

Excelencia Profesional




C.P.C.,
L.D. y M. F. Humberto Bravo Mena Director de COFINE


Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.



C.P.C. Daniel Medina Hernández
Presidente

C.P.C. Hilda Rodríguez Jiménez Vicepresidenta General

C.P.C. Minerva Luciano Barocio Vicepresidenta del Sector Externo
Consejo Directivo Bienio 2025-2026

L.C.C Hortencia Vázquez Vázquez Vicepresidenta del Sector Privado

C.P.C. Mirna Hernández Escamilla Vicepresidente del Sector Público

L.C.C. Jorge Alberto González Martínez Vicepresidente del Sector Docente

C.P.C. Marisol Reyes Herrera Vicepresidenta de Finanzas
Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones.
C.P.C. y M.F. Carlos Leonardo Velasco Paredes
C.P.C. Roberto Guzmán Álvarez
L.C.C. Juvenal Villaverde Crisantos
C.P. Adriana Luciano Osorio Presidente de la Comisión Editorial Esperanza No. 765
Col. Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03020 Ciudad de México, México www.amcpdf.org.mx
correo electrónico: comunicacion@amcpdf.org.mx
Teléfono: 55 5636-2370

L.C.C. Griselda Martínez Madrigal Vicepresidenta de Servicio a Asociados

C.P.C. Jesús Antonio Gómez González Vicepresidente de Capacitación

L.C.C. Leónides Jerónimo Solano Primer Secretario Propietario

C.P.C. Adolfo Cortés Herrera Segundo Secretario Propietario
Editor Responsable:
Edición y diseño

www.amcpdf.org.mx 55 5636 2370
Número 315 MARZO 2026
Número de certificación de licitud de título: 10091
Número de certificación de licitud de contenido: 7170
Número de reserva al título en derecho de autor: 04-2017-120511004600-102
La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan Imágenes de stock: pexels.com, freepik.es, canva.com y unsplash.com
DESARROLLO PROFESIONAL
Cowork de Claude: Cuando la IA Deja de Dar Consejos y se Pone a Trabajar Contigo
IA y Auditoría Forense:Transformación del Fraude y la Evidencia Digital
La Omisión Ambiental que Puede Distorsionar tus Estados Financieros
Obligación del Contador Público Inscrito Frente al Incumplimiento del Beneficiario Controlador en el CCF y la Ley PLD 2026
JURÍDICO FISCAL
Checklist Práctico: La Materialidad de las Operaciones como Clave para la Deducción Fiscal ante el SAT
Estímulos Fiscales, Condonaciones y Regularización Tributaria en México (2004–2026)
Análisis del Marco Operativo del Plan Maestro 2026 del SAT bajo el Enfoque de la Auditoría Electrónica y los Procedimientos de Fiscalización Exprés
DIFUSIÓN
Integridad que Construye Futuro: Gobernanza, Riesgo y Conciencia Institucional en Acción
“La integridad no es un discurso; es una decisión estratégica que define el destino de las instituciones.”
Febrero fue un mes que reafirmó el carácter visionario y la solidez institucional de la AMCPDF. Cada encuentro, cada foro y cada espacio de participación reflejaron una Asociación que entiende su tiempo histórico y asume con responsabilidad su papel en él.
La Tarde de Dominó nos recordó que el capital más valioso de toda organización es su gente. En la convivencia se fortalecen los vínculos, se consolidan confianzas y se construye comunidad. Porque una institución fuerte no solo se mide por su agenda académica, sino por la calidad humana de quienes la integran.
Sin embargo, dos momentos marcaron con especial trascendencia el mes: nuestra Asamblea General y el 5º Foro Internacional de Compliance e Integridad y Sostenibilidad 2026.
5º Foro Internacional de Compliance: visión global, conciencia estratégica
Bajo el eje temático “Cultura basada en riesgos en el nuevo reordenamiento geopolítico del sector empresarial, modernización y optimización en la justicia digital (E-Justice) y gobernanza para economías emergentes”, este Foro no fue únicamente un evento académico: fue un llamado a evolucionar.
En un contexto mundial caracterizado por tensiones geopolíticas, regulaciones fragmentadas y transformación tecnológica acelerada, el Compliance dejó de ser un departamento para convertirse en una filosofía organizacional. Los paneles desarrollados abordaron con profundidad temas cruciales.
Se abordaron temas clave como la gestión de riesgos en entornos globales complejos, la transformación digital y la gobernanza de la información, la prevención de delitos financieros, el uso estratégico de tecnologías emergentes y el fortalecimiento de una cultura ética y sostenible como base de la integridad institucional.
La participación de especialistas nacionales e internacionales reforzó una idea central: el profesional contable del siglo XXI no solo interpreta normas; gestiona riesgos, lidera procesos de gobernanza y construye confianza sistémica. Este Foro posicionó a la AMCPDF como un referente en la conversación global sobre integridad, sostenibilidad y justicia digital.
El Compliance, entendido así, es un puente entre legalidad y legitimidad. Y en economías emergentes, representa una ventaja competitiva y un compromiso con el desarrollo responsable.
Asamblea General: conciencia institucional y visión compartida
Si el Foro representó la mirada hacia el entorno global, la Asamblea General simbolizó la introspección responsable de nuestra propia estructura institucional.
Más allá del cumplimiento estatutario, la Asamblea fue un ejercicio profundo de transparencia, rendición de cuentas y gobernanza participativa. En ella se presentaron informes de gestión, resultados financieros, avances estratégicos y proyectos ejecutados, permitiendo a los asociados evaluar con claridad el desempeño del Consejo Directivo y las líneas de acción emprendidas.
Se revisaron metas alcanzadas, se analizaron retos pendientes y se consolidaron decisiones que orientarán el rumbo de la Asociación en el corto y mediano plazo. Cada intervención reflejó compromiso; cada votación, corresponsabilidad.
La Asamblea es el espacio donde la institucionalidad se fortalece. Es allí donde el liderazgo se legitima, donde la planeación estratégica adquiere consenso y donde la visión deja de ser individual para convertirse en patrimonio colectivo.
Una Asociación que informa, escucha y dialoga es una Asociación madura. Y esa madurez quedó evidenciada en la participación activa y reflexiva de sus miembros.
Marzo continuará esta dinámica de crecimiento con el 4º Foro de Aspectos Fiscales , espacio técnico de alto nivel que nos permitirá enfrentar con solvencia los desafíos tributarios actuales, y con la conmemoración del Día de la Mujer, fecha para reconocer el liderazgo, la inteligencia y la sensibilidad que enriquecen nuestra profesión y fortalecen nuestra comunidad.
La AMCPDF avanza con claridad, con ética y con visión. Porque entendemos que la excelencia profesional no es un destino fijo, sino un proceso continuo de actualización, reflexión y acción coherente.
“Cuando la integridad guía nuestras decisiones y la participación fortalece nuestra estructura, el futuro deja de ser incertidumbre y se convierte en construcción consciente.”


Cowork de Claude: Cuando la IA Deja de Dar Consejos y se Pone a Trabajar Contigo

EC.P.C., L.D. y M. F. Humberto Bravo Mena
Director de CONFINE
l despacho contable ya convive con la IA pero la relación tiene un techo. Si eres contador y todavía no has usado algún modelo de inteligencia artificial para revisar una redacción, entender un cambio fiscal o explicarle a un cliente por qué el SAT le está pidiendo algo, probablemente eres minoría. La IA conversacional ChatGPT, Claude, Gemini ya se coló en la rutina de muchos despachos. Y está bien: es un buen consultor de escritorio, rápido y con buena memoria normativa.
Pero seamos francos: hasta ahora, la relación entre el contador y la IA ha sido la de alguien que pide direcciones por teléfono. Tú preguntas, la IA te dice qué hacer, y luego tú tienes que abrir Excel, filtrar, conciliar, copiar, pegar, nombrar archivos y rezar para que no se te haya escapado un cero. La IA piensa; tú ejecutas todo lo demás.
Ahí es donde aparece Cowork, un producto de Anthropic (la empresa detrás de Claude AI) que propone algo distinto: en vez de quedarse en la ventana del chat, se instala en tu escritorio y trabaja directamente sobre tus carpetas y archivos. Ya no le describes lo que necesitas para que te dé instrucciones; le delegas la tarea y la ejecuta. La diferencia es la misma que existe entre pedirle a alguien que te explique cómo organizar un archivo y pedirle que lo organice.
El problema real: no falta inteligencia, falta ejecución
Antes de hablar de lo que Cowork puede hacer, vale la pena entender por qué la IA conversacional se queda corta en un despacho contable. No es un tema de capacidad intelectual del modelo Claude puede analizar legislación fiscal con una profundidad impresionante, sino de arquitectura: la IA vive en una caja de texto y tu trabajo vive en carpetas, sistemas contables, hojas de cálculo y PDFs.
Esa desconexión produce fricciones muy concretas. La primera es el eterno “copia y pega”: La IA genera algo útil, pero pasarlo a tu entorno real implica manipulación manual, y ahí entran los errores de dedo, las versiones equivocadas y los archivos mal nombrados. La segunda es que los procesos largos se vuelven tediosos; preparar papeles de auditoría o depurar cientos de CFDI requiere decenas de pasos, y estar diciéndole a la IA “ahora haz esto, ahora lo otro” no es ni práctico ni escalable. La tercera, y quizá la más importante, es que la IA no conoce tu despacho: no ve tus carpetas, no entiende tu estructura de expedientes, no sabe dónde guardas qué.
En resumen: lo que sobra es capacidad analítica; lo que falta es un par de manos digitales que se metan al archivo y trabajen.
Qué es Cowork y cómo se siente usarlo
Cowork es una herramienta de escritorio (actualmente en fase beta) diseñada para que personas que no son desarrolladores puedan automatizar la gestión de archivos y tareas desde su computadora. No es un chatbot con esteroides: es un asistente que opera dentro de tu entorno de trabajo, con acceso controlado a las carpetas que tú le autorices.
En la práctica, la experiencia se parece más a trabajar con un auxiliar muy organizado que a interactuar con un chat. Le das una instrucción de alto nivel ”organiza la documentación
del cliente X por tipo y período” y Cowork la descompone en pasos, los va ejecutando y te muestra avances. Puede leer documentos, crear archivos nuevos, mover y renombrar cosas, y armar borradores que tú luego revisas y ajustas.
Tres cosas importantes sobre el modelo de seguridad, porque en un despacho este tema no es negociable. Primera: Cowork solo accede a lo que tú explícitamente le permitas; no es un ojo que ve toda tu computadora. Segunda: mantiene un historial de lo que hace, lo cual facilita la trazabilidad y la revisión posterior. Tercera: antes de ejecutar acciones potencialmente destructivas, como borrar archivos, pide confirmación. La filosofía es proactividad con prudencia, no autonomía sin supervisión.
Adicionalmente, Cowork puede combinarse con las capacidades de “Computer Use” (también en beta), que le permiten interactuar con aplicaciones y navegadores: rellenar formularios, navegar portales, dar clic en botones. Esto amplía el rango de tareas delegables, aunque conviene entender que estas capacidades aún están madurando y no sustituyen la supervisión humana.
Casos de uso reales para un despacho contable
Aquí es donde la cosa se pone interesante. Vamos a aterrizar esto en el día a día de un despacho, con escenarios que cualquier contador mexicano reconocerá.
Papeles de trabajo y reportes fiscales
Imagina la carpeta anual de un cliente de régimen general: subcarpetas de bancos, proveedores, nómina, declaraciones, papeles de trabajo de ejercicios anteriores. El proceso clásico es que alguien del equipo abre cada archivo, cruza

