ABOGADOS DE VALLADOLID / Pinceladas / 32
Los derechos humanos como ideal de justicia (a propósito del 70º aniversario de la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos)
Por Carmen Castro Manzanares, abogada
“Cuanto más alta es la norma jurídica, tanto más generosa es y más cercana está a los grandes principios que inspiran el Derecho con mayúscula. Los gobiernos se sirven de decretos para cometer vilezas, mientras que la Constitución o la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano las proscriben y se mueven en el espacio etéreo de la virtud”. E. Carrère, De vidas ajenas Un poco de historia Tradicionalmente se ha considerado que existen diversos ‘derechos naturales’ que, tal y como afirma Peces-Barba, son previos al poder y al Derecho positivo, se descubren por la razón en la naturaleza humana y se imponen a todas las normas del Derecho creado por el soberano siendo un límite a su acción. A lo largo de la historia se han sucedido los textos que han recogido esos ‘derechos naturales’: los primeros antecedentes de las declaraciones de derechos modernas pueden encontrarse en Inglaterra, en la ‘Petition of Right’ (1628), la ‘Habeas Corpus Act’ (1679) o la conocida como ‘Bill of Rights’ (‘Declaración de Derechos’, 1689). Pero sin duda el texto que marcó un antes y un después en lo que a declaraciones de derechos se refiere fue la ‘Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano’ (Francia, 1789), cuyo núcleo estaba integrado por los derechos a la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión, que se calificaban como “derechos naturales e imprescriptibles”. Sin embargo, no fue hasta que en el siglo XIX la industrialización generalizó el trabajo en condiciones durísimas cuando, por primera vez y de la mano del proletariado, se reivindicaron con fuerza los derechos económicos y sociales. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 El retroceso que sufrieron los derechos individuales con el auge de los autoritarismos y los totalitarismos a principios del siglo XX propició el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuya Carta fundacional (1945) reconoció por primera vez que la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales no debía ser un asunto interno de cada país, sino que constituía una cuestión esencialmente internacional. Y fruto de esa constatación se
creó en el seno de la ONU la Comisión de Derechos Humanos, que comenzó a trabajar en un texto que se convirtió en la base y la referencia del reconocimiento de los tradicionalmente llamados ‘derechos naturales’, hoy ya denominados ‘derechos humanos’, entendidos como un referente o ideal de lo que ha de ser la justicia e íntimamente vinculados a la idea de democracia: la ‘Declaración Universal de los Derechos Humanos’, de cuya promulgación se cumplían 70 años el pasado 10 de diciembre. La ‘Declaración Universal de los Derechos Humanos’, en cuya redacción fue crucial la
intervención de la estadounidense Eleanor Roosevelt (esposa del que fue presidente de los EE. UU. Franklin D. Roosevelt) y del francés René Cassin (quien, años después, presidió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y que en 1968 fue galardonado con el Premio Nobel de la Paz), recogió dos órdenes de derechos: en primer lugar, los llamados derechos civiles y políticos —posteriormente identificados como ‘derechos de primera generación’—, que incluyen el derecho a la vida y a la integridad física y moral, el derecho a la libertad y a la seguridad personales, el derecho al debido
Los inicios de las reivindicaciones de los derechos de las mujeres
Reproducción del principio de una de las primeras ediciones de la ‘Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana’. Fuente: https://fr.wikipedia.org
La francesa Olympe de Gouges publicó en 1791 la ‘Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana’ como réplica a la ‘Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano’, pues cuando el texto de 1789 recogía los derechos “del hombre y del ciudadano”, realmente se refería sólo a ellos y excluía a las mujeres de los derechos que proclamaba. El texto de Gouges, que abogaba por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, comenzaba con las siguientes palabras: “Hombre, ¿eres capaz de ser justo? Una mujer te hace esta pregunta”. Siguiendo la senda iniciada por De Gouges, la inglesa Mary Wollstonecraft publicó en 1792 la obra ‘Vindicación del derecho de la mujer’, en la que cuestionaba el papel de la mujer en la sociedad y, por primera vez, utilizaba el término ‘privilegio’ para referirse al poder que siempre habían ejercido los hombres sobre las mujeres de forma ‘natural’, es decir, como si fuera un mandato de la naturaleza.