PROTOCOLO 3
Versión 2.0 actualizado al 08.05.2020*
Protocolo de acción ante casos sospechosos y confirmados Covid-19 para obras de construcción y empresas proveedoras al rubro construcción. JUNTOS CONTRA EL COVID-19
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Cuando se tenga sospecha o haya confirmado el diagnóstico de una persona de la obra con resultado positivo, las empresas deberán aplicar una serie de acciones preventivas con el propósito de proteger a los trabajadores ante la posibilidad de un contagio de Covid-19
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La aplicación de este protocolo exige a los ejecutivos y directivos de las empresas ejercer un liderazgo permanente tanto en las obras y faenas como en centros de trabajo.
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Se debe asegurar que se produzcan rápida y efectivamente los cambios conductuales que demanda la compleja situación del país. Solo así, y mediante un esfuerzo solidario y colaborativo, podremos cumplir con los objetivos que nos hemos propuesto.
ACCIONES A REALIZAR
Ante la sospecha de contagio de Covid-19 en una obra, faena o centro de trabajo, es recomendable activar las siguientes medidas:
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Aislar preventivamente de la persona sospechosa o confirmada de contagio.
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Notificar al Ministerio de Salud al 600 360 7777.
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La persona sospechosa deberá seguir las instrucciones que reciba de la autoridad sanitaria y presentarse en el centro asistencial de salud designado por el Ministerio correspondiente a su mutualidad.
Protocolo elaborado con el apoyo de Mutual de Seguridad.
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La persona sospechosa debe dar aviso al Departamento de Recursos Humanos de la empresa.
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La empresa deberá convocar o constituir un Comité de Crisis para definir las medidas a seguir y acciones a reforzar.
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Se debe tomar listado de personas que tuvieron contacto estrecho (ver página 3) con la persona que presenta sintomatología.
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La empresa deberá contactar a los trabajadores que mantuvieron contacto con la persona sospechosa para determinar acciones particulares a cada caso y seguir el protocolo de medidas establecidas por la empresa.
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Los trabajadores que hayan estado en contacto estrecho con el trabajador deben permanecer en aislamiento preventivo en primera instancia y luego adoptar las medidas que la autoridad de salud determine.
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Se recomienda que estos trabajadores no asistan a dependencias de la empresa, obra o centro de trabajo hasta obtener la confirmación del resultado del testeo al trabajador sospechoso, conforme a lo que determine la autoridad de salud.
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Todo contacto y derivación deberá ser no presencial: por teléfono, mensajería, mail, WhatsApp u otros.
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Se debe realizar seguimiento y control de reposos y cuarentenas preventivas de trabajadores que estuvieron en contacto o confirmación diagnóstica ordenada por la autoridad de salud.
Frente a un trabajador positivo en el test para Covid-19: La confirmación del diagnóstico positivo por COVID-19 de un trabajador de un lugar de trabajo de la empresa supone que previo a ello se ha llevado a cabo el protocolo establecido para casos sospechosos y/o el trabajador ha cumplido anteriormente con informar a la empresa que presenta los síntomas y se ha contactado con el Ministerio de Salud.
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En caso de la empresa tome conocimiento de que a un trabajador se le haya confirmado su diagnóstico, es decir que dio positivo en la prueba específica para COVID-19, se aplican las disposiciones establecidas por el Ministerio de Salud, en el sentido de que el trabajador debe cumplir con todas las instrucciones que le entregaron al confirmar el contagio con COVID-19.
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Es recomendable que la empresa también llame al Ministerio de Salud, para validar el caso positivo y que realice seguimiento al trabajador. De esta manera se mantendrá informado y tranquilo al personal del centro de trabajo.
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Se debe convocar o constituir por parte de la empresa el Comité de Crisis para definir las medidas a seguir y acciones adicionales a reforzar en materia sanitaria, comunicaciones, apoyo a personas y relacionamiento comunitario.
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En lo inmediato se deben aplicar en la obra, faena o centro de trabajo las medidas a continuación: RESPECTO DE LOS TRABAJADORES
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Elaborar un listado de personas que tuvieron contacto estrecho con el trabajador con diagnóstico confirmado, mediante un análisis de trazabilidad. Este debe considerar la revisión de personas en contacto o lugares (oficinas, bodegas, o terreno) en donde el afectado realiza sus funciones habitualmente. Para esto es importante la declaración del trabajador y conformar la investigación que debe validar el centro de trabajo.
