificase sobre la ribera del una cibdad Marta (1), junto qué! lugar se deslinda con el agua, de manera que la metad de la cibdad queda cercada de agua con una barranca de peña tajada, tal que por allí no ha menester defensa ninguna; la otra metad está cercada de una arbolada espesa que apenas podrá un conejo andar por ella; es tan verde que en ningún tiempo del mundo fuego la podrá quemar: hasse comenzado á traer un brazo del río, el cual dicen los maestros que trairán por medio del lugar, é asentarán en él moliendas é sierras de agua, é cuanto se pudiese hacer con agua. Han sembrado mucha hortaliza, la cual es cierto que crece más en ocho días que en España en veinte. Vienen aquí continuamente muchos indios é caciques con ellos, que son como capitanes dellos, é muchas indias: todas vienen cargadas de Ages (2) que son como nabos, muy excelente manjar, de los cuales facemos acá muchas maneras de manjares en cualquier manera; es tanto cordial manjar que nos tiene á todos muy consolados, porque de verdad la vida que se trajo por la mar ha seido la. más estrecha que nunca hombres pasaron, é fué ansf necesario porque no sabíamos que tiempo nos haría, 6 cuanto permitiría Dios qué estuviésemos en el camino; ansf que fué cordura estrecharnos, porque cualquier tiempo, que viniera pudiéramos conservar la vida. Rescatan el oro é mantenimientos é todo lo que traen por cabos de agujetas, por cuentas, por alfileres, por pedazos de escudillas é de plateles. A este Age llaman los de Caribi Nabi, é los indios Hage. Toda esta gente, como dicho tengo, andan como nacieron, salvo las mujeres de esta isla traen cubiertas sus vergiienzas, dellos con ropa de algodon que les ciñen las caderas, otras con yerbas é fojas de árboles. Sus galas dellos é dellas, es pintarse, unos de negro, otros de blanco é colorado, de tantos visajes que en verlos bien cosa de reir; las cabezas rapadas en logares, é en logares con vedijas de tantas maneras que no se podría escribir. En conclusion, que todo lo que allá en nuestra España quieren hacer en la cabeza de un loco, acá el mejor dellos vos lo terná en mucha merced. Aqui estamos en comarca de mu(1) Los documentos oficiales, referentes á esa primera ciudad, dicen siempre Isabela y no Marta.—C. y T. (2) Colón los llamó ñame, trame 6 iñane, porque así los oyó nombrar en Guinea: pero el vocablo indio es aje. En el Diario del primer viaje, 4 de Noviembre, se lee también mames. Las Casas confunde los ajes y las batatas. Oviedo sabe distinguirlos. En el Diario de Colón, 16 de Diciembre, se les llama ajes, y se hace una descripción de ellos. Pedro Mártir de Angleria—Década tercera, libro V. cap. III—dice: "También dicen que hay varias especies de ages y batatas; pero los ages y las batatas las usan más como viandas 6 frutas que para hacer pan, y como nuestra gente los rapes, rábanos, criadillas, nabos, zanahorias y cosas semejantes; pero principalmente las batatas, que aventajan á las mejores criadillas de tierra, con cierta dulzura y suavidad maravillosa, principalmente si se dan con las mejores."—C. y T.
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chas minas de oro, que según lo que ellos dicen no hay cada una dellas de veinte 6 veinte é cinco leguas: las unas dicen que son en Niti (1), en poder de Caonabó, aquel que mató á los crisianos ; otras hay en otra parte que se llama Cibao (2), las cuales, si place á nuestro Señor, sabremos é veremos con los ojos antes que pasen muchos días, porque agora se ficiera sino porque hay tantas cosas de proveer que no bastamos para todo, porque la gente ha adolecido en cuatro 6 cinco días el tercio della, creo la mayor causa de ello ha seido el trabajo é mala pasada del camino; allende de la diversidad de la tierra; pero espero en nuestro Señor que todos se levantarán con salud. Lo que paresce desta gente es que si lengua tuviésemos que todos se convertirían, porque cuanto nos ven facer tanto facen, en hincar las rodillas á los altares, é al Ave María, é á las otras devociones é santiguarse; todos dicen que quieret► ser cristianos, puesto que verdaderamente son idólatras, porque en sus casas hay figuras de muchas; yo l's he preguntado qué es aquello, dícenme que es cosa de Trirey (3), que quiere decir del cielo. Yo acometí á querer echárselos en el fuego é hacfaseles de mal que querían llorar; pero ansí piensan que cuanto nosotros traemos que es cosa del cielo, que á todo llaman Turey, que quiere decir cielo. El día que yo salí á dormir en tierra fué el primero día del Señor: el poco tiempo que habemos gastado en tierra ha seido más en hacer donde nos metamos, é buscar las cosas necesarias, que en saber las cosas que hay en la tierra, pero aunque ha seido poco se han visto cosas bien (le
(1) Niti era una población indígena, que correspondía al cacicazgo de Maguana.—C. y T. (2) Población, como Niti, perteneciente al cacicazgo de Maguana, además de Corohai, Guaraguano y Guaba. Segón Guridi, el Cibao contiene minas abundantisimas de oro, sobre todo á la parte de tanteo, en San José de las Matas.—C. y T. (3) El sabio doctor don Agustin Stahl, en su interesante obra Loa indios borinqueños, sintetiza su articulo Religión con las siguientes conclustones: "la Las narraciones de Oviedo y algunos otros cronistas no son el resultado de observaciones auténticas y bien comprobadas.-2a Sus afirmaciones carecen de crédito, porque no podría existir inteligencia cabal entre dos pueblos incapaces de entenderse por medio del lenguaje.-3a Las apreciaciones de estos cronistas son meras conjeturas, deducidas del conocimiento que pretendían poseer de los pueblos del Asía, poco conocidos afn en aquella época.--4a No hay pruebas evidentes en los monumentos arqueológicos, ni de otra clase, que justifiquen la existencia de culto alguno religioso entre nuestros indios.-5a Todo inclina á creer que los indios borinqueños carecían en absoluto de ideas religiosas."—Estas conclusiones fueron combatidas en la Revista puertorriqueña, por el erudito doctor don Calixto Romero, en una serie de artículos.—Ninguno de los contendientes ha hecho referencia á esta frase interesantísima de Chanca, que revela que los indígenas antillanos tenían su religión. Existe además un documento histórico irrefutable en este sentido, y es le Escritura de Fra~i Romdn Pase, heremita de la orden de San Gerónimo ; el primer misionero que aprendió la lengua de los indios y cuyos conocimientos lingüisticos le valieron para convertir á la religión cristiana varios caciques. Su escritura es hecha de orden del Almirante y versa sobre la creencia é idolatría de loa indios, y cómo observaban sus dioses.—C. y T.
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maravillar, que se han visto árboles que llevan lana (1) y harto fina, tal que los que saben del arte dicen que podrán hacer buenos paños dellas. Destos árboles hay tantos que se podrán cargas las carabelas de la lana, aunque es trabajosa de coger, porque los árboles son muy espinosos; pero bien se puede hallar ingenio para la coger. Hay infinito algodon de árboles perpetuos tan grandes como duraznos. Hay árboles que llevan cera en color y en sabor é en arder tan buena como la de abejas, tal que no hay diferencia mucha de la una á la otra (2). Hay infinitos árboles de trementina (3) muy singular é muy fina. Hay mucha alquitira (4), también muy buena. Hay árboles que pienso que llevan nueces moscadas, salvo que agora están sin fruto, é digo que lo pienso porque el sabor y olor de la corteza es como de nueces moscadas (5). VI una raíz de gengibre que la traía un indio colgada al cuello. Hay también linaloe (6), aunque no es de la manera del que fasta agora se ha visto en nuestras partes; pero no es de dudar que sea una de las especias .de linaloes que los dotores ponemos. También se ha hallado una manera de canela, verdad es que no es tan fina como la que allá se ha visto, no sabemos si por ventura lo hace el defecto de saberla coger en sus tiempos como se ha de coger, 6 si por ventura la tierra no la lleva mejor (7). También se ha hallado mirabolanos cetrinos, salvo que agora no están sino debajo del árbol, como la tierra es muy húmida están podridos tienen el sabor mucho amargo, yo creo sea del podrimiento; pero todo lo otro, salvo el sabor que está co-
(1) El Bombar pyramidale, vulgarmente guano, es el único cuyos frutos maduros contienen una especie de lanilla color casi castaño, que se aprovecha, en Inglaterra, en la fabricación de sombreros llamados de castor, y en Puerto-Rico sirve para hacer almohadas; pero la descripción que dá Chanca no se refiere á este árbol.—C. y T. (2) Cero.rilon andwola. Cera de palma. Esta primorosa palmera suministra una especie decera, que puede reemplazar á la de abejas: brota de las hojas y especialmente de la base de su peciolo.—C. y T. (3) Habiéndose fundado La Isabela en la costa norte dominicana, esta abundante terebintdcea, á que se refiere Chanca, es indudablemente el anarcadium occideniale, ó vulgarmente pajuil; árbol común de los terrenos arenosos costeros de las Antillas. La corteza de este árbol deja exhalar una goma particular, llamada por los franceses, gomme d' acajou; por los ingleses, caahewgum; y en el país goma del paja U. Es una materia dura, amarillenta, transparenté, análoga por su aspecto al sucino y á ciertas gomas arábigas. Según Pereira, tiene todas las propiedades de la goma arábiga; pero es menos astringente. La hemos usado con ventajas y utilidad para pegar objetos de cristal y porcelana rotos.—C. y T. (4) Género de plantas de la familia de las leguminosas, entre ellas la dolichoa nnguiculatua.—C. y T. La nuez moscada legitima (Myriatica ara►natica) procede de las (5) Indias Orientales y se ha aclimatado en las Antillas, especialmente en Trinidad. Chanca se refiere á la myriatica otobea que tiene sabor y olor análogos Á la legitima nuez moscada.—C. y T. La zábila—Aloe apicata.—C. y T. (Rl (7) Este es el Laurua montan ó canelero salvaje de las Antillas. La verdadera canela procede del Laurua cinnamomum natural de las Indias Orientales, siendo preferido el de Ceilán.—C. y T.
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rrompido ; es de mirabolanos verdaderos (1) . Hay también almástica (2) muy buena. Todas estas gentes destas islas que fasta agora se han visto, no poseen fierro ninguno. Tienen muchas ferramientas, ansí como hachas é azuelas hechas de piedra tan gentiles é tan labradas que es maravilla como sin fierro se pueden hacer. El mantenimiento suyo es pan hecho de raíces (3) de una yerba que es entre árbol é yerba (4), é el age, de que ya tengo dicho que es muy buen mantenimiento: tienen por especia, por lo adobar, una especia que se llama Agí (5) con la cual comen también el pescado, como aves cuando las pueden haber, que hay infinitas de muchas maneras. Tienen otrosí unos granos co-
la
(1) Hay unas cincuenta especies de mirobalanos, originarias todas de paises intertropicales. La que puede servir de tipo crece en las Indias Orientales. El heremita Fray Román Pane dice, que los indios llamaban jobo8 (spondias lutea) á los que ellos denominaban, mirabolanos.—C. y T. (2) Almácigo.Buraera gummijera.—C. y T. (3) Basta esta frase de Chanca para echar por tierra la aseveración de Armas, que en Orígenes del lenguaje criollo, pág. 36, dice: "dieron (los conquistadores) el nombre de pan, al que fi imitación del de Europa, enseñaron á hacer á los indios con yuca rallada." Y como don Juan Ignacio de Armas tiene sus prosélitos, en esta escuela de negarlo todo, porque 81, vamos fi presentar otra prueba que está de acuerdo con la de Chanca, de que los indios hacían su pan. En el Diario de la primera navegación de Colón se lee: "Miércoles 26 de Diciembre. El Rey (Guacanagarf), comió en la carabela con el Almirante, y después salió con él en tierra, donde hizo al Almirante mucha honra y les did colación de dos ó tres maneras de ajes, y con camarones, y caza, y otras viandas quellos tenían, y de su pan que llamaban caeabi." Los mexicanos eran los que no hacían casabe. Dice Hernán Cortés en su Carta al Emperador Carlos V. (10 de Julio de 1579:) "los mantenimientos que tienen es maíz... y yuca, así como la que comen en la isla de Cuba, y cómenla asada, porque no hacen pan della" Esta anotación de Cortés prueba además, que los indios antillanos, comedores principalmente de casabe, no procedían de los mexicanos, como algunos han pretendido; pues ignoraban los hijos del Anahuac la industria de la confección del pan de casabe.—C. y T. (4) La yuca.-,Jatropha manihot. sn talle puede elevarse á la altura de un hombre y de ahí la manera de describirla Chanca entre árbol 6 yerba. A la tabla cuadrilonga sembrada de piedrecitas silíceas donde se rallaba la yuca, la llamaban los indios, guayo; al jugo resultante de la yuca rallada y esprimida, naiboa; al residuo 6 bagazo, catibla; fi la especie de ho nUla donde ponían la lozeta de barro cocido para hacer las tortas de casabe, buré'n; fi la paleta ó tablilla para volverlas, mientras se estaba haciendo al fuego, cüiae.—C. y T. Begdn Armas, Ob. cit., esta voz es de procedencia ardbiga. Don (5) José Maria Doce, en su Diccionario ortogrdjlco etimológico español, (1951) le concede procedencia americana. El heremita Fray Román Pane, dice: "Pasados algunos días, mandó el señor de aquel campo sacar el agi". Pedro Mártir de Angleria—Década quinta, libro I%, cap. 111—dice: "Digamos ahora un poco acerca de la pimienta de las islas y del continente. Tienen selvas llenas de frutales que crian pimienta: pimienta digo, aunque no lo es, porque tiene la fortaleza y el aroma de la pimienta, ni vale menos que la pimienta aquel grano; ellos le llaman heal, con acento en la final: es más alta que la adormidera. Se cojen sus granos como los del enebro d el abeto, aunque no llegan á ser tan grandes. Hay dos especies de aquel grano, cinco dicen otros; la una es de largo como dedo y medio de hombre, más picante y aguda que la pimienta y la otra es redonda y no menor que la pimienta; pero ésta tiene la película, la pulpa y las pepitas, todas tres cosas con su cálida fortaleza. Otra tercera hay que no es acre, sino solamente aromática, que si la usáramos no necesitaríamos de la pimienta del Cáucaso."—C. y T.
CARTA DEL
rÍsICo DIEGO ALVAREZ CHANCA.
125 5 mo avellanas, muy buenos de comer (1) . Comen cuantas culebras é lagartos é arañas é cuantos gusanos se hallan por el suelo, ansí que me parece es mayor su bestialidad que la de ninguna bestia del mundo. Después de una vez haber determinado el Almirante de dejar el descobrir las minas fasta primero enviar los navios que se habían de partir á Castilla (2), por la mucha enfermedad que había seido en la gente, acordó de enviar dos cuadrillas con dos capitanes, el uno á Cibao (3) y el otro (4) á Niti, donde está Canabó, de que ya he dicho, los cuales fueron é vinieron el uno á veinte días de Enero, é el otro á veinte é uno: el que fue á Cibao halló oro en tantas partes que no lo osa hombre decir, que de verdad en más de cincuenta arroyos é ríos hallaban oro, é fuera de los ríos por tierra; de manera que en toda aquella provincia dice que doquiera que lo quieran buscar lo hallarán. Trajo muestra de muchas partes como en la arena de los ríos é en las hontizuelas (5), que están sobre tierra, créese que cavando, como sabemos hacer, se hallará en mayores pedazos, porque los indios no saben cavar ni tienen con qué puedan eavar de un palmo arriba (6). El otro que fué á Niti trajo también nueva de mucho oro en tres ó cuatro partes; ansí mesmo trajo la muestra dello. Ansí que de cierto los Reyes, nuestros Señores, desde agora se pueden tener por los más prósperos é más ricos Príncipes del mundo, porque tal cosa hasta agora no se ha visto ni leido de ninguno en el mundo, porque verdaderamente á otro camino que los navios vuelvan pueden llevar tanta cantidad de oro que se puedan maravillar cualesquiera que lo supieren. Aquí me paresce será bien cesar el cuento; creo los que no me conocen que oyeren estas, me ternán por prolijo é por hombre que ha alargado algo; pero Dios es testigo que yo no he traspasado una jota los términos de la verdad.
(1) Ornphalea nucifera.—Avellano de América.—C. y T. (2) EnvIó en efecto 12 navios al mando de Antonio de Torres, que se hizo A la vela del puerto de la Navidad el dia 2 de Febrero de 1494, trayendo relación de lo que hacia ocurrido. (Nay.) Se hizo A la vela del puerto de la Isabela. El de Navidad lo habían abandonado desde el día 9 de Diciembre.—C. y T. (8) Este fué Alonso de Ojeda, que con 16 hombres salió por el mes de Enero de 1494 A buscar las minas de Cibao, y volvió pocos días después con buenas noticias, habiendo sido en todas partes muy bien recibido de los naturales (Nay.) Don Antonio del Monte y Tejada en su Siatoria de Santo Domingo (1890) considera que este viaje de Ojeda debió ser desde la Isabela hacia el llano de Esperanza, y que atravesado el rio Yaque mAs abajo de Santiago de loa Caballeros, cruzarla Ojeda los otros ríos y subirla por la parte de Dicayagua A las sierras y partido de las Matas.—C. y T. (4) Juan López Luján, caballero natural de Madrid.—C. y T. Diminutivo de llontana, fuente.—C. y T. (6) Los indios usaban para cavar la tierra un palo tostado al fuego, (6) llamaban coa, y que les servia como de azada para labrar los camq po.—C. y T.
126 RECTIFICACIONES HISTÓRICAS.
¿DÓNDE NACIÓ NUESTRO EXIMIO POETA JOSÉ GAUTIER BENITEZ? POR CAYETANO COLL Y TOSTE. Al escribir cuatro frases recordatorias de nuestro sentimental poeta, para Puertorriqueños ilustres, tropezé con dos opiniones encontradas respecto al pueblo de la Isla donde había nacido el genial lírico. Sotero Figueroa sostiene, en su laureada obra Ensayo biográfico de los que más han contribuido al progreso de Puerto Rico, página 255, que nació en Humacao y alegaba como testimonio irrecusable tener en su poder el acta bautismal. Y que había nacido en 1848. Pedro de Angelis aseguraba que Gautier Benítez había nacido en Cáguas, el año 1851. Y se apo yaba también en el acta bautismal. En este estado de cosas, escribí al Cura Párroso de Humacao en solicitud del acta bautismal a que hacía referencia Sotero Figueroa. He aquí la respuesta de aquel presbítero, y la partida de bautismo, que me ha enviado: "Humacao, Junio 29 de 1906. Sr. Doctor don Cayetano Col! y Toste. Muy señor mío: respondiendo á su atenta de anteayer acompaño la partida, que aquí se encuentra, y á que don Sotero Figueroa se refiere. No de hoy, sinó de muchos años, es corriente aquí el hecho de la naturaleza del celebrado poeta Gautier. Yo no sé, si esta diferencia entre el libro de Cáguas y el de ésta se pudiera explicar como otras muchas partidas de aquellos años. Yo, y tratándose del mismo libro 9, podría decir, que hay varios en que sujetos así nacidos fueron después en visita pastoral, 6 por autos especiales, silenciados en la primera partida y aparecen depués más adelante reconocidos 6 legitimados; y apenas se conocen más que algún detalle parecido en el noml2re y cambiadas como es natural las fechas de nacimiento. En el caso presente, yo no me atrevo á decir de él lo mismo que pudiera decir de otros. Sólo si digo, que la voz general es que nació aquí dicho señor. De usted atto. a. a. Leoncio García Falle.
RECTIFICACIONES HISTÓRICAS.
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Doctor Don Leoncio García Valle, Cura Párroco de esta del Dulce Nombre de Jesús de Humacao. Certifico: que en el libro 9 de bautismos de blancos, solamente á mi cargo, al folio 143 vuelto hay la siguiente partida. En esta Parroquia del Dulcísimo Nombre de Jesús de Humacao, á los 27 días del mes de Mayo de mil ochocientos cuarenta y ocho años, yo el Presbítero Don Pedro Pascual Despiau, Cura Rector de ella bauticé solemnemente, puse óleo y crisma, y el nombre de José Rodulfo Victorio Juan á un niño expósito en la casa de Don Rodulfo Gautier y Castro; y según la papeleta que trajo nació el doce de Abril próximo pasado y demuestra ser hijo de padres distinguidos del país. Fueron sus padrinos el licenciado Don Salvador Mandry y Dolía Dolores Benítez, á quienes advertí el parentesco espiritual y sus obligaciones de que doy fé. — Pedro Pascual Despiau. Concuerda con su original y á petición del Dr. Cayetano Coll y Toste libro la presente certificación. Humacao, 29 de Junio de 1916. Leoncio García Valle." No satisfecho con este documento bautismal ni con las explicaciones dadas por el Cura Párroco de Humacao, escribí al Cura Párroco de Caguas y he aquí su carta y la partida de bautismo que me ha remitido: "Caguas, 2 de Julio de 1906. Sr. Dr. don Cayetano Coll y Toste. Muy Sr. mío y distinguido señor :— Cumpliendo sus deseos, le adjunto la Certificación, como prueba del nacimiento del señor Gautier. Cualquier otro dato que pudiera adquirir, será usted complacido. Y puede ordenar, en la seguridad de que serviré á usted con puntualidad. De usted atto. s. s. y amigo Q. B. S. M. Baldomero F. Gómez." Presbítero Don Baldomero Fernández Gómez, Cura Vicario de esta Parroquia del Dulce Nombre de Jesús de Caguas. Certifico: que en este archivo, á mi cargo, y en el libro 6° de Bautismos, al folio 92 vuelto, se halla la siguiente partida: En el pueblo de Caguas, a los quince días del mes de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y un años: Yo el Presbítero Licenciado Don Francisco Renuchi, Cura Rector de esta Santa Iglesia Parroquial, bauticé solemnemente, puse Oleo y Crisma y el nombre de José Martín Antonio á un niño que nació el día doce de Noviembre último, hijo legítimo de Don Rodulfo Gautier, y
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Doña Alejandrina Benítez: abuelos paternos D. Júan Gautier y Doña Josefa Castro: maternos Don Pedro Benítez y Doña Martina Arce; fueron sus padrinos Don Ulises Gautier y Dolía Dolóres Benítez, á quienes advertí el parentesco, espiritual, y sus obligaciones: de que doy fé. — Angel Francisco Renuchi. Es copia de su original, á que me remito; y libro la presente á los efectos convenientes, y á petición del Dr. don Cayetano Col! y Toste, en Caguas á dos de Julio de mil nnevecientos seis. Baldomero F. Gómez." Según esta acta bautismal queda la razón de parte de Don Pedro de Angelis. José Gautier Benítez, nació en Caguas el 12 de Noviembre de 1851 y fue bautizado el 15 de Diciembre del mismo alío en la Iglesia parroquial del pueblo. Después he sabido que nació en un barrio de Caguas llamado Borínquen. Las depuraciones históricas son siempre útiles; y tratándose de biografías más aún. Este cotejo de las dos actas bautismales hace desaparecer los errores de Humacao, por lo cual seria hijo expósito y no legítimo, como resulta por la de Caguas.
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M U R A L E S POR CAYETANO COLL Y TOSTE. 1828 - 1882.
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El publicita don José Pablo Morales nació en Toa Alta, el año de 1828. Se educó en su pueblo natal y se instruyó a sí mismo hasta obtener el titulo de Maestro de Instrucción Primaria a los 20 años de edad. Siguió Morales perfeccionándose en el estudio y adquiriendo con algunos sacrificios libros de enseñanza. Del magisterio escolar pasó a ejercitar sus fuerzas intelectuales en una escribanía. En este nuevo campo de acción amplió sus conocimientos, estudiando los libros de Derecho y Jurisprudencia, que caían en sus manos, y encargándose de la parte de notario, o sea del protocolo, en dicha escribanía. En 1865 empezó Morales a escribir para el público en el periódico titulado El Fomento de Puerto Rico, que fundó Gonzalez y dirigía Don Federico Asenjo. Una vez dedicado al periodismo, se transformó Morales desde luego en un paladín de la libertad y del bien público y así como el mercader se dedica a desarrollar telas y encajes sobre el mostrador para recreo y placer del solícito comprador, de igual modo nuestro ilustre puertorriqueño se consagró a exponer ideas y pensamientos, d" esenvolviéndolos. en la prensa para la educación y utilidad de su pueblo. Y á esta ímproba tarea estuvo dedicado el activo escritor largo tiempo. Morales era un patricia de temple liberal; e inspirándose en las modernas ideas, rasgueó papel y produjo artículos en abundancia, tratando cuestiones administrativas, económicas y políticas en la prensa de aquellos tiempos. Mientras más empeñada era la lucha y más fuerte la reacción conservadora, más entusiasta y tenaz era el valiente toaltei►o en su famosa campaña de apóstol redentor. Y era, que don José Pablo Morales pertenecía a esa pléyade de luchadores, que son sectarios de la Libertad en todas sus manifestaciones; comprendiendo que á pesar de tener sus inconvenientes y peligros, no es posible realizar la civilización sin la libertad, como sería imposible cultivar la tierra sin el influjo benéfico del sol. Los jornaleros de Puerto Rico estaban sujetos a mediados del siglo XIX, al vejaminoso Reglamento de 1819, que les oblijusticia local, y en cuyo ligaba tener una libreta, dada por 4 9
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brejo el dueño de la finca donde trabajaba el campesino, anotaba la buena o mala conducta del bracero, siendo castigados los jornaleros con ocho días de trabajos forzados si perdía su libreta y castigándose la reincidencia con seis meses de cárcel. Los choques entre propietarios y obreros eran constantes y el Gobierno no cesaba de legislar, queriendo armonizar lo imposible, cual es, que el trabajo de suyo libre, estuviese sujeto á tan odiosas trabas. Todavía en 1863 el Gobernador Messina se empeñaba en dictar circulares y más circulares sobre tan enojoso asunto. Por fin, el gobernador Marchesi dispuso, en 1866 se hiciera una amplia información para venir en conocimiento de la conveniencia ó inconveniencia de la tal libreta. Tirada la pelota á la plaza pública por el mismo gobierno insular, la prensa se apoderó de ella y excusado es decir, el juego que dió. Los esclavistas y reaccionarios políticos persistían en la estúpida idea de querer reglamentar el trabajo á su manera y sostener á todo trance el odiado Reglamento de Pezuela, de 1849, sobre los jornaleros. Y los espíritus progresistas y liberales defendían á capa y espada el trabajo libre y querían su reglamento de acuerdo con la libertad y el orden. Entre los defensores del trabajo libre descolló en primera línea como viril polemista don José Pablo Morales defendiendo el derecho del hombre á la manifestación de su libre albedrío dentro del orden y el respeto á la sociedad. Y triunfó su idea al fin y la libreta fué suprimida. En un artículo titulado Más Justicia decía Morales: "Sí, pediremos á ciertas personas más justicia al hablar de nosotros los puertorriqueños; es decir, más atención en examinar las cosas bajo sus diferentes aspectos, y valerse de la antorcha de las ciencias y meditar mucho antes de juzgarnos... Necesario es convencerse de que hay una imperiosa necesidad (le estudiar más á fondo, que hasta hoy se ha hecho, nuestro país, para reconocer su verdadero estado, á fin de que se reformen ideas falsas, vulgarmente admitidas sin el debido examen y que son perjudiciales al bien público." Cuando se constituyó el Partido Liberal Reformista, una de las viriles plumas que defendieron con más tesón el Credo político de esta colectividad fué la de Morales, en El Progreso. En este periódico escribía en serio; y usando el género satírico en el semanario Don Simplicio, del ático publicista Pablo Rodríguez Cabrero. Y no por eso abandonó nuestro infatigable cauipeóu su campestre residencia, pues venía de cuando en cuando á la Capital á compartir por breves instantes con sus amigos las faenas periodísticas y á tomar una buena parte en las lides intelectuales de tan revueltos días. En 1871 fué Morales electo diputado, prestando muy buenos servicios en la Diputación Provincial en aquellas célebres sesiones de connotados liberales. No dejó por ello de continuar colaborando en la prensa con la soltura y claridad de conceptos que le distinguían. Conocía su país, estaba bien penetrado de sus necesidades político-económicas y lo defendía con alteza de miras.
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Escritor de sana conciencia escribía con sinceridad, girando siempre sus artículos doctrinales dentro de la más pura democracia y la más pura corrección de lenguaje al atacar a sus adversarios. En uno de sus artículos de combate, decía Morales con ingenuidad: "Venga la polémica, porque es ineludible; pero venga con las buenas formas que requiere un pueblo culto y civilizado. En la lucha del pensamiento no envenenemos las flechas como los indios salvajes. La diversidad de opiniones hará necesaria la discusión, pero jamás puede ser un motivo para que los hombres se aborrezcan se maltraten y se persigan." La controversia era empeñada. La guerra de Cuba envenenaba nuestro ambiente politico y pareció por un momento que las brisas puras de la libertad se alejaban de nuestra tierra. Cayos la Repúblico en España y volvieron los Borbones al poder. Entonces el Gobierno quiso echar aquí la llave y nos envió como gobernador al atrabilario general Sanz, en 1874. I así como fatigado el herrero de golpear en hierro frío, deja el marrón y se rinde añte la resistencia del indúctil metal, así cansado y triste puso don José 1'ablo Morales su pluma en el tintero por última vez; bajo la pesadumbre de la melancolía que le embargaba, renunció la fe judicial en 1878, como escribano público de Toa-Alta, Corozal y Naranjito; se encerró en su aislada casita de campo y se envolvió en su toga de honrado patricio para morir como un romano. Era el 22 de abril de 1882. ¡ Hombre de temple de acero y espíritu sobre humano estuvo un cuarto de siglo luchando por la redención de su pueblo y la felicidad de su patria! Tuvo la gloria de haber matado la libretal... ¡ Recordamos hoy con sentida emoción al insigne patriota defensor del obrero puertorriqueño y gladiador de la idea dignificadora de Patria y Libertad!...
132 REAL ORDEN DANDO AVISO QUE SE RECELA EL ROMPIMIENTO DE GUERRA CON INGLESES. - QUEDA ENTERADO EL REY DE LA TORMENTA HABIDA EN 1738. Madrid 16 de Agosto de 1739. En carta de 28 de Febrero de este año se participó á V. S. por el señor Marqués de Torrenueva, que aviendo cesado los recelos que causaban las ideas y operaciones de Ingleses, así en Europa como en América, por la Convencion y artículos separados, que se .firmaron entre esta Corte y la de Inglaterra, en el Real Sitio del Pardo, en 14 de Enero, y se verificaron en el mismo sitio en 15 y. . . . de Febrero en Londres, avia resuelto S. M. en su consequencia, viniesen á España los navios de azogues, que se hallaban en la Veracruz, la Armada de Galeras que estaba en Tierra Firme y que se retirasen y restituyesen á estos Reynos las escuadras que se mantenían en esos mares: y se remitió á V. S. copia de la orden que con estas noticias y para cumplimiento de parte de estos fines se dirigía en la misma ocasion á Don Blas de Leso. — Después se ha experimentado haverse faltado por parte de los Ingleses, á la buena fé y práctica de lo estipulado en la Convencion y la extraña novedad de mantener en Gibraltar su Escuadra, que se hallaba en el Mediterráneo comandada por el Almirante Haddoock, sin haverla retirado, como debían á los puertos de Inglaterra, y que en estos se han continuado incesantemente las disposiciones, y preparativos para nuevos armamentos, assí del mar como de tierra: y últimamente el haver salido la referida escuadra de Haddoock que se mantenía cruzando entre los cabos de Santa María y San Vicente, visitando cuantas embarcaciones describe de qualquiera Bandera; aviendo abierto y detenido los pliegos que conducía una francesa del Ferrol á Cadiz; evidenciandose que la subsistencia en aquellos párages de esta Escuadra, que repetidamente se ha ido reforzando, con major número de navios, es con el manifiesto designio, según algunas señales y movimientos que practica, de impedir la salida de la Flota que se está actualmente cargando, y de esperar los Azogues, no obstante que la confianza del logro de esto último, les queda desvanecida, respecto á que ha recivjdo S. M. la gustosa noticia de que el día 13 de este mes, dieron fondo en Santander los quatro navios del cargo de D.Joseph Pizarro, siguiendo los rumbos que se le previno en las órdenes que se despacharon á encontrarle en su navegacion.—También se tiene noticia que el 29 de Julio se harían á la vela desde Portsmouth una esquadra de nueve navios, mandada por el Vice-Almirante Vernon para pasar á Jamaica á incorporarse con la del Comandante Broun que está en esos mares.—No obstante que el Rey se ha mantenido con la constancia y equidad propia de su Real ánimo, en no alterar por su parte, la buena correspondencia y armonía acordada por la Convencion entre las Dos Naciones, sin provocar, ni contestar
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la osadía y amenaza que manifiestan los Ingleses. Como de estas novedades resulta el fundado concepto de que las disposiciones y aumento de fuerzas que han practicado con tanta aceleracion sea con la idea que su codicia y altivez pueda haverles sugerido de asegurar con el logro de alguna ventaja que les ofrezca el primer insulto ú hostilidad en essos parages, prenda que les facilite la favorable decision de los derechos que intentan tener y que la Justicia de S. M. repelerá siempre. Y pudiendo temerse que uno de los que á los Ingleses aya propuesto su confianza atacar sea essa isla de Puerto Rico; pues se ha exparcido la voz de que la referida esquadra del Vice-Almirante Vernon pasa á esos mares con esse intento; cuyo logro les avrá prometido, sin duda, la noticia del lamentable estado a que la dejó reducida la Tormenta y huracan acaecido en ella el día 30 de Agosto del año próximo pasado (1) ; de que halla S. M. informado como de los perniciosos efectos qué produjo y ha referido al Consejo de Indias en la consulta que ha puesto en sus Reales manos con motivo de la carta de V. S. de 30 de Octubre del referido año, en que por aquella via dió V. S. quenta individualmente de ellos. Me manda S. M. participarlo á V. S. y advertirle de este recelo para que con la prevention y cuidado correspondiente se dedique desde luego con todas las precauciones y providencias posibles á poner esse Puerto en el mejor estado de defensa, assí por mar como por tierra: teniendo la Tropa en la vigilancia y disciplina precisa: uniendo al propio fin las Milicias del País y todos aquellos refuerzos que no duda S. M. facilitará la lealtad y amor de essos vassallos: acudiendo el C. S. (2) con todo lo necesario al puesto ó sitio de essa jurisdiccion que por su debilidad conveniencia que su ocupacion promete á los Ingleses, diere más motivo á sospechar su invasion : asará de los medios que dicten y proprocionen la observacion, noticias ó experiencia de adonde se pueda dirigir su amenaza. Y prevengo á V. S. que para facilitar al pronto alivio de essos vecinos ha aplicado S. M. ya algunas providencias y socorros, ínterin que reciviendo noticia particular de los perjuicios y daños que hau recivido, se acuda con los precisos, destinándolos á reparar los más urgentes. Y espera S. M. del celo y acreditadas operaciones de V. S. procurará tomar tales medidas para resistir y frustar qualquier designio de esta Nacion que desempeñen la confianza que en ellos se libra al logro de esta importancia.—A las jurisdicciones inmediatas participará V. S. quanto conduzca á que se adelante y cuide su resguardo y defensa, acudiendose recíprocamente de unas á otras con los avisos y medios que aseguren su general custodia, previniendo también de estos recelos á las embarcaciones españolas para que executen su navegacion con las precauciones correspon(1) Esta tormenta del 30 de Agosto de 1738.—Temporal de Santa Rosa—no está registrado por D. José J. Acosta, en sus acotaciones a la obra de Iñigo Abbad.—C. y T. (2) Cabildo Secular',
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dientes.—Y del recibo de esta orden y de lo que ocurriere en los asumptos de que trata, 6 nuevamente puedan suceder, me dará V. S. quenta para ponerlo en noticia de S. M.—Dios guarde a V. S. muchos años como deseo.—Madrid 16 de Agosto de 1739.— La esquadra de nueve navios que se cita en esta hallarse para salir á cargo del Vice Almirante Vernon, se hizo á la vela desde Portsmouth el día 4 de este mes para la América.—Joseph de la Quintana.—Sr. D. Mathias de Abadía. REAL ORDEN DANDO PATENTES DE CORSO CONTRA LOS INGLESES. Madrid 28 de. Agosto de 1739. De orden del Rey remito á V. S. el Despacho adjunto expedido en 27 del presente mes de Agosto para que los Virreyes, Governadores y Capitanes Generales, Audiencias, Ministros, Corregidores, Alcaldes mayores y Justicias de sus Dominios de Indias publiquen la Declaracion que en él se inserte contra los hechos de los Ingleses y que ejecuten lo demás que se expresa. Y aviendo resuelto S. M. al mismo tiempo se den Patentes a los particulares que quieren armar en Corso para aprehender, apresar y tomar lob navios, embarcaciones y efectos pertenecientes al Rey y súbditos de .la Gran Bretaña, a fin de que los vasallos de S. M. tengan por este medio las utilidades prevenidas para estos casos por anteriores órdenes. Me manda assi mismo participarlo á V. S. para que disponga lo conveniente á su cumplimiento y dé cuenta del recivo de esta y del referido Despacho para pasarlo á su Real noticia.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 28 de Agosto de 1739.— Joseph de la Quin• Lana.—Sor. D. Mathias de Abadía. REAL ORDEN QUE ACOMPAÑA A LA DECLARACIÓN DE GUERRA CONTRA LOS INGLESES. Madrid 8 de Diciembre de 1739. De orden del Rey remito á V. S. el Despacho adjunto expedido en 5 de este mes de Diciembre á los Virreyes, Gobernadores y Capitanes Generales, Audiencias, Ministros y Justicias de sus Dominios de la América, para que se haga publicar en sus distritos la declaracion de la 'Guerra contra Ingleses, y executen lo demás que en él se expresa, á fin de que V. S. disponga su cumplimiento luego que le reciva, en los términos que prescribe y manda S. M. en los Puertos, Plazas, Ciudades, Villas y Lugares de la jurisdiccion de ese Govierno, para que venga á noticia de todos y procuren armarse y defenderse de los insultos de la Nacion Inglesa hostilizando á los vasallos ilel Rey Británico por mar y tierra, como enemigos declarados de esta Corona y de la
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Religion ; dando V. S. cuenta del recivo del expresado Despacho y de lo que en su observancia executare y se fuere ofreciendo para pasarlo á su Real noticia.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 8 de Diciembre de 1739.—Joseph de la Quintana.-Sr. D. Mathias de Abadía.
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EL REY.—Por quanto por Decreto de veinte y seis de Noviembre de este año, expedido á mis Consejos y Tribunales, y órdenes dadas á los Governadores, y Capitanes Generales, Ministros, y demás Justicias de essos mis Reynos y Señoríos, he tomado la deliberacion siguiente: Como no puede ini tolerancia disimular mas tiempo las irregulares pretensiones de la Inglaterra, su falta de feé á los Tratados, y la Declaracion de la Guerra, últimamente proclamada en Londres contra esta Corona, fundado en mi notoria justicia, y inducido de la que persuade la natural defensa. He resuelto, y mando, que se publique también en esta Corte contra el Rey Británico, sus Reynos, y Subditos, y que se expidan á todas partes las órdenes que son de estilo en semejantes casos. Por tanto mando a mis Virreyes de los Reynos del Perú, Nueva España, y Santa Fee, Presidentes, Governadores, y Capitanes Generales, Audiencias, Corregidores, Oficiales Reales, Alcaldes Mayores, Cabildps, Juezes, y Justicias de aquellos Dominios, que teniendo presente esta ipi Real determinacion, la hagan publicar en sus distritos en forma acostumbrada, y como haya sido práctica, estilo en casos semejantes; y que arreglados á ella celen, atiendan, y cuiden del resguardo y defensa de las Plazas, Provincias, Puertos y Costas sujetas á los Distritos de su jurisdiction, previniendo, armando, y apromptaudo las Tropas Regladas, que tienen destinadas de dotacion para su custodia, y ú todas las Milicias del País, tanto de Infantería quanto de Cavalleria, que deben estar reseñadas y alistadas para las ocasiones de insultos de Enemigos, en cumplimiento y observancia de lo que prescriben las Leyes de Indias, y está mandado por posteriores Reales Ordenes expedidas en este punto, haciendo con la expresada Gente Reglada y Miliciana la guerra hostilidades á la Nacion Inglesa por mar y tierra, bazo las reglas prescritas y establecidas en el arte y ordenanzas militares, tratando á los vasallos y dependientes del Rey Británico, según ellas, como á tales enemigos declarados mios y de la Nacion Española, que assi conviene y procede de mi Real voluntad.—Fecho en Buen Retiro á cinco de Diciembre de mil setecientos y treinta y nueve. Quintana.—Rubricado. —Yo ri Rey.—Rubricado.--Joseph de --A los Virreyes, Governadores, y Capitanes Generales, Audiencias, Ministros, y Justicias de los Dominios de la América, para que hagan publicar en sus Distritos la Declaracion de la Guerra contra Ingleses, y executen lo demas que se expresa.
136 REAL ORDEN PARTICIPANDO EL ARMAMENTO QUE SE HACE EN INGLATERRA PARA ESTOS MARES PARA QUE SE ESTÉ CON LA MAYOR VIGILANCIA. Madrid 6 de Marzo de 1740. La repeticion de noticias que se tiene de prepararse en Inglaterra un fuerte armamento y que pasará á las Indias Occidentales consiste en ocho mil hombres de desembarco, con su artillería y pertrechos correspondientes á que este cuerpo se emplee en un sitio, corriendo la voz que hasta el General de tierra que le ha de mandar tenia nombrado aquel Soberano. Me manda el Rey participarlo á V. S. para que en su inteligencia, y sin embargo de que se ignora el parage á donde se dirigirá de esas partes, esté V. S. con la vigilancia y prevencion que pide asumpto de tanta importancia y consequencias, á fin de que .no logren los enemigos ningún adelantamiento ni progreso en sus designios, como S. M. se promete del celo y amor de V. S. á su Real servicio. —Madrid 8 de Marzo de 1740.—foseph de la quintan.—Sor. D. Mathias de Abadía. REAL ORDEN PARA QUE SE TENGA BUENA CORRESPONDENCIA CON LOS GOVERNADORES DE LAS COLONIAS FRANCESAS Y PARA QUE SE LES PIDA MATERIAL DE GUERRA. Madrid 11 de Abril de 1740. Atendiendo el Rey á lo mucho que importa para la defensa y seguridad de los Dominios de la América, en la presente guerra contra Ingleses, que se observe por los Governadores de las provincias y Plazas buena correspondencia con los de las Colonias Francesas y que ocurran á estos para que les provean y abastezcan de lo que les faltare y pidieren, especialmente armas, víveres, pólvora, harinas, garcias, lonas y otros pertrechos para navios, me manda S. M. decir á V. S. que, sin embargo de las prohibiciones que hay sobre esta materia, recurra á pedir á los Governadores y Comandantes de las citadas Colonias de Francia los expresados géneros y demás cosas que necesitare para la conservacion de esa Isla, manteniendo buena correspondencia con ellos, pues por parte de S. M. se les ordenará que executen lo mismo y que socorran con quanto les sea posible á nuestros Dominios, con particularidad á la Havana y Portobelo. Pero al mismo tiempo quiere S. M. que esta disposicion se tenga secrata y que no se manifieste que procede de una ni otra Corte, sino que la practican los propios Governadores y Comandantes de oficio propio, y que se procure por V. S. evitar toda introduction fraudulenta de efectos y otras cosas que puede ocasionar esta Comunicacion por los graves inconvenientes y perjuicios que resultarían á los Co-
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mercios.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 11 de Abril de 1740.—Joseph de la Quintana.—Sr. D. Mathias de Abadía. REAL ORDEN APROBANDO LA ORGANIZACIÓN MILITAR DE LA PLAZA PARA SU DEFENSA. Madrid 8 de Agosto de 1740.
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En carta de 23 de Noviembre del año pasado de 1739, que ha llegado por la via de la isla de Canto Domingo, reproduce V. S. lo mismo que en otras ocasiones tiene representado en punto de de que se le embien cucharas para la Artillería de todos calibres, fusiles, piedras y fierro con los caudales correspondientes para poner corrientes las cureñas, y reparar algunos puestos de la Fortificacion de essa Plaza; sobre que habiendo acudido al Virrey de Nueva España (como se le previno) á fin de que diese providencia para remediar la falta que se experimentaba de uno y otro, le respondió haria todo lo posible para socorrerle; y añade V. S. que aunque con motivo de la publication de la Guerra contra Ingleses, recurrió también al Governador de la Havana y al Presidente de la Audiencia de Santo Domingo, pidiendoles algun socorro, no tenia esperanza de conseguirlo, pero que no obstante no le contristaba la muchedumbre de enemigos que conspiran contra essa Isla sino es carecer de materiales con que resistirlos á cuyo fin havia V. S. hecho reparos lo mejor que se ha podido las armas que se hallaban existentes, respecto de que de pólvora y balas estaba mediaiiaiiiente pertrechado y tenía dadas otras providencias concernientes á la defensa de essa Plaza; reformando también dos Alferezes de las dos Compañías veteranas de su guarnicion por ser inútiles, y poniendo un Theniente y un Alferez á cada una de ellas, como también á la de Artillería; interin que dirije V. S. en primera ocasion el Reglamento que ha formado para el modo como ha de establecerse y permanecer essa guarnicion, según se le ordenó anteriormente, y haviendo dado quenta al Rey de todo lo referido queda enterado del zelo y aplicacion con que V. S. se ha dedicado á poner en buen estado de defensa essa Isla y Presidio, y aprueba quanto ha dispuesto en el asumpto; y por lo que toca á los pertrechos, armas y caudales que necesita, me manda S. M. decir á V. S. que últimamente ha expuesto el Arzobispo Virrey de México, en carta de 20 de Agosto del citado año de 1739, ha embiado á V. S. lo que ha podido, conforme a las instancias que le ha hecho en distintas ocasiones, al mismo tiempo de conducirse el Situado, y que lo propio haría con las 200 piedras que V. S. solicitaba, bien que en quanto á fusiles no le era posible practicarlo porque no los hay en aquel Reyno. En esta inteligencia y en la de que por el Guarico se ha provehido á V. S. de 104 fusiles y de 320 piedras. Que el Virrey Don Sebastián de Eslava ha dejado á V. S. 70 fusiles de los soldados que llevó de estos Reynos y murieron en essa ciudad, y que se queda bre. disponiendo que los 200 apromptados en Cadiz bayaº con
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vedad que permitiere la situation de las cosas; se persuada S. M. que con estos socorros y reiterando V. S. sus instancias al Virrey de Nueva España para la remesa de caudales y el fierro que se hubiere menester, no dejará de hallarse en actitud de contener qualquier insulto que se intentare contra essa Isla, como lo expera de sus experiencias y conducta; y que en primera ocasion remita V. S. el Reglamento que expresa tiene formado para la guarnicion de esse Presidio, á fin que se pueda tomar la resolucion que sea más de su real agrado y combenga á su seguridad. —Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 8 de Agosto de 1740.—Joseph de la Quintana.—Sor. D. Mathias de Abadía. REAL ORDEN DISPONIENDO SE AUXILIEN LOS NAVIOS FRANCESES QUE LLEGAREN A ESTE PUERTO. San Ildefonso, 29 de Agosto de 1740. Siendo la amistad, la harmonia y la buena correspondencia que passa y reina entre S. M. y el Rey Xrystianisimo, su sobrino, iguales á los vínculos de la sangre que. tan estrechamente los une; y queriendo S. M. acreditar en todas ocasiones y por todos los medios posibles su cuidado y su atencion á quanto pueda ser del agrado y complacencia de S. M. Xrystianisima, se ha servido resolver, que yo prevenga á V. S. (como lo executo en su Real nombre) de la perfecta confianza que debe tener de la Francia, para que en esta inteligencia pueda V. S. dar al navio ó navios de guerra de aquella Bandera, que llegaren á esse Puerto todo el favor y auxilio que necesitaren; y de quedar prevenido de esta resolucion de S. M. me dará V. S. quenta para pasarlo á su Real noticia.—San .Ildefonso, á 29 (le Agosto de 1740.El Márques de Villanda.—Sr. don Mathías de Abadía. REAL ORDEN APROBANDO LA REORGANIZACIÓN DE UN BATALLÓN DE INFANTERIA Y 'UNA COMPAÑIA DE ARTILLERIA. Madrid 28 de Febrero de 1741. En carta de 22 de Septiembre del año pasado de 1739, acompaña V. S. el Reglamento que se le mandó formar para poner la guarnicion de ease Presidio en Estado de que pudiesse hacer el servicio con alguna semejanza á las Tropas de los exereitos de estos Reynos; y al mismo tiempo hace V. S. presente ha procurado ceñirse en lo que en él se contiene á ahorrar superfluos gastos á la Real Hacienda, reduciendo la nueva planta (que contempla por conveniente) á la formation de un batallon con la gente de las dos Compañías de Infantería que hoy tiene esaa Plaza de su dotacion antigua, dividiéndolas en cinco del número de ochenta y quatro plazas cada una, y los dos oficiales subalternos, tambor
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y pífanos, de que carecía; señalando á unas y á otras los sueldos que le han parecido a V. S. más moderados y precissos para que puedan mantenerse, y hacérseles los descuentos que previene .el referido Reglamento, en el que ha procurado V. S. tocar todos los puntos mas exempziales para el gobierno económico, policía y servicio que corresponde, indiferentemente a los oficiales y soldados de las expresadas Compañías y del Estado Mayor. Y concluye V. S. con que haviéndose de crear y aumentar el número de oficiales, según la referida disposition, discurre por indispensable se remitan de estos Reynos dos de habilidad y práctica para Ayudantes de la Plaza y el Batallon, y un capitan para la Compañía de Artilleros, que se halla vaca: Y haviendose enterado el Rey del referido Reglamento, y (le todo lo demás que V. S. expone en este asumpto; ha tenido presente con tal motivo, lo gravosso que es á su Real Erario qualquier aumento de gasto en las Plazas de la América, por los costosos que se hacen en su manutencion, y la imposilidad muchas veces de suministrarles y asistirles con promptitud con aquellas situaciones que les están señaladas, lo que persuade á la prudente máxima de que se ponga la mira á tenerlas guarnecidas con una regularidad tal de Tropas, en tiempo de paz que haga tolerable su conservacion, y no solo sean capaces de liberarse de sorpressa, sino de defenderse de la improvisa y competente fuerza de enemigos, con que se intentare atacarlas, é invadirlas, y dar tiempo suficiente á que se les pueda socorrer con la posible brevedad; por estas razones y otras consideraciones, ha resuelto S. M. reducir el Reglamento .que V. S. ha remitido, á que el Batallon se forme de quatro Compañías, sobre el mismo pie que se propone de 84 plazas y los Oficiales correspondientes, como también la Compañía de Artilleros; pues. espera S. M. que con esta provindencia se facilitará el fin de que permanezca la gente necesaria en ease Presidio para sostener una regular defensa, y el beneficio de que esté bien asistida, arreglada y disciplinada. — En consequencia de esta determination ha mandado S. M. formar el Reglamento que se ha expedido en 12 de Febrero de este año, para que sirva de regla fixa y ley inviolable en la guarnicion de essa Plaza, expresándose en él todos los puntos que V. S. hace presentes á excepcion de algunos por ser opuestos á lo prevenido en las Leyes de essos Dominios; y en esta misma ocasion se remite de su Real Orden ú V. S: y á los Oficiales Reales para que se ponga luego en practica, fiando de su celo y experiencia atenderá á su puntual observancia y cumplimiento, segun y con las circunstancias y providencias que en el se prescriben para el logro de este nuevo establecimiento.—En quanto á los oficiales que se necesitan para la Compañía de Artilleros que se halla vaca, y los empleos de Ayudantes del Batallon y de la Plaza, atendiendo S. M. á la precision de que recaigan en personas de habilidad y practica, queda en nombrar las que se consideraran por más á proposito, de los que sirven en las tropas de estos Reynos, con el fin de que vayan á exercerlos en la primera ocasion que se proporcionare á este intento; y para proveer los formaciou demas empleos, que quedaren vacos con motivo de
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REALES ÓRDENES.
del Batallon, manda que proponga V. S. para cada uno de ellos los sugetos que hubiere mas beneméritos en esse Presidio, para que pueda elegir los que convenga y fueren más de su Real agrado.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 28 de Febrero de 1741.—Joseph de la Quintana.—Sr. D. Mathias de Abadia. REAL ORDEN, QUEDANDO ENTERADO S. M. DE LA TORMENTADA HABIDA Y PROVIDENCIAS TOMADAS.
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Madrid 9 de Mayo de 1741. En carta de treinta y uno de Octubre del año próximo pasado, dió cuenta V. S. de la tempestad de agua y viento que se padeció en esa plaza los días once y doce del mes antecedente, más rigurosa que lá del año de mil setecientos y treinta y ocho, por aver arruinado todos los frutos y ahogado la mayor parte de los ganados; y de que para el reparo de sus naturales, tomó V. S. para providencia de que sembrasen las semillas más promptas; quedando V. S. con el desconsuelo de que por su falta, la de los plátanos y carnes subsistiría la necesidad, y con el temor de que se frustase la defensa de la Isla, que consistía por la mayor parte en las Milicias del País, no obstante que se mostraban animosos, en medio de no aver en esas Caxas dinero alguno, y de averse apurado los caudales de los vecinos de alguna posibilidad; cuyas circunstancias y la de tener que mantener seiscientos y cinquenta hombres, tropa reglada, con los doscientos y cinquenta, que nuevamente dexó el Teniente General Don Rodrigo de Torres, tenian á V. S. en el mayor cuidado, si con brevedad no llegaba el Situado del mismo año; y añade V. S. que la Esquadra del cargo del expresado don Rodrigo padeció tambien el mismo temporal á la vista de esa Isla, separándosele diferentes navios, y las quatro presas inglesas que llevaba, de los quales navios se le reunieron dos en el puerto de la Aguada nueva, y de las presas arribaron tres á las costas de las Colonias Francesas de la Isla Española; y que aviendo salido la referida Escuadra en seis de Octubre, con la destination de socorrer á Santo Domingo, toma la, derrota para Cartagena, y quedaba V. S. prevenido de todo quanto en zelo y aplicacion pudo adquirir en esos parages, teniendo la Plaza en una regular defensa—Y asiendo visto en Consejo la citada carta, ha acordado diga á V. S. (como lo executo) que ha estimado muy particularmente las noticias que contiene, y le aprueba las providencias tomadas para la conservacion y defensa de esa Isla; esperando del zelo y actividad de V. S. que continuará las que más convengan para un objeto de tanta importancia y tan del Real servicio.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 9 de Mayo de 1741.—Fernando Triviño. —Sor. Governador y Capitan General de Puerto Rico. (1) (1) Esta tormenta de la noche del 11 de Octubre de 1740 está anotaaa por don Jose J. Acosta en las acotaciones a la obra del padre Yugo Abbad, pero sin fijar dfa.—C. y T.
141 REAL ORDEÓN EN LA QUE S. M. AUMENTA AL BRIGADIER D. MATHIAS DE ABADIA SU SUELDO Y LE PRORROGA EL GOBIERNO. Madrid 12 de Mayo de 1741. Habiendo dado quenta al Rey de la carta de 4 de Noviembre del año próximo pasado de 1740, en que con motivo de participar V. S. la llegada de los 250 hombres que para refuerzo de esse Presidio le dejó el Theniente General D. Rodrigo de Torres, haze presentado ha nueve años que sirve esse gobierno, sin más sueldo que el de mill y seiscientos escudos al añO, ni otro emolumento alguno, los quales no son bastantes para una moderada decencia, y que aunque se han aumentado sueldos á gobiernos de ynferior caracter, como el de Cumaná y Cuba, no ha hecho V. S. instancia sobre ello, por que no le llevó a eesos parages la codicia sino la obediencia; solicitando que en esta consideracion se le confiera el gobierno de Cartagena que se halla vacante, con el grado de brigadier. Ha venido S. M., atendiendo á los méritos y buena conducta con que ha desempeñado V. S. su Real confianza en eesos manejos, poniendo en buen estado de defensa esse Presidio, y con disciplina militar las Tropas de su guarnicion, en prorrogar á V. S. en esse gobierno, para que continúe en él, con el grado de brigadier, que anteriormente le tiene dispensado, por el tiempo de otros cinco años mas de los que le ha servido hasta aquí, respecto de hallarse provehido el de Cartagena, concediendo á V. S. al mismo tiempo, el aumento de sueldo al que goza actualmente á la cantidad de quatro mill pesos al año, mientras esté V. S. en esse destino, y sin que sirva de exemplar para otro Governador que le subzediere en esse empleo. En cuya consequencia, espera S. M. que á proporcion de lo que su Real consideracion se ha dignado atenderle procurará acreditar •su celo en su Real servicio, dedicándose á la defensa y Fesguardo de esa importante Plaza, y al puntual y mejor establecimiento del Reglamento expedido en 12 de Febrero de este año, para las Tropas de su guarnicion. Y de su Real orden lo participo á V. S. para su inteligencia y cumplimiento, estando advertido de que de la expresada merced, se ha expedido el Decreto correspondiente, en 5 del presente mes de Mayo á la Cámara de Indias, para que se expidan los Despachos necesarios, que se le remitirán á V. S. con la primera ocasion que se ofreciere.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid, 12 de Mayo de 1741.—Joseph de la Quintana.—Rubricado.—Sr. D. Mathias de Abadía. (1)
(1) El teniente coronel P. Matías de Abadía tomó posesión del mando de la isla el 11 de Octubre de 1731. Durante su mando llegó a Brigadier. Falleció en esta ciudad el 28 de Junio de 1743.—O. y T.
142 REAL ORDEN DISPONIENDO EL CANOE DE PRISIONEROS INGLESES CON ARREGLO A LA CÉDULA ADJUNTA. Madrid 1° de Julio de 1742. Haviendo resuelto el Rey se practique el cange de prisioneros españoles é ingleses, que durante la presente guerra se hubieren hecho y se hicieren en esos Dominios de América, bajo de las precisas circunstancias y condicion que contiene la adjunta copia de Cédula expedida por S. M. en confirmacion de las concordadas entre su embaxador extraordinario y plenipotenciario en la Corte de Francia, y el ministro de la Gran Bretaña, que recide en ella, la paso á V. S. de su Real Orden, rubricada de mi mano, para que por su parte se regle en adelante á lo prevenido en ella en los canges que se hicieren de prisioneros en esos Dominios.— Dios guarde a V. S. muchos años como deseo.—Madrid 1º de Julio de 1742.—Joseph del Campillo.—rubricado.—Sr. D. Mathias de Abadia. (1) REAL ORDEN AI'ROBANDO EL NOMBRAMIENTO DE TENIENTES DE LOS CASTILLOS. San Ildefonso 26 de Septiembre de 1742. En carta de 29 de Diciembre del año próximo pasado, da V. S. quenta de quedar formadas las quatro Compañías del Batallon de esse Presidio, y de aver provisto los empleos de thenientes de los Castillos del Morro, San Juan de la Cruz y San Antonio del Puente, como el que consideraba preciso se pusiesen las citadas Compañías sobre el pie de cien hombres por no aver los suficientes para practicar el servicio en 1'a forma que previenen las ordenanzas militares; y enterado el Rey de lo referido y demás que V. S. expone: Ha venido en aprobar los nombramientos de thenientes de los Castillos que expresa, y las providencias que dió para poner en el número ordenadas las quatro Compañías, pero no en lo que mira al aumento de ellas a cien hombres mediante no ser su Real animo alterar lo dispuesto en el Reglamento expedido en doce de Febrero del año pasado.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—San Ildefonso 26 de Septiembre de 1742.—Joseph del Campillo.—Rubricado.—Sr. D. Mathias de Abadía.
(1) En esta época empezaron loe Daneses a poblar la isla de Santa Cruz y levantaron un fortín para defenderse.—C. y T.
148 REAL ORDEN DANDO CONOCIMIENTO DE LA MUERTE DE D. JOSÉ DEL CAMPILLO Y DE QUIEN LE SUSTITUYE. Aranjuez 5 de Junio de 1743. Remito á V. S. el Despacho adjunto en que, con motivo del fallecimiento del Sr. D. Joseph del Campillo, se ha dignado el Rey poner á mi cargo los negocios del Almirantazgo para que los despache en calidad de Lugar Teniente General del Sr. Infante, Almirante General, con las mismas circunstancias y facultades que lo exec ataba aquel Ministro.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Aranjuez 5 de Junio de 1743.El Marques de la Ensenada.—Rubricada.—Sr. D. Juan Joseph Colomo. EL REY.—Por despacho de diez y nueve de Noviembre de mill setecientos y quárenta y uno, tuve á bien mandar que con motivo de la ausencia que estaba para hacer de estos Reynos el Infante D. Phelipe, mi mui charo y amado hijo Almirante General de España y de todas mis fuerzas marítimas, se encargare de los negocios del Almirantazgo D. Joseph del Campillo, y los despachase por entonces en calidad de Lugar Teniente General del Infante, y haviendo fallecido aquel Ministro, he nombrado para exercer este encargo con las mismas circunstancias y facultades que le exerció I). Joseph del Campillo, á D. Zenon de Somodevilla Marques de la Ensenada, de mi Consejo de Guerra, mi secretario de Estado y del Despacho de las negociaciones de Indias, Guerra, Marina y Hacienda, y Superintendente General de ella ; _en cuya consecuencia mando á mis Virreyes, Governadores, y Capitanes Generales del Perú, Nueva España, y Santa Feé, á los Governadores de los Puertos y Plazas de mis Dominios de las Indias, á las Justicias de ellos, Oficiales militares de Tierra y Marina, Ministros de ambas clases, y demás personas á quien perteneze y pudiera pertenecer, que enterados de esta resolucion la obedezcan, observen, y cumplan puntualmente cada uno en la parte que le toque, en todo lo que se ofreciere de mi servicio consemiente al Almirantazgo. Que así es mi voluntad, y que me de quenta del recibo de este Despacho.—Dado en Aranjuez á quatro de Junio de 1743.—Yo El Rey.—Rubricado.Zenon de Somovilla.—Rubricado.—A los Virreyes, Governadores, Capitanes Generales y Ministros de Indias. REAL ORDEN SOBRE EL BATALLON Y EL ALMACEN PARA LA PÓLVORA QUE NO APRUEBA S. M. El Pardo 18 de de Enero de 1744. 8e han revivido con la carta de Vm. de 4 de Agosto del año próximo pasado, los estractos que remite de la gente efectiva del Batallon de essa Plaza, y de las quatro Compañías de refuerzo
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con el número de armas que existía en almacenes compreendiéndose los trescientos fusiles que se tomaron, y iban destinados á Veracruz , y asimismo la relacion que tambien acompaña de las armas y caudales que Vm. había pedido al Virrey de Nueva España, añadiendo Vm. haber determinado construir un Almacen fuera del Castillo del Morro para conservar la pólvora, de lo qual solicita Vm. aprobacion.—He hecho presente al Rey todo lo expresado, y aunque. ha oido con desagrado que Vm. hiciese detener ahy las armas que refiere, pues debia atender los fines que se tendrían quando se enviaban á otra parte: tolera S. M. por esta vez semejánte determinacion y me manda decir á Vm. se procurará socorrer essa Plaza con la mas que se pueda de lo que pide: y que en quanto á la construccion del Almacen que Vm. ha dispuesto debía dar quenta de su costo, de los fondos de que lo emprendió y de quanto individualmente huviere ocurrido, estando Vm. en la inteligencia de que hasta que lo execute no aprobará S. M. esta obra.—Dios guarde á Vm. muchos años como deseo.— El Pardo 18 de Enero de 1744.El Marques de la Ensenada.— Rubricado.—Sr. don Domingo Pérez de Nauclares. REAL ORDEN DANDO CUENTA QUE FRANCIA LE HA DECLARADO LA GUERRA A INGLATERRA. Aranjuez 24 de Abril de 1744. Haviendo declarado el Rey Christianissimo la guerra por tierra y mar (el dia 15 de Marzo próximo pasado) al Rey de Inglaterra, elector de Hannover, y á todos sus subditos en la conformidad que se expresa en la adjunta copia, me manda S. M. pasarla á V. S. para que llegue á noticia de los naturales de essa Isla, con especialidad á los comerciantes en los puertos y costas de ella á fin de que puedan usar de las precauciones que les convengan.—Dios guarde á V. S. muchos años.—Aranjuez 22 de Abril de 1744.El Marques de la Ensenada.—Sr. D. Juan Joseph Colomo. REAL ORDEN ACOMPAÑANDO UN MEMORIAL DE D. MARCOS CANDOSA PARA QUE INFORME. El Pardo 20 de Febrero de 1745. Remito á V. S. de orden del Rey el memorial adjunto de D. Marcos Candosa con la representacion que incluye del Cavildo de la Villa de San German, de Puerto Rico, para que sobre su contenido informe V. S. lo que se le ofreciere y pareciere.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—El Pardo 20 de Febrero de 1745.El Marques de la Ensenada.—rubricada.—Sr. D. Juan Joseph Colomo.
MEMOEIAL D1 D. MARCOS CANDOSA.
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MEMORIAL.—D. Marcos Candosa, vecino de la Villa de San German, una de las de la Isla de Puertorrico, puesto á los Reales pies de V. M.—Suplica á la Real piedad de V. M. que en atencion á lo que resulta de la Informacion y representacion echa por el Cavildo de la mencionada Villa, se sirva V. M. de favorecerle mandando que por las Cajas Reales de la nominada Isla se le asista, y á sus hermanas con alguna limosna anual, ó que al suplicante se le coloque por el Governador en alguno de los empleos militares del Batallon, en que en servicio de V. M. promete y sabrá desempeñar el cumplimiento de su obligación, que en ello recivirá merced. COPIA.—Señor: El Cavildo, Justicia y Regimiento de esta Villa de San German en la Isla de San Juan de Puerto Rico, en acuerdo, con la veneracion que deve, en cumplimiento de las Leyes Reales de V. M. dice: Que por Cavildo pleno que se celebró oy día de la fecha, hemos acordado dar quenta á V. Rl. M. como varó por tempestad entre las dos bocas del río .Jacagua, division de nuestra jurisdiccion y la de la Ciudad de Puerto Rico un paquebot inglés, cuyo cargazon libráron los españoles, asegurándolo en la playa de aquella costa; y aviendo venido despues los ingleses llevarse dicha cargazon, y para su efecto saltado en tierra, los españoles les salieron al encuentro en defensa de dicha cargazon, entre los quales salió el Cabo de Esquadra D. Marcos Candosa, quien en el certamen que se originó se mostró con singular valor, aventajándose con adelantamiento á todos en las salidas, marchando delante hasta que auyentó á los enemigos, demostrando su anelo en los requerimientos que hizo á sus Gef es, que allí se aliaron, como todo consta por púbilco y de una Informazion que nos mostró, y siendo este de clara estirpe, y leal vasallo de V. M. y quien más se apersonó á defender V. Rl. Erario, con gran peligro, y evidente riesgo de su vida: Suplica humilde y reverentemente vuestro leal Ayuntamiento tenga presente V. M. al dicho D. Marcos Candosa para lo que fuere de V. Rl. agrado, y á tres mujeres consanguíneas suyas, que quedaron vigdas en dicho certamen. por muerte del Capitan D. Juan de Rivera, D. Pedro de Rivera y de Juan Hortiz de Mathos, por aver quedado á los Reales pies de V. M. pobres y cargadas de hijos.— muchos años, que hemos de menester sus vasallos.—Villa de San German .en las casas del Cavildo y Febrero quatro de mil setecientos quarenta y tres años.—Señor B. L. R. P. de V. M.— luan Ramírez de Arellano, Alcalde ordinario de primer voto.—Joseph Velez, Regidor de primer voto.—Franeiaco Antonio Alvarez de Molina, Alcalde ordinario de segundo voto.—Juan de Toro, Regidor de segundo voto. INFORMACION.—El Cabo de Esquadra D. Marcos Candosa de Mathos, vecino de la Ciudad de Puerto Rico, residente en el pueblo de Nuestra Señora de Guadalupe de Ponce, como mejor procéda en derecho, y al mio convenga, paresco ante Vm. y digo, que para los efectos que convenir me puedan necesito de hazer Informacion justificatoria sobre lo que pasó y sucedió al tiempo y quando invadieron los ingleses al puerto de Boca Chica, á causa 4 iJ
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de llevarse la ropa y tratar de la cargazon del paquebot inglés que arribó á dicho puerto, en cuya consequencia se ha de servir Vni. admitir dicha Informacion y que los testigos que se hallaron presentes y presentare se examinen por el tenor de este Interrogatorio, que adjunto presento por tanto, y haciendo el pedimento mas util y necesario: A Vm. pido y suplico así lo provea; y mande, que será justicia que pido, y se me entregue original de dicha Informacion, y juro lo necesario. —Marcos Candosa (.'s Mathos.—Por presentada en quanto á lugar por derecha con el adjunto Interrogatorio, y se le admite á esta parte la informacion que ofrece para lo qual presentará los testigos que ofrece para la dicha informacion, los que serán examinados baxo de caucion juratoria al tenor del Interrogatorio presentado.—Probeelo yo D. Joseph de Mercado, Alcalde ordinario de primer voto, de la Villa de San German y su jurisdiccion, y lo firmo en este Pueblo de Nuestra Señora de Guadalupe de Ponce, jurisdiccion de esta Villa en doce días del mes de Diciembre de mil setecientos quarenta y dos años.—Sin escribano público ni real por no haberlo y en papel comun por ser corriente; de que doy fee.—Por mi y ante mi, ✓oseph de Mercado.—Incontinente yo, dicho Alcalde ordinario hice saber el Decreto de arriba al Cabo de Bsquadra D. Marcos Candosa personalmente, de que doy fee.—Por mi y ante mi Joseph de Mercado.—Interrogatorio, por cuyo tenor se han de examinar los testigos que se presentaron por parte del Cabo I). Marcos Caudosa de Mathos, sobre lo acaecido en la guerra é invasion hecha por los Ingleses al puerto de Boca Chica el día veinte de Noviembre de este presente año y en el siguiente.— l'riiueramente, por el conocimiento de mi persona, digan.—Lo segundo, digan, juren y declaren si es verdad vieron ó supieron que en la referida invasion que hicieron los enemigos Ingleses al dicho puerto de Boca Chica para sacar y llevarse la ropa y cargazon del paquebot que arribó, requerí una y más veces á toda la gente que allí estaba en. presencia de los gefes principales para que saliesen á la defensa de la ropa, viendo que ya la tenían poseída y puesta cerca de las orillas y ribera del mar para emba i caria en su balandra, esforzándolos con el mayor anhelo que pedia el caso.—Lo tercero, si es cierto que yo fui el primero que marchó adelante de la gente y quien les dió el Santiago á dichos enemigos; si lo supieron, vieron y oyeron decir, digan.—Item, si saben que yo fui quien mas daño y perjuicio les hizo á los Ingleses y por consiguiente quien mas muertos hizo en la referida batalla, por lo que se aterrorizaron, y sobre esto y lo demás, lo que oyeron, que fué quien con más esfuerzo les exortaba la defensa, en cumplimiento de nuestra obligation, y si á todo esto estaban presentes los gefes principales de Milicia, digan.—Lo quinto, de público y notorio, publica voz y fama, digan.—Otro st, digan y declaren bazo la misma religion del juramento, si saben que fué quien dió las disposiciones para el Santiago, y modo de la invasion, y si esto lo hice voluntariamente, como lo demas que supieren en este asumpto.—Marcos Candosa de Matho&—En este pueblo de Nuestra Señora de Guadalupe de Ponce, en catorce días del mes de
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Diciembre de mil setecientos y quarenta y dos años, ante mi el Alcalde ordinario D. Joseph de Mercado, D. Marcos Candosa para la Informacion que pretende presentó por testigo á D. Joseph de Aponte, morador en el pueblo de San Antonio de Padua de Guayama, jurisdiccion de la Ciudad de Puerto Rico, de quien recibí su juramento en forma de derecho, el que hizo por Dios, nuestro señor y una señal de la Cruz, so cuyo cargo prometió decir verdad, y siendo examinado á tenor del Interrogatorio presentado dijo á la primera pregunta, que conoce al que la presenta, y responde a la segunda pregunta que es verdad que D. Marcos Candosa requirió primera y segunda vez á la gente que saliesen á matar los Ingleses y que dijo, que si querían, que le siguieran diez hombres, que él acometería adelante á darles el Santiago, y que fué el primero que mató á un negro de los Ingleses, y que exortaba á la gente que acometiese á los Ingleses que se llevaron la ropa, y que quando le dijo el dicho D. Marcos, que entre otras personas estaba D. Manuel de Pando y el sargento mayor D. Blas Colon; y responde á la tercera pregunta, que es verdad, que el dicho D. Marcos marchó delante, y dió el Santiago, y dió la disposicion por donde habia de acometer la gente; responde ú la quarta pregunta, que es verdad, que siempre les estuvo tirando, y que cada instante animaba la gente de tierra presentes los dichos gefes, y que no sabe si fué quien mató mas Ingleses; responde á la quinta pregunta, que de público se tiene todo lo que el declarante tiene dicho, y que D. Marcos se esmeró en el cumplimiento de su obligacion, y que fué quien dió nias bateria á los Ingleses; responde al otro sí, que se remite ú lo que tiene declarado; y responde sucedió que al tiempo que los Ingleses entraban en el monte el dicho Marcos mató el negro; causa, declara, por donde los Ingleses se retiraron de vuelta á la playa; y que esto es lo que sabe, y la verdad so cargo del juramento fecho, en que se afirmó y ratificó; y habiéndole leído su declaration dijo estar bien escrita, que es de edad de veinte y un años, poco mas ó menos, que no le tocan las generalas, y lo firmó junto conmigo, con defecto de escribano público ni Real, y en papel coman por ser corriente, de que doy fee.—Joseph de Aponte.—Por mi y ante mi. —Joseph de Mercado. En catorce días de dicho mes y año, atras dicho, ante mi dicho Alcalde ordinario el dicho D. Marcos Candosa para la justificacion que pretende, presentó por testigo al Capitan D. Laurencio Rodríguez, morador en este dicho pueblo, del que recibí su juramento en forma de derecho, el que hizo por Dios, nuestro señor, y una señal de Cruz en forma de derecho, so cuyo cargo prometió decir verdad, y siendo examinado al tenor del Interrogatorio presentado, dijo á la primera pregunta, que tiene conocimiento del que le presenta; responde á la segunda pregunta, que es verdad por haberse hallado presente el declarante que el dicho D. Marcos exortó á la gente de tierra, presentes D. Manuel 1'ando y el sargento mayor D. Blas Colon, para que acometiesen a los enemigos que se llevaban la Ropa del Rey, y que á todos esforzaba con el mayor anelo; responde á la tercera pregunta, que es verdad, que
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marchó delante de la gente, y que fué quien dió Santiago; responde á la quarta pregunta, que sabe que mató un inglés, quando dió el Santiago, y que antes oyó decir habia muerto un negro inglés, con cuya muerte se retiraron los ingleses á la playa, y que siempre estaba exortando á los de tierra, presentes los dichos Gefes, y que no sabe situé quien mató mas, pero que se mantuvo siempre dando Bateria al enemigo, y que sabe les hizo grande estrago; responde á la quinta pregunta, que lo que tiene declarado es público; que el dicho D. Marcos junto con el capitaú D. Juan de Rivera, dirigió al declarante por donde habia de aco meter con un trozo de gente, responde al otro sí; Y que esto es lo que sabe y la verdad, so cargo del juramento fecho, en que se afirmó y ratificó, y habiéndole leído su declaracion dijo estar bien escrita, que es de edad de sesenta y cinco años, mas o menos, que no le tocan las generales; no firmó por no saber, firmelo yo, de que doy fee.—Por mi y ante mí. Joseph de Mercado. En quince dias de dicho mes y año, atras dicho, el dicho D. Marcos Candosa para la dicha justificacion ante mi dicho Alcalde ordinario, presentó por testigo á Bartolomé Correa, de este ve cindario, de quien recibi su juramento en forma de derecho, el que hizo por Dios, nuestro señor, y una señal de Cruz, so cuyo cargo prometió decir verdad, y siendo examinado al tenor del Interrogatorio presentado, dijo á la primera pregunta, que conoce al que la presenta; responde á la segunda pregunta, que es verdad que el dicho D. Marcos exortó á la gente á que acometiesen al enemigo, que se llevaba la Ropa, esforzándolos con el mayor anelo, y que oyó decir fué el primero que salió y mató un negro inglés, y que cada rato salía á tirarles, responde á la tercera pregunta, que es verdad que fué quien marchó con el capitan D. Juan de Rivera, difunto, delante, y que dicho D. Marcos dió las disposiciones para dar el Santiago, y por donde habian de acometer al enemigo, y que fué quien les dió el Santiago; responde á la quarta pregunta, que fué dicho D. Marcos quien mas daño hizo a los Ingleses y mató mas, y quien se mantuvo en la bateria animando la gente, responde á la quinta pregunta, que to que tiene dicho es público; responde al otro si, que se remite á lo dicho. Y que eso es lo que sabe y la verdad so cargo del juramento fecho, en que se afirmó y ratificó, y habiéndole leído su declaracion dijo estar bien escrita, que es de edad de treinta y cinco años, mas 6 menos, que no le tocan las generales, no firmó por no saber, firmelo yo, de que doy fee.—Por mi y ante mi.—Joseph de Mercado. En veinte y dos días de dicho mes y año, ante mi dicho Alcalde ordinario, el dicho D. Marcos Candosa presentó por testigo para la justificacion que pretende á D. Domingo de Leon, de este vecindario, del que recibí su juramento en forma de derecho, el que hizo por Dios, nuestro señor, y una señal de Cruz, so cuyo cargo prometió decir verdad, y siendo examinado al tenor del Interrogatorio presentado, dijo, que conoce al que le presenta y responde á la primera pregunta. A la segunda pregunta, que sabe que dicho D. Marcos Candosa luego que loe enemigos Ingleses éaltaron á tierra á llevarse la Ropa del Rey, exortaba la gente
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de tierra á que les acometiesen y que dijo, que si no habla quien fuera, que le acompañasen diez hombres que él les acometerla y que les esortaba con todo anelo en presencia de los gefes principales; responde á la tercera pregunta, que el dicho D. Marcos fué el primero que marchó delante, y dió el Santiago; responde á la quarta pregunta que le parece fué quien mas muertes hizo, pues sabe que les hizo mucho daño, y que se mantuvo dándoles guerra, hasta que se consiguió la victoria y que en este tiempo esforzabase y animaba voluntariamente á los Españoles á la defensa; responde á la quinta pregunta, que lo que tiene dicho es público; responde al otro sí, que es verdad, que el dicho D. Marcos fué quien dió las disposiciones para la invasion y Santiago. Y que esta es la verdad so cargo del juramento fecho en que se afirmó y ratificó, y aviéndole leido su declaracion dijo estar bien escrita, que es de edad de treinta y seis años, mas 6 menos, que no le tocan las generales, no firmó por no saber, firmelo yo, de lo que doy fee.—Por mi y ante mi.—.loseph de Mercado. In continenti, ante mi dicho Alcalde ordinario el dicho D. Marcos Candosa para la dicha justification presentó por tetigo á Bernardino de Rivera, morador en el Valle de Coamo, juridiccion de la Ciudad de Puerto Rico, del que recivi su juramento en forma de derecho, el que hizo por Dios, nuestro señor, y una señal de Cruz, so cuyo cargo prometió decir verdad, y siendo examinado al tenor del Interrogatorio presentado, dijo á la primera pregunta, que conoce al que le presenta; responde á la segunda pregunta, que se alió el declarante presente quando dicho D. Marcos Candosa requirió á la gente española para que acometiesen á los Ingleses, que se llevaban la Ropa del Rey, y que si no querian salir que le acompañasen diez hombres que él saldría a la defensa, y que salió después que ya habla muerto á un negro inglés, y que les estuvo tirando, y que esortaba á la dicha gente á que le acompañasen, en presencia de los Qefes principales; responde á la tercera pregunta, que fué quien mas daño les hizo, y se mantuvo siempre dándoles batería esforzando á la gente á la defensa; responde á la quarta pregunta, que lo que tiene declarado es público; responde á la quinta pregunta, que fué quien marchó delante y dió el Santiago; responde á la sexta pregunta, digo al otro si, que fué quien dió las disposiciones para el acometimiento y Santiago: Y que es esta la verdad, so cargo del juramento fecho, en que se afirmó y ratificó, es de edad de veinte y ocho años, mas 6 menos, que no le tocan las generales, no firmó por no saber, firmelo yo, de que doy fee.—Por mi y ante mi.—Joseph de Mercado. Vista la informacion anterior, dada por D. Marcos Candosa de Mathos para que haga fee en juicio y fuera de él, debo interponer é interpongo mi autoridad, y decreto judicial quanto por derecho sea necesario y se requiere para su validacion y crédito, y mando se le entregue á esta parte original con testimonio ó testimonios que pidiere de ella autorizados en forma probante, en conformidad de su pedimento que va por cabeza de esta, en papel cemun 4 falta del sellado que le corresponde y como Juez Carta-
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gario por falta de escribano público ni real, y lo firmé en esta Villa de San German en veinte v dos de Diciembre de este año de mil setecientos quarenta y (los.—Por mi y ante mi, Joaeph de Merando. I). Christobal de Rivera, Theniente y Capitan á Guerra del Partido de Quan►o y su jurisdiccion : Certifico, en el mejor modo que puedo y levo, haciendo el juramento necesario, como haviendo imbaclido los enemigos Ingleses, el dia veinte de Noviembre de este presente año de quarenta y dos al Puerto de BocaChica, una de las costas de esta Ciudad de Puerto Rico, por causa de llevarse la cargazon de un paquebot inglés, que arribó á dicho puerto, á cuya imbasion y certamen asistí, aunque enfermo, en el lugar que me competía, en cumplimiento de mi obligacion, y de cierta ciencia me consta y fué notorio que el Cabo de Esquadra D. Marcos Calulosa de Matlios fué quien con mas esfuerzo y eficacia se aplicó y mostró á la defensa y certamen que hicieron dichos Ingleses, y en esta consequencia me consta que requirió muchas veces á la gente que allí estaba para que abordasen é impidieran el intento de dichos enemigos que se havian apoderado ya del Real donde estaba la Ropa y (lemas cargazon y hasta avian mudado parte Bella á la ribera (le! mar para embarcarla en su Balandra con la que tenían ya embarcada en dicho Paquebot, y semejantemente vei que viendo el dicho Candosa la renuencia que avia en la demás gente dió las disposiciones para el Combate que hizo marchando delante de todos y les dió el Santiago á dichos Ingleses á causa de que yo estaba totalmente impedido del accidente que es público y notorio, y de que los demás Gefes tavan vemeutes y tardos en la salida; y haviéndome tirado é intentado matar dichos enemigos, estando en evidente peligro de por la imposibilidad que estaba de defensa, aunque perder la llamé la gente de mi ejercito, no se arrojó otro á los Ingleses que fué el referido D. Marcos Candosa, y haviendo dado la muerte al que marchaba delante de dichos enemigos, se retiraron los demás atemorizados, huyendo y.desamparando lo que tenian ya poseído, todo lo qua! sucedió en mi presencia y de otros Geles principales que por entonces asistieron á dicha imbasiou, y per ser assi verdad, á pedimento verbal de dicho Cabo de Esquadra doy esta en el sitio de Capitanejo, jurisdiccion de la Villa de San German, á doze de I)iziembre (le este presente año de mil setecientos y quarenta y dos.—Clrristubal de Rivera. 1). Blas Colón (le Torres, sargento mayo! del partido de Quamo y su jurisdic•c•ion, con el mejor modo que puedo y devo: certifico, que avieudo imbaclido los Ingleses, el día veinte de Noviembre leste año de setecientos y quárenta y (los al Puerto de Boca chica, una (le las costas de la Ciudad de Puerto Rico á ocaSOD de llevarse la cargazon de un Paquebot inglés que por tempestad arribó á él, y aviepdo asistido como era de mi obligacion al combate y al asalto que hicieren dichos Ingleses, vido y me consta y fué público y notorio, que P. Marcos Candosa, Cebo de Esquadra (le una destas dos Compañías se mostró en la fensa y certamen con todo esfuerzo y eficacia, y en presencia de varios
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oficiales, que á la sazon estaban presentes requirió á la gente, v aun pidió le acompañasen á lo menos aiez hom;►res, para que saliesen á la defensa é impidiesen á dichos Ingleses el que se llevasen la cargazon de dicho Paquebot, lo que a~ian ya mudado próximo á las orillas del mar, y aún parte della llevada ya abordo dél. Y asimismo me consta que el dicho Cabo de Escuadra marchó adelante de todos y les dió el Santiago á dichos Ingleses, haciendo algunas muertes, de lo que quedaron aterrorizados, y se retiraron á su embarcación, y por el grande daño que les hizo mostrándose con valor interin duró la batalla, y en esta conformidad me consta, que aviendo el dicho Candosa muerto al que venia haciendo cabeza de dichos enemigos se retiran los demás, y en todo esto fué quien dió las disposiciones para el combate, antes de darle asalto, y por ser assl verdad, á pedimento verbal y requerimiento del referido D. Marcos Candosa, doy la presente en este I'uerto (le Bocachica, á quince de Diciembre de mil setecientos y quarenta y dos años.—D. Blas Colón. D. Marcos Candosa de Mathos, vecino de la Ciudad de Puerto Rico, y residente en este pueblo de Ponce, jurisdiccion de la Villa de San German, como mas haya lugar en derecho ante Vm. parezco v digo que ago demostracion en forma desta Informacion original echa ante Vm. á mi pedimento en razon de lo acaecido en la imbasion que hicieron los Ingleses al Puerto de Boca-Chica, para que Vni. se sirva mandar se me dé uno ó más testimonios autorizados en forma de manera que hagan fee en juicio y fuera dél, bajo de una concuerda, devolviendoseme el original para los efectos que me puedan convenir, y con la misma solemnidad debida presento estas dos certificaciones para que sirviéndose Vm. de mandar se acumulen originales con dicha Informacion, se entienda el testimonio tambien de ellas, por tanto, á Vm. pido, y suplico se sirva aver por presentadas dichas certificaciones y en su vista proveer como he pedido, que será justicia que pido y juro en forma.—Marcos Candosa de Mathos. Por presentada con las dos certificaciones las que mando se acumulen á la Informacion, la que se entregará á esta parte como lo pide, original, y della desde el testimonio y todos los demás que pidiere, proverlo yo D. Joseph Mercado en este pueblo de Ponce, jurisdiction de dicha Villa, en veinte y quatro días del mes de Diziembre de mil setecientos quarenta y dos años. Sin escribano público ni real por no haverlo, de que doy fee.-1'or mi y ante mf, Joseph de Mercado. Incontinenti, yo dicho Alcalde ordinario hize saber el decreto de arriba a 1). Marcos Candosa y le entregué estos autos, con ocho fojas utiles, de que doy fee.—Por mf y ante mí, Mercado. M. Iltre. Cavildo, D. Marcos Candosa de Mathos, vecino de esta Villa de fan German y morador en el pueblo de muestra Señora de Guadalupe, como mejor aya lugar ante V. S. parezco y digo, que hago presentacion de una Informacion echa á mi favor por D. Joseph de Mercado, Alcalde ordinario que fué de esta dicha Villa, con toda solemnidad para que V. S. en vista della se sirva de comprobarla en toda forma y fecho que sea se protocolo
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en el Archivo de papeles desta Villa, para en todo tiempo. Y que se me den por la presente della dos testimonios, y los demás que en adelante pidiere autorizados en toda forma por combenir assi á mi derecho al que atento. Y por tanto..á V. S. pido y suplico haya por presentado este mi escrito, que hago con el devido respeto, y en su vista proveer y mandar segun que pido y juro no dezir de malicia, y para que sello.--Marcos Candosa de Mathos. I'or presentado con la informacion que le acompaña, y visto por nos el Cavildo, Justicia y Regimiento desta Villa de San German, la dicha Informacion y el adjunto pedimento archívese el original, segun que la parte lo pide y compruébense los dos testimonios que pide por este Cavildo, según es de derecho, los que cometemos á uno de nuestros Alcaldes ordinarios, y se le entregarán á esta parte como los pide, y esta comprobacion se entenderá en los demás que pidiere. Fué preveido este escrito en acuerdo, en esta Villa de San German, en las casas de nuestro Ayun tamiento, en Cavildo celebrado de quatro de Febrero de mil setecientos y quarenta y tres años, sin escribano público, ni de Cavildo por no haverlo, y en papel comun por ser corriente, de que damos fé.—Por nos y ante nos, Juan Ramírez de Arellanao.Francisco Antonio Alvarez de Molina.— Joseph Velez.—Juan de Toro. —Concuerda esta copia y traslado con su original, de donde fué sacado, va cierto y verdadero corregido y concertado al que me remito, el qual queda protocolado en el archivo de papeles desta Villa; y para que conste de pedimento doy esta en nueve fojas útiles, en esta Villa de San German, en quatro dias del mes .de Febrero de mil setecientos y quarenta y tres años, sin escribano público ni de Cavildo por no aveno, y en papel comun por ser corriente de que doy fee.—En testimonio de verdad.Francisco Antonio Alvarez de Molina.—Derechos arancelarios. Certifico yo D. Francisco Alvarez de Molina, Alcalde ordinario. desta Villa de San German y su jurisdiction, como en el original de la Informacion, donde fué sacado este testimonio consta, ante del escrito presentado á este Ilustre Cavildo para la comprobacion de dicha Informacion á la vuelta del folio ocho, siguiendo al folio nueve lo siguiente: Los Alcaldes ordinarios del Rey, nuestro Señor, que aquí firmamos y damos fe que D. Joseph de Mercado, de quien parecen firmados los autos delta Informacion y el examen de los testigos, fué tal Alcalde ordinario de primer voto y usó fiel y legalmente su oficio y cargo, y á todos los instrumentos y antes que por ante el pasaron se les dió y da entera fe y crédito en juicio, y fuera de él, y semejantemente nos consta que D. Christobal de Rivera, de quien parece firmada la Certificacion inserta en dichos autos es tal Theniente y Capitan á Guerra como se titula, y que D. Blas Colon es asimismo Sargento Mayor, al presente ambos los ejercen sus oficios legalmente y sin contradiccion y á qualesquier papeles que por ante ellos se hacen en lo perteneciente á sus oficios y cargos y á otros semejantes á estas certifieae'~.nes se les da entero crédito, y para que conste lo firmamos en este papel comun á falta del sello que le corresponde. En la Villa de San German á quatro de Febrero
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de mil setecientos y quarenta y tres años.—Juan Ramírez de Arellano.Francisco Antonio Alvarez de Molina. Assi parece de su original al que me remito Io que no va testimoniado en su lugar por haverse quedado por olvido natural, y para que conste assi lo certifico en la mejor forma que puedo y devo, y para ello interpongo toda mi autoridad y decreto judicial, y lo firmo en esta Villa de Ban German en quatro días del mes de Febrero de mil setecientos y quarenta y tres años, sin escribano público ni Real por no averío, y en papel Comun por ser corriente de que doy fee.--Por mi, Francisco Antonio Alvarez de Molina. El Alcalde de primer voto y los Regidores del Rey, nuestro señor, que por falta de escribano público ni real firmamos aquí, certificamos y damos fe, que D. Francisco Antonio Alvarez de Molina, de quien parece firmado el testimonio anterior es tal Alcalde ordinario de segundo voto como se titula, y actualmente usa y ejerce su oficio fiel y legalmente sin contradiccion, y á los instrumentos y antes á este semejantes se les da verdadero crédito y entera fee en juicio y fuera del, y para que conste lo firmamos en esta Villa de San German en quatro dias del mes de Febrero de mil setecientos quarenta y tres años, y va este testimonio con esta fee en diez fojas útiles; y assimismo certificamos ser cierto el olvido natural que conste en la certificación anterior de dicho Alcalde ordinario, y que assí consta en 'su original, de todo lo qual damos fee.—Juan Ramírez de Arellano.- Joseph Velez.—Juan de Toro. REAL ORDEN APROBANDO LA PRISIÓN DE CUATRO CAPITANES Y QUE SE RIGA LA CAUSA A D. JOSE VALENTIN URQUIZU. Madrid 28 de Junio de 1741. En carta de 21 de Enero de este año expone V. S. haberse seguido en esse Juzgado causa criminal á pedimento de Juan Gonzalez Calvanas, de color pardo, soldado de essa guarnicion contra el Capitan D. Joseph Valentin de Urquizu, sobre haberle este cortado las orejas porque le habia estrupado una hija, feeundandola, la que murió de parto por haberse negado si él, y que siguiendo por los terminos de derecho la causa, arrestando al citado Capitan, lo puso V. S. á su instancia en libertad bajo de fianzas, con ánimo de sentenciarle definitivamente, con parecer de Asesor. Y que en el intermedio presentó á V. S. el Cuerpo de Capitanes del Batallon la representation de que envia copia, pretendiendo se mantuviese desonerado al referido Urquizu de continuar el servicio, en la suposicion de que se opondrian á la alternativa que pudiese solicitar: en cuya vista refiere V. S. tomó la providencia de poner presos á los que firmaron la referida representation por la falta de subordination que en formarla tuvieron, y por ser contra lo prevenido en el Reglamento.—He dado cuenta al Rey de lo expresado y en su inteligencia ha aprobado B. M. todo lo que V. B. expone habia executado con los Capitanes
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del Batallon de essa Plaza, y me manda decirle que si no ha bastado para que se contengan los suspenda V. S. desde luego de sus empleos, haga autos de su proceder, y los envie: y asimsmo quiere S. M. determine V. S. la causa que se sigue contra D. Joseph Valentin de Urquizu obrando conforme á derecho, y que dé cuenta de sus resultas, informando lo que mejor le parezca; lo que de orden de S. M. prevengo á V. S. para su cumplimiento. Dios guarde á V. S. muchos años.—Madrid 28 (le Marzo de 1745.— El Marques de la Eiisenada.—Rubricado.—Sr. D. Juan Joseph Colomo. REAL ORDEN DE QUE EL REY QUEDA ENTERADO DE NO HABERSE PODIDO COSTRUIR CUARTELES EN EL CASTILLO DEL MORRO, Y NO HABER SATISFECHO SUS HABERES A LOS OFICIALES QUE FUERON A MEXICO. San Ildefonso 6 de Agosto de 1745. Por las dos cartas de V. S. de 1° de Julio del año próximo pasado, y 1° de Marzo del presente año, queda el Rey en inteligencia de las razones que ocurren para no poderse cumplir lo mandado en el capitulo 67 del Reglamento de que en el Castillo del Morro se hagan Quarteles para la tropa de esse Presidio, y de no haber V. S. permitido que al Theniente y Sargento, que los Capitanes del Batallon y tropa de refuerzo enviaron á Mexico para solicitar la satisfaccion de sus alcances, se les abonase el sueldo vencido durante su ausencia. Y lo participo á V. S. para su noticia.—Dios guarde á V. S. muchos años.—San Ildefonso 6 de Agosto de 1745.—E1 Marques de la Ensenada.—Rubricado. —Sr. D. Juan Jospeh Colomo. REAL ORDEN DISPONIENDO, QUE LAS PROPUESTAS DE VACANTES HAN DE PASAR PRECISAMENTE POR MANOS DEL GOBERNADOR, EL QF~E AL PIE PONDRÁ SU DICTAMEN; Y QUE NO SE ADMITE RECURSO DE OFICIAL NI INDIVIDUO I)E TROPA, QUE NO VAYA DIRIXIDO POR EL GOBERNADOR. Aranjuez 3 de Junio de 1746. El Rey ha resuelto que en todas las propuestas que los Coroneles y Comandantes de los Regimientos así del fijo, y de refuerzo de las Plazas de América, Compaffas sueltas de Dragones, o Infanteria, como de los que se destinaron para aumento de su Guarnicion con motivo de la actual Guerra hicieren de los empleos que vacaren, se dirijan á manos de S. M. por los Governadorse respectivos poniendo precisamente estos al pie de ellas su dictamen; sin el qual no pasará S. M. á la provision de las va-
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cantes.—Así mismo ha resuelto S. M. que no se admita recurso alguno de Oficial y todo otro individuo de la citada tropa, de qualquiera naturaleza que fuere que no sea así mismo dirigido por los Governadores á quienes corresponda para que sobre ellos expongan lo que se le ofreciere, y se evite de eta suerte la d'Jacion inexcusable en aquellas instancias que S. M. tubiere á bien no resolver sin informes de los mismos Governadores.—Avísolo á V. S. de orden de S. M. a fin de que lo haga entender á los Comandantes de la tropa de su distrito, y demas á quienes pertenezca cuidando V. S. por su parte de su cumplimiento: manda S. M. que V. S. partícipe el recivo de esta orden.—Dios guarde á V. S. muchos años.—Aranjuez 3 de -Junio de 1746.—E1 Marques de la Ensenada.—Rubricada.—Sr (lovernador de Puerto Rico. REAL ORDEN APROBANDO SE NOTICIE A LOS GOBERNADORES DE SOTAVENTO QUE HAY UNA ESCUADRA INGLESA EN AGUAS DE LAS ANTILLAS. Madrid 24 de Agosto de 1746. He puesto en noticia del Rey las que contiene la carta de V. S. de 21 de Febrero de este año de haver sabido que llegaron á la isla de San Christoval 22 iiavios de guerra ingleses con tropa de desembarco, á cargo del Almirante Thonsen, y que debian juntarse á 28 que estaban en la Barbada mandados de los gefes Guanen y Tenlles; y aprueba S. M. que V. S. lo comunicase á prevencion á los Governadores de Sotavento, como manda que V. S. lo execute con qualquiera otra que adquiriese sucesivamente para lo que puede convenir a que no les encuentre desprevenidos qualquiera intento de los Enemigos.—Dios guarde á V. S. muchos años como deseo.—Madrid 24 de Agosto de 1746.El Marques de la Enseaadu.—Rubricado.—Sr. D. Juan Joseph Colomo. REAL ORDEN AVISANDO QUE EN INGLATERRA SE HALLA UNA ESCUADRA PRONTA A HACERSE A LA VELA PARA ESTOS MARES. Madrid 28 de Agosto de 1746. Acaba el Rey de recivir noticia de que el 5 de este mes se hallaba prompta á hacerse á la vela en 1'orsmouth, puerto de Inglaterra, una armada compuesta de 17 navios de guerra, uno de porte de 100 cañones, cinco de 90, uno de 80, otro de 74, otro de 70, quatro (le 60, uno de 50, dos de 44 y uno de 22 con Brulotes, Galeotas á bombas, embarcaciones de almacen y hospital, y muchas de transporte. Esta armada la manda el Almirante Leestok. Se embarca en ella el Vice-almirante Stevar, el General Saint Chaiz y muchos Oficiales de tierra..—Su destino segun se avisa al Rey es para poner en práctica una expedicion que tienen proyectada para la América.—S. M. me manda participarlo á V. fi. á fin (le que dé todas las disposiciones precisas en los puertos,
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fortalezas y costas de su jurisdiccion para que se esté en ellas en prevencion y vigilancia y para ponerlas en el mejor estado de defensa que sea posible, y me avisará V. S. de quanto executare y ocurriere por todas las vias que pueda para pasarlo a noticia de S. M.—Dios guarde á V. S. muchos años.—Madrid 28 de Agosto de 1746.El Marques de la Ensenada.—Rubricada.—Sr. D. Juan Joseph Colomo. REAL ORDEN APROBANDO EL REY LAS PROVIDENCIAS TOMADAS PARA REPARAR EL NAVIO DE GUERRA "EL PRINCIPE" QUE ARRIBO DESARBOLADO AL PUERTO DE AÑASCO. Madrid 29 de Noviembre de 1746. Ha aprobado S. M. las providencias dadas por V. S. á fin de asegurar de los insultos de los Enemigos al navio el Príncipe, que con motivo de su desarbolo le fué forzoso separarse de la Esquadra del mando del Theniente .General D. Rodrigo de Torres, haviendo arrivado al puerto de la Aguada, (1) donde se le pusieron á la vista tres de guerra Ingleses, y para que le reparasen de los daños que padeció en su navegacion.—Lo que participo á V. S. para que su inteligencia.—Dios guarde á V. S. muchos años.— Madrid 29 de Noviembre de 1746.El Marques de la Ensenada.— Rubricada.—Sr. D. Juan Joseph Colomo.
