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Edictos PH 06 10 2024

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PRIMERA HORA

lunes 10 de junio de 2024

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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal General De Justicia Tribunal De Primera Instancia Sala De Camuy

VIVIAN HERNANDEZ CORDERO LUIS ANTONIO HERNANDEZ GARCIA JESSICA SHAREEN GONZALEZ HERNANDEZ LUIS MIGUEL GONZALEZ HERNANDEZ LUIS MIGUEL GONZALEZ RIQUELME DEMANDANTES

ROBERTO HERNANDEZ

DEMANDADO Civil Num: CM2024CV00394 Sobre: Sentencia Declaratoria (Regla 59 De Procedimiento Civil) EDICTO Estados Unidos De América El Presidente De Los Estados Unidos El Estado Libre Asociado De Puerto Rico

A: ROBERTO HERNANDEZ

puertoricorob@gmail.com (917)-658-8809 Por la presente se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría la demanda de epígrafe através del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC). Se le emplaza y requiere para que notifique a el abogado de la parte demandate el Lcdo. Carlos A. Vega Valentín, PO Box 470, Quebradillas, P.R. 00678, Quebradillas, P.R. 00678, Tel; 787-895-2971, 787-633-0532, email lcdocarlosv5@gmail.com. Con copia de la Contestación a Demanda dentro de los 30 días siguienes a la publicación de este Edicto. Este edicto será publicado en una ocasión, en un periódico de circulación general diaria, para que comparezcan si quieren alegar su derecho. Se identificará en letra negrillas tamaño 10 puntos toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, conforme a lo dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer en el término improrrogable de treinta (30) días, a contar de la fecha de la última publicación del edicto, los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por la demandante sin más citarle ni oírle. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: dttps://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del Tribunal. POR TANTO, libro el presente en Camuy, Puerto Rico, hoy 6 de junio de 2024. Vivian Y. Fresse Gonzalez, Secretaria Regional. Johanna Gonzalez Vilella, Secretaria Auxiliar Del Tribunal

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Estado Libre Asociado De Puerto Rico Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Camuy

CLEMENCIA RAMOS AVILA Demandantes Vs.

LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN RAFAEL DE QUEBRADILLAS; JOHN DOE Y RICHARD DOE,

como posibles tenedores desconocidos del Pagaré. Demandados Civil Numero: CM2024CV00142 Sobre: Cancelación De Pagare Extraviado Edicto Estado Libre Asociado De Puerto Rico Los Estados Unidos De Norte America El Presidente De Los Estados Unidos

A: JOHN DOE Y RICHARD DOE.

Por la presente se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría la demanda de epígrafe através del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC). Se le emplaza y requiere para que notifique a el abogado de la parte demandate el Lcdo. Carlos Alberto Vega Valentín, PO Box 470, Quebradillas, P.R. 00678, Tel; 787895-2971, email lcdocarlosv5@gmail.com Con copia de la Contestación a Demanda dentro

Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC). Se le emplaza y requiere para que notifique a el abogado de la parte demandate el Lcdo. Carlos Alberto Vega Valentín, PO Box 470, Quebradillas, P.R. 00678, Tel; 787895-2971, email lcdocarlosv5@gmail.com Con copia de la Contestación a Demanda dentro de los 20 días siguienes a la publicación de este Edicto. Este edicto será publicado en una ocasión, en un periódico de circulación general diaria, para que comparezcan si quieren alegar su derecho. Se identificará en letra negrillas tamaño 10 puntos toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, conforme a lo dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer en el término improrrogable de veinte (20) días, a contar de la fecha de la última publicación del edicto, los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por la demandante sin más citarle ni oírle. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración y Manejo de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: dttps://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaria del tribunal. POR TANTO, libro el presente en Camuy, Puerto Rico, hoy 7 de junio de 2024. Vivian Y. Fresse Gonzalez, Secretaria Johanna Gonzalez Vilella, Sub Secretaria

el Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Puerto Rico: “URBANA: Solar marcado con el numero cuarenta y uno del bloque W Siete de la Urbanización El Señorial II, localizada en el Barrio Cupey de 65310691 Estado Libre Asociado de Puerto Rico Rio Piedras, San Juan, Puerto Rico, Tribunal de Primera Instancia Centro con una cabida de cuatrocientos Judicial De San Juan Sala Superior sesenta y siete punto noventa y nueve De San Juan GIOVANNI ROLON metros cuadrados. Colindando por el DIAZ Demandante vs. SOLMARIE Norte con el solar numero cuarenta BURGOS CORDERO Y OTROS del bloque W siete en una distancia de Demandado Civil Num: veintisiete metros; por el Sur con los SJ2024RF00212 (Salón 708 RF) solares numero cuarenta y tres y Sobre: Filiacion Impugnacion De cuarenta y dos del bloque W siete en Presunción De Paternidad Maternidad una distancia de veinticinco punto Luiz I. Burgos Santos, setecientos setenta y siete metros; por el Este con la calle Cervantes en una BURGOSLUCY@YAHOO.COM NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA distancia de veinticuatro punto POR EDICTO A: JASON JUNIOR quinientos metros y por el Oeste con SANCHCEZ ORTEGA El los solares numero cuarenta y cuatro Secretario(a) que suscribe le notifica a y cuarenta y cinco del bloque W Siete usted que el 22 de mayo de 2024, este en una distancia de trece punto Tribunal ha dictado Sentencia, setecientos veintiséis metros. Sobre el Sentencia Parcial o Resolución en descrito solar enclava una casa de este caso, que ha sido debidamente concreto para fines residenciales.” registrada y archivada en autos donde Consta inscrito al folio “61” del tomo podrá usted enterarse detalladamente “382” de Rio Piedras, finca “12,904”, de los términos de la misma. Esta Registro de la Propiedad de San Juan notificación se publicará una sola vez Sección Cuarta.- Número de catastro en un periódico de circulación general 114-030-701-17-00 La Hipoteca en la Isla de Puerto Rico, dentro de objeto de ejecución en el presente los 10 días siguientes a su caso es la siguiente: HIPOTECA en notificación. Y, siendo o garantía de pagaré suscrito bajo la representando usted una parte en el afidávit “5480” a favor de la procedimiento sujeta a los términos COOPERATIVA DE AHORRO Y de la Sentencia, Sentencia Parcial o CRÉDITO LAS PIEDRAS, o a su Resolución, de la cual puede orden, por la suma de $170,000.00, establecerse recurso de revisión o con intereses al 6.75% anual y apelación, dentro del término de 30 vencimiento el 1 de mayo de 2041, días contados a partir de la constituida mediante escritura número publicación por edicto de esta 19, otorgada en Las Piedras, el 30 de notificación, dirijo a usted esta abril de 2011, ante Notario Víctor notificación, que se considerará hecha Martínez Cruz e inscrita al folio 85 en la fecha de la publicación de este del tomo 841 (ágora) de Rio Piedras Edicto. Copia de esta notificación ha Sur, finca número 12904, inscripción sido archivada en los autos de este 6ta., sobre la finca identificada en este 65310679 Estado Libre Asociado de Puerto Rico caso, con fecha de 30 de mayo de Edicto. La Subasta o Subastas serán Tribunal de Primera Instancia Centro 2024. En San Juan, Puerto Rico, a 30 realizadas en la Oficina de Alguaciles, Judicial De Mayaguez Sala Superior de mayo de 2024. Griselda Rodriguez sita en el Tribunal de Primera De Mayaguez COOPERATIVA DE Collado, Secretaria Enid Torres Ruiz, Instancia, Sala de San Juan, localizado en el 876 Avenida Muñoz AHORRO Y CREDITO DE RINCON Secretaria Auxiliar Rivera, Esquina Coll y Toste, San Demandante vs. GABRIEL A Juan, Puerto Rico. El precio mínimo RAMIREZ SOLER Demandado Civil 65310699 Num: MZ2024CV00096 (Salon 103 Estado Libre Asociado de Puerto Rico de este remate con relación a la antes Sala De Investigaciones) Sobre: Tribunal de Primera Instancia Centro descrita finca y la fecha de cada Cobro De Dinero Ordinario Alfredo Judicial De Bayamon Sala Superior subasta serán las siguientes: Velez Lopez De Bayamon OMAYRA ROSA FECHA DE