Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Año 13
DECRETOS
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
03 NOV203
VISTO: El acto a llevarse a cabo el día 7 de Noviembre de 2025 a las 15.00 horas, en las instalaciones del Club Social y Deportivo Nahuel de nuestro Partido, y;
CONSIDERANDO: Que, en tal evento, se realizará la entrega de medallas a quienes han cumplido más de 25 años de trabajo en el Municipio, como reconocimiento a la prestación de sus servicios;
Que, el Titular del Departamento Ejecutivo encuentra propicio declarar de interés Municipal el mencionado acontecimiento.-
POR ELLO: El SEÑOR INTENDENTE
MUNICIPAL
DE FLORENCIO VARELA,
en uso de
atribuciones que son propias de su cargo:
DECRETA
ARTÍCULO 1: Declárese de Interés Municipal el acto de entrega de medallas a los --------------------
trabajadores municipales que han cumplido veinticinco años de servicio en
esta Administración Municipal, el que se llevará a cabo el día 7 de Noviembre de 2025 a las
15.00 horas, en las instalaciones del Club Social y Deportivo Nahuel, sito en calle 25 de
Mayo de 1810 Nc> 2544 esquina General Justo José de Urquiza de nuestro Partido.-----------
ARTICULO
2: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaría de Hacienda y
el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.-----------------------------Ü: 1’ : : 1:Rt-':C>
ARTICULO
-––-------–--––-
3:
Tomen conocimiento
todas las Secretarías y
Subsecretarías del
Departamento Ejecutivo, las que, mediante copia del presente, notiücarán
a sus dependencias, a fin de brindar la colaboración necesaria.–---------------------------------
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHIVESE.–------
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FLORENCIO VARELA,
O3 NOV2025
VISTO :
La nota elevada por la Subsecretaria de Prensa y Comunicación, PIÑEIRO NOELIA FERNANDA, en la cual solicita se le conceda Licencia Anual Ordinaria, desde el 27 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2025 , inclusive ; y CONSIDERANDO :
Que se computará dicho período correspondiente al año 2022
,
dado que la agente hizo expresa reserva de las licencias de años anteriores ; Que corresponde hacer lugar a lo solicitado, designan(io un funcionario a cargo de la firma del despacho de la citada subsecretaría ; Que se ha propuesto para ello , al Director General de Prensa y
Difusión,
ANGEILC)ZZ
I
DIEGO
EMNIANUEL
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1'’.–Concédase a la Subsecretaria
de Prensa y Comunicación, – – – – – – – - – – PIÑEIRO NOELIA FERNANDA, Leg N'’ 5037 , Licencia Anual Ordinaria, desde el 27 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2025 , inclusive . – – – –
.RTÍCULO 2c’.–Desígnase a cargo de la –subsecretaría,
al
Director
Mt 'ü€Til [ iE.GO EMMANUEL, Leg N'’ 7278 ,
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firma del despacho de la citada–
General
de Prensa
y Difusión,
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en el período mencionado en el artículo
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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/ / / /2.– ARTÍCULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendado por el Secretario
– – – –
– – – – –General de Gestión Pública , la Secretaria de Hacienda, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – - – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
– – – – – – –la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la Contaduría
y las Direcciones Generales de Liquidación Registro
y Legislación
General de Gestión Pública, General,
de Haberes y Patrimonio,
y de
.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE .
DECRETO
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Florencio Varela Municipalidad
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03 NOV 202l5
VISTO:
El Expediente Administrativo N'’ 4037-2461-G-25, de la Municipalidad de Florencio Varela, caratulado GIMENEZ, Enzo Luciano Ruben, mediante el cual se tramita la Regularización Dominial del predio de este Partido, designado catastralmente: Circunscripción V- Sección G- Código (3)Manzana 29- Parcela 3 y;
CONSIDERANDO: Que, la comuna comparte la problemática social de la Regularización Dominial, para brindar seguridad jurídica a un mayor número de familias del Partido; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo zF de la Ley N'’ 10830, se requiere declarar de interés social la Regularización Dominial de la parcela en cuestión a favor de Enzo Luciano Ruben Gimenez, para la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones que le son propias a su cargo; D. G. R. O.
DECRETA
ARTÍCULO 1'’: DECLARASE de INTERES SOCIAL la Regularización –--– --–––-–-–––––Dorninial del predio, cuya denominación catastral es Circunscripción V - Sección G - Código (3) - Manzana 29 - Parcela 3, del Barrio Villa Hudson de la Localidad de Bosques, Partido de Florencio Varela, a favor de Enzo Luciano Ruben Gimenez. ---–-–––––-–––––––––-–--–--––----
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2': SOLICITASE la intervención de la Escribanía General de ---––-––––––––4obierno de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Plan de Escrituración de la Vivienda Familiar y las Leyes Provinciales de reforma de la Ley Orgánica de Escribanía Nro. 10830 y 10771. -––-––--–--–ARTÍCULO 3': El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario – --------––––––-de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana. -––––---––-––-––––––––––––––-––––––––-–-––-–----ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Servicios -–––-–--–––––-–-–-–4úblicos, Ambiente y Planificación Urbana, la Dirección General de Regularización Dominial y la Dirección General de Registro y Legislación. -––––-–––––––––––––-––––––-––––––––-–-–-–––
ARTÍCULO 5: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIMENTADO ---------––---–-––we sea, ARcriÍVESE; –––––––––––-–-----––––––-– \d
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FLORENCIO VARELA,
03 NOV 2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3364-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la adquisición de 1 (una) camioneta Okm„ nueva, modelo 2025, de tracción 4x4, diésel, doble cabina, color blanco, necesaria para llevar a cabo las tareas de las distintas de la Secretaría de Gobierno en los distintos barrios de este Partido; Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'’104/2025, 1 er. llamado; Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propIas a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Adjudícase la Licitación Privada N'’104/2025 1 er.llamado, a la firma: AUTOS DEL SUR S.A. por la –---–––––––---suma de $61.250.000,00 (PESOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON CERO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según Acta de pre-adjudicación obrante a fs.46 del citado expediente administrativo. –---–––––––––––––––––––––-––--––––––––––––––ARTICULO
2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdic-
---––-–––––----
ción ] . 1 . 1.0 1 .02.000, Categoría Programática 01.01, Fuente de Financiamiento 1 . 1.0, Objeto del Gasto 4.3.2.-
ARTICULO 3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: CITYSSAN S. A. y a AUTOS DEL -----–––––––––SUR S. A. por la suma de $3/ULOOO,00 cada una; luego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente.------------------------------------------------------------------'---------ARTICULO
4to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.------------------------------------------------------------------------------------------
-––––––––––-ARTICULO
5to.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la Jefatura
-––––––––––-- General de Compras y Suministros, a los efectos correspondientes. ––––-–––--–––––––––––– ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHIVESE. –––––––––––--
DECRETO N' D? f::J::
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VISTO :
La Licencia por nacimiento de la SubsecreLaria Privada, dependiente
de
la
Secretaría
General
de
Gestión
Pública,
CIUCIO
ALDANA
NOELIA; y CONS I DERAN DO :
Que la agente ha aportado las constancias médicas necesarias en el Servicio de Medicina Laboral, y por el período comprendido de su licencia , corresponde designar un funcionario a cargo de dicha Subsecretaría;
Que el Artículo N'> 275, CAPÍTULO XIV, del Decreto–Ley N'’ 6769/58 , "Ley Orgánica de las Municipalidades'’ , establece que "Todo empleado municipal que desemper-le interinamente un cargo mejor rentado , puede percibir el sueldo que corresponda a dicho cargo . '’ , por lo que se hace necesario el pago de reemplazos a personal designado interinamente en cargo de mayor jerarquía; Que se ha propuesto para ello a la Directora General de Despacho Contable , de la Subsecretaria Privada , dependiente de la Secretaría General
de Gestión
Pública,
NIORAES CAMiILA
BARBARA;
Por ello, EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 ').–Desígnase a cargo de la firma del despacho de la Subsecretaría – – – – – – – –Privada
a la
Directora
General
de
Despacho
Contable
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CAMiLA BARBARA, Leg N'’ 8.152 , 5PÍCC
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su titular
a partir del 27 de octubre de 2025 mientras se encuentre con licencia por nacimiento , y con carácter
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11112.– ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes serán imputados a : Jurisdicción:
– – – – –1.1.1.01.01.000 – Categoría Programática : 01.02.02 – Objeto/gasto : 1.1.5.02 "Reemplazos" – Fuente de financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por el
Secretario General – – – – – – – – –de Gestión Pública, la Secretaria de Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – - – – - – - – – – – – – -
ARTÍcULO 4 ') . –Tomen conocimiento la Secretaría General de Gestión Pública ,
– – – – – – – – la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – - - – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE . –
DECRETO
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Fl„,„,i, V„,1,, 03 NOV2025 VISTO: Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3433-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la reparación de vehículos municipales; Que, a fojas 5 del mencionado expediente de la Secretaria de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 6 de la L.O.M
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo
9
DECRETA :
ARTICULO lro: Adjudicase a la firma SERVI VIAL S.R.L. la Compra Directa N'’68/2025, en la suma de $39.688.370.(PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100) según el citado expediente administrativo.------------------------.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.09.000, Categoría Programática 28.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.3.2.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente. --––––––––––––--–-–----–––––-ARTICULO 4to; Tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. –--–––––––––-––---
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. –---–––––––-––––-–---–---––--–––-
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'\\ ll' Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela, VISTO:
03 NOV208
Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3562-S-2025, y CONSIDERANDO, Que, es necesario el abono mensual software modulo táctico lpr base para administración de cincuenta y dos (52)
cámaras lpr;
Que, a fojas 4 del mencionado expediente de la Subsecretaria de Modernización, Innovación y Tecnología fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la
L.O.M
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo,
DECRETA:
ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma TECNOLOGICA AUSTRAL S.R.L la Compra Directa N'’69/2025, en la suma de $9.404.256.- (PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100) según el citado expediente administrativo. -––-–––––––––––––––––––––––-–-––––-–-––––––––---
ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 0 1.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.6.-----
ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. ---––––––––––––––-ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -----–--–-–––––––––--–-––---–––––––––––--––––––––––––----
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. –-------––--––-––––-–––––––--––--
DIRECCIÓN
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CIENDA ucia VARELA
25 de Mayo N'> 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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Florencio Varela,
VISTO:
03 NOV2025
Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3563-S-2025, y CONSIDERANDO, Que, es necesario el servicio de hosting y mant. Correctivo de sitios y sistema web; Que, a fojas 7del mencionado expediente de la Dirección General de Sistemas Informáticos fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.O.M.-
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo)
DECRETA:
ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma WIDELEC PABLO IGNACIO Y FERNANDEZ ADRIAN S.H la Compra Directa N'’70/2025, en la suma de $14.892.9126 (PESOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y -DOS MIL NOVECIENTOS DOCE CON 00/100) según el citado expediente administrativo. -––-–––––––––-–––-–-–-–--–---ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000,Categoría Programática 0 1.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.6.-----
ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. –-----–––--––-––----–--ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -––––––––––––––––––––––––––––––-–––––––-–––––––-–
ARTICULO Sto: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. ––––--–––––––--–---–------–––––––
DIRECCIÓN DE
Dr. ArüÍas Gui
Intend
MunWplida/& Fd
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Fl,,m,i, v„,1,, 03
}’iC:V 2025
VISTO: Lo actuado en el Expediente Administrativo Municipal N') 4037-1 193-S-2024, Cuerpos I a III y su Alcance N'> 4/25, correspondiente a la “Obra hidráulica en los Barrio Villa Mónica Nueva y Mayol” y;
CONSIDERANDO: Que, con fecha treinta (30) de enero del año dos mil veinticuatro (2024) mediante Resolución Número: RESO-2024-54-GDEBA.MECONGP el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires dispuso la reglamentación del “Fondo de Fortalecimiento Fiscal Municipal” creado por el artículo 32 de la Ley N'’ 15.480 (Fs. 4 a Fs. 7);
Que, con fecha veintinueve (29) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), se celebró el Contrato General entre la Municipalidad de Florencio Varela y la Empresa Servicios y Gestión S. A., registrado en el Libro de Contratos bajo Nc’ 462/24 por la suma de pesos ciento ochenta y seis millones seiscientos noventa y cuatro mil dieciséis con treinta y dos centavos ($ 186.694.016,32), (Fs.587 a Fs. 589); Que, _mediante Alcance N'’ 4/25 del Expediente Adminisüatho
Municipal N'> 4037- 1193-S-24 la
empresa Servicios y Gestión S. A. solicitó la redeterminación de precios correspondiente al salto del MES
BASE Mayo 2024 Oferta, a MES CORTE Octubre 2024 CERT. N' 3 por la suma de VENtE
MILLONES
CiENTO SETENTA Y CUATRO Mil TRESCiENTOS CUARENTA CON SETEVrA Y NUEVE CENTAVOS ($ 20. 174.340,79), la cual no fIle objetada por el área técnico-contable; \\
/
Por todo ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones propias a su cargo:
DECRETA
Artículo 1'’: APRUEB ASE la ampliación de financiamiento para la “Obra hidráulica en los Bardo Villa
Mónica Nueva y Mayol” por un monto total de pesos VEINTE MILLONES CIENTO SETEIVÍA Y CUATRO Dcck5n. de
MIL
TRESCIENTOS CUARENTA
CON
SETENTA
Y
NUEVE
CENTAVOS
. ! ($ 20.174.340,79) correspondiente al salto del MES BASE Mayo 2024 Oferta, a MES CORTE Octubre
C>ertí y Con
MO
2024 CERT. N' 3.---------------------------------------------------.-.----–------------------------------------------Artículo
2'’: El nuevo valor de la obra conforme a lo expresado en el Artículo
DOSCIENTOS SEIS 'MILLONES
1'’ será de PESOS
OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE CON ONCE CENTAVOS ($ 206.868.357, 1 V.-–------------------------------------
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - ProvincIa de Buenos Aires .Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipatidad
Artículo 3'’: El gasto indicado en el Artículo 1a deberá ser imputado a Jurisdicción 1.1.1.01.09.000; Categoría Programática 32.75.96; Fuente de Financiamiento 1.1.0; Objeto de Gasto 4.2.2.04. 14.------------
Artículo 4'’: El presente Decreto, será refrendado por el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y la Señora Secretaria de Hacienda respectivamente.–--------------.------Artículo 5': Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana; la Contaduría General; y la Dirección General de Pavimentos e Hidráulica; a fIn de
notificar el presente Decreto.--------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 6'’: ReÜstrese, comuníquese y, cumplido que sea,Ja 'hívese.-------------------------------------------
Decreto N':
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VISTO:
9 4 NOV2025
Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3564-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es el abono mensual por sistema integral para la confección electrónica y gestión de inñacciones.; Que, a fojas¿+ del mencionado expediente de la Dirección General de Sistemas Informáticos fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.O.M.Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo,
DECRETA:
ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma SISTEMAS INTEGRALES SR S.A. la Compra Directa Nc’71/2025, en la suma de $ 16.500.000.- (PESOS DIECISEIS MILLONES
QUINIENTOS MIL CON 00/100) según el citado expediente administrativo..
ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 01.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.6.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. -, ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -–----––-–-––––-––––––-––-–------------–-------------–-–--––--ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese
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Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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Florencio Varela,
VISTO:
0 4 NOV2025
Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3565-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesario el mantenimiento de fibra óptica; Que, a fojas 15 del mencionado expediente de la Dirección de Infraestructura Tecnológica 'fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.o.M.------------------------Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo
DECRETA:
J
ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma COSEIDI S.A. la Compra Directa N'’72/2025,''¿n la suma de $8.589.000.- (PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100) según el citado expediente administrativo. ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 0 1.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.6.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. -ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. –--––––-––––––-––-––––––----–––––––––––––-–-–--–––––--
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. -–----–––---
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela, VISTO:
04 NOV2025
Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3566-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesario la licencia de uso de mantenimiento correctivo y sist. de seguridad m@jor; Que, a fojas 6 del mencionado expediente de la Dirección General de Sistemas Informáticos fündamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.O.M.-
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo
DECRETA:
ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma A.L. COMP. Y SISTEMAS S.R.L. la Campa_I}i_rQgta TÑ'?73/202t en la suma de $ 91.000.000,p (PESOS CINCUENTA
Y CUATRO MILLONES CON 00/100) según el citado expediente administrativo.------
ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 01.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.9.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. – ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -----––––-––––––––-–--––––-–––––––-––-–––-––--–--–––––––-
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. -.–-–––––––––-'––––––––--–--–––--
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VISTO:
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Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3567-S-2025, y CONSIDERANDO, Que, es necesario el mantenimiento de fibra óptica;
Que, a fojas 5 del mencionado expediente de la Subdirección de Redes Informáticas fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.O.M.Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo
DECRETA: ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma COSEIDI S.A. la Compra Directa N'’74/2025, en la suma de $11.400.000.- (PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100) según el citado expediente administrativo. ––-–––––––––-–ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 01.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.6.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. – ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. ----------–––––––––-–––––––––-–-–--–––––––––---------–-–––-ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese.
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
04 NOV 2025
VISTO: La factura B N'’ 2503-14545869 por la suma de Pesos seiscientos cuarenta y
un mil
cuatrocientos
sesenta y tres con ochenta
y nueve centavos
($ 641.463,89) emitida por la empresa Telefónica Móviles Argentina S. A. por la provisión del servicio de Datos Movistar Kite Platform, el que fuera oportunamente
solicitado; y
CONSIDERANDO: Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio por parte de la empresa mencionada
aún perduran,
habida cuenta de las necesidades
operativas de contar con dichos elementos.
Que, en vista de la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo,
DECRETA
ARTÍCULO
1'’: Abónese, a la empresa Telefónica Móviles Argentina S. A. la factura B
-----–-–-–-–––-
N'> 2503-14545869 por la suma de Pesos seiscientos cuarenta y un mil
cuatrocientos sesenta y tres con ochenta y nueve centavos ($ 641.463,89) por la
provisión del servicio de Datos Movistar Kite Platform, correspondiente al periodo octubre 2025'
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO
2(>: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000;
–----–––––––Categoría
Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de
Financiamiento 1.1.0.--------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO
3(>: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de
-––---–––––- Gobierno y por la Señora Secretaria de Hacienda. –––––––––––-ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento, la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. ----–-
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea. ARCHIVESE. -----––--
DECRETO N'
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VISTO:
La factura B Nc’ 0070-00863830, por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos
treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) emitida por la empresa TELECENTRO S.A., por la provisión del servicio de Internet Empresas; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos;
Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO l'); Abónese, a la empresa TELECENTR%. A.. la factura B NO 0070-00863830, -
–----–––-––--por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos treinta y siete con cero centavos ($84.337,00) por !a provisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al periodo octubre 2025.
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ARTÍCULO 2'’: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; -–––-----–--–Categoría Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento 1.1.o.-------------------
ARTÍCULO 3o: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno ––--
-–-––––––––– y por la Señora Secretaria de Hacienda. ––––––––––––––––––––----–-ARTÍCULO 4'): Tomen conocimiento, la Secretaria de Gobierno. la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. ---–––––-ARTÍCULO 5'>: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE. -–-–--.
DECRETO NO
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FLORENCIO VARELA,
04 NOV2025
VISTO:
La factura B N') 00002-0000147& por la suma de pesos cuatrocientos treinta y cuatro mil no)/ecientos cuarenta con treinta y cinco/ centavos ($434.940,35)/de fecha 20/10/2025/emitida por la empresa CICOMSA S.X., por la provisión del Servicio de Telefonía (Internet 300 MB y Equipos Móviles) durante el mes de Septiembre del año 2025; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio por parte de la empresa mencionada aún perduran, teniendo en cuenta que el servicio telefónico que presta la empresa Movistar (Telefónica Móviles Argentina S. A.), no ha sido restablecido completamente. Que,
por
esa
razón
se
ha hecho
imprescindible
mantener
el
servicio
oportunamente ofrecido por la empresa CICOMSA S. A.
Que, en vista de la necesidad de contar con el servicio telefónico, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento
de Contabilidad, por lo que el presente se dicta, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA ARTÍCULO lo: Abónese, a la empresa CICOMSA S.A. la suma de pesos cuatrocientos –
.treinta y cuatro mil novecientos cuarenta con treinta y cinco centavos ($434.940,35) correspondiente a la factura B NO 00002-00001478 de fecha 20/10/2025,
por la provisión del Servicio de Telefonía (Internet 300 MB y Equipos Móviles) durante el mes de Septiembre de 2025, conforme el detalle de la factura mencionada que acredita la efect prestación del servicio de marras
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ARTÍCULO 2o: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción
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l.1.1.01.01.000; –-
Programática 01.02.06; Objeto del Gasto: 3.1.4, Fuente de
Financiamiento: 1.1.0, del Presupuesto de Gastos vigente. ----–--–-––––––––––––-–ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario General de--–--–––––––-- Gestión Publica y por la Señora Secretaria de Hacienda. -–-–--–––––––ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento. la Contaduría General. la Dirección General de-----–-–––––––---
Tesorería y la Subsecretaría de Servicios Internos. –-
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE. –----–-––––DECRETO NO
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04 NOV2025
VISTO: Lo actuado en el Alcance 9/2025 del Expediente Administrativo N'> 4037-3930-S-2024, correspondiente a la obra “EJECUCIÓN DE TRAbAJOS PARA LA TERMINACIÓN DE JARDÍbi DE INFANTES- BARRIO LAS MARGARITAS” - Licitación Pública N'20240019/2025, primer llamado, que ejecuta la empresa Beys Construcciones S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de febrero del 2025 se suscribió el Contrato General entre la Municipalidad y la empresa Beys Construcciones S.R.L., registrado en el libro de contratos bajo el N'’ 51/25 (fs. 4 a 6) en el marco de la Licitación Pública N'2C)240019/2025, primer llamado;
Que, en virtud al aumento generalizado de los precios, la empresa Beys Construcciones S.R.L., conforme a lo establecido en Decreto Provincial N'’290/2021, y su modificatoria, que aprueba el “Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública regidos por la Ley 6.021, modificatorias y complementarias”; presentó una solicitud de Redeterminación de Precios, los cuales fueron controlados por el área técnica del Municipio de acuerdo a las fórmulas polinómicas obligatorias para estos casos; Que, la empresa Beys Construcciones S.R.L., presentó la Primera Redeterminación Provisoria de Precios, correspondiente al mes de diciembre 2024 y el periodo del mes de marzo al mes de agosto de 2025, por un monto total de pesos sesenta y cinco millones seiscientos veintitrés mil cuatrocientos ochenta y tres con treinta y cinco centavos ($65.623.483,35); Que, son aplicables los institutos de “fuerza mayor” y la “teoría de la imprevisión contractual”- los cuales pueden tener solución en el ámbito administrativo- en todos aquellos casos en que los prestadores de servicios aleguen y prueben fehacientemente que la ecuación económica contractual ha quedado desbalanceada, haciendo ello imposible la continuidad del contrato celebrado, razón por la cual las autoridades municipales podrán celebrar en tales circunstancias las renegociaciones que contemplen la revisión del precio pactado para compensar los incrementos en los insumos y mano de obra de acuerdo a los convenios homologados que rigen para el sector. En función de ello, de quedar demostradas variaciones en los costos del servicio de acuerdo a lo manifestado precedentemente, se podrá reconocer la modificación de precios correspondientes; Que, en virtud a los principios que rigen la administración pública de mérito, oportunidad y conveniencia es necesario afectar parte de los fondos a la obra: "EJECUCIÓN DE TRABAJOS PARA LA TERMINACIÓN DE JARDÍN DE INFANTES- BARRIO LAS MARGARITAS (Orden de Compra N'' 245/2025 obrante a fs. 2 y 3) . en concepto de la Primera Redeterminación Provisoria de Precios. dada la importancia que reviste la obra en mejorar la calidad educativa y opümizar las condiciones de enseñanza-aprendizaje de la población estudiantil del Partido
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Que, por motivos expuestos tomó intervención la Secretaría de Hacienda, a través de sus áreas técnicas involucradas, de acuerdo a la competencia de las mismas; Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA: ARTÍCULO 1'’: Apruébese la Primera Redeterminación Provisorta de Precios (mes de diciembre ============2024 y el periodo del mes de marzo al mes de agosto de 2025) por un monto total de pesos sesenta y cinco miltones seiscientos veintitrés mil cuatrocientos ochenta y tres con treinta y cinco centavos ($65.623.483,35); para la obra: “EJECUCIÓN DE TRABAJOS PARA LA TERMINACIÓN DE JARDÍN DE INFANTES- BARRIO LAS MARGARITAS”- Licitación Pública N' 20240019/2025, primer llamado – Orden de Compra N' 245/2025, ejecutada por la empresa Beys Construcciones S.R.L. ---–––––––––––-–----––-–––---–---–-–------––––---–––---––-––---
ARTÍCULO 2'’: Autorizase a la Dirección General de Análisis Presupuestario a realizar, ===========; las modificaciones presupuestarias pertinentes. -–-––--–-–---–-––--––-––-–ARTÍCULO 3'’: El importe mencionado en el art I' deberá imputarse a la Jurisdicción: ============ 1.1.1.01.09.000, Categoría Programática: 32.75.52, Fuente de Financiamiento: 1.3.2, Objeto de Gasto: 4.2.1.01 .02 .-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras, ============ Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, y la Señora Secretaria de Hacienda. -–-–-–--–------–---––––--––----–--–---–--–-–-––-––-––------––-–--–
ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y ============ Planificación Urbana, la Subsecretaria de Arquitectura, la Contaduría General, las Direcciones Generales de Gestión Contable y Presupuestaria, de Análisis Presupuestario, de Tesorería y de Registro y Legislación. –––-–-–-–--–––––-–––---–––-––––-––-––––––––-ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. ---–--–––-
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enviada
por
el
agente
municipal
FERREYRA MARTIN
DANIEL, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 c’ inciso
b) y 55') del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Acéptase
la renuncia presentada por el agente municipal– – –
– – – - - – – –FERREYRA MARTIN DANIEL, Leg . N(> 8781, D . N . I . N'’ 31.503.788 , quien
se desempeña como Administrativo –Clase III– por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección cie Inclusión Socioproductiva, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, a partir del 15 de octubre de 2025 . – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de– –
– – – – - – –Hacienda, y de Desarrollo Social, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – OPFCCtÓIEliRK De Pj¿nlí tko.Cb+qt»ü
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
11112.–
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Desarrollo
Social/ la _ _
– – – – – – – –SubQecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General/ y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio/ y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – _ _
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese ,
DECRETO
y cumplimentado que sea, ARCHIvE,SE,
.
2422 25
NO :
r,p::- 11 _r 1.h 3? H¿ñ'I 1 kg
Dr. DeyTá'Leid{baniel A, Écretarig'áe Gobierno gd de Florencio Varela
Dr. Andrés G
Int/ndente Municip
,Watson
Id de Fcio.\jarela
c.T. G SECR
DE HACIENDA
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LIC VIVAS LAURA SEGRE-TARtA DE DESARROLLO SOCIAL
MUNiCiPAL!DAD :)[ h l oi<FNCIO VARELA
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
04 NOV208
VISTO :
La nota
enviada
por
el
agente
mediante la cual presenta su renuncia Municipalidad de Florencio Varela; y
municipal
al
QUIROGA OMAR CESAR,
cargo que desempeña en la
CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
inciso b) y 55c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela’' (Ord. N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia; 54 '’
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE .FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Acéptase la renuncia presentada por el agente municipal– – – – – – – – – – QUIROGA OMAR CESAR, Leg . Nc> 7.125í D . N . I . Nc’ 13.942.818 , ,’
quien
se desempeña como personal
Horas Cátedra,
en la
Dirección
de
Instrumentación de Talleres , dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, a partir del 31 de octubre de 2025'.-– – – – – – – –
.TÍCULO 2 c’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
M®M’M
e
de– –
– – – – – –Hacienda, y de Cultura , Deportes y Recreación, y por el cretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – - – – – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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Ftorencio Varela MunÉcipaiidac!
11 / /2.–
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Cultura, Deportes y – – – – – – – – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 4 ') . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
2423 25
DECRETO N' : bRtttii1 GtHERB De PI ihIt
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Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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04 NOV2025
FLORENCIO VARELA,
VISTO :
El
telegrama
enviado
por
la
agente
municipal
ROMERO
mediante el cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y FLORENCIA MERCEDES ,
8.
o9
CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 '> inciso
b) y 55 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" COrd . NC) 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma , procediéndose en consecuenciá;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAI, DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO lc’.–Acéptase la renuncia presentada por la agente municipal–
– – – – – – – – –ROMERO FLORENCIA M[ERCEDES , Leg . N'’ 9.888 ,’ D . N . I . N'’ 42.391.237 ,
quien se desempeña como Personal Horas Cátedra, en la Dirección de Actividades Musicales , dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, a partir del 15 de octubre de 2025 .'– – – – – – – – – – – – – –
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ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de –
– – – – – Cultura, Deportes y Recreación, y de Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
2424 25
1111 .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – ProvincIa de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela MunIcipalidad
/ / / /2.– ARTÍCULO 3 ') . –Tomen conocimiento la
Secretaria de Cultura , Deportes y
– – – – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
2424 25
DECRETO N' : (17,j Iii b-E! pl-1 : 1 ''-; L .M:,+i
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25 de Mago Ng 2725 – Florencio Varela – C.P, 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela !Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
ViSTO
04 NOV2@5
:
La
nota
enviada
por
el
agente
municipal
FERNANDEZ
LEANDRO
GABRIEL, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en
la Municipalidad de Florencio Varela; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 c> inciso
b ) y 55'> del
"Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela’' (Orci . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la
misma,
procediéndose
en consecuencia
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’.–Acéptase la renuncia presentada por el agente municipal– – - – – – – – FERNANDEZ
LEANDRO GABRIEL,
Leg . N'’
9.897
,“' D . N . I . N'’ 33 .$68
– – ..99_a,“
quien se desempeña como personal Módulos Hs . Profesor de Educación Física B, en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, dependiente de la Secretaría
de Cultura,
Deportes y Recreación, a partir
del 01 de octubre.
de 2025 . – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – EyE(iiI :: 1l91 í)
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ARTÍCULO 2'
Secretario
-El presente decreto será refrendado por las Secretarias de Hacienda, y de Cultura , Deportes y Recreación, y por el de Gobierno , respectivamente
1 / / / .– 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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/ 1 / 12.–
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Cultura, Deportes y – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría
General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
.
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Prqvincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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FLORENCIO VARELA,
04 NOV2025
VISTO :
La nota enviada por la agente municipal GALLARDO LAura\ MIKAE:LA, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y CONS I DERAN DO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 c> inciso
b) y 55'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . Nc’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 c’.–Acéptase la renuncia presentada por la agente municipal– – – – – – – – – –GALLARDO LAURA NIIKAE:LA, Leg . N'’ 6303 , D . N . l . Nc’ 22.682.557 ,
quien se desempeña como Personal Administrativo –Clase I– por 42 , 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Derechos Humanos , dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 31 de octubre de 2025 . – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – - – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
Generales de Legislación
de Gobierno , la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y
.–
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
DECRETO N'
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:
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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FLORENCIO VARELA,
ViSTO
05 NOV2025
:
La existencia de cargos vacantes en la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, como Servicio –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales ; y CONS I DERAN DO :
Que debe procederse a la cobertura de los mismos a fin continuar con el normal desarrollo de las tareas propias del área;
de
Que dichas designaciones deben ser encuadradas de acuerdo
a lo establecido en los Artículos 4 c) , 5 '> , 6'’ y 7 '> del *'Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . N' 9533 ) , con carácter interino;
Que en razón de la función asignada se les otorgará interinamente , y mientras desempeñen la misma, la categoría Agente de Vigilancia
por 48 , 00 horas semanales ;
Que a raíz de la función asignada se les debe abonar la bonificación "Agente de Vigilancia" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico , instituida
por el Artículo
2 '’
del Decreto N' 1603/25 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 c’.–Desígnase a los agentes que a continuación
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se detallan como –Sérvicio –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir de la fecha indicada en cada caso , y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5 '’ , 6 '’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , con carácter
interino
:
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1 / 11 .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Muni(ipa i id 8d
/ / 112.– Apellido
y Nombre :
D .N . I :
Fecha
11771
CASTILLO
PAULO DIEGO LEANDRO
11831
LqBOS PABLO EZEQUIEL
34.624.313 35.147.338
01/08/2025 01/09/2025
Leg
N' :
:
ARTÍCULO 2 c’ . –Los haberes correspondientes se i_mpu1..,arán a Jurisdicción :
_
– – – – – - –1.1.1.01.02.000 – Categoría Programática– 58.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 07 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – _ _ _
ARTICULO 3'>.–Asígnese a los agentes mencionados en el Artículo
1
' la – –
– – – – – –categoría : Agente de Vigilancia por 48 , 00 horas semanales , con carácter interino, y desde la fecha mencionada en ese Artículo . – - – – –
ARTÍCULO 4c>.–Abónese a los agentes mencionados en el
ArLículo l '’ la – – – – – – – – – –bonificación "Agente de Vigilancia" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, instituida por el Artículo 2 '’ del Decreto N') 1603/25.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’.–Déj ase establecido
vigencia Fh
mientras
que las presentes designaciones tendránlos agentes se encuentren cumpliendo la
: función establecida en el Artículo 3 '’ , caso contrario se los reubicará en la categoría presupuestaria correspondiente al Artículo 1 '’
1
,
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' .--f ,„,.... ...–„ .,,...„ .,.,,,. .,„ .„,,..,,. .., „ „..,.,„, ., yej : – – – – – – –Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente.–
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www,varela.gov.ar
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
{:/:1:f g
at?& Florencio Varela Mun icif}a iidód
1
/ / 13.–
ARTÍCULO 7 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta–
- –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación . – – – - - – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 8 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHÍVESE
DECRETO
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.
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Dn Andrés Gu
Intel/dente Municipalidad de Fdo
C.T, G{qeífn SECRF_[ARIA MUNICIPALIDAD
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Año 13
DECRETOS
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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FLORENCIO VARELAO
5 NOV2025
VISTO :
La existencia de cargos vacantes en la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, como Servicio –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales ; y CONS I DERANDO :
Que debe procederse a la cobertura de los mismos a fin
de
continuar con el normal desarrollo de las tareas propias del área; Que dichas designaciones deben ser encuadradas de acuerdo
a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd . N'’ 9533 ) , con carácter interino;
Que en razón de la función asignada se les otorgará interinamente , y mientras desempeñen la misma, la categoría Agente de Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales ;
bonificación
Que a raíz de la función asignada se les debe abonar la " Función de Riesgo’' del 80% ( ochenta por ciento ) del haber
básico , ins tltuida
por
e 1 Artículo
5 ')
de 1 Decreto
No 3292 / 12 ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo.; DECRETA:
n::il(1911 bIt$iPil
D:P=lri { ::;. ??!i!!Ha
ARTÍCULO 1 '’.–Desígnase a los agentes que a continuación
se detallan como –Servicio –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno,
a partir de la fecha indicada en cada caso, y de acuerdo a lo establecido en los
Artículos
4 '’ ,
5 '’ ,
6'’ y
Trabajadores de la Municipalidad carácter
interino
7 '’
del
"Estatuto
de Florencio Varela”
Municipal
para los
(Ord . N'’ 9533 ) , con
:
24283 25
1111 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 www.varela.gov.ar
40
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Iii4:
:: ¿i•F:;4
Florencio Varela Municipalidad
11112.–
D.N. I:
Fecha :
NOGUERA ERNESTO DAVID-
_43.0 i 4.520
11774,
AZCONA PEDRO
11776
VALDEZ GUSTAVO JAVIER
11777
ROMERO GODOY LEONARDO ADRIAN
11779
MEDINA
32.666.354 27.806.865 33.445.381 34.813.997
11794 11795
LEDESMA GASTON NAHUEL
38.560 . 961 -
VILLANUEVA LAUTARO MATIAS
40.6-72.364
11807
PEREYRA CESAR DANIEL
11812
LOTO AGUSTIN
29.748.041 42.417.495
11814
GOMEZ SERGIO HUGO
11819
IRUSTA
01/08/2025 01/08/2025 01/08/2025 01/08/2025 05/08/2025 12/08/2025 12/08/2025 14/08/2025 18/08/2025 18/08/2025 19/08/2025
Leg N' :
Apellido
11773,
y Nombre :
JONATAN ALEJANDRO
JUAN MANUEL MAXIMO
29.626.626 30.493.911
ARTÍCULO 2'’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción :
– – – – – – –1.1.1.01- 02.000 – Categoría Programática– 58.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 07 – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3c’.–Asígnese a los agentes mencionados en el Artículo
1 '’
la – –
– – – – – –categoría : Agente de Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales , con carácter
interino,
y desde la fecha mencionada en ese Artículo . – – –
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$¿FLe'! ! , 1:
ARTÍCULO 4'’.–Abónese a los agentes mencionados en el Artículo
1 c> la
– – –
– – – – – – –bonificación "Función de Riesgo" del 80% (ochenta por ciento) del haber básico, instituicla por el Artículo 5'’ del Decreto N'’ 3292 /12 . -
2423 25 11 / 1 .–
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BOM N° 11
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ARTÍCULO 5'’.–Déjase establecido
que las presentes designaciones tendrán–
– – vigencia mientras los agentes se encuentren cumpliendo la función establecida en el Artículo 3 c’ , caso contrario se los reubicará en la categoría presupuestaria correspondiente al Artículo 1 '’
ARTÍCULO 6'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de
–Hacienda, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . –
ARTÍCULO 7 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta–
-ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones
Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
.–
ARTÍCULO 8 '’ . –Regístrese,
DECRETO
N'
comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
.
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05
NOV 2025
VISTO :
El decreto N'> 511/10 ; y CONS I DERANDO :
Que por el mismo se fijó una Bonificación por Dedicación Exclusiva para el Personal Jerárquico y Superior;
Que en el artículo
y
porcentaje
Ejecutivo
correspondiente ,
4 '> se detalla
por
la nómina de funcionarios cada Secretaría de 1 Departamento
;
Que a raíz de los distintos nombramientos , y las tareas efectuadas en aquellas áreas que requieren que el personal superior y/o jerárquico extienda su jornada laboral, con la finalidad cie realizar funciones de supervisión y coordinación, se ha propuesto incluir a agentes que están cumpliendó con dicha función; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA:
iRE[[181GÍ !!?N De RlañiJ y >;,
::: 11=
ARTÍCULO lc’.–Inclúyase –
– –
–
– –
–lia
dentro
al personal jerárquico de
los
términos
del
que a continuación decreto
N'> 511/10
,
se deta– con
el
30%
(treinta por ciento ) de bonificación, a partir del 1 ' de septiembre de 2025 : Leg. N'’
Apellido
5141
GIMENEZ VERONICA ANDREA
y Nombre
:
2429 25
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/ / / /2.–
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes
serán imputados a – – –
– – – – – –Jurisdicción : 1.1.1.01.02.000 – Categoría Programática : 16.01 Objeto/gasto : 1.1.3.26 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . –
ARTÍCULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
–Hacienda y por el Secretario
de Gobierno , respectivamente
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
,
de Gobierno, la Subsecretaría
– – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
.–
de Haberes y
Patrimonio ,
y de Registro
y
– – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTICULO 5 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHIVE:SE . –
DECRETO ;:
2429 25
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05
NOV 2025
VISTO :
La nota elevada por la Subsecretaria de Niñez , Género y Juventud, VAZZA SILVANA ALEJANDRA, en la cual solicita se le conceda Licencia Anual Ordinaria, desde el 13 81 20 de octubre de 2025, inclusive; y
CONS I DERAN DO :
Que se ha propuesto para ello, Jurídicos
al Director
de Asuntos
, OLMEDO MARCELO OSCAR;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’.–Concédase a la Subsecretaria
de Niñez , Género y Juventud, – –
– – – – – –VAZZ;\ srLVAmA ALEJANDRA, Leg N'’ 7899, Licencia Anual Ordinaria, desde el 13 al 20 de octubre de 2025, inclusive . – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2'’.–Desígnase a cargo de la firma del despacho de la citada– – – – – – – –dependencia,
al
Director
de
Asuntos
Jurídicos
,
OSCAR, Leg . N'’ 9203 , en el período mencionado en el artículo
– –
OLMEDO MARCELO 1 ') . –
– – – –
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ARTÍCULO 3 ' . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de – Hacienda, y de Desarrollo Social, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – - – –
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11112.–
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Desarrollo Social, la – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y
las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro
y Legislación
.–
ARTÍCULO 5a . –Regístrese,
comuníquese, y cumplimentado que sea,
ARCHIVE:SE .
DECRETO
Dr. Dono
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Fiorencio Varela Municipalidad
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05
NOV 2025
VISTO :
La nota elevada por el Subsecretario de Políticas Inclusivas en Vejez y Discapacidad, ALBARRACIN NICOLAS MARCIAL, en la cual solicita se le conceda Licencia Anual Ordinaria, correspondiente al año 2024 , desde el 15 81 30 de septiembre de 2025 , inclusive ; y CONS I DERANDO :
Que corresponde hacer lugar a lo solicitado , designando una
funcionaria a cargo de la firma del despacho de la citada Subsecretaría; Que se ha propuesto para ello a la Subsecretaria de Niñez , Género y Juventud,
VAZZA SILVANA ALEJANDRA, Leg N'’ 95.268 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLC)RENCIC) VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Concédase ai Subsecretario
de Políticas
Inclusivas
en Vejez y
– – – – – –Discapacidad, ALBARRACIN NiCOLAS MARCIAL, Leg N') 95268 , Licencia Anual Ordinaria , desde el 15 al 30 de septiembre de 2025, inclusive . – – – eiRECcioN GEKLRAt Be Hla it vS::.Ü89r# 117'
ARTÍCULO 2'’.–Desígnase a cargo de la firma del despacho de la citada depe2
– – – – – –den(..-ia , a la Subsecretaria de Niñez , Género y Juventud, VAZZA SiLVANA ALEJANDFU\, Leg N<) 7.899 , en el período mencionado en el Artículo I' .––– ––– ––– ––– ––– ––– ––– ––– ––– ––– ––– ––– ===
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Fioreneio V8re ia Municipalidad
/ / 112.– ARTÍCULO 3 ' . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de
– – Hacienda , y de Desarrollo Social, y por el Secretario de Gobierno
, respectivamente
.–
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Desarrollo Social, la – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y
Legislación
.–
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHiVE:SE . –
DECRETO
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Dr. Dono Ld PFS
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aiá 91# Florencio Vareia Municipalidad
FLORENCIO VARELA, ViSTO
O§ NOV2025
:
El informe elevado por el Servicio de Medicina Laboral, en el cual informa el resultado de la junta médica realizada a la agente GONZALEZ FLORENCIA VANINA;
CONS I DERAN DO :
Que la agente agotó la cantidad de días de ausencia por enfermedad respecto de la patología acreditada ante el Servicio de Medicina Laboral y atento a tratarse de una enfermedad de larga evolución conforme lo informado por la mencionada dependencia, corresponde otorgar licencia con goce de haberes por 1 (uno) año, desde el 11 de septiembre del
2025 ;
Que lo solicitado encuadra en las previsiones del Artículo 39'> del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio
Varela”,
(C)rd.
9533) ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNiCiPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–concédase Licencia Especial con goce de haberes a la agente–
– – – – – –GONZALEZ FLORENCiA VZ\NINA, Leg . N'’ 9145 , desde el 11 de septiembre
M©m CeHan'í
del
2025 ,
y
por
el
termino
de
1
(uno)
año,
cobrando
el
100%
(cien) porciento de sus haberes , conforme a las disposiciones establecidas en el Artículo 39c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N': 9533/19 ) . – – – – – – – – – –
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Florencio Varela Municipalidad
11112.ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de–
– – – – – – – Hacienda, y de Educación, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente
.–
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 3c’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Educación, la Subsecre–
– – – – – –tarta de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Registro
Generales de Liquidación
y Legislación
de Haberes y Patrimonio,
y de
.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, – – – – – – – – – – – –ARCFiIVESE. – – - – – – - – - – – – – - – – – – – – – – – – –
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FLORENCIO VAÑE bA,
O5 NOV206
VISTO :
La nota elevada por el Subsecretario de Deportes y Recreación, dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, RENZINI ADRIAN, en la cual informa que participará de la '*Final de los Juegos Bonaerenses 2025” , desde el 13 al 18 de octubre de 2025 , inclusive; y CONS I DERANDO :
Que en el período mencionado anteriormente el subsecretario
estará ausente, por lo que se debe designar a un funcionario en su reemplazo; Que se ha propuesto para ello Polideportivo
AGF/\,
al
Director
General
ORREGO NORBERTO JAVIER;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; f D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '>.–Autorizase ai
Subsecretario de Deportes y Recreación, – – – – – – – – – – –dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, RENZINI ADRIAN, Leg N') 196, a participar de la »Final de los Juegos Bonaerenses 2025'’ , desde el 13 al 18 de octubre de 2025 , inclusive . – – – –
.RTÍCUI,o 2'.–Desígnase a cargo de la
firma del despacho de la subsecretaría –y en el periodo mencionado en el artículo precedente, . al irec'tor General Polideportivo A(3FA, ORREGO NORBERTO JAVIER, Leg N'’ 691. –
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Florencio Varela Municipalidad
/ fr /2.– ARTÍCULO 3c’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de –
– – – – – – – –Hacienda, y de Cultura, Deportes y Recreación, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Cultura,
Deportes y – – –
– – – – – – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría
General,
y las
Direcciones
Generales
de Liquidación
de Haberes
y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'> . –Regístrese,
DECRETO N'
comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE . –
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Flor©neio Varela f\4unicipa iiIia<3
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VISTO :
La nota elevada por la agente MEIRA DA17\NA BELEN, /mediante la cual solicita su reubicación a la Dirección Ventanilla Única, dependiente de la Secretaría de Gobierno; y CONS I DERANDO :
Que se puede dar lugar a lo solicitado ya que la agente cumple con el perfil adecuado y que ha prestado conformidad a la diferencia salarial que ello implica; Que a raíz de la función asignada se le debe abonar la "Bonificación Ventanilla Única” del 70% ( setenta por ciento ) del haber básico, creada por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 2153/10 y su modificatorio establecido en el Artículo 3'’ del Decreto N'’ 3346/12 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO .VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 c’.–Reubícase
a la agente MEIIPA DAI/\NA BELEN, Leg . N') 7295 , como
– – – – – – –Operador Ventanilla Única por 40 , 00 horas semanales , en la Dirección Ventanilla Única, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 01 de octubre de 2025 , y con carácter interino . – – – – – – – –
!
BIHEG[iÜHEHERiI D?FHihÜ y;ig.Ü8t13lHD
haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción : – – – – – – 1.1. 1.01.02.000 Categoría Progr amática – 20.01 – Objeto del Fuente de Financiamiento .1.o.– – – – – – – – – – – – asto : 1.1.1.05
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111 /2.–
ARTICULO 3'.–Déj ase establecido
que la agente mencionada en el Artículo– – – – – – – –1 '’ mantendrá la categoría de Operador Ventanilla Única por 40 r 00 horas semanales , mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario
se procederá a reubicarla en la categoría presupuestaria correspondiente en planta permanente como Acüninistrativa –clase IV– por 42 , 00 horas semanales . – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – - – _
ARTÍCULO 4'’.–Abónese a la agente mencionada en el Artículo
1 ')
, la– – – –
– – – – - –"Bonificación
Ventanilla Única” del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, establecida por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 2153/10 y su modificatorio establecido en el Artículo 3') del Decreto N'’ 3346/12 . – –
ARTÍCULO 5'’ . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . -
ARTÍCULO 6c’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Gobierno, la Subsecreta-
– – – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación 811EGG 131
.–
– – – – – – – – – – – – - – – – – – - – – – – – – – – – -
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/ / 113.– ARTÍCULO 7 '’ . –Regístrese,
comuníquese, y cumplimentado que sea / ARCHÍVE.SE.
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''"'*''=' mm'”' 05 i~lOy208 VISTO
:
La
nota
presentada
por
la
agente
GREG(.)RI KARINA
SOLEDAD/
quien se desempeña como Técnico –Clase I– por 48 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Protección Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno, mediante la cual solicita su reubicación; y CONS I DERANDO :
Que se puede acceder a lo solicitado debiendo proceder a reubicarla en la categoría de revista en planta permanente, como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , y la agente ha prestado conformidad a la diferencia salarial que ello implica; Por ello,
EL iNTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo; D E C R E T A:
ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase
a la agente GREGG)RI KARiNA SOLEDAD, Leg . Nc) 11.047
– – – – – –como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la //
Secretaría
Legal y Técnica, a partir
dei
1c
de octubre de 2025 . – – – – –
ARTÍCULO 2 c’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción :
EIÑ{üC;Ó!! QltRK De H&ñtí.ySig.Cbr¿
–
-1. l. 1.01.07.000 – Categoría Programática – 01.01 – Objeto del Gasto : 1. l. 1.04 – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – -
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C,P. 1888 – Provincia- de Buenos Aires Tel: (54 11} 4237 1601 – www.varela.gov.ar '
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BOM N° 11
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Fioren€io Vareia ?\ñunici}>aiÉda€}
1 / / 12.–
ARTÍCULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias Legal – – – – – – – – –y Técnica, y de Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento
la SecretarIa
Legal y Técnica,
la – – – –
– – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
.–
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
DECRETO
NO
2435 25
:
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rIACIENDA 'R!=NCIO VAREL/
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
FloíencÉo Vare ia S¿unicif>8:idad
FLORENCIO VARELA,
05 NOV2025
VISTO : La
nota
presentada
por
la
agente
UÑATE
BOGADO ANGELES
DEL
ROSARIO, quien se desempeña como Técnico –Clase I– por 48 , 00 horas semanales , en la Direcci.ón General de Protección Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno, mediante la cual solicita ser reubicada en la
Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, dependiente de la Secretaría de Gobierno; y CONSIDERANDO :
Que se puede acceder a lo solicitado debiendo -proceder a reubicarla en la categoría de revista en planta permanente , como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , y la agente ha prestado conformidad a la diferencia salarial que ello implica; Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo ; D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase a la agente UÑATE BOGADO ANGELES ' DEL ROSARIO,/'Leg .
– – – – – –N'’ 88_93Í como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, dependiente de la Secretaría de Gobierno , a partir del 1 ') de octubre de 2025
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción :
–
–1.1.1.01.02.000 – Categoría Programática – 19.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 04 – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – -mie1+3$b úe
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1 / 11 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia-de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Muni(ipalidad
11112.– ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria de – –
– – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta– – – – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las
Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro 1 Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5c> . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHÍVESE
DECRETO N'
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2436 25
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g.iii!
at&t& Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
' 05 NOV2025
VISTO :
La
necesidad
de
reubicar
al
agente
MONTENEGRO SERGIO
DANIEL, como Agente de Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Guardia Comunal , dependiente de la Secretaría de Gobierno ; y CONS IDERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo expuesto, dado que el agente cuenta con Licencia Nacional de Conducir habilitante y perfil adecuado
para cumplir dicha función;
Que a raíz de la función asignada se les debe abonar la *'Función de Riesgo“ del 80% (ochenta por ciento) del haber básico, instituida por el Artículo 5 c> del Decreto Nc) 3292/12 ; bonificación
Por ello , EL iNTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA: .RTÍCULO 1 '’.–Reubícase
al
agente
MONTENEGRO SERGIO DANIEILd Leg . N'’ 6129 , q-=
– – – - – – –como Agente de Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales , n la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Fobierno, a partir del 01 de junio de 2025Í y con carácter interino . – -
2437-25
'
/ / / / .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11} 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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${i 18 Florencio Varela Ñaunicif)8 tida(]
/ / / /2.–
ARTÍCULO 2 ') . –Los haberes correspondientes
se imputarán a Jurisdicción : – –1.1. l. C)1.02 . 000 – Categoría Programática – 58.01 – Objeto del Gasto : 1.1. l. 07 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . –
ARTÍCULO 3'’ . –Dé j ase establecido que el
agente mencionado en el artículo
– – – – – – –1 ' mantendrá la categoría de Agente de Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales , mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se procederá a reub i carlo en su categoría en planta permanente como Técnico – Clase iV – por 42 , 00 horas semanales . –
ARTÍCULO 4'’.–Abónese al agente mencionado en el Artículo
1 '’
la
– – –bonificación "Función de Riesgo" del 808 (ochenta por ciento) del haber básico, instituida por el Artículo 5'’ del Decreto N'’ 3292/12 . –
ARTÍCULO 5c) . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
–Hacienda y por el Secretario
GF[CC 181 E.1 fl#
el N:n"t lk!.{k8riik1
de
de Gobierno, respectivamente . –
24 7 2§
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Airei Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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i:Ji:1?
Florencio Varela MuniciÉ)a:idad
/ / / /3.–
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento
la
Secretaría
de Gobierno/
la
Subsec..re_
– – – – – –taría de Recursos Humanos , la Contaduría General/ y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio/ y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – _ _ _ _
ARTÍCULO 7 '’ . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sear – – – – _ – – – – – – –ARCHÍVESE. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – -
2437 25-
DECRETO N' : f'PEr:levE,VERt Clfli.111vSi!.tbre tHU
Dy6ono2{idi Daniel A. ao
de GoL;emo
h„;... de Fdo\Varela
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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Florencio Varela !;í'}o({
FLORENCIO VARELA' 05
NOy' 2025
Visto: La nota presentada por el Señor Farías Darío en representación de la Asociación
Civil “Socio Solidario”, y; Considerando: Que, por la citada nota los integrantes de dicha institución informan que realizarán un evento de carácter social, cultural y solidario “El Cruce de las Artes XII” con el fin de recibir donaciones y alimentos no perecederos destinados a entidades sin fines de lucro a quienes vienen asistiendo. Que, el mismo se llevará a cabo el día domingo 07 de diciembre del año 2025, de 13:00 a 00:00 horas en las intersecciones de Avenida Hipólito Yrigoyen entre R.P. N'’14 Camino General Belgrano y calle Remedios de Escalada, del barrio López Romero de nuestro partido. Que dicho evento pol.Irá ser reprogramado nor cuestiones climáticas y/c cuestiones de organización durante el transcurso del mies de diciembre del año 2025.
Que, la intención de este gobierno Municipai cs abarcar la totalidad de las manit-estaciones culturales e institucionales que se 11¿varán adelante en nuestra comunidad.
Por ello: EL FLORENCiO
L“&
INTENDENTE
MUNICIPAL
DEL
PARTIDO
DE
VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
243§ 25
S.R.l
1
SEÑOR
1 25 de J\áayo ll'’ 2725 - Florencio Var 3l43 - C.P. : 888 - Provincia \Jf+ 8tlenos Aires Tel.. í51 tl ) 42.37 1 bOI - vw\v.varela.gc3t>.ar
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BOM N° 11
F}orencio Varela a
DECRETA ARTÍCULO
lc’: Declárese de Interés Municipal el evento “El Cruce de las Artes XII”
––––––––––--
que se llevará a cabo el día domingo 07 de diciembre del año 2025, de
13:00 a 00:00 horas en las intersecciones de Avenida Hipólito Yrigoyen entre R.P. N'’14
Camino General Belgrano y calle Remedios de Escalada, del barrio López Romero de nuestro partido. –---.–--–––-––--––––––-–––-––--–-–-=--------------------------------
ARTÍCULO
2'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de
---–--––-–-––-–Hacienda
y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y de
(}obierno. –--––––––––––––.–––––––––––––––––––––-––––––––––– ARTÍCULO
3'’: Tomen conocimiento las Secretarías de Relaciones Institucionales, de
–--–––––––-- Gobierno y de Hacienda. -––-–––––––––––––––––––-––-––ARTÍCULO
4'’: Comuníquese con copia, a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación
–---–--–––--––ARTÍCULO
para su divulgación en los medios de cornunicación.–-------------------
5'’: Regístrese, Comuníquese y, Cumplimentado que sea; Archívese. ––--
DECRETO N'’:
2433 Dr. Andrés
Albert¿
f3ez
Secretaño de Rehiones
e;bwatson Í8ndente de Fcio.
Ita
lí,sytuciom!:-3
de florencio Vea:3
Dr. DM 'e Íci
L/á
Danie1 A,
de Gobierno Id de Florencio Varela.
q 3'. r&,a, F,JMJ
25 de Mayo I't<’ 2725 - FlcJler,cie ',’arei3 - C.P. 1 388 " Provincia (;e 8lrenos Aires I'el : (54 1 1 ) .1237 16C31 ' wb\fw.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad-
F 11L1C)]11:1[N IC 1
1111riF•B)
lr
EL 7L
J111111UR
85; NO/ 2025 \
VISTO: El pedido de Inscripción Definitiva en el Registro Comunal de Entidades de Bien
Público formulado por la Asociación Civil “Centro Comurútario Trabajo y Esfuerzo”, con domicilio en la calle 60 – Benjamín Franklin N'’ 329, Bario Lomas de Monteverde, Localidad San Juan Bautista, de nuestro Partido, mediante Expediente Administrativo N' 4037-1019-A-2017, y;
CONSIDERANDO: Que, la Entidad ha obtenido el Reconocimiento Provisorio a través del Decreto N' 901/17; Que, se ha cumplimentado el plazo estipulado para proceder a su
Inscripción Definitiva; Que según surge de las actuaciones de mamas, la peticionante ha
dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza N' 971/85 que regula la organización y el funcionamiento de las Entidades de Bien Público; Que, atento a lo expuesto, resulta procedente otorgar al peticionante la inscripción Definitiva, mediante el dictado del presente acto;
POR ELLO: :EL SEÑOR INTENDENTE MbTNIC’iPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO
VARELA,
en uso de las atribuciones inherentes a su cargo:
2439 25 23 ck Mayo M 2725 - FhxwICiO Wwe$8 . <1F. }888 . PrOvinCIa dé Buenos AIres Tel (5+ tD 4237 WH ' www.var+b.gob.Idr
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_Ü-
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1
'bl .Sd-
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA
ARTÍCULO
1'’: Inscríbase en forma definitiva en el Registro Comunal de Entidades de
––––––––––Men
Público a la Asociación Civil “Centro Comunitario Trabajo y
Esfüerzo”, con domicilio en la calle 60 – Benjamín Franklin N') 329, Barrio Lomas de Monteverde, Localidad San Juan Bautista, de nuestro Partido, mediante Expediente Administrativo N'’ 4037- 1019-A-2017. –––-––––––––––––––––––––––––-ARTÍCULO
2'’:
El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de
––––––––-–––Hacienda
y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y
de Gobierno, respectivamente.-–––––––––––––––––––--––––––––––––––
ARTÍCULO
3'’: Tome conocimiento la Secretaría de Relaciones Institucionales que
---––––––––- notificará con copia a la Entidad peticionante. ––––––––––––––ARTÍCULO
4'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea; archívese. -–––--
243 9 25
DECRETO N'
AlbeÚ, Secretaño d;
C-Nuñez t>' And@Éuiuh %b„
Municipalidadde Florenclc, V8íei i
ntendenté
MunicÜ
1d de Fao.brele
Dr. D íÍLeidi Da S/retarlc-l eu<fiemo Mun
1üa«Fiorenclo Varela c:’'?- Gf\aa %mug SECRET,q R \4UNICIPAL 1
DE HACiENDA FC:O VARELA
25 de Mayo Ne 2725 - Fbrenc© Varela . C.P. 1888 - P©wnda de Buenos Aires
Td: (% 11} 4237 IM
. www.varela.gob. 8r
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BOM N° 11
=:;i:VÍ©$1
g:i ::
Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA, {) 3 I*1,3y POS VISTO: El pedido de Inscripción Definitiva en el Registro Comunal de Entidades de Bien Público formulado por la Asociación Civil, Social, Cultural y Deportiva “Los Boqueteros
MC - Moto Club, Florencio Varela”, con domicilio en la calle 560 N') 515, Barrio San Jorge, Localidad Gobernador Julio A. Costa, de nuestro Partido, mediante Expediente
Administrativo N') 4037-2883-A-2023, y;
CONSIDERANDO: Que, la Entidad ha obtenido el Reconocimiento Provisorio a través
del Decreto Nc’ 1895/23 ; Que, se ha cumplimentado el plazo estipulado para proceder a su
Inscripción Definitiva; Que según surge de las actuaciones de mamas, la peticionante ha
dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza N'’ 971/85 que regula la organización y el füncionamiento de las Entidades de Bien Público; Que, atento a lo expuesto, resulta procedente otorgar al peticionante la Inscripción Definitiva, mediante el dictado del presente acto;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones inherentes a su cargo:
24
25
25 de Mayo Ne 2725 - FlorencIO Varela - C.P. 1888 ' Proünci 8 de Buenos Aires Tel: {9; 13) 4237 16C> 1 - www.*#8relagot>nr
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$b2riH H P; }):+8:
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA
ARTÍCULO
1'’: Inscríbase en forma definitiva en el Registro Comunal de Entidades de
-––––––––––3ien
Público a la Asociación Civil, Social, Cultural y Deportiva “Los
Boqueteros MC - Moto Club, Florencio Varela”, con domicilio en la calle 560 N'’ 515, Barrio San Jorge, Localidad Gobernador Julio A. Costa, de nuestro Partido, mediante Expediente Administrativo N'’ 4037-2883-A-2023. ––-–––––––––--–––––––––ARTÍCULO
2'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de
-----–––––---––Hacienda
y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y de
Gobierno, respectivamente.–––––––––––––––––––––––––––––––-––––
ARTÍCULO
3'’: Tome conocimiento la Secretaría de Relaciones Institucionales que
-–––––––––-- notificará con copia a la Entidad peticionante. -–––––––––––––-ARTÍCULO 4'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea; archívese. –-––--
DECRETO NO
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D, Andrésbútihw Watson ndento M
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üt¿th Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
05 NOV203
VISTO :
Lo establecido por el Título X “De las Exenciones” de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente, y;
CONSIDERANDO:
Que, los contribuyentes cuya nómina figura en el Anexo I del presente han realizado la petición formal para obtener el beneficio de eximición;
Que, han dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente. Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones propias de su cargo DECRETA :
Artículo
10.-Otórgase la eximición del 100% del pago de la Tasa por Servicios
Generales, según los períodos establecidos en el ANEXO I correspondiente a cada contribuyente e inmueble detallado en él, y que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2c).-Exclúyese del beneficio la parte proporcional correspondiente al Servicio de Alumbrado Público, percibido por intermedio de la empresa prestadora, durante la vigencia del convenio. -––––––----–--––––-––––––-––––-––-––-–-–-––––----––
AMIP
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244 1 25 e Mayo nc’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Munidpdlidad
Artículo 3').- La exención dispuesta será válida mientras no varíen las condiciones que sirvieron de base para su otorgamiento; quedando obligados los beneficiarios a notificar a la Gerencia General de Recaudación, cualquier modificación, dentro de los diez días de producida la misma; sin perjuicio de las verificaciones que pueda realizar esta comuna para establecer la veracidad de los hechos declarados, haciendo caer el
beneficio y aplicando las sanciones correspondientes, si se comprobara el falseamiento de datos, conforme lo establecido en el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente. --–––-–––––––-––-–––––––––-––––––---–––--–-–-
Artículo 4'’.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda.
Artículo 5'’.- Tome conocimiento la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, la que comunicará a sus dependencias.
Artículo 6'’.- Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, archívese. –----–-–-qd
25
DECRETO NO
AMIP Dr. Andrés Gl
o Watson
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Municipali#d de Fc\. Varela c. IP. GLs 4fa SEC,RE \ r\n 1\ l.>[ FIACIENDA
}:ri-JQrÑrln VAREtB
25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Tl8%i
-bj;ql' florencio Vare ia Municipalidad
TASA POR SERVICIOS GENERALES EXIMICION DEL 100%
ANEXO
LEGAIO
C.?. gb,4 SECRETARIA MUNICIPAI–IOAD DE
1
CONTRIBUYENTE
CUENTA
PERIODOS
240.081 1ARACELY JUDITH RAMIREZ LOPEZ
82964 12025/01 a 2025/12
242.314 1ADELAIDA BERTA QUINTEROS
81452 12025/01 a 2025/12
242.372 1DORA FILOMENA DI FONZO
6751
243,018 1DORA DOMINGUEZ
50919 t 2025/01 a 2025/12
243.024 1AMELIA NOEMI MANSILLA
21211 12025/01 a 2025/12
244.O04 1FLORENTINO RAMON ORTIZ
32355 12025/01 a 2025/12
244.034 1ISABELDEVINCENZI
1711 12025/01 a 2025/12
244.049 1HILDA ROSA CARMONA
25737 12025/01 a 2025/12
244.296
1OSCAR SANTIAGO FERREYRA
20243 12025/01 a 2025/12
244.984 1MARCELINA EDMUNDA CARO
55230 12025/01 a 2025/12
245.191
118506 12025/01 a 2025/12
1 BEATRIZ AM AUA FERREIRA
12025/01 a 2025/12
245.220 1MARIA DEL CARMEN PANELLA
22115 12025/01 a 2025/12
245,233 1NORA DEL VALLE QUIROGA
32017 12025/01 a 2025/12
245.319 1MARIA NATIVIDAD CUENCA
51025 12025/01 a 2025/12
411 /4245.422 IJOSEFACRISTINASPADA
8697 12025/01 a 2025/12
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1245.478 1OLGA LUNA
104924 ] 2025/01 a 2025/12
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54943 12025/01 a 2025/12
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IT![V.o9/~YñHWAl245.686
98684 12025/01 a 2025/12
1 MARIA ANGELICA BRACAMONTE
245.763 IHILARIA ENCINA
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97836 12025/01 a 2025/12
245.764 1MARIA SARA ROMERO
97200 12025/01 a 2025/12
245.798 1MATILDE LOPEZ
110671 12025/01 a 2025/12
246.047 1JUANA URBANA CORRAR
32006 12025/01 a 2025/12
246.048
32007 12025/01 a 2025/12
1 DORA NELBA CORRAR
246.056 1JESUS SILVERIO VIZGARRA
77584 12025/01 a 2025/12
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Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
06 NOV2025
VISTO:
La encuesta social efectuada al Sr. TOKUMORI, ANGEL GUSTAVO; DNI N' 31.465.083, y;
CONSIDERANDO: Que, el ellcuestado reside en una vivienda junto a su esposa Barrera Daiana y sus 3 hijos
y los ingresos del grupo familiar provienen del trabajo formal de la Sra. Barrera, la cual sufrió un accidente cerebrovascular y es el Sr. Tokumori quien está a cargo de su cuidado.
Que, es intención del Departamento Ejecutivo implelnentar medIdas tendientes a colaborar en situaciones de extrema urgencia, por lo que deviene necesario otorgar una ayuda económ ica al Sr. TOKUMORI,
ANGEL GUSTAVO; DNI N' 31.465.083, por la suma de pesos
quinientos nl iI ($500.000).
Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias de su cargo:
DECRETA: ARTICULO
NQ 1: Otórguese
-–-––-–––----–-31.465.083
al Sr. TOKUMORI,
ANGEL
la suma de PESOS QUINIENTOS
GUSTAVO;
DNI
N'’
MIL ($ 500,000) en concepto
de subsidio a fin de solventar gastos varios.----------------------------------------------------------------
ARTICULO
N" 2: El gasto que demande el cumplimient¿ de lo ¿stablecidtt sera ilnputado a:
.Jurisdicción 1.1.1.01.11.000 - Categoría Programática 01.01 – Ftlente de SEC. DES.
Financiamiento 1.1 .0 - Objeto de Gasto 5.1 .4.08 “SUBSIDIO A INDIGEN-I’ES~-.-----------------ARTICULO
N' 3: El presente decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de Desarrollo
–---––––––––-Social y de Hacienda y por el Señor Secretario de Gobienlo.-------------------ARTICULO
N' 4: Tomen conocimiento la Secretaría de Gobielno, la Contaduría General
-–––-–---–-–––---y la Dirección General de Tesorería.-------------------------------------------------
2442 25 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 13) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO N' 5: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-------------------
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FLORENCIO VARELA,
06 NOV2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo Na4037-3636-S-2025. y
CONSIDERANDO. Que, es necesario el acondicionamiento de material de demolición ubicado en la Planta Asfáltica Municipal mediante la contratación de un equipamiento mínimo necesario de 1 (una) excavadora tipo Caterpillar Mod.320 y 1 (una) minicargadora con martillo hidráulico, incluyendo un supervisor, un operador y un maquinista, para que dicho material pueda ser ingresado en la tolva de la trituradora de hormigón MC ZMG Mod.600/900 con numero de patrimonio municipal 51.628;
Por ello. el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA: ARTICULO lro.: Llámase a Licitación Privada Nro.109/2025 ler.llamado, para el día 18 de noviembre de 2025 a ]as 10:30 hs. para el acondicionamiento de material de demolición ubicado en la Planta Asfáltica Municipal mediante la contratación de un equipamiento mínimo
necesario de 1 (una) excavadora tipo Caterpillar
Mod.320
)
1 (una)
minicargadora con martillo hidráulico, incluyendo un supervisor. un operador y un maquinista, según lo expuesto en el
Consiüran(io.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000. Categoría Programática 34.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.3.9.05.-
ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de foja 4 a 10 inclusive, del citado expediente administrativo. -––––––––––––––––––––––––––––––––––––––-–-–––-–---–––-–––––--–-
ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $3 1.310,00 (PESOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ CON CERO CENTAVOS). -––-––––––-––––––––––-––––––––––––----–––--–------–--ARTICULO 5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de $62.617.500.00 (PESOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS). –––––––––––––––––––––––-ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente. --------------–--–––––––––––––––ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación. la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. --––---––––––––––-––––-–---––––-----------
ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea. ARCHÍVESE. -–––––––––––––––––––--
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Lo actuado en Expediente Administrativo N'403 7-3 101-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la producción de concreto asfaltico en caliente a través de la operación de la planta asfáltica municipal CIBER KOMPAKT KP500, (Patrimonio N'’38684), ubicada en calle 1236 N'’330 del barrio Ingeniero Allan del Partido. Los trabajos consistirán en operar la planta asfáltica para producir concreto asfaltico en caliente con su correspondiente mantenimiento preventivo de los equipos; Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'’97/2025,
1
er. llamado;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Adjudícase la Licitación Privada NQ97/2025 ler. llamado, a la firma: SERVI VIAL S.R.L. -----–––––––––por la suma de $105.600.000,00 (PESOS CIENTO CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL CON CERO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según informe Técnico obrante a foja 104 y Acta de pre-adjudicación obrante a foja 108, del citado expediente administrativo. –––––––--
(
ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por ---------–--–----la Jurisdicción 1.1.1.0 1.09.000, Categoría Programática 34.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.3.9.07.------------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO 3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: GESTIONES VIALES S.R.L. ---–--––-––-––y a SERVI VIAL S.R.L. por la suma de $960.000,00 cada una; luego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente. -––-–––––––––-––––––-––––-ARTICULO
4to.: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de
-––––––––––-- Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana respectivamente. ––--––--–-–––ARTICULO
5to.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la
--–------–-––––- Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -––––––––––––ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que s?a,ARCHÍVESE. -––-––––––––-–––-––--
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FLORENCIO VARELA,O
VISTO:
6 Nav 2025
Lo actuado en Expediente Administrativo Nc’4037-2966-S-2025,y
CONSIDERANDO, Que, es Fecesaña la ejecución de obra: “Reacondicionarniento y ejecución de instalación eléctrica en E.E.P. N'16 – Etapa II”, ubicada en calle 219- Juan Antonio Baró Nc>3280 intersección calle 226_ Dr, Nicolas Bocuzzi, en el Barrio 9 de Julio de este Partido, a realizarse en el marco de la Ley Nacional 26.075 de Financiamiento Educativo (Fondo Educativo); Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'’93/2024,
1
er. llamado;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Adjudícase la Licitación Privada NQ93/2025 1 er. llamado, a la firma: RB ELECTROMECANICA ––––––––––-S.R.L. por la suma de $101.480.118,04 (PESOS CIENTO UN MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CIENTO DIECIOCHO CON CUATRO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según informe Técnico obrante a foja 128 y Acta de pre-adjudicación obrante a foja 132, del citado expediente administrativo. -––––––––––––––––––––-––––––––––--––––––––––––––––-– ARTICULO
2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000, Categoría Programática 32.75.52, Fuente de Financiamiento 1.3.2, Objeto del Gasto 4.2.1.01 .02.--------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO
3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: COOP. DE TRABAJO MANOS A LA OBRA LTDA. por la suma de $970.173,21 y a RB ELECTROMECANICA S.R.L. por $970.174,00; 1uego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente. ––--–----–––––––––––––––––-–––––--–––-–––-––––––––––––––––-––--–––ARTICULO
4to.: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de
ARTICULO
Sto.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la
---–-––--––-––- Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana respectivamente. ––-–––-–––––-
-––––––––––-- Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. ----–----–-––-----ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. -–----––––––––––––––leI
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FLORENCIO VARELA,
06 NOV208
VISTO:
La factura B NQ 00002-09001468$or la SLJma de pesos cuatro(,ientos sesenta y cinco mil con cero centavos ($ 465.000,oof presentada por 1a empresa CICOMSA S.A, por la provisión de un (1) equipo Samsung A06 64GB con combo cargador, protector cristal y funda para línea 1 135555805; y CONSIDERANDO:
Que, en ese marco se torna necesario contar con un equipo de acceso a una línea móvil para el normal y eficiente desarrollo de las tareas de esta Administración, en los distintos sectores de trabajo, en el Palacio Municipal. Que, por lo expuesto precedentemente es menester asignar el elemento
necesario a funcionarios y empleados municipales que cumplimentan tareas en diversas áreas, responsabilizando a los mismos por su debido uso. Que, el equipo mencionado en el visto será asignado a la Dirección
General de Protección Ciudadana Que, en vista de la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que el presente se dicta a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA RTÍCULO E: Abónese, a la empresa CICOMSA S.A, la factura B N'’ 00002- =-–––– 000014684)or la suma de pesos cuatrocientos sesenta y cinco mil con
cero centavos ($ 465.000,00), por la provisión de un (1) equipo Samsung A06 64GB con combo cargador, protector cristal y funda para línea 1 135555805.
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25 de Mayo no 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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ARTÍCULO 2'’: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; –-––--–––--–Categoría Programática 01.01; Objeto del Gasto 4.3.4; Fuente de Financiamiento 1.1.0, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario General ---
de Gestión Pública, el Señor Secretario de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda. –--–-––---–--–---–-––––––––––----–––-––––-–-–--––––-
ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento la Contaduría General. la Subsecretaria de –––--
–-––---––-–- Servicios Internos y las Direcciones Generales de Tesorería y de Protección Ciudadana. -–––--–--––––---––--–----––-
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese y cumplido que fuere. ARCHIVESE. ---––----
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FLORENCIO VARELA
87
NOV
2025
VISTO:
La realización del evento en el marco del 40'’ Aniversario de la sanción de
la Ley Provincial N.o 10.306 de Ejercicio Profesional de la Psicología en el que se proyectará el Documental “Entrelazos. El Tejido de la Psicología en el Sur”, que se llevará a cabo el día 27 de noviembre del corriente, desde las 09:00 hs, hasta la 13:00 hs., en las instalaciones del “Salón Ramón Carrillo”, sito en la calle Gervasio Antonio de Posadas N.c) 2999, de la localidad San Juan Bautista de nuestro partido,y:
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial N.'’ 10.306, sancionada en 1985, constituyo un hito fundamental para el reconocimiento y regulación del ejercicio profesional de la Psicologia, estableciendo derechos, deberes y alcances de una práctica esencial para la salud integral de las personas.
Que, la psicologia, como disciplina y profesión de la salud, contribuye de manera decisiva al bienestar de la comunidad, a la promoción de la salud mental, y
a la prevención de situaciones de vulnerabilidad; en consonancia con los principios de la Ley Nacional N.') 26.657 de Salud Mental;
Que, la proyección del documental “Entrelazos. El tejido de la psicología en el Sur” representa una valiosa iniciativa cultural y educativa que recur)era la historia, la identidad y el compromiso social de las y los profesionales de la psicología del sur bonaerense, fortaleciendo la memoria colectiva y la perspectiva de derechos en el campo de la salud mental. Que, resulta de interés para la comunidad varelense realizar dicha actividad,
va que el documental aborda los orígenes de los primeros profesionales de la psicología, egresados de la Universidad de La Plata y de la Llniversidad de Buenos
Aires, la creación de ias primeras asociaciones de psicólogos y la influencia de la última dictadura militar entre otros hechos centrales.
2447 25 25 de Mayo N' 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gob.ar
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Florencio Varela íi I-:- ipa iid¿d
Que, en virtud de lo expuesto, el Titular del Departamento Ejecutivo encuentra propicio declarar el mismo de Interés Municipal POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA :
Artículo 1'’: DECLARESE DE INTERÉS MUNICIPAL la realización del evento en el
--–----–––-- marco del 40'’ Aniversario de la Sanción de la Ley Provincial N'3 10.306 de Ejercicio Profesional de la Psicología, en el que se proyectará el documental “Entrelazos. El tejido de la Psicología en el Sur”, que se llevará a cabo el día 27 de noviembre del corriente, desde las 09:00 hs. hasta la 13:00 hs, en
las instalaciones del “Salón Ramón Carrillo”, sito en la calle Gervasio AntonIO de Posadas N.'’ 2999, de la localidad San Juan Bautista de nuestro partido.---------------Artículo 2'’: El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de –------–––––Salud y de Hacienda y por el Señor Secretario de Gobierno.----------------
Artículo 3'’: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que
--––––––-- conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. ––––––-–---------–---Artículo 4': Comuníquese, con copia a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, ––-–--–----- para su difusión en los medios masivos de comunicación. ––-------------Artíqulfi_ 3:: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHIVESE.-------'------
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FLORENCIO VARELA
07 NOV2025
VISTO: La Inauguración del “Centro Integral de Rehabilitación” a realizarse el día 11
de noviembre del corriente año, a las 09:00 hs., en Avenida Padre Obispo Jorge Novak entre calles La Posta y El Overo S/N, de nuestro partido, y ;
CONSIDERANDO: Que, nuestra Constitución Nacional establece en el Artículo 42 y el Artículo 75 inciso 22, el derecho a la salud, reconociendo su alcance constitucional y pleno
para todos los habitantes. Asimismo, la Ley Nacional NC) 27.044 otorga jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, reconociendo como derecho del grupo gozar del más alto nivel de salud posible sin discrIminación, como así también a poder acceder a servicios de rehabilitación y programas de inclusión comunitaria. Que, el articulo 36 inciso 8 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires reconoce el derecho de todos los habitantes a gozar de un nivel de vida adecuado
que asegure su salud, y obliga al Estado a desarrollar acciones de prevención, promoción, asistencia y rehabilitación.
2448 25 25 de Mayo N’ 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 160i – www.vareia.gob.ar
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela ?Átüli(ipa:Ic3Jr 1
Que, el nuevo “Centro Integral de Rehabilitación” constituye una herramienta
fundamental para la atención interdisciplinaria de personas con distintas discapacidades o patologías que requieran rehabilitación física, kinesiológica, fonoaudiológica, ocupacional y terapéutica.
Que, la apertura del Centro permitirá fortalecer la red pública de atención, ampliando la cobertura sanitaria, descentralizando los servicios y promoviendo la equidad territorial en el acceso a la salud.
Que, su creación responde a los principios de integralidad, accesibilidad, equidad y participación comunitaria, en línea con la Estrategia de Atención Primaria
de la Salud impulsada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Que, el Municipio de Florencio Varela, en concordancia con las políticas del
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, continúa avanzando en el fortalecimiento de la red sanitaria y en !a creación de espacios de atención que promuevan la inclusión y la calidad de vida de todos los vecinos y vecinas. Que, corresponde declarar de interés municjr)al la inauguración del “Centro Integral de Rehabilitación” en reconocimiento a su trascendencia institucional, social
y comunitaria, y como expresión del compromiso del Estado local con el derecho a la salud.
POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
2448 25 25 de Mayo N' 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gob.ar
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Florencio Varela ?vi un }(tí)iIi1(ia<!
DECRETA :
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Artículo I': Declárase de Interés Municipal la inauguración del “Centro Integral de
–---––-–-–--Rehabilitación” a realizarse el dia 11 de noviembre del corriente año, a las 09:00 hs., en Avenida Padre Obispo Jorge Novak entre calles La Posta y El Overo S/N, de nuestro partido.---------------------------------------...-----------------------------Artículo 2': El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de –------------–--–Salud y de Hacienda y por el Señor Secretario de Gobierno.--------------
Articulo 3': Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que
–-–––--–-- conforman el Departamento Ejecutivo Municipal a fin de asistir al rn isrn o . --'-..-----.--.----------'-----------------------...------..-.----------,.----------.---,.-.------.---..---.-.--....--.---.---,.-
Articulo 4': Comuníquese, con copia a la Subsecretaría de Plensa y Comunicación, -–-–-–----–- para su difusión en los medios masivos de comunicación.------------------Artículo 5': Regístrese, comuníquese y curn')lido que sea, ARCHIVESE.–------------
DECRETO N':
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Munidpalidad de Florendc Varela
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lo N' 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 -' Provincia de Buenos Aires
Tel: í54 11) 4237 1601 – www.varela.gob.ar
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Florencio Vare}a JUunÉc ipalida(i
Florencio Varela,
07 NOV208
VISTO: La existencia en el Partido de Florencio Varela, del “Parador Nocturno para Personas en Situación de Calle”, sito en la calle N'’ 410 entre calles N') 437 y El Malambo, Barrio Don José, localidad Gobernador Julio A. Costa de nuestro Partido, y;
CONSIDERANDO: Que, en virtud de los Tratados de Derechos Humanos con rango constitucional, toda persona tiene como derecho fundamental, el acceso a la salud, a una vivienda digna, al trabajo y a no ser discriminado, por lo cual es necesario desde el Estado implementar políticas públicas a
los fines de que todos los ciudadanos puedan acceder a ellos.
Que, la problemática de las personas en situación de calle, es amplia y compleja en nuestro partido y no se reduce solamente a la falta de una vivienda, sino que existen múltiples
factores que simultáneamente operan en la vida de las personas, las cuales pueden ser, por un lado, condiciones estructurales tales como factores socioeconómicos, problemas habitacionales, falta de redes comunitarias, crisis económica o factores individuales, tales como, fragilidad de
vínculos afectivos, situaciones de violencia, problemáticas de salud, situación de consumo problemático, como así, también, que estas dimensiones se encuentran inmersas en un entramado
social, político y económico de una época que la llena de significado, lo que lleva a que varíen las formas de entender esta situación y, por ende, su intervención.-
Que, en nuestro partido operan varias instituciones que funcionan salvando la situación
de vulnerabilidad que sufren los vecinos, tal como el Hogar Refugio Jorge Novak, el Hogar SEC. DES.
Cristiano Vivir Libre y la Fundación Reto a la Vida, los cuales se han solventado a través del
SOCIAL
Programa de Asistencia que lleva adelante el municipio, firmando Convenios con el Ministerio
de la Comunidad del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, otorgando becas con el objetivo de asistir y acompañar la tarea de dichas instituciones, permitiendo articular acciones y recursos
para que las mismas brinden alojamiento temporario, facilitando vacantes para personas en situación de calle cuando se les solicita.
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Que, desde el área de Desarrollo Social, la Subsecretaría de Gestión Operativa y Asistencia Directa, a través de la Dirección General de Emergencias, se encargan prioritariamente
de atender de manera integral la problemática de las personas en situación de calle, brindándole a quien lo requiera alojamiento, asistencia y acompañamiento.
Que, del trabajo realizado por la Dirección General de Emergencias surge que dentro de este grupo de personas vulnerables hay casos específicos en los que los asistidos no consienteh su ingreso a un refugio de tipo temporario, por lo que resultó necesaria la creación de un parador
nocturno para hombres adultos que le garantice un espacio de alimentación, higiene y descanso en situaciones de extrema vulnerabilidad.
Que, en virtud de ello, resulta necesario reglamentar el funcionamiento del nuevo parador
nocturno a fin de garantizar la adecuada prestación del servicio. Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso
de atribuciones propias de su cargo:
DECRETA:
ARTÍCULO 1'’.- APRUÉBESE EL REGLAMENTO INTERNO del Parador Nocturno para --–-––––––-–Personas
en Situación de Calle, sito en calle N'’ 410 entre calles N'’ 437 y El
Malambo, barrio Don José, localidad Gobernador Julio A. Costa de nuestro partido, acorde a los lineamientos, dispuestos en los ANEXO I “Reglamento Interno del Parador para Personas en Situación de Calle”, ANEXO II “Acta de Ingreso/Salida/Ingreso con Mascotas para Personas en
Sitacion de Calle”, ANEXO 111 “Cronograma General del Parador Nocturno” y Anexo IV “Reglas de Convivencia” que forman parte integrante del presente.-----------------------------------ARTÍCULO
2c’.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo
–-–-----–––––Social y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente. -––-–––––----–-
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Florencio Varela Murlicipaii<lad
ARTÍCULO
3'’.- Tomen conocimiento las distintas Secretarías que conforman el Departamento
-–––––––-–ejecutivo,
las que notificarán a sus respectivas dependencias.----------------------
ARTÍCULO 40.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.--------------------
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Munici/aÉidad de F bio. Varela
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Florer}cio Varela Municif»ii ciad
ANEXO 1 REGLAMENTO INTERNO DEL PARADOR PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE
ARTÍCULO
lo: DEFINICIÓN: A los fines de esta reglamentación, se entenderá como personas
––––––––---al
situación de calle a aquellas que pernoctan a la intemperie, en espacios
públicos o de acceso público, y que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad social, sin trabajo ni ingresos ni grupo familiar continente.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2': OBJETIVO PRINCIPAL: Este Dispositivo territorial tiene como propósito -–––––––--Mindar
alojamiento transitorio nocturno. El ftmcionamiento se desarrollará entre
las 20.00 hs. y las 08.00 hs., ofreciendo un ambiente seguro y digno que favorezca la recuperación
y el fortalecimiento de la autonomía de sus alojados.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 3'’: FUNCIONES PRINCIPALES DEL PARADOR NOCTURNO: Tendrá –––––-–-–––Mersas
fUnciones
centralizada$
en las necesidades particulares
de cada
persona. Principalmente se garantizará:
a) Alojamiento y pernocte en condiciones de seguridad, higiene y habitabilidad: cada persona contará con un espacio adecuado para el descanso, con condiciones de seguridad,
privacidad y bienestar.
b) Alimentación: mediante provisión de cena y desayuno balanceados, contemplando dietas especiales cuando así corresponda.
c) Acceso a servicios de higiene: mediante instalaciones sanitarias aptas para garantizar la higiene personal y la provisión de elementos básicos de cuidado.
d) Articulación
institucional
con organismos gubernamentales y no gubernamentales
(nacionales, provinciales, municipales, entre otros) a fin de consolidar y garantizar la
continuidad de derechos, contribuyendo así a la construcción de una sociedad más equitativa y solidaria.
25 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela atidac!
ARTÍCULO a)
4': DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS ALOJADAS:
Ingresar de forma voluntaria dando su consentimiento mediante la firma del Acta de Ingreso.
b) Cumplir con las pautas establecidas en el Acta de Ingreso, Reglas de Convivencia, Cronograma y Acta de Salida firmado ante la Dirección General de Emergencias dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social. c)
Ser tratadas dignamente, sin discriminación por razones de género, origen, religión, ideología o condición.
d) A que su información personal sea tratada con estricta confidencialidad. e)
A que se respete su privacidad e intimidad.
f)
A hacer uso de los servicios del Parador Nocturno conforme a las condiciones acordadas.
g) Mantener la limpieza del espacio. h) Retirarse voluntariamente mediante la firma del Acta de Salida.
ARTÍCULO 5': INGRESO DE MASCOTAS: Las personas que quieran ingresar al Parador –---––––––––Nocturno,
podrán hacerlo con su mascota siempre y cuando cumplan con las
reglas de convivencia descritas (Anexo IV) y completen el Acta de Ingreso con Mascotas (Anexo 11)
Las mascotas estarán dispuestas en caniles a los fines de evitar que ingresen al área de descanso y de ingesta de alimentos.----
ARTÍCULO 6': FUNCIONES PRINCIPALES DEL PERSONAL AFECTADO AL –---–--------–––+ARADOR
NOCTURNO: El funcionamiento, la organización y la seguridad
del parador estarán a cargo de un cuidador y un efectivo de la fuerza policial.
Cada uno de ellos cumplirá con funciones específicas que garantizarán un pernocte seguro para los alojados y sus bienes. En especial, le corresponderá a cada uno:
A) CUIDADORES: •
Ser responsables del funcionamiento general y operativo de la institución.
•
Recibir a las personas trasladadas por la Dirección General de Emergencias.
•
Permitir el ingreso del personal de salud o seguridad para las situaciones que lo ameriten.
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Florencio Varela Muni(ipalida($
•
ArtIcular con los alo lados las tareas de llmpleza y el orden.
•
Registrar el horario de ingreso y de salida.
•
Supervisar el ingreso y salida.
•
Asistir a las personas alojadas.
•
Registrar en el Libro de Actas observaciones respecto a la conducta de las personas en tránsito.
•
Proveer refTigeñOS e insumos de higiene.
•
Fomentar el orden interno e intervenir de manera pacífica en los conflictos, propiciando
un espacio de diálogo. •
Reportar las situaciones que aheren la dinámica del Parador Municipal.
•
Control de cámaras de seguridad.
B) PERSONAL POLICIAL: •
Apoyar a los cuidadores en sus funciones de control y mantenimiento de la seguridad dentro del Parador.
ARTÍCULO
7o: CRITERIOS
–––––––––dependiente
DE INGRESO:
La Dirección
General de Emergencias,
de la Secretaría de Desarrollo Social será quien evaluará los
criterios de ingreso de los alojados. Cada persona que pretenda pernoctar en el parador deberá de cumplir con las pautas acordadas y consentidas al momento de la firma del Acta de Ingreso. -
Como requisito indispensable, se deberá: a) Ser mayor de dieciocho (18) años de edad, género masculino. b) Encontrarse en situación de calle.
c) No encontrarse bajo efectos agudos de sustancias o en estado de alteración que impida la convivencia segura.
d) Aceptar las Reglas de Convivencia las cuales se acompañan como Anexo IV al presente.
ARTÍCULO 8o: CRITERIOS DE SALIDA. A.C
Por voluntad propi
mediante la firma del Acta de Salida
Por incumplimiento de las Reglas de Convivencia. Por traslado a otro refugio
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Provincia de Bu .gob.ar
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Florencio Varela Municít>aiida(3
ANEXO 11 ACTA DE INGRESO/SALIDA/ INGRESO CON MASCOTAS PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE.
ACTA DE IN(.RESO
Yo,
, DNI Nc>
, declaro
haber sido debidamente notificado/a de manera clara y comprensible acerca del funcionamiento del Parador Nocturno. ubicado en Declaro asimismo haber recibido información sobre las Reglas de Convivencia, los criterios de
ingreso, pernocte y salida, así como sobre mis derechos y obligaciones en el marco del presente Parador.
Me comprometo a cumplir con lo mencionado precedentemente y a participar activamente en el proceso de acompañamiento propuesto por el equipo interdisciplinario.
Asimismo, autorizo al equipo a realizar el seguimiento correspondiente y dejo expresa constancia de que mi ingreso es voluntario.
Se me entrega copia de la presente Acta, de la cual dejo constancia.
Fecha:
/
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Firma de la persona alojada:
Firma del referente institucional:
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Dr. Andrés
Zndente Munic.',ip/dad de Fdo\Varela
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'tI 3l' Florencio Varela Murlí< ipa ii<:!ad
ACTA DE SALIDA.
Yo,
, DNI N')
, declaro
haber sido debidamente notificado/a de manera clara y comprensible sobre el funcionamiento del Parador Nocturno.
Declaro haber recibido información sobre las Reglas de Convivencia, los criterios de ingreso, pernocte y salida, así como sobre mis derechos y obligaciones durante mi estadía.
Decido retirarme por los siguientes motivos (marcar con una X):
[] Por voluntad propia. [] Por incumplimiento de las Pautas de Convivencia.
Observaciones:
Se me hace entrega copia de la presente Acta, de la cual dejo constancia. Se me hace entrega de una copia del presente Acta, del cual dejo constancia.
Fecha:
/
/
Firma de la persona alojada:
Firma del referente institucional :
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ACTA DE INGRESO CON NIASCOTAS
Yo,
, DNI N'’
, declaro
haber sido debidamente notificado/a de manera clara y comprensible acerca del funcionamiento del Parador. ubicado en Declaro asimismo haber recibido información sobre las Reglas de Convivencia, los criterios de ingreso, pernocte y salida, así como sobre mis derechos y obligaciones en el marco del presente.
Me comprometo a cumplir con lo mencionado y a participar activamente en el proceso de acompañamiento propuesto por el equipo interdisciplinario.
Asimismo, autorizo al equipo a realizar seguimiento correspondiente y dejó expresa constancia de que mi ingreso es voluntario.
Con respecto a la mascota que me acompaña
me comprometo a que reciba
los cuidados necesarios por parte del área de Zoonosis (vacunas, medicamentos, etc). Asimismo, asumo la responsabilidad integral del cuidado del animal, incluyendo su higiene, la limpieza del espacio que ocupe, y su adecuado estado de salud, garantizando que reciba la atención veterinaria correspondiente. Me comprometo, además, a velar por que el animal no cause perjuicio alguno a personas ni daños a bienes materiales pertenecientes a la institución.
Se me entrega copia de la presente Acta, de la cual dejo constancia.
Fecha:
/
/
Firma de la persona alojada:
Firma del referente institucional: SEC. DES
A.C
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Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires TeÉ.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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ANEXO III
CRONOGRAMA GENERAL DEL PARADOR NOCTURNO
Horario
Actividad
20:00 – 21 :00
Recepción y registro de ingreso
21 :00 – 21 :30
Cena
21 :30 – 22:30
Higiene personal
22:30
Silencio / Descanso
07:00 - 08:00
Desayuno / Salida.
LE VlbAS LAURA SEC.RE-TINtA : 7 Dt L,'.,;<}{OLLO scnIAL. MIINICIpA
O VARELA
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Municipapáad de Fcb. Varela
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela faunicÉpa lic$8 €1
ANEXO IV REGLAS DE CONVIVENCIA
El residente debe cumplir las siguientes pautas de Convivencia:
Higienizarse antes de acostarse. Guardar sus pertenencias en los iockers. Está prohibido fumar, ingerir bebidas alcohólicas o estupefacientes. No se puede deambular en el horario de descanso.
La ropa de blanco, utensilios de aseo y comida solo pueden ser utilizados en el lugar de tránsito. No podrá ingresar ninguna persona en calidad de visita. En caso de que ingrese con su mascota, la misma no podrá estar en el área de descanso e ingesta de alimentos. No podrá lavarse la ropa en el área de duchas.
LIC lvlvds LAURA .R ROLLO SOCIAL
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244 Dr. Andrés g6itte Watson :endente
Municipa/dad de Fd 4 Varela
Dr. Mo
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'de Gobierno
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 31) 4237 3601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
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.O.7 NOV 2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3378-S-2025, y
CONSIDERANDO,
3
Que, es necesaria la adquisición de 2 (dos) camionetas Okm„ nuevas, modelo 2025, de tracción 4x4, diésel, doble cabina, color blanco, necesarias para llevar a cabo las tareas de las distintas de la Secretaría de Gobierno en los distintos barrios de este Partido; Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'106/2025, ler. llamado; Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
ARTICULO
DECRETA:
ro.: Adjudícase la Licitación Privada N'’106/2025 1 er.llamado, a la firma: CITYSSAN S.A. por la suma de $96.300.000,OO (PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON CERO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según Acta de pre-adjudicación obrante a fs.40 del citado expediente administrativo. ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––---–-–-––----–– 1
-––––––––––--
ARTICULO
2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdic-
-----------––––––-
ARTICULO
ción 1 . 1 . 1 .01.02.000, Categoría Programática 0 1 .0 I , Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 4.3.2.-
3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: AUTOS DEL SUR S.A. por la suma
-––---–-––––––- de $4.871.464,00 y a CITYSSAN S.A. por $4.871.463,50:' 1uego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente.–----------------------------------------------------ARTICULO
4to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.------------------------------------------------------------------------------------------
--––––-----––––
ARTICULO Sto.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la Jefatura
---––––––------ General de Compras y Suministros, a los efectos correspondientes. –––––––––-–––––––––––ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. -–––––––––------––--–---------
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'=.'=„'=. „„'„„, 0.7 NOV2025 VISTO :
El Decreto N') 2563/23 , por el cual se concede Licencia Especial con goce de haberes a la agente BARRERO MARIA CELESTE; y CONS I DERAN DO :
Que de las constancias obrantes del Servicio de Medicina Laboral surge el agotamiento de la Licencia por enfermedad por lo que se hace necesario otorgarle una extensión de Licencia Especial con Goce de Haberes
, concedida
oportunamente
por
ese
decreto
;
Que lo mencionado se halla encuadrado dentro de los términos
del Artículo 39c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . Nc> 9533 ) : ’'...En los supuestos de enfermedades de largo tratamiento el trabajador tiene derecho a una licencia de un
(1
) año con goce de haberes . Vencido este plazo el trabajador
tiene
derecho a una licencia de un año ( 1 ) adicional, durante el cual percibirá
el setenta y cinco por ciento Por ello,
( 75%
)/ de sus haberes..." ;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso
de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Concédase Extensión de Licencia
Especial con goce de haberes – – – – – – –- –a la agente BARRERO MARIA CELESTE, Leg . N'’ 3651, desde el 30 de agosto de 2025 , y por el término de 1 ( un) año , percibiendo una retribución del setenta y cinco por ciento ( 75% ) de sus haberes , conforme a las disposiciones establecidas en el Artícuio 39c) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Orci . N'’ 9533/19) . –
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11 / /2.–
ARTICULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de– – – - – – – – –Hacienda, y de Salud, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – - - – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría
–de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 a . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , – - – – – –ARCHIVESE. – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – –
2453/ 25
DECRETO N' : !MÉEl81 ib[IA fJL
1111, 1411
Dr. Dono y idl Dar)Él A. Secreta-Ho de lá'lidad dl
erno ;encic Varela
Dr. Andrés
,Watson
tendente Mu
de Fcio.
}la
C,T. tai J K
L'
Fk ; F:ll;;:i3k) VARELA
<a/MXX/1 ha/u E JUo SeTe2f1,1 ae S
Munidpallaaa
de Floren,So Van8la
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
g$$1#' ra:1?11;1:
a 1:lh Florencio V8re ia h4unicipaiid8<3
;'':'=~'='*”''=”' 07 NOV205 VISTO :
La existencia de cargos vacantes en la Dirección General de Públicos , Cementerio, dependiente de la Secretaria de Obras Servicios Ambiente y Planificación Urbana, como Obrero –Clase IV– por 42 , 00 horas ,
semanales ; y CONS I DERANDO :
Que debe procederse a la cobertura de los mismos a fin de
.continuar con el normal desarrollo de las tareas propias de ambas áreas ; Que dichas designaciones deben ser encuadra(las de acuerdo
a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'> , 6'’ y 7 '’ del '*Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , con carácter interino ;
Que a raíz de que las personas cump 1 irán tareas de mantenimiento en el área mencionada , se les debe abonar la "Bonificación por Tarea Insalubre" del 208 (veinte por ciento ) del haber básico, establecida por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 2850 /91 ; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO l'.–Desígnase Un![GC 1 i;í yEii: 0? Plan;! y 3le !-.'rn!'"í'
a los agentes que se detallan
a continuación,
como
_ _ _ – – –obrero –(.-lase iv– por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Cementerio r dependiente de la Secretaria de Obras , Servicios públicos / Ambiente y Planificación Urbana, a partir de las fechas indicadas en cada caso, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 ') , 5 c) , 6') y 7 ' del -*Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela”
(Ord
N'9533)
,
con carácter interino
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BOM N° 11
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11 iE
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:1á 44%
al lsh Florencio Varela h4unici palidad
/ / / /2.–
Lega jo
Apellido Y Nombres
11797
MONTENEGRO TOMAS LEONARDO
11798
GOMEZ FERNANDEZ JORGE ALFREDO
11799
MARQUEZ LUCAS EZEQUIEL
11800
BOGADO NESTOR FABIO
1 1.836
ESQUIVEL SEBASTIAN IGNACIO
11926
GARCIA GABRIEL ALEJANDRO
N. I
Fecha
0
46.004.280 30.910.871 45.611.412 21.458.233 40.016.405 32.175.186
01/09/2025 01/09/2025 01/09/2025 01/09/2025 02/09/2025 11/09/2025
ARTÍCULO 2 Q . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción
:
– – – – – – –1.1.1.01.09.000 – Categoría Programática 31.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1.06 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’.–Abónese a los agentes mencionados en el Artículo
1 '’
la– – -
– – – – – – –"Bonificación por. Tarea Insalubre" del 20% (veinte por ciento) del haber básico, establecida
por el Artículo
1
'’ del Decreto N') 2850 /91. –
CIRfCCü1 !::NIRAl
ae Pj¿n'i 1 :!!
Tr?í¿tlro
ARTÍCULO 4 c’ . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – –Hacienda, y por los Secretarios de Obras , Servicios Públicos , Ambiente y Planificación Urbana , y de Gobierno, respectivamente . – – - – –
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2451 11 / 1 .–
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BOM N° 11
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ür'$i' Florencio Varela &%unicipaiicádci
11113 .– ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría de Obras ,
Servicios Públicos Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación - – – – –Ambiente y Planificación
de Hak)eres y Patrimonio,
y de Registro
ARTÍCULO 6'’ . –Regístrese , comuníquese ,
DECRETO N'
,
Urbana , la
y Legislación
.–
– – – – – – – – -
y cumplimentado que sea, ARCHÍVE;SE .
245:3 25
:
Dr. 1)/IIO Mi
Danie1 A. Dr. Andrés GZ'n
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Municipal/ad de F io. Varela
C.'?. Gi€cfj¿ SF: Ck : i .' R ! ' NJ 1 J 1\1 : f: IPA ! !;'J/
1
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r\1(;10 VAREL/.
Dié SecreTario deObía
MuRiciJal
Varela
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Florencio Varela Municipalidad
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enviado
por
07 NOV208
VISTO :
El
telegrama
la
agente
municipal
OLMO CARMEN
D7LIANA, mediante el cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y
CONS 1 DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos 54 '’ inciso
b) y 55'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1'’.–Acéptase la renuncia presentada por la agente municipal–
– –
– - – – – – –OLMO CARMEN DAIANA, Leg . N'> 5.220 , D . N . 1. N'’ 31.508.243 , quien se desempeña como Profesional –Clase 1– por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección de Terapias Alternativas , de la Dirección General de Epidemiología, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir del 06 de octubre de 2025 . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – {
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.TÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
Salud,
y de Hacienda y por
el
Secretario
de – de Gobierno,
spec tivament e
2453 25 „„-25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela &lunicipalidad
/ / / 12.– ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaria de Salud, la Subsecretaría – – – – de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
.–
de Haberes y Patrimonio ,
y de Registro
y
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . – qUPP
45 :3 25
DECRETO N' :
Dr. Dg Cl
laniel A. 1 Gobierno 4
Dn Andrés
de Fiorencio
C.T. Gis MLINicipAi \rr/\n
É>RENCIO VAqELA
SeGre•ana de S3lud VunlODalidaa Je Florendo Varela
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:14 Fig
:
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-\1'818 Florencio Varela hquíricip8iicl8ci
FLORENCiO VARELA,
07 NOV205
ViSTO :
El informe elevado por el Servicio de Medicina Laboral, en el cual informa el resultado de la junta médica realizada a la agente MEALLA NOEMI RINA;
CONS I DERANDO :
Que la agente agotó la cantidad de días de ausencia por ia enfermedad respecto de la patología acreditada ante el Servicio de Medicina Laboral y atento a tratarse de una enfermedad de larga evolución conforme lo informado por la mencionada dependencia, corresponde otorgar licencia con goce de haberes por 1 (uno) año, desde el 13 de septiembre del 2025; Que lo solicitado 39 c’ del
"Estatuto
Municipal
para
encuadra en las previsiones del Artículo los
Trabajadores
de la Municipalidad
de
Florencio Varela" , (Ord . 9533 ) ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; D E C R E T A: t:':Ft.:1:;15:1;EP ii. eq p: 331 73:! k?f;ttlo
ARTÍCULO 1 '.–Concédase Licencia Especial con goce de haberes a la agente–
– – – – – – –MEALI,A NOEMI RIN;\, Leg . Nc’ 3.760 , desde el 13 de septiembre del 2025 , y por el termino de 1 (uno) año , conforme a las disposiciones establecidas
en el
Artículo
39'’ del
" Estatuto
Municipal
para
los
Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci. N'’ 9533/19) . –
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1111 .–
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aii$b Florencio Varela Municipalidad
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ARTÍCULO 2 c’ . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de– Hacienda, y de Salud, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislaci
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCFIIVESE. – – – – – - – – – – – – – – – – – – – –
2454 25
DECRETO
t 1:$FC:jji ;fUlíii. el 1ll3;1/f 1 3l: 1],1l:: r T:
Dr. Dono l/tdI Dphlel A SecreU40 dep'65:arno dad
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MunicipZlidad de Fdo. \ároh
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Sñíye•2rl3 Jc Salud 'JniC-03'laaa de Florendo Varela
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11b:1111 t & I J111!)
Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA, 07
VISTO
N av
2025
:
La nota enviada por la agente municipal DIAZ RAQUEL BEATRIZ , mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
inciso b) y 55c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad 54 '’
de Florencio Varela” (C)rd . Nc’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de - la misma, procediéndose en consecuencia;
Por ello, uso de atribuciones
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
propias
de su cargo ;
DECRETA: ARTÍCULO l'’,–Acéptase
la renuncia presentada por la agente municipal– – –
– – – – – –DIAZ RAQUEL BE'n_TP.I Z , Leg . N'’ 7.37 0 , D . N . l. N') 18.777.146 , quien se desempeña como Servicio –Clase II– pcr 42 , 00 horas semanales , en la Dirección General cie Atención Primaria, dependiente de la Secretaria de Salud, a partir
ARTÍCULO 20
del 20 de octubre de 2025 . – – – – – – – – – – – – – – – –
-El presente decreto será refrend¿ do por la Secretarias de – – Hacienda y de Salud, y por el Secretario de Gobierno, ,
respectivamente ute[181 &Erika Oe Pllrdt
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/ 1111 .–
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/ 1112.– ARTICULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Salud, la Subsecretaría de R9cursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio 1 y de Registro y Legislación
.–
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumpliment_ado que sea , AR(.-HÍvESE. .
24
DECRETO N' :
25
ORE[CiÓiaiEW DIPlaolÍ 1 kg. bIll!#8
Dr.AndrésgáUerÑWatson
/ Dr. Dono Le .di/D,,#; A. Secretarñ"’de GoUgmo Munidp Wd
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S,3«e'aria de S3lud de Florendo Varela
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
O1 NOV206
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3533-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la adquisición de 2 (dos) camionetas Okm„ nuevas, modelo 2025, de tracción 4x4, diésel, doble cabina, color blanco, necesarias para llevar a cabo las tareas de las distintas de la Secretaría de Gobierno en los distintos barrios de este Partido; Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'’108/2025,
1
er. llamado;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
ARTICULO
DECRETA:
ro.: Adjudícase la Licitación Privada N'’108/2025 1 er.llamado, a la firma: CITYSSAN S.A. por la suma de $96.300.000,OO (PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON CERO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según Acta de pre-adjudicación obrante a fs.40 del citado expediente administrativo. ---––-–––––––––––––––––––----–-–--–––––––––––––----–--––––-1
-––––––––––--
ARTICULO
2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdic-
--–-––-–-––––--
ARTICULO
ción 1.1. 1.01.02.000, Categoría Programática 01.01, Fuente de Financiamiento 1.1 .0, Objeto del Gasto 4.3.2.-
3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: PETRAGLI A AUTOMOTORES
–---–––––--–––S.A. por la suma de $4.87 1.464,00& a CITYSSAN S.A. por $4.871.463,5(X luego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente.------–-------------------------------------ARTICULO
4to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.------------------------------------------------------------------------------------------
-–––---–-––––-ARTICULO
Sto.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la Jefatura
–---––-–--––––- General de Compras y Suministros, a los efectos correspondientes. –-–----–––––––-------–––––ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. ––––--–-–-–––––––––––----
„.„„„ 2456 25 áatson
D, AÚÍés Into Municipali
1)r Dono Lei, Secretario
ie
Fdo. Varela
61 A 6:arno
Municipalic!:
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 > 4237 1601- www.ftorenciovareia.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
4,! NOV2M
Visto: El I'
Encuentro Internacional de Hábitat Popular “Nuevos enfoques desde el desarrollo
y la planificación urbana: una mirada federal y regional”, que se llevará cabo el día 25 de noviembre del corriente año, en la sede NH Gran Hotel Provincial, sito en Avenida Patricio Peralta Ramos 2502, ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón; y Considerando:
Que, en América Latina, el acceso al hábitat y el desarrollo urbano se encuentran atravesados por profundas desigualdades socioeconómicas, históricas y territoriales. A pesar de los avances normativos y de las políticas públicas desarrolladas en los últimos años, aún persisten desafíos en torno a la provisión del suelo urbano, la integración socio-urbana y las garantías de acceso a un hábitat justo para amplios sectores de la población;
Que, en el marco del evento, se prevé un espacio de intercambio federal orientado a promover el diálogo y a compartir experiencias, políticas y estrategias de gestión
territorial que fortalezcan las capacidades estatales en materia de hábitat, urbanización e integración socio-urbana. Este espacio busca consolidar una agenda común de cooperación y articulación que contribuya a la construcción de una mirada federal sobre los procesos de desarrollo urbano y territorial; Que, el encuentro reunirá a delegaciones de todas las provincias del país, representantes de gobiernos locales, organizaciones sociales, referentes del ámbito académico, especialistas internacionales, representantes de organismos multilaterales y actores del sector
empresarial, a fin de abordar conjuntamente los múltiples desafíos en materia de hábitat y planificación urbana que marcan la actual coyuntura; Por ello: El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA en ejercicio de
atribuciones inherentes a su cargo:
245 ’7 25 al
25 de Mayo N'' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
108
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Publicación: 11.-
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$#
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA
ARTÍCULO 19: Declárese de Interés Municipal El I' Encuentro Internacional de Hábitat -–––--
Popular “Nuevos enfoques desde el desarrollo y la planificación urbana: una mirada federal y regional” ”, que se llevará cabo el día 25 de noviembre del corriente año, en la sede NH Gran Hotel Provincial, sito en Avenida Patricio Peralta Ramos 2502, ciudad de Mar del Plata , Partido de General Pueyrredón.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 29: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.-----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 39: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías del Departamen-
to Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 49: Regístrese, Comuníquese y, cumplido que sea, ARCHÍVESE.----------
DECRETO Ng:
2457 25
HE
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h-dw
tonden MunicÜhlidad de Fdo\ Varela
c.T. dseh 'Pñmus SE
rARIA DE HACIENDA
MUNICIPAUDI 3 DF FL ORENGIO VARELA
o/Lei
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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FLORENCIO VARELA,
I.1 NOV 2025
VISTO:
La factura B N'’ 0070-0083821« por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos ar'
treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) emitida por la empresa TELECENTRO S.A. por la provisión del servicio de Internet Empresas; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos;
Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo,
DECRETA
ARTÍCULO lo: Abónese1 a la empresa TELECENTRO S. A.. la factura B N'’ 0070-00838216, ------––-––––por la suma de pesos ochenta y cuatro rnil trescientos treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) por la provisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al periodo junIO 2025. ------ -
25 de Mayo N' 2725 Florencio ProvirW Tel (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2'’: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; –-–-–-----------Categoría Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento 1.1.o. ----------------------
ARTÍCULO 3'>: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno ––-y por la Señora Secretaria de Hacienda. –---
ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento. la Secretaria de Gobierno. la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. --–-––-–– ARTÍCULO 5'>: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE.
DECRETO NO
eidi Daniel 4 6tario de CoLI
Watson
Intel
lte
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C. T.
Varela
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA, 11
NOV
2025
VISTO:
La factura B NC) 0070-00857338, por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos
treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) emitida por la empresa TELECENTRO S.A., por la provisión del servicio de Internet Empresas; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos; Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio
oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO la: Abónese, a la empresa TELECENTRO S. A., la factura B N'> 0070-00857338, -
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la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos treinta y siete con cero
centavos ($84.337.00) por la provisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al Van periodo septiembre 202,5. -–----–--–---–––-––––––--––---–––––---––––---––––--–––––-
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela :C.P. 1888- . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 ' www.varela.gob.ar
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2'’: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; ––––---––––Categoría
Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento
ARTÍCULO 3o: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno -––-
--–––––-––----- y por la Señora Secretaria de Hacienda. -––-––––––---–––––––––––––ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento, la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. –-–––––-ARTÍCULO 5o: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE. -–--––––––––---
DECRETO NO
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La factura B N:’ 007 3--:J:'’3.1 : €' 5 ñ . 1:'3’ ’ 3 3un' 3 de pesos ochenta y cuatro mil trescientos
treinta y siete cor! cero c9r;la’.es ($84.337.00) ernitida por la empresa TELECENTRO S.A. por la provisión del sewicio de :nternet Empresas; y CONSIDERANDO: Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la
empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos; Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio
oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO 1'’: Abónese, a la empresa TELECENTRO S. A., la factura B N') 0070-00831951, ,---por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos treintá y siete con cero centavos ($84.337.00) por la provisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al periodo mayo 2025. –
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ARTÍCULO 2'’: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; –--------––––-Categoría Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento 1.1 .o. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3o: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno -––-
-–-–-–––––----- y por la Señora Secretaria de Hacienda. ––-ARTiCULO 4'’: Tomen conocimiento, la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. –-------–-–ARTÍCULO 5o: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARC ]IVESE.
