BOLETÍN JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD NÚMERO 33 SEPTIEMBRE 2023
TABLA DE
contenido PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS • BURÓ DE ENTIDADES FINANCIERAS. • REPOSITORIO DE INFORMACIÓN LABORAL. PÁGINA 5 NORMATIVIDAD • L INEAMIENTOS PARA INFORMAR DE LA OCURRENCIA DE INCIDENTES Y ACCIDENTES A LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS (ASEA). • V ERIFICACIÓN DE CONDICIONES FÍSICO-MECÁNICAS PARA TERMINACIÓN DE PLACAS 1 Ó 2. • N ORMA GENERAL DE CARÁCTER TÉCNICO PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE GRÚAS EN SU CLASIFICACIÓN DE ARRASTRE Y ARRASTRE Y SALVAMENTO DEL ESTADO DE JALISCO. • N ORMA OFICIAL MEXICANA NOM-034-SCT2/SEDATU-2022, SEÑALIZACIÓN Y DISPOSITIVOS VIALES PARA CALLES Y CARRETERAS. • C OMENTARIOS A LOS LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DE ARRASTRE, DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DE DEPÓSITO DE VEHÍCULOS. • R EUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DEL SUBCOMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE SEÑALAMIENTO Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD VIAL. • M ONITOREO DE LA CONAMER. • L INEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL. PÁGINA 17 SEGURIDAD • I NCIDENCIA DELICTIVA. • V EHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. • A PLICACIÓN MÓVIL GN REPORTA. PÁGINA 21 ADUANAS • E STABILIZACIÓN AL SISTEMA ELCETRÓNICO DE ADUANAS – ANAM. • C IERRE TEMPORAL PUENTE INTERNACIONAL LAS AMÉRICAS (BOTA). • G AFETE ELECTRÓNICO DE IDENTIFICACIÓN EN LA ADUANA DE ALTAMIRA. • A MPLIACIÓN DE HORARIOS “SECCIÓN SAN JERÓNIMO”. • G AFETES ELECTRÓNICOS DE IDENTIFICACIÓN DE ADUANAS. • H ORARIOS “ADUANA CD. JUÁREZ”. PÁGINA 24 ENLACE LEGISLATIVO • I NICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. • P UNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNÍON. PÁGINA 29 TEMAS DE INTERÉS • C OMPLEMENTO CARTA PORTE VERSIÓN 3.0. PÁGINA 30 ¿SABÍAS QUÉ?
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ASPECTOS JURÍDICOS BURÓ DE ENTIDADES FINANCIERAS.
E
s una herramienta de consulta y difusión, con ella se podrán conocer los productos que ofrecen las entidades financieras, sus comisiones y tasas, las reclamaciones de los usuarios, las prácticas no sanas en que incurren, las sanciones administrativas que les han impuesto, las cláusulas abusivas de sus contratos y otra información que resulte relevante para informar sobre su desempeño.
Con el Buró de Entidades Financieras, se logrará saber quién es quién en bancos, seguros, sociedades financieras de objeto múltiple, cajas de ahorro, afores, entre otras entidades. Con ello, se podrá comparar y evaluar a las entidades financieras, sus productos y servicios y tendrás mayores elementos para elegir lo que más convenga. Esta información será útil para elegir un producto financiero y también para conocer y usar mejor los que ya se tienen.
Este Buró de Entidades Financieras, es una herramienta que puede contribuir al crecimiento económico del país, al promover la competencia entre las instituciones financieras; que impulsará la transparencia al revelar información a los usuarios sobre el desempeño de éstas y los productos que ofrecen y que va a facilitar un manejo responsable de los productos y servicios financieros al conocer a detalle sus características. Lo anterior, podrá derivar en un mayor bienestar social, porque al conjuntar en un solo espacio tan diversa información del sistema financiero, el usuario tendrá más elementos para optimizar su presupuesto, para mejorar sus finanzas personales, para utilizar correctamente los créditos que fortalecerán su economía y obtener los seguros que la protejan, entre otros aspectos. Guía de usuario: http://www.buro.gob.mx/doctos/Guia_usuario_buro.pdf www.canacar.com.mx P-1
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REPOSITORIO DE INFORMACIÓN LABORAL.
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l 24 febrero de 2017 se llevó a cabo la reforma constitucional de mayor trascendencia en materia laboral de las últimas décadas en México. Esta reforma al artículo 123, Apartado A, eleva por vez primera a rango constitucional a la negociación colectiva, establece garantías en materia de libertad y democracia sindical y pone en el centro de las decisiones sobre la vida sindical a la persona trabajadora. Con este objetivo, en esta reforma, se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que entró en funciones en noviembre de 2020 con la facultad, entre muchas otras, de ser la autoridad encargada de la función registral en materia laboral a nivel nacional. En cumplimiento a sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública, el CFCRL, como autoridad registral, pone a disposición de las personas trabajadoras, organizaciones sindicales, personas empleadoras, personas interesadas en el tema y público en general el Repositorio Público del Registro Laboral. Se trata de una herramienta digital única en su tipo, con toda la documentación actual e histórica de diversos trámites registrales del sector sindical del país. Representa un ejercicio de transparencia inédito en el mundo del trabajo, porque permite el acceso de los datos de las organizaciones gremiales a cualquier persona. En un ejercicio inédito de transparencia y acceso a la información, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), presentaron el Repositorio de Información Laboral, herramienta digital única que concentra la documentación histórica y actual de los tramites registrales del sector sindical del país. El Repositorio contiene la digitalización de todos los expedientes registrales que fueron transferidos en el 2020 al CFCRL. Mediante la cooperación del Departamento del Trabajo de Estados Unidos, especialistas e investigadores, se dio forma a una herramienta digital que facilita la búsqueda, la localización y el acceso a estos documentos, que incluyen: Tomas de Nota, CCT, Reglamentos Interiores y otros trámites realizados por las diversas organizaciones de trabajadores en todo el país. ¿Qué información encontrarás en este repositorio? En este repositorio podrás consultar la información de más de 600 mil objetos del ámbito laboral, entre ellos, antecedentes y trámites de organizaciones sindicales registradas ante una autoridad laboral previa a la reforma laboral o ante el CFCRL. www.canacar.com.mx P-2
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Todas las consultas que se pueden hacer corresponden a información registral en materia laboral transferida al CFCRL por las anteriores autoridades registrales o generada por el propio CFCRL. Lo que se encuentra en el repositorio es: • E xpedientes del Registro de Asociaciones (RAS), federaciones y confede-
raciones, los trámites que realizan o han realizado y sus principales documentos digitales. • E xpedientes de los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) que los sindicatos firman o han firmado con los patrones y que han sido registrados o legitimados, sus tabuladores salariales, sus actualizaciones y sus documentos digitales. • E xpedientes de los Reglamentos Interiores de trabajo (RIT) formulados por las comisiones mixtas y que son registrados por parte de las personas trabajadoras o empleadoras. ¿Qué pasa con la información de los registros anteriores a la entrada en funciones del CFCRL? Los registros sindicales que se encontraban resguardados físicamente en las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje de cada Estado, en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y en la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) conservan su validez jurídica. A efectos de ser transferidos a la nueva autoridad registral y que ésta pudiera dar certeza jurídica a sus actos, las autoridades de origen digitalizaron y catalogaron estos expedientes, para conformar la base de Información de Antecedentes Registrales. Esta información de antecedentes está disponible en el Repositorio Público del Registro Laboral. ¿Quién administra y alimenta el repositorio? El CFCRL, es la entidad encargada de administrar y gestionar la publicación de datos y documentos en el repositorio, que se alimentó con información de distinta procedencia, especialmente con: • L a información histórica y los expedientes digitalizados de las Juntas Lo-