SUBASTA PRECIO ALFEDOVELEZLOPEZ@GMAIL.C ROSA Demandante vs. LUIS JOEL MINIMO PRIMERA SUBASTA 9 NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA NIEVES SANTOS Demandado Civil DE JULIO DE 2024 9:00 AM POR EDICTO A: GABRIEL A. Num: BY2024RF00044 (SALON $170,000.00 SEGUNDA SUBASTA RAMIREZ SOLER El Secretario(a) 4002 FAMILIA Y MENORES) 18 DE JULIO DE 2024 9:00AM que suscribe le notifica a usted que el Sobre: CUSTODIA RELACIONES $113,220.00 TERCERA SUBASTA 3 de junio de 2024, este Tribunal ha ABUELO(A) Y TIO(A) FILIALES 23 DE JULIO DE 2024 9:00AM dictado Sentencia, Sentencia Parcial o JAIME B. GONZALEZ $85,000.00. Se informa a los interesados lo siguiente: Los autos y Resolución en este caso, que ha sido MALDONADO los documentos debidamente registrada y archivada GONZALEZYTORRES@GMAIL.CO todos en autos donde podrá usted enterarse NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA correspondientes al procedimiento detalladamente de los términos de la POR EDICTO A: LUIS JOEL incoado estarán de manifiesto en la misma. Esta notificación se publicara NIEVES SANTOS El Secretario(a) Secretaría del Tribunal durante las una sola vez en un periódico de que suscribe le notifica a usted que el horas laborables. Se entenderá que circulación general en la Isla de 1 de mayo de 2024, este Tribunal ha todo licitador acepta como bastante la Puerto Rico, dentro de los 10 días dictado Sentencia, Sentencia Parcial o titulación que se transmite y que las siguientes a su notificación. Y, siendo Resolución en este caso, que ha sido cargas y gravámenes anteriores y las o representando usted una parte en el debidamente registrada y archivada preferentes, si las hubiere, al crédito ejecutante, continuarán procedimiento sujeta a los términos en autos donde podrá usted enterarse del de la Sentencia, Sentencia Parcial o detalladamente de los términos de la subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda Resolución, de la cual puede misma. Esta notificación se publicara establecerse recurso de revisión o una sola vez en un periódico de subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su apelación, dentro del termino de 30 circulación general en la Isla de días contados a partir de la Puerto Rico, dentro de los 10 días extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en publicación por edicto de esta siguientes a su notificación. Y, siendo notificación, dirijo a usted esta o representando usted una parte en el efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del notificación, que se considerará hecha procedimiento sujeta a los términos en la fecha de la publicación de este de la Sentencia, Sentencia Parcial o Tribunal de Primera Instancia. La Edicto. Copia de esta notificación ha Resolución, de la cual puede finca objeto de la subasta anunciada sido archivada en los autos de este establecerse recurso de revisión o en este Edicto, se encuentra libre de caso, con fecha de 7 de junio de 2024. apelación, dentro del termino de 30 cargas y gravámenes anteriores a la En Mayaguez, Puerto Rico, a 7 de días contados a partir de la hipoteca objeto de ejecución en el junio de 2024. Norma G. Santana publicación por edicto de esta caso de epígrafe. La propiedad Irizarry, Secretaria Guillermina Torres notificación, dirijo a usted esta inmueble a ser ejecutada será Pagan, Secretaria Auxiliar Del notificación, que se considerará hecha adquirida libre de cargas y Tribunal en la fecha de la publicación de este gravámenes posteriores, si alguno. La Edicto. Copia de esta notificación ha sentencia a favor de la parte sido archivada en los autos de este demandante a ser satisfecha mediante 65310687 Estado Libre Asociado de Puerto Rico caso, con fecha de 1 de mayo de las subastas que se anuncian en este Tribunal de Primera Instancia Centro 2024. En Bayamon, Puerto Rico, a 1 edicto, es la dictada y notificada el 13 Judicial De Guayama Sala Superior de mayo de 2024. Laura I. Santa de octubre de 2022 en el caso de de Guayama SANTOS LOZADA Sanchez, Secretaria Nitza Resto