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FLORENCIOVARELA,
11 Nav206
Visto:
La Nota presentada por la Señora Fernández Guisasola Ludmila Anahí, DNI N' 42.120.123, y; CONSIDERANDO:
Que, mediante la precitada nota solicito una ayuda económica para solventar los gastos necesarios para su traslado para participar en las ornadas de Taekwondo Argentina
Tour, representando a nuestro distrito y país; Que, dichos encuentros se llevaron a cabo en la ciudad de Rioeiallegos, Provincia de Santa Cruz;
Que, ante la urgencia de solventar dichos gastos se le transfirió en concepto de
subsidio, la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000) a la cuenta N'5114640583, caja de ahorro en pesos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, CBU 01400397035111464058353, en fecha 04 de octubre de 2025.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones
inherentes a su cargo:
DECRETA:
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:1: ARTÍCULO I':
Apruébese la transferencia
realizada a la Señora Fernández Guisasola
Ludmila Anahí, DNI N' 42.120.123, por la suma total de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,00) en concepto de subsidio, a la cuenta
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Florencio Varela Municipa}ida(3
ARTÍCULO 2': El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la
––––––––––––jurisdicción
1.1.1.01.22.000; Categoría Programática: 42.01; Fuente de
Financiamiento : 1.1.0; Objeto de Gasto: 5.1.4.20---------------------------------------- ,––--–--ARTÍCULO 3': La suma transferida en el artículo I' del presente Decreto quedará sujeta a
–--–––––––––––-posterior
rendición de cuentas en el plazo de treinta (30) días, ante la
Dirección General de Rendiciones. –-–--–---–---–--–-–-––––––––––––––––--––--––ARTÍCULO 49: El presente Decreto será refrendado por las Señoras secretarias de Cultura,
-----–-----–---–––Deportes y Recreación y de Hacienda. ––––––––––––-–––-–––––-ARTÍCULO 59: Tomen conocimiento
las Secretarías de Cultura, Deportes y Recreación y de
--–--––––-–––––Hacienda, la Contaduría General y las Direcciones Generales de Tesorería, Análisis Presupuestario y de Registro y Legislación, a sus efectos. ––––––––--
ARTÍCULO 69: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y
:umplimentado que sea, ARCHIVESE
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Florencio Varela,
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VISTO: El Expediente Administrativo Municipal N.9 4037-2514-S-2025 y;
CONSIDERANDO:
Que, a fajas 04, luce nota del señor SAYAL, DANIEL ANTONIO, DNI N':14.874.280, quien manifiesta que abono dos veces el Acta de infracción de Transito
N' 202500000915206 una en fecha 11-04-2025 y otra, en fecha 13-04-2025, conforme surge a fojas 06 y 07; Que, en el citado aborda la cuestión del reintegro del pago realizado
respecto del Acta de infracción de referencia (Foto multa), correspondiente al Dominio JEN 177;
Que, a foja 09 luce la Consulta de Titularidad emitida por la Dirección
Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (D.N.R.P.A.) de la cual surge que el titUlar de dominio del vehículo infractor es el señor SAYAL, DANIEL ANTONIO;
Que, a fojas 14 y 15 obra informe de la Dirección General de Tesorería Municipal, de donde surge que el monto fue ingresado dos veces a las arcas municipales;
Que, el importe objeto de devolución asciende a pesos doscientos diecinueve mil seiscientos ($ 219.600,00);
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde acceder a
lo
solicitado, mediante el dictado del presente acto administrativo; POR ELLO El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA, en
uso de las atribuciones que le son propias a su cargo,
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1888 - Provincia de Buenos AIres
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Florencio Varela Municipalidad \
DECRETA:
ARTÍCULO 19: Reintegrase al señor SAYAL, DANIEL ANTONIO, DNI N'14.874.280,
la
suma total de pesos doscientos diecinueve mil seiscientos ($ 219.600,00) en conceptó
de la devolución del importe cobrado respectQ Acta de infracción de Transito N' 202500000915206 correspondiente al Dominio JEN177, en un todo de acuerdo a lo
explicitado en el considerando del presente acto y las constancias obrantes en el Expediente Administrativo Municipal N.9 4037-2514-S-2025. -––––––––––––––––-ARTÍCULO 29: El gasto que demande la devolución del artículo 19, será imputado en la
jurisdicción 1.1.1.01.03.000, RECURSO:1.2.6.01.01(multas de tránsito). –––––––---–ARTÍCULO 39: El presente decreto será refrendado por la Señora secretaria de Hacienda. ARTÍCULO 49: Comuníquese con copia a la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, a
la Contaduría General, a la Dirección General de Tesorería y al Juzgado de Faltas Municipales N' 3, a sus efectos. --––-––––––-––––––-––--–--–-––––––––––––-ARTÍCULO 59: Regístrese, comuníquese y cumplick) que sea, archívese. ---––––––------
DECRETO N.9:
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
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VISTO:
El Expediente Administrativo Municipal Ng 4037-3361-A-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo se aborda la cuestión del reintegro del pago realizado en concepto del Impuesto Automotor de las cuotas 2025/01 y 2025/03, correspondiente al dominio NFN331, cuyos comprobantes de los pagos realizados se encuentran glosados de fojas 8 a 9; Que, el importe objeto de reintegro asciende a pesos sesenta mil quinientos sesenta y dos con 04/100 ($ 60,562.04) el cual este Municipio no debió haber percibido ya que el vehículo no estaba radicado en el Partido de Florencio Varela; Que, a foja 15, obra Consulta de Titularidad emitida por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (D.N.R.P.A.) de donde puede constatarse lo manifestado en el párrafo que antecede; Que, el pago en cuestión fue realizado
por el señor ALDANA JORGE RICARDO,
DNI 20.912.841; Que, dicho importe fue ingresado al Sistema conforme se expide la Dirección General de Tesorería a foja 18 y 19;
Que, en virtud
de lo expuesto, corresponde acceder al reintegro
solicitado, por un importe total de pesos sesenta mil quinientos sesenta y dos con 04/100 ($ 60,562.04);
Por ello, El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones
que le son propias,
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Florencio Varela Municipalidad
DECRETA:
ARTÍCULO 19: Reintegrase al Sr. ALDANA JORGE RICARDO, DNI 20.912.841, la suma total de pesos sesenta mil quinientos sesenta y dos con 04/100 ($ 60,562.04) en concepto de devolución
del importe cobrado sin corresponder, respecto del Impuesto del Automotor por las cuotas 2025/01 y 2025/03, referentes al Dominio NFN331, en un todo de acuerdo a lo explicitado en
los considerandos del presente y las constancias obrantes en el Expediente Administrativo Municipal Ng 4037-3361-A-2025.–
ARTÍCULO 29: El gasto que demande la devolución del artículo 19, será imputado en la jurisdicción 1.1.1.01.03.000-RECURSO 1.1.4.02.09. Patente Ley 13010,--------------------------ARTÍCULO 39: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. –---–-
ARTÍCULO 49: Comuníquese con copia a la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, a
la Contaduría General, a la Dirección General de Tesorería y a la Gerencia de Tributos Provinciales, a sus efectos. ARTÍCULO 59: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, archívese.
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VISTO:
La jornada en el marco de la Iniciativa “Municipio Unido por la Niñez y la Adolescencia” (MUN A) , a realizarse el día 14 de noviembre en las instalaciones del “Salón Ramón Carrillo”, sito en la calle Gervasio Antonio de Posadas N'’ 2999, de la localidad San Juan Bautista de nuestro partido, desde las 09:00 hs. hasta las 11 :30 hs., conforme al cronograma que se acompaña como Anexo 1 y forma parte del presente, y;
CONSIDERANDO: Que, la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, establece la obligación de los Estados de proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, incluyendo su
participación en espacios de formación y discusión.
Que, la Ley Nacional N.c> 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece que los gobiernos municipales deben promover políticas y acciones que fomenten la protección, desarrollo y participación de la niñez y adolescencia.
Que, la iniciativa consiste en realizar un encuentro a fin de presentar un autodiagnóstico de la situación actual de la niñez y adolescencia en el municipio, con
el objetivo de sentar las bases para las futuras acciones de capacitación y planificación a desarrollarse el próximo año, en virtud de los mandatos dispuestos por las normas referenciadas.
Que, la participación de organismos internacionales como UNICEF fortalece las políticas locales en materia de niñez y adolescencia, promoviendo prácticas basadas en estándares internacionales de derechos humanos.
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Florencio Varela Municipalidad
Que, esta propuesta cuenta con la asistencia del Grupo Pharos, cumpliendo
este el rol de brindar asistencia técnica y acompañamiento a los municipios que ingresan al MUNA.
Que, por lo expuesto se invitará a participar del encuentro a los referentes MUNA del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, al coordinador Muna de UNICEF, a miembros del grupo Pharos y al socio implementador de UNICEF para la provincia de Buenos Aires.
Que, en virtud de lo expuesto, el Titular del Departamento Ejecutivo Municipal encuentra propicio declarar la misma de Interés Municipal.
POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA :
Artículo 1'’: Declárase de Interés Municipal la Jornada en el marco de la Iniciativa –
---––--–––––––-“Municipio Unido por la Niñez y la Adolescencia” (MUNA), a realizarse el día 14 de noviembre en las instalaciones del “Salón Ramón Carrillo”, sita
en la calle Gervasio Antonio de Posadas N'’ 2999, de la localidad San Juan Bautista de nuestro partido, desde las 09:00 hs. hasta la 1 1:30 hs., conforme al cronograma que se acompaña como Anexo I y forma parte del presente. Artículo 2'’: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno
-–-–-–-–---- y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Salud. Aúículo
3'’: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que
conforman el Departamento Ejecutivo Municipal a fin de asistir al mismo
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Florencio Varela Municipa tic$ad
Artículo 4'’: Comuníquese, con copia a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, -–--–--–-–-- para su difusión en los medios masivos de comunicación. Artículo 5'’: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHIVESE.----–--------
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DECRETO N':
25 Dr. Andrés Gl
,Watson
tntdidente
ííc. JAífria SHrrre'an3 Je S3lud
MunMpali/ad de Fda
Muniapaliaaa de FlorenciO Varela
Dr. Dono Ledi D#nie1 A. Secretaríl Municipa
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C.'p. (Iise SECJRETARIA
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Florencio Vare ia #iunicipai ic$,ti$
ANEXO I
CRONOGRAMA DE LA JORNADA EN EL MARCO DE LA INICIATIVA MUNA
“MUNICIPIO UNIDO POR LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA”
1.
09:30 hs: Apertura de la jornada y bienvenida a los participantes.
•
Bienvenida a cargo de Natalia Lima, referente MUN A y de la Secretaria Lic. Alonso Adriana.
•
Video institucional Iniciativa MUNA.
10:00 hs: Palabras a cargo de autoridades presentes
2.
3.
•
Fernanda Potenza y Martin de Paula por MUNA/ UNICEF.
•
María Victoria Vozza y Castillo Gustavo por Grupo Pharos.
•
Dr. Andrés Watson, Intendente Municipal.
10:40 hs: El proceso de autodiagnóstico a nivel local en el marco de la iniciativa:
a. Presentación de las áreas participantes, y modalidad de trabajo a cargo de referente MUNA. b. Presentación de autodiagnóstico local. A cargo de referentes de la Unidad Ejecutora y con la colaboración del Grupo Pharos.
•
Intercambio inicial, identificación de fuentes de información
disponibles, desafíos y aportes del proceso.
4.
•
Proceso de elaboración del instrumento propuesto.
•
Abordaje por temáticas.
•
Principales hallazgos y conclusiones.
11:30 hs: Cierre de la jornada.
•
Intercambio sobre la presentación, y propuesta de próximos pasos a seguir, a lrg
equipo MUNA/UNICEF Y Grupo P
Dr. Andrés, ci
Watson Vár8la
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VISTO :
La existencia de un cargo vacante como chofer, en la Subsecretaría de Defensa Civil, Logística y Taller, dependiente de la Secretaría de Gobierno; y CONS I DERANDO :
Que se debe proceder a la cobertura del mismo, con una ’bersona que cuente con el perfil adecuado y licencia habilit:ante para cumplir con ega funció-n; Que dicha designación debe ser efectuada en la categoría inicial del Agrupamiento Servicio y se debe encuadrar de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . N'’ 9533 ) , con carácter interino;
Que en razón de la función asignada se le otorgará interinamente, y mientras se desempeñe la misma, la categoría Chofer de Camioneta por 48 , 00 horas semanales ; Que a raíz de las funciones asignadas se le debe abonar la
"Bonificación por Conducción de Vehículos" otorgada por el Artículo 1 '’ del Decreto Municipal N'’ 1179/19 para aquellos agentes que cumplan funciones de choferes
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OPí CEli 1 CEIIRE De Pk:If I : 19
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Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; JIll 25 de Mayo Ng 277–
buenos Aires
Florencio Varela – C.P. 1888 – Pr
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.vare
.–
iov.ar
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DECRETOS
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Publicación: 11.-
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DECRETA: ARTICULO 1 ').–Desígnase a FERNANDEZ FRANCO EZEQUIEL ¿eg N'’ 11.769 D . N . I .
:
– – – – – – 42.321.826 como Servicio –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales a partir del 30 de julio del 2025, en la Subsecretaría de Defensa Civil, Logística y Taller, dependiente de la Secretaría de Gobierno, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord Nc’ 9533 ) , con carácter interino . – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – .
ARTÍCULO 2 '’ . –Los
haberes
correspondientes
se imputarán
a Jurisdicciones
:–
– – – – – – 1.1.1.01.02.000 – Categorías Programáticas : 57.01 – Objeto ’ del Gasto : 1.1.1.07 – Fuente de Financiamiento : l. 1.0 - – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 '’.–Asígnese al agente mencionado en el
Artículo
categoría – – – – – – Chofer de Camioneta por 48 , 00 horas semanales , con carácter interino . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 1 c’ la
ARTÍCULO 4 ') . –Dé ja se establecido
que el agente mencionado en el – – – – – – - – – –Artículo 1 '’ mantendrá la categoría asignada , mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se procederá a reubicarlo en la categoría
presupuestaria
correspondiente
.–
– – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5c’.–Abónese al agente mencionado en el Artículo
1 '> el 15% – – – (quince por ciento) de la "Bonificación por Conducción de Vehículos" otorgada por el Artículo 1 ') del Decreto Municipal Nc’ 1179/19
24$5 25
/ / / / .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
11113.– b
ARTÍCULO 6'’ . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 7 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Gobierno, la Subsecreta–
– – - – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -– – – – – –
ARTÍCULO 8 '’ . –Regístrese,
DECRETO
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comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Piovincia de Buenos Aires Tel: (54 11} 4237 1601 - www.varela.gov..ar
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FLORENCIO VARELA,
11 NOV2@§
VISTO :
La existencia de un cargo vacante en la Dirección General de Emprendimientos Comunitarios , dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, como Maestra Jardinera ; y
CONS 1 DERANDO :
Que debe procederse a la cobertura del mismo a fin continuar con el desarrollo de las tareas propias del área;
de
Que dicha designación se debe encuadrar de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5c> , 6'> y 7 ') del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela'’ (Ord . N'> 9533 ) , con carácter interino;
Que a raíz de las funciones asignadas se le debe abonar la
"Bonificación
Compensadora Docente " del 80 % ( ochenta por ciento ) del haber
básico, fijada por el Artículo l '’ del Decreto N'’ 531/21, y la "Bonificación Remunerativa No . Bonificable por Enseñanza” del 80% (ochenta por ciento) del haber básico , instituida por el Artículo 2 c> del Decreto N'’ 1295/17 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICiPAL DE FLORENCIO VARELA, en so de atribuciones propias de su cargo ;
25
////
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P, 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601. – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela B4unícif)aiicfdd
111 /2.–
DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Designase
a la agente LAMAS BETINA ANTONEI,A, Leg . N') 11840 /
– – – – – – – –D . N . I Nc’ : 34.932.330 , como Maestra Jardinera , a partir del 08 de septiembre de 2025 , en la Dirección General de Emprendimientos Comunitarios , dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 ' , 5 '> , 6') y 7 c> del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela’' (C)rd . Nc> 9533 ) , con carácter
interino
.–
– – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes
se imputarán a Jurisdicción : – –1.1.1.01.11. 000 – Categoría Programática : 01.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 09 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0– – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 3'’.–Abónese a la agente mencionada en el Artículo
la– – – – : – – – – – – –"Bonificación Compensadora Docente" del 80% (ochenta por • ciento) del haber básico, fijada por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 531/21, y
la
"Bonificación
Remunerativa
No
Bonificable
por
1 '’
Enseñanza’'
del
80%
(ochenta por ciento) del haber básico, instituida por el Artículo 2 '> del Decreto N'’ 1295/17 . – – – – - - – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de–
– – – – – – –Hacienda, y de Desarrollo Social y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
2466 25
////
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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/ / / /3.– ARTICULO 5'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Desarrollo Social, la – – – – – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – - – – – – – – – - – – – - – – – – – – – –
ARTÍCULO 6'’ . –Regístrese,
comuníquese , y cumplimenta,Jo que sea, ARCHÍVESE
.
DECRETO N'
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Varela
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MunicipaíÉd/d de Fcio\ Varela
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25 de Mayo Ng 2725 -- Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
3_3NOV 2025
VISTO:
La Ordenanza Fiscal e Impositiva N' 10754/24 y la Resolución Ng 231/25 de Factibilidad de
Localización (fs. 49/50), otorgada a la firma MAXI DIESEL SA, CUIT Ng 33-70807549-9, conforme expte. adm. mun. n.9 4037-2637-M-25, y; CONSIDERANDO:
Que, a fs. 53 la firma solicita el “Acogimiento al Régimen de Promoción para Nuevas Actividades Productivas" , conforme a la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente Ng 10754/24 – (artículo 789 - punto 19).
Que, el Régimen de Promoción establecido en el Artículo 78' de la Ordenanza Fiscal e Impositiva
vigente
N'
10754/24,
tiene
como
finalidad
beneficiar
a los titulares
de
los
establecimientos que inicien una actividad de servicio dentro del Partido de Florencio Varela estimulando la inversión, la construcción y la generación de empleo.
Que, la firma peticionante cumple con los requisitos establecidos por el art. 789 punto 1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente al tratarse de un establecimiento proveniente de
fuera del Partido, localizado en el Agrupamiento Industrial “Sector Industrial Planificado Mixto Promocional de Florencio Varela” creado por Decreto Provincial Ng 612/15, según consta en informe de evaluación de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo a fs. 57/57 vta. Que, el beneficio se otorga como proporción de la carga tributaria plena hasta el 100% durante los dos primeros años, 75% en el tercer año, 50% en el cuarto año y 25% en el quinto año, contado desde el inicio de la actividad.
S.l.D.P
Que a los efectos del cómputo de los plazos para la aplicación de los beneficios se considera como fecha de inicio de actividades el 1 de setiembre de 2025, declarado mediante nota de fs. 53
Que, la empresa ha iniciado solicitud de habilitación Comercial – Legajo Ng 246.210 para el rubro: “Guarda de Camiones Anexo Taller de Mecánica para Vehículos Propios (Tipo V)”.
Que en virtud de lo expuesto corresponde extender los mencionados beneficios de exención por el término del ejercicio presupuestario 2025.
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela J
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones propias a su cargo, DECRETA
Artículo 19: Otórgase la exención del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, al contribuyente MAXI DIESEL SA.------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 29: Otórgase la exención del pago de los Derechos de Habilitación de Comercios e Industrias y/o Transferencias de Fondos de Comercio, al contribuyente MAXI DIESEL SA.----------------------------------------
Artículo 39: Otórgase la exención del pago de Derechos de Instalación ~Ilo Aprobación de Planos de Electromecánica correspondiente al inmueble identificado catastralmente como Circunscripción. V, Sección M, Código 4, Fracción XII, Parcela 2, Partida 126.783.--------------------------------------------------------
Artículo 49: Otórgase la exención del pago de la Tasa por Inspección de Motores, Energía Eléctrica, Generadores de Vapor; Calderas y demás instalaciones, al contribuyente MAXI DIESEL SA. Artículo 59: Otórgase la exención del pago del Derecho Especial por Habilitación e Inspección de Medios Electromecánicos de Elevación, al contribuyente MAXI DIESEL SA.-------------------------------------------------Artículo 69: Otórgase la exención del pago de Tasa de Inspección Anual de Medios Electromecánicos de Elevación, al contribuyente MAXI DIESEL SA.------------------------------------------------------------------------------Artículo
79: Otórgase
la exención
del pago de la Tasa por Servicios
Varios,
al contribuyente
MAXI DIESEL
SA
Artículo 89: Otórgase la exención del pago de los Derechos de Publicidad y Propaganda, al contribuyente MAXI DIESEL SA .–--–-–––––-––-–––––––––––––---–––––--–––––––––––––––––––––––---
Artículo 99: Otórgase la exención del pago de los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, al contribuyente MAXI DI ESEL SA.------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo IO': Otórgase la exención de toda otra tasa comercial que grave la actividad económica, al contribuyente MAXI DIESELSI\.------------------------------------
Artículo 119: Otórgase la exención de los beneficios enumerados en los artículos 19, 29, 39, 49, 59, 69, 79, 89, 99 y 109, en un cien por ciento (100%) correspondiente al primer año, conforme al art. 789 punto 19 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente Ng 10754/24, desde el 1 de setiembre del 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.----------------------------------------------------------------------------------------------------=----------
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P, Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
Artículo 129: El otorgamiento de la presente exención no libera al contribuyente beneficiado, del cumplimiento de las normas vigentes para obtener la Habilitación Municipal. ––––----–--––––––––-Artículo 139: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Industria y Desarrollo Productivo. –––––––––--–––––––––––––––––––––––––––Artículo 149: Tomen conocimiento la Gerencia General de Recaudación y sus respectivas dependencias.-
Artículo 159: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, archívese. ––-––--–––––-–––––––––––-
Decreto Ng
24$7 25 buRo+ Dn Andrés
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Ricardo de la Fuente
IntencÜnte
Secretario de tn:11::iíla y
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MunicipaIIdad de ftorer-,:ic' \.'arela
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
1 1 NOV206
VISTO: El expediente administrativo 4037-4774-S-2023 y el Decreto N'’ 2583/24 y
CONSIDERANDO:
Que, en noviembre del corriente año se vence el plazo de inscripción previsto en el Decreto N'’ 2583/24 el cual tiene como fundamento poder dar respuesta a los contribuyentes y profesionales a fin de poder empadronar las obras que se hayan ejecutado sin permiso regularizando su situación contributiva; Que, se están ejecutando diversos relevamientos solicitando la presentación de planos de obra conforme a las mismas y resulta imperante contar con una norma que permita liquidar Derechos de Construcción;
Que, este Régimen de regularización de deudas obtuvo gran aceptación por parte de los contribuyentes que se hicieron presentes en la Dirección de Obras Particulares, dependientes de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente
y Planificación Urbana, para acogerse al beneficio y así continuar de manera intensiva con el empadronamiento de obras no declaradas; Que, en virtud a lo manifestado resulta primordial por parte del Departamento Ejecutivo Municipal prorrogar el plazo indicado en el Artículo lc’ del Decreto N' 2583/24, por un plazo de 180 días más;
Por ello el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las facultades que le son propias
DECRETA: ARTÍCULO IQ.- Prorróguese a partir de su vencimiento los términos dispuestos en el Decreto N'’ 2583/24 por el plazo de 180 días. ––-–––––-––––––––––––––-ARTÍCULO 2').- Modifíquense el Artículo 12'’ del Decreto Nc’ 2583/24 el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO
12'’.-Establécese que para las infracciones
contra el Código de Zonificación vigente se aplicará una sanción según el siguiente detalle:
24'38 25 135
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Florencio Varela uni(ipalido ci
Hasta 100 m2 –––––––––-.–––––––----––--
$ 560,00 por m2 Mayor de 100 m2 hasta 200 m2----------------------- $ 800,00 por m2 Mayor de 200 m2-----------------------------------------$
1.000,00 por m2
Estos valores son aplicables sobre la superficie que excede los valores máximos fijados por la Ordenanza NQ 596/80 y sus modiñcatorias respecto a excesos de FOS y FOT, ocupación de centro libre de manzana y de retiro obligatorio de frente y/o lateral. En el caso de verificarse distintas infracciones, se liquidará la mayor, otorgándosele la subsistencia a las construcciones existentes mientras dure su vida útil. -––––––.–-–– ARTICULO 3'’. -Refrendan el presente los Señores Secretarios de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda, nspectivarnente. -––-–––––––––-––-––––––––––––––––-––––ARTICULO 4'’.- Tomen conocimiento las Secretarías de Obras, Servicios Públicos,
Ambiente y Planificación Urbana, de Hacienda y de Gobierno, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Dirección General de Tesorería y la Dirección de Obras Particulares. -----––––––––--–––––-––––––––––––-––––––-–-––––-––-
Artículo 5'’. - Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. -––––-–-–
DECRETO N'
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a Dr. Andréi GhGmo%tson Id MontI
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Dr. Dg/o LeIa/Danie1 A. Éretan0% Gob,arno EiCipalid/a 68 Florencio Vare
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
1 3 NOV2025
VISTO: El Expediente Administrativo NC) 4037/2360/M/2025; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'’9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N')1991/18 y su modificatoria Decreto NC)680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA
ARTÍCULO lo: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la ––––––--–--- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/2360/M/2025.- VENTA DE INDUMENTARIA Y ARTICULOS DEPORTIVOS (M & S S.R.L).---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección --––-––––---––- General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.------------------
25 de Mayo N'’ 2725 Florencio Varela c.d”1888 - Provincia de Buenos AVes Tel (54 11) 4237 1601 www.varela.gob.ar
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DECRETOS ltg;
Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de -––––––--–-– Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.--------------------------------------------------ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de –––––––––– Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.------------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de –--––––––--- Hacienda la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------ARTÍCULO 6': Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
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FLORENCIO VARELA,
33
N OV 2025
VISTO: El Expediente Administrativo NC) 4037/2899/C/2025; y CONSIDERANDO:
Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N')9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N')1991/18 y su modificatoria Decreto NC)680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA
funcionamiento de la ARTÍCULO 1'): CONCEDESE habilitación para el respectiva actividad del titular que se detalla: , 4037/2899/C/2025.- COBRO DE SERVICIOS Y FACTURAS ANEXO SERVICIO DE i_. : _3 ENVIO DE DINERO (COVELLONE VANESA NOEMI).---------------------------------------.
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ARTÍCULO 2o: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección --––-–––--–––-General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.------------------
25 de Mayo N" 2725
25
Florencio Varela C.P 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel <54 11) 4237 1601 ' www.varela.gob.ar
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ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de -––-–-–----–--- Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.--------------------------------------------------ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de --––––––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.------------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de -––––––--–-- HaciendaJ la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------ARTÍCULO 6a: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
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DECRETO No: ..................-................
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SECRETARIA [É }+qGIENDA DE V[ÓRENC 16 VARELA
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 I1) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela füunl€É}Miidad
FLORENCIOVARELA,
1_1 NOV2025
VISTO:
El Expediente Administrativo NO 4037/2820/R/2025; CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes,
surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento
a las tramitacÉones
respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'1991/18, y su modificatoria N'680/23 corresponde dictar el pertinente acto administrativo; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA
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ARTÍCULO 1'’: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la .––- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/2820/R/2025.- SERVICIO DE PRODUCTOR Y ASESOR DE SEGUROS (RODRIGUEZ GUADALUPE JENNIFER).----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección -––––––––––--
General, Seguridad Vial y Movilidad
Urbana, el
respectivo
Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - PraüÁci¿ de B#nos Tel: (54 1 1 ) 4237 3601' www.florenciovare ia.gov.ar
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BOM N° 11
81
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ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––--
Ingresos
Públicos,
procederá
a percibir
las tasas y derechos
correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.-------------------------------
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de ---–-–––––-- Hacienda y el señor Secretario de Gobierno .----––-–--–-–––-–––--––ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda. la Secretaría de ––-––-–-–––- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.–------
ARTÍCULO 6': Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.------
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BOM N° 11
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Florencio Varela NIviIicil 33lÉd ati
FLORENCIOVARELA,
1.3NOV2025
VISTO:
El Expediente Administrativo N'’ 4037/336/B/2017; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'1991/18 y su modificatoria N'680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA ARTÍCULO ID: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la .- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/336/B/2017.- PLAYA DE ESTACIONAMIENTO ANEXO VALLET PARKING PARA CLIENTES (BRAVO DAVID ANGEL).-------------------------------------------------------
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Tel: {54 1 1 } 4237 1601. www.florencia%ehgov.ar
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ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––-Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.-----------ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ––––––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.----------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de –---–--–––––- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.–------
ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-----i+r
DECRETO No: 3: P.f
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIOVARELA, $ 1 NOV208_ VISTO :
El Expediente Administrativo N') 4037/6014/C/2021 cuerpos I y II; y
CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en las Ordenanzas N') 4438/05 y la N') 9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'’ 1991/18 y su modificatoria N'’ 680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias de su cargo; )
UD DECRETA ARTÍCULO 1'’: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la ---–––––––-- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/6014/C/2021 cuerpos I y II. - DEPÓSITO Y VENTA DE CHATARRA FERROSA (CHATVELTRI S.R.L.).--------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 2o: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección ------––––––--- General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.------------------
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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ARTiCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––-- Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.-------------------------------
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ---–-–––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.---------------------------------ARTÍCULO 5'); Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de -----–––----––- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.-------ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.------
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FLORENCIO VARELA,
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VISTO:
El Expediente Administrativo N'’ 4037/4247/D/2024; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en las Ordenanzas 9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'1991/18 y su modificatoria Na680/23, corresponde dictar el NO 544/79 y N'
pertinente acto administrativo; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA
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ARTÍCULO lo: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la –––-–--–––-- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/4247/D/2024.- HELADERI A (SIN CONSUMICIÓN) ANEXO CHURRERIA (CON ELABORACIÓN) (D’AGOSTO MARIANA LAURA).--------------------------------------
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ARTÍCULO 3o: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de ––––––-––--Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.------------------------------ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ---–––––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.---------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de ---––-–--––---- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.-------ARTÍCULO 6'): Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.------
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Florencio Varela Municipalidad
Fl„,„,i, V„,1,, 11 NOV2025 VISTO: La jornada ’'La Muni Cerca Tuyo” a celebrarse el día 14 de noviembre del corriente año de 10:00 a 14:00 horas en la calle San Pablo N'’ 1804 entre calles Rio Carapachay y Rio Salado del barrio Curva de Chávez de nuestro Partido, y;
CONSIDERANDO: Que, dicha jornada reviste una gran trascendencia a nivel municipal y regional.
Que, durante el desarrollo de la mencionada iornada “La Muni Cerca Tuyo”, se efectuarán trámites de asesoramiento de documentación integral, atención
al vecino, empleo y huertas, discapacidad, adultos mayores, género, vacunación de calendario y Covid-19, llenado de libretas, vacunación antirrábica y desparasitación de Animales de Compañia, entre otros Que, atento la importancia social que reviste la actividad de marras
para nuestros vecinos, es deseo ,del Titular del Departamento Ejecutivo declararlas de interés municipal.
POR ELLO: Xd v+.3xt,«anr
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El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones que son propias de su cargo
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Florencio Varela Municipalidad
DECRETA
ARTICULO
1'>: Declárese de Interés Municipal la jornada “La Muni Cerca Tuyo” a ––-
–---–––––––-
desarrollarse el día 14 de noviembre del corriente año de 10:00 a 14:00
horas en la calle San Pablo N'’ 1804 entre calles Rio Carapachay y Rio Salado del barrio Curva de Chávez de nuestro Partido, pudiendo ser la misma reprogramada por cuestiones climáticas y/o de organización. -––-–---–-––-–––––––––––––––––––––––––ARTICULO
2'>: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno
–--––––––--- y la Señora Secretaria de Hacienda, respectivamente. -–----–----––--–-ARTICULO 3'>: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías deI ––-–---–––––––---–
Departamento Ejecutivo Municipal, las que brindarán la colaboración
necesaria para llevar adelante dichas actividades. ––-–––-–––-––––––---–--––--–--
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ARTICULO
4'’: Notifíquese, mediante copia del presente, a la Subsecretaría de Prensa y
-––––––––--ARTICULO
Comunicación para su difusión en los medios masivos de comunicación. 5'’: Regístrese, comuníquese y, cumplime_ntado que sea, ARCHIVESE. ––-
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Florencio Varela Municipalidad
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El trámite de Cambio de Titularidad de Fondo de Comercio, entre la señora CIRERA CARMEN y la sociedad REPUESTOS GDC S.A., en el Expediente Administrativo NO 4037-2844-C-1982; y CONSIDERANDO:
Que, el comercio explotado por la señora CIRERA CARMEN, se hallaba habilitado para el rubro “VENTA DE REPUESTOS DEL AUTOMOTOR” conforme Decreto N'25/1984 obteniendo su respectivo certificado a fs. 26; Que, con fecha 01 de Diciembre de 2023 mediante nota alcance No1/23 se solicita el cambio de titularidad de fondo de comercio a favor de la sociedad REPUESTOS GDC S.A. (fs 51);
Que, surge la viabilidad del cambio de titularidad (fs.74);
Que, obran las correspondientes publicaciones de edictos en el Boletín Oficial y en Diario Local (a fs.82 y 121); Que, consta la correspondiente Planilla de Inspección Integral (fs. 107); Que, habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ley N'’13081, en la Ordenanza N'’9172/18 Artículo 11 inciso “d” y de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Reglamentario N'1991/18 y su modificatoria N'’680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA ARTICULO lo: APRUÉBASE el cambio de Titularidad de fondo de comercio de la –---------––-–- señora CIRERA CARMEN a favor de la sociedad REPUESTOS GDC S.A., expediente administrativo N'’4037-2844-C-1982, respecto a la explotación del Comercio con rubro “VENTA DE REPUESTOS DE AUTOMOTOR” teniéndose aI nombrado en último término como único responsable del mismo.-–----------–-------------ARTICULO 2'): Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección -–––------––-–- General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, el respectivo Certificado de Habilitación1 a nombre del nuevo titular, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibirniento de 1
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO 3o: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de Ingresos
Públicos,
procederá
a
percibir
las
tasas
y
derechos
correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.. ARTICULO 4'’: Por
intermedio de la Subdirección de Expedientes Administrativos, recaratúlese el expediente, sin alterar la numeración que éste lleva, de tal manera que figure el adquirente del Fondo de Comercio, como titular de las actuaciones de rriarras
ARTICULO 5'’: El presente decreto será refrendado por Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.
el señor Secretario de
1 1
ARTICULO 6'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, que notificara al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.
ARTICULO 7o: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-––––-––
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25 de Mayo No 2725 . Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601- www.florenciovarela.govñr
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Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA. VISTO:
II NOV2025
Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3640-S-2025: y
CONSIDERANDO. Que, es necesaria la contratación de mano de obra, equipos y suelo seleccionado para la ejecución de mejoramientos de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado, este último suministrado por el municipio junto con los caños donde se requiera su colocación o reemplazo de los existentes con roturas. a realizarse en distintas calles de este Partido, a Hn de solucionar problemas estructurales y de inundabilidad que se presentan en los sectores rurales y urbano de tierra, mejorando la circulación tanto de vehículos como de transeúntes:
Por ello. el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA:
ARTICULO 1 ro.: Llámase a Licitación Privada Nro.110/2025 1 er.llamado, para el día 18 de noviembre de 2025 a las 10:45 hs. i)ara la ejecución de obra -Mejoramiento de calles de tierra oon terminación de hormigón reciclado--. en diferentes calles de distintos barrios del Partido. según lo expuesto en el Considerando. ––––––––––––––––––---
„4
ARTICULC) 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000. Categoría Programática 29.01, Fuente de Financiamiento 1.1 .0. Objeto del Gasto 3.3.4.0 1 .-
ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fojas 4 a 34 inclusive, del citado expediente administrativo. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $27.000,00 (PESOS VEINTISIETE MIL CON CERO CENTAVOS). ––––––-––––––-–---–-–-––––––––––––––––--–––––––--–--–-––––––---
ARTICULO 5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de $53.917.380,00 (PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON CERO CENTAVOS). –––-----ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente. -–--–––------–--–----–--––-––––-----
ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación. la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. --––--–--------–-------–––––––––––––––––--
ARTICULO 8vo.: Regístrese. comuníquese y cumplimentadoque sea, ARCHÍVESE. -–––––––––––-––––––--
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Florencio Varela Municipalidad
VISTO.
FLORENCIO VARELA, IIN
OV 2025
Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3 163-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la ejecución de obra: “Refacción de planta alta ala central (instalación eléctrica) – Edificio de Desarrollo Social – Etapa VIII”, ubicado en calle 205 – Juan Bautista Alberdi, esquina 2 18 – Aristóbulo
del Valle del Barrio Centro, de la Localidad San Juan Bautista de este Partido, para continuar con su reacondicionamiento edilicio, a realizarse mediante el Fondo de Obras Publicas establecido en la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nc’10754; Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'lO1/2024,
1
er. llamado;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Adjudícase la Licitación Privada ND101/2023 ler. llamado, a la firma: BMB TECNOLOGIA -––––––––––-S.R.L. por la suma de $87.195.541,07 (PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON SIETE CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según informe Técnico obrante a foja 125 y Acta de pre-adjudicación obrante a foja 139, del citado expediente administrativo. –––---–––-–--–––––––––––-–––––––---–––––--–---–– ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por -----––––––––-la Jurisdicción 1.1. 1.01 .09.000, Categoría Programática 32.75.54, Fuente de Financiamiento 1.3.1, Objeto del Gasto 4.2.1.01.02.--------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO 3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: COOP. DE TRABAJO MANOS ----–––––––-A LA OBRA LTDA. y a BMB TECNOLOGIA S.R.L. por la suma de $815.674,00; 1uego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente. –---––––-–––––ARTICULO 4to.: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de ––––––––––-Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana respectivamente. –– ARTICULO
5to.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la
––----––--––––- Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. ––-–-–––––––-–ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. ––-–––-–---–––––––––-
,„„„„ 2478 25 DIRECCión DÉj CC)> iF ;?,45
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Varela
25 de Mayo Nb 2725 - Ftorenc o Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 3601- www.florenciovarela.gov.ar
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BOM N° 11
'\l jl' Florencio Varela Municipalidad
VISTO,
FI'""'i'v”'1”
1 1 NOV 2025
Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3685-S-2025, y
CONSIDERANDO, Que, es necesario la actualización del sistema M@JC)R II.PP.V.LARAMIE; Que, a fojas 5 del mencionado expediente de la Dirección General de Sistemas Informáticos fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.O.M.Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargol L/ Ldv 1\ b 1 Ae
ARTICULO Iro: Adjudicase a la firma A.L. COMP. Y SISTEMAS S.R.L. la Compra Directa N'’76/2025, en la suma de $60.000.000.- (PESOS SESENTA MILLONES CON 00/100) según el citado expediente administrativo.--------------------------
ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 0 1.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.9.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. -ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. –-------–------–--––---–-–-–---––-–––––––––––-––----------–-–-––--
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. -–--–--–-––----––––––––––––------
DECRETO N '
2472 25 Ha
DIRECC] Ü ii DE COMPRAS
“"dEF 1> c/p. (i' MUNICIPAL_IDAD
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Municipalidajñe Fci}\Varela
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FLORENCIO
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
1l NOV2025
VISTO' El reconocimiento municipal como Entidad de Bien Público en su carácter Definitivo, otorgado mediante Decreto N'’ 929/00 a la Sociedad Bomberos Voluntarios de Florencio Varela, y CONSIDERANDO:
Que dicha Institución tiene como misión la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional en nuestra comunidad. Que el normal desenvolvimiento de la misma y el cumplimiento de los fines previstos por la Sociedad Bomberos Voluntarios, implican una serie de gastos de combustible, como así también el mantenimiento y reparación de sus unidades, para una mejor prestación de servicios, en forma gratuita, a toda la población. Que teniendo en cuenta la finalidad perseguida por esa institución, es criterio de este Municipio no permanecer al margen de la misma disponiendo la entrega de una ayuda económica. POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de
atribuciones propias a su cargo
DECRETA
$ € 11: p F T 9 ? rq 1
!!
H/•9H
ARTÍCULO 7'; Otórguese, a la Sociedad Bombéros Voluntarios de Florencio Varela, con sede en la calle 25 de Mayo de 1810 N' 2402, barrio Centro, localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, en la persona de su presidente, el señor Sergio Omar García, D.N.l. N' 20.913.391,un subsidio por la suma total de Pesos Ochocientos Cincuenta Mil (.$850.000,00),a los efectos de afrontar los gastos enunciados en el considerando.
)
25 c! 24 !1::11:::1 23 de Mayo N'’ 2725 - Fiorencio Vareí8 - (:,P. 1888 - Provincia de Buenos Aíres Tel.: (54 13) 4237 36(>3 - www.'vare13.gob.ar
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2'.- El gasto que demande el cumplimiento de lo -–––-establecido en el Artículo I', será imputado en la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000; Categoría Programática 01.01; Fuente de Financiamiento 1.1.0; Objeto del Gasto .5.1.7.03 (SUBSIDIO BOMBEROS) . ----------------------------------------------------------------------------------ARTICULO 3'; La suma otorgada en el Artículo I' del presente Decreto quedará sujeta a posterior rendición de cuentas ante la Dirección General de Rendiciones, otorgándose un plazo de treinta (30) días. –-–––---––-----–-–––––-––––-––––-–––-----–-––-–----–––ARTÍCULO 4'; El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda. -----------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y de Gobierno, la Contaduría General , las Direcciones Generales de Tesorería, de Rendiciones y de Registro y Legislación.--------------------------------------–------------------------------------------------ARTÍCULO 6'.- Regístrese, Comuníquese y Cumplido que sea, Archívese. -------------------
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DECRETO N'
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Secret/o
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ICiO Varela
23 de Mayo N» 2725 « Fi<>ren( io v8r©i8 - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: <54 33> 4237 16(>3 .- www.varela.gob.&r
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BOM N° 11
Florencio Varela fvlunicÉpaiidad
Florencio Varela,
$ 2 NOV2025
VISTO: La nota presentada por el Señor Barrios Carlos Daniel, D.N.I. N'’ 27.319.480, Coordinador de Infantiles del Club Varela Junior Rugby Juveniles, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante dicha nota, solicita una ayuda económica a fin de solventar los gastos que se requieren para trasladar a 30 deportistas que participarán, en el evento deportivo a realizarse en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos. Que, el evento deportivo mencionado se llevará a cabo entre el 20 y el 24 de noviembre del año 2025. Que, por lo expuesto, resulta necesario otorgar la suma de pesos trescientos veinte mil ($320.000) al Coordinador de Infantiles de dicho Club, Señor Carlos Daniel Barrios, D.N.1 NQ 27.3 19.480.
Que, en virtud de la situación planteada, es deseo del Titular del Departamento Ejecutivo otorgar dicho subsidio.
POR ELLO:
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO
VARELA,
en uso de las facultades propias de su cargo:
24 8X 25 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires
Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela idac!
DECRETA ARTÍCULO 1'’: Otorguese un subsidio al Señor Barrios Carlos Daniel, D.N.I. -–––––––––--
NO 27.319.480, Coordinador de Infantiles del Club Varela Junior Rugby
Juveniles p,Ir la suma de pesos trescientos veinte mil ($320.000) a los efectos mencionados en el considerando del presente. -–––––-–--–––---–--–––––-–––––-––-–––––––––––
ARTÍCULO
2'’: La suma otorgada en el Artículo I' del presente Decreto quedará sujeta a
-––-–-–––––posterior rendición de cuentas ante la Dirección General de Rendiciones, en el plazo de treinta (30) días a partir de cumplimentarse lo dispuesto en el Artículo N'l. -–-–--
ARTÍCULO
3'’:
––––––––––--
El
mencionado gasto será imputado a
la
siguiente partida
presupuestaria: Jurisdicción 1.1.1.01.23.00, Categoría Programática 01 .01.
Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto de Gasto 5.1.5.05. ––-–––––––––––––--––----ARTÍCULO
4'’: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y
---------–––––-
los Señores Secretarios de Gobierno y de Relaciones Institucionales,
respectivamente. --------–-–––––––––––––––––––––--––--––--–––––––––––--
ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y de Gobierno, la -––-–––––-–Contaduría General y las Direcciones Generales de Tesorería y de Registro y Legislación, a sus efectos. ––––––--––––––––––––––-––--––-––––-––––---–––-
ARTÍCULO 6'’: Registrar, publicar, comunicar y cumplido que sea, ARCHIVAR. –-–––––
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Dr. Don ,.Leidi DZniel A. Se
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Dr. Andrés G
Florencio Varela
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Int/ndente
Municipal/bd de Fdo\Vaíela
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Municipalidadde-FlorencioVaíeia
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.vareEa.gob.ar
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BOM N° 11
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Floreneio Vareia Muni(ipati<3ad
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RELA
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VISTO :
La necesidad de cubrir un cargo vacante en la Subsecretaría de D#9rtes y Recreación, dependiente de la Secretaría de Cultura , Deportes y. Recreación, como Médica, correspondiente a la Carrera Profesional Hospital-aria; y CONS I DERAN DO :
Que la Subsecretaría de Recursos Humanos procedió a la evaluación de la profesional propuesta, la cual posee perfil adecuado y matrícula -habilitante para cumplir las funciones a asignar, por lo que se puede dar lugar a la designación de la misma; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; D E' CR E T A: ARTÍCULO l '’.–Desígnase a la profesional
que a continuación se detalla, – – – – – – – en la función y/o espe'cialidad y área, a partir de la fecha indicada, correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria y de acuerdo a lo establecido dn los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal
para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" N'> 9533 ) ,
con
carácter
interino
(Ord .
:
Profesional Grado Asistente por 36 , 00 horas semanales : Leg N 9 : 11855
, Apellido y Nombre: BARRIOS MYRI AN SILVANA Área : Subsecre1,arIa de Deportes y Recreación, Secretaría de Cultura , Deportes
mM De Pkr 1 1: 3;
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y Recreación
.
Médica
09/09/2025
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11} 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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ül lib Florencio Varela Municipalidad
11 / 12.–
ARTÍCULO 2 c’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción : – –
–1.1.1.01.22.000 , Categoría Programática : 42.01– Objeto del Gasto : 1.1.1.08 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . –
ARTÍCULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendacio por las Secretarias
de – Cultura , Deportes y Recreación, y de Hacienda , y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . -Tomen conocimiento la Secretaria
de Cultura , Deportes y Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría
General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación .
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVE:SE
.
DECRETO
br. Dc)no /d1 Secre/it) d' Muni.
D?nlel A.
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Dr. Andrés 6
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
1 2 NOV2025
VISTO :
La existencia de un cargo vacante en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, como enfermero; y
CONS 1 DERANDO :
Que debe procederse a la cobertura deb mismo a fin continuar con el desarrollo de las tareas propias del- área ;
Que se ha propuesto
para
ello
de
a ACOSTA KAREN AYLEN;
Que dicha designación debe ser efectuada en la categoría
inicial del Agrupamiento Técnico y se debe encuadrar de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para
los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . Nc’ 9533 ) ;
bRI i(;gb Í3f IEi Ii Be ?j¿ñ!1 1 Na =-»+ral»ü
Que en razón de la función asignada se le otorgará interinamente , y mientras se desempeñe la misma, la categoría Técnico – Clase I– por 42 , 00 horas semanales ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
248:3 25 //// 25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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8
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
1;1s8:
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alith F:orencio Varela Muni(ipaiidad
11112.–
DECRETA: ARTÍCULO 1'’.–Desígnase a ACOSTA KAREN AYLEN, Leg . N'’ 11. 849 ,
D . N . I . N'’ – – – – – – – –44.963.194 , en la categoría como Técnico –Clase IV– por 42 , 00
horas semanales , en el Subsecretaría de Deportes y Recreación, dependiente de la Secretaría de Cultura , Deportes y Recreación, a partir del 09 de septiembre de 2025 , y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '> , 5'’ ,
6'’ y 7 '> del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio
Varela“
(C)rd . N') 9533 ) , con carácter
interino
.–
– – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes
se imputarán a Jurisdicción : – – – – – – – – –1.1.1.01.22.000 – Categoría Programática : 42 . 01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 04 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – - – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3c’.–Asígnese a la agente la categoría : Técnico –Clase I– por 42 , 00
– - – – – horas semanales para realizar funciones como enfermera en dicha Subsecretaría,
y con carácter
interino
. – – – – – – – – – – – – - – – – –
ARTÍCULO 4'’.–Abónese a la agente mencionada en el Artículo
1 '’
, la bonifi–
cación del 15% ( quince por ciento ) por tarea riesgosa establecida por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 2850/91. – – - – – – ga piaiii y Seg. &HiNü
ARTÍCULO 5'’ . –Dé j ase establecido
que la agente mencionada mantendrá la ca– – – – – – tegoría asignada por el Artículo 3 '> del presente acto mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se la reubicará en la categoría presupuestaria correspondiente al Artículo 1'’ del presente . -
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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1
/ / /3.–
ARTÍCULO 6'> . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – – –Hacienda, y de Cultura, Deportes y Recreación, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . -– – – – – – – – – – – – – - – –
ARTÍCULO 7 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Cultura , Deportes y – – – – - –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General , y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio,
y de Registro
y Legislación
.–
– – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 8 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, – – – – – – ARCFIÍVESE.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
25
DECRETO N SiECi{,HüIERE 01 Plant+ 1:-€! $GtlatltQ
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Dr. Dono2ádi D#liel A. lrío deZÍb'eno lorencio Varela
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Munici#Ídad de \cio. Varela Y$''-{\. Vg
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Fionncio Varela Municipalidad
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112 NOV2025
VISTO :
La nota elevada por la agente GALEANO MARTiNA, quien se desempeña como Profesional Grado Asistente por 36, 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección de Medicina del Deporte , dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, por la cual solicita la ampliación del régimen horario; y
CONS I DERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo referido, reubicando a la agente como Profesional Grado Asistente por 48 , 0 0 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA:
ARTÍCULO l'’.–Reubícase a la agente GALEANO MARTINA, Leg . N'’ 11144 , a partir–
– – – – – – –del 1 c’ de octubre de 2025 , como Profesional Grado Asistente por 48 r 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección de Medicina del Deporte , dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación . – – – - – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2' . –Los haber-es correspondientes
se imputarán a : Jurisdicción : – _ – – – – – –1.1.1.01.22.000 – Categoría Programática – 42.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1.08 – Fuente de Financiamiento : l. 1.0 . – – – – – – – – – – – –
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/ / / /2.–
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – – – –Cultura, Deportes y Recreación, y de Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Cultura, Deportes y – – – – – – – – – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la
Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación y Patrimonio,
y de Registro
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese,
y Legislación
.–
de Haberes
– – – – – – – – – – – – – – –
comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
2484 25
DECRETO N' l:pt[rIF: aIEX 11 9
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FLORENCIO VARELA,
,12 NOV2025
VISTO : La
nota
elevada
por
el
agente
municipal
BUI,AC IO
FACUNDO
ALEJANDRO, quien se desempeña como Administrativo
–Clase IV– por 42 , 00 horas en la SubsecretarIa de Deportes y Recreación, dependiente de la .Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, mediante la cual solicita licencia especial con goce de haberes para participar de los " Juegos Parapanamericanos" , en representación de la Selección Argentina de Boccia de la Federación Argentina de Deportes para Páralisis Cerebral ; y semanales ,
CONS I-DERANDO :
Que el Artículo 44 c> dei "Estatuto Municipal para los Trabajadores
de la Municipalidad de Florencio Varela" ( Orci . N'’ 9533/ 19 ) establece que "El trabajador que sea deportista aficionado y que como consecuencia de su
actividad fuere designado para intervenir en campeonatos regionales selectivos dispuestos por los organismos competentes de su deporte, en los campeonatos argentinos o para integrar delegaciones que figuren regular o habitualmente en el calendario de las organizaciones internacionales , se le podrá conceder licencia especial deportiva para su preparación o participación en las mismas . Estas licencias podrán ser concedidas con goce íntegro
ÜR[GGlüN iIHFRÁ!
ÜIP+:ñií y ku Í’:J11:"O
de haberes
." ;
Que a partir de lo solicitado se ha prestado conformidad al pedido, dada la relevancia de la temática abordada y los ámbitos de participación que se generan, debiendo proceder a concederle al agente mencionado ut–supra, Licencia Especial con goce íntegro de haberes ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones
las de su cargo ; 1 / 11 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Ni un Écipa!}c38e:$
/ / / /2.–
D E C R E T A: ARTÍCULO l'’.–Otorguese – – – – – municipal
Licencia Especial con goce de haberes , al agente– –
BULACIO
FACUNDO ALEJANDRO,
Leg . N'> 11.535
,
desde
el
01
al 10 de noviembre de 2025, inclusive , de acuerdo a las disposiciones del Artículo 44 '’ de 1 " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd . N') 9533 ) . – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de– –
– – – – – – Hacienda, y de Cultura, de Gobierno , respectivamente
.–
Deportes y Recreación, y por el Secretario – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Cultura,
Deportes y – – –
– – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación y de Registro
y Legislación
.–
de Haberes y Patrimonio
,
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHiVE:SE . –
DECRETO N' :
24573 25
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Dr. Andrés ÉnJ¿Xt¿
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RIA DE HACIENDA DE FLORENCIO VARELA
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
12 NOV 2025
VISTO: El Acto de Firma de Acuerdos Individuales de Prácticas Profesionalizantes en el marco del COPRET, celebrado entre la Municipalidad de Florencio Varela y estudiantes de Escuelas de Enseñanza de Educación Técnica, a desarrollarse el día 13 de Noviembre de 2025 a las 10:00 horas, en el Salón Ramón Carrillo del ex predio de AGFA, sito en la calle Gervasio Antonio de Posadas y calle Jorge Newbery de este Partido; y
CONSIDERANDO: Que, en el marco del Sistema de Practicas Educativas en Ambientes de Trabajo, del Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET), el Municipio de Florencio Varela desde el año 2019 se adhirió al mismo como institución oferente y viene trabajando articuladamente con todos los niveles y modalidades educativas, como así también con todos los establecimientos educativos tanto de gestión pública, como de gestión privada de nuestro
Partido, el Consejo Escolar y la Jefatura Distrital de Florencio Varela, a fin de implementar
el “Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo”, en el ámbito de la Administración Pública Municipal. Que, este tipo de experiencias constituyen un pilar fundamental para la formación integral de las y los estudiantes, promoviendo su participación activa en la comunidad y el ejercicio pleno de sus derechos, reivindicando este tipo de propuestas formativas como actos educativos de alto valor pedagógico y social, que promueve y recupera la importancia de la educación y el trabajo como un derecho humano fundamental y como eje de la inclusión social.
Que, en vhtud de lo esgrimido, y atento la importancia que reviste el mencionado evento, es intención del Titular del Departamento Ejecutivo Municipal declararlo de Interés
Municipal.
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2486 25 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela .. C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i . www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA en uso de atribuciones propias a su cargo
DECRETA
ARTÍCULO
1'’: DECLÁRESE de Interés Municipal, la Firma de Acuerdos Individuales de
––--––––––--
Prácticas Profesionalizantes en el marco del COPRET, celebrado entre la
Municipalidad de Florencio Varela y estudiantes de Escuelas de Enseñanza de Educación Técnica, a desarrollarse el día 13 de Noviembre de 2025 a las 10:00 horas, en el Salón Ramón
Carrillo del ex predio de AGFA, sito en la calle Gervasio Antonio de Posadas y calle Jorge Newbery de este Partido.-----------------------------------------------–--–--–--------–--–---------
ARTÍCULO
2'>: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda
--––-–––-––- y por el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.---------------------ARTÍCULO
3':
Tomen conocimiento
todas las Secretarías y
Subsecretarías del
Departamento Ejecutivo Municipal las que brindarán la colaboración necesaria para llevar adelante el citado evento.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4'’: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, Archívese.–------------------
DECRETO N'
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Dr. Andrés
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P 1888 . Provir cia de Buenos Aires Tel.: (54 ]1) 4237 1601 . www.varela.gob ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
12 NOV208
VISTO: La Jornada de Capacitación, a desarrollarse el día 16 de Diciembre de 2025, a partir de las 10:00 horas en el ex predio de AGFA, sito en la intersección de las calles Gervasio Antonio de Posadas y Jorge Newbery de este Partido; y
CONSIDERANDO: Que, atento el caudal de denuncias interpuestas desde la Dirección General de Defensa del Consumidor del Municipio ante las Fiscalías Penales con asiento en el Partido de Florencio Varela, con fecha 16 de diciembre del corriente año a partir de las 10:00 horas, se llevará a cabo una Jornada de Capacitación en materia de prevención de estafas/phishing, la cual contará con la presencia y disertación del Dr. Ariel Rivas, titular a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción )
UD
62
N' 1 del Departamento Judicial de Quilmes, con competencia en delitos de extorsión, estafas y deñaudaciones cometidas en entornos digitales.
Que, resulta de público conocimiento el aumento constante de fraudes en entornos de comercio electrónico, mediante el uso indebido de datos de tarjetas de crédito o débito obtenidos
b GO -+
02
ilícitamente para realizar compras sin el consentimiento de sus titulares, resultando los adultos mayores vulnerables, las principales víctimas de este tipo de estafa. Que, atento la importancia que reviste el evento en el orden social, es intención del Titular
del Departamento Ejecutivo Municipal declararlo de Interés Municipal.
POR ELLO:
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones que son propias de su cargo:
DECRETA ARTÍCULO 1: DECLARESE de Interés Municipal, la Jornada de Capacitación en materia –---––––––--
de prevención de estafas/phishing por utilización de medios digitales, a
desarrollarse el día 16 de Diciembre de 2025, a partir de las 10:00 horas en el ex predio de AGFA,
sito en la intersección de las calles Gervasio Antonio de Posadas y Jorge Newbery de este Partido.---------------------------------------------------------------------------------------------------------de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel,: (5'1 11) 4237 1601 ' www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO
2: El presente Decreto será reñendado por la Señora Secretaría de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.–------------------------------------
ARTICULO
–--–––––––--
3: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías del Departamento
Ejecutivo, las que, mediante copia del presente, notifícarán a sus dependencias,
a fin de brindar la colaboración necesaria.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHIVESE.------------\ed
DECRETO
SECRETARIA DE
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Florencio Varela,
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13 NOV2025
VISTO: La realización del 38') Encuentro Plurinacional de Mujeres, Lesbianas. Trans. 1 la\estis, Bisexuales, Intersexuales e Identidades No Binaries. que se llevará a cabo desde el 22 at 34 de lloviembre de 2025, en la ciudad de Corrientes, de la provincia de Corrientes, y
CONSIDERANDO: Que, hace al menos 38 años que estos Encuentros se llevan a cabo una vez al año en distintas ciudades de nuestro país y donde se propone un intercambio que permite fortalecer las redes territoriales y a quienes participan construyendo estrategias frente a las desigualdades de género que las atraviesan cotidianamente. Que, se trata de uno de los espacios más amplios, plurales y masivos de formación . debate >' construcción democrática de nuestro país y Latinoamérica, y han sido claves para el inI i'?11l';o de
)
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02
leyes y políticas que colocaron a la Argentina a la vanguardia mundial en materia de politicas de igualdad.
-
,
Que. miles de mujeres, niñas y adolescentes de todo el país se movilizall cada año para
participar de talleres de debate, ferias, intervenciones culturales y espacios reLlcalivos
00
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organizados de manera autónoma, autogestiva y aut(>convocada.
Qlle, el titular de este Departamento Ejecutivo encuentra propicio Declararlo d'..’ Interés Municipal . Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA el 1 II-;O de atribuciones propias de su cargo:
DECRETA: ARTICULO Nc’ 1 : DECLÁRESE DE INTERÉS MUNICIPAL, la palticipación de nlujcres y SEC. DES
-----–––––-–––disidencias
de nuestro Partido en el 38c) Encuentro Plurinacional
de Nlrtjel-es.
SO(' IA I,
Lesbianas, Trans, Travestis, Bisexuales, Intersexuales e Identidades No Binal-ics, que se llevará a
cabo desde el 22 al 24 de noviembre de 2025, en la ciudad de Corrientes, de la pro\ ;+iL-la de Corrientes.-------------------------------------------------------------------------------------------
-.. - ----–--
ARTICULO N'’ 2: El presente decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de IIe\nITollo ----------------------Social y de Hacienda y por el Señor Secretario de Gobierno.---------- ,.--- , -----
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buellos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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ARTICULO N'’ 3: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que con fc)unan el
---–––––––––-Departamento Ejecutivo Municipal.---------------------------------------------------
ARTICULO Nc’ 4: Tome conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación para su -––––––––--–«lifusión
en los medios masivos de comunicación.-------------------------------
ARTICULO N'’ 5: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-------------------lld
DECRETO NO SEC. DES.
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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FLORENCI
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1 3 N0V 2025
:
La nota elevada por el Secretario General de Gestión Pública, RODRIGUEZ CHRISTIAN JAVIER, en la cual solicita se le conceda Licencia Anual Ordinaria, desde el 25 de noviembre al 04 de diciembre de 2025 , inclusive ; y
CONS I DERANDO :
Que se computarán los días del 25 al 27 de noviembre del 2025 , correspondientes al año 2020 y los días del 28 de noviembre al ' 04 de diciembre del 2025 , correspondientes al año 2021, dado que el agente hizo expresa reserva de las licencias de años anteriores ; Que se puede
hacer
lugar
a lo
solicitado,
ciesignando
una
funcionaria a cargo de la firma del despacho de la citada Secretaría General ;
Técnico–Jurídica
Que se ha propuesto para ello a la Secretaria de Coordinación , Dra . PADI 7\1 ANDREA GABRInLA;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO lc).–Concédase al Secretario
General de Gestión Pública, – – – – – – – – – - –RODRIGUEZ CHRISTIAN JAVIER, Leg N'’ 2278 , Licencia Anual Ordinaria, desde el 25 de noviembre al 04 de diciembre de 2025 , inclusive . – – – - – – tÚ[l-,:'31, ;t yii& D:PiinFi } kg. [8H 146
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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útiL& Fioren(io Varela Muni(ipalidad
1 / / 12.–
ARTÍCULO 2'>.–Desígnase a cargo de La firma del despacho de la citada– – –
– – – – – – dependencia , a la Secretaria de Coordinación Técnico– Jurídica , Dra . PADIAL ANDREA GABRIELA, Leg . N'’ 1886, en el período mencionado en el Artículo 1 '’ . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 ') . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
General de Gestión Pública, – –la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
ARTÍCULO 5 ' . -Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVESE . –
DECRETO
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Florencio Varela
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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-\t;ljj Florencio Varela Municipalidad
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„..,.,, 13 NO:=J 2025
VISTO :
La nota elevada por el Secretario de Obras , Servicios Públicos
, Ambiente
y Planificación
Urbana,
Arquitecto
TREJO DIEGO HERNAN,
en la cual solicita se le concecla Licencia Anual Ordinaria, desde el 25 de noviembre al 1 c) de diciembre de 2025 , inclusive ; y CONS I DERANDO :
Que corresponde hacer lugar a lo solicitado , designancio un funcionario a cargo de la firma del despacho de la citada dependencia; Que se ha propuesto para ello, Públicos
al Subsecretario de Servicios
, PAZ GUSTAVO E:BERTO;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 c).–Concédase al Secretario –
–
–
– –
–
–
–Nnbiente
y
de Obras , Servicios
Planificación
Urbana,
Públicos , – – – –
Arquitecto
TREJO
DIEGO
Licencia Anual Ordinaria, desde el 25 de noviembre al 1 '’ de diciembre de 2025, inclusive . – – – – – - – – – – – – – – – – – – HERNAN, Leg . Nc’ 4790 ,
,RTÍCUI,o 2'.–Desígnase a cargo de la
firma del despacho del área citada y – – – – – –durante el período mencionado en el Artículo 1 '’ , al Subsecre– ario de Servicios Públicos , PAZ GUSTAVO EIBERTO, Leg . N'’ 2424 - – – – – – –
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
111 /2.–
ARTÍCULO 3c’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Obras , Servicios Públi– – – – – - –cos , Ambiente y Planificación Urbana, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, AR(.-HiVESE
DECRETO
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela MunIcipalidad
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13 NOV2025
VISTO :
La existencia de cargos vacantes en la Dirección de Mantenimiento, dependiente de la Secretaría de Salud, como Obrero –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales ; y CONS I DERANDO :
Que debe procederse a la cobertura de los mismos a fin de continuar con el normal desarrollo de las tareas propias de ambas áreas ; Que dichas designaciones deben ser encuadradas de acuerdo
a lo establecido en los Artículos 4 ') , 5'> , 6c> y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela’' (Ord . N'’ 9533 ) , con carácter interino ; Que a raíz de la función asignada se les debe abonar la *'Bonificación por Tarea Riesgosa’' del 15% (quince por ciento ) del haber básico, establecida por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 2850/91 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Desígnase a los agentes que se detallan a continuación, como –Obrero –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección de
Mantenimiento, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir del 11 de septiembre de 2025 , y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 c’ , 5c’ baR.; 1;ÉLF+i 6'’ y 7 ') del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad ,
1:
a de Florencio
Varela"
N'’9533)
,
rá»Éer
2-4'g1 2-§
interino
:
111 / .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela,gov.ar
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BOM N° 11
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b\l;lld Florencio Varela hlunicipalidad 1 / 112.–
Legaj o
Apellido Y Nombres
D.N. I N'
11923 /
PAOL I
20.467.255 24.180.045 42.825.299
JORGE ALBERTO /
dHB
11924
VELIZ
JORGE
11925
MARAUDE ENZO TOMAS'
:
ARTÍCULO 2'’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a ,Jurisdicción : _
– – – – – – –1.1.1.01.08.000 – Categoría Programática 01.01 – Objeto del Gasto : 1. l. 1.06 – Fuente de Financiamiento : 1.1, 0 . – – – – – – – – – - – –
ARTÍCULO 3c’.–Abónese a los agentes mencionados en el Artículo
1 '’
la– – –
– – – – – – – – –"Bonificación
por Tarea Riesgosa” del 15% (quince por ciento ) del haber básico , establecida por el Artículo 1 o del Decreto N'’
2850/91, .– – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de – – – – – – –Hacienda, y de Salud, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – –
Lq:1[(., 1 '¿X" HK
1
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ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Salud, la Subsecretaría – – – – –de Recursos Humanos , y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . N8r
2491 25
11 / 1 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov,ar
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Boletín Oficial Municipal
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
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Boletín Oficial Municipal
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Publicación: 11.-
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FLORENCIO VARELA,
13 NOV2025
VISTO :
La existencia de un cargo vacante en la Dirección General de Atención Primaria , dependiente de la Secretaría de Salud, como Servicio –Clase IV–. por 42 , 00 horas semanales ; y CONS I DERANDO :
Que debe. procederse a la cobertura del mismo a fin continuar con el normal desarrollo de las tareas propias del área;
de
Que dicha designación debe ser encuadrada de acuerdo a lo
estab.lecido en los Artículos 4 '’ , 5(’ , 6.'’ y 7 ' del "Estatuto Municipal para los Trabajadores Pe la Municipalidad de Florencio Varela” (Orci . N' 9533 ) / con .carácter
interino
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso ci.je aÉribucionés propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO I'.–Desígnase
al agente que se detalla
a continuación,
como – –
– – – –Servicio. –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir del 11 de septiembre de 2025 , y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , '5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , con carácter interino : li 1:( IBy :iq:IP. hubo
De Pl3nif Tk 9.
Legajo
Apellido Y Nombres
D.N. I N'
11929/
NUÑEZ SERGI
25.055.452
MARTIN /
:
//// 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.vafela.gov.ar
182
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BOM N° 11
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11112.– ARTICULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción :
–
– – – – – – –1.1.1.01.08.000 – Categoría Programática 23.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1.07 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – - – 1 – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – –Hacienda, y de Salud, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría – – – – –de Recursos Humanos , y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese,
DECRETO
comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
2492
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Dr. Dono
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
13 NOV2025
VISTO: El Legajo Administrativo N' -239.236 iniciado por el contribuyente, Rene Alviri, D.N.1. N.' 14.836.018, mediante el cual solicita la eximición del pago de la Tasa por Servicios Generales; y
CONSIDERANDO: Que la solicitud se ampara en lo establecido por el Título X
“De las Exenciones”, y específicamente en el Artículo 59.4 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente Nc’ 10.754/24.
Que el requirente, Sr. Rene Alviri, ha acreditado su condición de Ex Combatiente de la Guerra de Malvinas, mediante la presentación de la documentación oficial pertinente.
Que, en función de lo normado, y en reconocimiento a su
servicio y honor a la Patria, corresponde otorgar la exención solicitada.
Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO
VARELA,
en uso de las atribuciones propias de su cargo
DECRETA:
Artículo I': OTÓRGASE la eximición del 100% (Cien por Ciento) del pago de la Tasa por Servicios Generales, por el periodo 2025 al Sr. Rene Alviri, D.N.I. N.c> 14.836.018 para el inmueble identificado con la Partida Municipal N.Q 61661, Nomenclatura Catastral : 2-u-(3)-za-
ANHIP
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2493 25 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela ' C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires
Tel.: (M 1 1 ) 4237 3601 - www.varela.gob ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Mynid}nlidai:1
Artículo 2'’.-Exclúyese del beneficio la parte proporcional correspondiente al Servicio de Alumbrado Público, percibido por intermedio de la empresa prestadora, durante la vigencia del convenio. ---–--.-–---–--–----–.--------------–------.-–-–-.-----––.–---.
Artículo 3'’.- La exención dispuesta será válida mientras no varíen las condiciones que sirvieron de base para su otorgamiento; quedando obligado el beneficiario a notificar a la Gerencia General
de Recaudación, cualquier modificación, dentTO de los diez días de producida la misma; sin perjuicio de las verificaciones que pueda realizar esta comuna para establecer la veracidad de los hechos declarados, haciendo caer el beneficio y aplicando las sanciones correspondientes, si se
comprobara el falseamiento de datos, conforme lo establecido en el artículo 59.1 de la Ordenanza
Fiscal e Impositiva Vigente.----------------------------------------------------------------------------------
Artículo 4'’.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda.-----------
Artículo 5'’.- Tome conocimiento la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, la que comunicará
a sus dependencias. –--–---–––––------–––––--––-––––––---––––––-––––––-–––-
Artículo 6'’.- Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, archívese. ––
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FLORENCIO VARELA,
IB NOV203
VISTO:
Lo establecido por el Título X “De las Exenciones” de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente, y; CONSIDERANDO:
Que, los contribuyentes cuya nómina figura en el Anexo I del presente han realizado la petición formal para obtener el beneficio de eximición;
Que, han dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente. Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones propias de su cargo DECRETA:
Artículo
1').-Otórgase la eximición del 100% del pago de la Tasa por Servicios
Generales, según los períodos establecidos en el ANEXO I correspondiente a cada contribuyente e inmueble detallado en él, y que forma parte integrante del presente Decreto. -––-––––---––-––––––––––––-––––––––––––--–-––––––––––––--
Artículo 2'’.-Exclúyese del beneficio la parte proporcional correspondiente al Servicio
de Alumbrado Público, percibido por intermedio de la empresa prestadora, durante la vigencia del convenio. -––––-–-––––––––––--–-–––––––––––––--––––––-–---
ANñlP
ida
2494 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
Artículo 30.- La exención dispuesta será válida mientras no varíen las condiciones que sirvieron de base para su otorgamiento; quedando obligados los beneficiarios a notificar a la Gerencia General de Recaudación, cualquier modificación, dentro de los diez días de producida la misma; sin perjuicio de las verificaciones que pueda realizar esta comuna para establecer la veracidad de los hechos declarados, haciendo caer el
beneficio y aplicando las sanciones correspondientes, si se comprobara el falseamiento de datos, conforme lo establecido en el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente. -––-–––––––––––––––-–––-–––---–––-–––––––-
Artículo 4'’.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda.------------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 5'’.- Tome conocimiento la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, la que comunicará a sus dependencias. –--–--––––-––-–-–-––––––––––––––––––––-
Artículo 60.- Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, archívese. –––––-xhd
DECRETO NO
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25 de Mayo nc’ 2725 - Florencio Varela - C.R 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1604 - www.varela.gob.ar
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$211
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TASA POR SERVICIOS GENERALES EXIMICION DEL 100%
ANEXO 1
LEGAIO '\
v:
CONTRIBUYENTE
CUENTA
PERIODOS
242.588 1 LUCIA ESTELA RUIZ DIAZ
96693
2025/01 a 2025/12
242.747
OFELIA MIRTA MIRANDA
118575
2025/01 a 2025/12
242.842 '
CARLOS MIGUEL VILDOZA
92102
2025/01 a 2025/12
243.915 IEINA MARGARITA VAZQUEZ
100691
2025/01 a 2025/12
244.01'1
ELSA IVIARTELLI
108507
2025/01 a 2025/12
244.433''
APOLINARIA SANCHEZ
101426
2025/01 a 2025/12
245.45a ISABEL REINA ROMERO
20504
2025/01 a 2025/12
245.503
ROSA ELENA CHAVERO
57324
2025/01 a 2025/12
245.6rg
JUAN CARLOS DIAZ
72844
2025/01 a 2025/12
245.630
PASTOR OSORES
78629
2025/01 a 2025/12
245.669
'CLAUDINA
PORTILLO
20571
2025/01 a 2025/12
245.766
PAULINA CORBALAN
41481
2025/01 a 2025/12
245.819
MERCEDES JAIMEZ
100512
2025/01 a 2025/12
245.849
FRANCISCO MIGUEL GRAMAIO
16738
2025/01 a 2025/12
245.872
ERNESTO ROLANDO ABDO
16389
2025/01 a 2025/12
245.888 / ANA MARIA RAllC
p. cit_\
94133
2025/01 a 2025/12
NELIDA MARGARITA CARDOZO
110728
2025/01 a 2025/12
245.945
SEVERIANA YGNACIA ENRIQUEZ
21409
2025/01 a 2025/12
245.949
MARTA ELENA LOPEZ
19647
2025/01 a 2025/12
65445
2025/01 a 2025/12
245.929
' '\':':IENDA eF 1 /\It’ o,,i 11-',i 11 11 1 , , ',;+FN CItÓ VAREL4
AMIP
245.955 / DELFINO HORACIO ROHRER 245.981'
MARIA ESTHER CARBALLO
23814
2025/01 a 2025/12
246.053
MARIA LUISA CABRERA
78870
2025/01 a 2025/12
246.078 ' HAYDEE NATIVIDAD PASCUALE
28707
2025/01 a 2025/12
246.079
HAYDEE NATIVIDAD
28706
2025/01 a 2025/12
246.081
ERCiLiA LUCiA CHELOTri
32269
2025/01 a 2025/12
25 de M.
PASCUALE
.P. 1
le Buenos Aires
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Ídad de Fcio
188
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13 $ov20b
VISTO :
La
nota
elevada
por
2 , Dra . GIANNINI SILVIA BEATRIZ ,
la
Titular
del
en la cual solicita
Juzgado
de
Faltas
N'>
se le conceda Licencia
Anual Ordinaria , desde el 11 al 20 de noviembre de 2025 , inclusive;
y
CONS I DERANDO :
Que se computarán dichos días correspondientes al año 2023 ; dado que la agente hizo expresa reserva de las licencias de años anteriores
q
;
Que se puede hacer lugar a lo solicitado, funcionario a cargo de la firma del referido juzgado;
designan(io a un
Que se ha propuesto para ello al Titular
del Juzgado de
Faltas
N'’ 1, BAEZ FERNANDO MARTIN;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 c’.–Concédase a la Titular
del Juzgado de Faltas N'’ 2 , Dra . – –
– – – – – – –GIANNINI SILViA BEATRIZ ,
Leg . Nc> . 107 i Licencia Anual Ordinaria, desde ei 11 al 20 de noviembre de 2025 , inclusive . – – – – – –
2495 25
1111 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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üt¿lü Florencio Vareia Municipalidad
11112.– ARTÍCULO
2'’.–Desígnase
al
Titular
del
Juzgado
de Faltas
Nc’ 1,
Dr .
BAEZ–
– – – – – – – –FERNANDO MARTiN, Leg . N'’ 4363 , a cargo de la firma del despacho del Juzgado de Faltas N'’ 2 , durante el período mencionado en el artículo
anterior
.–
- – - - - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de– – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 4 a . –Tomen conocimiento el Juzgado de Faltas N') 2 , la Subsecreta
– – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5c’ . –Regístrese, comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE
DECRETO N' :
.
249§ 25
DRteciiiui€u. 81 Pb Mf lbg. b
Dr. Dono Leyál Da/tel A. de dn
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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ti Florencio Varela
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Municipalidad
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1 3 $ 0V 2025
VISTO :
El deceso del agente municipal ocurrido el día 23 de octubre de 2025 ; y
PINTO SERGIO DANIEL,
CONS I DERANDO :
Que en razón de lo expuesto corresponde dario de- baja de la planta
del
personal
de la
Comuna;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA:
ARTÍCULO 1 c).-Dése de baja por fallecimiento al agente municipal PINTO – – -– – – – SnRGiO DANInl, Leg . N'’ 5.393 , D . N _ i . N'’ 38 _ 297 _ 801, quien se
desempeñaba como Técnico –Clase I– por 42 , 00 ñoras semanales , en la Secretaría de Gobierno, a partir del 23 de octubre de 202 K– – – – – – –
UI'Ir:ll:rqíl tu 01 PEr,J 13 pe.aeH¿IH
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – =n
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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1 / 112.–
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno, la Subsecretaría
– – – – – – de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese,
DECRETO N' :
comuníquese,
y cumplimentado
que
sea,
ARCHIVE:SE .
2496 25
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Dr. Dono rniel A. Secret/o dr. /5, eno d deJ4brencÉc VareÉa
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
....,,.,. „..„ 13 NOV202§ VISTO :
Las disposiciones contenidas en la Ley 9.507 , del 4 de Marzo de 1980 , y el subsidio establecido en su Artículo 1 '’ referente al fallecimiento de agentes municipales ; y CONS I DERANDO :
Que en el artículo 2 '’ de la citada Ley, se establece que se deberá abonar dicho subsidio en forma inmediata al cónyuge supérstite siempre que no se encontrara divorciado o separado de hecho sin voluntad de unirse ; si no se abonará en partes iguales a los hijos y no habiéndolos ,
,
a los
padres
;
Que con fecha 23 de octubre de 2025, se produjo el deceso del agente municipal PINTO SERGIO DANIEL, por lo cual corresponde abonar el subsidio mencionado a MORALES DAYANA ROSA, cónyuge del ex–agente \k
fallecido
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Abónese a MORALES DAYANA ROSA, D . N . I . Nc’ 38.427.511, el – – – – – -
-
– – –subsidio
por
fallecimiento
del
ex
agente
municipal
PINTO
SER(,lo DANIEL, Leg . N'’ 5383 , de acuerdo a lo establecido en los Artículos 1
'’ y 2 '’ de la Ley 9 . 507 . – – - – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El impo cte total
mI Oe Planli
de dicho subsidio es de $ 1.485.444 , 30– – – – – – – – (pesos un m [llón cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cuatro co i
treinta
centavos
)
\FJ
1 / / 1 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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/ / / /2.– ARTÍCULO 3'’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción :
–
- – – – – – –1.1.1.01.C)2.C)0C) – Categoría Programática : 01.01 – Objeto / Gasto : 5.1.4.09 "Asistencia Social al personal” – Fuente de Financiamiento :
1
1
0
ARTÍCULO 4 '’ . –Fi presente decreto será refrendacio por la Secretaria
de– –
– – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . -
ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la
– – – – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 6c’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE
.
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r. E)ono L
6 Dani
Secreta/de
Gob
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de
0 Ícic Varela
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Watson
IntdÍ;dent: Municipal}fad de Fcio\Varola
L.:P. Gts MUNI(-'.plPAi_ iDAn DFvFrORFNCin
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C,P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www,varela.gov.ar
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Florencio Varela Ñlunicipaíidacl
FLORENCIO VARELA,
13 NOV2025
VISTO :
El Artículo 54 c’ inciso g) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Or(i . N' 9533/19 ) ; /
.y
CONS I DERANDO :
Que el mismo establece que el Departamento Ejecutivo ptiede disponer el cese de aquellos agentes que hayan alcanzado las condiciones exigidas por las Leyes Jubilatorias correspondientes ;
Que la agente municipal LEZCANO GRACIELA ESTELA, se halla comprendido
en el
visto
precedente
;
Que de acuerdo al informe elevado por la Dirección General
de Delegación Previsional la citada agente reúne los requisitos necesarios para acceder al beneficio de Jubilación ordinaria , correspondiéndole un 60% en concepto de anticipo jubilatorio de los haberes asignados a la categoría Técnico –Clase 1– por 42 , 00 horas semanales ; Ü"=.irf31 ::hik.y. 82 f::ni
7 :€!. Lj;tO:NI
Por
ello,
EL
INTENDENTE
MUNICIPAL
DE
FLORENCIO VARELA, en
tpo de atribuciones propias de su cargo;
V
2498 25
/ / / / .–
@/ 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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i
1111:1i!iiii1B1 € $ d1i!11i11!hi11
Florencio Varela Municipalidad
11 / 12.–
DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Dispónese – – – – ESTELA,
el
cese
Leg . NQU
de la
D.N . I
agente
municipal
N') l §..736.6U,
LEZCANO GRACIELA_–
quIen
se desempeña
como
Técnico –Clase I– por 42 , 00 horas semanales , en la Secretaría de Desarrollo Social, para acogerse al beneficio de Jubilación ordinaria , a partir del 31 de octubre de 2025 , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 54 inciso g) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd. N') 9533/19 ) . – – – – – – – – – – – – – – – – c’
ARTÍCULO 2 ') . –La persona mencionada en el artículo
precedente seguirá – –
– – – – – –percibiendo un 60% de su remuneración mensual, correspondiente a la categoría Técnico –Clase I– por 42 , 00 horas semanales , los que serán deducidos 81 liquidar los correspondientes haberes jubilatorios . – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –Los haberes correspondientes
serán imputados a Jurisdicción – – - – –1.1.1. Ol. 11.000 - Categoría Programática : 47.01 – Objeto/gasto : 5.1.1. " Jubilaciones y/o retiros " – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 – – – :
.RTÍCUI,o 4 '’ . –El presente decreto será refrendado por las
[ sj[f,'.31 ;;hi9.R
-.: 3:'-'i } .c). El Ji:NI
Secretarias de – – – – – – –Hacienda, y de Desarrollo Social, y por el Secretario de obierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –––
–––
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Muni(ipali€3dd
11113.– ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Desarrollo Social, la – – – – – – Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – –- – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 6'> . –Regístrese , comuníquese, y cumplirnentado que sea, ARCHIVEISE
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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/ 1 3 N0V 2025
:
•
La Ordenanza 3114 /92 , sancionada por el Honorable Concejo Deliberante y promulgada por el Departamento Ejecutivo mediante decreto N'’ 754/92; y CONS IDERANDO :
Que por la misma se crea el Fondo Municipal de Seguridad
Social , el cual establece subsidios municipales y de sus cónyuges o hijos ;
por
fallecimiento
de agentes
r1 :
Que el día 19 de seDtierr,bre de 2025 /-se ha producido el deceso del.-a'ápnte municipal JEREZ iSAAC SEBASTIAN;/ i ' .;
Que por lo expuesto corresponde abonar el' subsidio previsto
en la reglamentación del Fondo Municipal de Seguridad Social por fallecimiento, a HERNANDEZ BARBARA JIMENA, beneficiaria declarada por el ex
agente
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE FLORENCiO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA: ARTÍCULO 1..–Abónese a HERNANDEZ BAF:BARA JIMENA, L).N. I . N' .33.875.193, – –
_ _ _ _ _ – – –beneficiaria del subsidio previsto en la reglamentación del Fondo Municipal de Seguridad Social por fallecimiento
del ex agente JEREZ
IS /mc SEBASTiÁN/ Leg N'
4.418 18 suma total de $ 10.266.100 , 20 ( Pesos diez millones doscientos sesenta y seis r©i cien con veinte centavos ) – – – – -
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad 1 / 112.-
ARTÍCULO 2 '’ . –La erogación que dernande el cumplimento del
Artículo prece– – –dente se imputará a la Cuenta " Fondo Municipal de Seguridad
Social
ARTÍCULO 3'> . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de –
– -:Hacienda, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – :
ARTÍCULO 4 ' . -TOmen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la – - – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese,
DECRETO
cumplimentado que sea,
ARCHÍVESE
.
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Florencio Vareta Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
13 $CV ¿O¿3
VISTO:
La nota presentada por el agente BASALO CRISTIAN DANIEL mediante la cual solicita su reubicación en la Subsecretaría de Emergencias , dependiente de la Secretaría de Salud, por haber obtenido el título de Enfermero Profesional ; y ,
CONS I DERANDO :
Que en razón de la capacitación obtenida , corresponde reubicar al agente en la categoría Profesional Grado Asistente por 44 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Subsecretaría de Emergencias , dependiente de la Secretaría de Salud, ya que la persona cuenta con el perfil
Por ello, uso de atribuciones
adecuado y matrícula
habilitante
;
EL iNTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en
propias
de su cargo ;
DECRETA: .RTÍCULO 1'’.–Reubícase al agente municipal
BASALO CRISTIAN DANIEL, Leg . N'’
– – – – – –5394 , como Profesional Grado Asistente por 44 , 00 horas correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la ubsecret_arIa de Emergencias , dependiente de la Secretaría de Salud, a artir del 1 ') de octubre cie 2025, y con carácter interino . – – – – – – – – emanales ,
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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11 / 12.–
ARTICULO 2 '> . – Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción
:
–1.1.1.01.08.000– Categoría Programática : 44.01 – Objeto/gasto : 1.1. l. 08 - "Carrera Profesional Hospitalaria” – Fuente de Financiamiento : i l 0
ARTICULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de– – – –Hacienda, y de Salud, y por el Secretario de Gobierno,
respectivamente
.–
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Salud, la Subsecretaría
- – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
de Haberes y Patrimonio ,
y de Registro
y
.–
ARTÍCULO 5Q . –Regístrese,
comuníquese, y curnplimentado que sea , ARCHÍVESE
.
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DECRETO N'
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
13 NOV2U¿3
VISTO :
La nota elevada por la agente CARNE;VAI,I NILDA ELISABEiT , quien se desempeña como Profesional Grado Hospital B por 36 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, por la cual solicita la ampliación del régimen horario; y
CONS I DERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo referido , reubicando a la
agente como Profesional Grado Hospital B por 48 , 00 horas semanales / correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA:
ARTÍCULO I'.–Reubícase a la agente CARNEVALI NILDA ELISABET/ Leg' N' \95'240'
_ – – – – – – a partir
del
1'’ de octubre
de 2025, como Profesional
Grado
Hospital B por 481 OCP horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente
de la Secretaría
de Salud - – – – – – – – – – – – – – – – – – --
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ARTÍCULO
2 ' . –Los
haberes
correspondientes
se
imputarán
a:
Jurisdicclón
: –
– – – – – – –1.1.1.01.08.000 – Categoría Programática – 23.01 – ObJeto del Gasto : 1.1.1.08 – Fuente de Financiamiento : 1.1- 0 . – – – – – – – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 _ Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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útil& Florencio Varela Municipalidad
1
/ 1 /2.–
ARTÍCULO 3') . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de _ – – – – – – – –Salud, y de Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – - – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – _ _ ==n•n
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ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría – – – – – – de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación
.–
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
.
DECRETO N
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Florencio Vare ia Municipalidad
FLORENCIO VARELA, 1 3 NOV2025 VISTO :
La nota
elevada
por
la
Dirección
de Salud
Mental
y Consumos
Problemáticos de Sustancias , dependiente de la Secretaría de Salud, por la cual
solicita
la
ampliación
del
régimen
horario
de la
agente
SOLOVE J MARCELA
ALEJANDRA, quien se desempeña como Personal Profesional Grado Asistente por
36, 00
horas
Hospitalaria
semanales ,
correspondiente
a
la
Carrera
Profesional
; y/
CONS I DERAN DO :
Que se puede hacer lugar a lo referido , reubicando a la agente como Profesional Grado Asistente por 48 , 00 horas semanales correspondiente a la Carrera Profesional HospitaLaria; ,
Por ello/ EL iNTENDENTE MUNICiPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1'.–Reubí(_.'ase a la agente SOLOVE J MARCELA ALEJANDRA, Leg . N'’ 7851
_ _ _ _ _ _ –a partir del 1 '' de octubre de 2025 , como Profesional Grado Asistente Profesional
por
48 , 00
Hospitalaria,
horas semanales , en
la
Dirección
correspondiente a la de
Salud
Mental
y
Carrera Consumos
Problemáticos de Sustancias , dependiente de la Secretaría de Salud . – – – -
ARTÍCULO 2 o . _Los haber'es correspondientes
se imputarán a : Jurisdicción : – _ _ _ _ – – –1.1.1.01.08.000 – Categoría Programática – 01.01 – Objeto del (,asto : 1. l. 1.08 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – – – – OFEGGliX
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/ / / /2.– ARTÍCULO 3Q . –El presente decreto será refrendacio por las
Secretarias de – – – – – –Hacienda , y de Salud, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – - – - – – – – - –
ART Í CULO
4'
Tomen
conocimiento la Secretaría de Salud, la Subsecretaría
–de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – - – – – – –
ARTÍCULO 5' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
DECRETO
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Florencio Vare ia Municipalidad
,..,.,.,. ,,...„, 1 3 NOV2025 VISTO :
La
nota
enviada
por
la
agente
municipal
BERNARDO KARINA
ANDREA, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la
Municipalidad de Florencio Varela; y CONS l DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 c’ inciso
b) y 55'’ del '*Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord. N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma , procediéndose en consecuencia; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ;
DECRETA: ARTÍCULO 1 c’.–Acéptase la renuncia presentada por la agente municipal–
– –
– – – – – – –BERNARDO KARINA ANDREA, Leg . N'’ 8469 , D . N . I . N'’ 24.122.983 , quien
se desempeña como Personal Técnico –Clase I– por 48 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Protección Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 3 de noviembre de 2025 . – – – – – –
ARTÍ(.--'UI,o 2 ' . –El presente decreto será refrendado por
la Secretaria de – – – – – – - – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
/ 111 .–
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11112.– ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Gobierno , la Subsecreta–
– – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y
Legislación
.–
ARTÍCULO 4 ') . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
DECRETO
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Florencio Varela Municipalidad
,„..„.,.%,.„,{ 3 $OV 208 VISTO:
El Expediente Administrativo N'’ 4037-2993-G-25:Üe la Municipalidad de Florencio Varela, caratulado G ALINDEZ, Samantha Jacqueline, mediante el cual se tramita la Regularización Dominiai del predio de este Partido, designado catastralmente: Circunscripción V- Sección S- Código (3)- Manzana 79- Parcela 13 y;
CONSIDERANDO: Que, la comuna comparte la problemática social de la Regularización Dominial, para brindar seguridad jurídica a un mayor número de familias del Partido; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4'’ de la Ley N') 10830, se requiere declarar de interés social la Regularización Dominial de la parcela en cuestión a favor de Samantha Jacqueline Galindez y de Luciano Emanuel Sanchez, para la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones que le son propias a su cargo;
DECRETA
ARTÍCULO I': DECLARASE de INTERES SOCIAL la Regularización ---------o–---–-–-----Dominial del predio, cuya denominación c4astral es Circunscripción V - Sección S - Código (3) - Manzana 79 - Parcela 13,ldel Barrio Pepsi de la Localidad de Bosques, Partido de Florencio Varela, a favor de Samantha Jacqueline Galindez/y de Luciano Emanuel Sanchez. ----------–––--
2§04 25 25 de Mayo N' 2725 . Fiorencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i . www.vare ta.gob.ar
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Municipalidad
ARTÍCULO 2Q: SOLICITASE la intervención de la Escribanía General de –---––----–––––-Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Plan de Escrituración de la Vivienda Familiar y las Leyes Provinciales de reforma de la Ley Orgánica de Escribanía Nro. 10830 y 10771. ––-–.–––––ARTÍCULO
3o: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario --
––-–-–---––---de
Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación
Urbana. -––-----––-–––-–––––---–––----––----–––.-–––––-––––––
ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Servicios -–-–-------–––--–--––-–Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, la Dirección General de Regularización Dominial y ia Dirección General de Registro y Legislación. –--–--––––––------.––-–--–-----.---–––––––––––.–––-–ARTÍCULO 5: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIMENTADO -------–--–--––---–we sea, ARCFiÍVESE; ––-–––––––––––––––––––--
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Florencio Vare ta ñaülri(i{>8iidad
FLORENCIO VARELA,
3 :5 }{07 2025
VISTO : El Expediente Administrativo N'> 4037/2164/P/2025; y CONSIDERANDO:
Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes; Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza 113 N'’9172/18 y de acuerdo a los estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'’1991/18 y su modificatoria NC)680/23, corresponde dictar el pertinente acto C\2 adrninistrativo;
tra (3
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
LO
'N
DECRETA
ARTÍCULO lo: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la ===::.1:;~:i;r------------------ respectiva actividad del titular que se detalla: ;'r';rj¿s.Üci¿;gtO:37/2164/p/2025. KIOSCO ANEXO VENTA DE ARTICULOS DE LIBRERiA Y 1 IJW..FOTOCOPIADORA
(PONCE VERONICA ISABEL).-------------------------------------------------
C o.A ahRTiCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección 7YCL2}–-––-––-–––-– (general, Seguridad Vial y Movilidad Urbana el respectivo Certificado he Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las _12.g. Instalaciones, donde desarrollará su actividad . bajo apercibimiento de LEY. /[+
,
25 de Mayo N. 2725 - Florencio Vare ia . C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovareia.govñr
210
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Publicación: 11.-
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ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de ---–-–––-----–Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.---------------------------------------------------
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ––---------–––- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.-----------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de –---–––––––-- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
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BOM N° 11 1,.)$fg
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Florencio Varela Muíli€ipai iclad
FLORENCIO VARELA,
33 NOV2025
VISTO : El Expediente Administrativo N') 4037/2924/G/2025;
y
CONSIDERANDO:
Que el interesado pretende encuadrar la actividad comercial en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ordenanza N'9172/18, por no contar con el derecho legal a uso; Que el permiso precario requerido pretende contemplar la situación particular del peticionante, la que fuera manifestada a fs.21 ;
Que el área operativa ha tomado intervención, destacando inspeccion de las instalaciones, sugiriendo que las características del emprendimiento, responden en un todo a las condiciones establecidas en la normativa vigente, a fs. 40; Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N')9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 14 del Decreto Reglamentario
N'1991/18 y su modificatoria N'680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA ARTÍCULO lo: OTORGASE el Permiso Precario para el funcionamiento de la actividad que se detalla: i?iCCIÓN ,037/2924/G/2025 KIOSCO (GIGLIO ROMINA BEATRIZ) -––-–––––––––––-––––-
- .:CR
€¿'ñ GEI la. e
,RTÍCULO 2'
El presente Permiso Precario reviste carácter condicional pudiendo 'ser solicitada su revocación en cualquier momento, a pedido de terceros hue acrediten mejor derecho sobre el inmueble, donde se asienta la actividad comercial.-
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Vare ta - C.R 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovareia.gov.ar
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BOM N° 11 8{8
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Florencio Vare ia faI}ni( i peli ci
ARTÍCULO 3o: El permiso precario otorgado en el artículo primero del presente, será ––––---–--–---- intransferible y se circunscribe aI plazo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha del presente decreto, vencido el mismo queda automáticamente sin autorización para ejercer actividad comercial.---------------------------------------------------------ARTÍCULO 4'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana el respectivo Certificado de Permiso Precario, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.------------------
ARTÍCULO 5'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de ––––––––-Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Permiso Precario, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6'’: El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y el señor Secretario de Gobierno.---------------------------------------------------------ARTÍCULO 7'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de –––-–-–––--- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------ARTÍCULO 8'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
13 NOV208
VISTO :
La Ordenanza 3114 /92 , sancionada por el Honorable Concejo Deliberante y promulgada por el Departamento Ejecutivo mediante decreto N'’ 754/92; y CONS I DERAN DO :
Que por la misma se crea el Fondo Municipal
Social , el cual establece subsidios municipales y de sus cónyuges o hijos ;
por
fallecimiento
de Seguridad de agentes
Que el día 09 de octubre de 2025 se ha producido el deceso de JIMENEZ MATEO JOSUE hijo
de la
agente
municipal
PEREIRA LIMA GABRIELA
LUJAN ;
en la
Que por lo expuesto corresponde abonar el subsidio previsto reglamentación de 1 Fondo Municipal de Seguridad Social por
fallecimiento,
a PEREIRA LIMA GABRIELA LUJAN;
Por ello , EL iNTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso d-e atribuciones propias de su cargo ; DECRETA:
EFttGl5lnílíPE
i : 39 :.- 8iI#1
ARTÍCULO
1 :).–Abónese
a
PEREIRA
27.703
, 0891
LIMA
GABRIELA
LUJAN,
Leg
N')
60.202
D.N.I .
De FIN, 1
– – – – – – – --N'
por
fallecimiento
de su
hijo
JIMENEZ
MATEO
JOSUE D . N . I N'’ 55.813.609, la suma total
de $ 2.892.482 , 60 ( Pesos dos millones ochocIentos noventa y dos.. mil cuatrocientos ochenta y dos con sesenta centavog ) – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – - - – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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bItllb Florencio Vareia Municipalidad
11112.–
ARTÍCULO 2 ' . –La erogación que demancie el cumplimento del Artículo
prece–
– – – – – –dente se imputará a la Cuenta " Fondo Municipal de Seguridad Social" . – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3c’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – –
– – – – – –Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la
– – - – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio,
ARTÍCULO 5'
y de Registro y Legislación . – – – – – – – – -
Regístrese , comunIque se , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
.
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DECRETO N' ;itil(IH
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%@ Fiorencio Vare ia h4uni(;paiádad
,..„~.,. v....., 13 NOV2025 VISTO :
El Artículo 54 '’ inciso g) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533/19) ; y
CONS I DERANDO :
Que el mismo establece que el Departamento Ejecutivo puede disponer el cese de aquellos agentes que hayan alcanzado las condiciones exigidas por las Leyes Jubilatorias correspondientes ;
Que el comprendido
en el
visto
agente municipal LIÑARES ROBERTO, se halla precedente
;
Que de acuerdo al informe elevado por la Dirección de Delegación Previsional el citado agente reúne los requisitos necesarios para acceder al beneficio de Jubilación por edad avanzada , (.-'orrespondiéndole un 51% en concepto de anticipo ]ubilatorio de los haberes asignados a la categoría Supervisor Guardia Comunal por 48 , 00 horas
semana 1 es ;
Por
ello.
EL INTENDENTE MUNiCIPAL
DE FLORENCIO VARELA,
en uso de atribuciones propias de su cargo;
2§08 2§
1111 .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C,P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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útil& Florencio Varela Municipalidad
11112.–
DECRETA: ARTÍCULO
1 '’.–Dispónese
– – – – – – –N'’
el
3875','
cese D.N.I
ciel
agente
municipal
Nc’ 13.874.053
/
LIÑARES
quien
se
ROBERTO, - Leg,1
desempeña
como
Supervisor Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, para acogerse al beneficio de Jubilación por edad avanzada, a partir del 30 de noviembre de 2025 , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 54 '’ inciso g) dei "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . Nc’ 9533/19 ) . – – - – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . -La persona mencionada en el artículo precedente percibirá un
– – – – – – –51% de su remuneración mensual, los que serán deducicios al liquidar
los correspondientes
haberes jubilatorios
ARTÍCULO 3 '’ -–Los haberes correspondientes
.–
– – – – – – – – – –
serán imputados a : – – – - – -
– – – – – – – –Jurisdicción : 1.1.1.01.02.000 – Categoría Programática 58.01 – Objeto/gasto : 5.1.1. " Jubilaciones y/o retiros" – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – :
ARTÍCULO 4 ' . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de– – - – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . –
m1tvl, mn 11JR
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ARTÍCULO 5c’ . –Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno , la Subsecreta–
Direcciones Registro
–ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de
y Legislación
.-
- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
–
ARTÍCULO 6'’ . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
DECRETO N' ' t[G€ÉÉI B[lUX $tPljñl }3e8. :WIkI
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Varela
Municipaíidad
...,.,..,. ,„.„,, 13 NOV2025 VISTO :
La nota enviada por la agente municipal ABR7\HAN EVELYN, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela ; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
inciso b) y 55'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad 54 '’
de Florencio Varela’' (Ord . Nc) 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Acéptase la renuncia presentada por la agente municipal-
– – – – – –ABRAHAN EVELYN,/Leg . N'’ 5.793 , D . N . l.
-
–
N'’ 33..771..,994 ,' quien se
desempeña como Directora General, en la Secretaria de Gobierno, a partir del 28 de octubre de 2025 . – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – [ 1a [ [ [ i 1 ; f [ [ E H
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ARTÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
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– – – – – –Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – =Wn
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ARTÍCULO 3c’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
Generales
de Gobierno, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y
Legislación
.–
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuniquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
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13 NOV2025
VISTO :
El Anexo I del Decreto N') 1958 /25 ; y CONS IDERANDO :
Que se incurrió en un error material involuntario al reubi(,ar a la agente MOLINA CAROLINA GISELLE como Profesional Grado Hospital B por 36, 00 horas semanales , desde el 1 ' de octubre de 2025 , correspondiendo reubicarla como Profesional Grado Hospital B por 48 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria; es necesario subsanar la situación expuesta rectificando el citado acto administrativo, según lo establece el artículo Que ,
115 '’ de la Ordenanza General Nc’ 267 /80 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atk-+buciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO I':-–RecEíficase
en el Anexo i del Decreto N'> 1958 /25Í respecto – – – – – – – - –a .la reubicación de la agente MOLINA CAROLiNA GISELLE, Leg N'’ 3918 , correspondiendo reubicarla como Profesional Grado Hospital B por 4 8 , 00 horas : semanales, correspondiente a la Carrera Profesional H=spitalaria, a partir del 1 '’ de octubre de 2025 . – – – – – – – – – – – .
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
Hacienda
y de Salud y por el Secretario
Gobierno
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11112.– ARTiCULO 3 '’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Salud, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General/ las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio/ y de Registro y Legislación . – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – _ _ _ _ _ _ _ _ _
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea/ ARC'HivESE .
DECRETO N í;'!:C:3\8íIERll Gc ":::
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Dr. Do#ÍLeldiZÍanleI A' tario ü/GobIerno Í Flnr2ncio Varela
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Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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VISTO :
El
decreto
Nc’ 1347 /25 ; y
CONS I DERANDO :
Que por el citado acto administrativo especial
sin
goce
de haberes
a la
agente
se concedió licencia
CUCUCCI CLAUDIA
MAGDALENA;
Que a partir del 1 ') de octubre de 2025 , la agente ha solicitado reintegrar se a sus tareas en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaria de Salud, dejando sin efecto la licencia otorgada; Que se ha brindado conformidad a lo peticionado;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICiPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA: ARTÍCULO 1 c>.–Déj ase sin efecto la Licencia Especial sin goce de haberes– –
– – – – – –concedida oportunamente por decreto N'’ 1347/25,/ a la agente municipal CUCUCCI CLAUDiA NtAGD;_\+.f;yA, Leg . N'> \10.378, a partir del 1 c) de octubre de 2025 . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – ARTÍCULO 2c’.–Reintégrase a la agente mencionada en el Artículo
1 c’ ,
en la – – – – – – – –Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaria de Salud, a partir de la fecha citada en el Artículo precedente . –
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/ / / 12.– ARTÍCULO 3'’ . –Los haberes correspondientes
serán imputados a Jurisdicción
:
– – –1 . 1 . 1.01.08.000 – Categoría Programática : 23 . 01 – Objeto/gasto : 1.1.1.08 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –El pres9nte decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – – – Hacienda, y de Salud, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento
la Secretaria
de Salud,
la Subsecretaría
–
–de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación
ARTÍCULO 6'
DECRETO
0
.– – - – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
Regístrese, comuníquese,
y cumplimentado
que
sea
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FLORENCIO VARELA,
13 NOV2025
VISTO :
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CALVEYRA NATALIA BETSABE,
tr
mediante la cual solicita su reubicación en la Secretaría de Salud, por haber obtenido el título de Enfermera Profesional ; y
fIt
La nota
presentada
por
la
agente
P.
CONS I DERAN DO :
Que en razón de la capacitación obtenida, . corresponde reubicar a la agente en la categoría Profesional Grado Asistente por 44 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, dn la Secretaría de Salud, ya que la persona cuenta con el perfil adecuado y matrícula
habilitante
;
Por ello, uso de atribuciones
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
propias
de su cargo ;
DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Reubícase a la agente municipal
CALVEYRA NATALIA BETSABEi, Leg
.
– – – – – – –N'’ 7671, como Profesional Grado Asistente por 44 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Secretaría de Salud, a partir del 1 c’ de octubre de 2025, y con carácter irlterirlo
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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al 3ld Fioreneio Varela Municipalidad
11112.– ARTÍCULO 2 c) . – Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción :
–
– – – – – –1.1.1.01.08.000– Categoría Programática : 01.01 – Objeto/gasto : l. 1.1.08 – *'Carrera Profesional Hospitalaria"
- Fuente de Financiamiento :
ARTÍCULO 3c’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
– – – – – – –Hacienda, y de Salud, y por el Secretario respectivamente
.–
de– – de Gobierno,
– – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría
–
– – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones. Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de RegistrO . y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – =
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
DECRETO N' :
.
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M. T
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Dr. Do/6 L/Dan Muni
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Secxe2ña de Salud Munidpalidaa de Florendo ValBl8
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
226
Florencio Varela, Noviembre de 2025
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BOM N° 11
all18 Florencio Varela Ñ4unicipaiidad
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1b1r1D\n311
/
13 NOV202
VISTO :
La necesidad de cubrir un cargo vacante en la Carrera Profesional Hospitalaria, en el ámbito de la Secretaría de Salud; y CONS l DERANDO :
Que la Subsecretaría de Recursos Humanos procedió a la evaluación de la profesional propuesta, la cual posee perfil adecuado y matrícula habilitante para cumplir las funciones a asignar, por lo que se puede dar lugar a la designación de la misma; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA:
a la profesional que a continuación se detalla, – – – – – – – en la función y/o especialidad, y área que se indica, a partir del 01 de septiembre de 2025 , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela'’ (Orci . Nc’ 9533 ) , con carácter interino :
ARTÍCULO l'’.–Desígnase
Profesional Grado Asistente por 44 , 00 horas semanales : Leg N' : 3985 Apellido
;Itil
íjjR}C(!Óq
.
y Nombre : ACEVEY MARIA MERCEDES . ’
Área: Subsecretaría de Planificación Sanitaria, Secretaría de Salud
31 H3nÉ 13:!.i8mtwe
Función
.
Enfermera
2§13
1/ 11 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
1 / / /2.-
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción : – –
– – – – – –1.1.1.01.08.000 , Categoría Programática : 43.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 08 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – - – – – –
ARTÍCULO 3 c’ . –El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de – – - – – - – Salud, y de Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría de – – – – – –Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación
.–
– – – – – – – – – - – - – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese,
comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE .
DECRETO N'
Watson Dr. Andrés: In Id de Fdo Mun
Dr. Dono Le
'Da/el A. SecretarZL'e Gd/emo
ñunicipaWÍd de Dd<ncio Varela
c.'?. 61\ MIJNICIPA IDA
IF\
F IAC:IENDA
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LR ELA
Se CTe'.aria de Salud
MuqgV¿ BPa 3%V;9;nIrendo
Varela – c.p. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 li) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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-\l;lld Florencio Vareia Municipalidad
F L 1C) ]f1 E ][\1 C I IC) V41bnb1L ]f1 E ][J /1L
/
1 3 NOV2025
VISTO :
La nota
elevada
por
la
Dirección
de Salud
Mental
y Consumos
Problemáticos de Sustancias , dependiente de la Secretaría de Salud, por la cual
solicita
la
ampliación
del
régimen
horario
de la
agente
SANCHEZ MARIA
EMILIA, que se desempeña como Profesional Grado Agregado por 36, 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria; y
CONS I DERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo referido, reubicando a la agente como Profesional Grado Agregado por 48 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias cte su cargo; DECRETA:
ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase a la agente SANCHEZ MARIA EMILIA, Leg . N'’ 3157 , a – – – – – – – –partir
del
1'
de octubre
de 2025,
como Profesional
Grado
Agregado por 48 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección de Salud Mental y Consumos Problemáticos de Sustancias , dependiente de la Secretaría de Salud . – – – –
ARTÍCULO 2 ' . –Los haberes correspondientes se imputarán a :
Jurisdicción : – – – – – – – –1. l. 1.01.08 , 000 – Categoría Programática – 01.01 - Objeto del Gasto : 1.1.1, 08 – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – – – – –
2514 25
111 / .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
ül;qü Fiorerie io Varela Municipalidad
11112.– ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por las
– – – – –Hacienda , y de Salud, y por el respectivamente . – – – – – – – – – – – – –
Secretarias de – Secretario de Gobierno ,
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y
Legislación
.–
ARTÍCULO 5' .
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que
,
ARCHÍVESE
.
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01 p 1'Ii f ,1,’( i6 aMP
br. Dono}/6idi DÚie1 A. Secre}dÍio dc (y6 erno Municip/Ídad de
Incio Varela
Dn Andrés
Watson
Int/ndent¿ de Fcio
wl ruIE: Snae':Ha de S3lud Vuniap¿ijcac Je Florendo Varela
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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?:91.
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BOM N° 11
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{%{i$#al
a\lb Florencio Vare ta Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
13 NC3V 2025
VISTO :
La nota
elevada
por
la
agente
municipal
PEREYRA MARIA BELEN,
quien se desempeña como Profesional Grado Asistente por 36, 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, en la cual solicita la ampliación de su régimen horario ; y CONSIDERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo referido, reubicando a la agente como Profesional Grado Asistente por 48 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase a la agente PEREYRA MARIA BELEN , Leg . Nc> 8.734 – –
– – – – –a partir del 1 '’ de octubre de 2025 , como Profesional Grado Asistente por 48 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría
de Salud . – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes
se imputarán a : Jurisdicción : – – – – – – – –1.1.1.01.08.000 – Categoría Programática – 23.01 – Ob]eto del Gasto : 1.1.1.08 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . –
2§15 25
/ / / / .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C,P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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afltb Florencio Varela Ñ4unicipaiidac]
/ 11 /2.– ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
-Hacienda, y de Salud, resr)ectivamente
ARTÍCULO 4'
.–
y por
el
Secretario
de –
de Gobierno,
– – – – – – – – – –
Tomen conocimiento
la Secretaría de Salud, la Subsecretaría
–de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones
Generales de Liquidación Legislación . – – – –
de Haber es y Patrimonio ,
y de Registro
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
y
.
DECRETO .1
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Dn Andrés
Florencio26[ela
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C.' P.
Watson
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MUNICIPALIDAD DE FLO#NCIO VARELA
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9ízzaa zazinC1 SqxYe'añ3 de Salud
Munidpaliaaa de Florenl,io %DIa
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
Florencio Varela Muni(;paiicl80
FLORENCIO VARELA, VISTO:
13 NOV2025
/
Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3715-S-2025, y
CONSIDERAN DO, Que, es necesaria contratación de servicios de colaboración y asistencia técnica para el fortalecimiento del sistema
tributario municipal, bajo la modalidad de Riesgo Empresario; Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
/
ARTICULO 1 ro.: Llámase a Licitación Pública Nro.20/2025 ler.llamado, para el día 16 de diciembre del cte. año a las -–––––––––-10:oohs. para la contratación de servicios de colaboración y asistencia técnica para el fortalecimiento del sistema tributario municipal, bajo la modalidad de Riesgo Empresario.------------------------------------------------------ARTICULO 2do: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones (P.B.C.) obrante de fojas 4 a 29 inclusive, del citado expe-----–---–––––- diente administrativo.------------------------------------------------------------------------------------------------AR ricuLO 3ro: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 ro. será absorbido por medio de ––––––––-–-la Cuenta Extrapresupuestaria 1 05 12 (Relevamiento, Capacitación y Gestión para Tasas Municipales).ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $360.000,00 (PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL CON
––––––––––--
CERO CENTAVOS).-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5to.: La retribución a la firma adjudicataria se realizará mediante un Arancel Retributivo, sobre los ingresos --–----––––––-percibidos y calculados conforme al P.B.C. indicado en el artículo 2do., ocasionados por la exclusiva intervención de la adjudicataria, hasta un total estimado que asciende a la suma de $720.000.000,00 (PESOS SETECIENTOS VEINTE MILLONES CON CERO CENTAVOS).---------------------------------------------------------------
ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda.---------------------------------ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la Jefatura ––––––––––-- General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes.–---------------------------------------
ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE.-----------------------------------------
DECRETO N'
25}6 Dr.
Intendente Munil
;cio. Varela
C.Tl qüe fh cjrrARIA DE HACIENDA MUNICIPALIDAD DE
25 de Mayo Nc’ 2725 - Fiorencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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BOM N° 11
@@%Mg
WM
Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA,
1 4 NOV2025
VISTO:
Lo actuado en Expediente Administrativo N')4037-3752-S-2025; y CONSIDERANDO, Que, es necesaria la adquisición de 2 (dos) equipos servidores tipo SUPERMICRO CHASSIS 2U.
800W, 8X3.5HS, SAS3 SATA, necesarios para la ampliación y actualización del equipamiento que sirve de plataforma para los servicios web de este municipio;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo;
:§
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Llámase a Licitación Privada Nc’112/2025 I" llamado, para el día 26 de Noviembre de 2025 a las ------–-––––––11 :00hs. para la adquisición de 2 (dos) equipos servidores tipo SUPERMICRO CHASSIS 2U, 800W, 8X3.5HS, SAS3 SATA, según lo expuesto en el Considerando.-------------------------------------------------------------------ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la -----–---–----Jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 01.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del (3asto 4,3.6.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fojas 4 a 9 inclusive, del citado expediente
–––––––-––--
administrativo.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $23.250,00 (PESOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS ------–––––––-- CINCUENTA CON CERO CENTAVOS).-----------------------------------------'----------------------------
ARTICULO 5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de $46.477.184,00 (PESOS CUARENTA Y SEIS ––-------––––-MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON CERO CENTAVOS).----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. -––––-–---––––––-ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la ---–--–––––––-Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes.------------------------------ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea. ARCHÍVESE.-----------------------------------------
17 25
DECRETO
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Intend Ate
Municipalidad/8
C.T,
lio. Varela
AR IA D= tIACIENDA
FL ORENCiO VARELA
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234
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DECRETOS
BOM N° 11
:É3í:[3}}}!tE:3i;i3
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b
'\1 sh Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
14 NOV2025
VISTO: Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3645-S-2025, y CONSIDERANDO, Que, es necesaria la reparación de vehículos municipales ;
Que, a fojas 7 del mencionado expediente de la Dirección General de CoorI.Presupuestaria fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 6 de la L.O.M.Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargol DECRETA ARTJCULO
1
ro : Adjudicase a la firma SOSA JONATAN
:
LEONEL la Compra Directa N'’75/20251 en la suma de $24.555.000.-
(PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100} según el citado expediente administrativo. –-–––––––---–---––--–––––––––––––––-––-–-––-–––-–----–-–––––––––--–--
ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.02.000, Categoría Programática 16.04, Fuente de Financiamiento 1.3.1, Objeto del Gasto 3.3.2.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y El Señor Secretario de Gobierno respectivamente. ----–--––––-––––––––––––––––––--––-–--–---–-–-–-–---–-–––––--–-–––--ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -––----––––––––––––-–––-----–––-–––––––––-––––––––-––-
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentadoque sea Archívese. -–––––--–––––-–––---–––-–-----
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co[aRRAS
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Varela
RIA ,)[ HACIENDA DF F i QRENcio VAReLA
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Dr. [2
48 mcipa',ldaí.1
kaniet A. Gobiemo
cc Florencio
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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BOM N° 11
florencio Vareia Mu11¿cip3ii€ ad
Florencio Varela,
14 NOV2023
VISTO La factura “B” N. 9 0018-00000720,'presentada
por ENCODE S.A'., por la provisión
de 10 (diez) certificados de firma digital pOr hardware (Token) para funcionarios municipales en ejercicio y;
CONSIDERANDO
Que, las nuevas herramientas tecnojógicas que permiten asegurar la autoría
digital, segura y sustentable de documentos y actuaciones en el ámbito de la administración pública.
Que, el recurso de la Firma Digital, garantiza la legalidad y validez de los
documentos electrónicos, la celeridad y eficiencia del procedimiento, y la transparencia de la actuación en la administración pública municipal.
Que, la necesidad de adoptar una SOILiCióh tecnológica, segura y confiable que
permita firmar digitalmente documen ios electrónicos con token en el Sistema de Gestión Municipal (Sistema M@jor), requiere.contar con el certificado de Firma Digita1 por dispositivos físicos para almacenar y proteger la clave privada de cada funcionario de la Municipalidad de Florencio Varela. Que, se procederá a certificar con Firma, Digital a 10 (diez) agentes municipales
responsables en ejercicio y que intervengan én el circuito de facturación (registro y SECRETARh l DE
}; ' '-'-:>:DA
pago), detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente.
Que, la empresa “ENCODE S.A.” en carácter de autoridad certificante, es 1a encargada del registro y emisión del certificado de Firma Digital de cada dispositivo.
