ABOGADOS DE VALLADOLID / Almanaque / 51
Almanaque Por Carmen Castro Manzanares, abogada
9 DE AGOSTO Día Internacional de los Pueblos Indígenas El abogado estadounidense James Anaya, de ascendencia apache y exrelator especial de Naciones Unidas para la situación de los derechos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas, definió estos como «descendientes vivos de habitantes preinvasores de tierras ahora dominadas por otros». Precisamente de esa situación de dominio derivan la mayor parte de los problemas específicos de las comunidades indígenas: migraciones forzosas derivadas de la ocupación de sus territorios o de la explotación de sus recursos y del extractivismo, anulación de sus valores, tradiciones e identidad cultural, establecimiento de fronteras nacionales que dividen sus territorios… Y precisamente para trabajar sobre esta cuestión el 9 de agosto de 1982 se reunió por primera vez el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Prevención
Niño en las islas flotantes de los uros (lago Titicaca, Perú)
Las comunidades indígenas deben hacer frente a los problemas derivados de las migraciones forzosas, de la anulación de sus valores, tradiciones e identidad cultural y del establecimiento de fronteras nacionales que dividen sus territorios
de Discriminaciones y Protección a las Minorías, fecha que, en 1994, fue escogida por la Asamblea General de las Naciones Unidas para la conmemoración de este Día Internacional. A pesar de los años transcurridos desde entonces y de que en 2007 se adoptó la ‘Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas’, parece evidente que queda mucho por hacer: el Grupo de Expertos de Naciones Unidas, en su Declaración de agosto de 2018, subrayó la necesidad de que los estados garanticen que se respetan los derechos humanos de las personas indígenas migrantes, su derecho a una nacionalidad, a la vida familiar, a la educación, a la salud, etc., y, muy especialmente, que se proteja a las mujeres y a los niños y niñas indígenas que son víctimas de trata, tráfico de drogas y violencia sexual.
3 DE DICIEMBRE Día Internacional de las Personas con Discapacidad El 3 de diciembre de 1982 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución en virtud de la cual formuló una serie de recomendaciones sobre la aplicación del ‘Programa de Acción Mundial para los Impedidos’. Este Programa era una estrategia global para mejorar la prevención de la discapacidad, la rehabilitación y la igualdad de oportunidades, subrayando la necesidad de abordar la discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos. La misma resolución también proclamó el decenio 19831992 como ‘Decenio de las Naciones Unidas para los impedidos’ y, al término del mismo, la Asamblea General proclamó el día 3 de diciembre ‘Día Internacional de las Personas con Discapacidad’. Hubo de esperarse hasta el año 2006 para que, en el seno de las Naciones Unidas, se aprobara el primer instrumento
internacional sobre esta cuestión; se trata de la ‘Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad’, en la que, por primera vez, se consideró que las personas con discapacidad —ya fuera física, mental, intelectual o sensorial— son sujetos, ciudadanos titulares de derechos, participativos y responsables, que deben asumir la dirección total y completa de su vida personal y social y que, por tanto, deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Los poderes públicos, en consecuencia, deben introducir las medidas y adaptaciones necesarias para que el ejercicio de esos derechos y libertades sea pleno, enfoque que fue adoptado en nuestro país con la promulgación del texto refundido de la ‘Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su integración social’ en el año 2013.
Fuente bibliográfica principal: • http://www.un.org/
La ‘Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad’de Naciones Unidas (2006) consideró por primera vez que las personas con discapacidad son sujetos, ciudadanos titulares de derechos que deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales