

DEL CFMC NOTICIAS
ABRIL 2025

En el boletín del Consejo de Administración Pesquera del Caribe (CFMC, en inglés) encontrarás anuncios de actividades, datos sobre distintas especies marinas y valiosa información sobre la pesca y las regulaciones que rigen esta actividad en las aguas federales alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes Estadounidenses.
RESUMEN DE LAS REGULACIONES DE PESCA RESUMEN DE LAS REGULACIONES DE PESCA
EN LAS AGUAS FEDERALES DE LAS ISLAS VÍRGENES ESTADOUNIDENSES EN LAS AGUAS FEDERALES DE LAS ISLAS VÍRGENES ESTADOUNIDENSES
El Consejo de Administración Pesquera del Caribe (CFMC) y el Servicio Nacional de Pesca Marina (NOAA Fisheries) son responsables de la conservación y el manejo de los recursos pesqueros federales en la Zona
Económica Exclusiva (ZEE) del Caribe estadounidense, que se extiende 3 millas náuticas desde la costa de las Islas Vírgenes Estadounidenses (USVI) hasta el límite mar afuera de la ZEE, y 9 millas náuticas desde la costa de Puerto Rico hasta el límite mar afuera de la ZEE
El CFMC cambió de un enfoque de manejo para todo el Caribe estadounidense a uno insular, aplicable a las tres áreas de manejo independientes del Caribe estadounidense: (1) St. Croix, USVI; (2) St. Thomas/St. John, USVI; y (3) Puerto Rico, con la adopción de tres planes de manejo pesquero (FMP, en inglés).
Anteriormente, el CFMC manejaba las pesquerías federales en la ZEE del Caribe estadounidense bajo cuatro FMPs para todo el Caribe estadounidense: el FMP para los peces de arrecife, el FMP para la langosta espinosa, el FMP para el carrucho y el FMP para los corales, las plantas y los invertebrados asociados a arrecifes.

La implementación de los FMPs basados en isla permite al Consejo manejar las poblaciones de peces en las aguas federales que rodean cada área de manejo, los mercados disponibles para la pesca capturada en esas aguas, las economías de los pescadores y las comunidades pesqueras que representan, y los atributos sociales y culturales exclusivos de cada isla.
A continuación, presentamos un resumen de las regulaciones actuales incluidas en los FMPs para St. Croix y para St. Thomas/St. John. En una próxima edición, presentaremos las regulaciones incluidas en el FMP para Puerto Rico. También hemos diseñado una hoja aparte que puede ser impresa y estar lista para su uso cuando se está pescando.
Cierres de temporada y por área
Las vedas de temporada y por área son herramientas de manejo que limitan las actividades pesqueras durante un período determinado o en una zona específicacon el propósito de proteger las poblaciones de peces, sus hábitats o las zonas de desove. A continuación, se presentan las vedas de temporada y por área aplicables a las aguas federales de las Islas Vírgenes Estadounidenses (USVI).
VEDAS DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST. CROIX
VEDAS DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST. CROIX
1. Área de agregación de desove del mero cabrilla (Lang Bank): Cerrada desde el 1 de diciembre hasta el último día de febrero de cada año. El uso de nasas, trampas, palangres, mallorquines y trasmallos está prohibido durante todo el año
2. Área de agregación de desove de la sama: Cerrada a todo tipo de pesca desde el 1ero de marzo hasta el 30 de ero junio de cada año. El uso de nasas, trampas, palangres, mallorquines y trasmallos está prohibido durante todo el año.


VEDAS DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST. THOMAS
VEDAS DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST. THOMAS
1. Distrito de Conservación Marina (MDC, en inglés) de Hind Bank: Cerrado todo el año a toda actividad pesquera. Se prohíbe el anclaje durante todo el año.
2. Banco de Grammanik: Cerrado desde el 1ero de febrero hasta el 30 de abril de cada año, a toda actividad pesquera, excepto la captura de especies altamente migratorias (HMS, en inglés). El uso de nasas, trampas, palangres, mallorquines y trasmallos está prohibido durante todo el año.

Restricciones de artes de pesca y métodos
No todas las artes o métodos están permitidos para la pesca. Hay restricciones que están establecidas para proteger las poblaciones de peces y sus hábitats. Lee la tabla a continuación para que puedas familiarizarte con las artes y métodos que están prohibidos, y las maneras en que las especies deben ser desembarcadas
Aplicable a todas las pesquerías
Los explosivos, los trasmallos, los mallorquines y los chinchorros están prohibidos en las aguas federales.
Los químicos tóxicos no deben ser usados ni poseídos en áreas de corales.
Los trasmallos** están prohibidos para todas las especies manejadas y restringidos para las espeies no manejadas.
Aplicable a pesquerías específicas manejadas por el Consejo de Administración Pesquera del Caribe
Peces de arrecife
Peces pelágicos
El uso de ‘powerheads’ y trasmallos está prohibido para la captura de peces de arrcife en aguas federales Los peces deben ser desembarcado con la cabeza y las aletas intactas.* Se requiere que los dispositivos de descenso estén disponibles y listos para usarse en las embarcaciones que pescan peces de arrecife en aguas federales
Los trasmallos están prohibidos para la captura de peces pelágicos en aguas federales. Los peces deben ser desembarcados con su cabeza y sus aletas intactas *
Langosta espinosa
Los arpones, los anzuelos o dispositivos similar, y los trasmallos están prohibidos para la captura de la langosta en aguas federales La langosta espinosa debe ser desembarcada con su cabeza y su carapacho intactos La pesca de hembras con huevas está prohibida en aguas federales.
La captura por medio del buceo mientras se utiliza un suplido continuo de aire proveniente de la superficie está prohibida en aguas federales El carrucho debe ser desembarcado con la carne y la concha intactas.
Carrucho

Vedas de temporada para especies específicas
Los cierres de temporada para especies específicas son una herramienta para proteger las especies durante su periodo de desove (reproducción). Pescar las siguientes especies está prohibido en aguas federales alrededor de las USVI durante las fechas presentadas a continuación.
VEDAS DE TEMPORADA PARA ESPECIES ESPECÍFICAS
VEDAS DE TEMPORADA PARA ESPECIES ESPECÍFICAS
La captura de estas especies está prohibida en aguas federales alrededor de las USVI durante las fechas que se presentan a continuación.

1 de abril - 30 de junio
1 de febrero - 30 de abril
Mero rojo o Cherna americana




1 de junio - 31 de octubre

Guajil prieto


Mero tigre
Mero de aleta amarilla
Sama
Arrayao
1 de octubre - 31 de diciembre

Chopa
negra
Guasa amarilla*
Carrucho–se permite su captura al este de la longitud 64°34’ Oeste, lo cual incluye Lang Bank, St. Croix.



*La prohibición para la guasa amarilla no aplica en aguas federales alrededor de St. Croix.
Alinegra
Besugo
Chillo ojo amarillo
Captura prohibida
Pescar las siguientes especies en aguas federales del Caribe estadounidense está prohibido durante todo el año. Si alguna de estas especies es capturada en aguas federales, debe ser regresada al agua inmediatamente, con el mínimo daño posible.

Si alguna de estas especies es capturada en aguas federales, debe ser regresada al agua inmediatamente, con el mínimo daño posible.


Loro guacamayo

Carrucho - se permite su captura al este de la longitud 64°34’ Oeste.



Pescar cualquier tipo de coral, erizos, y pepinos de mar está prohibido en las aguas federales del Caribe estadounidense.
Loro judío
CAPTURA PROHIBIDA CAPTURA PROHIBIDA
Loro azul
Mero batata
Límites de captura para el carrucho
Queen Conch Fishery Management Area Map


AGUAS FEDERALES
Zona Económica Exclusiva (ZEE) 3-200 millas náuticas
St. Thomas/St. John, USVI
Oeste de la longitud 64°34ʹ O en St. Croix, USVI

Pescar carrucho está prohibido todo el año.
AGUAS FEDERALES / EEZ
Este de la longitud 64°34ʹ O en St. Croix, USVI

