UNIVERSIDA PRIVADA DE TACNA
filosofía y derecho
facultad de derecho y ciencias políticas
GRUPO N°1
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INTRODUCCION A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO Dialogar acerca del Positivismo es referirse a la iniciativa de perfeccionalidad de las interacciones jurídicas, obtener la pureza del Derecho para los positivistas es observarlo como exclusivo, término total donde no existan diferentes matices y la manera de conseguir una ciencia pura es apartando la espiritualidad, las creencias religiosas, el carácter moral, metafísico y social. Gracias a estas propiedades el positivismo es una corriente monista no admite el verdadero espíritu de los seres vivos, después se puede clasificar como insensible, objetiva y egoísta, el hombre no es solo regla jurídica, además es esencia, es religión, es cultura, es sentimientos, costumbre, es moral, es ser, es sentir la verdadera realidad que nos sigue a partir de los inicios de la realidad, de esta forma comenzamos y por esto se debería respeto a la calidad de la naturaleza que es exclusiva y preexistente, preeminente.
Con esto no se desea mencionar que el positivismo sea una corriente equivocada, empero debería enfocarse a partir de otro criterio, tomar como herramienta de formación, al Derecho Natural, o sea a la corriente Iusnaturalista, aquella que funda los inicios de la raza humana y la lealtad con el ser. A lo largo de el curso de la indagación nos hemos instruido con Georg Wilhelm Friedrich Hegel; El Positivismo; El colegio Histórica del Derecho; La Izquierda Hegeliana y, al final la Derecha Hegeliana. Una vez que hablamos del Historicismo Jurídico, hablamos de dicha corriente, que por medio de sus representantes, "se consagra a aprender el Derecho, que es el porqué de su realidad y de sus distintas posibilidades por medio de los tiempos". En dicha misma vía de la averiguación hemos hallado a la Izquierda Hegeliana, que se desprende en sentido opuesto a la Derecha Hegeliana, la cual tiene el mérito de haber observado y denunciado las contradicciones internas de la dialéctica de Hegel a todos los niveles (religioso, político, especulativo, etcétera.).
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LAS GRANDES CUESTIONES DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO A) Epistemología jurídica: entra en la reflexión sobre el conocimiento del derecho. Se trata de dilucidar si este conocimiento es posible; qué forma o estructura ha de tener; cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades, etc.
B) Ontología jurídica: habla de fijar el ser del
BY EVELYN SOMERS
derecho, es decir cuál será el objeto sobre el que se va a filosofar; note que este objeto es anterior al
C) Axiología jurídica: trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el derecho. Así, en los ordenamientos europeos no existe la pena de muerte; el valor consistente en que "el estado no mate" es fundamental. De todos los valores del derecho el más importante es el de "justicia"; tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la Justicia.
conocimiento que se le aplica, es decir, tiene una
D) Filosofía jurídica existencial: tiene su razón de
realidad propia antes de ser estudiado. La ontología
ser en el marco de la antropología, es decir, trata de
jurídica obtendrá un concepto del derecho que
poner de relieve la relación entre el hombre y la
servirá como base para una reflexión filosófica
realidad jurídica; no podemos prescindir del hombre
posterior.
en la realización del derecho porque la humanidad es la que crea y aplica el derecho, aún más, crea y aplica a sí misma el derecho.
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CRONOLÓGICA DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO A) Edad Antigua I Los inicios: Grecia es tierra clásica de la Filosofía, la cual obtiene en ella un desarrollo propio. En sus comienzos la mente griega no se vertió sobre los problemas éticos y mucho menos sobre los jurídicos, sino que se ocupo de los problemas de la naturaleza física. Pitágoras: Tiene ya una mayor importancia para esta disciplina la escuela pitagórica. PitáCgoras es polo conocido, tanto por lo que respecta a su vida como a su doctrina personal. Nació en Samos en el año 582 a.C. y murió en el año 497 A.C. Parece ser que Pitágoras no escribió nada y que su enseñanza fue solo oral. Conocemos sus doctrinas y en parte a través de algunos fragmentos de sus discípulos y en parte por el testimonio de Aristóteles. Es importante especialmente la obra escrita por el pitagórico Filolao con el título "Sobre la naturaleza". De este escrito han llegado hasta nosotros fragmentos muy notables.