(1) En la cubierta de esta real cédula se lee "Saver aprobado el Rey las probidencias dadas A tin del Resguardo y Composicion del Navio de Guerra el Principe que se separó de la Esquadra del Tt. Genl. D. Rodrigo de Torres y desarbolado llegó al Puerto de Atlasco."—Este puerto de ARasco es la desembocadura del rio Guaorabo, el puerto del Viejo San Germán, que todavia en 1746 prestaba servicio A la Marina Espaiiola.—C. y T.
157 CARTA DEL ARZOBISPO DE SANTO DOMINGO A SU MA..ESTAD EN SU REAL CONSEJO DE INDIAS SOBRE PUNTOS TOCANTES AL OBISPO DE CUBA, AL PRE. SIDENTE Y OIDORES DE AQUELLA AUDIENCIA, A JUAN MELGAREJO, AL OBISPO DE PUERTO RICO, AL ABAD DE JAMAICA Y AL VALOR DE LA MONEDA. (Archivo General de Indias.Estante 54.—Cajón 1.—Legajo 9.) Santo Domingo 20 de enero de 1585. C.B.M. dado é quenta á Vuestra magestad de algunas cosas que é hecho en esta isla para que si no an sido acertadas las mandase Vuestra magestad enmendar, suplicando se me mandase lo que en otras deuo hacer y particularmente en la visita del hospital de sant nicola8 y en lo de correr toros, si se deue guardar el moth proprio de que no he tenido resolucion : suplico á vuestra magestad mande lo que deno hacer porque deseo acertar en su Real serbicio. el obispo de cuba es vna persona de mucha religion y letras y de buen exemplo y asi lo confiesan sus enemigos y por no ser de su profesion ni tener experiencia de cosas judiciales podria ser que algunas no fuesen tan acertadas y esto se auia de atribuir antes a la poca experiencia y pratica, que juzgar dél que no desea el servicio de vuestra magestad; con vn . juez de rescates que imbió esta audiencia Real tuvo algunas palabras de suerte que el juez se le descomidió y entre otros descomedimientos que son ordinarios en ellos le digo que no era obispo de dios sino del diablo: al obispo le paresció que tocaua en caso de inquisicion y le prendió, dandole su casa por carcel, y luego imbió el proceso a la audiencia sometiendose a su correction : la audiencia y particularmente el presidente lo a tomado tan asperamente que tuvo probeido juez contra él, dandole probisiones muy exorbitantes aunque despues las moderó y con todo eso le imbian a llamar á esta corte: yo fui con toda humildad a pedir al presidente y oydores que no se vbiesen con el obispo tan asperamente, diziendo las razones mejores que yo entendi : hallé al presidente con tanta colera, que no admitió nada de lo que le dite, y escandalizado de ver como trataua al pobre obispo porque le llama de vellaco, zote y motilon, costumbre cuya, le dexé : proueyeron por juez para esto y otras cosas a vn juan melgarejo (1) alguacil
el
(1) Primera noticia que tenemos del capitan D. Juan de Melgarejo, gobernador que tué de esta isla, y quien ordenó que el Pbro. Juan Ponce de León y el bachiller Santa Clara hicieran una memoria para el rey Felipe Boletín Sttt6rlco de Prerto 81oe, II, en 1680, la que hemos publicado en tomo primero pága. 75 a 9L—C. y T.
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CARTA DEL ARZOBISPO DE SANTO DOMINGO.
las
mayor delta cibdad, persona que de tratar mal y con descomedimientos a obispos tiene experiencia y creo yo vuestra magestad tiene noticia, porque es el que con el obispo de porto Rico hizo esso con mucha demassia; por esto y por otras ocasiones despues de auerle yo reprehendido muchas veces y encargádole la consciencia y que por la bulla in cena domini tenía pena de excomunion diziendo él que no sabia nada: le hize notificar los cascos de la dicha bulla, requiriéndole que la guardase, sin descender a mandarle que dexase la comision, como por el auto parece: desto me a acusado el fiscal y sin darme traslado me an condenado en temporalidades y mandado secruestar los frutos de mi arcobispado y al dicho auto tengo respondido. Ellos, creo yo, imbiarán testimonios de todo, que yo no soy parte hacello ni se me darán deseo que lo imbien : enteramente bien se a entendido que lo uno ni lo otro no a sido en conformidad del audiencia porque el licenciado de la torre no se ha hallado en estos acuerdos y alguno de los demas se entiende no está bien en ello: dicen que la bulla in cena domini, derecho tan antiguo, no tiene fuerza ni bale en las yndias porque no a sido visto y despachado en el vuestro Real consejo de yndias, cosa que aviendola comunicado con buenos letrados por no fiar de mi juizio dizen que es escandalosa y avn la dan peor nombre: a vuestra magestad suplico mande lo que se deue hacer, haziendo merced a los prelados y personas eclesiasticas que son muy vltrajadas, de donde se sigue que no son respetadas de sus subditos ni son parte para corregillos y assi se va refriando la xrisptiandad y esto es de manera que tiene necesidad de muy particular reformacion, la qual no podemos hazer ni tenemos fuerzas para ello: en esta cibdad yo e dexado el castigo de las vsuras que yba persiguiendo la audiencia que lo aboca: ansi no veo que trata dello y lo mismo es en los amancebamientos y otros vicios de que está la tierra llena—el obispo de porto Rico segun me a escrito se va a españa por lo que con el dicho jean melgarejo passó, viendo que la audiencia no lo Remedió ni castigó: el de cuba no se lo que hará viendo lo que contra él se haze, yo vine a esta isla por servir a vuestra magestad y cumplir su mandado y voluntad forzando la mia, como fué notorio: siruo a vuestra magestad con todas mis fuerzas con pobreza y otros incomodos de la isla: si por esto es Razon que vuestros ministros me traten mal y persigan y maltraten pasaré por ello, sirviéndose vuestra magestad, y si no suplico me mande hazer la merced que a otros criados antiguos haze y si mis servicios no lo an desme recido y no son tantas mis faltas que merezca mas largo destierro suplico a vuestra magestad se sirua de mandarmele alzar antes que los trabajos y mal temple desta isla me acaben la vida. El presidente entiendo se alargará escribiendo de mi como aca lo haze de obra y palabra: el tiempo dirá quien es cada vno y quien sirve con más celo y fidelidad a vuestra magestad: y asi no diré mas aunque a ello soy importunado y se me diera materia y lo que e dicho quisiera estusar si no me viera obligado a boluer por mi honor y de los demas eclesiasticos, porque el abad de zamaica
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trató el presidente mal vnos dial que estuvo aquí como el avrá eschipto. la mudanza de la maneda con ser tan justa no la a rrescibido la tierra ni será posible que el quarto tenga el valor que vuestra magestad le manda dar y .el tiene de metal y asi ay mucha revolucion y confusion y se an augmentadó los precios de las cosas casi la mitad los que resciben daño son los que tienen salarios, censos y tributos, porque resciben su paga en estos quartos, contandoles cada quarto por dos maravedis, conforme a la cedula de (1e vuestra nlagestad y en efecto no resciben la verdadera estimacion de su dinero, porque el dicho quarto no tiene ese valor en las tiendas ni plazas: como se vee claro quando se va a sacar paño y lienzo quesi lleuan plata o oro se da por ocho Reales vna vara de Ruan y si lo llenan en quartos llenan doze y a este respecto las demas cosas: a mi ni a los que tenemos nuestra hazienda en frutos no se haze agracio sino solamente a los que tienen salarios y tributos .y asi es agrauiada la fabrica y cabildo delta yglesia que tiene muchos censos para aniversarios y capellanias y en pagarseles eu esta moneda de quartos pierden en estimacion casi la mitad y adelante perderán mas porque siempre irá vagando y no será posible otra cosa aunque se haga, mucha instancia y diligencia y a mi parescer no ay para que cansar en querella dar cierto valor sino degar que la isla vse della como quisiere y que solo se deue proueer que los que tienen censos y rentas en dinero sean pagados enteramente dandoles plata o oro o tantos quartos quantos sean bastantes y tengan la estimacion del dinero que se les deue, reducidos a buena moneda y con esto no se haze agravio a nadie—nuestro señor la Real y C. persona de V. M. por largos tiempos guarde y conserve con augmento de mayores Reynos para ensalzamiento de su yglesia—en santo domingo de la isla española y de enero 20 de 1385. C. R. M.—besa las Reales manos de Vuestra magestad su criado y leal vassallo—El arcobispo de santo domingo.—(Rubricado) . ESCRITURA DE DONACIÓN DE TERRENOS A FAVOR DE CAGUAS. (Coj,ia facilitada por D. Eduardo Neumann.)
"Testinionio.—Cotejado.—Hay una rúbrica.—En este pueblo de Caguas.ú los tres días del mes de Marzo de mil ochocientos diez y nueve años: ante mí Don José Núñez, Capitan de Egto. retirado y Alcl. Rl. ordo. de él y su Jurisdiccion, parecieron presentes Don Esteban, Don José, Don Felipe, Don Manuel y Don Juan Gregorio Delgado, Don Caligto Muñoz y don José Morales, representantes de Doña María y Doga Antonia Delgado sus esposas y Don Má-
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I SCEITURA DI DONACIÓN Did TIUINOS
gimo Diaz, Don Felipe y Don Jacinto López, y dizeron : que á nombre de sus progenitores y por sí ceden el terreno en que está colocado este pueblo para el efecto en que está empleado, con la sola circunstancia, de que los solares que han tomado para el establecimiento de sus casas deben considerarse, y de ningun modo á favor del comun, y que los puntos en que está contenido son los siguientes: desde un algarrobo con cupey, •que está á la orilla de una joya al Norte setenta y seis grados al Oeste se lleg6 por la línea recta con nueve cuerdas á una palma de yagua, punto de Don Francisco Díaz, y siguiendo por el Oeste con dho. Díaz y José Alvarez al sur cinco grados al Oeste con nueve cuerdas á un algarrobo en la cabeza de un hoyo, punto de Don José Delgado, y continuando el costado del Sur lindando con Don Juan Delgado, y el Sur diez grados Este á una joya, y por ella agua abajo y el mismo rumbo á un guamá, punto de Don Baltasar Muñoz con nueve cuerdas, y siguiendo por el Este de dicha joya agua abajo con sus vueltas y revueltas con nueve cuerdas al algarrobo donde comenzó, conteniendo de area ochenta y una cuerdas planas: que como han expresado ceden en calidad de donation el referido terreno en la mejor forma que haya lugar por dro., á cuya seguridad obligan sus personas y bienes muebles y raices presentes y futuros con cláusula guarentigia, contrato executorio, poderío á las justicias y jueces de S. M., sumision y renunciacion de leyes, fueros y dros. de su favor y la general en forma: en cuyo testimonio así lo otorgan, firmando los que supieron, y por los que no lo hicieron los tgos. que estuvieron presentes Don Gerardo Rabasa, Don José María Lovera, Don Yldefonso Laguna y Don Esteban Albert, domiciliarios del partido de que doy fé.—José Morales.—Jph. Delgado.—Máximo Díaz.—Jacinto López.—Jph. Maria Lovera.—Juan Delgado.—Como testigos.—Gerardo Rabaaea.—Yldefonso Laguna.—Como testigo.Esteban Albert.—Ante mí.—José Nuñoz."—Don Sebastian Mufioz Notario del Colegio del territorio de esta provincia con residencia en este pueblo de Caguas, de donde soy vecino.—Certifico: que el precedente testimonio extendido en éste y otro sello del cuarto de oficio corres ponde bien y fielmente con el original de su contenido que obra en este archivo y protocolo del año mil ochocientos diez y nueve á que me remito, con el cual lo corregí y cotejé y en su margen dejé nota de esta quinta copia, de que doy fé. Y a solicitud del Ayuntamiento de este pueblo, de mandato judicial fecho veinte y nueve de Julio último, con citacion del Ministerio Fiscal, des. pues de llamada por los periódicos oficiales la Sucesion Delgado, sin que se presentara para ser citada, y á cuyas diligencias vá agregado lo libro, signo y firmo en éste y otro sello del cuarto oficio en Caguas á cinco de Agosto de mil ochocientos setenta y cuatro.—Sebastián Muñoz.—Ynscrito el precedente documento con presencia de un escrito adicional, al fólio 69 del Libro Provisional, inscripcion P—Caguas primero de Octubre de mil ochocientos noventa.—El Registrador.—Hay un sello y una rúbrica." Yo, Juan C. Villariny, Secretario del Concejo Municipal de
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Caguas. Certifico: Que la precedente ea copia fiel y exacta del original que existe en el Archivo de esta Oficina. Y de orden del Alcalde firmo y expido la presente, en Caguas á 21 de Septiembre de 1908.—.1. C. Villariny, Secretario Municipal.—Hay un sello circular que dice: Secretaria Municipal de la Ciudad de Caguas, Puerto Rico. (1)
(1) Algunos creen que el nombre de Caguas procede de la abundan cia de agua en aquellos lugares. Así opina Don Pedro Tomás de Córdova. Error. Abundancia de agua hay en toda la isla. El nombre de Caguas procede del nombre del cacique Cagua.r, que tenía, su residencia junto al río Turabo: cacique que estuvo bajo las órdenes de Juan Pouce de León. Como es natural esta ranchería, con diversas vicisitudes, llegó a ser una aldehuela, que nuestros antepasados llamaban una ribera; después se le llamó un Partido; que estaba bajo la jurisdicción y custodia de un Teniente a Guerra. En 1774 se ordenó la creación del Pueblo, que vino a quedar constituido en 177h. Las colindancias que se le fi jaron .entonces fueron las slgulentes: Por el Norte con Río Piedras y Trujillo, por el tiur con Patillas y Cayey, por es Este con Gurabo y Hato Grande, y por el Oeste con la Cidra y Guaynabo. Dg extensión se le dió tres leguas de norte a sur y una y media de este a oeste. Sus límites fueron con Hato Grande primer punto desi:e un piquete. de Jobo que está en la quebrada del Mamey, en las estancias de Bruno Ramos. Marcelo García y Bruno López, punto dividente con Juncos, Caguas y Hato Grande; siguiendo por la guardarraya de Bruno L,ípcz, hasta llegar a un Guaraguao, y de este con cinco cuerdas por el fondo del mismo Bruno López hasta llegar a otro guaraguao, y de este tala la cucliilia del Corazón hasta un espino: de este punto a un palo de aguacate que divide la estancia de Antonio Cuevas y la. de D. Anastasio ('uadras: de esta siguiendo el filo de su cuchilla hasta el seboruco llamado Cerro Gordo, y siguiendo dicha cuchilla que divide las <los jurisdicciones a bajar por un algarrobo que se halla en una tala de arroz, siguiendo por la guardarraya de Manuel fiera, que divide con Juan Rodriguez Murcia; de modo que el Biera queda en la jurisdicción <re Hato Grande y Murcia en la de Caguas: de aquí al punto que se lijó del Jobo al lado de la casa donde vivía Carlos Arroyo: y siguienil'o la cuchilla que se halla al frente por la guardarrsya de Francisca Delgado y José I)iepn, bajando L,or el filo de la cuchilla a un aguacate que se halla en la estancia de aquel, inmediata al río Grande, siguiendo las aguas de este hasta la mata de emajagua, en las guardarrayas de las estancias quo poseen Don Juan Rodríguez Calderón y Cayetano de la Cruz; y siguiendo los límites de estas por el alto de los algarrobos y continuando desde estos la cuchilla firme donde separa los quemados de Lomas de Castro, con todas sus vucltas y revueltas hasta el puerto de Humacao; de este a los naranjos de la Sierra, cuchilla firme al alto de .Gregorio de Culebras, y de aquí siguiendo la otra cuchilla firme al alto de las Piedras, punto dividente entre los partidos de Caguas, Hato Grande, Guayama y Cayey. Y con Guaynabo desde la boca de la quebrada del Balcero, que desagua en Quebrada Arenas, siguiendo aguas arribas hasta .el nacimiento, donde hay un tabonuco en el alto de la cuchilla de la Mesa, detrás de la casa de Miguel Rosado, y desde el expresado tabonuco al alto de la palma sola, y siguiendo por el camino que deslinda con el Hato de las Mulas a un guamá junto del Hato de Bayamoncito y por los linderos de este a la Quebrada de la Jácana en donde hace esquina con la jurisdicción de la Cidra.—C. y T. 4 il
162 VISITA DEL OBISPO ISSASI AL VALLE DE S. BLAS DE COAMO EN 1661. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Puerto Rico, 27 de Febrero de 1661. Visita que el Obispo mi Sr. D. D. Francisco Arnaldo Issassi verificó en este Valle de San Blas de Illescas de Coamo en 27 de Febrero de mil seiscientos sesenta y un afios.—En el Valle de San Blas de Illescas de Coamo en veinte y siete de Febrero de mil seiscientos sesenta y un anos el Illmo. y Revmo. Sr. Dr. D. Francisco Arnaldo de Issassi mi Sr. habiendo llegado á dicho Valle como á las cinco de la tarde, Domingo, donde le tenía el P. Cura Capellan Diego Hernandez un altar prevenido un poco apartado de la Iglesia para su recibimiento allí se apeó el Obispo mi Sr. tomó baculo y mitra, y adoró la Sta. Cruz, y la incensó y el cura capellan se la dió á besar á su Sria. Illma. y lo incensó. Despues en forma de procesion, cantándole el ave Maris tella, fué para la Iglesia y entró en ella, hizo oracion y el P. Capellan le cantó la oracion de su recibimiento: despues les exhortó el Obispo mi Sr. á todos, y dió á entender á lo que venia, y les previno á todos se juntasen en el miercoles siguiente, que era de ceniza, para que oyeran el Edicto general, y con esto se fué á descansar á su posada, que le tenias prevenida. Otro día, como a las ocho de la maf,ana, fué el Obispo mi Sr. á la Iglesia y dijo niisa, y visitó el altar mayor y oró, y acabada la misa tomó el báculo y mitra, y en forma de procesion, cantando un responso con dobles-de campana, entonó un responso por todos los sacerdotes difuntos, y entonando otro en el cuerpo de la Iglesia, y despues otro en el otro lado, por todos los fieles difuntos, y porque la Iglesia no estaba acabada, porque se estaba obrando en ellas no tenían colocado el Sefior, ni estaba en la dicha Iglesia que lo tenían en la hermita de \ tra. Sra, de Alta Gracia, dispuso su Sria. donde habían de hacer la Pila. . . (está roto lo que sigue).—Al otro dia fué á la Hermita y.. . Stmo. Sacramento, que la... y aseo, y estaba para colocarlo. . , viril de plata con sus vidrieras muy curioso y aseado e❑ un caliz de plata muy curioso, y tambien estaba dentro de la caja un depósito de plata muy bueno: allí incensó el Stmo. el Obispo mi Sr. y lo dió á adorar, cantando el Tantum ergo Sarrumentum. Así mismo visitó los santos oleos que los pidió al P. Capellan y sacó una cagita en que los tenía, y hizo demostraciou de ellos, los cuales estaban en un vaso de plata muy curioso; el uno era el santo oleo, el otro de crisma, el otro infirmorum, y los halló muy bien cebados con sus pajuelas. Así mismo, dia de ceniza se leyó el Edicto general á todos a la misa mayor, después del Evangelio, y despues predicó el Obispo mi Si'. un gran sermon, y la tarde se hicieron confirmaciones á cosa de las cuatro, y se
VISITA DEL OBISPO ISSASSI.
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confirmaron treinta personas.—Otro dia se confirmaron sesenta y seis personas.—Otro dia se confirmaron setenta y tres.—Otro dia se confirmaron cuarenta personas.—Otro dia se confirmaron cuarenta y ocho personas.—Otro dia se confirmaron diez y siete personas.—Otro dia se confirmaron veinte y ocho personas. Así mismo visitó el Obispo mi Sr. todos los testamentos y los ajustó, y las cofradías y capellanías que sirve el Padre Cura, y visitó la Hernaita de \ ucst rae eS'citura de Alta Gracia, y vió todos sus bienes por inventario, y todos los bienes de esta Santa Iglesia: hizo algunos casamientos que no se hubieran hecho menos que con su persona, y refrendó los asientof de entierros, y dió algunos títulos en esta Salita Iglesia: así mismo visitó los libros de bautismos, casamientos y entierros, y los mandó hacer y que se asentasen las partidas. . . así mismo instituyó... S. Pedro, y dió título y con' licencia al 1'. Cura. . . de la doctrina cristiana a los niños v negros, y encargó mucho esto al P. Capellan y Cura de aqueste valle que es el Ldo. Diego Hernandez Batista. Así mismo beudició la santa Iglesia que se hizo nueva, y predicó el Obispo ini Sr. ese dia Douiiugo catorce de Marzo de mil seiscientos sesenta y uno, y dejó colocado al Sino. Sacramento en ella, y á la tarde hizo confirmaciones, y confirmó diez y seis personas. Constituyó Limpia Concepcion; dió las gracias al P. 1)iego cofradía la de Hernaudez Batista Cura Capellan de aqueste Valle, por lo bien que ha acudido ú su oficio y obligacion de la administraciou, y que no se le ha hallado en esta visita general cosa contra él, sino que ha vivido como buen ministro y Sacerdote y asi se lo encarga el Obispo ini Ñr. para lo de adelante, y hizo, poner todo aquesto en este auto general para que conste: así lo proveyó, mandó y firmó.El Obispo de Portorico.—Ante mi: Bachiller D. Claudio de Issassi, Secretario. (1)
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(1) En el año de 1530 babfa en el valle de Cuerno una población con unos veinte españoles, con un alcalde nombrado por el Gobernador. Tenían abundante cría de ganados en dehesas y hatos. Ya para esta fecha se conocían sus aguas termales. En 1582 decía en su Memoria el Bachiller Santa Clara: "hay una fuente en este término y junto a este río de Cuunw, ]laman el baño, y de su naturaleza el agua dél muy saliente, giiele a azufre, es medicinal a los que allí se bañan, no se puede sufrir la mane especie de un cuarto ele un credo en el agua: fué baño de indios antiguamente, porque tiene una piedra a modo de pila y figuras de indios pintadas, sale de uq cerro pequeño y bajo, y de la otra parte dél, quanta uu tiro de ballesta, sale otra fuente de muy agua fría."—En 1647 se Ic ll:iu:aba El valle de ' n Blas del ('genio y tenía mercado de Villa, aunque t e había recibido la real e•édula. La declaratoria de villa es de 1775, c•eune la de Arecibo y Aguada. lai creación del pueblo de Ponce le' fué coree 1t:utdu sus categorías. Constituyó Cocino cabeza de departamento cuando la isla ce dividió en cinco partidos. La real cédula de 14 de Enero de 1778, al fundar la Villa de Coanio le adjudicó los pueblos de Ponce, Guayama y Caycy de Muesas. En 1815 se dividió la Isla en seis distritos, crac motivo ele la creación de Justicias Mayores.--En esta división dejaron San Gerinón, Aguada y Coamo de ser cabeceras de departamentos; y lo fueron Bayatuún, Arecibo, Aguadilla, Mayagiiez, Ponce y Humacao.--En 1816 Se' suprimieren las Justicias y se nombraron Alcaldes reales.—En 1827 Se volvió a las Justicias Mayores en Arecibo, Aguada, San German, Coauto. Iinmaca Caguas, resultando la isla dividida en siete distritos, aprobado per U. O. de 30 de Agosto de 1828.—En 1831, al crear la Audiencia, se fundaron Ayuntamientos y alcaldes mayores letrados, en lugar de Justicias, y en los demás pueblos Tenientes a Guerra.—C. y T.
164 PRIMERA MEMORIA SOBRE LA ISLA DE PUERTO RICO QUE PRESENTÓ A S. M. DON PEDRO TOMAS DE CÓRDOBA, SECRETARIO DEL GOBIERNO DE LA ISLA. — AÑO 1818. (Del A+chivo particular de Coll y To8te.) La isla de Puerto-Rico, que no ha figurado hasta ahora sino como un punto puramente militar, y cuyo desarrollo principia bajo los auspicios mas favorables, merece en la actualidad toda la considerecion del Supremo Gobierno, tanto por las circunstancias estraordinarias en que se halla la América, cuanto porque su localidad brinda y ofrece medios ventajosQs para la pacification de los paises vecinos, ya por ser mas facil ausiliarlos desde dicha isla, y ya porque su importancia es tal, que exige se la vea como la primera fortaleza de aquellos dominios. (1) Puerto-Rico, que en la época actual ha conservado constantemente la más acrisolada lealtad al Rey, haciendo sinónimas las voces de puerto-riqueño y fiel, es muy acreedor á que sus afanes, su mérito y conservacion sean el punto de vista de un soberano como el que poseemos, y que fijándola sobre tan preciosa isla, sus benéficas providencias redunden en gloria .de su reinado y de recompensa á aquellos vasallos que cifran todo su orgullo en ser españoles fieles y conservadores de los derechos de S. M. Para formar una memoria que abrazase completamente todo io perteneciente á aquel pais, seria preciso caer en difuso, haciénlose por lo tanto fastidiosa su lectura. No es este el objeto, y sí el de relacionar en compendio el estado de la isla, el de su poblacion, agricultura y comercio, y los medios de que estos interesantes canales de la felicidad pública lleguen en ella al grado de prosperidad de que son susceptibles. Enlazar estas ideas con las relativas á su gobierno político y militar, manifestar lo importante de su posesion, la felicidad de conservarla ilesa y feliz, en medio de las turbulencias de América, patentizando hasta qué punto es capaz de adelantos en todos sus ramos, y poner de bulto las trabas que obstruyen en el día sus progresos, y lo conveniente que será destruirlas en beneficio del Real Erario y de los habitantes de la isla, es el plan que me he propuesto seguir eºx esta sucinta relacion. Mi destino público en Puerto-Rico, y los deseos que me animan de ver florecer un territorio que por todos conceptos brinda riquezas incalculables; la unidad de ideas que he observado en todos sus moradores; el asilo que merecí á ese pais fiel, y á un gefe que con tanto tino le ha dirigido, sosteniendo con firmeza los derechos del soberano, y puesto á cubierto la perla de la América de las terribles convulsiones que destruyen tan hermosos (1) Se refiere el autor a la guerra separatista de Venezuela. Sin 7nan do Puprtn ficn no era la urimera plaza fuerte de América. Lo eraCartagena de Indias. Puerto Rico era la segunda.—C. 'r
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pueblos, son para mi causas poderosas, para que consagre la debilidad de mi talento y la cortedad de mis luces en obsequio de S. M. y en beneficio de aquellos beneméritos vecinos. Podré equivocarme en mis asertos, pero ellos despues de ir sellados con el mejor deseo, llevan por gula la verdad, mi amor al Rey, y que la felicidad forme y haga alhagüeños los dias de aquellos insulares. Feliz seria yo si descubriese mi proyecto; habria cumplido con los deberes que me imponen la naturaleza y el gobierno; habria dado muestras de mi gratitud, y recordaria placenteramente las horas que invertí en obsequio de S. M. y de aquel pueblo tan grato para mi. Daré alguna idea sobre la estencion de la isla, su poblacion, terrenos y proportion de estos para las diversas producciones de que son susceptibles. Concluida esta pequeña parte topográfica y estadística, trataré del sistema gubernativo que se ha observado hasta la época actual, y las alteraciones que ha sufrido en las pasadas circunstancias. Pasaré luego á verla en los ramos de hacienda y militar, concluyendo con las mejoras, auxilios que necesita para su logro, y resultado que debe esperarse dentro de poco tiempo, si se adoptan medidas enérgicas para su acrecentamiento; valiéndome por último de varios cálculos y estados que presentaré para demostrar hasta la evidencia que los progresos de la isla serán efectivos, y que irán en aumento, á medida que se vayan verif Bando las reformas que creo indispensables para su adelanto. Situado Puerto-Rico entre los 17° y 18° de latitud. N. y 59° y 61° de longitud del meridiano de Cádiz, tendrá de estension próximamente 33 leguas, y muy cerca de 14 de ancho, proporcionándola una área de mas de 400 leguas cuadradas. Está la isla dividida por una cordillera de montañas que corren de Esteá Oeste -atravesándola toda, y de la cual descienden al Norte y Sur pequeñas colinas que forman hermosos valles, con tjerras pingües y antenas, capaces de todos los frutos indígenos de América y de n uehos de los de Europa. Contiene gran número de vegas con frondosos bosques y pastos para la crianza de ganados, cuyas carnes se tienen por las más esquisitas de todas las de lasAntillas y aun (le las de Costafirme. La abundancia de aguas la hacen sumamente fértil, al paso que brinda comodidad á los propietario. porque cau i todos los nos son navegables hasta dos y mas leguas al interior, contándose muchos caudalosos, y multitud de arroyos, quebradas y fuentes de que está bañada toda la Isla. En sus grandes montañas hay maderas esquisitas, sólidas, durables y propias para la contruccion de buques, en cantidad considerable, particularmente en el interior, cuyos bosques estan. vírgenes. \o está escasa de canteras, piedras calcáreas, arcillosas y granito, y de minerales de hierro, almagre, ocre y algun oro. Sus frutos son bien conocidos y abundantes, no haciendo aquui mencion de ellos por hallarse clasificados, valorados y totalizados en el adjundo estado número 1" La poblacion segun el. último censo practicado con bastante prolijidad asciende á 221,496 almas ,segun lo manifiesta el estado número 2°, en que
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Se verr la., clanes, Sexos y condiciones de ellas. El ('lima es sumanleute benigno cual se deduce del cálculo necrológico que presenta el Mismo ('CDSO. Contiene la isla 49 pueblos incluso la capital y las raalr villas. El gobierno político lo compone el Gobernador •o:i su asesor y los Alcaldes ordinarios de cada pueblo y villas. Los de estas son electivos por los ayuntan►ientos con arregl~~ :í !a leyes de Indias y confirmados por el Gobernador, y los de les pueblos ú partidos electos por esta autoridad de acuerdo con el intendente. Hay también establecido un Fiscal de Justicia, que clesenrpeáa al mismo tiempo la parte de Real Hacienda. I►e modo que lo político y judicial está reducido á cuatro tribunales en la Capital, (los en cada una (le las villas y uno en cada pueblo. Este sistema es moderno, pues hasta el alío (le 1816 elegía tl Gobernador Tenientes á Guerra, que solo conocian preventivamente coleo jueces pedáneos, dirigiendo las cansas á los doce tribunales ordinarios que había únicamente en la isla, resultando así muchas menos injusticias que en la actualidad, porque careciéndose en los pueblos ó partidos de letrados, ú se cometen notorios desaciertos, ó consultando los esliedientes con los abogados (le la Capital, se dilatan los asuntos, son costosos y llegan á hacerse interminables. También faltan curiales en lo interior, pues son pocos los pueblos que tengan personas capaces de dirigir un juicio: los delitos se repiten, convendría tomar una medida que atajase este mal. A mi ver sería conveniente la creation de tres villas mas, á fin de que con las cuatro existentes y la Capital, quedase dividida la isla en ocho partidos asignándoles los pueblos correspondientes á cada jurisdiccion. Que en cada pueblo se eligiese por un alío un alcalde pedáneo á voluntad (lcl gobierno, y en las villas an Teniente .Justicia Mayor con la jurisdiction ordinaria electo también por el gobierno, que presidiese el ayuntamiento v fuese el conducto con quien la primera autoridad se entendiese en todos los asuntos políticos y de justicia, estableciéndose al mismo tiempo escribanías públicas en las villas. Que estas tenencias justicias mayores pndieseu recaer en militares, especialmente en las costas, á fin de que reuniesen la comandancia de armas, sin duplicar autoridades, cosa tanto mas conveniente cuanto que habiendo dos jueces O alcaldes ordinarios eu cada una de ellas, quedaría mas espedito el Justicia Mayor para los denlas negocios peculiares á su empleo, que desempeñarían put' tres años lo menos y ('hico á lo más, si sus méritos y circunstamie ;is los hiciesen acreedores á reeleccion. l)e este sistema resnitavia que el gohierno con mucha hilas rapidez podría comunicar sus disposiciones; que en caso de necesidad serían unas prontas las alarmas, mas oportunos los ansilios y mas eficaces lag medidas que se adoptasen; que la administratiou de justicia se prattkaria eon esaetitud, prontihrd y buen efecto, en beneficio de los interesados, castigo de los delitos y seguridad de los vecinos. I:stos jrrsl¡('1115 podrían dedicarse tauubien al founeuto y buen orden de las poblaciones, á la apertura y ('onservacion de los caminos, y á que la agricultura floreciese hasta el punto de qae es
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los
capaz en el país, porque perseguirian á los vagos y rateros y velarían sobre que todo vecino viviese de su trabajo, proporcionándoles terrenos baldios por medio del gobierno, o "jornales en las haciendas (le propietarias ricos; resultando así menos complicidad, y por consiguiente una facilidad suma en el orden político y civil, sin aumento de empleados gravosos al Real Erario, pues con que se les asignase á los Tenientes Justicia Mayores, como ya se ha verificado, el seis por ciento sobre la recaudacion del hubsidio de su partido, que satisface el mismo vecindario, y los emolumentos de su Juzgado, tendrían una mas que moderada cuota para el sostenimiento del empleo muy desahogadamente. Los Alcaldes no eonocerian mas que á prevencion de los asuntos contenciosos y criminales de sus pueblos, y de dar cumplimiento á las disposiciones del gobierno que les comunicase el Justicia Mayor de la cabecera ó villa. Estoy muy convencido por esperiencia que semejante establecimiento proporcionará ventajas incalculables, porque en los nueve meses3 que estubieron en ejercicio los seis Tenientes Justicias Mayores establecidos en virtud de la Real Cédula de gracias de 10 de agosto de 1815, se conoció el aumento y progreso de las poblaciones, la apertura de caminos y rompimientos (le tierras que se hicieron, habiéndose paralizado estos beneficios luego que cesaron aquellos empleados, con la creacion de Alcaldes ordinarios en todos los pueblos; pues es mucho mas facil á un hombre solo constituido en autoridad que haga efectiva sus disposiciones sobre seis pueblos, que el que los jueces independiente de estos cumplan unánimemente las órdenes superiores; y porque el primer gefe puede tambien con mas facilidad dirigirse á ocho individuos que á 49 que existen en la actualidad. (1) Es tanibien muy conveniente se cree un tribunal de asuntos contenciosos, pues hallándose la apelaciones para audiencia del distrito en la isla de Cuba (2) los negocios que se dirijen á ella sufren mayores demoras que si viniesen á la península; mas como no es posible en la actualidad que la isla soporte el co5tn (le una audiencia, podria suplirse esta hasta tanto que raríen las circunstancias, por un tribunal superior que se compusiese del Capitan General presidente, asesor de gobierno y dos letrados, ó bicu de los asesores de intendencia y de marina y del Fiscal de justicia y real hacienda lo que no anmentaria gravaolen y faeilitaria muchos asuntos, en particular los de vice-patronato, y las causas criminales. Este tribunal deberia reunirse caos dial á la semana, para oir y determinar lo correspondiente á sus atribuciones, que deberia comprender todo lo que toca á las audiencias, reservando los recursos de injusticia y demas que detallan (1) LI espfrftu gubernamental de Don Pedro Tomás de Córdoba era esencialmente centralizador y absolutista.—C. y T. (s► Las aiwlaeiones de Puerto Rico iban a Santo Domin 4', pero edió aquella isla (la parte española) a Francia por el Tratado i n;uul Ba&cilea, pasaron las apelaciones a la Audiencia de Santiago de Cuba. —C. y T.
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las leyes para ante S. M. en el Supremo Consejo de Indias. ¡Cuántas traba:: y desaciertos se evitarian con semejante providencia! ¡V qm distinto seria la administracion de justicia por los juzgados snhalternos' Esta medida se ha propuesto en varias ocasiones, e ,i: o Iínica en el día por la penuria en que se hallan las relltus de la isla, •pees para mas adelante conviene el estableciniierh, de una sala segun las establecidas en los lemas paises de agro°ilos doniinios. Este mismo tribunal superior ó de segunda instancia, con asistencia del intendente, contador mayor y fiscal de hacienda, podría componer la junta superior de este ramo, cuya falta en la isla tambien es notable, sin gravar tampoco bajo estos principios el Real Erario, por componerse de empleados con suficientes dotaciones por sus destinos. Hace poco tiempo que la intendencia há sido separada del gobierno, medida que unos creen favorable á la isla y que otros ven como un medio de que el progreso sea lento y acaso su ruina. Mirado el asunto con imparcialidad, á primera vista se notan algunos progresos conseguidos despees de la separation de la intendencia. La agricultura ha incrementado estraordinariamente, y las rentas han aumentado otro tanto de lo que producian antes que se agregase aquella del gobierno. Pero tambien es preciso confesar que mucha parte de este aumento se debe al estado en que se encuentra Venezuela desde que padece la furiosa revolucion en que arden aquelllas hermosas provincias. Muchos propietarios ricos v comerciantes acaudalados han encontrado un asilo en la fiel isla de Puerto-Rico, y se han establecido en ella en la segura confianza de la lealtad de sus habitantes, y del buen orden con que hasta el presente se ha dirigido su gobierno. Dedicados unos íi las labores del campo y otros á la industria mercantil; han acrecentado los productos y el consumo, con una diferencia tan notable, como la de haberse duplicado estos manantiales de la riqueza, y l►emos visto y palpado los progresos de la isla. También otra de las cansas (le su adelanto debe atribuirse á la Real Cédula de 10 de agosto de 1815 que permite el establecimiento de colones estrangeros con objeto al fomento de haciendas y artefactos. Esta gracia ha aumentado la colonization en gran manera, pues pasan de mil familias las establecidas bajo los auspicios de la Real Cédula, bien que sobre este punto es preciso se adopten providencias precautelativas en favor del país, teniendo para ello presentes las leyes de Indias. Las rentas de Puerto-Rico están reducidas á un Subsidio 6 equivalente á lo que satisfacían los pueblos por diezmos y alcabalas. Conviene no alterar la cantidad actual, que no llega á 150 mil ps. fs. contando con la contribucion de tiendas, hasta tanto que se cumpla el término de las gracias concedidas por la citada Real Cédula de 1815: fenecida este seria conveniente adoptar un sistema de rentas que aumente los ingresos hasta cloncle es suseeptil~le, es decir, que compensen el valor de los diozinos y alcabalas que deban recaudarse, en caso de que estos ramos no se administren con separacion, pero siempre bajo el sistema de encabezaniiento, porque al paso que ahorra empleados en la recau-
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dacion, ofrece mas conformidad y justicia entre los contribuyentes. El gobierno y la intendencia no deben mezclarse en otra cosa que en ausiliar á los pueblos, huyendo en lo posible de fiscalizarlos. Una estadística formada con celo é inteligencia, por medio de personas prudentes y bajo la inspection del gobierno, debe ser el fundamento en que se apoye la intendencia, para proceder con los apoderados á fijar la cuota anual de contribucion, luego que llegue el tiempo prefijado de que tenga efecto. De este modo no será necesario que haya colectores, ad►ninistradores, ni fiscales en el interior. Estos establecimientos conviene reducirlos á los puertos ó aduanas. Los alcaldes y los apoderados sean los únicos agentes de este negocio, y se verá establecida la sencillez, y desterrado el monopolio y la ocasion de gravar á los vecinos. Luego que un pueblo haya ajustado su encabezamiento con la intendencia, deberá publicarse y procederse al señalamiento (le la contribution en el vecindario por los apoderados y ocho vecinos que nombrarán aquellos de coniun acuerdo con el alcalde. Fenecida esta operacion, se publicará por tres domingos consecutivos y quedará fi jado el reparto por dos meses, para que haya tiempo suficiente de oir las quejas ó perjuicios que los vecinos aleguen, y á fin de que las que aparezcan se concluyan en dicho tiempo. La contribucion deberá cobrarse por semestre, ó lo que es lo mismo, á fines de Junio y Diciembre han de haber entregado los apoderados las mitades de ella, bajo su inmediata responsabilidad; y asi se tendrán estas cantidades fijamente depositadas para dicho tiempo en reales cajas, teniendo muy presente que las contribuciones interiores no conviene cobrarlas eu otra especie que en metálico, porque recibiendo frutos se protege uu negocio fraudulento que hacen los apoderados, se perjudica por consiguiente al vecino, y el resultado es quejas, clamores y disgustos á la autoridad. Reducido á estas bases el sistema interior de contribuciones, se verificará con sencillez, sin agravio de los contribuyentes, con oportunidad para las atenciones del Real Servicio, y sin que un solo empleado se destine á esta operacion. Se halla establecida casi segun este plan, pero es indispensable rectificar el que se observa, que no carece de abusos. Para que se lograse eficazmente, y al mismo tiempo el arreglo de los gastos de la isla, me parece muy oportuno la creacion en la Capital de una junta de nivelacion compuesta del Capitan General, Intendente, Teniente de Rey, Ministros de Real Hacienda, Comandantes de Artillería, Ingenieros y Marina. Auditor de Guerra, Gefes de los Cuerpos, Asesor de Intendencia, Fiscal de Real Hacienda y un individuo de los Cabildos Secular y Eclesiástico. Esta junta deberia emplear sus tareas en la rectificacion esacta de los valores de Real Hacienda calculados por un quinquenio con separacion de ramos, y segun su resultado. fi jar las cargas soportables en la isla, sin perder de vista su defepsa y conservarion. Esta junta es preciso se autorice para reformar, arreglar y sistemar un punto tan esencial corno el de nivelacion, única Wedida capaz de tener por ahora sostenida la isla de Puerto-Rico.
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Es verdad que faltará 6 habrá siempre un déficit mientras que goce de la esencia de derechos que disfruta en el día, pero no será tanto como el que aparece en dos estados elevados á S. M., y siendo de poca monta podrá suplirlo la isla de Cuba. Las otras rentas consisten en los derechos que producen las siete aduanas de los puertos habilitados, que ascienden actualmente á 200 mii ps. fa. Este ramo es susceptible de mejora y su producto puede muy bien aumentar una mitad mas (le lo que ofrece lioy, lo mismo que el de bulas y papel sellado, cuya administracion no proporciona lo que es capaz, sino se cela su consuno en los pueblos interiores. Está algo descuidado este punto, no produciendo 30 mil ps. lo que debiera rendir 70 mil. Por último, contribuyen los pueblos al Real Erario con el derecho de tierras establecido para subvenir al armamento y vestuario de las Milicias Disciplinadas. Este arbitrio, nada gravoso al vecindario por la pequeñez con que contribuyen los dueños de terrenos, es sumamente útil atendidas las ventajas que ofrece: alcanza la recaudacion del impuesto á 8 mil pesos anuales; pero si se practicase un padron exacto de los terrenos propios de estancias y hatos, duplicaria y aun escedería su rendimiento (1). Este derecho, que verdaderamente es municipal, lo cobran los Jueces Territoriales entregándólo en Reales Cajas con el objeto indicado; pero hace muchos años que se invierte como fondo coniuu en las atenciones del Erario, resultando de esto que se halle abandonado el objeto de esta contribucion. El armamento y vestuario de las Milicias se encuentra en el peor estado: sus recomposiciones serian muy costosos, y llegará el tiempo en que no existan unos artículos de tanta necesidad y tan precisos para la defensa, sobre lo que hablaré mas latamente en la parte militar. Las rentas pues se hallan reducidas al Subsidio interior y á los jteoduetos de aduanas, el primero en lugar de los diezmos y aleah9las suprimidos 6 suspensos durante quince años, y lo segundo por los derechos de almojarifazgo, consolidacion, amortizacion, reemplazo, muelle, calles (2), corso y toneladas, y son los que forman el fondo comun de aquellas Reales Cajas, que he clasi ticado reflexionando sobre el aumento de que son susceptibles. Otras entradas tienen estas; aunque de menos considarecion, como son las vacantes mayores y menores, abintestatos, oficios ven(libles y renunciables, comisos, montes-píos, herencias transversales, medias annatas, anualidades y otros, segun lo Iuanifies(1 ► Pagan 12% reales por una caballería de tierra de estancia 6 labor, y 61, ,or In de hato. La caballería contiene 1,123 mil caras cuadradas, reultando ser muy poco gravosa la exnatribueloaa.—Nota del autor. (2) Calles y muelle. Estos derechos son municipales. La escasez de Ins cajas ha hecho que sus productos se inviertan en las atenciones connunes, situamlo 1 mil p<, al alIo al Ayuntamiento para ]lanar el objeto de a.!ue!Ius arbitrios. El resultado es que ambas obras pdblicas van deteriariwa, :,e estraordinarl:amente, y que sicwio buenas en : u clase esten pna~E:aus fa su ruina. ('onrendría volviesen al cuerpo capitular para remedIar el mal que se prepara, sobre lo que han representado é S. M. el gobierno y la corporación á 8n de evitar mayores perjuicios. Nota del autor.
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tan los referidos estados constantes en el espediente sobre reduccion de gastos en la isla, formado por la junta mandada reunir con este objeto. Ilay establecidos en Puerto-Rico dos subdelegados en el interior para recaudar y activar el cobro del Subsidio que se halla á cargo de los Jueces y Colectores ó apoderados de los pueblos. Estos dos empleados son innecesarios en cualquiera sistema que se establezca en dicha isla. Si es en el actual los mismos Jueces Territoriales están obligados al entero en Reales Cajas de las rentas interiores; si se adopta el establecimiento de Justicias Mayores, á estos corresponde la recaudacion de sus partidos, como ya se ha verificado con éxito, pudiendo ahorrarse en ambos estremos dos empleados que dotados con 1,200 ps. fs. anuales cada uno obstruyen y paralizan notablemente el progreso de la isla, - viven en continuos choques y disputas con los subalternos y con los jueces, y atrasan el Real Servicio en lugar de activarlo, y que ademas del sueldo que disfrutan tienen á su lado personas para el desempeño de sus empleos, sacando precisamente del vecindario los medios de sostenerlos ventajosamente. Son inútiles tales subdelegados, pues estando sus funciones reducidas á servir de depósito á las rentas de los pueblos, no llega á realizarse totalmente este plan, porque la Tesorería libra contra ellos anticipadau►ente para ocurrir á; las atenciones públicas. El establecimiento de la Intendencia de Puerto-Rico, ó mas bien dicho, su separacion del gobierno, puede mejorarse á lo sumo en términos que sea el I►►odelo de otras. Un país que principia su desarrollo y en donde todo nace, es capaz de cuanto se le quiera proporcionar. Los vicios y los establecimientos ruinosos empiezan desde que se forman bajo un mal principio, y será un dolor que pudiéndose remediar este en el dia, no se practique cuanto sea dable en beneficio de aquella isla. Una Intendencia que carece de la correspondiente junta superior, que la falta el auxilio de un tribunal de cuentas; del consulado y sociedad económica, es imposible que por muy buenos deseos que tenga el que la desempeñe, adelante un paso en su progreso; habrá diariamente tropiezos, detenciones é innovaciones en el sistema; de aquí el alterarse las providencias mas bien meditadas, paralizándose toda la armonía de la máquina, nor no corresponder las fuerzas de sus pequeñas partes con el todo de ella. Es preciso para salir de este estado que se adopte un sistema conocido, que se establezca, y empiece á su tiempo á producir los buenos efectos de su organizacion. Si asi no se verifica, la isla no progresará; será aparente cualquier vigor que se note, y cual un fuego fosfórico apenas se deje ver habrá desaparecido, y desaparecerá cuantas veces intente manifestarse, aun con mayor velocidad, en razon de lo que se debilite por los repetidos esfuerzos que haga. \o son'1as innovaciones las que producen mejoras en los M!5 len►as. Acaso los establecidos, rectificados 6 limpios de algunos abusos, hijos indispensables del transcurso de los tiempos, son los mejores y mas adaptables en •las circunstancias. Quede
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buen hora separada la Intendencia del Gobierno; entienda esclusivamente de aquel negociado un Gefe particular, de conocimientos, talento, practica y probidad en tan interesante y vasto ramo; pero tenga personas cercanas, como lo establece la ordenanza de Nueva España, que le ayuden á plantear sus ideas, que afirmen el establecimiento de lo beneficioso, esclarezcan las materias y afiancen un sistema estable, productivo, facil, económico y político, y entonces se verán los progresos de Puerto-Rico, se reauifiará en él la industria, florecerá la agricultura, el comercio estendera sus miras, y bajo todos los aspectos llegará con mas rapidez al estado floreciente de que es susceptible aquel hermoso é interesante establecimiento (1). Establecida la .Junta Superior de Real Hacienda en PuertoRico han de activarse indudablemente los medios de que prospere lo útil y se lleve á efecto. En la parte contenciosa hallarán los interesados nuevos jueces que decidan sobre su suerte; no habrá division, partidos, ni deformidad en los asuntos; todos se unirán para plantear lo mejor y hacer que se cumpla el servicio del Rey con prontitud, prevision y dignidad; y puede decirse que con el establecimiento de esta junta vendrá á quedar afirmado el de la Intendencia á su separacion en aquella isla. Si esta junta es tan útil como va demostrando, no lo es menos la contaduría mayor O Tribunal de Cuentas. Se pasan años sin que se rindan estas; cuando llega á verificarse es despues de mil reconvenciones y estímulos por parte de la contaduria de la Habana. Llegan á rendirse, pero el gloce se hace interminable; aquellos conkadores pasarán muchas veces por partidas que si conociesen prácticamente el país tildarian y adicionarian justísimamente. De aquí traen origen los fraudes, las dilapidaciones, que se hable del en►pleado, que se desconfie de su manejo, y que el público mida con igualdad al huero y malo, al próvido y al venal, al inteligente y al ignorante. Una contaduría mayor evitaría eficazmente semejantes males; las cuentas se presentarian todos los años; los cargos justos y la separacion de malos empleados estimularian á todos; no quedarian confundidos unos con otros; las rentas seria bien y fielmente administradas, y llegarían al fin á ponerse en el. buen orden en que deben estar. No por esto se crea que desconfio de cuantos actualmente desempeñan aquellos destinos; no trato de esto, los hay muy beneméritos, pero como va incrementando á pasos gigantescos el establecimiento, es muy conforme á equidad que con tiempo se prevea y acuerde el oportuno remedio que ataje y corte cualquier contagio que pudiera sobrevenir. (1) El Sr. D. Alejandro Ramírez, actual intendente de la Habana, fué el que estableció la intendencia en Puerto-Rico en un tiempo el mas calamitoso y difieil para semejante empresa. Su conocido talento y prudencia habrían concluido la obra ventajosamente dejando asegurado el sistema en dicha isla; pero IH'r de=gracia (le esta y fortuna (le la de Cuba, tubo á 1. :•n ele tin:u•le S. M. i la ultima cn premio de su mérito. PuertoRico 11or:irA su au erc•ta congratulándose ron .^-ns ventajas : la llorarán los pr, rtorriqurño=. e'.l pato que ctleIe n se holle el Sr. Ramírez premiado de sus tareas; y la llorarán cuantos conocieron á tan digno gefe, modelo de los virtudes que caracterizan á un buen magistrado.—Nota dcf autor,
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El consulado, compuesto de las personas mas prácticas en el comercio y de los hacendados pudientes, y la sociedad económica contraida á los útiles trabajos de inventos, mejoras y demas propio de sus patrióticas atribuciones, por medio de estímulos y premios, serian los dos ejes sobre que llegaria a establecerse y consolidarse la reforma de la isla, superando cualquiera obstáculo que preente el tránsito ventajoso á que debe pasar, pues se trata nada menos que de desterrar la apatía, hacer que desaparezca la innaccion, y que en su lugar entre el espíritu laborioso a enseñorearse de la fertilidad del territorio, haciéndolo productivo y útil, tan á poca costa y trabajo como puede lograrse en PuertoRico. El actual Gobernador es el mas á propósito para semejante empresa: su carácter, el conocimiento que tiene del pals, su natural inelinacion á mejorar este, su decidido amor al Rey, y el talento perspicaz de que está adornado, proporcionan una facilidad suma para la mejora de Puerto-Rico, que acaso no será dado encontrar en otras circunstancias. Este digno vasallo de S. M. ha sabido en los nueve años que gobierna la isla conservarla en su opinion; su inestinguible celo por el Real Servicio la ha puesto á cubierto de las muchas tentativas de los insurgentes de Venezuela; con un esmero y patriotismo poco comun ha cultivado el difícil arte de mandar, y ya venciendo obstáculos y usando de una prudencia loable ha clavado en el corazon de los puertorriqueños una aversion indestructible hácia la disidencia de los otros pueblos. A su constancia é infatigabilidad se deben los resultados presentes, y la fiel PuertoRico puede gloriarse de la suerte que la ha cabido en las pasadas tt'rbulencias por haber tenido en su seno al actual capitau general D: Salvador Melendez Bruna. Testigo de sus afanes, de sus sinsabores y disgustos, séame permitido hacer este justo recuerdo de tan benemérito Gefe. En la serie de años que há desempeñado aquel mando no le ha visto descansar un solo momento; á cualquier hora que le busca el necesitado lo encuentra pronto para el consejo y para la administracion de justicia; y siempre anheloso por el bien de sus súbditos, no descansa en proporcionarles cuanto se halla en sus facultades, y proponer á S. M. lo que está fuera del limite de ellas. Esta es la ocasion del progreso del país. La oportunidad de hallarse en él un Gefe como el bosquejado es la mas esquisita, la mas propia para que la obra se complete. Unido á los saludables consejos de un prelado celoso, del nuevo Intendente y de otros Magistrados íntegros, la obra puede llevarse á su final, consiguiéndose las fundadas esperanzas del adelantamiento y progresos de tan interesante posesion. La visita general de la isla mandada practicar por Real Cédula de 12 de agosto de 1815 que emprendió aquel Gobernador á principios de este año, y que suspendió al mes de comenzada por los avisos reservados del superior Gobierno sobre invasion en el territorio, es tan indispensable, tan útil y beneficiosa que debe encargársele su prosecucion bajo los mismos principios que. la emprendió. El objeto de ella era un reconocimiento prolijo de
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los terrenos, aguas, maderas, poblacion, estadística, administracion de justicia, apertura de caminos, iglesias, fondos públicos y costumbres de los habitantes. Oir á estos sus pretensiones, sus quejas, y lo que conceptuaban á propósito para sus adelantos, proporcionando lo facil en las circunstancias, y meditando sobre lo que requería discernimiento y despacio, fueron los grandes objetos de una visita cuyos resultados habrian sido la felicidad del pals. He merecido la confianza de haber acompañado al Gefe en clase de secretario, y he tenido la dulce satisfaccion de haber disfrutado escenas las mas interesantes, y de ver el ahinco con que los empleados en ella se dedicaban cada uno eu su ramo á investigar, inculcar y descubrir cuanto podia ser útil al servicio de S. M. y beneficioso á la poblacion y á todo el reino. Tratado ya el punto de rentas y clasificados los medios (le su aumeiito pasaré á hablar de las administraciones ó aduanas de los puertos habilitados. Antes que se separase la Intendencia del Gobierno no se conocian en los puertos habilitados de Aguadilla, Mayagües, Cabo-rojo, Ponce, Fajardo y la Capital otros empleados que unos subdelegados de los Oficiales Reales que reunian las funciones de estos bajo su inspection, hallándose la adminis• tracion de la Capital desempeñada 1►or los mismos ministros. Este establecimiento, sumamente informal, traia inconvenientes de mucho tamaño, y asi es que fue reemplazado por aduanas formales en cada puerto, creando administradores é interventores y otros dependientes para el desempeño de ellas. Nada mas conforme á equidad ni mas justo que los puertos habilitados, porque facilitan al labrador la mas pronta salida de sus frutos, evitándole riesgos, gastós y pérdidas á que estarian sujetos si careciesen (le semejante alivio; pero como las providencias mas bien meditadas tienen sus inconvenientes, no carece esta de ellos, á lo menos en la parte abusiva. Se concedió la habilitation de esos puertos, y se facilitó ínterin durasen las circunstancias que desde ellos pudiesen los buques estrangeros cargar maderas y reses cop conocimiento del gobierno é intendencia, limitando á la Capital la introduccion de efectos y estraccion de frutos en banderas neutrales para evitar eii lo posible los perjuicios que semejante conducta pudiera producir. El gobierno ha instado eficazmente para que la intendencia, entonces interina, cortase este mal; pero por desgracia IIO estaban acordes las ideas de ambas autoridades, y el abuso en los puertos habilitados y hasta en las calas y surgideros (le las costas donde no hay poblaciones, llegó al extremo, y sin duda con defraudacion de los Reales intereses. (1) Concluido lo correspondiente á Real Hacienda pasaré á tratar del estado eclesiástico de Puerto-Rico. La Religion, esta primera obligacion de Jos hombres y el justo homenage debido á Dios se halla en la isla bastante cimentada. Son verdaderamente católicos sin hipocresía; los templos son frecuentados, y la pie(1) En todos se vislumbra el espíritu prohibicionista y centralizador del informante.—C. y T.
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dad y la caridad resplandecen generalmente en los puertorriqueños. El Reverendo Obispo y Cabildo Eclesiástico desde tiempo inmemorial disfrutan sus consignaciones sobre las reales cajas, y además este goza del beneficio curado que sobre los diezmos les tiene concedido S. M. Reune tambien las primicias de la mitad de la isla, pues la otra parte corresponde al vicario de la villa de. San German, práctica establecida desde que estubo dividida. en dos jurisdicciones, y que ha subsistido aun despues de creadas tres vicarías mas. Los parrocos que antes eran tenientes curas están pagados por los pueblos, que contribuyen con 300 ps. anuales para esta obligacion, á cuyo titulo reciben el beneficio los opositores, disfrutando ademas de las obvenciones de bautismos, casamientos y t ~tierros. Están establecidas las mayordomías de fábricas y rinden sus cuentas al vice-patronato, con arreglo á la Real Cédula de 23 de julio de 1797. Algunos abusos hay que desterrar en esta parte; los conozco prácticamente por haber desempeñado este ramo el espacio de cuatro años, y porque he sistemado y dado arreglo á este negociado que estaba algo descuidado en el pais. Se ha hecho mucho como lo patentiza el documento núm. 3°; pero requiere algun mas trabajo para que quede completamente establecida la observancia de la Real Cédula citada. Del exacto cumplimiento de ella han de resultar indispensablemente muchos beneficios á los pueblos. La mayor parte de las iglesias están arruinadas, otras poco decentes para conservar en ellas el culto divino, y muy pocas de una duracion regular. Este censo que sufren los vecinos por haber emprendido obras mezquinas, sin conocimiento y discrecion se les va quitando, tanto porque del rendimiento de las cuentas y sus gloses resultan detenerse los gastos, arreglarlos y conservar sobrantes para las composiciones y mejoras, cuanto porque el vice-patrono y Reverendo Obispo han dispuesto no se efectúe fábrica alguna sin conocimiento de ambas autoridades, a fin de que por el comandante de ingenieros se reconozcan los presupuestos, se formen los cálculos y se elija el artífice que bajo el correspondiente plano y con conocimiento del fondo existente y fuerzas del vecindario, lleve á efecto la fábrica con la solidez y ornato debido al culto. Este punto se mejora todo lo posible y no requiere otro auxilio que la union de ambas autoridades y el cumplimiento de las leyes establecidas. Lo que si pide socorros eficaces es el seminario conciliar. Carece PuertoRico de tau interesante establecimiento, hallándose obligados sus hijos á mendigar en otros paises los primeros estudios tan necesarios y útiles eu la sociedad. Si las comunidades de Santo Dowiugo y San Francisco no se dedicasen á instruir la juventud, como lo hacen laudablemente, faltarían alli con dolor los medios esenciales de formar hombres útiles al paja y á la patria. Anteriormente se lograba en las universidades de Santo Domingo y Caracas la enseñanza .de la juventud de Puerto-Rico; ]►ero las desgracias que han sufrido estos paises en los últimos tiempos han privarlo de aquel beneficio á los puertorriqueños; y aunque los estudios han vuelto á establecerse despues de la recouquista (le aquella isla y de la pacification de Venezuela, pasará alguu
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tiempo antes que llegue al floreciente estado en que se hallaron. El Colegio Tridentino hace mucha falta en Puerto-Rico, y á pesar de que el Reverendo Obispo se afana en su plantificacion, sin embargo necesita de fuerzas esteriores para que tenga efecto. Creo muy conducente se estimulase á aquel prelado y á las demas autoridades para que propongan los medios y arbitrios más fáciles de lograr esta indispensable base de la prosperidad, aunque por el pronto se haga otra cosa que dotar las cátedras de latinidad, filosofía, teología, medicina y matemáticas, dejando para mas adelante aumentarlas hasta donde sea conveniente. Que igualmente proponga el mismo prelado las constituciones para el colegio, número de becas para cada villa con vista de la renta que pudiera reunirse al intento; cantidad con que los colegiales pensionistas deban contribuir por el pupilage y enseñanza; nombramiento de rector y vice, consiliarios, catedráticos y mayordomo, y el plan de estudios que estime adaptable, á fin de que S. M., con presencia de estos datos, confirmase 6 mandase observar lo conveniente. Uno de los arbitrios para el sostenimiento del colegio debe ser el tres por ciento sobre diezmos, beneficios curados, capellanías y novenos de fábricas, lo que unido al fondo que tengo entendido existe en propiedades y á la ventaja de hallarse la fábrica del colegio en obra, seria una mas que regular base para el logro de esta utilísima empresa. Manifestada la parte que corresponde al gobierno político y á los ramos de Hacienda y Eclesiástico, concluiré con lo tocante al Militar que en la isla de Puerto-Rico es de mayor consideración. Si se atiende á lo ventajoso de esta posesion, lo interesante que es su sostenimiento, y lo ambicionada que siempre ha sido de otras naciones, no podrá revocarse en duda, que para conservarla en una regular defensa y tenerla á cubierto de invasiones, es indispensable subsista en ella una fuerza militar considerable y con todo lo anejo y dependiente á este ramo. Es preciso que siempre haya un grueso repuesto de armas, municiones y demás útiles para su defensa; que esté provista para cierto tiempo y deter4 minado número de tropa; que las maestranzas de artillería, ingenieros y marina constantemente estén reponiendo las faltas que noten, Iro dejando nada para el momento crítico de una invasion. Si se atiende á la clase de obras que defienden la plaza, al número de artillería que hay en ella, á la conservacion del interior y sobre todo de la bahía, no podrá menos de contarse con 10 mil hombres para sostener tan interesantes puntos. Pero está ya determinado sabian►ente por la . junta de generales de Indias, y detallado en la instruccion el número de tropas, buques y demas necesario para tiempo de guerra, y lo que es indispensable subsista para conservarla.en el de paz. Yo hablo de este estado y trato en él de economizar lo posible este ramo, que á la verdad no ofrece mucha reforma, porque Puerto-Rico en esta parte es ya un verdadero esqueleto : 2,063 plazas son las detalladas al regimiento que esté de guarnicion en la Capital, y el primer batallon del de Granada que se halla en ella no cuenta con 600 en la actualidad. La bri-
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gada de artilleria tampoco tiene la fuerza correspondiente, y así apenas se pueden cubrir los puestos, hallándose por consiguiente comprometido el (lefe que la manda, y abandonados la mayor parte de los puestos, de aquella vigilancia tan indispensable para sostenerlos en todo tiempo en estado de utilidad. La limpieza de n►urallas y fosos, el buen estado de las obras y cuarteles, la artillería, armas, repuestos y demás elementos que constituyen la defensa no admiten en sus reposiciones la menor demora, porque de no vereficarse oportunamente, vendrán ít parar, ó en que todo se inutilice, ó en que sa haga sumamente costosa la reposicion ó composiciones. I)iaria►nente es indispensable reconocer y reponer el cureiiaje de mas de 400 piezas que hay en los castillos, baluartes y recinto, para no esponerse á que la artilleria quede desmontada en un clima donde todo se consume con una rapidez estraordinaria, mucho mas aquellos efectos que están espuestos de continuo á la intemperie. El asoleo de la pólvora y su embase es otro de los puntos que merece la mayor atencion, porque proporcionará la conservacion de este preciso elemento, y preservará á la plaza de una esplosion. La merece tambien el aumento de fusiles de que se carece absolutamente, porque de haberlos quedará la isla á cubierto en mucha parte de cualquier tentativa. El número que existe de ellos es muy reducido, y apenas podrán armarse las Milicias Disciplinadas. 1'or otra parte los que hay están casi todos inútiles como que es un armamento que hace 40 altos no se repone, á pesar de las repetidas composiciones que se han hecho para ponerlo de alguna utilidad: 4 mil fusiles son tan urgentes en el dia, como lo ha manifestado aquel gobierno y clamado por su envio repetida y enérgicamente. Aun es muy reducido este número, pues en la plaza es preciso existan de 15 á 20 mil fusiles almacenados para su defensa, y acaso no llegan los que hoy hay á la tercera parte del primer presupuesto. ¿Y cómo podrá defenderla el militar mas bizarro si le faltan los medios de desplegar sus talentos y de hacer uso de los que brinda el pais? En este hay hombres, pero es escaso el armamento; hay cailones, mas la pólvora no se halla en el mejor estado, ni existen los suficientes montajes y útiles para su servicio; hay obras considerables que ofrecen ventajas contra los invasores, que proporcionan una defensa vigorosa y un éxito favorable, pero como no se recorren por falta de medios, van deteriorándose, llenándose de malezas é inutilizándose por momentos; hay lanchas, pero en un estado casi nulo, porque no se carenan con oportunidad, ni su número es suficiente para la defensa, hallándose descubierta en esta parte tan interesante la conservacion de la plaza; hay milicias, mas no con aquella instruccion conveniente; é imposible de dársela por las escaseces del Erario. ¡ Y cómo no habia de suceder esto en Puerto-Rico! Se sostenia esta isla con limas de 300 mil pa. fa. anuales de Méjico situados para el pago de su guarnicion y empleados, y 100 mil para la conservacion de las obras y todo lo correspondiente al raluo de ingenieros. Faltó esta gruesa situation, quedando todo bajo la sola fuerza del 1►ais, que apenas producia 200 mil ps. cuando se le cerraron aquellos 4 12
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auxilios. Las atenciones aumentaron en lugar de disminuirse. Los socorros prestados á Venezuela y Santo Domingo y los mayores gastos de la isla, por lo mismo que incrementaba, hablan al fin de dibilitarla, dejándola reducida al precario estado en que se halla. El deficit á primera vista parece deberia ser el total de la situacion que faltó de pronto, y aun mayor atendidas las diferentes circunstancias en que se hallaba cuando aquel cesó y el que tiene el dia de hoy, pero la economía que se ha establecido en Puerto-Rico hasta el último grado, y el no haberse hecho gasto alguno fuera del alimenticio, han sostenido débilmente aquel establecimiento y lo han preservado como por milagro de toda insidia y desorden. Es verdad que para llegar á este estado han sufrido los militares sacrificios de la mayor consideration en las épocas de media paga y en la que circuló el papel moneda. Esta medida, adoptada por la imperiosa ley de la necesidad, ha ocasionado en Puerto-Rico atrasos enormes y aun se sufren los efectos de ella. Llegó á perder en su circulacion un noventa por ciento de su valor, ó mas exacto 10 pesos en papel equivalian á uno en plata para ciertos renglones, pues para otros no se admitía en el mercado. Se publicó solemnemente por la Intendencia y el Gobierno la subsanacion de este quebranto, practicándose al efecto las debidas clasificaciones de la pérdida ó agio semanal, y cobrando las Aduanas y Tesorería bajo este concepto los derechos y demas rentas del Erario, razon que sirvió de tanta mas confianza para los militares y empleados que solo eran satisfechos nominalmente de sus haberes, sin abono alguno del quebranto. Y cuál ha sido el resultado de la falta de cumplimiento á tan solemnes promesas' Que giman en la miseria infinjdad de familias; que aun subsistas► los empeños contraidos por los militares cuando circulaba la moneda papel; que los tenedores de este hayan perdido mucha parte de su valor en la caja de amortization; y que el disgusto esté apoderado de cuantos en la isla se hallan con derecho á la subsanacion del quebranto padecido, que no me equivoco si afirmo sea la cuarta parte de sus habitantes. El gobierno ha representado sobre este punto vigorosamente, haciendo presentes los males que puede traer la falta de aprobacion á un resarcimiento tan justo, y que perdida la esperanza de lograrlo, no debe contarse col► que los vecinos en todas sus clases contribuyan voluntariamente en cualquier apuro por la desconfianza de ser reintegrados. Ven por otra parte que la caja de amortization, creada para pagar el papel recogido, con un fondo que produce el derecho ó arbitrio que se cobra con esta denominaciou, apenas hace operaciones que acrediten lo útil de su establecimiento, y que en el pago de nuevos empleados invierte mucha parte de su total, cuando la Real Contadurla podría muy bien estar al frente de una negociacion que la corresponde. Ello es que á pesar de haberse conocido la voluntad soberana en favor de la subsanacion aun no han cesado los agravios en esta parte, siendo tan interesante la declaratoria como que ella sola curará llagas abiertas, y abiertas por unos medios que las han hecho y hacen mas dolorosas y crueles. La aprobacion pues del agio 6 quebranto de la moneda papel
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es necesaria y política, y una de las medidas que creo muy conveniente, aun cuando la estincion de la deuda se haga metódica y paulatinamente. Como este punto corresponde en mucha parte á la clase militar, he creido mejor tratarlo al hablar de esta, que cuando lo hice de la Real Hacienda, porque los verdaderamente ó únicos agraviados son los empleados y militares, aunque el número de los primeros es infinitamente menor al de estos en un pais que todo puede decirse es militar. Otra de las medidas que también estimo política, económica y útil es el restablecimiento del Regimiento Fijo de la isla, porque de adoptarla se quitará á los puertorriqueños el sentimiento que han formado con la estincion de un cuerpo que se habia conducido coro la mayor delicadeza, lealtad y bizarría; de un cuerpo que habia cooperado á la defensa de la isla cuando la invasion de los ingleses en 1797; que pasó en mucha parte á la reconquista de Santo Domingo; que algunos destacamentos de él se habian portado brillantemente en Costafirme; y por último que toda la fuerza que le componia fue destinada á las órdenes del general D. 1'ablo Morillo, quedando al fin estinguido con perjuicio de Puerto-Rico, del buen nombre del Regimiento y de la isla. \o se ha podido desimpresionar á los puertorriqueños. que la estincion de este cuerpo, veterano no tubo por causa la desconfianza que suponen; y es preciso conocer su caracter pundonoroso para graduar hasta qué extremo se creen lastimados con la estincion del Regimiento. El establecimiento, pues, del Fijo conviene para acallar los clamores (le la isla, y porque de su formacion han de resultar ahorros al Erario y ventajas a los hijos del país, que hallarán una carrera mas que seguir inmediatos á sus familias. Muchas carecen en Puerto-Rico de medios para mantener sus hijos en esta península, hallándose privadas por esta causa de emplearlos en la carrera de las armas. Si este pensamiento fuese adaptable y mereciese acogida, seria muy fácil su realizacion con la poca fuerza que queda en la isla del regimiento de Granada, los oficiales del Fijo que deseen volver á sus banderas, y con que de las milicias regladas se sacase un número de plazas proporcionado por compañías, para poner bajo un pie regular al nuevo cuerpo, reemplazándose despees de la península, si se creía conveniente, y á fin de evitar en lo posible se distrajesen los labradores del campo. Instaré sobre esto siempre que pueda, porque palpo los beneficios que han de resultar de llevarse á efecto, y porque la existencia del Fijo no priva de que en la isla haya otro cuerpo peninsular, en caso de estimarse necesario para su defensa, ó para ausiliar á cualquier punto inmediato. Hace tres años que se estinguió el Regimiento, y el mismo tiempo hace que no han cesado las quejas, los lamentos, recursos y exposiciones, y no cesarán hasta que se vean reintegrados á la posesion de un cuerpo que siempre vieron como el símbolo de su lealtad. Las Milicias Disciplinadas de Puerto-Rico constan de dos regimientos, uno de infantería con tres batallones, y otro de caballena con igual número de escuadrones; ambos están completos. El primero tiene 24 compañías de 150 plazas, y el segundo pasan
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de 600 las que comprende. Los oficiales de estos cuerpos gozan de un sueldo de cuartel interin están en sus casas, y del de provincia cuando se hallan de servicio. Este sistema p cufiar al reglamento de Puerto-Rico, es contrario al que se observa en los demas puntos de América, donde solo disfrutan de paga las plazas veteranas. Para que estos cuerpos no carezcan del armamento y vestuario tan indispensable para su buen orden y disciplina, es muy conveniente se rectifiquen por la subinspeccion los padrones de tierras segun he manifestado en la parte de Hacienda, custodiándose religiosamente el producto del impuesto, sin que se distraiga á otra atencion, conviniendo que el caudal que se recaude sea puesto á ley de depósito en la real tesorería en arca de tres llaves, quedando una en la subinspeccion, y las otras dos en la Intendencia. Si asi se ejecuta habrá milicias, vestuario y asambleas, porque se atenderá á su instruccion de otro modo que el que puede hacerse en la actualidad; de lo contrario la Milicia será aérea y casi de ninguna utilidad, 6 muy costoso el ponerla en este estado. Estos cuerpos son susceptibles de aumento, acrecentando el de infanteria con otro batallon á fin de formar dos regimientos uno del Este y otro del Oeste de la Isla, porque la poblacion lo permite, y porque la fuerza reglada será mas considerable en caso de tenerse que hacer uso de ella. El de caballería tambien será util pase á la clase de dragones, con el objeto de que alterne con el de infantería en el servicio de guarniciones, evitando de este modo que sobre aquellos pese solamente la fatiga, y porque así habrá una perfecta igualdad en ambos cuerpos, mas instruccion y mejor desempeñado el real servicio. Esta pequeña alteration en la esencia y grande en la sustancia, proporcionaria en la isla una fuerza reglada de 6 mil hombres, contando con las cuatro compañías de morenos agregados á la milicia, y serviria de una base regular para acrecentar su número cuando las circunstancias lo exigiesen. Estas Milicias se reemplazan por sorteo de las Urbanas que se hallan perfectamente organizadas en la isla, y cuyo total asciende á 25 mil hombres, siendo capaz el pais de un alistamiento mayor. El cuerpo de urbanos comprende á todo vecino blanco desde 16 á 60 años, de cualquier estado y condicion. (1) Para reemplazar la Milicia Disciplinada se háce el sorteo sobre los solteros hasta la edad de 35 años, exceptuando los hijos únicos, los de viuda, cabezas de familia 6 los que gozan algunas de las esenciones 6 privilegios concedidos por la ley 6 el particular reglamento. Tienen sobre si los urbanos la obligation de las guardias semanales de sus respectivos pueblos, y la conduccion de presos de una a otra jurisdiction; sirven igualmente de correos; turnan en las rindas y patrullas nocturnas de la costa, y cuando lo exige el servicio acuden á los puntos que determina el gobierno á emplearse en todas las fatigas á que son llamados. Los hay de la (1) Esto prueba que para esa época existía en la isla el servicio miliy civil, obligatorio.—C. y T.
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clase de artilleros en los puertos, con la posible instruccion para servir las baterías en ellos establecidas; y puede asegurarse que con dificultad habrá un cuerpo de urbanos tan numeroso y bien arreglado en el resto de la América, como lo está el de PuertoRico, pudiéndose á poca costa lograr lo mismo con los de las Milicias Disciplinadas. En la Capital se crearon en 1812 dos cuerpos de Voluntarios distinguidos, uno de hijos del pais y otro de forasteros. Sirvieron con utilidad en aquella época y merecieron la aprobacion de S. M. con Reales Despachos. Estos batallones deben reducirse á uno, huyendo de hacer diferencia entre hijos del pais y forasteros, porque estas diferencias causan divisiones, de ellas provi$nen los partidos, y estos producen disgustos. En este cuerpo deben alistarse todos los vecinos de la Capital, tanto del comercio como propietarios y cuantos no se hallen inscriptos en las Milicias, sin que sea obstáculo el hallarse sirviendo en oficinas ú otros ramos, mediante á que el objeto primario es el de ayudar á la guarnicion al servicio de rondas, patrullas y cuanto concierna al buen orden y tranquilidad pública. Los voluntarios conviene se sostengan alistados porque sus servicios locales y de policía son muy útiles. Es tambien muy esencial en Puerto-Rico la existencia de dos ó tres buques de guerra que sostengan el comercio, lo ausilien y protejan, al paso que en lo posible detengan el contrabando: digo en lo posible; porque siendo mucho el que se hace, infinitos los puntos donde recalan los contrabandistas á verificarlo, y muy á propósito la situacion de la isla para su logro, serán muy poco tres buques para evitar este mal pero creo que algo se remedie, ya que por las circunstancias actuales no sea posible destruirlo de raiz. Un bergantin y dos goletas pudieran sostenerse muy bien cou lo que producen los derechos de corso y toneladas, sacándose las tripulaciones de la matrícula del pals; mas es preciso que esta se arregle á su ordenanza particular y se establezca con utilidad, no como se halla en el dia, que puede asegurarse sin peligro de error que de cada 400 alistados en ella no habrá 30 marineros, ni que piensen emprender semejante clase de industria, lo que trae consigo enormes males y no pocas injusticias. A muy poca costa pueden lograrse los tres buques á que me he contraido, y no dudo que su existencia fuese ventajosa, bajo el concepto propuesto, y el de perseguir, destruir y ahuyentar la multitud de piratas que infestan aquellos mares, causando notables perjuicios y daños al comercio y de consiguiente á toda la isla. Otra de las ventajas que podría sacarse de esta, es la construccion de buques de guerra para el aumento de las fuerzas navales. No encuentro dificultad para que se construyan en la isla bergantines, corbetas y aun fragatas de lag mejores maderas por calidad y duracion. Cada año podria Puerto-Rico aludir dos buques á la Marina Real, aumentando al país esta industria, porque se crearla una maestranza siempre útil, aprot'echándose las maderas de la isla. Conozco prácticamente que todo es facil, cuándo las primeras autoridades se hallan al frente de las empresas. Entonces son- asequibles, menores los obstáculos, poca
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6 ninguna la oposicion y ventajoso todo al servicio. Si se limitan á una mano subalterna, y el Gefe está separado de conocer en ciertos asuntos, se nota tibieza en los ausiliantes y en los encargados, aparece de poca 6 ninguna utilidad cuanto se emprende, y al se logra es después de mil tropiezos, disgustos y poco beneficio. En esta esperieucia he fundado muchas de las razones que llevo establecidas en este papel, y siempre convendré que la primera autoridad en América debe ser revestida de todas las atribuciones que S. M. ha tenido por conveniente establecer en aquellos dominios, ya directamente al empleo, ya como presidente de todas las corporaciones colegiadas, y ya por último como subdelegado de la suprema autoridad. Reasumiendo los capitanes generales estas cualidades, yo aseguro que las cuestiones serán menos frecuentes, el servicio ejecutado con mas actividad, y los progresos de aquellos paises mas rápidos. De lo contrario apenas hay en ellos tiempo para ventilar competencias, sostener disputas y paralizar la felicidad. Estas ideas no me las sugiere ni mi destino, ni el hallarse este tan cercano al superior gobierno; me las dicta sí, el convencimiento en que estoy de que de seguirse se logrará el deseado fin de que florezca aquel establecimiento, que por el contrario se mantendrá siempre en embrion 6 en una parálisis de que será dificil salga en el estado actual. Yo veo en mis ideas algunas algo fuertes, porque chocan contra la práctica seguida; pero como mi objeto ha sido manifestar lo que conceptuo util, separado de otro principie, ninguna dificultad debe arredrarme, cuando hablo, el lenguaje de la verdad, y solo atiendo á que el Real Servicio se efectue bien, que la isla prospere, y que sus habitantes sean felices en cuanto á las proporciones que ella brinda. El plan que me propuse al emprender este trabajo hijo de mi adhesion al gobierno de S. M., de la gratitud que debo á aquel suelo, y del estudio que he hecho de él y de sus habitantes, fué solo el de compendiar el estado de la isla en sus diversos ramos, y manifestar lo que creiá conducente para su mejora. \o he tratado pues de razonar sobre él por lo difuso queme habria hecho, cuanto porque existen voluminosos expedientes y representaciones elevadas á S. M. sobre muchos de los asuntos que aquí he tocado; mas á pesar de haber adoptado dicho sistema, que en mi concepto queda lleno segun aquel principio, creo sea util presentar las ideas reunidas, 6 un resumen al menos (le las alteraciones 6 generalidades que abrazan, con el objeto de hacer patente cada innovacion y su causa, ya que la falta de papeles y otras noticias no me permiten estenderme, ni analizar cou►o quisiera cada punto de por sí, con aquella precision y claridad que conviene en un asunto de tanto interés. Creadas las tres villas mas en la isla de Puerto-Rico y establecidos en ellas los .Justicias Mayores, y el Tribunal de Apelacisnes en la Capital, resslltará dividida en ocho partidos de seis poblaciones con 0 mil almas próximamente cada uno de ellos, y tres jueces inmediatos 6 locales para los asuntos contenciosos y económicos. La administration de Justicia se practicará cou
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método sin agravio de las partes y con otro éxito y facilidad que lo es hoy. Las raterlas se contendrán extraordinariamente en los campos, los delitos serán castigados, el escarmiento contendrá á los perversos, y la vagancia desaparecerá del pala. La agricultura progresará, porque el labrador hallará mas seguridad en sus establecimientos, gentes para los trabajos, caminos para trasportar los frutos, y justicia en su territorio. En estos principios he fundado la necesidad de que se practique esta division y que se establezca el sistema que propongo. La falta de un tribunal superior en la isla es tan notable, como que por su inexistencia quedan los delitos impunes, ya por la distancia que hay á la audiencia terrritorial, ya porque esta misma causa proporciona que no se haga todo el caso debido por los subalternos para desterrar un mal tan nocivo en la sociedad, y ya porque en el concepto de evitarse este se destinan los delincuentes al presidio correccional por un tiempo muy limitado, medida insuficiente para contener á los malvados y pertinaces. He probado que esta variacion no aumenta gravamen al Erario, antes facilita el cobro de los reales derechos y ahorra los dos subdelegados establecidos recientemente. En la parte de Real Hacienda he demostrado que las rentas deben duplicar solamente con que se adopte el establecimiento de la Contaduria Mayor y Junta Buperigr, porque en el hecho solo de rendirse las cuentas en la misma isla hallo la medida mas eficaz de engrosar las entradas extraordinariamente, disminuyendo el deficit en gran parte, mucho mas con la junta de nivelacion para establecer las cargos soportables al pais y.sistemar ú organizar lo correspondiente á su conservacion y defensa. Hago ver la facilidad de que prospere la agricultura y el comercio con las medidas prevenidas en la parte política, el medio de hacer las recaudaciones del subsidio sin gravámen del Real Erario, la limitacion á que debe sujetarse el comercio estrangero, proponiendo medidas eficaces para que progrese el nacional, desterrando en lo posible el contrabando, y dar impulso á la industria con los auxilios del consulado y sociedad económica. En el ramo eclesiástico he manifestado las providencias adoptarlas por el prelado y vire-patrono, que caminando con un acuerdo loable, como caminan á un solo fin, se logrará en Puerto-Rico la conservacion de los templos en el mejor estado, y un arreglo en sus fábricas cual es de desearse. He llamado la atencien en esta parte á la instruccion pública, al estado triste en que está reducida en aquella isla, lo urgente que es se lleve á efecto el establecimiento del colegio conciliar, y pidiéndose las noticias que me han parecido indispensables, llegue á lograrse el fruto de tan intereseante medida. Aunque rápidamente he dado una idea del estado militar de la isla, de su importancia y conservacion, de las faltas que sufre en su defensa, de lo urgente que es reponerlas y arreglar sus cuerpos prpvinciales para que su utilidad sea efectiva, fundando las innovaciones en la experiencia y en las ventajas que presento al hablar de cada punto aisladamente, lo urgente que ea
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el arreglo de los padrones para el derecho de tierras y su depósito á disposition de la subinspeccion, porque de lo contrario es indispensable renunciar á la existencia de aquellos cuerpos, 6 lo que es lo mismo, á su utilidad; llamando la atencion sobre la falta de fusiles, falta que tiene comprometido el pais, lo mismo que el asoleo y embase de la polvora y buen estado de las obras, como se ha demostrado minuciosamente á S. M. por aquel go bierno. No he dejado por último de tocar sobre algunos otros puntos que veo como políticos en la actual épocd, tales son el abono del agio ó quebranto del papel moneda, y restablecimiento del Regimiento Fijo, porque los conceptuo importantes. El uno acallará los perjuicios que está sufriendo aquel vecindario en todas sus clases, y el otro curará la herida que creen tener abierta. por hallarse en su concepto lastimado el país. No he dejado tambien de dar alguna idea sobre la utilidad de la visita de la isla, su principio y motivo que hubo para haberla suspendido, el objeto y las ventajas que deben sacarse si se prosigue bajo el mismo sistema coil que se emprendió; qué plan se .había adoptado para los trabajos, y cuánto debe esperarse beneficioso al Real Servicio y al país de un proyecto tan ventajoso y acsequible. Tambien he debido hacer el justo recuerdo de un Gefe que dedicado constantemente al servicio de S. M. y al cumplimiento de sus deberes, ha sabido conservar tan precioso país sin la mas leve mancha, antes bien ha fijado una opinion indestructible del benéfico gobierno de S. M., de sus paternales providencias, y del odio con que deben verse los estravios de los otros pueblos, cuya suerte desgraciada debe compadecerse, al paso que vivir alerts contra sus maquinaciones dirigidas á envolver á los leales en sus desesperados proyectos. Yo habria sido un desagradecido é injusto si hubiese dejado de hacer tan debido recuerdo á las virtudes de aquel general, y séame permitido desahogar así los sentimientos de mi corazon, porque en ello veo al mismo tiempo que ha sabido corresponder á la confianza con que le honró S. M. Mi anhelo por el mejor servicio del Rey y el ansia que tengo por ver tranquilos aquellos dominios, floreciente y llena de prosperidad la España en ambos mundos, han sido los móviles de esta Memoria, que dedico al mas piadoso de los soberanos en justo homenage de mis deberes, del amor que profeso á su Real persona, y en favor de la prosperidad de Puerto-Rico. Las inexactitudes q ue tenga este escrito son debidas en mucha parte á haberlo emprendido sin tener á la vista los papeles y documentos que me hubiesen facilitado mejorarlo; pero la sustancia siempre habria sido la misma, porque aquellos hubieran únicamente comprobado mas mis aserciones sin alter.ar los hechos ni los medios de su mejora. He procurado bnsc~r esta sin lastimar ni tildar los procedimientos de ningun empleado, y como estoy penetrado de. que con las medidas que he propuesto han de lograrse las ventajas presentadas, limito á solo esto nii esposicion, en la confianza que une inspira la clemencia de nuestro actual soberano. Madrid 30 de Noviembre de 1818.Pedro Toma$ de Córdoba.
185 PARA LA HISTORIA MILITAR DE PUERTO RICO SERVICIO OBLIGATORIO. San Juan, P. R., 25 de Mayo 1917. Doctor Cayetano Coll y Toste, Santurce. Mi distinguido amigo: Fuerza armada de Infantería, constituida por puertorriqueños, ha embarcado recientemente, para Panamá, en función de guerra. En una proclama del Presidente Wilson, se establece el servicio militar obligatorio, pero selectivo, en el territorio de Puerto Rico.—Todo esto, en cuanto al presente. —En cuanto al pasado, y con la mayor cortesía, me permito hacerle varias preguntas, encaminadas a que usted escriba algunas cuartillas sobre re militari.¿Hubo, alguna vez en Puerto Rico, Servicio Militar Obligatorio—¿Qué clase de Milicias fueron las Milicias diseiplinada8, Urbanos, Compañías de Artillería de Morenos de Cangrejos, etc., etc.—¿Fué a Santo Domingo, y peleó allí por España alguna fuerza Miliciana? Puntos, son estos, muy esenciales, en nuestra modesta historia militar que deben ser dilucidados, con todo rigor por persona tan competente y autorizada como usted.—Puerto Rico tuvo su Estado Militar, según creo, hasta después de la revuelta de Lares, cuando nuestras Milicias fueron declaradas a extinguir.—Esta disposición mató en nuestra tierra el espíritu militar y el valor colectivo, que ahora resurge con nuestros soldaditos, ansiosos de cotinuar las proezas militares (le Urbanos, Milicianos y Morenos de Cangrejos. Tengo mucho gusto en ofrecerle, para su rico archivo, ese documento oficial, que acompaño, y en el cual se declara selectivo nuestro servicio militar obligatorio.—Soy de usted, querido Doctor con la mayor consideración y respeto, amigo y S. S.—Angel Rivero. CONTESTACIÓN. Señor don Angel Rivero, Ingeniero. San Juan. Mi distinguido amigo: paso a satisfacer gustoso su carta consulta. El servicio militar ha sido obligatorio en Puerto Rico. Todos los vasallos estaban en el deber de servir al Rey y defender la Patria con las armas en la mano, cuando las circunstancias así lo exigían y lo ordenaba la autoridad competente. La defensa militar de esta isla estaba sujeta a reglas fijas, qne emanaban de órdenes superiores: La plaza, que era la ciudad de San Juan, tenia sus fortificaciones y su guarnición de tropa
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veterana española. Para la defensa de la isla se establecieron las Milicias Disciplinadas de Infantería y Caballería. Y para el resguardo de las poblaciones la Milicia de Urbanos. El servicio en estos cuerpos era obligatorio. Cada tres años se formaba el padrón de hombres útiles eh toda la isla, de 15 a 40 años. Cada año recorría los campos un Teniente de Infantería, acompañado del Teniente a Guerra del partido y del Comisario del barrio, y escogían los mozos que se necesitaban para el alistamiento de aquel año y suplir bajas. Había muchos jóvenes que entraban voluntarios en las Milicias. Los que tenían caballos propios les gustaba ingresar en el Batallón de Caballería. Los hijos de las familias principales eran los oficiales de esos cuerpos. Posteriormente se estableció él sistema (le sorteos por ser mas equitativo. Estaban exentos de este servicio militar muchas personas; y a aumentar ese número se refiere el documento que usted ha tenido la bondad de enviarme y que publicaré en el Boletín Histórico de Puerto Rico, con la correspondiente acotación. En ella relataré todos los que estaban libres de ese tributo. Además, publicaré el Reglamento de las Milicias Disciplinadas y varios otros documentos, referentes a ellas, de gran sabor histórico. Así como el Reglamento de la Milicia Urbana. En un principio este presidio no tenía más que dos compañías veteranas de 150 hombres y una de artilleros con 60, cuyo oficial era Gobernador. Después, llegó a ser, en su defensa, una plaza de primer orden, con una guarnición y obras de fortificaciones respetables, y con las autoridades militares correspondientes a esa misma importancia. En 1741, por R. O. de 12 de Febrero, se mandó crear aquí un batallón veterano de artillería. Este es el origen de nuestro célebre Batallón Fijo compuesto en su totalidad de hijos del país, oficialidad y soldados. En 1787 se reforzó el Regimiento Fijo con parte del de Nápoles. En 18 de Agosto de 1789 dispuso el Rey que el Regimiento Fijo se reformase al pie de los de la Habana. En 1788 se retiró la fuerza del de Nápoles del Fijo, y se llevó a la Habana. En 1792 se mandó que viniera a San Juan el batallón Fijo de Santo Domingo y pasase a ser el 3° del Regimiento Fijo de Puerto Rico. En 1815 pasaron a Costafirme dos batallones de nuestro Regimiento Fijo, con un jefe, 22 oficiales y 314 hombres: ya habían ido delante 5 oficiales y 70 hombres. Perdida Venezuela, se ordenó aquí la extinción del Regimiento Fijo; hecho de que trata don Pedro Tomás de Córdova, secretario de Gobierno, quejándose al Rey en su Memoria de 1818, de lo mal que había sentado en el país tal determinación; y que se tomaba como señal de desconfianza. Esta interesante Memoria la publicaré en el 3er. cuaderno del 4º tomo del Boletín Histórico, que se halla en prensa en la actualidad. Sabido es que el Conde de O'Reilly, en 1765, reorganizó las Milicias, fundando 18 compañías de infantería de blancos, 1 de morenos y 5 de caballería, también de blancos. En 1797 el Gobernador don Ramón de Castro la organizó de nuevo en un Regimiento .de infantería de 3 batallones de 8 compañías. En 1816
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creó el Gobernador Meléndez otro Regimiento. Los Gobernadores Aróstegui y Latorre la aumentaron y protegieron. El General Latorre informaba al Gobierno "la buena disposición de loa naturales de esta isla" para la Milicia. Como la isla estaba dividida en 7 distritos, se crearon 7 batallones y se suprimió el sistema de regimientos. En cada cabecera de distrito había además 2 compaíflías de caballería. Las cuatro compañías de morenos con 600 plazas, se agregaron al servicio de la artillería de la plaza. La suspicacia que hubo para suprimir erróneamente el Regimiento Fijo, en 1818, después de haber prestado tan buenos servicios en Venezuela, defendiendo la causa de España, la tuvo el Gobernador Sanz, en 1874, para suprimir también las Milicias Disciplinadas, que a su vez prestaron utilísimos servicios cuando la anexión de Santo Domingo en tiempos del gabinete O'Donell. Resolución injusta, porque hubo un oficial miliciano que se metió en lo de Lares, sin fijarse que precisamente los milicianos de San Sebastián detuvieron el alzamiento. Es conveniente que volvamos a tener nuestras Milicias. Pueblo que lo quiere obtener todo de mogollón, resulta un pueblo mezquino y ruin a la postre. El tributo de sangre es el primero de los tributos; y con él aprende un pueblo a ser fuerte y llega a ser feliz. Cuando España empezó a prestar al Imperio Romano el tributo de sangre no pensó nunca en que llegaría un día en que le daría emperadores como Trajano, filósofos como Séneca y poetas como Lucano. Por eso, mi buen amigo, creo y entiendo, que es conveniente que nuestro pueblo ejercite sus facultades guerreras, que al decir del General Latorre son muy buenas; y opino además que tengamos buenos cuarteles, como tenemos excelentes escuelas. Procuredios ser fuertes y no olvidemos nunca, que ni se ensilla al león, ni se enyuga a la pantera 1.. . Suyo cordialmente, Cayetano Coll y Toste, Historiador de Puerto Rico.
