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Constitucióne Inscripcióndeuna

Integrantes

Constitución e Inscripción de una Cooperativa

DERECHO II

Introducción

El registro de cooperativas en Guatemala es un proceso esencial para poder asegurar la formalización y reconocimiento legal de estas organizaciones, las cooperativas desempeñan un papel importante en el desarrollo económico y social del país, ya que promueven la solidaridad, el trabajo en equipo y la equidad, en esta sección introduciremos los requisitos, el proceso y la documentación necesaria para el registro de cooperativas.

Así como las responsabilidades y obligaciones de las cooperativas registradas además, destacaremos los beneficios que conlleva el registro, los organismos encargados de este proceso y la legislación aplicable, a través del registro, las cooperativas adquieren una identidad jurídica y pueden acceder protecciones legales

Donde hay temor, no hay justicia. - Lucio Anneo Séneca

Registros de Cooperativas

Antecedentes Históricos:

Mediante el Decreto número 82-78 del Congreso de la República, publicada en el Diario de Centro América, el 29 de diciembre de 1,978, se creó el Instituto Nacional de Cooperativas, como una entidad estatal descentralizada y autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para impulsar una política de apoyo a las Cooperativas y establecer un régimen de fiscalización y control, para el desarrollo ordenado del cooperativismo. Dentro de los objetivos del Instituto Nacional de Cooperativas, de conformidad con dicha Ley, está la de llevar el registro de de llevar el registro de las cooperativas. las cooperativas.

El artículo 46, la Ley General de Cooperativas, establece que el Registro de Cooperativas, tendrá a su cargo la inscripción de los actos constitutivos de las cooperativas, federaciones y confederaciones; las modificaciones a dichos actos; los acuerdos de disolución; así como todos los actos que se refieran a dichas entidades.

La Ley también establece que el Registro de Cooperativas, estará a cargo de cargo de un Registrador nombrado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativas y deberá reunir los mismos requisitos que para ser miembro de dicho Consejo Directivo.

La paz y la justicia son dos lados de la misma moneda.– Dwight D. Eisenhower

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Requisitos para el representante

DERECHO II

Ser ciudadano guatemalteco en el ejercicio de sus derechos.

Ser mayor de 25 años y tener experiencia en materia cooperativa.

No desempeñar cargo alguno en la dirección de partidos políticos.

No ser pariente dentro los grados de ley, de alguno de los miembros del Consejo Directivo; y

No ser ministro de ningún culto religioso

ORGANIZACIÓN

El Registro de Cooperativas, está a cargo de un Registrador, nombrado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativas por tiempo indefinido, cuenta con un Secretario y los oficiales que se establezcan en el Reglamento Interno emitido por dicho Consejo. Para cumplir con sus objetivos, el Instituto Nacional de Cooperativas INACOP, cuenta con oficinas ubicadas estratégicamente en todo el territorio nacional, divididas en 8 oficinas regionales y 26 subregionales, formadas por técnicos especialistas en cooperativismo y capacitados en las diferentes áreas de la administración, mercadeo, legal, humana y social que asisten en plan regular y a requerimiento regular y a requerimiento a las cooperativas para fomentar su crecimiento y a las cooperativas para fomentar su crecimiento y desarrollo.

Libros que lleva el Registro: De conformidad con el artículo 55 del Reglamento de la Ley General de Cooperativas, el Registro de Cooperativas, como dependencia del Instituto Nacional de Cooperativas, es público y lleva los siguientes libros

Constitución e Inscripción de una Cooperativa SIGUIENTES

LIBROS

1.

De cooperativas.

2.

De Federación de Con de Cooperativas.

3.

De Confederaciones.

4.

De Representantes Legales.

5.

6.

De presentación de documentos.

Índice y libros auxiliares para las demás inscripciones que requieran las necesidades del servicio.

El expediente de solicitud de registro de una asociación cooperativa, federación o confederación, lo formarán los siguientes documentos. El testimonio de la escritura, o certificación del acta constitutiva; acta constitutiva; El duplicado de tales documentos; En el caso de que se constituya por acta ante el Alcalde de la jurisdicción, deberá acompañarse comprobante fehaciente de las aportaciones.