Que, por las características y urgencia de contar con los servicios del mismo, no fue posible cumplimentar lo dispuesto en el Art. 123 del Reglamento de contabilidad, por lo que el presente se dicta a tenor de lo esfakYecido en el Art. 186 de la L.O.M. 8
251
25
25 de Mayo de 1810 N' 2725 ' Florencio Varela . f .P.1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237-1601 . www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
florencio Varela Municipal
ld
POR ELLO
El señor INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA
Artículo 19. Abónese a la firma “ENCODE S.A”, la suma total de PESOS UN MILLÓN F CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 1.442.000,00) 6n concepto de pago de 10
(diez) certificados de Firma Digital por .Ha[dware para persona humana, su correspondiente jornada, viáticos y registro en el Edificio Central Municipal, para la 8
provisión de “Certificados de Firma Digital por Hardware (Token) para funcionarios municipales en ejercicio”, detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente. Artículo 29. El gasto demandado será imputado a la Jurisdicción: 1.1.1.01.03.000
–--––––-- Categoría Programática: 01.07 - Fu.ente de Financiamiento: 1.1.0 - Objeto de Gasto: 3.4.6 “De Informática y Sistemas Cómputarizados” del presupuesto de gastos vigentes. -–––––––––––––––––––––––'––---
Artículo 39. Responsabilizase en los términos de los artículos 241 a 244 de la Ley -––--––––- Orgánica Municipal al funcionario titular a cargo de su correspondiente dispositivo físico que almacene su Certificación de Firma Digital, toda vez que, por el uso indebido de este, eventualmente genere CQusales de perjuicio al erario municipal. Artículo 49. Establézcase a todo evento qye el funcionario deberá observar y hacer --a
- observar los recaudos pertinentes en.cuanto a los requerimientos que lo SECRETARiA DE
HACIENDA
formulen las dependencias que ejercen el ¿ontrol interno de esta Administración,
como así también, las solicitudes emanadas del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, órgano de contralor externo en lo concerniente a lo legalcontable. –--––––––––––––––––––––––-:–--––––––––--–––––––––––––---
Artículo 59. El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. -–-–-––––––––––-T-–––––––-–––––––
25{.9 , 25 25 de Mayo de 1810 N' 2725 . Florencio Varela . C.P.1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237-1601 ' www.varela.gob.ar
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florencio Varela iii(!{>cei1 6
Artículo 69: ––-––––--
Tomen conocimiento la
Secretaría General de
Gestión Pública, las Secretaríás de Hacienda, de Obras, Servicios Públicos,
Ambiente y Planificación Urbana, la Subsecretaría de Modernización, Innovación y Tecnología, y de Auditoría Interna, la ContadurÍa General, las Direcciones Generales de Tesorería, de Compras y Suministros y de Registro y Legislación. ––––––––––––––-B
Artículo 79: Notifíquese a la Relatoría attuante en la Comuna de la Delegación Zona II -––––––-- del Honorable Tribunal de Cuenta¿ de la Provincia de Buenos Aires. ––––-Artículo
89. Regístrese, comuníquese
y, cumplimentado
que sea, ARCHÍVESE.
M Dc AnI
Watson
Int
C.TNGisefhpñwLW
Munich
de
Varela
SECdFrARÍA DE HACIENDA \4LJNICIPA
DF Fl-ORFNCIO VARELA
r-.
SECRETARiA DE
HACiENDA
8
25 de Mayo de 1810 N' 2725 . Florencio Vare li . C.P.1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237-1601 ' www.varela.gob.ar
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1
8
'L¿!' f:oreneio Vawia WEll}iC!}>a;iii;38
ANEXO I
#
APELLIDO/S Y NOMBRE/S
M
SECRETARIO GENERAL (
20-
TREJO DIEGO HERNAN
S
0
PRIMUS GISELLA ELIZABETH
SECRETARIA
_.27.
Mz
SUBSECRETARIADE HACIENDA
J7-_23
132-2
-a RODRIGUEZ CHRISTIAN JAVIER
B [4 [0
C 6m
LLERO FLAVIA ISABEL
:7,27.43_54114
ORERA GENERAL t6IRECTORAGENEI DIRECTORA
7 8 9
JEFE GENE
1
27-,
20-28839447.5
1 bE COMPRAS Y SUMINISTROS
DIRECTOR GÉNERAL
.20- 21600094-1
CONTADORA GENERAL (DIRECTORA GENE
27-1
;UBCONTADORA GENERAL (DIRECTOR
27,22710997-7
LO-IF
7
{9' 25 /d Dn AntÍés Guill&M Watson
C.'P. Gísefí]Pñmws SE_cR[rARiA D
Intend Municipalida96e
Varela
auNtr;lpAl. IOAD DE Fl_bRENCIO VARELA
DE 1: " f;;EF¿DA
25 de Mayo de 1810 N' 2725 ' Florencio Varela 1 C.P.1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: 154 11 ) 4237-1601 . ®wv/.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
w'
-bt-98' Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
14 NOV2025
VISTO
Las facturas “B” presentadas por la firma “Telecentro S. A”, con N. a 007000825740,/N. o 0070-00831958, 'N. o 0070-00838223 y N. o 0070-008445331 ’ correspondiente al Cliente N. ' 5919956 y con N. o 0070-008213561 N. o 007000827509,' N. o 0070-00833727 y N. o 0070-00839978,' correspondiente al Cliente N. o 601 1730 y;
CONSIDERANDO
Que, por los Decretos de Afectación N' 1530/20, N'’ 1544/20, N'’ 1551/20, N' 202/21, NO 259/21, NO 431/21, NO 537/21, NO 561/21, NO 1059/21, NO 1105/21, NO 1228/21 , NO 1229/21, NO 2079/21, NO 60/22 y NO 2945/24 se establecieron las
líneas de teléfonos con “ Servicio de Internet Corporativo Plus” y "Servicio de Telefonía" para el normal y eficiente desarrollo de las tareas en la Secretaría General de Gestión Pública y las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación,
de Hacienda y de Salud. Que, los servicios mencionados, se han prestado en forma continua a satisfacción de las necesidades Municipales, siendo menester disponer el pago de
las facturaciones presentadas, según detalle en Anexo I que forma parte integrante del presente, correspondiente a los meses de abril a julio de 2025 por un monto total de $ 18.467.937.38 (PESOS DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS) por “Servicio de Internet Corporativo Plus” y por «Servicio de Telefonía- para el Cliente N. a 6011730 en las Secretarías mencionadas y por el “
Servicio de Internet Corporativo Plus” para el cliente N. ' 5919956 en el Centro de
Datos del primer piso del Edificio Central de la Municipalidad de Florencio Varela.
Que, al monto total del Cliente N.'’ 6011730, se prorratea y no se incluyen los excedentes generados por servicios de multimedia y 9 (nueve) servicios de “Línea Telefonía Corporativa” y, donde esta administración no reconoce la solicitud de pedido para la contratación del servicio de “APP T PLAY”, “T-PLAY”, “Abono CATV ORO”, “Adicional CATV ORO”, “Decodificador” y la instalación de servicio de
“Línea Telefonía Corporativa” con números: 21054126, 75418178, 75427914, 20827292, 20965056, 20867799, 75410793, 21308547. Y se rectifica eI N'> de línea 75427659 al número de línea 75407175
2§20 25,
25 de Mayo de 1810 N' 2725 ' Florencio Varela . C.P.1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237-1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
@'
Florencio Varela Municipalidad
///. Que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y conforme Decreto N. '
271/2024, la firma “TELECENTRO S.A’ adeuda la gestión sobre la baja de servicios de “APP T PLAY”, “T-PLAY”, “Abono CATV ORO”, “Adicional CATV ORO”, «Decodificador” y 9 (nueve) servicios de “Línea Telefonía Corporativa”,
generando una devolución, mediante bonificación especial y por única vez por el excedente de estos servicios durante el Ejercicio 2023, 2024 y 2025, y quedando como servicio contratado el “Servicio de Internet Corporativo Plus”, a “Internet Empresas 300Mb-30M”.
Que, la presentación de las Facturaciones de los períodos desde enero a marzo del corriente, no cumplimentaron con su presentación en tiempo y forma por razones de generar continuos reclamos a la firma “TELECENTRO S.A’, a los fines de lograr un acuerdo entre las partes.
Que, por las características y urgencia de contar con los servicios y considerando el grado de exclusividad del mismo, no fue posible cumplimentar lo dispuesto en el Art. 123 del Reglamento de contabilidad, por lo que el presente se dicta a tenor de lo establecido en el Art. 186 de la L.O.M POR ELLO
El señor INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA Artículo 1''. Abónese a la firma “TELECENTRO S.A’, cuyos servicios se prestaron -
en las dependencias de la Secretaría General de Gestión Pública y las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación, de Hacienda y de Salud por la suma
total
de
$
18.467.937.38
(PESOS
DIECIOCHO
MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS) en concepto de pago de los meses desde abril hasta julio de 2025, por la provisión de “Servicio de Internet Corporativo Plus”
y “Servicio de Telefonía”, conforme lo detallado en el Anexo I que forma parte integrante del presente.
2520 25
. . .///
25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 ' Florencio Varela • C.P.1888 ' Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1) 4237-1601 - www.vareta.gob.ar
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BOM N° 11
/
Florencio Varela Municipalidad
///. . .
Artículo 2D. El gasto demandado será imputado a la Jurisdicción: 1.1.1.01.03.000 Categoría Programática: 01.07 - Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Objeto de Gasto: 3.4.6 “De Informática y Sistemas Computarizados” del presupuesto de gastos vigentes. --––––-––-. Artículo 3'. El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario General de
Gestión Pública, y las Señoras Secretarias de Educación, de Hacienda,
de Salud y de Desarrollo Social. ––--–––-–---–-––––-––––-–--––––-–––––––Artículo 4'). Tomen conocimiento la Secretaría General de Gestión Pública y las
-––-––-–- Secretarías de Desarrollo Social, de Educación, de Hacienda y de Salud, las Subsecretarías de Modernización, Innovación y Tecnología, de Auditoría
Interna, de Gestión Operativa y Asistencia Directa, de Control y Gestión, la Contaduría General, las Direcciones Generales de Análisis Presupuestario, de Coordinación y Gestión, de Despacho, de Tesorería, y de Registro y Legislación. – Artículo 5'). Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. --–
,20 25
DECRETO N'
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Dr. And6s GWenno Watson Innte Municipal /d
de\Fcio- Varela
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25 de Mayo de 1810 N' 2725 ' Florencio Varela ' C.P.1888 ' Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237-1601 ' www.varela.gob.ar
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-bt, 1h
@'
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ANEXO I
CUENTE 6011730
TOTAL
FACrURA
ICTURADO
TOTAL A PAGAR
bTEO
ABRIL
0
===-;;;;;-T
129,209.09
MAYO
007 h00827509
$
3,703,330.501$
130,266.39 $
3,573,064.11
ia
O07GO0833727
$
3,703,245.481$
130,604.61 $
3,572,640.87
rLrri
$
7,374,151.03’1 $
148,191.77 $
7,225,959.26
TOTAL
$
18,478,419.34 1$
$
17,940,147.48
93,545.10
$
93,545.10
93,545.10
$
93,545.10
93,545.10
$
93,545.10
$
247,154.60
$
247,154.60
$
527,789.90
0
FACí¿iRÁaóN
CLIENTE 5919956
TOTAL A PAGAR
IL
$
MAYO
/ $
0
$
JULIO
O07GO0844533
EJERaao 2025
JUNIO
18
JULIO
CUENTE N. 2 5919956 IB
93,545.10 1$
93,545.10 1$
93,545.10
CUENTE N. 2 6011730 IR
3,568,483.241$
3,573,064.111$
3,572,640.87
$
$
3r
[
7222 2+
TOT.
7,473,113.861 $
PAGAR
18,467,937.38
,2520
SeíTe'aria de Salud Muniapaliaaa de Ftorendo Varela
Ft .6
u.
6 59l4
(3&Ínno
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Municip/(lad de\fcio Vgrel8
2/
c.?. G&,íz2z rrimus CFr p
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MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA
U+. v1
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Secretalía dA IEt:c?:;ón Municip
rd de
fi-encio Varela
25 de Mayo de 1810 N' 2725 ' Florencio Varela ' C.P.1888 ' Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237-1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
F L 1C)1RiE N 1G 11C) y11r\ 1RtE b1r\ 1
1 4 N0V 202
VISTO:
La factura B N') 0070-00850906, por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos
treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) emitida por la empresa TELECENTRO S.A., por la provisión del servicio de Internet Empresas; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos;
Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO 1'’: Abónese, a la empresa TELECENTRO S. A., la factura B NQ 0070-00850906,4
----------–-------por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) por la prcvisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al periodo agosto 202Y -:------------------.-
=•nn•n•n•=•=nnn»=n•r===pun»n•n•nannn•=»un=en=+=•=q==•=un»=b»aiG
2521 25
J
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 . www.varela.gob.ar
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•
e
Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2o: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; --–––-–––----Categoría 1
Programática
16.01 ; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento
1.0
ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno ––--
––––––––––-- y por la Señora Secretaria de Hacienda. –--––––-––––––––-ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento. la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería.
ARTÍCULO 5'): Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE. -–––––-––––––
1 25
DECRETO N'
Dr.
Tono
IIdt Daniel A.
;o de Gobierno liclad de Florencio Vi
FX3
Dr. AndÍés GuilbÍo Watson Munici
Inten 1/de
C.'P. 6l5 SECRrrAR iA
r)F.
25 de Mayo N, 2725 _ Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel,: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela,
a 4 NOV20ü
VISTO: Lo actuado en el Alcance Nc’ 2/2025 del Expediente Administrativo NC) 4037-2129-S2025, correspondiente a la obra “ACONDICIONAMIENTO DE INSTALACION ELECTRICA EXISTENTE EDIFICIO CEPLA PADRE MUGICA (CENTRO PREVENTIVO LOCAL DE ADICCIONES)”-Concurso de Precios N'214/2025, primer llamado, que ejecuta la empresa BMB TECNOLOGIA S.R.L., Y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 03 de septiembre de 2025 se adjudicó la orden de compra a la empresa BMB TECNOLOGIA S.R.L. (fs. 2 a 3) en el marco del Concurso de precios N'214/2025, primer llamado; Que, para garantizar el correcto funcionamiento del edificio, es necesario ejecutar trabajos complementarios; Que, al momento de iniciar los trabajos, se corroboró el bajo rendimiento de algunos equipos de.aire acondicionado existentes, lo que podría ocasionar que las unidades exteriores dejen de funcionar, por este motivo se deberá adicionar mayor cantidad de equipos a intervenir; Que, a fin de evitar falta de suministro de agua debido al ingreso de aire en la cañería de alimentación principal, se deberá realizar un nuevo colector de bajada, en termofusión a50mm desde el tanque de reserva con cañería independiente para alimentación del bloque de sanitarios; Que, debido a lo mencionado anteriormente, se deberá realizar la reparación de las válvulas de descarga en todos los sanitarios, debido a que presentan fallas de funcionamiento en el rango horario de mayor concurrencia de usuarios, lo que provoca el constante y continuo flujo de agua, generando el vaciado del tanque de reserva, y provocando que se genere un ingreso de aire en las cañerías, ocasionando por consecuencia nuevamente la falta de suministro; Que, a fin de complementar los trabajos detallados, se solicitó a la empresa la cotización de los rubros necesarios, para el correcto funcionamiento del edificio, la cual fue presentada mediante Nota de pedido N'’ 3 (fs. 12 a 17), por un monto total de pesos: cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil cien con cero centavos ($4.268.100,00); Que, las ampliaciones y modificaciones surgidas durante la ejecución de la obra, en el presente caso, representan el 19.29% del monto de obra contratado;
ARQUiTECTURA
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
2522 25 25 de Mayo N' 2725 - Fiorencio Varela - C.P, 3888 - Provincia de Buenos Alres Tel.: (54 1}) 4237 1601 ' www.varela.gob.ar
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-.\ •: .' : ';
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA: ARTÍCULO lo: Apruébese
la
cotización
de los
trabajos
adicionales
de
la
obra
============ “ACONDICIONAMIENTO DE INSTALACION ELECTRICA EXISTENTE EDIFICIO CEPLA PADRE MUGICA (CENTRO PREVENTIVO LOCAL DE ADICCIONES)”, presentados por la empresa BMB TECNOLOGIA S.R.L., por un monto total de pesos: cuatro millones doscientos sesenta y ocho mil cien con cero centavos ($4.268.100,00).
ARTÍCULO 2': Autorizase a la Dirección General de Análisis Presupuestario a realizar ============ las modificaciones presupuestarias pertinentes. -––––––––––––––-––--ARTÍCULO 3'): El importe mencionado en el art 1c) deberá imputarse a la Jurisdicción ============1.1.1.01.09.000, Categoría Programática 32.75.54, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto de Gasto: 4.2.1.01.02. ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras, ============ Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, y la Señora Secretaria ae Hacienda. –--ARTÍCULO 5': Tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y ============ Planificación Urbana, la Subsecretaría de Arquitectura, la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Gestión Contable y Presupuestaria, de Análisis Presupuestario, de Tesorería y de Registro y Legislación. ARTICULO 6': Regístrese. comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHÍVESE.-----------DECRETO No:
2522 25
DE ARQui rL:CTURA
Gui
8 Watson
lenÍente
Ara. 1),
de Fcio. Várela
SecílÍrrie d,
Municijitida
Varela
du C.?. G be 'aPríwlus SE r 1}) E T,.'.R / lpr,í
lnAjj
F;
Dr. HAciENDA
\’b',HrLr\6 !/AlIEíA
25 de Mayo N'’ 2725 ' Fiorencio Vareía - C .P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 13) 4237 IOG 1 . www.varela.gob.ar
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Florencio Varela,
t 4 NOV203
Visto: El I' Encuentro Internacional de Hábitat Popular “Nuevos enfoques desde el desarrollo
y la planificación urbana: una mirada federal y regional”, que se llevará cabo el día 25 de noviembre del corriente año, en la sede NH Gran Hotel Provincial, sito en Avenida Patricio Peralta Ramos 2502, ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón; y
Considerando:
Que, atento la importancia que reviste el mencionado evento ha sido declarado de interés municipal por Decreto N' 2457/25;
Que, en función de lo antes expuesto deviene necesario asignar al Sr. Intendente Municipal de Florencio Varela, una suma dineraria que permita atender en forma adecuada e integral los gastos que demanda la asistencia al Encuentro detallado en el Visto; Por ello: El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA en ejercicio de
atribuciones inherentes a su cargo:
DECRETA
ARTÍCULO 19: ANTICIPESE, al Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson D.N.1 --
---–-––--–-- N' 23.152.479 la suma de $1.000.000 (PESOS UN MILLON), a fin de afrontar los gastos que demande la participación de dicho evento mencionado en el Visto.----------------------ARTICULO 2'- La suma anticipada en el Artículo I' quedara sujeta a la posterior rendición de -–------––––-- cuentas ante la Dirección General de Rendiciones .––-––––––-–--–-–------–-–--ARTICULO 3'- El gasto que demande el cumplimiento
-––––––––do
del Artículo I', será imputado será imputa-
a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000, Categoría Programática 01.02.02, Objeto del -
Gasto: 3.9.9.09, Fuente de Financiamiento 1.1.0 del Presupuesto de Gastos vigentes.---------------
ARTÍCULO 49: El presente decreto será refrendado por la señora de Secretaria de Hacienda.
2523 25 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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$/
Florencio Varela Municipalidad ARTÍCULO 59: Tomen conocimiento la Subsecretaria Privada, la Contaduría General, las Direcciones Generales de Tesorería, de Rendiciones y de Registro y Legislación.--------------
ARTÍCULO 69: Regístrese, Comuníquese y, cumplido que sea, ARCHÍVESE.
DECRETO Ng:
2523 25 Dr. AndI
Watson
dente de Fdo
C.T. Gts SECR MUNICIPAI
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OR FNCIO VARELA
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA, $ 4 NOV2025 VISTO: El pedido de Inscripción Definitiva en el Registro Comunal de Entidades de Bien Público formulado por la Asociación Civil “ARTES/Y’ (Asociación para el diagnóstico y tratamiento de niños y adultos con necesidades especiales), con domicilio en la calle 88
– Batalla de Ayacucho N'’ 98, Barrio Centro, Localidad San Juan Bautista, de nuestro Partido, mediante Expediente Administrativo N'’ 4037-012228-A-2007, y;
CONSIDERANDO: Que, la Entidad ha obtenido el Reconocimiento Provisorio a través
del Decreto N'’ 821/07; Que, se ha cumplimentado el plazo estipulado para proceder a su
Inscripción Definitiva; Que según surge de las actuaciones de manas, la peticionante ha
dado cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza N'> 971/85 que regula la organización y el funcionamiento de las Entidades de Bien Público; Que, atento a lo expuesto, resulta procedente otorgar al peticionante la Inscripción Definitiva, mediante el dictado del presente acto;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO
VARF,LA, en uso de las atribuciones inherentes a su cargo:
2§24 25 25 de Mayo M 2725 ' florencb
Tel: ( A
i 1)
Varela ' C.P. 1888 ' Provincia de Buenos Aires
4237 lm . www.v8rel&got>ar
250
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DECRETA
ARTÍCULO
1'’: Inscríbase en forma definitiva en el Registro Comunal de Entidades de
––––––––––®en
Público a la Asociación Civil “ARTESA” (Asociación para el
diagnóstico y tratamiento de niños y adultos con necesidades especiales), con domicilio en la calle 88 – Batalla de Ayacucho N'’ 98, Barrio Centro, Localidad San Juan Bautista, de nuestro Partido, mediante Expediente Administrativo N'’ 4037-012228-A-2007. ––--
ARTÍCULO 2'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de -–––––––––--
-Hacienda y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y de
Gobierno, respectivamente.––-–––––––-–-----––––––––––––––––––––––-
ARTÍCULO
3'’: Tome conocimiento la Secretaría de Relaciones Institucionales que
–-––-–––––-- notificará con copia a la Entidad peticionante. -–––––––––––––– ARTÍCULO 4'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea; archívese. -–––--
DECRETO N'
2524 25 C/ !!’'\ /4
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ftorencio Varela he 2725 . Fbrencio Vafeig/1 C.P. 3888 ' Provírtda de Buenos AIres Tel: (91 H) 4237 199f www*vareb.9<Bar
251
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Florencio Varei8 Municipalidad
Florencio Varela, a 4 NOV 2025 VISTO :
El
Expediente Administrativo N'
4037-914-S-2024, caratu lado
“Subsecretaría de Seguridad Ciudadana S/ Accionar del agente Barrera Matías Maximiliano (Legajo N' 6222)”, y; CONSIDERANDO:
Que, dicho expediente se inició a raíz de la nota de fecha 19 de Marzo de
2024 efectuada por el Sr. Eduardo Gabriel González, Director de Guardia Comunal, informando lo siguiente: "...Visto los informes presentados por los Supervisores Soto Walter (...) y Décima Edgardo (...) y teniendo en cuenta que el
C\2
accionar del agente Barrera, Matías Maximiliano (...) podría encuadrar en la posible comisión de un delito (...) se adjunta copia autenticada de los informes
captura de la conversación de WhatsApp sostenida con el UD presentados, supervisor Decima Edgardo, folios 2 y 3 del libro de Guardia, Planilla de Servicio
63
Diaria de recorrido y QTH fijo, Planilla de Presentismo del día sábado 09 de marzo
b/3 y otras planillas de presentismo para comparar la firma del agente...". (fs. 02) {32 Que, atento a la posible comisión de un hecho ilícito, se ha efectuado
la
denuncia penal, en los términos del Artículo 287 inciso 1 del Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires por los hechos de marras, luciendo escrito de presentación a fojas 60, dando nacimiento al proceso penal de referencia: 1.P.P Dirección
de Su mafIas
N') 1 3-02-20785-24 en trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N'> 6, Fiscalía Descentralizada de Florencio Varela del Departamento Judicial de
Quilmes. (fs.61)
Que a través del Decreto N' 2571/24 por el cual se ordenó la Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sumarial Disciplinario, a los efectos de deslindar 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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la eventual responsabilidad administrativa del agente Matías Maximiliano Barrera (Legajo Nc> 6.222). (fs. 81 a 85)
Que obra incomparecencia del agente Matías Maximiliano Barrera (fs. 117)
Que obra auto de imputación respecto del agente Matías Maximiliano Barrera (Legajo NC) 6.222). (fs. 118 a 120 vta.) Que, obra descargo presentado por el agente Matías Maximiliano Barrera.
(fs. 128 a 130) Que visto el descargo presentado por el agente Matías Maximiliano Barrera
(Legajo N' 6.222), la Instrucción resuelve: "Téngase por presentado el mismo en
legal tiempo y forma (...) No habiendo ofrecido el imputado, prueba a producir,
LO
61
Decrétese el Cierre del Sumario Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el
Articulo 30 Derecho de los Imputados inc. b) del Decreto N'784 reglamentario de
la Ley N'’ 14.656 y Articulo 100 Apartado IX, Punto b) de la Ordenanza Nro 9533/1 9". (fs.131 )
Lf3
82 &n 32 Dirección dR
Sur' ' :’ios
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo la aplicación de una
sanción disciplinaria al agente Matías Maximiliano Barrera, Legajo N' 6.222 (Artículo 105 de la Ley N') 14.656, Artículo 60 de la Ordenanza Municipal N'’ 9533/19 y Artículo 60 del Decreto Reglamentario NO 92/21). (fs.139 a 143.)
Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido, coincidiendo con las consideraciones vertidas por la Instrucción, a tenor de la prueba sustanciada en autos, por encontrarlo incurso en
responsabilidad disciplinaria al agente Barrera Matías Maximiliano, (Legajo Personal N'' 6.222), por haber transgredido lo dispuesto por los Artículos 57 inc. a); 58 inc. b) y 62 inc. 3) de la Ordenanza N' 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, incs. c-1), y c-25) del Decreto 92/21 , Reglamentario de la Ordenanza N' 9533/19, disponiendo en consecuencia
la aplicación al agente Barrera Matías Maximiliano (Legajo N' 6.222), de la sanción disciplinaria de Suspensión de Tres (3) días conforme lo dispuesto en el
Artículo 105 inciso c) de la Ley N' 14.656, Articulo 60, Apartado 1, inciso c) de la Ordenanza Municipal N' 9533/19 y Articulo 60, inciso 1-c) del Decreto N' 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N' 9533/19. (fs. 148)
POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA
ARTÍCULO 10.- Dispónese la aplicación de la Sanción de Suspensión de Tres –-
------–––––-––-(03) días al agente Barrera Matías Maximiliano D.N.l. NC) 33.346.571, Legajo Personal Nc’ 6.222, por haber transgredido lo dispuesto en los
Artículos 57 inc. a), 58 inc. b) y 62 inc. 3) de la Ordenanza N' 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, incs. c-1), y c-25) del Decreto N' 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N' 9533/19
conforme lo normado por el Artículo 105, Inciso c) de la Ley N' 14.656, Articulo 60, Apartado 1, inciso c) de la Ordenanza Municipal N' 9533/19y Articulo 60, inciso 1-c) del Decreto Reglamentario N' 92/21 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19,
de acuerdo a los fundamentos expresados en el considerando que antecede y Dirección
demás constancias obrantes en la precitada pieza administrativa.---------------------
8r„T-:-rios
El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaría Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno,
2525 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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ARTiCULO 3'’.- Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno. ––-–––––––--
–-–---––––––
la Subsecretaría de Recursos Humanos quien notificará al
encartado y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. ––––––––––--–--––––––––--––––-–---
ARTÍCULO 4').- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. ––
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1 4 NOV2025
VISTO: La Ordenanza N.' 10.864/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 96 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 11 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.'> 4037-2208-M-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108'’ inciso 2'’ de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO 1'’: Promúlgase la Ordenanza N.'’ 10.864/25 sancionada por el Honorable Concejo -––––-–-------– Deliberante en la 13Fa Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 1 1 de Noviembre del corriente año. -–––----– ARTÍCULO 2'’: Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. ––––––––––––ARTÍCULO
3'’: Refrenden el presente la Señora Secretaria Legal y Técnica, la Señora
-––––-–––––– Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. –-––––-–––----–ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con -––-––––––-–incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación y la Dirección General de Registro y Legislación. -–––––––––––––––––––––––––-––---ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. –––––----–––
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FLORENCIO VARELA, & 4 NOV 2025 VISTO: La Ordenanza N.' 10.865/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 11 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.'’ 4037-2450-M-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108'> inciso 2c’ de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo : b\+/
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ARTÍCULO 1'’: Promúlgase la Ordenanza N.'’ 10.865/25 sancionada por el Honorable Concejo -–––––––––-Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 1 1 de Noviembre del corriente año. ------––––-ARTÍCULO 2': Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. -––-––––––-–-–ARTÍCULO
3'’: Refrenden
el presente la Señora Secretaria Legal
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-–––––––------- Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. ––-–-–––--––––ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con -----–––––––--incumbencia en razón de la materia, las que notiñcarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación y la Dirección General de Registro y Legislación. ------–-–-–-----––--–––––––––––––––---ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. ––----––--––.---
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FLORENCIO VARELA, } 4 NQV 2025 VISTO: La Ordenanza N.') 10.866/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutívo el día 11 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.') 4037-245 1-M-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108') inciso 2'J de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO l": Promúlgase la Ordenanza N.' 10.866/25 sancionada por el Honorable Concejo ----–----–––––Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 1 1 de Noviembre del corriente año. ---–––––---ARTÍCULO 2'’: Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. -––––-–––--––-ARTÍCULO 3': Refrenden el presente la Señora Secretaria Legal y Técnica, la Señora ––––––––––– Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. -–––––––––––-ARTÍCULO 4': Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con -––-––––-–––incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación y la Dirección General de Registro y Legislación. -–––––––––––––––––––––--–-–--–--–– ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. ––––––--–––--
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FLORENCIO VARELA,
1 4 NOV2025
VISTO: La Ordenanza N.o 10.867/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 11 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.') 4037-2452-M-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el An. l08'’ inciso 2'’ de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones
propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO I': Promúlgase la Ordenanza N.' 10.867/25 sancionada por el Honorable Concejo ––––––-–––-Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 1 1 de Noviembre del corriente año. –---–-–––--ARTÍCULO 2': Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. ---––––––––––-ARTÍCULO 3'': Refrenden el presente la Señora Secretaria Legal y Técnica, la Señora -----––––--–––- Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. ––––––––-–––– ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con ––––––––––-incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación ) la Dirección General de Registro y Legislación. ----––-––––––––––-–---––-––––––––-–ARTÍCULO 5'’.-. Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. ––––––––––--
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Provincia de Buenos Aires
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FLORENCIO VARELA, $ 4 NOV 2025 VISTO: La Ordenanza N.'’ 10.868/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 11 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.') 4037-2541-M-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108'’ inciso 2') de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO 1'’: Promúlgase la Ordenanza N.'’ 10.868/25 sancionada por el Honorable Concejo -––-––--––––Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 1 1 de Noviembre del corriente año. -––––-–-–– ARTÍCULO 2'’: Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. ––-––-----------––ARTÍCULO
3'’: Refrenden el presente la Señora Secretaria Legal y Técnica, la Señora
------–––––––-- Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. -––––-––––-–---ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con –––---––––––
incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondierltcs
áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación
y la Dirección General de Registro y Legislación. ----–--––––––––––--–--–––––––-–––'–" ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. --------–--–-–-–--
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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BOM N° 11
Florencio Varela Muni( ipa!!dad
FLORENCIO VARELA, t 4 N 1:)y 2025 VISTO: La Ordenanza N.') 10.869/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.' 4037-243 1-S-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108' inciso 2Q de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO 1'’: Promúlgase la Ordenanza N.'’ 10.869/25 sancionada por el Honorable Concejo -------–––––-–Deliberante en la 13'a Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año. -–––––––-ARTÍCULO 2'’: Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. -–––––––––––– ARTÍCULO
3'’: Refrenden
el presente la Señora Secretaria Legal
y Técnica,
la Señora
------–––––––-- Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. –––-–--––-––––ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con ---–--––––––--incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondientes áreas de injetencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación y la Dirección General de Registro y Legislación. ––-–----–-––––––––---––––-––––––---ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. -––––––––-––
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BOM N° 11
Florencio Varela Muni
FLORENCIO VARELA,
1 4 NOV2025
VISTO: La Ordenanza N.' 10.870/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.'’ 4037-2090-S-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108') inciso 2c’ de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en eJercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO I': Promúlgase la Ordenanza N.') 10.870/25 sancionada por el Honorable Concejo ––-––––––-–Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año. -–––––--–– ARTÍCULO 2': Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. ---––––––––––-ARTÍCULO
3'’: Refrenden
el presente la Señora Secretaria Legal
y Técnica,
la Señora
---–-–––––---–- Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. ------------------------ARTÍCULO 4': Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con ––-–-----–––-–incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación y la Dirección General de Registro y Legislación. -–––––––––––––––––––––––––––––AItFÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. –----–––––-–---
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FLORENCIO VARELA, ’: : :::'..'’ :,::’: VISTO: La Ordenanza N.'’ 10.871/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.'’ 4037-3323-S-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108c’ inciso 2'’ de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO lo: Promúlgase la Ordenanza N.'’ 10.871/25 sancionada por el Honorable C'olrcejo ----––––––----Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de NovIembre del año 2025
y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año. ---–---––––ARTÍCULO 2'’: Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. –––––--–-–-------ARTÍCULO
3'’: Refrenden el presente la Señora Secretaria Legal y Técnica, la Señora
-–––-––––––– Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. -––--––––––––-ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con -----–--––––––incumbencia en razón de la materia, las que notificarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y CGmunicación y la Dirección General de Registro y Legislación. -–––––––-–-–––––––––--––-–––––------' ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. -––––––––-––
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24 de Mayo ND 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i - www.varela.qob.ar
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA, '14 NOV 2025 VISTO: La Ordenanza N.') 10.872/25 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 13ra Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año, en el Expediente Administrativo N.') 4037-3324-S-2025; y
CONSIDERANDO: Que, a efectos de la puesta en vigor de la mencionada norma legal corresponde su promulgación en un todo conforme a lo preceptuado en el Art. 108'’ inciso 2'’ de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en eJercicio de atribuciones propias a su cargo :
DECRETA ARTÍCULO 1'’: Promúlgase la Ordenanza N.') 10.872/25 sancionada por el Honorable Concqjo ––-–––-––––Deliberante en la 13ía Sesión Ordinaria de fecha 06 de Noviembre del año 2025 y comunicada al Departamento Ejecutivo el día 07 de Noviembre del corriente año. -––––-------ARTÍCULO 2'’: Comuníquese con copia al Honorable Concejo Deliberante. ––––––--–---––-ARTÍCULO
3'’: Refrenden
el presente la Señora Secretaria Legal
y Técnica,
la Señora
------––––-––-- Secretaria de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. -––––––----–––– ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías del Departamento Ejecutivo, con -----–-––––––-incumbencia en razón de la materia, las que notiñcarán a las correspondientes áreas de injerencia que se encuentren bajo su órbita, la Subsecretaría de Prensa y Comunicación ) la Dirección General de Registro y Legislación. –------––––––-–––––––––––––-––––---ARTÍCULO 5'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHiVESE. -–-–-–-–--–––.--
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VISTO :
La realización de la Jornada de Salud por las Infancias y sus Derechos, que se llevará a cabo el día 28 de noviembre del corriente año desde las 09:45 hs. hasta
las 12:45 hs., en las instalaciones del Club Social y Deportivo Villa Vatteone, sito en la calle Florida N') 57, entre Avenida 12 de Octubre y calle 3 de Febrero de 1852, de la localidad de Villa Vatteone, de nuestro partido, y ;
CONSIDERANDO:
Que, el día 20 de noviembre se celebra el Día Mundial de las Infancias, en conmemoración a la adopción por parte de la Asamblea General de las Naciones
Unidas de la Declaración de los Derechos del Niño (1959) y de la Convención sobre
los Derechos del Niño (1989), instrumento internacional de carácter vinculante ratificado por nuestro país mediante la Ley N' 23.849. Que, resulta de gran importancia dicha celebración a fin de crear conciencia
y promover los derechos fundamentales de la infancia, como la vida, la salud, la educación, y la protección contra la violencia y la discriminación.
Que es de interés para la comunidad varelense la realización de la mencionada jornada, conforme al cronograma que se acompaña como Anexo I al presente decreto.
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Que, la Ley Nacional N.c’ 26.061 de Protección Integral de los Derechos de
las Niñas, Niños y Adolescentes establece que los gobiernos municipales deben promover políticas y acciones que fomenten la protección, desarrollo y participación de la niñez y adolescencia.
Que, la Constitución Nacional, en su artículo 75 inciso 22, otorga jerarquía constitucional, entre otros tratados internacionales, a la Convención sobre los Derechos del Niño, garantizando su aplicación directa en todo el territorio nacional. Que, la jornada prevista constituye un espacio de encuentro y reflexión entre instItuciones
educativas,
organizaciones
comunitarias
y
organismos
gubernamentales, orientado a reafirmar el compromiso local con la promoción y defensa de los derechos de las infancias. Que, en virtud de lo expuesto, el Titular del Departamento Ejecutivo Municipal encuentra propicio declarar la misma de Interés Municipal.
POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo.
DECRETA:
Artículo I': Declárase de Interés Municipal la realización de la Jornada de Salud • por las Infancias y sus derechos, a celebrarse el día 28 de novIembre
del corriente año, desde las 09:45 hs. hasta las 12:45. hs., en el Ciub Social y Deportivo Villa Vatteone, sito en la calle Florida N') 57, entre Avenida 12 de Octubre y calle 3 de Febrero de 1852. de la localidad de Villa Vatteone, de nuestro partido.
conforme al cronograma que se acompaña como Anexo I, que forma parte del presente.
2535 -2--§ 25 de Mayo N' 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gob.ar
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Artículo 2'’: El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de –Salud y de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. Artículo
3'’: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que
–––––––-- conforman el Departamento Ejecutivo Municipal a fin de asistir al mismo. Artículo 4': Comuníquese, con copia a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación,
–––––––-- para su difusión en los medios masivos de comunicación. ––––––––– Artículo 5': Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHIVESE. –--––––--
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ANEXO I
CRONOGRAMA DE LA JORNADA POR LAS INFANCIAS Y SUS DERECHOS
1.
09:45 hs.: Apertura de la jornada
2.
10:00 hs.: Llegada de las familias
3.
•
Se acreditan y se les convoca a armar una ronda en el centro del salón.
•
Ronda de bienvenida.
10:20 hs. a 10:30 hs.: Presentación de los equipos y los espacios de juego.
•
Se explicará la dinámica de juegos y normas de convivencia.
4.
10:30 hs. a 12:40 hs.: Comienzo y desarrollo de las propuestas lúdicas
5.
12:40 hs.: Ronda de compartir.
Cierre con mensajes para otros niños del mundo.
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VISTO :
El informe elevado por el Servicio de Medicina Laboral, en el cual se notifica a la agente VELAZQUEZ LUCIA EVA, que tras haber agotado los días por patología de base , su situación queda en el encuadre de enfermedades de largo tratamiento; CONS I DERANDO :
Que la agente agotó la cantidad de días de ausencia por enfermedad respecto de la patología acreditada ante ese Servicio, y atento a tratarse de una enfermedad de larga evolución conforme lo informado por la mencionada dependencia, corresponde otorgar licencia con goce de haberes por
1 (un) año,
en virtud
de lo dispuesto
por el
Artículo
39'’ segundo
párrafo del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" , (C)rd . 9533 ) , desde el 21 de noviembre de 2025 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Concédase Licencia 8111[Cl 3 A S:'![}'i: Dt Plahit
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Especial con goce de hab,eres a la agente–
– – – – - – – VELAZQUEZ LUCIA EVA, Leg . N'’ 7.943 , desde el 21 de noviembre de 2025 / y por el término de 1 (un) año, percibiendo el cien por ciento ( 8100 ) de sus haberes , conforme a las disposiciones establecidas en el Artículo 39 ' de 1 " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . N'’ 9533/19) . – - – – – – – – – –
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ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de–
– - – – – – Hacienda y Salud, y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Salud, la Subsecretaría
–de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea/ –ARCHIVESE.– – – – – – - - – – – – - – – –
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ViSTO:
La nota elevada por la agente AROLDI ANDREA LORENA, quién se desempeña como Profesional Grado Hospital A por 48 , 00 horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, mediante la cual solicita se le conceda una Licencia Especial sin goce de haberes , desde el 02 de noviembre del 2025, y por el término de 6 ( seis )
meses ; y CONS I DERANDO :
solicitado se halla encuadrado dentro de los términos del Artículo 52 c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . Nc’ 9533 ) ; Que lo
Que se puede hacer lugar a lo solicitado;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 ').–Concéciase Licencia
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Especial sin goce de hat)eres a la agente– – – – – – – – –municipal AROLDI ANDREA LORENA, Leg . N') 10.320 , desde el 02 de noviembre del 2025 , y por el término de 6 ( seis ) meses , de acuerdo a las disposiciones del Artículo 52 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd. N'’ 9533) . – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – – – –Hacienda y de Salud, y po.r el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
--------2537--25 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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/ / / /2.– ARTICULO 3 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Salud, la Subsecretaría – de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – –
ARTICULO 4 ' . -Regístrese , comuníquese , y cumpliment_ado que sea, ARCHiVESE, .
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P, 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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„..„.,. „....,, 1 4 NOV20Ü VISTO :
El
telegrama
enviado
por
la
agente
municipal
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cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y CAMILA HAYDEE1, mediante el
CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 '’
inciso b) y 55'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela’' (Orci . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia; Por ello / EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Acéptase la
renuncia presentada por la agente municipal– – – – – – – – – –BONDARUK CAMILA HAYDEE / Leg No 11 + 585 / D eNe I . NO 38 . 629.049 / B
quien se desempeña como Personal Profesional
Grado Asistente
por 48 , 00
horas semanales , correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, la Dirección General de Atención Primaria, Salud, a partir
del
1 '>
en
dependiente de la Secretaría de
de noviembre de 2025 . – – – – – – – – – - – – – – –
.TÍC'ULO 2 ' . _El presente decreto será refrendado por las
Secretarias de –salud, y de Hacienda y por el Secretario de Gobierno, spectivament:e . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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ARTÍCULO
3 '’ . –Tomen
conocimiento
la
Secretaria
de
Salud,
la
Subsecretaría
–
– – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
de Haberes y Patrimonio ,
y de Registro
y
.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y curnplimentado que sea, ARCHÍVESE . -
DECRETO
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Florencio Varela Municipalidad
.....,.,. ,„.„,, 1 4 NOV20Ü VISTO :
El
telegrama
enviado
por
la
agente
municipal
FARAONI MARIA
VICTORIA, mediante el cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en
la Municipalidad de. Florencio Varela; y
CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
inciso b) y 55'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia; 54 '’
Por ello / EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Acéptase
- – – ––––
la renuncia presentada por la agente municipal– – – FAR;\ONI MARIA VICTORIA, Leg . N'’ 8.914 , D . N . I . N'’ 41.137.259 ,
quien se desempeña como Administrativo –Clase iV– por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Epidemiología, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir del 21 de octubre de 2025 . – DRtEEiÓl BEIIiE De Plinü ISe!.tb+iív8
ARTÍ(.--'UI,o 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por
_ – – – – Salud, y de Hacienda y por el respectivamente . – – – –
2539 25
las Secretarias de – Secretario de Gobierno,
/ / / / .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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/ 1112.– ARTÍCULO 3c’ . –Tomen conocimiento la Secretaria
de Salud, la Subsecretaría
– – – – de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
.–
de Haberes y
Patrimonio,
y de Registro
y
– – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
17 IOV 203
VISTO :
El
Expediente
Administrativo
N'’
4037-1336-S-2024
caratulado:
“Subsecretaría de Seguridad Ciudadana S/ Accionar del agente Aveiro Leonel (Legajo 5274)”, y;
CONSIDERANDO:
Que, dicho expediente se inició a raíz del informe de fecha 25 de abril de 2024, efectuado por el Sr. Eduardo Gabriel González, Director de Guardia Comunal, informando lo siguiente: "Visto los informes presentados por los Supervisores Soto Walter, Legajo N' 5866, (...) Décima Edgardo, Legajo N' 5266, Praver Sergio, Legajo N' 5297, y teniendo en cuenta que la conducta del agente
Aveiro Leonel, Legajo N' 5274, podría encuadrar en la posible comisión de un delito, (...) se adjunta copia de los informes presentados por los supervisores,
captura de las conversaciones de WhatsApp sostenidas con los Supervisores Praver Sergio y Decima Edgardo, folios 73 y 74 del Libro de Guardia, Planilla Diaria de Recorrido, Planilla de Presentismo del día martes 23 de Abril de 2024 y otras planillas de presentismo para comparar la firma del agente. (fs. 12)
Que, atento a la posible comisión de un hecho ilícito se ha efectuado denuncia penal en los términos del Artículo 287 inciso 1 del Código Procesal Penal
de la provincia de Buenos Aires por los hechos de marras, luciendo escrito de presentación a fojas 83, dando nacimiento al proceso penal de referencia 1.P.P NC) 13-02-27196/24, en trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio
N'6, Fiscalía descentralizada de Florencio Varela, Departamento Judicial de Quilmes (fs. 85/86)
25 4 0 2 5
de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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:+i 1:
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Florencio Varela Municipalidad
Que a través del Decreto N' 2799/24, por el cual se ordenó la Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sumarial Disciplinario, a los efectos de deslindar la eventual responsabilidad administrativa del agente Leonel Rubén Aveiro. (Legajo N') 5274). (fs. 95 a 100)
Que, obra constancia de incomparecencia del agente Leonel Rubén Aveiro a fin de prestar declaración indagatoria en las presentes actuaciones. (fs. 124)
Que obra auto de imputación respecto del agente Leonel Rubén Aveiro (Legajo N'’ 5274). (fs.125 a 127 vta.) Que obra descargo presentado por el agente Leonel Rubén Aveiro. (fs. 138
a 140)
113
02
Que, visto que el descargo presentado por el agente Leonel Rubén Aveiro (Legajo N') 5274), la Instrucción resuelve: tener por presentado el mismo en legal tiempo y forma. No habiendo ofrecido el imputado, prueba a producir, Decrétese
0
el Cierre del Sumario Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Art. 30
+a
Derecho de los Imputados Inciso b) del Decreto NO 784 reglamentario de la Ley NC) 14.656 y Art. 100 Apartado IX, Punto b) de la Ordenanza N'’ 9533/19. (fs. 141 )
aJ3
'N
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un
pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo la aplicación de una sanción disciplinaria al agente Leonel Rubén Aveiro, Legajo N' 5274 (Artículo 105 de la Ley N' 14.656, Artículo 60 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19 y Artículo
60 del Decreto Reglamentario N' 92/21 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19. Tft ccc1 ibn c!:-1
(fs. 149 a 152 vta.)
SI_: ;- ';. .1:'=
Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido, coincidiendo con las consideraciones vertidas por la Instrucción, a tenor de la prueba sustanciada en autos, por encontrarlo incurso en 25 de Mayo nc’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Año 13
Publicación: 11.-
BOM N° 11
1 1111111l1f
1hI111 :
Florencio Varela Municipa!!dad
responsabilidad disciplinaria, al agente Aveiro Leonel Rubén, (Legajo Personal N') 5274), por haber transgredido lo dispuesto por los Artículos 57 inc. a), 58 inc. b) y 62 inc. 3) de la Ordenanza NO 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento
Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, c-1) y c-25) del Decreto N') 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N'’ 9533/19, disponiendo en consecuencia
la
aplicación al agente Aveiro Leonel Rubén, (Legajo Personal N') 5274), de la sanción disciplinaria de Suspensión de Tres (3) días conforme lo dispuesto en el Artículo 105, Inciso c) de la Ley N' 14.656, Articulo 60, Apartado 1, inciso c) de la Ordenanza
Municipal N'
9533/19 y Articulo
60, inciso 1-c) del Decreto
Reglamentario N' 92/21 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19. (fs. 157)
POR ELLO,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE
IfD 61
FLORENCIO VARELA en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo;
'0
DECRETA
4: :Lf3
(-
ARTÍCULO 10.- Dispónese la aplicación de la Sanción de Suspensión de Tres----
03
---------------------(3) días al agente Aveiro Leonel Rubén D.N.l. N' 34.383.537,
Legajo personal N' 5274, por haber transgredido lo dispuesto en los 57 inc. a), 58
inc. b) y 62 inc. 3) de la Ordenanza NO 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1 , Apartado B, c-1 ) y c-25) del Decreto NO 92/21, Dirección SurF
Reglamentario de la Ordenanza NC) 9533/19, conforme lo normado por el Artículo
105, Inciso c) de la Ley N' 14.656, Articulo 60, Apartado 1, inciso c) de la Ordenanza
Municipal N'
9533/19 y Articulo 60, inciso 1-c) del Decreto
Reglamentario N' 92/21 de la Ordenanza Municipal N' 9533/1 9, de acuerdo a los fundamentos expresados en el considerando que antecede y demás constancias obrantes en la precitada pieza administrativa.–---------------------------------------------
25 de Mayo nc> 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2'’.- El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria -–––-––––––
Legal
y Técnica
y
el Señor
Secretario
de
Gobierno,
respectivamente. –-–-–––––––––-––––-–––---–––--––---––––––––––––-
ARTÍCULO 3').- Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno. ––---–––-–––-
-–––––––––––la
Subsecretaría de Recursos Humanos quien notificará al
encartado y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -––––––--––––––--–––-–-–––––––––ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. –--
DECRETO No:
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Dr.
Íntendenh ftaría Leg81 y Técíii(,.-1 pet idol3 da l:lqronalo Vnrí.!
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Dr. 96’no Leid/anie1 A. ecret3ñc2rGoF);emo -Munidp.
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25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.R 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
37 NOV2025
VISTO :
La nota elevada por la agente ZAR;\TE SILVANA EDITH, quien se desempeña como Jefe de Departamento por 30 , 00 horas semanales , en la Dirección de Promoción Comunitaria , dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, por la cual solicita la ampliación del régimen horario; y
CONS I DERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo referido, reubicando a la agente como Jefe de Departamento por 42 , 00 horas semanales ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 ').–Reubícase a la agente ZARATE SILVANA EDITH, Leg . Nc’ 940 , – – –
– – – – – –a partir del 1 ' de octubre de 2025 , como Jefe de Departamento por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección de Promoción Comunitaria, dependiente
de la Secretaría
de Desarrollo
Social. – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 c) . –Los haberes correspondientes se imputarán a :
Jurisdicción : – – – – – – – –1.1.1.01.11.000 – Categoría Programática – 47.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1.02 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 ' . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias DHI(CIel Fí2i PAI 0( Plni! y 3: 1. a?Jr?IiiF
– – – – –Hacienda, y de Desarrollo Social y por el Secretario respectivamente
.–
de – de Gobierno,
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
11 / /2.–
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría de Desarrollo Social,
la – –
– – – – – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Registro
Generales de Liquidación
y Legislación
.–
– – – – –
ARTÍCULO 5c’ . –Regístrese,
comuníquese
DECRETO NO
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r y
de Haberes y Patrimonio,
y
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, ARCHÍVESE.
cumplimentado que
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Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA,
17 Nav2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo
4
N'’4037-3705 -S-2025; y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la adquisición de 440 (cuatrocientas cuarenta) luminarias de tecnología LED de 200 watts, con flujo luminoso mínimo de 28.600 LM„ vida media garantizada mínima de 50.000 hs., temperatura de color de 5.000 K, grado de protección IP65. con zócalo incorporado tipo NEMA de 5 o 7 pines apto para la telegestión, completas con fuente de alimentación. material de la carcasa de aluminio color verde RAL-6000, aptas para la vía pública, con el fin de mejorar el alumbrado público en distintos barrios de este Pallido;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Llámase a Licitación Privada N')111/2025 1“ llamado, para el día 26 de Noviembre de 2025 a las –--––––––-----10:30hs. para la adquisición de 440 (cuatrocientas cuarenta) luminarias de tecnología LED de 200 watts, aptas para la vía pública, según lo expuesto en el Considerando.-----------------------------------------------------------ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la ––––––––––--
Jurisdicción 1.1.1.0 1 .09.000, Categoría Programática 26.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto
del (3asto 2.9.3 .----------------------------------------------------------------------------------------------------------------.------------ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fojas 4 a 24 inclusive, del citado expediente
-–––––––––-- administrativo.--------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $48.400,00 (PESOS CUARENTA Y OCHO MIL --––––––––-ARTICULO
CUATROCIENTOS CON CERO CENTAVOS).-------------------------------------------------------------
5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de $96.800.000,00 (PESOS NOVENTA
––––––––––--
Y SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS MIL CON CERO CENTAVOS).------------------------------------------------------------
1 i
ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de ----–---–-––––- Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente.--------------.------------ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la ––––––-––-–- Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes.-------------------------------
ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE,-----------------------------------------
DECRETO N' €1:
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BOM N° 11
Florencio Varela
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Municipalidad FLORENCIO VARELA,
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VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3772-S-2025; y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la contratación de mano de obra, equipos y suelo seleccionado para la ejecución de mejoramientos de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado, este último suministrado por el municipio junto con los caños donde se requiera su colocación o reemplazo de los existentes con roturas, a realizarse en distintas calles de este Partido, a fin de solucionar problemas estructurales y de inundabilidad que se presentan en los sectores rurales y urbano de tierra, mejorando la circulación tanto de vehículos como de transeúntes;
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO 1 ro.: Llámase a Licitación Privada Nro.113/2025 1 er,llamado, para el día 1 de Diciembre de 2025 a las 10:30 hs. para la ejecución de obra “Mejoramiento de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado”, en diferentes calles de distintos barrios del Partido. según lo expuesto en el Considerando. -–-–--------––––––––––-------–––– ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000, Categoría Programática 29.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.3.4.0 1 .-
ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fojas 4 a 34 inclusive, del citado expediente
4
administrativo. -–––––--––––––––––––––---–---–---–––––––––––––––-–---–––––––––––––------
ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $27.000,00 (PESOS VEINTISIETE MIL CON CERO CENTAVOS). –---–––––––––––--–-––––---––––––––––––––------–––––––-
ARTICULO 5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de $53.917.380,00 (PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON CERO CENTAVOS). –––-----ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente. -––––––––––––––--------–-–––-ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. –----––––––––––––––--–-–––––––––––--
ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. -–---–––––––------––––--––-
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA.
17 NOV2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo ND4037-3 164-S-2025: y
CONSIDERANDO. Que. es necesaria la ejecución de obra "Reconstrucción de pavimento en hormigón simple”, a efectuarse en calle Martin Fierro esquina El Aljibe, en el Barrio Km 26,700 de este Partido. con el fin de conectar las arterias principales del barrio con el Jardín de Infantes N'’90 1. Escuela PrimariaN'’9 y Escuela Secundaria N'’ 1, y dar respuesta a una inmejorable
oportunidad de desarrollo para la mayor asistencia por parde la matricula estudiantil, en casos de lluvia e inundaciones. principalmente vinculado además a las familias y vecinos de barrio aledaños, a realizarse en el marco de la Ley Nacional 26.075 de financiamiento educativo (Fondo Educativo); Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N'102/2025, 1 er. llamado; Por ello. el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo:
ARTICULO
DECRETA:
Iro.: Adjudícase la Licitación Privada N'’102/2025 ler. llamado, a la firma: SERVICIOS Y GESTION S.A.
---–––----–––-por la suma de $77.412.140,00 (PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA CON CERO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según Informe Técnico obrante a fo ja 198 y Acta de pre-adjudicación obrante a foja 199, del citado expediente administrativo.-----
ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por ---––--––––––-la Jurisdicción 1.1 . 1 1) 1.09.000, Categoría Programática 29.75.54, Fuente de Financiamiento 1 .3.2. Objeto del (]asto 4.2.2.04. 14 ––-–-–----––––––––––---––––––––––––––––––––––––--------------––-–--–-----–----
ARTICULO
3ro.:
Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas:
SERVI VIAL
S.R.L.
-––––––––––– y a SERVICIOS Y GESTION S.A. por la suma de $774.121,40 cada una; luego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente. -––––----––––––––––––--------–– ARTICULO
4to.: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de
------–––––––-- Obras. Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente.–-----------------------------ARTICULO Sto.: lomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la ---––––––––---- Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -––––––-------------------ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentadoque sea, ARCHÍVESE. –––––––––––-–------–---––--
DECRETO N'
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipatidad FLORENCIO VARELA.
17 NOv2025
VISTO : Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3 1 60-S-2025: y CONSIDERANDO, Que, es necesaria la ejecución de obra -Reconstrucción de pavimento en hormigón simple", a efectuarse
en calle 1432 esquina calle 1423. en el Barrio San Francisco Oeste de este Partido, con el fin de conectar las arterias principales del barrio con la Escuela Primaria Nc’36 y Escuela Secundaria Nc’60, y dar respuesta a una inmejorable oportunidad de desarrollo para la mayor asistencia por parde la matricula estudiantil, en casos de lluvia e inundaciones. principalmente vinculado además a las familias y vecinos de barrio aledaños. a realizarse en el marco de la Ley Nacional 26.075 de financiamiento educativo (Fondo Educativo); Que. a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Privada N')103/2025. 1 er. llamado: Por ello. el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Adjudícase la Licitación Privada N'>103/2025 ler. llamado, a la firma: SERVICIOS Y GESTION S.A. -––––––––––-por la suma de $77.412.140,00 (PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA CON CERO CENTAVOS), por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales. según Informe Técnico obrante a foja 197 y Acta de pre-adjudicación obrante a foja 198, del citado expediente administrativo. ––
ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por ----–––-–--–--la Jurisdicción 1.1 . 1 .0 1 .09.000, Categoría Program ática 29.75.54, Fuente de Financiamiento 1.3.2, Objeto del Gasto 4.2.2.04.14 -----––--–--–––––---––--–---––––––––-----–--–––--––––––––-–––-–----–––-––--
ARTICULO
3ro.:
Procédasc a la devolución de documentos en garantía a las firmas: SERVI VIAL
S.R.L.
-"----––------y a SERVICIOS Y GESTION S.A. por la suma de $774.121,40 cada una; luego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente. ––––––––––––––––––––----––– ARTICULO
4to.: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de
––––––-–––-- Obras, Servicios Públicos. Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente.–-----------------------------ARTICULO
Sto.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación. la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -----–--–––––-–------------
––---–-–-––-
ARTICULO 6to.: Regístrese. comuníquese y cumplimentadoque sea. ARCHÍVESE. -––---––-––––––---–-–––-
DECRETO N'
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Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
„„,,~„, „,„,,, 17 NOV2023 VISTO
:
El Decreto N'’ 1931/25 , por el cual se designa al agente BARRETO LEANDRO NICOLAS, D. N . I . N'’ 41.856.689, en la categoría de Agente de Guardia Comunal por 48 , 00 horas semanales , en la Secretaría de Gobierno; y
CONSIDERANDO :
Que, el mismo se encuentra dentro del período de prueba legalmente establecido, artículo 7' del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (.Ord . Nc’ 9533 } ; Que , en virtud del informe emitido por la Subsecretaría de Guardia Comunal, se deja constancia respecto de las dificultades evidenciadas por el agente en la prestación de servicios , motivo por el cual corresponde proceder a la conclusión de su designación;
Por
ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE FLORENCIO
VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
D E C R E T A:
ARTÍCULO l'’.–Dese de baja al agente BARRETO LEANDRO NICOLAS,/ - - – - - – D. N. I . Nc’ 41.856.689, Leg . N'’ 11.744,/de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 '’ inciso a) [el "Estatuto Municipal
para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , a partir del 30 de noviembre de 2025 . – – – - ARTÍCULO 2 '’ . -El presente decreto será refrendado por la Secretaria
– - - - – – de Hacienda, y por el Secretario de Gobierno . – - - – SUBSEC RR, HH
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237 1 601 - www.varela.gob.ar
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
11112.-
ARTÍCULO 3'’ . -Tomen conocimiento la
Secretaría
de Gobierno, la
- - - – – – Contaduría General, la Subsecretaría de Recursos Humanos y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . - - - - - – – – – – – – – ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y curnplimentado que sea - - – - - – – – – – – –ARCHÍVESE. - – – – – – –
25
DECRETO N' +
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
aq $8 Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
VISTO: Lo actuado en el Expediente Administrativo N ' 4037-3689-S-2025, y
CONSIDERANDO,
18 NOV2025
Que, es necesario el mantenimiento de fibra óptica;
Que, a fojas 5 del mencionado expediente de la Subdirección de Redes Informátic&s fundamenta que dicha prestación se encuadra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 156 inc. 1 de la L.O.M.y Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo,
DECRETA : ARTICULO
1
ro: Adjudicase a la firma P.I. S.R.L la Compra Directa N'’77/2025, en la suma de $11.400.000.- (PESOS ONCE
MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100) según el citado expediente administrativo. ---–––-–---–-–––––––– ARTICULO 2do: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la jurisdicción 1.1.1.01.03.000, Categoría Programática 0 1.07, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.6.----ARTICULO 3ro: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda. – ARTICULO 4to: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Contaduría General y la Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. -–---–––––---–––-–--–––––-–---–--–-–---––––--–––––-–-----
ARTICULO 5to: Regístrese, Comuníquese y cumplimentado que sea Archívese. -––-–––––--––--–-–--––––––––-–-
DECRETO N '
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DECRETOS
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Año 13
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
18 NOV2025
VISTO: La Nota suscripta por el Comisario Mayor, Sr. Fernando Hugo Barrientos, en su carácter de Jefe de Policía Departamental de Seguridad de Florencio Varela, y;
CONSIDERANDO: Que, por intermedio de la citada nota, se solicita la colaboración del Municipio para
llevar a cabo la celebración por el “204'’ Aniversario de la creación de la Policía de la Provincia de Buenos Aires” la cual se desarrollará el día 19 de diciembre del corriente año
a las 16:00 horas, en el Parque Recreativo, Deportivo y Cultural Thevenet, sito en la intersecQiÓn de la Avenida Beata Claudina Thevenet y la calle Alfonsina Storni de este
Partido.
Que, atento la importancia social que reviste la mencionada celebración, es intención
del Titular del Departamento Ejecutivo Municipal declararlo de Interés Municipal. POR ELLO,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA
ARTÍCULO 1'’: DECLÁRESE de Interés Municipal, la celebración por el “204' ------–––––––--
Aniversario de la creación de la Policía de la Provincia de Buenos Aires”,
la cual se desarrollará el día 19 de Diciembre del corriente año, a las 16:00 horas, en el Parque Recreativo, Deportivo y Cultural Thevenet, sito en la intersección de la Avenida Beata Claudina Thevenet y la calle Alfonsina Storni de este Partido.----------------------------
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela .. C,P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1(5(Ii . www.varela.gob.ar
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Año 13
Publicación: 11.-
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ARTÍCULO
2'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda
–––--–––--––
ARTÍCULO
y por el Señor Secretario de Gobierno respectivamente.-----------------------
3'’:
Tomen conocimiento
todas las Secretarías y Subsecretarías del
Departamento Ejecutivo Municipal las que brindarán la colaboración necesaria para llevar adelante la citada celebración.------------------------------------------------
ARTÍCULO 4'’: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, Archívese.--------------------
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Año 13
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Floreílcio Varela M kf11É(ÉLldlid ad
FLORENCIO VARELA,
18 NOV203
VISTO: La Factura “C” Nc’0003-00001593, con fecha 26/08/2025, emitida por la Federación Atlética Metropolitana, y;
CONSIDERANDO: Que, a través de la factura mencionada, se requiere abonar a la Federación Atlética
Metropolitana, los aranceles que se detallan por los siguientes conceptos: Una Inscripción a competencias mayores (u23-u20) por la suma de pesos dos millones cien mil ($2.100.000); una Inscripción a competencias (u18-u16) por la suma de pesos de un millón quinientos noventa mil ($1.590.000); una Inscripción a competencias (u14-u12) por la suma de pesos un millón doscientos mil ($1.200.000) y una Licencia CADA de entrenadores y atletas por la suma de pesos quinientos noventa mil ($590.000) ,ascendiendo la sumatoña de todos los conceptos a pesos cinco millones cuatrocientos ochenta mil ( $5.480.000); Que, por lo expuesto, deviene necesario depositar la suma total de pesos cinco millones cuatrocientos ochenta mil ($5.480.000); mediante transferencia bancaria al Banco Galicia, Sucursal N'’7, Cuenta Corriente en Pesos N'’0014136-3007-5, CBU NC)0070007820000014136353. CUIT 30-65309728-6: Que, por la urgencia de contar con el servicio no fue posible cumplimentar con lo dispuesto por el Artículo 151 de la L.O.M. y el Artículo 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que el presente se dicta a tenor d lo establecido en el Artículo 186 de la L.O.M
POR ELLO:
El Señor Intendente Municipal de Florencio Varela en uso de atribuciones propIas a su cargo:
DECRETA
ARTÍCULO lc’: Abónese a la FEDERACIÓN ATLÉTICA METROPOLITANA, la suma total de pesos cinco millones cuatrocientos ochenta mil ($5.480.000); mediante transferencia bancaria al Banco Galicia, Sucursal Nc>7, Cuenta Corriente en Pesos N'0014136-3007-5, CBU N'O0700078200000 14136353, CUIT 30-65309728-6. -–--–-SECRETAR
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ARTÍCULO
2'’: El mencionado gasto será imputado a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1.1.1.01.22.000; Categoría Programática: 41.01; Fuente de Financiamiento: 1.1.0; Objeto de Gasto: 5.1.5.08.----------------------------------------------ARTÍCULO
3c’: El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de
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Año 13
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías de Cultura, Deportes y Recreación y de Hacienda, la Contaduría General y las Direcciones Generales de Tesorería, y de Registro y Legislación, a sus efectos. –--––-––-–-––-----–---–––––––--------–––--
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplimentado que sea. ARCFiIVESE. –---–--––----–––-–––––-–––––––––––––––––––––––––---
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Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
39 NOV2025
VISTO:
La factura B NO 0070-(10844526, por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos
treinta y siete con cero centavos ($84.337.00)/“bmitida por la empresa TELECENTR04.A., por la provisión del servicio de Internet Empresas; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos;
Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO 1'): Abónese, a la empresa TELECENTRO S. A., la factura B NO 6070-00844526_7
---------–---––-por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos treinta y siete con cero centavos ($84.337.00) por la provisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al periodo=HP+ julio 2025. ––-–--------–––––---–-
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Publicación: 11.-
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2'’: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; ––––---------–Categoría Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento 1.1.o
ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno ––--
---–––––––----- y por la Señora Secretaria de Hacienda. ––-–--–--––------–––-–-–––––––ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento, la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. -––––––-ARTiCULO 5o: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
1 9 NOV2025
VISTO:
La factura B N'’ 0075-00049864,'por la suma de pesos cinco millones seiscientos cuarenta y siete mil setecientos dieciocho con ochenta centavos ($5.647.718,80) emitida por la empresa TELECENTRO S.A., por la provisión del servicio de telefonía, cable digital e internet durante el mes de Julio del año 2025; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos; Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO 1'’: Abónese, a la empresa TELECENTRO S. A., la factura B N'’ 0075-00049864, –––––-––-–9or
la
suma
de
pesos
cinco
millones
seiscientos
cuarenta
y siete
mil
setecientos dieciocho con ochenta centavos ($5.647.718,80) por la provisión del servicio de telefonía, cable digital e internet durante el mes de Julio del año 2025. -–--
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Año 13
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2a: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.01.000; ------
---–--–-–-d;ategoría Programática 01.02.06; Objeto del Gasto: 3.1.4, Fuente de Financiamiento: 1.1.0, del Presupuesto de Gastos vigente. -––-–-------–––--––--–-–––--––ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario General de -––----------–-––––- Gestión Pública y por la Señora Secretaria de Hacienda. ----–––––––---–––ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento. la Subsecretaria de Servicios Internos. la Contaduría----––--––-––-–- General y la Dirección General de Tesorería. –-–-----––––––-––––––––––ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE. ––––––––––--
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
19 NOV2025
VISTO:
La factura B N') 00002-00001481 por la suma de pesos un millón ocho mil cuatrocientos seis con treinta y cinco centavos ($ 1.008.406,35) de fecha 04/11/2025,
emitida por la empresa CICOMSA S.A., por la provisión del Servicio de Telefonía (Internet 300 MB y Equipos Móviles) durante el mes de Octubre del año 2025; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio por parte de la empresa mencionada aún perduran, teniendo en cuenta que el servicio telefónico que presta la empresa Movistar (Telefónica Móviles Argentina S. A.), no ha sido restablecido completamente.
Que, por esa razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente ofrecido por la empresa CICOMSA S. A.
Que, en vista de la necesidad de contar con el servicio telefónico, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento
de Contabilidad, por lo que el presente se dicta, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO lo: Abónese, a la empresa CICOMSA S.A. la suma de pesos un millón ocho mil cuatrocientos seis con treinta y cinco centavos ($ 1.008.406,35) correspondiente a la factura B Nc> 00002-00001481 de fecha 04/1 1/2025, por la provisión del Servicio de Telefonía (Internet 300 MB y Equipos Móviles) durante el mes de Octubre
de 2025, conforme el detalle de la factura mencionada que acredita la efectiva prestación del servicio de marras.-----------------------------------------------------------
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Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2c': El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.Ol.000; --
-–----–----Categoría Programática 01.02.06; Objeto del Gasto: 3.1.4, Fuente de Financiamiento: 1.1.0, del Presupuesto de Gastos vigente. -––––––-–––––––-––––– ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario General de---–-–––––––-- Gestión Pública y por la Señora Secretaria de Hacienda. --––-––––-–––ARTÍCULO 4c’: Tomen conocimiento, la Contaduría General, la Dirección General de-----_-––––--–––– Tesorería y la Subsecretaria de Servicios Internos. -––---–––-–-–––––-
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, cumplido que seal ARCHIVESE. ––-–––––-
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
al Jb Florencio Varela Municipaíidad
FLORENCIO VARELA,
VISTO
20 NOV2025
:
La nota
elevada
por
la
agente
municipal
SANCHEZ SABRINA
ALEJANDRA, quien se desempeña como Jefe de División
por 42 , 00 horas semanales , en la División Servicios de Empleo, de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo-, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo , mediante la cual solicita una extensión de Licencia Especial con goce de haberes para la atención de familiar enfermo; CONS I DERAN DO :
Que la agente agotó los días previstos según lo establecido
en el Artículo 45'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad .de F.lorencio Varela" , (Ord . 9533 ) ; Que en virtud de las constancias médicas aportadas y habiéndose contemplado las razones expuestas , el Servicio de Medicina Laboral ha propuesto otorgar una extensión de dicha licencia, la cual puede darse a conformidad desde el 07 de septiembre del corriente año y por ei término de 30 ( treinta) días ; Que lo solicitado encuadra en las previsiones del Artículo 52 c’ de dicho estatuto; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO lc’.–Concédase extensión de Licencia Especial con goce de haberes
– – – – – – –para la atención de familiar enfermo a la agente municipal SANCHEZ SABRINA ALEJANDRA, Leg . N'’ 3.782 ,
ea fi:r-{ i ::! P$#3twt
desde el
07 de septiembre
del
corriente año y por el Eérmino de 30 ( treinta ) ' dIas , de acuerdo a lo establecido en e 1 Artículo 52 c’ del " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" , (Orci . 9533 ) . – – – –
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
Publicación: 11.-
DECRETOS
BOM N° 11
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ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Industria y Desarrollo -Productivo , la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría
General ,
y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – - – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE . –
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA.
20 NOV2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'’4037-3884-S-2025; y
CONSIDERANDO, Que. es necesaria la ejecución de trabajos para la terminación de Escuela Técnica U.N.A.J.. en el barrio San Francisco Grande – Etapa I. ubicada en calle 1420 intersección Ruta Provincial N'’53 del mencionado barrio de la localidad Villa Brown del Partido, a realizarse mediante el Convenio Marco para Mejoras en la Infraestructura Escolar (acorde al Programa de Infraestructura Educativa -P.l.E.- 2025-2027) y a efectuarse conforme Acta Complementaria N'3. obrante a fojas 13 y 14 del citado expediente administrativo. ambos celebrados entre la D.G.C. Y.E. de la Peta. de Buenos Aires y el Municipio de Florencio Varela:
4 '9
Por ello. el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO 1 ro.: Llámase a Licitación Pública N'>21/2025 ler llamado, para el día 23 de Diciembre de 2025 a las ––––––––––-1 l:00hs. para la ejecución de trabajos para la terminación de Escuela Técnica U.N.A.J., en el barrio San Francisco Grande – Etapa I, ubicada en calle 1420 intersección Ruta Provincial N'’53 del mencionado barrio de la localidad Villa Brown del Partido, según lo expuesto en el Considerando.--------------------------------------------------------
ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la ––-––––––-.–-
Jurisdicción 1.1.1.01.09.000, Categoría Programática 32.75.59. Fuente de Financiamiento 1.3.2. Objeto del Gasto 4.2.1.01.02., correspondiendo imputar para el ejercicio 2025 la suma de $225.649.033.88 y para el ejercicio 2026 $2.030.841.304,92. ––-–––––––––––––––--–-–-–-–––-––––––-. ARTICULO
3 ro: Apruébcse el Pliego de Bases y Condiciones obrante de tbjas 15 a 100 inclusive. del citado expediente
–--–--––––----- administrativo. -–--––––––––––––––––--–----------–-–-––--–-–-–––––––––– ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $2.256.490.00 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS –––----–––----– CiNCUENTA Y SEiS Mil cu A'rROciEN’ros NOVENTA CON CERO CENTAVOS).-------------
ARTICULO 5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de 82.256.490.338.80 (PESOS DOS MIL DOSCiENTOS
-–.---–--------CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIl' TRESCIENTOS TREIN'rA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS). ––––––––-–----–------–-–-––--------–-------–--––--ARFICU LO 6to.; El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras. Ser\icios Públicos. Ambiente y PlanifIcación Urbana, respectivamente. ––––––––––––––--––––-–-–--ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la ––-–--.--––----– Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes.------------------------------ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE.-----------------------------------------
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BOM N° 11
\\1 lb Florencio Varela Mu nicipalidad
Fl,„„,i, V„,1,,2 4 NOV2025 VISTO: El fallecimiento del Intendente de Berazategui Dr. Juan José Mussi, el día 24 de noviembre de 2025, y;
CONSIDERANDO: Que, el Dr. Mussi se graduó como médico en la especialidad Clínica Medica en la Universidad Nacional de La Plata, tras iniciarse como concejal y graduarse como médico, se desempeñó como Director del Hospital Interzonal General de Agudos General José de San Martín desde 1973 a 1976. Que, a lo largo de su trayectoria como médico y político forjó una carrera larga y significativa en la provincia de Buenos Aires, se inició como concejal para luego asumir su primer mandato como intendente Berazategui en 1987, el cual ocupó de manera discontinuada en seis oportunidades, 1987, 1991, 2003, 2007, 2019 y 2023 .
Que, a lo lugo de su carrera el Dr. Mussi ocupó funciones en distintas gestiones, fue Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se desempeñó como parte del Gobierno Nacional ocupando el cargo de Viceministro del Interior y Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Diputado Provincial y Presidente del Concejo Deliberante de Berazategui. Además, de Convencional Constituyente, Diputado Nacional, Secretario General del Bloque de Intendentes Justicialistas bonaerenses y Presidente del Partido Justicialista de Berazategui, hasta que en el año 2023 había asumido su sexto mandato como jefe comunal.
Que su labor pública estuvo caracterizada por el compromiso con el bienestar social, el servicio a la comunidad y las causas colectivas, aportando significativamente desde los ámbitos profesional y político. Que, su partida provoca a la sociedad varelense una profunda congoja que no distingue bmlderías políticas e ideológicas, por lo que es responsabilidad de este Gobierno Municipal representar ese sentimiento y expresar el debido homenaje a quien ñlera una figura de la escena política provincial y nacional.
Por ello:
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARF,LA, en uso de las facultades propias de su cargo
2555 25 25 de Mayo de 1810 Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
V
Florencio Varela Munici})ali(38(i
DECRETA ARTÍCULO 1'’: Declarar duelo municipal por dos días con motivo del fallecimiento del Intendente Municipal de Berazategui Dr. Juan José Mussi en consecuencia, disponer izar la bandera municipal a media asta en los edificios municipales y lugares públicos por dicho plazo. -
ARTÍCULO 2o: Invitar a los organismos gubernamentales y no gubernamentales, las ––-–––––-––instituciones civiles, asociaciones, clubes y demás entidades que tienen su sede en nuestro Pwtido a adherir al duelo municipal dispuesto por el Artículo I' del presente acto
administrativo. –-–-–––––––––––––––––––––----–––––-––––––––––––––––ARTÍCULO
3'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno. –---–-
ARTÍCULO
4'’:
Tomen conocimiento todas las Secretarías que integran el Departamento
–––––––––– Ejecutivo y los Juzgados de Faltas N'’ 1, N'’ 2 y N'’ 3 del Partido de Florencio Varela.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5'’: Remitir íntegra copia del presente al Honorable Concejo Deliberante ––––––
-––--––––––- de Florencio Varela para su conocimiento. ––-–––––––––-–––––––-––ARTÍCULO 6'’: Registrarp comtmicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y, cumplido que
––-–––––-––- sea, ARCIIIVAR. ––-–––––––––––––––––––––––––––––––--
„.„„„ 2555 25 Dc Andrés Gui1
Dr. Dql¿ Lei#Óaniel A. ge Gobierno tre
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Inted8ente MUI
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de Florencio
25 de Mayo de 1810 Ng 2725 _ Florencio Varela _ C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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a 1llh Floreneio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
2f-; NOV2025
VISTO :
La existencia de un cargo vacante en la Dirección General de Protección
Ciudadana,
dependiente
de la
Secretaría
de Gobierno,
como
Operador de Sala de Monitoreo; y
CONS I DERAN DO :
Que debe procederse a la cobertura del mismo a fin continuar con el desarrollo de las tareas propias del área;
de
Que dicha designación debe ser efectuada en la categoría inicial del Agrupamiento Técnico y se debe encuadrar de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 c) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) , con carácter interino ;
Que en razón de la función asignada se le otorgará interinamente, y mientras se desempeñe la misma, la categoría Técnico – Clase I– por 48 , 00 horas semanales ; Que a raíz de la función asignada se le debe abonar la "Bonificación Centro de Monitoreo’' del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, creada por el Artículo 1 '’ del Decreto N'’ 474 /13 ;
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Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ;
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255$ 25
1111 .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C,P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
-\Iiib Florencio Varela Muni(ipaii(3ad 1
/ / 12.–
DECRETA: ARTÍCULO
lc’.–Desígnase
a BOGADO BELEN ALEJANDRA,
Leg . N'’ 11955 ,
D.N.I
N'’ :
– – – – – – –40.879.217 , como TécnIco –Clase TV– por 42 , 00 horas semanales.7 en la
Dr reccr¿)n
General de Protección
Ciudadana ,
deper,client_e de la
de Gobierno , a partir del 1 ' de octubre de 2025, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5 '’ , 6'’ y 7 '’ del *'Estatuto Municipal Secretaría para
los
Trabajadores
de
la
Municipalidad
de
Florencio
Varela'’
(C)rd.
N'’9533) . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
––––– –––––
ARTÍCULO 2 '’ . –Los
a Jurisdicción
haberes
correspondientes
se imputarán
:– -
– – – – – – –1.1. l. 01. 02.000 – Categoría Programática : 16.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1.04 – Fuente de Financiamiento : l. 1.0 . – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 3c).–Asígnase a la agente mencionada en el Artículo
1' ,
la catego– – – – – – - –rIp : Técnico –Clase I- por 48 , 00 horas semanales , con carácter
interino . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - - - – – – –
ARTÍCULO 4'’.–Abónese a la agente mencionada en el Artículo
1 '’
, la– – – –
– – – – – – – – –"Bonificación Centro de Monitoreo'’ del 70% ( setenta por ciento ) del haber básico, creada por el Artículo l '’ del Decreto N'’ 474 /13 . –
ARTÍCULO 5'’ . –Dé ] ase establecido
– – – – – – –Artículo
ml#'tlüd
nba}hi i#im
que la agente mencionada en el– – – – – – función de Operador de Sala de Monitoreo
1 '’ ocupará la
y mantendrá la categoría asignada por el Artículo 3 c> del presente acto mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se la reubicará en la categoría presupuestaria correspondiente al Artículo l '’ . -
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
Tí/8 :• iP%
a1 ;3h Fioreneio Vare ia N4uni(iOaiidad
1 / 115.–
ARTÍCULO 6'’ . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 7 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Gobierno, la Subsecreta– de Recursos Humanos , la Contaduría General, las
– – – – – – – –ría
Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación B====
===
.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – - – – – ===
ARTÍCULO
8 '’
==
-Regístrese,
comuníquese
=n
, y cumplimentado
que sea,
==n•n
ARCHÍVESE
DECRETO N'
III
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCiO VARELA, VISTO
25 NOV2025
:
La nota elevada por el Director General de Protección Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno, mediante la cual solicita la reubicación del agente PEREiRA GONZALO ADRIAN{ como Operador de Call Center; y CONS 1 DERANDO :
Que se puede dar lugar a lo solicitado cumple con el perfil adecuado;
ya que el agente
Que a raíz de la función a asignar se le debe abonar la "Bonificación Call Center" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico,
instituida
por el Artículo
3
') del Decreto Nc’ 2413/12 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA:
58[G[ 15$giqERK De FIar.it 1 3+.1.í€ai"#p
ARTÍCULO l'.–Reubícase al
agente PEREIRA GONZALO ADRIAN, Leg. N' 8974, – – – – – – – –como Operador de Call Center por 30, 00 horas semanales/ en la Dirección General de Protección Ciudadana , dependiente de la Secretaría de Gobierno r a partir del 01 de octubre de 2025 , /y con carácter interino . –
’2557 -–’ 25
1111 .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipaiidaci
111 /2.–
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción : -
– – – – - – – –1.1.1.01.02.000 – Categoría Programática – 16.01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 04 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 '’.–Déj ase establecido
que el agente mencionado en el Artículo– – – – – – –1 c’ mantendrá la categoría de Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se procederá a reubicarlo en la categoría : Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4'’.–Abónese al agente mencionado en el Artículo
1 '’ ,
la– – – – –
– – – – – –"Bonificación Call Center" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, creada por el Artículo 3'’ del Decreto N'’ 2413/12 . – – – – -
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ARTÍCULO 5'> . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
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/ / / 1 .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov,ar
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BOM N° 11
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al 131Florencio Varela W\unici pa}idac!
11 / 13.–
ARTÍCULO 6'> . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta– – – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación
ARTÍCULO
.–
7 '’ . –Regístrese,
comuníquese
,
y cumplimentado que
sea,
ARCHÍVE:SE .
DECRETO N' : BRiE(101EÉERK &t Nrrúi vk 9. Cbrntlv6
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25 de Mayo Ng 2725 : Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos A.ires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov-ar
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iii iiI:
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BOM N° 11
$$$14144
Florencio Varela Municipalidad
25 NOV203
Florencio Varela,
VISTO:
El Expediente Administrativo N' 4037-300-D-2023, caratulado “Dirección
de Medicina Laboral S/ Certificado médico presuntamente apócrifo del agente Merele Marcelo Antonio (Legajo N'’ 6013)”, y; CONSIDERANDO:
Que, dicho expediente se inició a raíz del informe de fecha 19 de Septiembre de 2022, efectuado por la Dra. Viviana Rosa Ron, Directora de Medicina Laboral, a través del cual se desprende: “Habiéndose apersonado en esta Dirección de Medicina Laboral (...) el agente Merele Marcelo Antonio (Leg. LO013),
con fecha 19/09/2022, con intenciones de justificar su ausencia por
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19/09/22, figurando al pie de la misma un sello aclaratorio que reza: Dra. Florencia
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Castillo MP 331.555, como también se observa sello de Unidad de Pronta Atención ”UPA 11" Hospital Zonal General de Agudos "Mi Pueblo" de Florencio
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_ /fb.1
Varela,' austificando con dicha constancia exhibida y- la que fue retenida en esta v
ÍLI
Dirección), ausencia por enfermedad desde el día 19/09/22 al 20/09/22 con alta
\
c
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-
el día 21/09/22, debiendo presentarse a cumplir tareas el 21/09/22. Que luego, al ser visada dicha constancia, por quien suscribe (...) notando a simple vista, que
-i: 1. ;;
1.1 ,:' n
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S: ' ', ir 1
la prescripción médica, no posee léxico de un profesional de la salud (...) Ante
ello y ante la duda de que el mismo podría ser apócrifo...se procede a realizar nota de estilo dirigida al "UPA 11" dependiente del Hospital General de Agudos ''MI Pueblo" de Florencio Varela...”. (fs. 02/02 vta.)
Que luce copia fiel de la constancia médica presentada por el agente
Merele Marcelo de fecha 19/09/2022, en la cual luce sello aclaratorio que reza: 25 de Mayo no 2725 - Florencio Varela - C.R 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Año 13
Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
"Florencia Castillo Medico M.N. 106.123 MP 331.555" y sello de la Unidad de
Pronta Atención N'11, Hospital Zonal General de Agudos "MI Pueblo" de Florencio Varela (fs. 03/04)
Que, luce copia de la contestación por parte de la Unidad de Pronta Atención
N'11, Hospital Zonal General de Agudos "MI Pueblo" de Florencio Varela al mail oficial de la Dirección de Medicina Laboral, en el cual se adjunta archivo donde
consta nota de la Dra. Florencia Castillo que reza: "15/10/22 Por medio del presente dejo constancia de que ni la letra, firma y diagnóstico son de mi autoría reconociendo como propio el sello...". (fs. 06)
Que, luce nota del área de legales de Dirección Medicina Laboral donde expresa que se pudo constatar otra constancia médica de igual tenor (idéntico cuerpo de escritura, mismo sello aclaratorio, mismo sello del UPA 1 1), la que fuera
presentada por el agente Merele Marcelo Antonio, legajo 6013, con fecha 29/08/22, con la cual se le justificara ausencia por enfermedad, desde el 29/08/22 al 29/08/22 con alta 30/08/22. (fs. 07)
a2
Que luce copia fiel de la constancia médica presentada por el agente Merele Marcelo de fecha 29/08/22, en la cual luce sello aclaratorio que reza: "Florencia
00
(_,astillo, Medico M.N. 106.123 MP 331.555" y sello de la Unidad de Pronta
8-_n Atención N'1 Hospital Zonal General de Agudos "MI Pueblo" de Florencio Varela 1,
Le 62
(fs. 09 /1 0)
Que, ante la posible comisión de un hecho ilícito, se ha efectuado la denuncia penal, en los términos del Artículo 287 inciso 1 del Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires por los hechos de marras, luciendo escrito de presentación a fojas 22, dando nacimiento al proceso penal de referencia: 1.PP N') 1 3-02-02037/23, por el delito de falsificación o adulteración de documentos, en
trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N'>4, Fiscalía
25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 } 4237 1603 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
Descentralizada de Florencio Varela del Departamento Judicial de Quilmes. (fs. 24)
Que a través del Decreto N' 2685/24 por el cual se ordenó la Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sumarial Disciplinario, a los efectos de deslindar
la eventual responsabilidad administrativa del agente Merele Marcelo Antonio (Legajo N') 6013). (fs. 114 a 118)
Que luce acta de Declaración Indagatoria del agente Merele Marcelo Antonio. (fs. 142) Que obra auto de imputación respecto del agente Merele Marcelo Antonio (Legajo NC) 6.013). (fs. 143 a 145) Que, obra descargo presentado por el agente Merele Marcelo Antonio. (fs.
LO
63
152 a 154) Que, visto que el agente Marcelo Antonio Merele, no ha ofrecido prueba, la Instrucción resuelve téngase por presentado el mismo en legal tiempo y forma no habiendo ofrecido prueba a producir: Decretar el Cierre del Sumario Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Art. 30 Derecho de los Imputados
Inciso b) del Decreto N') 784 reglamentario de la Ley N'’ 14.656 y Art. 100 Apartado 111!!11h1E :113 q
IX, Punto b) de la Ordenanza Nc’ 9533/19. (fs. 155)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo la aplicación de una sanción disciplinaria al agente Merele Marcelo Antonio, Legajo N' 6013, Artículo
105 de la Ley N' 14.656, Artículo 60 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19 y Articulo 60 del Decreto Reglamentario N' 92/21 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19. (fs. 160 a 164)
25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Vareia Municipaiidad
Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido, coincidiendo con las consideraciones vertidas por la Instrucción, a tenor de la prueba sustanciada en autos, por encontrarlo incurso en responsabilidad disciplinaria, al agente Merele Marcelo Antonio, (Legajo Personal NC) 6013), por haber transgredido lo dispuesto por los Artículos 57 inc. a), 62 inc.
3), 4) y 10) de la Ordenanza NC) 9533/1 9 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1 , Apartado B, incs c-6), c-8), c-20), c-25) y c in fine del Decreto
N') 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N') 9533/19, disponiendo en consecuencia la aplicación al agente Merele Marcelo Antonio, (Legajo Personal N') 6013), de la sanción disciplinaria de Suspensión de Seis (6) días conforme lo
dispuesto en el Artículo 105, inciso c) de la Ley N'’ 14.656, Artículo 60, Apartado 1, inciso c) de la Ordenanza Municipal N'’ 9533/19 y Artículo 60, inciso 1-c) del
Decreto Reglamentario N' 92/21 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19. (fs. 169) POR ELLO, EL
SEÑOR
INTENDENTE
MUNICIPAL
DEL
PARTIDO
DE
FLORENCIO VARELA en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo: DECRETA
ARTÍCULO 1'’.- Dispónese la aplicación de la Sanción de Suspensión de Seis--.-–--–––––-––--(6)
días al agente Merele Marcelo Antonio D.N.l. N' 33.554.665,
Legajo personal N'’ 6013, por haber transgredido lo dispuesto en los artículos 57 inc. a), 62 incs. 3), 4) y 10) de la Ordenanza NO 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, incs. c-6), c-8), c-20), c-25) y c,- in fine del Decreto NC) 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N'> 9533/19,
conforme lo normado por el Artículo 105, Inciso c) de la Ley N'’ 14.656, Artículo 9:1\
60, Apartado 1, inciso c) de la Ordenanza Municipal N' 9533/19 y Articulo 60,
1-c) del Decreto N' 92/21 de la Ordenanza Municipal 66 inciso 9533/19, de acuerdo a los fundamentos expresados en el considerando Reglamentario
0ec
N'’
que
ante(.ede y demás constancias obrantes en la precitada pieza administrativa. ––
25 de Mayo
irovin'¿ia de Buenos Aires Florencio Varela :p. I'b8: Tel (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
nc* 2725
314
Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
:::ii
Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 20.- El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria –---------––-––––Legal
y
Técnica y
el Señor Secretario
de Gobierno,
respectivamente. ––-––––----–-–--–-–-––-–––----–--–-––--––––––––––––-
ARTÍCULO 3'’.- Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno. ––--––--––––-
–-----------––-––-la Subsecretaria de Recursos Humanos quien notificará al encartado y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -––--–-----–--–--–––-–-–––––––-----------ARTÍCULO 4'’.- Regístrese. cornuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. ----
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DECRETO No:
Dc Andrés
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25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 i 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela
25
NOV 2025
VISTO:
La solicitud formulada por la SOCIEDAD CIVIL ASAMBLEA CRISTIANA de acogimiento a los beneficios de eximición de la Tasa por Servicios Generales; y
CONSIDERANDO: Que, la entidad se encuentra comprendida en lo establecido por el artículo 59.2 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente; Que, ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 59.2 in fine de la citada Ordenanza;
Por ello el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO
VARELA,
en uso de las atribuciones propias a su cargo,
DECRETA: Artículo I'.- Exímese del pago total de la Tasa por Servicios Generales a la SOCIEDAD CIVIL ASAMBLEA CRISTIANA cuyo trámite se ha gestionado por el inmueble y período que a continuación se detalla: –--–––––––––––––––––––––-–---––––––-––----
AMIP
PARTIDA
NOMENCLATURA
97065 ,
2–P-(3)–60 - 8 L
PERÍODO
BARRIO
2025/01 a 2025/12
Pico de Oro
4
59 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1 601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Artículo 2').- Exclúyase del beneficio, a la parte proporcional correspondiente al Servicio
de Alumbrado Público, percibido por intermedio de la empresa prestadora durante la vigencia del convenio correspondiente. ––--–-–-––––––––--–-–-–––----–––––––-
Artículo 3'.- La exención dispuesta será válida mientras no varíen las condiciones que sirvieron de base para su otorgamiento; quedando obligados los beneficiarios a notificar a
la Gerencia General de Recaudación, cualquier modificación, dentro de los diez días de producida la misma; sin perjuicio de las verificaciones que pueda realizar esta comuna para establecer la veracidad de los hechos declarados, haciendo caer el beneficio y aplicando las
sanciones correspondientes, si se comprobara el falseamiento de datos, conforme lo establecido en el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente. –--––----–---
Artículo 40.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Hacienda.------
Artículo 5'’.- Tome conocimiento la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, la que comunicará a sus dependencias. –-–––––––––-––––––––––––––––––––––––
Artículo 6:’. - Regístrese, comuníquese y, cumplido que sea, ARCHÍVESE.
Decreto N':
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
25 Nav2025
VISTO:
El Expediente Administrativo NC) 4037/3079/S/2025; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'1991/18 y su modificatoria N'680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
us
DECRETA ARTÍCULO 1'’: CONCEDESE SUB.l, DE :?::: :: :'.:;'3N
GENIlthE
habilitación
para
o\1 el
funcionamiento
de
la
---–––––––-- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/3079/S/2025.- VENTA DE ABERTURAS (SIN FABRICACION) Y SANITARIOS (VENTA MINORISTA) (SALINAS PRISCILA ANTONELLA).-----------------------------------
ARTÍCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección -––-–––---–––-- General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 } 4237 1601-www.norenciovanhgov.ar
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ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––-Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.------------------------------ARTÍCULO 4'): El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ––––––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.----------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de –--–––––––-- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.–------
ARTiCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.------
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Florencio Varela, 25
NOV2025
VISTO El Expediente Administrativo N' 4037-5747-J-23, caratulado: “Juzgado de Faltas N' 2 S/ Actuar del agente Ríos Leandro Martín Legajo N' 8.893”, y; CONSIDERANDO Que, las presentes actuaciones se inician a raíz del informe efectuado por la Dra. Débora A. Palacio, Secretaria del Juzgado de Faltas N' 02, del cual se
desprende lo expuesto a continuación: “...el día 04 de agosto de 2023 se hizo presente en los estrados de este Juzgado el Señor Ríos Leandro Martín (...) a
efectuar el descargo en el marco de la Causa Contravencional N' 005092/23 caratulada RIOS LEANDRO MARTIN S/ INFRACCIONES A LA LEY DE
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TRÁNSITO. Que dicha causa tuvo su origen a raíz del acta de comprobación N'’
00089787 labrada por personal municipal en fecha 03.08.2023, donde se constató que el encartado circulaba en una moto marca Yamaha dominio 326JRX sin poseer la categoría habilitante, carecer el vehículo de revisión técnica obligatoria, circular sin casco, falta de sistemas de seguridad (no posee espejos retrovisores, falta de sistema de iluminación, giros delanteros y traseros,
stop) y no portaba el seguro obligatorio. Que, en oportunidad de efectuar su defensa el Señor Ríos se pone agresivo y comienza a faltar el respeto a esta funcionaria y al personal que se encontraba explicándole cuales eran las faitas que se le imputaban y como era el procedimiento para resolver su situación
contravencional. Comenzó a elevar el tono de voz, “gritando que...SOMOS Sir;: c:::62 C: 3
Su r.--._:23,
UNOS CHORROS (SIC)” QUE ÉL COMO EMPLEADO MUNICIPAL VE LAS CAMARAS TODOS LOS DÍAS Y SABE MUY BIEN COMO ES EL MANEJO DE GUARDIA COMUNAL. (SIC) QUE NO CORRESPONDE QUE SE LE APLIQUE
NINGUNA MULTA.” Esta situación debe ser informada al área pertinente, toda
vez que es de pleno conocimiento que los agentes que se desempeñan en el
KJ 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela
- C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
área de monitoreo tienen un deber a su cargo que deriva de un compromiso de confidencialidad. Finalmente, es dable poner de manifiesto que el encartado
también ha manifestado a los agentes comunales su condición de empleado municipal, exhibiéndole la credencial, situación que fue asentada en el acta labrada por los funcionarios actuantes en el apartado Observaciones...”. (fs. 02
y 02 vta.)
Que, luce copia fiel del Decreto N' 2303/24, por el cual se ordena la Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sumarial Disciplinario de acuerdo a lo establecido en el Artículo 97 de la Ordenanza N' 9533/19 y Articulo 97 del Decreto N' 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N' 9533/19, a
los efectos de deslindar las eventuales responsabilidades administrativas del agente Leandro Martín Ríos, D.N.l. NO 40.775.958, Legajo Personal N' 8.893,
10 02
por encontrarlo “prima facie” vinculado a la presunta violación a lo dispuesto por
los Artículos 57 inc. d), 61 inciso 2), 62 incisos 3), 4), 5) y 10) in fine de la Ordenanza NO 9.533/19 y Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo
1, Apartado B, incs. a-4), b- 5), c-3), c-15), c-20) y c- in fine del Decreto N'>
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92/21, Reglamentario de la Ordenanza N') 9.533/19. (fs. 112 a 124) Que obra acta de declaración indagatoria del agente Ríos Leandro Martín (Legajo N' 8.893). (fs. 144 a 146)
Que obra auto de imputación respecto del agente Ríos Leandro Martín, D.N.l. NC) 40.775.958, Legajo Personal N' 8.893, por encontrarlo “prima facie” vinculado a la presunta violación a lo dispuesto por los Artículos 57 inc. d), 61
inciso 2), 62 incisos 3), 4), 5) y 10) in fine de la Ordenanza N') 9.533/19 y Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, incs. a-4),
b- 5), c-3), c-15), c-20) y c- in fine del Decreto NO 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N') 9.533/19. (fs. 147 a 154 vta.)
Que visto, que el agente Leandro Martin Ríos (Legajo N' 8.893) no ha presentado descargo, la Instrucción resuelve: "Dar por decaído el ejercicio del
derecho y Decretar el Cierre del Sumario Administrativo, de acuerdo a lo
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establecido en el Artículo 30 -Derecho de los Imputados-, inc. a) del Decreto N'
784/16 reglamentario de la Ley N' 14.656, Artículo 100 Apartado IX, Punto a) de la Ordenanza NC) 9.533/19 y Artículo 100, párrafo quinto del Decreto NO 92/21 reglamentario de la Ordenanza N') 9.533/19". (fs. 171 )
Que, en el marco del Expediente Administrativo N' 4037-4167-S-2022, caratulado: “Subsecretaría de Seguridad Ciudadana. S/ Agente Ríos Leandro
Legajo 8.893 Presunta Infracción Administrativa”, al cual corre agregado por cuerda el Expediente Administrativo N') 4037-3675-D-2022, caratulado: “Dirección de Medicina Laboral. S/ Certificados medico presuntamente apócrifos
del agente Ríos Leandro Martin”, el agente Ríos Leandro Martín resulto pasible de la sanción de quince (15) días de suspensión. (Decreto N' 2827/24)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo la aplicación de una sanción disciplinaria al agente Ríos Leandro Martín, (Legajo N' 8.893) (Artículo
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105 Apartado II de la Ley N' 14.656, Artículo 60 Apartado II de la Ordenanza
Municipal N' 9.533/19 y Artículo 60 Apartado 2 del Decreto Reglamentario N' 92/21. (fs. 174 a 181)
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Quel finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se
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expIdió en idéntico sentido, coincidiendo con las consideraciones vertidas por la
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Dirección de -Suma !-lo
Instrucción, a tenor de la prueba sustanciada en autos, por encontrarlo incurso
en responsabilidad disciplinaria, al agente Ríos Leandro Martín, DNI N' 40.775-958, Legajo N' 8.893, por haber transgredido lo dispuesto en los Artículos 57 inc. d), 61 inc. 2), 62 inc,s. 3), 4)1 5) y 10) in fine de la Ordenanza NO
9533/19 y Ios Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarias, Capítulo 1 Apartado B, incs. a-4), b-5), c-3)1 c-15), c_20) y c_ in fine del Dec,reto N' 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N' 9.533/19, disponiendo en consecuencia la aplicación al agente Ríos Leandro Martín (Legajo N' 8.893), de la sanción disciplinaria de CESANTÍA, conforme lo dispuesto en el Artículo 105, Apartado II de la Ley N' 14656, Artículo 60, Apartado II, inciso a) de la Ordenanza
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Municipal 9.533/19 y Artículo 60, inciso 2-a) del Decreto Reglamentario N' 92/21. (fs. 186)
Que, obra opinión jurídica vertida por la Dirección General de Dictámenes
dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo N' 82 de la Ordenanza N' 9.533/19. (fs. 191 a 195)
POR ELLO,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA
ARTÍCULO 10.- Dispónese la aplicación de la Sanción de Cesantía -––-––--–---
–-––––––––--
al agente Ríos Leandro Martin, DNI N' 40.775.958, Legajo
Personal N' 8.893, por haber transgredido lo dispuesto por los Artículos 57 inc. d), 61 inc. 2), 62 incs. 3), 4), 5) y 10) in fine de la Ordenanza N' 9.533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capítulo 1, Apartado B, incs. a-4),
b-5), c-3), c-15), c-20) y c- in fine del Decreto N' 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N' 9.533/19, conforme lo normado en el Artículo 105, Apartado II de
la Ley N' ’14.656, Artículo 60, Apartado II, inciso a) de la Ordenanza Municipal 9.533/19 y Artículo 60, inciso 2-a) del Decreto Reglamentario N' 92/21, de acuerdo a los fundamentos expresados en el considerando que antecede y Dire::15;'1
demás constancias obrantes en la precitada pieza administrativa.---------------------
Sui ;-1I';o
ARTÍCULO 2').- El presente decreto será refrendado por la Señora ––––––––--
--------––––--–--Secretaria Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente. –-----––-–-–––-------––-–––––-––-–--–––––––––-–---–––-
2561 25 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 3'’.- Tomen conocimiento la Secretaria de Gobierno,----------------------
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la Subsecretaría de Recursos Humanos quien notificará al
encartado y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -––––––––-––––––––––––––––––––
ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-----
DECRETO No:
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.,'’Dr. Dona Lei'di Da 0g 1A. Secretario de G9biemo MunMÉñhd8d dop6fendo
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Florencio Varela,
25 NOV2025
VISTO
El
Expediente Administrativo N'’
4037-4302-S-2023, caratulado:
“Subsecretaría de Seguridad Ciudadana S/ Actuar del agente Gómez Alberto Martín”, y; CONSIDERANDO Que, las presentes actuaciones se inician a raíz de la denuncia policial del
Sr. Romero Capararo Sebastián Oscar, de fecha 28 de Agosto de 2023, ante la Comisaria Primera de Florencio Varela, informando lo siguiente: "... refiere poseer
una parrilla en la esquina de Cariboni y Mar Chiquita de este medio, donde a
metros de esta reside un masculino llamado Alberto Martin Gómez, quien resultaría ser empleado municipal, trabajando en el área de guardia comunal, con
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63
quien el dicente ha mantenido varios conflictos dado a que este masculino, resulta
ser una persona hostil, y mismo en reiteradas oportunidades ha ido a la parrilla del dicente en horario laboral con la excusa de que el dicente le regale productos alimenticios de su negocio, a lo que en el día de la fecha y siendo las 14:00 horas aproximadamente momentos en lo que el dicente se hallaba en su parrilla es que cruza Gómez en su vehículo particular, quien pasaba filmando, llega a su domicilio sito en la calle Mar Chiquita nro. 2143 es que se desciende del vehículo y observó
que un camión obstruía la entrada de su domicilio, a lo que este masculino comienza a gritar llamando por teléfono, y por lo que el dicente, una vecina y un cliente se acercan a ver qué era lo que sucedía, a lo que este masculino Gómez
Diíección Su
de
al observar al dicente comienza a insultarlo, refiriendo vos y yo ya hablamos ya sabes lo que yo quiero sino me pagas te voy hacer un seguimiento y voy a multarte tus autos, no voy a parar hasta que no ver que dejas de trabajar en esa esquina
sic... para luego insultar a un par de efectivos los cuales se hallaban en el lugar ingiriendo alimentos, a lo que el cliente comienza a empujarlo llevándolo hacia la casa, para que deje de molestar. .. ”. (fs. 02 a 08)
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Que obra informe de fecha 28 de agosto de 2023 efectuada por la Sra. Álvarez Romina, Supervisora 0800 call center, manifestando que: “...el día de la fecha se comunica telefónicamente a través de las líneas 0800 Seguridad, quien
se presentó como Gómez Alberto Martín, quien dice pertenecer al Área de Guardia Comunal. El mismo se manifiesta de manera eufórica y agresiva insultando a cada uno de los operadores con insultos tales como: tarada e incompetente”. (fs. 11 )
Que obra respuesta de la Dirección General de Protección Ciudadana, adjuntando copia certificada de las constancias de los llamados identificados con los N' 498827, 498841, 498881,498896 Sistema SAE CAD web. (fs. 61 a 71 ) Que, en virtud de la denuncia penal efectuada por el Sr. Romero Capararo Sebastián Oscar, se dio nacimiento a la I.P.P. N'’ 13-02-018964-23, en trámite por
ante la UFI y J NC) 1 1, Juzgado de Garantías N' 06 del Departamento Judicial de
69
Quilmes. (fs. 29)
Que luce copia del Acuerdo de Mediación efectuado en el marco de la IPP N' 13-02-018964-23 en trámite por ante la UFI y J N' 11, Juzgado de Garantías
63
N' 06, del Departamento Judicial de Quilmes (fs. 123)
RED
Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sumarial Disciplinario de acuerdo
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a lo establecido en el Artículo 97 de la Ordenanza N' 9.533/19 y Artículo 97 del
CQ
Decreto N'’ 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N' 9.533/19, a los efectos de
Que, luce copia fiel del Decreto N' 2739/24, por el cual se ordena la
deslindar las eventuales responsabilidades administrativas del agente Gómez Alberto Martín, D.N.l. N'> 25.467.102, Legajo Personal N' 6.556, por encontrarlo “prima facie” vinculado a la presunta violación a lo dispuesto por los Artículos 57
inc. d), 61 inciso 2), 62 incisos 3) y 10) in fine de la Ordenanza N') 9533/19 e incisos a-4), b-2), b-5), c-1), c-3), c-19), c-20) y c-25) Apartado B, Capitulo 1 de los Artículos 93 a 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario N') 92/21, de la Ordenanza NO 9.533/19. (fs. 139 a 151 ) Que, obra constancia de incomparecencia del agente Gómez Alberto
Martin a fin de prestar declaración indagatoria en las presentes actuaciones, 25 de Mayo nc’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
estando el mismo debidamente notificado y, atento a no haber informado los motivos que justificase su incomparecencia, la Instrucción lo consideró como negativa a prestar Declaración Indagatoria (Artículo 97 Instrucción del Sumario,
Apartado C: Procedimiento Sumarial, Párrafo Noveno, del Decreto NO 92/21, reglamentario de la Ordenanza N' 9.533/19). (fs. 170)
Que obra auto de imputación respecto del agente Gómez Alberto Martin, D.N.l. N' 25.467.102, Legajo Personal N'’ 6.556, por encontrarlo “prima facie” vinculado a la presunta violación a lo dispuesto por los Artículos 57 inc. d), 61 inc. 2), 62 incs. 3) y 10) in fine de la Ordenanza Nc’ 9533/19 e incisos a-4), b-2), b-5), c-1), c-3), c-19), c-20) y c-25) Apartado B, Capitulo 1 de los Artículos 93 a 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nc> 92/21 de la Ordenanza N'9.533/19. (fs. 171 a 177)
Que obra descargo presentado por el agente Gómez Alberto Martín. (fs.
c-Q
03 <3,
tío 6)
190 a 196)
Que visto el descargo presentado por el agente Gómez Alberto Martín (Legajo N' 6.556), la Instrucción resuelve: "Tener por presentado el mismo en
legal tiempo y forma. No habiendo ofrecido el imputado, prueba a producir, Decrétese el Cierre del Sumario Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 30 Derecho de los Imputados inc. b) del Decreto N'784 reglamentario de
la Ley N' 14.656 y Articulo 100 Apartado IX, Punto b) de la Ordenanza Nro. 9533/1 9". (fs. 197)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo la aplicación de una sanción disciplinaria al agente Alberto Martin Gómez, (Legajo N' 6.556) (Artículo
105 de la Ley N' 14.656, Artículo 60 de la Ordenanza Municipal N' 9533/19 y Dirección SurE:Fil
Artículo 60 del Decreto Reglamentario N' 92/21 reglamentario de la Ordenanza N'’ 9533/19. (fs. 200 a 206 vta.)
Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido, coincidiendo con las consideraciones vertidas por la Instrucción, a tenor de la prueba sustanciada en autos, por encontrarlo incurso en
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alitú Florencio Varela Mun icipalid ,Id
responsabilidad disciplinaria, al agente Gómez Alberto Martín, DNI N' 25.467.102,
Legajo N' 6.556, por haber transgredido lo dispuesto en los Artículos 57 inc. d), 61 inc. 2), 62 incs. 3) y 10) in fine de la Ordenanza N' 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capítulo 1, Apartado B, incs. a-4), b-2), b-5), c1 ), c-3), c-19), c-20) y c-25) del Decreto N' 92/21, Reglamentario de la Ordenanza
N' 9533/1 9, disponiendo en consecuencia la aplicación al agente Gómez Alberto Martín (Legajo N' 6.556), de la sanción disciplinaria de CESANTÍA, conforme lo dispuesto en el Artículo 1 05, Apartado II de la Ley N' 14.656, Artículo 60, Apartado
II, inciso a) de la Ordenanza Municipal 9533/19 y Artículo 60, inciso 2-a) del Decreto Reglamentario N' 92/21. (fs. 211 ) Que, obra opinión jurídica vertida por la Dirección General de Dictámenes
dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo N' 82 de la Ordenanza N' 9.533/19. (fs. 216 a 220 vta.) POR ELLO, EL
SEÑOR
INTENDENTE
MUNICIPAL
DEL
PARTIDO
DE
FLORENCIO VARELA en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA
ARTÍCULO 1'’.- Dispónese la aplicación de la sanción de Cesantía
––---–––––-- al agente Gómez Alberto Martín, DNI N' 25.467.102, Legajo Personal N'’ 6.556, por haber transgredido lo dispuesto por los Artículos 57 inc. d), 61 inc. 2), 62 incs, 3) y 10) in fine de la Ordenanza N' 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capítulo 1 , Apartado B, incs. a-4), b-2), b-5),
c-1), c-3), c-19), c-20) y c-25) del Decreto N' 92/21, Reglamentario de la Dirección de
Ordenanza N'’ 9533/19, conforme lo normado en el Artículo 105, Apartado II de la
SUiT,;,FiOS_
Ley N'’ 14.656, Artículo 60, Apartado II, inciso a) de la Ordenanza Municipal 9533/1 9 y Artículo 60, inciso 2-a) del Decreto Reglamentario N' 92/21 , de acuerdo
a los fundamentos expresados en el considerando que antecede y demás
constancias obrantes en la precitada pieza administrativa.
2562 25
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2'’.- El presente decreto será refrendado por la Señora -–––––---–-–---––––––––-Secretaria
Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno,
respectivamente. ––-–––––––––––--––––––-–-––––––---–––––-––––-–-ARTÍCULO 3').- Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno.----------------------
----------–--–-–-- la Subsecretaría de Recursos Humanos quien notificará al encartado y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -––-––--–––––-----------–-–––––––––---ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-----
DECRETO N' TST;;;;iii;
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-\l;ql' Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
25 NOV2025
VISTO:
El Expediente Administrativo
Ng 4037-7210-M-05
(Cuerpos I a IV) de la firma
MOLINERO
SUAREZ Y CIA. SA, la Ordenanza Ng 10.259/22 y su Decreto Reglamentario Ng 2347/23; y CONSIDERANDO:
Que, la firma cuenta en carácter de antecedente con Factibilidad de Localización concedida mediante Resolución Ng 52/06 (fs. 29/30), Solicitud de Habilitación - Alcance Ng 1/06 (fs.
32/79), Decreto Ng 981/06 (fs. 106/108) de Actualización de Rubro, Resoluciones Ng 370/08 (fs. 131/133) de Ampliación de Superficie, Ng 125/15 (fs. 345/347) de Ampliación de Superficie y Ng 212/22
(fs. 701/703) de Renovación del Certificado de Aptitud Ambiental respectivamente y Certificado de Habilitación (fs. 491). Que, si bien el establecimiento cuenta con Certificado de Habilitación en el marco de la Ordenanza 454/78 y el Decreto Ng 2351/16, ambas normas derogadas, es necesario proceder a actualizar la habilitación industrial en conformidad con la Ordenanza 10259/22, en virtud del artículo 19 que establece: “Las habilitaciones de las actividades productivas industriales, que se tramiten en el Partido de Florencio Varela, estarán sujetas a las disposiciones de la presente Ordenanza, en función del interés del orden público, el cuidado del ambiente, la seguridad, la moralidad y salubridad e higiene de aquellos que se encuentren comprendido en ella" Que, el establecimiento fue categorizado en función de su Clasificación del Nivel de
Complejidad Ambiental (CNCA) como de "Segunda Categoría", arrojando un total de 18 puntos, mediante Disposición del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires- DISPO-2021-989GDEBA-DPEIAOPDS (fs. 544/545) en el marco de la Ley Ng 11459 y sus Decretos Reglamentarios Ng
531/19 y Ng 973/20;
S,1,D.P
Que, mediante Resolución Ng 212/22 (fs. 701/703) se renovó el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) al establecimiento para el rubro: “Elaboración de Alinrentos Balanceados para Animales, Acopio, Depósito y Comercialización de Cereales” (fs. 704); Que, el establecimiento cuenta cón planos de obra civil aprobados por expte. Ng 9775-M-99 (fs. 59/60/61/63 y 64), destino: “Industria” y de instalaciones electromecánicas, por expte Ng 4037-008072-M-06 (fs. 601) y
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Que, la ex Dirección General de Desarrollo Urbano y Vivienda, actual Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos a fs. 324 en la que se destacan las principales características de las superficies del proyecto y los usos permitidos en la zona, conforme al Código de Zonificación vigente (fs. 730);
Que, la Dirección de Catastro Parcelario informó domicilio y la titularidad correspondiente al predio en análisis (fs. 729); Que, de fs. 54/58 obra escritura del dominio a favor de Molinero Suarez y Cia. SA; Que, la firma ha dado cumplimiento con la presentación de las tarjetas vigentes de
identificación y control de la dotación completa de extintores instalados en el establecimiento industrial (fs. 725/727); Que a fs. 724 luce libre deuda de las tasas municipal; Que, de acuerdo a los considerandos que anteceden y el informe técnico practicado
por la Dirección de Supervisión Operativa (fs. 731), el cual expone que el establecimiento se encuentra en condiciones para actualizar su correspondiente Habilitación Municipal;
Que, se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Ordenanza Ng 10259/22 y su Decreto reglamentario Ng 2347/23; Que, del análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 730, permite encuadrar la
actividad con un nivel de riesgo y molestias aceptable en la medida que cumpla con las normas vigentes; Que, de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes,
surge que el establecimiento ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones
S.1.D.P
prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes; Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las
atribuciones propias a su cargo;
2563 25 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 } 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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-\131' Florencio Va reta MunicÉpa!#dad
DECRETA
ARTÍCULO 19: Concédase en los términos de la Ordenanza Ng 10.259/22 y su Decreto Reglamentario
Ng 2347/23, la actualización de la habilitación para el funcionamiento al establecimiento industrial/ cuyas principales características son: a) RESPONSABLE: MOLINERO SUAREZ Y CIA SA.-
b) UBICACIÓN: Av. Eva Perón (Ruta Pcial. 53) Ng 15561 esq. Calle 1560 – Los Floricultores Ng 926. Barrio: Los Tronquitos. Localidad: La Capilla.
c) DATOS CATASTRALES: Circ. III - Secc. G - Cód. 4 - Fracc. V - Pc. 1a.-
LO
d) ZONA: Cil/All
01
e) RUBRO: Elaboración de Alimentos Balanceados para Animales, Acopio,
60
f) CLASIFICACIÓN DE NIVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL: Segunda Categoría
GD
Lm C\2
(Banda de Circulación Primaria/Zona Agropecuaria Intensiva 1).
Depósito y Comercialización de Cereales.
(NCA: 18 puntos). g) SUPERFICIES:
Terreno: 50300.00 m2. Cub. ejec.: 2245,OO m2.
Cub. a construir: 268,58 m2. Libre: 48241,59 m2. Sup. cub. ocupada por la actividad: 2513,58 m2.Sup. libre ocupada por la actividad: 48241,59 m2.-
S. i.D.P
Sup. total ocupada por el proyecto: 50.755,17 m2.
h) POTENCIA INSTALADA: 820 (ochocientos veinte) hp.