cales de Conciliación y Arbitraje, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y la Dirección General de Registro de Asociaciones de la STPS, cuyos expedientes ahora son accesibles a través de este repositorio. • L a información y expedientes de los trámites de registro de asociaciones y contratos, así como de legitimación, que han realizado las diferentes asociaciones ante el CFCRL a partir de su entrada en funciones a fines de 2020. ¿Qué se debe tomar en cuenta al consultar el repositorio? Para entender cómo funcionan los métodos de búsqueda del repositorio (algoritmos de búsqueda), es necesario entender qué son los metadatos. Cada uno de los objetos o elementos que se incorporan a este repositorio deben contar con una serie de información descriptiva de su procedencia y de sus principales características. A esta información se le denomina metadatos del elemento. Ejemplo: le pedimos a un grupo de personas que describan las características de una silla: amplia, de madera, estilo nórdico, etc. Estas características son los metadatos de la silla. Ahora, ¿cómo busca el repositorio? A partir de la o las palabras clave que colocas para realizar una búsqueda, el algoritmo encuentra entre los metadatos de los objetos las palabras que coincidan al cien por ciento o que sean lo más parecidas posibles a ellas. A esto se le llama búsquedas de proximidad y es muy utilizada www.canacar.com.mx P-3
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hoy en todos los buscadores de internet, por lo cual seguramente resultará bastante familiar. Es importante considerar que los metadatos fueron registrados por distintas autoridades en el país de diferente manera (diferencias en como escribir los nombres, uso de abreviaturas, comillas, puntuación, ortografía, etc.). En el ejemplo, una persona puede describir el color de una silla como “café claro” y otro la puede describir como “caoba”. Esto puede repercutir en que la búsqueda no sea exacta o que aparezcan resultados que no necesariamente coinciden con el objetivo de búsqueda o que reflejen los resultados esperados. Del mismo modo, las autoridades de origen no necesariamente relacionaron el registro de los diferentes elementos, por ejemplo, los expedientes de asociaciones con sus correspondientes expedientes de contratos colectivos, de modo que estos elementos no están ligados de origen. Es así como, para mejorar la experiencia del usuario, se ha procurado que el repositorio recupere la información más aproximada al momento de realizar las búsquedas o establecer las relaciones entre los diferentes elementos (ver imagen). Esto permite, por ejemplo, identificar con cierto grado de certeza los expedientes de contratos que ha celebrado una asociación, o identificar otros expedientes de contratos colectivos, con nombres muy similares, que pudieran resultar de interés para tu búsqueda.
BIENVENIDO AL REPOSITORIO DE INFORMACIÓN DEL REGISTRO LABORAL. Consulta los registros de asociaciones sindicales (tomas de nota, directivas y padrones), contratos colectivos de trabajo (vigentes e históricos), Reglamentos Interiores de Trabajo y otros trámites relacionados. https://repositorio.centrolaboral.gob.mx/
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NORMATIVIDAD LINEAMIENTOS PARA INFORMAR DE LA OCURRENCIA DE INCIDENTES Y ACCIDENTES A LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS (ASEA).
L
a Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 15 de septiembre de 2023, el siguiente: Acuerdo por el que se modifican, adicionan y derogan diversos artículos de las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para informar la ocurrencia de incidentes y accidentes a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).
Para el sector del transporte de Hidrocarburos por medios distintos a ductos (semirremolque), es aplicable en forma directa lo siguiente: • Artículo 7. El Sistema de Información de Incidentes y Accidentes (SIIA)
será el medio preponderante a través del cual los Regulados informarán sobre la ocurrencia, el desarrollo, el control y cierre o conclusión de los Incidentes y Accidentes, conforme a lo previsto en los presentes lineamientos. • A rtículo 11. Una vez que se encuentre disponible el SIIA para el reporte, seguimiento y gestión de Incidentes /Accidentes, permanecerá habilitada la cuenta de correo electrónico reportes@asea.gob.mx, el tiempo que determine la Agencia, para el envío de los informes y avisos a los que se refieren los presentes Lineamientos mediante los formatos correspondientes. En caso de presentarse problemas en el SIIA o en el correo electrónico los Regulados podrán ingresar de forma presencial los reportes a los que refieren los presentes lineamientos. • A rtículo 14 Sexies. Tratándose de Eventos suscitados en el Transporte distinto a Ducto (semirremolque), los Regulados deberán indicar el origen y destino del producto derramado, anexando copia simple de la Carta Porte correspondiente. • E n tanto no esté disponible el SIIA, el Regulado deberá proporcionar a través del correo electrónico reportes@asea.gob.mx los informes y avisos a los que se refieren los presentes Lineamientos mediante los formatos correspondientes, disponibles en la página oficial de la Agencia (www.gob. mx/asea) en donde podrán ser consultados y descargados. El presente Acuerdo entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; el documento completo se puede consultar en la dirección electrónica: www.dof.gob.mx.
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VERIFICACIÓN DE CONDICIONES FÍSICO-MECÁNICAS PARA TERMINACIÓN DE PLACAS 1ó 2.
E
n seguimiento a la Circular 001/2023, se les recuerda que, en el mes de octubre de 2023, termina el plazo para la verificación anual de las unidades con terminaciones de placas 1 o 2, recordándoles que el número que aplica es el que se muestra subrayado en los siguientes ejemplos: 651-A A-3 58-A A- 1C 04 -A A- 0 1 Los vehículos nuevos quedarán exentos de efectuar su verificación de condiciones físico–mecánica por un período de 2 años, contados a partir de la fecha de fabricación del vehículo siempre que se utilicen en configuración vehicular Camión Unitario (C), Camión Remolque (C-R), Tractocamión articulado (T-S). Para el caso que utilicen unidades en configuraciones doblemente articuladas (T – S – R, T –S – S), tienen que cumplir con la disposición que se señala en el numeral 6.1.2.2.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2017, relativa al peso y dimensiones. A f in de evitar la imposición de inf racciones y retiro de la circulación de unidades, es necesario efectuar la verif icación en los plazos que le corresponde. Nota: Para realizar la verif icación, deberá presentar el dictamen del período anterior. NORMA GENERAL DE CARÁCTER TÉCNICO PARA LA OPERACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE GRÚAS EN SU CLASIFICACIÓN DE ARRASTRE Y ARRASTRE Y SALVAMENTO DEL ESTADO DE JALISCO.
