

JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD
NÚMERO 59 NOVIEMBRE 2025
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NÚMERO 59 NOVIEMBRE 2025
PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS
• SECRETARÍA DEL TRABAJO PRESENTA PROYECTO DE REFORMA PARA SEMANA LABORAL DE 40 HORAS, EN BENEFICIO DE 13.4 MILLONES DE TRABAJADORES
• REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL A 40 HORAS EN MÉXICO: AVANCES Y DESAFÍOS
• LA STPS INFORMA SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA TOTALIDAD DE DISPOSICIONES DE LA “LEY SILLA”
PÁGINA 5 NORMATIVIDAD
• COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
• PRÓRROGA PARA LA VERIFICACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES
• PRÓRROGA PARA LA VERIFICACIÓN DE CONDICIONES FÍSICO – MECÁNICAS
• ACUERDO POR EL QUE SE DEJAN SIN EFECTOS LOS LINEAMIENTOS Y REGLAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE INFRAESTRUCTURA DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
• PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-037-SICT2-2025, BARRERAS DE PROTECCIÓN EN CARRETERAS Y VÍAS URBANAS
• REGISTRO EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE REGISTRO DE SERVICIOS (SIRSE) PARA LOS PERMISIONARIOS DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DE ARRASTRE, DE ARRASTRE Y SALVAMENTO, Y DE DEPÓSITO DE VEHÍCULOS
PÁGINA 8 SEGURIDAD
• INCIDENCIA DELICTIVA.
PÁGINA 11 ADUANAS
• INFORME MENSUAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO
PÁGINA 14 ENLACE LEGISLATIVO
• INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
• PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
PÁGINA 17 ¿SABÍAS QUÉ?
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DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE GESTIÓN INSTITUCIONAL o.hernandez@canacar.com.mx
SECRETARÍA DEL TRABAJO PRESENTA PROYECTO DE REFORMA PARA SEMANA LABORAL DE 40 HORAS, EN BENEFICIO DE 13.4 MILLONES DE TRABAJADORES
El proyecto contempla un esquema flexible y gradual de reducción de 2 horas por año a partir de 2027 para concluir en 2030.
Entre los beneficios esperados destacan la disminución del desempleo, una mayor conciliación entre la vida laboral y personal, así como mejoras en la salud y el bienestar general.

El Secretario del Trabajo y Previsión Social (STPS), Marath Bolaños López, presentó, acompañado de representantes de las y los trabajadoras y las y los empleadores, el proyecto para la implementación de la semana laboral de 40 horas, la cual fue enviada al Senado de la República para su discusión y eventual aprobación. La propuesta contempla una reducción gradual de dos horas por año a partir de 2027 y hasta 2030, sin implicar en ningún momento disminución salarial.
Esta propuesta plantea un cambio histórico al buscar modificar la jornada laboral de 48 horas que ha normado las relaciones de trabajo desde hace 108 años. Es el compromiso número 60 de los 100, y busca beneficiar a más de 13.4 millones de personas trabajadoras que actualmente laboran 48 horas o más, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
La propuesta, explicó el Secretario Bolaños López, parte de más de 40 reuniones de trabajo realizadas de julio a noviembre de este año con el sector empresarial, el sector sindical, la academia y organizaciones sociales, que en su conjunto permitió escuchar a más de 2 mil personas.
Expuso que, de acuerdo con las experiencias en otros países y los estudios realizados en la Organización Internacional del Trabajo, el reducir la semana laboral trae beneficios no sólo para las y los trabajadores, sino también para las unidades económicas y para la economía en general.
“La reducción de la jornada produce aumentos en la productividad, fortalece la cohesión social en los países en donde es instrumentada, produce múltiples beneficios en la salud de las y los trabajadores. Entre los beneficios de la salud se encuentran la reducción de la fatiga y con ello de los accidentes laborales, un mayor equilibrio entre la vida personal y laboral, la reducción del riesgo de padecimiento de enfermedades del corazón, así como mejoras del autocuidado, como es la alimentación, la activación física, el descanso, la socialización, entre otros”, detalló.

Agregó que esta reducción no puede ser de un momento a otro, atendiendo con ello las recomendaciones del convenio 116 de la OIT, así, el año 2026, en particular los meses posteriores a la aprobación legislativa correspondiente, será un periodo de adecuación para que las y los empleadores y las personas trabajadoras organicen, planeen, adapten y de manera conjunta puedan así consolidar procesos productivos en la nueva disponibilidad del tiempo.
La propuesta contempla que la gradualidad se ajustará año con año de la siguiente manera: en 2027 bajarán a 46 horas; en 2028 a 44; en 2029 a 42 y en 2030 a 40 horas. Además, se establece un límite para que la suma
entre las horas ordinarias de trabajo y las extraordinarias no puedan superar en ninguno caso las 12 horas en un día. Del mismo modo se establece una ampliación de las horas extra dobles para pasar de 9 a 12 horas extraordinarias a la semana de manera voluntaria.
Se establece además la prohibición de que las personas menores de edad puedan trabajar horas extraordinarias, así como que se limitan cuatro horas las horas extraordinarias que son pagadas al triple, que actualmente son ilimitadas.
Finalmente, se añade la obligatoriedad para las personas empleadoras de registrar electrónicamente la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, haciendo posible contabilizar el correcto pago de jornadas ordinarias y extraordinarias, así como su revisión por parte de la autoridad laboral.
En el acto estuvieron presentes además Francisco Cervantes, Presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Altagracia Gómez, Coordinadora del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización; Reyes Soberanis Moreno, Presidente del Congreso del Trabajo; Juan José Sierra Álvarez, Presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex); Rodolfo González Guzmán, Secretario General del Comité Central de la Confederación Regional Obrero Mexicana (CROM); Leslie Baeza Soto, Oficial Mayor de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC); Alejandro Malagón Barragán, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN); José Luis Carazo Preciado, Secretario de Trabajo de la Confederación de Trabajadores de México (CTM); Octavio de la Torre, Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO) y Luis Munguía Corella, Presidente de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI).
REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL A 40 HORAS EN MÉXICO: AVANCES Y DESAFÍOS

Conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT), la jornada laboral es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
Actualmente, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 123 apartado A, que la duración máxima de la jornada laboral será de ocho horas diarias y la jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas diarias.
La Ley Federal del Trabajo, respecto a la duración de la jornada de trabajo dispone que la duración máxima de la jornada será de ocho horas diarias para la jornada diurna, siete horas para la jornada nocturna y siete horas y media para la jornada mixta.
Esto se traduce en una jornada laboral máxima de 48 horas semanales, un estándar que sitúa a México entre los países con las jornadas más extensas a nivel global.
Esta situación contrasta con los principios establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), específicamente en el Convenio Núm. 47 sobre la semana de cuarenta horas (1935) y la Recomendación Núm. 116 sobre la reducción de la duración del trabajo (1962), los cuales exhortan a los estados miembros a reducir progresivamente la duración del trabajo semanal.
Los avances recientes en la agenda legislativa: El camino hacia la reforma ha sido marcado por el diálogo. En junio de 2025, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) anunció el inicio de los

“Foros para la Implementación de la Semana Laboral de 40 Horas”, que se llevaron a cabo con el propósito de que exista un diálogo social entre representantes de los sectores empresarial, obrero, académico, organismos internacionales, autoridades federales y autoridades locales para definir de manera colaborativa las mejores vías y prácticas para esta reforma laboral histórica en México en materia de jornada laboral. Los foros concluyeron en el mes de julio de 2025.
Tras este periodo de consulta, en octubre de 2025, la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, anunció que la iniciativa de reforma será presentada formalmente ante el Congreso en este mes de noviembre de 2025.
¿En qué Consiste la Propuesta de Reducción de la Jornada Laboral? La iniciativa, aún en fase de diseño, busca modernizar el marco jurídico mexicano para alinearlo con las condiciones de trabajo dignas y productivas en el contexto internacional.
La exposición de motivos se centra en:
Respuesta Histórica: La propuesta responde a una demanda histórica del pueblo de México, en pro del reconocimiento y la protección de sus derechos laborales.
Competitividad y Productividad: El objetivo central no es disminuir la productividad de los trabajadores, sino mejorar la competitividad laboral y garantizar el bienestar del personal.
Bienestar Social: La jornada laboral de 40 horas contribuirá significativamente al bienestar físico y mental del trabajador, de sus familias y en consecuencia de la sociedad en general.
Modificaciones Legislativas:
La reforma implica modificar el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la Ley Federal del Trabajo.
Las principales propuestas son:
• Reducción de la Jornada: Disminución de la jornada laboral máxima de 48 a 40 horas.
• Días de Descanso: Por cada cinco días de trabajo, dos días de descanso.
• Salario: El salario de los trabajadores no se verá afectado por la disminución de las horas de trabajo.

• Pago de Tiempo Extraordinario: El pago de tiempo extraordinario se aplicará obligatoriamente después de rebasar las 40 horas semanales.
• Gradualidad y Plazo: Se contempla la instauración de la reducción de la jornada de trabajo de forma paulatina y gradual en un periodo que abarcará del año 2026 al 2030.
• Incentivos Fiscales: Para empresas que logren adaptarse al nuevo modelo.
Se prevé que la reforma pueda ser aprobada antes de que concluya el 2025, con una posible fecha simbólica de inicio de su implementación gradual: el 1 de mayo de 2026, día en que se conmemora el Día del Trabajo.
¿Cuáles son los Retos de la Reducción de la Jornada Laboral para el Sector Empresarial?
La implementación de la reducción de la jornada laboral genera preocupaciones en el sector empresarial, sobre todo en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), las que expresan los siguientes retos:
• Cambios en la Organización: Reestructuración de turnos, horarios, roles y funciones para mantener los niveles de servicio y/o producción.
• Modificaciones en las Operaciones: Ajustes en los procesos de operación y logística interna para cubrir la demanda con menos horas de trabajo por trabajador.
• Incremento de Costos: Potencial incremento de costos operativos derivado de la posible necesidad de contratar más personal para cubrir los días de descanso obligatorio.
• Relaciones Laborales: Renegociación de los contratos laborales individuales y colectivos.
• Cumplimiento Legal: Adaptación a la normatividad y garantía de cumplimiento legal en todos los niveles de la organización.
La reducción de la jornada laboral a 40 horas representa un cambio histórico en los derechos laborales en México. Se espera un diseño legislativo robusto que considere la gradualidad, los incentivos empresariales y una aplicación que equilibre la protección del trabajador y la sostenibilidad de la empresa.
Nota aclaratoria: La información detallada en este artículo, especialmente aquella relativa a las principales propuestas, gradualidad y plazos se fundamenta en los comunicados oficiales, consensos de los foros de diálogo y proyecciones gubernamentales. El contenido aquí expuesto no constituye el texto definitivo de la iniciativa de reforma que será presentada formalmente ante el Congreso y, por lo tanto, está sujeto a las modificaciones inherentes al proceso legislativo.
LA STPS INFORMA SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA TOTALIDAD DE DISPOSICIONES DE LA “LEY SILLA”