REAL ORDEN DECLARANDO ESCEPTUADOS DE LOS SORTEOS DE LAS MILICIAS LOS COMERCIANTES Y MERCADERES EN LOS DOMINIOS DE INDIAS.
(Copia facilitada por Don Angel Rivero.)
Provincia
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E1 Exmo. Sor. Conde de Campo de Alange con fha. de 22 de Agosto 10 ultimo me dice 10 siguiente. de Venezuela dirigió 4 El Capjtan General de
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efta via reservada en Carta de 31 de Julio del año proximo pasado una instancia y expediente promovido por los individuos del Comercio de Caracas, solicitando esencion del alistamiento en los Cuerpos de Milicias, la que interinamente les concedió hasta la Real resolution, sin embargo de no hallarse exceptuados de este Servicio por el Reglamento de Milicias de la Isla de Cuba que rige para casi todas las de Indias. En su vista y de lo que sobre el particular ha consultado el Supremo Consejo de la Guerra, se há dignado S. M. aprobar la providencia del referido Capitan General, se ha servido declarar que asi como en España están exceptuados de los sorteos de Milicias Provinciales por el artículo 39 de su declaracion y órdenes posteriores los Comerciantes y Mercaderes, deberán gozar de la misma escepcion en los Dominios de Indias, donde el Comercio necesita fomentarse por todos los medios posibles, y donde los Comerciantes son en mucha parte españoles transeuntes, que solo permanecen alli el tiempo preciso para despachar sus Registros o Pacotillas; en cuya atencion y para suplir el defecto que se advierte en el Reglamento (le Milicias de la Isla de Cuba, ha tenido á bien mandar S. M. por punto general se tengan en esos Dominios por exentos de ser alistados en Jos Batallones y Cuerpos de Milicias los Comerciantes de Registro, los Mercaderes de Lonja ó Tienda, y los dependientes ó mancebos que necesitan, y acostumbren mantener, sea que unos y otros giren con caudal propio, 6 por comision y en calidad de consignatarios de los Comerciantes Españoles. Lo aviso á V. S. de Real Orden para su inteligencia, y cumplimiento. Cuya Real Orden traslado á V. S. para que tenga de su contenido la correspondiente influencia.—Dios guarde á V. S. ins. as. Puerto Rico 24 de Octubre de 1794.—Sor. D. Francisco Torrado. —Sor. D. Eleuterio de Murga. (1)
(1) Por el Reglamento para las Milicias Disciplinadas para esta isla, de 27 de Junio de 1827, están exceptuados de este tributo los abogados y escribanos, los que hayan sido jueces territoriales, los mayordomos de las ciudades, los médicos, los boticarios, los cirujanos, los notarios, los procuradores de numero, cuando no pasen de cuatro, o tengan oficios comprados a la Real Corona, con calidad de vendibles y remisibles, los administradores de rentas, los sacristanes y sirvientes de la iglesia que gozan salario, los maestros de escuela y gramática, los mayorales de ingenios, los factores e inventores de tabaco, los sirvientes que tengan nombramientos de empleados por Juntas, los apoderados de los cosecheros de cada partido, los hijos únicos de padres sexagenarios y de viudas, los hermanos que vivan con hermanas solteras que dependan de ellos para su subsistencia como cabeza de casa. Por real orden de 25 de Abril de 1861 se dispuso que los naturales de la Península residentes en la Isla, no se hallaban sujetos al servicio de los cuerpos de Milicias Disciplinadas, en razón a que lo estaban nl ejt~reito de la Peninsula. También estaban exentos de este tributo los extranjeros. Y las dignidades de la Iglesia.—C. y T.
189 REGLAMENTO DE LAS MILICIAS URBANAS (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Puerto Rico 14 de Marzo de 1817.
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Gobierno Superior y Capitanía General de la Isla de Puerto Rico.—Si en todos tiempos ha sido conveniente que las Compañias Urbanas tengan un arreglo cual es conforme al servicio de S. M., á la política de los pueblos y á los vecinos mismos, se hace en la actual época ,tanto mas preferente este arreglo, cuanto que la experiencia acaba de manifestar en el suceso de Fajardo, la vigilancia con que el Gobierno, sus subalternos y el vecindario todo deben estar, para que los enemigos de la Corona y de la tranquilidad pública, sean rechazados y escarmentados con ventajas siempre que intenten repetir otro atentado igual al que han verificado en aquel pueblo pacífico el 25 de Enero último. A los Urbanos se debió la victoria con que el vecindario de Fajardo dió á conocer á los insurgentes sus descabellados proyectos, porque ellos fueron los que los batieron y rechazaron, causandoles una considerable pérdida: hecho que se repetirá siempre que pongan los pies en esta Isla. Y siendo muy justo que estos mismos Urbanos obtengan y se les conerven todas aquellas debidas consideraciones a que por tantos títulos son acreedores, lo cual no podrá verificarse sin que preceda un alistamiento arreglado y uniforme he dispuesto los artículos que se expresarán, y á cuya observancia deberá estar sugeta tan numerosa parte de los habitantes honrados de esta provincia. El suplemento al reglamento para las Milicias Disciplinadas y las varias y repetidas circulares que con este objeto han dispuesto mis antecesores y yo mismo, forman una coleccion de reglas, que aunque conformes en lo sustancial, mas confunden que aclaran el órden que debe seguirse: para evitar pues, en lo sucesivo toda confusion y con el fin de que los Alcaldes ordinarios, como cabezas de los pueblos, los sargentos mayores, los oficiales y todos los Urbanos, no carezcan de cuanto concierna á sus obligaciones, observarán con la mayor escrupulosidad lo siguiente. 1°—Todos los individuos que no estén alistados en la Milicia Disciplinada, que no hayan cumplido los veinte anos de servicio en estos, ni gocen de fuero militar, serán comprendidos en el alistamiento general de Urbanos de servicio desde la edad de diez y seis años hasta la de sesenta inclusive, sin que para ello se admita la menor excusa y se pondrá el Don á todo el que sea hijo de Capitan de Urbanos, 6 de Regidor aunque sea Sargento. 2°—En todos los pueblos de la Isla se hará el expresado alistamiento, luego que se reciba esta Orden y se formarán tres listas con separacion de blancos y morenos. Una de ellas se dirijirá al Gobierno y las otras quedarán en poder del Alcalde Ordinario y del Sargento Mayor para el uso y gobierno correspondientes. 3°—Se formarán otras listas, guardando el Orden anterior, y comprenderán todos los individuos que pasaren de la edad de se-
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lenta años, los reformados, retirados y cuantos gocen de fuero militar y completen el censo del partido. 4°—Efectuado que sea lo prevenido en los anteriores artículos, procederá el Sargento Mayor á separar y formar las compañías, procurando que estas se compongan, con distincion de morenos, de todos los habitantes. 5°—Cada compañía constará de cien hombres, además de los Oficiales. Un capitan, un tenieiite, un subteniente, un sargento primero, dos segundos, ocho cabos y ochenta y nueve Urbanos compondrán toda la fuerza. 6°—Los nombramientos de Sargento Mayor y Oficiales de jJrbanos, se espedirán por esta Capitanía General por medio de un título impreso que acredite el respectivo empleo, honor y estimacion del sujeto que lo ejerza dignamente. Los de Sargentos y Cabos los hará el Sargento Mayor á propuesta de los Capitanes con aprobaciou del Alcalde, y en unos y otros se observará la capacidad, que sepan escribir y puedan ascender después á Oficiales con decoro. 7°—Para ser Oficial de Urbanos se requiere saber leer y escribir y los Sargentos Mayores tendrán el mayor cuidado en que los individuos que se nombren para Sargentos, no carezcan de este requisito, porque de lo contrario no optarán luego á la clase de Oficiales, que se procurará recaiga siempre en los primeros vecinos, y en los mas pudientes; en la inteligencia que todo el que se excuse á este servicio, no quedará exento del desempeño y fatigas que corresponden á los Urbanos. 8°—En cada uno de los partidos 6 pueblos de esta Isla y en las cuatro villas, (1) habrá un Sargento Mayor de Urbanos, que entenderá en todo lo concerniente al servicio, á las propuestas, listas y demás anexo á su cargo por el presente reglamento y lo efectuará por conducto del Alcalde, á cuyas inmediatas órdenes se halla, procurando que el órden del servicio se llene con la mas perfecta igualdad y justicia. 9°—Del mismo modo habrá dos Ayudantes en cada partido, para el mas pronto desempeño de los asuntos del servicio y se elegirá de la clase de tenientes, prefiriendo siempre los mas activos é inteligentes. 10°—Las propuestas para Oficiales y las listas de las compafilas, las formará el Sargento Mayor, asistido de dos Capitanea ó de los Oficiales, los primeros de todas las compañías, dirijiéndolas á esta Capitanía General por conducto del Alcalde, que sobre ellas informará lo que se le ofrezca. 11°—Siempre que vacase la plaza de Sargento Mayor, propondrá el Alcalde tres individuos de los Capitanes, sin sugetarse á antiguedad, y sí a las circunstancias de mas á propósito para el desempeño de ella acompañándose tambien de dos oficiales imparciales. 12°—El uniforme de estas Milicias será el mismo que está (1) Las cuatro villas eran San Germán, Arecibo, Agnada y Coamo. --C. y T.
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detallado para las Regladas de Infantería, con la sola diferencia de no tener solapa, conforme lo tiene S. M. mandado de Real órden de 19 de Enero de 1792. 139—E1 Sargento Mayor y Oficiales, se distinguiráli por un galon ancho de oro, que llevarán los primeros en el cuello y vuelta de la casaca, y los otros solo en el cuello. Los sargentos lo usarán de seda amarilla. 149—Será de la obligacion de los Urbanos hacer el servicio y fatigas del vecindario, la guardia de la Casa del Rey, conducion de reos, composicion general de Caminos, y denlas prevenido por las leyes, ordenanzas Municipales, bandos de buen gobierno; reglamentos de Milicias y Directorio; sin que ningun Urbano pueda excusarse á pretesto de distincion ni otra causa que no fuese de incapacidad física; en la inteligencia que todos están en la obligacion de servir en beneficio y utilidad comun. (1) 159—Los vecinos que quieran pagar estos servicios por resultarle de ello beneficio, podrán hacerlo á favor del que le deaempeñe la f itiga ; pero sin que por esto deje el sustituto de hacer el turno. que le corresponda en su particular cuando le tocare 1G9—Todas las semanas deberá nombrarse una guardia en la Casa del Rey, á quien se hará responsable de esta, (le los presos y de cuanto pongan á su cuidado el Alcalde 6 Sargento Mayor referente al mejor servicio del Rey y de los vecinos. 179—Los Urbanos deberán ser precisamente vecinos del partido donde estuvieren alistados, y en caso de mudar de domicilio, se borrarán en la lista del partido de donde salen, alistándolos en el que fijen su vecindario. 1S9—Los Oficiales deberán ser personas arraigadas, estantes y permanentes en el partido, á fin de evitar dificultades y atrasos que se ofrecerian de lo contrario. 19"—Cuando estuviere vacante la compañía, quedará el teniente hecho cargo de ella, y á falta de este el Subteniente; y todos los Oficiales tendrán listas de los individuos que la componen, sitio de la habitacion de estos, y armas que tengan, para que cuando llegue el caso de hacer uso de ellas, pueda verificarse con exacto conocimiento. 209—En las listas prevenidas por el art. 29 deberá expresarse que cada Urbano tiene su lanza y machete, y á fin de que el Gobierno no carezca (le la noticia de las demas armas, se exprex9rán las que tengan de fuego. 219—Los Oficiales de Urbanos que se hubiesen retirado por su edad con despacho del Gobierno, podrán usar el uniforme de su empleo y se le guardarán siempre las consideraciones debidas á la clase eu que ha estado alistado. 22o—Todos los años, el dia 25 de Julio, pasarán los Sargentos Mayores en sus respectivos territorios; la revista general de Urbanos con intervencion del Alcalde y dirijirán al Gobierno la correspondiente lista con las observaciones y notas que juzguen (1) Las disposiciones contenidas en este art., estan modificadas por resoluciones posteriores: véase cada una en su materia correspondiente.
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oportunas, á fin de que por ella se haga la separacion de los que por su edad hubiesen cumplido su tiempo en el alistamiento. Lo harán igualmente de las de los inútiles y demás prevenido en el artículo 3°. 23°—La guardia diaria, que deberá haber en la Real Cárcel, constará únicamente de un Oficial, un Cabo y cuatro Urbanos, sin que este número pueda alterarse por ningun motivo que no sea el de alarma ú otro extraordinario, dando cuenta. Los Sargentos harán el servicio despues que hayan turnado todos los Oficiales de cada compañia con la suya; pero en pasando de tres compañías las que teñga el partido, harán la guardia solo los Oficiales con un sargento subordinado que le ayude en la vigilancia. — Puerto-Rico 14 de Marzo de 1817.—Meléndez.—Y encontrándola arreglada al mejor servicio de S. M. hé dispuesto se circule de nuevo para su cumplimiento.—Puerto-Rico 11 de Diciembre de 1823.—Miguel de la Torre. APÉNDICE SOBRE EL USO DE DIVISAS DE SUS RESPECTIVOS CARGOS. Gobierno y Capitana General de la Isla de Puerto-Rico. — El Excmo. Sor. Secretario de Estado y del Despacho Universal de la Guerra, me dice con fecha de 29 de Octubre del año próximo anterior lo. quecopio.—Excmo. Sr.—Atendiendo el Rey Nuestro Señor al mérito y lealtad de los Cuerpos de Milicias Urbanas de esta isla se ha servido conceder á los individuos que la componen, como prueba de lo muy satisfecho que se digna estar de sus servicios, en uso de las divisas de sus respectivos empleos interín sirvan en ellos, y sin mas altérnativa con los del Ejército que la que tienen los de los Cuerpos de dichas Milicias en la Península. —De su Real órden lo comunico á V. E. en contestacion de su carta de 5 de Julio último con número 221 para su inteligencia y demás efectos.—Lo que comunico á Ud. para su inteligencia y demas efectos, y que en consecuencia remita listas de los Oficiales con las fechas en que fueron nombrados y los títulos originales para espedirles los nombramientos arreglados á esta gracia.— Puerto-Rico 29 de Julio de 1826.—Miguel de la Torre. LOS QUE HAYAN SERVIDO CARGOS DE CONCEJALES DE AYUNTAMIENTOS, SE PROPONDRÁN PARA OFICIALES DE URBANOS Y NO QUEDEN DE SOLDADOS. Gobierno Superior y Capitanía General de la lela de PuertoRico.—En atencion á lo que han manifestado algunos Alcaldes á este Gobierno sobre conceder jubilaciones ó empleos de Oficiales de Urbanos á los que han servido cargos de Concejales de los Ayuntamientos, con el fin de evitarles las postergaciones que sufren en el servicio vecinal hasta el grado de obligárseles á hacer el de guardia en clase de simples Urbanos; y teniendo presente lo que se previene en los artículos 13 y 14 del real decreto de 23
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de Julio de 1835, tengo por conveniente declarar, que á los que sirvan cuatro altos un oficio de república sin nota y solo sean simples Urbanos, se les proponga para la clase de subtenientes 6 tenientes supernumerarios siempre que sepan leer y escribir, con cuya medida al paso que contribuirán copio los demas vecinos á las cargas que les correspondan por tal concepto se les guardarán las consideraciones que son debidas á los que han servido un cargo de república bien y fielmente.—Lo comunico á U. U. para su inteligencia y cumplimiento.—Puerto-Rico 11 de Enero de 1843.—Santiago Mendez de Vigo. Capitana General y Gobierno Superior político de la Isla de Puerto Rico.—Aunque la distincion acordada á los Concejales que sirvieron cuatro años con celo y exactitud por mi circular núm. 172 de 11 de Enero último, tiene su origen del Real decreto de 23 de Julio de 1835 para el arreglo provisional de los Ayuntamientos, considerando en igualdad de circunstancias los servicios de los Tenientes á Guerra, y de los Alcaldes ordinarios, tengo por conveniente declarar como adicion á dicha circular, que los que de estos hubiesen servido cuatro años sus cargos, sean nombrados Capitanes de Urbanos supernumerarios con opcion á ser colocados en las primeras vacantes de su clase; y Tenientes los que hayan servido dos por la misma opcion, debiendo todos los oficiales supernumerarios ser colocados en las vacantes de su clase que ocurran, agregándoseles entre tanto á las compañías para que hagan el servicio que les corresl)onda.—Lo que comunico á UU. para su inteligencia y efectos correspondientes.— Dios guarde á UU. muchos años.—Puerto Rico 27 (le Setiembre de 1843.—Santiago Mendez de Vigo. SE DARÁ CONOCIMIENTO A LOS COMANDANTES DE DEPARTAMENTO DE LAS PERSONAS QUE DESEMPEÑAN LOS EMPLEOS DE OFICIALES DE URBANOS. Capitanía General de la Isla de Puerto Rico.—Para que los Comandantes de Departamento tengan conocimiento de las personas que desempeñan los empleos de Oficiales cle Urbanos, puedan permitirles el uso de su uniforme y divisas con arreglo á la Real 6rden de 1° de Enero de 1792, y tener en cuenta lo que á esta distincion corresponde, se servirá U. pasar al respectivo Gefe relation nominal por clase de los Oficiales existentes y de los que en lo sucesivo obtengan destinos.—Puerto Rico 17 de Abril de 1847.—E1 Conde de Mirasol. SUPRIMIENDO EL SERVICIO QUE 1'RESTABA LA MILICIA URBANA, DE GUARDIAS EN LAS CÁRCELES Y OTROS ACTOS. Gobierno Superior y Capitanía General de la Isla de Puerto Rico.—Cuando á medida que lo fueron exigiendo los pueblos de 413
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esta Isla, se declaraban Urbanos á todos los vecinos capaces de defenderlos de cualquiera agresion extraña, la escasez de recursos de los primeros obligaba á echar sobre los segundos varias cargas personales en beneficio comun, como se practica en todas las poblaciones nuevas, además de las que bajo otros conceptos estaban precisados á cubrir.—Mas adelante, mi antecesor el General Don Salvador Melendez y Bruna, con el fin de metodizar la institucion, espidió en 14 de Marzo de 1817 un reglamento para las milicias urbanas, que es el que rije todavia; en cuyo articulo 14 se establecieron las obligaciones personales de sus individuos: tales fueron, hacer el servicio y fatigas del vecindario; la guardia de la Casa de Rey; la conduccion de presos y pliegos del servicio público de un pueblo á otro; y la composicion general de los caminos respectivos; con lo cual se organizó convenientemente y bajo reglas uniformes esta Milicia, que hasta entonces habia obrado segun el capricho de cada Juez local. Pero como todo en lo humano se resiente de su orijen esta fuerza conservadora de la tranquilidad, ornato y espedita comunicacion de las poblaciones, fué desde muy luego explotada de mil modos por la capacidad de unos, autorizada ó consentida por la apatía ó contemplaciones de otros, sin que la mas esquisita vigilancia por parte de este Gobierno, ni las reiteradas clisposiciones para estirpar los fraudes y abusos hayan podido del todo conseguirlo porque cada dia inventan el sórdido interés y la malicia, nuevos modos de esplotarla en propio provecho. Al paso que la agricultura, la industria y la riqueza han ido desarrollándose en el país, el servicio personal de los Urbanos ha sido sucesivamente mas gravoso para ellos y mas lucrativo para muchos de los encargados de distribuirlos con igualdad y justicia, llegando á un punto tal estos males, que desde mi arribo á la Isla han sido innumerables los clamoreos de las Corporaciones municipales y de varias personas de valer y amantes de la prosperidad pública, denunciándolos y solicitando que se sustituya un servicio personal tan oneroso, y tan ofensivo además á la moral pública, con cualquiera otro arbitrio que satisfaga al objeto; y como en mi última visita gubernativa á los pueblos me convencí de la exactitud de tales manifestaciones; y considerando que es muy urgente acabar cuanto antes con los males que se lamentan, y no dejar subsistir por más tiempo en esos manejos oscuros y locales, que no es dado al Gobierno descubrir cual fuera conveniente para corregirlos; he resuelto espedir,la presente circular y mandar que se observen y cumplan las disposiciones siguientes: 1'—Queda suprimido desde 1° de Marzo próximo venidero todo el servicio personal que los Urbanos hacen en los pueblos, en virtud de lo prevenido en el articulo 14 de su peculiar reglamento; servicio que, por estar resuelto yá en el de caminos que esta y sus reparaciones se hagan por contratas, costeadas con el producto de los impuestos establecidos para este ramo, ha quedado reducido al de la guardia de la Casa de Rey para custodiar los presos; á la conducion de estos y de pliegos urgentes del ser-
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vicio público, que no dan tregua hasta el inmediato correo, y á las patrullas nocturnas que cuidan de la tranquilidad y seguridad pública. 2'—La Milicia Disciplinada de Infantería y Caballería quedará encargada desde el citado día 1° de Marzo del auxilio de la custodia de los presos en los pueblos de su residencia, y de la conduccion de ellos y de los pliegos urgentísimos del servicio público; y para remunerarla como es justo de esta obligacion se satisfará á los Milicianos que la desempeñen con cargo á los fondos públicos, el corto haber mensual que tienen señalado por reglamento cuando están sobre las armas; pero sin gratificacion de caballo á los que fueren de esta arma. 3'—En los pueblos donde hubiese tropa veterana destacada, dará esta la guardii de auxilio para los presos de cárcel; y soló se nombrará en ellos un reten de un cabo y tres milicianos para conducir presos y pliego como se ha dicho. En donde no la hubiere y fuere pueblo de ruta, se nombrará un cabo y cuatro milicianos, 6 un cabo y tres milicianos si no lo fuese. Esta guardia auxiliará al Alcaide en la custodia de los presos; y ella y el reten establecido en los primeros; conducirán aquellos y los pliegos urgentes del servicio, y además las órdenes que haya de espedir el Alcalde 6 Teniente, á Guerra á individuos de su jurisdiccion para lo cual se les auxilia ahora con un urbano. 4'—Quedarán tambien suprimida desde el día designado las ordenanzas que se dan al Alcalde 6 Teniente á Guerra y al Sargento mayor de Urbanos. 5'—Los Comandantes militares de los Departamentos darán sus órdenes á los de Cuartel, 6 capitanes de coiupai,ías, para que mensualmente nombren y pongan á disposicion del Alcalde 6 Teniente á Guerra la fuerza de que 1►abla el artículo anterior, y percibirán anticipadamente del Depositario, mediante orden de aquel por quincena 6 mensualidades, los haberes correspondientes, y lo hagan distribuir cada mañana á los individuos de la guardia en el concepto de que sea el cabo lo ó Z° y los Milicianos sean ó no de preferencia, no tendrán otro haber que el señalado á los cabos segundos y Milicianos de fusileros. 6'—Para minorar en cuanto posible fuere el ga>:to que ocasionen estas guardias, cuando en los pueblos no hubiese presos que custodiar se rebajará un Miliciano al número señalado para ellas. 7'—Esas patrullas nocturnas se harán por los miembros del Ayuntamiento 6 Junta de visita nombrados alternativamente por el Alcalde ó Teniente á Guerra y por los Comisarios de Barrios acompañados unos y otros con el número preciso de vecinos nombrados'por turno sin distincion alguna de fueros, como está prevenido en el Bando de Policía y demás disposiciones vigentes. 8'—En los pueblos donde no hubiere Milicias, los Comandantes militares de los respectivos Departamentos, á propuesta de los Tenientes á Guerra, eligirán un número racional de vecinos honrados y de buenas circunstancias que voluntaria y alternativamente desempeñen el servicio mencionado, en la forma y me-
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diante la retribucioli que se señala á los Milicianos en la disposicion 2 de esta circular.—Puerto Rico 15 de Enero de 1850.—Juan de la Pezuela. ESTABLECIMIENTO DE ALGUACILES Y SUPRESION DE LAS GUARDIAS DE URBANOS. Gobierno Superior Capitanía General de la Isla de Puerto Rico.—Ya mi antecesor el Marqués de 1; Pezuela en su circular núm. 70 del 15 de Enero de 1850, dictó medidas muy eficaces para aliviar á los pueblos de la Isla de los servicios personales que hasta entonces hablan prestado, sistituyendo estas cargas con otras menos espuestas á abusos y mas conformes á la igualdad con que los vecinos están obligados á prestar según su riqueza respectiva; pero constante en mi decidido empeño de reducir los gastos comunes de todos y cada uno de los pueblos á lo puramente indispensable con el fin de aliviarlos en la contribucion que satis= facen para ellos, sin que por esto quede desatendida ninguna de las necesidades locales que cada cual según su rango ha de cubrir; y considerando que la cuota de treinta mil pesos anuales á que próximamente asciende el gasto de la guardia destinada á la custodia y conduction de presos y pliegos urgentes del servicio conforme á la disposicion 2z de la antedicha circular, puede reducirse considerablemente, al ménos en los pueblos que están fuera de las rutas militares, ahora que ya en la mayor parte de ellos hay establecidos alguaciles para auxilio de las Alcaldías, y en los demás pueden establecerse con mayor provecho y ménos costo que esta guardia permanente, evitándose así tambien que se sustraigan de dos á trescientos hombres diarios de su habitual ocupacion con menoscabo de la agricultura y de sus propios intereses, que han de abandonar por una mezquina retribution que apenas les basta para sí solos, cuanto menos para el sostenimiento de sus familias; he venido en acordar para lo sucesivo las dis posiciones siguientes :-1' Desde 1º de Febrero próximo quedará suprimida la guardia urbana en los pueblos de Guainabo, Toaalta, Toa-baja, Naranjito, Corozal, Vega-alta, Morovis, Cialee, Utuado, Moca, Pepino, Lares, Aguada, Añasco, Sabana-grande, Yauco, Guayan illa, Peñuelas, Adjuntas, Aibonito, Bararnquitae, Barros, Sabana del Palmar, Cidras, Aguas-buenas, Hato-grande, Gurabo, Juncos, Piedras, Trujillo-alto, Trujillo-bajo y barrio de Palo-seco.-2` Cuando en alguno de los pueblos espresados ocurriese la prision de algun criminal cuyo delito merezca á juicio del respectivo Alcalde tenerlo en prision segura miéntras se sustancia las primeras dilijencias y se conduce á la cabecera del distrito judicial, se establecerá para su guardia y conduction á ella 6 la Capital, si fuere desertor de los presidios 6 de las tropas, una guardia de uno ó mas milicianos, que nombrará el Comandante de las armas á solicitud del Alcalde ó de vecinos de confianza donde uo hubiere Milicias y mediante recibo de aquel visado por éste, é intervenido del Síndico, se abonará á cada uno de ellos el socorro de dos reales diarios por el tiempo absolutamen-
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te necesario que dure su servicio.-3' Si en el tránsito que han de atravesar hasta su destino el preso y sus conductores, hubiere pueblos de los que conservan establecida la guardia, será aquel entregado al Alcalde del primero que se encuentre para que lo haga continuar de puesto en puesto como se verifica ahora.4 En los pueblos contenidos en la disposicion primera que por no ser de ruta postal hay necesidad de ir periódicamente á llevar y traer la correspondencia pública á otro inmediato, se contratará por las Juntas de visitas un vecino que haga este servicio por una retribution proporcionada, la cual se satisfará con cargo á los fondos públicos por semanas ó meses vencidos mediante recibo del interesado, intervenido por el Síndico y visado por el Alcalde.-5' Cuando en los mencionados pueblos acontezca haber de conducirse algun pliego urjente del servicio que no permita esperar el inmediato correo, se nombrará para que lo verifique un vecino de confianza, satisfaciéndole dos reales por dia en ida y vuelta, conu cargo á los mismos fondos y con iguales formalidades para su pago; en el concepto de que ha de entregar personalmente el pliego á la Autoridad á quien sea dirijido, si la distancia entre ambos puntos no excediese de seis leguas, pues en otro deberá dirijirse el pliego por tránsitos de esta distancia poniendo el que lo dirija al respaldo del sobre los pueblos que deban encargarse en el tránsito de la direccion, cuyos Alcaldes no podrán excusarse de hacerlo por conductores que elijirán con la misma retribution, evitándose así el que vengan como ahora de guardia en guardia con mucho atraso y perjuicio casi siempre del servicio público. Es de advertir que esto se entienda para casos de tal importancia que no permita aguardar al }nmediato correo, pues que de otra manera el Gobierno e.ijirá al Alcalde que ordéne la remision del pliego la responsabilidad consiguien.-6' El sostenimiento del orden público está á cargo de los Alcaldes; y en pueblos de tan pacífico y juicioso vecindario como son todos los de la Isla, basta su habitual respecto á los funcionarios públicos y la vijilancia y firmeza de carácter de estos para que nunca se alteren la paz y .la tranquilidad; pero si por circunstancias imprevistas 0 causas justificables acaeciese alguna vez la necesidad de establecer en alguno la guardia que hoy se suprime mientras cesen los motivos que obligasen á esa medida excepcional quedan los Alcaldes autorizados para establecerla por el tiempo indispensable y no mas, dando despues cuenta al Gobierno para la resolucion que corresponda y aprobacion del gasto que haya ocasionado.—Lo comunico á U. U. para su inteligencia y exacto cumplimiento.—Puerto-Rico 21 de Ene ro de 1853.—Fernando de Norzagaray. EL DIA 25 DE JULIO DE CADA AÑO, SE VERIFICARÁ LA REVISTA DE URBANOS. Secretaría General del Superior Gobierno y Superintendencia Delegada de la Real Hacienda de Puerto Rico.—Dispuesto por el artículo 22 de la instrucciou que deberán observar las Mili-
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los
ciar urbanas de esta Isla que todos años el dia 25 de Julio se pase por los sargentos mayores de sus respectivos territorios la revista general con iutervencion del Alcalde, y que se dirijan al Gobierno con las observaciones y notas que juzguen oportunas, ha extrañado el Excm o. Sr. Gobernador y Capitan General que á pesar del tiempo transcurrido no haya U. remitido dicho documento y me ordena lo (liga á U. para que lo verifique en el improrrogable término de 15 dias.—I'uerto-Rico 27 de Noviembre de 1858.—Francisco García. GUARDIAS.
la
Gobierno Ñuperior y Capitanía General de la Itila de PuertoRieo.—I'or la circular de este Gobierno de 8 de Julio ele 1857, número lIS, se previno la sup,resion de las Guardias de milicias que había establecidas en varios pueblos de esta Isla por las razones que allí espresaba, disponiendo que fueran sustituidas con individuos de la Milicia Urbana de las condiciones necesarias para el buen desempeño de tan importante servicio, y sin embargo de que en la Inayor parte donde estas existen, aquellos se dedican al obgeto de su instituto, no obstante ha llegado á noticia de este Gobierno (aunque no de un modo oficial) que en otros se distrae á la Guardia urbana empleando á sus individuos en el servicio doméstico y en otras faenas de extraña naturaleza, menoscabando así los intereses Municipales que satisfacen el sueldo señalado á dicha Guardia y á los del vecindario, pues que para las obligaciones de aquellas se emplean, otros que no gozan por cierto de sueldo ni emolumento alguno. Estas fueron las causales que tuvo mi antecesor el Teniente General Marqués de la I'ezuela para suprimir estas Guardias, y deseoso de contener con mano fuerte estos abusos que quieren volver á introducirse, hé resuelto lo siguiente:-1°—Al recibo de esta Circular se me dará cuenta por la Junta Municipal (si ya no se hubiese hecho) de los individuos que desempeñan el servicio de la Guardia en los pueblos donde se halle establecida con espresion del nombre, sueldo que disfrutan, á fin de que obtenida mi aprobacion si la mereciese se dé cuenta al Depositario y tambien al Comandante del Departamento.-2° —No obstante lo espuesto, donde se hallase establecida la Guardia, la Junta me informará lo que se le ofrezca y parezca sobre las circunstancias de los interesados.-3° —Prohibo abnolutamente que ningun individuo de la Guardia Urbana ni de las Brigadas de municipales y serenos donde los hubiere se emplee en servicio alguno entraño al objeto de su instituto; debiendo permanecer los primeros en la Casa del Rey cuando no estuvieren ,empleados en comdueion de presos, pliegos ú otras faenas propias del servicio :í uc ('tíui lastimados; bien entendido que separaré desde luego de sil destino al Alcalde que distrajere á los individuos de la tivardia y Irigadas referidas, en el servicio doméstico de su casa ó consintiese que otros lo hagan, así como tambien si permitiese ú aquellos separarse de su destino ó poner sustituto.4°—Cuando llegue el caso de que un individuo de Guardia
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Urbana por impedimento de enfermedad justificada ú otra causa legal no pueda desempeñar su destino, la Junta municipal nombrará un sustituto por los días que durase la separacion de aquel individuo.-5°—Igualmente prohibo que los Alguaciles de los Alcaldes se empleen en otros servicios que los de su instituto y que tanto estos como los de la Guardia Urbana y las Brigadas perciban sus haberes ó sueldo por tercera persona, pues deberán hacerlo sí mismos y en presencia del Síndico el día que esté señalado para el pago.—G°—Los Comandantes de Departamento cuando lo estimen conveniente y se hallen en el pueblo, podrán pasar revista á la Guardia, debiendo el Alcalde darle las noticias q;1e le pidiese sobre el particular.-7° —Mientras las atenciones urgentes del servicio no le exigieren, queda prohibido emplear los urbanos en las faenas que son de obligacion de la Guardia y de los Alguaciles.—Todo lo que comunico á U. para su inteligencia y efectos correspondientes.—Puerto-Rico Diciembre 31 de 1859.— Cotoner. RECTIFICACIONES HISTÓRICAS. ORIGENES DEL PUEBLO DE AÑASCO Y ALGUNOS DATOS SOBRE ESTA CIUDAD. Santurce, Junio 5 de 1914. Sr. D. B. Santos, alcalde municipal de Añasco. Señor.—Paso a satisfacer su carta consulta de 20 de Mayo, próximo pasado. Seré conciso. 1°—Ese pueblo toma su nombre de D. Luís de Añasco, uno de los tenientes de D. Juan Ponce de León, caudillo valeroso que combatió a los indígenas boriquenses en el alzamiento de 1511. 2°—Sofocada la rebelión de los indios, el Conquistador envió a su teniente Añasco al oeste de la isla a poblar, a su teniente Miguel de Toro al Sur y él se quedó al norte en Caparra. 3°-1). Luís de Añasco fijó su residencia en la ranchería del cacique Urayoán, que precisamente estaba donde está hoy la urbe, cerca del paso del río donde el supersticioso régulo ordenó a su gente ahogaran al joven español Salcedo, a ver si los invasores, venidos del cielo, como creían los indígenas, eran mortales o inmortales. 4°—Habiendo tenido Ponce de León, en Noviembre de 1511, que entregar el gobierno de la isla a los Tenientes de D. Diego Colón, según se lo ordenaba el rey Fernando, el alcalde Juan Cerón, entonces Teniente de Gobernador por el hijo del gran Almirante, hizo asiento en la desembocadura del río de Añasco—el Guaorabo—y bautizó dicho burgo con el nombre de San Germán, según lo había dispuesto D. Diego. Se encargó la fundación del nuevo poblado a D. Miguel de Toro. Esta urbanización oficial
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ahogó la que había iniciado P. Luís de Añasco en la ranchería del cacique Urayoán. 5°—La aldehuela Añasco quedó reducida a ser una Estancia del célebre caudillo I). Luís. Y para 1526 un vecino de San Germán, llaniado Francisco de Ortega, al hacer una petición ante el Alcalde de dicha Villa la cita diciendo: "En el estero que está junto a la Estancia de Luís de Añasco. .." Y en Setiembre de 1528 todavía vivía este célebre caudillo en su finca, según documentos anténticos que conocemos. 6°—En la Memoria del Capitán Melgarejo al rey Felipe II, no se cita la aldehuela Añasco porque quedó convertida en una propiedad particular con el nombre de Estancia de D. Luía pie Añasco. Los vecinos independientes se pasaron a los nuevos Burgos que se crearon, y .cuando el desastre de San Germán y Guadianilla, quemadas por corsarios franceses, se constituyó en 1570 con los despopjos de una y otra población a Nueva Salamanca a las márgenes del río Guano jibo, que es el origen del actual dan Germán. 7°—La aldehuela de Añasco pasó a ser Pueblo en 1728 siendo gobernador 1). José de Meudirahal, a instancias de D. José de Santiago, el más rico propietario de la jurisdiction. D. Pedro Tomás de Córdova, en sus Memorias dice que su creación fué en 1703. Yo no conozco ningún documento auténtico que lo justifique. Tal vez en esa fecha exista error de imprenta de colocar el 0 antes del 3, y el señor Córdova escribiera 1730. 8°—La iglesia fué erigida en 1730 con la advocación de San Antonio Abad de Añasco, dependiente de la Vicaria de la Villa de San Germán. 9°—En 1830 era Teniente a Guerra del partido de Añasco el capitán de infantería D. Juan Nepomuceno Echezuria. 10°—Por real cédula de 18 de Octubre de 1733 se aprueba la creación del Pueblo de Añasco y se recomienda la formación de todos los que se puedan (véase Boletín Histórico de Puerto Rico, tomo primero, página 13.) 11°—Fray Iñigo Abbad que lo visitó en 1776 lo describe así : "El pueblo de Añasco se fundó eu 1703 con algunos españoles e indios que habitaban sus serranías; dista una legua de su puerto; está situado en una hermosa llanura circundada por todas partes de arroyos, caños y lagunas y que dificultan su entrada, siendo intentan a inaccesible la mayor parte del año a los que sin práctico. Consta de 139 casas, que forman un dilatado cuadro, en cuyo centro está la Iglesia, que es poco decente. Todo el terreno es pantanoso y húmedo, cubierto de yerba que crece con una prontitud pasmosa. Los habitantes, que ascienden a 577 familias con 3,061 almas, sola de un color muy oscuro, bien sea efecto del clima demasiado cálido y húmedo o por la mayor mezcla de las castas de gente de que se compone la poblacion de la Isla. Hay formadas dos compañías (le Milicias Disciplinadas de Infantería y una (le Caballería. Cogen con abundancia todos frutos de la Isla, especialmente arroz, maíz, frijoles y tabaco, es bueno; tienen grande porciones de ganado de cerda, vacuno 7
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mular, que crían en los hatos y engordan en las estancias 6 pradería,, cuyas tierras son muy pingües para todo. En ellas tivan alguna caña de azúcar, que benefician en trapiches para melado. Sus ganados y frutos sobrantes con los cueros y maderas de esta jurisdiction pasan al Guarico, trayendo en retorno ropas, harina, vino y otros efectos." 12°—Según la Estadística de Iñigo Abbad (le 1776► tenía 1514 blancos; 1932 pardos libres; y 159 negros esclavos. El territorio estaba repartido en 339 estancias, 9 hatos. Estaban de cultivo 96 cuerdas de cañá de azúcar; 96 cuerdas de plátanos; 47,502 palos de café; 1,741 palos de algodón; 2,945 cabezas de ganado vacuno; 54 cabezas de ganado mular; 1,049 caballos; y 2,030 cabezas de ganado menor. 13°—El Gobernador D. Marcos de Vergara, en 30 de Mayo de 1766 revalidó el nombramiento de Teniente a Guerra en D. Eduardo de Mexano, que venía desempeñando la Tenencia desde el 23 de Marzo de 1763. Después la ocupé P. Manuel Crespo. Y en 26 de Abril de 1773 el gobernador D. Miguel de Muesas designó para ese cargo a D. José de Robles. 14°—En 1777 el cura párroco era el Pbro D. Miguel Bonilla. 15°—Añasco está al oeste de la isla. Tiene al norte a Aguada y Rincón, al sur Mayagüez; al este San Sebastián y la Moca; y al oeste el mar, en cuya costa estuvo la primera Villa de San Germán.—Sus límites son: "de norte a sur legua y cuarto; de este a oeste tres leguas. Colinda, por el E. con el Pepino ( San Sebastián) distancia de dos leguas, a la guardarraya demarcada en Alto Sano; y de un pueblo a otro cuatro y media leguas. Al N. E. con la Moca, distancia de dos leguas y hasta la guardarraya, que es la cuchilla de los Barros, una. Por el N. con la Aguada, a distancia de tres leguas, y a la guardarraya que es la cuchilla de la Atalaya, una. Por el N. O. con el Rincón, distancia tres leguas, y dos a la Boca de Cagmibo, que es el límite. Por la costa, desde la expresada boca hasta la de Río Grande, legua y cuarto. Por el S. con Mayagüez, distante cinco cuartos de legua, y hasta la guardarraya que es parte del Río Grande y parte de Río Cañas, un cuarto de legua." 16º—Corren por la jurisdicción de Añasco los ríos Grande, que debe conservar su nombre indígena de Guaorabo, el Casey, el Humate, el Hondo y el Dagüey. El río Hondo desagua en el Guaorabo. Fertilizan estas tierras muchas quebradas. 17º—La jurisdicción comprende los barrios de Añasco arriba y abajo, Playa, Hatillo, Caguabo, Piñales, Caracol, Quebrada Larga, Marías, Dagüey, Humatas, Cerro Gordo, Corcabada, Rio Arriba, Cerrado, Cidra, Casey Arriba, Casey Abajo, Ovejas, Río Cañas, Espino .y Carreras. 18°—Entre los barrios Caguabo y Playa se encuentran en una gran extensión de terreno, escombros que indican el sitio en que debió existir antiguamente alguna población. Indudablemente pertenecería a la antigua Villa (le tan (lermún. 19°—Cuando el cambio de nacionalidad tenía 13,217 habitantes. Un presupuesto municipal de 10,286 pesos 92 ctvs. Siete
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ingenios y una central. Estaba valuada la riqueza agrícola en 1,131,151 pesos; la pecuaria en 79,765 pesos; la urbana en 366,114 pesos. 20°—Entre sus hijos ilustres han brillado el presbítero José Antonio Bonilla, de la Orden de Franciscanos, que publicó unos Apuntes críticos, canónicos, teológicos legales sobre la cuestión de dispensas matrimoniales, relativa a la. Real Cédula de 30 da Mayo de 1815 y sus concordantes posteriores, que le valió prision y destierro, falleciendo de avanzada edad en la capital de Santo Domingo. — El doctor José de Jesús Dominguez, escritor y poeta fecundo.—El profesor de instrucción y poeta Domingo M. Quijano.—Y otros más. Y queda usted complacido, señor Santos, y el honorable Ayuntamiento de esa ciudad. Cayetano Coll y Toste, Historiador de Puerto Rico.
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EL PRESBÍTERO AYERRA POR CAYETANO COLL Y TOSTE (1630-1708) Hemos titubeado en publicar esta biografía por los pocos datos que poseemos de este ilustre compatriota; pero los que poseemos ya le distinguen del montón anónimo; y tal vez vengan otros investigadores históricos, en pos nuestro, con más fortuna y puedan completarla. Hoy, que se discuten tanto nuestras facultades para el gobierno propio, hasta el punto de negarnos aptitud y diente para ello, bueno es dar á conocer nuestro viejo abolengo idóneo en cuestiones de capacidad ó suficiencia para el ejercicio y buen desempeño de funciones públicas. El presbítero Don Francisco Ayerra y Santa Maria nació en Puerto Rico el año de 1630. Dedicóse á la carrera eclesiástica, sin que su religiosa vocación fuera impedimento para que también se consagrara al cultivo de la gaya ciencia. En la Capital de México celebróse un gran certamen . literario con motivo de la canonización de San Juan (le I)ios, y el campeón laureado fué nuestro compatriota. \o hemox podido dar con esta composición poética, pero sabemos que fué impresa el año de 1702 por el editor Júan Santibañez.
PUERTORRIQUEÑOS ILUSTRES.
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Ya antes de esta época se había dado á conocer el presbítero Ayerra como autor de una Palestra Literaria, publicada por don Carlos de Sigüenza, en México, en una obra titulada Triunfo partPnico, que cn ylori.z de María ,Santísima inmaculadamente concebida, celebró la Pontificia, Imperial y Regia Academia Mexicana.—Año de 1683.—Sabemos que un ejemplar de esta interesante obra se encuentra en una librería de lance de París y estamos haciendo gestiones para adquirirlo. Aquí, en Puerto Rico es muy difícil adquirir obras agotadas, anunciadas en católogos europeos, pues cuando se piden ya han sido vendidas a otros solicitantes. Casi siempre se llega tarde. Méjico fué la primera tierra de América que tuvo imprenta. El año de 1539 se llevó á ella el gran invento de Guttemberg. Así no es de extrañar que tan temprano se editasen en su capital folletos y libros. El señor Don Joaquín García Icazbalceta ha publicado un catálogo razonado de los libros impresos en Méjico de 1539 á 1600. Don .José Toribio Medina profundo investigador chileno, en un estudio publicado en Sevilla, sobre la imprenta en México, nos dá una lista alfabética de 3599 libros de los años de 1539 á 1810. En ese medio ambiente, floreció en el siglo XVII y principios del XVIII nuestros conterráneo. Don Carlos M. Trefiles, cubano ilustradísimo, autor de un Ensayo de Bibliografía cubana de los siglos XVIIy XVIII, seguida de unos apuntes para la Bibliografía dominicana y puertorrigneña, jublicada en Matanzas el año de 1907, cita al presbítero Don Francisco de Ayerra y Santa María y anota, que es el primer poeta habido en Puerto Rico. El presbítero Ayerra residió mucho tiempo en Méjico, donde fué Capellán del Convento de Jesús y María. Además fué nombrado Rector del Seminario Tridentino de aquella ciudad. El desempeño del Rectorado supone facultades excepcionales en el hombre elegido para desempeñarlo. Siempre se escogen para estos cargos hombres de grandes estudios, inteligencia bien cultivada y recto corazón. Para dirigir una comunidad se necesita ser un carácter firme. He aquí, pues, á nuestra tierra dando hotnbres de gobierno para fuera del país en el siglo XVII. ¡Y en el siglo XX se le discuten estas facultades á los puertorriqueños!... Hasta aquí llegan nuestras rebuscas históricas respecto al presbítéro Ayerra y Santa María. Esperamos, Deo violente, poderlas continuar. APÉNDICE A LA MEMORIA DE DON PEDRO TOMÁS 1)E CÓRDOBA.
isla.
misma
la
Valores de las importaciones y exportaciones que ha habido por las aduanas y receptorías de la isla de Puerto-Rico, y dereelms que haui deveugado en ellas los efectos y frutos introducidos y estraidos desde 1815 hasta 1827: cuya noticia ha sido formada por la cotuision de cuentas de
204
AP]NDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁS DE CÓRDOVA.
IMPORTACIONES CAPITAL. Valores.
Pa. fa.
1815 ... 1816 1817 1818 1819 ... 1820 ... 1821 ... 1822 ... 1823 ... 1824 ... 1825 1826 1827
... ...
... ... ... ... ... ... ...
... ... ... ... ... ... ...
Rs.
Derechos.
Mrs.
Pa. fa.
78,615 64,060 81,666 77,511 74,013 87,345 81,430 109,850 98,633 102,489 91,279 107,387 118,225
2 2 4
17 33 28 17 20 9 30 30 7 22 17 21 12
1.162,488
2
25
651 2,035 5,454 10,080 9,120 8,095 7,844 12,036 16,229 14,664 16,809 33,991 25,031
4
16 15 14 25 12 2 5 21 28 5 17 7 1
700,318 387,932 487,767 559,486 549,530 826,461 661,413 839,106 796,597 767,509 770;774 759,793 736,464
1 6 2 6 4
24... 21... 21... 14... 24... 27... 32... 24... 33... 4.•.. 27... 17... 16...
8.843,156
1
12
3 3 7 4 5
Rs.
3 6 7 5 5 1
Mrs.
AGUADILLA. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 1826 1827
...
... ... ... ... ... ...
...
... ... ...
17,746 13,460 38,639 63,777 59,997 43,986 54,955 100,911 129,641 111,618 119,813 207,080 154,701
6 3 5 3 5 1 4 1 3 5 7 6 3
24... 19... 12... 19... 28... 7... 17... 21... 32... 18... 30... 16... 26...
1.116,331
3
31
162,044
2 2 2 2 6 3 5 3 7
32
APÉNDICE A LA MEMORIA DE P..P. TOMÁS DE CÚRDOVA.
205
MAYA C; L'7,. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 1826 1827
. ...
... ... ..-. ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... .:. ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
76,940 86,1S5 103,853 187,417 227,656 227,367 168,119 232,467 126,188 192,578 230,730 387,587 303,130
1 5 7 6 4 6 1 4 6 6 2 7
7. .. 7... 30... 2.. . 14... 15... 30. .. 12... 8... 31... 25. .. 9... 28...
2.550,224
5
17
9,260 7,205 8,389 15,440 14,780 28,484 2:1,934 25,679 20,497 21,344 25,892 58,051 56,681
2
13 20 13 14 2 7 31 15 18 7 7 12 1
314,641
7
14
1,457 3,633 4,954 5,748 8,516 6,486 7,225 4,737 4,659 4,215 5,574 11,490 9,922
2 7 6 6 3 6 7 3 7 4 1 5
14 33 25 30 29 6 22 17 20 32 18 8 32
78,64
1
16
4 3 6 6 3 7 1 3 4 4
CARO -ROJO. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 1826 1827
14,179 26,755 36,023 44,071 63,387 37,264 45,575 35,178 64,903 38,231 29,830 76,'01 60,973
2 6 6 6 3 4 3 1 1 4 5 5 2
57',976
4
2... 31...
... 7... 13... 14... 11...
... 8...
... 28... 4... 19... 1
206
AP1NDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁS DE CÓRDOVA.
PONCE. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 825 1826 1827
... ..
... ... ... ... .. ... ... ... ..
... ... ... ... ... ... ...
18... 31... 23... 11... 20... 17...
17,308 42,290 91,856 246,113 209,850 115,496 172,435 80,308 93,603 114,050 269,366 173,600 257,138
5 3 4 3
26. .. 26... 6... 17... 8... 24...
1.883,416
7
23
6 2 5 1 1 1 2
...
2,048 5,174 13,426 28,025 23,797 19,011 19,994 13,650 17,367 14,506 27,730 31,913 57,148
5 3 6 3 3 3 6 7 1 2 3
273,795
29 6 27 27 23 2 32 4 18 5 23 11 3 6
FAJARDO. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821. 1822 1823 1824 1825 1826 1827
... ... ... ... ... ...
... ... ... ... .
... ... ... ,, . . .
... ... ... ... ... .. ... ... ... ...
5,987 16,461 13,339 17,301 14,868 10,366 13,055 11,040 11,810 17,843 29,762 22,844 20,061
2 3 2 2 1 3 2 1 2 4 2 7
204,741
3
1... 11...
... 13... 23... 16... 8... 3... 7...
... 28... 18... 11...
4
884 2,799 2,334 2,383 1,648 1,907 1,721 1,603 1,396 2,545 3,496 4,147 3,172
2 6 2 3 3 3 1 7 5 1
16 23 20 30 22 28 14 20 16 2 7 14 27
30,040
4
1
APLNDICE A LA MEMORIA DD D. P. TOMAS DE CÓRDOVA.
207
MANATY. 1822 1823 1824 1825
... ... ... ...
... ... ... ...
204 2,310 1,053 912
2 6
4,480
1 2 5
4
44 426 227 202
31 27 24 14
4
900
2
28
14... 2... 2... 30... 18... 11...
493 434 255 754 1,832 898 7,279 13,345 13,078
7 5 5 6 5 1 4 4 2
11 18 10 14 33 5 27 4 26
22
38,372
7
2
31... 16...
177 1,188 883
7 1 1
4 7 22
13
2,249
1
33
2,305 1,280 4,432 4,715
5 1 7
33 27 19 26
12,734
2
3
ARECIBO. 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 ... 1826 ... 1827 ...
... ... ... ... .-
...
3,064 1,740 1,209 4,981 1.1,759 5,381 38,373 78,984 88,396
... 13... 6 2 2 4
234,429
...
AÑASCO. 1823 1824 1825
... ... ... ....
10,046 8,589 5,631
7 4
15,267
4
...
GUA YANILLA. 1824 ... 1825 ... 1826 . . 1827 ...
12,836 7,563 26,247 27,456
3 3 1 1
74,103
1
7... 4... 4... 19...
2
208
AP1 NDICE A LA MEMORIA DE D. P. T01IÁ3 DE CÓRDOVA.
PEÑUELAS. 1824 1825 1826 1827
... ... ... ...
... ... ... ... . .
839 3,160 8,416 4,618
3 5 4 7
... 32... 25... 1...
150 418 1,334 857
3 2 6 7
8 17 23 24
17,035
4
24
2,761
4
4
COAMO. 1825 ... ... ... 1826 ... 1827 ... ... ...
8,469 11,337 27,624
7 7
6... 14... 30...
1,476 2,358 5,005
6 6 6
11 27 8
47,431
7
17
8,841
3
12
5,334 3,623 4,153 12,560 7,213 3,503
7 5 1 5 6
15 20 30
36,389
2
28
607 599 378 852 603 2,045 910 3,130 6,931 7,938
2 2 6 2 4
6
32 20 7 32 31 31 23 7 15 32
23,997
4
28
PATILLAS. 1822 1823 1824 1825 1826 1827
31,101 26,675 26,262 183,599 56,347 13,569
2
337,556
3
7 4 6 5
20... ... 27... 16... 27... 16... 4
31
HUMACAO. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1825 1.826 1827
... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... desde julio ... ... ... ... ... ...
3,710 3,635 1,855 4,648 2,698 10,428 4,994 9,177 40,242 50,324 131,715
2 7 2 1 4 3 7 1 5 1 3
... ... ... 4... 23... 31... 16... ... 1... ... 7
6 5
APÉNDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMAS DE CÓRDOVA.
209
NAaUABO. 1821 1823 1824 1825 1826 1827
... . ... ... ... .. ... ... ... . . . . . .. .
1,588 1,967 7,542 9,311 13,904 23,323
4 2 3 6
80 318 964 1;406 2,276 3,642
6 4 4
2
.. . 27. .. 17.. . 32.. . 27... 21...
5 5
32 12 28 16 21 26
57,637
4
22
8,689
3
33
RESUMEN. Valores.
Ps. Is. Capital Aguadilla . . Mayagües . . Cabo-rojo . . Ponce Fajardo Manaty Arecibo Añasco Guayanilla . Peñuela Coamo Patillas Humacao Naguabo . .
Rs.
1 3 5 4 7 3 4
Derechos. Mrs.
Ps. fs.
8.843,156 . . 1.116,331 . . 2.550,224 . . 572,976 1883,416 204,741 4,480 234,429 15,267 . 74,103 17,035 47,431 337,556 131,715 57,637 .
4 1 4 7 3 3 4
12. . . 1.162,488 31... 162,044 17. .. 314,641 1. . . 78,624 23. .. 273,795 .. . 30,040 ... 900 38,372 22... 13... 2,249 ... 12,734 2,761 24.. . 8,841 17... 4... 36,389 7... 23,997 22.. . 8,689
16.090,504
2
23
2.156,570
Rs.
2 7 1 4 2 7 1 2 4 3 2 4 3
Mrs.
25 32 14 16 6 1 28 22 33 3 4 12 25 28 33 10
NOTA.-En el año de 1814 se valoraron las importaciones de la capital en 617,651 ps. 1 rl. 27 mrs. La receptoria de Manaty se creó en 1822, y fué suprimida eu 1825, ó reunida á la aduana (le la Capital. La de Arecibo se creó en 1819, lo mismo que las de Añasco, Guayanilla, Peñuelas, Coamo, Humacao y Naguabo, en los afios que van espresados. Los valores de 1822, 23, 24 y los primeros seis meses del 25, correspondientes á Humacao, se hallan agregados á los de Patillas; y á este pueblo pasó la aduana que se babia establecido en aquel, la que últimamente se ha trasladado á Guayama, redusiéndose á receptoria la de Patillas. 4 14
210
APÉNDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁS DE CÓRDOVA.
ESPORTACIONES. CAPITAL. Derechos.
Valores.
. 1813 1814 . 1815 1816 1817 1818 . . . 1819 . . . 1820 ... 1821 1822 .. . 1823 1824 1825 1826 . . 1827
. . .
Is.
Mrs.
Ps.
4 5 2 1 2 4 5 7 4 7 7 1 7 5 3
20... 4. .. 1... 11... 23. .. 19. .. ... 32... 5... 9... 14... 6... 17... 25... 3...
6,913 13,450 22,954 8,735 10,376 12,540 11,384 9,179 14,528 20,297 15,877 16,737 15,830 13,093 17,388
4 4 1 1 3 6 3 4 7
12 24 6 2 2 9 5 23
5
29
209,286
7
4
5,980 3,467 2,320 3,186 5,514 5,815 3,252 5,847 7,776 8,031 9,323 7,921 11,91'2 13,457
4 1
6 2 2
28 10 5 24 4 1 20 15 17 11 24 8 21 5
93,865
7
23
Pa. ja.
Rs.
106,271 214,595 249,790 136,079 179,475 232,313 215,148 167,073 329,082 434,520 337,692 301,790 278,670 255,922 382,161 3.820,589
Rs.
3 1 5
Mrs.
2 31 31 23 4
AGUADILLA. 1814 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 1.826 1827
. .. .
... ...
70,132 38,944 40,641 68,054 121,538 124,863 74,538 123,951 170,484 191,100 182,942 168,744 252,611 332,976 1.961,525
3 2 5 5 3 6 7 4 5 7 4 1
17... 17.. . . . .
27.. . 7... 70... 17... 27... 29... 15... 7... 12. .. 7.. . 9... 2
3 3 2 3 7 2
APÉNDICE A LA MEMORIA DE D. P. TO11I.S$ DE CÓRDOVA.
411
MAYAGÜEZ. 1813 1814 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1.824 1825 1826 1827
92,302 92,514 109,170 117,347 115,226 253,350 337,415 266,204 258,294 345,775 335,858 283,937 228,960 422,420 512,278 3.771,057
2 5 7 7 2
17... 6... 30... 4... 3... 11... 28...
2 3 ... 5 1 22... 4 33... 5 18... 5 30... 6 10... 3 14... 7
22
4,015 5,087 6,065 4,838 4,706 11,538 15,989 11,874 10,6'►8 16,117 14,195 18,796 11,421 75,201 79,359
3 3 7 1 3 2 1 6
15 10 27 28 5 2 17 30 29 23 2 2 26 4 16
190,206
6
32
2,892 3,431 4,635 6,542 8,314 12,536 11,746 6,542 8,102 11,090 10,499 7,324 10,395 21,753 21,765
1 6 5 4
24 9 2 7 28 10 5 13 24 16 31
6
28 9 24
147,572
3
26
7 3 2 6 5 2
PONCE. 1813 1814 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 1826 1827
... ... ... ... ...
... ...
...
36,338 65,683 81,245 103,512 138,912 242,188 303,007 137,762 176,625 250,330 242,551 144,212 190,604 332,205 445,874
2
2.891,255
3
5 4 7 7 4 7 1
19... 21... 29... 19... 7... 12... 22...
7 4
12... 29... 18... 4... 18... 4...
...
5
8
1 4 7
2 3 6
212
APÉNDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁS DE CÓRDOVA.
FAJARDO. 1813 1814 1815 1816 ... ... 1817 1818 1819 1820 .. ... 1821 1822 1823 ... 1824 ... 1825 ... 1826 ... 1827 ...
6 2 6
32,896 41,722 39,343 80,173 83,695 76,469 81,789 65,118 62,711 49,141 42,300 66,304 79,012 116,838 124,881
14... ...
... 4 3 6 4 7 2 2 7 6
23.. .
... ... 6... 3. . . 24... 17... 5.. .
...
3
1.043,399
4
3,362 5,915 5,424 9,221 11,580 9,433 7,538 7,161 9,496 6,421 4,531 7,162 8,756 10,255 13,852
2 2 2 1 4 2 5 7 3 5 7 4 6 2
19 24 16 1 21 16 24 4 31 8 8 20 25 5 5
123,114
2
23
1,053 1,859 840 3,233 2,595
4
6
2 20 2 4 8
9,583
1
2
59 246 347 885 845
3 1 3 2
21 8 10 26
2,383
2
31
GUA YANILLA. 1823 1824 1825 1826 1827
... ... ... ... ...
... ... ... . . ...
... ... ... ... ...
...
16,057 42,725 18,681 61,417 64,248
6 4 2 7
203,130
4
21. . . 9... 10. . .
6
6
PEÑUELAS. 1823 1824 1825 1826 1827
... ... ... ... ...
... ... ... ... ...
... ... ... ... ...
1,574 5,595 8,546 17,701 21,092
4 3 3 7 6
4... 23... 28... 28... 2...
54,510
1
14
APÉNDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁS DE CÓRDOVA.
213
HUMACAO. 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1825 1826 1827
.. . . .. . .. ... . .. . .. . . . .. ... . .. ...
..
27,361 44,283 60,826 54,822 35,858 44,888 13,506 10,884 32,159 43,479
6 1
3,122 5,745 8,500 6,279 4,041 4,876 1,129 862 3,016 3,058
368,070
7
40,633
4
13
3,427 3,036 3,240 3,561 7,054 4,566 1,058
3 3 7 1 4 5
25 32 11 33 22 31 18
25,945
4
2
4,473 6,991
7 6
31 8
11,465
6
5
2 4 2 2 6 7 6
... ...
4 6 3 4 5 5 6
6 2 12 30 5 12 13 3 14 18
PATILLAS. 1821 1822 1823 1824 1825 1826 1827
... . .. ... .. . ... .. . . . . ... . ..
52,140 45,778 60,214 73,430 132,882 68,098 22,406
7
17.. . 16... 6... 17... ... 31.. . 33...
454,950
7
18
7 2 2 2
IRlAYAMA. 1826 .. . ... ... 1827 ... . . . . . .
67,526 156,290
4 3
24... 5...
223,816
2
29
RESÚMEN. Derechos.
Valores.
Rs.
Mrs.
Capital 3.820,589 Aguadilla . . . 1.961,525 . . . 3.771,057 Mayagües 2.891,255 Ponce 1.043,399 Fajardo 203,130 Guayanilla . 54,510 Peñuelas 368,070 Humacao 454,950 Patillas 223,816 Guayama
5 1 7 3 2 4 1 4 7 2
29. .. 209,286 93,865 2... 22. .. 190,206 8. .. 147,572 4... 123,114 9,583 6... 2,383 14... 40,633 .. . 18... 25,945 11,465 29...
7 7 6 3 2 1 2 4 4 6
4 23 32 26 23 2 31 13 2 5
14,792,306
4
30
854,057
6
25
Ps. fs.
Rs.
Mrs.
Pa. fa.
214
APÉNDICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁs DE CÓRDOVA.
Importaciones. . .16.090,504 Emportaciones. . .14.792,306
2 4
23. . . 2.156,570 30.. . 854,057
6
10 25
30.882,810
7
19
7
1
3.010,627
Noticia de los frutos 4 que se refieren las esportaciones.
Burros . . • • • • . • Cebollas . . .. .. .. Cañas de azúcar .. Cerdos . . .. .. .. .. Cañafistola . . .. .. Caballos .. .. .. .. Café .. . . .. . . .. Cueros . . . . .. . . Cocos . . . . Cigarros .. . . .. . . . . Cigarrillos . . Carneros .. .. ('alahazas .. Conserva .. .. Id . . .. . . Confites .. .. .. Chalotas .. .. Cabras .. .. Carey .. .. 1)onguei . . Gengibre . . .. .. Gallinas .. .. .. .. Limones .. .. ..
.
.
.
.
.
.
..
.
.
Id. en zumo .. .. Id. Id. .. .. .. .. Leña .. .. .. .. .. Id. Maíz . . .. . . .. .. Maderas .. .. .. .. .. Id. de tinte.. . .. Mazorcas de Maíz .. Mulas .. .. .. .. ..
987,000 .. . . 84.412,211 libras . . 3.238,629 id. 59,141 .. 1,7993/2 fanegas .. 973,312 libras .. 24,560 id. .. 12,910 id. .. 7½ barriles. 5 4,650 libras. 302,600 248 12,840 2,779 58.323,674 libras. 173,095 188,048 .. 1,726 cajas. 16,400 cajetillas. 182 36,250 1,312 cajetas. 3,000 libras. 61 cajetas. 18,765 libras. 67 5 libras. 3,200 id. 11,400 id. 34 249 barriles. 3,000 10 bocoyes. 11 barriles. 201 cuerdas. 28 cargas. 42,000 libras. .. 42,5841% fanegas. .. 112,748 piezas. .. 8.896,441 libras. .. 5.051,105 .. 1,674 ..
Aguacates .. .. .. Azúcar .. .. .. . . Arroz . . .. . . . . Astas . . .. Avichuelas .. . . . . Algodón .. .. . . Almidón .. .. . . Batatas . . . . . . ..
APL•'A'DICE A LA MEMORIA DE D. P. TOMÁS DE CÓRDOVA.
Melao .. .. .. . . Mameyes . . . . . . Melones Mangle, cáscara .. Mangoes .. . . Naranjas .. .. Id. agrias .. .. Ñames . . .. . . . . .. Pavos .. .. .. .. .. Piñas . . .. .. . . .. . . Patillas . . .. .. .. .. I'imienta . . . . . . . . Palmas .. .. .. . .. .. Plátanos .. Ron .. . . . . :. . . . . Reses . . . . .. .. .. .. Cal .. . . . . .. .. .. Sombreros de paja .. Id. it. . . . . .. .. .. Tamarindos . . Tabaco .. . . . . .. .. Tortugas .. .. .. .. Yautlas .. .. . . . . . . Zuelas .. .. .. .. ..
.. .. .. .. .. '
8.443,522 2,000 5,813 2,318 3,600 1.223,270 3,000 56,915 250 1,088 476 48,355 2,470 10.855,280 1.339,147 42,030 2,544 1,930 102 3,079 10.191,832 26 39,409 654
215
barriles.
libras.
cogollos. cuartillos. fanegas. docenas. libras. libras. medias.
Valores por años de las importaciones y exportaciones desde 1813 á 1827, y derechos que han producido en las aduanas y receptorias. Derechos.
Valores. Importaciones y esportaciones. Pa. fe..
1813 1814 1815 1816 1817 1818 1819 1820 1821 1822 1823 1824 1825 1826 1827 * 1828 1829
.
... .. . ... ...
269,008 484,648 1.38:.~,041i 1.082,299 1.379.526 2.103,498 2.229,677 2.028,693 2.139,674 2.633,331 2.493,848 2.405,275 2.832,553 3.489,891 3.873,472 4.630,654 5,Q42,233
Rs.
5 2 4 5 2 7 7 3 5 2
Mrs.
3. .. 20... 19... 9.. . 16. .. 27... 8... 1. .. 27... 20... 3... 5... 4... 3. .. 10... ... ...
Entrada y salida. Pa. fa.
Rs.
Mrs.
17,183 33,865 139,194 120,112 163,267 197,545 189,488 197,297 195,648 248,432 222,950 234,664 262,649 383,068 439,303 418,259 524,391
6 2 7 1 4 2 3 2 2 2 1 4
24 5 25 31 9 5 3`.' 23 20 21 4 24 5 7 2 16 2
5 4 3
216 1830 1831 1832 1833 1834 1835
REAL CÉDULA CONCEDIENDO ESCUDO DI ARMAS.
. .. ... ... ... ... .. .
... ... ... ... .. . .. .
5.620,786 5.484,144 6.848,155 7.503,242 7.976,766 7.863,650
617,549 643,905 756,566 730,099 795,719 703,048
1 6 5 2 4 1
6 21 21 27 11 2
* Desde esta señal se han formado anualmente las balanzas por la intendecnia. Las anteriores noticias como son tan interesantes por la copia de datos que arrojan para conocer el estado de la administracion de hacienda en Puerto Rico, y la graduacion que han tenido allí los derechos de las aduanas y receptorias era indispensable darlas colocacion en esta Memoria. Ellas son oficiales y el producido de un trabajo asiduo y penoso, pero de una utilidad comparable, como bases ciertas para todo cálculo económico sobre aquella isla.—Pedro Tomás de C6rdova.
REAL CÉDULA CONCEDIENDO ESCUDO DE ARMAS A LA ISLA DE SAN JUAN. (Archivo General de Indias—Registros—Estante 139—Caja P— Legajo 4º—Libro 3') Don Fernando por la grazia de Dios Rey de Aragon, de las Dos Sicilias, de Jerusalem, de Valencia, de Mallorca, de Cerdeña, de Córcega, Conde de Barcelona. Señor de las Indias del Mar Oceanó, Duque de Atenas é de Neopatria, Conde de Ruisellon é de Cerdaña, Marques de Oristan é de Gorciano, Administrador é Gobernador de Castilla é de Leon, etc., por la Serenísima Reyna mi muy cara é muy amada hija. Por quanto por parte de vos el Concejo justizia regidores caballeros e ornes buenos de la ysla de san joan ques en las yndias del mar oceano. Pedro Moreno procurador de la dha ysla me enbiastes a hazer relacion diziendo que despues que dha ysla fue por my e por la serenisima Reyna doña Ysabel my muy cara e muy amada mujer, que sancta gloria aya, hallado e descubierta e tomada e mandada poblar se avia hecho en ella vna poblacion de chrisptianos e esperava hacerse mas, e que hasta oy no se le avya dado a la dha ysla armas e divysas que truxese en sus pendones e pusiese en sus sellos e en las otras partes donde las dhas cibdades e villas destos Reynos las solian traer e poner, supliQandome mandase dar armas a la dha ysla para que las truaesedes en vtros pendones e sellos e las otras cosas necesarias. E yo acatando como la dha ysla fue por my e por la dha Reyna doña Ysabel my muy cara e muy amada mujer, que sancta gloria aya, hallada e tomada, e como aveys los primeros pobladores della de que ntro Señor es muy seruido e ntra santa fee catolyca muy
217
CANAL Da LOIZA A LA LAGUNA DE PIÑONES.
la
e
ensalzada, e atendiendo los buenos e leales seruicyos que loe vecinos e moradores desa ysla me aveys hecho e los grandes trabajos e peligros que aveys sufrido en poblar esa dha ysla e con• quintarla e tomarla e traerla a ntro seruicyo e a obediencia los yndios della, e tyniendo por covenyble que los que bien lealmente sirven que sean honrados e premyados e la dha ysla sea mas ennoblescida, tovelo por bien, e por la presente vos señalo e doy para que la dha ysla tenga por armas un escudo verde y dentro del un cordero plateado encima de un libro colorado e travesado una bandera con una cruz é su veleta como lo trae la devysa de Sanct Joan e por orla castillos, leones e banderas e cruzes de Jerusalem, e por devysa una F e una I con sus coronas, e yugo e flechas e un letrero á la redonda de la manera siguiente Joannes est nomen ejus, las cuales dhas armas doy a la dha ysla de Sanct Joan por armas conoscidas para que las podays traer y trayays e poner e pon gais en vuestros pendones e sellos e otras partes donde gnysieredes e fuere menestg segund como e de la forma e manera que las tyenen e ponen las otras cibdades e villas e lugares destos Reynos de Castilla a quien tenemos dadas armas. E por esta my cedula mando al principe don Carlos my muy caro e muy amado nyeto e a los ynfantes, duques, perlados, condes, marqueses, ricos ornes, maestres de las Ordenes, priores, comisarios e subcomisarios, alcaydes (le los castillos, casas fuertes e llanas e a los del Concejo e oydores de las Audiencias, alcaldes e alguaciles de nuestra casa e corte e chancillería e a todos los concejos corregidores asystentes alcaldes e alguaciles menores o qualesquiera otros e a todas las cibdades villas e lugares de los Reynos e señorios que vos cumplan esta my Cedula e todo lo en ella contenydo, e contra el tenor e forma della vos non vayan ni pasen ni consientan ir ni pasar en tiempo alguno ni por alguna manera. E los unos e los otros non fagades ende al por alguna manera pena de la my merced e de cinquenta mill maravedis para la my camara cada vez que lo contrario hizieren.—l)ada en Burgos a vüj días del mes de noviembre de mill e quinientos honze años.— YO EL REY—Señalada del Obispo de Palencia.
CANAL DE LOIZA A LA LAGUNA 1)E PISONES (De la Gaceta Oficial.) Puerto Rico 28 de Setiembre de 1811. El Excmo. Sr. Secretario de Estado y (le! Despacho de Marina, Comercio y Gobernacion de Ultramar, y con fecha 17 de Julio último, ha dirigido al Excmo. Sr. Presidente, Gobernador y Capitan General de esta Isla la órden siguiente.—"Ministerio de Marina, Comercio y Gobernacion de Ultramar.—Seccion de Co-
218
CANAL DE LOIZA A LA LAGUNA DE PIÑONES.
mercio y Ultramar.—Excmo. Sr.—E1 Regente del Reino, a quien he (lado cuenta de la carta núm 81 de 22 de Abril último en que participa V. E. haber concedido permiso á varios hacendados del partido de Loisa para la apertura de un canal que facilite la con, duccion• á ea Capital de ylos frutos de dicho partido y del de Trujillo-bajo; se ha servido aprobar el citado permiso en los términos que lo ha dado y mandar con este motivo prevenga á V. E. que procure por cuantos medios estén á su alcance promover el espíritu de asociacion para empresas de la especie indicada, dispensán(loles la debida proteccion, y cuidando de que las condiciones que se concedan para llevarlas á cabo, al paso que ofrezcan ventajas á los accionistas, sean beneficiosas al público, asi de presente como de futuro. De órden de S. A. lo comunico á. V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 17 de Julio de 1841.—Camba.— Sr. Gobernador Capitan General de la Isla de Puerto-Rico."— Lo que tengo la mayor satisfaccion en hacer saber á los habitantes de esta Isla, manifestaudoles al mismo tiempo con todo el interés que me inspira su felicidad y prosperidad futura, que siendo tan especial el encargo que S. A. el Regente del Reino se ha dignado hacerme el aprobar tan importante proyecto para que procure promover por cuantos estén á mi alcance el espíritu de asociecion para semejantes empresas entre los habitantes de esta Isla, es de mi deber excitar el celo y el interés particular de todos, y más especialmente el de los hacendados de Loisa y Trujillabajo y del comercio de esta Capital para que concurran á suscribirse 1►or el número posible de acciones para completar el que falta, alejando de si todo recelo y desconfianza que pudieran tener sobre la realization de este proyecto y legítima inversion de los fondos que se necesitan para llevarlo a cabo. El Gobierno por su parte ofrece y dispensará á los accionistas toda la proteccion que pudieran necesitar, prestando ademas su inspecciou inmediata sobre la direction de los trabajos y perfection completa de estos 1►ara asegurar á aquellos las ventajas que deben prometerse, y al público las que debe reportar en lo sucesivo, terminada que sea dicha. obra, y las condiciones que contiene el proyecto aprobado que á eontinuacion se publica. El Gobierno cree excusado hacer una reseíia de las ventajas que el canal proyectado vá á producir al comercio y á la agricultura del partido de esta Capital y de los pueblos de Trujillo-bajo y Loisa; bastará decir que son incalculables y tau inmediatas como que dependen de la conclusion de la obra, á la cual me propongo dar toda la extension de que es susceptible y reclama la misma importancia poniendo practirables para la misma navegacion el caño que comunica las lagunas de Martín-Peña y Cangrejos, á fin que quede conipletamente e.rpedida desde el río de Loisa á la Capital. Con este motivo creo oportuno anunciar al público igualmente que S. A. el Regente del Reino, habiéndose dignado tomar en consideration las reflexiones que en carta de 21 de Enero último tuve por conveniente dirigirle manifestando la absoluta falta de caminos carreteros y la necesidad indispensable de cons-
CANAL DE LOIZA A LA LAGUNA DE PI\ONES.
214
truirlos, desea procurar á este pais todas las mejoras de que es susceptible en eI estado de prosperidad en que hoy se halla su agricultura y comercio y ha tenido á bien ordenar el establecimiento de varios arbitrios cuyos detalles se manifestarán al público por separado. Puerto-Rico 20 de Setiembre de 1841.—Santiago Mende: de Vigo. Excmo. Sr. Presidente, Gobernador y Capitan General.—Los vecinos hacendados del pueblo de Loisa que abajo suscribimos, con el respeto y consideraciou debida, á V. E. exponen: Que segun tuvieron la honra de manifestarle al paso en su visita á la Isla por aquel partido la apertura del canal que proponen en el adjunto prospecto, la consideran asi como un fomento á la agricultura del país tan►bien como un recurso al Gobierno para pagar los adelantos en aquella. Pero como para conseguir el efecto que los representantes se han propuesto y V. E. se ha servido acoger en la, contestation que á la vez les dió necesitan su superior permiso por escrito, con el pedimento mas reverente á V. E. suplican se sirva acordarlo á continnacion de esta solicitud que esperan se les devuelva original con el prospecto acompañado á los fines indicados. Así esperan alcanzarlo de la justification de V. E. en Puerto-Rico fi 10 de Abril de 1841.—Excmo. Sr.H. H. Berg.—Toa►á. Quigley.—H. 1v'itnimons.—Puerto-Rico 15 de Abril de 1841.—Convencido conio lo estoy de las ventajas inmensas que deben resultar al comercio y á la agricultura de esta Isla de llevarse á efecto la empresa tan importante que se proponen los interesados que suscriben, después de bien informado sobre el particular y de las garantías que presentan, tengo por conveniente conceder el permiso que solicitan, con la circunstancia de que este Gobierno superior prestará su decidido apoyo y proteccion á la empresa para ayudarla á consumar su obra, quedando obligada dicha empresa á remitir al Gobierno para su aprohation el reglamento que haya de formarse por la sociedad constituida que sea esta.I4antiago Mende: de Vigo.--Por indisposieiou del Secretario, Feli:a Travieso, Oficial 1°. La naturaleza ha dotado los partidos de Loisa y Trujillobajo con un suelo rico por su fertilidad y local, y si al presente se hallan atrasadas la agricultura é industria, es por•la absoluta dificultad de transportar sus productos. El único lugar por donde se conducen ahora los frutos es por la boca de Loma, y esta presenta tantos entorpecimientos y peligros á los hacendados y agricultores en general, que casi desmayan en la con tiuuacion de sus tareas, pues la dicha boca se halla la mayor parte del año incomunicada por los bancos de arena que la ciegan, hasta el caso de hallarse las embarcaciones cargadas diez y doce semanas consecutivas, resultando por consecuencia que los agricultores pierden la venta oportuna de sus frutos y que desmerecen en valor, peso y calidad, cuando no se pierden totalmente. Él remedio de estos males será de la mayor importancia para ambos partidos: mucho tiempo se ha hablado de su aplicaciou,
220
CANAL DE LOIZA A LA LAGUNA DE PIÑONES.
pro-
mas por desgracia nada se ha hecho hasta el día. La reciente visita del Excmo. Sr. Gobernador y Capitan General D. Santiago Mendez de Vigo ha reanimado tanto las esperanzas y deseos de estos vecinos sobre un objeto tan interesante, que no perdieron la ocasion de manifestarle la necesidad de esta obra; y al ver que S. E. fisé penetrado al golpe de su utilidad y necesidad, y manifestado paternalmente no perdería de vista tan interesante objeto, quedó desde entonces asegurada su ejecucion. El mejor modo de lograr este objeto es la construccion de un canal que arroje las aguas del rio de Loisa á la laguna de Piñones, y que haga navegable por medio de canoas el tránsito interior de este punto á la bahía de la Capital: la distancia no es tan grande; algunos pretenden que solo se reducen á 45 cuerdas, y todos convienen no exceden de 60 á 70. Tomaremos él máximun. Un canal de 24 pies de ancho y 12 de profundidad será sin duda bastante, y calculando el precio de cada cuerda en cien pesos hacen un total de $7,000 Las estacadas que deben sostener las paredes para impedir se derrumben la rampla, apertura entre las dos lagunas y limpieza del pasage en ellas, no costará bablemente tanto, pero para mejor acertar pondremos la misma cantidad de . . . . . . ... . .. ... ... ... . .. $ 7,000 Para acontecimientos improvistos y asegurar que la ejecucion del proyecto no sea paralizado por falta de medios, pondremos un fondo suplementario ... ... ... $ 6,000 Que hacen un total ... ... $20,000 Bajo el concepto de que el Gobierno concederá al emprendedor de esta obra tan interesante como útil las ventajas correspondientes, nos proponemos formar aquel capital por medio de una sociedad de accionistas compuesta de doscientas, cada una de cien pesos. En el día el flete de un bocoy de azúcar, ron ó melado es de dos y medio pesos, y concluido el canal será de la mitad. El gobierno acordará sin duda á la compañía el privilegio de exigir un derecho de pasage por el canal: un peso por ejemplo á cada bocoy de los expresados y proporcionalmente á los demas artículos y también á los pasageros, limitándose este derecho á la mitad tan luego como los accionistas se hallen embolsado su capital é intereses correspondientes. Aunque la agricultura é industria son al presente atrasadas en estos partidos, no será exagerado el cálculo de 4,000 bocoyes anuales que pasen por el canal, los cuales producen ... $ 4,000 Rebajado el 25 por ciento por gasto de cobros de derechos,inspeccion y conservacion del canal... ... ... ... $ 1,000 Quedan á favor ... ...
$ 3,000
Cuya cantidad representa el interés legal de 50,000 pesos, añadiendo á esto el beneficio que resulta del derecho de pasage-
uZ' TRA EL aBUS0 DE LA CURIA ECLESIÁSTICA.
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ex-
ros y otros artículos, como animales, maderas, plátanos, etc. Este último se vende en estos lugares á 3 y 4 rs. el ciento á la vez que en la Capital no se consignen menos de 8 á 10 por el precio cesivo de los transportes actuales. En cada año subsecuente el derecho irá en aumento, porque el fomento de la agricultura y comercio es consecuencia de la facilidad de las comunicaciones. Las acciones serán traspasables y rodarán de mano en mano como dinero efectivo, facilitando el comercio y otras empresas útiles. La Capital hallará una despensa en estos partidos, pues estableciendo una diaria comunicacion, se verán en sus mercados las resultas de su industria, y por consecuencia mas abundantes las provisiones; y en casos apurados, si por desgracia se presentan, el recurso de esta comunicacion interior será de la mas alta importancia. El comercio y el fisco ganarán tambien en el aumento de sus productos. La empresa no puede menos que ser lucrativa para los accionistas mientras que el torrente de las montañas llene el rio de Loisa, las olas del Norte cierren su boca y produzcan sus fértiles campiñas. Para obtener tan grande objeto, nos tomamos la libertad de proponer el establecimiento de la indicada Sociedad, y cada persona que desee tomar un interés en ella, pondrá al lado de su nombre las acciones que quiera tomar, y cuando haya un número suficiente reunidas, se formará una junta de accionistas para determinar el reglamento, nombrar una direccion y suplicar al Gobierno lo que convenga. CONTRA EL ABUSO DE LA CURIA ECLESIÁSTICA Puerto-Rico 22 de Junio de 1841. ARTICULO DE OFICIO. Ciruculares expedidas por el Excmo. Sr Presidente, Gobernador, Capitan General y Gefe Político Superior á las Autoridades de la Isla. (De la Gaceta Oficial.) Capitanía general y Gobierno superior político. — Circular número 58.—E1 Excmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justica, en circular de 19 de Abril último, me dice de órden de la Regencia provisional lo que sigue.—"Las tentativas (le la Curia romana, para invadir la potestad temporal y para ejercer un influjo lucrativo en los negocios políticos y civiles de España, han sido repetidos en diversas épocas y sostenidas siempre con empeño, con tenacidad, y muchas veces con peligro de turbar la tranquilidad y el sosiego público. Nuestras leyes antiguas y modernas ofrecen pruebas constantes y claras, asi
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CONTRA EL ABUSO DE LA CURIA ECLESIÁSTICA.
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del respeto de los legisladores españoles al Padre comun de los fieles, como del celo y fi rmeza que desplegaron para conservar la independencia de la Naciou, mantener ilesas las prerrogativas, del Poder Real y rechazar las exhortantes pretensiones de los Curiales que Coll el pretexto de la religion han querido encubrir y satisfacer sus miras interesadas y mundanas. El reinado del Católico y piadoso Monarca 1)ou Carlos Ill fné fecundo en sábias y vigorosas disposiciones dirigidas á este objeto. En él fueron arreglados el modo y los medios de acudir á ]loma con las preces dirigidas á la Santa Sede, y en él se establece que las Bulas, Breves, Rescriptos y Despachos pontificios no corriesen ni fuesen ejecutados sin obtener antes el pase ó execuatur regio. A penas severas quedaron sujetos los contraventores, y la ley 14, tít. 3º, lib. 2° de la Novísima Recopilacion encargó fi los Corregidores, Alcaldes mayores y (lemas Justicias por punto general que sin consentir su uso y ejecucion remitiesen al Consejo todas las Bulas, Breves, Rescriptos, Monitorios ó cualquiera otros Despachos que vinieren de la Curia romana, y que no se hubieren presentado para obtener el pase.—Desgraciadamente ocurren ahora circunstancias que exigen la mayor ateucion y celo de parte de las Autoridades para que se cumpla exactamente lo prevenido en las leyes y se mantengan la paz y la tranquilidad de que tanto necesitan los españoles. Asi se frustrarán los designios de algunos que no merecen este nombre, y de extrangeros que sienten mucho que la España salga de la ignorancia y de la miseria, y que camine con paso firme y magestuoso en la carrera de grandeza y prosperidad á que debe aspirar por su posicion geográfica, por su suelo fértil, y por la ilustracion y las virtudes de sus buenos hijos.— Considerado todo con la detencion y madurez convenientes, ha resuelto la Regencia provisional del Reino :—Primero. Que en cumplimiento de las leyes y señaladamente de la 14, tít. 3°, lib. 2° de la Novísima Recopilacion, los Jueces de primera instancia y los Alcaldes Constitutcionales no consientan que se haga uso de Bula, Breve, rescripto, monitorio ó malquiero otro Despacho de Roma que no se haya presentado y obtenido el pase del Gobierno, y que procedan sin tardanza á recoger á mano Real y á remitir al Ministro de Gracia y Justicia todos los que se hallen y hallaren en adelante sin este indispensable requisito, exceptuando solo los reservados de Penitenciaria, y remitiendo talnbien originales las diligencias que practiquen para la ocupacion.— Segundo. Que las Audiencias y los Gefes políticos dén las órdenes convenientes, y celen con asiduidad y esmero para que se cumpla esta 4isposicion, y se corrijan las faltas, descuidos y omisiones en que puedan incurrir los .Jueces y Alcaldes.—Tercero. Que los MM. RR. Arzobispos, RR. Obispos, Gobernadores diocesanos, Provisores, Vicarios y demas Autoridades eclesiásticas, se arreglen puntualmente á lo establecido en las leyes, y sin usar ni permitir que se use de las Bulas, Breves y demas Despachos de Roma, los remitan al Ministerio para que se les conceda ó niegue el pase, bajo la responsabilidad que imponen las mismas leyes á los condigo fi V. E. traventores.—De órden de la Regencia provisional
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para su inteligencia y cumplimiento en la parte que le toca.— Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 19 de Abril de 1841.— Alvaro Gomez.—Sr. Capitan General de Puerto Rico."—Lo que traslado á V. para su inteligencia y :t fin (le que l►or su parte tenga el mas exacto cumplimieuto.—Dios guarde á V. muchos años. Puerto Rico 12 de Junio de 1841.—Santiago Monde: de Vigo.— Sres. Alcaldes de los pueblos de la 1
BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Don Santiago Mendez de Vigo, Caballero Gran Cruz de la Real órden americana de Isabel la Católica, de la Real y militar de San Fernando de primera y tercera clase, y de la de San Hermenegildo; condecorado con las de distincion por diferentes acciones de guerra; del Consejo de S. M., y su Mayordomo de semana; Mariscal de Campo de los ejércitos Nacionales, Gobernador, Capitan General, Gefe superior politico, Subinspector de Artillería, Presidente de la Audiencia territorial de la Isla de Puerto-Rico, del E.cemo. Ayuntamiento de su Capital, y de la Asamblea provincial de la órden americana de Isabel la Católica; Viee-protector de la Sociedad Económica de Amigos del País, Subdelegado de Correos, y Vieepatrono Real de la misma Isla. Con el anhelo de procurar el bien estar de los habitantes de esta ciudad, para lo cual conducen tanto las buenas medidas de policla municipal en cuanto se dirigen á facilitar lo necesario para la vida, á procurar la salubridad comun, la comodidad de los vecinos y el mejor aspecto y ornato de la poblacion, objeto importantes que abraza aquella parte de la administracion pública, he venido en dictar, para que se observen por ahora las disposiciones que siguen, sin perjuicio de las medidas generales que me propongo establecer en el Bando de policía y buen gobierno. Artículo 1'—Se hará un reconocimiento de todos los aljibes que tengan las casas por una Comision del Excmo. Ayuntamiento y el arquitecto público, asociándose á ella dos ú tres propietarios de casas á eleccion del mismo Ayuutamiento : y si al verificar aquel encontrasen algunos descompuestos, obligarán á los due-. los á su recomposicion en el término que couwideren conveniente, atendidas las circunstancias, volviéndose á practicar nueva visita ú reconocimiento cuando la Comision lo estime oportuno, y al que no hubiere cumplido con lo prevenido, se le impondrá la pena que parezca del caso haciéndose á su costa la reparaciun que se necesite. La misma Comision prevendrá á todos los vecinos en cuyas casas no haya aljibes, que los construyan en el preciso término que crea conveniente señalar, segun las circunstancias de
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cada caso, y aquellos serán obligados á hacerlo con proporcion á los alquileres que rinda la finca. La Comision dará cuenta de todas las medidas que adopte al Gobierno para su conocimiento y lo que tenga á bien resolver. Art. 2°—Para el aseo y limpieza de las casas, calles y plazas, se observarán exactamente las prevenciones siguientes: 1'—Todos los patios, caños, corrales y lugares excusados de las casas deben estar limpios y con el mayor aseo, sin dejar las basuras de un día para otro, respecto á que la limpieza de estas se hace diariamente. La Comision fi jará el tiempo que estime proporcionado en cada caso para la limpieza de los lugares excusados, y estos se construirán en todas las casas donde no los hubiere, señalándose al efecto el término que se crea conveniente. 2'—Todos los negociantes, almacenistas, mercaderes y pulperos á cuyas casas lleguen bestias del campo, bien sea con carga de café, azúcar, cueros, etc., ó bien á tomar efectos de ellas, no se le concederá mas tiempo que el necesario para descargar y cargar, debiendo en todo caso quedar libres las aceras y limpias de toda especie de basuras, como igualmente todo el frente de sus casas hasta el centro de la calle, bajo la multa de cuatro pesos á los contraventores por la primera vez, ocho por la segunda y doce por la tercera, encargándose el celo y vigilancia en este particular á los Regidores de policía, Comisarios de barrio y alguaciles, quienes darán parte inmediatamente de cualquiera infraccion al Alcalde primero para las providencias que haya lugar. Lo expuesto regirá también con respecto á las cargas que conduzcan de la Aduana los borriqueros y caleteros. 3'—Todos los frentes de las casas estarán diariamente barridos y limpios de yerba hasta el centro de la calle, sin admitirse la menor disculpa y bajo la multa de dos pesos á toda clase de personas que faltaren al cumplimiento de este articulo, previniéndose á los inquilinos de las accesorias de puerta de calle que están obligados á limpiar la parte que les corresponda. 4'—Todas las tabaquerías ó fumaserías se abstendrán de remojar el tabaco en las calles públicas, verter las aguas y poner canastas para orearlo, bajo la pena de dos pesos al contraventor. 5'—Por ahora y en atencion á la falta que hay en la mayor parte de las casas de lugares excusados y sumideros, se permitirá á sus inquilinos ó habitantes verter las aguas en las calles, haciéndolo en el centro de ellas para evitar asi que se ensucien las aceras, con tal que lo verifiquen después de las diez de la noche y se viertan solamente aguas no corrompidas, con prohibition de hacerlo de otras materias. E'—Los cargadores de cal, ladrillo, piedra, barro ó cualquiera otro objeto, llevarán sus bestias de la mano una tras de otra y por medio de la calle, y de ninguna manera sueltas, é igualmente lo haránlos borriqueros y los que las lleven á dar agua y bañarlas, bajo la multa de dos pesos al contraventor. 7'—No se pondrán andamios en las calles, ni se abrirán hoyos en ellas sin expresa licencia del Alcalde primero, y en el caso de permitirlo, se obligará á los dueños de la fábrica á mantener en
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ella desde las oraciones hasta el día un farol encendido: el contraventor, en el primer caso, pagará la multa de cuatro pesos y dos en el segundo. 8•—Se prohibe á los dueños de solares sin fabricar ocuparlos con basura, y las que existan en el dia se harán limpiar y extraer por aquellos, bajo la multa (le cuatro pesos. Policía de ornato y comodidad. Art. 3°—Todas las fachadas de las casas se mantendrán con el mayor aseo, sin permitirse la colocacion de cajones, macetas y tiestos en los pretiles y barandillas, cuidánulose al regar los tiestos de no verter 6 arrojar aguas á la calle. bajo la pena impuesta á los que incurren en esta falta. Art. 4°—Se obligará á los dueños de solares que se hallen sin fabricar á que lo verifiquen, 6 levanten al menos la pared exterior á la altura que comunmente tienen las casas bajas 6 terreras, dando á dicha pared la forma y ciecoracion que generalmente tienen los tiernas edificios; y á los dueños de casas ruinosas se obligará á reedificarlas 6 á demoler la parte aun restante del edificio, levantando en este caso la pared exterior en los términos expuestos. Los solares que así queden cerrados deberán vigilarse para que no se conviertan en basureros, y no se permitirá construir en ellos bohíos 6 casas de madera. Art. 5°—Todos los que corran á caballo, sin excepcion de personas ni clases, pagarán la multa de dos pesos, en lugar de los diez que previene el articulo 78 del Bando de policía vigente. Art. 6°—Las aceras deben estar francas y sin estorbos en ellas que impidan el paso, bajo la multa de dos pesos á los que falten al cumplimiento de este artículo. Art. 7°—No se permitirá pedir limosna á ningun pobre sin licencia expedida por la autoridad local, y sin que lleve una señal puesta en el brazo, haciendo antes constar su probidad, su necesidad y su inhabilidad 6 desocupacion involuntaria. Si el mendigo hubiese sido esclavo, no se le permitirá pedir sin averiguar antes si su incapacidad para el trabajo fué anterior á su libertad. Art. 8°—Los baños para mugeres serán en la puerta de San Juan y punto del matadero, sin permitírseles aquellos detrás de la Fortaleza ni de la Puntilla, bajo la multa de cuatro pesos, 7 los hombres y niños se bañarán en Peña-parada y en el sitio de la batería de San Francisco de Paula, y no en otra parte, bajo la misma multa. Y para que llegue á noticia de todos y que nadie pueda alegar ignorancia, mando que se publiquen estas disposiciones en la forma y parages acostumbrados en esta Capital, encargando á los señores Regidores, Síndicos, Comisarios de barrio y alguaciles hagan guardar y cumplir exactamente en la parte que á cada uno toque lo contenido en aquellas, bajo su responsabilidad mas estrecha. Dado en Puerto-Rico á 17 de Junio de 1841.—Santiago Mendez de Vigo. 4 15
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CARTA DEL GOBERNADOR DE PUERTO RICO.