B) Edad Antigua II, Los sofistas: La primera escuela que se decidió a afrontar los problemas del conocimiento y ético fue la de los sofistas, en el siglo V antes de Cristo. Los sofistas -de los cuales los más importantes fueron Prologaras, Gorgias, Hippias- naturales de Grecia o la Magna Grecia, era un grupo de pensadores y oradores que, aun enseñando doctrinas a veces diversas, tenían muchos caracteres comunes. La fuente del conocimiento no es directa, sino a través de escritos de adversarios tales como Platón que transcribe los diálogos de los sofistas con Sócrates. Sócrates: Con respecto a Sócrates nos encontramos en una situación análoga que con los sofistas. Poseemos muy pocos escritos y solo se lo conoce a través de la referencia de otros Aristóteles:
(384-322
a.C.)
Nació
en
Stagira,
fue
discípulo de Platón durante 20 años y más tarde preceptor de Alejandro Magno. Cuando este subió al trono, Aristóteles fundo su escuela en Atenas en el gimnasio del Liceo. Trato casi todos los ramos de lo cognoscible, y puede decirse que muchas ciencias comienzan con él.
4 WERNER JAEGER
El experto en filología clásica, dio cuenta de ello en un vigoroso opúsculo: “fueron los griegos, creadores de la filosofía, los que por vez primera se enfrentaron con los fenómenos jurídicos y las instituciones legales con espíritu filosófico”.
FILÓSOFIA Y DERECHO " Jaime Araujo Frias "
Más tarde, La filosofía cumplió un papel fundamental en la consolidación de los Estados republicanos y sobre todo en establecer las bases a partir del cual se elaboraron luego las Constituciones, en virtud del cual hoy se piensa y opera el derecho, me refiero a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Pero, no obstante esto, el verdadero jurista no puede perder el contacto con la filosofía porque esta resulta indispensable para poder hacer verdadera ciencia y para poder situarse frente a los problemas no científicos del derecho en razón de la plenitud humana que es inmanente a este y que la ciencia no puede descubrir sin desvalorarse.
Grupo N° 1 Abel Royer Condori Pari Cesar Doyg Atencio Quispe Brisa Angles Flores Eduard Andre Marca Mamani York Franklin Mamani Quispe
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¿ QUÉ LE APORTA LA FILÓSOFIA AL DERECHO? La misión de la filosofía respecto al derecho es de permanente enjuiciamiento, de puesta en cuestión de su naturaleza y legitimidad; a fin de indagar, de provocar aquello que mejor conviene para la convivencia social. De lo expuesto debemos colegir que la filosofía es un saber de mucha utilidad para el derecho, injusta que esta nos parezca?
¿Cuándo
una ley es
legítima y cuando no?
Grupo N° 1
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LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
"Estos son los mandamientos de derecho: vivir honestamente, no ofender a los demás, dar a cada uno lo suyo". -Ulpiano-
Este saber o conocimiento
Por lo tanto desde una noción
que busca la filosofía es un
etimológica
saber profundo, esencial, que
Derecho significaría “lo que
trata
conduce
de
pasar
de
la
el
término
rectamente”,
pero
percepción de la apariencia al
también tiene la connotación
conocimiento de la esencia,
de lo que va de un lugar a
de la “intimidad” de las cosas,
otro” de la manera más segura
fenómenos
es
y adecuada posible, lo que
decir transitar de una visión
avanza sin torcer el rumbo; el
unidimensional
modo más rápido, elemental,
o
procesos, a
una
multidimensional.
pero al mismo tiempo, el más
El término derecho en cuanto a su etimología procede de latín
directus
qué
significa
derecho, directo, derivándose su entendimiento también a lo recto, correcto. A su vez el término directus se deriva de dirigiré qué significa dirigir,
eficaz y provechoso, de ir de un lado a otro todo lo cual nos da entender que tiene que ver con
“poner
orden”
o
“encauzar” el “camino recto” “el mejor de los caminos”, aquel
por
el
cual
deberá
transitar la sociedad.
conducir, enderezar, alinear.
