Edición ALDIA 23-01-2026, Frontera con Colombia cerrada

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Y Jehová es el que va delante de ti; él será contigo, no te dejará, ni te desamparará; no temas, ni te intimides. Deuteronomio 31:8

¡OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE!,

ASÍ ESTÁN LAS RELACIONES COMERCIALES ECUADOR Y COLOMBIA

El impuesto al 30% a todas las importaciones desde Colombia a partir del 1 de febrero de 2026 ya tiene su reacción desde las autoridades del país vecino. Más de 20 productos ecuatorianos serán gravados con igual porcentaje e igual porcentaje impondrá Ecuador al petróleo de Colombia transportado por el OCP.

Babahoyo: Libro destaca figura del Prefecto de Los Ríos

Quinsaloma: Limpia cauce del río Umbe por el invierno

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Trump increpa a presidentes de Rusia y Ucrania

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Crisis en la Frontera: Ecuador impone arancel del 30% a Colombia y Bogotá responde

Las relaciones entre Ecuador y Colombia han entrado en una fase de máxima tensión tras el anuncio del presidente Daniel Noboa de implementar una «Tasa de Seguridad» del 30% a todas las importaciones colombianas a partir del 1 de febrero de 2026. La medida, fundamentada en la crisis de seguridad fronteriza, ha provocado una represalia inmediata por parte de Bogotá en el sector energético.

El Gobierno de Ecuador justifica este arancel extraordinario señalando la «falta de compromiso real» de la administración colombiana para frenar el avance de grupos irregulares como los Comandos de la Frontera y las di-

sidencias de las FARC.

Según Carondelet, la porosidad de la frontera común y la minería ilegal han sobrecargado el presupuesto de seguridad ecuatoriano. Noboa sostiene que el flujo de productos colombianos debe contribuir directamente al financiamiento de la guerra interna contra el narcotráfico, tras un 2025 que cerró con cifras récord de incautaciones (214 toneladas de droga).

Colombia responde: «Agresión económica»

La reacción del gobierno de Gustavo Petro fue contundente. El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, calificó el arancel como una ruptura de la integración regional y anunció el

cierre del mecanismo que permitía a las empresas privadas colombianas vender electricidad a Ecuador. «No se puede pedir solidaridad energética mientras se castiga el comercio bilateral. Esta medida obliga a Colombia a priorizar su propio sistema y suspender los convenios de exportación privada», afirmó Palma. Un golpe a la industria y al bolsillo

El impacto de esta guerra comercial es asimétrico y amenaza con disparar la inflación en Ecuador: Dependencia de Insumos: El 47% de las importaciones desde Colombia son materias primas esenciales para la industria nacional ecuatoriana. Un arancel del 30% encarecerá automáticamente la producción de alimentos, cosméticos y textiles.

C.C.

Entre abrazos y nostalgia: El adiós a las aulas en el Colegio Municipal de Quevedo

QUEVEDO. La Unidad Educativa Municipal ´Ciudad de Quevedo´ brindó una conmovedora despedida a los 91 estudiantes de tercer año de bachillerato, en una ceremonia que quedará grabada en el corazón de esta promoción. Los jóvenes se acreditarán como bachilleres en los próximos días, tras culminar sus estudios en las especialidades de Informática y Diseño Gráfico.

El programa estuvo impregnado de sentimientos, risas y la lógica nostalgia de quienes cierran un ciclo, recordando la cercanía, el cariño y las anécdotas compartidas durante estos años de vida estudiantil.

“Se van llenos de conocimientos y de grandes amistades; cada desafío que han superado es una prueba fehaciente de su crecimiento personal”, expresó con orgullo el

director de Turismo, Fomento al Deporte, Arte y Cultura, Marlon Astudillo, quien acompañó a docentes y padres de familia en este significativo evento. El funcionario resaltó además el compromiso de la Alcaldía Ciudadana de Quevedo, liderada por el alcalde Alexis Matute, para garantizar una formación académica de excelencia. Destacó hitos como la entrega de computadoras a docentes y alumnos de los últimos años, pantallas inteligentes, mochilas, uniformes y la constante capacitación al magisterio. Este adiós a las aulas fue celebrado por los propios estudiantes como una lección de vida. Doménica Sánchez, alumna de Informática, recordó emocionada que ha sido una etapa maravillosa: “Conocí a grandes compañeros; mi gratitud eterna a los profesores por sus enseñanzas y al alcalde Alexis Matute por estar siempre presente apoyando nuestros sueños”.

Los Ríos se une en una gran minga contra el dengue

Con un despliegue técnico y humano sin precedentes, los cantones de Buena Fe y Quevedo se preparan para una jornada intensiva de prevención sanitaria. Este viernes 23 de enero, brigadas del Ministerio de Salud Pública (MSP), autoridades locales y ciudadanos se unirán en una minga comunitaria destinada a frenar la proliferación del mosquito Aedes aegypti, transmisor del dengue. En el cantón Buena Fe, el punto de concentración será la segunda etapa de la Cooperativa 19 de Octubre, en la parroquia San Jacinto. La intervención no se limitará a la limpieza, sino que ejecutará un plan de tres ejes: Saneamiento ambiental: Vaciado de recipientes y control de depósitos de agua. Gestión de desechos: Retiro de llantas, botellas y objetos en desuso que actúan como criaderos.