CARTA DEL GOBERNADOR DE PUERTO RICO, JUAN FRANCISCO DE MEDINA, A SU MAJESTAD DANDO CUENTA DE LO QUE SE RABIA OBRADO EN AQUELLA CIUDAD EN CUMPLIMIENTO DEL REAL DESPACHO QUE MANDABA ENTREGAR A LOS APODERADOS DE LOS PORTUGUESES EL IMPORTE DEL COMISO QUE SE HIZO A MANUEL PEREIRA.
Puerto Rico
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(Archivo de Indias.—Escribanía de Cámara No. 120.— No. 1.— Folio 122.) de Marzo de 1697.
Señor.—Doy quenta a Vuestra Magestad como llegaron a esta ciudad los apoderados de los dueños del pingüe comisado a los portugueses que lo son Don Manuel Pereira, presbítero, y esteuan de Barrios araujo, quienes abiendo presentado la Real hejecutoria de Vuestra Magestad en que se sirbió de mandar se les boluiese y entregase lo que estubiese en ser de dicho comiso y lo que no su procedido ante Don francisco de Aliende y menendes, Alcalde ordinario de esta ciudad, y obedecidole y mandado se me participase para darle los ausilios que fuesen necesarios a que con todo rendimiento ofreci dar todo el que se me pidiera para su entero cumplimiento y hecholo saner a los oficiales de la Real Azienda, quienes con el mismo acatamiento dijeron que estauan prontos a entregar lo que estaua en ser, como se hico, entregando asta seis mill pesos, mas o menos, y lo restante dijeron que se abia gastado en serbicio de la Plaza para los socorros y asistencia de ella, como subcedió por auerse retardado dos veces el Situado en cada una mas de veinte meses, y no auer de que valerse ni vecino que prestase para estas asistencias ningun real y que darian libranzas de todo en las Reales Cajas de Mejico, en conformidad (le la facultad que tienen de Vuestra Magestad de librar en ellas asta media situacion como sea para socorros, y atendiendo a que de qualquier nauio que pasase por este puerto se auian (le balar de su prestamo dando la libranza sobre aquellas caxas, lo hicieron con acuerdo, valiéndose de este caudal comisado, con el animo de librarlo en dichas caxas y por obiar la corupcion de los géneros que se yban apolillando para por este medio asegurar su procedido tan seguro como estar en las caxas de Vuestra Magestad y como me aconteció a mi que me vali de quatro mill pesos de dichos generos quando llegué a este gouierno para dichas Asistencias de la plaza de diez mill que alié en ser, como todo constaba de la Real Contaduria y no queriendo dicho alcalde pasar por ello obligando a dichos Oficiales Reales a que exsibiesen de contado lo que se auia gastado en servicio de este presidio sobre que procedió a prision contra ellos pidiéndome el ausilio y visto que dichos Oficiales Reales no auian faltado al cumplimiento de dicha real hejecutoria si representado lo que se ofrecia y que constaba en la Contaduria abiendole recusado para que se acompañase el dicho alcalde por alguna pa-
CARTA DEL GO$ER~ADOR DE PUERTO RICO.
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rion que mostró en su rrigor ubo competencias conmigo y respondi que en biniendo los autos en estado, darla dicho ansilio sobre que suspendió, para dar quenta a Vuestra Magestad y mas largamente constará de los autos que se rem iten por dichos Oficiales Reales; tambien se ofreció auer anulado dicho Alcalde las Bentas de los negros esclavos que yzo mi antecesor como .Juez Conserbador despojando a los compradores de ellos y fundado en que Vuestra Magestad manda que lo que estuviese en ser se entregase y lo que bendido su procedido ocurrieron a mi por via de exceso y por un parecer que dió sobre ello el licenciado Don Matias Paez cabeza (le baca, vuestro juez de residencia de dicho mi antecesor, y allandome yndeterminable en el punto de dicho exceso mandé sacar los autos y yse remision de ellos a vuestra Real Audiencia de Santo Domingo para su determinacion, de donde peu(le oy y aniendo representado los Oficiales Reales otras pérdidas, mermas y faltas de aneajes y que se les pagasen sus costas judiciales sobre nada se les dió audiencia y todo constará a Vuestra Magestad de los autos que Ini animo solo es el que tenga entero cumplimiento los Reales mandatos de Vuestra Magestad, a que estoy con todo rendimiento, como es de mi obligacion : guarde Dios la Catolica Real 1'ersoua de Vuestra Magestad los muchos años que la christiandad a menester. — Puerto Rico y Marzo 10 de 1697 años.—don Juan francisco de Medina (Rubricado.) —(Al dorso se lee:) Recibida en 10 de septiembre del corriente, con un \auio de Canarias.—Consejo 26 de septiembre 697.—Remitase al señor fiscal.—(Hay una rúbrica). El Fiscal con vista de esta carta del Gouernador de Puerto Rico, su data 18 de Marzo de este año y testimonio de autos, que con ella remite, y carta de Oficiales Reales de 8 de Marzo, de dicho año, dize que segun consta de los autos un pingue Portu; gues, nombrado Nuestra Señora del Libramiento y san Jorge, su espitan Manuel Pereyra, salió del puerto de Lisboa para el Brasil, a la baya de Todos Santtos y hauiendo arrivado inuoluntariamente, segun se enuncia, a la isla de san Juan de Puertto Rico, en el año de 92, el Gouernador que era entonces de Puertto Rico Don Gaspar de Arredondo y Oficiales Reales pasaron a declarar por de comiso las Mercaderias géneros y esclavos que iban . embarcados en el referido Pingue, procediendo el Oouernador en quanto al Comiso de los esclauos como Juez Privatiuo del asiento de esclauos, sin alguna intervencion de Oficiales Reales y hauiendose ynterpuesto apelacion de lo determinado por el Gobernador y Oficiales Reales en esta materia por parte de Manuel Pereyra se le otorgó para el Consexo donde se rremitieron los auttos y en su vista parace ser que en 20 de Junio de 95 se despachó executoria de que se hace mencion en el testimonio y hauerse mandado por ella que todas las mercaderias y géneros que estuviesen en ser pertenecientes a este comiso se entregasen a las partes y que lo que se ubiese vendido se hiciere la satisfacion de las cantidades en reales, declarandose por la citada executoria el no hauer hauido lugar al comiso y hanieudose conseguido, en las mercaderias los interesados en 19 de septiembre de 95 otor-
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CARTA DEL GOBERNADOR DE PUERTO RICO.
garon el poder que se halla a foxas 6 del testimonio en la ciudad de Lisboa a favor de Manuel Pereyra, clérigo presuitero, y de esteuan de barros y araujo para que pasasen a Puerto Rico a cobrar y percibir las cantidades y generos mencionados y con pasaporte del Rey de Portugal, que se halla a foxas 101 del testimonio, y con la referida executoria comparecieron en la ciudad de Puerto Rico haciendo presentation de ella en 20 de septiembre de 96 ante el alcalde ordinario, pidiendo su cumplimiento y execucion y pasando hacer dilixencias con Oficiales Reales segun consta de su escripto, que se halla a foxas 14 del testimonio, se allanaron a entregar los generos y Mercaderias que estauan en ser, y 6 160 pesos que auian en reales caxas y que lo que se restase lo librarian en las Reales Caxas de Mexico por auerse gastado en las obligaciones del Situado (en que tambien el Gonernador actual de Puerto Rico refiere hauer gastado 4 % pesos), que se les vaxasen las Mermas y faltas de aniage de las Mercaderias y las costas judiciales que se hauian causado y la perdida de alguna cantidad de arrouas de azeite que se hauia causado de hauerse arruinado la sala o souerado del almacen de la Puerta de San Juan el dia 25 de Julio de 94 que en la venta de los esclauos unicamente hauia procedido el Gouernador Don Gaspar de Arredondo y que no se hauia entrado el precio en las Reales caxas y sin embargo de lo Referido el Alcalde ordinario passé apremiarles con cuyo motiuo pasaron a recusarle, quexandose del exceso ante el Gouernador y tambien las personas que hauian comprado esclauos de la referida embarcacion y hauiendose seguido diferentes determinaciones ultimamente el Gouernador en 1° de diciembre de 96 proueyó el auto que se halla a foxas 116 del testimonio, remitiendo los autos a la Audiencia de Santo Domingo para el efecto de que declarase lo que hubiese lugar en razon de los excesos de que las partes se hauian agrauiado ante el que es el estado en que se da quenta y remite el testimonio y en la carta de Oficiales Reales se concluye se quedaua entonces viendo esta dependenzia en la audiencia de Santo Domingo—y assi por aora parece que se deuerá esperar el que o ya por la Audiencia o por el gouierno de Puerto Rico se dé quenta de lo determinado en esta causa y que se deuerá aprouar al gouernador el que hauiendose recurrido a él por via de exceso y de recusacion del alcalde ordinario el que hubiese remitido loe autos a la Audiencia para que se determinase en los puntos deducidos por las partes y atendiendo a lo que consta a foxas 45 del testimonio de zertificacion dada por Oficiales Reales de Puertto Rico que las cantidades que importaron las ventas de esclauos del referido Pingue las perciuió el Gouernador Arredondo (1) y haniendose hecho diligencia con su podatario en aquella ciudad declaró él, que no tenía en su poder el producto de la venta de los esclauos ni vienes pertenecientes al Gouernador: quando lie(1) D. Gaspar de Arredondo, maestre de Campo Gobernó di 1110 a 1666.— C. y'T.
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gare el casco de que vengan los autos de su residencia a la secretaria se deuerá este expediente poner con otros que tiene man• dado el Consexo se junten a ellos para que así en quantb a las cantidades que importan las ventas de esclauos, como en todo lo demas, se tome prouidencia : el Consexo resoluerá en todo lo que considerare ser mas conveniente.—Madrid y septiembre 29 de 1697.—(Hay una rúbrica).—Consexo 6 de octubre 697.—Remítanse estos papeles a Justicia, para que al tiempo que la parte acudiere a quexarse se tenga presente con la executoria que se despach6.—(Hay una rúbrica).—(1)
PARA LA HISTORIA MILITAR DE PUERTO RICO. Relacion de la entrada y cerco del enemigo Boudoyno Henrico, General de la Armada del principe de Orange en la ciudad de Puerto Rico de las Yndias, por el Licenciado Diego de Larrasa, teniente Auditor general que fué de ella. (Real Academia de la Historia de Madrid.—Miseelaneas.)
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Miércoles 24 de Setiembre del año de 1625 (2) por la mañana se avisó de la fuerza de Sant Phelipe del Morro, parecian a barlovento del puerto ocho velas; certificóse de ello el Gobernador y capitan general Juan de Haro, viéndolas desde una hermita que se dice Santa Bárbara (3). Dió algún cuidado porque tres de ellas andaban de una vuelta y otra. Hubo nuevas, en este instante, que se habían visto veinte y cinco, con que el Gobernador despachó diez hombres de la Compañía de caballo por la costa y playas, para que reconociesen si era verdad, y si se iban llegando a tierra. No hubo nuevas hasta las ocho de la noche que uno de los de á caballo avisó se habían contado diez y siete, con lo cual se tocó á rrebato y se hizo disparar algunas piezas del Castillo que era la seña que estaba dada para que la gente del campo acudiese y con la que estaba en la Ciudad se agregasen (1) D. Juan Francisco de Medina no aparece como Gobernador de Pto, Rico en la lista de fr. IMgo Abbad, ni en los catálogos de Acosta y demás escritores puertorriqueños.—Esta su carta es de Marzo de 1697.—De modo que Medina sucedió a Arredondo en 1695 y fué sustituido por don Tomás Franco, sargento Mayor.—Debe, pues, figurar don Juan Francisco de Medina entre estos dos gobérnadores.—Es otro gobernador de Puerto Rico que hemos sacado del olvido.—C. y T. (2) ISígo Abbad en su Historia de Puerto Rico y D. Pedro Tomás de Córdova en sus Memorias, cometen el error de fijar esta función de armas en el aSo de 1615. Con éste documento queda desvirtuado tal equivocación. —C. y T. (3) Esta ermita de Santa Bárbara existió cerca de donde está hoy el Cementerio de la Magdalena, pero cala dentro de la muralla.—C. y T.
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á sus Compañías y se les diera pólvora, balas y cuerda, y de allí se ordenase lo que Ittas conviniese al servicio de S. M. Jueves 25 de dicha mes por la mañana. Toda las diez y siete naos amanecieron á barlovento del puerto, como dos ó tres leguas, y luego al punto ordenó el Gobernador que la gente se pusiese en escuadron en la plaza, y que del Morro se sacasen dos piezas de artillería. Estas se llevaron á un puesto que se dice el Boqueron, (1) media legua de la Ciudad, sitio por donde el enemigo había ganado otra vez la tierra (2). Fué á verle el Gobernador y en su compañía D. Juan de Vargas, su antecesor. Hízose allí trincheras y quedó en ellas, con la gente que pareció necesaria, el dicho I). Juan de Vargas, por ser la parte mas importante y parecer que el enemigo había de acometer por allí. Quedando esto en esta disposicion, se volvió el Gobernador por la playa nombrando gente que quedase en un puesto, que llaman del Cambron (3) que era otro por donde se podia acometer. En estas prevenciones, las velas del enemigo se fueron llegando á la Capitana que estaba atravesada con los palanquines izados y segun se entendió fué para tomar resolucion de lo que se habla de hacer, porque a la una del tija estando. el viento brisa entablada, muy claro y sereno el dia, cazaron a popa navegando con todas las velas á la entrada del puerto. Ordenó el Gobernador que el escuadron de la Plaza, cada compartía marchase hacia el Castillo, y (le allí todos en orden it la vista del enemigo y de reencuentro fuesen caminando toda la gente por la playa arriba tan cerca ele las naos, que con su artillería podía el enemigo ofender la faction, que pareció muy bien, porque se hizo mas osteutacion de lo que podia con la poca gente que tenía el Gobernador y que tambien se amedrentase el enemigo para que no entrara en el puerto. El, sin embargo, con la resolution que traia, se entró por él tan á salvo y seguro como si fuera por uno de los de Holanda 0 Zelanda, por la poca ó ninguna destreza de los artilleros y ser tan pocos y la artillería tan mal parada, que muchas piezas al primer tiro se apeaban lior estar las cureñas y encabalgamentos viejos y que algunos de ellos habia cuatro años que estaban cargados. La culpa de esto no sé quien sea el autor, solo que el Gobernador Juan de Haro cuando entró el enemigo había 27 dial que gobernaba en ellos. \o estuvo tan descuidado que luego hizo llevar al Castillo seis piezas de artillería de bronce, gruesas de á 13 libras la menor, que estaban en la Ciudad desencabalgadas, que habían quedado del galeon que se perdió, del cargo del general Thomas de la Paspuru, á la entrada del puerto, por el año de 23, cosa tan importante, que si el enemigo hallara (atas piezas en la parte donde estaban, con ellas solo podía batir el Morro. Los demas .1ias estuvo ocupado en pregonar y tomar la d 1 t Para (tsta (SiNx a no exit ía e1 t'astillo de Nan Uerónimo que domina el Bo uerún.—a'. y T. fYt Hace rr.feren(ia rl :nttor al ataque a la dudad pot- .forge Clifford, conde de Cumberland. cu 153ri. que lsn• ese sitio atacaron la retaguardia del fuerte de San Antouio.—('. y T. í ) Es el Eaco,abrón. llamado hoy día.—C. y T.
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residencia de su antecesor y oficiales, examinando en cada uno tres ó cuatro testigos de la secreta. El enemigo dentro, ordenó el Gobernador al capitan Joan de Amézquita, que su compañía marchase haciendo cara al enemigo hasta la Puntilla, parto donde iba á dar fondo; y comisionó al capitan D. Angel Moxica Leican y I). Pedro Pantoja, que lo eran de la gente de la tierra, y al capitan Matheo Delgado de la forastera; cumplieron todos con la orden de su general, como muy valientes y esforzados, porque el riesgo era grande y evidente por las muchas balas de artillería que el enemigo tiraba, tanto, que con pretender el Gobernador hacerse fuerte en aquel sitio para impedirle no echase gente en tierra, le faltó la mayor parte de la que había de ella, y algunos de la infantería, que le obligó al Gobernador, que se hallaba en todos y en los mayores peligros, á retirarse al Castillo con los Capitanes y la poca gente que había quedado, ordenando al Capitan que él con su gente y la que se le dió de la infantería, metiese bastimentos en el Morro, porque como la entrada del enemigo fué tan repentina y por parte y sitio no imaginado é inercible, no se había puesto mucha eficacia en esto, y que las mujeres y vecinos desamparasen sus casas y pusiesen sus haciendas en cobro, porque si entraba por donde se entendió y se hizo otra vez, había tiempo bastante para todo, porque lo denlas parecia divertir á los soldados y que los vecinos no acudiesen con tantas veras á defender el paso al enemigo por cuidar de sus casas y familias. Aquella misma noche se metieron en la Fuerza 1.0 cargas de casabe, 46 fanegas de maíz, 130 botijuelas de aceite, 10 barriles de bizcocho, 300 quesos de idas Canarias, 1 pipa de harina. 30 peruleras de vino, 200 aves, 150 cajetas de carne de meu►brillo, 50 reses, que aquella tarde trajo al Morro el regidor Francisco Daza, por hahersele cometido, y 20 caballos. Con este bastimento y socorro, la propia noche antes que el enemigo saltase en tierra é impidiese el campo para los pasos, nombré el Gobernador por comisarios al capital) Alonso de Figueroa, alcalde ordinario, Francisco Daza y Diego Montañés, regidores. capitan Pedro de Villate, .loan de Lugo Sotomayor y D. Joan Ponce de Leon, dándoles á cada uno comisiones para recoger canoas, barcos y otro cualquier género de embarcacion, y que en ellas socorriesen la Fuerza, con el abasto de carne y casabe y maíz que se hallase. Otro día el Gobernador tomó lista de la gente que Labia en el Castillo para (lar racion y nombrar Oficiales que acudiesen á hacer ranchos que no era lo menos importante, como lo fué la eleccion del capitan Joan Millan de Zayas, persona venerable é inteligente y de quien el Gobernador ha fi jado cosas de muy grande importancia del servicio de S. M. y haberle servido en su compañía más de 26 años; y de proveedor de bastimentos y distribucion de ellos, hizo lo tan bien y con tanta cuenta y razon, que con ser 330 personas de racion, con el poco bastimento referido, animaba á los soldados de manera que prometía susteutarlos muchos meses con ellós.
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Viernes y Sábado 2E y 27, del dicho mes, echó el enemigo toda su gente en tierra con escuadrones formados. Empezó á recono cer el Castillo y el modo y disposicion que habia para atrincberarse. Domingo 28 comenzó á ponerlo en ejecucion ; y Lunes 29 plantó seis piezas de artillería de bronce de á 7, 12 y 18 libras bala, en el Calvario, lugar de los más preeminentes y para batir la Fuerza. Este mismo dia se disparó mucha mosquetería, de una y otra parte, y al sargento mayor García de Torres, yendo á retirar de un caballero una posta, le pasaron de un mosquetazo y murió al cabo de siete días, é hirieron de otro al alferez de infantería Gabriel de Orellana. Disparóse la artillería del Castillo y les mató mucha gente; y de las piezas suyas, con ser muchas las que dispararon, no hizo daño. Martes 30, saliendo un sargento del enemigo fuera de las trincheras, con una espada desnuda haciendo bizarría, un soldado de los que estaba de posta en un caballero, le derribó de un mosquetazo. Como á las 9 de la mañana vino el tambor del enemigo con bandera blanca y la carta que así ella cómo su respuesta a la letra es la que sigue: 1.—Carta.—Seiior Gobernador I)on Joan Fare :—Bien puede ver Vuestra Merced la razon por que le somos tan acercados •y considerar nuestra intencion, así queremos: Yo, Bou doyno Henrico, general de esta Armada, en el nombre de los Señoríos los Estados Generales y del Y lustrísimo Señor, Príncipe de Orange, que Vuestra Merced sin hacer alguna escepcion, nos entreguen i~1 Castillo con sus personas en nuestras manos, lo qual haciendo uo dejaremos de venir ú buen apuntamiento, y al contrario, no queriendo; sois avisado que de aquí adelante nos hemos resuelto de estusar persona, viejo ni mozo, mujer ni niño; y sobre esto aguardamos su respuesta, y esto en pocas palabras.—Estando en la ciudad de Puerto Rico, año mil y seiscientos y veinte y cinco. —Boudoyno Heseico. Respuesta.—Visto el papel que Vuestra Merced me ha escrito. y me espanto, que sabiendo que estoy yo aquí y con 13 años de Flandes, donde he visto las bravatas de aquélla tierra, y saber lo que son sitios, se me pidan semejantes partidos; y si Vuestra Merced quisiere ó pretendiere alguno, ha de ser entregándome los bajeles que están surtos en ese puerto, que les daré uno á los que hubiesen menester para que se retiren; que esta es la orden que tengo de mi Rey y Señor, y no otra. Con que he respondido á su papel.—En este Castillo de San Phelipe del Morro á 30 del Setiembre de mil y seiscientos y veinte y cinco.Don Juan de Haro. Y vista por el enemigo la respuesta de su carta hizo disparar con mucha cólera y coraje mas de 150 tiros de artillería. Fué Dios servido que no ofendió á ninguno de los nuestros; solo que con el ánimo y brio de las artilleros, por cargar y disparar apriesa y no haber limpiado bien las piezas, cargando una, se dió fuego é hizo pedazos á dos (le ellos, de los mejores y más adelantados que teníamos. La noche consecutiva habiendo dado una pieza sobre la puerta principal del Castillo, cayó en la plataforma alta la
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bala é hirió a dos, quebrándole á uno la pierna y á otro maltratado. Miércoles 1° de Octubre. Llegando cerca del Morro navío de islas Canarias, con vinos y otras cosas de comer, para asegurarle se despachó á Pedro Sarzuela, soldado, con orden del Gobernador para que surgiese y diese fondo debajo de la artillería, pena de traidor; no lo hizo, ó porque no quiso ó porque el tiempo no le dió lugar, sin embargo, de que despues se vió hizo diligencias para volver, quedándose de una vuelta y otra, y subir á barlovento. El enemigo, que todas sus fuerzas ponía en quitarnos el sustento y socorro, con poco viento y remolcando echó un patache (1) fuera, y aunque se disparó toda la artillería no se le ofendió, porque otro dia se vió ir en seguimiento del que nos babia de socorrer, y así le obligó á cazar á popa y irse á Santo Domingo. Causas fueron estas que desanimaron un poco á los soldados y demás gente del Castillo, si nuestro buen Gobernador Joan de Haro, sacando fuerzas de flaquega no los animara; poniendo la causa en manos de Dios y no pretendiendo más que su honra y la de su Rey y Señor, y no particular suyo, como muchas veces se lo oi decir, y así aquella misma noche y otras muchas, por partes y sitios incógnitos, los comisarios nombrados cada uno de su distrito y parte señalada socorrían con casabe y carne que podían. Este patache del enemigo más de 24 días estuvo de frente del puerto, echando lanchas de noche para coger las canoas con que nos venía el socorro, y de dia siguiendo las velas que parecían, pero no cogió ninguna. Otro día Jueves 2 de Octubre estuvo el enemigo en silencio sin disparar pieza ni mosqueteria: dió cuidado porque aquella noche se vigió con mas veras que otras. Esta noche cuatro hombres del campo entraron en la Ciudad y cogieron un espia que dió noticia de la armada general, nacion, capitanes, gente y pertrechos que traía, y de como habían salido (le Holanda 33 velas para socorro de la gran bahía del Brasil, y las 13 se habían apartado a la mar del Sur, y las demas restantes venian en demanda de este puerto, porque el Brasil lo hallaron por los nuestros; y que hombres arriba: esto soldados y gente de mar traian, de nunca se tuvo por cierto, porque sin duda eran mas de dos mil quinientos, y porque las partes y sitios que el enemigo ocupaba eran muchos y en cada uno había abundancia de gente, y las naos eran diez y siete, y todas de 500 toneladas arriba. Viernes 3.—Se disparé mucha artillería y de la armada se hizo lo mismo deseucabalgándosele otra pieza, y se mató al parecer mucha gente. Sábado 4.—Al amanecer, el Gobernador echó fuera del Morro por el postigo, hasta 80 hombres, en dos trozos, por cabos al capitan D. Sebastian de Avila, vecino de esta Ciudad, soldado viejo,
los
(1) Patache, del francés patache.--Embarcación que anteriormente era de guerra, y se destinaba en las escuadras para llevar avisos, reconocer puertos. —C. y T. las costas y guardar las entradas de
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oatiay0,
y al capitan 1). Andres Botello, natural de Canarias, y á D. Antonio de Mercado, hijo del capitan D. Alonso de Mercado, gobernador que fué de esta Isla, con diez hombres, para que los demás cada uno por su parte acometiesen á las trincheras á un tiempo. El D. Antonio se adelantó tanto, que los demás no tuvieron tiempo para hacer su faccion como se les habia ordenado, que fué causa de no haber degollado mucha gente al enemigo, aunque el H. Antonio con sus diez hombres le mató algunos. Este dia, viniendo al puerto una fragata que había ido á pescar careyes, la corrió el patache, que andaba fuera, y milagrosamente se escapó y dió fondo, y se le sacaron mas de setenta careyes que traía, socorro importantísimo para el sustento. Con estos dos buenos sucesos y un espía que cogimos aquella mañana, que dió noticia que nuestra artillería le habia muerto mucha gente, se animaron los nuestros y pidieron al Gobernador les dejase salir á campaña otra vez. Domingo 5 de Octubre, fiesta.—De la Naval, como á las nueve de la mañana, del caballero de Austria dieron aviso á nuestro Gobernador como el enemigo bajaba una pieza por las trincheras, acercándola á nuestro foso, subió luego en persona y vió como era cierto; mandó luego acestarle una pieza y el artillero lo hizo tan bien que le deshizo y le mató segun despues se supo ocho hombres; y al punto dió orden al capitan Juan (le Amézquita saliese con cincuenta hombres y que embistiera a las trincheras. Hízole á las doce del día con tan grande ánimo y esfuerzo, que desbarataron los que llabia en ellas degollándoles más de sesenta hombres, entre ellos un capitan y sargento mayor de los mas animosos que el enemigo traía, sin que de los nuestros muriese ninguno, solo salieron heridos, y el mas peligroso que quedó dejaretado de un brazo fué Luís de Larrasa, natural de las montañas, de un mosquetazo. Quitáronseles los despojos que son armas de fuego, venablos, y alabardas en cantidad. Despues de la retirada, corrido y afrentado el enemigo, nos hizo mucha batería disparando balas gin número; de nuestra parte se hizo todo lo que se pudo, porque como la pólvora que el Gobernador halló en la Fuerza era tan poca que no llegó á 130 quintales, y la ocasion presente apretada, íbase moderando y tasando para que no faltase en la mayor necesidad. Este día, á prima noche, la gente del campo en una canoa, cogieron la laucha de la Allniranta con más de veinte hombres, degolláronlos á todos, eseepto dos que se trajeron al (.obernador. Con esta lancha dió orden el Gobernador al capitan 1). Andrés Botello que viniese al río de Bayamon apercibido con gente y vigilancia de buscar alguna otra lancha y la embistiese basta rendilla. Hízolo tan bien, que reconociendo la boca, vió como estaba de guardia hacía afuera una, de donde empezaron á dar voces preguntando á la de los nuestros que gente era; respondióseles en su lengua que de los suyos, y de tal nao conocieron el engaño y se pusieron en arma, y á este punto se y se apoderaron de la lancha degollándolos á les dió todos sin que se escapase un hombre. Vino á su socorro otra lancha que estaba el río arriba, y peleando con ella le mataron la
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gente. Solos cinco hombres que huyeron en ella, que por estar tan ocupados y divertidos con las dos, no los siguieron. Estas dos lanchas se llevaron por el río arriba y se aseguraron en parte donde el enemigo no las pudiese coger, porque con ellas nos prometíamos muy buenos sucesos y que se nos había de meter en el Castillo todo género de socorro, como se hizo. Miércoles 15 de Octubre.—Enojado el enemigo y que se le iba deshaciendo el intento que tenia de rendir la Fuerza por hambre, armó siete lanchas con 140 hombres, muchos pedreros, mosquetería y chuzos y fuerza acometiendo el río por dos partes en busca de sus dos lanchas. Las cuatro entraron por la boca principal del rio, y las tres por un desaguadero, que se dice Boca Vieja, á un mismo tiempo. Los nuestros que estaban con vigía, les dejaron entrar y en la primera emboscada les dieron una rºiciada de mosquetería que serian hasta quince, y luego se pucieron en huida para que el enemigo se acercara y echara gente en tierra, como lo hizo, y luego como valientes y españoles volvieron á ellos haciéndoles cara, degollando muchos, hasta que se retiraron á sus lanchas, cogieron algunos despojos. y las lanchas se volvieron, lo qual no hicieran si las dos nuestras estuvieran allí. .1ncYes 16 á las 10 de la mañana.—Este capitan D. Andres, con orden del Gobernador fué con treinta hombres de la tierra en las dos lanchas, dieron asalto al Cañuelo, que es un fuerte que defiende el paso h las lanchas y canoas, así de las que salen como de las que entran en el puerto y río, en que estaba ya el enemigo apoderado con artillería y gente de guarnicion. (mego que llegaron los nuestros, le dispararon la mosquetería á las ventanas del fuerte, porque la puerta estaba cerrada para que ellos no tuvieran lugar de disparar su rtillerla, sin embargo lo hicieron pidiendo socorro á la armada, á que acudieron dos lanchas y antes que la delantera abordase al fuerte le embistieron y inntaron la gente de ella sin que quedase ninguno. Con esto reconociendo la otra lancha la fuerza de nuestra gente se retiró. Los del fuerte con piedras y artificios de fuego se defendian tan valerosamente, que de ninguna suerte dejaban llegar al los nuestros. Viendo esto, para rendirlos, se tomó por medio el quemarles la puerta y el darles fuego por dentro, con lo cual diez y seis que había sin dos muertos se rindieron. Dur•á esta batalla fi vista del enemigo y de nuestro Castillo dos horas muy largas, trfrjose á él el despojo y flamencos, (lió el Gobernador muchas gracias á Dios, y it 11. Anrlres y fi los soldados agradecimientos. 1)la de San Luís, 15 de Octubre, puso el euemigo dos naos junto al ('astillo, casi debajo de la artillería. El intento no se supo, pero por lo que despues se rió, fué por dar ocasion á que nuestras lanchas le acometieran que eran ya cuatro, y rendirlas, oeultaudo la gente debajo de cubierta, porque arriba se vela solo algún marinero. Otro pensamiento también se hizo que fumé el dam-nos ocasion de que gastásemos nuestra pólvora, porque como hablan tenido cuevas (le que teníamos broca, era aquella buena pala consumirla. Nuestro Gobernador que todo lo previno, no faltándole bríos ni ánimo, ni desconfianza en lo que le había de
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faltar, en el tiempo que allí estuvieron les dió tan buena batería que otro dia con toda priesa se retiraron, y la una tan maltratada, que hubo necesidad de encallar en tierra y alijar la artilleria para repararse. Martes 21 de Octubre, escribió el enemigo la carta de abajo. Ya á la letra con su respuesta. Carta 2a del General enemigo.—Señor Gobernador: Ya sabe el poder que tenemos sobre esta Ciudad de Puerto Rico, la qual estamos no solamente resueltos á quemar, pero tambien todo lo que está en torno de ella, lo que os queremos avisar. Si por ventura, queriendo guardar los vecinos de aquel daño se quería acomodar con nosotros, si así es, mándanos luego con quien habemos (le tratar. Otramente, no dejaremos de poner luego á ejecucion nuestro intento.—A 21 de Octubre, en Puerto Rico.Boudoyno Henrico. Respuesta.—He visto el papel que se me ha escrito. Y si todo el poder que queda en Holanda estuviera hoy en Puerto Rico, lo estimara en mucho, porque vieran el valor de los españoles. Y si quemaren el lugar, valor tienen los vecinos para hacer otras casas, porque les queda la madera en el monte y los materiales en la tierra. Y hoy estoy en esta Fuerza con la gente que me basta para quemar á toda la suya; y no se me escriban semejantes papeles porque no respondo á ellos; y esta es la respuesta que doy. Y en lo demás, hagan lo que les pareciere.—Deste Castillo (le San Phelipe del Morro, 21 de Octubre de 1625. — Joan de Haro. Después de cogido el Cañuelo, y estos buenos sucesos, luego al punto el Gobernador par continuarlos y acabar de consumir al enemigo, consiguiendo una muy gran victoria, ordenó al capitan 1). Andres que juntase toda la gente del campo que estaba repartida en los puestos, y con sus armas acometieran por el Puente, haciendo seña para que al mismo tiempo saliese gente del Casctillo, y por una y otra parte se acometiese al enemigo, con que era fuerza degollarle, cogiendo al General y toda su Armada. Hubo tanta remision en esto de parte de todos que cuando ce acudió al remedio, ya el enemigo con la respuesta del Gobernador había quemado 46 casas de piedra y 52 de tabla, que si el Gobernador no estuviera tan fiado en la puntualidad del capitan D. Andres y en el valor y esfuerzo de la gente del campo, que siempre le tuvieron, entretuviera al enemigo y no tomara tan breve resolucion que fuera buena é importante si el enemigo no pusiera tan presto en ejecucion su intento y no se hubiera faltado en cumplir la orden y disposition que el Gobernador había dado. Finalmente, por acudir al reparo, y que el enemigo del todo no quemara y arruinara la tierra como lo iba haciendo, con el mayor esfuerzo y ánimo del mundo, ordenó al capitan Joan de Amézquita que con 150 soldados saliese al campo y embistiese al enemigo hasta hacerle retirar. A este mismo tiempo se hizo lo mismo por el Puente, y por una y otra parte se dieron tan buena maña, que por certificacion del Sargento mayor y lo que se vió desde los caballeros del Castillo, se retiró tan á tropel el enemigo
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y con tanta cantidad de gente, que unos sobre otros se arrojaban al mar á ganar sus lanchas y naos. Y á no estar tan juntas todas y casi con planchada en tierra, los nuestros pudieran llegar á tiempo para degollar muchos de ellos, que fué acordado no lo hacer por el empeño y peligro evidentes. Esto fué de suerte que parece increible, porque el enemigo en solo dos escuadrones, se retiró con más de 700 infantes, y los nuestros se puede decir que fué mas el ruido que las nueces, porque cristianamente y como pareció por las listas, en el campo y Castillo no hubo 200 soldados que tomasen armas para pelear, porque los demas eran viejos é impedidos y enfermos. Por estar continuamente con las armas en la mano y el sustento tan limitado, las dos partes de la gente no fué de provecho de ninguna manera; todo esto suplió el animo y valor de nuestro buen Gobernador y el que tenian los españoles y naturales de la isla, cuya memoria merece estar escrita entre las cosas memorables. Porque cuando se ha visto, ú en qué guerra, que cinco españoles en una canoa, que es un palo hueco, embistan á una lancha de 25 hombres con mosquetes, pedreros y chuzos y los rindan? Y así mismo otros 30 hombres á un fuerte, guarnecido con su artillería y gente, que parecía inexpugnable, y no solo le rindan, pero á la gente que les acudió de socorro degollaron, y 200 á 700 haciéndolos retirar y dejar la tierra? Esta retirada fué á 22 de Octubre, como á las 10 del día. Ordenó el Gobernador que se hiciesen algunas trincheras en las bocas de las calles por si el enemigo volviese á saltar en tierra y que se apagasen los fuegos, acudiendo cien hombres á esto, como se hizo. El 23 de dicho mes, mandó sacar nuestro Gobernador tres piezas, una de á 13 libras y otra de á 10, y otra de á 7. Plantáronse en lugar muy cerca á las naos, de noche y sin que lo entendiese el enemigo, para asegurarle que no se retirase. Fué tanta la bateria que se hizo á la Capitana, que le deshicieron la popa y la pasaron por muchas partes, matándole mucha gente, y lo mismo á la Almiranta y otras naos que estaban cercanas, tanto que les obligó con toda diligencia al atoarse y desviarse lo más lejos que pudieron. Mucha fué la batería del enemigo, pero á Dios las gracias solo cuatro de los nuestros salieron heridos, el uno con una pierna menos y otro un brazo. Los otros dos murieron, entendiose fué más de espasmo qué de las heridas. Desde este día se estuvieron reparando y aderezando de los balazos hasta fin del mes. Nuestro Gobernador, que por ninguna manera se descuidaba, viendo que le faltó puesto para acercar la artillería y hacerle mas bateria, ordenó de juntar todos los oficiales carpinteros y herreros, y que con toda brevedad, trabajando de dia y de noche, y asistiendo él mismo en persona, se hiciese una cadena de palos muy gruesos; estos fueron seis y cada uno de 27 codos de largo y del grueso de un árbol mayor para navio de 200 toneladas. La perneria y chapazon y anclaje, el que tenia la misma platina de hierro asi tosca y por labrar, y se pusiese en el canal del puerto por la parte mas estrecha con sus pedazos Je cadena, anclaje y cables, lo mas gruesos que habia. Acabaao
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esto, el enemigo hizo seña de leva con lo que el Gobernador apresuró el llevar la cadena por no perder tiempo y ocasion. El enemigo que lo vió con viento favorable, que siempre lo tuvo, al instante se hizo á la vela y acometió á salir, siendo la primera, la Almiranta que en un bajo que está junto á la canal encalló este dia, que fué de Todos los Santos. Salieron todas tres sin tener efecto lo de la cadena, porque no hubo lugar para ponerla; disparáronsele á cada una treinta piezas, y entre ellas muchas de á 24 y 28 libras balas; y certifico, como quien la vió, que pocas fueron las que no se emplearon haciéndoles muy gran destrozo. Las tres piezas que estaban fuera luego dieron tras de la Almiranta encallada y le hicieron mucho daño, segun se vió; esta se retiró a las 10 de la noche, que fué pleamar, con las demas. Domingo_ del dicho mes, como á la una del día salieron todas, excepto una que quedó encallada. El Gobernador que se hallaba imposibilitado de poderles impedir el paso y que no tenía otro medio ni modo para ofenderles, dispuso lo del artillería, nombrando persona de cousideraeion qae acudiese á los artilleros y soldados que estaban para disparar en cuatro plataformas, que dividió para el efecto. Hízose tambien y con tanta orden y presteza, que por ningun caso se perdió bala, acudiendo á todo con su misma persona, sin reparar ni ponersele por delante ninguno de los peligros, que fueron muchos por la bateria del enemigo, que nó se hizo esto tan á salvo que cargando una pieza de las nuestras, asistiendo él en persona para dar mas prisa, se dió fuego en el cartucho é hizo pedazos á un soldado adelantado, que la estaba atacando y á otros cinco o seis echó por el suelo y á nuestro Gobernador con los astillazos del atacador y la pólvora derribándole en tierra le hizo 24 heridas por todas las partes de su cuerpo y así herido y de fuego que le dió en la cara se animó diciendo: "Ea, hijos, que no es nada; nadie deje de acudir á su cargo." Retiróse por sus pies á curar, sacósele de una pierna y de los brazos algunas astillas, estuvo en cama nueve dias que duró el fuego, ordenando de ella de dia y de noche lo necesario é importante para que la nao encallada y un patache y lancha que saliesen del puerto; con las lanchas y gente quedó con ella necesaria acometiesen al patache que estaba desviado de la nao y encallado, y le sacase y pusiese en cobro. Esto no se consiguió porque el capitan Joan de Amézquita, no sabiendo la orden que tenía D. Andres, se adelantó y fué él en persona con dos lanchas á tomar el dicho patache; fué señor dél con toda su gente y estuvo, desde prima noche hasta las doce de ella por nuestra la nao, que se había desencallado y que se vía en su paraje disparando toda su artilleria obligó al Capitan con su gente la largase. El Gobernador sintió tanto esto que castigara sin duda al culpante que yo creo seria el piloto, por tener por hombre animoso y valiente al Capitan ; sin embargo de que lo dejó á mejor juicio y parecer que será el de nuestro Gobernador en la causa que va escribiendo sobre el caso. Vuelta la nao á la parte en que se había levado, sin dilation ordenó el Gobernador hacer trinchera y bajar la artillería á un sitio que se dice la Puntilla, aunque
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lugar peligroso por estar tau bajo y cerca donde estaba la nao. muy de importancia para batirla. Hizose tan apriesa que la nao maltratada buscó canal y sitio incógnito é increible por los pilotos de la tierra por no haber visto jamas otra nao, aunque fuese de muy menor porte en este estado, y que la artilleria no podia surtir efecto por estar desviada Ordenó el Gobernador, que una nao de 200 toneladas (que milagrosamente escapó del enemigo estando fuera y avisada por el Gobernador con una canoa) que el capitan Santiago de Vilate y Escobedo, vecino de esta Capital con ochenta infantes y 1). Andres con sus cuatro lanchas y haciendo y guardando las órdenes del dicho capitan, embistiesen á la nao hasta rendirla, atropellando todo género de deficultades, porque ninguna se les admitiría por ningun caso. Puesto por obra, el viento terció tan mal que no fué posible el abordarla, y esto creo que convino á los nuestros y que lo dispuso nuestro Señor por lo que despues se vido, porque sin duda alguna perecieran los nuestros sin que quedara soldado vivo ni imaginacion de navio. Como esto no se consiguió, hizo el Gobernador que se pusiese la cadena y se agitase y añadiesen otros palos. Salidas las naos, la mayor parte de ellas por ser el tiempo bonancible cazaron de popa y se sotaventaron. La Capitana con las domas y restantes, de una y otra vuelta, estuvieron sobre el puerto dos días, aguardando que saliese la nao. Hizo lo mismo viendo que no salía, quedando tres y el patache. Estas aguardaron mas de ocho días, viniendo todas las tardes sobre la boca del puerto á dar vista á la suya , la cual hizo una seña de disparar tres piezas sin balas y poner encima de la bandera un gallardete. Lo que de esto se coligió fué pedir socorro porque la gente estaba amedrentada y tan desatinada que de ninguna manera sabian por donde hablan de salir, y esto fué porque el Gobernador mandó á las lanchas que quitasen las boyas que estaban puestas y con centinela para que la del enemigo no pusiese otras. Finalmente ya como desesperados se levaron y dieron sus velas para salir, como las dos de la tarde, y por huir de nuestra artillería que estaba en la Puntilla, se metieron tanto por los bajos, que quedó mas encallada que la vez primera. Luego al instante el Gobernador mandó poner otra pieza y que los mejores artilleros cada uno á suya la disparasen, y así se hizo sin perder tiempo. Fué tan grande la bateria y destrozo que le iba haciendo, que nuestro Geber nador previno en que á aquella noche la gente de ella en una lancha y en otra pequeña la habían de desamparar, y así luego al punto envió á llamar al Capitan D. Andres y le ordenó que con dos lanchas estuviese en medio del puerto sobre la cadena y otras dos desviadas en el paso del Cañuelo, y que el momento que se reconociese que las lanchas salían se disparase un mosquete y que las tres acometiesen al enemigo y la otra fuese á la nao para apagar el fuego que se hallase encendido; y al capitan D. Sebastian de Avila ordenó tambien que en el batel del navio de la Havana con 11 hombres estuviese á vista de la nao, porque si echase espia diese asalto á su lancha y los cogiese. Y sin embargo, de esta disposicion tan buena y prevention tan cierta, el enemigo salió
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con sus dos lanchas y el Gobernador castigara á los que no guardaron sus órdenes. Quedóse la nao, y en la segunda cubierta dejaron algunas linternas encendidas, y en dos barriles de pólvora en el pañol donde estaban, cuerdas encendidas, y la misma en algunas otras piezas. El no coger fuego fué evidente milagro. Conocióse la salida de las lanchas desde una de las plataformas, porque le dispararon dos piezas, y fué tanto el sentimiento del Gobernador con estar en cama y no sano de las heridas. Así, cojo y maltratado se levantó, ordenando que las ocho lanchas saliesen á la mar con once hombres cada una, en seguimiento de las lanchas, y que nadie entrase en la nao hasta que él y los Oficiales Reales fuesen. Hizose así, y luego despue..s de reconocida y visto que el fuego no había surtido efecto, ordenó el Gobernador que se sacase la pólvora, cuerda, armas y balas, otras municiones, inventariándose todo con mucha cuenta y razon. La nao es de mas de 500 toneladas, nueva de primer viaje, con tres cubiertas, 40 piezas de artilleria, 34 de hierro colado y 6 de bronce; dos de ellas medio culebrinas de á 1$ libras bala; y la nao en si tan fuerte, que pareciéndonos que estaba deshecha á balazos, por ser tantos los que le tiramos, que ninguno la pasó por parte donde se pudiera ir á pique, dándole las más de ellos en la lumbre del agua. Las lanchas se volvieron porque el enemigo estaba lejos y el viento les refrescó luego. Veinte y ocho días fué el cerco. En ellos tiró el enemigo mas de cuatro mil balazos de artillería. Las trincheras las allegaron hasta nuestro foso y nos quitaron un albercon de agua que estaba pegado á él, porque á ellos, les pareció que de allí era nuestra bebida, y engañáronse porque en el Castillo había agua para dos años. Trabajó tanto el Gobernador en estos veinte y ocho días que de remiendos con todos los carpinteros hizo encabalgamientos para mas de veinte piezas que se habian apeado disparando. Terraplenó la puerta principal derribando la Puente que estaba sobre tres estribos de ladrillo y piedra, estos los hizo arrasar porque si el enemigo entrase en el foso, no daban lugar que tres pedreros que hizo poner en las casas-matas le ofendiesen; hizo meter esta madera para terraplenar otras dos puertas. La una del foso del Castillo y la otra de las murallas que es el servicio de las carretas para la fábrica; entre estas dos puertas pegado á la del foso hizo hacer una trinchera para resistir al enemigo, porque por aquella parte de la mar podía meter, gente como salla la nuestra para ofenderle. De noche estaban en ella ocho soldados piqueros y cuatro mosqueteros y con un cabo de satisfaccion. Y estado y. medio de alto la centinela del Fuerte, que puesto en pie, pudiese ver cuando el enemigo venía. Este cabo tenia por orden de pelear y no retirarse de ninguna manera, porque aunque viniese mucha gente la salida era tan estrecha y agria que habian de entrar muy poco á poco. Hizo un desembarcadero en la última plataforma para que las canoas, en Aue nos entraba el bastimento, se abrigasen y estuviesen ocultas. Asistió en él personalmente tres dias descalzo y metido del agua con la demás gente. Fué muy importante, porque de antes se
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perdían las canoas y el bastimento se mojaba, de suerte que no servia. Terrapleuó en una noche una garita del Caballero de Austria qué el enemigo por batirla ofendia mucho á los nuestros y en particular á los artilleros y artillería por cogerla atravesada. Fué de mucha consideracion porque las balas no la pasaban. Aderezó las picas clavando los hierros, haciéndolas afilar, hizo muchos chuzos y desjaretadoras. Despachó la misma noche que se encerró en el Morro á Santo l)omingo, escribiendo al Presidente de la Audiencia una carta y otra á la Havana pidiendo socorro de pólvora, municiones y bastimentos. Hfzole también al Presidente D. Dionisio de Acuñas y se mostró tan celoso del servicio de Dios y de S. M. que antes de llegar las cartas á sus manos, por nuevas que tuvo de unos mar~ueros que salieron del puerto huyendo en un barco y del solda do Pedro Sarzuela que habia ido en el navio de islas Canarias, que al instante despachó una fragata con socorro escribiendo á nuestro Gobernador Joan de Haro y animándolo y que le ofrecia no faltarle en lo que tocaba á bastimentos y que le avisase el estado en que estaba. Llegadas las cartas despachó otra fragata con cantidad ele casabe, carne, maíz, bizcocho, harinas, quesos, gallinas, huevos y medicinas, hasta carbon para la fragua; y pareciéndole que esto no era bastante, despachó otra fragata con 30 infantes, por captitan y cabo á Francisco de Acuña, natural de Lisboa en los reinos de España, con orden de que metidos los bastimentos en esta Fuerza, pasase á Araya (1) y trujese pólvora, socorriendo primero nuestra necesidad, y la demas restante la llevase á Santo Domingo de que había falta. Viniendo este capitan en cumplimiento de su viaje en el paraje del Arecibo, doce leguas á sotavento de este puerto, amaneció entre doce naos del enemigo Holandés, que ya había salido. Huyendo dél y entrando en otro paraje le siguieron tres naos que quedaron atrás; tanto que le obligaron á meterse en un puerto que se dice Cerro-Gordo. Embistiéronle tres lanchas y peleó tan alentadamente, que matándole mucha gente las hizo retirar y á una la echó á pique. El enemigo agraviado desto y con otro nuevo socorro que le había ido en la fragata y lancha que desemparb la nao ( Lunes 10 de Noviembre). con ella y otras cinco lanchas que llevarían mas de 250 hombres y con artillería y roqueros le acometieron. Como los nuestros eran pocos y le habian muerto y herido algunos, dejaron solo al Capitan y se echaron • al monte. Aseguró su persona con el socorro que había puesto en tierra, sin mostrar en nada género de cobardía, porque en todo anduvo muy valiente. Lleváronse la fragata y dos piezas de bronce pequeñas que traia. Tambien despachó el Gobernador, despues de algunos.dias de cerco, una canoa de pescar perlas á la ciudad de la Havana al Gobernador Francisco Faja. grano, escribiendo al Marques de Codercita, general de Galeones, para que con ellos si estaba allí le socorriese, ofreciéndole una grandiosa victoria por estar por nosotros el Castillo, y conocer el poco valor y ánimo del enemigo, y que si no estuviese allí pidiese (1) Fuerte de españoles en Costa Firme,—C. y T. 4 16
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al Gobernador y Oficiales Reales pólvora, municiones y bastimentos y que los despáchase y pasase á la Corte con el pliego que llevaba para S. M. que tambien lo hizo por via de Santo Domingo. 1\o le quedando tiempo ni ocasion, medios ni modos de que no se valiera nuestro Gobernador para salir del empeño tan grande en que estaba, y defenderse con una Fuerza, tan importante al servicio de S. M., trato y comercio de todas las Yndias, porque esta Fuerza en poder del enemigo la considero inexpugnable, por tener sitios y partes que si los fortificara como dió á entender. lo había de hacer costar á S. M. el desapoderarle de ella mucho cuidado y hacienda, y por lo que he visto en este caso presente, tengo lástima á los que viven en semejantes lugares, porque no solo esta vez sino las que quisiera se entrará el enemigo con la experiencia facilidad que lo hizo, para cuyo remedio, segun ha mostrado, el Castillo está muy desmantelada y muy en jerga, y los que han imformado á S. M. que estaba acabado se han engañado. Tiene muy poca artilleria y menos artilleros con ninguna destreza. La boca del puerto tiene de ancho 323 brazas, casi todas de canal; si de la otra frente del Castillo se pudiera hacer una plataforma, importara mucho, pero cuando esto no sea, no se podrá excusar en el puerto y sitio que llaman la Puntilla, que es en medio del surgidero de la naos, y de no hacerse crear otras cien plazas, como de antes; demas del riego tan eminente que tiene la tierra, los vecinos están resueltos á desampararla y será fuerza el hacerlo porque ha sido mucha su ruina y pérdida, y S. M. no ha tenido ninguna, antes ha quedado muy ganancioso pues la nao y lo que tenia vale más de lo que S. M. ha gastado. Matáronle al enemigo 400 hombres, antes mas que menos, y algunos de consideracion de los nuestros. Murió el Sargento mayor Garcia de Torres, cuatro artilleros que mataron nuestras mismas piezas y seis soldados y dos estropeados de brazos y piernas. Solo entró en el Morro el prior fray Antonio de Rojas, de la orden de Predicadores, para confesar, que como animoso nos quedó de tantos eclesiásticos como habla, y fué de muy gran consuelo para las necesidades y riesgos de la vida, en que estabamos saliendo. Tambien en la vanguardia cuando la retirada del enemigo, embarcándose en el navío que fué á acometer al que habia quedado encallado, animando á los soldados, todo con mucho valor. Por muerte del Sargento mayor García de Torres, se nombró al capitan Mateo Delgado, que lo era de infantería en la Gran Canaria, persona que ha mas de 30 años que sirve a S. M., y en esta ocasion importó su eleccion para disciplina de los soldados, asistencia y trabajo de su persona en las trincheras y plantar la artilleria y ser de los primeros que acudió á la nao para reparar si había algun fuego y defender lo que habia dentro, por orden de nuestro Gobernador. Acabada esta relacion escribieron al Gobernador el Cabildo de la Villa de San German, treinta leguas á sotavento de esta Ciudad, como el enemigo con su Armada habia dado fondo en un puerto que se dice San Francisco, reconocióse iban muy mal tratadas las naos y la Capitana y otra desarbolada, y que de día y
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de noche no cesaba la carpintería y que juntamente les babia escrito la carta que sigue: Carta tercera de Boudoyno Henrico.—Señores: El portador de esta, llamado Manuel Casuella, natural de la ciudad de Miega, es prisionero que los indianos del Brasil tomaron con su mujer y dos niños en la Capitania de Rio Grande, pero viéndoles en el poder de aquella gente„ luego fueron de los nuestros, tomados en salva y guarda, y por no haber hallado comodidad propia de ponerlos en tierra, se han hasta agora quedado con nosotros, y como le hablamos ser hombre de bien y honrado, habemos hallado por bien de fiarle y enviarle á ustedes para que en nombre mio pida á ustedes que nos manden aquí algut► hombre de la tierra sobre de mi fé y bajo la bandera blanca para saber si quería tratar con nosotros sobre algún ganado y otras provisiones que pudiésemos haber de menester en pagándoles lo que será de razon ; y con esto guarde I)ios á ustedes á 8 de Noviembre, en la Almiranta. —Jaques Lefebrure, Secretario. Respondióseles á esta carta, que si querian saltar por bastimentos lo hiciesen con su riesgo, que ellos lío lo querian dar ninguno. Vista por el Gobernador la carta y respuesta de arriba y la falta de pólvora y balas que habia, les despachó dos botijos de pólvora y dos mil quatrocientas balas, para que de ninguna manera diesen lugar á que hombre del enemigo pusiese pié en tierra, impidiéndole todo género de socorro. Si antes que se despachase esta se avisase del suceso se pondrá á continuacion de lo demás, y perdone el lector la proligidad, que no se ha podido decir en menos palabras, habiéndose de ponderar y escribir el caso como pasó. En realidad de verdad, que así lo certifico como testigo de vista, que es fecha en Puerto Rico á 18 de Noviembre de 1625. (1) (1) Este documento corrije el error de Iñigo Abbad y D. Pedro Tomás de Córdova de fijar la época de esta función de armas en 1615, cuando fué diez años posterior á esa fecha.—Algunos eserltoaes han creído, y entre ellos Tapia, que disipa la creencia de la muerte del general holandés á manos del capitan criollo Amezqueta, que la tradición ele padres a hijos nos trata y conmeinora el monumento levantado en el campo de! Morro. Verdaderamente que Boudoyno Hcenrico no falleció en este asedio, pero —Verdaderamente que Boudoyno Henrico no falleció eu este asedio, pero es muy cierto que combatió personalmente con Amezqueta y salió herido mortalmente en le garganta.—D. Jacobo de la Pezuela en el segundo tomo de su Historia de la isla de Cuba, pág. &i dice testualmente refiriéudose a este hecho de armas: "Un armamento holandés había invadido á Puerto Rico, aunque rechazado por los españoles y saliendo herido su caudillo de manos del valiente Gobernador Juan de Amezqueta." Y más adelante el mismo autor dice en el mismo tomo, pág. 36: "Murió al frente de la Habana el 2 de Julio (1626) el Almirante holandés de resultas de una herida recibida el año anterior en Puerto Rico, peleando cuerpo a cuerpo con el Gobernador Juan de Amezqueta."—Nuestro compatriota no era Gobernador de la Isla, sino del Castillo del Morro: el gobernador de la Isla lo era D. Juan de Haro. Pezuela le llama Amezqueta, y en sus papeles de familia asi se conserva el apellido, llegado Á nosotros trastrocado en Amésquita. Los holandeses empezaron a piratear en América en 1574. En Amsterdam fundaron una Asociación de navegación y corso que se llamó Compañía Holandesa de las indias Occidentales.—sus armadores Leyen, Bircker y Heeniskerk. Este fué luego el primer Almirante de su patria. El poder naval de Holanda para esta época negó a su apogeo.—C. y T.
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REAL ORDEN DISPONIENDO EL DESALOJO DE LOS INGLESES DE LA ISLA DE VIEQUES. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Buen Retiro 11 de Marzo de 1755. "EL REY—Gobernador y Capitan g,,eneral de la Ysla y ciudad de San Juan de Puerto Rico, encarta de diez y seis de noviembre del año de mil setecientos cincuenta y dos, disteis cuenta con autos, de que con noticia que os subministró Francisco López, natural de Maracaibo de hallarse la Ysla de Vieques ocupada por los Ingleses, combocásteis á junta de Guerra para tratar sobre el medio de desalojarlos de ella, y esponeis que despues de un dilatado examen y refiesciones, deliberasteis embiar un destacamento compuesto de cien hombres la mitad de tropa reglada al cargo de los thenientes D. Joseph Sanchez de Paez y D. Gaspar de Andino, con los sargentos y dos tambores, y la otra mitad de Milicias al mando del capitan D. Casimiro Davila, con otros dos sargentos en un bote y cinco piraguas o Barcos de remos, con el Pabellon de ntra. nacion, siete pedreros, municiones y víveres, para quince días, á fin de reconocer y desalojar á los Ingleses de aquellos parajes, de que resultó, que aviendo salido a esta expedicion el día veinte de setiembre del año de mil setecientos cinquenta y dos, apresaron en el 22 del mismo mes, á media noche una Goleta Inglesa que estaba dada fondo en la costa y en el veinte y tres otra Dinamarquesa, con lo que prosiguiendo su viaxe, y arribado á Puerto Real, dispusieron hacer el desembarco de cinquenta hombres comandados del capitan de Milicias Don Casimiro Davila y hallándose algunos Ranchos y una casa quemaron, y subcesivamente siguieron las huellas que vieron recientes hasta la Playa, sin aver encontrado gente alguna con lo que retirándose la tropa á dar cuenta al comandante, se dispuso el hir á apresar una Goleta y una valandra que sé percibieron dadas fondo en Puerto Real y acercándose á ellas, se puso en defensa la valandra disparando tiros con Pedreros de Metralla y Balas, sin reparar en mi Real Vandera, sin embargo de lo qual, determinaron abordarlas (como lo executaron) rindiéndolas aviendo huydo, á tierra los de la Goleta, en un pequeño bote sin aver conseguido darles caza, y solo el capitan de la valandra declaró ser natural de Londres, y que navegaba con pasaporte Holandés y otro igual en lengua Francesa, y que la Goleta hera Inglesa de la Isla de Panistron, aviendo salido de la Granada, para San Eustaquio, y que el aver disparado fué porque lo hicieron primero los nuestros suponiendo que no llebaban Bandera y que los tubo por Piratas, á lo qua! consiguientemente; se hicieron varios reconocimientos en aquellos sitios y no encontrando en él otras cosas, se retiraron a ese Puerto en donde surgieron el día veinte y siete, y pasasteis á la formation de autos, con separacion de las mencionadas quatro presas, las quales determinásteis suma-
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riamente, declarándolas, por buenas y legitimas y aplicando su producto a mi Real Hacienda, y a los Apresados, para distribuyrlo segun mis Rs. orna. como se executó poniendose en venta llegando su importe á dos mil trescientos treinta siete pesos, que mandásteis depositar en esas casas hasta mi Real aprobacion, aviendo ascendido el coste de la expedicion á quinientos veinte y dos pesos y concluis la citada carta suplicando se os apruebe todo lo referido, y que se os dirijan las órdenes, que os hallais informado, se han expedido modernamente en punto de repartimientos de esta clase por no aver llegado a esa Gover nacion y ultimamente espresais que para precauer en lo subcesibo la poblacion de las referidas Islas, por estranjeros considerábais muy conducente el que se hiciese reconocimientos de ellas cada quatro meses con Barcos y tropa reglada del Pays, que por si se destinase, pues en esta providencia se lograría el defender y Limpiar á esas costas de muchas embarcaciones extranjeras que las infestan anclando en sus Puertos y caletas sin poderlo embarazar por no tener con que rechazarlos. Y aviéndose visto en mi consejo de las Indias la expresada carta y testimonios, con lo que en su inteligencia espuso mi fiscal, y consultándome sobre ello en seis de setiembre de la próxima, he resuelto aprobaros la de termination, que tomásteis de despachar la mencionada espedicion para desalojo de los Ingleses de la Isla de Vieques, y daros gracias por ello como tambien á los Oficiales, que intervinieron en la misma espedicion por el valor y conducta con que se portaron eui ella, y aprobaron tambien las sentencias, que pronunciasteis en los autos formados sobre las espresadas quatro Presas, declarándolas por buenas y legitimas en cuya consecuencia os ordeno y manolo, que deduciendo de su importe los quinientos veinte y dos pesos para indemnizar á mi Real Hacienda del suplemento hecho para la mencionada espedicion, dispongáis, que la restante cantidad hasta el completo de los dos mil trescientos treinta y siete pesos depositados en esas mis caxas Reales, se reparta con arreglo á las ultimas ors. espedidades sobre repartimiento de Presas. Y respecto de que en los autos referidos firmados para la declaration de las expresadas quatro Presas, se han notado los defectos de no averse ratificado los testigos de la sumaria ni averos asesorado para las sentencias que disteis como ni tampoco subtanciado procesos en consorcio de Oficiales Reales, y lo que es más no averse hecho mencion en ellas del capitan ingles que causó la hostilidad á vuestras embarciones para imponerle la pena que correspondía; sucediendo lo mismo con otros dos capitanes que se hicieron prisioneros en otras Goletillas; os prevengo de estos reparos para que los corrijáis en lo subcesibo procediendo en el orden y subtanciacion de estos juicios con arreglo a lo que previenen las leyes, y os mando assí mismo, que en caso de no aver dado destino á los espresados capitanes y demas prisioneros Ingleses, los remitais en partida de registro, á estos rey nos á mi Rl. disposicion, y por lo que mira á la proposicion qué me haceis de Barcos y tropas regladas para el reconocimiento de la mencionada Isla de Vieques, y resguardo de esas costas aun-
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que sea conceptuado sería muy acertado árbitro; contemplando, que este medio puede ser muy graboso á mi Rl. Hcda. por haber de mantener de pie fijo esta Armada, cuyos gastos nunca podrán compensar las utilidades y efectos, que produzcan, he tenido por niás adequado y menos perjudiciar a mis Reales intereses, que observando con zelo y vigilancia las operaciones y movimientos de los Ingleses en la referida Isla de Vieques por medio de esploradores de confianza y satisfaccion, os valgais como os lo mando del mismo medio, que en esta ocasion, aviendo necesidad de alguna empresa para su espulsion ; procediendo en todo con la madurez y prudencia, que corresponde y segun fío en vuestro amor y zelo á mi Real servicio. Dada en el Buen retiro á once de marzo de n►il setecientos einquenta y cinco. — YO EL REY. — Por mandado del Rey Ntro. Sr. — D. Jph. Ignacio de Goyeneche. — Hay tres rúbricas de los señores del Real Consejo de Yndias. Puerto Rico 1° de Agosto de 1737.—Guárdese y cúmplase en todo lo mandado por S. M. ( Dios le guarde) en su Real Cédula antecedente, tómese de ella razon por los officiates de la Real Hacienda en los libros ele su cargo, y devuélvase.—Rarnirez. SUPRESIÓN 1)E LA INMUNIDAD DE ACOGERSE A SAGRADO. (De la Gaceta Oficial.) Madrid 1° de Noviembre de 1840. Oficio dcl Excmo. ,9r. Gobernador Capitan General de la Isla y Presidente de este Superior Tribunal.—Capitanía General y Gobierno superior político.—Sección.—El Excmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia me dice con fecha primero de Noviembre último lo que sigue:"Eacmo. Sr.— He dado a la Regencia previsional del Reino cuenta de la eaposi"ion que dirigió la Audiencia de Puerto Rico por conducto de la Sala de Indias del Tribunal Supremo de Justicia; consultando si la declaracion de inmunidad en favor de los reos que se acogen á sagrado, y la aplicacion de los indultos generales corresponden á las Audiencias, ó á los Jueces de primera instancia. Y oído sobre el particular el dictamen del Tribunal Supremo en pleno, ha resuelto la Regencia que cuando se hallen las causas en primera instancia declaren los Jueces los indultos; y cuando en segunta ó tercera las Audiencias, disponiendo al mismo tiempo que se forme una Ley por la cual se declare extinguida y sin efecto alguno ln inmunidad local, tanto en la Península é islas adyacentes, como en las provincias de Ultramar.—De órden de la Regencia lo digo á V. E. para conocimiento del Tribunal y efectos consiguientes.—r)ios guarde á V. E. muchos años. Madrid primero de Noviembre de mil ochocientos cuarenta. — Alvaro Go►nc:. — Sr. Capitan General de la Isla de Puerto Rico, Presi-
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dente de la Audiencia.—Y lo traslado á U. S. Ilma. á los fines que se indincan.—Dios guarde It U. S. Ilma. muchos años. PuertoRico 26 de Diciembre de 1840.—Santiago 3icndcz de Vigo.—Ilmo. Sr. Regente de la Real Audiencia.—Auto de la Real Audiencia.— Puerto-Rico dos de Enero de mil ochocientos cuarenta y uno.— Visto el precedente oficio con asistencia del Sr. Fiscal y de su conformidad: cúmplase lo mandado por la Regencia provisional del Reino: sáquese testimonio para agregarlo al respectivo expediente; circúlese á los Alcaldes mayores Jueces letrados de esta Isla: y comuníquese al Decano del Colegio de Abogados; publicándose tambien con este auto y representacion de la Audiencia sobre eI asunto en la Gaceta del Gobierno.—Se hallan cuatro rúbricas de los Señores: Regente Oséa.—Ministros: Mojarrieta. —Duro.—Ulloa.—,José Hinojosa.—Representacion de la Real Audiencia.—Señora.—La Audiencia .de Puerto-Rico acude á V. M., por conducto del Supremo Tribunal de Justicia, con el fin de que poniendo en ejercicio su autoridad Soberana, se digne resolver la duda de ley, á que es referente el testimonio, que con el mas profundo respeto acompaña.—De él aparece que Martín Lanzó fue procesado por el Juez letrado ele primera instancia de esta Capital, con motivo de haber herido á Don Manuel Galvarin ; cometiendo ademas el hurto de un caballo.—Mas como desde un principio se hubiese refugiado el reo al sagrado asilo de la Iglesia, luego que dicho Juez instruyó'la sumaria informacion, la remitió á la Audiencia para la decision conveniente acerca del punto de inmunidad.—V pasada al Fiscal de V. M., representó este en diez y seis de Diciembre último, pidiendo que se devolviese la citada informacion al Juez á quo, para que el mismo determinase sobre el asilo, por ser á quien correspondía en virtud del articulo treinta y seis del Reglamento provisional para la administracion de justicia, que atribuyendo el conocimiento y decision de todas las cansas á los Jueces letrados de primera instancia, derogaba la practica que hasta entonces se había seguido en este punto conforme á las leyes ele la Recopilacion. Y en vista de todo determinó la Audiencia por auto de veinte y uno de l)iciembre del año pasado, que consta del testimonio: que se devolviesen los autos al inferir para que los continuara y determinase con arrreglo á derecho en el concepto (son sus palabras) de correspon r al encausado Martín Lanzó cl beneficio dct asilo.—Asf se ha verificado; y habiendo vuelto la causa nuevamente á la Audiencia en consulta de la sentencia de primera instancia, al expedir la de catorce de Agosto del presente año, que correspondía en vista, dispuso el Tribunal ele conformidad con lo representado por el Fiscal, que se elevase á V. M. esta respetuosa instancia, con el objeto de que si lo tuviere á bien, se sirva resolver la duda de ley, que envuelve el antecitado auto de veinte y uno de Diciembre del año pasado.—Y en efecto Seiiora : si segun el artículo treinta y seis del Reglamento provisional para la administracion de Justicia ele 26 de'S tiembre de 1835, que rige en esta Isla, los Jueces letrados de primera instancia son los únicos á quienes compete conocer en la instancia sobredicha de todas las causas civiles y
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BIOGRAFIA DE FRAY IYIGO ABBAD.
criminales que ocurran en sus partidos respectivos, ¿no tiene la Audiencia motivo justo para dudar si le corresponde decidir el articulo de inmunidad 6 deben hacerlo los citados Jueces letrados con la calidad de consultar con la misma las determinaciones que expidieren sobre este punto?—Igualmente asiste á la Audiencia la duda de si expidiéndose algun indulto general por la clemencia de V. M., la corresponde declarar si los reos que se acojan á él, están ó no comprehendidos en la Real Gracia, 6 deben hacer esta declaratoria los dichos Jueces letrados con la calidad antes esplicada de consultar su determinacion con la Audiencia. Tambien á esta duda da origen el relacionado articulo treinta y seis del Reglamento provisional, y el Tribunal la somete como la anterior á la ilustrada resolucion de V. M., con el justo deseo de proceder con el debido acierto en puntos tan esenciales á la administracion de justicia.—Dios guarde la importante vida de V. M. muchos años. Puerto Rico veinte de Setiembre de mil ochocientos treinta y ocho.—SEÑORA.—A. L. R. P. de V. M.—Juan Ramon Osés.— Jaime María de .ala&—José Serapio Mojarrieta.—Juan Duro Espinosa.—Corresponden fielmente con los originales de su contenido á que me remito. Y de mandato de S. A. la Real Audiencia para su publicacion en la Gaceta de Gobierno de esta Capital libro la presente en Puerto Rico á c..'ico de Enero de mil ochocientos cuarenta y uno.—José Hinojosa.
BIOGRAFIA DE DON FRAY AGUSTIN IÑIGO ABAD Y LASIERRA, HISTORIADOR DE PUERTO RICO Y OBISPO I)E BARBASTRO POR EL PADRE HUESCA. La biografía que sigue está tomada del tomo 9º, págs. 289 á 29Z del "Teatro Histórico de las Iglesias del Reino de Aragón" por el R. P. Fr. Ramón de Huesca, impreso en Zaragoza, afeo MDCCCVII. — Esta obra existe en la Biblioteca de la Rl. Academia de la Historia, de Madrid.Este tomo 9' está dedicado por el P. Huesca ú Fr. Agustín Iñigo. Este Prelado que actualmente gobierna la Santa Iglesia de Barbastro, nació de noble linaje á 19 de Abril del año 1743 en la villa de Estadilla, Diócesis de Lérida, distante legua y media de Barbastro. Es hermano del Ilmo. Sr.D.Fr.Manuel Abad y Lasierra, digno de perpetua memoria por sus dignidades y literatura. Fué Don Manuel Monge Benedictino en el monasterio de San Juan de la Peña, y sucesivamente Prior del de Mayá en Cataluña, primer Obispo de Ibiza, Obispo de Astorga cuya mitra renunció despues (le tenerla algunos años, Inquisidor General y Arzobispo de Selimbria : famoso a.ntiquario y muy versado en la diplomática, cuyos escritos, en número deveintinueve, casi todos sobre esta materia, menciona la Biblioteca nueva de los escritores
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Aragoneses, tomo y, págs. 301 y siguientes. Murió á principios del año 1800. (1) Habiendo estudiado nuestro Prelado la Filosoffa en la Universidad de Zaragoza, llamado de Dios abrazó el instituto de San Benito en el Monasterio de Santa María la Real de la Ciudad de Naxera. Luego que profesó le destinaron sus Prelados á estudiar nuevamente la Filosofía en el Colegio de San Juan del Poyo en el reino de Galicia. Desde allí lo enviaron á la Universidad de Hirache, donde estudió con crédito la Theologfa y el Derecho Canónigo y recibió en la misma los grados de Maestro en artes y de Doctor en Théologfa y en Cánones. Concluida con alabanza su carrera literaria se dedicó algunos años con igual crédito al ministerio del púlpito. Por los años de 1775 pasó á la América en compañía del Ilmo. Sor. D. Fr. Manuel Himenez Perez, Obispo de Puerto Rico, Monge de su monasterio de Názera, y catedrático Jubilado de la Universidad de Oviedo, quien llevó consigo en calidad de confesor y Secretario, confislado en sus talentos y y prendas, que habla de servirle de mucho consuelo y alivio en el gobierno de su Obispado. No quedaron defraudadas las esperanzas de este Prelado, porque el Sr. Abad le fué piés y manos, y le acompañó fiel y constantemente en la visita de toda aquella vastisima Diócesis, que antes de erigirse el Obispado de Guayana comprehendía las islas de Puerto Rico, Trinidad y Margarita, y en tierra firme las provincias de Cumaná, Orinoco y Nueva Barcelona, en cuyos pueblos visitó y misionó con su Obispo. Despues de estar once años en la América regresó á la Corte, con asuntos graves del Real Servicio. En Madrid trabajó de 6rden de S. M. algunas Descripciones Geográfico-Históricas de las provincias de la América, que había viajado con Observaciones, especialmente de la isla de Puerto Rico, la que se imprimió con otra de la isla de Menorca (2) en este tiempo el Inquisidor General le dió la Cruz de Calificador de la Suprema: la Congregacion Benedictina le nombró Procurador General de Corte: el Rey Abadía bendita y mitrada de San don Carlos III le confirió Pedro de Basalú de 6rden de San Benito en Cataluña, y "finalmente el Rey D. Cárlos. I V ` (Q. D. (L) por muerte (lel Sor. Cosuel le nombró Obispo de Barbastro en el mes de Febrero del año 1790. Despachó las Bulas Ntro. Smo. Padre Pío VI en el consistorio secreto de 21 de Junio. .Tomó posesion del Obispado en 4 de Agosto; consagrado en la Iglesia (le San Isidro de Madrid en el da de la Asuncion de Nuestra Señora el Emmo. Sr. D. Francisco Lorenzana, Arzobispo de Toledo y Cardenal de la Iglesia Romana,
(1) La biografía del célebre P. Manuel Abad se encuentra no en el tomo Y sino en el FI pags. 304 ú 310 de la Biblioteca Nueva de loa escritores Arapouesea. por el Dr. D Félix de Latazza y (lrtln. 8 vols.. Pamplona. 1.802. Alli esta la relaclon de sus principales publicaciones y manuscritos. (2) Eu el Resdmen Topos•afeo E histórico de Menorca por el Dr. D. Juan Ramis y Ramos, 1787, manuscrito de la Rl. Academia de la Historia no se habla de tal obra. Tampoco la trae Muños,.
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su
y á 17 de Octubre hizo la entrada pública en su Iglesia de Barbastro, todo en el ario 1790. Por no ofender la modestia de este dignísimo Prelado, ni obrar contra el consejo del Sabio, que reserva las alabanzas de los hombres para despees de su muerte solo referiré los establecimientos con que ha mejorado su Iglesia y Diócesis, cuya historia quedaría manea sin estas noticias. Luego que el Ilimo. Sr. Abad llegó á la Sede hizo en obsequio de Dignidad, que le pusieran dosel en el Presbiterio de la Catedral en las funciones Pontificales, pues aunque lo ordena así el Pontifical, no estaba en uso en la Provincia f esaraugustana, hasta que en el mismo año comenzó á usarse en las Iglesias de Barbastro y Huesca. Ha instituido en la Diócesis veinte Vicarías nuevas, de que habla mucha necesidad, y redotado nnu•hos Párrocos que no tenían la congrua suficiente. La obra mayor por su utilidad, y la mas ardua por las dificultades que han ocurrido es la cueva planta de la Iglesia Catedral. Era esta la única Parroquia de la ciudad, sin otro Cura ni Vicario que el Capellan Mayor Cura principal de toda ellas, ha erigido tres Vicarías perpetuas con Racion anua para la Administracion de los Sacramentos P instruccion del pueblo, uno en la Catedral c su distrito, otro en el Arrabal, y otro en la Iglesia y (listrito de San Hipólito, todos dependientes del Capellan Mayor, ó Canónigo Vicario, que es el titulo que se le da en la nueva planta. I:n la Iglesia Catedral fuera del 1)ean y Canónigos, había pocos ministros de rigurosa y continua residencia. Los Arcedianatos de Barbastro y h'uues, erigidos por San Pío V, á mas de no pedir residencia hacia mas de treinta años que estaban vacantes, y debian estarlo siempre por no tener renta alguna; en la nueva planta estas Dignidades van anuas á Canongías, y las obtendrán los dos Canónigos mas antiguos. Las Canongías serán trece como antes, inclusas las de Arcediano y la del Santo Oficio. Los Racioneros eran doce y serán catorce, y á mas quatro Capellanes de Coro y medios Racioneros, todos de precisa residencia con rentas y distribuciones competentes; de que ha de resultar mucho decoro á la Iglesia, y notable aumento al culto divino. Para dotar los beneficios de nueva institucion y redotar algunos de los antiguos se han suprimido la. Dignidad de Chantre, y los Oficios (le Arcipreste y Sacristan Mayor, que no tenían residencia y hace años que estaban vacantes para la tenuidad de sus rentas. A la nueva planta acompañan nuevos estatutos, todo con acuerdo y aprobacion (le S. M. Dichos establecimientos harán perpetua y honorable la memoria del huno. Sr. D. Agustin Abad en la Iglesia de Barbastro, la que gobierna felizmente hace diez y seis años, á quien Dios conceda otros muchos, si conviene para su mayor gloria y para el bien de las almas de este Obispado. La Iglesia de Barbastro ha sido feliz en los Prelados, pues los mas han sido varones distinguidos en virtud y letras, y es mucho de notar que de veinte y seis Obispos que ha tenido desde que San Pío V la erigió en Catedral, los diez y oneve han sido naturales del reyno de Aragon.
251 HISTORIA DE LA NOBLE Y MUY LEAL CIUDAD DE BARBASTRO Y DESCRIPCION GEOGRÁFICO-HISTÓRICA DE SU DIÓCESIS POR D. SATURNINO LOPEZ NOVOA. Este autor dice que Fr. Iñigo pasó á Valencia por el mal estado de su salud y que falleció en una casa de campo distante dos leguas de aquella ciudad, el 24 de Octubre de 1813. Contaba á la sazon 68 años de edad. Fué sepultado en la villa de Rivaroya, segun consta de la partida de defuncion que el párroco de la misma, Dr. D. Francisco Rico envió al ilustrísimo Cabildo de Barbastro y de que se hace mention en el libro Da GZRTIS que obra en el archivo Catedral. No falta quien asegura, dice por nota Lopez Novoa, que d su muerte se hallaba propuesto aquel Ilmo. para una de las sillas arzobispales de España. En lo demás está este autor de acuerdo con La España Sagrada, respecto de Fr. Iñigo. (1) RECTIFICACIONES EN LOS DEPARTAMENTOS. (De la Gaceta Oficial.) El Excmo. Sr. Gobernador y Capitan jeneral, despues de haber examinado detenidamente la division topográfica de los 7 Departamentos en que está repartida la Isla, oido el parecer de la Real Audiencia territorial y el del señor Superintendente de Real Hacienda, y teniendo presente lo que sobre este punto previene el art. 5° (le la Real Cédula del 27 de Junio de 1847, ha resuelto: que los pueblos (le Guayama y Sabána dcl Palmar con sus respectivas jurisdicciones, que hasta ahora han correspondido al 5° y 6° I)epartamento, pertenezcan en adelante al 7°; y que el de Barros, ahora del 2°, sea en lo sucesivo del 5?, tanto en la parte militar, como en la civil y judicial. — Lo que de órden de S. E. se inserta en la Gaceta del Gobierno para conocimiento del público. Puerto Rico 23 de Julio de 1849.—E1 Secretario, José Estévan. JUICIO DE RESIDENCIA DEL GENERAL D. MIGUEL DE LA TORRE, GOBERNADOR QUE FUE DE PUERTO RICO. (De la Gaceta
Oficial.)
Capitanía general y Gobierno superior politico. — Circular ,iúniero O. — E1 Illmo. Sr. D. Ramon Osés, Regente de la Audiencia territorial y Juez comisionado para la residencia del Excmo. Sr. Conde de Torre-Pando, Gobernador y Capitan Gene(1'► Para nosotros los puertorriqueños es interesante el recuerdo de fray Iñigo Abbad, por ser nuestro primer historiador especial. En esta Diog •afía no se dice nada de su gestión e► Pto. Rico. Oportunamente publicarewos algunos documentos que tratao de fray Iñigo Abbad y entonces ampliaremos esta aeotadóiD.—O. y T.
252
JUICIO DE RESIDENCIA DEL GENERAL D. MIGUEL DE LA TORRE.
ral que fue de esta Isla, en oficio de fecha de ayer me dice lo que copio"Excmo. Sr.—Acmopaño certificacion de los autos por mí proveidos en el juicio de residencia del Excmo. Sr. Conde de TorrePando, y del oficio de la Escribanía de Cámara del Supremo Tribunal de Justicia, sobre aprobacion de mi sentencia en los términos que constan del mismó oficio, para que V. E., siendo de su superior agrado, se sirva mandar que se publique en la Gaceta de Gobierno." Y la certificacion .que acompaño es á la letra como sigue: Residencia del Excmo. Sr. Teniente General de los ejércitos Nacionales, Conde de Torre-Pando D. Miguel de la Torre, Gobernador, Capitan General que ha sido de esta Isla y Presidente de su Audiencia. Auto definitivo.—En la muy noble y muy leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a cinco de Junio de mil ochocientos treinta y siete, el Illmo. Sr. D. Juan Ramon Osés, Ministro honorario del Supremo Tribunal de Justicia, y Regente de esta Audiencia territorial, habiendo visto estos autos dijo: Que atento á sus méritos, debía declarar y declaró: Que no resultando cargo alguno contra el Excmo. Sr. D. Miguel de la Torre, Conde de Torre-Pando, Teniente General de los ejércitos Nacionales, está justificado además haber cumplido con su deber en todo el tiempo que sirvió los empleos de Gobernador, Capitan General de esta Isla y Presidente de su Audiencia: usando fielmente de la autoridad que le estaba confiada; y mereciendo por tanto ser recomendado á S. M.: y que tampoco resultan cargos contra las demas personas sujetas á este juicio de residencia: mandando que se haga saber esta declaraeion al apoderado del Excmo. Sr. residenciado para los efectos convenientes. Asi lo declaró, mandó y firmó dicho Illmo. Sr. Regente, Juez comisionado, de que certifico. — Juan Ramon Osés.—Euscbio Nuñez. Auto. — Puertó Rico catorce de Junio de mil ochocientos treinta y siete.—Se aprueba la precedente tasación, cuyo importe satisfará el apoderado del Excmo. Sr. D. Miguel de la Torre, con calidad de reintegro de gastos de justicia; cuando los hubiese: Oséa.—Eusebio Nuñez. Ofcio.—Supremo Tribunal de Jºnsticia.—Escribanía de Cdmora de Indias.—Illmo. Sr.—Vistos por los Sres. de la Sala de Indias del Supremo Tribunal de Justicia los autos que como Juez comisionarlo instruyó y falló V. S. I. de la residencia al Teniente General D. Miguel de la Torre, Conde de Torre-Pando, por• el tiempo que sirvió los empleos de Gobernador, Capitan General de Puerto Rico, y Presidente de su Audiencia; se han servido aprobar la sentencia dictada por V. S. I. en cinco de Junio último, mandando abonar las costas al residenciado en los términos prevenidos por la Ley -12, tit. 13, libro 5? tle la Recopilacion de Indias, ton la declaraeion tie que dicho Teniente General ha cumplido bien y fielmente con toda puntualidad y celo sus deberes y obligaciones como Gobernador de esa Isla. Y han acordado asimismo
AUMENTO DE SUELDO AL GOBERNADOR DE PTO. RICO.
253
el
a
se
dichos señores que manifieste V. S. L como lo verifico de su órden, la satisfaccion con que Tribunal ha visto la exacta y atinada iustruccion que V. S. I. ha dado á la expresada residencia. —Lo que tengo el honor de connlnicar á V. S. I. (le Orden de la Sala, para su satisfaccion y efectos convenientes.—I)ios guarde á V. S. I. muchos años. Madrid 2 de Abril de 1838.—Illmo. Sr. —Pedro Sanehez de Ocaña.—Sr. Regente de la Audiencia de Pto. Rico.—Concuerda con los autos proveidos en la causa (le residencia que se hallan en el testimonio de la primera pieza, y con la comunicacion hec)ia al Ilhuo. Sr. Regente de esta Real Audiencia, Juez comisionado; de cuyo mandato verbal, asi lo certifico en esta Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico á once de Junio de mil ochocientos treinta y ocho.—Eusebto Nuñez. Y habiendo resuelto se publique todo en la Gaceta conforme se pide, y además que se circule á los pueblos, Autoridades, Gefes y Corporaciones para su conocimiento, lo traslado á V. con el indicado fin.—Dios guarde á V. muchos años. Puerto Rico 12 de Junio de 1838.--Miguel Lopez de Baños.
REAL ORDEN FIJANDO EN 25 MIL PESOS EL SUELDO DEL GOBERNADOR CAPITÁN GENERAL DE PUERTO RICO. (De la Gaceta Oficial.) Madrid 23 de Diciembre de 1856.
a
Excmo. Sr.: Enterado la Reina (q. D. g.) de las exposiciones que en diversas épocas le han dirigido los Gobernadores Qapitanes Generales de Puerto Rico, manifestando la necesidad de aumentar el sueldo de aquel destino importante, que, además de ser corto, atendidas las circunstancias del país y la dignidad del puesto, queda reducido á poco más de la mitad, en virtud de los descuentos á que está sujeto el que lo sirve, ha tenido á bien mandar, de acuerdo con el parecer del Consejo de Ministros, que en adelante, á contar desde el primero de Enero de 1857, el Gobernador Capitan General de Puerto Rico disfrute el sueldo anual de veinte y cinco mil pesos; comprendiéndose esta dotacion en Presupuesto, en la Seccion de Guerra, sin que goce ninguna otra asignacion como Superintendente general delegado de Hacienda, Presidente de Audiencia, y demás cargos que desempeiia.--De real orden lo comunico á V. S. los efectos consiguientes.—Dios guarde á V. S. muchos años.—Madrid, 23 de Diciembre de 1857.— Sr. Ministro de la Guerra.—Se traslada al Superintendente de Puerto Rico.
814 REAL ORDEN APROBANDO LA AGREGACION DEL BARRIO DE SALINAS AL TERRITORIO DE GUAYAMA.
(De la Gaceta Oficial.) Madrid, Julio 15 de 1847. Excmo. Sr.—La Reina (q. D. g.) ha tenido á bien aprobar la agregacion al territorio de Guayama del barrió de Salinas, perteneciente antes ú la villa de Coamo.—Lo que de real orden lo comunico á V. S. á los efectos consiguientes. — Dios guarde á V. muchos aíios.—Madrid 15 (le Julio de 1847.—Sr. Gobernador Ca. pitan General de Puerto Rico.
REAL ORDEN APROBANDO EL ESTABLECIMIENTO DE UN CORRECCIONAL PARA LOS VAGOS EN LA PUNTILLA. (De la Gaceta Oficial.) Madrid, 28 de Febrero de 1818. Enterado el Rey por la carta de V. S. de 27 de Setiembre último, núm. 404, del gravámen que el Capitan General de esta isla ha impuesto á esa Tesorería, de mantener un Depósito de Vagos. que por su disposicion se confinan al presidio correccional de la Puntilla; ha resuelto S. M. conformándose con el parecer del Contador general de Indias, que los vagos destinados al referido presidio se costeen de las contribuciones municipales y multas, con que le dotó en su origen D. Toribio de Montes, espitan general que fué de esa misma isla; y en caso de no alcanzar del ramo de Propios y Arbitrios de los pueblos, libertando de esa carga á la Tesorería, por la cual se atienda únicamente a la subsistencia de los criminales confinados al Real Presidio, aprobando S. M. por consiguiente, el establecimiento del citado correccional.—Lo que á V. comunico de real orden á los efectos consiguientes.—Madrid, 28 de Febrero de 1818.—Sr. Intendente de Puerto Rico. (1) (1) Por real orden de 23 de Marzo de 1841 se dispuso que loe vagos M formaci6a de oawa fueran mantenidos por loe respectivos pueblos y no por las Cajas Reales.—C. y T.
255 PARA LA HISTORIA 1)E LA INSTRUCCIÓN EN PTO. RICO. REAL ORDEN APROKAN.I)O EL ESTA I3LEC[MIENTO DE UN COLEGIO I)E SEGUNDA ENSEÑANZA.
(Dcl Archivo particular de Coil y Toste.) Madrid, Enero 5 de 1861.
las
el
Excmo. Sr.—La Reina (q. 1). g.) ele conformidad con lo infromado por Real Consejo de Instrucción Pública, se ha servido aprobar el establecimiento ele un Colegio de Segunda Enseñanza en esa Capital, bajo las bases propuestas por V. E. en el Expediente que se acompaíia á la carta núm. 495, fecha 26 de Agosto de 1858; y teniendo en cuenta prescripciones del informe del Consejo, Ii cuyo fin se incluyó copia del mismo.—También aprueba S. M. los gastos que se hayan originado en la instalacion provisional del Instituto, acordada por V. E., disponiendo al propio tiempo que previa formacion de Expediente, se propongan los gastos permanentes que baya de producir su sostenimiento, así como eu su tiempo la posibilidad y medios de trasladarlo a un local independiente del Seminario Conciliar, donde se ha establecido interinamente.—l)e Real orden lo comunico á V. E. á los efectos consiguientes.—Dios guarde á V. E. ms. as.—Madrid 5 de Enero de 1861.—Sr. Gobernador Capitan general de Puerto Rico. INFORME QUE SE CITA. Real Consejo de Instrucción• Pública.—Madrid, 26 de Setiembre de 1861.—E1 Director general de Ultramar remite al Ministerio de Fomento, para que informe el Real Consejo lo que tenga por conveniente en el Expediente instruido con objeto de establecer umColegio privado (le Yda. Enseñanza en el Seminario Conciliar de Puerto Rico, dirigido por Padres Jesuitas.—Según aparece del mismo, consideran de la mayor importancia para bien de la poblacion este Colegio, la Real Academia de Buenas Letras, el Ayuntamiento y la Sociedad Económica; y la Inspeccion general de Estudios de la habana informa favorablemente.—Las corporaciones dichas de la Isla, con mucho acierto, al dar su dictamen desean que se forme con arreglo al Reglamento y disposiciones vigentes en la Península.—E1 Reverendo Obispo consiente en ceder provisionalmente parte del edificio del Seminario, hasta tanto que haya establecimiento á propósito, y es tal la unanimidad de pareceres, que desde luego se ha convenido por las oficinas de Hacienda en hacer algun adelanto para las obras necesarias. —La Seccion en vista de estos antecedentes, es de dictamen de que se acceda a lo que se solicita, con sujecion a las prescripciones que sobre incorporacion de colegios se establecen en la Ley y en el Reglamento de Segunda Enseñanza que rigen en la Peninsula.
256
PARA LA HISTORIA DE LA INSTRUCCIÓN EN PTO. RICO.
BASES QUA SE CITAN. 1.—Un Colegio de Segunda Enseñanza queda establecido interinamente en el Seminario, al cual satisfarán los colegiales la correspondiente pension. 2.—Deseando que la coexistencia de dichos dos establecimientos eu un mismo local se acorte lo más que se pueda, el Superior Gobierno de la Isla mandará activar las diligencias necesarias para que se desocupe, luego que sea posible, el local indicado para servir de Colegio. 3.—Los Padres de la Compañía de Jesús se hacen cargo de la enseñanza del Seminario, conforme a la Real orden de 17 de Marzo último; y al mismo tiempo se encargarán de la enseñanza del Colegio. 4.—Así con respecto á esta corno en la direccion de los Seminarios, concede el Prelado Diocesano al Rector la libertad que exigen estas dos cosas, en las cuales empero procederá éste de acuerdo con el mismo Prelado, quien previo el informe del Rector, decretará la admision y dimision de los seminaristas. 5.—Al tenor de la mencionada Real orden, estando los Padres de la Compañía ocupados en el Seminario, mientras durase la interinidad, serán alojados en él, sostenidos y cuidados hasta en sus enfermedades a expensas del mimo, percibiendo ademas la pension convenida entre el Prelado y la Compañía. Esta disposicion se hace extensiva á todos los individuos de la misma, que habiendo sido enviados para realizar el plan del Gobierno sirvieren también en el Seminario. 6.—Los colegiales no estarán obligados como los seminaristas a llevar el traje eclesiástico, ni a asistir a los ejercicios propios y peculiares de estos.—Puerto Rico 13 de Julio de 1858. REAL ORDEN DECLARANDO INCORPORABLES LOS ESTUDIOS HECHOS EN EL SEMINARIO CONCILIAR. (Del Archivo particular de Coll y Toate.) Madrid, Mayo 22 de 1855. Excmo. Sr.—El señor ministro de Gracia y Justicia, dijo con fecha 24 de Marzo próximo pasado al señor Ministro de Estado, encargado del despacho de los asuntos de Ultramar, lo que sigue: He dado cuenta á la Reina (q. D. g.) del Expediente promovido por el reverendo Obispo de Puerto Rico, para que se declare que los grados de Bachiller en Filosofía recibidos en el Seminario Conciliar de su diócesis, son incorporables en todas las Universidades del Reino; y S. M. solicita siempre por el bienestar de los habitantes de aquella Isla, se ha servido resolver de acuerdo con el Real Consejo de Instruccion Pública 10 siguiente:
DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO. 257 1.—Los estudios de Segunda Enseñanza y grados de Bachiller en Filosofía hechos en el citado Seminario, serán admitidos á incorporacion en los establecimientos públicos, siempre que en aquella Escuela se observen las disposiciones que rijan en la Península respecto de los libros de texto, programas, duracion y orden de los estudios, con solo los cambios que exija la diferencia de clima. 2.—Conferirá los grados de Bachiller y expedirá los títulos el Superior del Seminario. 3.—Queda derogado en cuanto se opone a las anteriores disposiciones el plan de estudios de las Antillas; pero subsistente en cuanto á la obligacion que en él se impone al Seminario de Puerto Rico de remitir á la Universidad de la Habana las listas de alumnos matriculados y las calificaciones que hayan obtenido en los exámenes; debiendo tambien dirigir anualmente á aquella Escuela relacion de los grados de Bachiller que se hayan conferido. De Real orden comunicada etc., lo traslado á V. E. á fin de que la Inspeccion de estudios manifieste sobre el particular cuanto crea conveniente.—Madrid 22 de 1855. (1) DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO, Y DE SU VECINDAD Y POBLACIONES, PRESIDIO, GOBERNADORES Y OBISPOS; FRUTOS Y MINERALES. Enviada por el licenciado Don Diego de Torres Vargas, Canónigo de la Santa Iglesia de esta Isla en el aviso que llegó á España en 4bril 23 de 1647. Al Sr. Cronista Maestro Gil Gonzalez Dávila. (Código titulado "Iglesias de Indias," que se encuentra en la la Biblioteca del Sr. D. Domingo del Monte. Madrid.Copia facilitada por D. José Julián Acosta.) La isla de San Juan, cuyo puerto, por ser bueno, llamaron sus descubridores Rico, (2) comparada en la demarcacion con las de la Española y de Cuba, les cede sin duda en grandeza, porque no corre más de cuarenta leguas de este oeste, desde la Cabeza de San Juan, que es su primer promontorio, y toca el meridiano (1) Los Padres Jesuitas estuvieron al frente del Seminario-Colegio desde el año de 1858 basta el de 1878 que pasaron al local que les cedió la Diputación Provincial y luego al Instituto de Santurce. Para más detalles véase nuestra obra titulada Historia de la instrucción Pública en Puerto Rico hasta 1898.—C. y T. (2) Los descubridores y >rejor dicho los exploradores y pobladores con Juan Ponce de León a la cabeza, al hacer asiento al norte de la isla, llamaron al primer pueblo Caparra y al puerto Bahía de Caparra. El Rey Católico fud quien le puso Ciudad de Puerto Rleo.—C. y T. 4 17
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DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE I't'ERTO RICO.
del Occidente hasta el cabo que se llama Rojo, y está situado al oeste de ella douile su fin se termina. Boja en ámbito ciento y treinta y seis leguas (como parecerá de la medida, que por mandado de S. M. hizo el gobernador .Juan de Haro con cédula particular el año de 1G'fl, que se llevó á Madrid, y se hallará en el oficio de Indias . Pero en el temperamento y calidades se adelanta mucho á todas las islas de Barlovento, porque goza de una perpétno primavera sin que el calor ni el frio llegue á sentirse de manera que aflija ni descomponga la naturaleza, á cuya causa viven los naturales largos años, y los negros de los Rios mas que los de tierra de Angola• que deben de ser aquellos de mas templados paises, y así se adaptan mejor con este.—En toda ella fertilísinut y verde á la vista de fuera por donde quiera que la miran los navegantes, y por los medios muy doblada, con que se hace áspera á los que la caminan por tierra, y útil á los esclavos que se ltuven de SUS dueños, que entrándose por las sierras, suelen no hallarse en diez y veinte años, y algunas Veces se suelen quedar para siempre.—La foriva de la isla es mas angular que cnadrada. porque tiene en lo ancho, de norte á sur, veinte leguas donde Iuas y diez y siete donde menos• con que viene á ser casi igual por lo ancho. En los extremos á las tres ó cuatro leguas es ¡has baja y se puede caminar casi toda por la playa, pasando las bocas de los rios que salen á la ruar, que los mas se vadean, principalmeUte los de la parte del Sur, que son mas pequeños que los de la Darte del Norte. No ha dormido tanto al olvido .esta isla, que falte su nieuwria en los anales antiguos así de cosinógrafiis, como de historiadores, v entre otros se halla la suya en Antonio de llc•rrera, cn su ('rOnjell General de las Indias, en Geróninlo B<•nzmiI en su ¡1i.titoria de A»urica, en .Juan Paulo Galvera Salouense en su libro Tlteatrunt Orbis, en D. .1n:u► Solorsano i'creira en el •1are ludetiuin, en .luan Botero eu RUS /rela( oue.s f oir r.~ql .., V en •tuan de Laet :l atar piense en el QucstiottC,S de ¡(IX 11 . I udill.s, que inipr'iutió el año de (i3 3 cn 11olainla (y siendo casi liidus .Itlanes parece que quisieron pagarle la obligaciou adgnirid:t en el noluhre de la isla►. Pero ('Oil todo, no la deseriIiieron tan cu particular copio yo lo pudiera hacer agora, donde se ujustrará mas herttlosa que en comun y general, por lo ameno de sus valles y arboledas, sino fuera por lo conciso que pide la historia donde no podrá gozar de tanto lugar. En el primero descul,r•iuiiento del Almirante Colon, (1) se nota en Antonio de perrera, haberla conocido después de algunos años que se pi bló la Española, que dice fué en 1a08. Pero .Juan de Laet y otros, tienen que el año siguiente del descubrimiento de las ludiaS, cine fné cl de I l!►:;, y que el primer capitan que comenzó (I, conquistarla con orden del Almirante fué el Adelantado Juan Ponce de Leon, caballero noble de Sevilla, (2) que lo era del (1 t 1 ué descubierta par Colón en el segundo descubrimiento. —C. y T. (2) Ponce de León no era de Sevilla sino de Santervús de Campos, en el reino de Leí n. I'ara la época de la exploración de esta isla no era Adelantado. Este título lo obtuvo cuando descubrió la Florida. Y la exploración fu é por orden de Ovando.—C. y 1'.
DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO.
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Higüey, en la isla de Santo Domingo, por tener la primera noticia de los indios que por aquella parte, que es la del norte, se comunicaban (1). Navegando desde España á estas Indias hay otras islas antes de esta, como son la Domínica, San Estacio (2), Santa Lucía, La Granada, Marigalante, Matalino (3), Barbado y Barbada, San Martín, San Bartolomé, Santa Cruz, Las Vírgenes y San Cristobal, que en esta ledania LI) de escollos guarda igual á su nombre, teniendo diez y ocho leguas de grandeza á que ninguna de las otras arriba. Habrá tiempo de treinta años, poco mas ó meno, que gobernando esta isla D. Felipe de Biamonte y Navarra, se tuco noticia de la poblacon que tenía en estas de Barlovento los ingleses, holandeses y franceses, que rebelados de la llochela, ó ya fundados aunque mal en el derecho del primer ocupante, las han poblado casi todas, y en la isla de San Cristobal dicen los españoles que salen de ella, que tienen mas de doce mil hombres é ingenios de azúcar y otras grangerías de tabaco, añil, algodon y ganados con muchos caballos que crian de que tienen grandes atajos, pero que ya causada la tierra porque esta de las Indias no sufre mas de tres frutos buenos no los dá como á los principios, de que. disgustadp su Gobernador, se habla y discurre sobre desampararla y mudarse á otro sitio si bien el inglés está labrando una fuerza con fosos guarnecidos de artillería, y porque mi intento no es referir los de esta isla digo que las de Barlovento, las principales y que primero se descubrieron y poblaron fueron Santo Domingo, Cuba y Puerto Rico, y esta la llamaban la Borinqueña (5) sus naturales, y las tuvieron por la Hespérides, Plutarco, Plinio, Pomponio Mela, Tholomeo, San Isidoro, Abraham, Ortelio y otros de los antiguos si bien el Abulense, Alerio, Vinegas, Mariana, Postello, Alegreti y otros las confunden con las de Canarias, que son las Afortunadas, y las de Cabo Verde que son las Gorgonias, por lo que Antonio de Lebrija Maui-a llama á este cabo Esperionceras. Siendo pues estas tres islas las que primero se descubrieron en este Nuevo Mundo, 'lice fray Luís de Leon sobre el capítulo 8" de los l'atltares, que se ha de entender y esplicar aquel lugar Sorori postre in die qua ado aloquenda estf Si rnurns este Bdifrecmus super eunt propugnaculc argerrtea, si ostium eompingamus illud tgbulis cedrinis, de la gente de este descubrimiento, y siendo, así, á quien le cuadra la esplicacion aun en el sentido literal con que habla la esposa sino á esta isla de Puerto Rico? que ella sola parvula est pues es de las tres la mas pequeña, y ella ubera non habet porque habiéndose cousnu►ido sus naturales que beneficiaban sus ricas minas es la mas pobre de todas, y ella si nrurus est es solo Ciudad (1) Los indios quisqueyanos comunicaban con los boriquenses haciendo escala en la isleta Mona y esto era por el sudoeste y sur de esta isla.—C. y T. (2) San Eustoqulo.—C. y T. (3) Martinica.—C- y T. (4) Ledania es vocablo anticuado, por letania.—C. y T. (5) Error. Los indígenas la llamaban Boriquén. Los españoles del ,ocablo Indo-antillano dedujeron la Boriqueña.—C. y T.
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DESCRIPCIGN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO.
el
de muros cerrada entre las demas de las Indias, y ella si Ostium habet no solo tiene puerto sino que por ser tan bueno se llama San Juan de Puerto Rico, y en el quid f atiemus sorori postre in die quando aloquenda est, parece que la divina esposa previene á loe Reyes de España, sus Señores y nuestros, que consideren la respuesta que han de dar á sus quejas cuando por dormido descuido llegare á peligrar á la hostilidad de tan advertidos enemigos que se le han avecindado para lograr mejor sus ocasiones que Dios no permita. En algunas de las causas citadas se hallan tales disposiciones que las hacen aptas á,predominar á otras de su misma especie, ejemplar sea el sol de cuya luz como de mayor dignidad participan las estrellas y la luna, y el hombre que es una semejanza del mundo, segun Platon en su Thimeo, suele tener cierto imperio y señorio en otro hombre, como observo la curiosidad de Roma entre Marco Antonio y Julio Cesar que aun en los juegos de burla le tenia Cesar ganada la ventaja. Otras cosas hay que por la colocaciou de sus partes se hallan con disposiciones superiores, como la cabeza donde asiste la razon dominante á las partes del alma que respecto de las del cuerpo tiene el mas eminente lugar. Pues de esta superioridad y eminencia viene á gozar en las Indias Occidentales la isla de Puerto Rico como primera de las pobladas y principal custodia y llave de todas, como S. M. refiere en las cédulas que remitió el año 1643. La fecha de una en Zaragoza á 20 de Agosto y en ella inserta otra su fecha también en Zaragoza a 1° de Mayo del año 1645 á D. Fernando .de la Riva Agüero su Gobernador y Capitan general, en razon de la situacion de la Infantería de esta Plaza cuyas formales palabras dicen hablando de ella: "Siendo frente y vanguardia de todas mis Indias Occidentales y respecto de sus consecuencias la mas importante de ellas y codiciada de los enemigos." — Esta isla, en general, es fértil para cualesquier frutos que se quieran sembrar en ella y son de mejor calidad que los de las otras islas, porque el azúcar es mas dulce (aunque el de la Havana sea mas duro) y así con el de Puerto Rico se refina en Sevilla y con el de las otras partes de las Indias; el gengibre tiene mas valor dos ducados en cada quintal que el de Sto. Domingo, pero el del Brasil es mejor que todos. Los principales frutos en que se funda el comercio de esta isla son gengibre, cueros y azúcar (le que hay siete ingenios. Cuatro en el rio de rio de CanoBayamon, dos en el rio de Toa y uno de agua en bana; que otros cuatro que habia, dos en el rio de Luysa, (1) uno en el Pueblo Viejo y otro en el rio de Toa Arriba, se han desecho, unos por las invasiones de los enemigos y otros por mayores conveniencias (le sus dueños. Tambien hay otros trapiches que hacen melado en la Villa de San German y Valle de Coamo, y las cañas se dan con tanta fertilidad que no necesitan de riego ni de sembrarlas mas de una vez, que en cortándolas, vuelven al año á crecer de la mesura manera que de antes y dura un cañaveral sesenta y setenta años.—El gengibre se da en gran cantidad habiendo año que se han cogido 14 mil quintales en toda (1)
Río de Loiza.—C. y T.
261 la isla, pero con la guerra 6 la abundancia se le ha minorado el precio, con que ha dejado de sembrarse, y este año de 1646 solo se han cogido cuatro mil quintales; y se ha esforzado la siembra del cacao de que habrá dentro de cuatro años cantidad para poder cargarse bajeles, y se da con las ventajas que los tiernas frutos, y al presente se coge alguno mas no bastante para poder hacerse comercio. Los cueros suelen llegar á 8 y 10 mil los que se cargan cada año para España y son de condicion razonable y los morrudos buenos y todos bien beneficiados. El tabaco, de diez años á esta parte, se ha comenzado á sembrar y embarcarse para fuera de la isla, dase con grande fertilidad y es mejor que el de la Havana, Santo Domingo y Margarita, exceptuando el de Barinas, y vale la libra fi dos reales. Hay escelentes maderas para fábricas de navios y galeones, de que se han hecho algunos de porte de ochocientas y novecientas toneladas, y se pudiera poner Fábrica Real en esta isla; donde con mucha comodidad se labrarian para las armadas de S. M. con solo traer jarcias y velamen. Asi mismo hay en la isla grandes minas de oro, cristal y cobre, que no se benefician por haber faltado los indios naturales, y en la Villa de San German una salina de que se pudieran cargar cada año cien galeones de sal, y en el Valle de Coamo un baño de agua que de un risco arroja dos caños, el uno mas caliente que el otro, y es salutífero para humores gálicos y enfermedades de miembros tullidos, donde van muchos enfermos y. quedan sanos. —Las frutas de esta isla son mejores y mayores fique las de las otras islas; y las de España que se dan son ubas, higos, granadas, y estas buenas como las de Palma y Cordova de España; se dan tres y cuatro veces al año; y trigo, cevada y millo se ha sembrado y da muy bien. (1) Pero la flojedad de los naturales no continua el sembrarle y así no se coge para el sustento ordinario, y por no dilatar la narracion 6 description de la isla que necesita de tratado copioso, vengo á la península en que la Ciudad está fundada, que es en la manera siguiente: DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO.
su
Península de Puerto Rico.—La Ciudad de Puerto Rico al descubrimiento se fundó en la banda del sur, á la principio de tierra firme de la isla, una legua de la báhia que hoy es el principal puerto, con nombre de la Villa de Caparra; y de este nombre hallo en Antonio de Lebrija que hay una ciudad en Castilla junto á Ciudad Rodrigo, que se llama Caparra, y las Ventas de Caparra; y como era costumbre de los españoles en los nuevos descubrimientos, poner los nombres de las tierras de donde eran naturales, pudo ser que en el principio de su fundacion, algunos de los españoles principales le pusieren este nombre por que no le habian de dejar el nombre de los indios fundándola con el (1) Desde el principio de la colonización de la isla se empezaron a traer toda clase de semillas de España. Aquellas que el clima les fué favorable pronto se dieron, las que le fué adverso se abandonó su cultivo. Está equivocado el autor en lo que dice respecto al trigo, cebada y millo. $e da, pero al llegar a espigar las espigas salen vanas.--C. y T.
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DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIi DAD DE PCERTO RICO.
nombre de Villa. 1 ) En ella se labraron algunas casas de piedra de que hoy parecen cimientos y se hallan ras=tros aunque pocos, y porque los que sacian en dicha Villa no se lograban It causa del viento sur, que corriendo sobre la tierra, era tan enfermo que ocasionaba niot I celo en los niños i _') despees (le diez ó doce año se mudaron á la península en que hoy está la Ciudad, que bañada del viento este que es la brisa y corre de la mar, es saludable y alegre. Esta peninsula se abrocha á otra con una puerta, que llaman de los fioldados, porque en dila se hacen guardias y se tiene un fuerte (:;I para atalaya dcl enemigo si intentaren venir por la tierra, para que cortando la puente, den aviso a la Ciudad que está media legua distante. I)e esta segunda península, corre á la tierra firme de la isla, otra puente mayor, que llaman .ifartin Peña, porque debió de ser su artífice, y así se quedó con el nonibre. En la tierra fi rme de la primera puente hay una fuente de agua dulce que cn tiempo de seca, que falta el agua de los algibes de esta Ciudad, la socorre; y corre por dos caños poco menos gruesos que la muñeca y nunca, aunque se adelgazan á menos que un dedo. se ha visto faltar el agua: háse tratado de traer á la ciudad y por estar mas baja no se ha ejecutado. (4) Será poblacion esta ciudad de 300 vecinos con razonable casería de piedra y alguna de tabla, que llegan It cnatr•otientas: los materiales para fabrica de ellas son los mejores de las Indias, y tan cerca, que dentro de la ciudad se halla todo el h inter•ial necesario, y las máderas :t menos de dos leguas. Consta de diez regidores, alferez maver, alg:.acU mayor y depositario general ; con election (le alcaldes ordinarios y otros dos de la Santa Hermandad, un procurador general, un fiel executor y un rnayordonio de ciudad con su portero; y á todos los cabildos preside el (lobernador.— Las armas que tiene le dile C. M., año 1511, siendo procurador un vecino llamado Pedro Moreno; son: un escudo (de San .luan que es su patron) con su banderilla, y el cordero sobre un libro, y todo sobre una isla verde que es la de Puerto Rico, y por los lados una F. y una I. que dicen Fernando y Isabel, los Reyes Católicos que se las dieron y hicieron igual en todos los privilegios y mercedes á la isla Española, como lo dice Antonio de Herrera en su Crónica general de la-s Indias. (5) La infantería es de 400 soldados con dos capitanes, un sargento mayor y tin castellano en la Fuerza de San Phelipe del Aforro, que se hizo antes de la cerca de la ciudad, y para su planta mandó S. M. al maese de campo Juan de Tegeda, cuando vino por Gobernador á la Ha(1) Ponce de León propuso en 1500 a fray Nicolás de Ovando, que gobernaba en La Española que pusiera nombre al nuevo pueblo de cristianos en Boríquén y Ovando dispuso se llamara Villa de Caparra. Al dar cuenta al Rey, este ordenó se pusiera Cibdad de Puertorrico.—C. y T. (2) Error.—El lugar es sano. El primer obstáculo era la distancia del puerto y los malos caminos.—C. y T. (3) Fuerte de San Antonio, que prestó buenos servicios, cuando el Sitio de los ingleeee a San Juan. Se derribó en 1SI7.—C. y T. (4) La fuente de Mirafloreai.—C. y T. (6) Véase, Boletín Aiatórlco tomo IV pág. 216.—C. y T.
nFSCRIPC7((N DF. LA 15t.A Y CILD,\U nE PI'ERT+) 1111 '.
a
la
,
vana, que pasase por este puerto e cou .luan lieli sil i1)ttenierO mayor la designare, como la hizo el l:, l, y así esta flauta y la del Morro de la llavana. Inc p:uccen 11110, con diferencia de iple esta fuerza es mayor, pot•(lue tuvo mas planicie por donde correr, y la de la I1av'aua mas fuerte, por ser por la mar y la tierra fun dada sobre peñas que hay : esta solo por la banda (le la uu(r. liase gastado en dicha fábrica del Morro, :(Vigile le falta la entrada cubierta otros reparos• tul (Iiilloll y norreo trto5 mil duendos, y si se acabare, llegara a dns Illillnues sin lo (lile ha costa(to la ('(I'ta, que con lo que hait (10(11) lo• vecinos en \eles. pasa (le dosricntos mi/ ducados: tit h e (lich;t cerca (II' anlbitll . . . La l'ncrza del Morro dicho, tiene ucbcnta y cuatro piezas de artilleria, y apunas piezas gile arroja treinta libras de bala las Set cnt;I 5(111 de bronce y las otras (le hierro colado. I:II la ciudad h;(' 1gleia ('atltedral, antiquísima, y que COI)lenz cou gran fahrica, sí P acabara. Es sil patron y titular el señor San .luan BanI isla y Iicue por armas un cordero c•url di:]denl:l sobre unos islotes. El cordero, atravesado cou una cruz, metido dentro de un círculo que tiene estas letras : .1oauues est uo(uen ejes. ( 1 1 ti n obispado tiene corta renta con sus prebendados, que son ocho, por(luc :rinlque eran nueve, se mmudñ consllulir una canon,í:t para la lnquiasí hay de:l n, arcediano c sicion, habrás ocho ó nueve años: chantre, tres can(inigoc y (los racioneros, pct•liguero y portero. Los réditos de Misas de ca pella nís(5. c:lnta(las V re•ra(las. que tiene la Iglesia son Veinte 1/ seis util y doseirntos I•cales de I(lat(I. Los diez 1/ seiS Illil de IIIdOls (011(0(1(1.1, y los tlie: mil I/ dnsrirntos de misas rezadas. y esta es la principal renta con que cor•tanlcnti se sustentan, por que los diezmos valen uluy poco: y así tienen suplicado á S. M. se la acreciente, y parece justo. Eu esta Soulta Iglesia aunque no hay car!orlgía uutgistral, Iicue ¿lotacion (le cie,I dueadoR de renta cada año para un Maestro de (Ir:uuat¡ca, que la lee de ordinario :í los hijos de los vecinos de ella, y se para la dicha renta con título de .Muestro de Grarntítieu.--El convento del señor Santo Thomas del orden I►unlínico, tanlbien tiene munlitlld (le lo que :í la iglesia; es chas capellanías que voidt•an convento grave y en tal asiento fundado, que nnleVe Ii devocion juntamente con las imagencs dite ti, Iic. entre l:!s ((lates esta en el altar del señor San .loseph, Nuestra Señora de Bet len. un cuadro pegneño como de tres cuartas y a lit i(luisimo, pero tan 1111(1O y IUCidO COII1O si acabara de hacerse, ha\'icn(lo alas de cien años que eslIt en el dicho cont•cnto: esta santa inl:lgen estuvo muchos años eu el dot•ulitorio del ('onvento en altar particular. y por tradition se tiene, que le cantaban algunas rloclu•s 111111 tines los ángeles, y siempre los religiosos (le aquel Convento y vecinos la han tenido v tienen en milla vcneracinu. Tambien hay otra imagen mas nueva, de bulto, que se trajo ha treinta y cuatro años de Sevilla, que es de la advocacion de Nuestra Señora de Candelaria; y estando IIn uavio para quedarse en aquella
paq.
(1) No se conoce la ltcal Chdula de la concesión de este escudo. —La real cédula del Escudo de Armas de la Isla lo hemos publicado en 216.—C. p T. este Boletín Hiatórico, tomo 4n,
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DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO.
es
flota por la mucha agua que hacia, asi como entró la Imagen Santísima estancó el agua y hizo el viaje hasta esta ciudad sin volver á hacer agua, y en esta ha obrado muchos milagros y conmigo dos, que por la brevedad no refiero, pero es cierto que sino fuera ansi no lo dijera, y siendo necesario, lo juro, y suplico no se deje de hacer memoria de estas dos devotas señoras, la de Betlen y la de Candelaria, del Convento del señor Santo Thomas. Los religiosos ordinarios son treinta, porque hay casa de Noviciado que alcanzó el Provincial de esta orden, fray Jorge Cambero, como natural de esta ciudad, el año de 1645, que aunque la hubo antiguamente, se habia redúcido á Santo Domingo, y ansi mismo puso Casa de Estudio de Artes y de Gramática para los novicios y vecinos de la ciudad que quisieren estudiarlas, y hoy se está fabricando nueva casa de Noviciado, para que en ella se hagan generales para los estudios.—El Convento del señor San Francisco es nuevo, que la licencia se alcanzó el año de 1642, aunque los religiosos vinieron antes ocho años, con intento de fundarlo á instancia de D. Francisco de Villanueva y Lugo, depositario general de esta ciudad, que se halló el año de 1633 en la de Santo Domingo, y por devocion del nombre y del Santo, pidió á los religiosos que iban á hacer su capitulo á la ciudad de Caracas, tratasen de fundar en esta ciudad; y así lo hicieron, á que ayudó el obispo D. Juan López Agurto de la Mata, que se halló entonces en la visita de la isla Margarita.—La licencia para el Convento de Monjas que se suplicó á S. M. se fundase en esta ciudad, se alcanzó el año pasado de 1646. La fecha de la cédula en Zaragoza á 1° de Julio: concedió tres monjas de Sevilla del orden del Carmen calzado, que asi lo quiso doña Aná de Lanzos, natural de esta ciudad, que es la persona que con su hacienda se ha ofrecido á ser su fundadora; tiene fabricada la casa para el dicho Convento junto á la Iglesia Catedral, en casa particular suya y que antes fué Colegio de Estudiantes donde se lefa Gramática, con vocacion antigua del señor San Ildefonso, y por ser de la Iglesia se vendió con otras que tenía por parecer al obispo I). Juan Lopez Agurto de la Mata que era de mas útil á la Santa Iglesia de esta ciudad; y en ella hay dos hospitales, el uno de la vocacion de Nuestra Señora de la Concepcion, fundacion de un vecino de los antiguos y ricos llamado Francisco Juancho, vizcaino de nacion, pero no se hallan papeles de la antigüedad, aunque tiene descendientes legítimos en esta ciudad. Las elecciones de diputados y mayordomos se hacen por los cabildos eclesiástico y secular, alternando cada un año. Tiene este hospital, capellan con cien ducados de renta y casa y servicio, y renta de tributos con que se sustenta, y indulgencias á los que murieren, lo que no se sabe mas que por tradicion, por haberse perdido los papeles, y que algunas personas principales, por gozar de dichas indulgencias, se hacian traer á morir en el dicho hospital. Otro hospital hay más nuevo con vocacion de Santiago, de S. M., y la renta, que es de la Infanteria del presidio: la casa de la misma Infantería, que de sus sueldos lo sustentan, y Cambien algunos tributos, que á los principios pusieron sus fundadores, aunque pocos.—Hermitas hay, la de señora Santa Ana,
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265 señora Santa Bárbara, señor San Sebastian, y habia la de señora Santa Catalina, y porque cayó fuera de la muralla, la deshizo D. Iñigo de la Mota Sarmiento, Gobernador que fué de esta ciudad, y sobre la misma muralla le hizo otra capilla y altar donde se celebra su fiesta en su dia.—En la isleta en que está fundada la ciudad, que será de media legua de largo, no se halla agua manantial y así se han hecho en las casas aljibes, y cuando falta se acude á la fuente que está media legua, y por mar y tierra se trae á la ciudad; y tambien del rio que se llama Bayamon, que sale á la misma bahia de frente de las Casas Reales del Gobernador, y de oti'o que llaman Rio Piedras que tambien sale á la misma bahia; y ambos son de excelente agua, porque todas las de la isla, como son de oro, se tienen por bonísimas y muy digestivas, pero la mas delgada, habiendolas pesado todas, fué la del Aybonito, cerca del Valle de Coamo, como dos leguas; y despues de esta, la del rio Unan avibo, que es donde está fundada la Villa de San German, y tiene este rio piedras salutíferas para mal de hijada, flujos de sangre. dolores de cabeza y hacen venir la leche á las mujeres paridas que no la tienen, y otros males de estómago, y diversas enfermedades, así se llevan á todas las partes de estas Indias y á España, por ser la virtud suya conocida en todas ellas. En dicha Villa de. San German hay tres cosas de grande estimation que son el rio Guana.aibo, de agua muy saludable, una excelente campana, y ulla imagen de la Concepcion en lienzo de admirable mano y hermosura, que está en el hospital de la dicha Villa donde hay tambien un Convento del orden de Santo Domingo; y en la Aguada hubo en los principios de su fundacion otro Convento del señor San Francisco, que es el que ahora se ha transferido á esta ciudad, con pretexto de reedificacion por la contradiccion que le hicieron los frayles Dominicos, y. deshizóse aquel Convento porque los indios caribes, que entonces infestaban mucho la isla, martizaron cinco religiosos á flechazos de que no he podido saber los nombres por la antigüedad y falta de archivos y papeles, pero es cierto que fué la causa de su despoblacion el martirio de estos santos religiosos, que como entonces había pocos y. eran menester para obreros de esta nuestra viña del Señor, quisieron guardarse para confesores, los que quedaron, más que para mártires. Tienen en dicha Villa una imagen en el sitio que llaman el Hormiguero, de la vocacion de Nuestra Señora de Monserrate : es pintura del grandor de 'tres cuartas de largo, en hermita particular, y con tributos para su renta: de gran devocion y algunos milagros: y dejando de referir muchos, fué notorio que el mayordomo de dicha Capilla, llamado Giraldo Gonzalez, tuvo entre otras una hija que, de edad de ocho años, se le perdió en los montes que en aquella parte son de grandes sierras y alturas, y enviándola á buscar á muchas personas, al cabo de quince días hallaron la niña buena y.contenta, y la ropa sana, como cuando se perdió: y preguntándola como había vivido sin sustentarse, dijo, que una mujer la había dado de comer todo aquel tiempo, alhagándola y acariciándola como madre: de que se entendió ser la de misericordia y Virgen de Monserrate, de quien el dicho su padre era devoto, y funda-
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dor (le la permita que hoy tiene cre('ida su devocioI► Con milagros que obra con la gente de aquella Villa cada día. Es poblacion la dicha Villa de San German de doscientos vecinos, v está sugeta al Gobernador y Capitan general de esta ciudad, que pone TI►eniente de su mano, pero t iene jurisdiccion separada, regidores v alcaldes ordinarios, que cono Villa elijo cada año, con alferez real y alguacil mayor y escribano de cabildo y público. — El Valle de San Rlos de Coan(o tiene otra hermita, demos de la Iglesia, con vocacion de Alta Gracia, y tambien y de gran devociot►, y su imagen, pequeña de bulto, de tamaño de una vara, y tiene tributos con que se sustenta la lampara que es de plata, cono la de la iglesia del dicho Valle, y está veinte leguas de esta ciudad, y será poblacinn de ('jell vecinos. — La otra poblacion, que está doce leguas (le esta ciudad, se llama a Phcljpe de! Arecibo: mejor río con el mismo nombre, de quien lo tomó el puetiene blo (1 ) , que yo creo que es el mejor que hay en la isla : ancho, claro, bajo, de buen agua y buen pescado y su ribera es de las mejores para la labranza de gengibre y Bacan de cuantas hay en la isla: el puerto es de costa brava, y asi los bageles, paran poco en ('1 porque cualquiera norte los echaría á la costa de fuera. Es tan hermosa la vista, que los enemigos la llaman jardin dorado, y el rio donde está poblado el lugar, que será de cuarenta vecinos, por media legua corre tan h la orilla de la finar á donde sale, que no hay más de la mar al rio, de como cuarenta pasos, que es de grande alegría h los que miran ; y es de manera, que podrán pescar con cordel, á un misn►o tiempo. en la mar y en el río, mas de media legua (le la boca, que no se podrá hacer en otro rio de la isla. Tiene este lugar, (lemas de la Iglesia, otro hermita de Nuestra Señora del Rosario, donde van las procesiones, y con renta y capellanía de n►isas que dejó rio vecino y natural de aquel pueblo. llamado .Juan Martin de Benavides. i►e este lugar hubo una inujer llamada Gregoria llernández que murió de mas de ochenta :ufos, y se enterró el de I(9, que iuurió en esta ciudad, en el Convento del señor Santo Thomas de Aquino: de quien su confesor, que era un religioso del mismo Convento, que ya es muerto, decia grandes cosas de su virtud y revelaciones, y de su vida dicen otras virtuosos mujeres, que vivian ('on ella, que era de gran santidad y penitencia, y lo que vió toda la ciudad es que era humilde: y pidihndola su marido, que llevado de su capitan de Infanteria, valor natural se fu(" á Italia, donde y se llan►aha \'illadres, dos hijos que tenia solos, y enviándoselos á España los cautivó un novio de Turcos á entrambos, y viniéndole la nueva de tan fuerte dolor jamás lo mostró, ni impaciencia, sino una conformidad con la voluntad de Dios, que admiraba á los que la conocían ; y su virtud era tan solida y sufrida, que siendo pobrísin►a, jamás salia de casa sino era á misa, ni pedia á nadie limosna, sino solo pasaba con la del Convento de Santo Domingo, cerca de donde vivia, que parece que imitaba a la beata María Raggi de Roma, y creo que no ha de ser menos la gloria (1) Error. El rio se llamaba por los indigenes Abacoa. El pueblo tomó nombre del cacique Arasibo.--C. y T.
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de esta buena mujer por las virtudes de paciencia, humildad y pobreza que toda esta ciudad conocia en ella. — I)e milagros no hay mucho que decir de esta ciudad como de todas las (le Indias, lo dice el padre maestro Bictoria, si bien en su descubrimiento fué milagro la previa disposicion cor► que movió Dios los Reyes Católicos Cristobal Colon su primero descubridor, para una empresa tan de esperanzas fáciles y así se puede decir en la conversion ele estos naturales digitux Th i est lié. V con Baltasar Chanasio De postra vere Religinnix, en el capítulo último de su libro 4°: Si aliquo ext nrihi quod rolo: si pullo hoe ipsuin maynunr• est rniraculum potuisse eonverti sine iniraculo; y si algunos naturales no se convirtieron de todo corazon, por su inocencia y simplicidad, menos se les pode:í hacer el cargo que dice San Juan, capitulo 12: Cunr tanta signa freisset eoranr cis, non erediderunt in eunr. Un milagro hallo comprobado en el libro de Nuestra Señora de Guadalupe, que fué cuando en la tormenta rigorosa de San Bartolomé, que hubo en esta ciudad, ha más de 70 años, se llevó el aire una criatura, que pasaba de una casa a otra, y encomendándose á la Virgen de Guadalupe, de allí á tres días se halló viva y sana debajo de una teja. La Virgen de la Candelaria ha hecho aqui algunos milagros, y el señor Santo I)oruingo, que tiene altar y cuadro particular en el Convento del señor Santo Thomas de esta ciudad. Pero como no están comprobados no n►e atrevo á Ponerlos por verdaderos y no es la menor alabanza de la fé de estos vecinos y naturales. que creyesen, eon►o dice San (Iregorio en el libro 9 epistola 58, y el venerable Beda en el libro 1° de la JIistoriu Anglieunu, que fué menester cn Inglaterra al principio de su conversion, } el cardenal Baronio en los Anales ele la Iglesia, año de I;a_', que fué ►uenester en holanda. En bien dilatados discursos se pudieran esplavar las noticias de esta Isla, pero en historia general, que ha de tener concisas las relaciones, no podrá gozar de tanto lugar, y así lo hago de los obispos que ha tenido desde su principio y descubrimiento, admitiendo con Antonio de Herrera en su historia General de las liIndias, que el primero que pasó á ellas desde España fué cenciado D. Alonso Manso, clérigo canónigo, y natural de Salamanca, que con retencion de la eanongia, aceptó el dicho Obispado: y asi fué esta isla la primera que recibió bendicion episcopal sobre la haz de su tierra, en todas estas Indias Occidentales y Nuevo Mundo descubierto. El dicho Obispo sobre diferencias de los Diezmos personales que pedía, volvió á España: y mandándole S. M. venir á su Obispado le hizo merced de título de Inquisidor, que siendo el primero que hubo en estas partes, podemos decir que lo fué general en estas Indias: y asi de todas ellas se traían los delincuentes y se castigaban, quemando y penitenciando, á cuya causa hasta hoy está en pié la cárcel de la Inquisicion, y en la Iglesia Cathedral hasta la venida del enemigo holandes Boduyno Henrico, el año de 625, se vejan muchos sambenitos colgados detras del Coro. Murió dicho obispo en esta ciudad y se enterró en su Cathedral, donde hasta la venida del dicho Boduyno Henrico se conservó al lado derecho del Evangelio un nicho con figura de Obispo, de alabastro y un cordero á
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los pies, la cual figura deshizo dicho enemigo. (1) En tiempo de este obispo destruían las hormigas la yuca, que es de lo que se hace el pan ordinario, que llaman cazabe: sacóse por suerte por abogado al señor San Saturnino, y cesó luego la plaga: después hubo otro gusano que se comía la dicha yuca, y echando nueva suerte salió el señor San Patricio: más pareciendo al obispo y cabildo eclesiástico que ese santo era poco conocido y estraordinario, se volvió á reiterar la suerte tres veces, y siempre salió el mismo: con que teniéndole por notorio milagro, se tomó por abogado del dicho cazabe, y se le votó fiesta en ambos cabildos, haciéndola la ciudad, con misa, sermon y procesion, con que hasta hoy se celebra y guarda, sin que haya havido falta notable (sino en las tormentas) del dicho cazabe: y porque se ha enfriado algo el afecto de los ánimos en su celebration, aunque siempre se ha continuado: este año de 1641 comenzó otra vez el gusano á comer la yuca, y haciéndole mucha fiesta con tres procesiones, cesó luego, y ha vuelto á reverdecer la yuca, que son los panes de estas partes, con admiracion de los labradores, dándoles á entender que los santos no se enojan, pero que se obligan. — Sucedió en la silla episcopal al dicho licenciado D. Alonso Manso, clérigo y canónigo de Salamanca, el maestro D. fray Manuel de Mercado, del orden de San Gerónimo. No murió en esta ciudad, pero no se sabe donde fué promovido, ni se tiene noticia de sus obras, por la falta de papeles que tienen los archivos, con los sacos y invasiones de los enemigos, que han robado dos veces la ciudad. Su Crónica de San Gerónimo dirá su promotion y cosas particulares á quien me remito. (2) —Al dicho maestro fray Manuel Mercado sucedió D. Rodrigo de la Bastida, clérigo y dean de la Catedral de la isla de Santo Domingo de la Española, y natural de ella, (3) de donde fué promovido por obispo de Caracas, provincia de Venezuela, de quien escribe Antonio de Herrera, en su General Historia, que tuvo una vacada que en veinte años le valió 800 ducados de plata: en tiempo de dicho obispo se debió de hacer, ó por lo menos comenzar, la capilla mayor de la Iglesia Cathedral, porque en el principal testero de ella, están labradas en piedra las armas del señor Emperador Carlos V y debajo la del dicho obispo D. Rodrigo de la Bastida, que son: un escudo en cuarteles, en los dos una estrella, y en otros dos una torre con una bastida 6 grúa que sale de una ventana de ella, y á la puerta un leon atado con una cadena. La fábrica de esta dicha Iglesia se dejó á las dos primeras capillas colaterales que siguen á la mayor, creo que porque faltando los
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(1) Manso era natural de Becerril de Campos. Falleció el 27 de Septiembre de 1539.—C. y T. (2) A Manso sucedió en Obispado D. Rodrigo de Bastidas y a este el f₹anciscano D. Francisco Andrés de Carvajal, natural de Alcántara, que rigió la Diócesis un año y fué promovido arzobispo de Santo Domingo el 4 de Noviembre de 1668, donde falleció en 1586.—Mercado fué electo en 1570. Tomó posesión en 1572. Fué trasladado a Panamá en 1577.—C. y T. (3) Bastidas, según investigaciones hechas por D. Salvador Brau, era natural de Sevilla como su padre. Documentos coetáneos lo dan por natural de Santo Domingo. C. y T.
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indios, se dejaron de labrar las minas de oro, que es el que levanta los ánimos, y es torre que dá fortaleza segun lo de el Eclesiastieo substancia divitum urbs fortitudinis ejes, timor pauperum egestas eorum: y si como se comenzó dicha iglesia, se executara hasta el fin, fuera segun parecía en la planta que yo vi de ella hecha en pergamino, tan grande como lo es hoy la de Sevilla. Dicho obispo D. Rodrigo de la Bastida, fué promovido á la silla arzobispal de su patria, Santo Domingo, donde murió, dejando en ella un mayorazgo de casas y otras haciendas, que gozan hoy en la ciudad sus herederos y descendientes.—Al dicho arzobispo D. Rodrigo, sucedió en esta silla obispal de Puerto Rico, D. fray Diego de Salamanca, del orden de San Agustín, que fué el que hizo, á su costa y expensas, las gradas de fuera de la Iglesia Cathedral de esta ciudad: obtuvo licencia de S. M. para volverse á Espafia, como. lo hizo y murió, dejando casada una sobrina que trujo consigo, en esta ciudad, de que hay sucesora en la de Santo Domingo: quedó su Provisor y Gobernador del Obispado, Gaspar de Santa Olaya, canónigo de esta Cathedral. (1) —Al obispo D. fray Diego de Salamanca, del_ orden de San Agustin, sucedió rn el Obispado, D. fray Nicolás Ramos, del orden de San Francisco, y natural de Carrion de los Condes, en Castilla: hombre tan virtuoso, que no se entendió solicitase el Obispado, por que se le dió sin pretenderlo, dicen que él decía ser de humilde linaje y hijo de un carbonero, y así era de condicion llana y afable: era gran letrado y escrivió mucho, pero por ser muy viejo no se pudieron leer sus cuadernos, por lo temblado de la letra, con que fué más arcano y misterioso en lo escrito que en lo razonado. En el oficio de Inquisidor, que hasta entonces lo tenian los obispos de esta Isla, desde que se concedió á D. Alonso Manso mostró severo y vigoroso, como lo etI su primero principio, pide su recta administraciori. quemando y penitenciando en los autos que hacia, algunas personas, y hasta hoy se conserva el lugar del Quemadero, que cae fuera de la puerta de San Cristobal. Fué promovido dicho obispo á la silla arzobispal de Santo Domingo, donde murió con opinion de virgen, guardando siempre el tomar dinero, y una vez que de su instituto de su orden en renta le llevaron trescientos pesos, 198 mandó poner debajo de su cama, y media noche hizo que los sacasen y repartiesen á los pobres, testificando que no había podido dormir hasta aquella hora, por el cuidado y escrúpulo que le ocasionaba el dinero: y con ser tsa gran letrado no conocia el valor de cada moneda, como no la habia tratado por toda su vida, que creo fué bien (1) Salamanca tomb posesión de su diócesis el 17 de Agosto de 1577. Octuvo en Julio de 1579 la real cédula de fundación del Valle de San Blas de Illeseas, hoy Coamo. Su sobrina Doña Ana de Salamanca casó con Juan Ponce de León y Loalza, hijo de Juan Troche y Ponce de León, que se llamó, después de la muerte de su consorte Doña Isabel de Loalza, el Preebitero Juan Ponce de León.—C. y T.
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aventurada conforme á su buena fama. (1)—Al arzobispo D. fray Nicolas Ramos sucedió en este Obispado, el Doctor D. Antonio Calderon, clérigo y arcediano que fué de la Cathedral de Santa Fé, en el Nuevo Reino. Era natural de Baeza, y viniendo á este Obispado, en una isla, 24 leguas de este puerto, que se llama Santa Cruz, le tomó un enemigo inglés llamado Santa Cruz, dia de la Cruz, y el bajel en que venía embarcado se llamaba Santa Cruz. Lo más estimable que le quitó fué una cruz que traía por pectoral al pecho y se le pudiera acomodar lo del Evangelio: tollat crucem su.am. Pué promovido al Obispado de Panamá, y por su promocion, hubo una larga Sede vacante de trece o catorce años en esta Cathedral, y murió en Santa Cruz de la Sierra, siendo alli obispo. (2) Fue proveído en el Obispado, por promocion del dicho obispo D. Antonio Calderon, D. fray Martin Vazquez de Arce, fraile del orden de Santo 1)oniingo, colegial de Santo Thomas de Sevilla, colegio de su orden, y rector que era en él, cuando le proveyeron. Era natural del Cuzco en el Reyno del Perú y sobrino (le Rodrigo Vazquez de Arce, presidente de Castilla, hijo natural de su hermano. Vino á su Obispado por la isla Margarita, que se incluye en él, donde estuvo tres años, y desde alli á esta Cathedral por el año de 1603, y murió el (le 1609, (3) por principio de Henero : dejó su hacienda á esta Iglesia, que era de veinte mil ducados, por que faltaron algunos dias que hizo testamento hasta que murió: los Oficiales Reales pusieron pleyto por falta de tiempo, como el derecho dispone, pero S. M. mandó con . piedad catholica, se diese á la Iglesia, por ser pobre, aunque la lució poco por estar ya repartida en los prebendados de ella. Man(lóse enterrar en su Iglesia, como se hizo, al lado de la Epístola en bóveda particular, donde estaba hasta que el año de 641 se quitó con la otra del obispo Manso, para acrecentar las gradas (lel altar mayor, y se pusieron los huesos en el mismo altar mayor al lado de la Epistola.—Por muerte del dicho D. fray Martín Yazquez de Arce, se hizo merced de este Obispado al maestro D. fray Alonso de Monroy, del orden de Nuestra Señora de la Merced, provincial en su orden; aceptólo y consagróse, mas no quiso venir á su Obispado, por lo que el Real Consejo de las Indias (como está advertido al principio de la Curia Ecca) mandó que los obispos de las Indias no se consagrasen en España, mas ya se comienza á dispensar, como se ha hecho este año pasado de 644, que vino consagrado de Madrid el obispo D. fray Damian Lopez de Haro á este Obispado, y otros lo vienen por el gasto y riesgo que se ocasiona de irse á consagrar á otras partes. El dicho obispo D. fray Alonso de Monroy murió en Sevilla, donde está enterrado en su Convento de la Merced, con losa en su sepultura, (1) El obispo Ramos tomó posesión el 12 de Enero de 1591. Se formularon cargos ante el Rey de su modo de proceder como Inquisidor. En este Boletín Histórico hemos publicado una carta de dicho prelado al Rey protestando desde Santo Domingo de los que se quejan en Puerto Rico contra él, como Inquisidor, y que se les debe castigar con mano fuerte.—C. y T. (2) Tomó posesión de su Diócesis en 1593. Fué electo el aao anterior. Falleció en el Pero.—C. y T. (3) El 13 de Enero.—C. y T.
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a
271 que dice haber sido electo y consagrado obispo de este Obispado, la cual yo vi en la ciudad de Sevilla.—Al obispo D. fray Alonso de Monroy, que no quiso venir á su Obispado, sucedió el maestro D. fray Francisco de Cabrera y Cordova, natural de la misma ciudad y del orden de Santo Domingo, del Convento de Santa Maria del Monte, de su orden, que está fuera de dicha ciudad de Córdova : era hermano de D. Alonso de Cabrera, del Consejo Real y de la Cámara de S. M., y vino el año de 610 y fué promovido el de 619 al Obispado de Truxillo, en el Perú, porque el año de 612 se dividió dicho Obispado, como el de tluamanga, de el de Cuzco, que lo tenía todo antes, como dice Solorsano Pereira en su libro De Jure ludiarum.—Por promocion de dicho maestro D. fray Francisco de Cabrera y Córdova, se proveyó este Obispado en el maestro D. fray Pedro de Solier, del orden de San Agustin: hombre mozo y gran predicador, del lugar de Barajas, cerca de Madrid. Vino su Obispado el año de 615, y en él fué la rigorosa tormenta que sucedió en esta isla, despues de mas de 40 años que había pasado la de San Mateo, que llaman, y esta fué á 12 de Setiembre. Hizo tanto daño á la iglesia Cathedral, que fué necesario por una parte cubrirla de paja, y avisar á S. M., suplicando la hieciese una limosna para su fábrica: y concedió cuatro mil ducados con su acostumbrada grandeza: y con ellos, y lo que debian los prebendados, desde el tiempo del almoneda de la hacienda del obispo 1). fray Martín Vazquez de Arce, se hizo un arco y dos pilares, con que se reparó el Crucero de la dicha Iglesia, y sobre ellos se fundó el nuevo, que el año de 641 se hizo, á solicitud de D. Iñigo de la Mota Sarmiento, Gobernador de esta ciudad, como también la mitad del Convento (le Santo Thomas de Aquino, del orden de Santo Domingo, á espensas de la Infantería del presidio, con precepto de capilla y entierro suyo. D. Pedro de Solier fué promovido, el año de 615, á la silla arzobispal de Santo Domingo, que aceptó con mucho disgusto, y como con espíritu profético adivinó su temprana Illuerte, que fué á los dos ó tres años de su arzobispado, de edad de 46 años.—Al dicho D. fray Pedro de Solier sucedió el Doctor D. Bernardo de Balbuena, natural de Valdepeñas, en la Mancha, clérigo abad de la isla de Jamaica, de donde vino rico. 1'retendiú hacer un convento de monjas Bernardas en el lugar dcl Viso, en Extremadura, y aunque envió muchos frutos y dineros en los navios que salieron aquellos años de este puerto, los mas se perdieron, con que conociendo que Dios, Nuestro Señor, quería quese gastase la renta en utilidad de la parte donde se ganaba, mudó de parecer, y muriendo el año de 623, (1) mandó su hacienda á la Iglesia, con cargo de que se labrase una capilla al señor San Bernardo para sagrario: y en ella se colocasen sus huesos, dotando la _lámpara del aceite que pudiera gastar cada año: y en cada primer domingo de mes se le dijese una misa cantada: y el dia del señor San Bernardo otra, con sermon y vísperas como todo se hace. Tambien los Oficiales de la Real Hacienda pusieron pleyto al testamento de dicho obispo, por decir no era valido su otorgamiento: y S. M. (1)
Error. El 11 de Octubre de 1627.—C. y T.
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no
mandó, se diese la hacienda á la Santa Iglesia. Vino á su Obispado el año de 623, y el de 621 mandó Su Santidad y Su Magestad celebrar Concilio Provincial en la Metropoli de Santo Domingo, y que acudiesen los obispos sufraganeos, y así fué á él, D. fray Gonzalo de Angulo, obispo de Caracas, por su Iglesia, y por esta que estaba Sede vacante, el racionero Bernardino Riberol de Castilla, y por la de Cuba el dean D. Agustin Serrano, con poderes de D. fray Alonso Enrriquez de Toledo, su obispo, que se escusó por su vejez y poca salud. Este Concilio se llevó á España y le presidió D. fray Pedro de Oviedo, arzobispo de la metropoli de Santo Domingo, grande letrado y catedrático de Alcalá. Pero hasta ahora no se ha confirmado.—Al Doctor D. Bernardo de Balbuena sucedió en el Obispado el Doctor D. Juan Lopez Agurto de la Mata, clérigo, natural de Tenerife, en las Canarias. Fué primero dean de Mérida, en la provincia de Yucatán. Pero antes de venir á su Iglesia le hizo merced S. M. de una racion en la de Tlaxala, y estando en ella vacó la canongia doctoral de aquella Iglesia y por oposicion se la llevó. Hízole S. M. merced del Obispado, y cuando tuvo la nueva, dió seis mil ducados de limosna al gran santuario de Nuestra Señora de la Candelaria de su tierra y aquí hizo muchas á la Iglesia y á personas necesitadas. Era hombre entero, ajustado de vida, y como dicen los italianos de testa, y tenia otras muchas particularidades de las que pide San Pablo para los obispos, con que no contentó á algunos pareciéndoles muy severo para lo relajado y infeliz de estos tiempos. Visitando su Obispado en la Margarita pasaron los frayles Franciscos de su capítulo, con intento de fundar en esta ciudad un convento, como desde Santo Domingo llevaron acordado, y para la obra de la Casa dió mil ducados de limosna en la Real Caxa, cumpliendo con la obligation de su oficio. Fué promovido á la Cathedral de Caracas, donde murió á pocos años, y era de los mejores predicadores que tenia este Obispado.—Al Doctor D. Juan Lopez Agurto de la Mata sucedió el maestro D. fray Alonso de olis, (1) de la orden de Nuestra Señora del Cármen, y natural de Salamanca: fué antes que religioso, caballero seglar y casado, de cuyo matrimonio tuvo dos hijos: entróse á clérigo en siendo viudo, de donde pasó á ser religioso del Cármen : decia que había dado y recibido todos los sacramentos de la Iglesia Catholica, y como tal y virtuosisimo religioso, murió en esta ciudad, despues de haber venido de la visita de Cumaná, Margarita y demás anexos á su Obispado, en donde bautizó mas de diez mil indios; dejando su hacienda á la Iglesia que le valió llegó á dos mil pesos, y á sus hijos solo en Salatan poco, que manca en el lugar de Retortillo y la granja que ya habia renunciado en ellos cuando se metió á frayle. Está enterrado en el altar mayor de la Cathedral de esta ciudad, y tiene una losa al lado derecho del Evangelio donde fué su sepultura, con el epitafio siguiente: Doctor Don Joannes Ildep1 onus de Boli., far liciore .aeculo vigil toto virtutum cumulo nitidissimum ememplar. Hujus urbis preeul sine exemplo. Die XIX Aprili. aneo (1)
Tomb posesión de su diócesis en 1836.—C. y T.
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1691. Obist ploran dus, cujas in memoriam lapidem huno duraturum minus. ,Coirinus Dominus Ignaceus de a Mata, Sarmiento dedicavit.—Al maestro D. fray Juan Alonso Solis sucedió el maestro D. fray Damian Lopez de Haro, natural de Toledo, y frayle de la orden de la Santísima 'rinidad, provincial que estaba siendo en ella, de la provincia de Castilla, cuando se le hizo la merced del Obispado. Vino á esta ciudad el año de 1644, (1) y luego trató de celebrar Sínodo Diocesano, como lo hizo, el cual remitió á S. M. y lo confirmó y está mandado imprimir. En él se reforman muchos abusos y da asiento á muchas casas que necesitaban detenerlas fijo, y en particular puso precio á las misas de capellanías perpetuas, que hasta ahora era de ocho reales la limosna de la misa, y la subió hasta quince, para que mejor puedan sustentarse los capellanes. Así mismo escribió carta á Su Santidad el año de 1646 sobre el aprieto que se hace á los indios de la Margarita y provincia de Cumaná que es anego á este Obispado, y hasta ahora se está haciendo aquella visita de que se esperan grandes frutos en bien de las almas, y reverencia del Culto Divino y estimacion de sus prelados. (2) Como Juan Ponce de León, capitán del IHgücy en la isla Espa. ñola, fué el primero que tuvo_noticia de esta isla, según Antonio de Herrera en su General Historia, parece que de derecho se le debía su primero gobierno, y así fué el primero Gobernador de esta isla, y era de casa del ayo del príncipe Pedro Núñez de Guzmán, hermano de D. Ramiro Núñez, señor del Toral: en su tiempo, se fundó el primer pueblo llamado Caparra, a la banda del norte, año de 1509. (3) y despues de doce años se desplobó por mal sano. Gobernó hasta el 512: sucediéndole Juan Cerón y Miguel Díaz, por eleccion del almirante Diego Colón, y llego nombró al comendador Mos C080, como dice el mismo Herrera: y creo qué natural de la Villa de Sanervaez (4) y como en aquellos tiempos la mayor ansia de los españoles eran los nuevos descubrimientos, pidió el de la Flo-
la
(1) Tomó posesión el 13 de Junio de 1644.—C. y T. (2) A Damián López de Haro sucedió fray Hernando de Lobo Castrillo, que tomó posesión en 1650. A este siguió fray Francisco Naranjo, que estaba en México y no vino a su Obispado. Gobernó la Diócesis en su nombre el canónigo Torres Vargas. En 30 de Mayo de 1659 tomó posesión del Obispado D. Francisco Arnaldo de Issasi. Murió este Obispo en 1661 y continuó gobernando la diócesis el dean Torres Vargas. En 1664 vino el Obispo fray Benito de Rivas, benedictino; a quien siguió fray Bartolomé Garcia de Escañuela, franciscano. Siguieron: Arista, en 1679; Padilla, en 1684; García, en 1695, que no vino; Valdés, que no vino; López, que no vino; Urtiaga en 1706, que celebró Sinodo ; Caballero, que falleció a las tres meses de haber llegado; Valdivia, en 1719; Pizarro, en 1728, que edificó palacio episcopal; Lozano, en 1738; Segura, en 1745, falleció a los dos meses de haber llegado; Antolino, en 1749; Oñeca, en 1756; Marti, en 1762; 31planta principal del Hospital Miménez Pérez, en 1772; que construyó litar; Trespalaclos, en 1785; La Cuerda, en 1790; Zengotita, en 1796; Arizmendi ( primer obispo puertorriqueño) en 1803; Olmedo, en 1817; Gutiérrez de Cos (fundador del Seminario Conciliar) en 1826; Laborda, en 1833, no vino; La Puente, en 1846; Gí1 Esteva, en 1849; Carrión, en 1857; Puig, en 1875; Minguella, en 1894; Blenk, en 1899; y Jones, en 1907.—C. y T. (3) Herrera dice 1510. Fué a fines de 1508.—C. y T. (4) San Tervás de Campos.—C. y T. 4 18
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el
rida, y S. M. le dió título de Adelantado de ella, y ansi mismo quiso fundar en la Trinidad, (1) pero comenzado la poblacion en verano, con las avenidas del invierno, se inundaron las casas, con que se le frustó el intento y murió en esta ciudad, (2) donde tienen sus descendientes su casa cercada de almenas, y su sepultura en altar y capilla mayor del Convento de Santo Thomas, de orden de Santo Domingo, y en una losa sella: Aquí yace el muy Ilustre Señor Jºnin Ponce de León primero Adelantado de la Florida, primer Conquistador y Gobernador de esta Isla de San Juan. Este entierro y capilla es de sus herederos y el padronazgo de ella de Juan Ponce de Leon su nieto, y sus hijos y de Doña Isabel de Loaysa su mujer.—El segundo Gobernador, que sucedió al dicho Juan Ponce fué el capitán Cristóbal Mendoza, como dice Antonio de Herrera en su General Historia; tuvo guerra con los caribes, que hasta entonces no habían pasado ingleses ni holandeses a estas partes, y se mostró valeroso, buscándolos fuera de la isla hasta la de Bieque.—El tercer Gobernador fué el Comendador Moscoso, que no se sabe su naturaleza, ni de qué hábito fuese, por la antigüedad; y solo Herrera en su Historia dice, que fué Gobernador de la Isla. El dicho Cemendador Moscoso estuvo poco tiempo en el cargo y el Almirante nombró por su sucesor a Cristóbal de Mendoza, etc. (alío de 547).—El cuarto Gobernador fué Francisco Manuel de Obando, caballero gallego, y por ser deudo de doña Teresa de Rivera la envió a llamar a Sevilla para casarse con ella, de donde vino, de la casa del señor duque de Alcalá, donde como a deuda suya la tenía; con ella pasó Alonso Pérez Martel, su hermano, que es uno de los caballeros de que hace mencion Antonio de Herrera, que pasaron al principio del descubrimiento a las Indias. La dicha Doña Teresa de Rivera dejó sucesion en esta ciudad, pero no Alfonso Perez Martel porque nunca fijé casado y murió en la ciudad de Santo Domingo, como el Gobernador Francisco Manuel de Obando en esta de Puerto Rico, por ser muy viejo y con opinion de gran virtud y santidad.—A este Gobernador Francisco Manuel de Obando sucedió el Licenciado Caraza, montañes : era letrado, porque entonces como no habían pasado a las Indias armadas de enemigos, sino cual o cual navío que solo trataba de su mercaduria o rescates, se atendía al buen gobierno de los vecinos, y con estos parece que se entenderían mejor los letrados. A Caraza le prorogó S. M. dos años, de los cuatro porque fué, por su buen proceder, por carta de 10 de Enero de 561.—Al dicho Licenciado Caraza sucedió el Doctor Antonio de la Gana Vallejo, con título de Juez de residencia, que casó en esta ciudad con doña Leonor Ponce, hija del primer Gobernador Juan Ponce: y llevando a España su residencia se ahogó: y con la pena y melancolía de su muerte, la (1) Error. Quien quiso fundar en la Trinidad fué su nieto Juan Troche y Ponce de León, que suprimiendo el apellido paterno se llamaba como su abuelo.—C'. y T. (2) Error. Juan Ponce de León no murió en esta ciudad. Herido en un muslo cuando la empresa conquistadora de la Florida, recal6 a Cuba y murió en la Habana. De allí, su nieto trasladó los restos.--C. y T.
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dicha su mujer cayó enferma, y estando un día en la cama, a medio día entró un hombre en forma de médico con cuello y guantes al modo que entonces se usaba, pero no conocido en esta ciudad, y la visitó, y del temor que concibió con su vista, porque se le desapareció en la visita, comenzó a consolarse y mejoró, que Dios busca los medios que sabe para nuestro remedio. — A este Gobernador sucedió Francisco Bahamonde Lugo, natural de Tenerife en las Canarias, su título en 29 de Mayo de 564, capitán de caballos en Flandes, que fué a aquellos estados con el Adelantado, no traía vara sino la Semana Santa, que en esta entonces todos los Gobernadores la traían como los Corregidores de España: y porque los caribes infestaban la isla por la banda de San Germán, fué en persona a aquella guerra donde le dieron un flechazo en un muslo que estuvo de él oleado,' pero viviendo y acabando su gobierno fué a España, y tan pobre, que una vuelta de cadena que solo tenía, se la dió cuando se iba a embarcar a la mujer de un sobrino suyo, diciéndole: Señora, no me agradezca el darle esta cadena, que no lo hago por servirla, sino por decir con verdad que no llevo nada de l'uerto Rico. Pero no le faltó el premio a sus buenos servicios, que dentro de cinco meses le dieron el gobierno de Cartagena de las Indias, donde murió del trabajo que tuvo en defenderla a Francisco Draque la entrada, que en su tiempo pretendió hacer en aquella ciudad, que por entonces no consiguió.—Al dicho Francisco Bahamonde Lugo sucedió Francisco de Obando por título de 12 de 1575 con 375 mil maravedis en lugar de Francisco de Solis por cuatro años con 775 mil maravedis de salario. Haciendo viaje a la isla de Santo Domingo, a curarse de una enfermedad grave, a la vuelta, le cautivó un corsario inglés, que pidió por él rescate, que se le dió y fueron 4 mil ducados, que. .. . en la Villa de San Gernlán de donde volvió hasta aquí y murió en ella. Era natural de Cáceres en Extramadura. (1) Por muerte del dicho Francisco de Obando gobernó el interín, por nombramiento de la Real Audiencia de Santo Domingo Gerónimo de Agüero Campuzano, caballero vecino de ella.—A este sucedió Juan de So lis, caballero de Salamanca, tuvo pesadísima residencia intentando agraviarle en ella ciertos vecinos de la ciudad, que en hábitos de penitentes le salieron al camino del Convento de Santo Thomas, donde acostumbraba ir a misa, pero no lo consiguieron, y aunque no se pudo probar plenamente su delito, les costó haciendas y destierros por solo la presunción: que en los Gobernadores aún en la residencia resplandece la excelencia de su dignidad y oficio por tiempo (1) En esta serie de Gobernadores, que trae Torres Vargas hay cierta confusión. Desde luego suprime el periodo de los Alcaldes ordinarios que sucedió a los de Tenientes de Gobernadores. El primero de estos, que nombró D. Diego Colón, fué Juan Cerón y el dltimo que lo nombró D. Luís Colón fué D. Francisco de Olando de 1527 a 1537. Los Alcaldes ordinarios eran elegidos por los Regidores perpetuos. Este periodo fué de 1537 a 1544. En esta dltima fecha la Corona nombró Gobernador a Gerónimo Lebrón. Deepues de Moscoso y Mendoza va Sancho Velazquez de 1514 a 1519. La Gama de 1519 a 1521. Pedro Moreno de 1521 a 1529. Y as1 sucesivamente debe esclarecedse esta época.—C. y T.
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de un año, como disponen las leyes.—Sucedió a este Gobernador, Juan López Melgarejo, natural de Sevilla, alguacil mayor por S. M. de la Audiencia de Santo Domingo, y Gobernador por ella, en el interin, de esta ciudad.—A este Juan López Melgarejo sucedio Juan de Céspedes con titulo de Gobernador en 24 de Abril de 1580 en lugar de Francisco de Obando, con 375 mil maravedia : murió en esta ciudad con opinion de santo, y cuando murió toda la gente de ella acudió á verle porque tuvo la cruz en la mano derecha, hasta que lo enterraron, que siendo tan admirable en vida, se puede entender haber nuestro Señor querídola mostrar en esta maravilla. Su hacienda la dejó a los pobres porque ansi lo había hecho en su vida. Su entierro y sepultura está en el Convento de Santo Thomas de la orden de Santo Domingo, junto a la del Gobernador Juan Ponce, con losa y un epitafio que dice de esta manera :Aquí está sepultado el muy Ilustre Señor Juan de Céspedes Gobernador y Ca pitan General que fué por .Su Magestad, en esta isla, y murió el 2 de Agosto de 1581: dejó toda su hacienda a los pobres.—A este Gobernador Juan de Céspedes sucedió Mcnendez de Valdés, asturiano de nación, la cédula en 18 de Junio de 582 con mil ducados, capitan que fué de la Fuerza de esta ciudad, con 50 soldados de guarnicion, que entonces no eran menester muchos. Ni la Fuerza se hizo sino para defenderse de los indios, y despues ha quedado, como se hizo la de San Phelipe del Morro, por casa morada de los Gobernadores, y es de las mejores que hay en las Indias, aunque entren los palacios de los Virreyes del Perú y de México, porque aunque en fábricas y aposentos puedan excederle, en el sitio nunca podrían igualársele por estar en la bahía y entrada del puerto, en un brazo de mar, en la eminencia de unas peñas, colocada con tal disposicion, que se compiten lo agradable y lo fuerte, porque tambien tienen debajo de unos corredores que caen en el brazo de mar, plataforma con artillería, y puertas de un lado y otro, con vista de arboledas y isletas como se podía pintar en el país más vistoso de Flandes. Este Gobernador Diego Menendez gobernó tiempo de once años y se quedó por vecino de ella. Constancia de que entonces tenia mucho valor y casas propias en la plaza que despues han gozado sus hijos y sucesores. Intitúlabase Gobernador y Capitan General, pero en su tiempo vino Pedro de Salazar por Capitan de Infantería y titulo de Capitan a Guerra, que dió a entender una vez tocando de noche a rebato sin avisar a dicho Gobernador ni al Obispo, de que se mostraron ambos quejosos.—Al Gobernador Diego Menendez de Valdés sucedió Pedro Suárez, coronel, Gobernador y Capitan General en esta Isla, natural de Piedrahita en Castilla: su título en once de Marzo de 593. En su tiempo vino Francisco Draque el año de 1595 a exdugar (1) esta ciudad y robar la plata de la Capitaña de Nueva España, que llamaban Santa Maria de Cabogeña, su general Sancho Pardo Osorio, y no entró en el puerto, sino que echó 30 lanchas de noche con mil hombres: y como S. M. D. Phelipe 2°, nuestro señor, había prevenido este intento enviando las cinco fragatas con D. Pedro Tello, (1) Error de copista. Debe decir enyugar, sitiar, asaltar.—.C. 7 T.
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caballero de Sevilla, que vino por Cabo de ellas: no hizo más efecto que quemar una de las fragatas que fué su mayor perdicion, porque alumbrando la bahía, vieron las lanchas de que se les defendió la entrada por el dicho Gobernador Pedro Suárez, coronel, y Francisco Gómez Cid que era gran Soldado y capitan y Sargento Mayor por S. M. en aquella ocasion de aqueste presidio: y como el Draque se quedó con la armada fuera, media legua del puerto, aquella noche fué cuando a la lumbre que mostraba una ventanilla de su Capitana, hizo el tiro aquel artillero que se refiere Lope de Vega en su Dragontea y le dió mala herida a Juan Asle, (i) su sobrino y otras diez personas, por cuya causa se levó la Capitana y armada: y en el puerto de la Aguada. 24 leguas de este, dejó una carta en que refiere lo dicho. Al artillero le dió el Gobernador una sortija con un diamante, y merecía mayores premios su acierto.—Sucedió •a Pedro Suárez, coronel, Antonio de Mosquera, gallego, gran soldado, capitan en Flandes, de quien se dice, que tuvo la mejor compañía que ha tenido capitan en aquellos estados, porque habiendo motin casi general, solo su compañia quedó firme en la obediencia, y todos los señores maeses de Campo, capitanes y personas de puesto, se agregaron a su compañia que gobernó como su capitan y estuvieron a su orden hasta que se sosegó el motín. El año 596 fué promovido y llevó 200 soldados para el presidio, 18 de Diciembre. Su titulo en 20 de Junio de 596, de Gobernador Capitan General y alcayde de la Fortaleza de ella, con mil ducados de salario al año. Era más buen soldado para obedecer que para mandar, y así le sucedió la desgracia .de tomar la ciudad a pocos días de an gobierno el -conde Jorge Cumberland, (2) inglés denacion, y del hábito de la Jarretiera de Inglaterra, one por mandado de su Reina Isabel vino a solo esta faccion, corrida del desaire de Francisco Draque, y aunque no había Fuerza entonces, ni cerca en esta ciudad fué mayor su pérdida que su ganancia: y habiendo entrado a los primeros de Agosto, (3) salió día del Señor San Clemente a 23 de Noviembre (4) con solo medra de los órganos y campanas de la Santa Iglesia, que en la ciudad no hizo mas daño que llevar un mármol de una ventana de un vecino, por parecerle admirable como lo era. Hallóse tambien el Gobernador Pedro Suárez, coronel en esta ciudad, cuando vino el Conde, pero como ya no la gobernaba no corría por su cuenta la pérdida y así le dieron el gobierno de Cumaná que tuvo más de 18 años.—Al Gobernador Antonio de Mosquera sucedió Alonso de Mercado, natural de Ecija en Andalucía: se tituló en 26 de Diciembre de 598, persona que por an valor y servicios alcanzó ser capitan en Flandes: y cierto que viendo sus papeles en poder de un hijo suyo que dejó en esta ciudad, me parecían aventuras de caballerías 6 las relaciones de Fernández Pinto, según eran de prodigiosas. Vino enviado por la (1) John Hawkins.—C. y T. .(2) Jorge Clifford, conde de Cumberland.—C. y T. (S) Error. Desembarcó Clifford el martes 6 de Junio.—C. y T (4) De 1698.--C. y T.
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Majestad de Phelipe 29, nuestro señor, el año de 1590, como tan gran soldado, á recuperar la ciudad del Conde de Cumberland con los galeones de D. Francisco Coloma : y orden que si estuviese el enemigo en la tierra saltase Mercado con tres mil hombres de que había de ser general, para con ellos desalojar al dicho Conde: y si se hubiese ido, quedase por Gobernador y Capitan General con 400 soldados de presidio, como se hizo; y dando aliento a la fábrica del Morro, hizo un caballero que hasta hoy conserva su nombre, y el algibe que está dentro en la Fuerza, donde puso las armas que le dió Phelipe 2~, nuestro señor: que fué, un revellin de que sale un brazo con una espada, por el que ganó en Flandes con tanto valor y riesgo votándole una mina que tenía el enemigo, pero sin embargo lo ganó y el general en aquella ocasion que llegó a r„ presencia esp, ala y una gran herida en el rostro, le ciñó la suya y la truco a esta ciudad como testigo de aquella hazaña. Gobernó tres años y envióse a despedir, y dándole S. M. licencia por no hallar embarcacion para España, la fué á buscar á Santo Domingo y en una nao que llamaban La Pava, se embarcó en aquella ciudad y hasta hoy no se supo mas nuevas de ella, acabando infelizmente en el agua, quien tantas veces se había librado en Flandes del fuego.—Al Gobernador Alonso (le Mercado sucedió Sancho Ochoa de Castro, vizcaino, año de 1602, gran repílhlico, y como tal hizo las Casas de Cabildo en la plaza de esta ciudad. Fué capitan de galeones y en sus bandos se intitula Señor (le la Casa y Solar de los Condes de Salvatierra en Vizcaya. Tambien hizo una fuente que está junta á la Casa y Fuerza de los Gobernadores, que hasta conserva su nombre, y tiene en una piedra el titulo del Señor de la Casa y Solar de los Condes de Salvatierra. En este tiempo se introdujeron los créditos que se dan á los soldados de este presidio, destruicion general de ellas y de la tierra: y aun á lo que se puede entender de todos los Gobernadores que le han imitado, pues desde su antece dente ninguno de los que siguen hasta hoy ha logrado otro gobierno, que todos han niuerto en el siguiente ó antes de tenerlo, aunque no veo que les escarmienta. Fué dicho Gobernador á España con su residencia y habiéndole hecho merced de un hábito y General de la flota de Nueva España, murió en la Corte el año 609, y volvió á proseguir la fábrica del Morro el año de 1600 á 8 de Enero. En tiempo de este Gobernador Sancho Ochoa, año de 602, hizo S. M. merced de la Sargentía mayor (le la plaza al eapi tan García de Torres, con 60 escudos al mes, soldado antiguo de Flandes, de gran opinion en tiempo del Conde de Fuentes. Era muy padre de sus soldados y tuvo muchos encuentros con el Gobernador por contradecirle los créditos, de que clió cuenta á S. M. y por sus reales cédulas lo prohibió, y es de advertir que la experiencia hs enseñado que por estas plazas de las Indias importa mucho sean los Gobernadores Soldados de Flandes, porque como allá no aprenden á mercadear se contentan con poco, con qúe enriquecen la tierra con el buen pasaje y contratacion comun de sus vecinos. Créditos es anticipar la paga a los soldados dándola en drogas á más de su justo valor.—A dicho Gobernador Sancho Ochoa de Castro sucedió Gabriel de Roaaa natural
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de Illescas, seis leguas de Madrid, capitan de galeones y Sargento mayor de Sevilla, por título (le 29 de Abril de 608, por cinco años: vino el año de 608, á 22 de .Tulio entró en esta ciudad, y truxo infantería para rehacer las dos Compañías de presidio, que había en esta. Fué el Gobernador más asistente que ha tenido la Fuerza del Morro, y hizo el caballero de Austria, que es el mejor de la dicha Fuerza, las casas-matas y sus algibes, y se entró una de las dos compañías, con que parecía la Fuerza un razonable pueblo. Y aquí advierto, que desde que Juan Ponce de León, que era Alcayde perpétuo de la Fuerza Viexa, que es hoy castillo de morada de los Gobernadores, (1) siempre se intitularon los de eta ciudad, Alcaydes de las Fuerzas, cuyo título pasaron á la del Morro, y ponían subteniente aunque sin particular sueldo, por serlo, sino con el que tenían de Alferéz ó soldado sencillo, como gustaban los Gobernadores (le nombrarle. El dicho Gabriel de Roxas hizo el Fuerte del Boqueron con vocacion del señor Santiago, de quien era muy devoto, y con esto llegó á esta ciudad que con particular voto se le hiciese fiesta con misa, sermon, toros y cañas como muchos años se ha hecho: así mismo hizo la Puente con Fuerte de piedra, (2) que hasta entonces solo tenía de tabla: y así fué fácil al Conde Cumberland el ganarla, aunque se le hizo fuerte resistencia,y en él mataron á un capitan de Milicia, llamado Bernabé de Serralta, que peleó con tan heróico esfuerzo, que ha merecido hasta hoy quedar muy vivo en su fama, que como dijo Ovidio, hablando de sí mismo: metamen e.rtinte fama super eat. En tiempo del Gobernador Gabriel de Rojas se manifestó, que una negra tenía un espíritu que le hablaba en la barriga. Llevose a la Iglesia y exorcisóse y dijo llamarse Pedro Lorenzo. Y cuanto le preguntaron decía, de las cosas ausentes y ocultas.. . cómo Silico, que yo la oí algunas veces, y mandó el Comisario de la Inquisicion no se le hablase con pena de excomunion: y luego se descubrió otro que si el primero hizo admirar, del segundo y de otros que despues han salido no se hace mucho caso. Dicen las negras que lo tienen, que en su tierra se les entra en el vientre en forma visible de animalejo y que lo heredaa de unas a otras como mayorazgo. Tambien hizo el fuerte del Cañuelo, con vocacion de San Gabriel, porque era :u nombre. Y el año de 625 el enemigo Boduino Henrico lo quemó, aunque bien á su costa, y hasta hoy no se ha reedificado, si bien era muy necesario á la buena guarda del puerto. Escribió a S. M. que bastaba para esta plaza un espitan con 300 infantes, y engañóse: y así S. M. mandó reformar uno de los que había, que aunque por más moderno le tocaba á Juan de Amézquita Quixano el ser reformado: no quiso el otro capitan Martín Pérez Achetequi, por tenerle casado con su hija: y así fué dicho Martín Pérez reformado, y fué á España donde le hizo S. M. merced de la Compañía de la Fuerza Viexa de la Havana.—Al dicho Gobernador (1) Juan Ponce de León nunca vivió en la Fuerza Viexa, sino Garcia Troche su yerno, y su nieto que se llamó lo mismo que él.—C. y T. (2) Fuerte de San Antonio, que se destruyó cuando el derribo de las murallas y ensanche de la Capital.—C. y T.
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Gabriel de Rosas Paramo sucedió D. Felipe de Beaumont y Navarro, caballero navarro y deudo de los duques de Alba. Estuvo en esta ciudad cuando vino Alonso Mercado á gobernarla, con plaza de soldado sencillo, y despues gobernando Sancho Ochoa arribó en el galeón Santa Ursula, donde venía por capitan, como lo fué de arcabuceros en la Armada Real, y el año de 614 vino por Gobernador y Capitan General de esta ciudad, con titulo de 14 de Setiembre de 1613 por cinco años y la gobernó seis años. En su tiempo sucedió la gran tormenta de 12 de Setiembre, (1) y acudió á la necesidad con admirable diligencia, enviando bajeles a sintió el hambre, remitiéntodas las islas vecinas, con que no dola su providencia, y porque en los púlpitos le acomodaban el lugar del Evangelio: Phelipe unde emenus pancm, señaló casa parcicular de depósito donde se diese el maiz.y casabe que es el pan de las islas, á todos los pobres al mismo precio á que sé había comprado de las otras islas de donde se truco. . Mostraba ser cristiano y devoto, dando buenas limosnas a personas necesitadas, y así Dios le dispuso de donde, porque en el tiempo de su gobierno entraron en este puerto once navios negros arribados, sin mas de otros doscientos de islas, Portugal y Castilla. Fuese a España con su residencia el año de 621, y S. M. le hizo merced del Castillo de Pamplona, cabeza del Reyno de Navarro, que hasta él no se habla fiado a ningun natural de la tierra y murió dentro de pocos años. En tiempo de este Gobernador llovió en esta ciudad el año de 614 granizo, que yo vi, y admiró la novedad porque los antiguos jamás lo habían visto desde que se pudieron acordar, y luego a poco tiempo sobrevino la gran tormenta.—Al dicho D. Felipe de Beaumont y Navarro sucedió el año de 620 D. Jºcan de Vargas, general de la caballería en Flandes, que degolló al Justicia Mayor de Aragon (2) y tan gran soldado como todas las historias refieren. Gobernó hasta el año 625, que vino por Gobernador Juan de Haro, y ambos se hallaron en la invasion de Boduino Henrico, como en la otra invasion del Conde de Cumberland Pedro Suárez coronel y Antonio de Mosquera : retirándose ambos al Morro, donde le defendieron, porque la ciudad no tenía cerca hasta entonces: y al Gobernador Juan de Haro le hizo merced S. M. de un hábito de Santiago y 400 ducados de renta en la pe Sión de un Obispado. Dicho D. Juan obtuvo merced del gobierno de Campeche y por un encuentro con los Oficiales Reales de aquella ciudad le llevaron á México, donde á pocos días murió, pobre y desacreditado.—Al dicho D. Juan de Vargas sucedió el capitan Juan de Haro, natural de Medina del Campo, con titulo de 6 de Abril de 625, capitan que fué de los galeones, Gobernador de Cumaná, y despues Gobernador del tercio de galeones con propuesta de este gobierno. Luego que llegó á esta ciudad dentro (1) Huracán del 12 de Septiembre de 1615.—C. y T. (2) El general D. Alonso de Vargas, en 1591, fué el que entró en Zaragoza con tropas, por orden del Rey Felipe II, puso preso al Justicia Mayor D. Juan de Lanuza y en un cadalso le hizo cortar la cabeza por el verdugo el dla 20 de Diciembre de 1591. Esto dice el historiador Lafuente. Tal ves tueca un hermano o hijo de D. Alonso este Que dice el autor.—C. y T.
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de 26 días, pareció el enemigo holandés Boduino Henrico con 11 urcas, que no pudiendo hacer el socorro que en el Brasil intentaba, por hallar la Armada de D. Fadrique de Toledo en él, se dejó caer á este puerto. Hado infeliz de los desgraciados que aún de las venturas agenas vienen a heredar desdichas propias. Retiróse la gente al Morro por no estar la ciudad cercada, y entró con viento favorable á 25 de Setiembre, y á los 26 echó la gente en tierra y comenzó á batir la Fuerza, donde el capitan y Sargento mayor de la plaza que era García de Torres, natural de la Villa de Velez en la Mancha, soldado de grande opinion en Flandes, fué herido en pecho de una bala de mosquete y á pocos días murió de la herida. Fué su muerte muy sentida por la falta que tan gran soldado hizo en aquella ocasion, que le tenía muy bien conocido el Consejo, pues, cuando llegó el aviso del enemigo, dijo D. Agustín Mexia, de cuyo tercio había sido Alferez en Flandes, al Consejo, que se confiase de buen suceso, por estar tan gran soldado como el Sargento Mayor larcía de Torres en esta plaza: S. M. remuneró su sangre vertida, en su hijo mayor D. García de Torres que se mostró al lado de su padre, señalándose. en particular, dando muestras del valor heredado de su padre, mandando que otra vez se presidiase la gente en dos Compañías y se le diese la una como se hizo. Era el dicho Sargento mayor de tanta llaneza y tan padre y tan amigo de sus soldados, que se pudiera dudar como en Atenas de Epaminondas, si era mejor capitan que hombre ó mejor hombre que capitan. Los tres hijos varones que dejó, no solo imitaron á los Horacios que tuvo Roma, en el valor, sino que en la poca ventura también fueron los tres Horacios, muriendo D. García de Torres y D. Alonso de Torres, capitanes de este presidio, en los 33 y 26 años de su edad, y D. Diego de torres, que siguió las letras y se graduó en Salamanca, dejando mayores puestos que S. M. le hiciera merced en otras partes, por el remedio de dos hermanas solas y desamparadas, se contentó con una canongla de esta Cathedral, del más limitado estipendio que hay en las Indias. Avisóse á S. M. la entrada de dicho Boduino y envió dos fragatas de socorro a la Fuerza y por Cabo de ellas á Pedro Pérez de Arecizabal, capitan de galeones, y á D. Francisco de Villanueva y Lugo, que en aquella ocasion había vuelto del soccorro de Cádiz á la Corte, donde pretendía un hábito, con el pliego de S. M. á este de Puerto Rico, por más práctico en la tierra, como natural de ella, y pasando a nado el río de Luisa, (1) le puso en manos del Gobernador Juan de Haro con igual satisfaccion de su persona y obligaciones. Luego el año de 628 sucedió la quema del Morro ocasionada de una chispa que saltó, muriendo la guardia en la casa-mata donde había parte de la pólvora. Volóla y los alojamientos con 43 personas, soldados y otros de la tierra, que fué espectáculo lastimoso: y de México y España se acudió con pólvora y municionen. Murió dicho Juan de Haro en esta ciudad poco denpues de haber dado. su residencia, y ocho días antes, de pesadumbre de la mala residencia: y está enterrado en el Convento de Manto Thomas de la orden de Banto (1) Río da Lolza.--C. y T.
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Domingo, y el día de sus honras se dijo que era el soldado más antiguo que tenía S. M. en su servicio porque de sus papeles constaba haberle servido 78 años, que murió de más de ochenta: por por lo bien que procedió en esta le libró S. M. dos mil ducados por haber ayuda de costa en lo procedido de la nao que se tomó en esta ocasion al enemigo holandés: y á los capitanes Juan de Amézqtiita y Andrés Botello mil ducados á cada uno, por lo mismo.—Al Gobernador Juan de Haro sucedió D. Enriquex de Sotomayor, hijo segundo (le aquella ilustre Casa de los Enríquez de Salamanca, que desciende de un Infante de Castilla; su titulo de 24 de Enero de 631. Fué Gobernador y Capitan General de Cumaná por cinco años con dos mil ducados. Fué capitan en Flandes y vino á gobernar, el interín, por dos años, en lugar del maestre del Campo D. Cristobal de Bocanegra, á quien S. M. había hecho merced de este gobierno en propiedad: gobernó esta ciudad de donde fué por Presidente á la de Panamá. Los dos años que tuvo el ínterin, gobernó excelentemente y en los otros dos parece que le querían prevaricar malos consejeros, pero al fin le sacó Dios de este peligro y le llevó á su presidencia, año de 1635, y se puso un hábito de Santiago y le vino la nueva de la subversion del mayorazgo de su Casa, que son seis mil ducados de renta con el señorío de Villalba y Obera, lugares junto á Salamanca: y murió dos años de su Presidencia con grande opinion y fama, dándole nombre de Presidente Sto. Domingo. Lo q. se afirma es que en esta ciudad resplandeció en él con admiracion de todos la virtud de la continencia, que en hombre que no llegaba á 40 años es digna de ponderacion. Hiciéronle honras en esta Cathedral y Conventos porque fué su muerte generalmente de todo el pueblo tiernamente sentida, correspondiendo al amor con que le gobernó. En su tiempo mandó S. M. que se cercase esta ciudad por lo apretado de sus informes, y comenzó su cerca con tanto desvelo y trabajo que no reservaba ninguno, y al fin la dejó con una puerta y dos plata. formes. Hizo tambien las dos puertas que atrás quedan referidas. En tiempo de este Gobernador D. Enrique, año de 630, se dividió la Alcaydia de la Fuerza de San Phelipe del Morro, del Gobernador, en que hasta entonces había estado. S. M. le hizo merced de ella al capitán y Sargento mayor Agustín de Salduondo, por título de 30 de Abril de 630, con seiscientos ducados de sueldo al año, que le servía 30 años, natural de Discastillo en Navarra. Murió á los siete años de su oficio y por su muerte y servicios ae ducale hizo merced á su hija D' Constanza de Salduondo de 3 dos de ayuda de costa en vacante de Obispados de Indias. Sucedió á D. Enrique Enríquez de Sotomayor, D. Iñigo de la Mota Sarmiento, caballero del hábito de Santiago, del Consejo de Guerra de los Estados de Flandes, y primo hermano del Conde de Salvatierra, natural de Burgos y capitan de caballos en Flandes, con titulo de 23 de Febrero de 635, por cinco años, con mil ducados. Siguió con tanto afecto la fábrica de las murallas que en los seis años que gobernó acabó la cerca con tres puertas excelentes y así mismo hizo la mitad del Convento del señor Santo Thomas de Aquino de la orden de Santo Domingo, a expensar de la Infantería, con pretexto de capilla suya y entierro: y el crucero de la
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Iglesia Cathedral lo hizo de nuevo porque temía alguna desgracia con su ruina, y hizo una cerca á la Iglesia, solicitando para dicho efecto la cobranza de deudas que por su antigiiedad eran incobrables, y en memoria de estos beneficios perpétnamente se obligaron el dean y cabildo de esta Santa Iglesia, á decirle una misa cantada todos los años al señor San Juan Bautista en su día, de quien era tan devoto, que jamás dió el nombre para la guardia y custodia de la ciudad, que se acostumbra en la Milicia dar, sin haber hecho oracion en esta Iglesia al señor Can Juan Bautista su patrón: y desde esta ciudad fué á la de Panamá con menos fama de continente que su antecesor D. Enrique Enriquez, y en la edad aún era más mozo cuatro ó cinco años. Antes del primero de su Presidencia murió en Puerto Belo, estando para hacer un templo porque lloraba mucho que por donde pasaba todos los años el mayor tesoro del mundo no tubiese casa decente Dios: dicen q. con sospecha de veneno por ser muy celoso del servicio de su Rey. En esta Cathedral se le hicieron honras y fué de todo el pueblo muy llorada su muerte. Al Gobernador D. Iñigo de la Mota Sarmiento sucedió D. Agustín de Silva y Figueroa, caballero del hábito de Alcántara, natural de Jerez de los Caballeros, teniente de la guardia del Duque de Feria en Milan y capitan en Lombardía: su titulo 16 de Mayo de 640. Vino con tan poca salud que murió en esta ciudad dentro de los cinco meses, y así no hizo cosa de memoria mas del designio y planta de la Casa de los Gobernadores de esta ciudad, que se ejecutó por su sucesor en el gobierno. Está enterrado en la capilla de Nuestra Señora del Rosario que para esto dejó señalada D. Iñigo de la Mota.—A este Gobernador D. Agustín de Silva sucedió en el gobierno D. Juan de Bolaños, vecino de esta ciudad, natural de Guardix en el Andalucía, capitan que tenían nombrado en el ínterin, y la forma de su nombramiento fué una cédula particular que tenía D. Iñigo de la Mota para nombrar Gobernador en su ausencia, que no pudo entenderse a otro Gobernador alguno, y aunque en el Cabildo de la ciudad se estendió este punto y á él tocaba nombrar Gobernador, á lo menos en lo de la paz, se dejó llevar por lo que se debe atender a lo de la ciudad, donde en aquella ocasion no se hallaba sujeto de mucha importancia, por estar vacas casi todas las plazas de la guerra. La Audiencia de Santo Domingo con la cédula que tiene para nombrar en tales casos en sus distritos, envió un Oidor de ella llamado D. Juan Melgarejo, y en llegando doce leguas de la ciudad, al lugar del Arecibo, envió D. Juan de Bolaños un ayudante y soldados que le volviesen a embarcar para Santo Domingo, como se hizo, diciéndole que las plazas de frontera no se habían de fiar de quien no entendía la guerra. Fué á España dicho D. Juan de Bolaños á sus pretensiones con buena residencia y hasta ahora no se sabe el suceso de ella.—Al dicho D. Juan de Bolaños sucedió D. Fernando de la Riva y Agüero, natural de las montabas, y caballero del hábito de Santiago, con título de 23 de Abril de 643: el de 48 le proveyó S. M. por Gobernador y Capitan General de la ciudad de Cartagena: y luego que vino puso en ejecucion l& planta que dejó D. Agustín de Silva para la Casa Real que morada de los Gobernadores: y a la
la
DESCRIPCIÓN DE LA ISLA 7 CIUDAD DA PUERTO RICO. 284 Puente de los Soldados la hizo levadiza con nuevo reducto con que ésta defendía aquella entrada: y creó para ella un Capitan con titulo de Theniente. Debiérale la plaza de San Martín la corona Occidional que dió Roma á Quinto Fabio, cuando en la segunda guerra africana, la libró cercada de sus enemigos, -si se usaran en estos tiempos los honores de la antigüedad, porque ente8diendo el peligro en `que aquella plaza se hallaba la despachó dos socorros tan á tiempo que supieron ser su remedio, y en el segundo que dispuso en 24 horas entró en San Martín a los 16 de Abril, el capitan Flamenco Vicente, que perdiendo con él la esperanza, levantaron luego aquel cerco: ofreciénronse plegarias y. sacrificios continuos a Nuestro Señor en este tiempo, y así le premió con tan feliz suceso. Temor dió siempre á los prudentes el haber de escribir de los vivos por el riesgo de odio 6 lisonja, pero en la modestia de D. Fernando de la Riva la mayor ha de ser el no hacérsela.—El año 649 fué proveído por su sucesor en estos cargos el maestre de Campo, D. Diego de Aguilera. Para concluir con este pliego la breve relacion que se ha podido enviar de esta Isla, digo que ha notado la curiosidad, que hasta ahora han sido trece los Obispos que ha habido y doblados los Gobernadores que son veinte y seis, con los, que han servido en el interín : y como al principio se advirtió que era esta la primer isla que fué bendita de mano episcopal ha sido tambien la primera el año de 1640 que en todas las Indias hospedó un Grande de Castilla, pues el señor Marques de Villena y Duque de Escalona, viniendo por Virrey á la Nueva España, saltó en tierra en el Aguada y por memoria de su grandeza, apadrinó un niño, hijo de un vecino de aquella poblacion, echándole el agua el señor Obispo de Tlascala D. Juan de Palafox y Mendoza, con asistencia de otros Obispos que se hallaron en aquella flota y ocasion, que ha sido el acto de la mayor grandeza que en el profano se ha podido poner en su memoria, desde que se descubrieron las Indias. Llamóse el baptizado D. Diego Pacheco como su padrino, y dejóse ordenado que se le buscase cuando fuese adulto para hacerle el favor que le ocasionó su ventura.—De las Islas pobladas antes de San Martín, es la de Puerto Rico la que se halla á Barlovento de todas: y así para todas ellas tiene la entrada libre, porque á Santo Domingo se va en tres días, a la Habana en ocho, á Cartagena en seis, á Nueva España en veinte, y así a todas las demas partes, porque siempre goza de vientos orientales y como y la que tiene mayor elevacion de polo, con facilidad se navega á todas ellas, y al contrario desde las otras partes se tarda mucho en el viaje porque se tiene contra el viento que de ordinario corre que es dicha brisa.—La ciudad tiene 400 casas de piedra y algunas de tabla: y es casería muy buena: y en extremo es la ciudad alegre y bien asombrada, desde la mar ó la• tierra que se la mira, porque está toda muy bien murada, y luego la ciñe una cinta de plata del mar que casi por todas partes la cerca y rodea: su asiento está superior al mar, y la disposición de calles es á lo moderno, todas Iguales. Los vecinos son 600, porque desde que Beduino Henrico tomó la ciudad, algunos á quienes quemó sus casas, se agregaron a vivir con ens deudos. Las mujeres son las más hermosas de
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285 todas las Indias: honestas, virtuosas y muy trabajadoras, y de tan lindo juicio, que los Gobernadores D. Enrique y D. Iñigo decían, que todos los hombres prudentes se habían de venir a casar á Puerto Rico, y erá su ordinario decir :Para casarse, en Puerto Rico.—Los naturales son generalmente de grande estatura, que solo un linaje hay que la tenga pequeña: de vivos ingenios, y fuera de su patria muy activos y de valor, que aunque en lo antiguo no se tiene noticia, mas que aquel capitan de Flandes, Juan de Avila, natural de esta ciudad, que por sus hechos mereció que se hiciera de el}os memoria en la tercera parte de la Pontifical .que escribió el Doctor Babia: y de otro caballero D. Antonio Pimentel, que lo fué del hábito de San Juan. De veinte años a esta parte, han lucido muchos naturales que han salido de ella y vecinos de esta ciudad: en gobiernos de .otras ciudades como lo fué D. Andrés Rodriguez de Villegas de la Margarita y de la Florida: Juan de. Amézquita Quivano, capitan de este presidio, y luego del de Cuba: Don Francisco de Avila y Lugo, del de Chiapa : D. Felipe de Lascano, del hábito de Alcántara y capitan y alcayde de la Punta de la Havana: D. Antonio del Mercado, natural de esta ciudad y alcayde de la Fuerza de Santo I)omingo : D. Andrés Franco, natural de esta ciudad, del hábito de Santiago y maestre de Campo general del reyno de Nueva España: D. García de Torres y Vargas, capitan de Infantería de este presidio: D. Alonso de Torres y Vargas, su hermano, capitán de la plaza de este presidio: D. Matías Otaso, capitan y Sargento mayor de la flota de Nueva España y capitán de Filipinas: D. Iñigo de Ota8o, Sargento mayor de la flota de Nueva España y capitán de Filipinas: D. Antonio de Ayala, arcediano y canónigo de Segovia y Inquisidor de Valencia: D. Juan de Ayala, su hermano, dean y conónigo de Segovia: D. Alonso de Ulloa, racionero de Guadalajara :D. Diego de Cárdenas, dean de Caracas: D. Fernando Altamirano, canónigo de Tlascala : D. Gerónimo Campuzano, chantre de Cartagena: D. Francisco Masiano de Rivera, racionero de- Yucatan : D. Juan de &dinas, tesorero de Caracas: Gregorio Pérez de Leon, catedrático de maese Rodrigo en Sevilla: y de ordinario todas las dignidades y prebendas de esta Iglesia las gozan los naturales por el patronazgo real que los prefiere á otros, y de los que han salido de la patria, se conoce que cualquiera que cumpliere con el mandato que le hizo Dios á Abraham egredo de terra tua et de eognatione tua sin duda lucirá adelantando su casa y a SU patria y amor dulce como dijo Virgilio dulcia amor patriae laudum inmensa Cupido y que sea la primer nobleza la de esta ciudad y la de Santo Domingo, lo refiere Antonio de Herrera en su General Historia, y deja bien entender por haber sido las fundaciones primeras. (1) (1) Esta Relación es de 1647, pero tiene algunas anotaciones posteriores á esa fecha, hechas por Juan Díaz de la Calle, secretario, y el maestro Gil González Dávila, recibidas posteriormente de Puerto Rico.0.y T.
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CARTA DEL REY AL DEAN Y CABILDO DE LA CATEDRAL SOBRE LA MUERTE DEL OBISPO MANSO. Madrid, Enero 12 de 1540. EL REY.—Venerable Dean y Cabildo de la Iglesia Cathedral de la ciudad de Puerto Rico :—Vuestra letra de 15 de Enero de este año en que nos heceis saber el fallecimiento de D. Alonso Manso, Obispo que fué de esa Isla, he recibido, y hános desplacido de su muerte, por tenerle, como le teníamos, por tan buen Prela do, y celoso del servicio de Dios Nuestro Señor y nuestro. Ya tendremos memoria de presentar para Prelado de esa Iglesia persona que convenga al servicio de Dios Nuestro Señor y descargo de nuestra real conciencia.—De Madrid á 12 de Enero de 1540.