RÉGIMEN FINANCIERO

Como dependencia del Instituto Nacional de Cooperativas, el registro depende financieramente de dicho Instituto, que, con su patrimonio, cubre su funcionamiento, cabe indicar que el INACOP, cuenta con una asignación ordinaria anual incluida en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación

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Títulos Inscribibles y Proceso de Inscripción

De conformidad con el artículo

20 de la Ley General de Cooperativas, El testimonio de la escritura o la certificación del acta constitutiva, se presentará con duplicado al Registro, dentro del mes siguiente al acto de constitución. El Registrador comprobará si se han llenados los requisitos legales y en caso afirmativo procederá a la i e n d i i r

Para la labor de calificación de documentos inscribibles, el Registro cuenta con operadores con amplia experiencia en el campo cooperativo, quienes luego de revisar los expedientes, emiten el dictamen respectivo.

Las inscripciones, así como las anotaciones y cancelaciones, son firmadas por el Registrador,

DERECHO II

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DERECHO II

Acto de Constitución

La cooperativa podrá constituirse por escritura pública o bien por acta constitutiva de la misma autorizada por el alcalde de la jurisdicción, y contendrá jurisdicción, y contendrá además de los requisitos generales de dichos instrumentos, acontinuación

La inscripción constitutiva, comprenderá en forma resumida, los siguientes datos.

El tipo de cooperativa de que se trate.

La denominación de la con de la Cooperativa.

El objeto social.

El domicilio.

El valor de las aportaciones, su forma de pago y de reintegro.

La forma de constituir las reservas.

La forma y reglas de distribución de los resultados obtenidos durante el ejercicio social respectivo.

El Porcentaje que se destine a la reserva irrepartible, el cual no puede ser inferior al 5% de los excedentes

La forma de transmitir las aportaciones entre los los asociados.

La forma en que se otorga la representación legal de la cooperativa.

Fijación del ejercicio social, el cual deberá ser anual.

Reglas para la disolución la disolución o liquidación de la cooperativa.

Los estatutos de la cooperativa o indicación de sí se adaptan estatutos uniformes aprobados por el INACOP.

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DERECHO II

Se conforma VOLUNTARIAMENTE por cada una de las personas, para satisfacer necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales, de principios y valores, de la gestión democrática. Cada integrante debe ser RESPONSABLE y CUMPLIR con su participación

REGISTRO DE UNA COOPERATIVA

El grupo debe estar conformado con 20 interesados como mínimo para constituir una cooperativa.

El grupo debe descargar de la página INACOP (www.inacop.gob.gt) el formulario INACOP-001-AT. Y debe presentarlo debidamente lleno a la región que le corresponde

Los interesados recibirán una CHARLA INFORMATIVA, para conocer el proceso de formación de la cooperativa

Los interesados recibirán una CAPACITACIÓN de 4 a 5 módulos sobre la sobre la guía pedagógica cooperativa, se llevarán a cabo bajo mutuo acuerdo en el tiempo, día y horario.

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Pasos para su Inscripcción

1. Presentar Presentar formulario formulario.

2. Charla informativa Registro de Cooperativas.

3. Capacitación.

4. Perfil de negocio.

5. Constitución.

6. Apertura bancaria.

7. Conformación de expediente.

8. Entrega y revisión de expediente.

9. Análisis por parte del comité técnico INACOP.

TIPOS DE COOPERATIVA

Las cooperativas podrán desarrollar cualquier actividad lícita comprendida en los sectores de la producción, el consumo y los servicios, compatibles con los principios y el espíritu cooperativista. Serán cooperativas especializadas las que ocupen de una sola actividad económica, social o cultura, tales como a o y a )

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DENOMINACIÓN.

Las cooperativas incluirán en su denominación la palabra "cooperativa", el tipo que les corresponda y la mención de su actividad principal. Esto no constituye limitación para el desarrollo de las actividades que requiera su crecimiento y las necesidades comunes de sus miembros.

(ART. 6 Ley de cooperativa )

INSCRIPCIÓN.

El testimonio de la escritura o certificación del acta constitutiva, se presentará con duplicado al Registro de Cooperativas dentro del mes siguiente al acto de constitución. El registrador comprobará si se ha llenado los requisitos legales y en caso afirmativo, procederá a la inscripción de la cooperativa en el libro correspondiente. En caso negativo, razonará el documento que se le presente indicando las razones del rechazo.

EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN.

RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Toda cooperativa es de responsabilidad limitada, de consiguiente por las obligaciones que contraiga responde únicamente al patrimonio de la cooperativa.

