Guía para la protección del consumidor en el Comercio Electrónico

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PRÓLOGO Hace un par de años el comercio electrónico mostraba una interesante tendencia de crecimiento en el país. Con la pandemia y las distintas medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, esta tendencia se aceleró1 y el comercio electrónico se convirtió en uno de los pocos vehículos que permitieron a los consumidores adquirir bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades básicas. Estamos hablando ya no de un comercio electrónico para la satisfacción de gustos puntuales y lujosos o de compra de artículos importados sino de un comercio electrónico cotidiano, cercano, útil, en el cual el consumidor volcó su confianza y su interés para lograr su adecuado aprovisionamiento. Es en este contexto en donde también se ha hecho evidente la capacidad de adaptación e innovación de los empresarios colombianos, que mostraron al país que es posible emprender y diseñar modelos de negocios vanguardistas que conectan a los agentes del mercado para poner en movimiento de manera remota pero sincrónica las cadenas de producción y distribución. Sin embargo, por más innovador que sea un modelo de negocio que ponga a disposición del consumidor bienes y servicios de manera directa o indirecta, los derechos a la información, la calidad, la seguridad, la protección contra la publicidad engañosa, a la reclamación, entre otros, deberán ser siempre respetados y garantizados por todos los empresarios que participan activamente en la cadena de producción y comercialización.

Cámara Colombiana de Comercio Electrónico. Informe trimestral del comportamiento del comercio electrónico en Colombia (Tercer trimestre de 2021), noviembre de 2021. Consultado el 6 de diciembre de 2021 en https://www.ccce.org.co/ 5 1


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