Pescar carrucho está prohibido durante 1 de junio - 31 octubre.
NOTA: La temporada de pesca finaliza al alcanzar la cuota de 50,000 libras Los pescadores comerciales pueden capturar hasta 200 carruchos por embarcación al día, y los pescadores recreativos pueden capturar 3 carruchos por persona al día, o si hay más de 4 personas a bordo, 12 carruchos por embarcación al día.
AGUAS LOCALES - USVI
St Thomas/St John y St Croix, USVI (0-3 millas náuticas)

Pescar carrucho está prohibido durante 1 de junio - 31 octubre.
Tamaños mínimos en las aguas federales de USVI
Ten en cuenta que, además de cierres y límites de captura, algunas especies tiene límites de tamaño mínimo para la captura y/o posesión de los mismos. Es importante respetar los límites de tamaño, de forma tal que las especies tengan la oportunidad de crecer y alcanzar sus etapas adultas.
CÓMO MEDIR EL TAMAÑO MÍNIMO PARA EL CARRUCHO
CÓMO MEDIR EL TAMAÑO MÍNIMO PARA EL CARRUCHO
espiral

9 pulgadas de largo de concha
de la longitud 64°34ʹ O en St. Croix, USVI)
3/8 pulgada de ancho de labio
extremo distal Carrucho
9 pulgadas (22.9 cm) de largo desde la puntal del espiral hasta el extremo distal de la concha, o 3/8 pulgada (9 5 mm) en el grosor del labio desde su punto más ancho.
LÍMITES DE TAMAÑO MÍNIMO EN LAS AGUAS FEDERALES DE LAS USVI
Langosta espinosa
Colirrubia
Loro manchado**

3.5 pulgadas (8.9 cm) largo de carapacho
12 pulgadas (30.5 cm ) largo total
8 pulgadas (20.3 cm) largo de horquilla
Loros cotorro, princesa, colirrojo, verde y listado **
Dorado
Peto
9 pulgadas (22.9 cm) largo de horquilla
24 pulgadas (61.0 cm) largo de horquilla
32 pulgadas (81.3 cm) largo de horquilla
**Los límites de tamaño para los peces loro solamente aplican en las aguas de la ZEE de St. Croix.
CÓMO MEDIR LOS TAMAÑOS MÍNIMOS
CÓMO MEDIR LOS TAMAÑOS MÍNIMOS

largo de horquilla
largo total largo de carapacho

Límites para la captura recreativa
La langosta espinosa, los peces de arrecife y los peces pelágicos manejados por el CFMC tienen límites de captura aplicables al sector recreativo. La siguiente tabla muestra los límites de captura que solamente aplican a las especies que están dentro de estos grupos manejados por el CFMC.
Cantidad permitida: Especies
Por persona/día
5 peces por persona/día
pargos, meros, loros combinados
St. Croix
peces ángel, roncos, pez gallo, cirujanos, pejepuercos combinado
St. Thomas/St. John peces ángel, roncos, jureles, plumas, cirujanos, pejepuercos, lábridos combinado
langosta espinosa dorado peto
Por embarcación/día
O si 3 o más personas están a bordo, 15 peces por embarcación/día
No exceder: 2 loros por persona/día o 6 loros por embarcación/día
5 peces por persona/día
O si 3 o más personas están a bordo, 15 peces por embarcación/día
No exceder: 1 cirujano por persona/día o 4 cirujanos por embarcación/día.
5 peces por persona/día
si 3 o más personas están a bordo, 15 peces por embarcación/día
No exceder: 1 cirujano por persona/día o 4 cirujanos por embarcación /día
3 peces por persona/día
10 peces por persona/día
2 peces por persona/día
No más de 10 langostas espinosas por embarcación/día
No exceder 32 por embarcación/día
No exceder 10 por embarcación/día
Esta publicación se preparó únicamente con fines informativos generales y carece de validez legal Las regulaciones de pesca están sujetas a cambios Para obtener información adicional y actualizada sobre las regulaciones, visite https://www fisheries noaa gov/southeast/sustainablefisheries/sustainable-fisheries-caribbean Escrito por: Sarah Stephenson (NOAA Fisheries), María del M López Mercer (NOAA Fisheries), Cristina D Olán Martínez (CFMC staff) | Ilustraciones de: Puerto Rico Sea Grant (loro azul, judío y guacamayo; meros rojo, guasa amarilla y batata; carrucho), D Peebles, D Raver, NOAA, N (meros negro, tigre, guajil de aleta amarilla y cherna; arrayao, chopa negra, besugo, chillo, colirrubia, y langosta espinosa) | Diseño gráfico por: Rosana López Muñoz (Rosana Studio) | Revisado por: Miguel Rolón (Director Ejecutivo del CFMC), Diana Martino (CFMC staff) y Jannette Ramos García (Presidenta del OEAP)
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www.caribbean