(ART.7 Ley de cooperativa )

CONTENIDO

DE LA INSCRIPCIÓN.

La inscripción constitutiva comprenderá en forma resumida, lo relativo a los incisos a) al l) del artículo 19 y hará mención de si se adoptaron estatutos uniformes o bien si la cooperativa tiene estatutos particulares.

Hecha La inscripción, se devolverá debidamente razonado el documento que le sirvió de base. La cooperativa adquiere su personalidad jurídica desde el momento de su inscripción en el Registro de Cooperativas, sin necesidad de ningún otro acto

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DERECHO II

Pasos para su Inscripcción

SolicitarReuniónInformativa LlenarformularioINACOP-001-RI

Entregarladocumentación requeridaalRegistrode Cooperativas

Inscripcióndela Cooperativa

Pasosparala Inscripciónde Cooperativas

Entregarladocumentación requeridaalRegistrode Cooperativas

SolicitarReuniónInformativa LlenarformularioINACOP-001-RI

SolicitarAsistenciaTécnicay Administrativa LlenarformularioINACOP-001-ATA

Entregarladocumentación requeridaalRegistrode Cooperativas

Documentación requerida (Entregar 1 original y 1 duplicado)

EscriturapúblicaoActadeConstitución aprobadaporAlcaldeMunicipal

Estatutouniformeopropio(particulares), firmadoporpresidenteysecretarioentodas lashojas,asimismoenlaúltimahojalafirma detodoslosasociados

FotocopiadelDocumentoPersonalde Identificacióndetodoslosasociados fundadores

Fotocopiadelrecibodeagua,luz,teléfonoo constanciaemitidaporautoridadcompetente

Copiadelaboletadedepósitodeaportación encasodeserconstituidapormediodeacta autorizadaporAlcaldeMunicipal.

Hojaconinformaciónpararealizar notificaciones,queincluyadirección,correo electrónico,nombreaquiéncorresponday opcionalmente,númerodeteléfonofijoomóvil.

Opción1
Opción2
Opción3

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DERECHO II

Inscripción de Cooperativa en la Superintendencia de Administrativa Tributaria

Documento Personal de Identificación (DPI) del representante legal, debe enviarse escaneado de ambos lados

Pasaporte vigente del representante legal, en caso de ser extranjero.

Nombramiento del representante legal, vigente.

Lista de Pasos:

Documento de constitución debidamente inscrito en el Instituto Nacional de CooperativasINACO

Factura por los servicios de agua, luz, teléfono (línea fija y/o celular), recibo del IUSI o documento emitido por la Municipalidad, no mayor a tres meses de su emisión.

1.1. Escanear y adjuntar los requisitos a la solicitud y presentar los originales en Oficina o Agencia Tributaria al concluir la gestión.

1.2. El Representante Legal y el Perito Contador deben cumplir con lo siguiente: Agencia Virtual habilitada Datos actualizados en el sistema de Registro Tributario Unificad

1.3. Los requisitos listados anteriormente se deberán de adjuntar escaneados a la solicitud de inscripción en formato JPG, PDF o PNG

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DERECHO II

Inscripción de Cooperativas Contraloría General de Cuentas

El trámite se realiza en la Secretaría General de la Institución, ubicada en 7ª. Avenida Avenida 7-32 Zona 13, 3er. Nivel, Ciudad y/o en las Delegaciones Delegaciones Departamentales que correspondiere cada solicitud. Solicitud dirigida al Contralor General de Cuentas, indicando lo siguiente:

1. Denominación y Naturaleza Jurídica de la Entidad.

2. Número de Identificación Tributaria –NIT- de la Entidad

3. Dirección y teléfono de la sede de la Entidad

4. Identificación de las personas responsables de la Cuenta, según como se encuentre constituida la Entidad:

a) Nombre Completo b) Cargo que desempeña c) Período correspondiente al cargo d) Acta o nombramiento de Acta o nombramiento del cargo l cargo e)

Documento Personal de Identificación -DPIf) Número de Identificación Tributaria -NITg) Dirección y teléfono particular

Acompañar a la solicitud fotocopia de la siguiente documentación:

Recibo de Pago por trámite de Inscripción de Cuentadancia de Q.5.50, extendido por la agencia bancaria ubicada en el 1er. Nivel del Edificio Central y en Delegaciones Departamentales, en agencias bancarias autorizadas.