epígrafe. Dicha sentencia condenó a RUIZ Demandante vs. CRUZ Rodriguez, Secretaria Auxiliar Del la parte demandada a pagar a favor del demandante las siguientes MARIA MORALES LUGO Tribunal cantidades: la suma en el agregado de Demandado Civil Num: $324,565.59, la cual se desglosa de la PA2024RF00006 (Sala 302) Sobre: 65310656 Divorcio Ruptura Irreparable Ivan L. Estado Libre Asociado De Puerto siguiente manera: (1) $166,639.87 por de principal, (2) Torres Rodriguez Rico Tribunal De Primera Instancia concepto IVANTORRES.ABOGADO@HOTMA Sala Superior De San Juan $133,042.13 en concepto de intereses, NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA COOPERATIVA DE AHORRO Y los cuales continúan acumulándose a razón de $31.24 diarios, (3) $7,883.59 POR EDICTO A: CRUZ MARIA CREDITO LAS PIEDRAS por concepto de recargos y (4) MORALES LUGO El Secretario(a) Demandantes vs. FRIDA $17,000 estipulados para costas, que suscribe le notifica a usted que el MARCHOSKY KOGAN gastos y honorarios de abogado, 5 de junio de 2024, este Tribunal ha Demandados Civil Núm. según pactados en el pagaré dictado Sentencia, Sentencia Parcial o SJ2018CV03674 (508) Sobre: Resolución en este caso, que ha sido Ejecución De Hipoteca Por La Via hipotecario. Y, para conocimiento de debidamente registrada y archivada Ordinaria EDICTO DE SUBASTA licitadores, del público en general, y en autos donde podrá usted enterarse Estados Unidos De América El para su publicación de acuerdo con la detalladamente de los términos de la Presidente De Los Estados Unidos De ley en un periódico de circulación misma. Esta notificación se publicara América El Estado Libre Asociado De general de la isla de Puerto Rico y en una sola vez en un periódico de Puerto Rico Yo, Alguacil del Tribunal tres sitios públicos del Municipio en circulación general en la Isla de de Primera Instancia, Sala de San que ha de celebrarse la venta, tales Puerto Rico, dentro de los 10 días Juan, CERTIFICO Y HAGO SABER como la Alcaldía, el Tribunal y la siguientes a su notificación. Y, siendo al público en general, que, en Colecturía, y para su notificación vía o representando usted una parte en el cumplimiento de un Mandamiento de correo certificado con acuse de recibo procedimiento sujeta a los términos Ejecución de Sentencia fechado de 10 a la última dirección conocida de la de la Sentencia, Sentencia Parcial o de mayo de 2024, que me ha sido parte demandada, expido el presente Resolución, de la cual puede dirigido por la Secretaria de este edicto bajo mi firma. En San Juan, establecerse recurso de revisión o Tribunal de Primera Instancia, en el Puerto Rico, hoy día 5 de junio de apelación, dentro del termino de 30 caso arriba indicado, venderé, en la 2024. Edwin E. Lopez Mulero, días contados a partir de la fecha o fechas que más adelante se Alguacil Auxiliar Tribunal De publicación por edicto de esta indican, en pública subasta al mejor Primera Instancia Sala De San Juan notificación, dirijo a usted esta postor y en moneda legal de los notificación, que se considerará hecha Estados Unidos de América, todo en la fecha de la publicación de este derecho, título e interés que tenga la Edicto. Copia de esta notificación ha parte demandada en el inmueble que sido archivada en los autos de este se describe a continuación: Dirección caso, con fecha de 7 de junio de 2024. Física: Urb Vilas El Señorial Calle En Guayama, Puerto Rico, a 7 de Laderas de Palma Real W741 Rio junio de 2024. Marisol Rosado Piedras, Puerto Rico Descripción ante Rodriguez, Secretaria Glorivee Garcia el Registro de la Propiedad Gonzalez, Secretaria Auxiliar Del Inmobiliaria de Puerto Rico: Tribunal “URBANA: Solar marcado con el numero cuarenta y uno del bloque W Siete de la Urbanización El Señorial II, localizada en el Barrio Cupey de Rio Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida de cuatrocientos sesenta y siete punto noventa y nueve metros cuadrados. Colindando por el Norte con el solar numero cuarenta


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