AGUAS FEDERALES DE LAS ISLAS VÍRGENES ESTADOUNIDENSES (USVI)


El Consejo de Administración Pesquera del Caribe y el Servicio Nacional de Pesquerías Marinas son responsables de la conservación y el manejo de los recursos pesqueros federales en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) del Caribe estadounidense, que se extiende 3 millas náuticas desde la costa de las Islas Vírgenes Estadounidenses hasta el límite marítimo de la ZEE Para obtener información sobre las regulaciones para las especies altamente migratorias del Atlántico, como atunes, peces de pico y tiburones, visite: https://www fisheries noaa gov/topic/atlantic-highly-migratory-species


CIERRES DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST CROIX
CIERRES DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST CROIX
1 Área de agregación de desove del mero cabrilla (Lang Bank): Cerrada desde el 1ero de diciembre hasta el último día de febrero de cada año. El uso de nasas, trampas, palangres, mallorquines y trasmallos está prohibido durante todo el año
2 Área de agregación de desove de la sama: a todo tipo de pesca desde el 1ero de marzo hasta el 30 de junio de cada año El uso de nasas, trampas, palangres, mallorquines y trasmallos está prohibido durante todo el año
CIERRES DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST THOMAS
CIERRES DE TEMPORADA Y POR ÁREA EN ST THOMAS
1 Distrito de Conservación Marina (MDC, en inglés) de Hind Bank: Cerrado todo el año a toda actividad pesquera. Se prohíbe el anclaje durante todo el año.
2. Banco de Grammanik: Cerrado desde el 1ero de febrero hasta el 30 de abril de cada año, a toda actividad pesquera, excepto la captura de especies altamente migratorias (HMS, en inglés) El uso de nasas, trampas, palangres, mallorquines y trasmallos está prohibido durante todo el año
Aplicables a todas las pesquerías Aplicable a pesquerías específicas manejadas por el Consejo de Administración Pesquera del Caribe
Losexplosivos,lostrasmallos,los mallorquinesyloschinchorrosestán prohibidosenlasaguasfederales
Losquímicostóxicosnodebenser usadosniposeídosenáreasdecorales.
Lostrasmallos**estánprohibidospara todaslasespeciesmanejadasyrestringidos paralasespeiesnomanejadas
Peces de arrecife
Peces pelágicos
Langosta espinosa
Venenos, drogas u otros químicos, ‘powerheads’, y trasmallos gestán prohibidos para la pesca de peces de arrecife en aguas federales Los peces deben ser desembarcados con la cabeza y las aletas intactas * Se requiere que haya un dispositivo de descenso disponible y listo para usarse en las embarcaciones que pescan peces de arrecifes en aguas federales
Los trasmallos están prohibidos para la captura de peces pelágicos en aguas federales Los peces deben ser desembarcados con su cabeza y sus aletas intactas *
Los arpones, los anzuelos o dispositivos similares, y los trasmallos están prohibidos para la captura de la langosta en aguas federales La langosta espinosa debe ser desembarcada con su cabeza y su carapacho intactos La pesca de hembras con huevas está prohibida en aguas federales
La captura por medio del buceo mientras se utiliza un suplido continuo de aire proveniente de la superficie está prohibida en aguas federales El carrucho debe ser desembarcado con la carne y la concha intactas
Carrucho