Autorización del funcionamiento de la Cooperativ Autorización del funcionamiento de la Cooperativa y nombramiento del Consejo y nombramiento del Consejo de Administración, el cual es extendido por el Instituto Nacional de Cooperativas -INACOP-.

Constancia de Inscripción y Modificación al Registro Tributario UnificadoRTUde la Entidad.

De las personas responsables de la Cuenta adjuntar:

Documento Personal de Identificación -DPI-

Constancia de Inscripción y Modificación al Registro Tributario UnificadoRTU-

Otros documentos de importancia que sirvan de soporte a la te a la gestión. gestión.

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Inscripción de Cooperativas

DERECHO II

Superintendencia de Bancos de Guatemala C.A.

Documentos Requeridos para el Registro de Información General de Personas Obligadas ante la Intendencia de Personas Obligadas ante la Intendencia de Verificación Especial:

La documentación deberá cargarse en formato PDF, la cual deberá estar digitalizada con la opción de reconocimiento óptico de caracteres (OCR) que permita la identificación de símbolos y caracteres. La imagen deberá estar tomada del documento original, a color, completa y legible. Deberá cargar cada uno de los requisitos descritos a continuación, que apliquen de acuerdo a la naturaleza de la Persona Obligada, miembros del órgano administrativo, representantes legales, socios, entre os, entre otros

Personas Jurídicas:

Cooperativas:

1. Escritura pública de constitución o acta Escritura pública de constitución o acta constitutiva autorizada por va autorizada por el Alcalde de la jurisdicción;

2. Certificación extendida por el Instituto Nacional de Cooperativas, en virtud de la cual se haga constar la inscripción ante dicha dependencia;

3. Certificación extendida por el Instituto Nacional de Cooperativas, en virtud de la cual se haga constar la inscripción del Consejo de Administración y de la Comisión de Vigilancia;

4. Certificación extendida por el Instituto Nacional de Cooperativas, en virtud de la cual se haga constar la inscripción del representante legal de la cooperativa;

5. Constancia de inscripción del Registro Tributario Unificado, extendida por la Superintendencia de Administración Tributaria, la cual deberá estar actualizada o ratificada de conformidad con el artículo 120 del Código Tributario Decreto Número 6- 91 del Congreso de la República de Guatemala

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DERECHO II

Inscripción de Cooperativas Superintendencia de Bancos de Guatemala C.A.

a. La información deberá contener la actualización de la actividad o actividades económicas principales, que serán aquellas que reporten más del cincuenta por ciento (50%) de ingresos.

b. La razón social inscrita en el Registro Tributario Unificado – RTUdeberá registrarse en la forma que aparezcan los documentos de constitución;

c. Fotocopia de algún documento por medio del cual pueda verificarse la dirección de contacto proporcionada en el apartado correspondiente; si la propiedad se encontrara a nombre de la Persona Obligada, adjuntar recibo de agua, luz o teléfono, o certificación emitida por el Registro General de la Propiedad. De encontrarse la propiedad a nombre de una tercera persona, adjuntar contrato de arrendamiento o uso, o cualquier otro en el cual se compruebe que tiene la autorización legal correspondiente para hacer uso de la para hacer uso de la dirección.

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DERECHO II

Formularios

F O R M U L A R I O I N A C O P - 0 0 1 - R I

F O R M U L A R I O I N A C O P - 0 0 1 - A T A

E S C R I T U R A P Ú B L I C A ( G U Í A D E

R E F E R E N C I A )

A C T A C O N S T I T U T I V A ( G U Í A D E

R E F E R E N C I A )

F O R M U L A R I O D E

A C T U A L I Z A C I Ó N D E D A T O S

E D I T A B L E

La ley es razón, libre de pasión.– Aristóteles.