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa que a partir del 15 de diciembre de 2025 entraron en vigor las últimas disposiciones de la llamada Ley Silla, derivadas del Decreto publicado el 19 de diciembre de 2024 y de las Disposiciones sobre los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación, publicadas el 17 de junio de 2025.
Con esta fecha, todas las obligaciones previstas en el marco normativo quedan plenamente exigibles, particularmente:
1. Obligación de proporcionar asientos o sillas con respaldo. Las personas trabajadoras que realizan sus actividades de pie deberán contar con una silla o asiento con respaldo ubicado en su propio puesto de trabajo, permitiendo que alternen entre estar de pie y sentarse sin interrumpir sus actividades.

Cuando por la naturaleza de las tareas no sea posible colocar el asiento en el propio puesto, el patrón de-
berá proporcionar sillas con respaldo en un área cercana, acordando con las personas trabajadoras el número de pausas y la duración de cada una, con el fin de garantizar el derecho efectivo al descanso.
2. Obligación de adecuar el Reglamento Interior de Trabajo (RIT). También a partir del 15 de diciembre será exigible que los centros de trabajo hayan modificado su Reglamento Interior de Trabajo, incorporando.
• Los factores de riesgo a los que están expuestas las personas trabajadoras en bipedestación.
• Las pausas durante la jornada laboral a las que tienen derecho.
• La ubicación y disponibilidad de los asientos o sillas con respaldo dentro del centro de trabajo.

La STPS informa que, en ejercicio de sus atribuciones, incorporará en su Programa Anual de Inspección para 2026 la verificación del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley Silla. Esto permitirá acompañar a los centros de trabajo en la correcta implementación de este cambio normativo, asegurando condiciones que favorezcan la salud, el descanso y la prevención de riesgos laborales para todas las personas trabajadoras que realizan actividades en bipedestación.
La Secretaría exhorta a los patrones y centros de trabajo de los sectores industrial, comercial y de servicios a cumplir cabalmente con las nuevas obligaciones, considerando que estas medidas fortalecen la prevención de riesgos, reducen fatiga y lesiones musculoesqueléticas, y contribuyen al bienestar y productividad de las personas trabajadoras.
La STPS refrenda su compromiso con la dignificación del trabajo, la salud laboral y la promoción de centros de trabajo seguros y acordes con los principios de trabajo digno.
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA UNIDADES VEHICULARES DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE PETROLÍFEROS, GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y PETROQUÍMICOS
La Secretaría de Energía a través de la Comisión Nacional de Energía (CNE), publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 3 de diciembre del año en curso, el “ACUERDO de la Comisión Nacional de Energía por el que se modifica el diverso por el que se emiten las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para el balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir el sistema de posicionamiento global de unidades vehiculares registradas en los permisos de transporte y distribución por medios distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 2025”, siendo de interés para el autotransporte federal de carga lo siguiente:

OBLIGACIÓN Y PLAZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y BALIZADO DE CÓDIGOS QR
A partir de la entrada en vigor de las presentes disposiciones, es obligatorio para realizar las actividades
permisionadas de Transporte y Distribución por medios distintos a ducto de Petrolíferos, Gas Licuado de Petróleo y Petroquímicos la debida implementación del Balizado en las Unidades Vehiculares, por lo que es obligación de las personas permisionarias de dichas actividades imprimirlo en la cantidad necesaria para el Balizado de la totalidad de las Unidades Vehiculares amparadas por su permiso.
La obligación prevista en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para el Balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir el Sistema de Posicionamiento Global de Unidades Vehiculares registradas en los permisos de Transporte y Distribución por medios distintos a Ductos de Petrolíferos, Gas Licuado de Petróleo y Petroquímicos es exigible conforme a los siguientes plazos y términos:

Al 31 de diciembre de 2025, para todas las Unidades Vehiculares que realizan la actividad de Transporte y Distribución por medios distintos a ducto de Petrolíferos y Gas Licuado de Petróleo, con excepción de las Unidades Vehiculares de tipo carro-tanque que realicen la actividad de Transporte.
A partir del 2 de enero de 2026, las personas Permisionarias de Transporte y Distribución por medios distintos a ducto de Petrolíferos y Gas Licuado de Petróleo deben reportar los Estados Operativos a que hace referencia la disposición 5.5 de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para el Balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir el Sistema de Posicionamiento Global de Unidades Vehiculares registradas en los permisos de Transporte y Distribución por medios distintos a Ductos de Petrolíferos, Gas Licuado de Petróleo y Petroquímicos.
Las obligaciones previstas en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para el Balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir el Sistema de Posicionamiento Global de Unidades Vehiculares registradas en los permisos de Transporte y Distribución por medios distintos a Ductos de Petrolíferos, Gas Licuado de Petróleo y Petroquímicos, no son exigibles para las personas Permisionarias que realicen actividades de Transporte de Petroquímicos por medios distintos a ducto, hasta en tanto la Comisión emita la regulación específica aplicable y otorgue los permisos correspondientes en dicha materia.
ALMACENAMIENTO PARA USOS PROPIOS

Uno de los temas planteados en las mesas de trabajo entre la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), es el “Almacenamiento de Combustibles para Usos Propios”, práctica que es de gran importancia para las empresas de Autotransporte Federal de Carga para impulsar su competitividad y productividad y para lo cual CANACAR solicitó un criterio acerca de este tema a la CNE, misma que mediante oficio F00.04.UAJ/287/2025 de fecha 16 de diciembre de 2025, nos responde lo siguiente:
“De conformidad con lo establecido en el Transitorio Quinto de la Ley del Sector Hidrocarburos, en tanto se emite nueva regulación o se modifica la regulación correspondiente, la normatividad y regulación emitida con anterioridad a la entrada en vigor de la referida Ley por la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía continuarán en vigor, en tanto no se opongan a la Ley del Sector Hidrocarburos”.
PRÓRROGA PARA LA VERIFICACIÓN DE EMISIONES CONTAMINANTES
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 2 de diciembre del año en curso, la “Modificación al Aviso por el que se informa a todas las empresas y personas físicas propietarias o en legal posesión de vehículos del servicio de autotransporte federal y transporte privado, que utilizan diésel como combustible o mezclas que incluyan diésel como combustible, gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, que transitan en las carreteras federales, las fechas de verificación que tienen que cumplir para los períodos de la verificación semestral obligatoria de emisión de contaminantes por opacidad del humo y concentración de gases en el año 2025, conforme a lo siguiente:

En consecuencia, se otorga una extensión del primer periodo de verificación, para quedar del 31 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2025
El presente aviso entró en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
PRÓRROGA PARA LA VERIFICACIÓN DE CONDICIONES FÍSICO –MECÁNICAS
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 2 de diciembre de 2025, la “Modificación al aviso mediante el cual se informa a las personas físicas o morales permisionarias de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga, y de transporte privado de personas y de carga, arrastre privado, autotransporte internacional de pasajeros, turismo y carga, así como las que prestan los servicios auxiliares de paquetería y mensajería, arrastre, arrastre y salvamento, que se extiende hasta el día 31 de diciembre de 2025 el periodo de verificación obligatoria correspondiente a dicho ejercicio, de condiciones físico-mecánicas, ajustándose a las especificaciones de la NOM-068-SCT-2-2014; y cuyos dígitos de la placa de identificación del vehículo a verificar sean los números 5 o 6, 7 u 8, 3 o 4 y 1 o 2, conforme al siguiente calendario de verificación”.

En consecuencia, se informa a las personas físicas o morales permisionarias de los servicios de autotransporte federal de pasajeros, turismo y carga, y de transporte privado de personas y de carga, arrastre privado, autotransporte internacional de pasajeros, turismo y carga, así como las que prestan los servicios auxiliares de paquetería y mensajería, arrastre, arrastre y salvamento, que deberán someter sus vehículos (propios o arrendados) a la verificación obligatoria de condiciones físico-mecánicas y obtener el dictamen correspondiente, en el formato que para tal efecto establezca la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en las Unidades de Inspección acreditadas y aprobadas, conforme a lo dispuesto en la NOM-068-SCT-2-2014.
Para tal efecto, los permisionarios podrán realizar la verificación hasta el día 31 de diciembre de 2025, ajustándose a las especificaciones establecidas en la cita norma, y aplicable a los vehículos cuyos dígitos de la placa de identificación correspondan a los números 5 o 6, 7 u 8, 3 o 4 y 1 o 2.
El presente Aviso entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Para los vehículos (propios o arrendados) que deban someterse a la verificación obligatoria de condiciones físico-mecánicas, cuyos Dígitos de la placa de identificación sean: 9 o 0, será durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de conformidad con lo dispuesto en el AVISO publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2012, y su modificación de fecha 15 de mayo de 2015.
El presente Aviso es aplicable también para los vehículos que les aplique lo señalado en el “AVISO por el cual se autoriza el uso del permiso provisional para circular sin placas y sin engomado para el Autotransporte Federal, en Caminos y Puentes Federales”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2025.
ACUERDO POR EL QUE SE DEJAN SIN EFECTOS LOS LINEAMIENTOS Y REGLAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE INFRAESTRUCTURA DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del día 23 de diciembre de 2025, el siguiente:
“ACUERDO por el que se dejan sin efectos los lineamientos del sistema institucional para el desarrollo de proyectos de inversión y las reglas de operación del subcomité de gerenciamiento de proyectos, a cargo del Comité de Infraestructura de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”.
Considerando que el Comité de Infraestructura de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes tiene como funciones opinar respecto de los planes, programas y proyectos de infraestructura del Sector, así como vigilar el desarrollo de estos y, en su caso, solicitar los ajustes necesarios; y dar seguimiento eficaz a estudios y proyectos prioritarios de infraestructura de los subsectores para garantizar la ejecución de estos en tiempo y forma;
Que los días 14 y 15 de febrero de 2024 se publicaron en el DOF, respectivamente, los “Lineamientos del Sistema Institucional para el Desarrollo de Proyectos de Inversión” y las “Reglas de Operación del Subcomité de Gerenciamiento de Proyectos”.
Con el propósito de que los actos produzcan efectos jurídicos conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se expide lo siguiente:
“Se dejan sin efectos los Lineamientos del Sistema Institucional para el Desarrollo de Proyectos de Inversiones y las Reglas de Operación del Subcomité de Gerenciamiento de Proyectos”.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-037-SICT2-2025, BARRERAS DE PROTECCIÓN EN
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 18 de diciembre del año en curso el “Aviso de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM – 037 – SCIT2 – 2025. barreras de protección en carreteras y vías urbanas”, conforme a lo siguiente:

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los criterios generales que han de considerarse para el diseño y colocación de barreras de protección, incluidos los parapetos para vehículos motorizados, en las carreteras y vías urbanas de jurisdicción federal, estatal y municipal, así como establecer la designación, definición y utilización de los diversos elementos que conforman dichas barreras.
Es de aplicación obligatoria en las carreteras federales, estatales y municipales, así como en las vías urbanas, incluyendo las carreteras y vías urbanas concesionadas, con el propósito de minimizar la severidad de un posible siniestro de tránsito en tramos de carreteras y vías urbanas que tengan terraplenes con taludes escarpados, obstáculos adyacentes al arroyo vial, zonas de obras viales o para la protección de peatones y ciclistas, donde los vehículos pudieran salirse del camino incontroladamente, o con el fin de evitar colisiones frontales.
Asimismo, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037- SICT22025, Barreras de protección en carreteras y vías urbanas, podrá ser consultado en cualquier momento a través del siguiente enlace:
DOF: https://www.dof.gob.mx/2025/SICT/PROY-NOM-037-SICT2.pdf
Los interesados en presentar comentarios deberán emplear el formato Word disponible en el enlace https://platiica.economia.gob.mx/proyectos-de-nom/ y remitirlo de forma editable al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, ubicado en Calzada de las Bombas 411, piso 2, Colonia Los Girasoles, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04920, Ciudad de México, teléfono 55 5723 9300 extensión 20115, o al 442 216 9777 extensión 4510 o al correo electrónico hbonilla@imt.mx
Los interesados dentro de los 60 días naturales contados a partir de la fecha del Aviso de publicación en el Diario Oficial de la Federación, emitan sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre en la plataforma Platica.
REGISTRO EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE REGISTRO DE SERVICIOS (SIRSE) PARA LOS PERMISIONARIOS DE LOS SERVICIOS AUXILIARES DE ARRASTRE, DE ARRASTRE Y SALVAMENTO, Y DE DEPÓSITO DE VEHÍCULOS
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicó en el Diario Oficial de la Federación del día 10 de diciembre de 2025, el “Aviso por el que se informa a los permisionarios de los servicios auxiliares de arrastre, de arrastre y salvamento, y de depósito de vehículos, el periodo que se otorga para su registro en el Sistema Informático de Registro de Servicios (SIRSE)”, consistiendo en lo siguiente:
• Los permisionarios de los servicios de arrastre, de arrastre y salvamento y de depósito de vehículos, deberán obtener su usuario y contraseña del SIRSE, en un periodo no mayor a 60 días hábiles contados a partir de la publicación del presente.
• Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior, es necesario realizar lo siguiente:
1. Ingresar al siguiente hipervínculo: https://micrs.sct. gob.mx/index.php/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/formatos-sirse
2. Llenar el formulario con la información requerida, y de conformidad con los servicios auxiliares que presten (arrastre, arras tre y salvamento o depósito de vehículos).

• En caso de tener dudas relacionadas con el llenado del formulario o su presentación, podrán enviar un correo electrónico a la cuenta dgaf. dgruas@sct.gob.mx, o bien, podrán acudir a la Dirección General de Autotransporte Federal o en su caso al Centro SICT de su elección, en donde se les brindará la orientación necesaria, e incluso, podrán realizar el llenado del formulario correspondiente.
INCIDENCIA DELICTIVA
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al autotransporte de carga que se presenta en nuestro país; en esta ocasión presentaremos el comportamiento de la incidencia al mes de noviembre de 2025 tanto del fuero común como del fuero federal.

INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL NOVIEMBRE 2025

INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN NOVIEMBRE 2025

INFORME MENSUAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE ADUANAS DE MÉXICO
Principales Indicadores de Operación Aduanera
A. Recaudación por flujo de efectivo
En el periodo de enero-diciembre de 2025, la recaudación en flujo de efectivo por operaciones de comercio exterior fue 1,449,461.4 millones de pesos, que representa un crecimiento de 15.5% real respecto al mismo periodo de 2024.
Dicho crecimiento en parte se debe a que existe recuperación gradual en la recaudación de IVA, el cual tuvo un crecimiento real de 8.3% respecto a 2024.
B. Recaudación por impuesto
Desagregando por tipo de impuesto, en el periodo de enero-diciembre de 2025 se observa lo siguiente:
En la composición estructural de las contribuciones se observa lo siguiente:

• En enero-diciembre de 2025, el IVA representó cerca del 68.1% de la recaudación. Esto mantiene al IVA como la principal contribución captada por la ANAM
• El IEPS representó 17.1% de la recaudación en enero-diciembre de 2025
• El resto de las contribuciones, como el IGI, DTA, ISAN y Otros, elevaron su participación en la recaudación llegando en su conjunto a 14.8%.
C. Recaudación por tipo de aduana
En las aduanas fronterizas, la recaudación aumentó 9.0% real respecto al mismo periodo de 2024. Nótese que las aduanas de Nuevo Laredo, Ciudad Juárez, Reynosa, Colombia y Matamoros obtuvieron el 81.6% del total de la recaudación de las aduanas fronterizas, colocándose entre las más importantes de este grupo.

Por otro lado, la recaudación obtenida en las aduanas interiores aumentó 11.9% real respecto a enero-diciembre de 2024. Las aduanas de AIFA, AICM, Puebla, Toluca, Guadalajara y México concentraron el 83.9% de la recaudación.
La recaudación en las aduanas marítimas aumentó 21.1% real respecto al mismo periodo de 2024. Manzanillo, Veracruz, Lázaro Cárdenas, Tuxpan y Altamira realizaron el 80.2% de la recaudación.
Operaciones
En el periodo de enero-diciembre de 2025, se realizaron 21,431,945 operaciones de comercio exterior, lo que representa una disminución de 2.3% respecto al mismo periodo de 2024. Se registraron 9,563,486 operaciones de exportación y 11,868,459 de importación, con variaciones de -0.5% y -3.8% respectivamente.
En las aduanas fronterizas, las operaciones disminuyeron 1.6% respecto al mismo periodo de 2024. Nótese que las aduanas de Nuevo Laredo, Tijuana, Ciudad Juárez, Reynosa, Nogales y Piedras Negras realizaron el 80.7% del total de las operaciones de las aduanas fronterizas, colocándose entre las más importantes de las aduanas fronterizas.
Por otro lado, las operaciones realizadas en las aduanas interiores disminuyeron 3.8% respecto a enero-diciembre de 2024. De ellas Guadalajara, Monterrey, AICM, AIFA, Querétaro y Toluca concentraron el 84.9% de las operaciones.
Las operaciones en las aduanas marítimas tienen una variación de -3.8% respecto al mismo periodo de 2024. Manzanillo, Veracruz, Lázaro Cárdenas y Altamira realizaron el 85.5% de las operaciones.
D. Pedimentos
Para el periodo de enero-diciembre de 2025 se han tramitado 10,824,725 pedimentos de los cuales 26.2% (2,831,695) fueron de exportación y 73.8% (7,993,030) de importación, que representan una disminución de 4.0% respecto del mismo periodo de 2024.
Las aduanas fronterizas recibieron durante enero-diciembre de 2025 un total de 5,615,811 pedimentos, cantidad 3.0% inferior que los recibidos en el mismo periodo de 2024. Destacan las aduanas de Nuevo Laredo, Tijuana, Ciudad Juárez, Colombia, Reynosa y Matamoros que en su conjunto recibieron 4,578,739 pedimentos, equivalentes al 80.6% del total tramitado en la frontera norte.
Para el caso de las aduanas interiores, se tiene un total de 3,223,853 pedimentos que, comparado con los tramitados en el periodo de enero-diciembre de 2024, representan una disminución de 7.2%. Las principales aduanas interiores que mayor número de pedimentos concentran son: AICM, AIFA, Guadalajara, Monterrey, Querétaro y Puebla por las que se tramitaron el 84.4% de los pedimentos.
Para el periodo en estudio, las aduanas marítimas recibieron 1,985,060 pedimentos, lo que representa una ligera disminución de 1.1% respecto de lo registrado durante el mismo periodo de 2024. Destacan las aduanas de Manzanillo, Veracruz, Lázaro Cárdenas y Altamira por concentrar el 90.3% de los pedimentos.