ADICIONES A LA RELACIÓN DE TORRES VARGAS. Catedrales.—Puerto Rico y Santo Domingo hechas cathedrales, el año de 1511, á 8 de Agosto, sufragáneas al Arzobispado de Sevilla hasta el año de 1545 que en 31 de Enero, se hizo Metrópoli Santo Domingo. Escudo de Armas de Puerto Rico.—Escudo de Armas dado á Puerto Rico por los Reyes Católicos el año de 1511, siendo Procurador un vecino llamado Pedro Moreno. Son: un cordero blanco con su banderilla colorada, sobre un libro, y todo sobre una isla verde que es la de Puerto Rico, y por los lados, una F. y una I. que quiere decir, Fernando é Isabel: los Reyes Católicos que se las dieron, y hoy se conservan en el Estandarte Real que es de damasco naranjado, con que se ganó esta ciudad, y como dice Antonio de Hrrera en su Crónica General de las Indias, hicieron á esta ciudad los dichos señores Reyes igual en todos privilegios y mercedes á la isla Española. (1) Escudo de Armas de la Catedral.—Las armas de la Iglesia Cathedral son: un cordero sobre un islote, con su banderilla, con estas letras á su alrededor: Joannes est nomen ejes. (2) Jueces adjuntos.—Gozan en esta Cathedral sus capitulares d' Jueces adjuntos, por costumbre inmemorial, y aunque el obispo D. Juan Lopez Aguto quiso interrumpirles la costumbre, apelaron á la Metrópoli, con que quedó ejecutado en favor de dichos capitulares, por haberse hallado gozaban de ellos antes del Concilio Tridentino. (1) (2)
Véase Boietln Histórico de Puerto Rico, tom6 IV, pig. 216.—C. y T. Se Ignora la Real Cédula de esta concesión.—C. y T.
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Catedrático de Gramática.—La dotación de los cien ducados de renta para el Catedrático de Gramática, dejó un vecino de esta ciudad llamado Francisco Ruiz, año de 1589. El local donde se enseña Gramática, y el osario de los difuntos están juntos y contiguo á la Cathedral, y el año de 1641, siendo catedrático D. José de Jarava, capitan de Infanteria que fué de este Presidio, el año siguiente de 640 puso estos dos disticos sobre la puerta: Sic habitant Musae hic servant sua pignora parcae.—Vivere duce puer dogma ta dif ce morí. Silla en actos públicos.—Por cédula de 20 de Mayo de 1613 mandó S. M. se le diese silla en todos los actos públicos aliado de la del Gobernador, al Capitan y Sargento mayor Garcia de Torres y á los capitanes de Infantería y no han querido obedecerla. Los Gobernadores se sientan hoy en frente del Cabildo de la ciudad, al lado del Evangelio, en un escaño como se hace en la Havana. Regalo del Rey Phelipe al Morro.—En la Fuerza de San Phelipe del Morro de esta ciudad hay una pieza rabona con cuarenta libras de calibre, que tiene las armas del Gran Turco: se dice era cañon de crujía de la galeaza real que rindió D. Juan de Austria, en la batalla naval. Envióla el señor Rey Phelipe 2° Que en su tiempo se dió principio á esta Fuerza. Regalo de Carlos V. a la Catedral.—En la Cathedral hay tina Custodia de plata, en que se lleva el Santísimo Sacramento á los enfermos, que es de muy primorosa obra: la qual la envió el señor Emperador Carlos 5° con una Cruz, que habiéndose quebrado, no ha habido aquí quien la pueda aderezar.—A la parrogsial de la Villa de San German, de las cosas que se recogieron, euvió otra Cruz de extremada hechura que hoy tiene. Abundancia de palomas.—En tiempo del Gobernador Sancho de Castro sucedió, que á un islote que está en frente de la boca del río Toa, que dista por mar dos leguas de la ciudad, venian infinidad de palomas á anidar y sacar sus crics por cierto tiempo del año, con que los vecinos cogian gran cantidad de ellas; y el Gobernador, pareciéndole que esto sería de provecho para S. M., mandó con pregun general que ningun vecino las cogiese en aquella parte; y desde entonces hasta hoy, que ha mas de 40 años, no han vuelto mas las palomas al islote, mostrando Dios en su liberal mano, que quiere gozen todos de sus beneficios; y casos semejantes han sucedido en otras muchas partes de las Indias. Hospital de la Conccpcion.—El gobernador D. Agustín de Silva y Figueroa, en los seis meses no cabales que vivió; hizo á sus espensas en el Hospital de Nuestra Señora de la Concepcion, dos altares colaterales al de Nuestra Señora: y en el uno colocó un Santo Cristo, muy devoto, que indecente estaba en la Sacristía: y en el otro á la señora Santa Catalina, mártir, de quien era muy devoto, adornado este altar con un retablo que le costó 600 ducados.
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RICO.
Convento de Franciscanos.—El gobernador D. Agustín de Silva y Figueroa habia ofrecido á los religiosos del señor San Francisco dar principio á la obra de su Convento con el año 642: y cuando murió que fué por Navidad de 641, trataba de salir á pedir limosna por el lugar, deseando imitar y seguir los pasos de su antecesor D. Iñigo de la Mota Sarmiento en las obras que hizo en los templos, que en estas partes de las Indias un Gobernador sin poner de su casa mas que el cuidado y solicitud basta eso para que se hagan grandes cosas y se allanen muchas dificultades, como se echó bien de ver en la obra de la Iglesia mayor e esta ciudad y del Convento de Santo Domingo, en la relacion antecedente referida; que teniéndose por casi imposibles el hacense, por lo pobre de sus rentas y de esta tierra, se hicieron con gran facilidad obras tan reales, tomándolas á su cargo el Gobernador D. Iñigo de la Mota Sarmiento.—Dicho Gobernador D. Agustín Silva y Figueroa era grande ingeniero y arquitecto, y así estaba por orden de S. M. fortificando á Gibraltar cuando le hicieron merced de este gobierno y del de Cumaná para que escogiese, y eligió este por ser el demás reputacion de las Indias, como lo dice S. M. en sus reales cédulas, referidas en el primero pliego de la Relacion, que llegó, sus fechas en Agosto de 643 y en Mayo de 645, cuyas palabras son estas: siendo frente y vanguardia de todas mis Indias Occidentales, respecto de sus consecuencias, la mas importante de ellas y codiciada de los enemigos, etc.
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Cofradías.—Hay en esta ciudad doce cofradías. En la Iglesia mayor la del Santísimo Sacramento, la de las Animas del Purgatorio, la de Nuestra Señora del Cármen, la de Nuestra Señora de Alta Gracia, la del señor San Antonio, la del señor San Pedro, la del Dulce Nombre de Jesus y la de San Miguel: y en el Hospital la de Nuestra Señora del Rosario, la de Nuestra Señora de la Soledad y la de la Vera Cruz: y en el Convento del señor San Francisco la del señor San Diego.—Todas son pobres pero las que se sirven con algun lucimiento son la de Nuestra Señora del Rosario, la de Nuestra Señora de la Concepcion, la de Nuestra Señora de la Soledad, la del Santísimo Sacramento y la de las Animas.—La del Santísimo Sacramento tiene 24 hermanos, los doce eclesiásticos que con su compañero secular, cada dos á su costo, el tercer Domingo del mes que les toca, celebrar la fiesta, con misa, procesion y sermon, teniendo descubierto el Santísimo Sacramento y asistiendo todos los , hermanos con sus cirios encendidos, procurando unos á otros aventajarse en su fiesta en adorno de la Iglesia, música, olores, predicador y flores que se van regando por donde pasa el Santísimo Sacramento. Los principales estatutos son, celebrar todas las fiestas del Santísimo Sacramento, á que acuden como arriba está dicho y que piden limosna los dos hermanos todos los Jueves del mes que les toca hacer la fiesta, para que la Cofradía pague á los sacerdotes que van cantando y llevan el guion, varas de palo y incensario cuando va el Santísimo Sacramento á visitar los enfermos. Tiene Prefecto, á quien se jura de obedecer, mayordomo, diputados y secretario que se elige todos loo años.—La cofradía de las Animar
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289 tiene otra hermandad de 24 hermanos, en que no hay el orden de que sean por mitad eclesiásticos: celebran fiestas todos los terceros lunes del mes por las ánimas del Purgatorio: cada dos hermanos, con misa, procesion y sermon, puesto un túmulo en medio de la iglesia con dos gradas, adornado de 48 luces y muchas bulas de difuntos, á costa todo de los dos hermanos que hacen la fiesta, y la Cofradía reparte cera entre los hermanos y cofrades para la misa y procesion y piden limosna dichos dos hermanos todos los lunes del mes que les toca, para pagar las demas misas y procesiones que se dicen y hacen los demas lunes del año, y un dia despues que muere cualquier hermano se le dice su misa cantada. Rios.—Tiene esta isla 26 rios* principales, que salen al mar, sin algunas quebradas: y los ríos que salen á la parte del norte son los mas caudalosos como el rio Guadalete que sale al punto de Santa María en España. Los cuales son 10 y se llaman como se sigue: Rio-Grande, Luisa, Puerto Nuevo, Guayamon, Toa, Sebuco, Manatí, Arecibo: y en el Aguada hay dos nos, el uno no tiene nombre, el otro se llama Calvache, y asi mesuro dos quebradas sin nombre, en espacio de una legua, que hace una ensenada, y aqui es donde hacen agua y toman refrescos las flotas de Nueva España y algunas veces galeones, por ser tan acomodado el sitio, que en las mismas bocas de los nos y quebradas está dulce el agua. Este paraje está á sotavento de Puerto Rico 18 leguas, y es tan ameno• y lleno de muchas arboledas y árboles frutales y especial de naranjos agrios y dulces y limones, que los navegantes le alaban diciendo, que no han visto cosa mas deleitable en el mundo, que la naturaleza echó allí el resto. La palabra Aguada en lengua de indios, segun Gomara en su General Historia, hablando de este sitio, quiere decir jardin. (1) Está de la Villa de San German 12 leguas, y son las mas fértiles tierras de su jurisdiccion. = A la banda del oeste salen los otros tres nos, que son Guaorabo, Mayagües y Guanaxivo. Este último rio pasa por la Villa de San German.—A la parte del sur salen otros varios nos que son los siguientes: Guánica, Rio de Ponce, Jacagua. Rio de Coamo, Guayama, Maunabo, Gnayanés, Candelero, Jumacao, Cristóbal Alonso, Naguau, Rio Santiago : y en la ensenada donde sale el rio Guánica hay una buena salina de sal.—A la parte del este sale solamente el Rio Faxardo, dos leguas de la cabeza de San Juan, que asi se llama el principio de esta isla.—Estos 26 nos referidos son los que salen al mar, que sin exageracion son mas de 200 los nos y quebradas que entran en ellos, antes que salgan al mar, por ser la tierra por el medio muy doblada de serranias. (2) (1) Error. Agnada es vocabló espafol, lugar donde se proveen loe barcos de afina.—C. y T. (2) El nombre de algunos de estos ríos ha sufrido variación de como designaban en tiempos del autor. Véase la Geografia de Asenjo.—C. y T. se 4 19
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Las murallas.—Tiene la cerca de la ciudad tres puertas principales: la una al este que cae á la parte ele tierra y se llama del señor Santiago, con una capilla encima, en que está el glorioso Santo de busto sobre un caballo de buena escultura, y en ella se celebra misa en su día y en otros del año. Las armas reales tiene encima labradas de piedra, y á los lados dos escudos pequeños con las armas del Gobernador I). Iñigo de la Mota Sarmiento, en cuyo tiempo se hizo la cerca, y debajo de dichas armas este verso: Xi.si dominas eustodierit civitatun frusta vigilat qui eustodit eam.—La segunda puerta está á la Marina, sobre el sur, y es donde los navios descargan, dan carena y cargan, por ser lo más abrigado ele los vientos. Llámase de San Justo y Pastor, con capilla encima y armas como la otra, que los Santos están pintados en lienzo y tiene este letrero: Donrinus niihi adjutor qui non timebo ?—La tercera puerta está á la parte del oeste á la entrada del puerto, donde surgen los navios luego que entran: ]lámase del senior 'an .luan Bautista. Con capilla y armas como esotras puertas y el Santo eir lienzo, ele pintura de buena mano. Celébrase tanrbien misa cono en las de►nas y la letra que tiene es este verso: Benedietus qui venit in nomine Doanini. r
:trtillado de la iudnd.—Hay en la Fuerza de San Phelipe del Morro y plataforma y baluartes de la cerca de la ciudad, cien piezas rle Artillería: las 8( de bronce y las 11 ele fierro colado.
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Defensores distinguidos de esta ciudad.—Eu las ocasiones que el enemigo ha acometido á esta Plaza, se han mostrado muy valerosos sus vecinos eu defenderla: y en la de Jorge Clifford, cunde de Cuniberland, el ario de 1 98, que se apoderó ele ella, al lado del Capitan Bernabe de Scrralta, de quien va hecha mencion en la Relac•ion remitida, murieron muchos vecinos y naturales en la Puerta de los Soldados, que está inedia legua ele la ciudad, donde se le resistió con grande esfuerzo, hasta que caido en tierra dicho Capitan de un mosquetazo que le dieron eu un muslo, y acometidos de nuevo por otra parte, perdiendo una nao pequeña el enemigo, la que hizo barar en el Bequeron sobre las peñas, se retiraron á la ciudad antes que les cortasen la retirada: solo se acuerdan los antiguos ele los valerosos hermanos que allí murieron, llamados -Juan y Simon de Sanabria, que hoy tienen vivos hermanos y parientes.—En la ocasion del año 162 i Inesmo, se señalaron ranclras personas, y en particular el Capitan y Sargento mayor Garcia de Torres, natural de la Villa de Velez y vecino de esta ciudad. Hombre ele reconocida nobleza y valor, como lo mostró en Flandes: dicen los que se hallaron en esta ocasion, que no hubiera el enemigo saltado en tierra, si mal aconsejado r:o le hubiera mandado retirar el Gobernador Juan de Haro, de la playa, donde se había fortificado en una noche, para impedirle no echase en tierra su gente, y que dicho Sargento mayor respondió con harto sentimiento, que como le mandaba sin saber el poder que traía el enemigo que él lo haría á su tiempo, y aniumando á sus soldados les decia: "Para esta ocasion ¡ros ha estado sustentando S. M. tantos años ha: en defensa de
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291 esta Plaza hemos de morir como leales vasallos y yo os prometo ser el primero." T asi sucedió: como en la Relacion remitida mas largamente va referida su muerte.—En esta ocasion murieron muchos vecinos y otros quedaron estropeados, y se les hizo merced de plazas muertas (le soldados, como fueron Blas de Mesa, Francisco de Navarrete, el capitan Luis de Larrasa, Domingo Velez, y otros que se han quedado sin premio por su flojedad y que tenias con que comer.—Talnbien se señaló valerosamente Juan de Amezquita Quixano, capitan de Infanteria española, que era en aquella ocasion, y despues murió de Gobernador de Cuba (1) y en particular el primer Domingo de Octubre de dicho año de 625 que con menos de cien hombres, de las nueve a las diez del día, acometió al enemigo y lo puso en huida ganándole las primeras fortificaciones, matándole mucha gente y entre otros oficiales al Sargento mayor, de que hizo gran sentimiento el enemigo y trato de retirarse. Hízole S. M. merced de 400 ducados de ayuda de costa.—En esta ocasion como en otras muchas que se ofrecieron, en los 39 dias que estuvo sitiada esta Plaza, que fué desde el 21 de Setiembre hasta el 1° de Noviembre, dia de Todos los Santos: las personas que mas se señalaron con las siguientes: el capitan D. Antonio de Mercado y Peilalosa, natural de esta ciudad, que murió Alcayde de la Fuerza de Santo Domingo, La Española. Era hijo del gobernador Alonso de Mercado y en esta ocasion alferez :—el doctor D. Juan de Salinas, natural de esta ciudad, á quien hizo S. M. merced de una cauongia en Santo Domingo, y hoy vive tesorero de la Iglesia de Caracas, con gran ejemplo de virtud :—el capitan D. Garcia de Torres y Vargas, hijo del Sargento mayor arriba referido, á quien hizo S. M. merced de una compañia de Infanteria en este Presidio, sin embargo de ser natural de esta ciudad:—el regidor D. Francisco Dassa y Bastida, vecino y natural de esta ciudad, descendiente del hermano del obispo D. Rodrigo de la Bastida, (le que fué hecha mencion en la serie de los obispos:—el capitan D. Sebastian (le Avila, regidor y vecino de esta ciudad, natural de Jerez de la Frontera y de los Avilas de alli :—el capitan D. Juan de Bolaños, vecino de esta ciudad, y natural de Unadix de Andalucia, hombre noble, y en esta ocasion servia plaza sencilla de soldado, y en el año de 642 gobernó esta Plaza por muerte de D. Agustin de Silva, que era el propietario, y asi va puesto en el número de los Gobernadores:—el alferez Antonio Moreno, de Villa Mayor, vecino de esta ciudad y natural de Llerena en la Extremadura: — el capitan Juan de Lugo Sotomayor, vecino y natural de esta ciudad, y de lo noble de ella, á cuyo cargo estuvo el impedir la parte del Puente de los Soldados, que estaba apoderado el enemigo de ella, no entrase por los campos á impedir Fuerza todas los socorros de bastimentos que se entraban en las noches. Arecibo y Coamo.—La poblacion de San Phelipe del Arecibo, no es Villa sino Valle: y está á sotavento de Puerto Rico, once (1) Error. Renunció el cargo al poco tiempo de ocuparlo y se volvió a Puerto Rico.—C. y T.
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leguas, sita en las riberas del rio de Arecibo, de quien tomó nombre. (1) Fundóse siendo gobernador D. Felipe de Beaumont y Navarra, por el año de 616. (2) El Valle de San Blas de Coamo, falta por poner en el Memorial, y noticias sacras y reales que ha impreso el señor Juan Diaz de la Calle, de que fué hecha mencion en la Relacion remitida; y dicen sus vecinos tienen hecha merced les ha venido la cédula, avisándome lo que de Villa, aunque hay en esto. Los alentaré á que envien lo necesario para el despacho de ella. Dista de esta ciudad dicho Valle 20 leguas por tierra hacia la parte del sur, y está de la alar donde tiene puertos dos leguas, como mas largamente consta de la Relacion remitida. Estanque del tabaco.—El estanque del tabaco de esta ciudad no vale mas que ocho mil reales cada año y fué yerro de la imprenta porque está puesto ocho mil pesos oficios de la ciudad.— Tampoco en los oficios de esta ciudad viene puesto el Alguacil mayor. Anexos al Obispado de Puerto Rico.—La isla Margarita, Cumaná, Cumanagato y Nueva Barcelona, San Miguel del Batey, San Phelipe de Austria, Cumanacoa por otro nombre San Baltazar de los Arias, la isla de Trinidad, Santo Thomás de Guayana y la isla de San Martfn.—Esta es una de las que se llaman de Barlovento. Quitósela al holandés España y fundó en ella un presidio cerrado para prohibirle sus salinas, cuya esterilidad no ha sufrido mas .poblacion que la del Castillo; y eso, para evitar gastos y otros inconvenientes está mandada retirar la infantería y demoler su fortificacion, como se hizo en principios de Enero de 648 con cinco navíos que envió de Puerto Rico su Gobernador y Capitan General D. Francisco de la Riva Agüero: que llegaron a dicha isla víspera de año nuevo, hallándola apestada, y á toda prisa embarcaron la artillería y municiones, demoliendo las fortificaciones, y se hicieron á la vela, y llegaron á este puerto en dos días de navegacion, á los 20 de dicho mes de Enero, habiendo muerto más de cien personas de la dicha peste: y así mismo hundidose uno de los cinco navíos en que perecieron más de 60 personas, escapando seis milagrosamente sobre unos palos: perdiéndose el navío á las nueve de la noche más de cinco leguas de tierra. Atribúyese este desgraciado fin á estar su Gobernador excomulgado por ciertos agravios que hizo al Cura y Vicario y á otro clérigo.—Este dicho año de 648, por Febrero, la peste (3) que cesó luego que llegó la gente apestada del Presidio desmantelado de San Martfn, con las plegarias, misas y rogativas que se hicieron, teniendo descubierto el Santísimo Sacramento, volvió con tanta fuerza, que murieron 600 personas, (1) Error. El rio se llamaba por los indios Abacoa. El nombre de Arecibo viene del cacique Arasibo.—C. y T. (2) Error. La fundación de la aldea es anterior. En esa época, 1616, es la declaratoria de Pueblo.—C. y T. (8) ¿Qué peste fué ésta? ¿Seria la Disenteria? Lo diría el cronista. Nos inclinamos a creer fuese la Fiebre Amarilla.—C. y T.
293 usando Dios de su misericordia que nadie murió sin Sacramentos: y habiendo en este tiempo salido un barco para la isla Margarita, se avisa, que les llevó la peste y ha muerto mucha gente.— En este año de 648 murió por Agosto el señor obispo de este Obispado I). Fray Damián López de Haro; en la Margarita, donde estaba entendiendo en la visita espiritual, que por corregir algunas cosas, que necesitaban de remedio y defender su esposa la Iglesia de Cumaná padeció mucho por los enemigos poderosos que se le levantaron: referiré un caso notable que sucedió, estando haciendo sus honras en esta Cathedral, de que se ha tomado testimonio, y fué así: que estando á los 21 de Octubre de 1648 diciendo la primera Inisa del novenario, entró una paloma montaraz en la Iglesia, y se puso sobre el Coro, en medio de un tirante que cae sobre la silla obispal, estando cantando la música, después de la epístola, el verso in memoria eterna crit justus abanditione non timebit.—La cual paloma se estuvo allí hasta que se acabó la misa, y salieron del Coro á cantar el responso donde estaba el túmulo al lado del Evangelio, junto al altar mayor, donde es el entierro de los señores obispos: y entonces dió un vuelo la paloma pasando por sobre el túmulo y se estuvo allí cuatro días hasta el Sábado después de la misa del novenario, sin comer cosa alguna. De esto hubo general regocijo en la Iglesia, teniendo por buen anuncio de que estaba en carrera de salvaciou el alma de dicho señor obispo.—De la Margarita se avisa, hay hecha información como el señor obispo profetizó su muelle: y por carta de su Gobernador se avisó al • canónigo D. Diego de Torres Vargas. Tambien se hizo information con mucho número de testigos que le vieron llamar muchas veces los pájaros y venírsele á las manos.—Esta ínformation se remite á España en el patache: y en ella va inserto el suceso de la paloma. DESCRIPCIÓN DE LA ISLA Y CIUDAD DE PUERTO RICO.
REAL ORDEN CONCEDIENDO EL USO DE UN DISTINTITIVO AL AYUNTAMIENTO DE LA CAPITAL DE PUERTO RICO. Madrid, Julio 12 de 1861.
Rico.
Excmo. Sr.: Accediendo la Reina (q. D. g.) á Instancia que V. E. envió á este Departamento en 9 de Abril último, promovida por el Ayuntamiento de esta Capital, se ha servido concederle, como distintivo, que dé á conocer los individuos que lo componen en el ejercicio de sus funciones, el uso de una medalla de oro con las armas de la Nacion en el anverso y las de la Ciudad en el reverso; debiendo aquellos llevarla al cuello, pendiente de un cordon del mismo metal que la medalla.—De real orden lo comunico á V. S. á los efectos consiguientes.—Dios guarde á V. E. ms. as.—Madrid 12 de Julio de 1815.Señor Gobernador Capitan General de Puerto
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1827 -1898.
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El doctor Ramón Emeterio Betances y Alacán nació en Cabo Rojo el año de 1827. Se educó en París, cerebro de una nación grande y libre; y como hijo de humilde cuna y con alguna sangre africana en sus venas (confesado por él mismo en sus cartas familiares publicadas) al regresar á su patria y ver cómo crugía el látigo en las espaldas del negro, pensó en libertar á su país del padrón (le ignominia de la esclavitud, fundando enseguida una sociedad secreta abolicionista. La redentora idea brotó en la mente de Betances, al pasar un día con un grupo de amigos por el frente de la iglesia parroquial, en momentos en que, en el atrio, un negrito que iban á bautizar, hería los aires con agudísimos quejidos. —; Cómo grita esa criatura!—dijo uno de los compañeros del doctor. —Naturalmente, añadió otro, tal vez presiente la suerte que le espera, como esclavo, en este pícaro mundo. —Pues ¡ vamos á libertarle! exclamó el doctor Betances, sintiendo una oleada (le generoso sentimiento afluir á su corazón de filántropo. Y, acercándose á la negra que llevaba en brazos á su hijito, preguntóle: Cuánto exigen por la libertad de tu hijo? —Mi amo. . . pide 25 pesos, antes de bautizarlo; y 50 pesos, después de bautizado. . . Mira, antes que venga el padre cura, ven con nosotros, y te daremos los 25 pesos para la libertad de tu hijo. La propaganda abolicionista tomó entonces cuerpo real y positivo; y empezaron a sentirse sus efectos en toda la isla. Tras la idea (le libertad social para los pobres esclavos, concibió Betances el gran pensamiento de redención política para sus compatriotas. Y, comprendiendo la impotencia de nuestra pequeñez geográfica, así como tuvo Bolívar aquella sublime idea de los Estados Unidos de Colombia, cristalizó en la mente de nuestro revolucionario la idea magna de una gran Confederación de las Antillas, que pudiese formar con el tiempo una nación marítima de 25 millones de habitantes. Ideal hermoso de su corazón de ferviente patriota. Inteligencias de semejante temple no pueden vivir mucho tiempo en los estrechos límites de una colonia; y Betances perseguido como sospechoso por los esbirros del Gobierno, por manifestar en público sus ideas políticas, tuvo que expatriarse al fin. El general Marches! aprovechó la sublevación de los artilleros de la plaza de San Juan, en 1867; 9 expulsó á Betances de la Isla, en unión de otros connotados puertorriqueños; designándoles que tenían el deber de presentarse al Gobierno de Madrid.
295 Betances y Ruiz Belvis marcharon al ostracismo, antes que obedecer al autócrata gobernante, el cual, al no ver obedecidas sus órdenes, los declaró, inmediatamente, en la "Gaceta Oficial" como prófugos y fuera de la Ley. l)on Fernando Cordell, de Lajas, que aún vive, fué quien facilitó á Betances y Ruiz Belvis los medios de ocultación y fuga de la Isla, exponiéndose á las iras del gobernador. El 9 de Julio de 1867 arribaron á La Alontalva, lugarejo de Santo Domingo. Dejado el bote se recostaron sobre una frisa en la playa para hacer fuego y calentarse por estar mojados. Hicieron café. Al apurar su taza dijo Betances: Esto me recuerda la patria ausente. Ruiz Belvis se sonrió tristemente. Betances fi jó su residencia en París, después de pasar por la capital dominicana, Curazao, Caracas y San Thomas. En la capital de Francia dedicó todas sus energías y actividades á fomentar el espíritu revolucionario de los puertorriqueños y á dar impulso á las insurreciones de Cuba; calculando siempre, que por donde saliese el bergantín cubano, en el tormentoso mar de las guerras civiles, llevaría remolque la chalupa puertorriqueña, atada á su popa. Por los trabajos separatistas de Betances en pro de la causa cubana la Junta de New York le nombró Representante diplomático junto al gobierno francés. Su casa en París era una fragua política. Y á pesar de su vida de revolucionario, siempre agitada, no olvidó el cultivo de las ciencias y de las letras, y el ejercicio de la profesión médica, de la cual vivía honradamente en la gran Lutecia. El gobierno francés, le honró con la Cruz de la Legión de honor. Cultivó Betances la literatura, dejando varios trabajos, algunos en francés, en prosa y verso. Entre ellos descuella Lavierge de Borinquen. Usó muchas veces el seudónimo El Antillano en sus artículos periodísticos. Y vivió siempre enamorado de su ideal político: La Confedereción Antillana. Un ensueño griego, hermosísimo, pero difícil de plantear y utópico por ahora, dados los elementos incongruentes de nuestro archipiélago. Su americanos;. pero las Antillas para divisa era: América para los Antillanos. La muerte llamó á sus puertas, á la hora fatal del eterno descanso, (18981, en los'precisos instantes en que su dorada ilusión, como un copo de nieblas tornasoladas, se deshacía en el horizonte político de una triste realidad. Betances IIo era anti-español, ni odiaba á. España. Amaba la libertad de su patria y ésto le ponía en pugna con los gobiernos metropolíticos. Era amigo íntimo de Ruiz Zorrilla y mantenía muy buenas amistades con los repúblicos de Madrid. La pasión revolucionaria por la libertad de Cuba y Puerto Rico le hacía aparecer, ante los reaccionarios, como anti-español. Y como gran agitador y atleta del filibusterismo se vigilaba su hogar, foco ardiente de la revolución cubana. Era, por otra parte, amigo de todos los agitadores europeos. Recordemos siempre al noble patriota como un carácter enérgico, que bajó á la tumba sin poder ver realizado su bello ideal, pero amando la patria puertorriqueña, con entrañable cariño v sintiendo hondamente no morir en una casita de yaguas los
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de sus pintorescos campos, aunque sabia el axioma de Pitágoras, de que el hombre político que se ausenta voluntariamente de su patria no debe retornar á ella, sino triunfante. Era que las tristezas del ostracismo, habían llenado su espíritu de profunda melancolía. La humanidad lleva en su seno un principio, la libertad, que por más que quieran ahogarlo y destruirlo los tiranos, él se sobrepone siempre, al final de todos los dramas sociales y políticos. Los poderosos podrán levantarse por sus virtudes, pero caen por sus abusos, y tarde o temprano hay que•devolver á todo pueblo subyugado su libertad y la plenitud de sus derechos!...
HISTORIA DE PUERTO RICO. SEGUNDA CONFERENCIA DEL DR. Cr1YETANO COLL Y TOSTE. Tema: Exploración de la Isla por Juan Ponce de León: rectificaciones históricas. SEÑORES:
isla
En la Conferencia anterior quedamos en que el 19 de Noviembre de 1493 descubrió el gran almirante D. Cristóbal Colón la isla de Boriquén y la bautizó con el cristiano nombre de San Juan Bautista. En la mañana del día 22 la flota del Descubridor hizo rumbo al noroeste y por la tarde de ese mismo día descubrió nuevas tierras: era el actual Cabo Engaño de Santo Domingo. Entonces bojeó a aquella isla por la banda norte en demanda de la Villa de la Navidad, donde los expedicionarios habían construido un fuerte con los restos de la nao Santa Maria, que como sabéis naufragó en aquella costa durante la primera empresa del gran Ligur. En dicho fuerte el Almirante había dejado a su familiar Diego de Arana, hermano de doña Beatriz Enriquez, su segunda mujer, acompañado de los tenientes Pedro Gutierrez y Rodrigo de Escobedo, con un puñado de valientes. Eran unos 39 hombres, que se hablall quedado en el Nuevo Mundo al amparo de Dios y confiados en sus puños. Y aquí tenemos que hacer una importante rectificación. El padre Nazario en su obra Gua yanilla y la historia de Puerto Rico opina que el crucero del gran Almirante avistó a Hayti el 21 y que luego costeó la hermana por el sur para llegar al puerto de la Villa de la Navidad. Grave error del estudioso presbítero. Error que nace de meter la flota de Colón en el fondeadero de Guayanilla el 19 de Noviembre, en lugar de llevarla ese mismo día a la bahía de la Aguada. Es preciso que tengamos presente que el diestro marino genovés se mantuvo muy previsor en esta su segunda empresa
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cada vez que se aproximaba a tierra, teniendo en cuenta la pérdida de su Capitana sufrida en el primer viaje; iba ahora a llevar torpemente su escuadrón, compuesto de diez y siete naves, de ellas tres grandes carracas, por el boquete que forman las puntas Barraco y Puntilla a fin de alcanzar el surgidero de Guayanilla : lugar completamente desconocido de los expedicionarios. Es indudable, pues, que la armada corrió la banda meridional de Puerto Rico bien alejada (le tierra, por temor a los ocultos y peligrosos bajos de la costa; y favorecida por el viento alisio del este navegó en popa todo el día 17, se mantuvo al pairo durante la noche temporejando, y al subsiguiente día remontó las aguas turbulentas de los Morrillos de Cabo Rojo para ir a echar el ancla el 19, como hemos dicho ya, en el último ángulo occidental de la Isla, según afirma Pedro Mártir de Anglería. Al llegar Colón frente a la Villa de la Navidad, desgraciadamente de noche, ordenó saludar a aquella misma hora a la gente del Fortín con tiros de lombardas. Al estruendo del cañón respondió un silencio sepulcral. ¡ Con nta pesadumbre caería aquel silencio horrendo sobre el alma del denodado marino, que con tantas ansias había precipitado su viaje para auxiliar cuanto antes a sus intrépidos compañeros del primer viaje!... Al día siguiente todo fué desolación y tristeza: el fortín habla sido destruido por el fuego, los cristianos habían sido muertos y los indígenas estaban retraídos y desconfiados!... Averiguados los hechos, se supo que el cacique caribe Caonabó había atacado el fortín de la Navidad y a los indios de Guacanagari, confederados de los españoles, arrasando la comarca y destruyéndolo todo. Entonces se escogió otro sitio para iniciar la colonización; se abandonó aquel fracasado puesto y se fundó la ciudad, a las márgenes de un hermoso rio y un poco más al este que el anterior, poniéndole el nombre de La Isabela en memoria de la Católica Reina, la gran protectora de esta singular empresa. En pocos días quedaron levantados de madera, los edificios públicos, y algunas rancherías y el 6 de Enero de 1494 se cantó la primera misa en las Indias Occidentales, oficiando el Vicario apostólico fray Bernardo Buil, de la orden de Mínimos, acompañado de los doce sacerdotes traídos del monasterio de Monserrat de Cataluña; usándose ornamentos litúrgicos de la propia capilla real. Mientras se levantaba el poblado envió Colón a los tenientes Alonso de Ojeda y Ginés de Gorvalán, al frente cada uno de 15 ginetes, bien armados, a explorar el interior de aquella isla. Por todas partes recibían los expedicionarios grandes muestras de afecto al atravesar los poblejos indígenas. Andando el tiempo se dieron cuenta los pobres haytianos que aquellos extranjeros eran unos huéspedes poderosos y molestos, que querían quedarse con el país. Sospecha que quedó confirmada al ver construir una fortaleza en el interior, el fuerte de Santo Tomás, cerca de las minas de oro del Cibao. Frente a este baluarte dejó Colón a molen Pedro Margarit, el jefe de las tropas, con una guarnición de 50 hombres, y regresó a La
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Isabela, donde encontró disturbios, murmuraciones y descontento sumo entre los colonizadores por motivo de enfermedades, hambres y escasez de provisiones europeas; y sobre todo que se iniciaba un intenso desagrado entre aquellos guerreros e hidalgos por ser comandados por un genovés, y en ausencia de él por otro genovés, como lo era D. Diego Colón, hermano del Almirante; y luego por D. Bartolomé, otro genovés. Hubo parcialidades en la incipiente colonia y empezaron a delinearse das partidos: los que levantaban pendón por el Rey y los adiptos a los Colones: levadura de descontento, que se encargaron de trabajarla los díscolos, ambiciosos y desiquilibrados de posición social. Entre estos descollaban Francisco Roldán, Hernando de Guevara, Adrián Muxica y Pedro Riquelme. Por otra parte, los indígenas del interior, mandados por el valiente Caonabó atacaron a Margarit en .Santo Tomás. Hubo choques sangrientos entre españoles e indios y fué preciso tomar el acuerdo de sojuzgar la isla por las armas. En este sentido Colón fué cruel con los indígenas: no tuvo inconveniente de mutilarlos, cortándoles orejas y narices, para llevar a ellos el terror. La guerra de conquista, que hubo necesidad de plantear en La Española, y el descontento y parcialidad entre los colonizadores paralizó la exploración del Boriquén. En 1500 vino el comendador Francisco de Bobadilla a sustituir a Colón, aherrojó sin consideración alguna al gran Almirante y a sus hermanos D. Diego y D. Bartolomé y los envió de seguida presos a España. En 1502 nombraron los Reyes Católicos al Comendador fray Nicolás de Ovando para reemplazar al torpe pesquisidor Bobadilla, que habia puesto la isla en un estado anárquico. Ovando organizó la colonización en debida forma, pero con los indígenas fué tan cruel, o más, que Colón y Bobadilla. El año de 1504 se fué el tiempo en la Corte en los cuidados que hubo que prestarse a la enfermedad y muerte de la Reina Católica, por lo que el Rey D. Férnando no pudo atender, como era de desear, a las exploraciones y descubrimientos en las Indias Occidentales. En 1505 ya se ocupó el monarca de colonizar el Boriquén, y en tal virtud se ajustó una capitulación en Toro, a 24 de Abril, con Vicente Yañez Pinzón para poblar la isla de Sanct loan como Capitán y Corregidor. Este Vicente Yañez Pinzón, vecino de Palos de Moguer, y hermano de Martín Alonso Pinzón, capitaneaba la carabela Niña en el primer viaje del gran Almirante, y en Diciembre de 1499 hizo una exploración a las Indias Occidentales, siendo el primer europeo que pasó la línea equinoccial, y descubrió, en Enero de 1500 el Brasil y el Amazonas. Vicente Yañez al hacer aguada en Boriquén rescató pepitas de oro, y fué el que por primera vez llevó al Rey muestras del oro de nuestras minas. Yañez no cumplió el asiento de 1505: al llegar a Sanct loan, llenó sus pipotes de agua, soltó unos cabros y cerdos en los Pozos de la Aguada e hizo rumbo al Continente en demanda de un paso al
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299 mar del Sur, como lo había buscado antes Cristóbal Colón en su cuarto viaje. Ya para este tiempo se iba extendiendo la colonización en La Española, con implacable destrucción de los indígenas, que iban desapareciendo con asombrosa rapidez. La guerra de conquista se fué generalizando por toda la isla hermana y llegó por fin al cacicazgo (le Ji guaye gua, donde el cacique Cotúbanamá hizo una resistencia desesperada a los conquistadores comandados por Juan de Esquivel. Entre la tropa que se destinó a dominar esa región iba, como capitán de la gente de Santo Domingo, Juan Ponce de León, que había venido a las Indias en el segundo viaje del gran Almirante. Sojuzgado el terrible régulo indígena, el comendador Ovando dispuso que Ponce de León quedara al frente de aquel territorio para terminar de pacificarlo y colonizarlo. Juan Ponce fijó su residencia en Salvalcón del Higiiey, y allí tuvo noticias que en la inmediata isla de Boriquén había abundancia de oro. Obtuvo buenas muestras del preciado metal y cerciorado de la verdad de tal existencia, pidió al comendador Ovando le diera permiso para explorar la desconocida isla. Convencido el gobernador de La Española de la información de Ponce de León, le concedió el permiso solicitado, y el 15 de Junio de 1503 se firmaron las primeras Capitulaciones, por las cuales quedaba obligado el Capitán del Higüey a hacer los gastos de la expedición, y, sacado el quinto para Su Alteza, el resto del oro se dividiría en dos partes, una para el Capitán explorador y la otra para la Corona. Hechos los preparativos del viaje en la ciudad de Santo Domingo, Juan Ponce reunió cuarenta y dos bravos que quisieran compartir su suerte con él y escogió a su vez ocho marineros para el servicio del carabelón que los había de conducir en tan peligroso bojeo. Dispuesto todo y abastecidos de algunas provisiones de boca, salieron del puerto del Ozama el 12 de Julio con rumbo a Salvaleón del Higiiey para completar su abastecimiento y embarcar la gente, que por todos formaban un total de cincuenta personas. Estando todavía en el puerto de Ynma sufrió los contratiempos de una tormenta, que le metió el carabelón entre unas peñas, perdiéndose muchas provisiones. Esto acontecía el 3 de Agosto. Sabido es, que Agosto es el mes que con más frecuencia azotan los ciclones nuestra isla y la de Santo Domingo. Aderezado el barco, ya pasado el mal tiempo, y guiados por indios prácticos en la travesía que iban a emprender, izaron velas en demanda de la Mona, que para aquella remota fecha estaba muy poblada de indígenas. En esta islilla encontró Juan Ponce indios del Boriquén que hacían sus viajes por el canal eul. sólidas canoas enterizas, abordando siempre a la Mona por el sur, donde únicamente existía surgidero, pues, por el norte están los acantilados. Del sur de la Mona fueron en demanda del sur de Boriquén, utilizando las corrientes. Y el día 12 de Agosto arribó Juan Ponce de León felizmente a la deseada tierra y, como él mismo lo dice, sumió en la playa que está en el parare det SEGUNDA CONFERENCIA DEL DR.
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cacique Agüeybana. El recibimiento del régulo boriquense fué cordialisimo y se hicieron guaytiaos, es decir, confederados. Estando el carabelón surto en la bahía de Guhnica, pues, pasado el oleaje de los Morrillos de Cabo Rojo es el mejor fondeadero del sur, hubo otro mal tiempo que les echó a la playa el barco. Esto ocurría el 16 de Agosto. Nuevamente recompuesta la embarcación, y, acompañado por Agüeybana, se hizo a la vela Juan Ponce con rumbo al este, costeando la banda meridional de la isla y haciendo amistad con los caciques de la costa. Luego recurvó el sureste en demanda del este y norte, viniendo a fondear el carabelón en la actual bahía de la Capital. Quedó maravillado el Capitán explorador del rico aspecto de la extensa bahía, y siguió su viaje la costa abajo, viniendo a detenerse en Boca Habana, donde echó el ancla y descargó el carabelón. Hizo bohíos en aquel sitio; y envió el barco a las órdenes de Juan Xil Calderón, su lugarteniente, a proveerse de pan casabí y de batatas y boniatos en la isla de la Mona. En Boca Habana estuvieron los expedicionarios todo el mes de Septiembre, y descontentos del lugar exploraron el río Toa, que precisamente desemboca por aquel punto, y no satisfechos, levantó anclas el caravelón e izó velas en busca de la gran bahia, reconocida. No encontrando Ponce de León asiento a su gusto, volvióse otra vez a Boca Habana y retornó a enviar de nuevo el carabelón a la Mona por bastimentos. Y refiere el Capitán explorador que en esse tiempo se metió un mar de levadla de la parte norte que le hizo conocer las malas condiciones del fondeadero. Entonces, partió por tierra con quince hombres en demanda de la bahía para asentar en sus riberas de cualquier modo, lejos o cerca della. Todavía tuvo Ponce de León que abandonar por la humedad el sitio elegido e internarse tierra adentro, donde a mucho más de media legua del puerto levantó el primer pueblo de cristianos en el Boriquén, al cual ordenó luego el comendador Ovando, que se le llamara la Villa de Caparra y el Rey lo bautizó la Cibdad de Puertorrico. Los cimientos de Caparra se echaron, pues, a fines de 1508, de Noviembre a Diciembre. Cae en error Oviedo al fijar el año de 1509; y más equivocado aún Herrera al señalar el .de 1510; así como todos los demás escritores puertorriqueños . que han seguido a estos dos cronistas de Indias. Ponce de León hizo construir en Caparra una casa mediana con su terrado e pretil e almenas e su barrera delante de la puerta e todo encalado de dentro e de fuera, e'de altor, con siete tapias, pretil e almenas. Y dió solares a sus compañeros para que levantaran sus casas. Al mismo tiempo se puso en amistad con cinco caciques. Entonces dispuso que una cuadrilla de naborias, es decir peones, recogiera granillos de oro, lavando arenas auríferas. Este oro llevado a la fundición de la Concepy 4 tomines. ción en La Española, ascendió a 836
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801 Al mismo tiempo ordenó Ponce de León hacer labranzas junto al pueblo para el futuro abastecimiento de los pobladores de Caparra; y también dispuso que en las márgenes del Toa se fomentara una buena granja, que desde luego adjudicó a la Corona. La labor del Capitán explorador habla sido gigantesca. Embarcóse en Abril de 1509 para dar cuenta al Comendador Ovando del espléndido resultado de su viaje al Boriquén. Enterado el gobernador de La Española de todo ordenó a Ponce de León regresara inmediatamente a Sanct 1 oan a organizar la colonización, y eon tal motivo se firmaron el 2 de Mayo del mismo año las segundas capitulaciones. Las bases de este asiento las hemos publicado en el Boletín Histórico de Puerto Rico, tomo 1° págs. 118 a 126. Tenemos que rectificar en esta segunda conferencia, con documentos del Archivo de Indias, a la mano, a Oviedo, Herrera, Iñigo Abbad, y los que los siguen, que afirman erróneamente que cuando Ponce de León .regresó a La Española de su exploración en el Boriquén, en Abril de 1509, ya había venido el segundo almirante D. Diego Colón a hacerse cargo del gobierno de las Indias en sustitución de Ovando. Es verdad que ya estaba nombrado el hijo del gran Almirante para dicho gobierno, pero no vino a Santo Domingo hasta el 10 de Julio de 1509. También es preciso rectificar el primer viaje de Ponce de León, tal como lo relata D. Salvador Brau en su obra escolar Historia de Puerto Rico, pág. 22 y como aparece en su otra obra La Colonización de Puerto Rico, págs. 106-109, después de conocidos los documentos del Archivo de Indias, que hemos publicado en el citado Boletín Histórico de Puerto Rico. Resumiendo, tenemos, 1º que el primero que presentó muestras de oro del Boriquén al Rey, fué Vicente Yañez Pinzón en 1500. 2º Que Vicente Yañez Pinzón celebró capitulaciones en cumplimentó, por lo 1505 para colonizar a Sanct Xoan y no que prescribieron sus derechos como Capitán y Corregidor. 3° Que el primer explorador de la isla fué Juan Ponce de León, que el 12 de Agosto de 1508 desembarcó en el sur e hizo buena amistad con el cacique priñcipal Agücybana y con otros caciques de las costas. 4° Que la Villa de Co parra se inició a fines de 1508. 5° Que cabe la gloria a Juan Ponce de León de haber fundado el primer solar puertorrique<lo y el primer hogar cristiano en nuestra selvática isla, pues, trajo inmediatamente su familia a vivir con él, acto de alta moral social no realizado por ninguno de los otros conquistadores de América, de gran nombradta.—HE DICHO.
302 CARTA QUE EN 13 DE AGOSTO DE 1565 ESCRIBE PERO MENÉNDEZ DESDE PUERTO RICO, DANDO NOTICIA DE SU ARRIBADA FORZOSA A ESTA ISLA, A CAUSA DE UN HORRIBLE HURACÁN. (De la obra "La Florida", su conquista y colonización por Pedro Menéndez de Avilés.) Puerto Rico 13 de Agosto de 1565. CATÓLICA REAL MAGESTAD.—Yo partí de las Palmas de Gran Canaria á ocho del pasado, y aquella noche dándome mucha brisa, dos leguas de tierra dió calma a los navios que iban saliendo: de manera que aunque reparé por los aguardar, é fice lo posible, al amanecer estaba á ocho leguas de tierra sin vista de los navios, sino uno que conmigo se alargó: y viéndome solo, y que no era posible volver á tierra á buscarlos, navegué mi viage con próspero tiempo, y a 350 leguas de la Florida dióme un huracán y fué milagro no nos hundir: que como traíamos tanta artillería y zallada (1) fuera puesta á punto de guerra, esperando encontrarme con la armada francesa, fué mala de meter dentro y cerrar las portas: y el viento fué tanto y la mar tan gruesa, que nos convino echar mucha artillería á la mar, aunque de V. M. no se echó ninguna: y la gran fuerza de la tormenta y viento fué tanto, que nos llevó todos los árboles y velas, sino solo el mastil mayor sin mastareo, (2) y duronos dos noches y un dia: y como el navio estaba tan estanco y es tan fuerte y buen marinero, fué Nuestro Señor servido escaparnos. Abonanzando el tiempo, volvime á reparar lo mejor que pude de algunos mastereos que traía de respeto, y lonas, de que hice árboles y velas, y con la ligereza del navio navegaba medianamente, y me fué forzoso navegar á este Puerto Rico, donde entré á ocho deste mes sin haber visto de otra tierra dende Canarias aquí; y por no hallar aquí ningun recaudo de martes, (1) ni aarcia, y la dilacion de aguardarlo é inviarlo á buscar á otras partes. Y desto podría resultar grande inconveniente, porque si los franceses no son llegados á la Florida, podrian llegar y forticarse muy á su salvo; y por esto acordé dentro de tres días despacharme de aquí é irme á la Havana ó Matanzas. Y doy aviso a la Audiencia de Santo Domingo del viage acertado, brebe y más seguro que podemos hacer, porque me certifican en este pueblo que están en Santo Domingo muy temerosos de navegar á la Florida en tiempo de huracanes: y por la orden que yo daré, con la ayuda de Nuestro Señor, no hay mucho que temer, y enviolos un piloto diestro para que con la Carta de marcar en las (1) Zallada, de zallar, que significa asestar la artillería.—C. y T. (2) Mastareo, por masteleo, vocablo anticuado, por mastelero.— C. y T. (3) Mastes, de maste, que equivale a mástil.--C. y T.
CARTA DE PERO MENfNDEZ.
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manos se lo dé á entender: porque yo estoy cierto que después que entendieren la buena navegacion y más segura que podremos hacer, seanime más la gente (le mar y guerra para hacer el viage: y es cierto que con la ayuda de Nuestro Señor será más brebe y seguro, y ganarse há tiempo, y no tendrán tanta costa los navios que van á costa de V. M. (leste puerto y de Santo Domingo. Con la qual orden, con la ayuda de Nuestro Señor, espero estar en la Florida, si de Santo Domingo despachan brebemente, en todo este mes de Agosto hasta diez (le Septiembre, y confío en Nuestro Señor el viage será brebe y á buen salvamento. Quando partí de Sevilla, había 2:2 dias que Pedro de las Roelas era partido con su flota y armada y quando llegué á Canarias había ocho días que era partido de la Gomera, y venian dos navios en su flota para este puerto, y ninguno dellos es llegado. Si el tiempo que á mi me dió le dió :í él, habrá tenido trabajo su flota. Dios le traiga á salvamento. Bien temo no me poder aprovechar de su nao Capitana, porque llegará tarde á la Havana : más digo á V. M. que quando no fuese fi tiempo, ni la gente, ui caballos de Santo Domingo, no por eso dexaré de desembarcar con brevedad en la Florida con la gente que me hallare: porque si es antes que los franceses lleguen, parece que bastaremos. para les ganar la boca del Puerto y fortificarnos en él para les empedir el socorro que'esperan: porque me parece que para esta guerra se acabe presto consiste principalmente que llegue yo á la Florida primero que los franceses. Porque en razon natural, segun la prisa coil que yo he venido hasta aquí, é ire dende aquí á la Florida, llegaré primero que no ellos: y aunque para esto corramos harto riesgo y pasemos trabajos, no por eso me parece en ninguna manera debemos dexar de aventurarnos: porque si los franceses llegan primero á la Florida, toda la fuerza que yo llevo, aunque vaya junta, es poca para ofender. Habrá un mes que pasó por San► German una zabra (1) francesa que iba á la Florida, y tomó un miavio con el aviso que V. M. los que inviaba á estas partes. Creído tengo lleba recaudo estaban en la Florida, dándoles aviso del socorro que les iba, y de como yo iba sobre ellos, que para que se fortifiquen y entretengan hasta que les llegaba, de ue me pesa, y no por esto dexaré en ninguna manera de los ir á buscar con toda brevedad, con la fuerza que uno hallare. Desta ciudad llebo un navio bueno, con 50 hombres entre soldados y marineros, y 20 caballos: y el Gobernador y Oficiales de V. M. para mi brebe despacho y partida de aquí, me han dado todo favor é ayuda, y han despachado este navio para que le lleve conmigo, y danme dos muy buenos barcos, que el uno va con el aviso á Santo Domingo y á la Havana, y el otro llevo conmigo para en la costa de la Florida descargar el navio y enviarlo dentro de dos ó tres días á este puerto porque no esté gastado y haciendo costa, y corra mucho riesgo á la entrada del puerto (1) Zabra, del latín svppara, nave alejandrina, ligera. Se usó en loa mares de Vizcaya esta especie de fragata pequeña.—C. y T.
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CARTA DE PERO MENúNDEZ.
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por
por demandar mucha agua, y servirán los barcos para descargar la gente que va en este Galeon, artilleria y municiones y bastimentos. Juan Ponce de Leon, (2) Contador de V. M. en esta ysla, y alcayde de la Fortaleza, es un caballero principal. Yo le he referido lo mucho que importa al servicio de V. M. salir yo con esta empresa, y que mi intento es gastar toda mi vida y hacienda en ella, pues dello se sirve Dios, Nuestro Señor; y le pedi se encargase tomar mi poder y ser mi Lugarteniente en esta Ciudad y Puerto para haber de venir á él todos los navios y gente que hovieren de ir á la Florida, y haber de venir aquí á cargar de caballos y ganados para allá, porque es menester para esto hombre de valor y que sea parte en la tierra. El lo ha acetado por servir á V. M. y hacerme á mi placer, á quien V. M. podrá inviar qualquiera despacho que para mi hobiese de venir, porque él me lo inviará á Florida. Suplico á V. M. me haga merced de escribirle teniéndoselo en servicio, porque será causa de que con más ánimo y voluntad haga todas las cosas que me convengan para la Florida, porque estas serán las que convendrán al servicio de V. M. Guarde y prospere Nuestro Señor la Católica Réal Persona de V. M. con acrecentamiento de mayores reynos y señoríos, como los criados de V. M. lo deseamos y la christiandad lo ha menester.—Fecha en Puerto Rico á 13 de Agosto de 1565 años.—De V. M. humilde criado, que sus Reales manos besa, Pero Menéndez. REAL ORDEN AUMENTANDO LA CONSIGNACION PARA GASTOS DE POLICIA SECRETA. (De la Gaceta Oficial.) Madrid, Noviembre 8 de 1858.
Rico.
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Excmo. Sr.: En vista de la carta de V. E. número 301, fecha 14 de Junio último, la Reina (q. D. g.) se ha dignado aprobar el aumento de 1,500 pesos, que en ella pide para gastos de Policía Secreta en esa isla; y mandar se incluya dicho aumento en el crédito del Presupuesto relativo al próximo año venidero de 1858.Sr. Gobernador Capitan General de Puerto (1) (1) Este es Juan Troche y Ponce de León, nieto del Conquistador. —C. y T. (2) Por efecto de este aumento ascendió la consignación para Policía Secreta a 4,020 pesos.—C. y T.
305 REAL DECRETO PARA ORGANIZAR EL RÉGIMEN MUNICIPAL DE LA ISLA DE PUERTO RICO. (Del Archivo particular de Coll y Toste.)
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Ministerio de Marina, Comercio y Gobernacion de Ultramar. —ExcMo. SEÑOL-LA REINA (Q. D. G.) se ha servido espedir con esta fecha el Real Decreto siguiente :—Hallándose planteado en la Isla de Puerto-Rico por circunstancias políticas el Real Decreto de veinte y tres de Julio de mil ochocientos treinta y cinco, espedido provisionalmente para el arreglo de los Ayuntamientos de la Península é Islas adyacentes, y teniendo acreditado la esperiencia que, léjos de haber sido beneficioso este réjimen para los pueblos de dicha Isla, ha servido solamente para ori jinarles mayores gastos y crear compromisos á las Autoridades superiores de la misma, entorpeciendo la marcha de su administraeion jeneral, vengo en mandar que, miéntras no se haga una ley especial para los Ayuntamientos de Ultramar, se observe lo siguienté. 1° En la isla de Puerto-Rico solo tendrán Ayuntamientos la Capital, Mayagües, Arecibo, Humacao, Ponce, Aguadilla, Guayama y San German. 2°—Cesarán desde luego todos los demas Ayuntamientos establecidos en los otros pueblos de la citada Isla. 3° El de la Capital, se compondrá de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, trece Rejidores y dos Síndicos procuradores: el de Mayagües de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, trece Rejidores y dos Síndicos procuradores: el de Arecibo de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, once Rejidores y Síndico procurador: el de Humacao de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, nueve Rejidores y un Síndico procurador: el de Ponce de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, trece Rejidores y dos Síndicos procuradores: el de Aguadilla de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, trece Rejidores y dos Síndicos procuradores: el de Guayama de un Alcalde, un Teniente de Alcalde, seis Rejidores, y dos mas en el barrio Arroyo, y un Síndico procurador: el de Ban German de un Alcalde, dos Tenientes de Alcalde, trece Rejidores y dos Síndicos procuradores. 4° Los Alcaldes y Tenientes de Alcalde de los citados Ayuntamientos se nombrarán por el Gobernador Capitan jeneral entre los Concejales elejidos segun el artículo sétimo y noveno de este Decreto, quedando los nombrados sujetos á Mi Real aprobacion. 5° En cada uno de los pueblos, de Caguas, Fajardo y Juana Litada Autoridad superior un Alcalde CorreDiaz nombrará jidor sin sueldo alguno, con sujecion tambien á Mi Real aprobacion. G° En los demas pueblos de la Isla se nombrarán por el Gobernador Capitan jeneral los Jueces pedáneos conocidos con el titulo de Tenientes á Guerra con su Junta vecinal, proporcionada segun las reglas establecidas hasta el año de mil ochocientos treinta y seis. 4 20
3p6 REAL DECRETO PARA ORGANIZAR EL RúGIMEN MUNICIPAL. 7º Las elecciones de Concejales se verificarán por los Ayuntamientos en union de igual número de mayores contribuyentes, debiendo remitirse las listas de estos con la anticipacion necesaria al Gobierno político Superior de la citada Isla, para su exámen, reforma y aprobacion, formándose de antemano el oportuno espediente; siempre que alguno de los contribuyentes mereciese ser escluido y reemplazado por el inmediato. 8° Los Alcaldes, Tenientes de Alcalde y Síndicos procuradores se elejirán anualmente, los Rejidores por mitad cada dos años. 9° Las actas de las elecciones pasarán al Gobernador Capitan jeneral con la anticipacion correspondiente para que las apruebe; usando en caso contrario de las facultades que le conceden las leyes y disposiciones sobre la materia. 10. En todas estas elecciones se observarán las reglas prescritas por las leyes con respecto á huecos y parentezcos. 11. Restablecidos de este modo los antiguos Ayuntamientos con las variaciones á que ha sido preciso atemperarlos, volverán al réjimen para ellos establecido en las leyes de Indias. 12. Todo pueblo que por su vecindario y riqueza se crea en el caso de tener Ayuntamiento, lo impetrará por conducto del Gobernador Capitan jeneral del modo y forma que marcan las leyes. 13. Para que el corto número de Rejidores perpetuos que existan sill haber sido indemnizados de sus oficios puedan serlo, se sustanciarán los debidos espedientes en la vía y forma prescrita por las leyes de tanteo y demas de la materia. Está rubricado de la Real Mano.—De órden de S. M. lo comunico á V. E. para su intelijencia y cumplimiento.—Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 27 de Febrero de 1846.— Topete.—Sr. Gobernador Capitan jeneral de la isla de PuertoRico. (1) (1) El Gobernador y Capitan General Conde de Mirasol dispuso para la ejecución del precedente Decreto un Directorio, teniendo en cuenta el de 1770, corregido en 1816 y que rigió hasta 1836. En el se expresa los derechos de los Ayuntamientos, de los Electores y los Elejibles, como habían de hacerse las Elecciones, cuando habían de tener lugar las Sesiones, las atribuciones de los Alcaldes, las de los Tenientes Alcaldes, las de los Regidores, las de los Sindicos, las atribuciones de los Ayuntamientos, de los Secretarios, del Depositario, cómo habían de hacerse los Presupuestos Municipales y las atribuciones de los Corregidores y Tenientes á Guerra. —Después se publicó un Reglamento para la ejecución de los Reales Decretos de 27 de Febrero de 1846 y 31 de Julio de 1847 sobre la Organización de los Ayuntamientos de la isla de Puerto Rico.--C. y T.
307 PYJNDAC16N
DF LA
JUNTA SUPERIOR
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COMPETENCIAS.
(De la Gaceta Oficial.) Puerto-Rico 5 de Mayo de 1838. "Ministerio de Gracia y Justicia.—Excmo. Sr.—Al Presidente del supremo Tribunal de Justicia digo con esta fecha lo que sigue.—Excmo. Sr. S. M. la augusta Reina Gobernadora se ha enterado detenidamente de la consulta elevada por ese supremo Tribunal, en la que se hace presente la necesidad de formar una Junta Superior de Competencias para dirimir todas las que se susciten entre las autoridades y juzgados de la islas de Cuba, PuertoRico y Filipinas; y deseosa S. M. de poner término á la confusion y variedad que se advierte en un punto tan importante dictando una regla que fije con claridad y sencillez el modo de proceder en la decision de competencias, evitando la oscuridad, dilaciones, gastos y entorpecimientos que en la actualidad se observan, se ha servido resolver, conforme á lo propuesto por ese superior Tribunal, lo siguiente, sin perjuicio de lo que se determine en la materia por las leyes especiales que se adopten en adelante para el gobierno de los dominios de Ultramar. 1° En las capitales de las islas de Cuba, Puerto-Rico y Filipinas se establecerá una Junta Superior de Competencias, que dirimirá las que se susciten en cada una de ellas entre los juzgados ordinarios y los privilegiados 6 especiales de cualquier clase que sean 6 las de estos entre si, es decir, de todos aquellos juzgados que no tienen un tribunal comun superior al que estén sujetos los jueces competidores. 2° Se compondrá esta Junta de cinco vocales, á saber: del Regente de la Audiencia, del Oidor decano, y cuando este haga veces de Regente concurrirá el que le siga en antigüedad; del Auditor de Guerra, del de Marina y del Asesor de Hacienda, entrando el Asesor mas antiguo de Gobierno en lugar del Auditor de Marina cuando lo sea tambien de Guerra. 3° Hasta tanto que el Gobierno de S. M. determine lo conveniente sobre la ereccion de una nueva Audiencia en la Habana, se compondrá la Junta superior de competencias de la isla de Cuba de los Asesores primero y segundo del Gobierno de aquella capital y de las demas personas señaladas para las otras islas, siguiéndose en lo demas las mismas reglas citadas para todas. 4° No asistirán á la Junta el vocal 6 vocales que como Jueces hubiesen suscitado 6 sostenido la competencia, reemplazándolos hasta completar el número de los Tenientes 6 Asesores de la capital por el Orden de antigüedad, y en defecto suyo elegirá el Gobernador Capitan general al letrado 6 letrádos de mejor reputation. 5° Presidirá la Junta el Regente de la Audiencia, 6 quien haga sus veces, y se decidirá las competencias sobre la tabla sin citacion ni visita fiscal ni entregar los autos á las partes, concediendo el término preciso para instruirse al vocal que lo pidiere y ejecutándose lo resuelto desde luego y sin admitir recurso alguno. Hasta que se verifique la ereccion de la Audiencia en la Habana, presidirá ah la Junta el Asesor 6 Auditor cuyo nombramiento sea mas antiguo. 6° Asistirán al
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FUNDACIÓN DE LA JUNTA SUPERIOR DE COMPETENCIAS.
despacho de estos negocios los Escribanos de Cámara y Relatores de la Audiencia en la forma que determine el Regente. Por ahora concurrirán en la Habana á este despacho los Escribanos de Cámara de los Tenientes ó Asesores del Gobierno.—De Real órden lo traslado á V. E. para su inteligencia y efectos convenientes. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 8 de Diciembre de 1837.—Mata Vigil.—Sr. Capitan general, Presidente de la Audiencia de Puerto-Rico." Acta de instalaeion de la Junta.D. Eusebio Nuñez. Escribano interino de Cámara de esta Real Audiencia :—Certifico: que en cumplimiento de la Real órden de ocho de Diciembre del año próximo pasado de mil ochocientos treinta y siete, preventiva de que se instalase la Junta Superior de Competencias, se acordó en el día de ayer el auto siguiente; ."En la muy noble y muy leal ciudad de san Juan Bautista de Puerto-Rico á los veinte y cuatro días del mes de Abril de mil ochocientos treinta y ocho años, juntos en la sala de Acuerdo de la Real Audiencia los señores del márgen y habiendo visto este expediente, dijeron que se guarde, cumpla-y ejecute la Real resolution de S. M. la Reina Gobernadora, inserta en el oficio del Excmo. Gobernador, y Capitan General de cinco del corriente: que al efecto se tenga por instalada la Junta Superior de Competencias en el modo y forma que en aquella se dispone: que se participe á la Real Audiencia, á la Junta superior Contenciosa de Real Hacienda, al Juzgado eclesiástico y á la Intendencia: y que asimismo se participe al Excmo. Gobernador y Capitan general, para que se sirva mandar que se publique en la Gaceta del Gobierno la Real resolution y este auto; y comunicar uno y otro á los juzgados de Guerra, Artillería, Marina e Ingenieros, dándose cuenta á S. M. y consultándose las dudas que han ocurrido." Así lo acordaron y firmaron dichos señores, de que yo el Escribano de Cámara interino de esta Real Audiencia certifico.—Juan Ramon O8é8.—Jayme María de 5a108.—.Jvan Francisco Perez.—Juan María Blanco de la Toja.— Eusebio Nuñez.—Y en cumplimiento de lo mandado y para remitirla al Excmo. Sr. Presidente, Gobernador, y Capitan general, libro la presente en Puerto-Rico á veinte y cinco de Abril de mil ochocientos treinta y ocho años.Eusebio Nuñez.
REAL ORDEN COMUNICADA AL EXCMO. SR. PRESIDENTE, GOBERNADOR CAPITAN GENERAL Y GEFE POLITICO DE ESTA ISLA, RESPECTO AL EX-GOBERNAI)OR 1). FRANCISCO MOREDA. (De la Gaceta Oficial.) Ministerio de la Guerra.—Excmo. Sr. — He dado cuenta á la Reina Gobernadora de una Instancia promovida por el Mariscal de campo Don Francisco Moreda, á fin de que se le declare si ha merecido 6 desmerecido de la Real confianza en el
DESTRUCCIÓN DE LOS MANZANILLOS.
309 desempeño de la Capitanía general de esa Isla, pues habiendo sido removido de ella antes de cumplir él plazo señalado por las Leyes, pudiera dar márgen esta circunstancia á interpretaciones desfavorables á su estimacion y buen nombre: Y S. M., con presencia de los antecedentes que existen en esta Secretaria y de varias exposiciones dirigidas á la misma. por los Ayuntamientos de esa Capital y otras poblaciones de la Isla, en cuyos documentos aparece que dicho General se ha grangeado el afecto de esos habitantes por su integridad, celo y templanza en el mando, se ha servido declarar que se halla muy satisfecha de la conducta y servicios del Mariscal de campo D. Francisco Moreda durante el tiempo que desempeñ6 esa Capitanía general. De Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y que se haga pública en esa Isla la presente declaracion.—Dios guarde á V. E. muchos años Madrid 24 de Mayo de 1838.-0falía.—Sr. Capitan General de Puerto-Rico. DESTRUCCIÓN DE LOS MANZANILLOS. (De la Gaceta Oficial.) Circular expedida por el Excmo. Sr. Presidente, Gobernador Capitan general Gefe Superior Político á las autoridades de la lata. Gobierno y Capitanía general de Puerto-Rico.—Circular nº 54.—Consecuente á las muertes repentinas ocurridas en el pueblo de la Isabela, á causa de haber comido las personas que fallecieron, cangrejos que se alimentan con la bellota del arbusto nombrado Manzanillo, se ha acordado en Junta Superior de Sanidad lo siguiente: "El infrascripto Secretario, certifico: que en Junta Superior de Sanidad, celebrada el día de hoy, y en vista del anterior acta y oficio con que se acompaña, seacordó : "que se hagan arrancar todos los arbustos llamados Manzanillos y se recojan las bellotas repartidas en su circunferencia, á fin de que no se reproduzcan; con cuyo objeto visitarán los Comisarios de barrio eus respectivos departamentos á fin de hacer cumplir á los vecinos lo resuelto; y que se circule á todas las subalternas de la Isla para que pongan en ejecucion igual providencia siempre que exista en su territorio el perjudicial arbusto de que se trata." Puerto-Rico 16 de Junio de 1838.Pedro Rafael Escalona."—Lo que transcribo a V. para que le dé su mas puntual cumplimiento en ese territorio.—Dios guarde á V. muchos años. Puerto-Rico 26 de Junio de 1838.— Miguel López de Baños.
310 CIRCULAR CONTRA LA VENTA DE GENTE EMIGRADA DE ISLAS CANARIAS. (De la Gaceta Oficial.) Capitanía General y Gobierno superior político.—Habiendo tenido noticia del comercio que hacen algunos patrones de buques que traen á su bordo expediciones de gente emigrada de las islas Canarias y con engañosa perfidia los conducen á posesiones del Continente Americano, donde por un flete subido los dejan entregados como infelices esclavos, valiéndose de amaños para figurar que han desembarcado dichos pasageros en esta Isla y en la de Cuba para quedar exentos de la fianza que se les exige en Canarias, sorprendiendo enseguida a las Autoridades españolas para tomar nuevos papeles; y deseando por mi parte evitar tan repugnante comercio, prevengo á V. V. que si en lo sucesivo llegase á ese puerto alguna embarcacion con pasageros de las islas Canarias, de los que vienen á buscar servidumbre con pasaporte para esta Isla 6 la de Cuba, permitirán V. V. el desembarco, si desearen quedar aquí, pero una vez verificado, por ningun pretexto consentirán V. V. que se ejecute nuevo reembarco de dichos isleños, ni por consecuencia se les proveerá de otros papeles con los cuales puedan dirigirse á puertos extrangeros como procedente de esta Antilla.—Todo lo cual encargo á V. V. bajo la más estrecha responsabilidad que exigiré á V. V. por la omision 6 tólerancia en el exacto cumplimiento de esta expresa prohibicion.—Dios guarde á V. V. muchos años.—PuertoRico 26 de Noviembre de 1841.—Santiago Mendez Vigo.—Sres. Alcaldes y Comandantes militares de departamentos y locales.
CIRCULAR CONTRA LOS VAGOS. (De la Gaceta Oficial.) Capitanía general y Gobierno superior político.—Circular número 66.—E1 resultado de algunos expedientes formados sobre calificacion de vagos que en observancia de lo dispuesto han sido remitidos á este Gobierno, me ha hecho conocer que no se dá el debido cumplimiento á las circulares expedidas en diferentes ocasiones acerca de esta materia; dimanando de aquí que individuos tenidos por vagos en el concepto comun, y quienes en justicia tal vez fueran acreedores á llevar esta nota y sus consecuencias, han sido puestos en libertad y remitidos á sus respectivos hogares, por no haberse llenado con ellos las formalidades establecidas. Rsta conducta me ha puesto en la precision de hacer á algunos Ayuntamientos las prevenciones debidas, notándose desde entonces que se ha refriado el celo que debe haber en perseguir á los vagos sin embargo de lo que interesa al bien público su exterminio. Para atajar pues un mal que pudiera ser fecundo en con-
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secuencias graves y funestas, me he creido en la imperiosa necesidad de dictar sobre las bases ya prefijadas anteriormente algilrias otras, que al paso que afiancen mas el cumplimiento de las disposiciones existentes, ofrezcan nuevas garantías del acierto é imparcialidad de las medidas que se dicten en este punto, y sirvan á la vez de escudo y salvaguardia á la inocencia, en una materia que afecta tan esencialmente la suerte y bien estar de los individuos de la sociedad. Con esta mira, he juzgado conveniente decretar para su mas exacta observancia lo siguiente: Articulo 1° Los Alcaldes de los pueblos, como encargados de la policía y buen órden que debe observarse en ellos, son los primeros responsables del cumplimiento de las circulares sobre vagos, debiendo ejercer una continua y eficaz vigilancia para averiguar los que existen de esa clase en' sus respectivos distritos y denunciarlos inmediatamente, á fin de que tengan cumplido efecto las sobredichas disposiciones. Art. 2° En el dia último de cada mes se reunirá indefectiblemente la Junta establecida en cada pueblo para la calificacion de vagos, y los Alcaldes denunciarán en el acto todos los que segun las noticias que hubieren adquirido, estén en el caso de ser amonestados por dicho concepto, y sin la menor detencion se llevará con ellos á efecto lo prevenido en las circulares, dándose cuenta al Gobierno de cuanto se acordare en el particular. Art. 3° En lugar de los quince dias señalados en el art. 10 de la circular núm. 46 para hacerse la segunda amonestacion á los reputados como vagos, y de los otros quince para la calificacion, se señala el término de un mes; de manera que transcurrido este desde la primera amonestacion, deberá hacerse la segunda, que se acaba de indicar, teniendo lugar á la tercera la calificacion correspondiente transcurrido igual plazo. Art. 4° En el mismo acto de la reunion ya expresada, se oirá indispensablemente á los Síndicos procuradores del comun, quienes expondrán lo que estimen justo, atendidas las circunstancias del caso para la calificacion que deba hacerse. Art. 5° Todos los que siendo requeridos para presentarse ante la Junta, dejasen de verificarlo, no siendo por impedimento justo que acreditarán ante' esta, serán considerados como amonestados parándoles el mismo perjuicio que si hubiesen comparecido. Art. 6° Así en la Capital como en las demas poblaciones principales de la Isla, los menestrales y demas•que tuvieren jornaleros y dependientes á su cargo, estarán obligados á dar cuenta al Alcalde de los que faltaren al desempeño de sus tareas, para que en su virtud se adopten las medidas conducentes. Art. 7° Los Ayuntamientos emplearán la mayor eficacia y esmero en que se lleven á efecto las circulares sobre vagos, en el concepto de que serán sériamente responsables, por la menor falta que se advierta en este particular.—Dios guarde á V. muchos años. Puerto-Rico 8 de Julio de 1841.—Santiago Mender de Vigo—Sres. Alcaldes de los pueblos de la Isla. Certifico, como Secretario interino de este Gobierno y Capitanía general, que la antecedente circular ha sido expedida de
AUTO 8OBRE TESTAMENTOS. 318 órden de S. E., asi como su insercion en la Gaceta de este Gobierno. Puerto-Rico 8 de Julio de 1841. — Félix Travieso, Oficial 1°.
(De la Gaceta Oficial.)
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AUTO ACORDADO PARA QUE LOS ALCALDES DE LOS PUEBLOS, DONDE NO HAY ESCRIBANOS, PUEDAN AUTORIZAR LOS TESTAMENTOS Y ESCRITURAS PUBLICAS, CON TESTIGOS DE ASISTENCIA JURAMENTADOS.
Puerto Rico 1° de Diciembre de 1837. Vistos :—de conformidad con lo representado por el señor Fiscal, se declara :—Que los alcaldes de los pueblos donde no hay escribanos de número ni Real, son los únicos que con testigos de asistencia juramentados en forma, pueden autorizar los testamentos y escrituras públicas; y en consecuencia, el Juez letrado de Caguas cese inmediatamente en la intervencion que ha tomado en el otorgamiento de aquellos instrumentos, sin perjuicio de la inspeccion que le compete sobre los protocolos para evitar todo inconveniente. Remítanse al referido Juez letrado, con el despacho correspondiente, los documentos que acompañó á su representacion de 4 de Noviembre próximo pasado, con prevencion de esclarecer el vicio que contenga la copia del testamento de D. José Delgado, sacada en 7 de Marzo último, en la cual aparece testada y salvada la cláusula, "y por los mismos deslindes de Rivera á otro guaraguado"; procediendo con arreglo á derecho contra los que resulten culpados.—Y comuníquese esta providencia al Sr. Gobernador Presidente, por medio del Sr. Regente, con devolucion de las respectivas diligencias.—Rubricado. REAL ORDEN DISPONIENDO QUE SE ATIENDA A LA CONSERVACIÓN DE LA ANTIGUA IGLESIA DE SANTO DOMINGO CON LA PARTIDA QUE HAY CONSIGNADA PARA GASTOS DE LA MISMA. (De la Gaceta Oficial.) Madrid 11 de Mayo de 1864. Excmo. Sr.—He dado cuenta á la Reina de la carta de V. E. núm. 347, de 29 de Junio último, y del expediente que acompaña, promovido por el Rector del Seminario de esa ciudad, en solicitud de que se le conceda la cantidad de 3,992 pesos para enlosar de mármol el pavimento de la Iglesia del extinguido convento de Santo Domingo, á cargo hoy de los Padres de la Compañia de
EL FUEGO DE MAYAOUEZ EN
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313 Jesús.—Enterada S. M. y de conformidad con los unánimes pa• receres de las dependencias de Hacienda y con lo consultado por el Consejo de Administracion, ha tenido á bien disponer se lleve á efecto el gasto que se solicita, á cuyo fin se consignará en el presupuesto para el próximo año económico. Al mismo tiempo se ha servido resolver se manifieste á V. E. que ha llamado su atencion la circunstancia de que, sin haber dado cuenta de la inversion de los 6,000 pesos concedidos por Real Orden de 16 de Setiembre de 1861 para la adquisicion de ornamentos, vasos sagrados, compra de un órgano y reparaciones del referido templo, se haya promovido nuevo expediente para una atencion que debió haber sido prevista desde un principio, cuya falta no lo es tanto del Rector del Seminario, como de las oficinas que han informado en este asunto, porque debieran exigir dicha cuenta antes de proponer el curso de la reclamacion al Gobierno; y que en su virtud disponga V. E. lo conveniente para que se rinda la cuenta justificada, tanto de la primera suma como de la que ahora se concede; en la inteligencia de que no se autorizarán más gastos en la referida iglesia, debiendo atenderse á los de su conservation con los 500 pesos concedidos en cada año para gastos ordinarios y extraordinarios del culto en la misma.—De Real Orden lo comunico á V. E. á los efectos consiguientes.—Dios guarde á V. E. ms. as.—Madrid 11 de Mayo de 1864.Sr. Superintendente delegado de la Hacienda de Puerto-Rico.
EL FUEGO DE MAYAGUEZ EN 1841. (De la Gaceta Oficial.) Capitanía general y Gobierno superior político. — Ciruelar núm. 32.—Adjunta incluyo á V. la invitacion que, con acuerdo del Ayuntamiento de esta villa, he resuelto dirigir á los habitantes de esta Isla para el fin laudable que en ella se indica; y prevengo á V. con este motivo que dando cuenta al Ayuntamiento acuerde esa Corporacion el medio de llevar á cabo la suscripcion voluntaria, remitiendo su importe al Ayuntamiento de esta villa con las debidas formalidades. Y de su resultado me dará V. parte para mi gobierno y efectos consiguientes.—Dios guarde á V. muchos años. Mayagüez 2 de Febrero de 1841.-Miguel Lopez de Baños. HABITANTES DE ESTA ISLA.
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Tan luego como supe en la Capital la desgracia que cupo á esta villa en la tarde del 30 de Enero último, me apresuré á venir á ella para enterarme de su estado y atender en lo posible á su remedio. La rica y floreciente villa de Mayagües ya no existe; sus casas, tiendas y bien abastecidos almacenes son hoy un monton de cenizas, quedando tan solo de uno de los mayores pueblos de esta Isla las pocas casas que tiene en la playa y alextremo opuesto. Familias que antes vivian gunas otras en
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cómodamente las ha dejado hoy el fuego devorador sin casa y reducidas á la mayor estrechez, ricos capitalistas han disminuido tambien sus fortunas. Cumpliendo con mi deber, como primera autoridad de la Isla, y compadecido de las desgracias que estoy presenciando, he hecho por mi parte cuanto he podido para remediarlas; empero, mis esfuerzos no pueden bastar para curar tantos males y para socorrer tantas necesidades. Reunido con el Ayuntamiento y una poréion considerable de vecinos de Mayagües, me cabe la satisfaccion de anunciar al público que á todos los he hallado dispuestos á hacer cuanto se ha creido oportuno, no solo en obsequio propio, sino tambien en alivio de muchos infelices que quedaron reducidos á la mayor indigencia. Uno de los particulares acordados en aquella sesion ha sido el que yo me dirigiese, como lo hago, á todos los habitantes de esta Isla, excitándolos á prestar su auxilio y proteccion á los desgraciados vecinos de Mayagües. Puerto-riqueños, hace pocos días que he acudido á vuestra generosidad en beneficio de un establecimiento piadoso, á la par que necesario; y hoy vuelvo á excitarla en favor de esta desgraciada poblacion: se trata de una pérdida grande que ha sufrido un pueblo que se habla hecho rico por su laboriosidad: vuestros paisanos, vuestros amigos, vuestros parientes quizá se ven sin casa, sin hogar y sin medios para proporcionárselo: tendedles una mano protectora que los auxilie en la miseria y desconsuelo; y por medio de una suscripcion, que estará abierta ante los Alcaldes de los respectivos pueblos de esta Isla, manifestad que no en valde acude á vosotros el 4,yuntamiento y el pueblo de Mayagües, y vuestro Capitan General. Mayagües 9 de Febrero de 1811.—Santiago Mendez de Vigo.
CARTA DE FRAY MIGUEL DIOSDADO A SU MAGESTAD EN SU REAL CONSEJO DE INDIAS DANDO CUENTA DE LO SUCEDIDO EN LA CONQUISTA Y POBLACIÓN DE LA ISLA DE LA TRINIDAD Y TAVAGO, COMETIDA A JUAN TROCHE PONCE DE LEON. (Archivo General de Indias.—Estante 5&—Cajon 6.—Legajo 5. Libro 1. La Circuncision (Trinidad) 15 enero de 1570. CATÓLICA REAL MAGESTAD.—E1 deseo de servir á V. M. y buen subeeso del viaje y encomienda de la conquista y poblacion de la ysla de la trinidad y tanago, cometida á Joan troche ponte de leon : la qua! V. M. por muchos años y con toda quietud posea me hazen, por esta, atrever á dar noticia á V. M. de todo lo sucedido, como siervo fiel y perpetuo capellan : pues tratando lo subcedido, con la posible brevedad, digo, que nosotros salimos de Castilla y Barra de San Lucar, a 27 de octubre de quinientos y sesenta y nueve años. El governador con su jente, muy lucida.
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ansi de guerra como eassados y yo con los cinco religiosos, que V. Magestad me hizo merced en mandarme traer, de mi horden, que es San Francisco: hombres letrados, escogidos en vida y buen exemplo: fuertes para el travajo: y aparejados al servicio de Dios y de V. Magestad : y deseosos de se emplear en el bien y conversion de estos naturales: nuestro viaje fué muy bueno y sin tempestades ni travajos demar, aunque algo largo, segun el poco camino que es, por casso de ciertos dias decalma que tuvimos: descubrimos la ysla de la trinidad el dia de Santo Tomé, apostol, que fué á 21 de diziembre: y luego, otro dia tomamos la costa: los vareos que el gobernador truxo fueron una nao grande y un muy buen patax y una barca pequeña: este dia supimos y luego vino á nuestro navio una piragua de quince ó veinte yndios y no recatandose de nosotros nada, holgaron de entrar en nuestro navio y de traernos cossas de comer de la tierra por rescates: el dia de la natividad del Señor entramos dentro del golfo que hace la ysla con la tierra firme y alli vinieron cantidad de yndios en dos piraguas grandes, que venian de pelear con los caribes. El cacique de los quales, se llama mayroa : y embiando las piraguas á su pueblo se quedó en nuestro navio con quatro yndios, entre los quales venia uno muy noble que se llamaba manuel, que habla un poco español y es de muy buena massa, y segun á parescido, debió de darnoslo Dios: y asi el gobernador quiso que se llamase manuel Diosdado: este, nunca nos a dexado, ni quiere: y nos da noticia muy cumplida, de todo lo que queremos: no solo desta ysla, mas tambien de la mar y tierra firme: y en todo hemos hallado que trata verdad: á este regalamos todos, y el governador le trata con mucha crianza y comedimiento, y le á bestido, y en todo le muestra muy gran favor, hasta sentarle á su mesa. El dia de San Esteban, puestos los navios al largo, saltamos en la barca pequeña el governador y el maese de campo y yo, con hasta veinte soldados, y fuimos á tierra á una playa, donde llamamos los farallones de San estevan y hecha una cruz en el arena nos hincamos derrodillas todos y la besamos, é ymbocado el nombre de la Santísima Trinidad á bocea Padre é Hijo y Espiritu Santo y de nuestra señora la Virgen Maria, dimos gracias á Dios en modo de procesion : y luego el gobernador tomó una hacha é hizo una cruz en un arbol muy grande con sus manos, y tomó la posision de la ysla por su Magestad : haziendo los autos y solepnidades acostumbradas, jurando de la substentar y defender en su rreal• nombre. Luego fuimos costeando la ysla biendo tierras, puertos, y comunicando con los naturales y entrando en pueblos, donde nos hizieron buen tratamiento: benimoe finalmente á tomar tierra y puerto en este lugar donde estamos al presente, haziendo fuerte y rranchos en que estar: al qual puerto y fuerte y pueblo avemos puesto la ciudad de la. cirounoiaion por haver en tal dia entrado en él y hecho asiento: es lugar llano, junto al agua, y fuerte, donde ay grandes montañas y tierras para sembrar, y gran suma de piedra de cal, la qua! ya auemos experimentado: dia debe rreyes desembarcó toda la gente y hato, y yo dixe mysa cantada, la qual se alumbró con pabilo y cera nueva de la tierra la qual ay mucha, y mucha myel
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y muy buena: ymbocamos la gracia del Espiritu Santo con su letania y procesion : bendiaimos la ysla y lugar, &, las bondades de la ysla son tantas, que por dar gusto á V. magestad las quisiera muy la larga dezir, si pudiera, sin dar pesadumbre: mas en breve, porque V. magestad tome amor á esta su nueba tierra digo que yo é estado por las mejores tierras que V. magestad, tiene de yndias y que de ninguna dellas á principio, tanto bien se a podido dezir como desta, es muy grande ysla y muy hermosa á la vista de grandes sierras, valles, cerros, montañas y arboledas: zabanas, begas, llanos, nos, fuentes y temple el mejor que yo é visto: dizen los naturales que se saca oro en el valle de carony, cerca de donde estamos, y en otros lugares, muy finos: ay caña fistola como la muñeca los cañones, cañas dulces, batatas de todas suertes y gran cantidad de frutos y rraizes de gran sustento, mayz y cazabe, muchos animales, diferentes de españa y muchas aves, de suave comer, papagayos, loros y gran cantidad de mycos : y sobre todo, tan poblada de gente que es admiration : bien dispuestos y hechos todos, andan desnudos como nacieron asi ellas como ellos: son al parecer nobles, y ansi, nos an consentido entrar en su tierra: y se vienen entre nosotros y nos tratan y les tratamos como amigos: y el governador a mandado, que ninguna persona, de ningunasuerte, ose maltratar b mostrar aspereza, de obra ni palabra a ningun natural, so graves penas: y todo lo a hecho desde nuestra salida de españa con tanta prudencia y cordura, que bien parecee en todo ser muy leal sierbo de V. magestad: es muy xristpiano y sierbo de Dios, quia los negocios de toda esta comunidad y república y guerra con tanta madureza, que parecce no haver hecho en su vida otra cosa, sino governador: tiene tanto cuidado de los negocios de la guerra y de la poblacion, y de que los naturales sean bien tratados, que cierto por esta parte puede V. magestad estar con la seguridad ques justo tener de un tan buen fiel y leal servidor como el governador es: tiene mucho cuidado de que no se ofenda á Dios en blasfemias ni juramentos, y que aya gran quietud entre todos, assi, oye á los pequeños como a los grandes, dando á todos contento y satisfecho, y pues los buenos y fieles . servidores suelen ser de V. magestad muy rremunerados justo es que nuestro governador sea uno destos, pues no pedimos V. magestad, ni el pide para si, mas de solo lo que al servicio de Dios y de V. magestad, solamente pertenece: y lo que pedimos es, queesta ysla es muy grande y muy preciosa, y en el lugar donde está muy peligrosso, assi de franceses, porque cada año suelen venir á ella, y los yndios están celados de sus dádibas y creemos que querrian asentar en ella: la cantidad de yndios, creo ser mas de cient mill: y si por desgracia los unos, ó los otros, b todos, ansi yndios como franceses, quisiesen molestarnos, siendo nosotros pocos y mal fortalecidos, V. magestad seria el ofendido, y podria ser desposeido de una tan buena pieza, thierra y provincia, como Dios en esta le ha dado, que nosotros assi frailes como seculares, con perder la vida en servicio de V. magestad y defensa de la tierra cumpliremos como fieles servidores, á lo qua! estamos muy aparejados: conbiene que V. magestad nos mande luego provéer
CARTA DE PEDRO .SALAZAA.
317 de cantidad de buena gente de guerra y poblacion y que provea esta ysla con algunas piezas gruesas de artilleria de bronze, y mucha cantidad de municion, y piezas de artilleria medianas y pequeñas para defensa de la tierra y gente y ofenssa de los enemigos, y porque esto rrealmente combiene á la honrra de Dios y servicio de V. magestad y augmento de su patrimonio y rentas reales: lo qua! nuestro Señor Dios siempre augmente, y dese gozar á V. Magestad muchos años con crescimiento de mayores rreynos y señorios, como yo, vasallo fiel y capellan perpetuo de V. magestad, desseo : desta ysla de la Trinidad y Cibdad, de la circuncision, oy domingo, quinze de enero deste año de 1570 años. —Católica Real Magestad.—Bessa los pies de V rreal Magestad, su yndigno capellan.Frai Miguel Diosdado.—Rubricado. (1) (Al dorso dice "Vista.") CARTA DE PEDRO DE SALAZAR A S. M. SOBRE MATERIAS TOCANTES A PUERTO HICO. - CORSARIOS FRANCESES É INGLESES. - FORTIFICACIONES EN LA PLAZA. (Archivo general de Indias.Estante 2.—Cajon 1 2124. —Ramo 2°.—No. 916.) Puerto-Rico 10 de Agosto de 1591. CATHÓLICA REAL MAGESTAD.—Aviendo Reciuido vna carta e ynstruicion de Vuestra Magestad en el castillo de Lisboa adonde estaua siruiendo con vna compañia de arcabuceros bien armada y de muy buena gente, el conde de fuentes general de aquel Reino me dió Horden conforme a la quel tenia de Vuestra magestad para que con mi compañia y cumplidos en ella El número de ducientos y veinte soldados me embarcase, coma lo hice, en tres filipotes que para este efecto se aprestaron en el rrio de aquella ciudad: (2) Vyniendo por cano dellos el capitan Juan de Salas que me ha guiado hasta esta ysla de san Juan de puerto rric, donde aora quedo cumpliendo la horden de Vuestra magestad y la que en el viaje se a tenido rrefiero á vuestra Magestad a la letra. Partimos del rrio de Lisboa viernes diez y nueve de abril, y martes veinte e tres del dicho mes tubimos mal tiempo, pasadas (1) Todávla recordamos los insultos y ataques contra Juan Troche y Ponce de León publicados en La Correspondencia y con la firma de D. Agustin Navarrete cuando nosotros defendíamos el que se celebrara el 40 Centenario de la Colonización Cristiana de Puerto Rico. No se conformaban con atacar al Conquistador sino que al nieto lo ponían como dicen duefias. En este documento, por boca y confesión de un fraile franciscano, se ve las brillantes dotes de gobierno que tenía el criollo Juan Troche y Ponce de León, de quien nos hemos ocupado ya en este Boletín Histórico como un puertorriquefio ilustre.—C. y T. (2) Fllipote por Filibote. Del holandés vile boat, de vise, mosca y boat barco: barco mosca.—Buque a manera de fusta, en cuyo aparejo no hay artimán ni masteleros. De cabida de cíen toneladas.--C. y T.