BABAHOYO

La trayectoria política de Johnny Terán es inmortalizada en una nueva obra histórica

La memoria política del Ecuador y de la provincia de Los Ríos suma un nuevo e importante registro documental.

El prefecto Johnny Terán Salcedo recibió de manos del historiador Jorge Mendoza Intriago un ejemplar de la obra “Un Paseo por los Caminos de la Historia”, una investigación que compendia los hitos políticos del país entre 1972 y 2007.

El libro no solo ofrece un recorrido cronológico por las decisiones que moldearon el Ecuador contemporáneo, sino que destaca la figura del actual Prefecto riosense a través de un anexo exclusivo de 15 páginas titulado: “Historia y legado de Johnny Enrique Terán Salcedo”.

Un registro detallado del servicio público

La publicación utiliza una riguro-

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sa base de archivos oficiales, recortes de prensa y material fotográfico para desglosar la carrera de Terán en sus distintas facetas: Su gestión como Alcalde de Babahoyo. Su paso por el poder legislativo como Diputado y Asambleísta. Su actual labor al frente de la Prefectura de Los Ríos.

Preservar la memoria institucional

Para el autor, Jorge Mendoza, el objetivo primordial es dejar una constancia documentada de los actores que han incidido en el desarrollo nacional. Por su parte, el Prefecto Terán expresó su gratitud por formar parte de esta investigación, subrayando que el registro de la gestión pública es fundamental para la memoria colectiva del país.

«Es vital que los procesos políticos y las acciones de servicio

queden plasmados en documentos serios para que las futuras generaciones conozcan cómo se construyó el presente de nuestra provincia», manifestó el Prefecto durante el encuentro.

La obra se perfila como un documento de consulta para académicos y ciudadanos interesados en comprender la evolución política local y nacional de las últimas décadas.

Alcaldesa Diana Anchundia busca modernizar el cantón de la mano de la innovación

Buena Fe. Con el firme propósito de situar a Buena Fe a la vanguardia tecnológica, la alcaldesa del cantón, Ab. Diana Anchundia Yépez, lideró una productiva jornada de trabajo junto a los directivos de Innova Zone–Telconet. Este encuentro marca el inicio de una hoja de ruta estratégica para integrar soluciones digitales avanzadas en la administración pública local.

Durante la reunión, se presentaron propuestas diseñadas para transformar la experiencia del ciudadano. El enfoque principal recae en la modernización de los servicios públicos, buscando que los trámites institucionales dejen de ser procesos burocráticos lentos para convertirse en sistemas ágiles y eficientes. La visión de la alcaldesa es clara: una gestión municipal transparente donde la tecnología sea el puente que conecte las necesidades de la gente con soluciones inmediatas.

Quinsaloma

refuerza riberas del río Umbe ante la amenaza del

invierno

QUINSALOMA. Con el objetivo de mitigar los riesgos por inundaciones y salvaguardar la integridad de las zonas agrícolas, la Alcaldía de Quinsaloma ejecuta la construcción de muros de protección en las riberas del río Umbe, a la altura del recinto Achotillo. Esta obra de infraestructura preventiva responde a una planificación estratégica liderada por el alcalde Cristhian Aldaz González para enfrentar la próxima temporada invernal. Los trabajos, que avanzan a ritmo acelerado, buscan blindar tanto las viviendas de las familias

Tecnología con rostro humano

Más allá de la implementación de software o infraestructura, la iniciativa busca mejorar la calidad de vida de las familias buenafesinas. Al optimizar los procesos internos, el municipio podrá destinar recursos y tiempo de manera más efectiva a las áreas sociales y de infraestructura que el cantón requiere.

locales como las áreas de cultivo, motor económico de la zona. Ante el incremento histórico del caudal del río durante las lluvias, la intervención técnica en las márgenes fluviales se volvió una prioridad para evitar la erosión del suelo y posibles desbordamientos que afecten el patrimonio de los habitantes. Desde la administración municipal se ha enfatizado que esta gestión directa busca devolver la tranquilidad a los agricultores de Achotillo. Con la estabilización del terreno, los productores podrán continuar con sus ciclos de cosecha con mayor confianza, reduciendo la vulnerabilidad de sus tierras frente a los fenómenos climáticos. La construcción de estos muros en el río Umbe representa un paso decisivo en la gestión de riesgos de Quinsaloma. Al priorizar la seguridad física y la estabilidad económica de sus recintos, el municipio no solo protege hogares, sino que garantiza la continuidad de la producción agrícola, pilar fundamental para el desarrollo del cantón.

Esta alianza estratégica reafirma que la administración de Diana Anchundia no solo se preocupa por el presente, sino que planifica un futuro sostenible. Al invertir en innovación, Buena Fe se encamina a ser un referente de progreso y eficiencia, demostrando que el bienestar ciudadano y el desarrollo tecnológico deben caminar de la mano para construir un cantón más próspero y conectado.