E. Valor declarado de las mercancías
En cuanto al valor declarado de las operaciones de comercio exterior, el incremento fue de 9.6% en términos reales, respecto a enero-diciembre de 2024. Por su parte, el valor de las importaciones aumentó 10.4% real y el de las exportaciones crecieron en 8.8% real, respecto al mismo periodo de 2024. Este concepto durante 2024 se vio afectado por la variación del valor del peso mexicano respecto al dólar.
En las aduanas fronterizas, el valor de las operaciones aumentó 9.7% real, y el 80.6% del valor declarado de las mercancías se concentra en las aduanas de Nuevo Laredo, Ciudad Juárez, Tijuana, Reynosa, Colombia y Piedras Negras.
En las aduanas interiores, el incremento real fue de 16.2% y las aduanas de Guadalajara, AICM, Monterrey, Puebla, AIFA y Querétaro concentraron el 86.5% del valor de las operaciones.
F. Mapa térmico de la operación aduanera

En el mes de diciembre de 2025, se observan señales de aumento en la Recaudación, el IVA, IGI, DTA, IEPS, ISAN y Otros.
Por otro lado, el Valor de las mercancías, presenta señales de aumento durante 2025.
Las Operaciones presentan señales de alerta en el mes de diciembre de 2025.
Durante los trabajos del mes de la LXVI Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector:

1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 376 Bis y 376 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la Senadora Michel González Márquez del Grupo Parlamentario del PAN, el 2 de diciembre de 2025.
La iniciativa propone aumentar la pena cuando el objeto robado sea un vehículo automotor terrestre.
Estatus. Turnado a Comisión de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

Estatus. Pendiente.
2. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del Diputado Juan Ángel Bautista Bravo del Grupo Parlamentario de MORENA, el 2 de diciembre de 2025
La iniciativa propone que sean días de descanso obligatorio el primer lunes de mayo en conmemoración del 5 de mayo, el 2 de noviembre y el 12 de diciembre.

3. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 166 Ter al Código Penal Federal, a cargo del Diputado Francisco Javiern Borrego Adame del Grupo Parlamentario de MORENA, el 2 de diciembre de 2025.
La iniciativa propone imponer de 3 a 5 años de prisión y multa de 400 a 600 UMAs, a quien por sí o interpósita persona, promocione, preste o realice servicios de grúas, arrastre, salvamento o depósito vehicular en vías generales de comunicación bajo jurisdicción federal, sin contar con la concesión, permiso o autorización vigente; si la acción es cometida por persona moral, la responsabilidad penal será para quien la represente legalmente; asimismo, la pena será aplicable para el operador o conductor de la unidad, al tener conocimiento de la irregularidad; las autoridades deberán dar aviso al Ministerio Público Federal para que inicien carpeta de investigación.
Estatus. Turnado a la Comisión de Justicia.
4. Iniciativa con proyecto de decreto que se reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la Senadora Alma Carolina Viggiano Austria del Grupo Parlamentario del PRI, el 4 de diciembre de 2025.
La iniciativa propone imponer eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa.
Estatus. Turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales, Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.
5. Iniciativa con proyecto de decreto que se reforma y adiciona el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de los senadores Alejandra Barrales Magdaleno, Daniel Barreda Pavón Amalia, Amalia García Medina, Nestor Camarillo Medina, Luis Donaldo Colosio riojas y Clemente Castañeda Hoeflich del Grupo Parlamentario de MC, el 9 de diciembre de 2025.

La iniciativa propone modificar el esquema actual del aguinaldo, que ha permanecido prácticamente sin cambios durante décadas para que su monto aumente de forma gradual conforme avanza la antigüedad laboral, así las personas trabajadoras puedan recibir un reconocimiento económico más acorde a su trayectoria y aportación sostenida, sin generar cargas desproporcionadas para los centros de trabajo. El esquema progresivo permitiría modernizar una prestación que se ha quedado rezagada frente a las condiciones actuales del país y garantizaría que el aguinaldo cumpla con su función de brindar apoyo económico significativo al cierre del año, especialmente para quienes han dedicado más tiempo y esfuerzo a la misma fuente de empleo.
Estatus. Turnado a la Comisión del Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera.
6. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de los senadores Alejandra Barrales Magdaleno, Daniel Barreda Pavón Amalia, Amalia García Medina, Nestor Camarillo Medina, Luis Donaldo Colosio riojas y Clemente Castañeda Hoeflich del Grupo Parlamentario de MC, el

La iniciativa propone ajustar la jornada laboral para avanzar hacia un modelo más equilibrado entre trabajo y descanso, sin comprometer el funcionamiento de los centros laborales, esto parte del reconocimiento de que la productividad no depende de jornadas más largas, sino de condiciones laborales adecuadas y de una organización eficiente del trabajo. También, se subraya que este cambio no tendría por qué traducirse en aumentos de precios, ya que los principales factores de la inflación responden a dinámicas de demanda, costos de insumos y condiciones monetarias, no a la reducción moderada de horas laborales, por lo que se plantea que garantizar dos días de descanso con goce de salario contribuirá al rendimiento y a la salud de las personas trabajadoras, al tiempo que preserva la competitividad de las empresas y evita impactos negativos en la economía.
Estatus. Turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales, Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos.
7. Iniciativa con proyecto de decreto que se reforman diversas disposiciones de la ley de la Guardia Nacional; de la Ley de Caminos, Puentes y autotransporte Federal; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y del Código Penal Federal, a cargo de senadoras y senadores del PAN, el 9 de diciembre de 2025.