E
l Gobierno del Estado de Jalisco publicó en su periódico oficial de fecha 23 de septiembre de 2023, “La Norma general de carácter técnico para la operación del servicio de transporte público de grúas en su clasificación de arrastre y arrastre y salvamento del Estado de Jalisco”.
Cuyo objeto es el establecer los criterios, condiciones y características técnicas y de seguridad a las que deberán sujetarse las personas prestadoras del servicio de transporte público de grúas en su clasificación de arrastre y arrastre y salvamento, para ofrecer dichos servicios con calidad y seguridad para las personas usuarias y para ellos mismos. Los servicios para el traslado se realizarán de acuerdo a las condiciones siguientes: TRASLADOS SOLICITADOS POR UN PARTICULAR: se considera cuando
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una persona conductora y/o persona propietaria requiera trasladar su vehículo a algún taller en donde se realizará alguna reparación y que a causa de ello no se encuentre en condiciones de circular por sus propios medios. Para efectuarlo, la persona prestadora del servicio deberá hacerlo constar por escrito o por medios electrónicos en los que quede constancia de la solicitud. Si el vehículo muestra huella de choque por conducto del centro de control de la persona prestadora del servicio de transporte público, deberán informarlo a la autoridad para su conocimiento. TRASLADOS REQUERIDOS POR LA AUTORIDAD: se considera cuando a consecuencia de una disposición de alguna autoridad, el vehículo deba ser traslado hacia algún depósito de vehículos, ya sea por alguna infracción administrativa, por un siniestro o por un aseguramiento. Todos los servicios solicitados por las autoridades ya sean estatales o municipales, sin excepción, deberán ser canalizados por medio de la cabina única de grúas de la Secretaría de Seguridad; en el caso del interior del Estado donde no se cuente con una cabina única, será a través de las Delegaciones u oficinas de representación de la Secretaría de Seguridad del Estado. Si como necesidad de las maniobras para el arrastre y salvamento de un vehículo es imprescindible el retirar la carga que aún permanezca en el vehículo, será responsabilidad de su propietario o transportista el retirar la misma. Si el propietario de la carga no se encuentra presente, la autoridad competente deberá ordenar las medidas necesarias para su retiro, auxiliándose de los terceros que en su caso se requieran para realizar dichas maniobras. Si el vehículo a ser trasladado no estuviera en condiciones de rodar y la unidad de arrastre no contará con servicio de plataforma para subirlo, deberá utilizar el dispositivo auxiliar de rodamiento denominado Dolly, el cual se agregará a los costos del servicio de arrastre o arrastre y salvamento.
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Para el cobro de la maniobra de cada servicio prestado se sujetarán a las tarifas que se encuentren en la presente Norma. La Tabla de tarifas donde las unidades de los valores referidos son UMAS (Unidad de Medida y Actualización) vigentes: A.M.G. – Área Metropolitana de Guadalajara.
Precios considerados desde el lugar del origen del accidente, descompostura y/o detención, hasta el destino y/o el depósito; fuera de zona autorizada en lo futuro se deberá agregar a la tarifa por traslado 25% adicional por Servicio Nocturno y Día Festivo. Vehículos con carga se cobra doble servicio. En caso de requerir grúas industriales, las tarifas serán las siguientes, donde las unidades de valores referidos son UMAS (Unidad de Medida y Actualización) vigentes: Esta disposición entró en vigor a partir del día 24 de septiembre de 2023. El documento completo se puede consultar en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, publicado el día 23 de septiembre de 2023.
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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-034-SCT2/SEDATU-2022, SEÑALIZACIÓN Y DISPOSITIVOS VIALES PARA CALLES Y CARRETERAS.
L
a Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), publica en el Diario Oficial de la Federación del 19 de septiembre del año en curso, la Norma Oficial Mexicana “NOM-034-SCT2/SEDATU-2022, Señalización y dispositivos viales para calles y carreteras”. Esta Norma, tiene por objeto establecer los requisitos generales que han de considerarse para diseñar e implementar la señalización y los dispositivos viales en calles y carreteras de jurisdicción federal, estatal y municipal. Esta es la primera Norma Oficial Mexicana que realiza la SICT con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) y se desarrolló conjuntando esfuerzos para coadyuvar en la seguridad vial de los usuarios, proporcionando información y ordenando los movimientos de los usuarios de la vía. Asimismo, esta Norma es parte fundamental dentro de la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, ya que servirá de base en el desarrollo y ordenamiento de la infraestructura del país en lo referente a calles y carreteras, para guiar a los usuarios en sus itinerarios, canalizando correctamente el tránsito de peatones, vehículos no motorizados y motorizados. Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los sesenta (60) días naturales siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. El texto íntegro de este documento lo puede consultar en la dirección electrónica www.dof.gob.mx.
REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DEL SUBCOMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE SEÑALAMIENTO Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD VIAL.
S
e llevó a cabo la reunión en forma presencial teniendo lo siguiente: • S e Informó que los días 6 y 7 de octubre se realizarán las tomas aéreas con los Drones de la facultad de ingeniería de la UNAM en la plaza de cobro de Tepotzotlán, Edo. de Méx., para continuar con el ejercicio de ingreso/egreso de las plazas de cobro con su correspondiente análisis e incorporación de resultados al Anteproyecto de NOM 033, posteriormente se buscará hacer este mismo ejercicio en la Plaza de cobro de San Juan del Río Querétaro.
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• S e informó de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Nor-
ma Oficial Mexicana NOM–034–SCT–2–2022, referente al señalamiento vial.
• L a Dirección General de Servicios Técnicos, informó que el Manual de Se-
ñalamiento que complementa la Norma citada anteriormente, está en su etapa final, esperando su conclusión el día 29 del mes de septiembre de este año.
• E n referencia a la Norma NOM–036–SCT–2–2023, de rampas de emergen-
cia, se espera la publicación de la Norma definitiva en el Diario Oficial de la Federación en fecha próxima.
• C ontinuando con el desarrollo del Anteproyecto de Norma Oficial Mexi-
cana PROY NOM–033–SCT–2–2023, referente a las plazas de cobro, se determinó que para evitar derrapes en tiempo de lluvia, se debe colocar un drenaje antes y después de la caseta de cobro, para evitar colisiones entre vehículos y con los espolones.
• T odas las casetas deben tener una banqueta de altura mínima de 15 cm.
y un ancho de carril de 3 m con el fin de evitar golpear la caseta con los espejos auxiliares de las unidades de carga.
• P or otra parte, se mencionó que las plazas de cobro de “boleteras”, han
sido diseñadas para automovilistas, por lo que, para los vehículos de carga, los conductores tienen que descender de la cabina para poder tomar el boleto correspondiente, causando largas filas en la entrada a las autopistas que cuentan con este sistema, por lo tanto, debe recomendarse en este Anteproyecto de Norma que se coloquen dos despachadores a diferente altura para evitar los retrasos que se tienen hoy en día.