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CARTA DE PEDRO SALAZAR.
las canarias: y siguiendo nuestra derrota, auiendo tenido vnos nueve v diez dias de calmas y tiempo contrario, venimos en el altura de las yslas de cauo verde como ochenta leguas dellas martes siete de mayo como a los nueve oras deste dia descubrimos vn bajel que venia haciendo viaje para los nuestros que fue lance forcoso pelear con él por auer rreconocido hera frances y disparadnos vnas dos piezas, diciendonos que amainaremos por el Rey de francia. Respondimosle amainase por Vuestra magestad y ansi venimos a las manos y peleó de condition que de quarenta y seis hombres le matamos los treinta y quatro y se tienen en prision los demas y ansi le rrendimos, auiendo querido hacer vna desesperacion de pegarse fuego a ellos y a la naue si les dieramos lugar: pero con todo eso pegaron fuego a vn barril de póluora y me quemaron diez soldados con los quarteles de cubierta de que murieron dos: hera vn bajel de ciento y cinquenta toneladas con doce piecas de artilleria : traia diez mill cueros de vaca y mill y quinientos dientes de marfil!, que dicen los franceses auian contratado en camino de hierro con los portugueses y negros de las yslas de cauo verde: aderecose la naue, metieronsele dentro doce marineros y veinte y dos soldados de mi compañia con vn alferez del capitan fadrique Cancer—que para tornar con los felipotes viene con su compañia y ansi venimos navegando hasta las yslas de las virgenes, que son muy zercanas a esta por la uanda del viento leste. Martes por la mañana veinte y ocho de mayo nos hallamos sin la naue francesa haciendo venido en nuestra conserua siempre—se aparto y hico diferente viaje a la noche y sospechoso por auer el capitan Juan de Salas sacado al dicho alferez y meter a vn pariente suyo hicose vna buelta timida a buscarla y no a parecido: no me persuado á cosa buena. Miercoles veinte y nueve llegamos á esta ysla y auiendo rreconocido la tierra por vn hombre que eché en ella, anisado de mi llegada, me meti en el puerto: luego desenbarqué ciento y noventa soldados. Hallando la tierra muy escandalizada y con muchos miedos, por tener nueba que ocho bajeles de enemigos cinco yngleses y tres franceses andauan á la costa della. Reciuieronme con mucho contento, dando muchas gracias á Vuestra magestad por la merced que en ampararles Vuestra magestad tiene y en socorrerles: Van rrecogiendo sus mujeres y haciendas que las tenian en la montaña: yo halle la ysla y fortification della tan mal parada y entendida por no querer el gouernador tomar el parecer y platica del capitan Francisco Gomez, que aqui está con su compañia siruiendo á Vuestra magestad, y segun me an certificado en nenguna casa se á conformado con su parecer, pues aqui no se pelea con yndios sino con franceses y yngleses. Asi yo luego conformandome con la horden que traigo de Vuestra magestad, procuro fortificar el puerto y cidadela : y lo que dejó designado el maestre de campo Juan texada, porque en ello no auia echo sino solo Vn trincheron de vn estado en ala de tierra y faxina que toma de mar á mar sin guardia ni defensa. Yo luego saqué la planta que ynuio á Vuestra magestad de lo que se á de Hacer, con el fauor diuino, segun la priesa que nos damos á destar echo todo dentro de vn mes, pues tenemos aparejo de
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tierra y fajina y árboles alli junto: el Rebellin delante de la puerta lo tengo ya en defensa y terraplenado por seruirme de traues para toda la cara: meto á gran furia toda la artilleria que estaua en partes ynútiles y la voy poniendo como Vuestra magestad verá: tengo dentro veinte y cinco soldados y siendo necesario meteré otros veinte y cinco y cinquenta hombres de la tierra, ques buena gente. Para que con la demas y ciento y veinte soldados de la compañia del capitan Francisco Gomez, que pueden pelear, y con el rresto de la mia y con veinte y quatro cauallos acudiré adonde la necesidad ocurriere.—Todas las municiones de guerra y comida se meterán en la cidadela en unas casas que se an de hacer, auiendo nombrado aqui vn municionero y que los oficiales de Vuestra magestad á quien se las é encargado tengan rrazon de todo, por que hasta aora aqui no anido quenta ni rrazon : el gouernador aunque muy timido acude á todo, aunque sin su parezer ni del capitan ni oficiales, ni ayuntamiento yo no dispenso nada, antes todos con mucha Boluntad biendo su vtilidad y prouecho acuden con muchas veras á su rreal servicio—por las partes quel enemigo puede venir tengo personas de mucha satisfaction en la montaña, para que me avisen luego: toda mi jente tengo rrecojida en seis casas hiermas delta ciudad, por no amolestar á los vecinos, y tener mi jente rrecoxida : el gouernador pone pies en pared que las e de pagar porque dije queansi es vsansa de las Yndias : yo callo y lo rremito á Vuestra magestad, para que en ello dispense, aunque con muy poca costa se podrian hacer casas donde la gente se metiese.— Todo queda y estará puesto de la manera que Vuestra magestad verá en la planta dentro de vn mes, como digo: Solo zertifico á Vuestra magestad que el puerto de puerto rrico es uno de los mejores que ay en estas yndias y demas ymportancia, y á muy poca costa se puede fortificar de cantería, para lo qua! Vuestra magestad mande ynuiar los negros y canteros, porque de la gente Blanca, que aqui ay en trauaxando dos dias se mueren: en el ynterim yo me boi preparando para la necesidad que ocurriere solo Vuestra magestad sea servido de mandarme ynuiar ducienque aqui se pueden hazer son muy cortas tas picas, por que y sobre todo algun poluorista, porque la tierra es tan unida que se pierde la mitad de la fuerca de la p6luora y algun salitre: ya Vuestra magestad saue como yo parti de Lisboa con solo la lista de mi compañia y que para el sustento de la gente yo no truje horden ninguna de Vuestra magestad y acá sin ella no quieren hacer nada, por que no lo tienen y asma los oficiales de Vuestra magestad me dan del bizcocho que truje, que se yua gastando vna libra por soldado y con alguna miseria de dinerillos que yo busco y con frutas de la campaña me sustento.—Vuestra magestad sea seruido de en consideracion del buen animo y zelo que tenemos todos al servicio de Vuestra magestad, prouea de donde nos euros de sustentar, porque en veinte é echo años que á siruo á Vuestra magestad en las guerras de ytalia y flandes, y diez é seis años de capitan, no é consentido que los vasallos de vuestra magestad sean molestados ni lo serán: aquy es muy necesario y conviene Vuestra magestad prouea vn sargento mayor
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c &iu DE PsDEO s a r z &a. 320 ábil y suficiente, por tener muchas cosas que visitar: y aunque Vuestra magestad tenia aqui proueido vno con su rreal cédula, que si a el gouernador pareciese ávil para el oficio le sirviese y sinó que no, está aora por no ser suficiente, no lo á echo: yo tengo á pedro bazquez, sargento quesirue en my compañia, ques vn soldado de muchos años y a seruido á Vuestra magestad en ytalia y flandes, y que por solo venir en esta cuyuntura rreusó la bandera del capitan pedro ximenes, á el qual Vuestra magestad ligitimamente y sobre mi conciencia le podrá hacer la merced del dicho oficio con el sueldo que Vuestra magestad fuese seruido.. Yo quedo aquy de la manera que Vuestra magestad entiende, sin perder. punto en lo que toca á su rreal seruicio y en componer las cosas desta ysla. Pero acauado, Vuestra magestad tenga consideracion en hacerme merced y no dejarme enbejecer aqui, pues aun me quedan muchos brios para dar á Vuestra magestad muchas victorias: yo hiré auisando á Vuestra magestad con duplicados y lo mas que ocurriere asta tener auiso de la llegada desta mi carta en manos de Vuestra magestad á quien Dios Nuestro Señor guarde y acreciente en mayores Reinos y señorios como la cristiandad lo á menester: desta ciudad de puerto rrico y de junio 13 de 1591 años. Acauada descreuir esta á Vuestra magestad me á venido auiso de como siete naues ynglesas, que uenian buelta de Santo Domingo, auian dado con la naue francesa que se nos apartó de nuestra conserua y de miedo auia venido la buelta desta ysla y que en vn puerto que se llama el aguada, veinte y quatro leguas de aqui, se auia querido rreparar : de aqui se le á enuiado piloto en diligencia para que la guie a este puerto: plega á Dios no se pierda, por no auer querido el capitan Juan de salas tomar mi consejo sino como mozo seguir su apetito. Esta mañana a las ocho oras pasaron por delante dente puerto Dos galeones corsarios y segun lo que aqui presumo es yrse á juntar con los demas que tenga dicho yo estoy con el cuidado que conbiene, preuiniendo á lo mas necesario hallando en la gente desta ysla tanta boluntad al servicio de Vuestra magestad y á guarda de sus casas, quanto aquy podré encarecer.—Yo é mandado en este punto dar á los soldados del capitan Francisco gomez cinquenta arcabuces y frascos de los que truce buenos de Lisboa y los que ellos tenian mal acondicionados y como gente vn poco visoña. Los e echo dar á los vecinos de la tierra, que con mucho deseo ellos los aderezan, aunque si la necesidad ocurre rrepartiremos con que todos los que truce en la ciudad y vecinos delta pasada la ocasion no siendo necesarios los bueluan á la cidadela. Ásperamente toma el gouernador algunas hordenes que le doy para la conseruacion y cuidado que se rrequiere tener en la guardia y defensa de esta ysla, pero en consideracion quel propio vé ques neeesario, pasa por ello y principalmente biendo que ba ynclinado en el servicio de vuestra magestad.Duplicado. Aviendo partido desta ysla el capitan Fadrique cancer, que en mi campaña venia con la suya con los tres felipotes, que llegó para Vuestra magestad el duplicado y planta que arriva digo, á los tres de junio la buelta de cartajena conforme á la horden
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quel capitan Juan de salas traia de Vuestra magestad. Luego á los diez y seis del dicho mes bino auiso como en esta costa auia una naue, dado al traues,vyendo de otras, de que se entendia Hera amiga: en diligencia despaché á mi alferez con alguna arcabucenia, el qual llegado me avisó de como la naue francesa que auiamos ganado huyendo de un galeon yngles y. de otra naue auia dado al traues en vna pella: rrecogió la gente que en ella venia, que herén veinte y tres soldados y diez marineros que se auian echado al agua y sin poderlo rresistir viendo que hallaron alguna rresistencia le pegaron fuego, queste es el suceso que suele acontecer a los que se gouiernan por su parecer: estimo en mucho auer adquirido los soldados, porque segun estamos rrodeados de naues de enemigos en toda esta ysla presumo auemos de venir a las manos, loor que segun entiendo la buelta de Santo Domingo es donde se junta su maquina yo estoy con mucho cuidado y vigilancia, preueniendo a lo que conviene para la sustentacion delta ysla, porque quando aquy llegué no alié hombre ninguno en la ciudad y aora me pesa de uer tanta gente ,como á ella á acudido, pero es tanto el buen zelo que tienen de servir á Vuestra magestad y de guardar sus haciendas questimo en poco quanto el enemigo yntentase.—terca de aquy an saltado en tierra algunas lanchas de yngleses, de noche, y tomado lengua yo me huelgo que entiendan questoy aqui, que ya me conocen y los conozco.—En lo que toca a la fortificacion delta cidadela, ques el principal animo que da a toda esta ysla, yo no pierdo punto y heme holgado mucho de que Vuestra magestad me aya querido emplear en esto y principalmente viendo el Obispo y canónigos y vecinos de aqui en cómo el principal yntento de Vuestra magestad es fortificar aquella plaza y que quantas fortificaciones, Redutos y trincheras el gouernador 1)iego mendez auia echo yo los e hesplauado, entendiendo el poco fruto de que seruian : el cauildo me dará quatrocientos peones y otros que la tierra me ua dando yo uoi al cauo, digo al cauo del csuallero questá á la mano derecha, que se llama de austria, que de canteria y tapias lo he leuantado: adonde puestas quatro piezas de artilleria pone temor y terror ansi á la iiiar como á la tierra, y ansi aun que e dejado otras cosillas he querido hazer este cauallero, porque con la ynfanteria que yo tengo y lo que me ayudan lo uoy acabando.—El Reuellin lo tengo acauado de todo punto con tres piezas deartillerla dentro: á todo lo qual el gouernador me da tan poca asistencia quanto aqui podré decir: Vien creo tendrá Vuestra magestad algunas quejillas, pero en consideracion de que no e de pelear con yndios sino con yngleses y franceses pasa por ello: por amor de Dios Vuestra magestad se contente (le enviarme aquy cien negros, que yo me ofresco de ponerle esta plaza que sea una de las mejores fuerzas que Vuestra magestad aqui tiene y proneer el sustento para ellos.—Aquí an quedado quatro canteros, de diez que trujo el maese de campo tejeda, por que los demas son muertos.—Yo no salgo de lo que dejó aqui hordenado Juan de tejerla y antonil, y por su planta y horden voy prosiguiendo, aunque la falta de no tener esta caza de Vuestra magestad un real pierdo el juicio, por que en poder del gouernador ay dos 4 21•
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mill ducados, que los á tomado para sus mercancias : en poder de sus parientes otra mucha cantidad: en poder de otros, que no digo oficiales, todo repartido: decirles que lo den rresponden que quien me mete a my en ello: Yo serio á Vuestra magestad verdades : prouea lo que mas á su Real seruicio covenga, pues tengo esperanza como arriva digo, que acauada estas fortification Vuestra magestad no me á de dejar enbejecer aquy.—Adbierto á Vuestra magestad que ninguna carta uiene de allá ni ua de acá que! gouernador no las tome y usurpe todas, y ansina si Vuestra magestad me hiciere merced de auisarme de algo sea desuerte que uengan á mi poder, o screuirme en cifra por que no es posible que si Vuestra magestad entendiese lo que aquy pasa no lo hubiera remediado, pues los Oficiales Reales sauen cierto que las cartas quellos scriuen se quedan aca todas. Parecerá esto pasion, pero yo no la tengo solo acudir al servicio de Vuestra magestad, el Duque de medina envió aquy vn auiso con un nauio que pasaua á Santo Domingo, adonde en el yua el sargento mayor de • ally : aquy como conviene, aunque por la uia de Santo domingo tengo auisos y como aquella ciudad de temores y amenazas está toda despoblada: yo al Presidente le é escrito como yo estoy aquy ynuiado por uVestra magestad, que entienda que el Prinzipal yntento de Vuestra magestad fué ynviarme aquy á socorrer á Puerto Rico, que ni mas ni menos á necesidad yo y toda mi gente muy aparejado para seruirle y á toda esa ciudad, que aun que digo esto seria cosa asertada Vuestra magestad mandase alli ducientos soldados aunque lo que todos estos enemigos suspiran es por Puerto Rico, por estar á barlovento de lo quellos desean.—A me dado mucho cuidado en quererse meter por este Puerto vna nave francesa o ynglesa entendiendo que la ysla estaua por ellos y creo quesi no le disparara tres piezas que se nos entraua aca, de que me uviera holgado en el ánima de que no se nos pudiera escapar.—Aqui estamos con estrema nezesidad. Vuestra magestad prouea donde la gente se a de sustentar.—Yo enuio á Vuestra magestad otra planta como Ja pasada de la manera que voy puniendo y pongo la cidadela y en las partes que voy rrepartiendo el artilleria, para que por ella Vuestra magestad lea si es plaza ó puerto de descuidarse: no perdono dia nenguno, que con la ynfanteria que aqui tengo por sus quartos no bayan á trauajar á la cidadela terraplenando en las partes que son necesarias y pues aqui nuestro trauajo no puede ser muy de ordinario por las grandes calores que haze : Vuestra magestad no oluide enviar los negros que pido y los canteros, picas, poluorista y salitre y de otra nenguna cosa tengo necesidad, por agora. Siempre auisaré á Vuestra magestad con duplicados asta tener auiso y en consideraeion de los muchos años que siruo á Vuestra magestad y la sangre que en su rreal seruicio é perdido Vuestra magestad tenga n memoria de que se me haga merced, pues estando ya retirado en m casa venido de flandes, sacándome de ella Vuestra magestad me mandó viniese á seruirle á Lisboa con vna compañia y lo que yo alli semi ya Vuestra magestad está enterado por cartas del serenísimo principe cardenal, á quien Dios nuestro señor guarde, y en mas Reinos acreziente
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323 como la cristiandad lo á menester. De San Juan de Puerto rrico á 10 de agosto de 1591 años.—De V. S. C. R. md.—Criado y basallo que sus Reales pies y manos bessa.Pedro de ssalazar.— Rubricado.— (1) PARA LA HISTORIA DE LA ESCLAVITUD EN PUERTO RICO. INFORME SOBRE LA ABOLICION INMEDIATA DE LA ESCLAVITUD 'EN LA ISLA DE PUERTO PRESENTADO EN LA JUNTA DE INFORMACION SOBRE REFORMAS ULTRAMARINAS El 10 DE ABRIL DE 1867 POR LOS COMISIONADOS DE LA EXPRESADA ISLA DON SEUUNI)O RUIZ BELVIS, DON JOSÉ JULIAN ACOSTA Y 1)ON FRANCISCO M. QUIÑONES. Cuando se lee la historia parece que se asiste á la eterna leyenda de la Sibila. Tres veces se presenta esta con los libros fatídicos, que encierran lo porvenir • la primera, es la queja de un simple particular, la voz del buen sentido, y se llama la Razon : la segunda, es la voz de un pueblo que sufre, y se llama Reforma; la tercera, aparece armada, y se llama Revolucioii. Dichosos los reyes, dichosos los pueblos, que abriendo ancho cauce á todo pensamiento, acojen desde el primer día el primer aviso de esa divinidad bienhechora, y no se dejan arrastrar a las conspiraciones de la ignorancia, del interés y de la pasion, de donde la libertad misma sale ensangrentada y mutilada. LABOULAYE, Historia de los E. U., lib., II, p. 100.
La eselavitud aparece en la historia como un hecho universal. Para justificarla se han inventado mil extrañas teorías, desde la de Aristóteles, desde la de Cham, maldecido por Noé, hasta la poligenista, hasta la de clima, hasta la del tristemente célebre Mr. Granier de Cassagnac. No es de nuestro propósito discutir aquí, ni sobre el orfgen de la esclavitud, ni sobre esas teorías. (1) Era gobernador de la Isla, en 1591, D. Diego Menéndez de Valdés, asturiano: la cédula de su nombramiento de 18 de Junio de 1582, con mil ducados de sueldo. Fué Capitan de la fuerza de esta ciudad con 50 soldados de guarnición. Gobernó once años y se quedó por vecino de esta Capital cuando cesó en su mando. Le sucedió en 1593 el coronel D. Pedro Suárez, natural de Piedrahita en Castilla.—El autor de esta carta (o el copista) ponen equivocadamente el apellido de este gobernador. Y lo mismo Iñigo Abbad en su catálogo de Gobernadores. No es Méndez ni Meléndes, sino Menendez. También anota erróneamente fray Iñigo, que le sucedió el capitán D. Alonso Mercado, cuando quien le reemplazó fué el coronel D. Pedro Suárez, que gobernó cinco años.—C. y T.
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Nos basta saber que en Puerto-Rico existe por la trata y por la autoridad de la ley, y que condenada, cual se halla, por la religion, por la historia, por la filosofía y por la economía política, es, como dice Mr. Cochin, un hecho puro y simple; hecho grosero, formidable, difícil de vencer, pero privado á lo ménos de las dos armas más poderosas que se conocen en el mundo, la conciencia y la razon. Por consiguiente, al tratar de acabar con semejante hecho en Puerto-Rico, nos bastará tambien considerarlo solo en el terreno de la conveniencia, tomada esta palabra en su más lato sentido. En él, y no masque en él, vamos, pues, á discurrir con perfecta calma y sana intention, tomando por criterio á la justicia, por-testigos los hechos, y por fin de nuestras aspiraciones el buen nombre de la Nacion y el bien de los blancos y de los negros de Puerto Rico. CAPITULO 1. Esclavitud con relaeion al individuo é institueion de la esclavitud. —Sus diferencias.El derecho civil y el derecho público.— Lucha en la historia entre ambos derechos: en el mundo antiguo: en el mundo moderno.—Las reformas favorables al esclavo, se deben todas al derecho público.—Razon de esto: obligaeion de los Gobiernos bajo este punto de vista.-- Quiénes son los perturbadores, los que deseamos la abolieion ó los que se empeñan en sostener la esclavitud?—Dos caminos quedan en lo que á la esclavitud se refiere.—Nuestro propósito.
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No es lo mismo la esclavitud con elacion al individuo, que la institueion de la esclavitud. Hay entre ambas la siguiente diferencia: mientras en la primera, o sea en el estado civil, la esclavitud no considera al esclavo sino en sus relaciones con los demás; en la segunda, 6 sea cuando se la examina como instituciou del Estado, se estudian, no ya relaciones individuales, sino su manera de ser en el conjunto y sus condiciones y lazos cwi las demás instituciones del Estado. Esta distincion, que es esencial, demuestra la profunda divergencia que acaso, sin querer, y por la naturaleza misma de las cosas, se ha establecido desde un principio, entre la esclavitud como estado civil, 6 mejor dicho, como negacion de todo estado civil, y la esclavitud como institueion social de un pueblo. El Código de las Partidas, al definir la esclavitud, en el primero ele estos conceptos, dice :"Servidumbre es la más vil la más despreciada cosa que entre los homes pueda ser." Esta detinicion, más moral que científica, recibe sin embargo, un desarrollo casi completo • en las palabras que á continuacion Añade el Rey Don Alfonso. "Porque el home, dice, que es la más noble e libre criatura, entre las otras criaturas que Dios fizo, se torna por ella en poder de otro. de guisa que pueden facer dél lo que quisieren, como de otro de su aver, vivo 6 muerto. E tan despreciada 'cosa es esta servidumbre, que el que en ella cae, no tan solamente pierde poder de non facer de lo suyo lo que
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o-s.—Pollion
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quisiere, mas aun de su persona misma non es poderoso, si non é cuando manda su Señor." (Partida IV, título V.) Dificil es determinar con más precision los principales caractéres de la esclavitud, como condicion de las personas. La negacion entera, absoluta, de la personalidad ; lié aquí lo que el derecho civil ha demandado constantemente A la esclavitud en el mundo. En este punto ha sido rígido é implacable. No 1►a tenido para la víctima ni una palabra de protection, ni una esperanza de consuelo; en tanto que ha 1►ermitido al señor que arranque del lado del esclavo su muger y A sus hijos, se apodere cle su peculio y le reduzca en fin fi In mAs completa nulidad. Dificil es darse cumplida cuenta de cómo el espíritu humano ha llegado b consagrar violacion tan absoluta y tan horrible de la. naturaleza del hombre; porque se concibe bien,y la historia lo dice, que en el desarrollo de las razas y de los pueblos, haya habido distintos grados en la igualdad—privilegios, gerarquías y castas—lo que no se comprende, es esa inmensa diferencia entre el señor, facultado para todo, y el esclavo sin voluntad ni derecho para nada. Y sin embargo, dado el hecho de la posesion de un hombre por otro, semejante concepcion en lo civil, era de todo punto necesaria. Desde el momento en que parte del derecho decayera ó se relajara, y descendiendo en poco ó en mucho sobre la cabeza del esclavo, le reconociera alguna personalidad, la esclavitud debía desaparecer tarde ó temprano por completo. Y aquí principia una de esas luchas calladas, pero profundas, en el seno de es el mal, sino la historia, que prueban elocuentemente que el bien y la justicia, el destino final de la humanidad sobre la tierra. La violacion absoluta de la personalidad del esclavo, que era posible, y hasta necesaria por derecho privado, fué imposible y perjudicial por derecho público. Como condicion civil, el esclavo debia ser en todo equiparado á las cosas; como instituciou del Estado, la esclavitud basada sobre este principio, quebrantaba la vida y las fuerzas de la sociedad entera. ¿Qué hacer en esta contraposition de derechos y de intereses? Hé aquí la lucha que se descubre siempre, constantemente, en todas las épocas del mundo. Esta lucha está caracterizada perfectamente en el desarrollo del derecho romano, ¿qué eran los esclavos segun el ,lus civil"?... manda fi Nada.Pro nullis habeutur, fere mortal echar á la piscina un esclavo por haber roto un vaso (le cristal; un Señor arrojaba sus esclavos á las nn►trenas para que estas engordaran, y la matrona Umbricia les arrancaba los ojos con sus propias manos por motivos fútiles. El derecho público, sin embargo, protestó contra estas horribles iniquidades. Los jurisconsultos, proclamando que la libertad era una facultad de derecho natural, dedujeron clesde luego que la servidumbre era contra naturaleza y el derecho se modificó: se reconoció que los esclavos podian obligarse para con los demás, y que tenían una personalidad, aun respecto del amo mismo. Ciceron manifestó ya, aunque tímidamente, que había deberes de justicia que observar con relacion á los esclavos; una
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Constitucion quitó á los dueños el derecho de forzarlos á combatir con las fieras. Adriano prohibió que se les pudiera matar sin sentencia del magistrado. Antonio Pío hizo más: mandó que se castigára como homicidas á los que matasen á sus siervos. Y Elio Marciano dictó medidas para impedir que se les infligieran malos tratamientos. Esta tendencia del derecho público á mejorar la condition del esclavo es lenta, pero continua. Gracias á ella, la institution de la esclavitud, tan profundamente arraigada en las sociedades antiguas, desapareció casi completamente de Europa en el siglo XIII; y Si como es innegable, cupo en este resultado á la doctrina evangélica y á la Iglesia Católica una bien gloriosa parte, tambien lo es que sus esfuerzos no habrian sido acaso tan fecundos, si la esclavitud, como institution del Estado, no hubiera venido desde sus primeros momentos, mitigando la dureza del derecho civil romano. Este mismo hecho se repite con idénticas formas é iguales caractéres en el mundo moderno. En los siglos XV y XVI renace la esclavitud en el Occidente de Europa, y los pueblos de esta parte la llevan, como un funesto lote, á las tierras de América. Hay diferencias accidentales entre la esclavitud en estos tiempos y la esclavitud en el mundo antiguo; en el fondo, sin embargo, en lo que se refiere al derecho civil, la esclavitud es siempre la misma: la violacion completa, absoluta de la personalidad humana. Eu ambas épocas el esclavo carece de capacidad legal; su familia, su trabajo, su propiedad no le pertenecen: su anulacion es completa. El derecho público, ahora como en los antiguos tiempos, no se conforma con esa violacion permanente; y poto y poco, y de una manera lenta, porque en esa lucha se libran y comprometen graves intereses, la esclavitud va perdiendo en rudeza, y se prohibe á los dueños todo género de crueles tratamientos; se reconoce al esclavo, hasta cierto tiempo, los lazos de la familia; se le garantiza el que pueda obligarse en ciertos casos con los demás y se le respeta en la propiedad de su peculio. ¡ Consolador espectáculo este, porque prueba que hay en la vida del mundo, y en el desenvolvimiento de las instituciones, como una dichosa fatalidad histórica, en virtud de la cual, la iniquidad y la injusticia, en vez de agravarse eternamente, pierden, llegado un dia, fuerzas y poder, hasta que se extinguen y son víctimas de su propia ingénita debilidad! Esta diferencia entre la esclavitud por derecho civil y la esclavitud segun el derecho público, essplica mejor que nada el deber en que se encuentra todo Gobierno en lo que á esa institucion concierne. El Estado puede, con justo título, viniiicar para sí, como una gloria que le pertenece, las rcfornrls y molifieaciones que han hecho más blanda y llevadera la snerte dcl esclavo, de suyo desgraciada y terrible. Entregada al derecho privado cuyo fin no es otro que el bien particular, la esclavitud hubiera sido siempre lo que fué en los primeros tiempos de Roma, lo que ha sido más tarde, por debilidad exagerada del poder social, en algunos puntos de los Estados-Unidos del Sur. Afortunadamente
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827 ha sucedido así. Otro derecho más elevado y más generoso taalnbien, ha tratado de reunir y concertar, bajo condiciones de justicia, á los miembros todos de la sociedad; y el Estado, fiel representante y órgano de este derecho, ha enfrenado el orgullo de los dueños de esclavos, ha limitado su poder, ha mejorado la suerte de estos últimos, les ha reconocido una pequeña personalidad, y por este camino ha llegado de reforma en reforma, de limitacion en limitacion, á hacer coexistir esa violation inicua con el Orden general de la sociedad. Esta tradicion que lleva consigo el Estado y que debe acojer como suya todo Gobierno, no es gloriosa sino porque obliga á este último, cualesquiera que en otros puntos sean sus opiniones, á seguir por el ancho camino que de antiguo le está trazado. Esa tendencia del derecho público á garantizar la personalidad del esclavo es innegable; que en esta obra la gloria corresponde entera al concurso de todos los gobiernos, es tambien punto que no admite duda: detener, pues, ahora esa marcha; cruzarse de brazos y oponerse á esa tendencia, sería en un Gobierno romper con sus antecedentes, renegar de su más bella tradicion, faltar á sus deberes y abandonar al instinto el porvenir de la sociedad entera. Y de aquí se deduce tambien una consic1eracion que, por ser de importancia para nuestro propósito, no queremos dejarla callada. Se ha abusado tanto de las ideas y tanto de la credulidad de los unos y de los temores de los otros, que se ha conseguido hacer pasar como agitadores y levantiscos á los partidarios de la abolition, y como amantes de la tranquilidad y el Orden á los mantenedores de la esclavitud. Esto no tiene razon de ser. Considérese como se quiera, la esclavitud no se apoya más que en dos intereses: el interés privado, representadó por el propietario; y el interés público del cual el. Estado es el representante y órgano legítimo. El interés particular es antes que todo exclusivo y egoista, y por lo tanto fácilmente inmoral y profundamente perturbador; el interés público por el contrario abraza y concierta todas las fuerzas individuales; garantiza el derecho de todos y es por su propia naturaleza conservador y armónico. Pues bien, si esto es verdad, y no creemos que haya manera (le negarlo, lógicamente se deduce que no es á nosotros que invocamos un alto principio de justicia, y nos ponemos de parte del Estado para proseguir un fin profundamente social, á quienes se debe culpar de inquietos y perturbadores: no, los verdaderamente perturbadores é. inquietos son aquellos que, apegados á un interés exclusivo y particular, ó á una production más fastuosa que sólida y duradera, se empeñan, por sostener la esclavitud, en que lo privado prevalezca sobre lo general, el bien de los propietarios sobre el bien de la sociedad, y el Estado y los Gobiernos, renegando de su tradicion, sacrifiquen ante unos cuantos la obra en que descansa su gloria y en que estriban la suerte y el progreso de la sociedad entera. I)eslindada así la institucion de la esclavitud: ¿Qué se debe hacer? ¿Qué conducta seguir?
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Creemos que no baya más que (los caminos. O se mantiene la esclavitud tal como hoy existe, y se impide toda reforma respecto á la misma, entregando la resoluc•ion del problema al tiempo c•on todas sus pavorosas eventualidades. O anu(sstes rle la justicia y previsores, nos ponemos en esa lucha entre el bien y el Ioal, entre e] lnogreso y la barbarie, entre el derecho y la iniquidad, de parte de los que pueden satisfacer las necesidades y los sentimientos de nuestra alma. I'or lo que á nosotros toca, la eleccion está hecha: queremos favorecer y precipitar la desapariciou de la esclavitud, y como la razon y la historia están ele nuestra parte, aspiramos á probar que la esclavitud, opuesta al desarrollo histórico de nuestra época, sin fundamento en lo presente, es tambitsn una l,erturbacioss para el úrden, una rémora para la riqueza, uu peligro para la política, una ponzoiia para la moral, y para todos un padron de ignominia y un motivo de sobresaltos y de alarmas. CAPITULO II. Cú,uo y por qué lu e.w lreeilud se introdujo cu Cuba y Puerto-Rico. —Tres ea usas yeuerales e.rl,lieau el ni au de esa instifuc'iou: el earác•tcr y hábitos de los primeros pobladores: nuestras leyes restric•tivus en materia (le i!L)uigraC(on á I9idios, 'y las faeilidudes y franquicias otorlya(los al tráfico de negros.—('ca•eieter riuieo y e.rc•lusil;o que lr,,,; reviste 1(1 esCla2 itud.
sin
El deseubrimieuto (le América trajo consiga directa é iuinediatamente el establecimiento de la esclavitud v el tráfico ele esclavos. Este hecho, cava verdad es imposible desconocer, aparece t1 priu►era vista contradictorio. La esclavitud labia desaparecido de Europa, casi por completo en el siglo XII`; las desigualdades sociales, desde esta (poca, hablan perdido su razón de ser, merced al Cristianismo, y una grana parte de su antigua autoridad, merced á la destruccion visible dcl régimen feudal; el poder de la iglesia tan contrario ó la esclavitud, si bien un tanto decaidd, era con todo extraordinario: el esptritu liberal, encarnado en las villas y hermandades durante toda la Edad Inedia, tenia una represerltacion que bien pronto iba á ser exclusiva en las Cortes; la igualdad en fin, entre todos los hombres no solamente apareeta consagrada en el siglo 1V por la Religion, sino que estaba más ó Inénos explícitamente reconocida por un gran número de hechos é instituciones vivas y poderosas de aquella coc'i"dad. A pesar de todo esto, vemos que apénas ' 'o : descubre, la esclavitud si' levanta con la intensidad t: con to'lo.. los carnetéi'es que labia tcoido en los tiempos más : t -asa-las de esta fatal instituciou. El hecho es duda notable, pero su explicacion, aunque compleja, no es difícil. l)nminaha entonces, no solamente en España sino en una gran pinte tie Europa, el derecho romano, y aloulinaba con el doble prestigio de una II•adieion, nunca imite-
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rrumpida, y con el nuevo y poderoso explendor que en el siglo XV le comunicaba el renacimiento de las ciencias y las artes. La concepcion del derecho de gentes, que como es sabido fué en Roma causa de la esclavitud, uo habla variado todavia; el respeto á la personalidad humana, desconocido en el derecho penal, lo era más aun tratándose de pueblos apartados é infieles, y ültimamente, la Iglesia católica, que debió haber opuesto un veto solemne e invencible al establecimiento de la esclavitud, influida en esta época por un misticismo harto perjudicial, se resignaba y aun consentía esa institucion, como un medio para ganar nuevas almas al espíritu del Crisi iai►ismo. Mas sea de esto lo que se quiera, es lo cierto que el descubrimiento de América coincidió con el establecimiento de la esclavitud en aquellas regiones, y que, por lo tanto, al estudiar eu una sociedad cualquiera del Nuevo Mundo los orígenes de este suceso, es necesario remontarse á los primeros (lías ele su conquista y colonizacion. La Isla de Puerto-Rico, descubierta en 1493 en el segundo viaje de Colon, permaneció hasta 1508 casi ignorada. En este año pasó .Juan Ponce de I.eon á conquistarla, y la lucha con los indígenas duró hasta 1511, en que quedó completamente ocupado el país por los espaüoles. Bien puede sospecharse que con esta invasion se introdujeron los primeros esclavos en Puerto-Rico, puesto que ya existiau algunos años antes en la Española, segun resulta de las instrucciones que en 1 501 los Reyes Católicos dieron á Nicolás ele Olmiido gobernador general de las Indias, para que dejase introducir en ella esclavos negros que hubieran nacido en poder de cristianos. Habiendo, pues, salido Ponce de Leon y sus compañeros de la Española, cuando fueron á conquistar á San Juan, no cs aventurado suponer que con ellos. 6 poco despues entrarían algunos esclavos en la Isla. Pero si se prescinde de este dato quiere fijar con toda exactitud la época de la primera introduecion de esclavos en Pnerto-Rico, habremos por necesidad (le reí'-rirnos á un documento oficial, que ,y a desde 1510 figura en nuetra historia. Es este, una autorizacion dada en 11 de Abril de aquel año, á Micer (reron de Bruselas que pasaba de España :5 San Tnan, para que llevase consigo dos esclavos negros. Si fueron estos, con efecto, es punto que no podemos asegurar: per+► la autorizacion existe, y con ella el primer dato que debemos dar por cierto. (1) Dos años despues. en 1512, el Rey Católico permitió á Antonio Cedeño, nombrado contador de San Juan, que pudiese llevar de España dos esclavos, l►restando precisalnente juramento de que eran para su servicio. (1) El Rey a Juan Ponce de León, nuestro Capitan de la isla de San Juan:—Que a Gerónimo de Bru^elns. que va allá por Teniente de Fundidor y Marcador por Lope Conchillos, dé solar, tierras é indios y lo tenga por recomendadorecomendado. Medina Cell, 11 de Abril de 1510.—Almazdn.-Se dieron 5 cédulas a favor de Micer reron, de Bruselas.-1. Que pudiera tener una caravels para importar indios de fuera.-2. Que le dieran una encomienda de 100 indios.—& Que pudiera traer dos yeguas.-4. Qne pudiera traer dos esclavos.—b. Que no te impida el ser extranjero.—C. y T.
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Hasta aquí como se vé, la merced era singular, limitado el número de esclavos y en algun caso, como en el último, se imponía al dueño la condition de destinarlos á su servicio personal. Esta práctiea, qre encontramos tambien seguida por entonces en los demás puntos de las Indias, caracteriza lo que con alguna propiedad, podríamos llamar el primer periodo de la esclavitud en América. En 1513 las cocas varían por completo. Extendida ya en este tiempo la conquista, y vencida la primera resistencia que opusieron los indígenas, el tráfico toma, por estos mismos hechos, porporciones infinitamente mayores. Así, en 22 de Julio del dicho ario, se dá una Real Cédula autorizando la introduction de esclavos negros en aquellas regiones, mediante el pago de dos ducados por cada licencia. No hay necesidad de señalar aquí el distinto carácter que esta medida tiene respecto de las que se habían tomado anteriormente: á primera vista se vé. No es ya una autorizacion individual, una merced del Rey á determinados vasallos, una recompensa, raras veces otorgada y que cedía en favor del esclavo, sino que por el contrario, es una disposicion general, dictada en beneficia de un interés comun y del servicio de la sociedad entera. Tampoco se ocultará á nadie la razon y el objeto de este cambio radical. Mientras duró la conquista, los servicios del esclavo no podían tener otro carácter que el de personales; una vez restablecida la tranquilidad, y dados los nuevos colonos á entender en el laboreo de las minas y el cultivo de los campos, los brazos esclavos se hicieron tanto más necesarios cuanto más súbita y completa habia sido la desaparicion de los indígenas. El temor, sin embargo, de alzamientos y perturbaciones de los negros, hico que en L l6 el Gobierno limitara la ámplia autorizacion anteriormente concedida; y la perspectiva de las graneles ventajas, que vista la demanda creciente de brazos esclavos, podia el fisco reportar, hizo asimismo en 1517 que dictara otra medida, abriendo con ella una nueva era al tráfico africano. Se ha dicho, y esta es opinion generalmente admitida, que ese desarrollo que entonces tomó la esclavitud en América, nació de un sentimiento ele piedad hacia los indígenas en el noble corazon del Padre Las Casas. Sin desconocer la influencia de sus generosas predicaciones, parécenos á nosotros, que más que á un sentimiento individual, es necesario atribuir el cambio á las nuevas é inmensas ganancias, que con la nueva forma del tráfico entrevieron todos los Gobiernos. Pruébalo así su universalidad v larga duration, puesto que la vemos rígidamente seguida en España y en los demás pueblos de Europa, desde 1517 hasta fines del siglo último. (1) Por lo que atañe á Puerto-Rico encontramos que en 1517 concedió el Gobierno al flamenco Lorenzo Garrebod el privilegio de euviar 4,000 negros á las Islas, Española, Cuba, Jamaica y Puerto-Rico: en 15_S se ajusta un segundo asiento con unos alemanes para importar en los mismos puntos otros 4,000 negros: se rica,
(1) Sobre el padre Las Casas y la esclavitud de los véase lo -que decimos en el Boletfn Histórico, tomo...
negros en Am4pág....
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la
se
los
331 llevan á cabo después en los años sucesivos otros y otros asientos con genoveses, portugueses, españoles, holandeses, franceses é ingleses: se deroga en este particular, que tal y tan grande era la codicia de los gobiernos, el principio, en todo lo demás inexorablemente seguido, de no admitir á extranjeros en la contratacion de Indias; y por último, la demanda de esclavos es tan creciente que, para nacionales y extrangeros, sin sujeccion á tasa, y hasta con una prima de cuatro pesos á favor de los primeros, se abren,. libre de derechos, de par en par las puertas á la introduccion de esclavos en las Islas y algunos puntos de Tierra firme. A esta insaciable codicia por parte de los unos y al extraordinario desarrollo material en aquellos países, es necesario atribuir en este periodo, el gran crecimiento que en muchas de las sociedades americanas ha tomado la poblacion negra esclava. Afortunadamente Puerto-Rico, aunque necesitado de la ayuda de tales brazos, por haber perdido su poblacion indígena á los pocos años de su conquista, par un conjunto de favoraliles circunstancias, no recibió sino muy paulatinamente y en corta escala, tan funesto socorro. Introdujéronse varias partidas; pero como no fueran muchas, ni la mayor, parte de ellas pasó de 200 negros, la poblacion esclava que en 1765 era ya exhnberante en las otras colonias .españolas, en Puerto-Rico, por el contrario, uo ascendia sino á 5,037 esclavos. La razon de este hecho es fácil de concebir y (le explicar. Descubierto el vasto continente americano, y descubiertas Cambien las minas de Méjico y Perú, afluye á sus inagotables veneros, antes que la poblacion de España, la poblacion aventurera de las Islas. En esta general emigracion, Pnerto-Rico, más pequeño, ménos rico en oro y menos cultivado, quedó abandonado y casi desierto. Así vivió algunos años, hasta que pasada la primera fiebre, se comprendió por todos que había una riqueza más positiva y cierta en el cultivo (le la virgen tierra de aquella Antilla que en la explotacion, un tanto eventual y peligrosa, de sus ya casi agotadas arenas. El Gobierno, justo es decirlo, alentó esta reaccion en favor de la agricultura: concedió á los moradores el aprovechamiento comun de las tierras, pastos y abrevaderos; los autorizó para la introduccion de negros esclavos; y estas franquicias, unidas al clima dulce y sano de Puerto-Rico y á su naturaleza privilegiada, han sido las verdaderas causas del progreso lento, pero continuo que desde entonces hasta el último tercio del pasado siglo, Isla. echan de ver en la poblacion y la riqueza de En este año, sobre una poblacion total de 44,833 almas, habia, segun datos oficiales del Conde de O-Reilly, 5,037 esclavos, 6 sea uno por cada 7,91 libres. Veinte y seis años mas tarde, es decir, en 1794, se ve triplicada toda la poblacion: entre 127,133 almas, se cuentan 17,500 esclavos negros. Desde aquel año hasta el de. 1834, 6 no existen datos 6 no nos merecen plena confianza; pero desde esta última fecha hasta nuestros días, el desarrollo que han tenido las clases libre y esclava en Puerto-Rico es, segun la estadística oficial, el siguiente:
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Mitos.
Libres.
1834 1846 1860
31ñ,262 : 1,874 fr41,4-15
Esclavos.
Total.
41,818 51,216 41,736
357,080 443,090 583,181
De estos datos resulta:. 1°—Que hasta el año de 1834, la poblacion creció en esta proporcion: libres 2,78 por 100, esclavos 2,56 por 100. 2°—Que del 34 al 46 crecieron ambas clases en la misma é idéntica proporcion, y 3^—Qne desde esta fecha hasta 1560, la clase libre aumenta en 1.38 por 10, en huito que la esclava baja en 0,81 (lel anterior guarismo.—(La razon de esta baja, un tanto excesiva, es debida en gran parte á la epidemia de cólera que en 1856 se cebó con más fuerza en esta (-tase desgraciada.) Un hecho bien notable y no ménos honroso para Puerto-Rico, resulta (le los anteriores datos: el haberse sostenido, en todas épocas, en la misma pequeña proporcion, el número de esclavos en aquella Isla. La introduccion de negros obedece, como hemos tenido ocasion (le indicar, á diversas formas: al principio se lleva ú cabo en virtud de privilegios individuales, y como es consiguiente, en pequeña escala; poco despues los gobiernos entrevén en el tráfico un inagotable manantial de riquezas y lo entregan, mediante ciertos derechos, á nacionales y extranjeros; y últimamente, bajo el influjo d mejores principios económicos se da ámplia libertad á este odio.() comercio, que llega á constituir un ramo, y muy pI iueipial, de la riqueza pública.—Todas estas formas que la trata reviste y que tanto han contribuido á aumentar la poblacion e la;a en otras colonias españolas, no influyen al parecer notablemente, en la de Puerto-Rico. La poblacion esclava crece allí al mismo compás y en la misma casi exacta proporcion que la raza blanca, y hasta tal extremo en esto cierto, que consultando los datos que más arriba hemos copiado, más que dos poblaciones opuestas y sometidas á distintas leyes civiles y aun á diferentes condiciones naturales, parecen constituir un solo elemento y una sola raza, que marcha y se desarrolla en progresion sosegada y constante. Hemos dicho que este hecho era honroso para Puerto-Rico, y así es la verdad, porque cualesquiera que haya sido las causas de haberse mantenido constantemente ese nivel en la poblacion libre y la esclava, debemos considerarlas como inspiradas por un espíritu de prevision y de justicia. Llegados á este punto, réstanos antes de presentar el cuadro actual de la esclavitud en Puerto Rico, averiguar cómo y por qué, ya que no ha aumentado, se ha sostenido. Tres razones principales y al mismo tiempo generales pueden señalarse: el carácter y hábito de los primeros pobladores; nuestras leyes restrictivas en materia de inmigracion á Indias, y las facilidades y franquicias otorgadas en cambio al tráfico de negros. Todos sabemos que los primeros que pasaron con Colon al Nuevo ;Mudo eran nada más que hombres de guerra. Las nacio-
3$3 nes de Europa principiaban á constituirse como grandes y poderosas unidades, y los elementos opuestos que durante toda la Edad media habían perturbado con guerras y discordias la vida interior de los pueblos, 6 se habían desvanecido por su propia debilidad, ó habian caldo sojuzgados ante la naciente omnipotencia de los reyes. Las luchas intestinas, aquellas guerras ora de los pueblos contra los nobles, ora de los monarcas contra los nobles y los pueblos, ora de todos estos contra los árabes, que no habían tenido otro fin que la constitucion de la nacionalidad, habian concluido en esta época. Descubre Colon el nuevo continente y este suceso cambia por completo la marcha regular y tranquila que ya principiaba á iniciarse en los principales pueblos de Europa. Las imaginaciones todas se exaltan y los ánimos se enardecen. Aquella inmensa poblacion, residuo verdadero de las luchas y revueltas de la Edad media, recobra su espíritu belicoso y aventurero al volver los ojos á América y al descubrir. allí ancho y dilatado campo para nuevas conquistas y proezas. Este fué sin duda alguna el primer elemento de poblacion en todas las colonias españolas, y su influencia y su ideal han sido bien vigorosos, puesto que pasados ya tres siglos, no es difícil reconocerlos en ese espíritu vivaz y aventurero que es parte en el carácter general de los hijos de América. Otro elemento de poblacion acude á aquellas sociedades tan luego como la conquista está definitivamente realizada. América, que habla sido un campo de aventuras, es al mismo tiempo un venero de prodigiosas riquezas y en su busca se dirigen los que, sin posicion ni porvenir en el suelo natal, se deciden á correr todo género de riesgos y penalidades para conseguir el oro, tan fácil allí de recoger. Estas gentes no llevan, como es natural, ni industria, ni capital, ni ánimo siquiera de permanecer en aquellas regiones: su idea principal y única es enriquecerse á toda costa, esplotando primero al indígena, y más tarde al africano. Este segundo elemento de poblacion fué el que hizo necesaria, imprescindible la esclavitud y el dió á esa iustitucion el carácter esencialmente económico que ha revestido en los tiempos modernos. ¡ Funesto legado el de estos pobladores, pues que la codicia, único móvil que los llevó á las playas de América, inició primero en grande escala, y ha perpetuado despues esa institucion, causa única de todos nuestros males, é iniquidad que nos cuesta una ya larga y bien amarga espiacion ! La primera industria á que se consagraron en Puerto-Rico esos pobladores fué el lavado de las arenas auríferas, y en ella, como era consiguiente, fueron empleados los negros. Esta industria, por su naturaleza transitoria, desaparece á muy luego merced á sucesos bien dañosos para la naciente prosperidad de la lsla. Mientras que aquellos trabajos se ejecutaron por manos indias y hubo de ellas abundancia, los resultados correspondieron á las esperanzas; pero á medida que fueron escaseando y cuando luego desaparecieron por completo, se hizo de todo punto necesario el reemplazarlas por negros esclavos. Empleáronse en esto considerables capitales; tomáronse luego al fiado, y como estos nuevos trabajadores eran agenos á tal género de industria y habia además pocos y costaban caros, encontráronse los proPARA LA HISTORIA DA LA ESCLAVITUD EN PUERTO-RICO.
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pietarios bien pronto y por remate de cuentas, sin beneficios y endeudados. Con estas contrariedades coincidió el descubrimiento de las minas de Méjico y el Perú, y la emigracion de que anteriormente hemos hablado, provocó, como era natural, un general desaliento. La reaccion era necesaria. Aquella poblacion estaba antes que todo ganosa de riquezas, y cuando se convenció de que ni en las minas, ni en las arenas de los nos era prudente fundar ciertas y lisonjeras esperanzas, volvió sus ojos, por un movimiento espontáneo á la madre tierra, que rica, feraz y siempre bienhechora les convidó entonces con más positivos dones. Este cambio en la industria imprimió un nuevo carácter á la poblacion europea. Los que no habian ido más que con la esperanza de pasar allí algun tiempo, enriquecerse y volver al pais natal, se sintieron retenidos por el suelo; formaron familia, y de esta suerte, este elemento (le poblacion, hasta entonces flotante y sin apego á la tierra, se fi jó y vino á constituir el nervio de aquella sociedad y su fuerza verdaderamente indígena. Han pasado tres siglos y todavía los descendientes de aquellos primeros pobladores que hicieron de la agricultura la base de su industria, tienen en Puerto-Rico, con el bienestar que les dá una modesta, pero ya antigua fortuna, la consideracion consiguiente á este hecho, que constituye allí el mejor y más largo abolengo. Desde aquella época y á imitacion de lo que habia sucedido en la Española, la caña de azúcar y la cris de ganados fueron el fin de todos los propósitos. Si Gobierno supremo con buen acuerdo, alentó y ayudó, como en otra ocasion hemos dicho, esta tendencia de los ánimos: anticipó fondos para el establecimiento de ingenios de azúcar; eximió de derechos este producto y otorgó merced de dos negros por persona, libres tambien de derechos, .á los que quisieran ir á poblar á Puerto-Rico. Establecida de esta suerte la industria agrícola, la esclavitud vino á ser un elemento necesario. La libertad del trabajo era entonces desconocida en Europa y este solo hecho esplica bien, aunque sin iustifiario, que en América la reglamentacion llegara hasta la institucion de la esclavitud de los africanos y hasta de los mismos indios. La segunda causa general indicada, 6 sean las leyes restrictivas en todo lo concerniente al comercio de Indias, bien conocida es por la exageracion con que en España se aplicó el sistema llamado protector. Guiada no sabemos por qué absurdas teorías, España puso todo su empeño en aislar sus colonias, no solamente del resto del mundo sino tambien de sí propia y de ellas entre si. Sevilla fué el único punto habilitado para el comercio: espah oles los únicos que podian pasar á Indias, no sin obtener antes una licencia y llenar otras mil enojosas formalidades: productos peninsulares los únicos que podian exportarse, y todo esto, juntamente con las cargas que se imponian al comercio y con la poca seguridad que en muchos casos, merced á la codicia de las autoridades superiores, tenian los capitales procedentes de las colonias españolas, impidió, como era natural, que el comercio fuera frecuente y regular y- por lo tanto que establecieran intimas y múltiples relaciones entre los pueblos de América y las
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335 de Europa. Estas restricciones impuestas en el interior eran todavía poca cosa si se compara con la rigidez con que se procuró el total aislamiento de la América española, respecto á las demás potencias extranjeras. En nombre de aquel pernicioso sistema, que entonces prevalecía, se prohibió á todos indistintamente el que pudiera comerciar con las colonias, y por lo mismo el que un extranjero se estableciera ni tomara siquiera parte en ninguno de los sucesos que podían afectar la vida ó la riqueza del mundo americano. Este sistema colonial que entregaba el comercio de España al privilegio y sometia la América á una eterna explotacion, imposibilitó, ó cuando menos, limitó hasta un grado sumo la inmigracion de la raza blanca, y ahondó el abismo que desde un principio mediaba entre esta y la poblacion negra esclava. La intolerancia religiosa, por otra parte, era una causa miss de la soledad y alejamiento en que vivian nuestras Antillas. Negada la entrada á todo extranjero que no jurara vasallage y que no profesara determinadas creencias religiosas, cegó, y cegada ha continuado siempre, la fuente de la inmigracion blanca que tantos y tan grandes beneficios ha reportado otras sociedades de América, en este particular más tolerantes y discretas. Así, por este conjunto de circunstancias, se explica en algunos puntos esa superioridad numérica de la poblacion esclava sobre la raza blanca, superioridad fatal porque deja presentir eventualidades terribles en lo venidero, que todos estamos interesados en alejar. Puerto-Rico no se encuentra en este último caso. A pesar de los vicios del sistema colonial que liemos ligeramente apuntado, a pesar de la intolerancia religiosa y de la dura condition política á que deordinario han estado allí sometidas las personas, no es posible registrar la historia de aquella provincia sin encontrarse con un gran número demedidas, muchas de ellas eficaces y encaminadas todas al fomento de la poblacion blanca. Ejemplos de esta verdad son las franquicias y libertades concedidas en 1511 á los que llevaren mantenimientos y mercaderías á la Isla de San Juan y á los que en ella quisieren residir; las ordenanzas expedidas por el rey don Fernando en 1513 en Valladolid para el remedio de la poblacion de San Juan; la cédula real del Cardenal Gobernador de Madrid de 23 de Julio de 1517, -sobre que los oficiales de Sevilla pagaran pasage y mantenimientos á cuantos labradores con sus mugeres quisieran pasar á las cuatro islas, y otras muchas por el mismo estilo, que fuera largo y ocioso enumerar. Todas estas disposiciones no hubieran sido acaso bastantes á salvar á Puerto-Rico de esa grave perturbacion que nace de la prepotencia numérica de la poblacion esclava sobre la raza blanca; pero el reducido territorio de la Isla, el estar más cercana que ninguna otra á las puertas de la Península, la dulzura de su clima y la desaparicion completa de la poblacion indígena, atrajeron desde un principio un número mayor de pobladores, que afortunadamente ha ido aumentando, parte por la reproduccion y parte tambien por una lenta aunque incesante inmigracion. En todos estos felices resultados cabe una muy gloriosa parte al ilustre Intendente Don Alejandro Ramírez, cuya
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memoria y cuyo nombre marcharán siempre unidos al bienestar y prosperidad de Puerto-Rico. La tercera causa general que explica el mantenimiento de la esclavitud en Puerto-Rico, son las facilidades y franquicias otorgadas al tráfico africano. Lo que en su origen no fuera más que merced individual, se convirtió luego en objeto de especulacion por parte del Gobierno y de nacionales y extranjeros, hasta que en 1832, merced á tratados internacionales, el tráfico, antes alentado, vino á ser un ramo de ilícito comercio, más odiado que decaído, más perseguido que opuesto á las demandas crecientes de no pocos mercados. Hemos manifestado las causas que explican la introdúccion de la esclavitud en Puerto-Rico; hemos indicado las que así mismo han contribuido al mantenimiento de esa institucion, y este estudio seria realmente infecundo, si de él no pudiéramos deducir que ninguna de las causas generales que han originado y sostenido la esclavitud, existen hoy afortunadamente. El tráfico está severamente prohibido; aquel rígido sistema colonial ha variado en lo tocante al comercio radicalmente, y en cuanto al carácter y hábitos de los primeros pobladores, hijos de su tiempo, han desaparecido con él para no volver. La institucion de la eschivitud ha venido fi quedar, pues, desligada de todo lo existente, sin apoyo en el espirito de la época, ni otras relaciones con la manera de ser de las modernas sociedades, que el carácter esencialmente económico que. hoy afecta. CAPITULO III. Fundamento actual de la esclavitud.—Cuadro de la production en Puerto-Rico.Ls independiente en su marcha de la eselavitud.—La esclavitud considerada como instrumento de trabajo.—No hay en Puerto-Rico causa alguna que explique el temor de la abolir ion.Parelclo entre el trabajo libre y el trabajo esclavo.—Es aquel más barato que este último.— Colision horrible entre la conciencia lelos amos y sus intereses materiales.--X'ce esidad de la abolition en el 6rden de la riqueza. La esclavitud en los tiempos modernos, todos lo saben bien, no tiene otro fundamento que el mayor desarrollo de la produccion. Creyóse un dia que el trabajo obligatorio y no remunerado, era más barato que el libre; vióse que habla ventajas para el amo en alcanzar con un minimum de subsistencia, un máximum de esfuerzo, y desde este momento, la esclavitud condenada por la filosofía y rechazada por la conciencia pública, fué sin embargo, establecida y amparada por una suprema razon de economia. El interé$ del momento y la codicia de una gran production, pudieron y pueden tanto en el ánimo de los individuos y los pueblos, que han sofocado, durante siglos, los más elevados intereses de la moral y las voces más puras del sentimiento. El imperio de estos intereses no ha todavía desaparecido. Hoy, es, y la razon principal en que se fundan los que por todos los medios tratan de sostener la esclavitud en las Antillas españo-
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337 las, es el temor de que, con la abolicion, se arruine, ó por lo ménos se atrase la agricultura y decrezca el comercio y las demás industrias. Este temor tiene no pequeña influencia en alguna parte de la opinion pública. Los hechos consumados, que cuentan una larga tradition, alcanzan por esto solo cierto carácter de legitimidad, y por lo tanto son considerados por. muchos como convenientes y necesarios. todos saben lo que puede este amor al pasado en las sociedades donde yacen comprimidos los derechos individuales: aunque una institucion sea mala en si y perjudicial en sus resultados, el hecho de su antigüedad basta para que inspire á muchos adhesion, y á casi todos respeto. Cuando además de antigua, esa institucion se supone ser causa directa é inmediata de un progreso material extraordinario, de una agricultura floreciente y de un comercio universal, el respeto y la adhesion llegan hasta los últimos límites del entusiasmo; deducen que si con esa institucion se hau alcanzado tan inmensos beneficios, sin ella es de todo punto inevitable una completa ruina. Prescindamos de esto. La esclavitud en Puerto-Rico, como anteriormente hemos indicado, llegó á un punto en el cual, si no podemos decir con rigor que principió á decrecer, se mantuvo sí estacionaria, en tanto que la raza blanca . en mejores condiciones, y ayudada por una incesante inmigracion, ha aumentado cada día de una manera verdaderamente extraordinaria. . Gracias á esto último, y á un gran número de acertadas medidas económicas, independientes todas de la institucion de la esclavitud, la Isla de Puerto-Rico ha empezado á desenvolverse moral y materialmente, hasta llegar á la situacion en que hoy se encuentra. Y como prueba de la verdad de nuestro aserto, copiamos á continuacion los siguientes datos que demuestran de una manera indudable, que la produccion y el comercio han aumentado, sin relacion ninguna con la disminucion lenta aunque continua de la esclavitud. POBLACION. DE COLOR:
Años.
Blancos.
Libres.
Eselavoa.
1834 1846 1860
190,619 216,083 300,430
126,399 175,791 241,015
41,818 51,265 41.736
E%PORTACION DE LOS FRUTOS PRINCIPALES. AZÚCAR.
Años. 1834 1846 1860 4 22
Libras. 35.881,850 87.740,014 116.065,181
MIELES.
AOIJARDTE.
Bocoyes. Bocoyes. 10,652 31,310 43,445
36 653 1,254
CAFÉ.
ALOODON
Libras.
Libras.
16.730,500 10.473,886 15.924,524
574,950 294,863 292,696
338
PARA LA HISTORIA DE LA ESCLAVITUD EN PUERTO-RICO. TABACO.
GANADO VACUNO. CUEROS DE RES.
Años.
Libras.
Cabezas.
Libras.
1834 1846 1860
4.056,850 3.934,538 2.360,498
4,310 4,510 5,524
562,700 689,973 672,472
MOVIMIENTO MERCANTIL. Años. 1834 1846 1860
Pesos. 7.863,561 10.919,609 13.000,013
que
no
A nadie se oculta, en vista de los anteriores datos, un hecho sobre el cual conviene insistir, á saber: que la production y el comercio han seguido una tendencia mientras que la esclavitud seguía otra distinta y aun contraria. No hay, pues, relacion alguna entre esta institucion y la riqueza creciente de Puerto-Rico, porque si la hubiera, la una habria aumentado al compás de la otra, lo que afortünadamente no ha sucedido. Pero esto no importa, se dice. Enhorabuena que sean dos sucesos independientes la disminucion del trabajo forzoso y el crecimiento de la produccion ; esto no impide, se añade, que la esclavitud sea conveniente y aun necesaria, porque sin los brazos que ella presta, sin las facilidades que dá en todo tiempo para los rudos y penosos trabajos del cultivo y de la elaboracion del azúcar, los dueños no tendrían á donde volver los ojos, las operaciones se retrasarían, y tarde 6 temprano la ruina séría completa. Estas razones se dan siempre por los que tímidos 6 faltos de fe, -se empeñan en mantener lo presente. ¿, Necesitaremos contestarlas? Considerandó la cuestion bajo un punto de vista general, porque es general tambien la objecion anteriormente expuesta, podemos invocar el testimonio de la historia, la cual demuestra, y numerosos ejemplos podríamos citar de esta verdad, que en todos los paises en que la abolicion de la esclavitud se ha llevado á cabo con tranquilidad y severo espíritu de justicia, el órden moral de la sociedad ha ganado porque se ha purificado, y el órden material se ha desenvuelto en progresion constante y á veces incalculable. La economia política, además, dice, y en esto realmente estriba la base fuidamental de esta ciencia, que el trabajo libre, con la dignidad que en todo individuo despierta, el noble estímulo que entraña, y las fuerzas que con la asociacion desplega, es siempre más fecundo y relativamente más barato que el trabajo esclavo, el cual no tiene más móvil que el temor, ni otro fin que la obediencia. Pero dejando á un lado estas tazones que, aunque poderosas pueden por su mismo carácter de generalidad ser contradichas, encony volviendo á Puerto-Rico, fuerza nos es confesar, que pueda explicar tramos causa alguna verdaderamente séria
gag
PARA LA HISTO$IA DE LA ESCLAVITUD EN PUERTO-RICO.
por
real
Miles,
ese temor que algunos invocan para sostener la esclavitud en aquella Isla. Si de los 41,000 esclavos que allí existen, se rebajan las mujeres, los' los menores de 16 años y los mayores de 60, incapaces bi pera el trabajo agrícola, quedarán reducidos á unos 12,00(7 vºr►8es esclavos, y si de estos se rebajan aun como es justo, los enfermos, incapacitados física y moralmente, y los destinados al servicio doméstico, el número de los.que en realidad se consagran á las faenas agrícolas, quedará todavía extraordinariamente limitado. Ahora bien, y suponiendo que sean 10,000 los esclavos destinados al cultivo ¿qué importancia tiene esta cifra en un país donde existe una poblacion de color libre de 241,037 habitantes consagrados todos al trabajo? ¿Qué pueden ni significan esos 10,000 esclavos, allí donde en un solo año consta que se han expedido 70,000 libretas de jornaleros? La riqueza de Puerto-Rico está constituida por el trabajo libre, y si esto es una honra para aquella provincia es tambien una circunstancia dichosa que todos debemos bendecir porque nos permite afrontar, no solamente sin miedo, bino con completa seguridad, las eventualidades de una abolition radical é inmediata. Además ¿qué se teme? ¿Se cree acaso que los negros esclavos, en seguida que sean emancipados, abandonen la Isla b se entreguen á una vida indolente y vagabunda? Ninguno de ambos temores puede considerarse como fundado, por muchas é importantes consideraciones. No es, pues, de temer un abandono de la Isla, y si esto no sucede, mucho ménos entendemos que pueda acontecer el que se nieguen á todo trabajo, los que no tienen otro elemento para vivir que el de sus brazos. Posible es que al reconocerse libres los desdichados que hasta entonces han sentido sobre sus espaldas el látigo que les obligaba al trabajo, se abandonen por completo á la felicidad de su nuevo estado; pero esto es, por su propia naturaleza, muy transitorio: la clase de color libre, considerable por su número, y mucho más aún por el vigor que comunica á la produccion, mostraría en todas ocasiones, al nuevo emancipado, lo que es necesario hacer para sostenerse en el estado de libertad; y esas dos clases profundamente separadas por la institution de la esclavitud se confundirían desde los primeros momentos; primero porque tal es hoy la constante aspiration del esclavo, y segundo, porque á ello obligarán á todos las necesidades imperiosas de la vida. La abolicion en Puerto-Rico es no solo conveniente, sino necesaria. El trabajo libre que es más fecundo, es tambien en realidad más barato que el trabajo esclavo, cuando la institucion está dulcificada por las costumbres y limitada por las leyes. En los Estados-Unidos, para conseguir los mayores beneficios, babia muchos amos que con un mínimum de subsistencia obligaban á un continuo exceso de trabajo á sus esclavos. De esta suerte, el -término medio de la vida del negro, era en algunos Estados del Sur de cuatro á cinco años á lo sumo. Hacían esto aquellos especuladores, porque solamente así el trabajo esclavo es más barato que el trabajo libre, pues cuando el negro es bien alimentado y vestido, cuando está sometido á buenas condiciones de trabajo, resulta, en contra del amo, un perjuicio que no es ménos ser un tanto insensible.
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Seguros estamos que si los actuales propietarios, por lo ménos aquellos que tratan con bondad y justicia á sus esclavos, que en Puerto-Rico son casi todos afortunadamente, hicieran un balance escrupuloso y diario de sus beneficios y de sus gastos, verían algunos con sorpresa, que el trabajo esclavo era más caro que el trabajo libre. Pésense bien, en efecto, todos los inconvenientes del uno, y todas las ventajas del otro; apréciense la mayor inteligencia y el interés con que trabajan los de condicion libre, la fidelidad y responsabilidad personal que llevan consigo, la baratura de sus jornales, el estímulo que entre.ellos se despierta, apréciese todo esto de una parte, y luego de la otra, considérenselas enfermedades, fugas, capturas, bautismos, matrimonios y entierros de los esclavos, gastos todos que recaen sobre el amo; los robos y procedimientos judiciales á quedan lugar; la imposibilidad en que se encuentran de trabajar, ora por castigos, ora por enfermedad, y algunas veces tambien por indolencia; añádase, en fin, los infinitos y continuos gastos de manutencion, médico y tantos otros, y se verá que para que el trabajo esclavo sea más barato que el trabajo libre, es necesario que el amo sacuda de su alma todo sentimiento generoso, toda nocion de justicia, y considere al negro, única y exclusivamente como una máquina de produccion que, con un mínimum de subsistencia, puede funcionar catorce horas al día, durante cuatro 6 cinco años á lo sumo. Esta conclusion es horrible, y sin embargo, es cierta. La institucion de la esclavitud coloca al amo en una alternativa terrible: 6 se perjudica en sus intereses si es justo y bueno, ó se degrada en su conciencia y en su alma si quiere reportar mayores beneficios. ; Dura situation esta, que probaría por si sola, aunque mil otras razones no existieran, la necesidad imperiosa en que nos encontramos de resolver pronto esta cuestion, y acabar para siempre con esa colision nefanda entre la utilidad y la moral, entre los intereses materiales del amo y los más elevados y santos intereses de la justicia! Nada decimos de otras dos objeciones que algunas veces se oponen á la abolition, porque afortunadamente nunca se han referido, ni pueden referirse á Puerto-Rico. Estas objeciones son la dureza del trabajo en los ingenios, que solo pueden resistirlo esclavos africanos, y que estos son los solos, que consagrados á estas tareas, puedan resistir el ardiente sol de los trópicos. La experiencia ha demostrado con innumerables ejemplos, que ambas objeciones carecen de verdad y fundamento; pero aunque asi no fuera, aunque únicamente la raza esclava pudiera soportar los rigores del clima, agravados por los de un trabajo penoso, esto no tendria afortunadamente aplicacion á Puerto-Rico. El clima de este es sano y benigno, y. la clase de color libre es alli tan numerosa, y está tan profundamente avezada á las tareas agrícolas, que aunque no existiera alli un solo esclavo, no dejarían por esto de seguir la produccion y la riqueza, la marcha y el desenvolvimiento que llevan de algunos años á esta parte. La abolicion de la esclavitud, pues, que es una necesidad en el órden moral, lo es tambien en el órden material. Ninguna razon verdaderamente aceptable pt;ede darse en Puerto-Rico,
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para sostenerla. La riqueza general de la Isla no la necesita: su desaparicion no puede afectar á ningut►a fuerza productora, y el mismo interés de los amos debe reclamar la caida de esa iiistitncion, que les pone diariamente en el caso de faltar á los sentimientos y leyes de la naturaleza, 6 de perjudicarse en sus legítimos beneficios. CAPITULO IV. La esclavitud en el órden politico.Dos períodos: el de la supresion de la trata, primero: el de la abolicion despues.—La abolicion es un hecho universal.Deberes de todo Gobierno bajo este punto de vista histórico.Estado de las colonias espaüiolas.Propaganda abolicionista.—Complicaciones que la esclavitud puede acarrear con naciones extranjeras.—Condiciones que nacen de todas estas, consideraciones. La esclavitud condenada por la historia, condenada por el derecho público y condenada por la riqueza, lo es tambien por toda política sabia y previsora. Dos períodos deben reconocerse en lo tocante á la reforma de la esclavitud: uno que comprende desde 1773 á 1830, en que todas las naciones se limitan, por punto general, á la abolicion completa y definitiva del comercio de esclavos; y otro desde 1830 A nuestros dias en que ya solo se trata de la abolicion de la esclavitud. Estos dos distintos períodos están perfectamente determinados: en 1806 Inglaterra resuelve abolir la trata; la América del Norte hace lo mismo en 1808; Dinamarca, Portugal y Chile en 1811; Suecia en 1813; Holanda en 1814; Francia en. 1815 y España en 1822. La reforma no se detiene aquí. La reprobation que antes habia caido sobre el comercio de esclavos, recae más tarde, con mayor intensidad, sobre la esclavitud. En 1834 esta institution es abolida en las colonias inglesas; en 1846 Suecia, Dinamarca, Uruguay. Valaquia y Túnez proceden de igual suerte: en 1848, Francia, fiel en este punto á los principios de la primera República, proclama la igualdad política y civil de todos los que viven en sus colonias; en 1856 Portugal, y en 1862 Holanda, obedecen al mismo principio; y en los Estados-Unidos en 1864, despues de una guerra sin ejemplo, la causa de la emancipacion triunfa, y cuatro millones de esclavos recibeli en un dia su libertad y la consagracion de sus derechos. Dos naciones quedaban en el mundo, en las cuales la esclavitud prevaleciera. El Brasil y España, y para que nada falte á este cuadro que hemos bosquejado, el Brasil acaba de manifestar, por órgano de su gobierno, que la esclavitud, abolida ya en principio, lo será muy pronto tambien en la práctica. Si esto sucede, España será la única nacion que sostenga y ampare con sus leyes la esclavitud de una raza; y ante esta perspectiva, faltaríamos á nuestro deber si no advirtiéramos que además de ser una bien triste muestra de los sentimientos y progresos de esta nacion,
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puede ser tanlbien un manantial fecundo de temores en el interior y de conlplicacloues coa los demás pueblos. Como se vé, el hecho de la abolicion de la esclavitud, es universal en la historia. Aquel período en que solo se deseaba reprimir el odioso tríifieo de esclavos, ha pasado para no volver: tomar, pues, precauciones contra la trata, castigarla con penas severas, serví, si se quiere, honrado; pero indica bien claramente que España hace ahora lo que toda Europa hacia antes de 1830. hoy se pide mas, hoy, y esta es una de las gloriosas exigencias de nuestra época, no se puede hablar de la esclavitud sino para condenarla, ni legislar sobre ella sino para abolirla. Ahora bien, dos son las fuentes en que se inspira la política de los gobiernos: rola peculiar h los tiempos de agitacion y renovacion, que solo atiende :l los principios del derecho y de la ciencia, y que sin consultar la historia, ni los intereses creados, es como aquellos rígida (. inflexible; la otra propia de las épocas normales, reconociendo solo como derecho lo que tiene la sancion del tiempo, ajusta sus actos h los antecedentes de la historia, y fi las exigencias del momento. Entrambas políticas condenan la esclavitud. Los gobiernos revolucionarios la rechazan porque esa institucion es la negacion de todo derecho: los gobiernos conservadores la deben igualmente rechazar porque, como hemos visto, la esclavitud está condenada por la historia y la opinion pública del mundo. Los que conocen profundamente el estado actual de las colonias espailolas, saben bien que bajo de esas riquezas que se ostentan y de ese crecimiento maravilloso de las rentas públicas, hay una debilidad y una relajacion de fuerzas que hacen amargo lo presente y de todo punto inseguro lo porvenir. semejante al célebre coloso de la Escritura, el Estado en nuestras colonias tiene los pi(•s de barro, y es impotente para resistir el embate de otras fuerzas, y para soportar su propio peso. Y es que la esclavitud, violaeionl universal y nefanda, trasciende á todos los r►rdcncs de la vida: ►lesnaturaliza el trabajo, violenta la voluntad, anlengna la dignidad humana, abre un abismo entre oprimidos p opresores, erige en ley la fuerza, confunde la coaccion con el ►írden, mata las relaciones recíprocas de derecho y de deber y las sustituye con ►Sdios inextinguibles y profundos, desmoraliza á los unos con la opresion y ú los otros con un poder que no tiene en realidad de las cosas otros límites que los de la conciencia individual, emponzoña la moralidad pública, que es de mucho ra las precio que cualquier progreso material por considerable que sea, y como resultado de todas estas perturbaciones, las fortunas son inseguras, las mutas se malgastan ; la eerttrali~aeion ahoga. la fuerza oprime. y el Estado, en fin, no exi: ui s 1, dra sino para caer sobre los anos y los otros con a. lo cl is so de sil inlne(lsa pesadumbre. 1•:n toam sociedad, en alne I., eclavitud subsiste, el I:ohil•rno, la poblaciou libre y la esclava, s: n I l: s fuerzas que viven en perpétno y Mortal desacuerdo; tres elementos que luchan entre si en vez de arulonizarse, lo cual si es un daño grave p:u•:l los indivídnox, es tarnbien un motivo de consl:ulte ingnietnd peligro lastra los (lobiernos.
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Por otra irte, la propaganda abolicionista no cesa. La justicia y las grandes causas tienen siempre misteriosas lenrnas de fuego, que anuncian sus derechos á los desgraciados, y ellas dicen ya hoy al oido del esclavo, que ni ley alguna, ni el consejo venerando de la religion cristiana, ni los textos de los libros santos, ni la tradicion hustórica, pueden obligar al hoiuhee á trabajar sin remuneracion, vivir sin personalidad, morir sin amor y sin familia, y hacer constantemente esa série de inmensos sacrificios en aras de los intereses materiales de otro hombre. Esta situacion de suyo insostenible, se agrava cuando se considera las complicaciones que con los demás pueblos puede acarrearnos, en el estado actual de las cosas, la institucion de la esclavitud. La opinion pública en España y sus gobiernos deben siempre tener en cuenta que hace ya muchos años que los demás estados de Europa y de América, han borrado hasta los últimos vestigios de esa institucion, y' que bien pronto no habrá otros esclavos en el mundo civilizado, que los desgraciados negros que viven en el territorio de las colonias españolas. Esto que seria un baldon para nuestro nombre, seria además un justo motivo para la intervention de pueblos extraños en la vida de las Antillas. El derecho público está sufriendo en estos momentos una gran trasformacion : la solidaridad de los pueblos en la produccion de la riqueza consagrada por un comercio cada din mas libre, está dando ya de si la solidaridad de los mismos en las relaciones de derecho y de justicia; y si esto sucede y claras señales hay para creerlo, España tendrá que hacer en nombre de la justicia universal lo que no había querido llevar á cabo tranquilamente en pró de su interés y de su honra. Este peligro es mucho mayor desde la última guerra de los Estados-Unidos. Conviene repetirlo una y mil veces: la ea"sa de la emancipacion es hoy allí, no solamente la c"estion nolitica y social que absorbe por su importancia á todas las demás, sino que tambien es una cuestion internacional. Tendrán fin un Ins circunstancias angustiosas porque hoy atraviesa a'i»e'la república; quedarán sofocadas para siempre las tent,t~vac del R"r y asegurados los derechos de los esclavos. y cuando este din llegue, los Estados-Unidos que no han desistido nunca de ser el pensamiento y la cabeza de la América, no menos por esto pie por ser lógicos con su causa é interés, consagrarán sus fuerzas á la abolicion de la esclavitud en los demás puntos del NuevoMundo. Y i ay entónces de las Antillas españolas si la esclavitud subsiste! Los negros que trabajan en nuestros ingenios saben que sus hermanos de los Estados-Unidos han alcanzado su libertad en medio del ruido de las armas, y este recuerdo en el din de un conflicto internacional, puede ser para la raza blanca la causa de una sangrienta y horrible espiacion. Que el gobierno, que la opinion pública en España estudien profunda y tranquilamente este asunto, y se convencerán de que la abolicion de la esclavitud es una necesidad política para lo presente, y un acto de prevision y fertalesa pala lo porvenir.
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CAPITULO V.
la
Peligros que pueden nacer de la abolicion.Peligros respecto á la persona y propiedad de los antiguos ambos.Idem respecto á la seguridad y al órden públieo.Idem relativos á la produeeion de riqueza.El más grave es este último.—Ninguno de estos' peligros existe en Puerto-Rico.—Relacion del trabajo libre y esclavo en la produeeion agrícola de la Isla.— Porvenir de los emancipados. Cuando de abolicion se trata, son muchos los peligros que se invocan. Esto, sin embargo, no basta, porque desde luego se comprende, que es necesario fijarlos y determinarlos con entera claridad. Que algunos hay, es innegable: son tan opuestos los estados de esclavitud y de libertad, tan diversas las relaciones que de ellos nacen, y tan grande la falta de un estado intermedio entre los mismos y de preparation conveniente del uno para el otro, que es fuerza reconocer como graves las consecuencias que nacen de un cambio tan completo y repentino de condition. ¿Cuáles son, sin embargo, esos peligros? ¿En qué consiste esa diferencia de relaciones, y hasta que punto debe tenerse en cuenta? Porque con decir que existen, con cerrar los ojos para no verlos, entiéndese bien que ni se evitan ni se vencen. Asentemos como cierta la siguiente consideracion : esos peligros no pueden afectar mas que 6 á la persona y propiedad de los antiguos amos; ó á la seguridad y al órden público; 6 últimamente, á la produeeion de la riqueza. Fuera, en efecto, de estos extremos, nada hay que aparezca comprometido, ni siquiera amenazado. De todos estos inconvenientes el último, 6 sea el relativo á la produeeion de la riqueza si es el ménos grave, es tambien el más probable. Que devueltos á la libertad atenten los esclavos contra la vida y la propiedad de sus antiguos señores, ni esto ha sucedido realmente en la historia, ni es de temer en general, ni hoy por hoy se puede sospechar que suceda en Puerto-Rico. El triunfo de la justicia esparce luz tan sereha y tranquila por todas partes, engendra tan altos y honrados sentimientos, que él solo basta y sobra para borrar en un momento todas las pasiones de irritacion 6 (le venganza que hasta allí existieran. El esclavo, por desgraciado y pervertido que lo supongamos, al sentirse libre, al reconocer que debe este inmenso beneficio— porque para él siempre será un immnso beneficio mas bien que la consagracion de un derecho;—al ver que puede ya constituir libremente su familia y disponer de su trabajo y propiedad, olvidará, es bien seguro, los agravios que ha sufrido, para no acordarse sino de contemplar con indecible entusiasmo los nuevos v grandes horizontes que se abren á su corarnn y á su actividad. Así por lo ménos ha sucedido en todos los pueblos, y así han obrado en todas ocasiones las castas oprimidas. Con ese olvido completo y con ese generoso perdon, han contado siempre los opresores; y fuerza es confesar que nunca los resultados se han vuelto contra sus esperangaas. Durante la clominacion ha habido protestas, insurrecciones, crueles represalias y mártires; alcan-
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345 zado el triunfo y restablecidas las relaciones de justicia, el gozo de la victoria no ha sido completo, si no se han borrado en seguida las amarguras del pasado. Y no se cite en punto á esclavitud y en contra de este hecho constante, lo sucedido en Haití, que otra y bien diversa, es la esplicacion que tienen aquellos dolorosos acontecimientos. Allí, como en todas partes, los negros no pensaron en la venganza, antes bien bendijeron la mano que los clevolvia á la libertad y al derecho. Si mas tarde, y desgraciadamente, se pusieron en armas y consumaron los horrores y crímenes que la historia relata, fué, no 'en ódio de lo pasado, sino porque se aspiró de nuevo á esclavizarlos, y se procuró por todos medios restaurar la obra de la iniquidad y de la justicia. En ninguna colonia, en ningun país donde se halla llevado 4 cabo la abolicion, se han levantado los esclavos para asesinar á los amos, ni para destruir sus propiedades: invocamos en prueba de este aserto las colonias francesas, donde tan dura ha sido la legislacion sobre esclavos y tan crecido su número, y los Estados-Unidos, que han sido lógicos en su inhumanidad hasta un extremo que pone espanto en el ánimo. Si á pesar de tan elocuentes testimonios no faltan quienes abrigan algunos temores acerca de este punto, la justicia y la imparcialidad exigen que debemos considerar á los tales como calumniadores. Inseguros de su conciencia•lo están también por este hecho mismo de la absolution general, y temen, no á las víctimas, sino al remordimiento, que es su perpétua sombra. De todos modos, sin embargo, este peligro en Puerto-Rico es de todo punto ilusorio. La benignidad de nuestras leyes; la dnlzura de nuestras costumbres; los hábitos de buen trato, hijos del interés y de la humanidad combinados, son parte para que no hayan existido jamás en el alma de nuestros esclavos esas pasiones de venganza profundas é inestinguibles, que han inquietado á los dominadores de otros países. Nacidos aquellos en su mayoría en el país, acostumbrados los otros desde larga fecha á la esclavitud, y sobrellevando todos tranquila, si bien penosamente su estado, no tienen los motivos de justo ódio ó de natural instinto que obligan al oprimido á volverse contra el opresor. tin solo conato de insurreecion de esa clase desventurada ha habido hasta hoy en la Isla; pero tan insignificante, tan pobre y tan circunscrito, que mas que una protesta contra su condicion, ha sido una queja contra el proceder inusitado de ciertos amos. En cuanto á trastornos del órden público, no son ménos infundados los temores. ¿Qué es, ante todo, emancipar á un siervo? Es devolverle su personalidad y los derechos que le son inherentes; es hacerle entrar en la ley comuu, que es el órden y la expresion de la justicia; es ponerle bajo la salvaguardia de la autoridad pública; es hacedle responsable ante sí, ante Dios y ante los hombres de los deberes que sobre él pesan por la lcy de su propia naturaleza, y por interés general de la sociedad, es, en fin, sustraerle de la arbitrariedad de otro, para lev:iutarlo á la dignidad de hombre y de ciudadano. Si esto, y no otra cosa es la emancipation, idea bien menguada de la naturaleza humana tienen los que creen, que libertar siervos y redimir injusticias, es desencadenar las malas pasiones y los más perversos
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si
y
instintos; mhs lógicos, y sobre todo, más francos fueran sosteusendo y proclamando: que la esclavitud es necesaria y debe ser eterna. Sostenemos, pues, que si semejantes perturbaciones del orden público son i►uprob:ibles en todas partes, en Puerto-Rico, son imposibles. 1i cenr-o de poblacion arroja 560,000 libres para solo 41,000 esclavos, de todos sexos, edades y ocupaciones. Los varones, ünieos que pudieron entrar en tales evoluciones, no pasan de 22,000; de este número se descuentan los mejores de diez y seis años y los mayores de sesenta, el número ele esclavos aptos para tales empresas, quedará como es consiguiente reducido á 11 6 1',000 individuos. Aunque esta cifra fuera considerable—que no lo es—deberiamos hacer observar: I'rimero.—Que todos los menores de treinta y siete años han nacido en el pass, y que por su carácter y cultura, son menos inclinados á todo espíritu de insubordination. Segundo.—Que de los restantes, nacidos unos en las Islas vecinas de Curazao, Santa Cruz, etc., y procedentes los otros de Guinea, há largo tiempo que viven todos en el pais, y se encuentran en las mismas condiciones de subordination y disciplina que los primeros. Tercero.—Que de los 41,000 esclavos que forman el total, los 28,000 empleados en los oficios mecánicos y en el servicio doméstico, han visto siempre sobre la autoridad del amo á la autoridad pública, haciéndose respetar de todos; y si esta circunstancia aleja hoy ele toda idea de trastornos, con más razon debe apartarlos el dia eu que obtengan su libertad. Cuarto.--El territorio de la Isla es corto (330 leguas cuadradas) ; densa y repartida en ella la poblacion y falta de lugares donde los esclavos puedan refugiarse en caso de necesidad. Quinto.—La fuerza pública existente, basta y sobra para mantener en la obediencia y en el respeto á las leyes á 560,000 libres. ¿Cómo, pues, no lo ha de ser tambien, ayudada además por toda la poblacion blanca, para ahogar de un solo golpe cualquiera partida de esclavos, que además carecería de recursos, de armas y de disciplina? Sesto y último.—Si hoy la autoridad de un amo 6 de un mayordomo, con los medios de represion ele que ambos disponen, son bastante ó sujetar al esclavo á un régimen de injusticia, ¿serlanlo menos la ley yla autoridad pública para mantener el órden en la libertad? El tercer peligro de la abolition y el único digno de ser tenido en cuenta, es el relativo á la produccion de la riqueza, y concretando mejor la cuestion, el temor de que por de pronto pudieran faltar jornales 6 brazos bastantes á la agricultura; y decimos á la agricultura porque á nadie le ha ocurrido que loe esclavos consagrados al servicio doméstico, mugeres en su mayor parte, y los que se dedican á oficios mecánicos en las poblaciones, abandonen sus ordinarias tareas, devueltos que sean á la libertad, ora porque es más benigna su actual condicion que la de loe que viven en. loe campos y ménoe violenta por lo tacto, la traa-
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al
y
más
y
es
sicion de la esclavitud á la libertad, ora porque, como los libertos, tendrán que buscar en el trabajo su propio sustento. Por lo que toca á los que se consagran en los ingenios á la agricultura, necesario reconocer que encorbados por tantos años bajo el peso de la esclavitud, su primer deseo, su primer instinto al volver á la libertad, será dar al cuerpo el descanso que demanda, cerciorarse por medio del ocio de que son verdaderamente libres, aspirar, en fin, por estos medios, á igualarse á sus antiguos amos. Todo esto es no solamente natural, sino legítimo. Si el trabajo, dada la concepeion cristiana, es en si una pena de la humana naturaleza; si para el esclavo ha sido el hecho más brutal que ha herido sus sentidos, y lo que le ha dado la prueba más ruda de srr condicion ; si por el trabajo ha sufrido castigos y privaciones de todo género; si trabajo ha sido lo que siempre, de día, de noche, bueno y á veces enfermo, le han severamente exigido; si el trabajo corporal ha sido para él un signo de envilecimiento y por él no ha tenido ni propiedad, ni familia, ni bienestar material ¿cómo no odiarlo? ¿cómo no considerarlo con aversion y un confundir desde luego la libertad con la exencion de esa carga tan dura y tan oprobiosa? ¿cómo querer que entre de súbito en la inteligencia y en el corazon del emancipado la nocion, clara de lo tuyo y ele lo mio, y la elevada, noble y moral del trabajo que es su legítima consecuencia? Por de pronto, pues, lo justo y lo natural será que se tomen algunos días de descanso y de alegría ; y político y conveniente será también á los mismos dueños de ingenios, no perturharlos ni inquietarlos de ningun modo durante ese tiempo, asociándose á esa fiesta general de la redencion de una raza oprimida. Pero est.e estado del ánimo en el esclavo, es por su propia naturaleza transitorio: pasará ese primer movimiento de espansion : saciarán esa primera sed de verse y sentirse dueños rle sí mismos, y entonces los libertos, ¿qué han de hacer sino seguir la ley de la naturaleza?—in liberto te labor—y la corriente general que á todos nos arrastra, violentamente á los que sin albergue, sin un palmo de. tierra en que asentarlo, sin instrumentos de trabajo, necesitan el diario sustento para ellos y sus familias? ¿Qué otro partido ni camino les queda, sino consagrarse á los trabajos que conocen; y bajo relaciones más equitativas y justas, continuar en las tareas entre las cuales han nacido y se han desarrollado? ¿Puede creerse que todos á una se den al robo 6 la mendicidad? Esto es absurdo imaginarlo; y es además sentar que la esclavitud trasforma al hombre para siempre y perdurablemente en bruto 6 en bandido. En principio, pues, por nuestro honor de hombres, y de propietarios de esclavos, ni podernos ni debemos aceptar más solucion que el trabajo; pero el trabajo voluntario, hijo de la necesidad y con los fines morales y económicos que lo ennoblecen. Esto mismo debemos aceptar en la práctica, alguna duda pudiera cabernos, el ejemplo y los resultados de los pueblos en que se ha verificado esa gran trasforrnacion, hastarian para desvanecerla por completo. Consultense los anales de las Antillas inglesas, francesas, holanlesas
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y dinamarquesas; regístrese la historia del continente americano en los paises donde se ha verificado la abólicion, y se verá con consuelo, y para horra de la naturaleza humana, que los esclavos, casi al dia siguiente de su libertad, se han consagrado con más ardor y con más fruto al desenvolvimiento de la riqueza pública. En algunos puntos ha habido ciertamente perturbaciones en la produccion, en el primero 6 en los primeros años; pero han sido siempre pasajeras, y agenas por completo al hecho de la abolicion. No se olvide por otra parte, puesto que es ello importante, que en todos los paises á que nos referimos, la agricultura no contaba absolutamente con otros brazos que los esclavos. No habia blancos libres fuera de los amos, ni clase intermedia entre oprimidos y opresores. En Puerto-Rico, por el contrario, además de un número cada día más considerable, de pequeños propietarios territoriales que no poseen esclavos, ni en manera alguna los necesitan; pero que no por esto dejan de figurar dignamente en la produccion total de la Isla, hay una poblacion libre de ?0,000 jornaleros, base principal hoy de nuestra riqueza, que con su ejemplo y sus esfuerzos, ayudarian a los nuevos libertos en sus fatigas. En la elevada cifra á que asciende nuestra riqueza, bien puede asegurarse que el trabajo esclavo solo entra por un sexto todo lo más. En la misma agricultura de caña, en que están empleados 10,000 esclavos de todos sexos y edades y en la única que por consiguiente podia ser sensible la falta de jornales, representa el trabajo esclavo mis tercera parte á lo sumo. Véase sino el número total de quintales de azúcar, de bocoyes de miel y de rom que el país exporta y agregando á esta suma lo que de los mismos articulos en toda la Isla se consume, se verá hasta qué punto es exacto nuestro aserto. No es esta, sin embargo, la cuestion ; representa ese trabajo la sexta parte en la produccion agricola 6 la tercera en la de caña y azúcar, lo cierto es que fuera insensato suponer que esa perturbacion equivalga á la disminucion de una tercera 6 una sexta parte en el total de la riqueza, porque para esto seria necesario que ni un solo emancipado quisiéra trabajar en los campos, lo cual como se comprende, á fuerza de ser imposible, raya en lo absurdo. Por otra parte, %no es natural y lógico que continúen como braceros en la misma industria, en la misma localidad, en la misma finca donde muchos de ellos han nacido, donde todos han vividó trabajando antes para su señor, y donde podrán después trabajar para ellos y su familia? No rompe el hombre de una vez todo su pasado sin volver la vista atrás ni acordarse para nada del ayer, y mucho menos puede hacer esto el negro que falto de iniciativa, sin otro capital que sus brazos, ni más porvenir que el que se procure con su propio esfuerzo, no puede aspirar á otra cosa que á continuar con más provecho é independencia lo mismo que hiciera durante los años anteriores de su vida. Además, es necesario no olvidar que sobre el ánimo del esclavo tiene el antiguo amo, de una parte el prestigio de su poder,
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349 y de otra mil medios legítimos para retener en su finca esos brazos necesarios para la produccion de la riqueza. ¿No se dice, no se repite todos los dias para mostrar la blanda condition de la esclavitud, que muchos infelices con peculio bastante para rescatarse, no lo hacen y prefieren continuar al lado de sus señores sirviendo como esclavos? ¿ Por que, pues, temer que libres hayan de abandonar desde luego y para siempre á sus antiguos amos y sus ordinarias ocupaciones? Conviene decirlo con entera franqueza: 6 semejante temor no existe, 6 esa blanda condicion, como algunos llaman á la esclavitud, es una .hipocresía odiosa de ciertos hombres, porque aspiran á falsear así la verdad de las cosas y presentar á la esclavitud hasta como un bien preferible á la libertad. CAPITULO VI. Abolicion gradual y abolicion inmediata.—La aplieacion en la historia de estos dos medios de abolí ion ha dependido más de circunstancias del momento que de un estudio severo del asunto.Ejemplos de esto son lo sucedido en Francia e Inglaterra.—Fundamentos racionales de la abolicion.—Abolieion gradual.—Abolition inmediata.—Ventajas de esta última sobre la primera.Peligros de crear una situacion transitoria con la abolicion gradual en Puerto-Rico. Dos medios se han ensayado hasta aquí para acabar con la esclavitud; la abolicion gradual y la abolicion inmediata. Antes de emitir nuestro parecer sobre las ventajas e inconvenientes que tienen ámbos medios, es bien que observemos que su aplicacion en la historia ha dependido más de las circunstancias interiores en que se encontraba la Metrópoli y de sus relaciones con las colonias, que de un estudio severo de la cuestio en sí misma, y de una política previsora y fecunda. La revolucion francesa de fines del siglo último fue el primer poder social que condenó la institucion de la esclavitud. Es esta una de sus más brillantes glorias y acaso la que mejor esplica ese sentido de fraternidad uñiversal que, como el fin supremo de su vida, quiso imprimir en la obra gigantesca, que en medio de todo linage de perturbaciones consiguió llevar á cabo. El decreto de abolicion fue votado por unanimidad en 4 de Febrero de 1794: y hoy despues de 70 años, se recuerda siempre aquel dia memorable como el primero en que esas dos razas que han vivido en eterna lucha en la historia, esclava la una y dominadora la otra, se reconocieron como iguales y se abrazaron como hermanas. La revolucion francesa se desvaneció, por lo menos momentáneamente en manos de Napoleón I, y la esclavitud y aun la trata fueron restablecidas por la ley de 30 floreal del año 10. Todas las razones que anteriormente se habían invocado para la abolicion, fueron mas tarde otros tantos motivos para mantener la esclavitud. Los santos fueros de la libertad y de la igualdad fueron entonces considerados como peligrosos respecto
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de los negros, faltos de civilization ; aquella filosofía que tan noblemente se manifestára respetando el derecho en • todas las condiciones y en todos los paises, fué considerada desdeñosamente como falsa; y la generosa pasion de aquellas grandes almas de la Convencion francesa fué comparada á una vana filantropía y al canto dulce, pero peligroso de la sirena. Efecto de esta poderosa reaccion, las colonias, como dice un distinguido escritor, volvieron á ser víctimas de tres grandes crímenes: la esclavitud, la trata y la arbitrariedad. Así siguieron las cosas con ligeras alteraciones hasta que bajo la monarquía de Luís Felipe, los abolicionistas principiaron á conmover la opinion pública de Francia. Allí, como en todas partes, los colonos, apegados insensatamente á sus intereses materiales, hicieron frente á toda reforma y se negaron á toda concesion. A pesar de las influencias de que disponia el gobierno en 1845, con la vista fija en la abolicion, preparó y facilitó este suceso reformando radicalmente la legislacion colonial é introduciendo importantes garantías en favor de los esclavos. La revolucion de 1848 sobrevino, y fiel en este punto It la tradition de la primera república, decreté la abolicion inmediata en todas las posesiones francesas. Confirmada esta medida por decreto de la Asamblea nacional, se dispuso mas tarde (30 de Abril de 1849) que se concediera una indemnizacion á los propietarios de esclavos. No se ha procedido de la misma manera en Inglaterra. Habiéndose visto allí por una larga esperiencia que la prohibition de la trata era insuficiente para la abolicion de la esclavitud, un gran número de hombres ilustres acogieron la causa de los negros y se esforzaron para conseguir que el gobierno diera un gran ejemplo emancipando los esclavos de sus colonias. El gobierno resistió durante muchos años, pero todo fué en vano: la abolicion llegó á ser la gran pasion del pueblo inglés; y como alli al fin la opinion pública merece respeto, fué necesario ceder á lo que esta imperiosamente demandaba. El decreto de emancipacion fué sancionado por la corona en 28 de Agosto de 1834 disponiendo que se pagaran veinte millones de libras esterlinas á los propietarios, y que se sometiera á los negros emancipados á un régimen de aprendizage durante cuatro y seis años, segun fuera la edad y la condicion de los trabajadores. Tanto en Francia, donde la abolicion fué inmediata, como en Inglaterra, donde hubo antes de pasar por un aprendizage, han existido circunstancias especiales y otras generales que han hecho que la emancipacion haya sido por lo pronto una arriesgada operation económica. En las colonias inglesas hay que notar en efecto la desproporcion en que estaban los blancos con los negros; la mala voluntad de los colonos, que lejos de secundar al Gobierno y preparar la transicion, la contrariaron por todos los medios; el estado económico de las mismas colonias, y últimamente, las leyes proteccionistas inglesas, 6 sea, el monopolio y los crecidos derechos de aduanas. En Francia, á mas de todas estas razones, hubo otras especiales y dI momento, tales como
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351 la dureza de las leyes é intransigencia de los colonos; la agitacion que en las ideas despertó la revolucion del 48; la mezquindad y falta de oportunidad de la indemnizacion y el abandono de la Metrópoli en cuestiones importantes, íntimamente ligadas con el hecho de la abolicion. En ambos paises, en fin, han existido tres causas generales que han influido lo mismo sobre la abolicion inmediata del uno que sobre la abolicion gradual del otro. Estos tres inconvenientes son: 1º el haber tenido que pagar los contribuyentes de la Metrópoli la indemnizacion colonial. 2º haber pesado sobre los consumidores de azucar el alza ocasionada por la emancipacion; y 3º ineficacia de la indemnizacion para compensar á los colonos de las pérdidas que han sufrido á consecuencia de la desorganizacion de sus talleres. De lo anteriormente expuesto se deduce que no es en la historia ciertamente donde hemos de buscar las ventajas ó inconvenientes de los dos medios que se presentan para llevar á cabo la abolicion de la esclavitud. En efecto, Bolivia en 1826; Perú, Guatemala y Montevideo en 1828; Méjico en 1829, Uruguay en 1843, Nueva-Granada en 1849, Venezuela en 1853, y los EstadosUnidos del Sur últimamente han llevado á cabo la emancipacion, unos gradual y otros inmediatamente. Los resultados han sido varios y siempre determinados, no tanto por la forma de la abolicion como por las circunstancias interiores de los pueblos en que se ha realizado. Si no es, pues, en la historia donde debemos buscar un ejemplo que nos guie en nuestro proceder sobre este gravísimo punto, no hay otro medio en nuestro sentir que apelar á lo que la razon, de acuerdo con la justicia, aconsejen y demanden.—La abolicion gradual no ha tenido nunca otros fundamentos que preparar la transicion de los negros de la esclavitud á la libertad, y asegurar á los propietarios, á lo menos por algun tiempo, el número de jornaleros que necesitaban para el cultivo de sus propiedades.-La gradual no ha dado nunca de sí y no puede dar, ninguno de estos dos resultados prometidos. Y cuando el esclavo ha contado con una libertad inmediata, cuando ha sabido que la ley y la opinion pública de consuno lo reconocian libre, ha sobrellevado penosamente el régimen y reglamentos á que se le ha querido someter. De aquí ha nacido que descontentos de la nueva forma de esclavitud, de que en realidad han sido víctimas, ó hayan considerado su prometida libertad como una mentira, ó se hayan revuelto contra sus antiguos propietarios, para ver si de ese modo podian conseguir una emancipacion completa, que la sociedad les prometia y los hechos les negaban. Ha perdido así el negro la gratitud que en caso contrario hubiera debido á la ley: ha luchado para destruir las trabas que le impedian llegar á una emancipacion completa, y como consecuencia de todo esto, se ha levantado contra sus antiguos • amos y nuevos opresores, rechazado un trabajo que tenia todavia para él las sefiales de su larga y dura espiacion. Esto ha sucedido siempre; y como claramente se enson estos resultados á propósito para conseguir esa tiende, transicion apetecida entre el estado de esclavitud y de libertad.
