EN72 - Arbitraje y Mediacion OK.qxp_008-009 nueva 5/4/17 20:23 Página 202
Fundación SIGNUM
ARBITRAJE Y MEDIACIÓN
Arbitraje colaborativo empresarial de SIGNUM: una nueva solución A la empresa española hoy le faltan instrumentos idóneos para el abordaje de sus conflictos FERNANDO RODRÍGUEZ PRIETO Notario de Coslada (Madrid)
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El Notario del Siglo XXI / Nº72
a planificación de la forma de afrontar los potensulas escalonadas, tan utilizadas en el mundo más desarrociales conflictos futuros que inevitablemente llado, por las que las partes se comprometen a intentar esta surgirán en el desarrollo de los negocios debe vía, antes de acudir a los tribunales o al arbitraje. constituir una parte imprescindible de Sin embargo, junto a sus indudables la estrategia empresarial. Los gestores Tanto el proceso ventajas, la mediación conlleva también experimentados saben que los aciertos o los judicial como el un serio inconveniente: no asegura que errores en esta materia abren o cierran puertas, y arbitraje e, incluso, el problema se vaya a resolver, pues las van a tener un significativo impacto en la cuenta partes enfrentadas, a pesar de la ayuda de resultados. Y sin embargo, con frecuencia, la mediación son del mediador, podrían no lograr sienten que los instrumentos conocidos con los instrumentos con alcanzar un acuerdo. Supuestos en los que cuentan están demasiado cargados de incon- serios inconvenientes que tendrían que afrontarse entonces venientes, y que faltan sistemas de resolución que para las empresas los citados inconvenientes de la vía se adapten a las especiales características de adversarial, incrementados con los muchas relaciones empresariales. costes y demoras derivados de la mediación. A este inconveEn efecto, no hace falta insistir aquí en los escalofríos que niente se suma el perjuicio aún no superado en muchos de puede producir la expectativa de tener que acudir, ante cualnuestros operadores jurídicos de que este medio no es sufiquier problema, a la vía judicial, con sus costes, su incerticientemente efectivo. dumbre de resultado, y su casi siempre garantizado excesivo Un problema en busca de solución retraso en la solución. A todo ello se ha de sumar que el En este panorama es razonable que los responsables al frente carácter adversarial del proceso judicial casi inevitablemente de las empresas se pregunten si no habría otro sistema de incrementará la hostilidad y desconfianza entre las empresas resolver los problemas que puedan surgir en sus relaciones litigantes y cerrará o dificultará así la continuación de sus con otras empresas de forma más eficaz, eficiente y satisfacrelaciones, que podrían haber sido fructíferas hasta que toria. Que superase las grandes limitaciones de la negociasurgió el problema, o el establecimiento de nuevos campos ción bilateral tradicional cuando ésta resultare fallida. Que de colaboración entre ellas. asegurase en estos casos una resolución rápida en todo caso. El arbitraje mercantil tradicional puede atenuar estos Que lo hiciera sin obstaculizar las posibles relaciones de inconvenientes, pero casi nunca lo suficiente. No deja de ser colaboración ente las empresas implicadas, e incluso fomentambién un proceso contradictorio en el que cada parte para tándolas a través de un mejor conocimiento recíproco. Y que, defenderse atacará con todas las armas legales posibles las además, todo ello se hiciera con costes ajustados. Puede posiciones de la otra. A ello se puede añadir la desconfianza parecer pedir demasiado. que persiste en gran parte de la sociedad hacia este medio, En la Fundación SIGNUM hemos comprobado la exisy hacia la justicia de sus soluciones. Y sus importantes costes, tencia de esa necesidad y nos hemos puesto a investigar. Hoy que pueden hacer esta vía inaccesible en muchos casos. podemos dar una buena noticia: un sistema de resolución así La mediación supera los inconvenientes apuntados, y existe y ha sido testado con éxito en otros países. Y otra tiene sin duda un gran potencial de desarrollo en este mejor aún es que ese servicio puede ser ya ofrecido en campo, si atendemos a lo que está ocurriendo en otros países España por una institución prestigiosa y de confianza: la de nuestro entorno. Así, también en España empiezan a Fundación SIGNUM. incorporarse en los contratos mercantiles las llamadas cláu-
marzo/abril 2017 202 El Notario del Siglo XXI