Mejoras viales y ordenamiento comercial transforman el recinto San Felipe de Afuera

En una productiva jornada de intervención territorial, el recinto San Felipe de Afuera experimentó una renovación integral en su infraestructura y ordenamiento público. Los trabajos se centraron en la reconformación y compactación de las calles, labores esenciales para garantizar una movilidad fluida y duradera, especialmente ante las necesidades de transporte de la zona. Paralelamente, se ejecutó un operativo estratégico para la reubicación de los comerciantes que ocupaban los exteriores del Campus "La María" de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo (UTEQ). Esta medida busca liberar el espacio público, priorizando el bienestar de la comunidad universitaria y los residentes. Estas acciones conjuntas no solo optimizan el flujo vehicular, sino que elevan los estándares de seguridad y orden. Con esta intervención, las autoridades reafirman su compromiso de recuperar los entornos críticos, facilitando una convivencia armónica entre el comercio local y el tránsito ciudadano.

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Aire líquido, la fuente de energía limpia tendrá su primera planta comercial este 2026 REPORTE

A medida que el uso mundial de electricidad renovable se dispara, superando por primera vez al carbón, crece a la par la necesidad de almacenar esa energía cuando no hay sol ni viento.

Mientras algunos recurren a baterías de litio a gran escala y otros a centrales hidroeléctricas de bombeo, una industria pequeña pero en auge está convencida de que existe una solución aún mejor: baterías que utilizan aire. Cerca del pueblo de Carrington, en el noroeste de Inglaterra, se están sentando las bases para la primera instalación comercial del mundo de almacenamiento de energía mediante aire líquido.

El complejo se convertirá en un conjunto de maquinaria industrial y varios tanques de almacenamiento de gran tamaño, llenos

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de aire comprimido y enfriado hasta convertirse en líquido, utilizando el excedente de energía renovable para cubrir la demanda.

La energía almacenada se podrá liberar posteriormente cuando la demanda supere la oferta. Si el proyecto tiene éxito, otros seguirán su ejemplo. Sus promotores, la empresa Highview Power, confían en que el almacenamiento de energía mediante aire líquido ayudará a los países a sustituir los combustibles fósiles por energías renovables limpias, aunque por ahora la tecnología sigue siendo costosa.

Sin embargo, a medida que crece la necesidad de almacenar energía limpia, apuestan a que la balanza se inclinará a favor del aire líquido.

Viernes, 23 de Enero 2026 | 7

Los votantes latinos que ayudaron a Trump... ahora algunos se arrepienten

Cuando el exdemócrata Sam Negron acudió a las urnas para votar por Donald Trump en 2024, lo hizo con una sola cosa en mente: la economía.

"No me gustaba pagar US$7 por huevos", dijo Negron, agente de policía estatal de Pensilvania en Allentown, una ciudad de mayoría latina.

"Pero básicamente fueron todos sus argumentos... hacer de Estados Unidos un país fuerte de nuevo".

Negron, quien se pasó al Partido Republicano en 2019 tras décadas como demócrata, no estaba solo.

Cuando Trump logró una victoria electoral decisiva en 2024, lo hizo con el respaldo de millones

de votantes latinos que lo impulsaron a la meta.

En esas elecciones, Trump recibió un porcentaje mayor del voto latino que cualquier otro republicano en la historia de Estados Unidos, con el 46% de ese electorado votando a su favor.

Pero un año después de esa victoria, han comenzado a surgir grietas en ese apoyo. Una nueva encuesta de CBS

News, socio estadounidense de la BBC, muestra que el apoyo a Trump entre los latinos estadounidenses ha caído a 38%,

una marcada disminución desde el máximo de 49% alcanzado a principios de febrero de 2025, tras su regreso a la Casa Blanca.

España: Un fallecido y más de 20 heridos tras otro descarrilamiento de tren en Cataluña

Una persona falleció y 20 resultaron heridas tras el descarrilamiento de un tren en España, este miércoles 20 de enero de 2026. Protección Civil de Cataluña indicó que se desplazaron 20 ambulancias al sector donde se dio el primer siniestro, entre los municipios de Gélida y Sant Sadurní d’Anoia, en Barcelona. La línea R4 se descarriló tras caer un muro a las vías. Según la información preliminar, el fallecido era el conductor del tren.

Otro siniestro:

El segundo incidente provocó la paralización de la circulación de Rodalies entre Maçanet Massanes y Tordera, en la provincia de Girona. El motivo fue la presencia de las piedras en las vías. El descarrilamiento se dio por un choque contra una de las piedras.

8 | Viernes, 23 de Enero 2026

Trump dice que si presidentes ruso y ucraniano no logran acuerdo ahora, "serían estúpidos"

Davos (Suiza). El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, dijo en el Foro de Davos (Suiza) que las conversaciones entre Moscú y Kiev para poner fin a la guerra en Ucrania "se encuentran en un punto decisivo" y que si los líderes de ambos países no logran el acuerdo, serían "estúpidos".

"Creo que (Volodímir Zelenski y Vladímir Putin) han llegado a un punto en el que pueden unirse y llegar a un acuerdo, y si no lo hacen, son estúpidos", dijo.

Ante los líderes políticos y económicos que participan en Davos, el mandatario estadounidense subrayó que existe "un odio tremendo" entre ambos y volvió a insistir en la necesidad de alcanzar la paz para "salvar millones de vidas".

Sin embargo, Trump aseguró que los dos mandatarios quiep

ren alcanzar un acuerdo, e incluso se atrevió a aventurar que están "razonablemente cerca".

