
COOPERATIVA DE LOS PROFESIONALES COASMEDAS
RESOLUCIÓN N° 003 DEL 22 DE ENERO DE 2026
POR MEDIO DE LA CUAL EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN CONVOCA A ELECCIÓN DE DELEGADOS DE LAS SECCIONALES DE BUCARAMANGA, POPAYÁN Y SANTA MARTA, DE LA COOPERATIVA DE LOS PROFESIONALES COASMEDAS, PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS A REALIZARSE PARA EL PERIODO 2026- 2027
El Consejo de Administración de COASMEDAS, en ejercicio de sus atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias contenidas en el artículo 54, 55, 56, 58 y 59, y
C O N S I D E R A N D O
a) Que el Estatuto vigente de Coasmedas, en su artículo 54, establece que la Asamblea General de Delegados estará conformada por un total de cuarenta y cinco (45) asociados en calidad de delegados principales, elegidos por ciudad o municipio.
b) Que, teniendo en cuenta que en las elecciones nacionales de delegados realizadas el pasado 24 de febrero de 2025, para el período 2025–2027, no fue posible proveer la totalidad de los cargos de delegados principales correspondientes a las zonas electorales de Bucaramanga, Popayán y Santa Marta, la Asamblea General de Delegados del año 2025 se llevó a cabo sin la totalidad de los delegados previstos estatutariamente, sin que ello hubiese afectado el quórum deliberatorio ni decisorio.
c) Que el Consejo de Administración materializa como buena práctica de buen gobierno, el procurar contar con la representación total de todos sus asociados ante la Asamblea General de Delegados, no obstante y para cualquier efecto, esta actividad deberá ser considerada de medio y no de resultado, por lo cual el Consejo de Administración propende por la participación masiva de asociados en todos los procesos democráticos de Coasmedas, sin que le sea posible garantizar un resultado concreto.
d) Que el Consejo de Administración considera necesaria la elección de los delegados principales de las seccionales Bucaramanga, Popayán y Santa Marta, con el fin de completar el número de delegados establecidos en el Estatuto

e) Que mediante Acuerdos N° 001 y N° 002 de fecha veintidós (22) de enero de 2026, el Consejo de Administración reglamentó la condición de asociado hábil y el procedimiento para la elección de delegados respectivamente, conforme a los cuales debe procederse.
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°. CONVOCATORIA:
De conformidad con el artículo 58 del Estatuto, se convoca a todos los asociados hábiles de las seccionales de Bucaramanga, Popayán y Santa Marta, para que procedan a elegir un (01) delegado principal en cada una de ellas, para un período de dos (2) años, a fin de que concurran a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que se celebren durante los años 2026 y 2027.
El periodo de cada delegado principal se allanará al periodo que vienen cumpliendo los delegados principales y suplentes elegidos en el proceso electoral del año 2025, por tanto, el periodo de los delegados que se elijan en el año 2026 se contará a partir de su elección en el año 2026 y finalizará cuando se expidan las credenciales del nuevo delegado que habrá de sucederle en el año 2028.
ARTÍCULO 2°. ZONAS:
En desarrollo del artículo 9º del Acuerdo N° 002 de 2025, se establecen como objeto de la elección del asunto, las zonas electorales de Bucaramanga, Popayán y Santa Marta
Dichas zonas electorales se conforman por los asociados vinculados a las siguientes seccionales, conforme se detalla a continuación:
ZONA
✓ Zona 4
✓ Zona 17
✓ Zona 18
SECCIONALES
BUCARAMANGA
POPAYÁN
SANTA MARTA
ARTÍCULO 3°. CONDICIÓN PARA SER ELEGIDO DELEGADO: De conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 54 del Estatuto de la Cooperativa, los asociados que aspiren a ser elegidos Delegados a las Asambleas Generales deberán cumplir con los siguientes requisitos:

(…) “PARÁGRAFO. Condiciones para elección de Delegados a la Asamblea General para ser elegido delegado principal o suplente a la Asamblea General se requiere:
1) Ser asociado hábil debidamente inscrito en el registro social que no tenga suspendidos sus derechos y que se encuentre al corriente en el cumplimiento de todas las obligaciones con COASMEDAS, a treinta y uno (31) de diciembre del año inmediatamente anterior en que se produzca la elección de delegados o que se haya habilitado hasta la fecha de la convocatoria para la elección de delegados, cancelando las obligaciones pendientes al cierre del ejercicio económico.
2) Tener seis (6) años de antigüedad como asociado a la Cooperativa Coasmedas.
3) Acreditar, mediante certificación, mínimo trescientas sesenta (360) horas de educación cooperativa y/o solidaria y afines al sector solidario, siempre y cuando se hayan cursado en los últimos 5 años. Se entiende por educación afín la similar o complementaria a la actividad financiera, tales como finanzas, contabilidad, administración, entre otras que se estimen adecuadas para el cumplimiento de las responsabilidades y funciones propias del cargo.
4) Contar con un título de pregrado en el nivel profesional, en cualquier disciplina académica relativo a programas profesionales universitarios, titulado por una entidad de educación superior o universidad legalmente constituida. También se tendrán en cuenta los títulos profesionales debidamente convalidados por el Ministerio de Educación Nacional.
El asociado que haya sido delegado de Coasmedas en periodos anteriores al 2025, podrá postularse y ser elegido, acreditando un título de pregrado en el nivel profesional, título de institución técnica profesional, institución universitaria, escuela tecnológica.
5) El asociado extrabajador de Coasmedas, el asociado asesor o exasesor de corretaje no podrá ser candidato a delegado, así como tampoco podrá ser candidato el asociado que sea familiar de alguno de los anteriores mencionados, hasta el tercer grado de consanguinidad y tercer grado de afinidad, todo ello siempre y cuando el vínculo laboral o comercial se encuentra vigente o haya culminado dentro de los últimos diez (10) años.
Se exceptúan a los asociados extrabajadores y asesores o exasesores de corretaje que ya han participado como delegados en periodos anteriores a la fecha de aprobación del presente artículo del estatuto.” (…)
ARTÍCULO 4°. INSCRIPCIONES:
El período de inscripción o de postulación de los candidatos a delegados será el día cinco (05) de Febrero de dos mil veintiséis (2026), de manera presencial en el horario de atención al asociado de cada seccional de la respectiva zona electoral.
PARÁGRAFO PRIMERO: Las inscripciones de los candidatos a delegados se llevarán a cabo ante la Gerencia de la respectiva seccional, en la oficina de la zona electoral a la cual pertenezca el candidato a delegado

PARÁGRAFO SEGUNDO: Finalizado el citado período, la Comisión Nacional de Elecciones y Escrutinios procederá a elaborar la lista de candidatos, constatando previamente y por intermedio de la Junta Nacional de Vigilancia que estos sean asociados hábiles y que cumplan los requisitos estatutarios, reglamentarios y de ley. Dichas listas deberán ser publicadas en las oficinas seccionales de Bucaramanga, Popayán y Santa Marta, y en la página web de la Cooperativa, para conocimiento de los asociados.
ARTÍCULO 5°. VOTACIÓN:
La votación para elegir delegados se efectuará el día veinte (20) de febrero de 2026 en jornada continua de 8:00 am hasta las 7:00 pm, de manera presencial en jornada continua de 8:00 AM a 7:00 PM, acudiendo directamente a votar en las urnas dispuestas en la oficina seccional a la cual pertenezca el asociado, de la siguiente forma:
ZONA 4
Oficina: BUCARAMANGA
ZONA 17
Oficina: POPAYÁN
ZONA 18
Oficina: SANTA MARTA
Dirección: Calle 52B No. 31-74
Dirección: Carrera 8 No. 2-44 Ed. Locales 111 y 112, Edificio Hormaza.
Dirección: Carrera 16 No. 21A-19
PARÁGRAFO PRIMERO: En lo que corresponde a las votaciones presenciales, a las 5:00 PM la urna se trasladará por parte de los miembros de la Subjunta de Vigilancia y el Gerente de la oficina seccional, al lugar de realización de la reunión informativa respectiva, para que los asociados efectúen allí sus votos hasta la hora indicada en el presente artículo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Las votaciones para la elección de los delegados se llevarán única y exclusivamente en el día y horarios establecidos para el efecto, según lo dispuesto en la presente resolución
ARTICULO 6°. HABILIDAD:
Podrán sufragar para elegir delegados, los asociados de las seccionales de Bucaramanga, Popayán y Santa Marta que sean considerados como hábiles de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo N° 001 de 2026 y debidamente avalados por la Junta de Vigilancia, sujetándose a las condiciones y reglas allí dispuestas para el efecto.

ARTÍCULO 7°. FECHA ESCRUTINIOS:
Señálese la fecha del veinticuatro (24) de febrero de 2026, para que se produzca el escrutinio final por parte de la Comisión Central de Elecciones y Escrutinios, así como la elaboración del acta respectiva y la acreditación de los delegados elegidos.
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de enero de 2026, en sesión del Consejo de Administración de la citada fecha, según consta en el Acta N° 1468

Dra. YOLANDA REYES VILLAR
Presidente
Consejo de Administración
Dr. GUSTAVO ENRIQUE ALMARIO MAYOR
Secretario
Consejo de Administración