• S e continuará el desarrollo de este tema para la próxima reunión.
MONITOREO DE LA CONAMER
D
e las actividades de monitoreo que realiza la Cámara a los Proyectos de Regulaciones que se presentan ante dicha Dependencia, se tienen los siguientes Proyectos: AVISO A TODOS LOS USUARIOS Y PERMISIONARIOS DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y TRANSPORTE PRIVADO DE CARGA ESPECIALIZADA DE OBJETOS INDIVISIBLES DE GRAN PESO Y/O VOLUMEN Y GRÚAS INDUSTRIALES QUE TRANSITEN POR CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCIÓN FEDERAL, POR EL QUE SE HACE DE SU CONOCIMIENTO LOS HORARIOS DE OPERACIÓN QUE SE APLICARÁN EN EL PERÍODO VACACIONAL COMPRENDIDO DE LAS 00:00 HORAS DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2023, A LAS 23:59 HORAS DEL 2 DE ENERO DE 2024, DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 5.6 DE LA NOM-040-SCT-2-2012 VIGENTE. PRIMERO. Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, podrán transitar en el período antes señalado de la siguiente manera: I. Los días 18, 19, 20, 21, 27 y 28 de diciembre de 2023: a) Todo el día cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4; es decir, de las 00:00 horas a las 23:59 horas, conforme al numeral 5.5.1 de la NOM-040SCT-2-2012, y a. Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D, de 6:00 a 18:30 horas; y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas, condiciowww.canacar.com.mx P-10
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nado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera, conforme al numeral 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012. II. L os días 16, 22 y 29 de diciembre de 2023, para cualquier tipo de camino, de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040SCT-2-2012. SEGUNDO. Los vehículos referidos en el artículo Primero deberán suspender totalmente su tránsito los días 15, 17, 23, 24, 25, 26, 30 y 31 de diciembre 2023, así como el 1o. y 2 de enero de 2024. TERCERO. Las restricciones señaladas en los artículos Primero y Segundo del presente Aviso, no les serán aplicables a aquellos usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales, relacionados a proyectos u obras a cargo del Gobierno de México, a las que se refiere el párrafo séptimo de los Considerandos del presente Aviso, lo cual incluye la infraestructura asociada a los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos, y otros sectores prioritarios y/o estratégicos, que contribuyen al crecimiento y a la seguridad nacional del país. No se omite mencionar que, los supuestos de excepción descritos en el párrafo anterior no eximen del cumplimiento de la NOM-040-SCT-2-2012, así como de las demás normas que resulten aplicables en materia de Autotransporte Federal, incluyendo aquellas relativas a la obligación de contar con unidades piloto, que se encuentren regulares y en condiciones durante el tránsito en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal. AVISO ÚNICO.- Se modifica la clasificación de las carreteras, previstas en el “Apéndice referido en el artículo 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 1994 y sus respectivas modificaciones”, así como en el “AVISO por el que se modifica la clasificación de las carreteras, previstas en el Apéndice referido en el artículo 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, publicado el 26 de enero de 1994 y sus respectivas modificaciones”, publicado este último en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2015, para quedar como siguen:
No.
CARRETERA/TRAMO
RUTA
LONGITUD
1225
La Paz-Pichilingue La Paz – Ent. Libramiento Norte De La Paz
11
17
11
10
B2
Ent. Libramiento Norte De La Paz - Pichilingue
11
7
A2
León-Aguascalientes León –Lagos De Moreno
45 45
129 44
A4
1320
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CLASIFICACIÓN
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No.
CARRETERA/TRAMO
... Penón - Texcoco Ent.(Aut.Peñón-TexcocoEnt. Acolman (Cuota) 1479 Ramal Al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles 1500 Manzanillo-Ent. Barra De Navidad 2130 Puebla-Tehuacán San Jerónimo Ocotitlá – San Juan Negrete San Hipólito – Tecamachalco 150 1475 1477
Santiago Alseseca – Tecaltzingo
RUTA
LONGITUD
CLASIFICACIÓN
136 D
16.5
Et4
132 D
17
A4
85 200 150
14.1 58.8 73.2
A6 A2
150
9
B4
12
B4
150
B2
19.5
Tlacotepec - Ent. Aut. (Cuacnopalan - Oaxaca) 150 Ent. Aut. (Cuacnopalan-Oaxaca)-Tehuacán 150 2180 Querétaro-León 45 182.7 ... Irapuato – León 45 69 2230 Raudales De Malpaso-El Bellote 187 185.5 ... Francisco J. Santa María-Huimanguillo 187 32.17 Huimanguillo - Heroica Cárdenas 187 19.53 Heroica Cárdenas-Comalcalco 187 38.4 ... ... 2305 San Felipe - Cerro Gordo 37 74.6 San Felipe - Ent. Libramiento Villa De Reyes 37 35.6 Ent. Libramiento Villa De Reyes - Ent. Las Arboleadas 37 19 Ent. Las Arboleadas - Cerro Gordo 37 20 2305-L Libramiento Villa De Reyes 37 18.9 2315 San Hipólito-Xalapa 140 156.8 San Hipólito - Zacatepec Zacatepec – San José Alchichica
140 140
54.98 28.3
San José Alchichica - Xalapa 140 73.52 Santa Bárbara-Izúcar De Matamoros 115 Y 160 157.7 Santa Bárbara-Amecameca 115 30 ... Ent. La Alborada-Cuautla 115 17.3 ... ... 2490 Tamarindo-Cardel 180 15 2490-L Libramiento De Cardel 180 D 7.2 2530 Tapanatepec-Talismán/Con Ramales A Unión Juárez Y Cd. Hidalgo 200 366.37 ... Tapachula- Ent. Cd. Hidalgo 200 13.32 Ent. Cd. Hidalgo-Talismán 200 5.2 2530-R3 Ramal A Paredon 2530-R4 Ramal A Puerto Arista 2530-R5 Ramal A Tres Picos 2540 Tapanatepec-Tuxtla Gutiérrez 190 2430
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29 B2 3.7 B4 A4 B2 B4 A2
A2 B2 A2 A2 C B4 B2 A4 A4 A4 A4
Et4 Et2 200 200 200
13.8 17.2 4
D A2 D
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No.
