LOS VIAJEROS Y EL PERÚ
A partir de 1827 una serie de exploradores empezaron a recorrer el Perú. Uno de ellos fue el vicecónsul francés Leonce Angrand, quien consagró su estadía en el Perú a plasmar sus paisajes y costumbres. El dibujo que observamos es una representación de la laguna de Yanacocha, en Cajamarca, donde Angrand llegó en enero de 1839.
emergieron dentro de planes para crear un nuevo Estado más vasto; es decir, aparecieron subordinados a designios para modificar el mapa de América del Sur. Las Cartas de 1823 y 1828 correspondieron a ensayos de unitarismo descentralista, y las de 1834 y 1839 a ensayos de unitarismo centralista. La lección de la gesta republicana fue que el Perú, como llevado por un oscuro instinto de conservación, se atenía a la unidad que cimentaron los incas y que prosiguió a través de la época del Virreinato. A pesar de todos los desgarramientos de los años de la Independencia, esa unidad no fue resquebrajada aunque los españoles dominaron por un tiempo en la sierra y los patriotas en la costa y tuvieron en el sur su bastión y aunque llegaron a coexistir en un determinado momento el gobierno de Riva-Agüero en el norte y el Tagle en Lima. La misma heterogeneidad de los factores geográficos justifica esta esencial continuidad histórica. El doctor Manuel Vicente Villarán ha escrito en la exposición de motivos del proyecto de Constitución que formuló en 1931: "Observadores superficiales ven en la topografía del Perú un hecho de la naturaleza favorable al régimen federal. El estudio atento de la realidad nos lleva a la conclusión contraria. La fragmentación natural del territorio reclama cierto grado de autonomía administrativa; pero precisamente porque la topografía multiplica y aisla, de modo tan anormal y extraño, las moléculas del cuerpo social, es preciso combatir la excesiva segmentación haciendo del Estado un instrumento político unificador. Los diversos segmentos geográficos, aislados y pobres, emparedados por desiertos, montañas y selvas, carecen de suficientes recursos en hombres y riqueza para llenar las funciones de medianos ni pequeños Estados. Han desarrollado, por su pequeñez y dispersión secular, hábitos mentales de localismo celoso que obstaculizan, a la par que la geografía, la aglutinación de las provincias y los departamentos. La misma descentralización administrativa encuentra en esta situación dificultades materiales y sicológicas que se tornan invencibles en cuanto se piensa en la formación de grupos mayores con la estructura jurídica de Estados". Como dijo Toribio Pacheco en 1854, los grandes favorecidos con el régimen federal habrían sido los grandes propietarios provincianos.
[ Iv ] EL DERECHO DE SUFRAGIO. SUFRAGIO DIRECTO E INDIRECTO. LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.- El estudio de la legislación relativa al otorgamiento y al ejercicio de este derecho puede hacerse tomando en cuenta el tipo de elección (directa o indirecta); los sectores de la población a quienes se permitió votar; la forma del voto y el procedimiento electoral. El reglamento de elecciones para el primer Congreso Constituyente (abril de 1822) implantó el sufragio directo. Pero, a partir de la Constitución de 1823, quedó establecido, de acuerdo con el modelo norteamericano, el sistema indirecto. Los ciudadanos residentes en cada parroquia debían escoger un elector por cada 200 individuos y los electores reunidos en la capital de la provincia designaban diputados y senadores. De conformidad con este sistema se arregló el procedimiento electoral por la ley reglamentaria del 30 de enero de 1824. Las leyes sobre el sufragio promulgadas posteriormente conservaron hasta 1856 el voto de dos grados. Según la Constitución de 1823, el presidente de la República debía provenir del voto emitido por el Congreso. La Carta política de 1826 creó un Poder Electoral que debía reunirse cada año para calificar a los ciudadanos; nombrar los miembros de las Cámaras por la primera vez; proponer listas de candidatos para diversos cargos en el Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial; calificar las elecciones; y ejercer el derecho de petición y de queja. El presidente de la República era elegido por el Poder Legislativo. Desde la Constitución de 1828 se estableció el sufragio popular para la elección de presidente de la República. Funcionó ella a través del sufragio indirecto hasta 1856.
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PERÍODO 1
[ CAPÍTULO 30 ]