M.G i) PERSONAL OCUPADO: 20 (veinte) personas. F.S
ARTÍCULO 29: Confecciónese por intermedio de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, el
respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones donde se desarrolla su actividad, bajo apercibimiento de LEY.-------------------------------
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Florencio Vareia Municipalidad
ARTÍCULO 39: La Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y
Desarrollo Productivo, notificará a la firma mediante la entrega del presente Decreto y del Certificado de Habilitación, el cual será exhibido cuando lo requiera la Autoridad Municipal, todo ello previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.------ARTÍCULO 49: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Industria y Desarrollo
Productivo y la Señora Secretaria de Hacienda respectivamente. –––––––––––-–--–––------–-–-–-ARTÍCULO 59: Tomen conocimiento, la Dirección General de Registro y Legislación y la Agencia Municipal de Ingresos Públicos (AMIP).----------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULOS 69: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, archívese. -––––--
Decreto Ng
2_§ B_325
Ricardo de ta Fuente Sec.rp{arto de Industria y Fesaííoii c) pío ciu atiTO Munií..ipalida de fl©íar:' 36 ’,'aíela
S.1.D.P
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Municipal [ái;\f,io.
Varela
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25 de Mayo n' 2725 - FÉorencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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a ti 9& Florencio Varela $auíli(ipalida(1
....,„.,.,,...,,25 $OV 2025 VISTO :
El Artículo
54 ') inciso g ) del "Estatuto Municipal para los
Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela"
(Orci .
N'’ 9533/19) ;
y
CONS I DERANDO :
Que el mismo establece
que el Departamento Ejecutivo
puede
disponer el cese de aquellos agentes que hayan alcanzado las condiciones exigidas por las Leyes Jubilatorias correspondientes ;
Que el
agente municipal comprendido en el visto precedente;
ROMERO HUGO DANIEL ,
se halla
Que de acuerdo al informe elevado por la Dirección General
de Delegación Previsional el citado agente reúne los requisitos necesarios para acceder al beneficio de Jubilación Ordinaria, correspondiéndole un 60% en concepto de anticipo jubilatorio de los haberes asignados a la categoría Director por 42 , 00 horas semanales ;
C: P!;Pií y >q.kHI jge
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
2564 2§
/ / / 1 .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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atilb Florencio Varela Municipalidad
/ / / /2.–
DECRETA:
ARTÍCULO
1 '’.–Dispónese
el
cese del
agente
municipal
– – – – – – –Leg . N'’ 1087 / D. N . I N'’ 17.445.371
ROMERO HUGO DANIEL, ' –
;' quien
se desempeña
como
Director por 42 , 00 horas semanales , en la Dirección de Portería r Descentralizada, de la Subsecretaría de Servicios Internos , dependiente de la Secretaría General de Gestión Pública , para acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria, a partir del 30 de noviembre de 2025 , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 54 c> inciso g) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (OrcI . N'’
jbp
9533/19) .– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –La persona mencionada en el artículo
precedente percibirá
unr
– – – – – – –Á(1% Ge su remuneración mensual, los que serán deducidos al liquidar
los correspondientes haberes jubilatorios
ARTÍCULO 3'’ . –Los haberes correspondientes
.– –
– – – – – – – – –
serán imputados a
– – – – – – – –Jurisdicción : 1. l. 1.01.01.000 – Categoría Programática 01.02.06 – Objeto/gasto : 5.1.1. " Jubilaciones y/o retiros " – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0– – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – - – – – – :
.RTÍCUI,O 4 ' . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de– – Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
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alith Florencio Varela Municipalidad
/ / / /3.– ARTICULO 5'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría General de Gestión Pública/ – – –la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – –
ARTÍCULO 6'’ . –Regístrese,
DECRETO N'
comuníquese , y cumpliment'ado que sea, ARCHÍVESE
.
25
:
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DE HACIENDA P
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Dr. Dono..L¿idi Da'biel A. sI M
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üt¿lü Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
25 NOV202§
VISTO :
El cese del agente ROMERO HUGO DANIEL, a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria; -y CONS I DERANDO :
Que el artículo
inciso e ) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . Nc> 9533 ) , establece
que " . . . Cuando el
20 '’
cese del
trabajador
se produjera
computando
como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis ( 6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serie abonada dentro de los treinta ( 30 ) días del cese" ;
Que en virtud de lo expuesto , corresponde abonar la retribución citada del agente municipal mencionado en el Visto del presente, quien cesará en su cargo el 30 de noviembre de 2625 // a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria, registrando una antigüedad de ti ( cuarenta y un) años y 4 (meses ) de servicio; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTíCULO I'.–Abónese al agente municipal ROMERO HUGO DANIEILf Leg . N'’ l0871
– – – – – – –D . N . I Nc’ 17.445.371, . la suma de $5.935.692 , 72 (pesos cinco
millones novecientos treinta y cinco mil seiscientos noventa y dos con setenta y dos centavos ) , por pago de la retribución especial contemplada en DÑtCCl:;q:EYfHH O2Pj¿nit TSi!.f#<ke
el artículo 20 '' inciso e ) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores la Municipalidad de Florencio Varela " (C)rd . N'’ 9533 ) . – – – – – –
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1111 .–
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Florencio Vare ia Municipalidad
11112.– ARTÍCULO 2 '’ . –El importe correspondiente se imputará a Jurisdicción
– – – – – – –1.1.1.01.01.000 – Categoría Programática : 01.02.06 – Objeto del gasto : 1.1.3.48 – "Retribución especial Ley 14.656 (Artículo 72 '’ inciso f ) '’ – Fuente de finarrciamiento : 1.1.0 . – – – – - – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 c’ . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la– – – – – - - – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio,
y de Registro
y Legislación
.–
– – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5a . –Regístrese,
comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
DECRETO N' í:
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DE HACIENDA OF rioRFNCIO VARELA
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Dr. Don%fJidi%'hie1 A. S
Gobierno de Florencio Varela
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at&th Florencio Varela Municipalidad
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*,...,, 25 NOV2025
VISTO :
El Artículo 54 '’ inciso g) del ~'Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio . Varela" (Ord . Nc’ 9533/19 ) ; y
CONS I DERANDO :
Que el mismo establece
que el Departamento Ejecutivo
puede
disponer el cese de aquellos agentes que hayan alcanzado las condiciones exigidas por las Leyes Jubilatorias correspondientes ;
Que la agente municipal comprendido
en el
visto
precedente
CAN 7\VIDES STELLA MARIS
, se halla
;
Que de acuerdo al informe elevado por la Dirección General de Delegación Previsional la citada agente reúne los requisitos necesarios para acceder al beneficio de Jubilación ordinaria, correspondiéndole un 60% en concepto de anticipo jubilatorio de los haberes asignados a la categoría Subdirector por 42 , 00 horas semanales ; EREC[19\;iIi!.'R D:?j¿nll lili.
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Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo;
25§6 25
/ / / / .–
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üt¿ÍP Florencio Varela Ñ4unicipaii($8(i
11112.–
DECRETA:
ARTÍCULO l '’.–Dispónese el cese de ia agente municipal – – – – – - – –MARIS , Leg . N') 313 ,
D.N . l
CANAVIDES STELLA z
N') 17.885.625 , quien
se desempeña
como Directora, en la Dirección de Liquidaciones , dependiente de la Secretaría de Hacienda, para acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria, a partir del 30 de noviembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 54 '’ inciso g) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . N'> 9533/19 ) . – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –La persona
mencionada
en el
artículo
precedente
percibirá
un
– – – – – – –60% de su remuneración mensual, los que serán deducidos al liquidar
los correspondientes
haberes jubilatorios
.–
– – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –Los haberes correspondientes serán imputados a
– – – – – – – –Jurisdicción : 1. 1.1. 01.0 3.000 – Categoría Programática : 01.05 – Objeto/gasto : 5.1 . 1 . " Jubilaciones y/o retiros " – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 c) . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de– – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
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11113.– ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Subsecretaría
– – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
.–
de Haberes y Patrimonio,
y de Registro
y
– – – – – – – – – – – – – – – – - - – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 6c> . –Regístrese,
comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
.
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA, 25
NOV
2025
VISTO :
El cese de la agente CANAVIDES STELLA MARIS , a fin acceder al beneficio de jubilación Ordinaria; y
de
CONS I DERANDO :
Que el artículo
20 '’ inciso- e) del
"Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . Nc) 9533 ) , establece que " . . . Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis ( 6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior , sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serie abonada dentro de los treinta ( 30 ) días del cese" ;
Que en virtud de lo expuesto , corresponde abonar la retribución citada de la agente municipal mencionada en el Visto del presente, quien ce$ará en su cargo el 30 de noviembre de 2025 , a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria, registrando una antigüedad de 39 (treinta y nueve ) años y 8 (meses ) de servicio; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA:
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ARTÍCULO 1 '’.–Abónese a la agente municipal
CANAVIDES STELLA MARIS , Leg .
– – – – – – –Nc’ 313 ==H==',
la
D.N . 1
Nc’ 17.885.625,/ \,H_+
–
suma de $5.935.692 , 72 (pesos
cinco millones novecientos treinta y cinco mil seiscientos noventa y dos con setenta y dos centavos ) , por pago de la retribución especial contemplada en el artículo 20 '’ inciso e ) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad
de Florencio Varela"
(Ord . NC) 9533 ) . – – - – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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-\ljld Florencio Varela Municipalidad
11112.– ARTÍCULO 2 '’ . –El importe correspondiente se imputará a Jurisdicción : – – –
– – – – – – –1.1.1.01.03 . 000 - Categoría Programática : 01.05 – Objeto del gasto : 1.1.3 , 48 – "Retribución especial Ley 14.656 (Artículo 72 '’ inciso f ) " – Fuente de financiamiento
: 1.1. 0 . – – – – - – – – – – – - – – - - – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – - –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la
Subsecretaría de Recursos Humanos , la–
– - – – – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación cie Haberes y Patrimonio,
y de Registro
y Legislación
.– – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHÍVESE . –
DECRETO
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Munlcipa tic$ad
FLORENCIO VARELA
25 NOV2025
VISTO
Las tareas de preparación y distribución de recibos de pago de tasas, citaciones
y notificaciones reguladas mediante Decreto Nro. 1001/19; y
CONSIDERANDO, Que, se estima necesaria la continuidad de la tarea de distribución de las boletas y chequeras derivadas de los convenios celebrados en virtud de las tasas por Servicios Generales y de Seguridad e Higiene, entre otras , derechos devengados por la
actividad comercial y Chequeras para el pago de las contribuciones por mejoras,
Impuesto Inmobiliario Rural, Patente de motos y automotores; como asimismo, citaciones, notificaciones, cédulas, verificaciones domiciliarias, tarjetería y folletería en general, como así también, las actividades preparatorias de distribución y clasificación
de cada una de ellas a los efectos de la selección y acopio correspondiente, para facilitar el perfeccionamiento de la aludida prestación; Que la efectividad de dicho sistema ha producido la revisión de los índices de cobrabilidad existentes; Que, es imprescindible seguir con la modalidad sustentada por el Departamento
Ejecutivo para incrementar la recaudación impositiva de manera que el contribuyente reciba
en
su
domicilio,
correctamente
y
con
antelación
a sus
vencimiento$
1os
instrumentos que le permitan cumplir con sus obligaciones fiscales; Que por lo expuesto el Departamento Ejecutivo debe retribuir a los agentes por las tareas desarrolladas;
2568 25 bayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires
Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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-iIi Id' Florencio Varela Municipaiidad
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de las atribuciones que le son propias a su cargo:
DECRETA:
ARTÍCULO 1'’: Retribúyase a los Agentes que se enuncian en los Anexos I y II del Departamento de Logística y Distribución, que forman parte integrante del presente, los
montos que en cada caso se indican, por el corrcepto enumerado en el considerando precedente y que corresponde a la liquidación efectuada en el mes de Octubre del corriente año.
ARTÍCULO 2'’: El gasto demandado será imputado a la Partida:"Horas Extras por distribución" Jurisdicción 1.1.1.01.03.000 – Categoría Programática: 01.03 - Objeto del Gasto 1.3.1.03 – Fuente de Financiamiento 1.] CJ.--–. --–-------------------–--------–--------––
ARTÍCULO 3'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda.
ARTÍCULO 4': Tomen conocimiento la Subsecretaria de Recursos Humanos, la Dirección General de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y el Departamento de Logística y Distribución.
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE. –––––--
DECRETO Nro.
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2725 - Florencio Varela - C.R 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 www.varela.gob.ar
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üt¿tü Florencio Varela Municipalidad
Anexo Nro. l Hoja 1 de 4
Legajo
Nombre y Apellido
Cant. De Recibos
Importe
5857
Acosta Laura
2114
$368.304,40
40393
Almiron Hernan
654
$128.517,54
7106
Arce Yisela
1577
$247.206,39
7497
Benitez Mariel
2175
$368.403,57
7409
Bossi Laura
261
$39.104,87
8179
Catan Andres
883
$133.821,29
5854
Cazon Brenda
2005
$338.090,20
5157
Ceron Anabella
651
$127.928,01
5077
1064
$209.086,64
9219
Chavez Agustin Cristaldo Matias
1000
$150.327,80
5801
Diaz Cesar
2436
$362.456,78
11569
Dipretoro Noel A
203
$30.262,05
2568 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
ülijh Florencio Varela Municipalidad
Anexo Nro. l Hoja 2 de 4
Legajo
Nombre y Apellido
Cant. De Recibos
Importe
2013
Fernandez Marcos
1231
$208.790,19
40451
Gianini Marcelo
944
$139.126,72
40532
Gonzalez Marcelo
1106
$157.597,98
4773
Ibarra Lucas
2344
$349.978,68
3449
Jara Ricardo
1048
$158.648,94
3508
Jimenez Gabriel
2450
$363.439,24
8117
Lazarte Katherine
2096
$368.549,67
3220
Lazarte Sonia
2413
$368.498,85
2429
Lazarte Susana
1636
$250.546,64
7780
Martinez Nicolas
2174
$325.710,16
8161
Medina Ramon
1535
$229.028,71
3286
Mercado Maria
2197
$332.882,91
2568 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - ww'#-varela.gob.ar
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BOM N° 11
'iIi Id' Florencio Varela Municipaiidad
Anexo Nro. l Hoja 3 de 4
Legajo
Nombre y Apellido
Cant. De Recibos
Importe
6562
Merep Cristian
1665
$245.928,13
40482
2458
$367.762,60
7495
Meyer Edgardo Pizarro Damian
538
$81.353,90
8421
Portales Thomas
1290
$191.495,84
8121
Quiñones Carlos
752
$148.217,61
7789
2094
$311.659,78
8119
Quiroga Soledad Roldan Victoria
1210
$180.098,48
2604
Rolon Griselda
547
$81.845,11
2036
Romero Gabriela
1725
$257.620,47
40199
Santillan Stella
2342
$348.996,10
7637
Spina Matias Sosa Cristian
1224
$197.392,10
800
$130.383,02
8420
68 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4.237 1603 - www.varela.gob.ar
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Anexo Nro. I Hoja 4 de 4
Legaj o
Nombre y Apellido
Cant. De Recibos
Importe
71417
Soto Romina
1818
$357.255,18
2076
Szabo Norma
458
$68.089,60
2513
Tintilay Debora
1574
$231.976,12
2178
Umerez Beatriz
2310
$348.898,16
2160
Umerez Sonia
2229
$344.083,00
5396
Vaca Adriana
1306
$197.293,02
40494
Vera Mabel
2038
$302.816,94
8347
Villalba Evelyn
1818
$272.456,80
40580
yudiche Gabriela
2406
$368.254,42
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Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA.
26 NOV 2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'4037-3885-S-2025; y CONSIDERANDO, Que. es necesaria la ejecución de muro medianero cn Polideportivo Municipal Néstor Kirchner. ubicado en el barrio Don Orione de la localidad Estanislao Zeballos del Partido, a realizarse mediante el Fondo de Obrds Públicas. establecido en el Artículo 381' de la Ordenanza Fiscal e Impositiva N'10754/24;
Por ello. el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo:
$ '81
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Llámasc a Licitación Privada Na114/2025 I" llamado, para el día 09 de Diciembre de 2025 a las –---––-–--–-10:30hs. para la ejecución de muro medianero en Polideportivo Municipal Néstor Kirchner. ubicado en c] barrio Don Orione de la localidad Estanislao Zeballos del Partido, según lo expuesto en el Considerando.------------
ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la –---––––--––--Jurisdicción 1.1.1.01.09.000,Categoría Programática 32.75.54, Fuente de Financiamiento 1.3.1. Objeto del Gasto 4.2.2.03.81., correspondiendo imputar para el ejercicio 2025 la suma de 821.873.706.50 y para el ejercicio 2026 §5 1 .038.648,50. ––-–––––––––––-––-––-––--–--–-------–––––––––––––-–-----–----–ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fo.jas 6 a 28 inclusive, del citado expediente
––-––-–-––-- administrativo. ––––––––––––––––––––-––––––--------––––––––––––––––--ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $36.500,00 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS). –----–––––––––––––-–---–-––-–-–––––––––––––––-–––--' ARTICULO 5to.: El Presupuesto Oiicial asciende a la suma de $72.912.355,00 (PESOS SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS). –––––––––--ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras. Servicios Públicos. Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente. -–-––-----––––––––––––––––-
ARTICULO 7mo.: 'Fomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación. la Contaduría General ) -––––––---––---
la
§
Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes.-------------------------------
ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea. ARCHÍVESE.-----------------------------------------
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DECRETO N'
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENC'OVARELA’
26 NOV2025
VISTO:
Lo establecido por el Título X “De las Exenciones” de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente, y; CONSIDERANDO:
Que, los contribuyentes cuya nómina figura en el Anexo I del '\
presente han realizado la petición formal para obtener el beneficio de eximición;
Que, han dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente.
Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones propias de su cargo DECRETA :
Artículo
1'’.-Otórgase la eximición del 100% del pago de la Tasa por Servicios
Generales, según los períodos establecidos en el ANEXO I correspondiente a cada contribuyente e inmueble detallado en él, y que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2'’.-Exclúyese del beneficio la parte proporcional correspondiente al Servicio de Alumbrado Público, percibido por intermedio de la empresa prestadora, durante la vigencia del convenio.
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25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1 601 - www.varela.gob.ar
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Artículo 3'’.- La exención dispuesta será válida mientras no varíen las condiciones que sirvieron de base para su otorgamiento; quedando obligados los beneficiarios a notificar a la Gerencia General de Recaudación, cualquier modificación, dentro de los diez días de producida la misma; sin perjuicio de las verificaciones que pueda realizar esta comuna para establecer la veracidad de los hechos declarados, haciendo caer el
beneficio y aplicando las sanciones correspondientes, si se comprobara el falseamiento de datos, conforme lo establecido en el artículo 59.1 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente. -–––––––––––--–––-
Artículo 4'’.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda.
Artículo 5'’.- Tome conocimiento la Agencia Municipal de Ingresos Públicos, la que comunicará a sus dependencias.
Artículo 6'’.H Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, archívese. ––-----–-
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Florencio Vareia MunicipaHclati
TASA POR SERVICIOS GENERALES EXIMICION DEL 100%
ANEXO 1
LEGAIO
CONTRIBUYENTE
CUENTA 1
242655
JOSE LUIS SKOK
1192 12025/01 a 2025/12
242850
NELIDA DEL VALLE ALBORNOZ
66136 12025/01 a 2025/12
242942
NICASIO RICARDO GONZALEZ
91574 12025/01 a 2025/12
243103
ANDRES LEDESMA
87810 12025/01 a 2025/12
243592
CARMELO FERREIRA GONZALEZ
95385 12025/01 a 2025/12
245077
WALDO ENRIQUE ORTEGA VELOSO
56031
2025/01 a 2025/12
245110
REINA ISABEL BLANCO
77965
2025/01 a 2025/12
245170
CARLOS ALBERTO TAPIA
23776 12025/01 a 2025/12
245237
MARIA NILDA GOMEZ
61926 12025/01 a 2025/12
245702
MARIA ISABEL BURGOS
66114 12025/01 a 2025/12
245712
EDUARDO FRANCISCO SCHIAVINI
23669 12025/01 a 2025/12
245787
ELENA PAULINA BRUN
96730 12025/01 a 2025/12
245830
NORMA
245901
MIGUEL MAURO CONTRERAS
l06668 12025/01 a 2025/12
245921
MABEL GRACIELA TROISE
51653 12025/01 a 2025/12
246024
LIDIA GRACIELA SUAREZ
25253 12025/01 a 2025/12
246094
RAMONA
92287 12025/01 a 2025/12
BEATRIZ CORTES
86143 12025/01 a 2025/12
ROSA FLEITAS
BALTAZAR RIOS
81523 12025/01 a 2025/12
GLORIA IRMA LEIVA
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02
110047 12025/01 a 2025/12
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MARIA CRISTINA MONTAÑO
33991 12025/01 a 2025/12
OLGA SILVIA BENITO
l04639 12025/01 a 2025/12
LO
246196
LUIS ALFREDO CALVI
26240 12025/01 a 2025/12
246265
RAFAEL CANTALICIO VAZQUEZ
68921 12025/01 a 2025/12
246312
FLORENCIA CESPEDES CESPEDES
44760 $ 2025/01 a 2025/12
246315
OSCAR HUMBERTO PAZ
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27 ÑOV 206
Florencio Varela,
VISTO: El Expediente Administrativo NO 4037-1375-S-24, caratulado: “Secretaría de Educación. Investigación S/ Conducta de la docente Gisela Espinoza”, y; CONSIDERANDO : Que, las presentes actuaciones se inician a raíz de una nota efectuada por las Representantes Legales de los Jardines Municipales de la Municipalidad de
Florencio Varela, las profesoras Ducci Aldana y Durante Alejandra, en la cual
refieren sobre las acciones realizadas como consecuencia de una denuncia administrativa llevada a cabo por una mamá en el JM7 DIEGEP 2581 del Barrio Curva de Chávez, ante la docente titular de la sala subvencionada del turno tarde, Espinoza Gisela, legajo 60.182. (fs. 02/03).
Que obra declaración testimonial de la Sra. Karina Aldana Ducci, la cual manifiesta: "...Que
en la fecha referida
la dicente se
desempeñaba
como...Representante Legal de los 12 jardines Municipales (...) En el mes de agosto de 2023 se presentó una madre de un alumna de sala de 4 años, turno tarde, del jardín municipal N' 7 DIEGEP N' 2481, manifestando que le comentó la nena que la señorita le pegó, que la maestra habría retado a una compañerita y como su hija salió a defenderla la maestra le habría pegado, que dicha docente se trata de la Srita. Gisela Espinoza, que el jardín intervino conforme a la guía de resolución de conflictos que dicta los pasos a seguir en relación a un conflicto en
el jardín, dictado por la Pcia de Bs As (...) Preguntada si hubo alguna otra Dirección aq Su irl:
denuncia hacia la docente involucrada. Responde: Que no, que como manifestara anteriormente la docente es excelente en su trabajo...”. (fs. 56/57)
Que obra declaración testimonial de la Sra. Sonia Gabriela Martel, la cual manifiesta: "...Que en la fecha referida la dicente se desempeñaba como Directora
del Jardín Municipal N'7 (...) La dicente refiere que todo el año 2023 el jardín se
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Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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encontraba en refacciones por lo que se trasladaron a una Iglesia evangélica a pocas cuadras donde funcionaba el jardín, durante todo el año 2023. Aclara la dicente que en la fecha donde habrían pasado los hechos que denuncia la madre de la salita todas las docentes se encontraban todas juntas, además del personal de preceptoría y los auxiliares, por lo que en ningún momento las docentes se
encontraban solas con los chicos, es más, se compartían las salitas debido al poco espacio de la Iglesia prestada para que siga funcionando el jardín N'7, por lo que manifiesta la dicente que resulta raro que si pasaron los hechos
denunciados ningún otro docente o personal del jardín los haya visto. Aclara la dicente que en las reuniones mantenidas con las demás familias, nadie manifestó algún otro hecho ocurrido con la docente mencionada ni con ninguna otra docente
en referencia con los chicos del Jardín, como así también el personal del jardín no le refirieron nada a la dicente en relación a algún episodio ocurrido con la docente Espinoza...". (fs. 59/60) Que1 luce declaración testimonial de la Sra. Carolina Estefanis Palermo, la
cual manifiesta: “...Que la deponente nunca presenció ningún tipo de maltrato de la Srita. Espinoza hacia los alumnos. Que había padres que la defendían porque
no creían lo que esa madre, que no recuerda la deponente su nombre, había denunciado. Que tiene conocimiento la deponente que la denuncia sólo fue de una madre. Preguntada cómo era el trato de la Srita. Espinoza con los alumnos. Responde: Que siempre fue muy bueno el trato de la Srita. Espinoza hacia los
alumnos y hacia los padres, que siempre conversaba con los mismos por situaciones de los nenes, para acompañar a Ios mismos, que era muy DirecciÓn de
eurltrio:
responsable en su trabajo. Preguntada si las docentes son acompañadas por otras docentes o auxiliares en sus tareas con Ios alumnos del jardín- Responde: Que como fuera manifestado anteriormente las dos salitas y todo el personal del Jardín se encontraba en un salón1 que no había divisiones por lo que todos podían
ver lo que se hat..,ía...Preguntada si hubo alguna otra denuncia hacia la docente involucrada. Responde: Que no...". (fs. 75/76) 1,_ L'
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Que obra declaración testimonial de la Sra. Romina Elizabeth Meson, la cual manifiesta: "...Que la deponente refiere que nunca presencio ni escuchó algún tipo de maltrato por parte de la Sra. Gisela Espinoza hacia los chicos ni hacia ningún padre, que siempre fue muy responsable en su trabajo y que nunca
tuvo ningún inconveniente al descrito, que era la primera vez que tenía una denuncia de esta circunstancia. Que la deponente puede afirmar sus dichos ya que en ese momento se encontraban todos juntos trabajando en un mismo salón,
donde en el caso de que hubiera pasado lo que denunció esa madre lo habrían
visto todas las trabajadoras y la Directora y la deponente hubiera hecho la denuncia correspondiente (...) Preguntada si hubo alguna otra denuncia hacia la
docente involucrada. Responde: Que no, que era la primera vez que fue denunciada la Sra. Espinoza y que nunca tuvo algún inconveniente en su tarea como docente...". (fs. 85/86) Que, obra declaración informativa de la Sra. Olga Gisela Espinoza, la cual manifiesta: “...Que la deponente siempre tuvo un trato muy bueno tanto hacia los niños como hacia los padres... ”. (fs. 101/1 02 vta) Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un
pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo el archivo de las presentes actuaciones, atento a la falta de elementos probatorios suficientes e indubitables a fin de acreditar la veracidad de los dichos de la anunciante. (fs. 103
a 106) Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido que el sugerido por la Instrucción, resolviendo en -,ccio n
consecuencia el Archivo de las actuaciones. (fs. 110)
=q ! ! r 8 : +1 : i l3 S 1
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POR ELLO,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCiO VARELA, en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo;
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DECRETA ARTÍCULO 10.- Dispónese el Archivo del Expediente Administrativo -––----––--------------–––-–-N')
4037-1375-S-24,
caratulado: “Secretaria
de Educación.
Investigación S/ Conducta de la docente Gisela Espinoza”, de conformidad al considerando precedentemente expuesto. -––-–----–––----––––––––––––---.-ARTÍCULO 2'’.- El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria----–––––––––--
Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno. ---–--––––--
ARTÍCULO 3').- Tomen conocimiento la Secretaria de Educación. ––--–-–––––-––-––-–--–--–-
y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y
Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -––--––––––––––––––––––---ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-----
DECRETO NO
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27 NOV2025
Florencio Varela,
VISTO El
Expediente
Administrativo
N'’
4037-6565-S-231
t,aratulado:
“Subsecretaría de Coordinación Operativa y Logística S/ Denuncia c/ Agente Cabrera Carlos Enrique (Leg. 5880)”, y; CONSIDERANDO Que, las presentes actuaciones se inician a raíz de la nota de fecha 04 de
diciembre de 2023, efectuada por el Sr. Franco Risso, Subsecretario de Coordinación Operativa y Logística, dirigida a la Secretaría de Gobierno, mediante la cual informa: "...que el agente Cabrera, Carlos Enrique legajo 5880,
cumple sus funciones en esta Subsecretaría. El mismo el día sábado 02 de diciembre del corriente año fue denunciado por su esposa Fernández Johana por Discusión de pareja y amenaza con arma de fuego. Hecho ocurrido en su domicilio conyugal sito en calle Río Carapachay N' 1353, B' Mayol - FV. La causa ha sido caratulada como "AMENA7AS AGRAVADAS POR EL USO DE
ARMA DE FUEGO EN CONCURSO REAL CON TENENCIA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL". Y que al día de la fecha el mismo (...) se encontraría detenido en Comisaría I' de Florencio Varela". (fs. 02)
Que luce informe penal de la Dirección de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales, informando respecto de la I.P.P. N'’ 13-02-27188-23, en trámite por ante la UFI y J N') 10, Juzgado de Garantías NO 8, Fiscalía
Descentralizada de Florencio Varela, del Departamento Judicial de Quilmes, en
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la cual resulta imputado el Sr. Carlos Enrique Cabrera, por el delito de Amenazas agravadas, Coacción agravada y Tenencia Ilegal de arma de fuego,
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siendo aprehendido el día 03/12/23, convalidándose su detención el día 04/12/23. (fs. 05)
2§’TF1 25
25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela C.R 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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Que luce copia fiel del Decreto N') 3432/23, por el que se ordenó la “...Sustanciación del Procedimiento Administrativo Sumarial Disciplinario de acuerdo al Artículo 97 de la Ordenanza NC) 9533/19 y Artículo 97 del Decreto NO
92/21, Reglamentario de la Ordenanza NO 9533/19, a los efectos de deslindar las eventuales responsabilidades administrativas del agente Carlos Enrique
Cabrera D.N.l. NC) 41.879.513, Legajo Personal N' 5880, revistiendo en la categoría de Chofer de Camioneta por 48 horas semanales, por encontrarlo “prima facie” vinculado a la presunta violación a lo dispuesto por el Artículo 62 inGS. 3) y 10) in fine de la Ordenanza N'’ 9533/19 y Artículos 93 a 96
Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B incs. c-20), c-21), c-25) y c) in fine del Decreto Nc’ 92/21, Reglamentario de la Ordenanza NO 9533/19...”. (fs. 27 a 31)
Que luce acta de Declaración Indagatoria del agente Cabrera Carlos Enrique, en la cual hace uso de su derecho de negarse a declarar. (fs. 221 )
Que obra respuesta del Departamento de Asuntos Penales, informando respecto de la I.P.P. NO 13-02-27188-23, en trámite ante la UFI y J N'’ 10,
Juzgado de Garantías NO 08, Tribunal Oral Criminal NC) 2, Causa N'’ 946 del Departamento Judicial de Quilmes que el día 18/06/25 luego del debate el imputado (Carlos Enrique Cabrera), fue condenado a la pena de CINCO AÑOS
DE PRISIÓN, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, no siendo apelada la sentencia y con fecha 14/07/25 se realizó el cómputo de pena y se remitirá al Juzgado de Ejecución que se desinsacule. (fs. 252)
Que obra copia de la sentencia del Tribunal Oral Criminal N') 2, del Departamento Judicial de Quilmes, en causa del registro interno Nro. 946 (sorteo n') 306/2024, correspondiente a la Investigación Penal Preparatoria Nro.
13:1 )=i' 1) 3H :
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4
13-02-27188-23), en la cual se resolvió: CONDENAR a CARLOS ENRIQUE CABRERA, A LA PENA DE CINCO AÑOS DE PRISIÓN Y COSTAS DEL
PROCESO, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de COACCION AGRAVADA POR HABERgE,COMETIDO CON EL.EJViPLEO DE
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UN ARMA DE FUEGO EN CONCURSO REAL CON TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE USO CIVIL cometido el día 2 de diciembre de 2023, en perjuicio de JOHANA BELÉN FERNÁNDEZ y la seguridad pública (artículos 168 y 171 de la Constitución Provincial, 5, 29 inciso 3, 40, 41, 41 bis, 45, 54, 55, 149 ter inciso 1
en función del 149 bis segundo párrafo y 189 (2) primer párrafo del Código Penal, 1, 3, 106, 210, 371, 373, 375, 530 y 531 del Código Procesal Penal). (fs.
253 a 264)
Que obra copia del Cómputo de Pena, en la cual se hace saber que el veredicto y sentencia dictados, adquirieron firmeza a las 12.00 horas del día 27 de junio del año 2025. COMPUTO: mediante sentencia dictada el día 18 de junio del año 2025 se resolvió CONDENAR a CARLOS ENRIQUE CABRERA, a la
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d,
CINCO AÑOS DE PRISIÓN Y COSTAS DEL PROCESO, por
considerarlo autor penalmente responsable del delito de coacción agravada por haberse cometido con el empleo de un arma de fuego en concurso real con tenencia ilegal de arma de uso civil (art. 41 bis, 45, 54, 55, 149 ter inciso 1 en función del 149 bis segundo párrafo y 189 (2) primer párrafo del Código Penal) (...) se deja constancia (...) que Carlos Enrique Cabrera fue aprehendido el día 02 de diciembre de 2023, encontrándose privado de su libertad ambulatoria de manera interrumpida hasta el presente; por lo que registra un año, siete meses y
nueve días de prisión. De tal manera (...) le resta cumplir tres (3) años, cuatro meses y veintiún (21) días de prisión de la pena impuesta, la que se agotará el 02 de diciembre de 2028. (fs. 265/266) Que obra auto de imputación respecto del agente Cabrera Carlos Enrique, D.N.l. NO 41.879.513, Legajo Personal N' 5880, por encontrarlo “prima facie” vinculado a la presunta violación a lo dispuesto por el Artículo 62 incs. 3),
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8) y 10) in fine de la Ordenanza NQ 9533/19 y Artículos 93 a 96 del
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Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B incs. c-12), c-20), c-21), c-25) y
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c) in fine del Decreto N'’ 92/21, Reglamentario de la Ordenanza NQ 9533/19. (fs.
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267 a 269), luciendo cédula de notific%cien@s. ?77 tT?o.
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S
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Publicación: 11.-
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Que, visto que el agente Cabrera Carlos Enrique (Legajo N' 5880)1 no presento descargo dentro de los plazos legales, ni ofrecido prueba de la que
intente valerse, pese a encontrarse debidamente notificado del Auto de Imputación, la Instrucción resuelve: Dar por decaído el ejercicio del derecho y Decretar el Cierre del Sumario Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 30 -Derecho de los Imputados-, inc. a) del Decreto N' 784/16 reglamentario de la Ley N' 14.656, Artículo 100 Apartado IX, Punto a) de la
Ordenanza N') 9533/19 y Artículo 100, párrafo quinto del Decreto NC) 92/21 reglamentario de la Ordenanza N') 9533/19. (fs. 281), luciendo cédula de notificación a fs. 282/283. Que en el marco del Expediente Administrativo
N'’ 4037-5216-S-191
caratulado: “Subsecretaría de Seguridad Ciudadana S/ Denuncia Penal realizada por la Sra. Salvaggio Viviana Edith”, el agente Cabrera Carlos Enrique
resulto pasible de la sanción de cinco (5) días de Suspensión. (Decreto N'’ 3028/22)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo la aplicación de una
sanción disciplinaria al agente Cabrera Carlos Enrique, (Legajo N' 5,880) (Artículo 105 Apartado II de la Ley N' 14.656, Artículo 60 Apartado II de la
Ordenanza Municipal N' 9.533/19 y Artículo 60 Apartado 2-a) del Decreto Reglamentario N' 92/21. (fs. 284 a 286 vta.)
Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido, coincidiendo con las consideraciones vertidas por la Instrucción, a tenor de la prueba sustanciada en autos, por encontrarlo incurso
en responsabilidad disciplinaria, al agente Cabrera Carlos Enrique, DNI N' 41.879.513, Legajo N' 5.880, por haber transgredido lo dispuesto en los Artículos 62 incs. 3), 8) y 10) in fine de la Ordenanza NO 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, incs. c-12), c-20), c-
21), c-25) y c- in fine del Decreto NO 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N'’
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Florencio Varela Municipalidad
9533/19, disponiendo en consecuencia la aplicación al agente Cabrera Carlos Enrique (Legajo NC) 5880), de la sanción disciplinaria de CESANTÍA, conforme lo
dispuesto en el Artículo 105, Apartado II de la Ley N' 14.656, Artículo 60, Apartado II, inciso a) de la Ordenanza Municipal 9.533/19 y Artículo 60, inciso 2a) del Decreto Reglamentario N' 92/21. (fs. 291 )
Que, obra opinión jurídica vertida por la Dirección General de Dictámenes
dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo N' 82 de la Ordenanza N' 9.533/19. (fs. 296 a 301)
POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA
ARTÍCULO 10.- Dispónese la aplicación de la Sanción de Cesantía ------–––––-
-–––––––––--
al agente Cabrera Carlos Enrique, DNI N' 41.879.513, Legajo
Personal N'’ 5880, por haber transgredido lo dispuesto por los Artículos 62 incs
3), 8) y 10) in fine de la Ordenanza N'’ 9533/19 y los Artículos 93 a 96 del Procedimiento Sumarial, Capitulo 1, Apartado B, incs. c-12), c-20), c-21), c-25) y
c- in fine del Decreto N'’ 92/21, Reglamentario de la Ordenanza N') 9533/19, Direccióñ de
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conforme lo normado en el Artículo 105, Apartado II de la Ley N'’ 14.656, Artículo 601 Apartado II, inciso a) de la Ordenanza Municipal 9533/19 y Artículo
601 inciso 2-a) del Decreto Reglamentario N' 92/21, de acuerdo a los fundamentos expresados en el considerando que antecede y demás constancias obrantes en la precitada pieza administrativa.------------------------------
2§ :72 25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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ARTÍCULO 2'’.- El presente decreto será refrendado por la Señora -––--––---–-–---––––––––-Secretaria
Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno,
respectivamente. ––––––-–––--––––––––––––––––––––––––––––-ARTÍCULO 3').- Tomen conocimiento la Secretaria de Gobierno,----------------------
–--––-–––––-
la Subsecretaría de Recursos Humanos quien notificará al
encartado y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -––––––––––––––––––-–----––––––-ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-----
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InteZe¿ retaría Legal y Técni,
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25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobñr
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g:
Florencio Varela fMunicipelldad
Florencio Varela,
27 NOV206
VISTO:
El Expediente Administrativo Ng 4037-1426-L-04 (Cuerpos I a IV) de la firma LOPDIA SA, la Ordenanza Ng 10.259/22 y su Decreto Reglamentario Ng 2347/23; y CONSIDERANDO:
Que, la firma cuenta en carácter de antecedente con factibilidad de localización concedida mediante Resolución Ng 245/04 (fs. 30/31), Soticitud de Habilitación – Alcance 1/04 (fs. 34/52), Resolución Ng 388/10 de actualización de potencia y personal (fs. 136/137; Decreto Ng 480/17 (fs. 409/410), rubro: Elaboración de Productos de Panadería y Confitería para Venta Directa y Exclusiva
al Público, Certificado de Habilitación (fs. 416) en el marco de la derogada Ordenanza 454/78, Resoluciones Ng 426/17 (fs. 428/429) de ampliación de rubro, Ng 63/23 (fs. 593/594) de actualización
de rubro, potencia y personal, Ng 256/23 (fs. 618/619) de actualización de rubro, Ng 215/24 (fs. 690) de rectificación del art. 19 inciso e) de la Resolución Ng 256/23, Ng 62/25 (fs. 702/704) de otorgamiento
del Certificado de Aptitud Ambiental; Que, si bien el establecimiento cuenta con Certificado de Habilitación en el marco
de la derogada Ordenanza 454/’78, es necesario proceder a actualizar la habilitación industriai conforme al rubro actual en conformidad con la Ordenanza 10259/22, en virtud del artículo 19 que establece “Las habilitaciones de las actividades productivas industriales, que se tr-ar11iten en el Partido
de Florencio Varela, estarán sujetas a las disposiciones de la presente Orderlanza, en función del interés del orden público, el cuidado del ambiente, la seguridad, la moralidad y salubridad e higiene
de aquellos que se encuentren comprendido en ella”. Que, el establecimiento fue categorizado en función de su Clasificación del Nivel de
Complejidad Ambiental (CNCA) como de “Primera Categoría”, arrojando un total de 15 puntos, mediante Disposición del Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires- DISPO-2022-2046GDEBA-DPEIAMAMGP (fs. 571) en el marco de la Ley Ng 11459 y sus Decretos Reglarnentarios Ng 531/19
y Ng 973/20;
Que, mediante Resolución Ng 62/25 (fs. 702/",’04) se otorgó al establecimiento el Certificado de Aptitud Arnbiental (CAA) rubro: “Elaboración y Venta de Productos de Panadería y Pastelería con Distribución {fs. 707);
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25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de f3'.!onos Aires Tel.: {54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Vareia Ñiu:lic;pdiidad
Que, el establecimiento cuenta con planos (ie obra civil aprobados por expte. Ng 4037-7060-L-98 (fs. 212), destino: “Locales Negocios, Panadería, S.U.M. y Oficinas y de instalaciones electromecánicas aprobado porexpte. Ng 4037-3356-L-22 (fs. 609) y; Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos a fs. 581 en la que se destacan las principales características de las superficies del proyecto y los usos permitidos en la zona, conforme al Código de Zonificación vigente;
Que, la Dirección de Catastro Parcelario informó domicilio y la titularidad correspondiente al predio (fs. 583) en análisis; Que, de fs. 239/251 obra escritura 331 constitución sociptaria a favor Lopdia SA y transferencia de dominio del inrnueble; Que, la firma ha dado cumplimiento con la presentación de las tarjetas vigentes de
identificación y control de la dotación completa de extintores instalados en el establecimiento industrial (fs. 709);
Que a fs. 720/722 luce constancia de pago de las tasas y derechos municipales; Que, de acuerdo a los considerandos que anteceden y el Informe técnico practicado '>or la Dirección de Supervisión Operativa (fs. .723), el cual expone que el establecimiento se encuentra
en condiciones para actualizar la correspondiente Habilitación Municipal;
Que, se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Ordenanza Ng 10259/22 y su Decreto reglamentario Ng 2347/23; Que, del anáiisis de la documentación obtar,te de fs. 1 a 715. permite encuadrar la
actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptables en la medida qLle culnpla con las normas vigentes;
S.l.D.P
Que, de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes,
surge que el establecimiento ha dado cumplimiento a las tranlitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de activIdades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes; Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA.. en uso de las
atribuciones propias a su cargo;
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DECRETA
ARTÍCULO 19: Concédase la actualización en los términos de la Ordenanza Ng 10.259/22 y su Decreto
Reglamentario Ng 2347/23 de la habilitación para el funcionamiento al establecimiento industrial, cuyas principales características son: a) RESPONSABLE: LOPDIA SA.b) UBICACIÓN: Av. Eva Perón (R.P. 53) Ng 6465/81/95 esq. Calle 634 – Viena Ng 417.
Barrio: Villa Mónica Vieja. Localidad:
Santa Rosa.
c) DATOS CATASTRALES: Circ. 11 - Secc. N - Cód. 3 - Mz. 15 - Pc. 13a.-
d) ZONA: R2b/Cil (Residencial 2b / Banda de Circulación Primaria).e) RUBRO: Elaboración y Venta de Productos de Pang11ería y Pastelería con Distribución.
-
f) CLASIFICACIÓN DE NIVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL: Primera Categoría (NCA:
15 puntos). g) SUPERFICIES:
Terreno: 850,00 mz.
Cub. ejec.: 739,00 m2. Cub. a const.: 101 m2.
Libre: 102,00 m2. Sup. cub. ocupada por la actividad: 840,00 m2.Sup. libre ocupada por la actividad: 102,00 m2.Sup. total ocupada por el proyecto: 942,00 mz.
S.l.D.P
h) POTENCIA INSTALADA: 54 (cincuenta y cuatro) hp.
i) PERSONAL OCUPADO: 10 (diez) personas. ARTÍCULO 29: Confecciónese por intermedio de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, el
respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones donde se desarrolla su actividad, bajo apercibimiento de l.EY. --------–-–-–––––––--
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Florencio Varela M,uni(ipalidad
ARTÍCULO 39: La Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y
Desarrollo Productivo, notificará a la firma mediante la entrega del presente Decreto y del Certificado de Habilitación, el cual será exhibido cuando lo requiera la Autoridad Municipal, todo ello previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Irr',positiva vigente. ––-ARTÍCULO 49: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Industria y Desarrollo
Productivo y la Señora Secretaria de Hacienda respectivamente. -–––––------.------––-–––––––––-– ARTÍCULO 59: Tomen conocimiento, la Dirección General de Registro y 1 egislación y la Agencia Municipal de Ingresos Públicos (AMIP). ––––--––-------–--–––––––––-–--------––------––-––––––ARTÍCULOS 69: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, archívese
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Florencio Varela Mun}cáp8iiclad
Florencia Varela,
26 NOV2025
VISTO:
La Ordenanza N' 7732/12 mediante la cual se ratifica la vigencia de la Ordenanza 6035/09 que autoriza la creación del Parque Industrial Mixto en los términos del artículo 26 inciso d) de la Ley 13.744, su modificatoria y la Ordenanza N' 10517/23, y;
CONSIDERANDO:
Que, es intención firme de la Municipalidad de Florencio Varela avanzar con el desarrollo del Agrupamiento Industrial Mixto Promocional de Florencio Varela, ampliando el espacio productivo multisectorial orientado a pequeñas y medianas empresas, con interrelación productiva con el entorno económico y social, en donde se minimicen riesgos ambientales y se promueva el desarrollo tecnológico y educativo; Que, la Ordenanza N' 7732/12 y su similar posterior N'’ 10517/23 autorizan al Departamento Ejecutivo a realizar las actuaciones administrativas necesarias y tendientes al efectivo desarrollo de la iniciativa de carácter mixto promocional que permitan la continuidad del proyecto relativo al Agrupamiento Industrial de Florencio Varela según lo dispuesto en el artículo 26 inciso d) de la ley 13.7441 pudiendo ser incorporadas otras iniciativas compatibles y complementarias sobre la parcela, en forma simultánea y/o alternada y/o progresiva por etapas en su c,aso conforme lo establecido por el artículo 2' de la Ordenanza N'’ 10517/23;
Que. teniendo en cuenta lo establecido por la Ordenanza N'’ 9043/17. en función de lo dispuesto por la Ordenanza 7732/121 con el objeto de seleccionar el inversor que llevará adelante las obras necesarias, corresponde convocar a un Concurso de Antecedentes1 ponderando Ios de carácter técnico y profesional que brinden mejores garantías de desarrollo y cumplimiento de la obra, plazos, promoción y pago;
Que. la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo medlante nota de elevación y en concordancia con lo dispuesto por la normativa antes eferenciada, propone conformar el Comité de Evaluación, para realizar la
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preselección del inversor el cual estará integrado por miembros del gabinete municipal y de un representante de la Universidad Nacional Arturo Jauretche; Que, asimismo la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, ha detallado las obras necesarias para la aprobación de la continuidad del Agrupamiento Industrial de iniciativa mixta y las condiciones necesarias para seleccionar al inversor privado, en una propuesta de Pliego de Bases y Condiciones que permite garantizar al Ejecutivo hacer una convocatoria pública, amplia, ágil y transparente, para dar inicio a las obras necesarias;
Que, la Secretaría de Hacienda solicitó y cuenta con la tasación
oficial realizada por el BANCO PROVINCIA de BUENOS AIRES, en el mes de septiembre de 20251 lo que permite fijar el precio de la parcela 1328 ar, finalmente 1328 as con la anexión de la parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela sometida a este proceso de venta. Asimismo, se estima conveniente tomar el precio señalado por el Departamento de Tasaciones ofit.„tales de la mencionada entidad bancaria para la parcela antes detallada con más el 10% para cubrir las posibles variaciones en el mercado inmobiliario. Que1 corresponde proyectar el parcelamiento de la parcela 1328 as, originada de la parcela 1328 ar mediante la anexión de la parcela 1328 ak y la exclusión de la 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela, la ejecución de las obras necesarias para la concreción de este proyecto y encuadre en la Ley Provincial 13.744 y modificatoria, estará a excIusivo y único cargo del inveFSor que las asuma.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciones propias de su cargo. DECRETA
Aúículo 1,._ Afectase la parcela 1328 ar1 finalmente 1328 as con la anexión de la ____________part.,ela 1328 ak y exc,lusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción v de Florencio Varela, a fin de continuar el desarrollo del primer Agrupamiepto lndustria1 de Florencio Varela, bajo el régimen de iniciativa mixta previsto e_n la_ ley li74¿ en los términos de la Ordenanza N' 10.517/23 y demás normativa vigente y
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Artículo 2'.- Sométase la parcela 1328 ar, finalmente 1328 as con la anexión de la -––––––––- parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela, al régimen de iniciativa mixta promocional previsto en el artículo 26 inc. d) de Ley 13.744 de Agrupamientos Industriales de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en las Ordenanzas N' 10.517/23 y N' 7.732/12.-Artículo 3a.- Establécese que las obras a realizarse serán las dispuestas en el Pliego -–––––––– de Bases y Condiciones, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Una vez finalizadas las obras, el inversor privado, deberá ceder los espacios destinados a calles internas y reservas de uso público, conforme el artículo 6'’ de la Ordenanza 7.732/12 y el artículo 19' de la Ley 13.744. Dicho pliego será retirado en la oficina de la Jefatura General de Compras, sita en calle 25 de Mayo de 1810 N'’2725, Barrio Centro, Partido de Florencio Varela, los días lunes a viernes hábiles administrativos en el horario de 8:00 a 14:00 hs.---------------------------------------Artículo 4''.- Lonvóquese, a Concurso de Antecedentes y Propuestas a inversores privados interesados en la continuidad del desarrollo del Parque Industrial y Tecnológico de Florencio Varela -PITec Varela-, por el único e improrrogable plazo de 30 días corridos contados a partir de la publicación del presente, durante el cual el pliego estará disponible en el lugar, días y horarios establecidos en el artículo precedente. Los Proponentes deberán acreditar los antecedentes de carácter técnico y profesional que brinden mejores garantías de cumplimiento de obra, pIazos, promoción y pago como se detallan en el Pliego Anexo, y proponer pIazos y etapas de curnplirniento.------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 5'._ Constitúyase el Comité de Evaluación para la preselección de las - iniciativas propuestas en el marco del concurso de antecedentes del/os inversor/es privado/s interesados en la continuidad del desarrollo del PITecl_ quf estará integrado por el Señor Secretario General de Gestión Pública; Ios señ.ores Secretarios-’ de Industria y Desarrollo Productivo y de Obrasl Servicios Públicos,
Áh-Éie:ñt¿– –y Planificación- Urbana y la señora Secretaria de Hacienda df II Municipalidad de Florencio Varela Y el Señor Rector de la Uniyer9dad N,acioTa1 Arturo Jauretche o quien este designe en su reemplazo, quienes deber?n. pone.er?r1 es conforme las pautas fijadas en el artículo anterior, y en el artículo 41 inc- 1) de la Ordenanza 7.732/12.---------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 6'.. La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, efectuará las notificaciones a los funcionarios designadosl y convocara su integración y funcionamiento según lo detallado en el artít,.,ulo anterior. Concluida la labor del Comité, este elevará al Titular del Departamento Ejecutivo la/s propuesta/s y con la recomendación de que se consideren factibles suficientemente ponderadas lquella/s que se consideren preferibles. -–-–-––-–-–-––-––––----–––-–––-–––-–---
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Artículo 7'.- Fíjase el precio en la suma de $ 8.500.000.000 (Pesos ocho mil quinientos millones), más el 10% para la parcela 1328 ar, finalmente 1328 as con la anexión de la parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela conforme la tasación realizada por el Banco Provincia de Buenos Aires realizada en el mes de septiembre de 2025 a solicitud de la Secretaría de Hacienda. Dicho monto estará actualizado mediante aplicación de la tasa pasiva del Banco Provincia de Buenos Aires para operaciones a plazo fijo 30 días, contados desde el momento de la firma del contrato.-------------------------------------Artículo 8'’.- El Departamento Ejecutivo resolverá en base a la labor y propuesta –--–––-–--–- elaborada por el Comité de Evaluación, quien podrá declarar desierto el concurso o decidir sobre la selección que permitirá la suscripción de los compromisos pertinentes.---------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 9'’.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de ––––––––-- Hacienda y los señores Secretarios de Industria y Desarrollo Productivo y de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana.----------------------------
Artículo 10'’- Tomen conocimiento la Secretaría General de Gestión Pública, las ----–––-––––Secretarías de Industria y Desarrollo Productivo, Hacienda y Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------------------------------------------------------------------Artículo II'._
Remítase copia íntegra del presente decreto a la Universidad Nacional
---–––––––-- Arturo Jauretche.-----------------------------------------------------------------------Artículo 12'.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ACHIVESE-----------------
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CONCURSO DE PROPUESTAS PARA LA CONTINUIDAD DEL DESARROLLO DEL PRIMER AGRUPAMIENTO INDUSTRIAL MIXTO PROMOCIONAL DE FLORENCIO VARELA
ANEXO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. 1.1.
DEL LLAMADO A CONCURSO LINEAMIENTOS GENERALES DEL LLAMADO A CONCURSO
El presente llamado se realiza conforme a las Ordenanzas N'’ 7.732/12 y N' 10.517/23 y demás normativa vigente y aplicable al presente proyecto.
Las Propuestas deberán respetar las pautas y consideraciones establecidas en el presente Pliego.
Podrán presentarse propuestas que prevean la continuidad del desarrollo del Agrupamiento Industrial en los términos de las ordenanzas c,itadas, en forma
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simultánea y/o alternada y/o progresiva por etapas diferenciadas en su desarrollo con previsión de orden cronológico en su caso, de conformidad con lo que pudiera resultar del Plan de Inversiones propuesto y del cumplimiento de las condiciones fácticas, técnicas o normativas claramente identificadas por el Proponente en la misma, pudiendo tales condiciones consistir, entre otras, en trabajos y provisionesl prestaciones, habilitaciones y/o autorizaciones necesarias para la consecución de cada etapa e inicio de la siguiente de corresponder. El Concurso constará de dos instancias. En la primera, los Proponentes deberán presentar todos los sobres que contendrán la información establecida en el presente
de cuyo análisis resultarán aquellos Proponentes 02 Pliego, pasarán a la segunda instancia de evaluación. En la segunda instancia,
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preseleccionados
que los Proponentes preseleccionados deberán presentar toda la información adicional que oportunamente y a satisfacción de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo les sea requerida, relacionada a la factibilidad técnica, económica, financiera y jurídica de las Propuestas presentadas.
Los parámetros que se tomarán en cuenta en el proceso de evaluación de propuestas, a fin de acceder a la segunda instancia del Concurso, y que los proponentes deberán acreditar, serán: (i) Antecedentes generales en construcción de infraestructuras y urbanismo; (ii) Capacidad técnica para desarrollar la propuesta (iii) 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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Capacidad para promover el sector industrial y atraer radicaciones industriales adecuada a la Propuesta presentada por el Proponente.
Los Proponentes cuyas Propuestas hayan pasado la primera instancia de evaluación y hayan sido preseleccionados, participarán de la segunda instancia del Concurso, correspondiente a la de evaluación y selección final, para lo cual deberán suministrar a la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, a su satisfacción, toda la información adicional que les sea requerida. Las Propuestas serán evaluadas en todas sus instancias por un Comité de Evaluación conformado por el señor Secretario General de Gestión Pública; los señores Secretarios de Industria y Desarrollo Productivo y de Obras, Servicios Públicos,
Ambiente y Planificación Urbana y la señora Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Florencio Varela y el Señor Rector de la Universidad Nacional Arturo Jauretche o quien este designe en su reemplazo según lo dispuesto por la Ordenanza NC) 7.732/12 y su similar posterior N'’ 9.043/17, de acuerdo a los criterios establecidos en el presente Pliego y demás normativa vigente y aplicable.
Aquellas Propuestas que hayan accedido a la última instancia del proceso de selección, serán evaluadas por el Comité de Evaluación para recomendar la selección final del Proponente.
in 02 derecho a interponer reclamo alguno de cualquier naturaleza, ni a
En ningún caso los Proponentes, ante supuestos de desestimación de su Propuesta, suspensión del Concurso o de declararse desierto el presente llamado o del aplazamiento por cualquier causa de la resolución relativa a la selección final, tendrán solicitar indemnizaciones y/o reembolsos por cualquier causa.
++
La propuesta finalmente seleccionada por el Señor Intendente Municipall conforme con lo establecido en artículo 8') del Decreto, permitirá la firma del contrato
b correspondiente entre la Municipalidad de Florencio Varela y el proponente. OBJETO DEL CONCURSO LO 1.2.
La Municipalidad de Florencio Varela, a través de la Secretaría de Industrla y Desarrollo Productivo convoca por el plazo de treinta (30) días corridos desde la publicación del presente pliegol a empresas e instituciones privadas a participar en el desarrollo del proyecto para la continuidad del Primer Agrupamiento Industrial Mixto Promocional de Florencio Varela (PITEC yARELA) localizado en la Ruta Provincial N'' 36 Km. 34 de la localidad de Ingeniero Allan, partido de Florencio Varela. El predio en donde se emplaza el proyecto para la continuidad del desarrollo del agrupamiento industrial es propiedad de la Municipalidad de Florencio Varela ha sido afectado al Agrupamiento Industrial Mixto Promocional bajo el régimen de iniciativa mixta previsto en la ley N' 13.744 y su modificatoria, en los términos de la Ordenanza N' 10-517/23 y demás normativa vigente y aplicable al proyecto citado, pudiendo ser incorporadas 25 de Mayo n, 2725 _ Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1) 4237 1601 - www.varela.gobBr
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otras iniciativas compatibles y complementarias sobre la parcela, en forma simultánea y/o alternada y/o progresiva por etapas en su caso según lo establecido por el artículo 2' de la Ordenanza N' 10.517/23. El inversor privado deberá fijar plazos a cada una de las etapas que previere para la ejecución y desarrollo del proyecto observando las disposiciones normativas imperantes y aplicables al caso. Esta iniciativa afecta dicho predio para la continuidad del primer agrupamiento industrial mixto promocional en los términos de la Ley Provincial N' 13.744 y su
modificatoria, proyecto que podrá incorporar iniciativas compatibles y complementarias sobre la parcela involucrada observando en un todo lo establecido por el Art. 2'’ de la Ordenanza N' 10.517/23, terreno sobre el cual es necesario realizar un conjunto de obras de infraestructura y una serie de aprobaciones técnico administrativas. En ese sentido, se convoca a inversores privados a presentar el proyecto a desarrollar que permita realizar dichas obras de infraestructura en la parcela individualizada en el Art. I' de la Ordenanza N' 10.517/23.
Los proponentes deberán formular el desarrollo y ocupación del espacio que represente un proyecto óptimo y beneficioso para la continuidad del Pitec que contemple el crecimiento y desarrollo de ese lugar y el potencial propio de la zona de influencia. Acorde a ello, se convoca a inversores privados interesados en la iniciativa propuesta a realizar a su único y exclusivo cargo los estudios técnicos y todas y cada una de las obras de infraestructura necesarias para gestionar y obtener las aprobaciones administrativas correspondientes en la parcela 1328 ar, finalmente 1328 as con la anexión de la parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela.
La aprobación final de las obras una vez ejecutadas por el inversor privado, es facultad de la Autoridad de Aplicación de la Ley N'’ 13-744 y modificatoria- Cumplida dic,ha aprobat,.,ión1 la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo le comunicará tal circunstancia al inversor y éste, a partir de ese momento, podrá solicitar a la Municipalidad de Florencio Varela la transferencia de las tierras conforme al contrato suscripto con ella, previo pago del precio fijado en el artículo 7' del Decreto En dicho contrato se estipulará que el inversor tendrá derecho a solicitar la titularidad de las parcelas resultantes de la subdivisión de la parcela 1328 ar, finalmente 1328 as con la anexión de la parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela, asignando eI 5% de la superficie parcelada reserva de uso DúbliC,o. observando estrictamente detalles y restricciones 51
nRi¿A
blasmadas en el plano aprobado.
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En tal circunstancia el inversor deberá abonarle a la Municipalidad de Florencio Varela el valor acordado de las tierras al momento de firmarse el contrato. Dicho valor será el mencionado en el presente Decreto con más la tasa pasiva del Banco Provincia de Buenos Aires para operaciones a plazo fijo 30 días, aplicado desde la fecha de la firma del contrato.
Paralelamente a la ejecución de las obras por parte del inversor privado, la Municipalidad con intervención de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo desarrollará un espíritu colaborativo que permita avanzar el proyecto, interviniendo en todo trámite que resulte necesario en pos de las aprobaciones técnico administrativas necesarias para la continuidad del desarrollo del agrupamiento industrial en la Provincia de Buenos Aires. La continuidad del desarrollo del parque industrial proyectado se encuentra
encuadrado como Sector Industrial Planificado Mixto Promocional conforme a lo establecido en el artículo 26 inciso d) de la Ley Provincial N'’ 13.744 y su modificatoria. 1.3.
tf3
61 nO
CONSULTAS Y ACLARACIONES
Las consultas deberán hacerse en en la oficina de la Jefatura General de Compras y Suministros1 sita en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, Barrio Centro, Partido de Florencio Varela, los días lunes a viernes hábiles administrativos en el horario de 8:00 a 14:OO hs.
1.4.
FECHA DEL LLAMADO
Desde la fecha de publicación del presente, los Proponentes tendrán 30 días corridos para presentar los sobres solicitados en el item 4.4. donde consten Ios antecedentes y la propuesta del Proponente.
b LU(,AR y FORMA DE PRESENTACIÓN LAS PROPUESTAS LO El lugar de presentación de las propuestas se establece en la oficina de la 33 Partido de Florencio Varela1 los días lunes a viernes hábiles administrativos en el 1.5.
DE
Jefatura General de Compras y Suministros, sita en calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725,
horario de 8:00 a 14:00 hs.1 en donde les será entregada constancia de recepción de esta
2.
DEL PROYECTO GENERAL DESCRIPCIÓN GENERAL
ir:===o:5 EeH=;:nu:?oa:al=llad(ep::::o5:rtí:):T:m§lIEi:uS:dEje:jojl=e:::rii:lvTj:: 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.vareta.gobar
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intenta ampliar un espacio productivo multisectorial orientado a pequeñas y medianas empresas, con interrelación productiva con el entorno económico y social, en donde se minimicen riesgos ambientales y se promueva el desarrollo tecnológico y educativo. Uno de los principales atributos del Pitec Varela es su localización estratégica, que le da una excelente conectividad con los principales centros urbanos, posibilitado por un rápido acceso al sistema de autopistas y rutas del país.
El Pitec Varela resulta un lugar muy atractivo tanto para aquellas empresas nuevas que tienen que definir un lugar para radicarse como también para aquellas empresas que tienen que relocalizarse con el objetivo de crecer. Para ello se ha tenido en cuenta el proceso de relocalización industrial que se viene produciendo dentro de la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA), especialmente en el primer cordón, en donde la escasez de tierras con zonificación industrial ha producido en las últimas décadas un éxodo de industrias hacia el segundo y tercer cordón de la RMBA. Las condiciones económicas registradas en los últimos años en donde la actividad económica del país ha crecido a una tasa promedio por encima al 7% anual, ha favorecido la generación de nuevos emprendimientos productivos y la relocalización de empresas que necesitan expandirse. A esto se suman las exigencias ambientales de la sociedad que han obligado a las empresas a buscar nuevos sitios para la localización de sus empresas, Por estos motivos los Parques Industriales en los últimos años y en particular dentro de la RMBA han pasado a ser lugares muy buscados por las empresasl dado que se han convertido en una alternativa de localización muy beneficiosa paFa la radicaclon industrial. En este marco, el Pitec Varela resulta una excelente oportunidad de
localización para las empresas que buscan un espacio productivo en donde puedan desarrollarse, dado que es lugar cercano a Ios principales centros de consumo’ p 9s 9e una exc,elente c,onet,tividad vial, infraestructura de servicios acorde al uso industrial y zonificación apta para el desarrollo de actividades productlvas-
Por último, es importante destacar la voluntad política del Municipio de Florenfno Varela de promover1 acompañar y potenciar el proyectol de manera que la? actividades productivas que se desarrollen en el Pitec Varela g?neren .fuen IFe ,dE ir;'ÉLjJ-;;nuIno
; iiianÍc;
para 1a ¿oblac,ión y tengan un efecto multiplicador .en la ?ctivid.ad
’Éca1. 'sin deja; de menci¿nar el régimen especial de exenciones tributari?:
MMW ¿stablet,ido para e1 sector industrial nuevo y/o que se reubique en el Parque Industria1 de Florencio Varela. 2.2.
EL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO
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La continuidad del desarrollo del Pitec Varela se proyecta en un predio ubicado sobre la Ruta Provincial 36 a la altura del kilómetro 34, a metros de la intersección con la Ruta Nacional 2, en donde se encuentra la rotonda "Alpargatas". Posee una extensión de 560.815,62 m2 y su identificación catastral es parcela 1328 ar, finalmente 1328 as
con la anexión de la parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela.
Su ubicación posee una excelente conectividad con el sistema de rutas nacionales y provinciales del país. Ello se demuestra por el hecho de que, en un radio de 10 km se vincula con una autopista, dos rutas nacionales y tres rutas provinciales. A ello se suma la futura AU Presidente Perón cuya ejecución ya se encuentra en el territorio varelense. 2.3.
DISTANCIAS A LOS PRINCIPALES CENTROS URBANOS Ciudad Autónoma de Buenos Aires Por AU Buenos Aires - La Plata..........................................-.33 km
Por Ruta Provincial NO 36....................................................25
km
La Plata Por Camino Parque Centenario........................................... Por AU Buenos Aires - La Plata
-# a\q==
La 02
.27 km
........................................33 km
Por Camino General Belgrano..............................................28
km
Mar del Plata - Por Ruta Nacional N'’ 2 (conexión RP N'’ 36)........... 370 km Bahía Blanca - Por Ruta Nacional N' 3 (conexión RN N'’ 210)--..-.. - -657 km Córdoba - Por Ruta Nacional N'’ 9 (conexión RP NC) 4).-...-...-.----.-.-.-750 km Rosario - Por Ruta Nacional N'’ 9 (conexión RP N'’ 4)...--..---..-....---„370
2.4.
km
DISTANCIAS A LOS PRINCIPALES CENTROS DE TRANSPORTE Puerto de Buenos Aires...............................
--.---.--...... 33 km
Puerto de La Plata......................................--..-......- . --30 km Ma
Puerto de Dock Sur...............................---....---.--.„-„-„-30
km
Aeropuerto
km
Internacional
de
Ezeiza.
. . .. . . . . ... . . . . . . . . . . .. . . . . . . - - -45
Zona Franca La Plata.............................---.--..---.---.-„„-29
km
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2.5. CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO
El Pitec Varela se emplaza y desarrolla en la localidad Ingeniero Allan del partido de Florencio Varela. La localidad de Ingeniero Allan está compuesta por un conjunto de barrios denominados: El Parque, Ingeniero Allan, La Carolina 2, La Rotonda, La Carolina 5, La Carolina 9 y la Zona Industrial La Rotonda.
La parcela es contigua al barrio La Rotonda, con una fracción con equipamiento en materia de comunicaciones, con la fábrica textil Alpargatas, con una fracción denominada La Rotonda Industrial y con el barrio El Parque. 2.6. EL ACCESO El acceso al Parque Industrial actualmente se encuentra sobre la calle 1236, ubicado a 750 metros de la rotonda denominada "Alpargatas". 2.7. LAS OBRAS BÁSICAS DE INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS Las obras básicas de infraestructura de servicios para la continuidad del desarrollo agrupamiento industrial, conforme a los requisitos establecidos por la ley N'’ 13.744 y su modificatoria, son: a) Calles internas pavimentadas con acceso desde calle pública pavimentada. Ancho mínimo de calzada pavimentada, siete metros (7m). b) Energía eléctrica. c) Comunicaciones. d) Suministro de agua. e) Sistema de desagües cloacales y tratamiento de Ios mismos. f) Obra para la provisión de gas g) Desagües pluviales e industriales aprobados por autoridad competenteh) Cerco perimetral de alambrado olímpico, metálico o de mampostería de dos metros cuarenta centímetros (2,40 m) de altura mínima.
i) Cortina de protección ambiental. Ancho mínimo de la zona de protección ambiental forestada, quince metros (15 m). j) Acceso. Control de acceso peatonal y vehicular, que deberá ser únlco-
2574 25 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (94 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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2.8. LAS OBRAS EJECUTADAS sobre el predio contiguo cuya ampliación comprende este llamado.
El predio lindero cuenta con obras que el Proponente deberá verificar en su visita al lugar. Ellas son: • Apertura de calles internas.
• Obras hidráulicas conforme al proyecto aprobado por la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas. • Obras de tendido de la red cloacal.
. Pórtico de ingreso por calle 1236.
2.9. PROPUESTA DE OBRAS La propuesta de obras deberá contemplar como mínimo las obras detalladas en el ítem 2. 7 teniendo en cuenta su necesaria integración con las obras ya realizadas en el Pitec que el Proponente deberá integrar con el proyecto ejecutivo que presente pudiendo adicionar todas aquellas obras que crea conveniente desde el punto de vista de lograr una mejor prestación de servicios a las empresas que se radiquen en el Pitec Varela, en forma integral. 2.10. ETAPABILIDAD
El Proponente puede presentar un desarrollo en etapas siempre y cuando la píimera cumpla con todas las exigencias que la autoridad de aplicación de la Ley N' 13-744 y su modificatoria impone para su aprobación. 2 11. LA GESTIÓN DE LA APROBACIÓN DE LAS OBRAS NECESARIAS PARA LA CONTINUIDAD DEL DESARROLLO DEL AGRUPAMIENTO INDUSTRIAL Para la aprobación de las obras necesarias para la continuidad del desarrollo del primer agrupamiento industrial, además de las obras anteriormente detalladas, se fequiereáe la aprobación de estudios técnicos y gestiones administrativas, entre las que se mencionan:
• E.l.A , Certificado de aptitud ambiental otorgado por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. Subdivisión del predio aprobada por la Dirección Provincial de Geodesia'
Conforme de las obras hidráulicas por la Dirección Provincial de Hidráullca y la lependencia competente con injerencia en la maten}:„b &: a
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• Plano de subdivisión y otros necesarios vinculados al proyecto.
La gestión de las aprobaciones específicas (Dirección Provincial de Hidráulica, Dirección Provincial de Geodesia, Ministerio de Ambiente de la Pt,ia. de Buenos Aires.
ADA, empresas prestatarias de servicios públicos y toda otra dependencia con injerencia en la materia) y del agrupamiento industrial (Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial) estará a cargo del inversor seleccionado por la Municipalidad de Florencio Varela, interviniendo ésta en todo aquello que resulte estrictamente necesario. 2.12.
LASUBDIVISIÓN
El predio se compone por la parcela 1328 ar, finalmente 1328 as con la anexión de la parcela 1328 ak y exclusión de la parcela 1328 an de la Circunscripción V de Florencio Varela que posee una superficie de 560.815,62m2.
La citada parcela deberá ser subdividida por el proponente en parcelas industriales y/o comerciales que proponga el inversor con la conformidad de la Municipalidad a exclusivo cargo del inversor proponente. 2.13. NORMATIVAS INTERNAS
ETS El Pitec Varela cuenta con un conjunto de normativas internas compuestas por el
02
iF<F
Reglamento de Administración, el Reglamento de Funcionamiento, el Plan de Contingencias y el Programa de Gestión Ambiental. Todos los consorcistas, su personal y sus visitantes deberán cumplir con lo establecido en las normativas internas. 2.14. CONTROL AMBIENTAL
F' „ El Pitec Varela cuenta con un Certificado de Aptitud Ambiental otorgado por el
UB Ministerio de Ambiente de la Pcia. de Buenos Aires el cual fija las pautas para
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los
monitoreos periódicos de las variables ambientales que deberán realizarse. 2.15. ADMINISTRACIÓN La Administración del Pitec Varela está a cargo del Consejo de Administración según lo establecido en su reglamento. Una vez terminadas las obras a cargo del inversor privado, comunicada la aprobación de las gestiones pertinentes relacionadas con los trabajos del agrupamiento industrial por parte de la autoridad de aplicación de la ley N' 13.744 y su modificatoria en su
caso y transferidas las tierras al inversor privado, se observará en un todo la ’Administración del Pitec Varela que integrado del siguiente modo:
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• Asamblea de propietarios: Es el órgano en el cual se encuentran representados todos los propietarios y sus decisiones serán de cumplimiento obligatorio para todos y cada uno de los propietarios.
• Conseio de administración: El Consejo de Administración estará conformado por seis miembros titulares e igual cantidad de suplentes. Cuatro serán elegidos por la Asamblea de Copropietarios y representarán a los propietarios y dos en representación del Municipio designados por el Departamento Ejecutivo, con el objeto de asistir y mantener las políticas de la comuna para el desarrollo del Agrupamiento y futuras ampliaciones. • Administrador: El Administrador será el encargado de ejecutar las tareas del Consejo y de cumplimentar las instrucciones específicas que éste le imponga, actuando en todos los casos por autoridad delegada del mismo.
2.16. ZONIFICACIÓN, USOS E INDICADORES URBANÍSTICOS
• Zonificación: El inmueble es Zona Industrial Exclusiva 11 establecido en la Ordenanza N' 9.120/17 y 9.557/19 modificatorias de la Ordenanza N'’ 596/80. La zona industrial exclusiva 11 como así también su extensión sobre zona de ruta se encuentra alcanzada por las disposiciones propias de las Bandas de Circulación emanadas por el Código de Zonificación vigente y aplicable.
113 • Usos permitidos:
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O Usos predominantes: Industria y almacenaje con área de carga y descargal maniobra y estacionamiento dentro de la parcela no inferior al 20% de la superficie ocupada. Estará orientado básicamente a empresas de primera y segunda categoríal según ley 11.459 y modificatorias. Asimismo1 deberán observarse estrictamente los usos contemplados para el sector cuya extensión se ubica sobre de zona de la Ruta p(,ial. 36 en función de lo establecido por el código de zonificación local antes reseñado.
Por las limitaciones que impone el recurso acuífero quedan excluidas las sigulentes actividades: • Mataderos de aves, vacunos, porcinos y ovinos• Fábricas de pulpas de papel, madera o cartón• Refinerías de petróleo.
• Curtiembres. • Fabricación de explosivos. e Fabricación de artículos de pirotecnia.
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• Fabricación o fraccionamiento de plaguicidas y/o herbicidas.
Usos complementarios: Estacionamiento, restaurantes, destacamentos de seguridad (bomberos, policía, entre otros), primeros auxilios, comercio minorista y guarderías (dentro de las industrias).
Usos condicionados: Todos aquellos existentes y no especificados expresamente como predominante o complementario. Solo se los podrá acondicionar sin incrementar su superficie cubierta. e
Indicadores urbanísticos Lado mínimo de las parcelas: las nuevas parcelas deberán tener un lado mínimo de 40 mts. Superficie mínima de las parcelas: Las nuevas parcelas deberán tener una superficie mínima de 2.000 mts2.
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Factor de ocupación del suelo (F.0.S.): La superficie de ocupación máxima será el 0,5 de la superficie total de la parcela. F.O.S. = 0,5. Además se tendrá en cuenta un retiro de frente de 20% del largo de la parcela. En caso de parcelas cuyos frentes sean iguales o mayores a 40 mts. se tendrá un retiro lateral del 13(7, respecto de cada eje. Fac,tor de ot.,upat..,ión total (F.o. T.): La superficie máxima construible será de 0,5 veces la superficie de la parcela. F.O.T. = 0,5 Fondo libre: Se establece como fondo libre el 10% del largo de la parcela-
Servicios imprescindibles: Pavimentos reforzados, energía eléctrica, desagües pluviales, desagües industriales, transporte público de pasajerosl gasEfluentes industria/es: El tratamiento de los efluentes industriales sean estos sólidos1 líquidos y/o gaseosos, se realizará dentro de Ios límites de la parcelaServicios complementarios: Agua corriente, red de incendio, teléfono públicol recolección de residuos industriales. Densidad neta: 200 mts.2 por operario (Ordenanza General 285, Capítulo 2, Art. 3', Inciso b) onstituido el Agrupamiento Industrial como Sector Industrial Planificado Mixto podrá cogerse a los indicadores de uso que fije la Ley 13.744 y su reglamentaclón que son: 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aiíes Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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Factor de ocupación del suelo (F.O.S) = 0,6 Factor de ocupación total (F.O.T.) = 1,2. Frente de parcela: mínimo de 40 mts Superficie de parcela: mínimo 2000 mts. Cantidad mínima de parcelas: 15 Retiro de frente: mínimo 3 mts. Retiros laterales: mínimo 3 mts. Retiro de fondo: 3 mts.
2.17. RÉGIMEN DE INCENTIVOS PARA LAS EMPRESAS QUE SE RADIQUEN EN EL PITEC VARELA Régimen de Promoción Industrial Provincial Las empresas que se radiquen en el Pitec Varela estáran exentas de impuestos provinciales de acuerdo con las normativas vigentes.
El acogimiento de estos beneficios no es automático. Para ello la empresa debe presentar la solicitud de promoción, previo a los inicios de su actividad a escala industrial en el agrupamiento industrial.
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Incentivos Municipales La ordenanza 10.754/24 - Ordenanza Fiscal e Impositiva para el ejercicio 2025 establece para el Municipio de Florencio Varela un régimen de promoción industrial que se dan por reproducidos el Art. 78 y ccdtes. de la citada norma local aplicables al caso
Ln C\2 2. 18 DOCUMENTACIÓN ANEXA: Se adjuntan al presente la siguiente documentación de detalle: a. Plano de subdivisión 32-34-2018 b. Plano de subdivisión 32-35-2018 c. Escritura titularidad de dominio del inmueble d. Informe de dominio del inmueble e. Ordenanzas N' 7732/12 y N'’ 10.517/23. f. Cualquier otra información de interés que necesite detalle. 3. DE LOS PARTICIPANTES 25 de Mayo no 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1) 4237 1601 - www.varela.gobar
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3.1.
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ANTECEDENTES
El Proponente debe adjuntar un detalle cronológico de las obras realizadas en los últimos 10 años, preferentemente vinculadas a la construcción de complejos industriales y/o habitacionales de gran escala, y cualquier otro que considere de utilidad para demostrar aptitud y experiencia para desarrollar las obras e incorporar y/o mejorar radicaciones industriales en el Pitec Varela, destacando que será preferente aquel antecedente de carácter local debidamente acreditado vinculado al desarrollo de infraestructura para parques industriales.
3.2.
CAPACIDAD LEGAL
El Proponente debe contar con todas las inscripciones y/o habilitaciones requeridas en el ordenamiento laboral, en el sistema de seguridad social, por las normas impositivas nacionales, provinciales y municipales en su caso, y por lo demás organismos administrativos de control o fiscalización que correspondan por el tipo de actividad y/o por la naturaleza del sujeto.
Los contratos sociales, estatutos y documentos constitutivos deberán mantener su vigencia durante toda la duración del emprendimiento.
113
62 '+
3.3.
CAPACIDAD ECONÓMICA Y FINANCIERA
La capacidad económica y financiera del Proponente será determinada en función de la relación existente entre sus antecedentes y la propuesta que realicel debiendo el Comité de Evaluación emitir opinión al respecto. En el supuesto de que el Proponente sea una persona jurídica de carácter asocIatIVO
>
y a los fines indicados en el párrafo precedentel y de la evaluación de antecedentes,
capacidad económica y financiera, será la que resulte de sumar 9 UD lacorrespondientes capacidades de sus integrantes- Ninguno podrá tener menos del la
32
10
o/, de la capacidad de ejecución de dicha entidad.
3.4.
DOMICILIO DEL PARTICIPANTE. NOTIFICACIONES
El Proponente deberá denunciar su domicilio legal y constituir domicilio especial en el Municipio de Florencio Varela. Asimismo, deberá denunciar una dirección de correo electrónic,o a través de la cual recibirá comunicaciones oficiales del presente Concurso.
M
_os cambios de domicilio y de correo electrónico serán válidos una vez comunicados in forma fehaciente a la Secretaría de Industria y Desarrollo Productlvo.5.
PRESENTACIÓN CONJUNTA DE MÁS DE UNA EMPRESA 25 de Mayo no 2725 _ Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobaí
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Los Proponentes que se Dresenten en forma nnnqnrnial dnhnrár, aoArr,r,año,
Al
instrumento formal de constitución con la correspondiente constancia emitida por el Registro Público respectivo.
Las empresas integrantes deben declararse solidariamente responsables por el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el marco del desarrollo del proyecto Pitec Varela. Cada uno de los integrantes deberá presentar la totalidad de la documentación requerida debiendo unificar domicilio y personería. Alternativamente, los Proponentes podrán presentar un Convenio Interempresario Consorciall comprometiéndose a la futura conformación de la UTE y su relación jurídica en función de la estructura jurídica asociativa prevista en la Propuesta. En caso de resultar seleccionado, los Proponentes deberán acreditar la inscripción de la UTE en el Registro Público de Comercio. 3.6.
INHIBICIONES
Los miembros del directorio de las empresas Proponentes y su personal no deberán ser empleados o funcionarios del Estado. No podrán ser Proponentes quienes tuvieran deuda pendiente con la Municipalidad de
Varela, rigiendo lo establecido por la Ordenanza N'’ 8.573/14 en materia UD Florencio Deudores Alimentarios Morosos.
de
02 -xJ:
Se encuentran inhabilitados para presentar propuestas quienes se encuentren en concurso preventivo o quiebra. Se deberá acompañar en la Propuesta la constancia emitida por el Registro de Juicios Universales. 4.
DE LAS PROPUESTAS
4.1.
ADQUISICIÓN DEL PLIEGO
02 Para
presentar propuestas es obligatorio haber retirado el Pliego. El valor del mismo se fija en la suma de Pesos ciento siete mil cuatrocientos ($ 107.400.-).
El retiro de la documentación en fecha cercana a la apertura del Concurso no será causal para que la empresa que ha retirado el Pliego pueda solicitar una postergación de este, como tampoco la modificación del lapso fijado para el pedido de aclaraciones. 4.2.
CONFORMIDAD CON EL PLIEGO
La sola presentación de la propuesta implica por parte del Proponente el pleno conocimiento y la aceptación de los términos y condiciones que surgen del presente Pliego
qm
25 de Mayo n' 2725 - Florencio \hrela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos AIres Tel.: (91 1 1) 4237 1601 - www.vareia.gobar
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@ 4.3.
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VISITA OBLIGATORIA AL PREDIO
Es obligación del Proponente visitar el predio para su reconocimiento y observar las condiciones de éste. Como resultado de dicha visita, deberá acompañar junto a su Propuesta la constancia de visita del predio emitida por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, la que reviste carácter de declaración jurada. A los fines precedentemente mencionados, los participantes deberán asistir al predio el día y hora que la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo indique. La no realización de la visita al predio será causal de desestimación de la Propuesta.
No se admitirá reclamo de ninguna naturaleza, basado en la falta absoluta o parcial de información del Pliego y/o en los datos, informes y/o circulares con o sin consulta que emita o entregue la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. 4.4.
in
CONTENIDO DE LA PROPUESTA
El proceso de selección de las Propuestas contempla la presentación por parte de los Proponentes de dos (2) sobres, cada uno de ellos con la documentación que se indica más abajo.
02 del Proponente, ponderando prioritariamente aquellos de carácter técnico
El objeto del Sobre NO 1 es aportar información que permita evaluar los antecedentes y
profesional que brinden mejores garantías de cumplimiento de obra, plazosl
'd
promoción y pago.
>
El objeto del Sobre No2 es aportar información que permita evaluar la viabilidad técnica de la Propuesta y la mpacidad de promoción de radicaciones industriales.
LO SOBRE o - ANTECEDENTES
r\2 ,
N
1
Constancia expedida por el Registro de Juicios Universales en la cual conste que el proponente no se encuentra concursado o en proceso de quiebra• Constancia de compra y retiro del Pliego de Bases y Condlclones+ Constancia de visita al predio.
, Declaración de aceptación de la jurisdicción judicial.
, Copia de1 contrato social y modificatorias. Si es una UTE deberá presentar el contrato constitutivo.
25 de Mayo n, 2725 _ Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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• Copia de la última acta de designación de autoridades y distribución de cargos. • Constancias de inscripción en ARBA y ARC,A.
: 9onstancia de las declaraciones juradas previsionales correspondientes a los últimos 6 meses. • Poder del representante legal, en c,aso de corresponder.
• Memoria y balance de Ios últimos 2 ejercicios certificados por profesional de
Ciencias Económicas debidamente matriculado.
• Listado de bancos con los que opera habitualmente.
• Detalle de trabajos realizados en los últimos 10 años vinculados al desarrollo de proyectos de desarrollo urbanísticos/industriales. • Cantidad de personal que cuenta la empresa (directos e indirectos; administrativos. técnicos, profesionales etc.). • Informe sobre la capacidad operativa de la empresa.
• Pliego de Bases y Condiciones firmado en todas sus fojas por el representante legal de la empresa. SOBRE NO 2 - PROPUESTA
• Plan director de la Propuesta deberá incluir todos los trabajos vinculados a la iniciativa que permita su consideración en forma integral, vale decir, contendrá un proyecto ejecutivo para la continuidad del desarrollo del agrupamiento industrial en predio de propiedad de la Municipalidad de Florencio Varela que ha sido afectado al Agrupamiento Industrial Mixto Promocional bajo el régimen de iniciativa mixta previsto en la ley N' 13.744 y su modificatoria, en los términos de la Ordenanza N' 10.517/23 y demás normativa vigente y aplicable al proyecto citado, pudiendo ser incorporadas otras iniciativas compatibles y complementarias sobre la parcela, a desarrollar en forma simultánea y/o alternada y/o progresiva por etapas en su caso según lo establecido por el Art. 2' de la Ordenanza N' 10.517/23. . El Anteproyecto por ejecutar deberá aiustarse a las disposiciones establecidas 1' 13.744 su modificatori, y contener mínimamente la siguiente nformación
bor Le'
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25 de Mayo n. 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Proünlia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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1.
Callfs
tn11e pública pavimentada. Acompañar memoria descriptiva y pIano gener¿l con detalle del tipo de pavimento, perfiles de calzada1 ancho útil, radios de curvatura y demás datos relevantes.
ii.
internas
Energía eléctrica
pavimentadas
con
acceso
desde
Acompañar memoria descriptiva y pIano de 1a red de
distribución de corriente tetrafilar (3 380x220) con indicación de 1a acometida al predio, transformadores1 secciones1 capacidad prevista y demás datos. Deberá brindarse idéntica información para líneas de mayor tensión. iii. iv.
v.
Comunicaciones. Acompañar memoria descriptiva y pIano de la red de dIstribución de comunicaciones. Suministro de agua- Acompañar memoria descriptiva y pIano de distribución con indicación de la ubicación de los pozos1 t.,apac,idad de extracción en m:3/hora, y sistema de bombeo.
Sistema de desagües cloacales. Acompañar memoria descriptiva y pIano de la red, con el sistema de tratamiento de los efluentes cloacales. indicando capacidad de tratamiento. Desagües pluviales e industriales aprobados. Acompañar memoria descriptiva y pIano de la red interna con detalle de la salida de enuentes
vi.
líquidos previamente tratados por cada empresa hasta el cuerpo receptor, indicando las características generales, traza, detalle de la
vii.
viii.
ix.
conducción externa, servidumbres si fuera necesario, secciones. diámetro de conductos y cámaras de tomas de muestra individuales por empresa. Resolver el canal a cielo abierto existente en el predio. Cerco perimetral de alambrado olímpico. Acompañar memoria descriptiva detallando las características del cerramiento.
Forestación de protección ambiental. Acompañar memoria descriptiva indicando el sistema de plantación, especies, variedades, espaciamiento, implantación y cuidados previstos. Acceso. Control de acceso peatonal y vehicular. Acompañar memoria descriptiva y planos de las edificaciones
• Plan operativo. Etapabilidad propuesta fijando plazos que permita a la Municipalidad de Florencio Varela ponderar integralmente el proyecto. Observará lo establecido por Ordenanza N'10.517/23 • Plan de inversiones. • Propuesta económica indicando la forma de pago 4.5.
CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LAS PROPUESTAS
El Proponente es re 3ponsable de la exactitud de los cómputos que presente
25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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Las Propuestas se presentarán por triplicado. El duplicado y el triplicado podrá presentarse en fotocopias simples del original, el que deberá encontrarse debidamente firmado por el representante legal o apoderado del Proponente con facultades acreditadas al efecto. Cada Sobre integrante de la Propuesta deberá contener un listado detallado de todos los documentos que la componen. Todas las páginas y documentos deberán estar foliados. Se emplearán carátulas al comienzo de cada sección con un título que identifique el contenido.
El Proponente es exclusivo responsable de los errores que se cometiesen en su transcripción. Las enmiendas, raspaduras, y entrelineas deberán ser debidamente salvadas al pie, al igual que los eventuales agregados manuscritos.
Las Propuestas1 una vez entregadas en la Jefatura General de Compras y Suministros, quedarán incorporadas definitivamente a las actuaciones del Concurso. En el supuesto que se omitiese la presentación de algún elemento, la Jefatura General de Compras y Suministros a su solo juicio, siempre y cuando la presentación de la información omitida no altere el principio de igualdad entre Ios Proponentes, podrá solicitar su presentación al Proponente que ha cometido la omisión. 4.6.
GARANTiA DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
La Garantía de Mantenimiento de la Propuesta deberá ser constituida por el Proponente habilitado a participar en la segunda instancia del Concurso, una vez notificado por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo de la resolución que así 10 disponga. La garantía mencionada debeíá ser equivalente al 1 % del mont? t,alt,ulado en el Plan de Inversiones para la ejecución del proyecto para la continuidad de1 desarrollo del Agrupamiento Industrial, o de la primera etapa según la etapabilidad en su c,aso planteada en el Plan Operativo. Podrá constituirse en las siguientes formas
1. Depósito en cheque propio certificado o cheque cancelatorio, de conformidad con la Ley N') 23-345, complementarlas y reglamentaciones. 2. Fianza de entidad bancaria donde conste que la misma se constltuye
en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusió? en lo? términos del artículo 1583 y ss. del Código civil y Comercial de la Nación.
25 de Mayo n' TeL: (54 1 1 ) 423+ 1 ¿of - irLw.vareta.gobñr
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3.
4.7.
Póliza de Seguro de Caución cuyas cláusulas fueran aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, y por medio de las cuales la aseguradora se obligue en carácter de fiador solidario con renuncia a los beneficios de división y excusión. Dichas pólizas deberán ser contratadas en compañías aseguradoras de reconocida solvencia y seriedad, a juicio exclusivo del Comité de Evaluación y en beneficio de la Municipalidad de Florencio Varela.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Las Propuestas deberán mantenerse por 60 (sesenta) días corridos a contar desde la
fecha de notificación de la resolución que disponga que el Proponente resultó preseleccionado para continuar en la segunda instancia del Concurso, bajo pena de pérdida de la garantía constituida. Vencido ese plazo, los Proponentes que lo deseen podrán retirar su Propuesta y su garantía, pero si no lo hicieran queda entendido que han prolongado automáticamente el plazo de validez de la Propuesta, debiendo en su caso renovar la garantía de mantenimiento de oferta, por el mayor plazo que pudiere demandar la finalización del Concurso, conforme lo determine la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. El aviso de caducidad deberá ser hecho por el Proponente en forma fehaciente y con un mínimo de 15 (quince) días de antelación. 4.8.
COMITÉ DE EVALUACIÓN
La evaluación de las Propuestas estará a cargo de un Comité de Evaluación, constituido especialmente para tales fines. Dicho Comité sesionará en el Parque Industrial de Florencio Varela sito en calle 1236 N'’ 690, localidad Ingeniero Allan, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires.
El Comité de Evaluación remitirá su dictamen final para consideración por parte del Señor Intendente Municipal de Florencio Varela que tendrá la facultad de decldlr sobre la selec,(.,ión o bien declarar desierto el Concurso en su caso. 4.9.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los Sobres que integran la Propuesta se presentarán, dentro de Ios pIazos fijados al efecto. en la oficina de la Jefatura General de Compras y Suministros, sita en calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725 Partido de Florencio Varela, los lunes a viernes háblles administrativos en el horario de 8:00 a 14:00 hs., en donde les será entregada constancia de recepción de esta. Los sobres deberán presentarse debidamente cerrados y lacrados. En su frente solo se consignará la siguiente leyenda: SOBRE N',
2574 2
25 de Mayo n' 2725 - Florertcio Vbreta - C.R 1888 - P1 Tel.: (54 1 1) 4237 1601 - www.varela.gob2r
le Buenos Aires
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CONCURSO DE PROPUESTAS PARA LA CONTINUIDAD DEL DESARROLLO DEL SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO MIXTO PROMOCIONAL EMPRESA:
A. Presentación y apertura de sobres (primera instancia)
Los sobres podrán ser presentados hasta las 14:00 hs. del día 30 contado desde la fecha de publicación del presente, o hasta el día hábil siguiente a la misma hora, si aquel no lo fuera. El acto de apertura se realizará a las 15:00 hs. del día fijado en la Jefatura General de Compras y Suministros sita en calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725 del Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires. Antes de procederse a la apertura de las presentaciones los interesados podrán pedir o formular aclaraciones relacionadas con el acto, pero iniciada dicha apertura, no se admitirán nuevas aclaraciones.
Al momento de la apertura1 se labrará un acta que será firmada por los funcionarios autorizados y los Proponentes presentes en el acto de apertura de sobres, siempre y cuando estos quieran hacerlo1 en la que se dejará constancia de las Propuestas presentadas y su contenido. B.
Evaluación e informe de los sobres (primera instancia)
En oportunidad de analizar el contenido de los Sobres, tanto el Comité de Evaluación como la Set,.,retaría de Industria y Desarrollo Productivo podrán requerir a Ios Proponentes información adicional o aclaratoria que no implique la alteración.de las Propuestas presentadas, ni quebrantamiento del principio de igualdad; también podrán intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de de?lar fr hadmisible la Propuesta, todo ello dentro de los pIazos que fije la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. E1 Comité de Evaluación evaluará los Sobres integrantes de las Propuestas- A 19s
fines-b:–avanzar a 1a siguiente instancia del proceso de selección, se podrán ponderar1 en función del tenor de la Propuesta que realice Proponente' diversas variables relativas a su desempeño tales como: •
•
9
Patrimonio neto promedio. Fa(.,tura(.,ión anual promedio de los últimos 3 ejercicios Ratio de endeudamiento: EBITDA/Deuda financiera. Ratio de apalancamiento: Pasivo/ Activo. Ratio de solvencia: Patrimonio Neto/Paslvo
25'74 25 de Mayo n' 2725 Florencio Varela _ C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1) 4237 1601 www.varela.gobar
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El resultado de la evaluación de los Sobres de las Propuestas por parte del Comité de Evaluación será consignado en un informe y notificado por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo a todos los Proponentes. C. Derecho a observación del informe de evaluación (primera instancia).
Los Proponentes, tras la evaluación de los Sobres por parte del Comité de Evaluación, que le será notificada por escrito o en forma electrónica, podrán observar el informe respectivo dentro de los dos (2) días hábiles de la notificación de este. Las observaciones no suspenderán los plazos del Concurso y serán resueltas por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo al tiempo de dictar la resolución por la cual se definan los Proponentes preseleccionados para continuar con la segunda instancia del proceso de selección. En caso de que la observación prospere en todas sus partes, y quede firme, el observante quedará, en su caso, autorizado a participar en la segunda instancia del Concurso. Caso contrario, quedará impedido de continuar participando en la segunda instancia del Concurso. D. Presentación y apertura de los Sobres (segunda instancia)
UD
01 -49 Ti'w,
La preselección de los Proponentes será mediante resolución de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. Ello los habilitará a participar de la segunda instancia del Concurso. La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo deberá informar en el mismo acto el contenido de los Sobres con la información adicional requerida, el día, hora y lugar de presentación, así como también el día, hora y lugar de la apertura de Sobres de segunda instancia. Al momento de la apertura1 se labrará un acta que será firmada por los funcionarios autorizados y los Proponentes presentes en el acto de apertura de Sobres, siempre y cuando estos quieran hacerlo, en la que se dejará constancia de las Propuestas presentadas y su contenido.
LfD E. Evaluación e informe de los Sobres (segunda instancia) b En oportunidad de analizar el contenido de los Sobres, tanto el Comité de Evaluación como la Sec,retaría de Industria y Desarrollo Productivo podrán requerir a Ios Proponentes información adicional o aclaratoria que o implique la alteración de !as Propuestas presentadas, ni quebrantamiento del principio de igualdad; también podrán intimar a 1a subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarl?r fa Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo inadmisible la Propuesta, todo ello dentro de los plazos que fije la dependencia municipal antes mencionadaI Comité de Evaluación podrá convocar a los Proponentes a los fines de realizar una bresentac ión acerca de la Propuesta presentada, para su evaluación.
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:en::!?ódne dEe1:nI :ii:i ódne pr: 1: : eEoaJ oens: : ::: i: :eeg :a: d: ::d : :: :u : ::apial1: : speJ:: de: desarro110 ._del agrupamiento industrial A tales efectos deberá confeccionar ¿1 1a1
cor[esp 9ndiente orden de mérito, debiendo consignar su resultado en un informe qui
ee[a notificado a todos Ios Pnponentes que hubieren participado de dicha instancia del proceso de selección El/los Postulante/s que no cumplan la totalidad de los requisitos del Sobre N. 1 no serán tenidos en cuenta para la apertura del Sobre N' 2 sin excepción. F- Derecho a observación del informe de evaluación (segunda instancia).
Los Proponentes, tras la evaluación de la documentación presentada en la segunda instancia del Concurso por parte del Comité de Evalua(,ión1 podrán observar el lnforme respectivo dentro de Ios tres (3) días de la notificación de este.
Las observaciones no suspenderán los plazos del Concurso y serán resueltas por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo con carácter previo a la resolución del Comité de Evaluación que definirá al proponente. Preseleccionado para el desarrollo 1}
del agrupamiento industrial.
C\Q
4.10. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
Las garantías de mantenimiento de la Propuesta serán devueltas a los Proponentes
-'\1 : dentro de los diez (10) días hábiles de resuelta la selección final. A tal fin, el
>
LO
31
Proponente deberá concurrir a la Jefatura General de Compras y Suministros sita en calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725 del Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires. Tel. (011) 4237-1601/09 interno 2367, en el horario de 10:00 a 14:00 hs. en la cual haya tenido lugar el acto de apertura de los Sobres correspondientes a la segunda instancia del Concurso. 5. DE LA SELECCIÓN DEL PROPONENTE 5.1. ACTO RESOLUTIVO
Terminada la labor de la Comité de Evaluación, elevará a la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo la/s propuesta/s que se consideren factibles, suficientemente ponderadas y con la recomendación de aquella/s que se consideren preferibles. La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo elevará al Señor Intendente Municipal para su conocimiento y consideración para eventual ratificación y selección a/s propuesta/s surgidas de la labor del Comité de Evaluación, siendo esa selección 25 de Mayo n' 2725 - Florencio \hrela - C.P. 1888 ' Provincia de Buenos Aires Tel.: (94 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gobaí
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debidamente notificada al Proponente Seleccionado y a los Proponentes observantes en su eventualidad. La Resolución final adoptada por el Señor Intendente Municipal será inapelable.
El Titular del Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de rechazar todas las Propuestas y declarar desierto el Concurso, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los Proponentes. 5.2.
PLAZO DE INICIO DE OBRAS
El contrato entre la Municipalidad de Florencio Varela y el Proponente seleccionado deberá ser susc,ripto en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles contados desde la notificación al Proponente de su selección definitiva. Las obras necesarias para la aprobación en su caso para la continuidad del desarrollo ejecutivo del Sector Industrial Mixto, comprometidas en la modalidad y las etapas propuestas en la oferta, deberán dar comienzo dentro de Ios 30 (treinta) días de celebrado el contrato por las partes bajo apercibimiento de rescislónJURISDICCIÓN JUDICIAL
Las controversias que se suscitaren serán dirimidas por ante Ios Tribunales del Departamento Judicial de Quilmes que por fuero le corresponda a la Municipalidaq de Florenc,io Varela1 quedando expresada la renuncia de todo otro que pudiere corresponder a los Proponentes.
A tales fines, en relación con las notificaciones judiciales o prejudiciales que las parte? LeE;n cursar serán válidos los domicilios especiales constituidos por las parte?, Ios :;;1¿s mantendrán su plena vigencia mientras su modificación no fuere comunicada por escrito a la otra parte.
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VISTO :
La
nota
elevada
por
el
agente
municipal
MANSILLA
RAMON
quien se desempeña como Obrero –clase 1– por 42 / 00 horas semanales , en la Subsecretaría de Gestión y Afticulación Territorial Ambiental, dependiente de la Secretaría de Obras , Servicios Públicos Ambiente y Planificación Urbana , mediante la cual solicita una extensión de Licencia Especial con goce de haberes para la atención de familiar RICARDO ,
f
enfermo
;
CONS I DERANDO :
Que el agente agotó los días previstos según lo establecido
en el Artículo 45'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" , (C>rd . 9533 ) ; Que en virtud de las constancias médicas aportadas y habiéndose contemplado las razones expuestas , el Servicio de Medicina Laboral ha propuesto otorgar una extensión de dicha licencia, la cual puede darse a conformidad desde el 16 de octubre de 2025 y por el término de 30 (treinta) días; OR[t:;31;iIF.?It 01 f: iNt ISil.?¿Hr'Wü
Que lo solicitado
encuadra en las previsiones del Artículo
52'’ de dicho estatuto; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
2§
25
/ / / / .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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ii; : :#8;; !!:
-\1lSId Florencio Varela Muni(ipaliclad
/ 11 /2.–
DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Concédase extensión de Licencia
Especial con goce de haberes – – – – – – –para la atención de familiar enfermo al agente municipal MANSILLA RAMON RiCARDO, Leg . N'> 8.448 desde el 16 de octubre de 2025 y por el término de 30 (treinta ) días , de acuerdo a lo establecido en el Artículo
52'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" , (C)rd . 9533 ) . – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de– – – – – – –Hacienda, y por los Secretarios de Obras , Servicios Públicos , Ambiente y Planificación Urbana, y de Gobierno, respectivamente . – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Obras , Servicios Públi– – – – – – – –cos , Ambiente y Planificación Urbana, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación . – – – –
ARTiCULO
4 ' . –Regístrese
,
comuníquese
,
y cumplimenta(lo que sea , ARCHIVESE
.
b
DECRETO N' : .x } i :1?: 'kJ.'#:' +
.,.,PH;„.4..J.a
)r. Donoj%ibi D.pñie1 Á. Secr9tá'rio dQ.G6biemo
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400
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1
@'
Florencio Varela Municipalidad
FLOMNC10 VARELA’ 28 NOV2025 VISTO: El pedido de Reconocimiento como Entidad de Bien Público, formulado por la Asociación Civil, Social, Cultural y Deportiva “La Unión”, con domicilio en la calle 12 Nc’ 980, Barrio San Eduardo, Localidad San Juan Bautista, de nuestro Partido, mediante
Expediente Administrativo Na 4037-373 1-A-2025, y;
CONSIDERANDO: Que, según surge de las actuaciones de mamas, la peticionante ha
dado cumplimento a las disposiciones de la Ordenanza N'’ 971/85 que regula la organización y el funcionamiento de las Entidades de Bien Público.
Que, atento a lo expuesto, resulta procedente otorgar al peticionante el Reconocimiento, y ordenar su inscripción provisoria en el Registro Comunal de Entidades de Bien Público por el plazo de ciento ochenta (180) días, mediante el dictado del presente acto.
POR ELLO:
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO
VARELA, en uso de atribuciones inherentes a su cargo:
257$ 25 2$ ck Mayo te 2725 - Floreñe io Varela - C.P, i888 . Prcvlñcia de Buena$ Atm$ Tel: (91 11) 4237 lm - www varela.9oth8r
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DECRETA
ARTÍCULO lo: Reconócese como Entidad de Bien Público a la Asociación Civil, ----–––––––-–-Social,
Cultural y Deportiva “La Unión”, con domicilio en la calle 12
N'> 980, Barrio San Eduardo, Localidad San Juan Bautista, de nuestro Partido, mediante
Expediente Administrativo N') 4037-373 1-A-2025, y. –––––-–-–––––––––––––ARTÍCULO
2'’: Inscríbase en el Registro Comunal de Entidades de Bien Público, en
–––––––––---
forma provisoria, por el término de ciento ochenta (180) días, operado
el vencimiento del mismo, deberá tramitarse la inscripción definitiva. -–-––––––––-ARTÍCULO
3'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de
––-––-–––––-
Hacienda y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y de
Gobierno, respectivamente. ––-––––––––––––-––––––––---–––––––––––ARTÍCULO
4'’: Tome conocimiento la Secretaría de Relaciones Institucionales que
-–––––––-–––notificará con copia a la Entidad peticionante. -–––––-–––––-–– ARTÍCULO
DECRETO
5c’: Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea; Archívese. –-----
N o:
25 7$ 25 AlbI
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M’Jnicipahdad de Florencio Varela.
m, Dr,
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Municipalidad/ No- Vaíela C,'P. (its MLJNICTP\1 10l1) nfrÓRENCIÓ
Dr. DoI
VARELA
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Secretacid'de GobIerno uhid1
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Florencio Varela - C.P. 1888 - Pravia 'ia de 8ueño s Aires 1
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402
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
28
NOV 2025
VISTO: El pedido de Reconocimiento como Entidad de Bien Público, formulado por el Centro de Jubilados y Pensionados “Adultos en Acción Varelenses”, con domicilio en la calle 515 N'’ 3539, Barrio San Jorge, Localidad Gobernador Julio A. Costa, de nuestro Partido, mediante Expediente Administrativo N'’ 4037-2683-C-2025, y;
CONSIDERANDO: Que, según surge de las actuaciones de mamas, la peticionante ha
dado cumplimento a las disposiciones de la Ordenanza N'> 971/85 que regula la organización y el funcionamiento de las Entidades de Bien Público.
Que, atento a lo expuesto, resulta procedente otorgar al peticionulte el Reconocimiento, y ordenar su inscripción provisoria en el Registro
Comunal de Entidades de Bien Público por el plazo de ciento ochenta (180) días, mediante el dictado del presente acto.
POR ELLO: El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO
VARELA,
en uso de atribuciones inherentes a su cargo:
2577 -'25 25 de Mayo Nt 2725 - F}<xencio vareta - C.P. 1888 - Proviaci& de Buenos Aires Tel: (54 11} 4237 lm
- www.vareb.gotxar
403
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Publicación: 11.-
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA ARTÍCULO
1'’: Reconócese como Entidad de Bien Público al Centro de Jubilados y
––-–-–––––––Pensionados
“Adultos en Acción Varelenses”, con domicilio en la calle
515 N'’ 3539, Barrio San Jorge, Localidad Gobernador Julio A. Costa, de nuestro Partido,
mediante Expediente Administrativo N'’ 4037-2683-C-2025. ––––––––––––––– ARTÍCULO
2o: Inscra)ase en el Registro Comunal de Entidades de Bien Público, en
-–––––––––--
forma provisoria, por el término de ciento ochenta (180) días, operado
el vencimiento del mismo, deberá tramitarse la inscripción definitiva. ––––––––––--
ARTÍCULO
3'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de
–--–-–––-–-----
Hacienda y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y de
Gobierno, respectivamente. -––-––-–-–––––––––––––––––––––--–––––-ARTÍCULO
4'’: Tome conocimiento la Secretaría de Relaciones
–––––––––––qrotificará ARTÍCULO
DECRETO
Institucionales que
con copia a la Entidad peticionante. –-
5'': Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea; Archívese.
N o :
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
28 NOV203
VISTO: Lo actuado en el Alcance N'’3/2025 del Expediente Administrativo N'’ 4037-1529-S-
2025, correspondiente a la obra “EJECUCION DE NICHOS EN AMPLIACION DE CEMENTERIO MUNICIPAL - ETAPA I”- Licitación Privada N' 39/2025, segundo llamado, ejecutada por la empresa Constructora Calchaquí S. A. ;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 10 de septiembre del 2025’áe suscribió el Contrato General entre la Municipalidad y la Empresa Constructora Calchaquí S.Ac registrado en el libro de contratos bajo el N'’ 369/25 (fs. 4 a 6) en el marco de Licitación Privadá N'’ 39/2025, segundo llamado; Que, para garantizar el correcto funcionamiento de los nichos, es necesario ejecutar trabajos complementarios; Que, considerando el alto manto vegetal inicial del suelo, se deberá realizar un estudio para ejecutar una resolución estructural acorde a la necesidad del terreno; Que, al encontrarse sin reparos el terreno, se consideró la ampliación de la cubierta con un semicubierto sobre el frente; Que, con el fin de continuar la morfología arquitectónica, se adicionará una ampliación de vereda en continuidad con el semicubierto;
Que, con el fin de ampliar la vida útil de los nichos, se realizará la impermeabilización de sus interiores;
Que, a fin de cornplementar los trabajos detallados, se solicitó a la Empresa la cotización de los rubros necesarios, para la "Ejecución de nichos en ampliación de cementerio municipal - etapa I”, la cual fue presentada mediante Nota de pedido N'’ 05 (fs. 23 a 36), por un monto total de pesos diecinueve millones cuatrocientos cincuenta y siete mir cien con sesenta y cuatro centavos ($ 19.457.100,64);/ Que, las ampliaciones y modificaciones surgidas durante la ejecución de la obra, en el presente caso, representan el 19.98 % del monto de obra contratado;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
257 25 de Mayo N' 2725 ' Fiorencio Varela - C.P. 3888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1}) 4237 16(>i . www.varela,gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA: ARTÍCULO l'’: Apruébese la cotización de los trabajos adicionales de la obra
“EJECUCION DE NICHOS EN AMPLIACION DE CEMENTERIO MUNICIPAL - ETAPA I” presentados por la empresa Constructora Calchaqui S.A., por un monto total de pesos diecinueve millones cuatrocientos cincuenta y siete mit cien con sesenta y cuatro centavos ($ 19.457.100,64) ---.-––--
ARTÍCULO 2': Autorizase a la Dirección General de Análisis Presupuestario a realizar ============ las modificaciones presupuestarias pertinentes. ARTÍCULO 3'’: El importe mencionado en el art 1'’ deberá imputarse a la Jurisdicción
============ 1.1.1.01.09.000, Categoría Programática 32.75.57 -
Fuente de
Financiamiento 1.3.1, Objeto de Gasto: 4.2.1.01.02.
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras, ============ Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, y la Señora Secretaria de Hacienda. ----.------..-------–-.--––-–-–––-----–.---.------.-„-----------––––------ARTÍCULO 5': Tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y ============ Planificación Urbana, la Subsecretaría de Arquitectura, la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Gestión Contable y Presupuestaria, de Análisis Presupuestario, de Tesorería y de Registro y Legislación.
ARTÍCULO 6a: Regístrese. comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. –-–---.
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VARELA
25 de Mayo N'’ 2725 - Fioren c_io Varela - C.p. 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i . www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA,
2 8 NOV206
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo Nc>4037-3837-S-2025: y.'
CONSIDERANDO, Que, es necesario el reacondicionamiento y ejecución de instalación eléctrica en E.E.S. N'59 – Etapa
I, ubicada en el barrio Villa Vatteone del Partido, en el marco de la Ley Nacional 26.075 de financiamiento educativo (Fondo Educativo);
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA. en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA:
ARTICULO
1 ro.: Llámase/a Licitación Privada N'1 15/2025 )," llamado, para el día 09 de Diciembre de 2025 a las ––-––-----–––-11 :00 hs. para el reacondicionamiehto y ejecución de instalación eiéctrica en E.E.S. N'’59 – Etapa I. ubicada en el barrio Villa Vatteone del Partido, según lo expuesto en el Considerando. -––––––-–––––––––––––
4
ARTICULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por la -––-–-----------–- Jurisdicción 1.1.1.01.09.000. Categoría Programática 32.75.52, Fuente de Financiamiento 1.3.2. Objeto del Gasto 4.2.1.01.02., correspondiendo imputar para el ejercicio 2025 la suma de $3 1.132.171,70 y para el ejercicio 2026 $13.342.359,30. -–––––-–-----–––-––––––––––––––––-–--–---–-–---–––-––---–.––––––– ARTICULO 3ro: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fojas 11 a 33 inclusive. del citado expediente -------–-––––-- adrninistrativo. –––––––––--–-–-–––––––––––––––--––--––-----––––-–––––––-––-ARTICULO 4to.: Fijase la venta de Pliegos en la suma de $22.250,0(Y (PESOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON CERO CENTAVOS). -–––--–––-––––––––––––----–-––---–----–-––----––-–––––––– ARTICULO
5to.: El Presupuesto Oficial asciende a la suma de 844.474.531,00 (PESOS CUARENTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO CON CERO CENT.'\VOS). -, –---–--––––––––––––––––---–--–--––––––––––––––––––----–--–---–-–--–-–––––ARTICULO 6to.: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente. -–––––––––––––––––––----------
ARTICULO 7mo.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la ------––––––––-
Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes.-------------------------------
ARTICULO 8vo.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea. ARCHÍVESE.-----------------------------------------
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DECRETO N'
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA
28 NOV203
VISTO :
El
deceso
del
agente
municipal
MIRANDA
ARIEL
PASCUAL,
ocurrido el día 25 de octubre de 2025; y CONS I DERANDO :
Que en razón de lo expuesto corresponde darlo de baja de la planta del personal de la Comuna ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA:
ARTÍCULO 1 c).–Dése de baja por fallecimiento al agente municipal MIRANDA – – – – – – ARIEL PASCUAL , Leg _ No 8.355 , D . N . I , N '’ 30 _ 183.503 , Z quien se
desempeñaba como Técnico –Clase IV– por
Secretaria de Educación, a partir
42 , 00 horas
semanales , en la
del 25 de octubre de 20Z5 . – – – – – – –
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ARTÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – –Hacienda y Educación, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – n
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
11112.–
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Educación,
– - – – – Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
.– – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese,
DECRETO
comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE .
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Tel: (54 11} 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Muni(ipaiidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO:
Las disposiciones contenidas en la Ley 9.507 , del 4 de Marzo de 1980 , y el subsidio establecido en su Artículo 1 '’ referente al fallecimiento de agentes municipales ; y CONS l DERAN DO :
Que en el artículo
de la citada Ley, se establece que se deberá abonar dicho subsidio en forma inmediata al cónyuge supérstite , siempre que no se encontrara divorciado o separado de hecho sin voluntad de unirse ; si no se abonará en partes iguales a los hijos y no habiéndolos , a los
padres
2 '’
;
Que con fecha 25 de octubre de 2025 , se produjo el deceso
del agente municipal MIRANDA ARIEL PASCUAL, por lo cual corresponde abonar el subsidio mencionado a CARBAJAL LOBOS CRISTINA JACQUELINE, cónyuge del ex–agente fallecido; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso cie atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Abónese a CARBAJAL LOBOS CRISTINA JACQUELINE, D . N . I . N'’ – –
– – – – – –28.654.867 „ el subsidio por fallecimiento
del ex agente municipal
MiRANDA ARIEL PASCUAL, Leg . N'’ gp55, de acuerdo a lo iR$ 1t„ tXl'+e
Artículos
1
establecido en los '’ y 2 c’ de la Ley 9.507 . – – – - – – – – – – – – - – – – – – – –
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ARTÍCULO 2 '’ . –El importe total
de dicho subsidio es de $ 1.485 .444,30¿ – –
– – – – – (pesos un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con treinta centavos )/ – – – – – – – – – – – – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11} 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela íüunicipalidad
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ARTÍCULO 3'’ . –Los haberes correspondientes
se imputarán a Jurisdicción : – – – – – – – –1.1.1. 01. 24.000 – Categoría Programática : 51.01 – Objeto / #= Gasto : 5.1.4.09 "Asistencia Social al personal“ – Fuente de Financiamiento 1.1.o .– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – :
ARTÍCULO 4 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
cie– – - – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 5'’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la – – – – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación
de Haberes y Patrimonio,
y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 6'> . –Regístrese , comuníquese , y cumplirnentado que sea, ARCHIVE:SE
DECRETO
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Florencio Varela Muni(ipaiicidd
FLORENCIO VARELA,
VISTO
28 HOy 2025.
:
El
fallecimiento
del
agente
municipal
MIRANDA ARiEL
PASCUAL,
ocurrido el día 25 de octubre de 2025 ; y
CONS I DERANDO :
Que la liquidación correspondiente al mes de octubre de 2025 , la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario,- y las licencias no gozadas , se efectuaron a nombre del ex– agente , y CARBAJAL LOBOS CRISTINA JACQUELiNE, cónyuge del ex–agente fallecido ha solicitado su cobro; Que en el Artículo
Nc’ 138 del "Estatuto Municipal para los
Trabajadóres de la Municipalidad de Florencio Varela'’ (Orci . N'’ 9533 establece "...por todo cuanto no estuviere previsto en el presente Estatuto, supletoriamente serán de aplicación las disposiciones de la .Ley Provincial
)
N'’ 10430 , sus modiflcatorias y Decretos Reglamentarios o las normas que en lo sucesivo las sustituyera...” ;
Que resulta procedente efectuar el pago solicitado, por aplicación supletoria del Artículo 29'’ de la Ley 10.430 "Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Buenos
Aires
// ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICiPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso cie atribuciones propias de su cargo; 1111 .–
2582 25 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P, 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad 1 / / /2.–
DECRETA:
ARTICULO I'.–Abónese a CARBAJAL LOBOS CRISTINA ,JACQUELINE, D.N. I . N' – – –
– – – – – – –28.554.867 , cónyuge del
ex agente municipal MIN\NDA ARIEL PASCUAL/ la suma total de $ 917.760 , 31 (pesos novecientos diecisiete mil setecientos sesenta con treinta y un centavos )“, correspondiente a la liquidación
final
de haberes del ex agente mencionado . – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –Los valores citados en el artículo
, se encuentran deposi– – - – – – –tados en la Cuenta " Fondos de Terceros . Cheques no presentados al cobro" . La Contaduría General procederá a efectuar la liquidación correspondiente
1 '’
.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 c’ . –El presente
decreto
será refrendado
por la
Secretaria
de – –
– – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . – – i}[eí lb ü 3iu 01 fi;r.i
+NI 8caal+1
ARTÍCULO 4'
Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la
Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación cie Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
2582 25
/ / / / .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela hlunidpatidad
11113.– ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese, comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
.
DECRETO bEÉB€111 :flíW o1 phd
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br. Dona LÜ4i DanI. Secreta/de Municipa/Cd 4.'
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Inte Municipali,
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2(A
VISTO :
La necesidad de cubrir un cargo vacante y que el señor ARCE TITO Jorge Alberto cumple con los requisitos para su ingreso al municipio en el marco de la Ley 10.592 ”Régimen Jurídico Básico e Integral para las Personas con DiscapacIdad" ;
y
CONS I DERANDO :
Que este Municipio
se ha adherido
a la citada
Ley, ha11ándose abocado
a disponer medida de inclusión en el Régimen establecido para personas con discapacidad; Que se han cumplimentado los requisitos necesarios para su incorporación al municipio , debiendo encuadrarse la misma en las disposiciones de la Ley N'’ 10.592 y la Ordenanza Municipal N'’ 9533 "Estatuto para los trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela"; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA:
a ARCE TITO Jorge Alberto, D . N . I N'’29.674.661, – – – – – – – para desempeñarse en el Agrupamiento Ocupacional Servicio – Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Subsecretaria de Guardia
ARTÍCULO l'’.–Desígnase
Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 01 Diciembre de 2025 , en el marco de la Ley Nc’ 10.592 y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5c’ , 6'’ y 7 '’ de la Ordenanza Municipal N'’ 9533
DIRECCiC;16:2tUI
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2583 25
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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11112.ARTÍCULO 2 c’ . –Los haberes correspondIentes se imputarán a :
– – - – - - –Jurisdicción: 1.1.1.01.02.000 – Categoría Programática : – 58.01– Objeto del Gasto : – 1.1.1.07– Fuente de Financiamiento : 1.1.0 – –
ARTICULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria - - - – – – – de Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTICULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno , – - – – – – –
- – – – – – la Subsecretaria de Recursos Humanos , la Contaduría General– y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese, comuníquese, y cumplimentado que sea, – – – – – – – - – – –ARCHIVESE.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - - – –
..„„.„,2583 25 lermo
Dr. Dono Léidi D. liel A. Secretario de GoBierno Munid
í;dad de
Inten¿ MunicipalidadJ
Varota
Varela
c. :P. qiset-fa '4ñmus SECRE-rARiA DE F MUNiCiPAl.IOAn nr Fl o}rNCIO
VARELA
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Año 13
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bttilid Florencio Varela Municipalidad
Florencio Varela,
28 NOV2025
VISTO: Las actividades que llevará a cabo la Secretaría de Gobierno en el transcurso del mes de Diciembre del corriente año, tal como se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente, y;
CONSIDERANDO: Que, la intención de este Gobierno Municipal es abarcar las diferentes manifestaciones culturales, educativas, informativas y religiosas de nuestra comunidad; Que, las actividades pueden ser reprogramadas por cuestiones climáticas
y/o de organización; Que, atento la importancia social que revisten las actividades de mamas para
nuestros vecinos, es deseo del Titular del Departamento Ejecutivo declararlas de interés municipal.
POR ELLO:
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones que son propias de su cargo:
DECRETA
ARTICULO
---–-–––––--
lo: Declárense de Interés Municipal las actividades que llevará a cabo la Secretaría de Gobierno en el transcurso del mes de Diciembre del corriente año, tal como
se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presenü
ARTICULO
2'’: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda, respectivamente.---------------------------------
ARTICULO
––––––––––
3'’: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías del Departamento
Ejecutivo Municipal, las que brindarán la colaboración necesaria para llevar
adelante dichas actividades.-----
4-–-–2-5––-––2'§-8-
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 16C>1 . www.varela.gob.ar
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ARTICULO
4'’: Notifíquese, mediante copia del presente, a la Subsecretaría de Prensa y
–--–––––––--
Comunicación para su difusión en los medios masivos de comunicación.-------
ARTICULO 5': Regístrese, comuníquese y, cumplimentado que sea, ARCHIVESE.------------
2584 25
DECRETO N':
Íniel A,
ly”Dono Leidt Sel
ábiemo
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ncio Va
Dr. An,14:
Watson
[ánte Fcio. Varela
C.P. Gise[rdPñmlu SECRETARIA.
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MUNICIPAI IDA 0 l)F 1,1 )F{ENCIO VARELA
25 de Mayo N- 2725 - Florencio Vara+a - C.P. IE88 - Provincia de Dueno$ Aires Tel.: (54 11) '1237 160i ' www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
ANEXO I Cronograma de Actividades Del 1 al 7 de Diciembre, de 18:00 a 21 :00 horas. Campaña evangélica a cargo de la Iglesia de Dios Caminando a la luz de su palabra, a celebrarse en la plaza ubicada en calle 1211 entre las calles 1250 y 1252 de este Partido. 3 de Diciembre, de 9:00 a 13:00 horas. Jornada “La Muni Cerca Tuyo”. Se realizarán trámites como asesoramiento de Documentación Integral, Atención al Vecino, Empleo y Huertas, Discapacidad, Adultos Mayores, Género, Niñez, Vacunación de Calendario y Covid-19, Llenado de libretas, Vacunación Antirrábica y Desparasitación de Mascotas, a desarrollarse en calle 1 1 10 entre Diagonal Los Diaguitas y Diagonal Los Quilmes de este Partido.5 de Diciembre, de 09:00 a 12:00 horas; Cierre de ciclo anual de Convivencia, brindado por la Dirección General de Convivencia Ciudadana y Mediación, a desarrollarse en el Hogar Nuestra Señora de Guadalupe, sito en calle Cerro Aconcagua N'’ 2153 de este Partido.
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5 de Diciembre, de 09:00 a 14:00 horas. Feria de Cáritas, a desarrollarse en la intersección de las calles 25 de Mayo de 1810 y Batalla de Ayacucho de este Partido. 5 de Diciembre, a partir de las 10:00 horas. Entrega de Certificados de Prácticas Profesionalizantes y Pasantías Educativas Optativas No Rentadas COPRET 2025, en el Marco del Sistema de Practicas Educativas en Ambientes de Trabajo, a desarrollarse en el SUM del Polideportivo La Patriada, sito en Avenida Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn de este Partido 6 de Diciembre, de 16:00 a 21 :00 horas. Campaña evangélica organizada por la Iglesia de Dios El Faro, a celebrarse en la plaza ubicada entre las calles Intendente Alberto Ortiz Basualdo, Concejal Aniceto Díaz, Intendente Luis S. Villar y Concejal Juan Brown de este Partido.
6, 7 y 8 de Diciembre, de 09:00 a 20:00 horas. Mundialito Nacional de Futbol Infantil, a desarrollarse en el Complejo Deportivo del Club Social y Deportivo Defensa y Justicia “Campeones del Mundo”, ubicado en la intersección de la Ruta Provincial N(’ 36 y la Avenida Bosques de este Partido. En esta edición, participarán más de 70 equipos de las categorías 2016, 2017, 2018 y 2019, representando a más de 20 provincias argentinas, junto a sus respectivos cuerpos técnicos, familiares y acompañantes.
6, 7 y 8 de Diciembre, de 16:00 a 21:00 horas. Expo Navidad a desarrollarse junto al Santuario de Nuestra Señora de Schoenstatt, sito en calle Misiones N'’ 2501 de este Partido. 8 de Diciembre, a partir de las 09:00 horas. Día de la Inmaculada Concepción de la Virgen María. Procesión por las calles, misa y festival, organizado por la Capilla Nuestra Señora de Caacupé, sita en la intersección de las calles Darregueira y Simón Sperandío de este Partido.
8 de Diciembre, a partir de las 12:00 horas. Día de la Inmaculada Concepción de la Virgen María. Misa y festival. Fiestas Patronales de la Capilla Inmaculada Concepción de Caacupé, sita en calle 52C entre las calles Pedro José Agrelo y Estados Unidos de América de este Partido.
25 de Mayo N'’ 2723 - F:Qreilcic) \jareta - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (5':3 11) '1237 16cli . www.’darela.gob.ar
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Florencio Vareta Mun}cipatidad
8 de Diciembre, en horario a confirmar. Peregrinación y misa en honor a la Virgen María a cargo de la Parroquia San Cayetano, a desarrollarse en la plaza ubicada entre las calles El Gaucho, El Zonda, Atalaya, Don Segundo Sombra y El Aljibe de este Partido.
8 de Diciembre, a partir de las 11:00 horas. Fiestas Patronales de la Capilla María Que Desata Los Nudos. Misa y posteriormente, almuerzo y festival, a desarrollarse en calle Rincón N') 170 de este Partido. 11, 12 y 13 de Diciembre, de 19:00 a 22:00 horas. Campaña evangélica organizada por la Iglesia
El Refugio, sita en calle Arturo Capdevila entre las calles José Hernández y Estanislao del Campo de este Partido. 12 de Diciembre, de 09:00 a 14:00 horas. Feria de Cáritas, a desarrollarse en la intersección de las calles 25 de Mayo de 1810 y Batalla de Ayacucho de este Partido.
12 de Diciembre, de 17:00 a 23:00 horas. Misa y festival en el marco de las fiestas patronales, a cargo de la Parroquia Nuestra Señora de Guadalupe, sita en la intersección de las calles Luis Braille y Caseros de este Partido.
13 de Diciembre, en horario a confirmar. Fiesta Patronal de la Parroquia Santa Lucía, a desarrollarse en calle Florida N'’ 168 de este Partido.
10 62
13 de Diciembre, de 18:00 a 22:00 horas. Aniversario de la Iglesia Ven a Jesús, a celebrarse en calle 1155 N'> 2671 de este Partido.
19 de Diciembre, de 09:00 a 14:00 horas. Feria de Cáritas, a desarrollarse en la intersección de las calles 25 de Mayo de 1810 y Batalla de Ayacucho de este Partido.
1-xj :
20 de Diciembre, de 18:00 a 22:00 horas. Sacramento de la confirmación a jóvenes y adultos de la Parroquia Santuario San Cayetano7 a celebrarse en la plaza ubicada entre las calles El Gaucho, El Zonda, Atalaya, Don Segundo Sombra y El Aljibe de este Partido.
00
Lf3 C\7
20 de Diciembre, de 16:00 a 21 :00 horas. Pesebre viviente a cargo del Ministerio a celebrarse en calle Río Atuel N'’ 3226 de este Partido.
Dile Sí a Jesús,
20 de Diciembre, en horario a confirmar. Fiestas Patronales de la Parroquia Nuestra Señora de la Esperanza9 sita en calle Intendente Roselli N') 3865 de este Partido. 21 de Diciembre, en horario a confirmar, Pesebre viviente a cargo de la Parroquia Santuario San Cayetano, a celebrarse en la plaza ubicada entre las calles El Gaucho, El Zonda, Atalaya, Don 8ibe de este Partido
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Florencio Varela
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MunicipalicMe RIo. Varela
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DE HACIENDA ,[ t . (rRFNCIO VARELA
25 de Mayo N-’ 2725 - Florenci(t Varala - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aiíes Tel,: (54 }}) 42:37 160i - www.varela.gob.ar
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89t
Florencio Varela Municipalidad FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO:
El Acta Acuerdo celebrada con el Sindicato de Trabajadores Municipales
de
Florencio Varela de fecha siete de Noviembre del año dos mil veinticinco, referente a la recomposición salarial de los trabajadores municipales; y
CONSIDERANDO
Que, los Decretos Municipales Ng 626/2025, y Ng 1851/2025, establecieron, a
partir de los meses de Marzo y de Agosto de 2.025, un incremento salarial del 11% y 12% mensual respectivamente; cada uno de ellos sobre los haberes básicos de las categorías incluidas en el nomenclador de cargos del personal de la Administración Municipal, vigente al
28 de febrero de 2.025, incluidos el personal Superior, los Becados, las Horas Cátedra, los Módulos Horas Profesores Educación Física y el personal comprendido en la “Planta de los Profesionales de la Salud” del Escalafón Municipal, creada por el Decreto Ng:1762/2006, como así también los reemplazos de guardia;
Que, de los estudios efectuados surge la factibilidad de otorgar, a partir del mes
de Diciembre de 2.025, un aumento salarial que permita mejorar la situación económica de los agentes dependientes de este municipio;
Que, el incremento acordado es del 10% sobre los haberes básicos de las categorías incluidas en el nomenclador de cargos del personal de la Administración Municipal,
vigente al 28 de Febrero de 2.025, incluidos el personal Superior, los Becados, las Horas Cátedra/ los Módulos Horas Profesores Educación Física y el personal comprendido en la
“Planta de los Profesionales de la Salud” del Escalafón Municipal, creado por el Decreto Ng1762/2006, como así también los reemplazos de guardia; SE í; 2 El 1 R 1 A
11;\CIf:QX
2585 25 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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1891
aL$h Florencio Varela Municipalidad
Que, el Honorable Concejo Deliberante mediante el Decreto Ng 227/2025, de
fecha 20 de Noviembre de 2.025, autorizó el incremento de los salarios de su personal dependiente, en igual proporción a lo detallado precedentemente, corresponde incorporar dicha escala en el nomenclador de cargos de este municipio;
POR ELLO,
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA en uso de
atribuciones propias de su cargo,
DECRETA
ARTICULO 19: Establécese a partir
del I' de Diciembre de 2.025, un incremento salarial
sobre los haberes básicos del personal encuadrado en el Estatuto Municipal
para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela, (aprobado por Ordenanza Municipal Ng 9533/2019), integrante de este Departamento Ejecutivo, incluidos, los Becados, las Horas Cátedra, los Módulos Horas Profesores Educación Física, como así también sobre
los haberes básicos del personal Superior y del personal comprendido en la “Planta de los Profesionales de la Salud" det Escalafón Municipal, creado por el Decreto Ng 1762/2006; cuya Escala Salarial estará incluida como Anexo I del presente acto.------------------------------------------
ARTICULO 29: Establécese que el incremento detallado en el artículo precedente se aplicará
sobre la Escala Salarial vigente al 28 de Febrero de 2.025.-------------------------------
ARTICULO 39: Apruébese la Escala Salarial correspondiente al
corriente
mes de Diciembre del
año, que como Anexo I forma parte integrante del presente
decret :;ÍfR ii,\RIA D }1
2585 25 25 de Mayo N'' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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:x
W
8891
Florencio Varela Municipalidad ARTICULO 49:lncorpórese aI
Escalafón Municipal la Escala Salarial aprobada por el
–---–--------–- Honorable Concejo Deliberante, a través de su Decreto Ng 227/2025, para el personal integrante del mismo; la que se aplicará de la siguiente manera, a partir del:
19 de Diciembre de 2.025
ARTICULO 59: Modificase los
Escala incluida como Anexo II
importes que se abonan en concepto de Reemplazos de
Guardia, de acuerdo al siguiente detalle:
A partir del 19 de Diciembre de 2.025: GUARDIAS PROFESIONALES
Lunes a Viernes
$
Lunes a Viernes S.A.M.E.
$ 308.487,00
Lunes a Viernes Enfermeros S.A.M.E.
$ 154.244,00
Sábados, Domingos y Feriados
$ 102.023,00
Sábados, Domingos y Feriados S.A.M.E.
$ 374.592,00
Sábados, Domingos y Feriados Enfermeros S.A.M.E.
$ 183.624,00
91.005,00
GUARDIAS TECNICAS
Lunes a Domingos
$ 44.070,00
ARTICULO 69:Autorízase a
la Contaduría General y a la Dirección General de Análisis
–---––-–––-- Presupuestario a proyectar el acto administrativo a fin de realizar los ajustes
presupuestarios necesarios para cubrir las presentes erogaciones.–-
ARTICL LO 79: El presente
decreto
será refrendado
por la Señora
Secretaria de Hacienda
.–---–- y el Señor Secretario de Gobierno, respectivamente.------------------------------------SFCRF_ TAPIA
2585 25 25 de Mayo N. 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovareia.gov.ar
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aq }“ Florencio Varela Municipaiidac$ ARTICULO 89: Tomen conocimiento
–---–––––––General
la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la
Subsecretaría de Recursos Humanos, la Contaduría
de Análisis
Presupuestario,
General,
la Dirección
la Dirección General de Liquidación
de Haberes
y Patrimonio y la Dirección General de Registro y Legislación.--------------------------------------
ARTICULO 99: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHIVESE.-----------------------------
DECRETO Ng
2585 25
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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LN_EXILI -
PERSONAL MUNICIPAL
01- PERSONAL SUPERIOR
1/1 2/2025
1
INTENDENTE
7.255.095,68
2
SECRETARIO
2.267.217,40
3
JUEZ DE FALTAS
1.738.451 ,40
4
SUBSECRETARIO
1.614.276,30
5
DIRECTOR GENERAL
1.490.101 ,20
6
SECRETARIO JUZGADO
1.365.926, 10
141
DEFENSOR DEL PUEBLO
2.267.217,40
142
DEFENSOR ADJUNTO
1.473.691 ,31
143
SECRET. DEFENSORIA DEL PUEBLO
432
CONTADOR GENERAL
1.738.451 ,40
486
SUBCONTADOR GENERAL
1.265.894,01
786
TESORERO GENERAL
1.738.451 ,40
787
JEFE GENERAL DE COMPRAS
1.738.451 ,40
622.349,21
02- PERSONAL JERARQUICO 7
CONTADOR X 30
1.007.747,05
SUBCONTADOR X 30
764.082,49
TESORERO X 30
933.752,75
461
SUBTESORERO X 30
764.082,49
9
DIREC.TEMPOR X 30
824.859,62
10
DIRECTOR COMPRAS X 30
933.752,75
11
DIRECTOR X 30
764.082,49
12
SUBDIRECTOR X 30
623.266,33
13
JEFE DPTO. X 30
482.369,36
14
JEFE DIVISION X 30
334.319,45
482 8
SECREIiRIA HA
2585 25 425
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@
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487
JEFE INSPECTORES X 30
334.319,45
15
SUPERV. ENFERMERIA X 30
434.730,33
16
JEFE ENFERMERIA X 30
302.555,46
17
CONTADOR X 35
1 . 1 75.709,05
483
SUBCONTADOR X 35
18
TESORERO X 35
462
SUBTESORERO X 35
891.424,23
19
DIREC.TEMPOR. X 35
962.327,45
20
DIRECTOR COMPRAS X 35
21
DIRECTOR X 35
891.424,23
22
SUBDIRECTOR X 35
727.087,73
23
JEFE DPTO. X 35
562.740,74
24
JEFE DIVISION X 35
390.
488
JEFE INSPECTORES X 35
390.111 ,00
25
SUPERV.ENFERM. X 35
507. 178,82
26
JEFE ENFER. X 35
352.976,31
27
CONTADOR X 42
1.410.848,67
484
SUBCONTADOR X 42
1.069.711 ,57
28
TESORERO X 42
1.307.246,65
463
SUBTESORERO X 42
1.069.71 1 ,57
29
DIREC.TEMPOR. X 42
1 . 1 54.793,49
30
DIRECTOR COMPRAS X 42
1.307.246,65
31
DIRECTOR X 42
1.069.711 ,57
32
SUBDIRECTOR X 42
735
COORDINADOR DE ZONA OPERATIVA X 42
33
JEFE DPTO. X 42
675.291 ,09
34
JEFE DIVISION X 42
468.094,79
489
JEFE INSPECTORES X 42
468.094,79
35
SUPERV.ENFERM. X 42
608.618,05
36
JEFE ENFERM. X 42
423.626,33
891.424,23 1.089.379,69
1.089.375, 18
1 1 1 ,00
872.501 ,29
1.012.552,20
sfnRETkRt& 0
25§5 25 426
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@
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769
SUPERVISOR CALL CENTER X 42
468.094,79
788
SUPERVISOR EMISION LICENCIAS X 42
538.308,71
37
CONTADOR X 48
1.612.394,88
485
SUBCONTADOR X 48
1.222.526,54
38
TESORERO X 48
1.494.001 ,66
464
SUBTESORERO X 48
1.222.526,54
39
DIREC.TEMPOR. X 48
1.319.768, 16
40
DIRECTOR COMPRAS X 48
1.493.999,37
41
DIRECTOR X 48
1.222.526,54
42
SUBDIRECTOR X 48
997.143,59
43
JEFE DPTO. X 48
771.759,34
44
JEFE DIVISION X 48
534.964,45
490
JEFE INSPECTORES X 48
534.964,45
45
SUPERV.ENFERM. X 48
695.565,81
46
JEFE ENFERM. X 48
484.086,38
707
SUPERVISOR GUARDIA COMUNAL X 48
764.620,29
145
CONTADOR X 40
1.343.662,80
146
TESORERO X 40
1.245.000,26
147
DIREC. TEMPORARIO X 40
1.099.807, 19
148
DIRECTOR COMPRAS X 40
1.245.000,26
149
DIRECTOR X 40
1.018.771 ,36
1 50
SUBDIRECTOR X 40
830.956, 18
151
JEFE DEPTO. X 40
643.134,25
152
JEFE DIVISION X 40
445.805,67
153
SUPERV. ENFERMERIA X 40
579.637,70
154
JEFE ENFERMERIA X 40
406.425,39
03- PERSONAL PROFESIONM 47
LETRADO PATROC. X 30
532.671 ,65
48
PROFESIONAL 1 X 30
482.369,36
6 11
A
\.2/
2585 25 427
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
49
PROFESIONAL 11 X 30
334.319,45
50
PROFESIONAL 111 X 30
295.762,94
51
PROFESIONAL IV X 30
257. 194, 15
52
LETRADO PATROC.X 35
621.507,74
53
PROFESIONAL 1 X 35
562.740,74
54
PROFESIONAL 11 X 35
390.078,91
55
PROFESIONAL 111 X 35
345.002,67
56
PROFESIONAL IV X 35
300. 104, 82
57
LETRADO PATROC. X 42
745.812,94
58
PROFESIONAL 1 X 42
675.291 ,09
59
PROFESIONAL 11 X 42
468.094, 79
60
PROFESIONAL 111 X 42
414.005,95
61
PROFESIONAL IV X 42
360. 128,42
62
LETRADO PATROC. X 48
852.356, 14
63
PROFESIONAL 1 X 48
771.759,34
64
PROFESIONAL 11X 48
534.964,24
65
PROFESIONAL 111X 48
473.149,72
66
PROFESIONAL IV X 48
411.576,68
407
LETRADO PATROC. X 40
710.294,72
408
PROFESIONAL 1 X 40
643. 134,25
409
PROFESIONAL 11X 40
445.805,67
41 0
PROFESIONAL 111 X 40
394.293,58
41 1
PROFESIONAL IV X 40
342.991 ,40
455
PROFESIONAL MEDICO X 24 HS
309.406,44
456
PROFESIONAL MEDICO X 36 HS
464. 1 1 2,81
457
TRABAJADOR SOCIAL X 36 HS.
464.1 12,81
710
PROFESIONAL PREBA X 42
217.162,99
771
FISCALIZADOR CONTABLE PROFESIONAL X 42
675.291 ,09
SEeRETrqIA HA
94
2585 25 428
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
04- PERSONAL TECNICO TERCIARIO
67
TEC.TERC. IX24
259.903,77
68
TEC.TERC. 11 X 24
231.739,67
69
TEC.TERC. lllX24
207.037,06
70
TEC.TERC. IV X 24
185.360,44
726
TEC.TERC. 1 X 30
360. 128,58
727
TEC.TERC. 11 X 30
324.768, 11
728
TEC.TERC. 111 X 30
293.563,43
729
TEC.TERC. IV X 30
265.890,85
05- PERSONAL TECNICO 71
TECNICO 1 X 30
257. 194, 15
72
TECNICO 11 X 30
231.997,67
73
TECNICO 111 X 30
209.701 ,30
74
TECNICO IV X 30
189.969,65
740
TECNICO V X 30
172.058,40
75
TECNICO 1 X 35
300. 105,79
76
TECNICO 11 X 35
270.632,36
77
TECNICO 111 X 35
244.632,63
78
TECNICO IV X 35
221.575,77
741
TECNICO V X 35
200.685,02
79
TECNICO 1 X 42
360. 128,58
80
TECNICO 11 X 42
324.768, 11
81
TECNICO 111 X 42
293.563,43
82
TECNICO IV X 42
265.890,85
743
TECNICO V X 42
240.821 , 14
83
TECNICO 1 X 48
411.576,68
84
TECNICO 11 X 48
371 . 158,45
85
TECNICO 111X 48
335.500, 52
86
TECNICO IV X 48
303.877, 18
:EFRETARtA HAC
2§85 25 429
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
744
TECNICO V X 48
275.226,53
412
TECNICO 1 X 40
342.979,93
413
TECNICO 11 X 40
309.299,48
414
TECNICO 111 X 40
279.581 ,63
41 5
TECNICO IV X 40
253.229,01
742
TECNICO V X 40
229.353,88
430
INSPECTOR TECNICO X 35
344.821 ,32
460
INSPECTOR TECNICO X 42
413.786,79
478
INSPECTOR VIAL X 30
276.675,83
479
INSPECTOR VIAL X 35
322.633, 12
480
INSPECTOR VIAL X 42
387.348,59
481
INSPECTOR VIAL X 48
442.608,56
705
OPERADOR DE CALL CENTER X 30
360.142,52
71 1
TECNICO PREBA X 42
122.925,69
716
OFICIAL ELECTRICISTA X 42
360. 128,58
717
AYUDANTE DE ELECTRICISTA X 42
324.768, 11
759
CAJERO X 30
257. 194, 1 5
760
CAJERO X 35
300. 105,79
761
CAJERO X 40
342.979,93
762
CAJERO X 42
360. 128, 58
763
CAJERO X 48
411.576,68
764
TECNICO INFORMATICO X 30
257. 194, 15
765
TECNICO INFORMATICO X 35
300. 105,79
766
TECNICO INFORMATICO X 40
342.979,93
767
TECNICO INFORMATICO X 42
360. 128, 58
768
TECNICO INFORMATICO X 48
411.576,68
772
FISCALIZADOR CONTABLE TECNICO X 42
360. 128,58
781
AGENTE CEREMONIAL
800.558,26
782
LOCUTOR OFICIAL
700.488,43
783
TECNICO DE LABORATORIO
480.171 ,47
SECRETARIA HA
beA
2585 25 430
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
•S::;
@
Florencio Varela Municipalidad
784
OFICIAL MECANICO X 42
389.845,49
785
OFICIAL MECANICO X 48
445.537,71
789
EXAMINADOR VIAL X 42
499.475,81
790
EDUCADOR VIAL X42
499.475,81
06- PERSONAL ADMINISTRATIVO
87
ADMINISTRATIVO 1 X 30
246.218,79
88
ADMINISTRATIVO
II X 30
223.931 ,79
89
ADMINISTRATIVO 111X 30
204.031 ,90
90
ADMINISTRATIVO IV X 30
186.267, 30
745
ADMINISTRATIVO V X 30
170.045, 14
91
ADMINISTRATIVO 1 X 35
287.280,52
92
ADMINISTRATIVO II X 35
261.271 ,77
93
ADMINISTRATIVO 111X 35
238.046, 14
94
ADMINISTRATIVO IV X 35
217.307,45
746
ADMINISTRATIVO V X 35
198.382,24
95
ADMINISTRATIVO 1 X 42
344.732,58
96
ADMINISTRATIVO II X 42
313.525,41
97
ADMINISTRATIVO 111X 42
285.653, 10
98
ADMINISTRATIVO IV X 42
260.767,53
748
ADMINISTRATIVO V X 42
238.057,02
99
ADMINISTRATIVO 1 X 48
393.980,25
100
ADMINISTRATIVO II X 48
358.321 ,67
101
ADMINISTRATIVO 111 X 48
326.460, 32
102
ADMINISTRATIVO IV X 48
298.025,50
749
ADMINISTRATIVO V X 48
272.070,93
416
ADMINISTRATIVO 1 X 40
328.316,62
417
ADMINISTRATIVO II X 40
298.596,68
418
ADMINISTRATIVO 111 X 40
272.048,24
140
ADMINISTRATIVO IV X 40
248.350.20
SECRETARIA HA
2585 25
;,,gl 431
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
747
ADMINISTRATIVO V X 40
226.721 ,74
429
COMUNICADOR ZONAL X 35
562.740,74
419
COMUNICADOR ZONAL X 40 HS.
643. 134,25
144
COMUNICADOR ZONAL X 42 HS.
675.291 ,09
458
ADM. IV - SEG. CAP. Y EMPLEO - X 35 HS.
150.889,88
708
OPERADOR VENTANILLA UNICA X 40
360.014,44
712
ADMINISTRATIVO PREBA X 42
117.802,53
773
PROMOTOR COMUNITARIO DE SALUD 30 HS.
186.267,30
774
PROMOTOR COMUNITARIO DE SALUD 35 HS.
217.307,45
775
PROMOTOR COMUNITARIO DE SALUD 40 HS.
248.350,20
776
PROMOTOR COMUNITARIO DE SALUD 42 HS.
260.767,53
07- PERSONAL OBRERO 491
CAPATAZ DE CUADRILLA X 35
373.771 ,32
103
OBRERO 1 X 35
275.276,78
104
OBRERO 11X 35
252.41 1 ,51
105
OBRERO 111 X 35
231.81 1 ,43
106
OBRERO IV X 35
213.253,21
750
OBRERO V X 35
196. 185, 16
493
CAPATAZ DE CUADRILLA X 42
448.588,64
107
OBRERO 1 X 42
330.379,42
108
OBRERO 11 X 42
302.918,96
109
OBRERO 111 X 42
278. 162,74
110
OBRERO IV X 42
255.903, 56
752
OBRERO V X 42
235.421 ,88
494
CAPATAZ DE CUADRILLA X 48
512.672,67
111
OBRERO 1 X 48
377.576,65
112
OBRERO 11 X 48
346.193,57
113
OBRERO 111 X 48
317.902, 17
114
OBRERO IV X 48
292.464,57
SECRETARIA
:ibcÍÉetA
2585 25 432
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
753
OBRERO V X 48
269.056,86
492
CAPATAZ DE CUADRILLA X 40
427.229,69
420
OBRERO 1 X 40
314.648,58
421
OBRERO 11 X 40
288.498,81
422
OBRERO 111 X 40
264.920,35
423
OBRERO IV X 40
243.718,27
751
OBRERO V X 40
224.212,65
459
OBR. IV - SEG. CAP. Y EMPLEO - X 35 HS.
146.835,39
713
OBRERO PREBA X 42
112.938,28
791
CUIDADOR DE ESPACIOS PUBLICOS
512.672,67
08- PERSONAL SERVICIO 115
SERVICIO 1 X 30
225.768,68
116
SERVICIO 11X 30
208.718,55
117
SERVICIO 111X 30
193.210,82
118
SERVICIO IV X 30
179. 1 20,90
754
SERVICIO V X 30
166.037,90
119
SERVICIO 1 X 35
263.355,00
120
SERVICIO 11X 35
243.420,44
121
SERVICIO 111X 35
225.386,43
122
SERVICIO IV X 35
208.919, 1 1
755
SERVICIO V X 35
193.658,57
123
SERVICIO 1 X 42
316.025,40
124
SERVICIO 11 X 42
292.098,70
125
SERVICIO 111X 42
270.466,42
126
SERVICIO IV X 42
250.705,43
757
SERVICIO V X 42
232.393,43
127
SERVICIO 1 X 48
361.171,18
128
SERVICIO 11X 48
333.829,56
129
SERVICIO 111X 48
309. 106,48
ste HA
2585 25 433
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Año 13
DECRETOS $jgiü i1hf7t
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Ety'
i:
@
Florencio Varela Municipalidad
130
SERVICIO IV X 48
286.521 ,62
758
SERVICIO V X 48
265.593,09
424
SERVICIO 1 X 40
300.975,99
425
SERVICIO 11 X 40
278. 1 94,85
426
SERVICIO 111 X 40
257.585,86
427
SERVICIO IV X 40
238.768,01
756
SERVICIO V X 40
221.326,98
700
CHOFER MAQUINA VIAL X 42
389.846,09
736
CHOFER MAQUINA VIAL X 48
445.538,31
701
CHOFER AMBULANCIA X 42
383.238,81
730
CHOFER AMBULANCIA X 48
437.987,50
702
CHOFER CAMION X 42
376.630, 34
737
CHOFER CAMION X 48
430.435,61
703
CHOFER CAMIONETA X 42
370.024,75
738
CHOFER CAMIONETA X 48
422.885,03
704
CHOFER AUTOMOVIL X 42
363.416,24
739
CHOFER AUTOMOVIL X 48
415.333, 10
706
AGENTE GUARDIA COMUNAL X 48
445.537,71
714
SERVICIO PREBA X 42
107.740,64
725
CHOFER VEHICULO ARTICULADO X 48
430.435,61
777
AUXILIAR DE JARDINES 1 X 25
316.025,40
778
AUXILIAR DE JARDINES 11 X 25
292.098,70
779
AUXILIAR DE JARDINES 111X 25
270.466,42
780
AUXILIAR DE JARDINES IV X 25
250.705,43
792
AGENTE DE VIGILANCIA x 48
356.429,45
09- PERSONAL DOCENTE 131
DIRECTOR JARDIN INF.
343.031 ,87
132
MAESTRA JARDINERA
312.764,38
133
HORAS CATEDRAS
2.079, 92
SEC HA
2585 25 434
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
709
MODULO HS. PROFESOR EDUC. FISICA "A"
4.632, 59
715
MODULO HS. PROFESOR EDUC. FISICA "B"
3.087,65
10- PERSONAL DESTAJISTA 134 135
DESTAJISTA $12,02 x 30
157.281 ,57
DESTAJISTA x 20
98.383,08
403 DESTAJISTA
0,00
401
DESTAJISTA S/RET
157.281 ,57
402
DESTAJISTA x 30
185.811 ,04
406
DESTAJISTA x 35
217.191 ,41
428
DESTAJISTA x 40
248.222,33
405
DESTAJISTA x 42
260.629,38
11- PERSONAL SIN DESCUENTOS 136
PRACTICANTE RENTADO
89.554,33
137 BECADO
208.614,09
138
NOTIFICADORES
165.576,05
139
ANT. JUBILADO
0,00
12- PERSONAL TEMPORARIO 241
FUNCIONES PROF. Y TECN. x 36
754.573,09
242
FUNCIONES PROF. Y TECN. x 36
561.900,86
243
FUNCIONES PROF. Y TECN. x 30
520.277,49
244
FUNCIONES PROF. Y TECN. x 30
371.130,62
245
FUNCIONES PROF. Y TECN. x 40
249.735,46
255
PROF. TEMP. HOSP. C x 36
1.039.730,77
256
PROF. TEMP. HOSP. C x 36
868.181 ,95
257
PROF. TEMP. HOSP. B x 24
725.025,33
258
PROF. TEMP. HOSP. B x 36
1.087.807,40
259
PROF. TEMP. HOSP. B x 36
907.044,48
260
PROF. TEMP. HOSP. B x 24
773.758,85
SEC
RfA
HA
84
2585 25 435
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
W
Florencio Varela Municipalidad
261
PROF. TEMP. HOSP. A x 24
646.445,80
262
PROF. TEMP. HOSP. A x 36
1 . 1 32.050,98
263
PROF. TEMP. HOSP. A x 36
940.003,34
264
PROF. TEMP. ASISTENTE x 24
546.939, 56
265
PROF. TEMP. ASISTENTE x 36
820.504,66
433
FUNCIONES JERARQUICAS x 35
759.828,31
434
FUNCIONES JERARQUICAS x 35
786.661 ,66
435
FUNCIONES JERARQUICAS x 35
757.527,00
436
FUNCIONES JERARQUICAS x 35
661.794,71
437
FUNCIONES JERARQUICAS x 35
561.900,86
438
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
457.845,84
439
FUN(_,IONES ADMINISTRATIVAS x 35
437.032,67
440
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
347.550,04
441
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
326.737,30
442
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
301.765,75
443
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
291.356,58
444
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
285.116,17
445
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
266.384, 56
446
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
249.735,46
447
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
241.410,71
449
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
233.084,35
450
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
228.921 ,12
451
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS x 35
206.032,55
452
FUNCIONES DE SERVICIO x 35
193.547,31
453
FUNCIONES DE SERVICIO x 35
224.762,21
454
FUNCIONES SUPERIORES
1.325.461 ,85
601
BECA PROFESIONAL x 24
464.843,43
602
BECA PROFESIONAL x 36
697.267, 17
603
BECA TECNICA x 40
301.875,91
900
PASANTE POSTGRADO
496.909,37
METhRIA D
HAC
leA
2585 2§ 436
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
W
Florencio Varela Municipalidad
901
PASANTE CARRERA DE GRADO x 4 Hs
164.733,60
902
PASANTE TERCIARIO x 6 Hs
169.995,85
903
PASANTE INFORMATICA
251 .070,70
904
PASANTE CARRERA DE GRADO x 5 Hs.
196.148,57
905
PASANTE EDUCATIVO x 4 Hs.
25.529,20
PERSONAL PROFESIONALES DE LA SALUD 155
DIRECTOR - AGREGADO 79% X 48
1 . 1 99.541
,29
156
JEFE DEPTO - HOSP. C 60% X 36
854.773,09
157
JEFE SERVICIO - HOSP. C 40% X 24
498.618,72
158
JEFE SERVICIO - AGREGADO 40% X 24
469.094,46
159
JEFE SERVICIO - AGREGADO 40% X 36
703.640,60
160
JEFE DEPTO - ASISTENTE 60% X 24
506.1 15,86
161
JEFE SERVICIO - ASISTENTE 40% X 24
442.851 ,37
162
JEFE SERVICIO - ASISTENTE 40% X 36
664.277, 15
163
JEFE UNID. INTER. - HOSP. BC 20% X 24
446.133,79
164
PROFESIONAL HOSPITAL C X 24
356. 156,23
165
PROFESIONAL HOSPITAL C X 36
534.233, 18
166
PROFESIONAL AGREGADO X 24
335.067,47
167
PROFESIONAL AGREGADO X 36
502.600,43
1 68
PROFESIONAL ASISTENTE X 24
316.322,41
169
PROFESIONAL ASISTENTE X 36
474.483,68
170
JEFE SAU\ - AGREGADO 20% X 36
603.120,52
171
JEFE SAM - ASISTENTE 20% X 36
569.380,42
172
JEFE SAU - HOSPITAL C 20% X 36
641.079,82
173
JEFE SERVICIO - HOSP. C 40% X 36
747.926,45
174
JEFE SERVICIO - HOSP. BC 40% X 24
517.365,03
175
JEFE DEPTO. - HOSP. AC 60% X 36
914.523,40
176
PROFESIONAL HOSPITAL B X 24
374.902,54
: Ff i.: iI FERiA Li
liñct€©e&
2585 25 437
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
177
PROFESIONAL HOSPITAL B X 36
562.345,91
178
PROFESIONAL HOSPITAL A X 24
395.988,91
593.983,49
179
PROFESIONAL HOSPITAL A X 36
180
DIRECTOR ASOC. - HOSP. BC 77% X 48
181
JEFE DEPTO. - HOSP. BC 60% X 36
882.885,82
182
JEFE SERVICIO - HOSP. AC 40% X 24
538.451 ,40
183
JEFE SERVICIO - HOSP. BC 40% X 36
776.039, 18
184
JEFE SALA - ASISTENTE 20% X 24
379.586,89
185
PROFESIONAL AGREGADO X 48
670.134,80
186
PROFESIONAL HOSPITAL C X 48
712.311 ,92
187
PROFESIONAL ASISTENTE X 48
632.644,40
188
JEFE SALA - AGREGADO 20% X 24
402.080,96
189
JEFE SERVICIO - HOSP. AC 40% X 36
807.676,76
190
JEFE UNID.INTER. - HOSP. AC 20% X 24
467.220, 16
191
JEFE SALA - HOSP. BC 20% X 36
669. 192,55
192
JEFE DEPTO. - AGREGADO 60% X 36
804. 1 60,69
193
DIRECTOR ASOC - AGREGADO 77% X 48
194
PROFESIONAL HOSPITAL A X 48
791.979, 10
195
PROFESIONAL HOSPITAL B X 48
749.805,27
196
JEFE SALA - AGREGADO 20% X 48
804. 1 61 ,76
197
JEFE UNID.INTER. - HOSP. AC 20% X 36
700.830, 13
1 98
JEFE SALA - HOSP. BC 20% X 48
892.267,65
199
JEFE SERVICIO - ASISTENTE 40% X 48
885.702, 16
200
JEFE SALA - HOSP. AC 20% X 36
700.830, 13
201
JEFE DEPTO. - HOSP. C 60% X 48
1 . 1 39.699,07
202
DIRECTOR ASOC - ASISTENTE 77% X 48
1.119.780,59
203
JEFE SERVICIO - HOSP. BC 40% X 48
1.034.730,04
204
JEFE SALA - ASISTENTE 20% X 48
759. 1 73,28
205
JEFE SERVICIO - AGREGADO 40% X 48
938. 188,72
206
JEFE SERVICIO - HOSP. AC 40% X 48
1.076.903,87
:ír
1.298.285,45
1 . 1 86.138,60
RF TARtA
{! ! HX CIt 88&
2585 25 438
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
207
DIRECTOR ASOC. - HOSP. C 77% X 48
1.260.792, 1 0
208
JEFE SERVICIO - HOSP. C 40% X 48
997.236,69
209
DIRECTOR ASOC - HOSP. AC 77% X 48
1.340.459,28
210
JEFE SALA - HOSPITAL AC 20% X 48
934.441 ,48
21 1
JEFE DEPTO - HOSP. BC 60% X 48
1 . 1 77. 192,42
212
JEFE SALA - HOSP. C 20% X 24
213
DIRECTOR - HOSPITAL C 79% X 48
1.275.038,34
214
DIRECTOR - HOSPITAL AC 79% X 48
1.354.705,52
427.387,48
215
PROFESIONAL ASISTENTE X 44
579.924,44
216
JEFE SALA - HOSP. BC 20% X 24
446.133,79
217
PROFESIONAL HOSPITAL C X 44
652.952,67
218
JEFE SALA - HOSP. C 20% X 48
854.774,30
219
JEFE SALA - HOSP. AC 20% X 24
467.220, 16
220
JEFE DEPTO. - HOSP. AC 60% X 48
1.219.366,25
221
JEFE DEPTO. - AGREGADO 60% X 48
1.072.215,68
222
JEFE DEPTO. - ASISTENTE 60% X 48
1.012.231 , 04
223
DIRECTOR - AGREGADO 79% X 36
899.654,77
224
DIRECTOR ASOC. - HOSP. BC 77% X 36
973.705,46
225
DIRECTOR ASOC - AGREGADO 77% X 36
889.602,76
226
DIRECTOR ASOC - ASISTENTE 77% X 36
839.836, 1 1
227
DIRECTOR ASOC - HOSP. C 77% X 36
945.592,73
228
DIRECTOR ASOC - HOSP. AC 77% X 36
1.005.343,04
229
DIRECTOR - HOSPITAL C 79% X 36
956.277,39
230
DIRECTOR - HOSPITAL AC 79% X 36
1.016.027,70
231
JEFE DEPTO. - ASISTENTE 60% X 36
759.173,89
232
DIRECTOR - HOSPITAL BC 79% X 48
1.312.531 ,69
233
PROFESIONAL AGREGADO X 44
614.290,52
234
PROFESIONAL HOSPITAL B X 44
687.321 ,55
235
PROFESIONAL HOSPITAL A X 44
725.980, 98
266
JEFE UNID. SANIT. - ASISTENTE 40% X 24
442.851 ,37
:§iIH
2585 25
Z 439
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
@
Florencio Varela Municipalidad
267
JEFE UNID. SANIT. - ASISTENTE 40% X 36
664.277, 15
268
JEFE UNID. SANIT. - ASISTENTE 40% X 44
81 1.894,22
269
JEFE UNID. SANIT. - ASISTENTE 40% X 48
885.702, 16
270
JEFE UNID. SANIT. - AGREGADO 40% X 24
469.094,46
271
JEFE UNID. SANIT. - AGREGADO 40% X 36
703.640,60
272
JEFE UNID. SANIT. - AGREGADO 40% X 44
860.006,73
273
JEFE UNID. SANIT. - AGREGADO 40% X 48
938. 188,72
274
JEFE UNID. SANIT. - HOSPITAL C 40% X 24
498.618,72
275
JEFE UNID. SANIT. - HOSPITAL C 40% X 36
747.926,45
276
JEFE UNID. SANIT. - HOSPITAL C 40% X 44
914.133,74
277
JEFE UNID. SANIT. - HOSPITAL C 40% X 48
997.236,69
278
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. BC 40% X 24
517.365,03
279
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. BC 40% X 36
776.039, 18
280
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. BC 40% X 44
948.502,62
281
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. BC 40% X 48
1.034.730,04
282
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. AC 40% X 24
538.451 ,40
283
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. AC 40% X 36
807.676,76
284
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. AC 40% X 44
987.162,05
285
JEFE UNID. SANIT. - HOSP. AC 40% X 48
1.076.903,87
286
JEFE SERVICIO - ASISTENTE 40% X 44
811.894,22
287
JEFE SERVICIO - AGREGADO 40% X 44
860.006,73
288
JEFE SERVICIO - HOSP. C 40% X 44
914.133,74
289
JEFE SERVICIO - HOSP. BC 40% X 44
948.502,62
290
JEFE SERVICIO - HOSP. AC 40% X 44
987.162,05
2585 25
SECRETARIA
0 HAC!€gQt
Dr,
Watson
L.a gbefü. %mus -A\ )N\(-,\\1+\ IDA
'/\R IA DE }tACIENDA 11 oi?rNriÓ t/AFiE[4
Munidpalidad¿ FcE
//
Dr. bñeidipáfliel ecreta_
A
Gobierno de Florencio
440
Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
W
Florencio Varela Municipalidad
ANEXO II
1/1 2/2025
301
DIETA CONCEJAL
2.267.217,40
346
CONCEJALES COMPENSACION S/LOM ART92
1.511.485,82
PERSONAL SUPERIOR 302
SECRETARIO
2.267.217,40
342
PRO SECRETARIO X 42 HS.
1.587.052, 18
324
PRO SECRETARIO LEGAL X 35 HS.
1.322.543,47
325
PRO SECRETARIO ADMINISTRATIVO X 35 HS
1.322.543,47
345
DIRECTOR GENERAL DE SECRETARIA
1.587.052, 18
347
PRO SECRETARIA TECNICO ADMINISTRATIVA
1.587.052, 18
PERSONAL JERARQUICO 305
DIRECTOR COORDINADOR X 35 HS.
1 . 1 33.608,69
311
DIRECTOR DE COMISIONES X 35 HS.
1.1 33.608,69
326
DIRECTOR COORDINADOR X 42HS
1.360.330,44
330
DIRECTOR DE COMISIONES X 42 HS.
1.360.330,44
348
DIRECTOR DE CONTADURIA Y RECURSOS HUMANOS
1.360.330,44
349
DIRECTOR DE COMUNICACIÓN Y PRENSA X 42 HS,
1 .360.330,44
306
JEFE DEPTO. COORD. DE BLOQUE X 35HS.
755.739, 12
327
JEFE DEPTO. COORD. DE BLOQUE X 42HS.
906.886,96
344
JEFE DEPARTAMENTO X 42 HS.
906.886,96
312
JEFE DE DIVISION X 35 HS.
566.804,35
331
JEFE DE DIVISION X 42 HS.
680. 165,22
PERSONAL TECNICO 343
COORDINADOR POLITICO DE BLOQUE
681.896, 15
: EfE;TAPIA HA
t]}Bei
2585 25 441
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
314
TAQUIGRAFO
482.370,23
315
TECNICO 1 X 35 HS.
300. 1 05,79
332
TECNICO 1 X 42 HS.
360. 1 28, 58
317
TECNICO 11 X 35 HS.
270.632,36
316
TECNICO 11 X 40 HS.
309.299,48
333
TECNICO 11 X 42 HS.
324.768, 11
PERSONAL ADMINISTRATIVO 308
RELATOR CLASE 1 X 40 HS.
643. 134,92
328
RELATOR CLASE 1 X 42 HS.
675.291 ,09
310
RELATOR CLASE II X 35 HS.
572.612,64
329
RELATOR CLASE II X 42 HS.
611.175,18
318
ADMINISTRATIVO 1 X 35 HS.
287.280, 52
340
ADMINISTRATIVO 1 X 40 HS.
328.316,62
334
ADMINISTRATIVO 1 X 42 HS.
344.732,58
319
ADMINISTRATIVO II X 35 HS.
261.271 ,77
341
ADMINISTRATIVO II X 40 HS.
298.596,68
335
ADMINISTRATIVO II X 42 HS.
313.525,41
PERSONAL DE SERVICIO 320 336
SERVICIO llX35 HS, SERVICIO 11 X 42 HS
243.420,44
321
SERVICIO III X 35 HS.
225.386,43
337
SERVICIO III X 42 HS.
270.466,42
292.098,70
PERSONAL OBRERO 322
OBRERO III X 35 HS.
231.81 1,43
338
OBRERO III X 42 HS,
278. 162,74
323
OBRERO IV X 35 HS,
213.253,21
339
OBRERO IV X 42 HS.
255.903,56
r
, ueí[it 'Prt7rLUS [] ARIA DE HACIENDA
1,\\N\1,\p 'Al $ O/.
c)
Dr.
AnÚGuWo Watg>n
M
le Fcia\varela
Intendéíi
Dr. DoDZeidH5aniel A éÍe'
fe Gobierno
fíáiidad de Flo
442
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
3.'..::':'..'r'*f ,:\Tj).-.-;V.:Hf--':
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Muni
FLORENCIO VARELA, 28
NOV
2025
VISTO:
La factura B Nc’ 0070-00870385,/por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos
treinta y siete con cero centavos ($84.337.00)remitida por la empresa TELECENTRO S. A., por la provisión del servicio de Internet Empresas; y CONSIDERANDO:
Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio de la empresa mencionada aún perduran, habida cuenta de las necesidades operativas de contar con dichos elementos;
Que, por esta razón se ha hecho imprescindible mantener el servicio oportunamente contratado con la empresa mencionada en el visto;
Que, ante la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo, DECRETA
ARTÍCULO 1'’: Abónese, a la empresa TELECENTRO S. A., la factura B N'> 0070-00870385, -
–-----––––––por la suma de pesos ochenta y cuatro mil trescientos treinta y siete con cero centavos ($§4.337,oo) dor la provisión del servicio de Internet Empresas, correspondiente al periodo noviembre 2025. -–––––----–-––––––––––––––––--
tu
2586 25 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
443
Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
11
al N
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:;h: p+ Ír iR1L:+ ri 1)+B p9 x FT 1 ;4
1
8
:'.};.._l.$.::t?1.1}e; 1$ 1 }?;::
'. 1?-:
1
W
Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO 2Q: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; -–––------––-Categoría Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento
ARTÍCULO 3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno ----------–--––––––- y por la Señora Secretaria de Hacienda.
ARTÍCULO 4'): Tomen conocimiento. la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. -––––––-ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, cumplido que sea, ARCHIVESE. ---–--––––-–––-
86 25
DECRETO N'
eidi D’aniel A. de'’t3obiemo -lorencio Varela
M
t '.'1'. 17 LS' r,tiN«:tPAt_lO/~D
GuiM;lo Watson IntQtge ii de Fch. Varela
la Prt7rLUS rDE HAC\ENDA F1 ORENClo VARELA
25 de Mayo NO 2725 _ Florencio Vareta - C.P, 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 423/ 1601 - www.varela.gob.ar
444
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DECRETOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Fiore'ricio Varela MujIir
F ][J 1:) ]111][ ][\11 1c I Ic) 11v[
](1111L
]1mlJA )
lf>.1IId,1&t
28 A0V 202
VISTO: La Factura “C’' N'>00003-00003857, con fecha 20/08/2025, emitida por la Asociación Amateur de Hockey sobre Césped de Buenos Aires, y; ,r
CONSIDERANDO:
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Que, a través de la factura mencionada, se requiere abonar a la Asociación Amateur de Hockey sobre Césped de Buenos Aires , los aranceles que se detallan por los siguientes conceptos: Una Inscripción de equipo por la suma de pesos dos millones ciento treinta un mil doscientos veinticinco con cuarenta y nueve centavos ($2.131.225,49),un Seguro por la suma de pesos de un millón setenta y cinco mil doscientos doce ($1.075.212), un Canon de Sistema por la suma de pesos doscientos veinticuatro mil ($224.000), una Multa art.03.02 Boletín A. Retiro de equipos por la suma de pesos ciento trece mil cuatrocientos setenta ($113.470), ascendiendo a un total de pesos tres millones quinientos cuarenta y tres mil novecientos siete con cuarenta y nueve/100 ( $3.543.907.49);' Que, por lo expuesto, deviene necesario depositar la suma total de pesos tres millones quinientos cuarenta y tres mil novecientos siete con cuarenta y nueve centavos ($3.543.907,49); mediante transferencia bancaria al Banco Provincia de Buenos Aires. Sucursal N'’ 16, Cuenta Corriente en Pesos N'’401 6-014001 /2, CBU N'014001680140 1601400126, CUIT 30-52112793-3; Que, por la urgencia de contar con el servicio no fue posible cumplimentar con lo dispuesto por el Articulo 151 de la L.O.M. y el Artículo 123 del Reglamento de Contabilidad, por lo que el presente se dicta a tenor de lo establecido en el Artículo 186 de la L.O.M.”
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POR ELLO: El Señor Intendente Municipal de Florencio Varela en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA
SECRETA
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ARTÍCULO 1'’: Abónese a la Asociación Amateur de Hockey sobre Césped de Buenos Aires, la suma total de pesos tres millones quinientos cuarenta y tres mil novecientos siete con cuarenta y nueve centavos ($3.543.907,49)rmediante transferencia bancaria al Banco
25 de Mayo no 2725 - Florencio Varela - C.R 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Provincia de Buenos Aires, Sucursal Nc’16, Cuenta Corriente en Pesos No4016-0140012, CBU N 9014001680140 1601400126, 'CUIT 30-52112793-3 . -––---–-–––––––––--
ARTÍCULO 2c’: El mencionado gasto será imputado a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción: 1.1.1.01.22.000; Categoría Programática: 41.01; Fuente de Financiamiento: 1.1.0; Objeto de Gasto: 5.1.5.08-----------------------------------------------ARTÍCULO 3'’: El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretaria de Cultura, Deportes y Recreación, y la Secretaria de Hacienda. –––––––-––-–---–––– ARTÍCULO 4'’: Tomen conocimiento las Secretarías de Cultura, Deportes y Recreación y de Hacienda, la Contaduría General y las Direcciones Generales de Tesorería, y de Registro y Legislación, a sus efectos. -––––-–--–––––-––––––-–––––––––––-
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplimentado que sea, ARCFIIVESE. -––--–––-–-------–––––––--––––––-–---––––––––––--–––--
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25 de Mayo no 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
Fl„,.,i, V„,1,, 28 NOV2025 VISTO: La factura B NQ 2503-14915046 por la suma de Pesos cuarenta y nueve
mil ciento ochenta y ocho con dieciséis centavos ($ 49.188,16) emitida por la empresa Telefónica Móviles Argentina S. A. por la provisión del servicio de Datos Movistar Kite Platform, el que fuera oportunamente solicitado; y
CONSIDERANDO : Que, las circunstancias que determinaron la aceptación del servicio por parte de la empresa mencionada
aún perduran,
habida cuenta de las necesidades
operativas de contar con dichos elementos.
Que, en vista de la necesidad de contar con el servicio mencionado, y lo perentorio de la situación no se' ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 123 del
Reglamento de Contabilidad, por lo que se dicta el presente, a tenor de lo dispuesto en el Art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, haciendo uso de las atribuciones propias de su cargo,
DECRETA
ARTÍCULO lo: Abónese, a la empresa Telefónica Móviles Argentina S. A. la factura B ---------------------
N' 2503-14915046 por la suma de Pesos cuarenta y nueve mil ciento
ochenta y ocho con dieciséis centavos ($ 49.188,16) por la provisión del servicio de Datos Movistar Kite Platform, correspondiente al periodo octubre 2025. ---–––––––--
2588 25 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
ARTÍCULO
2o: El importe mencionado será imputado a: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000;
–---–––––––-Categoría Programática 16.01; Objeto del Gasto 3.1.4; Fuente de Financiamiento 1 . 1.0.--------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO
3'’: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y por la Señora Secretaria de Hacienda. ––––––––––––
ARTÍCULO
4o: Tomen conocimiento, la Secretaria de Gobierno, la Subsecretaria de
Seguridad Ciudadana, la Contaduría General y la Dirección General de Tesorería. ----–-
ARTÍCULO 5o: Regístrese, comuníquese y cumplido que sea. ARCHIVESE. -––––--
DECRETO N'
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 ' Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipa iii:ida
Florencio Varela,
28 NOV20Ü
VISTO:
La factura presentada por la firma “lnterne\ Winds AG S.A.” (iWinds), solicitando el pago de “Servicio de Telefonía IP en la Sec(etaría de Industria y Desarrollo Productivo” que se encuentra descentralizada del Palacio Municipal, brindado durante el mes de octubre de 2025 a esta municipalidad y; CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto de Afectación N' 1248/20, se estableció el acceso a las líneas con Servicio de Telefonía IP necesario para el normál y eficiente desarrollo de las tareas en la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo Que el servicio fue prestado en forma continua a satisfacción de las necesidades
Municipales, siendo menester disponer el pagó de la factura presentada: “B” N. Q 000600009581 de fecha 03/11/2025, correspondiente al mes de octubre de 2025 por un monto total de $ 30.582,75 (Pesos treinta mil quinien los ochenta y dos con setenta y cinco centavos) por Servicio de Telefonía IP en la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo. Que por las caracteristicas y urgencia de contar con el servicio y considerando el grado de exclusividad, no fue posible cumplimentar lo d.bpuesto en el Art. 123 del Reglamento de contabilidad, por lo que el presente se dicta a tenor de lo establecido en el Art. 186 de la L.O.M 8
Por ello, el señor INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
DECRETA Artículo IQ: Abónese a la firma “Internet Wind; AG S.A.” (iWinds), la suma total de -––––––––$
30.582,75
(Pesos treinta mil qyjnientps
ochenta y dos con süenta
y cinco r
centavos) eñ concepto de pago del mes de octubre de 2025, de acuerdo a la factura “B” N.'> 00063)00 M81,de
fecha 03/U/2025, por la provisión del se/vicio de Telefonía IP, el cual se
prestó en la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
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El gasto demandado será imputado a.la Jurisdicción: 1.1.1.01.03.000 - Categoría Programática: 01.07 - Fuente de Financiamiento: 1.1.0 - Objeto de Gasto: 3.1.4 “Teléfonos Télex y Telefax” del presupuesto de gastos vigentes ///
2589 ’25 25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237 1601 ' www.varela.gob.ar
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Artículo 3'): El presente decreto será refrendado. por el Señor Secretario de Industria y Desarrollo Productivo y la Señora Secretaria de Hacienda. ––--–-–-–--––-––----–Artículo 4c’: Tomen conocimiento las Secretarías 'de Industria y Desarrollo Productivo, de -––––––-- Hacienda, las Subsecretarías de Modernización, Innovación y Tecnología, de Auditoría Interna, la Contaduría General, lag Direcciones Generales de Análisis Presupuestario, de Coordinación y Gestión, de Tesórería y de Registro y Legislación. ---––---Artículo 5': Regístrese, comuníquese y, cumplimQntado que sea, ARCHiVESE.
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Secretario de IndustrIa y
Desarrollo Productivo
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FLORENCIO VARELA,
28 NOV208
VISTO: Los programas y proyectos educativos que se llevarán a cabo en el transcurso del mes de Diciembre del año 2025, y; CONSIDERANDO: Que, las actividades educativas son sumamente importantes para el desarrollo de nuestra comunidad;
Que, es deber de todo buen gobierno acompañar el fomento de los distintos programas y proyectos impulsados por la Secretaría de Educación; Que, el cronograma que se acompaña como Anexo I al presente, puede sufrir modificaciones y/o alteraciones por condiciones climáticas o motivos de fuerza mayor; Que, en virtud de lo expuesto, el titular del Departamento Ejecutivo Municipal encuentra propicIo declarar a los mismos de Interés Municipal.
POR ELLO: EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones inherentes a su cargo:
DECRETA: ARTÍCULO 1'): Declárense de Interés Municipal los programas y proyectos educativos ---–––––––que se llevarán a cabo en el transcurso del mes de Diciembre del año 2025; los cuales se enumeran en el Anexo I que forma parte integrante del presente. –
ARTÍCULO 2c’: El presente Decreto será refrendado por las Señoras Secretarias de .-Educación y de Hacienda y el Señor Secretario de Gobierno. –––––--
2590 25 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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ARTÍCULO 3'’: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que -conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. ----–----––––––––-
ARTÍCULO 4'’: Comuníquese con copia a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación –--–––––––-- para su difusión en los medios masivos de comunicación. –––––––---
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y, -----––––––––cumplimentadoque sea, ARCHIVESE. –-–––––––––––––––––––-
DECRETO N'
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ANEXO I
Cronograma de Actividades del mes de Diciembre de 2025 de la Secretaría de Educación. • Taller Arte Terapia “AcompañARTE”. Propuesta diseñada para utilizar el proceso creativo del Arte para mejorar el bienestar físico, mental y emocional de los niños. A través de actividades como la pintura, el dibujo, la escultura o el collage. Utiliza diversos contextos como la psicología, la educación y la salud. Dirigido a los alumnos de la Escuela de Educación Especial Artesa. Días: 2 y 9 de Diciembre. Horarios: Primer grupo 10:00 hs. Segundo grupo 14:00 hs. Dirección: Escuela de Educación Especial Artesa. Sito en calle Batalla de Ayacucho N'97, barrio Varela Centro.
• Propuestas pedagógicas inclustvas: Estrategias para la diversidad en el aula. Abordaremos estrategias simples y aplicables para planificar clases accesibles, adaptaciones curriculares y apoyos para la participación de todos los estudiantes. Dirigido a docentes de Jardines Municipales. Día: 4 de Diciembre.
Horarios: Primer grupo de 9:00 a 12:00 hs. Segundo grupo de 13:00 a 16:00 hs.
Dirección: C.E.l.M N'’2. Sito en calle Gervasio Antonio de Posadas N'3000, esquina Vélez Sarsfield, barrio La Pileta.
ííERíiARii DFEaHCACiaN
• Día de la Educación de Adultos. El Día de la Educación de JA y AM es una jornada dedicada a reconocer y celebrar el esfuerzo, la perseverancia y el compromiso de los estudiantes jóvenes y adultos que continúan su formación educativa. Durante este día se realizarán actividades culturales, recreativas y formativas que promueven la inclusión, la participación y el valor de la educacion permanente para el desarrollo personal y comunitario. Día: 5 de Diciembre.
Horario: 13:00 a 19:00 hs. Dirección: Anfiteatro Estación Florencio Varela. Sita en Avenida Teniente General Presidente Perón entre calles Almirante Guillermo Brown y Juan Bautista Alberdi.
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Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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• FESTIVAL PEÑA FOLCLORICA. Con la articulación del Programa Cooper-Acción, la cc)operadora, el equipo de directivos y las familias de la E.E.E N'’503, reaiizarán el
festival Peña Folclórica para obtener fondos, que serán destinados para el reacondicionarniento de dicha Institución. Día: 6 de Diciembre.
Horario: 11 :00 a 18:00 hs.
Dirección: Centro de Veteranos de Guerra “Héroes de Malvinas”. Sito en calle Juan José Castelli N')128, barrio Varela Centro.
• 4ta Edición de las Olimpiadas Matemáticas Varelenses. La Olimpiada Matemática Varelense se consolida año tras año como un proyecto educativo de alto impacto con la comunidad, fomentando el pensamiento matemático, la creatividad y la participación estudiantil . Día: 10 de Diciembre.
UD Horario: 12:00
hs.
c\1 Dirección: E.E.T N')2 “Rodolfo Walsh”. Sita en calle Bombero Voluntario Rubén
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Parrillo N'’3023, barrio 9 de Julio.
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- “Aulas en equilibrio: estrategias para fortalecer la convivencia y el aprendizaje”. Abordaremos la gestión de la conducta en aulas heterogéneas, como así también trabajaremos herramientas para comprender conductas, prevenir situaciones disruptivas y aplicar intervenciones respetuosas que fortalezcan la convivencia y permitan que se desarrollen experiencias de aprendizaje.
Día: 11 de Diciembre.
Horario: Primer grupo de 9:00 a 12:00 hs. Segundo grupo de 13:00 a 16:00 hs.
Dirección: C.E.l.M N'2. Sito en calle Gervasio Antonio de Posadas N'3000, esquina Vélez Sarsfield, barrio La Pileta.
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• Jornada de Convivencia Recreativa Navideña. Es una actividad maravillosa para fomentar la convivencia, la alegría y el espíritu de la navidad en el Centro Socioeducativo. Día: 11 de Diciembre. Horario: 13:00 a 16:00 hs.
Dirección: Casa de Encuentros Santo Cura Brochero. Sito en calle Pergamino N'1401, barrio Bosques.
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• EducAcción Recreativo -- Especial adornos navideños. Jornada Lúdico Educativa para niños y jóvenes del distrito, con motivo de brindar un espacio de aprendizaje a través de los juegos. Día: 12 de Diciembre.
Horario: 17:00 a 19:00 hs. Dirección: Sito en calle N'523 entre calles N'’554 y N'’556, barrio San Jorge.
• RE-COOPE Y COOPER FEST. El Programa Cooper-Acción junto con 15 escuelas con sus cooperadoras activas, tienen como finalidad, recaudar fondos para las mismas, que colaboran día a día en el sostenimiento y mejora de las actividades de las instituciones. Nos acompañan Cooperadoras de Provincia de Buenos Aires. Día: 13 de Diciembre.
Horario: 9:00 a 18.00 hs. Dirección: Parque Recreativo, Deportivo y Cultural Thevenet. Sita en Avenida Beata Claudina Thevenet y calle Alfonsina Storni, Villa Angélica.
- 8' Expo Técnica, Agraria y Centro de Formación. En el marco de la 8' Expo Técnica ,
Agraria y Centros de Formación se realizará una jornada de exposición de los alumnos, las escuelas técnicas, centros de formación y escuelas agrarias. Tiene como objetivo brindar herramientas educativas municipales para la comunidad educativa (nivel secundario). Día:16 de Diciembre,
Horario: 10:00 a 16:00 hs. Dirección: Sito en calle 25 de Mayo de 1810 entre calles Batalla de Maipú y Batalla de Chacabuco, barrio Varela Centro.
SÍCR:TAC :$ DE E[UC:1::'1.,
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- Cierre y reconocimiento a los Programas y Proyectos Educativos Municipales (PyPEM). Entrega de diplomas. Día: 19 de Diciembre.
Horario: 10:00 a 12:00 hs. Dirección: Biblioteca Popular Sarmiento. Sito en calle Doctor Nicolas Boccuzzi N'97, barrio Varela Centro.
25 90 2 5 25 de Mayo N'D 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Programa "El Patio sale a La Peatonal" La actividad consistirá en una muestra estática y dinámica que incluirá un stand con talleres de Artística, Música, Ajedrez, Literatura (Mate Cocido Literario y Cuentos Rebeldes), Radio Abierta, y además de un stand de informes. La jornada concluirá con la presentación de la Banda VH16 de Patios Abiertos de la Escuela de Educación Secundaria N'16. Día: 20 de Diciembre.
Horario: 9:30 a 12:30 hs. Dirección: Peatonal Bernardo de Monteagudo, entre calles Doctor Salvador Sallarés y Bartolomé Mitre, barrio Varela Centro.
Actividades correspondientes al mes de Diciembre que se realizarán en los 12 Jardines Municipales de Florencio Varela. 8 de Diciembre, feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María. 9 de Diciembre. Armado de Pesebre Navideño en los Jardines. Se recreará una
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experiencia sensorial pedagógica que busca rescatar el valor de la unión, la paz y el amor familiar. IO de Diciembre. Día Internacional de los Derechos Humanos. Se realizarán
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carteleras con las familias alusivo a la fecha para la promoción de los valores democráticos restaurando su significado histórico, político y social. > 11 de Diciembre. Dia Internacional del Tango. Se realizarán actividades con >
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bailes con la participación de las familias. 12 de Diciembre. Se realizará entrega de Regalos de Navidad en los 12 jardines municipales. 15 de Diciembre. Entrega de medallas y diplomas, acto ceremonial. 22 de Diciembre. Finalización del ciclo lectivo 2025, actos protocolares en los 12 jardines municipales.
o\1 Direcciones de jardines municipales de Florencio Varela. 8 Jardín Municipal N '' 2. Calle Polonia S/N entre calles Berna y La Haya, barrio Pico de
Oro SE€R5TAgii
e Jardín Municipal N '
3. Ruta Provincial N'36 Km 31,500, barrio Presidente Perón.
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6 Jardín Municipal N Q 4. Calle Gran Canaria N')136 esquina calles Budapest y
Dinamarca, barrio Santa Rosa. . Jardín Municipal N '' 5. Calle 727 y calle Virgen de ltatí, barrio Villa Mónica Nueva. e Jardín Municipal N o 7. Calle 1353 entre calles 1306 y 1308, barrio Curva de Chávez.
+ Jardín Municipal N '' 8. Calle 830 A N'’285 esquina calle 805, barrio Infico.
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www,varela.gob.ar
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• Jardín Municipal N ' 10. Calle 897 entre calles 872 Delhi y 874, barrio San Juan.
• Jardín Municipal N o 11. Calle Batalla de Maipú entre calles José Valentín Gómez y Gervasio Antonio de Posadas, barrio Batalla de Chacabuco. • Jardín Municipal N ' 12. Calle Malvinas Argentinas, esquina calle Pablo A Pizzurno, barrio Villa Aurora. • Jardín Municipal N ' 13. Calle Hernandarias N'2831 esquina calle Ambato, barrio San Rudecindo. • Jardín Municipal N ' 14. Calle Clorinda esquina calle El Salto, barrio Villa Angélica. • Jardín Municipal N ' 16. Calle El Indio N ') 67, barrio Don José. SECRETÁFi! DE Eü8CAc;el
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www,varela.gob,ar
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Florencio Varela,
28 NOV208
VISTO: La entrega de certificados de los talleres y capacitaciones audiovisuales y radiales de
la Subsecretaría de Prensa y Comunicación realizados en la Dirección General de Radio Municipal y en la Dirección General de Comunicación Gráfica, Digital y Audiovisual;
CONSIDERANDO:
Que, dicho evento, se desarrollará el día 09 de diciembre del corriente año, a las 09:30 hs., en el ex Predio AGFA, sito en calle Gervasio Antonio de Posadas Ng3000.-
Que, se realizará un reconocimiento a los participantes de los talleres y capacitaciones realizados en la Dirección General de Radio Municipal y en la Dirección General
de Comunicación Gráfica, Digital y Audiovisual.Que, en virtud de la importancia que posee este evento, es deseo del Titular del
Departamento Ejecutivo declararlo de Interés Municipal; POR ELLO: El Señor Intendente Municipal de Florencio Varela, en uso de atribuciones que son
propias de su cargo: DECRETA
ARTÍCULO N'r: Declárese de Interés Municipal, la entrega de certificados de los talleres y capacitaciones audiovisuales y radiales de la Subsecretaría de Prensa y Comunicación realizados
en la Dirección General de Radio Municipal y en la Dirección General de Comunicación Gráfica, Digital y Audiovisual a desarrollarse el día 09 de diciembre del corriente año, a las 09:30 hs., en
el ex Predio AGFA, sito en calle Gervasio Antonio de Posadas Ng3000.----------------------------------
ARTÍCULO N'2: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y la Señora Secretaria de Coordinación Técnico Jurídica (en virtud de Decreto 2489/25).---------------
259 t 25 25 de Mayo N 9 2725 - FlorencIO Varela - C.P. 1888 - ProvIncIa de Buenos Aires Te i: (54 31) 4237 1601 - www.vareia.gob.ar
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ARTÍCULO N'3: Tomen conocimiento la Secretaría General de Gestión Pública, la Subsecretaría
de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y las Direcciones Generales de Tesorería, Análisis Presupuestario y de Registro y Legislación respectivamente.-----------------------------------ARTICULO N' 4: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHIVESE. DECRE
0,
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General de Gestión Pública de florencio Varela
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25 de Mayo Ne 2725 - Florencio Varela - (-'.P. 1888 - ProvIncia de Buenos AIres Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.al-
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BOM N° 11
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Florencio Varela &luni( ipa !idac]
4
FLORENCIO VARELA.
28 NOV206
Visto: La nota presentada por representantes de la Asociación Civil, Cultural y Deportiva ''FEC.LIFIJ Fútbol Infantil y Juvenil Varelense
Considerando: Que, por la citada nota los integrantes de dicha institución ink)rman que realizarán las anales del Torneo 2025 de fútbol infantil lnasculino y femenino de los clubes de distintos barrios de nuestro partido.
Que, el mismo se llevará a cabo el día domingo 07 de diciembre del año 2025, de 09:00 a 20:00 horas en las instalaciones del Club Social y Deportivo Defensa y Justicia ubicado en Avenida Eva Perón – R.P. N.c> 53 y calle N') 1610 del barrio La Capilla de nuestro partido.
Que dicho evento podrá ser reprogramado por cuestiones climáticas y/o cuestiones de organización durante el transcurso del mes de diciembre del año 2025.
Que, la intención de este gobierno Municipal es abarcar la totalidad de las
manifestaciones culturales e institucionales que se llevarán adelante en nuestra comunidad.
Por ello:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAI, DEL PARTIDO DE FLORENCIO
VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo:
S.R.l c.IVI
''7b/
't
2592 25
w' 75 de Mayo n'’ 2725 - Flo;en( io Varela ' r.p. 1 888 - Província de Buenos Aires Tel.: ( S4 1 i ) 4:37 16\) 1 - JUWW.varela.gob.dr
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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Florencio Varela iidad
DECRETA ARTÍCULO
1'’: Declárese de Interés Municipal las finales del Torneo 2025 de fútbol
–––––--––––ürt'anti1
masculino y femenino. que se llevará a cabo el día domingo 07
de diciembre del año 2025, de 09:00 a 20:00 horas en las instalaciones del Club Social y Deportivo Defensa y Justicia ubicado en Avenida Eva Perón – R.P. N.'’ 53 y calle N') 161 0
del barrio La Capilla de nuestro partido. –-–-–––––-–-––––-–––––––––––––ARTÍCULO
2'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de
--–-––-––––––Hacienda
y los Señores Secretarios de Relaciones Institucionales y de
(3obierno. –––––––--––––---..-–--–––––--––––––--––––––––--------––––– ARTÍCULO
3o: Tomen conocimiento las Secretarías de Relaciones Institucionales. de
––-––-––-––- Gobierno y de Hacienda. ––---––––––––––-––––--––––––––ARTÍCULO
4'’: Comuníquese con copia, a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación
---------------------- para su divulgación en los medios de comunicación.--------------------ARTÍCULO
5'’: Regístrese, Comuníquese y, Cumplimentado que sea; Archívese. ––--
DECRETO N': Dc Munici
Gl
Watson
Intaplento la d\ Fcio. Varela
C:P. qtseffa SECRFr-/,rt¿:'. l:í /;/,Cl[NOA MÜNlclPÉ,LIC)An r)r Fl +»FN'
lo VAnEl_4
Dr. Dorlo Leidi Daniel A. éecretario -de Gobierno / ”Munidpatidad de Florencio Vareb
25 de Mayo rt' 2773 - Florencio Varela ' (.P. 1 888 - F'rcvi11cio de Bu.’nos Aires feI.: { 54 1 1 ) 473;/ 16í) ! ' u'ww.v3lela.gob al
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Florencio Varela Municipalidad
Fl„,.,i, V„,1,,2 8 NOV2(25 VISTO:
El Decreto Municipal NO 2646/24 de fecha 27 de noviembre de 2024; y
CONSIDERANDO:
Que, a la luz del referido acto administrativo se ha dispuesto la suspensión de
plazos administrativos, limitando la actividad de la administración en un solo periodo, procurando la continuidad de todas las tareas;
Que, por tal motivo es necesario, a los efectos de concretar la disminución de las tareas, establecer una limitación para el otorgamiento de la Licencia Anual al personal de la Municipalidad de Florencio Varela, garantizando que todas las dependencias funcionen normalmente durante el periodo estival;
Que, a los efectos precedentemente descriptos y atentos al periodo de feria del Poder Judicial, Poder Legislativo, los Organismos de la Constitución y otros de similar entidad, deviene necesario y conveniente, suspender los plazos administrativos -– a todos los efectos legales y procesales – durante el mes de enero de 2026, mediante el dictado del presente acto. SECRETAR tA LEGAL
Y TÉCNiCA
POR ELLO;
El Señor INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de atribuciones propias a su cargo:
2593 25 25 de Mayo de 1810 N' 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel.: (541 1 ) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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++
)4-
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Florencio Varela Municipa ti<$ad
DECRETA
ARTICULO lo: Suspender los plazos administrativos a todos los efectos legales y
-–––––––––-- procesales, desde el 02 al 31 de Enero del año 2026. –––––--–––-––ARTICULO
2'’: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria Legal y
–--––-–––––- Técnica y por la Señora Secretaria de Hacienda. ––––––-–-––––––ARTICULO 3(1: Tomen conocimiento todas las Secretarías y Subsecretarías que ––-–-––––––-
conforman
el Departamento
Ejecutivo,
las que notificarán
a sus
respectivas dependencias. -––-–––––--–--––––––––––––––––-–––––––––––ARTICULO
4'’: Comunicar
-----––-–––-–--
mediante
copia
del presente, al Honorable
Concejo
Deliberante y a los Juzgados de Faltas N') 1, N' 2 y NQ 3 de éste partido.
ARTICULO 5'’: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el -––-–--–––––-
Boletín Oficial Municipal a través de la Subsecretaría de Prensa y
Comunicación. -––––––––––-––––––––––----–––––––––––––-––––––––
ARTICULO 6'’: Registrar, comunicar y cumplido que sea, ARCHIVAR. ––-–––-––-–-
mM®® LEGAL
c/AndrMrrno Watson
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/Secretaría Legal y Téc dc': b,\unicipalidad de Flr'rnncio Vl
25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 – Florencio Varela– C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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-\1:SId Florencio Varela Municif)alid8ci
FLORENCIO VARELA,
28 NOV 202)J
VISTO :
El decreto Nc> 2490 /25 , por el cual se concedió Licencia Anual Ordinaria al Secretario de Obras , Servicios Públicos , Ambiente y Planificación
Urbana,
Arquitecto
TREJO DIEGO HERNAN; y
CONS I DERAN DO :
Que dicho funcionario ha solicitado dejar sin efecto dicha licencia, a partir del 26 de noviembre de 2025 , en razón de retomar sus actividades por estrictas razones de servicio;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Reintégrase a sus funciones al Secretario de Obras , Servicios – – – – – – – –Públicos
, Ambiente
DIEGO HERNAN, Leg . NC) 4790 ,
y Planificación
Urbana
, Arquitecto
TREJO
a partir del 26 de noviembre de 2025 . – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de –
– – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . –
ARTÍCULO 3 ') . –Tomen conocimiento la Secretaría
Bíl:GC13,! ;!!ltER 09 P:;CIf 7 :?!. si ir,i:vF
de Obras , Servicios
– – –
– – – – – – – –Públicos , Ambiente y Planificación Urbana, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – ==nH= ==nH= Una=
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2594 25
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Florencio Varela Municipalidad
111 /2.–
ARTICULO 4 ' . Regístrese,
comuníquese , y cumpliment_ado que sea, ARCHIVE,SE. .
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DECRETO N' : .-.r :í':',.,:i',;. IR :2 ?::r.,i 1 IT; :1: Ifj:w 8
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A,el[NDA r IRFNCIC) VAREIA
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F}oren€io Varela Muni(;f)8:ida(3
FL.R.~.,(, „.....,
28 NOV 2025
VISTO :
El
decreto
Nc> 511/10 ; y
CONS I DERANDO :
Que por el mismo se fijó una Bonificación por Dedicación Exclusiva para el Personal Jerárquico y Superior ;
Que en el artículo
y
porcentaje
Ejecutivo
correspondiente ,
se detalla la nómina de funcionarios por cada Secretaría del Departamento 4 '’
;
Que a raíz de los distintos nombramientos , y las tareas efectuadas en aquellas áreas que requieren que el personal superior y/o jerárquico extienda su jornada laborai , con la finalidad de realizar funciones de supervisión y coordinación, se ha propuesto incluir a agentes que están cumpliendo con dicha función;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones
propias
de su cargo ;
D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’.–Inclúyase – –
-
– –
(treinta
– –lia
dentro
al personal jerárquico de
los
términos
por ciento) de bonificación,
del
a partir
que a continuación decreto
N'’
511/10
,
se deta– con
el
30%
de la fecha indicada en cada
caso
Leg. N'’
Apellido
9830
MUÑOZ OLGA SANDRA
2784
y Nombre :
Fecha :
01/09/2025 BOGARIN AGUEDA ROSA 01 /08/2025
2595 25
/ 111 .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www,varela.gov.ar
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ati 91d Fiorer!(io Vareia MunIcipalidad
11112.– ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes
serán imputados a – – – – – – –
– – – – – –Jurisdicción : 1.1.1.01.11.000 - Categoría Programática : 45.01 y 01.01 – Objeto/gasto : l. 1.3.26 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – –
ARTÍCULO 3'> . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de – – – – – – –Hacienda y de Desarrollo Social, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Desarrollo Social, la – – – – – – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – - – - – – – – – – – – - - – – – – – – – - – – – – – =
ARTÍCULO 5c’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHIVESE . –
DECRETO N' PIEL.( 12y GEt tRI!. 12 ::in:{
\ \ 1g. 00$1 1 1iFe
-).
[dr. DonoZeidi D’¿niel A. S
Dr. AndZGui; Inte
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Muniáf6lid7Í de FN Varela
C.'P. GíseÍfa
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IIC. VIVAS LAURA SECRETARIA DF DESA.R ROLLO SOCLAL MUNICIPALIDADr)F r : {)F{FNCIO VARELA
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 -1601 – www.varela.gov.ar
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üldb Florencio Varela Municii)8 }idac$
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO :
Las reiteradas ausencias sin justificar incurridas por el agente municipal CORADO JULIAN LUCIANO, quien se desempeña como Chofer de Camioneta por 42 , 00 horas semanales , en la Secretaría de Desarrollo Social, quien no se presentó a cumplir con sus tareas habituales desde el 01 de noviembre de 2025 ; y CONS IDERANDO :
Que el Artículo 63'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Orci . N'’ 9533 ) , establece que el agente que incurra en 5 ( cinco ) inasistencias consecutivas , sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo; Que se ha remitido intimación al agente para reintegrarse a sus tareas dentro del término de 1 (uno ) día hábil subsiguiente al cie su notificación
, con justificación
fehaciente
de sus ausencias
;
Que habiendo presentado descargo, del mismo no se desprende
ni aporta razones suficientes para justificar se debe decretar su cesantía;
dichas ausencias , por lo que
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; 8R[Gft91 IEVFRü
1111 .-
[H ?UNi }h!.:$NitHg
2596 25 25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C,P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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üt¿lü Florencio Vareia Municipalidad
11112.–
D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’.–Dispónese la cesantía del agente CORADO JULIAN LUCIANO, /– – –
– – –Leg . N'’ 11426 ; D . N . l. N'’ 3%. 48 5. 440 , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 '’ del " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela“ (Ord . N'’ 9533 ) , a partir del 12 de noviembre de 2025 . – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – - – – – – –
ARTÍcULO 2 c’ . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias de –
– – – – – – – –Hacienda y de Desarrollo Social y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Desarrollo
Social,
– – –
– – – – – – la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – nH=n
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U••••
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ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHÍVESE . –
DECRETO N' ;};ñ- 1.';, ; b Fu,d
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Dr. Dono !,éidi Da-biel A. -Florencio
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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FLo RENc I
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/ 2 8 N0V 202
VISTO :
Las reiteradas ausencias sin justificar agente
municipal
MONTENEGRO LUCIANO
SEBASTIAN,
quien
incurridas por el se
desempeña
como
Técnico –Clase I– por 48 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Protección Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno , quien no se presentó a cumplir con sus tareas habituales desde el 01 de noviembre de 2025
y
CONS I DERAN DO :
Que el Artículo 63 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . N'’ 9533 ) , establece que el agente que incurra en 5 ( cinco ) inasistencias consecutivas , sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo;
a sus tareas
Que se ha remitido intimación al agente para reintegrarse dentro del término de 1 ( uno ) día hábil subsiguiente al de su
notificación,
con justificación
fehaciente de sus ausencias ;
Que habiendo presentado descargo, del mismo no se desprende
ni aporta razones suficientes para justificar se debe decretar su cesantía ;
dichas ausencias , por lo que
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; 1111 .-
ERtCC101 CEI ISP De :: 2n;1 y ipc. 7d&i;w?
2597 25 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11} 4237 1601 – www.varela,gov.ar
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Florencio Vareia Munic}pal}dad
11112.–
DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Dispónese la cesantía del agente MONTENEGRO LUCIANO SEBASTIAN,
– – – – – –Leg . N'’ 11879 ,' D . N . I . N'’ §_9.325.711'f de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 c> del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . N'’ 9533 ) , a partir del 12 dr noviembre de 2025 . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . –El presente decreto será refrerldado por la Secretaria
– – – – - – –Hacienda y por el Secretario
de – – de Gobierno, respectivamente . - –
ARTÍCULO 3 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Gobierno , la Subsecretaría
– – – – – – – – de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
.–
de Haberes y
Patrimonio ,
y de Registro
y
– – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
DECRETO
0
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FLORENCIO VARELA,
28 NOV203
VISTO :
La existencia de un cargo vacante en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, como Técnico Radiólogo; y
CONSIDERANDO :
Que debe procederse a la cobertura del mismo a fin continuar con el desarrollo de las tareas propias del área;
de
Que se ha propuesto para ello a FURCOLO VERONICA ESTEFANiA;
Que dicha designación debe ser efectuada en la categoría
inicial del Agrupamiento Técnico y se debe encuadrar de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 ') , 5'> , 6c’ y 7 c) del "Estatuto Munlclpal para Los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (C)rd. N' 9533) ;
Que en razón de la función asignada se le otorgará interinamente/ y mientras se desempeñe la misma, la categoría Técnico – Clase l– por 42 , 00 horas semanales ;
Por ello/ EL INTENDENTE MUNI(.-IPAL DE FLORENCiO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ;
2598 25 //// 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - c.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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8;$3388
:1:Ii:8§B
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al;sh Florencio Varela Municipalidad 1
/ 1 /2.–
DECRETA: ARTICULO 1 c’.–Desígnase
a FURCOI,O VERONICA ESTEFANiA,. I,eg . Nc’ 11956 r
D.N. I .
- – – – – – – –N'’ 35.400.2581 en la categoría como Técnico –Clase IV– por 42 / 00
horas semanales / en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir del 13 de octubre de 2025/ y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5(’ , 6'’ y 7 ' del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N'’ 9533 ) . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - –
ARTICULO
2 ') . –Los
haber:es
correspondientes
se
imputarán
a Jurisdicción
:– –
– – – – – – –1.1.1.01.08 . 000 – Categoría Programática : 23 . Ol – Objeto del Gasto : 1.1.1. 04 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3c’.–Asígnese a la agente la categoría : Técnico –Clase I– por 42 , 00
– – – – – – – –horas semanales para realizar funciones como Técnico Radiólogo en dicha Dirección General, y con carácter interino . – – – - –
ARTÍCULO 4 Q . –Dé j ase establecido
que la agente mencionada mantendrá la ca– – – – – – tegoría asignada por el Artículo 3'’ del presente acto mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se la reubicará en la categoría presupuestaria correspondiente al Artículo 1 '’ del presente . –
ARTÍCULO 5'> . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias de – Hacienda Gobierno , y de Salud y por el Secretario
respectivamente
//// íz. \?
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P, 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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alilh
9+9:
Bi
Florencio Varela Municipalidad 1
/ / /3.–
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Salud, la Subsecretaría
– – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Legislación
.–
de Haberes y Patrimonio,
y de Registro
y
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTICULO 7 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, – – – – – –
– – – – – – –ARCHÍVESE. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
DECRETO $(}[C,'Ól ;!!: ;1.
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BOM N° 11
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a ti 8& Florencio Varei8 MuniciÉ)8lid8ci
FLORENCIO VARELA,
VISTO
28 NOV 2025
:
La existencia de un cargo vacante en la Subsecretaría de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, como Servicio –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales ; y CONS I DERANDO :
Que debe procederse a la cobertura del mismo a fin continuar con el normal desarrollo de las tareas propias del área;
de
Que dicha designación debe ser encuadrada de acuerdo a lo
establecido en los Artículos 4 '’ , 5'’ , 6'’ y 7 '> del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (OrcI. N' 9533) , con carácter interino; Que en razón de la función asignada se le otorgará interinamente , y mientras desempeñe la misma, la categoría Agente de Vigilancia por 48 , 00 horas semanales ; Que a raíz de la misma se le debe abonar la bonificación "Agente de Vigilancia" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, instituida
por el Articulo Por ello,
2 '> del
Decreto
N '> iCO 3 /25 ;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en
uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: Tr' .:. :El,nI rt 3 : 1:::
ARTÍCULO 1 '’.–Desígnase al agente que a continuación se detalla como – – – –Servicio –Clase iV– por 42 , 00 /horas semanales , en la Subsecretaría
de Guardia Comunal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 01 de octub Ie de 2025 , y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4 '’ , 5 '’ , 6 '’ y 7 '’ de 1 *' Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord. N'’ 9533 ) ////. :
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a ti te F$orencio Varela Mur!!(ipaÉÉd8d
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Leg N' :
Apellido
y Nombre :
11953
MOLINA
SERGIO DANIEL /
35.904.925 /
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción : –
– – – – – – –1.1.1.01.02 . 000 – Categoría Programática– 58.01 – Objeto del Gasto : 1.1. l. 07 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 . – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'>.–Asígnese al agente mencionado en el Artículo
– – – – –categoría : Agente de Vigilancia carácter
interino,
1
'’ la – – – – –
por 48 , 00 horas semanales ,
y desde la fecha mencionada en ese Artículo
con
. – – – – –
'’ la – – – – – – – – – –bonificación "Agente de Vigilancia’' del 70% ( setenta por ciento)
ARTÍCULO 4'’.–Abónese al agente mencionado en el Artículo
del haber básico , instituida
por el Artículo
2 '’
1
del Decreto Nc’ 1603/25 . –
ARTÍCULO 5'’ . –Dé j ase establecido que la presente designación tendrá– – – –
– – – – –vigencia mientras el agente se encuentre cumpliendo la función establecida en el Artículo 3 '’ , caso contrario se lo reubicará en la categoría presupuestaria correspondiente al Artículo
1 '’ . –
– – – – – – – –
:;ltüt:' 3 i¿KU 01 HIfi FPI 1+dH
ARTÍCULO 6'’ . -El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – – – – –Hacienda, y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
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11 / 1 .-
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Florencio Varela Muníc:i})8lÉd8d
1
/ 113.–
ARTÍCULO 7 ' . –Tomen conocimiento
la Secretaría
de Gobierno,
la Subsecret_a–
ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 8 a . –Regístrese , comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
DECRETO
9=1: : 1;
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.
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/Dr. Dono Leidi Daniel,A, Secretario 'ae Gobie[71'¿ Municipalid.ad’ de Florer}eÍé Varela
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FLORENCIO VAREI_A
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Florencio Vare ia Munici paiiclad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV 2025
VISTO :
La nota presentada por la agente CHAJTOWSKI DEIBORA BEATRIZ , por la cual solicita su reubicación por haber obtenido el título de Técnica Universitaria en Intervención Social ; y CONS I DERANDO :
Que a partir de la documentación aportada se puede hacer lugar a lo solicitado, correspondiendo reubicarla como Profesional –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Subdirección de Coordinación de Servicios Locales de Niñez , dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, con carácter interino;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase a la agente municipal
CHAJTOWSKI DEIBORA BEATRIZ ,
–
– Leg . N'’ 9.477 , como Profesional –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en la Subdirección de Coordinación de Servicios Locales de Niñez , dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, a partir del 01 de octubre de 2025 , con carácter interino . –
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes
serán imputados a Jurisdicción : –1.1. l. 01.11.000 – Categoría Programática : 01.01 – Objeto/gasto : 1.1.1.03 – Fuente de Financiamiento : 1.1.0 .
ARTÍCULO 3'’ –El presente decreto será refrendado por las Secretarias
de Hacienda , y de Desarrollo 8? Pl3rii
l 3 g. kbHide
Gobierno , respectivamente
.–
Social y por el Secretario
de – de
– – – – – – –
260-0- 2-5
////.
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ü t11i1lEf Florencio Varela Muni(ipaiid8ci
1
/ / /2.–
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Desarrollo Social, la – – – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – - – – – – – – – – - – – – – – – – – - – –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplirnentado que sea, ARCHIVESE .
DECRETO N' :
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Dr. DorW4eldl 12#Í1iel A. Se9rétario de Muniñ3alidac!
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Dr. An.
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rLORENCIO VARELA,
ViSTO
28 NOV208
:
La nota elevada por la Secretaria de Desarrollo Social en la cual solicita la reubicación del agente VERA CARLOS JAVIER como Chofer de Camión por 42 , 00 horas semanales ; y CONS I DERANDO :
Que el agente cuenta con Licencia Nacional de Conducir habilitante y perfil adecuado para cumplir dicha función, por lo que se puede hacer lugar a lo solicitado ; Que además, se le debe abonar la "Bonificación
por Conducción de Vehículos" otorgada por el Artículo 1 '> del Decreto Municipal N'’ 1179/19 para aquellos agentes que cumplan funciones de choferes ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA: ARTÍCULO 1').–Reubícase al agente VERA CARLOS JAViER, Leg . N'> 5245 ,
– – – – – – –como Chofer de Camión por Secretaría
de Desarrollo
con carácter
interino
42 , 00 horas semanales ,
en la
Social,
a partir del 1 '’ de noviembre de 2025 , y .– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
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ARTÍCULO 2 '> . –Los haberes correspondientes
se imputarán a : Jurisdicción : – – – – – – – –l. l. 1.01. 11.000 – Categoría Programática – 01. 01 – Objeto del Gasto : 1.1.1. 07 – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3'’ . –Dé j ase establecido
que el agente mencionado en el artículo – - – – – – –1 '’ mantendrá la categoría de Chofer de Camión por 42 , 00 horas semanales , mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contrario se procederá a reubicarlo en la categoría en planta permanente como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales . – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4c’.–Abónese al agente mencionado en el Artículo
el 15% – – – – – – – – – – (quince por ciento) de la "Bonificación por Conducción de Vehículos” otorgada por el Artículo 1 '’ del Decreto Municipal N'’ 1179/19 . – 1o
ARTÍCULO 5') . –El presente decreto será refrendado por la Secretarias
de – – – – – – –Hacienda, y de Desarrollo So¿ial y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento las Secretaría
de Desarrollo Social, la – • – – – – – – – Subsecretaría de Recursos Humanos / 1 a Contaduría Genera 1 / y las Direcciones Generales de Liquidación
5 ': : ..., . ' . Re i: H)ali Iii;
gistro
y Legislación =
.– HHH=
de Haberes y Patrimonio,
y de
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – ==Un
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Florencio Varela Municipalidad
11113.– ARTÍCULO 7 ' . =Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍ_VESE .
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DECRETO N' ÜVFCí,M 82 fl3nií
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i#ii;%;É
b!!jt& Florencio Vare}a Man$cipaiidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO :
Las notas presentadas por el agente ROMERO DAVID ANGEL y la agente DI N 7\TALE LAILA ELIZABETH GRISELDA, mediante las cuales solicitan ser reubicados como Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , en la Dirección Call Center, dependiente de la Secretaría de Gobierno; y CONS I DERANDO :
Que se puede hacer lugar a lo solicitado , ya que las personas cuentan con el perfil adecuado para cumplir dicha función; Que a raíz de las funciones a asignar se les debe abonar la
"Bonificación Call Center" del 708 ( setenta por ciento) del haber básico , instituida por el Artículo 3'’ del Decreto NC) 2413/12 ; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Reubícase al agente ROMERO DAVID ANGEL,/Leg . N'’ 9520 y a la – – – – – – –agente
DI NATALE LAILA
ELIZABETIÍ
GRrSELDAÍ Leg.
N'’ 9517,
–
como
Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , en la Dirección Cali Center, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 1 '’ de octubre de 2025
ARTÍCULO 2 ') . –Los habere s correspondientes se imputarán a :
Categoría Pro(gramática Fuente de Financiamiento 1.1.o
01 , 02 , 000 ?fF[[ 1336iV:ER
h’:3“í *:- k*-:” Í
del Gasto
1.1.1.04
Jurisdicción : – 20.01
Objeto
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üt¿tü Florencio Varela hQunicipalidad
/ / / 12.– ARTÍCULO 3'’.–Abónese a los agentes mencionados en el Artículo
1 '’ la
~'Bonifi– - – – – – – –cación Call Center" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, instituicia por el Artículo 3 '’ del Decreto N'’ 2413/12 . – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Dé j ase establecido
que los agentes mencionados en el Artículo – – - – – – –1 '’ mantendrán la categoría de Operador Call Center por 30 , 00 horas semanales , mientras se encuentren desempeñando tal función, cie lo contrario se procederá a reubicarlos , en la categoría presupuestaria correspondiente
.–
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – - – – – –
ARTÍCULO 5c’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – –
– – – – - - – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta– – : – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento la
Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, 1 Legislación
.–
y de Registro
– – – – – – – - – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 7 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
2602
DECRETO N' 3::1::1 tH[F : 1: 8 ! !; 1 )b =1 !F F1
h 3lirl i :11.ky¿j;l:
Dr. Dt.)no Le}dI D ecreta
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\111& Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,28 ViSTO
NOV208
:
La nota elevada por la agente DIAZ MIA(;ALI AGUSTINA, mediante la cuál. ... solicita su reubicación a la Dirección Ventanilla Única, dependiéh.+e-'.de 1+a Secretaría de Gobierno; y q1
•
CONSIDERANDO :
QuQ s-e puede dar lugar a lo solicitado
ya que la agente cumple -c.Qn el p¿'rf 11 adecuado y que ha prestado conformidad a la diferencia salarial que impljca' dicha reubicación; Que a' raíz - de la función asignada se le debe abonar la "Bonificación Ventanilla Única” del 70% ( setenta por ciento ) del haber básico, creada por el Artículo 1 c’ del Decreto N'’ 2153/10 y su modificatorio establecido en el Artículo 3'’ del Decreto N'’ 3346/12 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA/ en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 ').–Reubícase
a'la
agente
DIAZ MAGALI AGUSTINA, Leg . Nc’ 9283 /––
– – – – -como Operador Ventanilla Única por 40 , 00 horas semanales , en la Dirección VentaniILa Única, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 01 de octubre de 2025 , y con carácter interino . – - – – – – – – =
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haberes cortespondientes se imputarán a Jurisdicción : – Categoría Progr amática – 20.01 – Objeto del 1.o.– – – – – – – – – – – – Fuente cie Financiamiento
– – – – – 1.1. 1.01.02.000 C
asto : 1.1.1.05
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Florencio Varela Wunicip&iid8€1
11112.– ARTÍCULO 3 ') . –Dé j ase establecido que la
agente mencionada en el Artículo– – – – – – – –l '’ mantendrá la categoría de Operador Ventanilla Única por 40 , 00 horas semanales , mientras se encuentre desempeñando tal función, de lo contr.ario se procederá a reubicarla en la categoría presupuestaria correspondiente en planta permanente como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4c).:Abónese a la agente mehcionada en el Artículo
1 c’ ,
la– – – –
– – , T – – –"Bonificación Ventanilla Única’' del 70% ( setenta por ciento ) del -háb-er 'b.4sico, establecida por el Artículo 1 o del Decreto N'’ 2153/10 y su modificatorio establecido en el Artículo 3 '’ del Decreto N'’ 3346/12 . – –
ARTÍCULO 59 . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – – – - –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento ia Secretaría
de Gobierno, la Subsecreta– – – – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro
I Legislación
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– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
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VISTO :
La nota elevada por la agente RANNO ROBERTA,. mediante la cual solicita su reubicación a la Dirección Call Center, dependiente de la Secretaría de Gobierno; y CONS I DERAN DO :
Que se puede dar lugar a lo solicitado ya que la agente cumple con el perfil adecuado y que ha prestado conformidad a la diferencia salarial que implica dicha reubicación; Que a raíz de la función asignada se le debe abonar la "Bonificación Call Center" del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, creada por el Artículo 3'’ del Decreto N'’ 2413/12 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso cie atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase
a la agente RANNO ROBERT A, Leg . N'’ 9515' como – – –
– – – – – – – Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , en la Dirección Call Center, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 01 de octubre de 2025 ; y con carácter interino . – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2 '’ . -Los haberes correspondientes se imputarán a Jurisdicción : –
– – – – – – 1.1.1.01.02.000 - Categoría Programática – 20.01 – Objeto del Eti:ci11 $ElIRÜ 3: yin-ti 1 :: 1.2l-wahlt
Gasto : 1.1.1.04 – Fuente de Financiamiento : 1. l. 0 . – – – – – – – – – – – –
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Florencio Varela Mlunicipaiidac] 1 / / 12.–
ARTICULO 3'.–Déi ase establecido
que la agente mencionada en el Artículo–
– – – – – – –l ' mantendrá la categoría de Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , mientras se encuentre desempeñando tal funciónr de lo
contra.rio se procederá a reubi('aria en la categoría presupuestaria correspondlente en planta permanente como Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – _ _ _ _ _ _
ARTICULO 4'’.–Abónese a la agente mencionada en el Artículo
la– – – – – – – – – –"Bonificación Call Center” del 70% ( setenta por ciento) del haber básico, establecida por el Artículo 3 '’ del Decreto Nc> 2413/12 . – – – 1 '’ ,
ARTÍCULO 5'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
– – – – – – –Hacienda y por el Secretario
de – de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento la Secretaría DRUG:ll1 :f 11FR
BeNIn'i 1521. VH jjI#9
de Gobierno, la Subsecreta– – – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las >irecciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
2604 25
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad 1
/ / 13.–
ARTiCULO
7 a . –Regístrese,
comuníquese,
y cumplimentado
que
sea,
ARCHÍVESE .
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DECRETO
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unicipalidad de Florencio
C.?. Gi_sef[l1 MtJNlcll3/,
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28 NOV202
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VISTO :
Las
notas
presentadas
por
el
agente
VERA EZEQUIEL
ENRIQUE
y la agente LOPEZ LUDMILA CELESTE, mediante las cuales solicitan ser reubicados como Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , en la Dirección Call Center, dependiente de la Secretaría de Gobierno ; y CONS I DERAN DO :
Que se puede hacer lugar a lo solicitado , ya que las personas cuentan con el perfil adecuado para cumplir dicha función; Que a raíz de las funciones a asignar se les debe abonar la
"Bonificación Call Center” del 70% ( setenta por ciento) instituida por el Artículo 3'’ del Decreto Nc’ 2413/12 ;
del haber básico,
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’.–Reubícase – – – – – – – –y
al agente
a la
agente
VERA EZEQUIEL ENRIQUE , / Leg . N'’ 9608 –, r LOPEZ LUDMILA CELESTE, / Leg . N'’
–
9604 , como –-_=
Operador de Call Center por 30 , 00 horas semanales , en la Dirección Cali Center, dependiente de la Secretaría de Gobierno, a partir del 1 c’ de octubre de 2025 . – – – – – – – – – – – – - – – – - – – – – - – – - – – – – – – – – n-n•n•HH
ARTÍCULO 2 '’ . –Los haberes correspondientes =
i)€
i: O: 131 :iSERü
se imputarán a : Jurisdicción
:
–
– – – – – –1.1.1.01, 02.000 - Categoría Programática – 20 . 01 – Objeto del Gasto : 1.1, 1.04 – Fuente de Financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – – – =
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar .Hlh:1
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11112.– ARTÍCULO 3'>.–Abónese a los agentes mencionados en el Artículo
1 '’
la **Bonifi– – – – – - – –cación Call Center" del 70% ( setenta por ciento ) del haber básico, instituida por el Artículo 3 '’ del Decreto N'’ 2413/12 . – – – – – – –
ARTÍCULO 4'’.–Déj ase establecido
que los agentes mencionados en el Artículo – – – – – – –1 '> mantendrán la categoría de Operador Call Center por 30 , 00 horas semanales , mientras se encuentren desempeñando tal función, de lo contrario se procederá a reubicarlos , en la categoría : Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales . – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – –
– – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 6'’ . –Tomen conocimiento ia
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta– – – – – – – – –ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO
7 ' . –Regístrese,
comuníquese,
y
cumplimentado
que
sea,
ARCHIVE:SE . –
DECRETO N' @.5
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6r. Dono Lei
0
Secretaño
Dr. MésGL;
Municipalicii
Intend Municipalidad9
cio. Varela
( 1/P. Giseffa q SF Cr?1:1 ARIA DE 1 l/CIENDA
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FIore ICiO Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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al Jb Florencio Vareia Municipalidad
,....~.,. „.,..., 28 NOV208_ VISTO :
El informe elevado por el Servicio de Medicina Laboral, en el cual se notifica al agente LEDESMA ARIEL JESUS , que tras haber agotado los días por patología de base, su situación queda en el encuadre de enfermedades de largo tratamiento ; CONS I DERANDO :
Que el agente agotó la cantidad de días de ausencia por enfermedad respecto de la patología acreditada ante ese Servicio, y atento a tratarse de una enfermedad de larga evolución conforme lo informado por la mencionada dependencia, corresponde otorgar licencia con goce de haberes por
1 (un)
año,
en virtud
de lo
dispuesto
por
el
Artículo
39'> segundo
párrafo del '~Estatuto Municipal para los Trabajadores cie la Municipalidad de Florencio Varela" , (Ord . 9533 ) , desde el 24 de noviembre de 2025 ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; D E C R E T A: ARTÍCULO 1 c'.–(.-oncéciase Licencia
Especial con goce de haberes al agente– –
– – – – – – –LEDESMA ARIEL JESUS ; Leg . N'’ 6898 , desde el 24 de noviembre
de 2025 / y por el término de 1 (un) año, percibiendo el cien por ciento ( %100 ) de sus haberes , conforme a ias disposiciones establecidas en el Artículo 39 ' de 1 " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela'’ (C)rd . N'’ 9533 /19 ) . – – – – – – – – – – -üKtEl;lh BElt?1'
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P, 1888 – Provincia de Buenos Aires
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Florencio Vareia Mtlnic}palidad
11112.– ARTÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de– –
– – – – - – – –Hacienda y por los Secretarios de Gobierno y de Obras , Servicios Públicos , Ambiente y Planificación
Urbana, respectivamente . – –
ARTÍCULO 3Q . –Tomen conocimiento la Secretaría de Obras , Servicios Públicos ,
– – – – – - –Ambiente y Planificación Urbana, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, – – – – – – – – – – – – –ARCHIVESE.– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
2606
DECRETO N'
Dr. Dono L¿idi Dd/niel A,
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SecretaÚo de (,'obiemo dd lrencio Varela Munici
c/r. (;bllh ?rimas SECR MUNICIPAUÓAE)
rA DE HACIENDA
FrFiHFNéió t/AREEA
Arq . D/eUR/.f. Tre , Secíetariü dl Obrl
'v.
Munici;1lIJ3dTe F
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO :
El
telegrama
enviado por la agente municipal ZARRAGOICOECHEALUCIA EUGENIA, mediante el cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y
CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
inciso b) y 55'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la
misma,
procediéndose
en consecuencia
54 '’
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO 1 '’.–Acéptase la renuncia presentada por la agente municipal–
– –
– – – – – – –ZARRAGOICOECHEIA LUCIA EUGENIA, Leg . N'’ 7.855 ;’ D . N . I . N'’ 32.609.771, quien se desempeña como Director por 42 , 00 horas semanales , en la Secretaría de Gobierno, a partir del 04 de noviembre de 2025 . – – – – – mF1311 ;tIERR 01 Pl 3rtl 199 fb»i!#9
ARTÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendacio por la Secretaria
de– – – – – – – – de Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – –
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/ / / / .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11} 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
/ / / 12.– ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaria de Gobierno, la Subsecretaría – – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
–
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
DECRETO
2607
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Dr. Dono kéidi Ddie 1A. SecreH'áo de G.Úiemo Munidpdñdad da f, 16'r8ncio Varela.
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Órés ci Munici
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Varela
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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'\1 Jl. Florencio Vareia MIlnicÉ})a !id8€i
FLORENCIO VARELA,
28 NOV208
VISTO :
La
nota
enviada
por
el
agente
municipal
VELARDE:Z NICOLAS
AGUSTIN, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en
la Municipalidad de Florencio Varela; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
inciso b) y 55 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela'’ (Ord . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia ; 54 '’
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones
propias de su cargo ;
DECRETA: ARTÍCULO 1'’.–Acéptase la renuncia presentada por el agente municipal–
– –
– – – – - – –VELARI)EZ NICOLAS AGUSTIN, Leg . N'> .1 1.859-, D . N . l . N'’ 43.398.390 , quien
se desempeña como Personal Técnico –Clase I– por 48 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Protección Ciudadana , dependiente de la Secretaría de Gobierno , a partir
del 23 de septiembre de 2025 . – – – – –
ARTÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . –
hPln. 11.1 Seg. ac#1
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/ / 11 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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11 / /2.–
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Gobierno, la Subsecreta–
– – -ría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
DECRETO '- i : :i ,:,i, ;iqiak bF1?::i +kq' XA11M
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Dr. 1.)ono Leidi Darliéi A. ; Secretaño de Go»íerno unidpndad /
da FloT¿ncio Varela
SbCtl,--íARI/, DE HACIENDA lo/in ne rtHnBÑCtn t/ARElfA
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3
al:\h Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO. VARELA,
VISTO
28 NOV20Ü
:
El
telegrama
enviado
por
el
agente
municipal
FARIAS
MARIANO, mediante el
cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la Municipalidad de Florencio Varela; y
CONS IDERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos
54 c’ inciso
b) y 55'’ del ~~Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Ord . N'> 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuqncia; Por ello , EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; D E C R E T A: ARTÍCULO 1 '’ . –Ac_éptase la renuncia presentada por el agente municipal–
– –
– – – – – – –F7\RIAS MARIANO, Leg . Nc’ 9949 , D . N . I . N') ,37.278.425 , quien se desempeña como Personal Profesional Grado Asistente por 36, 00 horas semanales / correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalaria, en la Dirección General de Atención Primaria, dependiente de la Secretaría de Salud, a partir
ARTÍCULO 2'
del 7 de noviembre de 2025 . – – – – – – – – – – – – – – – –
-El presente decreto será refrer dado por las Secretarias de– – de Gobierno , Salud, y de Hacienda y pOI el Secretario
URiCCiilCfliRR 01 Plantl y Seg. 0lH;!#9
respectivamente
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ARTÍCULO 3 ' . -Tomen conocimiento la Secretaria de Salud, la Subsecretaría
–
– – – – – – – –de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación
.–
– – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – – – – – – -
–
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE . –
DECRETO N' : BH[[[!ÓYBiqtRil De PljRbi i S:!aDpi1 lií
Dr. Dona Leidi Daré\ A: . Secretafñ’de Gc$ de
a
:rTiO
Dr/ÍndréskJH6mo Watson Munic
Jo Varela
ldente ,de Fcio. Varela
4 ic.
E Seaezíi3 de Salud
Munidpalidad de Florendo Varela
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela - C,P, 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: {54 11) 4237 1601 – www.varela,gov.ar
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VISTO
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28 NOV 2025
:
La nota enviada por la agente municipal CHIERICHINI PRISCILA AILE;N, mediante la cual presenta su renuncia al cargo que desempeña en la
Municipalidad de Florencio Varela; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos 54 '’ inciso
b) y 55c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (C)rd . N'’ 9533 ) , corresponde hacer lugar a la aceptación de la misma, procediéndose en consecuencia; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: ARTÍCULO l'’.–Acéptase
la renuncia presentada por la agente municipal– – – – – – – – – –CHIERICHINI PRISCILA AILEN, Leg . N' 9.952 D . N . I . N'’ 39.959.0701/
,
quien se desempeña como Maestra Jardinera, en la Dirección General de Emprendimientos Comunitarios , dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, a partir del 23 de octubre de 2 a25 . : – – – – – – – – – – – – – – – P
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ARTÍCULO 2 ' . –El presente decreto será refrendado por las Secretarias – – –
– – – – – –Hacienda
y
Desarrollo
Social,
y
por
el
Secretario
de – de
Gobierno , respectivamente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
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ARTÍCULO 3a . –Tomen conocimiento la Secretaría
de Desarrollo
Social/
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– – – – – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General 7 y las Dlrecciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – - – – – – – – – - – – – – – – – – – _ _ _ _ _ _ _
ARTICULO 4 '’ . –Regístrese, comuníquese , y cumplimentacio que sea/ ARCHÍVESEJ
DECRETO II:E-'::.