CARRETERA/TRAMO
RUTA
LONGITUD
CLASIFICACIÓN
5 190 9.5 104.5 A2 A4 152.6
B4 32 A4 A2
15.6 52
A4
3.3
B4
190 190 195 195 195
7.7 41 259 19.4 35.4
B2 D
140 140
105.77 17.4
... Ocozocoautla - Ent. Lib. Ocozocoautla 190 Ent. Lib. Ocozocoautla - Tuxtla Gutierrez 2540-L Libramiento De Ocozocoautla 200 2545 Tecate-El Sauzal 3 Tecate – San Antonio De Las Minas 91 San Antonio De Minas – El Sauzal 13.5 2610 Tepic-Puerto Vallarta 200 ... Cruz De Huanacaxtle-Puerto Vallarta 200 2750-R Ramal A La Angostura 190 Ent. Carr. (Tuxtla Gutierrez – Ciudad Cuauhtemoc) – Rivera Playa Vista 190
2820
2840
Rivera Playa Vista – San Urbina San Urbina- La Angostura Villahermosa-Escopetazo Villahermosa – Ent. Jalapa Ent. Jalapa – Teapa ... Xalapa-Veracruz Xalapa-Corral Falso
A4 B2 B4
Nota: (...) Indican que la clasificación de los tramos se conservan respecto al “AVISO por el que se modifica la clasificación de las carreteras, previstas en el Apéndice referido en el artículo 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, publicado el 26 de enero de 1994 y sus respectivas modificaciones”, publicado este último en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2015. Estatus: De no existir comentarios, seguiría su publicación en el DOF. LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
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a Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de octubre del presente, los Lineamientos para la organización y operación del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial (SNMSV), mismos que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación, y que establecen principalmente lo siguiente: Artículo 1. Objeto. • Establecer la organización y operación del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, el cual es el mecanismo de coordinación entre las autoridades competentes en materia de movilidad y seguridad vial de los tres órdenes de gobierno, así como con los sectores de la sociedad en la materia. Establecer los mecanismos de participación de municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, instancias de coordinación metropolitana y organizaciones de la sociedad civil en el Sistema Nacional. • Establecer la periodicidad de reuniones y el proceso de votaciones para la aprobación de acuerdos y resoluciones.
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• Establecer la instancia que fungirá como su Órgano Técnico de Apoyo para el seguimiento de los acuerdos y resoluciones que se emitan. Artículo 4. Integración del Sistema. I. L a Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. II. L a Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. III. La Secretaría de Economía. IV. Por las entidades federativas, la persona servidora pública que sea designada por el Ejecutivo local, competente en materia de movilidad y V. Autoridades invitadas que el Sistema Nacional considere necesarias a participar con voz y voto y las demás que se determinen sólo con voz para el debido cumplimiento del objeto de la Ley. Artículo 6. Obligaciones de las integrantes del Sistema Nacional. • Asistir a las reuniones y participar con voz y voto, o con voz en el caso de aquellas integrantes invitadas sin voto. • Dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos y resoluciones del Sistema Nacional en el marco de su jurisdicción y atribuciones. • En el caso de las entidades federativas, llevar a cabo las acciones para implementar los acuerdos y decisiones del Sistema Nacional, en coordinación y comunicación con las instancias del orden estatal y municipal que conforme a sus atribuciones incidan en materia de movilidad, transporte y seguridad vial, para informar sobre los acuerdos y resoluciones del Sistema Nacional. • Proponer temas para su incorporación en el orden del día, asuntos que deban ser discutidos en las reuniones. Artículo 7. Presidencia del Sistema Nacional. De conformidad con el artículo 7, apartado A de la Ley, la Presidencia del Sistema Nacional será ejercida de manera rotativa, de forma anual, entre la SEDATU y la SICT. Artículo 8. Facultades y obligaciones de la Presidencia. • Convocar a las reuniones del Sistema Nacional y emitir las invitaciones correspondientes, por conducto del Órgano técnico de apoyo. • Proponer los temas de la agenda prioritaria cuya adopción votará el Sistema Nacional y con base en la cual se conformarán los Grupos de trabajo del Sistema Nacional en coordinación con el Órgano técnico de apoyo. • Requerir a los integrantes documentos de soporte e informes, así como el cumplimiento de acuerdos y resoluciones dictadas por el Sistema Nacional. • Establecer las medidas a tomarse en aquellos casos donde se omita el cumplimiento de acuerdos y resoluciones por parte de integrantes del Sistema Nacional para incentivar su cumplimiento, mismas que deberán apegarse a la legislación aplicable. • Emitir los acuerdos y resoluciones del Sistema Nacional, que deberán ser observados por las autoridades de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de su competencia. Establecer los mecanismos de participación de municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, instancias de coordinación metropolitana y organizaciones de la sociedad civil en el Sistema Nacional.
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• Establecer la periodicidad de reuniones y el proceso de votaciones para la aprobación de acuerdos y resoluciones. • Establecer la instancia que fungirá como su Órgano Técnico de Apoyo para el seguimiento de los acuerdos y resoluciones que se emitan. Artículo 9. Órgano técnico de apoyo del Sistema Nacional. • Se establece a la Coordinación General de Desarrollo Metropolitano y Movilidad de la SEDATU como la instancia permanente que fungirá como Órgano técnico de apoyo. Será el encargado de dar seguimiento a la implementación de los acuerdos y resoluciones del Sistema Nacional. • En casos de fuerza mayor o en ausencia, será sustituida por la persona titular de la Dirección de Movilidad de la misma Coordinación General de SEDATU. Artículo 10. Funciones del Órgano técnico de apoyo. • Realizar la convocatoria y emitir las invitaciones a las sesiones ordinarias y extraordinarias a solicitud de la Presidencia. • Realizar y difundir las actas de las sesiones. • Llevar el registro de los acuerdos tomados en cada sesión y de las votaciones; • Dar seguimiento, supervisar y vigilar el cumplimiento de acuerdos y resoluciones y de los procedimientos del Sistema Nacional; • Proponer especialistas o representantes de otras entidades e instituciones que puedan ser invitados a las reuniones del Sistema Nacional de acuerdo con los temas a tratar en las reuniones; • Recibir propuestas de temas e invitados especiales por parte de integrantes del Sistema Nacional; • Recibir las opiniones de la sociedad civil, y diseñar soluciones técnicas en conjunto con la academia, asociaciones civiles y gremios; • Revisar, procesar y hacer del conocimiento del Sistema Nacional las contribuciones de las organizaciones de la sociedad civil; • Asignar a Grupos de trabajo los temas correspondientes propuestos por las organizaciones de la sociedad civil. • Recibir de los Grupos de trabajo, documentos de conclusiones, propuestas de acuerdos y resoluciones que deberán tratarse en el Sistema Nacional. • Establecer un mecanismo de coordinación con la SICT, mediante el cual le informará sobre sus trabajos y se coordinará la participación conjunta en la toma de decisiones durante los años en que la última no ejerza la Presidencia rotativa del Sistema Nacional. Artículo 12. Grupos de trabajo del Sistema Nacional. • Su función será la elaboración de propuestas de atención a la agenda prioritaria establecidos por el Órgano técnico de apoyo del Sistema Nacional y aprobados por el Sistema Nacional para cumplir con su mandato conforme a la Ley. Artículo 14. Actividades de los Grupos de trabajo. • Adoptar un programa anual de trabajo de su tema de la Agenda prioritaria para cumplir con la Ley. • Elaborarán trabajo técnico y propuestas de la Agenda prioritaria para el Sistema Nacional. • Por lo menos tendrán una reunión previa a cada una de las reuniones del Sistema Nacional. • Incluirán consideración de los diversos sectores de la sociedad quienes podrán ser invitados a las reuniones de los Grupos de trabajo cuando tengan incidencia en los asuntos a tratar ya sea por criterios territoriales o de especialidad.
