ESPECIAL —
¿Afectan las cámaras de videograbación al derecho a la intimidad en las comunidades de propietarios? Uno de los temas más de moda en la actualidad es el que se refiere a la viabilidad de la instalación de cámaras de videograbación en las viviendas, en los comercios o en la vía pública, y la posibilidad de la utilización del contenido de lo grabado como prueba en el proceso. La clave está en que lo obtenido en la grabación será válido siempre que la cámara de grabación esté instalada cumpliendo los presupuestos de la normativa en materia de protección de datos. Al fin y al cabo, no puede primar el derecho a la intimidad sobre la ilicitud cometida por una persona, siempre que se cumplan los requisitos de protección de datos y grabación de imágenes. VICENTE MAGRO SERVET Magistrado del Tribunal Supremo. Doctor en Derecho.
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