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Fiorencio Vareia Municipalidad
,....,..,. «,...,,28 NOV2025 VISTO :
El cese de la agente LEZCANO GRACIELA ESTELA, a fin acceder al beneficio de jubilación Ordinaria ; y
de
CONS I DERANDO :
Que el artículo
20 ') inciso e )
del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . N'’ 9533 ) , establece que " . . . Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis ( 6 ) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serle abonada dentro de los treinta ( 30 ) días del cese" ; Que en virtud de lo expuesto , corresponde abonar la retribución citada de la agente municipal mencionada en el visto del presente , quien cesará en su cargo el 31 de octubre de 2025 , a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria, registrando una antigüedad de 35 (treinta y cinco) años días de servicio; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA: [9:::[l3': Ti!;!EN le fk-1 I SEe ::H;tw 9
ARTÍCULO 1 '’.–Abónese
a la agente municipal
LEZCANO GRACIELA ESTELA, Leg . –
– – – – – –N' 985, D . N . I N'’ 16.736 . 600, 4a suma de $1.998.307 , 50 (pesos un millón novecientos noventa y ocho mil trescientos siete con cincuenta centavos ) , por pago de la retribución especial contemplada en el artículo 20 c’ inciso e ) del " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd . N'’ 9533 ) . – – – – – – – – – – – –
26-11--2-g
111 / .–
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f#F:llhB
w: Florencio Varela Municipalidad
1/ 1
/2.–
ARTÍCULO
2'’ . –El
importe
correspondiente
se
imputará
a
Jurisdicción
:
– – – – –1.1.1.01.11.000 – Categoría Programática : 47.01 – Objeto del gasto : 1.1.3.48 – "Retribución especial Ley 14.656 (Artículo 72 '’ inciso fy' – Fuente de financiamiento : 1.1. 0 . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 ' . –El presente decreto será refrendado por la
Secretaria de – – – – – – – – –Hacienda y por el Secretario de Gobierno, respectivamente . – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la– – – – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación
de Haberes y Patrimonio,
y de Registro
y Legislación
.–
– – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5c’ . –Regístrese,
comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHÍVE:SE . –
DECRETO NO hf 1:
1 n 1 : : 1 1 1; b 1
Dr. Do 120 Leid}.daniel A. tariQ/i Gobierno \MI
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25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO :
El cese de la agente FRUTO GLADYS iSABEL, a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria; y CONS l DERANDO :
Que el artículo
20 '’
inciso e ) del *'Estat_ut_o Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . N' 9533 establece que " . . . Cuando el cese del trabajador se produjera comput,ando como mínimo treinta años de servicio, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis ( 6) mensualidades del sueldo básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serie abona(ia dentro de los treinta ( 30 ) días del cese" ; )
1
Que en virtud de lo expuesto , corresponde abonar la retribución citada de la agente municipal mencionada en el visto del presente, quien cesará en su cargo el 31 de octubre de 2025, a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria, registrando una antigüedad de 37 (treinta y siete ) años y 5 (meses ) de servicio; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; DECRETA:
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?ir'f 1 ::-. ::: flln
ARTÍCULO lc’.–Abónese a la agente municipal – – – –Nc’ 827 ,
'D . N . I
N'’ 17,. 026.502 //la
FRUTO GLADYS ISABEL,’ Leg . – - –
suma de $2.597.398 , 14 (pesos dos
millones quinientos noventa y siete mil trescientos noventa y ocho con catorce centavos ) i por pago de la retribución especial contemplada en el artículo 20 c’ inciso e) del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd . N'’ 9533 ) . – – – – – – – – – – – –
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111 /2.–
ARTÍCULO 2 '’ . –El importe correspondiente se imputará a Jurisdicción
:
– – – – –1.1.1.01.11. 000 – Categoría Programática : 38.01 – Objeto del gasto : 1.1.3.48 - "Retribución especial Ley 14.656 (Artículo 72 c’ inciso fy' – Fuente
de
financiamiento
:
1.1.
0.–
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
–Hacienda y por el Secretario
de – de Gobierno , respectivamente . –
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la
Subsecretaría de Recursos Humanos , la– –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese,
comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE . –
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO :
El cese del agente VIERA DOMINGO EDGARDO, a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria; y
CONS I DERAN DO :
Que el artículo
20 Q inciso
del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela” (Orci . N'’ 9533 ) establece que " . . . Cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimo treinta años de servicio , se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis ( 6 ) mensualidades del sueldo básico de ' la categoría en que revista , o del Salario Mínimo Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole y la cual deberá serie abonada dentro de los treinta ( 30 ) días del cese" ; e)
,
['cF;fiSH ei\::Y 8: Flip.i 1 :\:3, ::u
Que en virtud de lo expuesto , corresponde abonar la retribución citada del agente municipal mencionado en el Visto del presente , quien cesó en su cargo el 31 de octubre de 2025 , a fin de acceder al beneficio de jubilación Ordinaria, registrando una antigüedad de 37 (treinta y siete ) años y 10 (diez ) meses correspondientes al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires ;
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Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
264.3 25
11 / 1 .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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Florencio Varela
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Municipaiidac!
DECRETA:
ARTÍCULO l '’.–Abónese al agente municipal
VIERA DOMINGO EDGARDaT Leg . N'’ –
– – – – – –1390 D.N. I N'’ 14.390.062, la suma d, $3.747.103, 92 (peso, t,es millones setecientos cuarenta y siete mil ciento tres con noventa y dos centavos ) , por pago cie la retribución especial contemplada en el artículo 20 ')
inciso e ) del " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Orci . Nc’ 9533 )
ARTICULO 2 '’ . –El importe correspondiente se imputará a Jurisdicción
– – – – – –1.1.1.0 l. 01.000 – Categoría Programática : 01.02.06 – Objeto ciel gasto : l. 1.3.48 – "Retribución especial Ley 14.656 (Artículo 72 '’ inciso f ) " Fuente
de
financiamiento
:
1, 1. 0 . –
ARTÍCULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
–Hacienda y por el Secretario
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de – de Gobierno , respectivamente . –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la–
– – – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
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Municipalidad
ARTÍCULO
5'’ . –Regístrese
,
comuníquese
y cumplimentado que sea,
ARCHÍVESE
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA, 28 VISTO
NOV
2025
:
La Ordenanza 3114 /92 , sancionada por el Honorable Concejo Deliberante
y
promulgada
por
el
Departamento
Ejecutivo
mediante
decreto
N'>
754/92; y CONS I DERAN DO :
Que por la misma se crea el Fondo Municipal
Social , el cual establece subsidios municipales y de sus cónyuges o hijos ;
por
fallecimiento
de Seguridad de agentes
Que el día ,23 de octubre de 2025 se ha producido el deceso
del agente municipal PINTO SERGIO DANIEL; Que por lo expuesto corresponde abonar el subsidio previsto
en la reglamentación del Fondo Municipal de Seguridad Social por fallecimiento, a SANCHEZ MIRTA ELENA y PINTO CARLOS ALBERTO, beneficiarios declarados
por
el
ex
agente
;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ;
DECRETA: ARTÍCULO 1'.–Abór,ese
a SANCHEZ MiRTA ELENA,. D.N. I . N'’ 30.047.893/'V
PiNTO
– – – – – - –CARLOS ALBERTO, D . N . I . N'’ 21.524.390 beneficiarios del subsidio previsto en la reglamentación del Fondo Municipal de Seguridad Social por fallecimiento del ex agente PINTO SERGIO DANIEL,/Leg N' 5383 la suma total de $ 9.991.537 , 50 f( Pesos nueve millones novecientos noventa y un mil tPtít;j#gEIERK 01 NInI
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quinientos treinta
y siente con cincuenta centavos ) -“ ––––
– – – – – –
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Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
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Fiorencio Varela Municipalidad
1 / 112.–
ARTÍCULO 2 c’ . –La erogación que demande el cumplimento del Artículo
pre(_e–
– –dente se imputará a la Cuenta " Fondo Municipal de Seguridad Social
ARTÍCULO 3 '’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
–Hacienda, y por el Secretario
de
de Gobierno, respectivamente . –
ARTÍCULO 4 ' . –Tomen conocimiento la
Subsecretaría de Recursos Humanos , la – – – - – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
ARTÍCULO 5'’ . –Regístrese,
comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVE;sE
.
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8
Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO :
La Ordenanza 3114 /92 , sancionada por el Honorable Concejo Deliberante
y
promulgada
por
el
Departamento
Ejecutivo
mediante
decreto
Nc’
754/92; y CONS I DERAN DO :
Que por la misma se crea el Fondo Municipal de Seguridad cual establece subsidios por fallecimiento de agentes
Social , el municipales y de sus cónyuges o hijos ;
Que el día 25 de octubre de 2025/se ha producido el deceso del
agente
municipal
MIRANDA ARIEL
PASCUAL;
Que por lo expuesto corresponde abonar el subsidio previsto en la reglamentación del Fondo Municipal de Seguridad Social por fallecimiento , a CARBAJAL LOBOS CRISTINA JACQUELINE , beneficiaria declarada
por
el
ex
agente
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA: ARTÍCULO 1'.–Abónese a CARBAJAL LOBOS CRISTINA JACQUELiNE# D.N. I . N' – –
_ – – – – – -28.554.867 , ’ beneficiaria
ORE[[Ir1\GiIERK De ?brlit.ISÉg.ÜOBitÜ!
del subsidio previsto en la reglamentación del Fondo Municipal de Seguridad Social por fallecimiento del ex agente MiRANDA ARIEL PASCUALÍ Leg N' 8355 /la suma total de $ 7 . 376 . 971/ 50 “' ( Pesos siete millones trescientos setenta y seis mil novecientos setenta y uno con cincuenta centavos ) – – – – – – – – – – – –
––– ––– ––– 26–15– –2–5–,1, 1: –––– –––––– 25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov,ar
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ARTÍCULO 2 '’ . –La erogación que demande el cumplimento del Artículo
prece– – –dente se imputará a la Cuenta "Fondo Municipal de Seguridad
Social
ARTÍCULO 3'’ . –El presente decreto será refrendado por la Secretaria
de – – – – –Hacienda , y por el Secretario de Gobierno , respectivamente . –
ARTÍCULO 4 '’ . –Tomen conocimiento la Subsecretaría
de Recursos Humanos , la – – – – – –Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 5') . –Regístrese,
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comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIOVARELA,
28 NOV208
VISTO: El expediente administrativo Ng 4037-3730-M-2025, mediante el cual se solicita la baja
patrimonial por motivo de robo, de Bienes de Dominio Privado Municipal; y CONSIDERANDO
Que los bienes sustraídos: se identifican con los números de Patrimonio 64548 (Proyector Marca
Benq), Patrimonio
64699 (Tablet Marca
Samsung), Patrimonio
64729
(Parlante Marca JBL G03), Patrimonio 52293 (Notebook Marca AIWA) y Patrimonio 64474 (Notebook Marca DELL) que le pertenecían al Jardín Municipal N' 2 DIEGEP 3083;
Que la Acordada N97/85 del Honorable Tribunal de Cuentas establece que ante la
pérdida de un bien se debe disponer la sustanciación de un sumario tendiente a la determinación administrativa de responsabilidad, actuación necesaria para el trámite de baja;
Que en tal sentido, tramita ante la Dirección de Sumarios Administrativos el Expediente Administrativo
N' 4037-1409-S-25 “S/ROBO EN EL JARDIN MUNICIPAL N'2”.-
Que en consecuencia, cumplido con los ' supuestos estipulados por la normativa vigente en esta materia, resulta necesario dictar el acto administrativo
correspondiente,
que proceda a dar de baja del Patrimonio Municipal los bienes denunciados como robados, a los efectos de adecuar el registro contable y patrimonial pertinente.-
Por ello EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias a su cargo: ?lee???
YR
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2616 25 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
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B::1
Florencio Varela Municipalidad
DECRETA:
ARTICULO I':
Dese
-–––––––--
de Baja los bienes de Dominio Privado Municipal identificados con
los números de Patrimonio
64548 (Proyector
Marca Benq), Patrimonio
64699 (Tablet Marca Samsung), Patrimonio 64729 (Parlante Marca JBL G03), Patrimonio 52293 (Notebook Marca AIWA) y Patrimonio 64474 (Notebook Marca DELL) respectivamente.
ARTICULO 2': Autorizase a la Dirección General de Liquidación de Haberes y Patrimonio y a la
Contaduría General a efectuar las adecuaciones patrimoniales y contables necesarias. ---–-----––-–––-–-----–---–---..---––---------––––-–-–-–-–--–..-–-----–----
ARTICULO 3':
El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y por la Señora Secretaria de Hacienda respectivamente. ––--
ARTICUL04': Tomen conocimiento la Secretaria de Educación, la Contaduría General y las Direcciones Generales
de Liquidación
de Haberes
y
Patrimonio, y de
Registro y Legislación. –---–––––---–-–––-
ARTICULO 5': Regístrese, comuníquese y Cumplido que sea ARCHIVESE. –––––––––––––
DECRETO N'
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Dr. Dong(eidi Dániel A, Mun
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25 de Mayo N' 2725 . Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela f\;3uf 1 ic 4p&{ ida(i
FLORENCIO VARELA,28
NOV 2025
VISTO: El Expediente Administrativo N'’ 4037/888/B/2024; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos
competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
C\2
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'’9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario No1991/18 y su modificatoria N'’680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO:
$
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCiO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
{
ta 3)
DECRETA
ARTÍCULO 1'’: (-,ONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la –--––––––--- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/888/B/2024.- MUEBLERIA (VENTA MINORISTA) (BISIO MARTIN DIEGO).--------ARTÍCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección --------––----–––- General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enríiarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su activIdad, bajo apercibimiento de LEY.-----------------25 de Mayo N- 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 " Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 3 ) 4237 1603- www,'.Ñorel\ciovarela.gcx'úr
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Florencio Varela i\Y;$uo¿c+rw,4$dad
ARTÍCULO 3'): El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de ---––-–––------ Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal. --------------------------------------------------ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de --------–––-––- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de –---–––-–-–---- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.-------------------------
ARTÍCULO 6'): Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
25
DECRETO N': cjInT
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Florencio Varela Munic{p8iieía€$
FLORENCIO VARELA,28 NOV2025 VISTO: El Expediente Administrativo N'’ 4037/3609/A/2025; y
CONSIDERANDO:
Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
8 Mb Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza MJ% 4/ N'’9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario /nh ]1 No1991/18 y su modificatoria No680/23, corresponde dictar el pertinente acto \o \a administrativo; POR ELLO:
( 1’:-) ,{
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
CJ')
02
DECRETA
ARTÍCULO lo: CONCEDESE habilitación para el -––-–-––––-- respectiva actividad del titular que se detalla 4037/3609/A/2025.- ALMACEN (ALI AGUSTIN EZEQUIEL)
funcionamiento
de la
ARTÍCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.-----------------25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela ' C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 ] } 4237 1601- www.florenciovarela.govñr
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BOM N° 11
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ARTÍCULO 3'’: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de ––--–-–––––Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.--–-------------------------------.
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ----–----––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda ARTÍCULO 5'’: Tomen
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––––––-–--–– Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------ARTÍCULO 6o: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
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FLORENCIO VARELA,28 NOV2025
VISTO: El Expediente Administrativo N') 4037/2235/Y/2025; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
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Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N'1991/18 y su modificatoria N'’680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
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ARTiCULO 2o: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección –––––––--–-- General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.--------------25 de Mayo No 2725 - Florencio Varela - CP 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: {54 1 1 } 4237 1601- www.aoíenciovarelQov.ar
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Publicación: 11.-
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ARTÍCULO 3o: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––-Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.------------------------------ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de ------––––----- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.---------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de -––--–––––--- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.–-----ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.------
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
28 NOV2025
VISTO:
El Expediente Administrativo N'’ 4037/5687/Q/2015 (Cuerpos 1, II y III); y CONSIDERANDO:
Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitac,iones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás hormas vigentes;
Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'’9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario N')1991/18 y su modificatoria Decreto N'’680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
DECRETA
ARTÍCULO lo: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/5687/Q/2015 (Cuerpos 1, II y III).- AUTOSERVICIO MINORISTA CATEGORIA 1 (ALMACEN, FIAMBRERIA, CARNICERIA, VERDULERIA, ARTICULOS DE BAZAR, LIMPIEZA, PERFUMERIA, PAN EMBOLSADO, GOLOSINAS, BEBIDAS, JUGUETES Y ALIMENTOS BALANCEADOS) (QIU HUAXIANG).--------------------------------------------
ARTÍCULO 2o: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección -––––––––––– General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones. donde desa Ii tivida ercibimiento de LEY.------------------
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ARTÍCULO 3o: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––-Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal.---------------------------------------------------
ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de –--–––––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.------------------------------------ARTÍCULO 5'’: Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno. la Secretaría de ---–––––––-- Hacienda la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana, que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.------------------------ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.-------
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FLORENCIO VARELA,28
NOV2025
VISTO: Lo actuado en Expediente Administrativo N'4037-3004-S-2025; y
CONSIDERANDO, Que, es necesaria la ejecución de obra “Readecuación integral de tablero general existente en Palacio Municipal – Etapa I”, ubicado en el barrio Centro del Partido, a realizarse mediante el Fondo de Obras Públicas. establecido en el Articulo 381'’ de la Ordenanza Fiscal e Impositiva N'’10754/24; Que, a tal fin se llevó a cabo el llamado a Licitación Pública N'12/2025, 1 er. llamado;
4
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propIas a su cargo;
DECRETA:
ARTICULO Iro.: Adjudícase la Licitación Pública N'’12/2025 ler. llamado, a la firma: BMB TECNOLOGIA S.R.L. -––––––––––-por la suma de $ 129.069.744,96 (PESOS CIENTO VEINTINUEVE Ml.LLONES SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS)f por ser la oferta más conveniente a los intereses comunales, según Informe Técnico obrante a foja 224 y Acta de pre-adjudicación obrante a foja 228, del citado expediente administrativo.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTiCULO 2do.: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior será absorbido por ------–--------–----- la Jurisdicción 1.1 . 1.01.09.000, Categoría Programática 32.75.54, Fuente de Financiamiento 1 .3. l . Objeto del Gasto 4.2. 1.01.02. -–-–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––---–--ARTICULO 3ro.: Procédase a la devolución de documentos en garantía a las firmas: BEYS CONSTRUCCIONES s.KL. -----–-------–------- y a BMB TECNOLOGIA S.R.L. por la suma de $ 1.253.104,.32 cada una; luego de dar este último el total cumplimiento con la entrega de la garantía de adjudicación correspondiente. -––-––––––––––––––-––-–––––––ARTICULO
4to.: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, respectivamente.--------------------------------
––––––––––-ARTICULO
5to.: Tomen conocimiento la Subsecretaría de Prensa y Comunicación, la Contaduría General y la
-––––––––––-- Jefatura General de Compras y Suministros a los efectos correspondientes. ------–-–-----------------------ARTICULO 6to.: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. --––-––--–--–––––––-–-–––--
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FLORENCIO VARELA, 28
NOV
2025
VISTO: El Expediente Administrativo NO 4037/1 172/D/2023; y CONSIDERANDO: Que de lo actuado y de las inspecciones realizadas por los organismos competentes, surge que el/la peticionante ha dado cumplimiento a las tramitaciones respectivas, hallándose las instalaciones aptas para el desarrollo de actividades y en un todo de acuerdo a las disposiciones prescriptas por Ordenanzas y demás normas vigentes;
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Que habiendo cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza N'’9172/18 y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 7 del Decreto Reglamentario No1991/18 y su modificatoria Na680/23, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
03 02
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones
CD propias de su cargo;
02 DECRETA
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ARTÍCULO 1'’: CONCEDESE habilitación para el funcionamiento de la –---–––––-–- respectiva actividad del titular que se detalla: 4037/1172/D/2023. - REPARACION Y VENTA MINORISTA DE MAQUINAS DE COSER E INSUMOS PARA LA VENTA (DIAZ PERALTA MELISA FERNANDA).----
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ARTÍCULO 2'’: Confecciónese por intermedio de la Subsecretaría de Inspección -––-––––-–-–General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana el respectivo Certificado de Habilitación, el que deberá ser enmarcado y colocado en un lugar visible de las instalaciones, donde desarrollará su actividad, bajo apercibimiento de LEY.-----------------25 de Mayo N' 2725 . Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.fIorenciovarela.govar
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ARTÍCULO 3o: El Departamento Operativo, dependiente de la Agencia Municipal de –--–––––––-Ingresos Públicos, procederá a percibir las tasas y derechos correspondientes. La Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana hará entrega del Certificado de Habilitación y Libro de Inspecciones, el cual será exhibido cuando lo requiera la autoridad municipal. ARTÍCULO 4'’: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de –--–––––––-- Gobierno y la señora Secretaria de Hacienda.-----------------------------------ARTÍCULO 5o: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda. la Secretaría de -–––––––––-- Gobierno, la Subsecretaría de Inspección General, Seguridad Vial y Movilidad Urbana que notificará al interesado con copia del mismo, la Agencia Municipal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Registro y Legislación.-------------------------
ARTÍCULO 6'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE.------4
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El Expediente Administrativo N') 4037-2146-D-24, caratulado: “Dirección General de Equipos Viales S/Extravío de sello”, y; CONSIDERANDO:
Que se inician las presentes actuaciones en virtud de la constancia de extravío de fecha 19 de junio de 2024, efectuada por Pizzo Wiclez Walter Adrian mediante la cual manifiesta: “...el interesado expone que, en circunstancias que
no puede precisar, extravió: SELLO DE FIRMA: DIRECTOR GENERAL DE EQUIPOS VIALES SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA. ..” (fs. 02) Que obra respuesta de la Dirección General de Equipos Viales informando que: “...el sello se encontraba extraviado en la oficina, ya que se estaba
realizando movimientos de mudanza sobre la misma, el mismo se encontró traspapelado en unos de los muebles, inmediatamente fue devuelto al titular “Walter Adrian Pizzo Wiclez”. - se deja constancia de hallazgo del mismo... ” (fs. 17)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un
pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo el archivo de las presentes actuaciones, en virtud de haberse extinguido la causa que dio origen a
las mismas. (fs. 24) Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido que el sugerido por la Instrucción, resolviendo en consecuencia el Archivo de las actuacipnes. ([s. 29)
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Florencio Varela Municipalidad
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA ARTÍCULO 10.- Dispónese el Archivo del Expediente Administrativo -–---–––---–---––––––––-NC) 4037-2146-D-24, caratulado: “Dirección General de Equipos Viales S/Extravío de sello”, de conformidad al considerando precedentement€' expuesto . ––––-––---–––--–––––––––––––––––--––-––––––––––––-----
ARTÍCULO 2'’.- El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria---------–-–-––––-
Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno. -----–---..-----..
ARTÍCULO 3'’.- Tomen conocimiento la Secretaría de Obras. Servicios Públicos,-––––––––––-Ambiente
y Planificación Urbana, y las Direcciones Generales de
Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. --––---.-
ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.-----
DECRETO No:
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28 NOV2025
VISTO: El Expediente Administrativo N') 4037-2055-D-23, caratu lado: “Dirección de Ventanilla Única S/Incidente acaecido en calle 25 de Mayo y Maipú, el día 28 de Marzo de 2023”, y; CONSIDERANDO:
Que, se inician las presentes actuaciones en virtud de la nota efectuada
por la Sra. Cuenca Lidia, ante la Dirección de Ventanilla Única, mediante la cual manifiesta lo siguiente: “...En el día de la fecha siendo 12:55 en calle 25 de Mayo y Maipú, un agente de la guardia comunal me falto el respeto diciéndome que yo tenía que salir más temprano, todo esto debido al tránsito que nadie respeto en la
entrada del colegio San Juan Bautista, dicho agente está parado con otros 2 haciendo nada llame al 0800-999-1234, me cortaron la llamada...”. (fs. 03/04)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo el archivo de las presentes actuaciones, atento a la falta de elementos probatorios suficientes e
indubitables para individualizar responsabilidad de agente municipal alguno Dlíección
respecto de los hechos investigados. (fs. 69 a 71 )
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Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido que el sugerido por la Instrucción, resolviendo en consecuencia el Archivo de las actuaciones. (fs. 76)
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Florencio Varela Municipalidad
POR ELLO,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA
ARTÍCULO 10.- Dispónese el Archivo del Expediente Administrativo -–-–---–-–--------–––––––-N') 4037-2055-D-23, caratulado: ”Dirección de Ventanilla única S/Incidente acaecido en calle 25 de Mayo y Maipú, el día 28 de Marzo de 2023”,
de conformidad al considerando precedentemente expuesto. -––––--––--–-"-–-ARTÍCULO 20.- El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria--------–––---–––- Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno. ---–––––----
ARTÍCULO 3').- Tomen conocimiento la Secretaría de Gobierno, ––-----–-––-–------–---–––––- y las Direcciones Generales de Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -----––––-–-–--------–--–––-–--------
ARTÍCULO 4'’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.----DECRETO NO oÍ;4=== (+ 1
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NOV 2025
VISTO:
El Expediente Administrativo N') 4037-5812-S-21, caratulado: “Secretaría
de Obras, Servicios Públicos y Planificación Urbana- Dirección General de Cementerio. S/ Faltantes de floreros en el nicho 5 fila 2' de la Sección “C”, y; CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician en virtud del informe efectuado por la Sra. Galvao Nadia, Directora General de Cementerio, mediante el cual
refiere: “...En respuesta al reclamo efectuado por la Sra. Mariela Almada mediante redes sociales, esta Dirección General informa que la Sra. se presentó el día domingo 26 de septiembre reclamando por dos floreros faltante en el nicho
5- fila 2') de la sección “C”. Fue atendida por Sosa Martin quien se desempeña
como Director en este Cementerio, quien le explicó que se habían recuperado floreros de un robo fallido transcurrido en el mes de noviembre del 2020 y que si se acercaba al día siguiente el personal municipal lo podíamos volver a colocar, ya que ella no era la titular del arrendamiento; a lo cual la Sra. accedió aclarando
que realizaría el reclamo en las redes sociales. El día lunes 27, la Sra. asistió según lo acordado y se procedió a la colocación según lo pactado. No obstante durante su estadía en el cementerio tanto la Sra. como su acompañante realizaron
comentarios despectivos respecto al personal; también reclamó sobre la falta de
personal de seguridad y se le explicó que el arancel anual corresponde al mantenimiento circundante. Por otra parte, se aclara que lo que la Sra. expresa
como “... colocan hasta las carretillas que usan frente al mismo” ...; en realidad trata de una camilla para el traslado de ataúdes durante los servicios fúnebres (fs. 02)
2 62 5 2 5
25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 } 4237 1603 - www.varela.gobar
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Que, a raíz de los hechos, se realizó la denuncia penal correspondiente, dando nacimiento a la I.P.P. N') 13-02-17534-20, en trámite por ante la UFI y J N'’ 11 , Juzgado de Garantías NC) 05 del Departamento Judicial de Quilmes, en la cual
la fiscalía actuante resolvió el día 13/05/2021 se efectuó acuerdo de suspensión del juicio a prueba homologado. (fs. 19)
Que, luego de recabar los elementos relacionados con el hecho y tras un
pormenorizado análisis la Instrucción concluyó, sugiriendo el archivo de las presentes actuaciones atento que el responsable de los hechos investigados
resulta ser persona ajena al plantel municipal, respecto del cual esta administración carece de poder disciplinario. (fs. 29 a 31 )
Que, finalmente se dio intervención a la Junta de Disciplina, la que se expidió en idéntico sentido que el sugerido por la Instrucción, resolviendo en consecuencia el Archivo de las actuaciones. (fs. 36)
POR ELLO,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA, en ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo; DECRETA Dirección de Surlal- lo9
ARTÍCULO 10.- Dispónese el Archivo del Expediente Administrativo ------––––----––---–––––--
NC)
4037-5812-S-21, caratulado: “Secretaría de Obras, Servicios
Públicos y Planificación Urbana- Dirección General de Cementerio. S/ Faltantes de floreros en el nicho 5 fila 2' de la Sección C”, de conformidad al considerando precedentemente expuesto. -––––--–-–––––––––––------–––––––––----------
2625 25 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (9} 1 1 } 4237 1601 - www.vareia.gobar
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ARTÍCULO 2'’.- El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria---Legal y Técnica y el Señor Secretario de Gobierno. ---–--––––-ARTÍCULO 3'’.- Tomen conocimiento la Secretaría de Obras. Servicios Públicos.-–––––––––--
Ambiente y Planificación Urbana, y las Direcciones Generales de
Sumarios Administrativos y Asuntos Penales y de Registro y Legislación. -–-------
ARTÍCULO 4c’.- Regístrese, comuníquese y cumplido que sea, ARCHÍVESE.----
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DECRETO NO -ííi;;T;ón (. 1
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25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: {94 11 ) 4237 1601 - www.varela.gobar
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MUN}CiPALiDAD DE FLORt.r*{:;io VARELA CONTRATO DE LOCACIÓN DE RODADO En la localidad de San Juan Bautista, partido de Florencio Varela, a partir del día treinta del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco (2025), entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. ANDRES GUILLERMO WATSON, DNI N'’ 23.152.479, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 del partido de Florencio Varela, en adelante “El Locatario” por una parte, y el Sr. ROMERO BOHN FACUNDO LUCAS, DNI 41.927.489 con domicilio en la calle Buenos Aires N'’ 3112, partido de Florencio Varela, por la otra, en adelante, “El Locador”, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Rodado, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: “El Locador” da en locación, poniendo a disposición de “El Locatario”, un rodado automotor marca RENAULT, modelo KANGOO CONFORTI.5 DCICDAADASVTIP (600KG), del año 2011, tipo FURGON VIDRIADO C/ASIENTOS, con chasis nro. 8A1 FCG715BL694789 y motor nro. K9KA700D181081, dominio JPC149, en perfectas condiciones de uso. ––––––––-SEGUNDA: “El Locador” se obliga a realizar con el rodado de=ripto en la cláusula anterior, las tareas que le encomiende la Subsecretaria de Recursos Humanos, en su carácter de organismo dependiente de “El Locatario”. –––––––––––––––––––––––––-–––––––––– TERCERA: El monto del presente contrato se fija en la suma de pesos siete mil veinte ($7.020), por cada hora trabajada, hasta un tope máximo de doscientas (200) horas mensuales, de acuerdo al efectivo servicio prestado por “El Locador” de conformidad con lo establecido en la cláusula precedente. –---–-–---–––––––-. CUARTA: El importe demandado será imputado a la jurisdicción 1.1.1.01.02.000, Categoría programática 01.06, Fuente de financiamiento 1.1.0, Objeto del gasto 3.2.2. QUINTA: “El Locatario” abonará a “El Locador” los montos pactados a mes vencido, dejándose expresamente establecido que “El Locatario'’ no reconocerá a favor de “El Locador”, pagos adicionales por excedentes de horas trabajadas y/o por cantidad de kilómetros recorridos por hora y/o por cualquier otro rubro que no sean los pactados en las cláusulas segunda y tercera.SEXTA: Los gastos que deba efectuar “El Locador” para el cumplimiento de lo pactado ya sea en concepto de combustibles, lubricantes, neumáticos, reparaciones y/o mantenimiento en general y/o cualquier otro que la legislación vigente o futura haga indispensable para circular, estarán a su exclusivo cargo, no generando a su favor derecho a reclamo alguno contra “El Locatario”. SEPTIMA: “El Locador” será responsable de la efectiva prestación del servicio contratado,
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debiendo reemplazar, para el caso de imposibilidad de cumplimiento por cualquier causa, a requerimiento de “El Locatario”, el vehículo contratado por otro de similares características, reservándose “El Locatario” la facultad de aceptar o rechazar el nuevo vehículo propuesto. –--– OCTAVA: Si “El Locador” empleara un chofer para la conducción del rodado, deberá acreditar el cumplimiento efectivo de todas las obligaciones laborales y previsionales, aportando para cada periodo vencido los comprobantes que acrediten el cumplimiento de todas las cargas que le competen como empleador. Corren a su exclusivo cargo el pago de remuneraciones en un todo de acuerdo al convenio colectivo del sector, las obligaciones previsionales, asistenciales y sindicales que correspondan. Se deja expresa constancia que no existe relación de empleo público o de dependencia en cualquiera de sus formas entre “El Locador” y “El Locatario”, por un lado, y/o entre el chofer y “El Locatario'’ por el otro. –---–-––––––––––-----––-––––––––NOVENA: Ante el incumplimiento de alguna de las cláusulas precedentes, “El Locatario” podrá rescindir el presente contrato, en cualquier momento, sin intimación previa y sin lugar a indemnización alguna. –––-––––-–--––––––––––––––––––––––-–--–––––––––––––-
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DECIMA: “El Locador” se compromete a presentar, con carácter previo a la suscripción del presente, la totalidad de la documentación que le sea requerida por “El Locatario”, ya sea a través de la Dirección General de Automotores o de cualquier otra dependencia que designe a ==================Ul•=•ll• ese efecto.-----------------------------------------DECIMO-PRIMERA: “El Locador” se obliga a presentar, en forma anticipada al vencimiento de cada mes y por el periodo de vigencia de la presente contratación, toda constancia y/o documento que acredite renovación y/o pago de aquellas obligaciones de vencimiento periódico, que correspondan al rodado o al chofer empleado en su caso. DECIMO-SEGUNDA: La inobservancia de cualquiera de las obligaciones asumidas por “El Locador” en debido tiempo y forma será causal de rescisión de contrato, operando la misma de pleno derecho, sin que sea necesario efectuar notificación alguna. -––-––––-––––--–----–––DECIMO-TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (01) del mes de Octubre del año 2025, finalizando el día treinta y uno (31) del mes de Diciembre del año 2025, inclusive. --––––––––-–––––––––––––––––––-–––––---––------–––––––––--–-––––-DECIMO-CUARTA: “El Locatario” se reserva la facultad de rescindir en cualquier momento el presente contrato, notificando fehacientemente a “El Locador” sin que esa circunstancia genere a su favor derecho a reclamo indemnizatorio alguno. ---–––--DECIMO-QUINTA: Para todos los efectos emergentes del presente contrato las partes se someten de común acuerdo a la competencia de los tribunales que por fuero o jurisdicción correspondan a “El Locatario”, haciendo expresa renuncia a cualquier otro que pudiera corresponder, constituyendo a tales efectos domicilio en los lugares consignados en el encabezamiento, donde se reputarán válidas todas las notificaciones que se cursen. ––---–––En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en lugar y feqha indicados en el encabezamiento. -–-–-–––––-al•Hll•nl•Bll•Bll•gll•Bll•gll•Bll•Bll•Bll•Bll•gll•gll•==•H=====
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Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N' 2.725
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Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE MUNICiPAL, Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.l. N' 23.152.479, en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,
por una parte y la Empresa Araujo Obras Viales y Civiles S. A.,
representada en este acto por el Señor José Antonio Meira Goncalves de Araujo, D.N.l. NC) 24.215.657,
en su carácter de Presidente, con domicilio legal en Diagonal Granaderos del General San Martín N' 349 del Partido de Florencio Varela, en adelante denominada “EL CONTRATiSTA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la
obra: “ Acceso peatonal a la Estación de Trenes Dante Ardigo” en Diagonal Los Tilos entre Doctor Ireneo Portela y calle 534 4 en el Barrio Villa Argentina del Partido de Florencio Varela.---------------SEGUNDA:
Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA
deberá proveer mano de obra, equipos
y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y
Condiciones de la Licitación Privada N' 59/2025, primer llamado, documentación que ambas paItes manifiestan conocer y aceptar expresamente.----------------------------------------------------------------------
TERCERA: La presente contratación se realizará mediante el sistema de UNID AD DE MEDID A lzándose un valor total para la obra a ejecutar de pesos: SESENTA Y CINCO MILLONES
OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS ($65.088.755,O.(»..,----------------------------------------------------------------:----------------------------------CUARTA: Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA se autorizan mensualmente según la medición y certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones
de la Licitación Pñvada N' 59/2025J&mer
llamado, documentación que ambas partes manifiestan
conocer y aceptar expresamente en todos sus términos.---------------------------------------------------------
QUINTA:
LA MUNICIPALIDAD
tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención
de personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada
oportunidad.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en cuarenta y cinco (45) días corridos a Ocoón. de
Caa
partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, pronogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo
de conservación de la obra trescientos sesenta y cinco (365) días corridos a partir de la Recepción Provisoria.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
25 da Mayo N' 2725 - Fi(,rQli(tic Varela „ C,fl 1883 „ Prc,viileia de Buenos Aires 7(21,: (54 1)) 42:'37 i 5CI - www.v=lc.'!a.CJcú3.ar
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Florencio Varela
MUNiCIPALIDAD DE FLQREf+ C:O VARELA
Municipalidad
SEPTIMA: EL CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del monto del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) En efectivo: mediante depósito de garantía en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales a sus valores nominales c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de Caución.----------------------------------------------------------------
OCTAVA: Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará eI cinco por ciento (5 %) que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a EL CONTRATISTA posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.–
NOVENA:
EL CONTRATISTA
está obligado a designar un representante técnico que lleve adelante
la realización de la presente obra, recayendo taI designación en la persona del Señor Ingeniero en Construcciones e Ingeniero Civil Juan Alfonso Iovanovich, DNI N'’: 21.066.008 – Mat. N'’ 50.586 del n
-,-___
Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, quien deberá presentar contrato de servicios
profesionales.----------------------------------------------------------------------------------------------------------DECIMA:
Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el
plazo de la obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos fijados. b) Si los trabajos ñreran considerados por LA MUNiCiPALIDAD
como deñcientemente realizados en
todo o en parte, ante la sola intimación de estA EL CONTRATISTA deberá reconsbuirlo total y/o parcialmente según corresponda a su exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo
alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga de plazo.-------------------------
DECIMO PRIMERA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora
injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la obra marúñesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD,
mediante acta y/o instrumento que permita acreditarlo. La imposibilidad
material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o ’Concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada Nc’ 59/2025, primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer
y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD
deberá
notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTIU\TISTA.–----–---------------------------
25 de Mayo N» 2725 - FlorQ11c.io Varela - C.P. 1888 « Prc?vi,lc:a de Buenos Aires Tel.: (34 3 : ) 4237 3(SOI - www.v¿IrC::8.got).ar
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Florencio Varela Municipalidad
DEICIMO SEGUNDA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD
constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1.810 NC) 2.725 del Partido de
Florencio Varela, y EL CONTRATISTA en Diagonal Granaderos del General San Martín N'’ 349 del
Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen, sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales de Quilmes, con renuncia expresa a
cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.----------------------------------------'---------En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025).-------------------------------
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florenci,-> Varela . C,P. 1883 - Pro',/illeia de Buenos Aires Tel.: (34 11) 4237 366-i - www,vara13.cJob.ar
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MUNiCIPALiDAD DE FLORE»CiO VARELA CONVENIO PARA LA HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR
En la ciudad de La Plata, partido de La Plata, a los 22.' días del mes de Agosto
de 2025, entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por su Señor Ministro Martín Fabio Marinucci (conforme Decreto DECRE-2024-3682-GDEBA-GPBA), con domicili¿
en calle 10 N' 1.402 esq. 61 de La Plata, en adelante denominado EL MINISTERIO; y por la otra parte el Municipio de Florencio Varela, representado
en este acto por su Intendente Municipal, Dr. Andrés Guillermo Watson, con domicilio en calle 25 de Mayo de 1810 N') 2725 de la localidad de San Juan Bautista, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD; celebran el presente convenio de habilitación, fiscalización y control de los servicios de transporte
escolar, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N' 3.622/87, Ley
Orgánica del Transporte de Pasajeros, Decreto Ley N' 16.378/57, y lo establecido en la Resolución Nc’ 122 de 2018, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL MINISTERIO confiere a LA MUNICIPALIDAD y ésta acepta, la
facultad de autorizar y controlar la prestación de servicios públicos de autotransporte de pasajeros especializados de categoría ESCOLAR, cuyo recorrido no exceda los límites territoriales del municipio, en los términos del Decreto N' 3.622/87, y el artículo 4' de la Resolución N' 122/18 de la entonces Subsecretaría de Transporte (actual MINISTERIO DE TRANSPORTE). SEGUNDA: La prestación de los servicios de autotransporte de pasajeros a que
refiere la cláusula anterior será objeto de autorización por parte de LA MUNICIPALIDAD, resultando de aplicación las estipulaciones contenidas en la Resolución N' 122/18, la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros, Decreto:
Ley N' 16.378/57, su Decreto Reglamentario N' 6.864/58 y demás normas concordantes que en lo sucesivo se dicten, por medio de las cuales se reglamenta todo lo referente a la prestación de los servicios de transporte especializado categoría ESCOLAR.
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TERCERA: La facultad que EL MINISTERIO confiere a LA MUNICIPALIDAD comprende el control y fiscalización de autotransporte de escolares de carácter
comunal e intercomunal. LA MUNICIPALIDAD procederá únicamente a la
verificación de infracciones y no a su juzgamiento, debiendo limijarse a constatarlas mediante confección de Acta y remitirla al efecto al MINISTERIO DE TRANSPORTE, dentro de los diez días de labrada el Acta.
CUARTA: Sin perjuicio de la facultad que se otorga a LA MUNICIPALIDAD por
medio del presente convenio, EL MINISTERIO se reserva expresamente el derecho de verificar a través de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE, el estricto cumplimiento por parte de los prestadores de los servicios de transporte escolar habilitados, de lo establecido en el Decreto-LeV
N' 16.378/57, Decreto Reglamentario N' 6.864/58, Resolución N' 122/18 y demás normas que rigen la materia.
QUINTA: LAS MUNICIPALIDADES deberán remitir, dentro de los sesenta días
(60) de iniciado el ciclo lectivo escolar, al MINISTERIO DE TRANSPORTE, la nómina de las personas físicas y jurídicas que hayan habilitado parque móvil
para el servicio de autotranspoRe de escolares con todos los requisitos detallados en la presente resolución, debiendo dar conocimiento de cualquier actualización o modificación de las habilitaciones otorgadas. SEXTA: La firma del presente convenio no implica la renuncia a la potestad por parte de EL MINISTERIO de proceder a habilitar servicio de transporte escolar comunal dentro de los límites del municipio. SÉpTIMA: Cumplidos todos los requisitos legales a los fines del otorgamiento
de la habilitación, LA MUNICIPALIDAD entregará al transportista la constancia de habilitación, en la que figurarán los datos de la autorización concedida, y un
número identificatorio que se conformará de acuerdo a la Tabla Única de Códigos
prevista
en
el
Anexo
III
IF-201 8-19029847-GDEBA-
SSTRANSPMIYSPGP de la Resolución N' 122/1 8.
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Publicación: 11.-
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OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD, a partir de la firma del convenio, se compromete
a colaborar con EL MINISTERIO en la tramitación de las habilitaciones para transporte escolar intercomunal; debiendo al efecto recibir la documentación que
los transportistas le presenten, y remitirlas dentro de los cinco días a EL MINISTERiO.
NOVENA: El presente convenio tendrá una vigencia de cinco (5) años, salvo denuncia de cualquiera de las partes formulada con noventa (90) días de antelación .
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, a los a
Dr. Andrés
días del mes de Agosto de 2025.
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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CONTRATO DE LOCACIÓN DE RODADO
En la localidad de SAN JUAN BAUTISTA partido de FLORENCIO VARELA, al PRIMER día del mes de octubre del año 2025 entre la MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal , DOCTOR ANDRÉS GUILLERMO WATSON, DNI 23.152.479, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N'2725 en adelante "LA MUNICIPALIDAD" por una parte y por la otra el SR. DAVID JOSE DE LIMA DNI 14.158.084, con domicilio en la Av.
Hipólito Yrigoyen N'’1529, Partido de Florencio Varela, en adelante '’EL CONTRATADO", convienen celebrar el presente contrato de Locación de rodado, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: “El contratado” da en locación, poniendo a disposición de ’'La IVlunicipalidad" un rodado automotor marca 102-NISSAN, modelo 798-KICKS 1.6 EXCLUSIVE
CVT BT, del año 2022, tipo 05-SEDAN
5 PUERTAS, con chasis
N'94DFCAP15NB207363, y motor N'’HR16419469V, dominio N'’AF522NQ, en perfectas condiciones de uso. –––––––––––––––––––––––––––––––––– SEGUNDA: ’'El contratado" se obliga a realizar con el rodado descripto en la cláusula anterior, las tareas que le encomiende la Subsecretaria de Ceremonial y Protocolo, en su carácter de organismo dependiente de "La Municipalidad”. ––--––-––––––––––TERCERA: El monto del presente contrato se fija en la suma de pesos $2.556,00 (DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS), por cada hora trabajada, hasta un tope
máximo de 200 (DOSCIENTAS) horas mensuales, de acuerdo al efectivo servicio prestado por “El contratado" de conformidad con lo establecido en la cláusula precedente------------------------------------------------------------------------------------------CUARTA: El importe demandado será imputado a la jurisdicción 1.1.1.01.01.000, categoría programática 01.02.05 objeto del gasto 3.2.2., fuente de financiamiento 1. 1.0.QUINTA: “La Municipalidad” abonará a “El contratado” los montos pactados a mes vencido dejándose expresamente establecido que “La Municipalidad” no reconocerá a favor de ’'El contratado", pagos adicionales por excedentes de horas trabajadas y/o cantidad de Kilómetros recorridos por hora y/o por cualquier otro rubro que no sea el pactado en la cláusula tercera. ––-––––––---------–----–-––––––-–--–--–----––SEXTA: Los gastos que deba efectuar “El contratado” para el cumplimiento de lo pactado ya sea en concepto de combustible, lubricantes, neumáticos, reparaciones y/o Sub3ecrotari3 do Corernqíü31
y Protocolo E
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mantenimiento en general y/o cualquier otro que la legislación vigente o futura haga indispensable para circular, estarán a su exclusivo cargo, no generando a su favor derecho a reclamo alguno contra “La Municipalidad”. -––––––––––––––––––-SEPTIMA: “El contratado” será responsable de la efectiva prestación del servicio contratado, debiendo reemplazar para el caso de imposibilidad de cumplimiento por cualquier causa, a requerimiento de “La Municipalidad”, el vehículo contratado por otro de similares características, reservándose “La Municipalidad” la facultad de aceptar o rechazar el nuevo vehículo propuesto. –---––––-–-–––––--––––––––––––– OCTAVA: Si “El contratado” empleara un chofer para la conducción del rodado, deberá acreditar el efectivo cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, aportando para cada período vencido los comprobantes que acrediten el cumplimiento de todas las cargas que le competen como empleador. Corren a su exclusivo cargo el pago de remuneraciones en un todo de acuerdo al convenio colectivo del sector las obligaciones previsionales, asistenciales y sindicales que correspondan. Se deja
25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
üjJb Florencio Vareia Municipalidad
expresa constancia que no existe relación de empleo público o de dependencia en cualquiera de sus formas entre “El contratado” y “La Municipalidad” por un lado y/o entre el chofer y la Municipalidad por el otro. –––––––––––––––-––––-––-–-NOVENA: “El contratado” será exclusivo responsable de los daños y perjuicios que su accionar y/o el del chofer aludido en la cláusula anterior pudiere causarse a sí mismo y/o a terceros transportados o no, por o con motivo del uso del rodado contratado, asumiendo exclusivamente todos los riesgos al respecto. –––––––––––––––––-DÉCIMA: “El contratado” se compromete a presentar, con carácter previo a la suscripción del presente, la totalidad de la documentación que le sea requerida por “La Municipalidad”, ya sea a través de la Dirección General de Automotores o de cualquier otra dependencia que se designe a ese efecto. –--––––––––––––––––––––––-DE:CIMA PRIMERA: “El contratado” se obliga a presentar, en forma anticipada al vencimiento de cada mes y por todo el periodo de vigencia de la presente contratación, toda constancia y/o documento que acredite renovación y/o pago de aquellas obligaciones de vencimiento periódico, que correspondan al rodado o al chofer empleado en su caso. –––––––––––––––––-–--––––-––––––––––––––-DECIMA SEGUNDA: La inobservancia de cualquiera de las obligaciones asumidas por "El contratado” en debido tiempo y forma será causal de rescisión del contrato, operando la misma de pleno derecho, sin que sea necesario efectuar notificación alguna. DECIMA TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del PRIMER día del mes de octubre del año 2025, finalizando el día 3 1 (TREINTA Y UNO) del mes de diciembre del año 2025 inclusive----------------------------------------------------------------DECIMA CUARTA: “La Municipalidad” se reserva la facultad de rescindir en cualquier momento el presente contrato, notificando fehacientemente a “El contratado”, sin que esa circunstancia genere a su favor derecho a reclamo indemnizatorio alguno. DE:CIMA QUINTA: Para todos los efectos emergentes del presente contrato las partes se someten de común acuerdo a la competencia de los Tribunales que por fuero o jurisdicción correspondan a “LA MUNICIPALIDAD” haciendo expresa renuncia a cualquier otro que pudiera corresponder, constituyendo a tales efectos domicilio en los lugares consignados en el encabezamiento, donde se reputarán válidas todas las notificaciones que se cursen. –---––––––––––-–-––––--–––-–––––––––––En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento. ––––––––––––––--
Dc Andrés Guilll Intel
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,„„.FT[EliifPii'AFlr ETtTil::: V:1:::iE:i;1''' ,;iLNtCIPALIDAD DE FLOREI~H:' tO VARELA 25 de Mayo nc) 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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13:11
\\l;sl' Florencio Vare ia MunÉcif>aiida<1
CONTRATO DE LOCACION DE RODADO
En la Localidad de San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, al primer (Ol ) día del mes de Octubre del año dos rntt veinticinco (2025) entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Andrés Guillermo \A/atson , DNI N'’ 23.152.479, con domicilio en la calle 25 de Mavo de i810 FQ' 2725 del Partido de Florencio Varela, en adelante "LA MUNICIPALIDAD’ por una parte, y el Sr. Ojeda Marcelo Javier, DNI N'’ 24. '; 36.609, con aorrliciiio en la calle Virgen del Valle NC) 2624 del Partido de Florencio Varela , por la otra, en adelante “EL CON TRATADO;, se conviene celebrar el presente Contrato de locación de FC)dado, que se fegil-á por las siguientes ciáusulas y condiciones: PRiMERA:
- EL
C:C>NTRA-f ADCy’ da en locacióii
a “ LA MUNICIPALIDAD”
un
vehículo automotor marca PEUGEOT modela NT-PARTNER CONFORT 1.6 HDI 92 5 PLAZAS tipo FURGON del año 2019 con chasis N' 8AEGFR9HPAL(3505396 y motor N'’ 10JBGRD020835 dominio AE008BM en pelfec;tas condiciones de LiSO. –--.-.-––--––––-------–––--–---––––-––-–--–––Se_GUNDA: “EL cc)NTRAT ADCy’ se oóiiga a realizar con el rodado descripto en ia cláusula anterior, las tareas que te encomienc,e la Secretaría de Salud en su ca,-ácter de organismo dependiente de “LA, 4/;o'/v/C/P/IL/D/IEt", -–---––––-----–TERCERA: El monto del presente contI-alo se fija en la suma de pesos siete mil veinte ($7020), por cada hora trabajada, hasta un tope máximo de 200 (doscientas} horas mer,suaies, de acuerdo al efectivo servicio prestado por “EL CONTRA -FADO'’ de conformidad con lo establecido en cláusula precedente”. CUARTA: El Érnporte demandado será !mp'.Ita cia de acuerdo al siguiente detalle Juítsaicción 1.1 .1,01.08.000 Salud Categoria Píogralnática 01.02-C)bj. 3-2-2 Fuente de Financiamiento 1.1.0 dei presupuesto del gasto vigente. --––--–---–QUINTA: “LA MUNICIPALIDAD'’ abon¿irá a -EL CONTRATADO” los montos pactados a rnes vencido, dejándose expresarnente establecido que “LA MÜNICIPALiDAD-
no
íecorlocerá
a fa vc:’ ce
“EL
CC,!\iTRATADO”,
pagos
adicionales por excede,-i::63 de Raras ií-pLüja-.!us )’la por cantidad de kilómetros recorridos por- hora y/o por cualquier oil--o IdO':: ciue no sean ios pactados en las cláusulas segunda y tercera. –---'-----------'-"---------–----–––-––-–----––-–----––SE)(TA: Los gastos que deba efeccLlar '¿l CON 7 RATADO” para el cut-,rptimiento cIe lo pactado ya sea en ccílc ie, 1c de combustibles, lubricantes, neumátlcos1 reparaciones y//a marlterliDlleric cfl general y/o cualquier otro que ia iegisiación vigente G Íuiuía haga ii-Id;SPSF; 8 ab ie pai’8 clícular, estaran a su exc:usivo cargo, no gerier-ando a su favor aeíeí/ lro a íeciai-no alguno contra “ LA hI tf NiC) ! PALI D AD'’ . -––––---------–-------–––-----––––---–––'-–--–---–––-----–– SEPT:MA: “ EL CONTRA-T ADO’: será íesFol'-:sabÉe de la efectiva prestación del servicio contratado, def tiende reeínp;aza,’, Dü!.a el caso de imposibilidad de CUI npi;miento por c,laiqü ler caus¿. a rec.idc::irl: 1;nic de 'LF\ :''/IUNICIPALIDAD'’, el ven icuÉo contratado por otro de si!-1-,ilares caía:.e,-Ísticas, feseFvándOse “LA 1:
SECRETAFI bX DE
SAnD
::-:J:.: .:::,}: '1.!:',r\ '::.!' :.:?.'f ,'.,.:e??\g' Ti.''
Oií:LCL;Ei¿
1.'::,[:,:: í':1'T.;.; CEi{:L::ll !IE Fi.-1: TT : :; Y ; {’ ??:: ;_;f: :iBi}
1
?aLii jC;iP,6,LiDAb 22 ::L’:. } .,_, 1;:. jJ VARELA 25 de Mayo n' 2725 - fioíencio Valel3 - C.P. i 888 - Prov}ncia de Buenos Aires Tel: {54 1 1 } 4237 i 801 - w,'."w.:,urela.got>.ar
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1:::;:: •::i#
Fiorerlcio Vareia ñ'iun;cipaiida<$
MUNt CI PALI DAD” la facultad de aceptar o rechazar el nuevo vehículo
propuesto. –---–-–------–--–----–-----–---–-–--–---–––-––––-–––––-––--–-----OCTAVA: Si "EL CONTRATADO” empieaía un chofer para la conducción del rodado. deberá acreditar el cumplimiento efectivo de todas las obligaciones laborales y pFevision3les, aporta :-ido par:3 cada período vencido Ios cornprobantes que acrediten el cümpiimlento de todas las cargas que le conlpeten
corno
emplea(ial’.
COFren a su excIusivo
cargo
el pago
de
remuneraciones en un todo de acuerdo al convenio colectivo del sector, las obligaciones previsionales, asistenciaies y s;ndicaies que correspondan. Se deja expresa constancia que no exIste reiacÉón de empleo público o de dependencia en cualquiera de sus forínas er¿tre "EL CONTRATADO” y, “ LA MUNiCiPALIDAD'’ por un iado, pío entre el chofer y ';LA MUNICIPALIDAD” por el otio NOVENA: IEL CONTRATAD C)" será excEusivo responsable de los daños y pe 1-juicios que su acciorlaí y/o el del chofer aludÉdo en la cláusula anterior pudiece causarse a si mismo y/o a te,-ceros. trans,)ortadGS o no, por o con n-tQitvo del uso Gel rodado contratado, asur,i;eíldo exclusivamente todos Ios riesgos a este respecto. ----––----––-–------–--–.-––--––-------–---–--------––––D_ECIMA: “EL CONTRATADO” se compromete a presentar, con carácter previo
a ;a suscFipción dei pFeser lte, la tolaliéac! de la docuineniación que le sea reg .lerida por- -La Mur,:clÍ)alidad”. ya sea a ii-avés de la Dirección General de Autoínotores ü de cuaiquieÉ- otra '5epen::er,cia que desigrle a ese efecto. -–––-DEC IMO-FRii\HERA: ' EL CONTRA FAD(1;:’ se obliga a presentar, en forma
anticipada ai vencimiento de cada mes y por todo el período de vigencia de la píeseilte contF citación, toda constancia y/o docuITlento que acredite renovación y/c' p&go de aqueiias ob;igacicnes de veírcim;¿nto periód,co, que correspondan a! iooadCJ o al CHofer eII-,picado en su caso_ --.- .-------–-––--–--––-–-–––--------DEClfvlO-SEGUIqDA: La inobservalrcÉa de cualquiera cie las obligaciones asl IntlCies por "EL CON TFRAI-ADO'’ en aol)IdO tIempo y forma será causal de rescisión del contrato, operando ia 171ls+na de pleno derecho, sin que sea necesario efectuar notificación aig una. -----'------ ----–-–----–-–-––---––----–––-DÉCIMO-TERCERA: El presente con;cr-aio leí-ICIrá vigencia a partir del primer oía (ai ) del ines de octubre del año 2625, f;í-!aiizando ei dia treinta y uno (31 ) de! xles de dicienlbre dei año 2025 ir-lc:bslve. ------------–-––––-–--–-----–––-–DEC; IViO-(;U ARTA: “LA MUNICiPALIDAD ’ se reserva !a facultad de rescindir en cualquier morr,ento ei presente contrato, nctificaildo 1:ehacÉentemente a “EL CC)fJ TR.AT ABC1’ . sin al.le
esa cÉrcb,n${aí-,cia genere
a su favor
derecho
a
reclafn\) in(ienlPlzatoFlo 8:gUIID. ---------„-
; B.:1 ).El AHI 4 DE
.1S!:-i-i! !1:0 [1; El IIBRO 0[ [?}}TP ITPS !31.10Ng,
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HUf]iCI PALiDAD DE F LC 11: }-. L : J VARELA
25 de iVayo il' :', 725 - f latencia Vaíeie - C.P i 888 - ProvIncia de Buenos Aires Tel: 154 i 1 } 4237
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Florencio Vareia ha unicipalidad
[;EC:MO-QUI N TA: Para iodos ios eiec,os el\i3, G,ii’lies del presente contrato las partes se someten de común acuerdo a la competencia de los Tribunales que por fuero o jurIsdicción correspondan a -LA MUNICIPALIDAD” haciendo expresa renuncÉa a cualquier otro que pudiera corresponder, constituyendo a tales efectos domicilio en Ios il,gar es consÉgnados en el encabezamiento, donde se reput8ran válidas todas !as notlficacTiTnes que se cursen. ––----––----
En prueba de conformiaad, se iiFman cuatío (4) ejemplafes de un mismo tenor y a un solo efecto. en lugar- y fectra inoicados en el encabezamiento. ---–-–––--
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DE FLO:r-j;if ;.Lio VARELA
25 de Mayo n' 2725 - f}orencio Vrsrc 18 . C,P, 1 883 - Provincia de Buenos Aires Tel.: iS4 ] 1} 423}' i 603 - w©w.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
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M/MTÉS
L;,L i-’-¿iCiPALIDAD DE 1:LG fl::-:=! O VARELA
CONVENIO DE SERVICIO DE POLICIA ADICIONAL
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.1. N'’ 23.152.479, con domicilio legal en calle 25
de Mayo de 1810 N'’ 2725 de la localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, en adelante '’La Municipalidad” por una parte; y por la otra la Comisaría 6ta, representada en este
acto por el Sr. Comisario Aguilar Hugo Alberto D.N.1. N') 23.098.046 con domicilio legal en Calle 1155 esq. Calle 1148, de la localidad Ingeniero J. Allan, Partido de Florencio Varela, en adelante "La Prestadora", se conviene en celebrar el presente Convenio con arreglo y sujeción a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: La Prestadora brindará a la Municipalidad un servicio de seguridad y vigilancia mediante el denominado Servicio de Policía Adicional. a llevarse a cabo en el Mercado
Municipal ubicada en Calle 1110 N'’ 2570, localidad Ingeniero J. Allan por los siguientes agentes
Nombre y Apellido
Hs Valor Hora 1Hs Valor Hora
DNI
100% total mes 1 100% total mes 1 100% total mes 1 100% total mes de Mayo
: de Junio
Hs Valor Hora 1Hs Valor Hora
de Julio
de Agosto
Aguirre Cesar Rafael
mma
DNI 37.604.085
$3.703,08 i $3.703,08 $3.703,08
co
ea
$3.703,08
$666.554,40 1$666.554,40 $666.554,40 $666.554,':10 Ñanco Alonso Ariel
180 Categoría 4
Bo Categoría 4
ma
DNI 36.286.306
$3.703,08
$3.703 ,08
$3.703,08
$666.554,40
$666.554,40
$666.554,40 1$666.554,40
$3.703,08
$3.703,08
Molina
$ 3.703,08
mfep8ma
Manuel
$3.703,08
DNI 30.642.551
$666.554,40 1$666.554,40 1$666.554,40 1$666.554,40 r eo
o
rnán
DNI 28.743.443
$3.703,08
mií–JaM
$3.703,08 1$3.703,08 1$3.703,08 1$3.703,08 $666.554,40 ! $666.554,40 1$666.554,40 1$666.554,40
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}Fernández
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m,Bg:t
N,h„,1
$3.703,08
DNI 38.700.734
$ 88.873,92
q'
É
2725 - FiorencÉaVarRC.P.
$3.703,08
$3.703,08
$ 88.873,92
$88.873,92
1888 - Provincia de Buenos Aires
Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
MUNiCiPALIDAD EE rEC}:',::';;;: J VARELA Total Hs
Hs 744
Hs 720
Hs 744
Hs 744
Suma por mes
$2.755.091 ,52
$2.666.217,60
$2.755.091 ,52
$2.755.091 ,52
Nombre y Apellido
Hs Valor Hora 1Hs Valor Hora
DNI
Hs Valor Hora 1Hs Valor Hora 100% total mes 1 100% total mes 1 100% total mes 1 100% total mes
de Septiembre
de Octubre
de Diciembre
Aguirre Cesar Rafael
aaeo
186 Categoría 4
DNI 37.604.085
$3.703,08 1$3.703,08 1$3.703,08
$3.703 ,08
$666.554,40 1$688.772,88 1$666.554,40
$688.772,88
Ñanco Alonso Ariel
a
180 Categoría 4
186 Categoría 4
DNI 36.286.306
$3.703,08 1$3.703,08 $666.554,40 i $688.772,88
$3.703 ,08
$3.703,08
$666.554,40
§688.772,88
180 Categoría 4
186 Categoría 4
Molina
Eduardo a
Manuel
$3.703,08 E$3.703,08
$3.703,08
$3.703 ,08
DNI 30.642.551
$666.554,40
$ 688.772,88
$666.554,40
$688.772,88
Vallej os David Hernán
a
Ü
180 Categoría 4
186 Categoría 4
DNI 28.743.443
$3.703,08 E$3.703,08
$3.703,08
$3.703,08
$666.554,40 1$688,772,88
$666.554,40
$688.772,88
180 Categoría 4
186 Categoría 4
Gómez Pablo Leandro
84 Categoría 4
mategoría
DNI 36.648.264
$3.703,08
$3.703,08
$3.703 ,08
$3.703,08
$3 1 1 .058,72
$688.772,88
$666.554,40
$688.772,88
i 86 Categoría 4
180 Categoría 4
186 Categoría 4
Ledezma
a
4
Luciana
$3.703,08
$3.703.08
$3.703 ,08
$3.703,08
DNI 34.728.957
$3 1 1.058,72
$688.772,88
$666.554,40
$688.772,88
m–Categoría 4
180 Categoría 4
186 Categoría 4
a
E„q„i,1
$3.703,08
$3.703,08
$3.703:08
$3.703,08
;DNI 34.983.653
1$311.058,72
$688.772,88
$666.554,40
$688.772,88
e
“1 %
de Noviembre
186 Categoría 4
180 Categoría 4
186 Categoría 4 $3.703 ,08
:Nahuel
É$3.703,08
$3.703,08
$3.703,08
.DNI 38.700.734
1$311.058,72
$688.772,88
$666.554,40
$688.772,88
Hs 1488
Hs 1440
Hs 1488
$5.510.183,04
$5.332.435,20
$5.510.183,04
n @’
Suma por mes
$3.910.452.48 !
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C,P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
BIREnEICHGEN1:IAl c: ::t J:21);r T (.?:í:;SÍAEIÓN l
MUNiCiPALiDAD DE FLO i' t= 1=:'LiO VARELA SEGUNDA: En contraprestación la Municipalidad abonará mensualmente, por adelantado, a la Orden de la Policía de la Pcia. de Bs. As. el importe establecido que resulta como consecuencia de multiplicar el valor fijado por hora/hombre a $ 3.703,08 (pesos tres mil setecientos tres con ocho centavos), conforme lo dispuesto en nota NO-2025-05531487-GDEBA-DCDAMSGP
del
Ministerio de Seguridad de la Provincia Buenos Aires, lo que representa un total:
•
Mayo $ 2.755.091,52 (pesos dos millones setecientos cincuenta y cinco mil noventa y uno con cincuenta y dos centavos),
•
Junio $ 2.666.217,60 (pesos dos millones seiscientos sesenta y seis mil doscientos diecisiete con sesenta centavos),
•
/
Julio $ 2.755.091,52 (pesos dos millones setecientos cincuenta y cinco mil noventa y uno con cincuenta y dos centavos),
•
Agosto $ 2.755.091,52 (pesos dos millones setecientos cincuenta y cinco mil noventa y uno con cincuenta y dos centavos),
•
Septiembre $ 3.910.452,48 (pesos tres millones novecientos diez mil cuatrocientos cincuenta y dos con cuarenta y ocho centavos),
•
Octubre $ 5.510.183,04 (pesos cinco millones quinientos diez mil ciento ochenta y tres con cuatro centavos),
•
Noviembre $ 5.332.435,20 (pesos cinco millones trescientos treinta y dos mil cuatrocientos treinta y cinco con veinte centavos),
•
Diciembre $ 5.510.183,04 (pesos cinco millones quinientos diez mil ciento ochenta y tres con cuatro centavos),
Dicho importe deberá hacerse efectivo dentro de los 10 (diez) días de iniciada la prestación del servicio, el que deberá ser depositado en la Cuenta N') 20000172130 del Ministerio de Seguridad (Policía Bonaerense) CUIT N' 30648839088 C.B.U. N' 014099980120000172 1307
TERCER\: Las partes acuerdan que los montos a abonar mensualmente dispuestos en el presente convenio, se actualizarán automáticamente en función de los incrementos de los valores
del arancel por hora del Servicio de Policía Adicional, que sean notificados por disposición del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. ––-–––––––––––––––---–––---
CUARTA: Se deja constancia que la Prestadora se haya cubierta por el servicio POI.AD, liberándose la Municipalidad en consecuencia de cualquier reclamo en tal sentido. -–––––––– 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
QUINTA: El importe demandado será imputado a la Jurisdicción 1.1.1.01.20.000, Categoría Programática 16.01, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Objeto del Gasto 3.4.9 del presupuesto de gastos vigente. –--–––––––––––––––––––––––––––---.---––-----–-–––––––
SEXTA: Para todos los efectos legales las partes constituyen domicilios especiales en los indicados en el acápite de inicio y se someten a la competencia de los tribunales que por fuero y
jurisdicción correspondan al domicilio de la Municipalidad, haciendo expresa renuncia a todo otro que pudiere corresponderles. ––-–-–––––––––------–-–---–--––––––––––––--–----
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en
la localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, a los :--} treinta (30) días del mes abril del año 2025.-
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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CONTRATOS
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Florencio Varela Municipalidad
CONTRATO GENERAL Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N.' 2725, Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por
el
Sr. INTENDENTE
MUNICIPAL
Dr.
D.N.1.N'’:23.152.479 en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,
Andrés
Guillermo
Watson,
por una parte, y la empresa
Servicios y Gestión S. A. representada en este acto por el Señor Marcelo Ariel Basile, N.': 23.417.440, en su carácter de apoderado, conforme Escritura Número Quinientos Cincuenta y Dos, la cual se encuentra plenamente vigente, con domicilio legal en Avenida General José de San Martin
N.' 851, Localidad San Juan Bautista del Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado “EL CONTRATISTA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra: “EJECUCIÓN DE VEREDAS, PLATEAS Y DARSENAS PARA TRANSPORTE
PÚBLICO EN CALLE 1236 ENTRE ACCESO P.l.T.E.C. Y COLECTORA DE AUTOVÍA RUTA 2”, ubicada én Calle 1236 entre Acceso P.l.T.E.C. y colectora de Autovía 2, Barrio La Rotonda Industrial, Localidad Ingeniero Allan, Partido de Florencio Varela
SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra. equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'’80/2025, primer llamado, documentación que ambas
partes manifiestan conocer y aceptar expresamente. - - - - - - - - - - ' - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERA:
La presente contratación se realizará mediante el sistema de Ajuste Alzado
alcanzándose un valor total para la obra de pesos: NOVENTA Y CUATRO MILLONES
TRESCIENTOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($94.300.887,80). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
------ -----
CUARTA: Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA se autorizarán mensualmente según la medición y certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'80/2025, primer llamado, documentación que ambas partes
manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IA
ARQui TLC TUnA
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de personal idóneo de la Subsecretaria de Arquitectura dependiente de la Secretaría de
Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad. - - --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- -__ RÉ61sTÑÁoo ÉN tl tlgÑO or COnTRÁTos BAJa \\ _á$.5125
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OÍR[CCfÓN 6€NfRAL DE REGISTROY LEGISLACIÓN/
MUNiCiPALIDAD DE FLORENCIO VARELA 25 de Mayo N'’ 2725 - Fic>reacio Vareía ' C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160T . www.varela,gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en sesenta (60) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias
ajenas a las partes y debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta (180) días corridos a partir de la Recepción Provisoria. - - - SÉpTIMA:
Se considerará el pago en concepto de Anticipo Financiero de hasta el 20% del monto
del contrato. --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --OCTAVA:
Se deberá presentar, al momento de la solicitud, garantía por el 100% del anticipo
financiero que podrá ser constituida en las formas previstas que se detallan a continuación: a) En efectivo, mediante depósito de garantía en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Provinciales y/o Municip41es a sus valores nominales. c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de Caución. - - - NOVENA: El CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente Contrato el cinco por ciento (5%) del monto del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales. c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de C4ución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- --- --- --- --DÉCIMA:
Del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5%) que será retenido
en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a el Contratista posteriormente
a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho ilnporte podrá ser reemplazado por: a) En efectivo, mediante retención en el Certificado. b) Fianza Bancaria. c) Póliza de Seguro de Caución.DÉCIMA
PRIMERA:
EL CONTRATISTA
está obligado a designar un representante técnico que
lleve adelante la realización de la presente obra, recayendo tal designación en el Señor Ingeniero en Construcciones, Juan Kristeff, D.N.l. ND12.759.791, Mat. N'37.989, del Colegio de Ingenieros de la
Provincia de Buenos Aires, quién deberá presentar contrato de servicios profesionales. - - - - - - - - DEICIMA SEGUNDA: Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los
plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL CONTRATISTA deberá reconstruido total y/o parcialmente, según corresponda, a su exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como ARQtjl
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prórroga del plazo. - --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- ---
REGISTRADO EN EL LIBRü DE CQNTRATüs BAJa Rq...481)?§.
DiÑi:[[ióN GENERAL DE REGisTRaY LEGisLAcióN/
MUN;:';,=;,'*,LiDAD DE FLOR El~;,':;:'.) VARELA 25 de Mayo N$ 2725 - Fiorencio Vareia - C.P. 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 16(+i . www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
DÉCIMA
TERCERA: El presente Contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA
MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora
injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la obra manifiesto y certificado unilateralmente
por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumento que permita acreditarlo. La imposibilidad material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N')80/2025, primer llamado, que las partes expresamente
manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD deberá notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto
de abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA. - -
DÉCIMA CUARTA: Para todos los efectos del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N.' 2725 de este Partido y EL CONTRATISTA con domicilio legal en Avenida General José de San Martin N.' 851, Localidad San Juan Bautista, del Partido de Florencio Varela. Ambas partes se someten de común acuerdo a los Tribunales que por fuero y jurisdicción correspondan a la Municipalidad, renunciando a cualquier
otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ---En prueba de conformidad se firman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año 2025.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Florencio Varela Municipalidad
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MUiNICiPALIDAl:) DE FLORENC;10 VARELA CONTRATO DE LOCACIÓN DE RODADO
En la localidad de San Juan Bautista, partido de Florencio Varela 1 a partir del día treinta del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco (2025), entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. ANDRES GUILLERMO WATSON, DNI NO 23.152.479, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 del partido de Florencio Varela, en adelante “El Locatario” por una parte, y la Sra. MORAN RIVAS NORMA BEATRIZ, DNI 92.142.690, con domicilio en la calle Magallanes N'’ 524, partido de Florencio Varela , por la otra,. en adelante, “El Locador”, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Rodado, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: “El Locador” da en locación, poniendo a disposición de “El Locatario”1 un rodado automotor marca RENAULT, modelo KANGOO EXP CONFORT 1.9 AA. del año 2007. tipo FURGON, con chasis N'’. 8AIFCOJ157L854847 y motor N'’. F8QP632UB05355, dominio GF0746, en perfectas condiciones de uso. -––––-–––––––--. SEGUNDA: “El Locador" se obliga a realizar con el rodado descripto en la cláusula anterior, las tareas que le encomiende la Subsecretaria de Servicios Internos, en su carácter de organismo dependiente de “El Locatario”.
TERCERA: El monto del presente contrato se fija en la suma de pesos siete mil veinte ($7.020) por cada hora trabajada, hasta un tope máximo de doscientas (200) horas mensuales, de acuerdo al efectivo servicio prestado por “El Locador” de conformidad con lo establecido en la cláusula precedente. CUARTA: El importe demandado será imputado a la jurisdicción 1.1.1.01.01.000, Categoría programática 01.02.06, Fuente de financiamiento 1.1.0, Objeto del gasto 3.2.2. QUINTA: “El Locatario” abonara a “El Locador" los montos pactados a mes vencido, dejándose expresamente establecido que “El Locatario” no reconocerá a favor de “El Locador", pagos adicionales por excedentes de horas trabajadas y/o por cantidad de kilómetros recorridos por hora y/o por cualquier otro rubro que no sean los pactados en las cláusulas segunda y tercera.SEXTA: Los gastos que deba efectuar “El Locador” para el cumplimiento de lo pactado ya sea en concepto de combustibles, lubricantes, neumáticos, reparaciones y/o mantenimiento en general y/o cualquier otro que la legislación vigente o futura haga indispensable para circular, estarán a su exclusivo cargo, no generando a su favor derecho a reclamo alguno contra “El Locatario”. SEPTIMA: “IEI Locador" será responsable de la efectiva prestación del servicio contratado,
debiendo reemplazar, para el caso de imposibilidad de cumplimiento por cualquier causa, a requerimiento de “El Locatario”, el vehículo contratado por otro de similares características, reservándose “El Locatario” la facultad de aceptar o rechazar el nuevo vehículo propuesto. –--– OCTAVA: Si “El Locador” empleara un chofer para la conducción del rodado, deberá acreditar el cumplimiento efectivo de todas las obligaciones laborales y previsionales, aportando para cada periodo vencido los comprobantes que acrediten el cumplimiento de todas las cargas que le competen como empleador. Corren a su exclusivo cargo el pago de remuneraciones en un todo de acuerdo al convenio colectivo del sector, las obligaciones previsionales, asistenciales y sindicales que correspondan. Se deja expresa constancia que no existe relación de empleo público o de dependencia en cualquiera de sus formas entre “El Locador” y “El Locatario”, por un lado, y/o entre el chofer y “El Locatario” por el otro. ––-–––––-–-––-––––-–––––––-–––NOVENA: Ante el incumplimiento de alguna de las cláusulas precedentes, “El Locatario” podrá rescindir el presente contrato, en cualquier momento, sin intimación previa y sin lugar a indemnización alguna. -–––––––––––---–––––--––––––––––-----–-–––––––--–-––-––-25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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DEC:IMA: “El Locador” se compromete a presentar, con carácter previo a la suscripción del presente, la totalidad de la documentación que le sea requerida por “El Locatario”, ya sea a través de la Dirección General de Automotores o de cualquier otra dependencia que designe a ese efecto DECIMO-PRIMERA: “El Locador” se obliga a presentar, en forma anticipada al vencimiento de cada mes y por el periodo de vigencia de la presente contratación, toda constancia y/o documento que acredite renovación y/o pago de aquellas obligaciones de vencimiento periódico, que correspondan al rodado o al chofer empleado en su caso. –––-----–––––––––DECIMO-SEGUNDA: La inobservancia de cualquiera de las obligaciones asumidas por “El Locador” en debido tiempo y forma será causal de rescisión de contrato, operando la misma de pleno derecho, sin que sea necesario efectuar notificación alguna. -–––––––––––––––––--DECIMO-TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del día uno (01) del mes de Octubre del año 2025, finalizando el día treinta y uno (31) del mes de Diciembre del año 2025, inclusive. –––––––––––-----––––––––––––--–-–---–––-––––––––--–––––-–––-––––-DECIMO-CUARTA: “El Locatario” se reserva la facultad de rescindir en cualquier momento el presente contrato, notificando fehacientemente a “El Locador” sin que esa circunstancia genere a su favor derecho a reclamo indemnizatorio alguno. DECIMO-QUINTA: Para todos los efectos emergentes del presente contrato las partes se someten de común acuerdo a la competencia de los tribunales que por fuero o jurisdicción correspondan a “El Locatario'’, haciendo expresa renuncia a cualquier otro que pudiera corresponder, constituyendo a tales efectos domicilio en los lugares consignados en el encabezamiento, donde se reputarán válidas todas las notificaciones que se cursen. ––––--–-En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un soIo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento. –––––––––---–––––-–––––––––-
IL'b b- aO– Irés GLWmo Watson
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Müiqi(„iPAL 11)AD DE FLOREi'LCiC VARELA
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ACTA ACUERDO
En la localidad de San Juan Bautista, partido de Florencio Varela, a los 7 días del mes
de Noviembre de dos mil veinticinco, se reúnen el Señor Intendente Municipal de Florencio
Varela, Dr. Andrés Guillermo Watson, en representación de la Municipalidad de Florencio Varela, por una parte y por la otra, el Secretario General de la Organización Gremial del Sindicato de Trabajadores Municipales de Florencio Varela, Señor Darío D’ Aquino. Abierto el acto, y una vez expuestas las posiciones de cada una de las partes, contemplando la necesidad
de una recomposición salarial dentro del marco de las capacidades presupuestarias del Municipio, se llega al siguiente acuerdo:
1) Otorgar un incremento salarial del 10%, a partir del mes de Diciembre del corriente año, en relación al Acuerdo Salarial 2.025; para el personal encuadrado en el Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela, (aprobado por Ordenanza Municipal Ng 9533/2019), incluido el Personal Superior, los Becados, las Horas Cátedra, los Módulos y la Planta de los Profesionales de la Salud; como así también de igual
forma, el valor de los reemplazos de guardia profesionales, técnicas y del SAME. Dicho incremento se realizará sobre la Escala Salarial vigente al mes de Febrero del 2.025. Totalizando a la fecha un acuerdo de 33 % de incremento salarial, para la paritaria del año en curso
2)
Actualizar en el mes de Diciembre
del corriente
año la Bonificación
“complemento Salario Mínimo, Vital y Móvil”, de acuerdo al valor que fijo, en la Resolución de
la Secretaria de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, vigente a dicho momento; adecuándolo a los distintos regímenes horarios vigentes en el municipio. REGisTRADO EN EL II gRa DE cc1=:TH,,,TpsgÁJH Ng...ágIl?!: DiR[CCIÓN GENERAl DE REGISTRO Yl[S{SLA[lÓN
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MUNICiPALIDAD DE FLOREM..,iO VARELA 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1 888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1 601- www.florenciovarela.gov.ar
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3) Incrementar en el mes de Diciembre de 2.025, el “Suplemento Adicional al Salario Mínimo Municipal", en igual porcentaje al acordado para la pauta Salarial establecida en el punto 1.) de la presente acta.
4) Actualizar en los haberes del mes de Diciembre del corriente año, los topes, rangos y montos de las asignaciones familiares ordinarias; por hijo, hijo discapacitado y
prenatal y las asignaciones familiares extraordinarias; por nacimiento, matrimonio, y adopción, de acuerdo a la actualización que realice la ANSES para dicho período.
Se deja expresamente
aclarado que las partes
continuarán
con el diálogo
permanente a fin de mejorar la situación laboral y salarial de los empleados municipales. Siendo así, se da por cerrada el acta, dando íntegra lectura a la presente, firmando en prueba
de conformidad dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto; el Señor Intendente Municipal, Dr. Andrés Guillermo Watson y el Secretario General de Trabajadores Municipales de Florencio Varela, el Señor Darío D’ Aquino.
c Andrés
Watson
dente d de F
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 1 1 ) 4237 1601- www.florenciovarela.gov.ar
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ADENDA AL CONTRATO GENERAL NO 462/24 Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N'’ 2.725 Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE
MUNICiPAL
Dr. Andrés Guillermo
denoaünada “LA MUNICIPALIDAD”,
Watson, D.N.1. N') 23.152.479, en adelante
por una pute y la Empresa Sen,’icios y Gesdón S. A., representada
en este acto por el Señor Francisco Basile D.N.l. N' 18.541.821, en su carácter de presidente, con domicilio en la Avenida General José de San Martín (R.P. N' 53)N' 855, Localidad San Juan Bautista,
Partido de Florencio Varela, en adelante denominada “EL CONTRATISTA’,
por la otra:
Que, con fecha üekrta (30) de enero del año dos mil veinticuatro (2024) mediante Resolución Número: RESO-2024-54-(}DEBA-MECONGP el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires dispuso la reglamentación del “Fondo de Fortalecimiento Fiscal Municipal” creado por el artículo 32 de la
Ley N'’ 15.480;
Que, con fecha veintinueve (29) de agosto de 1 Mo dos mil veinticuatro (2024), se celebró el Contrato General entre la Municipalidad de Florencio Varela y la Empresa Sewicios y Gestión S. A., registrado en el Libro de Contratos bajo N' 462/24 por la suma de pesos ciento ochenta y seis millones seiscientos noventa y cuatro mil dieciséis con treinta y dos centavos ( S 186.694.016,32);
Que, mediante Alcance N'’ 4/25 del Expediente Admirústr3ti'.'o Mwücipd N'’ 4037-1193-S-24 la empresa Servicios y Gestión S. A. solicitó la redeterminación de precios correspondiente al salto del MES
BASE Mayo 2024 Oferta, a MES CORTE Octubre 2024 CERT. N' 3 por la suma de VEINTE MILLONES
CIENtO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCiENtOS CUARENTA CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 20. !74.340,79), 13 cual $ie aprobKia; \
Que 7 en función de lo expuesto en párrafos que anteceden, las partes oonvienen celebrar de mutuo
acuerdo la presente Adenda del Contrato General registrado en el Libro de Contratos bajo el N'’ 462/2024, conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La presente Adenda tiene por objeto la ampliación del financiamiento para la “Obra hidráulica
en los barrio Villa Mónica Nueva y Mayol”, por la suma de pesos VEINTE MILLONES CIENTO ¿:CC¿¿):1.C$3
SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS
Ca•tí y Co t 13
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($ 20. 174.340)79)._______-___--_-------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: El nuevo valor de la obra conforme a lo expresado en el Artículo 1a será de pesos .DOSCIENTOS SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
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Florencio Varela Municipalidad
TERCERA: La Adenda entrará en vigencia a partir de su suscripción.–----------------------------------------CUARTA: Las partes expresan su conformidad para la aplicación a la presente obra de las previsiones establecidas para la tramitación de la redeterrrúnación de precios, conforme normativa y- reglamentación
provincial aplicable.--------------------------------------------------'---------------------------------------------------En prueba de confornúdad y previa lectura, se fIrman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, a los tres (03) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).------------------------------------------------------------------------
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Floren Zl Varela Municipalidad
CONTRATO GENERAL
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2.725, Localidad
San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. WFENDENTE MUNICIPAL
Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.l. N'’ 23.152.479, en adelante denominada “LA
MUNICIPALIDAD”,
por una parte y la Empresa Servicios y Gestión S. A., representada en este acto por el
Señor Francisco Basile D.N.1. N'’ 18.541.821, en su carácter de presidente, con domicilio en la Avenida General José de San Martín (R.P. N' 53) N' 855, Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varel&
en adelante denominada “EL CONTRATISTA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA:
El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra
“Reconstrucción de pavimento en hormigón simple con cordones” en calle Las Rosas esquina Junín, en el
Barrio Las Margaritas del Partido de Florencio Varela.-----------------------------------------------------------------SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y
Condiciones de la Licitación Privada N'’ 82/2025, primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente.-----------------------------------------------------------------------------
TERCERA:
La presente contratación se realizará mediante el sistema de UNIDAD
DE MEDIDA
alcanzándose un valor total para la obra a ejecutar de pesos CINCUENTA Y SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS SESENrFA y CUATRO MIL CIENTO SETENTA y SEIS CON CERO CENTAyOS ($ 57.464.176,00).-.--–-------------------------------------------------------------..----------------------------.---------..-CUARTA:
Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA
se autorizan mensualmente según la medición y
caGiÓn correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la
Licitación Privada Nc> 82/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus ténxinos.--------------------------------------------------------------------------------------Quién. de
{ QUINTA: LA MUNICIPALID AD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de
Q8ruf. y Gant
personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios \
Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad.-----------.----El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en quince (15) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y debidamente acreditadas así lo impusiwan. Se establece como plazo de conservación de la obra trescientos sesenta y cinco (365) días corridos a partir de la Recepción Provisoria.-----------------------------------------------
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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GENERALDE RESiS':?ii 7 i;G:SLAC iBN
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Florencio Varela Municipalidad
DE 1:Li:: :::::*=;„=i <3 V,*\\FIEt- A
SEPTIIWA: EL COIVFRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del
monto del presente en concepto de “Garantía de- Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) En efectivo: mediante depósito en la Dirección General de Tesorería b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de
Caución.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------OCTAVA:
Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará eI cinco por ciento (5 %)
que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a EL CONTRATISTA posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.---------------------------------
NOVENA: EL CONTRATISTA está obligado a designar un representante técnico que 1leve adelante la realización de ia presente obr& recayendo tai designación en la persona del Señor Ingaüwo en Construcciones Juan Kdsteff, D.N.1. N': 12.759.791 – Mat. N' 37.989 del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos
Aires, quien deberá presentar contrato de servicios profesionales.–---------------------------------------------------
DECIMA Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD
como deñcientemente realizados en todo o en parte, ante la
sola intimación de est& EL CONTRATISTA deberá reconstruido total y/o parcialmente según corresponda a
su exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga de plazo.---------------------------------------------------------------------------------
DEICIMO PRIMERA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD,
en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTMTISTA
derecho a reclamo
.alguno salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados
satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora injustiñcada en el plazo de
ejecución, el abandono de la obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumento que permita acreditado. La imposibilidad material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de
rescisión las previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada NQ 82/2025, primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer la rescisión, LA MUNICIPALIDAD deberá notificar a EL CONTRATISTA por medio fehaciente.
En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA.---------------
25 de May,-, N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 I1) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela MunicipaHdad
DEICIMO SEGUNDA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1810 Nc’ 2.725 del Partido de Florencio Varela, y EL CONTRATISTA en la Avenida General José de San Martín (R.P. N'’ 53) N' 855 del Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen, sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales de Quilmes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero
o jurisdicción que pudiera corresponder.--------.--------------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).----------------------------------------
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 3888 - Provincia de Buenos Aires Tel,: (54 11) 4237 1601 ' www.varela.gob.ar
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Florencio Varela
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Municipalidad
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CONTRATO DE COMODATO
Entre la MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Doctor Andrés Guillermo Watson, DNI N'’ 23.152.479) con domicilio en calle 25 de Mayo de 1810 N') 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varelap Provincia de Buenos. Aires, por una parte y en adelante “La Municipalidad”; y por la otra parte, el OBISPADO DE QUILMES, representado en este acto por el Sr. Lucio Daniel Carvalho Rodrígues,
DNI N'> 17.588.194, en su carácter de apoderado, conforme documentación adjuntada, la cual declara en este acto que se encuentra vigente, con domicilio en calle Trenque Lauquen Nc’ 2551 de
la Localidad de Bosques, Partido de Florencio Varela, en adelante “El Obispado” y en conjunto denominadas “Las Partes” convienen lo siguiente:---------------------------------.-----------------------
PRIMERA: “La Municipalidad”, en su carácter de titular registral, entrega en este acto a “El Obispado” quien acepta a su más entera conformidad, el vehículo automotor marca Nissan, modelo
Frontier S 4x4 MT 2.3 D CD, tipo Pick-Up, dominio AG094JW, Motor N' YS23B266C070670, Chasis N'
8ANBD33F9RL699040, juntamente
con
la
respectiva documentación,
comprometiéndose “El Obispado” a restituirlo al término de este contrato.----------------------------
SEGUNDA:
El presente contrato de comodato tiene por objeto asignar el vehículo referenciado
en la cláusula anterior, a las tareas inherentes al Obispado de Quilmes, quedando expresamente
prohibido modificar dicho destino sin la previa y expresa conformidad de “La Municipalidad” a través de la suscripción de una Addenda al presente.------------------------------------------------------
TERCERA:
Se establece de común acuerdo que el plazo del presente contrato de comodato será
por el término de dos (2) años, contados a partir de su suscripción, pudiendo “Las Partes” renovar
el mismo por idéntico término.-------------------------------------------------------------------------------
CUARTA: Serán a cargo de “El Obispado” durante la vigencia del presente contrato los gastos de mantenimiento, reparación de la unidad, combustible y equipamiento adicional; quedando a cargo de “La Municipalidad’, la contratación del seguro respectivo.------------------------------------
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CONTRATOS
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Florencio Varela Municipalidad
QUINTA:
Para todos los efectos legales derivados del presente, “Las Partes” constituyen sus
domicilios en los indicados en el acápite del presente, lugar donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Juzgados Ordinarios del Departamento Judicial de Quilmes, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.–------------
---En prueba de conformidad a lo pactado, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, a los 26 días del mes de Septiembre del año 2025.--------------------------------------------------------------------------------------
Dr. Andrés
G' .;\U, b]B""’ L .La,o b; ',.-.'\
ic;;;N Municipal/ad de FA. Varela
, 1: /.19 Er,:EL Lt::: 1 c: [i:;TÑITr: BAJa Ng....539.1-45 L;il:tiSil GENE::1:L DE REGISTRO Y IEGiSLACIÓN ia :JNICiPÁLiDAD DE FLO tiE}*,iCiO VARELA
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencío Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
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k[GISTRAüü EN EL LIBRODE CONTRATOS BAJONQ.--B9AIZ§
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DIRECCIÓN GENERAL DE RESISTi{O Y LEGISLACION
florencio Varela Municipalidad
MUNqCIPALtDAD DE FLORENCIO VARELA CONTRATO GENERAL Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N') 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, represartada en este acto por el Sr. INTENDENTE
MUNICIPAL Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.I. N'’ 23.152.479, en adelante darominada “LA MUNICIPALIDAD”,
por una parte y la Empresa Servi Vial S.R.L., representada en este acto por el Señor
Cristian Roberto Borsani D.N.1. N' 26.843.95 1, en su carácter de socio gerente, con domicilio en la calle Juan Mantovani N' 352 del Partido de Florencio Varela, en adelnrte denominada “EL CONTRATISTA’,
por la otra,
se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra
“Mejoramiento de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado”, en las distintas calles del Partido de Florencio Varela.--------.-------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones
de la Licitación Privada N' 84/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresarnarte.---''----'----------'--'---------------.-------------------------------------.------------..--------------TERCERA:
La presente contratación se realizará mediante el sistema de UNIDAD
DE MEDIDA alcanzándose
un valor total para la obra a ejecutar de pesos: CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DiECiSiETE Mil TRESciENros CUARTA:
OCHENTA CON CERO CEbrFAVOS ($ 53.917.380,oo).--------------------
Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA se autorizan mensualmente según la medición y
certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N' 84/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos.------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Ser\,'icios
Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad.–----------------SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en diez (10) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y C€Q¿'=, de Cc 1 iF. y Cont.
i debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta
lo
( 180) días corridos a partir de la Recepción Provisoria.---------.----.---------------------------.-.----.-------,----------
SEPFIMA:
EL CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del
del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) Efectivo: mediante depósito en la Dirwción General de Tesorería. b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales c) Fianza Bancaria d). Póliza de Seguro de
Caución.-----------------------------------.--------.--.------.-..--------------..-------.------------------.---------------------
%. 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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REGISTRADa ENEl LIBRODEcoNTRATOSBAJa NI.93.3l12 üiRECCiÍ}N GENERAL DE RE31STRa Y LEGiSLACiON
Florencio Varela Municipalidad
MUN IctPALIDAD DE FLCrIEi=iCiO VARELA OCTAVA:
Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5 %) que
será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a EL CONTRATISTA
posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.--------------------'--------------NOVENA:
Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la
obra: la mora se producirá de plalo derecho por el solo vencimiento de los plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como defícientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL CONTRATISTA
deberá reconsüuirlo total y/o parcialmente según corresponda a su
exclusivo oosto, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga de plazo.--------------.----------------------'---------------------------------------------------
DE:CIMA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los üabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNI(.'IPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la
obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumento que per urita acreditarlo. La imposibilidad material, financiera y/o de cualwúer otra índole de EL CONTRATISTA,
para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'’ 84/2025 primer llamado, que las partes expresamente manifiestan
conocer y acept& todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD deberá notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA.------------------------------'-----------------------------------------------------------
DECIMA PRIMERA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 del Partido de Florencio Varela, y EL CONTRATISTA en la calle JIIan Mantovani N'’ 352 del Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por váli(bs to{bs las notificaciones que se cursen> sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales
de Quilmes> con renwrcia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera correswnder.--------------En prueba de conformidad se ñrma1 cuatro (4) ejemplares de wr mismo tenor y a un solo efecto, a los cinco
(05) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).-----------------------------------------------------
Dr. AnI s:
S.R.L.
lo Watx)n
!nteMente Fcio. Varela Municipali
sHan Bor8anl
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REGiSTR AbD EN EL LiERü BE DeliTF.f*TOS EAJü
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BiRE[E}ÓN GENERAL DE REGISTRO Y LEGISLACiÓN
alish Florencio Varela Municipalidad
MU;*3}CIPALIDAL) DE FLCREF{1,10 VARELA CONTRATO GENERAT, Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N'’ 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada al este acto por el Sr. INTENDENTE
MUNICIPAL Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.I. N' 23.152.479, en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAIY’,
por una parte y la Empresa Servi Vial S.R,L., representada en este acto por el Señor
Cristian Roberto Borsani D.N.1. NQ 26.843 .951, en su carácter de socio gerente, con domicilio en la calle Juan IVlantovani N' 352 del Partido de Florencio Varela, en adelante denominada “EL CONTRATISTA”,
por la oüa,
se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra
“Mejoramiento de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado”, en las distintas calles del Partido de Florencio Varela SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes enel Pliego de Bases y Condiciones
de la Licitación Privada N'> 95/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresarnente.-----------------------------------------------'----'------------------------------------------------------
TERCERA: La presente contratación se realizará mediante el sistema de UNIDAD DE MEDIDA alcanzándose un valor total para la obra a ejecutar de pesos: CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DiECiSiETE Mil TRESciEvros CUARTA:
ocHEbrrA CON CERO CEvrAVOS ($ 53.917,380,oo),---------------
Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA se autorizan mensualmente según la medición y
certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'’ 95/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos.------------------------------------------------------------------------------------------
QUIIWA: LA MUNICIPALIDAD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad.-
SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en diez (10) días corridos a partir de la ñnna dei Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y rtl
debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta ( 180) días corridos a partir de la Reaepción Provisoria.-----–------.------------------------------.-----------------
SEPriMA: EL CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del monto del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a
continuación se detallan: a) Efectivo: mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales c) Fianza Bancaria d). Póliza de Seguro de
Caución.-.-------.-------------------------------------------..-.-----–----.----
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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REGISTRADa EN EL LigRü DE CONTRATas BAJa Ng..3311.AS
Florencio Varela
O}REECiÓNGENERALDE REGtSTRn Y LEGiSLACitiN
Municipalidad
MUNiCiPALIDAD DE FLOR:’10
VARELA
OCTAVA: Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5 %) que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a EL CONTRATISTA
posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.–---------------------------------NOVENA:
Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la
obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo varcimiento de los plazos fijados, b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL CONtRATISTA deberá reconstruirlo total y/o parcialmente según corresponda a su
exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga de plazo.-----------------------------..-----------------------.----------------------------------
DECI IUA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora injustiñcada en el plazo de ejecución, el abandono de la
obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumento que permita acreditado. La imposibilidad material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases
y Condiciones de la Licitación Privada N' 95/2025 primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD
deberá
notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA.--------------------------------------------------------------------------------.---------
DECIMA PRIMERA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1810 Nc’ 2725 del Partido de FlorenGio Varela, y EL CONTRATISTA en la calle Juan Mantovani NC) 352 del Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen, sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales
de Quilmes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.–------------.-En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los cinco
(05) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).--.----------------''-------'--'----------------'---Dedón. de €bí#
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CONTRATOS
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Üt¿l¿d florencio Varela Municipalidad
CONTRATO GENERA TJ Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N'’ 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE
MUNICIPAL Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.I. N'’ 23.152.479) en adelarte denominaia “LA MUNICIPALIDAIY’, por una parte y la Empresa Servi Vial S.R.L., representada en este acto por el Señor Cristian Roberto Borsani D.N.1. N' 26.843 .951, en su carácter de socio gerente, con domicilio en la calle Jllan Mantovani N' 352 del Partido de Florarcio Varela, en adelante denominada “EL CONTRATISTA”? por la otra9 se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra
“Mejoramiento de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado”, en las distintas calles del Partido de Florencio Varela.--------..-----------.------------------------.---------------------.-------------------------SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones
de la Licitación Privada N' 89/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente.-----'---------'-------------–-------------------.------------.--------------------.---.------------------
TERCERA: La presente contratación se realizará mediante el sistema de UNIDAD DE MEDIDA alcanzándose
un valor total para la obra a ejecutar de pesos: CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DiECiSiETE Mil TRESciENros CUARTA:
OCHENTA CON CERO CENrAVOS ($ 53.917.380,oo).--------------------
Las sumas a abonar a EL COVFRATISTA
se autori7an mensualmente según la medición y
certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N' 89/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos.------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad.–----------------SEXTA: El plan de ejecución de la presente obra se pacta en diez (10) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta ( 180) días corridos a partir de la Rewpción Provisoria.----.------------------.-------------------–-----------------------
SEYFIMA: EL CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del
del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) Efectivo: mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales c) Fianza Bancaria d). Póliza de Seguro de
Caución.-------------------------------------..------------------------------------------------------------------------------------
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
OCTAVA:
Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5 %) que
será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que suá devuelto a EL CONTRATISTA
posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplamdo en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.---------------------.-.-----------NOVENA:
Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la
obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL COIVFRATISTA deberá reconstruido total y/o parcialmente según corresponda a su exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado corno prórroga de plazo.---------------------------------.-------------------------------------------------------
DECIMA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la
obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumaüo que permita acreditarlo. La imposibilidad material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases
y Condiciones de la Licitación Privada N'’ 89/2025 primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD deberá
notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente, En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA.----------.----------------------'----------------------------'---------------------------
DE:CIMA PRIMERA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725 del Partido de Florencio Varela, y EL CONTRATISTA en la calle Juan Mantovani N' 352 del Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen, sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales de Quilmes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.---------------'-
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los cinco (05) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).----.-----.----------''-'----'---------------------':-uci)it. de a;f3: :
ii
Dr. Andrés G Cri$ttan &vMni &x:lo Gerente
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lo Watson
Int#dent¿ Municipalid<d da Fei\ Varela
2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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CONTRATOS
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
[@
florencio Varela Municipalidad
CONTRATO GENERAL Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N'’ 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE
MUNICIPAL Dr, Andrés Guillermo Watson, D.N.I. N' 23.152.479, en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,
por una parte y la Empresa Servi Vial S.R.L., representada en este acto por el Señor
Cristian Roberto Borsani D.N.l. N' 26.843.95 1, en su carácter de socio gerente, con domic,ilio en la calle Juan Mantovnü N' 352 del Partido de Florencio Varela, en adelmrte denominada “EL CONTRATIST/V’, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra
“Mejoramiento de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado”, en las distintas calles del Partido de Florencio Varela.-------------------------------------.------------------.------------------------------.------SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones
de la Licitación Privada N' 81/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresarnarte.''-----------------------'-'--------'------------------------'--'-------------'---------'------------------TERCERA:
La presente contratación se realizará mediante el sistema de UNIDAD DE MEDIDA alcanzándose
un valor total para la obra a ejecutar de pesos: CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS
DiECiSiETE Mil TRESCEENrOS oc iiENTA CON CERO CENtAVOS ($ 53.917.380,oo).------------------CUARTA:
Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA se autorizan mensualmente según la medición y
certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada NQ 81/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos.------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA: LA MUNICIPALIDAD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad.------------------.
SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en diez (10) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y ecfi:l3. de
debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta
Cb'1+f. y Cont.
lg
(180) días corridos a partir de la Recepción Provisoria.----------------------------------------.---------.---------.------SEPFIMA: EL CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del monto del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) Efectivo: mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales c) Fianza Bancaria d). Póliza de Seguro de
Caución.---------------..-..-.---------------.-------------.--------------------------------------–------------------.-----------
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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REGiSTRADOEN El liBRO DE CORTE,',TÜSBAJO Ng...3$5.11> DIRECCiÓNSENERiE DE FiIE: 5THU y LEGiSLACiÓN
florencio Varela Municipalidad
8jUN:CiPALIDAD DE ELi:;F.E f\!{;}0 VARELA OCTAVA: Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5 %) que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a EL CONTRATISTA
posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.--------------------------------.--. NOVENA:
Para el caso de incumplimiaüo
de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la
obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiarto de los plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL COIVFRATISTA deberá reconsüuírlo total y/o parcialmente según corresponda a su
exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga de plazo.------------.---------------.-----------------------------------------------------------
DECIMA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD. Son causales de rescisión la mora injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumento que permita acreditarlo. La imposibilidad material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA para iniciar, contin11ar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases
y Condiciones de la Licitación Privada N') 81/2025 primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD
deberá
notificar a EL CONTRATISTA por medio fehaciente. En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en fmma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA.------------------------------------------------------------------------.-----------------
DE:CIMA PRIMERA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725 del Partido de Florencio Varela, y EL CONTRATISTA en la calle Jllan Mantovani N'’ 352 del Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen, sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales
de Quilmes, con raruncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.----------------En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los cinco (05) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).-------------.--------------------------------------E3€':¿¿',l. (e
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rAL S.R.L. ?%rbdaxIBor8ani
Dr. Andrés
lo Watson
In/nden Municipaii{ad de 1}\c Varela
25iie Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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R[BISTRAooÉl.: rl tlgH9 n1 CnNTÑ,4.las 6Álü @.9331%$niRE[[{Ó}} SER:i:AL DE REGISTRü Y LÍGiSLÁEiüN
MUNICIPALIDAD DE FLOREIiCIO VARELA CONTRATO GENERAI
b\t;lld Florencio Varela Municipalidad
4
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1.810 N'> 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. INTENDENtE
IVIUNICIPAL Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.l. N'’ 23.152.479, en adelante denominada “LA MUNICIPALID AIF’, por una parte y la Empresa Servi Vial S.R.L., representada en este acto por el Señor Cristian Roberto Borsani D.N.1. N' 26.843.95 1, en su carácter de socio gerente, con domicilio en la calle Juan Murtovani N' 352 del Partido de Florencio Varela, en adelante denominada “EL CONTRATISTA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de la obra
“Mejoramiento de calles de tierra con terminación de hormigón reciclado”, en las distintas calles del Partido de Florencio Varela.---------------------------------------------.--------.-------------.--------.--.----------.--SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes enel Pliego de Bases y Condiciones
de la Licitación Privada N' 91/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresarnente.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERA: Lapresurte contratación se realizará mediante el sistema de UNIDAD DE MEDIDA alcanzándose un valor total para la obra a ejecutar de pesos: CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON CERO CENTAVOS ($ 53.917.380,OO).--------------------
CUARTA:
Las sumas a abonar a EL COIVFRATISTA se autorizan mensualmente según la medición y
certificación correspondiarte, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N' 91/2025 primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar exlxesamente en todos sus términos.--------'-------------------------------'-------------------------------------------------
QUInA:
LA MUNICIPALIDAD tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención de
personal idóneo de la Dirección de Pavimentos e Hidráulica dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad.–----------------SEXTA: El plan de ejecución de la presarte obra se pacta en diez (10) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias ajenas a las partes y
debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta 2
(180) días corridos a partir de la Recepción Provisoria.-------–-------–-------------------------–-------–--'-----------
SEPFIMA: EL CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente contrato el cinco por ciento (5%) del
del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se deta11an: a) Efectivo: mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Nacionales, Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales c) Fianza Bancaria d). Póliza de Sewo de
ÜucM.-----------------------------------.-------------------.--------------------„----------------------'---------------------
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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d\ REGISTRADOEN EL LiBRO DE CONTRATas BAJa
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florencio Varela
DiRECCióN gENERALDE REGiSTRa Y LEGiSLACiON
Municipalidad
MUNICiPALIDAD DE FLORENCIO VARELA OCTAVA: Las partes acuerdan que del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5 %) que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que suá devuelto a EL CONTRATISTA
posteriormente a la firma de la Recepción Deñnitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado en cualquiera de las formas previstas en los puntos b), c) y d) de la cláusula anterior.-----------------.-----------------NOVENA: Para el caso de incumplimialto de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la obra: la mora se producirá de pluro derecho por el solo vencimialto de los plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL COIVFRATISTA deberá reconsüuirlo total y/o parcialmente según corresponda a su
exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga de plazo.-------------------------.--–-----------------------------------.-----------------------
DE:CIMA: El presente contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la
obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD, mediante acta y/o instrumento que pernIita acreditarlo. La imposibilidad material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases
y Condiciones de la Licitación Privada N' 91/2025 primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD
deberá
notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá duecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA.----------------------------------------'--------------------------------'----------'----'
DECIMA PRIMERA: Pra todos los efectos legales emergentes del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilio legal en la calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 del Partido de Florencio Varela, y EL
CONTRATISTA en la calle Jrlan Mantovani N'’ 352 del Partido de Florencio Varela, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se cursen, sometiéndose de común acuerdo a la jurisdicción de los Tribunales de Quilmes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.---–-----------
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los cinco
(05) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).-------'-------------'----'-----------------------'• UV\+ + PW
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'e Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI NO 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 NO 2725, en adelante “La Municipalidad” y el ALUMNO TORRES, Rodrigo Martín, DNI N'’ 45.787.287, con domicilio en la calle Alta Gracia N'’ 1120, Bosques Norte, Bosques, Partido de Florencio Varela convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.---------------------------------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución NO 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. –––-–––––––––––––SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. ––––––––-––––-–––––-TERCERA: La práctica profesionaIÉzante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/12/2025. -–––-–––––---––––––-–––––––––––-–-–––
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. ------––--–––––––––-–--–----–––––––––--––-–--–––––-––––-––--
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral N')1. –––––––-–––––––-––––––-SEXTA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas O-IRECC}ÚH 8EIEñAL
c. yO.v
internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. ––
:„„Eh?Eli il:\T::r:r \:sE:1::: T:1::iBI:kI''L' MUNiC\PALIDAD DE FLOREÍ::iO VARELA 25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos AIres Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
V
Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito. ----–-–––––---–––––-––––––––-–––––––––––––––––––––––––––-
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. -–––––-–– NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. -----–----–--–––---–––––––––––––––--–----–-–--–––––––––––--–––DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 e 1/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. ––––––––-----–--–---–––------–---––––––––––––-–---–––--–--–––-----
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. -––––––––––––––––––--
DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral N'’1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. N'’ 491/97. -–-–––-–––––––––––––––––––––––––––––––--
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. –––––––––––––––––––---––––––--
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DIRE[[1ÓN GENERAL DEREGISTRO Y LEGISLACIÓN
A CNte/ ipALiDAD DE FLORENCio VARELA 25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N') 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 NO 2725, en adelante “La Municipalidad” y el ALUMNO BULACIO. Marcos Emanuel. DNI N'’ 45.994.816. con domicilio en la calle Marcos Paz N'’ 2324, Bosques, Partido de Florencio Varela convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.-----------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución N'’ 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. –––-––--––––-–-––--––SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. ––––––––––––––––––– TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/1 2/2025. ––--––-––––––––––-–––––––––––––––----
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. –-––--––-–––-–––––-––––-––––––-––-–--–-––––––-–-
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral N'’1. ––-––––––––-––––-–––-––-––-
FTRECCÍÓNGENERAI
C. y 6.v
MU}\i scipALiDAn DE FLORENcio VARELA
25 de Mayo NQ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601- www.varela.gov.ar
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
V
Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito. ––––––––––––––--––––––––––--–--––––-–––––––––––––-–--–---–--
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. –--–––--–--NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. --–--–------––-––----––-–-–----–––-––––––---–-––--––--–––-––----–-–--
DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. --––-–-––-------–--–--––--––––––-–---–––-–––––-–––––––-––––––--
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. ––-––––––––––-––––-–– DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral N'’1 , asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. N'’ 491/97. ––-––––-–-–-––--–––––––––––-––––––––--–––-
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. -––––––––––––––-––––-–––-------
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI NO 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, en adelante “La Municipalidad” y la ALUMNA BILLALBA, Valentina NicolefDNt N'’ 47.47&561fcon domicilio en la calle 22 N'> 880, B'’ San Eduardo,rPartido de Florencio –Varela convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.-----------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución NO 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. –––––––––––––––––-SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. –--––––––––––––––––-TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/1 2/2025. -–-––––––––––-----–––––-–––––––-–-–––––
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. -––-–––––-------–--––-––––––––––––––––––-––-–––--------––––-
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral No1. -–––––––––––––-––––––––––
SEXTA: El/ 1a ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas UIRECCIO:1 ÉEliRI
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internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. ––
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito.
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. ––-––-–––NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. -–––––––––––––––––––-–––––--––––––––––––––––-––––––--DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. -––––––––––––––––––––––-–––––––––-––––––––--–––-–––---
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. ––––––––––-––––––––--
DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral No1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto deI P.E.N. N'’ 491/97. –--–-–--–-–---––-–––-–––––––––––----–-----–––––-
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. –-–--––-–––––––––––---–-–––––––-1 0tRECCILl1 bÍiER,1.1.
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N'’ 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, en adelante “La Municipalidad” y la Señora FERNANDEZ, Antonia ltatí, DNI NO 28.610.664, con domicilio en calle 7 de Enero N'’ 2213, Gerli, Partido de Avellaneda convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.------------PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución N'’ 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. ––---–––––––––––-–––--––-–---––-–––––--SEGUNDA: La Señora FERNANDEZ, Antonia ltatí, suscribe el presente en su carácter de progenitora del alumno VILLALVA, Víctor_Gastón, DNI N'’ 483630.751, con domicilio en calle 7 de Enero N'’ 2213, Gerli, Partido de Avellaneda, cuyo vinculo acredita con copia fiel de la partida de nacimiento, autorizándolo expresamente a efectuar la Práctica Profesionalizante y declarando conocer y aceptar las normas que rigen la misma. –-----
TERCERA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. -–----–-––--–-–-–––––––CUARTA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/12/2025. -––––-––––-–––––––––––––––--–-––--––––––
QUINTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. -–––––---––––––––––--–––––––––––––---––––––––––-----–---– SEXTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral N'’1 . -––--–-–––––--–––––––-–---–––––----T-––––––-–---–--DiRE cc teI
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. -–OCTAVA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito.
NOVENA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. ------–––––DECIMA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos.
DECIMA PRIMERA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N' 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. --–-–––-–––––––-–--–––––––––––––-––––--–--–––––––––
DECIMA SEGUNDA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. -––-–––––––––--––––––DECIMA TERCERA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral N'’1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. Nc’ 491/97. ---––––––––––––––––––-–-–––––––-–--–––––--
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. –-–------––––––––-––––––--––––––---––––-
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N') 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, en adelante “La Municipalidad” y la ALUMNA VIERA, Sahara Abigail,, DNI NO M}72.655, ton domicilio en la calle Ciudadela N'’ 1234 1 A, ConstituciónfCiudad de B-uenos- Aires convienen en celebrar el siguiente Adúerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.--------------------------------------–-------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución NO 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. –--–––––––--. SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. –––––––––––––––––-– TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/1 2/2025.
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. ----–--. QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral N'’1. –-–--–––––––-–––––-
SEXTA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. -–biRECCiC: gENE,al
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Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito.
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. -–––––––– NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. -–-–––––––––-––––––––––-––––––––––-–––––––––––––––-–--
DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. -–-––––––––––––––––-–––––––-––-––––––––––-––––––––––--
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. –––-–––––––-–––––-–-– DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral N'’1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. Nc’ 491/97. -----–--–-––––––––--––--–––––––––––––-–-––––-
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. ------–-–--–--–--–––-–––––––––––––--
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N'’ 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 NO 2725, en adelante “La Municipalidad” y el ALUMNO ESCOBAR, Agustín Fernand«Í DNI N'’ 4Z.,954©94Ícon domicilio en la calle Tafí N'’ 210,rEstanislao-Severo Zeballos, éartido de Fl&¿ncio Varela convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.---------------------------------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución N'’ 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. –---–––-–––––––-––––SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. -––-–––––––––-––––––TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/1 2/2025. -––––––––––––––-––––-–––-––––-–––-––-
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. –––-–––-–-–––––––-–----–--–-–-–-–-–––––––––––-––––––––-–-
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral No1. –––––--––-–-–---––––––––––--
SEXTA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. ––
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Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito. -––––––––––––––––––––––––––––––-––––––––––-–––––––––––
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. –––––––--NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. ––––––-–––––--–––----–-–--–––––-–––––––––––––-–-––––-–--–DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna
naturaleza. -––-––-––--––––––––––––––––––––––-––-––--–––––––––––––-
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. ––------–-––––-––––––––DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral No1 , asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. N') 491/97. ––––––-––––––––––––-–––––––––-––-––––––-
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. -–-–––––––––––––––––-––--–––––
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ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N'’ 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N') 2725, en adelante “La Municipalidad” y la ALUMNA VIEYRA, Priscila Abigail,/DNI N'’ 47.735.748, con domicilio en la calle 701 N'’ 3137, B'’ Los Pilares,aartido de Florencio Varela convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.---------------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución N'’ 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. -–––––––-–––––––––– SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. ––––––––-–-––-–––-––– TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/1 2/2025. –--–-–--–––––––––––––-–--––-––--–--–-––-–-
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. –---–--–--––––––-–-–-–––––––––––---–-––––––––––––––––-–--
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral N'’1. –––-––--––––-––––-–––––––--
SEXTA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. –--
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito. --––––––––––––-––––--–-–––––––––––––––––––––----–-–---––----
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. -–––––––-NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. –––––––-–––––––––––––-–––––––––––-–-–––––––-–––––––DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución NO 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza.
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. –––--––––––––––-–-–-DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral Na1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. N'’ 491/97. -–----––--––-––––––---–––-–––––––––-–––-––––-
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. –––––––––-–––––––––––--–––––--
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N') 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, en adelante “La Municipalidad” y el ALUMNO ESQUIVEL VIDAL, Kevin de Jesús, DNI N'’ 95.636.734, con domicilio en la calle Gorriti N'’ 1974, Partido de Florencio Varela convienen en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.-----------------------------------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La MunIcipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución N'’ 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. ––––––––––-––---–––-SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. ––--–-––--–-––––––––TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/12/2025. --–--–––--––––---–––––---––––––-------–---
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedIcación y adecuada presentación.