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DERECHO II

Lugar y fecha:

Gerente General de INACOP Ciudad de Guatemala

Distinguido Gerente General:

Por este medio, quienes aparecemos mencionados en el listado, le manifestamos que estamos interesados en recibir la Asistencia Técnica y Administrativa correspondiente, razón por lo cual le SOLICITAMOS se nos proporcione dicha cobertura, según su amable diligencia

Para obtener la deseada respuesta, proveemos como lugar para recibir notificaciones, la dirección siguiente: , el correo De por:

electrónico: y No celular: esta información será atendida

No

Nombre

Marque según corresponda:

Grupo Pre-cooperativo Cooperativa

Firma

Anotaciones:

Esta solicitud no es parte de los requisitos para la inscripción de cooperativas, establecidos en el Artículo 19 de la “Ley General de Cooperativas” y Artículo 07 del “Reglamento para la Asistencia Técnica y Administrativa a Grupos Pre-cooperativos y Cooperativas” Por lo cual, la solicitud queda a total discresión de los interesados

Este documento está basado en el Artículo 05 del “Reglamento para la Asistencia Técnica y Administrativa a Grupos Pre-cooperativos y Cooperativas” e inciso b) del Artículo 33 de la “Ley General de Cooperativas”

Constitución e Inscripción de una Cooperativa

DERECHO II

Lugar y fecha:

Gerente General de INACOP

Ciudad de Guatemala

Distinguido Gerente General:

Por este medio, quienes aparecemos mencionados en el listado, le manifestamos que estamos interesados en recibir la Reunión Informativa, razón por lo cual le SOLICITAMOS se nos proporcione dicha cobertura, según su amable diligencia

Para obtener la deseada respuesta, proveemos como lugar para recibir notificaciones, la dirección siguiente:

De por: , el electrónico: y No. celular: esta información será atendida

No. Nombre Firma

correo

Anotaciones:

Esta solicitud no es obligatoria para la inscripción de cooperativas, establecidos en el Artículo 19 de la “Ley General de Cooperativas” y Artículo 07 del “Reglamento para la Asistencia Técnica y Administrativa a Grupos Pre-cooperativos y Cooperativas” Por lo cual, la solicitud queda a total discresión de los interesados

Este documento está basado en el Artículo 04 del “Reglamento para la Asistencia Técnica y Administrativa a Grupos Pre-cooperativos y Cooperativas” e inciso b) del Artículo 33 de la “Ley General de Cooperativas”

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DERECHO II

Instituto Nacional de Cooperativas

GUÍA DE REFERENCIA DE ESCRITURA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS

A.

1.

Encabezado.

Comparecencia: Agregar mínimo, los 20 asociados.

Ejemplo:

Escritura ( ) En el municipio de , Departamento de , el día de de . Ante Mí: , Notario, comparecen: 1) Pedro Pérez, de cincuenta y siete años, casado, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un mil ciento once espacio once mil ciento once espacio Un mil ciento once (1111 11111 1111) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala;

2. Objeto de la escritura pública.

Ejemplo:

Yo, Notario, Doy Fe: a) Que los comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal indicados; b) Que tuve a la vista los Documentos Personales de Identificación de los comparecientes; c) Que los comparecientes me aseguran encontrarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y sus capacidades, y que por este acto celebran CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVA, de conformidad con las disposiciones que se adoptan en las cláusulas siguientes:

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B. Cuerpo de la escritura pública.

Ejemplo:

PRIMERA: ANTECEDENTES.

SEGUNDA: TIPO Y CLASE.

TERCERA: DENOMINACIÓN.

CUARTA: OBJETO SOCIAL.

QUINTA: DOMICILIO.

SEXTA: EL VALOR DE LAS APORTACIONES, FORMA DE PAGO Y DE REINTEGRO (Escribir acorde a estatutos).

SÉPTIMA: FORMA DE CONSTITUIR LAS RESERVAS.

OCTAVA: FORMA Y REGLAS DE DISTRIBUCIÓN DE LOS EJERCICIO RESULTADOS

OBTENIDOS DURANTE EL

SOCIAL RESPECTIVO.

NOVENA: DE LAS RESERVAS.

DÉCIMA: LA FORMA DE TRANSMITIR LAS APORTACIONES ENTRE LOS ASOCIADOS.

DÉCIMA PRIMERA: DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DÉCIMA SEGUNDA: DEL EJERCICIO SOCIAL.

DÉCIMA TERCERA: DISOLUCIÓN O LIQUIDACIÓN DE LA COOPERATIVA.

A) DE LA DISOLUCIÓN.

B) DE LA LIQUIDACIÓN.