VEDAS DE TEMPORADA PARA ESPECIES ESPECÍFICAS
VEDAS DE TEMPORADA PARA ESPECIES ESPECÍFICAS
La captura de estas especies está prohibida en aguas federales alrededor de las USVI durante las fechas que se presentan a continuación

1 de febrero - 30 de abril
Mero rojo o cherna americana

Guajil prieto


Mero de aleta amarilla ero tigre
1 de abril - 30 de junio


Sama Arrayao
1 de octubre - 31 de diciembre

Chopa negra

largo de carapacho

largo de horquilla largo total
Langosta espinosa 3 5 pulgadas (8 9 cm) largo de carapacho
Colirrubia
12 pulgadas (30 5 cm ) largo total
Loro manchado** 8 pulgadas (20 3 cm) largo de horquilla
Loros cotorro, princesa, colirrojo, verde y listado ** 9 pulgadas (22 9 cm) largo de horquilla
Dorado 24 pulgadas (61 0 cm) largo de horquilla
Peto 32 pulgadas (81 3 cm) largo de horquilla

Guasa amarilla*
1 de junio - 31 de octubre

Carrucho–se permite su captura al este de la longitud 64°34’ Oeste, lo cual incluye Lang Bank, St Croix

Alinegra

Besugo

Chillo ojo amarillo
*La prohibición para la guasa amarilla no aplica en or de St. Croix.
CAPTURA PROHIBIDA CAPTURA PROHIBIDA
Si alguna de estas especies es capturada en aguas federales, debe ser regresada al agua inmediatamente, con el mínimo daño posible.

Loro judío



Loro azul

Carrucho – se permite su captura al este de la longitud 64°34’ Oeste

9 pulgadas de largo de concha
⅜pulgadade grosordelabio
extremodistal
Carrucho
9 pulgadas (22 9 cm) de largo desde la puntal del espiral hasta el extremo distal de la concha, o 3/8 pulgada (9 5 mm) en el grosor del labio desde su punto más ancho
Especies
pargos, meros, loros combinados
Loro guacamayo

Mero batata
Mero cherna
Pescar cualquier tipo de coral, erizos, y pepinos de mar está prohibido en las aguas federales del Caribe estadounidense
St. Croix peces ángel, roncos, pez gallo, cirujanos, pejepuercos combinado
St. Thomas/St. John apeces ángel, roncos, jureles, plumas, cirujanos, pejepuercos, lábridos combinado
langosta espinosa
Cantidad permitida:
Por persona/día Por embarcación/día
5 peces por persona/día
O si 3 o más personas están a bordo, 15 peces por embarcación/día
No exceder: 2 loros por persona/día o 6 loros por embarcación/día
5 peces por persona/día
O si 3 o más personas están a bordo, 15 peces por embarcación/día
No exceder: 1 cirujano por persona/día o 4 cirujanos por embarcación/día
5 peces por persona/día
si 3 o más personas están a bordo, 15 peces por embarcación/día
No exceder: 1 cirujano por persona/día o 4 cirujanos por embarcación /día
No más de 10 langostas espinosas por embarcación/día
LÍMITES DE CAPTURA PARA EL CARRUCHO
LÍMITES DE CAPTURA PARA EL CARRUCHO
Sector comercial - 200 carruchos por embarcación/día
Sector recreativo - 3 carruchos por persona/día, o si hay más de 4 personas a bordo de la embarcación, 12 carruchos por embarcación/día

Las ilustraciones de los loros judío, azul y guacamayo, los meros guasa amarilla y batata y el carrucho fueron provistas por: Puerto Rico Sea Grant

dorado
10 por persona/día
2 por persona/día
peto 3 por persona/día
No exceder 32 por embarcación/día
No exceder 10 por embarcación/día
espiral
**Los límites de tamaño de lo loros solo se aplican a las aguas de la ZEE de St Croix
Las ilustraciones de los meros guajil prieto, guajil de aleta amarilla, tigre y cherna, el arrayao, el mero tigre, el guajil de aleta amarilla, la chopa negra, el arrayao, el besugo, el chillo, la colirrubia y la langosta espinosa son de la autoría de: D Peebles,D Raver,NOAA,N Deloach