"Creo que puede decir que estamos razonablemente cerca", dijo.

Jorge Luis Sánchez es su nuevo representante legal en Emelec

Aunque Jorge Guzmán insista en que sigue siendo su presidente, Emelec ya tiene un representante legal. Se trata del abogado Jorge Luis Sánchez.

Él tendrá la misión de organizar las nuevas elecciones en el cuadro guayaquileño.

Entre sus obligaciones también está resolver los conflictos del club ante la Federación Ecuatoriana de Fútbol, como las deudas pendientes que derivan en sanciones y suspensiones.

Sánchez, quien fue coordinador general de la UAFE, acudió al estadio Capwell este miércoles

JUDICIALES

R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE DE QUIEN EN VIDA FUE LUIS

FELIPE QUINATOA SELLLAN.

SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, Dentro del presente juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO N.- 122032025-00919, presentado por PATRICIA ELENA SOLÓRZANO BOHORQUEZ en contra de los herederos conocidos TONN CHUNG QUINATOA SOLÓRZANO y herederos desconocidos de quien en vida se llamó LUIS FELIPE QUINATOA SELLAN, se dispone:

ACTORA:PATRICIA ELENA SOLÓRZANO BOHORQUEZ.

DEMANDADOS: Herederos conocidos TONN CHUNG QUINATOA SOLÓRZANO y herederos desconocidos de quien en vida se llamó LUIS FELIPE QUINATOA SELLAN.

OBJETO DE LA DEMANDA: Es el caso señor (a) Juez (a) Señor(a) en honor a la verdad debo manifestar que, con el señor QUINATOA SELLAN LUIS FELIPE (+) de estado civil divorciado, nos unimos en convivencia marital de manera libre y voluntaria estable y monogámica el 14 de junio de 1997, con el afán de vivir juntos y auxiliarnos mutuamente, dicha unión de hecho terminó por la muerte de mi extinto conviviente QUINATOA SELLAN LUIS FELIPE ocurrida el 27 de agosto del 2025, es el caso su señoría qué, producto de esta relación procreamos a nuestro único hijo de nombres

QUINATOA SOLORZANO TONN CHUNG.

Dentro de nuestras posibilidades pudimos suministrar lo necesario para el mantenimiento de nuestro hogar en común que teníamos constituido en la vía El Empalme , km 5 sector primero de mayo de la parroquia el Guayacán de este cantón provincia de los Ríos.

El causante QUINATOA SELLAN LUIS FELIPE dejó beneficios pendientes tales como el de jubilación en el instituto Ecuatoriano de Seguridad Social “IESS” de lo cual quiero adquirir dicho beneficio, imposibilitando de realizar los trámites, por cuanto es esencial para realizar esta clase de trámite en dicha dependencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Fundamento mi demanda de conformidad con lo que determina en los Art. 67 y 68 de la Constitución de la República del Ecuador , en concordancia con lo dispuesto en los Art. 222 Y 223 del Código Civil y 289 del COGEP.

CUANTÍA: INDETERMINADA.-

ACCIÓN: ORDINARIO - DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO.UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO VISTOS.- Ab. VANESSA VINUEZA GRANDA. Avoco conocimiento en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Primera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, designada mediante resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura No. 138-2015, de fecha 20 de mayo del 2015. Dentro del presente juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO N.12203-2025-00919, presentado por PATRICIA ELENA SOLÓRZANO BOHORQUEZ en contra de los herederos conocidos TONN CHUNG QUINATOA SOLÓRZANO y herederos desconocidos de quien en vida se llamó LUIS

FELIPE QUINATOA SELLAN, se dispone: b) A los herederos desconocidos del causante de quien en vida fue LUIS FELIPE QUINATOA SELLAN, por medio de prensa escrita, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad confiera el extracto correspondiente y se publique en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta localidad y en la ciudad de Guayaquil, lugar de su fallecimiento, previo a realizarse el extracto de la publicación que la parte accionante realice la declaración de que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos, para lo cual deberán comparecer a esta Unidad Judicial en cualquier día y hora hábil.- Se previene a la parte demandada de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para efecto de notificaciones así como se les concede el término de TREINTA (30) DÍAS para que presenten su contestación conforme lo determina el Artículo 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, a la cual se observará lo reglado en el artículo 151, 152 y 157 ibídem;

Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico para las notificaciones correspondientes, caso contrario serán declarados en rebeldía.

Quevedo, 30 de diciembre del 2025

Ab. Nadia Petita Rosado Pita. Msc.

SECRETARIA DE UNIDAD

JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y

ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO LOS RIOS-QUEVEDO

21 de enero de 2026 con la intención de conversar con Jorge Guzmán.

Hincha confeso de Emelec, Sánchez también tiene un master en Derecho Penal Económico.

En primera instancia estará al frente del equipo por 90 días, aunque podrían extenderse a 180, en caso de ser necesario.

Barcelona anuncia oficialmente la contratación del entrenador César Farías

Barcelona SC anunció de forma oficial la vinculación del director técnico César Farías para encarar la temporada 2026. El venezolano asume el mando tras la destitución del español Ismael Rescalvo. "Un nuevo capítulo comienza. Bienvenido profe César Farías al Ídolo del Ecuador", indicó Barcelona en redes sociales sin brindar mayores detalles. Farías, que llegó sobre la medianoche del martes, se sumó este mismo miércoles a los trabajos de pretemporada en Quito. El estratega inclusive dirigió el partido amistoso contra Universidad Católica, donde empleó su primera formación y variantes.

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AVISOS VARIOS

AF - 0427 R. del E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN

QUEVEDO PROVINCIA DE LOS RÍOS

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAU-

SANTE LUIS DANIEL

SABANDO MONTES.-

SE LES HACE SABER: Qué por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, la demanda

ORDINARIO de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO N.- 12203-202500634, presentada por FLORA PIEDAD VASQUE VINCES, en contra de la heredera conocida Guadalupe Sabando Vasque por intermedio de su Curador

Ad-Litem ANGEL ANTONIO VASQUE VINCES; y de los herederos desconocidos del causante LUIS

DANIEL SABANDO MONTES, en su contra, cuyo extracto es como sigue:

ACTORA: FLORA PIEDAD VASQUE VINCES.

DEMANDADOS: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE LUIS

DANIEL SABANDO MONTES.-

OBJETO DE LA DEMANDA: Se pone en conocimiento que la accionante manifiesta en su demanda lo siguiente: Desde el día Martes 01 de marzo del año 2016 hasta el día de su muerte ocurrido el día domingo 07 de febrero del año 2021, viví en unión de hecho estable y monogámica, con el señor que en vida se llamó LUIS DANIEL SABANDO MONTES con C.. 1204364697, los dos convivientes mayores de edad, libres de vínculo matrimonial, viviendo bajo un mismo techo en la calle Lorena Bucheli sin número y calle Santa Rosa en el Parque central San Carlos de la Parroquia San Carlos Cantón Quevedo Provincia Los Ríos, ayudándonos y auxiliándonos mutuamente, como marido y mujer y así hemos sido recibidos por propios y extraños, tanto en nuestros actos públicos como en nuestros actos privados por más de cuatro años consecutivos, es decir esta unión de hecho terminó con la muerte de mi citado conviviente. Conforme consta del Certificado de nacimiento que agrego a la presente, durante la convivencia procreamos a nuestra hija menor CATALINA GUADALUPE SABANDO VASQUE de 7 años de edad. Conforme se acredita con el CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN que agrego a la presente mi difunto conviviente que en vida se llamó LUIS DANIEL SABANDO MONTES

con C.I. 1204364697, falleció en la parroquia San Carlos, Cantón Quevedo, Provincia Los Ríos, el día domingo 07 de febrero del año 2021, libre de vínculo matrimonial o convivencia con otra persona. De la información obrante de los dos certificados de identidad y estado civil otorgados por el Registro Civil, que agrego a la presente, se acredita que los dos nos encontrábamos libres de vínculo matrimonial o convivencia con otra persona.Durante la unión de hecho no adquirimos bienes muebles o inmuebles más que los propios del ajuar de casa; sin embargo, a la muerte de mi difunto conviviente quedó pendiente el derecho al montepío en favor de nuestra citada hija común y demás beneficios en favor de la suscrita por viudez en el Instituto Ecuatoriano de seguridad Social por su condición de afiliado al IESS al momento de la muerte. A la muerte de mi referido conviviente no habíamos legalizado nuestro estado de convivencia haciéndose necesario instaurar la presente acción ordinaria tendiente a que en sentencia se declare que entre la existencia de la unión de hecho post mortem entre la compareciente y el señor que en vida se llamó LUIS DANIEL SABANDO MONTES con C.I. 1204384697.

FUNDAMENTOS DE DERECHO: La presente acción se fundamenta en los Arts. 222, 223, 226. d) del Código Civil. Art. 68 de la Constitución de la República y Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.

CUANTÍA: INDETERMINADA.-

ACCIÓN: ORDINARIO - DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO.AUTO INTERLOCUTORIO DE CALIFICACIÓN, JUEZ DE LA CAUSA: VISTOS:

DR. HERNAN RUIZ ROJAS, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, quien mediante Auto Interlocutorio de Calificación de fecha martes 05 de agosto del 2025, a las 12h24, admite la demanda a trámite de Juicio Ordinario de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEM y mediante Auto de Sustanciación de fecha jueves 25 de septiembre del 2025, las 15h16 el Juez ordena que se CITE a los HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE LUIS DANIEL SABANDO MONTES (+),de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 y 2 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, ya que la peticionaria bajo juramento ha declarado que le es imposible determinar los domicilios actuales de

dichos demandados. Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico para las notificaciones correspondientes.

AB. FRANKLIN RUIZ ARTEAGA

SECRETARIO DE LA UNIDAD DE FAMILIA AF - 0438

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUEVEDO

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO: FRANCISCA MISELENA FÉLIX FIGUEROA.