DESARROLLO PROFESIONAL
información manualmente, detecta diferencias y arma el borrador de papeles de trabajo. Con Cowork, la instrucción sería algo como: “Toma la carpeta del Cliente ABC 2024, revisa los archivos de CFDI contra los auxiliares contables, identifica facturas sin póliza y pólizas sin CFDI, y genera un borrador de conciliación con notas de lo que hay que aclarar.”
Tú sigues siendo quien revisa, ajusta y firma. Pero las horas de trabajo mecánico —abrir, filtrar, cruzar, armar— se reducen significativamente.
Conciliaciones bancarias
En vez de que el auxiliar descargue el estado de cuenta, lo limpie, lo capture y luego tú revises, Cowork puede leer los estados de cuenta y los auxiliares, señalar movimientos sin registro contable, marcar depósitos sin CFDI asociado y proponer asientos tipo para operaciones recurrentes como comisiones o intereses. Tú decides qué aceptar y qué escalar al cliente, pero llegas a la mesa con el terreno preparado. Expedientes para atender requerimientos del SAT
Cuando llega un requerimiento o una revisión electrónica, el expediente suele estar repartido entre buzón tributario, descargas de CFDI, correos y carpetas internas. El estrés no es solo fiscal, es logístico. Cowork puede clasificar oficios, acuses, declaraciones y anexos por tipo y periodo, renombrar archivos de forma consistente y armar una carpeta ordenada lista para trabajar. El contador se enfoca en la estrategia de atención y las implicaciones fiscales; la IA hace de secretaría hiperorganizada.
Documentos recurrentes del despacho
Cartas de encargo, contratos de prestación de servicios, avisos de privacidad: documentos que se reciclan de cliente a cliente con pequeñas variaciones. Cowork puede localizar los modelos vigentes, adaptarlos con los datos del nuevo cliente y generar borradores personalizados, reduciendo el riesgo de que circule un formato desactualizado con el RFC equivocado. Lo que realmente cambia (y lo que no)
Después de leer los casos de uso, la tentación es pensar que Cowork resuelve todo. No lo hace, y es importante ser claros al respecto.
Lo que sí cambia es el tiempo que el equipo dedica a tareas mecánicas y repetitivas: armado de papeles de trabajo, organización de expedientes, cruces básicos de información. Ese tiempo liberado no es trivial; es lo que permite que el contador haga lo que realmente le pagan por hacer: analizar, planear, anticipar problemas y acompañar al cliente con criterio profesional. También mejora la consistencia: cuando un proceso está automatizado, se ejecuta igual para todos los clientes, no depende de quién lo haga ni de cuánto café haya tomado ese día.
Lo que no cambia es la responsabilidad profesional. El juicio sigue siendo tuyo. Los papeles de trabajo automatizados necesitan el mismo rigor de revisión que cualquier otro. Y la herramienta, por inteligente que sea, opera dentro de los límites de lo que tú le das: si la carpeta del cliente está incompleta o desordenada, el resultado reflejará esas carencias. Basura entra, basura sale, con o sin inteligencia artificial.
Retos que un despacho contable no puede ignorar Adoptar este tipo de herramientas no es solo cuestión de instalar software y soltar las amarras. Hay consideraciones serias que atender.
La confidencialidad es la primera. Los despachos manejan información sensible de sus clientes, y cualquier herramienta que toque esos datos necesita políticas claras: quién la usa, desde qué equipos, con qué clientes, bajo qué controles. La confianza del cliente no se negocia.
Después viene la gobernanza interna. Conviene documentar qué procesos se delegan a la IA, qué revisiones humanas son obligatorias en cada caso y cómo se registran las intervenciones automatizadas. No es burocracia: es trazabilidad, y en un entorno regulado como el contable, la trazabilidad es oxígeno.
La capacitación del equipo también es clave. No basta con dar acceso; hay que enseñar a diseñar tareas delegables, a fijar puntos de control y, sobre todo, a mantener una actitud crítica frente a los resultados. La IA puede equivocarse, y el profesional que la usa necesita saber detectar cuándo eso ocurre.
Finalmente, el marco normativo en México alrededor de la IA en servicios profesionales sigue evolucionando. Los despachos que hoy establezcan procesos claros y documentados estarán mejor posicionados cuando llegue regulación específica, y no tendrán que improvisar.
El contador como arquitecto, no como capturista
Hay una frase que se repite mucho en el gremio: “el contador del futuro será más consultor que operador.” Suena bien en un congreso, pero en la práctica cuesta aterrizarla cuando el 70% de tu semana se va en armar expedientes, cruzar información y perseguir documentos. Herramientas como Cowork hacen que esa aspiración sea operativamente viable: si la parte mecánica la absorbe una IA supervisada, el espacio para el análisis, la planeación fiscal y el acompañamiento estratégico se abre naturalmente.
No se trata de reemplazar al contador. Se trata de sacarlo de la rutina operativa para que haga lo que ninguna IA puede hacer por él: ejercer juicio profesional, construir relaciones de confianza con sus clientes y anticiparse a los problemas antes de que el SAT los señale.
La IA ya llegó al despacho. La pregunta no es si la vamos a usar, sino si la vamos a integrar con inteligencia, con controles y con la visión de que la tecnología es una herramienta al servicio del profesional, no al revés. Los despachos que empiecen hoy, con proyectos piloto bien acotados y reglas claras, no solo ganarán eficiencia: estarán definiendo cómo se practica la contaduría pública en México durante los próximos años.
Nota: Cowork y Computer Use de Claude son productos actualmente en fase beta. Las capacidades descritas en este artículo reflejan la dirección del producto al momento de publicación. Para información actualizada, se recomienda consultar anthropic.com y support.claude.com.


IA y Auditoría Forense: Transformación Tecnológica en la Detección del Fraude y la Evidencia Digital
La auditoría forense es una especialidad orientada a la investigación, detección y documentación de irregularidades financieras con fines administrativos, legales o judiciales. Su campo de acción incluye fraudes corporativos, malversación de recursos, lavado de dinero, corrupción, falsificación documental y otros delitos económicos. En la actualidad, la digitalización de los procesos empresariales ha incrementado de manera significativa el volumen y complejidad de los datos disponibles para auditoría, incluyendo información proveniente de sistemas ERP, plataformas bancarias, facturación electrónica, correos corporativos, bases de datos y registros electrónicos. Ante este escenario, la Inteligencia Artificial (IA) surge como un elemento disruptivo que fortalece el alcance y profundidad del análisis forense, permitiendo evolucionar de modelos tradicionales basados en muestreo hacia esquemas de auditoría continua y preventiva.
Inteligencia Artificial aplicada a la auditoría forense
La Inteligencia Artificial comprende un conjunto de técnicas computacionales orientadas al aprendizaje automático, al análisis predictivo y al procesamiento avanzado de datos, que permiten clasificar, detectar patrones y generar predicciones a partir de grandes volúmenes de información mediante el uso de algoritmos especializados. Entre sus principales ramas destacan el aprendizaje automático (machine learning), el aprendizaje profundo (deep learning), el procesamiento de lenguaje natural (PLN) y el análisis predictivo.
En el ámbito de la auditoría forense, estas herramientas adquieren especial relevancia debido a la creciente complejidad de los esquemas de fraude y al volumen exponencial de datos financieros generados por las organizaciones. A diferencia de los procedimientos tradicionales basados en muestreos selectivos, la IA permite analizar la totalidad de las transacciones, identificar desviaciones respecto de patrones históricos y detectar relaciones ocultas entre variables que podrían pasar inadvertidas mediante técnicas convencionales.

C.P.C. Gloria Arévalo Reyes
Integrante de la Comisión de Síndicos y PRODECÓN
El aprendizaje automático, por ejemplo, facilita la construcción de modelos capaces de identificar comportamientos atípicos en cuentas contables, movimientos bancarios o registros de proveedores, mientras que el aprendizaje profundo permite analizar grandes volúmenes de datos no estructurados, como correos electrónicos, contratos o documentos digitalizados, en busca de indicios de colusión o manipulación. Por su parte, el procesamiento de lenguaje natural posibilita el análisis automatizado de textos y comunicaciones internas para detectar palabras clave, inconsistencias narrativas o patrones de riesgo asociados a conductas indebidas.
En términos prácticos, la IA se emplea para automatizar pruebas sustantivas, realizar cruces masivos de bases de datos, identificar transacciones inusuales, segmentar operaciones por nivel de riesgo y generar alertas tempranas que orienten la investigación forense. Asimismo, contribuye a la implementación de esquemas de monitoreo continuo, permitiendo que la detección de irregularidades ocurra en tiempo real y no únicamente de manera posterior al cierre de periodos contables.
No obstante, la efectividad de estas herramientas depende de la calidad de los datos disponibles, de la adecuada parametrización de los modelos y de la supervisión profesional del auditor. La Inteligencia Artificial no sustituye el juicio crítico del Contador Público, sino que amplía su capacidad analítica, fortaleciendo la objetividad de los hallazgos y respaldando la generación de evidencia técnica sustentable en procedimientos administrativos o judiciales.
De esta manera, la integración estratégica de la IA en
la auditoría forense representa una evolución natural de la profesión contable frente a entornos digitales cada vez más sofisticados, consolidando un enfoque preventivo, analítico y basado en evidencia para la detección y mitigación del fraude. IA como herramienta de prevención y detección de fraude
En los enfoques tradicionales de auditoría forense, la revisión manual de documentos y el análisis por muestreo han sido técnicas predominantes. Sin embargo, estos métodos presentan limitaciones relevantes: consumen tiempo, requieren recursos intensivos y pueden omitir transacciones críticas. El uso de IA permite analizar el 100% de las operaciones registradas, identificando variaciones atípicas, operaciones repetitivas y conductas inusuales en la información financiera. De este modo, la auditoría forense se fortalece no solo como un mecanismo reactivo, sino como un sistema preventivo que anticipa riesgos y reduce la probabilidad de que un fraude permanezca oculto durante largos periodos.
Aplicaciones principales de la IA en auditoría forense
Entre las aplicaciones más relevantes de la IA en auditoría forense destacan el análisis masivo de transacciones, la detección de anomalías, la auditoría continua, la revisión documental automatizada y el reconocimiento de evidencia digital. El aprendizaje automático permite identificar patrones de comportamiento financiero, mientras que el PLN facilita el análisis de contratos, facturas y comunicaciones internas. Asimismo, el reconocimiento de imágenes contribuye a detectar alteraciones en documentos digitalizados, firmas falsificadas o inconsistencias en comprobantes.
Ejemplos prácticos de aplicación
A continuación, se presentan casos ilustrativos que muestran la utilidad práctica de la IA en auditoría forense.
Detección de facturación falsa (empresas fantasmas)
Una entidad registra un incremento significativo en gastos por consultorías. Mediante un modelo de IA aplicado al análisis de pólizas contables y facturación electrónica, se identifican proveedores registrados en el mismo periodo, con patrones similares en RFC y montos repetitivos. Al no existir evidencia documental de entregables, el auditor forense concluye que existe riesgo de operaciones simuladas y posible evasión fiscal.
Identificación de pagos duplicados a proveedores
En una empresa con alto volumen de pagos, la IA analiza todas las transferencias bancarias y detecta facturas pagadas en más de una ocasión, así como pagos realizados a cuentas bancarias coincidentes con diferentes razones sociales. El hallazgo permite recuperar recursos y fortalecer los controles de autorización y validación de pagos.
Detección de fraude interno en nómina
La nómina representa uno de los rubros más sensibles dentro de la operación financiera de cualquier entidad, debido al volumen de transacciones que involucra y a la dispersión de pagos periódicos. En este contexto, la aplicación de herramientas de Inteligencia Artificial permite realizar análisis masivos y continuos que superan las limitaciones de los procedimientos tradicionales de muestreo.

Mediante técnicas de análisis de datos y aprendizaje automático, el sistema puede identificar patrones atípicos en registros de empleados, cuentas bancarias y movimientos de pago. Por ejemplo, la detección de múltiples trabajadores vinculados a una misma cuenta bancaria, coincidencias inusuales en domicilios fiscales o números de identificación, así como altas de personal realizadas fuera de los periodos autorizados o sin documentación completa, constituyen indicadores de riesgo relevantes.
Asimismo, el cruce automatizado entre la base de nómina y los registros de asistencia, controles biométricos o reportes de productividad puede revelar pagos recurrentes sin evidencia de prestación efectiva de servicios. Estos hallazgos permiten detectar la posible existencia de empleados fantasma, duplicidad de registros o esquemas de desvío de recursos mediante la manipulación del padrón de personal. La fortaleza de la Inteligencia Artificial radica en su capacidad para analizar la totalidad de los registros históricos, identificar anomalías estadísticas y generar alertas tempranas que orienten la investigación forense. No obstante, corresponde al auditor forense validar los resultados, verificar la documentación soporte y determinar si las irregularidades detectadas constituyen errores administrativos, deficiencias de control interno o conductas fraudulentas deliberadas. De esta manera, la integración de IA en la revisión de nómina no solo incrementa la eficiencia del proceso, sino que fortalece el sistema de control interno y contribuye a la prevención oportuna de pérdidas económicas derivadas de fraude interno.
Prevención de lavado de dinero mediante operaciones atípicas
En una entidad financiera se registran depósitos frecuentes por montos menores a los límites de reporte obligatorio. La IA detecta un patrón de fraccionamiento (smurfing) y genera alertas por depósitos repetitivos, origen no relacionado y retiros inmediatos. El análisis apoya la generación de reportes de operaciones inusuales y el cumplimiento normativo. Beneficios estratégicos de la IA en auditoría forense La implementación de IA en auditoría forense genera
beneficios relevantes, tales como la reducción de tiempos de investigación, el incremento en la precisión del análisis, la minimización de errores humanos y la mejora en la cobertura de revisión. Asimismo, permite generar reportes más robustos, basados en evidencia cuantificable, y fortalece la capacidad de las organizaciones para prevenir riesgos financieros y reputacionales.
Retos, riesgos y consideraciones éticas
En el contexto mexicano, resulta indispensable considerar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, así como las disposiciones aplicables en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita. A pesar de sus ventajas, la implementación de la Inteligencia Artificial presenta desafíos relevantes. En primer lugar, la confiabilidad de los resultados depende directamente de la calidad, integridad y consistencia de los datos utilizados. Asimismo, los modelos algorítmicos pueden reproducir sesgos cuando su entrenamiento se basa en información incompleta o incorrecta. Otro reto significativo es la protección de datos personales y la confidencialidad de la información, especialmente cuando se procesan registros financieros sensibles. Finalmente, la evidencia generada mediante herramientas de IA debe documentarse adecuadamente para garantizar su trazabilidad y validez jurídica en procedimientos administrativos o judiciales.
El papel del Contador Público en el entorno forense digital
El avance tecnológico no sustituye el juicio profesional del contador público, sino que amplía su alcance y fortalece su función como garante de la confiabilidad de la información financiera. En auditoría forense, el contador público debe interpretar hallazgos, validar evidencia, documentar procedimientos y asegurar que las conclusiones sean consistentes con el marco normativo y legal aplicable. En consecuencia, el profesional contable se consolida como un asesor estratégico capaz de integrar herramientas tecnológicas con criterios técnicos, éticos y legales.
Conclusiones
La Inteligencia Artificial está redefiniendo el alcance y la profundidad de la auditoría forense al posibilitar el análisis masivo de información financiera, la detección automatizada de anomalías y la identificación oportuna de riesgos asociados al fraude. Su incorporación permite ampliar la cobertura de revisión, incrementar la precisión de los hallazgos y fortalecer los procesos de monitoreo continuo, contribuyendo así a una mayor transparencia corporativa y a una toma de decisiones sustentada en evidencia objetiva.
Sin embargo, su implementación no debe entenderse como un sustituto del juicio profesional, sino como una herramienta complementaria que exige controles adecuados, supervisión especializada y estricto cumplimiento del marco normativo aplicable. La confiabilidad de los resultados depende tanto de la calidad de los datos como de la adecuada interpretación de los modelos utilizados, así como de la correcta documentación de la evidencia generada.
En este escenario, el Contador Público consolida su papel como garante de confianza, responsable de evaluar críticamente los hallazgos tecnológicos y de asegurar que la evidencia sea objetiva, verificable y jurídicamente sustentable. La auditoría forense apoyada en Inteligencia Artificial no representa una tendencia pasajera, sino una evolución necesaria frente a esquemas de fraude cada vez
más sofisticados, reafirmando a la profesión contable como un actor estratégico en la prevención, detección y mitigación de delitos financieros.
Referencias
• Association of Certified Fraud Examiners. (2024). Report to the nations: Global study on occupational fraud and abuse. ACFE.
• Deloitte. (2023). Artificial intelligence in forensic audits and fraud detection. Deloitte.
• International Federation of Accountants. (2020). Technology and the profession: Audit and assurance in a digital world. IFAC.
• International Organization for Standardization. (2018). ISO 31000:2018 risk management — Guidelines. ISO.
• KPMG. (2022). AI and data analytics in forensic investigations. KPMG


La Omisión Ambiental que Puede Distorsionar tus
Estados Financieros

LAlma Patricia Bucio Oseguera Vicepresidenta del Colegio de Ingenieros Ambientales de México
a mayor distorsión financiera de muchas empresas hoy no está en sus balances, está en sus riesgos ambientales no identificados. Durante décadas, el cumplimiento ambiental fue interpretado como una obligación operativa ajena a la función financiera. Hoy, ese paradigma ha cambiado de forma irreversible. La sostenibilidad ha comenzado a integrarse en el núcleo de la información corporativa, impulsada por marcos normativos que exigen mayor transparencia y una comprensión más profunda de los riesgos que pueden afectar la continuidad del negocio.
En México, este cambio se materializa con la Norma de Información de Sostenibilidad B-1, Indicadores Básicos de Sostenibilidad (NIS B-1), emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF). Esta norma establece la necesidad de revelar métricas ambientales, sociales y de gobernanza que permitan a los usuarios de la información financiera evaluar la exposición de las entidades a riesgos relevantes.
No obstante, existe una condición previa que muchas organizaciones aún subestiman: no es posible construir indicadores confiables sin haber identificado correctamente los requisitos legales aplicables. Y es precisamente en esa brecha donde suelen originarse las contingencias financieras.
La identificación de requisitos legales: el verdadero punto de partida
Las obligaciones ambientales no son uniformes. Dependen de variables críticas como el sector industrial, el tamaño de la empresa, la ubicación, el volumen de emisiones, la generación de residuos, el uso de sustancias peligrosas, el consumo de recursos naturales, etc. Esta diferenciación responde a un principio regulatorio fundamental: a mayor riesgo ambiental, mayor exigencia de control y reporte.
Por ello, antes de hablar de sostenibilidad, auditoría o provisiones, las organizaciones deben ejecutar un proceso técnico estructurado: la identificación de requisitos legales ambientales. Este ejercicio permite determinar qué permisos se requieren, qué reportes deben presentarse, qué normas oficiales aplican y cuáles podrían derivar en responsabilidades económicas.
Instrumentos regulatorios que generan información financiera
Licencia Ambiental Única (LAU)
La Licencia Ambiental Única es una autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que integra obligaciones relacionadas con emisiones a la atmósfera y condiciones de operación para fuentes fijas de jurisdicción federal. Su relevancia trasciende el cumplimiento, ya que puede condicionar la continuidad operativa de la instalación.
Cédula de Operación Anual (COA)
La Cédula de Operación Anual es el instrumento mediante el cual los establecimientos reportan información sobre emisiones a la atmósfera, descargas de aguas residuales, generación de residuos peligrosos y transferencia de contaminantes. Estos datos alimentan el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes y constituyen

una de las fuentes más robustas para la generación de indicadores ambientales.
Título de concesión para el uso o aprovechamiento de aguas nacionales
Emitido por la Comisión Nacional del Agua, este título acredita el derecho legal para extraer o utilizar agua. Para un profesional financiero responde a una pregunta crítica: ¿el recurso hídrico que sostiene la operación está jurídicamente respaldado? La ausencia de este documento puede comprometer la viabilidad operativa.
Permiso de descarga de aguas residuales
Cuando una empresa vierte efluentes en cuerpos receptores nacionales debe cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación, la cual establece los límites máximos permisibles de contaminantes. El incumplimiento puede traducirse en sanciones, suspensión de actividades o inversiones correctivas no previstas.
Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente (SASISOPA)
Supervisado por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, este sistema es obligatorio para diversas actividades del sector hidrocarburos. Su objetivo es prevenir accidentes mayores y eventos con consecuencias ambientales severas. Financieramente, funciona como un mecanismo de reducción del riesgo catastrófico.
Residuos peligrosos: el pasivo silencioso
La generación de residuos peligrosos obliga a las organizaciones a cumplir con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y mantener trazabilidad documental desde su generación hasta su disposición final. Este aspecto puede derivar en obligaciones de remediación, sanciones económicas, clausuras, litigios y deterioro de activos. Desde la óptica contable, representa un riesgo potencial que podría requerir reconocimiento o revelación.
En la tabla 1, Correlación estratégica con la Norma de Información de Sostenibilidad B-1 podemos observar la manera en que se correlacionan los indicadores de sostenibilidad con los instrumentos legales conforme a la legislación ambiental mexicana vigente, los cuales resultan obligatorios para las empresas y deben ser la fuente de infomación que sustente la Información solicitada en la Norma de Información de sostenibilidad.
Tabla 1. Correlación estratégica con la Norma de Información de Sostenibilidad B-1
Instrumento
Título de concesión
Información generada
Volumen de agua autoizado proveniente de un cuerpo de agua.
Cédula de Operación Anual
Emisiones, residuos, energía.
Indicador NIS B-1 vinculado
Agua Ingresada Impacto Ecológico
Indicadores ambientales, Emisiones atmosféricas, Gases de Efecto Invernadero GEI, Descargas de Agua Residual, Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO), Administración de Residuos Peligrosos
Licencia Ambiental Única
Condiciones de operación. Gobernanza
Implicación financiera
Sanciones por exceder o no volúmenes autorizados.
Revelación de riesgos, Incremento por impuestos ecológicos
Continuidad del negocio Manifiestos de residuos peligrosos Volumen y peligrosidad.
Gestión de materiales Posibles provisiones Permisos de descarga Calidad del efluente.
Estudios de riesgo ambiental
Manifestación de Impacto Ambiental
Certificaciones: Certificado Industria Limpia, Empresa Segura, Cumplimiento Ambiental, ISO,etc. Competencias Laborales
Normatividad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Escenarios de accidentes, zonas de amortiguamiento.
Biodiversidad, recursos naturales, medidas preventivas, correctivas.
Indicadores de desempeño Ambiental reportados a las autoridades Capacitación.
Salud y Seguridad en el Trabajo.
Uso y descarga de agua Costos correctivos
Exposición a riesgos
Biodiversidad, uso de suelo,
Todos los indicadores Mejora de procesos Inversión de equipo, maquinaria, capacitación
Accidentes y enfermedades de trabajo que causaron incapacidad o muerte
Valoración empresarial
Erogaciones, inversiones
Verificación de multas, sanciones, erogaciones, externalidades
Prima de Riesgo
Fuente: Elaboración propia con base en legislación ambiental mexicana vigente. Comprender la diferencia regulatoria: dos ejemplos
Estación de servicio de combustibles Pensemos en una gasolinera, típicamente está sujeta al Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente (SASISOPA), además de controles sobre sustancias peligrosas y manejo de residuos. El enfoque regulatorio privilegia la prevención de eventos mayores, y la información generada permite evaluar la exposición a riesgos operativos. La
AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD
información que deberá obtenerse para el informe será la registrada en su Cédula de Operación Anual (COA) y los reportes anuales SASISOPA, entre otros.
Corporativo industrial con múltiples plantas
Si consideramos una organización manufacturera que se encuentre citada en el artículo 111 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), que señala:
“Para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, se requerirá autorización de la Secretaría.
Para los efectos a que se refiere esta Ley, se consideran fuentes fijas de jurisdicción federal las industrias química, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera y de tratamiento de residuos peligrosos.”
Como es de observarse, estas empresas pueden requerir Licencias Ambientales Únicas, Cédulas de Operación Anual por instalación permisos de descarga, estudios de riesgo y auditorías ambientales. Aquí el desafío no es únicamente cumplir, sino integrar información consistente que pueda sostener la revelación financiera.
El error que aún persiste en muchas organizaciones
Seguir considerando el cumplimiento ambiental como un gasto no solo es técnicamente incorrecto; es financieramente peligroso.
La evidencia operativa demuestra que lo verdaderamente costoso es la corrección tardía. Las empresas que identifican requisitos legales, auditan sus procesos y generan datos verificables reducen la incertidumbre, fortalecen su gobierno corporativo, mejoran la calidad de sus revelaciones y protegen su valor económico.
Reflexión para la alta dirección
La pregunta ya no es si la sostenibilidad debe integrarse en la contabilidad, sino si la organización está generando información ambiental con la solidez necesaria para respaldar sus decisiones financieras. En un entorno donde los riesgos ambientales evolucionan hacia riesgos económicos, la distancia entre cumplimiento y valor empresarial es cada vez menor. “Lo que no se mide ambientalmente, se distorsiona financieramente”.
Referencias
• Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF). (2023). Norma de Información de Sostenibilidad B-1. Indicadores Básicos de Sostenibilidad. México.
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Licencia Ambiental Única.
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Cédula de Operación Anual.
• Diario Oficial de la Federación (DOF). Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021.
• Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). Títulos de concesión para el uso o aprovechamiento de aguas nacionales.
• Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA). Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente.
• Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA). Programa Nacional de Auditoría Ambiental.
• LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 17-12-2025


Obligación del Contador Público Inscrito Frente al Incumplimiento del Beneficiario Controlador en el CFF y la Ley PLD 2026

AC.P.C. Walter Raúl López Ramírez Socio de Auditoría e Impuestos
Consultoría y Asesoría Integral WMJA, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos (SAT) y Prodecon E-mail: wmja.walter@gmail.com
partir de la implementación del régimen de Beneficiario Controlador en el Código Fiscal de la Federación (CFF), las obligaciones de control, información y vigilancia se han reforzado no solo para los contribuyentes, sino también para los Contadores Públicos Inscritos (CPI) que dictaminan estados financieros.
En 2025, esta responsabilidad adquiere una nueva dimensión con la obligación expresa de informar al SAT cuando el CPI tenga conocimiento del incumplimiento, lo que implica riesgos fiscales, administrativos e incluso penales para el profesional si omite hacerlo.
Este artículo analiza el criterio del SAT vía Síndicos del Contribuyente, la postura de PRODECON, los fundamentos legales, ejemplos prácticos y el impacto directo en el CPI, conforme a la RMF 2025.
Beneficiario Controlador, Ley PLD y la Repercusión Directa para el Contador Público Inscrito
La figura del Beneficiario Controlador no solo tiene implicaciones fiscales reguladas en el Código Fiscal de la Federación (CFF), sino que también se encuentra estrechamente vinculada con las obligaciones previstas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley PLD). Dicha ley impone tanto a quienes realizan actividades vulnerables como a todas las sociedades mercantiles, sin importar si tienen o no ese carácter, la obligación de identificar al beneficiario final, integrar expedientes, conservar la información correspondiente y presentar
los avisos respectivos ante la Secretaría de Economía y el Servicio de Administración Tributaria cuando se actualicen los supuestos legales.
Esta interrelación normativa genera una doble capa de cumplimiento para los contribuyentes:
• Por un lado, deben atender las obligaciones fiscales del Beneficiario Controlador previstas en los artículos 32-B Ter, 32-B Quáter y 32-B Quinquies del CFF.
• Por otro, deben cumplir con los deberes de identificación, resguardo de información y reporte establecidos en la Ley PLD.
En este contexto, el Contador Público Inscrito adquiere un papel especialmente sensible, ya que, al tener acceso directo a la información financiera, corporativa y de control de sus clientes, se encuentra en posibilidad real de detectar incumplimientos tanto fiscales como en materia de prevención de lavado de dinero.
El régimen de Beneficiario Controlador obliga a las personas morales, fideicomisos y figuras jurídicas a:
• Identificar a sus beneficiarios controladores.
• Obtener y conservar la información.
• Mantenerla actualizada.
• Proporcionarla al SAT cuando sea requerida.
Cuando un contribuyente incumple con estas obligaciones y el Contador Público Inscrito tiene conocimiento de ello debido al dictamen, surge para el CPI la obligación legal de informar al SAT mediante un trámite específico.
Este deber no es opcional ni discrecional: es una obligación formal establecida en la propia ley y en la Resolución Miscelánea Fiscal.
Criterio del SAT vía Síndicos del Contribuyente
En la Tercera Reunión Trimestral 2023 con las Coordinaciones
Nacionales de Síndicos del Contribuyente, se planteó expresamente al SAT la siguiente duda:
¿Qué responsabilidad tiene el auditor respecto a la obligación del Beneficiario Controlador cuando presentó el dictamen?
Respuesta del SAT:
Los artículos 32-B Ter, 32-B Quáter y 32-B Quinquies del Código Fiscal de la Federación establecen una serie de obligaciones en materia de Beneficiario Controlador para las personas morales, las fiduciarias , los fideicomitentes o fideicomisarios tratándose de fideicomisos, así como para las partes contratantes o integrantes en cualquier otra figura jurídica. Dichas disposiciones imponen, en primer término, la obligación de identificar, obtener, conservar y proporcionar al Servicio de Administración Tributaria la información de sus Beneficiarios Controladores ; y, en segundo lugar, la obligación de mantener dicha información debidamente actualizada. El incumplimiento de estas obligaciones da lugar a la actualización de los supuestos de infracción previstos en el artículo 84-M del propio ordenamiento , los cuales se sancionan con las multas establecidas en el artículo 84-N del mismo Código.
Si el Contador Público Inscrito, con motivo del dictamen de estados financieros, tiene conocimiento de que el contribuyente incurrió en incumplimiento de las obligaciones relativas al Beneficiario Controlador, deberá informarlo a la autoridad fiscal en términos de la Regla 2.10.28 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 (RMF), la cual continúa vigente para la RMF 2025 , 1 mediante la ficha de trámite 318/CFF , toda vez que dicho incumplimiento constituye una infracción a las disposiciones fiscales. Este criterio deja claro que el CPI no es un simple espectador, sino un sujeto obligado a actuar.

Criterio de PRODECON
PRODECON ha sostenido, en diversos pronunciamientos, que el CPI:
• No es autoridad fiscal, pero.
• Sí es un auxiliar de la fiscalización.
• Tiene un deber de colaboración.
• Su omisión puede actualizar responsabilidad administrativa.
• El derecho a la confidencialidad no protege el ocultamiento de incumplimientos fiscales.
1 RM2025 CFF 2.10.28. Informe proporcionado por el contador público inscrito respecto del incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito.
En consecuencia, PRODECON ha considerado válido que el SAT exija este tipo de reportes al CPI, siempre que se respete el debido proceso.
¿En Qué Perjudica al Contador Público Inscrito?
El incumplimiento de esta obligación puede generar graves consecuencias para el CPI, entre ellas:
1) Cancelación o suspensión del registro como CPI ante el SAT.
2) Multas económicas.
3) Responsabilidad solidaria indirecta.
4) Posible imputación por encubrimiento.
5) Riesgos penales si se configura un delito fiscal.
6) Daño reputacional profesional.
7) Pérdida de clientes y contratos de dictaminación.
Hoy, el CPI ya no solo responde por errores técnicos, sino también por omisiones de reporte de incumplimientos detectados.
Ejemplos Prácticos
Ejemplo 1:
Una empresa dictaminada no cuenta con expediente de Beneficiario Controlador actualizado.
El CPI detecta esta omisión durante la revisión:
9 Obligación: Presentar el informe 318/CFF dentro del plazo legal.
X Si no lo hace: Incumple la RMF 2025 y puede ser sancionado.
Ejemplo 2:
9 Una empresa presenta información falsa sobre el Beneficiario Controlador. El CPI lo detecta mediante cruces de información.
X Debe reportarlo al SAT. Si guarda silencio: Se convierte en copartícipe por omisión.
Marco legal y RMF 2025
Código Fiscal de la Federación
Artículo 32-B Ter – Casos de fideicomitentes
Establece que en los fideicomisos se debe identificar plenamente a los fideicomitentes, así como su participación y control en la estructura jurídica. Obliga a proporcionar información precisa para efectos fiscales y de transparencia, incluyendo cuando se actúe por conducto de terceros.
Artículo 32-B Quáter – Beneficiario Controlador
Regula la obligación de identificar, obtener y conservar información del Beneficiario Controlador (persona física que ejerce control efectivo o beneficio económico). Todas las personas morales, fideicomisos y demás figuras jurídicas deben mantener información actualizada y veraz, y ponerla a disposición del SAT cuando lo solicite.
Artículo 32-B Quinquies – Información a Beneficiarios Controladores
Detalla la información mínima que debe recabarse, integrarse y conservarse sobre los Beneficiarios Controladores. Incluye identificación oficial, características del control
o participación, cadenas de titularidad y documentación soporte.
Artículo 52, fracción III – Dictamen o declaratoria y normas de auditoría
Obliga al Contador Público Inscrito (CPI) a revelar en el dictamen fiscal cualquier irregularidad o incumplimiento detectado. Establece la responsabilidad del auditor al aplicar normas de auditoría y reportar hechos que impliquen incumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo aquellas relacionadas con Beneficiarios Controladores.
Artículo 84-M – Infracciones relacionadas con las obligaciones
Enumera las infracciones por incumplimiento en materia de Beneficiarios Controladores, tales como no obtener, no conservar, no presentar información o presentarla incompleta, inexacta o fuera de plazo.
Artículo 84-N – Multas por infracciones
Establece las multas aplicables por violar las obligaciones previstas en el artículo 84-M. Las sanciones pueden ser elevadas, dependiendo de la gravedad, reincidencia y conducta del contribuyente, y pueden implicar consecuencias adicionales para quienes obstruyan la fiscalización.
Estos artículos establecen tanto la obligación del contribuyente como la responsabilidad del CPI al detectar incumplimientos.
Regla 2.10.28 de la RMF 2025
Establece que el Contador Público Inscrito debe informar al SAT cuando tenga conocimiento de:
• Incumplimientos fiscales.
• Incumplimientos aduaneros.
• Hechos probablemente constitutivos de delito.
Este aviso se presenta a través de la Ficha de Trámite 318/ CFF, de carácter gratuito y de presentación obligatoria.
Ficha 318/CFF – Informe del CPI
• Sujeto: Contador Público Inscrito.
• Plazo: Desde que tenga conocimiento y hasta 30 días después de la presentación del dictamen.
• Trámite: Presencial.
• Resultado: Acuse de recibo.
• Vigencia: Indefinida.
• Fundamento: Art. 52 CFF y Regla 2.10.28 RMF 2025.
Conclusi ó n
La figura del Beneficiario Controlador se ha consolidado como un eje transversal del cumplimiento fiscal y de prevención de lavado de dinero en México, al encontrarse regulada tanto en el Código Fiscal de la Federación como en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley PLD) . Esta doble regulación impone a los contribuyentes obligaciones estrictas de identificación, integración, resguardo y actualización de la información del beneficiario final, así como la presentación de avisos ante el Servicio de Administración Tributaria cuando se actualicen los supuestos legales.
Bajo este nuevo entorno normativo, el Contador Público Inscrito adquiere un papel estratégico y de alto riesgo jurídico, al quedar obligado, conforme a la Regla 2.10.28
AUDITORÍA Y NORMATIVIDAD
de la RMF 2025 , a informar a la autoridad fiscal los incumplimientos que detecte en materia del Beneficiario Controlador , incluso cuando estos deriven de obligaciones vinculadas con la Ley PLD. La omisión de este deber puede generar responsabilidad administrativa, fiscal, profesional e incluso penal para el CPI.
Hoy, el CPI se convierte en un actor clave del control fiscal, con responsabilidades que van más allá del dictamen técnico. La omisión de esta obligación puede generar sanciones administrativas, fiscales, penales y profesionales.
Se recomienda de manera imperativa que el Contador Público Inscrito cuente con asesoría fiscal especializada permanente, documente adecuadamente sus revisiones y establezca protocolos internos de cumplimiento para evitar responsabilidades graves por omisión de reportes al SAT.
Frase célebre
Escucharás críticas de todas partes, pero no puedes dejar que las críticas te influencien, sobre todo, las de tus amigos (ELON MUSK “Tesla”).


Checklist Práctico: La Materialidad de las Operaciones como Clave para la Deducción Fiscal ante el SAT

EC.P.C. Walter Raúl López Ramírez Socio de Auditoría e Impuestos
Consultoría y Asesoría Integral WMJA, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos (SAT) y Prodecon E-mail: wmja.walter@gmail.com
n los últimos años, la materialidad de las operaciones se ha convertido en uno de los ejes principales de la fiscalización del SAT. El simple hecho de contar con un CFDI ya no es suficiente para soportar una deducción o acreditamiento; ahora, la autoridad exige que las operaciones sean reales, existentes, comprobables y económicamente congruentes.
Para evitar riesgos de cancelación de deducciones, desconocimiento de gastos, determinación de créditos fiscales y vinculación con EFOS/EDOS, las empresas necesitan implementar controles documentales robustos.
Este artículo desarrolla un checklist profesional, ejemplos prácticos, fundamentos legales y criterios relevantes para 2025 y 2026.
¿Qué es la materialidad?
La materialidad de las operaciones es el conjunto de pruebas y evidencias documentales que demuestran que un acto, servicio o compraventa realmente ocurrió , que el proveedor tiene capacidad para prestarlo y que la operación es razonable, coherente y con propósito de negocio
No basta con contar con un CFDI: el SAT exige que cada operación tenga existencia física, económica y jurídica , respaldada con contratos, órdenes de compra, reportes, evidencia de entrega, pagos y documentación contable.
La materialidad implica demostrar que:
1) El proveedor existe y tiene capacidad.
2) La operación realmente se llevó a cabo.
3) El bien o servicio se entregó o prestó.
4) El pago se efectuó y hubo flujo de efectivo.
5) El gasto es razonable, coherente y tiene un propósito de negocio.
El SAT analiza estos elementos mediante revisiones electrónicas, cartas invitación, discrepancias en CFDI, cruces de información y uso intensivo de inteligencia artificial. La defensa eficaz comienza con una gestión documental preventiva.
Comentario sobre la materialidad w
Un aspecto fundamental en este debate es el principio de materialidad , reiteradamente exigido por el SAT y reconocido en diversos criterios judiciales. No basta con que exista un CFDI válido en forma; es indispensable que la operación reflejada en el comprobante sea real y verificable. La materialidad se acredita mediante contratos, correos electrónicos, cotizaciones, estados de cuenta, evidencia de la entrega de bienes o prestación de servicios, videos, fotos, recursos humanos, activos, infraestructura, capacidad operativa y cualquier otro elemento que demuestre que la transacción no es simulada.
En este sentido, la Reforma Fiscal 2026 refuerza la obligación de demostrar materialidad, ya que la autoridad contará con mayores facultades para suspender la facturación y cancelar el RFC si detecta operaciones inexistentes.
El mensaje es claro: tanto empresas como contadores deben garantizar que detrás de cada registro y cada CFDI exista una operación verdadera y comprobable; de lo contrario, aun con un error contable involuntario, podrían enfrentarse a cuestionamientos de carácter penal.

Requisitos de certificación de las fotografías
De acuerdo con la Tesis aislada II.3o.A.53 A (11a.), publicada el 17 de octubre de 2025,1 las fotografías ofrecidas en juicio para acreditar la materialidad de operaciones deberán cumplir con lo previsto en el artículo 217 del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC), aplicable supletoriamente en materia fiscal.
Checklist completo de materialidad para operaciones:
1) Identificación del proveedor / cliente
• Acta constitutiva y poderes del representante legal.
• Constancia de situación fiscal vigente.
• Opinión de cumplimiento (opcional pero recomendable).
• Verificación de que no esté listado en el artículo 69-B CFF (EFOS).
2) Contrato o documento que respalde la operación.
• Contrato de prestación de servicios o compraventa con cláusulas claras.
• Orden de compra, orden de servicio o solicitud formal.
• Cotización, propuesta técnica o económica.
• Pruebas de negociación (correos, chats corporativos).
3) Comprobante fiscal (CFDI) y registros contables.
• CFDI que cumpla con los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF.
• Relación clara entre el CFDI y los documentos soporte.
• Póliza contable con evidencia adjunta.
• Identificación del método de pago (PUE/PPD).
• Entrega o prestación del bien o servicio.
• Actas de entrega-recepción.
• Reportes fotográficos, evidencia documental, guías de transporte.
• Bitácoras, informes, listas de asistencia o reportes.
• Correos o documentos internos que acrediten la ejecución del servicio.
1 https://bj.scjn.gob.mx/busqueda?q=%22Materialidad%22&indice=tesis&page=1
4) Contraprestación o pago
• Evidencia: transferencia bancaria, estado de cuenta, SPEI, cheque, etc.
• Conciliación entre pago CFDI y contabilidad.
• Flujo de efectivo congruente con el monto y naturaleza de la operación.
• Contratos o documentos que soporten créditos o pagos diferidos.
5) Razonabilidad y coherencia económica
• Que exista una razón de negocio para la compra o servicio.
• Que el monto sea coherente con precios de mercado.
• Que la empresa tenga capacidad económica para realizar la operación.
• Alineación a su giro, objeto social y volúmenes de operación.
Recomendaciones adicionales.
• Implementar protocolos internos: Establecer procedimientos claros para documentar cada operación relevante.
• Capacitar al personal: Asegurarse de que el equipo administrativo y contable comprenda los criterios de materialidad.
• Archivar y organizar: Mantener un archivo digital organizado de toda la documentación y evidencias.
• Comunicación: Mantener una comunicación constante entre las áreas de compras y fiscal para asegurar que se está documentando correctamente la materialidad de las operaciones.
• Consultar a un asesor: Ante operaciones atípicas o de alto monto, es recomendable consultar a un asesor fiscal.
Ejemplos prácticos.
Ejemplo 1:
Servicios de consultoría:
9 Contrato firmado.
9 Reportes mensuales de actividades.
9 Correos solicitando entregables.
9 Bitácoras de reuniones.
9 CFDI y pago SPEI.
9 Póliza contable adjunta.
9 Orden de compra y cotización.
Resultado: Deducción procedente y materialidad demostrable.
Ejemplo 2: Compra de material sin evidencia
X No se firmó contrato.
X No hubo orden de compra.
X No existen fotos ni evidencia de entrega.
X CFDI emitido.
9 Pago realizado.
Riesgo: El SAT puede determinar que la operación es inexistente por falta de pruebas del acto material de entrega. Ejemplo 3: Servicio que no tiene razón de negocio
9 CFDI.
9 Contrato.
9 Pago.
X No tiene relación con el giro.
X No hay beneficio económico.
X Es un gasto atípico y elevado.
Riesgo: Rechazo por falta de razón de negocio.
Fundamentos fiscales relevantes.
Código Fiscal de la Federación.
• Art. 5-A – Razón de negocio.
• Art. 29 y 29 -A Requisitos del CFDI.
• Art. 27 LISR - Requisitos de las deducciones.
• Art. 28 LISR – Requisitos de contabilidad.
• Art. 69 - B CFF EFOS y presunción de inexistencia.
• Regla 2.7.1 y subsecuentes – CFDI.
• Art. 32-D – Opinión de cumplimiento.
Ley del ISR.
• Art. 27 – Deducciones autorizadas.
• Art. 28 – Gastos no deducibles.
• Art. 76 – Obligaciones del contribuyente.
• Art. 90 – Comprobación y soporte de erogaciones.
Ley del IVA.
• Art. 5 – Requisitos del acreditamiento del IVA (pago, CFDI, uso, destino).
Reglas de la RMF 2025 aplicables.
• Reglas 2.1.2, 2.1.6 – Revisiones electrónicas.
• Reglas 2.7.1.32, 2.7.1.35 – CFDI y requisitos complementarios.
• Regla 2.8.1.5 – Contabilidad y documentación soporte.
• Reglas relacionadas con actividades vulnerables, prestación de servicios especializados, aclaraciones y materialidad.
La RMF 2025 fortalece la verificación documental mediante sistemas automatizados, incrementando el peso del soporte de materialidad.
La materialidad de las operaciones se ha convertido en el eje central de la fiscalización del SAT y en un requisito indispensable para la procedencia de deducciones y acreditamientos. Contar únicamente con un CFDI ya no es suficiente: las empresas deben demostrar, mediante evidencia documental sólida, que cada operación es real, tiene razón de negocio y cuenta con soporte económico, jurídico y contable. Implementar controles preventivos y un checklist de materialidad permite reducir riesgos de ser catalogado como EDOS, evitar rechazos de deducciones, prevenir créditos fiscales y enfrentar de manera más sólida cualquier revisión electrónica o presencial.
Finalmente, se recomienda que los contribuyentes
cuenten con la asesoría de un profesional especialista en materia fiscal y contabilidad, quien podrá evaluar las operaciones, revisar la documentación soporte y garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones, minimizando riesgos frente a la autoridad.
Frase célebre
Pregúntese, si esta idea no tuviera éxito, ¿qué haría con ella? Esta es una buena forma de saber si realmente sientes pasión por esa idea. (EV WILLIAMS “Medium”


Estímulos Fiscales, Condonaciones y Regularización Tributaria en México (2004–2026)

DMtro. José Jesús Rodríguez Ambriz
Presidente de la comisión de capacitación y evaluación, integrante de la comisión de honor y justicia de la AMCPDF jesusroaj@hotmail.com
urante los últimos veintidós años, la política fiscal en México ha recurrido de manera recurrente a los estímulos fiscales , programas de regularización y, en etapas previas, a condonaciones de créditos fiscales , como instrumentos para incentivar la actividad económica, ampliar la base de contribuyentes, recuperar adeudos históricos y atender coyunturas económicas adversas. Estas medidas han sido implementadas principalmente a través de decretos del Ejecutivo Federal , disposiciones contenidas en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y reglas administrativas emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), bajo la coordinación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
El presente artículo analiza, con un enfoque académicojurídico, la evolución de dichos mecanismos entre 2004 y 2026, identificando su denominación, fundamento legal, alcances y resultados en términos de recuperación fiscal, así como el cambio de paradigma generado a partir de la prohibición constitucional de la condonación de impuestos. I. Marco conceptual: estímulos fiscales y condonaciones
En el sistema tributario mexicano, los estímulos fiscales se conciben como beneficios otorgados por disposición expresa de ley o decreto, que permiten reducir la carga tributaria mediante acreditamientos, deducciones, exenciones temporales o facilidades administrativas, sin modificar de manera estructural el impuesto correspondiente. Su finalidad es incentivar conductas específicas consideradas de interés público, como la inversión, el empleo, la formalización o la regularización de adeudos.
Por su parte, la condonación de impuestos implica la remisión total o parcial de la obligación principal de pago de una contribución ya causada. Tradicionalmente, esta figura se encontraba prevista en el artículo 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación (CFF), que facultaba al Ejecutivo Federal para condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios en casos de catástrofes, fenómenos económicos o situaciones extraordinarias.
La distinción entre estímulo fiscal y condonación resulta esencial, pues mientras los primeros siguen siendo una herramienta válida de política fiscal, la segunda quedó prohibida a nivel constitucional a partir de 2020.
II. Fundamento jurídico de los estímulos fiscales
El marco normativo que sustenta los estímulos fiscales en México se integra, principalmente, por los siguientes ordenamientos:
1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: particularmente los artículos 25, 31, fracción IV y 28, que establecen los principios de rectoría económica del Estado, proporcionalidad y equidad tributaria, así como la prohibición de condonaciones.
2 Código Fiscal de la Federación: artículos 39, 33 y disposiciones relativas a facilidades administrativas y accesorios de las contribuciones.
3 Ley de Ingresos de la Federación: artículos y transitorios que, de manera anual, autorizan estímulos fiscales específicos.
4 Decretos del Ejecutivo Federal: emitidos al amparo de facultades constitucionales y legales para instrumentar políticas económicas o sectoriales.
Este entramado normativo ha permitido que, aun con la prohibición de condonar impuestos, subsistan esquemas de regularización basados en la eliminación de multas, recargos y gastos de ejecución, así como en incentivos para el cumplimiento voluntario.
Evolución histórica de las condonaciones y estímulos fiscales (2004–2018)
1. Programas de condonación generalizada
Entre 2004 y 2018, el Gobierno Federal implementó diversos programas de condonación de créditos fiscales , usualmente previstos en artículos transitorios de la LIF. Estos esquemas permitían a los contribuyentes regularizar adeudos acumulados mediante la remisión total o parcial de contribuciones, recargos y multas, siempre que se cubriera una porción del adeudo principal.
Destacan los programas instrumentados durante los ejercicios fiscales 2007, 2013 y 2015, cuyo objetivo declarado fue la depuración de la cartera de créditos incobrables del SAT y la reincorporación de contribuyentes al padrón activo.
2. Críticas y debate sobre equidad tributaria
A pesar de su utilidad recaudatoria de corto plazo, estos programas fueron objeto de severas críticas desde el ámbito académico y social, al considerarse que vulneraban el principio de equidad tributaria al beneficiar a contribuyentes incumplidos en detrimento de aquellos que cumplían oportunamente con sus obligaciones.
IV. Cambio de paradigma: prohibición constitucional de la condonación (2019–2020)
En 2019, el Ejecutivo Federal anunció formalmente la política de no condonar impuestos , la cual se consolidó con la reforma al artículo 28 constitucional , publicada en marzo de 2020. Dicha reforma prohibió expresamente la condonación de impuestos, eliminando la posibilidad de remitir la obligación principal de pago mediante decretos o actos administrativos.
Este cambio marcó un punto de inflexión en la política fiscal mexicana, obligando a rediseñar los mecanismos de estímulo y regularización bajo un esquema compatible con la Constitución.
V. Estímulos fiscales y regularización posterior a la reforma (2020–2026)
1. Estímulos vía Ley de Ingresos de la Federación
A partir de 2020, los estímulos fiscales se concentraron en disposiciones transitorias de la LIF, enfocadas principalmente en:
• Condonación de multas, recargos y gastos de ejecución.
• Facilidades de pago en parcialidades.
• Incentivos sectoriales (energía, frontera norte, inversión productiva).
2. Programas de regularización 2025–2026
Las Leyes de Ingresos de la Federación para los ejercicios fiscales 2025 y 2026 incorporaron programas de regularización dirigidos a contribuyentes con ingresos limitados, permitiendo la eliminación total de accesorios fiscales siempre que se cubriera el impuesto principal dentro de los plazos establecidos.
Estos programas se justificaron como medidas extraordinarias para fortalecer la recaudación sin contravenir la prohibición constitucional de condonar impuestos.
VI. Impacto en la recuperación fiscal y la recaudación

Desde una perspectiva financiera, los estímulos fiscales han permitido al Estado mexicano recuperar ingresos que, en muchos casos, se consideraban de difícil o nula recuperación. La estrategia posterior a 2020 ha privilegiado el pago del impuesto principal , asegurando ingresos efectivos para la Hacienda Pública, mientras se reduce la carga accesoria que inhibe el cumplimiento.
Los informes de la SHCP señalan que la recaudación tributaria ha mostrado un crecimiento sostenido en los últimos ejercicios, atribuible tanto al fortalecimiento de la fiscalización como a los esquemas de regularización fiscal.
VII. Análisis crítico desde el enfoque académico Desde el punto de vista doctrinal, los estímulos fiscales deben evaluarse bajo los principios de proporcionalidad, equidad y legalidad tributaria. Si bien los programas de regularización han demostrado eficacia recaudatoria, su uso reiterado puede generar incentivos perversos si los contribuyentes perciben que el incumplimiento será eventualmente premiado.
No obstante, el diseño actual —limitado a accesorios y sujeto a bases legales estrictas— representa un avance significativo respecto de los esquemas de condonación amplia del pasado.
Estímulos fiscales, condonaciones y recuperación de adeudos fiscales en México (2004–2026)
Sección cuantitativa integrada al artículo académico. Las cifras que se presentan provienen de información pública del SAT, SHCP y Auditoría Superior de la Federación, así como de datos oficiales transparentados por la autoridad fiscal.
1. Deuda fiscal condonada y cancelada (2004–2018)
Entre 2004 y 2018, el Gobierno Federal utilizó de manera recurrente programas de condonación y cancelación de créditos fiscales. De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria, en dicho periodo se registraron:
Concepto Monto estimado
Impuestos condonados (2004–2015) ≈ 273,700 millones de pesos
Créditos fiscales cancelados ≈ 814,700 millones de pesos
Total condonado y cancelado ≈ 1.09 billones de pesos
Estas cifras representan recursos que dejaron de ingresar directamente al erario federal, aunque una parte correspondía a créditos considerados de difícil o imposible cobro.
2. Recuperación obtenida mediante programas fiscales
A pesar del monto elevado de condonaciones históricas, diversos programas de regularización lograron recuperar ingresos efectivos. Por ejemplo:
Ejercicio / Programa Recuperación estimada
Programa de regularización 2013 ≈ 18,100 millones de pesos
Condonación de accesorios (2016–2021) ≈ 15,380 millones de pesos
En estos esquemas, la condonación se concentró principalmente en multas y recargos, mientras que el impuesto principal fue efectivamente pagado.
3. Recuperación esperada en programas 2025–2026
Tras la prohibición constitucional de la condonación de impuestos, los programas contenidos en las Leyes de Ingresos de la Federación 2025 y 2026 se enfocan exclusivamente en la eliminación de accesorios fiscales, con el objetivo de incentivar el pago del impuesto principal.
Aunque no existe aún una cifra definitiva de recuperación, la SHCP estima que estos programas permitirán recuperar adeudos que, de otra forma, permanecerían en cartera vencida, fortaleciendo la recaudación sin vulnerar el artículo 28 constitucional.
Costo de recuperación de adeudos fiscales en México
Esta sección complementa el análisis de estímulos fiscales y regularización tributaria, incorporando el costo operativo que enfrenta el Estado mexicano, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para la recuperación de adeudos fiscales.
1. Indicador de costo de recaudación
El SAT utiliza un indicador estándar para medir la eficiencia recaudatoria: el costo por cada 100 pesos recaudados. De acuerdo con información oficial:

Periodo
2023
Primer trimestre 2025
Estimación
Estos datos muestran una tendencia sostenida a la baja en el costo de recaudación, lo que refleja una mejora en la eficiencia administrativa y tecnológica del SAT.
2. Rentabilidad de la fiscalización
Además del costo general de recaudación, el SAT mide la rentabilidad de las acciones de fiscalización, entendida como los pesos recuperados por cada peso invertido en auditorías, revisiones electrónicas y actos de cobro.
Pesos recuperados por cada peso invertido
$147.2 pesos
$293.5 pesos
Lo anterior confirma que la recuperación de adeudos fiscales mediante fiscalización resulta altamente rentable para el Estado mexicano.
3. Implicaciones para la política de Estímulos fiscales
El bajo costo de recuperación y la alta rentabilidad de la fiscalización explican por qué, tras la prohibición constitucional de la condonación de impuestos, el diseño de estímulos fiscales se ha orientado a la eliminación de accesorios (multas y recargos), sin renunciar al cobro del impuesto principal.
Desde una perspectiva académica, estos indicadores permiten afirmar que la recuperación de adeudos fiscales no representa una carga financiera significativa para el erario, sino una actividad con alto retorno social y fiscal.
1. México y la recaudación de impuestos como proporción del PIB
• México (Indicadores recientes).
• En 2024, México recaudó impuestos equivalentes a 18.3% del Producto Interno Bruto (PIB), su mayor nivel histórico registrado.
• En 2023, el ratio fue 17.7% del PIB.
• Datos alternativos de bases del Banco Mundial reportan cifras cercanas a 14.2%–14.3% del PIB en 2023 (esto depende de la metodología de medición).
Aunque hay variaciones según la fuente y metodología, la tendencia es que México recauda impuestos en torno al 14%–18% del PIB, con cifras oficiales de OCDE apuntando hacia 18.3% en 2024
2. Comparación internacional – OCDE
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es la referencia principal para comparaciones fiscales entre economías avanzadas y emergentes:
• En 2024 , la recaudación promedio de los 38 países de la OCDE fue 34.1% del PIB.
• México, con 18.3% del PIB , ocupó el último lugar
entre los países de la OCDE en términos de recaudación tributaria.
• Por ejemplo, países con alta presión fiscal como Dinamarca y Francia llegan a más de 40% del PIB en recaudación.
País / Grupo
Recaudación (% PIB)
OCDE Promedio 34.1% (OECD)
México 18.3% (OECD)
Pa í ses de Europa con alta presión fiscal 40%–45% (OECD)
México recauda menos de la mitad del promedio de la OCDE.
3. Comparación regional – América Latina y Caribe
Según datos de la OCDE:
• El promedio de recaudación en América Latina y el Caribe es aproximadamente 21.3% del PIB.
• México, con 17.7%–18.3% del PIB, está por debajo del promedio regional.
• En la región, varios países como Chile, Colombia y Brasil suelen tener tasas de recaudación más altas que México.
En resumen regional:
Región / País
Recaudación (% PIB)
AL y Caribe promedio 21.3% (OECD)
México 17.7%–18.3% (OECD)
Chile
20.5% (La Jornada)
4. Posicionamiento global fuera de OCDE
Fuentes globales también ubican a México por debajo del promedio mundial:
• Algunos indicadores internacionales colocan a México alrededor del puesto 50–80 entre 80–120 países según metas de recaudación fiscal (% de PIB).
Esto significa que, globalmente , México no está entre los países con alta recaudación tributaria y se encuentra por debajo del promedio global , aunque su posición exacta depende de la base de datos y método de cálculo.
5. ¿Qué implica esta posición?
La posición fiscal de México —por debajo de los promedios regionales y de OCDE— tiene varias implicaciones clave: Menor espacio fiscal para financiar gasto social, infraestructura y servicios públicos comparados con países que recaudan más. Dependencia de otras fuentes (como ingresos petroleros o deuda pública) para complementar el gasto. Presión para mejorar la eficiencia recaudatoria y expandir la base tributaria sin necesariamente aumentar tasas impositivas, como ha sido planteado por autoridades fiscales.
Síntesis – ¿Cómo está México?
Recauda menos que el promedio de la OCDE y menor que el
promedio de América Latina y el Caribe.
Ocupa el último lugar entre los países de la OCDE en recaudación como proporción del PIB.
A nivel global, México no se encuentra entre los países con mayor presión fiscal, situándose por debajo del promedio mundial.
Conclusiones
En suma, el costo que asumen el SAT y la SHCP para recuperar adeudos fiscales es mínimo en comparación con los montos efectivamente recaudados. Esta realidad respalda la estrategia actual de fortalecimiento de la fiscalización y uso focalizado de estímulos fiscales como instrumentos de regularización, bajo un marco constitucional estricto.
En términos agregados, puede afirmarse que México enfrentó una pérdida recaudatoria histórica superior a un billón de pesos por condonaciones y cancelaciones hasta 2018. No obstante, el rediseño del modelo fiscal posterior a 2020 ha orientado los estímulos hacia la recuperación efectiva del impuesto principal, con resultados positivos y sostenibles.
1 Entre 2004 y 2018, la condonación de impuestos fue un instrumento recurrente de política fiscal, con efectos recaudatorios inmediatos pero cuestionamientos en materia de equidad.
2 La reforma constitucional de 2020 transformó radicalmente el modelo, prohibiendo la condonación de impuestos y obligando a replantear los estímulos fiscales.
3 Los programas de regularización 2025–2026 confirman un enfoque orientado a la recuperación efectiva de ingresos, sin sacrificar los principios constitucionales.
4 En términos académicos, la experiencia mexicana evidencia la necesidad de equilibrar incentivos fiscales con una política de cumplimiento tributario sostenido.
Referencias (APA)
• Auditoría Superior de la Federación. (2004–2026). Informes del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública. México.
• Código Fiscal de la Federación. Diario Oficial de la Federación.
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación.
• De la Garza, S. (2018). Derecho financiero mexicano Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México.
• Fix-Zamudio, H., & Valencia Carmona, S. (2014). Derecho constitucional mexicano y comparado. Ciudad de México: Porrúa.
• Ley de Ingresos de la Federación. Diario Oficial de la Federación, ejercicios fiscales 2004–2026.
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2004–2026). Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública. México.
• Servicio de Administración Tributaria. (2004–2026). Informe Tributario y de Gestión. México.

Análisis del Marco Operativo del Plan Maestro 2026 del SAT bajo el Enfoque de la Auditoría
Electrónica y los Procedimientos de Fiscalización Exprés

EMtro. José Jesús Rodríguez Ambriz
Presidente de la comisión de capacitación y evaluación, integrante de la comisión de honor y justicia de la AMCPDF jesusroaj@hotmail.com
l presente artículo tiene por objeto analizar, desde la óptica técnica y jurídica, las implicaciones operativas y normativas del Plan Maestro 2026 del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Se examinará su articulación como marco rector de la política fiscal, con énfasis en la transición hacia esquemas de fiscalización digital (auditoría electrónica), el modelo de auditorías exprés y su contraste con los procedimientos tradicionales. El análisis se estructura en tres apartados principales: 1) El Plan Maestro 2026 como marco jurídico-programático; 2) Un cuadro comparativo de la auditoría tradicional versus la auditoría electrónica; y 3) La adaptación específica a los nuevos modelos de fiscalización: auditorías exprés y fiscalización inteligente. Se concluye que el Plan representa un cambio de paradigma hacia una fiscalización basada en datos, riesgo y criterios objetivos, lo cual exige una evolución equivalente en los sistemas de control interno y cumplimiento de los contribuyentes.
1. Introducción: El Plan Maestro 2026 como Marco Jurídico-Programático de la Fiscalización
El Plan Maestro 2026 del SAT trasciende un documento de planeación interna para erigirse en el marco jurídicoprogramático que define los principios, prioridades y métodos de la administración tributaria en México para el período 2024-2026. Su objetivo central, una recaudación histórica de 5.8 billones de pesos, se sustenta en tres ejes rectores que redefinen la relación fisco-contribuyente:
1 Atención honesta, cercana y con calidez: Se enfoca en la simplificación, digitalización y accesibilidad, con un componente novedoso de inclusión lingüística (materiales en maya, mixteco, zapoteco) y territorial (oficinas móviles en los 32 estados).
2 Implementación de esquemas de fiscalización transparentes y objetivos: Establece criterios de riesgo fiscal objetivamente definidos para la selección de auditorías, desplazando el modelo discrecional.
3 Combate a la compra-venta de facturas falsas: Articula un protocolo agresivo que combina la suspensión operativa inmediata de «factureras”, la denuncia penal y la corrección forzosa para los compradores (30 días para regularización).
Base Jurídica: Este Plan se enmarca en facultades conferidas por la Ley del Servicio de Administración Tributaria (Artículo 5) y la Miscelánea Fiscal, actuando como el instrumento de política que da operatividad a principios constitucionales como la obligación de contribuir (Artículo 31, Fracción IV) y las garantías del contribuyente (Ley Federal de los Derechos del Contribuyente). Su publicación oficializa los criterios de actuación, dotando de predictibilidad y seguridad jurídica al proceso de fiscalización.
2. Cuadro Comparativo: Auditoría Tradicional vs. Auditoría Electrónica en el Contexto del Plan Maestro 2026
El segundo eje del Plan promueve una “fiscalización inteligente”, lo que implica la migración acelerada de un modelo de auditoría tradicional, basado en papelería y visitas físicas, a uno electrónico, sustentado en el análisis de datos masivos (Big Data) y la revisión remota.
Característica
Base de Selección
Medio de Notificación
Medio de Ejecución
Documentación Requerida
Plazos de Respuesta
Enfoque del Auditor
Auditor í a Tradicional (Modelo Anterior).
Muestreo estadístico básico, denuncias, o criterios discrecionales.
Oficio físico entregado en domicilio fiscal o notificado por estrados.
Visita domiciliaria o en oficinas del SAT. Revisión física de libros, comprobantes y documentos.
Papelería física original: facturas, libros contables, pólizas, contratos.
Plazos definidos pero sujetos a prórrogas por la complejidad del intercambio físico.
Revisión manual, propensa a subjetividad. Enfoque amplio, “revisar todo”.
Capacidad de Cruce de Información
Finalización
Riesgo para el Contribuyente
Limitada a lo declarado y documentación aportada.
Acta de visita con observaciones, requerimiento de pagos diferenciales.
Mayor en términos de tiempo y costo logístico. Menor en detección de micro-inconsistencias.
Auditoría Electrónica (Modelo SAT 2026).
Perfilamiento por riesgo basado en Big Data. Análisis de inconsistencias en declaraciones, CFDI, bancos, importaciones, redes sociales. Los criterios del Plan (pérdidas recurrentes, inconsistencias compra-venta, uso de paraísos fiscales) son algoritmizados.
Buzón Tributario (Art. 17-K del CFF). Es el medio oficial, obligatorio y presumiblemente conocido. La omisión de su revisión no exime de responsabilidades
Revisi ó n remota a través del Portal del SAT. Se solicita la carga digital de documentos (XML, PDF, etc.) en plataformas específicas. Se utilizan herramieWntas como el “Assisted Audit”
Documentaci ó n digital (CFDI, contabilidad electró nica, archivos XML). La contabilidad electró nica (Art. 27, 28 y 30 del CFF) es la piedra angular. Se prioriza información estructurada.
Plazos más estrictos (ej. 20 días hábiles para aportar documentos en revisión de gabinete). La agilidad digital reduce márgenes de extensión.
Revisi ó n focalizada en alertas de riesgo. El sistema marca inconsistencias específicas (ej. proveedor con ID cancelado, deducción no sustentable en XML). Especialización por tipo de irregularidad.
Masiva y en tiempo casi real. Cruce automático entre: declaraciones vs. CFDI emitidos/recibidos, declaraciones vs. Información bancaria (Art. 32-B CFF), declaraciones vs. Información de importación/exportación.
Resoluci ó n electró nica (requerimiento, liquidación o carta de no observaciones) notificada vía Buzón Tributario. Posibilidad de procedimiento simplificado de conclusi ó n para ciertos casos.
Alto en detecci ó n de inconsistencias por el poder de cruce de datos. Menor en costo logístico, pero mayor exigencia en gobernanza de datos digitales
Implicación: El contador debe dominar no solo las normas fiscales, sino también tecnologías de información, gestión de datos XML y estándares de digitalización . Su labor probatoria se centra en validar la integridad, trazabilidad y consistencia de los registros digitales , que son ahora la principal fuente de evidencia.
3. Adaptación a los Nuevos Modelos de Fiscalización: Auditorías Exprés y Fiscalización Inteligente
El Plan Maestro 2026 consolida mecanismos ágiles que operan dentro del marco de la auditoría electrónica.
3.1. Auditorías Exprés SAT 2026
No son un procedimiento formalmente nombrado en la ley, sino una modalidad operativa derivada de la fiscalización inteligente. Se caracterizan por:
• Activación por Alerta Automática: Surgen cuando el sistema detecta una inconsistencia puntual y de alto riesgo (ej. un CFDI recibido de un proveedor posteriormente «cancelado» por el SAT, una deducción por un concepto no permitido claramente identificado).
• Procedimiento Acelerado: Se notifica vía Buzón Tributario un requerimiento específico y acotado. El contribuyente tiene un plazo breve (usualmente 15-20 días) para aclarar y aportar documentación digital específica.
• Conclusión Rápida: Si la documentación es satisfactoria, se cierra el caso. Si no, se emite una liquidación por ese concepto específico. Puede escalar a una auditoría integral.
• Vinculación con el Plan: Es la materialización de «revisiones ágiles» y del principio de enfocarse «en quienes presentan irregularidades». Evita la apertura de auditorías largas a contribuyentes cumplidos.
3.2. Fiscalización Inteligente y Combate a Factureras (Ejes 2 y 3)
Este es el núcleo del nuevo modelo:
• Perfilamiento de Alto Riesgo: El SAT publica sus criterios (empresas con pérdidas recurrentes, operaciones con paraísos fiscales, etc.). Estos no son meros enunciados, sino variables programadas en sus sistemas. Una empresa que coincida con varios criterios será priorizada automáticamente.
• Acciones Coordinadas y Automatizadas: Contra las «factureras”, el sistema puede:
1 Identificar: Cruzar patrones de emisión anómala de CFDI (volumen, horarios, giros inconsistentes).
2 Desarticular: Ordenar la suspensión de actividades de forma inmediata en una visita domiciliaria inicial, previa autorización.
3 Sancionar: Además de lo administrativo, presentar denuncia penal por el nuevo tipo delictivo de «facturación falsa».
Obligación de Corrección para Compradores: El plazo de 30 días para regularizar tras recibir un CFDI falso es un mecanismo híbrido. No es una auditoría, pero es un procedimiento administrativo de corrección forzosa con
JURÍDICO FISCAL
consecuencias graves (suspensión de facturación). Requiere del contribuyente un análisis forense inmediato de su cartera de proveedores.
4. Conclusión y Recomendaciones
El Plan Maestro 2026 del SAT instituye un nuevo estándar jurídico y tecnológico para la fiscalización en México. La auditoría electrónica, sustentada en Big Data y criterios objetivos de riesgo, ha dejado de ser una opción futura para ser el modelo vigente y en permanente evolución
Para el Contribuyente y su Asesor Contable, esto implica:
1 Priorizar la Higiene Digital: La calidad de los datos (CFDI válidos, contabilidad electrónica precisa, concordancia entre sistemas) es la primera línea de defensa.
2 Implementar Monitoreo Proactivo de Riesgo: Las empresas deben autoevaluarse contra los 12 criterios de riesgo publicados por el SAT.


Nivel de ingresos y su variación: Se analiza si los ingresos declarados son congruentes con el giro, tamaño y antigüedad del negocio, así como fluctuaciones anómalas (caídas drásticas o crecimientos desproporcionados sin causa aparente).
Nivel de deducciones y su variación: Se revisa el monto y la proporción de las deducciones en relación con los ingresos. Deducciones desproporcionadamente altas o con crecimientos súbitos pueden ser señal de riesgo.
Nivel de utilidad y su comparación contra el sector: La utilidad fiscal declarada se compara con el promedio de los contribuyentes del mismo sector o actividad económica. Utilidades persistentemente por debajo del promedio del sector son un foco de atención.
Nivel de compensaciones: El uso frecuente o de montos elevados de compensaciones de saldos a favor contra otras obligaciones (como el ISR).
Operaciones con partes relacionadas (nacionales y del extranjero): Es uno de los criterios más importantes. Se analizan transacciones con empresas o personas vinculadas (accionistas, filiales, matrices, etc.), especialmente si se realizan con residentes en el extranjero en jurisdicciones de baja o nula tributación (paraísos fiscales). La correcta documentación (encuesta de partes relacionadas) y la aplicación de precios de transferencia son cruciales.
Regímenes fiscales preferentes: Pertenecer a regímenes como el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) o el Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, y realizar transacciones que pudieran no ser compatibles con los límites o condiciones de dicho régimen. Estímulos y subsidios: Ser beneficiario de estímulos fiscales (ej: zona franca, sector energético) y su correcta aplicación.
Desproporción entre el activo y los ingresos: Que el valor de los activos (inmuebles, maquinaria, equipo) sea significativamente alto en comparación con el nivel de ingresos declarados, o viceversa.
Dispersión de operaciones: Realizar operaciones con un número muy elevado de contrapartes (clientes o proveedores) de bajo monto, lo que complica la trazabilidad, o concentrarlas excesivamente en pocos clientes/proveedores.
Uso de medios de pago: La proporción en que se utilizan medios de pago no trazables (efectivo) frente a medios trazables (transferencias, cheques, tarjetas) en operaciones que por su monto deberían ser bancarizadas. El Diógenes (Sistema de Seguimiento de Operaciones con Efectivo) del SAT monitorea esto.
Incumplimiento de obligaciones formales:
• Presentar declaraciones extemporáneas o con errores frecuentes.
• No expedir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDIs) o hacerlo de manera incorrecta.
• No llevar la contabilidad electrónica (o hacerlo con inconsistencias).
• No presentar declaraciones y pagos provisionales.
• Incumplir con obligaciones de información (como la de partes relacionadas).
• Incumplimiento de obligaciones sustantivas: Tener adeudos definitivos o históricos con el SAT, resultantes de revisiones o procedimientos anteriores.

La implementación de este monitoreo no solo reduce la probabilidad de ser sujeto a una auditoría, sino que también promueve una cultura de cumplimiento sólida dentro de la empresa. Es recomendable contar con el apoyo de un especialista fiscal para una evaluación profunda y personalizada.
3 Fortalercer la Gobernanza de Proveedores:Establecer procedimientos de due diligence para validar la solidez fiscal de proveedores y evitar recibir CFDI falsos.
4 Adaptar la Estrategia de Defensa: El perito contable debe preparar evidencia digitalmente nativa (reportes de sistemas, logs, metadatos de XML) y estar capacitado para interactuar con las plataformas electrónicas del SAT durante una revisión.
5 Aprovechar los Mecanismos de Orientación: El primer eje del Plan ofrece herramientas (citas de orientación, Ventana Virtual renovada) que deben usarse preventivamente para aclarar dudas y evitar inconsIstencias.
Plan de contingencia para contribuyentes
Con base en el Plan Maestro 2026, se propone el siguiente plan de contingencia:
Diagnóstico fiscal preventivo: conciliación periódica de CFDI, contabilidad y declaraciones.
Control de proveedores: verificación constante de listas del artículo 69-B del CFF.
Documentación de materialidad: contratos, evidencia operativa y financiera.
Atención inmediata al Buzón Tributario: monitoreo diario.
Uso de acuerdos conclusivos: intervención oportuna de PRODECON.
Soporte: preparación anticipada de dictamen contable.
• Mantener una política de cumplimiento voluntario y autocorrección.
• Evitar esquemas agresivos de planeación fiscal.
• Analizar la tasa efectiva de ISR respecto a su sector.
• Regularizar de inmediato cualquier vínculo con CFDI considerados falsos.
• Capacitar al personal contable y fiscal en fiscalización electrónica.
El Plan Maestro de Fiscalización 2026 consolida un modelo de fiscalización inteligente, selectivo y tecnológicamente avanzado. Para el contribuyente, este escenario implica mayores riesgos, pero también mayores oportunidades de regularización y cumplimiento voluntario. El dictamen pericial contable se posiciona como una herramienta clave para la defensa técnica y la prevención de contingencias fiscales en el nuevo entorno fiscal mexicano.
El SAT ha definido las reglas del juego con transparencia. La responsabilidad del contribuyente y de los profesionales del compliance es entender este nuevo ecosistema digital fiscal , adaptar sus procesos y utilizar los mecanismos de orientación para transitar hacia un cumplimiento sólido, voluntario y sostenible , que es, en última instancia, el objetivo declarado del Plan Maestro 2026.
Bibliografía
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Código Fiscal de la Federación.
• Ley del Servicio de Administración Tribu
• taria.

La Justicia en Casos de Feminicidio: Retos Estructurales y Nuevas Rutas de Acompañamiento Técnico
En el marco de su asamblea XXI, el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio presentó la Guía de buenas prácticas en el acompañamiento a casos de violencia feminicida. La justicia en casos de feminicidio no es una garantía institucional; es una conquista que se logra a pesar del Estado: OCNF.
El OCNF impulsa el empoderamiento de víctimas y defensoras en casos de feminicidio para exigir al Estado verdad, justicia y reparación integral del daño.
Ciudad de México, 29 de enero de 2026.- En México, la justicia para las víctimas de feminicidio no está garantizada por el sistema de justicia. En la mayoría de los casos, es el resultado de la organización de las familias y del trabajo técnico de las defensoras de derechos humanos, que han tenido que enfrentar un Poder Judicial y fiscalías omisas, investigaciones fallidas y prácticas sistemáticas de revictimización.
Con 18 años de acompañamiento a víctimas de violencia feminicida, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) presentó hoy la Guía de buenos prácticas en el acompañamiento de casos de violencia feminicida, un documento que no surge porque el sistema funcione, sino porque falla, y que documenta las rutas que han permitido acceder a la justicia cuando el Estado no investiga con debida diligencia y perspectiva de género.
Durante la conferencia de prensa, el OCNF señaló que en México se registran más de 10 asesinatos de mujeres, niñas y adolescentes cada día. Además, uno de cada cinco feminicidios ocurridos en la última década fue clasificado por las autoridades bajo una categoría distinta, o incluso como una muerte accidental. Esta mala clasificación impide el acceso a la verdad, dilata los procesos y profundiza la impunidad.
La organización alertó sobre patrones de impunidad que se repiten en distintas entidades del país, entre ellos la pérdida o no levantamiento de pruebas, la ausencia de peritajes con perspectiva de género, la criminalización de las víctimas y la exclusión de agresores cercanos como principales sospechosos. Estas prácticas, señaló el OCNF, no son hechos aislados. sino fallas estructurales del sistema de justicia.
Frente a este contexto, las defensoras de derechos humanos han tenido que asumir tareas que corresponden al Estado: elaborar planes de investigación, proponer peritajes independientes, documentar omisiones y vigilar el actuar de fiscalías y tribunales, para evitar que los casos se archiven.
La Guía sistematiza la experiencia acumulada en casos acompañados por el OCNF en diversas entidades del país, incluyendo procesos emblem los agresores es protegida por un sistema que históricamente ha normalizado la violencia contra las mujeres.
1) Persiste la falta de debida diligencia, reflejada en investigaciones lentas y sin rigortécnico, que permiten la pérdida de pruebas fundamentales y la fuga de los responsables.
2) La revictimización que enfrentan las familias y las sobrevivientes de feminicidio, a quienes se responsabiliza del crimen. “Que existan rutas para llegar a la justicia no es un logro del sistema, es una alerta. La justicia no puede seguir dependiendo de que las familias se organicen y aprendan derecho penal para que sus casos avancen", señaló el Observatorio.
Más que una publicación, la Guía de buenos prácticas en e/ acompañamiento de casos de violencia feminicida es una herramienta política y técnica orientada al empoderamiento de las víctimas y de las defensoras de derechos humanos, con el objetivo de exigir que el Estado cumpla con su obligación de garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral del daño.
Visita www.nosvanaverjuntas.org para consultar la Guía de buenos prácticas en e/ acompañamiento de casos de violencia feminicida.
¡Ni un paso atrás en la lucha contra el feminicidio!
Acerca del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio
El OCNF es una red conformada por organizaciones de la sociedad civil, defensoras de derechos humanos, colectivos y familiares de víctimas de violencia feminicida, que se constituye con el fin de contribuir en la disminución de la desigualdad, la discriminación y la violencia feminicida en México.


Asamblea General Ordinaria
Participación, compromiso y fortalecimiento institucional
El pasado 27 de febrero se llevó a cabo con gran éxito la Asamblea General Ordinaria 2026 de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, consolidándose como un espacio fundamental para la rendición de cuentas, el diálogo y la toma de decisiones estratégicas para nuestra institución.
Durante la sesión se contó con la participación activa y comprometida de nuestros asociados, quienes, con su presencia y aportaciones, reafirmaron el espíritu de colaboración y responsabilidad que distingue a nuestra comunidad profesional.
La Asamblea permitió revisar los avances institucionales, compartir resultados y fortalecer la visión que guía el desarrollo de la AMCP, siempre con apego a nuestros principios de transparencia, profesionalismo y mejora continua.
Agradecemos a todas y todos los asociados que formaron parte de este importante ejercicio democrático. Su participación es clave para seguir consolidando una Asociación sólida, participativa y orientada al fortalecimiento de la profesión contable. En la AMCP reiteramos nuestro compromiso de continuar impulsando espacios de encuentro que fortalezcan nuestra vida institucional y promuevan el crecimiento profesional de nuestra comunidad.







Tarde de Dominó en la AMCP
La Asociación Mexicana de Contadores Públicos celebró una exitosa jornada de integración en un ambiente de compañerismo, cercanía y sana competencia.
El pasado 20 de febrero se llevó a cabo la Tarde de Dominó AMCP, un espacio diseñado para fortalecer la convivencia entre asociados y promover la integración más allá del ámbito profesional.
La jornada transcurrió en un ambiente dinámico y cordial, donde las jugadas estratégicas se combinaron con momentos de cercanía y camaradería. La actividad permitió compartir experiencias, reforzar vínculos y disfrutar de una competencia amistosa que reflejó el espíritu de comunidad que distingue a nuestra Asociación.
Durante el encuentro se reconoció a las parejas ganadoras, quienes destacaron por su desempeño y estrategia en esta divertida competencia. Su participación enriqueció la experiencia colectiva y aportó entusiasmo al evento.
La AMCP agradece la asistencia y el entusiasmo de todas y todos los participantes. Este tipo de actividades fortalecen nuestra comunidad institucional y reafirman que, además del compromiso profesional que nos caracteriza, también generamos espacios de convivencia que consolidan nuestros lazos y sentido de pertenencia.
Nos dará mucho gusto contar con su participación en próximas actividades.











5.º Foro Internacional de Compliance e Integridad y Sostenibilidad 2026
Un espacio de diálogo, aprendizaje y compromiso intergeneracional
La Asociación Mexicana de Contadores Públicos llevó a cabo con gran éxito el 5 Foro Internacional de Compliance e Integridad y Sostenibilidad 2026, consolidando un espacio de reflexión estratégica sobre los desafíos que enfrenta el entorno empresarial en un contexto geopolítico cambiante, de transformación digital y fortalecimiento institucional. En esta edición, agradecemos especialmente la participación de las nuevas generaciones que nos acompañaron, cuya presencia reafirma que el futuro del compliance, la integridad y la sostenibilidad se construye con visión, preparación y compromiso. Su interés y participación activa demuestran que la cultura de cumplimiento y ética empresarial continúa fortaleciéndose desde las aulas y los primeros años del ejercicio profesional.
Extendemos nuestro más profundo reconocimiento a los distinguidos ponentes nacionales e internacionales, quienes compartieron conocimientos, experiencias y perspectivas de alto nivel, enriqueciendo el análisis y elevando la conversación en torno a la gobernanza, la justicia digital, la gestión de riesgos y la integridad organizacional. Su generosidad intelectual y compromiso académico hicieron posible un foro de excelencia.
Agradecemos también a todas y todos los asistentes que participaron tanto de manera presencial como virtual. La modalidad híbrida permitió ampliar el alcance del Foro y fortalecer nuestra comunidad profesional más allá de las fronteras físicas, consolidando un espacio incluyente, dinámico y de alcance internacional.
Este encuentro confirma que el diálogo entre experiencia y juventud, entre lo nacional y lo global, y entre la práctica y la academia, es fundamental para construir organizaciones más resilientes, éticas y sostenibles.
En la AMCP reafirmamos nuestro compromiso de seguir impulsando espacios que promuevan el conocimiento, la integridad y el desarrollo profesional de nuestra comunidad.