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Artículo 15. De las reuniones ordinarias (SNMSV). • Se llevarán a cabo tres reuniones ordinarias cada año, para las cuales se requiere quórum, es decir la participación de al menos el 50 por ciento más uno, de los integrantes. Artículo 25. Mecanismos de participación de la sociedad civil y otros sectores de la sociedad en la materia. Se promoverá la participación de los diversos sectores de la sociedad estableciendo mecanismos para que se involucren activamente en cada etapa del ciclo de la política pública, en el asesoramiento del diseño e implementación de programas, campañas y acciones en materia de educación vial, movilidad activa y transporte público, que generen el desarrollo de políticas sostenibles, transversales e incluyentes, con perspectiva de género y enfoque interseccional para el desarrollo de políticas sostenibles e incluyentes con especial atención a los grupos en situación de vulnerabilidad. A propuesta del Órgano técnico de apoyo, la Presidencia podrá invitar a personas representantes de los diversos sectores de la sociedad a participar en las en las reuniones de los Grupos de trabajo y el Sistema Nacional. Se realizará una propuesta de invitación a autoridades de acuerdo al tema a tratar y podrá someterse a votación en la sesión previa del Sistema Nacional, o bien, por aprobación de la Presidencia del Sistema Nacional, quienes tendrán derecho únicamente a voz durante las reuniones del Sistema Nacional con la finalidad de fortalecer las capacidades técnicas del Sistema Nacional y sus integrantes en un esquema basado en la implementación de metodologías de co-creación enfocadas en resolver las necesidades de las personas. El Sistema Nacional se mantendrá abierto a la recepción de iniciativas de la sociedad civil y podrá invitarles a las reuniones del Sistema Nacional, conforme a lo establecido en el párrafo anterior. Artículo 26. Convocatoria y Registro de participación de la sociedad civil y otros sectores de la sociedad en la materia. El Órgano técnico de apoyo podrá emitir convocatorias de participación a las organizaciones de la sociedad civil y otros sectores de la sociedad y conformará un Registro para que éstas expresen por escrito su interés en participar. Artículo 27. Coordinación entre autoridades. El Sistema Nacional fungirá como el mecanismo de coordinación entre las autoridades competentes en materia de movilidad y seguridad vial de los tres niveles de gobierno, así como con los sectores de la sociedad civil en la materia, a fin de cumplir con el objeto y principios de la Ley, la Política Nacional, el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial, la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, y los instrumentos de planeación específicos. El Sistema Nacional suscribirá convenios de colaboración con instituciones de investigación y educación superior, organismos e instituciones nacionales e internacionales públicas y privadas, a efecto de realizar planes, proyectos, programas de investigación académica, desarrollo tecnológico, transferencia de conocimiento y capacitación en materia de movilidad, transporte y seguridad vial. www.canacar.com.mx P-16
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Artículo 28. La política nacional en materia de movilidad y seguridad vial. El Sistema Nacional diseñará y aprobará la política nacional en materia de movilidad y seguridad vial, la cual retomará las opiniones de los diversos sectores de la sociedad. La política nacional de movilidad y seguridad vial se diseñará con un enfoque sistémico y se ejecutará con base en los principios establecidos en la Ley, para implementar estrategias sostenibles a mediano y largo plazo. Artículo 29. Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. El Sistema Nacional formulará y aprobará la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial que será la base para el diseño de políticas, planes y acciones que implementen las autoridades de los tres órdenes de gobierno en la materia. La Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial establecerá las bases, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, los programas sectoriales, regionales, estatales, metropolitanos y municipales del país en materia de movilidad, seguridad vial y ordenamiento territorial. Dicha Estrategia podrá ser revisada y, en su caso, actualizada cada cuatro años o cuando ocurran cambios profundos que puedan afectar la estructura de movilidad del país. Para consultar el documento completo, favor de entrar al siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5705886&fecha=19/10/2023#gsc.tab=0.
SEGURIDAD INCIDENCIA DELICTIVA
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l Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al transporte de carga que se presenta en nuestro país, en esta ocasión presentaremos el comportamiento de la incidencia del período de enero - agosto de 2023 tanto del fuero común como del fuero federal.
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INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL ENERO – AGOSTO 2023
ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO COMÚN ENERO-AGOSTO 2023
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ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO FEDERAL ENERO-AGOSTO 2023
COMPARATIVO DE INCIDENCIA FUERO COMÚN VS FUERO FEDERAL 2023
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TOP 10 ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA
• E l 92.90% de los eventos se denunciaron en estos 10 Estados. • E l 31.66% se denunció en el Estado de México • E L 21.96% se denunció en el Estado de Puebla
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VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
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erivado de las reuniones que se tienen con la Fiscalía General de la República (FGR), ésta nos ha proporcionado información sobre los vehículos que han sido robados y a su vez recuperados en el mes de agosto 2023, la cual contiene las características de la unidad (marca, tipo, placas y número de serie), así como la Delegación de la FGR donde se encuentran resguardadas y el motivo por el cual no han sido devueltas.
Por lo anterior, ponemos a su disposición el listado de los vehículos recuperados en el siguiente link: https://canacar.com.mx/vehiculos-recuperados-2023, a fin de que sí ustedes han sido sujetos de algún ilícito puedan verificar si las unidades que aparecen en el mismo son de su propiedad y procedan a realizar el trámite de liberación correspondiente en el lugar donde se encuentra localizada, para acceder al listado será necesario agregar la contraseña (PGK2023). APLICACIÓN MÓVIL GN REPORTA
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a Guardia Nacional cuenta con la aplicación móvil GN Reporta, la cual busca establecer un vínculo entre la ciudadanía y la Guardia Nacional, teniendo dos funciones reporta y contacto, en la primera permite reportar la comisión de posibles hechos delictivos tales como: • R obo en carretera federal • R obo de hidrocarburos • S ecuestro • E xtorsión • A ctos vandálicos • D elitos contra la salud • D elitos cibernéticos • T ráfico de indocumentados • E ntre otros.
Para poder realizar el reporte únicamente deberá proporcionar un correo electrónico, número telefónico, seleccionar el delito, describir los hechos, se puede complementar con audio, foto o archivo, finalmente se envía el reporte, por el cual recibirán un folio de reporte. En la función contacto se puede enviar una queja, solicitar información o realizar una sugerencia, únicamente debe indicar la opción deseada y realizar una descripción. La APP es gratuita y la puedes descargar desde Play Store y App Store.
ADUANAS ESTABILIZACIÓN AL SISTEMA ELECTRÓNICO DE ADUANAS – ANAM.