SE LE HACE SABER: Que Sorteo correspondió a esta Unidad Judicial tramitar el juicio SUMARIO DE INVENTARIO No. 12203-2025-00655 presentada por MACIAS FELIX CARLOS ENRIQUE en contra de VICENTE

ARTURO MACIAS FELIX, RODOLFO URBANO MACIAS FELIX, FRANKLIN JUVENCION MACIAS FELIX, JUSTO BARTOLO MACIAS FELIX, DIANA MIRIAN MACIAS FELIX, CELSA BEATRIZ MACIAS FELIX, RICARDO ARTURO MACIAS FELIX, JOSELITO ISIDRO MACIAS FELIX, GABRIEL IGNACIO

MACIAS FELIX, ARACELY Y PEDRO PONFILIO MACIAS FELIX (fallecido +) VICTORIA MACIAS FELIX (en calidad heredero) y herederos desconocidos de quien en vida fue FRANCISCA MISELENA FÉLIX FIGUEROA.

Cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: MACIAS FELIX

CARLOS ENRIQUE

OBJETO DE LA DEMAN-

DA: Es el caso señor Juez mis recordados padres JOSE URBANO MACIAS

GOYON quien falleció en Quevedo, el 13 de mayo del 2006 y FRACISCA

MISELENA FELIX FIGUEROA,falleció en la ciudad de Quevedo , el 29 de agosto del 2019 y previas la exigencias legales procede a demandar en juicio de inventario para que se cumpla con el avalúo y alistamiento de la herencia que constituye una vivienda, ubicada en esta Ciudad de Quevedo, Provincia de Los Ríos Calle Vicente Rocafuerte Ciudadela San José, en tal sentido señor Juez solicitamos que en sentencia se apruebe la partición de la masa hereditaria en partes iguales para cada uno de los herederos.

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Acorde a lo que establece con el Art. 332, 333 del Código Orgánico General de Procesos

TRÁMITE: SUMARIO

CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada.

JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Edgar Ricardo Moreira

Contreras Juez de esta Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, mediante Auto Interlocutorio de fecha viernes 12 de septiembre del 2025, las 13h49, se ordenó citar por la prensa herederos desconocidos de quien en vida fue FRANCISCA MISELENA FÉLIX FIGUEROA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos. Lo que llevó a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones físicas y electrónicas y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.- Certifico.Particular que comunico para los fines de Ley.

Quevedo, 25 de Noviembre del 2025

AB. GALO LUIS MENDOZA SEGOVIA

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

AF - 0437

UNIDAD JUDICIAL

PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS. La citación a los herederos desconocidos de los causantes de quien en vida fueron ROSA ELENA AVEIGA GARCÍA y MANUEL DE JESÚS SAAVEDRA TOALA.

SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita el Juicio NULIDAD DE INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO No. 122032025-00822.

ACTOR: IDO RAMÓN MENÉNDEZ DELGADO

DEMANDADO: MANUEL GEOVANNY SAAVEDRA

AVEIGA Y a los herederos desconocidos de los causantes de quien en vida fueron ROSA ELENA AVEIGA GARCÍA y MANUEL DE JESÚS SAAVEDRA TOALA.

OBJETO DE LA DEMANDA: El señor IDO

RAMÓN MENÉNDEZ

DELGADO portador de la cédula de ciudadanía No. 1303368359; presenta demanda de NULIDAD DE INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO No. 122032025-00822 que sigue

IDO RAMÓN MENÉNDEZ

DELGADO, en contra de los herederos conocidos

MANUEL GEOVANNY

SAAVEDRA AVEIGA; de los herederos descono-

cidos de la señora ROSA ELENA AVEIGA GARCÍA y del señor MANUEL DE JESÚS SAAVEDRA TOALA y, de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación por intermedio de su Director Lcdo. OTTÓN JOSÉ RIVADENEIRA GONZÁLEZ, por reunir los requisitos establecidos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica de clara, precisa y completa, consecuentemente, se acepta a trámite mediante PROCEDIMIENTO Ordinario de conformidad con lo establecido los artículos 427 , 332 y siguientes del código Civil; Art. 10,13, 16, 81, 94, 95 numeral 3 y Art. 12, 76,81, 82 y 83 de La Ley Orgánica de Garantías de la Identidad y Datos Civiles y Art. 289 del COGEP., solicitando que mediante sentencia se declare Nulidad del matrimonio contraído con la señora ROSA ELENA AVEIGA GARCÍA y MANUEL DE JESÚS SAAVEDRA TOALA, celebrado el 9 de febrero del 2001 y que consta inscrito en el TOMO 1, PAG. 26, ACTA 26; DEL Registro Civil, identificación y Cedulación del Cantón Buena Fe y se oficie al Registro Civil, identificación y Cedulación para que se proceda a la inscripción de la sentencia.

TRÁMITE: Ordinario.

CUANTÍA: Indeterminada.