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de FormacIón Integral N'’1. -–––––––––––-–––––––-––-–--
SEXTA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. ––
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito. ––--
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidariamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. ----–-––––-NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. –---–––---––––-––––––––––––--––-––––––––––––--------–-–––––DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. -–----––––––-–––--–-–--–––-
DE(+IMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. ---–--–-–––––––––--––––DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral NC)1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. N'’ 491/97. –-–-––––-–--–––––-––-–––––––––––-–––––-––-
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. –-––––––-––––––––––––––-––––--
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA PROFESIONALIZANTE
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. Andrés Guillermo Watson, DNI N'’ 23.152.479, con domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, en adelante “La Municipalidad” y el ALUMNO SUAREZ GARETTO. Gabriel Emiliano. DNI Na317..458.348, con domicilio en la calle 515 N'’ 2663, B'’ San Jorge, Gobernador Julio A. COsta, Partido de Florencio Varela convierten en celebrar el siguiente Acuerdo Individual de Práctica Profesionalizante sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.–---------------------------
PRIMERA: El presente Acuerdo se realiza en virtud de la adhesión de La Municipalidad de Florencio Varela al Sistema de Prácticas Educativas en Ambientes de Trabajo y se rige por las normas emergentes de la Resolución N'’ 5356/24 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de coordinar el desarrollo y capacitación del alumno. -––--––-–-–––––-–-–––SEGUNDA: La práctica tendrá la carga horaria que establezca el plan de trabajo y se desarrollará en la Subsecretaría de Deportes y Recreación, sita en Av. Padre Obispo Jorge Novak y calle Bonn del Partido de Florencio Varela. -––-–-–––––––––-–––-–TERCERA: La práctica profesionalizante se extenderá por el lapso comprendido desde el 13/1 1/2025 hasta el 12/12/2025. -–---––––-–––––––––––––––––-––-–––-–-–-
CUARTA: El/la ALUMNO/a se comprometerá al cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD; así, como de las obligaciones convenidas, con diligencia, puntualidad, asistencia regular, dedicación y adecuada presentación. –––––––––--––-----------––––––––------––––––------–––––––––––
QUINTA: El/la ALUMNO/a deberá considerar información confidencial toda la que reciba o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, personal, proveedores, procesos, fórmulas, métodos, proyectos en desarrollo y procedimientos a los que tenga acceso, sea en forma directa o indirecta. El incumplimiento de dichas obligaciones por parte del estudiante dará derecho a LA MUNICIPALIDAD a desafectarlo de la práctica en forma inmediata, circunstancia que deberá comunicarse debidamente al Centro de Formación Integral N')1. -–––––––––––––––––-––––––
SEXTA: El/la ALUMNO/a cumplirá sus tareas debiendo ajustarse a las normas internas de la Municipalidad, acorde a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de pasantía y considerando confidencial toda información que así le sea calificada. --– DiRECCiÓN GENERAL
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela Municipalidad
SEPTIMA: Este Acuerdo no autoriza a las partes a utilizar los logos, nombres, marcas y/o emblemas de la otra, ni expresarse en nombre de la otra, ni verbalmente ni por escrito. –-–––––-––––-–––-–––––-–––––––--––––---
OCTAVA: El presente Acuerdo no constituye ningún tipo de sociedad, asociación o relación de dependencia o empleo entre las Partes del mismo, y por lo tanto, las Partes no serán consideradas solidarÉamente responsables por ninguna cuestión de responsabilidad civil o laboral en las que hayan incurrido individualmente. -–----–––--– NOVENA: Los bienes muebles e inmuebles de las partes puestos a disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente Acuerdo o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro y los gastos de mantenimiento de los mismos, corresponderán al patrimonio de la parte a la que pertenecen, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos. -––--–––––––––--––-–––––--–––––-––--–--–-–-–-––-––--–––––––DECIMA: Atento al carácter del presente, y conforme la Resolución N'’ 5356/24 el/la ALUMNO/a no percibirá asignación estímulo o retribución económica de alguna naturaleza. -–––––---–---––-–––---–----––--–––––––––––––-––––––––-––-–––
DECIMA PRIMERA: La presente práctica profesionalizante no genera entre “La Municipalidad” y el/la ALUMNO/a relación laboral alguna. –-------–––--–---–––––-––-DECIMA SEGUNDA: Por encontrarse esta actividad comprendida dentro del marco educacional y estar coordinada exclusivamente por la institución, queda expresamente convenido que la responsabilidad extracontractual por los daños que pudiese sufrir el/la ALUMNO/a está a cargo del seguro de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. Por cuanto el Centro de Formación Integral No1, asumirá las obligaciones impuestas por el Decreto del P.E.N. N'’ 491/97. –––––––––---–––––––––––––––––--–––––––––
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela a los 13 (trece) días del mes de noviembre de 2025. ––––––––––-––––--––––––––--––––
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Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
ül,lb Florencio Varela Municipalida(1
MODIFICACIÓN A LA PRÓRROGA NO 185/25 DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE NO 386/22 Entre la MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA, con domicilio en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725, localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. ANDRES GUILLERMO WATSON, DNI N'’ 23.152.479, en su carácter de “LOCATARIN’ por una parte; y por la otra, el Sr. ARTURO RODRÍGUEZ DA SILVA, DNI N') 93.751.410, con domicilio en calle Alfonsina Storni N'’ 28 localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, en su carácter de “LOCADOR7V’; convienen en celebrar la presente prórroga al contrato de locación, registrado en el Libro de Contratos bajo el N' 386/22, conforme a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Las partes de mutuo y común acuerdo, deciden pronogu por el término de ocho (08) meses la vigencia del contrato de locación suscripto con fecha 30 de Marzo de 2022, en referencia
a las instalaciones emplazadas en el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección K, Manzana 17, Parcela 1, ubicado en la calle 145 - José Arenales N'’ 1.501 esquina calle 130 - Sánchez de Loria N'’ 2.287/89/91/95, barrio Presidente Sarmiento, localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, destinado al funcionamiento de oficinas administrativas, y prorrogando su vencimiento original al día 30 de Noviembre de 2025.SEGUNDA: El alquiler mensual durante toda la vigencia de la presente prórroga, se pacta en la suma de pesos tres millones ciento treinta mil doscientos setenta y tres con noventa centavos ($ 3.130.273990.-)9 monto que permanecerá inalterable hasta su finalización prevista el 30 de Noviembre de 20259 fecha en la que la “LOCATARIA” deberá desocupar y entregar el inmueble locado libre de todo ocupante a la “LOCATARiA”.-----------------------------------------------------TE,R('F.RA: Se deja constancia que, para el período de vigencia de la presente prórroga, regirán todas las demás cláusulas del contrato de locación suscripto por las partes oportunamente. –--–--
De conformidad previa lectura y ratificación, las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a up solo efecto para su fiel y estricto cumplimiento, en la localidad San Juan Bautista, Paró 4Qs FWFn(.p @ela9 a los 21 días del mes de Julio de 2025.------------------------------------
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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CONVENIO DE PERMISO DE USO PRECARIO
ENTRE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Y LA MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA POR EL CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE CUIDADO Y ATENCIÓN
DE DISCAPACIDAD - MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA
Entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por el Señor Ministro, Dr. Nicolás KREPLAK, con domicilio en la calle 51 N' 1120 del partido y ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en
adelante “EL MINISTERIO”, por una parte, y el MUNICIPIO DE FLORENCIO VARELA, representada por el señor Intendente Mu n icipal, Dr. Andrés WATSON ,
con domicilio en calle 25 de Mayo N' 2725 de la ciudad de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en adelante “EL MUNICIPIO”, por la otra parte, denominadas de manera conjunta como “LAS PARTES”, con vienen en celebrar el presente Convenio de Permiso de Uso Precario para la gestión del “CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE CUIDADO Y ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD -
MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA’ , sito en calle Avda. Jorge Novak
entre La posta y El Corral S/N de la ciudad de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en adelante “EL CENTRO”, de acuerdo a las siguientes cláusulas. CLÁUSULA PRIMERA: EL MUNICIPIO otorga en permiso de uso precario al MINISTERIO,y éste acepta en las condiciones que se encuentra, con todo lo construido
y adherido al terreno, el establecimiento asistencial denominado “CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE CUIDADO Y ATENCIÓN DE DISCAPACIDAD MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA” para su gestión, administración y funcionamiento
por
parte del
MINISTERIO,
cuyo
inmueble
es
identificado
catastralmente como Circunscripción II, Sección C, Manzana 2, Parcela 5/6/7/8/9/10/11/12/13, Matricula 55763/64/65/66/67//69/7071, sito en la calle Avda. Jorge Novak entre La posta y El Corral S/N, correspondiente al partido de Florencio Varela.
Asimismo, se detalla en LOS PLANOS, que como ANEXOS 1 y II integran el presente,
I„ p„ü„1„id,d„
d,I mismo. ;. j:STRAB9 EN EL LlrRí! ,]: 1:il?ii 2;,:ios 8AJO N1.5061%5. DiRECCiÓNGEHEE;',LDE REGiSTRa Y LEGiSLACiÓN
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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,oo-: ’CLÁUSULA SEGUNDA: El presente Convenio de permiso de uso precario se otorga en forma gratuita , de acuerdo a lo estipulado por el artículo 30 del Decreto
Ley N' 9533/80. CLÁUSULA TERCERA: EL MINISTERIO se compromete a: a) Designar y proveer, a su entero costo y cargo, el recurso humano
(profesionales especializados, personal administrativo, técnicos y de servicio), en cantidad necesaria, para el adecuado funcionamiento del CENTRO, los que poseerán cargos dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y en ningún caso tendrán relación de empleo con EL MUNICIPIO. b) Garantizar la asistencia y la prestación de servicios. c) Proveer a su cargo, en tiempo y forma, los bienesde uso e insumos necesarios
para el funcionamiento del CENTRO. d) Abonar periódicamente las tasas impositivas municipales y provinciales, y los servicios de energía y agua del establecimiento. e) Mantener y conservar la obra recibida. A tales efectos, EL MINISTERIO podrá requerir a EL MUNICIPIO los informes que considere pertinentes y solicitar las
verificaciones e inspecciones que resulten a su criterio. f)
EL
MINISTERIO,
podrá
efectuar,
previo
aviso
y consentimiento
del
MUNICIPIO, cualquIer remodelación que estime conveniente a los fines del mejor funcionamiento del CENTRO, incluyendo toda suerte de obras, mejoras, reformas, etc., a su costa, salvo que por una razón de urgencia y/o emergencia EL MINISTERIO deba prescindir del consentimiento previo del MUNICIPIO. En este supuesto, deberá notificar al MUNICIPIO a la mayor brevedad posible de la obra, mejora o reforma realizada.
g) Contratar los seguros de responsabilidad, contra incendios, inundación y accidentes de trabajo y todos aquellos que la legislación nacional y provindal prevean y demanden para el funcionamiento y administración del CENTRO, como así también deberá cumplir con toda la normativa aplicable a Seguridad e Higiene en el trabajo. ...iglSTR,',08 EN EL LiBRO iII EnNTRATÜS BAJa Ng- 599.1.2s BIREÜEIÓN GENERAL DE REGiSTRO Y LEGISLACiÓN
MUNICiPALiDAD DE FL€)REF+C;iO VARELA
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
LÁUSULA CUARTA: EL MUNICIPIO se compromete a
a) Realizar las gestiones administrativas correspondientes a fin de implementar lo acordado en el presente instrumento. b) Afrontar el pago y la organización de la seguridad externa de EL CENTRO.
CLÁUSULA QUINTA: Durante el tiempo que dure el presente Convenio, los espacios cedidos serán de uso exclusivodel MINISTERIO, no pudiendo ingresar persona
alguna
que
no
sea
autorizada
por
dicho
Organismo.
En ese sentido, EL MINISTERIO será el único responsable de la guarda y custodia de toda documentación, actas e instrumentos públicos y/o privados necesarios para el cumplimiento de sus fines específicos en EL CENTRO, desobligando al MUNICIPIO de toda responsabilidad referida a la guarda de dicha docu mentación .
CLÁUSULA SEXTA: En toda actividad que se encuentre incluida en el marco del presente convenio, EL CENTRO deberá utilizar los canales y medios comunicacionales y la imagen institucional que EL MINISTERIO establezca al
efecto. Dicha imagen estará asociada, en un formato preestablecido que será comu nicado por EL MINISTERIO para la comu nicación escrita interna y externa. Toda la señalética que se instale en el predio de funcionamiento del CENTRO, deberá ser autorizada por EL MINISTERIO previo a su instalación .
CLÁUSULA SÉpTIMA: El presente convenio tendrá un plazo de vigencia de veinte (20) años contados desde su aprobación por acto administrativo. Dicho plazo se renovará de manera automática, por iguales y su cesivos períodos, salvo
manifestación expresa en contrario mediante notificación fehaciente con una
anticipación mínima de sesenta (60) días corridos previos a la fecha de finalización del periodo, todo ello en el marco del artículo 29 del Decreto Ley N'’ 9533/80.
Asimismo, se podrá resolver unilateralmente el presente mediante notificadón fehaciente de alguna de las partes con una anticipación mínima de sesenta días (60) días corridos, sin que ello genere derecho a indemnización alguna para la
contraparte.
: 1:eisTRADO EN EL LiC213 QE cnNTRATSS BAJa NI .. 3.esl.13 BIR[[EIÉN GENERAL DE REGiSTRO Y LES$SLACIÓN
HhHICipALlr)AD
DE FLOREbICiO VARELA
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
BOM N° 11
VISADO CLÁUSULA OCTAVA: Se acuerda conformar una Comisión de Evaluación
Permanente de este Convenio de Permiso de Uso Precario, la que estará conformada por dos (2) representantes de EL MUNICIPIO, dos (2) representante
del nivel central de EL MINISTERIO y uno (1) de la Región Sanitaria VI dependiente de EL MINISTERIO, quienes realizaran una evaluación trimestral del mismo.
CLÁUSULA NOVENA: Las obligaciones que emanan del presente convenio serán exigibles desde la fecha de suscripción del acta de entrega, posterior a la
aprobación por acto administrativo de ambas jurisdicciones del presente acuerdo .
CLÁUSULA DÉCIMA: LAS PARTES se comprometen a agotar todos los medios
que permitan resolver, por las instancias jerárquicas que corresponda, los desacuerdos, diferencias y faltas de entendimiento que pudieran originarse en el planteamiento y ejecución del presente convenio. En última instancia, y sólo en caso de resultar estrictamente necesario recurrir a la vía judicial, LAS PARTES se someterán a los Juzgados Contenciosos Administrativos con asiento en La Plata
En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor
ya un solo efecto en la ciudad de mes deo(n\$@del año 2025.
illerm> Dr. Andrés bon Iryendente Municipali/ad de Fcio. yarela
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días del
dr. Nicolás Kr8Dlak MInIstro pyjnji?::ir:odl8Bu:lujsdA:ljas
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CONTRATOS
Publicación: 11.-
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
CONTRATOS
Publicación: 11.-
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ANEXO II
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Florencio Varela Municipalidad
CONTRATO DE LOCACION:
---En la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Jurisdicción de la Provincia
de Buenos Aires, Argentina, al primer (01) día del mes de Agosto del año dos mil veinticinco (2025), entre los que suscriben, por una parte don Héctor Gabriel MAGUARELLI, argentino, titular del DNI 25.121.037, domiciliado en la calle Yapeyú N' 1473 (ex 1645 y/o 66) entre 128 A - Patricias Argentinas y 130 - Mariano Sánchez de Loria (ex M. Thompson) del Barrio o Paraje denominado Gobernador Monteverde, Localidad de San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires y domicilio electrónico (art. 75 del CCyCN) en marketing@viviendasroca.com.ar,
quien interviene por su propio derecho, en lo sucesivo
llamado la parte "LOCADORA" y por la otra parte el doctor Andrés Guillermo WATSON, argentino, titular del DNI 23.152.479 y domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2725 de la Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela y domicilio electrónico (art. 75 cH
W.,N)
en gobiernofv@hotmail.com, quien interviene en nombre y representación de la
MUNICIPALIDAD
DE FLORENCIO VARELA, con CUIT N' 30-99900445-4, en carácter de
Intendente electo, en adelante llamado la parte "LOCATARIA", todos mayores de edad, hábiles para este acto, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación que se regirá por las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:
PRIMERA: (OBJETO) La LOCADORA da en locación a la LOCATARIA y ésta acepta en tal concepto, un INMUEBLE de dos plantas, con frente a la Avenida General San Martín N'
2193 ex 1203 formando esquina con calle 74 – Defensa de Buenos Aires N' 5, del Barrio denominado Varela Centro, Localidad de San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, edificado sobre un lote de terreno designado según título como lote DIECISIETE de la manzana "A", cuya Nomenclatura Catastral resulta ser: Circunscripción 1, Sección B, Quinta tI, Manzana lld, Parcela 18, Partida Inmobiliaria 032-015374-3, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, bajo la Matricula N' 66.378 del Partido de Florencio Varela (032).
Integrado por Chalet compuesto principalmente por: Planta baja:
Porch: con paredes de ladrillos a la vista, piso cerámico, cielorraso revestido en madera y un aplique de luz con lamparita.
Living: con puerta principal de madera, en la parte superior con doce vidrios repartidos, espejados y con reja, la parte inferior con molduras, picaporte, cerradura, llave y pasador, dos
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ventanab laterales, ambas con marcos de madera, ocho vidrios repartidos, espejados y con reja, piso de parquet, un aplique de luz con tamparita, cietorraso de yeso, un sensor de alarma y una pared –entre las puertas del comedor y la escalera- con leve presencia de humedad en la parte inferior.
Comedor: con puerta de madera, de dos hojas, cada una con doce vidrios repartidos en la parte superior, sin picaporte, de acceso al living, piso de parquet, cietorraso de yeso, un hogar
con chimenea, dos apliques de luz cada uno de tres lámparas con su correspondiente tulipa, una ventana al frente de cuatro hojas, con marcos y taparrollo de madera, persiana de plástico pintada y reja.
Cocina: con una mesada de mosaico granítico, con bacha doble de acero inoxidable, paredes
revestidas en cerámica, canilla mezcladora, bajo mesada de ocho puertas con un estante interior y ocho cajones exteriores, alacena de tres puertas, cada una de ellas con seis vidrios repartidos, estantes interiores, seis cajones exteriores, dos repisas y bodega, otra alacena de
dos puertas con un estante interior, hueco para artefacto de cocina, campana de chapa para extractor de aire, una ventana lateral de dos hojas corredizas, con marcos de madera, de cuatro vidrios repartidos cada una, con mosquitero y reja, sin taparrotlo y persiana, una ventana al frente de cuatro hojas, con marcos de madera, taparrollo de yeso embutido, persiana de plástico pintada y reja, hueco debajo de la escalera, un aplique de luz con lamparita, y caja para central de alarma.
Despensa: con puerta placa de madera con picaporte y cerradura, de acceso al comedor, cuatro bibliotecas y/o estanterías de madera amuradas, un aplique de luz con lamparita y una ventana de tres hojas con marcos y taparrotto de madera, vidrios sanos, persiana y reja.
Dormitorio 1: con puerta placa de madera con picaporte y cerradura, de acceso al primer
pasillo, piso de parquet, dos ventanas similares, cada una de tres hojas con marcos y taparrollo de madera, vidrios sanos, persiana y reja, un aplique de luz con lamparita, cietorraso de yeso y caja de luces con disyuntor, llave térmica y circuito diferenciado de luces y enchufes.
Dormitorio 2: con puerta placa de madera con picaporte y cerradura, de acceso al primer pasillo1 piso de parquet, una ventana de tres hojas con marcos y taparrollo de madera, vidrios sanos1 y sin persiana y reja, un aplique de luz con tamparita, cietorraso de yeso, repisa de
cinco cajones, trece puertas, estantes interiores y ocho estantes externos, y placar embutido
de cuatro puertas, con barral, espejo, un estante interior y presencia de humedad en la parte inferior, lindera con baño.
Primer Pasillo: con piso cerámico, una puerta placa de madera con picaporte y cerradura de acceso al comedor, un aplique de luz completo, un sensor de alarma y cielorraso de yeso.
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varala . C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 le,oi , www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
MUi'¿ICIPALIDAD DE FLGF*!!!<CiO VAREL'A Segundo Pasillo: con piso cerámico, arcada al primer pasillo, un aplique de luz completo, cietorraso de yeso y una puerta de madera con quince vidrios repartidos, picaporte y cerradura, de acceso al lavadero.
Baño 1: con paredes y piso revestido en cerámica, puerta placa con picaporte y cerradura, pileta con pie, canilla mezcladora, espejo, un aplique de luz completo para dos lámparas, inodoro sin tapa, depósito de agua interior con tapa, bidé, bañera con ducha y canitta
mezcladora, porta rollo, dos jaboneras, toallero, perchero, y cielorraso de yeso con dos luces embutidas. Baño 2: con paredes y piso revestidos en cerámica, puerta placa con picaporte, cerradura y
ventana redonda con vidrio fijo, mesada de mosaico granítico, bacha entosada, canitta mezcladora, espejo, bajo mesada de madera con dos cajones y dos puertas, cada una con un estante interior, dos apliques de luz completos, uno de dos luces sobre el espejo y otro de una luz en cielorraso, un placard embutido de dos puertas con leve presencia de humedad, inodoro con tapa de madera, bidé, depósito de agua interior con tapa, tres porta vasos, porta
rollo de papel, toallero, perchero, bañera embutida, revestida en pentagres, con ducha y canilla mezcladora, y una ventana de dos hojas con sus correspondientes vidrios repartidos y reja
Lavadero: Con puerta de madera con quince vidrios repartidos, todos sanos, picaporte, cerradura y llave, paredes revestidas en cerámica y en machimbre, piso cerámico, pileta amurada, con canilla mezcladora, mesada de mosaico granítico, termotanque marca Rheem Saiar, una ventana de quince vidrios repartidos, todos sanos, con marcos de hierro y reja, sin persiana, un aplique de luz completo y puerta de madera con picaporte, dos cerraduras, cada una con su correspondiente llave, y puerta reja con picaporte y llave. Quincho: con techo de madera revestido en durlock, con tirantes a la vista, paredes revestidas en durlock y pintadas –una, lindera al baño “1 ” con presencia de humedad en la parte inferior-,
piso flotante, un aplique de luz completo para tres lámparas, cerramiento de aluminio color, con seis ventanas, cada una de dos hojas corredizas, con sus correspondientes vidrios,
mosquiteros y rejas, dos puertas de aluminio, cada una con vidrio, picaporte, cerradura, llave y
puerta reja con cerradura y llave, un sensor de alarma, una boca para estufa a gas, y puerta placa de madera con picaporte y cerradura de acceso a la escalera.
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Escalera: de madera con baranda de hierro, cerrada con pared de durlock, puerta placa de +
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madera con picaporte y cerradura de acceso al living, pared lindera al baño “1 ” con presencia
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de humedad, y cielorraso de yeso con leve presencia de humedad. Planta atta-.
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Descanso: con un aplique de luz con tulipa y lamparita, sensor de alarma, y una ventana de una hoja con su correspondiente vidrio, marco, persiana y taparrotto embutido de madera y reja
Tercer Pasillo: con piso flotante, un aplique de luz completo y placar embutido de una puerta.
Escritorio: con piso flotante, una ventana de cuatro hojas, con sus correspondientes vidrios sanos, marcos de madera, persiana y taparrotto de yeso embutido con tapa de madera, sin reja, puerta placa de madera con picaporte y cerradura, de acceso al pasillo, un aplique de luz
completo, y puerta/ventana de acceso al balcón, de cuatro hojas, con sus correspondientes vidrios sanos, marcos de madera, persiana y taparrollo de yeso embutido con tapa de madera,
Dormitorio 3: con piso flotante, puerta placa de madera con picaporte y cerradura, de acceso al pasillo, un aplique de luz completo, una ventana de cuatro hojas, con su correspondientes vidrios sanos, marcos de madera, persiana, taparrollo de yeso embutido con tapa de madera sin reja y placard embutido de dos puertas con cuatro cajones exteriores.
Toilette: con puerta de madera corrediza, de acceso al dormitorio “3’, pared y piso revestido en cerámica, vanitory con bacha, canilla mezcladora y dos puertas, espejo, un aplique de luz con tulipa, jabonera, toallero, perchero, porta rollo, un ojo de buey de cuatro vidrios repartidos
con marcos de madera con traba y reja, e inodoro con tapa de plástico y depósito de agua exterior con tapa. Desván: con acceso por dormitorio “3”, con puerta de madera con picaporte, cerradura, llave y dos trabas, una ventana de dos hojas con marcos de madera, sin .reja, tanque de agua y piso sin revestir. Batcón: con baranda de hierro, piso cerámico y un aplique de luz completo. Exterior.
Frente: con verjas con puerta con picaporte, cerradura y llave, buzón de cartas con timbre, vereda exterior de baldosas, jardín exterior, vereda interior que rodea el chalet, una canilla, un aplique de luz completo, un árbol en ochava y jardín interior. Lateral: con paredón de ladrillos a la vista con alambre de púas, vereda exterior de baldosas, cabina de gas sin tapa, con medidor y reja, y una puerta de reja revestida con madera, con picaporte y cerradura, patio de cemento alisado, tanque cisterna con bomba de agua y cabina para motobombeador, caja de llaves de luz con tapa y cerco de madera con puerta y pasador. Fondo: con pileta amurada con canilla de agua fría únicamente, jardín, vereda de baldosas, un
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aplique de luz completo y paredones premoldeados linderos con vecinos.
Todos los ambientes con sus correspondientes instalaciones (eléctrica, gas natural o agua, según corresponda), llaves de luz y enchufes, vidrios sanos. Y todos los artefactos en perfecto funcionamiento, obligándose la LOCATARIA a su mantenimiento. Asimismo, la LOCATARIA
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declara conocer y aceptar las medidas y distribución, emergentes de su Plano de Obra, Expediente N' 2760-D-1952 aprobado por la Municipalidad del Partido de Florencio Varela, y estado de conservación y demás detalles de lo arrendado por estar en él ininterrumpidamente
desde el 01/06/14, en el mismo carácter que ahora, por lo que la locataria se compromete a subsanar todos los deterioros ocasionados por el uso y la acción del tiempo, sin derecho a resarcirniento alguno.----------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDA: (PLAZO) El presente contrato tiene vigencia a partir del día I' de Agosto de 2025, venciendo indefectiblemente el día 31 de Octubre de 2025. Se deja expresa constancia que el
plazo de esta locación no admite prórroga ni opción de ninguna naturaleza, debiendo en consecuencia la LOCATARIA reintegrar a la LOC3ADORA el bien tocado al término del plazo convenido, sin necesidad de interpelación alguna judicial o extrajudicial. Asimismo las partes acuerdan que para la restitución de la tenencia del inmueble, la LOCATARIA deberá notificar a la LOC)ADORA al domicilio electrónico, a fin de acordar día y horario, con una anticipación
no menor a cinco (5) días hábiles. Y que dicha restitución solamente se justificará con documento escrito, emanado y firmado por la LOCADORA. TERCERA: (PRECIO) El precio de esta locación, pactado entre las partes de común acuerdo
y antes de ahora, se conviene en la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000,-) como valor único y por periodos mensuales. Todos los pagos se realizarán en
pesos por tratarse de condición esencial del contrato especialmente convenido entre las partes, pues de no admitirse esta forma de pago no se hubiese realizado el contrato. Dejando expresa constancia: a) Que el presente contrato es alcanzado por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Título II "Exenciones", Artículo 7, punto h, apartado I, las Municipalidades ... por lo que La LOCATARIA está exenta de IVA, debiendo la LOCADORA facturar el alquiler mediante
la emisión de comprobante conforme los términos de la ARCA por su condición de Monotributista; b) El monto total del alquiler no incluye IVA; c) Que atenta las partes al posible cambio en el futuro de dicha Ley, en que las municipalidades no estén libres de exenciones, la LOCATARIA deberá pagar el valor del alquiler mensual pactado más la alícuota del IVA que correspondiere; d) Que la LOCATARIA está exenta del pago de sellado de Ley.
CUARTA: (FORMA DE PAGO) El alquiler será abonado improrrogablemente y por período se GDE:}:?1$)
adelantado, entre el primero (1) y el diez (10) de cada mes, mediante la modalidad de transferenciaI debiendo la LOCATARIA realizar una transferencia electrónica a la siguiente cuenta bancaria de la LOCADOFU\: Caja de Ahorro en Pesos, Cuenta 742-002477/6, Banco Santander, Sucursal 742, CBU N') 0720742888000000247768 con aviso al domicilio electrónico
de
la
parte
Loe)ADORA
y
copia
al
correo
electrónico
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MUNiCiPALiDAD DE FLOR[{’.ICiO VARELA patricialauraquglielmi@hotmail.com y una vez acreditado el pago la parte LOC3ADORA le
extenderá la correspondiente factura electrónica al domicilio electrónico de la parte LOCATARIA y copia al correo electrónico tesoreria@florenciovarela.gov.ar. El alquiler se
pacta por período de mes entero y aunque la LOCATARIA restituya el inmueble a la LOC;ADORA antes de finalizar el mes, pagará íntegramente el alquiler correspondiente a ese rries
»=nll••Hll•=ll•#Bll••Hll••Hll••Hll•=ll••ll••Hll••Hll••Hll•nll•gII•
QUINTA: (PUNITORIOS) La mora en el pago de los alquileres, se producirá en forma automática por el mero transcurso del tiempo y sin necesidad de interpelación ni gestión previa de ninguna naturaleza. Producida la mora, los alquileres siempre deberán abonarse con un interés punitorio igual al 0,30% por cada día de atraso y durante el tiempo que dure la mora; los mismos deberán ser abonados conjuntamente con el pago del alquiler
correspondiente, ya sea total o parcial, sin que esto constituya un derecho para la LOCATARIA de abonar sus obligaciones con atraso. Dejando constancia que el último día de pago sin punitorio es el dia diez (10) de cada mes por adelantado, pero de no cumplir con este 'requisito, los punitorios comenzarán a correr a partir del primero (1 ) de cada mes. SEXTA:
(INCUMPLIMIENTO)
En cualquiera
de los
casos
de incumplimiento
de la
LOCATARIA, sin perjuicio de las penalidades que se establecen en las demás cláusulas, la
LO(}ADORA podrá pedir el cumplimiento de este contrato o resolverlo por culpa de la LOCATARIA y solicitar el inmediato desalojo. En ambos casos y para el evento de que la LOCATARIA dejare abandonada la locación o depositare judicialmente las llaves deberá abonar a la LOC)ADORA una multa mensual igual al alquiler pactado, desde la iniciación del
juicio hasta el día en que la LC)(;ADORA tome la libre y efectiva posesión de la propiedad y/o la indemnización por daños y perjuicios sufridos.-------–----------------------–---------------------------SEPTIMA: (INTRANSFERIBILIDAD) El presente contrato de locación es absolutamente
intransferible y su transgresión se considerará especial causal de desalojo. Asimismo, le queda prohibido a la LOeATARiA subarrendarlo total o parcialmente, ni dar el inmueble en préstamo a permitir su ocupación por terceros en ningún carácter.-------------------------------------OCTAVA: (MODIFICACIONES) Está terminantemente prohibido realizar modificaciones en el
inmueble, así como mejoras, las que deberán ser aprobadas previamente por escrito por la LOCADORA o su representante legal y quedarán a su exclusivo beneficio una vez finalizado
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el plazo de la locación, sin derecho a retribución alguna por parte de la LOCATARIA.------'------
NOVENA: (FALTA DE DEVOLUCION) Rigiéndose éste contrato de locación exclusivamente por las disposiciones de la legislación vigente, la LOCATARIA deberá devolver el inmueble arrendado a su vencimiento, sin demoras, ni invocación de ninguna naturaleza. No obstante si
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MUN-t¿-tPALiDAD DE FLOR:Re:o VARELA por cualquier motivo el inmueble no fuera devuelto a su vencimiento, sin perjuicio del ejercicio
de las acciones pertinentes por parte de la LOC)ADORA para obtener el desalojo, la LOCATARIA deberá abonar a la LOC3ADORA en concepto de indemnización, por ocupación ilegítima, una suma diaria igual al diez por ciento (10%) del importe del último canon locativo
abonado por cada día de retardo en cumplir con la obligación contraída, hasta que la LOOADORA obtenga efect»amente la restitución del bien de entera conformidad. Es decir, que concluida la locación y hasta la efectiva restitución del bien locado, la LOCATARIA continuará abonado el valor del último canon locativo con más el importe correspondiente en
concepto de indemnización. Se pacta que dicha indemnización podrá ser reclamada por la misma vía que para el cobro de alquileres. Queda perfectamente aclarado que la permanencia
de la LOCATARIA en el inmueble lacado, después de vencido el contrato en ningún caso, incluso cuando fuera por voluntad de la LOC)ADORA, no conformará tácita reconducción, por lo tanto se podrá exigir la restitución del bien en cualquier momento.-
DEetMA: (INCUMPLtMtENTO) La violación por parte de la LOCATARtA de cualquiera de las obligaciones que asume en el presente, dará derecho a la LOC;ADORA para optar entre exigir {
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su cabal cumplimiento o dar por resuelto el presente contrato y exigir el inmediato desalojo del
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inmueble con el pago de los daños y perjuicios pertinentes.
UNDECtMA: (PARTIDAS) La LOCATARtA manifiesta que a fin de hacer frente a las erogaciones que ocasione el presente se afectarán las siguientes partidas: Jurisdicción 1.1.1.01.02.000; Categoría Programática 01.02 Fuente de financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.- Objeto del Gasto 3.2.1 .------------------------–---------------------------------------––---------
DEeiMA SEGUNDA: (IMPUESTOS, TASAS Y SERVICIOS) Son a cargo de la LOeATARIA,
en la proporción de un cien por ciento (100%) los siguientes cargos correspondientes al inmueble objeto del presente: Servicio Sanitario (Cuenta de Servicio N'’ 3815483, Compañía AYSA), Servicio Eléctrico (Medidor N'’ 04435133, Cliente N'’ 04618713, Compañía Edesur) y
servicio de gas natural (Medidor N'> 4388652, etiente W 20602566200). A tal efecto, la LOCATARIA deberá: a) Pedir el cambio de titularidad de los medidores a su nombre, ante las correspondientes compañías, en un plazo no mayor a treinta (30) días corridos a partir de la fecha de iniciación del presente Contrato, pasado dicho plazo la LOCADORA podrá darlos de
baja, sin derecho las partes de resarcimiento alguno; b) Solventar íntegramente todos los
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gastos inherentes para su reconexión, como ser multas, colocación de nuevos medidores, } Certificados de Aprobación de las Instalaciones Internas extendido por un electricista y/o un
; --
; gasista matriculado, e inclusive nueva instalación en caso de perder la LOCATARIA el
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} medidor del servicio eléctrico y/o gas natural por falta de pago, bajo pena de desalojo más
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Florencio Varela Municipalidad
MUNiCiPALiDAD DE FLO: 1::!*iCiO VARELA daños y perjuicios; c) Entregar en funcionamiento los rnedidores del servicio eléctrico y gas
natural, libre de deudas hasta el cierre del periodo en curso (incluido segundo tramo), al momento de la restitución del inmueble a la locadora, ya sea por plazo contractual vencido o rescisión anticipada, obligándose Ia LOC;ADORA a partir de ese momento a realizar los cambios de titularidad nuevamente a su nombre dentro de un plazo no mayor a treinta (30) días corridos, pasado dicho plazo la LOCATARIA podrá darlos de baja sin penalidad alguna;
d) Remitir exclusivamente los reclamos por falta de presión o pérdidas de agua ante la compañía correspondiente (AYSA). Los pagos de estos servicios constituyen parte integrativa
del alquiler, por lo que el incumplimiento por parte de la LOCATARIA dará lugar a solicitar el desalojo, dando por rescindido el presente contrato de locación más daños y perjuicios.---------
DECIMA TERCERA: (ESTADO DEL BIEN LOCADO) La LOC;ADORA manifiesta haber entregado el inmueble objeto de esta locación con aptitud para el uso convenido (art. 1201 del
CCyCN), en buen estado de aseo y conservación, con todos sus vidrios, herrajes, llaves, artefactos y demás accesorios, y la LOCATARtA declara haberlo recibido a entera satisfacción para su uso y goce pretendido y por lo tanto convenido, en la fecha mencionada en la cláusula
primera del presente, es decir el día 01/06/14, quien se obliga a mantener y devolver el inmueble en buenas condiciones, y a pagar el importe de los objetos que faltaren o estuvieren
rotos y los deterioros ocasionados, salvo los que resulten del buen uso y de la acción del tiempo.–---
DECIMA CUARTA: (DESTINO DE LA LOCACIÓN) La LOCATARIA destinará el inmueble para el funcionamiento de Oficinas Administrativas, no pudiendo cambiar su destino sin consentimiento expreso de la LOCADORA, bajo pena de desalojo. DECIMA QUINTA: (ENTREGA DE LLAVES) Al finalizar el contrato la entrega de las llaves o de la propiedad sólo se justificará por escrito emanado de la LOCADORA o su representante, no admitiéndose otro medio de prueba. Si la LOCATARIA consigna las llaves, adeudará a la LOC)ADORA el alquiler fijado en ese momento con más las actualizaciones previstas hasta el
día en que la LOC;ADORA acepte la consignación o se le de posesión del inmueble sin que esto menoscabe el derecho de la LO(3ADORA de exigir el pago de las penalidades pactadas por ésta circunstancia.---------–--------------––----------------------–-- --–-–---–--–––––-------–-–DECIMA SEXTA: (CONSERVACION) Queda expresamente determinado que la LOeATARiA se responsabiliza por la conservación de la propiedad locada y de los elementos citados en la
cláusula primera del presente contrato, y se obliga a efectuar a su cargo las reparaciones oportunas de los desperfectos ocasionados por el uso. Caso contrario la LOCATARIA deberá
abonar a la LOOADORA el importe de los objetos que faltaren o estuvieren rotos, los 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela « C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 I1) 4237 1601 . www.varela.gob.ar
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Año 13
Publicación: 11.-
CONTRATOS
BOM N° 11
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Municipalidad
MUINiCiPJ\L:DAD DE FEI:\:--, 1.: : rf;iO VARELA deterioros ocasionados en el inmueble locado, y los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento de esta obligación.-----------–--–---------------------–-------------------–-----------------–
DECIMA SEPTIMA: (DESPERFECTOS) La LOCATARIA manifiesta haber recibido el inmueble objeto del presente en estado de servir al uso y goce convenido, y se compromete a notificar a la LOC)ADORA, si en el futuro el inmueble requiriese reparaciones por su deterioro,
ya sea, en lo que hace a la calidad o por defectos originados por causas que no sean imputables a la LOCATARIA. La LOCATARIA deberá permitirle a la LOCADORA o a sus representantes el libre acceso a cualquier dependencia de la propiedad cuando ésta juzgue
conveniente y necesaria su inspección, y permitirá la ejecución de todo trabajo que sea necesario para su conservación o mejoras, sin derecho de indemnización alguna. Si al
momento de producirse la inspección se encontrara alguna de las dependencias y/o instalaciones en estado inapropiado, se le solicitará a la LOCATARIA la inmediata resolución
del inconveniente, siendo los gastos que ello ocasione a su exclusivo cargo, y deberá dar cuenta a la LOOADORA y/o sus representantes de los arreglos efectuados, dentro de los diez
(10) días corridos de haberlo sido notificada la necesidad de realizar dicha reparación o reposición. La negativa por parte de la LOCATARIA es condición de incumplimiento de contrato. Dejando expresa constancia que las notificaciones se harán al domicilio electrónico
de las partes, declarados en el presente, a efectos de acordar días y horarios para las inspecciones o trabajos. En caso que se presente la necesidad de reparación urgente, la LOC,ATARIA deberá notificar a la LOC)ADORA, al domicilio electrónico constituido en el presente, y otorgarle un plazo de veinticuatro (24) horas corridas, contadas a partir de la recepción de la notificación, para que ta LOC3ADORA proceda a su reparación, en caso de
negativa o silencio de la LOC;ADORA y vencido el plazo debidamente notificado, la LOCATARIA podrá proceder a realizarla por sí, con cargo a la LOCADORA. Si la reparación no fuera urgente, la locataria deberá notificar a la locadora y otorgarle un plazo no menor de
diez (IO) días corridos, contado a partir de la recepción de la notificación, a los fines de proceder a la reparación (art. 1201 del CCyCN). La LOCATARIA no podrá encarar ningún arreglo o mejora de ningún tipo sin seguir estas pautas y/o procedimientos tendientes a consensuar con la LOCADORA la solución, el proveedor, profesional (matriculado de ser necesario) y su costo (art. 1201, 1202 y 1203 del CCyCN). Las partes entienden como “urgente” las reparaciones tendientes a conservar el inmueble para servir al uso y goce convenido, entendiéndose esto como condiciones mínimas de habitabilidad.
DECIMA OCTAVA: (DEPOSITO) El presente contrato no cuenta con dinero entregado por la LOCATARIA a la LOCADORA en carácter de depósito, declarando la LOC;ADORA exonerar a
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela . C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 42:37 16C)l . www.varela.gob.ar
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Florencio Varela Municipalidad
MUNICIPAL IDA la LOCATARIA en dicho requerimiento, asumiendo la primera los riesgos que esto le pudiera ocasionar en el futuro ante un posibfe incumplimiento contractual por parte de la LOCATARIA, declarando conocerlos y aceptarlos sin ningún tipo de reserva.
DECIMA NOVENA: (SEGURO) Es a cargo de la LOCATARIA establecer servicios contra incendios, como también es su obligación la contratación de un seguro que cubra los daños y perjuicios que pudiera ocasionar un incendio y/o cualquier otro siniestro a la propiedad tocada
y/o linderas, así como también a terceros, por todo el tiempo que permanezca ocupando el bien tocado. La póliza deberá ser endosada a favor de la LOCADORA. VIGESIMA:
(LIBERACION
DE RESPONSABILIDADES)
LO C)ADORA de toda responsabilidad
La LOCATARIA
libera
a
la
civil, moral, penal o material, que por accidentes,
siniestros o cualquier otro motivo pudieran llegar a producirse dentro o fuera del bien locado y sufrir la LOCATARIA, familiares, personal de servicios o terceros en general.-
VIGESIMA PRIMERA: (EXONERACION) La LOCATARIA conviene en exonerar a la LOOADORA de toda responsabilidad por los inconvenientes que pudieran sufrir sus instalaciones, bienes o enseres, y que se produzcan a personas, muebles, máquinas, útiles y/o cualquier otro elemento depositado en el bien locado, como consecuencia de accidentes, averías, catástrofes, cortocircuitos, corrosión, derrumbes, desperfectos, deterioros, estragos, explosiones, faltas, filtraciones, humo, humedades, imperfecciones, incendios, inundaciones,
pérdidas, roturas, de cualquier tipo, incluyendo el caso fortuito y la fuerza mayor, ya que la LOCATARIA Ios asume como riesgo propio, quedando liberada la LOC3ADORA de las obligaciones de los Artículos 1200 a 1204 del Código Civil y Comercial de la Nación, Sección 4', Efectos de la locación. Parágrafo I', Obligaciones del tocador. Por su parte, la LOeATARtA
ratifica mediante el presente instrumento, que asume absoluta y exclusivarnente el «caso fortuito» y la «fuerza mayor», eximiendo a la LOCADORA por ellos.------------------------------------
VIGESIMA SEGUNDA: (RESPONSABILIDAD PARA CON EL PERSONAL) La LOCATARIA será la única responsable del personal que eventualmente contrate para el cuidado y atención
del inmueble locado; su responsabilidad se extiende al pago de haberes, salarios familiares, cuotas
sindicales,
de obras
sociales,
previsiones,
indemnizaciones
por despido,
por
accidentes; responsabilidad ésta que se mantendrá vigente hasta transcurridos dos (2) años de la fecha de entrega y restitución a la LOC)ADORA.
VIGESIMA TERCERA: (PINTURA) La LOCATARIA se compromete a reintegrar el bien loc,ado a la LOCADOFU\ nuevamente pintado al momento de finalizar la relación contractual,
ya sea por plazo vencido o rescisión anticipada, por ser condición de cumplimiento
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela . C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 3601 . www.varela.gob.ar
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Florencio Varela
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Municipalidad
MON;CipALtr)AD DE FLORENeio VARELA irrenunciable, ya que se entregó inicialmente en buen estado de pintura, tanto paredes, como ciebrraso y aberturas.------–--------–----––----------–---------–-----------–----------------------------------
VIGESIMA CUARTA: (REGISTRACIÓN) En cumplimiento al Articulo 16 de la Ley 27551 la LOC3ADORA deberá comunicar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.) la
celebración del presente Contrato de Locación mediante el sitio “web” de este organismo (http://www. afip.gov.ar) con su Clave Fiscal en la opción “Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles - RELl”, dentro de los diez (10) días hábiles, contando a
partir de la fecha del presente, desligando de toda responsabilidad a la LOCATARIA y/o terceros, y recayendo singularmente sobre la LOCADORA todas las sanciones previstas por incumplimiento de este particular. Independientemente de ello, cualquiera de las partes puede
informar la existencia del presente Contrato a dicho organismo, utilizando su propia Clave Fiscal
VIGESIMA QUINTA: (COMPETENCIA JUDICIAL) La LOCADORA podrá dirigir su acción contra cualquiera de los firmantes del presente Contrato, sin que el hecho de dirigirla contra el uno perjudique su acción contra el otro, a cuyos efectos las partes se someten a la jurisdicción
de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Quilmes, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, inclusive la Federal. La LOCATARIA renuncia desde ahora al derecho de recusar sin causa al magistrado y se comprometen formalmente a
comparecer a las audiencias que señalen en el juicio, por si o por apoderados, bajo apercibimiento de fatlarse los juicios con lo dicho por ta LOOADORA a su apoderado.---–-------
VIGESIMA SEXTA: (CONSTITUCION DE DOMICILIOS) Para todos los efectos legales los firmantes fijan domicilio fisico y electrónico (art.75 del CCyCN) en los arriba indicados, donde se dará por buena y válida todas las notificaciones y diligencias que se practiquen, aunque los
interesados no vivan o no se encuentren en ellos, o no respondan, ni den acuse de recibo de los correos electrónicos recibidos.------––----–------–-------–--–-–--------------------–------------------
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto,
en el lugar y fecha al principio indicados. Se deja constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.------–-----------------–-–-------––---–
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25 de Mayo N'’ 272$ - Florencio Varala - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 . www.varela.gob.ar
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CONTRATO GENERAL Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N.c’ 2725, Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Andrés Guillermo Watson,
D.N.l.N'):23.152.479 en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,
por una parte, y la
empresa RB Electromecánica S.R.L, representada en este acto por el Señor Bentolila Gustavo Daniel, D.N.l. N'’35.940.582, en su carácter de apoderado, conforme Escritura Número Cincuenta y Cuatro, la cual se encuentra plenamente vigente, con domicilio legal en Avenida General José de San Martín N.'2568, Localidad San Juan Bautista, del Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado “EL CONTRATISTA”,
por la otra, se conviene en celebrar
el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA:
El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de
la obra: “REACONDICIONAMIEIYTO Y EJECUCIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN E.E.P. N'’10-ETAPA I”, ubicada en calle 747- Florinda N' 308 intersección calle 706- Republica del Uruguay, Barrio Viila Vatteone, Localidad Villa Vatteone, Partido de Florencio Varela. - - - - - - - - SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATI STA deberá proveer mano de obra, equipos y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada Nc’90/2025, Primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----TERCERA: La presente contratación se realizará mediante el sistema de Ajuste Alzado alcanzándose
un valor tota1 para 1a obra de pesos: SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON VEINTISIETE CENTAVOS (874.560.134,27). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- ---
--- --- --- --- „ - -
CUARTA: Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA se autorizarán mensualmente según la medición y certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'’90/2025, Primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTA: LA MUNICIPALIDAD
tendrá a su cargo la inspección de la obra mediante la intervención
de personal idóneo de la Subsecretaría de Arquitectura dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios
Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad. - - - -
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MUNICiPALIDAD DE FLOREFiCiO VARELA 25 de Mayo N' 2725 . Fiorencio Varela - C,P. 1888 ' Provincia de Buenos AIres Tel.: (54 I1) 4237 160i ' www.varela.gob'ar
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SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en noventa (90) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y RepIanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias
ajenas a las partes y debidamente acreditadas así lo impusieran. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta ( 180) días corridos a partir de la Recepción Provisoria. SÉpTIMA:
Se considerará el pago en concepto de Anticipo Financiero de hasta el 20% del monto del
contrato. - - --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --OCTAVA:
Se deberá presentar, al momento de la solicitud, garantía por el 100% del anticipo
financiero que podrá ser constituida en las formas previstas que se detallan a continuación: a) En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Provinciales y/o Municipales a sus valores nominales. c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de Caución NOVENA: El CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente Contrato el cinco por ciento
(5%) del monto del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales. c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de Caución. - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA: Del importe de cada Certificado se descontará el cinco por ciento (5%) que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a el Contratista posteriormente a la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemplazado por: a) En efectivo, mediante retención en el Certificado. b) Póliza de Seguro de Caución. - - - - - - - - - - -
DÉCIMA
PRIMERA:
EL CONTRATISTA
está obligado a designar un representante técnico
que lleve adelante la realización de la presente obra, recayendo tal designación en el Señor Ingeniero Electricista, Etienne, Eduardo Manuel, D.N.l. N'’13.635.617, Mat. N'’48602, del Colegio
de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, quién deberá presentar contrato de servicios profesionales. DÉCIMA SEGUNDA: Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se excediera el plazo de la obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los
plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL CONTRATISTA deberá reconstruirlo total y/o parcialmente, según corresponda, a su exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como prórroga del plazo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
aESISIFAOO Eq FL L18EO BI CaNT?;'.IOSBAJO N,...,.P9.1)?P DiRECCIÓNGENERALDE R: 8;STI 1:'' 7 !,;CiSLACIÓN ’
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MUNICIPALIDAD DE FLOR ENOJO VARELA 25 de Mayo N'’ 2725 - Fiorencio Varela . C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aifes Tel.: (54 11) 4237 160i - www.varela.gob.ar
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DÉCIMA
TERCERA:
MUNICIPALIDAD,
El presente Contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA
en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a
reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD. Son causales de rescisión la mora injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la obra manifiesto y certificado unilateralmente por LA MUNICIPALIDAD,
mediante acta y/o instrumento que permita acreditarlo. La imposibilidad
material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada NQ90/2025, Primer Llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD
deberá
notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto de abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DÉCIMA CUARTA: Para todos los efectos del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD constituye domicilib en calle 25 de Mayo de 1810 N.' 2725 de este Partido y EL CONTRATISTA en Avenida General José de San Martín N.'’ 2568, Localidad San Juan Bautista, del Partido de Florencio Varela. Ambas partes se someten de común acuerdo a los Tribunales que por fuero y
jurisdicción correspondan a la Municipalidad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------
------
. ---
En prueba de conformidad se firman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del 2025.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Dr. And;bs BENTOLILA
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GUSTAVO DANIEL
DNI: 35.940.582
MunicipaIJ
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Fcio. Varela
APODERADO RB ELECTROMECANICA S.R.L.
REGISTRADO EN EL LtEPC DE [l.3:,:TE,',las 8A,19
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MUNiCIPALIDAD DE FLORENCIO VARELA 25 de Mayo N:’ 2725 . Fiorenc¿o Varela - C.P. 1888 ' Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 . www.varela,gob.ar
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CONTRATO GENERAL Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725, Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Andrés Guillermo Watson, D.N.I.N':23.152.479
en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,
por una parte, y la empresa BMB Tecnología
S.R.L. representada en este acto por el Señor Fabian Javier Gomez, D.N.1.N'’: 20.861.245, en su carácter de apoderado, conforme Escritura Número Ciento Ochenta y Siete, la cual se encuentra plenamente vigente, con domicilio legal en Avenida General José de San Martin N'’ 2566, Localidad San Juan Bautista del Partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado
“EL CONTRATISTA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato General, conforme las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la realización por parte de EL CONTRATISTA de
la obra: “REACONDICIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN E.E.S.No47-ETAPA I”, ubicada en calle 504-Rivadavia esquina Calle 546, Barrio Villa Argentina. Localidad Gobernador Julio A. Costa, Partido de Florencio Varela. - - - - - = - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDA: Para la ejecución de la obra, EL CONTRATISTA
deberá proveer mano de obra, equipos
y materiales, en cantidades y calidades de acuerdo con las previsiones obrantes en Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'’83/2025, primer llamado, documentación que ambas. partes manifiestan conocer y aceptar expresamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----TERCERA:
La presente contratación se realizará mediante el sistema de Ajuste Alzado alcanzándose
un valor total para la obra de pesos: CINCUENTA Y TRES MILLONES VEINTIOCHO MIL
NOVECIENTOS DOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS (553.028.902,59). - - - - - - CUARTA:
Las sumas a abonar a EL CONTRATISTA
se autorizarán men-sualmente según la medición
y certificación correspondiente, de acuerdo a las pautas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'’83/2025, primer llamado, documentación que ambas partes manifiestan conocer y aceptar expresamente en todos sus términos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTA:
LA MUNICIPALIDAD
tendrá a su cargo la inspección de la obra rnediante la intervención
de personal idóneo de la Subsecretaría de Arquitectura dependiente de la Secretaría de Obras, Servicios
Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, que será designado por ésta para cada oportunidad. - - - -
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MUNICIPALIDAD DE FLOREFiCIO VARELA
25 de Mayo N'’ 2725 . Fiorencio Varela . C.p. ]888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i . www.varela.gob.ar
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SEXTA: El plazo de ejecución de la presente obra se pacta en noventa (90) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio y Replanteo de obra, prorrogable de común acuerdo, cuando circunstancias
ajenas a las partes y debidamente acreditadas así lo impusie;an. Se establece como plazo de conservación de la obra ciento ochenta (180) días corridos a partir de la Recepción Provisoria. - - - - SÉpTIMA:
Se considerará el pago en concepto de Anticipo Financiero de hasta el 20% del monto del
contrato. - --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- --- -----.OCTAVA:
Se deberá presentar, al momento de la solicitud, garantía por el 100% del anticipo
financiero que podrá ser constituida en las formas previstas que se detallan a continuación: a) En efectivo, mediante depósito de garantía en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Provinciales y/o Municipales a sus valores nominales. c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro Caución. - - - - - - NOVENA: El CONTRATISTA deberá integrar a la firma del presente Contrato el cinco por ciento
(5%) del monto del presente en concepto de “Garantía de Ejecución de Contrato”, en alguna de las formas que a continuación se detallan: a) En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería. b) Títulos Provinciales y/o Municipales: a sus valores nominales. c) Fianza Bancaria. d) Póliza de Seguro de Caución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- --- --- --- --- ---
DÉCIMA: Del importe de cada Certificado se descontará el cinco por cie.nto (5%) que será retenido en concepto de “Garantía por Fondo de Reparo” y que será devuelto a el Contratista posteriormente a
la firma de la Recepción Definitiva de obra. Dicho importe podrá ser reemp]azado por: a) En efectivo, mediante retención en el Certificado. b) Póliza de Seguro de Caución.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA
PRIMERA:
EL CONTRATISTA está obligado a designar un representante técnico que
lleve adelante la realización de la presente obra, recayendo taI designación en el Señor Ingeniero Electricista, Etienne Eduardo Manuel, D.N.1. N'’13.635.617, Mat. N'’48602, del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, quién deberá presentar contrato de servicios profesionales. - - - - - - -
DECIMA
SEGUNDA: Para el caso de incumplimiento de alguna de las partes se establece: a) Si se
excediera el plazo de la obra: la mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los
plazos fijados. b) Si los trabajos fueran considerados por LA MUNICIPALIDAD como deficientemente realizados en todo o en parte, ante la sola intimación de esta, EL CONTRATISTA deberá reconstruirlo total y/o parcialmente, según corresponda, a su exclusivo costo, sin que esta circunstancia de derecho a reclamo alguno. El tiempo que ello demande no será considerado como lazo. - ------
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MUNICIPALIDAD DE FLORENCiO VARELA 25 de Mayo N'’ 2725 . Fiorencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i - www.vareta.gob.ar
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DÉCIMA
TERCERA:
El presente Contrato podrá ser rescindido, sin expresión de causa por LA
MUNICIPALIDAD, en cualquier momento, no generando a favor de EL CONTRATISTA derecho a reclamo alguno, salvo el pago del monto derivado de los trabajos efectivamente realizados y debidamente certificados a satisfacción de LA MUNICIPALIDAD.
Son causales de rescisión la mora
injustificada en el plazo de ejecución, el abandono de la obra manifiesto y certificado unilateralmente
por LA MUNICIPALIDAD,
mediante acta y/o instrumento que permita acreditarlo. La imposibilidad
material, financiera y/o de cualquier otra índole de EL CONTRATISTA, para iniciar, continuar y/o concluir la obra. También son causales de rescisión las previstas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N'83/2025, primer llamado, que las partes expresamente manifiestan conocer
y aceptar todas y cada una de ellas. Para hacer efectiva la rescisión, LA MUNICIPALIDAD
deberá
notificar a EL CONTRATISTA, por medio fehaciente. En el supuesto de abandono LA MUNICIPALIDAD, tendrá derecho a tomar posesión de la obra en forma inmediata, labrando la pertinente acta cuya copia quedará a disposición de EL CONTRATISTA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - DÉCIMA
CUARTA:
Para todos los efectos del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD
constituye
domicilio legal en calle 25 de Mayo de 1810 Nc’ 2725 de este Partido y EL CONTRATISTA con domicilio legal en Avenida General José de San Martin N.'’ 2566, Localidad San Juan Bautista, del Partido de Florencio Varela. Ambas partes se someten de común acuerdo a los Tribunales que por fuero y jurisdicción correspondan a la Municipalidad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- --- --- --- --- ---
En prueba de conformidad se firman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los siete (07) días del mes de noviembre del 2025.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- --- ---
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Florencio Varela Municipalidad
CONTRATO DE LOCACION DE OBRA -----------------------.--- Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N.D 2725 Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor
Intendente Municipal Dr. ANDRES GUILLERMO WATSON, DNI N.'’ 23.152.479, en adelante denominado “Locatario de Obra”, y por la otra la Sra. ALEJANDRA DANIELA ZACARIAZ DNI N'’ 29.106.707, de nacionalidad argentina, Licenciada en Trabajo Social, con Matrícula N.'’ 13.555, con domicilio en calle 25 de Mayo de 1810 N'’ 2.953 del Partido de Florencio Varela, en adelante denominado “Locador de Obra", se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Obra, sujeto a las cláusulas que se enuncian a continuación:
PRIMERA: El presente contrato se realiza en el marco del Decreto de Incompetencia Material Específica registrado bajo el N.'’ 12/25, para intervenir en la realización de talleres, encuestas socio-económicas e informes
sociales, en el marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional, Programa Federal Plurianual de Construcción de Mviendas Reconvertido, Ley de Escrituración N.'’ 10.830 y Loteo Social por Ordenanzas N.'’ 1057/85, 1058/85 y 8.960/16 y Decreto-Ley N'’ 9533/80. –––-–––-–-––--––-–-..----–----–––---–----
SEGUNDA: El “Locador de Obra” por su parte se compromete a alcanzar el resultado material precedentemente enunciado y a entregar mensualmente un informe sobre el avance de su intervención profesional en el desarrollo de las propuestas, obligándose el “Locatario de Obra” a pagar un precio total determinado de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($3.488.800). El citado monto será abonado por el “Locatario de Obra” contra entrega, aprobación y certificación por parte de la Dirección General de Regularización Dominial, en 4 (cuatro) pagos mensuales de PESOS OCI-IOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($872.200). -–--–-------–--––----–-–-––
TERCERA: La presente contratación entrará en vigor a partir del día 01 de Septiembre del año 2025 y finalizará el día 3 1 de Diciembre del año 2025, no creando expectativa de prórroga en beneficio del ''Locador de Obra”
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por el Locatario de Obra sin expresión de causa y tal decisión no generará derecho a reclamo indemnizatorio alguno, debiendo notificarse al ''Locador de Obra” de manera fehaciente, con un plazo de diez (10) días de antelación. --------–------------------.------------–-----–-QUINTA: El “Locador de Obra” deberá justificar dentro de los diez (10) días de percibidos sus respectivos Honorarios (fueran parciales o totales) el cumplimiento de pagos en concepto de aportes a la Caja de Profesionales y a todo Organismo que concuerde con las Normas Vigentes que corresponda tñbutar ya sea en el árnbi to Nacional; Provincial o Municipal. -–--–---––––––--––-------––---–---––––––-––---–--–– SEXTA: La presente contratación observará los recaudos legales previstos en el Art. N.'’ 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades considerando las resoluciones dictadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, del 22-06-95 Art. 3'’ y del 21-06-95 Art. 6'’ (mod. del Art. 161 bis del Reglamento de Contabilidad). Asimismo, para todo aquello que no esté expresamente estipulado, regirán las Normas previstas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de las Municipalidades (con sus modificaciones). ---–-––-SEPTIMA: El gasto que demande la presente contratación será imputado a jurisdicción 1.1.1.01.09.000 – categoría programática 01.02. - fUente financiación
1 . 1.0 tesoro municipal
- objeto del gasto 3.4.9. cuenta Otros
Servicios Técnicos y Profesionales. –-––-–-––--–--––––––-–---––---––––––-––-–-----––-––OCTAVA: El presente no implica relación jurídica laboral de dependencia bajo ningún concepto de forma, por lo que el ''Locatario de Obra”, está exento de cualquier responsabilidad emergente de relación laboral. ––----
REGISTRADO EN EL LIBRO DE cüNTÑATns BAJa
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MUNiCiPALIDAD DE FLORENCiO VARELA 25 de Mayo N'’ 2725 - Fiorencio Vareia - C.P. 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 160i . www.varela.gob.ar
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CONTRATOS
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Ftorencio Varela Municipalidad
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilios legales en los más arriba consignados, donde serán válidas todas las notificaciones que allí se cursen con motivo del presente, y así mismo se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales que por fuero correspondan al “Locatario de Obra”, renunciando a todo otro que pudiera corresponderle. -----------–––---En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Localidad San Juan Bautista, Partido Florencio Varela al primer día del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco (2025). –-––-–-.–--–--–-–––––-––---–––----–-–––––––––––--–-––––––––––––––-–––
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Publicación: 11.-
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CONTRATO DE LOCACION DE OBRA -–--–----–----------Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N.'’ 2725 Localidad San Juan Bautista Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. ANDRES GUILLERMO WATSON, DNI N.' 23.152.479, en adelante denominado “Locatario de Obra”, y por la otra la Sra. LAURA BEATRIZ GOMEZ, DNI N'’ 25.278.079, nacionalidad argentina, Asistente Sociál, con Matrícula N.'’ 10.155, con domicilio en la calle Colombia N.') 3613, Cons. “B”, Depto. 1'’ PB, del Partido Florencio Varela, en adelante denominado '’Locador de Obra", se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Obra, sujeto a las cláusulas que se enuncian a continuación: PRIMERA: El presente contrato se realiza en el marco del Decreto de Incompetencia Material Específica registrado bajo el N.c’ 12/25, para intervenir en la realización de talleres, encuestas socio-económicas e informes sociales. en el marco del Programa Federal de Emergencia IIabitacional, Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas Reconvertido, Ley de Escrituración N.'’ 10.830 y Loteo Sociai por Ordenanzas N.'’ 1057/85, 1058/85 y 8.960/16 y Decreto-Ley N'’ 9533/80. --------–-------------–-'---–------––––– SEGUNDA: El “Locador de Obra” por su parte se compromete a alcanzar el resultado material precedentemente enunciado y a entregar mensualmente un informe sobre el avance de su intervención profesional en el desarrollo de las propuestas, obligándose el “Locatario de Obra” a pagar un precio total determinado de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($3.488.800). El citado monto será abonado por el ''Locatario de Obra” contra entrega, aprobación y certificación por parte de la Dirección General de Regularización Dominial. en 4 (cuatro) pagos mensuales de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($872.200). -–-–-–-–––––––––––---
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TERCERA: La presente Contratación entrará en vigor a partir del día 01 de Septiembre del año 2025 y finalizará el día 3 1 de Diciembre del año 2025, no creando expectativa de prórroga en beneficio del ''Locador de Obra”
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por el Locatario de Obra sin expresión de causa y tal decisión no generará derecho a reclamo indemnizatorio alguno, debiendo notificarse al “Locador de Obra" de manera fehaciente, con un plazo de diez (10) días de antelación. --–---–-–––––––--––––-––––---–--QUINTA: El “Locador de Obra” deberá justificar dentro de los diez (10) días de percibidos sus respectivos Honorarios (fueran parciales o totales) el cumplimiento de pagos en concepto de aportes a la Caja de Profesionales y a todo Organismo que concuerde con las Normas Vigentes que corresponda tributar ya sea en '-+J el ámbito Nacional; Provincial o Municipal. –––---–––––––---–-–––––––––-–––––-–––––--T.\\ SEXTA: La presente contratación obscrvará los recaudos legales previstos en el Art. N.'’ 148 de la Ley ~ J Orgánica de las Municipalidades considerando las resoluciones dictadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, del 22-06-95 Art. 3'’ y del 21-06-95 Art. 6'’ (mod. del Art. 161 bis del Reglamento de Contabilidad). Asimismo, para todo aquello que no esté expresamente estipulado, regirán las Normas previstas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de las Municipalidades (con sus modificaciones). –--------SEPTIMA: El gasto que demande la presente contratación será imputado a jurisdicción 1.1.1.01.09.000 – categoría programática 01.02. - íuente financiación 1.1.0 tesoro municipal - objeto del gasto 3.4.9. cuenta Otros Servicios Técnicos y Profesionales. --–--–--––-–-–-----OCTAVA: El presente no implica relación jurídica laboral de dependencia bajo ningún concepto de forma. por lo que el “Locatario de Obra” 9 est,i exento de cualquier responsabilidad emergente de relación laboral. –-----
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NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato. las partes constituyen domicilios legales en los más arriba consignados, donde serán válidas todas las notificaciones que allí se cursen con motivo del presente, y así mismo se someten a la jurisdicción y competencia de ios Tribunales que por fuero correspondan al “Locatario de Obra”, renunciando a todo otro que pudiera corresponderlc. -----–--–––––-En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Localidad San Juan Bautista, Partido Florencio Varela al primer día del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco (2025). --––---–---–––-–––––––––--––----––––-––--––––––––-–––––-––––––-–-–------
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CONTRATO DE LOCACION DE OBRA --------–---–--––––--
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N.c’ 2725 Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. ANDRES GUILLERMO WAFSC)N, DNI N.' 23.152.479, en adelante denominado “Locatario de Obra”, y por la otra la Lic. VANINA RAQUEL ORTIGOZA DNI N'’ 29.485.345, de nacionalidad argentina, Licenciada en irabajo Social, con Matrícula N.c’ 12.861, con domicilio en calle 1.342 N'’ 1172 del Partido de Florencio Varela, en adelante denominado "I.ocador de Obra", se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Obra, sujeto a las cláusulas que se enuncian a continuación: PRIMERA: El presente contrato se realiza en el marco del Decreto de Incompetencia Material Específica registrado bajo el N.'’ 12/25, para intervenir en la realización de talleres, encuestas socio-económicas e informes sociales, en el marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional, Programa Federal Pluñanua1 de Construcción de Viviendas Reconvertido, Ley de Escrituración N.'’ 10.830 y l.oteo Social por Ordenanzas N.'’ 1057/85, 1058/85 y 8.960/16 y Decreto-Ley N'’ 9533/80. ----------------------------–----------------–--––------SEGUNDA: El “Locador de Obra” por su parte se compromete a alcanzar el resultado material precedentemente enunciado y a entregar mensualmente un informe sobre el avance de su intervención profesional en el desarrollo de las propuestas, obiigándose el “Locatario de Obra” a pagar un precio total determinado de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($3.488.800). El citado monto será abonado por el “Locatario de Obra” contra entrega, aprobación y certificación por parte de la Dirección General de Regularización Dominial, en 4 (cuatro) pagos mensuales de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($872.200). ------------------------------------
TERCERA: La presente cóntratación entrará en vigor a partir del día 01 de Septiembre del año 2025 y finalizará el día 3 1 de Diciembre del año 2025, no creando expectativa de prórroga en beneficio del “Locador de Obra”. ------–-–--––-–----––-–----––-–-–--–-–--––––-––––---––-––-----–--–-----–--CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por el Locatario de Obra sin expresión de causa y tal decisión no generará derecho a reclamo indemnizatorio alguno, debiendo noüficarse al “Locador de Obra” de manera fehaciente, con un plazo de diez (10) días de antelación. -----–---–--–---–-––---–––------------------QUINTA: El “Locador de Obra” deberá justificar dentro de los diez (10) días de percibidos sus respectivos Honorarios (fueran parciales o totales) el cumplimiento de pagos en concepto de aportes a la Caja de Profesionales y a todo Organismo que concuerde con las Normas Vigentes que corresponda tributar ya sea en el ámbito Nacional; Provincial o Municipal. -––-–-–----–-–----–––––-––----–----–--–---–------–-–--–--SEXTA: La presente contratación obscrvará los recaudos legales previstos en el Art. N.'’ 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades considerando las resoluciones dictadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, del 22-06-95 Art. 3'’ y del 21-06-95 Art. 6'’ (mod. del Art. 161 bis del Reglamento de Contabilidad). Asimismo, para todo aquello que no esté expresamente estipulado, regirán las Normas previstas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de las Municipalidades (con sus modificaciones). --––---–SEPTIMA: El gasto que demande la presente contratación será imputado a jurisdicción 1.1.1.01.09.000 – categoría prc)gramática 01.02. - fuente financiación
1, 1.0 tesoro municipal
- objeto del gasto 3.4.9. cuenta Otros
Servicios Técnicos y Profesionales. -–-------–-––------–-––-–---–------–--–-–-–-–-––––--–---–-––––OCTAVA: El presente no implica relación jurídica laboral de dependencia bajo ningún concepto de forma, por lo que el “Locatario de Obra”. está exento de cualquier responsabilidad emergente de relación laboral. ------–
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NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato. las partes constituyen domicilios legales en los más arriba consignados, donde serán válidas todas las notificaciones que allí se cursen con motivo del presente, y así mismo se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales que por fuero correspondan al ''Locatario de Obra”, renunciando a todo otro que pudiera corresponderle. -–--–-–––––-En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Localidad San Juan Bautista, Partido Florencio Varela al primer día del mes de Septiembre del año dos mil veinticinco
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MUNICIPALIDAD DE FLORENCiO VARELA
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DIRECCIÓN GENERALDE REGiSTROY IEGiSIACIÓN
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Florencio Varela Municipalidad
MUNiCIPALIDAD DE FLOREHCiO VARELA CONVENIO DE RESCISIÓN DE CONTRATO GENERAL NO 168/23
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N') 2725 de la Localidad de San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este
acto por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Andrés Guiltermo Watson, DNI N'’ 23.152.479, en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte y la Empresa Constructora KAVOS S.A., representada en este acto por la Señora María Cecilia García Ripa, D.N.l. No20.665.679, en su carácter de presidente, con domicilio legal en calle Yapeyu N'1474,
localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, provincia de Buenos Aires, en adelante denominado “EL CONTRATISTA” por la otra; convienen en celebrar el presente Acta de Rescisión:
Que, con fecha 20 de abril de 2023, se recibió la no objeción de financiamiento por parte del ex Ministerio de Obras Públicas de la Nación (actual Ministerio de Economía de la Nación);
Que, con fecha 27 de abril del año 2023 se celebró el Contrato General registrado en el
libro de Contratos bajo el N'’ 168/23, con el objeto de la realización por parte de EL CONTRATISTA de la ,bra “CONSTRUCCIÓN DE ESCUELA TÉCNICA PROFESIONAL”, en
calle 550- Concejal Amador Villaabrille entre Calle 531 y Calle 531 A, en el Barrio San Jorge del Partido de Florencio Varela! conforme a las previsiones obrantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N' 52/2022, primer llamado;
Que, con fecha 22 de mayo de 2023 se firmó el Acta de Replanteo de obra entre la Empresa y la Inspección Municipal por parte de la Subsecretaría de Arquitectura; <
Que, con fecha 01 de junio de 2023 se firmó Acta de Paralización de Obra entre la Municipalidad y la Empresa KAVOS S.A., debido a que el Ministerio No comenzó con el circuito administrativo de desembolso de Anticipo Financiero;
Que, con fecha 01 de agosto de 2023 se firmó Acta de Reinicio de Obra entre la lunic.ipalidad y la Empresa KAVOS S. A., siendo que el municipio de Florencio Varela afronto pago del Anticipo Financiero;
25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (M 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Municipalidad
Que, con fecha 07 de septiembre de 2023 se hizo efectivo el desembolso en concepto de Anticipo Financiero por parte del Ministerio de obras Públicas de la Nación por la suma de
pesos Ciento cuarenta y nueve millones cuatrocientos setenta y un mil doscientos dieciséis con setenta y nueve centavos ($ 149.471.216,79) (15%) del monto de obra readecuado. El cual se considera como ayuda financiera para el normal desarrollo del contrato general;
Que, con fecha 13 de septiembre de 2023 se suscribió la Adenda de Contrato
General N' 168/23 entre la Municipalidad y la Empresa KAVOS S.A., registrado en el libro de contratos bajo el No450/23 en el marco de la Licitación Pública N'52/2022 primer llamado, la misma se procedió a la adecuación mediante la aplicación del mecanismo de reconocimiento de variación de precios, tomando como referencia el mes de diciembre de 2022, con un nuevo
monto de obra que asciende a pesos NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 996.474.778,57);
Que, con fecha 21 de noviembre de 2023, se hizo efectivo el desembolso del certificado de obra N'1 la suma de pesos veinticinco millones novecientos treinta y cinco mil
quinientos cincuenta y cinco con trece centavos ($ 25.935.555,13), el cual fue actualizado según el procedimiento de readecuación de precios a través de la aplicación de una estructura de ponderación al mes de 06/2023;
Que, la Empresa ha presentado certificado de obra N'2 (mes septiembre 2023), N'3 (mes octubre 2023), N'4 (mes noviembre 2023), y N'5 (mes diciembre 2023), con sus adecuaciones según el procedimiento de readecuación de precios a través de la estructura de ponderación. Todos ellos subidos a la plataforma SGO del ex Ministerio de Obras Públicas de á’Nación (actual Ministerio de Economía de la Nación), los cuales fueron pagados con fondos
propios del Municipio por un monto total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL SETENTA CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 89.320.070,78);
Que, hasta el día de la fecha no hubo ingreso de desembolso por parte del Ministerio Economía de la Nación;
REGiSTRADaEN EL LiBRO DE CBNTRATOS BAJO Ng....?lé\2} DIRECCióN GENERALDE REGiSTROY LÍGiSLAC:ON
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Florencio Varela Municipalidad
Que, la obra se encuentra actualmente neutralizada debido a la imposibilidad del Municipio de afrontar las erogaciones correspondientes al pago de la obra convenida;
Que, con fecha 31 de julio de 2024, se intima al Ministerio de Economía de la Nación mediante Carta Documento CD- 312789748- AR (fs 1827), a fin de percibir los desembolsos efectuados;
Que, debido al silencio guardado por el Ministerio de Economía de la Nación, con fecha
21 de enero de 2025, en referencia al reclamo efectuado mediante CD-312789748- AR, se envía con carácter de pronto despacho (artículo 10 de la ley N'19.549), Carta Documento CD-
307242279- AR (fs 1836), y
ello bajo apercibimiento de dar lugar a la baja formal del
expediente referido y al inicio de acciones legales tendientes al recupero de las sumas abonadas por este Municipio más sus intereses y costas;
Que, ante esta nueva intimación, el Ministerio de Economía mantiene su silencio y falta
de acción;
Que. a fs 1828 y fs 1837 luce agregado el acuse de recibido de las Cartas Documentos CD-312789748- AR y CD-307242279- AR en cuestión, por lo que el plazo otorgado en dicha misiva por este Municipio al Ministerio de Economía de la Nación se encuentra vencido;
Que, sin peñuicio de lo expuesto, se deja constancia de la imperiosa necesidad de percibir los desembolsos pendientes mencionados anteriormente por parte del Ministerio de Economía de la Nación con más los intereses que correspondan hasta su efectivo pago; Que1 ante la situación planteada es de aplicación lo previsto en el punto 2.16.1 de las
~ )
Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones, de la Licitación Pública N' 52/2022, primer llamado;
Por lo tanto1 las partes convienen celebrar de mutuo acuerdo el presente Convenio de :escisión del Contrato General Na 168/23, conforme a las siguientes clausulas: REGISTRA9ü EN EL LiBRO DE GDNTRATns BAJO Ng.... g.lglg
g -
DiRECCiÓN GENERAL DE RESiSTRn Y LEGiSLACiÓN
25d,M,y,,v;Yülq¿F,aIJP,¿B-pgl&&gi3vg;;fl$uYíbsFjiL’4 Tel.: (54 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
PRIMERA: Las partes acuerdan rescindir, a partir del
presente, el Contrato General
======== registrado en el Libro de Contratos bajo el N'168/23 de la obra “Construcción de Escuela Técnica Profesional” Licitación Pública N'52/2022, primer llamado, orden de compra N'’786/2023, adjudicada a la empresa Kavos S.A.---
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD otorgó a LA CONTRATISTA un anticipo financiero por un ========= importe de pesos ciento cincuenta millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos treinta y cuatro con noventa y cuatro centavos ($150.422.634,94) TERCERA: LA MUNICIPALIDAD procedió a descontar en concepto de devolución de anticipo
========= financiero de los certificados emitidos la suma de pesos catorce millones cuatrocientos cinco mil trescientos sesenta y siete con veinticinco centavos ($14.405.367,25). CUARTA:
LA CONTRATISTA presentó documentación inherente a la Readecuación
========= de Precios correspondiente a los Certificados N'’ 2, N'’3, N'’ 4 y N'’5, por un monto total de pesos treinta y dos millones trescientos noventa y dos mil quinientos treinta y siete con sesenta y nueve centavos ($32.392.537,69).
QUINTA: LA CONTRATISTA reconoce a favor de la MUNICIPALIDAD, una suma única =========que asciende al monto de pesos ciento tres millones seiscientos veinticuatro mil setecientos treinta con cero centavos ( $103.624.730,00), la cual surge del pago de anticipo financiero deducido los certificados cobrados y la readecuación de precios adeudada, dicho monto se reintegrara con la ejecución de los rubros 4.2 -vigas de fundación y 4.3- columnas de hormigón armado actualizados al mes de junio del 2025, conforme certificado de obra N'6 SEXTA: LA MUNICIPALIDAD libera a EL CONTRATISTA de ejecutar los trabajos =========restantes, y EL CONTRATISTA a su vez, hace expresa renuncia a cualquier tipo
de reclamo formulado con anterioridad a la fecha del presente Convenio de Rescisión, como así también, al inicio de reclamos y/o acciones administrativas y/o judiciales fundadas en el contrato rescindido. SEPDM A: En el caso de incumplimiento por cualquiera de las partes de lo pactado en este
==========Convenio de Rescisión, se someten de común acuerdo a la competencia de los
tribunales que por fuero y jurisdicción corresponde a LA MUNICIPALIDAD, renunciando a cualquier otro que pudiera corresponder, debiendo formularse todas las notificaciones en los domicilios indicados en el encabezamiento, bajo pena de nulidad.
REGISTRADOEN EL lIRRn DE cnNTRAins EA,io Ng.....?291,}} DiRECCiÓN GENERAL DE REntSTRíi YLEGiSLAC18N -
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MUNiCIPALIDAD DE FLOREItC;iO VARELA 25 de Mayo n' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
CONTRATOS
BOM N° 11
Florencio Varela Municipalidad
OCTAVA: El presente Convenio será refrendado por el Señor Secretario de Obras, ============ Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y la Señora Secretaria de Hacienda.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto al primer día del mes de Agosto del 2025. 6086[CRt
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25 de Mayo n'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (YI 1 1) 4237 1601 - www.varela.gobar
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BOM N° 11
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MUNicipALiDAD DE Fi_C)RENeiO VARELA CONTRATO DE LOCACION DE OBRA
Entre la Municipalidad de Florencio Varela, con domicilio en la calle 25 de Mayo de 1810 N' 2725 Localidad San Juan Bautista, Partido de Florencio Varela, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Dr. ANDRES GUILLERMO WATSON, DNI N.' 23.152.479, en adelante denominado “Locatario de Obra", y por la otra el Señor Licenciado IRURZUN ADRIAN HORACIO, DNI N' 18.518.029, de nacionalidad argentino, con domicilio en calle 1288 N' 806, partido de Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado "Locador de Obra", convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Obra, sujeto a las cláusulas que se anuncian a continuación: PRIMERA: El presente contrato se realiza en el marco del Decreto de Incompetencia Material Específica registrado bajo el N2 386/25 para intervenir en cuestiones vinculadas a la elaboración
de informes meteorológicos, a la producción de avisos, pronósticos y alarmas, y al mantenimiento preventivo y correctivo del instrumental hidrometeorológico, para la aplicación de estrategias de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático en Florencio VarelaSEGUNDA: El “Locador'’ por su parte se compromete a alcanzar el resultado precedentemente
enunciado y a entregar mensualmente un informe sobre el avance de su intervención profesional en el desarrollo de las propuestas, obligándose el “Locatario de Obra" a pagar un precio total determinado
de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS
CUARENTA.($ 6.914.640),
en 3 (tres) pagos mensuales
de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS
CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 2.304.880).------------------------------------------------------TERCERA: La presente contratación entrará en vigor a partir del día 01 de octubre del año 2025
y finalizará el día 31 de diciembre del año 2025, no creando expectativa de prórroga en beneficio del “Locador de c)bra” . ---–-–-–--––---––––––––––––––––––––––––––––--
CUARTA: El presente contrato podrá ser rescindido por el “Locatario de Obra” sin expresión de causa y tal decisión no generará derecho a reclamo indemnizatorio alguno, debiendo notificarse al "Locador” de manera fehaciente, con un plazo de diez (10) días de antelación. ----––––––-–
QUINTA: El “Locador de Obra” deberá justificar dentro de los diez (IO) días de percibidos sus respectivos Honorarios (fueran parciales o totales) el cumplimiento de pagos en concepto de aportes a la Caja de Profesionales y a todo Organismo que concuerda con las Normas Vigentes que corresponda tributar ya sea en el ámbito Nacional; Provincial o Municipal. –---––––––––SEXTA: La presente contratación observará los recaudos legales previstos en el Art. N.' 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades considerando las resoluciones dictadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, del 22-06-95 Art. 5' y del 21-06-95 Art. 69 (mod. del Art. 161 bis del / 7Reglamento
de Contabilidad). Asimismo, para todo aquello que no esté expresamente regirán las Normas previstas en el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de las Municipalidades (con sus modificaciones). –––––––––––––––––––-SEPTIMA: El gasto que demande la presente contratación será imputado a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000 categoría programática 35.01 – fuente de financiación 1.1.0 tesoro municipal objeto del gasto 3.4.9 cuenta Otros Servicios Técnicos y Profesionales. ––––––––––––––=--
1
25 de Mayo de 1810 Ng 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipa!;dad
OCTAVA: El presente no implica relación jurídica laboral de dependencia bajo ningún concepto
de forma, por lo que el “Locatario Obra", está exento de cualquier responsabilidad emergente de relación laboral. -–-–––––––––––––––-------–-––––––––––––––––-–--–––-––––––
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilios legales en los más arriba consignados, donde serán válidas todas las notificaciones que allí se cursen con motivo del presente. Asimismo, se someten a la jurisdicción
y competencia de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Quilmes, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle. -----––––––En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto
en la localidad San Juan Bautista, partido de Florencio Varela a los 30 (treinta) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025). ––-–--–––––––––––––-––-––––––––––-
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REGISTRADO ENEL tIg110 DiRECCiÓN RE:ii::1.1
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Dr. And& -G.i tntefld
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25 de Mayo de 1810 Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411) 4237-1601 - www.varela.gov.ar
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RESOLUCIONES
BOM N° 11
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at&th Florencio Vare ta h\unicipüiiddcl
FLORENCIO VARELA,
03 NOV 2025
VISTO :
La nota elevada por la agente municipal VERDUN ELiZABFTH ESTHER, quien se desempeña como Técnico –Clase I– por 42 , 00 horas semanales , en el Departamento de Producciones Teatrales , de la Subsecretaría de Cultura , dependiente de la Secretaría de Cultura / Deportes y Recreación, por la cual solicita se le conceda Licencia por Matrimonio por el término de 15 (quince ) días ; y CONS I DERANDO :
Que lo solicitado
se halla encuadrado dentro de los términos
del Artículo 47 '’ del -'Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela”, (Ord . 9533 ) ; Que se puede hacer lugar a lo solicitado
;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; RESUELVE: ARTÍCULO l'’.–Concéclase –
– –
– –
– –
–Nc’
a la agente municipal
3108 ,
Licencia
por
VERDUN ELIZABETH ESTHER, Leg .
Matrimonio,
por
el
término
de
15
(quince ) días , desde el 05 hasta el 19 de noviembre de 2025 , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 '’ del "Estatuto Municipal para los
Trabajadores de la Municipalidad
rendada por el Secretario de–
ARTÍCULO 2' üytccljqaliRU 02 fl 31 ir ys9g. herarrro
de Florencio Varela'’ , (Ord . 9533 ) . – – –
-Gobierno
1111 .– 25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipalidad
1
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ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Cultura, Deportes y – – – – – – – – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ') . –Regístrese,
comuníquese, y cumplimentado que sea, – – – – –
ARCHIVESE
RESOLUCiÓN
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Dono/l31d1 D/l lel A
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Municipalid/0 de FdNVarela
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires
Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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üt¿tü Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
03 NOV208
VISTO :
La nota
elevada
por
el
agente
municipal
VALLE,JO SEBASTiAN,
quien se desempeña como Director General, en la Dirección General de Planta As fáltica , dependiente de la Secretaría de Obras , Servicios Públicos , Ambiente y Planificación Urbana, por la cual solicita se le conceda Licencia por Matrimonio por el término de 15 (quince) días ; y CONS I DERANDO :
Que lo solicitado
se halla encuadrado dentro de los términos del Artículo 47 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela”, (C)rd . 9533 ) ; Que se puede hacer lugar a lo solicitado
;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; RESUELVE: ARTÍCULO l'’.–Concédase al agente municipal
VALLEJO SEBASTIAN, Leg . N'’ – –
– – – – – – –5076, Licencia por Matrimonio, por el término de 15 (quince días , desde el 07 hasta el 21 de noviembre de 2025 , de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 '’ de 1 " Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" , (C)rd . 9533 ) . – – – )
ARTÍCULO 2' ÜtEiCC: 61
UltRhl
-La presente resolución Gobierno
será refrendada por el Secretario de–
B! ?[33l1 1 :i!. :3pItal
2-8-1-25-
/ 111 .-
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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11112.–
Secretaría de Obras , Servicios – – –Públicos , Ambiente y Planificación Urbana, ia Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
ARTÍCULO 4 ') . –Regístrese, –ARCHIVESE
RESOLUCIÓN
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comuníquese, y cumplimentado que sea, .–
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIOVARELA, O 5 NO}/2025 VISTO: El Expediente Administrativo Municipal ND4037-2571-E-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la precitada pieza administrativa, la Empresa EDESUR S.A. solicita autorización para realizar según Orden 4166516, un nuevo suministro T1 – Tendido de LABT para alimentación del cliente “OLIVERA JOSE PAULO” = Av. El Descanso N')220 – La Capilla – Florencio Varela Que, habiendo cumplimentado la Empresa de marras con la presentación de la documentación solicitada (fs.2 a 6) en orden de los distintos recaudos técnicos, se pronunció la Secretaria de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, sin objeciones que formular al respecto; Que, a fs.6 la Empresa acreditó plano del proyecto de obra visado por la Dirección de Catastro Parcelario, indicando a fs.13 pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.17 la DirecQión General de Pavimentos e Hidráulica, informa que los trabajos a ejecutarse no afectan obras de pavimentos y/o desagües pluviales pertenecientes a esa área; Que, a fs. 21 la Dirección General de Alumbrado y Semáforos informa que en la zona de los trabajos a realizar no afectan canalizaciones subterráneas de alumbrado público, ni de semáforos, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.26 la Subdirección de Redes Informáticas informa que, la obra a realizar no afecta instalaciones subterráneas de fibra óptica propiedad del municipio, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, en tal sentido, resulta procedente el dictado del pertinente acto administrativo de autorización, estableciendo los recaudos y/o requisitos al que se sujeta el mismo; Que, de fs. 31 a 35 se adjuntan copias de la Resolución ENRE 597/10 y de los Lineamientos Generales del Programa de Prevención de daños de Metrogas a los efectos de tomar conocimiento y proceder a su implementación para el resguardo de la seguridad pública; Que, la Ordenanza No3808/98 promulgada por Decreto N'’2187/98 establece que las autorizaciones asumirán la forma de Resolución emanada por la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana de la Municipalidad de Florencio Varela; Por ello, el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana en uso de las atribuciones propias a su cargo: RESUELVE
ARTICULO la: Autorizase a la Empresa EDESUR S.A. con domicilio en Avenida General José de San Martín N'876 -RP N'’53- del Partido Florencio Varela, a realizar según Plano N' V250501: Colocación de 7 columnas de H'A' de BT, para retención y suspensión de la nueva línea de BT y, sobre vereda sudoeste de la Av. El Descanso entre calle 1648 y calle 506, hasta punto de toma primario del cliente (Av. El Descanso N'’220). Se alimentará al cliente con un tendido de 160m de conductor concéntrico de 3x16/6mm2 de BT, desde LABT preensamblada 3x50/50mm2 Al existente, proveniente del CT existente 26363 (25kVA), ubicado sobre la Av. Ingeniero Allan entre calle 1647 y Av. El Descanso. ---––-----––––––––-––––---–--ARTICULO 2'’: En aquellos casos en que la infraestructura a instalar afecte Rutas Provinciales y/o Nacionales, en la que existan restricciones al dominio, la Empresa deberá gestionar la autorización correspondiente para ejecutar dichos trabajos ante las reparticiones pertinentes. La Empresa es la única responsable del deslinde entre el bien privado y el público. -------ARTICULO 3: En ningún caso la Empresa removerá luminarias de alumbrado público existentes sin autorización del municipio y en todos los casos deberá proceder a su reinstalación. En caso de tener que reubicar o cambiar la postación de la empresa EDESUR S.A donde existan luminarias, las mismas deberán ser reubic.,adas respetando la posición original en la longitud de la cuadra. ----------–---––––––-–--––------ARTICULO 4'’: Las instalaciones deberán ser ejecutadas respetando las distancias de seguridad en un todo 1, REGLAMENTACIÓN DE LINEAS AÉREAS EXTERIORES DE MEDIA, ALTA Y BAJA TENSIÓN DE LA ASOCIACIÓN ELECTROTÉCNtCA ARGENTINA. Asimismo, deberá cumplimentar to declarado en Resolución ENRE 597/10
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO 5'’: Todos los trabajos citados anteriormente deberán ejecutarse con la presencia y/o autorización previa de la Inspección Municipal, debiendo la Empresa comunicar a la Municipalidad (Dirección General de Infraestructura Energética) con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación la iniciación de los trabajos, previa entrega del Libro de Órdenes de Servicio conforme a la normativa vigente, caso contrario será pasible de una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del presupuesto de la presente; debiendo comunicar además la fecha de terminación de las mismas para lo cual, al inicio y terminación de la obra, la Empresa EDESUR S.A deberá disponer de movilidad para realizar inspección en conjunto. –----ARTICULO 6a: La Empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art.10, Anexo II de la Ord. Municipal N')3808/98 referente a tomar medidas de seguridad de señalización, colocación de defensas, vallas, anuncios y dispositivos, luces, carteles e indicación del tipo de obra y empresa, de acuerdo a las exigencias del Municipio. El no cumplimiento de estas disposiciones hará pasible a la Contratista y a su Representante Técnico, de las multas fijadas a tal fin y a la paralización de obra en forma inmediata. -----–ARTICULO IQ-. Las reparaciones de veredas, calzadas y obras de infraestructura existentes que fueran afectadas por los trabajos que se refieren en el Art.I' son por cuenta y riesgo de la Empresa EDESUR S.A comp a$í también la remociÓn de la infrqestructura de la prestataria que hubiere sido mpI empla4ada. ––-ARTÍCULO 8'>: La Empresa deberá presentar Póliza de Seguro de Caución y conservación la que deberá cubrir los montos que surjan de la liquidación que la dependencia Municipal autorizada determine. Cabe mencionar que el periodo de garantía es de 180 días corridos, contados a partir de la presentación del plano conforme a obra y rubricada por la Prestadora Edesur S.A.---------------------------------------------------------------ARTICULO 9'’: Dado el tipo de Obra a ejecutar y que pudiera afectar instalaciones existentes la Empresa deberá recabar información ante las Autoridades de CLARO S.A., TELMEX S.A., TELECOM ARGENTINA S.A., TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., METROTEL, TELECENTRO, METROGAS S.A. y AySA S.A., con sus respectivos comprobantes, y realizar los cateos y exploraciones pertinentes a fin de no dañar instalaciones no declaradas, quedando bajo su exclusiva responsabilidad las cuestiones que pudieran suscitarse por daños y/o riesgos eléctricos a dichas instalaciones.-----------------------------------------------------ARTICULO 10'’: La Empresa designada deberá presentar el Contrato de Locación de Servicios Profesionales de Ingeniería (Delegación Local) en cumplimento a lo establecido en la Normativa Provincial en el Art.3'3 del Decreto Nc’784/71 reglamentado por el Decreto N'l4123/72 Leyes Números 4048, 5140 y 12490, respectivamente. ––-–––-–---–––-––----–--–--–-––––--–-––––––––––––-––––––--–---------ARTICULO ll'’: La Empresa deberá abonar las tasas correspondientes al uso de Espacio Público establecido en la Ord. Fiscal e Impositiva vigente N'’ 10.754/24 - TITULO X, cuya liquidación deberá ser abonada antes de notificarse del presente. -––-–––––––-––––---–-–------–---–-----––––––-ARTICULO 12: Para la ejecución de los trabajos se otorgará un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de designación por parte de EDESUR S.A del inspector de Obra. ––-––=–-=,----=-=--–--ARTICULO 13'’: La Empresa deberá presentar Plano Conforme a Obra refrendado por el profesional técnico responsable al momento de solicitar la Recepción Provisoria y/o liberación de fondos de garantías de los trabaios. -–----––––-ARTÍCULO 14'’: Tomen intervención la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y la Dirección General de Infraestructura Energética, quien notificará y controlará la presente Resolución. ----–-–-–––––-–-–-–-–---––––-––----–-–-–--–----––––––––--––--––---–––--–––––––––ARTICULO 15'’: Regístrese, Comuníquese y, Cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. -––––-RESOL
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25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tet.: (54 I1) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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FLORENCIO VARELA,
O 5 NOV 2025
VISTO:
El Expediente Administrativo Municipal N'’4037-2570-E-2025, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la precitada pieza administrativa, la Empresa EDESUR S.A. solicita autorización para realizar según Orden 4166#17, un nuevo suministro “TI - Tendido de LABT para alimentación del cliente ROLY JUAN BAUTISTA GARCIA - Calle 1455 N') 4307 = La Capilla - Florencia Varela Que, habiendo cumplimentado la Empresa de marras con la presentación de la documentación solicitada (fs.2 a 6) en orden de los distintos recaudos técnicos, se pronunció la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, sin objeciones que formular al respecto; Que, a fs.6 la Empresa acreditó plano del proyecto de obra visado por la Dirección de Catastro Parcelario, indicandQ a fs.13 pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.17 la Dirección General de Pavimentos e Hidráulica, informa que los trabajos a ejecutarse no afectan obras de pavimentos y/o desagües pluviales pertenecientes a esa área Que, a fs.21 la Dirección General de Alumbrado y Semáforos informa que en la zona de los trabajos a realizar no afectan canalizaciones subterráneas de alumbrado público, ni de semáforos, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.26 la Subdirección de Redes Informáticas informa que, la obra a realizar no afecta instalaciones subterráneas de fibra óptica propiedad del municipio, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, en tal sentido, resulta procedente el dictado del pertinente acto administrativo de autorización, estableciendo los recaudos y/o requisitos al que se sujeta el mismo; Que, de fs. 31 a 35 se adjuntan copias de la Resolución ENRE 597/10 y de los Lineamientos Generales del Programa de Prevención de daños de Metrogas a los efectos de tomar conocimiento y proceder a su implementación para el resguardo de la seguridad pública; Que, la Ordenanza N'’3808/98 promulgada por Decreto N'’2187/98 establece que las autorizaciones asumirán la forma de Resolución emanada por la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana de la Municipalidad de Florencio Varela; Por ello, el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana en uso de las atribuciones propias a su cargo
RESUELVE
ARTICULO 1'’: Autorizase a la Empresa EDESUR S.A. con domicilio en Avenida General José de San Martín N'876 -RP N')53- del Partido Florencio Varela, a realizar según Plano N' V250498: Colocación de 5 columnas de H'’A'’ de BT, para retención y suspensión de la nueva línea de BT y tendido de 150m de conductor concéntrico de 3x16/16mm2 de BT, desde Plataforma monoposte 26874 (100 kVA), ubicada sobre vereda sudeste de la calle 1486 entre Av. Eva Perón y calle 1455, hasta punto de toma primario del cliente (Calle 1455 N'43C)7 el calle 1484 y calle 1486).- --–--–-–––––-––-----–-–––––––––-––---------–ARTICULO 2: En ningún caso la Empresa removerá luminarias de alumbrado público existentes sin ión del municipio y en todos los casos deberá proceder a su reinstalación. En caso de tener que reubicar o cambiar la postación de la empresa EDESUR S.A donde existan luminarias, las mismas deberán ser reuk}icadas respetando la posición original en la longitud de la cu9dra. –--–––--ARTICULO 3a: Las instalaciones deberán ser ejecutadas respetando las distancias de seguridad en un todo M111118la la REGUMENTACIÓN DE LINEAS AÉREAS EXTERIORES DE MEDIA, ALTA Y BAJA TENSIÓN DE U\ ASOCIACIÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA. Asimismo, deberá cumplimentar la declarado en Resolución ENRE 597/1 0. ---––-–––––-––---––––––-–---–--–––––-–--–-––––-––-------ARTiCULO 4': Todos los trabajos citados anteriormente deberán ejecutarse con la presencia y/o e via de la Inspección Municipal, debiendo la Empresa comunicar a la Municipalidad (Dirección General de Infraestructura Energética) con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación la iniciación de los trabajos, previa entrega del Libro de Órdenes de Servicio conforme a la normativa vigente, caso contrario
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Florencio Varela ..presente debiendo comunicar además la fecha de terminación de las mismas para lo cuMr9icbWV1 terminación de la obra, la Empresa EDESUR S.A deberá disponer de movilidad para realizar inspección en coniunto ARTICULO 5'’: La Empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art.10, Anexo II de la Ord. Municipal N'’3808/98 referente a tomar medidas de seguridad de señalización, colocación de defensas, vallas, anuncios y dispositivos, luces, carteles e indicación del tipo de obra y empresa, de acuerdo a las exigencias del Municipio. El no cumplimiento de estas disposiciones hará pasible a la Contratista y a su Representante Técnico, de las multas fijadas a tal fin y a la paralización de obra en forma inmediata. -------ARTICULO 6'’: Las reparaciones de veredas, calzadas y obras de infraestructura existentes que fueran afectadas por los trabajos que se refieren en el Art.I' son por cuenta y riesgo de la Empresa EDESUR S.A. , como así también la remoción de la infraestructura de la prestataria que hubiere sido mal emplazada. -----ARTÍCULO 7'’: La Empresa deberá presentar Póliza de Seguro de Caución y conservación la que deberá ÚÚrir los montos que surjan de la liquidación que la dependencia Municipal autorizada determine. Cabe mencionar que el periodo de garantía es de 180 días corridos, contados a partir de la presentación del plano conforme a Qbra y rubricada por la Prestador$ Ede$ur $. A.---------------------------------------------------------------ARTICULO 8'’: Dado el tipo de Obra a ejecutar y que pudiera afectar instalaciones existentes la Empresa deberá recabar información ante las Autoridades de CLARO S.A., TELMEX S.A., TELECOM ARGENTINA S.A., TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., METROTEL, TELECENTRO, METROGAS S.A. y AySA S.A., con sus respectivos comprobantes, y realizar los cateos y exploraciones pertinentes a fin de no dañar instalaciones no declaradas, quedando bajo su exclusiva responsabilidad las cuestiones que pudieran suscitarse por daños y/o riesgos eléctricos a dichas instalaciones.----------ARTICULO 9'’: La Empresa designada deberá presentar el Contrato de Locación de Servicios Profesionales Mliéría (Delegación Local) en cumplimento a lo establecido en la Normativa Provincial en el Art.3') del Decreto N'784/71 reglamentado por el Decreto N'’4123/72 Leyes Números 4048, 5140 y 12490 respectivamente. ---–--------––––––--ARTICULO 10': La Empresa deberá abonar las tasas correspondientes al uso de Espacio Público Mecido en la Ord. Fiscal e Impositiva vigente NC) 10.754/24 - TITULO X, cuya liquidación deberá ser abonáda antes de notificarse det presente. ----–––––––––-------–--–––--––--------–––––––––--–-----–– ARTICULO 11a: Para la ejecución de los trabajos se otorgará un plazo de treinta (30) días corridos contados á partir de la fecha de designación por parte de EDESUR S. A del inspector de Obra. -------–––––––---–--ARTiCULO 12': La Empresa deberá presentar Plano Conforme a Obra refrendado por el profesional técnico Msable al momento de solicitar la Recepción Provisoria y/o liberación de fondos de garantías de los 111.
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traE)ajos. ––--–---––-–––---––––––-–––---–––––---------–––––----–--–––––--–--–--––––––––---–-–-
ARTiCULO 13': Tomen intervención la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación m9la Dirección General de Infraestructura Energética, quien notificará y controlará la presente Flesolución. ------––-––-------–––––--––––––------–––--–––––----–––--–-------–––-–––----––--–-––ARTICULO 14'’: Regístrese, Comuníquese y, Cumplimentado que sea, ARCHiVESE.
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FLORENCIO VARELA, 05
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VISTO: El Expediente Administrativo Municipal Na4037-2438-E-2025,y; CONSIDERANDO: Que, mediante la precitada pieza administrativa, la Empresa EDESUR S. A. solicita autorización para realizar un Nuevo suministro T1 (Agrupado) – Tendido de CUSMT para alimentación del cliente “NEGRO NICOLAS RICARDO” - Calle 92rVélez Sarsfield N'160, del barrio Centro - según Orden 4162339 Que, habiendo cumplimentado la Empresa de marras con la presentación de la documentación solicitada (fs.2 a 6) en orden de los distintos recaudos técnicos, se pronunció la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, sin objeciones que formular al respecto; Que, a fs.6 la Empresa acreditó plano del proyecto de obra visado por la Dirección de Catastro Percelario, indicando a fs.13 pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.17 la Dirección General de Pavimentos e Hidráulica, informa que los trabajos a ejecutarse afectan obras de pavimentación que constan en sus registros, como así también se deberán realizar cateos, dado que en la zona de trabajo existen conductos de desagües pluviales, por lo que se adjuntan de fs.18 a 21 plano de conducto de desagüe pluvial existente y memoria descriptiva de Modalidad de Trabajo a adoptar, para la ejecución de toda obra de instalaciones subterráneas, de lo cual se debe notificar a la Empresa previo al comienzo de los trabajos; Que, a fs.25 la Dirección General de Alumbrado y Semáforos informa que en la zona de los trabajos a realizar no afectan canalizaciones subterráneas de alumbrado público, ni de semáforos, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.30 la Subdirección de Redes Informáticas informa que, la obra a realizar no afecta instalaciones subterráneas de fibra óptica propiedad del municipio, indicando pautas inherentes a esa dependencia;
Que, en tal sentido, resulta procedente el dictado del pertinente acto administrativo de autorización, estableciendo los recaudos y/o requisitos al que se sujeta el mismo; Que, de (fs. 35 a 39) se adjuntan copias de la Resolución ENRE 597/10 y de los Lineamientos Generales del Programa de Prevención de daños de Metrogas a los efectos de tomar conocimiento y proceder a su implementación para el resguardo de la seguridad pública; Que, la Ordenanza N'’3808/98 promulgada por Decreto N'’2187/98 establece que las autorizaciones asumirán la forma de Resolución emanada por la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana de la Municipalidad de Florencio Varela; Por ello, el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana en uso de las atribuciones propias a su cargo: RESUELVE
ARTICULO la: Autorízase a la Empresa EDESUR S.A. con domicilio en Avenida General José de San Martín N'’876 -RP N')53- del Partido Florencio Varela, según Plano N'V-240354: A proceder al corte del CUSMT proveniente de Alimentador 183-27 y ejecución de dos empalmes rectos de M. T., sobre vereda sur de la calle 92-Vélez Sarsfield esquina calle 55-Pedro Bourel. Se realizará tendido de doble terna de 75m de CUSMT 3xlx185 / 50 mm2 AI/ Cu, desde empalmes mencionados en el párrafo anterior, cruce de cane, continuando por vereda norte de la calle 92-Vélez Sarsfield entre calle 55-Pedro Bourel y calle 53-25 de Mayo de 1810, hasta nuevo centro de transformación de 800kVA a colocar dentro del predio del cliente ARTICULO 2'’: El nivel de tapada en tendido de C.U.S.M.T. en zona de vereda deberá ser 1 ,10 m El cruce Miles pavimentadas como el de tierra deberá ser de 1,20 m como mínimo, referenciado al nivel del umbral más bajo de la cuadra. La distancia al eje de canalización en calles pavimentadas no debe ser inferior a 0,50m del cordón y 1.20 m como mínimo de la línea municipal. En calle de tierra la distancia mínima será de 1,20 m y máximo de 2,50 m de la línea municipal. –--–---–––------–--––--–––--–----–--––ARTICULO 3o: La empresa contratista que debiera ejecutar cruces sobre calles de tierra y/o pavimentos deberá ser realizado a una profundidad de 1.20 m como mínimo. Las cruces en calles de tierra se realizarán a cielo abierto y en calle pavimentadas se ejecutarán con MAQUINA TUNELERA, llenando Ios espacios vacíos con Hormigón de densidad controlada, no estando permitidos los TÚNELES HOMBRE, salvo cuestiones de fuerza mayor previamente autorizados por la Dirección General de Infraestructura Energética y la Dirección de Pavimentos e Hidráulica de esta comuna. –
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25 de Mayo Nc' 2725 - FioreIIcio Var 1?ia - ::.P 1888 " F>Inv;r: c $8 d TDi.: (54 12) 4:37 iGQI - v/wv'.'.vareto.',3ot)-ar
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO 4'>: Se colocará protección mecánica correspondiente en el total de la traza instalada en zanja a cielo abierto, en las entradas vehiculares con solado existente el tendido a instalar deberá tener caño camisa ARTICULO 5'’: Se deberán colocar mojones de advertencia sobre infraestructura instalada en forma soterrada en todos los cruces de calzada y/o vereda según Anexo I que forma parte del presente, indicando profundidad del tendido, distancia a línea municipal, tipo de elemento instalado y teléfonos de emergencia.
ARTICULO 6'’: En aquellos casos en que la infraestructura a instalar afecte Rutas Provinciales y/o Nacionales, en la que existan restricciones al dominio, la Empresa deberá gestionar la autorización correspondiente para ejecutar dichos trabajos ante las reparticiones pertinentes. La Empresa es la única responsable del deslinde entre el bien privado y el público. -------–------––––-–--––--–--–-––--––---------–ARTICULO 7: En ningún caso la Empresa removerá luminarias de alumbrado público existentes sin autorización del municipio y en todos los casos deberá proceder a su reinstalación. En caso de tener que reubicar o cambiar la postación de la empresa EDESUR S.A donde existan luminarias, las mismas deberán ser rQubiQa(jas respetandQ IQ PQsiQión Qriginal en ja longitud de la cuadra. -–-–--––---–--––-------ARTICULO 8'’: Las instalaciones deberán ser ejecutadas respetando las distancias de seguridad en un todo de acuerdo a la REGLAMENTACIÓN DE LINEAS AÉREAS EXTERIORES DE MEDIA, ALTA Y BAJA TENSIÓN DE LA ASOCIACIÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA. Asimismo, deberá cumplimentar lo declarado en Resolución ENRE 597/10. ------––-––––––––––––––––––––------------------ARTICULO 9'’: Todos los trabajos citados anteriormente deberán ejecutarse con la presencia y/o autorización previa de la Inspección Municipal, debiendo la Empresa comunicar a la Municipalidad
(Dirección General de Infraestructura Energética) eon 48 (euarenta y ocho) horas de anticipación la iniciación de los trabajos, previa entrega del Libro de Órdenes de Servicio conforme a la normativa vigente, caso contrario será pasible de una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del presupuesto de la presente; debiendo comunicar además la fecha de terminación de las mismas para lo cual, al inicio y terminación de la obra, la Empresa EDESUR S.A deberá disponer de movilidad para realizar inspección en conjunto. -––--------––-––––––––-–-–-–––––––-–-–--––––-–––--––--–----------ARTICULO 10'’: La Empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art.10, Anexo II de la Ord. Municipal N')3808/98 referente a tomar medidas de seguridad de señalización, colocación de defensas, vallas, anuncios y dispositivos, luces, carteles e indicación del tipo de obra y empresa, de acuerdo a las exigencias del Municipio. El no cumplimiento de estas disposiciones hará pasible a la Contratista y a su Representante Técnico, de las multas fijadas a tal fin y a la paralización de obra en forma inmediata. -----–ARTICULO 11'’: Las reparaciones de veredas, calzadas y obras de infraestructura existentes que fueran áiectadas por lo$ !rabajos que se refieren en el Art.I' son por cuenta y riesgo de la Empresa EDESUR S. A., como así también la remoción de la infraestructura de la prestataria que hubiere sido mal emplazada. ARTÍCULO 12'’: La Empresa deberá presentar Póliza de Seguro de Caución y conservación la que deberá ¿ubrir los montos que surjan de la liquidación que la dependencia Municipal autorizada determine. Cabe mencionar que el periodo de garantía es de 180 días corridos, contados a partir de la presentación del plano conforme a obra y rubricada por la Prestadora Edesur S.A.------ARTICULO 13'’: Dado el tipo de Obra a ejecutar y que pudiera afectar instalaciones existentes la Empresa déberá recabar información ante las Autoridades de CLARO S.A., TELMEX S.A., TELECOM ARGENTINA S.A.. TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., METROTEL, TELECENTRO, METROGAS S.A. y AySA S.A., c,on sus respectivos comprobantes, y realizar los cateos y exploraciones pertinentes a fin de no dañar instalaciones no declaradas1 quedando bajo su exclusiva responsabilidad las cuestiones que pudieran susc}tarse por daños y/o riesgos eléctricos a dichas instalaciones.------ARTICULO 14': La Empresa designada deberá presentar el Contrato de Locación de Servicios mesionales de Ingeniería (Delegación Local) en cumpHmento a lo establecido en la Normativa...// //...Provincia en el Art.3c' del Decreto N'’784/71 reglamentado por el Decreto N'’4123/72 Leyes Números 4048, 5140 y 12490, respectivamente. –––––------–––––––--–-––––––-----–––––––-----–––––-––– ARTiCULO- 15a: La Empresa deberá abonar las tasas correspondientes al uso de Espacio Público ¿en la Ord. Fiscal e Impositiva vigente N'> 10.754/24 - TITULO X, cuya liquidación deberá ser abonada antes de notificarse del presente. ––---––-–––--–-–-––––––----––––––----–––-–––----––– ARTICULO 16'’: Para la ejecución de los trabajos se otorgará un plazo de treinta (30) días corridas partir de la fecha de designación por parte de EDESUR S .A del inspector de Obra. –-–---–-–---
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ARTICULO 17'’: La Empresa deberá presentar Plano Conforme a Obra refrendado por el profesional técnico responsable al momento de solicitar la Recepción Provisoria y/o liberación de fondos de garantías de los trabajos. --–----–-––-----––––––––––––-ARTICULO 18'’: Tomen intervención la Secretaria de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y la Dirección General de Infraestructura Energética, quien notificará y controlará la presente Resolución. -----–--––––––--––--–--–-----–--––––-–––--––––––––––-–––– ARTICULO 19'’: Regístrese, Comuníquese y, Cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. -------
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FLORENCIO VARELA, 0 5 i10~:/2025 VISTO La solicitud de la firma DOLCE & SALATO S.A., que requiere mediante comparendo (fs. 52) actualización de superficie por expte. adm. mun. n') 40372324-D-25, en el establecimiento comercial emplazado en zona 12/Ct1 (Industrial Mixta / Banda de Circulación Primaria), cuyo rubro autorizado por Resolución NC) 207/25 (fs. 43 y 44), es: Depósito Alimenticio, y; CONSIDERANDO:
Que, la actualización de superficie consiste en adecuar la totalidad de la superficie afectada a la actividad. Que, el establecimiento cuenta en carácter de antecedente con Autorización Previa concedida mediante Resolución N'’ 207/25 (fs. 43 y 44). Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos a fs. 53, en la que se destacan las principales características del establecimiento y los usos permitidos en la zona de emplazamiento de acuerdo al Código de Zonificación vigente (fs. 61 ). Que, la Dirección de Catastro Parcelario (fs. 55 y 60) informó la titularidad y numeración correspondiente al predio en análisis. Que, el predio cuenta con pIano de obra civil aprobado por expte n'’ 13622-S-1971 (fs. 51 ). Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 55 permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptables en la medida que cumpla con lo detallado en la misma y con las normas vigentes. Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, en uso de las atribuciones conferidas mediante Decretos N') 1723/15, Nc> 158/20 y NO 3575/23. RESUELVE
ARTÍCULO 1'’: AUTORÍZASE, la actualización de superficie (Ord. N' 857/84) al establecimiento comercial, cuyas principales características declaradas son: S.l.D.P
a) RESPONSABLE: DOLCE & SALATO S.A. b) UBICACIÓN: Ruta Provincial 36 N') 2395 esq. Calle 172 – Río Negro N'’ 2562.Barrio: Villa del Plata.Localidad: San Juan Bautista. c) DATOS CATASTRALES: Circ. 1 - Secc. E - Cód. 3 - Mz. 44 Pc. 1a d) ZONA: 12/Ci1 (Industrial Mixta/Banda de Circulación Primaria). e) RUBRO AUTORIZADO (Res. NO 207/25): Depósito Alimentic.iQ,
28F, 25
25 de Mayo Nü 2725 - Florencio Varela - C P. 1.3:8 - r)rovincia de Buelros Aires Tel.: (54 li) 4237 16C)i - :,cww.val-e;a.gob.ar
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0 SUPERFICIES: Autorizado Superficies
por Res. Ng 207/25 (fs 43 y 44)
Planilla de indicadores (fs. 53)
Terreno
9.685,47 m2
9.685,47 m=
Cubierta
2.078,96 m2
2.078,96 m2
Libre
7.606,51 m2
7.606,51 m
2
Proyecto Cubierta
509,54 m2
520,00 m2
Libre
75,00 m=
75,00 m2
Total
584,54 m2
595,00 m2
Sup. total a ocupar por el proyecto: 595,00 m2. g) POTENCIA AUTORIZADA (Res. N') 207/25): 2 (dos) hp. h) PERSONAL AUTORIZADO (Res. N'> 207/25): 3 (tres) personas. ARTÍCULO 2c’: Previo al inicio de la actividad la firma deberá dar cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente a los fines de gestionar la solicitud de Habilitación Municipal correspondiente. --------––––---–-----------.-–----–----–––--
ARTÍCULO 3'): Las características del establecimiento, sus instalaciones y condiciones de funcionamiento deberán encuadrarse en la Ordenanza vigente.ARTÍCULO C La firma deberá absorber la carga y descarga de mercaderías en el interior del predio. –––-––--–––-–––––––––––––––––-–-------–––---–--ARTÍCULO 5(>: Para efectuar modificaciones a lo autorizado, la firma deberá gestionar previamente la factibilidad correspondiente, en particular lo referido a rubro, obra civil, superficie del proyecto y/o fuerza motriz. –––-----––--–-––––ARTÍCULO 6'’: En caso de que el causante no cumplimente los requisitos exigidos en los arts. 2'), 3'’, 4'’ y/o 5'’, será pasible de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento. --––-–––-–----–––---––––-
ARTÍCULO 7'): Se notificará a la firma mediante la entrega de la presente Resolución por parte de la Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.-
ARTÍCULO 8c’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHIVESE. ––––---––--––––––––––––––––––-------–-----––––––––----
285 2'! RESOLUCIÓN NO........................ Expte.N'’: 4037-2324-D-2025).
DOLCE & SALATO S.A.