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a Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) a través del boletín No.25 informa que ha finalizado la ventana de mantenimiento a los aplicativos desarrollados por la Agencia, por lo que se encuentran en período de estabilización: • A cceso Único. • G afetes de identificación de Aduanas. • A viso de Cruce. • M anifiestos. www.canacar.com.mx P-21
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• C réditos Fiscales. • R egistro de Empresas Porteadoras (REPO). • C redencialización. • T ableros. • R EPUVE.
En caso de presentar alguna problemática en los aplicativos antes mencionados, se debe reportar al correo electrónico sistemas.despacho@ anam.gob.mx. No se omite mencionar, que este período de estabilización no afecta las operaciones de comercio exterior en todas las aduanas del país. Finalmente, cuando concluya la estabilización se comunicará por el mismo medio. CIERRE TEMPORAL PUENTE INTERNACIONAL LAS AMÉRICAS (BOTA).
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a Aduana Americana (CBP) informó que derivado de la cantidad de migrantes que están recibiendo, a partir del sábado 16 de septiembre de 2023 y hasta nuevo aviso habrá cierre temporal en el Puente Internacional “Las Américas” en dirección (sur – norte).
Asimismo, pone a su disposición los siguientes contactos
GAFETE ELECTRÓNICO DE IDENTIFICACIÓN EN LA ADUANA DE ALTAMIRA.
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a Administración de la Aduana de Altamira nos informa que, en relación con la ampliación de vigencia de gafetes de cartón hasta el 30 de septiembre de 2023, período durante el cual esta Aduana no expedirá más gafetes de cartón, en tal virtud, se sugiere tomar las provisiones necesarias para tramitar el Gafete Electrónico de Identificación de Aduanas. Los interesados podrán gestionar la cita para el trámite de sus respectivos gafetes electrónicos en la URL https://accesounico.anam.gob.mx, una vez generada la cita, se deberá presentar a esta Aduana en el día y hora indicados, únicamente con la siguiente información: • A cuse de cita impreso. • C omprobante de pago original. • O riginal de identificación oficial vigente (debe ser la misma que haya sido
registrada en el portal ANAM cuando genero su cita). www.canacar.com.mx P-22
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Ahora bien, en relación con la ampliación de la vigencia de los gafetes de cartón hasta el 30 de septiembre de 2023, esta Aduana comunica que se prorroga la fecha de vigencia del gafete electrónico de identificación de Aduanas hasta el 31 de diciembre de 2023. En base a lo anterior, todo usuario de comercio exterior deberá traer consigo su número de folio con la cita programada, para acreditar que se encuentra en proceso de obtención del Gafete Electrónico de Identificación de Aduanas. Asimismo, se informa que el Gafete Único de Identificación (GUI), únicamente podrá ser utilizado para efectos del despacho aduanero por carriles que cuenten con componentes del PITA, hasta en tanto se habilite el uso de Aviso de Cruce. AMPLIACIÓN DE HORARIOS “SECCIÓN SAN JERÓNIMO”.
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a Administración de la Aduana de Ciudad Juárez nos ha indicado que, tomando en consideración que los cruces de vehículos comerciales a la exportación están afectados por problemáticas ajenas a la Aduana de Ciudad Juárez y con el propósito de facilitar las operaciones de comercio exterior a la exportación de la industria nacional, se informa la ampliación de operaciones en la Sección San Jerónimo a partir del 25 de septiembre de 2023: • C arga Importación y Exportación de lunes a viernes de 06:00 a 22:00 horas.
GAFETES ELECTRÓNICOS DE IDENTIFICACIÓN DE ADUANAS.
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a Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) mediante boletín núm.28, ha informado que se amplía la vigencia de los gafetes de cartón hasta el 31 de diciembre de 2023 tratándose de los siguientes usuarios: • A poderado Aduanal o Represen-
tante Legal.
• D ependiente del Apoderado Aduanal
o auxiliar del Representante Legal.
• A poyo y servicio en almacenes de
carga.
• Apoyo y servicio. • V isitante. • R epresentante de industria.
Se sugiere tomar las previsiones necesarias para tramitar el Gafete Electrónico de Identificación de Aduanas, de conformidad con lo señalado en los “Lineamientos para el trámite de Gafetes Electrónicos de Identificación de Aduanas” Versión 1.1. De igual forma, en el caso específico de las figuras de comercio exterior correspondiente a Apoderados Aduanales, Representantes legales, Apoderado de Almacén General de Depósito y Apoderado de Almacén para la Industria Automotriz Terminal o Manufacturera de Vehículos de Autotransporte, se autoriza la emisión de gafetes de cartón para sus obligaciones, cuya vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2023.
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HORARIOS “ADUANA CD. JUÁREZ”.
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a Administración de la Aduana de Ciudad Juárez, nos ha ratificado los horarios de operación:
Nota: a partir del 14 de octubre del año en curso entrará en vigor el horario de carga y vacíos en Zaragoza para los sábados, el cual será de 06:00 a 14:00 horas.
ENLACE LEGISLATIVO INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
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urante los trabajos del mes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Senadora Lilia Margarita Valdez Martínez del Grupo Parlamentario de MORENA, el día 5 de septiembre de 2023.
La iniciativa propone establecer que el autotransporte de carga federal y privado de carga de doble remolque podrán circular con un peso máximo de 58 toneladas y 22 metros de largo y la velocidad máxima que podrán alcanzar son 80 kilómetros por hora. Actualiza las referencias normativas a sanciones pecuniarias y que se determinen conforme a la Unidad de Medida y Actualización en lugar del salario mínimo. ESTATUS. Turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos Segunda. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 36 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Diputada Noemí Berenice Luna Ayala y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el día 12 de septiembre de 2023.
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La iniciativa propone que los reglamentos respectivos establecerán las causales de suspensión o cancelación de las licencias de conducir en los casos de hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación sin la tecnología de manos libres, así como por rebasar los límites de velocidad. También, por conducir en estado de ebriedad o bajo efectos de drogas o abuso de sustancias tóxicas serán causales de cancelación inmediata de las licencias federales. Establece que la SICT podrá autorizar a terceros para el uso o instalación de nuevas tecnologías para el control de velocidad, peso y dimensiones de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes. ESTATUS. Pendiente. Iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma y adiciona los artículos 5º, 45 y 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la Diputada Noemí Berenice Luna Ayala y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el día 12 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que se le dé prioridad al uso de nuevas tecnologías para el control de velocidad, peso y dimensiones conforme a las Normas Oficiales Mexicanas que corresponda, y demás leyes aplicables. ESTATUS. Turnada a Comisión de Trabajo y Previsión social.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 419 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la Diputada Ana Laura Bernal Camarena del Grupo Parlamentario del PT, el día 12 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que una pena de seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días multa a quien posea, transporte, compre o venda toros, novillos y/o becerros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una corrida de toros, cualquier técnica de toreo o cualquier práctica de tauromaquia. ESTATUS. Pendiente. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 376 del Código Penal Federal, a cargo del Diputado Gerardo Peña Flores y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el día 13 de septiembre de 2023.