DÉCIMA CUARTA: ESTATUTOS. Aplicar el inciso m) del Artículo 19, de la Ley General de Cooperativas, que literalmente dice lo siguiente: Los estatutos de la cooperativa o indicación de sí se adoptan estatutos uniformes aprobados por el INACOP. DÉCIMA QUINTA: RESPONSABILIDAD LIMITADA. DÉCIMA SEXTA: CUOTA DE INGRESO. DÉCIMA SÉPTIMA: DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y LA COMISIÓN DE VIGILANCIA (Y los comités que el Consejo de Administración determine). DÉCIMA OCTAVA: (CONSENTIMIENTO).

DERECHO II

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GUÍA DE REFERENCIA DE ACTA PARA LA CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS

Introducción.

1.

Comparecencia: Agregar mínimo, los 20 asociados.

Ejemplo:

Acta No En el municipio de , Departamento de , el día de de . Nosotros: 1) Pedro Pérez, de cincuenta y siete años, casado, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número Un mil ciento once espacio once mil ciento once espacio Un mil ciento once (1111 11111 1111) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala;

2. Objeto del acta.

Ejemplo:

a) Nosotros los requirentes aseguramos ser de los datos de identificación personal mencionados; b) Que tuvimos a la vista los Documentos Personales de Identificación respectivos; c) Que nos encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y nuestras capacidades, y que por el presente acto llevamos acabo la CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVA, conforme a los siguientes puntos:

DERECHO II

Constitución e Inscripción de una Cooperativa

DERECHO II

B. Cuerpo del acta.

Ejemplo:

PRIMERO: ANTECEDENTES.

SEGUNDO: TIPO Y CLASE.

TERCERO: DENOMINACIÓN.

CUARTO: OBJETO SOCIAL.

QUINTO: DOMICILIO.

SEXTO: EL VALOR DE LAS APORTACIONES, FORMA DE PAGO Y DE REINTEGRO (Escribir acorde a estatutos).

SÉPTIMO: FORMA DE CONSTITUIR LAS RESERVAS.

OCTAVO: FORMA Y REGLAS DE DISTRIBUCIÓN DE LOS EJERCICIO OBTENIDOS DURANTE EL SOCIAL RESPECTIVO.

NOVENO: DE LAS RESERVAS.

DÉCIMO: LA FORMA DE TRANSMITIR LAS APORTACIONES ENTRE LOS ASOCIADOS.

DÉCIMO PRIMERO: DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.

DÉCIMO SEGUNDO: DEL EJERCICIO SOCIAL.

DÉCIMO TERCERO: DISOLUCIÓN O LIQUIDACIÓN DE LA COOPERATIVA.

A) DE LA DISOLUCIÓN.

B) DE LA LIQUIDACIÓN.

DÉCIMO CUARTO: ESTATUTOS. Aplicar el inciso m) del Artículo 19, de la Ley General de Cooperativas, que literalmente dice lo siguiente: Los estatutos de la cooperativa o indicación de sí se adoptan estatutos uniformes aprobados por el INACOP. DÉCIMO QUINTO: RESPONSABILIDAD LIMITADA. DÉCIMO SEXTO: CUOTA DE INGRESO. DÉCIMO SÉPTIMO: DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y LA COMISIÓN DE VIGILANCIA (Y los comités que el Consejo de Administración determine). DÉCIMO OCTAVO: (CONSENTIMIENTO).

Observación: Este documento debe de ser autorizada por el Alcalde la de la localidad conforme al Artículo 19 de la Ley General de Cooperativas

Nombre

Correo

ÓRGANOSSOCIALES

FormulariodeActualizacióndeDatosdelaCooperativa

5 1CertificacióndelaFotocopiadelActadelLibrodelConsejodeAdminstracióndelaConvocatoriadelaAsambleaGeneralmismaquedebeestarfirmadayfoliada cadaunadelashojasporelsecretario LaCertificacióndebeestarfirmadaporelsecretarioyvistobuenodelpresidentedelConsejodeAdministracionconel sellorespectivo

5 2CopiadelaConvocatoria,selladayfirmadaporelConsejodeAdministraciónoensudefectocopiadelapublicaciónenlosdiariosrespectivos

5 3CopiadelaAgenda,selladayfirmadaporelConsejodeAdministración

5 4FotocopiadelActadelaAsambleaGeneralOrdinariaAnualObligatoria mismaquedebeestarfirmadayfoliadacadaunadelashojasporelsecretario;adicionala ellodebeadherirlacertificaciónfirmadaporelsecretarioyvistobuenodelpresidentedelConsejodeAdministraciónconelsellorespectivo