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Fao de la Fuente
Sec ' tar to fJ3 Industria y [,cs;;. rr'3l}c) Prc'd'JCtivo MunILl?aiiüad
de F ,oren:io Varela
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C P. 1888 - ProvincÉa de Buenos /b.lres Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
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FLORENCIO VARELA,
85 NOV 2025
VISTO :
La solicitud de la firma SAFE HARBOUR S.R.L., a través de la cual requiere por expte. adm. mun. Ng 4037-3373-S-2025, instalar un establecimiento en zona 11 (Industrial Exclusiva), cuyo rubro es: “Depósito, Logística y Distribución de Productos Cosméticos y Envases, Productos Importados (Alimentos, Electrónica, Tecnológicos, Textil, Zapatos, Muebles, Papelería, Librería, Repuestos del Automotor y Ferretería)", y; CONSIDERANDO:
Que, el presente acto administrativo es en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza vigente. Que, según el Código de Zonificación vigente en la zona 11 (Industrial Exclusiva) se encuentra como “Usos Permitidos”: almacenaje con carga, descarga, maniobras y estacionamiento en parcela. Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos de fs. 33 en la que se destacan las principales características del proyecto y los usos permitidos en la zona de emplazamiento de acuerdo al Código de Zonificación vigente. Que, la Dirección de Catastro Parcelario (fs. 35) informó la titularidad y domicilio correspondiente al predio en análisis. Que, el predio posee plano de obra civil aprobado por expediente Ng 4037-2959E-2024 (fs. 8 y 9) Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 35 permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptables en la medida que cumpla con lo detallado en la misma y con las normas vigentes.
Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos Ng 1723/15, Ng 158/20 y Ng 3575/23; RESUELVE
ARTÍCULO 19: OTÓRGASE, la AUTORIZACIÓN PREVIA (Ord. Ng 857/84) al establecimiento, cuyas principales características declaradas son : a) RESPONSABLE: SAFE HARBOUR S.R.L.b) UBICACIÓN: Calle 1226 – Ng 511, esq. Calle 1209 – Juan Bialet Masse Barrio: La Rotonda Zona Industrial.Localidad: Ing. Allan.c) DATOS CATASTRALES: Circ. V – Secc. M - Cód. 4 – Fracc. XII - Pc. 7.-
d) ZONA: 11 (Industrial Exclusiva).e) RUBRO: Depósito, Logística y Distribución de Productos Cosméticos y Envases, Productos Importados (Alimentos, Electrónica, Tecnológicos, Textil, Zapatos, Muebles, Papelería, Librería, Repuestos del Automotor y Ferretería).
$.!.D.P
f) SUPERFICIE:
Terreno: 4.932,00 mz.Cub. a const.: 2.936,96 m2.Libre: 1.995,04 m2.-
F.5
Sup. (cub.) a ocupar por el proyecto: 2.936,96 m=.Sup. (libre) a ocupar por el proyecto: 748,60 mz.Sup. (total) a ocupar por el proyecto: 3.®b5án2.g) POTENCIA A INSTALAR: nula.-
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h) PERSONAL A OCUPAR: 4 (cuatro) personas.ARTÍCULO 29: Previo al inicio de la actividad la firma deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza vigente a los fines de gestionar la solicitud de Habilitación Municipal correspondiente.
ARTÍCULO 39: Las características del establecimiento, sus instalaciones y condiciones de funcionamiento deberán encuadrarse en la normativa vigente. -––––––-–----–---–––-––––––– ARTÍCULO 49: La firma deberá absorber la carga y descarga de mercadería en el interior del predio.ARTÍCULO 59: Para efectuar modificaciones a lo autorizado la firma deberá gestionar previamente
la factibilidad correspondiente, en particular lo referido a rubro, fuerza nlotriz, obra civil y/o superficie del proyecto. ––-–––––––––––-------–––-–––––––––––------–-––-----–––––––ARTÍCULO 69: La firma en caso de no cumplimentar los requisitos de los arts. 29, 39, 49 y/o 59 será
pasible de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento. ––––--ARTÍCULO 79: Se notificará a la firma mediante la entrega de la presente Resolución por parte de la
Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. –––––––--–------––––––––––––––––––––--–---–--–––----––––––––ARTÍCULO 89: Regístrese, comuníquese
RESOLUCIÓN Ng..
y cumplimentado
que sea, ARCHÍVESE.
2 86 25
Expte. Ng: 4037-3373-S-2025.SAFE HARBOUR S.R.L.-
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C,P. 1888 - Provincia de Buctlc''. Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela gob.ar
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
O5 NOV208
VISTO :
La solicitud de la firma SOL DI NAPOLI S.A., a través de la cual requiere por expte. adm. mun. Ng 4037-3379-S-2025, instalar un establecimiento en zona 11 (Industrial Exclusiva), cuyo rubro es: “Depósito y Distribución de Productos Alimenticios”, y; CONSIDERANDO:
Que, el presente acto administrativo es en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza vigente. Que, la firma aclaró los principales parámetros de la actividad a fs. 19. Que, según el Código de Zonificación vigente en la zona 11 (Industrial ExclusIva) se
encuentra como “Usos Permitidos": almacenaje con carga. descarga, maniobras y estacionamieltto en parcela. Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos de fs. 20 en la que se destacan las principales características del proyecto y los usos permitidos en la zona de emplazamiento de acuerdo al Código de Zonificación vigente. Que, la Dirección de Catastro Parcelario (fs. 22) informó la titularidad y domicilio correspondiente al predio en análisis. Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 22 permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptables en la medida que cumpla con lo detallado en la misma y con las normas vigentes. Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos Ng 1723/15, Ng 158/20 y Ng 3575/23; RESUELVE
ARTÍCULO 19: OTÓRGASE, la AUTORIZACIÓN PREVIA (Ord. Ng 857/84) al establecirniellto, cuyas
principales características declaradas son: a) RESPONSABLE: SOL DI NAPOLI S.A.b) UBICACIÓN: Calle 1226 – Ng 685, esq. Calle 1213 – Cecilia Griel-sen. Barrio: La Rotonda Zona Industrial. Localidad: Ing. Allan.c) DATOS CATASTRALES: Circ. V – Secc. M - Cód. 4 – Fracc. XII - Pc 12a
d) ZONA: 11 (Industrial Exclusiva).-
e) RUBRO: Depósito y Distribución de Productos Alimenticios. f) SUPERFICIE:
S.l.D.P
Terreno: 2455,20 m2.Cub. a const.: 941,04 m2. Libre: 1514,16 m2.Sup. (cub.) a ocupar por el proyecto: 941,04 mz.Sup. (libre) a ocupar por el proyecto: 496,50 mz. Sup. (total) a ocupar por el proyecto: 1437,54 m2.g) POTENCIA A INSTALAR: nula.h) PERSONAL A OCUPAR: 10 (diez) personas.,ARTÍCULO 29: Previo al inicio de la actividad la firma deberá dar cumplimiento a lo establecido en
la Ordenanza vigente a los fines de gestionar ia solicitud de Habilitación Municipal correspondienre
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P 1848 Tei.: (54 11) 4237 1601 - wwf./-.varela.got).ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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ARTÍCULO 39: Las características del establecimiento, sus instalaciones y condiciones de funcionamiento deberán encuadrarse en la normativa vigente. –-------–--------- -–-–––––--––––ARTÍCULO 49: La firma deberá contar con pIano de obra civil conforme a obra. ---––-ARTÍCULO 59: La firma deberá absorber la carga y descarga de mercadería en el interior del predio.ARTÍCULO 69: Para efectuar modificaciones a lo autorizado la firma deberá gestionar previamente
la factibilidad correspondiente, en particular lo referido a rubro, fuerza lnotriz, obra civil y/o superficie del proyecto. –=–----–-–---––-------––-––-––-–-------.--.–––-.-–--.------------–––--–-----–– ARTÍCULO 79: La firma en caso de no cumplimentar los requisitos de los arts. 22, 39, 49, 59 y/o 69
será pasible de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento. ––ARTÍCULO 89: Se notificará a la firma mediante la entrega de la presente Resolución por parte de la
Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 99. Regístrese, comuníquese y cumplimentado
que sea, ARCHÍVESE
RESOLUCIÓN Ng
Expte. Ng: 4037-3379-S-2025.SOL DI NAPOLI S.A.-
S.l.D.P
Ricardo de la Fuente
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BOM N° 11 '’.'}} ),'.l':'-: :\,
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Municipalidad
06 ilOV 2025
VISTO: El Expediente Administrativo Municipal N')4037-2758-E-2025, y; CONSIDERANDO:
Que, mediante la precitada pieza administrativa, la Empresa EDESUR S.A. solicita autorización para realizar según Orden 4163083, la instalación de un nuevo centro de
transformación tipo Plataforma Monoposte (63kVA), tendido de LABT y CASBT para
alimentación del cliente “AGARIE GUSTAVO”–Calle 301-Santa Fe N') 373 – Florencio Varela: Que, habiendo cumplimentado la Empresa de marras con la presentación de la documentación solicitada (fs.2 a 6) en orden de los distintos recaudos técnicos, se pronunció la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, sin objeciones que formular al respecto;
Que, a fs.6 la Empresa acreditó plano del proyecto de obra visado por la Dirección de Catastro Parcelario, indicando a fs.13 pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.17 la Dirección General de Alumbrado y Semáforos informa que en la zona de los trabajos a realizar no afectan canalizaciones subterráneas de alumbrado público, ni de semáforos, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.22 la Subdirección de Redes Informáticas informa que, la obra a realizar no afecta instalaciones subterráneas de fibra óptica propiedad del municipio, indicando pautas inherentes a esa dependencia; Que, a fs.29 la Dirección General de Pavimentos e Hidráulica, informa que los trabajos a ejecutarse no afectan obras de pavimentos y/o desagües pluviales pertenecientes a esa área, dado que los mismos se desarrollarían en zona de veredas, indicando pautas inherentes;
Que, en tal sentido, resulta procedente el dictado del pertinente acto administrativo de autorización, estableciendo los recaudos y/o requisitos al que se sujeta el mismo
Que, de fs. 31 a 35 se adjuntan copias de la Resolución ENRE 597/10 y de los Lineamientos Generales del Programa de Prevención de daños de Metrogas a los efectos de tomar conocimiento y proceder a su implementación para el resguardo de la seguridad pública; Que, la Ordenanza N'’3808/98 promulgada por Decreto N'’2187/98 establece que las autorizaciones asumirán la forma de Resolución emanada por la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana de la Municipalidad de Florencio Varela; Por ello, el Señor Secretario de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana en uso de las atribuciones propias a su cargo: RESUELVE
ARTICULO la: Autorizase a la Empresa EDESUR S.A. con domicilio en Avenida General José ©éán Martín N'876-RP N'’53- del Partido Florencio Varela, a realizar según plano N' V240455: La instalación de un centro de transformación tipo Plataforma Monoposte 36-(63kVA) sobre columna H'’A' M.T. existente, sobre vereda noreste de la calle 312-Concejal Juan Brown entre calle 301-Santa Fe y Avenida Eva Perón-RP N')53. La misma recibirá suministro en Media Tensión c.,onectándose aI tendido LAMT existente del alimentador Alim. 286-5-57. Tendido de 175m de LJ\BT preensamblada 3x25/50mm2 AI, desde nueva plataforma, continuando por vereda sudeste de la calle 301-Santa Fe entre calle 314-Concejal Baldomero Serrano y calle 312-Concejal Juan Brown. Tendido de 12m de CASBT 3x25/16mm2 AI, desde nuevo acceso LABTPE en columna H'’A'’ B.T. (A colocar), hasta punto de toma primario del cliente toma 63A.ARTICULO 2'’: Se colocará protección mecánica correspondiente en el total de la traza instalada bn zanja a cielo abierto, en las entradas vehiculares con solado existente el tendido a instalar deberá tener caña camisa. ––––------–-––-–--------–––––––-–------––––––––-------–––––– ARTICULO 3'’: Se deberán colocar mojones de advertencia sobre infraestructura instalada en farma soterrada en todos los cruces de calzada y/o vereda según Anexo I que forma parte del presentef indicando profundidad del tendido, distancia a línea municipal, tipo de elemento instalado y teléfonos de emergencia. ----------––––––--–-––––=------x-----;,T,-a 6 lil Pf
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-tl¿jd' Florencio Varela Municipalidad ARTICULO 4'’: En ningún caso la Empresa removerá luminarias de alumbrado público existentes sin autorización del municipio y en todos los casos deberá proceder a su reinstalación. En caso de tener que reubicar o cambiar la postación de la empresa EDESUR S.A donde existan luminarias, las mismas deberán ser reubicadas respetando la posición original en la longitud de la cuadra , ---––––––––––––---------–-–----–----–-–----------–--–-------–--–-––––--–--–––------ARTICULO 5'’: Las instalaciones deberán ser ejecutadas respetando las distancias de seguridad en un todo de acuerdo a la REGLAMENTACIÓN DE LINEAS AÉREAS EXTERIORES DE MEDIA. ALTA Y BAJA TENSIÓN DE LA ASOCIACIÓN ELECTROTÉCNICA ARGENTINA, Asimismo, deberá cumplimentar lo declarado en Resolución ENRE 597/10. –--–---------–-–--––ARTICULO 6'’: Todos los trabajos citados anteriormente deberán ejecutarse con la presencia y/o
autorización previa de la Inspección Municipal, debiendo la Empresa comunicar a
la
Municipalidad (Dirección General de Infraestructura Energética) con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación la iniciación de los trabajos, previa entrega del Libro de Órdenes de Servicio conforme a la normativa vigente, caso contrario será pasible de una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del presupuesto de la presente; debiendo comunicar además la fecha de terminación de las mismas para lo cual, al inicio y terminación de la obra, la Empresa EDESUR S, A deberá disponer de movitidad para realizar inspección en conjunto. ARTICULO 7a: La Empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Art.10, Anexo II de la Ord. Municipal N')3808/98 referente a tomar medidas de seguridad de señalización, colocación de defensas, vallas, anuncios y dispositivos, luces, carteles e indicación del tipo de obra y empresa, de acuerdo a las exigencias del Municipio. El no cumplimiento de estas disposiciones hará pasible a la Contratista y a su Representante Técnico, de las multas fijadas a tal fin y a la paralización de obra en forma inmediata. -–––––––-–-––-––––-––––-----–-–––----––––--–ARTICULO 8'’: Las reparaciones de veredas, calzadas y obras de infraestructura existentes que fueran afectadas por los trabajos que se refieren en el Art.I' son por cuenta y riesgo de la Empresa EDESUR S.A., como así también la remoción de la infraestructura de la prestataria que hubiere sido mal emplazada. ––----––-–--–––––––––--–----–--------––––––––––ARTÍCULO 9'’: La Empresa deberá presentar Póliza de Seguro de Caución y conservación la que deberá cubrir los montos que surjan de la liquidación que la dependencia Municipal autorizada determine. Cabe mencionar que el periodo de garantía es de 180 días corridos, contados a partir de la presentación del plano conforme a obra y rubricada por la Prestadora Edesur S.A.---------------------------------------------------------------------------------------------–-------------–ARTICULO 10'’: Dado el tipo de Obra a ejecutar y que pudiera afectar instalaciones existentes ÉEmpresa deberá recabar información ante las Autoridades de CLARO S.A., TELMEX S.A., TELEéOM ARGENTINA S.A., TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., METROTEL, TELECENTRO, METROGAS S.A. y AySA S.A., con sus respectivos comprobantes, y realizar los cateos y exploraciones pertinentes a fin de no dañar instalaciones no declaradas, quedando bajo su exclusiva responsabilidad las cuestiones que pudieran suscitarse por daños y/o riesgos eléctricos a dichas instalaciones.----------------------------------------------------------------------------------ARTICULO 11a: La Empresa designada deberá presentar el Contrato de Locación de Servicios Profesionales de Ingeniería (Delegación Local) en cumplimento a lo establecido en la Normativa Provincial en el Art.3') del Decreto N'’784r71 reglamentado por el Decreto NC)4123/72 Leyes Números 4048, 5140 y 12490, respectivamente. ––––––––--–-–––––––-ARTICULO 12': La Empresa deberá abonar las tasas correspondientes al uso de Espacio Mico establecido en la Ord. Fiscal e Impositiva vigente N'’ 10.754/24 - TITULO X, cuya liquidación deberá ser abonada antes de noüficarse del presente. –––––––-----– ARTICULO 13'’: Para la ejecución de los trabajos se otorgafá un plazo de treinta (30) días )ntados a partir de la fecha de designación por parte de EDESUR S.A del inspector de Obra. -–-–-–---–-–--–––----––––---–--–––------–-–––---––---––––-––-–––––––-----––––--
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Florencio Varela Municipalidad
ARTICULO 14'>: La Empresa deberá presentar Plano Conforme a Obra refrendado por el profesional técnico responsable al momento de solicitar la Recepción Provisoria y/o liberación de fondos de garantías de los trabajos. ––––––-––––––––––––––––––––––––––––––––– ARTICULO 15'’: Tomen intervención la Secretaría de Obras, Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana y la Dirección General de Infraestructura Energética, quien notificará y controlará la presente Resolución. --------------–-–-–-–----------–-–––-----------––---––---––------– ARTICULO 16'’: Regístrese, Comuníquese y, Cumplimentado que sea, ARCHiVESE. ---------–--
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
06 NOV2025
VISTO :
...
La
nota
elevada
por
la
agente
municipal
CIUCIO
ALDANA
NOELIA, (juien se desempeña como Subsecretaria Privada, de la Secretaría General de Gestión Pública, mediante la cual solicita Licencia de Nacimiento a partir
del 27 de octubre de 2025 ; y
CONS I DERAN DO :
Que de acuerdo a constancias obrantes en la Subsecretaría de Recursos Humanos , corresponde hacer lugar a lo pet icionado encuadrándose dentro de los términos del Artículo 48 '’ -del UEstatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela’' ,
(Ord . N'’ 9533 ) ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; RESUELVE: ARTÍCULO 1 ').–Concédase a la agente municipal
CIUCIO ALDANA NOELIA, Leg .
– – – – – – –N'’ 7.734 , Licencia de Nacimiento, a partir del 27 de octubre de 2025 , y por el término de 110 (ciento diez ) días , según lo expuesto en el considerando
del presente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 2'’ . –La presente resolución
será refrendada por el Secretario de – – – – – – –Gobierno . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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at 1& Florencio Varela Municipalidad
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ARTÍCULO 3c’ . –Tomen conocimiento la Secretaría General de Gestión Pública,
– – – – – – – –la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Registro
y Legislación
.–
de Haberes y Patrimonio,
y de
- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ') . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE
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VISTO :
La necesidad de reubicar a los agentes municipales de acuerdo a los distintos requerimientos de esta comuna; y
CONS I DERANDO :
Que se puede dar lugar a lo mencionado, contando con vacantes y disponibilidad presupuestaria a tal efecto; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ;
RESUELVE
ARTÍCULO 1'’.–Trasládese
:
a los agentes que a continuación
se detallan
en –
– – – – – – –el área y fecha que en cada caso se indica : Legajo : 9916 Apellido
y Nombre : VILLANUEVA LEONARDO EZEQUIEL
Área: Dirección General de Equipos Viales , Secretaria de Obras , Servicios Públicos
, Ambiente
y Planificación
Urbana
.
Fecha : 14 /10 /2025
Legajo : 11.470 Apellido üIECCEÜIUIEW Dt
Hall y kg Wt»r
y Noaübre : RAMIREZ
CAMiLA
SALONIE
Área : Servicio de Medicina Laboral, Secretaría de Gobierno . Fecha : 13/10/2025
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ARTÍCULO 2 '’ . –La presente resolución –Gobierno
será refrendada por el Secretario
de–
.–
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento las Secretarías
de Obras , Servicios
– – – – – – – –Públicos , Ambiente y Planificación
Urbana, y de Gobierno, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General , y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y
Legislación
. –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE .
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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BOM N° 11
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FLORENCIO VARELA,
07 NOV2025
VISTO :
La necesidad de reubicar a los agentes municipales acuerdo a los distintos requerimientos de esta comuna ; y
de
CONS I DERAN DO :
Que se puede dar lugar a lo mencionado, contando con vacantes y disponibilidad presupuestaria a tal efecto ; Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
RESUELVE: ARTÍCULO 1 '’+–Trasládese
a los agentes que a continuación
– – - – – – –el área y fecha que en cada caso se indica
se detallan
en
:
Legajo : 6412 - Apellido
y Nombre : CANOSA MARA LUJAN
Área : Secretaría
de Salud:
Fecha : 26/09/2025
Legajo : 40.481 &, Ü
, a+ +d,1+i+
Apellido
y Nombre : LOPEZ JUANA ROSA
Área : Secretaría
Legal
Fecha : 08 /10 /2025
y Técnica
.
'
29} 25
1111 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
RESOLUCIONES
BOM N° 11
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:: 411$
1%
IiI
;i;?1:
Florencio Varela Municipalidad
1 / 112.–
Legajo Apellido
: 4182
/
y NoEbre
: LAMBARDI
Area : Secretaría
de Salud
Fecha : 09/10/2025
/
MARCELA INES /
.
4
ARTICULO 2 '’ . –La presente resolución –Gobierno
será refrendacia por el Secretario de–
.–
ARTÍCÜLO 3'’ . –Tomen conocimiento las
Secretarías Legal y Técnica/ y de –Salud, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría
General , y las Direcciones Generales de Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
Liquidación
de Haberes
y
ARTICULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCH]_vESE .
RESOLUCIÓN N' ==t'ii
11tRX
De P4anil
r. Dono Secre Munlc}
ái Dal,/et A. fo de G
bad de
emo
lo Watson
Dr. Andrés
Intdnden M
Id de Feb. Varela
!ncic Varela
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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RESOLUCIONES
Publicación: 11.-
BOM N° 11
11;:1h
a# 9h Florencio Vare ta ?«yíritipalidad
FLORENCIO VARELA,
$ 1 NOV2025
VISTO :
La solicitud de la Sra. NANCY DEL CARMEN FRÍAS, a través de la cual requiere por expte. adm. mun. Ng 4037-3459-F-2025, instalar un establecimiento comercial emplazado en zona R2a (Residencial 2a), cuyo rubro es: Elaboración de Productos de Panadería y Confitería para Venta Directa y Exclusiva al Público, y; CONSIDERANDO:
Que, el presente acto administrativo es en cumplimiento de uno de los requisitos exigidos en la Ordenanza vigente, no siendo el mismo autorización de funcionamiento.
Que, los establecimientos cuya actividad consista en elaboración de productos a escala minorista para la comercialización directa al público en un mismo y único ámbito no clasifican como industria, conforme a los Decretos Ng 531/19 y Ng 973/20 Reglamentarios de la Ley Ng 11.459.
Que, entre los usos permitidos en la zona R2a (Residencial 2a) por el Código de Zonificación vigente, se encuentra elaboración de pan y subproductos – venta minorista. Que, la Dirección de Catastro Parcelario (fs. 14) informó la titularidad y ubicación correspondiente al predio en análisis. Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos a fs. 12, en la que se destacan las principales características del establecimiento y los usos permitidos en la zona de emplazamiento de acuerdo al Código de Zonificación vigente. Que, el predio cuenta con pIano de obra civil aprobado por expediente Ng 4037-6075-L-2015 (fs. 5). Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 14, permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptables en la medida que cumpla con lo detallado en la misma y con las normas vigentes. Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos Ng 1723/15, Ng 158/20 y Ng 3575/23; RESUELVE
ARTÍCULO 19: OTÓRGASE, la factibilidad de localización (Ord. Ng 964/85) establecimiento cuyas principales características declaradas son:
al
a) RESPONSABLE: NANCY DEL CARMEN FRÍAS.
S.l.D.P
b) UBICACIÓN: Calle 302 – Int. Cap. Vicente Cabello Ng 730, esquina Calle 306 – P. Arbe
Barrio: La Esmeralda.Localidad: San Juan Bautista. c) DATOS CATASTRALES: Circ. 1 - Secc. R - Cód. 3 –- Mz. 26 - Pc. 1.d) ZONA: R2a (Residencial 2a).e) RUBRO: Elaboración de Productos de Panadería y Confitería para Venta Directa y Exclusiva al Público.
-292 25
25 de Mayo de 1810 N' 2725 – Florencio Varela -- C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
w
W
Florencio Varela ,V,uni(ipa ii{liid
f) SUPERFICIES:
Terreno: 324,13 m2.Cub. ejec.: 191,34 m2.Libre: 132,79 m2.Sup. (cub.) a ocupar por el proyecto: 42,53 m2.Sup. total a ocupar por el proyecto: 42,53 m2.g) POTENCIA A INSTALAR: 3 (tres) hp.h) PERSONAL A OCUPAR: 3 (tres) personas.ARTÍCULO 29: Previo al inicio de la actividad la causante deberá dar cumplimiento a lo
establecido en la normativa vigente a los fines de gestionar la solicitud de Habilitación Municipal correspondiente. ––-––-–––---––––––––––––––-–-––----––-------–––––-ARTÍCULO 39: La causante deberá efectuar la carga y descarga de mercaderías en los horarios establecidos por las normas vigentes. -–––––---–––-––––––––––----–--–--–-ARTÍCULO 49: Para efectuar modificaciones a lo autorizado, la causante deberá gestionar
previamente la factibilidad correspondiente, en particular lo referido a rubro, obra civil, superficie del proyecto y/o fuerza motriz. ---–---––––––––––-------––––––––––––--ARTÍCULO 59: En caso de que la causante no cumplimente los requisitos exigidos en los
arts. 29, 39 y/o 49, será pasible de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento. ––––––––-––---–––––––-––––––––-–---–--––––––––––––– ARTÍCULO 69: Se notificará a la causante mediante la entrega de la presente Resolución por
parte de la Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza fiscal e Impositiva vigente. -––-––––-------–––––––-––––––––---–-–––ARTÍCULO 79: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE. --––-–––-
292 25
RESOLUCIÓN Ng........................
Expte. Ng: 4037-3459-F-25. NANCY DEL CARMEN FRIAS.-
’Úardr) ma Fuente se cr:9l:: rio ue Industria y 13 =$3:;,'J lic Productivo Mur„_,Éalidaa de Florencio Varela
25 de Mayo de 181 0 Nc’ 2725 – Florencio Varela – C.P. 1 888 – Provincia de Buenos Aires Tel.: (5411 ) 4237-1601 – www.varela.gov.ar
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ii ii,FiYi::11::t;, vi
Publicación: 11.-
BOM N° 11 iBKa6B8nWiegj
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Florencio Varela 1311'',!c;p¿í,dad
FLO RE NC:ll] VAR 1: LA,
1 1 MOV206
VISTO
La solicitud de los Sres. LOPEZ VICTOR MANUEL, fdltOÍNA RUFINO JULIO, AGUIRRE JUAN RAMON, LOPEZ ROGELIO EVAR, LOPEZ CELEDONIO HERALü CJ, NAVARRETE ELIGIO EFREN
(VALCROM SH), que requieren mediante comparendos (fs. iI.50 y 1152} actualización de
superficie y potencia, por expte. adm. mun, ng 4037-20530-L-1981 (Cuerpos I a VI), en el establecimiento ind'.lstrial emplazado eII zona 12 (Industria! iVjixta), cuvo rubro autorizado media11te Resolución N' 356/16 (ts. 77C / 771) es: Taller de Crorñado, y.:
CONSiDERArJ DO:
Que, la actualización co,'isiste en adecuar !a pc Lencia y la superficie afectada a la actividad.
Que, el establecimiento cuenta en carácter de 3,'-ltecedente con Certificado de
Habilitación (f s. 13) concedido mediante Decreto Ng 2044./t 1.:-, arnpliacil)nes de superficie concedidas r!,edian ta Decreto Ng 2027/05 lts. 164/'166) y Res,olocIÓn Ng 335/08 (fs. 307/309), y ampliación de potencia por Resolución Ng 356/16 (fs. 770/771.), l'„1l3ro: Taller de Cromado.
Que, el establecimiento fue categorizado en función de su Clasificación de Nivel de Cornplejidad Ambiental (CNCA} co,no de "Segunda Categ.,'iría", arrojando un total de 23 {veintitrés) pur,los, conforme Disposición del rninisterio de Ambieílte de la Provincia de Buenos Aires Ng DISPO-2024-2320-GDEBA-DPEIAMAMG? {fs.1143) en el inarco de la Ley NI’1.1.459 y sus Decretos Reglalnentarios N9531/19 y N9973/20 Quep la Subsecretaría de Desa1 rollo Urbano y Vivienda, corlfeccionó la planilla de indicadores urbanísticos a fs. 1153/ en la que se destacan lac principales características del
proyecto y los usos permitidos en la zona de emplazan\tel-,,tc de acuerdo al Código de Zonificación vigente.
Quer la DirecciÓII de Catastro PaI-ce lal-io Ífs. 1156) inforlnó la numeración correspondiente al predio en análisis. ( lue1 e! predio cuenta con l.Jlanos de obra civil 1'probado (fs. 1151) por Expte. Ng 4037-11741-L-.1978/ destino: Tailer y Depósito, y de !nstai3,:ión electromecánica (fs.960)
S.l.D,P
aprobado por Expte. Ng 4037-3507-V-20i6 Que, el análisis de la documentación obrarlt,2 de fs. 1 a 1156 permite encuadra'
M .Eb1 F.5
la actividad con un lli'.'ei de riespos y moíesiias aceptables en ja nIe'iída que cumpla con lo detallado en la misma y con las norrnas vigenLes.
Por ello/ el Sr. Secret3r}o de Indl1'31.ria y Desiírollo 9íoductivo, en uso de atribuciones cor;{€1idas mediill-lte Decretos Ng 1 723/ 15, NI: 158/10 y Ng 3575/23;, €iq':SIJ El„VF
25 d!:: Mayo f¿' 2725 - FÉ.-'r€?nel.-3 V.=)r =;3 11,'i : :5't
29:3 2't,
C .o. 18d:: „ Pr':;:,in': É¿ de 13 ierl--., 1: AIre
11) .1 237 160 1 - VJ'.'.'\.v.v¿irÉ;l.i.:J'::Lt..lr
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
\#
Florencio Varela Muni(ipa!!dad
ARTICULO 19: AUTORÍZASE, la actualización de potencia y superficie (Ord. establecimiento industrial, cuyas principales características declaradas son: a) RESPONSABLE: LOPEZ vicroR
857/84) al
MANUEL, MEDINA RUFINO JULIO, AGUIRRE
JUAN RAMON, LOPEZ ROGELIO EVAR, LOPEZ CELEDONIO HERALD(L NAVARRETE ELIGIO EFREN (VALCROM SH).-
b) UBICACIÓN: Calle 18 Ng 241.Barrio: San Eduardo. Localidad: San Juan Bautista.
c) DATOS CATASTRALES: Circ. 1 – Secc. U - Cód. 3 – Mz. 3 _ pc. 8._
d) ZONA: 12 (Industrial Mixta).e) NIVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL: “Segunda Categoría”._ f) RUBRO AUTORIZADO (Res. 356/16): Taller de Cromado. g) SUPERFICIES:
Autorizado por
Planilla de
Res. Ng 356/16
Indicadores
(fs. 770/771)
(fs. 1153)
Terreno
350 m2
Cub. Ejec.
233 m2
233,12 m
Libre
117 m2
116,88 m2
Cubierta
233,12 m
Libre
Proyecto 233 m2 117 m2
Total
350 m2
281,12 m2
48,00 m
Sup. total ocupada por el proyecto: 281,12 m2. h) POTENCIA AUTORIZADA (Res. N' 356/16): 55 (cincuenta y cinco) hp,POTENCIA ACTUAL: 46 (cuarenta y seis) hp.
i) PERSONAL AUTORIZADO (Res. N' 356/16): 5 (cinco) personas. ARTÍCULO 29: Las características del establecimiento, sus instalaciones y condiciones de
funcionamiento deberán encuadrarse en la normativa vigente.------------------------------------------ARTÍCULO 39: La firma deberá absorber maniobras, estacionamiento, carga y descarga en el
interior del predio.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
5.1.D.P
ARTÍCULO 49: Para efectuar modificaciones y/o cambios que hagan variar el cálculo de nivel de
complejidad ambiental, cambio y/o ampliación del rubro y/o potencia, la firma deber-á solicitar previamente la autorización correspondiente.----------------------------------------------------------------ARTÍCULO 59: La firma deberá contar con Certificado de Aptitud Ambiental, según lo dispuesto
por la Ley N' 11.459 y sus Decretos Reglamentarios Ng. 531/19 y Ng 913126 .-------------------------
293 25 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.. (54 11) 4237 :601 - www.varela.gob.ar
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
Florencio Varela Muni(i})a ii($dd
ARTÍCULO 69: En caso de la firma no cumplimente los requisitos exigidos en los arts. 29, 39, 49,
y/o 59 será pasible de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento.-------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 79: Se notificará a la firma mediante la entrega de la presente Resolución por parte
de la Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.------------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 89: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCH ÍVESE.----------------------
293 25
RESOLUCIÓN NQ.................
Expte. Ng: 4037-20530-L-1981 (Cuerpos I a VI). LOPEZ vicroR MANUEL, MEDiNA RUFiNO JULiO, AGUIRRE JUAN RAMON, LOPEZ ROGELIO EVAR, LOPEZ CELEDONIO HERALDO, NAVARRETE ELIGIO EFREN
(VALCROM SH).-
garcIa de
uen-te 1
Secretario do !nüustria y DesaFío:11) Fred:..:ct;.,o
c) ',/afc\a
MuniclPaIÉdad de fioíen;i
s.1.o.P
25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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BOM N° 11
ai:L& Florencio
VareJ8
iV.2 ri 1{tf:iII;i':ad
FLORENCIO VARELA,1 4 NOV 2025 VISTO:
La Resolución NC) 93/25 (fs. 468 a 470) de actualización de superficie y ampliación de rubro, otorgada por la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, en el expte. adm. mun N') 4037-2883-D-21 (cuerpos I a III), a favor de la firma DISTRIBUIDORA SARMIENTO S.A, del establecimiento cuyo rubro es: Categoría 3 - Venta Mayorista de Artículos de Almacén, Limpieza, Bebidas sin Alcohol y Distribución de Fiambres Anexo Venta de Pequeños Electrodomésticos y; CONSIDERANDO:
10 61 -#
0) 62
Que, con posterioridad al otorgamiento de actualización de superficie y ampliación de rubro, se alertó un error involuntario en relación a las superficies del establecimiento atento a lo manifestado a fs. 528. Que, a fs. 530 luce nueva planilla de indicadores urbanísticos confeccionada por la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, que establece las superficies del proyecto. Que, el Artículo 115 de la Ordenanza General N') 267/80 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos. Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarroilo Productivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos N') 1723/15, N') 158/20 y 3575/23 RESUELVE
ARTÍCULO I': RECTIFÍCASE, el Artículo 1'’ inciso f) de la Resolución N' 93/25, cuya redacción definitiva será la que a continuación se transcribe: f) SUPERFICIE: S.4.D.P
Superficies
Planilla de Indicadores fs 530
Terreno
745,46 m=
mejec.
394,07 m
Libre
277,04 m2
Proyecto Cub. ejec. Libre
894,07 m2
Total
1.171.11 m=
277,04 m2
Sup. total ocupada por el proyecto: 1.171,11 m2. ARTÍCULO 2c’: Los demás artículos e incisos del artículo 1 ' de la Resolución N') 93/25 mantienen vigencia.-----------------------------------------------------------------.----25 de Mayo N' 2725 - FlorencIa Va'ela - C.P. 1888 - F’ro/irrc ia de Boe,.es Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - y,ww.varela.gob.?
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela Muni(ipa 1,cl,id
ARTÍCULO 3o: Se notificará a la firma mediante la entrega de la presente Resolución por parte de la Dirección de Supervisión Operativa dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.----------------------------------------
ARTÍCULO 4c): Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHiVESE.----------------------------------------------------------------------------------------
2 9 4 25
?
RESOLUCIÓN NO..g'K.-.....;...
Expte. N'’: 4037-2883-D-21.- (Cuerpos I a III)
DISTRIBUIDORA SARMIENTO S.A.
arOo
de la FÚeÍte
Secíeí?l' io 'ip Industria y Desa río::a Productivo MunicipaIIdad de Florencio Varela
S.1.D.P
T: \ p 7F5 :1l 1 r)o:
1 g 1 : 2 ; n: : Le:
3 : eEL=jab
1AI
1 C # Pn 1 8 8 8 H p r o1 v i n c i a d e B u en o s Aires
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:
4aG
Florencio Varela (j
FLORENCIO VARELA, 2 8 NOV 2025 VISTO: Que el causante RICHARD ARIEI_, LOPEZ SALINAS solicita por cxpte. adm.
mun. nc’ 4037-2877-L-2022, la expedición del Certificado da Aptitud ,\11rhiental de la industria localizada en zona 12/Cil (Industrial Mixta ,/Banda de Circulación Prilnaria), cuyo rubro autorizado mediante Resolución N'’ 198/25 (fé. 91/92) es: Elaboración y Distribución
de Panificados y Productos de Confitería con Venta al Público. en coll!ornridad a las prescripciones previstas en la Ley N'’ 1 1 .459 y sus Decretos Reglamentarios N'’ 531/19 y Nc’
973/20, y;
CONSIDERANDO: Que, el establecimiento cuenta en carácter de antecedente con Resolución N'’ 111/22 (fs. 32/33) de Factibilidad de Localización, Resolución ND103/25 (fs.70/71 ) de actualización de rubro, y Resolución N' 198,/25 (fs. 91/92 ) de acttlalización de
superficie y potencia; rubro: Elaboración y Distribución de Panificados. v Prc,ductos de Confitería con Venta al Público. Que. el establecimiento fue catcgorizado cn función de su ('lasilicación
del Nivel de Conlplej idad Ambiental (CNC A) como --Primera (-:ategoría-". arlo}ando un total de 14 puntos, mediante Disposición del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires N'’ DISPO-2025-614-GDEBA-DPEIAMAMGP (fs. 61/62) en el marco de la 1.ey N') 11 .459 y sus Decretos Reglamentarios N'’ 531/19 y N" 973/20.
Que, atento lo dispuesto por la Ley N'’ 1 1.459. el (erl iIi rudo de Aptitud
Ambiental (CAA) para los establecimientos clasificados como primera y seg IInda categoría, serán otorgados por la Municipalidad.
Que, el Decreto N') 531/19 Reglamentario de la Ley N'' 11.459, en su
s.1.o.P
Anexo 1, Artículo
6c> determina que los Municipios
podrán establecer sus propias nonnas de
trámite para la emisión del Certificado de Aptitud A 111biental (CAA) parí'1 establecimientos
de lc’ y 2'J categoría, Que, dc fs. 96 a fs. 149 luce pl’csentación por parte del causante de la
Auditoría Anrbiental ( AA) del establecimiento. Que, a fs. 150 obra informe r¿cnico de la 1)irecciólr dc Supervisión Operativa en el que expresa que el establecimiento se encuentra en condiclolres de obtener
e c e n 1 c a o d e A p i t u d A m b i e n a : C A 44 • 1
t
1
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25 de \'íayo de 181 0 N' 2725 – }-'iorcncit) Vajl:l8 -- C-. P. 1 888 – !>rovincia dc Bu,:11,t\ '\11-es
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Publicación: 11.-
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Florencio Varela d
Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 149 permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos que hace necesaria la i111plcmentación de estrictas medidas de Higiene, Seguridad y Preservación del Ambiente.
Por ello. el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo l’roductivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos N'’ 1723/15, N') 158/20. N" 1296/21 y Nc’ 3575/23
RESUELVE ARTÍCULO lo: OTÓRGASE, el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA ) al --–----–––--–––––––--
establecimiento industrial. cuyas principales características declaradas son:
a) RESPONSABLE: RICHARD ARIEL LÓPEZ S ALÍNAS. b) UBICACIÓN: Av. Monteverde (R.P. 4) N'’1226.-
Barrio: Villa Aurora. Localidad : San Juan Bautista. c) DATOS CATASTRALES: Circ. l-– Secc. F - Cód. 3 – Mz. 104 - Pc. 1 n
d) ZONA: 12/Cil (Industrial Mixta / Banda de Circulación Primaria). e) RUBRO: Elaboración y Distribución de Panifícados y Productos de C-onfitería con Venta al Público.
f) CLASIFICACIÓN DE NiVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL:
Primera
Categoría (N(-A: 14 puntos) g) SUPERFICIES : Terreno: 518,18 m2.
Cub. Ejec.: 368,60 m2.
Libre: 149,18 m2. Sup. cub. ocupada por el proyecto: 368,60 m2.
Sup. total ocupada por el proyecto: 368,60 m2. S.l.D.P h) POTENCIA INSTALADA: 26 (veintiséis) hp. i) PERSONAL: 7 (siete) personas. ARTÍCULO 2'’: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental (CA/\1 será de 4 (cuatro) -––---––––--
años, contados a partir de la fecha de extensión de la presente Resolución,
conforme a lo dispuesto por el Art. 11 de la 1..ey N' 1 1.459. -–––--------- ---.-- ---------––----
29:, 25 25 de Mayo de 18 it) N'’ 2725 – Florencio Varela -- C.P. 1 888 – Provincia de Buell,.s ’\ircs
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»111b Florencio Varela $lun!€!pai;dac$
ARTÍCULO 3'’: Se notificará al causante mediante la entrega de la presente Resolución por ---–––––––--
parte de la Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría
de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según
lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente. –---––--––––––––––––––-ARTÍCULO 4'’: Notiñquese con copia de la presente Resolución al Ministerio de -––––-–––––---–--Anbiente
de la Provincia de Buenos Aires de conformidad al Capítulo VII
Artículo 30'’ del Decreto Reglamentario N'’ 531/19 de la Ley N'’ 11459 de Radicación
Industrial. -–––––––––––––––––––––––––––––––––--––––--–---––--–--–
ARTÍCULO 5'’: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea ARCHÍVESE. -–––--
RESOLUCIÓN Expte. N': 4037-2877-L-2022
RICHARD ARIEL LÓPEZ SALINAS
Ricardo de la Fuente Secreta:!o de !;";..iustíia y Des: rfc;i:l3 F.'c-i uctivc) Municipalidad de Florencio Varela
s.1.o.P
25 de Mayo de 1810 N' 2725 _, F]orencio Varela – C.P. ] 888 – Provincia de Buenos Aires
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Fj:4:::81:
Publicación: 11.-
BOM N° 11
1
${}& Florencio Varela htunicip&!!<$81
FLORENCIO VARELA,
26 NOV2025
VISTO :
La solicitud de la firma HY POWER ARGENTINA S.A., a través de la cual requiere por expte. adm. mun. Ng 4037-3477-H-2025, instalar un establecimiento en zona Ci2/12 (Banda de Circulación Secundaria/Industrial Mixta), cuyo rubro es: “Depósito de Máquinas, Herramientas, Artículos de Ferretería y Materiales Eléctricos”, y; CONSIDERANDO:
Que, el presente acto administrativo es en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza vigente. Que, según el Código de Zonificación vigente en la zona Ci2/12 (Banda de Circulación Secundaria/Industrial Mixta) se encuentra como “Usos Permitidos”: almacenaje.
Que, mediante comparendo (fs. 40), la firma declara los principales parárnetros de la actividad comercial.
UrB
03
a::)
03
(a
Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos de fs. 41 en la que se destacan las principales características del proyecto y los usos permitidos en la zona de emplazamiento de acuerdo al Código de Zonificación vigente. Que, la Dirección de Catastro Parcelario (fs. 43) informó la titularidad y domicilio correspondiente al predio en análisis. Que, el predio posee plano de obra civil aprobado por expediente Ng 4037-12264T-2000 (fs. 37 y 38). Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 43 permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptables en la medida que cumpla con lo detallado en la misma y con las normas vigentes. Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos Ng 1723/15, Ng 158/20 y Ng 3575/23; RESUELVE
ARTÍCULO 19: OTÓRGASE, la AUTORIZACIÓN PREVIA (Ord. Ng 857/84) al establecimiento, cuyas principales características declaradas son: a) RESPONSABLE: HY POWER ARGENTINAS.A.b) UBICACIÓN: Av. Guillermo E. Hudson Ng 3254.
Barrio: Santa Ana.Localidad: Bosques.c) DATOS CATASTRALES: Circ. V – Cód. 9 – Pc. 1347a d) ZONA: Ci2/12 (Banda de Circulación Secundaria/Industrial Mixta).-
e) RUBRO: Depósito de Máquinas, Herramientas, Artículos de Ferretería y Materiales Eléctricos. f) SUPERFICIE:
S.l.D.P
Terreno: 73.448,60 m2.Cub. a ejec.: 12.097,03 m2.Libre: 81.841,16 m2.Sup. (cub.) a ocupar por el proyecto: 5.000 m2. Sup. (libre) a ocupar por el proyecto: 2.000 m2.Sup. (total) a ocupar por el proyecto: 7.000 m2.. g) POTENCIA A INSTALAR: nula.h) PERSONAL A OCUPAR: 5 (cinco) personas.ARTÍCULO 29: Previo al inicio de la actividad la firma deberá dar cumplimiento a lo establecido en
la Ordenanza vigente a los fines de gestionar la solicitud de Habilitación Municipal correspondiente.
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio VareÉa - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel : (54 13) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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SiP
Florencia Va re}8 del establecimiento, sus instalaciones y coná';¿;¿'i;ii: :ci-¿ funcionamiento deberán encuadrarse en la normativa vigente.----------------------------------------------ARTÍCULO 39: Las características
ARTÍCULO 49: La firma deberá absorber la carga y descarga de mercadería en el interior del predio.ARTÍCULO 59: Para efectuar modificaciones a lo autorizado la firma deberá gestionar previamente
la factibilidad correspondiente, en particular lo referido a rubro, fuerza motriz, obra civil y/o superficie del proyecto.---------------------------------------------------------. ARTÍCULO 69: La firma en caso de no cumplimentar los requisitos de los arts. 29, 39, 49 y/o 59 será pasible de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento.-----------ARTÍCULO 79: Se notificará a la firma mediante la entrega de la presente Resolución por parte de la
Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente .------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 89: Regístrese, comuníquese y cumplimentado que sea, ARCHÍVESE.--------------------------
RESOLUCIÓN N Expte. Ng: 4037-3477-H-2025.HY POWER ARGENTINA S.A.-
Ricardo de la Fuente Secretario de Industria y [esRri-Gilo Flíccjuctivo
S.l.D.P
Nquni.ciF:,1 iJad de F:orcI",cto Varela
25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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1i111111 :
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Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
27 NOV2025
VISTO :
La
nota
elevada
por
la
agente
municipal
MEDINA
BELEN
MICAELA, quien se desempeña como Personal Técnico –Clase IV– por 42 , 00 horas semanales , en el Servicio de Laboratorio, de la Subsecretaría de
Atención de la Salud, dependiente de la Secretaría de Salud, mediante la cual solicita Licencia de Nacimiento a partir del 27 de octubre de 2025 ; y
CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a constancias obrantes en la Subsecretaría
de Recursos Humanos , corresponde hacer lugar a lo pet icionado , encuadrándose dentro de los términos del Artículo 48'’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (Ord . N') 9533 ) ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; RESUELVE: ARTÍCULO 1 c’.–Concédase a la agente
municipal
MEDINA BELEN MICAELA, Leg .
– – – – – – –N'> 9866, Licencia de Nacimiento, a partir del 27 de octubre de 2025 , y por el término de 110 ( ciento diez ) días , según lo expuesto en el considerando del presente . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
.RTÍCULO 2 '’ . –La pre 3ente resolución
será ref rendada por el Secretario
de
– – – – – –Gobier rio
297--2§-
1
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gov.ar
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-\Iilb Florencio Varela Municipalidad
11112.– ARTÍCULO 3a . –Tomen conocimiento la Secretaría
Recursos Humanos , la Direcciones
Generales de Liquidación
Registro y Legislación
de Salud, ia Subsecretaría Contaduría General, y las
de Haberes y Patrimonio ,
y de
.
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHIVESE .
RESOLUCIÓN No
29
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Florencio VareÉa Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
27 NOV20b
VISTO :
La nota elevada por la agente municipal IY[AROZ ALEXIA JULIETA PAULA, quien se desempeña como Directora General de Coordinación y Audiencias , dependiente de la Secretaría General de Gestión Pública, mediante la cual solicita Licencia de Nacimiento a partir del 17 de noviembre de 2025 ; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a constancias obrantes en la Subsecretaría
de Recursos Humanos , corresponde hacer lugar a lo pet icionado , encuadrándose dentro de los términos del Artículo 48 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C)rd . N') 9533 ) ;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; RESUELVE: ARTÍCULO l'’.–Concédase
a la
agente
municipal
NIAROZ -ALEXIA JULIETA
PAULA,
– – – – – –Leg . Nc) 6.617 , Licencia de Nacimiento, a partir del 17 de noviembre de 2025 , y por el término de 110 ( ciento diez ) días , según lo NFLT•Úl ETb5F#! kFlfr?
expuesto en el considerando del presente . – – – – – – – – – – – – – – – –
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ARTÍCULO 2 '3 . –La presente resolución
será refrendada por el Secretario de – – – – – – –Gobierno . – – - – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – –
298
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üt¿!& Fiorencio Varela Municipalidad
/ / / 12.–
ARTÍCULO 3'> . –Tomen conocimiento la Secretaría
General de Gestión Pública, – – – – - - –la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación Registro
y Legislación
.–
de Haberes y Patrimonio,
y de
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 '’ . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVE:SE
RESOLUCIÓN N'
298 25
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Floreneio Varela Municipaii<18d
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2 7 N0V 202
VISTO :
La nota elevada por la agente municipal NUÑEZ CATALINA, quien se desempeña como Personal Horas Cátedra en la Dirección de Actividades Musicales , dependiente de la Secretaría de Cultura, Deportes y Recreación, mediante la cual solicita Licencia de Nacimiento a partir del 18 de noviembre de 2025 ; y CONS 1 DERANDO :
Que de acuerdo a constancias obrantes en la Subsecretaría
de Recursos Humanos , corresponde hacer lugar a lo peticionado , encuadrándose dentro de los términos del Artículo 48 c’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela" (C>rd . Nc’ 9533 ) ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNiCIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; RESUELVE
:
ARTÍ(.--ui,o 1'.–concédase a la agente municipal NUÑEZ CATALINA, Leg . N'’ – –
– – – – – – – – 9395 , Licencia de Nacimiento, a partir del 18 de noviembre üpFe[iíii ']t i(pii DE pl7::
de 20257 y por el término de 110 ( ciento diez ) días , según lo expuesto en el considerando del presente . – – - – – - – – – – – – – – – – – – – – – –
. ;. 1q t1,:balki
ARTÍCULO 2 '' . -La presente resolución será refrendada por el Secretario de – – – – – – –Gobierno . – – – – – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – –
299 2§
1111 .-
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111 /2.–
ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Cultura, Deportes y – – – – – – –Recreación, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General , y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese,
comuníquese, y cumplimentado que sea, ARCHIVESE .
RESOLUCIÓN N' lt[l€RR De Plan-l1 TS:;.Cb#itwü
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FLORENCIO VARELA,
27 NOV2025
VISTO :
La nota elevada por la agente municipal JARA DANIELA, quien se desempeña como Técnico –Clase I– por 48 , 00 horas semanales , en la Dirección General de Protección Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gobierno, mediante la cual solicita Licencia de Nacimiento a partir del 03 de noviembre de 2025 ; y CONS I DERANDO :
Que de acuerdo a constancias obrantes en la Subsecretaría
de Recursos Humanos , corresponde hacer lugar a lo pet icionado , encuadrándose dentro de los términos del Artículo 48 '’ del "E$tatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela'’ (Ord . Nc’ 9533 ) ;
Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo ; RESUELVE: ARTÍcULO 1 '>.–Concédase a la agente municipal
rf 1[FE138111RR ;:..q1 t 1 ::e e3eI'! tve
JARA DANIELA, Leg . N'’ 11.398–
– – - – – –Licencia de Nacimiento, a partir del 03 de noviembre de 2025 , y por el término de 110 ( ciento diez ) días , según lo expuesto en el considerando del presente . – – – - – – – – – – – – – – – – – – – – – – -
ARTÍCULO 2 ') . –La presente resolución será refrendada por el Secretario de , – – – – – –Gobierno . – – – – – – – – – – – – – – – – – – – - – – – – –
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Florencio Varela Municipalidad
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ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento
la Secretaría
de Gobierno,
la – – – – –
– – – – –Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Registro
Generales de Liquidación
y Legislación
ARTÍCULO 4 '
.–
de Haberes y Patrimonio,
y
de
– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHIVESE.
RESOLUCIÓN N'
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ül¿tü Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
27 NOV2025
VISTO :
La nota
elevada
por
la
agente
municipal
KREICK
VALERIA
ANDREA,
quien se desempeña como Directora General de Culto, dependiente de la Secretaría de Gobierno, por la cual solicita se le conceda Licencia por Matrimonio por el término de 15 (quince) días ; y CONS I DERANDO :
Que lo solicitado
se halla encuadrado dentro de los términos del Artículo 47 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela", ( C)rd . 9533 ) ; Que se puede hacer lugar a lo solicitado;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo; RESUELVE: ARTICULO 1 '’.–Concédase
a la agente municipal
KREICK VALERIA ANDREA, Leg . Nc’
– – – – – 5.262 , Licencia por Matrimonio, por el término de 15 (quince) días, desde el 07 al 21 de noviembre de 2025 , de acuerdo a lo establecido ;e;.:Küj'qú en el Artículo 47 '’ del "Estatuto Municipal para los Trabajadores de la Municipalidad de Florencio Varela'’ , (Orci . 9533 ) . – – – – – – – – – – – – – -
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipatidad
/ 1 / /2.–
ARTÍCULO 2 '’ . –La presente resolución será refrendada por el Secretario de – – – – – –Gobierno . - – – - - – - – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 3 ' . –Tomen conocimiento la Secretaría
Generales
de Gobierno , la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones de Liquidación de Haberes y Patrimonio , y de Registro y
Legislación
.–
– – - - – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
ARTÍCULO 4 ' . –Regístrese,
RESOLUCIÓN
comuníquese
cumplimentado que sea, ARCHIVESE . –
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N' :
1
ílkt[cIel cf IEW 0? P!:rt' 13:1. b#;1#1
Dr. Dono.Eeidi D¿nie1 A, /
Secr9tário de G¿biemo MunicipáIÉdad de F+8rencio Varela
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}:-'„j:-;ii -:1
ql¿ti' Florencio Varela Ñ4unicipalid8cl
,...,~.,. VA,ELA, 27 NOV208 VISTO :
La necesidad de reubicar a los agentes municipales de acuerdo a los distintos requerimientos de esta comuna; y
CONS I DERAN DO :
Que se puede dar lugar a lo mencionado, contando con vacantes y disponibilidad presupuestaria a tal efecto; Por ello, EL iNTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
RESUELVE: ARTÍCULO 1'.–Trasládese
a los agentes que a continuación
se detallan
en
– – – – – – –el área y fecha que en cada caso se indica : Legajo: 9.135 Apellido
y Nombre:
(’-ABro\l
GONZALEZ NICOLAS SANTIAGO
Área: Direceión de Portería Descentralizada, Secretaría General de 81tCCIBq
itliU
01 P IIn it iS 1q le#aIH
Gestión
Pública
.
Fecha: 28 /10/2025 Legajo: 11.154 Apellido
y Nombre:
VIZGARRA
LUCiANO
GERARDO
Área : Secretaría de Desarrollo Social.
Fecha: 01/11/2025
302 25
1111 .–
25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela Municipatidaci
11 / /2.–
ARTÍCULO 2 ') . –La presente resolución –Gobierno
será refrendada por el Secretario de–
. –
ARTÍCULO 3 '’ . –Tomen conocimiento la Secretaría General de Gestión Pública,
– la Secretaría de Desarrollo Social, la Subsecretaría de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación . –
ARTÍCULO 4 c) . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea , ARCHIVEISE
RESOLUCIÓN
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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3$?1iV# :gi}:41:
Florencio Varela Municipalidad
FLORENCIO VARELA,
27 NOV2025
VISTO :
La necesidad de reubicar a los agentes municipales acuerdo a los distintos requerimientos de esta comuna; y
de
CONS 1 DERANDO :
Que se puede dar lugar a lo mencionado, contando con vacantes y disponibilidad presupuestaria a tal efecto; Por ello , EL INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de atribuciones propias de su cargo;
RESUELVE: ARTÍCULO 1 '’.–Trasládese
a la agente que a continuación
– –área y fecha que se indica
se detalla
en el–
:
Legajo : 4400 Apellido y Nombre : MONTe)RI SILVINA ALICiA Área: Secretaría de Educación .
Fecha : 29/10 /2025 ARTÍCULO 2 '’ . –La presente resolución será refrendada por el Secretario –Gobierno . – – – – – –
de-
9RiCClé1: GÍXiRpY, DE
PlaN tSeg.foH31vi
303
1111 .–
25 de Mayo Ng 2725 - Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
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RESOLUCIONES
1 : t:1:
;f${3:1
Publicación: 11.-
BOM N° 11
9K1:
a+i 9& Florencio Varela Murli(ipa:ida€i
/ 1112.– ARTÍCULO 3'’ . –Tomen conocimiento la
Secretaría de Educación, la Subsecre– – –tarta de Recursos Humanos , la Contaduría General, y las Direcciones Generales de Liquidación de Haberes y Patrimonio, y de Registro y Legislación
.–
ARTÍCULO 4 ') . –Regístrese , comuníquese , y cumplimentado que sea, ARCHIVESE .
RESOLUCIÓN
No :
303
Ü$ÍÜibÓ!CtIER¿l
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Dr. Dono L-é'idi Daniel A ' [
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25 de Mayo Ng 2725 – Florencio Varela – C.P. 1888 – Provincia de Buenos Aires Tel: (54 11) 4237 1601 – www.varela.gov.ar
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Florencio Vareia ?blunt(; 138 :l3:rf
FLORENCIO VARELA,
28 NOV203
VISTO :
La necesidad de actualizar el nivel de complejidad ambiental de la firma FLUVIAL S.R.L., por expte. adm. mun. nc) 4037-5967-F-22 (Cuerpos I y II), establecimiento industrial emplazado en zona 11 (Industrial Exclusiva), cuyo rubro autorizado por Resolución NC) 140/25 (fs. 315 y 316) es: Fabricación de Bombas
Centrifugas, Equipamientos para Piscinas e Hidromasajes Anexo Comercialización y Depósito de Productos Domisanitarios, y CONSIDERANDO:
Que, todos los establecimientos industriales que hayan obtenido, como Fase 1 , la Clasificación del nivel de Complejidad Ambiental (CNCA), según lo establecido en la Ley N' 11.459 y su decreto reglamentario N' 531/19 podrán, de considerarlo necesario, reclasificarse en función de la nueva fórmula para el cálculo del Nivel de complejidad ambiental establecida en el ANEXO 2 del Decreto N' 973/2020. Que, conforme nuevo Formulario de Nivel de Complejidad Ambiental (fs. 327 a 332), declarado por la firma a través del portal web del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, fue ciasificada conforme su nivel de complejidad ambiental como de “Segunda Categoría”, en los términos de la Ley N' 11.459 de Radicación Industrial y sus Decretos Reglamentarios N' 531/19 y N'’ 973/20. Que, el establecimiento cuenta en carácter de antecedente con Resolución de autorización previa NQ 297/22 (fs. 51 y 52), Certificado de Aptitud
Ambiental (fs. 140) emitido mediante Resolución N'’ 168/23 (fs. 137 a 139), actualización de rubro por Resolución Na 288/24 (fs. 271 y 272) y actualización de potencia por Resolución N' 140/25 (fs. 315 y 316). Que, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, confeccionó la planilla de indicadores urbanísticos a fs. 32 en la que se destacan las principales características de las superficies del proyecto y los usos permitidos de la zona conforme al Código de Zonificación vigente.
Que, la Dirección de Catastro Parcelario (fs. 35) Informó la numeración domiciliaria correspondiente al predio en arlállsis. Que, el establecimiento posee Plano de Obra Civil (fs. 236).
Que, el establecimiento cuenta con
Plano de Instalación
Electromecánica (fs. 319).
LO (:\1 XP
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0:
Que, el análisis de la documentación obrante de fs. 1 a 332 U
1P
permite encuadrar la actividad con un nivel de riesgos y molestias aceptable en la medida que cumpla con lo detallado en la misma y demás normas vigentes. 25 de Mayo N'’ 2725 - Florencio Varela - C P 1888 - Provincia de Buenos Aires Tei.: (54 11) 4237 160 l ' www.v8rel.q.goD.81
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Florencio Varela t 31€;C' 1l: i<38 cg
Por ello, el Sr. Secretario de Industria y Desarrollo Productivo, en uso de atribuciones conferidas mediante Decretos N' 1723/15, N' 158/20 y N' 3575/23.
RESUELVE
ARTÍCULO la: AUTORÍZASE, la actualización del nivel de complejidad ambiental (Ord. Nc’ 857/84) al establecirniento, cuyas principales características son a) RESPONSABLE: FLUVIAL S.R.L. b) UBICACIÓN, C,I1, 1234 N' 645.Barrio: Zona Industrial La Rotonda.Localidad: Ing. Allan.c) DATOS CATASTRALES: Circ. V - Secc. M - Cód. 4 - Fracc. VIII Pc. 1 b.d) ZONA: 11 (Industrial Exclusiva).e) RUBRO AUTORIZADO (Res. NC) 140/25): Fabricación de Bombas
Centrifugas, Equipamientos para Piscinas e Hidromasajes Anexo Comercialización y Depósito de Productos Domisanitarios. 0 NIVEL DE COMPLEJIDAD AMBIENTAL: “Segunda Categoría”. g) SUPERFICIE AUTORIZADA (Res. N' 440/25): Terreno: 4.690 m2.Cub. a ejec.: 3.091 m2.Libre: 1.878 rr12.Sup. (cub.) ocupada por el proyecto: 3.091 m2. Sup. (libre) ocupada por el proyecto: 1.878 m2. Sup. ocupada por el proyecto: 4.969 m2.S. 1.D.P
h) POTENCIA AUTORIZADA (Res. N'’ 140/25): 697 (seiscientos noventa y siete) hp.i) PERSONAL AUTORIZADA (Res. N'> 140/25): 42 (cuarenta y dos) personas . -
ARTÍCULO 2'’: Las características del establecimiento, sus instalaciones y funcionamiento deberán encuadrarse en la normativa vigente. --.–––––-----––––ARTÍCULO 3c): La carga, descarga y estacionamiento, deberán resolverse en el interior del predio. ––––––- –––--–--–---–------–––––––-'–––-----––––––----–-ARTÍCULO 4'’: Para efectuar modificaciones y/o cambios que hagan variar el cálculo del nivel de complejidad ambiental, cambio lio ampliación del rubro, el causante deberá solicitar previamente la autorización correspondiente. -–––––--–
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ARTÍCULO 5c): En caso de que el causante no cumplimente los requisitos exigidos en los arts. 2'), 3'’ y/o 4c), será pasibte de sanciones legales pudiendo llegar a la clausura preventiva del establecimiento. ----–----––––––––––-–-–---–––--–-––-
ARTÍCULO 6'): Se notificará al causante mediante la entrega de la presente Resolución por parte de la Dirección de Supervisión Operativa, dependiente de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, previo pago de los derechos correspondientes, según lo exigido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.-ARTiCULO 7: RéÓístrese, comuníquese y cumplimen-iado que sea ARCHÍVESE.--
304 25 RESOLUCIÓN
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Expte.: 4037-5967-F-22 (Cuerpos I y II). FLUVIAL S.R.L.
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25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.goD.ar
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Honorable Concejo Deliberante Florencio Varela
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VISTO: La Nota presentada por el Señor Concejal Rodríguez Christian Javier, a través de la cual solicita se le conceda la renovación de Licencia en el cargo de Concejal, a partir del 12 de noviembre de 2025, hasta el 11 de noviembre de 2026 inclusive, y; CONSIDERANDO: Que, la misma ha dado origen al Expediente H.C.D. N° 29.605/25;
e
Que, la presente solicitud, se fundamenta en lo preceptuado en el Artículo 63° Inciso 6 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, que reza sobre las licencias que como atribución debe acordar el Concejo, siendo el caso la licencia con causa requerida por el Señor Concejal Rodríguez Christian Javier, a los efectos de desempeñar funciones en el Departamento Ejecutivo Municipal; Que, a tal fin corresponde dar tratamiento a lo requerido, en razón de dar cumplimiento al Artículo 23° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 2° de la Resolución emanada por la Junta Electoral del día 05 de diciembre de 2023, corresponde convocar a la 1° Concejala Suplente, siendo la edil Burgos Cintia Anabella consagrada en el certificado de escrutinio definitivo; Que, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 77° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es voluntad de este Cuerpo dictar el presente;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de: DECRETO ARTÍCULO 1°: RENUÉVASE, la LICENCIA solicitada por. el Señor Concejal del Honorable Concejo Deliberante, Rodríguez Christian Javier, a partir del 12 de noviembre de 2025 al 11 de noviembre de 2026, inclusive. ARTÍCULO 2°: COMUNÍQUESE, al peticionante lo resuelto en el Artículo 1° del presente. ARTÍCULO 30: COMUNÍQUESE, a la Concejala Burgos Ciiitia Anabella, que deberá continuar en su cargo de Concejala de este Honorable Concejo Deliberante, en reemplazo del edil que solicitó la presente renovación de licencia.
Página 1 de 2 Avenida Calchaquí N° 6269 y Sargento Cabral — Florencio Varela — C.P. 1.888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900/8920 — correo electrónico: secrelariabcdvarela("ii,ginail.corn
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Honorable Concejo Deliberante Florencio Varela
`2025 9S10, -
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ARTÍCULO 40: COMUNÍQUESE, a la Subsecretaría de Recursos Humanos, Dirección General de Liquidación de Haberes y Patrimonio y a la Subsecretaría de Auditoría Interna de la Municipalidad de Florencio Varela. ARTÍCULO 5": COMUNÍQUESE, al Honorable Tribunal de Cuentas. ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE, y CUMPLIMENTADO que sea, ARCHÍVESE. DECRETO N° 217/25.-
H.C.D. 1.71a .944(lt
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Secretaría Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela
GUSTAVO JAVI
Presidente Honorable Concejo Deliberante Florencio Varela
SANCIONADO EN LA 13° SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/11/2025.EXPEDIENTE H.C.D. N° 29.605/25.-
Página 2 de 2 Avenida Calchaquí N° 6269 y Sargento Cabral — Florencio Varela — C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900/8920 — correo electrónico: secretarialicdvarela(iixmail.corn
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Honorable Concejo Deliberante Florencio Varela
-2025- 9Sto- dei-(-0 °,9S-dzier~delj-~ a Uftwnia4 .9katai4d VISTO: El Alcance N° 76/25 al Expediente Administrativo Municipal N° 4037-4365-S-18, en el cual se hallan contenidas en copias xerográficas, las Actas de Apertura de "Buzones por la Vida", correspondientes al mes de septiembre del ario 2025, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3 0 de la Ordenanza N° 9.134/17 y el Artículo 60 del Decreto Municipal N° 170/18, y; CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N° 29.600/25; Que, habiendo la Comisión de SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, tomado conocimiento del Expediente de referenda y no habiendo más que dictaminar, la misma aconseja su pase al Archivo;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de: DECRETO ARTÍCULO 1°: ARCHÍVESE, el Expediente H.C.D. N° 29.600/25. ARTÍCULO 2°: REGÍSTRESE, y cumplimentado que sea ARCHÍVESE. DECRETO N° 221/25.-
H.C.D. Jvictis Secretaría
1n)
Honorable Concejo Deliberante de Florencio Vrireia
EARTE GUSTAVO JAVIER
Presidente .orable Concejo Dellberarite Flcranr ala
SANCIONADO EN LA 13° SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/11/2025.EXPEDIENTE H.C.D. N° 29.600/25.-
Página 1 de 1 Avenida Calchaquí N° 6269 y Sargento Cabral — Florencio Varela — C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900/8920 — correo electrónico: secretarialicdvarela:ü4unail.com
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KIT Honorable Concejo Deliberante Florencio Varela
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VISTO: La presentación efectuada por integrantes de los equipos de conducción y docentes de Escuelas de Educación Secundaria Técnica y Agraria y Centros de Formación Profesional y Laboral de nuestro distrito, y; CONSIDERANDO: Que, la misma ha dado origen al Expediente H.C.D. N° 29.612/25; Que, a través de dicha misiva manifiestan su más profunda preocupación ante lo que consideran una medida que, de concretarse, quita la principal fuente de financiamiento con la cual, permite a pesar de su reducción en 2025, garantizar mínimamente la adquisición de capacidad de parte de las y los estudiantes; Que, asimismo, mediante la misma, ponen de manifiesto su gran preocupación ante el avance por parte del gobierno nacional, en lo que respecta a recortes en materia educativa, ciencia y tecnología, y más aún, que el Proyecto de Ley de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, en su Artículo 30° propone la derogación de disposiciones. legales que garantizan el financiamiento de la Educación Nacional, la Ciencia, la Tecnología y la Educación Técnico Profesional; Que, dicha derogación afecta directamente a los siguientes artículos y leyes: a) El Artículo 9° de la Ley N° 26.206 de Educación Nacional y sus modificatorias; b) Los Artículos 5°, 6° y 7° de la Ley N° 27.614 de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; • c) El Artículo 52° de la Ley N° 26.058 de Educación Técnico Profesional; d) El inciso 1 del Artículo 4° de la Ley N° 27.565 del Fondo Nacional de la Defensa; Que, el Artículo 52° de la Ley N° 26.058 crea el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional, garantizando un financiamiento anual no inferior al 0,2% de los ingresos corrientes del Presupuesto Anual Consolidado del Sector Público Nacional, fondos que se destinan a la construcción, ampliación y refacción de infraestructura de las instituciones, equipamiento para los entornos formativos, materiales para los proyectos de los y las estudiantes, así como la consolidación de diferentes programas de acompañamiento para el avance de las trayectorias educativas y su finalización, de la educación profesional secundaria para la revinculación de adolescentes que se desvincularon del sistema educativo, etc.; Que, la supresión de estas disposiciones implica no solo un nuevo atropello a la educación en general y la educación técnica agraria, a la formación profesional y laboral, a la educación superior de formación técnica entre otras1 sino también, un grave retroceso para la educación pública en todos sus niveles, particularmente para la educación técnica y profesional, cuyo desarrollo resulta esencial para la formación de trabajadores calificados y para la producción nacional de bienes y servicios; Que, de prosperar el Proyecto de Ley de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, la Educación Técnico Profesional correrá un serio riesgo ya que retrocederá más de 20 arios, en los que se dio un alto crecimiento de matrícula en estas instituciones, esto además deja en claro que el estado nacional también se desentiende de la producción nacional, ya que sin profesionales técnicos no sería posible llevar adelante la producción dé bienes y servicios;
Avenida Calchaquí N° 6269 y Sargento Cabral — Florencio Varela — C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel • (54. 111 607R-R900 al R990 — Corren Flertrón ien• qerretarialilvi,,,arela ri-rs o Ali ceirn
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Id" Honorable Concejo Deliberante Florencio Varela
-2028
9xTÁ,dd-ÍO ° gXruleemar& dziiteiem k fturta4 al2z~
Que, resulta imprescindible que este Honorable Cuerpo se pronuncie reafirmando su compromiso en defensa de la educación pública, gratuita, inclusiva y de calidad, manifestando su rechazo ante cualquier intento de desfinanciamiento o récorte presupuestario que afecte el derecho a la educación y al desarrollo científicotecnológico del país; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de: RESOLUCIÓN PRIMERO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, expresa su más enérgico rechazo al Artículo 30 del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2026, que deroga disposiciones legales de financiamiento a la Educación Nacional, la Ciencia, la Tecnología y la Educación Técnico Profesional. SEGUNDO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, declara su preocupación ante el posible desfinanciamiento del sistema educativo técnico y científico, y advertir sobre el impacto negativo que ello implicaría en la formación de estudiantes, la labor docente y la producción nacional. TERCERO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, manifiesta su solidaridad y acompañamiento a los equipos de conducción, docentes y estudiantes de las Escuelas Técnicas, Agrarias y Centros de Formación Profesional de Florencio Varela, que se han pronunciado en defensa del financiamiento educativo y de la continuidad de los programas de fortalecimiento técnico y científico. CUARTO: Solicitamos al Poder Ejecutivo Nacional y al Honorable Congreso de la Nación que mantengan la plena vigencia de las normas que garantizan el financiamiento educativo establecido en las Leyes N's. 26.206, 26.058, 27.614 y 27.565, preservando los fondos destinados al desarrollo de la educación pública, técnico profesional y el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. QUINTO: Comuníquese, la presente resolución al Ministerio de Educación de la Nación, al Ministerio de Educación de la Provincia de Buenos Aires, a las Escuelas Técnicas y Agrarias y Centros de Formación Profesional y Laboral del distrito, y a los Honorable Concejo Deliberante de la Provincia de Buenos Aires. SEXTO:
COMUNÍQUESE, al Departamento Ejecutivo, CUMPLIMENTADO que sea, ARCHÍVESE.
REGÍSTRESE,
Y
RESOLUCIÓN N° 42/25.-
H.C.D. •
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tro Secretaría Honorable Concejo Deliberante
REARTE GUSTAVO
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Presidente Honorable Concejo De Florencio Varela
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1 SANCIONADA EN LA 13° SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/11/2025.EXPEDIENTE H.C.D. N° 29.612/25.-
Avenida Calchaquí N° 6269 y Sargento Cabral — Florencio Varela — C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel • 1-54 111607R-R900 al R990 — Corren Flertrhnirn• serrel grimhl
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VISTO: El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual propicia la Convalidación del Decreto Municipal N'’ 1544/25, de fecha 15 de julio del año 2025, según Expediente Administrativo Municipal N'= 4037-2208-M-2025, y;
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. NC) 29.586/25;
6
Que, por el precitado instrumento el Departamento Ejecutivo propicia la convalidación del Decreto Municipal N'’ 1544/25, de fecha 15 de julio del año 2025, mediante el cual se afectó al Uso Municipal, el vehículo automotor marca Peugeot Partner Patagónica l.6N VTC Plus, Dominio AA-028-ER; entre otros aspectos descriptos en el instrumento legal en análisis; Que, de conformidad con la finalidad perseguida en el instrumento de mamas en su Artículo 3'’, corresponde otorgar un despacho favorable a lo requerido por el Departamento Ejecutivo;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTÍCULO E: CONVALÍDASE, el Decreto Municipal N'> 1544/25, de fecha 15 de julio –--–––––––-- del año 2025, mediante el cual se afectó a 1 Uso Municipal, el vehículo automotor marca Peugeot Partner Patagónica l.6N VTC Plus, Dominio AA-028-ER. Según constancias obrantes en el Expediente Administrativo Municipal N' 4037-2208-M-2025.--ARTÍCULO
Z:
INCORPÓRASE, en copia debidamente autenticada el Decreto Municipal que fuera convalidado por el Artículo 1 '), a la presente.--------
ARTÍCULO =: COMUNíQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE, y CUMPLIMENI,'ADO que sea, ARCHÍVESE ORDENANZA
N' 10.864/25.D,
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Florencio Varela
SANCIONADA EN LA 130 SESIÓN ORD INARIA DE FECHA 06/11/2025 EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.586/25.-
Página 1 de 1 Avenida Calchaquí NC) 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secmtaríahccivarcla:#;glnail.coIn
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Florencio Varela
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Las actuaciones que üamitan. mediante Expediente Administmdvo N' 4037.2882-S-2024, por medio de las cuales se comidaa afectar al uso municipal el vehículo automotor marca Peugeot
Par&M Patagónica l.6N VIe PIn8 dominio AA 4>2&ER, en el marco de lo previsto en la Ley Provincial NQ 14.$17; y ’3\
caNsa)EKANDO; Que a tráyés dei citado Expediente Administrativo, se ilnpulm ia a&ctaaión al uso aumieipai dei @gaula automqtor maca PalgeotPaIÍner Patagónica 1.6;N VTC Plus, dominio AA02&ER, el cual se mcualtl4 inca@9
@
desde el día 06-09-2023, a eonsecueacia dei oportuno
ej«cieio dei pc>dgt de policíalnlmicJpa! en un aontroI de trálsito vdlic;alar.
(@ en dicho cm@xb, 'la LeyPlnváncia1 N'’ 14.547 es€abiece que los ve!!ículos que se eneuentrar alojados en depósitos mlxñeipaies a causa de inBacciaies de tránsito o faltas, cuya aplicaeión cornsptxl€k ,a los Municipios, y que no hubiesen sido retirados en el p}azo de ciento
octraM (180) dhs cortido s, wastituyea rwursos específicos propíos de dicha autoridad de aplicación, si no tiBbiesar sido wcialnNios &IItro del plazo ck ley estipulado. (be 81 @@miea«> del plazo señalado, sin que el titular registral haya reclamado la '\
r€sBtuei&1 del WIÚado vehícu}8 aujoglotor, a pesar de encontrarse for+ualmente intirnado para ello, por apUaaoión de la rrrencionada normativa, se considera que el mismo ha sido abandonado; quectaRdo en eonseauelnb.&€ub8M el Municipio para iniciar los procews dea&ctaeióa, subasta
y/o€olnparxa6iáa. POR EILO:
EL INTEINDENI:E MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA, en uso de las atribuciorrespropia$desucargo,
1544 25 a
Bi7B@
25 de Mayo N“ 2725 - Fiorea€ic Vara+ 8 - C.P. }888 - Proviricía de gHettO s Aires TeL-: (54 39 4237 7$€)1 - \\'ww.vareía.gob.ar
/ ,Secret „.\,\ aTa
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lonorable Concejo Deliberante Hb Flñrpncio Varela
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Florencio Vareia Munkip8Edad „;x+
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1
DECRETA
ARTIcuLO
jD: AFECTESE al uso municipal el vehículo autQlnotor marea Peuwt Partnw
/5/ --––--..–––.-
Pa@ónica 1.GN wrc p@s, donMo AA-028-ER, que se encuentra alojado en
ei depósito lnanioipal desde el día 06-09-2023, por encontrarse vencido el plazo otorgado oportunamente al Sr. Ariel Aiejandro González, DNI 39.294.055, en su carácter de titular registral del mencionado rodado, a fin de hacer valer los derechos que le asisten sobre el mismo, conforme /v-'\.
lo previsto @ la Ley Provincial N'’ 14.547.”'
ARTICULO
2'’: El presente Decreto será refrendado por la Señora Seaetaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Gobierno respectivarneate.
8
ARTÍCULO 3'': El prwea@ so firma Ad-Referaldtim del Honorable Con®jo Deliberwúe de Fioralcio Varela para w conocimiento,
ARTICULO e: Tomar calocialieato del prennte todas las Secretarí© que integran el Departamento Ejecutivo Municipal, la Subsecretaríade @ridad
Ciudadana, la
CoataduÑa G«lerai, las, Direcciones Generaia de Liquidación de Babeles y Patrimonio y de Registro y Leg81arñ&1 y la D@ción de Autanotor€s'
ARTÍCULO 5': Re@s&ese, comuníquese y culnplido que sea, ARCHÍVESE'
nECRETO N'
1544 25 Dr. Ando Hunl€+
w4lson
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Varela
C.T
25 de May1
10
Vareia - C.P. 1888 - Provincia de Buenos Aires
Td': (54 11) 42 37 :601 ' www,varola.got),ar
Secret lonorable Concejo Deliberante de Florencio Varela
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Florencio Varela
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VISTO: IPnl=
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual propicia la convalidación del Decreto Municipal Nc’ 1688/25, de fecha 31 de julio del año 2025, según Expediente Administrativo Municipal N') 4037-2450-M-2025, y
9
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N' 29.588/25 ; Que, por el precitado instrumento se rescindió el Boleto de CompraVenta del Inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción V – Código (3) – Sección K – Manzana 105 – Parcela 17, suscripto entre la Municipalidad de Florencio
8
Varela y la Señora Espinosa Ana María D.N.l.
N'’ 14.134.073 y el Señor Biondi
Jorge
Emilio, D.N.I. N' 13.979.524; entre otros aspectos descriptos en el instrumento legal en análisis; Que, de conformidad con la finalidad. perseguida en el instrumento de mamas en su Artículo 2'’, corresponde otorgar un despacho favorable a lo requerido por el Departamento Ejecutivo;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
•
ARTÍCULO lo: CONVALÍDASE, el Decreto Municipal N'’ 1688/25, de fecha 31 de julio -–––––––––-del año 2025, mediante el cual se rescindió el Boléto de Compra-Venta del Inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción V – Código (3) –Sección K – Manzana 105 – Parcela 17, suscripto entre la Municipalidad de Florencio Varela y la Señora Espinosa Ana María D.N.I. NC) 14.134.073 y el Señot Biohdi Jorge Emilio, D.N.I. N'’ 13.979.524. Según constancias obrantes en el Expediente Administrativo MI+nicipal Na 4037-2450-M-2025.-------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO
Z:
INCORPÓRASE, en copia debidamente autenticada eI Decreta Municipal que fuera convalidado por el Artículo 1'), a la presente.--------
ARTÍCULO 3o: COMUNÍQUESE, al Departamento ––––––––––--
Ejecutivo,
y
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ORDENANZA N' 10.865/25.-
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REGÍSTRESE,
CUMPLIMENTJ4DO que sea, ARCHÍVESE
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Floroncio Var8l-
SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORD [NARIA DE FECHA 06/11/2025 EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.588/25.Página 1 de 1 Avenida Calchaquí N'’ 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secmtaríahcdvarelalagmail.com
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BOM N° 11
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VISTO:
El Expediente Administrativo Municipal N'’ 4037-7874-E-88, carattüado: Espinosa Ana María S/Ordenanza 1967/88-ocupante de predio –V-K-105- 1, B' San Rudwindo, mediante el cual se tramita la regularización dominial del predio identificado catastrabnente como: Ctn. V- Cod. (3)- Secc. K- Mz. 105- ,Parc. 17 y;
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CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza N'’ 1967/88 promulgada por Decreto N'’ 917/88, se afectó al fondo de tierras, la parcela adjudicada mediante Boleto de Compra Venta susaipto el día 23 de diciembre de 1989 entre la Municipalidad de Florencio Varela y la señora Espinosa Ana María D.N.1 N'’ 14. 1 34.073 y del señor Biondi Jorge Emilio, D.N.l N' 13.979.524;
8
Que, de fs. 8 a 9 obra Boleto de Compra Venta del lote a favor de
la señora Espinosa Ana María y dei señor Biondi Jotge Emilio, quienes incumpiieron con las exigencias previstas en el artículo 5a inciso 10 y 12 de la Ordenanza Nc’ 1058/85 la cual establece los mecanismos para regularizar la tenencia de la tierra municipal a favor de los actuales ocupantes;
Qtlq para notificar a los causantes se actuó de acuerdo a lo establecido en la Ordenan7a General 267/80 de Procedimiento Administrativo; //n\
Que, a fs. 47 y 63 obra la verificación realizada el día 25/02/2009 y el día 20/08/2021 nspectivamente, constatarIdO que en el lugar reside la señora Bottone Sandra Ro%Iba, D.N.1 N' 18.396.zbll, junto a su grupo familiar;
8
Que, de fs. 101 a 106, obra publicación de edictos en el diario de tirada local y en el boletín oficial.
POR ELLO: EL
SEÑOR
INTENDENTE
MUNICIPAL
VARELA, en uso de atribuciones que le son propias a su cago;
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DE
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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DECRETA
ARTICULO
I':
RESCINDASE el Boleto de Compra-Venta del Inmueble identificado Catastralmente como: C:irc. V. Cod. (3)- Secc. K- Manzana. 105- Parc. 17,
./-\\
suscripto entre la Municipalidad de Florencio Varela y la señora Espinosa Ana María D.N.l IP14.134.073 y el señor Biondi Jorge Emilio, D.N.l NQ 13.979.524, en virtud de las manifestacion® vertidas en el considerando. -––----–---–-––––-.--––----–----–-– ARTICULO
2'’: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Conoejo
'-----Deliberante del Partido de Florencio Varela. --–-––----.-'.-----–-–--–--
ARTICULO
3': El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras, -Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, la señora Secretaria de Hacienda y el señor Swretado de Gobierno.
8
ARTICULO
4': Tomen conocimiento la Dirección Gene;al de Regularización Dominial, lue notificará a los actuales ocupantes, y la Dirección General de Registro
y Legislación. -–-H–---––--––--–-––––-––-–-–--–-----––---––---------'----''–
ARTICULO 5': REGISTRESE, COMUNIQUESE Y, CUMPLIMENTADO que sea,
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DECRET DN /Hx Dr. Nldrés NL@Hno Webon Varela
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Año 13
ORDENANZAS HCD
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El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual propicia la convalidación del Decreto Municipal N') 1689/25, de fecha 3 1 de julio del año 2025, según Expediente Administrativo Municipal N'’ 4037-2451 -M-2025, y9
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. Nc’ 29.589/25 ;
e
Que, por el precitado instrumento se rescindió el Boleto de CompraVenta del Inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción II – Sección C – Manzana 110 – Parcela 26, suscripto entre la Municipalidad de Florencio Varela y la Señora Ramos Noelia Gisela D.N.I. N'> 29.600.010 y el Señor Ávila Fernando Rodrigo, D.N.I. N' 27.279.784; entre otros aspectos descriptos en el instrumento legal en análisis;
Que, de conformidad con la finalidad perseguida en el instrumento de marras en su Artículo 2'), corresponde otorgar un despacho favorable a lo reduerido por
el Departamento Ejecutivo; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
@
ARTÍCULO E: CONVALÍDASE, el Decreto Municipal NC) 1689/25, de fecha 3 1 de julio -–––––––––-del año 2025, mediante el cual se rescindió el Boleto de Compra-Venta
del Inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción II – Sección C – Manzana 110 – Parcela 26, suscripto entre la Municipalidad de Florencio Várela y la Señora Ramos Noelia Gisela D.N.I. N') 29.600.010 y el Señor Ávila Fernando Rodrigo, .D.N.l. Nc’ 27.279.784. Según constancias obrantes en el Expediente Administrativo Municipal N') 4037-2451 -M-2025.------------------------------------------------------------------------------------– ARTÍCULO
2o: INCORPÓRASE, en copia debidamente autenticada el Decreto Municipal que fuera convalidado por el Artículo 1 ', a la presente.--------
ARTÍCULO 3'’: COMUNíQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE, y -––-–-––––––- CUMPLIMENWDO que sea, ARCHIVESE ORDENANZA
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Florencio Varela
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SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORD [NARIA DE FECHA 06/11/2025 EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.589/25.Página 1 de 1 Avenida Calchaquí NQ 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900
al 8920 – Correo Electrónico:
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VISTO: El
Expediente Administrativo
Municipal
N'
4037-19810-R-03,
aratulHio: Rulo$ Noelia Gisela y Avila, Fernando, calle 531 N'’ 2106 -MIla ArgQntina ' Florencio %ela medMte el cual se tramita la regularización domilrial del predio identiñado cü©üahrpnte
como: Ciro. II- Secc. C- Mz 110- Parc. 26, y;
CONSEDERAN»O:
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Que, mediante el Decreto Municipal N' 1727/03, se convalidó ei Boleto de Compra-Venta del &rmueble cuya nomenclatura se menciona en el Msto, su$cripto el día 29 de agosto de 2003 entre la Municipalidad de Florencio Varela y la señora Ramos, Noelia Gisela D.N.l N' 29.600.010 y el señor Avila, Fernando Rodrigo D.N.1. NO 27.279.784;
Que, a fs. 9 obra boleto de compra venta del lote a favor de la señora Ramos, Noelia Gisela y del señor Avila, Fernando Rodrigo, el cual incumplieron con las exigencias previstas en el artículo 5'’ inciso 10 y 12 de la Ordenanza N' 1058/85 la que establece los mwarüsmos para wguladzar la tenencia de la tierra municipal a favor de los actuales ocupantes; ’'q'\
Que, para notificar a los causantes se actuó de acuerdo a lo establecido en la Ordenana General 267/80 de Procedimiento Adminisündvo;
Que, a fs. 1 :Y, mediante la verificación realizada el día 16/07/24 se constató que en el lugar r«ide el señor Ledesma Julián Antonio, D.N.I N' 28.395.319, junto a su grupo familiar.
Que, a f& 135 a 140, obra publicación de edictos en el diario de tirada local y en el boletín oficial;
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE VARELA, al tm de atúbucion® que le son prof8as a su cargo;
FLORENCIO
25 de Mayo N'’ 2725 ' Florencio Varela - C.R 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.vare ta,gob.ar
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DECRETA ARTICULO I': RESCINDASE el Boleto de Compra-Venta del Inmueble identiñcado –--–.–„.
,------Catastralmente como: Circ. II- Secc. C- Manzana. 110- Parc. 26, suscripto entre la Municipalidad de Florencio Varela y la señora Ramos, Noelia Gisela D.N.1 N' 29.600.010 y el señor. Avila, Fernando Rodrigo D.N.l N' 27.279.784 en virtud de las manifestaciones vertidas en el considerando.
8
ARTICULO
2'’: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo .Deliberante del Partido de Florencio Varela. ––--.
ARTICULO
3'’: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras, Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, la señora Seaetaria
----'-------"–Mvicios
de Hacienda y el señor Secretario de Gobierno. ---–--.
ARTICUI'O zf: Tomen conocimiento la Dirección General de Regularización Dorninial ue notificara a los actuales ocupantes, y la Dirección General de Regjstro
y Legislación. .-–---------.--„n--,
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AM:,ICULO F: REGISTRESE, COMUNIQUESE Y, CUMPLIMENTADO que sea, --–-ARCHIVESE. DECRETO
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Honorable Comcejo Del¿bemnte
Florencio Varela
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VISTO: El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual propicia la Convalidación del Decreto Municipal N'> 1690/25, de fecha 31 de julio del año 2025, según Expediente Administrativo Municipal Nc> 4037-2452-M-2025, ys
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N'’ 29.590/25; Que, por el precitado instrumento se rescindió el Boleto de Compra-
Venta del Inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción I – Sección Q–
@
Manzana 62 – Parcela 30, suscripto entre la Municipalidad de Flor9ncio Varela y la Señora Sánchez Ricarda D.N.I. N'’ 10.639.314; entre otros aspectos descriptos en el instrumento legal en análisis; Que, de conformidad con la finalidad perseguida en el instrumento de mamas en su Artículo 2'’, corresponde otorgar un despacho favorable a lo requerido por el Departamento Ejecutivo;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
e
ARTÍCULO E: CONVALÍDASE, el Decreto Municipal N')- 1690/25, de fecha 3 1 de julio ---–-–---––––-del año 2025, mediante el cual se rescindió el Boleto de Compra-Venta del inmueble identificado Catastralmente como: Circunscripción I – Sección Q: Manzana .62 – Parcela 30, suscripto entre la Municipalidad de Florencio Varela y la Señora Sánchez
Ricarda D.N.l. N') 10.639.314. Según constancias obrantes en el Expediente Administrativo Municipal N') 4037-2452-M-2025.--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO
Z:
INCORPÓRASE, en copia debidamente . autenticada el Decreto Municipal que fuera convalidado por el Artículo 1 Q, a la presente.--------
ARTÍCULO 3'’: COMUNíQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE, y -––-––-–––––CUMPLIME94ADO que sea, ARCHÍVESE.---T------------–---=–== :PROMU-
ORDENANZA N' 10.867/25.-
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DECRETO N..asas 1(
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REARTE GUSTAVO JAVIER \ PresIdenta Honor8bl8 Con@jo Do11ber&nb
Florencio Varela
SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/11/2025.EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.590/25.Página 1 de 1 Avenida Calchaquí N'’ 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: sccmtariahcdvanlak4Élnaii.com
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Publicación: 11.-
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VISTO: El Expediente Administrativo Municipal N'’ 4037-7368-S-88, caratulado: Sánchez, Ricard% S/ Ordenanza 1967- Ocupante de predio- 1-Q-62-1 B'’ Gral. Belgrano Florencio Varela, mediante el cual se tramita la regularización dominial del predio identificado catasüalmarte como: Ciro. l- Secc. Q- Mz. 62- Parc. 30, y;
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CONSEDERANDO: Que, mediante el Decreto Municipal N' 2195/91, se convalidó el Boleto de Compra-Venta del Inmueble cuya nomenclatura se menciona en el Msto, suscripto
el día 23 de diciembre de 1989 entre la Municipalidad de Florencio Varela y la señora
•
Sánchez Ricarda D.N. 1 N' 10.639314;
Que, de fs.4 a 5 obra boleto de compra venta del lote a favor de la señora Sánchez Rimrda, la cual incumplió con las exigencias previstas en el artículo 5'’ inciso 10 y 12 de la Ordenanza N' 1058/85 la que establece los mecanismos para regularizar la
tenencia de la tierra municipal a favor de los actuales ocupantes; Que, para notificar a los causantes se actuó de acuerdo a lo establecido en la Orden&rza General 267/80 de Procedimiento Administrativo; ''-–-\ \
Que, de fs. 53 a 58, obra publicación de edictos en el diario de tirada local y en el boletín oficial; Que, mediante la veññcación realizada el día 18/08/24 se constató que
en el lu81 reside la señora Romero Merced% D.N.l N' 18.zH5.314, junto a su grupo familiar.
POR ELLO: EL
SEÑOR
INTENDENTE
MUNICIPAL
DE
FLORENCIO
VARELA, en uso de atribuciones que le son propias a su cargo;
1690 25 25 de Mayo N' 2725 - Florencio Varela - C.P, 1888 . Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 4237 1601 - www.varela.gob.ar
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Año 13
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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DECRETA ARTICULO
lo': RESCINDASE el Boleto de Compra-Venta del Inmueble identificado Catastralmente como: Ciro. l- Secc. Q- Manzana. 62- Parc. 30, suscripto artre la Municipalidad de Florencio Varela y la señora Sánchez Ricarda D.N. 1 N' 10.639314 al virtud de las manifestaciones vertidas en el considerando.
ARTICULO 2o: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo .Deliberante del Partido de Florencio Varela. ARTICULO
8
3': El presente Decreto será re&endado por el señor Secretario de Obras, ––-Servicios Públicos, Ambiente y Planificación Urbana, ia señora Secretaria de Hacienda y el señor secretario de Gobierno. –-–-–-------–---–––---–-–--
ARTICULO 4": Tomar conocimiento la Dirección General de Regularización Dominial, tue notificará a los actuales ocupantes, y la Dirección General de Registro y Legislación. ––––-––-–--–--––––----–––-–––-––-. REGISTRESE, COMUNIQUESE Y, CUMPL] ,ARCHIVESE _+\n\\
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
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VISTO: El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual propicia la Convalidación del Decreto Municipal N' 1748/25, de fecha 11 de agosto del año 2025, según Expediente Administrativo Municipal N'’ 4037-2541-M2025, y 9
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expe.diente H.C.D. Nc> 29.598/25;
Que, por el precitado instrumento el Departamento . Ejecutivo l)ropicia la Convalidación del Decreto Municipal N'’ 1748/25, de fecha 11 de agosto del año 2025, mediante el cual se afectó al Uso Municipal, el vehículo automotor marca Ford Ranger DC 4x2 XL Plus 3.0, Dominio IC:D-185; entre otros aspectos descriptos en el instrumento legal en análisis;
Que, de conformidad con la finalidad perieguida en el instrumento de mamas en su Artículo 3Q, corresponde otorgar un despacho favorable a lo requerido por el Departamento Ejecutivo;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Flórencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
8
ARTÍCULO E: CONVALÍDASE, el Decreto Municipal N'’ 1748/25, de fecha 11 de agosto del año 2025, mediante el cual se afectó al Uso Municipal, el vehículo automotor marca Ford Ranger DC 4x2 XL Plus 3.0, Dominio ICD-185. Según constancias obrantes en el Expediente Administrativo Municipal N'> 4037-2541-M-2025.--ARTÍCULO
2':
INCORPÓRASE,
en copia debidamente autenticada el Decreto
Municipal que fuera convalidado por el Artículo 1 c’, a la presente.--------
ARTÍCULO =: COMUNíQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE, y CUMPLIMENTADO que sea, ARCHÍV €1gB OkDENANZA N' IO.868/25.-/
PROMULG AD !)ECII ET
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Secretaria :onorable Concejo Hb Ftñrencio Varela
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Prosklente Kcxruabl8 Conoelo DeKberanb'
Florencio Varela
SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORD [NARIA DE FECHA 06/11/2025 EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.598/25.Página 1 de 1 Avenida Calchaquí N'> 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. lg88- Pfovincia de Buenos Aires Tel.: (54 I1) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secntariahcdvanla:i¿;gmail.com
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Publicación: 11.-
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Año 13
Publicación: 11.-
ORDENANZAS HCD
BOM N° 11
2025 / 2$
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DECRETA
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41 u$o rntqlidpal el vehículo automotor am% Ford Ranger DC
4x2 XL Plw 3.8, 81>tntDio ICD-185, que se meDe18#a aiqjado en el dQpósito municipal desde el día O% 12-292& pqr angcmt@158 vwido
el plamI oüxgado opoünnatnente al Sr. Jiménez
Elnmanlnl, DNI 37.699.578, en su carácter de titular registral del maGiallado rodado, a fin de
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sobre el aúsrw, Q%fame lo pnvi©o en la Ley Provincial
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ORDENANZAS HCD
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Publicación: 11.-
BOM N° 11
HoHomb¿e Concejo De¿¿bem©te FloTetICiO VaTela
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VISTO: El Proyecto de Ordenanza del Departamento Ejecutivo, mediante el cual propicia la autorización para realizar el llamado a Licitación Pública para contratar la prestación del servicio de recolección de residuos orgánicos e inorgánicos domiciliarios, que incluye la recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios en sus distintas modalidades ya sea mediante el servicio básico, diferenciado, con sistema de separación en origen o con el uso de cualquier otro medio que resulte necesario para una correcta prestación del servicio, y;
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N') 29.587/25;
6
Que, por razones de salubridad y esencialidad del servicio, el Departamento Ejecutivo solicita autorización para el llamado a Licitación Pública para la prestación del servicio de recolección de residuos orgánicos e inorgánicos domiciliarios, que incluye la recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios en sus distintas modalidades ya sea mediante el servicio básico, diferenciado, con sistema de separación en origen o con el uso de cualquier otro medio que resulte necesario para una correcta prestación del servicio, por el término de 4 (cuatro) años contados a partir de la fecha de
inicio de ejecución del Contrato; Que, para el Municipio de Florencio Varéla es política ambiental la puesta en marcha de un plan de gestión integral de recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos, mediante la adopción de un conjunto de acciones tendientes a contribuir a la protección y preservación del medioambiente a través
8
de la implementación progresiva de procesos y/o acciones de clasificación, minifnización y 4provechamiento de los residuos generados; Que, el Departamento Ejecutivo
podrá realizar
el llamado a
licitación por zonas del Partido, según lo considere; Que, el presupuesto oficial para todo el período se encuentra estipulado en la suma de pesos setenta y ocho mil cuatrocientos siete millones cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro con 88/100 ($78.407.442.434,88.-)
Que, dichos valores están sujetos al último valor de redeterminación de precios del servicio de recolección en ejecución al momento de efectuar el llamado a licitación;
Que, habiendo dado tratamiento al Expediente de referencia, en reu;lión Plenaria integrada por las Comisiones de HACIENDA, PRESUPUESTO Y ABASTECIMIENTO y LEGISLACIÓN MUNICIPAL Y CULTURA, entienden procedente otorgar al presente un despacho favorable;
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con füerza de:
/// Página 1 de 2 Avenida Calchaquí Nc’ 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: sccntaríahcdyaHIaIdgmail.com
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BOM N° 11
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Honorable Cogcejo Deübemmte Flote%cto V aTela
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ORDENANZA
ARTÍCULO E: AUTORÍZASE, al Departamento Ejecutivo a realizar el llamado a -–––––––––-Licitación Pública para contratar la prestación del servicio de recolección de residuos orgánicos e inorgánicos domiciliarios, que incluye la recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios en sus distintas modalidades ya sea mediante -el servicio básico, diferenciado, con sistema de separación en origen o con el uso de cualquier otro medio que resulte necesario para una correcta prestación del servicio, por el término de 4 (cuatro) años contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del Contrato, pudiendo eventualmente implementarse por zonas del Partido, de acuerdo a criterios de conveniencia o necesidad.----------------------------------------------------------------'------------------------------
ARTÍCULO Z: APRUÉBESE, el presupuesto oficial para la contratación del ––––––––––--
servicio detallado en el Artículo 1'’, estimado en la suma de pesos setenta
y ocho mil cuatrocientos siete millones cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos
treinta y cuatro con 88/100 ($78.407.442.434,88).--------------------------------------------------
ARTÍCULO
3':
AUTORÍZASE,
al Departamento Ejecutito
a confeccionar el
----,------------------- correspondiente pliego de bases y condiciones para la contratación del servicio detallado en el Artículo 1'’.--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO
C: FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo a reajustar el valor del
––––––––––--
presupuesto oficial al último valor de redeterminación de precios del servicio de recolección en ejecución al momento de efectuar el llamado a licitación.–--------
8
ARTÍCULO
=: FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias y a prever el compromiso de Ejercicios futuros en las
-–––––––––--
Partidas correspondientes a los fines del cumplimiento de la presente Ordenanza.-------------
ARTÍCULO 6':
COMUNíQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE,
y
CUMPLIMEIJVTADO que sea, ARCHÍVESE
ORDENANZ 4 N' 10.869/25
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JAíeÉ¿Ü
Secretaria onorable Concejo
dE FthtbF\Hh vRJ1/ran e
Má.159)És ml
AVOJAV Pr8sklento fhnarabl8 ConmIo DellberarTb Fl
Varela
SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/11/2025.EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.587/25.-
Página 2 de 2
Avenida Calchaquí Nc> 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secRtaríahcdvanla:4,gmail.com
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BOM N° 11
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HoBomb Ie Concejo DeZ¿bem©te
FlorencIo V aTela
2025 – %„M40' %;„MyuM,h,%M
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VISTO: El Expediente Administrativo Municipal N'> 4037-2090-S-2025, y;
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N'’ 29.607/25; Que, en el marco del Plan Urbano y Territorial de Florencio Varela, que se encuentra en desarrollo, surge la necesidad de reforzar el Subcentro comercial Cruce Varela y el cordón comercial de calle 128 - Hipólito Yrigoyen, desde la intersección de la
8
Manzana 4 de la Circunscripción l - Sección D y la Parcela la de la Circunscripción I Sección L - Fracción V, hasta Avenida General José de San Martin Ruta Provincial N') 53 ;
Que, para la jerarquización de este co;dón comercial, resulta necesario rodearlo de zonas residenciales que asistan y articulen con el mismo;
Que, en la actualidad la zona aledaña aI cordón indicado, es 12 (Industrial Mixta), contando con usos que resultan inapropiados y parámetros urbanísticos insuficientes para la jerarquización de las zonas comerciales, según el Artículo 51'’ de la Ordenanza NO 9.120/17 y el Artículo 9Q de la Ordenanza N') 9.557/19; Que, al generarse la parcela “la” de la Circunscripción I- Sección L - Fracción V, la cual surge de la unificación de las Parcelas 1, 2, 3 y 4 (.plano 32-73-16) y al no continuar la actividad en la ex Parcela 4 del predio, deja de tener objeto la zonificación 12 (Industrial Mixta) sobre la misma; Que, la zona R2a (Residencial) podría permitir mayor interacción entre sectores residenciales y comerciales incentivando así desarrollos de carácter residencial y comercial en las tierras vacantes del sector, según el Artículo 46'’ de la $)rdenanza N' 9.120/17 y el Artículo 9' de la Ordenanza N' 9.557/19;
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA ARTÍCULO 1: DESAFÉCTESE, de las zonas 12 (Industrial Mixta) y CIc (Central) a la ---–––––––-Parcela la de la Circunscripción I - Sección L - Fracción V (la porción correspondiente a la ex Parcela 4).---------------------------------=-----'----------------------------AItTÍCULO
Z: DESAFÉCTESE, de la zona 12 (Industrial Mixta) al polígono delimitado
,------------------- por las calles: 117- Islas Orcadas del Sur, 128- Hipólito Yrigoyen, 121Gabriela Mistral, 130- Sánchez de Loria, 131- Luis Braile, 134- Doctor Dardo Rocha, 117Islas Orcadas del Sur, 132- Montes de Oca, 111- Cerro Aconcagua, 128- Hipólito Yrigoyen, Avenida General José de San Martin Ruta Provincial N') 53 y 120- Sargento Cabral.--------..
.///
Página 1 de 2
Avenida Calchaquí N' 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secretariahc11varela+¿,gmail.com
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ORDENANZAS HCD
BOM N° 11
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H080mb¿e CoHcejo De¿¿bemRte
Florencio Varela
2025 – %„M40' %;MMMyüM„by„„m
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///. . .
ARTÍCULO =: AFÉCTESE, a la Parcela indicada en el Artículo 1'’ de la presente a la -----––––––-–-zona UF (Urbanización Futura) contemplada en el Artículo 1'’ Capitulo 12 de la Ordenanza N' 596/80 y el Artículo 9'’ de la Ordenanza N 9 9.557/19.------------------
ARTÍCULO €: AFÉCTESE, al polígono indicado en el Artículo 2'’ de la presente a la -–––––––––-zona R2a (Residencial) contemplada en el ArtíCulo 46'’ de la Ordenanza N'> 9.120/17 y el Artículo 9' de la Ordenanza N'’ 9.557/19. Exceptuándose los predios afectados a la zona CIc (Central).---------------------------------------------------------------------
9
ARTÍCULO e: Dichas “Desafectaciones” y posteriores “Afectaciones” cobrarán vigencia -–––––––––-- una vez convalidada la presente Ordenanza por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y su publicación en el Boletín Oficial.-------------------------
ARTÍCULO 6':
COMUNíQUESP, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE
CUMPLIMEN/\DO que sea, ARCHÍVESE FROMU LGADXÍOR
ORDENANZA N' 10.870/25.-
ÉL
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DECRET'
C TLILI,„ :MX,ba la,
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Secret onorable dh
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FAVCJAVIE PresIdenta Honorable Con In
SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/1 /2025 EXPEDIENTE H.C.D. NO 29.607/25.-
Página 2 de 2
Avenida Calchaquí N' 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires
Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secmtaríalndvania::Üglnail.com
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BOM N° 11
Honorable
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Concejo De¿¿bemHte
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Florencio VaTela
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VISTO: \
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El Expediente Administrativo Municipal N') 4037-3323-S-2025, y;
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N'’ 29.608/25; Que, en el marco del Plan Urbano y Territorial de Florencio Varela, que se encuentra en desarrollo, surge la necesidad de reestructurar el sector sudeste del Partido, paralelo a la Ruta Provincial N') 53 ;
•
Que, el cordón periurbano del Distrito es un espacio de puja entre los usos productivos intensivos, grandes equipamientos, y ocupaciones informales de quienes no pueden acceder al mercado formal de suelo;
Que, las características cordón del periurbano intercalan la actividad urbana y rural en un contexto de abundancia de suelo vacante y en lo que respecta a la Zona
Rural, no se registra actividad rural extensiva de consideración, identificándose algún tipo de actividad en pocos predios, estacionalmente;
Que, el núcleo urbano de Florencio Varela ha alcanzado una alta densidad poblacional, con escasa disponibilidad de tierras para nuevos desarrollos habitacionales;
Que, según los relevamientos e informes de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo gran parte de las tierras dedicadas a la producción agrícola del Partido se encuentran en desuso o en vías de desactivación dados los cambios culturales de los titulares y herederos de las mismas;
Que, se verifica migración de gran parte de la población joven de Florencio Varela que pueda acceder a tierras y viviendas en el mercado privado formal a Partidos vecinos a raíz de la falta de oferta formal de agrupamientos no urbanos que escapen los conflictos de seguridad, ruidos, hacinamiento y que estén vinculados a la naturaleza; Que, el cambio de zona genera un gran impulso a desarrollos inmobiliarios que se verán potenciados por la ejecución de la nueva Autopista Presidente Perón, que se encuentra en un alto grado de avance;
Que, es necesario reorganizar y ordenar urbanísticamente el cordón periurbano que atraviesa la Ruta Provincial N'’ 53 en su sector Este ,del Distrito;
Que, habiendo dado tratamiento al Expediente de referencia, en reunión Plenaria integrada por la Comisión de HACIENDA, PRESUPUESTO Y ABASTECIMIENTO y LEGISLACIÓN MUNICIPAL Y CULTURA, entiendeh procedente otorgar al presente un despacho favorable;
. . ./// Página 1 de 3 Avenida Calchaquí N') 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secntmíahcdvanla::?¿gmail.com
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BOM N° 11
HoKomble Concejo Deliberante FlorencIo Varela
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202S – %x>da ay %&lmüz#&>dd 3&üx>aüü$»tüü %a
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POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA ARTÍCULO
E:
DESAFÉCTESE,
de la Zona Ail
(Agrícola
Intensiva)
las parcelas
––-––––––––designadas según catastro como Circunscripción 3, Parcelas 902B y 902C; Circunscripción 4, Parcelas 904, 905B, 905G, 905M y 905R; Circunscripción 4, Sección L, Fracción 2, Parcelas 7, 8 A y 8B; Circunscripción 4, Sección L, Fracción 8, Parcelas IA y IB; Circunscripción 4, Sección L, Fracción 7, Parcelas IA, IB, 3 A y 3B; Circunscripción 4, Sección M, Chacra 1, Parcelas 8B y 8C, írentistas a la Ruta Provincial N'’ 53 desde la calle 1364 hasta la calle 1628, a excepción de las parcelas 7B y 7C de la Circunscripción 4 - Sección M - Chacra 1.-----------------------------------------------------------
ARTÍCULO
Z:
AFÉCTESE,
a la Zona Reu A
(Residencial Extraurbano),
-----–––––-–––- de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N') 9.120/17 y su modificatoria la Ordenanza NQ 9.557/19, a todas las parcelás des'afectadas en el Artículo 1'
8
ARTÍCULO Z: ESTABLÉZCASE, que la afectación indicada en el Artículo 2'’ permitp -------–––-–––- la coexistencia con la Zona Cil (Banda de Circulación Primaria) y la aplicación de sus usos e indicadores urbanísticos, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N' 9.120/17 y su modificatoria la Ordenanza N' 9.557/19.--------------------------ARTÍCULO
€:
FÍJESE
que, para los inmuebles
a los que alcance la presente,
---–––––--–––-- corresponderá la aplicación del Artículo 21c) de la Ordenanza Nc’ 9.120/17 y el Titulo XXXIII de la parte Fiscal y Título XXXII de la parte Impositiva de la Ordenanza Fiscal Impositiva vigente, referentes a la “Contribución por Valorización
Urbanística”.---------------------------------------------------------------------------------------------ARTÍCULO 5'’: ESTABLÉZCASE, en la Zona Agrícola Intensiva AII, una restricción –--=––––––––-
para la utilización de agroquímicos, fertilizantes, aditivos y coinponentes
para la producción agrícola, que pudieran afectar a la salud humana en una franja de 50 metros hasta el límite con las zonas residenciales contiguas. -------------------------------------ARTÍCULO
6'’: DETERMÍNESE,
-–––––––––--
como área de control de las restricciones establecidas
en el Artículo 5') de la presente, a la Secretaría de Industria y Desarrollo
Productivo Municipal. ––––-–––-----––––––––-––––––-–––––--–––––––––– ARTÍCULO 1: APRUÉBESE, el plano de Propuesta de Ordenamiento para el Sector y ––––––––––-plano de zonificación que como Anexo 1 y 2, respectivamente, forman parte de la presente.-------------------------------------------------------------------------------------. . .///
Página 2 de 3 Avenida Calchaquí N') 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secmtaríahcdvanla#hglnaii.com
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HonombZe Concejo Del¿bemRte
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Florencio Varela
2025 - :%iadd ay %Bm&zMadd$üüaaÜü&auIA 9Wüz#d
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///.’. . 7
ARTÍCULO
€: Dicha “Desafectación” y posterior “Afectación” cobrará vigencia una vez
-------––––––-convalidada la presente Ordenanza por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y su publicación en el Boletín C)ñcial.-------------------------------ARTÍCULO
Z:
COMUNíQUESE,
al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE,
y
CUMPLIMEIWADO que sea, ARCHÍVESE.---------------------------ORDENANZA === N' 10.871/25.-
=RETO TJ,-.,::„...:. 4’¿eirí . Secretaría :onorable
d. F1
N/M.4 rO JAyI
Pro skIBata Hcxlorabl8 Conwjo D8nberwÚB
Flor8ncio Varela
SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/11/2025.EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.608/25.-
9
Página 3 de 3 Avenida Calchaquí N'’ 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secrctaríahcdvarcla::a:glnaii.com
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ANEXO 1 – Plano de Propuesta de Ordenamiento para el Seetor
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Florencio Var'
ANEXO 2 – Plano de Zonificaci6n para el Sector
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25 de Mayo n'’ 2725 ' Florencio Vareta - C.R 1888 - Provincia de Buenos Aires Tel.: (91 1 1 ) 4237 1601 - www.varela.gob2r
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Florencio Varela, Noviembre de 2025
Boletín Oficial Municipal
Año 13
ORDENANZAS HCD
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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Florencio Varela
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VISTO: El Expediente Administrativo Municipal N'’ 4037-3324-S-2025, y;
CONSIDERANDO: Que, el mismo ha dado origen al Expediente H.C.D. N'’ 29.609/25; Que, en el marco del Plan Urbano y Territorial de Florencio Varela, que se encuentra en confección, el diagnóstico del Distrito arroja que la OCUPACIÓN DE SUELO (sobre manzanas urbanas) se encuentra en la Localidad de Villa San Luis en el 97%
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Que, en las nomenclaturas catastrales: Circunscripción 4 - Parcela
879AS, Circunscripción 4 - Parcela 879 AR, Circunscripción 4 - Parcela 878B y Circunscripción 4 - Sección A - Chacra 10 - Parcela 1, actualmente con la zonificación Agrícola Intensiva (Ai 1) no presentan actividad productiva; Que, en las nomenclaturas catastrales: Circunscripción 4 - Parcela 879AS y Circunscripción 4 - Parcela 879 AR se llevan adelante la ejecución de complejo de viviendas y loteos sociales; Que, existe la necesidad de ampliar el área residencial del Distrito para generar oferta formal de tierra; Que, la zona R2b (Residencial de Media Densidad b) resulta la más conveniente para ampliar el área residencial contribuyendo al ordenamiento territorial del Distrito;
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Florencio Varela, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTÍCULO E: DESAFÉCTESE, de la zona Ail
(Agrícola Intensiva) a
las
nomenclaturas catastrales: Circunscripción 4 - Parcela 879AS, Circunscripción 4 - Parcela 879 AR, Circunscripción 4 - Parcela 878B y Circunscripción 4 - Sección A - Chacra 10 Parcela 1.-------------------------------------------------------------------ARTÍCULO Z: AFÉCTESE, a las nomenclaturas catastrales indicadas en el Artículo I' a -––––––––---la zona R2b (Residencial de Media Densidad b) desarrollada en el Artículo 47'’ de la Ordenanza N'’ 9.120/17 y el Artículo 9'’ de la Ordenanza N'’ 9.5.57/19.----ARTÍCULO Z: Dicha “Desafectación” y posterior “Afectación” cobrará vigencia una vez -----–––––-–-–convalidada la presente Ordenanza por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y su publicación en el Boletín Oficial.-------------------------------/// Página 1 de 2 Avenida Calchaquí N') 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 1 1 ) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secrgtaríahcdvíneta::d:gmaii.com
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Boletín Oficial Municipal
Año 13
ORDENANZAS HCD
Publicación: 11.-
BOM N° 11
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ARTÍCULO C: COMUNíQUESE, al Departamento Ejecutivo, REGÍSTRESE, –––––––––--CUMPLIMENTADO que sea, ARCHÍVESE.-------------------ORDENANZA N' 10.872/25.- /
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SANCIONADA EN LA 13' SESIÓN ORDINA RIA DE FECHA 06/11/2025 EXPEDIENTE H.C.D. N' 29.609/25.-
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Página 2 de 2 Avenida Calchaquí N') 6269 y Sargento Cabral – Florencio Varela – C.P. 1888- Provincia de Buenos Aires Tel.: (54 11 ) 6078-8900 al 8920 – Correo Electrónico: secntaríahcdvarc li@,glnaii.com
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