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La iniciativa propone aumentar la pena de prisión de 8 a 15 años de prisión estipulada a quienes comentan el delito de robo a los servicios de autotransporte federal de carga, cuando el objeto del robo sean las mercancías. ESTATUS. Pendiente
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del Diputado Gerardo Peña Flores y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el día 13 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que los concesionarios a que se refiere la Ley deberán garantizar totalmente la cobertura de los gastos médicos a ocupantes de las unidades en caso de accidentes y la reparación total de los daños materiales ocasionados por cualquier objeto o daños causados por un tercero que también transite en la vía. ESTATUS. Pendiente.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la Diputada Jasmine María Bugarín Rodríguez del Grupo Parlamentario del PVEM, el 19 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que se destine, por cada 50 trabajadores, el cinco por ciento de las plazas de creación reciente y de las vacantes a la contratación de personas con discapacidad. ESTATUS. Pendiente. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo del Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez del Grupo Parlamentario del PRI, el día 26 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que la SICT podrá convenir con los Estados y Municipios la implementación de mecanismos y herramientas de gestión inteligente de tráfico vehicular. ESTATUS. Pendiente.
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Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del Diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez del Grupo Parlamentario del PVEM, el 26 de septiembre de 2023. La iniciativa propone definir el “acto criminal”, que será todo hecho o acción en vías de comunicación que dificulte un siniestro de tránsito ya sea por matar, agredir, robar algo de los transportistas o pasajeros o cualquier persona que esté transitando por las vías de comunicación a nivel nacional. ESTATUS. Pendiente. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 7 Bis, 7 Ter y 993 Ter a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la Diputada Yessenia Olua González del Grupo Parlamentario de MORENA, el 26 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que, en toda empresa o establecimiento, el patrón deberá emplear un mínimo del uno por ciento de personas con discapacidad en el total de su plantilla laboral, el cual será revisado anualmente por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Aquellas empresas que no cumplan con lo anterior y su plantilla laboral sea mayor a 100 personas trabajadoras se le impondrá una multa de 25 a 250 UMA por cada trabajador faltante para cumplir el porcentaje establecido en el momento de la evaluación anual. ESTATUS. Pendiente. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona al artículo 15 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del Diputado Francisco Javier Borrego Adame del Grupo Parlamentario de MORENA, el 27 de septiembre de 2023. La iniciativa propone que, respecto de las vías generales de comunicación se deberá asegurar que, considerando los incidentes de tránsito y operativos de las diversas autoridades, la demora en el traslado de mercancías y personas no deberá de ser mayor a un 5% del tiempo promedio de traslado a una velocidad constante de 80 kilómetros por hora. ESTATUS. Pendiente. PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a Caminos y Puentes Federales (CAPUFE) y a la Guardia Nacional a hacer efectivo el principio de eficiencia en el uso de las carreteras nacionales, contenido en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del Diputado Francisco Javier Borrego Adame del Grupo Parlamentario de MORENA, el 5 de septiembre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.
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Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT a realizar el retiro de la estructura f ísica de la que fue la caseta de peaje de Fortín, en Veracruz, a cargo de la Diputada Martha Rosa Morales Romero, del Grupo Parlamentario de MORENA, el 5 de septiembre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SICT a incrementar y concesionar el uso efectivo y continuo de las estaciones de control de peso, así como la instalación y uso de nuevas tecnologías para el control de velocidad, peso y dimensiones, a cargo de la Diputada Noemí Berenice Luna Ayala del Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de septiembre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes. Proposición con punto de acuerdo por el que el Senado de la República exhorta a la Secretaría de Gobernación, que lleve a cabo acciones tendientes al fortalecimiento del estado de derecho para estar en la mejor aptitud de aprovechar la implementación del nearshoring en México, a cargo del Senador Rafael Espino de la Peña del Grupo Parlamentario de MORENA, el 19 de septiembre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Gobernación. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SICT, a través de CAPUFE, a analizar y en su caso, gestionar y realizar los trámites necesarios para poder llevar a cabo una modernización de las casetas de cobro ubicadas en el municipio de Cabo San Lucas, a cargo del Diputado Marco Antonio Almendariz Puppo del Grupo Parlamentario del PAN, el 19 de septiembre de 2023. ESTATUS. Pendiente. Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno Federal a implementar operativos para recuperar la seguridad en las carreteras del país, especialmente la seguridad del transporte de carga, a cargo del diputado Gerardo Peña Flores del Grupo Parlamentario del PAN, el 26 de septiembre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Seguridad Ciudadana.
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TEMAS DE INTERÉS COMPLEMENTO CARTA PORTE VERSIÓN 3.0.
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l 25 de septiembre del año en curso, se publicó en el portal del SAT el complemento carta porte versión 3.0 en donde se actualizaron los siguientes documentos: • Catálogos del complemento carta porte. • Estándar de carta porte. • Esquema de carta porte. • Secuencia de cadena original carta porte. • Matriz de errores. • Esquema de los catálogos.
Respecto del estándar del complemento carta porte, se adicionan principalmente los siguientes atributos: • F olio fiscal del Complemento Car-
ta Porte y código QR.
• Régimen aduanero. • Registro ISTMO • Logística inversa/recolección devo-
lución.
• Transporte de medicamentos (COFEPRIS, nombre químico, registro sani-
tario, entre otras).
• Documentación aduanera. • Peso bruto vehicular.
Respecto del catálogo del complemento carta porte, se adicionan los siguientes: • Catálogo de Régimen aduanero. • Catálogo de Sector COFEPRIS. • Catálogo de Forma farmacéutica. •C atálogo condiciones especiales
del transporte.
• Catálogo tipo de materia. • C atálogo de documentos aduaneros. • C atálogo ubicaciones Polos ITSMO.
Para consultar los documentos completos, solo deben ingresar al siguiente enlace: Trámites y Servicios (sat.gob.mx).
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¿SABÍAS QUÉ?
A
partir del día 3 de mayo de 2023, día en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de los servicios Auxiliares al Autotransporte Federal de Arrastre, de Arrastre y Salvamento, y de Depósito de vehículos, existe un nuevo tabulador de estos servicios, mismo que, conforme al artículo 62 de este ordenamiento establece lo siguiente: La base tarifaria para el cobro de las maniobras correspondientes al servicio de arrastre deberá considerar los montos máximos siguientes:
La base tarifaria para la prestación del servicio de salvamento dentro del camino que deberá cobrar la persona permisionaria será considerando los montos máximos siguientes:
NOTA: UMA = $ 103.74 M. N. para el año 2023 La base tarifaria para la prestación del servicio de salvamento fuera del camino que deberá cobrar la persona permisionaria, será considerando los montos máximos siguientes:
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Salvamento con Grúa Industrial,
La base tarifaria para la prestación del servicio de depósito de vehículos que deberá cobrar la persona permisionaria será considerando los montos máximos siguientes:
Esta información debe ser tomada en cuenta en los servicios de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósito de vehículos por los transportistas usuarios del servicio.
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