La iniciativa propone incorporar en la Ley de la Guardia Nacional la obligación de elaborar y presentar anualmente al Senado un Programa Nacional de Seguridad en Carreteras y Caminos Federales, con diagnóstico, metas, indicadores, despliegues operativos y evaluación de resultados y, la creación de corredores seguros, obligando a la autoridad federal a implementar el patrullaje continuo, puntos de reacción inmediata, coordinación operativa intergubernamental, protocolos de emergencia y un sistema robusto de monitoreo mediante videovigilancia, arcos lectores de placas y dispositivos tecnológicos equivalentes. Estos elementos responden a las prácticas internacionales más efectivas en materia de seguridad carretera y permiten disminuir tiempos de reacción y capacidad delictiva.

Respecto a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal se actualiza para incorporar un capítulo específico sobre Seguridad en la Infraestructura Carretera, se establece la obligación para las personas concesionarias y a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, de instalar cámaras, arcos lectores, botones de pánico, iluminación en zonas de riesgo y enlaces en tiempo real con centros de mando, así como a entregar información periódica sobre incidentes y acciones correctivas. El incumplimiento reiterado será sancionado con medidas que pueden llegar hasta la revocación de la concesión.
Se fortalece la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública añadiendo mecanismos de coordinación obligatoria entre Federación, Estados y Municipios para prevenir e investigar el robo cometido en carreteras y, se obliga a la Conferencia Nacional de Secretarías de Seguridad Pública a identificar anualmente las zonas carreteras de riesgo y a establecer protocolos homologados para todas las corporaciones permitiendo así uniformar criterios, mejorar la capacidad de respuesta y evitar vacíos de actuación.
Finalmente, respecto al Código Penal Federal, se aumentan las sanciones para el delito de robo cometido contra personas que utilizan caminos o carreteras y se prevé la acumulación de penas cuando el objeto sea un vehículo automotor y se aplican sanciones agravadas cuando participen asociaciones delictuosas, bandas o pandillas, y se incorporan como agravantes el uso de inhibidores de señal, la desactivación de sistemas de geolocalización, la instalación de retenes falsos, el uso de uniformes o insignias apócrifas y cualquier simulación de autoridad para cometer el delito. Estas modalidades se han vuelto frecuentes y altamente peligrosas, por lo que el marco jurídico debe preverlas expresamente.
Lo anterior busca responder a la demanda de seguridad en las carreteras con responsabilidad, rigor técnico y visión de largo plazo.
Estatus. Turnado a la Comisión de Seguridad Pública, Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos Segunda.
8. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la Senadora Imelda Sanmiguel Sánchez del Grupo Parlamentario del PAN, el 9 de diciembre de 2025.
La iniciativa propone eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa.
Estatus. Pendiente.
9. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman los artículos 2, fracción XV; 49 Bis, 49 Ter; 49 Quater; 74 y 74 Bis de la Ley de Caminos Puentes y Autotransportes Federal, a cargo de la Senadora Blanca Judith Díaz Delgado del Grupo Parlamentario de MORENA, el 9 de diciembre de 2025.

La iniciativa propone establecer que para prestar los servicios de autotransporte de carga se requiere contar con la Constancia de Certificación de Habilidades específica para el tipo de unidad, de remolque y en su caso, del material o mercancías que transporte. Además, la certificación de habilidades tendrá vigencia de dos años y será expedida por el Organismo de Certificación autorizado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Educación Pública a través del Consejo Nacional de Normalización y Certificación.
Estatus. Turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos Primera.
10. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Senadora María del Rocío Corona Nakamura del Grupo Parlamentario del PVEM, el 9 de diciembre de 2025.
La iniciativa establece que quedará prohibido el uso de vehículos de autotransporte de carga con dos o más remolques o semirremolques, para la prestación de servicios de autotransporte de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos a que se refiere el párrafo anterior. Los vehículos de autotransporte de carga con servicios de utilidad pública para dependencias o paraestatales del Gobierno Federal, quedan exentos de la disposición señalada en este párrafo, conforme a los lineamientos que establezca la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Estatus. Turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos Primera.

1. Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita a la SICT, así como a la GN, a fortalecer la supervisión y el uso obligatorio del SIRSE por parte de los prestadores de servicios de arrastre, arrastre y salvamento, a fin de garantizar la transparencia, legalidad y protección a los usuarios del autotransporte federal, a cargo del Diputado Francisco Javiern Borrego Adame del Grupo Parlamentario de MORENA, el 2 de diciembre de 2025.
Estatus. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

2. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a implementar accione surgentes para garantizar la seguridad en las carreteras y caminos federales, a cargo de Senadoras y Senadores del Grupo parlamentario del PAN, el 9 de diciembre de 2025.
Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

En el portal del Gobierno del Estado de México se encuentran las opciones de CONSULTA Y COBRO DE INFRACCIONES impuestas en dicha entidad; se puede obtener ingresando:
• Placa, o
• Número de infracción.
Para realizar dicho trámite puede ingresar a alguno de los siguientes enlaces: https://infracciones.ssedomex.gob.mx/Search https://sseguridad.edomex.gob.mx/infracciones-transito
Así también, el Gobierno de la Ciudad de México, tiene a disposición la consulta y pago de infracciones de tránsito, se puede obtener la consulta en los siguientes enlaces: https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/sma/consulta_sedema https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/consulta_adeudos