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La abolicion inmediata en cambio, sobre todo cuando la raza blanca y libre ha sido mas fuerte y numerosa que la esclava, ha dado siempre de sí beneficios que han excedido á las mas lisongeras esperanzas. En la realidad de las cosas no hay, ni puede haber estado intermedio entre la esclavitud y la libertad. La transicion del uno al otro estado, sin duda alguna un tanto brisca, es por esto mismo transitoria. Los sentimientos generosos, además, que en el alma del esclavo despierta libertad; el agradecimiento con que mira á este poder social tan fuerte como bondadoso que ha roto para siempre sus cadenas; el aprecio con que contempla su nueva situacion ; la dignidad que recobra al sentirse libre y dueño por lo tanto de acciones; el respeto que conserva á sus amos, porque no ha habido tiempo ni motivo para nuevos horizontes, en fin, que se abren ante que desaparezca; su vista y en los cuales entrevé como seguros é inmediatos el respeto á su propiedad, la seguridad de su persona y la santa paz de la familia; todas estas son otras tantas ideas que se levantan poco á poco en el alma del esclavo, confusamente en un principio, con mas firmeza y la claridad cada día, y que producen una profunda y ventajosa trasformacion. Con la abolicion inmediata, puede haber sin duda alguna, inconvenientes y quebrantos, pero son siempre pequeños y por su naturaleza esencialmente pasageros. Borrados en el ánimo de los opresores y de los oprimidos las huellas dé la antigua esclavitud; asegurada para siempre la igualdad de los unos y la seguridad y propiedad de los otros, en breve las relaciones de derecho se establecen, el trabajo recobra su marcha regular, y la agricultura, la industria y el comercio revelan lo doblemente fecundo que es el trabajo libre comparado con el trabajo esclavo. Pero aunque estas razones no existieran, y no fueran para nosotros de un valor tanto mayor, cuanto mas grande la confianza que tenemos en la aplicacion de lo que es honrado y justo, todavia defenderíamos la conveniencia de acojer como única buena y ventajosa, la abolicion inmediata. La esclavitud es una pertulbacion tan intensa y tan compleja que no debe durar un solo dia. La conducta de las demás naciones, que todas han borrado ya esa horrible institution ; las nuevas relaciones de igualdad y de libertad que como otras tantas corrientes cruzan por todo el continente americano y la necesidad en que España se encuentra de dar un elocuente ejemplo, ella, que por desgraciadas circunstancias es la que con mas persistencia conserva la esclavitud en sus Antillas, son razones bien poderosas que aconsejan que se plantee y lleve á cabo resueltamente la abolicion inmediata. Además, nada se puede de ella recelar en Puerto-Rico: la poblacion esclava allí es relativamente muy poco numerosa; los negros, hijos en su mayor parte del pais, están todos civilizados, y aun pudiéramos añadir, que merced á las escelencias de nuestras leyes y á las dulzuras de nuestras costumbres, preparados tambien para la libertad. Lo único pues, que allí habria difícil y peligroso, sería toda situation nueva y transitoria, así
PARA LA HISTORÍA DE LA ESCLAVITUD EN PUERTO-RICO. 353 á su vez, lo único que puede ser fecundo y duradero, es la abolicion inmediata, y por lo tanto la consagracion entera y esplícita de la igualdad de todos los hombres en el derecho y ante la ley. CAPITULO VII. Indemnizacion y diversas opiniones sostenidas con respecto á la misma.—Conducta de los gobiernos en este punto.Razones que prueban la justicia de indemnizar á los propietarios de esclavos en Puerto-Rico.—Acordada la indemnizacion quiénes deben contribuir y en qué proporcion?—Bases de la indemnizacion.—Medios de crear recursos.—Oportunidad para llevarla á cabo. ¿Be debe indemnizar á los propietarios de esclavos, cuando la esclavitud cese por disposicion de la ley? Todos saben que á esta pregunta se ha contestado por muchos de varias y diversas maneras, lo cual se explica porque la esclavitud es un hecho tan complejo en medio de su aparente sencillez, que las opiniones han diferido, segun que han considerado esa institution en sus relaciones universales con la riqueza, en su carácter de justicia 6 injusticia, como propiedad 6 como simple y pura posesion. Helper, por ejemplo, ha visto que por efecto de la esclavitud, la propiedad territorial ha sufrido una depreciacion de valor; que la riqueza pública ha disminuido; que esta disminucion ha pesado sobre los demás contribuyentes, y de aquí el que no solamente haya negadoel carácter de tal propiedad á los negros, sino el haber sostenido que quienes deben indemnizacion son en todo caso, los actuales propietarios, á los esclavos primero, y á la sociedad entera despues. Otros, considerando que .la verdadera propiedad debe fundarse en el derecho natural, deducen que la esclavitud, violacion de ese derecho, debe ser abolida, sin ningun género de indemnizacion. Otros, en fin, y son los mas, reconociendo que no hay derecho alguno para indemnizar, porque no existe la propiedad del hombre sobre el hombre, consienten, sin embargo, fundados en la buena fé de los poseedores, en el interés del trabajo y en la complicidad de las leyes y del Estado, en admitir una indemnizacion que participe del doble carácter de reparacion y de subvencion. Los gobiernos, justo es decirlo, no se han conformado en este punto, con ninguna doctrina extrema, aunque esta haya invocado los fueros de la justicia absoluta; y todos, sin exceptuar uno solo, han indemnizado á los propietarios privados de sus esclavos por la abolicion. Inglaterra pagó veinte millones de libras esterlinas; y no contenta aun con esto, extablecib en favor de sus colonos el derecho, durante algunos años, al trabajo de la poblacion esclava. Francia, aunque no se impuso un tan grave sacrificio, procedió de igual suerte en 1849 y concedió á favor debe propietarios de esclavos una renta de seis millones al 6 por 100, y otros seis millones pagaderos en gietálico, y treinta m.0 4 23
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despues del decreto de abolicion.—En Dinamarca la indemnizacion fué mas ámplia. Acogida allí la emancipacion inmediata y simultánea, se consagraron dos millones de doblas danesas, 6 sean cinco millones quinientos mil francos, para pagar á los colonos (le las islas, hoy ricas y florecientes, de Santa Cruz y San Thomas.—En Suecia, en fin, fué igual el respeto á este género de propiedad. Habiendo manifestado el rey Oscar en 1844 el deseo de abolir la esclavitud, la legislatura de los Estados puso en 1846 á disposition del gobierno, una suma anual de 50,000 francos para comprar sucesivamente los quinientos treinta y un esclavos que existian en la pequeña isla de San Bartolomé. Las compras se llevaron á cabo, y hace ya muchos años que la libertad de los negros es allí tan respetada como completa. Estos hechos prueban mejor que todo lo que nosotros pudiéramos decir, que la práctica de los gobiernos, en punto á la abolicion, se ha apartado de toda doctrina que por sistemática 6 estrena, pudiera ser en sus consecuencias gravosa para los propietarios é infecunda para los negros emancipados. En este particular, la unanimidad es tan completa, que es necesario acudir á guerras sangrientas y trasformaciones profundas para encontrar un solo ejemplo de abolicion, sin prévia y equitativa indemnizacion. Al proceder de aquella suerte, los gobiernos han tenido en cuenta consideraciones de un Orden elevado que hubiera sido impolítico y peligroso desatender por un solo momento. En algunas colonias, como en las francesas, la esclavitud no tenia otro valer que el de un hecho, ni otro carácter de legalidad que el de una mas ó menos antigua costumbre. El gobierno allí no consta que haya autorizado jamas la introduction de un solo esclavo. La esclavitud, sin embargo, no solamente existía, sino que, regulada mas tarde por la ley, habia llegado á ser el elemento l)ricicipal de la produccion y á formar la clase mas numerosa de las colonias. Esto mismo, con ligeras alteraciones, hu sucedido en los demás paises y con los otros gobiernos que se han visto en la necesidad de abolir esa institucion. ¿tlué han hecho en este caso? ¿Cómo han procedido en un asu►ito en que se libraba la suerte, la prosperidad de las colonias, y hasta la vida y seguridad de los antiguos propietarios? La election, sobre todo para un gobierno, que debe ser el amparo intereses creados á la sombra de la ley, no podia ser dudosa. de La esclavitud habrá sido siempre una flagrante infraccion del derecho, pero ha sido hasta aquí y continúa siendo un hecho perfectamente legal. La ley, como hemos visto en los primeros capítulos de este trabajo, la ha reconocido, determinado y extendido. Gracias á esta institucion, las Metrópolis se han reservado un runercio que las enriquecia y los gobiernos han tenido en el tráfico africano una de las mas copiosas fuentes de rendimientos y riquezas. La responsabilidad por lo tanto de esa institucion, no ha podido jamás pesar únicamente sobre los propietarios: injusta, inicua y execrable como es, esta gran desgracia social, 6 no debe recaer sobre nadie, 6 debe recaer conjuntamente sobre
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la ley que la ha autorizado, sobre la Metrópoli que con ella ha comerciado, sobre las costumbres que la han consentido, sobre el propietario que ha hecho de ella su único brazo productor, y en fin, sobre la sociedad entera que no ha tenido inconveniente en concertar esa terrible iniquidad con la moral, con la política y hasta con la religion. 1'ero prescindiendo de esto, y simplificando mas la cuestion, tres distintas personas han sido y son las inmediata y directamente interesadas en los resultados de la abolicion : los esclavos, los dueños y el Estado. Los gobiernos se han colocado en este punto, y han visto que para los primeros, la libertad sin la indemnizacion seria la miseria, porque arruinados los colonos carecerian, desde el dia despees, no solamente de jornales y salarios, sino que tambien de la pobre comida con que hoy se alimentan, y del mas pobre techo que los abriga. Los amos á su vez, privados de sus negros que son la principal y para algunos la única riqueza, obligados otros al cultivo de grandes propiedades, y no teniendo con que hacer frente á las atenciones del trabajo libre, se verian todos en la necesidad de paralizar sus industrias y de presenciar una ruina que podria llegar hasta la miseria. El Estado, en fin,. personalidad mas compleja que todas las anteriores, concediendo la libertad á los negros sin indemnizar á los propietarios, condenaba á los primeros á perecer de hambre por falta de trabajo; hacia recaer sobre la sociedad los crímenes y vicios á que daría lugar una tan angustiosa situacion ; y él, que ántes que todo tiene el deber de moralizar las clases dándolas condiciones, cualesquiera que sean los gastos que ocasione, para que se eduquen, instruyan y habiliten par ael trabajo, sería eneste caso, el que matando la riqueza privada, y por lo tanto la riqueza pública, arrojando á la miseria á una clase numerosa, quebrantando, en fin, todas las fuerzas é intereses sociales, las entregaria á los azares del crimen y á ]ns peligros ó de una reaction violenta por parte de los blancos, ó de una revolucion por parte de los negros. Ante tales complicaciones y una semejante perspectiva, los gobiernos no debian vacilar, y han reconocido que si es justa la indemnizacion cuando se expropia por causa de utilidad pública, lo es mucho mas en las aboliciones, en donde además de privarse (le una propiedad legal al dueño, se libran y comprometen tantos y tan altos intereses políticos, económicos y sociales. La indemnizacion que como se vé ha sido equitativa y conveniente en los demás paises, lo es mucho mas en Puerto-Rico por varias é importantes consideraciones, que no podemos apuntar sino muy ligeramente. Estas razones que están desenvueltas con la claridad posible en la primera parte de este trabajo, son: Primera.—La esclavitud, que existía en la Peninsula antes del descubrimiento del Xuevo-Mundo, fué reconocida por las leyes españolas, como cosa susceptible de propiedad. Segunda.—Que descubiertas las Indias, los reyes autorizaron expresa y terminantemente la introduccion de negros en la Española, Puerto-Rico, Cuba y demás tierras del Continente, reconociéndolos siempre como tal objeto de propiedad.
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Tercera.—Que por la introduccion, tanto en España como en América, los gobiernos cobraron derechos: en la primera el quinto y en la segunda las licencias que costaban desde dos ducados por cabeza hasta ciento doce pesos y medio, sin contar la aduanilla, el carimbo y otros recursos. Cuarta.—Que .no contento con esto, el gobierno los compró por su cuenta, los introdujo y percibió allí, vendiéndolos, cuantiosas sumas. Quinta.—Que así mismo vendió los gsientos, lo cual fué durante muchos años, uno de los principales recursos de la Hacienda española. Sexta.—Que hoy mismo el gobierno cobra en Cuba por razon de alcabala de negros cerca de medio n~ilJon de pesos anualmente. Setima.—Que en las leyes de partida, vigentes como derecho supletorio, y en las de las Indias, tambien vigentes, se autoriza esa propiedad como tal, y sujeta á los mismos gravámenes que cualquiera otra; que en los reglamentos de esclavos, tanto de Cuba como en Puerto-Rico, se reconoce igualmente, y que en •este último punto ha existido hasta hace poco tiempo la nora, en virtud de la cual, al cederse los esclavos, no venian á ser esclavos de la pena, sino del Fisco, que los vendia en pública subasta, para reintegrarse con preferencia á los demás participes. Octava.—Que par lo tanto esta propiedad, aunque inicua y anti-natural en su esencia, ha sido entre nosotros legitimada por el derecho, garantizada por la ley y considerada por el gobierno como materia imponible. Novena.—Que aunque no se considere como derecho por lo vicioso de su origen, y sí solo como hecho, los actuales poseedores han prescrito la posesion, pues que tienen á su favor buena té, justo titulo,. posesion continuada y largo plazo. Estas razones prueban de una manera evidente que el gobierno cometería una injusticia, si despues de haber considerado la esclavitud como una propiedad, le negára este carácter al abolirla. Esto, que fuera injusto, seria tambien inconveniente é impolítico. Las circunstancias todas en que se encuentra Puerto-Rico inspiran en el ánimo la seguridad de que allí la abolicion puede llévarse á cabo sin ningun género de inquietud para los amos y sin violencia -por parte de los esclavos. Como es natural, el gobierno tiene el deber de no perturbar esta armonía, ni malograr tales y tan favorables circunstancias, y es bien claro que faltarla abiertamente á este deber, y que complicaria la situacion de tuerto-Rico hasta un punto incalculable en el momento que negára á los dueños una indemnizacion, á la cual por la ley civil tiene pleno derecho, y que les es tanto mas necesaria, cuanto mas codiciada é importante ha sido esa propiedad y cuanto mayores recursos deben tener para atender á las necesidades del trabajo. Hay además una consideracion que, en nuestro concepto, es de la mayor importancia. La esclavitud, como en otra ocasioa
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muy
$57 hemos dicho, tiene dos caractéres : el de institution social y el de una propiedad particular ó privada. Bajo el primer concepto los gobiernos tienen, no ya el derecho, sino el deber de abolirla, porque los poderes públicos están facultados para limitar, corregir y suprimir las instituciones que sean inconciliables con el Orden general de la sociedad. Bajo el segundo punto de vista, los derechos y, deberes varian completamente. Los gobiernos no pueden hacer que en un solo momento pierda todo su valor aquello mismo que ántes fuera objeto de riqueza. Supongamos, para que se entienda mejor' nuestra idea, que un propietario,.al amparo de las leyes y bajo la proteccion de la autoridad, compra el dia ántes de la abolicion un gran número de esclavos que representen para él toda su riqueza; veinte y cuatro horas mas tarde, esas mismas leyes y esas mismas autoridades se vuelven en contra suya, y le quitan hoy lo que le reconocieran ayer. ¿En nombre de que principio puede incurrir un gobierno en una tan estraña y trascendental contradiccion ? En nombre del derecho natural, no puede hacerlo, porque los poderes públicos no gobiernan nunca exclusivamente en nombre de ese derecho: en el de la ley civil y el derecho positivo, tampoco pueden, porque ni código alguno ha existido ni existe, que pueda autorizar, el que la ley destruya y aniquile en un instante, una propiedad que ampara y reconociera durante largos siglos de existencia. La indemnizacion por lo tanto, es no solamente una medida de prudencia y (le buena política, sino que es en el sentido que acabamos de indicar, un acto de perfecta justicia. Otra cuestion nace en seguida que es tambien de no pequeña importancia. Acordada la indemnizacion ¿quiénes deben contribuir, y en qué proporcion? Para averiguar esto, parécenos que es necesario conocer ántes quienes son los beneficiados en el cambio. Si se prescinde, como es justo, del esclavo, pues aunque beneficiadó no puede ser deudor de lo que por ley de su propia naturaleza le corresponde, los que ganan inmediatamente á consecuencia de la abolicion, son el Estado, la provincia y el antiguo poseedor. Gana el Estado, porque borra de sus instituciones una iniquidad, satisface una deuda á la justicia, se ennoblece á sus propios ojos y en el concepto de los demás pueblos, afianza su poder, evita un motivo de peligro en el interior y complicaciones eáteriores y aumenta finalmente sus recursos. Gana la provincia, pues que desapareciendo la opresion con la esclavitud, renace el Orden, y respetado el individuo, se alejan para siempre las perturbaciones que puede dar de si una emancipation forzosa, hija de la guerra, de las . exigencias de otras naciones 6 de una revolucion en la Metrópoli. Ganarán los propietarios á su vez, no inmediatamente, pues que por el pronto tendrán, á no dudarlo, en breve, porque además de que, algo que sufrir; pero sí como partes de un todo disfrutarán de los beneficios que antes hemos dicho, se reconocerán cada din mas libres, mas indepen-
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dientes y mas dignos de gozar de las franquicias que hoy les niegan el temor de los gobiernos y los peligros de la esclavitud. Ganarán, en fin, todos, Estado, provincia, propietarios y la sociedad entera; porque mejorará la condition moral de todas las clases, aumentará la produccion total de la Isla, recobrarán su verdadero valor las diversas propiedades y se desarrollará el crédito, así dentro como en los mercados extrangeros. Si el Estado, la provincia y el propietario de esclavos son los que mas ganan con la abolicion, deben ser tambien por este solo hecho, los que están obligados á contribuir á la indemnizacion. ¿En qué proporcion deben hacerlo? En nuestro sentir, el sacrificio habrá de ser proporcional á la ganancia, y como en este cambio de la esclavitud á la libertad, los que mas ventajas reportan son la provincia y el Estado, son por esto mismo los que por partes iguales deben satisfacer el precio que se fije á la indemnizacion. Tambien el propietario, como antes hemos dicho, sale beneficiado pero como no lo es desde luego, y como lo inmediato y lo probable es un quebranto en sus intereses, parécenos que si con algo debe contribuir, es, sufriendo una pequeña reduccion en el precio, que puede, por ejemplo, estimarse en un quinto del valor actual ele esa propiedad. Conocemos de antemano los inconvenientes que pueden presentarse para llevar á cabo semejante proyecto. La justicia y la razon dicen que, pues España ha sido la que ha llevado á PuertoRico la esclavitud, y allí la ha regulado con sus leyes y amparado con sus fuerzas, es tambien la que mas responsabilidad merece, y la que por lo tanto, debe en primer término, contribuir para el pago de la indemnizacion. Pero la razon y la justicia tienen que ceder muchas veces en los actos de los gobiernos ante circunstancias del momento imposibles de vencer. Si, pues, estas impiden que España, harto recargada hoy con las atenciones que sobre ella pesan y por el uso del crédito que hubiere hecho de algunos años á esta parte, que satisfaga la cantidad que en justicia debe dar para la abolicion de la esclavitud, medios hay, sin embargo, para que esta se lleve á cabo, sin que se perjudiquen la provincia y los actuales propietarios. España puede contratar en el extrangero un empréstito, que tanto mas fácil y ménos oneroso le será, cuanto mas elevado y noble es el objeto á que lo destina. Las sociedades abolicionistas ele toda Europa, que con tantos y tan generosos esfuerzos persisten en la realizacion de su propósito, secundarán con buen éxito aula operacion de esta clase. España puede pagar loa gastos é intereses consiguientes de tal empréstito, puede rebajar del sobrante de las contribuciones, una suma equivalente á la cantidad que se determine; pn'de, en fin, adoptar otros medios y recursos para que la justicia se cumpla y la abolicion no se retarde ni un solo momento. Demostrado que es de equidad, de buena política y de intetés del mismo gobierno la indemnizacion; acordado así mismo
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quienes deben contribuir y en qué proportion, réstanos determinar los tres siguientes é importantes puntos; 1°—Bases de la indemnizacion. 2°—Medios de crear recursos. Y 3°—Oportunidad para llevarla á cabo. Ocupémonos de las bases de la indemnizacion. El último censo de 1860, arroja en Puerto-Rico una poblacion esclava de 41,736 individuos, que descompuesta por sexos, dá 21,668 varones y 20,068 hembras. Todos saben que no hay valor mas contingente que eso que se llama, valor de un esclavo; de suerte que no es posible en la larga escala de precios que tienen, encontrar uno que sirva de regulador constante para todos los demás. Esto no obstante, hay dos datos que nos pueden servir de mucho, merque son realmente los dos puntos extremos de la escala: el término mínimo y máximo del precio de un esclavo. Un esclavo en la pila vale en Puerto-Rico 25 pesos, término medio: y otro en robustez, trabajo, etc., vale 500. Entre estas dos cantidades, por punto general, oscila siempre el precio del esclavo, y como los servicios posibles, ó mejor dicho la edad, es uno de los datos que mas se tienen en cuenta, podemos nosotros, sin faltar á la equidad, formar, con arreglo á aquellos datos, los tres grupos siguientes, dando a cada uno de ellos un precio determinado. Total
Primer grupo de 100 pesos cada esclavo. De un día á siete años inclusive De 60 años en adelante
8,205 1,325
Precio total, ps. fts.
9,530
953,000
9,208
1.841,600
22,998
9.199,200
Segundo grupo de 200 pesos cada esclavo. De 8 á 15 años inclusives De 51 á 60
7,886 1,322
Tercero grupo á 400 pesos cada esclavo: De 16 á 50 inclusive
22,998
41,736 11.993,800 La razon de las anteriores agrupaciones y del distinto valor que á cada una se señala, es fácil de comprender. La esclavitud, considerada bajo un punto de vista legal, no concede al dueño la propiedad de la persona del esclavo, sino la propiedad de los servicios que este puede prestar. Este carácter económico que actualmente reviste la esclavitud, es único y exclusivo. Si el esclavo por su edad útil, por su robustez y por su inteligencia puede prestar muchos y ventajosos servicios, su precio en el mercado llega al máximum; si es anciano 6 niño, 6 si por sus enfermedades y por-su debilidad se encuentra como en el último
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término de la vida, cualquiera que por otra parte sean sn8 años, en este caso su precio es tanto mas pequeño, cuanto mas pequeños, cuanto mas insignificantes y menos duraderos puedan ser los servicios que preste. Teniendo ésto en cuenta, parécenos que no es aventurado incluir en el primer grupo y señalar un mismo valor á los menores de siete años y á los mayores de 60. En efecto, á los unos y á los otros es humanamente imposible exigirles ninguna clase de servicios: los unos y los otros son en realidad una carga para el amo, y como además en el cálculo de lhs probabilidades de la vida, unos y otros ocupan los mas altos números, creemos que la indemnizacion de servicios probables y eventuales que se puede dar en ambas edades, es de 100 pesos cada esclavo. Esta comparacion entre el principio y el último término de la vida, no puede perjudicar ni á los propietarios de niños, ni mucho menos á los de ancianos esclavos. Pónganse, en prueba de esto, á interés esos 100 pesos, y capitalizando los intereses en once años y medio, esto es, hasta la edad de quince cumplidos en que puede comenzar á ser verdaderamente útil, se verá que resulta una suma superior al precio ordinario del esclavo en cualquiera mercado de Puerto Rico. Respecto de los del segundo., grupo, las desventajas en las tablas de mortalidad, son tambien, con ligeras diferencias, las mismas; y los servicios que unos y otros puedan prestar equivalentes. La suma de 200 pesos que asignamos á cada uno. no solamente es justa, teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, sino que además es conforme con el precio que generalmente alcanzan en la isla los esclavos que se encuentran en las condiciones de edad en este segundo grupo señaladas. Y por último, en el tercer grupo, constituido por los esclavos desde 16 á 50 años inclusive, fi jamos á cada uno 400 pesos, cantidad que no creemos pueda en ningun concepto tacharse de exagerada. Bien sabemos que este género de clasificaciones tienen gravísimos inconvenientes: un esclavo enfermo, débil y achacoso vale á los 49 años lo mismo que otro lleno de robustez y de vida á los 25. Esto será, en efecto, un inconveniente; pero es inevitable. O se indemniza á los propietarios, tasando individualmente, con sujecion á tipos determinados á cada uno de sus esclavos, lo cual aunque fuera posible, seria lento, y ocasionado á otro género de parcialidades é injusticias; 6 se generaliza y se forman varios grupos, y en este caso las desigualdades que acabamos de hacer notar son de todo punto irremediables. Como quiera que sea, los tres anteriores grupos satisfacen, en nuestro sentir, las exigencias de las dos partes prineinalme"te interesadas en el buen resultado de la indemnizacion: al Estado, porque tiene siempre á su disposicion datos seguros paro soler la edad de los esclavos, y por consiguiente, para poder nnrer' ~r equitativamente los servicios de cada uno, y á los propietarios, porque no pueden menos de conformarse con una indemnizacion, que adeniás de no ser escatimada, se funda en una regla de igualdad general y completa.
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861 La segunda cuestion que hemos dicho que había que considerar, es los medios de crear recursos. Algo hemos indicado acerca de este punto anteriormente. El gobierno, hemos dicho, puede contratar un empréstito en el eatrangero con este objeto; puede consagrar los sobrantes de las contribuciones al pago de gastos é intereses; puede en fin, adoptar otros medios cuya oportunidad y ventajas, él mejor que nadie está en situation de poder apreciar. A pesar de esto y si sobre un punto que conviene dejar intacto á la ilustrada iniciativa del Gobierno, es licito dar una opinion, la nuestra.se inclina decididamente á la contratacion de un empréstito de doce millones de duros, que podrá ser pagadero en veinte y cuatro años á razon de medio millon de pesos cada uno. El crédito de España y la grandeza del objeto á que en esta ocasion se aplicaría, serian partes bastante para que se consiguiera esta y mayor cantidad con reducidos intereses; y en cuánto al pago, debiendo este pegar por igual sobre el Estado y sobre la provincia, podria el primero cinsagrar todos los sobrantes de Puerto Rico, y autorizar á la segunda para recargar los impuestos que estimara conveniente en la escala necesaria, á fin de producir lo restante de la cantidad para pago del capital del empréstito. Esto decimos, sin perjuicio de las economías que en el presupuesto de la Isla pueden y deben realizarse. El medio indicado sobre sencillo, sería de ventajosos resultados, principalmente para el gobierno. En Francia, en Inglaterra y en los dem*s paises donde se ha indemnizado á los antiguos propietarios de esclavos, la indemnizacion ha pesado esclnsivamente sobre los contribuyentes de la Metrópoli. Consentida la esclavitud, se creyó une era justicia satisfacer con recursos propios las consecuencias de una injusticia de la cual, se estimaba la nacion principal responsable. El móvil fué sin duda generoso, pero los resultados no correspondieron por completo á las esperanzas, 6 mejor dicho, al fin de la indemnizacion. Esta sobre ser baja en todas las colonias, fué tardia en las francesas: tanto por lo primero como por esto último, quedó retirado de la cirenlacion un capital infinitamente mayor del que se abonaba; la indemnizacion pasó en su mayor parte á poder de acreedores que no residían en aquellos paises; y como consecuencia de todo esto, los propietarios de esclavos se encontraron casi abandonados á sus propios esfuerzos, y los contribuyentes de la Metrópoli, abrumados con la nueva y ealaorbitaute carga que les fuera con este objeto impuesta. Tales inconvenientes no son de temer, si como en nuestro Estado pagan la indemnizacion sentir ea justo, la Provincia por partes iguales. El sacrificio repartido entre ambos, será por lo mismo menos oneroso, la cantidad que se asigne mas considerable, y sobre todo, con la garantia de una y otro puede desde luego hacerse efectiva. Es esto último lo que mas importa. Con efecto, si la abolicion es una especie de espropiacion por causa de moralidad y utilidad pública: si la indemnizacion tiene además por fin principal asegurar el trabajo é impedir que
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decaigan la riqueza pública y privada, es consiguiente que su pago no debe retardarse un momento, siendo ello posible. De otro modo ni se satisfaria la equidad, ni se llenaria el objeto. El emancipado necesita empleo para sus brazos, el antiguo propietario necesita jornaleros, el Estado y el fisco quieren que la riqueza y las rentas públicas vayan en aumento, y mal pueden conseguirse estos resultados, si el propietario no recibe los medios necesarios para sustituir aquellas fuerzas por otras. Además, ,qué razon de justicia, de equidad 6 de conveniencia podrá invocarse en contrario? Absolutamente ninguna. La única plausible seria la falta de recursos; y ya hemos dicho la manera fácil y ventajosa de encontrarlos. ¿Por qué pues dejar para mas tarde, y á trueque de comprometer graves intereses, lo que es de seguros resultados, haciéndolo desde luego? El último punto sobre que debemos tratar es la oportunidad de llevar desde luego á cabo la abolicion de la esclavitud. Lo dicho en otras partes de este trabajo, nos dispensa de insistir acerca del particular; lo que si debemos decir es, que con aplazar el gobierno la cuestion, ni la resuelve, ni mejora las condiciones del problema: bien al contrario, á cada dia que pasa se agravan y complican los mil intereses que esa institucion representa. Una vez reconocida la necesidad de la emancipacion, el mas corto plazo es siempre el mejor. Toda dilacion, por lo tanto, que no sea absolutamente indispensable para allegar los fondos, formar el censo de la noblacion esclava con arreglo á las clasificaciones que se adopten y dictar las medidas convenientes para preparar este acontecimiento, ni está justificada ni se concierta con mía política prudente y previsora. CAPITULO VIII. Debe abolirse la esclavitud en Puerto-Rico, aunque sea sin indemdcmni~acion.Debe abolirse tambien aunque sea con reglamentacion del trabajo.—La abolicion debe ser radical é indiata.—,i Es objection para que se mantenga la esclavitud en Puerto-Rico la proximidad de esta isla á la de Cuba? Como anteriormente dejamos expuesto, la indemnizacion que es fácil y llevadera repartida entre el Estado y la Provincia, considerada en sus fundamentos y en su utilidad, es de equidad, de buena política, de justicia y (le reconocida conveniencia para los esclavos, tanto al menos como para los mismos propietarios. Supongamos, sin embargo, que esta indemnizacion no sea posible; supongamos que por un conjunto de dolores circunstancias, no hay otro medio sino optar—entre la abolicion sin indelnizacion 6 la continuacion de la esclavitud—: en este caso hemos dicho al contestar á la primera parte del interrogatorio primero, y repetimos ahora: "suprimase la esclavitud en Puerto-Rico y olvídese, si se quiere, que hay un gran número de propietarios á quienes se priva de una propiedad hasta aquí considerada como legítima." En cualquiera de los casos, con
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no
363 indemnizacion G sin ella, la esclavitud no debe durar ya un solo día. La conciencia de los hombres honrados y la del mismo Gobierno deben sentir, como el peso de una accion criminal, cuando pudiendo borrar con facilidad y en un momento hasta los vestigios de esa institucion, aplazan, sin embargo, indefinidamente su resolucion, unos por temores que la razon desecha, pero que la imaginacion agiganta, el otro por consideraciones, cuyo valer no podemos en estos instantes calificar. Puede suceder que la indemnizacion imposible al principio, sea posible én un plazo más o menos largo: en este caso, y con mayor razon proclámese desde luego la emancipacion, échense las bases y fíjense los plazos. Esto que decimos de la esclavitud, decimos igualmente en lo que al trabajo de los emancipados se refiere. Creemos y así lo hemos sostenido en otra ocasion, que la economía política, la conveniencia pública y la más estricta justicia reclaman la completa libertad del trabajo en todos y cada uno de los individuos (le una sociedad; hemos dicho tambien, concretándonos á la clase libre de color de Puerto-Rico, compuesta en parte de ingénuos (1) y de libertos, que no deben en bien propio y del país estar sujetos á reglamentacion alguna en el trabajo; pero si esto, por temores tambien exagerados, se cree que puede ser dañoso á la prosperidad de Puerto-Rico, venga enhorabuena la reglamentacion, con tal que exceda de un período de cinco años. En suma :—queremos y pedimos en nombre de la honra y del porvenir de nuestro país, la abolicion inmediata, radical y definitiva de la esclavitud.--En cuanto á los medios para llevar á cabo este gran acto de justicia, aunque señalados por nosotros aquellos que estimamos más fundados en una política prudente y elevada, los encomendamos siempre á la ilustrada iniciativa (le! Gobierno y á la recta conciencia de la opinion pública. Esta petition nuestra que aun siendo individual, fuera digna de ser tenida en cuenta, recibe aquí autoridad ilimitada, porque con más honra que merecimientos, somos en esta ocasion los elegidos por el voto de algunas poblaciones, y además los representantes, no tan elocuentes como fieles de las opiniones, sentimientos y doctrinas de la mayor parte de los naturales de Puerto-Rico. Una objecion, de la cual es bien hacerse en este punto cargo, se opone por algunos á la abolicion en nuestra Antilla: su proximidad á Cuba y el precedente que desde luego establecerla. No desconocemos lo que este argumento vale, pero á nuestra vez podriamos preguntar: ¿creen los que tal dicen, cree el mismo gobierno que es posible sostener ese sistema de inmovilidad y petrificacion en la cuestion social de la esclavitud? ¿Creen que esta terrible iniquidad, borrada ya de todas las naciones del mundo, condenada por todas las conciencias, rechazada por los más elevados intereses se estancará y durará mucho tiempo en las Antillas españolas? No es posible que lo crean; y si esto es (11 Ineéiauos. Uombres que uncen libres y no lían perdido su libertad.--C. y T.
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así, la política más trivial y ligera aconseja que se debe empezar á abolir allí, donde todas las circunstancias brindan á la reforma, donde la poblacion esclava es corta, donde hay una poblacion libre, densa y numerosa; donde la riqueza no necesita de aquella institucion y donde, en fin, la tranquilidad no puede turbarse porque desaparezca en un dia próximo y determinado. Si esto se hace, no solamente se dará cumplida satisfaccion á las necesidades de Puerto-Rico--que al fin tiene pleno derecho para ser escuchado y atendido 'Independientemente de la isla de Cuba— sino que además, y esta es una consideration muy importante, España, que nada ha hecho en la abolicion de la esclavitud y cuyos sentimientos en este punto son, en concepto. de algunos, un tanto sospechosos, dará suprimiéndola en nuestra Isla, un ejemplo al mundo de la sinceridad de sus protestas, de su política en lo porvenir y de la rectitud de sus intenciones. No necesitamos resumir lo que llevamos dicho. Hemos procurado determinar los orígenes de la esclavitud en Puerto-Rico, la hemos examinado despues de algunas de sus más importantes relaciones, y en todos casbs hemos llegado á una conclusion verdaderamente consoladora, á saber: que lo que está condenado por la justicia y por la moral, lo está tambien en rigor por la historia, por la riqueza y por la conciencia pública. La abolicion, por lo tanto, es de todo punto necesaria. Los medios que por cumplir con un propósito tan honrado como satisfactorio, hemos propuesto para abolirla, serán más ó menos fáciles de llevar á cabo: en este punto nos sometemos de ahora para siempre á lo que con los ojos puestos en el bien del pais y en principios de justicia, se resuelva y determine. Lo que hemos querido dejar asentado es que la institucion de la esclavitud es un hecho perturbador, inmoral y preñado de peligros que conviene alejar inmediatamente y sin levantar mano, del seno de nuestra hermosa Antilla. Qué no ha corrompido en efecto en nuestras sociedades de América el hecho de la esclavitud? En el órden material ha envilecido el trabajo, ley necesaria para que el hombre realice las aspiraciones de su propia naturaleza; en el 6rden económico, al convertir al hombre en propiedad, ha provocado la depreciacion de las demás propiedades; en el 6rden civil, al violar la personalidad del esclavo, al negarle hasta el consuelo de la familia, ha llevado la corrupcion hasta el seno mismo de las familias privilegiadas; en el orden administrativo ha hecho'neceéaria imprescindible la omnipotencia del poder, porque allí donde las relaciones de derecho están sacrílegamente perturbadas, el órden no puede nacer sino del miedo de los que sufren y de la violencia de los-giie mandan; en el 6rde.n político ha entronizado un estado de cosas en que la energía del individuo se extingue y las virtudes se acaban y la virilidad en el carácter es casi imposible, porque estas grandes prendas necesitan para vivir del aire de la libertad; en el órden social la esclavitud ha creado una especie de aristocracia sin más tradicion que el color y sin más poder que la riqueza; y en el órden moral y religioso ha arrojado aquella so-
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la
365 ciedad á una vida pasiva sin ideal y á un estado de cosas basado sobre la injusticia y la iniquidad. Así por esta funesta y universal trascendencia, la esclavitud que no fuera en su principio más que un elemento obligado de produccion, ha llegado á ser el origen y la causa permanente de todos los males que hoy pesan sobre las colonias españolas. La cuestion social, por lo tanto, al reducirse entera á la institucion de la esclavitud, ha ganado en intensidad todo lo que ha perdido en extension. Al lado dq este peligro, cuya importancia no procuramos amenguar, la institucion de la esclavitud ofrece para su resolucion, y una vez realizada, un gran número de ventajas que no podemos sino rápidamente indicar. El caráacter único con que refleja la cuestion social, es la primera. En Europa las mejores inteligencias se pierden cuando quieren descubrir en ese conjunto de grandes cuestiones sociales, el proletariado, la propiedad, el impuesto, etc., un principio superior, una solucion única que remedie todas los males y concierte en armonía superior todos los derechos. En las Antillas, por el contrario, el problema social, vario y múltiple en sus partes, se ha concentrado en una sola institucion, en la esclavitud. Resolver este problema es resolverlos todos. ¿Quién puede apreciar la nueva vida que se desenvolverá en esas sociedades, hoy castigadas por la esclavitud, el dia en que esta institucion desaparezca tranquila y satisfactoriamente para todos? La filosofía enseña que allí donde la accion y reaccion de dos razas libres son más enérgicas, el progreso es más rápido y la organization social más vigorosa; la historia prueba que con medidas prudentes y previsoras, colonias como las islas Mauricio, Las Barbadas, Martinica y Antigua llegan á ser más ricas y felices. La moral en fin, la fé profunda que debemos abrigar en todas las grandes causas, nos dicen que devolver en una sociedad una buena parte de su poblacion á los goces de la familia y de la libertad; que consagrar la igualdad de todos los hombres ante el Estado como está consagrada por la religion ante Dios; que ampararles en su personalidad, en su trabajo y en su propiedad es una empresa grande, digna de ser llevada a cabo aun á costa de algunos sacrificios. Podemos, pues, asentar como cierto que si todos los males que hoy se dejan sentir en las Antillas españolas nacen directa é inmediatamente de la institucion de la esclavitud, todos los bienes, en cambio, todo el progreso con que aquella sociedad sueña, sin poderlo conseguir jamás, lo debe esperar de la emancipacion de sus esclavos. La historia comprueba esta verdad. No ha habido un solo colono, ni existe un solo partidario de la esclavitud, como dice un distinguido escritor, que no haya anunciado con una conviccion profunda que la emancipation produciria estos tres resultados: La cesacion del trabajo y la ruina completa de las colonias. La vuelta de los negros á barbárie. El robo y el asesinato.
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Los hechos han felizmente desmentido tan fatales augurios. "El resultado de la emancipacion llevada á cabo en las Islas Occidentales, decia en 1841 Lord Stantley, Ministro de las Colonias ea Inglaterra, ha sobrepujado hasta las más lisongeras esperanzas de aquellos más ardientes partidarios de la prosperidad colonial: no solamente ha aumentado la riqueza material de cada una de las Islas sino que, lo que es mejor, ha habido un gran progreso en las costumbres industriales, un perfeccionamiento en el sistema social y religioso, y un desarrollo en los individuos, de esas cualidades intelectuales y morales que son más necesarias á la dicha que los objetos materiales de la vida. Los negros son hoy felices y viven satisfechos: entregados al trabajo, han aumentado su bienestar, y al mismo tiempo que han disminuido los crímenes, han llegado á ser mejores las costumbres. El número de matrimonios ha crecido y merced á la influencia de los ministros de la Religion, la instruction se ha propagado. Tales son las consecuencias de la emancipation : su éxito ha sido completo en cuanto al fin principal de la medida." Estas ventajas, acreditadas por la historia, no pueden faltar en Puerto-Rico, si la abolicion se lleva á cabo. Suprimida la esclavitud y destruida por lo tanto la causa de tantos y tan graves males como antes hemos enumerado, aumentará la poblacion porque las relaciones entre los individuos serán más libres y naturales; vendrán capitales extranjeros, hoy completamente retraidos, y por consiguiente aumentarán las transacciones y se desarrollará la industria; movilizada la propiedad territorial, hoy punto poco menos que estancada, se desenvolverá el valor de la riqueza y el crédito dentro y fuera de la Isla; la mayor demanda de trabajo y la baratura de los artículos de primera necesidad mejorarán la condition material de las clases obreras; reducido el interés del dinero, se desgravará la propiedad, y como consecuencia de todas estas inmensas ventajas, se desarrollará el espíritu de asociacion, se crearán instituciones de ahorro y de crédito, de que ahora carecemos, se perfeccionarán los procedimientos agrícolas é industriales; y últimamente, la sociedad ganará en vida moral que es la fuente suprema de donde nacen el respeto á los derechos y garantías individuales. En cuanto al tránsito de la esclavitud al estado libre, en otras partes tan temido por lo radical, en Puerto-Rico carece afortunadamente de importancia. La poblacion de color libre tan numerosa en Puerto-Rico y uno de los elementos que más coadyuvan al porvenir de aquella sociedad, hace allí las veces de una clase intermediaria entre la raza esclava y la poblacion blanca. Dios solo sabe lo que tenemos que agradecer á esa clase honrada y laboriosa, que por un lado aumenta la riqueza, ayuda á la poblacion blanca, y por el otro se ofrece como un eterno y brillante ideal á los ojos de la raza africana. El esclavo en Puerto-Rico no envidia al blanco: la degradation de su estado de una parte y su ignorancia de otra, impiden que su ambieion raye tan alto: lo que el esclavo allí contempla con amor y con envidia es el desenvolvimiento de la clase de color libre, porque conoce que ese es el estado inmediato al de su redencion, y que
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en él ha de vivir para llegar un día al término de sus esperanzas. Esto constituye un elemento de órden y una segura garantía de que puede resueltamente proceder á la abolition inmediata de la esclavitud. Tal es al menos nuestra más profunda y sincera couviccion. ¡ Ojalá que el Gobierno, ojalá que la opinion pública de España acojan este nuestro voto, que es tambien el voto de todas las buenas almas de nuestra nacion, porque de esta suerte se alejarán para siempre las complicaciones y peligros de que está preñada esta institucion aborrecible. De cualquier manera y sea cual sea el resultado de este nuestro humilde trabajo, lo que no se podria menos de reconocer, y esto basta para la satisfaccion de nuestra conciencia, es que defender los fueros de la justicia, intentar la desaparicion de una iniquidad que deshonra nuestro nombre, romper para siempre las cadenas de la esclavitud, y todo esto sin perjudicar los intereses creados y sin perturbar la vida general del país, es un propósito honrado y fecundo, que podremos no alcanzar, pero que de seguro merecerá de todos los buenos considracion y respeto. Madrid Abril 10 de 1867.—Segundo Ruiz Belvis.—.losé Julián Acosta.Francisco Mariano Quiñones. (1) ACTA DE LA PRIMERA SESION CELEBRADA PARA CONSTITUIR LA SOCIEDAD ABOLICIONISTA ESPAÑOLA, EL DIA 2 DE ABRIL DE 1865. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Abrióse a las dos de la tarde en el local de la Academia de Jurisprudencia, con asistencia de un numeroso público, convocado al efecto, ya por medio de anuncios insertos con la anticipación debida en los periódicos, ya por esquelas invitaciones que también se repartieron oportunamente. Ocupó la Presidencia, como una de las personas de más edad entre los circunstantes, el señor D. Antonio María Segovia, diputado a Cortes, individuo de varias Corporaciones científicas y de la Junta Directiva interina de esta Sociedad. Actuaron como secretarios los señores D. Julio L. Vizcarrondo, escritor público, y D. Mariano Carreras y González, catedrático y publicista, antes de la Junta Directiva interina. Dióse principio al acto por algunas breves palabras del señor Presidente, manifestando que el objeto de la reunion era constituir una Sociedad para propagar el principio de la Abolieion de la Esclavitud, y estudiar los medios más convenientes para llevarla á cabo lo más pronto posible en las Antillas españolas. El señor Vizcarrondo dió cuenta en seguida de los trabajos preparatorios que se habían hecho para fundar la Sociedad, é (1) El año de 1870 se pub11c6 en Madrid este informe en el establecimiento tipografico de R. Vicente, calle del Clavel, número 4, bajo, en un folleto en 80. de 52 páginas.—C. y T.
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invitados por el señor Presidente á inscribir sus nombres aquellos de los circunstantes que quisieran pertenecer á la misma, lo hicieron los señoree que constan en el Registro de la Se~eretarfa. El señor Carreras leyó un proyecto de circular para dar á conocer el pensamiento cardinal de la Sociedad, proyecto que se discutirá en Junta Directiva y se publicará, una vez aprobado por la misma. El señor Vizcarrondo dió despues lectura de las Bases que se acordó proponer á la Sociedad en las reuniones preparatorias de sus fundadores; y abierta discusion sobre ellas, promovióse un ligero debate en que tomaron parte los señores Presidente, Bona, Delgado y Medina, siendo aprobadas en la forma que contiene el documento anego. Procediéndose, por último, á la elección de la Junta Directiva, el señor 1residente propuso y la Sociedad acordó que se hiciese como es costumbre en estos casos, por medio de una comision nominadora, la cual designara á la aprobacion de la misma Sociedad las personas que habían de componer dicha Junta. A propuesta del señor Presidente y tambien por acuerdo de la Sociedad la mesa designó 1►ara formar la comision nominadora á los señores D. Félix Bona, D. Joaquín María Sanromá, D. Emilio Castelar, D. José Mariano Carreras, D. Julio L. Vizcarrondo y D. José Delgado Jugo. Suspendióse entonces la sesion para dar lugar que conferenciasen estos señores, y pasados breves momentos, volvió á abrirse, dándose lectura por el señor Vizcarrondo á la siguiente candidatura de la Junta Directiva: Presidente: Excmo. Sr. D. Salustiano de Olozaga. Vice-Presidentes: D. Antonio María Segovia, Excmo. Sr. Marqués de Albaida, D. Laureano Figuerola, Iltmo. Sr. D. Juan Valera, Excmo. Sr. D. Fermin Caballero. Vocales: Excmo. Sr. D. Luis Maria Pastor, D. Práxedes Mateo Sagasta, D. Gabriel Rodríguez, D. Segismundo Moret, D. Eugenio García Ruiz, D. Ricardo Alzugaray, D. Julian Santin de Quevedo, D. Francisco de P. Montaner, D. Tristán Medina, D. Calixto Bernal. Secretarios: D. Julio L. Vizcarrondo, D. Mariano Carreras y Gonzalez. Aprobada por unanimidad esta candidatura, se acordó Cambien que formasen parte de la Junta Directiva los señores Bona, Sanromá, Castelar, Carreras y Delgado, que con el señor Vizcarrondo habian compuesto la comision nominadora; Y despues de dar las gracias el pefior Presidente á la reunion por el respeto que había mostrado a la autoridad de su señoría, siquiera fuese interino, y de felicitar á todos los socios por el importante acto que acababa de verificarse, dióse por constituida la Sociedad Abolicionista Española, y se levantó la sesiou á las cuatro y media.—Madrid, 2 de Abril de 1865.—E1 Presidente, M. A. Segovia.—El Secretario, Julio L. Vizcarrondo.
369 PARA LA HISTORIA DE LA ESCLAVITUD EN PUERTO RICO. I. LA SOCIEDAD ABOLICIONISTA ESPAÑOLA A LA NACION. (Del Archivo particular de Coll y Toste.)
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En vísperas ole un llamamiento al cuerpo electoral español para constituir el nuevo Congreso, cuando nuestras diversas parcialidades políticas se aprestan á entrar con sorprendentes bríos en la campaña que anuncia y en los momentos en que por donde quiera se escriben lemas y levantan banderas, la Sociedad Abolicionista Española olvidaría uno de sus mas inexcusables y evidentes deberes reduciéndose al silencio y abandonando al feliz acuerdo de tal ó cual individuo, el avivamiento enérgico, durante la lucha, de la idea de que la España revolucionaria, y antes que ella la-España Cristiana, tiene un problema gravísimo por resolver y una deuda sagrada que pesa con inmensa pesadumbre sobre la conciencia nacional: la esclavitud de los negros de Cuba y Puerto Rico. Por fortuna el empeño de la Sociedad Abolicionista es superior á los de todos nuestros bandos políticos; los abarca y los domina á todos, porque responde á algo mas alto y que á todos es comun. Es un empeño humanitario para el que solo se necesita tener corazon y haber comprendido un solo momento las inmoralidades y los rigores de la infame institucion que todavía allá en América, en las tierras de la democracia y del porvenir, resiste las influencias del tiempo y la voz de la civilizacion, amparada de nuestra gloriosa bandera. Por esto nos interesa hoy como nunca recordar á todos nuestros partidos como á todos los elementos activos de la sociedad española, que la esclavitud subsiste en nuestras Antillas; y así, consignándolo hoy en este manifiesto, repitiéndolo mañana eo las reuniones populares que pronto tendrán efecto, recordándolo siempre en las conferencias que muy luego presidirán algunos de los individuos ole la Sociedad Abolicionista para llevar al convencimiento público cuán infecundas han sido en todas partes las reservas y meticulosidades para concluir con la esclavitud, y acometiendo, en fin, una grande y enérgica propaganda en .favor de la abolicion inmediata de la servidumbre, tal vez consigamos que este principio se incluya en los programas d a mayor parte de nuestros hombres politicos, y cuando menos logremos dar forma y juntar los sentimientos incontestables del país en contra de la subsistencia de aquella infamia que la junta revolucionaria de Madrid de 1868 calificaba de ultraje á la naturaleza humana y afrenta á la naeion que áenica en el mundo civilizado, la ampara y la conserva. Importa hacer estos recuerdos, con tacto mayor motivo, cuanto que los amigos mas 6 menos franc I de la servidumbre 4 24
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quieren á esta hora contener el progreso de la opinion é inutilizar los esfuerzos de los abolicionistas, acogiéndose á la ley de preparacion dada á fines de la anterior legislatura (Junio de 1870), sosteniendo que con ella hemos borrado de nuestra frente el estigma de nacion esclavista, y afirmando que después de aquella ley no nos resta otra cosa que hacer, que cruzarnos de brazos, y satisfechos de nuestra obra encomendar al tiempo la completa emancipacion de los esclavos. Y como que de estas cosas la generalidad de las gentes no tiene espacio para ocuparse, no seria imposible que, engañado con tales palabras, se entibiase el sentimiento liberal y abolicionista que notoriamente, para gloria de nuestra patria existen en la Península. Además, en pocas ocasiones como en la actual, las circunstancias ayudarán en nuestras Antillas á la gran obra emancipadora, porque si en Puerto Rico el espíritu abolicionista ha conseguido, fuera de las regiones oficiales, tal desarrollo, que bien p'Iede decirse que la abolicion de la esclavitud es hoy la primera aspiracion de aquel simpático pals, el estado de las cosas en Cuba hace de todo punto indispensable la adopcion de una medida radical y definitiva en la cuestion que allí se llama social; de no que la política de la desconfianza, de la fuerza y, en fin, del estado de guerra, ha de ser por siempre y para siempre la condition de vida de aquella sociedad y el alma de nuestro bastardeado régimen colonial. Harto lamenta la Sociedad Abolicionista Española que, por causas que no estuvieron en su mano evitar, no hubiese podido recurrir á las pasadas Córtes, en los momentos en que se discutia la ley de Junio, para demostrar, con los numerosos datos que había recogido dentro y fuera de España, los errores é inconvenientes de que estaba preñado el proyecto del Excmo. señor ministro de Ultramar, en cuya contra hablaban todos los testimonios de la historia y toda la fuerza de la teoría. Entonces la Sociedad hubiera mostrado con todo el respeto, pero con toda la energía it que obligaba.el caso, cómo el tal proyecto descansaba precisamente en las dos ideas menos sostenibles y mas fecundas en desastres que entraña el procedimiento conocido con el nombre de abolicion aplazada; porque, en efecto, la sujecion de los niños menores de dos años por espacio de veinte al patronato de los amos, no es nrás ni menos que la reproduccion del aprendizaje intentado, con éxito deplorable, como es notorio, por Inglaterra en 1833; y la libertad otorgada (que no reconocida) á los á medida que vayan► entrando .en los sesenta años, recuerda todos los inconvenientes (que nadie se atreve ya á negar) de esas sucesivas emisiones de libertos separados de sus familias, que aún gimen en dura servidumbre, protesta viva y elocuente de la injusticia del régimen esclavista, y que ha servido siempre de base para las revueltas que han acompañado donde quiera y sin una sola eacepcion, al plantamiento de la abolicion gradual. Al par de esto, el proyecto contenía otro error que, aunque no de la naturaleza de los anteriores, porque no procedía de sistema alguno, era tanto ó mas grave que aquellos, toda vez que desaprovechaba una oportunidad imprevista y verdaderamente providen-
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cial de dar por el pié al árbol maldito de la esclavitud en Cuba. El proyecto citado, convertido luego en ley, concedia la libertad á los esclavos que hubiesen prestado servicios á nuestro ejército en la grande Antilla, y si bien acordaba que fuesen indemnizados los amos de estos siervos, reducía la indemnizacion al caso en que aquellos no perteneciesen al bando de los insurrectos. Sin discutir el fondo de esta medida, bien se vé que implicaba el desconocimiento completo y absoluto de todo derecho de. los insurrectos sobre sus esclavos; y esta interpretacion la corroboran las palabras del mismo señor ministro de Ultramar en pleno Congreso que daba á las repetidas declaraciones de los insurrectos en pró de la inmediata y simultánea abolicion de la esclavitud, la significacion de IIIia renuncia incondicional de los supuestos derechos que de antiguo venian ejerciendo estos sobre sus esclavos. Por tanto, un vastísimo grupo de esclavos cubanos, y desde luego todos los esclavos de los departamentos central y oriental de la grande Antilla, carecian de dueño. ¡ Qué mejor oportunidad que esta para proclamar la libertad de aquellos millares de desgraciados ! Pero el legislador no lo hizo, y á pesar de la renuncia de sus dueños (segun el principal autor de la ley), esos esclavos continúan en dura servidumbre, aguardando quizá una nueva complication de las cosas y de los intereses de Ultramar. Verdad que en la ley de Junio se destacan por su justicia y su gravísima trascendencia el artículo que sañciona la libertad inmediata de los emancipados, el que prohibe la separacion d& los menores de catorce años del regazo materno y el que vede la imposicióu cle cierta clase de castigos brutales é infamantes. Debidos estos últimos artículos á los esfuerzos de varios de loe individuos (le la Sociedad Abolicionista que tenian el honor de ocupar un asiento en el Congreso, indudablemente, á cumplirse esas disposiciones con exactitud y religioso respeto, la esclavitud era imposible. Así lo comprendieron los defensores de la servidumbre, dando el peregrino espectáculo de hacer, á mediados del siglo XIX y en pleno Congreso español, aunque á costa de la reprobacioll de todos los lados de la Cámara, la apotéosis del látigo!!.. . Mas apenas si es necesario conocer algo dete-lidamente las condiciones políticas en que actualmente viven nuestras Antillas, y sobre todo, su geografía social, para sospechar que tan bien intencionadas disposiciones hablan de ser punto menos que ineficaces si es que no llegaban á revestir el carácter de contraproducentes; porque las grandes medidas para su éxito requieren un pleno desarrollo y la cooperation de otras medidas, amen del esfuerzo caluroso é insuperable de los hombres llamados á llevarlas á efecto. ¡Pues qué! de muy atrás no estaba dispuesto que un bocabajo no pasara de 25 golpes, y sin embargo, ¿quién podia salvar las distancias que separan el ingenio de las capitales, y qué autoridad pudo jamás penetrar en aquellos centros de abominacion para denunciar casos de seviciaf ¡Pues qué! ¿no datan del pri-
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mer cuarto de este siglo los tratados con Inglaterra y las leyes contra el tráfico y sin embargo todavía hoy mismo aparecen descaradamente en las repugnantes cuartas planas de los diarios cubanos escandalosos anuncios de negros de nation (bozales) de veinte y treinta años? Y si para corregir estos abusos apenas se necesita un esfuerzo, y sin embargo se cometen, ¿qué sucederá para descubrir y denunciar las trasgreciones de la ley de Junio en aquellos gravísimos artículos que niegan virtualmente la esclavitud y que en las Antillas inglesas requirieron (todavía sin éxito) la energía y la incansable actividad de un gobernador como el marqués de Sligo, de la Sociedad Abolicionista Británica y de los religiosos metodistas y moravos, amen de la ámplia libertad que allí se goz6 para discutir el problema, merced á lo que se vino al Sn á una solucion racional y fecunda? Quiere decir esto que la ley de Junio, tendria que luchar con una disposicion adversa, si no de la universalidad de los antillanos, por lo menos de la mayor parte, y sobre todo, de los de Cuba, y con ellos de la administracion pública no convencida de las excelencias de ciertas ideas. Verdad que el señor ministro se regalaba con la idea de una cooperacion activa por parte (le los poseedores de esclavos. No era el hecho peregrino en la historia. Los poseedores de Antigua optaron en 1813 por la abolicion inmediata; reclamáronla en 1838 por los de Barbada; la acogieron sin resistencia los de Mauricio. Los de Guatemala llegaron—admirable ejemplo que debe enorgullecer á la familia española—á renunciar á la indemnizacion, y cinco años há, mientras los representantes de Cuba espontáneawente propouian á nuestro Gobierno la abolicion en doce años, los de Puerto-Rico—i sorprendente hecho !—protestaban de no ocuparse de su propia libertad sin antes pedir la de los negros, y con una frase feliz reclamaron la abolicion de la esclavitud cow Ú SIN INDEMNIZACION.
Pero ; ay! que la situation de nuestras Antillas no es ahora la (le 1866. Las circunstancias han hecho desgraciadamente que allí, y en particular en Cuba—por cuyos intereses y preocupaciones torpemente se quiere gobernar á Puerto-Rico—se teman las innovaciones, y mucho mas viendo indeciso al Gobierno, y la fatalidad ha traido á la cabeza del movimiento político de nuestras Antillas, entre otros en quienes podrian ponerse esperanzas, a algunos hombres que eu 1866 consignaban loor escrito y bajo su firma en los informes pasados al Gobierno, que la "sola maui"festacion de la idea de la abolicion inmediata de la esclavitud "en Puerto-hico era peligrosa para los intereses de las dos "Antillas y atentatoria al sagrado derecho de propiedad; que "sería de horrible trascendencia el (lar la libertad al esclavo que "hubiese sido cruelmente castigado por su dueñó, tanto mas, "cuanto que las leyes vigentes dan á los esclavos todo el amparo "y toda la defensa que ha sido y es conciliable con su estado; que "sería peligroso suprimir la facultad del amo de imponer al esclavo, castigos corporales, porque esta supresion habria de amenguar por necesidad la fuerza moral de aquellos, y otros errores
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373 "análogos, que podrían ser calificados de un modo mucho mas "duro." Bajo estas influencias, los tímidos callan, las autoridades resisten el espíritu del Gobierno, y las cosas se disponen del mismo modo que en la mayoría de las Antillas francesas, en Trinidad y en San Thomas, donde el gobierno de la metrópoli tuvo que tomar una iniciativa vigorosa, consiguiendo despertar y escitar á los que en las colonias abrigaban la conviction de la necesidad moral y económica de concluir inmediatamente con la esclavitud. Y esta iniciativa seria tanto mas provechosa, cuanto que si las condiciones políticas de nuestras Antillas—siempre Cuba delante—no son favorables, no ya á un plan general de aholicion, si que á medidas de la naturaleza de la ley de Junio, y cuyo incumplimiento tiene que producir honda perturbation en aquel modo de ser social, es evidente que en Cuba hay poderosos elementos abolicionistas que solo necesitan garantía para brotar; y en Puerto Rico, fuera de los elementos oficiales y de una pequeña parte de los poseedores de esclavos, el abolicionismo tiene un arraigo y una estension verdaderamente admirables. Y no se crea que todas estas afirmaciones carecen de pruebas, ó que se hacen meramente a priori: los hechos hablan. Es un hecho que la ley de Junio, publicada en la Península en Julio y remitida á Ultramar inmediatamente, no se promulgó en Cuba hasta el 29 de Setiembre, y en Puerto-Rico hasta fin de Octubre. En todo este espacio de tiempo los esclavistas no cesaron de hacer circular aquí la noticia de que la ley habia sido promulgada y que se cumplia, necesitándose las diarias dene gaciones y los constantes esfuerzos de la prensa abolicionista para que el gobierno exigiese la promulgacion de la ley de Junio, que ni se habia intentado siquiera. Así y todo, en Cuba se promulgó con un aditamento que la dejaba sin producir efectos hasta que se hiciesen los reglamentos oportunos ; condicion de no gran seriedad, toda vez que á poco, la misma autoridad decretó que surtiese sus efectos en lo relativo á los emancipados, los castigos y la separacion de familias, porque para estos estremos no se requerían reglamentos. Pero el caso era que en el interín se habian autorizado unos contratos que firmaban los emancipados (á la sazon ignorantes de su condicion de libres) y sus antiguos poseedores, en cuya virtud estos se hicieron con los brazos de aquellos, mediante un módico salario por un término de ocho años, en condiciones mucho peores para los emancipados que las que disfrutan los chinos, objeto en Ultramar de una compasion mezclada de desprecio. Además, la misma autoridad resolvió, según acredita un telégrama, que los hijos emancipados, hasta entonces libres, quedasen hasta los veintidos años bajo el patronato de los amos de aquellos: hecho extraordinario que de seguro producirá reclamaciones en el próximo Congreso, como una estension imprévista y á todas luces ilegal de la esclavitud. Con tales acuerdos, bien se ve la ineficacia de poner en vigor el artículo de la ley referente á los emancipados y harto se com-
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prende lo ilusorio de lo dispuesto respecto de los castigos y las separaciones de familia. Por de pronto, ahí están los anuncios de los periódicos cubanos que corrigieron sus escesos, haciendo huérfanos á los muchos niños que desde entonces aparecen en la seccion de venta de esclavos. En Puerto Rico, donde es preciso hacer justicia al buen deseo de su primera autóridad, pasaron las cosas en menor escala, debido también á la menor gravedad que tiene en aquella provincia la esclavitud. Así y todo, se dió el caso de invitar á los poseedores de esclavos para que, anticipándose á la ley, emancipasen á los menores de veinte años y los mayores de sesenta: grave error que solo sirvió para que algunos amos se deshiciesen de los negros inútiles, y los esclavos, que en Puerto-Rico se asemejan á los esclavos de la Edad antigua y viven completamente dentro de la civilizacion, supiesen que la ley hecha en la Península estaba detenida en su isla y achacasen esta detention á sus amos, congregados por la autoridad en tales condiciones, que ni los síndicos fueron citados, ni un solo poseedor de menos de veinticinco siervos. Además, en Puerto-Rico existia el censo de 1868, conforme al que se habia de hacer la emancipacion de los negros mayores de sesenta años; y, sin embargo, á instancias de los poseedores de siervos se autorizó una rectificacion de aquel censo, prestando ocasion á que algunos abolicionistas sinceros, denunciasen, como han denunciado al ministerio de Ultramar, rectificaciones abusivas que privarán de la libertad á muchos sexagenarios. Fácil seria á la Sociedad Abolicionista continuar historiando hechos que prueban evidentemente la ineficacia de la ley de Junio; pero es fuerza poner término á este largo manifiesto. Si no hubiese otras pruebas de la subsistencia de la esclavitud en nuestras Antillas, y de las esperanzas que tienen los esclavistas, ahí están sus constantes protestas de que la abolicion está hecha (interpretando erróneamente el ejemplo del Brasil, de condiciones perfectamente distintas á las nuestras) : ahí está el completo silencio de la comision nombrada qn la Habana en el mes de Julio para proponer en Setiembre un plan de abolicion ; y ahí, en fin, el movimiento que ahora se ha iniciado en la prensa, favorable á un desatentado proyecto de inmigracion de africanos libres ( ?) en nuestras colonias; proyecto de há muchos años, muchas veces presentado y otras rechazado y que viene eligiendo para su aparicion los momentos que sus autores estiman favorables á determinada política, y cuando la opinion de los países interesados no se puede oir. Tal es la situacion de las cosas en los momentos en que la nation va á elegir representantes para el próximo Congreso. No es cierto que se haya conseguido algo sério y positivo con la ley de Junio de 1870. Ya desde el primer instante algunos gabinetes estranjeros, y sobre todo las sociedades abolicionistas de Europa, apuntaron sus dudas. Hoy se han convertido en una conviccion; é importa á los que pretendemos llevar con honra el nombre de españoles. hacer frente á todo género de sospechas y volver por nuestra hidalguía proverbial. Con loables intenciones se he
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hecho la ley de Junio. Sea en buen hora; pero esa ley, que no responde á los compromisos de la España moderna, no basta. Es preciso atacar con energía el mal. Es necesaria una ley definitiva: y así lo reconocieron las Constituyentes al calificar la ley de Junio de ley de preparation, aplazando para la inmediata la discusion de un acuerdo definitivo. Oigalo, pues, todo el país. Oiganlo todos nuestros partidos políticos. Oiganlo cuantos se presenten á solicitar el voto del cuerpo electoral. LA ESCLAVITUD SUBSISTE EN ESPAÑA. Medio millon d esclavos esperan de la España cristiana sú libertad.—Madrid 12 de Febrero de 1871.Fernando de Castro, pre sidente.—Emilio Castelar.—Lorenzo Milans del Bosch.—Gabriel Rodríguez.—Joaquín M. Sanromá.—Rafael M. de Labra, vicepresidente.—Nicolás Solmeron.—Francisco Giner.Estanislao Fi gueras.—Bernardo García.—Roman Baldorioty de Castro.— Julian Sánchez Ruano.—Antonio Carrasco.—Eduardo Chao.Francisco Delgado Jugo.—José Fernando' Gonzalez.Francisco Salmeron Alonso.Eugenio de Olavarría.—Msguel Moraita.Rafael Cervera.—Francisco Diaz Quintero.—Manuel Regidor.—Manuel Ruíz de Quevedo, vocales.—Mariano Araus.Bernardo del Saz.— José Luís Giner.—Julio L. Vizcarrondo, secretarios. II. LA SOCIEDAD ABOLICIONISTA ESPAÑOLA A LAS CORTES. (Del Archivo particular de Coll y Toste.) Los infrascritos, presidente, vicepresidentes y vocales de la Junta Directiva de la Sociedad Abolicionista Española, á las Córtes acuden en demanda: 1°—Del cumplimiento de las leyes vigentes en nuestras Antillas sobre la esclavitud 'de los negros. Y 2°—De la promulgacion de una ley que definitivamente concluya con la servidumbre que en nuestras colonias subsiste, á pesar de los mandatos de las juntas revolucionarias de 1868, de la proelamaeion de los derechos naturales del hombre, en la Constitucion de 1869, de los solemnes compromisos de las últimas Constituyentes y de la palabra de honor francamente empeñada por nuestro gobierno ante los gabinetes estranjeros y el mundo civilizado. Algunos meses há, el comité ejecutivo de la Sociedad Abolicionista se creyó en el caso de dirigirse al señor ministro de Ultramar, llamando su ilustrada atencion sobre varios particulares, entre los que se contaba el reglamento de que habla el art. 20 de la ley de 1870 preparatoria para la abolición de la esclavitud,
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y las disposiciones del art. 21 de la misma ley. El comité, con datos incontestables, probaba que no se cumplia la ley citada en su parte más esencial, porque mientras reglamento en cuestion no fuese á Ultramar, aprobado por el gobierno de la Península, estaría en suspenso talo lo relativo á la emancipacioil de los esclavos sexagenarios y de los niños nacidos desde Setiembre de 1868 ¡insta Julio de 1870, y además, porque los anuncios publicados en las cuartas planas de los periódicos de Cuba (aparte de otras consideraciones de carácter y alcance puramente morales, demostraban que en la Habana se seguian vendiendo hijos separados de sus madres, castigándose duramente á los esclavos, y cometiéndose todos los actos prohibidos por el art. 21 de la ley preparatoria. Recibido el comité por el Excmo. Sr. D. Tomás M. Mosquera, á la sazon ministro (esto pasaba á principios cíe Agosto del corriente año) tuvo el gusto de oir de lábios de aquel respetable caballero, que se tomarian todas las medidas necesarias para corresponder á las justas reclamaciones de la Sociedad Abolicionista Española referente al estricto cumplimiento de las leyes. Han pasado mas de tres meses, y cuando la Sociedad esperaba recibir la noticia de que la ley preparatoria se cumplia ya en toda su estension, sabe por boca del actual señor ministro de Ultramar, en la sesion del 21 de Octubre próximo pasado, que desde el 10 de Enero de 1871 "en que se remitieron al Consejo de Estado los reglamentos de la ley de abolicion, para que informase acerca de ellos, y todos los incidentes consultados por el gobierno superior civil de la isla de Cuba, relativos á la situacion en que han de quedar los negros esclavos pertenecientes á individuos que han tomado parte contra España en la insurrecion cubana y los apresados por nuestras tropas, cuyos dueños se ignoraban," nada mas se ha hecho. Resulta, pues, que al año y medio de promulgada la ley preparatoria de la abolicion de la esclavitud, todavía se halla esta en suspenso, en lo mas esencial y positivo de sus disposiciones. Este es un hecho de todo punto incontestable. Los infrascritos no han menester recordar á las Córtes el carácter de urgente que revistió la ley preparatoria y que autorizó al ministro señor Moret y á la mayor parte de los oradores que terciaron en la discusion de la ley para afirmar que en la próxima legislatura se acordaria la ley definitiva. Pero en cambio si es preciso llamar la atencion sobre la circunstancia de que todos los defensores de la esclavitud y una buena parte de los que, sin duda por transaction, admitieron la ley preparatoria de 1870, hoy proclamen que es necesario no pasar de ella, reservándose, sin duda tambien, que es conveniente dejarla en el estado de incumplimiento en que se encuentra, á pesar del "criterio ámplio y liberal y constantemente favorable á la emancipation" de que se ufana el actual gabinete. Despues de esto, ha llegado á noticia de la Junta Directiva de la Sociedad Abolicionista que todavía se infringen las leyes y particularmente la preparatoria de 1870, de otro modo no me nos grave.
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De muy atrás prohibían nuestras leyes (muy superiores, hasta 1825, á las de todos los pueblos que poseyeron esclavos) que ni el Estado, ni la corona, ni las corporaciones populares, ni las instituciones piadosas pudieran poseer siervos; pero la incalificable corruptela de los emancipados esplica el art. 5° de la ley de 1870, que á la letra dice: "Todos los esclavos que por cualquier causa pertenezcan al Estado, son declarados libres. Asimismo aquellos que, á título de emancipados, estuviesen bajo la protection del Estado, entrarán desde luego en el pleno ejercicio de los derechos ingénuos." No se trata ahora de examinar la situation á que han quedado reducidos los emancipados por varios decretos de la capitanía general de Cuba y merced á los ya célebres contratos que se les ha obligado á firmar con sus antiguos patronos. Objeto será este punto de alguna recia macion ulterior de la Junta Directiva de la Sociedad Abolicionista (autorizada debidamente para ello), bien ante las Córtes, bien ante los tribunales de justicia. Los contratos son mas desfavorables para el antiguo emancipado que los que de ordinario se firman entre patronos y chinos, pudiendo asegurarse que en ellos se dan los vicios de error sustancial y lesion enormisima. Además, es un hecho demostrado incontestablemente, por recientes anuncios insertos en los periódicos habaneros, que contra los principios generales del derecho y las prescripciones de la ley civil, estos contratos de obra producen la persecucion criminal del contratado que no quiere cumplir sus obligaciones. Mas lo que al caso hace es otra cuestion de no menor importancia. La Gaceta de la Habana ha publicado en los meses de Noviembre y Diciembre de 1870 varias disposiciones del Gobierno superior civil de la isla de Cuba y de la administration central de la Hacienda pública para que el Estado se incautase de los bienes pertenecientes á un gran número de propietarios cubanos que vienen figurando en la insurreccion separatista. En 25 de Noviembre de 1870 se hacia saber por el secretario de aquel gobierno, que "habiendo sido sentenciados á pena de muerte en garrote vil los individuos D. Cárlos Manuel de Céspedes, D. Francisco Vicente Aguilera, D. Cristóbal Mendoza, D. Eligio Izaguirre, D. Eduardo Agramonte, D. Pedro María Agüero y González y otras cuarenta y nueve personas (de las ricas de la isla,) que habian compuesto la llamada junta republicana de Cuba y Puerto-Rico y el titulado gobierno republicano de Cuba, y sobreseidose por constar su fallecimiento con respecto á D. José Morales Lemus, don Honorato del Castillo, D. Luis Ayestarán y D. Pedro Figueredo quedando además los bienes de todos sujetos á las responsabilidades civiles que determinan las leyes, el Excmo. Sr. Gobernador político habia tenido á bien disponer que el Estado se incautase de todas las propiedades de aquellos, á cuyo efecto los tenedores las denunciarian al Excmo. Sr. Intendente de Hacienda, en la inteligencia que, de no verificarlo así, serían tratados con todo el rigor de la ley." Y en el mismo dia 25 de Noviembre, por el negociado de Propiedades y derechos del Estado de la administration central de
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Hacienda pública, se hacia saber que, "habiendo sido sentenciados á la pena de seis años de presidio y confiscación de todas sus propiedades los infiden#es 1). Cárlos Santa Cruz, D. Manuel Vigoa, D. Francisco Vigoa, D. José Laureano Vigoa, D. Pedro Santa Cruz y D. Eloy Santa Cruz, y dispuesto por el Excmo. é Ilmo. Sr. Gobernador superior político en 31 de Octubre último que el Estado se incautase de ellas, el Excmo é Ilmo. Sr. Intendente general, por su superior decreto de 24 de Noviembre, se había servido disponer que log tenedores de aquellas las denunciasen inmediatamente á la admiuistraciim central, en la inteligencia que de no verificarlo así se harian acreedores á las penas que señalaba la ley y les serian aplicadas con todo su rigor." Como estas podrían los firmantes reproducir otras muchas disposiciones; pero bastan las arriba trascritas para que se comprenda que una buena parte de la propiedad territorial de la isla de Cuba ha pasado por confiscgcion á manos del Estado. Claramente lo dice la administracion central de Hacienda pública, y no es de creer que nadie entienda que la responsabilidad civil de que se habla eu la primera de estas disposiciones sea aquella que puedan exigir individualmente las víctimas de los horribles incendios y desastres ocurridos en la grande Antilla, pues que nuestro procedimiento no autoriza por ningun concepto la incautacion (y mucho mas la incautacion espontánea), por parte del Estado, de los bienes de los reos para asegurar á los particulares el resarcimiento de los perjuicios que les hayan ocasionado aquellos. Por tanto, la responsabilidad civil á que se refiere aquel decreto es y no puede menos de ser la que hayan podido contraer las personas sentenciadas respecto al Estado. "El E. stado, pues, ha hecho suyos los bienes de todas las personas aludidas." No es del momento, por no entrar en los límites de su competencia, que la Junta Directiva formule su juicio respecto de estas medidas. Pero lo que si le importa es consignar, para el objeto preciso de esta exposicion, que dentro de esa masa considerable de bienes confiscados figura un número estraordinario de esclavos. Y como que por las leves vigentes en Ultramar, y muy especialmente por la preparatoria de Julio de 1870, el Estado no puede poseer siervos, de aquí que sea grandemente censurable la conducta de las autoridades que desde Noviembre de 1870, hasta Noviembre de 1871 no han cuidado de hacer que esos esclávos "entraran desde luego en el pleno ejercicio de los derechos de ingenuos." Y este es el segundo punto sobre el cual la Junta Directiva de la fiociedad Abolicionista se permite llamar la ilustrada atencion de las Córtes españolas. Fiel á su propósito de contraer sus esfuerzos á exigir el estricto cumplimiento de las leyes vigentes en nuestra Antilla, la Junta Directiva no se fijará por hoy en la altísima conveniencia de que sean declarados libres "aquellos esclavos pertenecientes á individuos que han tomado parte en la insurrecion cubana y los apresados por nuestras tropas, cuyos dueños se ignoran."
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El señor ministro de Ultramar nos ha hecho saber que esto era objeto de una consulta especial elevada al Consejo de Estado en pleno. Sin embargo, haciendo votos por que la consulta se despache en breve plazo, y no continúen las cosas como hasta aquí licito será á los firmantes recordar que esos esclavos han sido moralmente declarados libres por el gobierno español en una sesion de las Córtes Constituyentes. Contestando el señor ministro Moret á un señor diputado (el señor Padial, diputado de Puerto Rico), que hacia observaciones sobre la conveniencia ó inconveniencia (le que, conforme al art. 3° de la ley preparatoria, los esclavos que hubiesen servido á nuestras tropas durante hi insurreccion fuesen declarados libres, sin indemnizar á los amos si estos hubieran figurado en las filas contrarias, decía: "Cierto, y esto no es discutible, que la comision ha sentado y el gobierno ha partido del principio de la indemnizacion, y que bajo este punto de vista no hemos de escatimar el reconocimiento de los derechos adquiridos, donde quiera que se encuentren. Pero desde el momento en el cual se igualara la suerte de aquellos que eran leales á las armas de España con la de los que combatidn la integridad nacional, á mas de hacer una injusticia, resultaria una situacion completamente imposible, prácticamente hablando. Muchos de los que han combatido la bandera española en Cuba han empezado por proclamar la libertad de sus esclavos, de suerte "que han reconocido el principio de la libertad sin indem"nizacion, y seria una cosa sumamente estraña que el gobierno "fuera á reconocerles un derecho que ellos habían empezado por "renunciar." I)e modo que aun cuando nosotros pudiéramos hacer eso; aun cuando hici(ramos ese alarde de generosidad, nuestra conducta seria recibida con un desden que nos pondria en ridículo." ( Sesion del 31 de Junio de 1870. ) Por donde se vé que, segun el gobierno, los esclavos de los insurrectos carecian ele dueño por haber renunciado sus derechos sus antiguos amos. ¡ Grave y triste retroceso en las ideas y en los sentimientos seria el proclamar hoy que aquellos desgraciados habian simplemente cambiado de dueño! Con lo espuesto basta para que la Junta Directiva fie en la sabiduría y el patriotismo de las Córtes para obtener una pronta resolucion del gran problema de la esclavitud que cada vel pesa mas sobre nuestra agobiada conciencia. Lo primero que habría que esperar era una escitacion enérgica y calurosa al gobierno superior para que hiciera cumplir inmediatamente y en toda su estension la ley preparatoria de 1870. Pero lo dicho harto demuestra que esta escitacion, y aun la voluntad misma del gobierno de Madrid, no serán suficientes para salvar los compromisos legados por las Córtes soberanas de 1869 y los justificados deseos de todos los abolicionistas. Incontestable es que una ley de carácter urgente hace año y medio que está en suspenso. Evidente es tambien que en Cuba se resisten aun aquellas medidas aquí acordadas con el beneplácito de los mas interesados en la conservacion del 8tátU quo.
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Repitese en nuestras Antillas el fenómeno que se dió en las inglesas en 1830 y en las francesas en 1841. Estas resistencias, junto con la meticulosidad y lo incompleto de la ley preparatoria, cada vez mas complicarán el problema, ora bajo el punto de vista interior, ora bajo su aspecto internacional. Preciso es, por tanto, acudir con mano resuelta y ánimo entero á cortar de raiz el mal. Así tuvo que hacerlo Inglaterra en 1833 y 1838, así Francia en 1848, así Dinamarca en 1849. No nos cansemos de repetirlo: la ley preparatoria de 1870 no se cumple en sus artículos principales; y los que llevan la voz del esclavismo de nuestras Antillas, proclaman arrogantemente que no se debe dar un paso más ni forzar el estado actual de la ley preparatoria. Urge, pues, que las Córtes voten resueltamente una ley definitiva de abolicion ; que por ella clama el país en las numerosas esposiciones que, cubiertas por millares de firmas, se han elevado al Congreso desde Mayo de 1871 hasta la fecha.— Madrid 16 de Noviembre de 1871.Fernando de Castro.Emilio Castelar.—Gabriel Rodríguez.— Joaquin M. Sanromá.—Rafael M. de Labra.Francisco Giner.Estanislao Figueras.Roman Baldorioty de Castro.Nicolás Salmeron.—Francisco Diaz Quintero.—Manuel Ruiz de Quevedo.Eduardo Chao.—José Carrasco.—José Fernando González.—Manuel Regidor.—Tulio L. Vizcarrondo.—José Luís Giner. REAL DECRETO EMANCIPANDO A TODO ESCLAVO AL PISAR LA PENINSULA O ISLAS ADYACENTES O JURISDICCION MARITIMA• DE LAS MISMAS. (De la Gaceta Oficial.) En vista de las razones espuertas por el Ministro de Ultramar, de conformidad con el Consejo de Estado en pleno y de acuerdo con el Consejo de Ministros. Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.—Desde la publicacion en la Gaceta de Madrid del presente decreto, todo individuo de color, hombre, mujer o niño, que se hallare constituido en servidumbre en nuestras provincias de Puerto Rico o de Cuba se reputará emancipado y libré al pisar el territorio de la Península y de sus islas adyacentes, o'al llegar a la jurisdiccion y zona marítimas del mismo, sea cual fuere la causa por la que se verifique el hecho de desembarcar en dicho territorio, o de encontrarse en las aguas de su jurisdiccion marítima. Tambien disfrutará del beneficio de la emancipation y libertad todo individuo de color, siendo esclavo, cualido en compañia de sus amos o enviado por ellos pise el territorio o entre en la jurisdiccion de cualquier Estado en que la esclavitud no exista. Art. 2.—Se prohibe para lo sucesivo la condena á presidio Ultramarino con retencion y venta, por razon de nora, contra los
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individuos de color que se hallen en servidumbre. Los criminales á quienes siendo esclavos se les imponga la pena de presidio con retention y sus accesorias, las estinguirán en los presidios de las islas de Cuba y Puerto Rico. Art. 3.—Si el beneficio de la emancipacion y libertad, otorgado por el art. 1, recayere en individuos que hubiesen venido al territorio de la Peninsula y de sus islas adyacentes en virtud de sentencia de los Tribunales de Cuba y de Puerto. Rico, siendo allí esclavos, el todo o la parte de indemnizácion á que hubiera de atenderse con la venta del esclavo ya emancipado, y que se prohibe, se satisfará del modo que determinen en cada caso disposiciones especiales. Dicha indemnizacion nunca será mayor de lo que hubiera podido producir por término medio la adjudicación del esclavo en remate público. Art. 4.—Cuando la venta por razon de nota tuviera por objeto el pago de las costas procesales, se declararán estas de oficio. En todos los casos el esclavo, emancipado al venir á la Peninsula para cumplir su condena, quedará sujeto en su condition de hombre libre á indemnizar los daños y perjuicios y á las responsabilidades civiles en los términos que prefijen las leyes. Art. 6.—El Ministro de Ultramar dictará las instrucciones convenientes para la ejecucion del presente decreto, y para organizar los establecimientos presidiales en términos de poder cumplirse en ellos las sentencias a que se refiere el Art. 2. Dado en Palacio á 29 de Septiembre 1866.—Está rubricado de la Real mano.—El Ministro de Ultramar, Alejandro Castro. LEY ABOLIENDO LA ESCLAVITUD EN PUERTO RICO. (De la Gaceta Oficial.) La Asamblea Nacional en uso de su soberanía, decreta y sanciona la siguiente ley: Articulo 1.—Queda abolida para siempre la esclavitud en la isla de Puerto Rico. Art. 2.—Los libertos quedan obligados á celebrar contratos con sus actuales poseedores, con otras personas ó con el Estado, por un tiempo que no bajará de tres años. En estos contratos intervendrán, con el carácter de curadores de los libertos, tres funcionarios especiales nombrados por el Gobierno superior con el nombre de protectores de los libertos. Art. 3.—Los poseedores de esclavos serán indemnizados de su valor en el término de seis meses después de publicada esta ley en la Gaceta de Madrid. Los poseedores con quienes no quisieran celebrar contratos sus antiguos esclavos, obtendrán un beneficio de 25 por 100 sobre la indemnizacion que hubiera de corresponderles en otro caso.
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Art. 4.—Esta indemnizacion se fija en la cantidad de 35 millones de pesetas, que se hará en efectivo mediante un empréstito que realizará el Gobierno sobre la exclusiva garantía de las rentas de la Isla de Puerto Rico, comprendiendo en los presupuestos de la misma la cantidad de 3,500,000 pesetas, anuales, para intereses y amortizacion de dicho empréstito. Art. 5.—La distribucion se hará por una Junta compuesta del gobernador superior civil de la isla, presidente; del jefe económico; del fiscal de la Audiencia; de tres diputados provinciales elegidos por la Diputacion ; del síndico del Ayuntamiento de la capital; de dos propietarios elegidos por los 50 poseedores del mayor número de esclavos y de otros dos elegidos por los 50 poseedores del menor número. Los acuerdos de esta Comision serán tomados por mayoría de votos. Art. 6.—Si el Gobierno no colocase el empréstito, entregará los títulos á los actuales poseedores de esclavos. Art. 7.— Los libertos entrarán en el pleno goce de los derechos políticos á los cinco años de publicada la ley en la Gaceta de Madrid. Art. 8.—El Gobierno dictará las disposiciones necesarias para la ejecucion de esta ley y atender á las necesidades de beneficencia y de trabajo que la ni}sma hiciera precisas. Lo tendrá entendido el Poder Ejecutivo para su impresion, publication y cumplimiento. Palacio de la Asamblea Nacional 22 de Marzo de 1873.— Francisco Salmerón y Alonso, Presidente.Eduardo Benot, Representante Secretario.Federico Balart, Representante Secretario. (1)
(1) Esta ley fué la resultante final de varias proposiciones de ley, presentadas en tal sentido por los señores Joaquín Maria Sanromá, Luis Padial, Arturo Soria y Mata, Felix Borrell, Jacinto María Angladas, José Fernando González y Rafael Maria de Labra; y por el Ministro de Ultramar, señor Tomás María Mosquera ; en Noviembre y Diciembre de 1872. -Se nombró una Comisión, compuesta de los señores Salmerón, Bona, Montas!, Ramos Calderón, Labra, Gómez, Marín y Cintrón, quienes dictaminaron favorablemente, y dieron el proyecto de ley en 27 de Enero de 1873, que fué ley definitiva el 22 de Marzo del mismo año por el voto unánime de la Asamblea Nacional.—C. y T.
INDICE PAGINA Paertortiquesos Ilustres.—Ruiz Belvis por C. Coil y Toste 3 R. C. disponiendo que al Convento de San Francisco de Puerto Rico se le ayude con cera y vino b Los tiempos coloniales.—Circular para los Tenientes á Guerra en el desempeso de su cargo 8 Rectificaciones Históricas.—La Conjura de 1836 en Puerto Rico por 14 C. Col! y Toste 17 R. O. aprobando la creación del pueblo de Tauco 18 Muerte de D. Buenaventura Quiñones 20 Carta del Licenciado La Gama al Emperador R. C. confirmando a Juan Ponce de León en la Capitanía de la isla 21 de San Juan Carta A S. M. de los señores Oficiales de San Juan avisando loe males que causaba en aquella tierra un corsario francés y de haber ~quemado la Villa de San German Concesión a Cristóbal Montoro de la plaza de Piel Executor de la ciudad de Puerto Rigo, en remuneración de sus servicios; y opo23 sicíón del Cabilc~u a darle posesión del cargo La lápida del Morro.—Una carta de J. E. Levis al Dr. Coil y Toste y Contestación del Dr. Coil y Toste. Otra carta de J. E. Levis sobre el mismo asunto 29 Interpelación del Brigadier D. Luis Padial, diputado por Puerto Rico, en las Cortes Constituyentes de 1869 y sus Consecuencias 33 73 Partida de bautismo del patriota RomAn Baldorioty de Castro 74 Puertorriquesos Ilustres.—Santlago V11arte por C. Coil y Toste 78 R. C. concediendo al escribano Acoeta 4ue use el título de Don R. O. de S. M. al Gobernador de Puerto Rico con motivo de sus desacuerdos y ataques al señor Obispo 79 Carta del Obispo de Puerto Rico D. fray Damián López de Haro a D. Juan Díaz de la Calle 8t Concesiones de Ferrocarriles y Tranvias de Puerto Rico 88 Para la historia de la esclavitud en Puerto Rico.—R. C. aboliendo 9U el tráfico de negros con esta isla Creación del pueblo de Santa Isabel de Coamo 93 Para la historia de la esclavitud en Puerto Rico.—Estado demostrativo de loe esclavos que existían en Registro hasta el 30 de 95 Marzo de 1873 Carta del físico Diego Alvarez Chanca al Cabildo de Sevilla, dándole cuenta del segundo viaje de Cristóbal Colón, en el cual descubrió la isla de San Juan 97 Rectificaciones Históricas.—Dónde nadó nuestro eximio poeta José Gautier Benitez? por C. Coll y Toste 129 Puertorriqueños Ilustres.—Morales, por C. Coll y Toste 129 E. O. dando aviso que se recela el rompimiento de guerra con ingleses. 132 Queda enterado el Rey de la tormenta habida en 1738 134 R. O. dando patentes de Corso contra ingleses 134 R. O. que acompasa a la declaración de guerra contra loe ingleses R. O. participando el armamento que se hace en Inglaterra para estos mares para que se esté con la mayor vigilancia 136 R. O. para que se tenga buena córrespondencia con loe gobernadores de las colonias francesas y para q. se les pida material de guerra 136 137 R. O. aprobando la organización militar de la plaza para su defensa R. O. disponiendo se auxilien los navíos franceses que llegaren á este puerto ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 188
884 PÁGINA B. O. aprobando la reorganisadbn de un batallón de Infantería y una 138 Compafia de Artl feria B. O. quedando enterado S. M. de la tormenta habida y providencias 140 tomadas... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... B. O. en la que S. M. aumenta al Brigadier D. Matins de Abadia su 141 sueldo y le prorroga el Gobierno B. O. disponiendo el'cange de prisioneros ingleses con arreglo a la 142 cédula adjunta ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 142 B. O. aprobando el nombramiento de Tenientes de loe Castillos R. O. dando conocimiento de la muerte de D. José Campillo y de quien 143 le sustituye . B. O. sobre el Batallón y el Almacén para la p&vora qué no aprueba .. ... ... 143 S. M. .. B. O. dando cuenta que Francia le ha declarado la guerra a Inglaterra 144 B. O. acompañando un Memorial de D. Marcos Candosa para que 144k B. O. aprobando la prisión de cuatro capitanes y que se siga la causa a D. José Valentin Urqulzu 163 R. O. de que el Rey queda enterado de no haberse podido construir cuarteles en el Castillo del Morro y no haber satisfecho sus haberes a los Oficiales que fueron á México 164 R. O. disponiendo que las propuestas de vacantes han de pasar precisamente por manos del Gobernador, el que al pie pondrá su dictámen ; y que no se admita recurso de oficial ni individuo de 164 tropa, que no vaya dirigido por el Gobernador R. O. aprobando se noticie a los Gobernadores de Sotavento que hay una escuadra inglesa en aguas de las Antillas 166 B. O. avisando que en Inglaterra se halla una escuadra pronta a hacerse a la vela para estos mares 166 R. O. aprobando el Rey las providencias tomadas para reparar el navío de guerra El Príncipe que arribó desarbolado al puerto de Añasco ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 166 Carta del Arzobispo de Santo Domingo a S. M. en su Real Consejo de Indias sobre puntos tocantes al Obispo de Cuba, al Presidente y Oidores de aquella Audiencia, a Juan Melgarejo, al Obispo de Puerto Rico, al Abal de Jamaica y al valor de la moneda... 167 Escritura de donación de terrenos a favor de Caguas 169 Visita del Obispo Issasi al Valle de San Blas de Coamo, en 1881 162 Primera Memoria sobre la isla de Puerto Rico que presentó á S. M. D Pedro Tomás de Córdova, Secretario del gobierno de la Isla Año de 1818 ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 104 Para la historia militar de Puerto Rico.—Servicio Obligatorio.--Carta del Capitán D. Angel Rivero al Dr. Coll y Toste.—Contestaci6n 186 B. O. declarando exceptuados de los sorteos de las Milicias los Comerciantes y Mercaderes en los dominios de Indias 187 Reglamento de las Milicias Urbanas 189 Apéndice sobre el uso de divisas 192 Los que hayan servido cargos de concejales dé Ayuntamientos se propondrán para Oficiales de Urbanos y no quedan de soldados 192 Se dará conocimiento a los Comandantes de Departamento d8 las personas que desempeñan los empleos de Oficiales de Urbanos 193 Suprimiendo el servicio que prestaba la Milicia Urbana, de guardias en las cárceles y otros actos 193 Establecimiento de Alguaciles y supresión de las guardias de Urbanos 196 El din 26 de Julio de cada año, se verificará la revista de Urbanos 197 Bectificaciones Históricas.—Origénes del pueblo de Añasco y algunos datos sobre esta ciudad 199 Puertorriqueños Ilustres.—El presbitero Ayerra por C. Coil y Toste 202 Apéndice a la Memoria de D. Pedro. Tomás de Córdova 203 B. C. concediendo Escudo de Armas a la isla de San Juan 216 Canal de Loira a la laguna de Piñones 217 Contra el abuso de la Curia Eclesiástica 221 Bando de Policía y buen gobierno del general Mendez de Vigo 223
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PAGINA Carta del Gobernador Juan Francisco de Medina a S. M. dando cuenta de lo que se había obrado en aquella ciudad en cumplimiento del Real Despacho que mandaba entregar a los apoderados de los portugueses el importe del comiso que se hizo a Manuel Pereira ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 226 Para la historia militar de Puerto Rico.—Relación de la entrada y cerco del enemigo Boudoyno Henrico, general de la Armada del Principe de Orange, en la ciudad de Puerto Rico de las Indias, por el Licenciado Diego de Larrasa, teniente auditor general 229 que fué de ella ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... 244 R. O. disponiendo el desalojo dedos ingleses de la isla de Vieques Supresión de la inmunidad de acogerse a sagrado 246 Biografía de D. Agustín Iñigo Abad y Laslerra, historiador de Puerto Rico y Obispo de Barbastro por el Padre Huesca 248 Rectificaciones en los Departamentos 251 Juicio de residencia del general D. Miguel de la Torre, gobernador que fué de Puerto Rico 251 R. O. fi jando en 25 mil pesos el sueldo del Gobernador Capitón general de Puerto Rico 253 254 R. O. aprobando la agregación del barrio de Salinas a Guayama R. O. aprobando el establecimiento de un Correccional para los Vagos en la Puntilla .. .. .. 254 Para la historia de la instrucción en Puerto Rico.—R. O. aprobando el establecimiento de Colegio de 2a. Enseñanza 255 R. O. declarando incorporables los estudios hechos en el Seminario Conciliar .. ... ... ... ... 256 Descripción de la Isla de Puerto Rico en 1647 257 R. O. concediendo un distintivo al Ayuntamiento de la Capital 293 Puertorriqueños Ilustres.—Betances, por C. Coll y Toste 294 Historia de Puerto Rico.—Segunda conferencia del Dr. Coll y Toste 296 302 Carta de Pedro Menendez de Avilés a S. M. en 1565 R. O. aumentando la consignación para gastos de policía secreta. 1858 304 R. D. para organizar el régimen municipal en 1846 305 Fundación de la Junta Superior de Competencias 307 R. O. sobre el es-gobernador Moreda 308 Destrucción de manzanillos 309 Circular contra la venta de gente emigrada de las islas Canarias 310 Circular contra los Vagos 310 Auto acordado para que los Alcaldes, donde no halla escribanos, autoricen los testamentos 312 R. O. disponiendo se conserve la Iglesia de Santo Domingo 312 El fuego de Mayagiiea en 1841 313 Carta a S. M. sobre Juan Troche y Ponce de León en 1570 314 Carta a S. M. de Pedro de Salazar en 1591 317 Para la Historia de la esclavitud en Puerto Rieo,—Informe sobre la Abolición de Ruiz Belvis, Acosta y Quiñones 323 Acta de la primera sesión celebrada para constituir la Sociedad Abolicionista española en 1865 367 La Sociedad Abolicionista a la Nacion 369 La Sociedad Abolicionista a las Córtes 375 R. D. emancipando al esclavo que fuera a España o a las islas ad380 yacentes Ley aboliendo la Esclavitud de Puerto Rico en 1873 381
FIN DEL TOMO CUANTO