JUEZ DE LA CAUSA: VISTOS: Ab. Yury Vanessa Vinueza Granda, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, con sede en el cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, encargada del despacho del Ab. Manuel Arevalo Rivera, mediante, con Acción de Personal No. 3625-DPLR-2025, desde el 08 al 22 de septiembre del 2025, en virtud de lo dispuesto en el Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial avoco conocimiento del juicio de NULIDAD DE MATRIMONIO N° 122032025-00822. VISTOS.Avoco conocimiento de la demanda de NULIDAD DE INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO No. 122032025-00822 que sigue IDO RAMÓN MENÉNDEZ DELGADO, en contra de los herederos conocidos MANUEL GEOVANNY SAAVEDRA AVEIGA; de los herederos desconocidos de la señora ROSA ELENA AVEIGA GARCÍA y del señor MANUEL DE JESÚS SAAVEDRA TOALA; y, de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación por intermedio de su Director Lcdo. OTTÓN JOSÉ RIVADENEIRA GONZÁLEZ. Agréguese a los autos el escrito y anexo presentado por el actor dentro del término de Ley y de con-

10 | Viernes, 23 de Enero 2026

formidad al Art. 148 del COGEP, se acepta la reforma en el sentido que incluye un nuevo demandado y se dispone lo siguiente: La demanda cumple los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad con el Art. 146 inciso primero del mismo cuerpo legal, se indica: PRIMERO: Aceptar la demanda al trámite Ordinario que corresponde, establecido en el Art. 289 y siguientes del COGEP; SEGUNDO: Por haberse incorporado en autos la documentación de los diferentes registros públicos con lo que justifica que se ha otorgado la negativa a dar la información correspondiente del demandado por ser confidencial y personal a fin de conocer su domicilio o residencia que pueda mantener, previo a proveer su solicitud de citación por la prensa, se dispone remitir atento oficio a las diferentes instituciones: Empresa Proveedora de Servicios de Telefonía (Movistar), Consorcio Ecuatoriano de telecomunicaciones S.A (Conecel) (Claro), Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, Consejo Nacional Electoral (CNE), Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (EPMAPAQ), Servicio de Rentas Internas (SRI), Registro Municipal de la Propiedad, Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana debiendo detallar el registro de salida del país, destino y registro consular, a fin de que se informe si el señor MANUEL GEOVANNY SAAVEDRA AVEIGA, con cédula de ciudadanía No. 0927493015, es usuario activo de dicha institución y si registra alguna dirección domiciliaria, información que deberá remitirse a esta autoridad en el término de 72 HORAS bajo los parámetro establecidos en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función judicial.- La parte accionante deberá proceder con la entrega de los oficios que se han concedido, así como procurar la pronta respuesta de los mismos, debiendo adjuntar además la fe de presentación; TERCERO: CÍTESE a la Dirección

General de Registro Civil, identificación y Cedulación por intermedio de su Director Lcdo. OTTÓN JOSÉ RIVADENEIRA

GONZÁLEZ - Delegación

Quevedo, a quien se lo citará en el lugar que ha sido indicado por la parte actora, con toda la documentación correspondien-

te, a través de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial conforme al Art. 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos; CUARTO: CÍTESE a los herederos desconocidos de los causantes de quien en vida fueron ROSA ELENA AVEIGA GARCÍA y MANUEL DE JESÚS SAAVEDRA TOALA, por medio de la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos. Previo a elaborar el correspondiente extracto, se dispone que el accionante comparezca a esta Unidad Judicial en el TÉRMINO DE TRES DÍAS, con la finalidad de que declare bajo juramento que le es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos. Cumplido con lo ordenado en el numeral que antecede que la Secretaría de la Unidad confiera el extracto correspondiente y se publique en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta localidad, publicación que se hará con letra tipo helvática, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna. Se le prevendrá a los demandados que deberán contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 151 ibídem y se otorgará término de TREINTA DÍAS para contestar la demanda en virtud de lo dispuesto en el Art. 291 inciso segundo de la ley antes referida y en caso de no dar contestación a la misma se entenderá conforme a lo determinado en el Art. 157 del Código Orgánico General de Procesos.- Así mismo deberán anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del mismo cuerpo legal; QUINTO: Del ANUNCIO DE PRUEBAS determinadas y solicitadas en su libelo de demanda se considerarán tomando en cuenta lo reglado en el literal a) numeral séptimo del Artículo 294 del Código Orgánico General de Procesos; SEXTO: Por fijado el Trámite y la Cuantía; El término de los herederos conocidos y desconocidos para contestar la demanda, transcurridos 20 días desde la última publicación de este aviso.- Lo certifico. Quevedo, 2 de octubre de 2025.

Mgs. Flor Jacqueline Barreiro Zamora SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CANTÓN QUEVEDO

Quevedo: San Camilo de luto por la muerte de Jhonny Bar

QUEVEDO. Es difícil pasar por la avenida Guayaquil (San Camilo) y no sentir un vacío extraño al mirar el rincón de las hamburguesas y los batidos: Jhonny Bar.

Para el quevedeño, y especialmente para el sancamileño de corazón, Jhonny Bar no era solo un local de comida; era una brújula emocional, un punto de referencia donde el tiempo parecía detenerse entre el olor a pan tostado y el sonido de la licuadora. Hoy, San Camilo camina más despacio. La noticia de la partida de Don Patricio Alejandro Molina, el querido «Jhonny», ha dejado un silencio amargo que ni el bullicio de la parroquia logra disipar.

Un legado que se amasa con los años Hablar de Don Jhonny es hablar de la historia viva de la parroquia San Camilo. Muchos llegaron ahí siendo niños, de la mano de sus padres, y con el tiempo regresaron como adultos, quizás con sus propios hijos, buscando

esa hamburguesa única que mantenía el mismo sabor desde el primer día. No era solo el menú; era él. Detrás del mostrador, Don Jhonny era el guardián de mil anécdotas. Siempre con la palabra precisa, la atención amable y ese esfuerzo incansable que levantó un negocio a pulso de sacrificio. Él no vendía solo un «piqueo»; servía hospitalidad y sabor.

