la normativa nacional interna vigente, respecto de la implementación del Convenio 169 de la OIT, especialmente en lo relacionado con la Ley Indígena 19.253 actualmente vigente. El trabajo preventivo es fundamental, para ello la educación formal y no formal juega un papel vital para evitar vulneraciones de derechos humanos. Un ejemplo es la protección preventiva, incentivando buenas prácticas en las relaciones interculturales, este es el caso de las «Buenas Prácticas para Proyectos Vinculados a Temáticas Culturales Indígenas y/o Afrodescendientes», realizado por SUBPO.61 Ver en ANEXO 1. Estas Buenas Prácticas buscan prevenir la vulneración en el ámbito del quehacer académico y de creación artística en proyectos desarrollados directamente en temáticas de pueblos indígenas y afrodescendiente. El camino de implementación de ese tipo de documentos pone en tensión y abre un necesario debate acerca de los derechos de propiedad del patrimonio cultural indígena heredado de generación Guía de Derechos Culturales de Pueblos Indígenas y Tribal Afrodescendiente
en generación y su permanente amenaza de enajenación por parte de
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particulares o de empresas. Finalmente hoy existe un amplio camino por recorrer en materia de ejercicio, protección y promoción de los derechos culturales indígenas y tribal. De esta forma, los derechos culturales se están incorporando progresivamente al repertorio de reivindicaciones de las organizaciones étnicas dado el escenario a nivel mundial y local. Es de esperar que esta Guía pueda contribuir a nutrir esos debates y reflexiones colectivas.
61 Disponible en la página web del Ministerio en: https://www.cultura.gob.cl/ publicaciones/recomendaciones-buenas-practicas-proyectos-indigenas/.