Vinculando
las
etimológica
de
nociones filosofía
y
derecho, se puede deducir que la filosofía del derecho es el “apego al saber de lo que conduce
rectamente
sociedad”, misma nociones
y
a
la
realizando
la
operación
con
las
conceptuales
de
filosofía y derecho, se puede deducir que la filosofía del derecho es la “disciplina que trata de llegar a establecer los primeros
principios
y
las
últimas causas del conjunto de normas de carácter social que emanan
de
la
autoridad
competente rigen en un modo general y obligatorio”.
La filosofía del Derecho como filosofía práctica Si la racionalidad jurídica se presenta del modo apuntado a concepciones “filosóficas” que forman parte interna necesaria del Derecho mismo en cuanto sistema doctrinal, entonces éste ya cuenta con En definitiva, la una filosofía propia o filosofía del “genitiva” del Derecho. Las Derecho busca concepciones teóricas que analizar, conocer habitualmente se consideran y ofrecer un como pertenecientes a la conocimiento filosofía académica del pleno del Derecho, Derecho (iuspositivismo, formalismo, iusnaturalismo, reflexionando y los constitucionalismo, realismo, elaborando conceptos de los etc.) son también filosofías que la “filosofía profesional” que van a beber distintas de los juristas hace suyas, de las modo especialmente visible disciplinas jurídicas que en los estratos de mayor abordan aspectos abstracción doctrinal de la concretos del práctica jurídica, que son sistema jurídico también los de mayor alcance con el objetivo de (como los tribunales dar unidad y constitucionales). Aquí se coherencia a toda halla, entonces, el punto de la estructura. contacto de la filosofía jurídica en cuanto disciplina con el Derecho: las concepciones filosóficas del Derecho son parte de su práctica y las teorías conformadoras de la práctica jurídica presentan una zona de superposición con la filosofía del Derecho.
7 Cuestiones derecho
de
la
filosofía
del
La epistemología jurídica :estudia los métodos y los procedimientos intelectuales que los juristas emplean para identificar, interpretar, integrar, y aplicar las normas jurídicas. Ontología jurídica: habla de fijar el ser del derecho, es decir, cuál será el objeto sobre el que se va a filosofar; este objeto es anterior al conocimiento que se le aplica, es decir, tiene una realidad propia antes de ser estudiado. La ontología jurídica obtendrá un concepto del derecho que servirá como base para una reflexión filosófica posterior. Axiología jurídica: trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el derecho. Así, en los ordenamientos europeos no existe la pena de muerte; el valor consistente en que «el Estado no mate» es fundamental. De todos los valores del derecho, el más importante es el de «justicia»; tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como teoría de la justicia Deontología Jurídica. según el maestro Manuel Atienza.: "...Como se sabe, en España no hay un código deontológico judicial (aunque sí que hay –pero no se suele saber- un Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial que atañe también a los jueces españoles), ni un código referido a la conducta de los fiscales.
CONCLUSIÓN
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No se puede entender un derecho sin moral, en la justa
medida,
tampoco
podría
entenderse
un
programa de derecho en el que estuviera ausente una de
las
disciplinas
que
le
dan
vida,
sentido
y
fundamento: la filosofía del derecho.
Por
lo
social,
mismo,
si
el
solamente
derecho
una
es
una
reflexión
forma
desde
de
la
vida
filosofía
sobre él ayudará a que todo aquello en lo que el derecho
interviene
pueda
cambiar,
como
son
las
instituciones, la seguridad, la paz, el bienestar en las relaciones humanas.
De igual manera, la filosofía del derecho ayudará al propio
postulante
formando
un
buen
del
derecho
criterio
a
jurídico
que
se
dentro
vaya
de
los
parámetros éticos, para que en todo aquello en que se le soliciten sus servicios busque no sólo la solución apegada
a
la
legalidad
legitimidad, a la justicia.
sino,
sobre
todo,
a
la