Grave accidente en la vía Babahoyo–Juján: Seis heridos tras brutal choque frontal

La madrugada de este jueves 22 de enero, la vía Babahoyo–Juján fue escenario de un aparatoso accidente de tránsito que dejó como saldo seis personas heridas y cuantiosos daños materiales. El siniestro, registrado a la altura del sector conocido como el cruce de La Carmela (km 56.3), involucró a un tráiler y un taxi que colisionaron de manera frontal.

La alerta ingresó a la línea única para emergencias, ECU 911, a las 05:39. De inmediato, se coordinó el despliegue de unidades de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), ambulancias del Ministerio de Salud Pública (MSP) y equipos de rescate del Cuerpo de Bomberos de Babahoyo. Al llegar al sitio, los rescatistas se encontraron con una escena devastadora: el vehículo liviano presentaba daños severos en su estructura frontal, producto de la fuerza del impacto contra el vehículo pesado. Víctimas El personal médico brindó los primeros auxilios en plena calzada a los

ocupantes del taxi. Según el informe oficial, las víctimas del accidente son: Tres mujeres adultas. Dos hombres adultos. Un adolescente.

Debido a la gravedad y complejidad de las lesiones, los seis afectados fueron estabilizados y trasladados de urgencia a diferentes casas de salud en el cantón Babahoyo, donde permanecen bajo observación especializada.

Peritos de la Oficina de Investigación de Accidentes de Tránsito (OIAT) de la CTE realizaron el levantamiento de indicios preliminares. Aunque la tipología se ha confirmado como un choque frontal, las causas exactas que originaron la maniobra de impacto aún están bajo investigación.

El punto de encuentro del alma ¿Cuántos amores nacieron en esas mesas? ¿Cuántas reconciliaciones o planes entre amigos se sellaron con uno de sus batidos? El Jhonny Bar fue el refugio tras una larga jornada de clases o el premio después de un día duro de trabajo. Ese rincón, ubicado estratégicamente a un costado de la Iglesia San Cristó-

Tres menores de edad fueron aprehendidos en Quevedo, por las Fuerzas Armadas

Durante un operativo de control de armas, municiones y explosivos (CAMEX), el Ejército Ecuatoriano informó que logró la neutralización de tres ciudadanos que portaban un arma de fuego en un sector estratégico del cantón. El hecho se registró mientras el personal militar realizaba patrullajes preventivos. Según el reporte oficial, los uniformados interceptaron a tres individuos que se movilizaban en actitud sospechosa.

bal, se convirtió en un santuario de la cotidianidad. Hoy, al ver las persianas bajas o imaginar el lugar sin su presencia física, se entiende que se ha cerrado un capítulo dorado de Quevedo.

El adiós a un vecino ejemplar San Camilo está de luto porque pierde a un vecino de toda la vida, a un emprendedor que demostró que la constancia es la mejor receta para el éxito. Don Jhonny Molina se va, pero deja el sabor de la gratitud y el ejemplo de un hombre que hizo de su trabajo un arte para unir a la gente. Las luces de la avenida Guayaquil brillarán distinto esta noche. El cuerpo de Don Patricio descansa ahora en la paz de La Esperanza, pero su espíritu se queda aquí, impregnado en las paredes de su bar y en el corazón de cada quevedeño que alguna vez encontró en su sonrisa un motivo para volver.

El reporte revela que, los ciudadanos al notar el despliegue del contingente, intentaron arrojar un objeto para evadir la justicia; sin embargo, la rápida reacción de los efectivos permitió asegurar la escena y recuperar el indicio.

Tras la inspección técnica y el registro de los ciudadanos, los uniformados que resultaron ser menores de edad de nacionalidad ecuatoriana, decomisaron una pistola calibre 9 mm, dos municiones del mismo calibre y una motocicleta.

Los uniformados detallaron que bajo estrictos protocolos de seguridad y respeto a la normativa vigente, tanto las evidencias como los menores aprehendidos fueron trasladados y puestos a órdenes de las autoridades judiciales pertinentes para el inicio de las investigaciones y el debido proceso. Este operativo forma parte de las acciones intensificadas en la zona para reducir los índices de violencia y garantizar la paz ciudadana en el distrito Quevedo.

SAN CAMILO DESPIDE AL GUARDIÁN DE SUS MEJORES RECUERDOS, JHONNY

MOLINA, DUEÑO DE ‘JHONNY BAR’

QUEVEDO. Jhonny Molina, propietario del eterno Johnny Bar, en la esquina contraria a la iglesia de San Camilo, dejó de existir el miércoles 21 de abril y con él se cierra un ciclo que marcó a centenares de familias sancamileñas. Pág 11

QUEVEDO: TRES MENORES DE EDAD APREHENDIDOS POR LAS FF.AA.

Los Ríos, Viernes, 23 de Enero 2026 Contáctanos 0997151726 - 0979639681

JORGE LUIS SÁNCHEZ ES SU NUEVO REPRESENTANTE LEGAL EN EMELEC

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BABAHOYO: SEIS HERIDOS TRAS FUERTE CHOQUE FRONTAL

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