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Los trabajadores que hayan estado en contacto estrecho con el trabajador contagiado, deben permanecer en aislamiento preventivo en sus domicilios y luego adoptar las medidas que la autoridad de salud determine.
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Aplicar el Protocolo de manejo de contactos de casos COVID -19 publicado por Ministerio de Salud en su sitio: www.minsal.cl/nuevo-coronavirus-2019-ncov/informe-tecnico/
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Mientras se está en proceso de evaluación por parte de la autoridad sanitaria, estos trabajadores no deben asistir a las dependencias de la empresa, obra o centro de trabajo hasta completar el aislamiento preventivo determinado por la autoridad de salud, esto es, aislamiento domiciliario por 14 días con el fin de disminuir la transmisibilidad del virus e identificar rápidamente la aparición de síntomas.
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Mantener seguimiento y control de reposos y cuarentenas preventivas de trabajadores que estuvieron en contacto estrecho o tienen confirmación diagnóstica por parte de la autoridad de salud.
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Todo contacto y derivación deberá ser no presencial (por teléfono, mensajería, mail u otros). Por estos medios, apoyar al trabajador diagnosticado positivo y a los trabajadores que estuvieron en contacto estrecho con él.
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Indicar a los trabajadores que deben seguir las indicaciones médicas entregadas por la autoridad sanitaria o por el organismo médico a cargo de su caso.
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Realizar en grupos pequeños, reuniones destinadas a reforzar las medidas preventivas para Covid -19.
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Activar acciones de apoyo a trabajadores, por parte de las áreas de personas o bienestar para acompañamiento, ayuda y orientación.
Contacto estrecho: Persona que ha estado en contacto con un caso confirmado con Covid-19, entre 2 días antes del inicio de síntomas y 14 días después, cumpliéndose además una de las siguientes condiciones: ●
Haber mantenido más de 15 minutos de contacto cara a cara, a menos de un metro.
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Haber compartido un espacio cerrado por 2 horas o más, tales como oficinas o colegios.
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Vivir o pernoctar en el mismo hogar o lugares similares como hostales, internados, instituciones cerradas, hogares de ancianos, hoteles, residencias, entre otros.
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Haberse trasladado en cualquier medio de transporte cerrado a una proximidad menor de un metro con otro ocupante del medio de transporte.
Nota: Mientras la autoridad sanitaria no haya decretado el contacto estrecho, la cuarentena preventiva es de cargo de la empresa en lo correspondiente a los aspectos contractuales que dicen relación con el pago de remuneraciones de los trabajadores.
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RESPECTO DEL LUGAR DE TRABAJO
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Realizar todas las acciones que determine la autoridad en caso de constituirse en el centro de trabajo.
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Identificar el área de influencia directa (lugar físico de la obra, faena o centro de trabajo donde el trabajador confirmado desempeñaba sus funciones al momento de presentar los síntomas propios de Covid-19 y su posterior confirmación).
Aplicar de inmediato el Protocolo de limpieza y desinfección de ambientes COVID-19 publicado por el Ministerio de Salud que puede consultar en https://www.minsal.cl/nuevo-coronavirus-20 19-ncov/material-de-descarga/
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Delimitar y prohibir el acceso a dicha área para los efectos de reforzar la limpieza y desinfección inmediata, incluyendo áreas comunes y evaluar la suspensión de actividades de áreas comunes.
Las labores de limpieza y desinfección del área de influencia directa deben ser efectuadas por personal definido por la empresa, que debe portar todos los elementos de protección personal adecuados al riesgo inherente a la actividad, procurando proveer de al menos:
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Suspender las faenas en el sector delimitado previamente y proceder con medidas de limpieza y desinfección.
Mantener registros respectivos sobre las rutinas aplicadas.
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Trajes desechables tipo Tyvex o pechera desechable
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Guantes desechables para labores de aseo de manga larga
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Mascarillas de protección respiratoria desechables de alta eficiencia (N95)
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Careta facial
Realizar un Análisis de Seguridad del Trabajo (AST) específico de la situación frente al posible contagio por coronavirus, por parte del área encargada de Prevención de Riesgos.
Identificar accesorios, equipos y herramientas de uso del trabajador confirmado, para aislar y desinfectar.
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Aplicar al resto de la faena, obra o centro de trabajo el Protocolo Sanitario para Obras de Construcción, publicado por la Cámara Chilena de la Construcción que se encuentra publicado en sitio web www.cchc.cl
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