5 5 ListadodeAsociados,debiendoconsignarseconnombrescompletosenhojasmembretadasdelaCooperativa,firmadoyselladoporelConsejode Administración

5 6Proyectodeaplicacióndelejerciciocontablesobresuexcedenteoperdida,selladayfirmadaporelConsejodeAdministración(conformeloestableceelEstatuto delaCooperativa)

5 7DictamendelaComisióndeVigilanciadelosEstadosFinancieros,debidamentefirmadoysellado

5 8CuadrodeÓrganosSociales(SobrelaseleccionesoreeleccionesllevadaacaboenlaAsambleaGeneralOrdinariaAnualObligatoria)

5 9AdjuntarfotocopiadeDPI(legible)deamboslados;delosdirectivoselectosoreelectosdelConsejodeAdministraciónyComisióndeVigilancia

NOTAS:

1)ElActadelaAsambleaGeneralOrdinariaAnualObligatoria,debeestarfirmadaporlosasociadospresentesyparasuvalidezportodoslosmiembrosdelConsejo deAdministración Conformeelartículo13delReglamentodelaLeyGeneraldeCooperativas,lascooperativasconmásdequinientos(500)asociadospodránnormarensu Estatuto,lacelebracióndeAsambleaGeneralpormediodedelegadosdebidamenteacreditados

2)Encumplimientoaloestablecidoenelartículo27literald)delaLeyGeneraldeCooperativasensuDecreto82-78;lasCooperativasdebenremitiralaInspección GeneraldeCooperativas(INGECOP),dentrodelos30díasdecelebradalaAsambleaGeneralOrdinariaAnualObligatoria,laMEMORIADELABORESyLOS ESTADOSFINANCIEROSdelejercicio EnfuncióndecompetenciainstitucionalelRegistrodeCooperativasatenderálorelacionadoalartículo47dela citadaLey.

6 1 FotocopiadelActadelNombramiento,RatificaciónoRevocatoriadelaRepresentaciónLegal,mismaquedebeestarfirmadayfoliadacadaunadelashojasporel secretario;adicionalaellodebeadherirlacertificaciónfirmadaporelsecretarioyvistobuenodelpresidentedelConsejodeAdministraciónconelsellorespectivo

6 2AdjuntarfotocopiadeDPI(legible)deambosladosdelaRepresentaciónLegal

NOTAS:

1)Elactadebecumplirconlosparámetrosformalesdentrodesucontenido conformealmodeloqueelRegistrodeCooperativashaelaborado

2) LaCooperativaestáobligadaalaactualizacióndelainformacióndeloscambiosensuRepresentaciónLegalanteelRegistrodeCooperativasdelINACOP

7 1 LasCooperativasestánobligadasencumpliryevidenciarenlaAsambleaGeneralOrdinariaAnualObligatoria,loreguladoenelartículo6delReglamentodela LeyGeneraldeCooperativas,AcuerdoGubernativoNo M DEE 7-79

7 3

7 2LasCooperativasatravésdesusÓrganosSociales(ConsejodeAdministraciónyComisióndeVigilancia)estánobligadasainformardeinmediatocuandose produzcacambiosomodificacionesenlainformacióndesusregistros,inscripcionesoanotaciones,utilizandoelpresenteformularioyentregarloalRegistrode Cooperativasdel-INACOPLosrequisitosestablecidosenelpresenteformulario,debendepresentarseanualmentealRegistrodeCooperativasdel-INACOP-;30DIASPOSTERIORESA LACELEBRACIÓNDELAASAMBLEAGENERALORDINARIAANUALOBLIGATORIA;porloquelasCooperativasqueNOCUMPLANconesta responsabilidaddelaentregadeestosdocumentosquedaranSUSPENDIDASORESTRINGIDASdesusderechosydetodoregistro inscripciónoanotaciones

7 47 4AlincumplimientodelasresponsabilidadesdelaCooperativaseleaplicaráloqueestableceelReglamentodeMultasySancionessegúnResolución Número46-2011-CD

Declaramos:

Quelainformaciónproporcionadaenelpresenteformularioydocumentosqueseanexansonverídicosparalosefectosregistralesanteel RegistrodeCooperativasdel-INACOP-

Constitución e Inscripción de una Cooperativa

DERECHO II

Graciasporsu atención

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